SUMARIO
Oficio del diputado Javier López Zavala, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Desarrollo Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, presentada el 18 de septiembre de 2012
Oficio del diputado Jesús Morales Flores, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, presentada el 19 de diciembre de 2012
Oficio de la diputada Lilia Aguilar Gil, por el que se solicita que se retire de los registros de la Comisión de Desarrollo Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social, presentada el 4 de octubre de 2012
Oficio de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Desarrollo Social, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Apoyo Económico a Madres Solteras Jefas de Familia, presentada el 26 de febrero de 2013
Oficio de la diputada Diana Karina Velázquez Ramírez, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la iniciativa con proyecto de decreto para emitir una moneda conmemorativa, alusiva al centenario de la asunción del general Francisco Villa al gobierno del estado de Chihuahua, presentada el 6 de noviembre de 2012
Oficio de la diputada Francisca Elena Corrales Corrales, por el que solicita que se retire de los registros de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 133 de la Ley del Seguro Social; y 135 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada el 13 de noviembre de 2012
Interviene el diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño desde su curul
Comunicación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, por la que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del 207 aniversario del natalicio de Benito Juárez, Benemérito de las Américas, el jueves 21 de marzo, a las 10:00 horas, en el Hemiciclo a Juárez, ubicado en la Alameda Central, delegación Cuauhtémoc. La Presidencia designa comisión para asistir en representación de esta cámara
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Economía a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al proyecto de centro comercial Dragon Mart Cancún. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Educación Pública a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, referente a mejorar las condiciones y el desarrollo de las personas con discapacidad en cuanto a la escritura Braille en los centros educativos. Se remite al promovente, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional de Seguridad de esta dependencia a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, relativo a continuar la certificación de los integrantes de los cuerpos policiacos del país por la vía de los controles de confianza y dar a conocer el programa de reestructura de la extinta Secretaría de Seguridad Pública. Se remite al promovente, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso constitucional necesario para que ciudadanos mexicanos puedan prestar servicios en diversas sedes diplomáticas. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen
Oficio de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, por el que comunica la suspensión de las actividades programadas para el análisis del Informe del Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, los días 20 de marzo; 3, 17 y 19 de abril del año en curso. De enterado
La Presidencia designa comisión que acompañe al ciudadano Miguel Alfonso Vildosola Lacarra, diputado federal electo en el primer distrito electoral del estado de Baja California, en el acto de rendir su protesta de ley
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se ratifica la Estrategia Nacional de Energía. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen, con opinión de la Comisión de Cambio Climático
Participa el diputado Ramón Antonio Sampayo Ortiz desde su curul
Desde su curul, la diputada Leonor Romero Sevilla solicita un minuto de silencio en memoria de las 17 personas fallecidas en la explosión del pasado viernes en el municipio de Nativitas, Tlaxcala
La Presidencia concede lo solicitado
La Presidencia informa que el siguiente punto del orden del día es comentarios relativos al 18 de marzo, Día de la Expropiación Petrolera
En relación con el tema, participan los diputados:
Dora María Guadalupe Talamante Lemas
Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara
Francisco Alfonso Durazo Montaño
Laura Ximena Martel Cantú
María del Socorro Ceseñas Chapa
Homero Ricardo Niño de Rivera Vela
Alejandro Rangel Segovia
Desde su curul intervienen los diputados:
Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez
Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara
Homero Ricardo Niño de Rivera Vela
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 73, 78 y 94, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de las Comisiones Unidas de Juventud y de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones a los artículos 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, y 5o. de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de procedimiento de declaratorias
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía con proyecto de decreto que adicionan un artículo 28 Ter, un segundo párrafo al artículo 29 y un segundo párrafo al artículo 47 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de patrimonio cultural subacuático
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud
Fundamenta este y el siguiente dictamen la diputada Virginia Victoria Martínez Gutiérrez
Participa sobre el tema la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto; pasa al Senado para sus efectos constitucionales
Discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social
Para fijar posición de su grupo parlamentario interviene el diputado Juan Ignacio Samperio Montaño
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto; pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales
Discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de suicidio
Fundamenta el dictamen la diputada Eva Diego Cruz
Para fijar posición de su grupo parlamentario interviene el diputado Gerardo Villanueva Albarrán
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto; pasa al Senado para sus efectos constitucionales
Discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Fundamenta el dictamen la diputada María del Rosario Pariente Gavito, quien además presenta propuestas de modificación
Se aceptan las propuestas de modificación
Para fijar posición de su grupo parlamentario interviene el diputado José Antonio Hurtado Gallegos
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto; pasa al Senado para sus efectos constitucionales
Discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Fundamenta el dictamen la diputada Maricela Velázquez Sánchez
Para fijar posición de su grupo parlamentario interviene el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto; pasa al Senado para sus efectos constitucionales
Discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social
Fundamenta el dictamen el diputado Javier Salinas Narváez
Para fijar posición de su grupo parlamentario intervienen los diputados:
María Sanjuana Cerda Franco
Luisa María Alcalde Luján
Ernesto Núñez Aguilar
María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez
Alma Jeanny Arroyo Ruiz
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto; pasa al Senado para sus efectos constitucionales
Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco
Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 16, 18, 20, 23 y 25 de la Ley General para el Control del Tabaco
De las Comisiones Unidas de Energía, y de Hacienda y Crédito Público, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes del Servicio Público de Energía Eléctrica, Federal de Derechos, y de la Comisión Reguladora de Energía, así como del Código Fiscal de la Federación
Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo y adiciona un cuarto párrafo al artículo 201 y reforma el 205 de la Ley del Seguro Social
Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o., 19 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IV al artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable
Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Energía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, del Servicio Público de Energía Eléctrica, y de la Comisión Reguladora de Energía
De las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Energía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, del Servicio Público de Energía Eléctrica, y de la Comisión Reguladora de Energía
Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1 y segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos concluidos
Se recibe del diputado Pedro Porras Pérez iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Se recibe del diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Se recibe iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para la Garantía de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, suscrita por los diputados integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
Se recibe del diputado Sergio Torres Félix iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Se recibe de la diputada Martha Leticia Sosa Govea iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Intervienen desde su curul los diputados:
Elizabeth Oswelia Yáñez Robles
Lilia Aguilar Gil
Ricardo Mejía Berdeja
María Beatriz Zavala Peniche
Fernando Belaunzarán Méndez
Teresa de Jesús Mojica Morga
Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara
El diputado Luis Olvera Correa presenta proposición con punto de acuerdo por el que exhorta a la titular de la Secretaría de Salud a establecer un programa emergente de atención dirigido a la población del oriente del estado de Michoacán de Ocampo, y a realizar las gestiones necesarias para la ampliación del Hospital Regional de Ciudad Hidalgo, mediante la creación del área de especialidad de nefrología
Se considera de urgente resolución
Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados:
Rubén Benjamín Félix Hays
José Humberto Vega Vázquez
Juan Ignacio Samperio Montaño
Ernesto Núñez Aguilar
Verónica García Reyes
Interviene la diputada Joaquina Navarrete Contreras desde su curul
Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario las diputadas:
Martha Berenice Alvarez Tovar
Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco
Aprobado el acuerdo; comuníquese
La diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al presidente de la república y a los miembros de su gabinete a cumplir con el compromiso de hacer públicas sus declaraciones patrimoniales
Intervienen desde su curul los diputados:
Raúl Gómez Ramírez
Jorge Francisco Sotomayor Chávez
Manuel Añorve Baños
María Beatriz Zavala Peniche
Se considera de urgente u obvia resolución
Expresan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados:
Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara
Ricardo Mejía Berdeja
Felipe Arturo Camarena García
Fernando Belaunzarán Méndez
Desde su curul, interviene el diputado Diego Sinhue Rodríguez Vallejo
Exponen la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados:
Juan Francisco Cáceres de la Fuente
Abel Octavio Salgado Peña
Participan desde su curul los diputados:
Felipe Arturo Camarena García
José Luis Muñoz Soria
Aprobado; comuníquese
La diputada Lilia Aguilar Gil presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, en representación del gobierno mexicano, a condenar la falta de un debido proceso y las excesivas condenas impuestas a los 24 presos civiles saharauis, juzgados en un tribunal militar marroquí
Se considera de urgente resolución
Exponen el posicionamiento de su respectivo grupo parlamentario los diputados:
Loretta Ortiz Ahlf
José Francisco Coronato Rodríguez
Carlos Octavio Castellanos Mijares
José Antonio León Mendívil
Angelina Carreño Mijares
Desde su curul, participa la diputada Celia Isabel Gauna Ruiz de León
Aprobado el punto de acuerdo; comuníquese
La Presidencia rectifica el turno dado al oficio de la Cámara de Senadores, con el que se remitió minuta con proyecto de decreto por el que se ratifica la Estrategia Nacional de Energía. Túrnese a la Comisión de Energía, para dictamen y a las Comisiones de Cambio Climático y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión
Se recibe del diputado Sergio Torres Félix iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32, de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La Presidenta comunica que, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria
De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los siguiente dictámenes:
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social, en materia de dependientes de personas desaparecidas (en lo general y en lo particular)
De las Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de suicidio (en lo general y en lo particular)
Del dictamen de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social (en lo general y en lo particular)
Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 73, 78 y 94, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones
Voto particular respecto al dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, en materia de telecomunicaciones, que presenta el diputado Ricardo Mejía Berdeja del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 12 de marzo de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados
ASISTENCIA
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los señores diputados y de las señoras diputadas.
El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 275 diputadas y diputados, por lo tanto hay quórum.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (a las 11:04 horas): Se abre la sesión
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.
El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.Se dispensa la lectura.
«Segundo periodo de sesiones ordinarias. Primer año de ejercicio. LXII Legislatura.
Orden del día
Martes 19 de marzo de 2013
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones oficiales
De diputados
Seis, en relación a retiro de iniciativas.
De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal
Por la que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del 207 aniversario del natalicio de Benito Juárez García, Benemérito de las Américas.
De la Secretaría de Gobernación
Con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados relativo al proyecto Centro Comercial Dragon Mart Cancún.
Dos, con las que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente, correspondiente al primer receso.
Con la que remite solicitud de permiso constitucional, para que los ciudadanos: Claudia Cristina Rojas Olguín, Braulio Arturo Torres Rodas, Gabriela Ortega Trujillo, Leonardo Daniel Aguilar Morán, Cynthia Esther Cárdenas Ruiz de Chávez, Sergio Salazar Soto, Sagra Margarita Clorio Jessel, Edgar Sánchez López y Alejandro Olvera Moya, puedan prestar servicios en las embajadas de los Estados Unidos de América, de Australia y de Brasil, en México.
De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación
Por la que comunica la suspensión de los eventos programados para el análisis del informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, los días 20 de marzo, 3, 17 y 19 de abril del año en curso.
Protesta de diputado
Minuta
Con proyecto de decreto por el que se ratifica la Estrategia Nacional de Energía. (Turno a Comisión)
Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno
De la Junta de Coordinación Política.
Agenda política
Comentarios relativos al 18 de marzo, Día de la Expropiación Petrolera, a cargo de los Grupos Parlamentarios.
Declaratoria de publicidad de los dictámenes
De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78 y 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones.
De las Comisiones Unidas de Juventud y de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones a los artículos 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y 5o. de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
De las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de Procedimiento de declaratorias.
De las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 28 Ter; un segundo párrafo al artículo 29 y un segundo párrafo al artículo 47 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de patrimonio cultural subacuático.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Dictamen a discusión
De leyes y decretos
De la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 62 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud.
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.
De las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de suicidio.
De la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social.
Dictámenes a discusión
Negativos de iniciativas y minutas
De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco.
De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 16, 18, 20, 23, y 25 de la Ley General para el Control del Tabaco.
De las Comisiones Unidas de Energía y de Hacienda y Crédito Público, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, y del Código Fiscal de la Federación.
De la Comisión de Seguridad Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo y adiciona un cuarto párrafo al artículo 201 y reforma el artículo 205 de la Ley del Seguro Social.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o., 19 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
De la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
De la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IV al artículo 5 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
De las Comisiones Unidas de Gobernación y de Energía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
De las Comisiones Unidas de Gobernación y de Energía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1 y Segundo Transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la SSA, para que establezca un programa emergente de atención dirigido a la población del Oriente del estado de Michoacán de Ocampo, así como para que realice las gestiones necesarias para la ampliación del Hospital Regional de Ciudad Hidalgo, mediante la creación del área de especialidad en Nefrología, a cargo del diputado Luis Olvera Correa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Presidente de la República y a los miembros de su gabinete, para que cumplan con su compromiso de hacer públicas sus declaraciones patrimoniales, a cargo de la diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, para que en representación del Gobierno Mexicano, condene la falta de un debido proceso y las excesivas condenas impuestas a los 24 presos civiles saharauis, juzgados en un Tribunal Militar Marroquí, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente Resolución)
Dictámenes a discusión
De puntos de acuerdo
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita al Ejecutivo federal, fortalezca los programas y los mecanismos de atención para combatir la violencia contra las niñas y mujeres, a efecto de que puedan ser implementados de manera eficiente y equitativa.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SAGARPA, incrementar los apoyos a favor de las mujeres rurales.
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo, relativos a lo sucedido en Tacotalpa, Tabasco.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo relativo a la revisión de las Reglas de Operación de los Programas contenidos en el anexo 10 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2012.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos Estatales, armonizar su legislación conforme a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal, en materia de Feminicidios.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa, a aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, las medidas necesarias para atender el creciente índice de Feminicidios en la entidad.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos Estatales, armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en los cargos de elección popular.
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Procuraduría General de la República que coadyuve con la Procuraduría Estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios presentados en Tula, Hidalgo.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que organice e instale el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los Congresos de los Estados de la Federación, para que legislen priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y las recomendaciones que de ellos emanan para preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la SEGOB y a la SEP, para que establezcan una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de la navegación insegura de las niñas, niños y adolescentes en Internet; asimismo se exhorta a las legislaturas de los estados y a la ALDF, para que legislen en la materia.
De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de las entidades donde no se ha legislado sobre el derecho a la no discriminación, a expedir disposiciones legales encaminadas a prohibirlas y desarrollar acciones institucionales para compensar la violación de esa garantía.
De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que la Cámara de Diputados manifiesta su rechazo a los actos de violencia y discriminación llevados a cabo por medios de comunicación públicos y privados de Quintana Roo, en contra de las Diputadas Graciela Saldaña Fraire y Alicia Ricalde Magaña, así como de Edith Mendoza Pino, ex alcaldesa del municipio de Tulum.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y Ejecutivos Estatales, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, se promueva y privilegie la dignificación del Adulto Mayor.
De las Comisiones Unidas de Justicia y de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo por los que exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores; a la Procuraduría General de la República y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, realicen las acciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos en los que falleció el connacional menor de edad José Antonio Elena Rodríguez en la línea de la frontera de Nogales, Sonora, el pasado 10 de Octubre.
De la Comisión de Competitividad, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversos Congresos Estatales, para que aprueben el proyecto de decreto que reforma los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal, a través del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y la Secretaría de Turismo, se establezca el Día Nacional de la Gastronomía Mexicana.
De la Comisión de Energía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía a tomar medidas para erradicar la extracción, manejo y distribución ilícitos de gas LP en el país.
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Gobernador del Estado de Querétaro con relación a la ola de secuestros y desapariciones de personas en la entidad; y al Congreso local a realizar los trabajos legislativos pertinentes para tipificar el delito de feminicidio.
Iniciativas
Que reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Pedro Porras Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo Turno a Comisión)
Que expide la Ley General para la Garantía de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez. (Sólo Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 4° de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Oswaldo Fuentes Solís, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Beatriz Zavala Peniche, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 7° de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Raúl Paz Alonzo, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Oswaldo Fuentes Solís, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 420 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Alfonso Inzunza Montoya y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que abroga la Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 115 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carol Antonio Altamirano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del diputado Sergio Torres Félix, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Miguel Sámano Peralta, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado Domitilo Posadas Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que adiciona un artículo 141 Bis al Código Penal Federal, a cargo del diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Margarita Licea González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 2-A, 35 y 36 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Felipe de Jesús Almaguer Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 2o. de la Ley de Planeación, a cargo del diputado Fernando Alejandro Larrazabal Bretón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 109 y 158 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que adiciona un artículo 222 Bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada Jessica Salazar Trejo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que adiciona un Artículo Transitorio a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 35 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Salvador Arellano Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Fernando Belaunzarán Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 2o. y 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Victor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que adiciona un artículo 367 Bis al Código Penal Federal, a cargo del diputado Javier Filiberto Guevara González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Luis Miguel Ramírez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, a cargo de la diputada Joaquina Navarrete Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que adiciona un artículo 5 Bis a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo del diputado Arturo Escobar y Vega y suscrita por el diputado Felipe Arturo Camarena García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 294 y 306 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 1o. y 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada Angélica Rocío Melchor Vásquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que expide la Ley del Instituto de Formación para el Desarrollo Integral Municipalista, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 7o. de la Ley General de Educación, 113 de la Ley General de Salud y 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Sergio Torres Félix, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 37 de la Ley Agraria, a cargo de la diputada Martha Berenice Álvarez Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 185 y 191 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Crystal Tovar Aragón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Mónica García de la Fuente, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 3o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Bonilla Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Cristina Olvera Barrios, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 420 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Landy Margarita Berzunza Novelo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Sociedad Hipotecaria Federal, a cargo de la diputada Yazmin de los Ángeles Copete Zapot, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que expide el Código Penal Único, a cargo de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que expide la Ley que Garantiza el Derecho de Réplica, a cargo del diputado Rodrigo Chávez Contreras, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Proposiciones
Con punto de acuerdo relativo a la problemática que representan las altas tarifas de energía eléctrica en el país, a cargo del diputado Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la SEP, a la CNDH y a las comisiones de Derechos Humanos locales, así como a la SSA, para que establezcan campañas permanentes de detección, prevención y eliminación de todo tipo de maltrato y en su caso, orientación para el tratamiento del Bullying y Mobbying, a cargo del diputado Enrique Aubry De Castro Palomino, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Gobiernos Estatales y Municipales, para que los puestos de dirección de todos los espacios gubernamentales destinados a la atención de los temas referentes a la juventud, sean ocupados por personas menores a 29 años de edad, al día de su designación, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Senado de la República, para que se apruebe la Minuta con proyecto de Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4o. y se reforma la fracción XXIX-J del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Juventud. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo relativo a la instrumentación de acciones para prevenir y combatir la pesca ilegal del pepino de mar, a cargo del diputado Arturo Escobar y Vega, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se insta a Pemex para que se acate o sancione el no cumplimiento del manual de operación de la franquicia Pemex, por parte de las estaciones de servicio, respecto del uso gratuito de los servicios sanitarios por parte de clientes y acompañantes, a cargo del diputado Rosa Elia Romero Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la SHCP, de la Sener, de la SE y de la CFE, para que se realice un estudio de las condiciones climatológicas en el estado de Campeche y se determine la clasificación pertinente, justa y correcta de las tarifas eléctricas, a cargo de la diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que se declare el 9 de mayo como Día Nacional de la Salud Materna y Perinatal, a cargo de la diputada Flor de María Pedraza Aguilera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Efemérides
Con motivo del Día Internacional de Acción Contra las Represas, y a Favor de los Ríos, el Agua y la Vida, a cargo del diputado Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.»
ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: En virtud de que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, proceda la Secretaría a someter a discusión de la asamblea el acta de la sesión anterior.
El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves catorce de marzo de dos mil trece, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.
Presidencia del diputadoFrancisco Agustín Arroyo Vieyra
En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos cincuenta y siete diputadas y diputados, a las once horas con cuatro minutos del jueves catorce de marzo de dos mil trece, el Presidente declara abierta la sesión.
En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; acto seguido se somete a discusión el Acta de la Sesión anterior y, no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.
Desde su curul el diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, de Movimiento Ciudadano, realiza comentarios sobre nota periodística relativa a la Minuta de reforma sobre fuero constitucional. El Presidente explicó el procedimiento aplicado en el trámite de dicha Minuta.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De los diputados:
María del Rocío Corona Nakamura, del Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Desarrollo Social, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para la Protección y Apoyo de las Madres Jefas de Familia, presentada el veintitrés de octubre de dos mil doce.
Adriana González Carrillo, del Partido de Acción Nacional, por la que solicita que se retire de los registros de las Comisiones de Cultura y Cinematografía, y de Presupuesto y Cuenta Pública, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos, presentada el treinta y uno de octubre de dos mil doce.
Teresa de Jesús Mojica Morga, del Partido de la Revolución Democrática, por las que solicita que se retiren de la Comisión de Puntos Constitucionales, las iniciativas con proyecto de decreto que reforman los artículos cuarenta y uno, y noventa y nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentadas el veintiséis de febrero, y el cinco de marzo de dos mil trece.
Gloria Bautista Cuevas, del Partido de la Revolución Democrática, por la que solicita que se retire de los registros de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados propone a la Colegisladora, convocar a las comisiones relacionadas al sector de las telecomunicaciones, para que trabajen en conferencia en la discusión y aprobación de las reformas correspondientes a la legislación de la materia, presentada el doce de marzo de dos mil trece.
Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.
b) De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados relativo al operativo Rápido y Furioso. Se remite a la Comisión de Derechos Humanos, para su conocimiento.
c) De la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, correspondiente al Primer Receso. Se remite al promovente, para su conocimiento.
d) Del Congreso del estado de Chihuahua, con la que remite acuerdo aprobado por el que exhorta al Congreso de la Unión, para que contemple en su agenda legislativa y sea analizado lo estipulado en el Compromiso Noventa y Cuatro del Pacto por México. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento.
e) De la Cámara de Senadores:
Con la que remite solicitud del Senador Raúl Morón Orozco, del Partido de la Revolución Democrática, para que se dictamine la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley General de Salud, la Ley General de Educación, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley General de la Infraestructura Física Educativa. Se remite a las Comisiones Unidas de Salud, y de Educación Pública y Servicios Educativos, para su atención.
Con la que remite la Minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo cuatrocientos sesenta y cuatro Ter de la Ley General de Salud, para los efectos de la fracción E del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
f) Del Congreso de los estados de:
Baja California, con la que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo cuatrocientos veinte del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Chihuahua, con la que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma las fracciones segunda, tercera, quinta, y sexta, del artículo ciento quince de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria el dictamen con proyecto de decreto de Comisión de Seguridad Social, que reforma el artículo noventa y cinco de la Ley del Seguro Social. De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
Se someten a discusión de los dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones:
a) De Asuntos Indígenas, que reforma la fracción undécima del artículo trece de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión a la diputada Eufrosina Cruz Mendoza.
Presidencia de la diputadaAleida Alavez Ruiz
Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Sonia Rincón Chanona, de Nueva Alianza; Juan Luis Martínez Martínez, de Movimiento Ciudadano; Héctor Hugo Roblero Gordillo, del Partido del Trabajo; Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Partido Verde Ecologista de México; Vicario Portillo Martínez, del Partido de la Revolución Democrática; Margarita Licea González, del Partido de Acción Nacional; y Fernando Zamora Morales, del Partido Revolucionario Institucional. En votación económica se considera suficientemente discutido. En votación nominal por unanimidad de cuatrocientos treinta y un votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma la fracción undécima del artículo trece de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
A las once horas con cuarenta y cuatro minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos treinta y seis diputadas y diputados.
b) De Gobernación:
Que reforma los artículos sexto, fracción primera de la Ley General de Bienes Nacionales y ciento sesenta y dos de la Ley Agraria. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión a la diputada Gabriela Medrano Galindo. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Luis Antonio González Roldan, Nueva Alianza; Francisco Alfonso Durazo Montaño, de Movimiento Ciudadano; y Fernando Belaunzarán Méndez, del Partido de la Revolución Democrática. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos veintinueve votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma los artículos sexto, fracción primera de la Ley General de Bienes Nacionales y ciento sesenta y dos de la Ley Agraria. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
Que reforma el artículo dieciocho inciso a) de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano; Felipe Arturo Camarena García, del Partido Verde Ecologista de México; Fernando Belaunzarán Méndez, del Partido de la Revolución Democrática; Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Partido de Acción Nacional; y Manuel Añorve Baños, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos veintiséis votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo dieciocho inciso a) de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Se devuelve al Senado, para los efectos de la fracción E, del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Que declara el dos mil catorce como Año del Bicentenario de la Promulgación de la Constitución de Apatzingán. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión al diputado Salvador Ortiz García. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Francisco Alfonso Durazo Montaño, de Movimiento Ciudadano; Silvano Aureoles Conejo, del Partido de la Revolución Democrática; Juan Jesús Aquino Calvo, del Partido de Acción Nacional; y Salvador Romero Valencia, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos dieciséis votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que declara el dos mil catorce como Año del Bicentenario de la Promulgación de la Constitución de Apatzingán. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
c) De Justicia, que deroga los artículos ciento treinta y nueve a ciento cuarenta y cinco del Código Civil Federal. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen las diputadas: Lucila Garfias Gutiérrez, de Nueva Alianza; Zuleyma Huidobro González, de Movimiento Ciudadano; y Alfa Eliana González Magallanes, del Partido de la Revolución Democrática. Sin más oradores registrados, en votación nominal por cuatrocientos ocho votos a favor; dos en contra; y dos abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que deroga los artículos ciento treinta y nueve a ciento cuarenta y cinco del Código Civil Federal. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
d) De Economía, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión a Beatriz Eugenia Yamamoto Cázarez. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Fernando Bribiesca Sahagún, de Nueva Alianza; y Víctor Manuel Jorrín Lozano, de Movimiento Ciudadano. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos trece votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se devuelve al Senado, para los efectos de la fracción E del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
e) De Derechos Humanos:
Que reforma el artículo veintinueve y adiciona una fracción sexta, recorriéndose la actual en su orden al artículo diecinueve de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión a la diputada Roxana Luna Porquillo. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Dora María Guadalupe Talamanete Lemas, de Nueva Alianza; José Francisco Coronato Rodríguez, de Movimiento Ciudadano; y Elvia María Pérez Escalante, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos seis votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo veintinueve y adiciona una fracción sexta, recorriéndose la actual en su orden al artículo diecinueve de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.
Que reforma el primer párrafo del artículo veintisiete de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. El dictamen fue fundamentado en la intervención anterior por la diputada Roxana Luna Porquillo. Para fijar postura de su grupo parlamentario interviene el diputado José Francisco Coronato Rodríguez, de Movimiento Ciudadano. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos cuatro votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo veintisiete de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
Que reforma la fracción décima segunda del artículo sexto, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. El dictamen fue fundamentado en la intervención anterior por la diputada Roxana Luna Porquillo. Para fijar postura de su grupo parlamentario interviene el diputado José Francisco Coronato Rodríguez, de Movimiento Ciudadano. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de trescientos noventa y seis votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma la fracción décima segunda del artículo sexto, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión al diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo.
Presidencia del diputadoJosé González Morfín
Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Sonia Rincón Chanona, de Nueva Alianza; Nelly del Carmen Vargas Pérez, de Movimiento Ciudadano; y María Esther Garza Moreno, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de trescientos setenta votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
Que reforma diversas disposiciones de las Leyes para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, General de Población, General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Instituto Nacional de las Mujeres, del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, General de Turismo, y de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Para fijar postura de su grupo parlamentario interviene la diputada Aida Fabiola Valencia Ramírez, de Movimiento Ciudadano. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de trescientos sesenta y un votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, General de Población, General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Instituto Nacional de las Mujeres, del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, General de Turismo, y de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
Se da cuenta con acuerdos de la Junta de Coordinación Política:
Con relación a cambio de integrantes y de Juntas Directivas de Comisiones Ordinarias, y Comisiones Especiales. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
Por el que se nombra al representante de la Honorable Cámara de Diputados, ante el comité técnico del fideicomiso que administrará el fondo de apoyo social para ex trabajadores migratorios mexicanos. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
Por el que se nombra al representante de la Honorable Cámara de Diputados, ante el consejo técnico consultivo de la Comisión de Fomento a las actividades de las organizaciones de la Sociedad. Sancionar trata de personas. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
Por el que se designa a la diputada que representará a la Cámara de Diputados en la Comisión Intersecretarial para prevenir, combatir y sancionar los delitos de materia de trata de persona. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
Por el que se nombra al representante de la Honorable Cámara de Diputados, ante el consejo consultivo de las Comisiones Nacional de Premiación del Premio Nacional de Derechos Humanos. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
Se recibe dictamen de la Comisión de Turismo, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo para apoyar el proyecto de recuperación del Barrio de Tacubaya en la Delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal, con el propósito de convertirlo en un centro turístico. En votación económica se aprueba el punto de acuerdo. Comuníquese.
Se reciben iniciativas con proyecto de decreto de los diputados:
María Rebeca Terán Guevara, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.
Blas Ramón Rubio Lara, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo ciento cincuenta y cuatro Bis de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
María del Rocío Corona Nakamura, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo once de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.
De conformidad con el artículo cien del Reglamento de la Cámara de Diputados, las siguientes proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria:
Proposiciones con punto de acuerdo:
Laura Barrera Fortoul, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a su Secretario de Gobierno y al Jefe Delegacional en Venustiano Carranza, para que brinden apoyo a los locatarios por el incendio de la nave mayor del mercado de La Merced. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.
Raúl Gómez Ramírez, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la dependencia coordinadora y a los integrantes del Comité Técnico del Fideicomiso que administra el Fondo de apoyo social para ex trabajadores migratorios mexicanos, para que realice una revisión de todos los expedientes de las personas que están catalogadas como pendientes viables y no viables. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.
Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta Auditoría Superior de la Federación, para que realice una auditoría al gasto ejercido para diversas construcciones en el Instituto Politécnico Nacional. Se turna a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para dictamen.
José Arturo López Cándido, del Partido del Trabajo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a que difunda a través de una campaña masiva de comunicación el uso del condón femenino y lo distribuya de forma gratuita a la población. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Sonia Rincón Chanona, de Nueva Alianza, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Gobernación y de la Secretaría de la Defensa Nacional, se realicen acciones coordinadas con las autoridades de las entidades federativas, a fin de impulsar y fortalecer las campañas de desarme o despistolización. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Defensa Nacional, para dictamen.
Javier Filiberto Guevara González, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a los Congresos de las Entidades Federativas, para que incorporen en sus agendas de discusión el tema de las acciones para detectar la enajenación de objetos robados que se llevan a las casas de empeño. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.
Raúl Gómez Ramírez, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que refuerce la correcta aplicación de los procedimientos de verificación de mercancías de comercio exterior al interior del recinto fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Juan Francisco Cáceres de la Fuente, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Energía, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Economía y de la Secretaría de Desarrollo Social, sean autorizadas tarifas eléctricas preferenciales o de bajo costo para el consumo domestico, comercial y agrícola a los estados de Campeche, de Chiapas, de Quintana Roo, de Tabasco y de Yucatán. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
Gerardo Peña Avilés, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, para que se declare la zona centro del estado de Sinaloa, como zona de baja prevalencia. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistema de Riego, para dictamen.
Javier Orihuela García, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Director de Petróleos Mexicanos, para que se restablezcan en su puesto de trabajo a todos los empleados del Sindicato Profesional Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Agotados los asuntos del Orden del Día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el martes diecinueve de marzo de dos mil trece, a las once horas y levanta la sesión a las dieciséis horas con dieciocho minutos.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobada el acta.Continúe la Secretaría.
RETIRO DE INICIATIVAS
El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva en la honorable Cámara de Diputados de la LXII Legislatura. Presente.
Por este conducto y en uso de la facultad que me confiere lo dispuesto por el artículo 77 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, mediante el presente vengo a ejercer mi derecho de retirar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 19, fracción IV, 29, 30, 43, fracciones III y IV, de la Ley General de Desarrollo Social, presentada por el suscrito en la sesión ordinaria de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados de fecha 18 de septiembre de 2012.
Sobre el particular, solicito a Usted gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se realicen las modificaciones correspondientes en los registros parlamentarios de esta Cámara.
Sin otro particular, envío un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, 8 de marzo de 2013. Diputado Javier López Zavala (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar muy atentamente a ese órgano de gobierno, sea retirada la siguiente iniciativa presentada el miércoles 19 de diciembre de 2012.
Iniciativa que modifica la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
A efecto, de que se realicen las acciones pertinentes.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputado Jesús Morales Flores (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Cámara de Diputados. Presente.
Por este conducto me dirijo a usted para solicitarle respetuosamente sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social, presentada por la suscrita el 4 de octubre de 2012 ante esta honorable Cámara de Diputados y turnada a la Comisión de Desarrollo Social.
Lo anterior con fundamento en el artículo 77 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de marzo de 2013. Diputada Lilia Aguilar Gil (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados. Presente.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, retiro de la Comisión de Desarrollo Social la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Apoyo Económico a Madres Solteras Jefas de Familia, por así convenir a mis intereses.
Sin otro particular, aprovecho la oca ión para enviarle n cordial y respetuoso saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, 13 de marzo de 2013. Diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados. Presente.
Sirva la presente para enviarle un cordial saludo, al tiempo de solicitarle su respaldo y apoyo a fin de que con fundamento en el artículo 77, Presentación y Retiro de Iniciativas, numeral 2, de la sección segunda, Iniciativas, del Reglamento de la honorable Cámara de Diputados, y con el derecho que me asiste dicho artículo, sea retirada de la Comisión de Hacienda y Crédito Público la iniciativa que a continuación describo:
Emitir una moneda conmemorativa, alusiva al centenario de la asunción del general Francisco Villa al gobierno del estado de Chihuahua.
Sin otro particular por el momento, le reitero mis consideraciones.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 15 de Marzo de 2013. Diputada Diana Karina Velázquez Ramírez.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva. Presente.
Me permito hacer de su conocimiento que en uso de las atribuciones que me confiere el numeral 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, por este conducto retiro la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 133 de la Ley del Seguro Social y la fracción II del artículo 135 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados el 13 de noviembre de 2012.
En este sentido, solicito a usted que gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda a efecto de que se realicen las modificaciones correspondientes en los registros parlamentarios de la Cámara.
Agradezco la atención que sirva dar al presente y aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputada Elena Corrales Corrales (rúbrica).»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Diputado don Alfonso Durazo, ¿con qué objeto? Lo escucho con atención.
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño (desde la curul): Gracias, presidente, por su atención. Dos puntos, presidente.
Primeramente deseo felicitar al diputado González Morfín y al grupo de diputados de Acción Nacional que lo han acompañado en su gestión para aclarar los términos de la minuta sobre el fuero que la Presidencia de esta Cámara envió al Senado.
Sigue siendo motivo de interés mediático y me parece que mientras este tema no quede aclarado a satisfacción de la colegisladora, seguiremos siendo señalados como autores de fechorías típicas de pícaros de barrio.
La otra, presidente, es solicitarle si pudiéramos tener información sobre la realidad de este contrato de un software que nadie conoce y en principio tampoco necesitamos cuyas cifras resultan escandalosas. La prensa ha estado interesada cuestionándonos con frecuencia y no tenemos mayor información, si fuera posible recibir alguna aclaración sobre este punto. Gracias, presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Coincido con ambos comentarios, diputado Alfonso Durazo y me uno a la felicitación que usted hace al diputado González Morfín, entre otras cosas, porque el día de hoy celebra su onomástico.
Continúe la Secretaría.
ANIVERSARIO DEL NATALICIO DE BENITO JUAREZ
El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Diputados Secretarios de la honorable Cámara de Diputados. Presentes.
La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del 207 aniversario del natalicio de Benito Juárez García, Benemérito de las Américas, el jueves 21 de marzo, a las 10:00 horas, en el Hemiciclo a Juárez, ubicado en la Alameda Central, delegación Cuauhtémoc.
Por lo anterior, me permito solicitar a ustedes, los nombres de los diputados de esa honorable Cámara que asistirán a la ceremonia de referencia.
Agradezco las atención es que se sirvan prestar a la presente y les reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Licenciada Guadalupe Lozada León, coordinadora de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural, Secretaría de Cultura.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Para asistir en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes diputados: Martín de Jesús Vázquez Villanueva, a doña Margarita Saldaña Hernández y a don Hugo Jarquín, para que tengan la representación de esta honorable Cámara de Diputados en tan importante evento.
CENTRO COMERCIAL DRAGON MART CANCUN
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Presentes.
En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-8-1155 signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2013.DGVP.172 suscrito por el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la construcción y operación del proyecto centro comercial Dragon Mart-Cancún.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 13 de marzo de 2013. Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Economía.
Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación. Presente.
En atención al oficio SEL/UEL/311/371/13, del 8 de marzo de 2013, me permito enviar respuesta al punto de acuerdo por el cual la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a esta dependencia a brindar la información solicitada por la Comisión Permanente sobre el proyecto Dragon Mart-Cancún, conforme al acuerdo publicado el 3 de enero de 2013.
Al respecto, la Subsecretaría de Industria y Comercio de esta secretaría informa que no ha tenido ningún encuentro oficial con los representantes del proyecto centro comercial Dragón Mart-Cancún y obras asociadas, y que no se ha iniciado ningún trámite sobre el mismo ante dicha instancia.
De igual manera, la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad de esta secretaría advierte que no cuenta con ninguna solicitud de registro de inversión extranjera correspondiente al proyecto centro comercial Dragón Mart Cancún y obras asociadas.
En consecuencia, la Secretaría de Economía no cuenta en este momento con elementos que le permitan brindar información sobre el proyecto referido, en lo que hace al ámbito de sus facultades.
Por lo anterior, y con fundamento en la fracción II del artículo 2 del acuerdo por el que se establecen las funciones de las áreas de apoyo al secretario de Economía para el cumplimiento de diversas atribuciones, solicito atentamente haga del conocimiento del Congreso de la Unión la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.
Atentamente
Mario Emilio Gutiérrez Caballero (rúbrica), director general de Vinculación Política.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento.
MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
En respuesta al oficio número DGPL 62-II-7-341, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, entonces presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UR 120 UCE/CECU/0109/13, suscrito por el licenciado Adrián Guerra Yáñez, coordinador de Enlace con el honorable Congreso de la Unión de la Unidad de Coordinación Ejecutiva de la Secretaría de Educación Pública, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a mejorar las condiciones y el desarrollo de las personas con discapacidad en la escritura Braille en los centros educativos.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 15 de marzo de 2013. Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Educación Pública.
Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación. Presente.
En atención al oficio número SEL/UEL/311/0079/12, remito a usted copia del oficio suscrito por la licenciada Mónica G. Hernández Riquelme, directora general de Innovación y Fortalecimiento Académico de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, organismo sectorizado de esta secretaría, por el que da respuesta al punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en la sesión celebrada el 16 de enero de 2013, relacionado con el exhorto para mejorar las condiciones y el desarrollo de las personas con discapacidad en la Escritura Braille en los centros educativos.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Adrián Guerra Yáñez (rúbrica), coordinador de Enlace.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Educación Pública.
Licenciado Adrián Guerra Yáñez, coordinador de enlace con el Congreso de la Unión. Unidad de Coordinación Ejecutiva. Presente.
Con relación al oficio número UR 120 UCE/CCU/0023/ 2013, de fecha 18 de enero del presente año, mediante el cual se envía el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en la sesión celebrada el 16 de enero de 2013, en la que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública y entidades federativas para que implementen acciones que faciliten el acceso al sistema de escritura Braille en los centros educativos.
Al respecto, adjunto al presente las acciones realizadas para facilitar el acceso al sistema Braille en los centros educativos, que se han llevado a cabo a través de la Dirección de Educación Especial de la Dirección General de Operación de Servicios Educativos, perteneciente a esta Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 12 de marzo de 2013. Mónica G. Hernández Riquelme (rúbrica), Directora General.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Educación Pública.
Acciones realizada para facilitar el acceso al sistema Braille en los centros educativos
Lograr una escuela inclusiva que brinde educación para todos ha sido un reto en el cual la Dirección de Educación Especial, adscrita a la Dirección General de Operación de Servicios Educativos de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal de la Secretaria de Educación Pública, ha tenido avances significativos en atención a la diversidad. Considerando el principio de igualdad y equidad se logra el óptimo desarrollo de niños, niñas y jóvenes que se encuentran escolarizados en el sistema educativo y propicia su plena participación, por tal motivo representa uno de los principales desafíos educativos que conlleva a realizar planteamientos estratégicos de mejora, para dar cumplimiu1to cabal a las exigencias formativas.
Para dar una respuesta pertinente a los alumnos y alumnas con discapacidad, aptitudes sobresalientes y aquellos que enfrentan barreras para el aprendizaje y la participación, la DEE implementa el Modelo de Atención de los Servicios de Educación Especial (MASEE): Centro de Atención Múltiple (CAM) y Unidades de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER). El MASEE se fundamenta en tres ejes fundamentales: la educación inclusiva, la articulación del la educación básica sustentada en el acuerdo 592 y en el modelo de gestión educativa estratégica.
Un referente de política pública que se retoma para la concreción del MASEE en los servicios de CAM y USAER es la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a partir de lo que enfatiza en su artículo, que los Estados parte asegurarán que las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivos de discapacidad, que los niños y las niñas con discapacidad no queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita y obligatoria ni de la enseñanza secundaria... Señala también y de manera importante que se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales, entendidos estos como las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Asimismo, orienta para prestar e1 apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación, para promover su formación efectiva y se ofrezcan medidas de apoyo personalizadas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión.
Con este fin se facilitará
El aprendizaje del sistema Braille, la escritura alternativa, medios y formatos de comunicación aumentativos o alternativos; habilidades de orientación y de movilidad, así como la tutoría y el apoyo entre pares.
Por otra parte, la Dirección de Educación Especial también retoma una importante disposición política del gobierno federal como es la promulgación de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. En el artículo 15 se afirma que la educación especial tendrá por objeto, además de lo establecido en la Ley General de Educación, la formación de la vida independiente y la atención de aquellos sujetos cuyas condiciones comprenden entre otras, dificultades severas de aprendizaje y de comportamiento, emocionales, discapacidad múltiple o severa y capacidades y aptitudes sobresalientes, que les permitan tener un desempeño académico equitativo, evitando así la desatención, deserción, rezago o discriminación.
En este marco desde el 2008 la DEE establece como parte de su programa general de trabajo el Objetivo Estratégico 2 en el que se establece Desarrollar programas y estrategias específicas y diversificadas para la atención educativa de la población que enfrenta barreras para el aprendizaje y la participación, por presentar una condición de discapacidad, capacidades y aptitudes sobresalientes o dificultades para acceder al desarrollo de competencias de los campos de Formación del currículo. Para ello establece como una de sus metas la difusión y utilización de la Lengua de Señas Mexicana y del sistema Braille como estrategias de accesibilidad y comunicación.
Las acciones para facilitar el acceso al sistema Braille son las siguientes:
Formación continua: Durante el periodo 2008-2012 se capacitaron mil 863 profesionales de la educación especial en el sistema Braille, así como 515 profesionales en estrategias de atención educativa para alumnos y alumnas en discapacidad visual.
Capacitación al personal docente y directivo de las Unidades de Servicios de Apoyo a la Educación Regular
(USAER), que se constituye como instancia técnico operativa de educación especial ubicada en espacios físicos de educación regular, que proporciona apoyos técnicos, metodológicos y conceptuales en escuelas de educación básica mediante el trabajo de un colectivo interdisciplinario de profesionales. Dichos apoyos están orientados al desarrollo de escuelas y aulas inclusivas mediante el énfasis en la disminución o eliminación de las barreras para el aprendizaje y la participación que se generan en los contextos.
Las acciones de asesoría, orientación y acompañamiento que despliega la USAER, se realizan de forma colaborativa con los docentes y directivos de las escuelas a fin de establecer estrategias diversificadas y específicas para la población objetivo, fortaleciendo la planificación didáctica y los aprendizajes esperados de los estudiantes con discapacidad visual.
Red de Asesoría y Consultoría: Como parte de la estrategia para favorecer la atenci6n educativa de los alumnos con discapacidad, incluyendo a los ciegos en los servicios educativos, se implementan espacios de acompañamiento, asesoría y orientación que involucre a todos los agentes educativos con la finalidad de resignificar las prácticas pedagógicas de todos los implicados en el proceso educativo, particularmente de los asesores técnico-pedagógicos.
Centro de Recursos de Información y Orientación (CRIO): A través de este servicio, la Dirección de Educación Especial posibilita a sus usuarios docentes, padres de familia, público en general, estudiantes de nivel medio y superior, el acceso a la información, al acervo bibliográfico y tecnológico. Para favorecer la atención a los alumnos con discapacidad visual cuenta con el área tiflológica, que cuenta con formatos digitales de texto y audio, así como el servicio de conversión de archivos digitales de texto en audio libros, mediante formatos accesibles para personas con discapacidad visual; de igual manera, ofrece información y orientación respecto a esta área, impresión de materiales en Braille, elaboración de materiales en relieve con realzado de imágenes, uso de máquinas Perkins, caja de matemáticas y ábaco, así como préstamo de regleta y punzón.
Distribución de las 200 lecturas en Braille y macrotipos realizadas en el marco del Programa Nacional de Lectura de la Secretaría de educación Pública que como estrategia de accesibilidad al currículo fortalece asimismo los aprendizajes escolares de los estudiantes con ceguera y debilidad visual. Dichos materiales fueron distribuidos en las escuelas primarias del Distrito Federal a fin de apoyar los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Materiales: La Dirección de Educación Especial realiza permanentemente las gestiones para que los alumnos ciegos inscritos en los CAM y en la escuela regular orientados por el USAER cuenten con libros de texto en Braille y macrotipos para alumnos débiles visuales.
Ajustes razonables para la accesibilidad de la infraestructura: Se impulsa que los servicios educativos, así como las áreas centrales cuenten con letreros en Braille indicativos e informativos de la institución.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase al promovente, para su conocimiento.
CERTIFICACION DE LOS INTEGRANTES DE LOS CUERPOS POLICIACOS
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
En respuesta del oficio número DGPL 62-II-8-0699, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, entonces presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número UAJ/ DGPC/ 164/ 2013, suscrito por el licenciado Ernesto Enríquez Rubio, titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional de Seguridad de esta secretaría, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a continuar la certificación de los integrantes de los cuerpos policiacos del país por la vía de los controles de confianza y dar a conocer el programa de reestructura de la extinta Secretaría de Seguridad Pública.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 14 de marzo de 2013. Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaría de Enlace Legislativo en la Segob. Presente.
Me refiero al oficio número SEL/ UEL/ 311/ 005/13, signado por el entonces titular de la unidad a su cargo, por el cual nos hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 3 de enero de 2013, que a la letra dice:
Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Gobernación a garantizar que se continúe la certificación de los integrantes de los cuerpos policiacos del país por la vía de los controles de confianza. Segundo. La Comisión Permanente exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Gobernación a dar a conocer el programa de reestructura de las áreas operativas y de inteligencia que se encontraban adscritas a la extinta Secretaría de Seguridad Pública. Tercero. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas a redoblar por conducto de los centros de evaluación y control de confianza los esfuerzos y practicar con la mayor brevedad las evaluaciones de control de confianza de todos los integrantes de las instituciones de seguridad pública. Cuarto. La Comisión Permanente hace un llamado a los gobiernos de las entidades federativas a terminar el proceso de baja de los integrantes que a la fecha de entrada en vigor del decreto por el que se reforma el artículo tercero transitorio del decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública no hubieren aprobado las evaluaciones correspondientes. Quinto.La Comisión Permanente solicita que se sancione conforme a la Ley de Seguridad Pública a los funcionarios que no acaten los resultados que arrojen dichos exámenes de control de confianza.
Al respecto, la Unidad de Asuntos Jurídicos solicitó la información relativa a los resolutivos primero y quinto del punto de acuerdo, mediante el oficio número UAJ/ DGPC/ 042/ 2013, dirigido al encargado del despacho de la oficina del comisionado general de la Policía Federal.
El coordinador de asesores del comisionado general de la Policía Federal remitió la información solicitada mediante el oficio número PF/ OCG/ CA/ 016/ 2013, de fecha 25 de febrero de 2013, que se anexa en copia simple para los trámites conducentes.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Licenciado Nicanor Zarco Gutiérrez, Director General de Procedimientos Constitucionales. Presente.
En atención del oficio número UAJ/ DGPC/ 093/ 2013, de fecha 22 de enero de 2013, mediante el cual hace referencia al similar número SEL/ UEL/ 311/ 005/ 13, a través del cual la Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación comunica el punto de acuerdo aprobado por el pleno del de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión celebrada el 3 de enero de 2013, que señala lo siguiente:
Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Gobernación a garantizar que se continúe la certificación de los integrantes de los cuerpos policiacos del país por la vía de los controles de confianza... Quinto.La Comisión Permanente solicita que se sancione conforme a la Ley de Seguridad Pública a los funcionarios que no acaten los resultados que arrojen dichos exámenes de control de confianza.
Al respecto, me permito señalar que la Policía Federal, a través de la Dirección General de Control de Confianza, dependiente de la Coordinación del Sistema de Desarrollo Policial, realiza de manera permanente las evaluaciones de control de confianza para verificar que se cumpla el requisito de permanencia de sus integrantes.
En caso de que éstas no sean aprobadas satisfactoriamente, la Dirección General de Control de Confianza informa a la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal para que ésta, en el marco de sus atribuciones, realice la investigación correspondiente y, de considerarlo procedente, solicite al Consejo Federal de Desarrollo Policial el inicio del procedimiento administrativo por incumplimiento de los requisitos de permanencia.
El Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal, a su vez, preservando el derecho a la garantía de audiencia, sustancia el procedimiento disciplinario respectivo y resuelve sobre la baja del elemento.
La Policía Federal ha evaluado en materia de control de confianza a la totalidad de su personal, por lo que atendiendo a lo establecido en el artículo 7, fracción VI, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, cumple cabalmente la obligación de certificar a sus integrantes.
Atentamente
México, DF, a 25 de febrero de 2013. Maestro David Córdova Tello (rúbrica), coordinador de asesores del Comisionado General de la Policía Federal.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase al promovente, para su conocimiento.
PERMISO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN PRESTAR SERVICIOS EN SEDES DIPLOMATICAS
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Dipucados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número DEP-0417/13, el licenciado Emilio Suárez Licona, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicita se tramite ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, Apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se citan a continuación, puedan prestar sus servicios al Gobierno extranjero que se menciona:
Nombre: Alejandro Olvera Moya.
Puesto: Auxiliar técnico.
Lugar de Trabajo: Embajada de Brasil en México.
Nombre: Sagra Margarita Clorio Jessel.
Puesto: Gerente de Negocios.
Lugar de Trabajo: Embajada de Australia en México.
Nombre: Edgar Sánchez López.
Puesto: Gerente de Educación.
Lugar de Trabajo: Embajada de Australia en México.
Nombre: Claudia Cristina Rojas Olguín
Puesto: Especialista en propiedad intelectual.
Lugar de Trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Nombre: Braulio Arturo Torres Rodas.
Puesto: Asistente de cómputo en el Departamento de Agricultura.
Lugar de Trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Nombre: Gabriela Ortega Trujillo.
Puesto: Asistente administrativo en el Departamento de Agricultura.
Lugar de Trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Nombre: Leonardo Daniel Aguilar Morán.
Puesto: Coordinador de Logística y Soporte.
Lugar de Trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Nombre: Cyntia Esther Cárdenas Ruiz de Chávez
Puesto: Especialista en manejo de proyectos.
Lugar de Trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Nombre: Sergio Salazar Soto.
Puesto: Investigador.
Lugar de Trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Por lo anterior me permito anexar, para la integración de sus expedientes, copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y originales de los escritos en los que solicitan que se realicen los trámites correspondientes; asimismo, copias simples de sus identificaciones oficiales.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 14 de marzo de 2013. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
INFORME DEL RESULTADO DE LA FISCALIZACION SUPERIOR DE LA CUENTA PUBLICA 2011
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación
Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados. Presente.
Le saludo cordialmente, con fundamento en el artículo 149 del Reglamento de la Cámara de Diputados, respetuosamente le solicito que comunique al pleno de esta soberanía en la sesión del día martes 19 de marzo que derivado de la cuarta reunión ordinaria de esta comisión, celebrada el 14 de marzo del año en curso, se suspendieron los eventos programados para los días 20 de marzo, 3, 17 y 19 de abril del año en curso, relativos al análisis del Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2011, lo anterior en virtud de los dictámenes de gran relevancia que se desahogarán en el pleno de esta soberanía en próximas sesiones; las fechas de nueva calendarización serán informadas en próximos días.
Sin otro particular y agradeciendo de antemano la atención, quedo a sus órdenes.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputado José Luis Muñoz Soria (rúbrica).»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De enterado.
DIPUTADO SUPLENTE QUE SE INCORPORA
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea; se encuentra a las puertas de este recinto el ciudadano Miguel Alfonso Vildosola Lacarra, diputado federal electo en el I distrito electoral del estado de Baja California.
Se designa en comisión para que lo acompañen en el acto de rendir la protesta de ley para entrar en funciones a las siguientes diputadas y diputados: doña Blanca María Villaseñor Gudiño, doña Minerva Castillo Rodríguez, don Adolfo Bonilla Pérez, doña María Fernanda Schroeder Verdugo, doña María del Carmen López Segura, don David Pérez Tejada Padilla, don Luis Antonio González Roldán, don Ricardo Mejía Berdeja y doña Zuleyma Huidobro González.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Se pide a la comisión cumplir con este encargo.
(La comisión cumple su cometido)
Se invita a los presentes ponerse de pie.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ciudadano Miguel Alfonso Vildosola Lacarra, ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?
El ciudadano Miguel Alfonso Vildosola Lacarra: Sí, protesto.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Si así no lo hiciera, que la nación se lo demande.Bienvenido, diputado Vildosola.
Continúe la Secretaría.
ESTRATEGIA NACIONAL DE ENERGIA
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se ratifica la Estrategia Nacional de Energía.
Atentamente
México, DF, a 14 de marzo de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de Decreto
Por el que se ratifica la Estrategia Nacional de Energía.
Único.De conformidad con lo establecido en el artículo 33, fracción VI, último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se ratifica la Estrategia Nacional de Energía.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 14 de marzo de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente; Senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza (rúbrica), Secretaria.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
Honorable asamblea, el siguiente punto del orden del día...
El diputado Ramón Antonio Sampayo Ortiz (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Sí, lo escucho.
El diputado Ramón Antonio Sampayo Ortiz (desde la curul): Presidente, solamente para comentarle que la Estrategia Nacional de Energía sea turnada a la Comisión de Cambio Climático.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Con opinión de la Comisión de Cambio Climático.¿Le parece correcto?
El diputado Ramón Antonio Sampayo Ortiz (desde la curul): Sí.
Presidencia de la diputada Aleida Alavez Ruiz
EXPLOSION EN EL MUNICIPIO DE NATIVITAS, TLAXCALA
La diputada Leonor Romero Sevilla (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:¿Con qué objeto, diputada? Sonido a la curul de la diputada, por favor.
La diputada Leonor Romero Sevilla (desde la curul): Gracias, señora presidenta. Quiero pedirle de manera respetuosa se conceda un minuto de silencio en memoria de las 17 personas fallecidas en la explosión del pasado viernes en el municipio de Nativitas, Tlaxcala, suceso que enlutó a las familias y a la sociedad tlaxcalteca.
Gracias, señora presidenta, y ojalá fuera posible.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Se obsequia la petición de un minuto de silencio. Les rogamos a todos ponerse de pie.
(Minuto de silencio)
Muchas gracias.
DIA DE LA EXPROPIACION PETROLERA
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:El siguiente punto del orden del día es comentarios relativos al 18 de marzo, Día de la Expropiación Petrolera. Tiene el uso de la palabra doña Dora María Talamante Lemas, de Nueva Alianza. Adelante, diputada, por favor.
La diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas: Con su permiso, presidenta. Para el sociólogo alemán Norbert Elias, la contabilización del tiempo es una de las herramientas humanas con que la sociedad nos permite guiar nuestras conductas y alcanzar nuestros fines específicos.
A partir de esta visión, los hechos históricos que nos han marcado como nación los recordamos como una parte de nuestra concepción del mundo, de los anhelos a los que aspiramos como país, a partir de los valores colectivos que buscamos trasmitir como herencia a las futuras generaciones y la forma en que interpretamos el presente.
Los integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza participamos en la conmemoración de los 75 años de la expropiación petrolera, decretada por el presidente Lázaro Cárdenas el 18 de marzo de 1938 y de los postulados de la defensa de la soberanía nacional que nos heredó como uno de los legados más preciados al pueblo mexicano.
La expropiación petrolera representa uno de los acontecimientos fundamentales en la construcción de un México contemporáneo; una decisión asumida por el presidente Lázaro Cárdenas sirvió para hacer efectivo jurídica y políticamente el dominio directo de la nación sobre los recursos naturales que son de vital importancia para el desarrollo nacional, como es el del petróleo.
A la luz del tiempo debemos entender que la expropiación de los bienes de 16 empresas petroleras aquel 18 de marzo de 1938 fue una decisión política, no solo legal o económica, ya que el contexto histórico de la época sirvió para determinar la relación de México frente a las naciones extranjeras, quienes no aceptaban que un país periférico asumiera con responsabilidad la decisión de hacer valer su soberanía nacional sobre los hidrocarburos.
Las expresiones externas no se dejaron esperar, pero solo la determinación del Estado mexicano logró aprovechar las condiciones en que se llevó a cabo la expropiación, el inicio de la Segunda Guerra Mundial, situación que contribuyó a consolidar una política sobre los hidrocarburos, como una base para el desarrollo nacional y la industrialización del país en la segunda mitad del siglo XX.
La trascendencia de la expropiación petrolera está más allá de la coyuntura histórica, en ella se plasmó la voluntad de los mexicanos de fortalecer la soberanía del país frente a intereses económicos y políticos de agentes externos, pero sobre todo a establecer las condiciones de autodeterminación del pueblo mexicano para asumir con responsabilidad y decisión el rumbo de nuestra nación.
Con esta convicción, en el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza asumimos la responsabilidad de lograr una política energética viable, eficiente y eficaz, que contribuya al desarrollo de nuestro país. Responsabilidad ajena a las ataduras ideológicas, que en los últimos años nos han impedido alcanzar los acuerdos para impulsar la modernización de Petróleos Mexicanos. La modernización de esta empresa pública es una necesidad frente a los retos que se presentan en el futuro inmediato.
La producción petrolera, la competitividad en el mercado altamente demandante en materia energética y la dependencia económica del Estado mexicano sobre la renta petrolera, en este contexto, nuestro país se encuentra en una disyuntiva que requiere de un análisis minucioso respecto al petróleo.
La soberanía en materia energética constituye uno de los pilares fundamentales de la economía mexicana y no es para menos, pues Petróleos Mexicanos actualmente es el cuarto productor a nivel mundial de crudo y consensado de petróleo, y su contribución al producto interno bruto del país representa el 7.7 por ciento. Sin embargo, sus costos de operación alcanzan 48.8 por ciento de sus ganancias, lo que implica la totalidad de sus activos y el pago de impuestos, a los que coloca en déficit presupuestal cada ejercicio fiscal.
Ante este panorama, debemos atender las conclusiones del estudio El futuro del petróleo en México, de 2011, de la Universidad de Oxford, en el que indica que de continuar con el mismo camino, en menos de una década México podría convertirse en un importador neto de petróleo.
La afirmación pone en relieve la situación actual de esta empresa y la decisión de mantener o no la rectoría sobre los hidrocarburos, así en una fecha significativa para nuestro país cabe traer al presente las siguientes preguntas: ¿Qué quiere y requiere México en sus políticas petroleras? ¿Cuáles son las perspectivas del sector petrolero mexicano en el mediano y largo plazo? Y por consiguiente, ¿cuál es la mejor manera de superar los obstáculos que se prevén para alcanzar sus objetivos primordiales?
Conscientes de la finitud de estos recursos, en el mundo se han dado pasos importantes en el desarrollo de las generaciones de energías renovables, limpias y amigables en el medio ambiente.
Es obligación de una empresa de esta magnitud que inicie el camino en este sentido y evite la dependencia de los hidrocarburos y combustibles fósiles. Estamos a tiempo de continuar en el desarrollo que se comenzó hace 75 años, al apropiarnos de esos recursos energéticos nacionales.
Compañeras y compañeros diputados, al conmemorar los 75 años de la expropiación petrolera hacemos un homenaje al pueblo mexicano y a los visionarios que cristalizaron el anhelo que se perseguía en la segunda mitad del siglo XIX y que se traduce en establecer una forma de gobierno propia, consolidar instituciones y en el reconocimiento de una nación libre y soberana.
Centrar la discusión en la privatización o no de Pemex es simplificar una cuestión mucho más compleja. Nos parece que en todo caso el debate debe contemplar el rol estratégico de esta empresa pública en la estrategia nacional de energía.
¿Cuáles son las alternativas viables y factibles para convertirla en una empresa competitiva a nivel mundial? ¿Cómo evitar que la renta petrolera continúe sosteniendo las finanzas públicas y el gasto gubernamental? ¿Cómo dejar las dependencias, dejar de depender de los combustibles fósiles para transitar en la generación de energías renovables, limpias, en aras de mejorar el desarrollo sustentable?
La respuesta a estos cuestionamientos solo será posible con el concurso y participación de los mexicanos, porque es de todos la responsabilidad de que Petróleos Mexicanos sea la empresa eficaz, transparente y competitiva que requiere el desarrollo sostenible de nuestro país. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Gracias, diputada. Tiene ahora la palabra el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara, por el Grupo Parlamentario del PT.
Quiero saludar a alumnos de la Universidad Continente Americano, procedentes de San Luis de la Paz, Guanajuato, que se encuentran hoy aquí con nosotros. Bienvenidos.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:Con el permiso de la Presidencia. Es muy importante el día de hoy retomar de manera breve, porque parece sobre todo en esta Cámara de Diputados que hay un olvido histórico de lo que ocurrió hace 75 años, que el presidente Lázaro Cárdenas tomó una trascendental e histórica decisión de expropiar el petróleo para todos los mexicanos y para todas las mexicanas.
Hay que recordar porque no está muy lejano, esos tiempos, con lo que actualmente ocurre que al momento del conflicto las empresas extranjeras tenían una presencia predominante en México, el 60 por ciento del petróleo mexicano estaba en manos de compañías inglesas y el 39.2 en manos de compañías norteamericanas. Esto obviamente se prohijó en la presidencia de Porfirio Díaz, que expide la Ley del Petróleo, con la que se logra impulsar la actividad de este recurso natural.
Dicha ley como algunas que se pretenden el día de hoy otorgó amplias facultades a los inversionistas nacionales y extranjeros para realizar la exploración y explotación de terrenos de propiedad federal.
A la caída de Díaz, el gobierno revolucionario del presidente Madero, en 1912, establece un decreto para un impuesto especial para la producción petrolera, 20 centavos por barril, y posteriormente ordenó que se efectuara un registro de compañías que operaban en el país.
Obviamente la muerte de Madero hoy mismo un senador priista lo enunciaba así como la de Carranza, sin duda están relacionadas con estos hechos históricos de querer darle al pueblo de México el petróleo.
Es evidentemente ya Carranza quien logra en la Constitución del 17 restituirle a la nación la propiedad absoluta, sobre todo de las riquezas del subsuelo en el artículo 27, y aún en este artículo ni Calles ni Obregón logran darle el petróleo al pueblo de México, es hasta Cárdenas que se omite el control gubernamental y se deja crecer el poder económico de dichas empresas petroleras extranjeras, las cuales desarrollan una fuerte concentración de poder económico, situación que les permite comportarse como un ente al margen de la soberanía del Estado mexicano que implementan las repúblicas petroleras.
Hoy eso, sin duda, lo vemos con las corporaciones que están en el territorio nacional donde se impera su ley al margen de la legislación del país. Nada más hay que recordar aquella frase de las compañías petroleras, cuando le decían a los ciudadanos: Te compramos tus terrenos a ti o a la viuda; algo similar a como vemos cómo actúan al día de hoy muchas de estas empresas y de los que están atrás de estas empresas, los partidos de la derecha, el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Acción Nacional y algunos que se les están acercando por desgracia.
Pienso que es muy importante recordar estos hechos, porque con el disfraz de la modernización otra vez pretenden engañar al pueblo de México. Miren, ustedes seguramente conocen el artículo 27 constitucional, y si no hay que recordarlo este día. Sí me interesa recordarlo, porque hay que desenmascarar la trampa de Enrique Peña Nieto, de sus discursos de hace unos días y de los que lo siguen con el Pacto por México.
En el artículo 27 dice: Corresponde a la nación el dominio directo de todos los recursos naturales, de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, de todos los mantos, masas o yacimientos, tales como el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos y el espacio situado sobre el territorio nacional. El dominio de la nación es inalienable e imprescriptible, tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos. No se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la nación llevará a cabo la explotación de estos productos.
Tenemos que destacar la parte medular del 27 constitucional, con la intención de que la población mexicana lo conozca y compare con la propuesta para el petróleo y el gas que hace el PRI, el PAN y el PRD en el Pacto por México, y eso es el quid de lo que vamos a estar debatiendo hacia adelante.
Miren que dice el Pacto por México. En el área de petróleo y gas se realizarán las siguientes acciones: los hidrocarburos seguirán siendo propiedad de la nación, se mantendrá en manos de la nación a través del Estado, la propiedad y el control de los hidrocarburos y la propiedad de Pemex como empresa pública. En todos los casos la nación recibirá la totalidad de la producción de hidrocarburos. Repito, recibirá la totalidad de la producción de hidrocarburos.
Inocente o sutilmente, la redacción de este párrafo separa de la propiedad y el control la producción, afirmando que la nación recibirá la totalidad de ella. Si la redacción del artículo 27 dice claramente que la nación llevará a cabo la explotación de estos productos, a lo que se refieren con señalar que ella recibirá la totalidad de la producción de hidrocarburos obviamente es al traspaso de la renta petrolera a manos de los extranjeros, de las compañías extranjeras.
Aquí no nada más el refrán de que la burra no era arisca; si en días recientes el propio presidente de la Cámara, de la Mesa Directiva, hizo pasar la minuta de reforma del fuero de tal manera que pareciera como vigente e inalienable el fuero al presidente de la República, ya un diputado hoy lo decía: son como pillos de barrio, que dicen una cosa pero por abajo hacen otras cosas. ¿Quién les va a creer?
A 57 años de la expropiación petrolera tenemos que estar alertas los mexicanos, puesto que la tentación de los intereses nacionales y extranjeros, de los grandes ricos del país que son pocos, no más de 30 familias de apropiarse como en la época porfirista de la jugosa renta petrolera, está a la orden del día y no quitarán el dedo del renglón, a sabiendas que el gobierno de Enrique Peña Nieto tiene como meta alcanzar al final de su administración la nada despreciable producción de tres millones de barriles diarios, según afirmó el director de Exploración y Producción de Pemex, Carlos Morales.
Ahorita está produciéndose millón y medio que consumen los norteamericanos. Quieren elevar esa producción a tres millones. Ahorita ya hemos explicado que se produce en 10, o más bien se extrae en 10, se paga en 100 y se quieren llevar parte de los 90 dólares que hay de ganancia. Eso implicaría un billón 250 mil millones de pesos. Si duplican la producción obviamente que se quieren llevar dos billones y medio a los negocios que están haciendo con la entrega del petróleo.
Es obviamente que por eso muchos mexicanos vamos a estar alertas, atentos, sabiendo que el petróleo es de los mexicanos, que es herencia para las futuras generaciones y no vamos a permitir que esto ocurriera.
Para finalizar nada más quiero subrayar que también lo que falla mucho en esta estrategia es como ya lo dijo el titular de Hacienda y Crédito Público que uno de los elementos fundamentales para la recuperación de Petróleos Mexicanos sería la transparencia.
Si en algo ha sido consistente la administración de Petróleos Mexicanos es en la opacidad en su administración, misma que ha permitido el robo y desvío de recursos en una burocracia costosa que administra estructuras sobrecargadas de trabajadores administrativos a costa de los ingresos de la paraestatal.
En el mismo sentido, las relaciones opacas con el Sindicato de Trabajadores de la paraestatal; muestra de ello ha sido el Pemexgate, sancionado por el IFE al hacer público el desvío de fondos provenientes del Sindicato de Pemex para solventar la campaña presidencial de Labastida, los gastos multimillonarios de sus dirigentes sindicales, los préstamos que realiza la paraestatal al propio sindicato, el desvío de 9 mil 500 millones entre 1995 y 2006, de Pemex, se entregó en donaciones al gobierno del estado de Tabasco.
Pero la corrupción no solo se da al interior de la paraestatal y su relación con el sindicato y gobiernos estatales, también se da en las relaciones comerciales a través de contratos...
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Concluya diputado.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:Culmino, presidenta. A través de contratos designados, que favorecen a particulares que lucran con los recursos de la empresa.
Por eso se coincide que la transparencia es requisito indispensable para la transformación de Pemex; transparencia que también es necesaria para el diseño y ejecución de la estrategia de energía que propone el titular del Ejecutivo; transparencia en la propuesta, en las modificaciones legales y el marco jurídico de Pemex. Obviamente esto está ausente. Para eso deberíamos de pedir tiempo, para que hubiera transparencia en el diseño de la empresa y su proyección, como factor de crecimiento económico nacional.
Invocar la expropiación petrolera culmino como un hecho nacionalista e histórico, no es suficiente en esta época de crisis; es necesario un compromiso con las y los mexicanos, atendiendo al interés de estos y no de las empresas transnacionales y de los grupos de empresarios nacionales, que medran con los recursos de la nación...
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Diputado, ha concluido su tiempo.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara: El mejor homenaje a las acciones de Lázaro Cárdenas, es defender el patrimonio de los mexicanos.
Les pediría a todos los diputados del PRI, que están allá atrás gritando, tiempo, tiempo, y tiempo, que mejor se dedicaran a atender a sus electores, a los ciudadanos y no a seguirle entregando el petróleo a los extranjeros, que es lo que están ustedes queriendo hacer en alianza con la derecha de esta Cámara.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Tiene la palabra el diputado Alfonso Durazo Montaño, de Movimiento Ciudadano, hasta por 10 minutos.
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño: Diputada presidenta; compañeras y compañeros diputados, es fascinante ver como en 1938 un presidente nacionalista devolvía a México su dignidad, cambiaba su historia y estremecía al mundo, con la noticia de que un país débil expropiaba su petróleo. Es lamentable ver que 75 años después un presidente entreguista pretende abrir las puertas a la regresión.
No es un objetivo explícito, pero se trata de un objetivo real. Al grito de todos somos neoliberales, Enrique Peña Nieto ve a punto de cerrar la cruzada privatizadora iniciada en 1982, entregando a las petroleras transnacionales la cereza del pastel de las empresas públicas mexicanas.
Pero en esta ocasión tampoco lo van a lograr, pues se equivoca quien crea que el presidente de la República no tiene línea roja que respetar. El instinto social sabe que ahora como entonces las petroleras serían una fuente más de problemas que de soluciones; sabe que las privatizaciones se volvieron un botín, sabe que su historia se resume en excesos, abusos, privilegios y corruptelas que han beneficiado a un pequeño grupo en el que convergen intereses de una elite de políticos y empresarios.
Suban a esta tribuna los defensores de las privatizaciones a ilustrarnos con un solo beneficio uno solo para los consumidores de la privatización de teléfonos, bancos, puertos, aeropuertos, ferrocarriles, aerolíneas o carreteras, traducido en menores precios para los mexicanos.
No pueden hacerlo, porque los costos de estos servicios están muy por encima del promedio de las tarifas internacionales. Ni siquiera pueden alegar que las privatizaciones dieron mayor competitividad a la economía del país.
No obstante, ahora van sobre el petróleo amparados en el eufemismo de la modernización de Pemex. Pero en esta ocasión tampoco lo lograrán, porque el poder político ya no está solo en las manos del gobierno; porque finalmente las manos que aplauden también pueden dar bofetadas.
Por supuesto que Pemex requiere cirugía mayor, requiere atención responsable por parte del Estado. En las últimas tres décadas los diferentes gobiernos se han dedicado a desmantelarlo y a someterlo a una sobreexplotación fiscal, que ha llevado a la empresa a la paradoja de que mientras más inversión requiere menos se le permite invertir. De paso dejaron morir al Instituto Mexicano del Petróleo, que en su etapa estelar generó tecnología petrolera de punta.
Pemex está secuestrado por una maraña de intereses políticos, burocráticos, sindicales y de contratistas nacionales y extranjeros; es víctima de fraudes, malversaciones y aberraciones administrativas sin par, documentadas por la Auditoría Superior de la Federación. Cercado por una historia pródiga y creativa en actos de corrupción. Encontrar ahí un gesto de honestidad resultaría una extravagancia.
La situación de Pemex es, en síntesis, una tragedia. Salvo tramos excepcionales, el Ejecutivo ha visto históricamente a los diputados como una mera porra deportiva, ciega, sin reflexión, sin debate, sin estudios de los temas y sin otro posicionamiento que la aprobación incuestionada de sus iniciativas. A esa inercia se apuesta hoy para abrir las puertas de Pemex a su privatización.
Técnicamente, teóricamente, constitucionalmente, el pueblo a través de sus representantes configura la voluntad del Estado. Es evidente que en esta Legislatura la mayoría de diputados lo ha olvidado, que consciente o inconscientemente ha confundido la voluntad del Ejecutivo con la voz colectiva de los mexicanos, que esta Cámara debería representar con mayor fidelidad y dignidad.
Pareciera obvio, pero es necesario aclarar que un presidente fuerte no es lo mismo que un Estado fuerte, y mucho menos que una ciudadanía fuerte. Por ello se equivoca el PRI, al pretender fortalecer al presidente y al presidencialismo, cuando es a la sociedad y en última instancia, a un Estado democrático a los que debemos fortalecer.
En ese contexto, es lógico suponer que con la reforma energética el presidente espera un comportamiento similar al histórico, pues no hay nada en el desempeño de esta Cámara, nada, absolutamente nada que lo mueva a pensar que las cosas han cambiado.
Pido a las y los legisladores priistas y panistas que no juzguen la propuesta de reforma energética por su propaganda, con una argumentación cerrada y confusa, una lectura unilateral y mal intencionada sobre las causas de su rezago, y un discurso lleno de hipocresía, se asume que basta con abrir Pemex a la inversión extranjera para resolver su tragedia.
Como si no fuese el abandono estratégico en el que se le tiene, crecido al amparo del viejo anhelo internacional de su apertura, lo que ha restado eficacia al potencial estratégico que el petróleo y Pemex tienen para impulsar el desarrollo productivo y el bienestar social de los mexicanos.
El empresariado nacional y extranjero es imprescindible para impulsar el desarrollo económico del país; sin embargo, la explotación de un producto vital para la seguridad nacional no puede estar sujeta exclusivamente a la lógica empresarial.
En Movimiento Ciudadano sabemos que Pemex no puede seguir operando como actualmente lo hace. Estimamos, sin embargo, que por razones ideológicas y de intereses de grupo, ni las propuestas de Peña Nieto ni las del PAN representan una alternativa para rescatar a Pemex del abandono que hoy lo tiene postrado.
Nos oponemos a la propuesta de apertura del PRI y el PAN, porque sería abolir oficialmente el propósito cardenista de que la renta del petróleo debe representar un beneficio para todos los mexicanos, particularmente para aquellos millones y millones que conviven diariamente con las fronteras del hambre.
Nos oponemos, porque sería deshacernos del único recurso capaz de convertirse por sí solo en palanca del desarrollo nacional. Nos oponemos porque el Estado mexicano en su debilidad y contubernio con los grupos de poder, no tiene capacidad para contener su actuación en los márgenes de la legalidad.
Proponemos, en cambio, el rescate de nuestra industria petrolera mediante la cancelación de la inmisericorde política rentista del gobierno sobre Pemex, que anula su capacidad de inversión y consecuentemente de crecimiento.
Nos pronunciamos por la revisión a fondo del desempeño de la alta burocracia petrolera, que no entiende su responsabilidad y consecuentemente no puede atenderla. Nos pronunciamos por la revisión de los manejos financieros de la dirigencia sindical y por el castigo a los abusos, las omisiones y las irregularidades administrativas que han hecho de la corrupción en Pemex una leyenda de talla internacional.
Finalmente, les digo a ustedes que el petróleo es la energía de México, es su palanca de desarrollo, es de México y es nuestro, gracias a la herencia de un presidente responsable y patriota. A quienes nos identifica el gran compromiso de defender el patrimonio nacional debemos avanzar unidos frente a las fuerzas que amenazan con claridad la riqueza petrolera nacional, así se disfracen de modernización, progreso y bienestar. Es nuestra obligación, como mexicanos y como hombres libres, defenderlo, conservarlo y hacer de él ejemplo de dignidad.
Viva la expropiación petrolera. Viva el general Lázaro Cárdenas. Viva México. Gracias.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Gracias, diputado. Tiene ahora la palabra la diputada Laura Ximena Martel Cantú, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
La diputada Laura Ximena Martel Cantú: Con el permiso de la Presidencia. Compañeros diputados, conmemorar el 75 aniversario de la expropiación petrolera nos remite, desde luego, a conmemorar también con lealtad republicana los hechos que posibilitaron el decreto del general Cárdenas, el 18 de marzo de 1938, decreto que ha sido calificado como la decisión más audaz desde la Revolución Mexicana hasta nuestros días, y el cual constituyó un parteaguas en el pensamiento económico, social, político y jurídico de México.
Hoy, 75 años después de la nacionalización de la industria petrolera, a la luz de la realidad económica del país y del entorno globalizante en el cual estamos inmersos, resulta oportuno repensar a Pemex para modernizarlo y darle los elementos suficientes para que pueda mantener su nivel de competitividad histórica, adecuando su marco regulatorio de acuerdo a las necesidades del sector, en la idea de que vuelva a ser una referencia positiva en la industria petrolera mundial y pueda continuar siendo un instrumento para el desarrollo económico de México y de los mexicanos.
Bajo este orden de ideas, resulta evidente que es necesario sanear la relación entre Pemex y las finanzas públicas. El desafío más importante en la operación de la paraestatal es incrementar su eficiencia para aumentar la rentabilidad de sus inversiones, lo que liberaría una significativa cantidad de recursos que complementen su inversión actual y potencien su capacidad productiva.
De ahí, que la reforma energética debe caminar de la mano con la reforma hacendaria, lo cual implica revisar a profundidad la situación fiscal de la paraestatal, transparentar y eficientar el uso de los recursos derivados de los excedentes petroleros, así como otorgar un trato equitativo y justo a los estados y municipios productores de energía e hidrocarburos.
Requerimos que Pemex sea una empresa fuerte, que ofrezca una previsión más segura y más eficiente de insumos energéticos, que sea más moderna, competitiva y eficiente. En esta nueva etapa por la que se ha de transitar para atender los desafíos históricos será crucial para modernizar a la empresa y hacer de ésta un ejemplo de eficiencia y productividad, mejorar la transparencia, el control y la rendición de cuentas de sus operaciones.
La transparencia y la rendición de cuentas constituyen, no un fin en sí mismo, sino un medio para atacar la corrupción, para mejorar la eficiencia, así como para informar debida y oportunamente a la sociedad mexicana.
En este sentido, es preciso reconocer que Petróleos Mexicanos no puede ni debe prescindir de modalidades de contratación acordes con sus necesidades, por lo que es urgente establecer un andamiaje jurídico que incluya modalidades flexibles. Un andamiaje jurídico acotado y adecuado, que otorgue nuevas atribuciones y mayores responsabilidades.
Señores legisladores, es éste un momento y un espacio propicio para dejar en claro que no hay manera alguna de emprender camino hacia la desnacionalización ni la privatización del patrimonio energético del país. Sobre esta base es que debemos construir la estrategia adecuada que atienda a una política de Estado de largo alcance y que garantice la continuidad y rectoría del Estado en la materia.
Es preciso reconciliar la política energética y la política económica con los intereses de la sociedad nacional. México no puede seguir atado a dogmas ni a viejos anhelos, que solo han servido para despertar la desconfianza de la sociedad, generar incertidumbre y desaliento.
El petróleo es de la nación; el petróleo es de los mexicanos y para los mexicanos. Su fin último debe ser mejorar la calidad de vida de las familias, superar el rezago y la pobreza, abrir nuevas y mejores oportunidades para quienes más lo necesitan, estatización y nacionalización no son sinónimos ni pueden ser la excusa para la ineficiencia, la opacidad y la posible corrupción.
El nacionalismo, en nuestros tiempos, es reflexión obligada para proyectar a Pemex hacia el futuro, para que sus ingresos deriven en lograr que sean utilizados buscando el mejoramiento económico, cultural, social y económico de los mexicanos más vulnerables; el nacionalismo debe ser la expresión más clara de la equidad y de la justicia social. Por su atención, muchas gracias.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Gracias, diputada. Tiene ahora la palabra la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa: Buen día, compañera presidenta. Diputadas y diputados, la importancia de no olvidar que el petróleo seguirá siendo de y para las y los mexicanos, en el poema Suave Patria, Ramón López Velarde escribió: El niño Dios te escrituró un establo y los veneros del petróleo el Diablo.
Hoy quien está escriturando la privatización y saqueo de las riquezas de la nación es el presidente de la República.
Cada 18 de marzo, en México celebramos el aniversario de la expropiación petrolera; discursos oficiales inundan y desbordan los canales de comunicación; en las columnas periodísticas se pueden leer palabras como patria, nación, rectoría del Estado, soberanía, modernidad o frases retóricas como el petróleo es y seguirá siendo de los mexicanos, o como la del presidente del sufragio efectivo: yo no vengo a administrar sino a transformar México.
Con discursos y piruetas verbales aspiran a dibujar un rostro y una posición sobre el petróleo, pero su verdadera intención es abdicar a uno de los principales motores de la economía de cualquier país. El saqueo y despojo de la nación no puede disfrazarla con libertad de competencia y progreso. A las cosas hay que decirles por su nombre.
En estos días se ha acrecentado la intención de privatizar Pemex. Le llaman redimensionamiento del Estado, desincorporación, modernización, capitalización complementaria, inversión conjunta, democratización del capital y más recientemente, pluralismo económico. Pemex tiene una producción promedio de crudo de 2 millones 562 mil barriles por día.
Esta Cámara, en el mes de diciembre aprobó y ajustó el alza del pronóstico para el barril de crudo de 84.90 a 86 dólares. Gracias a ello se logró un incremento de 25 mil 72 millones de pesos en los ingresos frente al monto originalmente estimado por el Ejecutivo federal, de 3 billones, 576 mil millones de pesos. Ello, sin considerar que el día de hoy el precio del barril se encuentra por encima de los 100 dólares.
Sin embargo, a pesar de su rentabilidad, el fantasma de la privatización vuelve a asomarse. La modificación a la declaración de principios y estatutos de un partido político lo deja claro. Entregar bienes públicos a intereses privados nos recuerda a Luis Bonaparte en Francia, que quería aparecer como el bienhechor patriarcal de todas las clases.
Pero no se puede dar a una clase sin quitárselo a otra, ya que ningún gobierno de corte neoliberal se halla en situación de luchar contra la oligarquía, que es la clase en cuyo nombre gobierna.
Por ello, olvidan que la expropiación necesitó de dos condiciones básicas: un presidente patriota y una clase trabajadora dispuesta a luchar contra el sistema de explotación que significa el capitalismo; una clase obrera que entendió que nació no para ser explotada, sino para transformar el mundo.
En mayo del 37 estalló una huelga de los trabajadores petroleros, por el reconocimiento de su sindicato nacional y a favor de su contrato colectivo. Las empresas se negaron a ceder, el gobierno nombró una comisión arbitral para que dictaminara sobre el conflicto; en diciembre de ese mismo año el fallo fue favorable a los trabajadores, las empresas debían pagar determinados salarios y prestaciones, reconocer el sindicato y, sobre todo, aceptar el contrato colectivo.
El conflicto fue llevado por las empresas hasta la Suprema Corte de Justicia y el 1o. de marzo del 38 ese tribunal confirmó el dictamen de la comisión. El 9 de marzo del 39, camino a Palmira, en Cuernavaca, el general Cárdenas habló con el general Mújica, en ese momento le contó que había llegado a la conclusión de que ante la falta de actitud de las empresas de acatar el fallo de la Suprema Corte, no quedaba otro camino más que la expropiación.
Por ello el 18 de marzo lo recuerda, que la historia de las sociedades hasta nuestros días es la historia de la lucha de clases, que no es otra cosa que la lucha por la plusvalía; quien posee la plusvalía posee la riqueza, el poder del Estado, los tribunales, los medios de comunicación, la clase que domina materialmente trata de dominar con su moral, con su educación, sus ideas. Pero a diferencia de ellos nosotros tenemos memoria y principios, no andamos tras la búsqueda del río Leteo, cuyas aguas cuenta la mitología que proporciona el olvido, por eso no recuerdan que afirmaban que el petróleo y la energía eléctrica deben seguir siendo propiedad de la nación.
La historia no fue, está siendo, es lo que sigue ocurriendo cuando la ideología dominante pretende precisamente que ya nada pueda continuar o repetirse. Por ello, al relatar la expropiación reconstruimos los hechos y la verdad cae como un relámpago en estos momentos de peligro en el que la derecha avanza a todo galope y pretende imponer una política neoliberal y entreguista.
La disputa por el petróleo en México nace casi a la par de que descendieron de las carabelas hombres barbudos con armadura de metal y hablando el lenguaje de la pólvora y la muerte, como lo narra Eduardo Galeano.
El 3 de junio de 1912, Francisco I. Madero incluye en la Ley de Timbres un gravamen de 20 centavos por tonelada de petróleo, que equivale a una ínfima cantidad de 3 centavos por barril, misma que posteriormente tuvieron subir a 65 centavos por dólar ese timbre.
Venustiano Carranza asume una política nacionalista causando airadas reacciones ante el intento de exigir que las empresas petroleras pagaran impuestos sobre la explotación del crudo o por obligarlas a entregar información sobre su volumen de producción. El gobierno carrancista tuvo dificultades que se agudizaron con la sublevación de Manuel Peláez, que fue apoyado económicamente por las compañías petroleras trasnacionales y que tuvo que ver con el asesinato de Carranza años después en Tlaxcalantongo.
El Constituyente del 17 sienta las bases del artículo 27, pero las compañías petroleras siguen presionando y amenazando con invertir al país, no obstante que avanzan en materia de derechos sociales la falta de leyes reglamentarias no permiten la exigibilidad.
Nosotros, como legisladores, seremos los garantes de la prohibición de otorgar concesiones a particulares nacionales o extranjeros para la exploración y explotación del petróleo, combatiremos la enorme corrupción que existe en Pemex. Se debe dejar de proteger a funcionarios corruptos que solo han ocupado cargos públicos para enriquecer su patrimonio familiar y pagar viajes y automóviles costosos a sus hijos.
El gobierno federal debe dejar de solaparlos, es tiempo de marcar un alto y llevarlos a la cárcel para que respondan por todo lo que han robado.
Recurrentemente se menciona el ejemplo del modelo brasileño para modernizar la industria petrolera. Dejémonos de falacias, en Brasil después de permitir la inversión, al descubrirse nuevos yacimientos el Estado volvió a recuperar su dominio y otro punto central es que en Brasil a los corruptos se les mete a la cárcel, aquí se les da fuero y los mantienen como líderes sindicales.
Claro que requerimos transformar la industria. No podemos seguir despilfarrando la renta petrolera. Es inaceptable que si un barril cuesta extraerlo alrededor de 8 dólares y lo vendemos a más de 100 en el mercado, este país siga siendo un generador de pobres al por mayor.
Pemex requiere autonomía de gestión y un régimen fiscal menos severo y flexible. Los excedentes petroleros no pueden seguir siendo manejados discrecionalmente por la Secretaría de Hacienda. Los estados y los municipios se encuentran con problemas financieros mayúsculos y los excedentes que pudieran detonar el crecimiento y desarrollo del país son utilizados para privilegiar intereses particulares.
La Estrategia Nacional de Energía 2013-2017 presentada por el titular del Ejecutivo federal y avalada no por unanimidad por el Senado de la República, es impresentable. La demagogia atraviesa todo el texto, salvo el tema de ampliar la participación privada del sector.
En su momento, llegada la discusión a esta Cámara rectificaremos ese documento para que verdaderamente pueda ser pilar de la economía nacional.
En los próximos años el sector energético mexicano debe desempeñar una función crucial en el fomento del crecimiento económico, la creación de empleos y desarrollo sostenible. Solo que la diferencia entre ustedes los defensores de la oligarquía y nosotros, es que nosotros contemplamos este sueño como uno de los anhelos más grandes de la sociedad mexicana y ustedes lo ven como la oportunidad de seguir despojando de la riqueza a millones de compatriotas.
México tiene un enorme potencial para aprovechar y desa-rrollar nuevos recursos energéticos: en petróleo, aguas profundas, gas no convencional, energías renovables. Pero esta oportunidad debe de servir para combatir y terminar con las desigualdades y ésta es la apuesta y convicción de la izquierda; si somos capaces de entender los orígenes de la desigualdad podremos comprender mejor el costo y los beneficios de reducirla.
Casi toda la desigualdad que existe en nuestro país en estos días es consecuencia de la decisión de malos gobiernos, tanto por acción como por omisión. Es muy sencillo de entender, hay dos formas de acumular riqueza: creándola o arrebatándola a los demás. La primera enaltece un principio social; la segunda lo destruye.
México y el papel de este Congreso deben reparar termino, presidenta y construir la ecuación que tiene atrapada y sometida a la industria energética de Petróleos Mexicanos, debe ser el orgullo y la voluntad colectiva. Estamos listos y en pie de lucha.
De nada le va a servir haber cambiado su declaración de principios; la historia no recuerda a los vendepatrias. La última palabra la tiene el pueblo y el pueblo tiene nervio, corazón y memoria, y el pueblo tiene presente las palabras del general Lázaro Cárdenas: Gobierno o individuo que entregue los recursos nacionales a los extranjeros es traidor a la patria. Gracias, señora presidenta.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Gracias, diputada. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Homero Ricardo Niño de Rivera Vela, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Quiero darles la bienvenida a alumnos de la Escuela Primaria Petróleos Mexicanos, de la delegación Azcapotzalco, de todos los grados, invitados por la diputada Margarita Saldaña. Bienvenidos.
El diputado Homero Ricardo Niño de Rivera Vela: Gracias, presidenta. Compañeras y compañeros diputados, el 18 de marzo de 1938 lo recordamos como el día que los mexicanos nos decidimos a hacer grandes cambios para este país.
En los últimos años quizá ya décadas cada 18 de marzo subimos a esta tribuna, preparamos grandes discursos, algunos se suben y se rasgan las vestiduras y nos recuerdan que el petróleo es de los mexicanos, pero no hemos logrado hacer los cambios que la industria petrolera requiere en este país. Ningún año hemos atinado a festejar este aniversario, esta importante fecha haciendo de una buena vez los cambios que se requieren.
Este año, a 75 años de ese gran cambio, los legisladores de este país estamos llamados a conmemorar esta fecha haciendo estos cambios que nos demandan los mexicanos.
Hay que recordar que el gobierno panista, en 2008, presentó a este Congreso una reforma de gran calado; una reforma responsable que atendía los cambios que se requerían. Pero una vez más y como fue costumbre en los últimos 12 años el PRI bloqueó esa reforma, como todas, consistente e irresponsablemente.
Ojalá, señoras y señores, compañeras y compañeros, ojalá este año estemos a la altura; este 2013, este 75 aniversario estemos en verdad a la altura de hacer un cambio profundo, porque Pemex requiere un trato de empresa; empresa pública, por supuesto, pero empresa al fin.
Pemex requiere mucha inversión y en muchos casos sería absurdo que esa inversión provenga del gobierno. Pemex requiere trato fiscal justo; Pemex necesita impulsar cadenas productivas mexicanas. A Pemex le urgen combustibles a precios equitativos. Pemex necesita autonomía de gestión y mucha, mucha más transparencia.
En el PAN en verdad esperamos que este gobierno esté dispuesto a entrarle en serio a los temas, porque a juzgar por los discursos huecos que el presidente Peña y su gabinete alcanzaron a esbozar en este aniversario de la expropiación petrolera, pareciera que ya están pensando seriamente si entrar o no a esta reforma. Este aniversario, este 18 de marzo, era la gran oportunidad para que el gobierno nos dijera qué está esperando de esta reforma energética. Lo desperdiciaron sin duda.
Los discursos llenos de lugares comunes del presidente y de su gabinete, llenos de frivolidades, nos hacen pensar que ya reaccionaron a las presiones, que ya le están contestando a la izquierda que por supuesto que no, que nadie va a privatizar nada; que ya los están arrinconando y faltan todavía seis meses para que se presente esta reforma.
Este gobierno, compañeros y compañeras del PRI y de sus partidos aliados adjuntos, este gobierno contará con el acompañamiento del PAN, solo si están dispuestos a entrarle en verdad a los cambios que la reforma energética requiere y no que nos presenten y nos vengan con una propuesta que esté al contentillo de todos los intereses que están alrededor de este tema. Muchas gracias. Gracias, presidenta.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Presidenta, pregunte al orador si acepta una pregunta.
Presidencia de la diputada Patricia Elena Retamoza Vega
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:No proceden preguntas, compañero, por ser la posición de cada fracción.
En el uso de la voz el diputado Alejandro Rangel Segovia, de la fracción parlamentaria del PRI, hasta por diez minutos.
El diputado Alejandro Rangel Segovia: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras diputadas, compañeros diputados, un momento de la historia del siglo XX mexicano, un gran momento fue el de la expropiación petrolera. Dos reivindicaciones logramos: nuestro el petróleo y nuestra la soberanía:
Tres actores fundamentales estuvieron en tal decisión: el gobierno de un presidente fuerte, un pueblo solidario con él, y unos trabajadores decididos a cambiar.
En torno a este acontecimiento se han escrito numerosos textos historiográficos y todos coinciden en señalar la importancia estratégica de esa decisión, de cara a un inminente conflicto bélico mundial.
Al nacionalizar nuestro petróleo, conforme a lo establecido en la Constitución de 1917, no solo reivindicamos la posesión de los recursos naturales del subsuelo, sino que además pudimos dar un uso oportuno y con sentido nacional al recurso.
Gracias a la nacionalización del petróleo pudimos generar una plataforma de desarrollo que derivaría en la plena inserción de México en la economía internacional, como productores de manufacturas y no simplemente como exportadores de materias primas.
Pero además fue un tema de justicia laboral, de acatamiento a una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que la soberbia de las compañías extranjeras pretendió ignorar, por lo que el presidente Lázaro Cárdenas del Río tomó la valiente decisión de hacer prevalecer la decisión soberana del Estado mexicano, fincada absolutamente en la legalidad.
Las demandas de los trabajadores eran justas y las compañías tenían la posibilidad de cumplir con ellas, pues la lucha de los trabajadores fue larga y su productividad era incuestionable.
El Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana exigió un aumento de salario, un contrato colectivo y una jornada laboral de 40 horas semanales, que los patrones se rehusaron a conceder y por ello se convocó a una huelga general a fines de mayo de 1937.
El gobierno interpuso sus buenos oficios para levantar la huelga. La comisión pericial destinada a resolver el tema por la Junta de Conciliación y Arbitraje reveló que las compañías petroleras tenían los suficientes dividendos como para otorgar los aumentos salariales y falló a favor del sindicato pidiendo a las compañías el cumplimiento de las peticiones y el pago de 26 millones de pesos en salarios caídos. Los patrones se negaron a acatar las disposiciones a favor de los trabajadores y llegaron al extremo de declararse en rebeldía, mientras los obreros convocaron a otra huelga exigiendo el retiro de la concesión.
Fue una decisión justa, pertinente y visionaria, como la historia ha demostrado. Su grandeza real reside en que fue el primer acto político e institucional, posterior a la Revolución, que concitó el apoyo y la unión de todos los mexicanos. La colecta histórica en solidaridad nacional sobrevino: poco de los que poco tenían y más de los que más podían. Fue así que los mexicanos se desprendieron generosamente para ayudar al gobierno a pagar la indemnización a las petroleras, que orquestaron una campaña internacional en contra de México, incluyendo rupturas diplomáticas y boicot comercial.
Se asumieron costos, se actuó en el marco de la ley, se propició la unidad nacional y así se superaron las dificultades que abrieron paso al inicio del México moderno.
Es ésa la gran lección que deja ese momento crucial de nuestra historia. Bajo esa perspectiva tenemos que plantearnos lo que nos corresponde ahora hacer para lograr que ese patrimonio legado por la expropiación petrolera sea hoy, a 75 años de distancia, el elemento transformador para el progreso del país.
México se debate en nuestros días entre varias disyuntivas: respetar las decisiones de otras naciones sobre sus propios recursos petroleros, como los casos de Argentina y Venezuela, o intervenir ingratamente cuestionándoles, como se ha hecho desde el anterior gobierno de la administración panista federal, dejando en el olvido la historia propia que México tanto le presume al mundo.
La disyuntiva de ir decididamente por los recursos energéticos faltantes con creatividad, con alianzas estratégicas y sin menoscabo de que México es y seguirá siendo dueño absoluto e irrestricto del petróleo y de sus frutos, o permanecer quietos, observantes de cómo otras naciones avanzaron tecnológica y económicamente, como los nórdicos y Brasil, como ejemplos exitosos.
Los números están a la vista y por ello tímidamente se acepta en algunas voces anteriores la necesidad de una cirugía mayor, pero referencia secundada con un, sin embargo, no cambien nada.
La disyuntiva de volver a tener la unidad nacional rehabilitando las colectas históricas de ideas, de recursos, de esfuerzos, donde aporten más los que más pueden, pero donde aporten todos, sin excepción, a los grandes retos que enfrentamos para resarcir los rezagos sociales o quedarnos con las buenas intenciones de hacerlo, desagarrándonos las vestiduras con verdades a medias, o peor aún, con mentiras absolutas que confunden, que dañan y desunen a la nación.
México nos necesita despiertos, actuantes, modernos, firmes, unidos, muy unidos. Y sí, México necesita un presidente fuerte, decidido a brindar el bienestar a los mexicanos que les falta, un presidente que tome decisiones, no solo, nunca solo, acompañado siempre de los librepensadores de verdad; un presidente, como Enrique Peña Nieto.
No nos adelantemos. No expongamos la unidad nacional a un debate aún sin sustentos reales. No es necesario estarse tropezando con supuestos, con sospechosismos, con detrimento de un escenario real por venir. No hay traidores visibles, salvo aquellos quienes eluden la responsabilidad que aquí los tiene.
Estos son, diputadas y diputados, los temas por venir. Aquí, a esta Cámara de Diputados vendrá la elevada responsabilidad de decidir formar reformas, las más trascendentales que haya tenido este país.
El pueblo es observante. Nosotros tendremos que hablarles con verdad. Esa verdad a que nos invita Machado: no tu verdad, no mi verdad, simplemente la verdad. Y sí, qué viva la expropiación petrolera, pero que viva un México unido, y que viva la verdad.
Presidencia de la diputada Aleida Alavez Ruiz
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Gracias, diputado. Tenemos ahora la declaratoria de publicidad de los dictámenes.
La diputada Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:¿Con qué objeto, diputada? Permítame que le den sonido a su curul. Sonido a la curul de la diputada Aurora Aguilar, por favor.
La diputada Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez (desde la curul): Solo para que me haga usted favor de que quede en el Diario de los Debates respecto al tema de la expropiación petrolera.
Hemos escuchado una frase que aquí en tribuna se ha dicho y se ha repetido, del presidente de la República, respecto a que no habría intereses intocables. Y sin embargo, ayer en la expropiación petrolera uno de los oradores fue el senador plurinominal del PRI, Carlos Romero Deschamps, que a su vez es líder del sindicato petrolero, y que a ojos vistas, desde el Pemexgate, hasta los perros en bolsas de Louis Vuitton en el VIP, es uno de los hombres más corruptos de México.
Me parece que no podemos hablar del México que nos necesita, si no hablamos también del México transparente y del México de rendición de cuentas. Todo lo demás, presidenta y por eso pedí la palabra queda en el imaginario colectivo mexicano como justicia selectiva, y eso no es lo que necesita México. Muchas gracias.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Queda registrado en el Diario de los Debates, diputada.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:¿Con qué objeto, diputado Manuel Huerta?
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Es que quería saber en base a qué artículo del Reglamento la anterior presidenta no me dejó hacer una pregunta a los oradores en turno. Para mí era muy importante preguntarle al orador del PAN, por qué Calderón no pudo concretar la refinería que se propuso hacer. Y obviamente quería preguntarle al orador del PRI si cuando se refería a los que mienten, se refería a Enrique Peña Nieto.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:El Reglamento diputado de la Cámara, del artículo 100 al 105, nos marca la modalidad de los debates en agenda política, y no hay lugar a las interpelaciones. Es lo que podemos revisar en el Reglamento.
¿Con qué objeto, diputado?
El diputado Homero Ricardo Niño de Rivera Vela (desde la curul): Solo para responderle al diputado Ladrón de Guevara. Independientemente del Reglamento, diputado, cuando usted quiera yo le respondo.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:No ha lugar a diálogos, diputado. Por favor.
El diputado Homero Ricardo Niño de Rivera Vela (desde la curul): Decirle que la refinería, diputado, es que tardan varios años en construirse; se empezó a construir y sigue construyéndose.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:No ha lugar al debate, diputado.
Procedemos ahora con la declaratoria de publicidad de los dictámenes.
* REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78 y 94, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD - LEY FEDERAL DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Juventud, y de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de los artículos 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y 5o. de la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Honorable Asamblea:
Las Comisiones Unidas de Juventud y de Gobernación de la LXII Legislatura de esta Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción II, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, 173 y 174 todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen:
I. Antecedentes
1. En sesión celebrada el 3 de enero de 2013, el diputado Juan Francisco Cáceres de la Fuente, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, presentó ante la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma los artículos 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y 5 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
2. El presidente de la Mesa Directiva determinó dictar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisiones Unidas de Juventud y de Gobernación de la Cámara de Diputados, mediante número de expediente 1132.
3. A partir del miércoles 9 de enero de 2013, con fundamento en el artículo 182, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, inició el término de cuarenta y cinco días hábiles para que la iniciativa fuera dictaminada por las Comisiones Unidas de Juventud, y de Gobernación.
II. Contenido de las iniciativas
La iniciativa presentada por el diputado Juan Francisco Cáceres de la Fuente tiene como objetivo fortalecer las atribuciones del Instituto Mexicano de la Juventud, institución rectora en la materia, a fin de que promueva la participación de los jóvenes en los distintos ámbitos de la vida nacional e impulse acciones que favorezcan la integración y fortalecimiento de las organizaciones juveniles. Por lo que plantea reformara el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
También propone que sean objeto de fomento las actividades de las organizaciones de la sociedad civil que se encarguen de la promoción, protección y respeto de los derechos de la juventud así como del impulso de su desarrollo integral y de su participación en los distintos ámbitos de la sociedad. La propuesta del diputado consiste en adicionar la fracción XIX del artículo 5o. de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, para que se añadan las actividades ya mencionadas como objeto del fomento que promueve la ley.
III. Proceso de análisis
En México, la importancia de la juventud es indiscutible, toda vez que la cantidad de jóvenes ha llegado a sus más altos índices en la historia, lo anterior debido al llamado bono demográfico. Actualmente, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2010, el número de jóvenes equivale a 36.2 millones, lo que representa a más de un tercio de la población total del país.
Debido al peso relativo de los jóvenes frente al total de la población mexicana, la participación de la juventud en sus realidades inmediatas es imperativa para el desarrollo nacional. Al respecto, el Programa Nacional de Juventud 2008-2012 (Pronajuve) establece el reconocimiento de los jóvenes como actores sociales, sujetos de derecho e individuos capaces de participar plenamente y a conciencia en los asuntos que les competen.
En la actualidad son pocos los jóvenes que tienen el interés de participar en las organizaciones juveniles, en involucrase en temas de participación ciudadana, lo anterior según datos de la Encuesta Nacional de Valores en Juventud 2012 (ENV-2012), que señala que cerca del 93 por ciento de los jóvenes afirma no participar actualmente en ningún grupo organizado o asociación; y al 89.6 por ciento de los jóvenes les interesa poco o nada la política.
En este mismo tenor, dicha encuesta destaca que el activismo en los jóvenes es muy bajo, ya que cerca del 10 por ciento de los jóvenes afirma no saber cuándo debe participar en política y un 6.5 por ciento indica que nunca debe hacerse.
De acuerdo con datos arrojados por la Encuesta Nacional de Juventud (ENJ-2010), sólo 1 de cada 10 jóvenes dijo participar en una organización o asociación. De los jóvenes que participan en la actualidad, el grupo de 15 a 19 años representa el 40.6 por ciento, mientras que los jóvenes de 25 a 29 solo representan el 15.4 por ciento. Del pequeño porcentaje que sí participa en organizaciones o asociaciones, el 40 por ciento de ellos participa en organizaciones de corte deportivo; un 13 por ciento lo hace en organizaciones estudiantiles y otro tanto en asociaciones religiosas, y sólo el 3 por ciento participa en organizaciones partidistas.
Como es posible observar a partir de los datos ofrecidos, los jóvenes mexicanos no tienen una fuerte cultura de asociacionismo y participación. Particularmente llama la atención el rechazo que tienen hacia la política y quienes la ejercen. Con estos registros en la participación de los jóvenes, y en tanto que se les considera agentes indispensables para el desarrollo nacional, es necesario incentivar su participación en su entorno inmediato y en su comunidad primaria.
De acuerdo al Programa Nacional de Juventud, Pronajuve, entre los factores que limitan o condicionan el derecho a la participación de los jóvenes, se contempla la desvinculación entre las instituciones del Estado y las manifestaciones de participación, así como la falta de comprensión de la participación de los jóvenes como mecanismo de reducción de conflictos y conductas de riesgo. En este sentido, bajo ninguna circunstancia debe dejarse de lado la participación de las y los jóvenes puesto que detonan con ello una derrama de bienestar.
Para lograr una incorporación real y plena de los jóvenes en el desarrollo del país, es necesario facilitar los elementos que permitan su superación integral a través de programas y espacios que respondan de manera satisfactoria a las demandas y necesidades de los jóvenes. Con las reformas al artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud en su fracción VIII, y la adición del a fracción XIX del artículo 5 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, se deja a la vista el impulso que se le pretende ofrecer a legislación, para efecto de que los jóvenes de México desplieguen al máximo sus posibilidades de desarrollo en los distintos ámbitos de su interés.
Es por lo anterior que el presente proyecto de dictamen tiene como objetivo primordial fortalecer las atribuciones del Instituto Mexicano de la Juventud, organismo rector de la política nacional en materia de juventud, a fin de que promueva la participación de los jóvenes mexicanos en los distintos ámbitos de carácter nacional que impulse acciones que favorezcan la integración y fortalecimiento de la organizaciones juveniles.
Fuentes bibliográficas
Encuesta Nacional de Juventud 2010, del Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve).
Encuesta Nacional de Valores en Juventud 2012, del Instituto Mexicano de la Juventud.
Programa Nacional de Juventud, (Pronajuve) 2008 -2012.
IV. Consideraciones
Con base en las opiniones recabadas, y el análisis propio de las Comisiones Unidas de Juventud, y Gobernación, se considera lo siguiente:
Respecto a la iniciativa de modificación del artículo 4 de Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en la que se desea incluir promover la participación de los jóvenes en los distintos ámbitos de la vida nacional e impulsar acciones que favorezcan la integración y fortalecimiento de las organizaciones juveniles, se considera oportuna la adición.
En la exposición de motivos de la iniciativa se señala que: ...bajo ninguna justificación debe dejarse de lado la participación de las y los jóvenes... se considera indispensable fortalecer su interés y activismo en las cuestiones públicas para generar una mayor inclusión social. Lo anterior, nos deja claro que el objetivo de la iniciativa, es impulsar la participación de los jóvenes en organizaciones, pudiendo ser éstas de cualquier índole, deportivas, religiosas, políticas, artísticas, de protección a los derechos humanos, entre otras.
Al respecto, esta comisión consiente del bajo asociacionismo y participación de los jóvenes, considera oportuno impulsar la participación de los jóvenes en las organizaciones juveniles a través del fortalecimiento de las atribuciones del Instituto Mexicano de la Juventud, por lo que se sugiere se incluya dicha propuesta como una facción adicional al artículo 4 de la mencionada ley.
Respecto a la reforma al artículo 5 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, en la que se desea incluir, la promoción y protección de los derechos de la juventud e impulso de su participación, la Comisión de Juventud y la Comisión de de Gobernación consideran viable dicha reforma, ya que no sólo pretende impulsar la participación de los jóvenes en las organizaciones de la sociedad civil, si no también, abona a que esta tarea se realice a través de la Ley de Fomento a Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil. Es por ello se sugiere que se adicione una fracción al artículo 5 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
Por las consideraciones expuestas, las Comisiones Unidas de Juventud, y Gobernación someten a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a los artículos 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y 5 de la Ley Federal del Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Artículo Primero. Se adiciona una fracción XVI, recorriéndose la actual en su orden, al artículo 4 de la Ley del instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:
Artículo 4. Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XIV. ...
XV. Difundir en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en los gobiernos de los estados y municipios, la información y los compromisos asumidos por el Estado Mexicano en los Tratados Internacionales en materia de juventud;
XVI. Promover la participación de los jóvenes en los distintos ámbitos de la vida nacional e impulsar acciones que favorezcan la integración y fortalecimiento de las organizaciones juveniles, y
XVII. Las demás que le otorguen la presente ley y otros ordenamientos legales y reglamentarios.
Artículo Segundo. Se adiciona una fracción XIX, recorriéndose la actual en su orden, al artículo 5 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, para quedar como sigue:
Artículo 5. Para efectos de esta ley, las actividades de las organizaciones de la sociedad civil objeto de fomento son las siguientes:
I. a XVII. ...
XVIII. Acciones que promuevan el fortalecimiento del tejido social y la seguridad ciudadana;
XIX. Promoción y protección de los derechos humanos de la juventud, así como el impulso de su participación en los distintos ámbitos de la vida nacional con el fin de procurar su desarrollo integral, y
XX. Las que determinen otras leyes.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2013.
La Comisión de Juventud, diputados:José Luis Oliveros Usabiaga (rúbrica), presidente; Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz, Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera, Crystal Tovar Aragón (rúbrica), secretarios; Delvim Fabiola Bárcenas Nieves, Juan Pablo Adame Alemán (rúbrica), Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo, Gerardo Gaudiano Rovirosa, Gilberto Antonio Hirata Chico, Zuleyma Huidobro González (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Carla Guadalupe Reyes Montiel, Heberto Neblina Vega (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jesús Antonio Valdés Palazuelos (rúbrica), Gisela Raquel Mota Ocampo, Jessica Salazar Trejo, Jorge Salgado Parra (rúbrica).
La Comisión de Gobernación, diputados:Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), presidente; Esther Quintana Salinas (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Lizbeth Eugenia Rosas Montero, Fernando Belaunzarán Méndez, Mónica García de la Fuente (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica), Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), Abel Octavio Salgado Peña, Adán David Ruiz Gutiérrez (rúbrica), Jaime Chris López Alvarado, secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Consuelo Argüelles Loya (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares, José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), Faustino Félix Chávez (rúbrica), Heriberto Manuel Galindo Quiñones, Rodrigo González Barrios, Luis Antonio González Roldán, Francisco González Vargas (rúbrica), José Alejandro Montano Guzmán, Julio César Moreno Guzmán, Amoldo Ochoa González, Alfredo Rivadeneyra Hernández (PAN), Simón Valancini Buzali (PAN), José Arturo Salinas Garza (rúbrica), Víctor Hugo Velasco Orozco, Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»
LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, EN MATERIA DE PROCEDIMIENTO DE DECLARATORIAS
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de procedimiento de declaratorias
Honorable Asamblea:
Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, 82, numeral 1, 85, 157, 176 y 182, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta honorable asamblea el presente
Dictamen
I. Antecedentes
1. Con fecha 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, LXII Legislatura, aprobó el Acuerdo relativo a los Dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el Pleno de la LXI Legislatura, por el cual se devuelve a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de procedimiento de declaratorias.
2. Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, en los términos de lo dispuesto en el artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicitaron a la Mesa Directiva extensión de prórroga para atender el asunto turnado, mediante el oficio número CCC/LXII del 14 de diciembre de 2012.
La Mesa Directiva, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-8-0710 Exp. 7402 LXI Leg., resuelve y autoriza la prórroga, encontrándose el asunto turnado en plazo vigente para su dictamen.
3. Con fecha 24 de febrero de 2011, fue presentada la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 22, 23 y 34 Bis de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, por la diputada Gabriela Cuevas Barrón del Grupo Parlamentario del PAN.
4. En esa misma fecha, en sesión ordinaria de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite de recibo a la Iniciativa con Proyecto de Decreto y ordenó su turno a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía mediante el expediente número 3991.
5. Con fecha 27 de septiembre de dos mil once, la diputada Ana Luz Lobato Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en nombre y representación de diversos Diputados de los diferentes Grupos Parlamentarios, en su carácter de Diputada integrante de la LXI Legislatura, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
6. En esa misma fecha, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite de recibo a la Iniciativa con Proyecto de Decreto y ordenó su turno a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía mediante el expediente número 5434.
7. Las Comisiones Unidas dieron trámite de recibo e iniciaron el análisis conjunto de ambas Iniciativas por coincidir en el objetivo que persiguen.
II. Descripción de las Iniciativas
a) La diputada Gabriela Cuevas Barrón comienza su exposición de motivos haciendo referencia al recurso constitucional del amparo, cuyo bien jurídico tutelado es la vulneración de los derechos individuales de los gobernados por parte de los actos de autoridad, respecto del que considera que con el transcurso de los años ha sido trastocado, ya que en ocasiones la protección del amparo es solicitada anteponiendo el interés particular al beneficio colectivo.
Sobre estos casos, hace referencia a una solicitud de amparo a fin de dejar sin efecto la declaratoria provisional de monumento artístico respecto del inmueble conocido como Súper Servicio Lomas, creado por el arquitecto Vladimir Kaspé en los años 40s y considerado una obra de gran valor arquitectónico y riqueza cultural para la ciudad.
El amparo fue concedido, con base en la tesis del Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito que señala que el decreto a través del cual se declara monumento histórico a un inmueble, sin que previamente se hayan observado las formalidades esenciales del procedimiento, ni se establezca recurso o procedimiento alguno para impugnar dicha declaratoria, infringe la garantía de audiencia. Finalmente, a principios del mes de diciembre del año pasado, parte del antiguo edificio Súper Servicio Lomas fue demolida para iniciar la construcción de la torre Pedregal 24.
La Legisladora explica que el poder judicial ha concedido este tipo de amparos bajo el argumento de que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos no prevé un procedimiento que brinde la garantía de audiencia de los afectados cuando se declaran sus bienes como monumentos arqueológicos, históricos o artísticos.
La laguna legal, observa la diputada Gabriela Cuevas Barrón, ha sido aprovechada por particulares para llevar a cabo desarrollos inmobiliarios que afectan bienes declarados monumentos de valor histórico o artístico, por ésta razón propone incluir en la Ley un procedimiento de impugnación en contra de las declaratorias, similar al recurso de oposición existente contra las inscripciones en el registro público de la propiedad.
Finalmente, la iniciante concluye que su propuesta busca cubrir una laguna legal que ha sido aprovechada por los particulares para ampararse en contra de las declaratorias del Instituto Nacional de Bellas Artes (en lo sucesivo INBA), y del Instituto Nacional de Antropología e Historia (en lo sucesivo INAH), además de asegurar la protección de los bienes muebles e inmuebles que poseen algún valor estético o histórico relevante y aclara que, de ser aceptada, la modificación no afectará el derecho de los particulares a recurrir a la figura del amparo por violaciones a las garantías individuales que ocurran durante los respectivos procedimientos.
De acuerdo con las consideraciones expuestas por la diputada Gabriela Cuevas Barrón, la Iniciativa contiene el Proyecto de Decreto que reforma los artículos 22, 23 y 34 Bis de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 22. ...
La declaratoria de que un bien inmueble es monumento, deberá inscribirse, además, en el Registro Público de la Propiedad de su jurisdicción, una vez que haya concluido el procedimiento descrito en el siguiente artículo.
Artículo 23. La inscripción en los registros se hará de oficio o a petición de la parte interesada. Para proceder a la inscripción de oficio, deberá previamente notificarse en forma personal al interesado. En caso de ignorarse su nombre o domicilio, surtirá efectos de notificación personal la publicación de ésta, en el Diario Oficial de la Federación. La notificación de la declaratoria correspondiente se realizará de la misma manera.
El interesado podrá oponerse a la declaratoria de que un bien es monumento, así como a la inscripción correspondiente. Para ello, ofrecerá pruebas en el término de quince días, contados a partir de la fecha de notificación de la declaratoria o de la inscripción, según corresponda. El Instituto correspondiente recibirá las pruebas y resolverá, dentro de los treinta días siguientes a la oposición respectiva.
Artículo 34 Bis. ...
...
...
El interesado podrá oponerse en contra la declaratoria definitiva en los términos del artículo 23 de esta Ley.
b) Por su parte, y en coincidencia con la Iniciativa previa, la diputada Ana Luz Lobato Ramírez e integrantes de diversos grupos parlamentarios argumentan en su Iniciativa de reforma que la ausencia de un procedimiento administrativo en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que regule la Declaratoria de Valor Artístico o Histórico, ha desembocado en que autoridades judiciales lo interpreten como un acto administrativo inconstitucional que atenta contra el derecho de audiencia de los particulares que ven afectados sus intereses por la emisión de la declaratoria, por lo que consideran que se debe establecer el procedimiento administrativo correspondiente con apego a derecho y a la garantía de audiencia.
Los Legisladores hacen especial hincapié en la relevancia de la protección y preservación de los bienes muebles e inmuebles que son declarados monumentos históricos o artísticos, así como la declaratoria de zonas de monumentos arqueológicos, artísticos o históricos, ya que su investigación, protección, conservación, restauración y recuperación es de utilidad pública.
Los diputados afirman en su exposición de motivos que las declaratorias constituyen una alternativa para proteger el patrimonio cultural que la Ley no observa específicamente y, por lo que hace a las zonas de monumentos, protegen además el entorno natural y se regulan cuestiones como el desarrollo de la población en esas áreas, de manera que constituye una forma integral de proteger el patrimonio cultural declarado zona de monumentos; así, las declaratorias de zonas de monumentos posibilitan la realización de acciones coordinadas para el rescate patrimonial y su salvaguarda.
En este orden de ideas, consideran necesario que la declaratoria correspondiente cumpla con un procedimiento certero y que a su vez, brinde seguridad jurídica, tanto a los actos de las autoridades competentes como a los particulares que tengan un interés legítimo sobre el bien que se pretende declarar, lo que evitaría que las declaratorias de monumentos sean consideradas inconstitucionales por el Poder Judicial de la Federación, al respecto señalan los criterios emitidos por el H. Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito y por la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubros Monumento histórico, el decreto a través del cual se declara como tal determinado bien inmueble, sin que previamente se hayan observado las formalidades esenciales del procedimiento, ni se establezca recurso o procedimiento alguno para impugnar dicha declaratoria, infringe la garantía de audiencia. y Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. La Ley Federal relativa es violatoria de la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional., respectivamente.
De la interpretación de dichos criterios se desprende que el decreto a través del cual se declara un inmueble como monumento histórico, arqueológico o artístico es contrario a la Constitución, ya que el procedimiento no provee un recurso para que el afectado pueda impugnar la declaratoria, y por ende, que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos es contraria a la garantía constitucional de audiencia.
En tales términos, la iniciativa propone reformar el artículo 5° y adicionar los artículos 5° Bis y 5° Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que señalan requisitos para iniciar un procedimiento para la emisión de declaratoria a petición de parte, así como el procedimiento que deberán agotar las autoridades competentes para emitir una declaratoria.
De acuerdo con las consideraciones expuestas, la iniciativa contiene el proyecto de decreto que reforma el artículo 5° y adiciona el 5° Bis y 5° Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en los siguientes términos:
Artículo Primero: Se reforma el artículo 5 de la Ley sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Artículo 5. Son monumentos arqueológicos, artísticos, históricos y zonas de monumentos los determinados expresamente en esta Ley y los que sean declarados como tales, de oficio o a petición de parte.
El Presidente de la República, o en su caso el Secretario de Educación Pública, previa audiencia que se conceda a los interesados para que manifiesten lo que a su derecho convenga y presenten las pruebas y alegatos, de conformidad a lo que establece esta Ley, se, expedirá o revocará la declaratoria correspondiente, que será publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo: Se adicionan los artículos 5 Bis y 5 Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Artículo 5 Bis. En los procedimientos de declaratorias que se inicien a petición de parte, la solicitud respectiva deberá presentarse ante el Instituto competente y deberá contener el nombre, denominación o razón social de quién o quiénes la promuevan, y en su caso, de su representante legal, domicilio para recibir notificaciones, nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas, la información necesaria que permita identificar inequívocamente el bien o zona objeto de la petición de declaratoria, el nombre y domicilio de quienes pudieren tener interés jurídico, si los conociere, así como los hechos y razones por las que considera que el bien o zona de que se trate es susceptible de declaratoria.
Artículo 5 Ter. La expedición de las declaratorias a las que se refiere la presente Ley se sujetará al siguiente procedimiento:
I. Se iniciará de oficio o a petición de parte, de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el Presidente de la República o el Secretario de Educación Pública, por conducto del titular del Instituto competente, según corresponda, y será tramitado ante este último.
Tratándose de declaratorias seguidas a petición de parte, el Instituto competente revisará si la solicitud respectiva reúne los requisitos señalados en el artículo que antecede, en cuyo caso se admitirá a trámite. En caso contrario, dentro de un plazo de diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, el Instituto competente prevendrá por una sola vez al promovente para que subsane las omisiones dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de que haya surtido efectos la notificación. Transcurrido el término sin que la prevención haya sido desahogada, el trámite será desechado.
II. El acuerdo de inicio de procedimiento de declaratorias de monumentos se notificará personalmente a quienes pudieren tener interés jurídico y, en su caso, al promovente con un resumen del acuerdo.
Cuando se desconozca la identidad o domicilio de quien tenga interés jurídico en un bien que se pretenda declarar como monumento artístico, se seguirá el procedimiento descrito en la fracción III de este artículo.
III. Tratándose de declaratorias de Zonas de Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos, el Instituto competente procederá a realizar la notificación mediante publicaciones que contendrán un resumen del acuerdo, el área que abarque la poligonal, precisando sus límites, así como la identificación de los inmuebles incluidos dentro del área que se pretende declarar. Dichas publicaciones deberán efectuarse por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de mayor circulación nacional y en un periódico de mayor circulación en la entidad en la que se localice la zona objeto de la declaratoria, dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión de dicho acuerdo.
Tratándose de declaratorias de monumentos artísticos o de zonas de monumentos artísticos, previo a la notificación de inicio de procedimiento, el titular del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura enviará el expediente del proyecto de declaratoria a la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos, para los efectos procedentes. En caso de que dicha Comisión Nacional emita opinión favorable respecto de la expedición de la declaratoria, el titular de dicho Instituto procederá en los términos establecidos en esta fracción. En caso contrario, el procedimiento se dará por concluido debiéndose emitir el acuerdo correspondiente por la autoridad que le dio inicio, por conducto del titular del Instituto competente. Si se tratara de una declaratoria seguida a petición de parte, el instituto notificará la resolución al promovente dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha en que ésta se emita, concluyendo así el procedimiento.
IV. Los interesados tendrán un término de quince días hábiles a partir de la notificación o de la última de las publicaciones a que se refiere la fracción anterior, para manifestar ante el Instituto competente lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas y alegatos que estimen pertinentes.
V. Manifestado por los interesados lo que a su derecho convenga y presentadas las pruebas y alegatos o transcurrido el término para ello, el titular del Instituto competente enviará al Secretario de Educación Pública el expediente respectivo, junto con su opinión sobre la procedencia de la declaratoria, dentro de un plazo de treinta días hábiles.
VI. Recibido el expediente por el Secretario de Educación Pública, si se tratara de una declaratoria que le corresponda expedir, tendrá un plazo de ciento veinte días hábiles para hacerlo o para emitir resolución en contrario, por conducto del titular del Instituto competente, la cual será notificada a los interesados dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de su emisión.
Si se tratara de una declaratoria que corresponda expedir al Presidente de la República, el Secretario de Educación Pública enviará a aquél el expediente dentro de un plazo de ciento veinte días hábiles. El Presidente de la República expedirá la declaratoria o emitirá resolución en contrario por conducto del titular del Instituto competente, dentro de un plazo de ciento veinte días hábiles. Dicha resolución será notificada a los interesados dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de su emisión.
VII. Las resoluciones a que se refiere la fracción anterior podrán ser impugnadas en términos de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
VIII. Durante la tramitación del procedimiento, el Presidente de la República o el Secretario de Educación Pública, según corresponda, por conducto del titular del Instituto competente, podrá dictar las medidas precautorias para preservar y conservar el bien de que se trate, de conformidad con esta Ley, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
El presente procedimiento no será aplicable en el caso previsto en el artículo 34 bis de esta Ley.
Para lo no previsto en la presente Ley se aplicará supletoriamente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
III. Consideraciones
Los integrantes de las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía comprendemos las inquietudes de los diputados iniciantes, y reconocemos las inconsistencias en el andamiaje legal que describen, asimismo, creemos que el Patrimonio Cultural de México es esencial para las creencias, tradición e identidad del pueblo mexicano.
Reconocemos que el Patrimonio Cultural de México representa el legado colectivo y el capital social no renovable del país, por lo que consideramos que su conservación y uso sostenible son responsabilidad tanto de autoridades como de los ciudadanos, buscando mediante esta coordinación asegurar el disfrute de los sitios patrimoniales por las futuras generaciones, así como su uso social y económico sostenible.
Respecto de la conservación del patrimonio cultural, es necesario observarla no sólo en los bienes tangibles, sino también la compleja realidad del acervo intangible de elementos culturales, así como tomar en cuenta que el concepto de patrimonio cultural no es estático, y forman parte de él las representaciones que los pueblos hacen de su cultura en los diferentes momentos de su historia. De esta manera, el patrimonio cultural cambia con el tiempo, tanto en su definición como en sus contenidos, y se encuentra estrechamente ligado con las formas culturales como con los procesos históricos y sociales.
Es por esto, que consideramos que el marco jurídico que salvaguarda el patrimonio cultural de México debe sujetarse a actualización y ser de carácter abarcador y comprensivo, incluyente de las obras y testimonios de todas las épocas de nuestra historia, además de las creaciones y los vestigios humanos, los naturales que revisten un interés científico, y en este sentido contribuyen al conocimiento de la historia de México.
Respecto de la propuesta concreta de los Diputados que suscriben las Iniciativas, los integrantes de estas Comisiones coincidimos plenamente en la necesidad de subsanar la laguna jurídica en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, ya que ésta no prevé un procedimiento para que, quien pudiera resultar afectado por la declaratoria interponga el recurso correspondiente, violando así el principio constitucional de la garantía de audiencia contenido en el artículo 14 de nuestra Carta Magna.
Como lo señala la diputada Cuevas Barrón, en mayo de 2004, el Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito publicó la tesis bajo el rubro: Monumento histórico. El decreto a través del cual se declara como tal determinado bien inmueble, sin que previamente se hayan observado las formalidades esenciales del procedimiento, ni se establezca recurso o procedimiento alguno para impugnar dicha declaratoria, infringe la garantía de audiencia.
Aunado a esto, la tesis señala que si bien los artículos 23 y 24 de la Ley en comento contemplan un recurso de oposición, éste es aplicable únicamente para los efectos de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos, sin embargo, este recurso no es procedente en contra de la declaratoria de bien inmueble como monumento.
En el mismo sentido, y anterior a la tesis mencionada, el Pleno de la Corte emitió el siguiente criterio:
Monumentos y zonas arqueológicos, artísticos e históricos. La Ley Federal relativa es violatoria de la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional.
Es inconstitucional la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, porque no prevé un procedimiento para que los afectados impugnen la declaratoria de que un bien es monumento histórico, que emitan las autoridades administrativas; pues como dice la jurisprudencia de este Alto Tribunal, el Poder Legislativo está obligado, según el artículo 14 constitucional, a establecer en las Leyes un procedimiento para que los afectados puedan impugnar los actos de aplicación. No obsta a lo anterior el hecho de que, en los artículos 23 y 24, la Ley en cita prevea un recurso de oposición contra la inscripción de la declaratoria en el Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos, dependiente del Instituto Nacional de Antropología e Historia, pues la oposición de referencia opera contra la inscripción en el registro, pero no contra la declaratoria de que un bien es monumento histórico, que es la que causa perjuicio, por la serie de obligaciones que impone. Por tanto, si independientemente de la inscripción en el registro, la sola declaratoria impone obligaciones a los afectados (artículos 6o., 7o., 10, 11 y 12, entre otros, de la Ley reclamada) y si la Ley no contempla procedimiento o recurso alguno para que los propios afectados impugnen dicho acto de aplicación, ese ordenamiento es violatorio del artículo 14 constitucional.
A la tesis de referencia podría agregarse también el criterio emitido por el Pleno en la Séptima Época bajo el rubro: Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, Ley Federal sobre. Es violatoria de la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional, cuyo contenido versa en el mismo sentido que la anterior.
De esta manera, se muestra que existe sustento jurídico sobre la necesidad de establecer en la Ley un mecanismo que otorgue a los ciudadanos la garantía de audiencia, sin embargo, se considera que dicha garantía, así como su procedimiento, deben estar contenidos en un nuevo artículo 5 Bis de la Ley en razón de que es en el artículo 5o donde se hace referencia a la declaratoria de que un bien inmueble es monumento, y no en los artículos 22 y 23 propuestos a reformar por la diputada Gabriela Cuevas, ya que estos forman parte del Capítulo II, denominado Del Registro, ni integrado al cuerpo del numeral 5º, como propone la diputada Ana Luz Lobato Ramírez ya que la adición pertenece netamente al procedimiento, y consideramos debe atenderse en un precepto distinto, subsumiendo la propuesta de reforma al artículo 23 de la diputada Gabriela Cuevas.
En este orden de ideas, los Diputados integrantes de estas Comisiones Unidas consideramos que las propuestas de los Iniciantes, que atañen al mecanismo que otorgue a los ciudadanos la garantía de audiencia, se atiendan mediante la adición de un nuevo artículo 5 Bis que detalle el procedimiento para la declaratoria de monumentos. Cabe señalar que hemos realizado modificaciones a la propuesta con el objetivo de brindar mayor claridad a la redacción pero sin afectar el espíritu de la misma, como se explica en el cuadro a continuación:
Asimismo, se considera necesario adecuar la redacción de los artículos 5, 22, 34 y 34 Bis con la finalidad de que sean coincidentes con la propuesta de adición del 5 Bis. Las modificaciones son las siguientes:
Se especifica en el artículo 5 que para la expedición o revocación de la Declaratoria habrá de mediar el procedimiento establecido en el artículo 5 Bis; se adiciona una frase final al artículo 22 para establecer el plazo en que habrá de realizarse la inscripción en el Registro Público de la Propiedad; se reforma el segundo párrafo del artículo 34 para establecer que es necesaria la opinión de la Comisión en laemisión de una declaratoria; y se reforma el tercer párrafo del numeral 34 Bis para efecto de que posterior a la declaratoria provisional se lleve a cabo el procedimiento establecido en el artículo 5 Bis propuesto en este dictamen, y no se violente la garantía de audiencia de los gobernados.
Las reformas propuestas se muestran en el cuadro a continuación contrastadas con el texto vigente de la Ley:
De esta manera, los Diputados integrantes de estas Comisiones dictaminadoras consideramos que de ser aprobadas las reformas y adiciones que proponemos se subsanará la laguna legal existente, se otorgará a los interesados el recurso de garantía de audiencia, preservada en el artículo 14 constitucional y se dan por atendidos los objetivos de las dos Iniciativas materia del presente dictamen.
Finalmente, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía consideramos que deben agregarse un par de artículos transitorios, el primero que prevea un plazo de 90 días hábiles para que el Ejecutivo Federal emita las reformas que resulten oportunas al Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; y otro que prevea que los procedimientos de declaratoria en trámite se seguirán en los términos vigentes al momento de su inicio.
En virtud de lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 fracción A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía proponen a esta Honorable Asamblea que se remita a la Cámara de Senadores el presente Proyecto de Decreto que reforma la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para efecto de que las reformas aprobadas por la Cámara de Diputados sean discutidas por el Senado de la República en su calidad de Cámara revisora.
Por lo anterior, y una vez analizada la Iniciativa materia de este Dictamen, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía someten a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:
Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de procedimiento de declaratorias
Artículo Único.-Se reforman los artículos 5º, segundo párrafo; 22, segundo párrafo; 34, segundo párrafo y 34 Bis, tercer párrafo, y se adiciona un artículo 5 Bis de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar como sigue:
Artículo 5o. ...
El Presidente de la República, o en su caso el Secretario de Educación Pública, previo procedimiento establecido en el artículo 5 Bis de la presente Ley,expedirá o revocará la declaratoria correspondiente, que será publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 5o Bis. La expedición de las declaratorias a las que se refiere la presente Ley se sujetará al siguiente procedimiento, y se expedirá previa audiencia que se conceda a los interesados para que manifiesten lo que a su derecho convenga y presenten pruebas y alegatos, de conformidad con lo siguiente:
I. Se iniciará de oficio o a petición de parte; tratándose de declaratorias seguidas a petición de parte, el Instituto competente revisará si la solicitud respectiva reúne los siguientes requisitos:
a. El nombre, denominación o razón social de quien o quienes la promuevan, y en su caso, de su representante legal.
b. Domicilio para recibir notificaciones.
c. Nombre de la persona o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.
d. Información necesaria que permita identificar inequívocamente el bien o zona objeto de la petición de declaratoria.
e. Nombre y domicilio de quienes pudieren tener interés legítimo, en caso de que los hubiere.
f. Hechos y razones por las que considera que el bien o zona de que se trate es susceptible de declaratoria.
II. Dentro de un plazo de diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, el Instituto competente emitirá un Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Declaratoria, en caso de que se hayan cumplido los requisitos señalados en la presente fracción; en caso contrario se prevendrá por una sola vez al promovente para que subsane las omisiones dentro de un término de cinco días hábiles contados a partir de que haya surtido efectos la notificación del mismo. Transcurrido el término sin que la prevención haya sido desahogada, el trámite será desechado.
Tratándose de monumentos artísticos o zonas de monumentos artísticos, previo a la emisión del Acuerdo, el titular del Instituto Nacional de Bellas Artes enviará la solicitud a la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos. En caso de que la Comisión emita opinión favorable respecto de la expedición de la Declaratoria, el titular de dicho Instituto procederá a emitir el Acuerdo. En caso contrario el procedimiento se dará por concluido debiéndose emitir el acuerdo correspondiente.
El procedimiento de oficio iniciará con el Acuerdo a que se refiere esta fracción, en el caso de monumentos artísticos o zonas de monumentos artísticos, deberá contar con la opinión favorable de la Comisión.
III. El Acuerdo se notificará personalmente al promovente y a quienes pudieran tener interés legítimo.
IV. Tratándose de Declaratorias de zonas de monumentos o cuando se desconozca la identidad o domicilio de quien tenga interés legítimo en un bien que se pretende declarar como monumento, el Instituto competente procederá a realizar la notificación mediante publicaciones que contendrán un resumen del Acuerdo, el área que abarque la poligonal, precisando sus límites, así como la identificación de los inmuebles incluidos dentro del área que se pretende declarar. Dichas publicaciones deberán efectuarse por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos diarios de mayor circulación nacional y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la entidad en la que se localice la zona objeto de la declaratoria, dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión de dicho acuerdo.
V. Los interesados tendrán un plazo de quince días hábiles a partir de la notificación del Acuerdo o de la última de las publicaciones a que se refiere la fracción anterior, para manifestar ante el Instituto competente lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas y alegatos que estimen pertinentes.
VI. Transcurrido el plazo referido en la fracción previa, el Instituto competente enviará al Secretario de Educación Pública el expediente respectivo, junto con su opinión sobre la procedencia de la declaratoria, dentro de un plazo de treinta días hábiles.
VII. Tratándose de una Declaratoria que corresponda expedir al Secretario de Educación Pública, éste tendrá un plazo de ciento veinte días hábiles para emitir una resolución por conducto del Instituto competente y en su caso expedir la Declaratoria.
Tratándose de una Declaratoria que corresponda expedir al Presidente de la República, el Secretario de Educación Pública enviará a aquél el expediente en un plazo de noventa días hábiles. El Presidente de la República tendrá un plazo de ciento veinte días hábiles para emitir una resolución por conducto del Instituto competente y en su caso expedir la Declaratoria.
Dicha resolución será notificada a los interesados dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de su emisión.
VIII. Las resoluciones a que se refiere este artículo podrán ser impugnadas en términos de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
IX. Durante la tramitación del procedimiento, el Presidente de la República o el Secretario de Educación Pública, según corresponda, por conducto del titular de Instituto competente, o el Instituto que conozca del procedimiento, podrán dictar las medidas precautorias para preservar y conservar el bien de que se trate, de conformidad con esta Ley, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
Artículo 22. ...
La declaratoria de que un bien inmueble es monumento, deberá inscribirse, además, en el Registro Público de la Propiedad de su jurisdicción , en un plazo de quince días contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 34. ...
La opinión de la Comisión será necesaria para la emisión de las declaratorias.
...
...
Artículo 34 Bis. ...
...
Dentro del plazo de noventa días que se prevé en este artículo , se dictará, en su caso, un Acuerdo de Inicio de Procedimiento y se seguirá lo previsto en el artículo 5o Bis de la presente Ley. En caso contrario, la suspensión quedará automáticamente sin efectos.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Dentro de los noventa días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo Federal publicará las reformas conducentes al reglamento correspondiente.
Tercero.Los procedimientos de declaración que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente decreto, se resolverán en los términos del texto vigente de la Ley al momento de su iniciación.
Notas:
1 Tesis IX.2º.18 A, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,Novena Época, t. XIX, mayo de 2004, p. 1794.
2 Tesis P.XXIX/2000, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XI, marzo de 2000, p. 96.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2013.
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González, Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas, Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro, Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea, Arnoldo Ochoa González, Jorge Herrera Delgado (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Mónica García de la Fuente, Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar, Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).
La Comisión de Cultura y Cinematografía, diputados:Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), presidenta; Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca, Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Sonia Rincón Chanona, secretarios; Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Juana Bonilla Jaime, Angelina Carreño Mijares (rúbrica), Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, José Martín López Cisneros (rúbrica), María Angélica magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán, Hugo Sandoval Martínez (rúbrica), Luis Alberto Villarreal García, Martín de Jesús Vásquez Villanueva, María Beatriz Zavala Peniche.»
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, EN MATERIA DE PATRIMONIO CULTURAL SUBACUATICO
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 28 Ter, un segundo párrafo al artículo 29 y un segundo párrafo al artículo 47 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de patrimonio cultural subacuático
Honorable Asamblea:
Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, de conformidad con lo enunciado en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, 82 numeral 1, 85, 157, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 176 y 182, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta honorable asamblea el presente
Dictamen
I. Antecedentes
1. Con fecha 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, LXII Legislatura, aprobó el Acuerdo relativo a los Dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el Pleno de la LXI Legislatura, por el cual se devuelve a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y a la de Cultura y Cinematografía, el dictamen con Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de patrimonio cultural subacuático.
2. Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, en los términos de lo dispuesto en el artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicitaron a la Mesa Directiva extensión de prórroga para atender el asunto turnado, mediante el oficio número CCC/LXII del 14 de diciembre de 2012.
La Mesa Directiva, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-8-0710 Exp. 7402 LXI Leg., resuelve y autoriza la prórroga, encontrándose el asunto turnado en plazo vigente para su dictamen.
3. Con fecha 20 de septiembre de 2011, fue presentada la Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona el artículo 28 Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a cargo del diputado Armando Jesús Báez Pinal, del grupo parlamentario del PRI.
4. En esa misma fecha, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite de recibo a la Iniciativa con Proyecto de Decreto y ordenó su turno a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía mediante el expediente número 5354.
5. Las Comisiones Unidas dieron trámite de recibo e iniciaron el análisis conjunto de la iniciativa en comento.
II. Descripción de la Iniciativa
El diputado Armando Jesús Báez Pinal, comienza su exposición de motivos haciendo referencia a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), en la que México ha participado internacionalmente en la protección y cuidado del patrimonio natural.
Asimismo, argumenta que con la suscripción de la Convención para la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, vigente desde el 2 de enero de 2009 en nuestro país, se asumió la obligación de incorporar dentro de nuestro Marco Normativo el concepto de Patrimonio Cultural subacuático.
En tal orden de ideas, se establece en la iniciativa el interés de la Nación por su Patrimonio Cultural Subacuático, el cual se robusteció en la década de los cincuenta del siglo XX; empero, no se ha elaborado ninguna legislación que haga referencia a los bienes culturales que se encuentran en aguas nacionales sino que son protegidos en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, mediante la suscripción y ratificación de tratados internacionales como la CONVEMAR, así como en los párrafos cuarto, sexto y séptimo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
También menciona el Legislador, en el mismo sentido, que desde 1982 México está representado en el Advisory Council of Underwater Archaeology (Consejo Consultivo de Arqueología Subacuática), organismo consultivo internacional que congrega a especialistas en arqueología subacuática, y desde 1992 es miembro del Comité Internacional del Patrimonio Cultural Sumergido.
Comenta el diputado que recientemente México suscribió la Convención para la Protección del Patrimonio Cultural subacuático, vigente desde el 2 de enero de 2009, cuyo objetivo es preservar in situ el Patrimonio Cultural Subacuático en beneficio de la humanidad, estableciendo los principios básicos para su protección mediante un sistema de cooperación pormenorizado y regulando el tratamiento e investigación de dicho patrimonio cultural.
Finalmente, el diputado Báez Pinal comenta que México es miembro del Consejo Técnico sobre Patrimonio Cultural Subacuático de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y preside el grupo de trabajo responsable del establecimiento de las directrices operacionales para implantar dicha convención.
Por todo lo anterior, el diputado Iniciante propone adicionar el artículo 28 Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a fin de incorporar la protección del Patrimonio Cultural Subacuático de la nación dentro del orden jurídico nacional y considerando las características que dispone la Convención para la Protección del Patrimonio Cultural sumergido de la UNESCO, para quedar el contenido del Decreto en los siguientes términos:
Artículo 28 Ter. Constituyen patrimonio cultural subacuático todos los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, por lo menos durante 100 años, tales como los sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, junto con su contexto arqueológico y natural; los buques, aeronaves, otros medios de transporte o cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, junto con su contexto arqueológico y natural; y los objetos de carácter prehistórico.
Para los efectos de esta ley y su reglamento, las disposiciones sobre monumentos y zonas de monumentos arqueológicos, serán aplicables a los bienes mencionados en este artículo.
III. Consideraciones generales
Los integrantes de las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía comprendemos la inquietud del diputado Iniciante Armando Jesús Báez Pinal, y reconocemos la importancia del Patrimonio Cultural Subacuático como parte integrante del patrimonio cultural de la nación y elemento de particular importancia en la historia de nuestro país.
Según investigaciones del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), cientos de embarcaciones sumergidas y miles de ofrendas que yacen ocultas en mares, ríos, lagos, cenotes y cuevas que forman parte de la riqueza cultural de México, son cada año presa de los caza tesoros marinos. Pilar Luna, pionera de la arqueología subacuática en México y especialista del INAH en la materia, asegura que se tienen registrados hasta 250 embarcaciones hundidas en la zona del Golfo de México, mismas que se encuentran expuestas a la rapiña y el saqueo por parte de aventureros que borran las huellas de nuestros antepasados, así como a la inconsciencia de turistas que destruyen y roban parte de los vestigios, con lo que permanece amenazada la conservación de la riqueza cultural subacuática mexicana.
Conscientes de la importante responsabilidad del Congreso de proteger y preservar el Patrimonio Cultural Subacuático, y reconociendo que éste se ha visto amenazado por actividades no autorizadas, consideramos que la Iniciativa es oportuna y que existe la necesidad de tomar medidas normativas rigurosas para la protección de dicho patrimonio, asegurando el respeto al Derecho Internacional.
IV. Consideraciones particulares
Por otra parte, si bien coincidimos con el espíritu de la propuesta del diputado Báez Pinal, creemos que la fórmula del Proyecto de Decreto es contradictoria con obligaciones del Estado mexicano en el ámbito del derecho internacional. Lo antepuesto, según los siguientes parámetros:
A. Derecho de los tratados
Todo Estado tiene el deber de cumplir plenamente y de buena fe las obligaciones internacionales contraídas en virtud de tratados ( pacta sunt servanda).
Los Estados no pueden invocar disposiciones de su propia constitución o de sus leyes como excusa para incumplir sus obligaciones internacionales ( irrelevancia del derecho interno).
B. Inmunidad soberana de buques y aeronaves de Estado conforme a derecho internacional consuetudinario y convencional
Conforme a derecho internacional consuetudinario los buques de Estado (aquellos destinados a fines no comerciales) a flote o hundidos, se consideran propiedad nacional, incluso extensiones del territorio nacional del Estado de pabellón, y gozan de inmunidad soberana respecto de la injerencia de otros Estados, misma que es imprescriptible, independientemente de la ubicación de un naufragio y/o del periodo transcurrido desde el hundimiento de un buque. De esta manera, es contrario a derecho emprender acción alguna que afecte directamente la integridad de naufragios de buques de Estado sin el consentimiento expreso del Estado de pabellón.
La Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar que codifica la costumbre internacional en materia de buques y es obligatoria para México desde marzo de 1983, establece que todo buque de Estado goza de inmunidad soberana.
Asimismo, el numeral 8 del Artículo 2°, que regula los objetivos y principios generales de la Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, precisa lo siguiente:
De conformidad con la práctica de los Estados y con el derecho internacional, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, nada de lo dispuesto en esta Convención se interpretara en el sentido de modificar las normas de derecho internacional y la práctica de los Estados relativas a las inmunidades soberanas o cualquiera de los derechos de un Estado respecto de sus buques y aeronaves de Estado. (Lo subrayado es propio).
De la transcripción anterior se desprende que la Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático no debe interpretarse en el sentido de modificar las normas de derecho internacional relativas a las inmunidades soberanas o cualquiera de los derechos de un Estado respecto de sus buques y aeronaves de Estado, que además se encuentra igualmente protegida por la Convención para la unificación de ciertas reglas relativas al Auxilio y Salvamento Marítimo, la Ley federal del Mar y el Convenio Internacional sobre salvamento Marítimo.
De esta manera, proponemos que el nuevo Artículo 28 Ter sea modificado para cumplir cabalmente con las obligaciones internacionales que México ha contraído, ya que, de acuerdo con el texto de la Iniciativa, las disposiciones sobre monumentos y zonas de monumentos arqueológicos en vigor, resultarían aplicables al Patrimonio Cultural Subacuático y por lo tanto se incluiría de manera improcedente como propiedad inalienable e imprescriptible de la Nación mexicana a los buques y/o aeronaves de Estado extranjeros sumergidos en aguas de la jurisdicción del Estado mexicano, cuyo cargamento goza de inmunidad soberana, y no puede considerarse como Patrimonio Cultural Subacuático de la Nación.
Por otra parte, los integrantes de estas Comisiones estimamos conveniente incluir en el nuevo artículo 28 Ter de la Ley una definición de Patrimonio Cultural Subacuático, apegada a la Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático.
Asimismo, proponemos incluir en nuevo párrafo del artículo 29 la notificación de hallazgo de Patrimonio Cultural subacuático, con la finalidad de regular específicamente que quienes encuentren Patrimonio Cultural Subacuático dentro de la Zona Económica Exclusiva deberán dar aviso a la autoridad civil más cercana, regulando así el proceso a seguir para los particulares que se encuentren en tal situación, salvaguardando su seguridad jurídica.
Finalmente, estas comisiones unidas consideran conveniente regular, mediante un nuevo párrafo al artículo 47, la respectiva sanción para quien realice trabajos de exploración submarina en aguas nacionales a fin de descubrir o rescatar Patrimonio Cultural Subacuático, sin autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
En virtud de lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 fracción A de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía proponen a esta Honorable Asamblea que se remita a la Cámara de Senadores el presente Proyecto de Decreto que adiciona un artículo 28 Ter, un párrafo al artículo 47 y reforma el artículo 29 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para efecto de que las reformas aprobadas por la Cámara de Diputados sean discutidas por el Senado de la República en su calidad de Cámara revisora.
Por lo anterior, y una vez analizada la Iniciativa materia de este Dictamen, y las observaciones emitidas por la SRE, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y Cultura y Cinematografía someten a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:
Decreto que adiciona el artículo 28 Ter, un segundo párrafo al artículo 29 y un segundo párrafo al artículo 47 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de patrimonio cultural subacuático
Único. Se adicionan un artículo 28 Ter; un segundo párrafo al artículo 29 y un segundo párrafo al artículo 47 de la Ley sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar como sigue:
Artículo 28 Ter. Constituyen Patrimonio Cultural Subacuático todos los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua parcial o totalmente, de forma periódica o continua por lo menos durante cien años, tales como: los sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, junto con su contexto arqueológico y natural; los buques, aeronaves, otros medios de transporte o cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, junto con su contexto arqueológico y natural; y los objetos de carácter prehistórico.
Quedan exceptuados del párrafo anterior los buques y aeronaves de Estado extranjeros, cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, que gocen de inmunidad soberana conforme a derecho internacional.
Artículo 29. ...
Quienes encuentren Patrimonio Cultural Subacuático dentro de la Zona Económica Exclusiva Mexicana deberán dar aviso a la autoridad civil más cercana. La autoridad correspondiente expedirá la constancia oficial del aviso o entrega, en su caso, y deberá informar al Instituto Nacional de Antropología e Historia dentro de las 24 horas siguientes para que éste determine lo que corresponda.
Artículo 47. ...
Al que por cualquier medio realice trabajos de exploración submarina en aguas nacionales a fin de descubrir o rescatar Patrimonio Cultural Subacuático a que se refiere el artículo 28 Ter sin autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa de mil a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.
Transitorios
Primero. El presente decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.Dentro de los noventa días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo Federal publicará las reformas conducentes al reglamento correspondiente.
Notas:
1 De acuerdo con el artículo 56, numeral 1, inciso a) de la Convemar, los estados ribereños tienen, en la zona económica exclusiva (200 millas marinas contadas a partir de la línea base nacional), derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación económica de la zona, tal como la producción de energía derivada del agua de las corrientes y de los vientos;
Palacio Legislativo de San Lázaro, 27 de febrero de 2013.
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González, Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas, Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro, Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea, Arnoldo Ochoa González, Jorge Herrera Delgado (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Mónica García de la Fuente, Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar, Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).
La Comisión de Cultura y Cinematografía, diputados:Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), presidenta; Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca, Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Sonia Rincón Chanona, secretarios; Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Juana Bonilla Jaime, Angelina Carreño Mijares, Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, José Martín López Cisneros (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán, Hugo Sandoval Martínez (rúbrica), Luis Alberto Villarreal García, Martín de Jesús Vásquez Villanueva, María Beatriz Zavala Peniche.»
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados fue turnada para análisis y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada por Carla Alicia Padilla Ramos y suscrita por Enrique Aubry de Castro Palomino, diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 80, 82, 84, 85, 86, 182, 185 y 187 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno el presente dictamen, al tenor de los siguientes
Antecedentes
Primero. Con fecha 6 de noviembre de 2012, la diputada Carla Alicia Padilla Ramos y suscrita por el diputado Enrique Aubry de Castro Palomino, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Segundo.En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para análisis y dictamen.
Contenido de la iniciativa
La diputada proponente expone que la obesidad infantil es uno de los problemas de salud pública más graves del siglo XXI. El problema es mundial y está afectando progresivamente a muchos países de bajos recursos. Este incremento se explica por la incorrecta alimentación y la vida sedentaria.
Afirma que los niños obesos y con sobrepeso, tienden a seguir siendo obesos en la edad adulta y tienen más probabilidades de padecer a edades más tempranas enfermedades no transmisibles como la diabetes y las enfermedades cardiovasculares. El sobrepeso, la obesidad y las enfermedades conexas son en gran medida prevenibles. Por ello es que necesitamos darle prioridad a la prevención de la obesidad infantil.
Añade que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el sobrepeso y la obesidad se definen como una acumulación anormal o excesiva de grasa que puede ser perjudicial para la salud, el sobrepeso se define como un índice de masa corporal (IMC) igual o superior a 25, y la obesidad como un IMC igual o superior a 30.
Manifiesta que el sobrepeso y la obesidad son el quinto factor principal de riesgo de defunción en el mundo. Cada año fallecen por lo menos 2.8 millones de personas adultas como consecuencia del sobrepeso o la obesidad. Además, 44 por ciento de la carga de diabetes, 23 por ciento de la carga de cardiopatías isquémicas y entre 7 por ciento y 41 por ciento de la carga de algunos cánceres son atribuibles al sobrepeso y la obesidad.
Considera que tan sólo en México, la obesidad contribuye a un número cercano a 200 mil muertes por año, al ser un importante factor de riesgo para padecer enfermedades crónico-degenerativas, como son diabetes mellitus tipo 2, enfermedades isquémicas del corazón, cerebro-vasculares e hipertensivas. Y que según la página de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, la obesidad y el sobrepeso son el principal problema de salud pública en México, pues nuestro país es el primer lugar mundial en niños con obesidad y sobrepeso, y segundo en adultos.
Para la proponente, la mala alimentación, el sedentarismo, la falta de acceso a alimentos nutritivos, son factores determinantes del sobrepeso y la obesidad.
Por otro lado, manifiesta que, según la OMS, la inactividad se ha vuelto uno de los peores enemigos del bienestar físico en estos tiempos, cuando 60 por ciento de la población mundial no realiza la actividad necesaria para mantener su cuerpo en condiciones aceptables.
Asimismo, señaló que en México, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Nutrición (Ensanut) realizada en 2006, el sobrepeso y la obesidad se incrementaron en el país, al alcanzar alrededor de 30 por ciento en los niños y hasta 70 por ciento en los adultos. Los niños obesos tienen una morbilidad y mortalidad superior a los niños que no lo son.
Afirmó que los niños con obesidad pueden sufrir de hipertensión, colesterol elevado y resistencia a la insulina desde la infancia o pubertad y continúan con el riesgo en la etapa adulta. En varones, aumenta el riesgo de ateroesclerosis, infartos al miocardio, accidentes vasculares cerebrales, diabetes así como cáncer de colon. Las mujeres en cambio, son proclives de padecer artritis degenerativa, aumento de la presión arterial en el embarazo y predisposición de fracturas de cadera.
Finalmente, señaló que el sobrepeso y la obesidad infantil están detonando la aparición de diversas enfermedades que anteriormente sólo se veían en la población adulta. En un estudio que lleva a cabo el Hospital Infantil de México Federico Gómez, en los niños con sobrepeso y obesidad de 4 a 18 años de edad, se observó que de 100 niños estudiados 16 por ciento son hipertensos, 50 por ciento tienen problemas de hipertensión, altos niveles de triglicéridos y colesterol, lo que se conoce como síndrome metabólico.
Contenido de la propuesta
Se propone la reforma del inciso D del artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, las y los integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la cámara de Diputados, que suscriben el presente dictamen, exponen las siguientes:
Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 4o. precisa que en todas las decisiones y actuaciones del Estado velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
En el mismo sentido, hoy contamos con la reforma constitucional, relativa a los Derechos Humanos, la cual fue publicada el 10 de junio de 2011. Dicha reforma dio un cambio radical en el tradicional paradigma en la tutela de los derechos inherentes a la persona. De tal manera, en el artículo 1o. se determina el principio de convencionalidad , en el sentido de que los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano están en el mismo parámetro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tal es caso de la Convención de los Derechos del Niño.
En este contexto, la comisión dictaminadora estima que la iniciativa en comento es susceptible de ser analizada, al ser el Congreso de la Unión un órgano competente para legislar, de conformidad conla fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante la cual se establece la facultad para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación Estados y Municipios en materia de niñas, niños y adolescentes, en donde rija el interés superior de los mimos y se observen los tratados internacionales de la materia de los que México es parte.
Segunda. Los suscritos, integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez, coinciden en que es necesario adecuar el marco vigente en materia de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, con el propósito de adecuarlo a los instrumentos y convenios internacionales que nuestro país ha suscrito y ratificado, mediante los cuales se establecen un marco de principios y obligaciones relativos a la garantía de los derechos de los niños y de las niñas. Entre los instrumentos internacionales encontramos la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual refiere un marco amplio de diversas garantías efectivas hacia las niñas y los niños, a saber, el interés superior del niño, la no discriminación, el derecho a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación en todos aquellos aspectos de la vida que les conciernen.
De ahí que la Convención de los Derechos del Niño establezca en los artículos 3, 4 y 19 lo siguiente:
Artículo 3
1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
2.Los Estados parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.
Artículo 4
Los Estados parte adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados parte adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.
Artículo 19
1.Los Estados parte adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.
2.Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda, procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño y, según corresponda, la intervención judicial.
Tercera.La Comisión de Derechos de la Niñez considera de suma importancia llevar a cabo la reforma propuesta, en virtud de que la obesidad y el sobrepeso son el principal problema de salud pública en México, pues el país es el cuarto lugar mundial en niños con obesidad y sobrepeso. La mala alimentación, el sedentarismo, la falta de acceso a alimentos nutritivos, son factores determinantes del sobrepeso y la obesidad infantil.
En febrero de 2012, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) señaló que 29.0 por ciento de las niñas y 28.1 por ciento de los varones entre 5 a 17 años tenían sobrepeso en México. Asimismo, el promedio de los menores mexicanos con este mal era el cuarto más alto de los países que integran la OCDE, sólo detrás de Grecia, Estados Unidos e Italia.
La Ensanut de 2006 informó que 26 por ciento de los niños entre 5 y 11 años (4.15 millones de infantes) tenían prevalencia en sobrepeso y obesidad, situación que afectaba más a las niñas (26.8 por ciento) que a los varones (25.9 por ciento). Cabe destacar que este porcentaje es superior al promedio de la medición realizada en 1999, que arrojó la cifra de 18.6 por ciento de este sector poblacional con el padecimiento. La media anual de crecimiento de la citada enfermedad fue de 1.1 por ciento, incrementándose con mayor escala en la niñez del género masculino.
La Ensanut de 2006 analizó la situación de sobrepeso y obesidad de los adolescentes entre 12 y 19 años de edad. Entre los datos difundidos sobresalió que cerca de seis millones de jóvenes en este sector poblacional padecían esta condición, lo que representaba la tercera parte de este grupo. En comparación a la Ensanut 1999, la cifra es ligeramente mayor, pero refiere que en el caso de las mujeres, a más edad se desarrolla la prevalencia de la enfermedad. Por su parte, la Secretaría de Salud federal difundió que en 2008 existían cerca de 10.3 millones de niños y jóvenes mexicanos con sobrepeso y obesidad, de los que 4 millones 249 mil 217 corresponden al grupo poblacional de entre 5 y 11 años, y 6 millones 109 mil 420 al de jóvenes de entre 12 y 19.
En este sentido, se observa al revisar la propuesta de iniciativa se incluye que las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinados a fin de combatir la obesidad, mediante la promoción de una alimentación adecuada, la vigilancia del crecimiento, así como la promoción de la actividad física.La mal nutrición y la escasa actividad física son los dos grandes culpables del aumento de la cantidad de niños obesos en el país.
Por ello, el combate de la obesidad debe ser una estrategia prioritaria de salud pública entre los tres órdenes de gobierno, debe iniciarse en la infancia, continuarse a lo largo de la vida y tener la participación activa y comprometida del personal de la salud, junto con los otros sectores de la sociedad. Vale la pena insistir que cuanto más temprano sea su inicio, los beneficios a corto, mediano y largo plazo serán más importantes, evidentes y eficaces.
Esa situación nos parece muy acertada la propuesta de iniciativa de la promovente, en el sentido de que debemos reconocer que la obesidad infantil está aumentando la morbilidad y mortalidad en el país. Ante este panorama el futuro no se ve alentador, más aun si consideramos que, en México sigue en aumento la obesidad infantil. Esta realidad hace imperativo el desarrollo de políticas públicas y reformas a la ley como la que nos ocupa que combatan la obesidad en niñas, niños y adolescentes.
Cuarta.Es de suma importancia esta propuesta, toda vez que obesidad infantil es uno de los problemas de salud pública más graves del siglo XXI. El problema es mundial y está afectando progresivamente a muchos países de bajos recursos, como es el caso del país.
Por ello, los niños obesos y con sobrepeso tienen muchas probabilidades de convertirse en adultos obesos y tienen más probabilidades de padecer a edades más tempranas enfermedades no transmisibles como la diabetes y las enfermedades cardiovasculares, que a su vez se asocian a un aumento de la probabilidad de muerte prematura y discapacidad.
Se considera que una niña, un niño o un adolescente obeso cuando tienen este problema de salud sufren constantemente discriminación, la que se traduce en trastornos de conducta, angustia, depresión, tendencia a la baja autoestima, aislamiento e inseguridad.
En este tenor se considera viable aprobar el contenido de la reforma al inciso D del artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, ante el hecho de que cada vez es más frecuente la existencia de niñas, niños y adolescentes que tienen el problema de la obesidad y que pueden estar propensos a la aparición de diversas enfermedades, como son: hipertensión, colesterol elevado, diabetes, alteraciones dermatológicas, entre otros. Lo cual puede traer consigo que en caso de los varones aumente el riesgo de ateroesclerosis, infartos al miocardio, accidentes vasculares cerebrales, diabetes así como cáncer de colon, y en caso de las mujeres, son proclives de padecer artritis degenerativa, aumento de la presión arterial en el embarazo y predisposición de fracturas de cadera, como lo afirma la proponente.
Por todo lo anterior, los integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez someten a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto que reforma el artículo 28, inciso D, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Único. Se reforma el artículo 28, inciso D, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 28. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la salud. Las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinados a fin de
A. a C. ...
D. Combatir la desnutrición y la obesidad mediante la promoción de una alimentación adecuada.
E. a J. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El titular del Poder Ejecutivo federal deberá emitir las disposiciones reglamentarias correspondientes dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Notas:
1 Juan Pablo Aguirre Quezada. El reto de la obesidad infantil en México, Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, Cámara de Diputados, junio de 2012, página 5.
2 Ibídem, página 15.
Palacio Legislativo de San Lázaro, marzo de 2013.
La Comisión de Derechos de la Niñez, diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; María del Rosario Merlín García (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas, Cinthya Noemí Valladares Couoh (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda, Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena, secretarios; Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Flor Ayala Robles Linares (rúbrica).»
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
Se informa a la asamblea que del siguiente punto del orden del día, relativo al dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, la comisión ha solicitado diferir su discusión para la próxima sesión.
LEY GENERAL DE SALUD
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen:
I. Metodología
La Comisión de Salud, encargada del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrolló los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado Antecedentes se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la iniciativa.
En el apartado Contenido de la iniciativa se exponen los objetivos y se hace una descripción de la iniciativa, en la que se resumen su contenido, motivos y alcances.
En Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. Con fecha 25 de octubre de 2012, Nelly del Carmen Vargas Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto que reforma el numeral 2 del artículo 28 Bis de la Ley General de Salud.
2. El 26 de octubre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Salud, para el análisis y dictamen correspondientes.
III. Contenido de la iniciativa
La presente iniciativa tiene por objeto reformar el numeral 2 del artículo 28 Bis de la Ley General de Salud, a fin de depositar la responsabilidad de prescribir las recetas en los profesionales de la homeopatía, los médicos homeópatas.
Ley General de Salud
Texto vigente
Artículo 28 Bis. Los profesionales que podrán prescribir medicamentos son
1. Médicos;
2. Homeópatas;
3. Cirujanos dentistas;
4. Médicos veterinarios en el área de su competencia; y
5. Licenciados en enfermería, quienes únicamente podrán prescribir cuando no se cuente con los servicios de un médico los medicamentos del cuadro básico que determine la Secretaría de Salud.
Los profesionales a que se refiere el presente artículo deberán contar con cédula profesional expedida por las autoridades educativas competentes. Los pasantes en servicio social, de cualquiera de las carreras mencionadas y los enfermeros podrán prescribir ajustándose a las especificadas que determine la secretaría.
Propuesta de la iniciativa
Artículo 28 Bis. Los profesionales que podrán prescribir medicamentos son
1. Médicos;
2. Médicos homeópatas;
3. Cirujanos dentistas;
4. Médicos veterinarios en el área de su competencia; y
5. Licenciados en enfermería, quienes únicamente podrán prescribir cuando no se cuente con los servicios de un médico los medicamentos del cuadro básico que determine la Secretaría de Salud.
Los profesionales a que se refiere el presente artículo deberán contar con cédula profesional expedida por las autoridades educativas competentes. Los pasantes en servicio social, de cualquiera de las carreras mencionadas y los enfermeros podrán prescribir ajustándose a las especificadas que determine la secretaría.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud es social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a jerarquía constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. En México, las instituciones que han formado a los médicos y homeópatas llevan en su historia más de un siglo de lucha jurídica, político y social, cuyo objetivo ha sido poner al servicio de la población la homeopatía, a través de profesionales capacitados y con alto sentido de responsabilidad social, forjando una tradición que se puede observar a través de la alta aceptación que tiene entre la sociedad.
Actualmente, la Secretaría de Educación Pública expide a los egresados de instituciones con planes de estudios reconocidos por ella cédula profesional a licenciado como médico homeópata, reconociendo entonces que los únicos profesionales reconocidos por para brindar un servicio óptimo en el ramo de la homeopatía son precisamente los médicos homeópatas, que aparte de tener la formación esencial de médico general, son instruidos en exclusiva, con los conocimientos de la terapéutica homeopática.
Tercera. En la exposición de motivos, el promovente menciona que es necesario que la Ley General de Salud deposite la responsabilidad de prescribir las recetas en los profesionales de la homeopatía, los médicos homeópatas, ya que con ello se garantiza que los usuarios de los servicios de salud, en los ámbitos federal, estatal o municipal, o en la concurrencia de los sectores público, privado y social, estén atendidos por recursos humanos que tiene la formación profesional y que le asegura a la población, la calidad necesaria en el sistema de salud mexicano, toda vez la obligatoriedad constitucional que tiene el Estado mexicano de dar la protección de la salud de la población, requiere un sistema de salud más apto, capaz y eficiente.
De lo anterior se interpreta la preocupación de quien suscribe la iniciativa de que en la actualidad existen disciplinas técnicas, los cuales, los egresados, sólo alcanzan un reconocimiento o diploma en homeopatía y herbolaria, sin embargo, los egresados de estas carreras técnicas adolecen de los conocimientos médico-científicos necesarios para prescribir medicamentos, lo cual representa un alto riego para la salud al tener expresa esta autorización.
Cuarta. En cuanto a la reforma del numeral 2 del artículo 28 Bis de la Ley General de Salud, es importante mencionar, cuando el numeral 2 del artículo 28 Bis de la Ley General de Salud señala homeópatas, según el texto inicial del referido numeral, se refiere explícitamente a profesionales, por lo que se entiende que son profesionales homeópatas, sin embargo, de acuerdo con la información de la cédula profesional que expide la Secretaría de Salud a los egresados de dichos estudios es médico homeópata.
Quinta. La facultad de prescribir medicamentos se encuentra regulada en la Ley General de Salud, en el artículo 28 Bis. En éste se atribuye tal facultad a los profesionistas con cédula profesional en las materias que se enumeran en cada artículo.
Se cita el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud:
Artículo 28 Bis. Los profesionales que podrán prescribir medicamentos son
1. Médicos;
2. Homeópatas;
3. Cirujanos dentistas;
4. Médicos veterinarios en el área de su competencia; y
5. Licenciados en enfermería, quienes únicamente podrán prescribir cuando no se cuente con los servicios de un médico los medicamentos del cuadro básico que determine la Secretaría de Salud.
Los profesionales a que se refiere el presente artículo deberán contar con cédula profesional, expedida por las autoridades educativas competentes. Los pasantes en servicio social, de cualquiera de las carreras antes mencionadas y los enfermeros podrán prescribir ajustándose a las especificaciones que determine la secretaría.
Así pues, queda claro, que solo los profesionistas en homeopatía con cédula profesional, pueden prescribir medicamentos. Las cédulas profesionales, expedidas por la Secretaria de Educación Pública, reconocen como profesionistas en la licenciatura como médico homeópata a los egresados de los planes incorporados a la secretaría y, por tanto, son profesionales de la salud facultados para la prescripción de medicamentos en la materia de su competencia, en este caso, la homeopatía y el término correcto para nombrarlos es médico homeópata.
Sexta.Por lo anterior, los integrantes de la comisión consideran que la siguiente iniciativa es viable, toda vez que de acuerdo con la cedula profesional expedida por la Secretaria de Educación Pública, los profesionistas en la homeopatía se les reconoce como médico homeópata.
Por lo expuesto, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud
Artículo Único.Se adiciona el numeral 2 del artículo 28 Bis de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 28 Bis. Los profesionales que podrán prescribir medicamentos son
1. ...
2. Médicos Homeópatas;
3. a 5. ...
...
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, a 13 de febrero de 2013.
La Comisión de Salud, diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández, Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López, Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar, Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo, Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica en contra), Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño (rúbrica).»
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Tiene la palabra para fundamentar el dictamen la diputada Virginia Victoria Martínez Gutiérrez, por la Comisión de Salud.
Incluso en su intervención me notifican va a fundamentar dos dictámenes, éste y el segundo enlistado en el orden del día. Adelante, diputada, por favor.
La diputada Virginia Victoria Martínez Gutiérrez: Con su venia, presidenta. Compañeros y compañeras legisladores, hoy la Comisión de Salud presenta ante este pleno el posicionamiento en cuanto a dos iniciativas con proyecto de decreto; el primero, referente a la reforma del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, en materia de desaparecidos.
A este respecto, de acuerdo con información de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, entre el 2006 y 2012 se reportaron 5 mil 397 personas como extraviadas o ausentes. Estas cifras son elaboradas a partir de las denuncias de los familiares de desaparecidos y se integran también con información aportada por los órganos de justicia de los 31 estados y del Distrito Federal, así como por los servicios médicos forenses, precisándose que 3 mil 457 son hombres y el resto mujeres.
El organismo también ha señalado que cuenta con datos de 8 mil 898 personas fallecidas que no han sido identificadas por las autoridades. En estos casos las causas de los decesos son diversas, como accidentes en vía pública, padecimiento de enfermedad o muertes violentas.
En este orden de consideraciones, resalta la necesidad de que el Estado mexicano asuma su responsabilidad de llevar a cabo medidas necesarias para brindar la atención a todos aquellos dependientes de personas que permanecen desaparecidas, dado que esta condición las ubica en una circunstancia de vulnerabilidad.
Es por ello que la propuesta pretende establecer en la ley, que toda persona dependiente de una persona desaparecida sea sujeta de asistencia social, teniendo derecho a servicios especializados para atención y plena integración.
Lo anterior se define en la Ley de Asistencia Social como el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de las personas en estado de necesidad e indefensión, en desventaja física y mental hasta lograr su incorporación.
Legislar en materia de asistencia social significa dar respuesta formal a los problemas sociales, representa encauzar inquietudes, acciones y esfuerzos de la sociedad para atender las necesidades, superar el bienestar de los individuos y de los grupos. En este sentido, la asistencia social constituye una alta y valiosa expresión de solidaridad.
Como legisladores comprometidos con nuestra nación, estamos obligados hoy más que nunca a impulsar las reformas que vayan encaminadas al bienestar de la sociedad; es por ello que la Comisión de Salud emite dictamen a favor de la minuta que reforma la fracción VII del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, que indica: Tienen derecho a la asistencia social los individuos y familiares que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas o sociales requieran de servicios especializados para su plena atención.
Con base en lo anterior, son sujetos de la asistencia social preferente: dependientes de personas privadas de su libertad, desaparecidas, de enfermos terminales, de alcohólicos o de farmacodependientes.
En segundo, y no por ello de menor importancia, esta comisión presenta el posicionamiento respecto al dictamen emitido en sentido positivo de la iniciativa que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud.
Diversas publicaciones, documentales y entrevistas entre otros han tenido como objeto el posicionar a la homeopatía como una medicina humanista; la homeopatía nunca se ha aislado de la evolución médica ni de la tecnología ligada a la ciencia. La reporterización se considera como medio idóneo para llegar a los medicamentos indicados para realizar de manera tradicional y ayudar a la tecnología.
En México se han formado médicos homeópatas, llevan su historia en un siglo de lucha jurídica.
Es precisamente la Escuela Nacional de Medicina Homeopática del Instituto Politécnico Nacional la que describe la característica de formar médicos cirujanos y homeópatas, como una profesión innovadora, ya que además de preparar al alumno como médico, con conocimiento de ciencias básicas a la salud pública y clínicas, se le capacita en el manejo de la terapéutica homeopática, lo cual lo hace que tenga una ventaja.
Actualmente, la Secretaría de Educación Pública expide a los egresados de las instituciones con planes de estudios reconocidos por la Secretaría la cédula profesional de licenciado como Médico Homeópata, reconociendo entonces a estos únicos profesionales para brindar un servicio óptimo en el ramo de la homeopatía.
Los médicos homeópatas, quienes de acuerdo con sus estudios no son los que cuentan con la formación esencial en la medicina de la ciencia, son instruidos en exclusivo conocimiento terapéutico homeopático.
Es por lo anterior que los integrantes de esta comisión estiman viable que haga constar que son los médicos homeó-patas los profesionistas facultados para prescribir medicamentos y no los homeópatas, que pueden ser egresados de algún curso técnico en el ramo, a través de reformar la fracción II del artículo 28 Bis de la Ley General de Salud, para quedar de la siguiente manera:
Los profesionales que podrán prescribir medicamentos son: médicos, médicos homeópatas, cirujanos dentistas, médicos veterinarios en el área de su competencia y licenciados en enfermería, quienes únicamente podrán prescribir, cuando no se cuente con los servicios de un médico, aquellos medicamentos del cuadro básico que determine la Secretaría de Salud. Es cuanto, presidenta.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Gracias, diputada. En este sentido, nos ha fundamentado este proyecto de decreto del artículo 28 Bis de la Ley General de Salud, y el decreto que reforma la fracción VII del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.
Para este primer dictamen está anotada para participar la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, hasta por cinco minutos.
Quiero saludar la presencia de líderes sociales de la colonia Prizo 2, del municipio de Ecatepec, estado de México, invitados por la diputada Norma Ponce Orozco. Bienvenidos.
La diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez: Con su venia, señora presidenta. Muy buenas tardes tengan todas y todos, compañeros diputados. La homeopatía ha sido mal entendida y atacada desde sus inicios en 1810 hasta la actualidad. A pesar de ello, en México esta disciplina ha persistido, evolucionado y prosperado debido a la demanda de la población en general.
Actualmente nuestro país goza de una rica tradición alrededor de esta profesión, en donde la labor y desempeño de grandes médicos homeópatas mexicanos ha trascendido más allá de las fronteras.
Históricamente México fue el primer país del mundo en donde a la homeopatía se le otorgó el estatus de reconocimiento oficial por medio de instituciones ya centenarias, como lo son el Hospital Nacional Homeopático de la Secretaría de Salud, la Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía del Instituto Politécnico Nacional, y la Escuela Libre de Homeopatía de México, la cual esta última en el 2012 cumplió sus primeros 100 año de existencia.
En México existe un dilema de más de un siglo con respecto a los médicos especializados dentro de esta disciplina. Tanto en el ámbito jurídico como social las distinciones técnicas han quedado a la deriva, debido a denominaciones designativas que hicieron a un lado más de un siglo de historia de esta profesión.
México necesita precisar dentro del marco de la Ley General de Salud la especificación de quienes puedan prescribir recetas dentro de la medicina homeopática, y que estos sean facultad única de quienes tienen los estudios legalmente registrados ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública como médicos homeópatas.
Los médicos homeópatas son los únicos con la formación esencial que, además de tener conocimientos en medicina general, son exclusivamente instruidos dentro de la terapéutica homeopática con reconocida eficacia en el ámbito, y que dentro de los mexicanos es altamente demandada.
Por lo anterior, en el Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano seguimos apoyando e impulsando esta iniciativa que reforma las diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para que los únicos profesionales autorizados a brindar el servicio óptimo en el ramo de la homeopatía sean precisamente los médicos homeópatas.
Aunado a lo anterior, esto es una aclaración esencial para que nuestros especialistas en materia gocen de su reconocimiento histórico, garantizando así a los usuarios del servicio de salud la atención profesional apropiada que de ellos demanden. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Gracias, diputada. Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
La Presidenta diputada Aleida Alavez Ruiz:Esta Presidencia saluda la presencia de invitados del diputado Noé Hernández González.
De niños de la Escuela Primaria Libertador Simón Bolívar, invitados por la diputada Guadalupe Socorro Flores Salazar.
También la presencia de alumnos de la Escuela de Lancaster Asociación Civil, que están aquí con nosotros el día de hoy. Bienvenidos.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Ciérrese el sistema electrónico de votación. De viva voz, diputados, por favor.
El diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (desde la curul): A favor.
El diputado José Sergio Manzur Quiroga (desde la curul): A favor.
El diputado Luis Alberto Villarreal García (desde la curul): A favor.
La diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (desde la curul): A favor.
La diputada Judit Magdalena Guerrero López (desde la curul): A favor.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Presidente, se emitieron 423 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones.
Presidencia del diputado José González Morfín
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado en lo general y en lo particular por 423 votos el proyecto de decreto que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
LEY DE ASISTENCIA SOCIAL
El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen:
I. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado Antecedentes se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la iniciativa.
En el apartado Contenido de la iniciativa se exponen los objetivos y se hace una descripción de la iniciativa, en la que se resumen su contenido, motivos y alcances.
En Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. En la sesión de la Comisión Permanente el Congreso de la Unión celebrada el 27 de julio de 2011, el senador Ricardo Pacheco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social.
2. En la misma sesión, el presidente en turno de la Comisión Permanente turnó la presente iniciativa a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores para estudio y elaboración del dictamen respectivo.
3. Con fecha 17 de abril de 2012 se presentó en primera lectura dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Estudios Legislativos que contiene proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social.
4. Con fecha 19 de abril de 2012 se presentó en segunda lectura, aprobándose en votación nominal, el proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social, enviándose a la Cámara de Diputados con la misma fecha.
5. Con fecha 24 de octubre de 2012, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha minuta fuera turnada a la Comisión de Salud para el análisis y dictamen correspondientes.
III. Contenido de la iniciativa
La presente minuta señala que la situación de violencia que enfrentan diversas regiones del país ha provocado que una gran cantidad de niñas y niños queden en orfandad.
Hace referencia a que de acuerdo con información de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, entre 2006 y 2011 se reportaron unas 5 mil 397 personas como extraviadas o ausentes. Estas cifras son elaboradas a partir de las denuncias de los familiares de desaparecidos y se integran también con información aportada por los órganos de justicia de los 31 estados y del Distrito Federal, así como por los servicios médicos forenses, precisándose que 3 mil 457 son hombres y el resto mujeres. El organismo también ha señalado que cuenta con datos de 8 mil 898 personas fallecidas que no han sido identificadas por las autoridades. En estos casos, señaló, las causas de los decesos son diversas, como accidentes en la vía pública, padecimiento de una enfermedad y muertes violentas.
En este orden de consideraciones, resalta la necesidad de que el Estado mexicano asuma su responsabilidad con la niñez y la adolescencia, particularmente de los dependientes de personas que permanecen desaparecidas, dado que esta condición los ubica en una circunstancia de vulnerabilidad. Con tales consideraciones, propone establecer en la Ley de Asistencia Social que sean sujetos de la asistencia social del Estado, con lo cual tendrán derecho a servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar.
Por lo expuesto, la minuta pretende reformar la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud es social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a jerarquía constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. La ley que se pretende reformar define asistencia social como el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión, desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
Tercera. La noción de asistencia social, por lo tanto, está asociada a un servicio que se presta para solucionar problemas de diversa índole y mejorar las condiciones de vida de las personas.
Cuarta. El objetivo de la asistencia social es que todos los integrantes de una sociedad gocen de los mismos derechos y oportunidades. Como en toda comunidad existen desigualdades, la asistencia social está dirigida a los más desfavorecidos. Su trabajo se orienta a que todos los individuos puedan satisfacer sus necesidades básicas.
Quinta. En este orden de consideraciones, resulta manifiestamente necesario que el Estado mexicano asuma su responsabilidad con aquella niñez y adolescencia que sea más vulnerable ante las nocivas consecuencias de la crisis económico-social por la que atraviesa el país. En suma, es necesario establecer las previsiones que sean necesarias a efecto de restablecer el tejido social que hoy, más que nunca, languidece ante las lamentables acciones criminales que socavan nuestra sociedad y sus instituciones en general.
El análisis de la minuta resulta viable en tanto que el artículo, como se observa, reconoce el derecho a la asistencia social de individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas o sociales requieran servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar.
La redacción propuesta en la iniciativa busca ampliar la protección a cualquier dependiente de una persona desaparecida, sin importar las circunstancias.
Por lo expuesto, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura aceptan en sus términos la minuta del Senado y someten a consideración de la asamblea el siguiente
Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social
Artículo Único. Se reforma la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:
Artículo 4o....
...
I. a VI. ...
VII. Dependientes de personas privadas de su libertad, de desaparecidos, de enfermos terminales, de alcohólicos o de farmacodependientes;
VIII. a XII. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2013.
La Comisión de Salud, diputados:Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López, Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar, Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza, Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño (rúbrica).»
El Presidente diputado José González Morfín: Está a discusión en lo general y en lo particular.
Para fijar la posición del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la tribuna el diputado Juan Ignacio Samperio Montaño.
El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño: Con su venia, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Adelante, diputado.
El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño: El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) señala que existen actualmente 10 millones 700 mil huérfanos por alguna causa en América Latina y el Caribe, y que México ocupa el segundo sitio, con casi el 15 por ciento de los casos, al superar el millón y medio. Brasil tiene el primer lugar de Latinoamérica, ya que en ese territorio se concentra más del 34 por ciento de los casos de orfandad, equivalentes a 3.7 millones de niños huérfanos.
En este contexto, miles de niños y niñas quedaron en estado de orfandad debido a que sus padres estuvieron dentro de los 90 mil muertos, los 26 mil desaparecidos o de los más de 50 mil detenidos acusados por supuestos vínculos con el crimen organizado. Esto, sin contar que durante la administración pasada el número de menores de edad que perdieron la vida en hechos vinculados con el narcotráfico, el crimen organizado o en operativos antidrogas se incrementó de forma alarmante.
Es preocupante que los distintos órdenes de gobierno no estén atendiendo de manera puntual esta problemática, ya que no se tienen cifras exactas de cuántas y cuántos niños han perdido a uno o a ambos padres, o que viven en condiciones de orfandad.
El presente dictamen hace referencia a la información que la Comisión Nacional de Derechos Humanos presentó sobre el número de personas extraviadas o ausentes durante el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa. En él se detallan las cifras de las denuncias presentadas por los familiares de las víctimas y del número de cadáveres que no han podido ser identificados.
De esta manera, se pretende modificar la Ley de Asistencia Social, en beneficio de aquellas personas dependientes de personas desaparecidas, además de resaltar la necesidad de que el Estado mexicano asuma su responsabilidad con la niñez y la adolescencia, particularmente de los dependientes de personas que permanecen desaparecidas, dado que esta condición los ubica en una circunstancia de vulnerabilidad.
Por lo anterior, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor del presente dictamen, ya que nos parece en buena medida que el Estado sea el encargado de garantizar la protección de los niños y las niñas en condiciones de orfandad, además de la protección de sus derechos fundamentales.
Sin embargo, todavía falta mucho por hacer, creemos que esta modificación no resolverá el fondo del problema. De lo que se trata es de generar una política integral que además de lo anterior promueva la cultura de la adopción en los tres órdenes de gobierno, que garanticen el derecho de los afectados a tener una familia estable que pueda proveerlos de todo lo necesario para mejorar sus condiciones de vida.
Diversas organizaciones sociales se han pronunciado por reformar las reglas sobre la adopción para agilizar los trámites; sin embargo, estas propuestas no han tenido eco en el Congreso.
Por otro lado, también es necesario mejorar las condiciones de seguridad en los estados y municipios, aplicando los exámenes de confianza al personal encargado de otorgar la seguridad en la región.
Por último, mejorar un salario mínimo, porque el que percibe actualmente un obrero o un campesino en nuestro país es totalmente insuficiente para poder comprar los alimentos que contempla la canasta básica, por lo que los adultos o padres de familia, debido a la necesidad de llevar lo necesario a sus familias, se anexan a las filas del narcotráfico perdiendo la vida en enfrentamientos con policías federales o con miembros de cárteles rivales. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Esta Presidencia no tiene conocimiento de que se vaya a solicitar alguna otra intervención; en consecuencia, voy a pedir a la Secretaría que abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal del proyecto de decreto en lo general y en lo particular.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
Ciérrese el sistema de votación electrónico. De viva voz, diputados.
El diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (desde la curul): A favor.
El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (desde la curul): A favor.
El diputado Luis Alberto Villarreal García (desde la curul): A favor.
El diputado José Sergio Manzur Quiroga (desde la curul): A favor.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Presidente, son 431 votos a favor, 0 abstenciones y 0 en contra.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado en lo general y en lo particular por 431 votos el proyecto de decreto que reforma la fracción VII de del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales
LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, EN MATERIA DE SUICIDIO
El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en materia de suicidio.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Dictamen de las Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de suicidio
Honorable Asamblea:
Las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:
I. Metodología
Las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables encargadas del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado Antecedentes se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la iniciativa.
En el apartado Contenido de la iniciativa se exponen los objetivos y se hace una descripción de la iniciativa en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. En sesión celebrada con fecha el 27 de septiembre de 2012, la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha Iniciativa fuera turnada a las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables para dictamen.
III. Contenido de la iniciativa
La presente iniciativa tiene como objeto facultar a la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, para fomentar y apoyar la realización de programas para la prevención del suicidio, así como para la prevención y atención de trastornos mentales que puedan alterar su sano desarrollo; así como considerar como obligación de las madres, padres y de todas las personas que tengan a su cuidado niñas, niños y adolescentes, prestar atención inmediata a las alteraciones de conducta que permitan suponer la existencia de trastornos mentales que puedan alterar su sano desarrollo.
Se pretende reformar la fracción II del artículo 73, y el primer párrafo del artículo 77 de la Ley General de Salud; así como adicionar el apartado C del artículo 11, y el apartado K del artículo 28 de la Ley para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, como sigue:
IV. Consideraciones
Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecera la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. Los trastornos mentales y conductuales se consideran padecimientos que se caracterizan por alteraciones de los procesos de pensamiento, de las emociones o del comportamiento, asociadas con angustia personal y/o con alteraciones del funcionamiento, es decir, no son sólo variaciones dentro de la normalidad.
La salud mental es un fenómeno complejo determinado por múltiples factores de índole social, ambiental, biológica y psicológica. La salud mental incluye: los síndromes depresivos y ansiosos, la epilepsia, la demencia, la esquizofrenia, las adicciones y los trastornos del desarrollo infantil, los cuales se han incrementado en México durante los últimos años.
La prevalencia de trastornos mentales es de 5-18 por ciento de la población general. La depresión es el trastorno más frecuente en uno y otro sexo (4.9 por ciento hombres y 9.7 por ciento, mujeres), por lo que se espera que 1 de cada 6 personas desarrolle eventualmente un trastorno mental que podría requerir atención especializada. Es decir, que en México padecen trastornos mentales casi 15 millones de personas. Cabe destacar que tales prevalencias son más bajas que las observadas en Estados Unidos, donde existen cifras de hasta 19.5 y 25 por ciento para cualquier trastorno afectivo y por ansiedad, respectivamente.
Según la Encuesta Nacional de Epidemiología Psiquiátrica los trastornos psiquiátricos se presentan en las primeras décadas de la vida; el 50 por ciento de los adultos que informaron haber sufrido un trastorno mental, lo padecieron antes de los 21 años de edad. Del mismo modo se estima que un 7 por ciento de la población infantil entre los 3 y los 12 años se encuentran afectados por uno o más problemas de salud mental y los más frecuentes son los problemas de aprendizaje, retraso mental, la angustia y los intentos de suicidio.
El suicidio también es uno de los problemas más preocupantes en nuestro país ya que su incidencia ha duplicado a partir de 1990 y el mayor crecimiento se observa en los adolescentes y adultos jóvenes. Aunque la muerte auto infligida es menos frecuente en las mujeres, en éstas ha crecido en un 95 por ciento a partir de 1990, mientras que en los hombres aumentó en un 67 por ciento.
La muerte por suicidio representa sólo la parte más visible de una problemática más compleja. Si bien es cierto que la problemática suicida está directamente relacionada con enfermedades mentales como la esquizofrenia, la depresión mayor y el consumo de drogas; el suicidio suele ser el resultado de la interacción de múltiples factores entre los que destacan el desempleo, la desintegración, violencia familiar y la carencia de un diagnóstico oportuno de la ideación suicida
El suicidio aparece como la cuarta causa de muerte en la población de 5 a 14 años de edad, según información proporcionada por el Sistema Nacional de Información en Salud (Sinais), detrás de los accidentes de vehículo motor, la leucemia y los ahogamientos/sumersiones. Corresponden el 2.9 por ciento de los fallecimientos en menores en edad escolar.
Tercera. La presente iniciativa pretende, mediante la modificación de la Ley General de Salud, fomentar y apoyar la realización de programas para la prevención del suicidio, así como para la prevención y atención de trastornos mentales que puedan alterar su sano desarrollo.
Es necesario referir que actualmente, conforme al marco jurídico sanitario vigente, la salud mental, concepto dentro del cual se encuentra la prevención y atención a los trastornos mentales y del comportamiento, los cuales comprenden entre otras cosas, la prevención del suicidio, se encuentra considerada como materia de salubridad general y como un servicio básico de salud (artículos 3, fracción VI; y 27, fracción VI, de la Ley General de Salud), lo cual determina que dichos padecimientos sean atendidos de manera prioritaria por las autoridades sanitarias de nuestro país.
Asimismo, respecto a los programas de promoción, que se especifican en el Artículo 73, se considera implícito el incluir las medidas de prevención del suicidio, dado que la promoción de la salud mental, así como el conocimiento y prevención de los trastornos mentales y del comportamiento abarca todos los trastornos mentales, dentro de los cuales están las conductas suicidas.
Cuarta. Las disposiciones de la Ley General de Salud, contempladas en los numerales 2, fracciones I y II; 3, fracciones VI y XVI; 6, fracción I; 27, fracciones I, II, III y VI; 96, fracción III; 104, fracción I; 110; 111, fracción I y 112, fracciones I y III, establecen disposiciones normativas generales que regulan criterios de prevención, tratamiento y cuidado por lo que respecta a padecimientos relacionados con el comportamiento humano y con la salud mental, por lo cual es procedente señalar que la iniciativa que nos ocupa, pretende adicionar disposiciones que ya se encuentran contenidas de manera genérica en la Ley General de Salud, resultando innecesaria, desde una perspectiva estrictamente jurídica, la implementación de la misma.
Prueba de lo anterior es el hecho de que dentro del Programa de Acción Específico 2007-2012 de Atención en Salud Mental, actualmente se considera al suicidio como una entidad prioritaria para intervenciones y asignaciones de recursos, cuyo objetivo primordial es el establecimiento de una vigilancia epidemiológica y de investigaciones adecuadas a nivel local para la obtención de un mayor conocimiento de dicho problema de salud pública y por ende la formulación de políticas de prevención al respecto.
Quinta. La presente iniciativa duplica disposiciones que actualmente se encuentran contenidas en la Ley General de Salud, así como en diversos instrumentos normativos, en particular por lo que se refiere a la prevención, educación, investigación, y en su caso, tratamiento de las afecciones relacionadas con la salud mental de las personas, así como su comportamiento.
Sexta. En lo referente a las modificaciones a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, es necesario enfatizar que los menores se encuentran en un estado de indefensión ante los trastornos mentales. Por ello, se reconoce que quienes estén al cuidado de ellos se responsabilicen de la detección y atención de los posibles trastornos de la salud mental
Cabe mencionar que es preciso que quienes sean responsables de los menores sean capacitados u orientados para la detección de las alteraciones de conducta que pueden traducirse en un trastorno mental incipiente o manifiesto. Para este efecto, se establece en el artículo 28 de la ley en comento que las autoridades desarrollarán programas para prevención y atención de los trastornos mentales.
Séptima. Tomando en cuenta estos argumentos, las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables consideramos la presente iniciativa viable con modificaciones para quedar como sigue:
Se adicionan el apartado C del artículo 11, y el apartado K del artículo 28 de la Ley para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
Por lo expuesto, los integrantes de las Comisiones de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de suicidio
Artículo Único. Se adicionan los artículos 11 con un inciso C, y 28 con un inciso K, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Articulo 11. ...
A. y B. ...
C. Prestar atención inmediata de las alteraciones de conducta que permitan suponer la existencia de trastornos mentales que puedan alterar su sano desarrollo, de acuerdo a lo previsto en la Ley General de Salud.
Artículo 28. ...
A. a J. ...
K. Desarrollar acciones para la detección temprana, prevención y tratamiento de trastornos mentales que puedan alterar su sano desarrollo.
Transitorios
Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las acciones que en su caso, deban realizar las dependencias y entidades de la administración pública federal, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, deberán cubrirse en función de los ingresos disponibles, conforme a la Ley de Ingresos de la Federación y sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2013.
La Comisión de Salud, diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda, Alma Marina Vitela Rodríguez, Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz, Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar, Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jéssica Salazar Trejo (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados:Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo, María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Josefina Salinas Pérez, secretarios; José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Roberto López Rosado, Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena, María Rebeca Terán Guevara, Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo.»
El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen tiene en primer lugar el uso de la tribuna la diputada Eva Diego, por una de las comisiones, y después la diputada Josefina Salinas, por la otra comisión.
Tiene el uso de la tribuna, por cinco minutos, la diputada Eva Diego Cruz.
La diputada Eva Diego Cruz: Gracias, señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores, el día de hoy, los integrantes de la Comisión de Salud presentamos ante este pleno un dictamen de suma trascendencia, consistente en el proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en materia de salud mental.
El derecho a la salud obliga a los estados a generar condiciones en las cuales todos puedan vivir lo más saludablemente posible y no se limita a estar sano físicamente, sino también abarca a otros factores que obligan a los estados a adoptar políticas y planes de acción para dar respuesta a las necesidades de salud de sus gobernados.
Este derecho ha sido reconocido en diversos instrumentos nacionales e internacionales; por ejemplo, el numeral 1 del artículo 10 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales establece que toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico mental y social.
El Informe sobre la Salud en el Mundo 2001, dedicado a la salud mental, publicado por la Organización Mundial de la Salud, afirma que la salud mental es tan importante como la salud física para el bienestar general de los individuos, las sociedades y los países.
Los trastornos mentales no son tan infrecuentes como muchos pensamos. Del 5 al 18 por ciento de la población general padece algún trastorno mental; es decir, que en México casi 15 millones de personas son portadoras de algún trastorno mental. De esta manera se calcula que una de cada seis personas desarrollará eventualmente un trastorno mental que podría requerir atención especializada.
Según la Encuesta Nacional de Epidemiología Siquiátrica, los trastornos mentales se presentan en las primeras décadas de la vida; el 50 por ciento de los adultos que informaron haber sufrido un trastorno mental lo padecieron antes de los 21 años de edad. Igualmente se estima que un 7 por ciento de la población infantil entre los 3 y los 12 años se encuentra afectado por uno o más problemas de salud mental, y los más frecuentes son los problemas de aprendizaje, retraso mental, angustia y los intentos de suicidio.
Este último tema, el suicidio, es uno de los problemas más preocupantes en nuestro país, ya que su incidencia se ha duplicado a partir de 1990 y el mayor crecimiento se observa precisamente en adolescentes y adultos jóvenes.
Este problema representa solo la parte más visible de una problemática más compleja. Si bien es cierto que la problemática suicida está directamente relacionada con enfermedades mentales como la esquizofrenia, la depresión mayor y el consumo de drogas, el suicidio suele ser el resultado de la interacción de múltiples factores, entre los que destacan el desempleo, la desintegración, violencia familiar y la carencia de un diagnóstico oportuno de la ideación suicida.
El suicidio aparece como la cuarta causa de muerte en la población de 5 a 14 años de edad, según información proporcionada por el Sistema Nacional de Información en Salud, detrás de los accidentes de vehículo de motor, la leucemia y los ahogamientos/sumersiones. Por ello, es indispensable incorporar la promoción de la salud mental a las políticas y programas nacionales.
La política debe destacar la situación de los grupos vulnerables que tienen necesidades especiales de salud mental, entre los que figuran los niños, las niñas, los ancianos, población indígena, jóvenes y las mujeres.
En el caso de niñas, niños y adolescentes es necesario enfatizar que los menores se encuentran en un estado de indefensión ante los trastornos mentales. Por ello se reconoce que quienes estén al cuidado de ellos se responsabilicen de la detección y atención ante un posible trastorno de la salud mental.
En todos los casos, el reconocimiento precoz de cualquier condicionante físico, familiar y social mejorará el pronóstico y los resultados de cualquier intervención, lo que puede ser decisivo para el futuro del niño con trastornos o enfermedades crónicas graves, o que afecten a su rendimiento social y escolar.
La presente modificación a la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes indica que el gobierno en sus tres esferas de atención establecerá la acciones para detección temprana de trastornos mentales que puedan afectar su pleno desarrollo, por lo que habrá de diseñar y perfeccionar métodos, diagnósticos más sensibles y específicos de aplicación en la práctica clínica.
Compañeras y compañeros diputados, solicitamos a ustedes su voto en sentido favorable, a fin de que este dictamen se convierta en un ordenamiento que asegure la atención prioritaria en la salud mental, en un sector tan importante y tan vulnerable, como son las niñas, los niños y los adolescentes de nuestro país. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora la palabra para fundamentar el dictamen la diputada Josefina Salinas, hasta por cinco minutos.
Si me permiten, aprovecho la oportunidad para dar la más cordial bienvenida y saludar a un grupo de alumnos y profesores de la escuela secundaria federal Moisés Sáenz, que están aquí invitados por nuestra compañera diputada secretaria Tanya Rellstab. Bienvenidos a esta sesión.
Me habían dicho que fundamentaría el dictamen la diputada Josefina Salinas. Ya fue fundamentado por la otra comisión, está a discusión el dictamen en lo general. Para fijar la posición de su grupo parlamentario, tiene el uso de la tribuna el diputado Gerardo Villanueva Albarrán, de Movimiento Ciudadano.
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán: Con su venia, diputado presidente. Estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía indican que en México los adolescentes representan el grupo de edad más vulnerable para el suicidio; las causas son problemas familiares y escolares, depresión, ansiedad, daño neurológico en etapas tempranas, así como el consumo de sustancias adictivas.
Durante la última década, las defunciones por suicidio en la población mexicana entre 5 y 14 años de edad se incrementaron de 105 casos en el año 2000, a 150 casos en el año 2010. Estas cifras alarmantes indican que el suicidio es la cuarta causa de muerte en niños de entre 5 y 14 años de edad, la cuarta causa de muerte.
Los pensamientos suicidas son trastornos mentales resultados de diversos factores ambientales, como la desintegración de las familias, la violencia y el desempleo. Aunque la Ley General de Salud ya considera algunos criterios de prevención, tratamiento y cuidado de los padecimientos relacionados al comportamiento humano y la salud mental, eso no basta, pues se estima que casi 20 por ciento de la población tiene trastornos mentales y que eventualmente uno de cada seis lo desarrollará.
Los niños, niñas y adolescentes siempre son los más desprotegidos, por lo que es necesario establecer normas que permitan la detección temprana de los padecimientos y eviten en lo posible su desarrollo.
También debemos atender el tema de la información. ¿De qué servirá una legislación en la que los padres deban presentar atención inmediata a los problemas de conducta, si ellos no cuentan con la información suficiente al respecto, si no cuentan con elementos para detectar a tiempo esta problemática en sus propios hijos?
El Grupo Parlamentario del Movimiento Ciudadano se pronuncia a favor del dictamen, debido a que es profundamente humano llevar a cabo acciones encaminadas a la atención de nuestras niñas y niños, y en este caso al acceso pleno de su salud mental.
Solamente quisiera comentar que hablo de atención y no necesariamente de protección; espero que las normas evolucionen tocando los términos con mayor precisión. Protección social es un concepto acuñado por el Banco Mundial en referencia a la necesidad de dar una protección básica y mínima a los pobres, y lo que nosotros debemos plantear para ser congruentes con los contenidos de nuestra Constitución es una claridad sobre el concepto de seguridad social como derecho humano.
Por eso insisto en que es necesaria una reforma en materia de salud, que resuelva su fragmentación y segmentación; los obstáculos económicos, geográficos, burocráticos y culturales; el acceso oportuno a los servicios de salud y medicamentos requeridos; la carencia de recursos físicos, humanos y financieros y su desigual distribución.
Lo platicaba hace poco con una compañera diputada del PAN, de Ciudad Valles, ¿cómo vamos a llegar a concretar el espíritu de esta reforma que se hace con la mejor de las intenciones si en el ejido de Rancho Nuevo, en un ejido indígena de la zona tének, muy cercana a Ciudad Valles, no tienen médico? No podemos aspirar algo más, cuando no hemos logrado incorporar lo básico.
Cierro con una cita de Asa Cristina Laurell: El derecho a la salud es un valor ético de la sociedad y debe ser un derecho exigible de todas las personas, lo que significa que el Estado es el sujeto obligado de garantizarlo. De ahí nuestro voto a favor y la invitación a que nuestras comisiones en estos temas aborden lo que estoy planteando a propósito de esta reforma, que hoy seguramente se votará a favor. Muchas gracias. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. En virtud de que no hay otra intervención solicitada, ruego a la Secretaría que abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.
(Votación)
El Presidente diputado José González Morfín: Un saludo a los alumnos del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, que están invitados aquí en la sesión por la diputada María del Rocío García Olmedo. Bienvenidos a esta sesión.
También saludamos a un grupo de adultos de la delegación Tláhuac, que están aquí invitados por la diputada Guadalupe Socorro Flores Salazar. Bienvenidos a la sesión.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Ciérrese el sistema electrónico.
El diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (desde la curul): A favor.
El diputado Luis Alberto Villarreal García (desde la curul): A favor.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Se informa a la Presidencia que hay 443 votos a favor, 0 abstenciones y 0 en contra.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado por unanimidad en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente la iniciativa que reforma los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, presentada por las diputadas María del Rosario de Fátima Pariente Gavito y Judit Magdalena Guerrero López, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
La Comisión de Transportes, con las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1; 81, numeral 2; 82, numeral 1; 84, numeral 1; y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes
Antecedentes
1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el martes 18 de diciembre de 2012, las diputadas María del Rosario de Fátima Pariente Gavito y Judit Magdalena Guerrero López, integrantes del Grupo Parlamentario Partido Verde Ecologista de México, presentaron iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
2. Con fecha 18 de diciembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dictó el trámite túrnese a la Comisión de Transportes para dictamen.
3. En reunión de la Comisión de Transportes, celebrada el 11 de diciembre de 2012, se aprobó el programa para desahogar los asuntos en cartera.
4. Durante las dos primeras semanas de enero de 2013, se llevó a cabo la investigación documental para allegarse de los elementos necesarios a efecto de elaborar el dictamen respectivo.
5. Durante las dos últimas semanas de enero de 2013, se convocó a quienes estuvieran interesados en esta iniciativa, a enviar los comentarios respectivos.
6. El 31 de enero de 2013, en la Gaceta Parlamentaria se publicó la prevención emitida por la Presidencia de la Mesa Directiva, a efecto de presentar el dictamen correspondiente a la presente iniciativa.
7. Con fecha 31 de enero de 2013, el pleno de la Comisión de Transportes acordó turnar a las Subcomisiones de Transporte Terrestre de Carga, y de Pasaje, para la elaboración del predictamen correspondiente a la presente iniciativa.
Exposición de Motivos
El autotransporte de carga es una actividad estratégica para la economía nacional. En 2010 movilizo alrededor de 470 millones de toneladas, y está relacionada con más de 71 actividades económicas, generando más de 4 millones de empleos directos e indirectos, por lo que se le considera un sector precursor del desarrollo nacional.
El autotransporte de carga cuenta con una amplia gama de normas oficiales mexicanas, cuya supervisión y vigilancia se hacen depender de la actuación y recursos de diversas dependencias del Ejecutivo Federal que resultan ser muchas veces insuficientes. Ante esta situación, es prioritario fortalecer el cumplimiento voluntario de los sectores productivos y de servicios mediante la autorregulación, dotándola de un reconocimiento que propicie incluso acuerdos interinstitucionales entre las diversas dependencias involucradas, de tal manera que se incentive su adopción como una alta muestra de responsabilidad social claro está, siempre bajo el monitoreo de la autoridad responsable por lo que se propone su incorporación a nivel de ley.
No obstante la importancia económica y social del autotransporte de carga, el parque vehicular de este medio de transporte padece una obsolescencia de más de 17.5 años de antigüedad, lo que representa una desventaja competitiva respecto de nuestros principales socios comerciales que oscila entre 5 y 6 años de antigüedad.
La falta de una disposición clara a nivel de ley que establezca el año modelo que como limite debe observarse, tanto para el ingreso a los servicios de autotransporte de carga y transporte privado, así como el señalamiento de un límite de años en operación referenciado al año modelo de fabricación, ha contribuido a que unidades cuya vida útil está superada, sigan circulando en carreteras con el consecuente riesgo que esto representa para la seguridad vial, el cuidado al medio ambiente y el deterioro acelerado de la flota vehicular nacional.
En materia de cuidado al medio ambiente, es urgente implementar políticas públicas de largo alcance pues el autotransporte es responsable del 22 por ciento de las emisiones de CO2 que equivale a 36 mil 457 toneladas anuales, donde el autotransporte de carga participa con el 77 por ciento es decir, genera 28 mil 39 toneladas de emisiones según cifras calculadas al 2010. En lo que respecta a consumo de energía de 2 mil 247.7 petajoules que se consumieron en 2010, el autotransporte de carga participó con el 92. Por ciento, por lo que es el subsector que mayor cantidad de energía utiliza. Si consideramos que la cantidad de vehículos con 21 o más años de antigüedad a 2010 creció en un 22 por ciento a lo observado en 2005, esto refleja una tendencia a la alza en el envejecimiento de la flota vehicular tan solo en este segmento donde se encuentran más de 147 mil 500 unidades motrices. Más aún el porcentaje de camiones con más de 25 años de antigüedad es del orden del 30 por ciento del total de la flota vehicular que también a 2010 fue de 408 mil 567 unidades motrices, por lo que es prioritario establecer el umbral de antigüedad de la flota vehicular tanto en su ingreso como en su operación.
El no contar con un límite de ingreso y años de operación, contribuye también a que los programas de chatarrización sean insuficientes y torna más atractiva la importación o contrabando de unidades de procedencia extranjera; así como el mercado negro de partes y refacciones, por lo que es urgente se introduzca dicha reforma de manera similar a como existe en el sector de pasaje y turismo.
Dada la importancia de la seguridad vial en el autotransporte, se propone la incorporación también en esta ley de los elementos necesarios para robustecer la operación segura de las unidades dedicadas al transporte de carga ligada al año, modelo de fabricación, las condiciones de peso bruto vehicular máximo, y los elementos de seguridad vial que deberán cumplir todo tipo de configuraciones vehiculares para su tránsito seguro, amen de regular o controlar la velocidad máxima.
La reforma que se propone tiene la virtud de introducir las bases para que vía Norma Oficial Mexicana, se establezcan los elementos mínimos de seguridad vial para el transporte de carga, construir indicadores de causas de siniestralidad a nivel internacional por cada tipo de configuración, y dotar de información clave para encauzar políticas públicas y también brindar las bases para exceder dichos estándares bajo Normas Mexicanas u otros instrumentos de calidad.
Contenido de la iniciativa
La iniciativa presentada por las ciudadanas diputadas, propone reformar el párrafo segundo del artículo 35, de igual manera se reforma el primer párrafo y se adicionan un segundo y tercer del artículo 39, y se reforma el primer párrafo del artículo 50, todos ellos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 35. ...
Las empresas que cuenten con los elementos técnicos conforme a la norma oficial mexicana respectiva, podrán ellas mismas realizar la verificación técnica de sus vehículos. La secretaría promoverá con otras dependencias del Ejecutivo federal y estatal, el reconocimiento de la autorregulación para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas.
Artículo 39. Los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga, deberán cumplir con las condiciones de antigüedad de acuerdo al año modelo de fabricación, con las condiciones de peso bruto vehicular máximo y sus elementos de seguridad vial, dimensiones, capacidad y otras especificaciones, así como con los límites de velocidad en los términos que establezcan los reglamentos respectivos. Asímismo, están obligados a contar con dispositivos de control gráficos o electrónicos para regular la velocidad máxima.
Las unidades motrices y de arrastre que ingresen al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado deberán tener una antigüedad no mayor a cinco años a partir de su año modelo de fabricación.
Las unidades del servicio de autotransporte federal de carga y el transporte privado, tanto motrices como de arrastre, sólo podrán transitar un máximo de veinte años a partir de su año modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas respectivas.
Artículo 50. El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal, siempre y cuando la configuración vehicular que corresponda ya sea unitaria, articulada o doblemente articulada no exceda el peso bruto vehicular máximo y dimensiones permitidas y a su vez cumpla con los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir así como las bases para su autorregulación.
Consideraciones de la comisión
Una de las razones fundamentales que inspiran a los legisladores integrantes de la Comisión de Transportes para reformar la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (LCPAF), es la consideración de que México vive una etapa de transición en la que se hace necesaria una revisión de las normas y procedimientos que rigen el funcionamiento de diversas instituciones del Estado.
Ante dicha realidad existe además la imperiosa necesidad de formular políticas públicas que fomenten, sin demora, el desarrollo nacional.
En ese marco, el autotransporte federal se presenta como un sector de la economía que adquiere un carácter esencial para el crecimiento y el desarrollo económico, social y cultural de un país.
En ese sentido, del análisis que los miembros de esta Comisión realizaron a la exposición de motivos de la iniciativa en estudio, para fortalecer el sector del autotransporte federal, se determinó en primera instancia, que la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1993, buscó promover la disponibilidad en todo el territorio nacional de los diferentes servicios de autotransporte.
Por ello, la dictaminadora considera conveniente señalar que esta ley introdujo nuevos procedimientos para dar mayor transparencia a los procesos de otorgamiento de permisos, los cuales son superados por la actual situación, toda vez que se necesita contar con mayor certidumbre jurídica al momento de otorgar permisos, siendo la seguridad el bien jurídicamente tutelado lo que se busca guardar.
Asimismo, la que dictamina estima que las reformas a la Ley de la materia brindarán las herramientas necesarias para hacer frente a los nuevos retos que enfrenta el país, ante un mercado en competencia de un mundo globalizado y los rezagos que existen en la penetración de los servicios de autotransporte federal para que todos los mexicanos puedan acceder a la transportación.
Es claro que nuestro país requiere reforzar sus instituciones jurídicas en materia de autotransporte, mediante una reforma integral de su marco legal, que permita responder a las necesidades de la población en nuestro país, a fin de que el autotransporte federal tenga una mayor penetración y ofrezcan a la población la diversidad de sus servicios.
La comisión que suscribe reconoce plenamente que la iniciativa que se dictamina busca mejorar las condiciones del autotransporte, su operación y calidad en el servicio, garantizando certidumbre jurídica y seguridad para los usuarios.
Las buenas leyes también están medidas por la oportunidad con la que se promulgan, y más cuando se trata de materias tan dinámicas como el transporte, cuya desatención ocasionaría que muy pronto se profundicen las diferencias en las oportunidades de desarrollo humano de millones de mexicanos, además de que provocaría un rezago inaceptable en la competitividad de nuestra economía a nivel internacional.
Por otro lado, la Comisión de Transportes consideró adecuado incluir su opinión jurídica, la que presenta en el siguiente
Planteamiento
La iniciativa pretende reformar el segundo párrafo del artículo 35, de igual manera reformar el primer párrafo y adicionar un segundo y tercer párrafo al artículo 39 y reformar el primer párrafo del artículo 50, todos ellos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Las consideraciones de la propuesta, se basan en incentivar el cumplimiento voluntario de los sectores productivos, a través de la autorregulación dotándose de reconocimiento por medio de los acuerdos interinstitucionales de las dependencias involucradas como una muestra de responsabilidad social, bajo la supervisión de la autoridad responsable.
Por otra parte, la iniciativa plantea que deben de establecerse un límite para el ingreso y años de operación de los vehículos de carga que prestan un servicio, a fin de abatir en gran medida el grado de antigüedad de los vehículos que prestan un servicio a terceros o que transportan sus propios productos, desalentando la importación o contrabando de unidades de procedencia extranjera que ya cumplieron su vida útil, y que afectan la seguridad vial en el autotransporte, esta propuesta busca alentar la modernización del parque vehicular y crear condiciones de competencia en el mercado.
Para hacer factible esta propuesta de iniciativa, será necesario considerar un Programa de Modernización que contemple dos aspectos: la repotenciación del Programa de Chatarrización, apoyado con uno de Financiamiento por parte de la Banca de Desarrollo que permita sustituir las unidades en operación, obsoletas e inseguras, con vehículos de modelo más reciente y que cumplan con condiciones de seguridad en la operación de los servicios. Así también será necesario establecer en artículos transitorios que los vehículos actualmente en operación mayores de veinte años no podrán ser sujetos de dicha disposición de reforma, porque se estaría dando efectos retroactivos en perjuicio de las unidades actualmente en operación.
En relación a la propuesta de adición y modificación de los articulos materia de la iniciativa se señala lo siguiente:
Se estima necesario modificar el segundo párrafo del artículo 35 de la iniciativa, a fin de que se precise que tanto las empresas como las personas físicas, que cuenten con elementos técnicos conforme a la Norma Oficial Mexicana, podrán realizar la verificación técnica de sus vehículos y de los de terceros.
Para este efecto, se propone adicionar que la verificación podrán llevarla a cabo, las personas físicas y las personas morales, y que estos servicios podrán también prestarse a terceros.
Por lo que se refiere al artículo 39 es congruente que se establezca un límite en cuanto a la antigüedad de los vehículos que se den de alta ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, cuya antigüedad no deberá ser mayor a cinco años a partir del año modelo de su fabricación, con un límite de operación de veinte años a partir del modelo de su fabricación, esta modificación permitirá abatir la antigüedad de los vehículos que prestan el servicio de carga y transporte privado de carga, con la salvedad de no dar efecto retroactivo a las unidades en operación.
Finalmente, la propuesta al artículo 50 es congruente al análisis vertido, toda vez que se pretende establecer que las unidades en operación no excederán el peso bruto ni las dimensiones que establezcan las Normas Oficiales Mexicanas.
A efecto de garantizar la imparcialidad y que el establecimiento de los pesos y dimensiones máximos obedezcan estrictamente a condiciones técnicas y de seguridad, se considera agregar a la iniciativa un párrafo que precise la obligación de consultar a los expertos, sin conflicto de intereses en la materia.
Será necesario establecer dos artículos transitorios, uno que señale que los vehículos actualmente en operación, no podrán ser materia de esta reforma, en virtud de no tener efecto retroactivo para las unidades de más de veinte años que actualmente están autorizadas. Además deberá establecerse que las Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Hacienda y Crédito Público, así como la Banca de Desarrollo, deberán estructurar y presentar un Programa de Modernización del Autotransporte de Carga, que incorpore, tanto los estímulos para la chatarrización de unidades que vayan cumpliendo la antigüedad de veinte años, como el Programa de Financiamiento respectivo.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Artículo Único. Se reforman los artículos 35, párrafo segundo; 39; 50, primer párrafo y se adicionan un tercer párrafo al artículo 35; y un tercer párrafo, recorriéndose el actual en su orden, al artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 35. ...
Las personas morales y las personas físicas que cuenten con los elementos técnicos conforme a la norma oficial mexicana respectiva, podrán ellas mismas realizar la verificación técnica de sus vehículos y, en su caso, de terceros.
La secretaría promoverá con otras dependencias del Ejecutivo federal y estatal, el reconocimiento de la autorregulación para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas.
Artículo 39. Los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga, deberán cumplir con las condiciones de antigüedad de acuerdo al año modelo de fabricación, con las condiciones de peso bruto vehicular máximo y sus elementos de seguridad vial, dimensiones, capacidad y otras especificaciones, así como con los límites de velocidad en los términos que establezcan los reglamentos respectivos. Asimismo, están obligados a contar con dispositivos de control, gráficos o electrónicos, para regular la velocidad máxima.
Las unidades motrices y de arrastre que ingresen al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado, deberán tener una antigüedad no mayor a cinco años a partir de su año modelo de fabricación.
Las unidades del servicio de autotransporte federal de carga y el transporte privado, tanto motrices como de arrastre, solo podrán transitar un máximo de veinte años a partir de su año modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas respectivas.
Artículo 50. El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal, siempre y cuando la configuración vehicular que corresponda ya sea unitaria, articulada o doblemente articulada no exceda el peso bruto vehicular máximo y dimensiones permitidas y a su vez cumpla con los elementos básicos de seguridad vial. Las normas oficiales mexicanas, establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir así como las bases para su autorregulación.
...
Para la definición de los límites máximos de pesos y dimensiones con los que puedan circular los vehículos por los caminos y puentes de jurisdicción federal, el Comité de Normalización respectivo, deberá obtener la opinión de expertos en la materia, acreditados por las principales instituciones de educación superior de nuestro país.
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El tercer párrafo del artículo 39, no aplica para las unidades, que a la entrada en vigor del presente decreto, se encuentren en operación, registradas ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y tengan una antigüedad mayor a los veinte años a partir del año modelo de su fabricación.
Tercero. Las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Hacienda y Crédito Público, y la instituciones que integran la banca de desarrollo, deberán presentar, en un plazo máximo de 8 meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, el programa para la modernización del parque vehicular del autotransporte federal de carga.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2013.
La Comisión de Transportes, diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), Rafael Acosta Croda (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez, Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González, María del Rosario Merlín García (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Asueto, Francisco Tomás Rodríguez Montero, José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez (rúbrica).»
«Acta de la Comisión de Transportes, en la que se proponen modificaciones al dictamen
Acta de la Comisión de Transportes relativa a la quinta sesión ordinaria, efectuada el martes 5 de marzo de 2013
Siendo las 18:00 horas del martes 5 del mes de marzo de 2013, en el salón E del Edificio G, ubicado en Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, de la Cámara de Diputados, se reunieron los legisladores integrantes de la Comisión de Transportes, de conformidad con la convocatoria de fecha 28 de febrero del presente año, para el desahogo del siguiente orden del día:
1. Lista de asistencia.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la sesión anterior.
4. Presentación y, en su caso, aprobación de los proyecto de dictámenes de las siguientes iniciativas:
a. Dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 12 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y se adiciona un segundo párrafo al numeral dos, del artículo 33 de la Ley General de Educación. Presentada por el diputado Roberto Pérez de Alba Blanco, del Partido Nueva Alianza.
b. Dictamen en sentido negativo, de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Presentada por el diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Partido Movimiento Ciudadano.
c. Dictamen en sentido negativo, del proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Presentada por el diputado Jesús Gerardo Cortés Mendoza, del Partido Acción Nacional.
d. Dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil. Presentada por la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Partido Nueva Alianza.
e. Dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 33 y 87 de la Ley de Aviación Civil. Presentada por el diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Partido Nueva Alianza.
5. Asuntos generales
A) Reuniones de las Subcomisiones de Transporte.
1. Registro de asistencia
Para dar cumplimiento al primer punto del orden del día, se paso lista mediante el registro de firmas, encontrándose presentes 22 diputadas y diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez, presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández, Jesús Tolentino Román Bojórquez, Miguel Sámano Peralta, María Rebeca Terán Guevara, Jorge Rosiñol Abreu, Luis Manuel Arias PalIares, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (secretarios); Rafael Acosta Croda, José Angelino Caamal Mena, Marco Antonio Calzada Arroyo, Fernando Cuellar Reyes, Raúl Santos Galván Villanueva, Francisco Grajales Palacios, Abel Guerra Garza, Javier Filiberto Guevara González, María del Rosario Merlín García, J. Jesús Oviedo Herrera, Germán Pacheco Díaz, Humberto Armando Prieto Herrera, Francisco Tomás Rodríguez Montero, Jorge Terán Juárez.
Contando con el quórum reglamentario, el presidente, Juan Carlos Muñoz Márquez, dio por iniciada la reunión y procedió a dar lectura al orden del día.
2. Lectura y aprobación del orden del día
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Le pido al señor secretario que pregunte a los compañeros si están por la afirmativa la orden del día.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones de la presidencia, y en votación económica, se pregunta a los señores diputados si están por aprobar esta orden del día. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo del modo ... Los que estén por la negativa. Aprobado, señor presidente.
3. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario.
De la misma forma le pido al señor secretario que nos dispense de la lectura, de la aprobación del acta de la sesión anterior, ya que fue remitida con anterioridad a cada uno de los miembros. Le pido, señor secretario, que solicite la dispensa.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Se somete a consideración por instrucciones de la presidencia, la dispensa de la ... acta de la sesión anterior y su aprobación de la lectura, en su caso aprobación del acta de la sesión anterior. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Los que estén por la negativa. Aprobado, señor presidente.
4. Presentación y, en su caso, aprobación de los proyecto de dictámenes de las siguientes iniciativas
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario; Asimismo, presentamos, en su caso y someteremos a la aprobación de los proyectos de las siguientes iniciativas. Le pido a la secretaría técnica, que de una manera muy breve... perdón, al secretario técnico, que de una manera muy breve nos dé solo los datos principales y si alguien tuviese alguna duda, podemos ampliar cualquier circunstancia.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: Buenas tardes, señor presidente. Nada más aclarando que ya los cinco proyectos de dictamen que se someten a su consideración, fueron abordados por las subcomisiones respectivas y aprobados en sus términos por unanimidad. Las comisiones están representadas por las diferentes fracciones parlamentarias.
Por obvio de tiempo, si ustedes me permiten, nos iríamos a la parte de conclusiones de cada uno de los dictámenes y los puntos de acuerdo que se someten en cada uno.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Perfecto.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López : El primer dictamen es proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes que contiene puntos de acuerdo por los que no se aprueban la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 12, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Y se adiciona un segundo párrafo al numeral dos del artículo 33 de la Ley General de Educación.
Las conclusiones son las siguientes. Si bien la iniciativa contiene un espíritu positivo, ya que... áreas básicas para las personas con situaciones marginales, pretende atender políticas públicas con el patrimonio de los particulares al intentar garantizar el derecho a que los gobernados reciban educación. Que la Constitución lo prevé como una obligación del Estado.
Del planteamiento del problema se advierte que el asunto fundamental no es la transportación de los usuarios en situaciones de marginación, sino la dispersión de las comunidades con respecto a las escuelas. La iniciativa no se aboca a la obligación del Estado, de acercar dichos centros a las comunidades de difícil acceso, lo cual evitaría el complicado traslado de la población campesina, como se denomina en el propio proyecto a los centros urbanos.
Finalmente, de aprobarse la iniciativa, originaria un incremento en las tarifas, ya que el costo de las exenciones se trasladaría a los usuarios del servicios que no fueran beneficiados con ellas.
En todo caso sería conveniente considerar la posibilidad de una partida presupuestaria específica destinada al transporte de los educandos, en zonas marginadas, lo cual no afectaría a los usuarios del auto transporte federal ni a los permisionarios.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea, los siguientes acuerdos:
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 12 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Y se adiciona un segundo párrafo, numeral dos del artículo 33 de la Ley General de Educación. Presentada por el diputado Roberto Pérez de Alba Blanco, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a la consideración de ustedes este proyecto de dictamen.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias. ¿Alguien tiene algún comentario al respecto de este dictamen en sentido negativo? Si nadie tiene algún comentario, le paso al señor secretario para que promueva su votación en sus términos.
El secretario diputado: Por instrucciones del presidente, se pregunta en votación económica si es de aprobarse el dictamen relativo en sus términos.
Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano. Los que estén por la negativa. Aprobado en sus términos, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario; solicito al secretario técnico José Refugio Muñoz López.
Cuco, nuevamente, exponga el segundo dictamen, por favor.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: El siguiente es el proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes que contiene puntos de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos y Autotransporte Federal.
Conclusiones. Las modificaciones que se pretenden realizar a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, se refieren en todo momento a concesiones y no a permisos y autorizaciones, que es lo aplicable en materia de autotransporte federal.
En espíritu es loable el esfuerzo que se pretende por atender la problemática de un grupo social que ha sido desmeritado a lo largo del tiempo, sin embargo en lo tocante a los accesos en las terminales de autobuses de pasajeros ya se contemplan acciones en pro de personas con discapacidad, a efecto de facilitar la transportación vía terrestre.
Esto se establece en el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, en su artículo 42 B, fracción 11, incisos A, B y C.
Con relación a las unidades de autotransporte federal autobuses, es menester comentar que la realización de cambios estructurales para facilitar la accesibilidad de personas con discapacidad, debe ser direccionado a las empresas armadoras de dichos autobuses a efecto de que desde su fabricación cuenten con las adecuaciones pertinentes.
Para ello deben revisarse las normas oficiales correspondientes.
Finalmente, se considera que la reforma propuesta sobre regularidad a la actividad, ya que para los efectos deseados se cuenta con la Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad, misma que contiene un capítulo expreso denominado transporte público y comunicaciones.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes, someten a la consideración de la honorable asamblea los siguientes acuerdos:
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Presentada por el diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a su consideración.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: muchas gracias, señor secretario técnico. Si alguien tiene un comentario en este sentido. Señor secretario.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta en votación económica si es de aprobarse en sus términos el dictamen del que se ha dado cuenta. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación).
Aprobado, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Entrando al tercer dictamen. Señor Muñoz.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: El siguiente proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes que contiene puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Conclusiones
El marco jurídico que rige a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no la faculta a exigir a los propietarios de los vehículos particulares a que cumplan con determinadas obligaciones, como es el caso de la contratación de un seguro, aún y cuando circulen por las vías generales de comunicación y tampoco tiene atribuciones para imponer sanciones como la propuesta en la fracción II, del artículo 74 Bis de la ley en estudio.
Dada esta argumentación, tendría que haber una modificación a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a efecto de facultad a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Policía Federal para que establecieran la obligatoriedad del seguro en carreteras y en el caso de incumplimiento, la sanción a cargo de la Policía Federal. Por lo cual, se considera que la iniciativa no es consistente jurídicamente.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, presentada por el diputado Jesús Gerardo Cortés Mendoza, del Partido Acción Nacional.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a su consideración este proyecto de dictamen.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias. ¿Algún comentario al respecto a este dictamen? Señor secretario, pregunte al recinto.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta en votación económica si es de aprobarse en sus términos el dictamen en comento.
Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación).
Aprobado, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Adelante, señor Refugio, nuevamente, con el siguiente dictamen.
El secretario técnico José Alfredo Muñoz López: El cuarto proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes, que contiene puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil.
Conclusiones
En los ordenamientos citados ya se establece que el monto del pago por los daños a los pasajeros se fija de manera individualizada, atendiendo la naturaleza del daño causado y a las posibilidades de rehabilitación y el grado de invalidez del afectado y se calcula, tomando como base el cuádruple del salario mínimo diario más alto en vigor en la región, sin que la indemnización correspondiente, en caso alguno, sea menor del triple de lo que resulte aplicable a cada persona atendiendo a sus particularidades.
Por otro lado, la mencionada indemnización prevé el pago por atención médica que cubre los siguientes conceptos: asistencia médica y quirúrgica, rehabilitación, hospitalización cuando el caso lo requiera, medicamentos, material de curación y aparatos de prótesis y ortopedia.
Se considera improcedente establecer la indemnización por daños a pasajeros, con base en el entorno económico de éstos, toda vez que el objetivo de dicha indemnización es resarcir el daño sufrido, independientemente del entorno económico de los afectados. A mayor abundamiento, la iniciativa no precisa en qué forma se consideraría el entorno económico, es decir, si recibiría una indemnización mayor el pasajero con mejor o peor entorno.
Respecto a aumentar la cobertura de la indemnización para incluir servicios psicológicos, se considera que no es materia del artículo 62 de la Ley de Aviación Civil, en todo caso, corresponde establecerlo en el Reglamento de la Ley de Aviación Civil, mismos que considera la cobertura mínima de los seguros de responsabilidad de pasajeros.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil, presentada por la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a su consideración, señores diputados.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Es de preguntar si alguien tiene algún comentario. Si nadie tiene algún comentario, señor secretario, favor de...
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández:, se pregunta a los señores de la comisión, en votación económica, si es de aprobarse en sus términos el dictamen en comento. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación).
Aprobado, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Por último, el último dictamen, señor Refugio, por favor.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: Quinto y último proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes que contiene puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 33 y 87 de la Ley de Aviación Civil.
Conclusiones
El mencionado tercer párrafo del artículo 33 de la ley en cita, constituye una protección para las personas con cualquier tipo de discapacidad, no sólo visual. En ese sentido, el párrafo que se pretende adicionar restringiría el alcance del mencionado tercer párrafo, al proveer como medida de cumplimiento de dicho artículo sólo el apoyo a las personas con discapacidad visual, medida que corresponde, en su caso, al ámbito reglamentario y no al legislativo.
Por otro lado, a nivel reglamentario, ya existe una disposición que garantiza a las personas con discapacidad visual su ingreso con perros. guías a la cabina de pasajeros de las aeronaves civiles.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 33 y 87 de la Ley de Aviación Civil, presentada por el diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a su consideración.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Si alguien tiene algún comentario al respecto. Adelante, señor secretario.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a los miembros de la comisión si es de aprobarse en sus términos el dictamen en comento. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación).
Aprobado, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Habiendo agotado los dictámenes, entramos en el quinto punto del orden del día que son asuntos generales. Si alguien tiene algún asunto que tratar. Es el tema de las reuniones de Subcomisiones de Transportes.
Adelante, Cuco, si nos haces favor de proceder a este punto.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: Sí, en la parte de asuntos generales es informarles, en principio que todavía tenernos por dictaminar 17 diferentes asuntos, seis de ellos corresponden a la Subcomisión de Transporte Carretero de Carga; uno a la Subcomisión de Transporte Carretero de Pasaje; siete a la Subcomisión de Transporte Aéreo; dos a la Subcomisión de Transporte Marítimo, y uno que recientemente llegó, que sería para la Subcomisión Transporte Ferroviario.
Para ello estamos proponiéndoles llevar a cabo las siguientes reuniones de las subcomisiones. Sería el 12 de marzo de 2013 a las 13:00 horas, sería la Subcomisión de Transporte Marítimo en la sala de juntas de la propia comisión. El mismo 12 de marzo a las 15:00 horas, la Subcomisión de Transporte Aéreo, también, en la sala de juntas de la propia comisión; y a las 17:00 horas las Subcomisiones Unidas de Transporte Carretero, tanto de carga y pasaje, en el salón E del edifico G, para estar en condiciones de desahogar los siguientes dictámenes, predictámenes, perdón.
De esta manera, restaría también poner a su consideración, para avanzar en el rezago de los asuntos que traemos, convocar también a reuniones del pleno de la comisión exclusivamente para desahogar los proyecto de dictamen de estos asuntos que tenernos pendientes, una sería el 19 de marzo de 2013 a las 16:00 horas, en un lugar que estaría por asignarse. La otra sería el 16 de abril de 2013, a las 16:00 horas, también en un lugar que está todavía pendiente por asignar.
Ésa es la propuesta de calendario para desahogar en lo que resta de este periodo de sesiones los asuntos que traernos todavía en cartera.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Si me permiten, nada más, adicionar. Si se fijan; estamos metiendo otra sesión de esta comisión para este mes. Tenernos una intención muy clara. Antes de que llegue el receso, tenernos que dejar limpia toda la chamba. Entonces estamos proponiendo que se sesione lo más seguido posible, que hagamos la chamba, inclusive, nos daría oportunidad, si el 16 de abril no sacásemos toda la chamba, todavía nos quedaría un buen lapso para tratar de sacarla.
Lo sometemos a su consideración y como lo hemos venido trabajando, Cuco. También llamar a los asesores, hacer el trabajo previo con los asesores, que participen en cada una de las subcomisiones para que no lleguemos en blanco a las reuniones de subcomisión.
Someto a su consideración el calendario de actividades, los que estén por la afirmativa ... Señor secretario, ya le ando robando la chamba.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones del presidente, se pregunta en votación económica a los miembros de la comisión si es de aprobarse el quinto punto del orden del día en asuntos generales. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación). Aprobado, señor presidente, en sus términos.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Por último, si alguien tiene otro asunto...
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: Hay otro punto que sometemos a su consideración en asuntos generales. Nos llegó recientemente, la Mesa Directiva turnó a la comisión recomendaciones de la Auditoría Superior de la Federación para que la honorable Cámara de Diputados, por medio de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Transportes, evalúe la conveniencia de presentar iniciativas relacionada con la Ley Federal de Derechos, mismas que por el carácter de las dos iniciativas se turnarían a la Subcomisión de Transporte Marítimo.
Tiene que ver con los derechos para utilizar los muelles, en tino Pero como son observaciones que hace la Auditoría Superior de la Federación y tenernos un tiempo perentorio de 30 días para desahogarlas. Serían dos asuntos adicionales que se le agregarían a la Subcomisión de transporte marítimo.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Aquí le pediría al señor Pacheco, que es el que la preside, para que estemos al pendiente de ese tema y lo podamos subir en el mismo calendario en el que ya lo tienen programado.
¿Algún otro tema, señor secretario técnico? Ahora sí les pregunto a los diputados si hay algún otro tema que quisieran subir. Adelante, señor Pacheco.
El diputado Germán Pacheco Díaz: Dos puntos. Uno, la Subcomisión de Multimodal no aparece aquí, presidente. Tenemos la de Carretero y Carga, Carretero y de Pasaje, Aéreo, Marítimo y Ferroviario.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Lo que pasa es que no hay ningún tema para sesionar. No hay ningún tema que le corresponda a esa subcomisión, por eso no aparece en el...
El diputado Germán Pacheco Díaz: El otro punto es la sesión que tuvimos el jueves pasado, Javier. ¿Sí, verdad? Ya nos paramos, nos fuimos la mayoría y nada más para decirles el calendario. Si no me equivoco es son 15 y 16 de marzo en que va a hacer la visita al puerto de Tampico, al puerto de Altamira, a la primera zona naval y astilleros.
La salida todavía está pendiente, si vamos a salir el jueves o el viernes en la mañana. El viernes en la mañana salimos. Entonces, lo que habíamos comentado, presidente, extender la invitación para estar el día 15. Estaríamos en el Puerto de Tampico en la primera zona naval y astilleros.
El sábado 16, que es marzo, en la mañana, estaríamos en el puerto de Altamira. Al regreso, terminando la visita, la presentación del director de API de Altamira, del licenciado José Julián Dip, de ahí mismo nos trasladamos al aeropuerto.
El presidente Juan Carlos Muñoz Márquez: ¿Algún otro tema, señor secretario técnico?
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: Hay otro punto que sometemos a su consideración en asuntos generales, en relación al dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, se detectaron errores en la captura del documento que se entregó y que hoy fue publicado en la Gaceta Parlamentaria.
Esta Secretaría Técnica plantea la necesidad de presentar una fe de erratas al dictamen en comento, toda vez que al momento de elaborarlo se identificaron errores en la redacción, así como algunos conceptos técnico-operativos y jurídicos que deben diferenciarse para evitar fallas en su interpretación.
Tal es el caso de la necesidad de separar las unidades motrices (camiones y tractocamiones) de las unidades de arrastre (remolques y semirremolques), ya que estos últimos no son motivo de la iniciativa. Por otro lado, se considera que las configuraciones vehiculares están definidas en la norma correspondiente y no son materia de esta Ley. Finalmente estimamos adecuado utilizar en el tercero transitorio el concepto de acciones, en lugar de programa, ya que el primero presenta la posibilidad de incorporar, de manera concertada, los compromisos de las distintas dependencias.
Por lo anteriormente expuesto señor diputado Presidente, presento a Usted la propuesta de corrección al dictamen, bajo la siguiente:
Fe de erratas
Artículo 39, párrafo segundo:
Dice:
Las unidades motrices y de arrastre que ingresen al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado deberán tener antigüedad no mayor a 5 años a partir de su año modelo de fabricación.
Debe decir:
Las unidades motrices que ingresen por primera vez al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado deberán tener antigüedad no mayor a 5 años a partir de su año modelo de fabricación.
Artículo 39, párrafo tercero:
Dice:
Las unidades del servicio de autotransporte federal de carga y el transporte privado, tanto motrices corno de arrastre, sólo podrán transitar un máximo de 20 años a partir de su año-modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas correspondientes.
Debe decir:
Las unidades motrices del servicio de autotransporte federal de carga y el transporte privado, sólo podrán transitar un máximo de 20 años a partir de su año-modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas correspondientes.
Artículo 50:
Dice:
El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal, siempre y cuando la configuración vehicular que corresponda ya sea unitaria articulada o doblemente articulada no exceda el peso bruto vehicular máximo y dimensiones permitidas y a su vez cumpla con los elementos básicos de seguridad vial. Las normas oficiales mexicanas, establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir así como las bases para su autorregulación.
Debe decir:
El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal. Las normas oficiales mexicanas establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir así como las bases para su autorregulación.
Artículo Tercero Transitorio
Dice:
Las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Hacienda y Crédito Público y la instituciones que integran la banca de desarrollo, deberán presentar, en un plazo máximo de 8 meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, el Programa para la Modernización del Parque Vehicular del Autotransporte Federal de Carga.
Debe decir:
Las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Hacienda y Crédito Público y la instituciones que integran la banca de desarrollo, deberán presentar, en un plazo máximo de 8 meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las acciones para la modernización del parque vehicular del autotransporte federal de carga.
Ésa es la propuesta señor presidente, para que de autorizarlo el pleno de esta Comisión de Transportes, se estaría enviando a la Mesa Directiva, la fe de erratas a fin de corregir el citado dictamen que esta por subirse al Pleno.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Si me permiten, el punto aquí es que se detectó una falla que habrá que corregir de inmediato y si la fe de erratas lo soluciona, pues debemos actuar en consecuencia, por lo que si les parece bien, someto a su consideración de el pleno de la Comisión de Transportes, la fe de erratas presentada por la Secretaría Técnica para presentarla ante la Mesa Directiva y solicitar se consideren los cambios ahí definidos al dictamen de la diputada Pariente Gavito, señor secretario, si es tan amable, de someterlo a votación.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones del presidente, se pregunta en votación económica a los miembros de la comisión si es de aprobarse las correcciones al dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que se publicó el día de hoy en la Gaceta Parlamentaria. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación). Aprobado, señor presidente, en sus términos.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Por último, si alguien tiene otro asunto...
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Si no hay otro asunto más que discutir, damos por terminada la sesión a las 19:20 horas, señores. Muchas gracias. Fue un día muy productivo. Felicidades a todos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de marzo de 2013.
La Junta Directiva de la Comisión de Transportes, diputados:Juan Carlos Muñoz Márquez, presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández, Jesús Tolentino Román Bojórquez, Miguel Sámano Peralta, María Rebeca Terán Guevara, Francisco Alberto Zepeda González, Jorge Rosiñol Abreu, Luis Manuel Arias Pallares, Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, secretarios (rúbricas).»
El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen por la comisión tiene la palabra, y también para presentar algunas propuestas de modificación consensuadas, la diputada María del Rosario Pariente Gavito, por cinco minutos.
La diputada María del Rosario Fátima Pariente Gavito:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, en la Comisión de Transportes de esta honorable Legislatura tenemos un compromiso prioritario con el análisis y la construcción de nuevas políticas públicas que impulsen el desarrollo del sector transporte, pero que a su vez garanticen la seguridad de los ciudadanos, el desarrollo económico y la sustentabilidad de los recursos naturales.
Por ello quiero agradecer primeramente a todos los integrantes de esta comisión por su respaldo en la presentación de esta iniciativa, y por enriquecer su planteamiento con todas sus ideas, su experiencia, sus puntos de vista y sus propuestas.
México está llamado a convertirse en la gran plataforma logística y de transporte en América. Las condiciones para lograrlo son bastante favorables y necesitamos transformarlas; sectores productivos competitivos, infraestructura logística en crecimiento, acceso a mercados de consumo por la vía de tratados de libre comercio, una posición geográfica privilegiada, estabilidad macroeconómica y una democracia en consolidación.
Requerimos de una política de Estado con una visión de futuro para apuntalar y desarrollar el trinomio logística-infraestructura-transporte, para que se conviertan en instrumento para la creación de valor, estrategia vital para el desarrollo sustentable competitivo y palanca para un mercado interno robusto y una sociedad más equilibrada.
En este proceso los legisladores tenemos una gran responsabilidad, tenemos que ser el vínculo entre sociedad y gobierno para generar el marco jurídico que genere condiciones de certeza a todos los sectores involucrados para enfrentar con éxito este grandioso reto.
De nada servirán las grandes reformas que ya hemos iniciado ni las cuantiosas inversiones que estamos dispuestos a realizar en infraestructura, si no impulsamos paralelamente la modernización de los servicios de transporte y logística que el den el sustento necesario.
El transporte de carga, en sus diferentes modalidades, es una pieza clave en el desarrollo económico nacional, aporta el 3.5 del producto interno bruto. Dentro del sector de los servicios ocupa el sexto sitio, similar a la contribución de las actividades del gobierno, que son del 3.8 por ciento, y los servicios profesionales científicos y técnicos del 3.3.
De los diferentes modos el autotransporte de carga es el de mayor participación con el 85 por ciento. En la última década su crecimiento ha ido superior al del conjunto de la economía, 2.6 contra el 1.8 en promedio anual.
Los más dinámicos han sido los servicios postales, mensajería, paquetería, almacenamiento, que han tenido una tasa de crecimiento anual del 6.5, dan empleo directo a 1.7 millones de personas, de ellas el 90 por ciento lo ocupa el autotransporte de carga.
Los servicios postales, mensajería, paquetería, almacenamiento en los últimos siete años han crecido en empleo alrededor del 4.15 por ciento. Como generador de empleo el autotransporte de carga ocupa el décimo sitio.
En el mercado externo, desde la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio en América Latina se han triplicado las exportaciones mexicanas. En ellas, el principal modo de transporte es el carretero, que participa con el 55 por ciento, seguido con el marítimo con el 28, el ferroviario con el 10 y el aéreo con el 4.
Por otro lado, el transporte en su relación transversal también potencializa otros sectores estratégicos para la economía nacional, como la industria alimentaria, maquinaria y equipo, derivados del petróleo y del carbón, la industria química del petróleo, del hule, la fabricación de productos a base de minerales y las industrias metálicas y no metálicas.
En materia de inversión, en los últimos 12 años, ésta se triplicó, de ella el sector carretero recibió el 70.2 por ciento. Aunque vale la pena señalar muy enfáticamente que la banca de desarrollo ha estado ausente en el sector.
No obstante lo anterior, existen brechas que debemos cerrar respecto de nuestros socios comerciales. México es la economía 58 en competitividad global, en infraestructura nuestro país es menos competitivo que China y Brasil, también en desempeño logístico estamos por debajo de Brasil y muy lejos de China. Tenemos cuellos de botella que debemos eliminar. Las políticas en materia de transporte han estado desarticuladas y no son integrales; en transporte ha prevalecido la política monomodal, particularmente con el autotransporte de carga mexicano el Estado tiene un gran pendiente.
Ya termino, señor presidente. No obstante que es el principal modo de transporte de mercancías y que está formado en su amplia mayoría por micro, pequeños y medianos transportistas, alrededor del 99.5 de las unidades productivas son de este tamaño. Tan solo el llamado hombre-camión que tiene una a cinco unidades representa el 83 por ciento.
Las políticas de apoyo y fomento que se aplican a otros sectores han estado ausentes en este estratégico sector, ausencia que los ha colocado en una situación bastante difícil. Todos ellos operan casi 700 mil unidades, considerando motrices y de arrastre, con una antigüedad promedio de 14.5 años.
Tratándose de las unidades motrices, de un total de 351 mil alrededor de 128 mil tienen más de 20 años y en este sexenio cerca de 40 mil alcanzarán esa antigüedad; en contrapartida, solo 78 mil unidades tienen de uno a cinco años, que es la antigüedad promedio que nuestros socios comerciales de América del Norte tienen.
No está por demás comentar que en el plano ambiental el autotransporte es responsable del 22 por ciento de las emisiones de bióxido de carbono y en lo que respecta al consumo de energía participa en un 92 por ciento de actividades, por lo que es el subsector que más energía utiliza.
Es urgente que detengamos esta tendencia. Con vehículos de recién modelo, no mayor a cinco años se cumple con requerimientos mínimos de seguridad vial para disminuir la siniestralidad por accidentes carreteros con elementos de mejores condiciones físico-mecánicos y control de velocidad.
La iniciativa que hoy someto a su consideración pretende sentar las bases para alcanzar ese objetivo y propone establecer un límite para el ingreso y años de operación de las unidades motrices de carga que prestan el servicio, a fin de abatir en gran medida el grado de antigüedad de los vehículos, desalentando a la importación o contrabando de unidades de procedencia extranjera que ya cumplieron su vida útil y que afectan la seguridad vial en el transporte.
Esta propuesta busca alentar la modernización del parque vehicular ya termino, señor presidente, es por la importancia de la iniciativa y crear condiciones de competencia en el mercado. Para hacer factibles estas propuestas de iniciativa será necesario considerar un programa de concertación de acciones para la modernización del parque vehicular de carga, que contemple la repotenciación del Programa de Chatarrización, apoyado con uno de financiamiento por parte de la banca de desarrollo.
Así también se establece el artículo transitorio...
El Presidente diputado José González Morfín: Diputada, le pediría que pudiera ir concluyendo con su intervención, porque ha transcurrido ya mucho más del tiempo que el Reglamento nos otorga para estos casos.
La diputada María del Rosario de Fátima Pariente Gavito:Termino. Así también se establece en artículos transitorios que los vehículos actualmente en operación mayores de 20 años no podrán ser sujetos de dicha disposición de reforma, porque se estaría dando efectos retroactivos en perjuicio de las unidades actualmente en operación.
Le entrego aquí el documento para que textualmente quede en el Diario de los Debates.
A los compañeros diputados les pido su voto aprobatorio, como sucedió en el pleno de la comisión, con todas las fracciones parlamentarias en ella representadas. Muchas gracias, señor presidente.
«Posicionamiento de la diputada María del Rosario de Fátima Pariente Gavito.
Con su permiso señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:
En la Comisión de Transportes de esta honorable Legislatura tenemos un compromiso prioritario con el análisis y la construcción de nuevas políticas públicas que impulsen el desarrollo del sector transporte, pero que a su vez, garanticen la seguridad de los ciudadanos, el desarrollo económico y la sustentabilidad de los recursos naturales.
Por ello, quiero agradecer primeramente a todos los integrantes de esta comisión por su respaldo en la presentación de esta iniciativa y por enriquecer su planteamiento con todas sus ideas, su experiencia, sus puntos de vista y sus propuestas.
México está llamado a convertirse en la gran plataforma logística y de transporte de América.
Las condiciones para lograrlo son bastante favorables y necesitamos reforzarlas:
Sectores productivos competitivos;
Infraestructura logística en crecimiento;
Acceso a mercados de consumo, por la vía de los Tratados de Libre Comercio;
Una posición geográfica privilegiada;
Estabilidad macroeconómica; y
Una democracia en consolidación.
Requerimos de una política de Estado con una visión de futuro para apuntalar y desarrollar el trinomio logística-infraestructura-transporte, para que se convierta en:
Instrumento para la creación de valor;
Estrategia vital para el desarrollo sustentable y competitivo; y
Palanca para un mercado interno robusto y una sociedad más equilibrada.
En este proceso, los legisladores tenemos una gran responsabilidad: tenemos que ser el vínculo entre sociedad y gobierno, para generar el marco jurídico que genere condiciones de certeza a todos los sectores involucrados para enfrentar con éxito este grandioso reto.
De nada servirían las grandes reformas que ya hemos iniciado, ni las cuantiosas inversiones que estamos dispuestos a realizar en infraestructura, si no impulsamos paralelamente, la modernización de los servicios de transporte y logística que les den sustento.
El transporte de carga, en sus diferentes modalidades, es una pieza clave en el desarrollo económico nacional:
Aporta el 3.50/0 del producto interno bruto;
Dentro del sector de los servicios ocupa el sexto sitio, similar a la contribución de las actividades del gobierno (3.8%); y los servicios profesionales, científicos y técnicos (3.3%).
De los diferentes modos, el autotransporte de carga es el de mayor participación, con el 85%.
En la última década, su crecimiento ha sido superior al del conjunto de la economía, 2.6% contra 1.8%, en promedio anual.
Los más dinámicos han sido los servicios postales, servicios de mensajería y paquetería, almacenamiento; que ha tenido una tasa de crecimiento anual del 6.50/0.
Dan empleo directo a 1.7 millones de personas, de ellas, el 90% lo ocupa el autotransporte de carga.
Los servicios postales, de mensajería y paquetería de almacenamiento; en los últimos 7 años en crecido en el empleo, alrededor de un 4.15%.
Como generador de empleo, el autotransporte de carga ocupa el décimo sitio.
En el mercado externo, desde la entrada en vigor del TLCAN, se han triplicado las exportaciones mexicanas.
En ellas, el principal modo de transporte es el carretero que participa con el 55%, seguido del marítimo con el 28%, el ferroviario el 10% y el aéreo el 4%.
Por otro lado, el transporte en su relación transversal, también potencializa otros sectores estratégicos para la economía nacional como: la industria alimentaria; maquinaria y equipo; derivados del petróleo y del carbón; la industria química, del petróleo y del hule; la fabricación de productos a base de minerales y las industrias metálicas y no metálicas.
En materia de inversión, en los últimos 12 años, ésta se triplicó. De ella, el sector carretero recibió el 70.2%. Aunque vale la pena señalar, muy enfáticamente, que la banca de desarrollo ha estado ausente en el sector.
No obstante lo anterior, existen brechas que debemos cerrar, respecto de nuestros socios comerciales:
México es la economía 58 en competitividad global.
En infraestructura, nuestro país es menos competitivo que China y Brasil.
También en desempeño logístico estamos por debajo de Brasil y muy lejos de China.
Tenemos cuellos de botella que debemos eliminar.
Las políticas, en materia de transporte, han estado desarticuladas y no son integrales: en transporte ha prevalecido la política monomodal.
Particularmente, con el autotransporte de carga mexicano, el Estado tiene un gran pendiente.
No obstante que es el principal modo de transporte de mercancías y que está formado, en su amplia mayoría por micro, pequeños y medianos transportistas, alrededor del 99,5% de las unidades productivas son de este tamaño; tan sólo el llamado hombre-camión (que tiene de una a cinco unidades), representa el 83%.
Las políticas de apoyo y fomento que se aplican a otros sectores, han estado ausentes en este estratégico sector. Ausencia que los ha colocado en una situación bastante difícil.
Todos ellos operan de casi 700 mil unidades, considerando motrices y de arrastre, con una antigüedad promedio de 14.5 años.
Tratándose de las unidades motrices, de un total de 351 mil, alrededor de 128 mil tienen más de 20 años y, en este sexenio, cerca de 40 mil alcanzarán esa antigüedad.
En contrapartida, sólo 78 mil unidades tienen de 1 a 5 años, que es la antigüedad promedio de nuestros socios comerciales de América del Norte.
No está por demás comentar que, en el plano ambiental, el autotransporte es responsable del 22% de las emisiones de Dióxido de Carbono y en lo que respecta al consumo de energía, participa en un 92% de actividades, por lo que es el subsector que más energía utiliza.
Es urgente que detengamos esa tendencia.
Con vehículos de reciente modelo, no mayor a cinco años, se cumple con requerimientos mínimos de seguridad vial, para disminuir la siniestralidad por accidentes en carreteras; con elementos de mejores condiciones físico-mecánicas y control de velocidad.
La iniciativa que hoy sometemos a su consideración, pretende sentar las bases para alcanzar ese objetivo.
Propone establecer un límite para el ingreso y años de operación de las unidades motrices de carga que prestan el servicio, a fin de abatir en gran medida el grado de antigüedad de los vehículos, desalentando la importación o contrabando de unidades de procedencia extranjera que ya cumplieron su vida útil, y que afectan la seguridad vial en el autotransporte.
Esta propuesta, busca alentar la modernización del parque vehicular y crear condiciones de competencia en el mercado.
Para hacer factible esta propuesta de iniciativa será necesario considerar un programa de concertación de acciones para la modernización del parque vehicular de carga, que contemple la repotenciación del Programa de Chatarrización, apoyado con uno de financiamiento por parte de la banca de desarrollo.
Así también, se establece en artículos transitorios que los vehículos actualmente en operación mayores de veinte años, no podrán ser sujetos de dicha disposición de reforma, porque se estaría dando efectos retroactivos en perjuicio de las unidades actualmente en operación.
Por otro lado, se estima necesario modificar el segundo párrafo del artículo 35 de la iniciativa, a fin de que se precise que tanto las personas morales como las personas físicas, que cuenten con elementos técnicos conforme a la norma oficial mexicana, podrán realizar la verificación técnica de sus vehículos y de los de terceros.
Por lo que se refiere al artículo 39 es congruente que se establezca un límite en cuanto a la antigüedad de los vehículos que se den de alta por primera ocasión ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, cuya antigüedad no deberá ser mayor a cinco años a partir del año modelo de su fabricación, con un límite de operación de veinte años a partir del modelo de su fabricación.
Por las anteriores consideraciones, a nombre de la Comisión de Transportes de esta honorable Cámara de Diputados, me permito poner a su consideración el siguiente:
Proyecto de decreto que reforma los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo Único. Se reforman los artículos 35, párrafo segundo; 39; 50, primer párrafo y se adicionan un tercer párrafo al artículo 35; y un tercer párrafo, recorriéndose el actual en su orden, al artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 35. ...
(Segundo párrafo)
Las personas morales y las personas físicas que cuenten con los elementos técnicos conforme a la Norma Oficial Mexicana respectiva, podrán ellas mismas realizar la verificación técnica de sus vehículos y, en su caso, de terceros.
(Tercer párrafo)
La secretaría promoverá con otras dependencias del Ejecutivo federal y estatal, el reconocimiento de la autorregulación para el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas.
Artículo 39. Los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga, deberán cumplir con las condiciones de antigüedad de acuerdo al año modelo de fabricación, con las condiciones de peso bruto vehicular máximo y sus elementos de seguridad vial, dimensiones, capacidad y otras especificaciones, así como con los límites de velocidad en los términos que establezcan los reglamentos respectivos. Asimismo, están obligados a contar con dispositivos de control, gráficos o electrónicos, para regular la velocidad máxima.
Las unidades motrices que ingresen por primera vez al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado deberán tener antigüedad no mayor a 5 años a partir de su año modelo de fabricación.
Las unidades motrices del servicio de transporte federal de carga y el transporte privado, sólo podrán transitar un máximo de 20 años a partir de su año-modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas correspondientes.
Artículo 50. El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal. Las Normas Oficiales Mexicanas establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir así como las bases para su autorregulación.
...
(Tercer párrafo)
Para la definición de los límites máximos de pesos y dimensiones con los que puedan circular los vehículos por los caminos y puentes de jurisdicción federal, el Comité de Normalización respectivo, deberá obtener la opinión de expertos en la materia, acreditados por las principales instituciones de educación superior de nuestro país.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El tercer párrafo del artículo 39, no aplica para las unidades, que a la entrada en vigor del presente decreto, se encuentren en operación, registradas ante la Secretaría del Comunicaciones y Transportes y tengan una antigüedad mayor a los veinte años a partir del año modelo de su fabricación.
Tercero. Las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Hacienda y Crédito Público, y la instituciones que integran la banca de desarrollo, deberán presentar, en un plazo máximo de 8 meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las acciones para la modernización del parque vehicular del autotransporte federal de carga.
Les pedimos su voto aprobatorio, como sucedió en el Pleno de la comisión con todas las fracciones parlamentarias en ella representadas.
Muchas gracias, señor Presidente.»
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Por supuesto que el documento íntegro será insertado en el Diario de los Debates.
Voy a pedir a la Secretaría que consulte a la asamblea, en votación económica, si se aceptan...
La diputada María del Rosario de Fátima Pariente Gavito:Presidente, por el tiempo y como me pasé, le dejo aquí también la fe de erratas, las modificaciones.
El Presidente diputado José González Morfín: Las modificaciones. Le pediría a la Secretaría que consultara a la asamblea, en votación económica, si se aceptan las modificaciones propuestas por la comisión en voz de la diputada Pariente Gavito.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas por la diputada. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría, señor presidente, por la afirmativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. En consecuencia, está a discusión el dictamen en lo general con las modificaciones aceptadas por la asamblea.
Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la tribuna el diputado José Antonio Hurtado Gallegos.
El diputado José Antonio Hurtado Gallegos: Posicionamiento sobre el dictamen de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Con su venia, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Adelante, diputado.
El diputado José Antonio Hurtado Gallegos: Compañeras diputados, compañeros diputados, buenas tardes. Los diputados de Movimiento Ciudadano vemos con buenos ojos la aprobación del presente dictamen a discusión, ya que el autotransporte de carga es una actividad económica de gran importancia para la generación de empleos directos e indirectos en el país, al ser considerado un sector propulsor o precursor del desarrollo nacional.
Sin embargo, este sector presenta un conglomerado de problemas que merma la sana competencia ante nuestros socios comerciales, producido por el escaso apoyo del gobierno federal.
Entre los obstáculos más comunes se encuentran el mal estado de los vehículos de carga, así como la nula presencia de un marco normativo que permitan reducir la brecha de desigualdad competitiva.
Según datos de la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga, en el año 2012, de las 600 mil unidades de autotransporte de carga que circulan a nivel nacional, cuatro de cada 10 son obsoletas y dos de cada 10 inservibles.
Cuando los vehículos han superado su vida útil, el número de accidentes en las carreteras es mayor, convirtiéndose esto en una auténtica bomba de tiempo para el resto de los transportistas y usuarios de todo tipo de vialidades.
Cifras de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes indican que cada año, de 30 mil accidentes registrados en las carreteras del país, en 15 mil de ellos se han visto involucrados vehículos de autotransporte federal, de los cuales 900 son unidades de doble remolque.
De los factores ya mencionados, también influyen en los accidentes de unidades de carga los errores del conductor, el exceso de velocidad y las pésimas condiciones del camino. Si bien es cierto que los camiones de doble remolque no están prohibidos en la ley, los transportistas, con el propósito de gastar menos en un viaje, exceden la capacidad de carga de los vehículos. Esto adicionado a que utilizan unidades viejas, dejando como resultado cuantiosas pérdidas humanas.
La falta de vigilancia y control por parte de las autoridades, ha derivado en que la norma 12 que establece los límites de peso y carga de cada tipo de unidad sea letra muerta. Por esta razón, consideramos necesario que se incorpore a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal los elementos indispensables para fortalecer la operación segura de las unidades dedicadas a autotransporte.
Del mismo modo, resulta necesaria la implementación de programas por parte del gobierno federal que coadyuven al fortalecimiento del sector de autotransporte de carga mediante el otorgamiento de créditos que les permitan renovar las unidades que se encuentran en mal estado y no solo un programa de chatarrización.
Es necesario implementar acciones que fomenten la sustentabilidad del sector en beneficio de miles de familias que dependen de él.
Los diputados de la fracción parlamentaria Movimiento Ciudadano votaremos a favor del dictamen en comento, sin dejar de mencionar la falta de compromiso por parte de las autoridades encargadas de regular la omisión a la ley en la materia. En nuestro país las leyes existen; sin embargo, en la práctica, la realidad es otra, las autoridades encargadas de hacer valer la ley prefieren sentar su atención en otras acciones.
Ejemplo de ello es que la Policía Federal de Caminos fija más su atención en la detención y revisión de vehículos que viajan a exceso de velocidad, o los que resultan sospechosos, pasando por alto la revisión y control de los vehículos que exceden del peso de la carga, de acuerdo a lo establecido por la norma número 12.
Debemos erradicar los males y vicios de las autoridades, como lo es la nula aplicación de la ley; de no hacerlo permitiremos la creación de lagunas legales que termine por infectar de corrupción a las instituciones del Estado y se pierda el sentido real de las leyes. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Al no haber otra intervención solicitada ni artículo reservado, voy a pedir a la Secretaría que abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.
(Votación)
El Presidente diputado José González Morfín: Nos visitan personas del municipio de Ixtapaluca, estado de México, que nos acompañan en la sesión invitados por el diputado César Reynaldo Navarro de Alba. Bienvenidos.
También saludamos con mucho gusto a un grupo de estudiantes de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y de diferentes instituciones educativas del estado de Puebla, que invitó el día de hoy a la sesión el diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios. Bienvenidos todos y todas.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Ciérrese el sistema electrónico. De viva voz.
El diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (desde la curul): A favor.
El diputado Salvador Arellano Guzmán (desde la curul): A favor.
La diputada Frine Soraya Córdova Morán (desde la curul): A favor.
El diputado Lisandro Arístides Campos Córdova (desde la curul): A favor.
El diputado Silvano Aureoles Conejo (desde la curul): A favor.
El diputado Luis Alberto Villarreal García (desde la curul): A favor.
La diputada Verónica Sada Pérez (desde la curul): A favor.
La diputada Raquel Jiménez Cerrillo (desde la curul): A favor.
La diputada Mónica García de la Fuente (desde la curul): A favor.
El diputado Gaudencio Hernández Burgos (desde la curul): A favor.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Señora presidenta, se emitieron 438 votos a favor, 2 abstenciones, 0 en contra.
Presidencia de la diputada Patricia Elena Retamoza Vega
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobado en lo general y en lo particular por 438 votos el proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 3 y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Economía de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados le fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto por la que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, presentada el 11 de octubre de 2012.
La Comisión ha elaborado el presente dictamen a la luz de los siguientes:
I. Antecedentes
Primero. En sesión ordinaria del Pleno de la Cámara de Diputados realizada, el 11 de octubre de 2012, se presentó al pleno la iniciativa con proyecto de decreto a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI que se menciona en el exordio del presente dictamen.
Segundo. En misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Economía para Dictamen y a la Comisión de Competitividad para opinión.
Tercero. El 9 de enero de 2013, la Mesa Directiva del Pleno de la Cámara de Diputados acordó conceder la prórroga para dictaminar la iniciativa.
II. Descripción de la iniciativa
La iniciativa en comento, pretende apuntalar el desempeño económico, es decir incremento de ventas, aumento del empleo, mejora de salarios, etc., de las Mipymes nacionales a través de fortalecer su relación de proveeduría con el Gobierno Federal. Para lograr lo anterior, propone las siguientes medidas:
1) Homologar las definiciones y criterios para determinar si la unidad económica es susceptible de considerarse MIPYME. Lo anterior, a fin de garantizar que las acciones y apoyos de los que son beneficiarias lleguen a la población objetivo.
2) Facultar a la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para que emita recomendaciones y proponga acciones tendientes a incrementar la participación de las Mipymes en las contrataciones gubernamentales.
La reforma propuesta contempla los siguientes cambios:
III. Consideraciones
Primera. Los diputados que integran la Comisión de Economía coinciden en que son legítimas las preocupaciones del Diputado Castro Trenti, toda vez que la iniciativa tiende a mejorar las oportunidades de las Mipymes mexicanas para consolidarse y crecer.
Segunda. Los diputados que integran esta Comisión, consideran acertadas las propuestas de modificación a la Ley, ya que coinciden en la importancia que reviste para la economía y el desarrollo de nuestro país, el desempeño de las Mipymes.
Esto, ya que México cuenta con una estructura empresarial fundada casi exclusivamente en Mipymes (más de 4 millones de empresas). Lo anterior, ya que este tipo de empresas representan casi la totalidad de las que actualmente existen en el país (99.8%). Aunado a esto, brindan empleo a más del 70% de la población económicamente activa del país. Lo anterior, explica entonces que estas unidades productivas generen el 52% de la producción nacional.
A pesar de ser la gran mayoría de las unidades económicas en nuestro país, las Mipymes han enfrentado históricamente múltiples retos que las hacen vulnerables y frágiles ante los vaivenes económicos. Entre los principales problemas se encuentra la baja productividad, se ha identificado que estos pobres niveles se asocian a los problemas con los que cotidianamente se enfrentan este tipo de empresas: insuficiente acceso al financiamiento, bajos niveles de capacitación, compleja regulación, escasos incentivos a la innovación, escaso uso de las Tecnologías de la Comunicación e Información (TICs), incapacidad para retener capital humano de calidad, existencia de competencia limitada en algunos niveles de la cadena productiva, entre otras.
Tercera. La resolución de la problemática que experimentan las Mipymes en México, requiere de propuestas que ataquen los diversos factores que la generan. Los integrantes de esta Comisión consideran que la iniciativa en comento, puede resolver algunos de esos aspectos, ya que presenta diversos beneficios. Entre los que se destacan:
a) Permite identificar plenamente y de una manera objetiva, los potenciales beneficiarios de las políticas a favor de las Mipymes, con lo que se estaría haciendo más eficiente y efectivo el apoyo destinado.
b) Amplía a las Mipymes la oportunidad de relacionarse con grandes compradores institucionales y se benefician de la estabilidad que conlleva, lo que puede ayudar a consolidar en el tiempo la operación y sobrevivencia de dichas empresas.
c) Genera ahorro al fomentar la competencia, incremento de la calidad y mejoramiento de los precios ofrecidos al sector público.
Cuarta. La Comisión de Competitividad, en el marco de sus facultades y reunida en sesión plenaria el 6 de febrero de 2013, a las 11:00 hrs emitió, una opinión favorable sobre la iniciativa. Entre su contenido se destacan lo siguiente:
1) Sobre la homogenización de criterios para identificar una Mipyme, apunta que:
...los integrantes de la Comisión de Competitividad concuerdan con la propuesta de modificación de la fracción III del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, pues como se señala en el decreto del que deriva la misma el nuevo criterio combina dos elementos: el número de empleados y las ventas. Con lo que se inhibe la posibilidad de excluir de los programas dirigidos a las MIPyMES a empresas que sí requieren de éstos pese a contar con un número importante de trabajadores, al tiempo que se logra que empresas con volúmenes importantes de ventas y pocos trabajadores accedan a los mismos cuando en realidad no los necesitan.
2) Mientras que en lo correspondiente a la reforma a las facultades de la Comisión Intersecretarial, establece que:
...los integrantes de la Comisión de Competitividad concuerdan con el sentido de la propuesta de reforma a la fracción IX del artículo 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Ello es así porque mediante la misma se establece de manera expresa en la Ley la que ya es y será la instancia encargada de velar por el cumplimiento del porcentaje mínimo de compras públicas a las MIPyMES: la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. No pasando desapercibido que si bien el artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad señala que la autoridad encargada de la aplicación de la misma es la Secretaría de Economía, al tratarse de compras del grueso de las entidades y dependencias de la administración pública federal se requiere de una instancia coordinadora como lo es la Comisión Intersecretarial referida.
Por lo anterior es que la Comisión concluyó emitir opinión en la que considera viable la iniciativa del diputado Castro Trenti.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, los miembros de la Comisión de Economía, de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, que suscriben, se permiten someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, la aprobación del siguiente proyecto de:
Decreto por el que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Único.Se reforman los artículos 3, fracción III, párrafo primero y 10, fracción IX; se adiciona el artículo 3, con un párrafo segundo, recorriéndose el actual párrafo segundo a ser tercero, ambos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
I. y II. ...
III. MIPYME: Micro, pequeñas y medianas empresas, legalmente constituidas, con base en la estratificación siguiente:
El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales en millones de pesos) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
...
IV. a XVII. ...
Artículo 10. ...
I. a VIII. ...
IX. Promover que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y sus delegaciones en las Entidades Federativas y en el Distrito Federal realicen la planeación de sus adquisiciones de bienes, contratación de servicios y realización de obra pública para destinarlas a las Mipymes de manera gradual, hasta alcanzar un mínimo del 35 %, conforme a la normativa aplicable. Con el objeto de garantizar el cumplimiento del presente criterio, la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, pequeña y mediana empresa, presidida por la Secretaría, emitirá las recomendaciones y propondrá las acciones necesarias para la consecución de estos objetivos, así como las obligaciones de las dependencias y entidades en la materia.
...
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota:
1 Secretaría de Economía-INEGI
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados, en marzo de 2013.
La Comisión de Economía, diputados:Mario Sánchez Ruiz (rúbrica), presidente; Amira Gricelda Gómez Tueme (rúbrica), Salvador Romero Valencia (rúbrica), Jesús Antonio Valdés Palazuelos (rúbrica), Maricela Velázquez Sánchez (rúbrica), Juan Carlos Uribe Padilla (rúbrica), Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares (rúbrica), Mario Rafael Méndez Martínez (rúbrica), Yesenia Nolasco Ramírez (rúbrica), Rubén Acosta Montoya (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), secretarios; Edilberto Algredo Jaramillo, Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Adolfo Bonilla Gómez (rúbrica), Eloy Cantú Segovia, José Ignacio Duarte Murillo (rúbrica), Rubén Benjamín Félix Hays, Carlos Alberto García González, Ana Lilia Garza Cadena (rúbrica), José Ángel González Serna (rúbrica), Noé Hernández González (rúbrica), Víctor Manuel Jorrín Lozano (rúbrica), Carlos Augusto Morales López, Silvia Márquez Velasco (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger, Elvia María Pérez Escalante, Fernando Salgado Delgado (rúbrica), José Arturo Salinas Garza, Guillermo Sánchez Torres (rúbrica), Fernando Zamora Morales (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Para fundamentar el dictamen, en el uso de la voz la diputada Maricela Velázquez Sánchez, hasta por cinco minutos.
La diputada Maricela Velázquez Sánchez: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras diputadas, compañeros diputados, las micro, pequeñas y medianas empresas juegan un papel fundamental en la economía de los países, ya que forman parte del motor de crecimiento económico, representan un generador de empleos y constituyen un factor fundamental para la reducción de la pobreza. Además, son una fuente de innovación tecnológica y de nuevos productos.
Sin duda, son agentes distribuidores de ingresos entre la población y regiones que contribuyen a mejorar el ingreso de las familias, por lo que es vital mejorar las oportunidades de las Mipymes para consolidarse y crecer.
Las compras gubernamentales generalmente representan una gran proporción del gasto público, por lo cual el gobierno federal es un proveedor que debe ponderar que la contratación de bienes y servicios se efectúe hacia las Mipymes, con ello se generará una acción que propicie la consolidación del desarrollo de nuestras cadenas productivas, logrando un mayor dinamismo en la actividad económica del país.
Por ello, los integrantes de la Comisión de Economía de manera unánime estamos a favor de la iniciativa que reforma al artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que tiene como finalidad establecer un criterio para que se constituya una Mipyme, el cual es conforme al número de trabajadores y a las ventas, con la intención de homogeneizar los parámetros para ser considerada una empresa como tal, de tal manera se dará certeza jurídica para identificar a las empresas hacia las cuales están dirigidos los objetivos de esta ley.
Asimismo apoyamos la reforma del artículo 10 de la citada ley, para que la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal emita las recomendaciones y proponga las acciones necesarias para la consecución de los objetivos de las Mipymes, así como las obligaciones de las dependencias y entidades de la materia, con la finalidad de incrementar la participación de las Mipymes en las contrataciones gubernamentales.
Con la aprobación de esta iniciativa estaremos creando verdaderas acciones que permitan la productividad, competitividad y sustentabilidad de las Mipymes, a su vez se generará un incremento en las ventas y un aumento en los salarios, que impulsen un crecimiento económico donde los beneficios económicos se distribuirán en nuestras empresas.
Sin duda, compañeras diputadas y diputados, son clave para fortalecer el mercado interno de México. Muchas gracias, por su atención y su respaldo.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:A usted, diputada. Para fijación de postura, tiene el uso de la voz el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, de la fracción de Movimiento Ciudadano.
El diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano: Con su permiso, presidenta. El posicionamiento sobre el dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 3 y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa que se ha propuesto, Movimiento Ciudadano votará a favor de esta modificación, debido a que ya era justo y necesario apoyar a los mexicanos que han arriesgado su capital, su esfuerzo y sobre todo han creído en México y que ellos han decidido crear una empresa para generar empleo.
Estas pequeñas empresas, que significan más del 90 por ciento de la población que recibe empleo en estas pequeñas empresas, se habían visto limitadas para no poder acceder a los concursos y beneficios que se puedan tener en el sector público. Esta modificación va a beneficiar considerablemente a muchos mexicanos y se va a poder generar empleo.
Es importante considerar que este sector había sido limitado por una fórmula que estaba establecida en la ley. En la Secretaría de Economía ahora en esta propuesta que se hace para modificar la ley, se va a beneficiar a gran número de pequeñas empresas, de micro empresas y que además les va a permitir participar en todos los concursos de la obra pública y servicios del gobierno federal.
Cabe mencionar que todo el trabajo que se está realizando en esta Comisión de Economía va a poder beneficiar a la micro, a la pequeña y mediana empresa con este tipo de recomendaciones, pero que también es necesario acelerar el procedimiento para que todas las Secretarías ya empiecen a hacer las modificaciones correspondientes para darle acceso a estas pequeñas empresas.
En nuestro país va a seguir el rezago económico, si no hacemos modificaciones importantes precisamente en el manejo de la economía del país. Consideramos importante esta reforma, al igual que otras que van a impulsar el emprendimiento de pequeñas y nuevas empresas para nuestro país, por eso Movimiento Ciudadano votará a favor de esta reforma. Muchas gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:A usted, diputado. No habiendo más diputados anotados, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto que reforma los artículos 3 y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.
(Votación)
Ciérrese el sistema de votación electrónico. De viva voz.
El diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (desde la curul): A favor.
El diputado Enrique Alejandro Flores Flores (desde la curul): A favor.
El diputado José Luis Oliveros Usabiaga (desde la curul): A favor.
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño (desde la curul): A favor.
La diputada Martha Beatriz Córdova Bernal (desde la curul): A favor.
La diputada Blanca Jiménez Castillo (desde la curul): A favor.
La diputada Elvia María Pérez Escalante (desde la curul): A favor.
La diputada Margarita Licea González (desde la curul): A favor.
El diputado Kamel Athie Flores (desde la curul): A favor.
El diputado Ricardo Villarreal García (desde la curul): A favor.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Presidenta, son 438 votos a favor, 0 abstenciones, 0 en contra.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobado en lo general y en lo particular por 438 votos el proyecto de decreto que reforma los artículos 3 y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
LEY DEL SEGURO SOCIAL
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión fueron turnadas las iniciativas con proyecto de decreto que reforma los artículos 84 y 95 de la Ley del Seguro Social, presentada por el diputado a la LXI Legislatura Arturo Zamora Jiménez (PRI), y que adiciona una fracción X al artículo 84 de la misma Ley del Seguro Social, presentada por el diputado a la LXI Legislatura Óscar González Yáñez (PT).
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, 81 numeral 2, 82, 84, 85 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, es facultad de la Comisión de Seguridad Social elaborar el dictamen correspondiente en forma conjunta, por lo que se elabora dictamen conjunto a las iniciativas presentadas por los diputados a la LXI Legislatura Arturo Zamora Jiménez (PRI) y Óscar González Yáñez (PT), de acuerdo a los siguientes apartados: antecedentes, contenido de las iniciativas, consideraciones, conclusiones y acuerdo.
Antecedentes
En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, celebrada el 25 de febrero de 2010, el diputado Arturo Zamora Jiménez (PRI) presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 84 y 95 de la Ley del Seguro Social.
En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha iniciativa a la Comisión de Seguridad Social.
En la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión celebrada el 19 de mayo de 2010, el diputado Óscar González Yáñez (PT) presentó iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción X al artículo 84 de la Ley del Seguro Social.
En la misma fecha, la Presidencia de la Comisión Permanente turnó dicha iniciativa a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados.
Contenido de las iniciativas
El diputado Zamora Jiménez (PRI), en la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina, se refiere a la situación de las estudiantes que están registradas en el Instituto Mexicano del Seguro Social por ser hijas de asegurados o pensionados del mismo, las que tienen derecho, de acuerdo con la Ley del Seguro Social, a recibir la atención médica, farmacéutica y hospitalaria hasta la edad de 16 años, o hasta los 25 si se encuentran estudiando en escuelas del sistema educativo nacional, pero que no tienen el derecho a la atención obstétrica, ya que el artículo 95 de la Ley del Seguro Social refiere que sólo tienen derecho a dicha atención obstétrica las esposas o concubinas del trabajador asegurado, o del pensionado.
Refiere también la exposición de motivos que las otras adolescentes que se encuentran estudiando en las escuelas del sistema educativo nacional y que no cuentan con un número de afiliación en alguna institución de seguridad social (IMSS, ISSSTE, ISSFAM), si tienen derecho a recibir la atención obstétrica, derecho derivado del decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998, que en el artículo primero establece que se incorporan al IMSS, por lo que corresponde a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, a las personas que cursen estudios de los tipos medio superior y superior en instituciones educativas del estado, condicionando dicha incorporación a quienes no cuenten con la misma o similar prestación por parte del IMSS o cualquier otra institución de seguridad social.
El artículo segundo del mencionado decreto establece que las prestaciones a que se refiere el artículo primero comprenden la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria, así como la asistencia obstétrica.
Refiere además el promovente que aun cuando el decreto de incorporación al Seguro de Enfermedades y Maternidad del Instituto Mexicano del Seguro Social pone, como condición para recibir las prestaciones en especie de dicho seguro, el no contar con prestación igual o similar, a las hijas de los asegurados y pensionados de dicha institución se les niega el servicio de asistencia obstétrica, que no tienen como beneficiarias de la Ley del Seguro Social, por el hecho de estar afiliadas en su carácter de hijas de asegurados o pensionados, y contar con un número de afiliación, que le impide normativamente a dicha institución, tener otro número de afiliación, que es lo que el IMSS tendría que dar al incorporar a los estudiantes como asegurados.
Por otra parte, también menciona el autor de la iniciativa que al establecer la Ley del Seguro Social una edad determinada para el término del derecho a la atención médica, dieciséis años si no estudian y hasta veinticinco años para quienes estén estudiando en instituciones educativas de nivel superior, quedan sin la posibilidad de tener derecho a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, aquellos hijos de asegurados o pensionados mayores de dieciséis años que no están cursando estudios, así como los mayores de veinticinco años que aún estén estudiando.
Cita también en su exposición de motivos, cifras relativas al número de embarazos que anualmente se producen en el mundo, 13 millones en mujeres menores de 20 años, de acuerdo con datos del Programa Nacional de Salud 2007-2012; la tasa de embarazos en mujeres de 12 a 19 años de edad que es de 79 por cada mil; así como que del total de mujeres embarazadas en México, 12.2 por ciento eran estudiantes, de acuerdo a datos de la Secretaría de Salud y del Centro Regional de Investigaciones Multidisciplinarias de la UNAM.
Con fundamento en su exposición de motivos, el diputado Zamora Jiménez propone reformas de los artículos 84 y 95 de la Ley del Seguro Social, con la siguiente redacción:
Artículo 84. Quedan amparados por este seguro
I. a V. ...
VI. Los hijos del asegurado cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen o ( se suprime hasta la edad de veinticinco años) cuando realicen estudios en planteles del sistema educativo nacional en nivel de bachillerato o licenciatura.
VII. a IX. ...
X. Las personas que cursen estudios de nivel medio superior y superior en planteles del sistema educativo nacional.
Artículo 95. Tendrán derecho a disfrutar de las prestaciones señaladas en las fracciones I y II del artículo anterior, las beneficiarias que se señalan en las fracciones III, IV y X del artículo 84 de esta ley.
Transitorio único El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Por lo que se refiere a la iniciativa de adicionar una fracción IX al artículo 84 de la Ley del Seguro Social, presentada por el diputado Óscar González Yáñez (PT), con la finalidad de que queden amparados por el seguro de enfermedades y maternidad todas las personas que cursen estudios en el sistema educativo nacional desde la educación básica hasta la educación superior, argumentando que el gobierno tiene la obligación de hacerse cargo de la atención a la salud de todos los mexicanos, refiriendo las dificultades que se presentan para dicha atención en las instituciones de seguridad social.
Para ello propone adicionar una fracción IX al artículo 84 de la Ley del Seguro Social, con la siguiente redacción:
Artículo 84. Quedan amparados por este seguro
I. a VIII. ...
IX . Toda aquella persona que esté cursando a partir de la educación básica hasta la educación superior en las instituciones públicas educativas, misma que deberá ser comprobado con la tira de materias y la credencial vigentes, o en su caso con documento comprobatorio expedido por la institución educativa.
X. ... (se recorre la numeración de tal forma que la actual fracción IX pasa a ser la fracción X).
Consideraciones de la comisión
La comisión que dictamina considera, en primer término, que el planteamiento fundamental de la iniciativa presentada por el diputado a la LXI Legislatura Arturo Zamora Jiménez (PRI) está relacionado con la diferencia en el acceso al derecho a recibir la atención obstétrica, entre las hijas de los derechohabientes y pensionados amparadas por las Leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, las hijas de militares en activo y pensionados amparados por la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, así como las beneficiadas por las disposiciones del decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998, que si tienen ese derecho todas ellas, en relación con las hijas de los asegurados y pensionados que están registradas como beneficiarias en el Instituto Mexicano del Seguro Social, las que no tienen derecho a la atención obstétrica, como sí lo tienen las otras.
La Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (LISSSTE) otorga la prestación de la atención obstétrica a las hijas de los trabajadores y pensionados hasta la edad de 18 años, prorrogable hasta la edad de 25 años si se encuentran estudiando en instituciones educativas del Sistema Nacional de Educación (Artículo 39: La mujer trabajadora, la pensionada, la cónyuge del trabajador o del pensionado o, en su caso, la concubina de uno u otro, y la hija del trabajador o pensionado, soltera, menor de dieciocho años que dependa económicamente de estos, según las condiciones del artículo siguiente, tendrán derecho a: I . Asistencia obstétrica necesaria a partir del día en que el Instituto certifique el estado de embarazo. La certificación señalará la fecha probable del parto para los efectos del artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional; ... Artículo 41. También tendrán derecho a los servicios del seguro de salud en caso de enfermedad, los familiares derechohabientes del trabajador o del pensionado que en seguida se enumeran: I. ... II . Los hijos menores de dieciocho añosde ambos o de solo uno de los cónyuges, siempre que dependan económicamente de alguno de ellos. III . Los hijos solteros mayores de dieciocho años, hasta la edad de veinticinco, previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio superior o superior, de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o reconocidos y que no tengan un trabajo).
Por su parte, la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (LISSFAM) otorga el derecho al Servicio Médico Integral a los hijos solteros menores de dieciocho años y a los hijos mayores de esa edad que no hayan contraído matrimonio o establecido una relación de concubinato sin descendencia, que se encuentren estudiando (Artículo 142. ... Los familiares de militares que tienen derecho a esta prestación son: II. Los hijos menores de dieciocho años; III. Los hijos mayores de edad que no hayan contraído matrimonio o establecido una relación de concubinato sin descendencia que se encuentren estudiando en instituciones oficiales o con reconocimiento de validez oficial, con límite hasta de 25 años de edad; excepcionalmente y a juicio del Instituto, podrá extenderse este beneficio hasta los 30 años de edad, si además de cubrir los requisitos mencionados, están realizando estudios a nivel licenciatura o superiores y demuestran su dependencia económica con el militar. ...).
Además, el decreto presidencial a que se hace referencia en la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina, establece en su artículo primero que se incorporan al régimen obligatorio del Seguro Social a las personas(todas) que cursen estudios en los tipos medio superior y superior en instituciones educativas del estado, señalando como condición para esa incorporación que no cuenten con la misma o similar protección por parte del IMSS o cualquier otra institución de seguridad social; en su artículo segundo se señala que las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad comprenden la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria, así como la asistencia obstétrica (Artículo 1. Se incorporaran al régimen obligatorio del seguro social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, a las personas que cursen estudios de los tipos medio superior y superior en instituciones educativas del Estado y que no cuenten con la misma o similar protección por parte del propio Instituto o cualquier otra institución de Seguridad Social. Articulo 2. Las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, materia del presente ordenamiento, comprenden la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria , así como la asistencia obstétrica. ...).
La Ley del Seguro Social señala en el artículo 94 que en caso de maternidad, el Instituto otorgará a la asegurada durante el embarazo, el alumbramiento y el puerperio, la asistencia obstétrica (fracción I), ayuda en especie por seis meses para lactancia (fracción II) y una canastilla al nacer el hijo (fracción III); en el artículo 95 de la misma ley, se condiciona el derecho al disfrute de las prestaciones mencionadas en las fracciones I y II del artículo 94 (asistencia obstétrica y ayuda en especie para lactancia) únicamente a las beneficiarias que se señalan en las fracciones III y IV del artículo 84, que son la esposa o la concubina del asegurado (fracción III) y la esposa o la concubina del pensionadofracción IV) , dejando sin la protección de la atención obstétrica a las hijas de los asegurados o pensionados menores de dieciséis años, o mayores de esa edad que estudien en instituciones educativas del Sistema Educativo Nacional.
Como se aprecia de las anteriores disposiciones legales, la Ley del Seguro Social discrimina de la atención obstétrica a las hijas de los asegurados o pensionados mayores de dieciséis años,colocándolas en desventaja en relación a aquellas mayores de dieciséis años, y hasta de veinticinco si están estudiando, protegidas por las disposiciones de las leyes de seguridad social mencionadas (ISSSTE e ISSFAM), que sí la otorgan, al igual que a las que beneficia el decreto presidencial aludido.
Siendo el planteamiento de la reforma a los artículos correspondientes de la Ley del Seguro Social para igualar el derecho, tanto por lo que se refiere a incluir las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad a las hijas de los trabajadores o pensionados afiliados al IMSS mayores de dieciséis y hasta los dieciocho años de edad, como para recibir la atención obstétrica, la importancia de fondo de la iniciativa es el poder proporcionar esa atención obstétrica a las adolescentes hijas de asegurados o de pensionados afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social, atendiendo los programas públicos de la salud materno infantil.
Los programas tendentes a disminuir la mortalidad, tanto materna como infantil, están considerados como una prioridad de los servicios de atención a la salud, y el plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 tiene señalada la necesidad de disminuir dicha mortalidad, no únicamente como una prioridad nacional aislada, sino como el cumplimiento de acuerdos de organismos mundiales a los que nuestro país pertenece.
Además de lo anterior, la comisión que dictamina tomó en consideración los dictámenes positivos a la iniciativa de la diputada a la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión Hortensia Aragón Castillo (PRD), con proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social, que tanto la Comisión de Seguridad Social de la LIX como la de la LX Legislaturas aprobaron, en la parte que se refiere a la reforma al artículo 95 de la Ley del Seguro Social, para otorgar el derecho a la atención obstétrica a las hijas de los asegurados y pensionados hasta los 18 años y, aun, hasta los 25 años si se encuentran estudiando en instituciones del sistema educativo nacional. Dicho dictamen se encuentra en poder de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados desde el mes de febrero de 2009.
El proyecto de dictamen aprobado por la Comisión de Seguridad Social de las legislaturas LIX y LX, tiene la siguiente redacción:
Ley del Seguro Social.
Artículo 95. Tendrán derecho a disfrutar de las prestaciones señaladas en las fracciones I y II del artículo anterior, las beneficiarias que se enuncian en las fracciones III y IV, del artículo 84 de esta ley y, además, las hijas de los asegurados y pensionados hasta los dieciocho años.
Además, la iniciativa del diputado Arturo Zamora Jiménez (PRI), propone la adición de una fracción X al artículo 84 de la Ley del Seguro Social, con la finalidad de ampliar la prestación del seguro de enfermedades y maternidad a todas las personas que cursen estudios de nivel medio superior y superior en planteles del sistema educativo nacional,incluyendo en dicha ampliación a las hijas de los asegurados y pensionados afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social.
Sobre este particular, la Comisión de Seguridad Social, que dictamina, considera que de incorporarse la mencionada fracción X en el texto del artículo 84, cuyo primer párrafo dice Quedan amparados por este seguro:, se estaría estableciendo la obligación para el Instituto Mexicano del Seguro Social de ser dicho organismo el único obligado a cubrir los costos de la atención completa que otorga el Seguro de Enfermedades y Maternidad, no nada más la atención obstétrica, tanto para los hijos de sus asegurados y pensionados, como para todos los estudiantes que cursen estudios de nivel medio superior y superior, con lo que se duplicaría la prestación establecida en el decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998, por medio del cual se incorporan al régimen obligatorio del Seguro Social, a todos los estudiantes de nivel medio superior y superior, con financiamiento único de dicha prestación a cargo del Estado, como señala el artículo 3 del citado decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998; cargar dicho costo al Instituto Mexicano del Seguro Social, como lo propone la iniciativa en comento, costo que no le corresponde de ninguna manera, sería agregar un número mayor de derechohabientes con derecho al seguro de enfermedades y maternidad, seguro que es deficitario en su operación, y quitarle al gobierno un egreso que ya tiene considerado con base al multicitado decreto.
Si bien es cierto que al aprobarse la iniciativa que se dictamina, por lo que se refiere a la reforma al artículo 95 de la Ley del Seguro Social, su aplicación tendrá un impacto presupuestario, toda vez que, aunque estadísticamente no sea significativo el número de hijas de asegurados o pensionados, solteras o sin tener una relación de concubinato sin descendencia, menores de dieciséis años o mayores de esa edad y hasta los veinticinco años si están estudiando en el Sistema Educativo Nacional y que resulten embarazadas, ese impacto no será de gran trascendencia en el presupuesto institucional.
Conclusiones
La Comisión de Seguridad Social de la LXII Legislatura que suscribe este dictamen, concluye que la iniciativa presentada por el diputado Arturo Zamora Jiménez (PRI) en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 25 de febrero de 2010, con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 84 recorriendo la actual fracción IX para ser la fracción X, reforma la fracción VI del mismo artículo y el artículo 95, atiende a la necesidad de que las niñas hijas de asegurados o pensionados tengan derecho a recibir la atención obstétrica, ya que no hay razón alguna para ser discriminadas de la misma en relación con las demás leyes de seguridad social, y atiende igualmente a la protección y cuidado de la salud materno infantil como política pública, al homologar esa prestación con las demás leyes de seguridad social que si la otorgan.
Por lo que hace a la propuesta de incluir una fracción X al mismo artículo 84, ésta se desecha, ya que incluye como beneficiarios de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, además de las hijas de los asegurados y pensionados, a todos los estudiantes de nivel superior y medio superior inscritos en planteles del sistema educativo nacional, los que ya están incorporados al régimen obligatorio del Seguro Social por decreto presidencial.
Proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social
Artículo Único. Se reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
Artículo 95. Tendrán derecho a disfrutar de las prestaciones señaladas en las fracciones I y II del artículo anterior, las beneficiarias que se señalan en las fracciones III, IV del artículo 84 de esta ley, y las hijas de los asegurados y pensionados hasta los dieciocho años.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la sala de juntas de la Comisión de Seguridad Social, a 19 de febrero de 2013.
La Comisión de Seguridad Social, diputados:Javier Salinas Narváez (rúbrica), presidente; Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez, Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez (rúbrica), Gloria Bautista Cuevas (rúbrica), María Sanjuana Cerda Franco, secretarios; Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), María Elena Cano Ayala, Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda, María Leticia Mendoza Curiel, Juan Carlos Muñoz Márquez, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Margarita Saldaña Hernández, Fernando Salgado Delgado, Antonio Sansores Sastré, Rosendo Serrano Toledo, Araceli Torres Flores (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez.»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Para fundamentar el dictamen, en el uso de la voz el diputado Javier Salinas Narváez, hasta por cinco minutos.
El diputado Javier Salinas Narváez: Muchas gracias, presidenta. El presente dictamen considera otorgar el derecho a la atención del embarazo y del parto, a las hijas de los asegurados y pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social.
La Ley del Seguro Social vigente no otorga a las hijas menores de edad de los asegurados y pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social el derecho a recibir la atención del embarazo y del parto, reduciendo este derecho únicamente a la esposa del asegurado o pensionado, o en su ausencia, a la concubina, en cualquiera de los dos casos.
Omite la posibilidad de que se atienda a las hijas menores de edad, dejándolas desprotegidas ante el peligro de su vida por ser embarazo de alto riesgo o de la vida del producto de su embarazo.
La misma Ley del Seguro Social protege a las hijas de los asegurados y pensionados mayores de 16 años y hasta los 25 años con el seguro de enfermedad, si se encuentran estudiando en instituciones del sistema educativo nacional, pero no les otorga el derecho a la atención del embarazo y del parto, que como ya se dijo, solo se otorga a las esposas o concubinas del asegurado o pensionado.
Por decreto presidencial del 14 de febrero de 1998, todas las personas que cursen estudios de nivel medio superior o superior fueron incorporados al Instituto Mexicano del Seguro Social con derecho al seguro de enfermedades y maternidad, incluida la atención del embarazo y el parto, condicionada ésta a que no cuente con la misma o similar prestación por parte del IMSS o de cualquier otra institución de seguridad social.
Este requisito deja fuera también a las hijas de los asegurados y pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social mayores de 16 años que se encuentren estudiando, ya que disposiciones administrativas de dicho instituto impiden que a ellas se les pueda otorgar un número de afiliación, por ya tener uno en su condición de hija de asegurado o pensionado.
Esto hace necesario aprobar la reforma que propone la iniciativa cuyo dictamen está a discusión, con la adición al artículo 95 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
Artículo 95. Tendrán derecho a disfrutar de las prestaciones señaladas en las fracciones I y II del artículo anterior, las beneficiarias que señalen en las fracciones II y IV, y las hijas de los asegurados y pensionados hasta los 18 años.
Esta adición al artículo 95 homologará la Ley del Seguro Social con las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas de México, las que ya contienen las disposiciones de otorgar el servicio de maternidad a las hijas de los asegurados y pensionados hasta los 18 años, y garantizará el derecho a la atención materno infantil y el derecho a la atención a la salud de las niñas y los niños hasta los 18 años, atendiendo a la necesidad de disminuir la mortalidad materno-infantil, no únicamente como una prioridad nacional aislada, sino como un cumplimiento de acuerdos de organismos mundiales a los que nuestro país pertenece.
Por estas razones, la Comisión de Seguridad Social que suscribe el dictamen solicita a ustedes la aprobación del artículo 95 de la Ley del Seguro Social, adición que resolverá la discriminación que representa el hecho de dejar sin atención del embarazo y al parto a las niñas menores de 18 años, hijas de asegurados y pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Por su atención y el voto favorable a este dictamen, les damos nuestras anticipada gracias. Es cuanto, presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Para fijación de postura, por la fracción parlamentaria de Nueva Alianza, en el uso de la voz la diputada María Sanjuana Cerda Franco.
La diputada María Sanjuana Cerda Franco: Con el permiso de la Presidencia. Señoras legisladoras y señores legisladores, buenas tardes. Nueva Alianza nos manifestamos a favor del dictamen, porque tiene que ver con diversos aspectos que actualmente se están discutiendo en México y en el mundo, en torno a la responsabilidad del Estado para garantizar el acceso universal a la seguridad social.
Son diversas las propuestas en el sentido de establecer en nuestro país un sistema de seguridad social universal, en donde todas las personas tengan derecho a una pensión cuando estén imposibilitadas de trabajar por motivos de enfermedad, invalidez o edad avanzada; que exista además un seguro de desempleo para que las personas que se quedan sin trabajo puedan sortear los gastos más indispensables. Es decir, que exista una verdadera cobertura universal de salud con calidad.
Nueva Alianza ha planteado que el acceso a la seguridad social se garantice para todas las personas, independientemente de su situación laboral. Para lograr este objetivo tenemos que realizar las transformaciones legales institucionales y culturales necesarias para avanzar consistentemente al logro de esa meta.
El dictamen a discusión constituye un aporte al fortalecimiento de la seguridad social, se trata de ampliar la cobertura de los seguros en especie en concreto, los servicios de salud en materia de obstetricia a las hijas de los asegurados y pensionados.
Actualmente solo tienen derecho a la atención obstétrica las esposas o concubinas del trabajador asegurado o del pensionado. Si bien la Ley del Seguro Social establece que las hijas de asegurados o pensionados tienen derecho a recibir la atención médica, farmacéutica y hospitalaria, hasta la edad de 16 años o hasta los 25, si se encuentran estudiando en escuelas del sistema educativo nacional, lo cierto es que en el artículo 95 de dicha ley se les excluye de la atención médica en la especialidad de obstetricia.
De este modo, la ley vigente margina a las hijas de los asegurados y pensionados del IMSS, porque las priva de recibir esta importante cobertura médica. No es posible seguir con este esquema, porque la realidad social mexicana nos muestra, desafortunadamente, un alto índice de embarazos en adolescentes.
Estudios de la Secretaría de Salud y de la Universidad Nacional Autónoma de México establecen que aproximadamente un 12 por ciento de las mujeres embarazadas en México son estudiantes; entonces, el problema de los embarazos a temprana edad es multifactorial, incidiendo factores como la educación sexual y reproductiva, el acceso a métodos de prevención, la fragilidad de valores sociales y familiares, así como las condiciones de pobreza y extrema marginación.
Por ello, Nueva Alianza vota a favor del dictamen, porque de esta manera se ofrece un universo determinado de mujeres adolescentes y protección en materia de atención médica especializada, sobre todo en obstetricia.
La salud y el bienestar de las madres y los niños es un derecho inalienable que debería estar por encima de cualquier cálculo burocrático o estrechez presupuestal.
Aprovecho este comentario para pedirle a mis compañeras legisladoras y legisladores del PRI, que en esta misma situación se encuentra una iniciativa que propusimos y que fue votada en la Comisión de Seguridad Social y que no se ha votado porque establece un impacto presupuestal y es el mismo criterio que estamos utilizando en este mismo dictamen, en esta misma iniciativa que queremos votar.
Es decir, sí hay un impacto presupuestal en ambas, pero no podemos limitar el beneficio de la seguridad social a una estrechez presupuestal. Si es el mismo criterio para la atención obstétrica de las madres adolescentes, también tiene que ser para que los trabajadores varones asegurados en el Instituto Mexicano del Seguro Social tengan la misma facilidad para incorporar a sus hijos en las estancias o guarderías del IMSS; entonces, que no seamos estrechos en la aplicación de un criterio para una iniciativa y para otra no.
En el caso concreto de la reforma que contiene el dictamen que estamos discutiendo, se adiciona el artículo 95 de la Ley del Seguro Social, con el objeto de establecer con toda claridad que en caso de maternidad el IMSS otorgará a la asegurada durante el embarazo, el alumbramiento y el puerperio la debida asistencia obstétrica, no solamente a las esposas o concubinos de asegurados y pensionados, sino también a las hijas de éstos.
De esta manera se amplía la cobertura de seguridad social a este segmento de mexicanas y se combate un punto de discriminación, dado que por ejemplo en el ISSSTE las hijas de los asegurados sí tienen acceso a la asistencia obstétrica hasta los 18 años de edad, prorrogable hasta los 25, si se encuentran estudiando.
Es por estas razones que Nueva Alianza otorga de manera muy convencida su voto a favor del presente dictamen. Es cuanto, señoras y señores legisladores.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputada. Por la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano, en turno la diputada Luisa María Alcalde Luján.
La diputada Luisa María Alcalde Luján: Muy amable, presidenta. El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene un mandato legal derivado del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Su misión es ser el instrumento básico de la seguridad social establecido como un servicio público de carácter nacional para todos los y las trabajadoras y sus familias. Es decir, el aumento en la cobertura de la población se persigue como un mandato constitucional con sentido social.
Incluir a las hijas de los asegurados y pensionados dentro de la seguridad social para efectos de recibir asistencia obstétrica, así como ayudar en especie para seis meses para lactancia, obedece a la alarmante cifra de mujeres embarazadas menores de 18 años que en nuestro país no cuentan con ningún tipo de seguro ni recurso para recibir atención médica.
Es por ello que apoyaremos el dictamen que se someterá en unos momentos a votación, porque consideramos una obligación de derechos humanos el garantizar el acceso a la salud a las jóvenes y porque está comprobado que la falta de acceso a cuidados médicos oportunos durante el embarazo puede resultar en complicaciones médicas que generen consecuencias negativas en la salud de las y los niños y las madres, o inclusive, la falta de alguno de ellos o hasta de ambos.
Otorgar atención obstétrica a las hijas de los asegurados es lo menos que podemos hacer, porque lo más sería que se garantizara el servicio médico a todas y cada una de las mujeres embarazadas en este país. Eso debería incluirse en este dictamen. Imaginen, si es precaria la atención a mujeres embarazadas hijas de asegurados y pensionados, ¿cómo será la de aquellas mujeres que ni ella ni uno solo de sus familiares tiene acceso a la seguridad social?
Sin embargo, queremos señalar que no consideramos que proveer atención médica a las mujeres sea la solución exclusiva de la problemática social. Resaltamos que lo más importante es garantizar la salud sexual y reproductiva que involucre información y educación adecuada presentada a las y los jóvenes de manera eficaz y sencilla, explicando las consecuencias de los embarazos no planeados y, sobre todo, las bondades de prevenir y elegir un momento más oportuno en la vida.
Son muchas las jóvenes que ni siquiera se animan a entrar a las unidades médico-familiares, porque no cuentan con Seguro Social. Sin duda se generará una carga económica inmediata para el Estado, pero esto no puede ser excusa para dejar de proveer el servicio, además claro que si no se atiende esta problemática de forma preventiva, a futuro no habrá presupuesto que alcance para cubrir la demanda de servicios de salud generada por el aumento de embarazos no planificados.
Insistimos. Estamos completamente a favor del dictamen, ya que al día de hoy son muchas las mujeres jóvenes embarazadas y debemos atenderlas, por obligación en principio, y para evitar las complicaciones de salud por embarazos no atendidos y los cientos de problemas familiares y sociales que se pueden generar. Muchas gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputada. En turno, por el Partido Verde Ecologista de México, el diputado Ernesto Núñez Aguilar.
El diputado Ernesto Núñez Aguilar: Con su permiso, señora presidenta. A lo largo de la historia las mujeres trabajadoras en todo el mundo han librado una lucha para que sus derechos le sean reconocidos.
A partir de que las mujeres comenzaron a incrementar sustancialmente su participación en la vida laboral, las demandas sociales de las mismas comenzaron también a multiplicarse.
Al tener que dejar las labores del hogar para ayudar con los ingresos del mismo, se hizo necesario que a las mujeres se les garantizara un esquema especial de protección, en virtud de las diferencias que guardan respecto a los hombres, como por ejemplo, el caso de un eventual embarazo.
Una de las grandes conquistas de los trabajadores ha sido el establecimiento del sistema de seguridad social, a través del cual se les garantiza a ellos y a sus familias el acceso a la salud.
En nuestro país a estos sistemas se les han adicionado los esquemas de protección por los que las mujeres trabajadoras han luchado tanto y a través de los cuales se les otorga una licencia por maternidad con goce de sueldo, además de lo cual se otorgan recursos, como apoyo para solventar los gastos que el embarazo genera.
Con lo anterior se garantiza tanto a las mujeres trabajadoras como a las concubinas de los trabajadores que son derechohabientes de alguna de las diferentes instituciones públicas de salud que el proceso reproductivo humano tenga lugar en condiciones de bienestar físico, mental y social, tanto para la mujer como para los recién nacidos.
Sin embargo, las hijas de los trabajadores con acceso al sistema de seguridad social, de acuerdo a la institución de que se trate, no necesariamente tienen garantizadas esas condiciones en el supuesto de estar embarazadas y pertenecer a cierto rango de edad.
Este es el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que las hijas de los trabajadores que tienen más de 16 años y resultan embarazadas, no tienen cobertura por parte de la institución, salvo en el supuesto de que se encuentren cursando estudios de nivel licenciatura en alguna de las instituciones que conforman el Sistema Educativo Nacional.
La comunidad internacional ha venido recalcando la necesidad de proteger los derechos de las mujeres embarazadas. Un ejemplo de ello es la Declaración de Barcelona sobre los Derechos de la Madre y el Recién Nacido, firmada en España en septiembre de 2001, que insta a los legisladores y gobiernos de todo el mundo sobre la necesidad de garantizar a las mujeres embarazadas una atención médica adecuada, de modo tal que las futuras madres tengan a su disposición los avances, tanto diagnósticos como terapéuticos aplicables durante el embarazo y el parto.
El documento pide también a los gobiernos que se garantice a las mujeres embarazadas una adecuada nutrición, así como información y asesoría sobre temas de salud reproductiva para que no se afecte el desarrollo óptimo del bebé.
Es importante resaltar que aquí también se involucran los derechos de los niños y niñas a los que el Estado está obligado a garantizarles el acceso a condiciones que permitan un crecimiento sano y armonioso y para ello es esencial protegerlos desde que estos se encuentran en el vientre de su madre.
Debemos recordar que las mujeres que no reciben atención médica durante el embarazo lo cual es común especialmente en los casos de adolescentes embarazadas aumentan el riesgo de morir durante el parto, además de que la posibilidad de que los bebés con madres adolescentes registren bajo peso al nacer aumenta, principalmente debido a causas orgánicas tales como anomalías placentarias y nutrición deficiente, no detectadas por no recibir atención médica.
Cabe recordar que en el caso de otras instituciones de seguridad social, como el ISSSTE y el Instituto de Seguridad de las Fuerzas Armadas, de acuerdo a sus leyes, se establece que las hijas trabajadoras se encuentran cubiertas en lo que respecta a la atención obstétrica hasta los 18 años, plazo que puede ser prorrogable en caso de estar inscritas en alguna institución pública de educación superior.
Resalta entonces la necesidad de que se reforme la Ley del Seguro Social para que se atienda a las hijas adolescentes de los trabajadores en caso de que resulten embarazadas, homologando ésta con otras leyes que sí brindan protección materno-infantil a las madres adolescentes que son hijas de derechohabientes.
Por lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Verde votará a favor del presente dictamen que pretende reformar el artículo 95 de la Ley del Seguro Social para que las hijas embarazadas de los trabajadores derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social tengan derecho a recibir asistencia obstétrica.
Como lo mencionó quien me antecedió en la palabra, la diputada Luisa María Alcalde, solo recomendamos que también se revise perfectamente bien el esquema financiero, pero reconocemos que aquí no se puede escatimar y que tenemos que hacer un esfuerzo adicional para este tipo de políticas de carácter social. Muchas gracias, presidenta. Es cuanto.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Por la fracción parlamentaria del PAN, en el uso de la voz la diputada María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez.
La diputada María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez:Buenas tardes presidenta. Compañeras y compañeros diputados, el derecho a la seguridad social para todo trabajador se encuentra consagrado en el artículo 123 de nuestra Carta Magna.
Es necesario que este derecho se haga extensivo a los familiares del trabajador, por lo menos en lo correspondiente a la atención médica y a los medicamentos; se trata de un derecho social que debe tener efectos protectores para el núcleo básico de la sociedad, que es la familia, en este caso el trabajador.
El dictamen que se pone a consideración del pleno el día de hoy consiste en homologar los derechos de las hijas de los asegurados del Seguro Social a una atención obstétrica, al igual que los derechos de los que gozan las hijas de los asegurados del ISSSTE y el ISSFAM, ya que hasta ahora no tienen derecho a ella.
Lo anterior, surge de la preocupación por el número de embarazos que anualmente hay en el mundo en mujeres menores de 20 años. La tasa de embarazos en México en mujeres de 12 a 19 años es de 79 por cada mil. Asimismo el 12.2 por ciento del total de mujeres embarazadas en México es de estudiantes.
Por lo anterior, el decreto incluido en el dictamen emitido por la Comisión de Seguridad Social que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social propone que las hijas de los asegurados y pensionados puedan gozar de la atención obstétrica y de ayuda en especie por seis meses para la lactancia; acotando este derecho, lo tendrán hasta los 18 años.
Acción Nacional siempre se ha manifestado a favor de que los beneficios que se otorgan a los trabajadores tengan efecto positivo y protejan a su familia, porque ése es el fin más noble del trabajo.
Los legisladores de Acción Nacional consideramos indispensable para el impulso del desarrollo social del país que se eliminen los accesos diferenciados para personas de la misma edad y condición, a la atención médica proporcionada por instituciones de seguridad social, pues la salud es un bien que puede ayudar a reducir la pobreza y dar acceso a mejores oportunidades de desarrollo para el ser humano.
Por eso apoyaremos el sentido del dictamen que estamos comentando. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputada. Por la fracción parlamentaria del PRI, en el uso de la voz, la diputada Alma Jeanny Arroyo Ruiz.
La diputada Alma Jeanny Arroyo Ruiz: Con su venia, señora presidenta. El dictamen que hoy se somete a consideración de esta honorable asamblea tiene una importancia fundamental, porque garantiza el derecho a la salud de las mujeres y a la atención obstétrica que atienda la fisiología, patología y psicología, así como los factores de orden social que deriven del estado de bienestar de las mujeres y que influye de forma elemental en la cantidad y calidad de vida de nuevas generaciones de nuestra sociedad.
La salud y una calidad de vida óptima siguen siendo objetivos por alcanzar de la mayoría de las mujeres del mundo, pues en todas sus etapas de vida el acceso a servicios de salud en cualquier nivel sigue siendo inequitativo.
En muchas sociedades las niñas a menudo reciben menos atención que los niños en la prevención y el tratamiento de las enfermedades infantiles y en la adolescencia, y en sus años de fertilidad.
El asesoramiento adecuado y acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva siguen siendo de los objetivos primordiales de toda política de salud.
El resultado es un aumento del riesgo de embarazos no deseados y a edad prematura, así como de contraer el VIH y otras enfermedades de transmisión sexual y de abortar en condiciones peligrosas.
Los cuidados prenatales, la asistencia durante el parto y la vigilancia posparto, además de ser un derecho de las mujeres fomentan una mejor calidad de vida en nuestra sociedad, al lograr que todo embarazo y parto se lleven a término con la madre e hijo en total salud y bienestar.
Por ello, resulta primordial que todas las mujeres tengan acceso a servicios de salud obstétricos de calidad y eficaces. La evaluación de estos servicios y el garantizar el acceso a ellos deben ser una preocupación y un objetivo de cualquier institución de salud.
México ha sido pionero en los cuidados pre y postnatales, pues como oficio reconocido la atención obstétrica se ejerce desde épocas prehispánicas; desde aquellos años las parteras se encargaban del cuidado del embarazo y el puerperio de las mujeres, lo que les daba una importancia destacada en la sociedad.
Con la aprobación de este dictamen estaremos en condiciones de garantizar el derecho a la atención obstétrica de las mujeres en todas sus etapas de vida, derecho que fue reconocido en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijín en 1995; en la plataforma de acción aprobada por la Conferencia, en la que se destacó que la necesidad de garantizar a las mujeres y a las niñas el acceso universal a la atención y a los servicios de salud apropiados, asequibles y de calidad, era una de las dos esferas de especial preocupación que requería atención urgente de parte de los gobiernos y la comunidad internacional.
Compañeras y compañeros diputados, cada minuto del día se produce la muerte de una mujer debido a complicaciones producidas por la falta de atención obstétrica, la mayoría de esas muertes es evitable si garantizamos un acceso equitativo a la atención de salud y concretamente a la atención obstétrica, que sin duda mejorará la calidad de vida de las mujeres. Es cuanto, diputada presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputada. Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Saludamos a alumnos de la Escuela Superior de Economía del Instituto Politécnico Nacional, invitados por la diputada Paloma Villaseñor Vargas. Sean bienvenidos.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Ciérrese el sistema de votación electrónico. De viva voz.
El diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (desde la curul): A favor.
La diputada Angélica Rocío Melchor Vásquez (desde la curul): A favor.
La diputada María Guadalupe Moctezuma Oviedo (desde la curul): A favor.
La diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales (desde la curul): A favor.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Se emitieron 436 votos a favor, 0 en contra.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobado en lo general y en lo particular por 436 votos el proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:El siguiente punto del orden del día, es dictámenes en sentido negativo.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta el siguiente dictamen:
I. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado Antecedentes se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y el turno para el dictamen de la iniciativa.
En el apartado Contenido de la iniciativa se exponen los objetivos y se hace una descripción de la iniciativa, en la que se resumen su contenido, motivos y alcances.
En Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. Con fecha 15 de noviembre 2012, Consuelo Argüelles Loya, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco.
2. El 16 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Salud, para el análisis y dictamen correspondientes.
3. Con fecha 28 de diciembre de 2012 se solicitó a la Mesa directiva, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados, que se concediera prórroga de 45 días para el estudio y análisis de la iniciativa presentada.
4. Con fecha 10 de enero de 2013 se notificó el acuerdo de Mesa Directiva de Cámara de Diputados en que se concede la prórroga para el estudio y dictamen de la iniciativa.
III. Contenido de la iniciativa
La iniciativa tiene por objeto reformar la fracción VI del artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, a fin de regular nuevas opciones viables, y dar u ofrecer a los ciudadanos opciones que no sean tan dañinas como el tabaco.
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y las acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud es social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a jerarquía constitucional el derecho a la protección de la salud se considera éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. En México, el número total de muertes anuales atribuibles al tabaquismo por enfermedades asociadas es de más de 53 mil, lo que equivale a que 147 mexicanos mueren diariamente por enfermedades causadas por el tabaco; no obstante, está de más comentar lo que resulta evidente, existe una cantidad muy alta si no es que la totalidad de los mexicanos que alguna vez han estado expuestos al humo del tabaco que consume un tercero y que puede llegar a causar los mismos daños que al que lo consume.
Para 2020, estima la Organización Mundial de la Salud (OMS), el tabaco causará más muertes alrededor del mundo que el VIH, la tuberculosis, la mortalidad materna, los accidentes vehiculares, el suicidio y el homicidio.
La mayoría de los consumidores de tabaco que hay el mundo adquirieron el hábito en la adolescencia. Se estiman en 150 millones los jóvenes que consumen tabaco actualmente, y esa cifra aumenta a escala mundial, especialmente entre las jóvenes. La mitad de esos consumidores morirán prematuramente como consecuencia de ello. La prohibición de la publicidad del tabaco, el aumento de los precios de los productos de tabaco y la adopción de leyes que prohíben fumar en lugares públicos reducen el número de personas que empiezan a consumir productos de tabaco. Además reducen la cantidad de tabaco consumida por los fumadores y aumentan el número de jóvenes que dejan de fumar.
La reducción de daños o reducción de daño es una estrategia que tiene como objeto disminuir las consecuencias de daños perjudiciales en el uso de drogas recreativas y en otras conductas que conllevan riesgos para la salud que, entendiendo que existen personas que desarrollan éstos comportamientos y que no van a dejar de hacerlo, se pretende reducir los riesgos asociados a los mismos; considerando que las políticas de reducción de daños han sido ampliamente adoptadas para el consumo de éstos productos, por lo que no han encontrado un amplio apoyo en el control del tabaco.
Tercera. En la exposición de motivos, la promovente menciona que es preferible reglamentar nuevas opciones viables, y dar u ofrecer a los ciudadanos opciones que no sean tan dañinas como el tabaco; y opciones que no produzcan cáncer principalmente. Y así como hoy hay opciones para los no fumadores, también debemos de dar opciones a los fumadores, y puedan prolongar al mínimo diez a veinte años su vida promedio.
La propuesta de reforma de la fracción VI, del artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco deberá reformarse para establecer que al tratarse de alternativas que ayuden a inhibir a los fumadores en el uso del tabaco que cumplan las normas sanitarias establecidas por los organismos de salud y también con las normas internacionales de calidad en su fabricación, se permita comercializar, o incluso producir cualquier objeto que no sea un producto de tabaco, aún y cuando contenga alguno de los elementos que lo identifique o relacione con un producto de tabaco, ya que se debe privilegiar el interés general de la salud; ya que como está redactada la fracción del artículo cuya reforma se propone, actualmente restringe en perjuicio de los fumadores activos, de que las autoridades sanitarias evalúen nuevas alternativas que ayuden a los fumadores a desistir el tabaquismo.
Los beneficios de los dispositivos que coadyuvan a reducir el consumo al tabaco, mejoran el gusto y el olfato, disminuye o desaparece la tos y mejora la circulación, mejora la energía y agilidad, los pulmones comienzan a mejorar su funcionamiento, la respiración mejora y el cansancio es menor, se reduce el riesgo de muerte por infarto; pero los beneficios más importantes, no causa cáncer de humo de tabaco a terceros, tampoco causa molestias de impregnar su aroma en la ropa, piel, cuerpo o cabello, y no mancha los dientes.
Cuarta. La OMS no avala que los dispositivos sean considerados un tratamiento legítimo para quienes estén tratando de dejar de fumar, pues no dispone de estudios científicos y estadísticos que determinen la eficacia del producto así como los daños que este genera.
A su vez, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios alerta a la población de que no hay evidencia científica de que exista algún dispositivo que sea una efectiva alternativa médica para dejar de fumar, pues no hay pruebas de la eficacia y seguridad del producto, por lo que se recomienda no comprarlo.
Sin embargo, la iniciativa presenta un caso particular en cuando a los dispositivos hoy conocidos como cigarros electrónicos que, de acuerdo con un estudio realizado por la compañía que presentó un estudio toxicológico ante la Federal Drug Administration, de Estados Unidos de América, en 2012, Chemir Analytical Services, utilizando extractos de tabaco y produciendo aerosoles generados a partir de la marca de cigarrillos electrónicos Green Smoke, se encontró que resultan productos de menor riesgo para el ser humano que lo consume, así los que sólo están expuestos al humo.
Sin embargo, es importante resaltar que la OMS, entre otros organismos e instituciones dedicados a la salud, no congenian con el estudio que hoy presenta como argumento la iniciativa, toda vez que carece de argumentos y fuentes sustentables que permitan avalar el producto como algo no nocivo para la salud.
Quinta. Por lo anterior, los integrantes de esta comisión consideran que la iniciativa en estudio es inviable, en virtud de que a la fecha no se cuenta con evidencia científica concreta que corrobore que el cigarro electrónico no resulta nocivo para la salud y ayuda a los fumadores a dejar de fumar. Por otra parte, resulta necesario señalar que la OMS no considera que el cigarro electrónico constituya una terapia legítima para fumadores que están tratando de abandonar el consumo del tabaco, además de que dicha organización no conoce evidencia científica alguna que compruebe la seguridad y eficacia de dicho producto, y aunque existe la posibilidad de que así sea, requiere comprobarse.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno los siguientes
Resolutivos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, presentada por la diputada Consuelo Argüelles Loya, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional,el 15 de noviembre de 2012.
Segundo.Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Notas:
1 Dirección General de Servicios Médicos, UNAM, fecha de consulta 27 de febrero de 2013, http://www.pve.unam.mx/eventos/capsulasInf/capsulasInf18.pdf
2 Inegi. Estadísticas a propósito del Día Mundial sin Tabaco, fecha de consulta 27 de febrero de 2013, http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/Contenidos/estadisticas /2005/tabaco05.pdf
3 Centro de Prensa. Riesgos para la salud de los jóvenes, Organización Mundial de la Salud, fecha de consulta 27 de febrero de 2013, http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs345/es/index.html
4 Organización Mundial de la Salud, fecha de consulta 27 de febrero de 2013, http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2008/pr34/es/ index.html
5 Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, fecha de consulta 27 de febrero de 2013, http://www.salud.gob.mx/unidades/cofepris/notas_principal/cigar_electr.html
Palacio Legislativo, a 6 de marzo de 2013.
La Comisión de Salud, diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica en contra), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica en contra), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica en contra), María de las Nieves García Fernández (rúbrica en contra), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica en contra), Alma Marina Vitela Rodríguez, Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica en contra), Eva Diego Cruz, Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica en contra), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica en contra), Alliet Mariana Bautista Bravo, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar, Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica en contra), Héctor García García (rúbrica en contra), Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica en contra), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez, María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica en contra), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado (rúbrica en contra), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica en contra), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica en contra), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica en contra), Ernesto Alfonso Robledo Leal, Jessica Salazar Trejo (rúbrica en contra), Juan Ignacio Samperio Montaño.»
LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 16, 18, 20, 23 y 25 de la Ley General para el Control del Tabaco
Honorable Asamblea:
La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 82, numeral 1, 85, 157 numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Metodología
La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:
En el apartado denominado Antecedentes, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la iniciativa.
En el apartado Contenido de la iniciativa, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la iniciativa en la que se resume su contenido, motivos y alcances.
En las Consideraciones, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.
II. Antecedentes
1. En sesión celebrada el pasado 9 de octubre de 2012, la Diputada María Esther Garza Moreno, de la LXII Legislatura, del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco.
III. Contenido de la iniciativa
El objeto de la presente iniciativa es la regulación de los empaquetados y etiquetados del tabaco, con el fin de homologar los colores, pictogramas y el diseño, y con ello reducir el atractivo de compra para los jóvenes. Se propone dejar el espacio necesario para la colocación de los elementos de marca dentro de los empaques y paquetes, a fin de evitar confusiones dentro de los consumidores. Asimismo, se establece la eliminación de la publicidad a través de cualquier medio para los productos del tabaco, y la prohibición de exhibirlos en os establecimientos comerciales.
Por lo expuesto, la iniciativa pretende modificar la fracción II del artículo 16, la fracción IV del artículo 18, el párrafo tercero del artículo 20; se derogan los párrafos segundos y tercero del artículo 23 y el artículo 25; y se adicionan la fracción IV y IX al artículo 18, recorriéndose las subsecuentes; todos de la Ley General para el Control del Tabaco, para quedar como sigue:
IV. Consideraciones
Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.
En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.
Segunda. La Encuesta Nacional de Adicciones (ENA 2011) realizada en 2011 reporta que la prevalencia de consumo activo de tabaco en el último año en la población de 12 a 17 años creció del 2008 al 2011 en 0.8 puntos porcentuales. Adicionalmente, la prevalencia de consumo activo de tabaco en la población de 12 a 65 años creció en 0.9 puntos porcentuales. La principal razón del crecimiento se atribuye a la regulación excesiva implementada a partir del 2008 seguida en 2010 con un alza de impuesto específico por cigarro de 0.35 centavos. Lo cual generó aumento en el consumo de tabaco debido a la introducción de productos ilegales a bajo costo en el país.
Tercera. La Confederación Nacional de Cámaras Industriales reporta que el comercio interno de cigarros ilegales paso de 2 por ciento a 17 por ciento en 18 meses, existiendo regiones del país con un porcentaje mayor al 30 por ciento de cigarros ilegales. Cabe mencionar que la edad promedio de 20 años de inicio de consumo del tabaco se mantiene estable del 2008 al 2011, pese a dichas regulaciones implementadas, concentrándose en los rangos de edad menores el acceso a la ilegalidad.
Cuarta. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios emitió con oficio número COS/DESVS/OR/2/ una alerta sanitaria en contra de cigarros que son importados y comercializados de forma ilegal. Dichos cigarros comercializados de forma ilegal representan un mayor riesgo a la salud del consumidor, ya que sus ingredientes y condiciones sanitarias de producción son desconocidas.
En países como Canadá, se ha encontrado que los cigarros ilegales pueden contener sustancias como desechos orgánicos humanos y heces fecales de animales, insectos, materiales de origen textil, residuos de madera entre otros.
En Canadá los cigarros ilícitos son vendidos en empaques genéricos o bolsas plásticas y las tasas del consumo han aumentado; en provincias como Ontario, la venta de estos cigarros ilegales alcanza hasta un 50 por ciento del total del mercado.
Quinta. La propuesta de modificación de la fracción II del artículo 16 de la ley General para el Control del Tabaco, LGCT, la cual propone:
Artículo 16. Se prohíbe:
I. ...
II. Colocar los cigarrillos en sitios visibles para el consumidor.
La propuesta viola la libertad de comercio, consagrado en el artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de alterar el comportamiento natural del mercado.
Viola los derechos de los consumidores, limitando su capacidad de elección, ya que, al no contar con la posibilidad de elegir entre una diversidad de productos, su capacidad de decisión queda vulnerada.
No existe fundamentación científica que respalde que la exhibición de un producto incentive su consumo.
Adicionalmente, la presente iniciativa generará incentivos para promover el comercio de cigarros ilegales, el cual ya alcanza niveles del 17 por ciento, al equiparar las marcas ilegales con las legales.
Sexta. La propuesta de modificación al artículo 18 de la ley General para el Control del Tabaco, LGCT, la cual propone:
Artículo 18. ...
I. al III. ...
IV. Todo empaquetado y etiquetado se imprimirá en blanco y negro, a excepción de los pictogramas o imágenes;
V. Deberán ocupar el 100 por ciento de la cara anterior, posterior y de una de las caras laterales del paquete y la cajetilla;
VI. Al 50 por ciento de la cara anterior de la cajetilla se le deberán incorporar pictogramas o imágenes;
VII. El 100 por ciento de la cara posterior, el 100 por ciento de la cara lateral y el 50 por ciento de la cara anterior, serán destinados al mensaje sanitario, que del mismo modo será rotativo, deberá incorporar un número telefónico de información sobre prevención, cesación y tratamiento de las enfermedades o efectos derivados del consumo de productos del tabaco;
VIII. Las leyendas deberán ser escritas e impresas, sin que se invoque o haga referencia a alguna disposición legal directamente en el empaquetado o etiquetado, y;
IX. La cara superior y una de las caras laterales, serán utilizadas para la colocación de los elementos de marca.
La propuesta modificatoria violenta el principio de retroactividad contemplado en el artículo 14 de la Constitución, ya que quebranta los derechos de uso y explotación de marca previamente adquirida y reconocida por el Estado mexicano.
Viola la libertad de comercio, contemplada en el artículo 5o. de la Constitución.
No existe evidencia científica que compruebe que las características del empaque genérico tendrán una reducción en el consumo.
La industria de tabaco en México tiene más de 10 años sin publicidad en medios masivos, siendo retirada de Televisión, Radio y prensa en 2002.
En un estudio de la Universidad de Maastricht sobre pictogramas, menciona que dichas advertencias no tienen efecto en disminuir el consumo. No existe evidencia científica que los pictogramas y leyendas sanitarias son efectivas, a pesar que estas imágenes son para detener a los fumadores, no tienen el efecto deseado para que la gente fume menos. Mencionan, que las imágenes pueden ser contraproducentes, haciendo que las personas fumen más.
La Organización Adam Smith en su reporte sobre empaque genérico, resalta que no existe evidencia en ninguna parte del mundo de la eficacia de los empaques genéricos; también hace referencia a numerosos estudios y encuestas de investigación a grupos de referencia donde el público no cree que los empaques genéricos eviten que las personas fumen.
Dicha iniciativa viola los artículos 2o., 6o., 87, 128 y 129 del Instituto Mexicano de Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, organismo descentralizado de la Secretaria de Economía.
Derivado de la decisión de Australia de implementar el Plain Packaging Tobacco, existen 3 demandas de los gobiernos de Ucrania, Honduras y República Dominicana los cuales iniciaron procesos en contra de Australia por dicho hecho ante la Organización Mundial de Comercio por violación a los siguientes acuerdos: Propiedad Intelectual en los artículos 1.1., 2.1., 2.2., 3.1., 15.4., 16.1., 20., 22.2., 24.3. y Barreras Técnicas al Comercio en los artículos 2.1, 2.2., adicionalmente el GATT 1994: en el articulo III: 4. En esta disputa, se han incorporado 35 países para ser terceros involucrados como parte de la resolución. Los países son: Unión Europea, Argentina, Brasil, Canadá, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Japón, Corea, Republica de Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Omán, Filipinas, Singapur, Taiwán, Turquía, Estado Unidos, Uruguay, Zambia, Zimbabue, Chile, China, Cuba, Egipto, Malasia, México, Moldavia, Republica de Nigeria, Perú, Tailandia, Malawi.
En la búsqueda de protección más eficiente de las marcas y sus elementos como son el diseño, código, color y denominación nomenclativa, diversos países suscribieron el Protocolo de Madrid, al cual México se adhirió el pasado mes de noviembre, y que entró en vigor 19 de febrero del presente año; las modificaciones propuestas al artículo 18 atentan contra los ordenamientos de protección a la propiedad de la marca, del citado Protocolo Internacional.
Séptima. La propuesta de modificación al artículo 20 de la Ley General para el Control del Tabaco, la cual propone:
Artículo 20. Quedan prohibidas expresiones tales como bajo contenido de alquitrán, ligeros, ultra ligeros o suaves.
Actualmente ya se contempla en la ley en el artículo 20 de la Ley General para el Control de Tabaco: En los paquetes de productos del tabaco, y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, no se promocionarán mensajes relacionados con estos productos de manera falsa, equívoca o engañosa que pudiera inducir a error con respecto a sus características, efectos para la salud, riesgos o emisiones. No se emplearán términos, elementos descriptivos, marcas de fábrica o de comercios, signos figurativos o de otra clase que tengan el efecto de crear la falsa impresión de que un determinado producto del tabaco es menos nocivo que otro. De manera enunciativa más no limitativa quedan prohibidas expresiones tales como bajo contenido de alquitrán, ligeros, ultra ligeros o suaves.
Adicionalmente, se especifica su aplicación en el capítulo cuarto, artículo 39 del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco: Queda prohibido en el empaquetado y el etiquetado externo de los productos del tabaco, toda forma de promoción, que pueda inducir a error respecto a sus características, efectos para la salud, riesgos o emisiones; asimismo, queda prohibido el empleo de términos descriptivos, marcas de fábrica o de comercio, signos figurativos o frases tales como con bajo contenido de alquitrán, ligero, ultraligero, suave, extra, ultra, light, lights, mild soft, smooth o cualquier otra que en este o en otro idioma tengan el efecto directo o indirecto de crear la falsa impresión de que un determinado producto de tabaco es menos nocivo que otro.
Octava. Es importante resaltar que las observaciones vertidas en el presente no contradicen el legítimo interés por desincentivar el consumo de productos del tabaco, sin embargo, consideramos que las medidas propuestas en esta iniciativa no garantizan el cumplimiento que se persigue.
Conclusión
Con base en las observaciones anteriormente expuestas, podemos inferir que la iniciativa presentada por la diputada María Esther Garza Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional es improcedente, ya que:
1. Es inviable jurídicamente por atentar contra principios consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones legales aplicables en nuestro país.
2. Incentivará el crecimiento del ahora existente mercado ilícito de cigarros con impactos y riesgos sanitarios.
3. Viola los tratados internacionales, comerciales, protocolos y acuerdos de colaboración suscritos por esta soberanía.
4. A pesar del noble fin de desincentivar el consumo de tabaco, el objetivo de salud pública propuesto no está garantizado.
Los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente:
Acuerdo
Único. Se desecha la iniciativa que modifica la fracción II del artículo 16, la fracción IV del artículo 18, el párrafo tercero del artículo 20; deroga los párrafos segundos y tercero del artículo 23, y el artículo 25; y adiciona la fracción IV y IX al artículo 18, recorriéndose las subsecuentes; todos de la Ley General para el Control del Tabaco
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2013.
La Comisión de Salud, diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda, Alma Marina Vitela Rodríguez, Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz, Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo, José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar, Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez, María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar, Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jessica Salazar Trejo (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño.»
LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA - LEY FEDERAL DE DERECHOS - LEY DE LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA - CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía, y de Hacienda y Crédito Público, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes del Servicio Público de Energía Eléctrica, Federal de Derechos, y de la Comisión Reguladora de Energía, así como del Código Fiscal de la Federación
Honorable Asamblea:
A las Comisiones Unidas de Energía, y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, les fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía y del Código Fiscal de la Federación.
Estas comisiones legislativas que suscriben, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, 81, 82, 84, 85, 157, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, se abocaron al análisis, discusión y valoración del Proyecto que se menciona.
Asimismo, conforme a las consideraciones de orden general y específico, como a la votación que del sentido del proyecto contenido en la iniciativa de referencia realizaron los integrantes de las comisiones legislativas, se somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente:
Dictamen
Antecedentes
1. En la sesión de fecha 18 de octubre de 2012, el diputado Faustino Félix Chávez del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía y del Código Fiscal de la Federación.
2. En la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva acordó turnar la iniciativa que nos ocupa a las Comisiones Unidas de Energía, y de Hacienda y Crédito Público, para su estudio y dictamen, mediante los oficios DGPL 62-II-4-78 y DGPL 62-II-4-79.
3. Los ciudadanos diputados integrantes de dichas comisiones legislativas, realizaron diversos trabajos, a efecto de que contaran con mayores elementos que les permitieran analizar y valorar el contenido de la citada Iniciativa, expresar sus consideraciones de orden general y específico a la misma, e integrar el presente dictamen.
Descripción de la iniciativa
El objeto central de la iniciativa sujeta a dictamen es el marco jurídico por el cual se definen las tarifas aplicables al suministro de la energía eléctrica para el consumo en los hogares.
Para el efecto, el diputado Faustino Félix Chávez propone reformar la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para establecer que la venta de energía eléctrica se regirá por lo establecido en la Ley Federal de Derechos y la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
De esta manera, las tarifas por concepto de consumo de energía eléctrica quedarían establecidas en la Ley Federal de Derechos, mientras que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) definiría el ajuste o reestructuración de las tarifas eléctricas y no la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), como lo establece la Ley actualmente.
Asimismo, la iniciativa en análisis propone reformar la Ley Federal de Derechos con el fin de establecer que los cobros por concepto de prestación del servicio público de energía eléctrica a cargo de un ente descentralizado de la administración pública federal, como lo es la CFE, son contribuciones en el rubro de derechos, lo cual lleva a reformar también el Código Fiscal de la Federación.
Agrega el diputado Félix Chávez que la iniciativa en comento pretende una reforma estructural e integral, por lo que se propone también reformar la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, para establecer que sea la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión quien ostente la facultad de ratificar a los comisionados de la Comisión Reguladora de Energía, a propuesta del Ejecutivo. La propuesta de los comisionados, además, deberá considerar la opinión de las universidades.
Consideraciones de las comisiones unidas
Primera. Las Comisiones de Energía, y de Hacienda y Crédito Público consideran apropiado efectuar diversas observaciones respecto de la iniciativa que se dictamina.
En primer lugar, considerando la importancia del concepto por el que se pretende modificar la naturaleza de la contraprestación por los servicios en materia de suministro de energía eléctrica, es decir, la propuesta de eliminar el régimen de tarifas e incorporarla al régimen de derechos, mediante las modificaciones propuestas a la Ley Federal de Derechos y Código Fiscal de la Federación.
El artículo 28 constitucional señala que el Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo, dentro de las cuales se encuentra la generación de electricidad como actividad reservada exclusivamente al Estado.
En este sentido el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal, siendo la Ley quien definirá la creación de entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en ellas.
Por su parte los artículos 11, 52 y 58 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales establecen que las entidades paraestatales gozarán de autonomía de gestión para el cabal cumplimiento de su objeto y manejarán y erogarán sus recursos propios por medio de sus órganos, los cuales a su vez están facultados para fijar y ajustar los precios de bienes y servicios que produzca o preste la entidad paraestatal con excepción de aquéllos que se determinen por acuerdo del Ejecutivo Federal.
Asimismo, el artículo 26 del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales señala que los precios y tarifas de las entidades se fijarán conforme a los criterios de eficiencia económica y saneamiento financiero, dependiendo de la naturaleza del bien o servicio de que se trate.
Bajo este contexto, la CFE, como órgano descentralizado desarrolla el área estratégica en cumplimiento de las disposiciones antes citadas, proporcionando el servicio público de energía eléctrica con autonomía de gestión, mediante el cobro de tarifas fijadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a propuesta de la propia CFE. Dichas tarifas tienden a cubrir sus necesidades financieras, de ampliación del servicio y el racional consumo de energía, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
Por otra parte, la Ley Federal de Derechos (LFD) establece en su artículo 1o. que las cuotas de los derechos por servicios deben estar relacionadas con el costo total del mismo, lo que implica que ante una eventual fijación de cobros de derechos por la prestación de servicios a cargo de los organismos descentralizados, que sería el caso de las tarifas eléctricas, se tendrían que fijar observando estrictamente dicho criterio.
Si se procediera de dicho modo, se actuaría en contra de los propósitos constitucionales del desarrollo de las áreas estratégicas, ya que el cobro de los precios y tarifas, a diferencia de los derechos, obedecen a finalidades distintas al estricto costo del servicio, como lo establece artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para el caso de las tarifas eléctricas.
Además de las consideraciones técnicas antes vertidas, es de señalar que la eventual inclusión de los servicios de suministro de energía eléctrica a la Ley Federal de Derechos, como se propone en la iniciativa de merito, tendrían, entre otras, las siguientes consecuencias jurídicas fiscales:
Los cobros de los servicios, al efectuarse bajo el concepto de derechos, tendrían la naturaleza de crédito fiscal, ya que si bien es cierto, la CFE continuaría prestando los servicios, invariablemente sería el Servicio de Administración Tributaria quien en uso de sus facultades tendría que requerir el pago de los derechos omitidos, lo cual complicaría considerablemente el esquema.
Invariablemente, la CFE tendría que cumplir el procedimiento de fiscalización estipulado en el artículo 3o. de la LFD, lo cual afectaría notablemente su operación y gestión.
Los contribuyentes tendrían que presentar las declaraciones correspondientes y hacer la autodeterminación de los derechos, lo cual podría afectar gravemente las finanzas del organismo.
Existiría un riesgo inminente de una gran acumulación de procesos judiciales en contra del cobro y fiscalización del derecho, lo que pondría también en riesgo la recaudación de los derechos.
Implicaría que los ingresos recaudados por dicho concepto se deberán de enterar a la Tesorería de la Federación conforme a las disposiciones de la Ley de Ingresos de la Federación 2012, lo cual despojaría del patrimonio a la CFE, imposibilitando el desarrollo de sus actividades. Asimismo, el organismo se vería obligado a fondear su operación con recursos de la bolsa general, lo cual podría desequilibrar gravemente el balance presupuestario.
Se estaría generando un problema para su fijación y se generaría una situación compleja al momento de establecer el derecho, en virtud de que el proceso legislativo necesario exige una serie de pasos para su establecimiento a diferencia de los precios y tarifas, con lo que se imposibilita al organismo descentralizado a aplicar y responder adecuadamente a las necesidades urgentes y cambiantes del país y de los mercados.
En conclusión, el cambio de la naturaleza de la contraprestación por el suministro de energía eléctrica implica una serie de requerimientos jurídicos, fiscales, técnicos y operativos tanto para los usuarios como para el organismo que pondría en riesgo la operación y gestión del mismo, el servicio en sí y los ingresos generados por la prestación del servicio
Segunda. Estas comisiones dictaminadoras consideran que la propuesta de modificar la acepción de derechos en el Código Fiscal de la Federación, además de las problemáticas aludidas en el apartado anterior, en relación con la naturaleza de los organismos descentralizados y sus facilidades en la gestión, genera la situación que a continuación se expone.
La modificación se encuentra redactada en términos generales, lo que implica que la contraprestación por cualquier servicio prestado por entidades paraestatales pueda ser considerada como derecho, lo cual extralimita los efectos de la propuesta y pone en riesgo el diseño de la administración pública descentralizada.
Tercera. No obstante que la parte medular de la iniciativa ha sido analizada en las consideraciones previas, se estima conveniente hacer algunas consideraciones adicionales a las otras propuestas de reforma contenidas en esta iniciativa.
Con relación a la propuesta de modificar las leyes del Servicio Público de Energía Eléctrica y de la CRE, para otorgar a dicha Comisión la facultad de fijar las tarifas eléctricas en lugar de la SHCP, se estima que la propuesta no es congruente con el diseño institucional de la Administración Pública Federal.
En efecto, actualmente corresponde a la SHCP fijar las tarifas por el servicio de energía eléctrica de conformidad con el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y el artículo 31, fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, disposición, esta última con la cual la eventual reforma entraría en contradicción.
La propuesta en comento no toma en cuenta que tendría que dotarse al órgano regulador propuesto para fijar las tarifas de los recursos necesarios para el desempeño de esta función, elementos con los cuales la SHCP sí cuenta, a saber, medios suficientes para elaborar los estudios de costos económicos y análisis de la estructura de los mercados en los que se prestan los bienes y servicios directamente por las entidades o por concesiones.
Cuarta. Debe considerarse que actualmente las tarifas por el consumo de energía eléctrica cubren aproximadamente el 38% del costo de suministro. Esta situación ha distorsionado la señal de precios de proveer el servicio y ha disminuido la percepción de ingresos por parte del organismo suministrador.
En este sentido, los beneficios implícitos en los cargos tarifarios tienen un fuerte impacto sobre las finanzas de la CFE y las finanzas públicas.
El equilibrio de las finanzas públicas, es importante señalar, implícitamente garantiza la deuda de este organismo descentralizado y provee los recursos necesarios para invertir en nueva infraestructura y buscan reflejar los precios de los insumos requeridos para la generación, transmisión y distribución de energía.
Este es un argumento adicional por el cual las que dictaminan no coinciden en la propuesta de transferir la facultad de determinar las tarifas eléctricas a un organismo técnico independiente, ya que las tarifas deben reflejar los costos de suministro de la energía eléctrica en cada una de sus etapas (generación, transmisión y distribución), lo cual implicaría incrementos muy significativos en las tarifas eléctricas particularmente de los sectores doméstico o residencial y agrícola, que en la actualidad son los más beneficiados por el beneficio implícito en las tarifas.
Quinta. La propuesta relativa de aportar nuevos elementos como las necesidades sociales de la población, la temperatura y humedad relativa de cada región o zona, los niveles salariales o las afectaciones en entidades donde se genere la energía eléctrica, a juicio de estas comisiones complicarían aún más el esquema tarifario, distorsionaría la señal de precios, provocando el uso irracional de energía eléctrica, lo que implicaría un incremento generalizado de los apoyos al consumo y el consecuente daño a las finanzas de la Comisión Federal de Electricidad.
Es decir, para establecer diversos parámetros adicionales en la fijación de tarifas eléctricas, como la inclusión de las temperaturas medidas en bulbo húmedo, implicaría, a su vez, un impacto presupuestal. Este impacto presupuestal no se ha considerado. En consecuencia, se incumple con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en el que se indica que A toda propuesta de aumento o creación de gasto del proyecto de Presupuesto de Egresos, deberá agregarse la correspondiente iniciativa de ingreso distinta al financiamiento o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.
Sexta. La iniciativa, por otra parte, incluye en las reformas propuestas que la CFE cuente con estaciones meteorológicas con instrumentos específicos de medición de la temperatura, lo cual implica gastos considerables para el organismo, pues deberá contar con el espacio para su instalación, adecuación del mismo, infraestructura, personal, etcétera. Esta inversión es considerable ya que el número de estas estaciones sería muy grande.
Asimismo, la inclusión de estos criterios no soluciona el problema de la supuesta facturación alta, ya que son las medidas como los programas de ahorro de energía y los subsidios focalizados en la población vulnerable las pueden beneficiar a la población de menores recursos.
Séptima. La iniciativa tampoco considera el proceso de la reciente reforma política. En este proceso se estimó realizar reformas al artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la que se prevé que los integrantes de los órganos reguladores, entre ellos la Comisión Reguladora de Energía, serán nombrados por el Ejecutivo Federal y ratificados por el Senado de la República.
Octava. En lo atinente a las reformas planteadas en torno a la correcta medición del servicio del suministro de energía eléctrica a fin de que no se apliquen estimados para cobros (sic), se debe señalar que la Comisión Federal de Electricidad realiza estimaciones de manera fortuita, como se señala en el Manual de Disposiciones Relativas al Suministro y Venta de Energía Eléctrica Destinada al Servicio Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2013, en el cual se reglamentan las condiciones en las cuales se realiza dicha práctica.
Novena. Finalmente, hay que subrayar que la iniciativa aquí dictaminada no considera los diferentes sectores consumidores de energía y, sin señalarlo, se enfoca exclusivamente a las tarifas por consumo de energía para uso doméstico, por lo que los problemas que acarrearía la reforma propuesta se verían magnificados al tomar en cuenta los diferentes sectores consumidores, a saber, industria, servicios, agricultura, etcétera.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, los miembros de las Comisiones Unidas de Energía, y de Hacienda y Crédito Público que suscribimos, consideramos que no es de aprobarse la iniciativa de mérito y nos permitimos someter a consideración de esta Honorable Asamblea, para los efectos del artículo 72, inciso G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía y del Código Fiscal de la Federación, presentada por el diputado Faustino Félix Chávez del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de fecha 18 de octubre de 2012.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 6 de marzo de 2013.
La Comisión de Energía, diputados:Marco Antonio Bernal Gutiérrez (rúbrica), presidente; Juan Bueno Torio (rúbrica), Homero Ricardo Niño de Rivera Vela (rúbrica), Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, Luis Ricardo Aldana Prieto, Javier Treviño Cantú (rúbrica), Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ricardo Astudillo Suárez, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica), Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Érick Marte Rivera Villanueva, Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Ricardo Villarreal García, Verónica Sada Pérez (rúbrica), Irazema González Martínez Olivares (rúbrica), Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Noé Hernández González (rúbrica), Alfredo Anaya Gudiño (rúbrica), Blanca María Villaseñor Gudiño (rúbrica), Samuel Gurrión Matías (rúbrica), Abel Octavio Salgado Peña, Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Mario Alejandro Cuevas Mena (rúbrica), Javier Orihuela García (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica).
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), presidente; Humberto Alonso Morelli (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Ricardo Villarreal García (rúbrica), Sergio Torres Félix (rúbrica), Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), José Sergio Manzur Quiroga (rúbrica), Jorge Herrera Delgado (rúbrica), Salomón Juan Marcos Issa (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Lourdes Eulalia Quiñones Canales (rúbrica), María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño, Tomás Torres Mercado (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), Guillermo Sánchez Torres (rúbrica), Rosendo Serrano Toledo (rúbrica), secretarios; Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez (rúbrica), Ricardo Anaya Cortés Escárraga (rúbrica), Arturo de la Rosa Escalante (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís, Margarita Licea González (rúbrica), Glafiro Salinas Mendiola (rúbrica), Jorge Iván Villalobos Seáñez (rúbrica), Fernando Charleston Hernández (rúbrica), Jorge Mendoza Garza (rúbrica), Javier Treviño Cantú (rúbrica), José Ignacio Duarte Murillo, Nuvia Magdalena Mayorga Delgado (licencia), Fernando Jorge Castro Trenti (licencia), Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), Alberto Curi Naime (rúbrica), Jaime Chris López Alvarado (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González, Regina Vázquez Saut, Carol Antonio Altamirano, Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Mario Alejandro Cuevas Mena (rúbrica), Jhonatan Jardines Fraire, Karen Quiroga Anguiano (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Federico José González Luna Bueno (rúbrica), David Pérez Tejada Padilla (rúbrica).»
LEY DEL SEGURO SOCIAL
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo y adiciona un cuarto párrafo al artículo 201 y reforma el 205 de la Ley del Seguro Social
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados le fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social (se reforman los artículos 201 y 205), presentada por los diputados Ossiel Omar Niaves López y Abel Octavio Saldaña Peña, ambos del PRI.
Los diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Social realizaron los análisis respectivos al contenido de la iniciativa y expusieron sus observaciones para que integraran este dictamen.
En atención a ello y de conformidad con las atribuciones que les otorgan los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39, numeral 1, 40, numeral 1, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 y 84 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a su atinada consideración el siguiente dictamen.
Antecedentes
En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 20 de septiembre de 2012, los ciudadanos diputados Ossiel Omar Niaves López (PRI) y Abel Octavio Salgado Peña (PRI), presentaron iniciativa con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo y adiciona un cuarto párrafo al artículo 201 y reforma el artículo 205 de la Ley del Seguro Social.
En la misma sesión ordinaria, la Presidencia de la Mesa Directiva dicto como trámite Túrnese a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen, recibiéndose en la Comisión de Seguridad Social el miércoles 31 de octubre de 2012.
Contenido de la iniciativa
En su exposición de motivos, los promoventes hacen referencia a la jornada de trabajo, su duración y fijación de horarios de cada una de ellas, de conformidad con las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, señalando que al establecerse en la Ley del Seguro Social (artículo 201) que el servicio de guardería se proporcionará durante los turnos matutino y vespertino, teniendo derecho a este servicio las trabajadoras del turno nocturno, se hace una discriminación para las trabajadoras del turno nocturno, que no pueden gozar de la prestación del seguro de guardería durante su jornada de trabajo, lacerando los principios de igualdad y el interés superior del niño (sic).
Concluyen la exposición de motivos señalando que la cantidad de trabajadoras afiliadas al IMSS que tienen jornada laboral nocturna es mucho menor de las que trabajan en el horario diurno y que no todas las trabajadoras nocturnas se encuentran en desamparo, ya que una importante cantidad de estos cuentan con el apoyo del otro progenitor para hacerse cargo del cuidado de los hijos, proponiendo que la operación del servicio nocturno sea conforme a las necesidades del mismo.
Por último proporcionan el dato de que de conformidad con el Informe del Instituto Mexicano del Seguro Social al Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión 2011-2012 que hay 142 guarderías de prestación de servicios directos, con una gasto aproximado de 15 millones 690 mil pesos anuales.
Para resolver la problemática mencionada, la iniciativa propone las siguientes reforma y adición a los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social.
Ley del Seguro Social
Capítulo VIIDel seguro de guarderías y de las prestaciones sociales
Sección PrimeraDel Ramo de Guarderías
Artículo 201. ...
...
El servicio de guarderías se proporcionará en el turno matutino y vespertino, mixto y nocturno.
Para el turno mixto y nocturno, el Instituto proveerá los recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades del servicio.
Artículo 205. ...
El servicio de guarderías se proporcionará en el turno matutino y vespertino, mixto y nocturno.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal expedirá la medida reglamentaria correspondiente dentro de los 60 días posteriores a la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de septiembre de 2012.
Consideraciones de la comisión
El derecho al servicio de guarderías se incorpora en la Ley del Seguro Social en 1973, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo de 1973.
En la exposición de motivos de la iniciativa de Ley del Seguro Social de 1973, que incorpora como un ramo de seguro de dicha Ley el Seguro de Guardería, se expresa que el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo del 18 de agosto de 1931, estableció la obligación para los patrones de proporcionar el servicio de guardería, con la intención de que sus trabajadores laborasen fuera de sus domicilios sin menoscabo del cuidado y atenciones que debían procurar a sus hijos, señalando que esta disposición solo pudo ser cumplida en mínima parte debido al insuficiente desarrollo de las empresas del país y a la falta de reglamentación de la norma.
En el año de 1962, se reformó la Ley Federal del Trabajo para establecer que los servicios de guardería infantil debían de proporcionarse por el Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con sus leyes y disposiciones reglamentarias.
En la Ley del Seguro Social de 1973 se impuso al instituto la obligación de emprender de inmediato los estudios y trabajos necesarios para iniciar la prestación del servicio en ese mismo año, y la de establecer en un plazo máximo de cuatro años el total de guarderías que se requirieran.
Para mantener en esta nueva rama del seguro social la solidaridad, pilar básico de la seguridad social, se fijó una cuota de financiamiento, a cargo exclusivamente de los patrones, del 1 por ciento del salario base de cotización, tuvieren o no trabajadoras en su establecimiento.
Ahora bien, la comisión tomó en consideración para elaborar este dictamen el plan piloto que con ese mismo propósito puso en práctica el Instituto Mexicano del Seguro Social en los últimos años de la década de los ochentas del siglo pasado, en el centro en el Centro Médico Nacional Siglo XXI, plan piloto para atender a hijos de trabajadoras del turno nocturno, que tuvo que ser cancelado debido a la escasa demanda de niños para ser atendidos en la misma guardería que atiende a los hijos de las trabajadoras de los turnos matutino y vespertino.
Por otra parte, la realidad del seguro de guarderías es que la demanda de espacios en las que actualmente se presta este servicio, tanto en forma directa como en las subrogadas, está muy lejos de ser satisfecha. Tratando de abatir los costos, con cargo a disminuir la calidad de la prestación del servicio, se crearon las guarderías subrogadas, pero ni aún así es posible satisfacer la demanda, toda vez que no se ataca el fondo del problema, que no es otro que la insuficiencia del financiamiento, ya que la cuota del 1 por ciento del salario base de cotización no ha sido actualizada y no permite ampliar la cobertura, independientemente de que habría que revisar el mecanismo de subrogación empleado por el IMSS, para evitar el deterioro en la calidad del servicio, sobre todo en comparación con el que se presta en forma directa, y los problemas que han surgido por falta de supervisión de su funcionamiento, del que es trágico ejemplo la guardería ABC de Hermosillo, Sonora.
Conclusión y acuerdos
Con fundamento en las consideraciones que anteceden, la comisión que dictamina considera que no es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 201 y reforma el 205 de la Ley del Seguro Social, por lo que somete a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero: se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo y adiciona un cuarto párrafo al artículo 201 y reforma el artículo 205, ambos de la Ley del Seguro Social, presentada por los ciudadanos diputados Ossiel Omar Niaves López (PRI) y Abel Octavio Salgado Peña (PRI).
Segundo: Archívese este asunto como total y definitivamente concluido.
Dado en el salón de sesiones de la Comisión de Seguridad Social, a los 19 días del mes de febrero de 2013.
La Comisión de Seguridad Social, diputados: Javier Salinas Narváez (rúbrica), presidente; Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez, Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Frine Soraya Córdova Morán, Gloria Bautista Cuevas (rúbrica), María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), secretarios; Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, Rosalba Gualito Castañeda, Fernando Salgado Delgado, María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), María Elena Cano Ayala (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Araceli Torres Flores (rúbrica), Luisa María Alcalde Luján (rúbrica en abstención), Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Rosendo Serrano Toledo, Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Agustín Miguel Alonso Raya.»
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o., 19 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Honorable Asamblea:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 84, 85, 152, 157, numeral 1, fracción I, 167, numeral 4, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el presente dictamen, en sentido negativo, al tenor de los siguientes
Antecedentes
I. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en fecha 18 de septiembre de 2012, el diputado Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa que reforma los artículos 5o., 19 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
II. En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en uso de sus facultades y mediante el oficio número DGPL 62-II-1-0024, instruyó el turno de la iniciativa a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para su estudio y dictamen.
III. La presidencia de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con fecha 22 de noviembre de 2012, turnó a la Subcomisión de Atención a las Personas Adultas Mayores el expediente con número 137 para la elaboración de un predictamen, con fundamento en el artículo 152 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
IV. Con base en lo anterior, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura procedió a la elaboración del presente dictamen.
Contenido de la iniciativa
1. El diputado Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, propone reformar los artículos 5o., 19 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
2. Explica el proponente que, respecto de las personas adultas mayores, es necesario redirigir las políticas públicas para ampliar las oportunidades de empleo y mejorar sus condiciones económicas, para darles un trato digno y de respeto en su entorno.
3. Argumenta el proponente que se necesita hacer efectiva la ley para evitar la discriminación laboral por edad y proponer más oportunidades laborales e impulsar su mejor desarrollo.
4. Propone que la ley otorgue certeza en el derecho al trabajo para este sector de población, conforme al principio de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo, que les permita además de un ingreso propio, una vida digna, recuperar su autoestima y el respeto, sin discriminación ni distinción alguna.
5. También plantea que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no sólo impulse el desarrollo de programas de capacitación a este sector de población sino que impulse programas para apoyarlos con los recursos necesarios para que emprendan sus proyectos productivos y que garantice el impulso a convenios de colaboración para acciones de integración laboral que abran alternativas de vida productiva para superar dificultades y mejorar su autoestima.
6. Para el logro de esos propósitos, el diputado Omar Antonio Borboa Becerra propone reformar la fracción V del artículo 5o., la fracción III y adicionar la fracción VIII al artículo 19, y adicionar con una fracción XXXI al artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Consideraciones
1. La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables analizó y discutió el contenido de la iniciativa sujeta a dictamen y determinó que lo procedente es proponer al pleno de la Cámara de Diputados su desechamiento y el archivo del expediente como asunto resuelto y totalmente concluido.
2. En efecto, los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables estudiaron la iniciativa, la analizaron y tomaron en consideración que lo que ha planteado el diputado Omar Antonio Borboa Becerra en términos generales ya se encuentra previsto en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, sin que resulten necesarias y mucho menos pertinentes las reformas y adiciones que se proponen en la iniciativa.
3. En efecto, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, por lo que respecta a la fracción V del artículo 5o., prevé lo relativo a igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo, sin que sea necesario que ese dispositivo legal haga alusión a una vida digna, recuperación de autoestima y respeto, discriminación o distinción alguna, toda vez que estos valores y principios se encuentran regulados en la fracción I del artículo 5o., referida a la integridad, dignidad y preferencia. Por lo que hace a la distinción y discriminación, la fracción I del artículo 19 prevé a favor de los adultos mayores programas de empleo y trabajo remunerado sin más restricción que alguna limitación física o mental. Por lo que hace al propósito de impulsar programas que reciban apoyos para emprender proyectos productivos, esto también ya se encuentra previsto en la ley vigente, en las fracciones I y II del artículo 19; resulta además innecesario que el tema de proyectos productivos se inserte en la fracción III del artículo 19, que considera lo relativo a la capacitación para el trabajo a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. En cuanto a la propuesta de promover acciones de integración laboral que se pretende al adicionar una fracción VIII al artículo 19, esto resulta innecesario porque en términos llanos se refiere a la promoción del empleo y el trabajo remunerador a que se refiere la fracción I del artículo 19, que va más allá todavía al prever el fomento de la creación de organizaciones productivas de las personas adultas mayores para constituirlos en grupos productivos de diferente orden. Finalmente, por lo que se refiere a la adición de la fracción XXXI al artículo 28, resulta evidente que esta propuesta debe ser desechada porque el artículo 19, en las fracciones I a VII, ya prevé todo lo relativo a la atención de las personas adultas mayores en el tema laboral desde la orientación, la asistencia jurídica, la capacitación, la implantación de programas de promoción del empleo y el trabajo remunerador, el fomento de la creación de organizaciones productivas, la organización de una bolsa de trabajo e incluso el financiamiento para el autoempleo.
4. En este orden de ideas, la opinión general de los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables es emitir el presente dictamen en sentido negativo.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o., 19 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Segundo. Archívese el expediente como asunto resuelto y totalmente concluido.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2013.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados:Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro, Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica en contra), Josefina Salinas Pérez (rúbrica), secretarios; José Angelino Caamal Mena, Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica en contra), Raquel Jiménez Cerrillo, Verónica Beatriz Juárez Piña, Roberto López Rosado, Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena, María Rebeca Terán Guevara, Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica en contra).»
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Honorable Asamblea:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 84, 85, 152, 157, numeral 1, fracción I, 167, numeral 4, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el presente dictamen, en sentido negativo, al tenor de los siguientes
Antecedentes
I. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 18 de octubre de 2012, el diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
II. En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en uso de sus facultades, y mediante oficio número DGPL-62-II-6-0073 instruyó el turno de la iniciativa a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su estudio y dictamen.
III. La Presidencia de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con fecha 22 de noviembre de 2012, turnó a la Subcomisión de Atención a las Personas Adultas Mayores, el expediente con número 469 para la elaboración de un predictamen con fundamento en el artículo 152 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
IV. Con base en lo anterior, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de esta LXII Legislatura procedió a la elaboración del presente dictamen.
Contenido de la iniciativa
1. El diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, propone que se reformen y adicionen diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
2. Propone que se adicionen las fracciones XII, XIII y XIV del artículo 3, un inciso d) a la fracción VI del artículo 5, se adiciona la fracción XXI del artículo 10, se adicionan las fracciones IV y V del artículo 16 y se adiciona el Título Séptimo, Del Apoyo Directo para los Adultos Mayores de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
3. El diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela plantea que se entienda como apoyo directo Un apoyo económico con referencia al salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal o en la zona económica de que se trate que se entrega a las personas adultas mayores de setenta años o más con objeto de mejorar sus condiciones de vida.
4. Propone que se garantice el derecho de las personas adultas mayores, a sujetos de un apoyo directo en caso de tener 70 años o más y que la Secretaría de Desarrollo social diseñe, formule e instaure mecanismos para la operación, administración y ejecución de los recursos del apoyo directo. Que se promueva la celebración de acuerdos y convenios de colaboración con dependencias del Ejecutivo federal, entidades federativas, Distrito Federal, municipios, organizaciones civiles y privadas con el propósito de asegurar la equidad y eficacia en la instauración del apoyo directo. Pretende que el apoyo directo sea mensual y que se constituya por un monto equivalente a la cantidad correspondiente al cincuenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal o en la zona económica de que se trate, tomando en cuenta los criterios de focalización emitidos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
5. Propone la institucionalización de un padrón de beneficiarios, así como el establecimiento de criterios de elegibilidad, siendo el principal que se trate de una persona de setenta años de edad cumplidos o más al momento de solicitar la inscripción en el padrón de beneficiarios del apoyo directo, y que no esté pensionado, precisando los derechos y las obligaciones de los beneficiarios del apoyo directo.
6. En la iniciativa se prevé lo relativo a los recursos financieros y el gasto; la transparencia y evaluación y en sus transitorios se prevé la entrada en vigor, un plazo no mayor de 90 días para que el Ejecutivo federal realice las adecuaciones necesarias; en especial prevé dejar sin efecto el Programa de Atención a los Adultos Mayores de 70 Años y Más, a cargo del Ramo 20, Sedesol, proponiendo que los recursos sean destinados para la atención de los beneficiarios del apoyo directo; y que estos recursos se sujeten a la disponibilidad presupuestaria que sea aprobada por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de 2013.
Consideraciones
1. Esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables analizó y discutió el contenido de la iniciativa sujeta a dictamen y determinó que lo procedente es proponer al pleno de la Cámara de Diputados su desechamiento y el archivo del expediente como asunto resuelto y totalmente concluido.
2. En efecto, las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables estudiaron la iniciativa, la analizaron y tomaron en consideración que lo que ha planteado el diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, tiene como antecedente inmediato el Programa Federal de Pago de Pensión a las Personas Adultas Mayores de Setenta Años y Mas, puesto en práctica por el gobierno federal en el pasado sexenio.
3. Las diputadas y los diputados integrantes de la comisión tomaron en consideración que en la actualidad, el titular del Ejecutivo federal tuvo a bien llevar a la práctica un nuevo programa de pago de pensiones a las personas adultas mayores, pero a partir de los sesenta y cinco años de edad y esto ya se encuentra contemplado dentro de la política social del gobierno federal por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social y por tal motivo la iniciativa de ley que hoy se dictamina ha quedado sin materia, toda vez que de aprobarse y expedirse esta ley, se estaría legislando sobre una temática ya superada por medio de la ejecución de un nuevo programa social que va más allá de lo que la iniciativa pretende convertir en ley vigente.
4. En este orden de ideas, la opinión general de las diputadas y diputados de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables es el de emitir el presente dictamen en sentido negativo.
Por lo antes expuesto, los diputados de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura someten al pleno de la Cámara de Diputados el siguiente
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Segundo. Archívese el expediente como asunto resuelto y totalmente concluido.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2013.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados:Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo, María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro, Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica en contra), Josefina Salinas Pérez (rúbrica), secretarios; José Angelino Caamal Mena, Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica en contra), Raquel Jiménez Cerrillo, Verónica Beatriz Juárez Piña, Roberto López Rosado, Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena, María Rebeca Terán Guevara, Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica en contra).»
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Honorable Asamblea:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y; 80, 84, 85, 152, 157, numeral 1, fracción I, 167, numeral 4, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el presente dictamen en sentido negativo, al tenor de los siguientes
Antecedentes
I . En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 25 de octubre de 2012, el diputado Omar Antonio Borboa Becerra del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
II . En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en uso de sus facultades, y mediante oficio No. DGPL-62-II-4-0089, instruyó el turno de la Iniciativa a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su estudio y dictamen.
III . La Presidencia de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con fecha 22 de noviembre de 2012, turnó a la Subcomisión de Atención a las Personas Adultas Mayores, el expediente con número 551 para la elaboración de un pre-dictamen con fundamento en el Artículo 152 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
IV . Con base en lo anterior, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de esta LXII Legislatura, procedió a la elaboración del presente dictamen.
Contenido de la iniciativa
1 . El diputado Omar Antonio Borboa Becerra del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, propone reformar la fracción XI del artículo 3; el segundo párrafo del inciso c), fracción III del artículo 5, y, la fracción XX del artículo 10; y adicionar la fracción XII del artículo 3, un tercer párrafo al inciso c), fracción III del artículo 5, la fracción XXI al artículo 10; y, la fracción XXXI al artículo 28, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
2 . El diputado Omar Antonio Borboa Becerra propone adicionar una fracción XII al artículo 3°, para significar lo que habrá de entenderse por Estancias breves de día, para las personas adultas mayores y al efecto precisa que serán: Espacios donde se prestan servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral de las personas adultas mayores en un marco de ejercicio pleno de sus derechos.
3 . Propone reformar el segundo párrafo del inciso c) del artículo 5° para que se contemple como derecho en esa redacción, el apoyo subsidiario de: Estancias breves de día; y, adicionar un segundo párrafo para precisar los servicios que deberán prestarse en las estancias breves de día, en la forma siguiente: Los servicios que se presten en las Estancias breves de día para las personas adultas mayores, cubrirán el cuidado y la atención que no pueden proporcionarles sus principales cuidadores que trabajan, buscan trabajo o estudian, y cuyo ingreso de los integrantes del hogar no rebasa la línea de bienestar económico y no tienen acceso al servicio de cuidado de adultos mayores a través de instituciones públicas de seguridad social u otros medios.
4 . Se plantea en la iniciativa adicionar una fracción XXI al artículo 10 de la Ley, para incluir como objetivo de la política nacional sobre personas adultas mayores: Fomentar la creación de estancias breves de día para el cuidado y atención de las personas adultas mayores.
5 . También plantea el proponente, adicionar una fracción XXXI al artículo 28 de la Ley, para incluir una nueva atribución al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, que en su caso sería: Establecer estancias breves de día para las personas adultas mayores.
6 . El diputado Omar Antonio Borboa Becerra prevé en un segundo transitorio, que se definan y emitan los lineamientos y mecanismos para el establecimiento de las estancias breves de día, estableciendo como plazo el de 180 días para la emisión, a cargo del Instituto y de la Secretaría de Desarrollo Social. En un Tercer transitorio, propone que el costo de estas estancias y el servicio que las mismas presten, se solvente de manera progresiva y sujeta a la disponibilidad del presupuesto de egresos de la federación, aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal que corresponda.
Consideraciones
1 . Esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables analizó y discutió el contenido de la iniciativa sujeta a dictamen y determinó que lo procedente es proponer al Pleno de la Cámara de Diputados su desechamiento y el archivo del expediente como asunto resuelto y totalmente concluido.
2 . En efecto, las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables estudiaron la iniciativa, la analizaron y tomaron en consideración que lo que ha planteado el diputado Omar Antonio Borboa Becerra, tiene como antecedentes inmediatos la atención que algunos Gobiernos estatales en coordinación con Autoridades Municipales han creado y puesto al servicio de los adultos mayores, algunas estancias temporales a las que les han asignado denominaciones diversas, pero que en el fondo se ocupan de prestar servicios de salud, alimentación, estancia e incluso recreación, de manera temporal es decir; algunas horas del día, estableciendo diversos requisitos para tener derecho y acceso a los beneficios que se aportan. De manera enunciativa y no limitativa, se tomó en consideración la atención que se brinda en los estados de Puebla, Veracruz, Campeche, por citar tan sólo algunos ejemplos.
3 . Las diputadas y los diputados integrantes de la comisión, tomaron en consideración que el Presupuesto de Egresos de la Federación contempla diversas erogaciones para el ejercicio fiscal que ya se encuentran etiquetadas, presupuestadas y destinadas a diversos rubros de la política social, lo que para este año de 2013 deja fuera tanto el servicio como la creación de estancias que se propone.
4 . Para este dictamen se tomó en consideración que aún y cuando es cierto que se trata de una idea de servicio, que es loable e importante para las personas adultas mayores en situación de necesidad de un espacio para cuidado y recreación, de carácter temporal, también es cierto, que la iniciativa es omisa en precisar el costo y características de cada estancia, así como, de los requisitos que se deben reunir para ser beneficiario de ese servicio y también es omisa en cuanto al número de beneficiarios que tendría que atenderse, es decir, no aporta como se debiera, un estudio que permita conocer la dimensión del impacto presupuestal y el número de beneficiarios receptores del servicio.
5 . Adicionalmente se tomó en consideración que este tipo de estancias, con las diversas denominaciones que se les han dado, requieren de un estudio profundo que permita no sólo plasmar en la Ley la noble idea, sino también todo lo relacionado con su creación y funcionamiento; pero, sobre todo la intervención y participación que debe corresponder a los tres niveles de Gobierno en términos de la concurrencia prevista para la federación, las entidades federativas y los municipios en el marco de la política pública nacional para la atención de las personas adultas mayores y la corresponsabilidad de la familia y la sociedad en su conjunto, incluyendo la labor de los sectores privado y social al respecto.
6 . En este orden de ideas, la opinión general de las Diputadas y Diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables es el de emitir el presente dictamen en sentido negativo.
Por lo antes expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura, someten al Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Segundo. Archívese el expediente como asunto resuelto y totalmente concluido.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2013.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados: Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro, Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Josefina Salinas Pérez (rúbrica), secretarios; José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Roberto López Rosado, Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena, María Rebeca Terán Guevara, Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica en contra).»
LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de la LXII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa que reforma los artículos 3 y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada el 18 de octubre de 2012 por el diputado Adolfo Bonilla Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 80, 84, 85, 157, 176, 177, 190 y 191 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Desarrollo Rural somete a consideración de sus integrantes, el presente proyecto de dictamen el cual se realizo a partir del siguiente:
Método
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 176, numeral 1, fracción primera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Desarrollo Rural, facultada para el análisis y la elaboración del dictamen de la iniciativa antes citada, llevó a cabo el proceso descrito a continuación:
I. La sección denominada Antecedentes da cuenta de la operación efectuada por parte del proponente en la elaboración de la iniciativa, los trámites del proceso legislativo, la recepción y turno para el dictamen, así como las acciones realizadas por esta Comisión Dictaminadora.
II. La sección llamada Contenido de la Iniciativa destaca el planteamiento del problema, los motivos y alcances de la propuesta en estudio y se hace una breve referencia de los argumentos que se manejan.
III. La sección nombrada Consideraciones incluye el análisis y valoración de los argumentos que sustentan la propuesta.
IV. En la sección denominada Conclusiones se manifiestan los motivos que respaldan el sentido de su resolución.
V. Por último, se presenta el proyecto de acuerdo que resuelve el dictamen de la iniciativa que reforma los artículos 3o. y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Antecedentes
I. Con fecha 18 de octubre de 2012, el diputado Adolfo Bonilla Gómez del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con el derecho que le concede el artículo 71, fracción segunda, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó ante el Pleno de la citada Cámara de Diputados la iniciativa que reforma los artículos 3o. y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
II. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Rural, para dictamen y de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
III. Con fecha 11 de diciembre de 2012, la Comisión de Desarrollo Rural, con fundamento en el artículo 183, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados solicitó prórroga a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados con la finalidad de ampliar el plazo para la formulación del dictamen correspondiente a la Iniciativa que reforma los artículos 3o. y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
IV. Por acuerdo de la Mesa Directiva y en atención a la solicitud presentada por la Comisión de Desarrollo Rural, se autorizó prórroga para dictaminar la precitada Iniciativa, el 19 de diciembre de 2012.
V. Con fecha 5 de febrero de 2013, la Comisión de Desarrollo Rural recibió opinión que emitió la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la Iniciativa que reforma los artículos 3o. y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que fue aprobada en la cuarta reunión Ordinaria del Pleno de esa Comisión, celebrada con fecha 31 de enero de 2013, en la cual se informó que no tiene impacto presupuestario alguno.
VI. Con fecha 12 de febrero de 2013, la Comisión de Desarrollo Rural solicitó al Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria, emitiera sus comentarios y observaciones con el fin de disponer de todos aquellos elementos que enriquezcan el dictamen y den como resultado una resolución meritoria a la iniciativa.
VII. A efecto de reunir mayores elementos para dictaminar esta iniciativa, la Comisión de Desarrollo Rural formuló consulta a la Secretaría de Gobernación con fecha 21 de febrero de 2013.
VIII. Con fecha 26 de febrero de 2013, la Comisión de Desarrollo Rural recibió la opinión requerida a la Secretaría de Gobernación.
IX. El 1 de marzo de 2013, la Comisión de Desarrollo Rural en cumplimiento al artículo 177, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados convocó para el día 7 de marzo del 2013 al proponente de la Iniciativa, para que de considerarlo pertinente, ampliara a dicha Comisión Ordinaria la información en la que sustentaba su propuesta legislativa.
Contenido de la iniciativa
La iniciativa plantea la necesidad de esclarecer las funciones administrativas y operativas de la Comisión Nacional de Zonas Áridas (Conaza), para lo cual propone se incluyan de manera expresa las siglas de Conaza y su significado, además de incluir al Director General de Conaza como integrante del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
A razón de lo anterior, se plantea adicionar la fracción VIII al artículo 3o., con lo cual se recorre el orden de la fracción VIII actual a la IX y así sucesivamente hasta llegar a la XXXIV; y se reforma el párrafo primero de artículo 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:
Artículo 3o. ...
I. a VII. ...
VIII. Conaza. Comisión Nacional de las Zonas Áridas.
IX. a XXXIV. ...
Artículo 17. Se crea el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable como instancia consultiva del gobierno federal, con carácter incluyente y representativo de los intereses de los productores y agentes de la sociedad rural. Este consejo se integrará con los miembros de la comisión intersecretarial previstos en el artículo 21 de esta ley, así como el Director General de la Comisión Nacional de las Zonas Áridas, representantes, debidamente acreditados, de las organizaciones nacionales del sector social y privado rural; de las organizaciones nacionales agroindustriales, de comercialización y por rama de producción agropecuaria; y de los comités de los sistemas producto, instituciones de educación e investigación y organismos no gubernamentales, de acuerdo a los temas a tratar, en los términos de las leyes y las normas reglamentarias vigentes; será presidido por el titular de la secretaría y operará en los términos que disponga su reglamento interior.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión de Desarrollo Rural formulamos las siguientes:
Consideraciones
Primera. La iniciativa plantea que se han hecho evidentes fallas por parte de las dependencias gubernamentales debido a la falta de coordinación interinstitucional y de acciones de control y seguimiento, asimismo, señala que existe la duda de qué órgano oficial es el encargado de aplicar los recursos para el desarrollo de zonas áridas.
Segunda.Tal como se señala en la exposición de motivos de la iniciativa, la Comisión Nacional de las Zonas Áridas (Conaza), es un organismo público descentralizado del Gobierno Federal, sectorizado a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), con personalidad jurídica y patrimonio propios. La Comisión es una institución promotora del desarrollo económico de las zonas áridas del país, para el bienestar y mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes.
Tercera. De acuerdo al artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal, a fin de atender los negocios del orden administrativo de la Federación que estén a cargo de las Secretarías de Estado.
Cuarta. Con fundamento en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo, en coordinación con las dependencias competentes.
Quinta.Los organismos descentralizados forman parte de la administración pública paraestatal, y para la intervención del Ejecutivo Federal en la operación de las mismas, el Presidente de la República tiene la facultad de agruparlas por sectores definidos, considerando el objeto de cada una de dichas entidades en relación con la esfera de competencia que ésta y otras leyes atribuyen a las Secretarías de Estado, ello con fundamento en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículo 48.
Lo anterior tiene un enfoque de coordinación entre las entidades y el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Estado cuyas atribuciones tengan relación con las actividades a cargo de las citadas entidades.
Sexta. En el artículo 21, párrafo primero de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable se establece que la Comisión Intersecretarial estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias del Ejecutivo Federal: a) Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación cuyo titular la presidirá; b) Secretaría de Economía; c) Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; d) Secretaría de Hacienda y Crédito Público; e) Secretaría de Comunicaciones y Transportes; f) Secretaría de Salud; g) Secretaría de Desarrollo Social; h) Secretaría de la Reforma Agraria; i) Secretaría de Educación Pública; j) Secretaría de Energía; y las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo que se consideren necesarias, de acuerdo con los temas de que se trate.
Para el caso de la iniciativa analizada, lo antes aludido yace en el ACUERDO por el que el organismo descentralizado denominado Comisión Nacional de las Zonas Áridas queda agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado el 1° de octubre de 2004 en el Diario Oficial de la Federación.
Séptima.La Ley Federal de Entidades Paraestatales, reglamentaria del artículo 90 de la Carta Magna, regula la organización, funcionamiento y control de las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.
Dicha ley, señala que corresponde a los titulares de las Secretarías de Estado encargadas de la coordinación de los sectores, establecer políticas de desarrollo para las entidades del sector correspondiente, coordinar la programación y presupuestación de conformidad, y las entidades gozan de autonomía de gestión para el cabal cumplimiento de su objeto.
También, en la citada ley, en el Capítulo II, De los Organismos Descentralizados, se señala que el órgano de Gobierno deberá expedir el Estatuto Orgánico en el que se establezcan las bases de organización así como las facultades y funciones que correspondan a las distintas áreas que integren el organismo, mandatando el apego a lo dispuesto por la propia ley y su reglamento, lo tocante al ejercicio de sus presupuestos, concertación, cumplimiento de compromisos y registro de operaciones.
Octava.Por su parte, el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de Zonas Áridas, sujeto a la Ley Federal de Entidades Paraestatales, a su Reglamento y demás disposiciones aplicables, establece como autoridad máxima de la Conaza al H. Consejo Directivo, el cual será presidido por el Titular de la Coordinadora de Sector.
En el citado Estatuto, se establecen las facultades y obligaciones del Director General, al que corresponden las funciones administrativas y ejecutivas de la Conaza, disponiendo para el eficaz cumplimiento de sus funciones de áreas tales como: la Dirección de Planeación, Análisis y Evaluación; la Dirección de Operación y Seguimiento; la Dirección de Administración y Finanzas; el Órgano Interno de Control; entre otras.
Conclusión:
Única. Se hace notorio que con fundamento en el artículo 90 Constitucional, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de Entidades Paraestatales, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el acuerdo de sectorización y el Estatuto Orgánico correspondiente, la Comisión Nacional de las Zonas Áridas cuenta con el marco jurídico que sustenta la coordinación interinstitucional, las acciones de control y seguimiento entre ésta y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como las disposiciones a las que se sujeta el ejercicio presupuestal de dicha entidad paraestatal.
Por otra parte, el Reglamento Interior del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2008, establece en sus artículos 8 y 11 fracción XXIII, que las solicitudes para acreditar nuevos integrantes, deberán efectuarse de acuerdo con los lineamientos que para tal efecto acuerde el Pleno del Consejo Mexicano, por lo que en ese sentido la Conaza en su caso, puede solicitar su incorporación en los términos establecidos en los Lineamientos señalados, sin necesidad de que la Ley de Desarrollo Rural tenga que ser reformada.
En razón de lo antes expuesto, el propósito de la iniciativa analizada actualmente está previsto en la normatividad vigente, asimismo, el Director General de la Comisión Nacional de las Zonas Áridas al Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, se encuentra representado a través del titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, dado que la entidad paraestatal en cuestión es un organismo auxiliar que coadyuva al cumplimiento de los asuntos competencia de dicha Secretaría.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la LXII Legislatura, someten a la consideración del pleno de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de:
Acuerdo
Primero.Se desecha la iniciativa que reforma los artículos 3o. y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Adolfo Bonilla Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional publicada en la Gaceta Parlamentaria el 18 de octubre de 2012.
Segundo.Archívese como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1o. de marzo de 2013.
La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Víctor Serralde Martínez (rúbrica), presidente; Noé Barrueta Barón (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Francisco González Vargas (rúbrica), Salvador Ortiz García (rúbrica), Cesario Padilla Navarro, Diana Karina Velázquez Ramírez, Luis Miguel Ramírez Romero (rúbrica), Alfredo Zamora García (rúbrica), Armando Contreras Ceballos (rúbrica), Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez (rúbrica), secretarios; Verónica Carreón Cervantes (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Josefina García Hernández (rúbrica), María del Carmen García de la Cadena Romero (rúbrica), Lazara Nelly González Aguilar (rúbrica), Raúl Gómez Ramírez, Javier López Zavala (rúbrica), Víctor Manuel Manríquez González, Juan Luis Martínez Martínez, Andrés Eloy Martínez Rojas (rúbrica), Mario Rafael Méndez Martínez (rúbrica), Héctor Narcia Álvarez, César Reynaldo Navarro de Alba, José Luis Oliveros Usabiaga, José Noel Pérez de Alba (rúbrica), Leonor Romero Sevilla (rúbrica), Amílcar Augusto Villafuerte Trujillo, Carlos de Jesús Alejandro (rúbrica), María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez (rúbrica).»
LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IV al artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXII Legislatura fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 5 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada el 22 de agosto de 2012 por el diputado Jorge Kahwagi Macari del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 84, 85, 157, 176, 190 y 191 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Desarrollo Rural somete a la consideración de sus integrantes, el presente proyecto de dictamen el cual se realiza a partir del siguiente
Método
En apego a lo dispuesto en el artículo 176, numeral 1, fracción primera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Desarrollo Rural, facultada para el análisis y la elaboración del dictamen de la iniciativa antes citada, llevó a cabo el proceso descrito a continuación:
I. La sección denominada Antecedentes da cuenta de la operación efectuada por parte del proponente en la elaboración de la iniciativa, los trámites del proceso legislativo, la recepción y turno para el dictamen, además de las acciones realizadas por esta comisión Dictaminadora.
II. La sección llamada Contenido de la Iniciativa destaca el planteamiento del problema, los motivos y alcances de la propuesta en estudio y se hace una breve referencia de los argumentos que se manejan
III. La sección nombrada Consideraciones incluye el análisis y valoración de los argumentos que sustentan la propuesta.
IV. En la sección denominada Conclusiones se manifiestan los motivos que respaldan el sentido de su resolución.
V. Por último, se presenta el proyecto de acuerdo que resuelve el dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IV al artículo 5 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Antecedentes
I. Con fecha 22 de agosto de 2012, el diputado Jorge Kahwagi Macari del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con el derecho que le concede el artículo 71, fracción segunda, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IV al artículo 5 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
II. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados.
III. Con fecha 11 de diciembre de 2012, la Comisión de Desarrollo Rural, con fundamento en el artículo 183, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados solicitó prórroga a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados con la finalidad de ampliar el plazo para la formulación del dictamen correspondiente a la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IV al artículo 5 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
IV. Por acuerdo de la Mesa Directiva y en atención a la solicitud presentada por la Comisión de Desarrollo Rural, se autorizó prórroga para dictaminar la precitada Iniciativa, el 19 de diciembre de 2012.
V. Con fecha 8 de febrero de 2013 y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 18, párrafo tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del artículo 176, numeral 1, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, esta Comisión Dictaminadora solicitó al Centro de Estudios de Finanzas Públicas una valoración del impacto presupuestario de la Iniciativa materia del presente dictamen.
VI. Con fecha 12 de febrero de 2013, la Comisión de Desarrollo Rural solicitó al Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria, emitiera sus comentarios y observaciones con el fin de disponer de todos aquellos elementos que enriquezcan el dictamen y den como resultado una resolución meritoria a la iniciativa.
VII. Con fecha 21 de febrero de 2013, la Comisión de Desarrollo Rural formuló consulta a la Secretaría de Gobernación, a efecto de reunir mayores elementos para dictaminar esta iniciativa.
VIII. Con fecha 26 de febrero de 2013, la Comisión de Desarrollo Rural recibió la opinión requerida a la Secretaría de Gobernación.
Contenido de la Iniciativa
La iniciativa pretende especificar en la ley la restauración o el mejoramiento de la Tierra para producir recursos vitales renovables, reconociéndolo como uno de los principios internacionales para preservar el medio ambiente, con lo cual se busca además garantizar un derecho humano; asimismo plantea que el país ha actuado de manera responsable y cautelosa, creando diversos instrumentos normativos para que el Estado ponga un alto a procesos no sustentables que se dan en el país. Parte de ello, es el derecho a un ambiente adecuado consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El legislador sostiene que uno de los componentes básicos que relacionan directamente al ser humano con el medio ambiente son los recursos vitales renovables, no obstante, éste mismo evita su desarrollo pleno al alterar el terreno geográfico.
Por lo anterior, se plantea adicionar la fracción IV al artículo 5, recorriéndose el orden de las subsecuentes de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:
Artículo 5°. ...
I. a III. ...
IV. Asistir en la mejora o restauración de la capacidad de la tierra para producir recursos vitales renovables.
V. a VI. ...
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión de Desarrollo Rural formulamos las siguientes:
Consideraciones
Primera.Compartimos lo que refiere la presente iniciativa en el sentido de que el hombre tiene la responsabilidad de proteger y cuidar el medio ambiente en pro de garantizar el sano desarrollo de los niños y de las generaciones futuras, además de favorecer el desarrollo económico del país, asimismo concordamos con el diputado proponente respecto a la importancia de procurar un desarrollo sustentable y de garantizar el derecho humano a un ambiente adecuado, tal como lo señala nuestra Carta Magna.
Segunda.El análisis realizado a la iniciativa, da como resultado que la naturaleza de la misma se circunscribe a la preservación y protección al medio ambiente.
Al respecto, es importante señalar que la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la protección al ambiente.
Dicha legislación en su artículo 1° señala que dichas disposiciones son de orden público e interés social, teniendo por objeto propiciar el desarrollo sustentable, asimismo, las fracciones I y III establecen las bases para garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, así como para la preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente.
También, el artículo 1°, fracción V, cimienta El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas
Por otra parte, el artículo 3 fracción XXVI de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable define a los Recursos Naturales como todos aquellos bienes naturales renovables y no renovables susceptibles de aprovechamiento a través de los procesos productivos rurales y proveedores de servicios ambientales: tierras, bosques, recursos minerales, agua, comunidades vegetativas y animales y recursos genéticos.
Tercera.Respecto a los instrumentos normativos que el Estado ha creado, aludidos en la exposición de motivos de la iniciativa analizada, destaca el artículo 15, fracción VII, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en el que se mandata que para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales y demás instrumentos previstos en esta ley, en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, entre otros principios, el Ejecutivo Federal observará que el aprovechamiento de los recursos naturales renovables se realice de manera que se asegure el mantenimiento de su diversidad y renovabilidad.
Cuarta:Por su parte, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, ley reglamentaria de la fracción XX del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tocante al desarrollo rural integral y sustentable, en el Artículo 1°, párrafo segundo, establece que sus disposiciones están dirigidas a propiciar un medio ambiente adecuado en términos del párrafo 4o., artículo 4o.
Quinta:El artículo 5° de dicha Ley, mismo que se pretende adicionar, ya contempla en su fracción IV el mejoramiento de la tierra al ser éste un recurso natural, ya que señala como prioridad para el desarrollo del país fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento sustentable.
Sexta:En el Capítulo XVI, denominado de la Sustentabilidad de la Producción Rural, contenido en el Título Tercero, Del Fomento Agropecuario y de Desarrollo Rural Sustentable, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, se mandata la preservación, mejoramiento y uso sustentable del suelo como criterio rector de las actividades productivas, considerando además la aptitud de las tierras y las condiciones socioeconómicas de los productores, además, de promover esto en concurrencia con los niveles de gobierno.
Conclusión:
Única:En razón de lo anterior, esta Comisión de Desarrollo Rural considera innecesaria la adición de la fracción IV, al artículo 5 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que plantea el proponente de la iniciativa, en virtud de que el Marco Regulatorio previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como sus leyes reglamentarias en materia de medio ambiente y desarrollo rural sustentable, con un enfoque de concurrencia entre órdenes de gobierno, ya contemplan la preservación y la renovabilidad de los recursos naturales; lo cual generaría duplicidades en cuanto a las actividades que ya se vienen desempeñando.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de la LXII Legislatura, someten a la consideración del pleno de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de:
Acuerdo
Primero.Se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción IV al artículo 5 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el Diputado Jorge Kahwagi Macari del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, publicada en la Gaceta Parlamentaria el 22 de agosto de 2012.
Segundo. Archívese como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1o. de marzo de 2013.
La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Víctor Serralde Martínez (rúbrica), presidente; Noé Barrueta Barón (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Francisco González Vargas (rúbrica), Salvador Ortiz García (rúbrica), Cesario Padilla Navarro, Diana Karina Velázquez Ramírez, Luis Miguel Ramírez Romero (rúbrica), Alfredo Zamora García (rúbrica), Armando Contreras Ceballos (rúbrica), Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez (rúbrica), secretarios; Verónica Carreón Cervantes (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Josefina García Hernández (rúbrica), María del Carmen García de la Cadena Romero (rúbrica), Lazara Nelly González Aguilar (rúbrica), Raúl Gómez Ramírez, Javier López Zavala (rúbrica), Víctor Manuel Manríquez González, Juan Luis Martínez Martínez, Andrés Eloy Martínez Rojas (rúbrica), Mario Rafael Méndez Martínez (rúbrica), Héctor Narcia Álvarez, César Reynaldo Navarro de Alba, José Luis Oliveros Usabiaga, José Noel Pérez de Alba (rúbrica), Leonor Romero Sevilla (rúbrica), Amílcar Augusto Villafuerte Trujillo, Carlos de Jesús Alejandro (rúbrica), María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez (rúbrica).»
LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA - LEY DE LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Energía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, del Servicio Público de Energía Eléctrica, y de la Comisión Reguladora de Energía
Honorable Asamblea:
Las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Energía, correspondientes a la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos 80, 85 y 157, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes
I. Antecedentes
1. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados en fecha 18 de octubre de 2012, el diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga la fracción X del artículo 31, se reforma la fracción XXV y se recorre a la fracción XXVI del artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se reforman los artículos 30, 31 y 32 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y se reforma el artículo 5 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
2. El presidente de la Mesa Directiva acordó dictar el siguiente trámite: Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Energía.
II. Objeto y contenido de la iniciativa
La iniciativa que promueve el diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa plantea facultar a la Secretaría de Energía, por conducto de la Comisión Reguladora de Energía, para establecer y revisar los precios y las tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal; o bien, las bases para fijarlos con la participación de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Economía; informando a la Cámara de Diputados.
Asimismo, a fin de otorgar transparencia y participación ciudadana, se propone que la Cámara de Diputados participe con su opinión en establecer y revisar los precios y tarifas eléctricas ya señaladas, las cuales no serán aplicables mientras no sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en dos diarios de circulación nacional, contando con el visto bueno de la Cámara de Diputados, adicionalmente establece que este órgano legislativo intervenga en la designación de los miembros de la Comisión Reguladora de Energía.
Para ello propone derogar la fracción X del artículo 31 y adicionar una fracción XXVI al artículo 33, recorriéndose la actual fracción XXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública, así como reformar los artículos 30, 31 y 32 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y reformar el artículo 5 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
De la exposición de motivos que dan origen a la iniciativa en dictamen, destacan los siguientes señalamientos del diputado promovente:
- Que es una imposición las tarifas de alto consumo doméstico DAC.
- Que de acuerdo con un estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, en México la energía eléctrica llega a costar hasta 75 por ciento más que en Estados Unidos de América.
- Las tarifas eléctricas no son congruentes con el ingreso de la población. Esto atenta contra los principios de nacionalización de la industria eléctrica.
- Las altas tarifas eléctricas son determinadas de manera discrecional por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sin la participación de otras instancias ni de la sociedad civil, y sin tomar en cuenta criterios de justicia y equidad social.
- Que la Secretaría de Energía es la dependencia de la administración pública federal encargada de establecer y conducir la política energética del país y por lo tanto existe una invasión en facultades que debe ser subsanada y regresar la facultad de determinar las tarifas eléctricas a la Secretaría de Energía.
- Que ante la problemática derivada por los costos de las tarifas eléctricas, los grupos parlamentarios en ambas Cámaras del Congreso de la Unión han presentando diversos puntos de acuerdo y reformas legislativas con diversas propuestas, como derogar el acuerdo del 7 de febrero de 2002; reclasificar las tarifas en distintos estados del norte y sur de país; aplicar tarifas especiales a grupos vulnerables; considerar el factor humedad para determinar la temperatura aparente en las diversas localidades del país.
- Que el ahora presidente Enrique Peña Nieto firmó ante el notario público número 17, en fecha 25 de junio de 2012, el compromiso de construir un proyecto hidrológico que evite inundaciones y el impulso de una reforma energética para que haya tarifas de luz justas para los tabasqueños.
Con estos señalamientos, el diputado Gaudiano abunda en la problemática derivada de los costos de la prestación del servicio público de energía eléctrica, considera que los servicios públicos deben cumplir con su finalidad social, por lo que en todo momento se debe anteponer el interés de la comunidad a los fines del beneficio económico de personas, organismos o entidades públicas o privadas que los proporcionan.
A decir del diputado proponente, en México el servicio público de energía eléctrica ha perdido, en la práctica, el principio estratégico que le otorga el artículo 28 constitucional, la prestación de esta actividad técnica se ha realizado sin atender los imperativos de interés general o de beneficio social básico para el desarrollo nacional. Las altas tarifas eléctricas hacen inasequible un servicio que es fundamental.
Al respecto, el diputado señala que en diversas entidades del país se han organizado para resistir lo que consideran un costo abusivo del fluido eléctrico que consumen, sobre todo, en aquellas ciudades donde las elevadas temperaturas hacen de los sistemas de aire acondicionado y equipos de refrigeración una necesidad para soportar el intenso calor que se presenta durante casi todo el año, como ejemplo de ello, refiere el estado de Tabasco.
El diputado considera que esta problemática tiene su origen en la naturaleza de la dependencia de la administración pública federal que fija las tarifas por consumo del fluido eléctrico, toda vez que es una autoridad hacendaria por lo que se repite el error histórico que motivó el control y nacionalización de la industria eléctrica.
En virtud de lo anterior, la propuesta de la iniciativa se centra en que la Secretaría de Energía, por conducto de la Comisión Reguladora de Energía, sea la facultada para establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, además, como medida de seguridad ciudadana y para mantener la transparencia, se propone que la Cámara de Diputados participe con su opinión por conducto de la Comisión de Energía en establecer y revisar los precios y tarifas eléctricas ya señaladas.
A este respecto, el promovente destaca que la propuesta al mecanismo de participación de la Cámara de Diputados para que emita opiniones en las funciones de la administración pública con las secretarías de estado, no es nueva, toda vez que se encuentra plasmado en diferentes leyes como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria o la Ley General de Desarrollo Social o Ley General de Cambio Climático.
En virtud de lo anterior, el diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se deroga la fracción X del artículo 31, se reforma la fracción XXV y se recorre a la fracción XXVI del artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se reforman los artículos 30, 31 y 32 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, se reforma el artículo 5 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía
Primero. Se deroga la fracción X del artículo 31, se adiciona una fracción XXVI y se recorre la fracción XXV del artículo 33, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 31. ...
I. a IX. ...
X. (Derogado).
Artículo 33. ...
XXV. Establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, o bien, las bases para fijarlos por conducto de la Comisión Reguladora de Energía escuchando a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de Economía, y con la participación de las dependencias que correspondan; informando constantemente a la Cámara de Diputados quien emitirá su respectiva opinión y deberá acudir a las reuniones o mesas de trabajo que realicen las dependencias.
XXVI. Los demás que le encomienden expresamente las leyes y reglamentos.
Segundo. Se reforman los artículos 30, 31 y 32 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para quedar como sigue:
Artículo 30. La venta de energía eléctrica se regirá por las tarifas que apruebe la Secretaría de Energía.
Las condiciones de la prestación de los servicios que deban consignarse en los contratos de suministro y de los modelos de éstos, serán aprobadas por la Secretaría de Economía, oyendo a las Secretarías de Energía, y de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Cámara de Diputados, por conducto de la Comisión de Energía. Dichas formas de contrato se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, con copia a la Cámara de Diputados.
Artículo 31. La Secretaría de Energía, con la participación de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Economía, y opinión de la Cámara de Diputados, a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad, fijará las tarifas, su ajuste o reestructuración, de manera que tienda a cubrir las necesidades financieras y las de ampliación del servicio público, y el racional consumo de energía.
Asimismo, y a través del procedimiento señalado , la Secretaría de Energía, podrá fijar tarifas especiales en horas de demanda máxima, demanda mínima o una combinación de ambas, previa opinión de la Cámara de Diputados.
Artículo 32. ...
En ningún caso serán aplicables las tarifas, mientras no sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación, contando con el visto bueno de la Cámara de Diputados, y cuando menos en dos periódicos diarios de circulación nacional.
Tercero. Se reforma el artículo 5 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, para quedar como sigue:
Artículo 5. Los comisionados serán designados por el titular del Ejecutivo federal a propuesta del secretario de Energía y la Cámara de Diputados conjuntamente, y deberán cumplir los requisitos siguientes:
I. a III. ...
Transitorios
Primero. Se derogan todas las disposiciones que contravengan al presente decreto.
Segundo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Una vez expuestos los antecedentes, objeto y contenido de la iniciativa que promueve el diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, los integrantes de la Comisiones Unidas de Gobernación, y de Energía formulan el presente dictamen, conforme a las siguientes
III. Consideraciones
Primera. Con respecto a la propuesta de transferir la competencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de fijar las tarifas eléctricas, las comisiones dictaminadoras la estiman inviable. Lo anterior, en virtud de que al transferirse estas atribuciones a la Secretaría de Energía resultaría inoperante pues esta dependencia carece de las facultades y elementos necesarios para dar cumplimiento a esa tarea.
A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde proyectar y calcular los ingresos de la federación considerando las necesidades del gasto público federal y la fortaleza financiera de la administración pública federal, por lo que despojarla de sus facultades en el ámbito de los precios y tarifas del sector público, la privaría de una herramienta necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
Por lo anterior, se estima improcedente la derogación de la fracción X del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Segunda.En este orden de ideas, se considera que no es viable la propuesta de otorgar a la Comisión Reguladora de Energía la facultad de fijar las tarifas eléctricas en lugar de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya que no es congruente con el diseño institucional de la administración pública federal.
En México se han creado diversos órganos reguladores, primordialmente bajo la figura de órganos desconcentrados. Las funciones que realizan los órganos reguladores tienen por objeto orientar las conductas de los agentes económicos, así como conducir o dirigir cierta actividad y conseguir determinados objetivos. Por ello, la fijación de tarifas por estos órganos reguladores buscan primordialmente promover la competencia y, con ello, proteger a los usuarios de bienes o servicios prestados por particulares. Al mismo tiempo se busca que el Estado obtenga un beneficio económico de la explotación privada de tales bienes o servicios.
Lo anterior no es el caso de las tarifas de energía eléctrica, dado que se trata de una actividad realizada en exclusiva por el Estado a través de un monopolio constitucional, por lo que no hay conductas de agentes económicos a regular, y por ende, no existe una racionalidad jurídica para que un órgano con autonomía técnica y administrativa como la CRE establezca dichas tarifas.
Las tarifas eléctricas no son un instrumento recaudatorio del gobierno federal; están diseñadas para proteger el patrimonio de la CFE, por lo que buscan reflejar los costos de los insumos requeridos para la generación, transmisión y distribución de energía, así como la ampliación del servicio.
Tomando en cuenta que actualmente diversas tarifas no cubren estos costos, transferir las facultades a un organismo regulador, implicaría incrementos muy significativos en las tarifas eléctricas, particularmente de los sectores doméstico o residencial y agrícola, que en la actualidad son los más beneficiados con el actual esquema tarifario.
Como argumentos adicionales, se puede señalar que la CRE no tiene el control presupuestario de la CFE, como lo tiene por mandato de ley la SHCP, dependencia que busca equilibrar el balance público. Adicionalmente, la CRE únicamente observa el impacto de la regulación sobre los usuarios sin considerar sus efectos sobre las finanzas públicas, por lo que se considera improcedente dotar a dicho organismo de las facultades a que hemos hecho referencia.
Tercera.De conformidad con lo dispuesto por el artículo 49 constitucional, el poder público se divide para su ejercicio en tres: ejecutivo, legislativo y judicial. De aprobarse la reforma materia de análisis, permitiendo que la Cámara de Diputados opine en relación con las tarifas determinadas por el Poder Ejecutivo a través de una secretaría de Estado y estableciendo que para las mismas resulten obligatorias deberán contar con el visto bueno de dicha Cámara, estaríamos ante una invasión de competencias. La intervención del Poder Legislativo en la determinación de las tarifas de energía eléctrica significaría que la esfera de competencia del Poder Ejecutivo se viera vulnerada.
Las tarifas fijadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el suministro y venta de energía eléctrica son emitidas a través de acuerdos que son actos formal y materialmente administrativos. A través de estos actos, la administración pública federal determina los precios y tarifas del sector público, en ejercicio de las atribuciones que le corresponden conforme al marco jurídico y constitucional vigente. De lo anterior se desprende que la eventual aprobación de la propuesta que aquí se dictamina implicaría dar lugar a una invasión de competencias que violentaría el sistema de división de poderes consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Cuarta.Finalmente, respecto de establecer que los comisionados de la Comisión Reguladora de Energía se nombraran a propuesta del secretario de Energía y de la Cámara de Diputados, se considera que implantar tal acción se materializaría también en una invasión de competencias.
Lo anterior, en virtud de que la citada comisión es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía vinculado con la inspección y vigilancia respecto del sector energético, que si bien resulta de trascendencia nacional, también lo es que las facultades del Poder Legislativo no le permiten intervenir en el nombramiento de funcionarios del Poder Ejecutivo, sino en determinados casos justificados plenamente en el ámbito constitucional.
La iniciativa tampoco considera el proceso de la reciente reforma política. En este proceso se estimó realizar reformas al artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la que se prevé que los integrantes de los órganos reguladores, entre ellos la Comisión Reguladora de Energía, serán nombrados por el Ejecutivo federal y ratificados por el Senado de la República.
Por los razonamientos expuestos, los integrantes de las Comisiones de Gobernación, y de Energía someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes
IV. Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, presentada por el diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 18 de octubre de 2012.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2013.
La Comisión de Gobernación, diputados:Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), presidente; Esther Quintana Salinas (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica en abstención), Mónica García de la Fuente (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño, Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), Abel Octavio Salgado Peña (rúbrica), Adrián David Ruiz Gutiérrez (rúbrica), Jaime Chris López Alvarado (rúbrica), Juan Jesús Aquino Calvo, Consuelo Argüelles Loya, Luis Manuel Arias Pallares, José Ángel Ávila Pérez, Faustino Félix Chávez (rúbrica), Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Luis Antonio González Roldán (rúbrica), Francisco González Vargas (rúbrica), José Alejandro Montaño Guzmán (rúbrica), Julio César Moreno Rivera, Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Alfredo Rivadeneyra Hernández (rúbrica), Simón Valanci Buzali, José Arturo Salinas Garza (rúbrica), Víctor Hugo Velasco Orozco (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado.
La Comisión de Energía, diputados:Marco Antonio Bernal Gutiérrez (rúbrica), presidente; Juan Bueno Torio (rúbrica), Homero Ricardo Niño de Rivera Vela (rúbrica), Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Javier Treviño Cantú (rúbrica), Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ricardo Astudillo Suárez, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica), Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Érick Marte Rivera Villanueva, Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Ricardo Villarreal García, Verónica Sada Pérez (rúbrica), Irazema González Martínez Olivares (rúbrica), Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Noé Hernández González (rúbrica), Alfredo Anaya Gudiño (rúbrica), Blanca María Villaseñor Gudiño (rúbrica), Samuel Gurrión Matías (rúbrica), Abel Octavio Salgado Peña, Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Mario Alejandro Cuevas Mena (rúbrica), Javier Orihuela García (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica).»
VOLUMEN II
LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA - LEY DE LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Energía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, del Servicio Público de Energía Eléctrica, y de la Comisión Reguladora de Energía
Honorable Asamblea:
Las comisiones unidas de Gobernación y de Energía, correspondiente a la LXII Legislatura con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos 80, 85, 157, numeral 1, fracción I, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:
I. Antecedentes
1. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados en fecha 27 de noviembre de 2012, el diputado Simón Valanci Buzali, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó a nombre propio y de diversos legisladores la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga, diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
2. El presidente de la Mesa Directiva acordó dictar el siguiente trámite: Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Energía.
II. Objeto y contenido de la iniciativa
La iniciativa materia del presente dictamen plantea facultar a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para que sea la encargada de determinar las tarifas para el suministro y venta de energía eléctrica, considerando en su integración cuando menos los siguientes factores: nivel de consumo; temperatura; humedad; clase de servicio y; variaciones horarias y estacionales del costo de generación.
Para ello propone lo siguiente: reforma al artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; reforma los artículos 12, 30 y 31 adiciona los artículos 32 Bis, 32 Ter y 32 quáter de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; reforma el artículo 3o. y adiciona el artículo 3 Bis de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
En la exposición de motivos, el diputado Simón Valanci Buzali hace alusión del marco jurídico en materia de tarifas eléctricas, expresamente la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica donde se confieren las facultades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de fijar, ajustar y reestructurar las tarifas de energía eléctrica, de manera que tienda a cubrir las necesidades financieras y las de ampliación del servicio público, así como el consumo racional de energía.
Asimismo, describe la actual estructura tarifaria para uso doméstico y su clasificación con base a la temperatura media anual, que es utilizada como parámetro diferencial de la región donde se encuentren los usuarios. Destaca que la clasificación da lugar a diferentes rangos de consumo y diferentes precios con los que las tarifas ?en palabras del diputado?intentan sin lograrlo, favorecer a las clases populares.
En relación con lo anterior, el diputado reseña que antes del año 1986 se reconocía la necesidad de contar con una tarifa para ser aplicada durante seis meses en las regiones con climas calurosos. La estructura tarifaria evolucionó hasta adoptar en su determinación el criterio de temperatura media anual, parámetro que a la fecha no ha sido modificado, no así las condiciones climáticas globales.
Al respecto refiere la metodología que emplea la Comisión Nacional del Agua para determinar el parámetro de la temperatura media anual, el cual resulta en promedio la temperatura que se registra alrededor de las 8 horas y no refleja el grado de confort del ser humano durante las horas en que se incrementa la temperatura, hasta llegar a su valor máximo por lo que resulta ser el motivo de la inconformidad de la población, toda vez que requiere del uso de enseres electrodomésticos para mejorar las condiciones ambientales con el consecuente aumento del consumo energía eléctrica durante los meses cálidos y en consecuencia el gasto económico.
En lo que concierne al confort humano, destaca el concepto de sensación térmica, parámetro que describe la sensación aparente que las personas tienen en función del ambiente, agrega que diferentes dependencias oficiales reconocen la existencia de otros índices relacionados con la sensación de comodidad del hombre ante condiciones determinadas de temperatura y humedad, ejemplo de ello se observa en las normas del Instituto Mexicano del Seguro Social. Considera que en ningún instrumento legal contempla la necesidad de un mayor consumo de energía eléctrica por razón de salud pública, de acuerdo a las condiciones climáticas más extremas en distintas regiones del país.
Por último coincide en que la política tarifaria debe guardar congruencia entre el precio y el costo de suministro, contribuir a generar los recursos para los proyectos de inversión al menor costo posible que permitan responder a las necesidades de crecimiento de la empresa, sin embargo esta política de precios no se puede sustraer a las acciones que en política social y económica el Gobierno Federal tiene la obligación de implantar; además de transparentar al máximo posible los parámetros de medición y cálculo tarifario, tratando de que existan métodos de comprobación, ajuste, queja y revaloración en la ley.
En este sentido, señala que la reforma propuesta permitirá la estructuración de un nuevo esquema social en la relación del Gobierno Federal con los ciudadanos, dada la lucha añeja por combatir el alto costo de las tarifas eléctricas y los recursos de queja y revisión a los que los ciudadanos tienen derecho. Por ello, propone que la Comisión Reguladora de Energía con la intervención del suministrador del servicio público, sea la encargada en determinar las tarifas eléctricas. Ello en virtud de la necesidad de que sean fijadas con criterios administrativo productivos y no meramente recaudatorios y sobre todo que el nivel de especiali-zación de la CRE permite que el cálculo de las tarifas mencionadas sea encargado a este órgano.
En virtud de lo anterior el diputado Simón Valanci Buzali somete a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que crea, reforma, modifica, adiciona y deroga, diversas disposiciones y ordenamientos relacionados con el sector energético
Artículo Primero. Se reforma la fracción X, del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para quedar como sigue:
Artículo 31. ...
I. a IX. ...
X. Establecer y revisar los precios de las tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía y con la participación de las dependencias que correspondan; en tratándose de tarifas correspondientes al servicio de energía eléctrica, deberá estarse a lo dispuesto en la ley de la materia;
XI. a XV. ...
Artículo Segundo. Se deroga la fracción VII, del artículo 12; se reforma el primer párrafo del artículo 30; se reforma el primer párrafo, se adiciona un segundo párrafo, y el segundo párrafo pasa a ser tercero del artículo 31; y se adicionan los artículos 32 Bis, 32 Ter y 32 quáter, todos de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica para quedar como sigue:
Artículo 12. ...
I. a V. ...
VII. Se deroga.
VIII. a XII. ...
Artículo 30. La venta de energía eléctrica se regirá por las tarifas que apruebe la Comisión Reguladora de Energía.
...
Artículo 31. La Comisión Reguladora de Energía, con la participación de las Secretarías de Energía y de Economía y de la Comisión Federal de Electricidad, fijará las tarifas, su ajuste o reestructuración, de manera que, tienda a cubrir las necesidades financieras y las de ampliación del servicio público que no sean satisfechas con los recursos asignados para tal efecto a la Comisión Federal de Electricidad en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Para ello tomará en cuenta la zona geográfica de que se trate, la humedad relativa, las condiciones climatológicas, así como la situación salarial, condiciones económicas y sociales, y estimulará el consumo racional y ahorro de energía.
Asimismo, y a través del procedimiento señalado la Comisión Reguladora de Energía podrá fijar tarifas especiales en horas de demanda máxima, demanda mínima o en combinación de ambas.
Artículo 32. ...
Artículo 32 Bis. A efecto de lo dispuesto en el artículo 31, la Comisión Reguladora de Energía, fijará las tarifas para la venta de energía eléctrica de uso doméstico, conforme a la siguiente estructura:
Servicio Doméstico
Se aplicará a todos los servicios que destinen energía para uso exclusivamente doméstico, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda.
Para reflejar las diferentes necesidades de consumo en localidades con promedios de temperatura aparente o índice de calor de veinticinco grados centígrados (25º C) o mayores, se establecerá la temporada de verano, durante el periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año. Dichas localidades recibirán un tratamiento preferencial, tomando en cuenta los reportes elaborados por la Comisión Nacional del Agua y detallados para cada tarifa, es decir, la 1A, 1B, 1C, 1D, 1E, y 1F. Para el caso de aquellas regiones consideradas como de clima cálido extremo y húmedo, este periodo podrá extenderse hasta por dos meses más.
En la temporada de verano la clasificación se basará en los factores de temperatura y humedad, que determinan el índice de calor o temperatura aparente. Esta misma clasificación, pero con diferente correlación, servirá para designar la temporada fuera de verano para cada tarifa.
Se considerará que durante la temporada de verano una localidad alcanzó el límite promedio indicado de índice de calor, cuando en ésta se haya registrado ese límite durante dos, de los últimos tres años. Se considera que en un año se alcanzó el límite promedio de índice de calor, cuando se hubiere registrado ese límite en dos meses consecutivos de temperatura aparente más elevada, según los reportes elaborados por la Comisión Nacional del Agua.
La estructura tarifaria, con criterios de justicia y equidad orientados a favorecer el ahorro y uso racional de energía, permite a todos los usuarios pagar su consumo eléctrico de acuerdo con una escala de precios que, en cada una de las tarifas, inicia con el rango de consumo básico, para seguirle con los rangos de consumo Intermedio 1, Intermedio 2 y Excedente.
Tarifa 1 Servicio Doméstico
Rangos de consumo aplicados mensualmente:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 75 (setenta y cinco) kilowatts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 65 (sesenta y cinco) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 60 (sesenta) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Tarifa 1 A
Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 25, 26 y 27 grados centígrados.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 100 (cien) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 50 (cincuenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 100 (cien) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada fuera de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 75 (setenta y cinco) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 75 (setenta y cinco) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 50 (cincuenta) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Tarifa 1 B
Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 28 grados centígrados.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 125 (ciento veinticinco) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 100 (cien) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 75 (setenta y cinco) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada fuera de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 100 (cien) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 80 (ochenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 60 (sesenta) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Tarifa 1 C
Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 29 grados centígrados.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 150 (ciento cincuenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 150 (ciento cincuenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 450 (cuatrocientos cincuenta) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada fuera de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 120 (ciento veinte) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 120 (ciento veinte) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 260 (doscientos sesenta) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Tarifa 1 D
Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 30 grados centígrados.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 175 (ciento setenta y cinco) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 225 (doscientos veinticinco) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 600 (seiscientos) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada fuera de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 140 (ciento cuarenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 180 (ciento ochenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 380 (trescientos ochenta) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Tarifa 1 E
Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 31 grados centígrados.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 300 (trescientos) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 450 (cuatrocientos cincuenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 750 (setecientos cincuenta) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada fuera de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 240 (doscientos cuarenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 360 (trescientos sesenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 400 (cuatrocientos) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Tarifa 1 F
Servicio doméstico para localidades con índice de calor en verano equivalente a temperatura media mínima de 32 grados centígrados o más.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 750 (setecientos cincuenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 500 (quinientos) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 1250 (mil doscientos cincuenta) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Rangos de consumo aplicables mensualmente en temporada fuera de verano:
Consumo Básico. Para cada uno de los primeros 240 (doscientos cuarenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 1. Para cada uno de los siguientes 360 (trescientos sesenta) kilo watts-hora.
Consumo Intermedio 2. Para cada uno de los siguientes 900 (novecientos) kilo watts-hora.
Consumo Excedente. Para cada kilo watts-hora adicional a los anteriores.
Artículo 32 Ter. En caso de inconformidad con las resoluciones de la Comisión Reguladora de Energía, en lo correspondiente a las tarifas de consumo doméstico fijadas con fundamento en esta ley, el interesado podrá solicitar, por él mismo o representante legal, ante la propia Comisión Reguladora de Energía, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a su notificación, la reconsideración de dicha resolución.
En este recurso podrán ofrecerse toda clase de pruebas y al interponerse deberán acompañarse los documentos en que se sustente las pruebas inherentes a la inconformidad contra la resolución recurrida y acreditarse la personalidad de quien promueva.
Para el desahogo de las pruebas ofrecidas se concederá al recurrente un plazo no mayor de 30 días hábiles ante la Comisión Reguladora de Energía, quedando a cargo del recurrente la presentación de testigos, dictámenes y documentos. De no presentarlos dentro del término concedido, la prueba correspondiente no se tendrá en cuenta al emitir la resolución respectiva. En lo no previsto en este párrafo, será aplicable supletoriamente, en relación con el ofrecimiento, recepción y desahogo de pruebas, el Código Federal de Procedimientos Civiles.
Los recursos serán resueltos por los funcionarios que corresponda, de conformidad con lo previsto en el reglamento interior de la respectiva dependencia; o en los acuerdos delegatorios de facultades.
Las resoluciones no recurridas dentro del término de 15 días hábiles, las que se dicten durante el trámite del recurso o al resolver éste, así como aquéllas que lo tengan por no interpuesto, tendrán administrativamente el carácter de definitivas.
La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución recurrida por cuanto a la aplicación de la nueva tarifa o clasificación zonal hasta por un término de 180 días, tiempo durante el cual la Comisión Reguladora de Energía resolverá el recurso de manera definitiva. De continuar la inconformidad el recurso será apelable por el recurrente en los términos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y surtirá efectos hasta que el oficio o a petición del propio recurrente se resuelva en definitiva sobre dicha suspensión.
Artículo 32 Quáter. Los usuarios del servicio público de energía eléctrica gozarán de los siguientes derechos:
I. Que las lecturas de los medidores por el uso de energía eléctrica se efectúen cada bimestre, caducando el cobro de energía eléctrica después de transcurridos cuatro meses sin que se haya realizado la lectura respectiva ni entregado el recibo correspondiente;
II. Que no se apliquen estimados para el cobro de energía eléctrica, siempre y cuando cuenten con el medidor respectivo;
III. Elegir el tipo de medidor de consumo de energía eléctrica:
a) Con sistema automatizado de radiofrecuencia para lectura electrónica.
b) Con sistema tradicional para lectura personal;
IV. Optar por consumir energía eléctrica mediante prepago;
V. Acudir ante la Procuraduría Federal del Consumidor para ser asesorado y lograr la conciliación con la Comisión Federal de Electricidad por inconformidad en la lectura o el cobro del consumo de energía eléctrica. En caso de no lograr la conciliación, ser patrocinado jurídicamente, en forma gratuita, ante los tribunales jurisdiccionales competentes, actuando dicha procuraduría como abogado procurador del usuario para ejercitar las acciones u oponer excepciones conducentes en contra de la Comisión Federal de Electricidad, en los términos previstos en las fracciones II y III del artículo 24 de su ley; y
VI. Recibir normalmente el suministro de energía eléctrica mientras se tramitan sus inconformidades por el cobro del consumo de la misma, conforme a lo establecido en la fracción anterior.
Artículo Tercero. Se reforma el artículo 3o. y se adiciona el artículo 3 Bis de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía para quedar como sigue:
Artículo 3. ...
I. Determinar, establecer, ajustar, modificar y reestructurar las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica escuchando la opinión de la Comisión Federal de Electricidad.
II. a XXII. ...
Artículo 3 Bis. A efecto del cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 3o. de esta ley, las tarifas deberán cubrir las necesidades financieras de operación y las de ampliación del servicio público, y propiciar el consumo racional de energía, para lo cual deberán mantenerse en los niveles más bajos que sea posible dentro de la norma oficial mexicana correspondiente para lo cual deberán considerar:
I. En el caso de las tarifas para suministro y venta, el costo total del suministro, abarcando todas las etapas del proceso, incluyendo tanto la energía generada por el propio suministrador como la que adquiera de terceros;
II. Los requerimientos de inversión para la expansión o recuperación de instalaciones, así como las necesidades de mantenimiento.
III. Las tarifas eléctricas deberán ser justas y asequibles a la población mexicana. Las tarifas domésticas se podrán incrementar sin exceder el porcentaje de incremento al salario mínimo de la zona geográfica de que se trate.
IV. Las tarifas reconocerán las variaciones de los costos económicos a través del tiempo, sus diferencias regionales y las derivadas de las condiciones de operación del sistema durante periodos de distintos niveles de demanda, que resulten relevantes.
V. Los ajustes de las tarifas podrán incorporar mecanismos que incentiven mejoras en la productividad y eficiencia de los procesos.
VI. Se fijarán tarifas especiales de bajo costo para aquellas entidades en que se genere energía hidroeléctrica o que sufran las consecuencias y afectaciones por su generación.
VII. La Comisión Reguladora de Energía deberá publicar anualmente en el Diario Oficial de la Federación los criterios para el cálculo de las tarifas, especificando, de ser el caso, su carácter progresivo. En dichos criterios deberá procurarse, en la medida de lo posible, la inclusión de incentivos para el ahorro energético.
Transitorios
Primero.El índice de calor es el parámetro que representa la temperatura que percibe el cuerpo humano bajo una determinada combinación de temperatura y humedad relativa. El índice de calor, que resulta de incorporar el factor de humedad a la temperatura en la temporada de verano, será el criterio utilizado para la nueva clasificación de las localidades.
La Comisión Reguladora de Energía establecerá la estructuración y mapeo geográfico con delimitaciones naturales y regionales, cuyas variaciones limítrofes sean reconocidas de una manera natural, comprobable y perceptible por el humano, para fijar los diferentes rangos y parámetros a ser usados para la determinación inicial de las tarifas eléctricas del servicio doméstico usando el factor índice de calor , en un término no mayor a noventa días a la publicación de este decreto.
Para ello, se deberán tomar en cuenta los índices de calor desarrollados por R. G. Steadman en 1979, cuyos indicadores son utilizados desde 1984 por el Servicio Nacional del Tiempo en los Estados Unidos de América, para evaluar el impacto que tiene la combinación de la temperatura y la humedad ambientales sobre el confort, la salud y las actividades humanas.
Una vez entrado en vigor el presente decreto, la Secretaría de Energía deberá de revisar y expedir la norma oficial mexicana, de conformidad con los artículos 29; 30, fracción VI y X; 38, fracciones I y II; 39, fracción V; 40, fracciones III, IV, VIII, y XI; 43 a 48 de la Ley Federal de Metrología y Normalización vigente.
Segundo. En tanto se cumplen los supuestos del artículo transitorio primero y para atender el reclamo de las localidades y municipios en los que es mayor la urgencia de su reclasificación, la Comisión Federal de Electricidad utilizará provisionalmente los siguientes criterios:
Tarifa 1. Localidades con una temperatura media mínima hasta con 24º C.
Tarifa l A. Localidades con una temperatura media mínima de 25º C, 26º C y 27°C.
Tarifa 1B. Localidades con una temperatura media mínima de 28º C, así como localidades con una temperatura media mínima de 27º C y 60 por ciento o más de humedad promedio.
Tarifa 1C. Localidades con una temperatura media mínima de 29º C así como localidades con una temperatura media mínima de 28º C y 40 por ciento o más de humedad promedio.
Tarifa 1D. Localidades con una temperatura media mínima de 30º C así como localidades con una temperatura media mínima de 29º C y 35 por ciento o más de humedad promedio.
Tarifa 1E. Localidades con una temperatura media mínima de 31º C así como con una temperatura media mínima de 30º C y 35 por ciento o más de humedad promedio.
Tarifa 1F . Localidades con una temperatura media mínima de 32º C o más, así como con una temperatura media mínima de 31º C y 30 por ciento o más de humedad promedio.
Segundo Bis. A efectos del cumplimiento del artículo 32 Ter de esta ley y sólo a partir de la publicación en el diario oficial se contará con 180 días naturales para interponer los recursos de inconformidad inherentes a éste.
Tercero. La Comisión Nacional del Agua, adecuará sus sistemas de medición para poder calcular el índice de calor con el registro de la temperatura y de la humedad y determinar sus promedios diarios. Dicha información deberá publicarse diariamente en la página de Internet de la Comisión Nacional del Agua.
Las inconformidades de las localidades respecto de la medición y/o la ubicación de las estaciones de medición de la Comisión Nacional del Agua, serán atendidas por la Comisión Federal de Electricidad, quien podrá, en su caso, valorar la información de otras fuentes confiables para resolver, tales como universidades, institutos tecnológicos, colegios u organismos nacionales o internacionales especializados en la materia. Asimismo, la Comisión Federal de Electricidad podrá concertar la instalación de nuevas estaciones de medición que satisfagan la necesidad de una medición objetiva y confiable y se resuelvan de una manera clara, rápida y eficiente, los recursos de queja, revisión o inconformidad que las comunidades presenten.
Cuarto. Cuando el usuario del servicio doméstico solicite la facturación mensual de sus consumos, en lugar de la facturación bimestral, la Comisión Federal de Electricidad deberá acceder sin que esto implique cargo alguno para el usuario.
Quinto. A los jubilados, pensionados y personas de la tercera edad a partir de los sesenta y cinco años se les otorgará un descuento de 20 (veinte) por ciento sobre el consumo facturado en su servicio doméstico, en los rangos básico e intermedio Tarifa 1de Consumo Doméstico.
Sexto. Con el objeto de incrementar la participación de energías renovables en la producción eléctrica, el Ejecutivo federal establecerá programas opcionales para los usuarios que deseen incorporarse al uso y/o producción-generación de este tipo de fuentes.
Séptimo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Octavo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Una vez expuestos los antecedentes, objeto y contenido de la iniciativa que suscribe a nombre propio y de diversos legisladores el diputado Simón Valanci Buzali, los integrantes de la Comisiones Unidas de Gobernación y de Energía formulan el presente dictamen bajo las siguientes:
III. Consideraciones
Primera. Estas Comisiones consideran pertinente señalar que conformidad con las distintas leyes sectoriales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene como facultad el proyectar y calcular los ingresos de la Federación considerando las necesidades del gasto público federal y la fortaleza financiera de la Administración Pública Federal, para esto, es necesario tener el control de diversos sectores para efectos de determinar fehacientemente el nivel de ingresos requeridos para poder subsanar los requerimientos de gasto.
Por ello, despojarla de sus facultades en el ámbito de los precios y tarifas del sector eléctrico, la privaría de una herramienta necesaria para sus funciones y podría poner en riesgo el balance presupuestario de la federación.
Segunda. Asimismo, estas comisiones dictaminadoras consideran que la eventual aprobación de la propuesta de reforma materia del presente dictamen, daría lugar a una invasión de competencias, toda vez que el legislador, a través de la introducción de una estructura tarifaria en la que se contemplan rangos de consumo mediante la adición de un artículo 32 Bis a la Ley del Servicio Público de Energía, tendría injerencia en el establecimiento de las tarifas, lo cual violentaría el sistema de división de poderes consagrado en el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Adicionalmente, de aprobarse el establecimiento de una estructura tarifaria a través de la adición del artículo 32 Bis citado, se pondría en riesgo el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 31 de ese mismo cuerpo normativo en el que se dispone que al establecer las tarifas correspondientes, se buscará que las mismas tiendan a cubrir las necesidades financieras y las de ampliación del servicio público, y el racional consumo de energía.
Por otra parte, la estructura tarifa propuesta es parcial, ya que no considera una evaluación del impacto de su aplicación y no se incluye los cargos que se aplicarían en los rangos de consumo propuestos.
A este respecto, es importante señalar que el 29 de junio del 2012, el Gobierno Federal modificó la estructura tarifaria del sector doméstico reduciendo significativamente la variabilidad en la facturación de los usuarios con consumos medios, dando estabilidad en su factura de un periodo a otro.
Tercera. Las que dictaminan opinan que la propuesta de otorgar a la Comisión Reguladora de Energía la facultad de fijar las tarifas eléctricas en lugar de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no es congruente con el diseño institucional de la Administración Pública Federal.
En México se han creado diversos órganos reguladores, primordialmente bajo la figura de órganos desconcentrados. Las funciones que realizan los órganos reguladores tienen por objeto orientar las conductas de los agentes económicos, así como conducir o dirigir cierta actividad y conseguir determinados objetivos. La fijación de tarifas por estos órganos reguladores buscan primordialmente promover la competencia y, con ello, proteger a los usuarios de bienes o servicios prestados por particulares. Adicionalmente, se busca que el Estado obtenga un beneficio económico de la explotación privada de tales bienes o servicios.
Lo anterior no es el caso de las tarifas de energía eléctrica dado que se trata de una actividad realizada en exclusiva por el Estado, a través de un monopolio constitucional, por lo que no hay conductas de agentes económicos a regular, y por ende, no existe una racionalidad jurídica para que un órgano con autonomía técnica y administrativa como la CRE establezca dichas tarifas.
De igual modo, las tarifas eléctricas no son un instrumento de recaudación del gobierno federal; sino que están diseñadas para proteger el patrimonio de la CFE, ya que se fijación busca reflejar los precios de los insumos requeridos para la generación, transmisión y distribución de energía.
Cuarta. El transferir la facultad de determinar las tarifas eléctricas a un organismo técnico independiente requiere que previamente se eliminen los subsidios y se corrijan las distorsiones de precios relativos entre los diferentes sectores de usuarios. Para ello las tarifas deben reflejar los costos de suministro de la energía eléctrica en cada una de sus etapas (generación, transmisión y distribución).
Es decir, la simple transferencia de la atribución de fijar las tarifas eléctricas, para el caso de aquellas en las que existe una marcada diferencia entre el costo del suministro y el importe pagado por el usuario, implicaría incrementos significativos. Los sectores más afectados serían los sectores doméstico y agrícola, ya que en la actualidad éstos son los más beneficiados por el subsidio.
Por los razonamientos expuestos los integrantes de las comisiones de Gobernación y de Energía someten a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:
IV. Acuerdo
Primero. Se desecha la Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, presentada por el Dip. Simón Valanci Buzali, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 27 de noviembre de 2012.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2013.
La Comisión de Gobernación, diputados: Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), presidente; Esther Quintana Salinas (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez, Mónica García de la Fuente (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño, Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), Abel Octavio Salgado Peña (rúbrica), Adán David Ruiz Gutiérrez (rúbrica), Jaime Chris López Alvarado (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo, Consuelo Argüelles Loya, Luis Manuel Arias Pallares, José Ángel Ávila Pérez, Faustino Félix Chávez (rúbrica), Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), Rodrigo González Barrios, Luis Antonio González Roldán (rúbrica), Francisco González Vargas (rúbrica), José Alejandro Montano Guzmán (rúbrica), Julio César Moreno Rivera, Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Alfredo Rivadeneyra Hernández (rúbrica), Simón Valanci Buzali, José Arturo Salinas Garza (rúbrica), Víctor Hugo Velasco Orozco (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado.
La Comisión de Energía, diputados:Marco Antonio Bernal Gutiérrez (rúbrica), presidente; Juan Bueno Torio (rúbrica), Homero Ricardo Niño de Rivera Vela (rúbrica), Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Javier Treviño Cantú (rúbrica), Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ricardo Astudillo Suárez, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica), Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Érick Marte Rivera Villanueva, Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Ricardo Villarreal García, Verónica Sada Pérez (rúbrica), Irazema González Martínez Olivares (rúbrica), Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Noé Hernández González (rúbrica), Alfredo Anaya Gudiño (rúbrica), Blanca María Villaseñor Gudiño (rúbrica), Samuel Gurrión Matías (rúbrica), Abel Octavio Salgado Peña, Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Mario Alejandro Cuevas Mena (rúbrica), Javier Orihuela García (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica).»
LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión turnada para estudio y dictamen la iniciativa enunciada en el párrafo precedente: El Congreso de la Unión, por conducto de esta Cámara de Diputados, es competente para conocer y resolver respecto de esta minuta, de conformidad con lo que señalan las fracciones VII y XXX del artículo 73, en relación con el artículo 90, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Hay competencia de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para conocer y resolver del presente asunto, de acuerdo con lo que indica el artículo 39, numeral 2, fracción XLIX, y numeral 3.
Hay facultad de la comisión para dictaminar el presente asunto conforme lo indican los artículos 40 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, numeral 1, fracción I; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados.
El presente dictamen se entrega en tiempo y forma toda vez que se entrega dentro del término señalado por el artículo 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados y reúne los elementos requeridos por el artículo 85 del citado ordenamiento.
Esta comisión procedió a elaborar el presente dictamen al tenor siguiente:
I. Antecedentes
Primero. En sesión de la comisión permanente celebrada el 22 de agosto de 2012, el diputado Jorge Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presento iniciativa que reforma la fracción VII del artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
Segundo. En esa misma fecha la mesa directiva acordó turnar la iniciativa referida a la Comisión de Gobernación para su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
Tercero.Con fecha 30 de octubre de 2012, la Mesa Directiva modifica el trámite dado a la presente iniciativa, y se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su dictamen.
II. Contenido de la iniciativa
La propuesta legislativa que nos ocupa plantea la modificación de la fracción VII del artículo 7 de la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental para darle a los gobiernos federal y estatal la obligación de contar con un portal electrónico que integre los diversos programas, y beneficios en forma clara y con acceso sencillo a favor de la los ciudadanos.
A efecto de conocer el contenido de la iniciativa, se describe de forma breve a continuación:
Artículo 7. Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, en los términos del Reglamento y los lineamientos que expida el Instituto o la instancia equivalente a que se refiere el artículo 61, entre otra, la información siguiente:
I. a VI. ...
VII. Los servicios que ofrecen; y en especial tanto el gobierno federal como los gobiernos estatales, deberán contar con un portal electrónico que integre los diversos programas, y beneficios en forma clara y con acceso sencillo en favor de los ciudadanos.
VIII. a XVII. ...
Cimenta la pretensión enunciada en la siguiente construcción argumental:
En la actualidad es necesario tutelar dos derechos y avanzar hacia una eficiente rendición de cuentas, debe ser un compromiso ineludible, asumido plenamente por los gobiernos, procurando una política de transparencia que involucre las necesidades, los requerimientos y las exigencias de la sociedad a efecto de promover su participación y reforzar la cultura de los servidores públicos y de la sociedad misma hacia la transparencia.
En diversos países, se han llevado a cabo importantes cambios para que los ciudadanos en forma sencilla y clara puedan conocer beneficios que otorgan los gobiernos como ejemplo se encuentra en Estados Unidos el sitio Benefits.gov, mismo que fue lanzado en un esfuerzo por proporcionar a los ciudadanos un acceso sencillo por Internet a los programas de asistencia y beneficios del gobierno.
Después de ocho años de su lanzamiento inicial, GovBenefits.gov fue rediseñado y se convirtió en Benefits.gov. Sin embargo, la misión del programa sigue siendo la misma: reducir los costos y la dificultad que implica interactuar con el Gobierno y al mismo tiempo permitirles a los ciudadanos un mayor acceso a la información de beneficios del gobierno.
La principal función del sitio es el cuestionario de preevaluación de elegibilidad o buscador de beneficios. Las respuestas al cuestionario se utilizan para evaluar la situación del visitante y compararla con los criterios de elegibilidad para más de 1,000 programas de asistencia y beneficios financiados por el gobierno federal. La descripción de cada programa le indica al ciudadano los pasos a seguir para solicitar el programa de beneficio de su interés.
Cuando fue publicado por primera vez en 2002, el sitio contenía 55 programas, los cuales representaban a las diez agencias federales que fueron socias originalmente. Hoy día el sitio incluye más de 1,000 programas, los cuales representan a 17 socios federales
En nuestro país es de vital importancia que la sociedad pueda recurrir a este tipo de herramientas en donde en un solo sitio o portal de internet pueda conocer la gama de programas, sus condiciones y forma de participar.
Argumentación
La relación entre gobierno y sociedad civil ha cobrado vigencia como parte importante de los procesos de desarrollo durante la última década. Los ciudadanos cada vez con mayor frecuencia exigen gobiernos libres de corrupción y políticas públicas que promuevan el desarrollo y la equidad, así como mayor involucramiento en el proceso de toma de decisiones y establecimiento de las políticas públicas, al igual que en su implementación y seguimiento de manera participativa.
El gobierno y la sociedad civil, perciben que los problemas de gobernabilidad, pobreza e inequidad pueden enfrentarse de manera más efectiva a través de la creación de alianzas entre ellos y el sector privado.
Lo que es más, están comenzando a comprender la necesidad de tener gobiernos más transparentes, participativos y eficientes, abiertos al escrutinio público y a la auditoria social y la rendición de cuentas, en aras de mejorar los resultados y el impacto de los programas sociales y de reducción de la pobreza.
Recientes investigaciones han demostrado que cuando la información sobre los programas sociales es liberada y está disponible al acceso público, así como fluye de manera transparente y creíble para rendirle cuentas a la opinión pública en cuanto a las decisiones del gobierno y la participación ciudadana, produce una mejora sustancial en la calidad y provisión de servicios sociales.
En este sentido es que considero conveniente que tanto el Gobierno Federal, como los Gobiernos Estatales cuenten con un portal electrónico o sitio de internet que integre los diversos programas, y proporcione a los ciudadanos un acceso sencillo a los programas de asistencia y beneficios de los gobiernos.
III. Consideraciones
Primera. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6o., 72 y 73 fracción XXIX-O de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está facultada para realizar el estudio, análisis y dictamen de la Iniciativa que Reforma la fracción VII del artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental.
Segunda. La Comisión de Transparencia y Anticorrupción está facultada para realizar el estudio, análisis y dictamen de la iniciativa con proyecto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental con fundamento en los artículos 67, 80, 81, 82, 85,157, 158 fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
Tercera. La propuesta del diputado Kawaghi, en síntesis, pretende establecer en la Ley Federal de Transparencia la obligación al gobierno federal y a los gobiernos estatales, de contar con un portal electrónico que integre los programas, y beneficios en forma clara y con acceso sencillo en favor de los ciudadanos.
Cuarta. En nuestro sistema jurídico, la distribución de competencias entre las entidades federativas y la federación se basa en el principio de la facultad originaria y la residual. Según este principio, primero se constituyeron cada uno de los Estados o entidades federativas y luego, mediante una manifestación de la voluntad de estos se constituyó la Federación. Por ello, se considera que la legislación primigenia u originaria es la de que cada Estado y la de la Federación es posterior y por ello se considera residual. Así se encuentra consagrado en nuestra constitución en el artículo 124.
Quinta. Una ley general es una norma expedida por el Congreso de la Unión que distribuye competencias entre los distintos niveles de gobierno (federal, local y municipal) en las materias concurrentes y sienta las bases para su regulación; argumento que tiene sustento en la tesis jurisprudencial cuyo rubro se intitula:
Leyes locales en materias concurrentes. En ellas se pueden aumentar las prohibiciones o los deberes impuestos por las leyes generales.
Sexta. Los dictaminantes consideran improcedente establecer una obligación a los gobiernos de los estados por tratarse de un tema regulado mediante una Ley Federal y no una Ley General, conforme lo señala el artículo 6o. constitucional y toda vez que el propio ordenamiento señala a los sujetos obligados por la propia ley en su dispositivo asunto que se refuerza, en el artículo 3, fracción XIV.
Séptima. Por otro lado, esta comisión considera que la pretensión del autor está actualmente colmada con lo que disponen los artículos 7 en sus fracciones VII y VIII, por lo que estima que no tiene lugar la propuesta formulada por el diputado Kawaghi.
En virtud de lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción que suscriben el presente dictamen, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 157 y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, someten a este pleno el siguiente
Acuerdo
Primero.Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman y adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Acceso a la Información Publica Gubernamental, presentada por el Diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Segundo .Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Notas:
1 Artículo 124. Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados.
2 Jurisprudencia P./J. 5/2010, de la Novena Época, emitida por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo XXXI, febrero de 2010, página 2322, cuyo rubro refiere Leyes locales en materias concurrentes. En ellas se pueden aumentar las prohibiciones o los deberes impuestos por las leyes generales.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de febrero de 2013.
La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputados:Areli Madrid Tovilla (rúbrica), presidenta; Enrique Alejandro Flores Flores (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares, María del Rocío García Olmedo (rúbrica), Juan Manuel Diez Francos (rúbrica), Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Verónica García Reyes (rúbrica), secretarios; Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica), Alberto Coronado Quintanilla, Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbrica), Alfonso Inzunza Montoya, Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica), Rubén Acosta Montoya (rúbrica), Benjamín Castillo Valdez, Jorge Terán Juárez (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica), Pedro Pablo Treviño Villarreal (rúbrica), Nuvia Magdalena Mayorga Delgado, Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Juan Manuel Carbajal Hernández.»
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1 y segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente la iniciativa que reforma la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Esta dictaminadora es competente para analizar y resolver la presente iniciativa con fundamento en los artículos 39, numeral 2, fracción XLIX y 45, Numeral 6, Incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 80, numeral 1, fracción II; 157, fracción I y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por lo que esta comisión procedió a elaborar el presente dictamen al tenor de los siguientes
I. Antecedentes
Primero.El 25 de julio de 2012, el diputado Omar Fayad Meneses, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 1o. y segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Segundo. En la fecha antes referida, el senador Ricardo Francisco García Cervantes, vicepresidente de la Comisión Permanente del Poder Legislativo federal, turnó dicha iniciativa a la Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente.
II. Contenido de la iniciativa
La iniciativa en estudio tiene como propósito excluir la aplicación del recurso de revisión contemplado por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo como medio ordinario de defensa ante autoridades federales en materia de salubridad general y adoptar como medio único de impugnación en contra de actos de autoridades federales y locales el recurso de inconformidad previsto por la Ley General de Salud; para lograr así la concurrencia y coordinación entre los niveles de gobierno.
Establece que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo no será aplicable a la materia de salubridad general.
Reforma el artículo segundo transitorio de la citada ley, quedando en los siguientes términos Segundo.Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en esta ley, en particular los diversos recursos administrativos de las leyes administrativas en las materias reguladas por este ordenamiento, excepto las disposiciones relativas a los recursos administrativos previstos en las leyes que rijan las materias exceptuadas de esta ley conforme con el penúltimo párrafo del artículo 1. Los recursos administrativos en trámite a la entrada en vigor de esta ley se resolverán conforme a la ley de la materia
III. Consideraciones
Primera.Que si bien, el objetivo de la iniciativa materia del presente análisis es el de excluir la aplicación del recurso de revisión contemplado por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, como medio ordinario de defensa ante autoridades federales en materia de salubridad general y adoptar como medio único de impugnación en contra de actos de autoridades federales y locales el recurso de inconformidad previsto por la Ley General de Salud; esta comisión dictaminadora considera que impacta en otros aspectos no considerados en la propuesta, tal y como se explicará enseguida.
Segunda.Respecto al medio de impugnación que puede hacerse valer en contra de resoluciones de autoridades administrativas sanitarias,esta Comisión de Transparencia y Anticorrupción advierte que:
a) En el ámbito federal, resulta procedente el recurso de revisión previsto por el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
b) Por cuanto hace al ámbito local, aplica el recurso de inconformidad contemplado por el artículo 438 de la Ley General de Salud.
Debe destacarse que no obstante la Ley General de Salud sea se observancia obligatoria tanto para el ámbito federal como el local, y que ésta contemple en los artículos 438 a 450 la tramitación del recurso de inconformidad como un medio de defensa para impugnar en vía administrativa las resoluciones que ponen fin a los procedimientos de control sanitario; dicho mecanismo de impugnación no resulta procedente respecto de resoluciones de autoridades administrativas federales.
Tercera.Lo antes relatado se afirma, ya que en términos del artículo segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1994 y que entró en vigor el 1 de Junio de 1995), en relación con el artículo 9 del Código Civil Federal, se configuró una derogación tácita del recurso de inconformidad; pues la Ley General de Salud (publicada el 7 de Febrero de 1984 y que entró en vigor el 1 de Julio de 1984) que lo regula, se opone al texto de la nueva legislación (la Ley Federal de Procedimiento Administrativo), en lo relativo al recurso de revisión; con lo cual se genera, en el ámbito federal, una total incompatibilidad entre ambos medios de defensa, debiendo prevalecer, la aplicación de la norma posterior.
Lo anterior no es óbice para que conforme al referido artículo segundo transitorio, las disposiciones relativas al recurso de inconformidad que se conserven en la redacción actual de la Ley General de Salud sean exclusivamente para resolver los recursos que hubieren sido interpuestos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Robustece lo anterior el criterio del Poder Judicial federal pronunciado a través de la Tesis Aislada segunda LXXXVII/2003 de la Novena Época, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XVII, junio de 2003, página 291; cuyo rubro se intitula: Control sanitario. el recurso de inconformidad previsto en la Ley General de Salud para impugnar las resoluciones que ponen fin a los diversos procedimientos en esa materia, se encuentra tácitamente derogado por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y los preceptos que lo regulan sólo se conservan para resolver los recursos que se hubieren interpuesto antes de la entrada en vigor de ésta.
Aunado a lo anterior, el pleno del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ha emitido las siguientes tesis:
Recurso de inconformidad establecido en el artículo 438 de la Ley General de Salud, no quedó derogado por el artículo segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, cuando la resolución recurrida es emitida por un organismo descentralizado estatal.-Si bien es cierto que el artículo segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo estableció que se derogaban todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en la propia ley, en particular los diversos recursos administrativos de las diferentes leyes administrativas, también lo es que dicha derogación estaba condicionada a que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo regulara la materia de que se tratará, esto es, de conformidad con el artículo 1o. de la misma, sobre actos, procedimientos y resoluciones de la administración pública federal centralizada; por tanto si la resolución recurrida fue emitida por un organismo descentralizado estatal, como lo es el Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California, es obvio que al mismo no le resulta aplicable el recurso de revisión establecido en el artículo 83 de la ley antes citada, sino el recurso de inconformidad que establece el artículo 438 de la Ley General de Salud. (10)
Juicio número 762/99-01-02-1/742/00-PL-04-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 12 de septiembre de 2001, por mayoría de 10 votos a favor y 1 en contra.- Magistrado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretario: Lic. César Edgar Sánchez Vázquez.
(Tesis aprobada en sesión de 12 de septiembre de 2001)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. Tomo I. No. 29. Mayo 2003. p. 99
Recurso de inconformidad previsto en la Ley General de Salud.- no fue derogado al entrar en vigor la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.- Conforme a lo dispuesto por el artículo segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los diversos recursos administrativos de las diferentes leyes administrativas en las materias reguladas por dicha ley, fueron derogados. Sin embargo, en tratándose de la Ley General de Salud, dicha disposición únicamente derogó el recurso de inconformidad previsto en su artículo 438, respecto de los actos y resoluciones emitidas por autoridades sanitarias que forman parte de la administración pública federal centralizada, y no así respecto a los actos de las autoridades sanitarias o estructuras administrativas sanitarias que tienen a su cargo la aplicación y vigilancia de las disposiciones de la citada ley como en el caso de organismos descentralizados estatales, ello atendiendo a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo vigente en 1999, que precisa claramente el ámbito de aplicación de dicha Ley, refiriéndose concretamente a resoluciones dictadas por autoridades de la Administración Pública Federal Centralizada.(2)
Juicio número 763/99-01-02-7/721/00-PL-10-04. Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 12 de septiembre de 2001, por mayoría de 10 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Guillermo Domínguez Belloc.- Secretaria: Lic. Claudia Palacios Estrada.
(Tesis aprobada en sesión de 18 de junio de 2004)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 48. Diciembre 2004. p. 26.
De tales criterios emitidos por el Pleno del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se advierte que el recurso de inconformidad contemplado por la ley General de Salud, es procedente para resolver controversias con motivo de autoridades estatales, tales como organismos descentralizados estatales, por ejemplo.
Cuarta.Éste órgano legislativo dictaminador, considera que deben tomarse en consideración para el presente análisis, lo establecido por la doctrina jurídica y la jurisprudencia, ello debido a que son fuentes formales del derecho y su estudio conducirá a un dictamen objetivo. Por lo que se toma en cuenta que:
Siguiendo al maestro Miguel Acosta Romero, el procedimiento administrativo es todo el conjunto de actos señalados en la ley, para la producción del acto administrativo (procedimiento previo), así como la ejecución voluntaria y la ejecución forzosa (...). Conforme a nuestro sistema jurídico, existen infinidad de actos administrativos emanados de distintas autoridades y contemplados por diversas leyes; para la conformación de tales actos, como por ejemplo una resolución administrativa, debe seguirse un procedimiento legalmente previsto, a efecto de que se cumplan las formalidades esenciales y se observen los requisitos para su existencia y validez.
La Ley Federal de Procedimiento Administrativo, contempla las bases generales para la tramitación del procedimiento administrativo que dé origen a un acto de tal índole; por ello, en su artículo 1° establece que las disposiciones de dicha norma, son de orden e interés públicos y que se aplicarán a los procedimientos y resoluciones de la administración pública centralizada y a los organismos descentralizados de la administración pública paraestatal, respecto de sus actos de autoridad a los servicios que el estado preste de manera exclusiva, y a los contratos que los particulares no puedan celebrar con los mismos.
El propio artículo 1o. de la norma antes referida, prevé en sus dos últimos párrafos, que dicha ley no será aplicable a las materias de carácter fiscal, de responsabilidades de servidores públicos, justicia agraria y laboral, ni al ministerio público en ejercicio de sus funciones constitucionales; y que en relación con las materias de competencia económica, prácticas desleales de comercio internacional y financiera les será aplicable solamente el Título Tercero A. Precisando que para los efecto de la ley en comento sólo queda excluida la materia fiscal tratándose de las contribuciones y los accesorios que deriven directamente de aquéllas.
Quinta.Por otra parte, la supletoriedad de las normas opera cuando, existiendo una figura jurídica en un ordenamiento, ésta no se encuentra regulada en forma clara y precisa, sino que es necesario acudir a otro cuerpo de leyes para determinar sus particularidades. Asimismo, debe considerarse que (...) el mecanismo de supletoriedad se observa generalmente de leyes de contenido especializado con relación a leyes de contenido general. El carácter supletorio de la ley resulta, en consecuencia, una integración, y reenvío de una ley especializada a otros textos legislativos generales que fijen los principios aplicables a la regulación de la ley suplida; implica un principio de economía e integración legislativas para evitar la reiteración de tales principios por una parte, así como la posibilidad de consagración de los preceptos especiales en la ley suplida (...).
Así, se colige que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, aplica supletoriamente a la Ley General de Salud, respecto del procedimiento realizado por las autoridades sanitarias federales para emitir actos administrativos, tales como autorizaciones, cancelaciones, infracciones, resoluciones etcétera.
En relación a lo antes manifestado, resulta aplicable por analogía la Tesis de Jurisprudencia I.4o.A. J/39 de la Novena Época, emitida por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXII, Agosto de 2005, página 1544; cuyo rubro refiere: Caducidad. la prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es aplicable supletoriamente a la Ley General de Salud.De la que se desprende que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, tiene por finalidad unificar los procedimientos administrativos que se siguen ante la administración pública federal, para lo cual crea un procedimiento administrativo tipo y establece principios generales que rigen la actuación de la administración, y dicho procedimiento común prevé los principios y normas que definen su estructura general y prescriben la forma de elaboración, los requisitos de validez y eficacia, los modos de revisión y los medios de ejecución de los actos administrativos, incluyendo las garantías procesales de los particulares; por lo que es aplicable supletoriamente a los procedimientos que establece la Ley General de Salud, pues aunque ésta no la contempla, la suplencia opera para aclarar o subsanar alguna omisión, oscuridad o deficiencia que exista en la ley especial y que sea indispensable para su mejor observancia.
Sexta.De reformarse el artículo 1o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en los términos previstos por la iniciativa objeto del presente dictamen, dicha ley no será aplicable a la materia de salubridad general.
En esas condiciones, esta Comisión de Transparencia y Anticorrupción, considera que la reforma al artículo 1o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, planteada en la iniciativa, redactada en sus términos conduciría a consecuencias jurídicas no previstas por el diputado proponente y que afectarían la armonía y sistematización de la materia de salubridad general. Pues no sólo se excluiría en materia de salubridad general, la tramitación del recurso de revisión; sino también dejarían de aplicarse supletoriamente las disposiciones relativas a la tramitación del acto administrativo y la prosecución del procedimiento previstos por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; lo que crearía lagunas, incertidumbre e inseguridad jurídica para los gobernados en los procedimientos que se tramiten ante las autoridades administrativas federales.
Se afirma lo anterior, toda vez que la Ley General de Salud no establece las reglas generales para la tramitación del referido procedimiento administrativo ni contempla los requisitos para la validez, nulidad o anulabilidad de un acto administrativo emitido por una autoridad federal.
Por otra parte, debe tomarse en consideración que la Norma Suprema facultó al Congreso de la Unión, para emitir una normatividad general en materia de salubridad, conforme a la fracción XVI del artículo 73, en la que se establece la concurrencia de los gobiernos federal, estatal y municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias; y que dicho régimen de concurrencia que será materia de la Ley General de Salud, distribuye las competencias que a cada uno corresponden. De este modo, la Federación tiene un poder de dirección en la materia que se manifiesta, de forma primaria, en la capacidad de expedir leyes que distribuyan competencias entre los tres niveles de gobierno y definan, en todo caso, el tipo de relaciones de coordinación o colaboración que habrán de entablarse. Se asevera lo anterior, con base en el análisis analógico de un criterio sostenido por el Poder Judicial de la Federación en su Tesis de Jurisprudencia P./ J. 15/2012 de la Décima Época, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro X, Tomo 1, Julio de 2012, pág. 346; cuyo rubro refiere: Protección al ambiente y preservación y restauración del equilibrio ecológico. los gobiernos federal, estatales y municipales tienen facultades concurrentes en esta materia, en términos de la ley general que expida el órgano Legislativo federal.
Séptima. Asimismo, es importante citar la parte de la iniciativa en la que se modifica el artículo segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo:
Segundo.Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en esta ley, en particular los diversos recursos administrativos de las leyes administrativas en las materias reguladas por este ordenamiento, excepto las disposiciones relativas a los recursos administrativos previstos en las leyes que rijan las materias exceptuadas de esta ley conforme con el penúltimo párrafo del artículo 1. Los recursos administrativos en trámite a la entrada en vigor de esta ley se resolverán conforme a la ley de la materia.
De su lectura, ésta comisión dictaminadora concluye que como se encuentra actualmente expresado, se entiende que se derogan las disposiciones que se opongan a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, siempre y cuando dicha norma las regule; sin embargo, como lo prevé la iniciativa, resulta ocioso reiterar que la norma no aplicará para disposiciones fuera de su ámbito de regulación.
Finalmente y en virtud de lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, no consideramos viable la reforma planteada en la iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 1o. y segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo: motivo por el cual someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1 y segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, presentada por el diputado Omar Fayad Meneses, el 25 de julio de 2012.
Segundo .Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Notas:
1. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 1 y Segundo Transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; presentada ante la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el 25 de Julio de 2012 por el Diputado Omar Fayad Meneses, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
2. Control sanitario. el recurso de inconformidad previsto en la Ley General de Salud para impugnar las resoluciones que ponen fin a los diversos procedimientos en esa materia, se encuentra tácitamente derogado por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y los preceptos que lo regulan sólo se conservan para resolver los recursos que se hubieren interpuesto antes de la entrada en vigor de ésta. En los artículos 438 a 450 de la Ley General de Salud se prevé el recurso de inconformidad como mecanismo ordinario para impugnar en sede administrativa las resoluciones que ponen fin a los diversos procedimientos de control sanitario, situación que podría conducir a estimar que en dichos procedimientos es inaplicable el recurso de revisión contemplado en los artículos 83 a 96 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, lo que no es acertado, ya que en virtud de lo señalado en el artículo segundo transitorio de la mencionada ley adjetiva federal administrativa, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1994, en relación con lo dispuesto en el artículo 9o. del Código Civil Federal, existe derogación tácita del recurso de inconformidad, toda vez que las disposiciones que lo regulan se oponen al texto de la nueva legislación en lo relativo al recurso de revisión, con lo cual se genera una total incompatibilidad entre ambos mecanismos de defensa, debiendo prevalecer, en principio, la aplicación de la norma posterior, sin perjuicio de que conforme al referido artículo segundo transitorio, las disposiciones relativas al recurso de inconformidad se conservan en la redacción actual de la Ley General de Salud exclusivamente para resolver los recursos que hubieren sido interpuestos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Segunda Sala
Contradicción de tesis 154/2002-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Sexto y Décimo, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 30 de mayo de 2003. Cinco votos. Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán. Secretario: Emmanuel Rosales Guerrero.
3. Acosta Romero, Miguel et al. Ley federal de procedimiento administrativo comentada. México, Porrúa, p.76.
4. Véase la Tesis de Jurisprudencia I.3º.A. J/19 de la Novena Época, emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo V, Enero de 1997, pág. 374; cuyo rubro dice: supletoriedad de las leyes. cuando aplica
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de febrero de 2013.
La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputados: Areli Madrid Tovilla (rúbrica), Enrique Alejandro Flores Flores (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares, María del Rocío García Olmedo (rúbrica), Juan Manuel Diez Francos (rúbrica), Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Verónica García Reyes (rúbrica), Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica), Alberto Coronado Quintanilla, Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbrica), Alfonso Inzunza Montoya, Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica), Rubén Acosta Montoya (rúbrica), Benjamín Castillo Valdez, Jorge Terán Juárez (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica), Pedro Pablo Treviño Villarreal (rúbrica), Nuvia Magdalena Mayorga Delgado, Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Juan Manuel Carbajal Hernández.»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Se informa a la asamblea que en cumplimiento del artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria. En consecuencia, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría, señora presidenta, por la afirmativa.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos concluidos.
El siguiente punto del orden del día son iniciativas.
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Iniciativa que reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Pedro Porras Pérez, del Grupo Parlamentario del PRD
Planteamiento del problema
No se puede pensar en reactivar la economía interna en el país, sino se hace lo propio en el campo mexicano, y esto representa apoyar con recursos económicos a los sectores productivos que los necesitan, la fórmula que sea utilizado y que por el momento no cambiara es a través de los programas que se operan con las distintas Secretarías del Gobierno Federal, el facilitar la obtención de estos apoyos es y deberá ser un reto para la presente Legislatura, por lo que reformar y adicionar el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, es indispensable para que los productores del campo mexicano accedan a la obtención de los recursos necesarios para reactivar su producción.
Argumentos
La única secretaria que a través de sus dependencias opera programas de subsidio para el campo y que desde nuestro punto de vista, ha mal interpretado el articulo 32 D del Código Fiscal de la Federación es la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, esta mala interpretación ha obstaculizado que los pequeños y medianos productores puedan acceder a los recursos para reactivar al campo mexicano.
Cualquier productor preocupado por las condiciones climáticas, los ciclos de siembra y cosecha y de su patrimonio familiar, desatendería cualquier obligación fiscal que le pudiera imponer la Secretaría de Hacienda y Crédito a través del Servicio de Administración Tributaria, este sería un aspecto que deberemos de analizar y resolver en la Reforma Hacendaria que esta LXII Legislatura realice en su momento.
El artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, establece que la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que se encuentren en algunos de los supuestos que se mencionan en dicho artículo.
En este contexto, se le impone como requisito a los productores, que quien esté interesado en ingresar una solicitud de apoyo dentro de los programas de la Sagarpa, deberán de estar al corriente de sus obligaciones fiscales, dicho requisito está orientado a la obligación que se menciona en este artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, algo que desde nuestro punto de vista no debería incrustarse en las Reglas de Operación de los Programas de la dependencia.
Habría que observar lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que dispone entre otras cosas que Las reglas de operación deberán ser simples y precisas con el objeto de facilitar la eficiencia y la eficacia en la aplicación de los recursos y en la operación de los programas; este criterio no se cumple como lo hemos establecido.
Es evidente que este criterio no estaba orientado a los productores, sino a los grandes consorcios que mantienen adeudos con el fisco federal, lo que ha obstaculizado a los verdaderos productores, por lo que la solución más apropiada desde nuestro punto de vista, sería el de plantear un párrafo que establezca que la prohibición a que hace referencia el artículo que se propone reformar, no se orientará a los particulares que soliciten el subsidio de los programas federales, con lo anterior, le facilitaremos a los productores la obtención de dichos recursos federales, para lograr así, una verdadera reactivación del campo mexicano.
Este proyecto de decreto reforma y adiciona el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Por lo anterior, con la presente iniciativa señoras y señores legisladores, posibilitaremos a los productores del campo mexicano, a obtener los recursos que esta Cámara de Diputados determina a este sector a través del Presupuesto de Egresos de la Federación que se aprueba para cada ejercicio fiscal.
Fundamento Legal
Con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
Proyecto de decreto
Único. Se adiciona un párrafo al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:
Artículo 32-D. ...
I. ...
II. ...
III. ...
IV. ...
Para los particulares que soliciten el otorgamiento de los subsidios de los programas federales, correspondientes a los sectores de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Pesca, no se les aplicara lo establecido en el presente artículo.
...
...
...
...
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2013. Diputado Pedro Porras Pérez (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Iniciativa que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, Marcos Rosendo Medina Filigrana, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 79 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El artículo 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos claramente establece que toda persona tiene derecho a la protección a la salud.
Esa clara afirmación que el poder constituyente incorporó a nuestra Carta Magna arropa con igualdad y equidad a las mexicanas y mexicanos para acceder a la protección de la salud.
Dicha protección no se traduce únicamente en la obligación del Estado mexicano de brindar servicios de salud a su población en general.
Es, también, una clara obligación y facultad de velar porque los servicios de salud en general, tanto públicos como privados, se desarrollen y realicen con profesionalismo, eficiencia, capacidad técnica y alto compromiso social.
Así se desprende cuando se señala que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.
En tal sentido, el artículo primero de la ley reglamentaria de la materia, misma que se denomina Ley General de Salud, señala claramente que la presente ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, dicho artículo define que la propia ley reglamentaria establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la república y sus disposiciones son de orden público e interés social.
Haciendo uso de sus facultades reglamentarias y normativas, en su artículo 79, la Ley General de Salud enumera una amplia lista de especialidades y subespecialidades en materia de salud que requieren de título, diploma o acreditación educativa según sea el caso.
Sin demérito de lo anterior, en la práctica, existen lagunas en la ley que permiten un ejercicio pseudoprofesional de la medicina, mismo que permite un jugoso negocio para quienes lo realizan y un daño patrimonial y, sobre todo, en las condiciones de salud de las personas que a la sazón resultan ser sus víctimas.
Tal es el caso de la rama de la radiología que se dedica a la realización e interpretación de los estudios de ultrasonido.
Argumentación
En los últimos tiempos se ha generado, a lo largo y ancho del territorio nacional, una proliferación de la oferta privada de estudios de ultrasonido.
En la práctica, muchos de esos servicios resultan carentes de profesionalismo, no gozan de calidad en las imágenes que se obtienen y hacen evidente la incapacidad de interpretación de quienes emiten el dictamen técnico que contiene los resultados.
Por ende, en la vida cotidiana, se traducen en un fraude a las ciudadanas y ciudadanos que acuden a esos pseudoservicios, en virtud de que se requiere acudir a un segundo, y a veces hasta un tercer establecimiento, para poder obtener un estudio de calidad que sirva para que el especialista o médico que solicitó el ultrasonido pueda tener elementos de información veraz para concretar un diagnóstico.
Ante tales circunstancias, la ley y los legisladores no deben ser omisos. Por el contrario, debe legislarse en aras de evitar que haya fraudes a los pacientes y se garantice que los estudios médicos que se realizan, máxime cuando la ciudadanía lo paga de su propio peculio, sean de calidad y con un estricto sentido de profesionalismo médico.
Fundamento legal
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto mediante el cual se adiciona un tercer párrafo al artículo 79 de la Ley General de Salud.
Artículo Único. Se adiciona un tercer párrafo al artículo 79 de la Ley General de Salud.
Artículo 79. ...
...
Por lo que se refiere a la radiología en el caso específico de la rama de ultrasonido, además de los diplomas a que se refiere el párrafo anterior, se deberá acreditar cuando menos un año de prácticas y experiencia en el análisis e interpretación de los datos que se derivan de ese tipo de estudios.
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2013. Diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY GENERAL PARA LA GARANTIA DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Iniciativa que expide la Ley General para la Garantía de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez
Las y los suscritos Verónica Beatriz Juárez Piña, Cinthya Noemí Valladares Couoh, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Gerardo Villanueva Albarrán, María del Rosario Merlín García, Carmen Lucia Pérez Camarena, Lucila Garfias Gutiérrez y Alberto Anaya Gutiérrez, diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura, la diputada Judith Guerrero López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, las y los diputados Silvano Aureoles Conejo, Agustín Miguel Alonso Raya, Amalia Dolores García Medina, Mario Miguel Carrillo Huerta, Aleida Alavez Ruiz y Martha Lucía Mícher Camarena, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea laLey General para la Garantía de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Como parte de su compromiso internacional al suscribir la Convención sobre los Derechos del Niño, México recibió las más recientes observaciones del Comité de los Derechos de la Niñez (CDN), de la ONU en 2006, donde se realiza una evaluación del cumplimiento por parte del país de dicha Convención.
En estas observaciones, el Comité muestra aspectos de preocupación muy relevantes, como la ausencia de una instancia rectora y coordinadora de las políticas de las niñas, niños y adolescentes en el país. El 29 de mayo de 2000, se publicó la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que reglamenta el Artículo 4° constitucional. Sin embargo, por tratarse de un sistema federal dicha Ley no puede establecer la concurrencia de competencias entre los Estados y la Federación en materia de niñas, niños y adolescentes y ha carecido de fuerza en su aplicación. Los Comités de Seguimiento y Vigilancia de las Leyes de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y otros instrumentos creados en los Estados, también han tenido poca fuerza por carecer de presupuesto y ser poco reconocidos.
Estas limitaciones, y otras manifestadas en las observaciones del Comité de los Derechos de la Niñez, así como por los organismos no gubernamentales que trabajan en favor de las niñas, niños y adolescentes, el 12 de octubre de 2011 se publicó la reforma del Artículo 73 constitucional, que adicionó la fracción XXIX-P, en el sentido de habilitar al Congreso de la Unión para Expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos y cumpliendo con los tratados internacionales de la materia, de los que México sea parte.
Con esta reforma, se permite la instauración por Ley General de un Sistema de Garantías de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que en cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus dos Protocolos adicionales, pueda instrumentar la concurrencia de competencias para la garantía y el respeto de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y la adolescencia en todo el país.
Con ocasión de la reforma, la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, las organizaciones de la sociedad civil, las instancias académicas, Comisiones de Derechos Humanos y UNICEF, pusieron manos a la obra para la discusión y construcción de las bases jurídicas, institucionales y políticas del modelo que había de crearse tras la reforma constitucional para garantizar la realización de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en México.
Fruto de estas labores, y especialmente del trabajo de la Legislatura LXI, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la H. Cámara de Diputados presentó el 11 de abril de 2012, una iniciativa de Ley General para la Protección Integral de los Derechos de la Niñez. Sin embargo, dicha iniciativa no alcanzó el consenso necesario, debido a que se consideró que en el planteamiento no existía un Sistema que garantizara y organizara la definición, rectoría, coordinación e implementación de las políticas públicas en materia de las niñas, niños y adolescentes para nuestro país con aplicación de manera transversal, democrática y participativa.
La iniciativa 10 por la Infancia lanzada por UNICEF y la Red por los Derechos de la Niñez en el marco de la reforma constitucional, así como de las elecciones de 2012, establecía de manera prioritaria la discusión y aprobación de esta Ley General, por lo que fueron diversas las actividades tanto de discusión de la sociedad civil y de expertos como de acercamiento con el equipo de transición del nuevo gobierno y con ambas cámaras del Congreso de la Unión.
Tras las elecciones de Julio de 2012 y la conformación del nuevo Congreso de la Unión, el trabajo de elaboración de nuevas iniciativas de reforma a la actual Ley de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de una nueva Ley General sobre la materia, ha continuado, siendo diversas las propuestas ya sometidas a discusión tanto para el Senado como para la Cámara de Diputados, que ahora cuenta con la Comisión Ordinaria de Derechos de la Niñez.
El 25 de octubre de 2012, la Red por los Derechos de la Niñez y UNICEF organizaron el Diálogo de Expertos denominado: Hacia un sistema nacional de garantías de los Derechos de la infancia y la adolescencia, donde participaron expertos nacionales e internacionales como Norberto Liwski, ex-vicepresidente del Comité de los Derechos de la Niñez, Alejandro Morlachetti, consultor experto en Derechos Humanos de Cepal y Trond Waage, ex-ombudsman de la niñez en Noruega.
Asimismo, el 6 de noviembre del mismo año, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, UNICEF, Save the Children, Alianza MX por los derechos de niñas, niños y adolescentes y Red por los Derechos de la Niñez organizaron el Foro Hacia una Ley General de Garantía de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
Como parte de las propuestas presentadas en estos eventos, la Comisión de Derechos de la Niñez de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de la LXII Legislatura, consideró que las propuestas presentadas hasta el momento, si bien todas tienen la vocación de adecuar el actual sistema de políticas públicas en la materia y mejorarlo, no contemplan de manera suficiente lo discutido y avanzado hasta el momento por la sociedad civil, la academia, las comisiones de derechos humanos, los organismos internacionales y la propia Comisión de Derechos de la Niñez. Sobre todo, no observan la conformación efectiva de un nuevo sistema que implique un cambio significativo en las políticas públicas para poder revertir la actual situación y garantizar de manera plena los derechos de las niñas, niños y adolescentes en México.
Por ello en el ánimo de conocer y escuchar las diversas opiniones y propuestas de los actores sociales mencionados, y de otros más de los que es importante incorporar sus planteamientos en los proyectos de la reciente Comisión de Derechos de la Niñez, por lo que se organizó el Foro: Construyendo la Agenda Nacional de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, donde participaron: el Centro de Estudios e Investigación en Asistencia y Desarrollo Social (Ceidas), el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Fondo de Población para las Naciones Unidas (UNFPA), el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Ririki Integración Social, Universidades Públicas, Institutos Nacionales de Salud, etc. A la conclusión del foro, resaltó la necesidad de construir una nueva Ley General de Garantía de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes. Estas organizaciones también establecen el compromiso permanente de acompañar los trabajos de la Comisión ordinaria de los Derechos de la Niñez.
Es por ello que la Comisión de Derechos de la Niñez de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se ha dado a la tarea de revisar toda la documentación y conclusiones derivadas de las reuniones y foros desarrollados hasta el momento. Asimismo, se ha analizado a profundidad trabajos de investigación como el Estudio sobre los fundamentos jurídicos de los sistemas nacionales de protección integral de la infancia en América Latina y el Caribe y estado de aplicación de Alejandro Morlachetti y el documento Championing Childrens Rights de UNICEF sobre los mecanismos independientes de protección de los derechos humanos. Además, se retomó algunas normas nacionales como la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley General para Igualdad de Hombres y Mujeres, la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, la Ley de Asistencia Social, la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Ley General de Seguridad Pública, la Ley Federal de Justicia Penal para Adolescentes, entre otras, únicamente como referencia y base para el análisis de la situación actual y de los cambios estructurales requeridos.
Con la información mencionada, la Comisión de Derechos de la Niñez elaboró una iniciativa de Ley General para la Garantía de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, cuyos fundamentos jurídicos son los artículos 1°, 4° y 73 fracción XXIX-P de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de protección de los derechos humanos y en especial, de las niñas niños y adolescentes, suscritos y ratificados por el Estado Mexicano.
Contenido de la iniciativa con proyecto de decreto
Se establece en la iniciativa de Ley General un título con disposiciones generales donde se estipula los principios generales de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de no discriminación, prioridad, derecho a la vida y la supervivencia, participación e interés superior de la niñez, definiéndose tales principios como ejes rectores del sistema. En el mismo título se define el concepto de niño y niña así como el de adolescente y del Sistema. Asimismo, se incluyen los derechos de las niñas, niños y adolescentes de manera general, sin perjuicio de lo que los tratados internacionales de derechos humanos contemplan y otras normas nacionales.
Se trata por tanto, como su nombre indica, de un título con las disposiciones generales básicas que marcan el punto de partida, sobre la construcción de un sistema de garantías para la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Se establece en este título los conceptos básicos y los derechos que dan fundamento a la construcción de un Sistema, entendiendo el mismo como el mecanismo permanente de concurrencia, colaboración, coordinación y concertación de los gobiernos federal, de las entidades federativas y municipales, para la garantía y reparación del daño en caso de vulneración de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en México. Este Sistema está compuesto por las instituciones, organismos, autoridades, organizaciones e instancias a nivel nacional, estatal, del Distrito Federal y municipal, tanto públicas como de la sociedad civil, que están orientados a la finalidad descrita.
En este mismo título se incluye un capítulo sobre las garantías mínimas de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, a efectos de establecer los mínimos que han de regir de manera uniforme en todo el país, independientemente de que se trate de una instancia o normativa federal, estatal o municipal. Se consideran estas garantías básicas e inamovibles y en el texto se dividen por materias, familiar o penal. Se refieren al respeto a la separación de poderes, a la regulación de los procedimientos en los casos de adopción, de separación del núcleo familiar, y de las medidas urgentes de protección, a la edad mínima para contraer matrimonio, el registro gratuito y accesible, a la obligación de escuchar a las niñas, niños y adolescentes en todos los procedimientos que les afecten, sean civiles o penales, a la prohibición del careo entre menores de edad víctimas y adultos agresores, entre otros.
Más adelante, la iniciativa de Ley General establece quiénes conforman el Sistema de Garantía de los Derechos de niñas, niños y adolescentes y define para cada uno, por capítulos, su conformación y funciones. En este sentido, se crea un Consejo Nacional de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes como órgano rector de las políticas públicas en la materia y de toma de decisiones de más alto nivel, presidido por el Presidente de la República y con la representación nacional gubernamental de mayor rango. A nivel estatal y del Distrito Federal, se crean también los Consejos Estatales de las niñas, niños y adolescentes, para su ámbito territorial de competencia.
También se crea, como nueva figura, el Secretariado Ejecutivo Nacional de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes, como un organismo desconcentrado dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social con autonomía técnica, de gestión y presupuestal cuya función es la de coordinar la recopilación de información estadística y relevante en materia de niñas, niños y adolescentes, así como la de preparar las reuniones del Consejo Nacional para su toma de decisiones. Asimismo, es el encargado de que todas estas decisiones adoptadas por el Consejo Nacional puedan ser aterrizadas y ejercidas por las Secretarías e instituciones responsables, mediante la coordinación y enlace institucional y con las organizaciones de la sociedad civil. Este Secretariado Ejecutivo Nacional tiene un correlativo a nivel estatal, si bien, no depende jerárquicamente de él sino de las Secretarías de Desarrollo Social estatales y del Distrito Federal. En estos Secretariados Ejecutivos, tanto el Nacional como en los Estatales, se generará mediante la coordinación y el enlace con las demás instituciones y la sociedad civil, los contenidos de la política pública en materia de niñas, niños y adolescentes.
Como nuevas figuras, se crea también el Observatorio Ciudadano Nacional así como los Observatorios Ciudadanos Estatales, con integración de las organizaciones de la sociedad civil e incluyendo sobre todo a las organizaciones niñas, niños y adolescentes. Se deberán constituir como Asociaciones Civiles para garantizar su independencia, y su función será la de participar en la elaboración y evaluación del Programa Nacional de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes, no solamente mediante su colaboración directa sino también mediante su aporte de información y diagnósticos de situación. Los Observatorios Ciudadanos, elaborarán anualmente un informe sobre el análisis de la situación de las niñas, niños y adolescentes en cada entidad federativa y a nivel nacional, a convocatoria de los Secretariados Ejecutivos y con fondos públicos. Serán además cauce para informar a los Secretariados Ejecutivos Nacional, Estatales y del Distrito Federal sobre aquellos aspectos de especial preocupación, que requieren de mayores recursos o atención por parte de las autoridades y del Sistema, en cualquier momento. Por otro lado, además de la labor informativa y de participación en la elaboración y evaluación de los programas de acción, tendrán participación directa en el Consejo Nacional y los Consejos Estatales y del Distrito Federal compartiendo con el sector público la toma de decisiones de más alto nivel en materia de rectoría y coordinación de las políticas de niñas, niños y adolescentes en el país.
Se crea la Visitaduría Nacional de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes y las Visitadurías Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes, abriéndose esta especialización en las Comisiones Nacional, Estatales y del Distrito Federal de Derechos Humanos, cumpliendo así también con otra de las recomendaciones del Comité de los Derechos de la Niñez. Se les faculta para recibir quejas e inconformidades de los propios niños, niñas y adolescentes o de alguien que los represente.
Asimismo, se mantiene las facultades que tienen como integrantes de las comisiones de derechos humanos y además se les añaden otras en materia de niñas, niños y adolescentes, como la de participar en los procedimientos de carácter judicial, a efectos de informar al tribunal sobre las cuestiones de derechos humanos que intervienen en ellas, a solicitud de alguna de las partes o del juez competente. Tendrán además la facultad de promover que las instituciones públicas elaboren planes de seguimiento e indicadores en relación con las recomendaciones del Comité de los Derechos de la Niñez para México.
En el caso del DIF, se reafirman nuevamente las funciones tanto de DIF Nacional como de los DIF Estatales, del Distrito Federal y Municipales, manteniendo su importante rol en materia de la asistencia social y fortaleciendo las garantías en el ejercicio de sus funciones, de tal manera que sus competencias quedan más claras y delimitadas. Se crea un mecanismo de garantía para la gestión de las instituciones públicas y privadas de asistencia social, otorgándoles a los Secretariado Ejecutivos la competencia para vigilar, hacer revisiones periódicas y aprobar, mantener o cancelar la autorización para operar. Los DIF Municipales tendrán un rol crucial en el proceso de restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y resolución de casos que si bien no todos precisan intervención judicial, sí requieren de una atención gubernamental que se lleve a cabo de manera coordinada con otras instancias y de la sociedad civil como coadyuvante. En este sentido, se recoge una adecuación a las funciones y estructura de los DIF Municipales que junto con los cambios también previstos para los DIF Nacional, Estatales y del Distrito Federal, implicarán una necesaria reforma a la Ley de Asistencia Social.
También se regula el procedimiento de garantía de derechos con las competencias y coordinación entre las instancias participantes de atención, jurisdiccionales y de procuración de justicia, en los casos en que se encuentren violaciones a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, con base a las garantías mínimas establecidas en el primer título de la iniciativa de Ley. Se regula aquí de manera muy concreta los plazos y las facultades de cada instancia responsable y los mecanismos de coordinación, con la finalidad de delimitar las responsabilidades y fortalecer al máximo la garantía de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, eliminando toda discrecionalidad que pueda derivar en un menoscabo de sus derechos.
Por otro lado, también para las instancias de procuración e impartición de justicia se establecen aspectos procedimentales a tener en cuenta cuando los afectados sean niños, niñas y adolescentes, estableciéndose determinadas obligaciones en cuanto a la especialización del personal y de los espacios físicos. Se crean además los Ministerios Públicos Especializados, como figura novedosa para el sistema de procuración de justicia mexicano, cuya función será la de proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes mediante su acompañamiento, asesoría y apoyo durante todo el procedimiento con personal especializado. Asimismo, estos Ministerios Públicos Especializados, podrán adoptar medidas de urgencia temporales para que la víctima menor de edad que haya sufrido alguna forma de violencia o abuso pueda ser protegida en tanto el juzgado familiar adopta una medida permanente en lo que dura el procedimiento. Además se da validez a las pruebas recabadas por el Ministerio Público Especializado evitando su repetición innecesaria y revictimizadora. Al mismo tiempo, en los juzgados y tribunales, tanto civiles como penales, se crean oficinas especializadas con la finalidad de que el acompañamiento, asesoría y apoyo a niñas, niños y adolescentes también quede garantizado durante el procedimiento judicial. Se prevé en ambos casos, la preparación y capacitación en derechos de las niñas, niños y adolescentes niñas, niños y adolescentes de aquellas personas que trabajarán en estas nuevas instancias como requisito indispensable debiendo además ser evaluados al respecto.
La Ley establece además los lineamientos del Programa Nacional y los Programas Estatales a favor de las niñas, niños y adolescentes, así como su proceso de elaboración y de evaluación, de forma que garantiza la participación de la sociedad civil en dichos procesos, así como de los propios niños, niñas y adolescentes. Se refuerza también los contenidos y lineamientos, a fin de que contemplen la integralidad de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Respecto al presupuesto y gasto en materia de niñas, niños y adolescentes, se estipulan los mínimos, la progresividad y los mecanismos para que el mismo, no pueda ser disminuido bajo ninguna circunstancia, teniendo en cuenta que gran parte del éxito del funcionamiento del Sistema reside en la disponibilidad de recursos económicos que puedan sostener el ingreso de los recursos humanos que se precisan, la ejecución de los Programas y la implementación de todas las medidas que se contemplan en la Ley.
Los artículos transitorios de esta Ley se refieren a las reformas legislativas, instalación e implementación por etapas de este nuevo Sistema creado por la Ley, teniendo en cuenta tanto el presupuesto que será requerido como la capacitación y procesos de instalación institucional que se llevarán a cabo.
Se pretendió con la redacción de esta iniciativa de Ley General, establecer las bases para la conformación de un sistema de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que fuera garantista de manera efectiva pero que además incluyera los mecanismos para que las políticas públicas en esta materia se construyeran de manera coordinada y transversal por parte de todas las instancias gubernamentales y con la participación de la sociedad civil y de los niños, niñas y adolescentes.
Con base en lo anterior, las y los integrantes de la Comisión de los Derechos de la Niñez de la honorable Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, presentamos la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Iniciativa de Ley General de Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Título PrimeroDisposiciones Generales
Capítulo IDe la Presente Ley y sus Principios Generales
Artículo 1o. La presente Ley es reglamentaria de los artículos 1°, 4° y 73 fracción XXIX-P de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes. Es de orden público, de interés social y de observancia general en toda la República y tiene por objeto garantizar a niñas, niños y adolescentes la tutela y el respeto de sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, a través del Sistema de Garantías para la Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que instrumenta la concurrencia, colaboración, coordinación y concertación de competencias entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios.
Artículo 2o. La presente Ley se interpretará conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos aplicables en la materia y las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Artículo 3o. Los principios de no discriminación, del derecho a la vida, supervivencia y desarrollo, de participación, de interés superior de la niñez, prioridad guiarán la aplicación e interpretación de esta Ley y de todas aquellas normas, medidas administrativas e institucionales que se refieran a la aplicación y garantía de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Artículo 4o.La aplicación de los principios mencionados en el artículo anterior implicará:
I. Para la no discriminación: la protección de los derechos de todas las niñas, niños y adolescentes sin distinción alguna, de conformidad con el artículo 1 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Para el derecho a la vida, supervivencia y desarrollo: respetar y garantizar en todo momento sin lugar a excepciones temporales, y además adoptar medidas positivas para garantizar su realización;
III. Para la participación: contará la opinión de las niñas, niños y adolescentes en todos los asuntos que les afecten, incluyendo las políticas públicas, independientemente de su edad, utilizándose para ello los medios técnicos y humanos necesarios y adecuados conforme a la edad y madurez;
IV. Para el interés superior de la niñez: el análisis conjunto de los derechos afectados o que puedan afectarse en un caso concreto para tomar la decisión que asegure la implementación y/o restitución plena de los derechos de la niñez y la adolescencia en esa situación, no pudiéndose nunca justificar la restitución de un derecho mediante la vulneración de otro; y
V. Para la prioridad: la garantía y protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes son consideradas una prioridad nacional para el Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Para la definición y ejecución de todas las políticas públicas, normas y actuaciones del poder judicial se tomará en cuenta la implicación de las mismas en el ejercicio y garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia.
Artículo 5o.Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I. Niña o Niño: Toda persona de hasta 12 años de edad incompletos;
II. Adolescente: Toda aquella persona que tenga 12 años cumplidos hasta 18 años incumplidos;
III .Sistema de Garantías: Sistema de Garantías para la Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
IV. Garantía de Derechos: Mecanismo de protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
V. Consejo Nacional: Consejo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia;
VI. Consejos Estatales: Consejos Estatales y del Distrito Federal de la Niñez y la Adolescencia;
VII. Sistema Nacional: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;
VIII. Sistemas Estatales y del Distrito Federal: Sistema Estatal y del Distrito Federal para el Desarrollo Integral de la Familia;
IX. Sistemas Municipales: Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia;
X. Institución de Procuración de Justicia: Procuraduría General de la República, Procuradurías Generales de Justicia Estatales y del Distrito Federal;
XI. Instituciones de Impartición de Justicia: Juzgados o Tribunales Familiares o Penales;
XII. Visitaduría General: Visitaduría General de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia;
XIII. Observatorio Ciudadano Nacional: Observatorio Ciudadano Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia;
XIV. Observatorio Ciudadano Estatal: Observatorio Ciudadano Estatal y el Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia;
XV. Programa Nacional: Programa Nacional para la Garantía de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia; y
XVI. Programa Estatal: Programa Estatal y del Distrito Federal para la Garantía de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Capítulo IIDe los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 6o. Las niñas, niños y adolescentes son sujetos de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, en la presente Ley y en las normas aprobadas especialmente para niñas, niños y adolescentes.
Artículo 7o. Los derechos enunciados en esta Ley no limitan ni restringen la protección que de los derechos de las niñas, niños y adolescentes se haga en otras normas.
Artículo 8o. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a:
I. Disfrutar de la vida, la supervivencia, el desarrollo y la salud. Los servicios de salud deben ser accesibles, incluyentes, de calidad, y proporcionar un trato digno y adecuado a la edad;
II. Contar con una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad que les permita desarrollarse física y mentalmente de manera plena;
III. Acceder y disfrutar del agua potable en forma suficiente, salubre y aceptable;
IV.Vivir sin discriminación por razones de edad, raza, color, sexo, idioma o lengua, religión; opinión política; origen étnico, nacional o social; posición económica; discapacidad física o intelectual, circunstancias de nacimiento o cualquier otra condición no prevista;
V. Gozar de un medio ambiente sano, equilibrado y adecuado para su desarrollo;
VI. Contar con igualdad en todos sus ámbitos de injerencia;
VII. Habitar en una vivienda digna y gozar de un nivel de vida suficiente para garantizar su educación, seguridad, esparcimiento y desarrollo;
VIII. Acceder a una cultura física y a la actividad deportiva de manera accesible, en espacios apropiados y seguros;
IX. Tener unaeducación accesible, incluyente y de calidad, basada en el respeto, promoción del ejercicio de los derechos humanos, así como en la formación y desarrollo de habilidades para la vida;
X. Disfrutar deldescanso, del juego, a asociarse y reunirse pacíficamente;
XI. Practicar libremente su religión;
XII. Contar con unnombre y dos apellidos;
XIII.Vivir en familia de manera prioritaria, siendo la misma su espacio primordial de desarrollo;
XIV.Expresar libremente su opinión y a ser escuchados y tomados en cuenta en los asuntos que les afecten, a cualquier edad, debiéndose utilizar los medios técnicos y humanos necesarios para poder hacer una adecuada interpretación de su opinión;
XV. Disfrutar de una vida libre de violencia en todos los ámbitos de su desarrollo, incluyendo el familiar, el escolar y el comunitario;
XVI. Estarprotegido contra actos u omisiones que vulneren o pongan en riesgo su integridad física, sexual, emocional, mental o su pleno desarrollo. De manera enunciativa no limitativa.
XVII. Desarrollar e implementar a través del Sistema de Garantías acciones efectivas de prevención, combate y respuesta a la trata de personas, al abuso en cualquiera de sus formas, al abandono, la violencia, el consumo y la distribución de drogas, así como la delincuencia y los conflictos armados;
XVIII. Asegurar su permanencia en su territorio evitando los traslados y la retención ilícita de ellos en el extranjero;
XIX. Recibir cuidados necesarios cuando estén en condición de discapacidad física o intelectual o en situación de vulnerabilidad;
XX. Protección contra la explotación económica y contra cualquiera de las peores formas de trabajo infantil;
XXI. Tener un Sistema de Justicia Penal especializado para adolescentes, donde se respete el debido proceso;
XXII. Participar en las manifestaciones artísticas, usos y prácticas de su cultura, incluyendo el lenguaje, hablado y escrito;
XXIII. conocer sus orígenes y su identidad, a ser registrados gratuitamente, y poseer una nacionalidad; y
XXIV. Conservar su entorno familiar, a fin de que no sea separado de sus padres, salvo disposición expresa en la Ley de la materia.
Artículo 9o. El Sistema promoverá las condiciones para que la igualdad en derechos y oportunidades de todas las niñas, niños y adolescentes sea real y efectiva. Deberá remover los obstáculos de orden económico, social, cultural y de cualquier índole que impidan el pleno ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia.
Capítulo IIIDe las Garantías de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 10. La garantía de los derechos de niñas, niños y adolescentes, tiene como objetivo asegurarles un desarrollo pleno e integral, lo que implica la oportunidad de formarse física, mental, emocional, social y moralmente en condiciones de igualdad.
Artículo 11. En materia familiar:
I. La edad requerida para contraer matrimonio es de 18 años, sin excepciones. Las entidades federativas y el Distrito Federal deberán tomar las medidas necesarias para lograr la erradicación del matrimonio infantil;
II. Las niñas, niños y adolescentes son personas en desarrollo con autonomía progresiva en el ejercicio de sus derechos conforme a su edad. La minoría de edad no constituye una incapacidad;
III. La separación temporal o permanente de una niña, niño o adolescente de sus padres, tutores o personas que lo cuidan sólo puede darse por abandono o las distintas formas de violencia estipuladas en la Ley de la materia, debidamente comprobados y por medio de procedimiento judicial de pérdida de la custodia o de la patria potestad. Las razones de pobreza o insuficiencia de recursos económicos no constituirán una causa justificada de separación;
IV. Las medidas provisionales de protección urgente podrán ser adoptadas por instancias administrativas de gobierno únicamente cuando exista un peligro inminente para la vida, integridad física o emocional del menor de edad, siempre que se comunique de manera inmediata al juez familiar para la adopción de una medida de mayor duración en un plazo no mayor de 24 horas;
V. Todas las decisiones que afecten de manera permanente la situación de abandono, maltrato o descuido a una niña, niño o adolescente deberán ser adoptadas por la vía judicial. El Poder Ejecutivo deberá respetar en todo caso las competencias del Poder Judicial en materia familiar;
VI. En caso de vulneración de los derechos de una niña, niño o adolescente, deberá acudirse al procedimiento de garantías de protección de derechos estipulado en el Título IV de esta Ley;
VII. La identificación de los derechos vulnerados, la búsqueda de la familia y la restitución de los derechos es el objetivo primordial de la actuación de las instancias gubernamentales de atención a la niñez y la adolescencia;
VIII. Las autoridades deberán apoyar a las familias que no logran garantizar el ejercicio de los derechos de sus miembros menores de edad, respetando sus responsabilidades y favoreciendo la restitución de derechos mediante aportaciones concretas, velando por el bienestar físico y emocional de todos los integrantes;
IX. Las niñas, niños y adolescentes tendrán acceso a un registro de nacimiento gratuito, oportuno y accesible físicamente. Los Registros Civiles vigilaran que se cumpla con ello;
X. La ausencia del registro de nacimiento no podrá limitar su acceso a la escuela ni a los servicios de salud, o cualesquiera otros servicios que sirvan para garantizar sus derechos. Las autoridades administrativas de salud, educativas o judiciales que reciban una niña, niño o adolescente sin registro de nacimiento, deberán requerir a los padres sobre la obligación de registrarlo y dar aviso al Registro Civil correspondiente para que les apoye en hacerlo. Si fuera necesario, también se solicitará el apoyo del Sistema de Desarrollo Integral de la Familia que corresponda o a la autoridad judicial en materia familiar;
XI. Los registros de nacimiento llevados a cabo de manera extemporánea no limitarán el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, la tramitación del pasaporte, su acceso a la escuela o a servicios de salud, ni cualesquiera otros, previa identificación de los mismos;
XII. Procederá la adopción de una niña, niño o adolescente, únicamente cuando sus padres hayan perdido su patria potestad y no resulte viable su incorporación con otros familiares que le brinden protección y bienestar cumpliendo los requisitos de Ley;
XIII. Solamente el Poder Judicial podrá determinar la adopción de una niña, niño o adolescente;
XIV. Para la adopción, se buscará siempre la familia adoptiva más afín a la personalidad, origen étnico y cultura del niño o niña a adoptar, teniendo como prioridad la garantía de su bienestar y desarrollo;
XV. La adopción internacional de una niña, niño o adolescente de nacionalidad mexicana procederá únicamente cuando no haya alternativas óptimas para la adopción nacional;
XVI. Están prohibidas las adopciones privadas o aquellas que provienen del acuerdo entre dos familias;
XVII. Son ilegales las adopciones acordadas o llevadas a cabo sin intervención de las instituciones correspondientes o sin seguir todos los requerimientos establecidos en las leyes y normas respectivas;
XVIII. Una vez que la niña, niño o adolescente haya sido adoptado, el juzgado familiar que lo autorizó dará seguimiento a la situación de la persona adoptada, incluso cuando se tratara de adopción internacional, auxiliándose de las autoridades administrativas como el DIF o de las procuradurías;
XIX. Queda prohibido el internamiento o institucionalización de una niña, niño o adolescente en régimen de privación de libertad, salvo lo que determine la Ley de la materia. La niña, niño o adolescente deberá poder mantener contacto con sus padres y/o personas de su entorno familiar, escolar y comunitario, salvo por resolución judicial que señale que determinadas personas tienen prohibido el acercamiento y contacto con él o ella;
XX. La opinión de las niñas, niños y adolescentes deberá ser escuchada en todos los asuntos que les afectan, a excepción de aquellos en los que manifieste expresamente que no quiere pronunciarse. Al escuchar su opinión se deberá utilizar los medios técnicos multidisciplinarios y humanos necesarios y adecuados para interpretar su opinión con el fin de no causarle un daño emocional;
XXI. Los juzgados y tribunales familiares contarán con el espacio y personal especializado para el acompañamiento de las niñas, niños y adolescentes en sus declaraciones y durante todo el procedimiento;
XXII. Las niñas, niños y adolescentes deberán ser informados de manera adecuada sobre las etapas del procedimiento, las consecuencias y sus opciones durante el mismo;
XXIII. En cada Estado y en el Distrito Federal habrá un registro público de obligados alimentarios morosos dependiente del Poder Judicial; y
XXIV. Las demás que señale la Ley.
Artículo 12. En materia penal, cuando las niñas, niños y adolescentes son víctimas de un delito:
I. Está prohibido el careo entre una víctima menor de edad y su presunto agresor o presuntos colaboradores en el delito;
II. Todas las autoridades e instituciones de salud, educativas o cualquier otra que tengan conocimiento de la posible comisión de un delito en contra de un menor de edad, deberán hacerlo de manera personal o anónima del conocimiento inmediato del Ministerio Público, a fin de que se inicie cuanto antes el procedimiento correspondiente y de acuerdo al Título IV de esta Ley;
III. Las medidas dirigidas a la salvaguarda y protección de la integridad de un menor de edad priorizarán la separación del presunto agresor de la víctima antes que la separación o institucionalización de la niña, niño o adolescente. Se intentará alterar lo menos posible la vida familiar, escolar y comunitaria de la víctima, en tanto se pueda garantizar su bienestar y salvaguarda;
IV. Los Ministerios Públicos, Juzgados y Tribunales Penales contarán con el espacio y personal especializado para el acompañamiento de las niñas, niños y adolescentes en sus declaraciones y durante todo el procedimiento;
V. Las niñas, niños y adolescentes deberán ser informados de manera adecuada sobre las etapas del procedimiento penal, las consecuencias y sus opciones durante el mismo; y
VI. Las niñas, niños y adolescentes de los diversos grupos étnicos del país y de los que tuviesen alguna discapacidad física o mental, se sujetarán a lo dispuesto en la fracción anterior.
Artículo 13. En materia penal, cuando se presuma la comisión de una conducta tipificada como delito por una niña, niño o adolescente:
I. Las autoridades aplicarán el procedimiento estipulado en el estipulado en el Título IV de esta Ley, debiendo investigar sobre su situación familiar y adoptar las medidas correspondientes conforme a dicho procedimiento, las cuales, no constituirán ni tendrán las características de una sanción;
II. El internamiento de una niña, niño o adolescente que se presuma en la realización de una o varias conductas tipificadas como delito, sólo podrá determinarse por la vía judicial conforme al procedimiento de garantía de sus derechos estipulados en el Título IV de esta Ley, en función de la necesidad de restitución de derechos de la niña, niño o adolescente y no como respuesta o sanción por el delito cometido; y
II. Las niñas, niños o adolescentes que tuviesen alguna discapacidad física o mental o de cualquier grupo étnico, se sujetarán a lo dispuesto en la fracción anterior.
Artículo 14. En materia penal, cuando se presuma la realización de una o varias conductas tipificadas como delito por una o un adolescente, será remitido al Sistema de Justicia para Adolescentes, el cual:
I. Se aplicará a los mayores de 12 años y menores de 18 años de edad exclusivamente;
II. Deberá contar con autoridades, instituciones y órganos especializados para adolescentes con formación en materia de derechos de las niñas, niños y adolescentes;
III. El procedimiento deberá ser oral y acusatorio;
IV. Se aplicará la medida privativa de libertad únicamente para los mayores de 14 años cumplidos y 18 años no cumplidos, de manera proporcional a la conducta tipificada como delito cometido y durante el menor tiempo posible;
V. Se aplicarán de manera preferente las medidas no privativas de la libertad, debiendo las mismas ser diversas, adecuadas, reguladas por Ley de la materia y contar con la infraestructura institucional y de personal necesario para su aplicación;
VI. Tanto las sanciones como todo el procedimiento especializado de justicia para adolescentes deberán estar estipulados por la ley para su implementación y aplicación;
VII. Los adolescentes tendrán derecho a una defensa jurídica adecuada, gratuita y a aportar pruebas para su defensa;
VIII. Los adolescentes tendrán derecho a ser escuchados durante el procedimiento y a ser informados sobre sus etapas y de las consecuencias de cada acto procesal, de manera comprensible y adecuada a su edad y madurez. Si no hablara español, se pondrá un traductor de su lengua natal a su disposición durante todo el procedimiento. En el caso de los adolescentes que tuviesen alguna discapacidad fisco o mental contarán con un especialista certificado quien lo acompañará durante todo el procedimiento;
IX. Los padres del adolescente y personas de su confianza podrán acompañarle durante el procedimiento y participar en el mismo de acuerdo a lo estipulado por la ley;
X. Los adolescentes tendrán derecho y oportunidad de impugnar su sentencia condenatoria;
XI. Las medidas deberán ser proporcionales a la conducta cometida;
XII. Los adolescentes podrán comunicarse y tener visitas de su familia y personas de su elección durante la ejecución de su sanción, incluso si es privativa de libertad, a excepción de aquellas personas excluidas mediante sentencia;
XIII. Los adolescentes deberán tener acceso a los servicios de salud que requieran durante el cumplimiento de su sanción, sea ésta privativa o no de su libertad, así como el derecho a proseguir con su proceso educativo, facilitándosele los medios necesarios para que éste no sea interrumpido durante el cumplimiento de la medida;
XIV. Para las adolescentes embarazadas o que tengan hijos, hijas, o dependientes económicos, que sean declaradas culpables de la conducta tipificada como delito, se optará de manera preferente por medidas no privativas de la libertad. Igualmente para los adolescentes varones que tengan hijos, hijas o dependientes económicos;
XV. Tratándose de adolescentes embarazadas, deberán tener acceso a los servicios de salud requeridos para su bienestar y el desarrollo del bebé durante el procedimiento y ejecución de su sentencia;
XVI. Las adolescentes que tengan hijos antes o durante la ejecución de su medida, sea privativa o no de su libertad, podrán mantener a sus hijos junto a ellas, garantizándose un ambiente e instalaciones adecuadas para la maternidad y el desarrollo de los infantes;
XVII. Los adolescentes en cumplimiento de medida privativa o no privativa de su libertad tendrán acceso al desarrollo de actividades recreativas, lúdicas y deportivas;
XVIII. Los adolescentes en cumplimiento de sanción privativa o no privativa de su libertad tendrán acceso a una alimentación sana y nutritiva, adecuada a su edad y que permita su desarrollo físico y mental pleno; y
XIX. Las medidas de disciplina en el cumplimiento de las medidas privativas y no privativas de libertad deberán ser respetuosas de la integridad física, psicológica y emocional de los adolescentes.
Título SegundoDel Sistema de Garantías para la Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Capítulo IDe la Integración del Sistema de Garantías para la Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 15.ElSistema de Garantías para la Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, es el mecanismo permanente de concurrencia, colaboración, coordinación y concertación de los gobiernos federal, de las entidades federativas y municipales, así como del sector social, que tiene por objeto:
I. Integrar la participación del sector público y la sociedad civil en la definición e instrumentación de las políticas públicas de garantía de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes;
II. Establecer la colaboración y coordinación entre las entidades federales para la formulación, ejecución e instrumentación de programas, acciones e inversiones en materia de niñez y adolescencia;
III. Garantizar la transversalidad de las acciones de garantía de protección de los derechos de la niñez en las instancias federales, de las entidades federativas y municipales;
IV: Promover la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas, acciones e inversiones de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, con los objetivos, estrategias y prioridades de la política pública nacional de garantía de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes;
V. Impulsar la desconcentración y la descentralización de los recursos y acciones de garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia, la rendición de cuentas y la democracia participativa; y
VI. Fomentar la participación y empoderamiento de las niñas, niños y adolescentes en el ejercicio de sus derechos humanos.
Artículo 16. El Sistema está integrado por:
I. El Consejo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia;
II. El Secretariado Ejecutivo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia;
III. Los Consejos Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia;
IV. Los Secretariados Ejecutivos Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia;
V. Los Sistemas DIF Nacional, Estatales, del Distrito Federal y Municipales;
VI. Los juzgados y tribunales del orden familiar y penal;
VII. Los juzgados y tribunales especializados para adolescentes;
VIII. Las Procuradurías de Justicia Federal, Estatales y del Distrito Federal;
IX. La Visitaduría Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia; y
X. Las Visitadurías estatales y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Artículo 17. Son organismos nacionales independientes, coadyuvantes y vigilantes del funcionamiento del Sistema:
I. El Observatorio Ciudadano Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia; y
II. Los Observatorios Ciudadanos Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Capítulo IIDel Consejo Nacional de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 18.El Consejo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, es el órgano deliberativo que adopta las decisiones sobre la rectoría nacional de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia.
Artículo 19. El Consejo Nacional está integrado por:
I. El Presidente de la República, quién lo presidirá;
II. El titular de la Secretaría de Gobernación;
III. El titular de la Secretaría de Desarrollo Social;
IV. El titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores;
V. El titular de la Secretaría de Salud;
VI. El titular de la Secretaría de Educación Pública;
VII. El titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
VIII. El titular de la Secretaría de Economía;
IX. El titular de la Secretaría de la Función Pública;
X. El titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
XI. El titular de la Secretaría de Turismo;
XII. El titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
XIII. El titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
XIV. El titular de la Secretaría de Energía;
XV. El titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
XVI. El titular de la Secretaría de Defensa Nacional;
XVII. El titular de la Secretaría de Marina;
XVIII. El titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;
XIX. El titular del Secretariado Ejecutivo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia;
XX. El titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;
XXI. Los gobernadores de los Estados y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal;
XXII. El titular del Observatorio Ciudadano Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia; y
XXIII. Los titulares de los Observatorios Ciudadanos Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Artículo 20. Como invitados permanentes, asistirán a las reuniones del Consejo Nacional:
I. El Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
II. El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia; y
III. El Presidente de la Cámara de Diputados y el Presidente de la Cámara de Senadores.
El Consejo podrá invitar, por la naturaleza de los asuntos a tratar, a las personas, académicos, instituciones y representantes de la sociedad civil que puedan exponer conocimientos y experiencias para el cumplimiento de los objetivos del Sistema. Dicha participación será con carácter honorífico.
Artículo 21. El Presidente del Consejo será suplido en sus ausencias por el Secretario de Gobernación.
En caso de que alguno de los demás integrantes no pudiera asistir a una reunión del Consejo Nacional, el titular designará para tal fin a su inmediato inferior en su cargo, con capacidad para la toma de decisiones y votación durante la misma.
Artículo 22. El Consejo Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
I. Aprobar los acuerdos y resoluciones generales, necesarias y/o coadyuvantes para el funcionamiento del Sistema;
II. Implementar los lineamientos para la formulación de políticas generales en materia de derechos de la niñez y la adolescencia;
III. Aprobar el Programa Nacional para la Garantía los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
IV. Discutir y aprobar la evaluación del Programa Nacional para la Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
V. Concertar la coordinación entre las diversas instituciones que integran el Sistema;
VI. Avalar los informes a remitir al Comité de los Derechos de la Niñez de Naciones Unidas;
VII. Discutir y aprobar la evaluación del cumplimiento de México de las recomendaciones del Comité de los Derechos de la Niñez y de las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos u otras instancias internacionales de Derechos Humanos;
VIII. Aprobar el presupuesto anual que se solicitará a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para el cumplimiento de los derechos de la niñez y adolescencia y funcionamiento del Sistema;
IX. Acordar y aprobar la planeación del presupuesto nacional en materia de niñez y adolescencia;
X. Monitorear el cumplimiento del presupuesto nacional en materia de niñez y adolescencia;
XI. Aprobar las políticas para el suministro, intercambio y actualización de la información en materia de niñez y adolescencia;
XII. Acordar medidas de coordinación de los ámbitos federal, estatal y municipal de gobierno,
XIII. Delinear medidas de coordinación entre los diversos integrantes del Sistema,
XIV. Puntualizar medidas para vincular el Sistema con otros nacionales,
XV. Concertar medidas para promover la participación efectiva ciudadana así como de niños, niñas y adolescentes, en el proceso de discusión, elaboración, definición, implementación y evaluación de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia,
XVI. Solicitar al Secretariado Ejecutivo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia el desarrollo de estudios, acciones o actividades concretas en virtud de circunstancias específicas o temporales que lo ameriten, y
XVII. Las demás que se establezcan en otras disposiciones normativas que sean necesarias para el funcionamiento del Sistema.
Artículo 23. El Consejo Nacional se reunirá una vez al año, previa convocatoria emitida por el Presidente de la República a solicitud del Secretariado Ejecutivo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Artículo 24. La Secretaría de Gobernación actuará como Secretario del Consejo Nacional, a fin de redactar y notificar a todos los integrantes del Consejo Nacional las decisiones adoptadas durante la sesión.
Las decisiones aprobadas por el Consejo Nacional serán obligatorias para todos los integrantes del Sistema y su aplicación será inmediata salvo que quede establecido un plazo determinado para su ejecución.
Capítulo IIIDel Secretariado Ejecutivo Nacional de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 25.El Secretariado Ejecutivo Nacional es un órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, cuya función es la de coordinar la recopilación, en materia de niñez y adolescencia, de la información, de las decisiones adoptadas en los ámbitos federal, estatal y municipal, así como de los datos estadísticos, estudios e investigaciones técnicas, informes y resoluciones de organismos internacionales, y demás información relevante para la toma de decisiones del Consejo Nacional.
El Secretariado Ejecutivo Nacional es el encargado de transmitir a los ámbitos federal, estatal y municipal los lineamientos de las políticas públicas de niñez, y toda la información relevante sobre las decisiones adoptadas por el Consejo Nacional para la ejecución de las políticas públicas en materia de niñez y adolescentes, brindando apoyo para dicha ejecución.
Artículo 26. Al Titular del Secretariado Ejecutivo Nacional se le denomina Secretario Ejecutivo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Su remoción y nombramiento se efectuará libremente por el Presidente del Consejo Nacional. El nombramiento se realizará con base a una terna de candidatos propuestos cada uno por la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Gobernación y el Observatorio Ciudadano Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia y el DIF.
Artículo 27. Los requisitos para ser nombrado Secretario Ejecutivo Nacional son los siguientes:
I. Ser ciudadano o ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
II. Tener más de 35 años de edad;
III. Contar con un título profesional de nivel Licenciatura debidamente registrado;
IV. Contar con al menos 5 años de experiencia en materia de niñez y adolescencia;
V. Tener reconocida experiencia y capacidad; y
VI. No haber sido sentenciado por delito doloso o inhabilitado como servidor público.
Artículo 28. Corresponde al Secretariado Ejecutivo Nacional, lo siguiente:
I. Ejecutar y dar seguimiento a las resoluciones del Consejo Nacional;
II. Formulación de propuestas para la aprobación del Consejo Nacional;
III. Presentar al Consejo Nacional informes, presupuestos y programas para su aprobación;
IV. Facilitar la coordinación entre las Secretarías de Estado para la elaboración del Programa Nacional y para la formulación de propuestas conjuntas para decisión del Consejo Nacional;
V. Elaborar un informe de evaluación de la implementación del Programa Nacional para la aprobación del Consejo Nacional;
VI. Integrar los informes y opiniones del Observatorio Ciudadano para la elaboración del Programa Nacional y para su evaluación;
VII. Integrar la información y elaborar el informe a remitir periódicamente al Comité de los Derechos de la Niñez de Naciones Unidas para la aprobación del Consejo Nacional;
VIII. Vigilar y evaluar el funcionamiento del Sistema de Garantías, haciéndolo del conocimiento del Consejo Nacional para la toma de decisiones al respecto;
IX. Recopilar, sistematizar y difundir la información nacional en materia de niñez y adolescencia;
X. Impulsar mejoras para los instrumentos de información del Sistema de Garantías;
XI. Compilar los acuerdos que se tomen en el Consejo Nacional y llevar el archivo de éstos;
XII. Brindar información relevante al Consejo Nacional y a la ciudadanía sobre los derechos de la niñez y la adolescencia;
XIII. Convocar al Observatorio Ciudadano Nacional para que elabore un informe anual de análisis de los derechos de la niñez y la adolescencia;
XIV: Capacitar y elaborar estudios especializados sobre temas de relevancia para el cumplimiento y ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia;
XV. Desarrollar campañas de difusión para la prevención, atención y mejoramiento del ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia;
XVI. Facilitar la coordinación entre las Secretarías de Estado para la ejecución del Programa Nacional y de las decisiones del Consejo Nacional;
XVII. Fungir como enlace con las Secretariados Ejecutivos Estatales y del DF para intercambio de información, capacitación, seguimiento a sus actividades, y apoyo técnico;
XVIII. Proponer la convocatoria para el Presidente del Consejo Nacional y preparar una reunión anual de todos los Secretarios de Estado integrantes del Consejo Nacional y los Secretarios de Estado y del Distrito Federal integrantes de los Consejos Estatales y del Distrito Federal;
XIX. Proponer la convocatoria para el Presidente del Consejo Nacional y preparar una reunión anual del Presidente, los Gobernadores y Jefe de Gobierno del DF;
XX. Convocar al menos 4 reuniones anuales de los Secretariados Ejecutivos Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia sobre temas específicos;
XXI. Dar a conocer al Observatorio Ciudadano Nacional y los Observatorios Ciudadanos Estatales y del DF, así como a la ciudadanía en general, sobre las conclusiones de las reuniones contempladas en los tres apartados anteriores del presente artículo;
XXII. Informar periódicamente al Consejo Nacional y al Secretario de Desarrollo Social sobre sus actividades; y
XXIII. Recopilar de los miembros del Consejo Nacional, de los Secretariados Ejecutivos Estatales y del Distrito Federal, de los Sistemas de Desarrollo Integral de la Familia, del Observatorio Ciudadano Nacional y Estatales la información requerida para hacer una propuesta de Presupuesto al Consejo Nacional para su aprobación y solicitud al Congreso de la Unión.
Artículo 29. Para la ejecución de sus funciones, el Secretariado Ejecutivo Nacional está organizado conforme a la estructura siguiente:
I. Dirección General;
II. Dirección de Enlace y Coordinación Intersecretarial;
III. Dirección de Enlace y Coordinación con las Entidades Federativas;
IV. Dirección de Investigación e Información Estadística;
V. Dirección de Promoción, difusión y fortalecimiento de capacidades;
VI. Dirección de Comunicación Social; y
VII. Dirección Jurídica.
Artículo 30.Corresponde a laDirección General:
I. La asistencia técnica y secretarial del Secretario Ejecutivo;
II. La preparación de los documentos e información a presentar por el Secretario Ejecutivo en la reunión del Consejo Nacional, y demás reuniones en las que participe;
III. La coordinación de las demás Direcciones del Secretariado Ejecutivo Nacional;
IV. La preparación de la convocatoria y reuniones del Consejo Nacional y de las contempladas en las fracciones XVIII, XIX y XX del artículo 28 de esta Ley;
V. La preparación y emisión de la convocatoria al Observatorio Ciudadano Nacional para que elabore un informe anual de análisis de los derechos de la niñez y la adolescencia;
VI. La integración de la información y elaboración del Programa Nacional para su aprobación por el Consejo Nacional, así como de su evaluación;
VII. La integración de la información y elaboración de los Informes a remitir al Comité de los Derechos de la Niñez de Naciones Unidas para aprobación del Consejo Nacional;
VIII. La recopilación de la información y elaboración de la propuesta de Presupuesto para la aprobación del Consejo Nacional y solicitud a la Cámara de Diputados; y
IX. Las demás que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 31. Corresponde a la Dirección de Enlace y Coordinación Intersecretarial:
I. Convocar y organizar las reuniones con los representantes de las Secretarías integrantes del Consejo Nacional a fin de coordinar las actividades de cada una de ellas para dar cumplimiento al Programa Nacional y a los acuerdos adoptados por el Consejo Nacional;
II. Coordinar con las Secretarías integrantes del Consejo Nacional para la difusión de información relevante y apoyo técnico necesario para el cumplimiento de sus responsabilidades incluidas en el Programa Nacional y de los acuerdos del Consejo Nacional;
III. Preparar y proponer a la Dirección General los contenidos de la reunión anual de todos los Secretarios de Estado integrantes del Consejo Nacional y los Secretarios de Estado y del Distrito Federal integrantes de los Consejos Estatales y del Distrito Federal;
IV. Mantener a la Dirección General informada sobre sus actividades y aspectos que se considere que ameritan mayor discusión, análisis o intervención por parte del Sistema; y
V. Las demás que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 32. Corresponde a la Dirección de Enlace y Coordinación con las Entidades Federativas:
I. Recopilar con los Secretariados Ejecutivos Estatales y del Distrito Federal la información relevante para la elaboración de la propuesta y evaluación del Programa Nacional, para la preparación de las reuniones contempladas en los fracciones XVIII, XIX y XX del artículo 28 de esta Ley, para la elaboración de los informes a remitir al Comité de los Derechos de la Niñez de Naciones Unidas y para las sesiones del Consejo Nacional;
II. Recabar con los Secretariados Ejecutivos Estatales y del Distrito Federal la información sobre sus necesidades técnicas, presupuestales y operativas para la implementación del Programa Nacional y de los acuerdos adoptados por el Consejo Nacional;
III. Facilitar con los Secretariados Técnicos Estatales y del Distrito Federal la información estadística, de investigación, capacitación o apoyo técnico requeridos para el cumplimiento del Programa Nacional y de los acuerdos del Consejo Nacional;
IV. Mantener a la Dirección General informada sobre sus actividades y aspectos que se considere que ameritan mayor discusión, análisis o intervención por parte del Sistema; y
V. Las demás que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 33. Corresponde a la Dirección de Investigación e Información Estadística:
I. Coordinar con las secretarias de gobierno, autoridades de procuración e impartición de justicia, las instituciones públicas, organizaciones de la sociedad civil y académicas y todas aquellas que recopilen información estadística y/o la analicen, para recoger dicha información, sistematizarla y hacerla accesible a las instituciones y al público en general;
II. Solicitar a los Secretariados Ejecutivos Estatales y del Distrito Federal el apoyo en la recopilación de información a nivel estatal y del Distrito Federal;
III. Elaborar estudios de investigación cuantitativa y/o cualitativa sobre la situación de la niñez y adolescencia u otros temas relevantes que no correspondan o sean realizados por otras instancias públicas y que sean necesarios para el conocimiento y mejora de la aplicación de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia y el ejercicio de sus derechos;
IV. Mantener a la Dirección General informada sobre sus actividades y aspectos de la información recopilada que ameriten mayor discusión, análisis o intervención por parte del Sistema; y
V. Las demás que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 34. Corresponde a la Dirección de Promoción, Difusión y Fortalecimiento de Capacidades:
I. Desarrollar campañas de difusión para la prevención, atención y mejoramiento del ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia;
II. Brindar asesoría y apoyo a solicitud de los Secretariados Ejecutivos Estatales y del Distrito Federal para el desarrollo de sus campañas;
III. Proporcionar asesoría técnica, materiales y capacitación a los Secretariados Ejecutivos Estatales y del Distrito Federal, autoridades, instituciones públicas, medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil y académicas que lo requieran y soliciten;
IV. Mantener a la Dirección General informada sobre sus actividades y de la detección de áreas de difusión y capacitación que ameriten mayor discusión, análisis o intervención por parte del Sistema; y
V. Las demás que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 35. Para el desarrollo de sus funciones, el Secretariado Ejecutivo Nacional deberá contar con los recursos económicos y humanos adecuados y suficientes.
Capítulo IVDe los Consejos Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 36. Los Consejos Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia son los órganos deliberativos que adoptan las decisiones sobre la rectoría de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia en los Estados y el Distrito Federal.
Artículo 37. Los Consejos Estatales están integrados por:
I. El Gobernador en cada Estado o el Jefe de Gobierno en el Distrito Federal, quién lo presidirá;
II. Los titulares de todas las Secretarías en cada Estado y el Distrito Federal, en cada caso;
III. El titular del Secretariado Ejecutivo Estatal de los Derechos de la Niñez o del Distrito Federal, en cada caso; y
IV. El titular del Observatorio Ciudadano Estatal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia o el titular del Observatorio Ciudadano del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia en cada caso.
Artículo 38. Como invitados permanentes, asistirán a las reuniones de los Consejos Estatales:
I. El Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en cada caso;
II. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia o del Distrito Federal, en cada caso; y
III. El Presidente del Congreso Estatal o de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en cada caso.
Los Consejos estatales podrán invitar, por la naturaleza de los asuntos a tratar, a las personas, instituciones y representantes de la sociedad civil que puedan exponer conocimientos y experiencias para el cumplimiento de los objetivos del Sistema. Dicha participación será con carácter honorífico.
Artículo 39. El Presidente de los Consejos Estatales será suplido en sus ausencias por el Secretario de Gobierno de cada Estado o del Distrito Federal.
En caso de que alguno de los demás integrantes no pudiera asistir a una reunión del Consejo Estatal, el titular designará para tal fin a su inmediato inferior en su cargo, con capacidad para la toma de decisiones y votación durante la misma.
Artículo 40. Los Consejos Estatales tienen las siguientes atribuciones en su ámbito territorial:
I. Aprobar los acuerdos, presupuestos y resoluciones generales, necesarias y/o coadyuvantes para el funcionamiento del Sistema;
II. Implementar los lineamientos para la formulación de políticas generales en materia de derechos de la niñez y la adolescencia;
III. Aprobar el Programa Estatal y del Distrito Federal para la Garantía los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
IV. Discutir y aprobar la evaluación del Programa Estatal y del Distrito Federal para la Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
V. Acordar la coordinación entre las diversas instituciones que integran el Sistema;
VI. Aprobar el presupuesto anual que se requiere para el funcionamiento del Sistema y comunicarlo al Secretariado Ejecutivo Nacional;
VII. Construir la planeación del presupuesto estatal y del Distrito Federal en materia de niñez y adolescencia;
VIII. Monitorear el cumplimiento del presupuesto estatal y del Distrito Federal en materia de niñez y adolescencia;
IX. Proponer las políticas para el suministro, intercambio y actualización de la información en materia de niñez y adolescencia;
X. Elaborar medidas para mejorar la coordinación en los ámbitos federal, estatal y municipal de gobierno;
XI. Construir medidas para mejorar la coordinación entre los diversos integrantes del Sistema;
XII. Implementar acciones para vincular el Sistema con otros nacionales, estatales o municipales;
XIII. Realizar acciones para promover la participación efectiva ciudadana así como de niños, niñas y adolescentes, en el proceso de discusión, elaboración, definición, implementación y evaluación de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia;
XIV. Solicitar al Secretariado Ejecutivo Estatal y del Distrito Federal el desarrollo de estudios, acciones o actividades concretas en virtud de circunstancias específicas o temporales que lo ameriten;
XV. Comunicar sus acuerdos al Consejo Nacional, a través del Secretariado Ejecutivo Nacional, como información coadyuvante para la definición de políticas públicas a nivel nacional; y
XVI. Las demás que se establezcan en otras disposiciones normativas que sean necesarias para el funcionamiento del Sistema.
Artículo 41. Los Consejos Estatales se reunirán una vez al año, previa convocatoria emitida por el Gobernador del Estado o el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a solicitud del Secretariado Ejecutivo Estatal o del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Artículo 42. Cada Secretaría de Gobierno actuará como Secretario de los Consejos Estatales, a fin de redactar y notificar a todos los integrantes del Consejo Estatal respectivo las decisiones adoptadas durante su sesión.
Las decisiones aprobadas por los Consejos Estatales obligarán a todos los integrantes del Sistema en su ámbito y su aplicación será inmediata salvo que quede establecido un plazo determinado para su ejecución.
Capítulo VDe los Secretariados Ejecutivos Estatales y del DF de los Derechos de las Niñas, Niños y la Adolescencia
Artículo 43. Los Secretariados Ejecutivos Estatales y del Distrito Federal, son los órganos desconcentrados dependientes de las Secretarías Estatales de Desarrollo Social y del Distrito Federal, cuya función es la de coordinar y recopilar, en materia de niñez y adolescencia, la información, decisiones adoptadas en los ámbitos estatal y municipal, datos estadísticos, estudios e investigaciones técnicas, informes y resoluciones de organismos internacionales, y demás información relevante para la toma de decisiones del Consejo Estatal correspondiente.
Los Secretariados Ejecutivos Estatales son los encargados de transmitir a los ámbitos estatal, municipal y del Distrito Federal en cada caso, los lineamientos de las políticas públicas de niñez, y toda la información relevante sobre las decisiones adoptadas por el Consejo Estatal correspondiente para la ejecución de las políticas públicas en materia de niñez y adolescentes, brindando apoyo para dicha ejecución.
Artículo 44. Al titular de cada Secretariado Ejecutivo Estatal se le denomina Secretario Ejecutivo Estatal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Su remoción y nombramiento se efectuará libremente por los Presidentes de los Consejos Estatales. El nombramiento se realizará en base a una terna de candidatos propuestos cada uno por la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Gobierno y el Estatal y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, en cada caso.
Artículo 45. Los requisitos para poder ser nombrado Secretario Ejecutivo Estatal son los siguientes.
I. Ser ciudadano o ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
II. Tener más de 35 años de edad;
III. Contar con un título profesional de nivel Licenciatura debidamente registrado;
IV. Contar con al menos 4 años de experiencia en materia de niñez y adolescencia;
V. Tener reconocida experiencia y capacidad; y
VI. No haber sido sentenciado por delito doloso o inhabilitado como servidor público.
Artículo 46. Corresponde al Secretariado Ejecutivo Estatal en su ámbito territorial, lo siguiente:
I. Ejecutar y dar seguimiento a las resoluciones del Consejo Estatal;
II. Formular de propuestas para la aprobación del Consejo Estatal;
III. Presentar al Consejo Estatal informes, presupuestos y programas para su aprobación;
IV. Coordinar la elaboración e integrar el Programa Estatal con las aportaciones de los Municipios, DIF, los Observatorios Ciudadanos Estatales y demás instancias o comités de discusión, seguimiento del cumplimiento de los derechos de la niñez y fuentes de información para la elaboración del Programa Estatal;
V. Facilitar la coordinación entre las instancias municipales para la formulación de propuestas conjuntas para decisión del Consejo Estatal y cumplimiento de estas decisiones;
VI. Elaborar un informe de evaluación de la implementación del Programa Estatal para la aprobación del Consejo Estatal;
VII. Vigilar y evaluar el funcionamiento del Sistema, haciéndolo del conocimiento del Consejo Estatal para la toma de decisiones al respecto;
VIII. Recopilar de los miembros del Consejo Estatal, de los Sistemas de Desarrollo Integral de la Familia Estatal y Municipales y del Observatorio Ciudadano Estatal la información requerida para hacer las propuestas de Presupuesto correspondientes al Consejo Estatal para su aprobación a nivel estatal y para la solicitud al Congreso de la Unión a través del Consejo Nacional;
IX. Recopilar, integrar y enviar información al Secretariado Ejecutivo Nacional para su elaboración de los informes a remitir al Comité de los Derechos de la Niñez de Naciones Unidas;
X. Recopilar, sistematizar y difundir la información estatal en materia de niñez y adolescencia;
XI. Impulsar mejoras para los instrumentos de información del Sistema;
XII. Compilar los acuerdos que se tomen en el Consejo Estatal y llevar el archivo de éstos;
XIII. Brindar información relevante al Consejo Estatal, a los Municipios y a la ciudadanía sobre los derechos de la niñez y la adolescencia;
XIV. Convocar al Observatorio Ciudadano Estatal para que elabore un informe anual de análisis de los derechos de la niñez y la adolescencia;
XV. Capacitar y elaborar estudios especializados sobre temas de relevancia para el cumplimiento y ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia;
XVI. Desarrollar campañas de difusión para la prevención, atención y mejoramiento del ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia;
XVII. Facilitar la coordinación entre las Secretarías del Estado y del Distrito Federal para la ejecución del Programa Nacional y de las decisiones del Consejo Nacional;
XVIII. Participar en las convocatorias y reuniones convocadas por el Secretariado Ejecutivo Nacional;
XIX. Otorgar información y apoyo técnico a los Secretarios del Estado o del Distrito Federal convocados por el Presidente del Consejo Nacional para la reunión anual de Secretarios de Estado Federales, Estatales y del Distrito Federal;
XX. Brindar información y apoyo técnico al Gobernador o Jefe de Gobierno del Distrito Federal convocados por el Presidente del Consejo Nacional para su reunión anual;
XXI. Convocar al menos 3 reuniones anuales de los Municipios, en su totalidad o por regiones, sobre temas específicos y para generar instrumentos de coordinación entre los mismos;
XXII. Dar a conocer al Observatorio Ciudadanos Estatal y del DF, así como a la ciudadanía en general, sobre las conclusiones de las reuniones contempladas en los tres apartados anteriores del presente artículo;
XXIII. Elaborar y actualizar un registro de instituciones públicas y privadas que brinden asistencia social a niños, niñas y adolescentes;
XXIV: Emitir la autorización o negación de la autorización a las instituciones públicas o privadas que soliciten brindar asistencia social a niños, niñas y adolescentes, hasta en tanto se acredite su debido requisito;
XXV. Vigilar de forma permanente, mediante visitas periódicas trimestrales e inspección de expedientes, las instituciones públicas y privadas que brinden asistencia social a niños, niñas y adolescentes;
XXVI. Prorrogar o cancelar la autorización de prestación de servicio a las instituciones públicas o privadas que brinden asistencia social a niños, niñas y adolescentes, en función de su cumplimiento o no de sus obligaciones y de la garantía de protección de los derechos de los usuarios;
XXVII. Denunciar o querellarse ante el Ministerio Público de las violaciones de los derechos de la niñez y adolescencia acontecidas en las instalaciones o bajo la responsabilidad de las instituciones públicas o privadas que brinden asistencia social a niños, niñas y adolescentes;
XXVIII. Denunciar o querellarse ante el Ministerio Público cualquier violación de los derechos de la niñez y adolescencia por parte de instituciones públicas o privadas que tenga conocimiento a través de sus actividades;
XXIX. Informar trimestralmente al Consejo Estatal y al Secretario de Desarrollo Social Estatal y del Distrito Federal sobre sus actividades; y
XXX. Formular y presentar una queja ante la Visitaduría Estatal de Derechos de la Niñez y la Adolescencia por las violaciones a los derechos de la niñez y la adolescencia cometidas por alguna institución pública.
Artículo 47. Para la ejecución de sus funciones, los Secretariados Ejecutivos Estatales deberán están organizados conforme a la estructura siguiente:
I. Dirección General;
II. Dirección de Enlace y Coordinación;
III. Dirección de Investigación e Información Estadística; y
IV. Dirección de Promoción, difusión y fortalecimiento de capacidades.
Artículo 48.Corresponde a laDirección General:
I. Asistir técnica y secretarialmente al Secretario Ejecutivo Estatal;
II. Preparar los documentos, presupuestos e información a presentar por el Secretario Ejecutivo en la reunión del Consejo Estatal, y demás reuniones en las que participe a nivel estatal y nacional;
III. Coordinar a las demás Direcciones del Secretariado Ejecutivo Estatal;
IV. Preparar la convocatoria y reuniones del Consejo Estatal y de las contempladas en el apartado XX del Artículo 46 de esta Ley;
V. Emitir la convocatoria al Observatorio Ciudadano Estatal para que elabore un informe anual de análisis de los derechos de la niñez y la adolescencia;
VI. Integrar la información y elaboración del Programa Estatal para su aprobación por el Consejo Estatal, así como de su evaluación;
VII. Apoyar técnicamente a las Secretarías del Estado o del Distrito Federal para la reunión anual mencionada en el apartado XVIII del artículo 46 de esta Ley;
VIII. Apoyar técnicamente a los Gobernadores y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal para la reunión anual mencionada en el apartado XIX del artículo 46 de esta Ley;
IX. Preparar y presentar las denuncias y/o querellas ante el Ministerio Público y quejas ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos por violaciones a los derechos de la niñez y la adolescencia;
X. Registrar, autorizar, cancelar la autorización y vigilancia de las instituciones públicas y privadas que presten servicios de asistencia social a niños, niñas y adolescentes; y
XI. Las demás que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 49. Corresponde a la Dirección de Enlace y Coordinación:
I. Enlazar con las Secretarías del Estado Federal integrantes del Consejo Estatal la difusión de información relevante y apoyo técnico necesario para el cumplimiento de sus responsabilidades en cumplimiento del Programa Estatal y de los acuerdos del Consejo Estatal;
II. Coordinar con el Secretariado Ejecutivo Nacional la emisión de la información relevante para la elaboración de la propuesta y evaluación del Programa Nacional, para la preparación de las reuniones contempladas en las fracciones XVIII, XIX y XX del artículo 28 de esta Ley y para las sesiones del Consejo Nacional;
III. Facilitar la información con el Secretariado Ejecutivo Nacional sobre las necesidades técnicas, presupuestales y operativas en el Estado o Distrito Federal para la implementación del Programa Nacional y de los acuerdos adoptados por el Consejo Nacional;
IV. Proporcionar la información al Secretariado Ejecutivo Nacional con el fin de facilitar datos estadísticos, de investigación, capacitación o apoyo técnico requeridos en el Estado para el cumplimiento del Programa Nacional y de los acuerdos del Consejo Nacional;
V. Coordinar con los Municipios la recopilación de la información necesaria para la elaboración y evaluación del Programa Estatal;
VI. Coordinar con los Municipios la realización de las reuniones de Municipios contempladas en la fracción XIX del artículo 46 de esta Ley; y
VII. Las demás que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 50. Corresponde a la Dirección de Investigación e Información Estadística:
I. Establecer enlaces con las autoridades estatales o del Distrito Federal de procuración e impartición de justicia, las instituciones públicas, organizaciones de la sociedad civil y académicas y todas aquellas que recopilen información estadística y/o la analicen, para recoger dicha información, sistematizarla y hacerla accesible a las instituciones y al público en general;
II. Coordinar con el Secretariado Ejecutivo Nacional para facilitar la información recopilada conforme al apartado anterior de este artículo y para brindar apoyo en la recopilación de información a nivel estatal y del Distrito Federal;
III. Elaborar estudios de investigación cuantitativa y/o cualitativa sobre la situación de la niñez y adolescencia u otros temas relevantes que no correspondan o sean realizados por otras instancias públicas y que sean necesarios para el conocimiento y mejora de la aplicación de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia y el ejercicio de sus derechos;
IV. Mantener a la Dirección General informada sobre sus actividades y aspectos de la información recopilada que ameriten mayor discusión, análisis o intervención por parte del Sistema Estatal; y
V. Las demás que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 51. Corresponde a la Dirección de Promoción, Difusión y Fortalecimiento de Capacidades:
I. Desarrollar campañas de difusión en el Estado o el Distrito Federal para la prevención, atención y mejoramiento del ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia;
II. Brindar apoyo a solicitud del Secretariado Ejecutivo Nacional para el desarrollo de sus campañas en todo el territorio nacional;
III. Otorgar asesoría técnica, materiales y capacitación a las Secretarías de Estado, autoridades, instituciones públicas, medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil y académicas que lo requieran y soliciten en cada Estado o el Distrito Federal;
IV. Mantener a la Dirección General informada sobre sus actividades y de la detección de áreas de difusión y capacitación que ameriten mayor discusión, análisis o intervención por parte del Sistema; y
V. Las demás que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 52. Para el desarrollo de sus funciones, el Secretariado Ejecutivo Estatal deberá contar con los recursos económicos y humanos adecuados y suficientes.
Capítulo VIDel Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
Artículo 53.Conforme al artículo 172 de la Ley General de Salud y del artículo 27 de la Ley de Asistencia Social, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, tendrá las siguientes funciones en materia de niñez y adolescencia:
I. Coadyuvar en el cumplimiento de esta Ley;
II. Brindar información y colaborar con el Secretariado Ejecutivo Nacional para que el mismo integre y redacte el Programa Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, en concordancia con el Programa Nacional de Asistencia Social;
III. Proponer a la Secretaría de Salud, en su carácter de administradora del Patrimonio de la Beneficencia Pública, programas de asistencia social que contribuyan al uso eficiente de los bienes que lo componen;
IV. Proponer a la Lotería Nacional para la Asistencia Pública y a los Pronósticos Deportivos para la Asistencia Pública programas de asistencia social que contribuyan al fortalecimiento de los servicios de asistencia social que presten los sectores públicos, social y privado;
V. Organizar el Servicio Nacional de Información sobre la Asistencia Social;
VI. Promover y organizar el Centro de Información y Documentación sobre Asistencia Social;
VII. Facilitar la información que requiera el Secretariado Ejecutivo Nacional para la difusión de datos estadísticos, estudios e informes sobre derechos de la niñez y la adolescencia que se encuentren a disposición del DIF Nacional;
VIII. Difundir a través del Sistema la información sobre el acceso al financiamiento nacional e internacional para actividades de asistencia social;
IX. Brindar apoyo técnico y asesoría a organizaciones de la sociedad civil sobre cómo operar una institución de asistencia social;
X. Recopilar la documentación e información requerida por el Secretariado Ejecutivo Nacional para aquellas instituciones que deseen brindar asistencia social, presentarla formalmente ante el Secretariado Ejecutivo, y darle seguimiento hasta la comunicación oficial de autorización o de negación de la misma, brindando asesoría y apoyo técnico a las instituciones solicitantes durante todo el proceso;
XI. Emitir recomendaciones no vinculantes para que el Secretariado Ejecutivo correspondiente autorice o no a una institución para brindar asistencia social;
XII. Realizar y apoyar estudios e investigaciones en materia de asistencia social y de modelos de asistencia social en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, instancias académicas y el Secretariado Ejecutivo Nacional;
XIII. Promover y coadyuvar en la formación, capacitación y profesionalización del personal encargado de la prestación de los servicios de asistencia social;
XIV. Operar establecimientos de asistencia social y llevar a cabo acciones y campañas en materia de prevención;
XV. Diseñar modelos de atención para la prestación de los servicios asistenciales, en colaboración con instancias académicas y de la sociedad civil, así como del Secretariado Ejecutivo Nacional;
XVI. Implementar en el marco de sus atribuciones programas de rehabilitación y educación especial;
XVII. Prestar apoyo, colaboración técnica y administrativa en materia de asistencia social, a las distintas entidades federativas, al Distrito Federal y a los Municipios;
XVIII. Promover la integración de fondos mixtos para la asistencia social;
XIX. Asignar, de acuerdo a su disponibilidad, recursos económicos temporales y otorgar apoyo técnico a instituciones privadas y sociales, con base a los criterios que sean fijados por la Junta de Gobierno;
XX. Coadyuvar con la Secretaría de Relaciones Exteriores en la representación del Gobierno Federal para la ejecución y difusión de programas en materia de asistencia social ante organismos internacionales y multilaterales;
XXI. Informar al Secretariado Ejecutivo Nacional sobre sus actividades periódicamente o a solicitud expresa del mismo;
XII. Establecer y comunicar las prioridades en materia de asistencia social al Secretariado Ejecutivo Nacional para la integración del Programa Nacional y para la definición del presupuesto a discutir por el Consejo Nacional; y
XXIII. Las demás que señale esta Ley.
Capítulo VIIDe los Sistemas Estatales y del Distrito Federal para el Desarrollo Integral de la Familia
Artículo 54.Los Sistemas Estatales y del Distrito Federal para el Desarrollo Integral de la Familia, tendrán las siguientes funciones:
I. Coadyuvar en el cumplimiento de esta Ley;
II. Brindar información y colaborar con el Secretariado Ejecutivo Estatal para que el mismo integre y redacte el Programa Estatal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, en concordancia con el Programa Nacional de Asistencia Social;
III. Facilitar la información que requiera el Secretariado Ejecutivo Estatal para la difusión de datos estadísticos, estudios e informes sobre derechos de la niñez y la adolescencia;
IV. Difundir a través del Sistema la información sobre el acceso al financiamiento nacional e internacional para actividades de asistencia social;
V. Otorgar apoyo técnico y asesoría a organizaciones de la sociedad civil sobre cómo operar una institución de asistencia social;
VI. Recopilar la documentación e información requerida por el Secretariado Ejecutivo Nacional para aquellas instituciones que deseen brindar asistencia social, presentarla formalmente ante el Secretariado Ejecutivo Estatal, y darle seguimiento hasta la comunicación oficial de autorización o de negación de la misma, brindando asesoría y apoyo técnico a las instituciones solicitantes durante todo el proceso;
VII. En caso de que lo considere oportuno, emitir una recomendación no vinculante para que el Secretariado Ejecutivo correspondiente autorice o no a una institución para brindar asistencia social;
VIII. Realizar y apoyar estudios e investigaciones en materia de asistencia social y de modelos de asistencia social en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, instancias académicas y el Secretariado Ejecutivo Estatal;
IX. Promover y coadyuvar en la formación, capacitación y profesionalización del personal encargado de la prestación de los servicios de asistencia social;
X. Operar establecimientos de asistencia social y llevar a cabo acciones y campañas en materia de prevención;
XI. Diseñar modelos de atención para la prestación de los servicios asistenciales, en colaboración con instancias académicas y de la sociedad civil, así como del Secretariado Ejecutivo Estatal;
XII. Recibir los expedientes de solicitud de adopción de los DIF Municipales, hacer una valoración de los mismos, solicitar más información en caso de ser requerida e iniciar el procedimiento de adopción ante el juzgado familiar correspondiente;
XIII. Operar en el marco de sus atribuciones programas de rehabilitación y educación especial;
XIV. Prestar apoyo, colaboración técnica y administrativa en materia de asistencia social a los Municipios y Delegaciones, según el caso;
XV. Promover la integración de fondos mixtos para la asistencia social;
XVI. Asignar, de acuerdo a su disponibilidad, recursos económicos temporales y otorgar apoyo técnico a instituciones privadas y sociales, con base a los criterios que sean fijados por la Junta de Gobierno;
XVII. Establecer y comunicar las prioridades en materia de asistencia social al Secretariado Ejecutivo Estatal para la integración del Programa Estatal y para la definición del presupuesto a discutir por el Consejo Estatal;
XVIII. Dirigir y gestionar las instituciones públicas para la asistencia social de niños, niñas y adolescentes que requieran de estos servicios por disposición judicial;
XIX. Informar al Secretariado Ejecutivo Estatal sobre la gestión de las instituciones contempladas en el apartado anterior y facilitar los registros de cada institución y expedientes de los niños, niñas y adolescentes usuarios para la revisión y control del Secretariado Ejecutivo Estatal;
XX. Colaborar con el Secretariado Ejecutivo Estatal en el Registro de Instituciones privadas de asistencia social, brindándole información sobre su existencia, características, población atendida y opinión sobre la pertinencia de su registro;
XXI. Coordinar los esfuerzos públicos y privados para la restitución de los derechos de la niñez que hayan sido vulnerados, y la elaboración y seguimiento de los programas respectivos;
XXII. Prestar servicios de representación y asistencia jurídica a los niños, niñas y adolescentes que lo soliciten a través de sus representantes legales, o por la falta de los mismos conforme al procedimiento de garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia establecido en el Título IV de esta ley;
XXIII. Informar al Secretariado Ejecutivo Estatal sobre sus actividades periódicamente o a solicitud expresa del mismo;
XXIV. Facilitar al Ministerio Público, la información que requiera para la garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia conforme al Título IV de esta ley; y
XXV. Las demás que señale la Ley.
Capítulo VIIIDe los Sistemas Municipales de Desarrollo Integral de la Familia
Artículo 55.Los sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia, tendrán las siguientes funciones:
I. Coadyuvar en el cumplimiento de esta Ley;
II. Ofrecer información y colaborar con el Secretariado Ejecutivo Estatal para que el mismo integre y redacte el Programa Estatal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, en concordancia con el Programa Nacional de Asistencia Social;
III. Colaborar de la misma forma contemplada en el apartado anterior, para la evaluación del Programa Estatal de los Derechos de la Niñez;
IV. Facilitar la información que requiera el Secretariado Ejecutivo Estatal para difundir los datos estadísticos, estudios e informes sobre derechos de la niñez y la adolescencia;
V. Difundir a través del Sistema la información sobre el acceso al financiamiento nacional e internacional para actividades de asistencia social;
VI. Brindar apoyo técnico y asesoría a organizaciones de la sociedad civil sobre cómo operar una institución de asistencia social;
VII. Recopilar la documentación e información requerida por el Secretariado Ejecutivo Nacional para aquellas instituciones que deseen brindar asistencia social, presentarla formalmente ante el Secretariado Ejecutivo Estatal, y darle seguimiento hasta la comunicación oficial de autorización o de negación de la misma, brindando asesoría y apoyo técnico a las instituciones solicitantes durante todo el proceso;
VIII. Emitir una recomendación no vinculante para que el Secretariado Ejecutivo correspondiente autorice o no a una institución para brindar asistencia social;
IX. Realizar y apoyar estudios e investigaciones en materia de asistencia social y de modelos de asistencia social en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, instancias académicas reconocidas y el Secretariado Ejecutivo Estatal;
X. Recibir solicitudes de adopción, documentarlas, hacer las investigaciones y estudios socioeconómicos y psicológicos requeridos por la ley, y remitir los expedientes al DIF Estatal;
XI. Promover y coadyuvar en la formación, capacitación y profesionalización del personal encargado de la prestación de los servicios de asistencia social;
XII. Operar establecimientos de asistencia social y llevar a cabo acciones y campañas en materia de prevención;
XIII. Diseñar modelos de atención para la prestación de los servicios asistenciales, en colaboración con otras instituciones públicas, instancias académicas y de la sociedad civil, así como del Secretariado Ejecutivo Estatal;
XIV. Operar en el marco de sus atribuciones programas de rehabilitación y educación especial;
XV. Promover la integración de fondos financieros mixtos para la asistencia social;
XVI. Asignar, de acuerdo a su disponibilidad, recursos económicos temporales y otorgar apoyo técnico a instituciones privadas y sociales, con base a los criterios que sean fijados por la Junta de Gobierno;
VII. Establecer y comunicar las prioridades en materia de asistencia social al Secretariado Ejecutivo Estatal para la integración del Programa Estatal y para la definición del presupuesto a discutir por el Consejo Estatal;
XVIII. Dirigir y gestionar las instituciones públicas para la asistencia social de niños, niñas y adolescentes que requieran de estos servicios por disposición judicial;
XIX. Informar al Secretariado Ejecutivo Estatal sobre la gestión de las instituciones contempladas en el apartado anterior y facilitar los registros de cada institución y expedientes de los niños, niñas y adolescentes usuarios para la revisión y control del Secretariado Ejecutivo Estatal;
XX. Colaborar con el Secretariado Ejecutivo Estatal en el Registro de Instituciones privadas de asistencia social, brindándole información sobre su existencia, características, población atendida y opinión sobre la pertinencia de su registro;
XXI. Coordinar los esfuerzos públicos y privados para la restitución de los derechos de la niñez que hayan sido vulnerados, y la elaboración y seguimiento de los programas respectivos;
XXII. Prestar servicios de representación y asistencia jurídica a los niños, niñas y adolescentes que lo soliciten sus representantes legales, a falta de éstos, o por estar violando los derechos del menor de edad afectado, conforme al Título IV de esta Ley;
XXIII. Facilitar al Ministerio Público, la información que requiera para la garantía de los derechos de la niñez conforme al Título IV de esta Ley;
XXIV. Elaborar estudios socioeconómicos, psicológicos y técnicos requeridos para el procedimiento de protección y para la restitución de los derechos de niños, niñas y adolescentes, mediante visitas domiciliarias, entrevistas con las personas afectadas, vecinos, familiares, conocidos o desconocidos que puedan aportar información relevante;
XXV. Realizar visitas domiciliarias y entrevistas para el seguimiento de cada caso;
XXVI. Brindar asistencia psicológica y terapéutica a los usuarios menores de edad y a sus familias o conocidos afectados;
XXVII. Investigar y ubicar de escuelas, familias sustitutas, servicios de salud y cualquier otro servicio o requerimiento necesario para la restitución de los derechos vulnerados de un niño, niña o adolescente, en cada caso;
XXVIII. Coordinar con las diversas Secretarías Federal y Estatales, Direcciones Municipales y Estatales, organizaciones de la sociedad civil, instituciones e instancias públicas que brinden servicios o dispongan de la facultad de brindarlos para cumplir con el apartado anterior;
XXIX. Elaborar informes para las instancias públicas y privadas que atiendan niños, niñas o adolescentes que los requieran para el ejercicio de sus funciones;
XXX. Informar al DIF Estatal y al Secretariado Ejecutivo Estatal sobre sus actividades periódicamente o a solicitud expresa del mismo;
XXI. Dar seguimiento a los casos atendidos una vez resueltos; y
XXXII. Las demás que señale la Ley.
Artículo 56. Para el desarrollo de sus funciones, los DIF Municipales estarán organizados de acuerdo a la estructura siguiente:
I. Dirección General;
II. Dirección de Asistencia Social;
III. Dirección de Restitución de Derechos; y
IV. Dirección de Asistencia Jurídica
Artículo 57.La Dirección General tendrá las siguientes funciones:
I. Brindar información y colaborar con el Secretariado Ejecutivo Estatal para que el mismo integre y redacte el Programa Estatal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, en concordancia con el Programa Nacional de Asistencia Social;
II. Colaborar de la misma forma contemplada en el apartado anterior para la evaluación del Programa Estatal de los Derechos de la Niñez;
III. Llevar a cabo reuniones con las organizaciones de la sociedad civil del Municipio que estén integradas en el Observatorio Ciudadano Estatal para recopilar información relevante, sugerencias y sus solicitudes para la integración así como para la evaluación del Programa Estatal;
IV. Recopilar la información de la Dirección de Asistencia Social y de las organizaciones de la sociedad civil municipales que integran Observatorio Ciudadano Estatal para establecer y comunicar las prioridades en materia de asistencia social al Secretariado Ejecutivo Estatal para la integración del Programa Estatal y para la definición del presupuesto a discutir por el Consejo Estatal;
V. Facilitar la información que requiera el Secretariado Ejecutivo Estatal para la difusión de datos estadísticos, estudios e informes sobre derechos de la niñez y la adolescencia;
VI. Difundir a través del Sistema la información sobre el acceso al financiamiento nacional e internacional para actividades de asistencia social;
VII. Presentar formalmente ante el Secretariado Ejecutivo Estatal las solicitudes de instituciones privadas que deseen brindar asistencia social, y darle seguimiento hasta la comunicación oficial de autorización o de negación de la misma, brindando asesoría y apoyo técnico a las instituciones solicitantes durante todo el proceso, y facilitando al Secretariado Ejecutivo Estatal la información que requiera por parte de DIF Municipal respecto a dichas solicitudes;
VIII. Emitir recomendaciones no vinculante para que el Secretariado Ejecutivo correspondiente autorice o no a una institución para brindar asistencia social;
IX. Recibir solicitudes de adopción, documentarlas, instar a las Direcciones de Asistencia Social y de Asistencia Jurídica para que hagan las investigaciones, estudios socioeconómicos y psicológicos requeridos por la ley, así como la integración del expediente legal sobre la pérdida de la patria potestad y remitir todos los expedientes al DIF Estatal para su revisión;
X. Promover la integración de fondos mixtos para la asistencia social;
XI. Asignar, de acuerdo a su disponibilidad recursos temporales para instituciones privadas y sociales de asistencia social;
XII. Informar al Secretariado Ejecutivo Estatal sobre la gestión de las instituciones contempladas en el apartado anterior y facilitar los registros de cada institución y expedientes de los niños, niñas y adolescentes usuarios para la revisión y control del Secretariado Ejecutivo Estatal;
XIII. Colaborar con el Secretariado Ejecutivo Estatal en el Registro de Instituciones privadas de asistencia social, brindándole información sobre su existencia, características, población atendida y opinión sobre la pertinencia de su registro;
XIV: Elaborar de informes para las instancias públicas y privadas que atiendan niños, niñas o adolescentes que los requieran para el ejercicio de sus funciones;
XV. Solicitar y recopilar de las diversas Direcciones que integran el Sistema DIF Municipal, toda la información que se requiera para cumplir con las funciones descritas en los apartados anteriores;
XVI. Informar al DIF Estatal y al Secretariado Ejecutivo Estatal sobre sus actividades periódicamente o a solicitud expresa del mismo;
XVII. Coordinar las otras Direcciones del DIF Municipal; y
XVIII. Las demás que señale la Ley.
Artículo 58. La Dirección de Asistencia Social tendrá las siguientes funciones:
I. Dirigir y gestionar las instituciones públicas para la asistencia social de niños, niñas y adolescentes que requieran de estos servicios por disposición judicial;
II. Diseñar modelos de atención para la prestación de los servicios asistenciales, en colaboración con otras instituciones públicas, instancias académicas y de la sociedad civil, así como del Secretariado Ejecutivo Estatal;
III. Promover y coadyuvar en la formación, capacitación y profesionalización del personal encargado de la prestación de los servicios de asistencia social;
IV. Brindar apoyo técnico y colaboración a instituciones públicas y privadas en materia de asistencia social;
V. Recopilar de las instituciones privadas que deseen brindar asistencia social, la información requerida por el Secretariado Ejecutivo y canalizarla a la Dirección General para la realización del trámite;
VI. Operar en el marco de sus atribuciones programas de rehabilitación y educación especial;
VII. Brindar asistencia psicológica y terapéutica a los usuarios menores de edad y a sus familias o personas afectadas;
VIII. Facilitar la información sobre expedientes, necesidades, situación de los niños, niñas y adolescentes usuarios y demás que le sea requerida o que considere importante comunicar a las Direcciones de Restitución de Derechos y de Asistencia Jurídica para el cumplimiento de sus funciones;
IX. Comunicar las prioridades en materia de asistencia social a la Dirección General para la integración del Programa Estatal y para la definición del presupuesto a discutir por el Consejo Estatal;
X. Entregar toda la información sobre expedientes, instituciones, actividades, solicitudes, necesidades y demás que le sea requerida o que considere importante comunicar a la Dirección General para el cumplimiento de sus funciones; y
XI. Las demás que señale la Ley.
Artículo 59. La Dirección de Restitución de Derechos tendrá las siguientes funciones:
I. Coordinar los esfuerzos públicos y privados para la restitución de los derechos de la niñez que hayan sido vulnerados, y la elaboración y seguimiento de los programas respectivos;
II. Investigar y ubicar escuelas, familias sustitutas, servicios de salud y cualquier otro servicio o requerimiento necesario para la restitución de los derechos vulnerados de un niño, niña o adolescente, en cada caso;
III. Coadyuvar con las diversas Secretarías Federal y Estatales, Direcciones Municipales y Estatales, organizaciones de la sociedad civil, instituciones e instancias públicas que brinden servicios o dispongan de la facultad de brindarlos para cumplir con el apartado anterior;
IV. Elaborar los estudios socioeconómicos, psicológicos y técnicos requeridos para el procedimiento de protección y para la restitución de los derechos de niños, niñas y adolescentes;
V. Implementar visitas domiciliarias, entrevistas con las personas afectadas, vecinos, familiares, conocidos o desconocidos que puedan aportar información relevante, para la elaboración de informes requeridos para el procedimiento de protección y para la restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
VI. Realizar visitas domiciliarias y entrevistas para el seguimiento de cada caso e informar a las Direcciones correspondientes;
VII. Facilitar al Ministerio Público, la información que requiera para la garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia de acuerdo al Título IV de esta Ley;
VIII. Otorgar la información que le sea requerida o que considere importante comunicar a las demás Direcciones para el cumplimiento de sus funciones y para el desarrollo y ejecución de los procedimientos de protección en curso;
IX. Entregar la información sobre instituciones, actividades, solicitudes, necesidades y demás que le sea requerida o que considere importante comunicar a la Dirección General para el cumplimiento de sus funciones;
X. Llevar a cabo acciones y campañas en materia de prevención; y
XI. Las demás que señale la Ley.
Artículo 60. La Dirección de Asistencia Jurídica tiene las siguientes funciones:
I. Prestar servicios de representación y asistencia jurídica a los niños, niñas y adolescentes que lo soliciten a través de sus representantes legales, a falta de los mismos o por estar violando los derechos del menor de edad afectado, conforme al Título IV de esta Ley;
II. Facilitar al Ministerio Público, la información que requiera para la garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia de acuerdo Título IV de esta Ley;
III. Comunicar a las Direcciones General, de Asistencia Social y Restitución de Derechos toda la información que le sea requerida o que considere importante para el ejercicio de sus funciones y la salvaguarda de los Derechos de la Niñez; y
IV. Las demás que señale la Ley.
Capítulo IXDe las Instituciones de Procuración e Impartición de Justicia
Artículo 61. Las Procuradurías de Justicia, así como los juzgados y tribunales familiares y penales, están obligados a contar con espacios y personal especializados en derechos de la niñez y la adolescencia, quienes serán los encargados de prestar de forma gratuita, orientación, protección y asesoría jurídica a todas aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Artículo 62. Los espacios especializados deben ser suficientemente amplios, limpios y cómodos, estar habilitados para que el niño, niña o adolescente participante en el proceso esté seguro, sin injerencias físicas, auditivas o visuales, de personas que puedan atentar contra su bienestar o seguridad, o que puedan influir en sus declaraciones o decisiones.
Artículo 63. Los Ministerios Públicos, Jueces y actuarios del poder judicial deben recibir capacitación sobre derechos de la niñez y la adolescencia y ser evaluados de sus conocimientos sobre la materia.
Artículo 64. Se crean los Ministerios Públicos Especializados en materia de niñez y adolescencia, los cuales, deberán intervenir siempre que una Procuraduría de Justicia Federal, Estatal o del Distrito Federal tenga conocimiento de una conducta tipificada como delito en el cual, existan una o varias víctimas menores de edad.
Sus funciones serán las siguientes:
I. Acompañamiento emocional especializado y asesoría jurídica a la víctima menor de edad desde que la Procuraduría de Justicia Federal, Estatal o del Distrito Federal tenga conocimiento de los hechos, informándole sobre su situación, las consecuencias del procedimiento, las declaraciones y pruebas susceptibles de realizarse, las opciones existentes y sobre las decisiones que puede o no adoptar durante el mismo;
II. Informar a la niña, niño o adolescente de sus opciones de alojamiento durante el procedimiento, de acuerdo al artículo 99 de esta Ley;
III. Dictaminar la medida temporal de urgencia, de acuerdo a lo establecido por el artículo 99 de manera coordinada con la medida de separación del presunto agresor que se establezca para la protección de la integridad física y emocional de las víctimas;
IV. Realizar el examen médico y psicológico correspondiente para el proceso, el cual, se adjuntará al expediente de la averiguación previa y no podrá ser solicitado nuevamente, ni por otro Ministerio Público ni por ningún Juzgado Penal o Familiar salvo que sea indispensable para la aportación de nuevas pruebas en beneficio de la víctima; y
V. Tomar la declaración de las víctimas menores de edad con las seguridades y protección de su integridad acorde con su edad y madurez, misma que se adjuntará al expediente de la averiguación previa y no será solicitada nuevamente, ni por otro Ministerio Público ni por ningún Juzgado Penal o Familiar salvo que sea indispensable para la aportación de nuevas pruebas en beneficio de la víctima.
El personal adscrito al Ministerio Público Especializado deberá haber recibido formación en derechos de la niñez y la adolescencia y ser licenciado en derecho, medicina, psicología, sociología o trabajo social, dependiendo del tipo de acompañamiento que brindará a la víctima. El acompañamiento en cada acto podrá facilitarse por uno o varios de ellos según se considere oportuno para la mejor garantía de los derechos de la víctima y teniendo en cuenta su interés superior.
Se permitirá que una persona de confianza para la víctima menor de edad acompañe a la misma durante todo el procedimiento, salvo que ello resulte perjudicial para su bienestar o integridad, o que el menor de edad así lo manifieste.
Artículo 65. Los juzgados y tribunales familiares y penales contarán con una oficina especializada en derechos de la niñez y la adolescencia cuyas funciones serán las siguientes:
I. Acompañamiento emocional y asesoría jurídica a la víctima o afectado en el procedimiento civil, explicándole sobre las etapas y desarrollo del procedimiento ante el juzgado, consecuencias y opciones de participación durante el mismo;
II. Seguimiento de las condiciones de vida y situación niño, niña o adolescente víctima o afectado por el procedimiento pudiendo solicitar al DIF Federal, Estatal o Municipal informes al respecto y en su caso, solicitar al juez familiar, la modificación de las medidas provisionales, independientemente de las solicitudes que los representantes legales o el DIF Federal, Estatal o Municipal también lo puedan hacer durante el procedimiento;
III. Realizar entrevistas y tomar la declaración de las víctimas menores de edad de manera acorde con su edad y madurez, misma que se adjuntará al expediente de la averiguación previa o del juzgado familiar, en caso de que haya sido solicitada por el Juzgado penal o familiar por resultar indispensable para la aportación de nuevas pruebas en beneficio del niño, niña o adolescente; y
IV. Acompañar a la víctima menor de edad en un procedimiento penal o afectada en un procedimiento familiar al examen médico o psicológico solicitado por el Juzgado Penal o Familiar por resultar indispensable para la aportación de nuevas pruebas en beneficio del niño, niña o adolescente.
Asimismo, se permitirá que una persona de confianza para la víctima menor de edad acompañe a la misma durante todo el procedimiento, salvo que ello resulte perjudicial para su bienestar o integridad, o el menor de edad así lo manifieste.
Capítulo XDe las Visitadurías Nacional, Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 66. Se crea la Visitaduría General de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia como parte de la estructura de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, cuyo objetivo es el de la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos de la niñez y adolescencia que ampara la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, conforme a la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Artículo 67.Todas las Comisiones Estatales de Derechos y del Distrito Federal deberán incorporar en su estructura una Visitaduría General de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, cuyo objetivo será el establecido en el párrafo anterior.
Todas las Visitadurías Generales de Derechos de la Niñez y la Adolescencia tendrán las mismas funciones asignadas por la legislación aplicable a las Comisiones de Derechos Humanos Nacional, Estatales y del Distrito Federal respecto a los derechos humanos de la niñez y adolescencia además de las contempladas por esta Ley.
Artículo 68. Además de los requisitos estipulados en las leyes competentes respectivas, todos los Visitadores Generales de Derechos de la Niñez y la Adolescencia, así como el personal adscrito a dichas Visitadurías Generales, deberá estar especializado en derechos de la niñez y la adolescencia y haber recibido capacitación para ello.
Artículo 69. Los niños, niñas y adolescentes podrán presentar por sí mismos o mediante representante legal una queja o inconformidad ante las Comisiones Nacional, Estatales y del Distrito Federal de Derechos Humanos, conforme a lo estipulado por las leyes que regulan la creación y procedimientos ante las Comisiones Nacional, Estatales y del Distrito Federal de Derechos Humanos.
Artículo 70. En virtud de la presente Ley, así como de las leyes competentes respectivas, todas las Visitadurías Generales de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, estarán facultadas para requerir información de las instituciones públicas federal y estatales, según su competencia, examinar quejas e inconformidades y llevar a cabo las investigaciones correspondientes.
Artículo 71. Todas las Visitadurías Generales de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, tendrán la facultad para intervenir en los procedimientos judiciales únicamente a efectos de informar al tribunal sobre las cuestiones de derechos humanos que intervienen en ellas, a solicitud de alguna de las partes o del juez competente.
Artículo 72.Todas las Visitadurías Generales de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, en el ámbito de su competencia, tendrán la facultad de promover que las instituciones públicas elaboren planes de seguimiento e indicadores en relación con las recomendaciones del Comité de los Derechos de la Niñez para México.
Capítulo XIDe los Observatorios Ciudadanos de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 73. Se crea el Observatorio Ciudadano Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, el cual estará compuesto por organizaciones de la sociedad civil cuyo ámbito de acción esté relacionado con los derechos de la niñez y la adolescencia, incluyendo aquéllas compuestas por población infantil y juvenil.
Artículo 74.Se crean los Observatorios Ciudadanos Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, los cuales, estarán compuestos por organizaciones de la sociedad civil cuyo ámbito de acción esté relacionado con los derechos de la niñez y la adolescencia, incluyendo aquéllas compuestas por población infantil y juvenil, en cada entidad federativa.
Artículo 75. Tanto el Observatorio Ciudadano Nacional como los Estatales deberán constituirse como Asociaciones Civiles independientes, rigiéndose por sus propios Estatutos además de la presente Ley y demás legislación aplicable.
Artículo 76. Será requisito indispensable para la conformación los Observatorios Ciudadanos, tanto Nacional como Estatales, que incluyan organizaciones compuestas por niños, niñas, adolescentes.
Artículo 77.El Observatorio Ciudadano Nacional tendrá la siguiente estructura, la cual deberá ser incorporada en sus Estatutos, pudiéndose añadir otras áreas en función de sus necesidades y requisitos estatutarios:
I. Dirección General; y
II. Coordinación General y de Enlace
Artículo 78. La titularidad de la Dirección General del Observatorio Ciudadano Nacional corresponderá a una persona de nacionalidad mexicana mayor de 18 años de edad con experiencia reconocida de más de cinco años en el ámbito de las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la promoción o defensa de los derechos de la niñez y la adolescencia.
Artículo 79. La Dirección General del Observatorio Ciudadano Nacional tendrá las siguientes funciones:
I. Representar al Observatorio Ciudadano Nacional ante el Consejo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, la sociedad y las instituciones públicas;
II. Comunicar al Secretariado Ejecutivo Nacional toda aquella información relevante que le sea requerida o que considere importante para la elaboración y evaluación del Programa Nacional;
III. Convocar a reuniones de los Observatorios Estatales, regionales o nacionales, para la discusión de sus análisis de situación de la niñez y la adolescencia, de sus aportaciones para la elaboración y evaluación del Programa Nacional, así como cualquier otro tema de preocupación o incidencia nacional que se considere importante;
IV. Celebración de convenios y acuerdos con instituciones privadas o públicas, nacionales o internacionales para la canalización de recursos económicos, técnicos, financiamiento de asistencia técnica o capacitación para el desarrollo de proyectos en beneficio de la garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia;
V. Lanzamiento de convocatorias, concursos y otras formas de selección de proyectos que sean públicas y transparentes para la canalización de los recursos contemplados en el apartado anterior a las organizaciones de la sociedad civil;
VI. Elaboración de un diagnóstico nacional anual de la situación de la niñez y la adolescencia en México; y
VII. Las demás que señale la Ley.
Artículo 80.La Coordinación General y de Enlace tendrá las siguientes facultades:
I. Facilitar a la Dirección General la información que requiera de los Observatorios Ciudadanos Estatales o sobre sus actividades para su participación en el Consejo Nacional así como en sus reuniones de representación del Observatorio Ciudadano Nacional ante instituciones públicas y privadas;
II. Entregar a la Dirección General toda aquella información relevante que le sea requerida o que considere importante para la elaboración y evaluación del Programa Nacional por parte del Secretariado Ejecutivo Nacional;
III. Recopilar de los Observatorios Ciudadanos Estatales así como de las instituciones públicas la información necesaria para conocer sus necesidades y proyectos y comunicarlo a la Dirección General;
IV. Organizar la logística y contenidos de las reuniones de los Observatorios Estatales, regionales o nacionales, para la discusión de sus análisis de situación de la niñez y la adolescencia, de sus aportaciones para la elaboración y evaluación del Programa Nacional, así como cualquier otro tema de preocupación o incidencia nacional que se considere importante;
V. Administrar de los Observatorios Ciudadanos Estatales así como de las instituciones públicas la información necesaria para elaborar el diagnóstico nacional anual de los derechos de la niñez;
VI. Brindar apoyo técnico a los Observatorios Ciudadanos Estatales que lo soliciten para la elaboración de su diagnóstico estatal anual de los derechos de la niñez;
VII. Investigar sobre los donantes potenciales, los proyectos solicitados y las áreas de oportunidad para la recaudación de fondos;
VIII. Facilitar a los Observatorios Estatales información sobre las convocatorias, concursos, oportunidades de obtención de recursos económicos u otro tipo de apoyos;
IX. Asistir a las reuniones convocadas por el Secretariado Ejecutivo Nacional para la coordinación con otras Secretarías e instancias, para la ejecución del Programa Estatal y cumplimiento de los acuerdos del Consejo Nacional;
X. Proporcionar apoyo técnico a los Observatorios Estatales en la medida de sus posibilidades;
XI. Diseñar y desarrollar campañas de difusión y prevención en materia de derechos de la niñez, así como colaborar en otras existentes que busquen el mismo fin; y
XII. Las demás que señale la Ley.
Artículo 81. Los Observatorios Ciudadanos Estatales definirán su estructura en sus Estatutos en función de sus necesidades y requerimientos estatutarios, debiendo tener una Dirección General en todo caso.
Artículo 82. Quién ostente la Dirección General representará legalmente al Observatorio Ciudadano Estatal en cualquier convenio o reunión que celebre y ante el Consejo Estatal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Artículo 83.El Observatorio Ciudadano Estatal tendrá las siguientes funciones:
I. Participar en el Consejo Estatal en la toma de decisiones de más alto nivel dentro del territorio que represente en materia de niñez y adolescencia;
II. Comunicar al Secretariado Ejecutivo Estatal toda aquella información relevante que le sea requerida o que considere importante para la elaboración y evaluación del Programa Estatal, o para la garantía de los derechos de la niñez en el Estado;
III. Elaborar un diagnóstico anual estatal en materia de niñez y adolescencia en el Estado;
IV. Participar en las convocatorias del Observatorio Ciudadano Nacional para la discusión de sus análisis de situación de la niñez y la adolescencia, de sus aportaciones para la elaboración y evaluación del Programa Nacional, así como cualquier otro tema de preocupación o incidencia nacional que se considere importante;
V. Celebración de convenios y acuerdos con instituciones privadas o públicas, nacionales o internacionales para la canalización de recursos económicos, técnicos, financiamiento de asistencia técnica o capacitación para el desarrollo de proyectos en beneficio de la garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia; y
VI. Las demás que señale la Ley.
Título IIIDel Programa Nacional y los Programas Estatales y del Distrito Federal para la Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Capítulo IDel Programa Nacional para la Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 84.El Programa Nacional para la Garantía de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, tendrá una vigencia de seis años y se elaborará de manera coordinada y acorde con el Plan Nacional de Desarrollo.
Artículo 85.El Programa Nacional debe tomar en cuenta, por lo menos, los siguientes aspectos:
I. Los acuerdos del Consejo Nacional sobre los lineamientos para la formulación de políticas públicas generales en materia de derechos de la niñez y la adolescencia;
II. La última evaluación del Programa Nacional anterior y los acuerdos adoptados por el Consejo Nacional al respecto;
III. Los informes anuales del Observatorio Ciudadano Nacional sobre la situación de los derechos de la niñez;
IV. La información estadística y cualitativa disponible;
V. Las solicitudes formuladas por la sociedad civil, incluyendo organizaciones juveniles de niños, niñas y adolescentes o peticiones individuales de los mismos, si las hubiere;
VI. La información y/o sugerencias de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
VII. Los recursos económicos disponibles para su ejecución;
VIII. La transversalidad de la responsabilidad de todas las instituciones públicas y sociales para la garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia;
IX. Las desigualdades económicas, sociales y culturales;
X. La inclusión de todos los derechos humanos de la niñez y la adolescencia en el Programa Nacional;
XI. La asignación de acciones concretas a cada Secretaría o institución pública responsable;
XII. La inclusión de indicadores para su evaluación posterior;
XIII. Las demás que señale la Ley.
Artículo 86. El Programa Nacional deberá contener, por lo menos, los siguientes rubros:
I. Ejercicio de los derechos de la niñez y adolescencia de las poblaciones indígenas;
II. Medidas para el fortalecimiento institucional estatal y municipal para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
III. Medidas para el combate a las desigualdades sociales y económicas;
IV. Medidas para la prevención y el combate a la violencia;
V. Medidas para la prevención de la comisión de delitos por parte de menores de edad y para el fortalecimiento del sistema de justicia penal para adolescentes;
VI. Responsabilidad de cada una de las Secretarías federales en la ejecución del Programa y en la garantía de los derechos de la niñez; y
VII. Aquellos rubros que se establezcan por el Consejo Nacional.
Artículo 87. El Secretariado Ejecutivo Nacional, a través de su Dirección de Enlace y Coordinación Intersecretarial, y de su Dirección de Enlace y Coordinación con las Entidades Federativas se encargarán de recopilar la información necesaria de sus enlaces respectivos, de las otras Direcciones del Secretariado Ejecutivo Nacional, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y del Observatorio Ciudadano Nacional para que la Dirección General integre y redacte la versión final del Programa Nacional.
Para la recopilación de la información deberán contactar y reunir a sus enlaces para la remisión de propuestas, sugerencias y aportaciones para la elaboración del Programa Nacional.
Asimismo, podrá convocar y reunir a instituciones académicas u otras instituciones públicas o privadas que considere que puedan brindar aportes relevantes para la elaboración del Programa Nacional.
Artículo 88.El Programa Nacional deberá ser elaborado y aprobado en un plazo no mayor a dos meses.
Artículo 89. Dos meses antes de su fin, se utilizará el mismo procedimiento para integrar una evaluación del Programa Nacional y aprobar la misma en el seno del Consejo Nacional.
Capítulo IIDe los Programas Estatales y del Distrito Federal para la Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 90.Los Programas Estatales y del Distrito Federal para la Garantía de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, tendrán una vigencia de seis años y se elaborarán de manera coordinada y acorde con el Plan de Gobierno.
Artículo 91.Los Programas Estatales deben tomar en cuenta, por lo menos, los siguientes aspectos:
I. Los acuerdos adoptados por el Consejo Nacional sobre los lineamientos para la formulación de políticas públicas y el Programa Nacional;
II. Los acuerdos del Consejo Estatal sobre los lineamientos para la formulación de políticas públicas estatales en materia de derechos de la niñez y la adolescencia;
III. La última evaluación del Programa Estatal anterior y los acuerdos adoptados por el Consejo Estatal al respecto;
IV. Los informes anuales del Observatorio Ciudadano Estatal sobre la situación de los derechos de la niñez y la adolescencia;
V. La información estadística y cualitativa disponible;
VI. Las solicitudes formuladas por la sociedad civil, incluyendo organizaciones juveniles de niños, niñas y adolescentes o peticiones individuales de los mismos, si las hubiere;
VII. La información y/o sugerencias de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y del Distrito Federal en su caso;
VIII. Los recursos económicos disponibles para su ejecución;
IX. La transversalidad de la responsabilidad de todas las instituciones públicas y sociales para la garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia;
X. Las desigualdades económicas, sociales y culturales, en el ámbito territorial de competencia;
XI. La inclusión de todos los derechos humanos del a niñez y la adolescencia en el Programa Nacional;
XII. La asignación de acciones concretas a cada Secretaría o institución pública responsable;
XIII. La inclusión de indicadores para su evaluación posterior; y
XIV. Las demás que señale la Ley.
Artículo 92. El Programa Estatal deberá contener, por lo menos, los siguientes rubros:
I. Ejercicio de los derechos de la niñez y adolescencia de las poblaciones indígenas;
II. Medidas para el fortalecimiento institucional estatal y municipal para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
III. Medidas para el combate a las desigualdades sociales y económicas;
IV. Medidas para la prevención y el combate a la violencia;
V. Medidas para la prevención de conductas tipificadas como delitos por parte de menores de edad y para el fortalecimiento del sistema de justicia penal para adolescentes;
VI. Responsabilidad de cada una de las Secretarías estatales en la ejecución del Programa y en la garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia; y
VII. Aquellos rubros que se establezcan por el Consejo Estatal.
Artículo 93. El Secretariado Ejecutivo Estatal, a través de su Dirección de Enlace y Coordinación se encargará de recopilar la información necesaria de sus enlaces respectivos, de las demás Direcciones del Secretariado Ejecutivo Estatal, de la Comisión Estatal o de Distrito Federal de los Derechos Humanos y del Observatorio Ciudadano Estatal para que la Dirección General integre y redacte la versión final del Programa Nacional.
Para la recopilación de la información deberán contactar y reunir a sus enlaces y al Observatorio Ciudadano Estatal para la remisión de propuestas, sugerencias y aportaciones para la elaboración del Programa Nacional.
Asimismo, podrá convocar y reunir a instituciones académicas u otras instituciones públicas o privadas que considere que puedan brindar aportes relevantes para la elaboración del Programa Estatal.
Artículo 94.El Programa Estatal deberá ser elaborado y aprobado en un plazo no mayor a dos meses.
Artículo 95. Dos meses antes de su fin, se utilizará el mismo procedimiento para integrar una evaluación del Programa Nacional y aprobar la misma en el seno del Consejo Nacional.
Título IVDel Procedimiento de Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 96.Cualquier persona o autoridad que tenga conocimiento de la presunta violación de los derechos de un niño, niña o adolescente, tiene la obligación de hacerlo del conocimiento de la Procuraduría de Justicia Estatal o del distrito Federal, acudiendo a la misma directamente o mediante los números de denuncia a su disposición.
Artículo 97. Cuando se trate de actos u omisiones cometidas en contra de una niña, niño o adolescente que puedan constituir un delito, el Ministerio Público deberá, en primera instancia y de manera inmediata, ordenar la presentación del presunto agresor e instar a los representantes legales de las víctimas, o en su caso, al DIF correspondiente, para que interponga la denuncia o querella fijando, de manera inmediata, una medida de separación del agresor para la protección de la integridad física y emocional de las víctimas.
Cuando quién representa legalmente a las víctimas resulta ser quién presuntamente las agredió, la denuncia o querella será interpuesta por otro representante legal, por un familiar o por el DIF correspondiente.
Artículo 98.Las medidas de separación del presunto agresor para la protección de la integridad física y emocional de las víctimas pueden incluir:
I. La desocupación del domicilio donde habite la víctima, en el caso que el agresor cohabite en el mismo lugar, independientemente de la acreditación de propiedad, posesión o renta del inmueble, junto con la prohibición de acercamiento del presunto agresor al domicilio, escuela y/o lugares frecuentados por las víctimas; y
II. La detención inmediata del presunto agresor, cuando existan elementos para considerar que no acatará la medida anterior y que pondrá en riesgo la integridad física y emocional de las víctimas.
El Ministerio Público que recibió el asunto dará aviso inmediato al Ministerio Público especializado para que intervenga.
Artículo 99. El Ministerio Público especializado, informará a las víctimas menores de edad sobre el procedimiento en curso en contra de su presunto agresor, las consecuencias y opciones que pueda tener la víctima durante dicho procedimiento, de una manera acorde con su edad y madurez.
En caso de que la víctima no hable el idioma español, se pondrá a su disposición un traductor de su lengua natal.
Las víctimas menores de edad serán consultadas sobre su deseo de permanecer en su domicilio mientras dure el proceso junto con sus familiares y conocidos que le brinden protección y seguridad, sin alterar en la medida posible su asistencia a la escuela y el contacto con sus familiares y amigos siempre que los mismos puedan garantizar su bienestar y protección.
Cuando no sea posible que la persona menor de edad permanezca en su mismo domicilio, se buscará a los familiares más cercanos o personas de confianza que puedan garantizar su bienestar y protección.
Se recurrirá al internamiento de las víctimas menores de edad en establecimientos de acogida o de asistencia social como última instancia y tras haber agotado todos los medios posibles para evitar dicho internamiento.
El Ministerio Público Especializado dictaminará de manera inmediata, como medida temporal de urgencia, la residencia de la víctima menor de edad, con base a lo estipulado por el presente artículo y dará parte al DIF y al Juzgado Familiar correspondiente para que en un plazo no mayor de 10 días hábiles el juez establezca si dicha medida se mantiene o se sustituye por otra.
Artículo 100. Durante el plazo de quince días hábiles de que dispone el Juzgado Familiar, el DIF correspondiente investigará sobre el entorno familiar y social de la víctima, así como las mejores opciones existentes para el niño, niñas o adolescente a fin de garantizar su bienestar y protección durante el desarrollo del procedimiento.
Atendiendo a lo dispuesto por el artículo 99 de la presente Ley, la prioridad será la de mantener al niño, niña o adolescente junto a los familiares que lo cuidan y protegen en su domicilio. La separación de sus familiares y conocidos más directos que le brinden seguridad y protección, será la medida de segunda instancia, y la medida de internamiento en un establecimiento de asistencia social aislado de ellos, será la última opción a elegir.
El internamiento en un establecimiento de asistencia social, tanto como medida temporal de urgencia dictada por el Ministerio Público, como medida dictada por el juzgado familiar en lo que se resuelve el procedimiento, no podrá suponer la privación de la libertad del menor de edad. No se podrá restringir su salida y entrada del establecimiento, salvo en lo referido a los horarios y normas de residencia en el mismo.
Durante los diez días hábiles de que dispone el Juzgado Familiar para dictaminar sobre la situación de la niña, niño o adolescente, el DIF también investigará si es necesario interponer una demanda civil ante el juzgado familiar de suspensión, limitación o pérdida de la custodia o de la patria potestad, o de cualquier otra circunstancia civil que esté afectando a los derechos de la niña, niño y/o adolescente.
Si hubiera transcurrido el plazo y no se presentara la demanda civil, pero con posterioridad el DIF, un representante legal, o un familiar de la víctima consideraran la necesidad de interponerla, ésta podrá realizarse en cualquier momento.
Artículo 101. El DIF correspondiente también deberá intervenir cuando:
I. Un niño o niña presuntamente haya cometido una conducta tipificada como delito;
II. Tenga conocimiento de que los derechos de una niña, niño o adolescente no están siendo garantizados por su familia, escuela y comunidad; y
III. Tenga conocimiento de que una niña, niño o adolescente no acude a los servicios educativos, de salud y atención requeridos.
En los casos referidos anteriormente, el DIF deberá realizar una investigación sobre los motivos de las carencias existentes para el ejercicio pleno de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
El DIF identificará los derechos que le estén siendo vulnerados a las niñas, niños y adolescentes en cada caso y los irá restituyendo uno a uno en colaboración con las instancias federales, estatales y municipales, así como no gubernamentales que brinden servicios y programas de prevención y atención a la salud, de rehabilitación a las drogas, educativas, deportivas, lúdicas y cualesquiera otras que cumplan con la finalidad requerida.
Para la restitución de los derechos, se incluirá de manera integral a quienes conforman la familia cercana y/o personas que convivan con los menores de edad, buscando su unidad, la resolución pacífica de conflictos y la restitución conjunta de sus derechos.
La restitución de los derechos no podrá implicar el internamiento de los menores de edad en un establecimiento de asistencia social, salvo que ello sea solicitado de manera explícita por el niño, niña o adolescente para recibir tratamientos de salud o aislarse de compañías que le sean perjudiciales a su bienestar e integridad. En este caso, no se podrá restringir su salida y entrada del establecimiento, salvo en lo referido a los horarios y normas de residencia en el mismo.
En caso de detectarse la presunta comisión de un delito en contra de los menores de edad durante el proceso de investigación y restitución de derechos, se interpondrá la denuncia o querella correspondiente ante el Ministerio Público.
Durante el procedimiento de restitución de derechos, el DIF también evaluará si es necesario interponer una demanda civil ante el juzgado familiar de pérdida de la custodia o de la patria potestad, o de cualquier otra circunstancia civil que esté afectando a los derechos de la niña, niño y adolescente.
Título VDel Financiamiento y el Gasto
Artículo 102.Los fondosy recursos destinados a la creación, desarrollo y funcionamiento del Sistema de Garantías para la Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como de los Programas Nacional y Estatales de Derechos de la Niñez y la Adolescencia constituyen el Presupuesto nacional y estatales a favor de la niñez y la adolescencia para los efectos de esta Ley.
Los presupuestos nacional y estatales a favor de la niñez y la adolescencia son prioritarios y de interés público, por lo que serán objeto de seguimiento y evaluación por parte del Consejo Nacional de los Derechos de la Niñez y los Consejos Estatales de los Derechos de la Niñez, respectivamente conforme a lo establecido por esta Ley, además del seguimiento establecido en otros ordenamientos jurídicos.
Artículo 103. Son prioritarios y de interés público:
I. La definición, implementación y evaluación de los Programas Nacional y Estatales de los Derechos de la Niñez;
II. Las áreas definidas como prioritarias por los Informes anuales de los Observatorios Ciudadanos Nacional y Estatales en sus análisis de situación; y
III. La infraestructura física, de recursos humanos y económicos requeridos por las instituciones e instancias públicas para la operación del Sistema.
Artículo 104.Los presupuestos nacional y estatales a favor de la niñez y la adolescencia, se sujetarán a los siguientes criterios:
I. Tendrán como consideración primordial el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, teniendo en cuenta aquellos grupos que sufren mayores desigualdades y discriminación;
II. Se aplicarán los criterios de equidad y transparencia conforme a la legislación aplicable en la decisión y ejecución de la distribución del gasto;
III. El gasto social per cápita no será menor en términos reales al asignado el año inmediato anterior;
IV. Estarán orientados a una garantía de los derechos de la niñez regionalmente equilibrada;
V. Se basará en indicadores y lineamientos generales de eficacia y de cantidad y calidad en la prestación de los servicios sociales;
VI. Tendrán en cuenta las necesidades estructurales, de recursos humanos y económicos de los municipios; y
VII. Tendrán en cuenta las conclusiones de los informes anuales de los Observatorios Ciudadanos Nacional y Estatales sobre análisis de situación.
Artículo 105. Los recursos presupuestales podrán ser complementados con recursos provenientes de otros gobiernos federal, estatales o del Distrito Federal, así como con aportaciones de organismos internacionales y de los sectores social y privado.
Artículo 106. Independientemente del presupuesto a favor de la niñez y la adolescencia que asigne cada Estado o el Distrito Federal, la Federación destinará parte de su presupuesto a los siguientes rubros:
I. Instalación y fortalecimiento de la infraestructura establecida en la presente Ley en los Estados, en especial, de los Secretariados Ejecutivos estatales, los DIF estatales y municipales y los Observatorios Ciudadanos Estatales;
II. Desarrollo y ejecución de los Programas Estatales; y
III. Fortalecimiento institucional municipal de aquellos Municipios más necesitados, según los Informes anuales de los Observatorios Ciudadanos sobre el análisis de situación. Estos recursos serán remitidos por la Federación directamente al Municipio.
Artículo 107. El DIF Nacional enviará un reporte anual al Secretariado Ejecutivo Nacional sobre la ejecución del presupuesto recibido por parte de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el cual será revisado y en caso necesario, se le solicitará mayor detalle o información sobre el mismo. Una vez revisado por el Secretariado Ejecutivo Nacional, el mismo elaborará un informe de evaluación que será presentado al Consejo Nacional para su aprobación.
Artículo 108. Los sistemas DIF Estatales, del DF y Municipales, enviarán un reporte anual al Secretariado Ejecutivo Estatal sobre la ejecución del presupuesto recibido por la Legislatura Local y el DIF Estatal en su caso. El Secretariado Ejecutivo Estatal lo revisará y solicitará mayor detalle o información sobre el mismo, en caso de que lo estime necesario. Una vez revisado elaborará un informe de evaluación que será presentado al Consejo Estatal para su aprobación.
Artículo 109. La ejecución de los presupuestos nacional y estatales a favor de la niñez y a adolescencia será evaluada anualmente por el Consejo Nacional y Estatales y estará sujeta a las sanciones previstas en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Título VIDe las Responsabilidades de los Servidores Públicos
Capítulo Único
Artículo 110. Los servidores públicos responsables de la aplicación de los procedimientos de la presente Ley, deberán cumplir sus actividades observando los principios de respeto a la dignidad humana, imparcialidad, igualdad, apego a derecho y veracidad.
Artículos Transitorios
Artículo Primero.La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Se abroga la Ley para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2000.
Artículo Tercero.El Congreso de la Unión adecuará la Ley de Asistencia Social a los preceptos de esta en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de inicio de la vigencia de esta Ley.
Artículo Cuarto.La Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, dispondrán de un plazo de un año máximo para adoptar las leyes y normas necesarias para el cumplimiento de esta Ley, la reformas necesarias a las existentes y la derogación de aquellas que le sean incompatibles, de acuerdo con el párrafo segundo del Artículo 1 de esta Ley. Los Municipios dispondrán de un plazo de 18 meses para el mismo fin.
Artículo Quinto. Los titulares de la Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Salud y Secretaría de Gobernación deberán reunirse en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha de inicio de la vigencia de esta Ley, a fin de definir los lineamientos de un Plan de Transición para la implementación de la infraestructura institucional necesaria para el funcionamiento del Sistema de Garantía de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
El Plan de Transición será presentado por las tres Secretarías al Presidente de la República en un plazo máximo de tres meses contados a partir de su primera reunión y deberá incluir el presupuesto requerido y una planeación de la ejecución de dichos fondos para la implementación del nuevo Sistema.
El Presidente de la República dispondrá de un plazo máximo de un mes para la aprobación del Plan de Transición desde la fecha en que le fuera presentado.
El Plan de Transición incluirá además la planeación en etapas y el presupuesto para la capacitación de todos los miembros del Sistema de Garantía de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, la cual, estará a cargo del Secretariado Ejecutivo Nacional, Estatales y del Distrito Federal, y se iniciará en un plazo no mayor a 3 meses desde la instalación de los Secretariados Ejecutivos respectivos. Para el desarrollo de la capacitación, podrá incluirse la participación y colaboración de organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y/o expertos nacionales o internacionales.
Artículo Sexto. El Secretariado Ejecutivo Nacional deberá ser instalado, dotado de la infraestructura institucional, de recursos humanos y económicos necesarios y estar plenamente operando en un plazo máximo de 9 meses a partir de la vigencia de esta Ley.
Una vez instalado el Secretariado Ejecutivo Nacional, elaborará y aprobará su Reglamento de funcionamiento en un plazo no mayor a tres meses contados desde la fecha de su instalación.
Asimismo, Consejo Nacional deberá realizar su primera sesión dentro de un plazo máximo de 12 meses a partir de la vigencia de esta Ley.
Artículo Séptimo. Los Sistemas de Desarrollo Integral de la Familia Nacional, Estatales y del Distrito Federal, así como de los Municipios dispondrán de un plazo de un año para su completa reestructuración conforme a la presente Ley contados a partir de la fecha de inicio de la vigencia de la misma.
La reestructuración de los Sistemas de Desarrollo Integral de la Familia irán acompañadas y asesoradas por el Secretariado Ejecutivo Nacional, Estatales y del Distrito Federal respectivamente.
Los Sistemas de Desarrollo Integral de la Familia Nacional, Estatales, del Distrito Federal y Municipales, contarán con un plazo de tres meses para aprobar su Reglamento de funcionamiento contados a partir de la conclusión de su reestructuración.
Artículo Octavo. En todas las entidades federativas, los titulares de la Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Salud y Secretaría de Gobierno deberán reunirse en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha de inicio de la vigencia de esta Ley a fin de definir los lineamientos de un Plan de Transición para la implementación de la infraestructura institucional necesaria para el funcionamiento del Sistema de Garantía de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
El Plan de Transición será presentado por las tres Secretarías al Gobernador del Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en su caso, en un plazo máximo de tres meses contados a partir de su primera reunión.
Dicho Plan de Transición deberá incluir el presupuesto requerido para su implementación, así como la planeación de la capacitación, para la cual, se solicitará la colaboración del Secretariado Ejecutivo Nacional y se podrá requerir el apoyo de organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas, expertos nacionales y/o internacionales.
Artículo Noveno. Una vez presentado el Plan de Transición al Gobernador del Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Secretariado Ejecutivo Estatal respectivo o del Distrito Federal en su caso, deberá ser instalado, dotado de la infraestructura institucional, de recursos humanos y económicos necesarios y estar plenamente operando en un plazo máximo de 9 meses contados a partir de la fecha de inicio de la vigencia de esta Ley.
Una vez instalado el Secretariado Ejecutivo Estatal o del Distrito Federal, según el caso, elaborará y aprobará su Reglamento de funcionamiento en un plazo no mayor a tres meses contados desde la fecha de su instalación.
Asimismo, Consejo Estatal o del Distrito Federal, en su caso, deberá realizar su primera sesión en un plazo máximo de 12 meses contados a partir de la fecha de inicio de la vigencia de esta Ley.
Artículo Décimo. Tendrán un plazo máximo de doce meses, a partir de la fecha de vigencia de esta Ley para ser instalados y entrar en funciones de manera plena:
I. Los Observatorios Ciudadanos Nacional, Estatales y del Distrito Federal de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia,
II. Las Visitadurías Generales de las Comisiones Nacional, Estatales y del Distrito Federal de los Derechos Humanos
III. Los Ministerios Públicos Especializados Federales, Estatales y del Distrito Federal en materia de niñez y adolescencia, y
IV. Las Oficinas Especializadas en materia de niñez y adolescencia de los Juzgados y Tribunales Federales, Estatales y del Distrito Federal, previstas en el artículo 75 de esta Ley.
Artículo Décimo Primero.Los presupuestos nacional y estatales a favor de la niñez y la adolescencia no podrán ser inferiores, en términos reales, al del año fiscal anterior. Este presupuesto se deberá incrementar cuando menos en la misma proporción en que se prevea el crecimiento del producto interno bruto en los Criterios Generales de Política Económica y en congruencia con la disponibilidad de recursos, a partir de los ingresos que autoricen la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las legislaturas estatales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a los Gobiernos respectivos.
Artículo Décimo Segundo.Los presupuestos nacional y estatales a favor de la niñez y la adolescencia deberán gastarse íntegramente para tal fin, siendo sus partidas intangibles e intransferibles a otros rubros del presupuesto ni para posibles contingencias como crisis económicas, catástrofes naturales, emergencias sanitarias o cualquiera otra. Tampoco podrán ser inferiores al 6% del presupuesto total nacional o estatal correspondiente.
Diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña, María del Rosario Merlín García, Cinthya Noemí Valladares Couoh, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Gerardo Villanueva Albarrán, Carmen Lucía Pérez Camarena, Alberto Anaya Gutiérrez, Silvano Aureoles Conejo, Amalia Dolores García Medina, Miguel Alonso Raya, Judit Magdalena Guerrero López, Mario Miguel Carrillo Huerta, Aleida Alavez Ruiz, Martha Lucía Mícher Camarena, José Antonio León Mendívil, Domitilo Posadas Hernández, Marcos Rosendo Medina Filigrana, Crystal Tovar Aragón, José Luis Esquivel Zalpa, Antonio García Conejo, Fernando Belaunzarán Méndez, Trinidad Secundino Morales Vargas, Guillermo Sánchez Torres, Alliet mariana Bautista Bravo, Víctor Raymundo Nájera Medina, María del Socorro Ceseñas Chapa, Julisa Mejía Guardado, Eva Diego Cruz, Mario Méndez Martínez, Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, Roberto Carlos Reyes Gamiz, Juana Bonilla Jaime, Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, Josefina Salinas Pérez, Carol Antonio Altamirano, Antonio Sansores Sastré, Jorge Federico de la Vega Membrillo, Teresita de Jesús Borges Pasos, Rodrigo González Barrios, Fernando Cuéllar Reyes, Rosendo Serrano Toledo, Jhonatan Jardines Fraire, Arturo Cruz Ramírez, José Luis Muñoz Soria, Jorge Herrera Delgado, María del Rocío Corona Nakamura, Lucila Garfias Gutiérrez, Luis Antonio González Roldán, Dora María Guadalupe Talamantes Lemas, Rubén Benjamín Félix Hays, María Sanjuana Cerda Franco, Ssonia Ricón Chanona, Cristina Olvera Barrios, José Angelino Caamal Mena, Juan Ignacio Samperio Montaño, Víctor Manuel Jorrín Lozano, José Antonio Hurtado Gallegos, Hugo Sandoval Martínez, Gisela Raquel Mota Ocampo, Ricardo Monreal Ávila, Víctor Manuel Maríquez González, Mario Alejandro Cuevas Mena, Armando Contreras Ceballos, Juan Manuel fócil Pérez, Marcelo Garza Ruvalcaba, Karen Quiroga Anguiano, Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, Alfa Eliana González Magallanes, Verónica García Reyes, Loretta Ortiz Ahlf, Jaime Bonilla Valdez, María del Carmen Martínez Santillán, Rosa Elia Romero Guzmán, Lilia Aguilar Gil, Ricardo Cantú Garza, Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, Héctor Hugo Roblero Gordillo, José Humberto Vega Vázquez, Ángel Cedillo Hernández, Jorge Salgado Parra, Víctor Manuel Bautista López, Angélica Rocío Melchor Vásquez, Roberto López González, Valentín González Bautista, Israel Moreno Rivera, José Ángel Ávila Pérez, Alejandro Carlos de Jesús, Guadalupe Socorro Flores Salazar, Roberto López Rosado, Javier Orihuela García, Segués Agustín Barrios Gómez, Gloria Bautista Cuevas, Teresa de Jesús Mojica Morga, José Valentín Maldonado Salgado, Pedro Porras Pérez, Antonio Sansores Sastré, Lorena Iveth. Valles Sanpedro, Purificación Carpinteyro Calderón, Marino Miranda Salgado, Uriel Flores Aguayo, Francisco Tomás Rodríguez Montero, Javier Salinas Narváez, Claudia Elena Aguilar Torres, Vicario Portillo Martínez, Fernando Zárate Salgado, Arturo Cruz Ramírez, Carla Guadalupe Reyes Montiel, Jessica Salazar Trejo, Ramón Montalvo Hernández, Martha Beatriz Córdova Bernal, José Francisco Coronato Rodríguez, Zuleyma Huidobro González, Ricardo Mejía Berdeja, Francisco Alfonso Durazo Montaño, Luisa María Alcalde Luján, Lorena Méndez Denis, María Fernanda Romero Lozano, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, Aída Fabiola Valencia Ramírez, José Soto Martínez, Tomás Brito Lara, Yesenia Nolasco Ramírez, Margarita Elena Tapia Fonllem, Bárbara Gabriela Romo Fonseca, Roxana Luna Porquillo, María Beatriz Zavala Peniche, Margarita Saldaña Hernández, Rocío Esmeralda Reza Gallegos, Mariana Dunyaska García Rojas, Leonor Romero Sevilla, María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, German Pacheco Díaz, Jorge Rosiñol Abreu, Gerardo Peña Avilés, María Celia Urciel Castañeda, Adriana González Carrillo, Ruth Zavaleta Salgado, Carla Alicia Padilla Ramos, Mónica García de la Fuente, Rubén Acosta Montoya, Martha Edith Vital Vera, Lourdes Adriana López Moreno, Ernesto Núñez Aguilar, Eligio Cuitláhuac González Farías, David Pérez Tejada Padilla, Héctor Narcia Álvarez, Carlos Octavio Castellanos Mijares, Federico José González Luna Bueno, Esther Quintana Salinas, Leslie Pantoja Hernández, Juan Manuel Gastélum Buenrostro, Martha Leticia Sosa Govea, Marcelina Orta Coronado, Tania Margarita Morgan Navarrete, Patricia Lugo Barriga, José Guadalupe García Ramírez, Juan Francisco Cáceres de la Fuente, Alberto Díaz Trujillo, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, Mario Alberto Dávila Delgado, Margarita Licea González, Víctor Rafael González Manríquez, Alicia Concepción Ricalde Magaña, Leticia López Landero, Juan Jesús Aquino Calvo, Landy Margarita Berzunza Novelo, Elvia María Pérez Escalante, Francisco Alberto Zepeda González, Miguel Ángel Aguayo López, Fernando Alejandro Larrazabal Bretón, Martha Berenice Álvarez Tovar, Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Iniciativa que reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del diputado Sergio Torres Félix, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, Sergio Torres Félix, diputado de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el 6, numeral 1, 77 y 78, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este pleno la siguiente iniciativa, de conformidad con la siguiente
Exposición de Motivos
Las administradoras de fondos para el retiro, (Afores), son instituciones financieras privadas que se encargan de la administración de los fondos de retiro y ahorro de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Las Afores fueron implementadas por la Ley del Seguro Social de 1997 e iniciaron su operación el mismo año. Su funcionamiento está normado por la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y son reguladas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), requiriendo la autorización para funcionar de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Las Afores tienen como objetivo que todos los trabajadores mexicanos puedan tener acceso a una pensión para su retiro, sin embargo, si los ahorros del trabajador de la Afore no bastan para alcanzar una pensión, el ahorrador recibirá una pensión garantizada por parte del gobierno mexicano, equivalente a un salario mínimo del Distrito Federal vigente de forma diaria y que se actualizará cada mes de febrero todos los años conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.
Según datos de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Consar, al cierre de diciembre del año pasado, los trabajadores que cuentan con una cuenta de ahorro para el retiro pagaron a las Afores 23 mil 307 millones de pesos, por la administración de sus recursos para el retiro.
De la misma forma, la Consar ha indicado que en 2012 los ingresos por comisiones que tuvieron como ingresos las trece administradoras de pensiones que operan en México tuvieron un crecimiento del 11.7 por ciento mayor a los recursos que captaron en el año 2011, cuando llegaron a la cifra de 20 mil 874 millones de pesos, esto es 2 mil 433 millones de pesos más en un año para alcanzar los 23 mil 307 millones de pesos referidos.
La cuota promedio que cobraron las Afores a los trabajadores afiliados por administrar su ahorro para el retiro en el año pasado, el 2012, fue de 1.38 por ciento y para 2013 se proyecta que la comisión que retendrán a manera de ingreso las Afores oscilará en 1.29 por ciento.
Al día de hoy, las Afores tienen bajo su administración 48 millones 530 mil 475 cuentas registradas y se estima que un trabajador promedio entrega cerca de 500 pesos anualmente por concepto de pago de comisiones a las Afores; sin embargo, es evidente que la cantidad varía en función del saldo que los trabajadores hayan ahorrado en sus cuentas.
Desde 1997, año que inició la operación de las administradoras de fondos para el retiro, éstas han tenido ingresos por 206 mil 211 millones de pesos cifra que asciende a los 265 mil 157 millones de pesos si se ajusta la inflación, según cifras reveladas por la comisión reguladora.
Las operadoras de pensiones que tuvieron más ingresos por el cobro de comisiones fueron, en primer lugar, XXI Banorte con 1 mil 595 millones de pesos, al manejar 12 millones 534 mil 571 cuentas; en segundo puesto se encuentra Principal con 521 millones de pesos por la administración de 3 millones 907 mil 589 cuentas; después se encuentra Invercap con casi 400 millones de pesos a través del cobro de comisiones a 2 millones 922 mil 44 cuentas y, finalmente, Profuturo GNP con cerca de 381 millones de pesos obtenidos por el manejo de 3 millones 54 mil 202 cuentas.
El crecimiento en la captación de ingresos por comisiones en XXI Banorte y su magnitud respecto al resto de administradoras se explica con la fusión de la Afore del Instituto Mexicano del Seguro Social y la administradora de pensiones Banorte Generali, a inicios de 2012.
Considerando lo expuesto en párrafos anteriores, es innegable que la reducción de las comisiones incentiva el ahorro de los trabajadores registrados en el sistema de ahorro para el retiro, es en razón de ello que las comisiones que retienen las Afores tienen que reducirse y cobrarse bajo esquemas más justos y más racionales, lo que se constituirá en un factor que tendrá como consecuencia generar una mejor cultura del ahorro entre los y que estos tengan mejores pensiones para su retiro, garantizándoles una vejez más sana y más digna.
Se han dado ya algunos pasos, pues según boletines de la Consar, con un horizonte a 2015 las administradoras de pensiones de mayor magnitud del sistema de ahorro para el retiro que son XXI Banorte, Sura y Banamex se han comprometido a retener únicamente el 1 por ciento de comisión a los trabajadores afiliados. Lo anterior es un buen gesto, no cabe duda, sin embargo no podemos quedarnos inmóviles ante las circunstancias, proyectando ha horizontes tan cortos en temas a largo plazo, necesitamos dar certeza a los trabajadores que se encuentran protegidos y que gozarán con todos los instrumentos para que puedan tener a condiciones de retiro dignas y humanas, es momento de detener la voracidad de las administradoras, pues recordemos que cuotas más altas implican pensiones más reducidas.
El ahorro nacional es uno de los principales factores que generadores de desarrollo económico al interior de un país, pero de una forma particular y especial, los fondos de ahorro para el retiro de los trabajadores, representan un gran compromiso y un esfuerzo mayor consecuencia de toda una vida de trabajo y la esperanza de un porvenir tranquilo, digno y en paz, sin tribulaciones de índole económica.
Es necesario recordar que sólo cerca del 40 por ciento de las cuentas administradas por las Afores se encuentran activas, es decir, tenemos cerca de 29 millones de cuentas inactivas, con aportaciones irregulares o inexistentes.
Lo anterior implica dos cosas, por un lado, que una gran proporción de la población no cuenta con empleo estable y fijo, por lo que puede inferirse que se encuentra en algún tipo de ocupación económica informal para poder solventar sus necesidades, y por otro lado, los grandes ingresos que drenan las Afores a través del constante cobro de comisiones a cuentas de horro para el retiro que ya no reportan movimiento alguno, y que por lo tanto, están condenadas a ser absorbidas por las administradores a través del tiempo por este cobro desmedido de comisiones.
El problema más preocupante es que se está gestando actualmente, es que el cobro de comisiones por saldo de las cuentas individuales de los trabajadores del sistema para el retiro es de mayor magnitud, generalmente, a las aportaciones que hacen los mismos trabajadores. Es decir, el sistema de cobro de comisiones que actualmente se aplica implica en los hechos la incorporación gradual y constante de dichos recursos, que pasarían paulatinamente a formar parte de las propias Afores, enriqueciendo únicamente a entidades financieras y dejando en el desamparo a millones de mexicanos.
Por todo ello es que se propone generar un mayor rendimiento neto a favor de los ahorradores, estableciendo que las comisiones sólo podrán ser cobradas como un porcentaje sobre el valor de los activos administrados y siempre que se haya generado un resultado neto positivo anual, de otra forma las Afores no podrán realizar el cobro de la comisión.
De la misma forma se propone un marco normativo que en aras de propiciar el mayor rendimiento del ahorro de los trabajadores cuente con comisiones justas y que propicien el ahorro de los trabajadores sin exceder un límite de 1.0 por ciento por la administración de las cuentas.
Finalmente, es necesario reiterar nuestro compromiso y deber como representantes populares de velar por los intereses de la sociedad mexicana en su conjunto que se cristalizan como la voluntad nacional y que es generar mejores condiciones de bienestar para la población. Esta iniciativa, tiene como objetivo generar mayor proporcionalidad al manejo de los ahorros de los trabajadores que tanto esfuerzo y sacrificio han costado generar y que están viéndose seriamente amenazados por el exacerbado cobro de comisiones y por las acciones inescrupulosas y abusivas de las administradoras. Por ello es que el que suscribe somete a la consideración de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto mediante el cual se reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo Único: Se reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro para quedar como sigue:
Artículo 37. Las administradoras sólo podrán cobrar a los trabajadores con cuenta individual las comisiones con cargo a esas cuentas que establezcan de conformidad con las reglas de carácter general que expida la comisión. Las comisiones que cobren las administradoras no podrán ser mayores al 1 por ciento, ni superiores al rendimiento neto obtenido por las cuentas individuales de los trabajadores.
Para promover un mayor rendimiento neto a favor de los trabajadores, las comisiones por administración de las cuentas individuales sólo podrán cobrarse como un porcentaje sobre el valor del rendimiento neto positivo generado por los activos administrados. Las administradoras sólo podrán cobrar cuotas fijas por los servicios que se señalen en el reglamento de esta ley, y en ningún caso por la administración de las cuentas.
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 28 de febrero de 2013. Diputados: Sergio Torres Félix, María del Rocío Corona Nakamura (rubricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
ARTICULO 91 CONSTITUCIONAL
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Iniciativa que reforma el artículo 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Martha Leticia Sosa Govea, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
El movimiento revolucionario de 1910 propició que el Gobierno de México haya tenido un cambio trascendental en la economía, en la política, y en el desarrollo social, propiciando un crecimiento forzoso al aparato administrativo público, a fin de atender a las responsabilidades consignadas en la Constitución de 1917.
Ante estos cambios, así como ante la falta de un plan de desarrollo administrativo, y dado que no existía una funcionalidad correcta, el gobierno comenzó a realizar cambios en la organización de las entidades y dependencias del ejecutivo, por lo que para 1977 entró en vigor la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, siendo el primer instrumento jurídico rector de todo el proceso de reorganización administrativa. Esta ley fue el primer paso del derecho administrativo mexicano en el que integra al aparato administrativo, en el que se le reconoce su personalidad jurídica y orgánica para el Estado Mexicano.
Lo anterior, permitió que el Estado inicie a darle la importancia a la organización administrativa, puesto que antes del siglo XIX hubo un crecimiento muy incipiente en el que el capital estaba a manos de muy pocos y el desarrollo del mercado era básicamente un monopolio y oligopolio; asimismo, el origen de la riqueza no era parte del gasto público.
Es importante señalar que la evolución histórica del derecho administrativo para nuestro país, se desarrolló bajo una ideología absolutista, liberal y social, estas tenían un propósito ilustrativo en el que existía una intima relación entre las estructuras políticas y de valores sociales de adopción de un régimen jurídico público; sin embargo, la última ideología fue conocida por crisis administrativa, misma en las se emitieron leyes de carácter administrativo, como en la de Ley General de Planeación 1983 y el Plan Sexenal en el gobierno de Lázaro Cárdenas , se elevo a rango o constitucional el artículo 26 consolidando dicha ley, que se convirtió en el principal instrumento para promover el desarrollo y orientar la actividad económica de los particulares, pero sobre todo para eficientizar a los órganos de estado, dándoles atribuciones con el fin de que cumplieran objetivos necesarios del Plan Nacional de Desarrollo.
Asimismo, en la década de los años 80, nuestro país enfrentó una crisis económica tanto interna como externa, en la que la escasez de los recursos públicos, la apertura comercial y el aumento demográfico, provocó que se incrementará la demanda de servicios públicos, por lo que ante tal problemática, se comenzó a hablar de régimen modernizador al sector público que pretendía adelgazar a las entidades centrales y paraestatales, para lograr una eficacia administrativa, sometiendo a evaluación el desempeño de los servidores públicos, la transparencia administrativa y creando un modelo moderno de administración del Estado, puesto que en años anteriores las políticas económicas estaban sin dirección así como sin regulación provocando que sus fines no se cumplieran y menos pudieran atender a las necesidades sociales.
No olvidemos señalar que la organización administrativa es un conjunto de órganos y elementos que acompañarán de manera continua a la actividad del Ejecutivo, el que estos órganos dependen de él y que jerárquicamente están organizados, con fines esenciales de satisfacción del interés público, así pues estos órganos están dirigidos por personas físicas que son los titulares, en el que dichas dependencias tendrán patrimonio propio, organización jurídica y técnica en procedimientos.
La administración pública se manifiesta en tres grandes esferas de competencia perfectamente delimitada en funciones: la federal propiamente dicha, la estatal y la municipal.
La administración pública está a cargo del Presidente de la República y de los órganos que dependen de él jerárquicamente, tales como son las Secretarias de Estado, departamentos administrativos, empresas de participación estatal, sociedades mercantiles de estado etc.
Por lo que se refiere al Poder Ejecutivo Federal, de acuerdo con el artículo 80 Constitucional, el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión, se deposita en un sólo individuo, que se denomina Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; este para auxiliarse en el desarrollo de la actividad administrativa del Estado, cuenta con una serie de entidades administrativas que le prestan auxilio y que, por razón de jerarquía, dependen de él, bien sea de manera directa o indirecta.
Asimismo, el artículo 90 de la Carta Magna dispone que la Administración Pública Federal será Centralizada y Paraestatal, conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso. En esa Ley Orgánica se distribuyen los negocios del orden administrativo de la Federación que están a cargo de las Secretarías de Estado y Departamentos administrativos, definiendo así las bases generales de la creación de las entidades Paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación.
En particular, el uso y práctica ha confirmado la conveniencia de que los secretarios de despacho sean personas con amplia experiencia, en el ejercicio de las atribuciones que asumen y puedan ejercer así, como el control y responsabilidad de los actos administrativos que orden y ejecuten.
Así pues, la administración pública federal, debe responder con oportunidad y prontitud a las demandas que se van presentando en la evolución de la sociedad mexicana. En este sentido, se requiere de periódicas actualizaciones para atender las necesidades del desarrollo económico y social del país.
Además, es sumamente importante que los secretarios de despacho conozcan perfectamente el área que tendrán a su cargo, ante la enorme responsabilidad de sus actividades, entre las que destacan las siguientes:
Formular y proponer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos los proyectos de iniciativas de leyes o decretos, así como los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes sobre los asuntos de competencia de la Secretaría y de las entidades del Sector Coordinado;
Dar cuenta al Honorable Congreso de la Unión del estado que guardan la Secretaría y el Sector Coordinado, e informar cuando cualquiera de las Cámaras los cite, en los casos en que se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus actividades;
Refrendar, para su validez y observancia constitucional, los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes que expida el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, relativos a los asuntos competencia de la Secretaría;
Aprobar el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de la Secretaría, así como dar los lineamientos para la formulación de los correspondientes a las entidades paraestatales del Sector Coordinado;
Someter a consideración del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos los programas sectoriales, vigilando su congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, así como las aportaciones del Sector Coordinado a los programas regionales y especiales;
Fijar la política, coordinar y evaluar el funcionamiento de los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría;
Establecer las comisiones, consejos, comités y unidades de coordinación, asesoría, apoyo técnico y control, que requiera el funcionamiento administrativo de la Secretaría.
Por ello, los funcionarios tienen representación del Estado, actúan en los límites de su competencia y lo hacen precisamente a nombre del estado, por lo que sus son actos de estado e imputable al propio estado.
Este funcionario es un servidor público que satisfacer una necesidad colectiva de carácter material, económico o cultural, mediante prestaciones concretas e individualizadas, sujetas a un régimen jurídico que les imponga adecuación, regularidad y uniformidad. En este sentido las tres prestaciones que brinda el servidor público son:
1. Prestaciones de orden financiero, asistencia pecuniaria para el desarrollo de la característica específica de la entidad o dependencia que es objeto.
2. Prestación de orden material: distribución del objeto social o económico.
3. Prestaciones de orden intelectual, formación profesional, intelectual para direccionar el objeto y lo pecuniario.
Por esta razón, se necesita de una administración pública y de Secretarios de Despacho con probada experiencia y eficiencia para desempeñar adecuadamente los objetivos y prioridades del desarrollo nacional para lograr un gobierno concertador, normativo, ágil, sólido, congruente y oportuno en atender las necesidades de los mexicanos.
Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto en los artículos citados en el proemio, y considerando que los titulares de las secretarias, sean especialistas con experiencia en la materia ante la alta responsabilidad que representa la Federación, se propone el siguiente proyecto de
Decreto
Por el que se reforma el artículo 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único:Se reforma el artículo 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 91. Para ser secretario del Despacho se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
II. Tener cuando menos treinta años cumplidos el día de la designación;
III. Poseer, el día de la designación, la antigüedad mínima de cinco años del título profesional de licenciatura o su equivalente, expedido por la autoridad o institución legalmente facultada para ello, y
IV. Contar con experiencia probada en actividades o funciones relacionadas con la materia de la dependencia de que se trate, y
V. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso; ni inhabilitado para el empleo, cargo, o comisión en el servicio público
Transitorios
Único: El presente decreto entrará en vigor, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de marzo de 2013. Diputada Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
La diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:¿Con qué asunto, diputada Yáñez?
La diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (desde la curul): Sí, señora presidenta. Quiero hacerle a usted la pregunta de por qué se brincaron las proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución, de acuerdo a como viene el orden del día el día de hoy.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Fue acuerdo de los grupos parlamentarios, diputada. A ver, la diputada Yáñez tenía la palabra.
La diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (desde la curul): Sí, le vuelvo a preguntar, acuerdo de quién. Porque de acuerdo a la información que nosotros tuvimos esta mañana en el Grupo Parlamentario, el orden del día se respetaría como estaba acordado.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Sí, fue propuesta por las fracciones parlamentarias y esta Mesa lo aceptó así, compañera diputada.
La diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (desde la curul): No estoy enterada de que los grupos parlamentarios hayan modificado el orden del día.
La diputada Lilia Aguilar Gil (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:La diputada Aguilar.
La diputada Lilia Aguilar Gil (desde la curul): Sí, muchas gracias, presidenta. Exactamente, no tenemos información de que haya habido cambio en el orden del día. Pero más allá, en este tema de los puntos de acuerdo de urgente u obvia resolución, inclusive la Junta se había posicionado para que en la sesión anterior subieran antes, precisamente porque pierden su urgencia, y ahora usted está queriendo pasarlos después de los puntos de acuerdo, y ya nos vamos a quedar otra vez sin puntos de urgente u obvia resolución.
Le pedimos un llamado al sentido común y a que tome en cuenta que el pleno está llamándola a que no cambie el orden del día.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Ahorita vemos eso, diputada.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:El diputado Ricardo Mejía.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Sí, presidenta, en el mismo sentido de las compañeras diputadas que me antecedieron y nombre de Movimiento Ciudadano, para decir que en ningún momento aprobamos que se modificara el orden del día, el cual ya fue votado al inicio de esta sesión.
El siguiente punto que debe seguir conforme a lo que publicaron en la Gaceta Parlamentaria son las proporciones calificadas de urgente u obvia resolución, por lo que le pedimos que se pueda ajustar al orden del día que ya fue votado por este pleno.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado.
La diputada María Beatriz Zavala Peniche (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:En el uso de la voz la diputada Beatriz Zavala.
La diputada María Beatriz Zavala Peniche (desde la curul): Sí, presidenta. No le pediría que lo lleváramos a votación, porque el orden del día ya fue aprobado. Lo que usted nos informa no corresponde a la decisión de la asamblea, así que la petición es que continúe el orden del día de esta sesión como fue aprobado.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Fernando Belaunzarán.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez (desde la curul): Le agradezco, distinguida presidenta. Lo que pasa es que ya votamos el orden del día efectivamente; entonces, la Junta de Coordinación Política efectivamente es muy poderosa, según el Reglamento, pero no puede cambiar una decisión del peno, por lo menos no la puede cambiar a menos de que el mismo pleno lo reconsidere. Por tanto, y en virtud de que aprobamos ya el orden del día, sí pediría que se cumpliera con éste.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado.
La diputada Teresa de Jesús Mojica Morga (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:La diputada Teresa de Jesús Mojica.
La diputada Teresa de Jesús Mojica Morga (desde la curul): Pedirle nada más que respetemos el orden del día que en un inicio se votó en este pleno. Hay puntos de acuerdo de urgente u obvia resolución que son muy importantes que se planteen. Gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputada.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:El diputado Manuel Huerta.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (desde la curul): Bueno, de verdad es que los diputados no tendríamos que estar sufriendo estas arbitrariedades por parte de la Presidencia de la Cámara, que hoy estamos sufriendo. Ya muchos compañeros han reiterado. ¿Necesitaríamos hablar todos para que usted ya tome la decisión de continuar con el orden del día o qué es necesario? Usted díganos, porque no se respeta la ley, no se respeta la Constitución, no respetan el Reglamento.
Le suplico, de la manera más atenta, que ya dé el curso al orden del día como se aprobó en la mañana.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputados. Estaba terminando de dar el uso de voz para que no hubiera quejas de que alguien o a alguna fracción no se le diera el uso de la voz. Pero esta Presidencia ya había tomado la decisión de continuar con el orden del día, como corresponde, que vendrían siendo los puntos de acuerdo de urgente u obvia resolución.
AMPLIACION DEL HOSPITAL REGIONAL DE CIUDAD HIDALGO
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución. De conformidad con el artículo 76, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra por cinco minutos, el diputado Luis Olvera Correa, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que exhorta a la titular de la Secretaría de Salud para que establezca un programa emergente de atención dirigido a la población del oriente del estado de Michoacán de Ocampo, así como para que realice las gestiones necesarias para la ampliación del Hospital Regional de Ciudad Hidalgo, mediante la creación del área de especialidad de nefrología.
El diputado Luis Olvera Correa: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores, en 2013 la Sociedad Latinoamericana en Nefrología e Hipertensión designó el pasado 14 de marzo como Día de la Insuficiencia Renal Aguda, reconociendo así un grave problema que aqueja a un porcentaje importante de la población.
La insuficiencia renal crónica (IRC), como otras enfermedades crónico-degenerativas está en crecimiento constante a nivel nacional e internacional. Las autoridades de salud del estado de Michoacán de Ocampo tienen registrados 5 mil 270 casos de insuficiencia renal, cifra que es 15 por ciento mayor a la registrada en 2012; de estos pacientes solo 3 mil 200 reciben alguna atención médica, siendo la hemodiálisis el tratamiento con mayor demanda.
Es importante tomar consciencia que estas cifras son inexactas, pues existen múltiples casos que no están contabilizados. Quienes vivimos en el oriente del estado de Michoacán de Ocampo somos testigos de los problemas que representa afrontar esta enfermedad, sobre todo para quienes se encuentran en las etapas más avanzadas, dado que requieren de atención médica mediante hemodiálisis o diálisis peritoneal, tratamientos que son extremadamente gravosos para la economía de la familia.
Un enfermo a tratamiento a base de diálisis requiere de al menos tres sesiones semanales, más medicamentos complementarios y posiblemente medicamentos para la atención de la diabetes o la presión alta. Tan solo por el tratamiento de diálisis un paciente necesitaría pagar al mes alrededor de 18 mil pesos, más los gastos complementarios de medicamentos y traslados a los centros de diálisis, por lo que resulta imposible para la mayoría de la población recibir atención oportuna y de calidad.
En algunas localidades del oriente del estado de Michoacán de Ocampo hemos sido testigos del crecimiento desmesurado de casos de insuficiencia renal aguda, la cual ha afectado a las familias, a tal grado que hoy en día se tienen identificados a niños de tres o cuatro años de edad con dicho padecimiento, y entre el 5 y 10 por ciento de los casos son menores de 18 años.
Es sorprendente saber que esta problemática ha crecido, al grado que en una sola familia existen hasta tres personas que padecen de insuficiencia renal crónica. Esta situación se agrava si consideramos que el oriente del estado tiene un nivel de industrialización bajo, por lo que la mayoría de la ciudadanía no es derechohabiente de algún servicio de salud, dando como resultado que únicamente el 50 por ciento de enfermos renales reciben algún tipo de atención médica.
En el estado solo el IMSS, el ISSSTE y el Hospital Civil tienen área de hemodiálisis, estando ubicados los tres en la ciudad de Morelia, motivo por el cual el simple traslado de municipios como Ciudad Hidalgo, Maravatío, Angangueo o Zitácuaro hace imposible para muchas familias brindar la atención que sus enfermos renales requieren.
Año con año y día a día, los enfermos y sus familiares esperan por parte de las autoridades una solución, pues prácticamente ya por tres generaciones esta enfermedad ha mermado la economía, la salud y las esperanzas de los michoacanos. Hoy en Ciudad Hidalgo y sus alrededores la atención médica es urgente y no puede esperar más.
Por tal motivo, hoy pongo a su consideración el presente punto de acuerdo. Los habitantes de la zona oriente del estado de Michoacán de Ocampo confían en que nosotros, como representantes populares, llevemos su voz y sus demandas al nivel de dar solución a éstas que afectan a más de mil 200 personas tan solo en el municipio de Ciudad Hidalgo, en razón de lo cual exhortamos a la titular de la Secretaría de Salud para que establezca un programa emergente de atención dirigido a la población del oriente del estado de Michoacán de Ocampo, así como para que realice las gestiones necesarias para la ampliación del Hospital Regional de Ciudad Hidalgo mediante la creación del área de especialidad en nefrología.
Es muy importante, compañeras y compañeros legisladores, todo el apoyo de ustedes y la solidaridad con estas personas que están sufriendo esta enfermedad tan grave. Por su atención muchas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la Ssa a establecer un programa urgente de atención para el oriente de Michoacán de Ocampo y realizar gestiones a fin de ampliar el hospital regional de Ciudad Hidalgo, mediante la creación del área de especialidad en nefrología, a cargo del diputado Luis Olvera Correa, del Grupo Parlamentario del PRI
Los suscritos diputados federales representantes del estado de Michoacán de Ocampo, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y numeral 2, fracciones III y IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones reglamentarias y normativas correspondientes, sometemos a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, con carácter de urgente resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Actualmente, el panorama epidemiológico a nivel nacional e internacional ha presentado cambios importantes, dejando atrás un grupo de enfermedades transmisibles agudas, para dar paso a la predominancia de las llamadas enfermedades crónicas degenerativas. Las cuales tienen graves efectos en quienes las padecen, pues van mermando su salud en ocasiones de manera casi imperceptible, pero si no son atendidas de manera debida, pueden concluir fácilmente en la muerte del paciente.
Dentro de las diferentes enfermedades crónicas degenerativas, una de las más gravosas para los pacientes y sus familias, es la Insuficiencia Renal Crónica (IRC), que puede tener su origen en la diabetes y la hipertensión arterial, así como en antiguas enfermedades de origen infeccioso o en problemas relacionados con la contaminación ambiental.
Al tratarse de una enfermedad que es silenciosa en sus inicios, es común que los pacientes no la perciban, hasta que el daño a los riñones sea irreversible, lo cual conlleva a que el tratamiento adecuado para la IRC sea a través de hemodiálisis o bien un trasplante de riñón, el cual, si bien es la mejor manera de tratar la enfermedad, es difícil de realizar por la falta de donadores y servicios médicos de salud que incluyan bases de datos de donadores a nivel nacional, lo cual deja a las personas que sufren de IRC una sola opción de tratamiento, la hemodiálisis.
El tratamiento a base de hemodiálisis, consiste en mínimo tres sesiones semanales, dado que las personas que no cumplen con éste número de sesiones, no tienen beneficio alguno para su salud al realizar una o dos sesiones semanales. Según estudios realizados por la Facultad de Medicina de la UNAM en el 2010, el costo estimado de atención de un paciente con IRC que requiere de tres sesiones semanales de hemodiálisis, es de $4,500.00 (cuatro mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional) semanales, sin considerar los medicamentos que son complementarios al tratamiento mencionado o a los otros padecimientos que pudieran presentar los pacientes, lo cual conlleva a gastos mensuales por arriba de los $14,000.00 (catorce mil pesos 00/100 moneda nacional), sin considerar los gastos de alimentación y traslados a los centros de hemodiálisis que generalmente están en las capitales de los estados, mismos que tienen que realizarse para dos personas al menos, pues después de una sesión de hemodiálisis el paciente no puede abandonar la clínica por sus propios medios, por lo cual los costos de atender mediante hemodiálisis a un paciente de IRC son mayores a los $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 moneda nacional) cuando las personas no son derechohabientes de alguna institución de salud.
Si bien estamos conscientes que ésta es una problemática a nivel nacional, también somos testigos de primera mano de la gravedad que éste problema representa para los habitantes del oriente del estado de Michoacán. En el municipio de Ciudad Hidalgo, durante las últimas tres generaciones el nivel de casos de IRC ha crecido de manera desmesurada, al grado que hoy en día afecta a niños desde los 3 o 4 años edad, y en algunos casos aqueja a dos o tres integrantes de una misma familia.
En un esfuerzo coordinado de los ciudadanos de Ciudad Hidalgo, se creó la Asociación de Enfermos del Riñón, AC, buscando con esto ofrecer solución a los problemas que representa afrontar dicha enfermedad, tratando de apoyar a pacientes de escasos recursos materiales para hemodiálisis mediante gestiones y formando un censo de personas a las que dicha enfermedad aqueja; dentro de las actividades realizadas por la misma, en 2008 acudieron ante la UNAM para solicitar su apoyo en la elaboración de un diagnóstico de salud focalizado, mismo que fuera dirigido por el Dr. Malaquías López Cervantes, de la Facultad de Medicina de la UNAM, y concluido en 2010.
De dicho estudio, podemos aseverar que en el año 2010, en la tenencia de San Pedro Jacuaro, se detectaron 134 personas que padecen Insuficiencia Renal Crónica, cifra que según el estudio, es 10 veces mayor a la que correspondería a dicha localidad conforme a las cifras ordinarias de afectación de la enfermedad.
A nivel estado, Michoacán de Ocampo registra un aumento de 15% anual en los casos de IRC, dado que actualmente se tienen contabilizados más de 5270 casos, mientras que a principios del 2012 se tenían detectadas a 4500 personas, cifra que según el Consejo Estatal de Trasplantes sigue siendo aproximada y podría aumentar en cualquier momento, dado que no se cuenta con una estadística exacta sobre el tema.
Gracias al análisis de los datos proporcionados por la Secretaría de Salud de Michoacán, hoy en día sabemos que ésta enfermedad afecta con mayor frecuencia a los habitantes de la región oriente de Michoacán, en la cual se cuenta con una incidencia de 3 a 1 contra el resto del estado. En tal sentido Ciudad Hidalgo, según la Asociación de Enfermos del Riñón A.C. tiene entre 800 y 1000 enfermos del riñón, situación que ha logrado identificar al Municipio como un foco rojo a nivel nacional, generando a la vez compromisos de las autoridades estatales y federales para la ampliación del Hospital de Ciudad Hidalgo, mediante la creación del área de especialidad de Nefrología. Sin que a la fecha se hayan podido cumplir los mismos por cuestiones presupuestarias.
Es preocupante saber que en Ciudad Hidalgo, sólo la mitad de enfermos se atienden mediante algún tipo de servicio de salud que dé seguimiento a su enfermedad y les proporcione algún tipo de diálisis, mientras que la otra mitad se mantiene sin atención médica, o con remedios caseros, lo cual conlleva a su muerte en un corto plazo. Esto a consecuencia de que la mayoría de la población no cuente con el beneficio de seguridad social, por lo cual no son derechohabientes de alguna institución y quienes se inscriben voluntariamente al Seguro Popular, no tienen cobertura para la Insuficiencia Renal Crónica.
Como todos sabemos, las instituciones de salud reportan que la demanda de servicios de salud es superior a la cobertura que el estado puede brindar a la población, pero especialmente en algunos casos como el de la atención por Insuficiencia Renal, ésta situación es marcada de sobremanera. Los centros de Hemodiálisis generalmente se concentran en las capitales de los estados y no se cuenta con criterios adecuados para decidir quien recibe hemodiálisis o diálisis peritonial en los escasos centros existentes.
Durante el 2012, se generó una gran expectativa en los habitantes de Ciudad Hidalgo, mediante las declaraciones realizadas ante la prensa por las autoridades federales estatales y municipales, en las cuales se indicaba que para el año 2013 se iniciaría la construcción del área de especialidad de Nefrología en el Hospital Regional de Ciudad Hidalgo, pues los tres niveles de gobierno están conscientes de la necesidad de atención médica para los enfermos del riñón en Ciudad Hidalgo y sus inmediaciones.
Lamentablemente, del análisis de los recursos y proyectos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2013 se advierte que no se asignaron recursos para dicha obra, mientras que las finanzas estatales hacen imposible que el recurso necesario sea aportado por el Gobierno del Estado. Por lo cual a menos que se tomen acciones inmediatas, la situación precaria de atención para los enfermos renales del oriente del estado será cada vez mayor, puesto que no aumenta la capacidad de atención, en tanto que sí aumenta anualmente la cantidad de enfermos de IRC y la demanda del servicio de hemodiálisis.
Ante la situación manifestada en el presente Punto de Acuerdo, año con año se ha generado una gran expectativa de los Habitantes del oriente del estado de Michoacán, así como de sus comunidades y los municipios aledaños, de recibir atención especializada para los enfermos de Insuficiencia Renal de sus comunidades. Hoy, en Ciudad Hidalgo y sus alrededores, la gente clama por atención médica para sus familiares y una respuesta real a la problemática que se ha venido desarrollando a lo largo de las últimas tres generaciones; hoy nos toca a nosotros como Diputados Federales ser la voz de los ciudadanos michoacanos y velar por brindar una respuesta a quienes sufren de las carencias que a sus familias ocasiona tener uno o hasta tres pacientes con Insuficiencia Renal Crónica, asegurando que las autoridades en salud de nuestro país, tomen acciones definitivas que beneficien a quienes aqueja dicha enfermedad.
En razón de lo anterior, se presenta con carácter de urgente resolución la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único.La LXII Legislatura de la Cámara de Diputados exhorta a la titular de la Secretaría de Salud, para que establezca un programa emergente de atención dirigido a la población del oriente del estado de Michoacán de Ocampo, así como para que realice las gestiones necesarias para la ampliación del Hospital Regional de Ciudad Hidalgo, mediante la creación del área de especialidad en nefrología.
Dado en el Palacio Legislativo, el 19 de marzo de 2013. Diputados: Luis Olvera Correa, Alfredo Anaya Gudiño, Rodimiro Barrera Estrada, Eligio Cuitláhuac González Farías, Adriana Hernández Iñiguez, Salvador Ortiz García, Socorro de la Luz Quintana León, Salvador Romero Valencia, Blanca María Villaseñor Gudiño, Ernesto Núñez Aguilar (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Por la fracción parlamentaria de Nueva Alianza, en el uso de la voz el diputado Rubén Benjamín Félix Hays... Perdón, diputado. Pregunte la Secretaría en votación económica si se considera de urgente resolución.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:En el uso de la voz el diputado Rubén Benjamín Félix Hays, de la fracción parlamentaria de Nueva Alianza, para fijar posición.
El diputado Rubén Benjamín Félix Hays: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores, la proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución que presentan los diputados y diputadas que la suscriben, pone de relieve una problemática del Estado mexicano: la falta de acceso al sistema de salud, un derecho humano reconocido y plasmado en el artículo 4o. de nuestra Carta Magna, pero que en la realidad es negado para el 21 por ciento de mexicanos y mexicanas que no cuentan con algún tipo de protección social.
Esta situación no solo afecta a los habitantes del oriente del estado de Michoacán de Ocampo, lamentablemente la falta de cobertura de los servicios de salud pública, la insuficiente infraestructura hospitalaria y, por supuesto, los escasos recursos con los que cuentan las familias para atender problemas de salud crónicos en este país es una verdad que lacera y nos lastima como sociedad.
La pobreza es un elemento más que se añade a la de por sí complicada situación de quienes padecen alguna enfermedad crónica, particularmente como es el caso de los habitantes del municipio de Ciudad Hidalgo, Michoacán de Ocampo, quienes de manera colectiva padecen los numerosos casos de insuficiencia renal crónica.
Nuestro deber como representantes populares es velar por el respeto a los derechos humanos de todos los mexicanos, más aún cuando se trata de poblaciones en situación de vulnerabilidad, como es el caso que se nos presenta.
¿Cómo podría una familia en esas condiciones soportar económicamente gastos de hasta 20 mil pesos mensuales para los tratamientos requeridos de hemodiálisis? A pesar de la ayuda filantrópica de la sociedad civil, resulta muy complicado responder a esta necesidad de las familias de Ciudad Hidalgo.
De este caso podríamos señalar y cuestionar a las autoridades competentes: ¿Por qué no se ha logrado equipar al Hospital Regional de la infraestructura adecuada para atender a los pacientes con insuficiencia renal crónica, sobre todo considerando el número de casos y su aumento en los últimos años? Sin embargo, el problema trasciende a la misma construcción de la infraestructura hospitalaria.
En cuanto a la calidad del servicio, una investigación de la UNAM publicada en un diario de circulación nacional, señala que de las 83 unidades de hemodiálisis analizadas, una de cada cuatro incumplía con los requerimientos de la norma oficial mexicana para la práctica de hemodiálisis, así como el 65 por ciento de las unidades son malas o muy malas, al no contar con especialistas.
Compañeras y compañeros diputados, la situación de los habitantes que padecen de la insuficiencia renal crónica, de Ciudad Hidalgo, Michoacán de Ocampo, es sumamente preocupante. Para el Grupo Parlamentario Nueva Alianza el derecho a la salud es una garantía básica que debe ser exigible y obligatoria para las autoridades competentes.
Desde el Legislativo nuestra obligación es revisar el marco jurídico de nuestro sistema de salud pero, sobre todo, establecer las prioridades del gasto público en la materia para que en la próxima discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación se refleje lo que en esta tribuna venimos a plantear con firmeza: garantizar el pleno derecho a la salud de las y los mexicanos. Muchas gracias, compañeros diputados.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Por la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo, en el uso de la voz el diputado José Humberto Vega Vázquez.
El diputado José Humberto Vega Vázquez: Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, en días recientes la Comisión de Salud dictaminó en sentido negativo una iniciativa de ley propuesta por el Partido del Trabajo y presentada por su servidor, donde muchos de ustedes se anexaron, y precisamente era para atender las principales necesidades de los enfermos renales.
Esta iniciativa de ley contemplaba una amplia gama de posibilidades para que muchos enfermos renales tuvieran la oportunidad de ser atendidos, pues la ausencia de atención especializada y la falta de material suficiente condenan a la muerte evidente a los pacientes que padecen este mal.
Nos queda claro que los orígenes de este mal pueden ser muchos, causados por la mala alimentación, por infecciones urinarias mal atendidas, por problemas congénitos, por condiciones hereditarias, por diabetes e hipertensión, pero sobre todo existe la gran y urgente necesidad de atender este problema de salud, tanto por el Ejecutivo como por parte del Legislativo.
En sesiones de trabajo de la Comisión de Salud para formular este dictamen afirmaban que era necesaria la atención de este mal, pero pese a esa gran necesidad lo dictaminaron en negativo y el argumento fue que el sector salud no podía atender a todos los pacientes.
No se trata de buscar una solución espontánea, se trata de lograr soluciones a largo plazo para dar solución de fondo a este problema. Sobre todo debemos tener la voluntad política, más allá del jaloneo que derive de quiénes son los promoventes de un proyecto de ley. Se trata de ir creando juntos las condiciones legales para prevenir que siga avanzando este mal.
Por eso quiero comentarles que voy a retomar nuevamente ese proyecto para que se logre esta iniciativa de ley. Estamos ciertos de la falta de sensibilidad política para continuar los programas locales y federales de salud, así como la falta de infraestructura hospitalaria.
Estamos viendo cómo el caso de la Ciudad Hidalgo, en el estado de Michoacán de Ocampo, que lamentablemente por diferencias políticas muchos pacientes de esta enfermedad están perdiendo la vida.
Irónicamente es que las propias autoridades federales anunciaban su creación con bombo y platillo, y lo único que se observa hoy en día es que los pacientes esperan su muerte evidente, y eso no es posible, sin que las autoridades federales ni las estatales hagan algo, pero sobre todo aquí en el Palacio Legislativo los diputados nos damos el lujo de negar las iniciativas para atender de fondo este mal.
Pasteur lo dijo: la diferencia para lograr o alcanzar lo imposible de lo posible es la voluntad humana. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Por la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano, en el uso de la voz el diputado Juan Ignacio Samperio Montaño.
El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño: Con su venia, señora presidenta. El derecho a la salud consagrado en el párrafo tercero del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todos tenemos derecho a la protección de la salud.
En este sentido, se obliga al Estado mexicano para que a través de los diferentes órdenes de gobierno se garantice este derecho fundamental, el cual exige entre otros aspectos la prevención y control de enfermedades con mayor presencia en la sociedad.
Actualmente la insuficiencia renal crónica se ha convertido en un problema de salud pública a nivel mundial. El número de pacientes va en ascenso, tanto en países desarrollados como países en desarrollo.
En México, durante los últimos 10 años, el número casos ha aumentado desmesuradamente. A nivel nacional la cifra asciende a 7 millones 600 mil enfermos, afectando por igual a los diferentes sectores de la sociedad, incluso a niños que desde su nacimiento comienzan a tener manifestaciones de esta enfermedad.
Son varias las entidades y regiones del país en las que la gran demanda por el número de casos de padecimientos renales ha rebasado la capacidad de atención hospitalaria. Un claro ejemplo de lo anterior es el estado de Michoacán de Ocampo, que registra aproximadamente 5 mil 500 enfermos, ubicándolo en el décimo lugar nacional.
También es de considerarse que tan solo en 14 de los 18 municipios que conforman la zona oriente del estado habita el 40 por ciento de los enfermos renales. La prevalencia de la enfermedad es un problema severo en la región, al grado que cada familia tiene un promedio de dos a tres integrantes con este padecimiento.
Aunado lo anterior, el 85 por ciento de la población enferma carece de Seguro Social o de ISSSTE, y no cuenta con recursos económicos para sustentar los altos costos de las medicinas que este tratamiento requiere.
Las cifras hablan por sí solas y día a día más personas en la región oriente del estado de Michoacán de Ocampo mueren por este padecimiento lentamente. La situación está en un punto crítico, por lo que resulta imperante la implementación de las acciones necesarias, a fin de dotar al Hospital Regional de Ciudad Hidalgo de la infraestructura necesaria para el establecimiento del área de especialidad en nefrología, como apoyo a las exigencias que los habitantes de esta región reclaman.
Los integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano nos pronunciamos a favor del punto de acuerdo, tal y como siempre lo haremos cuando a través de las medidas propuestas se busque la protección de la población en general y sobre todo de las personas de menos recursos, que por su condición social son el sector más vulnerable.
Compañeras y compañeros diputados, como ya se mencionó, no es suficiente con hacer o construir mayor número de hospitales de especialidades para dar solución a los problemas de salud, sobre todo a los problemas renales y de diabetes que cuestan una fortuna a la Secretaría de Salud, y los cuales se provocan en su mayoría por el consumo excesivo de los alimentos chatarra y de las bebidas gaseosas y edulcorantes.
Por eso consideramos que la Secretaría de Salud debería de emprender una campaña más enérgica en el control de estos alimentos, así como con las bebidas gaseosas, y nosotros como legisladores en esta Cámara tendremos que legislar para normar la fabricación y venta de estos productos, que tanto daño hacen, sobre todo a la niñez de nuestro país, que son el futuro. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Por la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, en el uso de la voz el diputado Ernesto Núñez Aguilar.
El diputado Ernesto Núñez Aguilar: Con su permiso, presidenta. Con su permiso, compañeras diputadas, compañeros diputados. La insuficiencia renal crónica es una enfermedad irreversible que afecta los riñones, por lo que el organismo pierde la capacidad de filtrar las sustancias tóxicas de la sangre; la insuficiencia renal crónica es un problema de salud pública, tanto a nivel mundial como nacional, cuya incidencia está poniendo en entredicho la capacidad de la infraestructura hospitalaria y de los recursos humanos con que cuenta nuestro sistema de salud para poder atender este padecimiento.
Ante la insuficiencia de recursos públicos, sumado a lo costoso que resulta el tratamiento de la IRC en fases avanzadas de la enfermedad, los pacientes que la padecen y que no son derechohabientes de alguna de las instituciones de salud del sector público se ven obligados a abandonar su tratamiento por no poder costearlo, lo cual tristemente termina por convertirse en una sentencia de muerte.
Aún para aquellos pacientes diagnosticados con insuficiencia renal crónica que sí tienen acceso a los servicios públicos de salud, el tratamiento puede llegar a ser incosteable cuando éstos viven en una zona alejada de los lugares, en los que se ubican las unidades hospitalarias especializadas, equipadas con lo necesario para brindar una atención adecuada al problema de la insuficiencia renal crónica.
Es por esta razón, que coincidimos con el diputado proponente Luis Olvera, en la imperiosa necesidad de implementar un programa para atender a los pacientes que sufren de insuficiencia renal crónica en la zona oriente del estado de Michoacán de Ocampo, una vez que se ha demostrado que la incidencia de la enfermedad en la zona es tres veces mayor a la que se presenta en todo el estado.
Pero además, presidenta, le pedimos que sin modificar el punto de acuerdo, nos permita solicitar a las autoridades, investiguen o hagan los estudios necesarios para atacar el problema de fondo, para ver cuál es la causa por la que en esta zona es tan reiterante esta enfermedad, porque es un padecimiento que se viene dando como ya lo dijeron los compañeros que me antecedieron de manera mucho muy marcada, y ojalá nos ayuden a investigar qué es lo que está pasando.
También en este llamado ver cómo podemos incluir el tratamiento de esta enfermedad en el Seguro Popular, porque actualmente es de los que no abarca y que llegan a la muerte todas las personas, por lo costoso que es y que no pueden hacerlo de manera personal.
Queremos recordar que el derecho a la protección de la salud es un derecho social y universal, independientemente de la situación de la vulnerabilidad de sus destinatarios y además se constituye un elemento esencial para que el Estado siente las bases para eliminar la desigualdad que existe entre los miembros de la sociedad.
En virtud de lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Verde consideramos que el gobierno mexicano tiene la obligación de atender la problemática de los pacientes diagnosticados con insuficiencia renal crónica en Michoacán de Ocampo, mediante el hospital de nefrología, y por ello votaremos a favor del resolutivo que propone el presente punto de acuerdo.
Pero además, queremos aprovechar nuestra intervención para hacer conciencia de la necesidad de implementar una estrategia nacional de prevención de la insuficiencia renal crónica, dado que desgraciadamente ésta no es un problema exclusivo del estado de Michoacán de Ocampo, sino que actualmente se replica a lo largo del territorio nacional, pues se estima que actualmente hay 65 mil pacientes que están siendo tratados con diálisis y se prevé que la situación empeore en los próximos años.
Se debe señalar que los principales factores de riesgo asociados a la IRC son la diabetes, la hipertensión arterial y la obesidad, padecimientos que están afectando un alto porcentaje de la población de México.
Estas cifras ponen de manifiesto la magnitud del problema de los padecimientos renales crónicos. Algunos especialistas han estimado que al menos 12 millones de mexicanos padecen algún grado de deterioro renal y que de no controlarse, un alto porcentaje de ellos evolucionará hacia estadios más avanzados de la enfermedad, que pondrían en riesgo de colapso al sistema de salud pública, por ello nuestro voto a favor de este punto de acuerdo. Gracias, presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:A usted, diputado. Por la fracción parlamentaria del PRD, en el uso de la voz la diputada Verónica García Reyes.
La diputada Verónica García Reyes: Con su permiso, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados, de acuerdo con la Fundación Mexicana del Riñón, la insuficiencia renal crónica se considera como una enfermedad crónica que se caracteriza por la pérdida progresiva e irreversible de ambos riñones.
Así, paulatinamente el organismo pierde la capacidad de filtrar las sustancias tóxicas de la sangre y la persona requiere tratamiento de sustitución de la función renal para conservar la vida, ya sea a través de diálisis peritoneal, hemodiálisis o trasplante del órgano en cuestión.
La insuficiencia renal se ha convertido en un problema de salud en el estado de Michoacán de Ocampo. A finales de 2012, alrededor de 5 mil 500 michoacanos padecían esa enfermedad. Hoy día, seguramente la cifra de enfermos se ha incrementado y ha incorporado a sus filas a jóvenes y niños de 2 a 3 años.
Aproximadamente el 40 por ciento de la población total de los enfermos que padecen esta enfermedad se concentran en la región oriente del estado de Michoacán de Ocampo, siendo el municipio de Ciudad Hidalgo el que posee mayor número de personas enfermas.
Cabe destacar que más de la mitad carece de asistencia social y no cuenta con los recursos económicos necesarios que permitan sustentar los altos costos de la medicina y el tratamiento para contrarrestar la enfermedad, por lo que la mayoría de estos enfermos tienen que darse a la tarea de conseguir sus propios recursos.
Es conveniente mencionar que cuando el padecimiento es crónico solo existen tres opciones de tratamiento: la diálisis, que tiene un costo aproximado de 125 mil pesos anuales, y la hemodiálisis, de 150 mil pesos por tres sesiones a la semana. Así como los trasplantes, cuyo costo quirúrgico es de aproximadamente 30 mil pesos, más el tratamiento con inmunodepresores, que al año tiene un costo del alrededor de 85 mil pesos.
Como podemos observar, el alto costo del tratamiento significa un profundo gasto para cualquiera de estas familias, ya sea que además de asumir los gastos que trae consigo, también deben correr con gastos de traslado.
Cabe mencionar que el origen de la enfermedad aun se desconoce. Instituciones como la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Politécnico Nacional han investigado por más de tres años sin obtener una respuesta. Sin embargo, se manejan tres hipótesis: medio ambiente, modo de trabajo y factor genético.
Los habitantes y pacientes creen que el problema se origina de los desechos que lanza la geotérmica de la Comisión Federal de Electricidad en los mantos acuíferos de la región; sin embargo, ninguna de estas versiones es oficial.
Actualmente hay cinco casos nuevos al mes y en el mismo periodo fallecen hasta 8 personas.
Compañeras y compañeros, por los motivos anteriormente expuestos, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática votará a favor del punto de acuerdo que presenta el diputado Luis Olvera Correa, solicitando al promovente si así fuera posible se incorpore al texto de la ampliación y el equipamiento de los hospitales regionales de Zitácuaro y Huetamo, por encontrarse estos también en la región oriente. Así como un exhorto al gobernador del estado para que en uso de sus facultades ordene la elaboración de un estudio exhaustivo que nos permita conocer las causas y el origen de la insuficiencia renal crónica que se presentan, particularmente, en los habitantes de la región oriente del estado.
Contar con esta información permitirá contrarrestar de raíz este problema y así evitará que la suma de muertes y enfermos se incrementen. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputada. ¿Con qué objeto, diputada?
La diputada Joaquina Navarrete Contreras (desde la curul): Muy buenas tardes a todos y a todas, señora presidenta. Muchísimas gracias por permitirme refrendar mi voto hacia el punto de acuerdo que presentan los compañeros diputados y diputadas.
De verdad, ellos ya lo externaron, es algo muy grave que está sucediendo en Michoacán de Ocampo. Me solidarizo. De la misma manera, ojalá y se ponga atención a nivel nacional, ya que ellos mencionaban que es muy costoso y desafortunadamente es cierto, y no solamente el costo económico, sino también el moral.
Lo padezco, sufro con un pequeño que tengo, ya lleva dialisándose durante siete años y efectivamente los nefrólogos especialistas no encuentran el factor por el cual esta enfermedad está acabando con muchos hogares.
En verdad ya lo externaron, es una situación urgente, y la verdad me sumo a este punto de acuerdo. Muchas gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputada, se registra su intervención.
Por la fracción parlamentaria del PAN, en el uso de la voz la diputada Martha Berenice Álvarez Tovar.
La diputada Martha Berenice Álvarez Tovar: Con su venia, diputada presidenta. Compañeras diputadas y compañeros diputados, en 1983 se incorporó a nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el derecho a la protección de la salud para toda persona, mediante la reforma al artículo 4o., en este mismo artículo se estipuló que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud.
Nuestro Sistema Nacional de Salud se encuentra constituido por las dependencias y entidades de la administración púbica, tanto federal como local, y las personas físicas morales de los sectores social y privado, que presentan servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación y acciones.
Sin embargo, el Sistema Nacional de Salud no es el fin en sí mismo, sino un instrumento para incrementar la efectividad del ejercicio del derecho a la protección de la salud y del acceso a los servicios de salud.
La transición epidemiológica en nuestro país y en todo el mundo ha generado un incremento inédito de todas las enfermedades no transmisibles de carácter crónico degenerativo. Los estilos de vida poco saludables han jugado un papel fundamental en ello.
Una enfermedad propia de la transición epidemiológica y que ha generado una gran preocupación en el gobierno mexicano por su dimensión e impacto en la salud pública es la insuficiencia renal crónica. Esta enfermedad puede tener un origen genético, aunque también lo tiene en la diabetes, la hipertensión arterial, así como en antiguas enfermedades de origen infeccioso, inclusive puede ser causada por la contaminación ambiental; se trata de una enfermedad cuya atención es muy costosa, principalmente porque en la mayoría de los casos se diagnostican cuando ya tienen un carácter grave e irreversible. Esto aumenta los costos del tratamiento y las expectativas del enfermo.
En esta enfermedad como en muchas otras la prevención juega un papel fundamental para disminuir su impacto y efectos negativos en la salud de las personas. Cuando se presenta la insuficiencia renal crónica las únicas opciones de tratamiento son hemodiálisis y el trasplante de riñón; sin embargo, dada la escasez de donadores, la mayoría de los enfermos solamente cuentan con la alternativa de hemodiálisis.
Se trata de una enfermedad de alto costo financiero para los servicios de salud, pero puede representar un gasto insostenible, empobrecedor y catastrófico para una persona y su familia cuando éste no cuenta con servicio de salud que lo respalde con atención médica y con los insumos adecuados.
Los proponentes del punto de acuerdo que hoy nos ocupa, sostienen que a nivel estado de Michoacán de Ocampo registra un aumento de 15 por ciento anual en los casos de insuficiencia renal crónica. En los últimos años se ha detectado que en la región oriente de Michoacán de Ocampo es más frecuente el padecimiento renal, a diferencia del resto del estado. Otra característica encontrada es que buena parte de la población afectada son jóvenes, aunque también hay desde niños hasta adultos mayores.
Actualmente se tienen contabilizados más de 5 mil 270 casos, mientras que a principios de 2012 se tenían detectados 4 mil 500 personas, cifra que según el Consejo Estatal de Trasplantes sigue siendo aproximada y podría aumentar en cualquier momento, dado que no se cuenta con una estadística exacta sobre el tema, por considerar que estas cifras de ser confirmadas representarían un problema de salud pública de tal magnitud, que deberían ser atendidas urgentemente.
Es por eso que los legisladores del Partido Acción Nacional apoyaremos la aprobación de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Salud a tomar acciones urgentes, con la finalidad de atender la grave problemática derivada del exceso de casos de insuficiencia renal que predomina en la población oriente del estado de Michoacán de Ocampo. Es cuanto. Muchas gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputada. Por la fracción parlamentaria del PRI, en el uso de la voz, la diputada Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco.
La diputada Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco: Con su permiso, diputada presidenta. La magnitud del problema de salud pública que implica el diagnóstico y tratamiento de la insuficiencia renal crónica cobra carácter urgente al abordar su etiología, factores detonantes, prevalencia, el compromiso para la salud y calidad de vida de quienes la padecen y el impacto negativo sobre su ámbito social, económico y laboral, especialmente por los problemas en la familia que surgen como consecuencia de la gran demanda de cuidado, tiempo y recurso económico para el tratamiento.
Como sabemos, este padecimiento conlleva a la progresiva disminución y daño de los órganos que realizan una de las funciones más importantes del cuerpo: los riñones, que dejan de eliminar sustancias tóxicas, el exceso de agua, controlar la presión arterial y producir hormonas. Cuando la enfermedad no es tratada de manera oportuna y eficaz conduce a la muerte en breve tiempo debido a su naturaleza discapacitante y progresiva.
Uno de los factores críticos para el desarrollo de insuficiencia renal crónica son las complicaciones de la hipertensión y la diabetes, las cuales a su vez son propiciadas por el sobrepeso y la obesidad, padecimientos de proporciones epidémicas en nuestro país de cuya extensión y gravedad se ha hablado ampliamente en esta tribuna.
Aunque no existe un registro nacional de pacientes con esa enfermedad que permita dimensionar con precisión la magnitud del problema, gracias a un importante estudio realizado por investigadores de la UNAM se estima que en México podrían existir entre 98 mil 600 y 136 mil 500 pacientes con enfermedad renal crónica terminal. Se proyecta que el número de casos continuará en aumento si las condiciones actuales persisten, llegando a 212 mil casos en 2025 y casi 160 mil muertes relacionadas.
Las alternativas de tratamiento como ya se ha mencionado son la diálisis peritoneal, la hemodiálisis y el trasplante renal, siendo la última la mejor opción y que sin embargo no es viable por la falta de donaciones y los costos iniciales. Por su parte, la diálisis y la hemodiálisis son altamente costosas.
La situación que expone el diputado Olvera con responsabilidad, llama sobremanera nuestra atención y nos coloca en alerta respecto a la grave situación que viven los habitantes del municipio de Ciudad Hidalgo en el oriente michoacano, donde hay una incidencia notablemente superior a la del resto del país.
Estamos ciertamente ante una situación sanitaria de gran relevancia, que tenemos que atender con urgencia desde el ámbito de las facultades que nos competen. Conocer y visibilizar esta problemática específica y suscribir desde luego el llamado a las autoridades que se formula con esta proposición con punto de acuerdo; es un llamado al que debemos responder con puntualidad y sensibilidad. Muchas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:A usted, diputada. Agotada la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobado. Comuníquese.
DECLARACION PATRIMONIAL DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y MIEMBROS DE SU GABINETE
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:De conformidad con el artículo 76, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al presidente de la República y a los miembros de su gabinete, para que cumplan con el compromiso de hacer públicas sus declaraciones patrimoniales, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
La diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles: Con su venia, señora presidenta. En el mes de enero todos los mexicanos presenciamos un gran evento de imagen, basado en un compromiso del presidente Enrique Peña Nieto y su gabinete, consistente en que harían públicas sus declaraciones patrimoniales. Ese evento fue un gran acto de simulación.
Desde entonces hemos sido testigos de varias denuncias en los medios de comunicación, de la falta de transparencia del evento y el agravio de la sociedad. El agravio aún continúa. La simulación nunca se corrigió para cumplir con el compromiso que hizo el presidente a los mexicanos.
En el caso en comento, el compromiso del presidente Enrique Peña Nieto fue que sus declaraciones patrimoniales, tanto de él como de los miembros de su gabinete serían públicas. Se trató solo de información sobre el tipo de bienes inmuebles de su propiedad, el concepto por el que lo adquirieron y su superficie, sin dar a conocer los datos más relevantes, como su valor, su procedencia, el lugar en que se ubican.
Lo mismo hicieron con la información sobre sus bienes muebles, ingresos, vehículos, obras de arte, inversiones, acciones en empresas, ahorros bancarios, omitiendo también los datos de los bienes que están a nombre de sus cónyuges o concubinas y dependientes económicos, siendo toda esta información que el propio Sistema de Declaraciones Patrimoniales solicita.
Asimismo en la declaración del presidente se observa, sin que éste hiciera públicos los datos sobre su valor, origen ni motivo, que la mayoría de sus bienes han sido adquiridos mediante donaciones, muchas de ellas con fecha 8 de diciembre de años diversos.
Esta situación se repite en por lo menos cinco declaraciones de los miembros de su gabinete, lo que genera opacidad y motiva la pregunta que hoy se hacen los mexicanos, ¿por qué no publicaron sus declaraciones patrimoniales completas?
Es evidente que la publicación de las declaraciones patrimoniales del presidente Enrique Peña Nieto y de los miembros de su gabinete, de ninguna manera implica un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas, como pretendieron anunciarlo a la población; por el contrario, nos encontramos ante una simulación mediática con declaraciones patrimoniales mutiladas y muy pobres con relación a lo que significa una declaración verdaderamente pública. Lo que vemos es una declaración a modo, en la que se oculta información que es de interés de todos los mexicanos.
Una muestra de ello es que cualquier persona que entre al portal de Declaranet a consultar las declaraciones patrimoniales, puede corroborar, por un lado, que una declaración autorizada como pública contiene los apartados de datos generales del encargo curriculares, laborales, ingresos, bienes inmuebles, muebles, vehículos, inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores del declarante, su cónyuge o concubina y sus dependientes, los cuales el funcionario debe indicar con detalle y veracidad y, por otro lado, puede observar que una declaración que no se autoriza como pública solamente contiene datos generales del encargo, laborales y curriculares.
En este sentido, el propio sistema, en congruencia con lo establecido en el artículo 40, párrafo segundo de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, incluye un apartado en el que se realiza la pregunta específica de si se quieren o no publicar los datos patrimoniales, por lo que de ninguna manera el sistema da la opción de ofrecer al usuario parcialmente la información patrimonial, o se es pública o se es privada, con todo lo que esto implica. El presidente Peña Nieto y su gabinete no escogieron ni una ni otra; optaron por la simulación e inventaron una nueva forma de entrega que finge transparencia y acceso a la información.
Ciudadanos diputados, es importante precisar que lo que lastima es la mentira, el engaño, la opacidad; las declaraciones patrimoniales o son públicas o no lo son. No hay transparencia a medias, no hay transparencia de conveniencia. La trampa y el engaño no se valen.
En virtud de las razones antes expuestas y debido a la urgente necesidad de que el presidente de la República y los miembros de su gabinete cumplan cabalmente con el compromiso que ellos mismos hicieron con el pueblo de México, que hagan públicas sus declaraciones patrimoniales, como lo mandata la ley, en representación del Grupo Parlamentario del PAN, presento ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo.
Único. Por el que se exhorta al presidente de la República y a los miembros de su gabinete a cumplir cabalmente con su compromiso de hacer públicas sus declaraciones patrimoniales.
El domingo el secretario Luis Videgaray declaró que el tema de la transparencia es trascendental para este gobierno. No es a través de estas simulaciones la manera de demostrarlo. Le pregunto al secretario Videgaray, ¿en qué artículo de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos se encuentra establecida la forma en cómo el presidente y los miembros de su gabinete presentaron sus declaraciones patrimoniales?
Señora presidenta, solicito a usted se abra el tablero para votar si es de urgente resolución. Es cuanto. Gracias.
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al presidente de la República y a los miembros del gabinete a cumplir el compromiso de hacer públicas sus declaraciones patrimoniales, a cargo de la diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea una proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, bajo las siguientes
Consideraciones
Es obligación de todos los servidores públicos del gobierno federal presentar su declaración con oportunidad y sobre todo con veracidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 8, fracción XV, y 36 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
El pasado 16 de enero de 2013 el presidente Enrique Peña Nieto y los miembros de su gabinete se comprometieron con la sociedad e hicieron pública su declaración patrimonial en un evento mediático en donde buscaron resaltar la importancia de la transparencia y la rendición de cuentas en su gobierno.
Sin embargo, en este acto solamente publicaron información sobre el tipo de bienes inmuebles de su propiedad, el concepto por el que lo adquirieron y su superficie, sin dar a conocer los datos más relevantes como su valor, su procedencia ni el lugar en el que se encuentran. Lo mismo hicieron con la publicación de la información sobre sus bienes muebles, ingresos, vehículos, obras de arte, inversiones, acciones en empresas, ahorros bancarios, etc., omitiendo también publicar los datos de los bienes que están a nombre de cónyuges o concubinas, y/o de sus dependientes económicos, siendo todo esto información que el propio Sistema de Declaraciones Patrimoniales solicita.
Asimismo, en la declaración del presidente se observa que la mayoría de sus bienes han sido adquiridos mediante donaciones, muchas de ellas con fecha 8 de diciembre de años diversos, sin que éste hiciera públicos los datos sobre su valor, origen ni motivo.
Esta situación se repite en por lo menos cinco declaraciones de los miembros de su gabinete, lo que genera suspicacia y desconfianza, y motiva la pregunta que hoy se hacen los mexicanos de ¿por qué no publicaron sus declaraciones patrimoniales completas?
Es evidente que la publicación de las declaraciones patrimoniales del presidente Enrique Peña Nieto y de los miembros de su gabinete de ninguna manera implica un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas como pretendieron anunciarlo a la población, por el contrario, nos encontramos ante una simulación mediática, con declaraciones patrimoniales mutiladas, y muy pobres con relación a lo que significa una declaración verdaderamente pública.
Una muestra de ello es que cualquier persona que entre al portal de Declaranet, en búsqueda de servidor público puede corroborar, por un lado, que una declaración autorizada como pública contiene los apartados de datos generales, del encargo, curriculares, laborales, ingresos, bienes inmuebles, muebles, vehículos, inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores del declarante, su cónyuge o concubina y/o dependientes económicos, los cuales el servidor público debe indicar con detalle y veracidad, y por otro lado, puede observar que una declaración no autorizada como pública solamente contiene datos generales, del encargo, laborales y curriculares.
En este sentido, el propio sistema Declaranet, en congruencia con lo establecido en el artículo 40 párrafo segundo de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, incluye un apartado en el que se realiza la pregunta específica de si se quieren o no publicar los datos patrimoniales, por lo que de ninguna manera el sistema da la opción de publicar parcialmente la información patrimonial, o se es pública o se es privada con todo lo que esto implica.
Por esta razón es que resulta lamentable que las autoridades máximas de nuestro país mediante un acto mediático de simulación se comprometan con la población mexicana a publicar sus bienes patrimoniales como un gran acto de transparencia, cuando en realidad lo que publicaron es una declaración a modo en la que ocultan información que es de interés de todos los mexicanos.
Ciudadanos diputados, es importante precisar que no se está cuestionando la legalidad, lo que lastima es la mentira, el engaño, la opacidad, las declaraciones patrimoniales o son públicas o no lo son, no hay transparencia a medias, no hay transparencia de conveniencia.
En virtud de las razones antes expuestas y debido a la urgente necesidad de que el presidente de la República y los miembros de su gabinete cumplan cabalmente con el compromiso ante la sociedad de hacer públicas sus declaraciones patrimoniales. En representación del Grupo Parlamentario del PAN presento ante esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Por el que se exhorta al presidente de la República y a los miembros de su gabinete a cumplir cabalmente con su compromiso de hacer públicas sus declaraciones patrimoniales.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2013. Diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Ábrase el tablero de votación, hasta por cinco minutos.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Por instrucciones de la Presidencia, háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para saber si se considera de urgente u obvia resolución.
(Votación)
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Estamos en votación, diputado, al término de la misma, con gusto.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Para que aclare...
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Estamos votando ahorita si se considera de urgente u obvia resolución lo que se presentó, diputado.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:De viva voz:
El diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (desde la curul): En contra.
El diputado José Alberto Benavides Castañeda (desde la curul): A favor.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:A ver, compañeros, orden por favor, no escuchamos la votación del diputado.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Señora presidenta, se emitieron 213 en pro, 213 en contra, 1 abstención.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:En virtud de que hay un empate, se repite la votación. Ábrase de nuevo el tablero de votación para repetir la votación. Ábrase el tablero de votación, hasta por cinco minutos, para repetir la votación.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder nuevamente a la votación. Señores diputados, agotado el tiempo no se aceptará el voto de ningún diputado ni diputada, excepto del diputado que el día de hoy tomó protesta.
(Votación)
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Sonido, por favor, en la curul del diputado Raúl Gómez.
El diputado Raúl Gómez Ramírez (desde la curul): Presidenta, nada más le hago una aclaración. Es una falta de respeto que después de que se agote el tiempo tengan que venir de fuera y vuelvan a votar. No se vale, entonces para qué esto que tanto dinero ha costado. Es una burla para el pueblo que hagan las cosas y no se respeten.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Sonido, por favor, en la curul del diputado Sotomayor.
El diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez (desde la curul): Presidenta, con todo respeto, le pido que invalide esta votación, y que en su caso me indique por qué se está votando por segunda ocasión y por qué está otorgando cinco minutos, si acabamos de votar hace no menos de 30 segundos.
Esto me parece que lo está haciendo para que tengan oportunidad los diputados del PRI que no están aquí, para que voten y ustedes no hagan ganar esta votación y no haya transparencia en el gobierno federal que representa Enrique Peña Nieto.
Le pido que lean el articulado que da la oportunidad de que se haga esta segunda votación. Por favor, instruya a la Secretaría para que nos diga conforme a qué se está haciendo esta segunda votación, porque me parece que no hay fundamento legal para ella.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Sonido a la curul del diputado Añorve, por favor.
El diputado Manuel Añorve Baños (desde la curul): El diputado Añorve, presidenta, solo para decirle que usted ha aplicado perfectamente bien el Reglamento, que no tiene por qué aceptar una moción que no sea la de la votación y que le pedimos a la asamblea continúe con la votación. Gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Se solicita a la Secretaría lea el artículo 139, fracción V, por favor.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Artículo 139.
1. Las votaciones nominales o por sistema electrónico se verificarán cuando:
I. Se presente a consideración del pleno algún dictamen con proyecto de ley o decreto;
II. Se presente a consideración del pleno una proposición con punto de acuerdo considerada de urgente u obvia resolución;
III. Se exponga a consideración del pleno alguna iniciativa o minuta por vencimiento de término;
IV. La Constitución, la ley, este Reglamento o alguna disposición de la Cámara así lo ordene, y
V. Persista duda del resultado de una votación económica aún cuando ésta se haya repetido o sea impugnada por un grupo a través de su coordinador o por la Secretaría.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:La diputada Beatriz Zavala.
La diputada María Beatriz Zavala Peniche (desde la curul): Presidenta, en primer lugar, usted tomó una votación posterior a que se había terminado el tiempo de votación en el tablero, y en muchas ocasiones y reiteradamente se ha prohibido la votación en voz cuando el tiempo había terminado.
En segundo lugar, le solicitamos la palabra...
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Me permite, diputada. Diputada, tome el voto del diputado que hace falta.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra, de viva voz.
El diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (desde la curul): En contra.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Señora presidenta, se emitieron a favor 223, 0 abstenciones y en contra 219.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Se considera de urgente u obvia resolución y se abre el debate. Por la fracción parlamentaria del PT, en el uso de la voz, hasta por tres minutos, el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara: Este tipo de hechos que vimos hoy, cómo actúo la Presidencia de la Mesa Directiva, confirma la idea de que si en este país a los corruptos, a los que actúan ilegalmente los encerraran, no habría quién cerrara la puerta.
Miren, la información que se publica en la declaración patrimonial del titular del Poder Ejecutivo y los miembros de su gabinete no atiende a la verdad, debido a que la información que se proporciona se hace con generalidades que impiden conocer en forma objetiva el patrimonio con el que ingresan al servicio público federal.
En la página electrónica en la que se puede consultar cada una de las declaraciones patrimoniales del titular del Poder Ejecutivo y los miembros de su gabinete, se atribuye al propio presidente la siguiente afirmación, dice: la transparencia será fundamental en la Presidencia democrática que me he propuesto conducir. Es una obligación sustantiva para dar confianza a una sociedad mexicana más plural, más informada y más participativa.
Puras patrañas. Eso no es cierto, no lo están haciendo con sus campañas de propaganda nada más. Qué bueno que algunos ya se empiezan a dar cuenta. Ojalá también ellos sean consecuentes con la transparencia que requiere este país.
Lo anterior, como dije, deviene en demagogia, puesto que de la lectura de cada declaración patrimonial se encuentra que éstas ocultan u omiten datos esenciales que afectan la veracidad de su información. Declaraciones patrimoniales en las que no señalaron datos importantes de sus bienes, como el valor, ubicación, saldos ni su procedencia. Ah sí, dicen que todo eran donaciones.
Generalidades que violentan disposiciones reglamentarias al omitir las características y alcances de la información que exige la ley en las declaraciones personales. La distorsión en el cumplimiento de la obligación que tienen los servidores públicos que se señalan no es menor. Esta conducta evasiva y de simulación es muestra de la calidad y responsabilidad de cada uno de ellos. Con su conducta se transgrede la observación y cumplimiento de la ley.
Ya en Ética para Amador, Savater decía, refiriéndose a ésta como una perspectiva personal del correcto uso de nuestra libertad y el estar de acuerdo con esta posición, que la política se caracteriza por buscar el acuerdo con los demás.
En consecuencia, quien dice ser respetuoso de la ley y en sus actos la evade, la transgrede, pierde calidad moral para la exigibilidad de la observación de la misma por los demás.
Los servidores públicos a los que se exhorta en el punto de acuerdo que se presenta han tenido la libertad para acertar y equivocarse, para la alabanza o el reproche; su conducta estoy culminando, presidenta es valorada por las y los ciudadanos.
Solo una decisión razonada puede fundar el actuar ético. La autoridad juega y ha jugado con la débil credibilidad de sus actos con relación a sus palabras, en perjuicio de uno de los pilares de la sociedad, la convivencia.
Ojalá que el señor Enrique Peña Nieto tenga el valor de hacer su verdadera declaración, así como los miembros de su gabinete y no copie lo que hoy hemos visto por parte de la Presidencia, de las chicanas para torcer la ley. Es todo, compañeros diputados.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Por la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano, en el uso de la voz Ricardo Mejía Berdeja.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja: Gracias, presidenta. Compañeras diputadas y compañeros diputados, qué vergüenza que para llegar a deliberar sobre este tema de interés público hayamos tenido que vencer maniobras y chicanas para que haya debate parlamentario.
Primero, se pretendió alterar el orden del día para que no se debatieran los puntos de urgente u obvia resolución, y después tuvo que haber un doble conteo para dar tiempo a que se integraran los diputados que no quieren transparencia y no quieren rendición de cuentas.
Hoy finalmente llegamos a deliberar un tema que debíamos haber discutido desde el 16 de enero, cuando en un montaje mediático, en un esquema de propaganda y de culto a la personalidad, en una gran farsa, Enrique Peña Nieto y su gabinete presentaron una seudo-declaración patrimonial, con ánimo de hacer propaganda de bienes, de los cuales no rindieron cuentas oportunamente.
Lo ha dicho la compañera diputada Oswelia Yáñez, que ni fue pública ni fue privada, es un ardid para esconder las propiedades. ¿De dónde resulta que Enrique Peña Nieto tuvo ese volumen de donativos durante su gestión como gobernador del estado? ¿Qué intereses estuvieron atrás de esas donaciones? ¿Cómo se pudo hacer de esas propiedades?
Queremos transparencia absoluta, porque se han envuelto en una seudo-transparencia y la realidad es que el gobierno está plagado de corrupción y de intereses creados, y solamente se ataca a quien políticamente difiere.
Pero seguimos viendo cómo Romero Deschamps estaba hace un día en la ceremonia de la expropiación petrolera, y vemos también cómo hay impunidad en el caso de Andrés Granier, en el caso de Humberto Moreira y en muchos casos más.
Por eso, Movimiento Ciudadano se suma a la exigencia de que Enrique Peña Nieto y su gabinete cumplan con lo que dijeron, que hagan pública su declaración patrimonial, propiedades y razonamientos de quién las donó, cuándo, cómo y en qué circunstancias, y también las propiedades y los folios correspondientes. Si no todo será un montaje propagandístico para estrenar ese culto a la personalidad y a esa Presidencia autoritaria que estamos viviendo.
Por eso nosotros estamos a favor de este punto de acuerdo. Le pedimos a los compañeros diputados y a las compañeras diputadas del PAN y del bloque progresista, que hoy con esta votación que logramos ganar inauguremos una nueva etapa en la Cámara de Diputados de transparencia, rendición de cuentas y trabajar verdaderamente para el pueblo de México.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Por la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, en el uso de la voz, el diputado Felipe Arturo Camarena García.
El diputado Felipe Arturo Camarena García: Con su venia, presidenta. Antes de dar inicio a mi intervención, quisiera felicitar a todos los diputados que hoy, después de ser llamados porque no estaban en pleno vinieron a hacer su voto para supuestamente señalar que están cumpliendo con una gran obligación que el pueblo les dio el primero de julio. Los felicito, compañeros.
Ojalá este quórum que se ve en este momento estuviera en todas las sesiones de pleno, en la que tenemos obligación de estar cada uno de los 500 diputados que fuimos electos, unos de mayoría y otros de representación, pero es su obligación, no solamente en un tema.
El ver que se levantan y que gritan, como si hubieran tenido un triunfalismo, les diría: se sienten tan tranquilos al haber visto gobiernos emanados de Acción Nacional, como en Guanajuato, con Oliva, donde hay corrupción, deshonestidad, y vienen y señalan, cuando nunca hizo en Guanajuato su función, haber transparentado los recursos que debían de haber tenido. Así de claro y sencillo. Sean congruentes, una vez en su vida tengan congruencia.
La Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en sus artículos 8., fracción XV; 36 y 37 los obliga como a ustedes también a hacer su declaración patrimonial. No se les olvide, transparéntela, háganla pública. Lo exigen al Ejecutivo, empiecen por hacerlo ustedes. Eso es lo importante.
No nada más quieran ver que la voluntad de Dios se haga en los bueyes de su compadre, que empiece por hacerse en ustedes, como lo han exigido para todo el país. Ésa es la congruencia que debemos de tener todos los servidores públicos, no solamente cuando dejamos de ser gobierno y le exigimos al Verde, como al PRI y a todos los demás partidos que sí cumplan con lo que han dejado de cumplir.
Ojalá esto sirva de ejemplo para que los mexicanos se den cuenta por quiénes eran gobernados. Es todo, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Por la fracción parlamentaria del PRD, en el uso de la voz el diputado Fernando Belaunzarán Méndez.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez: Con su venia, distinguida presidenta. Aquí nos han venido a dar la razón el Partido Revolucionario Institucional y algunos de sus aliados. Hemos dicho que estamos ante el riesgo de la restauración autoritaria, y el hecho de que no quieran ni siquiera que se cuestione la declaración patrimonial del presidente, nos habla precisamente de que quieren regresar a esos tiempos, a los tiempos del intocable.
Que vengan aquí a desgañitarse, a decirle al presidente: Mire cómo lo estoy defendiendo, mire. Fíjese cómo insulto a todos aquellos que piden que aclare su patrimonio. Como si eso fuera un pecado, un delito.
Esto muestra también lo que discutimos en el fuero. En el fuero dijimos: todos tenemos que ser iguales, que no haya privilegiados. Le tomamos la palabra a Peña Nieto, que no haya intocables y dijeron: No, que no haya ningún intocable excepto el presidente; aquí que se discuta todo, excepto que no se metan con el presidente. Es un punto de excepción.
Aquí lo que estamos discutiendo es el simulacro. Si quería Peña Nieto hacer pública su declaración patrimonial, que la hiciera bien; que la hiciera como todos, no un juego de artificio, no un asunto simplemente comunicacional, no simplemente mediático que, por cierto, no solo es en el punto que tiene que ver con sus bienes, es en otros, por ejemplo, el de la seguridad.
Piensa que como ya no van a hablar de inseguridad, ya no van a poner los muertos que salen y no van a ponerlo en el centro, que el problema de la violencia y de la inseguridad se va a resolver, y estamos viendo cómo no puede tapar el sol con un dedo y viene toda la violencia, a pesar de que haya una estrategia mediática.
El problema no es solo de percepción y me parece que aquí fue el problema. Quiso engañar a la opinión pública, hizo un asunto de percepción. Para que vean qué honestos somos, ahí va mi declaración patrimonial. Pero no era tal, nos quisieron dar gato por liebre. Ése es el punto. Lamento mucho de verdad que se quiera hacer de esto un tabú; que sea un tabú hablar del presidente.
Cito a Jesús Silva Herzog Márquez, después de que hicieron pública la declaración, dijo: Cuando hicieron pública su declaración patrimonial, lo que hicieron público fue el ocultamiento de su patrimonio. Eso fue lo que hicieron público al no hacerlo como todos los demás. Por lo tanto, si el presidente tenía la posibilidad de no hacerlo público, que hubiera optado por eso, no por el espectáculo, no por el engaño, no por ello.
Por eso les quisiera pedir si es que están de acuerdo en que exhortáramos a que hiciera bien su declaración patrimonial, como todos los demás, de acuerdo a la ley y no sea solamente un asunto de artificio, un asunto mediático. Creo que ahorita está con el Papa, pero si le hablamos, creo que estaría de acuerdo en que efectivamente no hubiera intocables y a todos se nos tratara con el mismo rasero.
Si es que efectivamente no queremos regresar al pasado autoritario, al pasado de, ¿qué horas son? Las que usted diga, señor presidente. Si no queremos regresar a eso, tratémoslos a todos igual. Gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Por la fracción parlamentaria del PAN, el diputado Juan Francisco Cáceres de la Fuente.
Recordándoles, diputados, se informa a esta asamblea que de conformidad con lo que disponen los artículos 104 y 114 del Reglamento, durante la fijación de posturas de grupos parlamentarios no proceden interpelaciones, rectificaciones de hecho o respuestas a alusiones personales.
El diputado Juan Francisco Cáceres de la Fuente: Con su permiso.
El diputado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo (desde la curul). Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Permítame, diputado Cáceres. ¿Con qué objeto, diputado? Su nombre, por favor.
El diputado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo (desde la curul): Diego Sinhué. Presidenta, le hago una moción, porque evidentemente uno está levantando la mano y usted ya está adivinando qué es lo que uno quiere hacer. Me está leyendo un artículo donde jamás iba a interpelar al diputado Camarena que subió a tribuna. Le pido a usted que nos respete a todos como legisladores y que tenga la atención de escucharnos primeramente.
En segundo lugar, lo único que quería señalar ya me leyó el Reglamento para decirle al diputado Camarena, que hable de los gobiernos panistas cuando él fue procurador de un gobierno panista, y si quiere reclamar las cuentas de Oliva, su hijo en el lapso que fue diputado local aprobó dichas cuentas. Que le reclame a su hijo. Es cuanto.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Continúe, diputado, por favor.
El diputado Juan Francisco Cáceres de la Fuente: Con su permiso, señora presidenta; con el permiso de esta soberanía. Hoy veo los ánimos muy caldeados. No es para tanto, señores, la transparencia tiene que ser algo que transite normalmente.
El Presidente de la República tiene la obligación, como cualquier ciudadano de nosotros, a cumplir con la ley y si el PRI y el Verde no están dispuestos a eso, entonces, señores, están viviendo en otro siglo.
Este no es un asunto y debo aclararlo solamente de transparencia, es un asunto de respeto al estado de derecho. El pasado primero de diciembre vino aquí el presidente electo, Enrique Peña Nieto y ahí en esa tribuna, ahí tomó protesta, y leo el artículo 87 de la Constitución, que dice: Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; si así no lo hiciere, que la nación me lo demande.
La bancada de Acción Nacional le demanda que cumpla con la ley; la bancada de Acción Nacional le demanda que no presente una declaración falseada, señores.
El señor presidente tiene todo nuestro respeto, pero tiene que honrar el cargo y el mandato que el pueblo de México le dio, y lo que está haciendo aquí es faltar a la ley. Está simulando, señores. El señor presidente tiene derecho a presentar una declaración pública o privada. Aquí presentó un engendro, una simulación.
De cuándo acá le donan a uno una casa de 2 mil metros. Que aclare de dónde salió el dinero, porque si nosotros o si ustedes pretenden regresar a los tiempos de la Presidencia imperial, donde el presidente era intocable, hiciera lo que hiciera, Acción Nacional no está de acuerdo.
Señores, por ahí oí expresiones que criticaban al gobernador Oliva; si algo tiene que rendir, que rinda cuentas. Nosotros no nos oponemos a eso. He oído en los últimos tiempos que está de moda que todos los gobernadores quiebren a los estados. La semilla de la corrupción y del enriquecimiento inexplicable es la falta de transparencia. Sería una pena que dentro de seis años no sepamos cuál es la riqueza de Peña Nieto y esto es la semilla de estos señores. Si no somos capaces de exigirle, como nos obliga la ley, que presente una declaración como Dios manda, entonces no estamos obedeciendo el mandato que le dio el pueblo de México a esta soberanía.
Por último les digo y se los digo claro, aquí está el formato que obliga a presentar una declaración patrimonial como debe ser a cualquiera de nosotros, de los niveles estatal, federal y municipal. La bancada de Acción Nacional la vamos a suscribir y se la vamos a mandar al presidente Peña para que llene su declaración como debe ser.
Amigos del PRI, no todos ustedes tienen por qué cargar con esta pena. Tranquilos. Simple y sencillamente estamos hablando de un tema que debe estar a la luz pública. Es cuanto.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Por la fracción parlamentaria del PRI, en el uso de la voz el diputado Abel Octavio Salgado Peña.
El diputado Abel Octavio Salgado Peña: Con su permiso diputada presidenta. Entendemos el interés de los compañeros diputadas y diputados de Acción Nacional por posicionar un tema como el de la declaración patrimonial del presidente Peña Nieto e integrantes de su gabinete, en este momento en el que las acciones del gobierno federal, los pasos decisivos que se están dando, en un esfuerzo conjunto con la mayoría de las fuerzas políticas aquí representadas, muestran a un gobierno que escucha, que acuerda, que dialoga, que pacta y que se propone encabezar la transformación del país, después de muchos años de parálisis y de letargo.
Es un gobierno que recién cumplió sus primeros 100 días, con un liderazgo que ofrece rumbo a la nación y que ha sido congruente con lo que propuso en campaña y lo que rea-liza ahora en el poder, sin despegarse ni un ápice de lo que definió como un compromiso fundamental: cumplir y hacer cumplir la ley, tal y como lo expresó en su discurso el día primero de diciembre del año pasado.
Entendemos el interés de la oposición de encontrar resquicios de vulnerabilidad en ese liderazgo, pero no compartimos ni en el propósito ni en la intención que se expresa en este punto de acuerdo que estamos discutiendo.
Por supuesto que aquí hay un tema de legalidad y por supuesto que el presidente y los integrantes de su gabinete han cumplido con lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en su artículo 36.
¿Qué nos dice el artículo 36, fracción II? Pues que en términos de ley tienen la obligación de presentar su declaración patrimonial ante la autoridad competente bajo protesta de decir verdad los funcionarios de la administración pública federal centralizada, desde los jefes de departamento hasta el presidente de la República.
El artículo 38 enumera las formas en que se deben hacer dichas declaraciones, y en el artículo 39 se señala expresamente que en la declaración inicial y de conclusión deben manifestarse los bienes inmuebles con la fecha y valor de adquisición, por lo que dicha información podrá obrar en la autoridad competente y en este ordenamiento no hay excepciones.
Por eso no se vale que se intente confundir a la opinión pública, sembrando la sospecha de que el presidente ha eludido o pretende eludir una obligación legal, eso es definitivamente falso. Como todo servidor público obligado el presidente cumplió, el gabinete cumplió y lo que hizo el presidente y su gabinete fue una manifestación de bienes de forma unilateral y por motu proprio.
Es válida la intención de vigilar el comportamiento de los servidores públicos y poner énfasis en posibles fortunas mal habidas, convendría empezar...
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Orden, compañeros...
El diputado Abel Octavio Salgado Peña:... por quienes han concluido sus funciones y hoy exhiben riquezas que los medios de comunicación han señalado como cuantiosas y de dudosa procedencia.
Valdría la pena investigar a quienes se enriquecieron por la expedición de permisos de los casinos y por la autorización de la construcción de la Estela de Luz. Muchas gracias, presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Orden, compañeros. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Ábrase el tablero de votación, hasta por cinco minutos.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Ábrase el sistema electrónico. Háganse los avisos de acuerdo al artículo 144...
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Permítame un segundo, diputada. Sonido a la curul del diputado Camarena.
El diputado Felipe Arturo Camarena García (desde la curul): Gracias, presidenta. Quisiera nada más tener la oportunidad para poder razonar mi voto en relación. Es muy claro y evidente, que el compañero diputado que me señala que tuve la oportunidad...
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:A ver compañero, esa figura no existe.
El diputado Felipe Arturo Camarena García (desde la curul): Por eso, ¿me permite? Estoy terminando mi intervención para razonar mi voto. Decirle que si no tiene conocimiento, no solamente tuve la oportunidad de ser procurador general de justicia de mi estado, fui secretario de Gobierno, secretario de Seguridad y subprocurador general de la República, pero también tuve la oportunidad en el Poder Judicial de ocupar la máxima cúspide de ser magistrado.
Le digo esto, que siempre me he conducido con estricto apego a la ley y jamás por gratitud a ningún partido político. Muchas gracias, presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:A ver. Esta Presidencia llama a todos por favor al orden. Todos reclaman por ser escuchados, pero no solemos escuchar.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144...
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Permítame, diputada.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:... numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Diputado Muñoz Soria. ¿Con qué objeto, diputado? Sonido a la curul del diputado Muñoz Soria.
El diputado José Luis Muñoz Soria (desde la curul): Si me permite decirle con qué objeto. A ver, lo que se está discutiendo le voy a hacer una petición a usted no es si el gabinete de Peña Nieto presentó o no su declaración patrimonial, está claro, la ley marca que hay que presentarla y también deja a voluntad de uno si se hace pública o no. Ése no es el problema; el problema es que en las declaraciones que él hace, como muchos de su gabinete y muchos de los que están ahí, han declarado que han recibido donativos.
Quisiera pedirle que leyera el artículo si descuenta el tiempo de la interrupción, por favor quisiera pedirle que si puede leer el artículo 45 de la Ley de Responsabilidad Administrativa, porque Peña Nieto dice que recibió donativos y la ley marca que cualquier donativo mayor a 10 veces el salario mínimo debe de informarse a la Contraloría.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. No procede ahorita la lectura, porque ya estamos en votación.
El diputado José Luis Muñoz Soria (desde la curul): Permítame terminar. Yo puedo decidir si voto o no voto ahí están votando permítame terminar, y lo que se le pide al presidente y a su gabinete es que nos informen de los donativos que recibieron, cuándo lo recibieron y qué monto tienen, porque estamos impedidos cualquier servidor público a recibir donativos. Ése es el problema, nada más. Gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Tomaré el voto del diputado que hoy tomó protesta. Diputado.
El diputado Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (desde la curul): En contra.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Gracias. Diputadas, diputados, cerrado el tablero no se tomará ningún voto. Ciérrese el sistema electrónico. Señora presidenta, se emitieron en pro 225, en contra 220, 0 abstenciones.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobado. Comuníquese.
Para dar satisfacción a la solicitud del diputado Muñoz, se solicita a la Secretaría dé lectura al artículo 45 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Artículo 45 de la Ley Federal de Responsabilidad Administrativa de los Servidores Públicos: Cuando los servidores públicos reciban, de una misma persona, algún bien o donación en los términos de la fracción XII del artículo 8 de la ley, cuyo valor acumulado durante un año exceda de 10 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal al momento de su recepción, deberán informarlo en un plazo no mayor a 15 días hábiles a la autoridad que la Secretaría determine a fin de ponerlos a su disposición. La autoridad correspondiente llevará un registro de dichos bienes.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, señor secretario.
CONDENAS IMPUESTAS A PRESOS CIVILES SAHARAUIS
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:De conformidad con el artículo 76, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que en representación del gobierno mexicano condene la falta de un debido proceso y las excesivas condenas impuestas a los 24 presos civiles saharauis, juzgados en un tribunal militar marroquí.
La diputada Lilia Aguilar Gil: Muchas gracias a la Presidencia. Con la venia del pleno. Obviamente este punto de acuerdo no es tan controvertido como el que acabamos de votar y de discutir, y obviamente los ánimos están caldeados. Pero compañeros, también estamos hablando aquí no solamente de cuestión de transparencia, sino de cuestiones de la vida de personas que están siendo puestas en riesgo, precisamente por la falta de transparencia.
Lo que estoy presentando el día de hoy tiene que ver con la falta de respeto a los derechos humanos de 24 presos saharauis que fueron detenidos hace un año por algunos frentes policiacos del país de Marruecos o del Reino de Marruecos, y para ello me permitiré hacer una explicación muy breve, porque entiendo que en este tema, ya después de pasada la adrenalina, pocos estarán interesados en conocer de la geopolítica de África.
En este asunto, permítanme primero decirles de qué estamos hablando. El Sahara Occidental es un territorio en África, situado al extremo occidental del desierto del mismo nombre, y que fue invadido por el Reino de Marruecos en 1975.
Es uno de los 17 territorios no autónomos del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas y el Tribunal Internacional de la Haya determinó que nunca han existido vínculos de la soberanía entre el Reino de Marruecos y el Sahara Occidental, después de que España dejara el territorio de lo que hoy se conoce como la República Democrática Saharaui.
El Tribunal Internacional dela Haya también se ha pronunciado en contra de esta digamos poco común o procesamiento penal que se le ha dado a estos 23 jóvenes saharauis. Pero ahora permítanme ponerlos en contexto.
Nuestro país primero ha reconocido a la República Árabe Democrática Saharaui desde 1979 y reconoce y sostiene relaciones con este país. El 9 de marzo del 2010 se inicia un movimiento pacífico por parte de compañeros de la República Árabe Saharaui, en Marruecos, en un campamento pacífico denominado Akdeim Isik, que era un campamento pacífico de protesta en contra de la violación de sus derechos civiles y económicos en la zona ocupada.
Para ponernos en contexto y no darle más largas, el tema y guardada todas las proporciones es similar al asunto que guarda el tema de Israel y de Palestina; es decir, la República Árabe Saharaui está solicitando independencia y autodeterminación de su pueblo, y el Reino de Marruecos sostiene que es también propietario del territorio que obviamente y casualmente tiene grandes reservas naturales.
En la operación de esta resistencia pacífica civil de los saharauis, y en este campamento y en la disolución del mismo, fueron detenidos 24 activistas saharauis que van entre los 21 y los 35 años, y ya esta Cámara se había pronunciado al respecto, para mandar una condena clara a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y en representación del gobierno mexicano, para que se les respetaran los derechos humanos a estos civiles que estaban siendo juzgados como militares y estaban siendo juzgados a pesar de ser saharauis en un juicio militar en Marruecos.
¿A qué fueron sentenciados estos 24 jóvenes? Desde cadena perpetua a la pena menor de 25 años, por situaciones que no han sido clarificadas, y lo decimos con mucho respeto para el sistema judicial que utilizaron. Y lo que estamos nosotros solicitando a esta Cámara es:
Primero. Decir que los civiles, 24 civiles, que fueron detenidos en un movimiento pacífico no sean o no fuesen juzgados en un juicio militar. Eso lo aprobamos ya en la Permanente, no ha habido respuesta de la Cancillería al respecto, el 17 de febrero se dan ya las condenas.
Lo que estamos solicitando ahora, en acuerdo con todos los grupos parlamentarios, y respetando todas las normas y los principios de la forma de hacer relaciones exteriores de este país, es que la honorable Cámara de Diputados exhorte a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en representación del gobierno mexicano y apegado a los principios establecidos en el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, emita una condena ante la ausencia de garantía plena de los derechos humanos durante el proceso ejecutado contra los 24 presos civiles saharauis juzgados el pasado 17 de febrero, anteponiendo obviamente el respeto a la soberanía de ambos países, el Reino de Marruecos y la República Árabe Saharaui.
Señora presidenta, agradezco mucho la atención de los presentes y espero que consideren éste un punto de urgente u obvia resolución. Muchas gracias.
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE a condenar en representación del gobierno mexicano la falta de un debido proceso y las excesivas condenas impuestas a los 24 presos civiles saharauis juzgados en un tribunal militar marroquí, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Lilia Aguilar Gil, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. El Sáhara Occidental es un territorio de África situado en el extremo occidental del desierto del mismo nombre. Es uno de los dieciséis territorios no autónomos del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas.
El proceso de descolonización del Sáhara Occidental fue interrumpido en 1976, cuando su antigua potencia colonial, España, abandonó el territorio y lo dejó en manos del reino de Marruecos y Mauritania, mediante la firma de los Acuerdos Tripartitos de Madrid.
No obstante, la ONU informó que dichos acuerdos no convirtieron a Marruecos y a Mauritania, en potencias administradoras del territorio, por lo que éste sigue siendo, a efectos jurídicos, un territorio no autónomo. Además, el Tribunal Internacional de la Haya determinó que nunca han existido vínculos de soberanía entre el reino de Marruecos y el Sáhara Occidental.
2. En la actualidad, aunque más de la mitad del territorio sigue ocupado por Marruecos, no existe Estado alguno que reconozca soberanía marroquí sobre el territorio saharaui.
En 1976 el representante del pueblo saharaui, el Frente de Liberación Nacional, conocido como Frente Polisario, proclamó la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), reconocida por más de 80 países, entre ellos México, que desde 1979 reconoce y sostine relaciones diplomáticas con la República Saharaui.
A partir de 1982 la RASD es miembro permanente de la Unión Africana, organismo que tiene entre sus objetivos primordiales la búsqueda de diversas formas de integración continental, así como el luchar contra el colonialismo en África.
3. Con el fin de resolver el estatus jurídico del territorio en disputa, la ONU creó en 1992, la Misión de Naciones Unidas para el Referendo en el Sáhara Occidental (Minurso). Sin embargo, ésto no ha se ha llevado a cabo, por obstrucciones directas del reino de Marruecos, según declaró el antiguo enviado personal del Secretario General de Naciones Unidas para el Sáhara Occidental y exsecretario de Estado norteamericano, James Baker.
Desde el cese al fuego en 1991, Marruecos y el Frente Polisario llevan a cabo conversaciones directas, bajo los auspicios de Naciones Unidas. Sin embargo, no han llegado a un acuerdo positivo hasta la fecha.
4. A partir del día 9 de octubre de 2010 en Gdeim Izik, al este de El Aaiún, capiatal del Sáhara Occidental ocupado comenzó a organizarse por parte de la población civil saharaui, un campamento pacífico, en protesta por la violación a sus derechos civiles y económicos en la zona ocupada, como lo son el derecho a la vivienda y al empleo.
Las demandas exigidas hasta ese entonces resaltaban el derecho a la expoliación de los recursos naturales del Sáhara Occidental, por la población saharaui. Dado que los beneficios son disfrutados por el reino de Marruecos.
En la madrugada del 8 de noviembre, las fuerzas de seguridad marroquíes desmantelaron el campamento. En la operación y en los posteriores enfrentamientos en El Aaiún, murieron gendarmes marroquíes y civiles saharauis, entre los que se cuenta a un niño saharaui que murió en un control policial por el disparo de un gendarme marroquí.
5. En la madrugada del 17 de febrero pasado, a dos años y tres meses del desmantelamiento del campamento de Gdeim Izik; 24 activistas saharauis, entre los que destaca el intelectual saharaui Enaama Asfari, han sido juzgados por un tribunal militar en Rabat, en donde las condenas han resultado excesivamente severas: 9 de ellos fueron sentenciados a cadena perpetua, 4 a 30 años, 3 a 20 años, 7 a 25 años de cárcel y 2 han sido puestos en libertad por considerarse que ya han cumplido su pena.
Luego que el Tribunal Militar marroquí emitió la condena, Amnistía Internacional en un comunicado manifestó que las autoridades marroquíes deberían recurrir a tribunales civiles para volver a juzgar con las debidas garantías a presos saharauis, y entonces investigar exhaustivamente las denuncias de tortura que han manifestado.
Se debe resaltar, que pese a los insistentes llamamientos de organismos, colectivos y representantes populares alrededor del mundo, defensores de los derechos humanos, las autoridades marroquíes hicieron caso omiso y llevaron a cabo un juicio fuera de la legalidad internacional por varios motivos. Ejemplo de ello es que:
Se juzgó a civiles como militares;
Se juzgaron en la capital del reino de Marruecos, es decir en otro país;
No se presentaron pruebas fehacientes que demostraran la culpabilidad de los saharauis juzgados.
6. En este orden de ideas, tenemos que la postura de México referente al respeto y protección universal de los derechos humanos es una bandera que ha enarbolado en todos los foros internacionales; por lo que resulta importante que ante los hechos antes descritos, nuestro país asuma una postura firme en la que se repudien este tipo de actos. Actos que están fuera del derecho internacional. Sin importar el país donde se estén cometiendo, sin temor a intervenir en los asuntos de carácter interno, ya que en la defensa a los derechos humanos nos corresponde a todas las naciones participar.
Por lo que hace a esta Cámara de Diputados, debemos manifestarnos de manera concreta y rechazar la violación flagrante al derecho a un debido proceso legal, al que todas las personas tenemos, ya que la forma en que se dio la detención y sujeción a proceso de los saharauis antes mencionados, es incuestionablemente, es una violación al más mínimo derecho humano. Por esa razón, durante el primer periodo de receso del Congreso de la Unión, presenté ante la Comisión Permanente un Punto de Acuerdo a fin de que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a nombre del gobierno mexicano, condenara el juicio militar que el reino de Marruecos planeaba realizar contra estos civiles saharauis. Punto al que a petición de Senador Fidel Demédicis Hidalgo se le agregó un segundo acuerdo en el que se hacía un llamado a la ONU para que vigilara los derechos humanos de la población civil saharaui, en el territorio ocupado.
Al atento llamado que la Comisión Permanente tuvo a bien votar a favor, la cancillería mexicana no emitió respuesta. Lo cual resulta preocupante y cuestiobale, ya que el caso de los civiles saharauis era evidentemente justo defender y apoyar; condenando el procedimiento. Sin embargo, la SRE no lo consideró así: ¿por qué?, ¿qué interés se estará anteponiendo para que México, no demuestre el ánimo que nos caracteriza en la defensa de los derechos humanos?, ¿Tendrán alguna razón importante para no demostrar voluntad política sobre el caso de los 24 presos políticos saharauis?. Es de tomar en cuenta que no sólo debe haber un pronunciamiento por parte de esta Cámara de Diputados, también debiese haber un llamado por parte del Gobierno Mexicano, a fin de que se manifieste en contra de ese tipo de hechos, con la intención en especial de no permitir que vuelvan a ocurrir, pero también con la finalidad de tratar de reencauzar lo que hasta ahora es un juicio injusto, ya que se está juzgado a civiles, bajo una marco legal de carácter militar.
Por todo lo anteriormente expuesto, y buscando siempre contribuir a fortalecer la presencia de nuestro país en el escenario internacional, se pone a su consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
Único.La Cámara de Diputados de la LXII Legislatura exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que ésta, en representación del Gobierno Mexicano, emita firme condena ante la falta de un debido proceso y las excesivas condenas impuestas a los 24 presos civiles saharauis, juzgados en un tribunal militar marroquí, el pasado 17 de febrero.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2013. Diputados: Lilia Aguilar Gil, Alberto Anaya Gutiérrez, José Alberto Benavides Castañeda, Jaime Bonilla Valdez, Ricardo Cantú Garza, Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, José Arturo López Cándido, María del Carmen Martínez Santillán, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Loretta Ortiz Ahlf, Héctor Hugo Robledo Gordillo, Rosa Elia Romero Guzmán, Araceli Torres Flores, José Humberto Vega Vázquez (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:A usted, diputada. Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Se considera de urgente resolución. De conformidad con el artículo 113, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para dar posicionamientos los diputados: Loretta Ortiz Ahlf, José Francisco Coronato Rodríguez, Carlos Octavio Castellanos Mijares, José Antonio León Mendívil y Angelina Carreño Mijares.
En el uso de la voz, por la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo, hasta por tres minutos, la diputada Loretta Ortiz Ahlf.
La diputada Loretta Ortiz Ahlf: Con la venia de la Presidencia; compañeras, compañeros diputados, me voy a referir al punto de acuerdo, a la parte central a la violación de los derechos humanos y en específico del derecho de acceso a la justicia de los 24 presos políticos saharauis.
El pasado primero de febrero se constituyó, en Rabat, el tribunal militar, que a pesar de no tener jurisdicción sobre el territorio no autónomo del Sahara Occidental juzgó y condenó a 24 presos políticos saharauis, que según la apreciación de la abrumadora mayoría de los defensores de derechos humanos y observadores internacionales no contaron con las mínimas garantías, que fueron acusados ilegalmente y con total ausencia de pruebas.
Por ejemplo, las armas con las que supuestamente fueron asesinados los agentes marroquís carecían de huellas dactilares de los acusados. Además, solo se practicó una prueba forense y no se realizó ninguna prueba de ADN.
Por lo tanto, sin competencia alguna han sido juzgados durante más de una semana los 24 saharauis que permanecían desde noviembre de 2010 en la cárcel de Salé, Rabat, Marruecos, por haber participado en el campamento Gdeim y Izik.
En este campamento organizado a las afueras de El Aaiún, capital del territorio de Sahara Occidental, que se encuentra ocupado ilegalmente por Marruecos, se concentraron más de 20 mil saharauis para denunciar las difíciles condiciones de vida bajo las que se ven obligados a vivir debido a la ocupación militar.
Este gesto de resistencia pacífica del pueblo saharaui marcó el inicio de la Primavera Árabe. Tras nueve días de juicio y siete horas de deliberación, en la madrugada del 17 de febrero de 2013, con premeditación, alevosía y en vísperas del domingo, el tribunal militar del Rabat dictaminó una desmesurada sentencia sobre los 24 presos políticos saharauis. En dicha sentencia se contemplan las siguientes penas para los ciudadanos: nueve condenas perpetuas, cuatro de 30 años de prisión, siete de 25 de prisión, tres de 20 años de prisión.
Dos de ellos han sido puestos en libertad, ya que la sentencia dictaminada es inferior al tiempo que ya habían pasado en prisión preventiva.
Los mexicanos, por nuestra tradición histórica y en razón de nuestros principios de la política exterior, que establecidos en el artículo precisamente 89, fracción X, que establecen la libre autodeterminación de los pueblos y el respeto a los derechos fundamentales y en razón de los tratados que ha signado nuestro país, estamos en la obligación moral y política de reaccionar ante la violación a los derechos fundamentales, la legalidad internacional y el derecho de acceso a la justicia en contra de estos saharauis.
Por tal motivo, el Partido del Trabajo se pronuncia a favor de este punto de acuerdo. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Por la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano, en el uso de la voz el diputado Francisco Coronato Rodríguez.
El diputado José Francisco Coronato Rodríguez: Con su venia, señora presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, los saharauis son habitantes nativos del Sahara Occidental, de los cuales la mayoría vive en la parte del Sahara ocupado por Marruecos.
En la madrugada del 8 de noviembre de 2010, las fuerzas de seguridad marroquíes desmantelaron el campamento de protesta saharaui con camiones de agua de presión. Utilizaron porras y gases lacrimógenos para dispersar a los contrarios. Los agentes marroquíes aseguraron que fueron agredidos salvajemente por saharauis.
La mayoría de los jóvenes saharauis, instalados en este campamento, lo hicieron para llamar la atención de las autoridades marroquíes sobre su situación de marginación económica y social. A este campamento le denominaron Primavera Árabe.
El pasado 17 de febrero, en Rabat, se condenó a 24 de ellos; nueve a cadena perpetua, cinco a 30 años de prisión, ocho a 25 años de prisión, y dos a 20 años de prisión, de acuerdo a fuentes judiciales.
Hoy se reclama a ese gobierno que se oponga públicamente a la condena impuesta por el tribunal militar marroquí, en un juicio a 24 activistas saharauis implicados en el desa-lojo del campamento-protesta en noviembre de 2010.
Grupos de defensores de los derechos humanos aseguraron que esa sentencia es injusta e ilegal, ya que representa una ofensiva más del Estado marroquí a los derechos fundamentales del pueblo saharaui. Asimismo esa petición se inscribe en el recalcitrante llamado del pueblo saharaui a la Organización de Naciones Unidas para que dé una solución justa y urgente al caso.
Dadas las circunstancias de éste, está en juego el derecho a la libre autodeterminación del pueblo saharaui, el cual debe ser basado siempre en los derechos humanos y, por otro lado, en el manejo de las detenciones de los activistas en comento podía estar comprometiéndose seriamente el derecho al debido proceso y de acceso a la justicia de éstos.
Para nosotros se trata de un caso muy sensible y preocupante, sobre todo porque guarda relación estrecha con la flagrante violación de los derechos humanos de que son objeto nuestros connacionales por ejemplo sentenciados a muerte en los estados del vecino país del norte.
Cabe hacer una breve interpolación. Edgar Tamayo, uno de nuestros connacionales nacido en mi estado, Morelos, sentenciado a pena capital en los Estados Unidos de América, quien señaló en una entrevista desde el pabellón de la muerte de la unidad carcelaria en Polunsky, en Livingston, Texas, que no existe justicia para pobres hispanos ni afroamericanos, dice: nuestra pobreza y nuestro color de piel nos hacen culpables. Así lo señaló.
No obstante las violaciones a su derecho del debido proceso, la propia Corte Internacional de La Haya había ordenado la revisión de los casos de los otros mexicanos sentenciados a muerte, incluyendo, por supuesto, la de Edgar Tamayo, porque en todos estos se afectó su derecho a que recibieran la asistencia consular de su gobierno, lo que perjudicó sus garantías para una adecuada defensa.
Por cierto, en este sentido un servidor presentó a esta Cámara un punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, con el fin de generar una acción de esta Cámara a efecto de que conjuntamente con la Secretaría de Relaciones Exteriores promoviéramos el recurso de clemencia por la vida de nuestro connacional Edgar Tamayo, sin haber sido considerado como de urgente u obvia resolución por nuestra Junta de Coordinación Política, preguntándome si esto no es una incongruencia con este punto de acuerdo, ya que se trata de una vida de un ser humano, de un mexicano y por si fuera poco, paisano morelense de un servidor.
Independientemente de ello, habría que agregar que en el caso de los saharauis, estos últimos podrían constituir también una muestra más de los actos más vergonzosos y reprobables, contrarios a la dignidad humana, como el anteriormente señalado.
Por todo ello, compañeras y compañeros, la fracción de Movimiento Ciudadano votará a favor de este acuerdo. Muchas gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado Por la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, tiene la palabra el diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares.
El diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, el constitucionalismo moderno tiene sus bases en el siglo XIII en Inglaterra, cuando se trató de coartar la libertad y el autoritarismo del rey Juan Sin Tierra, así como de la lucha que nace de la Revolución Francesa y que da como resultado la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, que más tarde sería la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Lo que hoy estamos discutiendo y de lo cual el Partido Verde votará a favor, es la no violación a los derechos humanos, la no violación al debido proceso, la no instauración de tribunales especiales, el no respeto a los tratados internacionales. Todo ello que Marruecos ha infringido al condenar a los ciudadanos saharauis en la región del Sahara Occidental.
El Partido Verde Ecologista de México siempre se pronunciará por el irrestricto respeto a los derechos humanos, el irrestricto respeto al debido proceso. Siempre velaremos porque la legalidad se cumpla, no solo dentro de nuestro territorio, sino dentro de todas las sociedades civilizadas.
Hay que ver que una muestra de un indebido proceso llevó a la libertad de quien probablemente hubiera sido condenada por un delito de secuestro; indebido proceso que llevaron a cabo las autoridades administrativas de la Procuraduría General de la República de la administración pasada y que hoy se trata de culpar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Nosotros, como Partido Verde Ecologista, condenamos la falta de la aplicación del debido proceso y el no respeto a los derechos humanos. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Por la fracción parlamentaria del PRD, en el uso de la voz el diputado José Antonio León Mendívil.
El diputado José Antonio León Mendívil: Gracias, compañera presidenta. Compañeras, compañeros diputados, es muy importante hablar sobre las condiciones en las cuales se desarrolla esta lucha del pueblo saharaui. El Sahara Occidental fue colonia de España a partir de 1884 y cuando España ingresa a las Naciones Unidas, en 1955, hay una cláusula de las Naciones Unidas para que los integrantes no sean países o potencias colonialistas.
En 1965 la ONU proclamó el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui e instó a España para que agilizara su descolonización. A principios de los años 70, ante la presión internacional, España decidió convocar un referéndum para la autodeterminación y empezó a elaborar el censo de la población saharaui. Se fijó esa fecha para el referéndum en 1975 y fue a partir de este momento cuando comenzaron las presiones hasta 1975 de Marruecos y Mauritania reclamando derechos soberanos.
Ante tales pretensiones, el 17 de septiembre de 1974 se decide enviar el litigio del Sahara Occidental al Tribunal Internacional de Justicia de La Haya.
Finalmente, el 16 de octubre de 1975 el Tribunal de La Haya hizo público su dictamen y expresamente señala: No se han encontrado lazos de soberanía de Marruecos ni Mauritania sobre el territorio; por lo tanto, no hay nada que se oponga a la autodeterminación del pueblo saharaui. Señala la ONU.
No obstante lo anterior, el rey de Marruecos, Hassan II, empieza una labor para apropiarse por la fuerza de estos territorios, acompañado por supuesto de Mauritania, y el pueblo saharaui empieza también una lucha para defender su territorio.
España se retira militarmente del territorio el 28 de febrero de 1976, y en una burda maniobra y traición entrega el territorio a Marruecos y Mauritania. Mauritania, por supuesto, se retira después y solo queda Marruecos.
Pensé que las chicanadas las habíamos inventado nosotros, pues resultan que las aprendieron y se heredaron desde entonces.
Durante más de 30 años el pueblo saharaui ha desarrollado una lucha heroica por defender su soberanía, por defender su territorio. El Reino de Marruecos, por su parte, reiteradamente se ha negado a reconocer la independencia del pueblo saharaui y solo ha aceptado otorgarle una limitada autonomía territorial.
Se han informado acá ya de las acciones del pueblo saharaui por defender su autonomía, su independencia y recuperar su territorio; las reacciones también se han informado aquí de cómo se les reprime y cómo se les castiga y se hacen juicios militares sumarios en contra de la población saharaui.
Por todo lo anterior, el Partido de la Revolución Democrática apoya decididamente el punto de acuerdo y se suma al exhorto a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que ésta, en representación del gobierno mexicano, emita una firme condena por la falta de debido proceso y las excesivas condenas impuestas a los 24 presos civiles saharauis, juzgados y sentenciados por un tribunal militar marroquí el pasado 17 de febrero.
Asimismo condenamos enérgicamente la legal ocupación de Marruecos del territorio del Sahara Occidental y demandamos se reconozca la autodeterminación de independencia de la República Árabe Saharaui. Es cuanto, señora presidenta; gracias, compañeros diputados.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputado. Por la fracción parlamentaria del PRI, en el uso de la voz la diputada Angelina Carreño Mijares.
La diputada Angelina Carreño Mijares: Compañeras y compañeros legisladores. Deseo destacar primero que nada el trabajo realizado por la compañera diputada proponente, así como de su grupo parlamentario, ya que es un tema al que se le ha dado un buen seguimiento dentro de las diferentes comisiones. Esta visión joven la compartimos, y la compartimos también desde la perspectiva global.
El caso de Sahara Occidental, no tengo duda, es un tema en el cual se ha llevado un proceso de larga negociación que está orientado a crear un marco institucional en defensa de la identidad cultural, los derechos civiles y políticos, la autodeterminación y la autonomía bajo la supervisión de organismos internacionales; sin embargo, aún hay un largo camino por recorrer, y pugnamos porque este proceso se acorte dando paso a una integración regional.
Esta soberanía respeta el derecho a la libre determinación del pueblo saharaui y considera de suma importancia que se alcance una solución justa y duradera a dicho caso, de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como la misión designada para el mismo.
Por lo anterior y a nombre del Grupo Parlamentario del PRI, me congratula ser portavoz de un tema que demanda la unidad internacional y que sin duda posiciona a nuestro país como un defensor de la soberanía de los Estados y salvaguarda de los derechos de la humanidad.
Compartimos el deseo del Ejecutivo nacional de reposicionar la participación de México en el mundo; compartimos la visión renovada de afrontar en equipo los retos de la nueva dinámica internacional. Todos deseamos vivir en un mundo justo y equitativo, deseamos legar a las generaciones venideras un espacio compartido en el que la humanidad, por su sola condición, tenga como garantía el irrestricto respeto a los derechos humanos, su verificación y vigilancia.
Por lo anteriormente expuesto y buscando contribuir a fortalecer la presencia de participación respetuosa de nuestro país en el escenario internacional, nos sumamos al punto de acuerdo, en apego a los principios que rigen la política exterior mexicana. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Gracias, diputada. Agotada la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por...
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Perdón, diputado. Sonido en la curul de la diputada Celia Gauna.
La diputada Celia Isabel Gauna Ruiz de León (desde la curul): Gracias, presidenta. Nada más quisiera hacer una aclaración y que se tome nota en este pleno.
¿Cómo es posible que hace cinco minutos Acción Nacional y el PRD estuvieron diciendo que querían transparencia, que quería que hubiera más honestidad? Ser honestos es cumplir con una obligación.
La sesión no se ha acabado, señora presidenta, y los curules de Acción Nacional están solos. ¿Qué sucede con mis compañeros, que devengan un sueldo y no están presentes? No están, que se cheque, está solo, señora presidenta. Gracias.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Continúe la Secretaría, por favor.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aprobado. Comuníquese.
ESTRATEGIA NACIONAL DE ENERGIA
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:Se rectifica el turno dado al oficio de la Cámara de Senadores, con el que se remitió minuta con proyecto de decreto por el que se ratifica la Estrategia Nacional de Energía. Túrnese a la Comisión de Energía, para dictamen y a las Comisiones de Cambio Climático y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión.
LEY DEL SEGURO SOCIAL
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Iniciativa que reforma el artículo 27 y deroga el 32 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Sergio Torres Félix, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, diputado integrante de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Desde 1943, por mandato constitucional, los trabajadores de México y sus familias tienen acceso a un sistema de seguridad social que es garante de su derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de sus medios de subsistencia y el otorgamiento de los servicios sociales necesarios para su bienestar.
Durante siete décadas, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha brindado a millones de mexicanos servicios médicos y hospitalarios, farmacias, pensiones, guarderías infantiles, centros de capacitación, deportivos, culturales, vacacionales y otras prestaciones sociales, que responden al indeclinable compromiso del Estado mexicano con los trabajadores y sus familias. En este sentido, la seguridad social ha sido un elemento fundamental para la redistribución de la riqueza del país y el abatimiento de la pobreza.
Sin embargo, el sistema de seguridad social debe fortalecerse para avanzar en el propósito común de impulsar la transformación del país y lograr un México más incluyente, que reduzca los altos niveles de desigualdad que hoy existen en el país.
Para ello, con el fin de reafirmar y consolidar al IMSS en su carácter solidario y redistribuidor del ingreso nacional y que responda a las expectativas de sus derechohabientes y de la sociedad en general, es necesario que el instituto disponga de los recursos suficientes que le permitan proporcionar servicios de calidad, garantizar un retiro digno y expandir su cobertura a otros núcleos de la población, conforme a las necesidades de la población derechohabiente. En este sentido, la salud financiera del IMSS es indispensable para que alcance plenamente sus propósitos y sobre todo para que se garantice su sustentabilidad y operación en el largo plazo.
Las cuotas obrero-patronales que se enteran al IMSS se calculan a partir del denominado salario base de cotización que establece la Ley del Seguro Social. El salario, en su concepción más amplia, significa el ingreso total que obtiene un trabajador como retribución por sus servicios. Así, el salario engloba diversos componentes que las leyes han tratado de delimitar o de otorgarles un tratamiento especial, por diversas razones que se consideraron procedentes en su momento.
Por ejemplo, la Ley del Seguro Social del 19 de enero de 1943 basó las cuotas obrero-patronales, así como las aportaciones del estado, en el salario percibido por el trabajador, integrado conforme a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo. Posteriormente, la Ley del Seguro Social del 12 de marzo de 1973 precisó con claridad los elementos que integraban la base de cotización respectiva, con el propósito de lograr una mejor recaudación en beneficio de los trabajadores.
Por su parte, la Ley del Impuesto sobre la Renta excluye o exenta diversos componentes del salario, para determinar la base gravable de los ingresos por la prestación de servicios personales subordinados, que no coincide con aquéllos considerados para la integración del salario base de cotización. Por ejemplo, la participación en las utilidades de las empresas, así como los premios por puntualidad y asistencia no integran salario base de cotización, pero forman parte de la base gravable del impuesto sobre la renta por los ingresos derivados de la prestación de servicios personales subordinados.
Los tratamientos diferenciados que han dado las Leyes del Seguro Social y del Impuesto sobre la Renta a los diversos componentes del salario, en su amplio sentido, han provocado que las respectivas bases gravables de las cuotas obrero-patronales y el impuesto sobre la renta a cargo de los trabajadores estén disasociadas, cuando ambas deberían ser la misma; es decir, ser el ingreso que efectivamente reciben los trabajadores como retribución por sus servicios.
La situación anterior ha provocado dos tipos de problemas: en primer lugar, ha hecho un sistema complejo y difícil para los contribuyentes, puesto que la existencia de distintas bases gravables para un solo concepto, complican el cálculo y, al mismo tiempo, la fiscalización de la determinación de ambas contribuciones; el segundo tiene que ver con los incentivos perversos que genera en algunos patrones de aprovechar la diferencia entre ambas bases gravables para, por un lado, subestimar el salario base de cotización y así reducir su carga de seguridad social, y por el otro, reportar una nómina mayor para deducir su propia base gravable, puesto que diversos componentes de los ingresos por la prestación de servicios personales subordinados son deducibles para los patrones.
Según datos del IMSS y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se estima que la nómina reportada para efectos de las contribuciones de seguridad social en el año 2012, fue siete punto cinco por ciento menor que la nómina reportada para efectos del impuesto sobre la renta sobre salarios del sector privado en dicho periodo.
La anterior situación implica pérdidas para ambas partes. Por un lado, para la Hacienda Pública y el IMSS que reciben menos recursos de los que deberían percibir y, por otro lado, para los trabajadores, quienes generan un menor ahorro para el retiro y para la adquisición de casa habitación y reciben servicios de salud en condiciones menos óptimas. Esto se debe a que el salario base de cotización también es el elemento clave del cálculo de las aportaciones que se efectúan al Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y a las cuentas individuales que administran las administradoras de fondos para el retiro (Afores).
Por lo tanto, la propuesta que se pone a consideración de esta honorable asamblea, pretende homologar el tratamiento de aquellos conceptos que se consideran para la determinación del salario base de cotización en los que la Ley del Seguro Social otorga un tratamiento distinto al de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a fin de hacer más compatibles ambas bases gravables y lograr una mejoría en las prestaciones a que tienen derecho los trabajadores. Al homologar las bases de ambas contribuciones se pretende que éstas se calculen sobre los ingresos que efectivamente perciben los trabajadores por la prestación de servicios personales subordinados.
Adicionalmente, la homologación de las referidas bases repercutirá en una simplificación en el pago de las contribuciones a cargo de los contribuyentes y eliminará las complejidades que se han generado por existir bases distintas respecto del mismo concepto gravable para efectos del impuesto sobre la renta y de las aportaciones de seguridad social.
Asimismo, esta medida provocará que los patrones sean consistentes con lo que calculan y declaran para determinar el salario base de cotización y las deducciones a que tienen derecho para efectos del impuesto sobre la renta, por las remuneraciones y prestaciones que efectivamente entreguen a sus trabajadores.
Adicionalmente, esta reforma es necesaria en virtud de que con ella se pretende fortalecer al IMSS al aumentar los recursos que podrá disponer y así financiar los seguros que integran el Régimen Obligatorio del Seguro Social, particularmente el Seguro de Enfermedades y Maternidad que actualmente es el más deficitario en su relación ingreso-gasto, según lo ha reportado el IMSS al Congreso de la Unión y al Poder Ejecutivo federal en los últimos diez años. Asimismo, con las modificaciones propuestas se conseguirá aumentar los recursos que los trabajadores tendrán disponibles en el Infonavit para la adquisición de vivienda y en sus administradoras de fondos para el retiro, lo cual hará que las prestaciones que reciben de dichas instituciones sean acordes con su salario total.
Por las anteriores consideraciones, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de
Decreto que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social
Artículo Único. Se reformanlas fracciones I a IX y el último párrafo del artículo 27, y se deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
Artículo 27....
I.Los bienes que el patrón proporcione a los trabajadores para el desempeño de sus actividades, siempre que los mismos estén de acuerdo con la naturaleza del trabajo prestado y hasta por el monto en que se encuentren exentos o no sean considerados ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
II.Las aportaciones a los fondos de ahorro establecidos para los trabajadores, siempre que los ingresos obtenidos de dichos fondos se encuentren exentos o no sean considerados ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
III.Las cuotas destinadas a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de la cuenta individual de los trabajadores, y las demás cuotas que en términos de esta ley le corresponde cubrir al patrón, cada una de ellas hasta por el monto en que se encuentren exentas o no sean consideradas ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
IV.Las aportaciones a la subcuenta de vivienda de la cuenta individual de los trabajadores que se efectúen en términos de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y las participaciones en las utilidades de las empresas, hasta por el monto en que cada una de dichas prestaciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
V.La alimentación que se entregue en forma distinta de vales, de reembolso o de efectivo, y la habitación, hasta por el monto en que cada una de dichas prestaciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
VI.Las despensas en especie o en vales, hasta por el monto equivalente al cuarenta por ciento de un salario mínimo general diario del Distrito Federal, elevado al periodo de pago que corresponda.
VII.Los premios por asistencia y puntualidad, hasta por el monto en que se encuentren exentos o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
VIII.Las cantidades aportadas por el patrón para constituir fondos de algún plan de pensiones establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva, hasta por el monto en que dichas cantidades se encuentren exentos o no sean consideradas ingresos gravados para el trabajador para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Los planes de pensiones serán sólo los que reúnan los requisitos que establezca la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y
IX.Las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario laborado dentro de los márgenes señalados en la legislación laboral, hasta por el monto en que dichas remuneraciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
...
Cualquiera de los conceptos enunciados en las fracciones de este artículo que se encuentre parcialmente gravado o exento para los trabajadores en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el monto gravado o no exento integrará salario base de cotización.
Artículo 32. Se deroga.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir del primer día natural del siguiente mes calendario a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se deroga cualquier disposición de carácter general o particular que se oponga a lo previsto en el presente decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2013. Diputado Sergio Torres Félix (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
* PROPOSICIONES
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega:En términos del artículo 100 del Reglamento, las proposiciones serán turnadas a las Comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, salvo las que se pida el registro para la próxima sesión.
CLAUSURA Y CITATORIO
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega (a las 17:02 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana miércoles 20 de marzo, a las 11 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.
O
Tiempo de duración: 6 horas 2 minutos
Quórum a la apertura de sesión: 265 diputados
Asistencia al cierre de registro: 454 diputados
Oradores que participaron: 52
PRI 9
PAN 13
PRD 11
PVEM 4
PT 4
MC 8
NA 3
Se recibió o presentó:
6 oficios de diputados por el que solicitan retiro de iniciativas
1 comunicación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, por la que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del 207 aniversario del natalicio de Benito Juárez, Benemérito de las Américas
1 oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados
2 oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso para que ciudadanos mexicanos puedan prestar servicios en diversas sedes diplomáticas
1 oficio de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con el que comunica la suspensión de las actividades programadas para el análisis del Informe del Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se ratifica la Estrategia Nacional de Energía
1 iniciativa del PRI
1 iniciativa del PAN
2 iniciativas del PRD
1 iniciativa del PVEM
Declaratoria de publicidad de dictámenes
1 de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 73, 78 y 94, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones
1 de las Comisiones Unidas de Juventud y de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones a los artículos 4o de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, y 5o de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
1 de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de procedimiento de declaratorias
1 de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía con proyecto de decreto que adicionan un artículo 28 Ter, un segundo párrafo al artículo 29 y un segundo párrafo al artículo 47 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de patrimonio cultural subacuático
1 de la Comisión de Derechos de la Niñez, con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Dictámenes a discusión
1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud
1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social
1 de las Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de suicidio
1 de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
1 de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social
Dictámenes en sentido negativo:
1 de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco
1 de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 16, 18, 20, 23 y 25 de la Ley General para el Control del Tabaco
1de las Comisiones Unidas de Energía, y de Hacienda y Crédito Público, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes del Servicio Público de Energía Eléctrica, Federal de Derechos, y de la Comisión Reguladora de Energía, así como del Código Fiscal de la Federación
1 de la Comisión de Seguridad Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo y adiciona uno cuarto al artículo 201 y reforma el 205 de la Ley del Seguro Social
1 de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o., 19 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
1 de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
1 de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
1 de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 17 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable
1 de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IV al artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable
1 de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Energía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, del Servicio Público de Energía Eléctrica, y de la Comisión Reguladora de Energía
1 las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Energía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, del Servicio Público de Energía Eléctrica, y de la Comisión Reguladora de Energía
1 de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
1 de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1 y segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)
VOTACIONES
Del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoFavor
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorAusente
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaAusente
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroAusente
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéFavor
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoAusente
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
33 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
34 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
35 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor
36 Cantú Segovia, EloyFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor
38 Cárdenas Cantú, MiriamFavor
39 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
44 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
45 Charleston Hernández, FernandoFavor
46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
51 Cruz Morales, MaricruzFavor
52 Curi Naime, AlbertoFavor
53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
54 Del Angel Acosta, JorgeFavor
55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
56 Delgadillo González, ClaudiaAusente
57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
58 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
59 Diez Francos, Juan ManuelFavor
60 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
61 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
62 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
63 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
64 Escajeda Jiménez, José RubénAusente
65 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
66 Félix Chávez, FaustinoFavor
67 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
68 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
69 Flores Méndez, José LuisFavor
70 Flores Sandoval, PatricioFavor
71 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
72 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
73 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
74 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
75 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
76 Garay Cabada, MarinaFavor
77 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
78 García Fernández, Maria de las NievesFavor
79 García García, HéctorFavor
80 García Hernández, JosefinaAusente
81 García Olmedo, María del RocíoFavor
82 Garza Moreno, María EstherAusente
83 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
84 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
85 Gómez Gómez, LuisFavor
86 Gómez Gómez, PedroFavor
87 Gómez Michel, GabrielFavor
88 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
89 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
90 González Cruz, CristinaFavor
91 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
92 González Gómez, CeciliaFavor
93 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
94 González Reséndiz, RafaelFavor
95 González Valdez, Marco AntonioFavor
96 González Vargas, FranciscoFavor
97 Grajales Palacios, FranciscoFavor
98 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
99 Guerra Garza, AbelAusente
100 Guevara González, Javier FilibertoFavor
101 Gurrión Matías, SamuelFavor
102 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
103 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente
104 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
105 Hernández Burgos, GaudencioFavor
106 Hernández González, NoéFavor
107 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
108 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
109 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
110 Herrera Delgado, JorgeAusente
111 Huerta Rea, María de JesúsFavor
112 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
113 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
114 King de la Rosa, RaymundoFavor
115 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
116 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
117 López Landero, TomásFavor
118 López Segura, María CarmenFavor
119 López Zavala, JavierFavor
120 Macías Sandoval, RaúlFavor
121 Madrid Tovilla, AreliFavor
122 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
123 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
124 Manzur Quiroga, José SergioFavor
125 Márquez Martínez, José LuisFavor
126 Márquez Velasco, SilviaFavor
127 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor
128 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
129 Medina Fierro, RicardoFavor
130 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
131 Mendoza Garza, JorgeFavor
132 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaAusente
133 Miranda Munive, EmilseFavor
134 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
135 Montes Alvarado, AbrahamFavor
136 Morales Flores, JesúsFavor
137 Moreno Árcega, José IsidroFavor
138 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor
139 Moreno Montoya, José PilarFavor
140 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
141 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
142 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor
143 Nava Gómez, José EverardoFavor
144 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
145 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
146 Niaves López, Ossiel OmarFavor
147 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
148 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
149 Ochoa González, ArnoldoFavor
150 Olvera Correa, LuisFavor
151 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
152 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
153 Ortiz García, SalvadorFavor
154 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente
155 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
156 Padilla Navarro, CesarioFavor
157 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
158 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
159 Pérez de Alba, José NoelFavor
160 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
161 Ponce Orozco, NormaFavor
162 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
163 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente
164 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
165 Rangel Espinosa, JoséAusente
166 Rangel Segovia, AlejandroFavor
167 Rellstab Carreto, TanyaFavor
168 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
169 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
170 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
171 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
172 Rojo García de Alba, José AntonioAusente
173 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
174 Romero Valencia, SalvadorFavor
175 Rubio Lara, Blas RamónFavor
176 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
177 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
178 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
179 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
180 Sahui Rivero, MauricioFavor
181 Salgado Delgado, FernandoFavor
182 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
183 Sámano Peralta, MiguelFavor
184 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
185 Sánchez Romero, CarlosFavor
186 Sánchez Santiago, María GuadalupeAusente
187 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
188 Sosa Altamira, William RenánFavor
189 Terán Guevara, María RebecaAusente
190 Terán Juárez, JorgeFavor
191 Torres Félix, SergioFavor
192 Treviño Cantú, JavierFavor
193 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor
194 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
195 Valanci Buzali, SimónAusente
196 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
197 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
198 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
199 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
200 Vázquez Saut, ReginaAusente
201 Vega de la Peña, AlfioFavor
202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
205 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
206 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
207 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaAusente
211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 187
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 26
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloFavor
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Cortés, RicardoAusente
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénAusente
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroAusente
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoFavor
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaFavor
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaAusente
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaAusente
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraFavor
58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente
61 Mondragón González, María GuadalupeFavor
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisAusente
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othón Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieFavor
73 Paz Alonzo, RaúlAusente
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoAusente
77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor
82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaAusente
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruiz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorAusente
99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelFavor
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 97
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 17
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaFavor
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolAusente
6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaAusente
9 Aureoles Conejo, SilvanoAusente
10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaAusente
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoAusente
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroAusente
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoQuorum
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielAbstención
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínAusente
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoFavor
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoContra
54 López Rosado, RobertoFavor
55 López Suárez, RobertoFavor
56 Luna Porquillo, RoxanaAbstención
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
59 Martínez Rojas, Andrés EloyContra
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor
63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
64 Merlín García, María del RosarioAusente
65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
66 Miranda Salgado, MarinoFavor
67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
69 Montalvo Hernández, RamónFavor
70 Morales López, Carlos AugustoAusente
71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
72 Moreno Rivera, IsraelFavor
73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente
74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
75 Muñoz Soria, José LuisFavor
76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
79 Orihuela García, JavierFavor
80 Porras Pérez, PedroFavor
81 Portillo Martínez, VicarioFavor
82 Posadas Hernández, DomitiloFavor
83 Quiroga Anguiano, KarenAusente
84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
88 Salazar Trejo, JessicaFavor
89 Saldaña Fraire, GracielaFavor
90 Salgado Parra, JorgeFavor
91 Salinas Narváez, JavierFavor
92 Salinas Pérez, JosefinaFavor
93 Sánchez Torres, GuillermoFavor
94 Sandoval Martínez, HugoAusente
95 Sansores Sastré, AntonioFavor
96 Serrano Toledo, RosendoFavor
97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
98 Tovar Aragón, CrystalFavor
99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
100 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 78
Contra: 2
Abstención: 2
Quorum: 1
Ausentes: 17
Total: 100
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoAusente
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséAusente
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaAusente
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 22
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 6
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisAusente
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Méndez Denis, LorenaFavor
13 Monreal Ávila, RicardoFavor
14 Romero Lozano, María FernandaFavor
15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
16 Soto Martínez, JoséFavor
17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
18 Valle Magaña, José LuisFavor
19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 19
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 20
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoContra
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelContra
7 López Cándido, José ArturoFavor
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroAusente
10 Orive Bellinger, AdolfoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliAusente
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 11
Contra: 2
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor
7 González Roldán, Luis AntonioAusente
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 10
Del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social, en materia de dependientes de personas desaparecidas (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoFavor
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorAusente
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaAusente
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroAusente
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéFavor
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoFavor
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
33 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
34 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
35 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor
36 Cantú Segovia, EloyFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor
38 Cárdenas Cantú, MiriamFavor
39 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
44 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
45 Charleston Hernández, FernandoFavor
46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
48 Córdova Morán, Frine SorayaAusente
49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
51 Cruz Morales, MaricruzFavor
52 Curi Naime, AlbertoFavor
53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
54 Del Angel Acosta, JorgeFavor
55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
56 Delgadillo González, ClaudiaAusente
57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
58 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
59 Diez Francos, Juan ManuelFavor
60 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
61 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
62 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
63 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
64 Escajeda Jiménez, José RubénAusente
65 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
66 Félix Chávez, FaustinoFavor
67 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
68 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
69 Flores Méndez, José LuisFavor
70 Flores Sandoval, PatricioFavor
71 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
72 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
73 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
74 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
75 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
76 Garay Cabada, MarinaFavor
77 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
78 García Fernández, Maria de las NievesFavor
79 García García, HéctorFavor
80 García Hernández, JosefinaFavor
81 García Olmedo, María del RocíoFavor
82 Garza Moreno, María EstherFavor
83 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
84 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
85 Gómez Gómez, LuisFavor
86 Gómez Gómez, PedroFavor
87 Gómez Michel, GabrielFavor
88 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
89 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
90 González Cruz, CristinaFavor
91 González Farías, Eligio CuitláhuacAusente
92 González Gómez, CeciliaFavor
93 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
94 González Reséndiz, RafaelFavor
95 González Valdez, Marco AntonioFavor
96 González Vargas, FranciscoFavor
97 Grajales Palacios, FranciscoFavor
98 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
99 Guerra Garza, AbelAusente
100 Guevara González, Javier FilibertoFavor
101 Gurrión Matías, SamuelFavor
102 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
103 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente
104 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
105 Hernández Burgos, GaudencioFavor
106 Hernández González, NoéFavor
107 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
108 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
109 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
110 Herrera Delgado, JorgeAusente
111 Huerta Rea, María de JesúsFavor
112 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
113 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
114 King de la Rosa, RaymundoAusente
115 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
116 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
117 López Landero, TomásFavor
118 López Segura, María CarmenFavor
119 López Zavala, JavierFavor
120 Macías Sandoval, RaúlFavor
121 Madrid Tovilla, AreliFavor
122 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
123 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
124 Manzur Quiroga, José SergioFavor
125 Márquez Martínez, José LuisFavor
126 Márquez Velasco, SilviaFavor
127 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor
128 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
129 Medina Fierro, RicardoFavor
130 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
131 Mendoza Garza, JorgeFavor
132 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaAusente
133 Miranda Munive, EmilseFavor
134 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
135 Montes Alvarado, AbrahamFavor
136 Morales Flores, JesúsFavor
137 Moreno Árcega, José IsidroFavor
138 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor
139 Moreno Montoya, José PilarFavor
140 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
141 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
142 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor
143 Nava Gómez, José EverardoFavor
144 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
145 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
146 Niaves López, Ossiel OmarFavor
147 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
148 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
149 Ochoa González, ArnoldoFavor
150 Olvera Correa, LuisFavor
151 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
152 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
153 Ortiz García, SalvadorFavor
154 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente
155 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
156 Padilla Navarro, CesarioFavor
157 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
158 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
159 Pérez de Alba, José NoelFavor
160 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
161 Ponce Orozco, NormaFavor
162 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
163 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente
164 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
165 Rangel Espinosa, JoséAusente
166 Rangel Segovia, AlejandroFavor
167 Rellstab Carreto, TanyaFavor
168 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
169 Robles Aguirre, Mayra KarinaAusente
170 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
171 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
172 Rojo García de Alba, José AntonioAusente
173 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
174 Romero Valencia, SalvadorFavor
175 Rubio Lara, Blas RamónFavor
176 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
177 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
178 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
179 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
180 Sahui Rivero, MauricioFavor
181 Salgado Delgado, FernandoFavor
182 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
183 Sámano Peralta, MiguelFavor
184 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
185 Sánchez Romero, CarlosFavor
186 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
187 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
188 Sosa Altamira, William RenánFavor
189 Terán Guevara, María RebecaAusente
190 Terán Juárez, JorgeFavor
191 Torres Félix, SergioFavor
192 Treviño Cantú, JavierFavor
193 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor
194 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
195 Valanci Buzali, SimónAusente
196 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
197 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
198 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
199 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
200 Vázquez Saut, ReginaAusente
201 Vega de la Peña, AlfioFavor
202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
205 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
206 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
207 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaAusente
211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 187
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 26
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloFavor
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Cortés, RicardoAusente
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénAusente
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroAusente
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoAusente
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaFavor
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaFavor
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaFavor
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraFavor
58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente
61 Mondragón González, María GuadalupeFavor
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othón Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente
71 Pacheco Díaz, GermánAusente
72 Pantoja Hernández, LeslieFavor
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LucíaAusente
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor
82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaAusente
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruiz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorAusente
99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelFavor
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 98
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 16
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaFavor
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoAusente
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroFavor
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielFavor
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínFavor
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoFavor
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoFavor
54 López Rosado, RobertoAusente
55 López Suárez, RobertoFavor
56 Luna Porquillo, RoxanaFavor
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor
63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
64 Merlín García, María del RosarioFavor
65 Mícher Camarena, Martha LucíaAusente
66 Miranda Salgado, MarinoFavor
67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
69 Montalvo Hernández, RamónFavor
70 Morales López, Carlos AugustoAusente
71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoAusente
72 Moreno Rivera, IsraelFavor
73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente
74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
75 Muñoz Soria, José LuisFavor
76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
79 Orihuela García, JavierFavor
80 Porras Pérez, PedroFavor
81 Portillo Martínez, VicarioFavor
82 Posadas Hernández, DomitiloFavor
83 Quiroga Anguiano, KarenAusente
84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
88 Salazar Trejo, JessicaFavor
89 Saldaña Fraire, GracielaFavor
90 Salgado Parra, JorgeAusente
91 Salinas Narváez, JavierFavor
92 Salinas Pérez, JosefinaFavor
93 Sánchez Torres, GuillermoFavor
94 Sandoval Martínez, HugoFavor
95 Sansores Sastré, AntonioFavor
96 Serrano Toledo, RosendoFavor
97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
98 Tovar Aragón, CrystalAusente
99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
100 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 85
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 15
Total: 100
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoAusente
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséAusente
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaAusente
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 22
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 6
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisAusente
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Méndez Denis, LorenaFavor
13 Monreal Ávila, RicardoFavor
14 Romero Lozano, María FernandaFavor
15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
16 Soto Martínez, JoséAusente
17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
18 Valle Magaña, José LuisFavor
19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 18
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 20
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Cándido, José ArturoFavor
8 Martínez Santillán, María del CarmenAusente
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroAusente
10 Orive Bellinger, AdolfoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliAusente
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 12
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor
7 González Roldán, Luis AntonioAusente
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 10
Del dictamen de las Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de suicidio (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoFavor
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorAusente
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaAusente
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroAusente
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéFavor
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoFavor
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
33 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
34 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
35 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor
36 Cantú Segovia, EloyFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor
38 Cárdenas Cantú, MiriamFavor
39 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
44 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
45 Charleston Hernández, FernandoFavor
46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
51 Cruz Morales, MaricruzFavor
52 Curi Naime, AlbertoFavor
53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
54 Del Angel Acosta, JorgeFavor
55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
56 Delgadillo González, ClaudiaAusente
57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
58 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
59 Diez Francos, Juan ManuelQuorum
60 Doger Guerrero, José EnriqueAusente
61 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
62 Duarte Murillo, José IgnacioAusente
63 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
64 Escajeda Jiménez, José RubénAusente
65 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
66 Félix Chávez, FaustinoFavor
67 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
68 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
69 Flores Méndez, José LuisFavor
70 Flores Sandoval, PatricioFavor
71 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
72 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
73 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
74 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
75 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
76 Garay Cabada, MarinaFavor
77 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
78 García Fernández, Maria de las NievesFavor
79 García García, HéctorFavor
80 García Hernández, JosefinaFavor
81 García Olmedo, María del RocíoFavor
82 Garza Moreno, María EstherFavor
83 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
84 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
85 Gómez Gómez, LuisFavor
86 Gómez Gómez, PedroFavor
87 Gómez Michel, GabrielFavor
88 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
89 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
90 González Cruz, CristinaFavor
91 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
92 González Gómez, CeciliaFavor
93 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
94 González Reséndiz, RafaelFavor
95 González Valdez, Marco AntonioFavor
96 González Vargas, FranciscoFavor
97 Grajales Palacios, FranciscoFavor
98 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
99 Guerra Garza, AbelAusente
100 Guevara González, Javier FilibertoFavor
101 Gurrión Matías, SamuelFavor
102 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
103 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente
104 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
105 Hernández Burgos, GaudencioFavor
106 Hernández González, NoéFavor
107 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
108 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
109 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
110 Herrera Delgado, JorgeAusente
111 Huerta Rea, María de JesúsFavor
112 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
113 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
114 King de la Rosa, RaymundoFavor
115 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
116 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
117 López Landero, TomásFavor
118 López Segura, María CarmenFavor
119 López Zavala, JavierFavor
120 Macías Sandoval, RaúlFavor
121 Madrid Tovilla, AreliFavor
122 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
123 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
124 Manzur Quiroga, José SergioFavor
125 Márquez Martínez, José LuisFavor
126 Márquez Velasco, SilviaFavor
127 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor
128 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
129 Medina Fierro, RicardoFavor
130 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
131 Mendoza Garza, JorgeFavor
132 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaAusente
133 Miranda Munive, EmilseFavor
134 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
135 Montes Alvarado, AbrahamFavor
136 Morales Flores, JesúsFavor
137 Moreno Árcega, José IsidroFavor
138 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor
139 Moreno Montoya, José PilarFavor
140 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
141 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
142 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor
143 Nava Gómez, José EverardoFavor
144 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
145 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
146 Niaves López, Ossiel OmarFavor
147 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
148 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
149 Ochoa González, ArnoldoFavor
150 Olvera Correa, LuisFavor
151 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
152 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
153 Ortiz García, SalvadorFavor
154 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente
155 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
156 Padilla Navarro, CesarioFavor
157 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
158 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
159 Pérez de Alba, José NoelFavor
160 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
161 Ponce Orozco, NormaFavor
162 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
163 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente
164 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
165 Rangel Espinosa, JoséAusente
166 Rangel Segovia, AlejandroFavor
167 Rellstab Carreto, TanyaFavor
168 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
169 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
170 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
171 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
172 Rojo García de Alba, José AntonioAusente
173 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
174 Romero Valencia, SalvadorFavor
175 Rubio Lara, Blas RamónFavor
176 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
177 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
178 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
179 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
180 Sahui Rivero, MauricioFavor
181 Salgado Delgado, FernandoFavor
182 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
183 Sámano Peralta, MiguelFavor
184 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
185 Sánchez Romero, CarlosFavor
186 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
187 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
188 Sosa Altamira, William RenánFavor
189 Terán Guevara, María RebecaFavor
190 Terán Juárez, JorgeFavor
191 Torres Félix, SergioFavor
192 Treviño Cantú, JavierFavor
193 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor
194 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
195 Valanci Buzali, SimónAusente
196 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
197 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
198 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
199 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
200 Vázquez Saut, ReginaAusente
201 Vega de la Peña, AlfioFavor
202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
205 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
206 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
207 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaAusente
211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 189
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 1
Ausentes: 23
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloAusente
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Cortés, RicardoAusente
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénAusente
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroAusente
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoFavor
36 García Ramírez, José GuadalupeAusente
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaFavor
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaFavor
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaFavor
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraFavor
58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente
61 Mondragón González, María GuadalupeFavor
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othón Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieFavor
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor
82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaAusente
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruiz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorAusente
99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelFavor
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 100
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 14
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoAusente
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroFavor
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielFavor
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínFavor
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoFavor
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoFavor
54 López Rosado, RobertoAusente
55 López Suárez, RobertoFavor
56 Luna Porquillo, RoxanaAusente
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor
63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
64 Merlín García, María del RosarioFavor
65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
66 Miranda Salgado, MarinoFavor
67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
69 Montalvo Hernández, RamónFavor
70 Morales López, Carlos AugustoFavor
71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
72 Moreno Rivera, IsraelFavor
73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor
74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
75 Muñoz Soria, José LuisFavor
76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
79 Orihuela García, JavierFavor
80 Porras Pérez, PedroFavor
81 Portillo Martínez, VicarioFavor
82 Posadas Hernández, DomitiloFavor
83 Quiroga Anguiano, KarenFavor
84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
88 Salazar Trejo, JessicaFavor
89 Saldaña Fraire, GracielaFavor
90 Salgado Parra, JorgeAusente
91 Salinas Narváez, JavierFavor
92 Salinas Pérez, JosefinaFavor
93 Sánchez Torres, GuillermoFavor
94 Sandoval Martínez, HugoFavor
95 Sansores Sastré, AntonioFavor
96 Serrano Toledo, RosendoFavor
97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
98 Tovar Aragón, CrystalAusente
99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
100 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 89
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 11
Total: 100
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoAusente
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoFavor
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséAusente
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaAusente
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 24
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisAusente
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Méndez Denis, LorenaFavor
13 Monreal Ávila, RicardoFavor
14 Romero Lozano, María FernandaFavor
15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
16 Soto Martínez, JoséFavor
17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
18 Valle Magaña, José LuisFavor
19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 19
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 20
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Cándido, José ArturoFavor
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroAusente
10 Orive Bellinger, AdolfoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliAusente
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 13
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor
7 González Roldán, Luis AntonioAusente
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 10
Del dictamen de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoFavor
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorAusente
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaAusente
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroAusente
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéFavor
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoFavor
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
33 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
34 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
35 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor
36 Cantú Segovia, EloyFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor
38 Cárdenas Cantú, MiriamFavor
39 Cárdenas del Avellano, EnriqueAbstención
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
44 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
45 Charleston Hernández, FernandoFavor
46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
51 Cruz Morales, MaricruzFavor
52 Curi Naime, AlbertoFavor
53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
54 Del Angel Acosta, JorgeFavor
55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
56 Delgadillo González, ClaudiaAusente
57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
58 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
59 Diez Francos, Juan ManuelFavor
60 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
61 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
62 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
63 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
64 Escajeda Jiménez, José RubénAusente
65 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
66 Félix Chávez, FaustinoFavor
67 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
68 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
69 Flores Méndez, José LuisFavor
70 Flores Sandoval, PatricioFavor
71 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
72 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
73 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
74 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
75 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
76 Garay Cabada, MarinaFavor
77 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
78 García Fernández, Maria de las NievesFavor
79 García García, HéctorFavor
80 García Hernández, JosefinaFavor
81 García Olmedo, María del RocíoFavor
82 Garza Moreno, María EstherFavor
83 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
84 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
85 Gómez Gómez, LuisFavor
86 Gómez Gómez, PedroFavor
87 Gómez Michel, GabrielFavor
88 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
89 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
90 González Cruz, CristinaFavor
91 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
92 González Gómez, CeciliaFavor
93 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
94 González Reséndiz, RafaelFavor
95 González Valdez, Marco AntonioFavor
96 González Vargas, FranciscoFavor
97 Grajales Palacios, FranciscoFavor
98 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
99 Guerra Garza, AbelAusente
100 Guevara González, Javier FilibertoFavor
101 Gurrión Matías, SamuelFavor
102 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
103 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente
104 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
105 Hernández Burgos, GaudencioFavor
106 Hernández González, NoéFavor
107 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
108 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
109 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
110 Herrera Delgado, JorgeAusente
111 Huerta Rea, María de JesúsFavor
112 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
113 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
114 King de la Rosa, RaymundoFavor
115 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
116 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
117 López Landero, TomásFavor
118 López Segura, María CarmenFavor
119 López Zavala, JavierFavor
120 Macías Sandoval, RaúlFavor
121 Madrid Tovilla, AreliFavor
122 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
123 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
124 Manzur Quiroga, José SergioFavor
125 Márquez Martínez, José LuisFavor
126 Márquez Velasco, SilviaFavor
127 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor
128 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
129 Medina Fierro, RicardoFavor
130 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
131 Mendoza Garza, JorgeFavor
132 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaAusente
133 Miranda Munive, EmilseFavor
134 Montano Guzmán, José AlejandroAusente
135 Montes Alvarado, AbrahamFavor
136 Morales Flores, JesúsFavor
137 Moreno Árcega, José IsidroFavor
138 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor
139 Moreno Montoya, José PilarFavor
140 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
141 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
142 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor
143 Nava Gómez, José EverardoFavor
144 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
145 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
146 Niaves López, Ossiel OmarFavor
147 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
148 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
149 Ochoa González, ArnoldoAusente
150 Olvera Correa, LuisFavor
151 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
152 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
153 Ortiz García, SalvadorFavor
154 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente
155 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
156 Padilla Navarro, CesarioFavor
157 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
158 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
159 Pérez de Alba, José NoelFavor
160 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
161 Ponce Orozco, NormaFavor
162 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
163 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente
164 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
165 Rangel Espinosa, JoséAusente
166 Rangel Segovia, AlejandroFavor
167 Rellstab Carreto, TanyaFavor
168 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
169 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
170 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
171 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
172 Rojo García de Alba, José AntonioAusente
173 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
174 Romero Valencia, SalvadorFavor
175 Rubio Lara, Blas RamónFavor
176 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
177 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
178 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
179 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
180 Sahui Rivero, MauricioFavor
181 Salgado Delgado, FernandoFavor
182 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
183 Sámano Peralta, MiguelFavor
184 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
185 Sánchez Romero, CarlosFavor
186 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
187 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
188 Sosa Altamira, William RenánFavor
189 Terán Guevara, María RebecaFavor
190 Terán Juárez, JorgeFavor
191 Torres Félix, SergioFavor
192 Treviño Cantú, JavierFavor
193 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor
194 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
195 Valanci Buzali, SimónAusente
196 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
197 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
198 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
199 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
200 Vázquez Saut, ReginaAusente
201 Vega de la Peña, AlfioFavor
202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
205 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
206 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
207 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaAusente
211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
212 Zamora Morales, FernandoAusente
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 188
Contra: 0
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 24
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloAusente
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Cortés, RicardoAusente
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénAusente
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroAusente
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoAusente
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoFavor
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaAusente
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaFavor
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaFavor
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraFavor
58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente
61 Mondragón González, María GuadalupeFavor
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othón Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieFavor
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor
82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruiz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorAusente
99 Sosa Govea, Martha LeticiaAbstención
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelAusente
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 98
Contra: 0
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 15
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoAusente
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroFavor
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoAusente
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielFavor
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínFavor
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoFavor
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoFavor
54 López Rosado, RobertoFavor
55 López Suárez, RobertoFavor
56 Luna Porquillo, RoxanaAusente
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor
63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
64 Merlín García, María del RosarioFavor
65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
66 Miranda Salgado, MarinoFavor
67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
69 Montalvo Hernández, RamónFavor
70 Morales López, Carlos AugustoFavor
71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
72 Moreno Rivera, IsraelFavor
73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente
74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
75 Muñoz Soria, José LuisFavor
76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
79 Orihuela García, JavierFavor
80 Porras Pérez, PedroFavor
81 Portillo Martínez, VicarioFavor
82 Posadas Hernández, DomitiloFavor
83 Quiroga Anguiano, KarenFavor
84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
88 Salazar Trejo, JessicaFavor
89 Saldaña Fraire, GracielaFavor
90 Salgado Parra, JorgeAusente
91 Salinas Narváez, JavierFavor
92 Salinas Pérez, JosefinaFavor
93 Sánchez Torres, GuillermoFavor
94 Sandoval Martínez, HugoFavor
95 Sansores Sastré, AntonioFavor
96 Serrano Toledo, RosendoFavor
97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
98 Tovar Aragón, CrystalFavor
99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
100 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 88
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 12
Total: 100
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoAusente
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoFavor
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséAusente
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaAusente
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 24
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisAusente
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Méndez Denis, LorenaFavor
13 Monreal Ávila, RicardoFavor
14 Romero Lozano, María FernandaFavor
15 Samperio Montaño, Juan IgnacioAusente
16 Soto Martínez, JoséFavor
17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
18 Valle Magaña, José LuisFavor
19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 18
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 20
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Cándido, José ArturoFavor
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroAusente
10 Orive Bellinger, AdolfoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliAusente
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 13
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor
7 González Roldán, Luis AntonioAusente
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 10
Del dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoFavor
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorAusente
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaAusente
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroAusente
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéFavor
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoFavor
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
33 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
34 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
35 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor
36 Cantú Segovia, EloyFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor
38 Cárdenas Cantú, MiriamFavor
39 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
44 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
45 Charleston Hernández, FernandoFavor
46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
51 Cruz Morales, MaricruzFavor
52 Curi Naime, AlbertoFavor
53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
54 Del Angel Acosta, JorgeFavor
55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
56 Delgadillo González, ClaudiaAusente
57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
58 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
59 Diez Francos, Juan ManuelFavor
60 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
61 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
62 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
63 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
64 Escajeda Jiménez, José RubénAusente
65 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
66 Félix Chávez, FaustinoFavor
67 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
68 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
69 Flores Méndez, José LuisFavor
70 Flores Sandoval, PatricioFavor
71 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
72 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
73 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
74 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
75 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
76 Garay Cabada, MarinaFavor
77 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
78 García Fernández, Maria de las NievesFavor
79 García García, HéctorAusente
80 García Hernández, JosefinaAusente
81 García Olmedo, María del RocíoFavor
82 Garza Moreno, María EstherFavor
83 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
84 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
85 Gómez Gómez, LuisFavor
86 Gómez Gómez, PedroFavor
87 Gómez Michel, GabrielFavor
88 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
89 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
90 González Cruz, CristinaFavor
91 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
92 González Gómez, CeciliaFavor
93 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
94 González Reséndiz, RafaelFavor
95 González Valdez, Marco AntonioFavor
96 González Vargas, FranciscoFavor
97 Grajales Palacios, FranciscoFavor
98 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
99 Guerra Garza, AbelAusente
100 Guevara González, Javier FilibertoFavor
101 Gurrión Matías, SamuelFavor
102 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
103 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente
104 Gutiérrez Manrique, MarthaAusente
105 Hernández Burgos, GaudencioFavor
106 Hernández González, NoéFavor
107 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
108 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
109 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
110 Herrera Delgado, JorgeAusente
111 Huerta Rea, María de JesúsFavor
112 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
113 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
114 King de la Rosa, RaymundoFavor
115 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
116 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
117 López Landero, TomásFavor
118 López Segura, María CarmenFavor
119 López Zavala, JavierFavor
120 Macías Sandoval, RaúlFavor
121 Madrid Tovilla, AreliFavor
122 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
123 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
124 Manzur Quiroga, José SergioFavor
125 Márquez Martínez, José LuisFavor
126 Márquez Velasco, SilviaFavor
127 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor
128 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
129 Medina Fierro, RicardoFavor
130 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
131 Mendoza Garza, JorgeFavor
132 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaAusente
133 Miranda Munive, EmilseFavor
134 Montano Guzmán, José AlejandroAusente
135 Montes Alvarado, AbrahamFavor
136 Morales Flores, JesúsFavor
137 Moreno Árcega, José IsidroFavor
138 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor
139 Moreno Montoya, José PilarFavor
140 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
141 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
142 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor
143 Nava Gómez, José EverardoFavor
144 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
145 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
146 Niaves López, Ossiel OmarFavor
147 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
148 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
149 Ochoa González, ArnoldoFavor
150 Olvera Correa, LuisFavor
151 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
152 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
153 Ortiz García, SalvadorFavor
154 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente
155 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
156 Padilla Navarro, CesarioFavor
157 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
158 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
159 Pérez de Alba, José NoelFavor
160 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
161 Ponce Orozco, NormaFavor
162 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
163 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente
164 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
165 Rangel Espinosa, JoséAusente
166 Rangel Segovia, AlejandroFavor
167 Rellstab Carreto, TanyaFavor
168 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
169 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
170 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
171 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
172 Rojo García de Alba, José AntonioAusente
173 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
174 Romero Valencia, SalvadorFavor
175 Rubio Lara, Blas RamónFavor
176 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
177 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
178 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
179 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
180 Sahui Rivero, MauricioFavor
181 Salgado Delgado, FernandoFavor
182 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
183 Sámano Peralta, MiguelFavor
184 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
185 Sánchez Romero, CarlosAusente
186 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
187 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
188 Sosa Altamira, William RenánFavor
189 Terán Guevara, María RebecaFavor
190 Terán Juárez, JorgeFavor
191 Torres Félix, SergioFavor
192 Treviño Cantú, JavierFavor
193 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor
194 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
195 Valanci Buzali, SimónAusente
196 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
197 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
198 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
199 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
200 Vázquez Saut, ReginaAusente
201 Vega de la Peña, AlfioFavor
202 Vela Reyes, Marco AlonsoAusente
203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
205 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
206 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
207 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaAusente
211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 186
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 27
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloAusente
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Cortés, RicardoAusente
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénAusente
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroAusente
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoFavor
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyAusente
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaFavor
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaFavor
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaFavor
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraFavor
58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente
61 Mondragón González, María GuadalupeFavor
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othón Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieFavor
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoAusente
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor
82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruiz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorAusente
99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelFavor
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 100
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 14
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoAusente
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaAusente
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroFavor
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielFavor
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínAusente
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoFavor
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoFavor
54 López Rosado, RobertoFavor
55 López Suárez, RobertoFavor
56 Luna Porquillo, RoxanaFavor
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor
63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
64 Merlín García, María del RosarioFavor
65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
66 Miranda Salgado, MarinoFavor
67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
69 Montalvo Hernández, RamónFavor
70 Morales López, Carlos AugustoFavor
71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
72 Moreno Rivera, IsraelFavor
73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente
74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
75 Muñoz Soria, José LuisFavor
76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
79 Orihuela García, JavierFavor
80 Porras Pérez, PedroFavor
81 Portillo Martínez, VicarioFavor
82 Posadas Hernández, DomitiloFavor
83 Quiroga Anguiano, KarenFavor
84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAusente
85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
88 Salazar Trejo, JessicaFavor
89 Saldaña Fraire, GracielaFavor
90 Salgado Parra, JorgeFavor
91 Salinas Narváez, JavierFavor
92 Salinas Pérez, JosefinaFavor
93 Sánchez Torres, GuillermoFavor
94 Sandoval Martínez, HugoFavor
95 Sansores Sastré, AntonioFavor
96 Serrano Toledo, RosendoFavor
97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
98 Tovar Aragón, CrystalFavor
99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
100 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 88
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 12
Total: 100
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoAusente
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoFavor
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséAusente
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaAusente
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 24
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisAusente
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Méndez Denis, LorenaFavor
13 Monreal Ávila, RicardoFavor
14 Romero Lozano, María FernandaFavor
15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
16 Soto Martínez, JoséFavor
17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
18 Valle Magaña, José LuisFavor
19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 19
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 20
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Cándido, José ArturoAusente
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroAusente
10 Orive Bellinger, AdolfoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliAusente
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 12
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor
7 González Roldán, Luis AntonioAusente
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 10
Del dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoFavor
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Allende Cano, Ana IsabelFavor
8 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
9 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
10 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
11 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
12 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
13 Añorve Baños, ManuelFavor
14 Athie Flores, KamelFavor
15 Ayala Robles Linares, FlorFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorAusente
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaAusente
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroAusente
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéFavor
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoFavor
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Caballero Rosiñol, JoaquínAusente
32 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
33 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
34 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
35 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor
36 Cantú Segovia, EloyFavor
37 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor
38 Cárdenas Cantú, MiriamFavor
39 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
40 Carreño Mijares, AngelinaFavor
41 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
42 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
43 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
44 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
45 Charleston Hernández, FernandoFavor
46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
51 Cruz Morales, MaricruzFavor
52 Curi Naime, AlbertoFavor
53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
54 Del Angel Acosta, JorgeFavor
55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
56 Delgadillo González, ClaudiaAusente
57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
58 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
59 Diez Francos, Juan ManuelFavor
60 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
61 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
62 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
63 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
64 Escajeda Jiménez, José RubénAusente
65 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
66 Félix Chávez, FaustinoFavor
67 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
68 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
69 Flores Méndez, José LuisFavor
70 Flores Sandoval, PatricioFavor
71 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
72 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
73 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
74 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
75 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
76 Garay Cabada, MarinaFavor
77 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
78 García Fernández, Maria de las NievesFavor
79 García García, HéctorAusente
80 García Hernández, JosefinaFavor
81 García Olmedo, María del RocíoFavor
82 Garza Moreno, María EstherFavor
83 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
84 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
85 Gómez Gómez, LuisFavor
86 Gómez Gómez, PedroFavor
87 Gómez Michel, GabrielFavor
88 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
89 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
90 González Cruz, CristinaFavor
91 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
92 González Gómez, CeciliaFavor
93 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
94 González Reséndiz, RafaelFavor
95 González Valdez, Marco AntonioFavor
96 González Vargas, FranciscoFavor
97 Grajales Palacios, FranciscoFavor
98 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
99 Guerra Garza, AbelAusente
100 Guevara González, Javier FilibertoFavor
101 Gurrión Matías, SamuelFavor
102 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
103 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente
104 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
105 Hernández Burgos, GaudencioFavor
106 Hernández González, NoéFavor
107 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
108 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
109 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
110 Herrera Delgado, JorgeAusente
111 Huerta Rea, María de JesúsFavor
112 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
113 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
114 King de la Rosa, RaymundoFavor
115 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
116 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
117 López Landero, TomásFavor
118 López Segura, María CarmenFavor
119 López Zavala, JavierFavor
120 Macías Sandoval, RaúlFavor
121 Madrid Tovilla, AreliFavor
122 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
123 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoAusente
124 Manzur Quiroga, José SergioFavor
125 Márquez Martínez, José LuisFavor
126 Márquez Velasco, SilviaFavor
127 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor
128 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
129 Medina Fierro, RicardoFavor
130 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
131 Mendoza Garza, JorgeFavor
132 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaAusente
133 Miranda Munive, EmilseFavor
134 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
135 Montes Alvarado, AbrahamFavor
136 Morales Flores, JesúsFavor
137 Moreno Árcega, José IsidroFavor
138 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente
139 Moreno Montoya, José PilarFavor
140 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
141 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
142 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor
143 Nava Gómez, José EverardoFavor
144 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
145 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
146 Niaves López, Ossiel OmarFavor
147 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
148 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
149 Ochoa González, ArnoldoFavor
150 Olvera Correa, LuisFavor
151 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
152 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
153 Ortiz García, SalvadorFavor
154 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente
155 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
156 Padilla Navarro, CesarioFavor
157 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
158 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
159 Pérez de Alba, José NoelFavor
160 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
161 Ponce Orozco, NormaFavor
162 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
163 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente
164 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
165 Rangel Espinosa, JoséAusente
166 Rangel Segovia, AlejandroFavor
167 Rellstab Carreto, TanyaFavor
168 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
169 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
170 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
171 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
172 Rojo García de Alba, José AntonioAusente
173 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
174 Romero Valencia, SalvadorFavor
175 Rubio Lara, Blas RamónFavor
176 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
177 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
178 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
179 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
180 Sahui Rivero, MauricioFavor
181 Salgado Delgado, FernandoFavor
182 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
183 Sámano Peralta, MiguelFavor
184 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
185 Sánchez Romero, CarlosFavor
186 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
187 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
188 Sosa Altamira, William RenánAusente
189 Terán Guevara, María RebecaFavor
190 Terán Juárez, JorgeFavor
191 Torres Félix, SergioFavor
192 Treviño Cantú, JavierFavor
193 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor
194 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
195 Valanci Buzali, SimónAusente
196 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
197 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
198 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
199 Vázquez Parissi, PoncianoFavor
200 Vázquez Saut, ReginaAusente
201 Vega de la Peña, AlfioFavor
202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
205 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente
206 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
207 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor
208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaAusente
211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
212 Zamora Morales, FernandoFavor
213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 188
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 25
Total: 213
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloAusente
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Cortés, RicardoAusente
9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
12 Argüelles Loya, ConsueloFavor
13 Azuara Zúñiga, XavierFavor
14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor
15 Botello Montes, José AlfredoFavor
16 Bueno Torio, JuanFavor
17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
18 Camarillo Ortega, RubénAusente
19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
20 Carreño Muro, GenaroAusente
21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoAusente
22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor
25 Cortés Berumen, IsaíasFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor
30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente
32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
35 García González, Carlos AlbertoFavor
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 Gómez Ramírez, RaúlFavor
40 González Aguilar, Lazara NellyFavor
41 González Carrillo, AdrianaFavor
42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
43 González Morfín, JoséFavor
44 González Serna, José ÁngelFavor
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
47 Jiménez Castillo, BlancaFavor
48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
50 Labastida Sotelo, KarinaFavor
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
52 Licea González, MargaritaFavor
53 Llanas Alba, José AlejandroFavor
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaFavor
56 López López, RaudelAusente
57 López Noriega, AlejandraFavor
58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente
61 Mondragón González, María GuadalupeFavor
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othón Zayas, MáximoAusente
70 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieFavor
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoAusente
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor
82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
97 Sánchez Ruiz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorAusente
99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelFavor
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoAusente
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 98
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 16
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor
10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoAusente
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroFavor
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielAusente
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioFavor
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
45 González Barrios, RodrigoFavor
46 González Bautista, ValentínFavor
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoFavor
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 López González, RobertoFavor
54 López Rosado, RobertoFavor
55 López Suárez, RobertoFavor
56 Luna Porquillo, RoxanaFavor
57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
58 Manriquez González, Víctor ManuelAusente
59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
61 Mejía Guardado, JulisaFavor
62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor
63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
64 Merlín García, María del RosarioFavor
65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
66 Miranda Salgado, MarinoFavor
67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
69 Montalvo Hernández, RamónFavor
70 Morales López, Carlos AugustoFavor
71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
72 Moreno Rivera, IsraelFavor
73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente
74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
75 Muñoz Soria, José LuisFavor
76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
79 Orihuela García, JavierFavor
80 Porras Pérez, PedroFavor
81 Portillo Martínez, VicarioFavor
82 Posadas Hernández, DomitiloFavor
83 Quiroga Anguiano, KarenFavor
84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAusente
85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor
86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
88 Salazar Trejo, JessicaFavor
89 Saldaña Fraire, GracielaFavor
90 Salgado Parra, JorgeFavor
91 Salinas Narváez, JavierFavor
92 Salinas Pérez, JosefinaFavor
93 Sánchez Torres, GuillermoFavor
94 Sandoval Martínez, HugoFavor
95 Sansores Sastré, AntonioFavor
96 Serrano Toledo, RosendoFavor
97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
98 Tovar Aragón, CrystalFavor
99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
100 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 88
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 12
Total: 100
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoAusente
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaAusente
10 González Luna Bueno, Federico JoséAusente
11 Guerrero López, Judit MagdalenaAusente
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorAusente
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaAusente
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 20
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 8
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisAusente
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Méndez Denis, LorenaFavor
13 Monreal Ávila, RicardoFavor
14 Romero Lozano, María FernandaFavor
15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
16 Soto Martínez, JoséFavor
17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
18 Valle Magaña, José LuisFavor
19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 19
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 20
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Cándido, José ArturoFavor
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroAusente
10 Orive Bellinger, AdolfoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliAusente
15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
Favor: 13
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor
7 González Roldán, Luis AntonioFavor
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 10
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 10