Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXII Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Ricardo Anaya Cortés
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, jueves 17 de octubre de 2013
Sesión No. 23 Anexo V

SUMARIO


INICIATIVA Y PROPOSICIONES

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 17 de octubre de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo de la diputada Alfa Eliana González Magallanes y suscrita por el diputado Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

PRODUCCION DE GENERADORES DE ENERGIA EOLICA

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sener y de la Secretaría de Economía a impulsar la producción de generadores de energía eólica, a cargo del diputado Fernando Zamora Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen

TRABAJADORES MIGRATORIOS BRACEROS DE LOS AÑOS DE 1942 A 1964

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la Segob a finiquitar a los trabajadores migratorios braceros de los años de 1942 a 1964, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir el Reglamento de la Ley General de Protección Civil, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. Se turna a la Comisión de Protección Civil, para dictamen

COMBATE Y LA SANCION DE LA TRATA DE PERSONAS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conago a establecer por su presidente la prevención, la atención, el combate y la sanción de la trata de personas como acciones prioritarias en su agenda de trabajo, suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de Lucha contra la Trata de Personas. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

CONTAGIOS DE COLERA, LOS POSIBLES ALCANCES, LOS RIESGOS Y LAS MEDIDAS DE PREVENCION QUE DEBEN TOMARSE PARA EVITAR SU CONTAGIO

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaria de Salud a emprender una campaña a fin de informar a la población sobre la situación prevaleciente respecto de los contagios de cólera, los posibles alcances, los riesgos y las medidas de prevención que deben tomarse para evitar su contagio, a cargo del diputado Julio César Flemate Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

PLANTAS ACUATICAS COMO FACTOR DE COMPETITIVIDAD Y CONSERVACION DE RECURSOS HIDRICOS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua y  a otras autoridades a considerar el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen

FENOMENOS METEOROLOGICOS

Proposición con punto de acuerdo, relativo a la responsabilidad de diversas autoridades por los daños causados por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel, a cargo del diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. Se turna a la Comisión de Protección Civil, para dictamen

MANTENER EL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES EN LA APROBACION DEL DICTAMEN DE LA REFORMA FISCAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta soberanía a mantener el régimen de pequeños contribuyentes en la aprobación del dictamen de la reforma fiscal para el ejercicio fiscal 2014, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen





INICIATIVA Y PROPOSICIONES

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 17 de octubre de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 17 de octubre de 2013 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de octubre de 2013.— Diputado Ricardo Anaya Cortés (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo de la diputada Alfa Eliana González Magallanes y suscrita por el diputado Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sener y de la Secretaría de Economía a impulsar la producción de generadores de energía eólica, a cargo del diputado Fernando Zamora Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Economía, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la Segob a finiquitar a los trabajadores migratorios braceros de los años de 1942 a 1964, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir el Reglamento de la Ley General de Protección Civil, suscrito por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Protección Civil, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conago a establecer por su presidente la prevención, la atención, el combate y la sanción de la trata de personas como acciones prioritarias en su agenda de trabajo, suscrito por diputados integrantes de la Comisión Especial de Lucha Contra la Trata de Personas.

Turno: Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaria de Salud a emprender una campaña a fin de informar a la población sobre la situación prevaleciente respecto de los contagios de cólera, los posibles alcances, los riesgos y las medidas de prevención que deben tomarse para evitar su contagio, a cargo del diputado Julio César Flemate Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua y otras autoridades a considerar el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, relativo a la responsabilidad de diversas autoridades por los daños causados por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel, a cargo del diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Protección Civil, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta soberanía a mantener el régimen de pequeños contribuyentes en la aprobación del dictamen de la reforma fiscal para el ejercicio fiscal 2014, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.»



CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, Federal de Procedimientos Penales, y Federal de Procedimientos Civiles, a cargo de Alfa Eliana González Magallanes y suscrita por Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, diputados del Grupo Parlamentario del PRD

I. Planteamiento del problema que la iniciativa pretenda resolver

El objetivo de la presente iniciativa es asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones que las demás, incluso mediante ajustes a los procedimientos de orden civil y penal, para facilitar el desempeño de las funciones efectivas de las personas con discapacidad como participantes directos e indirectos, incluida la declaración como testigos, en todos los procedimientos judiciales, con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas preliminares.

II. Argumentos que la sustenten

En México, existen más de 5 millones de personas que tienen alguna discapacidad, lo que representa el 5.1 por ciento de la población total, de los cuales 49 por ciento son hombres y 51 por ciento mujeres, según datos proporcionados por el Inegi con datos al 2010.

Por persona con discapacidad debemos entender a quien por razón congénita o adquirida presenta una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal y que al interactuar con las “ barreras” que le impone el entorno social y cultural, se pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás, barreras que se manifiestan con rechazo, indiferencia, discriminación y el no reconocimiento de sus derechos y libertades fundamentales.

• Discapacidad auditiva. Es la restricción en la función de la percepción de los sonidos externos, cuando la pérdida es de superficial a moderada, se necesita el uso de auxiliares auditivos pero pueden adquirir la lengua oral a través de la retroalimentación de información que reciben por la vía auditiva. Cuando la pérdida auditiva no es funcional para la vida diaria, la adquisición de la lengua oral no se da de manera natural es por ello que utilizan la visión como principal vía de entrada de la información para aprender y para comunicarse, por lo que la lengua natural de las personas con esta condición es la lengua de señas mexicana.

• Discapacidad visual. Es la deficiencia del sistema de la visión, las estructuras y funciones asociadas con él. Es una alteración de la agudeza visual, campo visual, motilidad ocular, visión de los colores o profundidad, que determinan una deficiencia de la agudeza visual, y se clasifica de acuerdo a su grado.

Las personas con discapacidad se encuentran reconocidas por diversos ordenamientos de carácter nacional e internacional, entre los que destaca la “Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, documento integrado por la Organización de las Naciones Unidas, en el que los Estados Partes en dicha convención proclaman la libertad, la justicia y la paz en el mundo con base en el reconocimiento de la dignidad y el valor inherente e inalienable de todo ser humano.

Es importante señalar que el estado mexicano en el año de 2001 presenta ante las Naciones Unidas una propuesta para promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad. Algunos países mostraron oposición argumentando que los pactos y convenciones existentes hasta el momento en materia de derechos humanos ya cubrían a los más de 600 millones de personas con discapacidad en el mundo.

México continuó realizando amplias gestiones a nivel internacional con gobiernos y organizaciones no gubernamentales para consolidar la propuesta y así elaborar una convención que aceptaran las Naciones Unidas.

En el año 2002 con el apoyo de la ONU y la CEPAL, organizó un Seminario de Expertos Internacionales en materia de discapacidad para definir conceptos y revisar preocupaciones específicas de las personas con discapacidad en el ámbito de derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos y medidas para su aplicación. México se comprometió a elaborar un nuevo borrador para la convención.

En ese mismo año a iniciativa México, la Unión Europea, Canadá, Croacia, Japón, Luxemburgo y Surinam, la Asamblea General de la ONU adoptó una resolución sin precedente en la que aprueba una amplia participación de organizaciones no gubernamentales en el proceso de la negociación de la convención. Adicionalmente México, Estados Unidos y Canadá y con el copatrocinio de la Unión Europea, Egipto Croacia y Sudán promovieron otra resolución para adaptar las instalaciones de la ONU para que fueran accesibles para las personas con discapacidad.

En abril del año 2003 se realizó en Quito, Ecuador, el Seminario Regional de las Américas donde se intercambiaron opiniones, conocimientos y experiencias en materia de personas con discapacidad y en la que se adoptó por consenso la Declaración de Quito.

Cabe mencionar que México participó activa y constructivamente en los trabajos del Segundo Período de Sesiones del Comité Especial, que se celebró en Nueva York, presentando propuestas específicas y apoyando la construcción de consensos que permitieran alcanzar acuerdos concretos. Es importante destacar que de las diversas intervenciones pronunciadas en los debates del Comité y durante las presentaciones de los paneles temáticos, la mayoría de las delegaciones participantes de todas las regiones geográficas se pronunciaron a favor de la elaboración de una convención en materia de discapacidad con un enfoque de derechos humanos.

En enero de 2004 sesionó en Nueva York este Grupo de Trabajo del Comité Especial. Como resultado de sus trabajos, se elaboró un texto amplio, orientado a la protección de derechos específicos internacionalmente reconocidos (civiles, políticos, económicos, sociales y culturales) y no sólo basado en la no discriminación. Dicho texto reflejó de manera preliminar el acuerdo básico alcanzado, incluyendo diversas notas al pie de página para señalar a la atención del Comité Especial aquellos temas de mayor complejidad. Este texto refleja las diversas propuestas e iniciativas que México formuló en el proceso.

Entre mayo y agosto de 2004 y enero y agosto de 2005, durante el Tercer y Cuarto Periodos de Sesiones del Comité Especial encargado de elaborar este instrumento en 2004, respectivamente, se concluyó la primera lectura del preámbulo y los 24 artículos que conforman el borrador de texto. En 2005 se celebraron respectivamente, el Quinto y el Sexto Períodos de Sesiones del Comité Especial, ocasiones en las que se concluyó la segunda lectura del texto de la convención.

Dada la naturaleza interdisciplinaria de este instrumento internacional y a fin de lograr una adecuada coordinación dentro de las áreas correspondientes del Secretariado de las Naciones Unidas, a iniciativa de México han sido adoptadas diversas resoluciones tanto en la Asamblea General (diciembre de 2002, 2003, 2004 y 2005), como en la Comisión de Desarrollo Social (febrero de 2003, 2004, 2005 y 2006) y en la Comisión de Derechos Humanos (abril de 2003, 2004 y 2005).

En 2006 la Asamblea General de ONU aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

El Comité Especial de negociación se reunió por séptima ocasión con la encomienda de avanzar en la negociación de esta Convención como una cuestión prioritaria. Al finalizar dicho Periodo de Sesiones, el Embajador McKay, encargó a México llevar a cabo una serie de consultas ínter sesiónales, a fin de preparar y presentar un documento consolidado sobre el artículo 34 de la Convención, “Monitoreo Internacional”. Asimismo, encargó a Liechtenstein integrar un texto definitivo sobre la “Parte IV” de la Convención, donde se incluyen varios artículos de procedimiento para la firma y ratificación de los Estados Parte del citado instrumento, así como disposiciones finales específicas relacionados con su entrada en vigor.

En el octavo periodo de sesiones del Comité Especial se llevó a cabo del 14 al 25 de agosto de 2006 y concluyó, tras una intensa jornada de negociaciones, con la adopción del documento impulsado por México. El proceso de cinco años, durante los que por primera vez trabajaron en las mismas salas, gobiernos y representantes de la sociedad civil, dio como resultado el primer tratado sobre derechos humanos que se acuerda en este Siglo XXI.

El 5 de diciembre de 2006, el Comité Especial, en el marco de su Octava Sesión Reanudada en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, aprobó formalmente el Proyecto de Convención y su Protocolo Facultativo y los remitió para la consideración de la Asamblea General en su 61° Periodo de Sesiones.

El 13 de diciembre de 2006, la Asamblea General llevó a cabo una sesión donde se consideró el Proyecto de informe final del Comité Especial sobre la continuación de su Octavo Periodo de Sesiones, y se aprobó la Resolución intitulada “Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad”, mediante la cual los Estados Miembros adoptaron la Convención y el mencionado Protocolo.

30 de marzo. Inicia la apertura a firma. Por primera vez en la historia de los tratados internacionales 84 países firmaron el día de la apertura.

Es por la participación que México ha tenido en la elaboración de esta Convención que es de suma importancia actualizar nuestro marco jurídico retomando los principios que el estado mexicano ha venido impulsando desde administraciones federales anteriores.

Razón por la cual en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en nuestra Constitución Política y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección.

En dicha convención se reafirma la universalidad de los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la necesidad de garantizar que las personas que presenten alguna discapacidad, puedan ejercer sus derechos plenamente y sin discriminación alguna.

En ella se reconoce que la capacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad en situaciones de igualdad con los demás.

Asimismo, destaca que la discriminación contra cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración de la dignidad y el valor inherentes al ser humano, aunado al hecho de que la mayoría de las personas con discapacidad viven en condiciones de pobreza, lo cual aumenta la necesidad de mitigar los efectos negativos de tal discriminación.

Lo anterior, nos compromete a promover y proteger la dignidad de las personas con discapacidad y disminuir la marcada desventaja social en que actualmente se encuentran en relación con los demás, por lo que se debe promover su participación en un plano de igualdad en los ámbitos civil, judicial, político, económico, social y cultural.

Razón por la cual, como legisladores estamos obligados a adoptar todas las medidas que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos humanos reconocidos a las personas con discapacidad, incluidas las medidas legislativas, para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen conforme a lo dispuesto por las Leyes, Tratados y Convenciones internacionales en pro de los derechos humanos, ya sea brindando un trato digno y apropiado en los procedimientos judiciales en los que intervengan, así como prestarles la asesoría y representación jurídica en forma gratuita que requieran.

Por otra parte, la Conferencia Mundial de Derechos Lingüísticos, más allá de hablar sobre la protección a los derechos humanos de las personas con discapacidad, como ya se ha expuesto con anterioridad, nos muestra un elemento fundamental para comprender de mejor manera a la comunidad de los hablantes con lengua de señas mexicana o sistema de escritura Braille.

Este instrumento internacional establece en su artículo primero que se deberá entender por una comunidad lingüística, a toda sociedad humana que, asentada históricamente en un espacio territorial determinado, reconocido o no, se “auto identifica” como pueblo y ha desarrollado una “lengua común” como medio de “comunicación” natural y de cohesión cultural entre sus miembros.

En dicha Declaración, se consideran como derechos personales inalienables, ejercibles en cualquier situación, el derecho a ser reconocido como miembro de una comunidad lingüística; el derecho al uso de la lengua en privado y en público; el derecho al uso del propio nombre; el derecho a relacionarse y asociarse con otros miembros de la comunidad lingüística de origen; y el derecho a mantener y desarrollar la propia cultura.

Se reconoce que todas las lenguas son la expresión de una identidad colectiva y de “una manera distinta de percibir y de describir la realidad”, por tanto tienen que poder gozar de las condiciones necesarias para su desarrollo en todas las funciones y que sirva como instrumento de cohesión, identificación, comunicación y expresividad creadora.

Aunado a lo anterior, lo más relevante de lo expuesto en dicha conferencia, es entender que “...Toda comunidad lingüística tiene derecho a que su lengua sea utilizada como oficial dentro de su territorio...”, y que las actuaciones judiciales y administrativas, los documentos públicos y privados y los asientos en registros públicos realizados en la lengua propia del territorio sean válidos y eficaces, así como también tienen derecho “...a relacionarse y a ser atendido en su lengua por los servicios de los poderes públicos”.

Es decir, todo el mundo tiene derecho a ser juzgado en una lengua que le sea comprensible y pueda hablar, o a obtener gratuitamente un intérprete.

Estos principios los recoge la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, misma que señala como su objeto el establecimiento de las condiciones en las que el Estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad.

En la citada ley ya se habla de la “Comunidad de Sordos”, señalando que es todo aquel grupo social cuyos miembros tienen alguna deficiencia del sentido auditivo que les limita sostener una comunicación y socialización regular y fluida en lengua oral.

Asimismo, destaca que por “Lenguaje”, se entenderá tanto el lenguaje oral como la lengua de señas y otras formas de comunicación no verbal, definiendo a la lengua de señas mexicana, como “la lengua de una comunidad de sordos, que consiste en una serie de signos gestuales articulados con las manos y acompañados de expresiones faciales, mirada intencional y movimiento corporal, dotados de función lingüística, forma parte del patrimonio lingüístico de dicha comunidad y es tan rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral”.

Por lo que cabe resaltar que la lengua de señas mexicana, es reconocida oficialmente como una lengua nacional y forma parte del patrimonio lingüístico con que cuenta la nación mexicana.

• Lengua de señas: Lengua de una comunidad de personas sordas, que consiste en una serie de signos gestuales articulados con las manos y acompañados de expresiones faciales, mirada intencional y movimiento corporal, dotados de función lingüística. Forma parte del patrimonio lingüístico de dicha comunidad y es tan rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral.

• lengua de señas mexicana: Lengua de señas que utiliza la comunidad de personas sordas de México, la LSM es reconocida oficialmente como lengua nacional y forma parte del patrimonio lingüístico con que cuenta la nación mexicana.

De igual forma se reconocen como válidos al Sistema Braille, los modos, medios y los demás formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad; y define al Sistema de Escritura Braille, como el “sistema para la comunicación representado mediante signos en relieve, leídos en forma táctil por las personas ciegas”.

Esta ley a la que hacemos referencia, dedica todo un capítulo a los derechos de “Acceso a la Justicia” de las personas con discapacidad, texto del cual se destaca que las personas con discapacidad “tendrán derecho a recibir un trato digno y apropiado en los procedimientos administrativos y judiciales en que sean parte, así como asesoría y representación jurídica en forma gratuita en dichos procedimientos”, así como a que “las instituciones de administración e impartición de justicia contarán con peritos especializados en las diversas discapacidades, apoyo de intérpretes de lengua de señas mexicana, así como la emisión de documentos en Sistema de escritura Braille” y finalmente que “las instituciones de administración e impartición de justicia implementarán programas de capacitación y sensibilización dirigidos a su personal, sobre la atención a las personas con discapacidad”.

Lo anterior, muestra la preocupación por el estado en favor de las personas con discapacidad y actuar en forma decidida para difundir los derechos de éstas, impulsar acciones que generen condiciones de igualdad, promover acciones dirigidas a mejorar su condición social y sobre todo, promover que se impulse la toma de conciencia respecto de las capacidades, habilidades, aptitudes, méritos y aportaciones de las personas con discapacidad en todos los ámbitos.

En esas condiciones, debemos reconocer que la lengua de señas mexicana y el Sistema de Escritura Braille, son parte integrante del patrimonio cultural lingüístico nacional, y que ambas deben ser reconocidas y válidas en cualquier procedimiento judicial en que intervenga una persona con discapacidad auditiva o visual.

Y que es derecho de todo mexicano comunicarse en la lengua de la que sea hablante, ya sea en este caso la lengua de señas mexicana o el Sistema de Escritura Braille, sin restricción alguna en el ámbito público o privado, en cualquier forma, y en todas las actividades sociales, económicas, políticas, judiciales, religiosas y cualesquiera otras.

Razón por la cual las autoridades federales responsables de la procuración y administración de justicia, deben proveer lo necesario a efecto de que en cualquier juicio, las personas con alguna discapacidad, como los sordos o los ciegos, sean asistidos gratuitamente, en todo tiempo, por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua, o forma de comunicación.

Estos intérpretes y defensores deberán estar certificados para la prestación de dichos servicios conforme a las Normas Técnicas que para cada caso se requiera, para garantizar que conocen los conceptos y uso de habilidades lingüísticas, paralingüísticas, kinetica, proxénica, pragmática, ejecutiva y sociocultural, así como el dominio de las técnicas de percepción, análisis, comprensión y reproducción de mensajes emitidos en las lenguas de trabajo, quienes además deberán ser capacitados para brindar el servicio con amabilidad, cooperación, orden, tolerancia y claridad.

Por lo expuesto, la presente iniciativa debe asegurar que las personas con discapacidad auditiva o visual, tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones que las demás, como participantes directos e indirectos en los procedimientos judiciales, incluida la declaración como testigos, y la etapa de investigación u otras etapas preliminares.

III. Fundamento legal

Los suscritos, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del H. Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de la Asamblea la Iniciativa con proyecto de decreto que modifica diversas disposiciones legales para garantizar el derecho a una defensa adecuada en favor de las personas con discapacidad auditiva (sordos), silente (mudos) o discapacidad visual (ciegos).

IV. Denominación del proyecto de ley o decreto

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, modifica y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, Código Federal de Procedimientos Civiles y Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

V. Ordenamientos a modificar

El artículo 149 Ter del Código Penal Federal; los artículos 28, 31; 74; 87; 95, fracción III, 103 segundo párrafo, 124 Bis, 128, fracción IV, 141, fracción X, 154, 155 y 388, fracción II Bis, del Código Federal de Procedimientos Penales, y los artículos 107, 180, 271, y 342 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

VI. Texto normativo propuesto

Artículo Primero.Se reforma el artículo 149 Ter del Código Penal Federal para quedar como sigue:

Articulo 149 Ter. Se aplicará sanción de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa al que por razones de origen o pertenencia étnica o nacional, raza, color de piel, lengua, género, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, origen nacional o social, condición social o económica, discapacidad, condición de salud, embarazo, opiniones políticas o de cualquier otra índole atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas mediante la realización de cualquiera de las siguientes conductas.

I. a III. ...

Artículo Segundo.Se reforman los artículos 28, 31, 74, 87, 95, fracción III, 103, segundo párrafo, 124 Bis, 128, fracción IV, 141, fracción X, 154, 155 y 388, fracción II Bis, del Código Federal de Procedimientos Penales para quedar como sigue:

Artículo 28. Cuando el inculpado, el ofendido o el denunciante, los testigos o los peritos no hablen o no entiendan suficientemente el idioma castellano, o sean personas con alguna discapacidad, se les nombrará a petición de parte y de oficio, uno o más intérpretes o traductores, quienes deberán traducir fielmente las preguntas y contestaciones que hayan de transmitir. Cuando lo solicite cualquiera de las partes, podrá escribirse la declaración en el idioma del declarante, sin que esto obste para que el traductor haga la traducción.

Cuando no pudiere ser habido un traductor mayor de edad podrá nombrarse a un menor que haya cumplido quince años.

Artículo 31. Si el inculpado, el ofendido o algún testigo fuere persona con discapacidad visual auditiva y/o silente, se le proporcionará un intérprete que tenga conocimiento de su Lengua o medio de comunicación, siempre que sea mayor de catorce años; y en este caso se observará lo dispuesto en los artículos anteriores.

Artículo 74. Las citaciones podrán hacerse verbalmente, o por cédula, o por telégrafo, o mediante sistema de escritura braille, si el inculpado, el ofendido o algún testigo fuere persona con discapacidad visual anotándose en cualquiera de esos casos la constancia respectiva en el expediente.

La cédula se asentará en papel oficial y deberá ser sellada por el tribunal o el Ministerio Público que haga la citación.

Artículo 87. Las audiencias se llevarán a cabo, concurran o no las partes, salvo el Ministerio Público, que no podrá dejar de asistir a ellas. En la diligencia de declaración preparatoria comparecerá el inculpado asistido de su defensor, y en su caso, el intérprete o la persona de su confianza que el inculpado puede designar, sin que esto último implique exigencia procesal.

En la audiencia final del juicio también será obligatoria la presencia del intérprete, del defensor y quien podrá hacer la defensa oral del acusado, sin perjuicio del alegato escrito que quiera presentar.

En el supuesto a que se refiere el artículo 124 bis de este Código, no podrán llevarse a cabo las audiencias en que deba participar el inculpado sin el intérprete o traductor a que dicho precepto se refiere.

Artículo 95. Las sentencias contendrán:

I. a II. ...

III. Los nombres y apellidos del acusado, su sobrenombre si lo tuviere, el lugar de su nacimiento, nacionalidad, edad, estado civil, en su caso el grupo étnico indígena al que pertenece, idioma o medio de comunicación, residencia o domicilio, y ocupación, oficio o profesión.

IV. a VI. ...

Artículo 103. Las notificaciones se harán a más tardar el día siguiente al en que se dicten las resoluciones que las motiven.

Cuando la resolución entrañe una citación o un término para la práctica de una diligencia, se notificará personalmente con cuarenta y ocho horas de anticipación, cuando menos, al día y hora en que se haya de celebrar la actuación o audiencia a que se refiera, debiéndose tomar en cuenta lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 72 de este Código, y asistiéndose de intérprete o traductor si la persona por notificarse presenta alguna discapacidad o no habla o no entiende suficientemente el idioma castellano.

Artículo 124 Bis. En la averiguación previa en contra de personas con discapacidad o que no hablen o no entiendan suficientemente el castellano, se les nombrará un intérprete o traductor desde el primer día de su detención, quien deberá asistirlas en todos los actos procedimentales sucesivos y en la correcta comunicación que haya de tener con su defensor.

El juez, en su caso, de oficio, o a petición de parte, verificará que perdure ese canal de comunicación; y si lo estimare prudente, podrá nombrar el defensor, intérprete o el traductor que mejoren dicha comunicación.

Tratándose de personas con discapacidad o pertenecientes a los pueblos o comunidades indígenas, tanto el defensor como el intérprete correspondiente deberán tener pleno conocimiento de su lengua, medio de comunicación y cultura.

Artículo 128. Cuando el inculpado fuese detenido o se presentare voluntariamente ante el Ministerio Público Federal, se procederá de inmediato en la siguiente forma:

I. a III. ...

a) a f) ...

IV. Cuando el detenido sea una persona con discapacidad o perteneciere a un pueblo o comunidad indígena o fuere extranjero, que no hable o no entienda suficientemente el español, se le designará un intérprete o traductor que le hará saber los derechos a que se refiere la fracción anterior. Tratándose de personas con discapacidad o indígenas, el intérprete o traductor y el defensor que deberán asistirle, deberán tener además conocimiento de su lengua, medio de comunicación y cultura. Si se tratare de un extranjero, la detención se comunicará de inmediato a la representación diplomática o consular que corresponda, y

V...

Artículo 141. La víctima o el ofendido por algún delito tendrán los derechos siguientes:

A. ...

I. a IX. ...

X. Ser auxiliados por intérprete o traductor cuando pertenezcan a un grupo étnico o pueblos indígenas, no conozcan o no comprendan bien el idioma castellano, o tratándose de personas con discapacidad que les impida ver, oír o hablar;

XI. a XIX. ...

B...

I. a XI. ...

C. ...

Artículo 154. La declaración preparatoria comenzará por las generales del inculpado, en las que se incluirán también los apodos que tuviere, la discapacidad que presente, el grupo étnico indígena al que pertenezca, en su caso, y si habla y entiende suficientemente el idioma castellano y sus demás circunstancias personales. Acto seguido se le hará saber el derecho que tiene para defenderse por sí o por persona de su confianza, advirtiéndole que si no lo hiciere, el juez le nombrará un defensor de oficio.

Si el inculpado pertenece a un pueblo o comunidad indígenas, se le hará saber el derecho que tiene de ser asistido por un intérprete y por un defensor que tengan conocimiento de su lengua y cultura, en términos del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Si el inculpado no hubiere solicitado su libertad provisional bajo caución, se le hará nuevamente conocedor de ese derecho en los términos del artículo 20 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 399 de este Código.

A continuación se le hará saber en qué consiste la denuncia o querella así como los nombres de sus acusadores y de los testigos que declaren en su contra, se le preguntará si es su voluntad declarar y en caso de que así lo desee se le examinará sobre los hechos consignados. Si el inculpado decidiere no declarar, el juez respetará su voluntad dejando constancia de ello en el expediente.

Igualmente se le harán saber todas las siguientes garantías que le otorga el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; que se le recibirán todos los testigos y las pruebas que ofrezca, en los términos legales, ayudándole para obtener la comparecencia de las personas que solicite, siempre y cuando estén domiciliadas en el lugar del juicio; así como que será sentenciado antes de cuatro meses, si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, o antes de un año si la pena máxima excediere de ese tiempo; y que le serán facilitados todos los datos que solicite para su defensa y que consten en el proceso.

Acto seguido el juez le interrogará sobre su participación en los hechos imputados, y practicará careos entre el inculpado y los testigos que hayan declarado en su contra y estuvieren en el lugar del juicio, para que aquél y su defensor puedan hacerles todas las preguntas conducentes a su defensa, mismo derecho que también corresponde al Ministerio Público.

Artículo 155. La declaración preparatoria se rendirá en forma oral, escrita y en el caso de persona con discapacidad con auxilio de intérprete o persona que conozca su medio de comunicación, por el inculpado, quien podrá ser asesorado por su defensor. El inculpado podrá dictar sus declaraciones, pero si no lo hiciere, el juzgador que practique la diligencia las redactará con la mayor exactitud posible. Si fueran varios los inculpados por los mismos hechos, se les tomará declaración por separado, en una sola audiencia. Cuando haya diversos inculpados que deban rendir declaración, el juez adoptará las medidas precautorias previstas en el artículo 257.

Artículo 388. Habrá lugar a la reposición del proceso por alguna de las causas siguientes:

I. a II. ...

II Bis. Por haberse omitido la designación del intérprete o traductor al inculpado con discapacidad o que no hable o entienda suficientemente el idioma castellano, en los términos que señale la ley.

III. a XV. ...

Artículo Tercero.Se reforman los artículos 107; 180; 271; y 342; del Código Federal de Procedimientos Civiles para quedar como sigue:

Articulo 107. En ningún caso se permitirá que la parte que ha de absolver un interrogatorio de posiciones esté asistida por su abogado, procurador, ni otra persona; ni se le dará traslado, ni copia de las posiciones, ni término para que se aconseje; pero, si el absolvente presenta alguna discapacidad o no hablare el español, podrá ser asistido por un intérprete, si fuere necesario, y, en este caso, el tribunal lo nombrará. Si la parte lo pide, se asentará también su declaración en su propio idioma o con intervención del intérprete.

Cuando el que haya de absolver posiciones fuere un indígena y no hable el español, o hablándolo no lo sepa leer, deberá asistirle un intérprete con conocimiento de su lengua y cultura, asentándose su declaración en español y en su propio idioma.

Cuando el absolvente tuviese alguna discapacidad visual, auditiva o de locución, el juez de la causa deberá a petición de la parte que lo requiera, ordenar la asistencia necesaria en materia de estenografía proyectada, Lengua de Señas o Escritura Braille, en los términos de la fracción VI del artículo 2 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, de un traductor o intérprete.

Artículo 180. Si el testigo no habla el castellano, rendirá su declaración por medio de intérprete, que será nombrado por el tribunal. Cuando el testigo lo pidiere, además de asentarse su declaración en español, podrá escribirse en su propio idioma, por él o por el intérprete. Este último deberá, antes de desempeñar su encargo, protestar hacerlo lealmente, haciéndose constar esta circunstancia.

Si el testigo fuere indígena y no hable el español, o hablándolo no lo supiera leer, deberá asistirle un intérprete con conocimiento de su lengua y cultura, a fin de que rinda su testimonio, sea en su propia lengua o en español; pero en cualquier caso, el mismo deberá asentarse en ambos idiomas.

Cuando el testigo tuviese alguna discapacidad visual, auditiva o de locución, el juez de la causa deberá ordenar a petición del oferente de la prueba o de la persona que dará testimonio, la asistencia necesaria en materia de estenografía proyectada, Lengua de Señas o Escritura Braille, en los términos de la fracción VI del artículo 2 de la Ley General de las Personas con Discapacidad o de un traductor o intérprete.

Artículo 271. Las actuaciones judiciales y promociones deben escribirse en lengua española. Lo que se presente escrito en idioma extranjero o Escritura Braille se acompañará de la correspondiente traducción al castellano.

Las actuaciones dictadas en los juicios en los que una o ambas partes sean indígenas, que no supieran leer el español, el tribunal deberá traducirlas a su lengua, dialecto o idioma con cargo a su presupuesto, por conducto de la persona autorizada para ello.

Las promociones que las personas con discapacidad, los pueblos o comunidades indígenas o los indígenas en lo individual, asentados en el territorio nacional, hicieren en su lengua, dialecto o idioma, no necesitarán acompañarse de la traducción al español. El tribunal la hará de oficio con cargo a su presupuesto, por conducto de la persona autorizada para ello.

Las fechas y cantidades se escribirán con letra.

En las actuaciones dictadas en los juicios en los que una o ambas partes tengan alguna discapacidad visual, auditiva o de locución, el tribunal deberá a petición de la parte que lo requiera, otorgar la asistencia necesaria en materia de estenografía proyectada o de ayuda técnica respectiva.

Articulo 342. Concluida la recepción de las pruebas ofrecidas por las partes y de las decretadas por el tribunal, en su caso, el último día del término de prueba se verificará la audiencia final del juicio, con arreglo a los artículos siguientes, concurran o no las partes.

Si alguna de las partes , fuera indígena y no hablara el español, o hablándolo no lo supiera leer, deberá asistirle un intérprete con conocimiento de su lengua y cultura, a fin de que se conozcan fehacientemente todas las actuaciones judiciales que tengan lugar en dicha audiencia, sea en su propia lengua o en español; en cualquier caso, la misma deberá asentarse en ambos idiomas, si la naturaleza de la lengua lo permite.

En caso de que una de las partes o ambas tengan alguna discapacidad visual, auditiva o de locución, será obligación del juez ordenar a petición de quien lo requiera, la asistencia necesaria en materia de estenografía proyectada , Lengua de Señas o Escritura Braille, en los términos de la fracción VI del artículo 2 de la Ley General de las Personas con Discapacidad o de traductor, a fin de que se conozcan fehacientemente todas y cada una de las actuaciones judiciales que tengan lugar en dicha audiencia.

Si para el desahogo de la audiencia no es posible contar con la asistencia requerida para los indígenas y para las personas con discapacidad visual, auditiva o silente ésta deberá suspenderse y ordenarse lo conducente para que tenga lugar en fecha posterior, a efecto de que se cumpla con tal disposición.

VII. Artículos transitorios

Artículo Primero. El presente ordenamiento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El presente ordenamiento se traducirá a las lenguas indígenas.

Artículo Tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Notas

1 http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx?tema=P

2 Artículo 2, Fracción XXI, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

3 Glosario de Términos Sobre Discapacidad, Comisión de Política Gubernamental en Materia de Derechos Humanos, México. http://www.conadis.salud.gob.mx/descargas/pdf/glosario_terminos_sobre_discapaci dad.pdf

4 Ídem

5 Iniciativa de la Federación Internacional PEN, celebrada en Barcelona (España), del 6 al 9 de junio de 1996, una Conferencia Internacional de Derechos Lingüísticos en la que participaron más de cien asociaciones, ONG e instituciones competentes en dicho ámbito que, al concluir sus trabajos, aprobaron una “Declaración Universal de Derechos Lingüísticos”. Los signatarios de dicha Declaración han comunicado el texto al Director General de la UNESCO. Para más información consultar la siguiente página electrónica:

http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

6 El artículo 2, fracción V, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad establece lo siguiente: V. Comunicación. Se entenderá el lenguaje escrito, oral y la lengua de señas mexicana, la visualización de textos, sistema Braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia escritos o auditivos de fácil acceso, el lenguaje sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios, sistemas y formatos aumentativos o alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácil acceso.

7 Op. Cit. 4

8 Op. Cit. 4

9 El Diccionario de la Real Academia Española señala que “interpretar” consiste en explicar o declarar el sentido de algo, “traducir” de una lengua a otra, sobre todo cuando se hace oralmente, o cuando de explican acciones, dichos o sucesos que pueden ser entendidos de diferentes modos, y “traducir”, consiste en expresar en una lengua lo que está escrito o se ha expresado en otra.

10 Norma Técnica de Competencia Laboral NUIPD001.01, Prestación de servicios de interpretación de la lengua de señas mexicana al español y viceversa. Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, Secretaría de Educación Pública, México, 2009.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de octubre de 2013.»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



PRODUCCION DE GENERADORES DE ENERGIA EOLICA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los secretarios de Energía, y de Economía a impulsar la producción de generadores de energía eólica, a cargo del diputado Fernando Zamora Morales, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Fernando Zamora Morales, diputado federal de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, Apartado 1, fracción I; 79, Apartado 1, fracción II, Apartado 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar ante esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las energías renovables, constituyen un factor indispensable para lograr el equilibrio de nuestro medio ambiente y propiciar el desarrollo sustentable.  El caso de la energía eólica es un claro ejemplo de lo anterior, ya que de ser considerada como una fuente de combustible emergente hace veinte años, hoy se visualiza como un negocio con altas posibilidades de crecimiento, los costos de su generación se han reducido durante los últimos años y actualmente su utilización resulta mucho más competitiva en comparación con fuentes convencionales de energía.

A nivel mundial, China es el país líder en capacidad instalada, le siguen Estados Unidos, Alemania, España e India, entre los cinco representan 74 por ciento del total de la energía del viento producida en el mundo. En Latinoamérica Brasil y México están a la cabeza.

No obstante lo anterior, en México existen importantes factores que están aún pendientes de resolver para potencializar el uso de este tipo de energía, los cuales consisten principalmente en la capacidad de transmisión, aspecto que aún no se encuentra desarrollado en nuestro país, muy frecuentemente el lugar ideal para la instalación de los aerogeneradores, se encuentra lejano al asentamiento de las empresas que utilizarán la energía, además de la falta de claridad en los esquemas tarifarios e incentivos fiscales por el uso de energías renovables.

Este panorama trajo como consecuencia la imposibilidad para cumplir las metas de generación y capacidad instalada de energía eólica que el Ejecutivo estableció en 2008 que consistían en porcentajes de 1.74 por ciento y 2.91 por ciento en la generación de energía eólica, obteniéndose únicamente el 1.29 por ciento del total de la energía renovable generada.  A pesar de no haberse logrado la meta, sí se tuvieron avances, la generación refleja un aumento de 390 por ciento anual entre 2011 y 2012, debido a la entrada en operación de proyectos en Oaxaca.

Otro aspecto que debe considerarse para impulsar el crecimiento de este sector, es el relativo a la producción de los aerogeneradores, en este rubro, nuestro país cuenta con plena capacidad en materia de  recursos técnicos, humanos y de infraestructura necesarios, para la construcción de estos insumos.

En México sólo se construyen las torres y las turbinas, los demás componentes como las palas del rotor, las aspas, los ejes, los engranes el motor y el sistema de control, se elaboran en otras partes del mundo, sin embargo; existen empresas mexicanas que cuentan con las capacidades técnicas para fabricar todos los componentes, incluso para impulsar proyectos de exportación.

Es momento de impulsar el crecimiento económico de nuestro país y de generar condiciones para transitar hacia formas de generación de energía limpias y compatibles con la preservación de nuestro medio ambiente, propiciemos la confianza y la certidumbre hacia proyectos de inversión novedosos que influyan en el bienestar de la población.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: Se exhorta respetuosamente a los Titulares de la Secretaría de Energía y Economía, a impulsar la producción de generadores de energía eólica, mediante el diseño de programas y estrategias de apoyo a las empresas mexicanas fabricantes de aerogeneradores de energía eólica, que permitan el crecimiento del sector y la exportación de sus productos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de octubre de 2013.— Diputado Fernando Zamora Morales (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.



TRABAJADORES MIGRATORIOS BRACEROS DE LOS AÑOS DE 1942 A 1964

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la Segob a finiquitar a los trabajadores migratorios braceros del periodo 1942-1964, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática con fundamento en el artículo 79, numeral I, fracción II, y numeral 2, fracciones III y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Antecedentes

En el año 2005 se creó el Fideicomiso para los Trabajadores Migrantes Braceros de los años 1942 a 1964, se originó a partir de 1942, cuando los gobiernos de México y los Estados Unidos firmaron un convenio binacional en el que establecieron un programa de trabajadores migratorios, también conocido como programa Bracero. El programa contribuía a la economía estadounidense, dotándola de mano de obra mexicana, cubriendo así la creciente demanda de trabajo consecuencia de la Segunda Guerra Mundial, primordialmente dentro del sector agrícola y ferroviario.

Como resultado de este programa miles de mexicanos se trasladaron a los Estados Unidos en calidad de trabajadores temporales, quienes contaban con permiso legal para residir y trabajar en dicho país, además de gozar de las garantías jurídicas relacionadas a estos derechos. El Convenio Laboral Mexicano-Estadounidense, firmado el 4 de agosto de 1942, estipulaba que el gobierno estadounidense custodiaría temporalmente 10 por ciento del salario perteneciente a los trabajadores braceros. Esto con la finalidad de crear un fondo de ahorro el cual sería devuelto al regresar a tierras mexicanas.

El gobierno estadounidense, por medio del banco Wells Fargo, War Man Power  Comission y Union Trust Company de San Francisco, transferiría el fondo de ahorro de cada trabajador migratorio al Banco Nacional de Crédito Agrícola de México (Banrural) y al Banco del Ahorro Nacional SA. Estas instituciones regresarían los fondos de ahorro a los trabajadores migratorios una vez que volvieran a México. Esto último nunca sucedió.

La información que existe sobre el paradero de los fondos es muy escasa. Durante el sexenio del presidente de la República, Manuel Ávila Camacho, se contó con documentos que acreditan la existencia de un pasivo de 12 millones de pesos, los cuales se presume eran parte del fondo de ahorro.

Considerandos

El presupuesto del fondo del fideicomiso observó el siguiente comportamiento:

2005 a 2008 con 390 millones de pesos;

2009 con un incremento de 123.9 por ciento, pero en el 2010 fue un decremento de 58.8 por ciento, situándose en su nivel más bajo desde la creación del fondo.

2011 y 2012 registraron un aumento en su presupuesto de 277.3 y 194.7 por ciento respectivamente.

De 2007 a 2011 el presupuesto del citado fideicomiso se ejerció al 100 por ciento.

Pero en 2012, el último año de asignación presupuestaria, se observó una ejecución de 96 por ciento.

Estamos en 2013 y todavía no sabemos los legisladores por qué se ejerció 96 por cierto del recurso de 2012.

De acuerdo con los informes de la Secretaría de Gobernación, de 2005 a 2012 se ha beneficiado a un total de 209 mil 82 personas, por qué faltaría de entregarse el apoyo a 14 mil 410 beneficiarios.

El comité técnico del fideicomiso otorgó una prórroga de 120 días naturales, a partir del 8 de enero y hasta el 7 de mayo de 2013, para que los extrabajadores migrantes braceros (1942-1964) incluidos en las listas de beneficiarios publicadas que aún no recogen su apoyo, puedan hacerlo.

No sabemos qué pasó con la prórroga de 120 días que otorgó el comité técnico del fideicomiso para que las personas recojan su apoyo; ya feneció el plazo el 7 de mayo de 2013 y no sabemos qué paso.

Hasta la fecha  no existe información disponible para saber la cantidad de apoyos que se han entregado en los últimos 8 meses.

Actualmente existen 41 mil 36 expedientes no viables de los cuales el comité técnico analizó 4 mil 986 y sólo 949 se aprobaron como viables, por lo que existen 40 mil 87 personas que de acuerdo a sus criterios, no cumplieron con los requisitos.

Debemos entender que 40 mil 87 trabajadores exbraceros no han recibido su pago, algunos están muertos, y sus beneficiarios siguen esperando ese recurso.

Recordemos que la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942-1964, promulgada el 28 de abril de 2004, sufrió varias reformas en los requisitos para acreditarse beneficiario. Por lo que pudieron existir errores en la revisión de los expedientes.

Ya que la publicación de las listas de beneficiarios en los diferentes años en el Diario Oficial de la Federación, contenía errores desde ortográficos hasta invertir los apellidos de los beneficiarios, lo que motivó, en su momento, negar el recurso al interesado, hasta que esta Cámara de Diputados durante su LX Legislatura, tuvo que exhortar a las autoridades a que rectificaran y otorgaran el recurso.

Se publicaron diversas fes de erratas, posteriormente.

También se llegaron a presentar inconsistencias en la entrega del apoyo para los beneficiados ya que les prorrogaban el apoyo en dos o tres exhibiciones, lo que motivó una reforma a la citada ley para impedir ese abuso de autoridad.

A la fecha un sinnúmero de extrabajadores no han podido cobrar la totalidad del apoyo.

Por lo anteriormente señalado, acudo a su buena voluntad política para que sumemos esfuerzos a fin de finiquitar esta deuda legal y legítima con los trabajadores exbraceros.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable soberanía, con el carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través del secretario de Hacienda y Crédito Público, y el secretario de Gobernación, se finiquite la deuda legal y legítima que el Estado mexicano mantienes con los trabajadores migratorios braceros de los años de 1942-1964.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al secretario de Hacienda y Crédito Público, y al secretario de Gobernación para que haga del conocimiento público el ejercicio del gasto público federal correspondiente al año fiscal 2012 del Fideicomiso del Fondo de Apoyo Social a Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos de los años 1942-1962; y precise la cantidad de los apoyos que se han entregado en la actualidad.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al secretario de Hacienda y Crédito Público, y al secretario de Gobernación, a revisar nuevamente los 40 mil 87 expedientes en presencia de los interesados y una delegación plural de diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de octubre de 2013.— Diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir el Reglamento de la Ley General de Protección Civil, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El proponente Ricardo Mejía Berdeja y el suscrito Ricardo Monreal Ávila, integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, 79, numeral 2, fracción II y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Organización Internacional de Protección Civil define la protección civil como: “un sistema por el que cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de desastre o accidente relacionado con esto, así como salvaguarda de los bienes del conglomerado y del medio ambiente”.

En México,  la Ley de Protección Civil la define de la siguiente forma: “Es la acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de los riesgos de origen natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional ,con el fin de crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera corresponsable, y privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la Continuidad de Operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente”.

A su vez define y contempla los diferentes tipos fenómenos:

Fenómeno antropogénico:Agente perturbador producido por la actividad humana.

Fenómeno natural perturbador: Agente perturbador producido por la naturaleza.

Fenómeno geológico: Agente perturbador que tiene como causa directa las acciones y movimientos de la corteza terrestre. A esta categoría pertenecen los sismos, las erupciones volcánicas, los tsunamis, la inestabilidad de laderas, los flujos, los caídos o derrumbes, los hundimientos, la subsidencia y los agrietamientos.

Fenómeno hidrometeorológico: Agente perturbador que se genera por la acción de los agentes atmosféricos, tales como: ciclones tropicales, lluvias extremas, inundaciones pluviales, fluviales, costeras y lacustres; tormentas de nieve, granizo, polvo y electricidad; heladas; sequías; ondas cálidas y gélidas; y tornados.

Fenómeno químico-tecnológico: Agente perturbador que se genera por la acción violenta de diferentes sustancias derivadas de su interacción molecular o nuclear. Comprende fenómenos destructivos tales como: incendios de todo tipo, explosiones, fugas tóxicas, radiaciones y derrames.

Fenómeno sanitario-ecológico: Agente perturbador que se genera por la acción patógena de agentes biológicos que afectan a la población, a los animales y a las cosechas, causando su muerte o la alteración de su salud. Las epidemias o plagas constituyen un desastre sanitario en el sentido estricto del término. En esta clasificación también se ubica la contaminación del aire, agua, suelo y alimentos;

Fenómeno socio-organizativo.Agente que se genera con motivo de errores humanos o por acciones premeditadas, que se dan en el marco de grandes concentraciones o movimientos masivos de población, tales como: demostraciones de inconformidad social, concentración masiva de población, terrorismo, sabotaje, vandalismo, accidentes aéreos, marítimos o terrestres, e interrupción o afectación de los servicios básicos o de infraestructura estratégica.

En días recientes nuestro país se ha visto afectado por fenómenos meteorológicos que son consecuencia del cambio climático y que han evidenciado la importancia de contar con una estrategia y programa de protección civil a nivel nacional.

El cambio climático es una consecuencia del calentamiento global: a grandes rasgos significa que, debido al exceso en los gases de efecto invernadero, se crea una capa e la atmosfera que permite que entren los rayos solares pero que bloquea su salida y que por lo tanto causa que la temperatura se eleve, lo que trae como resultado que haya más rayos de sol en la tierra, más se calienta el agua, más agua se evapora, más agua se condensa y más agua cae en la lluvia, los ríos se desbordan, los huracanes se generan, los animales mueren, los humanos pierden posesiones y hasta la vida.

Éste es uno de los aspectos ambientales que mayor eco social ha alcanzado en los últimos años, debido a sus implicaciones, consecuencias y desafíos para la humanidad.

Los efectos del cambio climático son potencialmente más significativos para la población en los países en vías de desarrollo que para los habitantes de las naciones desarrolladas debido a su mayor sensibilidad a la exposición a variables climáticas y a su menor resistencia.

Ejemplo de ello fue el impacto y devastación que a su paso dejaron los fenómenos meteorológicos: Ingrid y Manuel, en gran parte del territorio nacional, afectaron principalmente al estado de Guerrero, en específico al puerto de Acapulco; provocando severos daños y hasta la desaparición de poblados completos.

Debido a estos trágicos acontecimientos que han causando la muerte de cientos de personas, afectando a miles de familias, se ha evidenciando, la falta de la reglamentación secundaria de la Ley General de Protección Civil que crea lagunas que a su vez limitan el acceso a los instrumentos y recursos que tienen por objeto mitigar el impacto de cualquier tipo de fenómeno.

Contar con una eficiente y eficaz gestión integral de riesgos permitirá facilitar la realización de acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos que prevengan y mitiguen los daños provocados por los fenómenos antropogénicos y naturales.

El grado de vulnerabilidad sobre los fenómenos que puedan desencadenar un siniestro, varia de país a país dependiendo de su contexto social, político, económico y ubicación geográfica, contar con una legislación integral y transversal en materia de protección civil que contenga los principios básicos así como los lineamientos que permitan  minimizar la vulnerabilidad ante el peligro reducirá el riesgo y el impacto de dichos fenómenos en la vida cotidiana permitiendo con ello reponernos a los estragos de un desastre en el menor tiempo posible.

Corresponde al Estado la organización y prestación de la política pública de protección civil, la cual deberá realizarla en términos de la Ley General de Protección Civil y de su reglamento, por conducto de la federación, los estados, el Distrito Federal, los municipios y las delegaciones, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Para que los particulares o dependencias públicas puedan ejercer la actividad de asesoría, capacitación, evaluación y elaboración de programas internos de protección civil, de continuidad de operaciones y estudios de vulnerabilidad y riesgos en materia de protección civil, deberán contar con el registro expedido por la autoridad competente de protección civil, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Reglamento de esta Ley.

Lo anterior para solicitar el cumplimiento de lo señalado en el artículo segundo transitorio de la Ley General de Protección Civil, donde establece que el Ejecutivo federal cuenta con un plazo no mayor a 180 días a partir de la publicación de dicha ley en el Diario Oficial de la Federación, para emitir el reglamento de ésta. No obstante, casi 500 días después de la promulgación de la ley, el Ejecutivo federal no ha dado cumplimiento a lo establecido en dicho ordenamiento, para dar plena vigencia a lo contemplado en la ley.

Por lo anteriormente expuesto, presentamos a esta Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La honorable Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que emita el Reglamento de la Ley General de Protección Civil.

Nota:

1 Atlas de Vulnerabilidad Hídrica en México ante el cambio climático. p 11.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de octubre de 2013.— (Rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Protección Civil, para dictamen.



COMBATE Y LA SANCION DE LA TRATA DE PERSONAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conago a establecer por su presidente la prevención, la atención, el combate y la sanción de la trata de personas como acciones prioritarias en su agenda de trabajo, suscrita por integrantes de la Comisión Especial de lucha contra la trata de personas

Los que suscriben, Leticia López Landero, Lizbeth Loy Gamboa Song, Loretta Ortiz Ahlf, Crystal Tovar Aragón, María Sanjuana Cerda Franco, Verónica Beatriz Juárez Piña, Luis Alfredo Murguía Lardizábal, Martha Lucía Mícher Camarena, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Glarifo Salinas Mendiola, María Fernanda Schroeder Verdugo y María Guadalupe Sánchez Santiago, integrantes de la Comisión Especial de lucha contra la trata de personas en la LXII Legislatura, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 6, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento para la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta respetuosamente a la Conferencia Nacional de Gobernadores, a través de su presidente, licenciado Rafael Moreno Valle Rosas, a establecer la prevención, la atención, el combate y la sanción de la trata de personas como acciones prioritarias en su agenda de trabajo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con la catedrática española Ana Isabel Pérez Cepeda, “en el siglo XXI la esclavitud no es una monstruosidad del pasado de la cual nos hayamos definitivamente liberado, se trata de un negocio que en el mundo está más en auge que nunca” (La trata de mujeres y menores, las consecuencias en los estados. M. Laure Rodríguez Quiroga.- Madrid, España, 2011. Puede verse en http://mlaurerodriguezquiroga.wordpress.com/2011/10/21/la-tata-de-mujeres-y-men ores-sus-consecuencias-en-los-estados/).

Este negocio es la trata de personas, importante actividad criminal, y grave violación a los derechos humanos, que tiene lugar en casi todo el territorio nacional e implica la explotación de víctimas, generalmente en trabajos forzados, en la actividad comercial sexual o en el tráfico de órganos, por una organización criminal o “tratante”. La trata puede implicar el traslado de las víctimas por los tratantes de un país a otro, o de un estado a otro dentro de un mismo país.

Estamos ante una actividad delictiva altamente lucrativa, en la que frecuentemente están involucro das redes organizadas a menudo asociadas con otras actividades delictivas como el tráfico de migrantes, el narcotráfico, y tráfico de armas.

La mayoría de las personas expertas coinciden en que la trata de personas es un problema en expansión en el hemisferio occidental, aunque dada la naturaleza clandestina de esta actividad criminal resulta difícil obtener información precisa al respecto.

De acuerdo con el Diagnóstico de las Condiciones de Vulnerabilidad que Propician la Trata de Personas en México, elaborado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Centro de Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social, AC, en 2009, nuestro país tiene una posición geográfica particular, que lo convierte en escenario de una intensa dinámica migratorio y, por ende, es un país de origen, tránsito y destino de víctimas de trata, fundamentalmente de niñas, niños y mujeres, que son trasladados a otros territorios para ser sujetos con fines de explotación sexual y laboral, razón por la que la incidencia del delito de trata dentro del territorio nacional es particularmente alta, tanto con fines de explotación sexual como laboral.

Según el citado diagnóstico, México es el segundo país que más víctimas de trata provee a Estados Unidos, superado únicamente por Tailandia.

La Organización de Estados Americanos define la trata de personas como un crimen de una alta complejidad que, generalmente, transcurre en tres fases esenciales:

1. El enganche, que es cuando el tratante recluta a la víctima mediante anuncios en medios impresos, contactos por internet, referencias de familiares o conocidos, supuestas oportunidades de empleo, agencias de reclutamiento, agencias de viajes, manipulación sentimental a través del noviazgo o matrimonio, privación de la libertad, entre otros.

2. El traslado que se da cuando la víctima es llevada al lugar donde será “capacitada” o de destino, donde se le explotará. Esto puede ser a otro punto dentro del mismo país o a otro país.

3. Por último, se encuentra la fase de explotación, la cual se expresa a través de diversas formas o mecanismos entre los que se encuentra: laboral, sexual, tráfico de órganos, prácticas esclavistas, matrimonios forzados, etc.

La trata de personas generalmente se comete al amparo de invisibilidad y de la impunidad, por lo regular sus víctimas provienen de contextos en los que difícilmente pueden conocer plenamente sus derechos y exigir su cumplimiento; además de la falta de mecanismos de Estado para hacer exigibles y justiciables tales derechos.

Frecuentemente, las víctimas de la trata de personas son niñas, niños y adolescentes quienes terminan involucrados en redes de prostitución organizada y otras formas de explotación sexual como la pornografía infantil.

La comisión de estas conductas delictivas vulneran los derechos básicos de las víctimas, como son: la dignidad; la integridad física y psíquica; la libertad personal y sexual, la libertad de movimiento; y, el derecho a la intimidad personal y familiar. Las víctimas sufren abuso físico o sexual, a menudo extremo, son golpeadas, violadas, torturadas, y hasta asesinadas. En el caso de menores, soportan este sufrimiento a una edad crítica para su pleno desarrollo psicosocial y físico.

Lo anterior genera que las consecuencias en las víctimas sean devastadoras, entre éstas podemos encontrar el contagio de enfermedades de transmisión sexual como el VIH/sida; daños de la salud que se manifiestan en náuseas y problemas respiratorios, mareos, dolor estomacal y abdominal, dolor de espalda, enfermedades de piel; embarazos adolescentes y no deseados; miedo; depresión; sentimientos de desesperación, de culpa y de vergüenza; pensamientos suicidas; recuerdos, pesadillas, ataques de ansiedad, irritabilidad y otros síntomas de estrés; pérdida de la confianza en sí misma y en los demás; baja autoestima; conductas antisociales; adicciones; desarrollo de relaciones de dependencia con abusadores; trastornos de la alimentación; aislamiento; carencia de sus documentos de identificación o permisos de trabajo (en posesión del tratante).

Este flagelo no sólo tiene consecuencias en quien es víctima directa del mismo, también las tiene en la sociedad en la que se da una clara descomposición del tejido social; se cubre un costo por recuperación de las víctimas; se corren riesgos de afectación a la salud pública (ITS, VIH/sida, hepatitis B y C), se prolifera y diversifica el crimen organizado y las pugnas territoriales generadoras de conflicto y violencia, dando origen a la inseguridad, aumenta la corrupción y se desacredita el gobierno, entre otros.

La complejidad con que se desarrolla éste ilícito penal, la diversidad geográfica en la que se manifiesta, pero sobre todo las gravísimas consecuencias que genera la comisión de este delito en las víctimas, en sus familias, hacen indispensable la participación y coordinación decidida de todos los Poderes de la Unión y de los tres niveles de gobierno. Resulta necesario contar con una política nacional de prevención, combate y sanción de la trata de personas en la que todo el Estado mexicano y quienes lo componemos, participemos activa y comprometidamente.

Al respecto, la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Atención y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, la cual tiene entre sus objetivos establecer competencias y formas de coordinación para la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas, así como en materia de protección y asistencia a las víctimas entre los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal y municipales define obligaciones claras tanto para las autoridades de índole federal como de los ámbitos estatal y municipal.

De manera particular, esta ley dispone en el artículo 114 las atribuciones específicas de las autoridades estatales, municipales y del Distrito Federal entre las que se encuentran: la formulación de políticas y la instauración de programas estatales para prevenir, sancionar y erradicar los delitos previstos en la ley, así como para la protección, atención, rehabilitación y recuperación del provecto de vida de las víctimas y posibles víctimas, ofendidos y testigos de éstos.

Estas acciones deben realizarse de forma coordinada, los esfuerzos aislados, aunque muy valiosos suelen ser siempre insuficientes, es por esto que quienes integramos la Comisión Especial de lucha contra la trata de personas coincidimos en que la Conferencia Nacional de Gobernadores, es el espacio idóneo para coordinar acciones y esfuerzos que nos lleven a sancionar y erradicar este mal.

Sabemos que estos crímenes pueden ser cometidos por acción, pero también por omisión. La actuación indolente ante estas terribles acciones nos hace cómplices de las redes de delincuencia que azotan nuestro país y acaban con la vida de niñas, niños, adolescentes, mujeres y hombres que bien pueden ser nuestros hijos o hermanos.

Por todo lo anterior se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta respetuosamente a la Conferencia Nacional de Gobernadores a establecer por su presidente, licenciado Rafael Moreno Valle Rosas, la prevención, la atención, el combate y la sanción de la trata de personas como acciones prioritarias en su agenda de trabajo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de octubre de 2013.— Diputados: Leticia López Landero, Lizbeth Loy Gamboa Song, Crystal Tovar Aragón, Loretta Ortiz Ahlf, Alicia Concepción Ricalde Magaña, María Sanjuana Cerda Franco, Verónica Beatriz Juárez Piña, Martha Lucía Mícher Camarena, Luis Alfredo Murguía Lardizábal, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Glarifo Salinas Mendiola, María Fernanda Schroeder Verdugo, María Guadalupe Sánchez Santiago (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



CONTAGIOS DE COLERA, LOS POSIBLES ALCANCES, LOS RIESGOS Y LAS MEDIDAS DE PREVENCION QUE DEBEN TOMARSE PARA EVITAR SU CONTAGIO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a emprender una campaña a fin de informar a la población sobre la situación prevaleciente respecto a los contagios de cólera, los posibles alcances, los riesgos y las medidas de prevención, a cargo del diputado Julio César Flemate Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Julio César Flemate Ramírez, diputado federal de la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente a la Secretaria de Salud a emprender, con carácter urgente, una campaña amplia para  informar a la población, de manera puntual, oportuna y sencilla, sobre la situación que prevalece respecto de los contagios de cólera, los posibles alcances, riesgos y medidas de prevención ,al tenor de las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud el cólera es una infección intestinal aguda causada por la ingestión de alimentos o agua contaminados por la bacteria Vibrio cholerae. Tiene un periodo de incubación corto, entre menos de un día y cinco días, está bacteria produce una enterotoxina que causa una diarrea copiosa, indolora y acuosa que puede conducir con rapidez a una deshidratación grave y a la muerte si no se trata oportunamente. La mayor parte de los pacientes sufren también vómitos.

Cabe resaltar, que esta enfermedad infecto contagiosa afecta tanto a niños como adultos y es mortal en cuestión de horas; el 75% de las personas infectadas no presenta ningún síntoma, a pesar de que el bacilo está presente en sus heces fecales durante 7 a 14 días después de la infección en donde vuelven al medio ambiente, ya que la enfermedad puede diseminarse rápidamente en áreas con tratamientos inadecuados de agua potable y aguas residuales.

Asimismo, esta enfermedad la podemos adquirir bebiendo líquido o comiendo alimentos contaminados con la bacteria del cólera. Se dice que durante una epidemia, la fuente de contaminación son generalmente las heces de una persona infectada. Además, este virus puede vivir en ríos salubres y aguas costeras.

Las personas con inmunidad reducida, como los niños desnutridos y los enfermos de sida, corren un riesgo mayor de morir si se infectan.

La Organización Mundial de la Salud menciona que en 2011, se notificaron 589 854 casos en 58 países, que incluyeron 7816 defunciones, asimismo, resalto que muchos de los casos quedaron sin notificarse por las limitaciones de los sistemas de vigilancia o bien por las restricciones que tendría para el comercio y para el turismo.

En nuestro país el cólera representó un problema serio de salud pública al pasar de 1,088 casos que se tenía en 1991 a 45,892 en 1998; posteriormente se dio un decremento en el número de pacientes, tal como se muestra en la siguiente tabla. Cabe destacar, que en el año 2010 el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE) identificó un caso nuevo en Navolato, Sinaloa y, en 2011, otro caso más en Otatillos, municipio de Badiraguato, Sinaloa.

Derivado de la detección de 8 casos de cólera virulenta en Hidalgo el 25 de septiembre pasado,  se declaró, durante la sesión extraordinaria del Comité Estatal de Seguridad en Salud, alerta epidemiológica para la entidad, subrayándose que sólo aplicaba en ese territorio y que para el resto del país se emitía un aviso epidemiológico.

El lunes 30 de noviembre, la Secretaría dio a conocer que había 44 casos confirmados y 33 que estaban siendo analizados, señalándose que no se trataba de una epidemia o brote, ya que se trataba de casos aislados y que el hecho de que la cepa de estos contagios fuera la misma que hay en Cuba y Haití, daba indicios que la enfermedad fue “importada”.

Posteriormente, través del comunicado de prensa número 485, fechado el 3 de octubre de 2013, relativo al “Operativo de Salud federal por los ciclones tropicales Ingrid y Manuel”, la Secretaría dió a conocer que no se han registrado brotes epidémicos.

En el mismo comunicado, se recomienda a la población afectada por los fenómenos meteorológicos Manuel e Ingrid:

• Usar agua embotellada, hervida o desinfectada para beber.

• Desinfectar el agua agregándole dos gotas de plata coloidal, o dos gotas de cloro por litro y dejarla reposar 30 minutos. O en su caso, hervir el agua por cinco minutos.

• Comer productos enlatados o que estén en frascos de vidrio sellados. Asegurarse que las latas no estén infladas.

• Lavarse las manos con agua y jabón antes de preparar alimentos y de realizar actividades de limpieza.

• Utilizar los lugares destinados para ir al baño.

• Acudir al médico o a la Unidad de Salud más cercana en caso de presentar: debilidad, ojos rojos y comezón, heridas, diarrea, náusea, vómito, catarro,  tos y/o dolor de cabeza.

No obstante, con fecha 1 de octubre, la Organización Panamericana de la Salud emitió una alerta epidemiológica en la que se refiere la situación de los brotes de cólera en Cuba, Haití, México y República Dominicana.

Respecto de nuestro país, se señala lo siguiente:

“México: el Centro Nacional de Enlace para el Reglamento Sanitario Internacional de México notificó 36 nuevos casos, confirmados de infección autóctona por Vibrio cholerae O1 Ogawa toxigénico en el estado de Hidalgo. Con este reporte, el número total de casos confirmados de cólera asciende a 46, incluyendo una defunción, de los cuales dos se registraron en el Distrito Federal y 44 en el estado de Hidalgo.

Los casos corresponden a 24 mujeres y 22 hombres con un rango de edad entre los 2 y 82 años de edad.

Las autoridades de salud de México continúan reforzando las actividades de vigilancia epidemiológica a nivel nacional, asegurando la disponibilidad de insumos y calidad de la atención en las unidades médicas, así como también realizando acciones para asegurar el acceso agua potable y saneamiento básico a nivel comunitario y monitoreando y verificando el cloro residual.”

Ante esta situación, la organización recomienda:

• Intensificar la vigilancia con la incorporación de la búsqueda activa de casos.

• La confirmación por laboratorio de los casos para monitorizar la diseminación geográfica y la sensibilidad a los antimicrobianos.

• El análisis semanal del número casos y defunciones por edad, sexo, ubicación geográfica e ingreso hospitalario.

Por otra parte, el 3 de octubre pasado, se dió a conocer que en el municipio de San Mateo Atenco, Estado de México, se confirmaron dos casos de cólera, ante lo cual, de acuerdo con declaraciones del Secretario de Salud de del estado, se establecieron los operativos sanitarios correspondientes para evitar que se extiendan los casos y se convierta en un brote y se declaró que a partir de ese momento permanecerían en alerta epidemiológica.

De esta manera, tenemos una amplia circulación de información, emitida por diversas fuentes, en las que se  emplean términos especializados de la ciencia epidemiológica, mismos que, de cara a un auditorio no familiarizado, pueden dar lugar a confusión, dudas y opacidad.

Las condiciones de vulnerabilidad en que se encuentra la población afectada por las lluvias, amerita extremar precauciones.

En este sentido y en vista de la ocurrencia de nuevos casos, es nuestra responsabilidad como legisladores, hacer un llamado para que la Secretaría conduzca un proceso para que se dé a conocer a la población, de manera clara, sencilla y veraz, el estado de la situación en todo el territorio nacional, los alcances, riesgos y medidas de prevención que deben tomarse para evitar que crezca el número de personas contagiadas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaria de Salud a emprender, con carácter urgente, una campaña amplia para  informar a la población, de manera puntual, oportuna y sencilla, sobre la situación que prevalece respecto de los contagios de cólera, los posibles alcances, riesgos y medidas de prevención que deben tomarse para evitar que crezca el número de personas contagiadas.

Notas:

1 Organización Mundial de la Salud, Información sobre el Cólera http://www.who.int/topics/cholera/about/es/index.html

2 Organización Mundial de la Salud, Cólera, Nota descriptiva N°107, Julio de 2012, http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs107/es/

3 Ídem.

4 Secretaría de Salud http://portal.salud.gob.mx/redirector?tipo=0&n_ seccion=Boletines&seccion=2013-10-03_6561.html

5 http://www.paho.org/hq/index.php?option=com_docman&task= doc_view&gid=23166&Itemid=

6 Se remite a la Alerta Epidemiológica Cólera. Actualización de la situación 2 de noviembre 2012.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de octubre de 2013.— Diputado Julio César Flemate Ramírez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



PLANTAS ACUATICAS COMO FACTOR DE COMPETITIVIDAD Y CONSERVACION DE RECURSOS HIDRICOS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua y otras autoridades a considerar el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Gerardo Gaudiano Rovirosa, diputado federal por la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Antecedentes

Es un hecho reconocido que la conservación de nuestros recursos hídricos, esta transformado nuestra prioridad política tanto al interior como al exterior de México, este reto global implica el desarrollo de políticas nacionales y regionales que despierten capacidades inmediatas en todos los sectores de la sociedad. En congruencia con lo anterior México debe apoyar iniciativas estratégicas sustentadas en el conocimiento que potencialice la conservación del agua, pero más aún, que tengamos la capacidad de generar nuevas estrategias, servicios ambientales hídricos y actividades acuícolas que generen empleo y que sean respetuosas del medio ambiente.

Las acciones deben propiciar eficiencia y competitividad sobre las herramientas y metodologías existentes a fin de llenar los vacíos de conocimiento e incrementar la participación de los interesados y el desarrollo de nuevas áreas de un mercado. Esta nueva perspectiva y cambio en el plan de acción, fortalecerá a medio y largo plazo las estrategias para alcanzar los compromisos asumidos derivados del Acuerdos Internacionales.

El momento actual es crucial y oportuno para incluir en la estrategia nacional acciones que pongan fin a las discrepancias que a Nivel Intersecretarial padece el Ejecutivo Federal, amén de las divergencias que por situaciones de urgencia se generan entre Ejecutivo Federal y Ejecutivos Estatales cuando se trata de situaciones de emergencia por falta y/o abundancia de agua.

Es un hecho que aunque la gran mayoría pueda enunciar su adhesión a la intención compartida de hacer valer el derecho humano al agua como objetivo de beneficio común, cada ente opta y decide en función de sus medios y tiempos por lo que el efecto no tiene el mismo impacto.

En el contexto internacional, la realidad hídrica está afectando directamente a la competitividad comercial internacional. En el contexto interno, ausencia de una directriz clara y con rumbo de la política interna que vincule y mida eficazmente los resultados de cada actor empantana el proceso.

La visión de la rectoría del Estado debe propiciar el surgimiento de líderes que estén a la altura de las circunstancias y que interactúen con cautela y transparencia para propiciar el incremento de la competitividad en función de las nuevas reglas.

En materia de Infraestructura Hidráulica.

El 54 por ciento de las regiones hidrológicas del país tienen un grado de presión fuerte sobre los recursos hídricos, si a esto le sumamos un 8 por ciento de una región administrativa con un grado de presión muy fuerte. Concluiremos que 8 de las 13 regiones administrativas tienen un severo problema. En este contexto se deben de buscar nuevas estrategias que disminuyan el grado de presión sobre los recursos hídricos y con ello aumentar la capacidad de nuestra infraestructura hidráulica.

En diez de las trece regiones hidrológicas, las actividades productivas: agrícolas, industriales y de abastecimiento público dependen en más del 50 por ciento de las aguas superficiales, por ello, es necesario identificar proyectos innovadores que propicien la conservación de los cuerpos de agua superficiales y aumenten la rentabilidad de los recursos bióticos que en ella se generan.

En 2010, de 632 sitios monitoreados el 11 por ciento supero el límite máximo de demanda bioquímica de oxigeno (DBO) clasificando a esas aguas superficiales de contaminadas a muy contaminadas. Con respecto a la demanda química de oxigeno (DQO) en 2008 de 725 sitios monitoreados el 24.9 por ciento supero el límite máximo, catalogando a esas aguas de contaminadas a muy contaminadas.

Con respecto al fosfato en aguas superficiales en 2008 de 524 sitios el 35 por ciento rebaso el indicador máximo. Escenario similar mostro ese año, la presencia de nitrato total, pues de 524 sitios el 27 por ciento rebaso el límite máximo. La presencia de estos elementos por si sola detona el crecimiento de algas, el consumo de oxigeno y la presencia de plantas acuáticas.

Oportunidad: Aprovechar la presencia y crecimiento de las plantas acuáticas para capturar y sanear de las aguas superficiales: fosfatos, nitratos y sólidos suspendidos.

En materia de residuos peligrosos.

El sector productivo nacional es un gran generador de residuos peligrosos, la zona metropolitana del Valle de México, Tamaulipas, Nuevo León, Chihuahua y Campeche son las entidades que mayor tonelaje de estos residuos aportan anualmente. En segundo nivel de aportación se ubican Jalisco, Aguascalientes, Guanajuato, Tabasco, Coahuila y Baja California. Ello aunado a la generación a baja escala de otros estados hacen de esta realidad un problema difícil de resolver entendiendo que tenemos en el país un muy limitado número de empresas especializadas para el tratamiento de suelos contaminados.

De acuerdo con el padrón de generadores de residuos peligrosos el 27.5 por ciento del total de residuos peligrosos de 2004 a 2011 son residuos líquidos integrados por: aceites gastados (21.4 por ciento) solventes (3.4 por ciento) y líquidos de proceso (2.7 por ciento).

En este contexto de 2008 a 2011 el sector transportista es el mayor generador de sitios contaminados con el 73.4 por ciento seguidos de PEMEX con el 19.5 por ciento de lugares impactados; por lo que es necesario contar con estrategias locales y productos nacionales para controlar contingencias por derrames y/o volcaduras a todo lo largo y ancho del país.

Oportunidad: Aprovechar las innovaciones en torno a las plantas acuáticas para desarrollar productos absorbentes que disminuyan el costo ambiental, económico y social en situaciones de contingencia por derrames. Aumentando la capacidad de las áreas de Protección Civil.

En materia de balance ambiental.

Al 2011, el costo total por agotamiento y degradación ambiental en el país ascendía a 893.89 mmp, en tanto que para este mismo año se realizo un gasto en protección ambiental por 125.77 mmp evidenciando un pasivo ambiental por 773.12 mmp a ese año.

De 1960 a 2008 la estadística indica un marcado incremento de nuestra huella ecológica y un descenso en nuestra biocapacidad situación que agrava nuestra sustentabilidad.

Oportunidad: Realizar inversiones en programas y proyectos que potencialicen el gasto en protección ambiental; detonen nuevas economías sustentadas en el nuevo estado de la técnica y que al mismo tiempo estreche la distancia entre huella ecología vs. biocapacidad.

En este contexto, resulta evidente que el estrés hídrico demanda una atención planeada y estratégica. Que incluya innovaciones, acciones y resultados de mayor calado y eficiencia. Es por ello indispensable desarrollar y financiar todo tipo de proyectos, actividad acuícola y servicio ambiental hídrico que privilegien la conservación del agua del país.

Un problema que para muchos pasa inadvertido es la alta cobertura de plantas acuáticas en aguas nacionales. Es un hecho que la abundancia de estas plantas generan problemas asociados, sin embargo el problema de fondo es la metodología con la que se vienen controlando.

De las plantas acuáticas

La vegetación acuática existente en aguas superficiales aporta diversos servicios ambientales sin embargo, cuando la cobertura se incrementa genera problemas asociados que han hecho necesario la implantación de métodos de control para erradicar su abundancia y reproducción.

Los cuerpos de agua superficiales representan el 0.7 por ciento del territorio nacional, por lo que su conservación es asunto de seguridad nacional, en consecuencia las instituciones responsables realizan actividades y funciones de orden público e interés social.

El Programa de Control de Malezas Acuáticas  implementado por la Comisión Nacional del Aguas ha propiciado una desorganizada atención del problema, favoreciendo en muchos casos corrupción, manejo inadecuado de los recursos públicos y efectos negativos a la biodiversidad y recursos naturales. Hoy este programa se encuentra sin recursos, sin embargo, el control de las plantas acuáticas se llevan a cabo a través de otros programas, dependencias y organismos, sin tener una Planeación Estratégica en torno de este problema nacional.

Oportunidad: Optimización del Gasto Público y su aplicación en Servicios Ambientales Hídricos hacia comunidades ribereñas que propicien acciones estratégicas para la conservación y regeneración de cuencas mediante el aprovechamiento sustentable de los recursos bióticos.

De los métodos de control

En México se utilizan predominantemente 4 métodos de control: 1) Trituración; 2) Aplicación de Químicos; 3) Uso de Agentes Biológicos y 4) Extracción mecánica. En los tres primeros el efecto del método es el hundimiento y degradación de las plantas acuáticas al interior del cuerpo de agua hecho que genera una grave perturbación al ecosistema acuático pues se: Incorpora materia orgánica; Incrementa el azolve; afecta la calidad del agua; agota el oxígeno; generan GEI y modifican los ecosistemas. La extracción mecánica implica la extracción de las plantas y su disposición final en tiros municipales, tiros clandestinos o a cielo abierto hechos que también implican efectos asociados como: extracción y traslado de agua; alto consumo de diesel; saturación de tiros; generación de lixiviados; incremento de fauna nociva y fomento de tiros clandestinos.

Es decir, la inversión destinada a la conservación de los cuerpos de agua con alta cobertura de plantas acuáticas, genera gastos asociados por los efectos del método utilizado.

El aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas implica utilizar una metodología de extracción y procesamiento la cual detona la utilización integral de la planta. En este caso se aprovechan las capacidades biológicas de la planta para el saneamiento del cuerpo de agua (brindando un Servicio Ambiental) y posteriormente para generar productos de alto valor agregado.

Oportunidad: Impulsar métodos de control sustentables orientados a la gestión integral y sustentable de los recursos hídricos.

De la propuesta: Programa Nacional de Aprovechamiento Sustentable de Plantas Acuáticas

El objetivo es diseñar una estrategia de planeación, operación y supervisión eficientes, responsables y sustentables para el control de plantas acuáticas en aguas nacionales; propiciando la calidad de nuestros recursos hídricos; la conservación del capital natural; el desarrollo social; el bien común y la rendición de cuentas.

Al aprovechar sustentablemente las plantas acuáticas (recurso biótico) se detona: saneamiento del embalse; generación de empleos; productos de alto valor agregado; atención de problemas locales / regionales y recursos humanos especializados en recursos hídricos.

Se proponen 3 fases de ejecución: 1.- Desarrollo de nuevos lineamientos para aprovechamiento de los recursos bióticos en aguas nacionales, lo que implica Ampliar atribuciones a Dependencias y Modificaciones al marco legal (Poder Legislativo). 2.- Desarrollo de experiencias en diferentes cuerpos de agua, lo que implica la Implementación Piloto de la estrategia en 5 cuerpos de agua en 5 Estados de la República (Ejecutivo Federal y Estados) y 3.- Escalamiento del modelo, Análisis y evaluación de resultados; Convocatoria Nacional para el Diseño de la arquitectura del PNASPA.(Todos los actores vinculados al tema).

Oportunidad:Constituir un proceso inclusivo de planeación y aprovechamiento de nuestros recursos hídricos, bióticos y naturales que detone nuevas cadenas productivas en el sector; privilegie la conservación y operación de presas; la gestión hídrica y la administración sustentable del agua.

Tan sólo de lirio acuático existe una cobertura aproximadamente de 70 mil hectáreas en los principales cuerpos de agua del país, A nivel global se ubica como el quinto problema más severo en cuestión de manejo de cuencas. La abundancia de esta planta acuática afecta a países que se encuentran geográficamente entre el Trópico de Cáncer y el Trópico de Capricornio.

Por lo anterior, a efecto de acelerar la sustentabilidad de nuestros cuerpos de agua se debe propiciar el aprovechamiento sustentable de las plantas acuáticas para generar nuevos negocios que impacten al sector petrolero, agrícola y biotecnológico a partir de productos y servicios innovadores.

Tenemos la oportunidad de generar proyectos y obras congruentes con los retos, es decir, se debe procurar: 1) La generación de trabajo digno y permanente a favor de las comunidades ribereñas. 2) El mantenimiento y conservación de los cuerpos de agua mediante el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas. 3) El diseño e implementación de estrategias de uso y comercialización de innovaciones tecnológicas con alto potencial productivo que estimulen la autogestión y solución de problemas sociales-ambientales. 4) El fomento de valores y responsabilidades por un Estado de derecho ambiental oportuno y eficaz a partir de la denuncia ciudadana. 5) Redes del conocimiento y nuevos socios.

El resultado previsible de estas acciones proyecta: 1) Actividades Acuícolas, Servicios Ambientales Hídrico y recursos humanos locales especializados en la solución de un problema permanente. 2) Cuerpos de agua en proceso de recuperación mediante prácticas sustentables. 3) Desarrollo de nuevas empresas socias a modelos tecnológicos. 4) Comunidades responsables y copartícipes del cuidado y conservación de sus recursos naturales. 5) Banco de datos de actores gubernamentales, empresariales, investigadores y sociales con interés o influencia en la cadena de valor.

Abordar sustentablemente el control de plantas acuáticas en territorio nacional debe desarrollar capacidades emprendedoras y generadoras de negocio en las poblaciones ribereñas que tienen como característica: pobreza, hoy estas comunidades ven el problema, sin entender que cuentan con un recursos naturales de alto valor agregado.

El potencial de impacto y escalamiento debe generar una inercia positiva, directa e inmediata en la gestión hídrica del país, y detonar un programa nacional de aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas. La influencia de impacto a nivel global podría escalar y reproducirse en todos los países que tienen abundancia de lirio acuático en sus aguas, consolidando a México como líder y vanguardista en este problema tan sentido en otras latitudes.

En otras palabras se incentivaría un cluster especializado en el sector hídrico que mediante el nuevo conocimiento existente se incorpore como nuevo eslabón en la cadena de valor del país.

La solución de los problemas ambientales históricamente se ha clasificado como no prioritario y con bajo presupuesto, es tiempo de generar economías locales con un alto perfil de competitividad y responsabilidad ambiental. Es factible lograr que nuestros ejidatarios y campesinos con la asesoría y capacitación necesaria participen en un proceso que implica, además de la innovación tecnológica, la innovación gerencial y organizacional.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; al Director General de la Comisión Nacional del Agua; a los Consejos y Organismos de Cuenca; a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a que consideren el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad; mitigación de la pobreza; desarrollo para el campo; acciones estratégicas de prevención y mitigación al cambio climático como valor agregado para incluirse en las futuras acciones derivadas del plan nacional de desarrollo 2013-2018 y por consecuencia para la conservación de nuestro capital natural y recursos hídricos.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; al director general de la Comisión Nacional del Agua; a los consejos y organismos de cuenca; así como a las dependencias, institutos y delegaciones estatales, relacionados con el control y saneamiento de cuerpos de agua a evitar la utilización de métodos y/o productos de control que propicien el hundimiento de plantas acuáticas, pues con ello se depositan residuos orgánicos al interior de los cuerpos receptores dañando la calidad del recurso hídrico.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a la Comisión Nacional del Agua, para que presente y proponga al ejecutivo federal la ejecución de un programa nacional de aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas, a través de los programas transversales, sectoriales, institucionales, especiales y/o regionales para el ejercicio 2013-2018, a efecto de potencializar actividades acuícolas y servicios ambientales hídricos que contribuyan a la generación de empleos y a la conservación sustentable de nuestros recursos naturales.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados; a que incluyan proyectos, obras y/o programas que detonen el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como parte de la planeación estratégica en el diseño y elaboración del plan nacional hídrico y en la realización del proyecto de presupuesto para el ejercicio 2014 que se presentará a esta soberanía.

Dado en el salón de sesiones de San Lázaro, en la honorable Cámara de Diputados, a 17 de octubre de 2013.— Diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.



FENOMENOS METEOROLOGICOS

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la responsabilidad de diversas autoridades por los daños causados por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel, a cargo del diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Víctor Manuel Jorrín Lozano integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta honorable asamblea, el siguiente punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La finalidad de toda política de protección civil es contrarrestar los efectos que traen consigo los desastres naturales, reducir al máximo la pérdida de vidas humanas, patrimoniales y estructurales.

El fortalecimiento de una cultura de protección civil es una tarea que cobra mayor relevancia en aquellos territorios donde diversas contingencias se presentan con relativa frecuencia, tal y como sucede en nuestro país que a consecuencia de su situación geográfica es una zona altamente vulnerable a los fenómenos naturales.

No obstante lo anterior, fue hasta que México vivió la experiencia más dolorosa de su historia, el sismo del 19 de septiembre de 1985, cuando salieron a la luz las incapacidades del gobierno federal para solventar las necesidades de su población; así ante dicha crisis social se constituyó el del Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc).

Tristemente hoy a casi 30 años del establecimiento del Sinaproc, nuevamente se vuelve a poner en evidencia la prácticamente nula cultura de protección civil y vulnerabilidad de los mexicanos con motivo de los meteoros “Ingrid” y “Manuel”.

Las cifras son impactantes, ambos eventos han dejado a su paso 147 muertos, 35 heridos, 53 desaparecidos y 248,477 personas afectadas de las que 50,000 fueron evacuadas y llevadas a albergues; presentando contingencias en 23 Estados del país, constituyendo así uno de los desastres naturales más impactantes en los últimos años en territorio nacional.

De conformidad con el Sistema Meteorológico Nacional, desde el día jueves 12 de septiembre se anunciaba la presencia de dos tormentas tropicales. Sin embargo, al parecer para esas fechas eran dos los temas que preocupaban al gobierno federal, el festejo de las fiestas patrias y con ello el desalojo de los maestros instalados en el zócalo capitalino, y un evento boxístico que tenía como protagonista al pugilista apadrinado por la televisora favorita del Licenciado Peña Nieto.

Claramente los fenómenos meteorólogics como todo evento natural no pueden ser evitados, sobre todo en estos tiempos donde el cambio climático es el común denominador como la causa principal de los mismos. Sin embargo, los daños pudieron haber sido menores.

En esta tesitura, si bien es cierto que el desgajamiento de los cerros, el desbordamiento de presas y ríos, la afectación de carreteras y el aislamiento de pueblos enteros, son el resultado de las precipitadas fuerzas de la naturaleza, la responsabilidad de las autoridades competentes, de los tres órdenes de gobierno, era alertar en tiempo y forma a la población al respecto, con el fin de lograr reducir al máximo los estragos a consecuencia de éstos.

A las nueve de la noche del sábado 14 de septiembre, el semáforo del Sistema Nacional de Protección Civil se mantenía en color amarillo. Por su parte, a esa hora, el gobernador del estado de Guerrero, Ángel Heladio Aguirre, sostenía una reunión con el consejo estatal de protección civil para evaluar las acciones preventivas, y a la espera de que el semáforo del Sinaproc cambiará de color y se decretara oficialmente la alerta roja, situación que ocurrió hasta las 1:30 de la mañana del domingo 15 de septiembre, cuando ya había decesos, deslaves e inundaciones en Chilpancingo, en Acapulco y en la autopista del Sol.

El titular de la Comisión Nacional del Agua se deslinda diciendo que aunado a la gran cantidad de agua que dejaron los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel, la situación se agravó por el desvío de cinco ríos, cuyo cauce natural fue modificado para construir viviendas; Pero no explica porque los expertos de Conagua no hicieron una estimación de los volúmenes de agua y verificaron las presas o ríos desbordados para avisar a Protección Civil del peligro para emitir la alerta roja y desalojar a la población para evitar más muertes.

La Coordinación Nacional de Protección Civil también se deslindó y reporto que los que fallecieron fue por actos de corrupción de funcionarios que extendieron permisos para construir viviendas, carreteras, hoteles e infraestructura de servicios en zonas de alto riesgo; Pero no enuncia por qué no emitió la alerta roja, si ya existían muertos y ya había deslaves e inundaciones.

Así también, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) omitió informar al gobierno del Estado que la presa hidroeléctrica “ La Venta”estaba a su máxima capacidad, negligencia que derivo en el desbordamiento de ésta y la inundación de las colonias y comunidades aledañas.

Se debe investigar y afrontar las responsabilidades por la autorización de asentamientos en zonas de alto riesgo, así como por la probable omisión o negligencia en la emisión de las alertas por los ciclones mencionados.

Derivado de lo anterior, someto a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de la Función Pública y a la Secretaría de Gobernación, para que investiguen y deslinden responsabilidades al personal competente del Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc), de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por la omisión en la que se incurrió al no alertar a la población en tiempo y forma y tomar las medidas necesarias respecto de los fenómenos meteorológicos “Ingrid” y “Manuel”.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de octubre de 2013.— (Rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Protección Civil, para dictamen.



MANTENER EL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES EN LA APROBACION DEL DICTAMEN DE LA REFORMA FISCAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta soberanía a mantener el régimen de pequeños contribuyentes en la aprobación del dictamen de la reforma fiscal para el ejercicio fiscal de 2014, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 79, numeral I, fracción II, y numeral 2, fracciones III y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Antecedentes

Los artículos referentes al Régimen de Pequeños Contribuyentes son del artículo 137 al 140 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), el artículo 2o. C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). Para el ISR el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) es un régimen opcional derivado del Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales (Título IV, Capítulo II, Sección III), en el cual pueden tributar las personas físicas con actividades empresariales que sólo enajenen bienes o presten servicios, cuyas transacciones son exclusivamente con el público en general y siempre que no rebasen el monto límite de ingresos establecido para el tributar en este régimen que es de dos millones de pesos actualmente. (LISR 137 párrafo I).

Cuando el contribuyente lleve a cabo sus actividades durante el ejercicio pero por un periodo inferior a 12 meses, tendrá que determinar el monto anual de sus ingresos dividiendo los ingresos que hayan manifestado obtener entre el número de días que comprende su periodo de actividades. Dicho resultado deberá multiplicarse por 365 días a fin de estimar el ingreso anual correspondiente. El monto obtenido deberá compararse contra el monto límite que establezca la LISR para pertenecer en el Repeco.

No son sujetos de este régimen las personas que obtengan ingresos de actividades empresariales por concepto de comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación, distribución o espectáculos públicos, ni quienes obtengan más de 30 por ciento de sus ingresos por concepto de enajenación de mercancías de procedencia extranjera.

Considerandos

La eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) resultaría lesivo para las familias mexicanas que tienen  pequeños negocios; ya que desde su establecimiento en el año de 1998 fue una decisión que atendía el fin de la como se dice en la iniciativa de reforma fiscal.

En la citada iniciativa de reforma fiscal, se propone un régimen llamado de incorporación y plantea la hipótesis de que los comerciantes y prestadores de servicios informales se adicionarán de manera pronta al ofrecerles seguridad social y seguro de desempleo una vez que ya se hayan inscrito a este nuevo régimen, pero creemos que sólo originaría una carga más administrativa, para tales efectos me permito indicar con el siguiente ejemplo:

El Repeco actualmente:

1.Se inscribe en el padrón de hacienda.

2. Hace una estimación de sus ingresos anuales (menores de 2 millones).

3. Hacienda le imprime 6 talonarios que pagará cada bimestre (Esta forma es con una cuota fija derivada de un decreto del 8 de diciembre de 2205. Nosotros utilizamos la estimativa conforme a la Ley del ISR, con 4 salarios de deducible y el pago de 2 por ciento de ISR una vez quitados los cuatro salarios).

Con la nueva propuesta tendría el ciudadano que:

1.Inscribirse en el padrón de hacienda.

2. Tener ingresos de 500 mil hasta un millón de pesos al año.

3. Registrar todas sus compras en un periodo de dos meses (actualmente es bimestral).

A) Hacer la separación de los productos que causan IVA de los que no lo causan.

4. Registrar todas sus ventas en un periodo de dos meses.

A) Hacer la separación de las ventas con y sin IVA.

5.Registrar todos los gastos necesarios para desarrollar la actividad comercial (Esta información la tendrá el SAT en cuanto se le realice la factura electrónica de compras).

6. Calcular la utilidad bimestral (automático la calculará el SAT).

7.Calcular el pago del impuesto sobre la renta en función de la utilidad obtenida utilizando una tabla donde a la utilidad se le resta un límite inferior se multiplica por un factor y se le suma una cuota fija.

8. Llenar formato para su pago u obtener la línea de captura por internet para su pago.

9. Pagar en el banco en efectivo o mediante tarjeta de débito.

10.Calcular el pago del IVA restando al IVA de venta el IVA de compra (Lo hará el SAT en automático)

11.Hacer el llenado del formato y hacer el pago en el banco o vía Internet si se tiene tarjeta registrada para pago de impuestos.

12.Hacer declaraciones informativas de cada una de las facturas que se hayan pagado durante todo el bimestre: (Esto no aplica a Repecos, porque sus facturas son sin FIEL)

a)Mediante su equipo de cómputo ingresar a la página del SAT y descargar el programa necesario para la presentación de dicha declaración.

b)Una vez que está instalado el programa se da de alta el contribuyente con los siguientes datos: RFC,CURP, y nombre.

c)Después; dado de alta el contribuyente se procede a hacer la declaración para lo cual te pedirá el año y el mes que se presenta.

d)Captura de cada dato.

e)Verificar la suma  y corregir si hay error.

f)Validar y encriptar la declaración. Anotar el número.

g)Cerrar programa “ir a página del SAT” al apartado de declaraciones bimestrales apartado “diot dar” el RFC y la clave CIECF para poder entrar a la aplicación.

h)Habiendo entrado se elige el archivo con el número que nos dio al momento de encriptar la declaración y se envía, al momento de enviarse se imprime la hoja que manda y se anota el folio de recepción que nos da

i)Ya que se haya enviado se sale de esta aplicación  y se va a otra aplicación que está en la misma página del SAT, ésta se llama reimpresión de acuses, se ingresa con su RFC y su CIECF, aquí le pedirá el folio de recepción lo ingresa y obtendrá el acuse de recibido de la página del SAT en donde comprobará que el SAT ya recibió y también acepto su declaración.

13. Para cumplir con todos los puntos anteriores el contribuyente debe contar con un equipo de cómputo, saber computación, contratar una compañía para accesar a Internet (El acceso por Internet a la página del SAT será gratuito), saber navegar en Internet y familiarizarse con la página del SAT y tener impresora. Si no puede comprar el equipo debe contratar los servicios de un contador que se especialice en asuntos fiscales.

El SAT se empeña en hacer más complicado el procedimiento de tributación para el ciudadano, debe comprender que entre más difícil sea el mecanismo de tributación desalientan al contribuyente y lo orilla a la informalidad.

Por citar un ejemplo, del primer obstáculo que le ponen al contribuyente de aprobarse la reforma fiscal para el siguiente año; no es atractivo para los comerciantes y prestadores de servicios y por ende los informales no buscarán ajustarse al sistema burocrático engorroso y costoso.

Además en la iniciativa de reforma fiscal, indica, que la economía informal es un incentivo negativo para que los contribuyentes paguen impuestos de forma espontánea y que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) reporta que en el primer trimestre de 2013, 59 por ciento de la población ocupada obtiene sus ingresos del sector informal; de ser así, desalentaría al comercio informal a ajustarse al nuevo régimen ya que la propuesta es complicada y origina más gastos para el citado sector.

De acuerdo con la multicitada exposición de motivos de la reforma fiscal, 59 por ciento de la población ocupada obtiene sus ingresos sin pagar impuestos; sería arriesgado complicarles la manera de tributar al otro 41 por ciento que sí paga impuestos.

A los Repecos no les resulta atractivo otorgarles el beneficio de seguridad social porque el contribuyente puede optar desde el año de 1998, en ahorro en personal que le permite pagar servicio médico particular cuando llega a necesitarlo; afiliándose al Seguro Popular; algún familiar lo tiene como beneficiario del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE); acude a médicos de Sector Salud que son económicos y cobran en función de su situación económica. Dado que los que tributan como Repecos son gente que se autoemplea,así se lo han expresado a su servidor.

Los Repecos que sí se han dado de alta en Hacienda y contribuyen con el pago de sus impuestos, son impulsores de la economía interna, comercian con más de 90 por ciento de artículos producidos en México.

La solución para gravar al contribuyente cautivo no es eliminar el Régimen de Pequeños Contribuyentes, porque sólo traería aparejada afectar a 9.2 millones de familias mexicanas en su economía, generaría la informalidad y evasión, desempleo, estrés social, inseguridad pública, delincuencia, desindustrialización en el sector manufacturero, maquilador y de servicios, desaparecerán de 10 a 20 empresas por mes, más de 20 por ciento de las maquiladoras, por citar otro ejemplo.

El SAT debe implementar una eficiente y eficaz política tributaria y no cargar el cobro de impuestos a aquellos que sí pagan, de cada 10 casos litigiosos que se presentan en el SAT, 8 pierde por falta de cuidado, y falta de capacidad.

Los cautivos es donde se recarga la reforma, la propuesta de iniciativa de reforma fiscal afecta a la clase media, y de aprobarse tendrán que elevar su gasto corriente de 20 a 28 por ciento.

El SAT debe generar un programa de actualización en contribuyentes, actualizado, realizar visitas domiciliarias.

Querer gravar a los contribuyentes cautivos y no crear mecanismos e incentivos para combatir informalidad, es tapar una “fuga de agua con un pañuelo”, la salida, es que el SAT reactive el Programa de Actualización y Registro (PAR) de carácter obligatorio y permanente, invitando a que se incorporen al Régimen de Pequeños Contribuyentes los informales.

Compañeras y compañeros legisladores, acudo a su buena voluntad política para que juntos podamos trabajar en un adecuado esquema fiscal y financiero que promueva la economía del país, que reactive el sector empresarial desde los pequeños, medianos y grandes empresarios, porque descuidar un sector lacera la economía del que menos tiene, no es una salida, debemos generar los mecanismos de actualización, tecnológicos, fiscales, sencillos y claros para el contribuyente.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable soberanía, con el carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que el Régimen de Pequeños Contribuyentes se mantenga como está actualmente, con la modificación de que el monto límite de ingresos establecido para el tributar en este régimen que es de un millón de pesos.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que se generen campañas de invitación al comercio informal y tributen bajo el Régimen de Pequeños Contribuyentes, incorporándolos al Programa de Actualización y Registro que reactive el SAT de carácter obligatorio y permanente apoyado de universidades públicas para su implementación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de octubre de 2013.— Diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON EN ANEXO11
(en orden alfabético)

Diputados integrantes de la Comisión Especial de Lucha contra la Trata de Personas
Combate y la sanción de la trata de personas: 19
Espinosa Cházaro, Luis Ángel Xariel (PRD)
Código Penal Federal - Código Federal de Procedimientos Penales - Código Federal de Procedimientos Civiles: 6
Flemate Ramírez, Julio César (PRI)
Contagios de cólera, los posibles alcances, los riesgos y las medidas de prevención que deben tomarse para evitar su contagio: 22
Gaudiano Rovirosa, Gerardo (PRD)
Mantener el régimen de pequeños contribuyentes en la aprobación del dictamen de la reforma fiscal para el ejercicio fiscal 2014: 30
Gaudiano Rovirosa, Gerardo (PRD)
Plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos: 24
Gaudiano Rovirosa, Gerardo (PRD)
Trabajadores migratorios braceros de los años de 1942 a 1964: 16
González Magallanes, Alfa Eliana (PRD)
Código Penal Federal - Código Federal de Procedimientos Penales - Código Federal de Procedimientos Civiles:
Jorrín Lozano, Víctor Manuel (MC)
Fenómenos meteorológicos: 28
Mejía Berdeja, Ricardo (MC)
Reglamento de la Ley General de Protección Civil: 17
Monreal Ávila, Ricardo (MC)
Reglamento de la Ley General de Protección Civil: 17
Zamora Morales, Fernando (PRI)
Producción de generadores de energía eólica: 14