Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXII Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Ricardo Anaya Cortés
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, miércoles 18 de septiembre de 2013
Sesión No. 9

SUMARIO


MODIFICACION DE TURNO DE INICIATIVAS

Oficio de la Mesa Directiva, por el que comunica la modificación de turno de las siguientes iniciativas:

Con proyecto de decreto por el que se expiden la Ley de Pensión Universal y la Ley del Seguro de Desempleo y que reforma la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la Ley del Seguro Social, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores y la Ley Federal del Trabajo, presentada por el Ejecutivo federal el 8 de septiembre de 2013. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social, para dictamen

Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, presentada por el Ejecutivo federal el 8 de septiembre de 2013. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Economía, para dictamen

Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, presentada por el Ejecutivo federal el 8 de septiembre de 2013. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Economía, para opinión

Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, presentada por el Ejecutivo federal el 8 de septiembre de 2013. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión

Comuníquense, y actualícense los registros parlamentarios

CAMBIO EN GRUPO DE AMISTAD

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, en relación al cambio de la vicepresidencia del Grupo de Amistad México-Estados Unidos de América. Aprobada, comuníquese

DIPUTADA QUE SE REINCORPORA

Oficio de la diputada María Elia Cabañas Aparicio, electa por el distrito 4 del estado de Baja California, con el que comunica la reincorporación a sus actividades legislativas, a partir del 1 de octubre de 2013. De enterado, comuníquese

RETIRO DE INICIATIVA

Oficio de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, por el que solicita se retire de la Comisión de Puntos Constitucionales la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 29 de abril de 2013. Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios

PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD DEL SISTEMA-PRODUCTO MANZANA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a a la cuota y tarifa energéticas de estímulo de la productividad y competitividad del sistema-producto manzana. Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento

INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS ENCARGADAS DEL CUIDADO Y ATENCION DE LA NIÑEZ

Oficio del Congreso de Oaxaca, con el que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la supervisión de las instituciones públicas y de las privadas encargadas de la custodia, el cuidado y la atención de la niñez. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento

ALBERTO PATISHTAN GOMEZ

Oficio del Consejo de la Judicatura Federal, con el que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al caso del ciudadano Alberto Patishtán Gómez. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento

PROGRAMA UNIVERSAL DE BECAS-SALARIO

Oficio del Congreso de Jalisco, con el que remite acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a aprobar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 recursos suficientes para un programa universal de becas-salario destinado a jóvenes con el propósito de que cursen y concluyan la educación media superior. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

COMISION NACIONAL DE LOS SALARIOS MINIMOS

Oficio del Congreso de Guerrero, con el que remite acuerdo por el que exhorta al Congreso de la Unión a modificar la norma operativa de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con disposiciones para mejorar en las condiciones de vida de los trabajadores. Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para su atención

PAGO DE LAS PARTICIPACIONES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, CORRESPONDIENTE A AGOSTO DE 2013

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a agosto de 2013, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación correspondiente al mes de agosto de 2012. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

IVA EN LA REGION FRONTERIZA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a profundizar, dentro del análisis y la discusión de la reforma hacendaria 2014, en el estudio de las implicaciones y los alcances de la permanencia de la tasa del 11 por ciento de IVA en la región fronteriza; y a establecer un diálogo constructivo con el Ejecutivo federal para evaluar y considerar la propuesta. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su atención

PROYECTO ESTRATEGICO PARA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a considerar en el análisis, la discusión y la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2014, y en el contexto de la Cruzada Nacional contra el Hambre, un aumento en las partidas del Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria, dirigido a las tres entidades federativas más pobres de México: Guerrero, Oaxaca y Chiapas, presentada por el senador René Juárez Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2014

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a revisar las reglas de operación a efecto de considerar la inclusión de los 23 municipios de la frontera sur, situados en Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Tabasco, en el Subsidio para la Seguridad Pública Municipal en los ejercicios fiscales de 2014 y subsiguientes, presentada por los senadores Humberto Mayans Canabal y Luis Armando Melgar Bravo, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve el expediente de la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve el expediente de la minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 9 y el inciso o) del artículo 28 de la Ley de Asistencia Social, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve el expediente de la minuta con proyecto de decreto que adiciona tres párrafos al artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - LEY ADUANERA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el cuarto párrafo y adiciona el quinto y sexto al artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; y reforma los artículos 136 y 137 Bis 1 de la Ley Aduanera, presentada por los senadores Ernesto Ruffo Appel, Raúl Gracia Guzmán, Javier Corral Jurado, Víctor Hermosillo y Celada, Silvia Guadalupe Garza Galván, Francisco de Paula Búrquez Valenzuela, Maki Esther Ortiz Domínguez, Héctor Larios Córdova y Marco Antonio Blásquez Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 2o., fracción II, inciso c); 3o., fracciones XIV, XV y XVI; 8o., fracción IV; y 18-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada por la senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

SOLIDARIDAD CON LOS ESTADOS AFECTADOS POR LAS LLUVIAS OCURRIDAS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para expresar solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas

Intervienen desde su curul los diputados:

José Luis Muñoz Soria

Teresa de Jesús Mojica Morga

Delfina Elizabeth Guzmán Díaz

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Cristina Olvera Barrios, NA

Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, PT

Francisco Alfonso Durazo Montaño, MC

Carlos Octavio Castellanos Mijares, PVEM

Silvano Aureoles Conejo. PRD

Humberto Armando Prieto Herrera, PAN

Manuel Añorve Baños, PRI

Intervienen desde su curul los diputados:

José Luis Muñoz Soria

Manuel Añorve Baños

Carlos de Jesús Alejandro

Víctor Emanuel Díaz Palacios

Sebastián de la Rosa Peláez

Víctor Manuel Jorrín Lozano

Silvano Aureoles Conejo

Rosendo Serrano Toledo

Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

Juan Bueno Torio

Vicario Portillo Martínez

Gerardo Villanueva Albarrán

Raúl Gómez Ramírez

Yazmín de los Angeles Copete Zapot

Juan Isidro del Bosque Márquez

Aprobado. Comuníquese

COMPARECENCIAS DE FUNCIONARIOS DEL EJECUTIVO FEDERAL

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica y adiciona el resolutivo primero del diverso relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo federal para el análisis del primer Informe de Gobierno del Presidente de la República, aprobado por el pleno el 12 de septiembre de 2013. Aprobado. Comuníquese

LLUVIAS, INUNDACIONES Y DESTROZOS OCASIONADOS POR LAS TORMENTAS TROPICALES INGRID Y MANUEL

El Presidente solicita a la asamblea guardar un minuto de silencio en memoria de quienes perdieron la vida a causa de las lluvias, inundaciones y destrozos ocasionados por las tormentas tropicales Ingrid y Manuel

LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Radio y Televisión, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 5 de la Ley Federal de Radio y Televisión

LEY GENERAL DE EDUCACION

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley General de Educación, en materia de apoyos económicos destinados a jóvenes que cursan formación para el trabajo

LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y el inciso c) del artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social

LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Juventud, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XVI, con lo cual se recorre la actual a XVII, del artículo 4 y el inciso c), fracción II, del artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XI al artículo 1o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor

LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XI a XIII al artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un tercero y cuarto párrafos al artículo 10 y reforma el primero del artículo 27 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

LEY DE AVIACION CIVIL - LEY DE AEROPUERTOS

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Aviación Civil, y de Aeropuertos

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona el inciso o) de la fracción IV del artículo 116; y se reforma el artículo 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes

LEY PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGIAS RENOVABLES Y EL FINANCIAMIENTO DE LA TRANSICION ENERGETICA

Discusión del dictamen de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética

Fundamenta el dictamen el diputado Ricardo Astudillo Suárez

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Dora María Guadalupe Talamante Lemas

José Alberto Benavides Castañeda

Nelly del Carmen Vargas Pérez

Rosa Elba Pérez Hernández

Javier Orihuela García

Jorge Rosiñol Abreu

Abel Octavio Salgado Peña

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Senado para sus efectos constitucionales

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Discusión del dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Fundamenta el dictamen el diputado Marcos Aguilar Vega

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Fernando Bribiesca Sahagún

María del Carmen Martínez Santillán

José Soto Martínez

Gisela Raquel Mota Ocampo

Alberto Díaz Trujillo

Eduardo Román Quián Alcocer

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Senado para sus efectos constitucionales

CRITERIOS PARA LAS INSCRIPCIONES DE HONOR EN LA CAMARA DE DIPUTADOS

Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8 de los Criterios para las Inscripciones de Honor en la Cámara de Diputados

REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 6 y 8 del Reglamento de la Cámara de Diputados

Se aprueban los tres dictámenes negativos, archívense los expedientes como asuntos concluidos

LEY SOBRE REFUGIADOS Y PROTECCION COMPLEMENTARIA

Se recibe de la diputada Mónica García de la Fuente, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

Se recibe del diputado Javier Orozco Gómez, iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud para dictamen; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY DE PUERTOS - LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMOS

El diputado Raúl Santos Galván Villanueva presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Puertos, y de Navegación y Comercio Marítimos. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Marina y de Transportes, para dictamen

LEY DE COORDINACION FISCAL

El diputado José Arturo Salinas Garza presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Interviene desde su curul la diputada Leslie Pantoja Hernández

LEY DE MIGRACION

La diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 y adiciona el 19 Bis y 19 Ter a la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios. para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El diputado Federico José González Luna Bueno presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DE COORDINACION FISCAL

La Presidencia modifica el turno a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Fortalecimiento al Federalismo, para dictamen

LEY DEL SEGURO FEDERAL DE DESEMPLEO

El diputado Gerardo Villanueva Albarrán presenta iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Seguro Federal de Desempleo. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen

LEY DE COORDINACION FISCAL

La diputada Lilia Aguilar Gil presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CUBANOS ENCARCELADOS DESDE HACE QUINCE AÑOS EN ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la liberación de los cinco cubanos encarcelados desde hace quince años en Estados Unidos de América. Aprobado. Comuníquese

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

La Presidenta comunica que, en términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:

De la Comisión de Energía, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (en lo general y en lo particular)

ANEXO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del miércoles 18 de septiembre de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia del diputado Ricardo Anaya Cortés

ASISTENCIA

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

El Secretario diputado Fernando Bibriesca Sahagún:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 252 diputadas y diputados, por lo tanto, hay quórum.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés(a las 11:15): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Fernando Bibriesca Sahagún:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXII Legislatura.

Orden del día

Miércoles 18 de septiembre de 2013

Lectura del acta de la sesión anterior

Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva.

De la Junta de Coordinación Política.

Reincorporación de diputada

De la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas.

De la Secretaría de Gobernación

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la cuota y tarifa energética de estimulo a la productividad y competitividad del sistema-producto manzana.

Del Congreso del Estado de Oaxaca

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la supervisión de las instituciones públicas y privadas encargadas de la custodia, cuidado y atención de la niñez.

Del Consejo de la Judicatura Federal

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al caso del C. Alberto Patishtán Gómez.

Del Congreso del Estado de Jalisco

Con punto de acuerdo por el que exhorta a la Cámara de Diputados aprobar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, los recursos suficientes para un Programa Universal de Becas-Salario para jóvenes con el propósito de que cursen y concluyan su educación media superior.

Del Congreso del Estado de Guerrero

Acuerdo por el que exhorta al Congreso de la Unión a modificar la normatividad operativa de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con mecanismos, que tengan como finalidad la mejora en las condiciones de vida de los trabajadores.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Con el que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas, correspondientes al mes de agosto de 2013, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación correspondiente al mes de agosto de 2012.

De la Cámara de Senadores

Acuerdo por el que exhorta a la Cámara de Diputados a que en el análisis y discusión de la reforma hacendaria 2014, se profundice el estudio de las implicaciones y alcances de la permanencia de la tasa del 11% de IVA en la región fronteriza y se establezca un diálogo constructivo con el Ejecutivo Federal para evaluar y considerar la propuesta.

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que, en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2014, y en el marco y objetivos de la Cruzada Nacional contra el Hambre, se contemple un aumento en las partidas del Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria (PESA), dirigido a las tres entidades federativas más pobres de México: Guerrero, Oaxaca y Chiapas, presentada por el Senador René Juárez Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a revisar las reglas de operación a efecto de considerar la inclusión de los 23 municipios de la frontera sur, ubicados en los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Tabasco, en el subsidio para la seguridad pública municipal para el ejercicio fiscal de 2014 y subsiguientes, presentada por los senadores Humberto Mayans Canabal y Luis Armando Melgar Bravo, de los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México.

Con el que devuelve expediente de la Minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Con el que devuelve expediente de la Minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 9 y el inciso o) del artículo 28 de la Ley de Asistencia Social, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Con el que devuelve expediente de la Minuta con proyecto de decreto que adiciona tres párrafos al artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Iniciativa de senadores

Que reforma el cuarto párrafo y se adicionan los párrafos quinto y sexto al artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; y se reforman los artículos 136, y 137 bis 1 de la Ley Aduanera, presentada por los Senadores Ernesto Ruffo Appel, Raúl Gracia Guzmán, Javier Corral Jurado, Víctor Hermosillo y Celada, Silvia Guadalupe Garza Galván, Francisco de Paula Búrquez Valenzuela, Maki Esther Ortiz Domínguez, Héctor Larios Córdova y Marco Antonio Blásquez Salinas. (Turno a Comisión)

Que deroga los artículos 2o., fracción II, inciso C; 3o., fracciones XIV, XV y XVI; 8o., fracción IV, y 18-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada por la Sen. Iris Vianey Mendoza Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Acuerdo para expresar solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas. (Votación)

Por el que se modifica y adiciona el diverso relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo Federal, para el análisis del Primer Informe de Gobierno del Presidente de la República, Licenciado Enrique Peña Nieto. (Votación)

Declaratoria de publicidad de los dictámenes

De la Comisión de Radio y Televisión, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 5 de la Ley Federal de Radio y Televisión.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley General de Educación, en materia de apoyos económicos para jóvenes que cursan formación para el trabajo.

De la Comisión de Derechos de la Niñez, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y el inciso c) del artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

De la Comisión de Juventud, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XVI, recorriéndose la actual a XVII del artículo 4 y el inciso c), fracción II del artículo 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XI al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XI, XII y XIII al artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

De la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un tercer y cuarto párrafos al artículo 10 y reforma el primer párrafo del artículo 27 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

De la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, y de la Ley de Aeropuertos.

Dictámenes a discusión

De leyes y decretos

De la Comisión de Energía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictámenes a discusión

Negativos de iniciativas

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8 de los Criterios para las Inscripciones de Honor en la Cámara de Diputados.

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 6 y 8 del Reglamento de la Cámara de Diputados

Iniciativas

Que reforma el artículo 33 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, a cargo de la diputada Mónica García de la Fuente, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo Turno a Comisión)

Que expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado Javier Orozco Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 15, 24 y 25 de la Ley Federal de Defensoría Pública, a cargo del diputado Rafael González Reséndiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 y adiciona los artículos 19 Bis y 19 Ter a la Ley de Migración, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3° y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 6°, 25, 35 y 36 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Mario Alejandro Cuevas Mena, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 9-A a la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Jorge Salgado Parra, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Jessica Salazar Trejo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cargo de la diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo del diputado Mario Rafael Méndez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Israel Moreno Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 2o., 3o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Crystal Tovar Aragón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 73 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Enrique Alejandro Flores Flores y suscrita por el diputado Xavier Azuara Zúñiga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 7o. de la Ley Federal de Telecomunicaciones y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Fernando Alejandro Larrazabal Bretón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados, a cargo de la diputada Esther Quintana Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 29 y 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos de la Federación y reforma el artículo 217 del Código Penal Federal y deroga los artículos 66, 71 y 73 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Enrique Alejandro Flores Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, y suscrita por los diputados Damián Zepeda Vidales y Ricardo Anaya Cortés del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 5o., 59 Ter y 63 de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo de la diputada Esther Quintana Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 73 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Esther Quintana Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo de la diputada Esther Quintana Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo de la diputada Alicia Concepción Ricalde Magaña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 73, 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Valentín Maldonado Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 11 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marcos Aguilar Vega, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 29 y 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 12, 57 y 58 de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo del diputado Domitilo Posadas Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 73 y 120 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Berenice Álvarez Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

De decreto, para que el salón de protocolo del edificio “A” del Palacio Legislativo de San Lázaro reciba el nombre de “Mártires del 2 enero de 1946 por el Municipio Libre”, y para que el 2 de enero de cada año sea declarado “Día Nacional del Municipio”, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 53 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Esther Quintana Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Esther Quintana Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 5o., 9o., 73 y 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marcos Aguilar Vega, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, a cargo de la diputada Tania Margarita Morgan Navarrete, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 221-B a la Ley de Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Esther Quintana Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Luis Miguel Ramírez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 94 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Alicia Concepción Ricalde Magaña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 118 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, a cargo del diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 554 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones de la Ley Agraria, a cargo del diputado José Luis Oliveros Usabiaga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Puertos y de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, a cargo del diputado Raúl Santos Galván Villanueva, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado José Arturo Salinas Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 200, 366 Ter y 366 Quáter del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 7° de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Arturo Escobar y Vega, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley del Seguro Federal de Desempleo, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por los diputados Gerardo Villanueva Albarrán y Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 64 de la Ley General de Salud y 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Lizbeth Loy Gamboa Song, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 13, 16 y 17 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de Fomento para el Uso de la Bicicleta en Zonas Metropolitanas, a cargo del diputado Gerardo Villanueva Albarrán y suscrita por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Óscar Bautista Villegas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado José Luis Oliveros Usabiaga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 28 y se adiciona el inciso c) recorriendo los subsecuentes de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 6o. y 8o. de la Ley de Vivienda, a cargo de la diputada Esther Angélica Martínez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y reforma el artículo 73 de la Ley de Premios Estímulos y Recompensas Civiles, a cargo del diputado José Luis Oliveros Usabiaga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General para la Protección y Asistencia de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes no Acompañados, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina y suscrita por la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 6o. y 134 de la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Flor de María Pedraza Aguilera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención a las Adicciones y la Rehabilitación; y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Fernando Belaunzaran Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 62 y 63 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil; y 16 de la Ley de Asistencia Social, a cargo del diputado Genaro Carreño Muro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 101 del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Enrique Alejandro Flores Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Federico José González Luna Bueno, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 17 y 19 de la Ley de Nacionalidad, a cargo del diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, para que permita suscribir convenios de coordinación con las autoridades locales en materia de vialidad y que permita, entre otros fines, la libre circulación de unidades de transporte de bienes y personas, sin el requisito de placas de autotransporte federal, en el interior de la entidad federativa correspondiente, a cargo del diputado Abel Octavio Salgado Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, para que haga públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR, en cada uno de los estados del país y del Distrito Federal; así mismo, se exhorta a la ASF, inicie las auditorías para determinar si los recursos condonados a estados y municipios por concepto de ISR correspondientes al ejercicio fiscal 2012 fueron utilizados para subsanar necesidades de infraestructura o proyectos productivos y no para resarcir adeudos de gobernadores y/o presidentes municipales, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Segob, de la SCT y de la SHCP, para que en la glosa del Primer Informe de Gobierno, integren el tema de la vulnerabilidad satelital de México, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo Federal y de la Secretaria de Salud, a fin de que se revise, actualice y adecue el contenido de la NOM-028-SSA2-2009, para la prevención, tratamiento y control de las adicciones, a cargo del diputado Marcos Aguilar Vega, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita la liquidación de las afectaciones realizadas a terceros en el área contractual Pánuco, provocadas por Pemex y las empresas subcontratadas por Pemex Exploración y Producción, a cargo de la diputada María Guadalupe Moctezuma Oviedo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo para que se lleven las acciones necesarias, a fin de lograr que el Programa Cruzada Nacional Contra el Hambre, funcione de manera adecuada a través de políticas públicas garantizadoras de estabilidad social, economía digna, educación, productividad del campo mexicano, competitividad, empleos y lograr la soberanía alimentaria de los niños, mujeres y hombres de toda la Nación, a cargo del diputado Héctor Narcia Alvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Presidente Municipal de Motozintla, Chiapas, para que libere y retire los cargos en contra de Leonardo García López; y al Consejo Estatal de Derechos Humanos a velar por el respeto a sus derechos fundamentales, suscrito por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo del estado de Veracruz, y a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, a efecto de que investiguen la comisión de delitos y la violación de derechos humanos, en el desalojo de maestros y estudiantes de la Plaza Sebastián Lerdo de Tejada, de la ciudad de Xalapa, Veracruz, el 14 de septiembre del año en curso, a cargo del diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo relativo a la celebración de ceremonias cívicas para conmemorar los 60 años del derecho al voto de las mujeres en México, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena y suscrito por diputadas integrantes de la Comisión de Igualdad de Género. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo Federal y de la Secretaria de Salud, para que se integre en el cuadro básico nacional de vacunación y de manera obligatoria la aplicación de la vacuna contra el VPH, a cargo de la diputada María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que esta Soberanía refrenda su respetuoso llamado a las autoridades competentes del Gobierno de los Estados Unidos de América, para que atiendan la opinión número 19/2005 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaria General del Gobierno del estado de Puebla, esclarezca las violaciones a los derechos humanos que padecieron 3 jóvenes durante el 5 de mayo, y que el gobierno estatal detenga el acoso jurídico que persiste por el proceso penal, suscrito por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que exhorta a la PGR, para que investigue la responsabilidad de la fuga de amoníaco del pasado 20 de agosto en las inmediaciones de las comunidades de Campo Nuevo y Chivanizá, estado de Oaxaca, a cargo del diputado Carol Antonio Altamirano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que solicita la instauración de un Comité de Disciplina y Ética Parlamentaria, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que exhorta al Presidente de la República, a los titulares de la Secretaría de Salud, de la Sedena, de la Semar y a los Directores Generales del IMSS, del ISSSTE y de Pemex, para que se transparenten los procesos de las licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre en estas dependencias, a cargo de la diputada Yazmin de los Ángeles Copete Zapot, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Fernando Bibriesca Sahagún:Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura, dado que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves doce de septiembre de dos mil trece, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.

Presidencia del diputadoRicardo Anaya Cortés

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos treinta y seis diputadas y diputados, a las once horas con dieciséis minutos del jueves doce de septiembre de dos mil trece, el Presidente declara abierta la sesión.

En sendas votaciones económicas se dispensan la lectura del Orden del Día y de las actas de las Sesiones de los días diez y once de septiembre del año en curso, en virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, acto seguido se someten a discusión dichas Actas, no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueban.

Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:

a) De los diputados:

— Javier Salinas Narváez, del Partido de la Revolución Democrática, por la que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Defensor de los Derechos del Menor, presentada el veinticuatro de julio del año en curso, sea retirada de las Comisiones de Derechos de la Niñez, y de Derechos Humanos. Se tiene por retirada, actualícense los registros parlamentarios.

— José Angelino Caamal Mena, de Nueva Alianza, por la que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo quinto de la Ley de Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada el veintinueve de abril del año en curso, sea retirada de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. Se tiene por retirada, actualícense los registros parlamentarios.

b)De la Secretaría de Gobernación, tres oficios con los que remite el Primer Informe de labores de las Secretarías de Relaciones Exteriores, de Turismo y de la Procuraduría General de la República. De enterado, distribúyanse a las diputadas y diputados.

c) De la Cámara de Senadores:

— Punto de acuerdo por el que exhorta a las Cámaras del Congreso de la Unión, a que en la discusión y aprobación del paquete económico dos mil catorce, presentada el ocho de septiembre por el Titular del Poder Ejecutivo Federal, se elimine cualquier disposición que incremente la tasa del Impuesto al Valor Agregado en la Región Fronteriza o se graven las importaciones temporales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su atención.

— Con la que devuelve la Minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, Ley Federal de Derechos, Ley General de Asentamientos Humanos y Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

— Con las que se remiten las iniciativas con proyecto de decreto:

• Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la senadora María Cristina Díaz Salazar, del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Que adiciona el sexto párrafo al artículo setenta y nueve, y el sexto párrafo al artículo doscientos dieciséis de la Ley del Impuesto sobre la Renta y la fracción novena al artículo cuatro del Impuesto Empresarial a Tasa Única, presentada por el senador Francisco Domínguez Servién, del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

d) De la Junta de Coordinación Política:

• Con acuerdo por el que la Cámara de Diputados celebra la conmemoración del Ejército Constitucional Mexicano. Se somete a discusión e intervienen en pro los diputados: Ricardo Mejía Berdeja, y Ricardo Monreal Ávila, ambos de Movimiento Ciudadano; y para rectificación de hechos el diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez, del Partido Acción Nacional. Sin más oradores registrados, en votación económica se considera suficientemente discutido y de la misma manera se aprueba. Comuníquese.

En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan moción de procedimiento los diputados: María del Socorro Ceseñas Chapa, y Roberto López Suárez, ambos del Partido de la Revolución Democrática; Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano; y Amalia Dolores García Medina, del Partido de la Revolución Democrática. El Presidente hace aclaraciones.

• Por el que se aprueban comparecencias en comisiones de funcionarios de la Administración Pública Federal, para el Análisis del Primer Informe de Gobierno. Se somete a discusión e interviene en contra el diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Partido del Trabajo.

Presidencia del diputadoJosé González Morfín

Interviene en pro el diputado Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano. Sin más oradores registrados, en votación económica se considera suficientemente discutido y de la misma manera se aprueba. Comuníquese.

En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan comentarios y moción de procedimiento los diputados Alliet Mariana Bautista Bravo, Domitilo Posada Hernández, ambos del Partido de la Revolución Democrática; y Francisco Alfonso Durazo Montaño, de Movimiento Ciudadano. El Presidente hace aclaraciones.

La Mesa Directiva expresa sus más sentidas condolencias a los familiares y amigos de los ciudadanos: Everardo Hugo Hernández Guzmán, diputado local de Putla Villa de Guerrero y Alcalde electo de San Andrés, Cabecera Nueva, en el estado de Oaxaca, y Osbaldo Esquivel Lucatero, diputado al Congreso Local por el Distrito de Coalcomán, estado de Michoacán, ambos integrantes del Partido de la Revolución Democrática, quienes fueron asesinados los días diez y once de septiembre del presente año, respectivamente, y se hace un llamado a las autoridades competentes para que esclarezcan estos hechos y castiguen a los responsables; el Presidente invita a la Asamblea guardar un minuto de silencio.

El siguiente punto del Orden del Día es el análisis correspondiente al Primer Informe de Gobierno:

a) En Materia de Política Interior. Se concede el uso de la palabra a los diputados: Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza; Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Partido del Trabajo;

A las doce horas con veintiséis minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos cincuenta y tres diputadas y diputados.

Francisco Alfonso Durazo Montaño, de Movimiento Ciudadano;

Presidencia del diputadoRicardo Anaya Cortés

Ruth Zavaleta Salgado, del Partido Verde Ecologista de México; María de Lourdes Amaya Reyes, del Partido de la Revolución Democrática; Consuelo Argüelles Loya, del Partido Acción Nacional; y Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, del Partido Revolucionario Institucional.

b) En Materia de Política Exterior. Se concede el uso de la palabra a los diputados: Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza; Loretta Ortíz Ahlf, del Partido del Trabajo; Aída Fabiola Valencia Ramírez, de Movimiento Ciudadano; Rosa Elba Pérez Hernández, del Partido Verde Ecologista de México; Agustín Barrios Gómez Segués, del Partido de la Revolución Democrática; Juan Pablo Adame Alemán, del Partido Acción Nacional; y Javier Treviño Cantú, del Partido Revolucionario Institucional.

En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan moción de procedimiento los diputados: Leslie Pantoja Hernández, del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones; Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, en cuatro ocasiones; Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Partido del Trabajo; Arturo Escobar y Vega, del Partido Verde Ecologista de México, en tres ocasiones; Martha Lucía Mícher Camarena, del Partido de la Revolución Democrática; Ricardo Astudillo Suárez, del Partido Verde Ecologista de México; Esther Quintana Salinas, del Partido Acción Nacional; y Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano. El Presidente hace aclaraciones.

De conformidad con lo que establece el artículo séptimo, numeral cinco, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la versión estenográfica de esta sesión será remitida al Presidente de la República, para su conocimiento.

Se da cuenta con comunicación de la Junta de Coordinación Política, en relación con cambios en Juntas Directivas e integrantes de Comisiones Ordinarias, Especiales, y Grupos de Amistad. En votación económica se aprueban, comuníquese.

A solicitud de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Partido de la Revolución Democrática, el Presidente concede guardar un minuto de silencio en memoria del Presidente de la República de Chile, Salvador Allende, acto seguido se concede el uso de la palabra a la solicitante para referirse al aniversario de su fallecimiento.

Desde sus respectivas curules realizan comentarios sobre el juicio que se sigue al maestro Alberto Patishtán los diputados: Fernando Belaunzarán Méndez, y Carlos de Jesús Alejandro, ambos del Partido de la Revolución Democrática; Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Partido del Trabajo; y Aida Fabiola Valencia Ramírez, de Movimiento Ciudadano. El Presidente hace aclaraciones.

De conformidad con artículo cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, las siguientes iniciativas y proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria:

a) Iniciativas con proyecto de decreto de los diputados:

• Lucila Garfias Gutiérrez, de Nueva Alianza, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal de Radio y Televisión y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, de Radio y Televisión, y de Derechos de la Niñez, para dictamen.

• Mauricio Sahui Rivero, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo once de la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

• Ossiel Omar Niaves López, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo ochenta y seis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se turna a la Comisión de Desarrollo Rural, para dictamen.

• Paloma Villaseñor Vargas, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo ciento cuatro de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Alfonso Inzunza Montoya y suscrita por diputados integrantes del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo siete de la Ley de Energía para el Campo. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.

• Javier Salinas Narváez, del Partido de la Revolución Democrática, que expide la Ley del Defensor de los Derechos del Menor. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

• Marcos Rosendo Medina Filigrana, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos veintiocho, cuarenta y uno, y setenta y nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• José Angelino Caamal Mena, de Nueva Alianza, que expide la Ley Federal del Seguro de Desempleo y Fomento a la Creación de Empleos. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

• Silvano Blanco Deaquino, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Javier Salinas Narváez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo doscientos cincuenta y cuatro y adiciona un artículo doscientos cincuenta y cuatro Quintus a la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Trinidad Morales Vargas, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Vivienda, para dictamen.

• Jorge Salgado Parra, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos ciento veintinueve, ciento treinta, ciento noventa y nueve, y doscientos dos del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

• Mónica García de la Fuente, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo cuarenta de la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

• David Pérez Tejada Padilla, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo ciento setenta y seis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Miriam Cárdenas Cantú, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo cinco de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y expide la Ley Reglamentaria del artículo veintinueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de restricción o suspensión del ejercicio de los derechos y las garantías. Se turna a las Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, de Derechos Humanos, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

• Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano, que adiciona un segundo párrafo a la fracción segunda del apartado B del artículo veinte de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• María del Carmen Martínez Santillán, del Partido del Trabajo, que reforma el artículo veinte de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Luis Alfredo Murguía Lardizabal y suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de la Industria Manufacturera y Maquiladora de Exportación, que reforma el artículo nueve de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Rodimiro Barrera Estrada, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo siete de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• Javier Salinas Narváez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo doscientos cincuenta y cuatro Bis de la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• David Pérez Tejada Padilla y suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de la Industria Manufacturera y Maquiladora de Exportación, que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Javier Salinas Narváez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo diecinueve de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

• José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.

• José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo ciento setenta de la Ley del Seguro Social. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

• Carol Antonio Altamirano, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Roberto López Suárez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos ciento dos y ciento nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Silvano Blanco Deaquino, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

• Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo nueve, fracción tercera, recorriendo los subsecuentes de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

• Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, que abroga la Ley Sobre Delitos de Imprenta. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

b) Proposiciones con punto de acuerdo de los diputados:

• Concepción Ricalde Magaña, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a instruir al Instituto Nacional de Migración a fin de que informe a la opinión pública sobre los costos, los alcances y las implicaciones de la implantación del Programa de Captación de Datos Biométricos para Migrantes Centroamericanos. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

• Carol Antonio Altamirano, del Partido de la Revolución Democrática, y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios, por el que esta soberanía condena el homicidio del diputado al Congreso de Oaxaca Everardo Hugo Hernández Guzmán y se demanda a la Procuraduría estatal que realice las investigaciones del caso. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y al Instituto Mexicano de la Juventud a diseñar e implantar en conjunto los instrumentos necesarios para prevenir y disminuir el índice de suicidios entre jóvenes. Se turna a la Comisión Juventud, para dictamen.

• Martha Lucía Mícher Camarena, del Partido de la Revolución Democrática, y suscrita por diputadas integrantes de la Comisión de Igualdad de Género, relativo a la realización de actividades para conmemorar los sesenta años del reconocimiento del derecho de las mujeres al voto en México. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género para dictamen.

• Martha Berenice Álvarez Tovar, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a establecer medidas fitosanitarias para combatir las plagas de paratrioza, mosquita blanca y pulgón que han afectado la producción de hortalizas en diversas regiones de Michoacán. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.

• José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a la Secretaría de Economía y al Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar a emprender acciones que ayuden al desarrollo de la industria azucarera. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.

Agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el día miércoles dieciocho de septiembre de dos mil trece, a las once horas, y levanta la sesión a las quince horas con trece minutos.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Consulte la Secretaría a la asamblea si se aprueba el acta.

El Secretario diputado Fernando Bibriesca Sahagún:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobada el acta.

Se informa a esta asamblea que al finalizar el apartado de comunicaciones esta Mesa Directiva solicitará que guardemos un minuto de silencio en memoria de quienes han perdido la vida a causa de las inundaciones y destrozos ocasionados por las tormentas tropicales y, posteriormente, abordaremos el tema propuesto por la Junta de Coordinación Política sobre las lluvias recientes, con intervención de los grupos parlamentarios.

Proceda la Secretaría a dar lectura al oficio por el que se comunican modificaciones de turno.



MODIFICACION DE TURNO DE INICIATIVAS

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva.

Honorable Asamblea

La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, de Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica modificación de turno de las siguientes:

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expiden la Ley de Pensión Universal y la Ley del Seguro de Desempleo, y que reforma la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la Ley del Seguro Social, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley Federal del Trabajo, presentada por el Ejecutivo federal, el 8 de septiembre de 2013.

Se turna a Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social, para dictamen.

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, presentada por el Ejecutivo federal, el 8 de septiembre de 2013.

Se turna a Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Economía, para dictamen.

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, presentada por el Ejecutivo federal, el 8 de septiembre de 2013.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen y a la Comisión de Economía para opinión.

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, presentada por el Ejecutivo federal, el 8 de septiembre de 2013.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para opinión.

México, DF, a 18 de septiembre de 2013.— Diputado Ricardo Anaya Cortés (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias. Comuníquense y actualícense los registros parlamentarios.

Pasamos al siguiente oficio.



CAMBIO EN GRUPO DE AMISTAD

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes movimientos solicitados por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

• Que el diputado Ricardo Anaya Cortés cause baja como vicepresidente del Grupo de Amistad México-Estados Unidos.

• Que la diputada Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez cause alta como vicepresidenta en el Grupo de Amistad México-Estados Unidos.

Lo anterior para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 17 de septiembre de 2013.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobado. Comuníquese.

Pasamos al siguiente asunto.



DIPUTADA QUE SE REINCORPORA

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente

Por este medio y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción VIII, de la Constitución federal y 16, párrafos 1 y 3, del Reglamento vigente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, acudo ante usted para informar de mi plena reincorporación, a partir del 1 de octubre de 2013, a mis funciones de diputada federal integrante de esta LXII Legislatura, por el cuarto distrito electoral de Baja California, con cabecera en Tijuana, toda vez que a la fecha me encontraba con licencia del encargo que me fue concedida a partir del 22 de octubre de 2012. Por lo anterior, en términos del dispositivo normativo 16, párrafo 2, del último ordenamiento citado, solicito que se realicen los trámites conducentes a fin de informar al pleno de esta soberanía. Lo anterior, para todos los efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular por el momento, me es grato enviarle un cordial saludo

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2013.— Diputada María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De enterado. Comuníquese.

Pasamos al siguiente asunto.



RETIRO DE INICIATIVA

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Ricardo Anaya Cortes, Presidente de la Mesa Directiva  de la Cámara de Diputados.— Presente.

Estimado diputado:

Con fundamento en el artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar atentamente el retiro de la iniciativa que reforma el tercer párrafo del artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tanto de la comisión como de los registros parlamentarios. Dicha iniciativa la presenté el pasado 30 de mayo de 2013 y fue turnada a la Comisión Puntos Constitucionales.

Sin más por el momento, agradezco su amable atención al presente y quedo a sus órdenes.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de septiembre de 2013.— Diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios.

Pasamos al siguiente asunto.



PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD DEL SISTEMA-PRODUCTO MANZANA

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 62-II-5-736, signado por la diputada Patricia Elena Retamoza Vega, vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 112.2.659/2013, suscrito por el licenciado Francisco Olvera Acevedo, director general adjunto de Estudios Interinstitucionales de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como del anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a emitir la cuota y tarifa energética de estímulo a la productividad y competitividad, en este caso del sistema-producto manzana, en los términos que ordena la Ley de Energía para el Campo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 9 de septiembre de 2013.— Licenciado Valentín Martínez Garza (rúbrica), director general adjunto de Proceso Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Licenciado Valentín Martínez Garza, director general adjunto de Proceso Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En atención a su oficio número SEL/UEL/311/703/13, del 2 de mayo de 2013, por el que nos remite punto de acuerdo aprobado por el honorable Congreso de la Unión, durante la sesión ordinaria del día 29 de abril del 2013, exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, emita la cuota y tarifa energética de estímulo a la productividad y competitividad, en caso del sistema-producto manzana, en los términos que ordena la Ley de Energía para el Campo, me permito hacerle llegar la siguiente documentación.

Sobre el particular adjuntamos a la presente información con las observaciones y comentarios que sobre el tema nos hizo llegar la Subsecretaría de Agricultura, mediante oficio número 311.-2040/2013, del 28 de agosto de 2013, con el cual se da respuesta a la información requerida.

Sin más por el momento, le reitero las seguridades de mi distinguida consideración.

Atentamente

México, DF, a 2 de septiembre de 2013.— Licenciado Francisco Olvera Acevedo (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Licenciado Francisco Olvera Acevedo, director general adjunto de Estudios Interinstitucionales  de la Coordinación General de Enlace Sectorial.— Presente.

En atención a su número de oficio 112.2.-331/2013, mediante el cual solicita observaciones y comentarios al documento firmado por el licenciado rector Rugo Olivares V., titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, a través del cual remite el siguiente punto de acuerdo aprobado por el honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el 29 de abril de 2013.

Exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, emita la cuota y tarifa energética de estimulo a la productividad y competitividad, en caso del sistema-producto manzana, en los términos que ordena la Ley de Energía para el Campo.

Al respecto, y de la revisión del marco jurídico y normativo aplicable, se debe considerar lo siguiente:

• El artículo 5o. cuarto párrafo de La Ley de Energía para el Campo mandata que

Los precios y tarifas de estimulo que se autoricen para las diferentes actividades agropecuarias, serán iguales para todos los productores del país.

• El artículo 5o. segundo párrafo de La Ley de Energía para el Campo establece que

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 31, fracción X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de Energía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, establecerá los precios y tarifas de estimulo de los energéticos agropecuarios, considerando las condiciones económicas y sociales prevalecientes en el ámbito nacional.

• El artículo 7o. de La Ley de Energía para el Campo mandata que

Artículo 7o. La cuota energética se otorgará previo dictamen de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y se utilizará exclusivamente en...

I. Motores para bombeo y rebombeo agrícola y ganadero...

El artículo 8o. de La Ley de Energía para el Campo establece que

Artículo 8o. Las cuotas energéticas serán establecidas por la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de Energía, tomando en cuenta las características diferenciadas en los sistemas de producción y las diferencias regionales del país.

El artículo segundo del acuerdo que autoriza el ajuste y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica, publicado por la SHCP en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 2003, establece:

“Artículo Segundo. Se establece la tarifa 9-CU de acuerdo a lo dispuesto a continuación...

...

Esta tarifa se aplicará a los servicios en baja o media tensión que destinen la energía eléctrica para el bombeo de agua hasta por el volumen que es utilizado en el riego de tierras dedicadas al cultivo de productos agrícolas. Asimismo, se aplicará al alumbrado del local donde se encuentre instalado el quipo de bombeo.”

Considerando lo establecido en el marco jurídico señalado, hago a usted los siguientes comentarios:

- Los precios y tarifas de estímulo considerados en la Ley de Energía para el Campo son de aplicación general para todos los productores con actividades agropecuarias, por lo que no es posible crear tarifas de estímulo solo para productores de un cultivo específico, como puede ser el caso del sistema producto manzana.

- La Ley de Energía para el Campo establece que las tarifas de estímulo de energía eléctrica es exclusivamente para las actividades de bombeo y rebombeo de agua para riego de cultivos agrícolas.

- La facultad para establecer tarifas de estímulo corresponde a la SHCP.

Por lo anterior, consideramos que la Ley de Energía para el Campo no prevé una “tarifa energética de estímulo a la productividad y competitividad, en caso del sistema-producto manzana”. Asimismo, la Sagarpa no tiene facultades para emitir tarifas de estímulo, esta facultad corresponde a la SHCP.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 28 de agosto de 2013.—  Ingeniero Belisario Domínguez Méndez (rúbrica), director general.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento.



INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS ENCARGADAS DEL CUIDADO Y ATENCION DE LA NIÑEZ

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo.— Consejería Jurídica.— Gobierno del Estado de Oaxaca 2010-2016

Diputada Aleida Alavez Ruiz, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura.

Apreciable diputada:

Reciba por este medio, un saludo afectuoso del titular del Poder Ejecutivo del estado Libre y Soberano de Oaxaca, licenciado Gabino Cué Monteagudo y atento a sus instrucciones, aprovecho para dar respuesta a su oficio D.G.P.L.62II-3-758, de1 expediente número 1757, de fecha 29 de abril de 2013, en el cual comunicó el contenido del acuerdo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, por lo que hago de su conocimiento lo siguiente:

Adjunto encontrará el ocurso 713/S.A/2013, signado por la Procuradora para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia del Estado de Oaxaca y anexos, en el que da contestación, conforme a lo exhortado, consecuentemente, pido a usted de manera atenta, se tenga a mi representado cumpliendo con lo solicitado en el diverso D.G.P.L.62-II-3-758.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo, reiterándole mi distinguida consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“El respeto al derecho ajeno es la paz”

Tlalixtac de Cabecera, Oaxaca, a 30 de julio de 2013.— Licenciado Víctor Hugo Alejo Torres (rúbrica), consejero jurídico del gobierno del Estado.»

«Escudo.— Sistema para el Desarrollo Integral de la Famila.— Gobierno del Estado de Oaxaca 2010-2016

Licenciado Víctor Hugo Alejo Torres, consejero jurídico del gobierno del Estado.— Presente.

Estimado licenciado Víctor Hugo:

Me es grato saludarle, y por instrucción de la licenciada María de Fátima García León, directora general del Sistema DIF Oaxaca, por este medio envió respuesta a la colaboración solicitada de acuerdo al oficio al rubro indicado, lo anterior en atención a los oficios STPEE/G4/2013/665, de fecha 15 de mayo del año en curso, suscrito por el doctor Héctor Iturribarria Pérez, secretario técnico del titular del Poder Ejecutivo del estado, y su oficio CJGEO/DEFPNCL/J01/2601/2013, de fecha 27 de mayo del presente año, mediante los cuales envían el oficio D.G.P.L.62-11-3-758, de fecha 29 de abril del año en curso, firmado por la diputada Aleida Alavez Ruiz, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Poder Legislativo Federal, con el cual, de acuerdo al ámbito de atribuciones conferidas a este sistema, se coordine con la consejería jurídica de gobierno del estado con el fin de dar contestación al exhorto emitido por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, de fecha 29 de abril del año 2013, el cual, primero: exhorta al gobierno federal, a los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal para que, de manera coordinada vigilen y supervisen el correcto funcionamiento de las instituciones públicas y privadas encargadas de la custodia, cuidado y atención de la niñez, y de ser el caso, suspenderlas de manera definitiva a las que de forma reiterada no cumplan con los lineamientos establecidos en la normatividad correspondiente y; segundo: exhorta a los congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a legislar en la materia a fin de contar con un registro público y una certificación más rigurosa.

Por lo anterior informo lo siguiente:

1) Atribuciones del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el estado de Oaxaca

Ley Estatal de Salud, vigente en el estado de Oaxaca, en el Título Noveno, “De la Asistencia Social, Prevención e Invalidez y Rehabilitación de Discapacitados”, en su artículo 131, señala “...el gobierno del estado contará con un organismo que se denominará Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el estado de Oaxaca, el cual entre sus objetivos se encuentra la coordinación con el Sistema DIF nacional, así como la promoción de la asistencia social con las instituciones públicas de acuerdo a sus atribuciones y funciones, lo anterior en relación con el artículo 4o. de la Ley del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia vigente en el estado”. El artículo 4o., antes citado establece cuales son las atribuciones de la asistencia social respecto al caso son las siguientes:

I. Promover y prestar servicios de asistencia social;

II. Apoyar el desarrollo de la familia y de los sujetos de la asistencia social;

IV. Promover e impulsar el sano crecimiento físico, mental y social de la niñez;

VII. Fomentar y apoyar actividades que lleven a cabo las instituciones de Asistencia pública y privada cuyo objeto sea la prestación de servicios de asistencia social, coordinando y concertando con ellas acciones y programas, sin perjuicio de las atribuciones que al efecto correspondan a otras dependencias;

XII. Prestar servicios de asistencia jurídica, psicológica, médica y de orientación social a los integrantes de la familia, primordialmente a niños, niñas, adolescentes, mujeres, adultos mayores y personas con discapacidad;

XVII. Brindar capacitación en materia de asistencia social a los Sistemas DIF Municipales, para que se incorporen al desarrollo comunitario integral, entre otras.

2) Niños carentes de cuidados parentales

Se entiende por niñas, niños y adolescentes carentes de cuidados parentales, a quienes por diversas razones viven sin el cuidado de sus padres o los que están en riesgo de perderlo, quienes no cuentan con la condición básica del desarrollo infantil, al no permanecer a un grupo que sea capaz de reconocerlos en su singularidad, que les brinde afecto y respete y satisfaga todos sus derechos. Sin la protección principal normalmente garantizada por los padres, estos niños y niñas, se encuentran particularmente vulnerables.

La situación de los niñez privados de cuidado parentales, está considerado como un tema de preocupación por el Comité de los Derechos del Niño, en el año 2005, al examinar en conclusiones el cumplimiento a las disposiciones del tratado por parte de los distintos estados, dedicó un día anual de debate general a esta cuestión, en cuyas reflexiones se estableció, la preocupación del comité, por las altas cifras de niños que ingresan a las modalidades alternativas de cuidado en muchos países, las cuales, se encuentra relacionadas con la pobreza material de su familia.

El Comité de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolecentes en este mismo año, respecto a los cuidados parentales sugirió la creación de un grupo, que realizara un estándar para la protección de niños carentes de cuidados parentales; siendo México uno de los países líderes en este proyecto junto con Brasil, participando en el grupo denominado “gobiernos Amigos”, por lo cual en el año 2009, el Consejo de Derechos humanos de la ONU y a la Asamblea de Naciones Unidas, dio como resultado de estos trabajos, los lineamentos y observaciones para la implementación de la convención derechos del niño (CDN), especialmente al artículo 20, respecto a la protección de niños carentes de cuidados parentales y alternativos.

“...Artículo 20. Los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar, o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio, tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado.

2. Los estados parte garantizarán, de conformidad con sus leyes nacionales, otros tipos de cuidado para esos niños.

3. Entre esos cuidados figurarán, entre otras cosas, el acogimiento en hogares de guarda, la kafala del derecho islámico, la adopción o de ser necesario, el acogimiento en instituciones adecuadas de protección de niños y niñas. Al considerar las soluciones, se prestará particular atención a la conveniencia de que haya continuidad en la educación del niño y a su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico...”

En el año 2011 el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, etiquetó la cantidad de $1, 250,000.00 (un millón doscientos cincuenta mil pesos 00/100), para cada estado de la república, con el fin de realizar un diagnóstico respeto a la situación que guarda la Niñez Carente de Cuidados Parentales en el País, de acuerdo al Subprograma de Fortalecimiento a las Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia del Programa de Atención a Familias Vulnerables 2011; por lo anterior y de acuerdo a lo establecido en el tema 6.6 Nuevas realidades y necesidades sociales: niños, jóvenes, adultos mayores y familias del Plan Estatal de Desarrollo de Oaxaca 2011-2016, en lo concerniente a la Estrategia 1.2 Apoyo a la infancia en situación de riesgo, línea de acción 2, en el cual se establece la necesidad de contar con un Diagnóstico de la situación de riesgo en la población infantil oaxaqueña, el Sistema DIF Oaxaca, a través de la Procuraduría de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia, realizó el primer “diagnóstico de albergues de la niñez carente de cuidados parentales en el estado de Oaxaca”, documento que obra en el archivo de la institución, que contiene datos personales de los infantes.

3) Respecto a la supervisión y vigilancia

El mayor cuestiona miento respecto al control y vigilancia, es bajo qué reglas u ordenamientos se rigen, las instituciones que se dedican al cuidado de la infancia carente de cuidados parentales, cuál es el órgano o la autoridad encargada de controlar, revisar y supervisar los albergues, casas hogar o de cuidado o instituciones análogas, así como las legislación que las regula.

Al respecto la Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010, en su capítulo de introducción señala a la Asistencia Social, como parte de las acciones de gobierno y sociedad, la cual, se encuentra encaminada hacia aquellos núcleos de población y personas en estado de vulnerabilidad, quienes deberán optimizar la operación de los establecimientos o espacios que prestan servicios de cuidado, atención, alimentación y alojamiento para niños, niñas y adolescentes en esta situación, a través de una serie de acciones específicas que establezcan estándares definidos para la prestación de estos servicios; por lo que respecta a la asistencia social bajo el rubro prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad, en su punto número 4.6. establece que: “Los Establecimientos o Espacios que presten servicios de asistencia social, podrán obtener Constancia de registro de incorporación al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

La Ley del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia vigente en el estado, establece el Sistema DIF Oaxaca, es el encargado del registro de las asociaciones civiles que se dedican a la asistencia social y/o, beneficencia pública, y una vez que cumplen con la misión y visión de ayuda, este procedimiento se realiza a través de la Dirección Jurídica.

El artículo 125 de la Ley de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Vigente el estado de Oaxaca, establece que el Sistema DIF Oaxaca vigilará y supervisará que las instituciones y los hogares provisionales cumplan con las obligaciones referidas en el artículo 124, y dictará las providencias conducentes para el caso de violación y denunciará ante la Procuraduría General de Justicia o la Procuraduría para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia, según corresponda; el artículo 154 establece, corresponde a la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia y, en la jurisdicción que corresponda, al Síndico Municipal, imponer las sanciones por infracciones a lo dispuesto por la ley en comento, mismas que se impondrán independientemente de la acción civil o penal a que hubiere lugar, cuyas sanciones van desde una multa, hasta el arresto administrativo; el artículo 155 establece, que en caso que una organización pública o privada realice acciones que se contrapongan a la misma, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar, puede tomar medidas como la amonestaciones incluso podrá proceder a la disolución de la organización infractora; el artículo 156 señala que las sanciones por infracciones se impondrán de acuerdo a las actas levantadas por la autoridad; II. Las indagaciones efectuadas por el personal del Consejo Estatal, de los Comités Municipales, del Síndico Municipal, de la Procuraduría para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia y otras instancias de gobierno, lo anterior en relación con los artículos 132 y 133 del mismos ordenamiento legal, que establece el Consejo de Niñas, Niños y adolecentes es el órgano colegiado y ciudadanizado del Poder Ejecutivo del estado, cuyo objeto es promover, difundir, tutelar y garantizar la observancia y cumplimiento de los derechos de la niñez, y en su caso dar cumplimiento a los deberes del mismo ordenamiento.

El reglamento interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia vigente en el estado, en sus artículos 151, 152 y 153, señala cuales son las funciones y atribuciones de la Procuraduría de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, Eje 3, objetivo 18, a través del Sistema DIF Nacional, estableció son las Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia en la Entidades Federativas, los órganos especializados que deben realizar acciones tendientes en favor de las niñas niños adolescentes carentes de cuidados parentales que se encuentren bajo cuidado de los centros o albergues públicos o privados ubicados en su localidad, por ello cada procurador DIF en el país, es quienes ejecuta el Programa II. Subprograma de Fortalecimiento a las Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia del programa de atención a familias vulnerables 2011, 2012 y 20131/, lo anterior de a acuerdo a lo establecido por la norma oficial NOM-032-SSA3-2010.

Es decir, tanto la norma oficial, como la ley, el reglamento e incluso el Plan Nacional 2007-2012, no establece atribuciones a la Asistencia Social, cuya dependencia encargada lo es el Sistema DIF Oaxaca y/o la Procuraduría de la Defensa del Menor la Mujer y la familia dependiente del mismo organismo, como la autoridad competente, de tener el control y vigilancia de los albergues públicos o privados en el estado.

Por ello, para clausurar, multar, sancionar o tomar alguna determinación en contra de alguna institución dedicada al cuidado de niños, niñas y adolescentes carentes de cuidados parentales, se hace necesario contar con la legislación que lo permita, de lo contrario, se estaría extralimitando en sus atribuciones, e invadiría funciones que no son de su competencia, pues para realizar cualquier acto de molestia, se requiere de un procedimiento debidamente establecido, expresamente prevista en la Ley que otorgue garantías procesales al particular, bajo los principios economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe.

La asistencia social no cuenta con la potestad para decidir la aplicación del derecho en situaciones específicas, que permite dirimir un conflicto o establecer los mecanismos para su ejecución, versus el asunto de que se trata, aun cuan lo remita al procedimiento establecido en la Ley de justicia administrativa para el estado de Oaxaca.

Los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículo 15 y 133 del mismo ordenamiento legal, establecen que se debe favorecer en todo momento a las personas la protección más amplia, es decir, utilizar el ordenamiento legal más benefactor que garantice el respeto irrestricto a sus derechos humanos, preponderantemente “el interés superior de las niñas, niñas y adolescentes”.

Ante tal situación cuanto se tiene conocimiento, de una violación a los derechos humanos de la infancia, o se está ante la presencia de la comisión de un delito, en todos los casos se da intervención a la autoridad competente que tenga que conocer del caso y se toman las medidas necesarias que permitan restablecer derechos y garantizar el interés superior de la infancia.

Sabedores de esta condición, y aún cuando no estamos en condiciones de sancionar, hemos realizado visitas a estos albergues privados, con el fin de optimizar la operación de estos establecimientos, que prestan servicios de cuidado, atención, alimentación y alojamiento para niños, niñas y adolescentes, realizando a acciones específicas, que beneficien a los menores que se encuentran en esta condición. Actualmente el Sistema DIF Oaxaca, a través de la Procuraduría de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia, ha logrado acuerdos de colaboración y apoyos (anexo 1).

4) Primer diagnóstico de niños, niñas y adolecentes carentes de cuidado parentales en el estado de Oaxaca

Hasta el año 2010, no existía en el estado registro o Directorio que estableciera cuantos albergues tenían a cargo niños, niñas y adolescentes carentes de cuidados parentales, en el año 2011, por medio de la Procuraduría de la Defensa del Menor la mujer y la Familia, y gracias a la valiosa aportación que realizó el Sistema Para el Desarrollo Integral de la Familia Nacional, quien proporcionó la cantidad de $1,250,000.00 (un millón doscientos cincuenta mil pesos 00/100), el primer “Diagnóstico de albergues de la niñez carente de cuidados parentales en el estado de Oaxaca”, en el cual se obtuvo, el directorio de instituciones públicas y privadas que brinden albergue a niñas, niños y adolescentes; las causas de internamiento y la situación jurídica y psicológica, con miras a determinar las posibles alternativas de solución al caso.

Estas acciones se continuaron en el año 2012, y se fortaleció a las Procuradurías DIF municipales, con el fin de mantener actualizada la relación de los centros o albergues públicos y privados identificados, las base de datos, por ello, se han realizado más de 250 visitas a los 20 albergues privados, ubicados en las ocho regiones; en el año 2013 se continúa con el programa fortaleciendo a los 22 albergues públicos y privados en el estado de Oaxaca y regularizando su constitución legal; en el periodo 2011-2012-2013, en estos tres proyectos la asignación del recurso está a cargo del Sistema DIF Nacional (anexo 2).

Actualmente se tienen identificados 22 albergues públicos y privados de niñas, niños y adolecentes, carentes de cuidados parentales; 20 de ellos son privados, 2 son institucionales (casa hogar 1 y 2); 12 están en la región de Valles Centrales, 1 en la Cañada, 1 en la Costa, 3 en la Cuenca, 3 en la Mixteca y 2 en el Istmo.

Fuente: Diagnóstico de albergues de la niñez carente de cuidados parentales 2011 y su seguimiento en 2012, de la Procuraduría del DIF Oaxaca.

5) De las preguntas recurrentes respecto del tema

I. Se cuenta con estadísticas Estatales de niños carentes de cuidados parentales.

Sí de los años, 2011 y 2012, actualmente está por iniciar el proyecto 2013.

II. Existe un registro nacional de niños, niñas y adolescentes que ingresan a un procedimiento de protección

Sí, el cual funciona a través del Sistema DIF Nacional, de acuerdo al Subprograma de Fortalecimiento, estableció, que son las Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia en la Entidades Federativas y el sistema informático, que está pendiente de su implementación en este año 2013, denominado “Siad Sipof”.

III. ¿Qué porcentaje de niños, niñas y adolescentes son reintegrados a sus familias?

El Sistema DIF Oaxaca, únicamente cuenta con estadísticas de reintegración de las casas hogar 1 y 2 del sistema DIF Oaxaca, del año 2011 y 212.

Sin embargo por conducto de las Procuradurías Municipales de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia en el estado de Oaxaca, se han logrado reintegraciones en toda la entidad.

Únicamente se presenta el análisis de las casas hogar 1 y 2 del Sistema DIF Oaxaca

El 51 por ciento de la población en situación de albergue, actualmente ha quedado institucionalizada por contar con niñas, niños, adolecentes y adultos, con algún tipo de discapacidad, quienes cuando ingresaron a los albergues antes de febrero del 2011, en la mayoría de los casos fue por apoyo, sin que dejaran constancia en expediente de datos suficientes para la localización de familia.

IV. ¿En qué casos y por qué proceso se realiza la canalización de niñas, niños y adolescentes a albergues públicos y privados?

Por orden de autoridades administrativas (Ministerio Público), del fuero común o federal, quien determina si la niña, niño o adolecente requiere de la protección del estado, y por ende determina la separación de la familia, o tratándose de niños en situación de abandono y expósito.

Por orden de una autoridad judicial (juez), estatal o federal, quien determina la causa de la separación de la familia y por el cual el menor queda bajo el cuidado del Sistema DIF Estatal, u albergue privado de la zona.

Por orden de la Procuraduría de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia estatal o municipal, quien al contar con un reporte de maltrato, y acudir a la visita, se determina el riesgo grave en que se encuentra el menor, o en los casos en donde un menor se encuentra en calidad de extraviado, no cuente con red de apoyo familiar, o asunto en particular, en todos los casos, y de manera inmediata, se hace del conocimiento de los hechos al Ministerio Publico, o la autoridad competente.

Por las autoridades municipales, cuando un infante se encuentra en situación de extraviado o de calle, o las que las autoridades municipales, estatales o federales determinen, de acuerdo al caso concreto.

Tratándose de albergues privados, por conducto de las propias familias de los menores, que no se pueden o no se quieren hacer cargo de ellos, ya sea por, pobreza extrema, migración, padres en penitenciaria, padres alcohólicos, desintegración familiar, etcétera.

El sistema DIF Oaxaca, por conducto de la Procuraduría de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia, para evitar la revictimización de los niños víctimas que ingresan a una situación de albergue considera los siguientes criterios:

De acuerdo al caso concreto, se evalúa la situación particular de cada niña, niño y adolescente, a partir de la cual se planifica dicho proceso de canalización a un albergue público o privado, y en su caso la reubicación del menor a otro albergue, de manera individualizada, especializada y con pertinencia cultural, de acuerdo a los siguientes motivos:

Seguridad: Se debe brindar al menor, si así lo requiere un sistema de protección, que garantice su seguridad, y no estigmatización.

Relaciones significativas: los niños, niñas y adolecentes en situación de albergue deben tener con sus pares o adultos, relaciones que les permita tener una estabilidad emocional de manera continua o durante el tiempo que dure la situación de albergue.

Evitar el desarraigo con la comunidad al permanecer lo más cerca posible en su lugar de residencia habitual, lo que facilita el fortalecimiento de sus vínculos familiares y comunitarios, minimizando con esto, el trastorno a su vida educativa, cultural y social por la separación.

Tratándose de grupos de hermanos, estos deben permanecer unidos. De no ser así se debe garantizar que continúen en contacto entre sí.

De acuerdo a necesidades especiales de cuidados apropiados: es decir la necesidad de recibir cuidados apropiados. Así como las que sea pertinente de acuerdo al caso concreto.

Cuando un menor es reubicado a otro albergue se debe considerar también, la evaluación de la situación particular de cada niño, niña o adolescente, a partir de la cual, se planifica dicho proceso de cuidado de manera individualizada, especializada y con pertinencia cultural, tomando en consideración las necesidades particulares, creencias y deseos especiales de la niñez, mediante una preparación por personal especializado, y consentimiento expreso en diligencia de escucha del menor, si la edad y características especiales lo permiten. Esta evaluación deberá considerar las medidas de protección de la niñez, y los motivos enunciados, así como la obligación de la institución de informar del traslado, sus padres, tutores o curadores si los tuviere del traslado; para la canalización se deben realizar los reportes pertinentes que evalúen y determinen la procedencia de la reubicación, los cuales deben ser realizados por personal profesional y sensible.

V. ¿Qué características tienen y cuál es el proceso de este tipo de seguimiento?

El Sistema DIF Oaxaca, si reubica a un menor a un albergue privado dentro o fuera del estado, lo realiza, mediante los siguientes procesos:

a) Informes Mensuales de la situación de los menores, que deben rendir los directores de los albergues privados, en donde conste su situación psicológica, situación familiar, situación escolar, situación física y médica, desarrollo psicosocial con el entorno con la comunidad, desarrollo laboral de acuerdo a la edad y condición específica, así como cualquier otro acontecimiento relevante

b) Visitas a los albergues por personal de la Procuraduría DIF, tanto del asistente social que lleva expediente para seguimiento, como por personal de psicología que lleva la terapia;

c) Reuniones de trabajo bimestrales con todos los representantes y/o directores de los albergues para seguimiento de casos y unificación de criterios, como lo es, la figura del un tutor legal, así como la figura que ejerce el centro de albergue de tutela y protección de los derechos del infante, su resguardado, las condiciones de salud, vivienda y educación, que desarrolle integralmente sus derecho humanos, teniendo como preponderante el interés superior.

VI. ¿Qué servicios se prestan a la familia para eliminar la causa que impide al niño, niña o adolescentep ermanecer en el seno de la familia y que se encuentra en situación de albergue?

La Procuraduría para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia del Sistema DIF Oaxaca, a través de la Clínica de Psicoterapia Familiar, desarrolla un programa permanente para la Atención y Valoración psicológica para los padres cuyos hijos se encuentran internos en Casa Hogar 1 y/o 2, así como en diferentes albergues particulares. El objetivo del programa es trabajar psicoterapéuticamente a favor de la garantía, la continuidad y el fortalecimiento de los vínculos familiares del niño, niña y adolescente a lo largo del todo el proceso de la reintegración. Es vital informar y concientizar a madres, padres o tutores, sobre la importancia de una crianza responsable, amorosa y respetuosa, así como también mostrarles el poder de los buenos tratos para ayudar a los niños a recuperarse de las violencias psicológicas y físicas sufridas tanto en la propia familia como en su entorno social más amplio.

Todo esto, con la finalidad de que la reintegración sea efectiva y prevenir los reingresos a las casas hogares. Todo lo anterior está fundamentado en las Directrices de las Naciones Unidas sobre las Modalidades alternativas del cuidado de los niños, marcan que cuando se hayan implementado y hayan fracasado las medidas de prevención de la separación, se trabajarán para realizar el proceso de manera acompañada y participativa. Estas se llevan a cabo en la Clínica de Psicoterapia Familiar, de manera alterna por medio de sesiones psicológicas individuales y grupales, actualmente el área tiene activos los grupos de padres en proceso de reintegración de sus hijos y escuela para padres que es una modalidad de continuidad en el apoyo y orientación para desarrollar.

Los padres son canalizados a la Dirección de Desarrollo Familiar y Comunitario, quienes cuentan con el programa de Fomento la Cultura del Buen Trato, al ser un instrumento real de prevención, al reducir las formas de violencia en la sociedad, así como las consecuencias sociales y de salud a largo plazo, asociadas a los malos tratos contra la infancia y la adolescencia, fortaleciendo las prácticas en el buen trato, la convivencia positiva y pacífica, dentro de los entornos cotidianos al alimentar nuevas formas de ver, entender y sobre todo de vivir el día a día, en el reconocimiento de que la convivencia es una cuestión que corresponsabiliza a todos, tanto como personas iguales y al mismo tiempo diferentes, que les permita crear las condiciones de desarrollo alternativo en las familias y en las niñas, niños y adolescentes dentro de su contexto comunitario y social, que consoliden al tejido social como una red de protección a la infancia y adolescencia, en el marco de una cultura de respeto a la dignidad humana.

Los programas y talleres dentro de las casas hogar, tienen como fin, promover en la niñez conductas socializado ras, basadas en el respeto, que cuenten con una educación regulada la cual se le dará seguimiento, ya que mediante la educación y su desarrollo se puede evaluar la condición de cuidado en la familia y compromiso, aportándoles las herramientas necesarias para que cuenten con una vida plena, en libertad y de una manera honesta.

VII. ¿Cuál es el tiempo promedio en que se resuelve la situación jurídica del niño, niña o adolescente?

El trámite en la Procuraduría de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia para resolver la situación de un menor, es de acuerdo al caso concreto; en todo momento el menor que es ingresado al albergue institucional, se les informa con un lenguaje sencillo de acuerdo a sus características propias cuales son los motivos que originaron su ingreso, dando la intervención tanto al área de psicología como a trabajo social, que nos permita tener información con el apoyo de la técnica del socio grama familiar, y las redes apoyo, en diligencia de escucha del menor, estos expresan sus necesidades, lo que es tomado en consideración en todas las intervenciones de las diferentes área a efecto de la búsqueda de la reintegración nuclear o extensa, esta valoración se debe realizar en breve término, de acuerdo a las condiciones del caso, la reintegración puede ser de manera inmediata, una semana, de uno a tres meses, a partir de ese momento dependerá de las condiciones específicas del caso concreto que justifique la separación de la familia, para dar inicio al juicio de pérdida de patria potestad o adopción de ser procedente; es importante señalar, que el inicio de cada procedimiento, está basado en un protocolo de atención para el ingreso, la estancia y el egreso, sin que por ello, esto sea un impedimento para las convivencias con familiares, personas con las que los infantes tengan confianza o apego, visitas que serán cuidadas dentro de las instalaciones del albergue.

VIII. ¿De qué otras problemáticas o violaciones de derechos ha tenido conocimiento?

Se tiene documentado de acuerdo al diagnóstico 2012, que el 50 por ciento de niñez ha ingresado por pobreza extrema, el 30 por ciento por algún tipo de violencia, el 14 por ciento han sido maltratados y 6 por ciento por desintegración, es decir, en la mayoría de estos casos, la niñez si tiene familia pero por las condiciones precarias y de vulnerabilidad, sus familiares no se pueden hacer cargo y en los casos que son ingresados por autoridad, no se cuentan con datos que nos permita determinar que tramite o resolución dictó la autoridad conocedora del caso.

IX. ¿Su dependencia participa de los procesos de reintegración familiar que se realizan en las instituciones privadas que albergan niños, niñas y adolescentes; cuál es su papel?

Desafortunadamente no contamos con una legislación clara, que nos otorgue las atribuciones para pedir informe mensual, o verificación de cómo se llevan a cabo las reintegraciones en estos centros, así como la aceptación a los mismos.

¿Cuál es su papel?

La Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia tiene como función establecer los mecanismos eficaces y fundamentales de prevención, restitución, respeto y protección de los derechos de la niñez en situación de albergue carentes de cuidados parentales, garantizar de forma eficiente el respeto, reconocimiento, promoción, protección y provisión de remedios de los derechos humanos.

X. Su dependencia participa de los procesos de adopción que se realizan en las instituciones privadas que albergan niños

La única autoridad central que realiza los trámites de adopción en el estado es la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Oaxaca, a través de la Subprocuraduría de Adopciones. Ninguna institución privada en consecuencia.

La Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia, del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Oaxaca, interviene en todos los procesos de adopción que se realizan en el estado, ya que a raíz de las reformas aprobadas el día veintinueve de octubre del año próximo pasado, siendo publicadas en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado el día trece de noviembre del año dos mil diez, entrando en vigor al día siguiente de su publicación, es requisito que este Sistema emita la Carta de idoneidad, para que pueda proceder la adopción, en consecuencia integrará todo el expediente administrativo y se harán las canalizaciones de igual forma a las áreas de Trabajo Social, Psicología y Médica, para que una vez integrado sea objeto de análisis en sesión de Consejo Técnico de Adopciones, ya que además el Código de Procedimientos Civiles del estado de Oaxaca, dispone que el solicitante (que pretenda adoptar) deberá acreditar documental mente su situación económica, así como su salud física y mental, mediante estudios socioeconómicos, psicológicos y médicos realizados por la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia del estado (requisito para la adopción).

Artículo 411 Bis fracción IV del referido Código Civil, en donde se adicionó como requisito para llevar a cabo la adopción... “IV. La carta de idoneidad emitida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia;” ..., se desprende en consecuencia con esta reforma que necesariamente toda solicitud de adopción pasará por el DIF, a través de la Procuraduría, aún las efectuadas entre particulares, a fin de que sea el Consejo Técnico de Adopciones quien determine sobre su aprobación, caso en el cual expedirá la referida carta, ya que la Ley del sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Oaxaca, publicada en el Periódico Oficial del gobierno del estado el día 13 de marzo del año 2010, faculta para tal fin al Consejo Técnico de Adopciones en su artículo 12 fracción IX, al disponer que los integrantes de dicho consejo se encargarán de emitir opinión respecto a la aprobación e idoneidad de solicitudes, así como asignación de niñas, niños y adolescentes.

Lo anterior en relación con el reglamento interior del consejo técnico de adopciones.

XI. ¿Existe algún programa de desinstitucionalización en el Sistema DIF?

a) El Ingreso del niño, niña o adolescente a las casas hogar, debe realizarse mediante una atención personalizada, compasiva, de calidad por personal capacitado, que detecte necesidades inmediatas, respetando plenamente su integridad física, mental y moral, de acuerdo a su edad, género, discapacidad y nivel de madurez, limitándose al mínimo necesario tratándose de su privacidad.

b) Registro inmediato al ingreso a las casas hogar de las niñez, al sistema informático para la planificación y gestión integral del conjunto de incidencias y para contar con sus datos estadísticos, características físicas, motivos de internamiento y problemática, con orden, de acuerdo a las normas oficiales y con unificación de criterios en cada área.

c) Proporcionar a los menores durante su residencia en las casas hogar, acciones preventivas para la atención a la salud, con una nutrición adecuada, buscando su desarrollo físico y mental de acuerdo a su edad, en donde se les proporcione educación y formación ética, en un ambiente sano, libre de violencia, garantizando su seguridad, en donde reciban alimentación, vestido, atención médica, psicopedagógica y psicológica de calidad, o la que requieran.

d) Dotar a la niñez y adolescencia de las herramientas necesarias para construir un proyecto de vida, dentro y fuera de la institución, ya sea con su familia, con una nueva familia en el caso de adopción, o en el caso de no contar con éstos, enfrentar el reto de la independencia por alcanzar la mayoría de edad, para ello, se debe potenciar la integración social en su entorno.

e) Cuando, un niño, niña o adolescente egresa de las casas, será mediante acuerdo dictado por la autoridad, quien por medio de oficio, informará de su determinación al responsable del albergue, en donde deberá señalar la persona responsable a quien se le va a entregar, el día y la hora de la salida y los motivos de la misma, quien una vez enterado realizará, las acciones permanentes que favorezcan su egreso del menor, de manera ordenada y que favorezca su estado emocional, este procedimiento debe ser participativo por todas las partes (el niño, niña y adolescente, los progenitores, responsables sustitutos, los profesional que tiene conocimiento del caso y la autoridad que dicto la determinación);

f) Se deben asegurar condiciones de vida segura y digna, a las y los jóvenes que egresan de las casas hogar, y que carecen de familia a través del fideicomiso “Compromiso de corazón por una vida plena” en donde participan actores de la sociedad civil, el sector privado y el estado, así como el propio beneficiario del fideicomiso.

g) Generar en los operadores del sistema, el trabajo en equipo, dándole sentido a su trabajo diario, al generar el cambio.

Fase 1. Evaluación y diagnóstico

Se cuenta con la casa hogar 1 y 2, cada una de ellas realiza la evaluación y diagnóstico, al ser el primer contacto de la NIÑEZ a una situación de albergue, el equipo multidisciplinario, realiza una evaluación integral por áreas, esta evaluación se lleva en el área de albergue

Horario de recepción

Lunes a domingo, las 24 hrs del día, los 365 días del año.

Requisitos de ingreso

Documento oficial de la autoridad competente, que solicite el ingreso del menor, en donde establezca claramente el motivo de ingreso, acompañando a dicha solicitud el acuerdo que re cayó a la determinación tomada, certificado médico y psicológico del menor (este último requisito es indispensable para no re victimizar, sin embargo, de acuerdo al caso concreto del menor y su edad, está sujeto a que se presente o no). Cuando es la Procuraduría del Sistema DIF, quien determina esta medida por la situación de urgencia o de acuerdo al caso concreto de manera inmediata, deberá dar aviso a la autoridad competente de la medida tomada.

Las directrices de ejecución del programa

1. El trato debe ser con tacto y sensibilidad, tomando en cuenta su situación personal, necesidades inmediatas, edad, género, discapacidad, nivel de madurez y respetando plenamente su integridad física, mental y moral. Los profesionales encargados del ingreso, deben tratar a la niñez que es albergada como un individuo con sus propias necesidades, deseos y sentimientos personales, sin generalizar su actitud, por su condición o su edad.

2. La intervención de los profesionales especializados, debe limitarse al mínimo necesario tratándose de la privacidad de la niña o niño albergada, para no ser revictimizada, sin embargo como responsables, nos debemos allegar de las documentales necesarias (copias certificadas averiguación previa, expediente clínico, dictamen psicológico, partes informativos de la policía, información de trabajo social, documental fotográfico, periodístico etc.) que permita darle un trato personalizado y diferenciado a la victima albergada, siempre en la búsqueda de un desarrollo integral.

3. Una vez obteniendo la mayor información posible, cuando la edad de la victima así lo permita, las entrevistas, exámenes o cualquier otro tipo de investigación a que esté sujeta la víctima albergada menor de 18 años, deberá ser realizada por el personal capacitado, quienes al momento de realizar su diagnóstico, con el fin de evitar mayor sufrimiento, las entrevistas, exámenes y demás tipos de investigaciones deben realizarse de manera sensible, respetuosa y concienzuda y dejarlo documentado.

4. Las interacciones descritas en estas directrices se deben realizar con empatía, de acuerdo a las necesidades especiales de las víctimas (niñas, niños y adolecentes), en un idioma claro, que sea entendible, una vez que el niño, niña o adolecente, sea ingresado al albergue Institucional, tiene derecho a la protección y no discriminación y que este derecho se haga valer de una manera integral.

5. En todos los procedimientos el niño, niña y adolescente deberá informársele con un lenguaje sencillo de acuerdo a sus características propias.

La institución en todos los criterios que utiliza de evaluación, siempre prevalece la no institucionalización, por ello se deben utilizar las medidas alternas de cuidado previsto por la Guía de estándares para el personal de las entidades públicas y privadas que se ocupan de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

6) Acciones implementadas

El Sistema DIF Oaxaca, sabedores de la situación de los albergues privados a raíz del primer diagnóstico, ha realizado visitas a los 20 albergues privados, con la autorización y participación de las propias asociaciones civiles, quienes han realizados funciones, sin recibir ningún tipo de apoyo económico, acompañamiento, o seguimiento oficial por parte del estado.

Sin embargo, las reuniones bimestrales con los representantes legales y Directores de los albergues privados, nos ha permitido realizar inercias, actualmente nos permiten el ingreso a sus albergues, para verificar las condiciones en que se encuentran las instalaciones de los mismos, los procedimientos que tienen establecidos, así como, nos han proporcionado la información de cada los menores que ingresan o egresan, se han contado con la autorización para realizar entrevistas de trabajo social y psicología. Por lo anterior, les estamos otorgando asesoría jurídica y seguimiento a los casos niños albergados, en donde ha intervenido alguna autoridad.

Hemos realizado tres sesiones en lo que va del año, en las cuales, se han tocado temas relevantes, como el informe actual del diagnóstico de la Niñez carentes de cuidados parentales, además se les ha capacitado e impartido pláticas de interés, como lo es derechos de la niñez, adopción, trata de personas, supervisión sanitaria, etcétera (anexo 3).

Por otra parte, las Procuradurías Municipales han sido un gran apoyo en la intervención de los asuntos, por lo cual, se han llevado a cabo dos Talleres de Procuradores Municipales, y se les proporciona información relacionada con: a) El marco jurídico de sus actuaciones, para la protección de los derechos de los sujetos de asistencia social, especialmente niñas, niños y adolescentes, brindando información respecto a reformas actualizadas de las leyes, códigos y reglamentos, así como los convenios de colaboración existentes con las diferentes instituciones federales y estatales, dependencias, organizaciones de la sociedad civil, para brindar una mayor atención a los sujetos de asistencia social; en los casos relacionados con la defensa de la niñez, se hace una especial difusión en el contenido de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y en su Protocolo, para que adopten medidas especiales en favor de los niños, basados en el respeto de los derechos humanos, y de esta forma dentro del ámbito de su competencia adopten medidas de protección no solo desde la asistencia, si no con el objeto de la búsqueda de la integralidad de derechos; en este sentido, en los tres talleres de Procuradores Municipales se reitera como principio “rector-guía”, el del interés superior del niño, enfatizando que es importante que por la cercanía de estas instancias a los lugares de origen de la niñez carentes de cuidados parentales, por su conducto es 1; E posible tener información relacionada con la posibilidad de ser reintegrados con su padres o familia extensa, dando seguimiento a estos procesos, velando por la protección de toda forma de sufrimiento, abuso o descuido incluidos el descuido físico, psicológico, mental y emocional; Capacitación para el buen trato a las familias que son atendidas en sus municipios; trámites, servicios que proporciona el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, para que puedan .solicitar a las áreas que corresponda el apoyo para la vinculación y acercamiento de los mismos; Difusión de los Programas que se encuentran en operación relacionados con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que se integren en las actividades y en su caso, gestionen para los Integrantes de su comunidad los beneficios que estos ofrecen; las directrices de actuación acordadas por las procuradurías para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia de las diferentes entidades de la república, en los talleres convocados por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia especialmente, por lo que respecta a la restitución de menores se deberá verificar previamente el lugar de nacimiento de los niños, niñas y adolescentes, así como de redes familiares con miras a su reintegración, la gestión para tramitar sin costo las actas de nacimiento, matrimonio y/o defunción que les sean solicitadas por otras entidades municipales o federales; En todos los casos se les ha informado.

Las Procuradurías Municipales no están autorizadas para celebrar adopciones entre particulares o no realizar trámites de adopción nacional o internacional entre los acuerdos se ha logrado reiterar el compromiso de las procuradurías municipales, para integrar expedientes de atención con actuaciones fundadas y motivadas, en donde se conserve el registro de las diligencias practicadas en los casos concretos, las autoridades a las que se dio intervención y los resultados obtenidos, así como dar aviso inmediato de casos de niños, niñas y adolescentes en condiciones de maltrato, o abandono (anexo 4).

a. Relación de Inversión aplicada a Casas Hogar del Sistema DIF Oaxaca y Asociaciones Civiles.

b. Gastos de operación de las casas hogar 1 y 2 del Sistema DIF Oaxaca

En Oaxaca, no existía hasta antes del 2011 ningún tipo de relación o control de los albergues públicos o privados en el estado, actualmente la sociedad civil y gobierno estamos trabajando desde lo legal, asistencial e humano, para construir juntos acciones efectivas de control.

7) Apoyos entregados

En el año 2012 se han entregado dotaciones de alimentos con calidad nutricia a cada niña, niño y adolescente en situación de albergue, que se encuentran en albergues privados de manera bimestral con una inversión de tres millones 803 mil pesos, el cual se ha seguido proporcionando en el año 2013 (anexo 5).

Conclusiones

Entendemos que las principales problemáticas en el estado, es la pobreza y desigualdad, que constituyen en causas indiscutibles de las violaciones de derechos de la niñez, entre los cuales se encuentra el ejercicio del derecho a la familia y, dentro de éste, el de gozar de cuidados parentales.

En el estado de Oaxaca, no se ha implementado algún programa o recursos destinados a niñas, niños y adolecentes carentes de cuidados parentales, tanto las autoridades de salud, administración, justicia no cuentan con procedimientos o protocolos que establezcan los’ mecanismos de supervisión, de estos establecimientos.

Las autoridades municipales de la misma manera, permiten su operación, aún cuando estas instituciones no cuenten con permiso de suelo, y dictamen de protección civil.

Hasta el momento no hay recurso destinado para el controlo vigilancia, en tal sentido, la búsqueda de resolución a las problemáticas que originan la violación de los derechos de los niños en Oaxaca por estas causas debe darse en el campo de las políticas sociales públicas. Una situación de abandono se puede revertir con la reestructuración de la propia familia, por ello, los programas sociales destinados a proteger a los niños de la situación de pérdida de cuidados parentales deberán enfocarse fuertemente en el fortalecimiento de esos núcleos familiares que podrían preservarlos.

De las entrevistas que se le realizaron durante los años 2011 y 2012, a más de 1,500 niños en situación de albergue, los que están en calidad de institucionalizados, se les están vulnerando su derecho a la convivencia familiar y comunitaria, se les vulnera su derecho a la libertad, el derecho a la expresión y participación, el derecho a la intimidad, el derecho a la educación el cual puede ser generado por el estado, cuando una autoridad los ingresa, por los particulares cuando la propia familia nuclear o extensa los ingresa y se hacen omisos del cuidado, como de las propias agrupaciones o asociaciones civiles que no cuentan con algún control de ingreso, pues les es conveniente contar con recursos económicos que les genera, al lucrar ya que en muchas ocasiones los aspectos con que se logra conmover y hacer que particulares y organizaciones realicen aportes, ya que es más probable conseguir apoyo económico al saber que los infantes están solos y sin familia; el desarraigo que genera esta condición y la tristeza, por la ausencia de visitas, aún cuando la institución pueda otorgarles protección con calidad y calidez a los niños y niñas, les genera incertidumbre frente a su futuro al no saber quién los va a apoyar, proteger y acompañar, así como, sentimientos de rechazo y baja autoestima.

De las visitas que se realizaron a los albergues privados en todo el estado, se determinó que una vez que el menor es ingresado, por la situación legal o especial que presente, por autoridad éste lo realiza, sin que establezca la temporalidad o mecanismos de notificación a la familia, visitas, egreso, atención que requiere, que persona se hará responsable, bajo qué condiciones le otorga la custodia, aunado a que no se establece el apoyo económico que aportará para su manutención o vigilancia, tampoco se verifica, respecto a las condiciones en que se encuentra instalado el albergue, si cuenta con permisos de la autoridad municipal para su operación, así como, no se encontró que exista seguimiento de la autoridad que determino esta medida, no existe registro de visita, ni registro de solicitud de informes, las victimas apartadas de todo su entorno de vida, dejándolos al arbitrio de quien los cuida, sin que se garantice el respeto a sus derechos humanos, que pondere el interés superior de la infancia, sin embargo, el cerrar estos establecimientos se convierte en un problema para el estado, que requiere contar con medidas alternativas de cuidado y de personas especializadas que brinden asistencia social, protección en estos casos, ya que en el año habían 651 niños y niñas en situación de albergue, y 611 en el año 2012, en este mismo año se logró reintegrar a 173 niños, tanto en los albergues institucionales como privados. Anexo al presente un recopilador en donde exhibo la documental que soporta mi dicho en cada uno de los puntos que anteceden.

Siendo hasta el momento las actividades desarrolladas por la Institución a mi cargo, hago patente mi compromiso para brindar asistencia social a los diversos sectores de la población, reiterándole las muestras de mi consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“El respeto al derecho ajeno es la paz”

San Raymundo, Jalpan, Oaxaca, a 8 de julio de 2012.— Licenciada Laura Adriana Vargas Mayoral (rúbrica), procuradora para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia del Estado de Oaxaca.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.



ALBERTO PATISHTAN GOMEZ

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Judicial de la Federación.

Diputado Federal Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXII Legislatura.— Presente.

Por instrucciones del ministro Juan Nepomuceno Silva Meza, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en el artículo 60, fracción IV, del acuerdo general del pleno del Consejo de la Judicatura federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio consejo, me refiero a su oficio número D.G.P.L.62-II-8-2160, por medio del cual comunica el acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados en sesión de 5 de septiembre de 2013, que señala lo siguiente: “La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, expresa con pleno respeto a lo independencia del Poder Judicial, su deseo de que en lo resolución definitiva, el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito resuelva conforme a derecho y garantice plenamente el debido proceso al Alberto Patishtán Gómez de acuerdo a los derechos humanos reconocidos en lo Constitución Político de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los que México es parte.2

Sobre el particular, el Poder Judicial de la federación es respetuoso de las expresiones de los Poderes que integran el Estado mexicano, por ello, el Consejo de la Judicatura federal, como lo determinó el legislador, es constitucionalmente el encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera Judicial del Poder Judicial de la federación, y sobre todo, vela por que las resoluciones de los juzgadores federales se dicten con plena autonomía e independencia, pues es ésta, la autonomía e independencia judicial, la función sustantivo de los juzgadores federales, en quienes descansa la justicia federal.

Es así, que este consejo reafirma su compromiso constitucional, por lo cual, el Tribunal Colegiado que conoce del caso del ciudadano Alberto Patishtán Gómez, como todos los jueces y magistrados, cuenta con la autonomía e independencia para emitir su resolución, pues esta judicatura federal no puede emitir ningún tipo de recomendación, opinión o exhorto hacia los magistrados integrantes de ese Tribunal, ya que esto esto pudiera trastocar la autonomía e independencia judicial que se ha mencionado, considerando además que se encuentra el asunto por resolverse por dicha autoridad jurisdiccional competente, donde existen los medios legales a los que puede recurrir la resolución, en su caso.

Por lo anterior, en estricto respeto al principio de división de Poderes que impera en el Estado mexicano, esta judicatura federal toma conocimiento a través de su Presidencia del exhorto en comento, en los términos señalados en el presente cuerpo.

Sin otro particular, envío a usted un cordial saludo.

Atentamente

México, DF., a 11 de septiembre de 2013.— Magistrado Luis Fernando Angulo Jacobo (rúbrica), secretario general de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento.



PROGRAMA UNIVERSAL DE BECAS-SALARIO

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno de Jalisco.— Poder Legislativo.— Secretaría del Congreso.

Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.

Enviándole un atento saludo, hago de su conocimiento que esta sexagésima legislatura del honorable Congreso de Jalisco, en sesión verificada en esta fecha, aprobó el acuerdo legislativo número 429-LX-13, en el que de manera atenta y respetuosa se les exhorta a fin de que se apruebe en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2014, los recursos suficientes para el programa universal de beca-salario a jóvenes, con el propósito de que puedan cursar y concluir su educación media superior.

Por instrucciones de la directiva de esta soberanía, hago de su conocimiento lo anterior, para efectos de la comunicación procesal respectiva.

Sin otro en particular, propicia hago la ocasión para reiterarle las seguridades de mi consideración.

Atentamente

Guadalajara, Jalisco, agosto 22 de 2013.— Doctor Marco Antonio Daza Mercado (rúbrica), secretario general del honorable Congreso del Estado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno de Jalisco.— Poder Legislativo.— Secretaría del Congreso.

Ciudadanos diputados:

Los que suscribimos diputados Luis Guillermo Martínez Mora, presidente; Mariana Arámbula Meléndez, Norma Angélica Cordero Prado, Idolina Cosío Gaona, Juan José Cuevas García, Jaime Ismael Díaz Brambila, Avelina Martínez Juárez, José Trinidad Padilla López, Víctor Manuel Sánchez Orozco y Édgar Enrique Velázquez González, vocales, integrantes de la Comisión de Educación de la Sexagésima Legislatura del Congreso de Jalisco, en ejercicio de las facultades que nos confieren los artículos 22 párrafo 1 fracción I, 150 y 152 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, ponemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente, iniciativa de acuerdo legislativo con carácter de dictamen mediante el cual se hace un respetuoso exhorto a diversas autoridades federales a fin de que puedan destinar recursos necesarios en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 con el propósito de contar con un programa universal de becas-salario dirigido a jóvenes que garantice su educación media superior:

Antecedentes

I. El jueves 2 de mayo de 2013, la diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de Sonora presentó al pleno de su honorable Congreso, iniciativa de acuerdo legislativo que propone girar un respetuoso exhorto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Desarrollo Social y a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a fin de que puedan destinar recursos necesarios en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2014 con el propósito de contar con un programa universal de becas-salario dirigido a jóvenes para garantizar su educación media superior.

Invitando también a los Congresos de los demás estados de la República Mexicana, así como al Distrito Federal para que en ejercicio de su soberanía, decidan hacer un respetuoso exhorto con este mismo propósito.

II. Con fecha 7 de mayo, el honorable Congreso de Sonora aprobó se envíe acuerdo del exhorto para invitar a los demás estados a unirse al sentido de la iniciativa en ejercicio de su soberanía, dicho exhorto fue turnado a la Comisión de Educación del Congreso de Jalisco, para su conocimiento el 6 de junio, y el 17 del mismo mes y año, esta comisión, en la séptima sesión ordinaria acordó realizar un acuerdo para que se apruebe en el pleno exhortar a las diversas autoridades federales que se mencionan, con ese mismo fin. Que se fundamenta en la siguiente:

Exposición de Motivos

I. Es lamentable que exista tan bajo rendimiento escolar en el nivel medio superior en todo el país, ya que documentos de la Secretaría de Educación federal reconocen que solo tres de cada diez alumnos que ingresan a la primaria concluyen su educación media superior, donde se demuestra que no solo basta con hacerlo obligatorio, sino que se requieren apoyos e incentivos para mantener a los jóvenes en las aulas y motivarlos a que sigan con su preparación académica.

II. De acuerdo al XII Censo de Población levantado por el Inegi en el 2000, el 37.4 por ciento de jóvenes entre 15 y 19 años manifestaron haber abandonado la escuela porque “no les gustó estudiar” y el 35.2 por ciento menciona que fue por cuestiones económicas (Inegi 2001).

III. En 2005 la población entre 15 y 24 años fue de 19 millones 63 mil mexicanos (Inegi 2005), de ellos sólo acudían a escuelas de nivel medio superior 6 millones 156 mil 800 alumnos, esto es un poco más del 32 por ciento.

En números absolutos más de medio millón de estudiantes dejan el bachillerato cada año. En 2005 la eficiencia terminal en ese nivel fue de 59.6 por ciento.

IV. Por otra parte la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), (Inegi, 2009), en la que se preguntaba de las razones para desertar de la educación media superior y los resultados arrojan que es por la insuficiencia de dinero para pagar la escuela y la necesidad de aportar dinero al hogar, suman 52 por ciento de las razones principales para desertar de este nivel educativo.

V. Un estudio realizado entre 20 países pertenecientes a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos, OCDE, entre los cuales se incluye a México, el promedio de la eficiencia terminal es de 68 por ciento lo cual indica que si bien la mayoría de los estudiantes que inician el nivel medio superior lo finalizan, también indica que el porcentaje de deserción, 32 por ciento es significativamente alto.

En este rubro, México se coloca por debajo del promedio, al alcanzar 52 por ciento de eficiencia terminal (OCDE, 2011).

VI. De acuerdo con información de estadísticas básicas del sistema educativo nacional, DGP, SEP, donde se estima para el ciclo 2011-2012, se contó con una matrícula de 4 millones 333 mil 589 personas, de los cuales desertaron el 14.4 por ciento que nos dice que alrededor de 624 mil 36 alumnos de educación media superior abandonaron sus estudios. Un porcentaje muy elevado de estos alumnos se han visto en la necesidad de abandonar sus actividades escolares por las pocas posibilidades económicas que tienen de continuar sus estudios.

VII. El artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que es una obligación del Estado el garantizar la educación a todo individuo. Estableciendo que para ello, el Estado debe, entre otras cosas, ofrecer los medios para hacer llegar la educación a todos los mexicanos, valiéndose del presupuesto anual asignado para desarrollar las actividades educativas.

El 9 de febrero del año 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se declara reformado el párrafo primero; inciso c) de la fracción II, la fracción V del artículo 3o., y la fracción I del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el cual, se determina la obligación del Estado en la impartición de educación, preescolar, primaria, secundaria y media superior.

VIII. Por su parte, el artículo 27 de la Ley General de Educación indica que al referirse al financiamiento de la educación, el Ejecutivo federal y el gobierno de cada entidad federativa tomarán en cuenta el carácter prioritario de la educación pública para lograr los fines del desarrollo nacional y que también, en la medida de lo posible, fortalecerán las fuentes del financiamiento en la tarea educativa, para destinar los recursos presupuestarios crecientes, en términos reales, a la educación pública.

En este orden de ideas podemos identificar claramente como la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación, así como la Ley Reglamentaria en materia de educación, imponen la obligación al Estado Mexicano de asegurar y garantizar el acceso a los niveles educativos de educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, así como fortalecer las fuentes de financiamiento de manera creciente a las tareas educativas.

IX. Cabe mencionar que uno de los acuerdos del “Pacto por México” que fue firmado con el propósito llevar a cabo iniciativas y reformas que mejoren a nuestro país, entre los que destaca compromiso número 14, que se refiere a incrementar la cobertura de educación media superior y superior, asegurando los recursos presupuestales necesarios para incrementar la calidad y garantizar la cobertura en al menos 80 por ciento y 40 por ciento, respectivamente.

Conscientes del compromiso que tenemos como actores políticos de acercar los servicios educativos a los ciudadanos mexicanos y al coincidir en que debemos avanzar en el desarrollo nacional, es por ello que se requiere asegurar el destino de mayores recursos económicos que nos ayuden a alcanzar esa encomienda que adquirimos al ocupar algún cargo público.

En este sentido el Ejecutivo federal ha iniciado una serie de acciones tendientes a favorecer con mayores recursos económicos los programas sociales y es por ello que lo invitamos a priorizar en la educación de los jóvenes que sin duda nos ayudara a construir el México al que todos aspiramos, donde los ciudadanos tengamos más y mejores oportunidades.

Por esta razón, es que consideramos oportuno adherimos al pronunciamiento que hace el honorable Congreso de Sonora, al honorable Congreso de Jalisco a fin de realizar un exhorto tanto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Desarrollo Social, así como a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión con el fin de que en el ejercicio fiscal de 2014 presupuesten, aprueben y operen, según corresponda en ejercicio de sus atribuciones, recursos suficientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación de ese año con el propósito de destinarlos a un programa de becas-salario dirigido a jóvenes que les ayude a la conclusión de su Educación Media Superior y esto los ponga en mejores condiciones de incorporarse al ámbito laboral.

Esta en nuestra manos impulsar esta iniciativa de manera decidida porque sabemos que beneficiara el futuro de México.

Por lo expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente:

Iniciativa de acuerdo legislativo con carácter de dictamen

Primero. El Congreso del estado de Jalisco resuelve emitir un respetuoso exhorto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de que, en la formulación del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2014, incluya de ser posible recursos suficientes para destinarlos a un programa de becas-salario a jóvenes con el propósito de que puedan cursar y concluir su educación media superior.

Segundo. El Congreso del estado de Jalisco, resuelve emitir un respetuoso exhorto a la Secretaría de Desarrollo Social a fin de que impulse un programa universal de becas-salario a jóvenes con el propósito de que cursen y terminen su educación media superior.

Tercero. El Congreso del estado de Jalisco resuelve emitir un respetuoso exhorto a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión a fin de que apruebe en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2014, los recursos suficientes para un programa universal de becas-salario a jóvenes con el propósito de que cursen y concluyan su educación media superior.

Salón de sesiones del Congreso del estado, en Guadalajara, Jalisco, a 1o. de julio de 2013.— Diputado Luis Guillermo Martínez Mora (rúbrica), Presidente; diputada Mariana Arámbula Meléndez (rúbrica), diputada Norma Angélica Cordero Prado, diputada Idolina Cosío Gaona (rúbrica), diputada Juan José Cuevas García, diputada Jaime Ismael Díaz Brambila (rúbrica), diputada Avelina Martínez Juárez (rúbrica), diputado José Trinidad Padilla López, diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco (rúbrica), diputado Édgar Enrique Velázquez González (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.



COMISION NACIONAL DE LOS SALARIOS MINIMOS

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo.— LX Legislatura.— Bicentenario.— Primer Congreso de Anáhuac.— H. Congreso del Estado de Guerrero 2012-2015.

Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— México, Distrito Federal.

Por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente de la Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, adjunto al presente para los efectos legales conducentes, el acuerdo parlamentario por el que se exhorta respetuosamente, al honorable Congreso de la Unión para que en usos de sus facultades modifique la normatividad operativa de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con mecanismos, que tengan como finalidad la mejora en las condiciones de vida de los trabajadores, de igual forma, eliminar que estos no sean aplicados por cuestiones geográficas, si no, en forma general en todo el país respetando siempre el salario más alto que se establece en la actualidad.

Aprobado en sesión celebrada el día miércoles 21 de agosto del año en curso.

Atentamente

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, miércoles 21 de agosto de 2013.— Licenciado Benjamín Gallegos Segura (rúbrica), oficial mayor.»

«Escudo.— LX Legislatura.— Bicentenario.— Primer Congreso de Anáhuac.— H. Congreso del Estado de Guerrero 2012-2015.

La Comisión Permanente de la Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa, y

Considerando

Que en sesión de fecha 7 de agosto del 2013, los diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo, presentaron el dictamen con proyecto de acuerdo parlamentario por el que la Comisión Permanente de la Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, exhorta, respetuosamente, al honorable Congreso de la Unión para que en usos de sus facultades modifique la normatividad operativa de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con mecanismos, que tengan como finalidad la mejora en las condiciones de vida de los trabajadores, de igual forma, eliminar que estos no sean aplicados por cuestiones geográficas, si no, en forma general en todo el país respetando siempre el salario más alto que se establece en la actualidad, en los siguientes términos:

“Que con fecha 15 de enero de 2013, el diputado Rodolfo Escobar Ávila, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado en vigor, presentó a esta Soberanía Popular, la Propuesta de Acuerdo Parlamentario, por el que hace un respetuoso exhorto al honorable Congreso de la Unión, para que conforme a sus atribuciones -constitucionales legisle la desaparición de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.

Que con fecha 15 de enero de 2013, el Pleno de la Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, tomó conocimiento de la mencionada Propuesta de Acuerdo Parlamentario, turnándola a la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo, para los efectos legales procedentes.

Que en acato al Mandato de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Sexagésima Legislatura del honorable Congreso del Estado, la Oficialía Mayor, por oficio Número LXI/1ER/OM/DPL/0746/2013, remitió la referida propuesta, a la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo, para los efectos legales procedentes.

Que en sus consideraciones, el diputado Rodolfo Escobar Ávila, señala lo siguiente:

“Primero.Que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos es un Organismo Público descentralizado creado mediante la reforma a la Fracción VI del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Noviembre de 1962, así como las correspondientes reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo publicadas en el mismo Diario el 31 de Diciembre de ese mismo año, para la satisfacción de las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, es necesario contar con un salario digno y suficiente.

”Segundo.Que esta Comisión tiene como propósito fundamental cumplir con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Federal del Trabajo, en el que se le encomienda que, en su carácter de órgano tripartito, lleve a cabo la fijación de los salarios mínimos legales, procurando asegurar la congruencia entre lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con las condiciones económicas y sociales del país, propiciando la Equidad y la Justicia entre los factores de la producción, en un contexto de respeto a la dignidad del trabajador y su familia.

”Tercero.Que el desgaste del poder adquisitivo del salario, ha ido en aumento, generando un rezago histórico sumamente grave en la capacidad de compra de los obreros y sus familias, negando su derecho constitucional a una remuneración suficiente.

”Cuarto.Que la Comisión Nacional de los Salario Mínimos no cumplió con su objetivo fundamental, debido a que los incrementos al salario mínimo son una burla para la clase obrera como el aprobado para este 2013 que es de un 3.9 por ciento que equivale a 2 pesos con 43 centavos, dicha cantidad no cubre la canasta básica, y con esto viola el artículo 123 de nuestra Constitución al no cubrir las necesidades básicas del trabajador y su familia, esta situación está generando una desigualdad social y una aceleración del empobrecimiento de la mayoría de la población, ampliando la brecha entre pobres y ricos o lo que es igual una brecha grande entre el poder adquisitivo que tiene el trabajador y el salario mínimo; ahora no se puede comprar la mitad de lo ni que antes se compraba.

”Quinto.Que si realizamos el ejercicio matemático de multiplicar el salario mínimo por los 30 días del mes nos da la cantidad de $1942.8 pesos, siendo dicha cantidad una burla para la clase obrera debido a que como ya se hizo mención anteriormente no alcanza tal cantidad para cumplir con lo que marca el artículo 123 de nuestra Carta Magna. Ante la decisión apresurada y sin sustento reales de los integrantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.

”Sexto.Que por lo anteriormente expuesto, debe desaparecer la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y buscar nuevos métodos de asignación de salarios para la clase obrera. A estas alturas resulta evidente que el desempeño del modelo económico impuesto desde 1983, no ha podido alcanzar ni una sola de las metas que sus promotores le asignaron. La inflación se controló con sobrevaluación cambiaría, los mercados se abrieron indiscriminadamente desmantelando sectores económicos y regiones productivas y se contuvo la demanda con una drástica contención salarial y del ingreso.

”Séptimo.Que a casi treinta años no se generaron empleos suficientes; la remuneración del empleo cayó a niveles de subsistencia, la pobreza se incrementó y el sistema financiero cayó, y hoy nuestra economía tiende a sufrir crisis más severas y recurrentes. En ese lapso los trabajadores y obreros mexicanos y de Guerrero han cargado la pesada deuda social impagable, y han sido los más afectados por políticas económicas.”

Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 46, 47, 49 fracción XVII, 67, 86, 87, 132 y 133 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo Número 286 y demás relativos y aplicables a la materia, esta Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo tiene plenas facultades para emitir el dictamen respectivo.

Que derivado del análisis realizado a la propuesta de acuerdo parlamentario de referencia, los integrantes de esta comisión dictaminadora coincidimos en la mayoría de los puntos con el exponente, al señalar la preocupación de inflación y del aumento cada día de la canasta básica, generando con ello, que los trabajadores estén limitados para poder desarrollarse en una vida plena, con el sustento económico de sus respectivas familias y de esta manera violando sus derecho constitucional “para la satisfacción de las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, es necesario contar con un salario digno y suficiente”.

Que de igual forma existe coincidencia, en el sentido del mal procedimiento que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos aplica, mismos que también son desconocidos para los ciudadanos, otro punto en coincidencia es, que cada día la clase trabajadora va en detrimento, siendo vulnerable ante la sociedad y desarrollo personal de la familia, ya que la lucha por subsistir es difícil; Es evidente que este sentir no es solo un problema para nuestra Entidad Federativa, sino que también es una voz generalizada a nivel nacional, y ello, consta, en los antecedentes de otros estados que han solicitado la desaparición de esta Comisión Nacional de los Salarios Mínimos; aunado, es el incremento precario al salario mínimo de este año 2013 que corresponde a 2 pesos con 43 centavos.

Que en términos generales, esta Comisión Dictaminadora consideramos unificar las voces para que exista eco y sean oídas las suplicas de los obreros no sólo en Guerrero si no también en el país, sin embargo, los Diputados integrante de esta Comisión, consideramos que la salida más viable no es la desaparición de esta Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), considerando que existe un problema fundamental en la materia, por lo que es conveniente conocer las limitaciones de la Conasami, debemos analizar de fondo, ya que de estas restricciones en los aumentos salarios mínimos, influye negativamente en la economía de los mexicanos y por consecuencia de la Nación.

Ahora bien, el salario mínimo no siempre ha sido fijado por una instancia tripartita, por ello, es importante evaluar los resultados de esta, en ese sentido, hacemos un respetuoso exhorto al Congreso de la Unión, para que en usos de sus facultades analicen la viabilidad de reformar la normatividad operativa de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con mecanismos, que tengan como finalidad la mejora en las condiciones de vida de los trabajadores, de igual forma, para que estos no sean por cuestiones geográficas, si no general en todo el país respetando siempre el salario más alto que se establece en la actualidad.

Por lo anterior, consideramos importante que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en uso de sus facultades señaladas en el artículo 570 fracción I de la Ley Federal del Trabajo revise los salarios mínimos aprobados para este año 2013, que señala que “los salarios mínimos podrán revisarse en cualquier momento en el transcursos de su vigencia siempre que existan circunstancias económicas que lo justifiquen y que esto será por iniciativa del Secretario del Trabajo y Previsión Social quien formulará al Presidente de fa Comisión Nacional de los Salario Mínimos solicitud por escrito plasmando la exposición de los hechos que lo motive”.

Que vertido lo anterior, en sesiones de fecha 07 y 21 de agosto del año en curso, el dictamen con proyecto de acuerdo recibió primera lectura y dispensa de la segunda lectura, respectivamente, y que en sesión de esta última fecha la Comisión Permanente de la Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado, aprobó por unanimidad de votos, en todos y cada uno de sus términos, el dictamen con proyecto de acuerdo presentado por la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 47 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 8 fracción I y 127 párrafo cuarto de la Ley Orgánica del Poder Legislativo número 286, este honorable Congreso del Estado de Guerrero, expide el siguiente

Acuerdo Parlamentario

Primero.LaComisión Permanente de la Sexagésima Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, exhorta, respetuosamente, al honorable Congreso de la Unión para que en usos de sus facultades modifique la normatividad operativa de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con mecanismos, que tengan como finalidad la mejora en las condiciones de vida de los trabajadores, de igual forma, eliminar que estos no sean aplicados por cuestiones geográficas, si no, en forma general en todo el país respetando siempre el salario más alto que se establece en la actualidad.

Segundo.LaComisión Permanente de la Sexagésima Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, exhorta al Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para que en usos de sus facultades señaladas en el artículo 570 fracción I de la Ley Federal del Trabajo, se revise el salario mínimo aprobado para este año 2013, con la finalidad de que sea aumentado de acuerdo a la realidad socio económica del país.

Transitorios

Primero.El presente Acuerdo Parlamentario, surtirá efectos a partir de su expedición.

Segundo.Comuníquese el presente acuerdo parlamentario al titular del Poder Ejecutivo federal, para su conocimiento y efectos legales procedentes.

Tercero.Comuníquese el presente acuerdo parlamentario al honorable Congreso de la Unión, para conocimiento y efectos legales procedentes.

Cuarto.Comuníquese el presente acuerdo parlamentario al titular de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, para conocimiento y efectos legales procedentes.

Quinto.Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, para conocimiento general y en la página web del honorable Congreso del estado.

Dado en el salón de sesiones del honorable Poder Legislativo, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil trece.— diputado Antonio Gaspar Beltrán (rúbrica), presidente;diputada Laura Arizmendi Campos (rúbrica), secretaria;diputada Delfina Concepción Oliva Hernández (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Remítase a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para su atención.



PAGO DE LAS PARTICIPACIONES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, CORRESPONDIENTE A AGOSTO DE 2013

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputado Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.— Presente

Con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 107, tercer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito anexar la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondientes al mes de agosto de 2013, desagregada por tipo de fondo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de agosto de 2012.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

México, DF, a 13 de septiembre de 2013.— Doctor Fernando Aportela Rodríguez (rúbrica), subsecretario de Hacienda y Crédito Público.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Remítase a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.



IVA EN LA REGION FRONTERIZA

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

Único. El Senado de la República invita a la Cámara de Diputados a que en el análisis y discusión de la reforma hacendaria 2014 se profundice el estudio de las implicaciones y alcances de la permanencia de la tasa del 11 por ciento del IVA en la región fronteriza y se establezca un diálogo constructivo con el Ejecutivo Federal para evaluar y considerar la propuesta”.

Atentamente

México, DF, a 12 de septiembre de 2013.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su atención.



PROYECTO ESTRATEGICO PARA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador René Juárez Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta al Ejecutivo federal y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que, en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2014, y en el marco y objetivos de la Cruzada Nacional contra el Hambre, se contemple un aumento en las partidas del Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria (PESA), dirigido a las tres entidades federativas más pobres de México: Guerrero, Oaxaca y Chiapas.

La Presidencia dispuso que el primer resolutivo de dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados y a la Comisión de Desarrollo Social.

Atentamente

México, DF, a 12 de septiembre de 2013.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«El que suscribe, senador René Juárez Cisneros, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 8, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo que se fundamenta en la siguiente

Exposición de Motivos

En pleno siglo XXI, 1 de cada 4 mexicanos enfrenta algún grado de carencia alimentaria. Es inaceptable que millones de mexicanos padezcan hambre, por ello resulta fundamental colocar el tema en las prioridades de la agenda pública nacional.

La Cruzada Nacional contra el Hambre tiene como objetivo atender a 7.4 millones de mexicanos que padecen una doble condición: de pobreza extrema y de carencia alimentaria severa. En una primera etapa el Gobierno Federal enfocará sus acciones en los 400 municipios más pobres del país. El gabinete será coordinado por la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) para alinear los programas y presupuestos de la administración pública federal en aras de alcanzar este noble propósito.

Por su parte, el Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria (PESA), es un plan que atiende las demandas de la población rural para mejorar la seguridad alimentaria y contribuir a la reducción de la pobreza de manera sustentable en zonas rurales de alta marginación, a través de tres acciones:

1. El apoyo a las comunidades en el fortalecimiento de su autogestión, el desarrollo de sus capacidades, sus recursos naturales, culturales, humanos, materiales y de organización.

2. La operación y consolidación de proyectos para dar una respuesta estructurada y contundente a las necesidades de las familias rurales de comunidades de alta marginación.

3. La consolidación de instituciones y agentes locales que, asociados y en contribución con los tres órdenes de gobierno, promuevan un modelo de comunidades rurales con enfoque de desarrollo sustentable, para lograr un mayor nivel de seguridad alimentaria y de combate a la pobreza.

El PESA en México, es promovido por la Sagarpa con el apoyo técnico de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y opera a partir del diseño de estrategias e instrumentación de procesos de capacitación para Agencias de Desarrollo Rural (ADR), que a su vez apoyan el desarrollo de capacidades de unidades de producción familiar mediante la planeación y puesta en marcha de proyectos de tipo productivo y uso racional de los recursos naturales.

El PESA en su metodología incrementa los resultados mediante la apropiación de la problemática, la identificación de oportunidades y la búsqueda de soluciones desde las propias comunidades, para lograr seguridad alimentaria e incrementar el ingreso de sus habitantes.

De ahí que el objetivo general del PESA sea contribuir al desarrollo de capacidades de las personas y la agricultura familiar en localidades rurales de alta y muy alta marginación, para incrementar la producción agropecuaria, innovar los sistemas de producción, desarrollar los mercados locales, promover el uso de alimentos y la generación de empleos, a fin de lograr su seguridad alimentaria y el incremento en el ingreso.

Como vemos, el PESA parte de que la seguridad alimentaria debe contemplarse como el acceso de las familias de zonas rurales marginadas, a suficientes alimentos saludables y nutritivos, para satisfacer sus necesidades alimenticias con el objeto de llevar una vida activa y sana, preferentemente basado en el aprovechamiento de los recursos locales, sustentado en aspectos ambientales, sociales y económicos, y con certidumbre en el tiempo.

La población objetivo son personas físicas, grupos de trabajo para un propósito común o personas morales, que se ubiquen en localidades rurales de alta y muy alta marginación de las entidades federativas con mayor grado de marginación y pobreza del país conforme a la clasificación del Conapo, que se dediquen a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, acuícolas y agroindustriales.

A partir de lo anteriormente señalado es que consideramos fundamental que para el año 2014, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, se contemple un aumento en el Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria (PESA), dirigido a los tres estados más pobres de México: Guerrero, Oaxaca y Chiapas, en el marco y objetivos de la Cruzada Nacional contra el Hambre impulsada por el gobierno federal.

Asimismo, consideramos estratégico que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), coordinen esfuerzos para lograr que el Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria (PESA), permita que Guerrero, Oaxaca y Chiapas, puedan mejorar la alimentación y la nutrición de los habitantes de las zonas rurales de alta marginación, en sintonía con el Programa Hambre Cero al que ha convocado la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

De lograr un aumento en el Presupuesto de Egresos de la Federación del próximo año, en lo que se refiere al Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria (PESA) dirigido a Guerrero, Oaxaca y Chiapas, lograremos una transformación de fondo, entre ellas, la de aumentar la producción de alimentos por parte de campesinos y pequeños productores, así como el cambio en el entorno de las comunidades que hoy padecen hambre, pero también, otro tipo de rezagos y carencias sociales contemplados en la Cruzada Nacional contra el Hambre.

La mayor parte de los análisis sobre la pobreza coinciden en señalar que en estas tres entidades federativas se concentra la pobreza extrema de México. En estos estados más de la mitad de su población vive en pobreza y pobreza extrema, donde carecen de vivienda, agua potable, educación y salud, de ahí que se requiera un federalismo más solidario con aquellas entidades en condiciones de marginación y pobreza.

La concentración de esfuerzos en Guerrero, Chiapas y Oaxaca, se explica a partir  de que la dispersión poblacional dificulta la generación de empleo, por lo que a partir de proyectos productivos impulsados por el PESA se podrá mejorar el desarrollo económico de estas comunidades, así como permitir a los campesinos y pequeños productores agrícolas, aumentar la generación de alimentos y de ingresos a partir de la promoción de su propio desarrollo económico.

Por lo expuesto, me permito someter a esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. El Senado de la República exhorta al Ejecutivo federal –a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público– y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para que en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, y en el marco y objetivos de la Cruzada Nacional contra el Hambre impulsada por el gobierno federal, se contemple un aumento en las partidas del Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria dirigido a las tres entidades federativas más pobres de México: Guerrero, Oaxaca y Chiapas.

Segundo. El Senado de la República exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y la Secretaría de Desarrollo Social para que en el ámbito de sus atribuciones, coordinen  las acciones necesarias a fin de lograr que el Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria, permita que los estados de Guerrero, Oaxaca y Chiapas, mejoren la alimentación y la nutrición de los habitantes de las zonas rurales de alta marginación, en sintonía con el Programa Hambre Cero, al que ha convocado la Organización de las Naciones Unidas.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 12 de septiembre de 2013.— Senador René Juárez Cisneros (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.



SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2014

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Humberto Mayans Canabal y Luis Armando Melgar Bravo, presentaron proposición con punto de acuerdo que exhorta al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a revisar las reglas de operación a efecto de considerar la inclusión de los 23 municipios de la frontera sur, ubicados en los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Tabasco, en el subsidio para la seguridad pública municipal para el ejercicio fiscal de 2014 y subsiguientes.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 12 de septiembre de 2013.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«El que suscribe, senador Humberto Domingo Mayans Canabal, miembro del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de manera conjunta con el senador Luis Armando Melgar Bravo, miembro del Grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, integrantes de esta LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, someten a la consideración del pleno de esta Cámara, la siguiente

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a revisar las Reglas de Operación a efecto de considerar la inclusión de los 23 municipios de la frontera sur ubicados en Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Tabasco, en el subsidio para la Seguridad Pública Municipal (Subsemun) para el Ejercicio Fiscal de 2014 y subsiguientes; y al subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación, para que sean revisadas las bases del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con el mismo objeto, con base en las siguientes

Consideraciones

El Subsidio para la Seguridad en los Municipios (Subsemun) es el recurso federal que se ministra a municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, que resultan beneficiados a través de la formula de elegibilidad, con el objeto de que dichos recursos se entreguen, de acuerdo a los establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación y a las Reglas de Operación vigentes, para la profesionalización y equipamiento de los cuerpos de seguridad pública, mejoramiento de la infraestructura de las corporaciones y desarrollo de políticas públicas para la prevención social del delito.

Los objetivos del Subsemun son:

• Fortalecer las funciones que en materia de seguridad pública, ejerzan los municipios y, en su caso, los estados cuando tengan a su cargo dicha función o la ejerzan coordinadamente con aquellos, así como al gobierno del Distrito Federal para salvaguardar los derechos e integridad de sus habitantes y preservar las libertades, el orden y la paz públicos.

• Profesionalizar y equipar a los cuerpos de seguridad pública en los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, mejorar la infraestructura de las corporaciones en el marco de I.as disposiciones legales aplicables, así como para el desarrollo y aplicación de políticas públicas para la prevención social del delito.

• Fortalecer los niveles de seguridad y confiabilidad que demanden las Instituciones de Seguridad Pública, mediante la aplicación de evaluaciones de control de confianza homogéneas.

• Promover una política preventiva que incida sobre los contextos socioculturales en donde se desarrollan los factores de riesgo que propician la violencia y la delincuencia, desde antes que ocurran los eventos que las detonan.

• Alinear las capacidades del Estado mediante una estrategia de prevención social del delito, que vincule el quehacer institucional con la participación de la sociedad civil organizada, así como de la ciudadanía que no cuenta con mecanismos de asociación que garanticen su derecho a ser partícipes en los actos de gobierno que los involucran.

Con estos recursos, en 2013 se da cobertura a 251 Municipios, conforme a las Reglas de Operación debidamente aprobadas y reglamentadas, y que se caracterizan por contar con destinos turísticos, son fronterizos y/o conurbados, especialmente en zonas metropolitanas; de igual forma, se da apoyo a grupos de Municipios que por su proximidad geográfica padecen una alta incidencia delictiva. Esos recursos son destinados al rubro del equipamiento, profesionalización, operación policial, infraestructura, prevención del delito y participación ciudadana.

Los 23 municipios de la frontera sur están distribuidos de la siguiente manera: dos en Campeche (Candelaria y Calakmul); 18 en Chiapas (Amatenango de la Frontera, Frontera Comalapa, Mazapa de Madero, Motozintla, Cacahoatán, Frontera Hidalgo, Suchiate, Tuxtla Chico, Unión Juárez, Tapachula, La Trinitaria, Ocosingo, Las Margaritas, Palenque, Benemérito de las Américas, Maravilla Tenejapa, Metapa y Marqués de Comillas); uno en Quintana Roo (Othón P. Blanco); y dos en Tabasco (Balancán y Tenosique), cuyos gobiernos locales no han podido hacer frente a los actos delictivos, entre otros los derivados del fenómeno migratorio, por no contar con recursos, para capacitación y equipamiento suficientes.

Cabe destacar que de estos municipios, sólo cuatro, los municipios de Othón P. Blanco en Quintana Roo, y Tapachula, Ocosingo y Palenque en Chiapas, son elegibles para recibir este subsidio en el ejercicio fiscal de 2013.

En los cuatro estados de la frontera sur del país, se registran algunas de las condiciones de rezago social, económico y cultural de las más agobiantes de México. En particular, en esos 23 municipios viven 1.6 millones de habitantes en 3 mil 412 localidades. De éstas, el. 98.6 por ciento (3 mil 365) son rurales. En las 47 localidades urbanas de esta región viven 770 mil 625 personas y en las localidades rurales viven 832 mil 833 habitantes. El 73.24 por ciento (2 mil 499) del total de localidades, están calificadas en grados de rezago social entre muy alto y medio; el 26.76 por ciento restante (913 localidades) tiene grado de rezago social bajo o muy bajo.

Además, seis de los 23 municipios tienen más del 60 por ciento de su población con un ingreso inferior al “bienestar mínimo” ya más del 80 por ciento de sus habitantes en condiciones de ingreso \ inferior a la línea de bienestar.

En la última década, la región fronteriza sur de México se ha convertido en una de las principales zonas expulsoras de migrantes mexicanos que se dirigen hacia Estados Unidos y con las rutas de tránsito más recurridas para aquellos que buscan cruzar México para llegar a ese destino de manera irregular. Desde hace tres o cuatro años, de cada diez -emigrantes mexicanos que buscan llegar a ese país cuatro salen de esta franja fronteriza.

La frontera sur ha sido históricamente un espacio con altos niveles de inseguridad. Por citar sólo un ejemplo, esta frontera experimenta el tránsito del 90 por ciento de la cocaína que se consume en Estados Unidos, además de otros crímenes como el tráfico de armas y de personas. Estos, sumado al aumento en los controles fronterizos en Estados Unidos en la frontera con nuestro país, y al contexto de violencia en algunas regiones de México, ha provocado que se incremente notablemente en la zona tanto el nivel de vulnerabilidad de los migrantes, como la generación de ilícito s de diversa índole, entre los que sobresalen el secuestro, el abigeato, el contrabando de todo tipo y la trata de personas.

Las condiciones de rezago económico y social, se traducen en espacios geográficos vulnerables frente a la acción de organizaciones criminales trasnacionales, convirtiéndose este fenómeno en un asunto de seguridad nacional.

Por esta razón, requerimos que los 23 municipios fronterizos sean elegibles en el Subsidio para la Seguridad Pública Municipal para el Ejercicio Fiscal de 2014 y subsiguientes. De esta forma se les permitirá mejorar la atención de la seguridad pública, con equipos y con las políticas de prevención social del delito adecuadas.

De otorgarse lo anterior, se permitirá privilegiar la profesionalización y equipamiento de los elementos de las corporaciones policial es y atender uno de los reclamos prioritarios de los ciudadanos de esa región.

Por otra parte, el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, puesto en marcha por el titular del Poder Ejecutivo federal, a través de la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación, busca focalizar esfuerzos, alinear y coordinar presupuestos de las secretarías de Estado, principalmente, en los municipios que sufren mayor violencia, para hacer de la prevención social de dicha violencia y del combate a la delincuencia una verdadera prioridad nacional.

Las bases de este programa, señalan que se atenderá con urgencia las 57 demarcaciones del país (48 municipios, dos delegaciones del DF y 7 zonas metropolitanas) que requieren mayor apoyo en el corto plazo; adicionalmente, se implementarán acciones preventivas en –los 251 municipios beneficiarios del Subsemun– y se consideran estrategias nacionales de corto, mediano y largo plazo, todo ello apoyado con la participación decidida de organizaciones de la sociedad civil, el sector privado y organismos internacionales.

Son diversos los factores que influyen en el fenómeno de la violencia y la delincuencia, destacando aquellas condiciones que agravan o merman la seguridad de las personas, los cuales contemplan diferentes aspectos: económico, cultural, urbano, entre otros. En el caso de la frontera sur, como ya se ha dicho, están presente las actividades ilegales transfronterizas ya señaladas (secuestro, trata de personas, narcotráfico, robo, homicidios, etcétera) derivadas del fenómeno migratorio.

Por esta razón, se justifica incluir en el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, a los 23 municipios de la frontera sur antes señalados, para coadyuvar a la necesaria tarea preventiva que debe realizarse en esta región. Se reitera que sólo los cuatro municipios señalados, están incluidos en esta estrategia nacional.

La frontera sur, como ya se ha mencionado, es una de las de mayor pobreza y marginación en el país; de las que tiene deficiente infraestructura física en materia de comunicaciones y transportes; con los menores niveles o índices educativos, especialmente en educación media superior y superior; y con mayores retos en materia de salud por la dispersión, aislamiento y características culturales y naturales de sus comunidades rurales especialmente.

Desde nuestro punto de vista y con sustento en los argumentos ya referidos, debemos seguir avanzando en la creación de fondos y en la canalización y aplicación de recursos financieros en los 23 municipios de la frontera sur para incrementar su capacidad de respuesta ante la recurrente presencia de la delincuencia, empezar a construir las bases para recuperar el control del territorio de la franja fronteriza, en congruencia con los esfuerzos del gobierno federal y los estatales, y sobre todo, proporcionar un espacio de estabilidad y gobernabilidad para los habitantes residentes de esos municipios, que les permita desarrollar sus capacidades, se incrementen las oportunidades de empleo y se recobre la cohesión social. Por ello, con estos recursos del Subsemun y los del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, podremos transitar hacia el fortalecimiento de las corporaciones policiacas municipales y en las acciones de prevención del delito y participación ciudadana en esta zona de México, por tratarse de un asunto de seguridad nacional.

Con fundamento, en lo expuesto, presentamos los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero: Se exhorta al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a revisar las Reglas de Operación del (Subsemun), a efecto de considerar en el ámbito de sus atribuciones legales, la inclusión de los 23 Municipios de la Frontera Sur ubicados en Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Tabasco, cuya relación se anota en esta proposición con punto de acuerdo, en el Subsidio para la Seguridad Pública Municipal para el Ejercicio Fiscal de 2014 y subsiguientes.

Segundo: Se exhorta al subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación, para que sean revisadas las Bases del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, para incluir a los 23 municipios de la frontera sur ubicados en Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Tabasco.

Notas:

1 Acuerdo por el que se da a conocer la lista de municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, elegibles para el otorgamiento del subsidio a que se refiere el artículo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federaci6n para el Ejercicio Fiscal 2013, y la fórmula utilizada para su selección. Diario Oficial de la Federación. Jueves 31 de Enero de 2013.

2 Valor monetario de una canasta alimentaría básica. Glosario Coneval.

3 M. Castillo, “La frontera México-Guatemala: un entorno de asimetrías, desigualdades sociales y movilidad poblacional”, en Sin Fronteras. Incide Social.

4 Bases del Programa para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. Febrero de 2013.

Dado en el pleno de la Cámara de Senadores, México, Distrito Federal, a 3 de septiembre de 2013.— Senadores: Humberto Domingo Mayans Canabal, Luis Armando Melgar Bravo, Luz María Beristáin Navarrete, Monica Arriola, Zoé Alejandro Robledo Aburto, Jorge Lavalle Maury, Óscar Román Rosas González (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.



LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se da por concluido el procedimiento legislativo de la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, recibida el 29 de noviembre de 2011, devuelto para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional.

La Presidencia instruyó descargar la minuta de los registros correspondientes, darla como asunto concluido y hacerlo de su conocimiento.

Atentamente

México, DF, a 5 de septiembre de 2013.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.



LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos, por el que se da por concluido el procedimiento legislativo de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 9. y el inciso o) del artículo 28 de la Ley de Asistencia Social, recibida el 11 de septiembre de 2007, devuelto para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional.

La Presidencia instruyó descargar la minuta de los registros correspondientes, darla como asunto concluido y hacerlo de su conocimiento.

Atentamente

México, DF, a 5 de septiembre de 2013.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.



LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos, por el que se da por concluido el procedimiento legislativo de la minuta con proyecto de decreto que adiciona tres párrafos al artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, recibida el 28 de febrero de 2012, devuelto para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional.

La Presidencia instruyó descargar la Minuta de los registros correspondientes, darla como asunto concluido y hacerlo de su conocimiento.

Atentamente

México, DF, a 5 de septiembre de 2013.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - LEY ADUANERA

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Ernesto Ruffo Appel, Raúl Gracia Guzmán, Javier Corral Jurado, Víctor Hermosillo y Celada, Silvia Guadalupe Garza Galván, Francisco de Paula Búrquez Valenzuela, Maki Esther Ortiz Domínguez, Héctor Larios Córdova y Marco Antonio Blásquez Salinas presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el cuarto párrafo y se adicionan los párrafos quinto y sexto al artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; y se reforman los artículos 136, y 137 Bis 1 de la Ley Aduanera.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 12 de septiembre de 2013.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Los suscritos, Ernesto Ruffo Appel, Raúl Gracia Guzmán, Javier Corral Jurado, Víctor Hermosillo y Celada, Silvia Guadalupe Garza Galván, Francisco de Paula Búrquez Valenzuela, Maki Esther Ortiz Domínguez y Héctor Larios Córdova, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; y Marco Antonio Blásquez Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, todos senadores representantes de los estados fronterizos del norte, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II; 72, inciso H, y 73, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción I, 163, numeral 1, fracción I, 164, numeral 1, 169, numerales 1, y 4, 172, numeral 1, y demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la República, nos permitimos someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el cuarto párrafo y se adicionan los párrafos quinto y sexto al artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; y se reforman los artículos 136, y 137 Bis 1, de la Ley Aduanera, conforme con la siguiente

Exposición de Motivos

Para los senadores que suscribimos la presente iniciativa es muy importante impulsar todas aquellas reformas que mantengan el desarrollo económico regional fronterizo del norte del país, con una visión de zona económica estratégica, a partir de la cual, se pueda detonar el desarrollo económico en otras regiones de México.

Aunque de 2008 a 2012 la economía internacional se vio seriamente afectada, México encontró la fórmula de mantener el crecimiento al cierre de 2012, con una expansión del Producto Interno Bruto (PIB) de 3.9 por ciento, superior al de Estados Unidos de Norteamérica que fue de 2.2 por ciento (Inegi, 2013), gracias a una política económica que permitió mantener el apoyo a la industria nacional, a la industria global (maquiladora y manufactura) y fue prudente en la política fiscal y de gasto. Lamentablemente, para este 2013 el escenario es notablemente peor, pues después de que a principios de año la Secretaría de Hacienda y Crédito Público había anunciado que la expectativa de crecimiento nacional sería de 3.1 por ciento, el pasado 20 de agosto tuvieron que corregir la plana y anunciar un fatídico 1.8 por ciento, que es menos de la mitad que el año pasado.

Sin embargo, la economía  de la región fronteriza norte de México, hasta el primer trimestre de este 2013, mantenía cifras económicas alentadoras, que se fueron deteriorando en la medida en que han avanzado los meses del año, que se acercan las fechas de terminación de vigencia de los decretos presidenciales de apoyos y estímulos a las regiones y franjas fronterizas, y que al día de hoy, en la propuesta de paquete económico 2014, se anuncia una alza en las tasas impositivas y se eliminan los estímulos fiscales para la industria y el comercio que opera en esa zona del país.

Es importante resaltar que la economía de la región fronteriza norte del país, que se compone de la suma de las seis entidades federativas fronterizas del norte –Nuevo León, Chihuahua, Baja California, Tamaulipas, Coahuila y Sonora– es de las más importantes a nivel nacional, gracias a que sus actividades están mayormente ligadas a la economía global, que es la que compite con otros países, que con la nacional. Para demostrar dicha afirmación es importante dar algunas cifras.

El producto interno bruto de la región norte de México, asciende a  más de dos billones de pesos (2´012,364,763 miles de pesos a precios de 2013. Inegi, 2013), lo que representa el 23.11 por ciento de la economía de todo el país. De esta cifra, Nuevo León destaca siendo la tercera entidad a nivel nacional que más contribuye con el PIB de México, aportando el 8.03 por ciento. Le sigue Coahuila con 3.27 por ciento, con el número ocho; Tamaulipas con 3.17 por ciento, en el número nueve; Chihuahua con 3.11 por ciento, en el número diez; Baja California con 2.95 por ciento, en el doce; y Sonora con 2.57 por ciento, en el catorce.

Por entidad federativa, los resultados de creación de empleos, en contraste con su población total, conforme a los datos arrojados por el último censo poblacional 2010 publicado por Inegi, son los siguientes:

Ahora bien, en cuanto a inversión extranjera directa, conforme a los datos publicados por la Secretaría de Economía con cierre a enero 2013, la región de la frontera norte captó un 25.87 por ciento del total que se registró en el país en 2012, lo que representó 3 mil 148 millones de dólares. Las cifras en millones de dólares por entidad federativa son Nuevo León 1,157.8; Chihuahua 977.6; Baja California 590.7; Tamaulipas 288.2; Coahuila 106.3; y Sonora 27.4.

En materia de inflación las zonas metropolitanas de la frontera norte estuvieron por debajo del índice nacional de precios al consumidor (INPC), que cerró el año 2012 con una inflación acumulada de 3.57 por ciento, excepto Ciudad Jiménez, Chihuahua, que registró una inflación de 3.74 por ciento. Las áreas metropolitanas de Monterrey, Mexicali, Ciudad Juárez, Torreón, Tampico, Chihuahua, Hermosillo, Monclova, Tijuana, Matamoros y Ciudad Acuña registraron: 3.15 por ciento, 3.2 por ciento, 2.95 por ciento, 2.84 por ciento, 2.66 por ciento, 3.4 por ciento, 2.87 por ciento, 3.28 por ciento, 3.21 por ciento, 2.76 por ciento y 3.01 por ciento, respectivamente (Inegi, 2013).

Respecto a los sectores industriales, las cifras también resultan muy por encima de la cifra nacional. El estado de Sonora se encuentra mejor ubicado en el PIB agropecuario, ya que está en el lugar número cuatro a escala nacional al contribuir con el 5.77 por ciento del PIB agropecuario nacional; Chihuahua se ubica en el quinto lugar nacional al contribuir con el 5.6 por ciento; Tamaulipas participa con el 3.19 por ciento y se coloca en la posición trece; Baja California se ubicó en el número quince y contribuyó con 2.68 por ciento; Coahuila aportó 2.47 por ciento y se clasificó como el número 16 escala nacional y Nuevo León contribuyó con 1.76 por ciento, posicionándose en el lugar 20.

En el PIB Industrial destaca Nuevo León con una participación de 9.53 por ciento del PIB Industrial nacional, y se ubica en el segundo lugar nacional. Coahuila se posicionó en el lugar nueve al aportar 4.79 por ciento; Tamaulipas contribuyó con 3.53 por ciento y se ubicó en el lugar once; Chihuahua se colocó en el lugar doce con una participación de 3.13 por ciento; Baja California está en la posición trece con una participación de 3.10 por ciento y por último Sonora con una contribución de 2.63 por ciento, en el lugar 14.

En cuanto al PIB del sector Servicios, Nuevo León destaca con  el tercer lugar a escala nacional y con una contribución de 7.86 por ciento; Tamaulipas con una contribución de 2.89 por ciento se posiciona en octavo lugar; Chihuahua se ubica en noveno lugar con 2.86 por ciento; Baja California se colocó en décimo lugar con 2.81 por ciento; Coahuila en el lugar doce con 2.51 por ciento y por último Sonora que participó con 2.31 por ciento y se posicionó en el lugar 13.

Con todos estos datos, los senadores que suscribimos la presente Iniciativa podemos asegurar que el dinamismo y desarrollo económico que se vive en la región fronteriza norte del país, no debe ser trastocada por una política recaudatoria y centralista de ningún tipo, sino al contrario, debe preservarse y garantizarse a través de todos los medios posibles a nuestro alcance,pues de ello depende la competitividad, el desarrollo económico y la generación de empleo de la región, previsto en el artículo 25, párrafos primero y penúltimo de nuestra carta fundamental.

Lejos de estar proponiendo medidas de corta visión y que lesionarían el bolsillo de los habitantes de la región norte del país, los que suscribimos creemos que debemos avanzar en la generación de reformas que doten de mayor certidumbre las inversiones que actualmente están establecidas los estados fronterizos del norte. Más aún, debemos avanzar a modificaciones legales que permitan incluir a más municipios de dichos estados, que puedan entrar en la dinámica de la economía global a la que nos hemos referido.

Los estados fronterizos mexicanos que colindan con estados  fronterizos del sur de los Estados Unidos de América, viven una realidad económica, social y cultural diferente a otras zonas el país. Por su cercanía con aquél país, la población de los estados fronterizos mexicanos del norte, tienden a que su vida cotidiana está ligada a la Unión Americana, lo que impone un reto al Gobierno de nuestro país, que consiste en encontrar la fórmula para que nuestra gente consuma los bienes y servicios nacionales, a pesar de que puedan resultar más caros o menos atractivos que los que se ofertan en las ciudades americanas.

Existen al menos, dos factores que estimulan la migración de los consumidores mexicanos a Estados Unidos. El primero de ellos tiene que ver con el precio de los bienes y servicios que se ofrecen en México, por lo cual, quienes cuentan con una visa, normalmente eligen hacer sus compras habituales allá. El segundo factor está determinado por la ubicación geográfica de las localidades y municipios de los estados fronterizos mexicanos, de modo que si la distancia y tiempo de traslado es menor hacia las ciudades americanas, que al interior de nuestro país, determinan un flujo de consumo hacia aquél país, en detrimento de los comercios mexicanos.

Por este motivo, uno de los factores más determinantes para afrontar el reto al que nos hemos referido, tiene que ver con la tasa impositiva que se aplica al consumo de bienes y servicios, es decir, la tasa del impuesto al valor agregado (IVA), como se llama en México, la cual debe ser competitiva, para que la gente que vive en la región fronteriza, se sienta estimulada a comprar en su localidad, en vez de trasladarse al otro lado de la frontera.

Aunado a ello, lo ideal es que dicha tasa diferenciada, se pueda aplicar no sólo a las localidades que entran dentro de los 20 kilómetros paralelos a la línea divisoria con Estados Unidos, como se contempla en el concepto de franja fronteriza que actualmente prevén los artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y 136 de la Ley Aduanera, sino a la totalidad del territorio de los Municipios de los que forman parte dichas localidades. De igual forma, en aquellos municipios cuya distancia y caminos para el traslado hacia las ciudades fronterizas sea más fácil, que hacia las ciudades que se encuentran más próximas en el interior de México, se les permita formar parte de la “región fronteriza” y tener acceso a todos los beneficios fiscales que la legislación vigente prevé.

Cabe decir que los ordenamientos jurídicos vigentes, que comprenden Leyes y Decretos Presidenciales, tienen definiciones distintas de lo que se entenderá por franja fronteriza y por región fronteriza y por lo tanto, los estímulos fiscales, la regulación aduanera y la tasa impositiva del IVA, se aplica en diferentes zonas geográficas, por no existir unidad en los conceptos.

Por lo tanto, esta Iniciativa tiene dos objetivos. Por una parte, unificar en los ordenamientos legales los conceptos de “franja fronteriza” y “región fronteriza”, de tal manera que no quede lugar a dudas cuáles son las fracciones geográficas del territorio nacional que comprenden un concepto y los estados y municipios que comprendan el otro, con la intención de que todas los ordenamientos fiscales que las contemplen, incluyan las mismas áreas y no haya diferencias entre el contenido de las leyes, decretos, acuerdos o demás disposiciones jurídicas; y por la otra, ampliar el número de municipios que conforman la definición “región fronteriza”, basados en los criterios de ubicación geográfica y relación económica con la Unión Americana, con lo cual se estimule el consumo interno de sus pobladores y se dote de mayor competitividad a los estados fronterizos del norte de nuestro país, frente a los fronterizos de Estados Unidos de América.

Bajo dicho argumento, se hizo una revisión de la legislación federal y se encontró que la definición de “región fronteriza” únicamente se encuentra contemplada en el artículo 2o., cuarto párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el cual dispone:

Artículo 2o. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 11 por ciento a los valores que señala esta Ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto, se realicen por residentes en la región fronteriza, y siempre que la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.

...

...

Para efectos de esta ley, se considera como región fronteriza, además de la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país, todo el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur y Quintana Roo, los municipios de Caborca y de Cananea, Sonora, así como la región parcial del Estado de Sonora comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste del Municipio Plutarco Elías Calles; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa, a un punto situado a 10 kilómetros, al este de Puerto Peñasco; de ahí, siguiente el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional.

Por su parte, en artículo 136 de la Ley Aduanera,  sólo define “franja fronteriza”, pero la determinación de “región fronteriza” se la deja al Ejecutivo Federal.

Artículo 136.Para los efectos de esta Ley, se considera como franja fronteriza al territorio comprendido entre la línea divisoria internacional y la línea paralela ubicada a una distancia de veinte kilómetros al interior del país.

Por región fronteriza se entenderá al territorio que determine el Ejecutivo federal.

Por este motivo, en diversos decretos que ha emitido el Ejecutivo federal, tanto los conceptos de “franja fronteriza”, como los de “región fronteriza” varían entre sí, pero además son diferentes a los previstos en la legislación federal.

Revisando los decretos vigentes, detectamos que en el “decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la zona fronteriza”, publicado en el Diario Oficial de la Federación 24 de diciembre de 2008 y cuya vigencia vence justamente el próximo mes de diciembre de 2013, en su artículo 2o., fracciones II, III, IV y V, dispone:

Artículo 2. Para los efectos de este decreto se entiende por...

...

II. Franja fronteriza norte, al territorio comprendido entre la línea divisoria internacional del norte del país y la línea paralela a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país, en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del Estado de Sonora y el Golfo de México, así como el municipio fronterizo de Cananea, Sorona;

III. Franja fronteriza sur colindante con Guatemala: a la zona comprendida por el territorio de 20 kilómetros paralelo a la línea divisoria internacional del sur del país, en elt ramo comprendido entre el municipio Unión Juárez y la desembocadura del río Suchiate en el Océano Pacífico, dentro del cual se encuentra el municipio de Tapachula, Chiapas y los límites que geográficamente le corresponden;

IV. Región fronteriza, a los Estados de Baja California, Baja California Sur, Quintana Roo y la región parcial del Estado de Sonora, la franja sur colindante con Guatemala y los municipios de Caborca, Sonora; Comitán de Domínguez, Chiapas; Salina Cruz, Oaxaca y Tenosique, Tabasco.

V. Región parcial del Estado de Sonora, a la zona comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce actual del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste de Sonoyta; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa a un punto situado a 10 kilómetros del este de Puerto Peñasco; de allí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional;

...

Cabe decir que dentro del concepto de “franja sur colindante con Guatemala” dentro del mismo decreto se incluye también al Municipio de Tapachula, Chiapas y, como resulta evidente, la definición de “región fronteriza” que se prevé en dicho decreto, es muy diferente a la contemplada en la Ley del IVA, a pesar de que las consideraciones económicas y sociales argumentadas en la exposición de motivos de dicho decreto, son prácticamente las mismas que en los sendos decretos por los que ha reformado el cuarto párrafo del artículo 2o. de la Ley del IVA, las cuales medularmente consisten en precisar que el otorgar un tasa diferenciada a la zona fronteriza, busca dotar de mayor competitividad a la región y mejorar la calidad de vida y la economía de sus residentes.

Por su parte, en el “decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados”, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 1 de julio de 2011, se define de manera expresa “franja fronteriza” en su artículo 2o., fracciones III y IV dispone:

Artículo 2. Para los efectos de este decreto se entiende por:

...

III. Franja fronteriza norte: el territorio comprendido entre la línea divisoria internacional del norte del país y la línea paralela a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del estado de Sonora y el Golfo de México.

IV. Región parcial del estado de Sonora, a la zona comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce actual del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste de Sonoyta; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa a un punto situado a 10 kilómetros del este de Puerto Peñasco; de allí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional; y

...

Sin embargo, no existe en este decreto definición de “región fronteriza”, sino únicamente se hace referencia a “zona”, conforme a los artículos 11 y 12, que disponen:

Artículo 11. Los vehículos usados que se importen en forma definitiva conforme al presente decreto que para ser destinados a permanecer en la franja fronteriza norte, en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del estado de Sonora y en los municipios de Cananea y Caborca, en el estado de Sonora, deberán cumplir los requisitos establecidos en la legislación aduanera para su internación temporal al resto del país.

Artículo 12. Los vehículos usados susceptibles de importarse conforme al artículo 4 del presente decreto, que se hayan importado en forma definitiva conforme al presente instrumento para ser destinados a permanecer en la franja fronteriza norte, en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del estado de Sonoray en los municipios de Cananea y Caborca, en el estado de Sonora, podrán ser reexpedidos al resto del país de conformidad con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, sin que en ningún caso se dé lugar a la devolución o compensación de contribuciones.

Los residentes en las zonas referidas en el primer párrafo de este artículo podrán optar por importar en definitiva los vehículos usados a que se refiere el artículo 4 del presente decreto al resto del país, efectuando el pago de las contribuciones aplicables, en cuyo caso, no se sujetarán a las formalidades para la internación temporal para circular en el resto del territorio nacional.

Los artículos transcritos difieren en cuanto a los municipios que abarca, a lo estipulado en el artículo 137 bis 1, de la Ley Aduanera, en cual prevé:

Artículo 137 Bis 1. Las personas físicas que acrediten su residencia en la franja fronteriza norte, así como en los estados de Baja California, Baja California Sur, en la región parcial del estado de Sonora y el municipio fronterizo de Cananea, estado de Sonora, podrán efectuar la importación definitiva de vehículos automotores usados, siempre y cuando estén destinados a permanecer en estos lugares.

Como se aprecia, el decreto del Ejecutivo federal relativo a la importación definitiva de autos usados, incluye al municipio de Caborca, en el estado de Sonora, mientras que el artículo 137 Bis 1 de la Ley Aduanera lo excluye.

Por todo lo anterior, los que suscribimos estimamos indispensable que exista uniformidad en los conceptos jurídicos de “franja fronteriza” y “región fronteriza”, pues resulta sumamente peligroso que tales definiciones cambien de un ordenamiento jurídico a otro. Si bien es cierto que el Ejecutivo federal, en término del artículo 131 constitucional podrá ser facultado para fijar precios, tarifas arancelarias, permitir o restringir importaciones, entre otras funciones, no menos cierto es que es el Congreso de la Unión a quien corresponde facultarlo para tales fines. Bajo dicha premisa y una vez que se han detectado las disparidades en las definiciones en comento, se estima indispensable hacer las adecuaciones legales correspondientes que eviten falta de certeza jurídica y económica, al no tener claro qué áreas geográficas podrán ser o no, objeto de beneficios y estímulos fiscales, para efectos de competitividad.

De manera paralela al esfuerzo de unificar las definiciones, aprovechamos esta oportunidad para solicitar a los veintidós senadores provenientes de los estados fronterizos del norte del país que actualmente conforman esta LXII Legislatura, que nos retroalimentaran informándonos si en sus estados existían municipios que vivieran una realidad económica ligada a las ciudades fronterizas de México y Estados Unidos, de tal manera que pudiéramos incluirlos en las definiciones que adicionaríamos a la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley Aduanera.

Resultado de ese proceso de consulta, se obtuvo respuesta de los senadores Ivonne Liliana Álvarez García y Raúl Gracia Guzmán, ambos del estado de Nuevo León, del como el senador Javier Corral Jurado, del estado de Chihuahua, de la senadora Maki Esther Ortíz Domínguez, del estado de Tamaulipas; y del senador Francisco de Paula Búrquez Valenzuela, pidiendo se incluyeran dentro de la definición de “región fronteriza” a los municipios siguientes:

a) Nuevo León:

1. Anáhuac;

2. Lampazos de Naranjo;

3. Villaldama;

4. Sabinas Hidalgo;

5. Vallecillo;

6. Agualeguas;

7. Parás;

8. General Treviño;

9. Cerralvo;

10 .Melchor Ocampo;

11. Herreras;

12. Los Aldamas;

13. Los Ramones;

14. Dr. Coss; y

15. General Bravo.

b) Chihuahua:

1. Coyame del Sotol; y

2. Julimes.

c)  Tamaulipas:

1. Valle Hermoso.

d)  Sonora:

1. Altar;

2. Pitiquito;

3. Santa Ana;

4. Magdalena; y

5. Imuris.

Por cuanto hace a los municipios de Nuevo León, los senadores proponentes en términos generales explican que en la carretera a Laredo, Texas, se encuentran los municipios de Anáhuac, Lampazos de Naranjo, Bustamante, Villadama, Sabinas Hidalgo y Vallecillo; por la carretera Miguel Alemán, Tamaulipas, se encuentran los municipios de Parás, Agualeguas, General Treviño, Cerralvo, Melchor Ocampo, Herreras, Los Aldamas, Los Ramores, Dr. González y Marín y, por la carretera a Reynosa, Tamaulipas, se encuentran los Municipios de Dr. Coss, General Bravo y China.

Por lo tanto, si bien es cierto que los municipios señalados en el párrafo anterior se encuentran a más de 20 kilómetros de la línea divisoria de México con Estados Unidos de América, también es cierto que la distancia con el vecino país es menor que la distancia hacia la capital del estado de Nuevo León, por lo cual los habitantes de dichos municipios guardan una actividad comercial mayormente ligada con el país vecino que con México, incluso para realizar compras cotidianas como despensa y alimentos, en lugar de trasladarse a las zonas urbanas del estado.

El caso más paradójico es el del Municipio de Anáhuac, el cual está situado en el norte del estado de Nuevo León en la región denominada Llanos Esteparios del noreste o Llanura Costera del Golfo. Es el único municipio neoleonés que limita con los Estados Unidos de América, quedando a más de 60 kilómetros de la zona urbana del estado. Sin embargo, ni los ordenamientos legales ni los Decretos que ha emitido el Ejecutivo federal, lo contemplan como municipios parte de la “región fronteriza”, quedando fuera de los beneficios fiscales y arancelarios aplicables a dicha región.

Respecto a la justificación proporcionada para incluir a los municipios del estado de Chihuahua, se explica que éstos se encuentran geográficamente más cerca de la línea fronteriza, que de la capital del estado, Chihuahua. Su vida económica depende prácticamente del vecino país, porque las ciudades más cercanas están allá. La falta de fuentes de trabajo ha propiciado que buena parte de su población migre a los Estados Unidos, buscando el anhelado sueño americano. Su actividad económica se basa en la agricultura y la ganadería, y sólo Julimes cuenta con procesadoras de productos para exportación que es de lo que prácticamente se sostiene. Sin embargo, los climas extremosos y la falta de lluvias han afectado seriamente su desarrollo económico, por lo que el establecimiento de más comercios e industrias, serían el detonante de su crecimiento y la mejora en la calidad de vida de sus habitantes.

Por cuanto hace a los argumentos proporcionados para incluir al municipio de Valle Hermoso, Tamaulipas, se señala que está situado en la parte noreste del estado y es frontera física y territorial con Estados Unidos de América. Su cabecera municipal se encuentra a 40 kilómetros de la frontera con dicho país y a 280 kilómetros de la capital del estado que es Ciudad Victoria. Sin embargo, ningún ordenamiento lo incluye como parte de la región fronteriza, por lo cual los comercios han visto afectada su economía por el desplazamiento de consumidores hacia las ciudades vecinas de los Estados Unidos de América. Además, por su ubicación geográfica y por las vías de comunicación con que cuenta, hacen muy difícil que su población consuma en el mercado nacional, resultado más fácil y barato desplazarse a las ciudades de los estados fronterizos del país vecino, que al interior del estado.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha reconocido esta situación y, a petición de la Cámara de Comercio de Valle Hermoso, se ha logrado que se le dé tratamiento fiscal fronterizo para efectos del artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, mediante acuerdos del Ejecutivo federal. Sin embargo, esta petición se ha tenido que hacer año con año y hay que esperar a que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dictamine si persisten las condiciones que motivaron el tratamiento fiscal, para que éste se refrende año con año, lo cual lesiona la certidumbre jurídica y la seguridad de quienes invierten en dicho municipio.

El caso de Valle Hermoso, es esquemático en cuanto a la falta de certeza jurídica en cuanto a la determinación de la definición de “región fronteriza”. Se insiste que tanto para efectos jurídicos, como económicos y de inversión, debe ser la ley la que de manera fehaciente disponga lo que se entenderá por “región fronteriza” y evitar que se pueda ir cambiando en el tiempo, pues eso afecta seriamente el desarrollo económico y la inversión de los estados fronterizos.

Respecto a los municipios propuestos para el estado de Sonora, se arguye que la inclusión como parte de la franja fronteriza, les permitiría la instalación de nuevas industrias, sobre todo de exportación y manufactureras, las cuales dotarían de empleos a la zona, pero además detonarían la actividad económica y el consumo, además de restarle presión demográfica a la ciudad de Nogales.

La siguiente tabla se presenta un comparativo de los municipios propuestos por los senadores, en el que se refleja la distancia existente entre éstos y la línea fronteriza, en comparación con la distancia que hay hacia las capitales de sus estados, con lo cual se pretende demostrar su mayor vinculación económica con el vecino país del norte, que el interior del país.

Con la información vertida en la tabla anterior, se aprecia que los municipios propuestos por los senadores, salvo los de Villaldama, Sabinas Hidalgo y Los Ramones, en Nuevo León, cuentan con una distancia menor hacia Estados Unidos que hacia las capitales o ciudades urbanas de sus estados, lo que les facilita ir a hacer las compras hacia el vecino país, ya que normalmente los productos son más baratos. Sin embargo, la contrapartida de dicha situación, es la afectación al comercio nacional, por lo que se estima procedente realizar una adecuación a la Ley del Impuesto al Valor Agregado y a la Ley Aduanera, a efecto de unificar la denominación de “región fronteriza”, incluyendo a los Municipios que se han señalado, con la intención de fortalecer su actividad económica, situación que resulta no sólo idónea, sino constitucional, como lo ha sostenido el máximo tribunal de la nación.

En la tesis del Tribunal Pleno P. CXXXVII/97, publicada en la página 208 del Tomo VI, correspondiente al mes de septiembre de mil novecientos noventa y siete, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, se determinó lo siguiente:

Valor Agregado. El artículo 2o. de la ley relativa al impuesto correspondiente, que establece la aplicación de una tasa menor cuando los actos o actividades gravados se realicen por residentes en la región fronteriza, no viola el principio de equidad tributaria (legislación vigente a partir del 1o. de abril de 1995). El artículo citado respeta el principio de equidad tributaria al establecer la aplicación de una tasa del diez por ciento sobre los actos o actividades gravados, cuando ellos se realicen por residentes en la región fronteriza, ya que siendo el consumo el objeto de este impuesto indirecto, el cual atiende tanto a la capacidad de compra como a la disposición de bienes y servicios, resulta un hecho notorio que el referido consumo no se presenta en idénticas condiciones en la región fronteriza y en el resto del país, pues la cercanía de aquélla con otras naciones altera los patrones de consumo, por lo que al establecer el legislador una tasa menor para el cálculo del tributo que deban enterar los residentes de la región en comento se infiere, inclusive, el fin extrafiscal de no afectar la competitividad y de estimular el comercio nacional en la frontera, desalentando el consumo de bienes y servicios extranjeros que perjudiquen la competitividad de la industria nacional en tal región, lo que implica otorgar diversas consecuencias jurídicas a desiguales supuestos de hecho, respetándose, por ende el principio de equidad tributaria previsto en la fracción IV del artículo 31 constitucional”.

Al hacerse la adecuación al dispositivo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para incrementar en un punto porcentual la tasa de dicho impuesto, el Supremo Tribunal ratificó su criterio de constitucionalidad, en la tesis de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación P. CCXVII/2011, publicada en la página 213 del Tomo II, correspondiente al mes de noviembre de dos mil once, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, que la letra se lee, cuyo rubro es “Valor Agregado. El hecho de que se hubieran incrementado las tasas del impuesto relativo, en un punto porcentual, no trasgrede la garantía de irretroactividad de la ley (legislación vigente a partir del 1 de enero de 2010), la cual señala que el hecho de que se hubiera incrementado la tasa aplicable a la región fronteriza en un punto porcentual al haber pasado de 10 a 11 por ciento y la aplicable al resto del país en 6.6 por ciento al incrementarse de 15 a 16 por ciento, no transgrede el principio de equidad tributaria que prevé el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues si bien es cierto que aritméticamente hay una variación en el  impacto que provocó el aumento de un punto porcentual, dado que se trata de cantidades distintas, también lo es que el incremento que se da tanto en la tasa general del impuesto como en la región fronteriza fue de 1 por ciento, de modo que se da el mismo trato a todos aquellos contribuyentes que realicen los actos o actividades que grava la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) en la citada región o fuera de ella. Ello es así, en virtud de que cualquier contribuyente que lleve a cabo una operación en la región fronteriza (con excepción de la enajenación de bienes inmuebles) deberá aplicar la tasa de 11 por ciento a los actos o actividades que grava la LIVA, dándose un trato igual a los iguales, pero distinto respecto de aquellos que realizan ese tipo de actividades fuera de la citada región, a quienes se les aplicará la tasa de 16 por ciento, en lo que respecta al referido precepto constitucional.

Ahora bien, los que suscribimos no queremos dejar de mencionar los esfuerzos que han realizado Senadores de anteriores legislaturas para incluir a nuevos Municipios en la denominación de “región fronteriza”. Tal es el caso de los Senadores Carlos Osuna Dávila y Silvia Guadalupe Garza Galván, de las LXI y LXII Legislaturas, ambos del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y representantes por el Estado de Coahuila, quienes presentaron las iniciativas de Ley correspondientes para que tanto en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, como en la Ley Aduanera se incluyeran a los municipios de: Allende, Morelos, Nava, Villa Unión y Zaragoza, hasta los 53.5 kilómetros de su estado de origen, basados en motivaciones económicas y de las que se obvia la reproducción de su exposición de motivos, sin embargo se incluyen en el Proyecto de Decreto que sometemos a su consideración.

De igual manera y habiendo revisado el contenido de los Decretos del Ejecutivo Federal en comparación con las disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley Aduanera, se propone elaborar una definición única de “franja fronteriza” y “región fronteriza”, en la que se incluyan a los Municipios que ha previsto el Ejecutivo Federal en los diversos decretos que se encuentran vigentes.

Por todo lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Primero. Se reforma el cuarto párrafo y se adicionan el párrafo quinto y sexto del artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 2o. ...

...

...

Para efectos de esta ley, se considera como franja fronteriza al territorio comprendido entre las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior, en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del estado de Sonora y el Golfo de México, así como a los municipios de Cananea y Caborca, Sonora, así como el tramo comprendido entre el municipio Unión Juárez y la desembocadura del río Suchiate en el Océano Pacífico, dentro del cual se encuentra el municipio de Tapachula, Chiapas, con los límites que geográficamente le corresponden.

La región parcial del Estado de Sonora es la zona comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste del Municipio Plutarco Elías Calles; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa, a un punto situado a 10 kilómetros, al este de Puerto Peñasco; de ahí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional.

La región fronteriza abarca, además de la franja fronteriza, a todo el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur y Quintana Roo, los municipios de Allende, Morelos, Nava, Villa Unión y Zaragoza, hasta el kilómetro cincuenta y tres punto cinco, de Coahuila; Anáhuac, Lampazos de Naranjo, Vallecillo, Agualeguas, Parás, General Treviño, Cerralvo, Melchor Ocampo, Herreras, Los Aldamas, Dr. Coss y General Bravo,de Nuevo León; Coyame del Sotol y Julimes, de Chihuahua; Valle Hermoso, de Tamaulipas; Altar, Pitiquito, Santa Ana, Magdalena e Imuris, de Sonora; Comitán de Domínguez, de Chiapas; Salina Cruz, de Oaxaca y Tenosique, de Tabasco.

Segundo. Se reforman los artículo 136, y 137 Bis 1 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

Artículo 136. Para los efectos de esta ley, se considera como franja fronteriza al territorio comprendido entre las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior, en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del Estado de Sonora y el Golfo de México, así como a los municipios de Cananea y Caborca, Sonora, así como el tramo comprendido entre el municipio Unión Juárez y la desembocadura del Río Suchiate en el Océano Pacífico, dentro del cual se encuentra el municipio de Tapachula, Chiapas, con los límites que geográficamente le corresponden.

La región parcial del estado de Sonora es la zona comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste del municipio Plutarco Elías Calles; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa, a un punto situado a 10 kilómetros, al este de Puerto Peñasco; de ahí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional.

Por región fronteriza se entenderá , además de la franja fronteriza, los municipios de Allende, Morelos, Nava, Villa Unión y Zaragoza, hasta el kilómetro cincuenta y tres punto cinco, de Coahuila; Anáhuac, Lampazos de Naranjo, Vallecillo, Agualeguas, Parás, General Treviño, Cerralvo, Melchor Ocampo, Herreras, Los Aldamas, Dr. Coss y General Bravo, de Nuevo León; Coyame del Sotol y Julimes, de Chihuahua; Valle Hermoso, de Tamaulipas; Altar, Pitiquito, Santa Ana, Magdalena e Imuris, de Sonora; Comitán de Domínguez, de Chiapas; Salina Cruz, de Oaxaca y Tenosique, de Tabasco.

Artículo 137 Bis 1. Las personas físicas que acrediten su residencia en la franja fronteriza norte del país, así como en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del estado de Sonora y en los Municipios de Cananea y Caborca, de Sonora; Allende, Morelos, Nava, Villa Unión y Zaragoza, hasta el kilómetro cincuenta y tres punto cinco, de Coahuila; Anáhuac, Lampazos de Naranjo, Vallecillo, Agualeguas, Parás, General Treviño, Cerralvo, Melchor Ocampo, Herreras, Los Aldamas, Dr. Coss y General Bravo, de Nuevo León; Coyame del Sotol y Julimes, de Chihuahua; Valle Hermoso, de Tamaulipas; Altar, Pitiquito, Santa Ana, Magdalena e Imuris, de Sonora;podrán efectuar la importación definitiva de vehículos automotores usados, siempre y cuando estén destinados a permanecer en estos lugares.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Tercero. En un plazo de noventa días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de este decreto, el titular del Ejecutivo federal, emitirá las reformas a los decretos que haya expedido en los que se establezcan disposiciones jurídicas aplicables a la franja fronteriza y a la región fronteriza, debiendo ajustar su contenido a las definiciones previstas en los artículos 2o., de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 136, de la Ley Aduanera, sin que pueda variar los Municipios contemplados.

Salón de sesiones del honorable Senado de la República, a dos de septiembre de dos mil trece.— Senadores: Ernesto Ruffo Appel, Ivonne Liliana Álvarez García, Raúl Gracia Guzmán, Javier Corral Jurado, Víctor Hermosillo y Celada, Silvia Guadalupe Garza Galván, Francisco de Paula Búrquez Valenzuela, Maki Esther Ortiz Domínguez, Héctor Larios Córdova, Marco Antonio Blásquez Salinas (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan los artículos 2o., fracción II, inciso C; 3o., fracciones XIV, XV y XVI; 8o., fracción IV, y 18-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

La Presidencia dispuso que dicha Iniciativa, misma que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 12 de septiembre de 2013.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXII Legislatura, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, fracción I, 164, 169 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, presentó ante esta Cámara de Senadores iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan los artículos 2o., fracción II, inciso C; 3o., fracciones XIV, XV y XVI; 8o., fracción IV, y 18-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para suprimir el impuesto especial a los servicios que se prestan a través de redes públicas de telecomunicaciones, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En el marco de discusión del Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2014, la presente iniciativa tiene como objeto derogar el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), a los servicios que se prestan a través de una red pública de telecomunicaciones.

El IEPS es considerado como un gravamen al consumo o impuesto indirecto, que se caracteriza en que el sujeto pasivo (el contribuyente) lo puede trasladar a otras personas, de manera tal que no sufre el impacto económico del gravamen, sino que recae en forma definitiva sobre el consumidor final.

El IEPS fue concebido, entre otras causas, como un impuesto especial para los bienes y servicios que producen efectos negativos a la sociedad como el tabaco y las bebidas embriagantes, a fin de disminuir su consumo. Claramente las telecomunicaciones no encuadran en dicho perfil de servicios.

Desde el año 2010, en que los servicios de telecomunicaciones están gravados con una tasa de 3 por ciento, que se aplica al precio cobrado, y sobre este resultado se suma el IVA de 16 por ciento, el IEPS ha significado un aumento al precio de los servicios que los consumidores deben absorber.

Asimismo, el impuesto especial a las telecomunicaciones impone una barrera adicional a la adopción de las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TICS). Esta dificultad adicional se da al existir una correlación directa entre los impuestos y el costo total de propiedad, lo cual incide en mayores precios para el consumidor, incremento de costos para los posibles nuevos competidores, lo que significa una menor competencia y menores inversiones en desarrollo tecnológico, entre otros efectos negativos.

Si bien el servicio del Internet fue exceptuado de dicho gravamen, en la práctica no resulta aplicable la excepción, ya que actualmente los servicios son integrados y convergentes (doble, triple y cuádruple play) y se venden empaquetados por un misma tarifa que incluyen los servicios de voz, datos y multimedia a los que se les aplica de manera general el IEPS (al no aparecer desagregada en la factura la tarifa por el servicio de Internet en lo particular).

Como consecuencia, al aumentar su costo e inhibir el desarrollo de las telecomunicaciones, el gravamen ha tenido un efecto regresivo y adverso a la economía nacional: afecta negativamente el crecimiento económico, la creación de empleo y la productividad; es regresivo para consumidores actuales y futuros, lentificando la adopción de nuevas tecnologías; va en dirección contraria a la tendencia internacional de fomentar la penetración de la TICS; ha contribuido a ensanchar la brecha digital.

La aplicación del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de 3 por ciento a los servicios de telecomunicaciones implicó un aumento en los precios que pagan los usuarios en 19.5 por ciento, un menor avance en la penetración de líneas móviles y pérdidas en ingresos para la industria por 3 mil 194 millones de pesos por año.

Esta disminución en los ingresos se ha traducido en una merma de 3.23 por ciento de los ingresos de las telecomunicaciones, lo que representa un impacto negativo al aparato productivo nacional, además de que refleja una recaudación menor a la esperada. Incluso, esta disminución en el crecimiento de las telecomunicaciones, se tradujo en un impacto negativo de hasta 40.5 por ciento en la recaudación del gravamen prevista para el 2011, en el que se esperaba una contribución fiscal de 9,786 millones de pesos, y únicamente entraron al erario público 5,875 millones de pesos. En 2012 se esperaba recaudar 7 mil 465.5 millones de pesos por IEPS a servicios de telecomunicaciones y se lograron 6 mil 155.1 millones. Para 2013 se proyectó una recaudación de 6 mil 568.4 millones y a marzo se ubicaba en mil 829.7 millones, de acuerdo con cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Como lo señala el doctor Ramiro Tovar Landa, “el IEPS a las telecomunicaciones no sólo es costoso para la población, ha sido un factor de freno a la penetración de servicios y con una insignificante capacidad recaudatoria. Su existencia carece de justificación económica tanto por su capacidad de recaudación como por no estar asociado al desincentivo al consumo de un bien que genere una externalidad negativa (tabaco, alcohol...). Su máxima recaudación fue equivalente a 0.64 por ciento de los ingresos tributarios y se estima que su recaudación para 2013 sea de menos de la mitad de la recaudación lograda en 2011”.

Los impuestos en este segmento gravan a quien más utiliza los servicios de telecomunicaciones, lo cual no es equivalente a que paguen más los que disponen de mayor ingreso. Por el contrario, tienen claros efectos de regresividad, en cuanto que son los usuarios con menores ingresos los que terminan pagando en una proporción mayor de sus ingresos.

Así, el IEPS constituye una distorsión fiscal y un costo social porque equivale a una tasa impositiva de 19.5 por ciento. Lo anterior, porque al IVA de 16 por ciento se aplica el precio neto adicional del IEPS de 3 por ciento a los servicios de telecomunicaciones (artículo 18 de la Ley del IVA). Por lo tanto, las telecomunicaciones en México tienen un gravamen de 3.48 puntos por arriba de la tasa general del IVA.

Considerando que actualmente en México el principal medio de comunicación es la telefonía móvil, cuya tasa de penetración es superior al 72 por ciento, el impacto negativo de este impuesto ha afectado principalmente su nivel de acceso y su consumo. Y los efectos negativos se han hecho sentir en todos los estratos de la población, ya que inclusive los hogares con menores ingresos tienen un consumo considerable: la penetración de telefonía móvil en el primer decil de ingresos supera el 20 por ciento de los domicilios.

Asimismo, uno de los efectos más preocupantes de la implementación del impuesto es la merma en penetración que genera. Actualmente, el país debería contar con más de 100 millones de líneas, casi 4 millones más de los 96.6 millones actuales. Ese diferencial corresponde principalmente a niveles socioeconómicos bajos, que en presencia de impuestos especiales que encarecen y elevan la barrera de entrada al mercado, quedan desfavorecidos en la adopción de servicios convergentes, contribuyendo al aumento en la brecha digital, tanto al interior del país como en términos internacionales.

Siguiendo el denominado “Documento de Trabajo preparado por el Telecom CIDE y DIRSI sobre los impactos de la nueva propuesta de IEPS a los servicios de telecomunicaciones”, el aumento de precios ocasionado por el impuesto se ha traducido en una reducción en la penetración de entre 2.2 y 4.3 puntos porcentuales, equivalentes a entre 2.4 y 4.6 millones de usuarios; tan sólo por el impacto en telefonía móvil, el impuesto total genera una destrucción de riqueza potencial de entre 20,000 y 81,000 millones de pesos.

Y suponiendo que el gravamen permanezca en vigor, en un plazo de 10 años, esto implicará resignar entre 1.7 por ciento y 6.8 por ciento de crecimiento del PIB per cápita para el país.

Así, además de tener un bajo impacto recaudatorio, a varios años de su instrumentación, son evidentes las consecuencias de afectación de este impuesto tanto al crecimiento de las telecomunicaciones, como en forma directa a los usuarios, limitando el ritmo de crecimiento de accesos fijos, móviles y de banda ancha, con sus consecuentes efectos perniciosos en la productividad, competitividad, generación de empleos y bienestar social.

La experiencia mundial demuestra que el aceleramiento en la tasa de difusión de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación constituye un mecanismo efectivo de estímulo para la economía en su conjunto.

En este sentido, las agendas digitales de varios países, los planes de desarrollo de la banda ancha, el Plan Nacional de Desarrollo de México, la propuesta de Agenda Digital Nacional y diversos documentos emanados del Congreso de la Unión, afirman que el uso de las tecnologías de información y de las telecomunicaciones, incluyendo el Internet, contribuyen a agilizar el desarrollo económico de los países, mejorar su competitividad, incrementar la calidad de vida de la población; y, el aumento del 10 por ciento de la penetración de la banda ancha puede incrementar hasta en 1.4 por ciento el PIB nacional, en países con similares condiciones al nuestro.

Por ello, mantener la carga fiscal sobre bienes y servicios de tecnologías de la información resulta particularmente contraproducente durante una desaceleración económica como la actualmente vivimos, ya que disminuyen el consumo en bienes que poseen efectos de red naturales asociados a ellos.

Resulta ineficiente y regresivo seguir gravando servicios convergentes que tienen un impacto tan positivo en el crecimiento y desarrollo económico, la generación de empleos, el ahorro en gasto tanto público como privado, además de más y mejor calidad en la educación, así como en recaudación fiscal adicional por mecanismos actuales como el IVA e ISR.

Representantes de cámaras empresariales como Canieti, Anatel, CIRT, Canitec, Amipci, AMITI y Concamin, así como otros grupos de la sociedad civil y la academia como Observatel, CUDI y CIDE, han subrayado que con la eliminación del IEPS a las telecomunicaciones, se podría lograr un crecimiento adicional anual de 5 por ciento en los servicios de telecomunicaciones, con ello se podría obtener una cifra similar a la realmente recaudada por este concepto, producto de: la recaudación del IVA de los ingresos adicionales por los servicios; la recaudación del IVA del 5 por ciento de los alrededor de 4,100 millones de dólares que se requerirían para inversiones complementarias anuales necesarias para satisfacer el diferencial; del ISR de las utilidades de los ingresos de los servicios adicionales y de las inversiones complementarias; y, el ISR de los sueldos adicionales para ambos casos.

Una verdadera política de Estado debe vislumbrar a las telecomunicaciones y a la adopción de tecnologías de información, como instrumentos insustituibles que deben potenciarse para atacar los problemas de crecimiento y desarrollo económico que son prioridad nacional en estos tiempos de recesión macroeconómica y con más de la mitad de la población en pobreza extrema.

Derogar el impuesto especial sobre producción y servicios a los servicios que se prestan a través de redes públicas de telecomunicaciones, constituye un paso indispensable hacia esta nueva visión

En vista de las anteriores consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se derogan los artículos 2o., fracción II, inciso C; 3o., fracciones XIV, XV y XVI; 8o., fracción IV, y 18-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para suprimir el impuesto especial a los servicios que se prestan a través de redes públicas de telecomunicaciones

Artículo Único. Se derogan los artículos 2o., fracción II, inciso C; 3o., fracciones XIV, XV y XVI; 8o., fracción IV, y 18-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para suprimir el impuesto especial a los servicios que se prestan a través de redes públicas de telecomunicaciones, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:

I. ...

II. En la prestación de los siguientes servicios:

A). ...

B). ...

C). (Se deroga).

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

I... a XIII...

XIV. (Se deroga).

XV. (Se deroga)

XVI. (Se deroga)

XVII. ...

Artículo 8o. No se pagará el impuesto establecido en esta Ley:

I... a III. ....

IV. (Se deroga)

Artículo 18-A. (Se deroga).

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sede del Senado de la República a los doce días del mes de septiembre de dos mil trece.— Senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Pasamos al siguiente asunto.



SOLIDARIDAD CON LOS ESTADOS AFECTADOS POR LAS LLUVIAS OCURRIDAS

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para expresar solidaridad con las entidades afectadas por las lluvias ocurridas

En virtud de los graves daños ocasionados por los fenómenos meteorológicos en diversos estados de la república, que han cobrado la vida de decenas de mexicanos, a la fecha se reportan más de 1 millón de damnificados, se considera indispensable que la Cámara de Diputados realice acciones conducentes a atender a la población afectada, por lo que la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión los siguientes

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, reconociendo la puntual intervención del Ejecutivo federal para atender las necesidades de las poblaciones afectadas por los recientes desastres climáticos, y en solidaridad con estas poblaciones, acuerda proponer a las diputadas y los diputados hacer una donación de al menos cinco días de su dieta mensual.

Segundo. Los grupos parlamentarios recabarán la firma de las legisladoras y los legisladores que se sumen a la propuesta y la harán llegar a la Secretaría General.

Tercero. La Cámara de Diputados ha acordado instalar un centro de acopio de donativos en especie para el público en general que se quiera sumar a esta causa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de septiembre de 2013.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Diputado Muñoz Soria, ¿con qué objeto? Sonido en la curul del diputado.

El diputado José Luis Muñoz Soria (desde la curul): Diputado presidente, le pediría respetuosamente si me permitiera el uso de la tribuna para plantear una modificación a la propuesta de la Junta de Coordinación Política.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: En un segundo le doy respuesta.

La diputada Teresa de Jesús Mojica Morga (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Diputada Mojica, ¿con qué objeto?

La diputada Teresa de Jesús Mojica Morga (desde la curul): Con el mismo de apoyar la contingencia que se está sufriendo en los estados, como Guerrero, Oaxaca, Veracruz, y muchos otros en el país.

Pedirle, presidente, la Cámara de Diputados tiene una bolsa de más de 6 mil 300 millones de pesos para el gasto corriente de la Cámara de Diputados. Creo que si no hay condiciones en que los diputados puedan aportar el mes de salario –que creo que sería muy justo que lo diéramos– para pueblos que están sufriendo una gran devastación, la Cámara de Diputados absorbiera o aportara una cantidad, que nunca será suficiente para todos los destrozos que se han ocasionado, pero que pudiéramos ayudarles –de verdad, con ganas de hacerlo– a nuestros hermanos, que en este momento están sufriendo en varios estados del país, especialmente Guerrero. Muchas gracias, diputado.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputada.

La diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Sonido en la curul de la diputada Delfina Guzmán. ¿Con qué objeto, diputada?

La diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (desde la curul): De igual manera, diputado presidente, para expresar nuestra solidaridad con todos los hermanos que están sufriendo por estas inundaciones por el paso de estas tormentas tropicales. Y decirles que soy de un distrito que está en los límites con Guerrero y que de verdad se encuentra en una situación prácticamente podemos decir de más de 100 comunidades bajo el agua.

Quisiéramos decirles que el PRD se va a sumar con un mes de salario. Tal vez los otros partidos vayan a hacer lo propio, pero no es suficiente. Si hay dinero en esta Cámara de Diputados justo es que se pueda apoyar con una cantidad muy considerable, tal vez podamos hablar de 100 o más millones de pesos.

También decirles que hasta diciembre pasado se hablaba que en la Secretaría de Hacienda, en el Fonden teníamos 13 mil millones de pesos. De enero a esta fecha no ha habido una contingencia tan grave como la que se está viviendo en algunos estados de la República en este momento, y anoche sorpresivamente el secretario da el anuncio que cuentan con 6 mil millones en este fondo. Necesitamos que nos dé cuenta también a esta asamblea de qué se ha hecho con este dinero del Fonden y que se dé precisamente a los estados que más lo necesitan.

Los medios de comunicación llegan hasta Guerrero nada más, tal vez porque Acapulco es un destino turístico importante y nosotros en los límites con Guerrero, ni siquiera aparecemos en las noticias.

Quisiéramos también —desde aquí— pedirle a los comunicadores que así como ellos están narrando todo desde el lugar de los hechos en Guerrero, lo hagan desde el lugar de los hechos en Oaxaca, en la costa. Río Verde se desbordó y tiene inundadas y bajo el agua prácticamente a más de 100 comunidades. Gracias, señor presidente.

El diputado José Luis Muñoz Soria (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted. Sus palabras han quedado registradas. Compañeras y compañeros, voy a dar la palabra a quienes han sido registrados por los grupos parlamentarios para hacer uso de la voz –diputado Soria– e inmediatamente después de quienes han sido ya registrados previamente, con mucho gusto les doy la palabra desde su curul.

El diputado Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: ¿Es con el mismo objeto, diputado? Si le parece, quienes han sido registrados por parte del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza es la diputada Cristina Olvera Barrios; del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara; del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, el diputado Alfonso Durazo Montaño; del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares; del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el diputado Silvano Aureoles Conejo; del Grupo Parlamentario del PAN, el diputado Humberto Armando Prieto Herrera y del Grupo Parlamentario del PRI, el diputado Manuel Añorve Baños. Concluida esta lista de oradores, con todo gusto le doy la palabra desde su curul.

Tiene el uso de la palabra para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, la diputada Cristina Olvera Barrios.

La diputada Cristina Olvera Barrios: Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, los desastres naturales ocurren en cualquier momento y país, y muchos de ellos de forma indescriptible, causando graves daños materiales y amenazando la seguridad personal y alimentaria de amplios grupos de nuestra población. En los últimos años han dejado miles de muertos, millones de damnificados y daños económicos incalculables.

El aumento de la frecuencia de los desastres forma parte de una tendencia mundial causada por los cambios de las condiciones climáticas, lo que hace que existan mayores riesgos en las zonas afectadas.

En la última semana nuestro país se ha visto azotado por fuertes lluvias, inundaciones, deslaves, derrumbes en gran parte del territorio nacional, debido a dos fenómenos meteorológicos simultáneos: la tormenta Manuel en el Pacífico y el huracán Ingrid en el Golfo de México. Las lluvias torrenciales provocadas por ambos meteoros han dejado al menos 52 muertos y un millón 200 mil afectados.

Nueva Alianza lamenta enormemente la pérdida de vidas humanas en los estados de Guerrero, Veracruz, Hidalgo, Puebla, Oaxaca, Morelos y Chihuahua, así como también la situación por la que atraviesan miles de mexicanos que se han visto damnificados. Nuestra solidaridad y respaldo para todas las familias que están atravesando por las diversas afectaciones de las fuertes lluvias.

De acuerdo con la Secretaría de Gobernación, se registran hasta el momento 39 mil personas evacuadas, de las cuales 23 se encuentran en albergues. Se tienen detectados 254 municipios afectados, muchos de ellos en alerta roja.

Guerrero —el estado hasta ahora más afectado por el desastre— tiene en 49 municipios emergencia al igual que Oaxaca. En Veracruz se han atendido declaratorias de emergencia vigentes en 53 municipios y las condiciones siguen siendo críticas ante el desbordamiento del río Pánuco.

La situación es grave. El Servicio Meteorológico Nacional da a conocer que la tormenta Manuel se fortalece cerca de las costas de Sinaloa, dando origen a una nueva depresión tropical que se enfila hacia la península de Baja California.

Es de reconocer el enorme esfuerzo que desde el gobierno federal se realiza para coordinar los trabajos de apoyo a la ciudadanía y que a través del Fondo de Desastres Naturales (Fonden) dotará de recursos, en primer lugar, a Guerrero, Oaxaca y Chihuahua, para atender las necesidades de alimento, abrigo y salud de la población.

Nuestro respaldo a las medidas implementadas para afrontar esta crisis por el gobierno federal. Sin embargo, ante la emergencia que vive el país, es necesario que todos los mexicanos unamos esfuerzos para brindar un total apoyo a nuestros hermanos y hermanas que en estos momentos están atravesando por una situación difícil.

Por ello es imprescindible una estrecha colaboración entre los diferentes órdenes de los gobiernos federal, estatal y municipal, y contar con una excelente coordinación, que permita llevar la ayuda indispensable a cada rincón del país, que en estos momentos más lo necesita.

Asimismo, desde esta tribuna exhortamos a todos y cada uno de los mexicanos para que como en cada situación de contingencia que México ha tenido que enfrentar, acudamos a los centros de acopio para donar los productos que son necesarios en cada una de las comunidades que están en desgracia.

Es importante recordar que en estas situaciones, como la que estamos atravesando actualmente, donde las y los mexicanos hemos demostrado que somos un solo país, sin distingos y con causas comunes, que nos mueven a afrontar las adversidades y brindar la ayuda solidaria que nos permita salir avante en esta apremiante situación.

Compañeros diputados y compañeras diputadas, estamos atravesando una situación difícil y los invito a que por México, su pueblo, sus riquezas y su turismo, invitemos a cada ciudadano, ciudadana y representantes a unirnos y luchar juntos con la fuerza de sabernos parte de un país solidario, como es el nuestro. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputada Cristina Olvera Barrios.

Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo tiene el uso de la palabra el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:Gracias, presidente. Estamos frente a una propuesta de apoyo para los damnificados como respuesta a la ausencia de la cultura de la prevención. Pero además, en una evaluación somera, al grito en las calles del país de: urgente, urgente, evaluar al presidente, sin duda hay otra asignatura que Enrique Peña Nieto tiene reprobada desde nuestro punto de vista el día de hoy. Él es el responsable del Consejo de Protección Civil a nivel nacional.

Y miren porqué decimos esto. El fondo del asunto –aunque algunos ya empiezan aquí a reclamar, ojalá se suban a la tribuna– no es con cuántos días de dieta que nos corresponde se aporta para el fondo de ayuda de los damnificados. Eso cada quien lo hará en su conciencia. Esto obviamente está orientado a una cuestión mediática para publicitar la supuesta solidaridad de los órganos de gobierno o autoridades de este país con los que menos tienen. Y en esto ya nuestro país, el pueblo de México, rebasa una vez más a las instituciones y está volcado en la solidaridad.

Considero que la discusión debe de plantearse con mayor seriedad y compromiso. Para ello debemos de combatir la cultura de la irresponsabilidad y de la impunidad.

El miércoles 11 de septiembre el Servicio Meteorológico Nacional de la Conagua emite cuatro comunicados alertando sobre lluvias de fuertes a muy fuertes. A las 18:08 de ese mismo día, alerta que la combinación de dos sistemas de bajas presiones con potencial ciclónico, uno en el Golfo de México y otro en el Pacífico sur, propiciarán lluvias muy fuertes durante los próximos días. El organismo advierte que el temporal afectaría al sur, sureste y oriente del territorio nacional, así como zonas del noreste, occidente y centro, incluido el Valle de México. Pronostica que las precipitaciones se irían desplazando hacia Veracruz y Tamaulipas.

El jueves 12 de septiembre, el mismo servicio meteorológico emite cuatro comunicados alertando de lluvias en el oriente, sur y sureste del país por dos perturbaciones tropicales. Ambos sistemas —dice— seguirán acercándose a costas nacionales en los próximos días, por lo que se mantienen en constante vigilancia.

El viernes 13 de septiembre el organismo de la Conagua emite seis comunicados durante la jornada, subrayando que la combinación de estos fenómenos meteorológicos propiciará lluvias muy fuertes en la mayor parte del país y que las precipitaciones serán de intensas a torrenciales en Chiapas, Guerrero, Tabasco, Veracruz, Oaxaca, así como de fuertes a intensas en Michoacán, Campeche, Tamaulipas, Puebla, Hidalgo y San Luis Potosí.

El 14 de septiembre emite tres comunicados señalando que la combinación de estos fenómenos propicia lluvias muy fuertes en la mayor parte del país, superando niveles promedio e incluso históricos de precipitaciones durante los tres días.

Hasta el día sábado 14 no se realiza ninguna reunión del Sinaproc, el Sistema Nacional de Protección Civil. En la agenda de protección civil de la Secretaría de Gobernación se registra que hasta el domingo 15 de septiembre, a las cuatro horas, se realizó la segunda reunión de trabajo del grupo interinstitucional para ciclones tropicales ante la contingencia de los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel, y asisten representantes de Sedena, Semar, Cruz Roja, Salud, Conagua, SCT, Sectur, Policía Federal, SER, IMSS, ISSSTE, entre otras.

Atendiendo a las distintas alertas emitidas por el Servicio Meteorológico Nacional debe evaluarse y determinarse si la reacción del Sistema Nacional de Protección Civil atendió en tiempo y forma la necesidad de adoptar medidas precautorias y de prevención para evitar los daños ocasionados por los fenómenos meteorológicos.

Ya la Ley de Protección Civil dispone en el artículo 5: Las autoridades de protección civil, enumerados en el artículo 27 de esta ley, deberán actuar con base a los siguientes principios:

I. Prioridad a la protección de vida, salud y la integridad de las personas; —Tenemos ya reconocidos más de 57 muertos.

II. Inmediatez, equidad, profesionalismo, eficacia y eficiencia en la presentación del auxilio y entrega de recursos a la población en caso de emergencia o desastre; —Y esto brilla por la ausencia de las reacciones del gobierno federal.

Podría seguir leyéndoles la Ley de Protección Civil para ver todas las ausencias de cómo está reaccionando ya en este plano de haber decretado el DN-III el Sistema Nacional de Protección Civil, pero me interesa subrayar, obvio, que por la tardanza en la atención de los fenómenos meteorológicos que afectaron a gran parte del territorio nacional, generó más daños de los que se hubieran ocasionado si el Sistema Nacional de Protección Civil funcionara de conformidad con lo dispuesto por la ley.

El gobierno federal se ocupó en los días previos al 15 y 16 de septiembre en desocupar el Zócalo de esta ciudad y de otras capitales de la República, como fue la de Xalapa, Veracruz y prever el desfile militar, antes que atender las alertas comunicadas sobre los efectos de los fenómenos climatológicos.

El 16 de septiembre desfilaron en esta ciudad 19 mil 51 elementos de las Fuerzas Armadas, con acarreados del estado de México, así como lo hicieron el 15 de septiembre.

Y la población sufriendo los embates de estos fenómenos sin haber sido avisados. Cuando menos hubieran evitado que Acapulco se llenara el fin de semana alertando a la población de lo que ocurría.

Esta Cámara —y vamos a someter un punto de acuerdo en días próximos— tiene que impulsar y ésa va a ser nuestra propuesta, una comisión especial para que investigue los trabajos que hizo la Sinaproc y cómo se dio la coordinación entre los tres niveles de gobierno. No puede quedar tanta impunidad.

Hoy los periódicos cuando menos empiezan a hablar de que minimizaron las alertas de Conagua previo a la emergencia. La negligencia del gobierno ante el embate de estos fenómenos. Que no hubo aplicación suficiente de medidas de protección civil, que no se lanzaron alertas, pero obviamente como no funcionó el sistema de protección civil ninguna medida de evacuación preventiva, como punto haber sido que llegaran los vacacionistas a Acapulco, y mucho menos tiempo después, cuando ya tenían el problema encima.

Hay que decir que Conagua cumple, pero de último minuto, y evidentemente hasta la prensa más oficial habla de la falla de prevención frente al desastre, desastre en el que tienen sumido al país y ahora quieren aparecer que tienen 6 mil 500 millones de pesos del superávit de un recorte económico que le estaban haciendo al país.

Qué bueno, se necesita presupuesto para atender toda la ineficiencia de acción del gobierno de Peña Nieto, en particular como responsable y, segundo, de toda la corrupción que ha habido también por gobiernos anteriores.

Quiero culminar. Ya se habla de obras de baja calidad en la autopista del Sol, y en el caso concreto me tocó por Veracruz, y a la primera lluvia ya se estaba cayendo el puente de Misantla. Todo esto se tiene que investigar, no puede quedar así.

Someteremos en ese punto de acuerdo la medida, y no estar aquí diciendo que si yo pongo quince días, cinco días. Los diputados que tienen que vigilar la acción del Legislativo y vigilar que quien no cumpliera sean sancionados conforme a la ley. Eso es lo que nosotros proponemos en este punto de acuerdo y acabar con la simulación, en la que pretenden llevarnos y que evidentemente Peña Nieto está reprobado en protección civil.

Quiero decirles por último. Fui coordinador de protección civil en Iztapalapa, trabajé en esta ciudad como asesor en materia de protección civil. Sé de qué hablo y deberíamos ser más responsables.

Aquellos diputados que piden tiempo deberían de ponerse tiempo para trabajar como diputados, en hacer que el Ejecutivo cumpla y que no exista la impunidad y la corrupción que ustedes están solapando permanentemente. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputado Huerta. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la palabra el diputado Alfonso Durazo Montaño.

El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño: Compañeras y compañeros diputados, vengo a fijar el posicionamiento del Grupo de Movimiento Ciudadano. Pero también, en mi condición de presidente de la Comisión de Protección Civil, que hubiese sido ideal —desde mi punto de vista— que se separaran los espacios de participación, de tal manera que se pudiera abordar el tema de la tragedia desde la perspectiva exclusiva de la fracción de Movimiento Ciudadano y, por supuesto, desde la perspectiva de la Presidencia de la Comisión de Protección Civil.

Estos días —como ya se ha mencionado, lo sabemos todos— México vive una de las mayores tragedias nacionales. Se nos ha informado que desde hace 55 años, 1958, no se había dado un caso de la convergencia de dos fenómenos de esta naturaleza. Consecuentemente los efectos han sido devastadores.

Expreso a nombre de los integrantes de la Comisión de Protección Civil nuestra solidaridad con todos aquellos, mexicanas y mexicanos, que están sufriendo las consecuencias de estos desastres naturales.

Saludo el gesto de la Junta de Coordinación Política de promover un donativo de cinco días de salario de los diputados para los damnificados, así como la instalación de un centro de acopio. Sin embargo, quiero resaltar que se trata de un gesto de solidaridad personal muy menor a la capacidad de respuesta institucional que tiene esta Cámara.

Conviene señalarlo ahora al calor de la sensibilidad que hoy recorre al país frente a la tragedia y en el contexto de una muy próxima discusión del Presupuesto federal 2014. Enfocaré por ello mi participación exclusivamente a promover aportaciones a esta Cámara de Diputados, mediante las cuales podrá apoyar institucionalmente a quienes sufren los estragos de un fenómeno natural de manera realmente eficaz y preventiva.

Propongo a ustedes impulsar modificaciones en dos áreas clave: en optimizar las reglas de operación del Fonden y en cambiar radicalmente las prioridades en materia de protección civil, para que —contrario a lo que ha venido sucediendo— se invierta significativamente más en prevención que en reconstrucción.

Es sumamente grave la escasa importancia que se le da a la prevención respecto a la reconstrucción, en donde realmente cuenta es en el Presupuesto de Egresos. Esta disparidad entre el Fonden y los fondos preventivos concentrados en el Fopreden, es evidente. Les doy a ustedes algunos datos:

Según cifras oficiales, en el ejercicio acumulado de 2004 a 2011 se invirtieron más de 143,000 millones de pesos al Fonden, por solo 1,700 millones de pesos al Fopreden. Es decir, 84 veces más dinero invertido en atención que en prevención.

Hasta hoy se mantiene la misma tendencia. En el Presupuesto para el 2014 se proponen 7,217 millones de pesos para el Fonden, por 335 millones de pesos para la prevención. Es decir, un presupuesto reactivo, 21 veces superior al presupuesto preventivo.

En mi calidad de presidente de la Comisión de Protección Civil, los invito a hacer una contribución más duradera y significativa en esta materia. En la discusión presupuestal que se avecina sumemos esfuerzos para lograr que el presupuesto de los fondos preventivos sea al menos equivalente al presupuesto reactivo.

Estos sí son temas de fondo, de largo plazo, de carácter estructural. En segundo lugar, es necesario modificar las reglas de operación del Fonden en tres áreas fundamentales: el diferencial entre lo programado y lo ejercido cada año. La disposición contingente de los excedentes petroleros. Y por último, la coparticipación de 50 por ciento de estados y  municipios para ejercer el Fonden reconstrucción.

De manera sistemática, desde sus orígenes, el fondo presupuestado para el Fonden es significativamente inferior al monto ejercido al final del año. Lo anterior ha sido posible debido a que existen mecanismos financieros para que de manera contingente se transfieran recursos de los excedentes petroleros al Fonden. Es decir, el Fonden está como un arrimado de los excedentes petroleros.

Como ejemplo, en algunos años extremos, como el 2011. Vean ustedes, el monto aprobado para el Fonden fue de 142.9 millones de pesos en un año. Sin embargo, lo ejercido fue de 41 mil 673 millones de pesos.

Es necesario que el presupuesto del Fonden refleje las necesidades reales y que los mecanismos mediante los cuales se accede a los excedentes petroleros no sean contingentes, como han sido hasta ahora, sino que se establezca un porcentaje o monto mínimo de los mismos, o de lo contrario, se cree un fondo de estabilización que vaya creciendo año con año, de manera tal que los recursos no utilizados durante algunos años puedan acumularse para atender eficazmente años atípicos, como el actual.

Éstas son las ideas que han estado sobre la mesa desde hace mucho tiempo. Incluso, con la mejor intención, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece, en su artículo 37, que las asignaciones en el Presupuesto para los fondos de prevención no podrá ser inferior al 0.4 por ciento. Sin embargo, como suele suceder, el piso se ha convertido en techo presupuestal.

Finalmente, las reglas de operación del Fonden y, en particular, el Fonden Reconstrucción, contemplan un porcentaje de coparticipación en el que los estados y los municipios tienen que aportar el 50 por ciento de lo aportado por la federación.

No obstante lo anterior, las reglas actuales no tienen la flexibilidad necesaria para responder a fenómenos atípicos como el que hoy enfrentamos, ya que ante daños de una magnitud económica como la actual, evidentemente ni Guerrero ni ningún otro estado que esté en esta situación podrá cubrir el 50 por ciento necesario para activar los recursos del Fonden Reconstrucción.

En este caso, el caso es entonces que si no está superado en Fonden están superados los estados y con mayor razón lo están los municipios. Por ejemplo, Acapulco fue arrasado, ¿qué capacidad presupuestal puede tener el ayuntamiento para aportar su parte presupuestal en la atención de la tragedia? Absolutamente ninguna.

En vista de lo anterior, propongo flexibilizar las reglas de coparticipación para las entidades más afectadas ante fenómenos climáticos extremos, para eliminar dicho requisito cuando los daños cuantificados rebasen un determinado porcentaje del presupuesto anual de las entidades federativas en cuestión.

Finalmente propongo –termino, presidente– abordar el tema de la corrupción y la partidización de la ayuda, que terminan por rematar la desmoralización de los damnificados. Es en estas áreas en las que les propongo que empeñemos todos nuestra energía y nuestras acciones.

Las buenas intenciones, sin duda, de esta Cámara, de carácter personal, serán benéficas. Pero mucho más provechosas serán las propuestas institucionales que podemos impulsar desde el ámbito legislativo y cuya aprobación está en nuestras manos. Muchas gracias a todos por su atención.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputado Durazo Montaño. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México tiene el uso de la palabra el diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares.

El diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares: Con la venia de la Presidencia. Compañeras diputadas y compañeros diputados, soy representante por la tercera circunscripción, originario del estado de Chiapas, quien junto con estados como Guerrero, San Luis Potosí, Veracruz, Puebla, Oaxaca, Colima, Hidalgo, Zacatecas, Morelos, Jalisco, entre otros, hoy sufren grandes desaguisados por las lluvias generadas por los fenómenos hidrometeorológicos Ingrid y Manuel.

En este momento, mientras hoy discutimos en la comodidad de nuestras curules y con la asistencia y los servicios que la Cámara nos otorga, hay miles de mexicanos que sufren por las inclemencias del tiempo. Mexicanos que hoy tienen sus casas bajo el agua, perdieron sus enseres, perdieron sus medios de subsistencia, tratándose de familias el campo o de pequeños negocios.

El pueblo mexicano siempre se ha caracterizado por ser solidario. Hemos visto la solidaridad ante fenómenos naturales, como el terremoto de 1985, en el cual la población civil salió a las calles a ayudar, a mover escombros, a recuperar los cuerpos y a prestar esa ayuda mutua que fue necesaria para poder salir adelante de aquellos momentos de tragedia. Pero no solo se requiere la solidaridad de la sociedad civil, también de las instituciones y de quienes formamos parte de ella y de quienes el pueblo nos otorgó la confianza de hoy estar aquí para representarlos y también para tener un espacio que nos da un ingreso y que podamos ser solidarios con todos ellos.

Hoy en día el reto es muy grande. Tener dos terceras partes del país en situación de emergencia por las inundaciones, las cuales ya generaron decesos en la población, origina que tengamos que realizar lo mismo que en 1985, solidarizarnos. Sin lugar común y sin ánimo de retórica o de propiciar un esfuerzo de convencimiento hueco, les pido valoren y valoremos las opciones que están en nuestras manos, preguntándonos qué podemos hacer en beneficio de aquellas personas que confiaron en nosotros.

Pensemos, diputadas y diputados, cómo planear para ayudar a nuestras comunidades. Y basta de insultos entre nosotros, acudamos a los sitios que hoy en día se encuentran en desgracia, que se encuentran en tragedia. Liberemos de nuestros bolsillos recursos para el mejoramiento de esta situación; armemos brigadas de auxilio; establezcamos centros de acopio de recepción de todos aquellos, materiales y suministros que sean necesarios para poder atender la emergencia.

Que la desidia no nos haga traidores a nuestro compromiso popular, a nuestra patria. Las condiciones así lo precisan. Condiciones sin precedentes después del año del 85, última fecha, después de 1958, última fecha donde convergieron dos fenómenos hidrometeorológicos con gran potencia destructiva que golpearon al igual que hoy a nuestro territorio nacional.

Sin duda alguna esta experiencia nos hace plantearnos hoy cómo enfrentar aquello, que tan solo en los tres días anteriores hizo que las precipitaciones alcanzaran un promedio igual a lo que llueve en un mes, solamente en el estado de Guerrero.

Los daños se estiman halagüeñamente en la red carretera nacional, en más de 40 mil millones de pesos. Tan solo en el estado de Guerrero se requieren más de 5 mil millones de pesos para poder enfrentar la emergencia. Existen aproximadamente un millón 200 mil damnificados, 39 mil desalojados y ya registrados 57 decesos.

No es tiempo de señalamientos fútiles, los cuales sirvan para la desacreditación o el espectáculo. Al contrario, la gravedad del momento exige no mirar nuestras diferencias, sino enfocarnos en una mejor causa: la ayuda social.

La solidaridad distingue a los grandes pueblos. Con ella pudo Europa después de la Segunda Guerra Mundial; Indonesia, Malasia, Sri Lanka, La India y Tailandia con las inundaciones y el tsunami de 2004, superaron todas las desgracias y tragedias a las que fueron sometidos.

Hoy nosotros debemos de sentir y asumir que la condición humana nos hermana con nuestros semejantes. En otras palabras, la solidaridad es ponerse en el lugar de los otros, es ser receptivo. Sin embargo, debemos precisar que ésta, sin el orden, no puede producir resultados efectivos de ningún modo inmediato. Para ello se requiere la organización.

Tal es el caso que pudimos ver en Japón tras las desgracias ocurridas en el año 2011, con el maremoto y la tragedia nuclear que vivieron. Japón reconstruyó en pocos meses las localidades afectadas por ese maremoto, donde se apreció la intervención efectiva y eficiente de la sociedad civil. Pero ésta fue organizada directamente por los representantes del gobierno de aquel país. Así se demostró cómo el orden, la decisión y la disciplina fueron determinantes para superar los obstáculos interpuestos aquella vez por la naturaleza.

Los mexicanos nos caracterizamos por tener la virtud de la solidaridad. Hagámosla valer hoy más que nunca. Es el instante en el cual se necesita el empuje de esa presencia. Recordemos cómo se intervino en San Juanico, en el terremoto del 85, en el fenómeno de Stan, que azotó a las costas chiapanecas y a otros estados de la República Mexicana, o en el huracán Paulina.

Por último —para terminar— como Partido Verde Ecologista estamos muy atentos a que estos fenómenos que se presentan cada vez con mayor regularidad, son fenómenos del cambio climático. Sí, para quienes sean escépticos, hoy podemos ver cómo llueve más que nunca. Los mares se encuentran con temperaturas más elevadas. Esto genera que los fenómenos meteorológicos sean más fuertes, que converjan dos y que ahorita que está volviendo a salir a costas el fenómeno Manuel, vuelva a agarrar fuerza amenazando a otros estados de la República.

Tenemos qué ver cómo legislamos, señores legisladores, en materia de protección civil y en materia de cambio climático. Ése es nuestro compromiso. No solamente seamos solidarios, sino también enfrentemos nuestro compromiso ante prevenir los desastres naturales, en materia de protección civil y en materia de cambio climático. Es cuanto, señor presiente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias, diputado Castellanos Mijares.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, tiene el uso de la palabra el diputado Silvano Aureoles Conejo.

El diputado Silvano Aureoles Conejo: Muchas gracias, presidente. Diputadas y diputados de esta honorable Cámara. Lamento que casi la mitad del pleno en este momento se encuentre vacío. Mi reconocimiento a quienes están aquí atendiendo este asunto, sin duda muy complejo. Muchas gracias, diputadas por estar aquí y ojala que el resto de nuestros compañeros también entendieran la magnitud de la situación y contáramos aquí con ellos.

Sin duda lo que está pasando en el país es un hecho terriblemente lamentable. Un fenómeno que pocas veces se había visto en el país. Pocas veces el territorio nacional se había encontrado en una situación tan crítica. Es un fenómeno extraño, pocas veces presentado, que al mismo tiempo haya dos fenómenos meteorológicos, uno del Golfo y otro del Pacífico que tengan el centro en el territorio nacional. Por eso hay que destacar en este momento tan difícil, en donde dos terceras partes del territorio nacional se encuentra en grado de emergencia.

Destaco, por supuesto, la situación que vive Guerrero y retomo aquí —perdón— las palabras de mi compañera Tere Mojica, pero también del resto de mis compañeros, de Sebastián de la Rosa y demás compañeros, que estoy seguro también comparten los diputados de otras fracciones parlamentarias del estado de Guerrero.

También destaco la preocupación expresada desde su tribuna pos la compañera Delfina, por el compañero José Luis y, repito, estoy seguro coincide con lo que ustedes también están sintiendo y también quisieran hacerle frente.

Destaco esto porque son compañeras y compañeros de los estados más afectados: Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Tamaulipas, Michoacán y otros, que seguramente sin que venga a enunciar calamidades o tempestades, seguramente en los siguientes días habremos de conocer también la situación real de estas entidades.

Así, en esta circunstancia, compañeras y compañeros, la magnitud de los daños es histórica por la referencia del grado de afectación, el cual he mencionado hace un momento.

Las lluvias torrenciales que han provocado ambas tormentas han dejado ya un saldo hasta ahorita de 58 muertos, 58 hermanas y hermanos que han perdido la vida en este lamentable desastre natural, de los cuales 35 —según las cifras oficiales— son del estado de Guerrero y 12 del estado de Veracruz.

Otras más en diversas entidades de la República, sin que hasta el momento se conozca o podamos hablar de cifras precisas, por obvias razones, aún no termina el fenómeno que estamos padeciendo.

Destaco también en cuanto a la infraestructura, como carreteras, puentes, aeropuertos, puertos marítimos, caminos, entre otros, no han podido aún ser calculados y que seguramente en los siguientes días tendremos cifras muy alarmantes.

Lo anterior nos compromete, compañeras y compañeros, no solo a manifestar una expresión de solidaridad con miles y miles de mexicanas y mexicanos hoy en desgracia por los asuntos que todos conocemos, este fenómeno natural, y que evidentemente quienes hoy viven la desgracia requieren de acciones muy concretas, de hechos muy puntuales. Acciones que no solamente sean el discurso en esta tribuna, sino hechos que se traduzcan en apoyos materiales, en apoyos con alimentos y otras necesidades, que hoy demandan nuestros hermanos.

Por ello también destaco el hecho de que la Cámara de Diputados, la Junta de Coordinación Política haya decidido plantearle al pleno este espacio para expresar la solidaridad y para considerar que los grupos parlamentarios, las diputadas y los diputados hagan las aportaciones correspondientes.

Destaco que me han pedido mis compañeros que le solicitemos –y ojalá lo podamos agregar al punto de acuerdo– al gobierno federal que pueda facultar a las delegaciones de la Cruz Roja Mexicana para que se conviertan en centros de apoyo, de acopio para nuestras hermanas y hermanos.

Quiero también destacar que la Junta aprobó, como piso, pedir a las diputadas y diputados la aportación mínima de cinco días de su dieta para apoyar a nuestros hermanos en desgracia.

Quiero compartirles que la Mesa Directiva de mi Grupo Parlamentario del PRD ha resuelto que vamos a donar un mes de salario, un mes de dieta para poder contribuir de mejor manera a la desgracia que hoy viven nuestros hermanos en los estados a los que ya hemos hecho referencia.

Ojalá, compañeras y compañeros, en absoluto respeto, pues no podemos obligar a nadie, pero ojalá que el resto de los grupos parlamentarios pudiesen sumarse a esta iniciativa que ya ha sido un acuerdo de mi grupo parlamentario.

En estas condiciones tan difíciles también queremos hacer un llamado y una invitación a los empresarios del país para que puedan contribuir en este momento de la desgracia con productos a precios accesibles, que puedan resolver el problema de hambre y de escasez que viven las familias de los estados afectados.

Y también pedirle a la Profeco, porque no falta quien se pase de listo o lista y quieran aprovechar la circunstancia y el dolor para hacer el negocio de su vida. También demandamos al Fonden, al Fondo para el Apoyo a los Desastres Naturales, que de inmediato se apliquen los recursos que están asignados para ello.

Hago también un reconocimiento, sin duda, a las autoridades federales y estatales que han estado atendiendo el problema, pero que también hay que destacar que resulta insuficiente. Se dijo ayer que había un fondo, o que más bien el fondo disponible o que puede operar el Fonden para atender estos desastres oscila en los 6 mil 300 millones de pesos.

¿Qué pedimos como grupo parlamentario? Que de inmediato los recursos destinados para este fin puedan ejercerse, porque hemos vivido muchas experiencias, queridas compañeras, compañeros, en donde las reglas de operación, la ruta burocrática a veces quizá –termino presidente– a veces quizá pueda uno exagerar, pero hasta el acta de defunción piden para poder completar el expediente. Eso no puede ser. Ruego a las autoridades federales que en este caso se apliquen de inmediato los recursos del Fonden.

Quiero también proponerles, compañeras y compañeros, que el Congreso Mexicano tiene que pronunciarse, no solamente aquí con las expresiones de solidaridad, que son muy buenas, de nuestro sentir con las víctimas. Nuestras condolencias a las familias que han perdido seres queridos y que han perdido casi todo, pero también debemos de tomar decisiones al respecto.

El Congreso, y en particular la Cámara de Diputados, tiene facultad para reformar las leyes y para hacer leyes en la materia. Por eso pido que de inmediato la Cámara de Diputados, las comisiones correspondientes nos aboquemos a elaborar una iniciativa de ley para reformar el Presupuesto del Ejercicio 2013, y que no que sean los 6 mil 300 millones de pesos, sino lo que la circunstancia demande.

Leo lo que dice el artículo 126 –presidente, deme 30 segundos— de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece que no podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto o determinado por la ley posterior.

Por eso planteamos: si se quieren ampliar los recursos del Fonden para el Ejercicio 2013, convendrá solicitar al Ejecutivo federal, siendo el único facultado para iniciar ley en esta materia, para que la Cámara de Diputados pueda reformar el Presupuesto de Egresos y se puedan asignar mayores recursos para esta desgracia nacional.

Pido también que junto con ello la Cámara de Diputados integre una comisión que dé seguimiento puntual a la entrega oportuna y la aplicación de los recursos, porque no falta que en medio de la desgracia se sumen otras desgracias. Nunca llega una desgracia sola.

Por eso, compañeras y compañeros, agradezco su atención y ya es tiempo de sacar lo mejor de nosotros. Mañana será un aniversario más de una de las grandes tragedias que vivió nuestro país, que vivió el pueblo de México. Siendo consecuente con ello y reconociendo la actitud de los mexicanos y mexicanas en ese momento, hoy nuevamente estoy seguro habrá de salir esa solidaridad que caracteriza al pueblo de México para hacerle frente a una tragedia similar o peor de la que se vivió en septiembre de 1985.

Compañeras y compañeros, por su atención, muchas gracias. Presidente, por su tolerancia, le agradezco sinceramente. Muchas gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputado Silvano Aureoles.

Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, tiene el uso de la palabra el diputado Humberto Prieto Herrera.

El diputado Humberto Armando Prieto Herrera: Con su venia, diputado presidente. Señoras y señores legisladores, el Partido Acción Nacional hace un llamado urgente para que, tanto las autoridades de los tres órdenes de gobierno como la sociedad en su conjunto, se solidaricen con la población que ha sido severamente afectada por las lluvias torrenciales causadas por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel.

Asimismo hacemos un exhorto enérgico para que los gobiernos estatales, municipales y el federal garanticen la seguridad en las comunidades dañadas por los desbordamientos de ríos o que están incomunicadas y así se garantice también el abasto de alimentos, se reparen los daños y se apoye a los más necesitados y aislados en pueblos y localidades remotas.

Reconocemos el auxilio que se ha prestado a los turistas varados en Acapulco y otros destinos de recreación y descanso. Sin embargo, hacemos hincapié en la población más vulnerable para que sea atendida con prontitud y eficacia.

El Grupo Parlamentario de Acción Nacional se solidariza con toda la población afectada por estos embates de la naturaleza, por eso no dudamos en poner todo lo que esté a nuestro alcance para apoyar a los damnificados.

Por otra parte, exigimos al gobierno federal, encabezado por el presidente Enrique Peña Nieto, la constitución pronta y urgente del Fondo para el Cambio Climático, previsto en la Ley General del Cambio Climático y cuya fecha límite fue el 6 de diciembre de 2012.

Al respecto, es importante precisar que dentro del artículo noveno transitorio de la ley, se menciona de manera clara que el Fondo para el Cambio Climático deberá ser constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que sus reglas de operación deberán ser aprobadas por su comité técnico dentro de los seis meses siguientes a la publicación de la ley en el Diario Oficial de la Federación. Hasta esta fecha la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ha cumplido con la instauración formal de este fondo.

Asimismo solicitamos que se canalicen adecuadamente y con transparencia los recursos asignados en el Fonden y evitar las trabas burocráticas y se sancione a los que hagan mal uso de estos recursos.

Los embates del huracán Ingrid y de la tormenta tropical Manuel han puesto en evidencia al Sistema Nacional de Protección Civil, encabezado por Luis Felipe Puente Espinosa. Éste falló, a pesar de que el gobierno federal intentó desde el inicio de esta administración una reingeniería en materia de protección civil, con énfasis en su carácter preventivo.

La contingencia comenzó desde el viernes pasado y fue a partir de este domingo cuando Puente Espinosa apareció para informar sobre la peligrosidad de ambos fenómenos meteorológicos. Esto sin duda alguna es una negligencia por parte de la autoridad federal.

En Acción Nacional creemos que la convivencia entre los seres humanos y la naturaleza debe ser tal, que permita la satisfacción de las necesidades de las personas sin comprometer la capacidad de regeneración de la naturaleza y, por tanto, la existencia de las generaciones futuras.

Es necesario que las instituciones públicas y privadas incluyan el tema ambiental en sus actividades y que haya un cambio de hábitos y valores sociales, para así lograr la efectiva protección del medio ambiente.

El buen aprovechamiento de los recursos naturales no depende solo de cuestiones técnicas y económicas, sino que también está vinculado a los sistemas políticos y a sus instituciones.

La inequidad en la distribución del ingreso, la ineficiencia gubernamental, la corrupción y el autoritarismo agreden al medio ambiente. Un sistema político responsable y ordenado, previene y mitiga los impactos nocivos al ambiente.

Es fundamental la participación corresponsable de la sociedad, no solo como conjunto de servidores, sino de personas que ejercitan sus derechos y asuman responsabilidades cívicas y políticas. Es cuanto, diputado presidente. Gracias.

Presidencia del diputado José González Morfín

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene ahora el uso de la voz el diputado Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Manuel Añorve Baños: Amigas y amigos de todos los grupos parlamentarios. Sin duda, a pesar de todas las diferencias que podemos tener, de los debates intensos que hemos protagonizado en este recinto, hemos demostrado que cuando es momento de sumarse y demostrar solidaridad, cuando debemos todos aportar con desprendimiento, las controversias se hacen a un lado y las coincidencias es solo un propósito para ayudar a quienes hoy están sufriendo.

Es momento de salir unidos ante la adversidad. Es momento de apoyar de manera decidida, porque sabemos que la voz en la Cámara es la voz de México y muchos mexicanos están desolados y damnificados.

Permítanme expresarlo con las fibras más sensibles, porque como representante popular de Acapulco y de Guerrero, me duele profundamente la pérdida de vidas humanas, la devastación y el daño profundo que está sufriendo Guerrero, la entidad más dañada y, por supuesto, las entidades hermanas de la República Mexicana.

Cabe señalar que se han emitido diversas declaratorias de emergencia por parte del gobierno federal para las entidades, entre otras Veracruz, Puebla, Nuevo León, Oaxaca y, por supuesto, Guerrero. Y municipios mayormente afectados, como Acapulco, Chilpancingo, Coyuca de Benítez municipios de tierra caliente y, por supuesto, Zihuatanejo, entre otros.

La magnitud del fenómeno ha propiciado el despliegue de más de 4 mil efectivos por parte de las Secretarías de la Defensa Nacional, de Marina y de la Policía Federal. Desde esta tribuna agradecemos a las Fuerzas Armadas su solidaridad y el apoyo que le están dando a miles de damnificados mexicanos.

Asimismo debemos reconocer las pérdidas económicas —como se ha dicho aquí— en diversos sectores. Por supuesto, son cuantiosas, en donde destaca el campo mexicano, que tiene miles de hectáreas dañadas por las fuertes lluvias, así como las afectaciones a infraestructura, servicios, comercios y casas habitación.

Existen, por cierto, más de un millón y medio de damnificados y decenas de personas que lamentablemente perdieron la vida en nuestro país.

De ahí que esta Cámara y sus integrantes, además de lo que en lo personal y de manera institucional estén realizando por la ciudadanía afectada, es menester que nos unamos en beneficio de las y los mexicanos afectados por los fenómenos hidrometeorológicos, aportando recursos materiales y realizando las acciones necesarias que nos permitan acopiar la ayuda para nuestros hermanos.

No solamente, por supuesto, aportar como base los salarios mínimos, sino que cada quien aporte lo que sea necesario.

Además, quiero expresar que las y los diputados federales enviamos —como lo dijo aquí el diputado Silvano Aureoles— nuestras más sentidas condolencias a los familiares de todas las personas que perdieron la vida a causa de los fenómenos hidrometeorológicos. El Grupo Parlamentario del PRI se solidariza con estas familias.

En ese sentido, nuestro grupo parlamentario propuso desde un inicio la aportación directa y económica de salarios y el establecimiento de un centro de acopio. Y en estos momentos es lo menos que se puede hacer.

Sabedores que reivindicando nuestras facultades podremos canalizar de manera responsable los recursos que permiten apoyar directamente a las familias afectadas y ayudar en la reconstrucción, que ése es el objetivo de las zonas devastadas.

Porque a 200 años del Congreso de Anáhuac y los Sentimientos de la Nación deben reflejarse en Acapulco, en Guerrero y en México, momentos de saldar esta deuda histórica con mi estado de Guerrero. Hace 200 años los surianos no regateamos y no se regateó ningún apoyo, inclusive, ofrendaron su vida. Ahí está el resultado con la libertad y la Independencia, con la conclusión, por supuesto, y poder tener hoy esta Independencia que estamos nosotros cultivando y estamos, por supuesto, en este bicentenario del Congreso de Anáhuac y los Sentimientos de la Nación, en medio de este duro golpe que hemos recibido.

Es momento que los Sentimientos de la Nación se hagan sentir desde las costas hasta la montaña. Desde Acapulco a Chilpancingo. De Acapulco a Iguala. Por supuesto, de Tierra Caliente a la Costa Chica, a la Costa Grande, zona norte, región centro, porque no tengo la menor duda que es el momento —como lo he dicho— de que se hagan realidad los Sentimientos de la Nación.

Por eso, como representante popular de Guerrero y sumándome a esta solidaridad, también es el momento de reconocer el apoyo brindado por el presidente Enrique Peña Nieto, con su sensibilidad y solidaridad, particularmente en Acapulco y en Guerrero, donde ha caminado de la mano escuchando a los miles de damnificados. Y hoy se está trasladando a Nuevo León y a Veracruz, para atender esta emergencia.

Por eso es el tiempo de apoyar a todos de manera firme y decidida. Es el tiempo de todos, es por Acapulco, es por Guerrero, es por los estados hermanos que tienen este problema. Es por México. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputado Añorve. Me había pedido el uso de la palabra el diputado Muñoz Soria. Con todo gusto en un momento le doy también la palabra, diputado. Sonido en la curul del diputado Muñoz Soria.

El diputado José Luis Muñoz Soria (desde la curul): Muchas gracias, diputado presidente. Le solicité el uso de la palabra e hice llegar una propuesta de modificación al punto primero del acuerdo de la Junta de Coordinación Política, que manifiesta que pudiéramos fijar al menos un mes de dieta para el apoyo a nuestros compatriotas que están en desgracia.

Hemos comentado y hemos manifestado la sensibilidad de diputadas y de diputados que pudiéramos avanzar con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política. Nuestra fracción parlamentaria ya acordamos hacer el donativo de un mes de nuestra dieta. Seguramente los otros partidos también tendrán una decisión en ese sentido.

Y quiero reiterar la propuesta, pero manifestar también que me parece muy desafortunada la intervención del diputado Añorve, por querer politizar un problema que no debe de verse en ese sentido. Si le va hacerlo al presidente, que se las haga en un momento y no aproveche de la desgracia de nuestros compatriotas. Que tenga sensibilidad, el fue presidente en Acapulco y debió de haber previsto este tipo de circunstancias, que nos sea hipócrita. Muchas gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted. Me han pedido la palabra los diputados Carlos de Jesús Alejandro, el diputado Víctor Díaz Palacios, el diputado Sebastián de la Rosa Peláez; el diputado Víctor Manuel Jorrín, de Movimiento Ciudadano.

Y antes —porque ha sido aludido— le voy a preguntar al diputado Añorve con qué objeto desea hacer uso de la voz. Sonido en la curul del diputado Añorve. Recordando, señoras legisladoras y señores legisladores, que no están permitidos los diálogos. Sonido en la curul del diputado Añorve.

El diputado Manuel Añorve Baños (desde la curul): Por alusiones personales, señor presidente. Solamente quiero subrayar que si alguien en este momento ha sido solidario con el gobierno del estado y ha sido solidario con el municipio de Acapulco, ha sido el señor presidente de la República. Y por supuesto que tengo que subrayarlo, porque el presidente es el presidente de todos los mexicanos y no es momento de politizar absolutamente nada. Con todo respeto, pero esa es la realidad.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Registro también al diputado Huerta. Diputado Carlos de Jesús Alejandro –sonido en su curul–, ¿con qué objeto?

El diputado Carlos de Jesús Alejandro (desde la curul): Con el mismo objeto, señor presidente. Primero, soy diputado federal del VI distrito de la región norte, la región centro, La Montaña baja y La Montaña alta del estado de Guerrero. Y en el estado de Guerrero el desastre no solamente está ocurriendo lamentablemente en la ciudad capital y en el puerto, estas regiones distintas, aunadas a las regiones de mis demás compañeros diputados de la Tierra Caliente, de la Costa Chica, de la Costa Grande es exactamente la misma situación y que la compartimos también con los estados aledaños.

Por ello me parece que es necesario que apelemos a la sensibilidad de esta honorable soberanía y que no sean nada más los diputados de un grupo parlamentario —como es el nuestro— los que estemos dispuestos a solidarizarnos en general con nuestro estado y con nuestra nación. Necesitamos de la solidaridad de todos los grupos parlamentarios. Y por supuesto, que desde la Junta de Coordinación Política se tome un acuerdo al respecto.

También comparto el análisis y las palabras que hacía el diputado Huerta, porque justamente estamos ante una negligencia, ante una irresponsabilidad y ante una gran incapacidad de nuestras autoridades de protección civil y del sistema meteorológico, porque por supuesto que pudimos haber adoptado medidas precautorias para evitar las dimensiones de este daño.

Creo, presidente, que además los daños no solamente son en ciertos municipios. Efectivamente, el presidente de la República ha visitado el puerto de Acapulco, pero necesitamos que visite el resto de las regiones, necesitamos que visite los demás estados, porque no se circunscriben estos daños a una región y a un puerto solamente.

Pero además quiero manifestar, por último, que es necesario que declaremos zona de desastre el estado de Guerrero, el estado de Oaxaca, el estado de Veracruz y los demás estados como Puebla, como Michoacán, que se han dado las mismas circunstancias y que sean también otros municipios, como el caso de mi distrito, donde los municipios de Tepecoacuilco, donde los municipios de Mártir de Cuilapan, donde los municipios de Huitzuco, donde el municipio de Atenango, de Copalillo, de Eduardo Neri fueron severamente dañados por el desbordamiento del río Balsas, que además la incapacidad y la negligencia en el manejo de las presas La Villa, de las presas Ramírez Ulloa, que están sobre este embalse, han ocasionado desastres mayores.

Necesitamos la sensibilidad y que se adopten medidas distintas y que se adopten características distintas para declarar zonas de desastres todos estos municipios. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Su dicho queda registrado en el Diario de los Debates.

El diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Diputado Víctor Díaz Palacios, ¿con qué objeto?

El diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios (desde la curul): Señor presidente, he escuchado con atención y respeto a todos y cada uno de los oradores que hicieron el posicionamiento de sus bancadas. Sin embargo, ninguno de ellos mencionó el estado de Puebla, en donde tuvimos por desgracia pérdidas humanas.

Aquí, señor presidente, les quiero recordar a mis amigos diputados que no solo es responsabilidad de un ente de gobierno, aquí hay responsabilidad directa en mucho de los casos de los presidentes municipales, que entregan licencias de uso de suelo a sabiendas que son zonas de alto riesgo.

Un servidor con un grupo de compañeros de mi bancada estaremos presentando una iniciativa en donde se traslade la Ley de Protección Civil al Código Penal, para que sea castigado con pena corporal el funcionario que no atienda el mandato que trae ya la Ley de Protección Civil. Por su atención y comprensión, muchas gracias, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted. Sus palabras quedan registradas en el Diario de los Debates.

El diputado Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Diputado Sebastián de la Rosa, ¿con qué objeto?

El diputado Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez: Muchas gracias, señor presidente. Compañeros y compañeras. Amigos y amigas, diputados y diputadas. No admito que se diga que el gobierno federal ha sido solidario. Ningún nivel de gobierno puede ser solidario, es su responsabilidad, no una actitud de solidaridad.

No comparto esas expresiones de que el gobierno ha sido solidario. En todo caso está cumpliendo con su obligación. No se les olvide que el 80 por ciento del Presupuesto de este país lo maneja el gobierno federal, el 16 por ciento los estados y solo el mísero 4 por ciento llega a los municipios.

Señor presidente, amigos diputados y diputadas. No tengo tiempo para que desde mi curul pueda fijar una posición e informar todo lo que está pasando en Guerrero. De Guerrero solo se sabe lo que pasa en la capital del estado y en Acapulco, porque ahí está Televisa, porque ahí están los medios de comunicación.

Que recorran mi distrito, la Costa Chica de Guerrero. Que recorran La Montaña de Guerrero, donde tenemos pueblos completos totalmente incomunicados. De allá vengo, señor diputado y, si gusta usted, le enseño el camino.

El diputado Alejandro Rangel Segovia (desde la curul): Vaya por delante usted diputado.

El diputado Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez: Vaya usted si gusta y le enseño el camino. Le digo cómo se camina y le digo cómo se camina en el lodo y le digo cómo le pasé a mi gente la comida por cuerdas en los ríos que no les permiten la comunicación. Se lo digo. Allá es la obligación que se tiene. Eso es lo que necesitamos, señores diputados.

No tengo tiempo aquí para informar todo esto, pero pido de mis compañeros diputados y diputadas que todos se solidaricen con un mes de salario para poder coadyuvar. Pero también pido la solidaridad de los mexicanos. Pido la solidaridad de los empresarios, necesitamos víveres. La situación está más grave de lo que se ha dicho. Solicito del empresariado mexicano que se solidarice con alimentos.

Quiero expresar aquí mi preocupación. ¿Cómo se va a atender a la gente que no está en los albergues? Ya se han anunciado apoyos y se van a dar esos apoyos a la gente que está en los albergues. ¿Qué va a pasar con la gente que no está en los albergues? Pero, ¿qué va a pasar con el alimento para los guerrerenses y seguramente para el resto del país, que se está agotando el abasto? No existe.

Pido solidaridad también del empresariado nacional para que no encarezcan los alimentos, porque en mi estado ya se están encareciendo los alimentos. Esa solidaridad la necesita México desde esa perspectiva.

Pido también al secretario de Gobernación –ésta es una petición puntual de la sociedad civil de Chilpancingo a la Secretaría de Gobernación— que se declare a la Cruz Roja Nacional delegación Chilpancingo y las delegaciones que existen en Guerrero, que se declaren oficialmente centros de acopio, porque no ha sido declarado y no pueden recibir la ayuda nacional e internacional.

Ésa es mi intervención, señor diputado presidente. Amigos diputados y diputadas, los voy a invitar a los que no crean lo que está pasando en Guerrero, que vayan conmigo o con cualquier compañero de mi distrito para que les enseñe los caminos de Guerrero.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputado. Sonido en la curul del diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano (desde la curul): Es para el mismo tema, presidente. Mire, hay un problema muy fuerte en Guerrero y, obviamente, en los estados. El recurso que se está aportando por parte de los diputados no va a ser suficiente. Invito también para que todos los funcionarios del gobierno federal se integren y se sumen a esta propuesta.

Por otra parte, quiero hacer mención de la responsabilidad que tiene Conagua en este problema, caso específico de Acapulco. Conagua tenía conocimiento de las áreas que se tenían que abrir para dar desfogue cuando la laguna y el río de la Sabana tienen demasiada agua y no lo hizo en tiempo y forma.

También otra observación al director de Conagua: es responsable de no haber dado la alerta en tiempo y forma y haberse coordinado con Protección Civil para tomar las medidas correspondientes.

En Acapulco ahorita Conagua no ha llevado las plantas tratadoras de agua. La gente no tiene agua, no hay alimentos, no hay coordinación.

Quiero de alguna manera felicitar al presidente, que se tomó la molestia de ir a Acapulco, aunque sea su obligación, pero fue, estuvo ahí presente. Sin embargo, le quiero explicar que su política que está llevando de casa por casa llevar los recursos, sin ocupar a los liderazgos naturales que conocen a su gente, esto está provocando un grave problema, le voy a explicar porqué. La gente que está llegando a esos lugares es gente de Sedesol nacional, que no conocen Acapulco y no conocen los lugares en donde la gente todavía está arriba de las azoteas.

En Acapulco se está dando el vandalismo, están asaltando ya las casas. No es suficiente la acción que se está realizando. Se requiere también que las líneas aéreas bajen sus precios o lo hagan de forma gratuita para desalojar a la gente que se encuentra en aquel lugar.

Por otro lado, se requiere el apoyo internacional. Y hay que declarar como una emergencia nacional lo que está pasando en el país. No podemos dejar que las cosas sigan avanzando.

Chilpancingo se encuentra en una zona de desastre, Tierra Caliente, lo mismo. Estoy recibiendo llamadas de Coyuca de Benítez, en donde la gente está aislada y no tiene alimentos, no pueden pasar.

Entiendo el esfuerzo que hace la SCT para abrir la carretera. Pero Conagua tiene una responsabilidad y si Conagua no puede, que se cambie al director de Conagua, pongan a otra gente que sepa y que pueda resolver la problemática de emergencia.

Los alimentos no han llegado a Acapulco, ¿no podremos tener los barcos de Pemex para que lleven alimento a las costas? ¿No podremos tener los aviones de la Comisión Federal Electricidad, los helicópteros de la Comisión Federal de Electricidad y de Pemex para que nos ayuden, del ISSSTE? Que todas las dependencias y el Seguro Social nos ayuden a resolver la emergencia nacional. Que no estén sentados ahí en sus oficinas dejando a nuestro país en el desorden y que además nos va a generar problemas de enfermedades posteriores. Es urgente, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Señoras y señores diputados, voy a dar cuenta de las y los legisladores que me han pedido el uso de la palabra y, una vez agotados los oradores, preguntaré al pleno si el asunto se encuentra suficientemente discutido.

Voy a darle la palabra al Presidente de la Junta de Coordinación Política, que me está pidiendo la palabra para hacer una propuesta, el diputado Silvano Aureoles. Después al diputado Huerta Ladrón de Guevara, al diputado Juan Bueno Torio, al diputado Vicario Portillo Martínez, a la diputada Teresa de Jesús Mojica Morgan, al diputado Gerardo Villanueva Albarrán, al diputado Raúl Gómez Ramírez y, finalmente, a la diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot y al diputado Serrano.

Concluidos los oradores, preguntaré a la asamblea si el asunto se encuentra suficientemente discutido. Todas las solicitudes son mociones, diputado Serrano.

Tiene el uso de la palabra el diputado Aureoles y después con gusto le concedo el uso de la voz, diputado Serrano.

El diputado Silvano Aureoles Conejo (desde la curul): Quiero precisar lo que dije en la tribuna, pero que está contenido también en el acuerdo de la Junta.

Primero. La Junta acordó partir de una base para el apoyo material de las y los legisladores. Es de cinco días de dieta.

Aquí se ha propuesto –y nosotros como grupo tomamos una decisión de donar 30 días– se ha propuesto una modificación al punto de acuerdo buscando que el resto de las fracciones parlamentarias pudieran donar hasta los 30 días, buscando que el monto asignado pudiera ampliarse.

Segundo. Que sea la Comisión de Protección Civil –aquí estaba su presidente– quien encabece este esfuerzo y que al interior de la propia comisión se integre un grupo de trabajo para que le dé seguimiento al esfuerzo que está haciendo la Cámara, las diputadas y los diputados, y que a ella se sumen las compañeras y compañeros de los estados afectados mayormente por el fenómeno para que le den seguimiento. Hay la preocupación de que —como en otras ocasiones— se juntan los apoyos y nunca llegan a su destino.

Agregaría, presidente, y con mucho respeto a todas y a todos, pues sé que todos quisieran expresar la impotencia de no poder hacer más por sus vecinos, por los habitantes de sus municipios, su distritos o su estado. Pero decirles que ya vendrá el momento de llamar a cuentas, que hoy no fuera el espacio para repartir culpas y recriminaciones y debates entre nosotros.

Bonitos nos vamos a ver ante la sociedad mexicana en este momento con disputas, pleitos intergrupales de las fracciones parlamentarias, cuando la gente lo que quiere es una respuesta unificada del Congreso y de las diputadas y de los diputados.

Por eso aprovecho, ruego a mis compañeras y compañeros que nos aboquemos a cómo construir la propuesta, no a ver a quién le cargamos la culpa o a ver a quién sacrificamos en este momento. Es cuanto, señor presidente, muchas gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, don Silvano Aureoles. Tiene el uso de la palabra el diputado Rosendo Serrano Toledo.

El diputado Rosendo Serrano Toledo (desde la curul): Una moción, amigo presidente. Es lamentable, de veras que es lamentable que estemos discutiendo, debatiendo la solidaridad que necesitan nuestros hermanos. La solidaridad no está a debate, menos para acusaciones.

La solidaridad necesita de este Congreso y de sus diputados, precisamente poner orden, poner todo nuestro empeño, toda nuestra voluntad y hasta donde podamos económicamente ayudar a nuestros hermanos que hoy están en desgracia.

Pediría, a través de usted, presidente, que nos llamara al orden a todos para que no se debata la solidaridad en este Congreso. La solidaridad se da no se debate.

Estaría de acuerdo con la propuesta del diputado Silvano, que hagamos una comisión que canalice esta situación de la solidaridad que hoy permea en todos los grupos parlamentarios de este Congreso.

Y por favor, presidente, usted es joven y sabe exactamente que hoy esto que estamos haciendo en este Congreso, debatiendo una situación de solidaridad, no es correcto. Eso va a ser una nota y no la solidaridad de los diputados.

Entonces, por favor, señor presidente, hay que poner orden en esto. Les pido a las compañeras diputadas y compañeros diputados que no debatamos la solidaridad. Eso es indebido, compañeros.

Gracias. No se regatea la solidaridad.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Diputado, sus palabras quedan registradas. Informo a la asamblea que expresamente la Junta de Coordinación Política solicitó que después de escuchar el posicionamiento de los grupos parlamentarios se permitieran intervenciones desde las curules. Estamos atendiendo una solicitud expresa de las y los coordinadores. Tengo siete oradores registrados, inmediatamente después preguntaré si el asunto se encuentra suficientemente discutido. Les ruego sean breves y concisos. Diputado Huerta, ¿con qué objeto?

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Es por la propuesta que aclara el presidente de la Junta, porque dicen que el pez por su boca muere. Y él lo dijo muy claro: bonitos nos vamos a ver. Y ya vemos bancadas, que hoy los medios anuncian: medio mes de salario, y ahora como si fuera apuesta, doblo, va al doble. No, eso no es el tema de fondo, diputado.

Hay protocolos en protección civil, el que quiera ser solidario no tiene que venirse a parar el cuello, para eso pueden ir y poner no un mes, un año o hasta tres años de salario o todas sus propiedades. No se requiere venirse a parar el cuello aquí. Lo que se requiere es que la Cámara de Diputados asuma sus responsabilidades.

¿Cuáles son? Enrique Peña Nieto es el presidente del Consejo Nacional de Protección Civil. Ya dije en tribuna, el Sinaproc hay que evaluarlo, porque seguramente no funcionó. Si hubiera funcionado, Acapulco no se hubiera llenado de turistas.

El único fenómeno de riesgo que no es predecible son los sismos. Todos los demás son predecibles. No alertaron a tiempo a la población. En Cuba hay fenómenos más difíciles en esta materia y nunca se muere nadie, porque hay medidas preventivas que se aplican. Aquí no aplicaron ninguna, ni antes ni medidas preventivas ni nada, porque no promueven la cultura de la protección civil.

Ya oímos en tribuna al presidente de la Comisión de Protección Civil cómo esta Cámara tiene anquilosados los fondos de protección civil. Se necesitan medidas de fondo.

Por eso los quiero ver cuando presenten un punto de acuerdo donde analicemos, investiguemos cómo funcionó el Sistema Nacional de Protección Civil y la coordinación entre los distintos órdenes de gobierno, porque en efecto ya el día de hoy a través de los medios de comunicación que no controla el régimen, ya empiezan a aparecer los actos de corrupción en la autopista del Sol, con materiales de baja calidad. Ya en Veracruz, desde que empezaba la llovizna se estaban cayendo los puentes, y en muchos lados se debe a cosas que se hacen mal desde un inicio.

Por eso no es regateo la solidaridad, cada quien en conciencia hará lo propio. Pero no se trata de poner la cara bonita de la Cámara de Diputados cuando no hace su trabajo de fondo. Es cuanto.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Quedan registradas sus palabras. Diputado Juan Bueno Torio, ¿con qué objeto?

El diputado Juan Bueno Torio (desde la curul): Igualmente presidente, hacer una propuesta al respecto. Coincido con los compañeros que no es éste el momento que debemos utilizar para echar culpas sobre lo que está sucediendo. En este momento debemos mostrar nuestra solidaridad como se ha planteado.

Cada grupo parlamentario ha decidido cómo hace su apoyo, pero también coincido con que es esta Cámara la que tiene que hacer un pronunciamiento formal y sólido de lo que estamos argumentando en este momento.

Le solicito que se recoja buena parte de lo que hemos estado comentando algunos, se haga un pronunciamiento directo al presidente de la República como Cámara de Diputados, con las propuestas, los planteamientos que han hecho algunos diputados.

Quiero agregar, presidente, dos asuntos. El primero. Necesitamos —lo hemos planteado en otros años ante este tipo de desgracias— que haya un verdadero programa de construcción de infraestructura en el país y, sobre todo, en las principales cuencas hidrológicas para corregir y controlar estas avenidas de agua que constantemente y año con año dañan la infraestructura, dañan el patrimonio de miles y miles de mexicanos.

No hemos sido capaces como país de proyectar la infraestructura que se requiere para contener estas avalanchas de agua y de lodo que lastiman a todos. Ése es un punto importante. Y hoy en Cámara de Diputados tenemos la posibilidad de orientar el Presupuesto para que se empiecen a hacer los estudios hidrológicos y se contengan las aguas por las avenidas de los huracanes en todo el país: en la cuenca del Grijalva, las cuencas de los principales ríos de Veracruz y de los principales ríos de las costas del Pacífico. No lo hemos hecho y año con año se van los dineros.

La siguiente parte, presidente y compañeros, que la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación defina una investigación del destino de los recursos que se van a los estados, porque en el tiempo de la emergencia todos pedimos que vayan recursos a los estados a soportar las emergencias, pero no pedimos que se vigile el uso y el destino de esos recursos.

En mi estado de Veracruz hay obras que no se han realizado y que hubo recursos desde 2006, 2008, 2009, 2010, 2011 y la gente está esperando que haya esos apoyos que se otorgaron en su momento y que se exigieron políticamente por todos lados.

Entonces, que por favor se investigue bien este asunto y que se llegue hasta sus últimas consecuencias para encontrar la corrupción que se gesta y se genera a partir de esta desgracia de muchas personas. Gracias, por su atención.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted. Su dicho queda registrado. Diputado Vicario Portillo Martínez, dígame, diputado.

El diputado Vicario Portillo Martínez (desde la curul): Ciudadano presidente, la verdad te agradezco mucho de darme esta gran oportunidad de participar en este momento.

El distrito V de La Montaña del estado de Guerrero, he escuchado, todo mundo menciona a Acapulco, Zihuatanejo y otros lugares que son puertos, pero menos La Montaña del estado de Guerrero.

La Montaña del estado de Guerrero está conformado por 19 municipios y por lo regular son municipios indígenas. La ciudad de Tlapa de Comonfort, Guerrero, es un municipio donde se concentran los 19 municipios de La Montaña. Hoy no hay gasolina ni cómo mover los vehículos.

Efectivamente, andan los Ejércitos, andan policías y todos procurando apoyar, pero no puede haber un movimiento, porque prácticamente es la única ciudad donde se consigue combustible, que es la gasolina.

Ojalá que la Secretaría de Sedesol federal, la CDI y el propio gobierno federal le ponga atención a la región de La Montaña del estado de Guerrero. Tenemos Tlapa sin comunicación. Se hundió la mitad del municipio de Tlacoapa, municipio de Malinaltepec y así otros municipios, las cosechas pérdidas completas, por lo que solicito de antemano a usted y a todos los compañeros diputados y diputadas presentes, y los medios de comunicación que nos hacen el favor de transmitir esta información en todo el país, de contemplar y tomar en cuenta la región de La Montaña del estado de Guerrero.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputado. Diputado Villanueva Albarrán, sonido en la curul del diputado.

El diputado Gerardo Villanueva Albarrán (desde la curul): Sí, muchas gracias, diputado presidente. Para dejar constancia de llamados de auxilio que amigos y compañeros me han hecho personalmente, particularmente en Ciudad Altamirano y Coyuca de Catalán, que es Tierra Caliente. Y como aquí se ha dicho en repetidas ocasiones, la ayuda ha estado llegando a donde ha podido llegar. Sin embargo, en estas zonas ya el clima es de franca desesperación.

En el caso de Veracruz, el tema de Papantla. Vemos al presidente municipal rebasado, al gobierno local rebasado, y también haría el mismo llamado.

Y por supuesto, en todo lo que tiene que ver con la sierra de Oaxaca. Hoy la diputada Aída nos decía en la mañana que en las comunidades de la sierra Mazateca principalmente, pero no exclusivamente, en las comunidades indígenas no ha llegado nadie, y es indispensable que todo ese caudal de elementos policiacos y militares que desfilaron el 16 de septiembre dejen de ser propaganda política y se conviertan en ayuda a nuestro pueblo.

Quiero decirle, a propósito del debate que se ha derivado, coincidiendo con muchos diputados acerca de la responsabilidad ineludible del gobierno, del cual la Cámara de Diputados forma parte, tenemos que dar la discusión reorientando el Presupuesto público de este país.

En Movimiento Ciudadano hemos presentado diversas iniciativas de ley de austeridad. Dinero sobra, dinero público sí hay, pero está mal orientado en una burocracia dorada, en sobresueldos en la Suprema Corte de Justicia, en los abusos de los organismos autónomos, en la opacidad de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados.

Hago un llamado a que esta generosidad de dar 5 días o un mes lo revise nuestro Comité de Administración de la Cámara. Se lo pido a usted, diputado presidente, como cabeza de esta asamblea, como presidente de esta soberanía, para que exija, de acuerdo a los números que se han hecho públicos, de los más de 6 mil millones de pesos que ejerce esta Cámara de Diputados, qué economías se han logrado hasta la fecha, y qué economías se pueden tener en los últimos meses para mandar un apoyo más que significativo. Esto sin relevar, por supuesto, la responsabilidad del gobierno federal, que como repito, con 3 billones 600 mil millones de pesos, por supuesto que sobra dinero para apoyar a nuestros hermanos en todas las regiones afectadas en el país. Eso sería todo.

Por último, quizá en esto, diputado presidente, es mucho más sencillo, que los militares y los policías federales que están cercando la Cámara o que están cuidando la plancha del Zócalo, que se vayan a Guerrero, que se vayan a Oaxaca, que se vayan a Veracruz a ayudar a nuestros hermanos. Muchas gracias. Es cuanto.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted. Sus palabras quedan registradas en el Diario de los Debates, lo mismo que su solicitud. Diputado Raúl Gómez Ramírez. Sonido en la curul del diputado.

El diputado Raúl Gómez Ramírez (desde la curul): Gracias, señor presidente. Creo que siempre se ha escuchado el grito de tiempo. Es tiempo que no se politice esto. Es tiempo que verdaderamente nos pongamos a trabajar por el bienestar de México. Nuestros hermanos en casi todo el país están padeciendo de este tipo de problemas.

Compañeras y compañeros diputados, pongámonos a trabajar. Si el Ejército está aquí o está allá, es el lugar propicio en donde debe estar. Les pido que nos sumemos todos a lo de los grupos parlamentarios, que si quieren donar de un peso hasta un millón de pesos viene de corazón. Pero también invito a que nuestros amigos senadores se sumen a esta colaboración, así como a los diputados locales de todos los estados, del Distrito Federal y los presidentes municipales.

Señores, pongámonos a trabajar por el bienestar de nuestra gente y por la gente más necesitada. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputado. Quedan registradas sus palabras. Diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, dígame.

La diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot: Gracias, diputado presidente. Compañeras y compañeros legisladores, efectivamente, el estado de Guerrero es un estado donde la situación es crítica. Pero también es importante conocer la situación del estado de Veracruz, de donde soy oriunda. Hay un total de 32 mil veracruzanos que han sido evacuados de sus hogares y trasladados a refugios.

En este contexto, el Ejército Mexicano mantiene activado su Plan DN-III de ayuda, mientras que la Armada de México el Plan de Marina y la Secretaría de Seguridad Pública estatal el Plan Tajín, mediante el cual han llevado a cabo tres evacuaciones masivas.

Se mantiene una contabilización de 8 mil 851 ciudadanos en refugios, de los cuales 4 mil 236 están ubicados en albergues temporales habilitados por las distintas dependencias, y 4 mil 615 con familiares de las mismas zonas donde habitan. Hasta ahora Ingrid ha provocado afectaciones en 66 municipios, de los cuales 31 se ubican en el norte del estado, como es: Álamo, Benito Juárez, Castillo de Teayo, Cazones de Herrera, Coatzintla, Coahuitlán, Coyutla, Chicontepec, Chinampa de Gorostiza, Chumatlán, Coxquihui, El Higo, Espinal, Gutiérrez Zamora, Nautla, Martínez de la Torre, Ozuluama, Pánuco, Papantla, Platón Sánchez, Poza Rica, Pueblo Viejo, San Rafael, Tamiahua, Tantima, Tecolutla, Tempoal, Tihuatlán, Tlapacoyan, Vega de Alatorre, Zacualpan y Zontecomatlan.

En la región centro hay 22 municipios con daños, algunos son: Actopan, Alto Lucero, Altotonga, Atzalan, Calcahualco, Chiconquiaco, Colipa, Ixhuatlancillo, Jalacingo, Juchique de Ferrer, Las Minas, Las Vigas, Mariano Escobedo, Misantla, Perote, Tatatila, Tenochtitlán, Tlacolulan, Tlaltetela, Tonayán, Xalapa y Yecuatla.

Y en el sur un poco más de 12 municipios, como por ejemplo están Amatitlán, Carlos A. Carrillo, Cosamaloapan, Cosoleacaque, Chacaltianguis, Jáltipan, Playa Vicente, San Andrés Tuxtla, Santiago Tuxtla, Saltabarranca, Sayula de Alemán y Tlacotalpan.

Es obvio que muchos medios de comunicación no tienen alcance hasta los municipios más apartados. Por eso es necesario que esta Cámara tenga conocimiento, en Veracruz, de qué tamaño es el desastre, además de viviendas afectadas, carreteras, puentes y la planta productiva. Sin duda alguna los maizales, los cítricos y, sobre todo, la caña de azúcar. Hoy que los cañeros están en plantón en la Sagarpa desde hace una semana, teniendo oídos sordos Enrique Martínez y Martínez. Hoy tienen una semana sufriendo hambre, frío, todas las inclemencias del tiempo y, bueno, la cereza del pastel es que sus cultivos de caña de azúcar están hoy inundados.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Diputada, le ruego respetuosamente que concluya.

La diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot (desde la curul): Así es que, compañeras diputadas y compañeros diputados, creo que es necesario tomar acciones. Si bien es cierto este momento para resarcir en lo que se pueda a la población afectada, también cierto es que se deberán tomar providencias en el Presupuesto para el próximo año, para atender las afectaciones y además la planta productiva a las mujeres y los hombres del campo que nos dan de comer a los mexicanos. Diputado presidente, gracias por la oportunidad de la expresión.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputada. Diputado Juan Isidro del Bosque Márquez, ¿con qué objeto? Sonido en la curul del diputado.

El diputado Juan Isidro del Bosque Márquez (desde la curul): Gracias, diputado presidente Anaya. Es una moción acerca del mismo tema. Compañeros y compañeras diputados, creo que hemos estado hablando en torno a un tema que es de importancia nacional. Con mucha atención escucho que todos y todas y cada uno de ustedes hablan de sus lugares de origen, de sus estados, de sus distritos. Creo, compañeros y compañeras, que aquí no se trata de venir a componer el mundo, todos debemos colaborar en lo que nos corresponde.

¿Qué nos corresponde? Los convoco a que hagamos un punto de acuerdo, porque hay las instancias correspondientes, como es el Fonden a través de la Secretaría de Gobernación, darle la confianza a nuestras Fuerzas Armadas, a la Marina, que están haciendo lo suyo. No se trata de echar culpas ni hacer proyectos en este momento.

Hay mucha gente desalojada, damnificada y que ha perdido, desde un colchón o un enser doméstico, hasta la vida de un familiar. Creo que la población en nuestro México no está esperando discusiones políticas, está esperando acciones y creo que esa acción debe ser el Fonden aplicado en forma y en tiempo de emergencia.

En nombre de mi Grupo Parlamentario del PRI, los convoco a que hagamos lo conducente. Podemos juntar una cantidad de dinero, creo que no alcanza para resolver la emergencia de un municipio. Dejémonos de tonterías. Perdón que me exprese así, compañeros.

Creo que hay, según la Secretaría de Gobernación, el dinero suficiente para resolver y amainar un poco esta emergencia. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputado. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si el asunto se encuentra suficientemente discutido.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Consulte la Secretaría a la asamblea si es de aprobarse.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se consulta a la asamblea si es de aprobarse. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobado. Comuníquese.

Pasamos al siguiente asunto.



COMPARECENCIAS DE FUNCIONARIOS DEL EJECUTIVO FEDERAL

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica y adiciona el diverso relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo federal para el análisis del Primer Informe de Gobierno del Presidente de la República, licenciado Enrique Peña Nieto

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al tenor de los siguientes

Considerandos

I. Que el 1o. de septiembre de 2013, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Enrique Peña Nieto, envió al Congreso de la Unión su Primer Informe de Gobierno, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Que la Cámara de Diputados aprobó en su sesión del 12 de septiembre de 2013, a propuesta de la Junta de Coordinación Política, el acuerdo relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo federal.

III. Que es preciso realizar ajustes al resolutivo primero del acuerdo referido en el considerando anterior, en el que se establecen las comisiones ante las que comparecerán los servidores públicos del Ejecutivo federal, a efecto de realizar el análisis del Primer Informe de Gobierno del Presidente de la República.

IV. Que, la Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara de Diputados y el órgano en el que se impulsan los entendimientos y convergencias políticas a fin de alcanzar los acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden. De igual manera, tiene la atribución de presentar puntos de acuerdo, pronunciamientos y declaraciones.

Por lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 7o., numeral 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 198 y 199 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Junta de Coordinación Política somete a consideración del Pleno el siguiente

Acuerdo

Primero.Se modifica y adiciona el resolutivo primero del acuerdo relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo federal para el análisis del Primer Informe de Gobierno, aprobado por el Pleno el pasado 12 de septiembre de 2013, para quedar como sigue:

Segundo.Las comparecencias que deberán celebrarse serán las siguientes:

Tercero.En términos del artículo 22,  numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se solicita a la Presidencia de la Mesa Directiva que realice la notificación correspondiente al Ejecutivo federal.

Transitorios

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados.

Segundo.Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 17 de septiembre de 2013.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.p.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila, Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de  Nueva Alianza.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: No habiendo oradores registrados, consulte la Secretaría a la asamblea si es de aprobarse.

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica se consulta a la asamblea si es de aprobarse. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobado. Comuníquese.



LLUVIAS, INUNDACIONES Y DESTROZOS OCASIONADOS POR LAS TORMENTAS TROPICALES INGRID Y MANUEL

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Esta Presidencia solicita a la asamblea ponerse de pie para guardar un minuto de silencio en memoria de quienes perdieron la vida a causa de las lluvias, inundaciones y destrozos ocasionados por las tormentas tropicales Ingrid y Manuel.

(Minuto de silencio)



LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Radio y Televisión, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 5 de la Ley Federal de Radio y Televisión

Honorable Asamblea:

Con fundamento en las facultades conferidas por los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, 84, 157 numeral 1 fracción I, 158 numeral 1 fracción IV y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, esta Comisión de Radio y Televisión somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen por el que se aprueba parcialmente la Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, presentada por la Diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Antecedentes

I. En sesión celebrada el 1o. de agosto de 2012, por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión.

II. Con fecha 1 de agosto de 2012, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, mediante oficio CP2R3A.-2139 turnó la iniciativa en comento a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, para efectos de su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

III. La Mesa Directiva de la LXII Legislatura mediante oficio D.G.P.L. 62-II-8-0194 de fecha 23 de octubre del 2012, informó que por Acuerdo de la misma los asuntos que no llegaron a conocer las Comisiones de la LXI Legislatura, se encontrarán vigentes y los plazos reglamentarios para ser dictaminados correrán a partir del 29 de octubre de 2012, turnando a esta Comisión de Radio y Televisión la Iniciativa en estudio.

Contenido de la iniciativa

I. La iniciativa presentada por la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena plantea que deben reformarse las fracciones I y II del artículo 5, I del artículo 10, IV del artículo 11, así como el artículo 63 y se adicionan dos fracciones al artículo 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión.

II. La iniciativa que se analiza tiene como objetivo evitar que sigan reproduciéndose estereotipos que generen desigualdad, discriminación y violencia hacia las mujeres en los medios de comunicación masiva, como son la radio y la televisión; y que en cumplimiento de la función social que estos medios tienen, generen en sus radioescuchas o televidentes una cultura de respecto a la diversidad y a la promoción de los derechos humanos.

III. Actualmente, los artículos señalados rezan de la siguiente manera:

Artículo 5o....

I. Afirmar el respeto a los principios de la moral social, la dignidad humana y los vínculos familiares;

II. Evitar influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud;

III. a IV. ...

Artículo 10....

I. Vigilar que las transmisiones de radio y televisión se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y no ataquen los derechos de tercero, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden y la paz públicos;

II. a VI. ...

Artículo 11....

I. a III. ...

IV. Elaborar y difundir programas de carácter educativo y recreativo para la población infantil.

V. a IX. ...

Artículo 63. Quedan prohibidas todas las transmisiones que causen la corrupción del lenguaje y las contrarias a las buenas costumbres, ya sea mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes procaces, frases y escenas de doble sentido, apología de la violencia o del crimen; se prohíbe, también, todo aquello que sea denigrante u ofensivo para el culto cívico de los héroes y para las creencias religiosas, o discriminatorio de las razas; queda asimismo prohibido el empleo de recursos de baja comicidad y sonidos ofensivos.

Artículo 67....

I. a IV. ...

Con las reformas y adiciones planteadas, quedarían los artículos de la siguiente forma:

Artículo 5o....

I. Afirmar el respeto a los principios de la moral social, la no discriminación, la dignidad humana y los vínculos familiares;

II. Evitar la promoción de estereotipos de género e influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud;

III. a IV. ...

Artículo 10. ...

I. Vigilar que las transmisiones de radio y televisión se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y no ataquen los derechos de terceros, cometan o inciten a cometer actos discriminatorios, promuevan estereotipos de género, ni provoquen la comisión de algún delito, inciten a la violencia o perturben el orden y la paz públicos;

II. a VI. ...

Artículo 11. ...

I. a III. ...

IV. Elaborar y difundir programas de carácter formativo, educativo y recreativo, que promuevan el respeto a la diversidad y a los derechos humanos, para la población infantil;

V. a IX. ...

Artículo 63.Quedan prohibidas todas las transmisiones que causen la corrupción del lenguaje y las contrarias a las buenas costumbres, ya sea mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes procaces, frases y escenas de doble sentido, apología de la violencia o del crimen; se prohíbe, también, todo aquello que sea denigrante u ofensivo para el culto cívico de los héroes y para las creencias religiosas, o discriminatorio en términos de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación; queda asimismo prohibido el empleo de recursos de baja comicidad y sonidos ofensivos, así como aquellos que promuevan estereotipos de género.

Artículo 67....

I. a IV. ...

V. No transmitirá propaganda o anuncios de servicios que tengan por objeto explotar o comerciar sexualmente con el cuerpo de las personas.

VI. El contenido del anuncio no contendrá imágenes o diálogos que promuevan estereotipos de género o discriminación.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Una vez establecidos los antecedentes y analizadas las iniciativas que nos ocupan, se llega a las siguientes:

Consideraciones

Primera. El derecho a presentar las Iniciativas que se dictaminan, encuentran su fundamento en la fracción II, del artículo 71 constitucional, ya que dicho precepto establece que: “El derecho de iniciar leyes o decretos compete: A los diputados y senadores al Congreso de la Unión...”.

Segunda.El primer párrafo del artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que:

Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado

El riesgo de limitar la libertad de expresión se incrementa cuando se pretende concentrar la facultad de vigilar los contenidos de los medios en una autoridad unipersonal como la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía.

No debemos dejar de considerar que la facultad de vigilar estas conductas perjudiciales para la sociedad se encuentra a cargo de un organismo público descentralizado, con autonomía técnica y de gestión de la propia Secretaría de Gobernación: el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, creado por la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación. Por lo que es imprescindible garantizar que no exista sobrerregulación, censura previa, ni duplicidad de atribuciones.

Es necesario comentar que para el análisis de la Iniciativa en estudio, en la reunión plenaria celebrada por los diputados integrantes de esta dictaminadora con fecha 27 de febrero del presente año, se acordó y aprobó la conformación de una Subcomisión de Trabajo para el análisis y formulación del proyecto de dictamen de la iniciativa materia del presente dictamen.

Derivado de los trabajos de dicha subcomisión se acordó que en relación con la modificación que se propone, es de considerar que un tema de interés público es el combate a discriminación en su más amplia acepción, determinando el papel que todos los actores deben desempeñar, acorde a su propia naturaleza y previo análisis exhaustivo de lo que la normatividad ya sanciona.

Adicionalmente, la desigualdad entre los géneros –tema inmerso en la discriminación- ha inspirado la creación de varios instrumentos internacionales con el objetivo común de prevenir y eliminar los estereotipos de género, destacando los siguientes: La Carta de San Francisco (1945), donde se reconoció explícitamente la desigualdad de los hombres y las mujeres; La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (1946), donde se promovieron los derechos y la condiciones de las mujeres en los ámbitos civil, político, económico, social y cultural; La Carta Internacional de los Derechos Humanos, constituida por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) en lo referente a la igualdad y a la no discriminación, y los convenios vinculantes, al normar la discriminación de género a partir de la Convención sobre Derechos Políticos de la Mujer, en la cual se reconoció que las mujeres poseen entre otros el derecho a ser elegidas para todas las funciones públicas y el derecho a ocupar cargos públicos; El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) en el que se reconoció la igualdad entre hombres y mujeres en relación con las condiciones de trabajo y de salario, así como la obligación del Estado de proteger a las trabajadoras durante y después del embarazo; En la Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer (1975), celebrada en México, fue cuando las Naciones Unidas pusieron en el centro del debate la equidad entre los géneros.

A pesar de los logros obtenidos, hablar de perspectiva de género en México era, hasta 1995, asunto sólo de la academia. Fue a partir de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing, China, cuando se planteó el concepto de “transversalidad” de la perspectiva de género en los procesos de planificación que lleva a cabo la administración pública de los Estados parte, a fin de concretar la igualdad de oportunidades entre las mujeres y los hombres.

Tercera.En primer lugar, el planteamiento de la Iniciativa propone reformar el artículo 5 de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

Artículo 5o....

I. Afirmar el respeto a los principios de la moral social, la no discriminación, la dignidad humana y los vínculos familiares;

II. Evitar la promoción de estereotipos de género e influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud;

III. a IV. ...

La comisión dictaminadora, en el afán de transversalizar los derechos humanos y de plasmarlos con claridad promueve en sentido positivo la modificación a la fracción II del artículo 5 de la Ley Federal de Radio y Televisión, en concordancia con la realidad social y la afirmación de otros derechos.

La modificación no deja abierta la interpretación de los contenidos discriminatorios al arbitrio de la autoridad, puesto que la definición de discriminación está contemplada con amplitud en la Ley Federal para prevenir y erradicar la Discriminación:

Artículo 4.Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones.

Se trata de velar por una adecuada función social de la radio y la televisión, por tal motivo se propone la reforma a la fracción del artículo en comento, cuya misión en el texto actual es velar por el fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana, por tal motivo se propone que los medios procurarán no transmitir contenidos discriminatorios.

Reconocemos el derecho a la libertad de expresión como fundamental y una condición irreductible para la vida democrática del Estado, esta prerrogativa se encuentra reconocida no sólo en nuestra Constitución Política, sino también en diversos tratados internacionales de derechos humanos.

En este sentido coincidimos con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sentencia de amparo directo 2806/2012 en la que señala que: ...el derecho al honor prevalece cuando la libertad de expresión utiliza frases y expresiones ultrajantes, ofensivas u oprobiosas –por conllevar un menosprecio personal o una vejación injustificada– que se encuentran fuera del ámbito de protección constitucional, para lo cual es necesario analizar el contexto y si tienen o no relación con las ideas u opiniones expresadas, pues en caso contrario se considerarán innecesarias o impertinente.

La libertad de expresión conlleva una responsabilidad de protección de la dignidad humana como valor supremo y por ende los medios deberán ser férreos defensores y procurarán evitar la eliminación de todo contenido que discrimine o injurie sin fines informativos o provechosos para el bienestar social.

En virtud de todo lo expuesto y al estar claramente delimitados los campos de acción del Estado, los instrumentos que regulan y definen con claridad la discriminación, se estima la pertinencia de la modificación y se reconoce su utilidad y valor humanista, en los términos que más adelante se señalan.

Durante el análisis de la presente iniciativa, ha sido preocupación continua de esta comisión que la modificación propuesta no se traduzca en una vulneración o control velado o indirecto del derecho a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 6º de nuestra Ley Suprema. En tal sentido, esta Comisión considera que en el texto propuesto se conjugan de manera satisfactoria elementos que incentivarán los medios de comunicación a procurar evitar la inserción de contenidos que sin razón ni provecho alguno, sean discriminatorios junto con aquéllos que garantizan el pleno respeto a la libertad de expresión de cada estación de radio y televisión.

En resumen, para esta comisión no debe evitarse el tratamiento de la discriminación sino de aquello que es discriminatorio, lo que la enaltece o la incentiva como un valor social. No se trata de crear prohibiciones en materia de contenidos sino de crear una mejor cultura comunicacional que identifique aquello que sin razón, sentido, ni provecho alguno resulte discriminatorio.

En este sentido, es viable y oportuno aprobar parcialmente la propuesta de la promovente, atendiendo a los acuerdos vertidos en los trabajos de la Subcomisión antes mencionada, por lo que hace a este precepto, quedando en los siguientes términos:

Artículo 5o....

I. ...

II. Evitar la transmisión de influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud, así como la difusión de contenidos discriminatorios.

III. a IV. ...

Cuarta.La propuesta de reforma concerniente a otorgar la facultad especifica a la Secretaría de Gobernación de “vigilar que en las transmisiones de radio y televisión no se cometan o inciten a cometer actos discriminatorios, promuevan estereotipos de género o inciten a la violencia”; es una atribución que actualmente ya ejerce la Secretaría de Gobernación a través de un organismo descentralizado sectorizado a ella, que es el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y no una unidad administrativa, el cual dentro de sus atribuciones tiene facultades precisas y específicas que permiten erradicar la discriminación y violencia de género, y van más allá de la propuesta de reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión.

Quinta. En lo que se refiere a modificar la fracción IV del artículo 11, esta dictaminadora considera que la atribución que se pretende otorgar a la SEP con dicha modificación, ya se encuentra en la Ley General de Educación, e incluso de manera más completa que la propuesta, pues aparte de las obligaciones de la SEP; se establecen obligaciones específicas en la materia a cargo de los medios de comunicación masiva, dentro de los cuales está la radio y televisión, específicamente su artículo 74 que establece:

Artículo 74. Los medios de comunicación masiva, en el desarrollo de sus actividades, contribuirán al logro de las finalidades previstas en el artículo 7, conforme a los criterios establecidos en el artículo 8o.

Por su parte, los artículos 7 y 8 de la Ley General de Educación establecen lo siguiente:

Artículo 7o.La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I. a IV. ...

VI. Promover el valor de la justicia, de la observancia de la ley y de la igualdad de los individuos ante ésta, así como promover el desarrollo de una cultura por la paz y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones y propiciar el conocimiento de los Derechos Humanos y el respeto a los mismos;

Artículo 8o.El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan –así como toda la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan– se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia especialmente la que se ejerce contra las mujeres, niñas y niños, debiendo implementar políticas públicas de Estado orientadas a la transversalidad de criterios en los tres órdenes de gobierno.

Como se observa, los dispositivos legales transcritos ya tutelan las conductas contra la discriminación desde el ámbito de la educación. Además, el catálogo de actitudes o conductas discriminatorias es mucho más amplio en la regulación específica que la reprime (Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación) y que la previene (Ley General de Educación).

Asimismo, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que se fundamenta en el párrafo sexto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyas disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en toda la República Mexicana y tiene por objeto garantizar a niñas, niños y adolescentes la tutela y el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, también establece disposiciones que van más allá de lo propuesto en la iniciativa, dentro de las más importantes se citan las siguientes:

Capítulo PrimeroSobre los Medios de Comunicación Masiva

Artículo 43.Sin perjuicio de lo previsto en la normatividad aplicable a los medios de comunicación masiva, las autoridades federales, en el ámbito de sus competencias, procurarán verificar que éstos:

A. ...

B. Eviten la emisión de información contraria a los objetivos señalados y que sea perjudicial para su bienestar o contraria con los principios de paz, no discriminación y de respeto a todas las personas.

C. a D. ...

E. Además, las autoridades vigilarán que se clasifiquen los espectáculos públicos, las películas, los programas de radio y televisión, los videos, los impresos y cualquier otra forma de comunicación o información que sea perjudicial para su bienestar o que atente contra su dignidad.

Sexta.Para la reforma que se pretende al artículo 63 de la Ley Federal de Radio y Televisión, se estima que su redacción requiere de una actualización, ya que data de 1960 y contempla supuestos que no son acordes con la realidad del país.

En este sentido, aun cuando la ley vigente ya prevé que están prohibidas las transmisiones “discriminatorio para las razas”, el texto se considera inadecuado y ambiguo. Por lo que es necesario analizar sus efectos y alcances en las transmisiones de radio y televisión, así como el verdadero propósito de una iniciativa de esta naturaleza, para evitar incurrir en actos prohibitivos que se traduzcan en censura o que no brinden suficiente certeza tanto al sujeto regulador, como al sujeto regulado.

Séptima.Finalmente, respecto a la reforma del artículo 67, esta dictaminadora señala que la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2012 establece en su artículo 4, fracciones XV y XVI, lo siguiente:

Artículo 4o.Para los efectos de la presente ley se entenderá por:

I. a XIV. ...

XV. Publicidad ilícita: Para los fines de esta ley, se considerará ilícita la publicidad que, por cualquier medio, se utilice para propiciar de manera directa o indirecta la comisión de los delitos en materia de trata de personas que se prevén.

XVI. Publicidad engañosa: Para los fines de esta ley, se considerará engañosa la publicidad que por cualquier medio induzca al error como consecuencia de la presentación del mensaje publicitario, como consecuencia de la información que transmite o como consecuencia de omisión de información en el propio mensaje, con objeto de captar o reclutar personas con el fin de someterlas a cualquier tipo de explotación o de inducir la comisión de cualquier delito en materia de trata de personas.

XVII. ...

En relación con el artículo 32 de la misma ley que establece

Artículo 32.Se impondrá pena de 2 a 7 años de prisión y de 500 a 2 mil días multa al que, en cualquier medio impreso, electrónico o cibernético contrate, de manera directa o indirecta, espacios para la publicación de anuncios que encuadren en los supuestos de publicidad ilícita o engañosa, con el fin de facilitar, promover o procurar que se lleve a cabo cualquiera de las conductas delictivas objeto de la presente Ley.

Por lo que la conducta que refiere la promovente, no sólo está prevista sino constituye un tipo penal.

Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82, numeral 1, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la Comisión de Radio y Televisión, sometemos a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 5 de Ley Federal de Radio y Televisión

Único. Se reforma la fracción II del artículo 5 de Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

Artículo 5o. ...

I. ...

II. Evitar la transmisión de influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud, así como la difusión de contenidos discriminatorios.

III. a IV. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2013.

La Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, diputados:Federico José González Luna Bueno (rúbrica), presidente; Adolfo Bonilla Gómez (rúbrica), Ana Lilia Garza Cadena (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Jaime Chris López Alvarado (rúbrica), Gerardo Maximiliano Cortázar Lara (rúbrica), María Beatriz Zavala Peniche, Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), Purificación Carpinteyro Calderón, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Simón Valanci Buzali, secretarios; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez, Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Isaías Cortés Berumen (rúbrica), Jorge Federico de la Vega Membrillo, Rodolfo Dorador Pérez Gavilán, Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Adriana González Carrillo, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), Román Alfredo Padilla Fierro (rúbrica), Mario Sánchez Ruiz (rúbrica), Maricela Velázquez Sánchez (rúbrica), Blanca María Villaseñor Gudiño (rúbrica), Lilia Aguilar Gil, Alejandro Carbajakl González.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY GENERAL DE EDUCACION

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley General de Educación, en materia de apoyos económicos destinados a jóvenes que cursan formación para el trabajo

Honorable Asamblea:

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, 85, 176 y 182 numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. Con fecha 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, LXII Legislatura, aprobó el acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el pleno de la LXI Legislatura, por el cual se devuelve a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley General de Educación, en materia de apoyos económicos para jóvenes que cursan formación para el trabajo.

2. El 20 de diciembre de 2013 la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, en los términos de lo dispuesto en el artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados solicitó y obtuvo de la Mesa Directiva extensión de prórroga para atender el asunto turnado, por lo cual se encuentra en plazo vigente para su dictamen.

3. Con fecha 11 de enero de 2012, la diputada Lorena Corona Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXI Legislatura, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 45 de la Ley General de Educación en materia de apoyos económicos para jóvenes que cursan educación para el trabajo.

4. En esa misma fecha la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite de recibo a la iniciativa con proyecto de decreto y ordenó su turno a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados.

5. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo correspondiente y acordó iniciar la discusión de la Iniciativa de referencia.

II. Descripción de la Iniciativa

La Diputada Corona sustenta su propuesta en los enormes retos que, afirma, la educación media superior enfrenta en nuestro país. Uno de ellos es la cobertura, pues mientras 64 de cada 100 jóvenes de entre 16 y 18 años se encuentran inscritos en alguna opción del nivel, el 36 por ciento restante se encuentra fuera del sistema educativo. En opinión de la promovente, la educación media superior “es el nivel educativo que mayor porcentaje de deserción presenta y los esfuerzos de las autoridades educativas son insuficientes ante la magnitud de esta problemática; y en este sentido, los efectos que se manifiestan en el corto plazo son aún más preocupantes, pues a este porcentaje de jóvenes que desertan se suman aquellos que se encuentran fuera del sistema educativo nacional, es decir, se trata de una población juvenil que sin estudios y con el transcurso del tiempo se verán imposibilitados a incorporarse dignamente al mercado laboral”.

La diputada Corona expone la necesidad de que las acciones implementadas por las autoridades educativas abran oportunidades para los jóvenes que se encuentran en riesgo de desertar y para quienes ya se encuentran fuera del sistema educativo. Un instrumento que ha probado efectividad en este sentido –señala– son los programas de becas, ya que con ellos “la probabilidad de que un joven deserte es prácticamente nula”.

Esta situación lleva a la diputada Corona a proponer que los programas de becas incluyan a los jóvenes que estudian alguna opción de formación para el trabajo. El proyecto de decreto está formulado en los siguientes términos:

Artículo 45....

...

...

...

...

La formación para el trabajo que se imparta en términos del presente artículo será adicional y complementaria a la capacitación prevista en la fracción XIII del apartado A) del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, pondrán en marcha programas de apoyo económico para favorecer el acceso y la permanencia de los jóvenes interesados en esta modalidad.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Las erogaciones que deban realizarse para cumplir al presente decreto, se sujetarán a los recursos aprobados para tales fines por la Cámara de Diputados, las legislaturas de los estados así como la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sus respectivos presupuestos.

Tercero.La autoridad educativa federal establecerá los criterios y mecanismos para la asignación y control de los apoyos, así como los requisitos que las escuelas receptoras deberán cumplir a fin de asegurar que los jóvenes reciban servicios de calidad.

III. Consideraciones

De manera general, la dictaminadora coincide con la promovente en el reconocimiento de las limitaciones de la oferta educativa para los jóvenes del grupo de edad entre 16 y 18 años. Además del rezago en cuanto a cobertura de la educación media superior que señala la diputada Corona, es indispensable considerar que -al igual que en los otros niveles educativos- en éste se enfrenta el reto de la baja calidad. Los resultados de la prueba PISA 2009 reflejan esta situación en las áreas de Ciencias, Lectura, y Matemáticas:

PISA 2009Porcentaje de alumnos por nivel de desempeño Educación media superior1

Los niveles bajos indican un nivel elementalde las habilidades intelectuales esperadas en los jóvenes que cursan el nivel medio superior. Como puede apreciarse, más del 36 por ciento de los estudiantes muestra este nivel en el área de matemáticas y poco más del 24 por ciento en lectura.

Como puede comprenderse, la situación de los jóvenes de entre 16 y 18 años que no están incorporados al sistema escolar es todavía más crítica respecto a las habilidades y competencias para la vida y el trabajo que logran desarrollar; los integrantes de esta comisión dan cuenta de que la preocupación expresada por la diputada Corona en la iniciativa bajo análisis busca justamente alternativas para la atención de este sector de la población.

Es importante mencionar que, en nuestro país, la formación para el trabajo se ofrece por medio de los Centros de Capacitación para el Trabajo Industrial (Cecati). Existen 198 centros que actualmente ofrecen un total de 207 cursos con los que se busca “responder con mayor pertinencia a las necesidades de formación de recursos humanos que demanda el mercado laboral”.

Los cursos tienen una duración variable y corresponden a distintos campos formativos; sólo como ejemplos se pueden mencionar: Producción industrial de alimentos, Electrónica, Electricidad, Mecatrónica, Mantenimiento industrial, Mantenimiento de equipos y sistemas computacionales, Dibujo industrial y arquitectónico, Idiomas (Inglés, francés, japonés e italiano) e Informática. Para inscribirse en estos cursos no es requisito haber concluido la educación secundaria, sino simplemente saber leer y escribir.

No omitimos mencionar que la Secretaría de Educación Pública, a través de la Subsecretaría de Educación Media Superior, inició en 2011 dos programas mediante los cuales se otorgan apoyos a estudiantes de formación para el trabajo.

Uno de ellos es el Programa Piloto de Becas para Capacitación y Estancias en el Sector Productivo, que tiene la finalidad de “coadyuvar a ampliar las oportunidades para los jóvenes de entre 15 y 26 años de edad de los Estados de Chihuahua, Guerrero y Morelos, a través de capacitación y estancias en el sector productivo que fortalezcan los mecanismos de su inserción al mundo laboral, con el fin de mejorar su perspectiva de vida y que paralelamente reciban apoyo económico hasta por 6 meses”.

El otro es el Programa Nacional Becas de Pasantía, cuyo objetivo es que “los estudiantes complementen su formación profesional, adquieran experiencia laboral y que paralelamente reciban apoyo económico durante los meses que durará la pasantía (seis meses máximo)”. Mediante los dos programas pueden beneficiarse –­entre otros– alumnos de las opciones formativas ofrecidas en los Cecati.

En este sentido –y en atención a que la iniciativa se orienta al fortalecimiento de los servicios educativos para un grupo de edad en expansión y con serias limitaciones en cuanto a opciones formativas–, esta comisión considera posible y viable aprobar la propuesta de reforma al artículo 45.

En virtud de lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 fracción A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos propone a esta honorable asamblea que se remita a la Cámara de Senadores el presente proyecto de decreto que reforma la Ley General de Educación, para efecto de que las reformas aprobadas por la Cámara de Diputados sean discutidas por el Senado de la República en su calidad de Cámara revisora.

Por lo anterior, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 45 de la Ley General de Educación, en materia de apoyos económicos para jóvenes que cursan formación para el trabajo

Artículo Único.Se reforma el último párrafo del artículo 45 de la: Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 45. ...

...

...

...

...

La formación para el trabajo que se imparta en términos del presente artículo será adicional y complementaria a la capacitación prevista en la fracción XIII del apartado A) del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, pondrán en marcha programas de apoyo económico para favorecer el acceso y la permanencia de los jóvenes interesados en esta modalidad.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Las erogaciones que deban realizarse para cumplir al presente Decreto, se sujetarán a los recursos aprobados para tales fines por la Cámara de Diputados, las legislaturas de los estados así como la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sus respectivos presupuestos.

Tercero.La autoridad educativa federal establecerá los criterios y mecanismos para la asignación y control de los apoyos, así como los requisitos que los beneficiarios deberán cumplir.

Notas

1 Elaborado con base en datos de Díaz G., María Antonieta y Gustavo Flores (2010). México en PISA 2009.México, INEE.

2 DGCFT (2012). Modelo educativo. Consultado el 26 de enero de 2012 en: http://www.dgcft.sems.gob.mx/oferta_educativa.php ?idcont=menu ofe211

3 Consultada el 26 de enero de 2012 en http://www.dgcft.sems.gob.mx/convocatorias.php

4 Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 17 de abril de 2013.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola (rúbrica), Leticia López Landero (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea, Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Jorge Herrera Delgado, Harvey Gutiérrez Álvarez (rúbrica), Mónica García de la Fuente, Alberto Días Trujillo (rúbrica), Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y el inciso c) del artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados fue turnada para su análisis y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada por el diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Avila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 80, 82, 84, 85, 86, 182, 185 y 187 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno el presente dictamen, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 29 de abril de 2013, el diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó ante el pleno de la honorable Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.

Contenido de la iniciativa

El  diputado proponente expone que la pobreza y falta de oportunidades en distintas regiones del país, unida a la ola de sangre que ha dejado a su paso la fallida estrategia del Estado en materia de seguridad, han invisibilizado a miles de niñas, niños y adolescentes que viven día a día esquivando las constantes amenazas y extorsiones de organizaciones del crimen organizado, que acuden a todo tipo y grado de actos de violencia para forzar y así ingresar a sus actividades delictivas a éste sector de la población tan vulnerable.

Afirma que, se estima que actualmente en México,  la delincuencia organizada mantiene esclavizados a más de 25 mil menores de edad. Asimismo los cárteles están integrando equipos operativos, armados con esquemas militares y paramilitares, para el control del territorio que se disputan entre los grupos rivales, se estima, que sólo en Morelos, Puebla, el DF, y Guerrero existen 450 puntos de distribución de droga al mayoreo para abastecer las narcotienditas, que son custodiadas por jóvenes y adolescentes en equipos de diez integrantes, de los cuales seis están armados, lo que nos da un total de 4 mil 500 menores involucrados en labores de “seguridad”, de los que 2 mil 700, aproximadamente, manejan armamento, y esto ocurre sólo en cuatro de las 32 entidades del país.

Añade que, la organización Save the Children argumenta que los niños, adolescentes y jóvenes que son absorbidos por la delincuencia organizada entran en el rango de víctimas por el solo hecho de ser niños y adolescentes; y las bandas criminales han encontrado el medio para obligar a menores de edad a realizar trabajos forzados, ser esclavos del narco, ya sea vía rapto, engaño o coerción; acompañados en gran parte con violencia física y emocional.

Manifiesta que, los menores de edad implicados en delitos graves, como homicidio, secuestro, violación, entre otros, reciben penas como un efecto ejemplificador; sin embargo lo que realmente se necesita es la prevención y erradicación del fenómeno “reclutamiento forzoso” de las niñas, niños y adolescentes.

Afirma también, la protección integral es un derecho que corresponde a todos los niños, niñas y adolescentes, sin distinción alguna, y reitera que debe recibir del Estado las condiciones necesarias para la procuración de sus derechos.

Considera que, la elaboración e implementación de políticas eficaces en materia de protección integral de la infancia en el contexto de la delincuencia organizada, requiere no sólo medidas normativas y prácticas por parte de cada estado involucrado, sea de norte, centro y sur. También demanda la articulación de esas respuestas y la adopción de mecanismos internacionales adecuados.

Por otro lado, manifiesta que, ello incluye la modificación urgente del artículo 21, inciso C, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para garantizar la protección de los infantes y adolescentes en reclutamientos forzados en la delincuencia organizada.

Contenido de la propuesta

Decreto por el que se reforma el artículo 21, inciso C, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo Primero. Se reforma y adiciona el artículo 21, inciso C, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 2l. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra actos u omisiones dolosas que puedan afectar su salud física, mental, emocional y sexual, su normal desarrollo o su derecho a la educación, en los términos establecidos en el artículo 3o. constitucional. Las normas establecerán las formas de prevenir y evitar estas conductas. Enunciativamente, se les protegerá que se vean afectados por

A...

B....

C. Conflictos armados, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados y de delincuencia organizada.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Consideraciones

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 4o., precisa que en todas las decisiones y actuaciones del Estado velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos.

Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

En este mismo sentido, hoy contamos con la reforma constitucional, relativa a los derechos humanos, la cual fue publicada el 10 de junio de 2011. Dicha reforma dio un cambio radical en el tradicional paradigma en la tutela de los derechos inherentes a la persona. De manera que en su artículo 1o., se determina el principio de convencionalidad, en el sentido de que los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano están en el mismo parámetro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tal es caso de la Convención de los Derechos del Niño.

Segunda. Las suscritas y los suscritos integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez coinciden en que es necesario adecuar el marco vigente en materia de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, con el propósito de adecuarlo a los instrumentos y convenios internacionales que nuestro país ha suscrito y ratificado, mediante los cuales se establecen un marco de principios y obligaciones relativos a la garantía de los derechos de los niños y de las niñas. Entre los instrumentos internacionales encontramos la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual refiere un marco amplio de diversas garantías efectivas hacia las niñas y los niños, a saber, el interés superior del niño, la no discriminación, el derecho a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación en todos aquellos aspectos de la vida que les conciernen.

De ahí que la Convención de los Derechos del Niño establece en los artículos 3, 4, 19, 32, 33, 38 y 39  lo siguiente:

Artículo 3

En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

2. Los Estados parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

Artículo 4

Los Estados parte adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados parte adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.

Artículo 19

1. Los Estados parte adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.

2. Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda, procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño y, según corresponda, la intervención judicial.

Artículo 32

Los Estados parte reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.

Los Estados parte adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo. Con ese propósito y teniendo en cuenta las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales, los Estados parte, en particular:

a) Fijarán una edad o edades mínimas para trabajar;

b) Dispondrán la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo;

c) Estipularán las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la aplicación efectiva del presente artículo.

Artículo 33

Los Estados parte adoptarán todas las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales, para proteger a los niños contra el uso ilícito de los estupefacientes y sustancias sicotrópicas enumeradas en los tratados internacionales pertinentes, y para impedir que se utilice a niños en la producción y el tráfico ilícitos de esas sustancias.

Artículo 38

Los Estados parte se comprometen a respetar y velar porque se respeten las normas del derecho internacional humanitario que les sean aplicables en los conflictos armados y que sean pertinentes para el niño.

Los Estados parte adoptarán todas las medidas posibles para asegurar que las personas que aún no hayan cumplido los 15 años de edad no participen directamente en las hostilidades.

Los Estados parte se abstendrán de reclutar en las fuerzas armadas a las personas que no hayan cumplido los 15 años de edad. Si reclutan personas que hayan cumplido 15 años, pero que sean menores de 18, los Estados parte procurarán dar prioridad a los de más edad.

De conformidad con las obligaciones dimanadas del derecho internacional humanitario de proteger a la población civil durante los conflictos armados, los Estados parte adoptarán todas las medidas posibles para asegurar la protección y el cuidado de los niños afectados por un conflicto armado.

Artículo 39

Los Estados parte adoptarán todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de todo niño víctima de: cualquier forma de abandono, explotación o abuso; tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; o conflictos armados. Esa recuperación y reintegración se llevarán a cabo en un ambiente que fomente la salud, el respeto de sí mismo y la dignidad del niño.

Tercera. La Comisión de Derechos de la Niñez, considera de suma importancia llevar a cabo la reforma propuesta, ya que datos públicos indican que las organizaciones de protección a la infancia estiman que de 30 mil a 50 mil menores están involucrados con el crimen organizado, y que niñas y niños de entre 9 y 17 años, son explotados por los grupos criminales de diversas formas, y están involucrados en unos 22 tipos de delitos, que van desde el tráfico de droga, hasta secuestro y trata de personas, extorsiones, contrabando y piratería.

A partir de los 9-10 años, los niños y las niñas se involucran en delitos, sobre todo en la trata de personas. Más adelante, a partir de los 12 años, se les utiliza para cuidar las casas de seguridad y controlar que no se escapen las víctimas de secuestros y de levantones. Los más grandes, a partir de los 16 años, trabajan en ejercicios más violentos, como los secuestros, asesinatos, y todos portan armas.

Otras cifras de la organización Cauce Ciudadano son más alarmantes, pues indican que  habría unos 24 mil menores incorporados a diferentes grupos de delincuencia organizada, teniendo la siguiente distribución; Cártel de Sinaloa, más de 17 mil, Los Zetas unos 7 mil 500, La Familia Michoacana, casi 50 mil niños y adolescentes.

Así también, y según las estadísticas de la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada, el empleo de menores de edad en labores de vigilancia, monitoreo, custodia y sicariato ha sido una práctica sistemática y progresiva durante los últimos años, ya que mientras en 2006 sólo se tomó conocimiento de un caso, esta cifra pasó a 20 en 2007; luego a 21, en 2008; a 25 para 2009; a 29 en 2010 y, entre enero y octubre de 2011, la PGR contabilizó 46 menores más laborando para cárteles, lo mismo en Aguascalientes que en Baja California, Coahuila, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Veracruz o Zacatecas.

Para 2012, el conteo no se detiene: en abril pasado, una célula de 13 sicarios responsable de al menos 21 ejecuciones fue desmembrada en Nuevo León; siete de los detenidos son menores de edad. Al ser capturados, portaban seis rifles de asalto, cinco AR-15 y un AK-47, un millar de cartuchos y dos “tablas de tortura”, empleadas para castigar a víctimas de extorsión que no cumplen con sus pagos.

Lo cierto y otro problema que se señala, es el que es probable que en la actualidad existan muchos jóvenes dentro de los grupos criminales, aun sicarios, que desean salir, pero que no pueden hacerlo porque lo primero que hacen estas organizaciones es recabar información sobre la persona y sobre su familia, contra quienes pesa una amenaza real hacia su vida en caso de deserción.

Lo anterior es muestra más que palpable del terrible daño al que se enfrentan y las fuertes repercusiones del mismo en los aspectos  físicos, morales y psicológicos para estas niñas, niños y adolescentes víctimas de la delincuencia organizada.

Cuarta. Es de suma importancia esta propuesta, ya que en el año 2011, una década después de ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, de la ONU, el Estado mexicano presentó su primer informe sobre la situación de los niños soldados, con la conclusión de que “México no se encuentra involucrado en conflictos armados (internos o internacionales) y por tanto no se presenta el reclutamiento o utilización de niños por parte de grupos armados”.

Ante esta optimista afirmación, el Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas externo su “preocupación” ante lo que consideró falta de información “sobre el uso de niños por grupos armados no estatales y que, por consiguiente, el Estado mexicano  no tome ninguna medida para prevenirlo”.

Por lo cual, el organismo de la ONU recomendó al Estado mexicano “tomar todas las medidas necesarias para asegurarse de que los niños no sean reclutados por grupos armados no estatales, identificando y monitoreando los diferentes grupos armados en el país, incluso los grupos paramilitares y los grupos de la delincuencia organizada”.

Quinta. Con la aprobación de la iniciativa en comento, se da cumplimiento a lo  señalado en la consideración cuarta, ya que en el 7 de febrero el Senado de la República retiró la objeción que México mantenía desde el año 2000 contra el artículo 4° del Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados, de la ONU, en el cual se establece la obligación de las autoridades nacionales de poner en marcha “todas las medidas posibles para impedir el reclutamiento y utilización (de infantes)” por parte de grupos “distintos a las fuerzas armadas”.

Este protocolo internacional, prohíbe el reclutamiento de menores de edad no sólo en ejércitos regulares, sino también en todo tipo de fuerzas armadas “no estatales”, entre las que deben considerarse, en el caso mexicano, “los grupos paramilitares, los grupos de delincuencia organizada y las compañías de seguridad”, tal como recomendó el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, en su 56 periodo de sesiones, de 2011.

Por todo lo anterior, las y los integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez someten a consideración de esta Asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo Único. Se reforman el primer párrafo y el inciso C del artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 2l. Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones dolosas que puedan afectar su salud física, mental, emocional y sexual, su normal desarrollo o su derecho a la educación, en los términos establecidos en el artículo 3o. constitucional. Las normas establecerán las formas de prevenir y evitar estas conductas. Enunciativamente, se les protegerá que se vean afectados por

A...

B....

C. Conflictos armados, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados y de delincuencia organizada.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El titular del Poder Ejecutivo federal deberá emitir las disposiciones reglamentarias correspondientes dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.

Notas:

1 Entre 30 y 50 mil niños atrapados por la delincuencia organizada, El Universal, abril 30, 2012.

2 Martínez Alcaraz, Paris, Los Niños del hampa, 15,04 2013. Animal Político.

3 Ídem.

4 Después de 12 años, México acata norma sobre niños sicarios, Contacto Latino.com, 25 de febrero del 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de mayo de 2013.

La Comisión de Derechos de la Niñez, diputados:Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; María del Rosario Merlín García (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Cinthya Noemí Valladares Couoh (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Marina Garay Cabada, María Angélica Magaña Zepeda, Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, secretarios; Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares, Alberto Anaya Gutiérrez, Mirna Velázquez López.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social

Honorable Asamblea:

La Comisión de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

A. Antecedentes

I. En sesión ordinaria de la LXI Legislatura la Cámara de Diputados de fecha 19 de octubre de 2010, el diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en nombre propio presentó la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social.

II. En la sesión citada, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura turnó, mediante el oficio número DGPL 61-II-4-650, el expediente número 3027, que contiene la mencionada iniciativa, a la Comisión de Desarrollo Social de esa legislatura.

III. En sesión de fecha 14 de febrero de 2012 fue aprobado por el pleno de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social. El proyecto fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

IV. En sesión de fecha 16 de febrero de 2012, la Mesa Directiva de la LXI Legislatura de la Cámara de Senadores turnó a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Estudios Legislativos, Primera; la minuta con proyecto de decreto mencionado en el numeral anterior, para su dictamen.

V. Con fecha 7 de marzo de 2013 fue aprobado con modificaciones el dictamen de la minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social, presentado por las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Estudios Legislativos, Primera. En esa fecha fue devuelto a la Cámara de Diputados, para efectos de lo dispuesto en el artículo 72, fracción E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

VI. En fecha 12 de marzo del 2013, mediante oficio DGPL 62-II-4-528, la Mesa Directiva de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados turnó el expediente número 1490, que contiene la minuta proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social, a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.

B. Contenido de la minuta con proyecto de decreto

I. La minuta plantea incluir el “grado de accesibilidad”, dentro de los indicadores que ayudan a establecer los lineamientos y criterios que debe seguir el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social para definir, identificar y medir la pobreza. Dichos indicadores están consagrados en el artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social.

II. Al incluir tal elemento como indicador para la medición multidimensional de la pobreza, se está en posibilidades de considerar el acceso físico a las comunidades y localidades para caracterizar de manera más eficiente a las dificultades a las que se enfrenta la mayor parte de la población vulnerable que habita en el territorio nacional. De manera particular, se podrá contar como una herramienta que pueda determinar el aislamiento geográfico, el cual mantiene al margen de beneficios económicos, de competitividad y de desarrollo humano a la población vulnerable.

III. La colegisladora propone modificar el término “grado de accesibilidad” a “grado de accesibilidad a carretera pavimentada”, pues el primero resulta ambiguo. Es de gran importancia resaltar que el nivel de accesibilidad de la población está condicionado por su posibilidad de allegarse a bienes y servicios que le permitan el pleno desarrollo. Con esta adecuación, se mejora el grado de accesibilidad en el territorio nacional, sobre todo en las comunidades y localidades que se encuentran marginadas, y de esta manera se tendrán las condiciones para acceder a mejores servicios. Al contar con este “grado de accesibilidad a carretera pavimentada” se enriquece la base de información para la medición de la pobreza multidimensional.

C. Consideraciones de la comisión dictaminadora

Primera.La comisión dictaminadora coincide totalmente con la argumentación y fundamentación que la colegisladora menciona en la minuta de referencia, pues uno de los objetivos primordiales de la política de desarrollo social, es precisamente dotar de las herramientas necesarias e indispensables a la población vulnerable, a fin de alcanzar mejores condiciones de vida y desarrollo.

Segunda.Quienes suscribimos el presente dictamen estamos conscientes de que la atención para reducir los niveles de pobreza en el territorio nacional se ha vuelto en los últimos años una medida prioritaria para el gobierno. Por ello se tiene que dotar a quien está encargado de realizar las evaluaciones a las políticas de desarrollo social, en este caso, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, de las bases elementales para poder fortalecer sus actividades y obtener los mejores resultados.

Tercera.Tomando como base el indicador utilizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el “grado de accesibilidad a carretera pavimentada”, se contaría con un indicador más eficiente para poder entender y conocer el nivel de accesibilidad de la población, se elimina la ambigüedad de la primera propuesta “grado de accesibilidad”. Con este término nos estamos refiriendo al ámbito territorial en relación con la infraestructura básica terrestre, donde exista conexión entre núcleos poblacionales, y de esta manera se enriquece la información para medición de la pobreza.

Cuarta.Por los argumentos anteriormente expuestos, y bajo el análisis y discusión de la minuta en cuestión, el pleno de la Comisión de Desarrollo Social de la LXII Legislatura ha determinado aprobar en sus términos la minuta de referencia.

En virtud de lo expuesto y con base en el análisis y las consideraciones contenidas en el cuerpo del presente dictamen, los legisladores que forman la Comisión de Desarrollo Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, en términos de lo dispuesto en el artículo 72, fracción A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración del pleno de esta soberanía el siguiente

D. Proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social

Único.Se adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

Artículo 36....

I. a VI. ...

VII. Acceso a la alimentación;

VIII. Grado de cohesión social; y

IX. Grado de accesibilidad a carretera pavimentada.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a 29 de mayo de 2013.

La Comisión de Desarrollo Social, diputados:Fernando Charleston Hernández (rúbrica), presidente; Francisca Elena Corrales Corrales, Gerardo Xavier Hernández Tapia (rúbrica), José Luis Flores Méndez, Blanca María Villaseñor Gudiño (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Alejandra López Noriega (rúbrica), Raúl Paz Alonzo, Uriel Flores Aguayo (rúbrica), Jessica Salazar Trejo (rúbrica), José Arturo López Candido (rúbrica), María Fernanda Romero Lozano, Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Felipe de Jesús Almaguer Torres (rúbrica), Laura Barrera Fortuol (rúbrica), Juan Manuel Carbajal Hernández (rúbrica), Frine Soraya Córdova Morán, Isaías Cortés Berumen (rúbrica), Rosalba de la Cruz Requena, José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Marco Antonio González Valdez, Judit Magdalena Guerrero López, Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, Alejandro Llanas Alba, Josefina Salinas Pérez, Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Marco Alonso Vela Reyes, Víctor Hugo Velasco Orozco (rúbrica), María Beatriz Zavala Peniche.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) a g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 69, numeral 2, 80, numeral 1, fracción I, 81, numeral 1, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen:

I. Antecedentes

1. El 20 de noviembre de 2012, el senador Pablo Escudero Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la iniciativa con proyecto decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva del Senado de la República turnó dicha iniciativa con proyecto de decreto a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Estudios Legislativos, Primera, ambas de la Cámara de Senadores, para estudio y dictamen.

3. El 24 de abril de 2013 se aprobó por el pleno de la Cámara de Senadores el dictamen a la iniciativa de mérito.

En esa fecha, mediante el oficio número DGPL-2P1A.-4411, el vicepresidente del Senado, José Rosas Aispuro Torres, remitió a la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

4. El 29 de abril de 2013, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la minuta en comento a la Comisión de Derechos Humanos para dictamen.

II. Contenido del expediente con minuta

1. La minuta con proyecto de decreto que se analiza propone la adición de un último párrafo al artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a efecto de que se regule en tal precepto lo relativo a la ratificación de los integrantes del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para un segundo periodo, bastando para ello la manifestación de la voluntad de dichos consejeros mediante escrito dirigido al Senado de la República o, en su caso, a la Comisión Permanente, a fin de que puedan ser considerados en los mismos términos frente a los demás candidatos. Asimismo, la minuta precisa que dicha manifestación deberá ser presentada antes que concluya el periodo de inscripción de candidaturas establecido en la convocatoria que se emita al respecto.

La colegisladora sustenta su minuta en lo siguiente:

1. La importancia que representa dotar de mayor certeza jurídica al proceso ratificación –para un segundo periodo– de quienes ya forman parte del Consejo Consultivo de la CNDH.

2. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 102, Apartado B, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley de la CNDH, existe la posibilidad de que una persona que ya ocupa el cargo de integrante del Consejo Consultivo –por primera vez–, pueda ser ratificada para un segundo periodo siempre y cuando sea uno de los dos consejeros de mayor antigüedad en el cargo y, a la vez, sea propuesta.

Agrega también: “[...] la norma constitucional no establece más criterios, requisitos o procedimientos para regular el ejercicio del derecho que asiste a quienes siendo parte del Consejo Consultivo de la CNDH deseen legítimamente ser ratificados para un segundo periodo [...]”

3. En concordancia con el senador iniciante, la colegisladora señala que la legislación vigente no regula con claridad qué persona, organismo u órgano del Estado ha de proponer la ratificación para un segundo periodo d un integrante que ya forme parte del Consejo Consultivo de la CNDH ni contempla qué procedimiento se ha de seguir para que tal integrante pueda ser tomado en cuenta, ni “[...] los tiempos a los que deben estar sujetos sus actos en términos de lo establecido en la convocatoria que para tales efectos se debe expedir año con año [...]”

4. En ese orden de ideas, los senadores integrantes de las comisiones dictaminadoras estimaron que deben establecerse en la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos los lineamientos a que habrán de sujetarse los miembros del Consejo Consultivo de la CNDH que deseen ser ratificados para un segundo periodo. Lo anterior, con el propósito de dotar de certidumbre jurídica al proceso de selección de integrantes de dicho Consejo Consultivo, así como para garantizar el ejercicio del derecho que asiste a los consejeros que deseen ser ratificados.

III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

1. La ratificación de los miembros del Consejo Consultivo

Como bien lo expresa la colegisladora, la Carta Magna, en el artículo 102, Apartado B, párrafo sexto, reconoce la posibilidad de que los miembros del Consejo Consultivo de la CNDH que deban ser sustituidos, en razón de contar con la mayor antigüedad en su cargo, puedan ser propuestos y ratificados para un segundo periodo. Asimismo, la norma en cita señala que la ley secundaria habrá de determinar los procedimientos por seguir para la presentación de las propuestas –de sustitución o ratificación de consejeros– por parte de la Cámara de Senadores.

Adicionalmente, como bien se expone en el dictamen de la colegisladora, la legislación vigente –particularmente la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos– no regula de manera precisa qué persona organismo u órgano del Estado ha de proponer la ratificación para un segundo periodo de un miembro que ya forme parte del Consejo Consultivo de la CNDH, ni el procedimiento que se deberá seguir para que tal(es) miembro(s) pueda(n) ser tomado(s) en cuenta, así como los tiempos a que se deba(n) sujetar tal(es) consejero(s) conforme a la convocatoria que se expida anualmente.

Derivado de lo anterior, esta dictaminadora coincide en que existe una laguna en la ley que deviene falta de certidumbre jurídica para los miembros del Consejo Consultivo de la CNDH que deseen ser tomados en cuenta para una eventual ratificación de su cargo por parte de la Cámara de Senadores –o, en sus recesos, por la Comisión Permanente– y, ante tal circunstancia, se estima procedente y viable que se incluya en la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos los requisitos y términos para que quienes siendo miembros del Consejo Consultivo y se encuentren en tal supuesto puedan manifestar su interés ante el Senado de la República o, en su caso, ante la Comisión Permanente, a efecto de ser considerados en el proceso de selección, en los mismos términos que los demás candidatos.

En virtud de lo anterior, se estima oportuno aprobar el proyecto de decreto contenido en la minuta remitida por el Senado de la República, ya que con ello se establecerán de manera precisa la forma y el plazo en que los consejeros que deseen ser ratificados puedan inscribirse en el procedimiento de renovación o ratificación de miembros del Consejo Consultivo y, a la vez, se estará reglamentando el multicitado párrafo sexto del Apartado B del artículo 102 constitucional que posibilita dicha ratificación.

2. El contenido de la minuta. Su análisis y viabilidad

Una vez que se ha hecho mención de que esta dictaminadora coincide con los argumentos vertidos por sus homólogas en el Senado, se estima pertinente realizar las siguientes observaciones, en cuanto al contenido del párrafo inserto en la minuta con proyecto de decreto, en los términos siguientes:

Texto propuesto

Artículo 17. ...

...

Quienes en su calidad de integrantes del Consejo Consultivo deseen ser ratificados para un segundo periodo deberán manifestar su interés por escrito al Senado de la República o, en su caso, a la Comisión Permanente, a efecto de ser considerados en los mismos términos de los demás participantes. Dicha manifestación de interés deberá presentarse antes que concluya el periodo de inscripción de candidaturas que haya determinado la convocatoria respectiva.

Comentario

Se estima viable la propuesta de adición, ya que con la misma se establecerá de manera clara que corresponderá a los mismos consejeros manifestar por escrito al Senado –o, en su caso, la Comisión Permanente– su interés de participar en el proceso de selección o ratificación de miembros del Consejo Consultivo. Asimismo, se incluye el plazo para que realicen la manifestación de dicho interés.

Adicionalmente, el párrafo precisa que la presentación de dicha manifestación posibilitará a los consejeros que estén próximos a concluir su periodo que puedan ser considerados en los mismos términos que los demás participantes, encontrándose así la norma en armonía con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 18 de la propia Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ya que en todo caso la comisión correspondiente de la Cámara de Senadores –Derechos Humanos– será la que propondrá ante el pleno del Senado o, en sus recesos, a la Comisión Permanente los candidatos para ocupar el cargo o, en su caso, la ratificación de los consejeros.

3. El desempeño de un cargo con base en la experiencia adquirida

Aunada a las consideraciones que anteceden, los integrantes de la Comisión de Derechos Humanos estiman que la adición propuesta fortalece un esquema de desarrollo profesional en beneficio de las actividades a cargo del Consejo Consultivo de la CNDH y del propio organismo, toda vez que, al precisarse en la ley sobre el mecanismo a partir del cual podrá operar la ratificación del cargo de consejero, se adopta una postura que permitirá ponderar la experiencia y el desempeño en ese cargo.

Por lo expuesto, esta dictaminadora estima procedente la aprobación del presente dictamen de la minuta con proyecto de de reto aprobada por el Senado en los términos que propone.

Por los argumentos señalados, la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Artículo Único. Se adiciona un último párrafo al artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para quedar como sigue:

Artículo 17. ...

...

Quienes en su calidad de integrantes del Consejo Consultivo deseen ser ratificados para un segundo periodo deberán manifestar su interés por escrito al Senado de la República o, en su caso, a la Comisión Permanente, a efecto de ser considerados en los mismos términos de los demás participantes. Dicha manifestación de interés deberá presentarse antes que concluya el periodo de inscripción de candidaturas que haya determinado la convocatoria respectiva.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de junio de 2013.

La Comisión de Derechos Humanos, diputados:Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez, María de Lourdes Amaya Reyes (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María del Rocío García Olmedo, María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo, Roberto López Suárez (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Vicario Portillo Martínez, Elvia María Pérez Escalante, Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Juventud, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XVI, con lo cual se recorre la actual a XVII, del artículo 4 y el inciso c), fracción II, del artículo 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Juventud de la LXII Legislatura de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción II, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen.

I. Antecedentes

1. En sesión de la Comisión Permanente celebrada el 29 de mayo de 2013, el diputado José Luis Oliveros Usabiaga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, presentó ante el pleno una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción al artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

2. El presidente de la Mesa Directiva determinó dar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Juventud para dictamen, mediante número de oficio CP2R1A.383.

3. A partir del día 4 de junio de 2013, con fundamento en el artículo 182 numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, inició el término de cuarenta y cinco días hábiles para que la iniciativa fuera dictaminada por la Comisión de Juventud.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa del diputado promovente busca encontrar mecanismos que fomenten la participación de los jóvenes en la evaluación y seguimiento de las políticas públicas y programas en la materia de juventud. Así mismo se busca que los jóvenes tengan un espacio en el que emitan su opinión y sean escuchados por los actores responsables de las políticas públicas en materia de juventud en nuestro país a nivel local.

El diputado prevé la adición a la fracción XVI recorriéndose la actual a la XVII del artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud para que en la XVI se establezca la atribución del Instituto para celebrar acuerdos y convenios con las autoridades de las entidades federativas y los municipios para promover la integración de Consejos de Seguimiento de Políticas Públicas en materia de juventud a nivel local.

III. Proceso de análisis

De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2010, el número de jóvenes en México equivale a 36.2 millones, lo que representa a más de un tercio de la población total del país, es innegable que la juventud representa para nuestro país una gran área de oportunidad por la que tenemos que trabajar como legisladores.

En la actualidad son pocos los jóvenes que tienen interés de participar en las organizaciones juveniles, en involucrase en temas de participación ciudadana, lo anterior según datos de la Encuesta Nacional de Valores en Juventud 2012 (ENV2012), misma que señala que cerca del 93% de los jóvenes afirma no participar actualmente en ningún grupo organizado o asociación; y al 89.6% de los jóvenes les interesa poco o nada la política.

Las anteriores evidencias nos muestran que la presencia de los jóvenes en los espacios públicos de participación es baja, y que tenemos que emprender acciones para promover una mayor cercanía de este sector de la población a las políticas que van dirigidas a favorecerlos.

Fuentes Bibliográficas

• Censo de Población y Vivienda 2010

• Encuesta Nacional de Valores en Juventud 2012

IV. Consideraciones

Los Consejos Ciudadanos de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud, tanto a nivel federal como estatal, son espacios adecuados para que los jóvenes participen en el monitoreo de los programas y conozcan sus efectos. Su participación y propuestas pueden contribuir para hacer ajustes, mejorar los diagnósticos y operación de los programas, incorporar su percepción y diseñar metas realistas y estrategias adecuadas.

La creación de estos Consejos Ciudadanos data de 1999, año en que fue aprobada la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Esta figura de participación llevaba por nombre Consejo de Seguimiento de Proyectos y Programas y básicamente se integraba por ciudadano en edad juvenil. Con las reformas a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud del año 2011, el número de consejeros integrantes pasó de diez a veinte jóvenes, y el nombre del Consejo se modificó para quedar como el actual, finalmente se dio por desaparecida la existencia de suplencias.

A nivel federal la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve) establece la existencia, objeto y las características generales del Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud (Consepp) en su artículo 15 y 15 Bis, que a la letra dicen:

Artículo 15. El Consejo ciudadano de seguimiento de políticas públicas en materia de juventud es un órgano que tendrá por objeto conocer el cumplimiento dado a los programas dirigidos a los jóvenes tanto del Instituto como de las demás Secretarías y Entidades, opinar sobre los mismos, recabar la opinión de los ciudadanos interesados en políticas públicas en materia de juventud y presentar sus resultados y opiniones al Director General del Instituto, formulando, en su caso, las propuestas correspondientes.

Artículo 15 Bis.El Consejo ciudadano se integrará con 20 jóvenes mayores de edad y de manera equitativa en cuanto a su género, los cuales serán seleccionados por la Junta Directiva de conformidad con la convocatoria pública difundida previamente entre las instituciones de educación superior, las organizaciones juveniles vinculadas con el trabajo comunitario, político o social, los sectores público y privado, y los pueblos y comunidades indígenas.

Los cargos de consejero son honoríficos y se desempeñarán por un período de dos años. El Consejo ciudadano se renovará por mitad cada año.

Los demás requisitos para la integración y renovación del Consejo ciudadano, así como las atribuciones y funcionamiento de éste, se establecerán en el Estatuto Orgánico del Instituto y la convocatoria pública correspondiente aprobada por la Junta Directiva.

El Consejo Ciudadano tiene por objetivo estar al tanto del cumplimiento de los programas dirigidos al sector joven de la población, ya sea desde el Instituto de la Juventud, Secretarías de Estado y Entidades, así mismo tiene la atribución de opinar sobre los mismos, recabar la opinión de los ciudadanos interesados y presentar sus resultados y opiniones al Director General del Instituto, formulando, en su caso, las propuestas correspondientes.

Le es permitido emitir opiniones sobre los proyectos y programas que realiza el Instituto, así como coadyuvar al desarrollo de los mismos, presentar iniciativas de nuevos proyectos y programas para incrementar el impacto de las acciones del Instituto en la población juvenil, tanto a nivel federal, como estatal y municipal, de este modo, si en su caso lo cree pertinente, puede recomendar criterios para la aplicación y el óptimo aprovechamiento de los fondos de la institución destinados a proyectos que, en beneficio de la juventud, esté desarrollando el Instituto.

De acuerdo con la opinión emitida por parte de la Presidencia del Consepp nacional con fecha 7 de junio del presente año, según la cual establecen la importancia de fomentar la creación de Consejos Ciudadanos a nivel estatal, “la creación y consolidación de los consejos de participación ciudadana juvenil en las entidades federativas puede coadyuvar a mejorar el funcionamiento y los alcances de las instancias de juventud, puesto que no hay mejor conocedor de las problemáticas del área que los mismos jóvenes”. De igual modo, destacan que “con estas figuras de participación, se incentiva su compromiso social”.

Asimismo, se establece que no existe normatividad alguna que regule la creación de Consejos Ciudadanos a nivel estatal, razón por la cual en los Estados existen diversas formas y características de los Consejos, y sus alcances son muy diversos con respecto a la atención a la juventud. De acuerdo con el análisis, existen nueve entidades que no cuentan con ningún tipo de figura de participación juvenil a través de Consejos legalmente constituidos. Existen once Estados que cuentan con un Consejo que se califica como de “poca representatividad ciudadana”.

Con relación a estas últimas Entidades Federativas, si bien en la legislación local se contempla la existencia de áreas de seguimiento a proyectos y/o programas o de Sistemas Estatales de Juventud, cabe destacar que la integración del área o consejo involucra a una minoría de jóvenes frente a una mayoría de funcionarios públicos, pareciéndose más a una Junta Directiva que a un Consejo Ciudadano.

Deben destacarse casos de entidades que si cuentan con una legislación que contempla la existencia de un Consejo Ciudadano con características de funcionalidad y representatividad similares a las del Consepp federal, este es el caso de Chihuahua, Distrito Federal, Durango, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas y Veracruz. En los referidos estados la integración de los Consejos es diversa, sin embargo, todos coinciden en que la mayoría de sus miembros son ciudadanos ajenos al sector gobierno.

Esta comisión considera que para la correcta evaluación y seguimiento de las políticas públicas en materia de juventud es indispensable que estos Consejos Ciudadanos existan a nivel local. Los Consejos Ciudadanos locales generan un monitoreo que abona a la transparencia de los procesos gubernamentales locales y a la rendición de cuentas hacia la sociedad y su población objetivo, los jóvenes. Los multicitados consejos observarían el buen funcionamiento de los programas de su competencia e interés, y colaborarían con las instituciones y Secretarías correspondientes, ayudando así a construir una visión compartida entre el gobierno y la sociedad sobre el desarrollo de los jóvenes mexicanos. Los Consejos Ciudadanos son un complemento necesario a los quehaceres del gobierno, encaminados a incrementar la eficacia del mismo y centrados al interés común de la sociedad. Los Consejos son una adecuada manera de aprovechar conocimientos y recursos de la ciudadanía en favor del interés público aplicando soluciones eficientes a problemáticas sociales.

Derivado del análisis y consideraciones esgrimidas, se estima viable que se adicione el artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud para que sea atribución de dicha Institución el celebrar convenios y acuerdos con entidades locales con el fin de promover la integración de Consejos Ciudadanos de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud a nivel local. Además, con el fin de armonizar dicha ley en tanto a la correcta denominación del multicitado Consejo Ciudadano, se reforma el artículo 8 fracción II inciso c, en relación a los integrantes de la Junta Directiva; y se modifica la denominación del capítulo III, lo anterior en congruencia con la reforma al artículo 15 y 15 Bis de la misma ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2011.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Juventud someten a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

Artículo Único. Se reforman el artículo 8, fracción II, inciso c), y la denominación del Capítulo III para quedar como “Del Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud” y se adiciona una fracción XVI recorriéndose la actual para pasar a ser XVII al artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:

Artículo 4. Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

I. a XIV...

XV. Difundir en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en los gobiernos de los estados y municipios, la información y los compromisos asumidos por el Estado Mexicano en los Tratados Internacionales en materia de juventud ;

XVI. Celebrar acuerdos y convenios con las autoridades de las entidades federativas y los municipios para promover la integración de Consejos Ciudadanos de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud a nivel local, y

XVII. Las demás que le otorguen la presente Ley y otros ordenamientos legales y reglamentarios.

Artículo 8. ...

I....

a) a j) ...

Por cada Miembro Propietario, el titular podrá nombrar a un suplente, y

II....

a) y b) ...

c)Dos jóvenes, integrantes del Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud.

...

...

...

Capítulo IIIDel Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Instituto Mexicano de la Juventud deberá iniciar la celebración de los acuerdos y convenios mencionados en el presente Decreto, a más tardar 60 días después de la entrada en vigor del mismo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 20 días del mes de junio de 2013.

La Comisión de Juventud, diputados:José Luis Oliveros Usabiaga (rúbrica), presidente; Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete, Humberto Armando Prieto Herrera, Crystal Tovar Aragón, secretarios; Juan Pablo Adame Alemán, Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), Gerardo Gaudiano Rovirosa, Zuleyma Huidrobo González (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Ricardo Medina Fierro (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Heberto Neblina Vega, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Alfredo Rivadeneyra Hernández, Jessica Salazar Trejo (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Jesús Antonio Valdés Palazuelos, Francisco Alberto Zepeda González.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XI al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 66 y 68 de su Reglamento, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente: Minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XI al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, recibida por esta Cámara de Diputados de la Cámara colegisladora, en fecha 1 de febrero de 2012.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 66, 68, 95, 157 y 158 del Reglamento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, se abocó al estudio y análisis de la Minuta mencionada al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados en fecha 1o. de febrero de 2012, los ciudadanos secretarios integrantes de la LXI Legislatura dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la minuta que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura, acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El antecedente histórico de la minuta de referencia es el siguiente:

1. En fecha 14 de septiembre de 2011, el senador Luis Walton Aburto, integrante del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XI al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial; y de Estudios Legislativos, Segunda.

2. Seguido su trámite legislativo, en fecha 14 de diciembre de 2011, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó la iniciativa referida por votación nominal, enviándose la minuta a esta Cámara de Diputados para continuar con el trámite legislativo.

3. En fecha 1 de febrero de 2012, el pleno de la Cámara de Diputados recibió la minuta mencionada, turnándose para su estudio y dictamen a la Comisión de Economía.

4. Con fecha 20 de abril de 2012, mediante el oficio CE/LXI/1839/12 la Comisión de Economía de la LXI Legislatura, remitió a la Mesa Directiva, el dictamen aprobado por el pleno, para seguir con su trámite legislativo.

5. El 20 de noviembre de 2012, la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, aprobó el acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no alcanzó a resolver la LXI Legislatura, en el cual se resuelve la devolución a la Comisión de Economía del dictamen con Proyecto de Decreto que hoy se estudia, para ser resuelto por ésta.

6. El 10 de enero de 2013, la junta directiva de la Comisión de Economía, solicitó mediante el oficio CE/LXII/130/2012 con fundamento en el artículo 183, numeral dos, la  prórroga correspondiente para el dictamen de la minuta que hoy nos ocupa.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Comisión de Economía es competente para conocer la minuta con proyecto de decreto mencionada en el exordio del presente dictamen.

Segunda. Que la materia de la minuta de referencia trata de lo siguiente:

Establecer como principio básico de las relaciones de consumo, a la libertad de constituir grupos u otras organizaciones de consumidores que sean garantes de los derechos del consumidor, sin contravenir las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Tercera. Que el dictamen favorable a la minuta en referencia realizado por las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial; y de Estudios Legislativos, Segunda, de la LXI Legislatura, establece como fundamento de su posición las siguientes consideraciones:

Consideraciones:

De conformidad con la exposición de motivos del Senador promovente, se destaca que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el 16 de abril de 1985, la Resolución 39/248 en donde estableció “la libertad de constituir grupos u otras organizaciones de consumidores” como una de las directrices para la protección del consumidor.

En este sentido, la iniciativa tiene por objeto adicionar la fracción XI al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (en adelante LFPC) el que los ciudadanos mexicanos tengan la garantía de constituir grupos para la defensa de sus derechos, para quedar como sigue:

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés social y de observancia en toda la República. Sus disposiciones son irrenunciables y contra su observancia no podrán alegarse costumbres, usos, prácticas, convenios o estipulaciones en contrario.

El objeto de esta ley es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Son principios básicos en las relaciones de consumo:

I. a X. ...

XI. La libertad de constituir grupos u otras organizaciones de consumidores que, sin contravenir las disposiciones de esta ley, sean garantes de los derechos del consumidor.

...

Al respecto, estas comisiones dictaminadoras coinciden con el sentido de la iniciativa, toda vez que se fortalece el derecho de los consumidores para constituir grupos u organizaciones. Asimismo, se actualiza la LFPC, estableciendo de manera expresa en la Ley la formación de organizaciones de consumidores para defender sus derechos y participen en los procesos que les podrían afectar.

Igualmente, se considera que la propuesta no se contrapone a lo previsto en la fracción XVIII, del artículo 24 de la LFPC, con la que se faculta a la Procuraduría para promover y apoyar la constitución de organizaciones de consumidores, proporcionándoles capacitación y asesoría, así como procurar mecanismos para su autogestión.

De la misma forma, el artículo 31 de la LFPC, prevé que para la elaboración de sus planes y programas de trabajo, la procuraduría llevará a cabo consultas, entre otros, con organizaciones de consumidores.

Por otro lado, el artículo 5 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, complementa la reforma propuesta, en virtud de que establece se fomentará la prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento por esta ley, como lo es la “promoción y defensa de los derechos de los consumidores”.

Finalmente, esta propuesta fortalece y es congruente con las reformas aprobadas a la LFPC por esta Comisión el pasado 10 de noviembre de 2010, con el propósito de reglamentar la presentación de quejas en forma grupal por parte de asociaciones u organizaciones de consumidores así como regular en la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil que las organizaciones de la sociedad civil objeto de fomento son, además de las que ya se mencionan en la ley que se reforma, las que tienen como objeto la prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento de esa ley; y las de promoción y defensa de los derechos de los consumidores.

En virtud de las consideraciones antes expuestas, estas comisiones dictaminadoras consideran viable la reforma propuesta al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en virtud de que la misma fortalece el marco jurídico de protección a los derechos de los consumidores y fomenta la creación de grupos u organizaciones que promocionen y defiendan estos derechos.”

Cuarta. Que los diputados que integran la Comisión de Economía, estiman legítimo el espíritu de la iniciativa y coinciden con los argumentos planteados por los senadores, así como los argumentos que se esgrimieron para tal efecto; por lo que los hacen suyos para los efectos del presente dictamen.

Quinta. En virtud de lo anterior, la Comisión de Economía se manifiesta por aprobar la minuta que nos ocupa en los términos precisados en el presente dictamen, y remitir en su momento al Ejecutivo, para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el siguiente

Decreto por el que se adiciona la fracción XI al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Artículo Único. Se adiciona la fracción XI al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 1. ...

...

Son principios básicos en las relaciones de consumo:

I. a VIII. ...

IX. El respeto a los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de consumo y las medidas que garanticen su efectividad y cumplimiento;

X. La protección de los derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad e indígenas, y

XI. La libertad de constituir grupos u otras organizaciones de consumidores que, sin contravenir las disposiciones de esta ley, sean garantes de los derechos del consumidor.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de junio de 2013.

La Comisión de Economía, diputados:Mario Sánchez Ruiz (rúbrica), presidente; Juan Carlos Uribe Padilla (rúbrica), Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares (rúbrica), Amira Griselda Gómez Tueme, Noé Hernández González (rúbrica), Salvador Romero Valencia, Jesús Antonio Valdés Palazuelos, Maricela Velázquez Sánchez (rúbrica), Mario Rafael Méndez Martínez (rúbrica), Yesenia Nolasco Ramírez (rúbrica), Rubén Acosta Montoya (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica en abstención), secretarios; Edilberto Algredo Jaramillo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Adolfo Bonilla Gómez (rúbrica), José Ignacio Duarte Murillo, Eloy Cantú Segovia, Rubén Benjamín Félix Hays, Carlos Alberto García González, Ana Lilia Garza Cadena (rúbrica), José Ángel González Serna (rúbrica), Víctor Manuel Jorrín Lozano, Carlos Augusto Morales López, Silvia Márquez Velasco (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger (rúbrica en abstención), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernando Salgado Delgado, José Arturo Salinas Garza (rúbrica), Guillermo Sánchez Torres (rúbrica), Fernando Zamora Morales (rúbrica en contra).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XI a XIII al artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

Honorable Asamblea:

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) a g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 85, 176 y 182, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen:

I. Antecedentes

A. En la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el 3 de abril de 2013, la diputada Mónica García de la Fuente, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

B. En la misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la iniciativa en comento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

C. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis de la iniciativa.

D. Por acuerdo de la Mesa Directiva y con fundamento en el artículo 183, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, mediante el oficio número DGPL 62-II-3-714, expediente 1681, de fecha 23 de abril de 2013, signado por el diputado Xavier Azuara Zúñiga, secretario de la Mesa Directiva, se autorizó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, prórroga para dictaminar la iniciativa que reforma el artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, presentada por la diputada Mónica García de la Fuente, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, turnada el 3 de abril de 2013 a esta comisión dictaminadora.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa presentada por la diputada Mónica García de la Fuente plantea:

Que la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, publicada el 27 de julio de 2008, establece que el Consejo de Fomento para el Libro y la Lectura, es una instancia conformada con el objeto de ser un órgano consultivo de la Secretaría de Educación Pública y un espacio de concertación y asesoría entre todas las instancias públicas, sociales y privadas vinculadas al libro y la lectura.

En este contexto, señala que el consejo se forma por actores clave, instituciones públicas, sociales y privadas con injerencia y participación en el desarrollo de la cadena del libro. La presidencia del mismo recae en la Secretaría de Educación Pública; con la Secretaría Ejecutiva en el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana, la Asociación de Libreros de México, la Asociación Nacional de Bibliotecarios, la Sociedad General de Escritores de México, la Dirección General de Materiales Educativos de la Secretaría de Educación Pública, y las Direcciones Generales de Publicaciones y de Bibliotecas del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, como integrantes con carácter permanente dentro del mismo.

Adicionalmente, el consejo, de acuerdo con las atribuciones que la ley le otorga, ha integrado como invitados con carácter no permanente, a cuatro instituciones fundamentales en el fomento del libro y la lectura en nuestro país, el Fondo de Cultura Económica, el Instituto Nacional del Derecho de Autor, a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos y Educal, SA de CV.

Estas instituciones, además de participar directamente en el cumplimiento de los objetos de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, se destacan por contribuir sustancialmente en el cumplimiento de las funciones que la ley establece para el consejo.

Tomando en cuenta lo anterior, es que presenta la Iniciativa de Ley que busca reconocer la importancia que tiene la participación del Fondo de Cultura Económica, del Instituto Nacional del Derecho de Autor, de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos y de Educal, SA de CV, dentro del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, formalizando su colaboración al incorporarles como integrantes con carácter permanente.

Para ello argumenta:

El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura se creó con el fin de articular y potenciar los esfuerzos y los logros que los actores vinculados con la cadena del libro habían venido realizando de forma aislada. En el consejo se trató de agrupar a los principales actores públicos, sociales y privados relacionados con el tema, conformando un órgano asesor que oriente las políticas públicas, y al mismo tiempo, un espacio de discusión, análisis y consenso sobre los diversos intereses y necesidades que se generan en torno al libro y la lectura.

Sin embargo, al momento de su creación, por falta de visión y claridad en los alcances y exigencias de las labores propias del consejo , se omitió integrar a cuatro instituciones fundamentales en el afianzamiento del papel del libro como vehículo cultural y del fomento de la lectura como motor del avance de la sociedad y su ciudadanía: El Fondo de Cultura Económica, el Instituto Nacional del Derecho de Autor, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos y Educal, SA de CV.

De esta forma, el consejo se instaló formalmente el 1 de agosto de 2008. Empero, casi desde el inicio de sus labores, en su segunda sesión ordinaria de 2008, mediante acuerdo correspondiente, sus integrantes, de acuerdo con las facultades que les otorga la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, trataron de subsanar esta omisión legislativa incorporando al Fondo de Cultura Económica, al Instituto Nacional del Derecho de Autor y a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, como invitados con carácter no permanente. Por su parte, la presencia de Educal, SA de CV, se ha incluido de forma irregular, ya que desde el 2010 ha asistido como invitado no permanente sin aprobación previa de acuerdo alguno. Desde entonces, la participación de estos organismos ha sido constante tanto en las sesiones del Consejo, como en los grupos de trabajo, comisiones y acuerdos tomados por éste.

Por esto, la proponente considera que debe formalizarse la participación de estas instituciones, mediante un acto legislativo que les integre de forma permanente dentro del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, bajo las siguientes consideraciones:

Que en cada uno de los casos se trata de instituciones de interés público que objetos contribuyen directamente en el cumplimiento de los de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro señalados en su artículo 4, así como de las funciones que dicha Ley establece para el Consejo, indicadas en el artículo 15.

Por otra parte, reflexiona que la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, en el artículo 14, condiciona la participación de personas o instituciones públicas o privadas al acuerdo previo de los integrantes del consejo.

Y que a su vez, el artículo 10 del manual de operación del mismo consejo, limita las funciones de los invitados permanentes a participar en el análisis de los asuntos por los cuáles se les extiende invitación; a emitir opiniones de carácter técnico que permitan aclarar dudas en relación a los puntos a tratar; y, a firmar las actas de las sesiones, a diferencia de los consejeros, quienes de acuerdo con el artículo 9 del manual, pueden proponer temas a tratar en las sesiones del consejo; ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos tomados por el mismo; atender tareas y comisiones por encomienda del consejo; y participar en la propuesta de temas para integrar el programa de trabajoanual de esta instancia. Situación que ha caído en incumplimiento, toda vez que pese a su calidad de invitados no permanentes, han participado de los trabajos del consejo sin atender la distinción que señalan los artículos citados.

De igual forma, menciona que el artículo 2 del decreto de creación del Fondo de Cultura Económica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 1994, señala claramente que el Fondo de Cultura Económica tendrá por objeto la promoción, fomento, edición, publicación, exhibición y comercialización de obras escritas o registradas en toda clase de medios tradicionales o electrónicos, con la finalidad de difundirlas y facilitar su acceso a todos los sectores de la población.

Además, el Fondo de Cultura Económica, es la editorial más importante de México en su género y una de las más significativas de Iberoamérica, cuenta con filiales en Argentina, Colombia, Brasil, Perú, Venezuela, Guatemala, Chile, Estados Unidos y España; así como con una red de 35 librerías propias, 24 en México y 11 en el resto del mundo hispanoparlante.

Por otra parte, comenta que, de acuerdo con los artículos 208 y 209 de la Ley Federal del Derecho de Autor, el Instituto Nacional del Derecho de Autor, es la autoridad administrativa en materia de derechos de autor y derechos conexos, con carácter de órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, y dentro de sus funciones encontramos el proteger y fomentar el derecho de autor; promover la creación de obras literarias y artísticas; llevar el Registro Público del Derecho de Autor; mantener actualizado su acervo histórico, y; promover la cooperación internacional y el intercambio con instituciones encargadas del registro y protección del derecho de autor y derechos conexos.

A su vez, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, con fundamento en la gratuidad de la educación establecida en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es una institución dependiente de la Secretaría de Educación Pública, creada con el objetivo de romper con las barreras económicas y garantizar condiciones educativas equitativas, a partir de la unificación de contenidos temáticos auspiciada por el Estado, con la visión de que el libro de texto gratuito, además de un derecho social, es un vehículo que faculta el diálogo y la equidad en la escuela.

Por último, menciona que Educal, SA de CV, destaca que como parte de su objeto social se encuentra diseñar material didáctico para apoyar al Sistema Educativo Nacional. En la actualidad distribuye los fondos editoriales del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, del Subsistema de Preparatoria Abierta de la Secretaría de Educación Pública y de una centena de instituciones culturales estatales, universidades, centros de investigación, etc. Gracias a la labor de Educal estas publicaciones llegan a canales adecuados de comercialización, ya que al ser en su mayoría altamente especializadas, su distribución no resulta interesante para las empresas privadas.

Con base en los anteriores argumentos, la diputada propone la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XI, XII, XIII y XIV al artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

Artículo 14. El consejo estará conformado por

I. a X....

XI. El director general del Fondo de Cultura Económica;

XII. El director general del Instituto Nacional del Derecho de Autor;

XIII. El director general de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos;

XIV. El director general de Educal, SA de CV.

III. Consideraciones de la comisión

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, en su calidad de comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la iniciativa referida, con el objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Esta comisión dictaminadora, una vez realizado el análisis de la presente iniciativa se observa en primera instancia que algunos de los objetivos que tiene la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, entre otros son

Artículo 4.

I. Propiciar la generación de políticas, programas, proyectos y acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura;

II. Fomentar y estimular la edición, distribución y comercialización del libro y las publicaciones periódicas;

III. Establecer mecanismos de coordinación interinstitucional con los distintos órdenes de gobierno y la vinculación con los sectores social y privado, para impulsar las actividades relacionadas con la función educativa y cultural del fomento a la lectura y el libro;

IV. Hacer accesible el libro en igualdad de condiciones en todo el territorio nacional para aumentar su disponibilidad y acercarlo al lector;

V. Fortalecer la cadena del libro con el fin de promover la producción editorial mexicana para cumplir los requerimientos culturales y educativos del país;

VI. Estimular la competitividad del libro mexicano y de las publicaciones periódicas en el terreno internacional; y

Y para alcanzar estos objetivos crea el Consejo Nacional para el Libro y la Lectura, de acuerdo con la citada ley:

Artículo 12.Se crea el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura como un órgano consultivo de la Secretaría de Educación Pública y espacio de concertación y asesoría entre todas las instancias públicas, sociales y privadas vinculadas al libro y la lectura.

Cabe señalar que entre sus integrantes se encuentran representantes cabezas de sector de gremios representativos en la materia; es decir, actores clave de instituciones públicas, sociales y privadas con injerencia y participación en el desarrollo de la cadena del libro, como los presidentes de la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana, de la Asociación de Libreros de México, de la Asociación Nacional de Bibliotecarios yde la Sociedad General de Escritores de México, de tal forma que en representación de sus agremiados estén expresadas sus propuestas y se propicien condiciones para la generación de políticas, programas, proyectos y acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura, dentro de un marco ejecutivo de decisiones.

De igual manera y formando parte integrante del consejo en carácter de presidente, lo integran, el titular de la Secretaría de Educación Pública, así como en carácter de Secretario ejecutivo, el titular del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, como cabezas de sector de la representación del sector público, quienes a su vez en los términos del artículo 5 de la ley en la materia son los responsables de la aplicación de dicha ley, como se estable a continuación:

Son autoridades encargadas de la aplicación de la presente Ley en el ámbito de sus respectivas competencias:

A. La Secretaría de Educación Pública;

B. El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes;

C. El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura; y

Asimismo, incluso es importante señalar que el artículo 6 de la ley en cuestión establece quecorresponde a la Secretaría de Educación Pública y al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, de manera concurrente y considerando la opinión y propuestas del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura

I. Elaborar el Programa de Fomento para el Libro y la Lectura;

II. Poner en práctica las políticas y estrategias contenidas en el Programa, estableciendo la coordinación interinstitucional con las instancias de los diferentes órdenes de gobierno, así como con los distintos sectores de la sociedad civil.

Como se establece en el segundo párrafo, estas dependencias establecerán la coordinación interinstitucional con las instancias de los diferentes órdenes de gobierno, luego entonces Educal, es una dependencia coordinada por la propia Secretaria de Educación Pública, que en términos administrativos, su opinión y directriz política está alineada a su cabeza de sector, en caso de que se requiriera alguna opinión especializada, la propia ley establece la posibilidad, por acuerdo del consejo, de poder convocar para participar con carácter de invitado no permanente a los titulares de las secretarías, consejos e institutos de cultura de las entidades federativas y el Distrito Federal, o a cualquier persona o institución pública o privada que se considere necesario para el cumplimiento pleno de sus funciones.

Asimismo, el artículo 19 establece :

La Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, son las instancias responsables de incentivar y promover la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas y acciones de los distintos órdenes de gobierno, con base en los objetivos, estrategias y prioridades de la política nacional de fomento a la lectura y el libro.

En la hipótesis de que fuera necesaria la incentivación y promoción de alguna política para alcanzar el objeto de la ley en cuestión, como cita el artículo anterior, la SEP y el CNCA son las instancias responsables de coordinar los esfuerzos para tal fin, además y a partir de la facultad administrativa con Educal, por ser dependencias del subsector cultura y ser ascendentemente coordinadas por éstas, tienen la posibilidad y facultad como reza el

Artículo 20.

Impulsar la coordinación interinstitucional e intergubernamental en la aplicación de la presente ley, la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, deberán

I. Establecer mecanismos e instrumentos de coordinación, cooperación y vinculación, así como promover la celebración de convenios y acuerdos con dependencias de las distintas ramas y órdenes de gobierno y los órganos autónomos del Estado, para diseñar, planear, coordinar, aplicar y fortalecer políticas, programas, proyectos y acciones de fomento a la lectura y el libro;

II. Establecer compromisos con las instancias y organismos internacionales que, mediante convenios y acuerdos bilaterales y multilaterales, incentiven el desarrollo integral de las políticas públicas en la materia facilitando a autores, editores, promotores, lectores, espacios y alternativas de promoción y difusión que favorezcan el conocimiento de nuestra obra editorial y literaria en el exterior; y

III. Establecer programas que involucren a individuos, instituciones de asistencia privada, instituciones académicas, asociaciones civiles y fideicomisos, cooperativas y colectivos, cuya labor a favor del fomento a la lectura y el libro han sido fundamentales para el desarrollo cultural en el país.

Por lo anterior se desprende que el objetivo de la integración del Consejo Nacional para el Libro y la Lectura es conformar un cuerpo consultivo de nivel, con integrantes cabezas de sector a efecto de alcanzar los objetivos de la ley y cumplir su fin principal, lograr la mayor cobertura en materia de Lectura a través de los mecanismos que considere necesarios, pero dentro de un marco ejecutivo, resolutivo, de propuesta, etcétera, la propia ley no limita el alcance, considera la posibilidad de establecer el marco de los convenios de colaboración, que abarque individuos, instituciones públicas y privadas, luego entonces, tiene todas las posibilidades de invitar e involucrar en la elaboración del programa o acciones, a quien o quienes considere necesario, pero sobre todo encaminados al cumplimiento y objeto del mandato establecido en el artículo 8, que reza:

Las autoridades responsables, de manera concurrente o separada, deberán impulsar la creación, edición, producción, difusión, venta y exportación del libro mexicano y de las coediciones mexicanas, en condiciones adecuadas de calidad, cantidad, precio y variedad, asegurando su presencia nacional e internacional.

Respecto a la afirmación vertida en los argumentos de iniciativa presentada, en el sentido de que en su creación, por falta de visión y claridad en los alcances y exigencias de las labores propias del consejo , se omitió integrar a cuatro instituciones fundamentales en el afianzamiento del papel del libro como vehículo cultural y del fomento de la lectura como motor del avance de la sociedad y su ciudadanía: El Fondo de Cultura Económica, el Instituto Nacional del Derecho de Autor, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos y Educal, SA de CV.

Sobre el particular, es menester comentar que una vez revisada y analizada tanto el dictamen de la iniciativa, emitido el 16 de marzo de 2006, que contiene proyecto de Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, así como la iniciativa original presentada en el 2005, en ambas propuestas no se contemplo o considero integrar a las instituciones antes citadas, por tal motivo no podemos considerar que fue una omisión del legislador, si no hasta en tanto quedo instalado el consejo es que se considero importante sumarlos, como invitados con carácter no permanente, hipótesis posible y prevista en el propio ordenamiento legal.

Por lo que hace al comentario de que la presencia de Educal, SA de CV, se ha incluido de forma irregular, ya que desde el 2010 ha asistido como invitado no permanente sin aprobación previa de acuerdo alguno y que desde entonces, su participaciónha sido constante tanto en las sesiones del consejo, como en los grupos de trabajo, comisiones y acuerdos tomados por este y por esto la proponente considera que debe formalizarse la participación de estas instituciones, mediante un acto legislativo, esta comisión tomando en cuenta lo que reza el Artículo 13:

El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura se regirá por el manual de operación que emita, por las disposiciones contenidas en esta ley y por lo que quede establecido en su reglamento.

Por otra parte, reflexiona que la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, en el artículo 14, condiciona la participación de personas o instituciones públicas o privadas al acuerdo previo de los integrantes del Consejo.

Se considera que en consecuencia no es necesario un acto legislativo para regularizar la participación de Educal en el consejo nacional, bastaría que se realice un acuerdo por el pleno del consejo para regularizarse su intervención.

Por todo lo expuesto, la Ley y el Reglamento de Fomento para la Lectura y el Libro establece claramente las funciones de las instituciones intervinientes y proporciona instrumentos para la coordinación con los diversos ordenes de gobierno e instancias privadas, evitando la generación de duplicidades en la actuación del consejo por parte de las instituciones y buscando la creación de un órgano ejecutivo, de otra forma bajo el argumento de que deben participar todos los involucrados con injerencia y participación en el desarrollo de la cadena del libro, entonces tendrían que involucrarse todas las editoriales del país, todos los integrantes de la asociación de libreros, los bibliotecarios y los escritores, por estas razones y considerando que Educal está sectorizado al sector cultural, bajo la coordinación del CNCA, y es una editorial mas, no se considera por ello relevante legislar para integrarlo como miembro permanente del consejo.

Incluso como citan en los argumentos de la iniciativa presentada, destaca que una de sus actividades principales es distribuir los fondos editoriales del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y del subsistema de preparatoria abierta de la Secretaría de Educación Pública, además que especifica literalmente , promover y apoyar la cultura a través de la comercialización de libros y productos culturales del Conaculta; es decir, es una institución coordinada y vinculada sus decisiones directamente con el CNCA.

Por lo que hace al director general de la Comisión de Libros de Texto Gratuitos, esta institución tiene como

Misión

La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos es un Organismo Público Descentralizado del gobierno de México, responsable de producir y distribuir los libros de texto gratuitos y materiales educativos en términos de eficiencia, oportunidad, suficiencia, actualidad y calidad, que faciliten el acceso equitativo a las y los niños y jóvenes mexicanos a una educación básica gratuita y obligatoria, como lo demanda la sociedad

Y como

Visión

Ser un organismo público descentralizado permanentemente a la vanguardia, que cumple integralmente las expectativas y necesidades de la demanda educativa, que

Produce y distribuye libros de texto gratuitos y materiales educativos de clase mundial, con oportunidad y eficiencia a los educandos que cursan la educación básica.

Por tanto, es parte integrante sustantiva en las asesorías que pueda brindar al consejo, por la cantidad y la importancia del sector en donde participa, además que por su naturaleza, pertenece a la cadena productiva del libro: conjunto de industrias que participan en los diversos procesos de producción del libro, y está conformada por la de la celulosa y el papel, la de las artes gráficas y la editorial, considerando que en la de artes gráficas se incluye la participación de los que brindan servicios editoriales, los impresores y los encuadernadores que reciban sus ingresos en más de un ochenta por ciento de los trabajos relacionados con el libro y la revista, en términos de las propias definiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

Cadena del libro: Conjunto de personas físicas o morales que inciden en la creación, producción, distribución, promoción, venta y lectura del libro.

En consecuencia, por ser su actividad principal la distribución y producción de los libros y considerando que el objeto carácter del consejo es de consulta y asesoría, la participación de la Dirección General de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos es considerada viable.

Asimismo, respecto al Fondo de Cultura Económica,éste tiene como

Misión

El Fondo de Cultura Económica es una institución editorial del Estado mexicano, que edita, produce, comercializa y promueve obras de la cultura nacional, iberoamericana y universal, a través de redes de distribución propias y ajenas, dentro y fuera de nuestras fronteras.

Además, como se señaló, el Fondo de Cultura Económica, es la editorial más importante de México en su género y una de las más significativas de Iberoamérica, cuenta con filiales en Argentina, Colombia, Brasil, Perú, Venezuela, Guatemala, Chile, Estados Unidos y España, así como con una red de 35 librerías propias, 24 en México y 11 en el resto del mundo hispanoparlante, en consecuencia su nivel de influencia al interior y exterior de México es sumamente importante y por ende su opinión en el seno del consejo.

Por otra parte, el Instituto Nacional del Derecho de Autor tiene como

Misión

Salvaguardar los derechos autorales, promover su conocimiento en los diversos sectores de la sociedad, fomentar la creatividad y el desarrollo cultural e impulsar la cooperación internacional y el intercambio con instituciones encargadas del registro y protección del derecho de autor y derechos conexos.

Por ende, es la autoridad administrativa en materia de derechos de autor y derechos conexos, con carácter de órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, y entre sus funciones encontramos proteger y fomentar el derecho de autor; promover la creación de obras literarias y artísticas; llevar el Registro Público del Derecho de Autor; mantener actualizado su acervo histórico, y; promover la cooperación internacional y el intercambio con instituciones encargadas del registro y protección del derecho de autor y derechos conexos, por ello la participación de la opinión legal en materia de normatividad y regulación en materia de derechos de autor, es sustantiva dentro de las opiniones vertidas en el consejo.

En resumen, esta comisión considera viable legislar proporcionando a los actores institucionales que participan en la cadena del libro, los instrumentos necesarios para orientar políticas que fortalezcan el sector, así como para que el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, fortalezca sus funciones de la mejor forma, concertando los esfuerzos e intereses de los sectores público y privado, para el desarrollo sostenido de las políticas nacionales del libro y la lectura, y fomentar la cultura de respeto a los derechos de autor.

En virtud de lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72, fracción A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos propone a esta honorable asamblea que se remita a la Cámara de Senadores el presente proyecto de decreto que adiciona las fracciones XI, XII y XIII del artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, para efecto de que las reformas aprobadas por la Cámara de Diputados sean discutidas por el Senado de la República en su calidad de Cámara revisora.

Por lo anterior, y una vez analizada la iniciativa materia de este dictamen, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adicionan las fracciones XI, XII y XIII al artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

Único.Se adicionan las fracciones XI, XII y XIII del artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, para quedar como sigue :

Artículo 14.El Consejo estará conformado por

I. a VIII. ...

IX. El director general de Publicaciones del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes;

X. El director general de Bibliotecas del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes ;

XI. El director general del Fondo de Cultura Económica;

XII. El director general del Instituto Nacional del Derecho de Autor; y

XIII. El director general de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos.

...

...

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 18 días del mes de julio de 2013.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Roy Argel Gómez Olguín, Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez (rúbrica), Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea, Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Jorge Herrera Delgado (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Mónica García de la Fuente (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un tercero y cuarto párrafos al artículo 10 y reforma el primero del artículo 27 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39, y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción I; 81, numeral 1; 157, numeral 1, fracción I y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de los siguientes:

Antecedentes

1. En sesión celebrada el 15 de septiembre de 2009 el diputado Pablo Escudero Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (LCNDH). En esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva turnó dicha iniciativa a la Comisión de Derechos Humanos para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

2. El 23 de febrero de 2011 la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la LCNDH, mismo que fue aprobado por el pleno de la citada Cámara en sesión del 15 de marzo de 2011.

3. En esa misma fecha el diputado Carlos Samuel Moreno Terán, secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, remitió al Senado la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer, cuarto y quinto párrafos al artículo 10 de la LCNDH.

4. El 17 de marzo de 2011 el senador Ricardo García Cervantes, vicepresidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, turnó a las Comisiones de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos Primera, la minuta enviada por esta soberanía.

5. El 29 de abril de 2011 la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 25 y el primer párrafo del artículo 27 de la referida LCNDH, misma que fue turnada a esta Comisión de Derechos Humanos para su dictamen correspondiente.

6. El 22 de junio de 2011 la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el primer párrafo del artículo 27 de la LCNDH, mismo que fue aprobado por el pleno de la citada cámara el 17 de noviembre de 2011.

7. En esa misma fecha la diputada Guadalupe Pérez Domínguez, secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, remitió al Senado la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 27 de la LCNDH, la cual el 22 de noviembre de 2011 fue turnada a las Comisiones de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos Primera.

8. El 11 de abril de 2012 el senador Ricardo Francisco García Cervantes, Vicepresidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, devolvió a esta Cámara de Diputados el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer, un cuarto y un quinto párrafos al artículo 10; y se reforma el primer párrafo del artículo 27, ambos de la LCNDH.

9. El 12 de abril de 2012 la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados turnó la devolución del expediente con la minuta e comento a la Comisión de Derechos Humanos, para su dictamen.

Contenido del expediente con minuta

Refieren los senadores que el contenido de la primer minuta enviada por esta soberanía, respecto al procedimiento que habrá de seguirse en caso de que la Cámara de Senadores no haya realizado el nombramiento correspondiente al concluir el periodo del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se encuentra resuelto en la propuesta de esta Cámara de Diputados.

Por lo que corresponde a la minuta del artículo 27 de la LCNDH, se determina que contiene un medio para garantizar la máxima accesibilidad de los quejosa los servicios que presta ese organismo autónomo toda vez que señala la “utilización de los medios de comunicación idóneos para el inicio de una instancia procedimental”; razón por la que estiman que en casos urgentes, es de aprobarse la vía telefónica para la presentación de quejas.

Consideraciones

El expediente devuelto por la Colegisladora respecto a las minutas enviadas por esta Cámara de Diputados, relativas a las iniciativas con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer, cuarto y quinto párrafos al artículo 10; y se reforma el primer párrafo del artículo 27 de la LCNDH, señala dentro del dictamen elaborado por las Comisiones de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos Primera, en el resolutivo único de la cuestión preliminar, apartado de “Consideraciones de orden general y especifico que motivan el sentido del dictamen”:

Único. Los suscritos senadores coinciden tanto con la finalidad tuteladora que para los derechos fundamentales busca el contenido de las minutas que se dictaminan como con la contribución que realizan para el mantenimiento de la constitucionalidad y legalidad de los actos de los órganos públicos, por lo que estiman que las mismas son de aprobar se en sus términos...

En ese contexto, de conformidad con el oficio número DGPL-2P3A.- 617, del 11 de abril de 2012, suscrito por el senador Ricardo Francisco García Cervantes, vicepresidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, se aprecia la minuta con proyecto de decreto en la que, en comparación con el proyecto remitido por esta soberanía los artículos objeto de la misma quedan de la siguiente manera:

Cámara de Diputados

Artículo 10. ...

En el supuesto de que concluya el período para el que fue designado el saliente Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y no haya sido designado por los siguientes supuestos:

a) No se obtenga la votación calificada para la elección del Presidente a que se refiere el presente artículo;

b) No sea presentada la terna al pleno del Senado de la República por la comisión o comisiones correspondientes, o

c) Que por cualquier otra causa no haya sido designado.

Se procederá a lo siguiente: el primer visitador general, sin perder su carácter y responsabilidades, se hará cargo de atender los asuntos urgentes correspondientes del despacho de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y, en ausencia de éste, se hará cargo el segundo visitador general o, en su caso, el tercero, cuarto o quinto visitadores generales, en su orden, hasta en tanto se elija y designe al Presidente de dicho organismo.

En este caso, el plazo para realizar el proceso de designación del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos no deberá exceder de 90 días, contados a partir de la conclusión del período para el que fue designado el saliente titular de ese organismo autónomo.

Artículo 27.La instancia respectiva deberá presentarse por escrito; en casos urgentes podrá formularse por cualquier medio de comunicación electrónica o telefónica.No se admitirán comunicaciones anónimas, por lo que toda queja o reclamación deberá ratificarse dentro de los tres días siguientes a su presentación, si el quejoso no se identifica y la suscribe en un primer momento.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Cámara de Senadores

Artículo 10. ...

En el supuesto de que concluya el período para el que fue designado el saliente Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y no haya sido designado por los siguientes supuestos: Sin cambio

a) No se obtenga la votación calificada para la elección del Presidente a que se refiere el presente artículo; Sin cambio

b) No sea presentada la terna al pleno del Senado de la República por la comisión o comisiones correspondientes, o Sin cambio

c) Que por cualquier otra causa no haya sido designado. Sin cambio

Se procederá a lo siguiente: el primer visitador general, sin perder su carácter y responsabilidades, se hará cargo de atender los asuntos urgentes correspondientes del despacho de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y, en ausencia de éste, se hará cargo el segundo visitador general o, en su caso, el tercero, cuarto o quinto visitadores generales, en su orden, hasta en tanto se elija y designe al Presidente de dicho organismo.

En este caso, el plazo para realizar el proceso de designación del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos no deberá exceder de 90 días, contados a partir de la conclusión del período para el que fue designado el saliente titular de ese organismo autónomo. Sin cambio

Artículo 27.La instancia respectiva deberá presentarse por escrito; en casos urgentes podrá formularse por cualquier medio de comunicación electrónica o telefónica. No se admitirán comunicaciones anónimas, por lo que toda queja o reclamación deberá ratificarse dentro de los tres días siguientes a su presentación, si el quejoso no se identifica y la suscribe en un primer momento. Sin cambio

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Esta dictaminadora destaca que no existe en el proyecto de decreto que remite la colegisladora, ningún tipo de modificación que cambie los proyectos de decretos aprobados por esta Cámara de Diputados.

Sin embargo, esa determinación dejó de ser operante el 15 d junio de 2012, fecha en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformaron diversos preceptos de la Ley de la Comisión Nacional de los ,Derechos Humanos, que dotaron a la institución de mayores facultades para el desempeño de sus funciones. Así, en esa fecha se adicionó e artículo 5o. del citado ordenamiento jurídico para crear la Sexta Visitaduría General.

Es decir, el resolutivo del dictamen se tendría que ajustar a dichos cambios y los subsecuentes, por lo que esta comisión considera que sería conveniente una redacción general que pudiera prever incluso nuevas visitadurías, al referir que se seguirá la prelación conforme al número de visitadurías que existan. Con ello se evitaría continuas reformas por una cuestión que desde ahora puede anticiparse.

En lo relativo al artículo 10 para incluir al Sexto Visitador como candidato a hacerse cargo del Despacho de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el supuesto de que concluya el período para el que fue designado el saliente Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y no haya sido designado.

Por lo que se propone modificar la redacción de dicho artículo a efecto de evitar que el titular de esta Visitaduría u otra en caso de que se aprobara su creación, queden marginados de esta posibilidad, señalando que en caso de que no se encuentre el primero, podrán hacerse cargo del despacho de la Presidencia los titulares de las otras visitadurías en orden progresivo.

Otra modificación propuesta por esta colegisladora es la referente insertar en el texto del tercer párrafo del artículo 10 del proyecto de decreto, que el primer visitador o, en su caso, los subsecuentes, en el supuesto previsto por tal precepto, asumirán las funciones que corresponden a la Presidencia. Lo anterior a efecto de no limitar el ejercicio de dicha suplencia temporal las cuestiones urgentes y permitir así a quien temporalmente supla al Presidente de este órgano tener un mayor margen de acción que le permita cumplir a cabal dad los asuntos propios del Presidente, sin limitarlo a los de carácter urgente. Asimismo, se propone eliminar de este tercer párrafo la expresión “despacho de la Presidencia”, ya que la misma implicaría realizar un acto de entrega-recepción como ya se ha señalado, lo que pretende esta dictaminadora es posibilitar a quien supla la Presidencia el oportuno ejercicio de las atribuciones sin dilación alguna.

Por lo que para efectos de evitar retraso en las actividades del organismo nacional de derechos humanos, por conducto de su titular, así como señalar la vía telefónica como mecanismo para presentar quejas, en casos urgentes, esta dictaminadora estima necesario y urgente la aprobación del presente dictamen, toda vez que el proyecto de decreto devuelto por la colegisladora, coincide con la aprobación emitida por esta soberanía y sólo una modificación en la LCNDH, con la salvedad citada anteriormente en lo relativo al artículo 10.

Por lo expuesto, esta Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Proyecto de decreto que por el que se adiciona un tercer y un cuarto párrafos al artículo 10 y se reforma el primer párrafo del artículo 27 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Artículo Único. Se adicionan un tercer párrafo y cuarto párrafos al artículo 10 y, se reforma el primer párrafo del artículo 27, ambos d la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para quedar como siguen:

Artículo 10....

...

En el supuesto de que concluya el periodo para el que fue designado el Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y no haya sido designado, provisionalmente y por un período que no exceda de noventa días, asumirá las funciones que corresponden a la Presidencia, el primer visitador general, y en ausencia de éste, se hará cargo el siguiente, de acuerdo al número que corresponda en orden progresivo, hasta en tanto se elija y designe al Presidente de dicho organismo.

En este caso, el plazo para realizar el proceso de designación del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos “Humanos no deberá exceder de 90 días, contados a partir de la conclusión del período para el que fue designado el saliente titular de ese organismo autónomo.

Artículo 27. La instancia respectiva deberá presentarse por escrito; en casos urgentes podrá formularse por cualquier medio de comunicación electrónica o telefónica. No se admitirán comunicaciones anónimas, por lo que toda queja o reclamación deberá ratificarse dentro de los tres días siguientes a su presentación, si el quejoso no se identifica y la suscribe en un primer momento.

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Se derogan todas las disposiciones que se opongan a este decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de noviembre de 2012.

La Comisión de Derechos Humanos, diputados:Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María del Rocío García Olmedo, María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Vicario Portillo Martínez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica), Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY DE AVIACION CIVIL - LEY DE AEROPUERTOS

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Aviación Civil, y de Aeropuertos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Transportes, con las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1; 81, numeral 2; 82, numeral 1; 84, numeral 1; 85; 157; 158 y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con lo siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “Contenido de la iniciativa”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “ Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1.En sesión ordinaria de fecha 30 de abril de 2013, el diputado Juan Manuel Carbajal Hernández del Partido Revolucionario Institucional, sometió a consideración del pleno de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos.

2. En la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva acordó turnar la Iniciativa mencionada a la Comisión de Transportes, para su estudio y dictamen, mediante oficio D.G.P.L. 62-II-7-707, de fecha 30 de abril de 2013, expediente 1941.

II. Contenido de la iniciativa

El objetivo de la Iniciativa es evitar el que existan permisionarios extranjeros que prestan servicios de transporte aéreo privado comercial en territorio mexicano y ofreciendo servicio a terceros por el cual reciben una compensación, en un escenario de competencia sin tratamiento regulatorio uniforme dado que en México, es relativamente más costoso operar el servicio de taxi aéreo debido todavía a la sobre regulación que existe en el sector y la carga administrativa de que exigen las autoridades correspondientes. La información pública indica que no existe una certificación para vigilar a los permisionarios extranjeros que ofrezcan el servicio de transporte aéreo no regular o taxi aéreo que realizan cabotaje en México, por lo que se compromete la seguridad de sus usuarios potenciales.

Por lo anterior, el que suscribe la Iniciativa considera que dicha práctica también se tiene que regular a través de la Ley de Aviación Civil, estableciendo claramente la prohibición de las prácticas de cabotaje por parte de permisionarios extranjeros que prestan servicios de transporte aéreo privado comercial en territorio nacional, imponiendo sanciones como la revocación del permiso, así como multas ejemplares y hasta la inmovilización de la aeronave como garantía del pago de la multa.

En este sentido, las principales reformas que propone el diputado para los permisionarios extranjeros de servicios de transporte aéreo privado comercial que realicen prácticas de cabotaje en territorio nacional son: la revocación inmediata de su permiso; poner su prohibición expresa en la ley; establecer una multa ejemplar para quienes realicen estas prácticas y la inmovilización de la aeronave.

Aunado a las reformas anteriores, el diputado que promueve la Iniciativa está preocupado por proponer reformas que simplifiquen los trámites en la aviación general, con el objeto de abatir la corrupción por parte de las autoridades, evitar la doble tramitación y homologar las regulaciones con nuestro principal socio comercial que es Estados Unidos.

Dentro de estas reformas, se propone que el Certificado de Aeronavegabilidad sea permanente, mismo documento que acredita que la aeronave está en condiciones técnicas satisfactorias para realizar operaciones de vuelo y que al día de hoy se tiene que tramitar cada año y que bastaría con que fuera revisada en la inspección técnica anual que hacen las autoridades a las aeronaves que se encuentran en servicio, de acuerdo a los estándares internacionales.

Asimismo, la referida Iniciativa establece la necesidad de que los talleres aeronáuticos y los centros de capacitación que estén ubicados en el extranjero, sean reconocidos por la autoridad aeronáutica mexicana con el objetivo de no causar más costos a la aviación general, esto porque cuando las tripulaciones mexicanas reciben una capacitación en el extranjero un inspector “no calificado” de la autoridad mexicana tiene que asistir a dar Fe de que ha sido concluida y aprobada dicha capacitación, lo que genera costos extraordinarios a la industria de la aviación general estimados en más de 50 millones de pesos al año.

Con el mismo sentido de simplificación y eficiencia en el sector, el diputado propone que las licencias del personal técnico aeronáutico sean permanentes; además, que el aterrizaje de la aeronave en la estación se considere como cierre de vuelo, pues se considera un trámite innecesario, ya que la autoridad tiene la información en el sistema, como sucede en los países desarrollados.

Por último, las reformas a la Ley de Aeropuertos son con el objeto de facilitar la tramitación de los permisos para obtener aeródromos civiles en zonas alejadas; y, disminución de trámites para los aeródromos o helipuertos alejados al menos a una distancia de 10 millas náuticas del punto de referencia del aeropuerto más cercano, y así disminuir el alto nivel de corrupción al solicitar trámites innecesarios e inútiles.

III. Consideraciones de la comisión

Primera.La comisión dictaminadora expresa su interés en actualizar la Ley de Aviación Civil y la Ley de Aeropuertos, para plasmar nuevas realidades que faciliten este medio de transporte, fundamental para la movilidad. La aviación es un medio de transporte cuyo uso se ha democratizado con el paso de los años, pues de ser un medio de un alto costo y complejidad técnica, ha pasado al uso para la movilización masiva en aviones de gran capacidad como de uso más limitado en tamaño y usuarios.

Esta realidad demanda que la legislación sea modificada para facilitar la expansión y desarrollo de este medio de transporte.

Segunda. Esta comisión está de acuerdo en establecer en el artículo 11 de la Ley de Aviación Civil, el reconocimiento de los talleres aeronáuticos y de centros de capacitación cuando ambos se encuentren en el extranjero. Por ello, considera que los certificados, o documentación equivalente, expedidos por centros de capacitación y talleres aeronáuticos extranjeros, serán convalidados por la Secretaría, siempre y cuando esos talleres y centros estén acreditados por la autoridad aeronáutica de su país y obtengan su registro ante la propia Secretaría.

Considerando la relevancia en la preparación y actualización del personal que opera las naves de este medio de transporte, esta comisión acepta la propuesta de que los Centros de Capacitación ubicados en el extranjero puedan brindar este servicio a los connacionales, para lo cual deberán contar con la autorización y registro de la autoridad de su país como de la autoridad mexicana respectiva.

En este mismo sentido, la comisión dictaminadora reforma el artículo 39 de la ley para darle sentido a la propuesta del diputado, para que los instructores que impartan la capacitación y el adiestramiento deban contar con registro ante la Secretaría o ante el centro de capacitación extranjero para el cual presten sus servicios.

Las modificaciones que propone la comisión en este artículo fueron de redacción y de técnica legislativa para su mejor entendimiento en la Ley de Aviación Civil.

Tercera. La comisión que dictamina está de acuerdo en regular a través de la Ley de Aviación Civil, la prohibición de las prácticas de cabotaje por parte de permisionarios extranjeros que prestan servicios de transporte aéreo privado comercial en territorio nacional, imponiendo sanciones como la revocación del permiso, así como multas ejemplares y hasta la inmovilización de la aeronave como garantía del pago de la multa.

En este sentido, la comisión está de acuerdo en que las reformas a la ley para regular a los permisionarios extranjeros de servicios de transporte aéreo privado comercial que realicen prácticas de cabotaje en territorio nacional sean: la revocación inmediata de su permiso; poner la prohibición expresa en la ley; y, establecer una multa ejemplar para quienes realicen estas prácticas, hasta la inmovilización de la aeronave.

La comisión propone reformar la Iniciativa del diputado, en el penúltimo párrafo al artículo 86, en donde se establece que cuando el cabotaje sea detectado por la autoridad aeronáutica en el momento en que se esté cometiendo o inmediatamente después de haberse cometido, la mencionada autoridad podrá decretar el aseguramiento de la aeronave. Asimismo, la reforma del diputado establece que el aseguramiento quedará sin efectos si la autoridad aeronáutica no emite la resolución correspondiente dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se levante el acta a que se refiere el párrafo anterior, o si el infractor garantiza por cualquier forma establecida en la legislación aplicable, su sujeción al procedimiento que se instaure en su contra.

De esta manera, la propuesta de la comisión es que el aseguramiento quede sin efectos si la autoridad aeronáutica no emite la resolución correspondiente dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que se levante el acta, pues parece excesivo el tiempo para emitir una resolución por parte de la autoridad.

Cuarta. La comisión dictaminadora no concuerda con la propuesta del diputado promovente para que la vigencia del Certificado de Aeronavegabilidad sea permanente, ya que se corre el riesgo de no llevar a cabo las facultades de la DGAC respecto a inspeccionar y controlar el mantenimiento de las aeronaves, lo anterior toda vez que la expedición del certificado de aeronavegabilidad es el instrumento por el cual esta autoridad vigila que se cumplan con las condiciones de seguridad

Sin embargo, considera conveniente extender la vigencia de dicho Certificado a 2 años, sujeto a que la aeronave cumpla plenamente los requerimientos de mantenimiento, así como las especificaciones para mantener a la aeronave en condiciones de aeronavegabilidad.

De la misma manera, la comisión dictaminadora no está de acuerdo en que la vigencia de la licencia del personal técnico aeronáutico sea permanente, pues la revalidación periódica de la licencia es el principal medio de que dispone actualmente la autoridad aeronáutica mexicana para asegurarse del mantenimiento, de la competencia y del cumplimiento de los requisitos relativos a la experiencia reciente del titular de una licencia de piloto. Por ello, esta comisión dictaminadora considera conveniente extender la vigencia de la licencia del personal técnico aeronáutico a 2 años.

Esta comisión  concuerda con el diputado promovente, en donde establece para que el personal técnico aeronáutico pueda dedicarse al ejercicio de su actividad deberá acreditar ante la Autoridad Aeronáutica, ser titular de una licencia vigente expedida por la Autoridad, contar con la constancia de aptitud psicofísica vigente correspondiente a su actividad.

Por lo anterior, terminada la vigencia de la constancia de aptitud psicofísica, el interesado tendrá hasta 30 días posteriores para su renovación, periodo en el cual no podrá ejercer su actividad como personal técnico aeronáutico, sin que esto implique el vencimiento de su licencia.

Por último, en el mismo sentido que las dos anteriores propuestas, la comisión que dictamina está de acuerdo en instrumentar a través de la ley, para que el aterrizaje de la aeronave sea considerado como el Cierre de Plan de Vuelo.

En las tres propuestas, la del Certificado de Aeronavegabilidad con vigencia de 2 años, las licencias del personal técnico aeronáutico con vigencia de 2 años, y el cierre del plan de vuelo, la comisión considera que son en beneficio de los usuarios de la Aviación General pues disminuyen trámites innecesarios, hacen eficiente al sector y disminuye las posibilidades de corrupción por parte de la autoridad.

Los cambios que propuso la comisión en el texto del artículo 38 fueron de redacción y de técnica legislativa para su mejor entendimiento en la Ley de Aviación Civil.

Por último, la comisión dictaminadora considera necesario reformar el artículo 16 de este mismo ordenamiento con la finalidad de que la Secretaría no pueda suspender las operaciones de las aeronaves por contraprestaciones pendientes de cumplimientos de los propietarios de las mismas, con concesionarios y/o permisionarios, esto porque en muchos casos la autoridad detiene las operaciones de las aeronaves provocando grandes pérdidas a los usuarios y afectando así operaciones de comercio, carga y turismo.

Quinta. Esta comisión dictaminadora considera que en concordancia con lo reformado, resulta jurídicamente procedente adicionar un Capítulo XV Bis con el objeto de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, establezca un Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP),  a fin de alcanzar un nivel óptimo de rendimiento en materia de seguridad operacional en la aviación civil.

La adición propuesta es acorde a lo publicado en el Plan Nacional de Desarrollo 2013 - 2018, que establece como parte de la estrategia 4.9.1. sobre la modernización, ampliación y conservación de la infraestructura de los diferentes modos de transporte y el mejoramiento de su conectividad bajo criterios estratégicos y de eficiencia, por lo que respecta al sector aeroportuario: la supervisión del desempeño de las aerolíneas nacionales para garantizar altos estándares de seguridad, eficiencia y calidad en sus servicios, así como la continuación en la elaboración de normas básicas de seguridad y actualización de la reglamentación en temas de seguridad.

Asimismo, el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece en sus fracciones I y VI, que corresponde a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la formulación y conducción de las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país, así como la administración de la operación de los servicios de seguridad de la navegación aérea.

De la misma manera, la adición va conforme a lo dispuesto en el artículo 6, fracciones I y V, 7, fracción V, 7 Bis, fracción IV, y 84 de la Ley de Aviación Civil, en el que se establece que corresponde a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en materia de aviación civil y aeroportuaria, planear, formular y conducir las políticas y programas para la regulación y el desarrollo de los servicios de transporte aéreo; expedir y aplicar las medidas y normas de seguridad e higiene que deben observarse en los servicios de transporte aéreo, así como verificar su cumplimiento, vigilar la seguridad y eficiencia de las operaciones aeronáuticas y verificar el cumplimiento de las condiciones de seguridad y eficiencia en los servicios de transporte aéreo.

Además, el artículo 17 de esa ley establece que en la prestación de los servicios de transporte aéreo se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones máximas de seguridad de la aeronave y de su operación, a fin de proteger la integridad física de los usuarios y de sus bienes, así como la de terceros.

El inciso l) del Artículo 54 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional,  promulgado en México el 12 de septiembre de 1946, establece que, dentro de las funciones obligatorias del Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), está la de adoptar, normas y métodos recomendados internacionales, de acuerdo con las disposiciones del Capítulo VI del referido Convenio, designándolos, por razones de conveniencia, como Anexos a ese Convenio, así como la de  notificar a todos los Estados contratantes las medidas adoptadas.

La adopción por el Consejo de los Anexos antes señalados, fue votada por el Consejo y, posteriormente sometida a México, por lo que los anexos y enmiendas a uno de ellos, surtió efectos a los tres meses de serle transmitido o a la expiración del periodo mayor establecido por el propio Consejo.

Como efecto de lo anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 37 del Convenio, México se comprometió a colaborar, a fin de lograr el más alto grado de uniformidad posible en las reglamentaciones, normas, procedimientos y organización relativas a las aeronaves, personal, aerovías y servicios auxiliares, en todas las cuestiones en que tal uniformidad facilite y mejore la navegación aérea, para cuyo fin, la Organización de Aviación Civil Internacional ha adoptado y enmendado, en su oportunidad, las normas, métodos recomendados y procedimientos internacionales que tratan, entre otros temas, de cuestiones relacionadas con la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea.

En particular, en la cuarta sesión de su 198º período de sesiones, celebrada el 25 de febrero de 2013, el Consejo adoptó las Normas y métodos recomendados internacionales sobre gestión de la seguridad operacional, que conforman el Anexo 19 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

Al adoptar el Anexo 19, el Consejo fijó el 15 de julio de 2013, como fecha en que surtirá efecto, salvo en lo que se refiere a aquellas partes de la misma respecto a las cuales la mayoría de los Estados contratantes hiciera constar su desaprobación antes de dicha fecha. Además, el Consejo resolvió que el Anexo 19, en la medida en que surta efecto, sea aplicable a partir del 14 de noviembre de 2013.

Dentro de los beneficios del Anexo 19 se destaca el fortalecimiento de la gestión de la seguridad operacional a nivel estatal al consolidar en un solo Anexo las disposiciones sobre la misma que se aplican a múltiples campos de la aviación. Asimismo, se facilita la futura evolución de la regulación en la materia, se promueve la implantación armonizada de las del Sistema de Gestión de Seguridad Operacional, en inglés: Safety Management System (SMS) y del Programa estatal de seguridad operacional, en inglés: State Safety Programme (SSP), y se crea un proceso de recopilación y análisis de comentarios para la evaluación del SMS y el SSP.

El Anexo 19 lleva  a cada Estado a facilitar y promover la notificación voluntaria de acontecimientos que podrían afectar a la seguridad operacional de la aviación, armonizando sus leyes, reglamentos y políticas aplicables, según sea necesario. Asimismo, orienta sobre los sistemas de notificación de incidentes, tanto obligatoria como voluntaria estableciendo como recomendación que los Estados no proporcionen o utilicen los datos sobre seguridad operacional para fines distintos de aquellos que se relacionan con la misma, a menos de que, en casos excepcionales, la autoridad competente determine que, de acuerdo con su legislación nacional, la ventaja de su divulgación o uso, en cualquier circunstancia particular, supera las repercusiones negativas que dicha acción pueda tener en la seguridad operacional de la aviación.

Lo anterior se basa en que la protección de la información sobre seguridad operacional es esencial para garantizar su continua disponibilidad, ya que el uso de la mencionada información para fines que no se relacionan con ésta puede impedir la disponibilidad futura de esa información y afectar en forma adversa dicha seguridad.

Sexta.La comisión que dictamina concuerda con la propuesta del diputado promovente en su reforma a la Ley de Aeropuertos, para que los interesados en obtener un permiso para tener un aeródromo, no requieran estudio operacional de trayectorias, cuando se trate de helipuertos, ni estudio de espacio aéreo, cuando se trate de aeródromos, ambos no controlados y de operación bajo reglas visuales de vuelo (VFR), siempre y cuando su punto de referencia de aeródromo o helipuerto esté alejado al menos a una distancia de 10 millas náuticas del punto de referencia del aeropuerto más cercano.

Lo anterior, con el objeto de eliminar trámites innecesarios a los aeródromos que se encuentran en zonas alejadas a la ciudad, como ranchos y zonas  rurales, que por su condición y naturaleza no necesitan estudios de trayectorias, ni estudios de espacios aéreos ya que se encuentran alejados de otros aeropuertos.

Séptima. La comisión que dictamina no está de acuerdo con la propuesta del diputado promovente en su adición de un artículo 18 bis a la Ley de Aeropuertos que establecía que un aeródromo de servicio particular que requiera emplazarse en un sitio de manera temporal, podrá obtener permiso expedido por la Secretaría, siempre y cuando se utilice por menos de 30 días, con no más de 10 operaciones por día.

El mismo artículo establecía que para obtener el referido permiso para el emplazamiento de estos aeródromos, únicamente deberá notificarse previamente por escrito a la autoridad aeroportuaria del aeropuerto más cercano. Se establecía que dicho permiso podría solicitarse hasta por tres ocasiones en el transcurso de un año, que no podrán ser consecutivas.

La opinión de la comisión es eliminar la propuesta, toda vez que con las pistas temporales se generaría una proliferación de pistas aéreas que no cumplan con los requerimientos de seguridad en cuanto a su construcción, equipamiento y operación; es decir, no habría un acreditamiento de las Capacidades Técnica, Jurídica, Administrativa y Financiera, para ostentar un Permiso de operación, en detrimento de la seguridad operacional de las aeronaves y personas que utilicen dichas pistas. Lo anterior generaría un aumento en el registro de accidentes e incidentes de aviación.

Octava. La comisión dictaminadora en un esfuerzo por regular eficientemente el sector aeroportuario y con el objeto de hacer más completo e integral el presente dictamen, considera necesario hacer modificaciones a tres artículos de la Ley de Aeropuertos. Las adiciones al artículo 27 de la ley, introducen como causas de revocación que el concesionario limite el número de prestadores de servicios complementarios o les niegue su operación mediante actos de simulación, por razones distintas a disponibilidad de espacio, eficiencia operativa y seguridad, lo que permite la libre concurrencia en tales servicios.

La reforma al artículo 48, amplía la definición de los servicios complementarios que ofrecen los  aeropuertos. Además también se traslada la modificación del artículo 27 al artículo 57, a efecto de generar congruencia en el cuerpo normativo de que se trata, por lo que el concesionario, además de proveer lo necesario para que el aeropuerto cuente con opciones competitivas de servicios complementarios, éste jamás podrá limitar, restringir y bloquear el número de empresas que quieran ofrecer estos servicios salvo por razones de disponibilidad de espacio, eficiencia operativa y seguridad. Por ello, en el caso de que el grupo aeroportuario simule la no disponibilidad del espacio por razones de eficiencia y seguridad, será sancionado con la revocación de la concesión, como se establece en el artículo 27 de la misma ley.

En caso de que se niegue la entrada a una empresa que provee servicios complementarios por parte de un concesionario, esta puede inconformarse ante la autoridad, quien tendrá un plazo de 30 días para determinar si se autoriza la entrada de la empresa proveedora de servicios complementarios.

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta comisión dictaminadora, tiene a bien emitir el siguiente proyecto de decreto

Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos

Artículo Primero. Se reforman los artículos 15, segundo y tercer párrafos; 39, segundo párrafo; y se adicionan los artículos 2, con las fracciones V, IX, X, XIII y XVII, recorriéndose en su orden las subsecuentes; 11, con un quinto párrafo; 15, con una fracción XIV, recorriéndose la actual en su orden; 16, con un último párrafo; 27, con un último párrafo; 32, con un cuarto, quinto y sexto párrafos; 38, con un tercer, cuarto y quinto párrafos; 41, con un segundo párrafo, un Capítulo XV Bis denominado “Seguridad Operacional”, que comprende los artículos 78 Bis a 78 Bis 10; 86, con una fracción VIII y 88 Bis a la Ley de Aviación Civil, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I. a IV. ...

V. Cabotaje: el transporte aéreo mediante remuneración o cualquier otro tipo de contraprestación onerosa, de pasajeros, carga, correo o una combinación de éstos, entre dos o más puntos en territorio nacional;

VI. a VIII. ...

IX. Programa Estatal de Seguridad Operacional: el programa establecido por la Secretaría mediante un sistema de gestión de seguridad operacional, a fin de alcanzar un nivel óptimo de seguridad operacional en la Aviación Civil;

X. Proveedores de servicio: Los concesionarios y permisionarios del transporte aéreo de servicio al público y los aeroportuarios, el organismo descentralizado Aeropuertos y Servicios Auxiliares, el órgano administrativo desconcentrado Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, los permisionarios de talleres aeronáuticos, las organizaciones responsables del diseño de tipo y las responsables de la fabricación de aeronaves, los prestadores de servicios de tránsito aéreo, los centros de formación o de capacitación y adiestramiento y los operadores aéreos de aeronaves de Estado distintas de las militares.

XI. y XII. ...

XIII. Seguridad operacional: es el estado en que el riesgo en la prestación del servicio de transporte aéreo, de lesiones a las personas o daños a los bienes, se reduce y se mantiene en un nivel óptimo, o por debajo del mismo, por medio de un proceso continuo de identificación de peligros y gestión de riesgos;

XIV. y XV....

XVI.Servicio de transporte aéreo nacional: el que se presta entre dos o más puntos dentro del territorio nacional;

XVII. Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional: es un enfoque sistemático para la gestión de la seguridad operacional que se establece como un proceso documentado de manejo del riesgo que es parte de un Sistema de Recopilación y Procesamiento de Datos sobre Seguridad Operacional, con el fin de minimizar los riesgos y realizar mejoras continuas de la seguridad operacional de la aviación para proteger el interés público, el cual integra operaciones y sistemas técnicos relacionados con la administración de los recursos humanos y financieros, inclusive las estructuras orgánicas, la obligación de rendición de cuentas, las políticas y los procedimientos necesarios para la obtención de ese fin, y

XVIII. ...

Artículo 11. Los servicios de transporte aéreo sujetos a permiso serán:

I. a IV. ...

.........

Los certificados, o documentación equivalente, expedidos por centros de capacitación y talleres aeronáuticos extranjeros, serán convalidados por la Secretaría, siempre y cuando esos talleres y centros estén acreditados por la autoridad aeronáutica de su país y obtengan su registro ante la propia Secretaría.

......

Artículo 15.Las concesiones o los permisos se podrán revocar por:

I. a XII. ...

XIII.Infringir las medidas y normas de higiene y de protección al ambiente;

XIV. Realizar prácticas de cabotaje en territorio nacional, tratándose de permisionarios extranjeros de servicios de transporte aéreo privado comercial, y

XV. ...

La Secretaría revocará las concesiones o permisos de manera inmediata únicamente en los supuestos de las fracciones I a V, VII y XIV anteriores. De igual forma procederá en el caso de la fracción X ,cuando a su juicio sea grave la infracción para la seguridad de la operación.

En los casos de las fracciones VI, VIII, IX , XI, XII y XIII la Secretaría sólo revocará la concesión o permiso cuando previamente hubiese sancionado al respectivo concesionario o permisionario, por lo menos en tres ocasiones por las causas previstas en la misma fracción.

...

Artículo 16. ..

...

La Secretaría no podrá suspender las operaciones de las aeronaves por contraprestaciones pendientes de cumplimientos de los propietarios de las mismas, con concesionarios y/o permisionarios.

Artículo 27. ..

..

...

Los permisionarios extranjeros que presten el servicio de transporte aéreo privado comercial no podrán realizar prácticas de cabotaje en territorio nacional. Esta disposición no aplicara para personas que operen aeronaves de transporte aéreo privado no comercial.

Artículo 32. ..

..

...

La vigencia del certificado de aeronavegabilidad será de dos años, para lo cual la aeronave deberá cumplir plenamente los requerimientos y especificaciones establecidas en el reglamento de esta Ley y demás las disposiciones administrativas correspondientes.

Se otorgará el permiso de licencia de estación de la aeronave, que tendrá una vigencia indefinida, excepto cuando hayan cambiado las características del equipo o la matrícula de la aeronave.

La Secretaría podrá suspender o cancelar el certificado, ante el incumplimiento de los requerimientos y especificaciones mencionados en el párrafo anterior.

Artículo 38. ..

...

La vigencia de las licencias del personal técnico aeronáutico será de dos años, salvo que:

I. Se solicite la obtención de una licencia cuando previamente haya sido suspendida o cancelada una anterior, caso en el que su vigencia será de un año, transcurrido el cual, de mediar una nueva solicitud, la Secretaría determinará, si conforme al cumplimiento del interesado en el uso de la licencia, se le otorga por dos años o nuevamente por un año; o

II. Se trate de la convalidación de licencia, cuya vigencia no podrá exceder de aquella autoridad de aviación civil del país de que se trate haya otorgado a la misma.

Para que el personal técnico aeronáutico pueda dedicarse al ejercicio de su actividad deberá acreditar ante la Autoridad Aeronáutica ser titular de una licencia vigente expedida por la Autoridad, contar con la constancia de aptitud psicofísica vigente correspondiente a su actividad.

Terminada la vigencia de la constancia de aptitud psicofísica, el interesado tendrá hasta 30 días naturales posteriores para su renovación, sin que esto implique el vencimiento de la respectiva licencia, periodo en el cual no podrá ejercer su actividad como personal técnico aeronáutico.

Artículo 39. ...

Los instructores que impartan la capacitación y el adiestramiento deberán contar con registro ante la Secretaría o ante el centro de capacitación extranjero para el cual presten sus servicios.

...

Artículo 41. ...

El aterrizaje de la aeronave en la estación se considerará como cierre de plan de vuelo.

Capítulo XV BisSeguridad operacional

Artículo 78 Bis. La Secretaría establecerá un Programa Estatal de Seguridad Operacional destinado a la gestión de la seguridad operacional por los Estados Unidos Mexicanos, a fin de alcanzar un nivel óptimo de rendimiento en materia de seguridad operacional en la aviación civil, el cual incluirá como mínimo los siguientes componentes:

I. Política y objetivos estatales de seguridad operacional;

II. Gestión estatal de los riesgos de seguridad operacional;

III. Aseguramiento estatal de la seguridad operacional;

IV. Promoción estatal de la seguridad operacional, y

V. Un sistema de supervisión de la seguridad operacional.

La Secretaría determinará el nivel óptimo de rendimiento en materia de seguridad operacional, de conformidad con los Tratados, lineamientos internacionales y las disposiciones administrativas aplicables.

Artículo 78 Bis 1. En materia de seguridad operacional, la Secretaría tendrá las siguientes atribuciones:

I. Manejar y mantener un sistema eficaz de supervisión de la seguridad operacional;

II. Implantar, administrar y mantener el Programa Estatal de Seguridad Operacional eficaz para garantizar los niveles óptimos de seguridad operacional;

III. Requerir a los proveedores de servicio que implementen y mantengan un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional eficaz, certificado de conformidad con las disposiciones de reglamentos y normas oficiales mexicanas aplicables;

IV. Coordinar las actividades de las diversas organizaciones que participen en el Programa de Seguridad Operacional del Estado;

V. Establecer un sistema de notificación de incidentes obligatoria y otro de notificación voluntaria, para facilitar la recopilación de información sobre las deficiencias de seguridad operacional reales o posibles, así como para promover las instalaciones y los servicios para recopilar, publicar y difundir la información de seguridad operacional y alcanzar acuerdos con individuos o entidades gubernamentales para el ejercicio de esos servicios, con la finalidad de que exista un flujo continuo e intercambio de datos sobre seguridad operacional entre la Secretaría y los proveedores de servicio;

VI. Conducir inspecciones, verificaciones y evaluaciones de las actividades aeronáuticas de los Proveedores de servicio;

VII. Requerir que los proveedores de servicio mejoren, enmienden o tomen acciones en su sistema de gestión de seguridad operacional, cuando se identifiquen deficiencias o carencias que representan un riesgo que podría comprometer la seguridad operacional de sus actividades;

VIII. Hacer uso de un procedimiento documentado para adoptar las medidas correctivas apropiadas las cuales eliminen las causas que generaron los hallazgos de seguridad operacional, incluyendo medidas para el cumplimiento, que permitan resolver los problemas de seguridad operacional detectados;

IX. Asegurarse de que los hallazgos de seguridad operacional detectados se resuelvan de manera oportuna por medio de un sistema que permita observar y registrar el progreso, así como las medidas adoptadas por los proveedores de servicios, para solucionar los mismos.

X. Incluir los recursos financieros necesarios para la implementación del Programa Estatal de Seguridad Operacional en su presupuesto.

Artículo 78 Bis 2. Los proveedores de servicio que a continuación se señalan deberán implementar y mantener un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional, como parte del Programa Estatal de Seguridad Operacional que establezca la Secretaría:

I. Concesionarios y permisionarios de transporte aéreo de servicio al público;

II. Los concesionarios y permisionarios aeroportuarios;

III. El organismo descentralizado Aeropuertos y Servicios Auxiliares;

IV. El órgano administrativo desconcentrado Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano;

V. Los permisionarios de talleres aeronáuticos;

VI. Las organizaciones responsables de diseño de tipo y las organizaciones responsables de la fabricación de aeronaves;

VII. Los prestadores de servicio de tránsito aéreo;

VIII. Los centros de formación o de capacitación y adiestramiento con aeronaves, y

IX. Los operadores aéreos de aeronaves de estado distintas de las militares.

Artículo 78 Bis 3. El Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional deberá incluir, por lo menos:

I. Un proceso para identificar los peligros reales o potenciales para la seguridad operacional y evaluar los riesgos conexos;

II. Un proceso para definir y aplicar las acciones necesarias para mantener un nivel óptimo de seguridad operacional;

III. Disposiciones para observar continuamente y evaluar en forma regular la idoneidad y eficacia de las actividades de gestión de la seguridad operacional;

IV. Prever la supervisión continua y evaluación periódica del nivel de seguridad operacional logrado, y

V. Mantener como la mejora continua del nivel global de seguridad operacional de la organización.

Artículo 78 Bis 4. La Secretaría expedirá, a petición de los proveedores de servicios, el certificado del Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional, el cual está sujeto a ser evaluado respecto de su conformidad con la norma oficial mexicana o disposición administrativa correspondiente, mediante la verificación de su funcionamiento, la cual tendrá como objetivo la revisión del manual y de su plan de implementación, políticas y objetivos de seguridad operacional.

Una vez que la Secretaría haya verificado la implementación del total de las fases del plan de implementación referido en el párrafo anterior, emitirá su aprobación, cuya vigencia estará sujeta a la conservación de las condiciones que la motivaron, asegurándose de su cumplimiento por medio de visitas de vigilancia estando, entonces, en posibilidad de expedir el certificado respectivo.

Los certificados, o documentación equivalente al establecido en este artículo, expedidos por instituciones de gobierno o particulares extranjeras, serán convalidados por la Secretaría, siempre y cuando estén reconocidos por la autoridad aeronáutica de su país y las instituciones señaladas obtengan su registro ante la propia Secretaría.

Artículo 78 Bis 5. La información sobre seguridad operacional contenida en el Sistema de Gestión de Seguridad Operacional y demás sistemas de procesamiento y notificación, bases de datos, esquemas para intercambio de información e información registrada, comprende:

I. Registros pertenecientes a las investigaciones de accidentes e incidentes de aviación;

II. Sistemas de notificación obligatoria de incidentes;

III. Sistemas de notificación voluntaria de incidentes, y

IV. Sistemas de autonotificación, incluidos los sistemas automáticos o manuales de captura de datos.

Artículo 78 Bis 6. La información sobre seguridad operacional precisada en el artículo anterior tiene carácter de reservada.

Artículo 78 Bis 7. La información sobre seguridad operacional que provenga de las fuentes señaladas en el artículo 78 Bis 4, así como los datos de las personas involucradas en los eventos relacionados con esa información, no se proporcionará para fines diferentes para los que fue recopilada, por lo que nadie puede ser requerido, en conexión con un proceso judicial, administrativo o disciplinario, a aportar evidencias concernientes a información de seguridad operacional  proporcionada de manera voluntaria a la Secretaria, excepto en las siguientes circunstancias:

I. Por requerimiento expreso de una autoridad judicial o administrativa competente, que haya determinado que la autoridad aeronáutica tiene información que podría ser necesaria para la administración de justicia, para lo cual la autoridad requirente deberá proteger la información como reservada dentro del proceso correspondiente, y

II. Que una autoridad competente considere que, de acuerdo con las evidencias suficientes y las circunstancias que indiquen de manera razonable que un evento determinado pudo haber sido causado por una conducta dolosa o gravemente negligente.

Artículo 78 Bis 8. Los sujetos obligados a implementar y mantener un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional no pueden utilizar la información contenida en el mismo para efectos distintos a procurar la seguridad operacional, ni en particular como base para tomar medidas que pudieran afectar las condiciones de trabajo de sus empleados o utilizarlas con carácter disciplinario en su contra, o como represalia por revelar información sobre posibles acciones u omisiones que cometa el empleador u otra persona.

Artículo 78 Bis 9. Con el fin de promover la seguridad operacional, la Secretaría tiene la facultad de concertar acuerdos con el explotador aéreo, el proveedor de servicios aeronáuticos, o el fabricante de equipo aeronáutico, respecto de los sistemas que se implementarán para llevar a cabo la recopilación, análisis, uso y difusión de información de seguridad operacional.

Artículo 78 Bis 10. Con el fin de promover la seguridad operacional, la Secretaría tiene la facultad de concertar acuerdos con los proveedores de servicio respecto a la recopilación, análisis, uso y difusión de información de seguridad operacional.

Artículo 86. Las infracciones a lo dispuesto en la presente Ley cometidas por el concesionario o permisionario, según se trate, serán sancionadas por la Secretaría de acuerdo con lo siguiente:

I. a V. ...

VI.Impedir el tránsito o la circulación en los aeródromos, aeropuertos y helipuertos por causas imputables a él, con multa de un mil a cinco mil salarios mínimos;

VII. Negarse a participar en las operaciones de búsqueda y salvamento, salvo causa de fuerza mayor, con multa de un mil a cinco mil salarios mínimos, y

VIII. Practicar el cabotaje en territorio nacional, siendo permisionario extranjero de servicios de transporte aéreo privado comercial, con una multa de diez mil a veinticinco mil salarios mínimos.

Cuando el cabotaje sea detectado por la autoridad aeronáutica en el momento en que se esté cometiendo o dentro de las siguientes veinticuatro horas de haberse cometido, la mencionada autoridad podrá decretar el aseguramiento de la aeronave, ante el riesgo inminente de que el permisionario extranjero realice cualquier maniobra tendente a evadir la imposición de la sanción, para lo cual, el comandante del aeropuerto, deberá levantar acta circunstanciada en la que precise las razones para efectuarlo.

Dicho aseguramiento quedará sin efectos si la autoridad aeronáutica no emite la resolución correspondiente dentro de los 60 días hábiles siguientes a la fecha en que se levante el acta a que se refiere el párrafo anterior, o si el infractor garantiza por cualquier forma establecida en la legislación aplicable, su sujeción al procedimiento que se instaure en su contra.

Los gastos que genere el aseguramiento de la aeronave correrán a cargo del permisionario extranjero infractor, salvo que la autoridad resuelva que no cometió el cabotaje.

Artículo 88 Bis. Por el incumplimiento con lo establecido en esta Ley, su reglamento y demás disposiciones aplicables en relación con la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional por parte de los proveedores de servicios, les será suspendido o revocado el certificado correspondiente, atendiendo a la gravedad de la infracción.

Artículo Segundo. Se reforman los artículos 27, segundo y tercer párrafos; 48, fracción II; y 57 y se adicionan los artículos 18, con un último párrafo; 27, con una fracción VII, recorriéndose en su orden las subsecuentes a la Ley de Aeropuertos, para quedar como sigue:

Artículo 18...

I. y II. ...

...

...

Los interesados en obtener un permiso, no requerirán estudio operacional de trayectorias, ni estudio de espacio aéreo, cuando se trate de aeródromos o helipuertos, ambos no controlados y de operación bajo reglas visuales de vuelo, siempre y cuando su punto de referencia de aeródromo o helipuerto esté alejado al menos a una distancia de 10 millas náuticas del punto de referencia del aeropuerto más cercano.

Artículo 27. Serán causas de revocación de las concesiones y permisos, las siguientes:

I. a VI. ...

VII. Limitar el número de prestadores de servicios complementarios o negar su operación mediante actos de simulación, por razones distintas a las contempladas por el artículo 57 de esta Ley;

VIII. a XVI. ...

La Secretaría podrá revocar las concesiones o permisos de manera inmediata únicamente en los supuestos de las fracciones I a VII anteriores.

En los casos de las fracciones VIII a XVI, la Secretaría sólo podrá revocar la concesión o permiso cuando previamente hubiese sancionado al respectivo concesionario o permisionario, por lo menos en tres ocasiones por las causas previstas en la misma fracción.

Artículo 48. ...

I. ...

II.Servicios complementarios: los que pueden ser prestados por los concesionarios o permisionarios del servicio de transporte aéreo, para sí mismos o para otros usuarios, o por terceros que aquéllos designen. Estos servicios incluyen, entre otros, los de rampa, tráfico, suministro de combustible a las aeronaves, avituallamiento, operadores de base fija, recintos fiscales, almacenamiento de carga y guarda, mantenimiento y reparación de aeronaves.

Para la prestación de estos servicios deberá suscribirse contrato con el concesionario o permisionario del aeródromo civil de que se trate, y

III. ...

Artículo 57.El concesionario proveerá lo necesario para que el aeropuerto cuente con opciones competitivas de servicios complementarios, el número de estos no podrá ser limitado, salvo por razones de disponibilidad de espacio, eficiencia operativa y seguridad. En caso de que se niegue la entrada a una empresa que provee servicios complementarios por parte de un concesionario, esta puede inconformarse ante la autoridad.

La autoridad determinará en un plazo de 30 días si se autoriza la entrada de la empresa proveedora de servicios complementarios.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal a través de  la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, contarán con un plazo de 180 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para realizar en el ámbito de su competencia, las adecuaciones y modificaciones a los reglamentos y a las demás disposiciones administrativas que posibiliten el cumplimiento del mismo.

Tercero. La vigencia de las licencias del personal técnico aeronáutico será de dos años y la Secretaría podrá ampliar la vigencia de las mismas, una vez que realice las adecuaciones y modificaciones necesarias que posibiliten su cumplimiento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de septiembre de 2013.

La Comisión de Transportes, diputados:Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez, Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Jesús Morales Flores, Mario Francisco Guillén Guillén (rúbrica), Jesús Oviedo Herrera, Germán Pacheco Díaz, Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez (rúbrica), Jorge Terán Juárez (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Pasamos al siguiente asunto. Se informa a la asamblea que se recibió dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona el inciso o) de la fracción IV del artículo 116 y se reforma el artículo 122, apartado c), base primera, fracción V, inciso f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes.

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y se adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116; y se reforma el artículo 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes.

Honorable Asamblea:

La Comisión de Puntos Constitucionales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6, inciso e) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 81 numeral 1, 84, 85, 215, 216 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía, el siguiente

Dictamen

I. Antecedentes

1. El 22 de agosto de 2013, el Pleno de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen con modificaciones al decreto que reforma el inciso e); y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116; y reforma el artículo 122, apartado C, Base Primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2.En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, y con fundamento en el inciso “E” del artículo 72 Constitucional, devolvió el proyecto de decreto a la Cámara de Diputados, para aprobar las modificaciones realizadas por la Colegisladora.

3.El 1 de septiembre de 2013, fue recibida por la Cámara de Diputados, la minuta con modificaciones al proyecto de decreto que reforma el inciso e); y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116; y reforma el artículo 122, apartado C, Base Primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, remitió la citada minuta a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

II. Contenido de la minuta

La minuta con proyecto de decreto que fue enviada a la Cámara de Senadores, para su revisión y aprobación, contempla la reforma del inciso e), así como la adición del inciso o), al artículo 116 de la Constitución Política  de los Estados Unidos Mexicanos, el proyecto se centra en suprimir el derecho de manera exclusiva que tienen los partidos políticos en solicitar el registro de candidatos a elección popular en las entidades federativas.

En ese orden el proyecto planteó adicionar un inciso, con la finalidad de establecer la concurrencia entre las constituciones y leyes secundarias estatales para que en materia electoral se fijen las bases y los requisitos para que los ciudadanos puedan solicitar su registro como candidatos en  forma independiente, en las elecciones que se celebren.

Este proyecto pretende romper con la contradicción que se presenta entre los artículos 35 en su fracción II y la fracción IV del artículo 116, ambos de la Carta Magna, en razón que el primer precepto citado establece que los derechos del ciudadano es poder ser votado para todos los cargos de elección popular y podrá solicitar el registro respectivo del candidato ante la autoridad electoral correspondiente.  Por su parte el artículo 116 específicamente el inciso e), hace referencia a que exclusivamente los partidos políticos son los que pueden solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, en este orden de ideas, existe una antinomia entre los dos preceptos, con base en ello, el proyecto tiende a dar armonía en esto, ya que permite el registro de candidaturas independientes como derechos constitucionales de los ciudadanos.

En ese mismo sentido, el proyecto adiciona un inciso o), para que se fijen las bases y los requisitos para poder ser votados de conformidad con el artículo 35 constitucional, con ello, se armoniza el texto constitucional.

Al respecto, el trabajo legislativo de la Colegisladora, estableció que el proyecto era congruente y viable y “bajo la lógica de incentivar el fortalecimiento del sistema de partidos políticos y establecer las condiciones normativas que garantizaran el derecho de los ciudadanos de ser votados para los diversos cargos de elección popular, fue establecido en el artículo 35, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la posibilidad para éstos de obtener su registro ante las autoridades electorales como candidatos, sin necesidad de que fueran postulados por un partido político, siempre que satisficieran los requisitos, términos y condiciones establecidos en la ley para tal efecto”.

Sin embargo, en el análisis realizado las comisiones dictaminadoras del Senado de la República consideraron que era necesario para fortalecer el sentido de este proyecto, incluir al Distrito Federal dentro de la reforma, y bajo los siguientes argumentos:

“Dado que las bases constitucionales que rigen al sistema electoral de los estados de la República, resultan aplicables en lo conducente a aquel que rige para el sistema electoral del Distrito Federal, estas comisiones dictaminadoras estiman necesario reformar también el artículo 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de establecer con claridad, que el derecho de los ciudadanos para obtener su registro como candidatos independientes ante las autoridades electorales, será igualmente procedente para la elección de los diversos cargos de elección popular en el Distrito Federal.

En este sentido, se propone que en el citado precepto se establezca que la Asamblea Legislativa, en los términos del Estatuto de Gobierno, tendrá la facultad de expedir las disposiciones que garanticen en el Distrito Federal elecciones libres y auténticas, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo; sujetándose a las bases que establezca el Estatuto de Gobierno, las cuales cumplirán los principios y reglas establecidos en los incisos b) al o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo anterior en virtud de que en el último inciso mencionado, se consignaría el derecho de los ciudadanos para obtener su registro como candidatos independientes ante las autoridades electorales, siempre y cuando cumplan con los requisitos, términos y condiciones que se determinen en la legislación correspondiente.”

Para esquematizar y dar mayor precisión a lo que se estableció por la Colegisladora, se inserta el siguiente cuadro comparativo:

III. Consideración de la modificación a la minuta

Las diputadas y los diputados integrantes de esta Comisión de Puntos Constitucionales, consideran que la modificación al texto de la fracción V, en su inciso f) de la Base Primera, del Apartado C, del artículo 122 constitucional, es atinada y precisa.

La pretensión fundamental de este proyecto de reforma es fortalecer el derecho constitucional que tiene cada mexicana o mexicano para poder ser votado tal y como lo consagra la fracción II del artículo 35 constitucional, mediante su respectivo registro ante la autoridad electoral.

Como legisladores tenemos la obligación de velar por el ejercicio libre y universal de Votar, pero también consolidar el sistema de partidos de nuestro país, es por esto que es necesario incluir a todos los órdenes de gobierno dentro de esta reforma, y de esta manera se tendrá un sistema electoral incluyente, con reglas que en el fondo respeten los Derechos de cada uno de los mexicanos.

La modificación propuesta por nuestra Colegisladora recoge las inquietudes para lograr unificar los efectos de esta reforma, es por ello, que se hace inserta lo relativo al inciso “o)” al inciso f) de la fracción V, Base Primera, del Apartado C, del artículo 122 constitucional, con ello se está facultando a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para legislar en el Estatuto de Gobierno y de aquellas disposiciones que garanticen que en el Distrito Federal, se respete el derecho de ser votado, lo que tendrá como resultado un sufragio universal, libre, secreto y directo.

Con base a lo anteriormente expresado, los integrantes de esta Comisión de Puntos Constitucionales, concordamos con la modificación realizada por la Cámara de Senadores, ya que no se puede dejar fuera al Distrito Federal de esta reforma, es por ello necesario que la Asamblea del Distrito Federal legisle a efecto de avenir el proyecto de reforma al ámbito normativo de esta entidad.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, las diputadas y los diputados que integramos esta Comisión de Puntos Constitucionales, sometemos a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

Proyecto de decreto por el que se reforma el inciso e) y se adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116; y se reforma el artículo 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Único.  Se reforma el inciso e), de la fracción IV del artículo 116, y el inciso f), de la fracción V, Base Primera, del Apartado C, del artículo 122; y se adiciona un inciso o) a la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 116. (...)

(... )

I. a III. (...)

IV. ...

a) a d). (...)

e) Los partidos políticos sólo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa. Asimismo tengan reconocido el derecho para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2o., Apartado A, fracciones III y VII, de esta Constitución;

f) a n). (...)

o) Se fijen las bases y requisitos para que en las elecciones los ciudadanos soliciten su registro como candidatos para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular, en los términos del artículo 35 de esta Constitución.

V. a VII. (...)

Artículo 122.(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

A. al B. (...)

C. (...)

Base Primera. (...)

I. a IV. (...)

V. (...)

a) al e). (...)

f)Expedir las disposiciones que garanticen en el Distrito Federal elecciones libres y auténticas, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo; sujetándose a las bases que establezca el Estatuto de Gobierno, las cuales cumplirán los principios y reglas establecidos en los incisos b) al o) de la fracción IV del artículo 116 de esta Constitución, para lo cual las referencias que los incisos j) y m) hacen a gobernador, diputados locales y ayuntamientos se asumirán, respectivamente, para Jefe de Gobierno, diputados a la Asamblea Legislativa y jefes delegacionales;

g) al p). (...)

Base Segunda a Base Quinta. (...)

D. a H. (...)

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1  Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda, publicado en la Gaceta Parlamentaria del Senado de la República, del 22 de agosto de 2013, pág. 5. Consultado en el sitio http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn= 2&sm=3&lg=62&fecha=2013/08/22/1. el 2 de septiembre de 2013.

2  Idem, pág. 12.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de septiembre de 2013.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados:Julio César Moreno Rivera (rúbrica), presidente; Marcos Aguilar Vega (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval, Pedro Ignacio Domínguez Zepeda (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Raymundo King de la Rosa (rúbrica), Luis Antonio González Roldán (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja, Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Julisa Mejía Guardado (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica en contra), secretarios; José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Ricardo Villarreal García (rúbrica), Damián Zepeda Vidales, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Míriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Arely Madrid Tovilla (rúbrica), Gloria Núñez Sánchez (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Ricardo Cantú Garza, Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Amalia Dolores García Medina (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro (rúbrica), Fernando Zárate Salgado (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: En virtud de que se encuentra disponible en el monitor de sus curules y de conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple también con la declaratoria de publicidad.



LEY PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGIAS RENOVABLES Y EL FINANCIAMIENTO DE LA TRANSICION ENERGETICA

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética

Honorable Asamblea:

La Comisión de Energía, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos 80, numeral 1, fracción II; 85 y 157, numeral 1, fracción I, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el 2 de abril de 2013, los secretarios de la misma dieron cuenta de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 23 y 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, presentada por la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

2. El presidente de la Mesa Directiva determinó dictar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados”.

II. Contenido y objeto de la iniciativa

Acorde al proyecto de decreto planteado en la iniciativa, se propone incorporar el concepto investigación como un objetivo primordial en la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; y, por otro lado, que dicha estrategia consolide en el Presupuesto de Egresos de la Federación las provisiones de recursos del sector público tendientes a promover e incentivar la investigación de fuentes de energía alternativa.

La problemática planteada en la iniciativa señala que año tras año se otorga un escaso presupuesto a la ciencia, tecnología e innovación y que, actualmente, “se carece de una estructura de investigación científica en materia ambiental que nos permita seguir avanzando en la consolidación de un presupuesto autónomo, eficiente y equitativo, capaz de generar autonomía de gestión para cumplir objetivos estratégicos que nos faculten ser líderes en investigación ambiental.”

La diputada proponente hace énfasis en el escaso presupuesto destinado a los rubros de ciencia y tecnología e indica que no se rebasa 0.5 por ciento del producto interno bruto (PIB), lo cual contraviene la Ley de Ciencia y Tecnología que hace obligatorio un presupuesto para dicho rubro de 1 por ciento del PIB.

Asimismo, señala que la implementación de fondos verdes de apoyo a la ciencia y tecnología representa una alternativa para atender problemas como el cambio climático; asimismo, considera urgente para nuestro país un proyecto de ciencia y tecnología contra el cambio climático y sus afectaciones políticas y económicas.

Al incorporar el concepto investigación, la diputada proponente estima que se podrá participar del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía.

Finalmente, la iniciativa propone reformar el artículo 23, así como adicionar una fracción primera al artículo 24, ambos de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, para quedar con la siguiente redacción:

“Artículo 23. La estrategia, encabezada por la secretaría, tendrá como objetivo primordial promover la investigación, utilización, el desarrollo y la inversión en las energías renovables a que se refiere esta ley y la eficiencia energética.”

“Artículo 24. Con el fin de ejercer con eficiencia los recursos del sector público, evitando su dispersión, la estrategia comprenderá los mecanismos presupuestarios para asegurar la congruencia y consistencia de las acciones destinadas a promover el aprovechamiento de las tecnologías limpias y energías renovables mencionadas en el artículo anterior, así como el ahorro y el uso óptimo de toda clase de energía en todos los procesos y actividades, desde su explotación hasta su consumo.

La estrategia, en términos de las disposiciones aplicables, consolidará en el Presupuesto de Egresos de la Federación las provisiones de recursos del sector público tendentes a:

I. Promover e incentivar la investigación de fuentes de energía alternativa;

II. Promover e incentivar el uso y la aplicación de tecnologías para el aprovechamiento de las energías renovables, la eficiencia y el ahorro de energía;

III. a VII. ...”

Una vez planteados los antecedentes, contenido y objeto de la iniciativa, los integrantes de esta Comisión de Energía fundan el presente dictamen en las siguientes

III. Consideraciones

Primera. La iniciativa, como se ha descrito, pretende lograr dos puntos: a) incorporar el concepto investigación como un objetivo primordial en la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (ENTEASE), para el efecto de que se tenga acceso a los recursos del Fondo para Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (FTEASE); y, b) Que dicha estrategia consolide en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) las provisiones de recursos del sector público tendientes a promover e incentivar la investigación de fuentes de energía alternativa.

Segunda. En atención al primer aspecto planteado en la iniciativa, esto es, la reforma al artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética (LAERFTE) con la finalidad de incorporar el concepto investigación como un objetivo primordial en la ENTEASE, se debe señalar lo siguiente:

1. LA ENTEASE es el mecanismo mediante el cual el Estado mexicano impulsará las políticas, programas, acciones y proyectos encaminados a conseguir una mayor utilización y aprovechamiento de las fuentes de energía renovables y las tecnologías limpias, promoverá la eficiencia y sustentabilidad energética, así como la reducción de la dependencia de México de los hidrocarburos como fuente primaria de energía. (Artículo 22 de la LAERFTE).

2. Con cargo al FTEASE, el comité técnico a que se refiere la propia ley podrá acordar que se utilicen recursos no recuperables para el otorgamiento de garantas de crédito u otro tipo de apoyos financieros para los proyectos que cumplan con el objeto de la estrategia, así como también, que dicho comité emitirá las reglas para la administración, asignación y distribución de los recursos en el citado fondo, con el fin de promover los objetivos de dicha estrategia. (Artículo 27 de la LAERFTE).

3. Actualmente, el artículo 23 de la ENTEASE sólo considera como objetivo primordial promover tres aspectos: 1) utilización; 2) desarrollo; y la 3) inversión; todos, respecto de energías renovables, así como de la eficiencia energética. La iniciativa, por su parte propone adicionar un cuarto elemento: la investigación.

Esta Comisión de Energía coincide con la proponente en la importancia que representa la investigación científica y tecnológica para el desarrollo de la utilización y avance de las energías renovables para nuestro país.

Asimismo, este órgano legislativo estima que resulta innegable que todo proceso de desarrollo, entendido como la generación de aplicaciones tecnológicas, implica necesariamente la existencia de investigación, por ende, ambos conceptos deben existir asociados indisolublemente. Por ello, se considera modificar el orden de los objetivos que se señalan en el artículo 23 de la LAERFTE. En esos términos, la propuesta resulta viable de aprobarse .

4. Actualmente, en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, se ha hecho evidente la relevancia en el apoyo y fortalecimiento de la investigación y, por tanto, entre otros puntos, se prevé como una de sus estrategias contribuir a que la inversión nacional en investigación científica y desarrollo tecnológico crezca anualmente y alcance un nivel de 1 por ciento del PIB.

5. De igual forma, para impulsar la investigación científica y tecnológica en materia de energía, la Ley Federal de Derechos dispone el pago por parte de Petróleos Mexicanos (Pemex) del Derecho para la Investigación Científica y Tecnológica en Materia de Energía con el siguiente desglose: 63 por ciento al Fondo Sectorial Conacyt-Secretaría de Energía-Hidrocarburos, 2 por ciento al fondo anterior para la formación de recursos humanos, 15 por ciento al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Instituto Mexicano del Petróleo, y 20 por ciento al Fondo Conacyt-Secretaría de Energía-Sustentabilidad Energética.

Acorde a la ENTEASE correspondiente al 2012, quedó constituido, en fecha 4 de agosto de 2008, el Fideicomiso del Fondo Sectorial Conacyt-Secretaría de Energía-Sustentabilidad Energética. El objeto del fondo es la investigación científica y tecnológica aplicada, tanto a fuentes renovables de energía, eficiencia energética, uso de tecnologías limpias y diversificación de fuentes primarias de energía, como a la adopción, innovación, asimilación y desarrollo de tecnología en dichas materias.

El Fideicomiso del Fondo Sectorial Conacyt-Secretaría de Energía-Sustentabilidad Energética tiene como objetivo la investigación científica y tecnológica aplicada en cuatro líneas: 1) Fuentes renovables de energía; 2) Eficiencia energética; 3) Uso de tecnologías limpias; y 4) Diversificación de fuentes primarias de energía.

El fondo obtiene sus recursos de acuerdo a un porcentaje de la recaudación del Derecho para la Investigación Científica y Tecnológica en Materia de Energía. Dicho porcentaje asciende a 20 por ciento y en 2011 fue equivalente a 911.2 millones de pesos. Al cierre de junio de 2012 el Fondo contó con un saldo de 2 mil 091 millones de pesos.

Acorde con los señalamientos arriba vertidos y dada la relevancia de la investigación y, en este caso, de manera específica, en materia energética, tanto en la legislación como en las políticas de nuestro país, los integrantes de esta Comisión de Energía estiman procedente introducir dicho concepto como parte toral de los objetivos que se deben perseguir por la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía.

Tercera. Asimismo, cabe citar que la creación del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (FTEASE) tiene sustento jurídico en el artículo 27 de la LAERFTE; en este artículo también se establece la integración de un comité técnico, el cual será presidido por la Secretaría de Energía. Este comité emitirá las reglas para la administración, asignación y distribución de los recursos en el fondo, con el fin de promover los objetivos de la estrategia.

En la Memoria documental del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía1, se indica que el 25 de febrero de 2009, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público –en calidad de fideicomitente, la Secretaría de Energía y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC, Institución de Banca de Desarrollo, División Fiduciaria, esta última en su calidad de fiduciario, suscribieron el Contrato del Fideicomiso del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. De esa forma, el fondo se integró con una aportación inicial de $600’000,000.00M.N. (Seiscientos millones de pesos 00/100 Moneda Nacional).

Acorde al mismo documento, los recursos del FTEASE, provenientes del PEF, están encaminados a otorgar garantías de crédito u otro tipo de apoyo financiero a los proyectos que cumplan los objetivos de la estrategia, permitiendo con ello realizar tareas específicas como las relacionadas en cada una de las fracciones establecidas en el artículo 24 de la LAERFTE.

Adicionalmente, se debe indicar que durante el 20112, el FTEASE recibió dos aportaciones a su patrimonio. La primera por mil 445 millones de pesos (MDP), y que corresponden al PEF 2011. Posteriormente, se recibió una aportación adicional por 400 MDP proveniente de una ampliación solicitada para la continuación de los proyectos en ejecución. El 17 de febrero de 2012 se tuvo una aportación por  mil 379 MDP, y que corresponde al PEF 2012 que fue aprobado para el desarrollo de proyectos del Fondo. Al 30 de junio de 2012 se cuenta con un presupuesto disponible 47 MDP disponibles para comprometer en nuevos proyectos. Al 30 de junio de 2012 se han comprometido, previa aprobación del comité técnico, recursos por un monto total de 7 mil 198 millones de pesos.

Cuarta. En cuanto al segundo aspecto planteado en la iniciativa, mediante la reforma del artículo 24 de la LAERFTE, es decir, prever que la ENTEASE consolide en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) las provisiones de recursos del sector público tendientes a promover e incentivar la investigación de fuentes de energía alternativa,se debe señalar que esta Comisión de Energía constituyó parte de un proceso legislativo que culminó con la reciente reforma del artículo 24 de la LAERFTE, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 23 de abril de 2013.

A través de esa reforma se adicionó una fracción VII al artículo 24 de la citada ley, la cual establece la obligación de que la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía consolide en el Presupuesto de Egresos de la Federación las provisiones de recursos del sector público tendientes a proponer la creación de fondos y fideicomisos que tengan por objeto apoyar la investigación, promoción y aprovechamiento de investigación científica y tecnológica en materia de energía renovable.

En una comparación entre el contenido de la actual fracción VII del artículo 24 de la LAERFTE y la propuesta de reforma de la diputada Nolasco Ramírez, se puede apreciar que resultan similares en cuanto a los objetivos perseguidos, motivo por lo cual, ésta última propuesta se encuentra rebasada por la legislación actual. En consecuencia, esta Comisión de Energía estima procedente no aprobar este aspecto de la iniciativa.

Quinta. Finalmente, esta Comisión de Energía estima importante señalar que la iniciativa omite proponer una solución a la problemática que se plantea en relación con considerar como escasos los recursos destinados en el PEF a rubros como los de ciencia, tecnología e innovación ni la relacionada con el incumplimiento de lo establecido al respecto en el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Por lo anteriormente expuesto, es que los diputados integrantes de esta Comisión de Energía sometemos al pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética

Único. Se reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, para quedar como sigue:

Artículo 23. La estrategia, encabezada por la secretaría, tendrá como objetivo primordial promover la utilización, la investigación, el desarrollo y la inversión en las energías renovables a que se refiere esta ley y la eficiencia energética.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1. Cfrs. Memoria documental del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, publicada por la Secretaría de Energía y visible en la siguiente dirección electrónica: http://www.sener.gob.mx/irc/spedt/MD_FTEASE_E3.pdf

2. Cfrs.Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2012, visible en la siguiente dirección electrónica: http://www.sener.gob.mx/res/0/ENTE_2012.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de mayo de 2013.

La Comisión de Energía, diputados:Marco Antonio Bernal Gutiérrez (rúbrica), presidente, Juan Bueno Torio (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega (rúbrica), Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Javier Treviño Cantú (rúbrica), Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ricardo Astudillo Suárez (rúbrica), Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Erick Marte Rivera Villanueva (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu, Ricardo Villareal García (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), Irazema González Martínez Olivares (rúbrica), Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Noé Hernández González (rúbrica), Alfredo Anaya Gudiño, Blanca María Villaseñor Gudiño (rúbrica), Samuel Gurrión Matías (rúbrica), Abel Octavio Salgado Peña (rúbrica), Dora M. Guadalupe Talamantes Lemas (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Mario Alejandro Cuevas Mena, Javier Orihuela García (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Ricardo Astudillo Suárez, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

El diputado Ricardo Astudillo Suárez: Muchas gracias, presidente, con su permiso. Primero, lamentar los hechos desastrosos que han sucedido en nuestro país y solidarizarnos con todos nuestros compañeros mexicanos, que hoy necesitan de nuestro apoyo.

Quiero agradecer a la Comisión de Energía por permitirme el día de hoy explicar cuál es el sentido del dictamen que se ha presentado, muy en especial agradecer al presidente, al diputado Marco Antonio Bernal, quien dentro de la propia comisión ha demostrado que no solamente ha escuchado las voces de diferentes fuerzas políticas, sino que ha integrado y ha buscado que todas las propuestas queden plasmadas en todo lo que tiene que ver con las reformas que estamos haciendo.

Es el caso el día de hoy que una propuesta de nuestra compañera Yesenia Nolasco, representando al PRD, ha propuesto y que es de suma importancia: el tema de reformar la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y la Transición Energética, en lo que tiene que ver con el artículo 23 y que contempla el poder vincular el concepto de investigación a este artículo. Dicho concepto es muy importante y viene fundamentado de una forma muy responsable.

Me gustaría resaltar que hay datos muy interesantes, algunos de los cuales la comisión ha tomado la decisión y determinación de aprobar y apoyar en este dictamen. Tiene que ver, por ejemplo, compañeras y compañeros, que la propia Ley de Ciencia y Tecnología nos obliga a que por lo menos el 1 por ciento del producto interno bruto sea destinado en lo que tiene que ver con investigación. Hoy en día solamente aplicamos el punto 05 de este Presupuesto.

Sabemos y estamos conscientes dentro de la comisión que el poder integrar el concepto de investigación en el artículo 23, tampoco va a solucionar de fondo la problemática, puesto que eso tendrá que ver con lo que se discutirá en el Presupuesto 2014. Pero sí es muy importante que desde la comisión podamos implementar las herramientas correspondientes en lo que tenga que ver con el tema de las energías renovables.

Estamos esperando ya los grandes cambios de las reformas estructurales. Sin embargo, me parece muy acertada la propuesta de nuestra compañera Yesenia, sobre el hecho de ir buscando los mecanismos e ir adecuando todo lo que tiene que ver con las leyes secundarias para poder aprovechar al máximo la investigación.

Otra de las grandes propuestas que traería esta reforma es poder acceder a diferentes fondos, tanto internacionales como nacionales. Si bien es cierto que ya existen fideicomisos en lo que tiene que ver con el sector Conacyt y Secretaría de Energía, Conacyt-Sagarpa, etcétera, con esto también se puede implementar para poder acceder a estos fondos nacionales e internacionales.

Algo muy importante es también incentivar a la iniciativa privada para que seamos los promotores en el tema de la investigación.

Hoy en día en nuestro país uno de los principales problemas que hemos tenido es el poco desarrollo en cuanto a los bioenergéticos. Hemos estado en diferentes reuniones, en consejos consultivos encabezados por la Secretaría de Energía, en los que muchos productores de nuestro país se preguntan hasta cuándo podrán tener dichas tecnologías para poder desarrollar todo lo que tiene que ver con el tema del campo, como lo han hecho otros países y que ha sido una herramienta fundamental para combatir la pobreza, en lo que tiene que ver con biodiesel, biomasa, en lo que tiene que ver en general con todos los bioenergéticos.

Es una propuesta muy completa en la que la comisión ha coincidido en que se necesita impulsar una mayor investigación científica y tecnológica para poder desarrollar diferentes sistemas.

Parecería muchas veces, compañeras y compañeros, que los recursos naturales solamente nos han venido afectando en muchas de las situaciones: el tema de las altas temperaturas, cuando tenemos grandes sequías en el norte del país, los vientos dominantes de norte a sur, y los desastres que han dejado las inundaciones, etcétera.

Me parece que es momento de apostar a esta investigación en lo que tiene que ver con el aprovechamiento de los recursos naturales de nuestro país. Si no, de nada serviría la situación geográfica que tenemos ¿y que hace la diferencia en economías similares a la de nosotros? en que ellos sí han podido desarrollar sistemas de investigación, y que podamos vernos reflejados para salvaguardar a las nuevas generaciones.

Esta propuesta —compañeros y compañeras— es para apoyarnos a nosotros mismos en nuestro trabajo legislativo, es apoyar a las nuevas generaciones y así lo ha dictaminado la Comisión de Energía apoyando la propuesta de nuestra compañera Yesenia Nolasco. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias, diputado. Está a discusión el asunto. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, tiene el uso de la palabra la diputada Dora María Talamante Lemas.

La diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza consideramos que se debe aprovechar al máximo el potencial de las energías renovables con las que cuenta nuestro país, y para ello es de suma importancia incluir el precepto de la investigación científica y tecnológica como uno de los objetivos primordiales de la estrategia nacional para la transición energética y el aprovechamiento sustentable de la energía.

Es necesario destinar mayores recursos a la investigación de nuevas energías amigables con el medio ambiente. De ese modo estaremos sentando las bases para que México se encamine en la ruta de desarrollo sustentable.

El Grupo Parlamentario Nueva Alianza, consciente de la necesidad que tiene el país de una reforma energética, integral, que sea responsable y sustentable, consideramos que el presente dictamen abona a esta necesidad urgente del sector energético en México.

La investigación científica no solo ayudará a impulsar las energías renovables más factibles para el país, sino que con esto tendremos energía disminuyendo el impacto ambiental que a la fecha causa la generación de energía eléctrica.

En el 2011 las energías renovables representaron el 20.3 por ciento del total de generación de energía eléctrica en el mundo. En el mismo período las inversiones mundiales en el sector fueron de 257 mil millones de dólares, lo que significó un incremento del 17 por ciento, respecto al año anterior.

A febrero de 2012, México contó con 14 mil 324 megawatts de capacidad instalada de energía eléctrica basada en energías renovables, incluyendo grandes hidroeléctricas, lo que representó el 22.3 en la capacidad total de generación eléctrica del país. Esto de acuerdo al portal de Internet de ProMéxico.

La meta del gobierno federal —según el organismo mencionado— es alcanzar una capacidad instalada de tecnologías limpias del 35 por ciento para el año 2024. En 2011, México registró 200 millones de dólares como inversión total del sector, principalmente en proyectos eólicos.

Lo anterior, refleja el compromiso que tenemos como país de seguir avanzando en la transición energética buscando siempre la sustentabilidad. Por ello, la investigación científica es un factor indispensable para la búsqueda constante de nuevas alternativas energéticas.

Por lo que con base en la ubicación de nuestro país, con una política de Estado y una inversión necesaria, México puede convertirse en líder mundial en el desarrollo de energías renovables.

Debemos de aprovechar al máximo estas energías, ya que el petróleo es un recurso finito al cual no podemos seguir atados.

Por lo anterior, las diputadas y los diputados de Nueva Alianza votaremos a favor del presente dictamen. De esta manera ratificamos el gran compromiso de heredar a nuestros hijos y los hijos de nuestros hijos, un mundo sano y habitable. Es cuanto, señor presidente. Gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias, diputada Talamante Lemas. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, tiene el uso de la palabra el diputado José Alberto Benavides Castañeda.

El diputado José Alberto Benavides Castañeda: Con su permiso, presidente. Compañeras y compañeros diputados, la incorporación de la investigación como un objetivo primordial en la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, era sin duda una tarea pendiente que teníamos los legisladores.

Tomando en cuenta la obviedad de que los recursos son escasos, éstos tienen que procurar cubrir las necesidades sociales y también buscar proyectos productivos que detonen crecimiento y beneficios comunes entre los ciudadanos. La investigación  y el desarrollo de conocimiento y capital científico es, sin lugar a dudas, uno de los retrasos más serios que enfrenta nuestro país.

Como bien señala la diputada promovente, Yesenia Nolasco Ramírez, en México se carece de una estructura de investigación científica en materia ambiental que nos permita seguir avanzando en la consolidación de un Presupuesto autónomo, eficiente y equitativo, capaz de generar autonomía de gestión para cumplir objetivos estratégicos en los temas ambientales.

Es coincidente alrededor del mundo que el gasto en investigación y desarrollo representa una inversión sumamente rentable, tanto para empresas como para la sociedad en general, ya que esto les permite basar su dinámica económica en el conocimiento y agregar valor a sus productos o recursos naturales.

El gobierno debe de hacerse responsable de generar mecanismos que incentiven la búsqueda de conocimiento y enfocarlo a las áreas productivas involucrando a académicos, servidores públicos, estudiantes, asociaciones no gubernamentales y a la sociedad en general en la elaboración de las diferentes estrategias que el gobierno diseñe e implemente.

En cuestiones de investigación y de los resultados que de ésta deben emanar, hay que decir que la innovación en nuestro país se encuentra muy rezagada en relación a otros países. Como ejemplo, en Estados Unidos de América se generan 134 mil patentes por año y en México solo generamos 150.

Al incorporar el concepto de investigación a la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables, específicamente ligado a la estrategia relacionada con este tema fundamental, existe la posibilidad de que desde este ordenamiento jurídico se puedan obtener recursos del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía.

Coincidimos en que la estrategia —que se hace mención en esta iniciativa— debe de marcar la pauta con la cual México lleve a cabo proyectos, programas y medidas específicas, claras e incluyentes, que promuevan un mayor uso y aprovechamiento de las fuentes de energías renovables y las tecnologías limpias, para con ello reducir la gran dependencia que tenemos del consumo de hidrocarburos. Muchas gracias por su atención.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputado Benavides. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la palabra la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez.

La diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez: Con su venia, señor presidente. Sin lugar a dudas, uno de los mayores problemas que enfrenta nuestro país en la implementación de políticas públicas radica en la falta de estructuras integrales, que permiten abordar las demandas nacionales, contemplando todas las aristas y no simplemente ofreciendo soluciones acotadas, parciales y cortoplacistas.

Entre los rubros que más han sufrido el abandono del gobierno sobresale el área de ciencia y tecnología de la investigación, ya que aun cuando el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) recibió dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 un incentivo de 11.5 por ciento de recursos respecto a los otorgados en 2012, dicho monto representa tan solo el 0.5 por ciento del producto interno bruto, contraviniendo a lo establecido en la Ley de Ciencia y Tecnología, la cual establece que el 1 por ciento de los ingresos del país deberán destinarse a esta actividad.

En el caso particular del sector energético, la creación de los incentivos orientados a la investigación representa una tarea de doble importancia, ya que no tan solo genera la posibilidad de la ampliación de empleos y calidad de vida, sino que permite la promoción de fuentes de energía alterna.

Lo preliminar resulta de suma importancia, puesto que información científica reciente muestra que los impactos ambientales derivados de los patrones de producción, generación y consumo de energía, así como las presiones demográficas, podrían provocar transformaciones masivas en el entorno que enfrentarán las generaciones futuras.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Ecología, México es uno de los países con mayor vulnerabilidad ante el cambio climático, pues no hay una sola entidad que no enfrente por lo menos una amenaza grave debido a sus efectos.

Sin embargo, en nuestro país las políticas para prevenir y mitigar los efectos, así como la legislación para proteger y conservar el medio ambiente siguen siendo escasas e insuficientes. Lo previo deja en evidencia la urgencia de implementar una serie de medidas, acciones y políticas para procurar, cuanto antes, la adaptación de cambios que retrasen el cambio climático y mitiguen las emisiones de gas de efecto invernadero.

Es por esto que en Movimiento Ciudadano respaldamos el dictamen que se discute el día de hoy, el cual pretende incorporar el concepto de investigación como un objetivo primordial de la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, ya que actualmente el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética solo considera como objetivos primordiales la utilización, el desarrollo y la inversión respecto de energías renovables.

Si bien lo anteriormente propuesto es deseable para colocar a nuestra nación como un país líder en investigación ambiental, consideramos que no es suficiente.

Debido a la crisis coyuntural en la que nos encontramos vale la pena mencionar que no solo resulta menester promover la utilización de fuentes de energías renovables y tecnologías limpias, es necesario que los beneficios obtenidos de las políticas previamente descritas recaigan en el bienestar de todos los mexicanos y no que solo se concentren en intereses oligárquicos y extranjeros.

Para comprobar que las acciones de investigación realizadas hasta ahora han favorecido únicamente a unos cuantos, basta con observar los proyectos que los productores independientes de energía —actores que constituyen el 36 por ciento de la capacidad efectiva de generación del país— han realizado, los cuales no han representado bienestar alguno en las condiciones de vida de los ciudadanos de nuestro país. Entre las principales empresas beneficiadas con la compra de energía eléctrica por parte de la Comisión Federal de Electricidad se encuentra Iberdrola, la cual brinda a la paraestatal 31 mil 600. Es decir, el 85 por ciento de los 37 gigavatios que operan en México.

La compañía española ha realizado proyectos millonarios de investigación en energía renovable, como el parque eólico La Venta III, por 200 millones de dólares. Y la planta de Enertec, por 40 millones de dólares, los cuales no se han traducido en reducciones de tarifas o generación de empleos para los mexicanos.

¿De qué servirá fomentar la investigación, si ésta beneficiará únicamente a actores privados y foráneos? Frente al momento histórico que vive el país, donde el gobierno deliberadamente ha trazado una política entreguista, es nuestro deber —como legisladores— garantizar que cualquier medida implementada promoverá el bienestar de los ciudadanos.

Estamos a favor de la investigación. Pero ésta se debe materializar en beneficios para todos y no quedarse en letra muerta, o favorecer tan solo a los más privilegiados. Por tanto, el Grupo Parlamentario de Movimiento ciudadano votará a favor del dictamen. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias, diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez.

Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tiene el uso de la palabra la diputada Rosa Elba Pérez Hernández.

La diputada Rosa Elba Pérez Hernández: Viva México. Viva Cantarell. Nuestro país ha sido bendecido ciertamente por la existencia de un recurso, objeto del deseo mundial, que ha mantenido al país en marcha los últimos 80 años. Y hoy somos lo que somos gracias a los recursos obtenidos a partir de nuestros hidrocarburos, ha sido nuestro sustento. Pero en unos años Viva Cantarell será parte de un pasado glorioso que contarán los padres a los hijos.

¿Acaso no pudimos ir más allá? ¿Nos venció el gas shale? ¿Nos venció la tecnología? ¿No era la labor de alguien ocuparse de desarrollar tecnología para la extracción de petróleo en aguas profundas?

¿Qué habría pasado si el Instituto Mexicano del Petróleo —que ahora resulta que es el malo de la película— hubiera sido capaz de cumplir su misión de desarrollar nuevas tecnologías de extracción? El fantasma del gas shale no rondaría en la conciencia del sector petrolero mexicano, pero nos alcanzó el destino.

¿Por qué no comprar la tecnología de patente en el mercado internacional del petróleo? Para empezar es muy cara y, en segundo lugar, los usuarios actuales no la querrían vender. Por otro lado, resulta que la mayoría de las actividades y bienes producidos a partir del petróleo son los grandes generadores de bióxido de carbono. Por esto no debemos concentrarnos en el petróleo, porque el cambo climático sí existe.

Como dijo Barack Obama: No discutamos con aquellos que creen que la tierra es plana. El cambio climático existe, y Acapulco es la evidencia de que el cambio climático sí existe. La naturaleza no olvida ni perdona. De hecho, si lo vieron por ahí en la tele, hubo un fraccionamiento con un mal uso de suelo, que fue el que obstaculizó el flujo natural del agua.

Nadie puede vivir en el vapor, en las inundaciones permanentes y extremas, por eso requerimos de la transición energética. Pero para eso, compañeros, se necesita dinero, se necesita dinero para la investigación.

Por cierto, quiero comentarles que las nuevas energías no se reducen solamente en la solar o a la eólica. Les pido que registren en sus libretas el término de energía antropogénica reconvertida o de segunda generación. Se trata del calor acumulado en ciudades o en los movimientos mecánicos del cuerpo. En Japón ya se utiliza para mover escaleras eléctricas, mecanismos de relojes, etcétera.

Suena extravagante, pero les comparto que ya hay empresarios alemanes y americanos que ya han invitado al presidente Enrique Peña Nieto, a través de la embajadora de Alemania, en este caso, a que conozca a los vendedores de la electricidad limpia en aquel país.

Pero, ¿y qué pasa —insisto— con nuestra investigación sobre las energías? Requerimos del financiamiento, pero hay que ser congruentes. ¿Dónde está el dinero? ¿Dónde está el dinero que hasta ahora había sido asignado? Les cuento, en el PEF 2013, a ocho secretarías federales le fueron asignados 34 mil millones de pesos bajo el anexo 15, que se dirige a remediación del cambio climático.

El Fondo de Cambio climático, sin embargo, tiene un triste millón de pesos, solo un triste millón de pesos. ¿A dónde se fueron los 34 mil millones de pesos vía el anexo 15? Que nos digan si se fueron a botes de la basura pintados de verde en estas ocho secretarías o si se fueron a carros eléctricos. ¿Saben por qué? Porque 34 mil millones de pesos de diagnósticos y de estudios no alivian el cambio climático ni la contaminación ni nada.

Pedimos explicaciones. Ayer nos llegó esa información, está llena de verbos como: promover, impulsar, fomentar. Eso no sirve, señores. Eso no sirvió para Acapulco. ¿Dónde están esos 34 mil millones de pesos?

Aprovechamos también para hacer una muy seria y respetuosa invitación, y aquí están los enlaces legislativos de las respectivas secretarías. Es una seria invitación a Semarnat –lo repito– a Semarnat y al Instituto Nacional de Cambio Climático, a que comparta con los mexicanos, no solamente con nosotros en la Comisión de Cambio Climático, las nuevas reglas de operación del Fondo de Cambio Climático. Tenemos un año esperándolas.

Le dije a mis compañeros, si va a venir la directora del Instituto Nacional de Cambio Climático a enseñarnos una presentación de Power Point y no un documento de Word con esas reglas de operación, que mejor ni venga, que no nos haga perder el tiempo.

Ahora, China y Estados Unidos de América, los dos grandes consumidores de petróleo ya están en transición energética, ¿y saben qué? Se han creado miles de empleos en la investigación, producción y comercialización de nuevas tecnologías.

Requerimos también, compañeros del PAN, la participación real de la comunidad empresarial. Basta de los logos verdes que dicen: empresa sustentablemente activa. No. Queremos que implementen estas tecnologías en sus fábricas y negocios.

Por eso el Partido Verde votará a favor de la iniciativa que reforma –ahí les va– el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de Transición Energética, para que se incorpore el término investigación a su redacción y así se fortalezca la estrategia nacional.

Queremos proporcionar un marco legislativo para la sustentabilidad, pero esta vez para la sustentabilidad del desarrollo nacional. Que no nos pase de nuevo lo de Cantarell. Que viva Cantarell. Sí, que sea una cosa del pasado. Pero necesitamos tecnología para seguir adelante. Gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputada Rosa Elba Pérez Hernández. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, tiene el uso de la palabra el diputado Javier Orihuela García.

El diputado Javier Orihuela García: Compañeros diputados y compañeras diputadas, el PRD viene a ratificar la propuesta de nuestra compañera Yesenia, a ratificar que la investigación es uno de los elementos fundamentales para tomar decisiones acertadas y, particularmente, en lo que respecta al artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de Transición Energética.

Es necesario que se incorpore a este ordenamiento la investigación, como una medida fundamental para seguir avanzando en la investigación, la instrumentación, la aplicación y el uso de las energías renovables. El uso de las energías renovables nos va a permitir transitar a una sociedad baja en carbono y nos va a permitir, compañeros y compañeras, evitar las catástrofes que hoy estamos padeciendo.

Hoy que se están destinando miles de millones de pesos a los damnificados por el fenómeno de las tormentas Manuel e Ingrid, tenemos que reflexionar que no podemos seguir con este modelo económico basado en el uso de energías fósiles.

Esto que nos está pasando, compañeros, no es nuevo ni tenemos que venir a rasgarnos las vestiduras. Es algo que hemos provocado con este sistema económico que basa su desarrollo en las energías no renovables en el uso del petróleo.

Por ello hoy esta iniciativa reviste un gran interés para que transformemos, mejoremos este instrumento que nos permita transitar hacia una sociedad sustentable, basada en lo que hoy la naturaleza nos da: el sol, el aire, los recursos hidráulicos. Grandes volúmenes de energía que se nos presentan sin que nos cueste más que aplicar la investigación y la adopción de esas tecnologías, compañeros.

Hoy que estamos a las puertas de la discusión de una reforma energética creemos necesario plantear aquí que la verdadera reforma energética es aquella que se basa en el uso de las energías renovables. Debemos dejar atrás el uso del petróleo, de las energías fósiles. Debemos dejar atrás la emisión de gases de efecto invernadero que provocan precisamente estas tragedias, compañeros.

Por eso hoy podemos decir que los 34 mil millones de pesos —a que hacía referencia nuestra compañera Elba— decirles, compañeros, que el Presupuesto federal tiene que estar constituido, coordinado con medidas que nos permitan mitigar los efectos del cambio climático. Pero para ello en este próximo Presupuesto solicitamos que al menos el 1 por ciento del producto interno bruto se canalice a las áreas de investigación.

Tenemos muy buenos institutos de investigación, pero sin recursos económicos. Tenemos investigadores que hoy están desempleados, porque los ha corrido Petróleos Mexicanos y están ahí presentes, atentos a que cambiemos la situación de este país, a que cambiemos la situación económica de este país, a que cambiemos el paradigma de desarrollo de nuestro país, para que estos miles y miles de investigadores —que han sido corridos en los dos periodos anteriores— puedan reincorporarse y aportar su gran información, talento. Crear una base de datos que nos permita avanzar hacia una economía baja en carbono.

Sí podemos hacerlo, compañeros diputados, pero está en nosotros poder decidir que hoy el desarrollo económico de nuestro país esté basado en las energías renovables, compañeros. Ése es el reto que tenemos como diputados y diputadas, compañeros. Imbuirnos de esta necesidad de dejar atrás el uso de las energías renovables, compañeros.

Por ello hoy estamos apoyando, ratificando que la investigación es el mecanismo más importante para transitar hacia esa economía baja en carbono. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Abel Octavio Salgado Peña, para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRI.

Perdón, diputado, perdón, es una omisión mía, antes de usted va el diputado, perdón. Tiene la palabra el diputado Jorge Rosiñol Abreu, para fijar la posición del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Jorge Rosiñol Abreu: Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, en el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional coincidimos con incorporar el concepto de investigación como un objetivo primordial en la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. Al respecto es importante precisar que debemos invertir más en el desarrollo de las energías renovables y parte de esa inversión se debe destinar a la investigación.

En ese sentido, es importante señalar que en 2011 las energías renovables representaron el 20.3 por ciento del total de generación de energía eléctrica en el mundo y la inversión realizada para su desarrollo a nivel mundial fue de 257 mil millones de dólares.

En China se invirtieron 51 mil millones de dólares. En Estados Unidos de América 48 mil millones de dólares, y en Alemania 31 mil millones. Es decir, estos tres países invirtieron el 50 por ciento del total mundial de los recursos que se destinaron al desarrollo de tecnologías para el aprovechamiento de energías renovables. Es por ello que estos países son líderes en el rubro y tienen un mayor avance en lo que respecta a la investigación y desarrollo tecnológico en materia de energías renovables.

En este contexto, es necesario también hacer mención que en la pasada administración se hicieron importantes esfuerzos por impulsar el desarrollo de las energías renovables y de fomento a la investigación en este rubro.

Actualmente nuestro país cuenta con centros de investigación de energías renovables, entre los que destacan el Centro de Investigación de Energía de la UNAM, el Instituto de Investigaciones Eléctricas y el Centro de Políticas para el Crecimiento Sustentable, Asociación Civil.

También se cuenta con apoyos por parte del Fondo Sectorial de Sustentabilidad Energética Sener-Conacyt, mismo que se dirige a las instituciones de educación superior y centros de investigación que promuevan la innovación e investigación científica y tecnológica aplicada a las fuentes renovables de energía, eficiencia energética, uso de tecnologías limpias y la diversificación de fuentes primarias de energía.

Adicionalmente en materia fiscal se permite depreciar el 100 por ciento de las inversiones en maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables y se exenta el pago del impuesto general de importación o de exportación, a equipos anticontaminantes y sus partes, así como maquinaria y equipo, instrumentos, materiales, plantas y demás artículos para investigación y desarrollo tecnológico relacionado con fuentes renovables de energía y tecnologías limpias.

Si bien se han dado pasos importantes en este campo, en Acción Nacional consideramos viable e importante incorporar el concepto de investigación como un objetivo primordial en la estrategia nacional para la transición energética y el aprovechamiento sustentable de la energía.

México sin duda debe aprovechar al máximo el gran potencial que tiene en la materia, toda vez que existe una riqueza considerable en nuestro país.

Por lo antes expuesto, es importante resaltar que el presente dictamen viene a fortalecer la política de fomento e impulso al aprovechamiento de las energías renovables. Es de esta manera que el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional votará a favor del presente dictamen. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Ahora sí, tiene la palabra el diputado Salgado Peña para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Abel Octavio Salgado Peña: Con el permiso de la Presidencia. Honorable asamblea, vengo a nombre de mis compañeras y mis compañeros diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a manifestar la intención de nuestro voto a favor del dictamen que reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables.

En el Grupo Parlamentario del PRI estamos a favor de generar investigación en temas energéticos, cuyo objetivo tienda a promover e incentivar fuentes de energía alternativa. No se trata de agregar palabras sin sentido, se trata de incorporar una práctica cuyos resultados redunden en el beneficio concreto para el usuario del servicio de energía eléctrica.

Vemos posible que a través de la investigación se implementen medidas asociadas con el aprovechamiento sustentable de la energía en sectores productivos de nuestro país, como una opción que no solo permita reducir las emisiones de gases de efecto invernadero por el ahorro de energía resultante, sino que represente una alternativa para mejorar el carácter sostenible de las empresas y sectores económicos sin afectar su productividad, por citar solamente un ejemplo.

Uno de los objetivos de la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía radica en promover e incentivar la investigación de fuentes de energía alternativa. Con esta medida contribuimos con el Ejecutivo federal a la implementación de políticas públicas que eviten el calentamiento global, así como a la búsqueda de fuentes de energía alterna a las convencionales, como la solar o la eólica.

Por otra parte, consideramos que el establecimiento de fondos verdes de apoyo a la ciencia y tecnología es una alternativa para atender problemas como el cambio climático, que representa ahorros para el sector público y eficiencia en el uso de energías alternas.

Creemos que no hay mejor inversión que la investigación. En este caso, como un objetivo esencial de la estrategia citada y cuyos trabajos es muy probable que arrojen como resultado nuevos esquemas de ahorro de energía, o nuevas técnicas de aprovechamiento que redunden en beneficio de los usuarios del servicio público de energía.

Cuando los tiempos así lo determinen, nos aseguraremos de ejercer nuestra facultad en el Presupuesto de Egresos y habremos de aprobar los recursos necesarios para dar cumplimiento a la investigación que requiere la implementación de esta medida, convencidos de los beneficios que traerá a futuro.

En el Grupo Parlamentario del PRI —por mi conducto— deseamos transmitir la importancia de aprobar este dictamen como una manera de contribuir a la dotación del 1 por ciento del producto interno bruto en ciencia y tecnología a que se refirió el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, en su mensaje con motivo del primer Informe de Gobierno.

Por todo lo anterior, creemos que hay coincidencia y armonía entre el texto propuesto en este dictamen con la estrategia señalada, para obtener un producto para su consumo originado de las investigaciones en materia de la aprobación del presente dictamen.

Por ello, el posicionamiento del Grupo Parlamentario del PRI respecto del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 23 de la Ley de Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, es a favor.

A favor de contribuir a que los mexicanos contemos con mejores formas de aprovechamiento de las energías. A favor de que la investigación sea el motor que impulse el aprovechamiento de energías y su renovación. A favor, conscientes de que la inversión en este campo será devuelta en mejores productos de consumo para la industria y el hogar, como medio para el impulso económico de nuestro país. Muchas gracias por su atención.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Agotada la lista de oradores, el asunto está evidentemente suficientemente discutido, por lo que voy a pedir a la Secretaría que se abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

Vamos a abrir el sistema electrónico para tomar la votación nominal del proyecto de decreto, por cinco minutos.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

Ciérrese el sistema electrónico. Señor presidente, se emitieron a favor 404 votos, 0 abstenciones, 0 en contra.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado por unanimidad en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.



LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: «Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, inciso a) y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, fracción II, 82, numeral 1, 84, 85 y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, expone a consideración de esta asamblea el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

1. En la sesión del 26 de febrero de 2013, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta al pleno de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la diputada Gisela Raquel Mota Ocampo (PRD), suscrita por los integrantes de la Comisión de la Reforma Agraria y determinó turnada para dictamen a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3716- VII, el martes 26 de febrero de 2013.

Contenido de la iniciativa

1. La iniciativa presentada por la diputada Gisela Raquel Mota Ocampo propone modificar la denominación de la Comisión de “Agricultura y Sistemas de Riego” por “Agricultura y Ganadería” y crear la Comisión de “Desarrollo Agrario” en la Cámara de Diputados.

2. Por principio de cuentas, es de precisar, que la proposición de la diputada y suscrita por los diputados integrantes de la Comisión de la Reforma Agraria, plantea incorrectamente la modificación a la fracción XXXII del numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, lo anterior en virtud de que el objeto es cambiar la denominación a la Comisión de la Reforma Agraria, pero la fracción XXXII de dicho precepto legal se refiere a la Comisión de Justicia, por tanto, de acuerdo a una correcta técnica legislativa, el dictamen se ceñirá a la modificación de la fracción LXIII del mismo precepto legal, en virtud de ser esta la que contempla a la Comisión de la Reforma Agraria.

3. En la exposición de motivos la iniciativa destaca que al modificarse la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de la Reforma Agraria se transforma en Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. Este cambio introduce para bien, la concepción del desarrollo agrario como una de las funciones y responsabilidades de la nueva dependencia. Por lo mismo, el tema agrario dejará de abarcar exclusivamente el aspecto jurídico de la tenencia de la tierra para enriquecerse con la tarea de procurar el desarrollo social de quienes habitan los núcleos agrarios en el país.

4. Del mismo modo expone que tenemos la responsabilidad de formar comisiones en las que se analizarán, estudiarán y dictaminarán iniciativas de ley o decretos necesarios en beneficio de los mexicanos y que dicha labor será posible en la medida en la que los órganos internos de manera legal nos lo permitan. Por lo mismo, debe existir una correspondencia plena entre los trabajos que realizan las diferentes dependencias del Ejecutivo federal con las tareas legislativas que desarrollan las comisiones del Congreso

Consideraciones

1. La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Analizado el planteamiento de la proponente, el cual además se encuentra signado también por los integrantes de la Comisión de la Reforma Agraria, es dable mencionar que tal como lo expresa la proponente, en diciembre del año pasado fue reformada la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en donde se modificó el artículo 26 de dicho ordenamiento siendo cambiada la denominación de la Secretaría de la Reforma Agraria por la de Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

3. De acuerdo a la exposición de motivos de la propuesta, uno de los objetos del cambio de la denominación de la dependencia en cita es “transformar a la Secretaría de la Reforma Agraria para convertida en una dependencia renovada, actualizada, que atienda tanto a la población que vive y trabaja en el campo, como los nuevos hechos que el mundo rural nos plantea, como la acelerada conversión de tierras antes de uso agrícola, ganadero o forestal en terrenos urbanos, que se incorporan al mapa de las ciudades a lo largo y ancho del territorio nacional”.

4. Por otra parte, se debe considerar que los alcances del término “Reforma Agraria”, en la actualidad pueden encontrarse ya rebasados, ello conforme a lo siguiente:

• La reforma agraria en México, se desarrolló como un proceso de formación de unos minifundios cuya producción era insuficiente para satisfacer plenamente las necesidades de las familias campesinas. Los campesinos que luchaban por la obtención de tierras pedían tierras de cultivo, y querían conseguir la seguridad alimentaria y la autonomía mediante el consumo directo de alimentos básicos de producción propia.

• La Reforma Agraria en términos generales incluyó el reparto de tierras en su artículo 27. Desde entonces, y con sucesivas adecuaciones hasta 1992, el reparto de tierras fue mandato constitucional y política del Estado mexicano.

• A través de la reforma constitucional de 1992 el presidente de la República perdía las facultades extraordinarias relativas al reparto de la tierra como proceso administrativo, las cuales le habían permitido intervenir directamente en las decisiones internas de los ejidos. La nación dejaba de ser propietaria jurídica de las tierras sociales, y la propiedad de éstas pasaba a los ejidos. Los ejidos, en su calidad de sociedades propietarias de las tierras, no quedaban subordinados a las autoridades gubernamentales, en tales términos se rompía así el vínculo tutelar entre el estado y los campesinos; y los productores rurales, dotados de un capital territorial, fueron libres de manejar su propio desarrollo.

• En los años subsecuentes se comienzan a implementar programas de apoyo para la producción y desarrollo del sector agropecuario.

5. De lo anterior podemos fijar que el proceso de Reforma Agraria surge en virtud de las desigualdades existentes a principios del siglo pasado, entre quienes trabajaban el sector agrario, motivo por el cual al término de la Revolución, conlleva a implementar un plan para ordenar dicho sector, sobre todo con acciones como el reparto de tierras, siendo esto parte de la Reforma Agraria. Sin embargo, este tipo de acciones fueron radicalmente cambiadas en mérito de la reforma del artículo 27 en los noventa donde el reparto de tierras ya no es principal objeto de las acciones para explotar el campo, sino propiciar su desarrollo, mediante otro tipo de acciones, como apoyos económicos.

6. Por lo anteriormente expuesto, apoyamos el criterio expuesto en la iniciativa, para realizar el cambio de la denominación de la Comisión de la Reforma Agraria por Comisión de Desarrollo Agrario, además que tal denominación sería uniformidad a lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal vigente. Sumado a ello, valoramos que la propuesta se encuentra apoyada incluso por los propios integrantes de la comisión en comento.

7. No obstante lo anterior, respecto a la propuesta de cambiar la denominación de la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, por la denominación de Agricultura y Ganadería, se considera pertinente su desechamiento con base a las siguientes razones:

• El artículo 39 numeral 1 de la Ley Orgánica del Congresos General de los Estados Unidos Mexicanos establece que las comisiones son órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

• En virtud de ello en su numeral 2, el citado artículo enumera en diferentes fracciones cuáles serán las comisiones ordinarias, estableciendo en la fracción I la de Agricultura y Sistemas de Riego y en la fracción XXVII, la de Ganadería.

• Así las cosas, no se debe perder de vista que la creación de las comisiones tiene por objeto atender las peticiones realizadas de los asuntos que sean acordes a su competencia, como lo señala el artículo 159, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Sumado a ello, no se debe perder de vista que desde el punto de vista teórico, las comisiones funcionan como estructura orgánica básica de la división del trabajo en las cámaras.

• En virtud de lo anterior, es dable señalar que las comisiones atienden los asuntos acordes a su competencia y por ende la comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, propuesta para su cambio de denominación, sólo conoce de los asuntos relacionados con la agricultura y no con la ganadería, ya que para ello se encuentra precisamente conformada la Comisión Ordinaria de Ganadería, luego entonces, el cambio de denominación propuesto englobaría a dos comisiones y podría conllevar a la desaparición de una de ellas.

Por todo lo anterior expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura proponemos a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforma el numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modificándose el texto de la fracción XVII, recorriéndose en el orden subsecuente la actual fracción XVII, pasando a la XVIII hasta la fracción XLII; asimismo se modifica el texto de la fracción XLIII, pasando a ser la actual fracción XLII, para quedar como sigue:

Artículo 39.

1. ...

2. ...

...

I. a XVI. ...

XVII. Desarrollo Agrario;

XVIII. Desarrollo Metropolitano;

XIX. Desarrollo Municipal;

XX. Desarrollo Rural;

XXI. Desarrollo Social;

XXII. Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial;

XXIII. Economía;

XXIV. Educación Pública y Servicios Educativos;

XXV. Energía;

XXVI. Fomento Cooperativo y Economía Social;

XXVII. Fortalecimiento al Federalismo;

XXVIII. Ganadería;

XXIX. Gobernación;

XXX. Hacienda y Crédito Público;

XXXI. Igualdad de Género;

XXXII. Infraestructura;

XXXIII. Justicia;

XXXIV. Juventud;

XXXV. Marina;

XXXVI. Medio Ambiente y Recursos Naturales;

XXXVII. Pesca;

XXXVIII. Población;

XXXIX. Presupuesto y Cuenta Pública;

XL. Protección Civil;

XLI. Puntos Constitucionales;

XLII. Radio y Televisión;

XLIII. Recursos Hidráulicos;

XLIV. a LII. ...

3. ....

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Todos los asuntos turnados a la actual Comisión de la Reforma Agraria, se entenderán remitidos a la Comisión de Desarrollo Agrario.

Notas:

1. Consultado en línea en http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2012/nov/20121122-VI.pdf

2. Cfr. http://www.fao.org/docrep/006/j0415t/j0415t09.htm

3. Muro Ruíz, Elíseo, Algunos elementos de técnica legislativa, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, México, 2007, pág. 165.

Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el Recinto Legislativo de San Lázaro, en su reunión ordinaria del 29 de mayo de 2013.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Brenda María Izontli Alvarado Sánchez (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme (rúbrica), Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), Ricardo Monreal Ávila, Roberto López Suárez (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura, Cristina González Cruz, Norma Ponce Orozco, Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Marcos Rosendo Medina Filigrana, Jorge Salgado Parra, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen por la comisión tiene el uso de la voz el diputado Marcos Aguilar Vega.

El diputado Marcos Aguilar Vega:Con su permiso, presidente. Compañeros y compañeras diputadas, con fundamento en el artículo 76, numeral 1, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante ustedes a nombre de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias el dictamen por el que se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El dictamen que nos ocupa plantea cambiar la denominación de la actual Comisión ordinaria de la Reforma Agraria por el de Comisión de Desarrollo Agrario. Cabe mencionar que este cambio de denominación se está planteando inicialmente con el objeto de armonizarlo con la reforma realizada a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero del año en curso. Esto en función que a raíz de esa reforma se cambió la denominación de la Secretaría de la Reforma Agraria por el que tiene actualmente, esto es como Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano.

Por tal motivo, en clara correspondencia plena entre los trabajos que realizan las diferentes dependencias del Ejecutivo federal con las tareas legislativas que desarrollan las Comisiones del Congreso, es que ahora ponemos a consideración del pleno el presente dictamen.

A mayor abundamiento, cabe mencionar que en el desarrollo de los trabajos de la comisión —que me honro representar en esta tribuna— estimamos pertinente el cambio de la denominación de la comisión, toda vez que el término Reforma Agraria surgió en virtud de las desigualdades existentes a principios del siglo pasado entre quienes trabajaban en el sector agrario, motivo por el cual al término de la Revolución conlleva a implementar un plan para ordenar dicho sector, sobre todo con acciones como el reparto de tierras, siendo éste parte de la Reforma Agraria.

Sin embargo, este tipo de accione fueron radicalmente cambiadas en mérito de la reforma al artículo 27 constitucional en los años noventas, donde el reparto de tierras ya no es el principal objeto de las acciones para explotar el campo, sino propiciar su desarrollo mediante otro tipo de acciones: con apoyos económicos, materiales o de capacitación.

Incluso en la misma reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que cambió la denominación de la dependencia, se argumentó que dicho cambio obedeció a transformar a la Secretaría de la Reforma Agraria para convertirla en una dependencia renovada, actualizada, que atienda tanto a la población que vive y trabaja en el campo, como los nuevos hechos que el mundo rural nos plantea, como la acelerada conversión de tierras, antes de uso agrícola, ganadero o forestal, en terrenos urbanos, que se incorporan al mapa de las ciudades a lo largo y ancho del territorio nacional.

Por ello, resulta adecuado el cambio de la denominación de la actual Comisión ordinaria de la Reforma Agraria, por el de Comisión del Desarrollo Agrario, siendo pertinente apuntar que actualmente contamos con comisiones especializadas en los temas territorial y urbano.

De esta forma, en el presente dictamen la propuesta es que el nombre de la comisión sea únicamente de Desarrollo Agrario, sumado a ello es dable mencionar que la propuesta original fue signada de conformidad por todos los miembros que actualmente integran la Comisión de la Reforma Agraria.

En tales condiciones, sometemos a su consideración el dictamen en comento, el cual en caso de contar con su aprobación permitirá cambiar el nombre de dicha comisión por uno que represente el momento agrario actual que vive el país y con ello se uniforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal vigente, concretamente a su artículo 26.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, solicito —señoras y señores diputados— de manera respetuosa su voto a favor de este dictamen, que está su consideración. Es cuanto, señor presidente, muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias a usted, diputado. Está a discusión el dictamen. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, tiene el uso de la voz el diputado Fernando Bribiesca Sahagún.

El diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Con su venia, presidente. Estimadas compañeras diputadas y compañeros diputados, en mi grupo parlamentario apoyamos el sentido del dictamen para realizar el cambio de la denominación de la Comisión de la Reforma Agraria por Comisión de Desarrollo Agrario.

El objeto de las comisiones legislativas radica en manejar y desahogar de mejor manera temas que por su naturaleza o materia se circunscriben a ámbitos específicos de la vida nacional.

Es necesario que las comisiones representen de manera real los diversos ámbitos de la vida legislativa, para que se haga un trabajo especializado y de calidad, que ayude al pleno de esta Cámara a emitir un voto informado y razonado.

Por lo anterior, mi grupo parlamentario se suma al dictamen emitido por la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias que realizó el proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El dictamen hace una adecuación en la nomenclatura de la comisión y amplía el alcance de ésta, enfocando su función en promover un desarrollo armónico del sector. La reciente modificación a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que transformó a la Secretaría de la Reforma Agraria en Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano nos brinda más elementos en la decisión de votar en sentido afirmativo el presente dictamen.

Debe existir una correspondencia plena entre los trabajos que realizan las diferentes dependencias del Ejecutivo federal con las tareas legislativas que desarrollan las comisiones del Congreso.

La reforma proporciona una mayor congruencia a los conceptos y a las acciones que se plantean desde los Poderes Legislativo y Ejecutivo. En Nueva Alianza saludamos esta reforma, ya que debemos impulsar las condiciones normativas idóneas para que nuestro trabajo sea más eficiente. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra la diputada María del Carmen Martínez Santillán, para fijar la posición del Partido del Trabajo.

Aprovecho la oportunidad para darle la bienvenida al licenciado Manuel Álvarez Sánchez, presidente electo del municipio de Coscomatepec, en el estado de Veracruz, que está aquí invitado por el diputado Juan Isidro del Bosque Márquez. Bienvenido a la sesión.

La diputada María del Carmen Martínez Santillán: Con permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acudo a esta tribuna a fijar posición acerca del dictamen que nos presenta la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, por el que se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo que se nos propone es ajustar la denominación de la Comisión de Reforma Agraria por Comisión de Desarrollo Agrario para ponerlas en concordancia con las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el que se cambia la denominación de la dependencia del Ejecutivo, con la cual la Comisión de Desarrollo Agrario tendrá la vinculación.

El propio artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso, en su numeral 3, establece que la comisión ordinaria del dictamen legislativo, en cuanto a sus competencias corresponde con las otorgadas a las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Más aún, la denominación en el desarrollo rural integral es más amplia y en la consecución de estos fines intervienen varias dependencias del Ejecutivo, como varias comisiones ordinarias de esta Cámara.

Las reformas al marco jurídico agrario, desde 1992 a la fecha y la realidad del propio campo mexicano obligan al diseño político de los estados que tienden a salvaguardar la soberanía alimentaria del país.

Independientemente de la denominación de una o varias comisiones que tengan qué ver con el campo, los diputados del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo sostenemos que a los productores del campo se les tiene que apoyar con recursos presupuestales para garantizar la producción suficiente de los alimentos que los mexicanos demandan.

A los productores se les tiene que apoyar con los recursos técnicos, financieros, incluso de comercialización que requieren. Los campesinos mexicanos han creado un lema muy importante: El campo no aguanta más, porque se les ha abandonado y no se les apoya con subsidios, cosa que sí ocurre en otros países.

En este sentido, el simple cambio de nombre a la comisión de esta Cámara en nada resuelve los graves problemas con los que atraviesa el campo mexicano. Tampoco se facilita el trámite y resolución que se les dan a las iniciativas en las respectivas comisiones a efecto de que sea más sencillo, pronto y justo.

Sin embargo, la iniciativa que hoy discutimos es un buen comienzo para agilizar el funcionamiento de esta Cámara, motivo por el cual apoyaremos en lo general y en lo particular el dictamen que se nos presenta. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora la palabra el diputado José Soto Martínez, para fijar la posición del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado José Soto Martínez: Con su permiso, diputado presidente. Diputadas y diputados, hoy vengo aquí a nombre de mi grupo parlamentario para apoyar el cambio de nombre de una comisión de las 11 que creamos, que no supimos ponerle el nombre adecuado. Y eso nos ha hecho perder más tiempo, cuando tenemos muchos dictámenes y muchas iniciativas que están esperando que sean pasadas por el pleno.

Qué bueno que se le cambia el nombre, pero más bueno sería que apoyáramos al campo –como lo dijeron ya mis compañeros, mis compañeras– con tecnología, con recursos financieros y con la comercialización, que tanta falta le hace al campo mexicano.

Después de tener tantos problemas en nuestro país, como el de los maestros —que se ha prolongado— ahora los problemas que se tienen con las inundaciones en casi todo el país, nadie ha hablado de las pérdidas que van a tener los campesinos de México, porque también ellos están esperando los fondos del gobierno para resarcir el daño que han tenido por estos cambios climáticos que ha habido en todo el mundo.

Tenemos ya a los cañeros que están tomando carreteras, que están tomando autopistas, casetas. Y todavía les falta que cierren el año azucarero, porque de seguro que todavía va a bajar más el precio. Y todavía de lo que quedaron a deber, como decía la canción de El Barzón: Aquí tienes tu papel y vete para que sigas abonando.

Es urgente el apoyo al campo. Necesitamos, compañeras y compañeros, de veras ponernos de acuerdo –todos los diputados, todas las diputadas– para que en el Presupuesto de veras vaya una partida que por primera vez al campo campesino y lo hagamos que produzca. Tenemos a los campesinos que saben producir, que saben jugársela con México, porque sembrar en el campo sí es jugársela con México. Están expuestos a muchas cosas que pueden suceder y que siempre salen perdiendo.

Necesitamos una programación en el campo. Es muy importante programar qué cantidad se siembra para que ya no traigamos 11 millones de toneladas, 11 millones y fracción de toneladas de maíz del extranjero, cuando es el alimento base de los mexicanos y de las mexicanas, cuando aquí podemos producir suficiente maíz para el consumo de los mexicanos. Como lo hacemos los de la caña de azúcar, pero luego no sabemos adónde venderla, porque no hay, y entonces bajan los precios.

Les agradezco su atención y espero que todos nos pongamos de acuerdo para que ese campo que nos da de comer, esos campesinos que trabajan tengan una mejor vida y puedan vivir mejor ellos y sus hijos. Muchas gracias, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias a usted, diputado. Tiene ahora el uso de la voz la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde.

No la veo. Tiene, en consecuencia, el uso de la voz la diputada Gisela Raquel Mota Ocampo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Gisela Raquel Mota Ocampo: Con la venia de la asamblea. Es obligación del Estado mexicano actuar en sintonía con todas sus partes para lograr el propósito del desarrollo nacional. Con esta intención es que propusimos en la Comisión de Reforma Agraria la modificación al artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la cual fue aprobada por la mayoría de sus integrantes y sus secretarios. Lo cual me honra decir que fue aprobada porque hay una coincidencia de fondo en esta propuesta.

La modificación que solicitamos a nombre de nuestra comisión tiene que ver con poner en sintonía las funciones y atribuciones que desde hace años viene desarrollando la Secretaría de Reforma Agraria, ahora Sedatu o Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, atendiendo no solo la dotación, expropiación, regulación y reversión de la propiedad social, sino también con el diseño e implementación de las políticas de desarrollo agrario en materia de desarrollo de capacidades, de financiamiento y de desarrollo de tecnología para la explotación productiva de la tierra.

Desgraciadamente las políticas públicas destinadas a capacitar, formar, orientar, financiar y acompañar a los ejidatarios y comuneros no fueron ni sostenidas, ni sustentables. México pasó de contar con una seguridad alimentaria del 80 por ciento de la producción propia de sus alimentos en los años ochentas a las cifras alarmantes actuales, en donde nuestro país produce solamente el 55 por ciento de los alimentos que consumimos, y nuestra reservas alimentarias alcanzan a lo sumo para una semana en caso de ocurrir una catástrofe ambiental. Lo estamos viendo ahorita en el país.

Entre los estados más afectados por las inundaciones están los principales productores agrícolas, forestales y pecuarios, como Michoacán, Jalisco, Oaxaca, Veracruz, Guerrero.

Si bien no hay cifras reales, por lo menos en Oaxaca se han afectado ya 23 mil hectáreas. Y en el caso de Veracruz, el Fondo Agropecuario que fue creado entre las instancias estatales y federales solo asciende a 95 millones de pesos, pero aún no se precisan los recursos para el resto de los estados afectados.

Por lo mismo, mis compañeros diputados de la Comisión de Reforma Agraria, hemos pensado que es necesario diseñar y modificar las leyes que permitan a los sujetos agrarios y a sus familias volver a mirar el trabajo de la tierra, como una manera digna de desarrollarse económica, social y culturalmente.

El problema agrario hoy no solo es el problema de la tenencia de la tierra, sino con mayor énfasis el desarrollo humano de quienes viven en los ejidos y comunidades del país.

Además, en las próximas décadas la realidad mundial nos obligará a ver lo que por décadas también hemos abandonado. La producción agroalimentaria de México. Las próximas guerras no van a ser por el petróleo, van a ser por los alimentos, por el agua. El desafío hoy es si México tiene visión de futuro y apoya a sus productores, o si México se conforma con depender de naciones extranjeras para alimentarse.

Los números en el sector agrario en México son alarmantes. El 73 por ciento del financiamiento que otorga el Estado mexicano se dirige la agroindustria, quienes no lo necesitan. Incluso muchas veces los agroindustriales optan por importar alimentos comprometiendo la soberanía alimentaria de manera más profunda.

Cinco estados del norte del país concentran el financiamiento que otorga Financiera Rural y tres de las cuatro principales entidades productoras no pintan en la derrama del financiamiento al campo.

Aunque parezca increíble, los fideicomisos instituidos en relación al campo mexicano –FIRA— otorgan mucho más financiamiento a la banca privada en lugar de a la Financiera Rural. Se ha abandonado el extensionismo rural.

En nuestro país la unidad de medida para apoyar el campo es la hectárea en lugar de la tonelada producida por hectárea, lo que desestimula la productividad. Los más afectados desgraciadamente son ejidatarios y comuneros.

Debido a esta realidad y preocupados porque en el 2014 existan ya las políticas públicas de desarrollo agrario, es que hemos diseñado un programa muy sencillo de apenas nueve puntos, que hemos denominado Programa Nacional Agrario. Éste abarca tres ejes de políticas públicas para el sector:

El primero es la transformación profunda de las reglas de operación de los programas dirigidos al sector y la creación de nuevos programas para que los sujetos agrarios y los pequeños productores no solo se desarrollen, sino que lo hagan en un marco de productividad, haciéndolas más simples y eliminando la exclusión que en ellas se hace a los productores más pequeños.

El segundo es el otorgamiento de financiamiento dirigido específicamente a los sujetos agrarios y pequeños productores, a través de un fondo de garantías líquidas y subsidio a las tasa de interés, a fin de poder acceder a créditos adecuados a su capacidad. Esto pasa por alinear la banca de desarrollo del país. México no puede permitirse el lujo de que sus sustituciones crediticias se autoexcluyan. Por ello requerimos apenas el 1 por ciento del PIB.

Del desarrollo del extensionismo rural a gran escala, proponemos que cada año a partir de 2014 incorporemos 3 mil extensionistas por año hasta llegar a 9 mil, para que estos se dediquen a desarrollar las capacidades de los sujetos agrarios.

Dicho programa ya lo estamos comentando en otras comisiones del sector, para lo cual se los haremos saber. Esperamos contar con su apoyo. Por ello es que esta propuesta es una propuesta de desarrollo agrario, no una propuesta de reforma agraria.

Es necesario, es urgente realizar el cambio de nombre, de denominación de la Comisión de Reforma Agraria por Comisión de Desarrollo Agrario. Pero también dotarla de todos los instrumentos y financiamientos necesarios a la Secretaría, para que se cumpla con el desarrollo agrario en el país. Es cuanto, muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Tiene ahora la palabra para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PAN, el diputado Alberto Díaz Trujillo.

El diputado Alberto Díaz Trujillo: Con su permiso, señor presidente. Señoras y señores legisladores, México es un país en constante transformación y como legisladores tenemos el imperativo de dotar a las instituciones de la certeza y de los medios para que sean sólidas y eficientes.

El caso que nos ocupa no es menor, porque consiste precisamente en la modificación del nombre de una de las comisiones contenidas en el marco jurídico que rige nuestra Cámara de Diputados dentro de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y, por lo tanto, comprende la posibilidad de que podamos trabajar de manera eficaz hacia el interior de este órgano para cumplir con el mandato que los electores nos otorgaron. Nos referimos a la Comisión de la Reforma Agraria, cuya denominación se modifica con esta propuesta a Comisión de Desarrollo Agrario.

A pesar de que parece una simple metamorfosis, en el fondo esta iniciativa contiene un cambio de modelo sobre el régimen agrario. En primer término consiste en la homologación del nombre de la comisión con el de la Secretaría de Estado correlativa, toda vez que en diciembre del 2012 se modificó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para nombrar a la Secretaría de la Reforma Agraria como Secretaría del Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

En ambos casos se ha pretendido superar la concepción de la reforma agraria, porque se considera que ese término corresponde a una época histórica determinada que concluyó con la reforma al artículo 27 de la Constitución Política de 1992, en la cual el reparto de las tierras dejó de ser una facultad extraordinaria del presidente de la República y por lo tanto el titular del Ejecutivo perdió también la posibilidad de intervenir directamente en las decisiones internas de los ejidos.

Con ello la nación no fue más la propietaria jurídica de las tierras sociales y este derecho se trasladó a los ejidos, que como sociedades propietarias de las tierras dejaron de estar subordinadas a las autoridades gubernamentales, rompiéndose con ello el vínculo tutelar entre el Estado y los campesinos, quienes en su calidad de productores rurales dotados de un capital territorial fueron libres de manejar su propio desarrollo.

De ahí que se pueda concluir que si bien es cierto que la desigualdad social y jurídica de los campesinos, que dio lugar a la Revolución Mexicana y en particular a la redacción del artículo 27, pretendió mitigarse a través del reparto de tierras que instauró el presidente Lázaro Cárdenas por medio de la Secretaría de la Reforma Agraria.

También a partir de 1992 este reparto de tierras dejó de ser el objeto principal de las acciones para explotar el campo y desde esa época se ha pretendido propiciar su desarrollo por medio de otro tipo de acciones y apoyos económicos. Es decir, de una política de Estado acorde a nuestro tiempo.

Vivimos retos distintos a los que se enfrentaron hace casi 100 años y por lo mismo debemos de dar respuestas diferentes que conlleven a la eliminación de la desigualdad social a través de propuestas que incluyan a los campesinos y a todos los actores involucrados en el tema del desarrollo agrícola, ganadero forestal, así como la conversión de tierras de este tipo en terrenos urbanos, problema que afecta al desarrollo de la vida diaria de las ciudades y sus áreas conurbadas.

El Partido Acción Nacional tiene una visión de Estado democrática e incluyente. Por ello apoya una reforma como la que se plantea, debido a que la conciencia ciudadana comienza en el contexto donde las personas se desenvuelven y se liga necesariamente al espacio geográfico y al desarrollo social y económico que se pueden alcanzar si se establecen condiciones jurídicas necesarias para tal efecto.

Por lo tanto, el voto de nuestro Grupo Parlamentario de Acción Nacional será a favor. Muchas gracias, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene finalmente el uso de la voz el diputado Eduardo Román Quian Alcocer para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Eduardo Román Quian Alcocer: Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, el Estado mexicano en su conjunto tiene la tarea de modernizarse y adecuarse a las realidades a las que aspira atender. El Poder Legislativo no debe eximirse de esta responsabilidad.

En este sentido, es menester recordar que la iniciativa que reformó diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal de los diputados del PRI y del Verde que dio forma a la actual estructura gubernamental, se encaminó en este sentido y esta soberanía debe hacer lo propio.

Al modificarse la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal la Secretaría de la Reforma Agraria se transformó en Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en razón de que una de las condiciones fundamentales para garantizar mejores hábitos para el crecimiento del país y el bienestar general de la población es el relativo al óptimo aprovechamiento del territorio nacional.

Este cambio establece la concepción del desarrollo agrario como una de las funciones y responsabilidades de la nueva dependencia, en razón de la cual el tema agrario dejará de abarcar exclusivamente el aspecto jurídico de la tenencia de la tierra para enriquecerse con la tarea de procurar el desarrollo social de quienes habitan los núcleos agrarios en el país, aplicando los preceptos agrarios del artículo 27 constitucional, así como las leyes agrarias y sus reglamentos, administrando el registro agrario nacional, conduciendo los mecanismos de concertación con las organizaciones campesinas de las cuestiones relativas a límites y deslindes de tierras, ejidales y comunales, manteniendo la función de resolver conforme a la ley las cuestiones relacionadas con los problemas de los núcleos de población ejidal y de bienes comunales, y cooperando con la conservación de tierras y aguas en los ejidos y comunidades.

En el Poder Legislativo tenemos la responsabilidad y el deber de dar cuerpo y viabilidad a las comisiones en las que se analizan, estudian y dictaminan aquellas iniciativas de ley o decretos formulados por los representantes populares, debiendo existir una correspondencia plena entre los trabajos que realizan las diferentes dependencias del Ejecutivo federal con las tareas legislativas que desarrollan las comisiones del Congreso, por la naturaleza de las mismas que le exige funciones de fiscalización y control.

Es por ello que estamos a favor de transformar la denominación de la Comisión de la Reforma Agraria por la Comisión de Desarrollo Agrario, para convertirla en un órgano legislativo moderno, actualizado, coherente y correspondiente, que atienda a la nueva configuración de México y del gobierno federal para velar por la población que vive y trabaja en el campo, y para resolver los nuevos desafíos que el mundo rural plantea, como la acelerada conversión de tierras de uso agrícola, ganadero o forestal en terrenos urbanos.

Los alcances del término reforma agraria en la actualidad han perdido el contexto correspondiente con la realidad y pareciera referirse más a un proceso generado a partir de las desigualdades existentes a principios del siglo pasado entre quienes trabajan en el sector agrario, motivo por el cual al término de la Revolución era necesario implementar un plan para ordenar la tenencia de la tierra.

Sin embargo, el marco normativo y constitucional ha cambiado, el reparto de tierra ya no es el principal objeto de las acciones para explotar el campo, sino propiciar su desarrollo mediante otro tipo de acciones, como la política pública.

Es en función de los argumentos expuestos que en el Partido Revolucionario Institucional apoyamos el dictamen que se presenta, lo celebramos y lo suscribimos. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias a usted, diputado. Agotada la lista de oradores, el asunto está suficientemente discutido. Ruego a la Secretaría se pueda abrir el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señor presidente, se emitieron a favor 416, 1 abstención y 0 en contra.

Presidencia del diputado Ricardo Anaya Cortés

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día son los dictámenes en sentido negativo.



CRITERIOS PARA LAS INSCRIPCIONES DE HONOR EN LA CAMARA DE DIPUTADOS

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares:«Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8 de los Criterios para las Inscripciones de Honor en la Cámara de Diputados

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo el artículo 8o. de los criterios para las inscripciones de honor en la Cámara de Diputados.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, inciso a), y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, 82, 84, 85 y 158, numeral 1, fracción IV ,del Reglamento de la Cámara de Diputados, expone a consideración de esta asamblea el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

1. En la sesión del 23 de abril de 2013, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta al pleno de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. de los criterios para las inscripciones de honor en la Cámara de Diputados, presentada por la diputada Adriana González Carrillo (PAN) y determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3755-X, el martes 23 de abril de 2013.

3. En la sexta reunión ordinaria de la comisión, la diputada González Carrillo fue convocada para ampliar argumentos respecto a su iniciativa, con fundamento en el artículo 177, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Contenido de la iniciativa

1. La iniciativa propone establecer que para la inscripción en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados, del nombre o nombres de ciudadanos mexicanos o mexicanas, deberá haber transcurrido cuando menos un período no menor a quince años desde su fallecimiento, y no de veinte años como se establece actualmente.

2. Este plazo de veinte años, estima la iniciante, podría llegar a ser una limitante importante en el reconocimiento de algún o algunos personajes de la historia contemporánea que se hayan destacado de manera significativa por su aportación en el engrandecimiento de nuestra nación, que se considere suficiente, para hacer reconocimiento por su aporte a través del Muro de Honor de la Cámara de Diputados.

3. Es entendible, expone en sus argumentos “fijar un plazo considerable con el fin de valorar la aportación del personaje en cuestión, pero este tendría que ser menor a lo actualmente establecido que es de veinte años”

Consideraciones

1. La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. La iniciativa cumple en general con los requisitos formales que exige el Reglamento de la Cámara de Diputados en el artículo 78 numeral 1, que son los siguientes: Ser formulada por escrito, tener un título, contener el nombre y firma de la persona que presenta la iniciativa, una parte argumentativa, el texto legal que se propone, el artículo transitorio que señala la entrada en vigor, la fecha de elaboración y ser publicada en la Gaceta Parlamentaria.

3. Cabe mencionar que durante las dos últimas legislaturas se ha advertido la necesidad de valorar con mayores elementos, cada una de las propuestas que se presentan en materia de inscripciones para el Muro de Honor del salón de sesiones, tomando en consideración los pocos espacios que hoy se tienen para ello.

4. Prueba de lo anterior es que mientras la LIX Legislatura aprobó la inscripción el Muro de Honor de un nombre (Nezahuatcoyotl) y dos leyendas (Universidad Nacional Autónoma de México e Instituto Politécnico Nacional) la LX Legislatura sólo autorizó la colocación de la leyenda Constituyentes de Apatzingán.

5. En virtud de lo anterior y ante lo controversial que resultaba tomar una decisión respecto a qué nombres, leyendas o apotegmas merecían estar inscritos en el salón de sesiones, tomando en consideración que las primeras inscripciones tuvieron como fin reconocer la vida y obra de hombres y mujeres que contribuyeron con la construcción de nuestro país como Estado-nación y así al surgimiento del Poder Legislativo Mexicano, es que se tomó la determinación de establecer criterios definidos, con el ánimo de facilitar los acuerdos entre los grupos parlamentarios, pero privilegiando la idea de que este tipo de homenajes se harían con un amplio consenso.

6. De igual forma, se ponderó la idea de que la función primordial del Legislativo consiste en legislar, es decir, crear leyes, entendidas estas como normas jurídicas generales, abstractas e impersonales, es decir, dirigidas a cualquier persona. Por eso se estableció el requisito de los veinte años y la votación de dos terceras partes para aprobar este tipo de propuestas.

7. Además, se buscó abrir la posibilidad de colocar este tipo de reconocimientos en otros espacios de la Cámara de Diputados, ante el inconveniente del espacio físico en el salón de sesiones.

8. No obstante lo anterior, y ya teniendo como norma vigente los criterios para las inscripciones de honor, es un hecho real que la LXI Legislatura no pudo alcanzar los acuerdos necesarios para realizar alguna inscripción, aun cuando diversas propuestas se referían a personajes cuyo fallecimiento había ocurrido hace más de veinte años.

9. Así, a finales de la LXI Legislatura, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó dos dictámenes de esta Comisión por los que se desecharon 26 iniciativas en uno y 10 iniciativas en otro, en materia de letras de oro e inscripciones de honor.

10. En lo que va de esta LXII Legislatura, se han presentado hasta la fecha 12 iniciativas con la propuesta de inscribir nombres o leyendas, cuya muerte o suceso histórico tiene más de veinte años. De estas, 11 han sido desechadas por el Pleno y sólo una se encuentra pendiente de dictamen.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura, proponemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. de los criterios para las inscripciones de honor en la Cámara de Diputados, presentada por la diputada Adriana González Carrillo (PAN).

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Notas:

1 Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el l de octubre de 2004.

2 Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, del l2 de mayo 2003.

3 Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de abril de 2006.

4 Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el l de marzo de 2007.

5 López García Mario. Integración Organización y Funciones del Congreso General y la Cámara de Diputados. México. Cámara de Diputados. Secretaría de Servicios Parlamentarios. 2000. p.p.2.

Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el Palacio Legislativo de San Lázaro, en su reunión ordinaria del día 20 del mes de junio de 2013.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Brenda María Izontli Alvarado Sánchez (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme, Williams Oswaldo Ochoa Gallegos, Ricardo Monreal Ávila, Roberto López Suárez (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Norma Ponce Orozco, Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica).»



REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares:«Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, inciso a) y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, 82, 84, 85 y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, expone a la consideración de esta asamblea el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

1. En la sesión del 29 de abril de 2013, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta al pleno de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado Alberto García González (PAN) y determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3741-IV, el jueves 4 de abril de 2013.

3. En la sexta reunión ordinaria de la comisión, el diputado García González fue convocado para ampliar argumentos respecto a su iniciativa, con fundamento en el artículo 177, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

4. A través de oficio CAGG/LXII/128/13, recibido por esta comisión el pasado 30 de mayo de 2013, el diputado García González reiteró los argumentos con los cuales sustentó su iniciativa.

Contenido de la iniciativa

1. La iniciativa propone especificar que las proposiciones presentadas tendrán como límite para su dictamen, hasta la penúltima semana del segundo receso del segundo periodo ordinario de sesiones de cada año de Ejercicio, y que transcurrido dicho término, aquellas que no hayan sido dictaminadas se tendrán por desechadas. Se establece la obligación de las comisiones de fundar y motivar la omisión del dictamen, en el informe semestral de actividades correspondiente al segundo periodo ordinario de sesiones.

2. Lo anterior expresa el iniciante, en virtud de que “en la actualidad gran parte de nuestra labor se ve obstruida de manera considerable, toda vez que las proposiciones que son presentadas al pleno de la Cámara de Diputados, y que buscan la viabilidad para la conveniencia de los ciudadanos que representamos, se ven desvanecidas al no ser dictaminadas en las comisiones a las cuales son turnadas; toda vez, que en la mayoría de las ocasiones y debido a una carga excesiva de trabajo, dichos órganos legislativos no cuentan con el tiempo necesario para poder analizar los puntos de acuerdo y emitir un dictamen que permita accionar los dispositivos para la solución de los problemas que se presentan de manera cotidiana o esporádica en nuestro país”.

3. Refiere el diputado proponente también, que “si bien es cierto que actualmente el Reglamento de la Cámara de Diputados establece un plazo para la elaboración de dictamen de iniciativas, una vez transcurrido dicho termino, estas pueden ser discutidas y votadas en el pleno de la Cámara, tal como lo establece el artículo 184 de dicho marco legal”, no ocurre lo mismo con las proposiciones, toda vez que son desechadas al término del periodo ordinario de sesiones en que fueron presentadas, tal como lo señala el numeral 2 del propio artículo 184.

Por ello estima conveniente incrementar el periodo de tiempo para el dictamen de las proposiciones con punto de acuerdo.

Consideraciones

l. La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Como bien lo señala el diputado iniciante, el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados establece que, en materia de dictámenes de proposiciones con punto de acuerdo, se tendrá como plazo para su emisión hasta el término de cada periodo ordinario de sesiones. Esto es así porque en la construcción del actual Reglamento de la Cámara de Diputados se consideró pertinente otorgarle un plazo distinto para dictaminar a las comisiones respecto a estos asuntos, a diferencia de las iniciativas puesto que son de naturaleza jurídica distinta.

3. Por lo anterior, la propuesta resulta contraria a una de las directrices del Reglamento de la Cámara de Diputados, que consiste en agilizar el trabajo de dictamen, respecto a este tipo de documentos en las comisiones. En tal sentido, consideramos que otorgarle un mayor tiempo de dictamen a este tipo de asuntos, implicaría propiciar la acumulación de un gran número de estas propuestas en las comisiones.

4. Las proposiciones con punto de acuerdo son temas de coyuntura, regularmente se refieren a hechos en los que los poderes públicos, especialmente el Poder Ejecutivo, tiene que dar una respuesta o atención pronta. Así, la comisión debe dar una resolución expedita a este tipo de propuestas, porque como sucedía antes de la aprobación del actual Reglamento de la Cámara de Diputados, cuando no había plazos definidos y acotados para su dictamen, un gran número de ellas que se atendían después de varias semanas, tenían que desecharse pues su contenido había sido rebasado por el tiempo.

5. Es un hecho real que históricamente este tipo de documentos no son resueltos o aprobados por las comisiones a las que se turnan. Ejemplo de ello son los siguientes datos que corresponden a los puntos de acuerdo presentados en anteriores legislaturas, cuando no había un plazo determinado para su dictamen:

Legislatura LX

Total de proposiciones presentadas 3 mil 869.

Total de proposiciones aprobadas 1 mil 743.

Total de proposiciones desechadas, pendientes o archivadas 2 mil 126.

Legislatura LXI

Total de proposiciones presentadas 5 mil 480.

Total de proposiciones aprobadas 1 mil 846.

Total de proposiciones desechadas, pendientes o archivadas 3 mil 634.

6. En lo que va de la presente legislatura, de 1 mil 133 proposiciones turnadas a las comisiones, sólo se han aprobado 370, en tanto que 507 se han desechado, y 261 están pendientes.

7. Un dato adicional es que el esquema vigente de procesamiento de las proposiciones con punto de acuerdo, permite elegir dos caminos para presentar este tipo de propuestas. Uno es el que aquí se analiza y al que puede ubicarse como la vía ordinaria y, el otro, es el que señala el artículo 79 numeral 2, fracción III, por el cual es posible promover proposiciones con el carácter de urgente u obvia resolución y al que puede considerarse como la vía extraordinaria. Por este segundo camino, un legislador puede lograr, si su propuesta es urgente y de trascendencia nacional, que la Junta de Coordinación Política la elija para discutirse de manera inmediata y sin que medie dictamen, en la sesión del pleno.

8. Por otro lado, actualmente ya existe la obligación para que las comisiones manifiesten en sus informes semestrales, las actividades que realizan, contrastándolas con los objetivos de su programa anual de trabajo. Además de que deben incluir un resumen de las actas de cada reunión celebrada, con la lista de diputados y diputadas asistentes y ausentes, dictámenes y acuerdos tomados en cada una de ellas.

Por lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura, proponemos a la consideración del pleno de esta honorable asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado Alberto García González (PAN).

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Notas:

1 Consulta en línea: INFOPAL. Estadísticas Puntos de Acuerdo. LX Legislatura.

2 Consulta en línea: INFOPAL. Estadísticas Puntos de Acuerdo. LXI Legislatura.

Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el Recinto Legislativo de San Lázaro, en su Reunión Ordinaria del día 20 del mes de junio de 2013.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Brenda María Alvarado Sánchez (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme, Williams Oswaldo Ochoa Gallegos, Ricardo Monreal Ávila, Roberto López Suárez (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Norma Ponce Orozco, Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica).»



LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares:«Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 6 y 8 del Reglamento de la Cámara de Diputados

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada, para estudio, análisis y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, inciso a), y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, fracción II, 82, numeral 1, 84, 85 y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, expone a consideración de esta asamblea este dictamen, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

1. En la sesión del 23 de abril de 2013, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta al pleno de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6 y 8 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado Juan Pablo Adame Alemán del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3755-X, el martes 23 de abril de 2013.

3. El 29 de mayo del año en curso, en reunión ordinaria de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, acudió el diputado proponente, exponiendo y explicando el sentido de su iniciativa ante los integrantes de la citada comisión, de acuerdo con el artículo 177, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Contenido de la iniciativa

1. La iniciativa presentada por el diputado Juan Pablo Adame Alemán propone reformar tanto la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos como el Reglamento de la Cámara de Diputados, con objeto de sancionar a los diputados que se identifiquen a través de placas metálicas o cualquier otro medio diferente de la identificación oficial de legislador que se les expide conforme a la ley.

2. El proponte plantea en la iniciativa la problemática que representa que los legisladores se ostenten con placas metálicas que coloquialmente se conocen como “charola”; todo ello, derivado de hechos en concreto en los que se han visto involucrados legisladores haciendo uso de éstas como medio de identificación.

3. Del mismo modo, el proponente refiere que el formato de identificación de los legisladores no es de ese tipo y, por tanto, éstas (las placas metálicas) representan una identificación apócrifa, por lo que es necesario establecer una sanción específica a los legisladores, a fin de que se puntualice que quien las ostente incurre en responsabilidad. Si bien es cierto que es un derecho de los legisladores contar con una acreditación de su cargo, ésta debe ser expedida por la autoridad competente para tal efecto.

4. Asimismo, señala que con el hecho de que los diputados se ostenten como legisladores a través de estos medios violentan el derecho fundamental de igualdad frente a la ley establecido en la Constitución Política, lo que repercute de manera negativa en la opinión pública, toda vez que envían la señal de que en México existen ciudadanos de primera y de segunda categorías, ofendiendo de esta forma a la sociedad y degradando la función y el trabajo legislativos.

5. Sumado a ello, señala que la Mesa Directiva tiene la facultad de determinar sanciones a los diputados que incurren en una práctica legislativa que atenta contra la disciplina parlamentaria, de conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y toda vez que el uso de placas metálicas a manera de identificación no se considera una conducta que se desarrolle dentro del recinto legislativo, es que estima conveniente la introducción de preceptos que regulen de manera puntual la prohibición del uso de tales objetos.

Consideraciones

1. La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Indudablemente se debe destacar la presente iniciativa, toda vez que de ella se desprende como objeto primordial por parte de su proponente acotar una práctica que puede ser recurrente y que es en perjuicio de la imagen que los representantes populares puedan generar en la sociedad, al grado incluso de propiciar en la ciudadanía la percepción de corrupción e impunidad de los servidores públicos.

3. No obstante lo anterior, esta dictaminadora estima conveniente no aprobar tal iniciativa por las razones siguientes:

a) Se asevera en la propuesta que el uso de placas de metálicas como medio de identificación por los legisladores es una práctica que no debe ser válida y, por tanto, el objeto de su iniciativa es asentar su prohibición y sanción. En tal sentido, cabe señalar que el Reglamento de la Cámara de Diputados vigente, en el artículo 8, precisamente objeto de la propuesta de reforma, establece en la fracción VII como obligación de los diputados lo siguiente:

Abstenerse de realizar actos que sean incompatibles con la función que desempeñan

En tal situación, debe interpretarse que el marco normativo que rige las obligaciones a que se sujetan los Diputados Federales, ya contempla la prohibición de no realizar actos que no vayan de acuerdo a sus funciones, tal y como sería el ostentarse con medios no autorizados para ello o valerse de su encargo público para obtener algún beneficio que le genere algún tipo de impunidad.

En virtud de lo anterior, en el caso de reformarse el Reglamento aludido como lo plantea el Diputado, se estaría generando una norma redundante, lo cual sería contrario a la técnica legislativa, además de que traería como problemática contar con normas que prescriben las mismas soluciones para los mismos casos, lo cual invariablemente conduciría a una innecesaria superabundancia de normas, haciendo más difícil su manejo, máxime si tomamos en cuenta que la propuesta es que esto quede considerado en una nueva fracción del artículo 8, presumiendo que quedaría vigente la actual fracción VII.

Por tanto, de aprobarse la propuesta del diputado, si bien tal vez trajera al ordenamiento una especificidad al problema que plantea, se insiste, esto quedaría englobado ya en la actual fracción VII.

Ahora bien, cabe señalar que respecto a la propuesta de reforma de este artículo, en el proyecto de decreto no señala si seguirá vigente el contenido de la actual fracción VII, o bien, si se establecería en una fracción subsecuente.

b) Por otra parte, es pertinente mencionar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos indica en el artículo 108 quiénes serán considerados servidores públicos para efectos de responsabilidad, en el cual se comprende a quienes desempeñen un cargo de elección popular, supuesto en el que se incluyen los diputados y los senadores.

Del mismo modo, el artículo 109 señala que deberá emitirse una ley secundaria de responsabilidades que establezca las conductas y sanciones en que pueden incurrir tales servidores.

En virtud de lo anterior, es dable precisar que en el ámbito federal se han expedido la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

En el primero de los ordenamientos se señala como objeto en el artículo 1o. lo siguiente:

Artículo 1o. Esta ley tiene por objeto reglamentar el título cuarto constitucional en materia de

I. Los sujetos de responsabilidad en el servicio público;

II. Las obligaciones en el servicio público;

III. Las responsabilidades y sanciones administrativas en el servicio público, así como las que se deban resolver mediante juicio político;

IV. Las autoridades competentes y los procedimientos para aplicar dichas sanciones;

V. Las autoridades competentes y los procedimientos para declarar la procedencia del procesamiento penal de los servidores públicos que gozan de fuero; y

VI. El registro patrimonial de los servidores públicos.

Es decir, en esta ley se regula lo concerniente a las responsabilidades en que pueden incurrir los servidores públicos.

Del mismo modo, en la citada Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos se señala como objeto

Artículo 1.Esta ley tiene por objeto reglamentar el título cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de

I. Los sujetos de responsabilidad administrativa en el servicio público;

II. Las obligaciones en el servicio público;

III. Las responsabilidades y sanciones administrativas en el servicio público;

IV. Las autoridades competentes y el procedimiento para aplicar dichas sanciones; y

V. El registro patrimonial de los servidores públicos.

Ese ordenamiento señala en el título segundo, capítulo I, artículos 7 y 8, lo siguiente:

Artículo 7. Será responsabilidad de los sujetos de la ley ajustarse en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones a las obligaciones previstas en ésta, a fin de salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen en el servicio público.

Artículo 8. Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

I. Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;

II. Formular y ejecutar los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y la normatividad que determinen el manejo de recursos económicos públicos;

III. Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le hayan sido atribuidas para el desempeño de su empleo, cargo o comisión exclusivamente para los fines a que están afectos;

IV. Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones que tenga conferidas y coadyuvar en la rendición de cuentas de la gestión pública federal, proporcionando la documentación e información que le sea requerida en los términos que establezcan las disposiciones legales correspondientes;

V. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidos;

VI. Observar buena conducta en su empleo, cargo o comisión, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación con motivo de éste;

VII. Comunicar por escrito al titular de la dependencia o entidad en que preste sus servicios las dudas fundadas que le suscite la procedencia de las órdenes que reciba y que pudiesen implicar violaciones de la ley o de cualquier otra disposición jurídica o administrativa, a efecto de que el titular dicte las medidas que en derecho procedan, las cuales deberán ser notificadas al servidor público que emitió la orden y al interesado;

VIII. Abstenerse de ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisión, por haber concluido el periodo para el cual se le designó, por haber sido cesado o por cualquier otra causa legal que se lo impida;

IX. Abstenerse de disponer o autorizar que un subordinado no asista sin causa justificada a sus labores, así como de otorgar indebidamente licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldo y otras percepciones;

X. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;

XI. Excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.

El servidor público deberá informar por escrito al jefe inmediato sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia el párrafo anterior y que sean de su conocimiento, y observar sus instrucciones por escrito sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda abstenerse de intervenir en ellos;

XII. Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que tenga en el mercado ordinario, donaciones, servicios, empleos, cargos o comisiones para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XI de este artículo, que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después que se haya retirado del empleo, cargo o comisión.

Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión.

Una vez concluido el empleo, cargo o comisión, el servidor público deberá observar, para evitar incurrir en intereses en conflicto, lo dispuesto en el artículo 9 de la ley;

En el caso del personal de los centros públicos de investigación, los órganos de gobierno de dichos centros, con la previa autorización de su órgano de control interno, podrán determinar los términos y condiciones específicas de aplicación y excepción a lo dispuesto en esta fracción, tratándose de los conflictos de intereses que puede implicar las actividades en que este personal participe o se vincule con proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico en relación con terceros de conformidad con lo que establezca la Ley de Ciencia y Tecnología;

XIII. Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sean para él o para las personas a que se refiere la fracción XI;

XIV. Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese, rescisión del contrato o sanción de cualquier servidor público cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a que se refiere la fracción XI;

XV. Presentar con oportunidad y veracidad las declaraciones de situación patrimonial, en los términos establecidos en la ley;

XVI. Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos o resoluciones que reciba de la secretaría, del contralor interno o de los titulares de las áreas de auditoría, de quejas y de responsabilidades, conforme a la competencia de éstos;

XVII. Supervisar que los servidores públicos sujetos a su dirección cumplan las disposiciones de este artículo;

XVIII. Denunciar por escrito ante la secretaría o la contraloría interna los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir respecto de cualquier servidor público que pueda constituir responsabilidad administrativa en los términos de la ley y demás disposiciones aplicables;

XIX. Proporcionar en forma oportuna y veraz toda información y datos solicitados por la institución a que legalmente competan la vigilancia y defensa de los derechos humanos. En el cumplimiento de esta obligación, además, el servidor público deberá permitir, sin demora, el acceso a los recintos o instalaciones, expedientes o documentación que la institución de referencia considere necesario revisar para el eficaz desempeño de sus atribuciones y corroborar, también, el contenido de los informes y datos que se le hubiesen proporcionado;

XIX-A. Responder las recomendaciones que les presente la institución a que legalmente competan la vigilancia y defensa de los derechos humanos, y en el supuesto de que se decida no aceptar o no cumplir las recomendaciones, deberá hacer pública su negativa, fundándola y motivándola en términos de lo dispuesto en el Apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 46 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;

XIX-B.Atender los llamados de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, de la Comisión Permanente a comparecer ante dichos órganos legislativos, a efecto de que expliquen el motivo de su negativa a aceptar o cumplir las recomendaciones de la institución a que legalmente competan la vigilancia y defensa de los derechos humanos, en términos del Apartado Bdel artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XX.Abstenerse, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, de celebrar o autorizar la celebración de pedidos o contratos relacionados con adquisiciones, arrendamientos y enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra pública o de servicios relacionados con ésta, con quien desempeñe un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, con las sociedades de las que dichas personas formen parte. Por ningún motivo podrá celebrarse pedido o contrato alguno con quien se encuentre inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;

XXI.Abstenerse de inhibir por sí o por interpósita persona, utilizando cualquier medio, a los posibles quejosos con el fin de evitar la formulación o presentación de denuncias o realizar, con motivo de ello, cualquier acto u omisión que redunde en perjuicio de los intereses de quienes las formulen o presenten;

XXII.Abstenerse de aprovechar la posición que su empleo, cargo o comisión le confiere para inducir a que otro servidor público efectúe, retrase u omita realizar algún acto de su competencia que le reporte cualquier beneficio, provecho o ventaja para sí o para alguna de las personas a que se refiere la fracción XI;

XXIII.Abstenerse de adquirir para sí o para las personas a que se refiere la fracción XI bienes inmuebles que pudieren incrementar su valor o, en general, que mejoren sus condiciones, como resultado de la realización de obras o inversiones públicas o privadas, que haya autorizado o tenido conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión. Esta restricción será aplicable hasta un año después que el servidor público se haya retirado del empleo, cargo o comisión; y

XXIV. Abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de cualquier disposición legal, reglamentaria o administrativa relacionada con el servicio público.

El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, sin perjuicio de las normas específicas que al respecto rijan en el servicio de las Fuerzas Armadas.

En tales condiciones, de lo anterior podemos desprender que actualmente sí hay disposiciones legales que prevén que en caso de que los diputados realicen una conducta de la naturaleza que se plantea en la propuesta será motivo de sanción.

c) Igualmente, cabe precisar que, de acuerdo con el planteamiento de su exposición de motivos, que en el caso de que un legislador o cualquier otra persona utilice una identificación apócrifa se consideraría como una conducta delictiva, lo que ameritaría la iniciación de un proceso y la posible sanción de acuerdo con las normas establecidas en el Código Penal que tipifiquen como delito esa conducta.

Por ello, en tal caso estaremos en la aplicación de una normativa específica y diversa de la que se plantea en la propuesta.

d) Ahora bien, respecto a la propuesta de reforma de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, concretamente el artículo 49, numeral 1, inciso a), se precisa que el diputado no plantea el problema que produce que actualmente este precepto disponga “diligencias relacionadas con el fuero de legisladores” y por ende sea necesario omitirlo, motivo por el cual no se cuenta con elementos técnicos para poder dictaminar en positivo dicha propuesta, no debemos perder de vista la importancia que tiene dentro de la técnica legislativa plantear correctamente el problema, con el cual debe definirse qué se busca solucionar o mejorar con la reforma propuesta.

Por todo lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura proponemos a consideración del pleno de esta asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 6 y 8 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentado por el diputado Juan Pablo Adame Alemán.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Notas:

1 Bulygin, Eugenio, “Teoría y técnica de la legislación”, en Elementos de técnica legislativa, tercera edición, de Carbonell, Miguel y Pedroza de la Llave, Susana Thalía, Porrúa, México, 2004, página 91.

2 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2012. Consulta en línea en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm.

3 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002. Consulta en línea en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm.

4 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, consultada en línea en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ pdf/115.pdf

5 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, consultada en línea en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/240.pdf

6 Atienza, Manuel, citado por Rodríguez Mondragón, Reyes, “El proceso de producción legislativa, un procedimiento de diseño institucional”, en Elementos de técnica legislativa, obra citada, página 150.

Así lo resolvieron los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias en el Palacio Legislativo de San Lázaro, en la reunión ordinaria del 20 de junio de 2013.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados: Marcos Aguilar Vega (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Brenda María Alvarado Sánchez (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme, Williams Oswaldo Ochoa Gallegos, Ricardo Monreal Ávila, Roberto López Suárez (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Norma Ponce Orozco, Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica en contra), Jorge Salgado Parra, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: En consecuencia, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo.

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobados los puntos de acuerdo, archívense los expedientes como asuntos concluidos.



LEY SOBRE REFUGIADOS Y PROTECCION COMPLEMENTARIA

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares:«Iniciativa que reforma el artículo 33 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, a cargo de la diputada Mónica García de la Fuente, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, Mónica García de la Fuente, diputada integrante de la LXII Legislatura, perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se adiciona una fracción V y se modifica el último párrafo del artículo 33 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, al tenor del siguiente:

Exposición de Motivos

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 reconoce la importancia del fenómeno migratorio en nuestro país, resaltando la necesidad de contar con una política clara e incluyente en materia de refugiados y protección complementaria.

Los extranjeros que solicitan refugio se encuentran en una situación especialmente delicada, en virtud de no haber migrado voluntariamente sino que su realidad las forzó a abandonar su lugar de origen por haber sido objeto de violaciones graves a sus derechos humanos, producto de guerras, abusos sistemáticos a la población civil, regímenes totalitarios, graves estallidos de violencia interna y supresión de las libertades fundamentales inherentes a las personas.

El 27 de diciembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley sobre refugiados y protección complementaria. Esta ley cumple con los estándares de protección más favorables para los migrantes, adecuándose a lo establecido en los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de los cuales México es parte.

Para evitar abusos y dar seguridad jurídica a las personas refugiadas, esta ley prevé claramente los supuestos en los cuales cesará el reconocimiento de dicha condición; sin embargo, no contempla la posibilidad de que una persona extranjera a quien se le otorgue el reconocimiento de la condición de refugiado migre a un tercer país y solicite ahí el reconocimiento de la mencionada condición.

Esta iniciativa tiene por objeto incluir como causal del cese de reconocimiento de la condición de refugiado el hecho de que el beneficiario solicite el reconocimiento de esta condición en otro país; lo anterior en virtud que este supuesto es común en la actualidad y no existe una solución para estos casos.

Esta medida beneficia a los migrantes en virtud de que, al no contar con el reconocimiento de la condición de refugiado en México, serán candidatos para obtener el reconocimiento del país en donde lo estén solicitando, lo que garantiza su derecho a migrar al país que elijan.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto mediante el cual se adiciona una fracción V, recorriéndose las siguientes en el mismo orden, y se modifica el último párrafo del artículo 33 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria

Artículo Único. Se adiciona una fracción V, recorriéndose las siguientes en el mismo orden, y se modifica el último párrafo del artículo 33 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, para quedar como sigue:

Artículo 33.La Secretaría cesará el reconocimiento de la condición de refugiado al que:

I. a IV. ...

V. Ha solicitado el reconocimiento de la condición de refugiado en otro país;

VI. Han desaparecido las circunstancias por las cuales fue reconocido como refugiado y no puede continuar negándose a acogerse a la protección del país de su nacionalidad, o

VII. No tiene nacionalidad y por desaparecer las circunstancias en virtud de las cuales fue reconocido como refugiado, está en condiciones de regresar al país donde tenía su residencia habitual.

No cesará el reconocimiento de la condición de refugiado en los supuestos comprendidos en las fracciones VI y VII, cuando el refugiado pueda invocar razones graves derivadas de la persecución por la que originalmente dejó su país de origen, o que mantenga un fundado temor de persecución por alguno de los motivos contemplados en el artículo 13 de esta Ley.

Transitorios

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 18 días del mes de septiembre del año 2013.— Diputada Mónica García de la Fuente (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.



LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: «Iniciativa que expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado Javier Orozco Gómez, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe Javier Orozco Gómez con el carácter de diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura, somete a consideración de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud,al siguiente tenor

Planteamiento del problema

Los jóvenes en México se enfrentan a grandes rezagos en la mayoría de los ámbitos en los que se desenvuelven: en materia educativa, laboral, de salud cultural y artística. Muestra de ello es que en México se tienen que crear alrededor de 900 mil nuevos empleos para absorber a aquellos que se incorporan en mercado activo y resulta preocupante que 70 por ciento de la población juvenil no cuente con un contrato laboral y que solo 16 por ciento tenga derecho a servicios de salud; al año, entre las edades de 15 a 29 años, tan solo 7 por ciento termina una carrera, en las generaciones se pierden en el camino 9 de cada 10 estudiantes.

Ante esta situación que no ha podido ser del todo combatida y mejorada a través de los instrumentos legales y políticas públicas con las que hasta ahora cuenta el gobierno federal y los locales, se propone crear un nuevo marco jurídico en materia de juventud, en el que conjunten esfuerzos gubernamentales, del sector privado y del social a fin de crear las mejores condiciones de vida para este importante sector de la población.

La presente iniciativa tiene como finalidad la creación de una nueva Ley del Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve), pues aunque la aún vigente data de 1999 y ha tenido algunas reformas legales, no ha avanzado a la par de las necesidades de sus beneficiarios, pues los requerimientos por parte de los jóvenes se vuelven cada vez más evidentes y complejos.

Es necesario ofrecer a la juventud de nuestro país un nuevo marco jurídico fortalezca la estructura y organización del Instituto Mexicano de la Juventud y que le permita un mejor ejercicio de sus derechos constitucionales como parte importante de la sociedad.

Exposición de Motivos

Toda vez que hoy en día la juventud constituye un sector sumamente importante en nuestra sociedad, al erigirse como conductores del progreso en todos los ámbitos de la vida nacional, es necesario buscar los mecanismos óptimos que permitan su mejor desempeño en todas las acciones que emprendan, para el fortalecimiento del espíritu de ciudadanía.

La presente iniciativa integra los aspectos más relevantes y, desde nuestro punto de vista, acertados del trabajo legislativo y de investigación realizado por las pasadas LX y LXI Legislaturas del Congreso de la Unión, a fin de contar con los mecanismos más eficaces y eficientes que beneficien al sector con mayor presencia y marginación en nuestro país: la juventud.

Los jóvenes en México representan la cuarta parte de la población, con una cifra de 29.7 millones , es por ello que estos mexicanos entre los 12 y 29 años de edad implican un reto en materia de salud, educación, recreación, cultura y de creación de oportunidades integrales para ellos. Recientemente el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) señaló que la tasa de ocupación entre los jóvenes es de 91.3 por ciento de la población económicamente activa (PEA) de 15 a 29 años, lo que significa que 8.7 por ciento de la PEA se encuentra desocupada. Igualmente se señaló que en 2010, 56.9 por ciento de los adolescentes de 15 a 19 años asisten a la escuela, proporción que disminuye conforme avanza la edad y llega a ser de 22 por ciento entre los jóvenes de 20 a 24 y de 6.1 por ciento en aquellos que tienen de 25 a 29 años. El 1.7 por ciento no tienen escolaridad, 15.8 por ciento cuenta con al menos un grado aprobado de primaria y 36.5 por ciento tiene al menos un año cursado secundaria; sólo 28.5 por ciento cuenta con estudios a nivel medio superior y entre los jóvenes de 25 a 29 años, uno de cada cuatro (24.5 por ciento) cuenta con estudios a nivel superior.

Las anteriores cifras nos orientan a los legisladores hacia la creación y mejora de las instituciones de apoyo y atención concreta a los jóvenes, que comprendan las dificultades por las que atraviesan éstos y que construyan un ambiente con las mejores condiciones para ellos. La política del gobierno federal en materia de juventud debe ser transversal, es decir, debe incluir una estrategia de coordinación interinstitucional para lograr la articulación y complementariedad de las distintas políticas, acciones y programas que se lleven a cabo por las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Los jóvenes reclaman una actitud dispuesta de las instituciones, las fuerzas productivas y de la sociedad en su conjunto para no excluirlos de los derechos fundamentales, civiles y humanos. Desean espacios plurales de participación, en los que expresen sus ideales, sus aspiraciones, sus problemas y propongan formas para alcanzar unos y resolver otros.

El Instituto Mexicano de la Juventud, debe contar con las herramientas y obligaciones para hacer frente a los retos de atender este importante sector. Debe contar con una junta de gobierno plural con participación para la implementación de políticas públicas y programas tendientes a la atención de la juventud. Es así que se propone plasmar en una nueva Ley del Imjuve la conformación de una política de estado, que tenga a los jóvenes como referentes permanentes en los objetivos y prioridades de la acción pública.

Los principios que rigen la nueva Ley del Imjuve propuesta son:

• La ley es de orden público, interés social y de observancia general en toda la república en materia de juventud.

• Se dota al Imjuve de autonomía técnica y de gestión, a fin de que pueda diseñar y conducir las políticas públicas en materia de juventud, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal.

• Se constituyen como órganos de administración del Imjuve: la junta de gobierno; la dirección general; el consejo técnico de la política nacional en materia de juventud; el consejo ciudadano de seguimiento de políticas públicas en materia de juventud; la contraloría interna; y las estructuras administrativas que se establezcan en el estatuto orgánico.

• La política nacional de juventud será evaluada anualmente por el Ejecutivo federal y éste remitirá un informe detallado al Congreso de la Unión. Ya no se queda solamente en su elaboración, ahora recibirá evaluación y podrá ser cuestionada y enriquecida por el Poder Legislativo.

• La política del gobierno federal en materia de juventud será transversal, es decir, deberá incluir una estrategia de coordinación interinstitucional para lograr la articulación y complementariedad de las distintas políticas, acciones y programas que se lleven a cabo por las dependencias y entidades de la administración pública federal.

• El instituto, en coordinación con las entidades y dependencias de la administración pública federal, conforme a su suficiencia presupuestal, instrumentará un fondo de financiamiento para proyectos juveniles, el cual será operado por éste, con la participación de organizaciones no gubernamentales, asociaciones civiles e instituciones de asistencia privada.

• Se formulará un proyecto de presupuesto consolidado en materia de políticas públicas de juventud.

• El Imjuve elaborará, con la participación de los sectores social y privado, un programa de empleo para jóvenes, que comprenda tanto la incorporación laboral como el autoempleo.

• Se acrecentará el patrimonio del Imjuve, al poder ser parte del mismo también los fondos nacionales o extranjeros obtenidos para el financiamiento de programas específicos.

• Se promueve la creación de fondos o fideicomisos, ya sean público o privados, con el objeto de incentivar la creación de micros y pequeños negocios para la juventud nacional.

• Se fomenta el acceso al financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas que estén constituidas principalmente por jóvenes; así como el impulso a la construcción de incubadoras de empresas y formación de jóvenes emprendedores.

Adicionalmente a lo anterior el Imjuve se sectoriza a la Secretaría de Desarrollo Social, en lugar de a la Secretaría de Educación Pública. Ello de conformidad con el “ Acuerdo por el que se agrupan las entidades paraestatales denominadas Instituto Mexicano de la Juventud y Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, al sector coordinado por la Secretaría de Desarrollo Social”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo del presente 2013. Cuya finalidad es dar congruencia a los programas y políticas públicas en materia de desarrollo social en relación con los jóvenes, toda vez que el Instituto Mexicano de la Juventud es una entidad paraestatal cuyo objeto y funciones están más fuertemente vinculadas con el ámbito de competencia de la Secretaría de Desarrollo Social.

Sin duda alguna, con la expedición de una nueva ley se contará con una institución más sólida y eficiente, impactando de manera positiva en el desarrollo de una verdadera política en materia de juventud.

Fundamentación

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral I, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se  expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Artículo Único. Se expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:

Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Título Primero

Capítulo IDisposiciones Generales

Artículo 1. La presente ley es de orden público, interés social y de observancia general en toda la república en materia de juventud.

El Instituto Mexicano de la Juventud es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado a la Secretaria de Desarrollo Social, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión, que tendrá como objeto diseñar y conducir las políticas públicas en materia de juventud, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

El domicilio del Instituto Mexicano de la Juventud estará ubicado en el Distrito Federal.

Artículo 2. La población joven es aquellacuya edad queda comprendida entre los 12 y 29 años y, que por su importancia estratégica para el desarrollo del país, será objeto de los programas, servicios y acciones que el Instituto lleve a cabo.

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Ley: la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud;

II. Estatuto: el Estatuto Orgánico del Instituto;

III. IMJUVE o Instituto: el Instituto Mexicano de la Juventud;

IV. Juventud: a los diferentes sectores y expresiones juveniles;

V. Junta de Gobierno: la Junta de Gobierno del Instituto.

VI. Director: el Director General del Instituto;

VII. Consejo Técnico: el Consejo Técnico de la Política Nacional en Materia de Juventud; y

VIII. Consejo Ciudadano: El Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud.

Artículo 4.En las situaciones de orden legal no previstas en el presente ordenamiento en lo que no se opongan a la presente Ley, se aplicarán, de manera supletoria, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Código Civil Federal, así como los principios generales de derecho.

Artículo 5.El Instituto tendrá por objeto:

I.Definir e instrumentar una política nacional de juventud, que permita  a los jóvenes desarrollarse dentro de un ambiente de bienestar familiar y social, e incorporarse plenamente al desarrollo del país. Dicha política será evaluada anualmente por el Ejecutivo Federal; y éste remitirá un informe detallado al Congreso de la Unión;

II. Promover y difundir el respeto a los derechos fundamentales de los jóvenes, con el fin de garantizar su desarrollo pleno e integral;

III.Proponer al Ejecutivo federal programas especiales orientados a mejorar las condiciones de salud y educación de los jóvenes indígenas, así como los espacios para la convivencia y recreación, sin menoscabo de las atribuciones que en estos propósitos competen a otras dependencias;

IV.Asesorar al Ejecutivo federal en la planeación y programación de las políticas y acciones relacionadas con el desarrollo de la juventud, de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo;

V.Actuar como órgano obligatorio de consulta, asesoría, coordinación, seguimiento y evaluación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de consulta, coordinación y seguimiento de las autoridades estatales, municipales, y de los sectores social y privado cuando así lo requieran, en materia de juventud;

VI.Promover coordinadamente con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, económicas, culturales y derechos; tomando en consideración la opinión que emita el Congreso de la Unión respecto al informe previsto en los términos de la fracción I del presente artículo;

VII.Fungir como representante del Gobierno Federal en materia de juventud, ante los Gobiernos estatales y municipales, organizaciones privadas, sociales y organismos internacionales, así como en foros, convenciones, encuentros y demás reuniones en las que el Ejecutivo intervenga;

VIII. Participar en la ejecución del Programa de Empleo para Jóvenes con la participación de los sectores social y privado;

IX. Participar en la formulación del proyecto de presupuesto consolidado en materia de políticas públicas de Juventud, y

X. Evaluar y ejecutar programas de información, dirigidos a la juventud, sobre sus derechos, impartición de justicia, políticas públicas, cuestiones académicas, culturales, etcétera.

Artículo 6.Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

I.Elaborar y coordinar, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Nacional de Juventud, promoviendo, convocando y concertando acuerdos y convenios con las entidades y dependencias de la Administración Pública Federal, las Entidades federativas, los Municipios, los sectores social y privado, evaluando periódica y sistemáticamente la ejecución del mismo;

II.Promover la coordinación interinstitucional con organismos gubernamentales y de cooperación en el ámbito nacional e internacional, como mecanismo eficaz para fortalecer las acciones en favor de la juventud mexicana;

III.Celebrar acuerdos y convenios de colaboración con organizaciones privadas y sociales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a la juventud;

IV.Consultar, en coordinación con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, las políticas, programas y acciones de desarrollo de los jóvenes indígenas; a fin de garantizar la participación de éstos en su diseño y operación; y, en su caso, incorporar a la planeación nacional sus recomendaciones propuestas;

V.Realizar, promover y difundir estudios e investigaciones de la problemática y características juveniles;

VI.Recibir y canalizar propuestas, sugerencias e inquietudes de la juventud;

VII.Auxiliar a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a los gobiernos de las entidades federativas y municipios en la difusión y promoción de los servicios que presten a la juventud cuando así lo requieran;

VIII.Prestar los servicios que se establezcan en los programas que formule el Instituto en aplicación de esta Ley;

IX.Promover y ejecutar acciones para el reconocimiento público y difusión de las actividades sobresalientes de los jóvenes mexicanos en distintos ámbitos del acontecer nacional y, en especial,aquellas que reconozcan y fomenten la herencia cultural de los pueblos y comunidades indígenas y fortalezcan el respeto y el conocimiento de las diversas culturas existentes en el país;

X.Elaborar, en coordinación con las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, programas y cursos de orientación e información sobre adicciones, nutrición, educación sexual y salud reproductiva, medio ambiente, servicios culturales juveniles, cultura física y deporte, genero y equidad, apoyo a jóvenes en situación de exclusión, derechos humanos, incorporación laboral, autoempleo, vivienda, organización juvenil, liderazgo social y participación y en general todas aquellas actividades que de acuerdo a su competencia y a su capacidad presupuestal, estén orientados al desarrollo integral de la juventud;

XI.Proponer a la Secretaría de Educación Pública la operación de programas especiales de becas para fortalecer la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior de los estudiantes indígenas;

XII. Promover las aportaciones de recursos provenientes de dependencias e instituciones públicas; organizaciones privadas y sociales; organismos internacionales y regionales; gobiernos de otros países y particulares interesados en apoyar el logro de proyectos que beneficien a la juventud mexicana;

XIII. Fomentar el acceso al financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas que estén constituidas principalmente por jóvenes;

XIV. Impulsar la construcción de incubadoras de empresas y formación de jóvenes emprendedores;

XV. Promover la creación de fondos o fideicomisos, ya sean público o privados, con el objeto de incentivar la creación de micros y pequeños negocios para la juventud nacional. En dichos fondos y fideicomisos se deberá fomentar la participación de los sectores social y privado a efecto de contribuir al pleno desarrollo del sector juvenil.

XVI.Establecer vínculos con el Congreso de la Unión, para promover acciones legislativas a favor de los jóvenes;

XVII. Emitir informes de evaluación periódica, a fin de conocer el estado que guardan las acciones implementadas en la materia, y

XVIII. Las demás que le otorguen la presente Ley y otros ordenamientos legales y reglamentarios.

Artículo 7. El patrimonio del Instituto se integrará con:

I.Los recursos que se le asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

II.Los bienes muebles, inmuebles y demás recursos que adquiera con base en cualquier título legal;

III.Los subsidios, donaciones y legados que reciba de personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, los cuales de ninguna manera podrán implicar condiciones contrarias a su objeto, conforme lo establece la Ley;

IV. Los fondos nacionales o extranjeros obtenidos para el financiamiento de programas específicos; y

V. Los recursos que obtenga de las actividades a que se refiere el artículo 6, fracciones XII y XV de esta Ley.

El Instituto elaborará su anteproyecto de presupuesto anual de egresos, el cual remitirá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos señalados para las Entidades no coordinadas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Artículo 8. La canalización de fondos por parte del Instituto para proyectos, estudios, programas e investigaciones relacionadas con su objeto, estará sujeta a la celebración de un contrato o convenio, que asegure su debido cumplimiento.

Título Segundo

Capítulo IDe la Integración del Imjuve

Artículo 9. El Instituto contará con los siguientes órganos de administración:

I.Junta de Gobierno;

II.Dirección General;

III. Consejo Técnico de la Política Nacional en Materia de Juventud;

IV. Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas en materia de juventud;

V. La Contraloría Interna; y

VI.Las estructuras administrativas que se establezcan en el Estatuto Orgánico.

Capítulo IIDe la Junta de Gobierno

Artículo 10.La Junta de Gobierno se integrará por:

I.Diez Miembros Propietarios, con derecho a voz y voto:

a)El Secretario de Desarrollo Social, quien la presidirá;

b)El Secretario de Hacienda y Crédito Público;

c)El Secretario de Gobernación;

d)El Secretario de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural;

e)El Secretario del Trabajo y Previsión Social;

f)El Secretario de Salud;

g)El Secretario de Educación Pública;

h)El Secretario de Economía;

i)El Secretario de Comunicaciones y Transportes, y

j)El Secretario de Turismo.

II.Cinco miembros más, con derecho a voz sin voto, que serán:

a)Los representantes de dos entidades federativas, designados por los titulares de los Ejecutivos correspondientes;

b)El Presidente de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior;

c)Un integrante del Consejo Técnico de la Política Nacional en Materia de Juventud; y

d) Un joven, integrante del Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas en materia de Juventud.

Estos cinco miembros formarán parte de la Junta de Gobierno a invitación del Secretario de Desarrollo Social, durarán en su encargo un año y serán designados de acuerdo al procedimiento que se señale en el Estatuto Orgánico.

También podrán participar con voz pero sin voto, en calidad de invitados, representantes de otras dependencias e instituciones públicas, privadas y sociales, todos ellos a invitación expresa de la Junta de Gobierno.

La Junta de Gobierno contará con un Secretario técnico y un Prosecretario.

El Comisario tendrá facultad y obligación de evaluar el desempeño general del Instituto sobre la eficiencia con la que se ejerzan los desembolsos en los rubros de gasto corriente y de inversión, así como en lo referente a los ingresos y, en general, podrá solicitar la información y efectuar los actos que requiera el adecuado cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de las atribuciones que en dicha materia corresponda desarrollar a otras instancias.

Artículo 11.Sólo se podrá ser suplente de los funcionarios referidos en la fracción I del artículo que precede, cuando se tenga el nivel administrativo inmediato inferior, a aquel que ocupe el miembro titular.

Artículo 12. La Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades indelegables:

I.Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y prioridades a las que deberá sujetarse el Instituto, relativas a la productividad, comercialización de servicios, investigación y administración general;

II.Autorizar los programas y presupuestos del Instituto, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable;

III.Fijar y ajustar los precios de bienes y servicios que preste el IMJUVE, con excepción de aquellos que se determinen por acuerdo del Ejecutivo Federal, en los términos de la legislación aplicable;

IV.Expedir las normas generales para que el Director pueda disponer, cuando fuere necesario, de los activos fijos del Instituto que no correspondan al objeto del mismo;

V.Aprobar cada año los estados financieros del Instituto y autorizar su publicación, previo informe de los comisarios y el dictamen de los auditores externos;

VI.Establecer, con sujeción a las disposiciones legales, las normas necesarias para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que el Instituto requiera, con excepción de aquellos de su propiedad que la Ley General de Bienes Nacionales considere del dominio público de la Federación;

VII.Constituir comités de apoyo y determinar sus bases de funcionamiento;

VIII.Designar y remover, a propuesta del Director, a los servidores públicos de los dos niveles administrativos inferiores al de aquél, así como concederles licencias;

IX.Designar y remover, a propuesta de su Presidente, al Secretario técnico y al Prosecretario;

X.Aprobar el Estatuto Orgánico del Instituto y el proyecto de estructura orgánica, previa opinión de las dependencias competentes; así como el Manual de Organización General y los correspondientes de Procedimientos y Servicios al Público del Instituto;

XI.Analizar y, en su caso, aprobar los informes periódicos que rinda el Director, con la intervención que corresponda del Comisario;

XII.Aprobar las normas y bases para la cancelación de adeudos a favor del Instituto y con cargo a terceros, cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro, informando lo conducente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social;

XIII.Aprobar y elaborar un programa de empleo para Jóvenes, que comprenda además la incorporación laboral y el autoempleo a que se refiere la fracción X del artículo 6 de la presente ley;

XIV. Las demás que, se le atribuyan en los términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables; y

XV.Fijar las Condiciones Generales de Trabajo.

Artículo 13. La Junta de Gobierno celebrará sesiones ordinarias, por lo menos cuatro veces por año, y las extraordinarias que convoque su Presidente.

La convocatoria será notificada con una antelación de cuando menos dos días hábiles, para sesiones ordinarias, y de un día hábil para las extraordinarias.

La Junta de Gobierno sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros. Las resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes y el Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate.

Asistirán a las sesiones de la Junta de Gobierno con voz pero sin voto, el Secretario técnico, el Prosecretario y el Comisario.

El Secretario técnico y el Prosecretario serán designados por el Presidente, en la primera sesión que se celebre del año.

Artículo 14. El Director General del Instituto será nombrado y removido por el titular del Ejecutivo Federal, de una terna integrada por consenso; y de no alcanzarse el mismo, por acuerdo de las tres quintas partes de la totalidad de los integrantes de la Junta de Gobierno. La Presidencia durará en su cargo tres años, pudiendo ser ratificada únicamente por un segundo periodo de tres años; en todo caso, el periodo no excederá del correspondiente al ejercicio constitucional del Presidente de la República que otorgó el nombramiento.

El nombramiento deberá recaer en persona que reúna los siguientes requisitos:

I. Los establecidos en el artículo 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales;

II. Ser mayor de 35 años de edad, y

III. Haberse desempeñado en forma destacada en actividades profesionales, de servicio público o académicas relacionadas sustancialmente con la problemática de los jóvenes.

Artículo 15. El Director del Instituto, además de las facultades y atribuciones que le confiere el artículo 22 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, tendrá las siguientes:

I.Administrar y representar legalmente al Instituto;

II.Ejecutar, instrumentar y vigilar el cumplimiento de los acuerdos de la Junta de Gobierno;

III.Presentar a consideración y, en su caso, aprobación de la Junta de Gobierno, el Estatuto Orgánico del Instituto, así como el Manual de Organización General y los correspondientes de Procedimientos y Servicios al Público del Instituto;

IV.Formular los programas institucionales de corto, mediano y largo plazos;

V. Elaborar y presentar anualmente a la Junta de Gobierno para su aprobación, el proyecto de presupuesto del Instituto;

VI. Ejercer el presupuesto del Instituto con sujeción a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables;

VII. Presentar a la Junta de de Gobierno para su aprobación, los proyectos de programas, informes y estados financieros del Instituto y los que específicamente le solicite aquélla;

VIII. Proponer a la Junta de Gobierno el nombramiento o remoción de los dos primeros niveles de servidores del Instituto, la fijación de sueldos y demás prestaciones, conforme a las asignaciones globales del presupuesto de gasto corriente aprobado por el propio órgano; así como nombrar al resto del personal administrativo del Instituto;

IX.Someter a la Junta de Gobierno y publicar el informe anual sobre el desempeño de las funciones del Instituto;

X.Recabar información y elementos estadísticos sobre las funciones del Instituto, para mejorar su desempeño;

XI.Las que le confieran las demás disposiciones jurídicas aplicables;

XII. Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes al objeto del Instituto; y

XIII. Proporcionar la información que solicite el Comisario Público propietario y suplente.

Capítulo IIIDel Consejo Técnico de la Política Nacional en Materia de Juventud

Artículo 16. El Consejo Técnico de la Política Nacional en Materia de Juventud, además de fungir como asesor en la Junta de Gobierno, tendrá por objeto:

I. Identificar los programas en materia de juventud, dispersos dentro de los programas de la Administración Pública Federal, para que el Instituto participe de manera conjunta con las diversas dependencias del ejecutivo en la implementación de los mismos;

II.Colaborar en la transversalidad e integralidad de la política nacional de juventud, así como en la debida instrumentación y ejecución de ésta para beneficio de la población objetivo;

III. Coadyuvar al fortalecimiento de los vínculos interinstitucionales, en los diversos ámbitos de gobierno;

IV. Fomentar el enfoque de Juventud en todas aquellas políticas, estrategias, programas y acciones de la Administración Pública Federal dirigidas a la población objetivo; y

V. Asesorar en la elaboración y ejecución del Programa Nacional de Juventud, a que se refiere la fracción I del artículo 6 de la presente Ley.

Artículo 17. El Consejo Técnico estará integrado por los Titulares de las siguientes entidades de la Administración Pública Federal:

I. Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación;

II. Consejo Nacional contra las Adicciones;

III. Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social;

IV. Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas;

V. Instituto Mexicano del Seguro Social;

VI. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; y el

VII. Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Artículo 18. Para el cumplimiento de su objeto, el Consejo Técnico de la Política Nacional en materia de Juventud contará con las siguientes atribuciones:

I. Definir las bases, así como los mecanismos para la implementación de la Política Nacional de Juventud con un enfoque de transversalidad;

II. Diseñar los indicadores estratégicos que permitan evaluar y dar seguimiento a los resultados de los programas y acciones de atención a la juventud;

III. Analizar las propuestas con enfoque de Juventud planteadas por los diferentes sectores de la sociedad civil para emitir, de manera conjunta con el Instituto, recomendaciones que puedan ser remitidas a las diversas instancias de gobierno o, en su caso, instrumentadas por el mismo;

IV. Proponer la realización de investigaciones y estudios sobre temas específicos de la Juventud;

V. Establecer las bases para integrar y operar un Sistema Nacional de Información y Consulta sobre Juventud que permita conocer datos, tendencias y variables en la materia, así como fomentar la cooperación técnica y estadística entre los integrantes del Consejo Técnico;

VI. Ser instancia de consulta para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con el fin de formular proyectos de presupuestos consolidados en materia de Juventud;

VII. Conocer y opinar sobre los programas gubernamentales en el ámbito de su competencia;

VIII. Establecer criterios y lineamientos para las metodologías de evaluación sobre la política y los programas de Juventud;

IX. Emitir sugerencias a las instancias competentes sobre los indicadores de resultados, gestión y servicios para medir cobertura, calidad e impacto de los programas y acciones de Juventud; y

X. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.

Capítulo IVDel órgano interno de control

Artículo 19. El Instituto contará con un Órgano Interno de Control que formará parte de su estructura. El titular de dicho órgano, así como los responsables de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades, dependerán y serán nombrados y removidos por la Secretaría de la Función Pública.

Los servidores públicos a que se refiere el párrafo anterior ejercerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, las facultades previstas en las disposiciones legales y administrativas aplicables.

El Instituto proporcionará al titular del Órgano Interno de Control los recursos humanos y materiales que requieran para la atención de los asuntos a su cargo. Asimismo, los servidores públicos del Instituto estarán obligados a proporcionar el auxilio que requiera el titular de dicho órgano para el desempeño de sus facultades.

Artículo 20. El Órgano de Vigilancia del Instituto estará integrado por un Comisario Público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública, quienes ejercerán las facultades que les confiere el Capítulo VI de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Capítulo VDel Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud

Artículo 21.El Instituto contará con un Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas en Materia de Juventud, que tendrá por objeto:

I. Conocer el seguimiento dado a los programas tanto del IMJUVE como de las demás Secretarías y Entidades, así como el opinar sobre dichos programas;

II. Recabar la opinión de los ciudadanos interesados en políticas públicas en materia de juventud y presentar sus resultados y opiniones al Director del Instituto, formulando, en su caso, las propuestas correspondientes.

Artículo 22.El Consejo se integrará con quince jóvenes mexicanos, cuyas edades se encuentren comprendidas entre los 18 y los 29 años y de manera equitativa en cuanto a su género, quiénes serán seleccionados por la Junta de Gobierno, a convocatoria pública formulada a las instituciones de educación superior, las organizaciones juveniles vinculadas con el trabajo comunitario, político o social, los sectores público o privado y a los pueblos y comunidades indígenas.

Los cargos de consejero son honoríficos y se desempeñarán por un período de tres años. El Consejo se renovará en su totalidad cada tres años.

Los requisitos para la integración del Consejo, así como las atribuciones y funcionamiento de éste, se establecerán en el Estatuto Orgánico del Instituto y la convocatoria pública correspondiente aprobada por la Junta de Gobierno.

Título Tercero

Capítulo IDe la Transversalidad, la Coordinación Interinstitucional y del Financiamiento

Artículo 23. La Política del Gobierno Federal en materia de Juventud será transversal, por tanto, deberá incluir una estrategia de coordinación interinstitucional para lograr la articulación y complementariedad de las distintas políticas, acciones y programas que se lleven a cabo por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Artículo 24. Los recursos presupuestales destinados a la Política de la Juventud, a los programas y acciones que de ella deriven, se establecerán anualmente en las legislaciones correspondientes que para tal efecto existan.

Tales recursos se incrementarán con las aportaciones provenientes de las dependencias e instituciones públicas, organizaciones productivas del sector privado, organismos internaciones y regionales, gobierno de otros países y particulares.

Artículo 25. El Instituto en coordinación con las entidades y dependencias de la Administración Pública Federal, conforme a su suficiencia presupuestal, instrumentará un fondo de financiamiento para proyectos juveniles, el cual será operado por éste, con la participación de organizaciones no gubernamentales, asociaciones civiles e instituciones de asistencia privada.

Título Cuarto

Capítulo IDel Régimen de Trabajo

Artículo 26. Las relaciones de trabajo entre el Instituto y sus trabajadores, se regirán por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.

Artículo 27. Los trabajadores del Instituto quedan incorporados al régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se abroga la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1999.

Tercero. La Junta de Gobierno del organismo público descentralizado Instituto Mexicano de la Juventud, sesionará dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor de esta ley. En dicha sesión se deberán aprobar las actualizaciones y adecuaciones correspondientes al estatuto orgánico del mismo.

Cuarto. Los consejeros a que se refiere el capítulo V de la presente ley seleccionados con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, durarán en su encargo por única vez, el periodo correspondiente a la actual administración.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de septiembre de 2013.— Diputado Javier Orozco Gómez (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Juventud, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY DE PUERTOS - LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMOS

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Raúl Santos Galván Villanueva, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Puertos y de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

El diputado Raúl Santos Galván Villanueva: Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, acudo a esta tribuna para poner a su atenta consideración la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Puertos y de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo.

Hoy en día, la economía se desarrolla en un entorno global donde el transporte marítimo se constituye en la columna vertebral del comercio mundial, surgiendo la necesidad de salvaguardar las vías de navegación, puertos, terminales y otras instalaciones marítimo-portuarias.

Es una realidad que los actos terroristas en contra de buques e instalaciones marítimas es una amenaza vigente, por lo que la comunidad mundial emitió normas internacionales para salvaguardar la vida en la mar y fortalecer la protección marítima y portuaria.

En este contexto, México signó el Convenio para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar y sus diversas enmiendas, como las medidas especiales para incrementar la protección marítima, que dieron origen al Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP).

Para aplicar las citadas medidas de protección y el Código PBIP, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Secretaría de Marina, mediante un acuerdo de colaboración convinieron fortalecer la seguridad en los recintos portuarios, en las vías generales de comunicación por agua y del personal que en dichos espacios labora, mediante la creación de un Centro Unificado para la Protección Marítima.

Así, en diciembre de 2007 entraron en operación los primeros cuatro centros en los puertos de Altamira, Veracruz, Lázaro Cárdenas y Manzanillo. Y en agosto de 2008 se establecieron otros 10, en Tampico, Tuxpan, Coatzacoalcos, Ciudad del Carmen, Progreso, Ensenada, Guaymas, Mazatlán, Acapulco y Salina Cruz. Durante los seis años que tienen funcionando los citados centros se han constituido en un recurso fundamental para la seguridad y la protección marítima.

La búsqueda y rescate para salvaguardar la vida humana en la mar históricamente la ha realizado la Secretaría de Marina a través de la Armada de México. Y la protección marítima y portuaria es necesario reglamentarla como una atribución de la Secretaría de Marina, que de facto la ejerce a través de la Armada de México, la cual ha asumido el compromiso únicamente en base al acuerdo entre dicha Secretaría y la de Comunicaciones y Transportes, sin que tales responsabilidades ni las figuras de protección marítima y portuaria ni la de los centros Cumar se encuentren incorporadas en el marco jurídico nacional.

Para regular las actividades de la Secretaría de Marina y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en materia de búsqueda, rescate y protección marítima y portuaria, en la iniciativa se proponen reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Puertos y la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, para precisar las atribuciones que a las dos secretarías les corresponde ejercer, quedando claramente definidas las acciones que cada una realiza, sin posibilidad de yuxtaposición o de conflictos competenciales que confundan a los gobernados.

La aprobación de la iniciativa permitirá que las tres leyes citadas queden armonizadas entre sí y con lo dispuesto en la normatividad internacional en materia de búsqueda, rescate, salvamento, seguridad y protección marítima.

En mérito de las razones expuestas es que someto a la consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Puertos y de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Puertos, y de Navegación y Comercio Marítimos, a cargo del diputado Raúl Santos Galván Villanueva, del Grupo Parlamentario del PRI

El diputado Raúl Santos Galván Villanueva, del Grupo Parlamentario del PRI de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 76, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal; de Puertos; y de Navegación y Comercios Marítimos,  al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La economía y el comercio en México se desarrollan en un entorno globalizado, que se vincula con los acontecimientos que propician o afectan el crecimiento económico mundial. En este entorno, la competitividad comercial es un componente importante que se debe mantener y fortalecer, ante lo cual cobran relevancia los servicios internacionales del transporte marítimo, que forman parte de la logística internacional y representan hasta el 80 por ciento del comercio mundial, es decir, constituyen la columna vertebral del comercio globalizado por lo que debe ser protegido.

Debido a la importancia de los servicios de transporte marítimo para el comercio y la economía mundiales, México siempre ha actuado acorde con las exigencias de las normas internacionales que establecen objetivos y principios para salvaguardar las redes del transporte y del comercio, que incluye a los puertos, terminales y otras instalaciones marítimo-portuarias.

Asimismo, México cuenta con una de las zonas económicas exclusivas más amplias del mundo, pero por su ubicación geográfica, las zonas marinas mexicanas se encuentran más expuestas a los fenómenos naturales y antropogénicos, lo que repercute en las actividades comerciales, pesqueras, turísticas y ecológicas que allí se realizan; del mismo modo, la explotación de hidrocarburos y sus derivados, que es la principal fuente de riqueza y motor del desarrollo económico de la nación, conlleva riesgos para la seguridad, tanto de los bienes como de vidas humanas.

Derivado de lo anterior, la Organización Marítima Internacional (OMI) en 1974 aprobó el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, conocido como SOLAS (por sus siglas en inglés), del cual México forma parte. Este Convenio tiene por objeto que los participantes otorguen seguridad y ayuda a las embarcaciones durante su navegación, proporcionándoles auxilio mediante acciones de búsqueda, rescate y salvamento en el caso de incidentes o accidentes que las pongan en peligro.

El 1 de febrero de 1992 entró en vigor la enmienda al SOLAS, que hizo obligatoria la implementación del Sistema Mundial del Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM), con el objeto de que las autoridades de Búsqueda y Rescate en tierra y las embarcaciones mercantes cercanas a una embarcación en emergencia, sean rápidamente alertadas del incidente, de tal forma que puedan brindar su auxilio en una operación coordinada de Búsqueda y Rescate, con un retraso mínimo. Este sistema también proporciona comunicación de seguridad y de urgencia durante la navegación de las embarcaciones mercantes, advertencias y pronósticos meteorológicos, ayudas a la navegación y otras informaciones urgentes para el uso seguro de las vías generales de comunicación por agua.

Así mismo, conforme al Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo y la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, el salvamento se establece como una atribución específica de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, mientras que lo relativo a la búsqueda y rescate para salvaguardar la vida humana en la mar, actualmente es compartida entre esa Secretaría y la de Marina a través de la Armada de México.

Históricamente la Secretaría de Marina ha realizado las actividades de búsqueda y rescate para salvaguardar la vida humana en la mar, con los recursos humanos y materiales que se le asignan para el cumplimiento de sus funciones de orden militar conferidas a la Armada de México; sin embargo, la eficacia en la atención a emergencias hasta antes del 2007 no era la deseada, por lo que a partir de entonces la Secretaría de Marina impulsó y fortaleció la organización, optimización y especialización de las operaciones del Sistema de Búsqueda y Rescate con personal y equipo especializado, con la creación de 17 estaciones de Búsqueda y Rescate, así como con la creación de la Escuela de Búsqueda, Rescate y Buceo, con lo que en 2012 alcanzó una eficacia superior al 95 por ciento en estas operaciones.

La Organización Marítima Internacional (OMI), con fecha 12 de diciembre de 2002 enmendó el SOLAS, para incluir el nuevo Capítulo “XI-2”, denominado “Medidas Especiales para incrementar la Protección Marítima”, que dio origen y sustento al “Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias” (Código PBIP), que fue aprobado en la misma fecha, conforme a la resolución 2 de la propia conferencia. Esta normatividad incorpora el diseño de una organización encargada de la seguridad en cada puerto, así como la instalación de dispositivos para prevenir y en su caso, reprimir actos ilícitos en contra de buques e instalaciones portuarias.

La OMI, en coordinación con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en diciembre del 2003, durante la reunión tripartita de expertos sobre vigilancia, seguridad y salud en los puertos, adoptaron el “Repertorio de recomendaciones prácticas sobre protección en los puertos”, que amplía la aplicación de las medidas más allá de las instalaciones portuarias, para aplicar al puerto en su conjunto.

Las enmiendas al SOLAS, se entienden aceptadas a partir del 1ro de enero del 2004, y fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero y entraron en vigor el 1ro de julio del mismo año.

Para dar cumplimiento a las medidas especiales destinadas a incrementar la Protección Marítima y Portuaria y el Código PBIP, el 3 de septiembre de 2007, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes acordó con la Secretaría de Marina fortalecer la protección y la seguridad en los recintos portuarios y en las vías generales de comunicación por agua, mediante la definición de un marco de colaboración para garantizar la Protección Marítima y Portuaria, según lo dispuesto en el párrafo 1.2.2, Parte A, del Código PBIP, a través de las formas y con base en los procedimientos que al efecto acordaron ambas autoridades en esa fecha.

Derivado de los resultados obtenidos en el acuerdo citado en el párrafo anterior, así como la implementación de la Alianza para la Seguridad y la Prosperidad de América del Norte (ASPAN) y por las amenazas emergentes que impactaban en el comercio marítimo mundial, entre ellas la piratería (particularmente en las aguas de Somalia) y el incremento de los ataques a embarcaciones pesqueras en México, fue necesario ampliar los alcances y objetivos del acuerdo de colaboración, mediante un instrumento que considerara nuevas acciones y establecer una coordinación interinstitucional más amplia, dando como resultado la creación del Centro Unificado para la Atención de Incidentes Marítimos y Portuarios, que en esta Iniciativa se modifica su denominación a “Centro Unificado para la Protección Marítima” (CUMAR), en los que concurren las capitanías de puerto por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y los mandos de la Armada de México, por la Secretaría de Marina.

Por ello, el 3 de diciembre de 2007, con el propósito de incrementar las operaciones de vigilancia, supervisión e inspección, entraron en operación los primeros cuatro CUMAR en los puertos de Altamira, Veracruz, Lázaro Cárdenas y Manzanillo; y en agosto de 2008 se establecieron otros diez, en los puertos de: Tampico, Tuxpan, Coatzacoalcos, Ciudad del Carmen, Progreso, Ensenada, Guaymas, Mazatlán, Acapulco y Salina Cruz.

Desde su instalación, el CUMAR ha contribuido significativamente en la protección de los puertos, las vías generales de comunicación por agua y del personal que en ellos labora, así como de los buques y las tripulaciones de éstos, que arriban o zarpan de los puertos en los que se encuentran establecidos. Hasta antes del 2007 no se habían conseguido aseguramientos significativos en los puertos, sin embargo, a partir de la creación de estos centros, entre el 2007 y el 2012, se logró el aseguramiento de: 16 millones 409 mil 800 pastillas de pseudoefedrina, más de 2 millones de kilogramos de precursores químicos, 30 mil 430 kilogramos de cocaína, 25 millones 170 mil 080 dólares americanos, así como armas diversas.

Sobre este particular es muy importante precisar que el Comité Ejecutivo contra el Terrorismo del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas al tener conocimiento de la efectiva coordinación entre las diversas autoridades que convergen en los puertos y de los resultados antes citados, consideró el establecimiento del CUMAR como una muy buena práctica por parte del Gobierno de México y un ejemplo a seguir por la comunidad mundial en el establecimiento de disposiciones internacionales en materia de Protección Marítima y Portuaria.

Para dar congruencia al orden jurídico que regula las actividades de las Secretarías de Marina y de Comunicaciones y Transportes, en materias de Búsqueda y Rescate para salvaguardar la vida humana en la mar y la Protección Marítima y Portuaria, en la presente Iniciativa se propone delimitar y precisar las atribuciones que corresponda ejercer a estas dependencias y les permitan sustentar el contenido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley de Puertos y Ley de Navegación y Comercio Marítimos, sus funciones de autoridad.

Adicionalmente, es importante señalar que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 precisa “fortalecer el marco legal en materia de protección marítima y portuaria”, dado que ésta no se encuentra considerada en la legislación actual, por lo que resulta necesario asignarla como una atribución de la Secretaría de Marina, que de facto la ejerce a través de la Armada de México.

Aunado a lo anterior, es importante precisar que el entorno oceánico y costero del Estado mexicano posee una riqueza biológica que contribuye a la megadiversidad y actividad económica de las zona costera y marinas del país, por ello la preocupación por el deterioro del medio ambiente marino en general, y específicamente por evitar que se presenten vertimientos en estas aguas y costas, a fin de garantizar la conservación de un medio ambiente marino para aquellos que se benefician de los recursos del mar, propiciando el desarrollo armónico de la población; en este contexto, México es signante del Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias, 1972, y del Protocolo de 1996 que lo sustituyó.

Con el fin de cumplir el convenio antes mencionado, en Acuerdo Presidencial del 30 de enero de 1978, el Ejecutivo Federal designó a la Secretaría de Marina como la autoridad competente en materia de vertimientos, y el 23 de enero de 1979 expidió el Reglamento para prevenir y controlar la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, que faculta a citada secretaría para otorgar, cancelar y suspender permisos de vertimientos, así como aplicar las sanciones y multas a los infractores.

En razón de lo anterior, es conveniente que la atribución en materia de vertimientos para la Secretaría de Marina, considerada importante y trascendental para la conservación y vigilancia de nuestros recursos marítimos, quede debidamente especificada dentro del marco de atribuciones que el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal precisa para esta dependencia, excluyendo lo relativo al vertimiento de aguas residuales al mar, que es competencia de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, con lo que se delimitan responsabilidades en el ejercicio de autoridad de ambas Secretarías.

Finalmente, es importante precisar, que se parte de la visión de que las funciones de las Secretarías de Marina y la de Comunicaciones y Transportes, deben ser complementarias, toda vez que el ámbito de competencia entre ambas son precisamente los puertos y las zonas marinas mexicanas, sin que cada una pierda su misión constitucional y legal. El propósito es que las actividades que realizan en estas materias estén claramente definidas, sin posibilidad de yuxtaposición o, inclusive, de conflictos competenciales, que confundan a los gobernados, a quienes se dirige la norma regulatoria y que puedan tener consecuencias legales en los actos de autoridad que cada una de ellas ejecuta o emite.

En ese tenor, se proponen reformas a los artículos 30 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

En el artículo 30 se especifica que la Secretaría de Marina será la autoridad en las zonas marinas mexicanas en materia de búsqueda, rescate y vertimientos de desechos al mar distintos al de aguas residuales, así como en protección marítima y portuaria en coordinación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Del mismo modo, el artículo 36 se armoniza con el artículo 30, en lo relativo a la protección marítima y portuaria para especificar que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes se coordinará con la de marina en esta materia.

En la Ley de Puertos, se propone reformar el artículo 1, para ampliar el objeto de esta ley, incluyendo la protección marítima y portuaria y se adicionan las fracciones X y XI del artículo 2 para establecer su definición y la del CUMAR.

Se adiciona el artículo 19 Bis, para especificar la responsabilidad del CUMAR, su organización y funcionamiento como Grupo de Coordinación Interinstitucional entre la Secretaría de Marina y la de comunicaciones y transportes, así como el 19 Ter para pormenorizar sus funciones y la forma en que actuará dicho grupo.

Se reforma la fracción IV del artículo 26 para precisar que los concesionarios deberán prever un área para el servicio al público, del CUMAR y otras autoridades, y las fracciones X y XI del artículo 40 para eliminar la letra “y” al final del texto de la fracción X e incluirla en la XI; y se adiciona la fracción XII al artículo 40 para establecer la obligación que tienen los concesionarios de proporcionar la información que requiera el CUMAR para cumplir con los objetivos de la Protección Marítima y Portuaria.

En la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, se reforma el artículo 1 para precisar que la protección es parte del objeto de la ley y se adicionan las fracciones I Bis, VII Bis y VII Ter al artículo 2 para definir el acrónimo Semar, protección marítima y portuaria y CUMAR respectivamente para armonizar estas últimas con la Ley de Puertos.

Así mismo, se adiciona el artículo 8 Bis para establecer las atribuciones de la Secretaría de Marina en materias de Protección Marítima y Portuaria, Búsqueda y Rescate y el 49 Bis, para establecer la relación entre el CUMAR y la capitanía de puerto cuando haya un nivel 3 de Protección Marítima y Portuaria.

Se reforman los artículos 163, 164 y 167 y se adicionan la fracción VIII Bis al artículo 9 y el tercer párrafo al artículo 46, para establecer las funciones, obligaciones y relaciones entre las capitanías de puerto, Semar y el CUMAR, en materias de protección marítima y portuaria, búsqueda, rescate y salvamento.

Por lo antes expuesto, se somete a la consideración de esa honorable soberanía el siguiente proyecto de

Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Puertos, y de Navegación y Comercio Marítimos

Artículo Primero. Se reforman las fracciones V y VII Bis del artículo 30, y la fracción XVII del artículo 36, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 30. ...

I. a IV.- ...

V. Ejercer la autoridad en las Zonas Marinas Mexicanas en materia de:

a. Cumplimento del orden jurídico nacional;

b. Búsqueda y rescate para la salvaguarda de la vida humana en la mar;

c. Vertimiento de desechos y otras materias al mar distintas al de aguas residuales, y

d. Protección marítima y portuaria en coordinación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en los términos que fijan los tratados internacionales y las leyes de la materia;

VI. a VII. ...

VII Bis. Establecer y dirigir el Servicio de Búsqueda y Rescate para la salvaguarda de la vida humana en la mar;

VIII. a XXVI. ...

Artículo 36. ...

I. a XVI. ...

XVII. Inspeccionar los servicios de la marina mercante, así como coordinarse con la Secretaría de Marina en la aplicación de las medidas en materia de Protección Marítima y Portuaria;

XVIII. a XXVII. ...

Artículo Segundo.Se reforman el párrafo primero del artículo 1o; la fracción IV del artículo 26 y las fracciones X y XI del artículo 40 y se adicionan las fracciones X y XI al artículo 2o; los artículos 19 Bis y 19 Ter, y la fracción XII al artículo 40, de la Ley de Puertos, para quedar como sigue:

Artículo 1o.- La presente ley es de orden público y de observancia en todo el territorio nacional, y tiene por objeto regular los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación, protección y formas de administración, así como la prestación de los servicios portuarios.

...

Artículo 2o. ...

I. a IX. ...

X. CUMAR: El Centro Unificado para la Protección Marítima y Portuaria;

XI. Protección Marítima y Portuaria: Las medidas, mecanismos, acciones o instrumentos que permitan un nivel de riesgo aceptable en los puertos y en la administración, operación y servicios portuarios, así como en las actividades marítimas, en los términos que establezcan los tratados o convenios internacionales en los que México sea parte en materia de Protección Marítima y Portuaria.

Artículo 19 Bis. El CUMAR es un grupo de coordinación interinstitucional entre la Secretaría de Marina y la Secretaría, para la aplicación de las medidas de Protección Marítima y Portuaria y la atención eficaz de incidentes marítimos y portuarios, que determine la Secretaría de Marina.

La organización y funcionamiento del CUMAR se regulará en el reglamento que al efecto se expida.

Artículo 19 Ter. El CUMAR tendrá las funciones siguientes:

I. Coadyuvar en el cumplimiento de los tratados o convenios internacionales en los que México sea parte en materia de Protección Marítima y Portuaria;

II. Aplicar medidas e intervenir en su caso, para que se cumplan los niveles de Protección Marítima y Portuaria conforme a lo siguiente:

a) Nivel de protección 1: Establecer en todo momento medidas mínimas de protección marítima y portuaria;

b) Nivel de protección 2: Establecer medidas adicionales de protección marítima y portuaria a las establecidas en el inciso anterior por aumentar el riesgo de que ocurra un suceso que afecte la protección marítima y portuaria, durante un determinado periodo; y

c) Nivel de protección 3: Establecer medidas específicas adicionales de protección marítima y portuaria a las establecidas en los incisos anteriores por un tiempo limitado, cuando sea probable o inminente un suceso que afecte la protección marítima y portuaria, aún en el caso de que no pudiera localizarse el objetivo específico que dicho suceso afecte;

III. Fungir como instancia coordinadora de las acciones que realicen las autoridades de los tres órdenes de gobierno en materia de protección marítima y portuaria; y

IV. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas.

Artículo 26. ...

I. a III. ...

IV. Las características de prestación de los servicios portuarios y la determinación de las áreas reservadas para el servicio al público y para las funciones del capitán de puerto, de aduanas, el CUMAR, y otras autoridades;

V. a XII. ...

...

Artículo 40. ...

I. a IX. ...

X. Percibir, en los términos que fijen los reglamentos correspondientes y el título de concesión, ingresos por el uso de la infraestructura portuaria, por la celebración de contratos, por los servicios que presten directamente, así como por las demás actividades comerciales que realicen;

XI. Proporcionar la información estadística portuaria; y

XII. Proporcionar al CUMAR la información que les sea requerida relacionada con la protección marítima y portuaria, así como tomar en cuenta sus recomendaciones para mantener los niveles establecidos en el artículo 19 Ter de la presente ley.

Artículo Tercero. Se reforman el párrafo primero del artículo 1; 163, 164 y la fracción III del artículo 167 y se adicionan las fracciones I Bis, VII Bis y VII Ter al artículo 2; el artículo 8 Bis; la fracción VIII Bis al artículo 9; el tercer párrafo al artículo 46 y el artículo 49 Bis, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos para quedar como sigue:

Artículo 1. Esta ley es de orden público y tiene por objeto regular las vías generales de comunicación por agua, la navegación, su protección y los servicios que en ellas se prestan, la marina mercante mexicana, así como los actos, hechos y bienes relacionados con el comercio marítimo.

...

Artículo 2. ...

I. ...

I Bis. Semar: La Secretaría de Marina;

II. a VII. ...

VII Bis. Protección marítima y portuaria: Las medidas, mecanismos, acciones o instrumentos que permitan un nivel de riesgo aceptable en los puertos y en la administración, operación y servicios portuarios, así como en las actividades marítimas, en los términos que establezcan los tratados o convenios internacionales en los que México sea parte en materia de protección marítima y portuaria.

VII Ter. CUMAR: El Centro Unificado para la Protección Marítima y Portuaria establecido en la Ley de Puertos;

VIII. a XIII. ...

Artículo 8 Bis.- Son atribuciones de la SEMAR, sin perjuicio de las que correspondan a otras dependencias de la administración pública federal:

I. Establecer, en coordinación con la Secretaría, la Protección Marítima y Portuaria que aplicará el CUMAR conforme a lo dispuesto en la Ley de Puertos;

II. Dirigir, organizar y llevar a cabo la búsqueda y rescate para la salvaguarda de la vida humana en las zonas marinas mexicanas; y

III. Las demás que le señalen otras disposiciones jurídicas.

Artículo 9. ...

I. a VIII. ...

VIII Bis. Ordenar las medidas que le sean requeridas por el CUMAR, conforme a lo dispuesto en la Ley de Puertos;

IX. a XIV. ...

...

...

Artículo 46. ...

...

En caso de encontrarse algún incumplimiento a las normas aplicables en materia de protección marítima y portuaria, la autoridad marítima dará vista al CUMAR para que intervenga en los términos que establezca la Ley de Puertos.

Artículo 49 Bis.- La capitanía de puerto a requerimiento del CUMAR podrá negar o dejar sin efectos el despacho de salida de cualquier embarcación como medida precautoria cuando se haya decretado un nivel 3 de protección marítima y portuaria en términos de la Ley de Puertos.

Artículo 163. La organización y dirección del Servicio de Búsqueda y Rescate para la salvaguarda de  la vida humana en las zonas marinas mexicanas corresponderá a la SEMAR, conforme a lo dispuesto por el artículo 8 Bis de esta ley. La SEMAR determinará las estaciones de búsqueda y rescate que deban establecerse en los litorales, de conformidad con lo dispuesto por el reglamento respectivo.

Artículo 164. El salvamento de embarcaciones en los términos que señala el artículo 161 de esta ley, dentro de la jurisdicción de la capitanía de puerto será coordinado por su titular, quien estará facultado para utilizar los elementos disponibles en el puerto a costa del propietario o naviera de la embarcación de que se trate, por el tiempo necesario que dure la operación.

Artículo 167. ...

I. y II. ...

III. El plazo para cumplir con la orden será de tres meses contados a partir de la fecha de la notificación. De no cumplirse con tal requerimiento, la autoridad marítima estará facultada para removerlo o hundirlo, a costa del propietario o naviera, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones administrativas conducentes. En caso de hundimiento, se deberá contar con la autorización de la SEMAR, como autoridad en materia de vertimientos, y

IV. ...

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El Ejecutivo federal deberá promover la expedición de las disposiciones reglamentarias necesarias, dentro de un término de ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigor de este decreto.

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 18 de septiembre de 2013.— Diputado Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Marina y de Transportes, para dictamen.



LEY DE COORDINACION FISCAL

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, el diputado José Arturo Salinas Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo, que el propio diputado preside.

El diputado José Arturo Salinas Garza: Con su permiso, diputado presidente. Compañeros y compañeras diputadas, agradezco personalmente esta oportunidad de estar aquí, presentando a nombre de todos los integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo —que me honro en presidir— esta iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. La cual, cabe señalar, es fruto del trabajo que tuvimos durante un año en la propia comisión.

Llevamos a cabo foros de consulta, reuniones, conocimos los puntos de vista de los alcaldes del país y, finalmente, llegamos a un consenso y estamos presentando el día de hoy esta iniciativa firmada por todos los grupos parlamentarios que formamos parte de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo.

La presente iniciativa tiene por objeto modificar las fórmulas actuales de transferencia del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, específicamente en lo que refiere a los Ramos 28 y 33, los cuales desde hace tiempo han generado un sentimiento de insuficiencia de recursos, con la idea generalizada de que el trato y la distribución es inequitativa. Además ha mantenido un incentivo perverso, ya que mantiene a la población en marginación y así es como los gobiernos locales pueden realmente seguir percibiendo recursos.

Y finalmente, estamos viendo que uno de los ejemplos más claros de porqué las fórmulas actuales de Ramo 28 y 33 no son eficientes, es que en los últimos 14 años se han transferido más de un billón de pesos a los municipios y la población sigue en pobreza extrema. Es más, la población y la pobreza en la población ha aumentado. Igualmente la fórmula desmotiva la eficiencia, ya que el alcalde que va disminuyendo sus indicadores de pobreza pierde recursos presupuestales.

Muchos de nosotros habremos de recordar que el año pasado alrededor de mil 200 alcaldes perdieron más de 6 mil millones de pesos porque redujeron los índices de pobreza de sus  municipios.

Por lo anterior, los diputados que integramos esta Comisión de Fortalecimiento al Federalismo proponemos a esta soberanía la presente iniciativa, que modifica 13 artículos de la Ley de Coordinación Fiscal, con 6 objetivos específicos:

1. Se garantiza que con el cambio de las fórmulas ningún estado o municipio disminuya sus recursos actuales. Es decir, el dinero que recibieron en 2013 no se verá disminuido.

Asimismo, tampoco estamos solicitando recursos adicionales a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

2. Tenemos como prioridad que los recursos se asignen de forma equitativa y de manera transparente con los objetivos que este Poder Legislativo ha determinado. Es decir, que el Ramo 28 sean recursos resarcitorios y que en el Ramo 33 haya recursos compensatorios para los estados y municipios.

3. Las fórmulas y las propuestas deben estimular y fomentar el desarrollo y autonomía de los gobiernos locales y disminuir en la pobreza. Además se va a reconocer el desempeño del gobernante, agregando indicadores sociales de eficiencia, evaluación y transparencia.

4. Se modifican las 10 etiquetas actuales del Fondo de Aportaciones para Infraestructura Social Municipal, que actualmente limitan las decisiones de los gobernantes, y ahora permitiremos también que haya mantenimiento de la infraestructura que tienen y que actualmente no es posible dar.

5. Se incluyen sanciones para que los gobiernos locales entreguen los recursos a los municipios en tiempo y forma.

6. Se crea un nuevo fondo, el Fondo de Aportaciones para la Atención de la Pobreza, en donde se fusiona el Fondo de Fomento Municipal con el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal. Con esto vamos a permitir tener indicadores de pobreza e indicadores de desempeño. De esta manera los alcaldes que hagan un buen trabajo y reduzcan los índices de marginación y pobreza en sus municipios también podrán recibir recursos por desempeño.

Por último, cabe señalar que el factor de fortalecer a los municipios no es nuevo, se ha discutido bastante en esta tribuna, se han propuesto diversas iniciativas al respecto, planes de desarrollo, convenios, seminarios, convenciones, foros de consulta y análisis jurídicos, y los municipios en general siguen sufriendo las consecuencias centralistas del sistema mexicano.

Es momento de que ya este Congreso de la Unión tomemos cartas sobre el asunto y llevemos a cabo acciones puntuales que traigan beneficios reales y tangibles a todos los municipios de nuestro país.

Por eso creemos que esta iniciativa resuelve —en mucho— esos problemas y recoge la voz de prácticamente todos los alcaldes del país. Estamos buscando que haya un verdadero federalismo. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que  reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado José Arturo Salinas Garza, del Grupo Parlamentario del PAN, y suscrita por integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo

Los suscritos, integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

La Ley de Coordinación Fiscal se promulgó en 1953 y sentó las bases para administrar el ingreso federal compartido con los Estados que se coordinaron en el cobro del entonces Impuesto sobre Ingresos Mercantiles.

Fue hasta 1973, en que todas las entidades federativas se coordinaron, y renunciaron a recaudar impuestos de manera local, para transferir las más importantes facultades recaudatorias a la federación, y esta a su vez distribuir los recursos de manera justa y eficaz.

Al inicio de la aplicación de la Ley de Coordinación Fiscal, (Diciembre de 1978 y 1980), que contiene la reglamentación del Ramo 28, (Participaciones a Estados y Municipios) este Ramo se componía principalmente del Fondo General de Participaciones que significó el 13 por ciento de los ingresos federales, los recursos fueron incrementándose paulatinamente al involucrar otros conceptos de la armonización tributaria, hasta significar en 1995 el 18.51 por ciento. A partir del año de 1996, estos recursos se constituyen con el 20 por ciento de la recaudación federal participable.

• Ramo 28: “Participaciones a Entidades Federativas y Municipios”

Las participaciones provienen de la distribución intergubernamental de los recursos entre la federación, las entidades federativas (Estados) y los Municipios. Entre ellos, se distribuyen la recaudación total de acuerdo al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

Las participaciones federales a Estados y Municipios están constituidas por dos fondos principales: el Fondo General de Participaciones y el Fondo de Fomento Municipal. Del primer fondo, se le destinan obligatoriamente a los Municipios al menos el 20 por ciento de los recursos transferidos a los Estados también por dicho fondo. Esta norma data desde 1980 y no se ha modificado.

El segundo fondo (Fondo de Fomento Municipal – FOMUN), se conforma con el 16.8 por ciento del 1 por ciento de la recaudación federal participable, y se distribuye a los Municipios a través de los Estados, garantizando que las cantidades no sean menores a lo recaudado localmente por impuesto predial y por derechos.

Con el paso de los años, con parches fiscales, y otros criterios nada transparentes, el Ramo 28 tiene ahora 13 fondos, y 5 formulas específicas con variables adicionales a ellas que urgen de ser revisadas.

De esta manera, las participaciones federales significan la única fuente de recursos descentralizados que se manejan libremente por las legislaturas locales y se convierte en recursos ordinarios y propios para las haciendas municipales y estatales; participaciones que supuestamente están relacionadas con el concepto resarcitoriode los impuestos que dejarían de cobrar los Estados y Municipios, por entrar a un pacto federal .

Hoy el Ramo 28 y sus Participaciones se componen de 13 fondos. De éstos, 5 no se distribuyen entre la totalidad de las Entidades Federativas.

• Ramo 33: “Aportaciones a Entidades Federativas y Municipios”

Hasta antes de 1990, los gobiernos municipales no recibían de la Federación recursos para aplicar en obras y acciones sociales, bajo la modalidad de transferencias condicionadas. En ese contexto, sus finanzas dependían fundamentalmente de las participacionesfiscales, ya que sus ingresos propios eran sumamente reducidos

A partir de 1990 y hasta 1997, los Municipios del país recibieron de la Federación recursos para el financiamiento de infraestructura social y servicios básicos para los grupos en pobreza extrema; los mecanismos programáticos utilizados para realizar esas transferencias tuvieron un espíritu compensatorio. A saber, Fondos Municipales de Solidaridad de 1990 a 1994; Fondo de Solidaridad Municipal, de 1994 a 1995 y Fondo de Desarrollo Social Municipal de 1996 a 1997.

La extinta Secretaría de Programación y Presupuesto controlaba dichos fondos, posteriormente fue la Secretaría de Desarrollo Social. La normativa que regulaba su aplicación era federal, de alcance nacional y existía anualidad en el ejercicio de los recursos.

Con el fin de institucionalizar y dar certidumbre jurídica a estas transferencias, así como a otras destinadas a las entidades federativas, (con y para objetivos diversos), a fines de 1997, el Ejecutivo Federal envió a la Cámara de Diputados una iniciativa para modificar la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), mediante la incorporación, a ese ordenamiento, de un Capítulo V, con el cual se constituirían las Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.

La iniciativa consideraba la creación original de 3 fondos : el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB), el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), y el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISM).

La Cámara de Diputados determinó que se adicionaran otros tres fondos de Aportaciones, a los anteriores, que fueron: de Infraestructura Social Estatal (FAISE), que junto con el FAISM integraría el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS); otro para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (Fortamun–DF); y el de Aportaciones Múltiples (FAM), para transferir principalmente recursos a los DIF ya descentralizados a nivel estatal y a la educación.

En 1999 se le agregan dos fondos más para complementar la descentralización de recursos en actividades educativas y de seguridad pública: el Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA), y el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FASP). En 2007 se pasa al Ramo 33 el Programa de Fortalecimiento a las Entidades Federativas (PAFEF) que se ubicaba hasta 2006 en el Ramo 39. Quedando así, el Ramo 33 con sus 8 fondos actuales.

De esto a la fecha han pasado 16 años, con fórmulas vigentes desde entonces y causando, con el paso de los años, distorsiones graves en las haciendas estatales y municipales. Motivo y necesidad de la presente iniciativa.

Exposición de Motivos

Las fórmulas actuales de transferencias del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, contenidas en la LCF, (Ramos 33 y 28), han generado un sentimiento de insuficiencia de recursos en los tres órdenes de gobierno, con la idea generalizada de que el reparto es además, inequitativo.

El hecho constatable o no, de que la federación es el ente más eficiente en materia recaudatoria, ha generado un círculo perverso de dependencia de los gobiernos locales, que limita su capacidad de acción frente a las necesidades reales de su población, porque se ha restringido su capacidad de financiarlos. Es común la queja de que los recursos impositivos propios son magros, como lo son las participaciones que reciben, lo cual les proporciona un culpable: la Federación.

El esquema de suma cero, que contiene la LCF, conlleva a que los cambios que históricamente se han propuesto, (de todo tipo y con seriedad), siempre generan Estados ganadores y Estados perdedores, y la salida más fácil ha sido que el costo de los perdedores, lo cargue la Federación.

En la situación actual de las finanzas federales, esto no es posible, sin que la Federación deje de cumplir con algunas de sus responsabilidades. En cualquier solución que se proponga, un problema es insoslayable: la falta de recursos públicos. Es sabido que la carga fiscal en nuestro país es de las más bajas del mundo, con esto, de no cambiar esquemas de fondo, no podremos financiar nuestro futuro desarrollo.

La presente iniciativa propone modificar y actualizar la Ley de Coordinación Fiscal derivado de la necesidad de corregir los siguientes puntos:

• Resarcir a las entidades federativas y municipios vía el retorno presupuestal monetario que aportan tributariamente al Presupuesto Federal, y esto se lleve a cabo con equidad y transparencia.

• Porque con el paso de los años, las 5 fórmulas contenidas en los primeros 4 capítulos de dicha Ley (sin contar las de sus variables de medición), están obsoletas, distorsionan equilibrios inter estatales, demuestran inequidad e injusticias económicas entre lo que los Estados aportan al PIB y lo que la Federación les devuelve fiscalmente.

• Porque de sus 13 fondos, que se han ido agregando de 1980 a la fecha, paulatina y de manera no transparente; no todos se reparten entre las 32 Entidades Federativas, originando injusticias geográficas y desequilibrios económicos.

• La LCF no contiene normas obligatorias de transparencia, permite reinterpretaciones locales, facilita la inclusión de variables inadecuadas de medición tributaria, y deja a los Municipios en estado de indefensión fiscal.

En cuanto al objetivo del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISM) el cual es financiar obras y acciones sociales que beneficien directamente a la población en rezago social y pobreza extrema en los rubros programáticos definidos por la Ley de Coordinación Fiscal, que son: (10 etiquetas)

Agua Potable, Alcantarillado, Drenaje y letrinas, Urbanización municipal, Electrificación rural y de colonias pobres, Infraestructura básica de salud, Infraestructura básica educativa, Mejoramiento de vivienda, Caminos rurales e Infraestructura productiva rural.

El FAISM es una de las principales fuentes de financiamiento para la dotación de infraestructura y servicios básicos de cuando menos 1,700 Municipios del país de tipo rurales y semiurbanos. Este fondo, es la principal vía para financiar obra pública, en virtud de la debilidad de las finanzas de los Ayuntamientos, inclusive, en muchos de esos Municipios, sobre todo en los rurales, el FAISM es prácticamente la única fuente de financiamiento para ese fin.

Las aportaciones totales transferidas a los Municipios, vía el FAISM, en un período de 18 años (1996 - 2013), sumaron $ 432,000 millones de pesos. Es importante señalar que en ese periodo, los Estados que lo recibieron son los siguientes: Chiapas $ 53,500 millones; Veracruz $ 47,000 millones; Oaxaca $ 40,000; y Guerrero $ 34,000 millones, solo como ejemplo de los mas financiados.

De lo anterior, puede observarse que ello ha beneficiado más a las entidades con menor grado de desarrollo, sin embargo, si bien los indicadores de infraestructura básica también han disminuido, lo cierto es que los grados de pobreza y pobreza extrema, según datos del Coneval, han crecido.

Las muchas fórmulas actuales de transferencias de la Ley de Coordinación Fiscal, a los Estados y Municipios, (Ramos 28 y 33), pero sobre todo la del FAISM, han generado grandes inestabilidades Financieras y de Planeación a los Estados y Municipios, y provocado el sentimiento de insuficiencia absoluta de recursos en los tres órdenes de gobierno, lo cual además, induce el sentimiento (real), de que el reparto es inequitativo.

Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social

El Fondo de Aportaciones para el Infraestructura Social (FAIS), se subdivide en 2 fondos (FAISE y FAISM), y está conformado con recursos federales equivalentes al 2.5 por ciento de la recaudación federal participable (RFP). Sin embargo, en 1998 el FAIS representó únicamente el 2.318 por ciento, y es hasta 1999 que los recursos representan el porcentaje establecido originalmente en la Ley de Coordinación Fiscal. Los dos fondos que lo componen se distinguen porque uno se integra a la hacienda estatal (FAISE), representando el 12.12 por ciento del total, mientras que el segundo (FAISM), se dirige a los municipios (87.88 por ciento).

El FAISM proviene presupuestalmente del extinto Ramo 26 (hoy Ramo 33), su distribución es mensual y se entrega en diez meses, lo que para muchos Municipios implica un complicado esfuerzo de planeación y presupuestación.

Los recursos del fondo están etiquetados con base en actividades específicas, es decir, el fondo no puede usarse libremente por los Municipios, sino que debe invertirse en diez tipos de obras básicas, ya señaladas.

Para la distribución de estos recursos hacia los Municipios, los Estados pueden optar por 2 alternativas de cálculo: a) utilizar la formula federal señalada en el artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal, o en su caso, b) cuando los Estados no puedan utilizar la fórmula de distribución federal para sus Municipios, la ley exige que la distribución tome en cuenta los siguientes criterios básicos:

a)Ingresos: al considerar la proporción de la población municipal que perciba menos de dos salarios mínimos;

b)Nivel educativo: con la proporción de la población municipal mayor de 14 años que no sepa leer y escribir;

c)Vivienda: al tomar en cuenta la proporción de la población municipal que habite en viviendas particulares sin disponibilidad de drenaje conectado a fosa séptica o a la calle;

d)Electricidad: es decir la proporción de la población municipal que habite en viviendas particulares sin disponibilidad de electricidad.

En 16 años de creado el FAISM en 1996 - 1998 (Ramo 26 y 33 respectivamente), los Municipios del país han recibido $ 447,000 millones de pesos; y si a eso le aumentamos otros $ 487,000 millones del Fondo 4 del mismo Ramo 33, denominado FAFOMUN, suman $ 934,000 millones de pesos.

Derivado de lo anterior los Diputados que suscribimos la presente Iniciativa consideramos necesario el cambio de operación del Ramo 33 por lo siguiente:

• En los últimos 14 años, se han transferido casi un BILLON de pesos a los Municipios y la población en pobreza continúa en franco crecimiento.

• Las 10 etiquetas actuales del FAISM, limitan la operación de los Alcaldes en materia de acciones para el desarrollo, y al ser exclusivas para obras de infraestructura, nunca se estará en condiciones de superar la pobreza económica de la población. Son objetivos distintos.

• Las variables de la fórmula actual, ponderan la demografía en exceso, lo cual distorsiona las cualidades diferentes en la geografía municipal.

• Desmotiva la eficiencia, ya que el Alcalde que va disminuyendo indicadores de pobreza, pierde recursos presupuestales anuales por eficacia.

• Los Municipios urbanos, con más facilidades de obtener recursos propios, son los que se llevan montos mayores del FAISM.

• La fórmula es discriminatoria, ya que un pobre de cualquier Estado e iguales condiciones de pobreza, puede recibir miles de pesos per cápita más, o menos, que otro de diferente Estado e igual condición.

• La fórmula no resiste análisis per cápita de ningún tipo, lo cual de sí misma la hace inequitativa e injusta.

• En 16 años de aplicar el FAISM a Estados y Municipios, en 6 años diferentes, los Estados y sus Municipios han visto disminuido sus recursos considerablemente, pero además, pueden pasar hasta 5 años, antes de recuperar el monto que les disminuyeron originalmente.

• Las condiciones actuales de la fórmula, ésta irá distorsionando más las puntas presupuestales entre Municipios de igual condición de pobreza. Entre 2011 y 2012, 16 Estados y 1,261 Municipios vieron disminuir sus recursos en más de $ 5,500 millones de pesos.

• Los alcaldes no pueden cumplir con 2 objetivos fundamentales: Hacer una planeación adecuada de sus prioridades de desarrollo; y menos aún aportar los muchos pari passu que la Federación y los Estados le piden para obras.

• Los municipios urbanos, dado el peso de las variables demográficas, siempre se llevarán la mayor parte de los recursos del FAISM.

• Se beneficia doble e injustamente a dichos Municipios muy urbanos con el Fondo 4 del Ramo 33 el FAFOMUN, que se reparte sin más criterio que la población municipal, y no justifica el objeto

• La fórmula actual es complicada, inequitativa, distorsionante con el tiempo y los censos. Ya está rebasada, y no cumple ya con los principios de justicia y transparencia. En 16 años, solo 8 Estados no han perdido recursos en algún año, los otros 24 hasta en 2 o 3 ocasiones.

Por lo arriba expuesto, es que los integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo, de esta H. Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, propone modificar diversos artículos de la LCF, referentes al Ramo 28 y la Fórmula del FAISM contenida en el Ramo 33, artículos 34 y 35 de la LCF, con los siguientes 6 objetivos y lineamientos :

1. Garantizar que al cambio de fórmulas, ningún Estado ni Municipio vea disminuidos sus recursos actuales, a partir de la entrada en vigor de estas modificaciones.

2. Tener por prioridad que los recursos se asignen equitativamente y con los objetivos que el Poder Legislativo les asignó de origen, esto es, fondos resarcitorios (Ramo 28) y compensatorios (Ramo 33) a Estados y Municipios.

3. Que el cambio en las fórmulas, paulatinamente estimulen y fomenten el desarrollo y autonomía de los gobiernos locales, y la disminución de la pobreza, agregando indicadores sociales de eficiencia, evaluación y transparencia.

4. Modificar las 10 etiquetas actuales del FAISM, que limitan las decisiones de los Gobiernos Locales.

5. Incluir en el articulado de la LCF, las sanciones necesarias que hasta ahora no tiene, para evitar reinterpretaciones normativas locales, coerciones programáticas, desvíos de recursos, la obligatoriedad del flujo de información y otras acciones de participación comunitaria y de transparencia.

6. Fusionar el Fondo 4 FAFOMUN con el FAISM para queen beneficio de los Municipios del país, se reconozca y se premie el desempeño y la baja en los índices de marginación y pobreza.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforman los artículos 6, párrafo primero; 25; 32, párrafo primero; 33, párrafos primero, segundo y último; 34; 35, párrafo tercero; 37; 38; se adicionanlos artículos 3, párrafo segundo, recorriéndose el actual párrafo segundo a ser tercero; 6, párrafo segundo, recorriéndose los actuales segundo, tercero y cuarto a ser tercero, cuarto y quinto párrafos; 32, primer párrafo con los incisos a), b) y c), y cuarto párrafo con sus fracciones I a V; 39, con los párrafos segundo y tercero; 40, con un segundo párrafo; 41, con un segundo párrafo y tercero con sus fracciones I a IV; y se deroganlos artículos 25, fracción IV, pasando a ser las actuales fracciones V, VI, VII y VIII a ser IV, V, VI y VII; 35, primer párrafo, pasando el actual segundo párrafo a ser primer párrafo, último párrafo; 36; todos de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

Artículo 3. ...

Las Entidades Federativas tienen la obligación de publicar en el Diario o Periódico Oficial de la Entidad el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas, variables utilizadas, y montos, estimados, que recibirá cada Municipio o Demarcación Territorial de las participaciones a que hace referencia este Capítulo, para cada ejercicio fiscal a más tardar el 15 de febrero del ejercicio de que se trate. En caso de incumplimiento por parte de las Entidades Federativas, en la publicación, la Secretará de Hacienda y Crédito Público retendrá los recursos correspondientes al Capítulo I de esta Ley, hasta que se haga la publicación mencionada.

...

Artículo 6.Las participaciones federales que recibirán los Municipios del total del Fondo General de Participaciones incluyendo sus incrementos, nunca serán inferiores al 20% de las cantidades que correspondan al Estado, el cual habrá de cubrírselas. Las legislaturas locales establecerán su distribución entre los Municipios incorporando las siguientes variables:

I. Población Municipal

II. Inversa al número de población

III. Inversa a Ingresos año anterior

IV. Esfuerzo recaudatorio de 1 a 3 años

V. Por ISAN y Tenencia

VI. Inversas de esfuerzos recaudatorios

VII. Número de localidades

VIII. Eficiencia de predial y/o agua

IX. Municipios que celebren Convenio con el Estado

X. Índice de dispersión poblacional

XI. Impuestos, Derechos, Productos y Aprovechamientos del Municipio

XII. Municipios productores o extractores Gas

XIII. Recaudación Alumbrado Público

XIV. Partes iguales entre todos los Municipios

XV. Por Padrón Vehicular Registrado

XVI. Padrón de pequeños contribuyentes

La información que se utilice para el cálculo de este fondo deberá ser pública y la más actualizada.

...

...

...

Artículo 25. ...

I. y II. ...

Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud;

III. Fondo de Aportaciones para la Atención de la Pobreza;

IV. Fondo de Aportaciones Múltiples;

V. Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos;

VI. Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, y

VII. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas.

Artículo 32. El Fondo de Aportaciones para la Atención de la Pobreza denominado FAAP se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación de la siguiente manera:

a) Con recursos federales por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 2.5% de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta Ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio. Del total de la Recaudación Federal Participable, el 0.303 por ciento corresponderá al Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad Estatal y el 2.197 por ciento al, Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad Municipal.

b) El Subfondo para la Atención de la Pobreza por Desempeño, corresponderán recursos federales por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 2.35 por ciento de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta Ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, para su distribución a los Municipios.

c) El Subfondo para la Atención de la Pobreza por Desempeño, al Distrito Federal y a sus Demarcaciones Territoriales, los fondos correspondientes les serán entregados en la misma forma que al resto de los Estados y Municipios correspondientes al inciso II de este artículo, pero calculados como el 0.2123 por ciento de la recaudación federal participable, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.

Este fondo se enterará mensualmente en los primeros diez meses del año por partes iguales a los Estados por conducto de la Federación y a los Municipios a través de los Estados, de manera ágil y directa, sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo las de carácter administrativo, que las correspondientes a los fines que se establecen en el artículo 33 de esta Ley.

Para efectos del entero a que se refiere el párrafo anterior no procederán los anticipos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 7o. de esta ley.

Respecto de dichas aportaciones, los Estados y los Municipios deberán:

I. Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios;

II. Promover la participación de las comunidades beneficiarias en su destino, aplicación y vigilancia, así como en la programación, ejecución, control, seguimiento y evaluación de las obras y acciones que se vayan a realizar;

III. Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados;

IV. Proporcionar a la Secretaría de Desarrollo Social, la información que sobre la utilización del Fondo de Aportaciones para la Atención de la Pobreza (en sus dos subfondos)le sea requerida. En el caso de los Municipios lo harán por conducto de los Estados, y

V. Procurar que las obras que realicen con los recursos de los Fondos sean compatibles con la preservación y protección del medio ambiente y que impulsen el desarrollo sustentable.

Artículo 33.Las aportaciones federales correspondientes al inciso a) del artículo 32 de esta ley, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en condiciones de pobreza y pobreza extrema, conforme lo establece la Ley General de Desarrollo Social y lo emitido por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, a efecto de coadyuvaren la atención de los efectos de la pobreza así como en sus orígenes, mediantelos siguientes rubros :

a) Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad Municipal: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, mejoramiento de vivienda, caminos rurales, y hasta un 10 por ciento para el mantenimiento de infraestructura.

b) Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad Estatal: Obras y acciones de alcance o ámbito de beneficio regional o intermunicipal.

En caso de los municipios, éstos podrán disponer de hasta un 2 por ciento del total de recursos del Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad Municipal que les correspondan para la realización de un programa de desarrollo institucional. Este programa será convenido entre el Ejecutivo Federal a través de la Sedesol, el gobierno estatal correspondiente y el Municipio de que se trate.

Adicionalmente, los Estados y Municipios podrán destinar hasta el 3por ciento de los recursos correspondientes en cada caso, para ser aplicados como gastos indirectos a las obras señaladas en el presente artículo.

Artículo 34.El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social en coordinación con elConsejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social , distribuirá el Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad entre los Municipios y Estados, considerando criterios de pobreza multidimensional, así como sus medidas de intensidad, conforme a la siguiente fórmula y procedimientos:

Artículo 35.Con objeto de apoyar a los Estados en la aplicación de sus fórmulas, la Secretaría de Desarrollo Social publicará en el Diario Oficial de la Federación, en los primeros quince días del ejercicio fiscal de que se trate, las variables y fuentes de información disponibles a nivel municipal para cada Estado.

Los Estados con base en los lineamientos anteriores y previo convenio con la Sedesol, calcularán las distribuciones del Fondo de Aportaciones para la Atención de la Pobrezacorrespondientes a sus Municipios, debiendo publicarlas en sus respectivos órganos oficiales de difusión a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal aplicable, así como la fórmula y su respectiva metodología, justificando cada elemento.

Artículo 36. Se deroga

Artículo 37.Las aportaciones federales correspondientes al inciso b) y c) del artículo 32 de esta ley, que reciban los Municipios a través de las entidades y las Demarcaciones Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos y del desarrollo social de la población del Municipio, dando prioridad a un programa de mantenimiento de infraestructura que tenga menos de 10 años de existencia, acciones de apoyo al empleo,al cumplimiento de sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes.

Artículo 38.ElEjecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social en coordinación con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social distribuirá los recursos correspondientes al apartado II y III del artículo 32 de esta ley, conforme al siguiente mecanismo:

Artículo 39. ...

De los presentes recursos el 46 por ciento constituirá un subfondo de Asistencia Social, y el 54 por ciento de los recursos constituirán dos subfondos para la Infraestructura de Educación Básica, y para la Infraestructura de Educación Media y Superior.

De los recursos que las Entidades Federativas reciban por el Fondo de Asistencia Social y del subfondo para la Infraestructura de Educación Básica corresponderá cuando menos el 20 por ciento a los Municipios de la entidad correspondiente y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

Artículo 40. ...

Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los Municipios y Demarcaciones Territoriales se destinarán exclusivamente al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a la población en condiciones de pobreza extrema, apoyos a la población en desamparo, así como a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física del nivel de educación básica.

Artículo 41. ...

Las entidades federativas y el Distrito Federal distribuirán a los municipios y demarcaciones territoriales conforme a indicadores de pobreza y vulnerabilidad municipales emitidos por el Coneval así como número de planteles de educación básica, conforme a los subfondos correspondientes.

Respecto de dichas aportaciones, los Estados y los Municipios deberán:

I,-Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios;

II. Promover la participación de las comunidades beneficiarias en su destino, aplicación y vigilancia, así como en la programación, ejecución, control, seguimiento y evaluación de las obras y acciones que se vayan a realizar;

III. Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados; y

IV. Proporcionar a la Secretaría de Salud y la Secretaria de Educación Pública, según corresponda, la información que sobre la utilización del Fondo de Aportaciones Múltiples. En el caso de los Municipios lo harán por conducto de los Estados.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Para el caso de los ejercicios fiscales 2014 y 2015, para el cálculo del coeficiente de distribución del Municipio i “Di,j” será calculado con las masas carenciales por hogar de los Municipios correspondientes a la información censal y de conteo del INEG de los años 2005 y 2010; en lugar de la incidencia municipal.

Para el ejercicio fiscal en donde se encuentre disponible la información se aplicara la información del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social para la incidencia municipal con base de información INEG de 2015.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de septiembre de 2013.— Diputados: José Arturo Salinas Garza, Benito Caballero Garza , José Luis Flores Méndez, María Carmen López Segura, María Teresa Jiménez Esquivel, Brenda María Izontli Alvarado Sánchez, Hugo Jarquín, Carlos Octavio Castellanos Mijares, Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, Juan Manuel Fócil Pérez, Juan Marcos Issa Salomón, Karina Labastida Sotelo, Fernando Alejandro Larrazábal Bretón, Marcos Rosendo Medina Filigrana, Emilse Miranda Munive, Juan Carlos Uribe Padilla, José Luis Valle Magaña, Laura Guadalupe Vargas Vargas, María Guadalupe Velázquez Díaz, Carlos Fernando Angulo Parra, Alberto Coronado Quintanilla, Rocío Esmeralda Reza Gallegos, Raquel Jiménez Cerrillo, José Alfredo Botello Montes, Mariana Dunyaska García Rojas, Germán Pacheco Díaz, Martha Berenice Álvarez Tovar, Leslie Pantoja Hernández, María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, Liliana Castillo Terreros, Tania Margarita Morgan Navarrete, Gerardo Peña Avilés, Elizabeth Vargas Marín del Campo, Jorge Rosiñol Abreu, Alejandra López Noriega, María del Rocío García Olmedo, Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares, Xavier Azuara Zúñiga, Marco Antonio González Valdez, Blanca Jiménez Castillo, Margarita Licea González, Consuelo Argüelles Loya, Faustino Félix Chávez, María Guadalupe Mondragón González, Gloria Bautista Cuevas, Julisa Mejía Guardado, Gabriel Gómez Michel (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias, señor diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen.

Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, la diputada...

La diputada Leslie Pantoja Hernández (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Sonido en la curul de la diputada Leslie Pantoja. ¿Con qué objeto, diputada Leslie Pantoja?

La diputada Leslie Pantoja Hernández (desde la curul): Gracias, diputado presidente. Quiero solicitarle, a nombre de mis compañeros del PAN, la autorización del diputado que en este momento acaba de hacer uso de la voz, el diputado Salinas, a ver si nos da la autorización para poder suscribir la iniciativa que acaba de leer a nombre de la comisión. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Veo que el proponente no tiene inconveniente en la solicitud de adhesión. La Secretaría pondrá a su disposición la iniciativa para que así ocurra.



LEY DE MIGRACION

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 y adicionan los artículos 19 Bis y 19 Ter a la Ley de Migración.

La diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro: Con su permiso, presidente. Vengo a presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 y adicionan los artículos 19 Bis y 19 Ter a la Ley de Migración, con el propósito de hacer más eficaz y eficiente al Instituto Nacional de Migración.

Diversas organizaciones y personalidades defensoras de los derechos humanos se cuestionan el funcionamiento actual del Instituto Nacional de Migración, al considerar que el organismo carece de claridad en sus funciones y que en poco ayuda a la protección de los derechos humanos de las migrantes y de los migrantes, que al no operar sus órganos ciudadanos no puede consolidar una política de Estado en el tema migratorio.

El instituto fue creado el 19 de octubre de 1993. Su objetivo es la planeación, ejecución, control, supervisión y evaluación de los servicios migratorios, al igual que las actividades de coordinación con las diferentes dependencias de la administración pública federal que concurren en la atención y solución de los asuntos relacionados con la materia.

Actualmente el Instituto Nacional de Migración es un órgano administrativo desconcentrado de la administración pública federal, dependiente de la Secretaría de Gobernación, el cual aplica la legislación migratoria vigente bajo la regulación del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, en el cual se establecen la forma en que operará, la forma en que se nombra y se remueve al comisionado del Instituto Nacional de Migración, sus atribuciones, entre las que se establece que el instituto cuente con un consejo ciudadano y su organización sea inherente al instituto.

La reforma que elevó a rango constitucional los derechos humanos le ha impuesto al Estado mexicano la obligación de repensar sus instituciones. Desafortunadamente esto no se ha hecho extensivo al Instituto Nacional de Migración. No obstante que el artículo 2 de la Ley de Migración así lo determina.

Como sabemos, México es un país expulsor, receptor y de tránsito para las y los migrantes, estos hombres y mujeres que buscan oportunidades. Pero reconocemos con tristeza y vergüenza que la política migratoria no se ha adecuado a esta visión de la protección de los derechos humanos. El gobierno no ha diseñado una estrategia para atender a los casi dos millones de deportados desde Estados Unidos de América, mucho menos a los grupos más vulnerables, como lo son en este caso las mujeres, las y los jóvenes, las y los niños. Tampoco para responder por los 10 mil desaparecidos que han entrado por nuestra frontera sur.

Están llegando al país mexicanos que no saben hablar español, que carecen de marco social para que se les pueda atender y que tienen que luchar contra todo tipo de adversidades, donde desafortunadamente destaca el trato, muchas veces indigno, de parte de empleados del Instituto Nacional de Migración.

Nos hemos visto en la necesidad de bajar la cara cuando nos señalan que en México se trata a las y los migrantes peor de lo que tratan en Estados Unidos de América a nuestros migrantes. Muchos de los casi 400 mil migrantes que entran por nuestra frontera sur son victimizados en el país varias veces. Un dato muy alarmante es que el 60 por ciento de las mujeres migrantes son violadas en el transcurso que tienen que cruzar por nuestro territorio nacional antes de llegar a la frontera norte. Casi nadie se salva de ser asaltada, asaltado. Muchos y muchas caen en manos de la trata en todas sus formas, mientras vemos con horror la asociación entre los criminales y las autoridades migratorias.

México debe ser un territorio de paz, no un espacio de terror, donde las y los migrantes se aventuran con miedo, porque su dignidad será violentada. Es preocupante que una parte del territorio nacional esté controlada por los criminales y es todavía más preocupante que en muchos de estos casos gocen del consentimiento de nuestras autoridades.

Por todo ello, buscamos con esta iniciativa la autonomía del Instituto Nacional de Migración para que deje de depender de criterios políticos y policíacos. Que el director del instituto esté cercano a la promoción y defensa de los derechos humanos. Que las organizaciones de la sociedad civil tengan acceso a los espacios de definición de políticas públicas en la materia. Que se normen sus actividades en base al respeto a los derechos humanos. Y que se le informe solamente sobre sus actividades a esta soberanía, el Poder Legislativo.

Deseamos que algún día no muy lejano cualquier persona que pise nuestro territorio lo haga con agrado y no con pavor.

El instituto, como cualquier otra institución de gobierno, tiene la responsabilidad de dar cuentas, de actuar con rectitud. Y este Congreso tiene la atribución para asegurarse de que esto así suceda. Desde aquí vigilaremos que el Instituto Nacional de Migración sea parte de este esfuerzo para que México sea un espacio de respeto a los derechos humanos.

Es por ello que consideramos muy importante esta iniciativa para lograr darle autonomía al instituto, al mismo tiempo que lo obligaremos a ser más transparente. La Constitución exige que se aplique el respeto a los derechos humanos en las leyes e instituciones y es hora que éste, el Instituto Nacional de Migración, deje atrás el rezago que tiene en esta materia.

El Grupo Parlamentario del PRD espera su voto favor y el análisis de verdad a fondo de esta iniciativa, que permita mayores elementos, mayores herramientas para tener un Instituto Nacional de Migración que realmente vele por la protección de los derechos humanos de las personas. Muchas gracias, es cuanto.

«Iniciativa que  reforma el artículo 19 y adiciona el 19 Bis y 19 Ter a la Ley de Migración, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, Lorenia Iveth Valles Sampedro, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 y se adicionan los artículos 19 Bis y 19 Bis 1 a la Ley de Migración, con el propósito de hacer más eficaz y eficiente al Instituto Nacional de Migración.

Planteamiento de problema

Diversas organizaciones y personalidades defensoras de los derechos humanos se cuestionan el funcionamiento del Instituto Nacional de Migración, al considerar que el organismo carece de claridad en sus funciones y que en nada ayuda a la protección de los derechos humanos de los migrantes. Que al no operar sus órganos ciudadanos, no puede consolidar una política de estado en el tema migratorio.

Argumentación

El instituto fue creado el 19 de octubre de 1993, su objetivo es la planeación, ejecución, control, supervisión y evaluación de los servicios migratorios, al igual que las actividades de coordinación con las diferentes dependencias de la administración pública federal, que concurren en la atención y solución de los asuntos relacionados con la materia.

En el año 2000 se incorporó en el Reglamento de la Ley General de Población la facultad de la autoridad migratoria para crear grupos de protección a migrantes, este es el sustento legal para la creación y funcionamiento de los Grupos Beta que coordina el INM, con la participación de los estados y municipios correspondientes, el 18 de mayo de 2005, mediante acuerdo es reconocido como instancia de seguridad nacional.

Actualmente el Instituto Nacional de Migración es un órgano administrativo desconcentrado de la Administración Pública Federal, dependiente de la Secretaría de Gobernación, el cual aplica la legislación migratoria vigente, bajo la regulación del reglamento interior de la Secretaría de Gobernación, en el cual se establecen la forma en que operara, la forma en que se nombra y se remueve al Comisionado del Instituto Nacional de Migración, sus atribuciones, entre las que se establece que el instituto cuente con un consejo ciudadano y su organización sea inherente al instituto.

Podemos destacar que el instituto no tiene vinculación directa con la Ley de Migración, la cual fue publicada el 25 de mayo de 2011 y busca, como principio fundamental, la protección de los derechos humanos y que se fortalezca la contribución de la autoridad migratoria a la seguridad pública y fronteriza, a la seguridad regional y al combate contra el crimen organizado, especialmente en el combate al tráfico o secuestro de migrantes, y a la trata de personas en todas sus modalidades. No debe quedar en segundo término la protección de los derechos humanos, como ha sido la visión del Poder Ejecutivo a lo largo de los años.

Dado que en la reforma a la administración pública federal aprobada y discutida por este poder soberano desaparece la Secretaria de Seguridad Pública federal y se transfieren sus facultades a la Secretaría de Gobernación la dependencia del instituto de la Secretaría de Gobernación y su nueva estructura, lo desliga aún más de su función primordial integrándose como un órgano de seguridad nacional y de persecución policiaca, induciendo la idea errada de que las y los migrantes, son una fuente de inseguridad para la Nación, lo que no refleja el Espíritu de la Ley de Migración, que prioriza la defensa de los derechos humanos en su artículo 2.

Cabe destacar, que los reglamentos, como bien es de explorado derecho, no pueden ni deben obstruir una ley, aunque en nuestro sistema jurídico son de las normas que no se han desarrollado, pues atienden a intereses particulares, es decir, del presidente en turno y no de la sociedad en general.

Los reglamentos deben ser instrumentos que permiten facilitar la aplicación de una ley o para que se usen los medios apropiados para que se cumplan las leyes expedidas por el Poder Legislativo, no pueden por ningún motivo, basado en esa facultad reglamentaria del Ejecutivo, obstruir o sustituir a la propia ley, como pareciera ser el caso, en el funcionamiento del Instituto Nacional de Migración, o al contrario del sentido para el que fue creado desde la facultad reglamentaria, que se considere a sí mismo como instancia de seguridad nacional.

El Ejecutivo federal, está obligado a observar los principios de reserva de ley y el de subordinación jerárquica a la misma, de no hacerlo así trastoca la división de poderes, pues se atribuye facultades que no tiene y hace inoperante la legislación que reglamenta, como estimamos sucede para el particular, sin duda lo correcto es que el reglamento del instituto sea el de la ley de migración y no el de la Secretaría de Gobernación.

Para la operación y funcionamiento del instituto es necesaria la autonomía, pues la política migratoria debe estar basada en el interés nacional e internacional, no en la política del gobernante en turno, debe sustentarse en el análisis de la migración, sus causas y efectos, derivadas de las complejidades de un país que recibe y expulsa a las y los migrantes y no desde la perspectiva de la delincuencia o violación de la ley, porque esa percepción de seguridad conlleva a que las y los migrantes sean discriminados.

Los ejes fundamentales de la Ley de Migración colocan al instituto como un organismo que permita que la defensa de los derechos humanos de las y los migrantes sea una realidad en México, sin embargo sus características actuales lo hacen una estructura inoperante y con un funcionamiento torpe y sin rumbo, copado por denuncias de corrupción y abuso de autoridad.

Al instituto conviene darle autonomía operativa, de decisión y presupuestaria, la persona que sea el comisionado debe estar más vinculada a los derechos humanos que a la seguridad pública por eso debemos establecer en la Ley de Migración su autonomía, los requisitos para ser comisionado y el establecimiento del Consejo Ciudadano. Es conocido que, organismos de este tipo con todo y las quejas que se puedan dar por su funcionamiento, son más eficaces y eficientes si son autónomos.

Esta propuesta se suma al reclamo de otras bancadas que solicitan la modernización del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos y al Instituto Federal Electoral, lo cual se puede ver como un paquete de reingeniería del Estado que permita una administración pública más eficaz. Las leyes son perfectibles, sí al Instituto Nacional de Migración, se le diera la autonomía que actualmente disfruta el IFAI, se lograría un gran avance en la defensa de los derechos humanos de las y los migrantes.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 19 de la Ley de Migración y adiciona los artículos 19 Bis y 19 Bis I

Artículo Único. Se reforma el artículo 19 y se adicionan los artículos 19 Bis y 19 Bis 1 a la Ley de Migración, para quedar como sigue:

Artículo 19. El instituto es un órgano de la administración pública federal, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de las políticas en la materia. Será presidido por un comisionado, quien tendrá la representación legal del mismo. Durará en su encargo un periodo de 6 años sin posibilidad de reelección y durante el mismo no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo en instituciones docentes, científicas o de beneficencia. Contará con los recursos humanos y materiales necesarios para el desempeño de sus funciones. El comisionado del instituto será nombrado por el Ejecutivo federal.

Asimismo, el instituto contará con delegaciones y subdelegaciones federales, delegaciones y subdelegaciones locales en las entidades federativas, las cuales ejercerán sus funciones en las circunscripciones territoriales que determine el Comisionado mediante acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, los delegados y subdelegados deberán tener especialización en derechos de las y los migrantes.

De igual manera, el instituto contará con un Consejo Ciudadano, que podrá opinar sobre la ejecución de la política migratoria; formular propuestas de acciones específicas para la promoción, protección y defensa de los derechos humanos de los migrantes; proponer acciones de cooperación, concertación y seguimiento de la sociedad civil a las actividades del instituto y proponer la celebración de convenios de coordinación con las entidades federativas y de concertación con organizaciones de la sociedad civil, academia y otros actores relevantes, de conformidad con lo establecido en la presente ley.

Podrán pertenecer al Consejo Ciudadano del instituto, todas las organizaciones civiles defensoras de las y los migrantes constituidas legamente y soliciten su inclusión en el Consejo, quienes nombraran al presidente del consejo de entre ellas, sesionaran cada mes y sus puestos serán honoríficos.

Artículo 19 Bis. Para ser comisionado del instituto se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano;

II. No haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso;

III. Tener cuando menos, treinta y cinco años de edad el día de su designación;

IV. Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales de servicio público o académicas, relacionadas con la defensa de los derechos humanos de las y los migrantes, y

V. No haber sido secretario de Estado, jefe de departamento administrativo, procurador general de la República o procurador de justicia de alguna entidad federativa o del Distrito Federal, senador, diputado federal o local, dirigente de un partido o asociación política, gobernador de algún estado o jefe del gobierno del Distrito Federal, comisionado, secretario o director de Seguridad Pública en la federación, estados y municipios.

Artículo 19 Bis 1.El instituto rendirá anualmente un informe público al honorable Congreso de la Unión sobre la situación migratoria en el que se incluya la entrada y salida de las y los migrantes extranjeros y nacionales, deportaciones, fallecimientos y delitos cometidos por servidores públicos en contra de las y los migrantes.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a 5 de septiembre de 2013.— Diputados: Lorenia Iveth Valles Sampedro, Julisa Mejía Guardado, Gloria Bautista Cuevas (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputada. Túrnese a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Federico José González Luna Bueno, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

El diputado Federico José González Luna Bueno: Con su permiso, señor presidente. Señoras y señores legisladores, la iniciativa que hoy someto a consideración de esta Cámara busca resolver una carencia de política pública en la enseñanza de idiomas en nuestro país, que afecta en mayor medida a niños y jóvenes de menores recursos privándolos de oportunidades para su desarrollo. Para ello planteamos la posibilidad de que los contribuyentes puedan deducir fiscalmente los pagos por cursos de idiomas.

Lo que proponemos busca abatir la brecha que existe entre aquellos que tienen la posibilidad de tener una educación con idiomas distintos al español frente aquellos que simplemente hoy no la tienen por la falta de recursos o apoyos para poder realizarlo.

Quiero poner sobre la mesa algunos datos y hechos que sustentan la importancia y sentido de esta iniciativa. En 2009, la Secretaría de Educación Pública refería que solo el 2 por ciento de la población mexicana tiene dominio del idioma inglés. Hecho que probablemente no hemos cambiado mucho para el 2013.

En nuestro país solo el 16 por ciento de las escuelas públicas ofrecen clases de inglés y solo un par de horas por semana en promedio. Nueve estados de nuestro país carecen de programas de formación en inglés.

El Programa Nacional de Inglés de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública refiere que abarca alrededor de 20 mil escuelas con 29 docentes y 4.5 millones de alumnos, lo que implica que únicamente el 13 por ciento del total de alumnos en escuelas públicas están comprendidos dentro del citado programa de educación de inglés.

La educación particular atiende solo al 13 por ciento de los alumnos, de un universo que se conforma por alrededor de 34 millones de personas. Lo que en consecuencia implica que el beneficio de la deducibilidad está dirigido al 87 por ciento de los alumnos en escuelas públicas. Es decir, que estaríamos beneficiando a cerca de 29 millones de estudiantes.

Quiero hacer énfasis en que esta iniciativa se encamina a apoyar la economía de la mayoría de las familias mexicanas. De ningún modo es un privilegio indebido, pues como decíamos, está encaminado a favorecer a la mayoría de los niños y jóvenes inscritos en escuelas públicas.

Aclaro que no es una propuesta que favorezca a quienes tienen mayores recursos, ya que la población con mayor capacidad económica goza ya desde hace tres años de los beneficios de la deducibilidad de las colegiaturas escolares.

Estoy cierto que los padres y madres de familia realizarán un gran esfuerzo para que sus hijos acudan a cursos de idiomas y más si tienen un beneficio fiscal que apoye su economía familiar.

Asimismo esta propuesta se inserta dentro de una reforma fiscal integral, donde la política debe incentivar y apoyar a los contribuyentes para que no sea meramente recaudatoria, dirigiéndose a promover un área fundamental para el desarrollo de México, como es la educación.

Entrando en materia, concretamente proponemos la adición de una fracción IX al artículo 176 del impuesto sobre la renta, precepto legal que establece las deducciones personales a que tienen derecho las personas físicas, permitiendo que las familias mexicanas puedan deducir los gastos, o mejor dicho las inversiones que realicen en el aprendizaje de idiomas.

El apoyo se dirige exclusivamente a personas físicas, al permitir la deducibilidad de los pagos que se destinen a los estudios de idiomas extranjeros que curse el propio contribuyente, su cónyuge o sus hijos menores de edad, siempre que se realicen en instituciones con reconocimiento oficial.

Como ustedes bien saben, señores legisladores, el conocimiento y dominio de un idioma junto al español permite a las personas contar con mejores capacidades y herramientas para su desarrollo personal, educativo y profesional, en un mundo cada vez más competitivo que demanda el dominio de otros idiomas. Además el beneficio no solo es cultural, sino que también impulsará sustancialmente su bienestar económico.

Estoy convencido de que la enseñanza de un idioma distinto al español debe de formar parte de la estructura del nuevo modelo educativo que debemos adoptar en México, aunado al aprendizaje de habilidades tecnológicas y de otras índoles.

Señores y señores legisladores, los niños y jóvenes en México mayoritariamente no dominan idiomas distintos al español y las políticas públicas han resultado insuficientes para ello, dejando desprotegidos a la gran mayoría de nuestros niños y jóvenes, muchos de ellos pertenecientes a las clases medias.

En consecuencia, esta iniciativa busca generar oportunidades más equitativas, en una sociedad marcada por la desigualdad, como es la nuestra.

Por todo lo anterior, hago un respetuoso llamado a todos ustedes para que apoyemos la deducibilidad fiscal de los cursos de idiomas en nuestro país, que finalmente tiene un sentido justiciero y que brindará mejores oportunidades de desarrollo humano a millones de personas, de jóvenes y de niños que hoy carecen de ella. Es cuanto, señor presidente, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Federico José González Luna Bueno, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, Federico José González Luna Bueno, diputado federal de la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX al artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para establecer la deducibilidad de cursos de idiomas, de acuerdo a la siguiente

Exposición de Motivos

El objeto de la presente iniciativa consiste en establecer como beneficio para las personas físicas, la deducibilidad de los pagos que se destinen a los estudios de idiomas extranjeros que curse el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato o sus hijos menores de edad.

Lo anterior, con el objeto de impulsar el conocimiento y dominio de un idioma distinto al español, permitiendo a las personas contar con mejores capacidades y herramientas para su desarrollo personal, educativo y profesional en un mundo donde la posesión de lenguas extranjeras implica un gran potencial de desarrollo humano, no sólo de carácter cultural sino que además puede impulsar el bienestar económico de las personas.

En tal sentido, se propone otorgar el beneficio de la deducibilidad, con un claro fin extrafiscal de impulsar las inversiones que hagan los contribuyentes en la educación de un idioma extranjero, ya sea para sí, su cónyuge o bien sus hijos, siempre que sean menores de edad.

Ahora bien, los límites que se proponen para esta propuesta son en el sentido de apoyar tanto al contribuyente como a su familia directa, especialmente a sus hijos, asimismo se exige que los cursos de idiomas se tomen en territorio nacional, y que los pagos se realicen a instituciones educativas que tengan reconocimiento de validez oficial de estudios por parte de la Secretaría de Educación Pública a fin de asegurar que cuentan con el respaldo y certificación de la autoridad en materia de educación.

Otro límite para gozar del beneficio de deducibilidad que se propone, es en el sentido de que sólo se podrá deducir hasta un monto anual por persona que no exceda de $20,000 (Veinte mil pesos 00/100 moneda nacional), ello en razón de que se trata de un monto razonable que atiende al pago promedio que se hace por un curso anual de un idioma extranjero (tal y como se referirá en párrafos subsecuentes).

En tal tesitura, se propone la adición de una fracción novena al artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que es el precepto legal que establece las deducciones personales a que tienen derecho las personas físicas, la adición sería de acuerdo a lo siguiente:

Artículo 176. ...

I. a VIII. ...

IX. Los pagos destinados a los estudios de idiomas extranjeros que cursen el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato y sus hijos menores de edad, de acuerdo a lo siguiente:

a) Que las personas distintas al contribuyente no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año;

b) Que los cursos se tomen en territorio nacional;

c) Que los pagos se realicen a instituciones educativas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios por la Secretaría de Educación Pública, y

d) Hasta por un monto anual por persona que no exceda de $20,000 (Veinte mil pesos 00/100).

...

...

...

Una vez descrita sucintamente la propuesta, pasamos a justificar con mayor detalle la misma.

1. El monolingüismo no contribuye al desarrollo y es contrario a una educación de calidad

Partimos de la premisa de que el monolingüismo es un fenómeno que impide el desarrollo en México, al respecto la Maestra Beatriz Vera López de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) refiere que dentro de las limitaciones del monolingüismo, resulta una limitada visión del mundo y de la lengua que asume como estado basal la condición monolingüe. Por el contrario, el plurilingüismo debe encontrarse en la base de toda teoría del lenguaje humano... Como bien señala Vivian J. Cook, si el monolingüismo fuese la condición normal de la humanidad, los hablantes de segundas o más lenguas no serían más que notas al calce de la lingüística del monolingüismo.

La misma académica de la UNAM refiere que el aprendizaje de lenguas extranjeras es un proceso de autodirección y autotransformación en el cual cobra forma una nueva persona social en posesión de una voz oral y escrita culturalmente inteligible y socialmente eficaz, en otras palabras es un proceso de socialización y de transformación positiva de las personas, ya que les permite básicamente estar mejor comunicados, de ahí la importancia de que haya una política pública que fomente la enseñanza de idiomas.

Se estima que una de las mejores políticas públicas, es aquella que incentiva una actividad de desarrollo humano, y en el caso particular, la posibilidad de deducir fiscalmente las inversiones (gastos) por cursos de idiomas extranjeros que hace un contribuyente ya sea en beneficio propio o de su familia, sería una excelente herramienta para potencializar una inversión educativa especializada en materia de enseñanza de lenguas extranjeras.

En tal sentido, el tema que nos ocupa se inserta dentro de la política educativa, en la que se puede afirmar que no existe una planificación lingüística como tal en México; de acuerdo a lo que han sostenido la académica María del Rosario Reyes Cruz de la Universidad de Quintana Roo, en otras palabras no ha existido dentro de los planes gubernamentales una definición clara sobre el particular.

Lo anterior, es sumamente grave, ya que al no existir una definición clara sobre la enseñanza de idiomas extranjeros dentro de la política educativa no existen bases reales y objetivas para que se logre los fines del artículo 3o. constitucional relativos a la “conciencia de solidaridad internacional, cultura universal y los ideales de fraternidad e igualdad de derechos, evitando los privilegios de razas, grupos o individuos”, donde para lograr tales cometidos debe haber un principio de lenguaje o discurso común entre los pueblos que genere un entendimiento, por lo que al estar desprovistos de tales herramientas de lenguaje será más difícil entender los contextos de otros países o culturas que tienen un idioma distinto.

Igualmente, este proyecto legislativo se justifica dentro del marco del principio constitucional de garantía de la calidad educativa previsto en el precitado artículo 3º constitucional, ya que el Estado garantizará la calidad en la educación, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico, de ahí que resulte necesario que la educación dote de potenciales que aseguren un desarrollo futuro, siendo un eje esencial la enseñanza de idiomas.

Al respecto, en el Plan Nacional de Desarrollo de 2013-2018 bajo el rubro, “México con Educación de Calidad”, señala como línea de acción: Fomentar la adquisición de capacidades básicas, incluyendo el manejo de otros idiomas, para incorporarse a un mercado laboral competitivo a nivel global;en consecuencia, si ya existe una definición clara dentro del esquema básico de planeación del gobierno, se estima que una de los mejores instrumentos para concretar tal fin, es otorgar el beneficio de deducibilidad por los cursos de idiomas y que tal ayuda esté expresamente prevista en la ley fiscal.

2. Antecedentes legislativos que impulsan la enseñanza de idiomas y la deducibilidad de colegiaturas escolares

En el campo legislativo se han realizado propuestas sobre el particular, ya que durante la LX legislatura se presentó por el Diputado Óscar González Morán una reforma a la Ley General de Educación con el objeto de fomentar el conocimiento de la cultura universal y la solidaridad internacional a través del aprendizaje de lenguas extranjeras, ya que debemos señalar que la referida Ley no contempla dentro de sus fines expresos la enseñanza de idiomas.

En el mismo tenor, durante la LXI legislatura, los diputados Lorena Corona Valdés, Juan Gerardo Flores Ramírez y el senador Javier Orozco Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentaron un proyecto similar a fin de que la citada Ley General de Educación se incluya expresamente la formación en materia de habilidades informáticas e idiomas.

Cabe referir, que el 15 de febrero de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por servicios educativos que tiene por objeto otorgar la deducibilidad de colegiaturas escolares bajo ciertos requisitos y condiciones.

De lo anterior, se ha buscado que tal beneficio fiscal concedido por el Ejecutivo Federal, tenga mayor permanencia a fin de que esté previsto desde la Ley y no en un decreto administrativo, al respecto se han presentado diversas iniciativas sobre esta temática, mismas que se refieren a continuación:

• Iniciativa que reforma los artículos 5 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y 176 de la del Impuesto sobre la Renta, presentada por el diputado Miguel Ángel Riquelme Solís a nombre propio y de diversos diputados del PRI el 15 de diciembre de 2009.

• Iniciativa que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, promovida por la diputada Adriana Sarur Torre del PVEM, el 30 de septiembre de 2010.

• Iniciativa que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para que los pagos por concepto de colegiaturas sean deducibles al 100 por ciento, presentada por el diputado Jorge Humberto López Portillo Basave del PRI el 22 de febrero de 2011.

De lo que precede, hay que distinguir que el presente proyecto legislativo busca una finalidad más específica y concreta que la deducibilidad de la educación escolar, sino un beneficio fiscal por la enseñanza de idiomas extranjeros, que es tópico distinto y específico, ya que si bien es cierto la educación prestada por particulares comúnmente comprende la enseñanza de idiomas, lo cierto es que sólo un pequeño porcentaje de la población tiene acceso a la educación privada.

Al respecto, de acuerdo a las cifras del Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos correspondiente al ciclo escolar 2009-2010,refiere que la educación particular atiende sólo al 12.9 por ciento de los alumnos,de un universo que se conforma por 33.9 millones de personas equivalente al 31.5 por ciento de la población total del país, donde el 75.5 por ciento de la población escolar se ubica en la educación básica, que comprende la educación preescolar, primaria y secundaria.

En consecuencia, el beneficio está dirigido a aquellas familias que si bien no pueden tener acceso a una educación privada, bien se podría generar un esfuerzo familiar para que los hijos acudan a cursos de idiomas, lo que complementaría la educación pública prestada por el Estado.

Tal conclusión, se basa en el sentido de que si ya cerca del 13 por ciento de la población escolar acude a la educación privada gozando de la deducibilidad de las colegiaturas, reconociendo que uno de los principales incentivos para la inscripción en planteles educativos privados es el ofrecimiento de la enseñanza de idiomas, por lo que se puede colegir que aquellas familias que ya pagan una colegiatura, en principio no estarían interesadas en la deducibilidad por cursos de idiomas.

Por tal motivo, el beneficio de deducibilidad propuesto en esta iniciativa tendría mayor atractivo y acceso para aquella población (87 por ciento) que cursa estudios en escuelas públicas, y se recalca, que es con el objeto de complementar la instrucción pública que reciben sus hijos.

En tal tesitura, se busca que la ayuda fiscal propuesta tenga un efecto más generalizado para los mexicanos, y no sólo para aquellos sectores que tienen acceso a una educación escolar privada.

Por otro lado, esta iniciativa guarda congruencia con la visión del Partido Verde Ecologista de México en el sentido de impulsar la educación en México en forma integral, ya que también se ha promovido la deducibilidad de los gastos por la realización de actividades deportivas a través de la iniciativa que adiciona la fracción IX al artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Francisco Agundis Arias del PVEM, del 4 de marzo de 2010.

3. Apoyo a la economía familiar e inexistencia de impacto presupuestal

Como bien sabemos, la educación es esencial para alcanzar los objetivos de desarrollo y progreso nacional, por lo que deben existir instrumentos eficaces y concretos que apoyen a las familias mexicanas en la inversión del ingreso que destinan para la educación de sus hijos.

De tal manera, que si el propósito de esta iniciativa se logra, se podrá disminuir la inversión-gasto que cada familia realiza en cursos de idiomas al deducir dicho gasto del monto gravado por el impuesto sobre la renta, generando un excedente que se podrá utilizar en cualquier otro rubro de la economía familiar.

Por otra parte, la presente propuesta no contempla la existencia de partidas presupuestales específicas para su cumplimiento, sino en todo caso una afectación mínima al ingreso tributario derivado de la deducibilidad de que se propone, por tanto no se afecta programa de gasto alguno previsto actualmente y será en claro beneficio para elevar la educación nacional, debiendo mencionar que la fiscalización del correcto uso del beneficio que se propone se puede realizar con la estructura administrativa existente, misma que verifica las otras deducciones permitidas en la ley.

4. Competitividad internacional, elevación del nivel de vida y recomendaciones internacionales

Una de las principales habilidades del ser humano es la comunicación hablada, y la capacidad de comunicarse en un idioma distinto al español, ya que esto permite un mejor desempeño en un mundo donde el idioma común es el inglés y que a su vez al conjugarse con conocimientos informáticos dan como resultado un mayor flujo de información y comunicación.

Por tanto, se reitera que impartir una educación de calidad implica aprender una lengua extranjera que permita integrarse a los eslabones de las cadenas económicas actuales, que cada vez tienen un componente internacional; inclusive la posesión o dominio de una lengua adicional es un requisito de entrada a empleos mejor pagados y con mayor proyección que requieren sin lugar a dudas de habilidades de comunicación en idiomas distintos al español.

En nuestro país, las universidades públicas propiamente no requieren el manejo de un idioma distinto al español como requisito para ingresar a una licenciatura, sin embargo si es requerido para ingresar a un programa de posgrado, incluso algunos estudios requieren el dominio de al menos dos lenguas distintas al español, ello es entendible, en razón de que la investigación y la movilidad estudiantil de calidad requieren de tales habilidades lingüísticas.

Al respecto de la importancia de la educación la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) refiere lo siguiente:

La educación desempeña un papel clave para proporcionar a las personas los conocimientos, las capacidades y las competencias necesarias para participar de manera efectiva en la sociedad y en la economía. Además, la educación puede mejorar la vida de la gente en áreas como la salud, la participación ciudadana, el interés político y la felicidad. Diversos estudios muestran que las personas con un buen nivel educativo viven más, participan más activamente en la política y en la comunidad en la que viven, cometen menos delitos y dependen menos de la asistencia social.

Nivel educativo

De manera más concreta, tener una buena educación mejora en gran medida la probabilidad de encontrar empleo y de ganar suficiente dinero. En general las personas con un alto nivel educativo resultan menos afectadas por las tendencias del desempleo, dado que sus logros educativos hacen su perfil profesional más atractivo. En los países de la OCDE el 83 por ciento de las personas con titulación universitaria tienen empleo, en comparación con el 56 por ciento de las personas que cuentan sólo con un diploma de educación secundaria. ... Los ingresos de por vida también aumentan con cada nivel educativo obtenido.

En seguimiento, la OCDE refiere que entre los estudiantes existe un crecimiento en la popularidad de estudiar en el extranjero, sobre todo entre los estudiantes de Asia. En el año 2011, 4.3 millones de estudiantes universitarios se inscribieron fuera de su país de ciudadanía. Australia, el Reino Unido, Suiza, Nueva Zelanda y Austria tienen, en orden descendente, los mayores porcentajes de estudiantes internacionales entre sus matrículas universitarias, y para ello, debe entenderse que un requisito esencial es el manejo de idiomas,de ahí la capital importancia de esta iniciativa para apoyar a la educación.

Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) emitió el 15 de octubre de 2003 la Recomendación sobre la promoción y el uso del plurilingüismo y el acceso universal al ciberespacio, donde en el numeral 3 del rubro “Elaboración de contenidos y sistemas plurilingües” se manifiesta lo siguiente:

“3. Los Estados Miembros deberían formular políticas nacionales apropiadas acerca de la cuestión crucial de la supervivencia de las lenguas en el ciberespacio, a fin de promover la enseñanza de idiomas, incluidas las lenguas maternas, en el ciberespacio. Es preciso intensificar y ampliar el apoyo y la ayuda internacionales a los países en desarrollo para facilitar la creación de productos electrónicos sobre la enseñanza de idiomas a los que pueda accederse libre y gratuitamente, y para mejorar las aptitudes del capital humano en este ámbito.”

Énfasis añadido

En suma, sobra señalar diversas recomendaciones, estudios e investigaciones que sustentan la importancia de contar con habilidades y capacidades en idiomas, donde de manera uniforme, llegan a la conclusión de que impacta directa y favorablemente en el desarrollo educativo de cada país.

5. Situación actual

En 2009, en el marco de la presentación del programa “ IMPÚLSATE” enfocado a la enseñanza de idiomas y computación, el Subsecretario de Educación Media Superior, Miguel Székely Pardo precisó que sólo 2 por ciento de la población mexicana tiene dominio del idioma inglés mientras que 38 por ciento de la población cuenta con la capacidad para utilizar la tecnología con fines productivos, igualmente refirió que: “México tiene personal docente insuficiente para masificar la enseñanza de idiomas y de uso de la tecnología, cuyo aprendizaje en el mercado privado tiene costos elevados de 15 mil pesos anuales por 500 horas de enseñanza”.

En consecuencia, de acuerdo a las propias autoridades del Secretaría de Educación Pública sólo 2 por ciento de la población domina el idioma inglés, que es el de mayor uso, lo que refleja la raquítica situación sobre el tema y lo lejos que estamos de alcanzar los fines del plurilingüismo recomendados por estándares internacionales, y en consecuencia, dejamos de gozar los beneficios que implica el manejo de idiomas distintos al español.

Como legislador, estoy convencido que si apoyamos la enseñanza de idiomas elevaremos no sólo la calidad cultural de los mexicanos, sino también agregaremos valor a la productividad de los servicios que vayan a prestar en el sector económico.

La organización “ Education First” refiere que de un total de 54 países, México se ubica en el lugar 38, en el rubro de nivel bajo, y refiere la situación nacional de acuerdo a lo siguiente:

El inglés en el Sistema Educativo

En México, el 16 por ciento de las escuelas públicas ofrecen clases de inglés, en general dos horas por semana. Nueve estados carecen de programas de formación en inglés en los colegios públicos. Los padres que disponen de los medios suficientes matriculan a sus hijos en colegios privados. Existen dos tipos de escuelas privadas con cursos académicos en inglés: el colegio bilingüe, donde los niños empiezan a estudiar inglés con 3 años, primero a tiempo completo y después 2 o 3 horas al día en primaria y secundaria; y el colegio bicultural, donde los niños pasan el 50 por ciento de su tiempo aprendiendo inglés. Aproximadamente el 18,5 por ciento de los estudiantes de secundaria están en colegios privados, aunque las estadísticas relativas a estudiantes por tipo de escuela no han sido publicadas.

Hasta hace 5 años, la mayoría de los casi 60.000 profesores de inglés en México eran certificados por la Universidad Nacional Autónoma de México. Hoy en día sin embargo, los profesores de inglés deben tener un certificado avalado mediante los exámenes Cambridge University ESOL, así como un certificado reconocido internacionalmente.

Las universidades privadas de reputación en México requieren de los estudiantes que pasen el TOEFL u otra prueba normalizada de inglés. Las universidades públicas no requieren el inglés de los solicitantes.

El inglés en el trabajo

Estados Unidos es el mayor socio comercial de México y, como tal, la demanda de angloparlantes es grande en puestos directivos y compañías multinacionales. Sin embargo, los estudios muestran que solo el 2 por ciento de los adultos en México afirma tener un alto nivel de inglés.

Existen más de 6 millones de compañías en México de las cuales el 99 por ciento de tamaño pequeño o mediano. Emplean al 79 por ciento de la población laboral. La formación de los empleados en dichas pequeñas empresas ya no es una prioridad, debido a la crisis económica. El 46 por ciento de los mexicanos no recibe ninguna formación en el trabajo, según un estudio realizado en el cuarto trimestre de 2010 por Randstad Work Monitor. Debido a la falta de formación en el lugar de trabajo, a la ausencia de planes de formación gubernamentales, al bajo nivel de inglés enseñado en los colegios públicos, y lo caras que resultan las clases de inglés privadas, muy pocos profesionales en México disponen de acceso a una formación en inglés que les permita ser contratados por una compañía multinacional o ser ascendidos a un puesto directivo.

Cultura y posturas frente al inglés

El inglés goza de una imagen positiva en México y está siempre presente en pequeñas dosis en la vida cotidiana. Es muy común ver carteles publicitarios promocionando marcas con mensajes publicitarios en inglés, o encontrar escuelas y lugares recreativos desde cafés, hasta hoteles y tiendas de prestigio cuyos nombres son ingleses. Hasta para las películas, los mexicanos prefieren ver la versión original a su traducción en español.

La proximidad geográfica entre México y Estados Unidos hace del segundo el destino turístico por excelencia para los turistas mexicanos. En 2009, más de 4 millones de mexicanos viajaron a Estados Unidos en calidad de turistas. Estados Unidos es además el destino por excelencia para emigrar. Aproximadamente el 30 por ciento de todos los inmigrantes legales que llegaron a Estados Unidos en 2009 venía de México. Aunque la inmigración hacia Estados Unidos debería lógicamente mejorar el nivel de inglés para los inmigrantes mismos, no se puede medir el impacto global en sus familias y amigos que se quedaron en casa, ni en la extensa población de inmigrantes que vuelve a México tras haber trabajado una temporada en Estados Unidos.

Por otra parte, el Programa Nacional de Inglés en Educación Básicade la Secretaría de Educación Pública,refiere que abarca 19, 214 escuelas con 28,804 docentes y 4,592,963 de alumnos que se benefician del referido programa, datos que si se contrastan frente a un universo educativo total de 33.9 millones de personas, se puede concluir que únicamente el 13.27 por ciento del total de alumnos está comprendido dentro del citado Programa Nacional de Inglés en Educación Básica.

Además, el referido programaha tenido diversos inconvenientes y problemas, al respecto la Maestra Griselda Murrieta Loyo de la Universidad de Quintana Roo, comenta:

A nivel de educación básica, la SEP ha hecho varios intentos por integrar la enseñanza del inglés sin mucho éxito. Esto sin embargo, ha dependido mucho de cada estado. Hay estados en los que el programa ha sido más o menos exitoso y otros en los que casi ha sido contraproducente. Las razones del fracaso, en primera instancia son la pobre concepción que existe respecto del aprendizaje de una lengua extranjera como lo es el inglés en México.

Lo anterior, está seguido de una razón de mucho peso, tal vez consecuencia de la primera, se refiere al bajo o pésimo salario que recibe un profesor que enseña inglés por hora en una escuela pública e incluso particular.

Otros inconvenientes y eventualidades que refiere la citada académica sobre la enseñanza del idioma inglés son los siguientes:

La Secretaría de Educación Pública ha desarrollado un proyecto que busca establecer en México un marco nacional de referencia para la evaluación y certificación de idiomas, orientado a elevar la calidad educativa en la materia, especialmente en el caso de la enseñanza del idioma inglés como lengua extranjera, denominado Certificación Nacional de Nivel de Idioma(CENNI), que tiene por objeto expedir un documento que permite referenciar de manera confiable y objetiva el nivel de conocimiento de un idioma determinado, tanto en lo general, como en lo posible, de manera específica en diversas habilidades lingüísticas, sin embargo los resultados aún no son contundentes, por lo que está propuesta legislativa tiene por objeto reforzar las acciones públicas en la materia.

Otro dato más a tomar en consideración: De acuerdo a la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo de la Secretaría de Educación Pública existían 376 instituciones que contaban con el respectivo reconocimiento de estudios con validez oficial a febrero de 2009, lo que indica aproximadamente el número de escuelas de idiomas que pueden prestar el servicio y al que pueden tener acceso los ciudadanos, en caso de aprobarse ésta propuesta.

Hasta aquí podemos advertir que los actuales programas y políticas públicas son insuficientes para atender la enseñanza de lenguas extranjeras, por lo que la presente propuesta legislativa tiene por objeto innovar en esta materia, y que no sea exclusivamente a través de la educación pública como se impulse la enseñanza de idiomas sino también a través de la oferta de cursos por escuelas especializadas y que cuentan con el reconocimiento de la Secretaría de Educación, siendo deducible el costo de dichos cursos de idiomas.

De lo que antecede, estimamos se justifica la emisión del siguiente

Decreto por el que se adiciona una fracción IX al artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Único. Se adiciona una fracción IX al artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de conformidad a lo siguiente:

Artículo 176. ...

I. a VIII. ...

IX. Los pagos destinados a los estudios de idiomas extranjeros que cursen el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato y sus hijos menores de edad, de acuerdo a lo siguiente:

a) Que las personas distintas al contribuyente no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año;

b) Que los cursos se tomen en territorio nacional;

c) Que los pagos se realicen a instituciones educativas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios por la Secretaría de Educación Pública, y

d) Hasta por un monto anual por persona que no exceda de $20,000 (Veinte mil pesos 00/100).

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El monto previsto en el presente Decreto deberá actualizarse anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Notas:

1 Vera López, Beatriz, Problemas centrales del estudio de lenguas a nivel superior en Revista Estudios de Lingüística Aplicada, CELE-UNAM año 28, número 51, julio 2010, pp. 63-80 disponible en http://ela.cele.unam.mx/doctos/ela51/ELA51txt3.pdf

2 Reyes Cruz, María del Rosario (Et. Al.), Políticas lingüísticas nacionales e internacionales sobre la enseñanza del inglés en escuelas primarias, en Revista pueblos y fronteras digital de la UNAM, Diciembre 2011-Mayo 2011 disponible en http://www.pueblosyfronteras.unam.mx/a11n12/art_06.html

3 Disponible en: http://pnd.gob.mx/

4 La iniciativa se puede consultar en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, número 2239-VI, correspondiente al martes 24 de abril de 2007.

5 El proyecto legislativo se puede consultar en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, número 3064, viernes 30 de julio de 2010.

6 El decreto sobre deducibilidad de colegiaturas se puede consultar en: http://www.hacienda.gob.mx/ApartadosHaciendaParaTodos/colegiaturas/index.html

7 Se puede consultar en: http://www.snie.sep.gob.mx/princ_cifras/ Principales_cifras_2009-2010.pdf

8 http://www.oecdbetterlifeindex.org/es/topics/education-es/

9 Panorama de la educación 2013. Indicadores de la OCDE disponible en http://www.oecd.org/edu/eag-2013-sum-es.pdf

10 La recomendación se puede consultar en http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=17717&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SEC TION=201.html

11 Al respecto se puede consultar el COMUNICADO 226. LANZA LA SEP EL PROGRAMA IMPÚLSATE PARA LA ENSEÑANZA DE IDIOMAS Y COMPUTACIÓN disponible en: http://www.sep.gob. mx/wb/sep1/bol2260909#.UgARCtJg9pA

12 http://www.ef.com.mx/epi/

13 http://www.ef.com.mx/epi/south-america/mexico/#sthash.5PoT29ix.dpuf

14 Los datos del programa se pueden consultar en http://basica. sep.gob.mx/pnieb/

15 Una mirada cualitativa al Programa de Inglés en Escuelas Primarias del Estado de Quintana Roo (PIEP) dentro del foro Primer encuentro de la Red de Investigadores en Lenguas Extranjeras, se puede consultar a la académica en el siguiente correo electrónico: grises@uqroo.mx

16 http://www.cenni.sep.gob.mx/

17 http://www.cenni.sep.gob.mx/pdf/grafica_RVOE.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los cuatro días del mes septiembre de dos mil trece. — Diputado Federico José González Luna Bueno (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias, diputado González Luna. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DE COORDINACION FISCAL

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Esta Presidencia rectifica el trámite otorgado a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada por el diputado José Arturo Salinas Garza. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Fortalecimiento al Federalismo, para dictamen.



LEY DEL SEGURO FEDERAL DE DESEMPLEO

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene la palabra, por 10 minutos, el diputado Gerardo Villanueva Albarrán, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Seguro Federal de Desempleo, suscrita por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

El diputado Gerardo Villanueva Albarrán: Con su venia, diputado presidente. México tiene un rezago muy fuerte en materia de creación de empleos. Esta situación se agravó notablemente con el impacto de la crisis mundial de 2008-2009.

Los indicadores de desempleo, trabajo informal y empleos precarios se dispararon. Durante el segundo trimestre de 2012 el desempleo entre personas de 14 años y más fue de 4.84 por ciento de la población económicamente activa. Lo que equivale a dos millones 468 mil 162 personas, según cifras de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Inegi.

Según el documento del Inegi, Guía de Conceptos, Uso e Interpretación de la Estadística sobre la Fuerza Laboral en México, el desempleo consiste en la carencia total de trabajo, de forma que si la persona trabajó por lo menos una hora en el periodo de referencia o bien desempeñó alguna actividad eventual o provisional, la persona se considera como ocupada. Por ende, esta condición no necesariamente implica ingresos constantes para garantizar las condiciones mínimas de subsistencia de una persona que labora una hora a la semana. Así pues, la manera en que el desempleo es medido en nuestro país no refleja una correlación con la realidad.

Esta distinción es importante, ya que no se consideran desempleadas a las personas que trabajan en la economía informal, así como a aquellas que se autoemplean, categorías que ocupan a una parte significativa y creciente de la población.

Es por ello que a la tasa de desempleo del 4.84 por ciento registrada en el segundo trimestre del año debe sumarse las personas disponibles para trabajar, pero que se suman a la población no económicamente activa. Es decir, alrededor de seis millones de mexicanos y cuatro millones más, que realizando algún trabajo no reciben remuneración por ello, dando un total de 12 millones 603 mil desempleados formales. Estamos hablando de un ejército de casi la población de varios estados completos de la República.

Las situaciones son más críticas si se suma a los miles de jóvenes que de manera anual se incorporan a la población económicamente activa y la repatriación de miles de mexicanos que laboran especialmente en Estados Unidos de América y demás variables. Así pues, en materia de empleo el panorama es sumamente preocupante.

Frente a este escenario y a la incapacidad que ha mostrado el gobierno federal de generar los empleos suficientes para cubrir las expectativas, se deben tomar las medidas sociales necesarias para ayudar a los más vulnerables y dentro de estas medidas debe procederse al establecimiento del seguro del desempleo.

Aquí quiero hacer un paréntesis para comentar muy rápidamente la experiencia que se tuvo en el Distrito Federal y hacer un reclamo fraterno a los compañeros, sobre todo los de la mayoría, que una vez que el año pasado también ingresé y se turnó esta iniciativa a la Comisión del Trabajo de esta Cámara de Diputados, pues simplemente se desechó, ni siquiera se dictaminó, no se volteó a ver la problemática que plasmamos hace algunos meses y que el día de hoy vengo otra vez a plantear, junto con la compañera diputada Zuleyma Huidobro y mi coordinador del grupo parlamentario, el diputado Ricardo Monreal, porque finalmente este tema vuelve a ponerse sobre la Mesa Directiva, porque hay una iniciativa del Ejecutivo que se incorpora al paquete económico 2014.

Cosa que me da mucho gusto que el gobierno federal, que encabeza de alguna forma Videgaray, creo que ni Enrique Peña Nieto está tomando con mucha seriedad la experiencia exitosa que se tiene en el Distrito Federal.

Quiero comentar nada más tres medidas, porque no hay suficiente tiempo de lo que se hizo en la Capital de la República. En el año 2008, cuando se deja sentir de lleno el impacto de la crisis mundial económica, en el caso del Distrito Federal, una de las primera medidas que se tomaron fue no nada más el congelamiento de los salarios de los mandos medios en toda la administración pública local, sino la disminución de hasta un 10 por ciento del jefe de gobierno, de los secretarios, de los subsecretarios y de los directores generales.

La segunda medida que se toma es la creación de comedores públicos y comunitarios. El problema de la alimentación es gravísimo en toda la República, particularmente en los estados y las regiones olvidadas de carácter rural o indígena —todos lo sabemos— Chiapas, Oaxaca, Veracruz, Hidalgo, Tabasco, Guerrero el atraso que se tiene.

Y sin embargo, en el Distrito Federal —no obstante de ser la capital de la República donde hay un gran avance de los derechos sociales— se tuvo el tino de aplicar esta medida para darle de comer a la población.

La experiencia fue maravillosa, porque los comedores comunitarios son conformados por la propia comunidad, generan empleo, generan cohesión, son espacios de gestión, son espacios de cultura y también punto de reunión de muchos pueblos, comunidades, colonias y barrios de aquí del Distrito Federal.

Se llegó a establecer —hasta donde me quedé— 300 comedores comunitarios, que deja la comida a un costo verdaderamente barato, accesible para la gente que así desea acudir a los mismos, y los comedores públicos resolvían la necesidad de sectores migrantes y de indigentes donde la comida resultaba totalmente gratuita. Y resulta, porque todavía hasta la fecha, afortunadamente el jefe de gobierno ha sostenido esta iniciativa.

La tercera medida es precisamente ésta que venimos a plantear desde hace algunos meses y que en esta ocasión agradezco a mi grupo parlamentario y a la Mesa Directiva que me permitan insistir en el tema.

Ya lo decíamos hace rato con el problema de los desastres naturales, el país no tiene un problema de recursos, dinero sobra en la administración pública federal y lo sabemos. Tan solo en el caso de la Comisión del Deporte, lo he comentado con mis compañeros diputados tratando de sensibilizar de que no se vayan al bote de la basura, que no se vayan al olvido arriba de 3 mil millones de pesos, que ni se comprueban ni se justifican. Pero hay otros temas que aquí hemos tratado acerca del dispendio que se realiza, por ejemplo, en los organismos autónomos y en los propios aparatos legislativos.

No voy a profundizar en ellos. Dinero existe. Tenemos un presupuesto de 3 billones 600 mil millones de pesos. No hay necesidad de una reforma hacendaria que le encaje el diente a la clase media. No hay necesidad. Apliquemos la ley de austeridad que desde la izquierda hemos estado impulsando con insistencia. Háganse responsables de esa realidad para cortar toda esta cantidad de privilegios que tiene particularmente el gobierno federal, pero el Estado mexicano en su conjunto. De ahí saldría dinero suficiente para impulsar el seguro de desempleo, como se ha demostrado exitosamente en el gobierno del Distrito Federal.

Lo que nosotros estamos planteando es que a los ciudadanos que pierdan el empleo, lo hayan tenido formal o informalmente —que esa es la diferencia que tenemos con la propuesta del Ejecutivo federal— puedan tener acceso a por lo menos un salario mínimo diario que se pague cada 30 días.

Y que no tenga que transcurrir cinco años, porque este país está muy lejos de ser un país desarrollado, con estas políticas mediocres que han impulsado los gobiernos neoliberales va a ser imposible esperar a que se aplique otra vez el seguro de desempleo cinco años después, como lo propone el Ejecutivo federal.

Nosotros estamos promoviendo que sea cada dos años, que sea ese salario mínimo. Pero sobre todo, compañeras y compañeros diputados, no hay necesidad de agraviar más la economía del pueblo y de la clase media, hay puntos y en diversas comisiones todos sabemos dónde se está utilizando mal el Presupuesto público y tenemos una oportunidad valiosa para hacer resaltar esas fallas del sistema del Presupuesto público federal y hacer las correcciones necesarias.

Concluyo, compañeras y compañeros diputados, pidiendo que se tome en cuenta esta iniciativa. Pero también hacerles ver que buena parte del descontento popular que se está manifestando diariamente en las calles se debe a la indiferencia y a las medidas equivocadas que ustedes están tomando como mayoría. Son mayoría, sean responsables. Si hacen cosas en beneficio de la gente, la gente lo va a reconocer. Si se legisla en contra de la población, evidentemente que se los va a reclamar.

Por eso voy a marchar este domingo 22 de septiembre junto con Andrés Manuel López Obrador, en contra de sus medidas y en contra de sus irresponsabilidades. Este domingo 22, a las 10 de la mañana, vamos a marchar y esperamos a los diputados de izquierda y a la gente que nos mira por el Canal del Congreso a que nos acompañen a la resistencia pacífica en contra de las medidas de los neoliberales y de la mayoría que desgraciadamente aquí ha tomado medidas irresponsables. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que expide la Ley del Seguro Federal de Desempleo, a cargo de Ricardo Monreal Ávila y suscrita por Gerardo Villanueva Albarrán y Zuleyma Huidobro González, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Monreal Ávila, Gerardo Villanueva Albarrán y Zuleyma Huidobro González , diputados federales de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en ejercicio de la facultad que conceden el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, ponen a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Seguro Federal de Desempleo.

Exposición de Motivos

Se propone la creación del Seguro Federal de Desempleo en aras de mitigar los efectos de la crisis económica nacional, además de reconocer la obligación del estado nacional a otorgar seguridad social también en esta materia; México es el único país de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que no cuenta con tal derecho social reconocido.

México tiene un rezago muy fuerte en materia de creación de empleos. Esta situación estructural se agravó notablemente con el impacto de la crisis mundial de 2008-2009. Los indicadores de desempleo, trabajo informal y empleos precarios se dispararon. Durante el segundo trimestre de 2012 el desempleo entre personas de 14 años y más fue de 4.84 por ciento de la población económicamente activa lo que equivale a 2 millones 468 mil 162 personas según cifras de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Según el documento del Inegi Guía de conceptos, uso e interpretación de la estadística sobre la fuerza laboral en México, “El desempleo consiste en la carencia total de trabajo, de forma que si la persona trabajó por lo menos una hora en el periodo de referencia o bien desempeñó alguna actividad eventual o provisional, la persona se considera como ocupada” por ende esta condición no necesariamente implica ingresos constantes para garantizar las condiciones mínimas de subsistencia de una persona que labora una hora a la semana, así pues la manera en que el desempleo es medido en nuestro país no refleja una correlación con la realidad.

Esta distinción es importante ya que no se considera desempleadas a las personas que trabajan en la economía informal, así como aquellas que se autoemplean, categorías que ocupan a una parte significativa y creciente de la población, lo que ayuda a eximir al gobierno de su responsabilidad de crear nuevos empleos formales.

Es por ello que a la tasa de desempleo de 4.84 por ciento registrada en el segundo trimestre del año debe sumarse la cifra de personas disponibles para trabajar pero que se suman en la Población No Económicamente Activa, es decir 6 millones118 mil 856 mexicanos y 4 millones 016 mil 660 más que realizando algún trabajo no reciben remuneración por ello dando un total de 12 millones 603 mil 678 desempleados formales.

La situación es aún más crítica si se suma a los miles de jóvenes que, de manera anual, se incorporan a la población económicamente activa, la repatriación de miles de mexicanos que laboran especialmente en Estados Unidos y demás variables. Así pues, en materia de empleo, el panorama es sumamente preocupante.

Frente a ese escenario y a la incapacidad que ha demostrado el gobierno federal de generar los empleos suficientes para cubrir las expectativas se deben tomar las medidas sociales necesarias para ayudar a los más vulnerables, y dentro de estas medidas debe procederse al establecimiento del seguro de desempleo.

Basada en la experiencia del gobierno del Distrito Federal la propuesta presente sugiere que el Seguro de Desempleo beneficie a aquellos que perdieron su empleo a partir de julio de 2008 (momento en que se inicia el impacto de la crisis mundial en la economía mexicana) y debería otorgar una prestación similar a la de la Ciudad de México de un salario mínimo (independientemente del monto del último salario obtenido por el trabajador desempleado).

En el presupuesto de 2009, el gobierno del Distrito Federal (GDF) destinó 405 millones para atender a poco mas de 60 mil capitalinos, dos años después en 2011 destinó 577 millones 475 mil 810 pesos para una cobertura de más de 70 mil personas, debe agregarse que este seguro no es contributivo, ya que es financiado con los recursos fiscales del gobierno del Distrito Federal.

Lo anterior resulta un elemento muy importante pues los esquemas contributivos como los que operan en países como Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, Uruguay o Venezuela prevén el apoyo únicamente a los trabajadores con contrato los cuales están obligados a aportar parte de su salario al fondo del seguro de desempleo, similar a los esquemas de seguridad social de México, el problema de este tipo de financiamiento radica en que si el trabajador no labora para una empresa cuyo tipo de contrato le permita cotizar en instancias como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) simplemente no podría acceder a los beneficios establecidos, es decir, el modelo de seguro de desempleo que se aplica en el Distrito Federal es superior al que opera en otros lugares del mundo, es mejor.

Si el mismo esquema que opera actualmente en el DF se establece a nivel nacional con una proyección de 800 mil beneficiarios anualmente la carga al presupuesto ascendería a poco más de 9 mil 500 millones de pesos atendiendo el salario mínimo de 2012, ello representa 300 millones de pesos menos en comparación con el costo total del nuevo avión presidencial y estableciendo que un punto porcentual del producto interno bruto (PIB) es equivalente a cerca de 140 mil millones de pesos, según se señala en el estudio Perspectivas progresistas, razones para un seguro de desempleo, un esquema a nivel nacional representaría poco menos de 0.07 por ciento del PIB.

Adoptar un seguro de desempleo en México tendría diversos beneficios para los trabajadores y sus familias, permite a los trabajadores disminuir en alguna medida la pérdida de ingresos que se produce durante los periodos de desempleo estabilizando la capacidad de consumo al tiempo mismo que facilita mediante esquemas vinculatorios y de capacitación, la búsqueda de una nueva fuente de ingresos. Así, el seguro de desempleo se presenta como política pública que apunta a subsanar la incapacidad del gobierno frente a la generación de mayores fuentes de empleo.

El esfuerzo no representaría una erogación desproporcionada para el gobierno y sí significaría un cambio en la política laboral.

Así pues, frente a la tendencia política que propone que nada cambie a pesar del enorme daño que han sufrido las familias trabajadoras desde hace casi 30 años, el seguro de desempleo representaría una medida urgente y necesaria. Su principal valor es, de acuerdo a lo anterior, la de mostrar, tal y como ha sucedido en la Ciudad de México, que aunque parciales y al principio limitadas, las políticas públicas pueden y deben construirse como una alternativa y un punto de partida para diseñar un futuro mejor para todos los mexicanos.

Con base en lo expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se expide la Ley del Seguro Federal de Desempleo

Artículo Único. Se expide la Ley Federal del Seguro de Desempleo en los siguientes términos:

Ley del Seguro Federal de Desempleo

Título PrimeroDisposiciones generales, facultades y obligaciones

Capítulo IDisposiciones generales

Artículo 1. La presente ley es de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio de la república mexicana.

Artículo 2. La presente ley tiene por objeto crear y normar la programación del seguro federal de desempleo como medida de protección para los trabajadores asalariados del sector formal de la economía que hayan dejado o sido separados de su empleo formal sea de manera temporal, siempre y cuando ello implique la privación de su remuneración salarial, o de manera definitiva por razones ajenas a su voluntad; así como crear las condiciones para su reincorporación a un trabajo digno con el fin de coadyuvar al cumplimiento del artículo 123 constitucional primer párrafo.

Artículo 3. Para los efectos de lo establecido en esta ley se entenderá por

I. Ley: Ley del Seguro Federal de Desempleo;

II. Reglamento: Reglamento de la Ley del Seguro Federal de Desempleo;

III. Secretaría: Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

IV. Seguro: Seguro Federal de Desempleo y

V. Beneficiario: Todo ciudadano mexicano mayor de 18 años que haya perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, resida en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos y cumpla con los requisitos previstos en esta ley para acceder a los beneficios del Seguro Federal de Desempleo

Capítulo IIFacultades y obligaciones

Artículo 4. El Ejecutivo federal, por conducto de la secretaría, será responsable del cumplimiento de esta Ley y de sus disposiciones complementarias:

I. Programar, dirigir y ejecutar el seguro;

II. Fomentar entre los beneficiarios una cultura emprendedora a fin de que accedan a mejores niveles de bienestar;

III. Fortalecer vínculos entre el gobierno federal y los generadores de empleo, sean de los sectores público, privado o social a efecto de facilitar los vínculos entre el beneficiario y las demandas laborales de los sectores señalados, lo que no exime al beneficiario de la búsqueda de empleo por cuenta propia;

IV. Promover la capacitación del beneficiario con el fin de ampliar las posibilidades de acceder a un empleo formal;

Artículo 5. La secretaría expedirá la convocatoria para acceder al seguro y sus bases de participación establecerán cuando menos:

I. La documentación y demás requisitos necesarios para acceder al seguro;

II. El procedimiento que habrán de agotar los interesados en obtener el seguro;

III. El domicilio de las oficinas y módulos a los que habrán de acudir los interesados para presentar su solicitud y pedir orientación o aclaraciones;

IV. Las características del seguro a otorgarse;

V. El procedimiento que habrán de seguir los interesados en obtener el seguro;

VI. El formato de una carta compromiso que deberán suscribir los interesados, a efecto de que conozcan las obligaciones que tendrán que cumplir para obtener y mantener los beneficios del seguro y

VII. Las demás que determinen la secretaría, el reglamento y otros ordenamientos aplicables.

Título SegundoDel Seguro Federal de Desempleo

Capítulo IDisposiciones generales

Artículo 6. El Seguro Federal de Desempleo es un sistema de seguridad social que otorga un derecho económico a los beneficiarios bajo las condiciones establecidas en esta ley a efectos de garantizar los ingresos económicos necesarios para cubrir necesidades básicas del beneficiario durante un periodo perentorio.

Artículo 7. El seguro podrá ser otorgado por un periodo de seis meses y, sólo por una vez, cada dos años.

El monto del seguro ascenderá a 30 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y será entregado mensualmente al beneficiario mediante el procedimiento que la propia secretaría determine.

El derecho económico señalado en el párrafo anterior tiene carácter personal e intransferible y podrán solicitarlo las personas que hayan perdido su empleo con fecha posterior a julio de 2008.

Capítulo IIDel acceso, conservación y cancelación del Seguro Federal de Desempleo

Artículo 8. El derecho a acceder al seguro podrá otorgarse a aquellas personas desempleadas que:

I. Sean mayores de 18 años;

II. Residan en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos;

III. Haber laborado previamente a la pérdida del empleo, para una persona física o moral, al menos durante seis meses comprobable mediante la baja de alguna institución de seguridad social o en su defecto carta emitida por el último patrón y que cubra los requisitos que la misma Secretaría determine;

IV. Haber perdido su empleo por causa ajena a su voluntad;

V. No perciban otros ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, subsidio o relación laboral diversa;

VI. Se encuentren inscritas mediante solicitud previamente ingresada en las oficinas que para tal efecto habilite la secretaría;

VII. Sean demandantes activas de empleo, lo que podrá ser corroborado en cualquier momento por la Secretaría mediante el procedimiento que la misma establezca, y

VIII. Cumplan con el resto de los requisitos establecidos en esta ley, la convocatoria que emita la Secretaría y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

Artículo 9. La Secretaría deberá dar respuesta a las solicitudes presentadas por las personas interesadas en obtener el seguro, en un plazo máximo de 20 días hábiles contados a partir de la recepción de las mismas; así como a publicar en el Diario Oficial de la Federación y en su portal de Internet la lista de quienes, en su caso, accedan a dicho beneficio, salvaguardando las previsiones que en estos casos plantean las Leyes Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

Artículo 10. Los beneficiarios del seguro tendrán las siguientes obligaciones:

I. Entregar la documentación que le sea requerida así como informar de inmediato sus cambios de domicilio a la autoridad competente para efectos de otorgamiento, suspensión o reanudación de las prestaciones que establece esta ley;

II. Suscribir una carta compromiso en la que se adquiere el derecho de recibir las prestaciones del seguro en el plazo y con las condiciones determinadas por las autoridades competentes;

III. Asistir a cursos de capacitación y desarrollo de habilidades pertenecientes a los programas públicos de fomento al empleo que la autoridad competente determine;

IV. Concertar y asistir a entrevistas de trabajo informando con antelación a la autoridad competente;

V. Solicitar la suspensión del Seguro dentro de los cinco días hábiles siguientes al haberse incorporado a un nuevo trabajo, ya sea en institución pública o privada siempre y cuando el ingreso a laborar se dé antes de cumplidos los seis meses que dura el derecho;

VI. Saber conducirse con la verdad en todo momento, apercibidos de que en caso de falsedad en sus declaraciones, les serán retirados los beneficios del seguro, sin perjuicio de las consecuencias legales procedentes; y

VII. Las demás que determinen esta ley, el reglamento y otros ordenamientos aplicables.

Artículo 11. El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo anterior trae como resultado la suspensión inmediata de los beneficios del seguro federal de desempleo.

De igual manera la secretaría negará o en su caso suspenderá el derecho a la percepción del seguro cuando se presenten algunos de los siguientes supuestos:

I. Agotamiento del plazo de duración de la prestación;

II. Haberse incorporado a un nuevo trabajo;

III. Rechazo injustificado de una oferta de empleo adecuada al perfil y aptitudes del beneficiario;

IV. Negativa a participar en los programas de empleo y capacitación que previamente determine la Secretaría, salvo causa justificada;

V. Cuando se esté cumpliendo condena que implique privación de la libertad;

VI. Realización de un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a seis meses, o realización de un trabajo por cuenta propia, por tiempo igual o superior a 12 meses;

VII. Ser beneficiario de Seguro de Desempleo o equivalente implementado por alguno de los estados de la república y el Distrito Federal;

VIII. Ser beneficiario de algún otro programa del Gobierno Federal que implique el acceso de ayuda económica;

IX. Cambiar su residencia al extranjero y;

X. Renuncia voluntaria al derecho.

Capítulo IIISobre el financiamiento del seguro

Artículo 12. El Ejecutivo federal deberá incluir en el proyecto de presupuesto de egresos de la federación, la asignación que garantice la formulación, aplicación y evaluación del seguro procurando su eficacia, selectividad y transparencia.

Capítulo IVDisposiciones complementarias

Artículo 13. Las reglas de operación fijarán la forma como se hará valer el Seguro, así como la verificación de la residencia, la elaboración y actualización permanente del padrón de beneficiarios y demás requisitos y procedimientos necesarios para el ejercicio del derecho establecido en esta ley.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el año siguiente inmediato a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal expedirá las disposiciones reglamentarias de la presente ley, dentro de los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

Tercero. Deberán destinarse en el Presupuesto de Egresos de la Federación del año siguiente inmediato a la publicación de la presente en el Diario Oficial de la Federación y subsecuentes ejercicios fiscales, los recursos necesarios para la debida aplicación del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de septiembre de 2013.— Diputados: Ricardo Monreal Ávila (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputado Villanueva. Túrnese a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.



LEY DE COORDINACION FISCAL

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

La diputada Lilia Aguilar Gil: Muchas gracias, señor presidente. Con la venia de la asamblea. Trataré de ser lo más breve posible en la explicación de esta iniciativa en lugar de leerla, para poder tener o poder darles, compañeros diputados y a la gente que nos ve en el Canal del Congreso, una idea general de qué es lo que estamos proponiendo, en un tema que pareciera a veces que no se puede atender con palabras simples, como es el tema fiscal en este país.

El objetivo de esta iniciativa centralmente es romper con el esquema distributivo del 80-20 establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y proponemos dejarlo en un esquema de beneficio a los municipios de distribución en participaciones del 75-25.

Es decir, mover un pequeño porcentaje de lo que se recibe en los municipios y que se distribuye entre los estados para beneficiar solamente en un 5 por ciento en apoyo al federalismo en este país, para apoyar a los municipios de las aportaciones que reciben de esta federación.

Proponemos que este incremento del 5 por ciento sea solamente el inicio de un incremento paulatino, que en un plazo de cinco años pueda llegar hasta el 10 por ciento y que por lo pronto en estos cinco años haya un incremento del 1 por ciento en estas distribuciones para los próximos cinco ejercicios fiscales.

¿Cuál es la problemática y por qué estamos proponiendo esto? El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal se basa en que los estados y municipios sean entidades dependientes del gobierno federal —como todos ustedes lo saben— y se asignan a través de las participaciones y las aportaciones federales los presupuestos que se reciben en su mayoría, aparte del presupuesto que nosotros estructuramos en esta Cámara de Diputados o que debiésemos estructurar en esta Cámara de Diputados a propuesta del Ejecutivo.

Las fuentes de ingresos propios de los gobiernos de los estados y los municipios son pobres y limitadas, y como muchos de ustedes saben, los municipios y los gobiernos de los estados casi no cobran impuestos, porque finalmente están mucho más cercanos a la ciudadanía y consideran que es una medida impopular.

¿Qué es lo que sucede? Que los estados y municipios quedan dependientes a las participaciones y aportaciones federales. Y estas aportaciones y participaciones federales es lo que se reparte de lo que se recibe de impuestos a nivel federal y que llega a estas entidades federativas. Y entonces, tenemos gobiernos municipales y gobiernos estatales que están dependiendo casi al 100 por ciento de estos recursos que les deben ser enviados por el gobierno federal.

¿Qué es lo que sucede? El gobierno federal finalmente controla estas participaciones y aportaciones, y los gobiernos de los estados, a su vez, controlan a los municipios en esta distribución.

Es por eso que nosotros estamos pidiendo, a través de esta iniciativa, que se fortalezca el sistema municipal con un aumento en la distribución, que ya no sea el 80-20 de distribución entre estados y municipios, sino que sea el 75-25. ¿Por qué? Porque el sistema actual de distribución de participaciones y aportaciones no garantiza la equidad, por el contrario, genera un desentendimiento de la eficiencia del gasto y la recaudación por parte de las entidades federativas y municipales, obviamente.

¿Cuál es la propuesta concreta? Que se otorgue el 25 por ciento al municipio de la entidad de que se trate en materia del impuesto sobre automóviles nuevos y que los municipios también reciban el 25 por ciento de la participación especial sobre producción y servicios para la realización de los actos o actividades gravadas con dicho impuesto sobre la cerveza, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas y otras bebidas alcohólicas y elementos elaborados.

Finalmente, lo que nosotros creemos es que debemos avanzar —y con esto cerraré mi intervención— hacia un federalismo distributivo también, no solamente hablar sobre la creación de nuevos impuestos o cómo la federación va a poder tener control sobre los estados y municipios, que ha sido la tesitura de la gran mayoría de las iniciativas que se han presentado en esta Cámara de Diputados.

Lo que nosotros estamos proponiendo de esta manera es que también atendamos al fortalecimiento de los estados y los municipios y que lo atendamos –como se dice por ahí— como debe ser, a través de los recursos para que le demos mayoría de edad a los municipios y puedan ejercer el recurso los que están más cercanos a la gente y los que saben, finalmente, cuáles son las necesidades de las comunidades. Muchas gracias, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Lilia Aguilar Gil, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., décimo párrafo; 3o.-A, último párrafo; 4o., penúltimo párrafo; 4o.-B, último párrafo; 6o., párrafos primero y tercero; y 10-C, último párrafo, de la Ley de Coordinación Fiscal, conforme a las siguientes:

Consideraciones

Es precisamente en el nivel local, en el ámbito cotidiano, donde se ejercen los derechos ciudadanos, donde la gestión de bienes y servicios urbanos implica una relación directa entre la burocracia local y los usuarios, donde se pone a prueba la democracia territorial, donde la participación social puede incidir en el diseño e implantación de las políticas públicas.

Alicia Ziccardi

El texto constitucional establece la voluntad del pueblo mexicano para constituirse en una república representativa, democrática, laica, federal, compuesta de estados libres y soberanos, los cuales adoptan, para su régimen interior, una forma de gobierno republicano, representativo, popular, que tiene como base de su división territorial y de su organización político-administrativa la figura del municipio libre. Dichos elementos componen el sistema federal mexicano en sus tres niveles de gobierno: federal, estatal y municipal.

Así pues, el sistema federal mexicano se ha perfeccionado con la intención de promover el desarrollo igualitario de los miembros que integran la federación, siendo el municipio una institución jurídico-política de suma importancia por constituir el nivel de gobierno más cercano a las personas. Por ello, al municipio se le relaciona con las ideas de democracia, teniendo como una de sus finalidades la descentralización del poder, al constituirse en grupos de población más reducidos que las entidades federativas y con una relación más directa entre sus miembros.

Sin embargo, independientemente del papel tan importante que parece interpretar el municipio libre en el pacto federal, la evolución del municipio no ha sido nada fácil. A través de las 13 reformas del artículo 115 constitucional, el municipio ha venido cobrando mayor importancia, pero no por ello se refleja la congruencia en el sistema jurídico con relación al municipio. No se refleja la congruencia porque al municipio sigue dejándosele en una situación inicua en la asignación que la federación y las legislaturas de los estados hacen de los recursos que le corresponden o deberían corresponderle.

Por tal motivo, se requiere fortalecer la hacienda pública municipal, lo cual puede lograrse desde dos sentidos: el primero, incrementado su capacidad recaudatoria de ingresos propios; y en segundo lugar, lo que da el sustento a la presente iniciativa, romper con el viejo esquema de 80-20. En la actualidad, la Ley de Coordinación Fiscal señala que los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal recibirán como mínimo 20 por ciento de los ingresos federales que reciban las entidades federativas, situación que predomina entre las 32 entidades, por lo que los estados y el Distrito Federal se reservan el restante 80 por ciento.

Esa situación predominante en el país no permite hacer realidad la autonomía de los municipios, pues se encuentran en situación de vulnerabilidad financiera, para dar cumplimiento a los requerimientos de la sociedad, por lo que se refiere a los principales servicios públicos que por mandato constitucional tiene que prestar, como lo son los señalados en la fracción III del artículo 115 de la Carta Magna.

El del fortalecimiento de las haciendas de los municipios es un tema que a lo largo de los años ha sido abordado por diversos actores de la sociedad: legisladores federales y locales; gobernadores, alcaldes, e incluso, el Poder Judicial federal, cuando ha resuelto controversias o acciones de inconstitucionalidad, en los casos en que se han presentado estos procesos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Reiteradamente se ha dicho que en el país hay por lo menos tres premisas que tienen que ver con lo expresado; uno, que los ingresos de los municipios son insuficientes para atender las necesidades primarias de sus comunidades; que no se colman los servicios públicos que por mandato constitucional deben hacerlo los municipios; y que no hay una distribución equitativa de los recursos, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.

También hay voces discordantes en el sentido de que existe una marcada deficiencia por parte de las autoridades municipales en la toma de decisiones, en cuanto al ejercicio de los recursos que se les entregan por los gobiernos federal y estatal. Esta circunstancia tendrá que ser analizada desde otra perspectiva, y en términos de las responsabilidades de cada gobernante.

Por otra parte, los asuntos de la evasión fiscal y del comercio informal, inciden directamente en el contexto general anunciado en párrafos anteriores, mismo que tendrá que ser analizado en su exacta dimensión.

Lo que trataré en esta exposición de motivos y que sustenta mi planteamiento es el tema relativo a la distribución de recursos.

En efecto, debemos recordar que el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal que actualmente se utiliza, en primer término, dio como resultado que los gobiernos locales no tuviesen ya facultades para imponer tributos, lo cual hizo de los estados y municipios, entidades dependientes de lo que el gobierno federal asigna a través de las participaciones y aportaciones federales. Es decir, las fuentes de ingresos propios de los estados y municipios, técnicamente son pobres y limitadas y las podemos resumir en impuesto sobre la propiedad inmobiliaria (impuesto predial) en el caso de estos últimos y el impuesto sobre nómina en el caso de los estados.

Hay gran dificultad para interpretar y determinar, por un lado, las competencias de los distintos órdenes de gobierno, particularmente en lo que se refiere a la concurrencia de facultades de éstos y, por otro, la falta de explicación de los mecanismos de distribución de dichas participaciones y aportaciones.

En este sentido, principalmente, a una gran mayoría de entidades federativas y los municipios les es casi imposible saber, a ciencia cierta, cómo se obtienen los montos que les corresponden, de tal suerte que únicamente las reciben sin estar en posibilidades de hacer un análisis para, en su caso, reclamar una cantidad distinta y superior a la asignada. Quienes han estudiado el tema, han expresado su inquietud por simplificar dichos mecanismos para hacer más accesible su entendimiento.

Por otra parte, y aquí habrá que centrar nuestra atención para cuestionar lo siguiente: “Estas participaciones son distribuidas adecuadamente y están cumpliendo su principal función que es la de dotar a los estados y municipios con los recursos que verdaderamente les corresponden o necesitan para cubrir sus penurias”.

En otros términos, creemos que el sistema actual de distribución de participaciones y aportaciones federales no garantiza la equidad, por el contrario un desentendimiento en la eficiencia del gasto y de la recaudación por parte de las entidades federativas y los municipios, dando como consecuencia que exista un descontento, sobre todo, por los que más aportan por la generación de ingresos y son más eficientes en la recaudación de impuestos.

Ante este panorama, no sólo es necesario sino apremiante que partiendo de un análisis serio, se produzcan los cambios precisos para acabar con la brecha tan amplia que se da entre la Federación y las entidades federativas y, con mayor énfasis, las desigualdades existentes respecto de los municipios.

Debe iniciarse con una revisión de los criterios y variables con los que se cuenta actualmente para determinar, con un alto grado de certeza, lo que a cada ente les corresponde y, por ende, los procedimientos que se establezcan para ello, habrán de ser accesibles, a fin de que los funcionarios públicos encargados de la aplicación de los recursos reduzcan a su mínima expresión las discrecionalidades.

En conclusión, como dicen los Presupuestos de Egresos federales, los recursos de los que pueden disponer los municipios para ejercer sus funciones e implementar sus respectivos programas de gobierno, una parte pertenece a la recaudación propia que éstos realizan cada año, otra parte importante proviene de las diversas vertientes del gasto federal para los municipios tales como: las participaciones federales (ramo 28); aportaciones federales (ramo 33) y algunos fondos sectoriales directos a municipios. La otra fuente la constituyen los gastos y destinación de recursos de los estados y la federación que impactan directamente en el desarrollo municipal, tales como los excedentes de ingresos petroleros, los convenios de reasignación de recursos y el gasto de programas federales.

Los recursos que llegan a los municipios a través del Presupuesto de Egresos de la Federación representan más de 60 por ciento de sus ingresos en promedio, por ende, desde hace varios años y concretamente a partir de la reforma fiscal en 2007, se ha impulsado un federalismo fiscal que beneficie a los gobiernos locales, lo que ha derivado en diversos recursos descentralizados directos a municipios, lo cual ha sido insuficiente.

La realidad nos demuestra que dicho orden de gobierno invierte demasiado tiempo en gestionar, negociar o solicitar mayores recursos en el centro del país. Dicho de otra manera, los ciudadanos más bien eligen a un representante gestor que tenga la capacidad de obtener más recursos a su región, que dedicarse de lleno a administrar el municipio respectivo.

Parecería que mecanismos tales como la Ley de Coordinación Fiscal, hoy por hoy no son suficientes para garantizar que cualquier municipio del país que cuenta con el mínimo de recursos para hacer su tarea. Si apelamos al concepto aristotélico de la justicia, dar a cada quien lo suyo, porque es tan difícil para quienes administran un municipio allegarse de recursos; se ha demostrado que los municipios han alcanzado un nivel tal de desarrollo y capacidad de administración, de recaudación, que es tiempo de darles trato igualitario. No se trata de hacerles un favor, sino de un trato igualitario y justo.

De ahí que mi propuesta vaya en el sentido de reformar y modificar el viejo esquema de 80/20 y llevarlo a 75/25, claro que este incremento sería paulatino; es decir, sería llevado a un plazo de cinco años, lo que equivale a un aumento de 1 por ciento anual, a partir del año siguiente al de su autorización si es el caso por esta soberanía.

Por lo expuesto someto a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforman los artículos 2o., décimo párrafo; 3o.-A, último párrafo; 4o., penúltimo párrafo; 4o.-B, último párrafo; 6o., párrafos primero y tercero; y 10-C, último párrafo, de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 2o. ...

...

...

...

...

...

...

...

...

Asimismo, las citadas entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal podrán celebrar con la federación convenio de colaboración administrativa en materia del impuesto sobre automóviles nuevos, supuesto en el cual la entidad de que se trate recibirá 100 por ciento de la recaudación que se obtenga por este impuesto, del que corresponderá cuando menos 25 por ciento a los municipios de la entidad, que se distribuirá entre ellos en la forma que determine la legislatura respectiva.

Artículo 3o.-A. ...

I. y II. ...

...

Los municipios recibirán como mínimo 25 por ciento de la participación que corresponda al estado.

Artículo 4o. ...

...

...

Los municipios recibirán como mínimo 25 por ciento de la recaudación que del Fondo de Fiscalización corresponda a las entidades federativas. Tratándose del Distrito Federal, la distribución de dichos recursos se efectuará a sus demarcaciones territoriales.

...

Artículo 4o.-B. ...

...

...

Los municipios recibirán cuando menos 25 por ciento de los recursos percibidos por las entidades federativas.

Artículo 6o. Las participaciones federales que recibirán los municipios del total del Fondo General de Participaciones, incluyendo sus incrementos, nunca serán inferiores a 25 por ciento de las cantidades que correspondan al estado, el cual habrá de cubrírselas. Las legislaturas locales establecerán su distribución entre los municipios mediante disposiciones de carácter general.

...

Los municipios y, tratándose del Distrito Federal, sus demarcaciones territoriales recibirán como mínimo 25 por ciento de la recaudación que corresponda al estado en los términos del último párrafo del artículo 2o. de esta ley.

...

Artículo 10-C....

I. a VIII. ...

...

Los municipios recibirán como mínimo 25 por cientode la recaudación que corresponda a las entidades federativas en términos de este artículo. Tratándose del Distrito Federal, la distribución de dichos recursos se efectuará a sus demarcaciones territoriales.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el ejercicio fiscal siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El incremento se realizará con uno por ciento durante los siguientes cinco ejercicios fiscales a su entrada en vigor.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de septiembre de 2013.— Diputada Lilia Aguilar Gil (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputada Lilia Aguilar. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado René Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo: Muchas gracias, presidente. Con el permiso de la Presidencia. Estimadas compañeras y compañeros diputados, el grado de importancia y trascendencia de los derechos humanos, así como su aplicación, protección y salvaguarda en cada una de las acciones de los estados constituyen un signo que distingue a las sociedades modernas. No podríamos identificar a la democracia sin el ejercicio pleno de los derechos fundamentales de cada ciudadano.

No obstante, a pesar de que la mayor parte del conjunto de los países agrupados alrededor de las Naciones Unidas declara su vigencia, las violaciones a los derechos humanos ocurren en todo el mundo, aunque su gravedad y clase varían de país en país y de región en región.

Desapariciones y ejecuciones sumarias, torturas y maltrato, violaciones a los derechos de alimentación, salud y educación, entre otros ejemplos, dan cuenta de que muchos gobiernos del mundo muestran poco por los derechos de sus ciudadanos o hacen poco para protegerlos y preservarlos.

En México podemos presumir que no tenemos un ambiente como el que se vive en otras latitudes del mundo. Sin embargo, la situación que guarda la vigencia de los derechos humanos en nuestro país aún deja mucho que desear.

El histórico avance que el Constituyente Permanente dio hace ya dos años con la reforma constitucional en materia de derechos humanos convirtió la cultura jurídica que se tenía al pasar del iuspositivismo al reconocimiento de los derechos del ciudadano por su inherente condición humana.

En este sentido, estamos obligados a analizar, estudiar y, sobre todo, cumplir a cabalidad con la alta responsabilidad que como representantes populares nos ha conferido la nación. Debemos legislar eficazmente para emprender medidas legislativas que garanticen la progresividad de nuestra Carta Magna, así como sus adecuaciones, al amparo de los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte.

Por ello, ejerciendo la responsabilidad que tenemos como autoridad legislativa debemos ser receptivos a la idea de que los derechos humanos no son estáticos, están llamados a evolucionar constantemente, respondiendo a los retos que las nuevas sociedades nos van planteando.

Las reformas realizadas en materia de derechos humanos en junio de 2011 modificaron la denominación del Capítulo I de nuestra Carta Magna, dejando atrás el concepto de garantías individuales y modificándolo por el de los derechos humanos y sus garantías.

Permítanme resaltar este último punto Y sus garantías. Cambio que no es menor, pues el término denota de manera clara y específica la obligación del Estado de asegurar a todas las personas, por el solo hecho de estar bajo la protección jurídica del mismo, que estos derechos humanos no solo están reconocidos, sino también deberán ser respetados y procurados.

En congruencia, el párrafo tercero del artículo 1o. de la Constitución establece expresamente la obligación para todas las autoridades en todos sus órdenes de gobierno de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, entendiendo que esta protección se otorga a los derechos reconocidos por nuestra Constitución y los tratados internacionales en los que nuestros país sea parte.

Con ello se fortalece el estatus jurídico de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, precisando expresamente su jerarquía de rango constitucional, al establecer entre otras cosas que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los propios tratados, privilegiando en todo momento la norma que más beneficie a la persona.

Uno de los retos actuales lo representa la defensa eficaz de los derechos humanos, como una obligación ineludible de todas las autoridades para proteger los derechos humanos, entendiéndose como autoridad a todos aquellos quienes integramos el Estado mexicano. Es decir, los tres Poderes de la Unión: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, así como los órganos autónomos en los tres niveles de gobierno, la federación, las entidades federativas, los municipios y el Distrito Federal.

Sin embargo, la claridad expresa de la protección de los derechos humanos en la Carta Magna, en su artículo 1o., por una pequeña laguna legislativa ocasiona que diversas autoridades, entre ellas el Poder Legislativo, quedáramos excluidas de tal mandato en el artículo 105, fracción II, facultándose únicamente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a interponer acciones de inconstitucionalidad ante una posible contradicción entre una norma de carácter general, donde se vulneren los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales de los que México es parte.

Lo anterior ha propiciado la generación de criterios judiciales en materia de derechos humanos, cuyo último resolutivo lo conocimos hace apenas una semana y en mucho es contrario a los avances que hemos logrado como país.

En este sentido, como integrantes del Poder Legislativo tenemos la obligación de impulsar las mejoras legislativas que demandan nuestra Norma Fundamental para garantizar el respeto y protección de los derechos humanos en este país.

Es por ello, compañeras y compañeros legisladores, que con la presentación de esta iniciativa se busca dilucidar la ambigüedad en el texto constitucional, ya que como ocurrió en estos criterios se dejó a la interpretación del Poder Judicial el espíritu del Constituyente Permanente, cuestión que como legisladores y representantes de la voluntad popular nos corresponde disipar y así garantizar la vigencia de un Estado de derecho claro y eficaz.

Como sabemos, la reforma constitucional en materia de derechos humanos ha tenido un impacto sustancial en la formación de una nueva cultura jurídica modificando la concepción que hasta esa fecha se tenía de los derechos humanos. Asimismo nos equiparó a la altura de los Estados modernos al establecer la protección de estos como una obligación para quienes integramos el Estado Mexicano.

Nueva Alianza, congruente con nuestro historial de defensa de la validez y supremacía de los derechos humanos, consideramos pertinente adecuar el marco constitucional, a efecto de que los integrantes del Estado Mexicano hagan efectivo el artículo 1o., a fin de que los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales cuenten con la protección de las acciones de inconstitucionalidad que nos otorga nuestra Carta Magna.

Termino, presidente.

Nueva Alianza, como un partido joven y con ideas innovadoras, cree firmemente llevar a México por una nueva ruta, donde el principio de progresividad de los derechos humanos se haga verdaderamente efectivo implementando una legislación más pertinente para atender el tema de la protección de los derechos humanos de las personas. Por su atención y por su paciencia, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El suscrito, René Ricardo Fujiwara Montelongo, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del Pleno de esta Soberanía, la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir del siguiente

Planteamiento del problema

Los medios de Control Constitucional son los instrumentos jurídicos a través de los cuales, tanto particulares como autoridades, buscan mantener o defender el orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En nuestro sistema jurídico, las normas aprobadas por el Congreso de la Unión que se consideren violatorios de los principios constitucionales, pueden ser revisados a través de distintos medios de control de la constitucionalidad, dividiéndose en dos grupos, los medios de control difuso y concentrado, este último como vía directa de control exclusivamente a cargo del Poder Judicial de la Federación, del cual se derivan tres tipos:

a. El primer tipo lo encontramos en el Juicio de Amparo, máximo recurso jurídico que tiene el gobernado, el cual puede ser interpuesto contra normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen sus derechos humanos. Existe tanto el amparo indirecto como el directo, conociendo el primero los Juzgados de Distrito y el segundo los Tribunales Colegiados de Circuito o en ciertos supuestos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

b. El segundo tipo de control recae en la Controversia Constitucional, prevista desde la Constitución de 1824, donde este recurso puede combatir los actos que lleve a cabo el Congreso e invadan la esfera de competencia determinada por la Constitución para el Ejecutivo, un Estado, el Distrito Federal o un Municipio y viceversa, exceptuando de este recurso a la materia electoral. Este medio de impugnación corresponde exclusivamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

c. El tercer tipo lo reviste la acción de inconstitucionalidad, materia de la presente iniciativa, que fue incorporada en la reforma constitucional del 31 de Diciembre de 1994. Al igual que la Controversia constitucional, este recurso corresponde conocer exclusivamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La Acción de Inconstitucionalidad, consagrada en el artículo 105 fracción II de nuestra carta magna, constituye una vía procedimental, concebida con la finalidad de que diversos órganos del Estado mexicano denuncien la posible contradicción entre la Constitución y alguna norma o disposición de carácter general, tal como una ley, tratado internacional, reglamento o decreto, con el objeto de preservar o mantener el contenido normativo de nuestra Carta Magna y dejar sin efecto las normas declaradas inconstitucionales.

A partir del 10 de Junio de 2011, el Constituyente Permanente aprobó la reforma constitucional más importante de los últimos años, que eleva a rango constitucional el goce de los derechos humanos, reconocidos tanto en la Constitución, como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, la cual modificó 11 artículos de nuestra Carta Magna.

Entre ellos, destaca el artículo 1o., que reconoce el goce de los derechos fundamentales, así como de las garantías para la protección de todas las personas y obliga a todas las autoridades, entendiendo a éstas como a los Poderes de la Unión y los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias, a promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos.

Indudablemente este acontecimiento representa un suceso de la mayor trascendencia para nuestro sistema jurídico, pues sienta las bases primarias para una mayor protección y reconocimiento de los derechos propios de la condición humana, acto elogiado por el alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México.

Esto nos demuestra que quienes integramos los órganos del Estado mexicano, quedamos obligados por mandato constitucional a velar en todas nuestras actuaciones por el respeto irrestricto de los derechos humanos, por lo que ningún servidor público puede excusarse de defenderlos ni justificar cualquier acción que en los hechos los vulnere o pase por alto.

Esta obligación deberá cumplirse a la luz de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Otro artículo que se modificó en esta mencionada reforma, fue precisamente, dentro del artículo 105 de la Carta Magna el inciso g) de la fracción II, relativa a las acciones de inconstitucionalidad; en esta, se faculta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para interponer este recurso constitucional en contra de normas de carácter general que vulneren los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales de los que México sea parte.

Conforme a lo estipulado en el Artículo 105, fracción II, de nuestra norma fundamental, las autoridades del Estado mexicano, que tienen la facultad de ejercitar las acciones de inconstitucionalidad y los supuestos de las normas a impugnar, son las siguientes:

“El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en contra de leyes federales o del Distrito Federal expedidas por el Congreso de la Unión;

b)  El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes del Senado, en contra de leyes federales o del Distrito Federal expedidas por el Congreso de la Unión o de tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano;

c)  El Procurador General de la República, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano;

d)  El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de alguno de los órganos legislativos estatales, en contra de leyes expedidas por el propio órgano,

e)  El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, en contra de leyes expedidas por la propia Asamblea, y

f)  Los partidos políticos con registro ante el Instituto Federal Electoral, por conducto de sus dirigencias nacionales, en contra de leyes electorales federales o locales; y los partidos políticos con registro estatal, a través de sus dirigencias, exclusivamente en contra de leyes electorales expedidas por el órgano legislativo del Estado que les otorgó el registro.

g)  La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en los estados de la República, en contra de leyes expedidas por las legislaturas locales y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en contra de leyes emitidas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.”

Esta reforma sin duda, significa un trascendental avance en el reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas en nuestro país. No es de dudarse el esfuerzo realizado por el Constituyente Permanente, en el sentido de lograr una Constitución innovadora, adaptada a las necesidades y demandas internacionales por el absoluto respeto de los derechos humanos.

Estas modificaciones constitucionales nos dejan un reto mayúsculo a las futuras legislaturas para hacer verdaderamente efectivo y progresivo el logro alcanzado por el Constituyente el 10 de junio de 2011.

Uno de estos retos lo representa, la defensa eficaz de los derechos humanos como una obligación ineludible de todas las autoridades para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, entendiéndose como autoridad a todos aquellos quienes integramos al Estado mexicano, es decir, los tres Poderes de la Unión (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y los órganos autónomos, en los tres niveles de Gobierno (Federación, los Estados y los Municipios y el Distrito Federal).

En este orden de ideas, el medio de control constitucional idóneo por excelencia que tenemos los integrantes del Estado para defender el espíritu constitucional recae sobre las Acciones de Inconstitucionalidad, donde la publicación de una norma de carácter general puede ser materia de impugnación por las autoridades facultadas en la fracción II del artículo 105 constitucional, una vez reunidos los requisitos de procedencia que la misma fracción establece.

Como podemos observar, en la multicitada reforma, dentro de las acciones de inconstitucionalidad, sólo se facultó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a interponer este medio de control constitucional por existir una posible contradicción entre una norma de carácter general donde se vulneren los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales de los que México sea parte.

Sin embargo, el artículo 1º de nuestra carta magna, mandata a todas las autoridades a velar por la protección de los derechos humanos consagrados en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, incluso cuando estos derechos se vean vulnerados por la publicación de una norma.

Con esto, dicha reforma constitucional en materia de derechos humanos, dejó sin esa facultad a las demás autoridades del Estado mexicano; es decir, a las autoridades administrativas y legislativas, para invocar la vulneración a los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales de los que México sea parte.

Es de obvia apreciación que existe una discordancia entre lo señalado por el Artículo 1º y el Artículo 105, fracción II, ya que el texto vigente sólo se limita a señalar la posible contradicción entre la norma con la Constitución, haciendo la excepción con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a la que si se le permite interponer este recurso cuando se vulneren los derechos humanos consagrados en algún tratado internacional.

En función de lo antes expuesto, presento ante esta Honorable Cámara de Diputados esta Iniciativa de reforma Constitucional, para dar solución a esta contradicción y ampliar el marco protector constitucional de los derechos humanos, con el objeto de dotar al Congreso de la Unión, los Congresos Estatales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a la Procuraduría General de la República y a los Partidos Políticos con representación nacional o Estatal, la facultad de garantizar y promover la defensa efectiva de los derechos humanos, consagrados tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, cuando estos se vean vulnerados por la publicación de una norma de carácter general.

Argumentación

La lucha por el reconocimiento y vigencia de los derechos humanos en nuestro país ha recorrido un largo camino. En tiempos anteriores, no se pensaba en hablar abiertamente del tema, en cambio hoy en día, los derechos humanos se han convertido en un indicador de gobernabilidad democrática y de la gestión gubernamental.

El espíritu de la reforma constitucional en materia de derechos humanos del 10 de junio de 2011, significó una nueva concepción de nuestro sistema jurídico mexicano, debido a que se anteponen los derechos humanos como el máximo marco de protección para las personas, reconocidos tanto en la Constitución federal, como en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

La defensa y protección de los derechos humanos consagrados en nuestra carta magna y lo innovador de la reforma, a partir de esa fecha, se convirtió en una obligación que nos corresponde asumir a todas las autoridades por igual y por ello, necesitamos efectuar medidas legislativas eficaces y progresivas, que coadyuven a la tarea primordial del Estado mexicano de velar por el irrestricto respeto de los Derechos Humanos.

Así las cosas, cuando se publica una norma de carácter general, la Constitución permite interponer la acción de inconstitucionalidad cuando ésta la contravenga; sin embargo, la reforma de 2011 sólo limitó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a ejercer este recurso cuando se contraviniera con los tratados internacionales de la materia, dejando sin esa posibilidad a las demás autoridades y por ende, estableciendo una contradicción con el Artículo 1º, el cual mandata a todas las autoridades a proteger los derechos humanos.

Dado que se puede prestar a una serie de interpretaciones constitucionales, acerca de la procedencia o no de la impugnación de una norma por contravenir un tratado internacional de derechos humanos (establecido en el Artículo 1º) exceptuando a la CNDH, se necesita dar claridad al texto constitucional, para que todas las autoridades (administrativas y legislativas) puedan interponer este medio para proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en un tratado internacional, tal y como ocurre con el juicio de amparo (de naturaleza jurídica idéntica a la acción de inconstitucionalidad), donde se establece de manera expresa la protección de los derechos humanos, contenidos tanto en la Constitución, como en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano es parte.

En un estudio publicado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su sección “Editoriales 2012”, en el mes de Diciembre, denominado “Principio pro persona”, se pone de manifiesto la necesidad de darle luminiscencia a la norma suprema para garantizar el grado de jerarquía que debe revestir un tratado internacional de derechos humanos en los medios de control constitucional, específicamente en la acción de inconstitucionalidad. El estudio de nuestro máximo tribunal de justicia nos expresa que:

“Jerarquía

¿Qué impacto tiene este principio en la jerarquía normativa?

A partir de la reforma se introduce, explícitamente, a los tratados internacionales en materia de derechos humanos como fuentes del Derecho. Sin embargo, en el artículo 133, persiste la necesidad de que los tratados estén de acuerdo a lo establecido en la Constitución. Ahora bien, para el caso de normas de derechos humanos, la interpretación debe hacerse, según el propio artículo 1, “favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia”. Entonces, en caso de que un tratado no esté de acuerdo con la Constitución, deberá prevalecer lo dictado por la norma más protectora.

La posibilidad que da el artículo 103 fracción I de interponer un amparo por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas por los tratados internacionales, así como el control de convencionalidad establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación  [  ], podrían representar una vía para el debate de la jerarquía de los tratados internacionales a nivel constitucional. Esta vía de argumentación se fortalecería si la fracción II del 105 constitucional, abriera la puerta a acciones de inconstitucionalidad por normas de carácter general que contradijeran un tratado internacional de derechos humanos.”

Existen diversos argumentos sólidos que sustentan la Iniciativa que se argumenta: el primero de ellos se encuentra establecido en la jurisprudencia 1ª.CXCVI/2013 en materia constitucional y común, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en junio de 2013, que dice:

Derechos humanos. Los tratados internacionales vinculados con éstos son de observancia obligatoria para todas las autoridades del país, previamente a la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011.

En el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos los Estados, históricamente, son los principales responsables de velar por que los derechos humanos de los ciudadanos sujetos a su soberanía sean respetados cabalmente en su espacio territorial, de donde se infiere la fórmula tradicional de que el ámbito internacional de protección tiene solamente una función “complementaria”. Esto es, la efectividad de un convenio internacional radica en que los propios Estados parteactúen de buena fe y que, voluntariamente, acepten cumplir los compromisos adquiridos frente a la comunidad internacional, en el caso concreto, los relativos a la protección y/o defensa de los derechos humanos de sus gobernados. Esta afirmación se conoce con el aforismo pacta sunt servanda –locución latina que se traduce como “lo pactado obliga”–-, que expresa que toda convención debe cumplirse fielmente por las partes de acuerdo con lo estipulado y en términos del artículo 26 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Ahora bien, de la interpretación sistemática del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el numeral 4o. de la Ley sobre la Celebración de Tratados, se advierte que tanto la Constitución como los referidos tratados internacionales son normas de la unidad del Estado Federal cuya observancia es obligatoria para todas las autoridades, por lo que resulta lógico y jurídico que dichos instrumentos internacionales, suscritos y ratificados por nuestro país, con énfasis prioritario para aquellos vinculados con derechos humanos, como lo es la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), sean de observancia obligatoria para todas las autoridades del país, previamente a la reforma constitucional de 10 de junio de 2011. Sobre el particular, destaca que la razón por la cual se modificó nuestro marco constitucional en junio de 2011, no fue para tornar “exigibles” a cargo de nuestras autoridades estatales la observancia de los derechos humanos previstos en los tratados internacionales, toda vez que, se reitera, dicha obligación ya se encontraba expresamente prevista tanto a nivel constitucional (artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), como a nivel jurisprudencial; así, como esta Primera Sala ha sustentado en diversos precedentes, dicha reforma, entre otros objetivos, tuvo la inherente finalidad de fortalecer el compromiso del Estado mexicano respecto a la observancia, respeto, promoción y prevención en materia de derechos humanos, así como de ampliar y facilitar su justiciabilidad en cada caso concreto, a través del denominado sistema de control convencional.

Primera Sala

Amparo directo en revisión 3664/2012. 13 de marzo de 2013. Mayoría de tres votos. Disidente: José Ramón Cossío Díaz, quien reservó su derecho a formular voto particular. Ausente: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: José Díaz de León Cruz.”

En este criterio, se da especial énfasis a la obligatoriedad de la observancia de los derechos humanos, vinculados en los tratados internacionales, por parte de todas las autoridades, concretamente en la protección y/o defensa de los derechos humanos de sus gobernados, como en este caso concreto, donde se propone la procedencia de estos tratados en las acciones de inconstitucionalidad para todas las autoridades facultadas para interponer este recurso.

Otro criterio que respalda la viabilidad de que la acción de inconstitucionalidad pueda conocer de normas que contravengan los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales de los que México es parte. Dentro de la Tesis I.7o.A.7 K del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, de Septiembre de 2012, en donde se establece lo siguiente:

Control difuso de constitucionalidad y de convencionalidad. Los juzgadores, al ejercerlo, no están obligados a contestar los conceptos de impugnación que al respecto formulen las partes en los procedimientos ordinarios respectivos, dirigidos a controvertir la conformidad de una norma con los derechos humanos reconocidos por la Constitución Federal y los tratados internacionales.

De la tesis P. LXX/2011 (9a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, Tomo 1, diciembre de 2011, página 557, de rubro: Sistema de Control Constitucional en el Orden Jurídico Mexicano””, se advierte que el control de la constitucionalidad no es unitario, pues en nuestro sistema coexisten tanto el control concentrado como el control difuso de la Constitución, estableciéndose el primero para las vías directas de control -acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparo directo e indirecto-, y el segundo se reserva para los Jueces en forma de desaplicación durante los procesos ordinarios en los que son competentes. Lo anterior determina el alcance y la forma de conducción de los juzgados en el ejercicio de dichos controles constitucionales, pues al ser de naturaleza diversa las vías para materializarse, también lo serán sus principios y efectos. Así, en tratándose del control difuso, el juzgador no realiza el estudio conducente por el hecho de que forme parte del problema jurídico que le presentan las partes en observancia a los principios de exhaustividad y congruencia que deben regir toda resolución jurisdiccional, sino que, la inaplicación de una disposición legislativa por parte de los Jueces deriva del contraste entre ésta y los derechos fundamentales, considerando siempre la afectación que produciría la norma en el caso particular sometido a su decisión, ya que al resolver están obligados a atender las normas inferiores, dando preferencia a los contenidos de la Constitución y los tratados internacionales en la materia de derechos humanos, de conformidad con el artículo 1o. de la Carta Magna. En ese sentido, si las partes en los procedimientos ordinarios respectivos formulan conceptos de impugnación dirigidos a controvertir la conformidad de una norma con los derechos humanos reconocidos por los citados ordenamientos fundamentales, los juzgadores, al ejercer el control difuso de constitucionalidad y de convencionalidad, no están obligados a contestarlos para resolver el asunto, pues tal situación implicaría que esa vía se equipare al control concentrado que corresponde en exclusiva a los órganos del Poder Judicial de la Federación mediante las citadas vías directas de control, desvirtuándose el modelo principal de control concentrado establecido constitucionalmente en los artículos 103 y 107; por tanto, el silencio del juzgador respecto a sus defensas únicamente será indicativo de que consideró que la norma cuestionada se ajusta a los derechos humanos que reconocen la Constitución Federal y los tratados internacionales de los que México sea parte, sin perjuicio de que dichas argumentaciones sean atendidas, vía conceptos de violación, cuando se promueva el juicio de amparo contra el fallo definitivo.

Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del primer circuito

Revisión fiscal 197/2012. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, encargado de la defensa jurídica, en representación del Secretario de la Función Pública y del Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud. 11 de julio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretaria: Irma Gómez Rodríguez.”

Si bien la jurisprudencia se refiere principalmente al control difuso, también habla del control concentrado a manera de realizar un análisis comparativo entre estos dos tipos de control constitucional.

Por lo que toca a la acción de inconstitucionalidad, la citada tesis se refiere a que corresponde exclusivamente al Poder Judicial de la Federación conocer de los controles concentrados; sin embargo, omite señalar el Artículo 105, fundamento de este recurso, ya que en el texto sólo menciona los artículos 103 y 107, fundamentos del juicio de amparo.

Lo cierto es que en este criterio se fija la procedencia de alegar por la vía de los controles directos, como lo es la acción de inconstitucionalidad, la contradicción entre una norma (o disposición legislativa) con los tratados internacionales de derechos humanos, esto a la luz del Artículo 1º de nuestra carta magna.

Es de destacar que este criterio fue pronunciado por el entonces Magistrado Alberto Pérez Dayán, actual Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Para abundar en este sentido, me avoco a la Tesis III.4o.2 K del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara Jalisco, de Enero de 2012, donde se concluye lo siguiente:

Control constitucional y control de convencionalidad difuso. Sus características y diferencias a partir de la reforma al artículo 1o. de la Constitución Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011.

La defensa de los derechos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir de la reforma a su artículo 1o., publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, y aquellos descritos en los convenios internacionales, se concreta mediante los instrumentos legales al tenor de los cuales se limite el poder de las autoridades; así, el control constitucional hace específica la necesidad de privilegiar y hacer eficaz el respeto a las prerrogativas señaladas por el Constituyente, y los medios para lograr su prevalencia en el Estado mexicano son eljuicio de amparo, la controversia constitucional, la acción de inconstitucionalidad, el juicio de revisión constitucional electoral y el juicio para la protección de los derechos político electorales, pues a través de éstos se estudia y determina si la normativa en conflicto se contrapone o no con un precepto constitucional, de lo cual deriva la conclusión de resolver sobre su constitucionalidad; por su parte, el control de convencionalidad, en su modalidad de difuso, si bien es cierto que se ejerce por todas las autoridades públicas, tratándose de violación a los derechos humanos consagrados en la Constitución Federal y en los convenios internacionales suscritos por el Estado mexicano, también lo es que se circunscribe al deber de analizar la compatibilidad entre las disposiciones y actos internos que deben aplicarse a un caso concreto y los derechos humanos que establece la Carta Magna y los tratados internacionales, así como orientados por la jurisprudencia que sobre el tema sustente la Corte Interamericana de Derechos Humanos, debido a la fuerza vinculatoria de la normativa convencional, lo cual genera la consecuencia de permitir o no la aplicabilidad de alguna disposición a un caso en concreto. Por tanto, en el primer supuesto se determina sobre la constitucionalidad de la norma reclamada, mientras que en el segundo, sólo se atiende a su aplicación.

Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región con residencia en Guadalajara, Jalisco

Amparo directo 633/2011. Pedro Rodríguez Alcántara. 20 de octubre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Humberto Benítez Pimienta. Secretario: Nicolás Alvarado Ramírez.”

Como se observa, el criterio aplicado en esta tesis coincide con la argumentación que se ha expuesto, debido a que señala que, a raíz de la reforma constitucional del 10 de Junio de 2011, dentro del artículo 1o. se mandata a las autoridades a defender los derechos humanos previstos en la Constitución y en los tratados internacionales de la materia, acción que sólo se concreta mediante los instrumentos legales de control constitucional, es decir, a través de los medios para lograr su prevalencia en el Estado mexicano, entre ellos, la acción de inconstitucionalidad.

Otro argumento de especial relevancia lo constituye la Jurisprudencia P./J.31/2011 en materia Constitucional, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mismo que por fortuna, con la reforma constitucional de Junio de 2011, este criterio sólo aplicó hasta antes de publicarse la mencionada reforma a los derechos humanos, dando facultad a la CNDH de interponer este recurso invocando a un tratado internacional en materia de derechos humanos.

El criterio que en su momento los ministros aplicaron en esta hipótesis, restringió a las Comisiones de Derechos Humanos a impugnar violaciones a los derechos humanos consagrados sólo en la Constitución; sin embargo, la discusión del tema provocó una dividida polémica, a tal grado que 4 ministros plantearon el razonamiento hermenéutico que argumento en la presente Iniciativa, en el sentido de que no existe un catálogo de derechos fundamentales tutelados por la Constitución, por lo que es factible construir un argumento de violación constitucional por incompatibilidad de una norma con un tratado internacional sobre derechos humanos. Al final del texto jurisprudencial se sostuvo que

“votaron en contra y en el sentido de que las Comisiones de Derechos Humanos incluso tienen legitimación para promover acciones de inconstitucionalidad en las que se haga valer la invalidez de una ley por violar derechos fundamentales previstos en tratados internacionales: José de Jesús Gudiño Pelayo, Sergio A. Valls Hernández, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Juan N. Silva Meza.”

Asimismo, una preocupante resolución que limita seriamente a las autoridades en la defensa de los derechos humanos por la vía de la acción de inconstitucionalidad, recae en la jurisprudencia 10/2012 en materia constitucional, emitida por la Suprema Corte en Julio de 2012, contraviniendo con lo establecido en el artículo 1o. y que a su vez, resulta contradictorio con los criterios previamente analizados. Este criterio establece lo siguiente:

Acción de inconstitucionalidad. El carácter potestativo de las normas no es motivo suficiente para determinar su constitucionalidad o inconstitucionalidad cuando se refieren al goce o ejercicio de derechos humanos.

Aun cuando las normas impugnadas en una acción de inconstitucionalidadrequieran de la voluntad de las personas para ser aplicadas en casos concretos, deben estudiarse de manera abstracta, esto es, al margen de la posibilidad fáctica de su aplicación concreta, voluntaria o no, en todos aquellos casos en los que se pretenda regular el goce o ejercicio de derechos humanos, pues su carácter potestativo no es motivo suficiente para determinar su constitucionalidad o inconstitucionalidad cuando se refieren al goce o ejercicio de esos derechos.

Pleno

Acción de inconstitucionalidad 36/2011. Procuradora General de la República. 20 de febrero de 2012. Mayoría de diez votos en relación con el sentido; mayoría de nueve votos a favor de las consideraciones; votó con salvedades: José Ramón Cossío Díaz; votó en contra de las consideraciones: Sergio A. Valls Hernández; votó en contra del sentido: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Alfredo Orellana Moyao.

El Tribunal Pleno, el siete de junio en curso, aprobó, con el número 10/2012 (10a.), la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a siete de junio de dos mil doce.”

Esta jurisprudencia se contrapone y contradice con otro criterio emitido por la propia Suprema Corte, en la tesis LXXVII/2013 en materia común y constitucional, en Marzo de 2013, donde se afirma que los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales constituyen un tema propiamente constitucional. Este criterio establece lo siguiente:

Derechos humanos reconocidos en tratados internacionales. Su interpretación constituye un tema propiamente constitucional para efectos de la procedencia del recurso de revisión en juicios de amparo directo.

Los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano se vuelven parte del ordenamiento jurídico interno, de modo que amplían el catálogo de aquéllos, lo que fue uno de los objetivos de las reformas constitucionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 y el 10 de junio de 2011. Así, en la primera reforma se amplió expresamente la procedencia del juicio de amparo a aquellos casos en los cuales se hubiesen violado derechos previstos en los tratados internacionales, con independencia de que estén reconocidos o no en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; mientras que en la segunda, se reconoció categóricamente que en México todas las personas son titulares de los derechos reconocidos en la Constitución General de la República y en los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano. Ahora bien, en atención a que el juicio de amparo es un mecanismo jurisdiccional creado para proteger los derechos humanos de las personas, los temas propiamente constitucionales -en el supuesto de interpretación directa de preceptos constitucionales- planteados en los juicios de amparo directo y, especialmente, en los recursos de revisión promovidos contra las ejecutorias que resultan de ellos, se referirán a la interpretación de derechos fundamentales. Por lo anterior, sería imposible impugnar en un recurso de revisión la falta o indebida interpretación de un derecho humano reconocido en los tratados internacionales si dicha interpretación no se considera como un tema propiamente constitucional, lo cual resultaría contrario al funcionamiento del amparo directo y del recurso de revisión, así como del propio texto constitucional, pues aun cuando el principio rector del recurso de revisión prevé un campo de acción limitado para su procedencia contra las sentencias de amparo directo, la Constitución Federal se reformó para incluir expresamente a los derechos reconocidos en los tratados internacionales como parte del catálogo de derechos que gozan de protección constitucional, lo cual se armonizó con la reforma en materia de amparo que reconoció la procedencia del juicio para reparar las posibles violaciones cometidas a dichos derechos. En ese sentido, si bien dicha ampliación de los derechos tutelados vía juicio de amparo no se incluyó expresamente en el artículo 107, fracción IX, constitucional, ello no puede interpretarse aisladamente del resto de los principios constitucionales, especialmente de aquéllos recién modificados. Consecuentemente, el recurso de revisión en amparo directo procede para conocer de la interpretación que los tribunales colegiados de circuito hagan de los derechos reconocidos en los tratados internacionales, independientemente de su reconocimiento en la Constitución, por ser un tema propiamente constitucional.

Primera Sala

Amparo directo en revisión 2479/2012. 24 de octubre de 2012. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Arturo Bárcena Zubieta.”

Si bien es cierto que este criterio se avoca al amparo directo en revisión, también lo es que, como he analizado previamente, el juicio de amparo y la acción de inconstitucionalidad gozan de la misma naturaleza jurídica, al ser medios de control constitucional; por tanto, en estos criterios se hace claramente evidente la contradicción de interpretaciones constitucionales por parte de la autoridad facultada para ello, puesto que por un lado afirman que tratándose de derechos humanos, no es motivo suficiente para analizar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una norma, y por el otro, afirman que aunque no esté expresamente señalado en la constitución el estudio de los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales, éstos no pueden interpretarse aisladamente del resto de los principios constitucionales, independientemente de su reconocimiento en la Constitución, ya que su estudio representa un tema propiamente constitucional.

Con la aprobación de esta Iniciativa se evitará la oscuridad en el texto constitucional, ya que como ocurrió en estos casos, se dejó a la interpretación del Poder Judicial si una autoridad estaba o no facultada para interponer este recurso cuando la norma contravenía un tratado internacional de derechos humanos, cuestión que como legisladores integrantes del Constituyente Permanente nos corresponde disipar y así, coadyuvar a la vigencia de un Estado de derecho claro y eficaz.

Como se ha analizado, la reforma constitucional en materia de derechos humanos tendrá un impacto sustancial en la formación de una nueva cultura jurídica, que sin duda vendrá a modificar la concepción que hasta esa fecha se tenía de las garantías individuales, contribuyendo al fortalecimiento de un Estado moderno, protector de los derechos humanos y sus garantías, por ello, necesitamos implementar acciones adicionales para renovar las estructuras y adecuar los medios de control constitucional para atender de la mejor forma, el nuevo marco constitucional.

Por ello, Nueva Alianza considera pertinente adecuar el marco constitucional a efecto de que los integrantes del Estado mexicano hagan efectivo el artículo 1o., para que los derechos humanos, reconocidos en los tratados internacionales, cuenten con la protección del mecanismo de control que nos otorga la norma fundamental.

Estimo procedente hacer la mención expresa de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, como un parámetro normativo que evite interpretaciones confusas por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el requisito de procedencia de las acciones de inconstitucionalidad, haciendo claro y preciso el texto constitucional, garantizando así el irrestricto respeto por los derechos fundamentales de las y los mexicanos.

Nueva Alianza como un partido joven y con ideas innovadoras, cree firmemente en llevar a México por una nueva ruta, donde el principio de progresividad de los derechos humanos se haga verdaderamente efectivo, implementando una legislación más pertinente para atender el tema de la protección de los derechos fundamentales de la sociedad mexicana y de la comunidad internacional.

Nuestra sociedad está evolucionando y en ese sentido, nuestra legislación debe estar acorde con las necesidades y perspectivas que la ciudadanía espera recibir de sus representantes populares, estando a la altura de sus exigencias y demandas para lograr un Estado eficaz que todos anhelamos.

Nueva Alianza está seguro de ser el partido del Siglo XXI que responda con esas necesidades, nuestro compromiso social nos exige estar al servicio de las y los mexicanos, estamos plenamente convencidos que nuestra postura liberal se encuentra presente y va creciendo día a día dentro de la ciudadanía y en sintonía con el irrestricto respeto por los derechos humanos, visión que el Estado mexicano hizo suya desde su reconocimiento en nuestra carta magna.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único.Se reforma el primer párrafo y el inciso g) del segundo párrafo de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

I.  .........

II.  De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general, con esta Constitución o los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que el Estado mexicano sea parte.

Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por:

a) a f) ...

g)  La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República. Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en los estados de la República, en contra de leyes expedidas por las legislaturas locales y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en contra de leyes emitidas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

.........

III. ...  ......

Artículo Transitorio

Artículo Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de septiembre de 2013.— Diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputado Fujiwara. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Pido a la Secretaría dar lectura al resolutivo del acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la liberación de los cinco cubanos encarcelados desde hace 15 años en Estados Unidos de América.



CUBANOS ENCARCELADOS DESDE HACE QUINCE AÑOS EN ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la liberación de los cinco cubanos encarcelados desde hace quince años en Estados Unidos de América

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que suscriben diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único: la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión considerando el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, hace suya la solicitud para que sean liberados los ciudadanos Antonio Guerrero Rodríguez, Fernando González L., Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar y René González Sehwerert que se encuentran en prisión en Estados Unidos de América desde hace más de 15 años.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de septiembre de 2013.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano;diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de aprobarse.

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobado. Comuníquese.



* INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.

* Las iniciativas y proposiciones se encuentran en el Anexo de esta sesión.



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés (a las 15:50 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana jueves, 19 de septiembre de 2013, a las 11 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.

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RESUMEN DE ACTIVIDADES

RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración: 4 horas 35 minutos

• Quórum a la apertura de sesión: 252 diputados

• Asistencia al cierre de registro: 449 diputados

• Oradores que participaron: 45

PRI 6

PAN 8

PRD 12

PVEM 6

MC 5

PT 4

NA 4

Se recibió:

• 1 oficio de la Mesa Directiva, por el que comunica la modificación de turno de cuatro iniciativas:

• 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, en relación al cambio de la vicepresidencia del Grupo de Amistad México-Estados Unidos de América

• 1 oficio de la diputada María Elia Cabañas Aparicio, electa por el distrito 4 del estado de Baja California, con el que comunica la reincorporación a sus actividades legislativas, a partir del 1 de octubre de 2013. De enterado, comuníquese

• 1 oficio de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, por el que solicita se retire de la Comisión de Puntos Constitucionales la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 29 de abril de 2013

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a a la cuota y tarifa energéticas de estímulo de la productividad y competitividad del sistema-producto manzana

• 1 oficio del Congreso de Oaxaca, con el que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la supervisión de las instituciones públicas y de las privadas encargadas de la custodia, el cuidado y la atención de la niñez

• 1 oficio del Consejo de la Judicatura Federal, con el que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al caso del ciudadano Alberto Patishtán Gómez

• 1 oficio del Congreso de Jalisco, con el que remite acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a aprobar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el  Ejercicio Fiscal 2014 recursos suficientes para un programa universal de becas-salario destinado a jóvenes con el propósito de que cursen y concluyan la educación media superior

• 1 oficio del Congreso de Guerrero, con el que remite acuerdo por el que exhorta al Congreso de la Unión a modificar la norma operativa de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con disposiciones para mejorar en las condiciones de vida de los trabajadores

• 1 oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a agosto de 2013, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación correspondiente al mes de agosto de 2012

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a profundizar, dentro del análisis y la discusión de la reforma hacendaria 2014, en el estudio de las implicaciones y los alcances de la permanencia de la tasa del 11 por ciento de IVA en la región fronteriza; y a establecer un diálogo constructivo con el Ejecutivo federal para evaluar y considerar la propuesta

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a considerar en el análisis, la discusión y la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2014, y en el contexto de la Cruzada Nacional contra el Hambre, un aumento en las partidas del Proyecto Estratégico para la Seguridad Alimentaria, dirigido a las tres entidades federativas más pobres de México: Guerrero, Oaxaca y Chiapas, presentada por el senador René Juárez Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a revisar las reglas de operación a efecto de considerar la inclusión de los 23 municipios de la frontera sur, situados en Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Tabasco, en el Subsidio para la Seguridad Pública Municipal en los ejercicios fiscales de 2014 y subsiguientes, presentada por los senadores Humberto Mayans Canabal y Luis Armando Melgar Bravo, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve el expediente de la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve el expediente de la minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 9 y el inciso o) del artículo 28 de la Ley de Asistencia Social, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve el expediente de la minuta con proyecto de decreto que adiciona tres párrafos al artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el cuarto párrafo y adiciona el quinto y sexto al artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; y reforma los artículos 136 y 137 Bis 1 de la Ley Aduanera, presentada por los senadores Ernesto Ruffo Appel, Raúl Gracia Guzmán, Javier Corral Jurado, Víctor Hermosillo y Celada, Silvia Guadalupe Garza Galván, Francisco de Paula Búrquez Valenzuela, Maki Esther Ortiz Domínguez, Héctor Larios Córdova y Marco Antonio Blásquez Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 2o., fracción II, inciso c); 3o., fracciones XIV, XV y XVI; 8o., fracción IV; y 18-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada por la senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

• 1 iniciativa del PRI

• 1 iniciativa del PAN

• 1 iniciativa del PRD

• 3 iniciativas del PVEM

• 1 iniciativa de Movimiento Ciudadano

• 1 iniciativa del PT

• 1 iniciativa de Nueva Alianza

Acuerdos aprobados

• 1 de la Junta de Coordinación Política, para expresar solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas

• 1 de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica y adiciona el resolutivo primero del diverso relativo a las comparecencias en comisiones de funcionarios del Ejecutivo federal para el análisis del primer Informe de Gobierno del Presidente de la República, aprobado por el pleno el 12 de septiembre de 2013

• 1 de la Junta de Coordinación Política, relativo a la liberación de los cinco cubanos encarcelados desde hace quince años en Estados Unidos de América

Dictámenes de publicidad

• 1 de la Comisión de Radio y Televisión, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 5 de la Ley Federal de Radio y Televisión

• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley General de Educación, en materia de apoyos económicos destinados a jóvenes que cursan formación para el trabajo

• 1 de la Comisión de Derechos de la Niñez, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y el inciso c) del artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

• 1 de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social

• 1 de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

• 1 de la Comisión de Juventud, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XVI, con lo cual se recorre la actual a XVII, del artículo 4 y el inciso c), fracción II, del artículo 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

• 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XI al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XI a XIII al artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

• 1 de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un tercero y cuarto párrafos al artículo 10 y reforma el primero del artículo 27 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

• 1 de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Aviación Civil, y de Aeropuertos

• 1 de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona el inciso o) de la fracción IV del artículo 116; y se reforma el artículo 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes

Dictámenes aprobados

• 1 de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética

• 1 de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

• 1 de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8 de los Criterios para las Inscripciones de Honor en la Cámara de Diputados

• 1 de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados

• 1 de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 6 y 8 del Reglamento de la Cámara de Diputados

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Aguilar Gil, Lilia (PT)
Ley de Coordinación Fiscal: 232
Aguilar Vega, Marcos (PAN)
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 166
Añorve Baños, Manuel (PRI)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 87, 89
Astudillo Suárez, Ricardo (PVEM)
Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética: 155
Aureoles Conejo, Silvano (PRD)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 84, 91
Benavides Castañeda, José Alberto (PT)
Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética: 157
Bribiesca Sahagún, Fernando (NA)
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 167
Bueno Torio, Juan (PAN)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 93
Castellanos Mijares, Carlos Octavio (PVEM)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 83
Copete Zapot, Yazmín de los Angeles (PRD)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 95
De Jesús Alejandro, Carlos (PRD)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 89
De la Rosa Peláez, Sebastián (PRD)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 90
Del Bosque Márquez, Juan Isidro (PRI)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 96
Díaz Palacios, Víctor Emanuel (PRI)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 90
Díaz Trujillo, Alberto (PAN)
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 170
Durazo Montaño, Francisco Alfonso (MC)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 81
Fujiwara Montelongo, René Ricardo (NA)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 237
Galván Villanueva, Raúl Santos (PRI)
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal -Ley de Puertos Ley de Navegación y Comercio Marítimos: 194
García de la Fuente, Mónica (PVEM)
Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria: 182
Gómez Ramírez, Raúl (PAN)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 95
González Luna Bueno, Federico José (PVEM)
Ley del Impuesto sobre la Renta: 216
Guzmán Díaz, Delfina Elizabeth (PRD)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 78
Huerta Ladrón de Guevara, Manuel Rafael (PT)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 80, 92
Jorrín Lozano, Víctor Manuel (MC)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 91
Martínez Santillán, María del Carmen (PT)
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 168
Mojica Morga, Teresa de Jesús (PRD)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 78
Mota Ocampo, Gisela Raquel (PRD)
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 169
Muñoz Soria, José Luis (PRD)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 77, 88
Olvera Barrios, Cristina (NA)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 79
Orihuela García, Javier (PRD)
Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética: 160
Orozco Gómez, Javier (PVEM)
Ley del Instituto Mexicano de la Juventud: 184
Pantoja Hernández, Leslie (PAN)
Ley de Coordinación Fiscal: 212
Pérez Hernández, Rosa Elba (PVEM)
Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética: 159
Portillo Martínez, Vicario (PRD)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 94
Prieto Herrera, Humberto Armando (PAN)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 86
Quián Alcocer, Eduardo Román (PRI)
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 171
Rosiñol Abreu, Jorge (PAN)
Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética: 161
Salgado Peña, Abel Octavio (PRI)
Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética: 162
Salinas Garza, José Arturo (PAN)
Ley de Coordinación Fiscal: 201
Serrano Toledo, Rosendo (PRD)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 92
Soto Martínez, José (MC)
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 168
Talamante Lemas, Dora María Guadalupe (NA)
Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética: 156
Valles Sampedro, Lorenia Iveth (PRD)
Ley de Migración: 212
Vargas Pérez, Nelly del Carmen (MC)
Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética: 157
Villanueva Albarrán, Gerardo (MC)
Ley del Seguro Federal de Desempleo: 225
Villanueva Albarrán, Gerardo (MC)
Solidaridad con los estados afectados por las lluvias ocurridas: 94
VOTACIONES

VOTACIONES

Del dictamen de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 23 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorAusente

20 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroFavor

24 Barrera Fortoul, LauraAusente

25 Barrueta Barón, NoéAusente

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioAusente

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

34 Calzada Arroyo, Marco AntonioAusente

35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

36 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

37 Cantú Segovia, EloyFavor

38 Carbajal Hernández, Juan ManuelAusente

39 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

41 Carreño Mijares, AngelinaFavor

42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

44 Castillo Valdez, BenjamínFavor

45 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

46 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

47 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

48 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

49 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

50 Cruz Morales, MaricruzFavor

51 Curi Naime, AlbertoFavor

52 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

53 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

54 Del Angel Acosta, JorgeFavor

55 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

56 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

57 Delgadillo González, ClaudiaFavor

58 Díaz Athié, Antonio de JesúsAusente

59 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor

60 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

61 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

62 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

63 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

64 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

65 Fernández Clamont, Francisco JavierAusente

66 Félix Chávez, FaustinoFavor

67 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

68 Flores Gómez, José Luis CruzAusente

69 Flores Méndez, José LuisFavor

70 Flores Sandoval, PatricioAusente

71 Fuentes Téllez, AdrianaAusente

72 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

73 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

74 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

75 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

76 Garay Cabada, MarinaFavor

77 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

78 García Fernández, Maria de las NievesFavor

79 García García, HéctorFavor

80 García Hernández, JosefinaFavor

81 García Olmedo, María del RocíoFavor

82 Garza Moreno, María EstherAusente

83 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

84 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

85 Gómez Gómez, LuisFavor

86 Gómez Gómez, PedroFavor

87 Gómez Michel, GabrielFavor

88 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

89 Gómez Tueme, Amira GriceldaAusente

90 González Cruz, CristinaFavor

91 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

92 González Gómez, CeciliaFavor

93 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

94 González Reséndiz, RafaelFavor

95 González Valdez, Marco AntonioFavor

96 González Vargas, FranciscoFavor

97 Grajales Palacios, FranciscoAusente

98 Gualito Castañeda, RosalbaAusente

99 Guerra Garza, AbelFavor

100 Guevara González, Javier FilibertoAusente

101 Gurrión Matías, SamuelFavor

102 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

103 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

104 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

105 Hernández Burgos, GaudencioFavor

106 Hernández González, NoéFavor

107 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

108 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

109 Hernández Tapia, Gerardo XavierAusente

110 Herrera Delgado, JorgeFavor

111 Huerta Rea, María de JesúsFavor

112 Inzunza Montoya, AlfonsoAusente

113 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

114 King de la Rosa, RaymundoFavor

115 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoAusente

116 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

117 López Landero, TomásFavor

118 López Segura, María CarmenFavor

119 López Zavala, JavierFavor

120 Macías Sandoval, RaúlFavor

121 Madrid Tovilla, AreliFavor

122 Magaña Zepeda, María AngélicaAusente

123 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

124 Manzur Quiroga, José SergioFavor

125 Márquez Martínez, José LuisFavor

126 Márquez Velasco, SilviaFavor

127 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaAusente

128 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor

129 Mavil Soto, Ángel AbelFavor

130 Medina Fierro, RicardoAusente

131 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

132 Mendoza Garza, JorgeFavor

133 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

134 Miranda Munive, EmilseFavor

135 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

136 Montes Alvarado, AbrahamFavor

137 Morales Flores, JesúsFavor

138 Moreno Árcega, José IsidroFavor

139 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente

140 Moreno Montoya, José PilarFavor

141 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

142 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

143 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

144 Nava Gómez, José EverardoFavor

145 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

146 Navarro de Alva, César ReynaldoAusente

147 Niaves López, Ossiel OmarAusente

148 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

149 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

150 Ochoa González, ArnoldoFavor

151 Olvera Correa, LuisFavor

152 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

153 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

154 Ortiz García, SalvadorFavor

155 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

156 Padilla Fierro, Román AlfredoAusente

157 Padilla Navarro, CesarioFavor

158 Pazzi Maza, Zita BeatrizAusente

159 Peña Recio, Patricia GuadalupeAusente

160 Pérez Anzueto, Hugo MauricioAusente

161 Pérez de Alba, José NoelFavor

162 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor

163 Ponce Orozco, NormaFavor

164 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

165 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente

166 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

167 Rangel Espinosa, JoséFavor

168 Rangel Segovia, AlejandroFavor

169 Rellstab Carreto, TanyaFavor

170 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

171 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

172 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

173 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

174 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

175 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor

176 Romero Valencia, SalvadorFavor

177 Rubio Lara, Blas RamónFavor

178 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

179 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

180 Ruiz Moronatti, RobertoAusente

181 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

182 Sahui Rivero, MauricioFavor

183 Salgado Delgado, FernandoFavor

184 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

185 Sámano Peralta, MiguelFavor

186 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor

187 Sánchez Romero, CarlosFavor

188 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

189 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

190 Sosa Altamira, William RenánAusente

191 Terán Guevara, María RebecaFavor

192 Terán Juárez, JorgeFavor

193 Treviño Cantú, JavierFavor

194 Treviño Villarreal, Pedro PabloAusente

195 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

196 Valanci Buzali, SimónFavor

197 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

198 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

199 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

200 Vázquez Saut, ReginaFavor

201 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

202 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

203 Velázquez Díaz, María GuadalupeAusente

204 Velázquez López, MirnaFavor

205 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

206 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

207 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

208 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

209 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

210 Zacarías Capuchino, DaríoAusente

211 Zamora Morales, FernandoFavor

212 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 176

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 36

Total: 212

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Acosta Croda, RafaelFavor

2 Adame Alemán, Juan PabloFavor

3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzAusente

4 Aguilar Vega, MarcosFavor

5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

6 Alonso Morelli, HumbertoFavor

7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

8 Anaya Cortés, RicardoAusente

9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

12 Argüelles Loya, ConsueloFavor

13 Azuara Zúñiga, XavierFavor

14 Borboa Becerra, Omar AntonioAusente

15 Botello Montes, José AlfredoFavor

16 Bueno Torio, JuanFavor

17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

18 Camarillo Ortega, RubénFavor

19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

20 Carreño Muro, GenaroAusente

21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

22 Castillo Terreros, LilianaFavor

23 Chan Lugo, Sergio AugustoAusente

24 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

25 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoAusente

26 Cortés Berumen, IsaíasFavor

27 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

28 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

29 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

30 De la Rosa Escalante, ArturoFavor

31 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

32 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorFavor

33 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

34 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

35 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

36 García González, Carlos AlbertoFavor

37 García Ramírez, José GuadalupeFavor

38 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

39 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

40 Gómez Ramírez, RaúlFavor

41 González Aguilar, Lazara NellyFavor

42 González Carrillo, AdrianaFavor

43 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

44 González Morfín, JoséFavor

45 González Serna, José ÁngelFavor

46 Gordillo Castillo, Néstor OctavioAusente

47 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

48 Jiménez Castillo, BlancaFavor

49 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

50 Jiménez Esquivel, María TeresaAusente

51 Labastida Sotelo, KarinaFavor

52 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

53 Licea González, MargaritaAusente

54 Llanas Alba, José AlejandroAusente

55 López Cisneros, José MartínFavor

56 López Landero, LeticiaFavor

57 López López, RaudelFavor

58 López Noriega, AlejandraFavor

59 Lugo Barriga, PatriciaFavor

60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor

61 Mondragón González, María GuadalupeAusente

62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

63 Muñoz Márquez, Juan CarlosAusente

64 Neblina Vega, HebertoFavor

65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor

66 Oliveros Usabiaga, José LuisAusente

67 Orta Coronado, MarcelinaAusente

68 Ortiz Mantilla, María IsabelAusente

69 Othón Zayas, MáximoAusente

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánAusente

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlAusente

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónAusente

81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor

85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

88 Rodríguez Doval, FernandoFavor

89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

90 Romero Sevilla, LeonorAusente

91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

92 Sada Pérez, VerónicaFavor

93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

94 Salinas Garza, José ArturoFavor

95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

97 Sánchez Ruiz, MarioFavor

98 Serralde Martínez, VíctorFavor

99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor

100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

102 Trejo Reyes, José IsabelFavor

103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíAusente

106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente

108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

109 Villarreal García, RicardoFavor

110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

112 Zamora García, AlfredoFavor

113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

114 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 91

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 23

Total: 114

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente

4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente

5 Antonio Altamirano, CarolAusente

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoAusente

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoAusente

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor

36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente

40 García Conejo, AntonioAusente

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaAusente

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínAusente

47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoFavor

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoFavor

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor

63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor

64 Merlín García, María del RosarioAusente

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoFavor

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelFavor

73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaAusente

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroFavor

81 Portillo Martínez, VicarioAusente

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Saldaña Fraire, GracielaFavor

90 Salgado Parra, JorgeAusente

91 Salinas Narváez, JavierFavor

92 Salinas Pérez, JosefinaFavor

93 Sánchez Torres, GuillermoFavor

94 Sandoval Martínez, HugoFavor

95 Sansores Sastré, AntonioAusente

96 Serrano Toledo, RosendoFavor

97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

98 Tovar Aragón, CrystalFavor

99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

100 Zárate Salgado, FernandoFavor

Favor: 79

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 21

Total: 100

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 Guillén Guillén, Mario FranciscoFavor

13 López Moreno, Lourdes AdrianaAusente

14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

15 Medrano Galindo, GabrielaFavor

16 Narcia Álvarez, HéctorFavor

17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

18 Ochoa López, NaborFavor

19 Orozco Gómez, JavierFavor

20 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

22 Pérez Hernández, Rosa ElbaAusente

23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaAusente

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 24

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizAusente

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor

6 Gómez Pozos, MerilynFavor

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoAusente

12 Méndez Denis, LorenaFavor

13 Monreal Ávila, RicardoAusente

14 Romero Lozano, María FernandaAusente

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisFavor

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 16

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaAusente

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeAusente

5 Cantú Garza, RicardoFavor

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor

7 López Cándido, José ArturoAusente

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaAusente

14 Torres Flores, AraceliFavor

15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

Favor: 10

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 15

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínAusente

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaAusente

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 8

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroAusente

24 Barrera Fortoul, LauraAusente

25 Barrueta Barón, NoéAusente

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

34 Calzada Arroyo, Marco AntonioAusente

35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

36 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

37 Cantú Segovia, EloyFavor

38 Carbajal Hernández, Juan ManuelAusente

39 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

41 Carreño Mijares, AngelinaFavor

42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

44 Castillo Valdez, BenjamínFavor

45 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

46 Córdova Díaz, Luis ArmandoAusente

47 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

48 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

49 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

50 Cruz Morales, MaricruzFavor

51 Curi Naime, AlbertoFavor

52 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

53 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

54 Del Angel Acosta, JorgeFavor

55 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

56 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

57 Delgadillo González, ClaudiaFavor

58 Díaz Athié, Antonio de JesúsAusente

59 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor

60 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

61 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

62 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

63 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

64 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

65 Fernández Clamont, Francisco JavierAusente

66 Félix Chávez, FaustinoFavor

67 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

68 Flores Gómez, José Luis CruzAusente

69 Flores Méndez, José LuisFavor

70 Flores Sandoval, PatricioAusente

71 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

72 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

73 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

74 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

75 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

76 Garay Cabada, MarinaFavor

77 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

78 García Fernández, Maria de las NievesFavor

79 García García, HéctorFavor

80 García Hernández, JosefinaFavor

81 García Olmedo, María del RocíoFavor

82 Garza Moreno, María EstherAusente

83 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

84 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

85 Gómez Gómez, LuisFavor

86 Gómez Gómez, PedroFavor

87 Gómez Michel, GabrielFavor

88 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

89 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

90 González Cruz, CristinaFavor

91 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

92 González Gómez, CeciliaFavor

93 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

94 González Reséndiz, RafaelFavor

95 González Valdez, Marco AntonioFavor

96 González Vargas, FranciscoFavor

97 Grajales Palacios, FranciscoAusente

98 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

99 Guerra Garza, AbelFavor

100 Guevara González, Javier FilibertoAusente

101 Gurrión Matías, SamuelFavor

102 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

103 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

104 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

105 Hernández Burgos, GaudencioFavor

106 Hernández González, NoéFavor

107 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

108 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

109 Hernández Tapia, Gerardo XavierAusente

110 Herrera Delgado, JorgeFavor

111 Huerta Rea, María de JesúsFavor

112 Inzunza Montoya, AlfonsoAusente

113 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

114 King de la Rosa, RaymundoFavor

115 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

116 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

117 López Landero, TomásFavor

118 López Segura, María CarmenFavor

119 López Zavala, JavierFavor

120 Macías Sandoval, RaúlFavor

121 Madrid Tovilla, AreliFavor

122 Magaña Zepeda, María AngélicaAusente

123 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

124 Manzur Quiroga, José SergioFavor

125 Márquez Martínez, José LuisFavor

126 Márquez Velasco, SilviaFavor

127 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

128 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor

129 Mavil Soto, Ángel AbelFavor

130 Medina Fierro, RicardoFavor

131 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

132 Mendoza Garza, JorgeAusente

133 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

134 Miranda Munive, EmilseFavor

135 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

136 Montes Alvarado, AbrahamFavor

137 Morales Flores, JesúsFavor

138 Moreno Árcega, José IsidroFavor

139 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor

140 Moreno Montoya, José PilarAusente

141 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

142 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

143 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

144 Nava Gómez, José EverardoFavor

145 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

146 Navarro de Alva, César ReynaldoAusente

147 Niaves López, Ossiel OmarAusente

148 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

149 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

150 Ochoa González, ArnoldoFavor

151 Olvera Correa, LuisFavor

152 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

153 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

154 Ortiz García, SalvadorFavor

155 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

156 Padilla Fierro, Román AlfredoAusente

157 Padilla Navarro, CesarioFavor

158 Pazzi Maza, Zita BeatrizAusente

159 Peña Recio, Patricia GuadalupeAusente

160 Pérez Anzueto, Hugo MauricioAusente

161 Pérez de Alba, José NoelFavor

162 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor

163 Ponce Orozco, NormaFavor

164 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

165 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente

166 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

167 Rangel Espinosa, JoséAusente

168 Rangel Segovia, AlejandroFavor

169 Rellstab Carreto, TanyaFavor

170 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

171 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

172 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

173 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

174 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

175 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor

176 Romero Valencia, SalvadorFavor

177 Rubio Lara, Blas RamónFavor

178 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

179 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

180 Ruiz Moronatti, RobertoAusente

181 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

182 Sahui Rivero, MauricioFavor

183 Salgado Delgado, FernandoAusente

184 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

185 Sámano Peralta, MiguelFavor

186 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor

187 Sánchez Romero, CarlosFavor

188 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

189 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

190 Sosa Altamira, William RenánFavor

191 Terán Guevara, María RebecaFavor

192 Terán Juárez, JorgeAusente

193 Treviño Cantú, JavierFavor

194 Treviño Villarreal, Pedro PabloAusente

195 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

196 Valanci Buzali, SimónFavor

197 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

198 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

199 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

200 Vázquez Saut, ReginaFavor

201 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

202 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

203 Velázquez Díaz, María GuadalupeAusente

204 Velázquez López, MirnaFavor

205 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

206 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

207 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

208 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

209 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

210 Zacarías Capuchino, DaríoAusente

211 Zamora Morales, FernandoFavor

212 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 180

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 32

Total: 212

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Acosta Croda, RafaelFavor

2 Adame Alemán, Juan PabloFavor

3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzAusente

4 Aguilar Vega, MarcosFavor

5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

6 Alonso Morelli, HumbertoFavor

7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

8 Anaya Cortés, RicardoFavor

9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

12 Argüelles Loya, ConsueloFavor

13 Azuara Zúñiga, XavierFavor

14 Borboa Becerra, Omar AntonioAusente

15 Botello Montes, José AlfredoFavor

16 Bueno Torio, JuanFavor

17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

18 Camarillo Ortega, RubénFavor

19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

20 Carreño Muro, GenaroFavor

21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoAusente

22 Castillo Terreros, LilianaFavor

23 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

24 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

25 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoAusente

26 Cortés Berumen, IsaíasFavor

27 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

28 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

29 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

30 De la Rosa Escalante, ArturoFavor

31 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

32 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorFavor

33 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

34 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

35 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

36 García González, Carlos AlbertoFavor

37 García Ramírez, José GuadalupeAusente

38 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

39 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

40 Gómez Ramírez, RaúlFavor

41 González Aguilar, Lazara NellyFavor

42 González Carrillo, AdrianaFavor

43 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

44 González Morfín, JoséFavor

45 González Serna, José ÁngelFavor

46 Gordillo Castillo, Néstor OctavioAusente

47 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

48 Jiménez Castillo, BlancaFavor

49 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

50 Jiménez Esquivel, María TeresaAusente

51 Labastida Sotelo, KarinaFavor

52 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

53 Licea González, MargaritaFavor

54 Llanas Alba, José AlejandroAusente

55 López Cisneros, José MartínFavor

56 López Landero, LeticiaFavor

57 López López, RaudelFavor

58 López Noriega, AlejandraFavor

59 Lugo Barriga, PatriciaFavor

60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor

61 Mondragón González, María GuadalupeFavor

62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

63 Muñoz Márquez, Juan CarlosAusente

64 Neblina Vega, HebertoFavor

65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor

66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

67 Orta Coronado, MarcelinaAusente

68 Ortiz Mantilla, María IsabelAusente

69 Othón Zayas, MáximoFavor

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánFavor

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlAusente

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor

85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

88 Rodríguez Doval, FernandoFavor

89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

90 Romero Sevilla, LeonorFavor

91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

92 Sada Pérez, VerónicaFavor

93 Saldaña Hernández, MargaritaAusente

94 Salinas Garza, José ArturoFavor

95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

97 Sánchez Ruiz, MarioFavor

98 Serralde Martínez, VíctorAusente

99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor

100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

102 Trejo Reyes, José IsabelAusente

103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente

108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

109 Villarreal García, RicardoFavor

110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

112 Zamora García, AlfredoFavor

113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

114 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 97

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 17

Total: 114

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente

4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoAusente

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelAbstención

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsAusente

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente

36 Esquivel Zalpa, José LuisAusente

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente

40 García Conejo, AntonioAusente

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaAusente

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínFavor

47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoFavor

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoFavor

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínAusente

58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor

63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor

64 Merlín García, María del RosarioAusente

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoFavor

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelFavor

73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisAusente

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaAusente

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroFavor

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenFavor

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Saldaña Fraire, GracielaFavor

90 Salgado Parra, JorgeAusente

91 Salinas Narváez, JavierFavor

92 Salinas Pérez, JosefinaFavor

93 Sánchez Torres, GuillermoFavor

94 Sandoval Martínez, HugoFavor

95 Sansores Sastré, AntonioAusente

96 Serrano Toledo, RosendoFavor

97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

98 Tovar Aragón, CrystalFavor

99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

100 Zárate Salgado, FernandoFavor

Favor: 79

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 20

Total: 100

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 Guillén Guillén, Mario FranciscoFavor

13 López Moreno, Lourdes AdrianaAusente

14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

15 Medrano Galindo, GabrielaFavor

16 Narcia Álvarez, HéctorFavor

17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

18 Ochoa López, NaborFavor

19 Orozco Gómez, JavierFavor

20 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaAusente

22 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaAusente

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 24

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizAusente

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente

6 Gómez Pozos, MerilynFavor

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoAusente

12 Méndez Denis, LorenaFavor

13 Monreal Ávila, RicardoAusente

14 Romero Lozano, María FernandaAusente

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisFavor

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 15

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeFavor

5 Cantú Garza, RicardoFavor

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor

7 López Cándido, José ArturoAusente

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaAusente

14 Torres Flores, AraceliFavor

15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 15

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaAusente

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 10