Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado José González Morfín
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, lunes 28 de abril de 2014
Sesión No. 32

SUMARIO


DICTAMENES NEGATIVOS DE PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Oficio de la Mesa Directiva por el que comunica que se recibieron los siguientes dictámenes en sentido negativo a proposiciones con punto de acuerdo:

De la Comisión de Deporte, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, y del Ejecutivo en los estados y los municipios, así como al jefe del gobierno y delegacionales del Distrito Federal, a mejorar las condiciones de seguridad en espectáculos y encuentros deportivos

De la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo para solicitar al director general de Desarrollo Urbano y Suelo que haga del conocimiento público el avance del programa Impulso al Desarrollo Regional y Territorial

De conformidad con el artículo 180, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, publíquense en el Diario de los Debates y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA - CODIGO PENAL FEDERAL

La Presidencia informa que el viernes 25 de abril se recibió de la Cámara de Senadores, minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica; y se reforman y adicionan diversos artículos del Código Penal Federal, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional, la cual se turnó de inmediato a la Comisión de Economía, para dictamen

RETIRO DE INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

Oficio del diputado Ricardo Mejía Berdeja, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Seguridad Pública la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 28 y 32 de la Ley Federal de Seguridad Privada, presentada el 28 de noviembre de 2013

Oficio de la diputada Cristina Olvera Barrios, por el que solicita que se retiren de los registros de la Comisión de Desarrollo Social dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman los artículos 14 y 16, respectivamente, de la Ley General de Desarrollo Social, presentadas el 11 de diciembre de 2013

Oficio del diputado Raúl Santos Galván Villanueva, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias la proposición con punto de acuerdo, para colocar una placa conmemorativa del centenario de la heroica defensa del puerto de Veracruz, presentada el 25 de marzo de 2014

Oficio del diputado Carlos de Jesús Alejandro, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Asuntos Indígenas la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México de la Segob y a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a formar un consejo redactor plural e interinstitucional a fin de elaborar la propuesta de reforma de derechos de los pueblos indígenas, presentada el 20 de febrero de 2014

Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios

ESTAMPILLA POSTAL CONMEMORATIVA DEL LXXV ANIVERSARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a emitir el correspondiente decreto, para autorizar la emisión de una estampilla postal conmemorativa del 75 aniversario del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Se remite a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para su conocimiento

LICITACIONES PUBLICAS PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE LABORATORIOS CLINICOS Y BANCOS DE SANGRE

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Salud a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a cumplir lo establecido en la ley, dando transparencia a todos los procesos de licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para su conocimiento

IMPULSO A LA CERTIFICACION DE PRODUCTOS ORGANICOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a fortalecer la certificación de productos orgánicos a fin de impulsar y promover el comercio de éstos y fomentar su mercado a escala nacional. Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento

60 AÑOS DEL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO DE LAS MUJERES AL VOTO EN MEXICO

Oficio del gobierno de Quintana Roo, con el que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, sobre la conmemoración de los 60 años del reconocimiento del derecho de las mujeres al voto en México. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento

ACCIONES DESTINADAS A LA PREVENCION, LA DETECCION TEMPRANA, EL TRATAMIENTO Y LA REHABILITACION INTEGRAL DEL CANCER DE MAMA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite el acuerdo por el que se exhorta a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, en los órdenes federal, estatal y municipal, a fortalecer en el ámbito de sus competencias las acciones necesarias destinadas a la prevención, la detección temprana, el tratamiento y la rehabilitación integral del cáncer de mama. Se remite a la Comisión de Salud, para su atención

LEY GENERAL DE EDUCACION

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve expediente de minuta proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Educación, en materia de evaluación del desempeño docente, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE - LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve expediente de minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Cultura Física y Deporte, y Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve expediente de minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7o. y 42 de la Ley General de Educación, y 32 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

SERVICIO DE ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por el que informa que en marzo de 2014, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, destinó únicamente mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y no transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 73 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL - LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜISTICOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma los artículos 20, 24, 25, 40, 44, 49 y 55 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y adiciona el 13 y 14 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de bebidas alcohólicas, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que adiciona la fracción VII al artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de inspección y vigilancia, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto, que deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Martín Orozco Sandoval, del Grupo Parlamentario del PAN. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD, EN MATERIA DE SEGURO POPULAR

Discusión del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular

Fundamenta el dictamen el diputado Mario Alberto Dávila Delgado

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Rubén Benjamín Félix Hays

Juan Ignacio Samperio Montaño

Ernesto Núñez Aguilar

Eva Diego Cruz

José Enrique Doger Guerrero

A discusión intervienen los diputados:

Ricardo Monreal Ávila, en contra

Ricardo Mejía Berdeja, en contra

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales

MARIA ESPERANZA CHANONA MARTINEZ

El Presidente, a nombre de los integrantes de la Legislatura, expresa sus más sentidas condolencias a la diputada Sonia Rincón Chanona por el lamentable deceso de su señora madre doña María Esperanza Chanona Martínez

HUELGA EN LA UNIVERSIDAD DE SONORA

El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, desde su curul, hace un llamado a las autoridades y al sindicato a retomar el diálogo

VIOLENCIA EN TAMAULIPAS

Intervienen sobre el tema, desde sus curules, los diputados:

Germán Pacheco Díaz

Enrique Cárdenas del Avellano

Germán Pacheco Díaz

Enrique Cárdenas del Avellano

DESPLEGADO DE ALFONSO CUARON EN QUE HACE 10 PREGUNTAS SOBRE LA REFORMA ENERGETICA

El diputado Fernando Belaunzarán Méndez, desde su curul, hace comentarios sobre el tema

LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

Discusión del dictamen de la Comisión de Protección Civil, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI al artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil

Fundamenta el dictamen el diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Cristina Olvera Barrios

Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

Juan Luis Martínez Martínez

Rosa Elba Pérez Hernández

Andrés Eloy Martínez Rojas

David Cuauhtémoc Galindo Delgado

César Reynaldo Navarro de Alba

A discusión intervienen los diputados:

Arturo Cruz Ramírez, a favor

Martha Beatriz Córdova Bernal, a favor

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales

CODIGO DE JUSTICIA MILITAR - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE SENTENCIADOS, EN MATERIA DE JUSTICIA MILITAR

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, en materia de justicia militar. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

LEY DE MIGRACION

Discusión del dictamen de la Comisión de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración

Fundamenta el dictamen la diputada Amalia Dolores García Medina

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Lucila Garfias Gutiérrez

Loretta Ortiz Ahlf

Aída Fabiola Valencia Ramírez

David Pérez Tejada Padilla

María del Socorro Ceseñas Chapa

Martha Berenice Álvarez Tovar

María Fernanda Schroeder Verdugo

A discusión interviene Nelly del Carmen Vargas Pérez, a favor

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Senado para sus efectos constitucionales

APOYO A LAS AREAS DE SEGURIDAD EN MICHOACAN PARA EVITAR LA TOMA DE ACUERDOS CON PERSONAS PERTENECIENTES A GRUPOS DELICTIVOS

Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a apoyar la coordinación de las áreas encargadas de la seguridad en Michoacán y evitar la toma de acuerdos con personas pertenecientes a grupos delictivos

FELICITACION A LINDA OCHOA, ROSALIA DOMINGUEZ, BRENDA MERINO Y AIDA ROMAN POR OBTENER MEDALLAS DE ORO EN EL CAMPEONATO MUNDIAL DE TIRO CON ARCO, LLEVADO A CABO EN NIMES, FRANCIA

Dictamen de la Comisión de Deporte, con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados felicita a las ciudadanas Linda Ochoa, Rosalía Domínguez, Brenda Merino y Aída Román por haber obtenido medallas de oro en el campeonato mundial de tiro con arco, en la especialidad bajo techo, llevado a cabo en Nimes, Francia

PROYECTO PARA EL DESARROLLO DE LA TERCERA FASE DE EXPLORACION MINERA EN EL AREA DENOMINADA “ESPEJERAS”

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Semarnat a realizar los estudios pertinentes sobre la autorización de adecuación en favor del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada “Espejeras”

ESTACIONAMIENTOS PARA BICICLETAS EN LUGARES PUBLICOS

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la instalación de estacionamientos para bicicletas en inmuebles públicos, centros de transferencia modal, plazas públicas principales, mercados y vía pública

PROYECTOS FORESTALES RELACIONADOS CON REDUCCION DE EMISIONES POR DEFORESTACION Y DEGRADACION EVITADA

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Semarnat a hacer del conocimiento público el destino de los recursos para operar proyectos forestales relacionados con reducción de emisiones por deforestación y degradación evitada

Se aprueban los 5 dictámenes. Comuníquense

REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados

REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados

LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE SENTENCIADOS

Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 Bis de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Se aprueban los 4 dictámenes negativos; archívense los expedientes como asuntos concluidos. Por lo que se refiere al último, devuélvase a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional

LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, EN MATERIA DE BIENES CULTURALES SUBACUATICOS

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 28 Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de bienes culturales subacuáticos

LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, EN MATERIA DE DERECHO DE AUDIENCIA

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de derecho de audiencia

LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, EN MATERIA DE SANCIONES

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma los artículos 47 a 55 y adiciona el 53 Bis a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de sanciones

CODIGO PENAL FEDERAL - LEY FEDERAL PARA LA PROTECCION A PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCEDIMIENTO PENAL

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 222 y 222 Bis del Código Penal Federal, así como el 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA - CODIGO PENAL FEDERAL

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica; y se reforman y adicionan diversos artículos al Código Penal Federal

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Presidente comunica que, en términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Protección Civil, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI al artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración (en lo general y en lo particular)

ANEXO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del lunes 28 de abril de 2014, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia del diputado José González Morfín

ASISTENCIA

El Presidente diputado José González Morfín: Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y de diputados.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 255 diputadas y diputados, por lo tanto hay quórum.

El Presidente diputado José González Morfín(a las 13:16 horas). Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado José González Morfín: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente. Se dispensa la lectura.

«Segundo periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXII Legislatura.

Orden del día

Lunes 28 de abril de 2014

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva

Relativo a proposiciones con punto de acuerdo en sentido negativo.

Relativo a la minuta con proyecto de decreto que Expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma y adiciona diversos artículos al Código Penal Federal, devuelta para los efectos de la fracción E) del artículo 72 Constitucional.

De los diputados Ricardo Mejía Berdeja, Cristina Olvera Barrios, Raúl Santos Galván Villanueva, y Carlos De Jesús Alejandro

En relación a retiro de Iniciativas con proyecto de decreto y de proposiciones con puntos de acuerdo.

De la Secretaría de Gobernación

Con el que remite tres contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

Del Congreso del Estado de Quintana Roo

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la conmemoración de los 60 años del reconocimiento del derecho de las mujeres al voto en México.

De la Cámara de Senadores

Con el que remite acuerdo por el que exhorta al Poder Ejecutivo y Legislativo, en sus órdenes federal, estatal y municipal, para que, en el ámbito de sus competencias fortalezcan las acciones necesarias destinadas a la prevención, detección temprana, tratamiento y rehabilitación integral del cáncer de mama.

Tres oficios con los que devuelve los expedientes de las siguientes minutas:

Con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Educación, en materia de evaluación del desempeño docente. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7o. y 42 de la Ley General de Educación, y 32 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. (Turno a Comisión)

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Por el que informa que en el mes de marzo de 2014, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, únicamente destinó mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y aquéllas que no son transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).

Minutas

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 73 de la Ley General de Salud. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma los artículos 20, 24, 25, 40, 44, 49 y 55 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y adiciona los artículos 13 y 14 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de bebidas alcohólicas, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII al artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de inspección y vigilancia, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Iniciativa de senador

Con proyecto de decreto que deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política.

Dictámenes a discusión

De leyes y decretos

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la ley general de salud, en materia de seguro popular.

De la Comisión de Protección Civil, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI al artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil.

De la Comisión de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración.

De la Comisión de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y las fracciones I, II y III del artículo 112 de la Ley de Migración.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Ley Agraria.

Dictámenes a discusión

De puntos de acuerdo

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, apoyar la coordinación de las áreas encargadas de la seguridad en Michoacán y evitar la toma de acuerdos con personas pertenecientes a grupos delictivos.

De la Comisión de Deporte, con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados felicita a las CC. Linda Ochoa, Rosalía Domínguez, Brenda Merino y Aída Román, por haber obtenido medallas de oro en el campeonato mundial de tiro con arco, con la especialidad bajo techo, que se llevó a cabo en Nimes, Francia.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Semarnat, a que realice los estudios pertinentes sobre la autorización de adecuación a favor del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada Espejeras.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la instalación de estacionamiento para bicicletas en inmuebles públicos y en centros de Transferencia Modal, así como en las principales plaza públicas, mercados y vía pública.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Semarnat, haga del conocimiento público el destino de los recursos para operar proyectos forestales relacionados con reducción de emisiones por deforestación y degradación evitada.

Dictámenes a discusión

Negativos de iniciativas

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados.

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados.

De la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 Bis de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Iniciativas

Que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 2o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Vicario Portillo Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Oswaldo Fuentes Solís, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 111 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Catalino Duarte Ortuño, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 89, 115 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada Claudia Elena Águila Torres, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 61 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Silvano Blanco Deaquino, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 62 y 70 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Valentín Maldonado Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 61 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Antonio Cuéllar Steffan, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 2o. y 7o. de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, a cargo de los diputados Rosa Elba Pérez Hernández y Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 45 y 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Roberto López Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 42 de la Ley del Seguro Social y 56 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada María Sanjuana Cerda Franco, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 9o. de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Fernando Alejandro Larrazabal Bretón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de Conservación y Protección de los Conocimientos Tradicionales de los Pueblos Indígenas, y reforma los artículos 2o. y 6o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Ma. del Carmen Martínez Santillán, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Arturo De la Rosa Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Alfa Eliana González Magallanes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 41 y 42 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a cargo del diputado Alejandro Sánchez Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 5o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Roberto López Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley General de Protección Civil y de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 109 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo del diputado Julio Cesar Lorenzini Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que deroga la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia y expide la Ley General de Prevención del Delito, a cargo del diputado Alejandro Carbajal González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 202 y deroga el artículo 202 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado Israel Moreno Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo del diputado Antonio Cuéllar Steffan, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Cristina Olvera Barrios, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 1o., 2o., 4o. y 8o. del Estatuto de las Islas Marías, a cargo del diputado Fernando Alejandro Larrazabal Bretón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 51 y 54 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de las diputadas Loretta Ortíz Ahlf y Margarita Elena Tapia Fonllem, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos del Trabajo y de la Revolución Democrática, respectivamente. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 282 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 91 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Fernando Alejandro Larrazabal Bretón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Juan Jesús Aquino Calvo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General para Prevenir y Atender la Obesidad y el Sobrepeso, a cargo del diputado Mario Alberto Dávila Delgado, y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Minera, a cargo del diputado Arturo De la Rosa Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4o. de la Ley Minera, a cargo del diputado Luis Miguel Ramírez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 47 y 55 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley del Banco de México, a cargo del diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 9o. y 15 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General para el Desarrollo de las Zonas Metropolitanas, a cargo del diputado Raúl Paz Alonzo y suscrita por el diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Oswaldo Fuentes Solís, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 169 y 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 80 de la Ley Agraria, a cargo de la diputada Ma. del Carmen Martínez Santillán, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 109 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo del diputado Julio Cesar Lorenzini Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 15 y 38 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Jorge Salgado Parra, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 114, 115, 216 y 218 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Villarreal García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 12 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Jorge Salgado Parra, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Julisa Mejía Guardado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 167, 179 y 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo del diputado Mario Alejandro Cuevas Mena, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 47 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

De decreto, para declarar el 22 de abril como “Día del Municipio”, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Cambio Climático, de la Ley General de Asentamientos Humanos y de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Claudia Elena Águila Torres, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3o. de la Ley que Crea la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 68 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a cargo de la diputada Ma. del Carmen Martínez Santillán, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 31 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 234 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 315 bis 1 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado Fernando Alejandro Larrazabal Bretón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3o. y 7o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Alberto Coronado Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Jorge Rosiñol Abreu, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 353-C y 353-E de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 40 de la Ley Aduanera, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 51 Bis 3 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo de la diputada Margarita Licea González y suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, a cargo del diputado Mario Alejandro Cuevas Mena, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que deroga diversas disposiciones de la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos y abroga el Decreto por el que se establece el horario estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de marzo de 2002, a cargo del diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 41 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Antonio Hurtado Gallegos, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 7 Bis y 15 Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, a cargo del diputado Lorena Méndez Denis, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 11 y 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José Luis Oliveros Usabiaga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 260 Bis al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Eva Diego Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 10 de la Ley del Servicio Militar, a cargo de la diputada Luisa María Alcalde Luján, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 11 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

De decreto, por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa del 80 Aniversario del Palacio de Bellas Artes, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5o. de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, a cargo del diputado Genaro Carreño Muro y suscrita por el diputado Mario Alberto Dávila Delegado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 40 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo del diputado Abel Octavio Salgado Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 20 y 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 74 y adiciona un Artículo Séptimo Transitorio a la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Mario Alejandro Cuevas Mena, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 15 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General de Desarrollo Sustentable, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, a cargo de la diputada Martha Berenice Álvarez Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que deroga el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, a cargo del diputado Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Carmen Lucia Pérez Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 420 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Martín Alonso Heredia Lizárraga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 300 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General del Derecho a la Alimentación Adecuada, suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de Asuntos Alimentarios y de diversos grupos parlamentarios. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 4o., 92 y 94 de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada María del Carmen Ordaz Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 42, 66 y 75 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Juan Carlos Muñoz Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 10, 14 y 15 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo del diputado Fernando Bribiesca Sahagún, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Blanca Jiménez Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 26 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 1o. de la Ley de Expropiación, a cargo del diputado Luis Antonio González Roldán, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Luis Valle Magaña, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 513, 514 y 515 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

De decreto por el que se realiza una Inscripción de Honor alusiva al Bicentenario del Constitucionalismo Mexicano en las inmediaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a cargo del diputado Manuel Añorve Baños, Presidente de la Comisión Especial para la Conmemoración del Bicentenario del Congreso de Anáhuac y de los Sentimientos de la Nación. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 49 y 52 de la Ley de Aviación Civil, a cargo del diputado Abel Octavio Salgado Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 150 y 155 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Carmen Lucia Pérez Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

De decreto, por el que se declara el 4 de septiembre de cada año, como Día Nacional del Contribuyente, a cargo del diputado Agustín Miguel Alonso Raya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios. (Turno a Comisión)

De decreto, para colocar una placa conmemorativa que contenga la leyenda “En el primer centenario de la defensa del Puerto de Veracruz, a la Heroica Escuela Naval Militar y al pueblo veracruzano, que el 21 de abril de 1914 se cubrieron de gloria defendiendo la Patria” a cargo del diputado Raúl Santos Galván Villanueva, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General que Regula el Sistema de Alerta Amber, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Alfonso Inzunza Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a incorporar en la Cartilla Nacional de Vacunación, un esquema de detección temprana de la insuficiencia renal crónica (IRC), a cargo de los diputados Abel Octavio Salgado Peña, Gabriel Gómez Michel, Leobardo Alcalá Padilla e Isaías Cortés Berúmen, de los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de Pemex, para que considere la pronta adquisición de una planta coquizadora para la refinería “Ing. Antonio M. Amor” así como la reubicación del área de llenado de autotanques fuera de la zona urbana del municipio de Salamanca, Guanajuato, a cargo del diputado Genaro Carreño Muro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrito por diputados integrantes de la Comisión Especial de Prevención, Conservación y en su caso Restauración del Medio Ambiente en las Entidades Federativas donde se ubican las Instalaciones de Pemex. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Comisión Federal de Competencia Económica, para que lleve una investigación sobre las condiciones de competencia en el mercado agroalimentario relativo especialmente a la producción de los productos básicos y estratégicos señalados en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado José Antonio León Mendívil, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Protección al Ambiente del estado de Baja California, a dar continuidad a la declaratoria de Área Natural Protegida, el Humedal “La Lagunita” en Ensenada, a cargo del diputado Ricardo Medina Fierro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo relativo las agresiones realizadas en contra de dos regidoras en el municipio de Tekantó, estado de Yucatán, a cargo de la diputada María Beatriz Zavala Peniche, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Economía, para que transparente a través de su sitio de internet oficial, lo relativo al Fideicomiso de Fomento Minero, desde su creación a la fecha, a cargo del diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Salud, a fin de fortalecer las acciones relativas a proporcionar servicios de salud a la población, a cargo de la diputada María del Carmen Ordaz Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Sagarpa y de la Conagua, a fin de que elaboren estudios para definir acciones específicas para focalizar los esfuerzos dirigidos a alcanzar el aprovechamiento sustentable del agua de uso agropecuario, a cargo de la diputada Celia Isabel Gauna Ruiz de León, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al INAH, para que establezca medidas para la protección, conservación y estudios de la zona arqueológica de Huapalcalco, a cargo de la diputada Emilse Miranda Munive, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Efeméride

Con motivo del 30 de abril, Día de los Niños y Niñas, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa su lectura, tomando en cuenta que está publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura, dado que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves veinticuatro de abril de dos mil catorce, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.

Presidencia del diputadoJosé González Morfín

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos setenta y nueve diputadas y diputados, a las once horas con veintiún minutos del jueves veinticuatro de abril de dos mil catorce, el Presidente declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; acto seguido, se somete a discusión el acta de la sesión anterior, no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.

En su oportunidad y desde sus curules realizan comentarios sobre diversos temas legislativos los diputados: Ricardo Mejía Berdeja; y Francisco Alfonso Durazo Montaño, ambos de Movimiento Ciudadano. El Presidente hace aclaraciones.

Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:

a) De los Diputados:

• Paloma Villaseñor Vargas, del Partido Revolucionario Institucional por la que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Atención y Protección a Personas con Trastornos del Espectro Autista, presentada el diecinueve de marzo de dos mi catorce, sea retirada de las Comisiones Unidas de Salud, de Atención a Grupos Vulnerables, y de Presupuesto y Cuenta Pública.

• María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, del Partido Acción Nacional, por la que solicita que su Propuesta con punto de acuerdo por el que exhorta a la Secretaría de Economía, a través del Centro de Nacional Metrología, a la Procuraduría Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, haga cumplir la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y las normas oficiales mexicanas en materia de etiquetado a la industria de jugos, néctares, concentrados de fruta, jaleas, mermelada, fruta deshidratada y conservas, entre otros productos, para que el consumidor final tenga la información necesaria para determinar su consumo, presentada el tres de abril de dos mi catorce, sea retirada de la Comisión de Economía.

• Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita que su proposición con punto por la que se propone al pleno camaral la develación de una placa conmemorativa del bicentenario del Constitucionalismo Mexicano en las inmediaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, presentada el veintisiete de marzo de dos mil catorce, sea retirada de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.

b) Del Instituto Federal de Telecomunicaciones, con la que remite el Segundo Informe Trimestral de Actividades del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Se remite a la Comisión de Comunicaciones para su conocimiento.

c) De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el Primer Informe Trimestral para el Ejercicio Fiscal de 2014, de los programas presupuestarios sujetos a Reglas de Operación “S” y de otros subsidios “U”, a cargo de la Secretaría de Economía. Se remite a las Comisiones de Economía, y de Presupuesto y Cuenta Pública para su conocimiento.

d) Del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, con la que remite contestación a Punto de Acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para realizar un homenaje al escritor José Emilio Pacheco. Se remite a la Comisión de Cultura y Cinematografía para su conocimiento.

e) Del Instituto Mexicano de la Juventud, con la que remite contestación a Punto de Acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para que por medio de convenios se les permita a los egresados de educación superior acceder al mercado laboral al término de sus estudios. Se remite a la Comisión de Juventud para su conocimiento.

En su oportunidad y desde su curul el diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Partido del Trabajo, realiza moción de procedimiento; y la diputada Alliet Mariana Bautista Bravo, del Partido de la Revolución Democrática, realiza comentarios sobre diversos temas legislativos. El Presidente hace aclaraciones.

Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria el dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Puntos Constitucionales, que reforma el inciso b) del tercer párrafo de la Base Sexta del artículo cuarenta y uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión de dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones:

a) Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Justicia, que adiciona un segundo párrafo al artículo veintinueve de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; reforma el párrafo quinto y adiciona un párrafo sexto al artículo doscientos setenta y uno del Código Federal de Procedimientos Civiles. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión a la diputada Adriana Hernández Iñiguez. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen las diputadas y los diputados: José Angelino Caamal Mena, de Nueva Alianza; María del Carmen Martínez Santillán, del Partido del Trabajo;

El Presidente informa a la Asamblea que se encuentra en el salón de sesiones el excelentísimo señor Luis Fernández-Cid de las Alas Pumariño, embajador del Reino de España en México, quien asistió a la instalación del Grupo de Amistad México-España, que preside el diputado José Sergio Manzur Quiroga, del Partido Revolucionario Institucional.

Martha Beatriz Córdova Bernal, de Movimiento Ciudadano; Gabriela Medrano Galindo, del Partido Verde Ecologista de México; Margarita Elena Tapia Fonllem, del Partido de la Revolución Democrática; Patricia Lugo Barriga, del Partido Acción Nacional; y Francisco Javier Fernández Clamont, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal, por unanimidad de trescientos ochenta y nueve votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo veintinueve de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; reforma el párrafo quinto y adiciona un párrafo sexto al artículo doscientos setenta y uno del Código Federal de Procedimientos Civiles. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

En su oportunidad realiza comentarios sobre diversos temas legislativos el diputado Raúl Gómez Ramírez, del Partido Acción Nacional. El Presidente hace aclaraciones.

b) Del Distrito Federal, que reforma el artículo treinta y nueve del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión a la diputada Laura Barrera Fortoul.

A las doce horas con doce minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos treinta y cuatro diputadas y diputados.

Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen la diputadas y los diputados: José Alberto Benavides Castañeda, del Partido del Trabajo; René Ricardo Fujiwara Montelongo, de Nueva Alianza; José Antonio Hurtado Gallegos, de Movimiento Ciudadano; Antonio Cuéllar Steffan, del Partido Verde Ecologista de México; Carlos Augusto Morales López, del Partido de la Revolución Democrática; Margarita Saldaña Hernández, del Partido Acción Nacional; y Arnoldo Ochoa González, del Partido Revolucionario Institucional. Se somete a discusión en lo general y en lo particular e interviene en contra la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Partido de la Revolución Democrática; y en pro, los diputados: Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano; Fernando Rodríguez Doval, del Partido Acción Nacional; y Roberto Carlos Reyes Gamíz, y

Presidencia del diputadoMarcelo de Jesús Torres Cofiño

Fernando Zárate Salgado, del Partido de la Revolución Democrática. Se concede el uso de la palabra para rectificación de hechos al diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez, del Partido Acción Nacional y para alusiones personales al diputado Fernando Zárate Salgado, del Partido de la Revolución Democrática. Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a la propuesta de modificación presentada por la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Partido de la Revolución Democrática, que en votación económica se desecha. En su oportunidad y desde su curul la diputada Aleida Alavez Ruiz realiza moción de procedimiento. Sin más oradores registrados, en votación nominal por cuatrocientos siete votos a favor, tres en contra, y veinticuatro abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo treinta y nueve del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El Presidente informa a la Asamblea de la recepción de una Comunicación de la Junta de Coordinación Política, por la que solicita la inclusión en el Orden del Día del dictamen a discusión de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De conformidad con el artículo sesenta y cinco, numeral dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, en votación económica se aprueba y se modifica el Orden del Día.

En su oportunidad y desde su curul realiza moción de procedimiento el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana, del Partido de la Revolución Democrática. El Presidente hace aclaraciones.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, que reforma el segundo párrafo del artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión al diputado Julio César Moreno Rivera. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen las diputadas y los diputados: Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza; Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo; Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano; Mario Francisco Guillén Guillén, del Partido Verde Ecologista de México; José Humberto Vega Vázquez, del Partido de la Revolución Democrática; Ernesto Alfonso Robledo Leal, del Partido Acción Nacional; y Raymundo King de la Rosa, del Partido Revolucionario Institucional. Se somete a discusión en lo general e intervienen en pro la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, de Movimiento Ciudadano; y el diputado Gabriel Gómez Michel, del Partido Revolucionario Institucional. En votación económica se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Sin más oradores registrados, en votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos quince votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es mayoría calificada. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria el dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Salud, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud. De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.

Se da cuenta con comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a cambio en la Junta Directiva de la Comisión Especial que se ocupa de indagar el funcionamiento de las instancias del gobierno federal relacionadas con el otorgamiento de permisos para juegos y sorteos. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

De conformidad con el artículo cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, de las iniciativas y proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, las de los siguientes diputados:

a) Iniciativas con proyecto de decreto:

• Javier Salinas Narváez, del Partido de la Revolución Democrática:

– Que reforma el artículo treinta y nueve del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

– Que expide la Ley del Impuesto sobre la Renta de los Hidrocarburos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

– Que adiciona un artículo cuarenta y cuatro Ter a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Pedro Porras Pérez y suscrita por diversos diputados integrantes de del Partido de la Revolución Democrática, del Partido del Trabajo y de de Movimiento Ciudadano, que expide la Ley de los Derechos Laborales y de Seguridad Social de las y los Trabajadores Petroleros, Electricistas y Mineros, Reglamentaria del Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Energía, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

• José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano, que reforma los artículos sexto, diecinueve, y veintiuno de la Ley Minera. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.

• Margarita Elena Tapia Fonllem, y Teresa de Jesús Mojica Morga del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley Federal de Seguridad Privada. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública, y de Energía, para dictamen.

• José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Graciela Saldaña Fraire y suscrita por diversos diputados integrantes del Partido de la Revolución Democrática, del Partido del Trabajo, de de Movimiento Ciudadano y de Nueva Alianza, que expide la Ley General para la Prohibición de la Fractura Hidráulica. Se turna a las Comisiones Unidas de Energía y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

• José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano:

– Que reforma el artículo cincuenta y siete de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

– Que reforma el artículo siete de la Ley de Petróleos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.

– Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, de la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México y de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.

– Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Que reforma el artículo dos-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

– Que reforma los artículos cuarenta y cuatro, cuarenta y siete, y cuarenta y nueve de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen.

– Que reforma el artículo ciento setenta de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.

b) Proposiciones con punto de acuerdo:

• Elvia María Pérez Escalante, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a los gobiernos de los estados y sus congresos locales a armonizar su legislación civil en materia de adopción plena. Turno: Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

• Tania Margarita Morgan Navarrete, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, defina los mecanismos y estrategias de asistencia técnica para la elaboración de los programas estatales de cambio climático. Turno: Comisión de Cambio Climático, para dictamen.

• José Luis Muñoz Soria, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social, para que transparente los recursos del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras. Turno: Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.

• Lourdes Adriana López Moreno, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y de la Secretaría de Economía, se garantice el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales al emitir concesiones mineras en el estado de Chiapas. Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta al gobernador del estado de Veracruz, a implementar un operativo de seguridad permanente, a fin de proteger la integridad de las y los migrantes en el territorio de dicho estado. Turno: Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

• José Arturo López Cándido, del Partido del Trabajo, por el que solicita la creación de una Comisión Especial para dar seguimiento al caso Mexicana de Aviación. Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención.

• María del Carmen Ordaz Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Salud, del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, impulsen la creación de casas hogar, albergues y residencias de día, de carácter gratuito para las personas de la tercera edad de escasos recursos económicos que lo requieran. Turno: Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

• Margarita Licea González y suscrita por diversos diputados integrantes del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que emita un decreto para incorporar a las formas de tributación vigentes, un esquema simplificado para las personas que se dediquen al comercio. Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Lourdes Adriana López Moreno, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, intervenga y dé seguimiento respecto del abandono de ejemplares de la vida silvestre, derivado del cierre de la concesión del parque Amikúu, ubicado dentro del área natural protegida Cañón del Sumidero, Chiapas. Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Jesús Morales Flores, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional Forestal, lleven a cabo acciones de prevención y eliminación de la plaga descortezador que amenaza los bosques de México. Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

Agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el día lunes veintiocho de abril de dos mil catorce, a las trece horas, y levanta la sesión a las quince horas.»

El Presidente diputado José González Morfín: Proceda la Secretaría a ponerla a discusión.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobada el acta.Continúe la Secretaría.



DICTAMENES NEGATIVOS DE PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva.

Honorable Asamblea:

Esta Presidencia comunica que se recibieron dictámenes de proposición con punto de acuerdo en sentido negativo, para su archivo, de conformidad con el artículo 180, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, mismo que fueron publicados en la Gaceta Parlamentaria, de las siguientes comisiones:

Deporte

• Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, y del Ejecutivo en los estados y los municipios, así como al jefe de Gobierno y delegacionales del Distrito Federal, a mejorar las condiciones de seguridad en espectáculos y eventos deportivos.

Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

• Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo para solicitar al titular de la Dirección General de Desarrollo Urbano y Suelo que haga del conocimiento público el avance del programa Impulso al Desarrollo Regional y Territorial.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2014.— Diputado José González Morfín (rúbrica) Presidente.»

«Dictamen de la Comisión de Deporte, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, y del Ejecutivo en los estados y los municipios, así como al jefe de gobierno y delegacionales del Distrito Federal, a mejorar las condiciones de seguridad en espectáculos y encuentros deportivos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Deporte de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.

I. Antecedentes

1. El pasado 4 de febrero de 2014, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, el diputado Fernando Bribiesca Sahagún, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados una proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los titulares de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, y del Ejecutivo de los estados y municipios, así como el jefe de gobierno y jefes delegacionales del Distrito Federal, para que incrementen las condiciones de seguridad en espectáculos y eventos deportivos.

2. Con fecha 28 de marzo de 2014, la Mesa Directiva turnó dicho asunto a la Comisión de Deporte para análisis y dictamen, mediante el número de expediente 4142, a través del oficio número D.G.P.L. 62-II-5-1606, de fecha 27 de marzo de 2014.

II. Contenido de la proposición

El diputado proponente sostiene que el nivel de pasión que estimula a los aficionados de algunos deportes como el futbol soccer, llega a provocar altas concentraciones de adrenalina, la cual, acompañada de otros factores multidimensionales, ha derivado en la proliferación de diversos y muy lamentables actos de violencia, particularmente en aquellos espacios públicos destinados a su desarrollo o exhibición multitudinaria, sean estadios deportivos, gimnasios, carpas o domos.

Afirma también que un análisis noticioso nos permite identificar que en la mayoría de dichos enfrentamientos violentos, éstos son provocados y participan de manera deliberada, personas o grupos organizados, cuyo comportamiento puede ser equiparado con los “hooligans” que proliferaron en los encuentros deportivos de la década de los sesenta, debido a la mala fama de los hinchas ingleses cuando viajaban, tanto al extranjero como fuera de sus localidades, para animar a su club o al equipo nacional.

La violencia organizada en los espectáculos y encuentros deportivos no es sólo un fenómeno inglés; también se ha extendido a otros países, como los ultras de Italia, las torcidas en Brasil o las barras bravas en Argentina, y están presentes en nuestro país, a los que suele llamárseles ultras, barras o porras.

Asimismo establece, que derivado del comportamiento fanático de estos grupos de aficionados, el espectáculo y disfrute masivo de este deporte en el país se ha ido degradando paulatinamente, perdiendo ese atractivo que propiciaba la reunión familiar, la sana convivencia social y el enaltecimiento de valores deportivos como el esfuerzo, el trabajo conjunto y el respeto, entre otros.

Ahora es más frecuente encontrar en estos encuentros deportivos múltiples choques entre seguidores y elementos de seguridad, aficiones rivales e incluso entre los propios integrantes de una misma barra.

Afirma también que en los últimos dos años, estas manifestaciones de violencia en los estadios se han incrementado de manera alarmante, siendo el mes de febrero de 2013 su punto más álgido, sin que las autoridades pudieran tomar control de la situación hasta los hechos ocurridos el pasado sábado 22 de marzo del año en curso.

Asimismo da ejemplos de la violencia en este tipo de eventos, como la sucedida en febrero de 2013, las porras de los equipos Toros Neza y del América se enfrentaron a las afueras del estadio Neza 86; asimismo, en los alrededores del estadio La Corregidora de Querétaro, un grupo de seguidores de los Gallos Blancos tuvo un enfrentamiento con la policía.

En el mismo mes, en las inmediaciones del estadio Omnilife, en Zapopan, Jalisco, otra riña entre seguidores de León y Chivas finalizó con 12 personas detenidas y 40 lesionadas; en la ciudad de San Luis Potosí, el cuerpo de seguridad que resguardaba la llegada de la porra del equipo Pumas de la Universidad Nacional Autónoma de México, se lió a golpes con ellos.

Este año, el 14 de enero, durante un juego entre los Tigres de la Universidad Autónoma de Nuevo León y el Atlético San Luis, la violencia se desató en las tribunas del estadio Alfonso Lastras, luego de que aficionados del San Luis lanzaran petardos contra la afición rival. Otro hecho se suscitó el pasado 15 de febrero en el estadio Tecnológico de Monterrey, en Nuevo León, cuando aficionados del Monterrey invadieron la cancha del estadio, lo que generó la reacción de los elementos de seguridad.

Sin embargo afirma que el 22 de marzo de 2014, en el estadio Jalisco, de Guadalajara, la violencia llegó al grado más alto, terminado con saldo rojo, cuando no más de 20 miembros de las fuerzas policiales municipales trataron de detener a unos jóvenes, con las consecuencias que ya diversos medios de comunicación han documentado.

Ante estas manifestaciones de violencia organizada en los espectáculos y encuentros deportivos, el diputado Bribiesca sostiene que es improrrogable que las autoridades futbolísticas, sean los presidentes y directivos de los equipos deportivos, así como las públicas, en los tres órdenes de gobierno y los propios aficionados, tomen con mayor seriedad las manifestaciones de violencia e instrumenten los mecanismos necesarios para hacerle frente, con rigor y eficacia, a fin de que prevalezca el juego limpio, dentro y fuera de las canchas.

La violencia y sus consecuencias no se arreglan con sanciones económicas y vetos a los estadios deportivos, con la expulsión de las barras, con ruedas de prensa o mantas a favor de la paz.

Afirma también que como legisladores, se tiene la obligaci6n impulsar la plena vigencia del estado de derecho y en este sentido, existe el marco regulatorio pertinente, mediante la aplicación de Ley General de Cultura Física y Deporte, con articulados y un capítulo específicamente destinados a prevenir y erradicar la violencia.

Si bien se requiere la pronta y expedita promulgación de su marco reglamentario, a fin de crear y dotar de la operatividad necesaria a la comisión especial contra la violencia en el deporte, la no existencia de un reglamento no debe impedir que se establezcan las condiciones necesarias para la debida protección a las y los ciudadanos de este país para que disfruten con absoluta seguridad un espectáculo deportivo, no importando el rol que en ese momento desempeñen, sean aficionados, deportistas, comerciantes e incluso, como miembros de las fuerzas de seguridad encargadas del orden.

Los argumentos antes descritos dan lugar a los siguientes puntos petitorios de los que consta la proposición:

Primero. Se exhorta de manera respetuosa al titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a difundir y hacer públicas en los medios electrónicos de esa comisión las acciones destinadas a crear la comisión especial contra la violencia en el deporte, así como las políticas públicas y directrices destinadas a prevenir y erradicar la violencia en los espectáculos y encuentros deportivos del país.

Segundo. Se exhorta de manera respetuosa al titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, en coordinación con la representatividad de las asociaciones deportivas nacionales en materia de futbol soccer en sus diferentes niveles y categorías, a establecer medidas que incrementen el grado de seguridad e integridad física de los aficionados que acuden a los espectáculos y encuentros deportivos del país.

Tercero. Se exhorta de manera respetuosa a los titulares del Ejecutivo en las entidades federativas y municipios del país, así como a los jefes del gobierno y delegacionales en el Distrito Federal, a implantar, en el marco del pleno respeto de los derechos humanos, medidas orientadas a hacer prevalecer el orden en encuentros y espectáculos deportivos, considerando en tales efectos el trayecto, el acceso y la permanencia de los aficionados en los inmuebles y áreas donde éstos se desarrollen.

III. Análisis, discusión y valoración de la proposición

Los diputados integrantes de la Comisión de Deporte analizaron la argumentación de la proposición presentada por el diputado promovente, respecto de la congruencia que guarda con el marco normativo vigente en la materia, asimismo los aportes vertidos por los diputados al momento de la reunión ordinaria dieron origen a las siguientes:

IV. Consideraciones de la comisión dictaminadora

La proposición objeto del presente dictamen, tiene por objeto exhortar a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), a que difunda y haga públicas en los medios electrónicos de esa comisión las acciones destinadas a crear la comisión especial contra la violencia en el deporte, así como las políticas públicas y directrices destinadas a prevenir y erradicar la violencia en los espectáculos y encuentros deportivos del país, asimismo, en coordinación con la representatividad de las asociaciones deportivas nacionales en materia de futbol soccer en sus diferentes niveles y categorías, a establecer medidas que incrementen el grado de seguridad e integridad física de los aficionados que acuden a los espectáculos y encuentros deportivos del país.

De igual forma, en su exhorto se dirige a los titulares del gobierno de las entidades federativas y municipios del país, así como a los jefes del gobierno y delegacionales en el Distrito Federal, a implantar, en el marco del pleno respeto de los derechos humanos, medidas orientadas a hacer prevalecer el orden en encuentros y espectáculos deportivos, considerando en tales efectos el trayecto, el acceso y la permanencia de los aficionados en los inmuebles y áreas donde éstos se desarrollen.

En tal virtud resulta necesario puntualizar, que hasta antes de las reformas a la Ley General de Cultura Física y Deporte, publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 7 de junio de 2013, la ley en su fracción VIII del artículo 2, ya contemplaba en sus finalidades generales y mediante el establecimiento de bases generales para la distribución de competencias, la coordinación y colaboración entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios en materia de cultura física y deporte, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73, fracción XXIX-J de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la participación de los sectores social y privado en esta materia, la promoción de las medidas necesarias para erradicar la violencia y reducir los riegos de afectación en la práctica de actividades físicas, recreativas o deportivas.

Para el cumplimiento del objetivo anterior, la ley ya establecía un capítulo referido a la prevención de la violencia en el deporte, mismo que contemplaba una serie de acciones aplicables a todos los eventos deportivos, sin perjuicio de dar cumplimiento a otros ordenamientos, que en la materia dicten la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios. Asimismo la Conade podría asesorar en la materia, dentro del ámbito de su competencia, a los organizadores de eventos deportivos cuando así fuera requerido.

En esta ley vigente hasta el año 2012, ya se contemplaba la creación de una comisión especial contra la violencia en el deporte que sería la encargada de elaborar y conducir las políticas generales contra la violencia en el deporte, misma que tendría entre sus atribuciones:

• Promover e impulsar acciones de prevención contra la violencia en el deporte;

• Fomentar, coordinar y realizar campañas de divulgación y de sensibilización en contra de la violencia, con el fin de conseguir que el deporte sea un referente de integración y convivencia social;

• Asesorar, dentro del ámbito de su competencia siempre que lo requieran, a los organizadores de aquellos eventos o espectáculos deportivos en los que razonablemente se prevea la posibilidad de actos violentos;

• Coadyuvar con las dependencias administrativas involucradas en la realización de eventos deportivos, procuradurías, áreas de seguridad pública y protección civil de la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios;

• Establecer los lineamientos que permitan llevar a cabo los acuerdos o convenios de colaboración entre los tres niveles de gobierno en la materia, los requisitos y normas mínimas que deben cumplir las instalaciones donde se lleven a cabo eventos deportivos, sin perjuicio de las establecidas por protección civil, y las medidas que se consideren necesarias para la prevención de la violencia en los eventos deportivos;

• Fomentar programas y campañas de divulgación en contra de la violencia y la discriminación a fin de retribuir los valores de integración y convivencia social del deporte;

• Emitir recomendaciones y orientar a los miembros del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (Sinade) sobre la implementación de medidas tendientes a erradicar la violencia y la discriminación en el desarrollo de sus actividades y la celebración de eventos deportivos;

• Brindar asesoría a quien lo solicite, en materia de prevención de la violencia en el deporte, y

• Las demás que se establezcan en esta ley, su reglamento y demás ordenamientos aplicables.

No obstante lo anterior, la aplicación de estas medidas no han tenido como resultado una disminución significativa de la violencia en los eventos deportivos, por lo que se consideró necesario a través de las recién aprobadas reformas a la ley en comento; tanto por la Cámara de Diputados en fecha 27 de marzo del año en curso y asimismo por la Cámara de Senadores, fortalecer el contenido de la ley en esta materia, así como a la Comisión Especial para la Prevención de la Violencia en la celebración de espectáculos deportivos, garantizar la prevención, el control y la sanción de la violencia, en beneficio de las familias, de los aficionados, de los deportistas, de los directivos y organizadores y de la sociedad mexicana en general, amparando y preservando la vida, la integridad física de los asistentes a eventos deportivos y el patrimonio de quienes subsisten a través del deporte, velar por el desarrollo apropiado de los eventos deportivos, a través del establecimiento de bases precisas de coordinación y colaboración entre las autoridades deportivas, administrativas y de seguridad de los tres ámbitos de gobierno.

Con las reformas en este rubro se pretende contribuir a establecer condiciones desde el ámbito legislativo que contribuyan a prevenir y sancionar la violencia en eventos deportivos, con la finalidad de erradicarla y conservar este tipo de espectáculos, puntos de encuentro familiar, social y cultural en los que se privilegie la sana convivencia y el espíritu deportivo.

En este orden de ideas, estas reformas ya contemplan la promoción de las acciones necesarias para sancionar a quienes ejerzan violencia en el deporte, con objeto de hacer efectivas las disposiciones tendientes a castigar a quienes atentan contra la seguridad de las personas y los bienes en ocasión de la celebración de espectáculos deportivos.

Asimismo, ya se contempla el establecimiento del objeto, las bases y las obligaciones de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para garantizar la seguridad en eventos deportivos masivos, independientemente de su naturaleza profesional o amateur, así como, particularmente las obligaciones y la participación de las autoridades deportivas, de los propietarios de recintos, de los organizadores y de los dueños o representantes de los equipos o clubes involucrados en el deporte de espectáculo.

De igual forma, se precisan y distribuyen con claridad las responsabilidades, competencias y mecanismos para una coordinación efectiva, con respeto pleno a las atribuciones que a cada quien le corresponden de acuerdo con su ámbito de competencia.

En ánimo de que también las entidades federativas, municipales y el Distrito Federal sean partícipes de la colaboración para erradicar este tipo de conductas que afectan de manera grave la sana convivencia en los eventos deportivos, se tiene contemplado que en cada estado de la República mexicana y en el Distrito Federal, funcione una representación de la Comisión Especial contra la Violencia en el Deporte, integrada por las instancias estatales de los que integran la comisión especial, estas representaciones tendrán por objeto la ejecución de los acuerdos, políticas y acciones que determine la comisión especial en sus respectivos ámbitos territoriales.

En tal virtud, las y los integrantes de esta comisión, han considerado innecesario realizar tales exhortos, con la finalidad de permitir que las reformas y adiciones recién aprobadas en el marco regulatorio referente a la materia y aún pendientes de publicación en el Diario Oficial de la Federación, tengan aplicación en el territorio nacional e impacten directamente en la solución de este problema.

Por las consideraciones expuestas, las y los integrantes de la Comisión de Deporte, someten a la consideración del pleno de esta honorable asamblea los presentes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con base en las consideraciones señaladas.

Segundo. Archívese el asunto como totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro.

La Comisión de Deporte, diputados:Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), presidente; Gerardo Francisco Liceaga Arteaga (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre (rúbrica), William Renan Sosa Altamira (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), Fernando Alejandro Larrazábal Bretón (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo (rúbrica), Juana Bonilla Jaime (rúbrica), José Valentín Maldonado Salgado (rúbrica), Brasil Alberto Acosta Peña (rúbrica), Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica), José Guadalupe García Ramírez, Rafael González Reséndiz (rúbrica), Alejandra López Noriega (rúbrica en abstención), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica en abstención), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Roberto Ruiz Moronatti, Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), Jorge Salgado Parra (rúbrica), Tomás Brito Lara (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Arturo Escobar y Vega, Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo para solicitar al director general de Desarrollo Urbano y Suelo que haga del conocimiento público el avance del programa Impulso al Desarrollo Regional y Territorial

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial le fue turnada, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por la que se solicita al titular de la Dirección General de Desarrollo Urbano y Suelo, haga del conocimiento público el avance del programa “Impulso al Desarrollo Territorial y Regional”.

En uso de las facultades que le confieren los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, 82, 84, 85, 176, 177, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial se abocó al análisis, discusión y valoración de la proposición, y conforme a las deliberaciones que realizaron sus integrantes, somete a la consideración el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

I. Antecedentes

1. En sesión ordinaria celebrada el 4 de marzo de 2014, el diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la proposición con punto de acuerdo por la que se solicita al titular de la Dirección General de Desarrollo Urbano y Suelo, haga del conocimiento público el avance del programa Impulso al Desarrollo Territorial y Regional, en relación al presupuesto por 7.6 millones de pesos aprobados para el ejercicio fiscal 2013.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la proposición con punto de acuerdo a esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial para dictamen.

II. Contenido de la proposición

1. El proponente hace mención del Programa de Impulso al Desarrollo Regional  y Territorial cuya unidad responsable es la Dirección General de Desarrollo Urbano y Suelo, refiere que dicho programa canaliza recursos a los fideicomisos para el desarrollo regional que tienen como objeto fomentar y canalizar apoyos a estudios y proyectos que hayan sido identificados por los fideicomitentes, como detonadores del desarrollo económico y social de sus regiones.

2. Indica que de conformidad al reglamento interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano en su artículo 13 se establece lo siguiente:

“De las atribuciones genéricas de los titulares de Unidades, Coordinación General y Direcciones Generales, fracción VI. “Proporcionar información, datos y la cooperación que sea requerida al área de su competencia, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, así como atender y desahogar las peticiones que le formulen...” y fracción XVI. “Instrumentar la operación de los programas a su cargo, supervisar el ejercicio de los recursos...”

3. Manifiesta que el multicitado programa no está sujeto a reglas de operación, por lo cual se desconocen los lineamientos sobre los cuales se erogan los recursos presupuestados, menciona también que se ignora el cumplimiento del programa en relación al recurso presupuestario.

4. Finalmente, el legislador luego de realizar una búsqueda electrónica en la siguiente dirección: http://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/Portal/transform.nodo?id= 4.0&transformacion=s&excel=n&zip=n&paramts=0=L511581, expresa que no se presenta una Matriz de Indicadores para Resultados del Programa de Impulso al Desarrollo Regional y Territorial, por lo que en su proposición concluye solicitando lo siguiente:

Primero. Que el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público haga de conocimiento público las razones por las cuales no se presenta la Matriz de Indicadores de Resultados en su portal de transparencia presupuestaria respectiva al Programa Impulso al desarrollo territorial y regional.

Segundo. Que el titular de la Dirección General de Desarrollo Urbano haga de conocimiento público, los motivos por los que no se ha ejercido nada del presupuesto 2013 que asciende a 7.6 millones de pesos aprobado para el ejercicio fiscal 2013, pese al calendario de gasto establecido.

III. Consideraciones

1. Este órgano parlamentario reconoce al proponente el objetivo de vigilar el correcto uso de los recursos públicos así como dar seguimiento a la aplicación de éstos.

2. Ahora bien, a fin de corroborar lo manifestado por el proponente se procedió a verificar qué tipo de información se despliega al introducir la dirección electrónica proporcionada por el legislador, teniéndose que esa dirección marca error al abrir la página. Sin embargo, al visitar la dirección  http://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx y abrir el link “Sistema de Evaluación del Desempeño”  en la sección o apartado “Programas”  se encontrará un cuadro que permite encontrar  Matrices de Indicadores para Resultados (MIR) históricas por “Función” o “Dependencia o Entidad” y al desplegar por “Dependencia” lo que se refiere a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) se encontrará la MIR del “Programa de impulso al desarrollo regional y territorial”.

3. No obstante que este órgano legislativo, contrario a lo manifestado por el proponente, localizó la matriz de indicadores para resultados correspondiente al Programa de Impulso al Desarrollo Regional y Territorial.

4. No pasa por alto lo que el Reglamento de la Cámara de Diputados establece en su artículo 79, numeral 3:

3. Las solicitudes de gestión, de ampliación de recursos, de información a una dependencia gubernamental, o peticiones para citar a comparecer a algún servidor público del Poder Ejecutivo Federal, no serán consideradas como proposiciones. Estas se sustanciarán de la siguiente manera:

I. Las gestiones deberán exponerse de manera directa ante el Comité de Información, Gestoría y Quejas;

II. Las solicitudes de gestión o ampliación de recursos del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, deberán presentarse de manera directa ante la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, en los términos que ésta determine;

III. Las solicitudes de información, a la dependencia gubernamental que corresponda, y

IV. Las peticiones para que una comisión se reúna con algún funcionario público del Poder Ejecutivo Federal, deberán hacerse conforme a lo establecido en la Ley.

Con base en lo anterior, es claro para esta dictaminadora que no puede ser considerada como proposición la solicitud de información que plantea el diputado José Luis Muñoz Soria y en consecuencia como lo establece el Reglamento de la Cámara de Diputados, el trámite pertinente es formular la solicitud de manera directa a las dependencias correspondientes.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:

Acuerdo

Único.Se desecha la proposición con punto de acuerdo para solicitar al titular de la Dirección General de Desarrollo Urbano y Suelo, que haga del conocimiento público el avance del programa Impulso al Desarrollo Regional y Territorial, presentada por el diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 4 de marzo de 2014.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes de abril de dos mil catorce.

La Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, diputados:Jorge Herrera Delgado, presidente; María Elena Cano Ayala (rúbrica), Celia Isabel Gauna Ruiz de León (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz (rúbrica), Felipe de Jesús Almaguer Torres (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Israel Moreno Rivera (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (rúbrica en abstención), secretarios; Brenda María Izontli Alvarado Sánchez (rúbrica), Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Julio César Lorenzini Rangel (rúbrica), Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Gisela Raquel Mota Ocampo, Dulce María Muñiz Martínez, Silvia Márquez Velasco (rúbrica), Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica), Eduardo Román Quián Alcocer (rúbrica), Adán David Ruiz Gutiérrez (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho, Carlos Sánchez Romero, Diana Karina Velázquez Ramírez (rúbrica), Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: De conformidad con lo que establece el artículo 180, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, publíquense en el Diario de los Debates y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.



LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA - CODIGO PENAL FEDERAL

El Presidente diputado José González Morfín: Esta Presidencia informa que el viernes 25 de abril se recibió de la Cámara de Senadores, minuta con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica, y reforma y adiciona diversos artículos del Código Penal Federal, devuelta para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional, la cual se turnó de inmediato a la Comisión de Economía, para dictamen.



RETIRO DE INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura.— Presente.

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar su amable intervención a fin de retirar la iniciativa, presentada por un servidor, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 28, adicionando las fracciones VII y VIII; y 32, fracciones IV y VI, recorriendo las subsecuentes, de la Ley Federal de Seguridad Privada.

Agradeciendo su atención al presente, reciba las seguridades de mi mayor consideración y respeto.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de abril de 2014.— Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamente en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la diputada Cristina Olvera Barrios, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, solicita a esta comisión se haga el trámite pertinente para retirar las iniciativas que se detallan a continuación.

• Proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social. Presentada el 11 de diciembre de 2013.

• Proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social. Presentada el 11 de diciembre de 2013.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo y le reitero la seguridad de mis consideraciones.

Atentamente

Palacio Legislativo, a 15 de abril de 2014.— Diputada Cristina Olvera Barrios (rúbrica), Secretaria de la Comisión de Desarrollo Social; diputado José Alejandro Montano Guzmán (rúbrica), Presidente de la Comisión de Desarrollo Social.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Reciba un cordial saludo y aprovecho la presente para solicitarle, de conformidad con lo establecido en la fracción VII, numeral 2, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, que autorice el retiro de la proposición con punto de acuerdo que el suscrito presentó ante esta asamblea el 18 de marzo próximo pasado, y que fue turnada a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para su dictamen, la cual se describe a continuación:

Proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita que se destine un espacio en el recinto de la Cámara de Diputados para colocar una placa conmemorativa del centenario de la heroica defensa del puerto de Veracruz.

Lo anterior, a efecto de que se realicen las acciones conducentes y se actualicen los registros parlamentarios.

Sin otro particular de momento y en espera de una respuesta favorable, quedo de usted, no sin antes reiterarle la más alta de las consideraciones.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.— Diputado Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en la fracción VII, numeral 2, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me dirijo a usted para comunicarle la decisión de retirar el punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México de la Secretaría de Gobernación y a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a formar un consejo redactor plural e interinstitucional a fin de elaborar la propuesta de reforma de derechos de los pueblos indígenas, que presenté el pasado 20 de febrero de 2014, y la cual fue turnada a la Comisión de Asuntos Indígenas.

Sin otro particular, le agradezco su atención a la presente.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.— Diputado Carlos de Jesús Alejandro (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Se tienen por retiradas las iniciativas. Actualícense los registros parlamentarios.Continúe la Secretaría.



VOLUMEN II



ESTAMPILLA POSTAL CONMEMORATIVA DEL LXXV ANIVERSARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 62-II-5-1622, signado por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 1.3.-177/2014, suscrito por el licenciado Adrián del Mazo Maza, director general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como del anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a emitir el correspondiente decreto, para autorizar la emisión de una estampilla postal conmemorativa del 75 aniversario del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 23 de abril de 2014.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), encargado del despacho de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Maestro Valentín Martínez Garza, encargado del despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.

Me refiero a su oficio SELAP/UEL/311/44/14 del 2 de abril de 2014, mediante el cual remite copia del punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el 1 del actual, cuyos resolutivos cito:

“Primero. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo federal a efecto de que emita el correspondiente decreto para autorizar la emisión de una estampilla postal conmemorativa del 75 aniversario del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

”Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la titular de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, con la participación que corresponda a su Junta Directiva, para que emita un Billete de Lotería conmemorativo del 75 aniversario del Instituto Nacional de Antropología e Historia.”

En atención a ello, me permito ofrecer la respuesta que, en términos de los artículos 1o. y 2o. de la Ley del Servicio Postal Mexicano, 3o. y 15 del Estatuto Orgánico del Servicio Postal Mexicano, obsequió la licenciada Patricia Cravioto Galindo, directora corporativa de Planeación Estratégica de dicho organismo mediante oficio DCPE/160 del 16 de abril de 2014, que se adjunta al presente para los fines conducentes.

Hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Licenciado Adrián del Mazo Maza (rúbrica), director general de Vinculación.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Licenciado Adrián del Mazo Maza, director general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.— Presente.

Hago referencia al oficio número DGPL-62-II-5-1622, de fecha 1 de abril del año en curso, girado por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en donde informa que en el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 1 de abril de 2014, que a la letra dice:

“Primero. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo federal a efecto de que emita el correspondiente decreto para autorizar la emisión de una estampilla postal conmemorativa del 75 aniversario del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

Al respecto le informo que sí es procedente emitir la estampilla postal de referencia, por lo cual la doctora María Teresa Franco González Salas, directora del Instituto Nacional de Antropología e Historia, tendrá que enviar la solicitud oficial para estar en posibilidad de someterla a conocimiento y autorización de la honorable Junta Directiva de este organismo.

Asimismo, se tendrá que firmar un convenio de colaboración y apoyo entre ambos organismos y cubrir la cuota de recuperación correspondiente, a manera de ejemplo le comento que una estampilla postal que mide 40 por 24 milímetros, con un tiraje de 200,000 estampillas (propiedad del Servicio Postal Mexicano) tiene actualmente una cuota de recuperación y apoyo de $196,380.00 (ciento noventa y seis mil trescientos ochenta pesos).

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 16 de abril de 2014.— Licenciada Patricia Cravioto Galindo (rúbrica), directora corporativa de Planeación Estratégica.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para su conocimiento.



LICITACIONES PUBLICAS PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE LABORATORIOS CLINICOS Y BANCOS DE SANGRE

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 62-11-5-1501 signado por el diputado José González Morfín, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de ese Órgano Legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/128/2014 suscrito por el licenciado Rodrigo Reina Liceaga, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como del anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a cumplir lo establecido en la ley, dando transparencia a todos los procesos de licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), encargado del despacho de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio número SELAP/UEL/311/272/14, suscrito por el maestro Valentín Martínez Garza, encargado del despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, mediante el cual informa que en sesión de fecha 28 de febrero, el pleno de la Cámara de Diputados, aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. La Cámara de Diputados solicita a las Secretarías de Salud, de la Defensa Nacional, y de Marina del Ejecutivo federal; así como a los directores generales del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de Petróleos Mexicanos, a que cumplan lo establecido en la ley, dando transparencia a todos los procesos de licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre.

Al respecto, me permito acompañar oficio número DGRMySG/DGAASySG/204/2014 suscrito por el contador público Rubén Ignacio Olalde, director general adjunto de Adquisiciones, Suministros y Servicios Generales; así como oficio número CAS/297/2014, suscrito por el doctor Sebastián García Saisó, coordinador de Asesores de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 21 de abril de 2014.— Licenciado Rodrigo Reina Licea-ga (rúbrica), titular de la Unidad.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Licenciado Rodrigo Reina Liceaga, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.— Presente.

Por instrucciones del licenciado José Genaro Montiel Rangel, director general de Recursos Materiales y Servicios Generales, y en atención a su oficio número 170/UCVPS/ 37/2014, turnado a esta Dirección General Adjunta para su atención, mediante el cual informa el contenido del oficio número SELAP /UEL/311/272/14, suscrito por el maestro Valentín Martínez Garza, encargado de despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, a través del cual hace del conocimiento que en sesión de fecha 25 de febrero, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó un punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. La Cámara de Diputados solicita, a las Secretarías de Salud, de la Defensa Nacional, y de Marina del Ejecutivo federal, así como a los directores generales del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de Petróleos Mexicanos, a que cumplan lo establecido en la ley dando transparencia a todos los procesos de licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre.

Al respecto, y en términos de lo señalado en el dictamen con relación a la proposición con punto de acuerdo a que se ha hecho referencia, es de mencionarse que tal como lo precisa el artículo 134, párrafos tercero y cuarto, de la Constitución Política del los Estados Unidos Mexicanos, las adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y contrataciones de obra que realiza la Secretaría de Salud, se llevan a cabo a través de licitaciones con convocatorias públicas a efecto de que en las mismas se presenten libremente proposiciones solventes, que permitan asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, dando cabal cumplimiento a lo mencionado en el precepto constitucional antes citado.

Ahora bien, es de destacar que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales lleva a cabo sus procedimientos de manera electrónica a través del sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios denominado Compra.Net, en el cual se pone a disposición del público los proyectos de convocatorias, las convocatorias a la licitación, las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones, así como el acta del fallo, con 16 cual se da certeza a los licitantes participantes y al público en general, ya que dicho sistema está a cargo de la Secretaría de la Función Pública, a efecto de garantizar la inalterabilidad y conservación de la información de los procedimientos de contratación a realizar.

A dichos procesos licitatorios puede acudir cualquier persona sin restricción alguna, ya sea que se trate de personas físicas o jurídicas, de cualquier nivel de estratificación de los que establece la Secretaría de Economía. Es pertinente agregar que en las convocatorias a las licitaciones de dichos procesos¡ siempre se establecen las condiciones y beneficios que otorga la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público a las Mipyme en sus artículos 8, 13, segundo párrafo, 14, segundo párrafo, 23, fracción V, y 28 en su último párrafo.

Asimismo, cabe mencionar que respecto a los contratos derivados de los procesos licitatorios, la información relevante de éstos puede consultarse en el módulo de información e inteligencia ,de Mercado para las contrataciones públicas, o en términos de lo establecido en el artículo 7o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en la fracción XIII del Portal de Obligaciones de Transparencia de cada Dependencia o entidad, el cual se actualiza trimestralmente.

En ese orden de ideas se considera que la Secretaría de Salud, observa cabalmente el amplio marco normativo que regula las adquisiciones, arrendamientos y contrataciones de prestación de servicios.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 13 de marzo de 2014.— Contador Público Rubén Ignacio Olalde (rúbrica), director general Adjunto de Adquisiciones, Suministros y Servicios Generales.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Licenciado Rodrigo Reina Liceaga, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.— Presente.

Por indicaciones del doctor Eduardo González Pier, subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y en atención a su amable comunicación mediante oficio número 170/UCVPS/38/14, de fecha 4 de marzo del año en curso, a través del cual solicita aportaciones para la atención del siguiente punto de acuerdo:

Único. La Cámara de Diputados solicita a las Secretaría de Salud, de la Defensa Nacional y de Marina del Ejecutivo Federal; así como a los Directores Generales del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad Y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de Petróleos Mexicanos, a que cumplan lo establecido en la ley, dando transparencia a todos los procesos de licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre.

En tal sentido, de acuerdo al ámbito de competencia de esta Subsecretaría, le comento que a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud se expidió la norma oficial mexicana NOM-007-SSA3-2011, Para la organización y funcionamiento de los laboratorios clínicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el martes 27 de marzo de 2012; la cual tiene por objeto establecer de manera clara y precisa las especificaciones que se deben de satisfacer para la organización y funcionamiento de los laboratorios clínicos (se anexa copia).

Esperando que dicha información le sea de utilidad, quedo de Usted.

Reconocido por su atención, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 19 de marzo de 2014.— Doctor Sebastián García Saisó (rúbrica), coordinador de asesores.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para su conocimiento.



IMPULSO A LA CERTIFICACION DE PRODUCTOS ORGANICOS

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta del oficio número DGPL 62-II-1-1749, signado por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número 112.2.-246/ 2013, suscrito por el licenciado Francisco Olvera Acevedo, director general adjunto de Estudios Interinstitucionales de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como del anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a fortalecer la certificación de productos orgánicos a fin de impulsar y promover el comercio de éstos y fomentar su mercado a escala nacional.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 23 de abril de 2014.—  Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), encargado del despacho de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Licenciado Valentín Martínez Garza, director general Adjunto de Proceso Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En atención de su oficio número SELAP/ UEL/ 311/ 447/ 14, del 2 de abril de 2014, por el que nos remite punto de acuerdo aprobado por el Congreso de la Unión, me permito hacerle llegar la siguiente documentación:

Exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a fortalecer por el Comité Nacional de Producción Orgánica la certificación de productos orgánicos a fin de impulsar y promover el comercio de éstos y fomentar su mercado a escala nacional.

Sobre el particular adjuntamos a la presente información con las observaciones y los comentarios que al respecto nos hizo llegar la Subsecretaria de Alimentación y Competitividad, mediante el oficio número 213. 2014.- 349, del 15 de abril de 2014, con el cual se da respuesta a la información requerida.

Sin más por el momento, le reitero las seguridades de mi distinguida consideración.

Atentamente

México, DF, a 16 de abril de 2014.— Licenciado Francisco Olvera Acevedo (rúbrica), director general Adjunto de Estudios Interinstitucionales.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Licenciado Francisco Olvera Acevedo.— Enlace con el Congreso de la Dirección General Adjunta de Estudios Interinstitucionales.— Presente.

En atención de su oficio número 112.2.- 213/ 2014, me permito enviar a usted la información solicitada para atender el punto de acuerdo sobre el “exhorto a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a fortalecer por el Comité Nacional de Producción Orgánica la certificación de productos orgánicos a fin de impulsar y promover el comercio de estos productos y fomentar su mercado a escala nacional.

Al respecto, le informo que con objeto de fortalecer e impulsar el mercado orgánico nacional y el internacional, el 18 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

En el capítulo II, “Componente de certificación para la productividad agroalimentaria”, de dichas reglas de operación, se establecen los rubros y montos a que pueden acceder los productores orgánicos y los que están en proceso de conversión a la producción orgánica; también, los requisitos generales que deben cumplir todos los interesados en el apoyo.

Por otro lado, le informo que el 31 de marzo de 2014 se publicó en la página web de la secretaría la convocatoria donde se establecen los requisitos específicos para obtener a los incentivos del programa.

Anexo al presente la información publicada en el Diario Oficial de la Federación y la convocatoria publicada en la página web de la secretaría.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

México, DF, a 15 de abril de 2014.— Juan José Linares Martínez (rúbrica), director general de Normalización Agroalimentaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento.



60 AÑOS DEL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO DE LAS MUJERES AL VOTO EN MEXICO

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Escudo.— Honorable Congreso del Estado de Quintana Roo.

Diputados Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En sesión ordinaria celebrada con fecha 8 de abril del año en curso, la honorable XIV Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, tuvo a bien aprobar los siguientes Puntos de Acuerdo:

Primero. La honorable XIV Legislatura del estado de Quintana Roo, informa a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de las actividades realizadas por este Poder Legislativo con motivo de la conmemoración del sexagésimo aniversario del derecho al voto de las mujeres en México.

Segundo. Remítase el presente acuerdo a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para los efectos legales correspondientes.

Tercero. Se ordena el archivo del presente documento por tratarse de un asunto concluido.

Lo que comunicamos a ustedes para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad Chetumal, Quintana Roo, a 8 de abril de 2014.— Diputado Sergio Bolio Rosado (rúbrica), Presidente; diputada Maritza Aracelly Medina Díaz (rúbrica), Secretaria.»

«Escudo.— Honorable Congreso del Estado de Quintana Roo.

Honorable pleno legislativo:

Los suscritos, diputados integrantes de la Comisión de Equidad y Género de esta honorable XIV Legislatura del estado de Quintana Roo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 primer párrafo, 34, 35, 43 y 113 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como los numerales 3, 4, 20, 50 y 55 del Reglamento de Comisiones del Poder Legislativo, ambos ordenamientos del estado de Quintana Roo, nos permitimos someter a su consideración el presente documento conforme a los siguientes apartados.

Antecedentes

En sesión ordinaria del primer periodo del primer año de ejercicio constitucional de esta honorable XIV Legislatura del estado de fecha 7 de noviembre de 2013, se dio a conocer el acuerdo por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a los gobernadores de las 31 entidades federativas y al jefe de Gobierno del Distrito Federal, a los Congresos de las 31 entidades federativas, a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como a las autoridades municipales y de las 16 demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a realizar actividades para conmemorar el sexagésimo aniversario del derecho al voto de las mujeres en México; siendo turnado a la Comisión de Equidad y Género.

En ese tenor, esta comisión es competente para realizar el estudio, análisis y dictamen del asunto señalado.

Consideraciones

La obtención del reconocimiento de los derechos para la mujer en materia electoral el 17 de octubre de 1953, consecuencia de años de lucha por mujeres perseverantes quienes firmemente creyeron en sus ideales pugnando por sus derechos, dio como resultado una nueva etapa en la vida democrática de nuestro país y se reivindicó a la mujer al reconocerse sus derechos civiles y políticos.

En la actualidad, las mujeres cuentan con mayores oportunidades que se ven reflejadas en nuestra legislación, como la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el estado de Quintana Roo, la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del estado de Quintana Roo, la Ley del Instituto Quintanarroense de la Mujer así como otras reformas que coadyuvan a garantizar condiciones de igualdad respecto de los hombres.

Por lo que celebrar 60 años del sufragio femenino y ser partícipes de los cambios generados a partir de 1953, nos obliga a preservar en la memoria que la participación política femenina es necesaria para el reconocimiento pleno de los derechos de las personas.

En ese sentido, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, nos hace un atento llamado a realizar actividades para conmemorar el sexagésimo aniversario del derecho al voto de las mujeres en México, como un claro compromiso que nos lleva a reflexionar, tanto a hombres y mujeres, para dar continuidad a cada acción necesaria para la obtención de una total igualdad entre ambos sexos.

Al respecto, es menester informarle a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión que en Sesión Ordinaria número 10 del Primer Período del Primer Año de Ejercicio Constitucional de esta Legislatura celebrada en fecha 17 de octubre de 2013, la Diputada Maritza Aracelly Medina Díaz, presidenta de la Comisión de Equidad y Género, hizo uso de la tribuna a efecto de emitir un pronunciamiento con motivo del sexagésimo aniversario del derecho al voto de las mujeres en México, en el cual reafirmó el reconocimiento oficial del derecho de las mujeres a votar y ser votadas, como resultado de años de lucha que con empeño y convicción muchas mujeres realizaron. Y reiteró el compromiso para continuar trabajando en conjunto con los diputados integrantes de la Comisión de Equidad y Género así como los demás que forman parte de la XIV Legislatura, para coadyuvar en la implementación de mejores acciones legislativas tendentes a la obtención de una mayor igualdad entre hombres y mujeres.

Asimismo, en la sede del Poder Legislativo del Estado, el día 25 de octubre de 2013 se llevó a cabo el Conversatorio: “Presupuestos Y la Importancia de Legislar con Perspectiva de Género” siendo la ponente la Senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo.

Otro acto para conmemorar el sexagésimo aniversario del derecho al voto de las mujeres en México fue el foro de debate De cara a la reforma política, teniendo como panelistas a las diputadas federales Francisca Elena Corrales Corrales (PRI), Blanca Jiménez Castillo (PAN), Carmen Lucía Pérez Camarena (PAN), Martha Lucía Mícher Camarena (PRD), Ruth Zavaleta Salgado (PVEM), Martha Tagle Martínez (MC), Magdalena del Socorro Núñez Monreal (PT), y María San Juan Cerda Franco (NA), celebrado el día 28 de octubre en la sede del Poder Legislativo del estado.

Como puede observarse, el Poder Legislativo del estado de Quintana Roo coincidió en recordar a quienes alzaron la voz y abrieron camino para que las mujeres mexicanas sigamos avanzando en el reconocimiento de nuestros derechos. Por todo lo anteriormente expuesto, los integrantes de esta Comisión de Equidad y Género de la honorable XIV Legislatura del estado de Quintana Roo, nos permitimos emitir los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable XIV Legislatura del estado de Quintana Roo informa a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de las actividades realizadas por este Poder Legislativo con motivo de la conmemoración del sexagésimo aniversario del derecho al voto de las mujeres en México.

Segundo. Remítase el presente Acuerdo a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para los efectos legales correspondientes.

Tercero. Se ordena el archivo del presente documento por tratarse de un asunto concluido.

Sala de comisiones Constituyentes de 1974, del Poder Legislativo, en la ciudad de Chetumal, capital del estado de Quintana Roo, al primer día del mes de abril del año dos mil catorce.— La Comisión de Equidad y Género, diputados: Maritza Aracelly Medina Díaz (rúbrica), Jesús de los Ángeles Pool Moo (rúbrica), Marcia Alicia Fernández Piña (rúbrica), Arlet Mólgora Glover (rúbrica), Jorge Carlos Aguilar Osorio (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento.



ACCIONES DESTINADAS A LA PREVENCION, LA DETECCION TEMPRANA, EL TRATAMIENTO Y LA REHABILITACION INTEGRAL DEL CANCER DE MAMA

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández:  «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de la Comisión de Salud con los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. El Senado de la República manifiesta su reconocimiento a los esfuerzos realizados por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia por la capacitación de 40 fisioterapeutas para la atención de pacientes con cáncer de mama.

Segundo. El Senado de la República exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo y Legislativo, en sus órdenes federal, estatal y municipal, para que, en el ámbito de sus competencias, fortalezcan las acciones necesarias destinadas a la prevención, detección temprana, tratamiento y rehabilitación integral del cáncer de mama.

Tercero. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Salud a fin de reforzar acciones como la adquisición de mastógrafos, realización de las campañas de prevención ‘enfocadas a la realización de mastografías, y en el uso de la autoexploración como técnica de detección de lesiones palpables; así como la implementación de políticas públicas y campañas de difusión para la práctica de la lactancia materna y promoción de la lactancia prolongada entre las mujeres y sus hijos recién nacidos.

Cuarto. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Salud a coordinar políticas públicas con las Secretarías de Salud de las entidades federativas, con enfoque al combate de las diversas problemáticas a causa del cáncer de mama en la República Mexicana.

Atentamente

México, DF, a 23 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

El Presidente diputado José González Morfín: Remítase a la Comisión de Salud, para su atención.



LEY GENERAL DE EDUCACION

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Educación y de Estudios Legislativos, Primera, por el que no se aprueba el proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Educación, en materia de evaluación del desempeño docente.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

México, DF, a 23 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE - LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, Primera, por el que no se aprueba el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

México, DF, a 23 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Educación, de Atención a Grupos Vulnerables, y de Estudios Legislativos, por el que no se aprueba el proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 42 de la Ley General de Educación y 32 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

México, DF, a 23 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicio Educativos y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



SERVICIO DE ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Por medio del presente, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 145, penúltimo párrafo, de la Ley Aduanera vigente, le informo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de las aduanas, como las unidades competentes para dar destino a las mercancías de comercio exterior, durante el mes de marzo de 2014, únicamente destinaron mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y aquellas que no son transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.

Entre los bienes que fueron destinados por el SAT por conducto de las aduanas, se encuentran los siguientes:

• Alimentos y bebidas sin alcohol; artículos de limpieza y aseo; pinturas, barnices, solventes y lubricantes; productos agrícolas y agropecuarios; productos farmacéuticos y material de curación; productos químicos, entre otros.

El total de bienes destinados en el mes de marzo de 2014 fue de 93 mil 796 bienes; los cuales se encuentran contabilizados en unidades de medida, tales como: pieza, cabeza, kilogramo, par y litro, se anexa al presente el informe respectivo.

Atentamente

México, DF, a 24 de abril de 2014.— Maestro Juan Carlos Garduño Gamboa (rúbrica), administrador central de Destino de Bienes.»

El Presidente diputado José González Morfín: Remítase a la Comisión de Economía, para su conocimiento.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

Atentamente

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Artículo Único. Se adicionan las fracciones IV Bis y IV Ter al artículo 4o; las fracciones II Bis, II Ter y VII al artículo 78; y se reforma la fracción V del artículo 78, todos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:

Artículo 4o. Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. a IV. ...

IV Bis. Acuacultura industrial: Sistema de producción de organismos acuáticos a gran escala, con alto nivel de desarrollo empresarial y tecnológico, y gran inversión de capital de origen público o privado.

IV Ter. Acuacultura rural: Sistema de producción de organismos acuáticos a pequeña escala, realizada de forma familiar o en pequeños grupos rurales, llevada a cabo en cultivos extensivos o semi-intensivos, para el autoconsumo o venta parcial de los excedentes de la cosecha.

V. a LI. ...

Artículo 78. En materia de acuacultura, son objetivos de esta ley:

I. a II. ...

II Bis. Fortalecer el programa de acuacultura rural, que atienda la demanda alimentaria de las comunidades de escasos recursos, se mejore el ingreso de las mismas y se incentive el arraigo en la localidad;

II Ter. Fortalecer los programas de capacitación de acuacultura rural, para los productos de localidades rurales;

III. a IV. ...

V. Aprovechar de manera responsable, integral y sustentable recursos acuícolas, para asegurar su producción óptima y su disponibilidad;

VI. Fomentar y promover la calidad y la diversidad de los recursos acuícolas, y

VII. Fomentar la transferencia y uso de tecnología en los procesos de producción acuícola en poblaciones rurales y de escasos recursos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), Secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Pesca, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud.

Atentamente

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo, vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción II, del artículo 64 de la Ley General de Salud

Artículo Único. Se reforma la fracción II, del artículo 64 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 64. ...

I. ...

II. Acciones de orientación y vigilancia institucional, capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis. meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno infantil,’ además de impulsar, la instalación de lactarios en los centros de trabajo de los sectores público y privado;

II Bis a IV. ...

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un plazo que no excederá de ciento ochenta días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Salud establecerá la normatividad para la instalación y funcionamiento de los lactarios.

Asimismo las acciones que deban realizar las dependencias o entidades de la administración pública federal para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto, en términos de la normatividad que la Secretaría de Salud emita para tal efecto, deberán sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Salón de sesiones, México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), Secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene el proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud.

Atentamente

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud

Artículo Único. Se reforma la fracción I y se adiciona la fracción VIII, recorriéndose la actual para ser la fracción IX, todas del artículo 73 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 73. ...

I. El desarrollo de actividades educativas, socioculturales y recreativas con carácter nacional y permanente que contribuyan a la salud mental, preferentemente a grupos en situación de vulnerabilidad.

II. a VI. ...

VII. La participación de observadores externos para vigilar el pleno respeto de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales y del comportamiento que son atendidas en los establecimientos de la red del sistema nacional de salud;

VIII. La detección de los grupos poblacionales en riesgo de sufrir trastornos mentales y del comportamiento, preferentemente niñas, niños y adolescentes; y

IX. Las demás acciones que directa o indirectamente contribuyan a la prevención, atención y fomento de la salud mental de la población.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores. México, DF, a 22 de abril de 2014.—  Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), Secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.



LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL - LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜISTICOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 20, 24, 25, 40, 44, 49 y 55 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y los artículos 13 y 14 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

Atentamente

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 20, 24, 25, 40, 44, 49 Y 55 DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL Y LOS ARTÍCULOS 13 Y 14 DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS.

ARTÍCULO PRIMERO. Se reforman los artículos 20, fracción primera; 24, primer párrafo; 25; 40, tercer párrafo; 44, primer y segundo párrafo; 49 y 55, fracción tercera, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, para quedar como sigue:

Artículo 20. ...

I. Adoptar los procedimientos adecuados para recibir y responder las solicitudes de acceso y corrección de datos, en español y en su caso, en lengua indígena, así como capacitar a los servidores públicos y dar a conocer información sobre sus políticas en relación con la protección de tales datos, de conformidad con los lineamientos que al respecto establezca el Instituto o las instancias equivalentes previstas en el artículo 61;

II. a la VI. ...

Artículo 24.Sin perjuicio de lo que dispongan otras leyes, sólo los interesados o sus representantes podrán solicitar a una unidad de enlace o su equivalente, en español y en su caso, en lengua indígena, previa acreditación, que les proporcione los datos personales que obren en un sistema de datos personales. Aquella deberá entregarle, en un plazo de diez días hábiles contados desde la presentación de la solicitud, en formato comprensible para el solicitante, la información correspondiente, o bien, le comunicará por escrito que ese sistema de datos personales no contiene los referidos al solicitante.

Artículo 25. Las personas interesadas o sus representantes podrán solicitar, previa acreditación, ante la unidad de enlace o su equivalente, que modifiquen sus datos que obren en cualquier sistema de datos personales. Con tal propósito, el interesado deberá entregar una solicitud de modificaciones a la unidad de enlace o su equivalente, en español y en su caso, en lengua indígena, que señale el sistema de datos personales, indique las modificaciones por realizarse y aporte la documentación que motive su petición. Aquélla deberá entregar al solicitante, en un plazo de 30 días hábiles desde la presentación de la solicitud, una comunicación en español y en su caso, en lengua indígena, que haga constar las modificaciones o bien, le informe de manera fundada y motivada, las razones por las cuales no procedieron las modificaciones.

Artículo 40. ...

I. a la IV. ...

...

Las unidades de enlace auxiliarán a los particulares en la elaboración de las solicitudes de acceso a la información, en particular en los casos en que el solicitante no sepa leer ni escribir o hablen una lengua indígena. Cuando la información solicitada no sea competencia de la entidad o dependencia ante la cual se presente la solicitud de acceso, la unidad de enlace deberá orientar debidamente al particular sobre la entidad o dependencia competente.

...

...

Artículo 44. La respuesta a la solicitud deberá ser notificada al interesado en el menor tiempo posible, que no podrá ser mayor de veinte días hábiles, contados desde la presentación de aquélla. Cuando la solicitud se haya presentado en lengua indígena la notificación se realizará en la lengua indígena respectiva. Además, se precisará el costo y la modalidad en que será entregada la información, atendiendo en la mayor medida de lo posible a la solicitud del interesado. Excepcionalmente, este plazo podrá ampliarse hasta por un periodo igual cuando existan razones que lo motiven, siempre y cuando éstas se le notifiquen al solicitante.

La información deberá entregarse dentro de los diez días hábiles siguientes al que la unidad de enlace le haya notificado la disponibilidad de aquélla. Tratándose de información cuya solicitud se haya presentado en lengua indígena, la respuesta deberá de entregarse de la misma forma cuando ésta así lo permita y dentro de los veinte días en que la unidad de enlace le haya realizado la notificación, siempre que el solicitante compruebe haber cubierto el pago de los derechos correspondientes.

...

Artículo 49. El solicitante a quien se le haya notificado, mediante resolución de un Comité: la negativa de acceso a la información, o la inexistencia de los documentos solicitados, podrá interponer, en español y, en su caso, en lengua indígena, por sí mismo o a través de su representante, el recurso de revisión ante el Instituto o ante la unidad de enlace que haya conocido el asunto, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación. La unidad de enlace deberá remitir el asunto al Instituto al día siguiente de haberlo recibido.

Artículo 55. ...

I. y II. ...

III. Durante el procedimiento deberá aplicarse la suplencia de la queja a favor del recurrente y asegurarse de que las partes puedan presentar, de manera oral o escrita, los argumentos que funden y motiven sus pretensiones, así como formular sus alegatos. Tratándose de indígenas, el Instituto vigilará que éstos sean asistidos por un traductor o intérprete certificado que tenga conocimiento de su lengua y cultura;

IV. a la VI. ...

...

...

ARTÍCULO SEGUNDO. Se adiciona una fracción XIII al artículo 13 y un inciso j) al artículo 14, recorriéndose en su orden las y los subsecuentes, ambos de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 13. ...

I. a la XII. ...

XIII. Desarrollar estrategias y acciones que permitan a la población indígena acceder a la información pública gubernamental con respeto y observancia a la lengua indígena de la que sean hablantes;

XIV. Establecer políticas, acciones y vías para proteger y preservar el uso de las lenguas y culturas nacionales de los migrantes indígenas en el territorio nacional y en el extranjero;

XV. Propiciar y fomentar que los hablantes de las lenguas indígenas nacionales participen en las políticas que promuevan los estudios que se realicen en los diversos órdenes de gobierno, espacios académicos y de investigación, y

XVI. Instrumentar las medidas necesarias para que en los municipios indígenas del país, las señales informativas de nomenclatura oficial así como sus topónimos, sean inscritos en español y en las lenguas originarias de uso en el territorio.

ARTÍCULO 14. ...

a) a i). ...

j) Coadyuvar cuando le sea requerido para atender y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información pública y de protección de datos personales que sean presentadas en lenguas indígenas.

k) Informar sobre la aplicación de lo que dispone la Constitución, los tratados internacionales ratificados por México y esta Ley, en materia de lenguas indígenas, y expedir a los tres órdenes de gobierno las recomendaciones y medidas pertinentes para garantizar su preservación y desarrollo.

l) Promover y apoyar la creación y funcionamiento de institutos en los estados y municipios, conforme a las leyes aplicables de las entidades federativas, según la presencia de las lenguas indígenas nacionales en los territorios respectivos.

m) Celebrar convenios, con apego a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con personas físicas o morales y con organismos públicos o privados, nacionales, internacionales o extranjeros, con apego a las actividades propias del Instituto y a la normatividad aplicable.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones, México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), Secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos de lo dispuesto en la fracción e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de bebidas alcohólicas.

Atentamente

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, EN MATERIA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

ARTICULO UNICO. Se REFORMAN los artículos 30, fracción XIX; 184 Bis, primer párrafo; 185, primer párrafo y fracción II; 186, primer párrafo y la denominación del Capítulo II del Título Décimo Primero; se ADICIONAN las fracciones IV y V al artículo 185; los artículos 185 Bis, 185 Bis 1, 185 Bis 2 y 186 Bis; un Capítulo II Bis al Título Décimo Primero, que se denominará “Protección de la salud de terceros y de la sociedad frente al uso nocivo del alcohol”, con los artículos 187 Bis y 187 Bis 1 a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 3o. ...

I. a XVIII. ...

XIX. El programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo, así como la protección de la salud de terceros y de la sociedad frente al uso nocivo del alcohol;

XX. a XXVIII. ...

Artículo 184 Bis. Se crea el Consejo Nacional Contra las Adicciones, que tendrá por objeto promover y apoyar las acciones de los sectores público, social y privado tendientes a la prevención y combate de los problemas de salud pública causados por las adicciones que regula la presente Ley, así como proponer y evaluar los programas a que se refieren los Artículos 185 y 191 de esta Ley, así como el Programa contra el Tabaquismo previsto en la Ley General para Control del Tabaco. Dicho Consejo estará integrado por el Secretario de Salud, quien lo presidirá, por los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuyas atribuciones tengan relación con el objeto del Consejo y por representantes de organizaciones sociales y privadas relacionadas con la salud. El Secretario de Salud podrá invitar, cuando lo estime conveniente, a los titulares de los gobiernos de las entidades federativas a asistir a las sesiones del Consejo.

...

CAPÍTULO II

Programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo

Artículo 185. La Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y el Consejo de Salubridad General, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán para la ejecución del programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo que comprenderá, entre otras, las siguientes acciones:

I. ...

II. La educación sobre los efectos del alcohol en la salud y en las relaciones sociales, dirigida especialmente a menores de edad y grupos vulnerables, a través de métodos individuales, sociales o de comunicación masiva;

III. El fomento de actividades cívicas, deportivas y culturales que coadyuven en la lucha contra el alcoholismo, especialmente en zonas rurales y en los grupos de población considerados de alto riesgo;

IV. La promoción de los servicios de prevención, detección temprana, orientación, atención, derivación y tratamiento a personas y grupos con uso nocivo del alcohol, y

V. El fomento de la protección de la salud considerando la educación, promoción de actitudes, factores de protección, habilidades y conductas que favorezcan estilos de vida activa y saludable en los individuos, la familia, la escuela, el trabajo y la comunidad.

Artículo 185 Bis. Para efectos de esta Ley, se entenderá por uso nocivo del alcohol:

I. El consumo de bebidas alcohólicas en cualquier cantidad por menores de edad;

II. El consumo en exceso de bebidas alcohólicas por mujeres embarazadas;

III. El consumo en cualquier cantidad de alcohol en personas que van a manejar vehículos de transporte público de pasajeros, así como automotores, maquinaria o que se van a desempeñar en tareas que requieren habilidades y destrezas, especialmente las asociadas con el cuidado de la salud o la integridad de terceros;

IV. El consumo de alcohol en exceso, definido por la Secretaría de Salud en el programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo;

V. El consumo en personas con alguna enfermedad crónica como hipertensión, diabetes, enfermedades hepáticas, cáncer y otras, siempre y cuando haya sido indicado por prescripción médica, y

VI. Aquel que sea determinado por la Secretaría de Salud.

Artículo 185 Bis 1. Las acciones que se desarrollen en la ejecución del programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo tendrán las siguientes finalidades:

I. Proteger la salud y el bienestar de la población frente al uso nocivo del alcohol y prevenir los riesgos a la salud que éste genera;

II. Promover medidas para evitar el consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad o por personas incapaces, en términos del Código Civil Federal;

III. Promover la detección temprana, la atención oportuna y el tratamiento efectivo en los casos de uso nocivo del alcohol y de su dependencia;

IV. Fomentar las acciones de promoción y de educación para conservar y proteger la salud, así como la difusión de la información sobre daños, riesgos y costos atribuibles al uso nocivo del alcohol, con base en evidencia científica;

V. Fomentar el establecimiento de medidas para prevenir el uso nocivo del alcohol en grupos vulnerables, y

VI. Establecer los lineamientos generales para el diseño y evaluación de programas y políticas públicas contra el uso nocivo del alcohol, basadas en evidencia yen experiencia aplicada.

Artículo 185 Bis 2. Para la ejecución del Programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo, la Secretaría de Salud promoverá que en los establecimientos públicos, privados y sociales del Sistema Nacional de Salud, en los que se presten servicios de prevención y atención contra el uso nocivo del alcohol, se realicen las siguientes acciones:

I. La promoción de la salud y de estilos de vida activa y saludable, para prevenir y combatir el uso nocivo del alcohol;

II. La prevención, detección temprana, diagnóstico oportuno, derivación, tratamiento efectivo y rehabilitación del individuo, a causa del uso nocivo del alcohol y de los padecimientos originados por él, evitando toda forma de estigmatización y discriminación;

III. El fomento de la creación de redes de apoyo de la sociedad civil, para miembros de la familia y otros miembros de la comunidad que pudieran resultar afectados directa o indirectamente por dicho uso nocivo;

IV. La educación que promueva el conocimiento sobre los efectos del uso nocivo del alcohol en la salud y en las relaciones sociales, dirigida a la población en general, especialmente a la familia, niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres embarazadas, comunidades indígenas y otros grupos vulnerables;

V. El establecimiento de un sistema de monitoreo interno y un programa de seguimiento y evaluación de metas y logros internos del Programa para la prevención y reducción del uso nocivo del alcohol que incluya al menos el uso nocivo del alcohol, las conductas relacionadas al uso nocivo del alcohol y su impacto en la salud, y

VI. El fomento a la aplicación de intervenciones breves; de servicios de cesación y otras opciones terapéuticas que ayuden a dejar de beber alcohol en forma nociva, combinadas con consejería, grupos de ayuda mutua y apoyo terapéutico a familiares.

Artículo 186. La Secretaría de Salud fomentará las actividades de investigación que permitan obtener la información que oriente las acciones contra el alcoholismo y el uso nocivo del alcohol, en los siguientes aspectos:

I. a IV. ...

Artículo 186 Bis. Para poner en práctica las acciones del Programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

I. El uso de la evidencia científica acumulada a nivel internacional y nacional y la generación del conocimiento sobre las causas y las consecuencias del uso nocivo del alcohol, intervenciones efectivas y evaluación de programas o estrategias;

II. La vulnerabilidad de los diferentes grupos de población, por género, edad y etnicidad, y

III. La vigilancia e intercambio de información y cumplimiento de normas y acuerdos entre los sectores y niveles de gobierno involucrados.

CAPÍTULO II BIS

Protección de la salud de terceros y de la sociedad frente al uso nocivo del alcohol

Artículo 187 Bis.- Son facultades de la Secretaría de Salud en el marco de la protección de la salud de terceros y de la sociedad frente al uso nocivo del alcohol:

I. Establecer los límites de alcohol en sangre y en aire expirado para conducir vehículos automotores, los cuales deberán ser tomados en cuenta por las autoridades federales y por las de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia. Tratándose de vehículos que presten un servicio público, personas que hagan uso de mecanismos, instrumentos, aparatos o substancias peligrosas por sí mismos, por la velocidad que desarrollen, por su naturaleza explosiva o inflamable, por la energía de la corriente eléctrica que conduzcan o por otras causas análogas, así como los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud que participen en la atención médico-quirúrgica de un usuario, los límites de alcohol en sangre y aire expirado serán cero;

II. Promover la participación de la sociedad civil en la ejecución del programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo, con base en las disposiciones que para tales efectos establezca la Secretaría de Salud;

III. Proponer al Ejecutivo Federal las políticas públicas y fiscales para la prevención y disminución del uso nocivo del alcohol, y

IV. Promover ante las autoridades competentes federales y de las entidades federativas, la implementación de medidas y acciones que favorezcan la disminución del uso nocivo del alcohol y de los efectos de éste en terceros, tales como:

a) Limitar los horarios para consumo del alcohol, y

b) Otras que sirvan o prevengan los fines a que se refiere este artículo.

Artículo 187 Bis 1. Para el tratamiento de enfermedades derivadas del alcoholismo, las dependencias y entidades de la administración pública en materia de salubridad general, tanto federales como locales, fomentaran la creación de centros especializados en tratamiento, atención y rehabilitación, con base en sistemas modernos de tratamiento y rehabilitación, fundamentados en el respeto a la integridad y a la libre decisión de la persona que padece alguna enfermedad derivada del alcoholismo.

Los centros especializados en tratamiento, atención y rehabilitación deberán:

I. Crear un padrón de instituciones y organismos públicos y privados que realicen actividades de prevención, tratamiento, atención y reinserción social en materia de alcoholismo, que contenga las características de atención, condiciones y requisitos para acceder a los servicios que ofrecen, y

II. Celebrar convenios de colaboración con instituciones nacionales e internacionales de los sectores social y privado, y con personas físicas que se dediquen a la prevención, tratamiento, atención y reinserción social en materia de alcoholismo, con el fin de que quienes requieran de asistencia, puedan, conforme a sus necesidades, características, posibilidades económicas, acceder a los servicios que todas estas instituciones o personas físicas ofrecen.

La ubicación de los centros, se basara en estudios epidemiológicos de las enfermedades derivadas del alcoholismo en cada región del país.

TRANSITORIOS

PRIMERO.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Para efectos de lo dispuesto en la fracción II del artículo 187 Bis, la Secretaría de Salud contará con un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para emitir las disposiciones que resulten aplicables.

TERCERO.Los gobiernos federal, de las entidades federativas y de los municipios, desarrollarán de manera coordinada, las políticas públicas previstas en el presente decreto a partir de los recursos presupuestarios disponibles, para lograr de manera progresiva, el cumplimiento del mismo.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.



LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos de lo dispuesto en la fracción e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Atentamente

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Artículo Único.Se adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor, para quedar como sigue:

Artículo 148....

I. a V. ...

VI. Reproducción para constancia en un procedimiento judicial o administrativo;

VII. Reproducción, comunicación y distribución por medio de dibujos, pinturas, fotografías y procedimientos audiovisuales de las obras que sean visibles desde lugares públicos; y

VIII. Publicación de obra artística y literaria sin fines de lucro para personas con discapacidad. .

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos de lo dispuesto en la fracción e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VII al artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Atentamente

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se adiciona la fracción VII al artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Artículo Único. Se adiciona la fracción VII, recorriéndose las actuales fracciones VII a XX para quedar como fracciones VIII a XXI del artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 15....

I. a V1. ...

VII. Con el fin de proteger el Ambiente, el Estado Mexicano deberá aplicar el enfoque de precaución conforme a sus capacidades y bajo criterios económicamente razonables, técnicamente factibles y ambientalmente adecuados o pertinentes, tomando en cuenta los compromisos establecidos en los tratados y acuerdos internacionales en los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte;

VII1. El aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe realizarse de manera que se asegure el mantenimiento de su diversidad y renovabilidad;

IX. Los recursos naturales no renovables deben utilizarse de modo que se evite el peligro de su agotamiento y la generación de efectos ecológicos adversos;

X. La coordinación entre las dependencias y entidades de la administración pública y entre los distintos niveles de gobierno y la concertación con la sociedad, son indispensables para la eficacia de las acciones ecológicas;

XI. El sujeto principal de la concertación ecológica son no solamente los individuos, sino también los grupos y organizaciones sociales. El propósito de la concertación de acciones ecológicas es reorientar la relación entre la sociedad y la naturaleza;

XII. En el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieren al Estado, para regular, promover, restringir, prohibir, orientar y, en general, inducir las acciones de los particulares en los campos económico y social, se considerarán los criterios de preservación y restauración del equilibrio ecológico;

XIII. Toda persona tiene derecho a disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar. Las autoridades en los términos de esta y otras leyes, tomarán las medidas para garantizar ese derecho;

XIV. Garantizar el derecho de las comunidades, incluyendo a los pueblos indígenas, a la protección, preservación, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la salvaguarda y uso de la biodiversidad, de acuerdo a lo que determine la presente Ley y otros ordenamientos aplicables;

XV. La erradicación de la pobreza es necesaria para el desarrollo sustentable;

XVI. Las mujeres cumplen una importante función en la protección, preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y en el desarrollo. Su completa participación es esencial para lograr el desarrollo sustentable;

XVII. El control y la prevención de la contaminación ambiental, el adecuado aprovechamiento de los elementos naturales y el mejoramiento del entorno natural en los asentamientos humanos, son elementos fundamentales para levar la calidad de vida de la población;

XVIII. Es interés de la nación que las actividades que se lleven a cabo dentro del territorio nacional y en aquellas zonas donde ejerce su soberanía y jurisdicción, no afecten el equilibrio ecológico de otros países o de zonas de jurisdicción internacional;

XIX. Las autoridades competentes en igualdad de circunstancias ante las demás naciones, promoverán la preservación y restauración del equilibrio de los ecosistemas regionales y globales;

XX. A través de la cuantificación del costo de la contaminación del ambiente y del agotamiento de los recursos naturales provocados por las actividades económicas en un año determinado, se calculará el Producto Interno Neto Ecológico. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía integrará el Producto Interno Neto Ecológico al Sistema de Cuentas Nacionales, y

XXI. La educación es un medio para valorar la vida a través de la prevención del deterioro ambiental, preservación, restauración y el aprovechamiento sostenible de los ecosistemas y con ello evitar los desequilibrios ecológicos y daños ambientales.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos de lo dispuesto en la fracción e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene el proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de inspección y vigilancia.

Atentamente

México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Que reforma y adiciona la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de inspección y vigilancia

Artículo Único. Se reforman los artículos 127, párrafos primero y segundo, 128 y 130, párrafo segundo; y se adiciona un tercer párrafo al artículo 127, recorriendo el actual párrafo tercero a cuarto, y un segundo párrafo al artículo 130, recorriendo el actual párrafo segundo a tercero, todos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:

Artículo 127. En toda visita de inspección se levantará acta, en la que se harán constar en forma circunstanciada los hechos que se hubiesen presentado durante la diligencia, cumpliendo las formalidades previstas para tal efecto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Concluido el levantamiento del acta, el inspector o verificador proporcionará al visitado o a la persona con quien se entienda la diligencia la información respecto a la autoridad que emitió la orden de visita de inspección o verificación; asimismo, hará de su conocimiento el plazo o término con que cuenta para manifestar lo que a su derecho convenga ante dicha autoridad, y los demás datos sobre las consecuencias jurídicas de la visita de inspección o verificación.

Los hechos, omisiones o irregularidades administrativas detectadas en las visitas de inspección que estén debidamente asentados en el acta respectiva se tendrán por ciertos, salvo prueba en contrario.

A continuación se procederá a firmar el acta por la persona con quien se entendió la diligencia, por los testigos y por el personal autorizado, quien entregará copia del acta al interesado. Si la persona con quien se entendió la diligencia o los testigos se negaren a firmar el acta, o el interesado se negare a aceptar copia de la misma, dichas circunstancias se asentarán en ella, sin que esto afecte su validez y valor probatorio.

Artículo 128. La persona con quien se entienda la diligencia estará obligada a permitir al personal autorizado el acceso al lugar o lugares sujetos a inspección en los términos previstos en la orden escrita a que se hace referencia en el artículo 126, así como a proporcionar toda clase de información que conduzca a la verificación del cumplimiento de esta ley y demás disposiciones que de ella deriven. La información deberá mantenerse por la autoridad en absoluta reserva, si así lo solicita el interesado, salvo en caso de requerimiento judicial.

Artículo 130. ...

Si el visitado, en el plazo que señala el primer párrafo de este artículo, ofrece pruebas, la autoridad, en el término de tres días hábiles, acordará su admisión y en el mismo proveído fijará fecha para la audiencia de desahogo de pruebas, la que deberá celebrarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se notifique, y de la cual se levantará acta, que será suscrita por los que hayan intervenido.

Admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por el interesado, o habiendo transcurrido el plazo a que se refiere el primer párrafo de este artículo sin que haya hecho uso de ese derecho, se pondrán a su disposición las actuaciones para que en un plazo tres días hábiles presente por escrito sus alegatos.

Una vez recibidos los alegatos o transcurrido el término para presentarlos, la secretaría procederá, dentro de los veinte días siguientes, a dictar por escrito la resolución respectiva, misma que se notificará al interesado, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo.

En los casos en que proceda, la secretaría hará del conocimiento del Ministerio Público Federal la realización de actos u omisiones constatados en el ejercicio de sus facultades que pudieran configurar uno o más delitos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores. México, DF, a 22 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Pesca, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Martín Orozco Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, se turna a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 24 de abril de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Martín Orozco Sandoval, senador de la República para la LXII Legislatura del Congreso de la Unión e Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 8, numeral 1, fracción I, 164, numeral 1, 169 y 172 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Uno de los cambios que trajo la reforma fiscal 2014 y que desafortunadamente afecta a las empresas generadoras de mano de obra, es la limitante prevista en el artículo 28 fracción XXX de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que sólo permite la deducción parcial de determinadas prestaciones laborales. Dicho fundamento expresamente señala lo siguiente:

Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:

XXX. Los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos. El factor a que se refiere este párrafo será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

La nueva limitante a la deducibilidad de las prestaciones laborales está afectando aquellos pagos que el patrón realiza en beneficio de sus empleados, que a la vez son ingresos exentos para éstos, prestaciones que se encuentran enlistadas en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, entre las cuales señalamos entre otras las siguientes:

1. Las prestaciones distintas del salario únicamente para los casos en que el trabajador perciba un salario mínimo general (SMG) para una o varias áreas geográfica, cuando no excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral;

2. Las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de prestación de servicios que se realice en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución:

a. Hasta el límite establecido en la legislación laboral, para los trabajadores que perciben únicamente un SMG.

b. Tratándose de los demás trabajadores, el 50% de dichas remuneraciones, que no exceda el límite previsto en la legislación laboral y sin que esta exención exceda de 5 SMG del área geográfica del trabajador por cada semana de servicios;

3. Las indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades, que se concedan de acuerdo con las leyes;

4. Los subsidios por incapacidad, becas educacionales, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas y otras prestaciones de previsión social de naturaleza análoga;

5. Los ingresos obtenidos por fondos de ahorro;

6. Las primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación;

7. Las gratificaciones anuales (Aguinaldo y otros), hasta el equivalente de 30 SMG del área geográfica del trabajador, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general;

8. Las primas vacacionales, hasta por el equivalente a 15 SMG del área geográfica del trabajador;

9. La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 SMG del área geográfica del trabajador;

10. Las primas dominicales hasta por el equivalente a 1 SMG del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore.

Es importante comentar que en este mes de abril el Juzgado Primero de Distrito en materia Administrativa en el Distrito Federal, otorgó un amparo a una empresa en contra del artículo 28, fracción XXX, de la Ley del Impuesto sobre la Renta 2014.

El juzgado concedió el amparo al considerar que la fracción citada es inconstitucional, debido a que violan el principio de proporcionalidad tributaria, contenido en el artículo 31, fracción IV, de la carta magna.

La referida fracción XXX, limita la deducción de erogaciones por remuneraciones otorgadas a los trabajadores que están total o parcialmente exentos del Impuesto sobre la Renta, acotando la deducción de hasta el 47% o en su caso el 53% según sea el caso.

Esta sentencia precisa que la limitante es desproporcional, pues se trata de una restricción a la deducción de un gasto necesario e indispensable, que impide que se les reconozca el carácter de erogaciones que intervienen en detrimento de la riqueza objeto del ingreso obtenido por el contribuyente. Por tanto, son susceptibles de disminuir la base gravable, lo que contraviene lo establecido por el artículo 31 fracción IV constitucional.

La desproporcionalidad consiste en la creación de una limitación al derecho del contribuyente de deducir aquellos gastos necesarios e indispensables para la generación de sus ingresos, como algunas prestaciones relacionadas con la mano de obra, por lo que afecta gravemente la base del impuesto a pagar.

Lo anterior se traduce en una tributación que no se basa en la verdadera capacidad contributiva del patrón afectado, sino en una capacidad contributiva alterada por la nueva limitante establecida en la ley, la cual vulnera la esfera legal de los derechos fundamentales de los contribuyentes y amerita una defensa adecuada a través del juicio de amparo.

Adicionalmente, la resolución considera que esta limitante está encaminada a desincentivar el otorgamiento de ese tipo de prestaciones a favor de los trabajadores, afectándolos en la mejora de su calidad de vida y en la de su familia, sin que se aprecie una causa que justifique una limitante en la deducción del concepto para el empleador.

Por lo anterior, la empresa demandante podrá hacer deducibles del impuesto sobre la renta la totalidad de los gastos de previsión social o de aquellos que la empresa realice a nombre de sus trabajadores.

Sabemos que esta resolución aún puede ser impugnada por el gobierno federal mexicano a través de la revisión del amparo, sin embargo, en primera instancia nos viene a confirmar cuáles fueron las grandes inconsistencias de la reforma fiscal.

Además del aspecto de inconstitucionalidad de la reforma, el hecho de que sólo se permita la deducción del 47% o el 53%, según sea el caso, tendrá diversos efectos negativos, tanto a los patrones como a los trabajadores, entre los principales son:

1. Mayor pago de impuesto sobre la renta anual y mensual para las empresas. Al no poder deducir una gran parte de pagos a trabajadores, generará un pago mayor de ISR, pero además las empresas verán afectado su flujo de efectivo mensual, ya que la Ley del Impuesto sobre la Renta obliga a la realización de pagos mensuales de ISR, mismos que se determinan con base en un coeficiente de utilidad y como ese coeficiente es mayor por no permitir la deducción de diversos conceptos, se verá afectada la operación normal de las empresas al verse mermado su capital de trabajo.

No debemos de perder de vista que en México la carga tributaria es considerable, ya que se paga el 30% de ISR sobre una utilidad fiscal, el 10% de la Participación de los Trabajadores en las utilidades de la empresa, la llamada PTU, y ahora con la reforma propuesta en caso de decretar dividendos se deberá de pagar un 10% más de ISR, lo que conlleva a que las empresas lleguen a pagar hasta el 50% de cargas tributarias, además en caso de que no puedan deducir una parte de pagos de sueldos y prestaciones, provocará que la tasa efectiva tributaria se pueda incrementar en más del 55%.

2. Se obtendrá una menor cuenta de utilidad fiscal neta la llamada (Cufin) para las empresas. ¿Qué es la Cufin? Es la cuenta que determina el monto de utilidades fiscales que ya pagaron ISR y por ende es el monto por el cual los accionistas pueden distribuir un dividendos a sus socios sin el pago adicional de impuestos, sin embargo, al tener conceptos que no se pueden deducir por la mecánica establecida para determinar la Cufin, se verá afectado el monto del decreto de dividendos.

3. Eliminación de prestaciones adicionales a los trabajadores. Lo más sencillo para el patrón al ver limitadas sus deducciones es no pagar prestaciones sociales y demás conceptos y por consecuencia los trabajadores verán mermado directamente su sueldo. Hoy en México existen empresas en las que más del 30% de los sueldos de los trabajadores son prestaciones sociales, imaginemos lo escandaloso que puede ser la disminución de los ingresos para los trabajadores.

4. Mayor pago de impuesto sobre la renta por parte de los trabajadores. Si el patrón decide quitar las prestaciones sociales y los demás conceptos por los cuales el trabajador no paga impuestos y sustituirlos por el concepto de sueldo, traería como consecuencia que directamente el trabajador pagará un mayor ISR, ya que todos sus ingresos serán gravados, lo que antes no lo era y por consecuencia recibirá menos monto de sueldo. ¿Quién va a resarcir a los trabajadores por la disminución del monto de sus sueldos y salarios?

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:

I. a XXIX...

XXX. Derogado

XXXI. ...

...

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, DF, a 21 de abril de 2014.— Senadores: Martín Orozco Sandoval, Francisco Salvador López Brito (rúbricas).»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD, EN MATERIA DE SEGURO POPULAR

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de seguro popular.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente

Dictamen

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la minuta en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la minuta.

En el apartado “Contenido de la minuta”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición en la que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. Con fecha 8 de septiembre de 2013, el Ejecutivo Federal presentó Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Títulos Tercero Bis y Décimo Octavo de la Ley General de Salud.

2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha Iniciativa fuera turnada a la Comisión de Salud, para su análisis y dictamen correspondiente

3. Con fecha 22 de octubre de 2013, el Dictamen fue presentado a discusión al pleno de la Cámara de Diputados, el cual fue aprobado por 390 votos en pro, 20 en contra y 25 abstenciones. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 23 de Octubre de 2013.

5. Con la misma fecha, la mesa directiva, turnó a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos, la minuta de mérito para realizar su estudio y dictamen correspondiente.

6. Con fecha 08 de abril de 2014 se sometió ante el Pleno de la Cámara de Senadores, el dictamen de la Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos, el Proyecto de decreto aprobado por 103 votos en pro y 2 abstenciones. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. En sesión celebrada 10 de abril de 2014 de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión dio cuenta con el oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve de conformidad con lo que establece la fracción D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual dicto trámite para que se turnara a la Comisión de Salud, para análisis y dictamen.

III. Contenido de la minuta

Establecer que se entenderá por “Regímenes Estatales de Protección Social”, indicando la manera en que garantizarán la protección social en salud. Indicar la forma en que las entidades federativas aplicarán los recursos transferidos por la federación. Establecer que los gobiernos recabarán, custodiarán y conservarán por conducto del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, la documentación justificante de las erogaciones de recursos que les sean transferidos. Indicar lo mínimo que debe estipularse en los acuerdos de coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud. Indicar cuáles serán las bases a las que se sujetarán los Regímenes Estatales de Protección Social. Establecer la forma en que se deberán realizar las transferencias de recursos del gobierno federal a los gobiernos de las entidades federativas por concepto de cuota social y de aportación solidaria, indicando la sanción en caso de no haberlos destinado a esos fines, para lo cual habrá la debida supervisión. Obligar a las entidades federativas a llevar contabilidad e información financiera de dichos recursos conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental. La Secretaría establecerá precios de referencia a los que se deberán sujetar las entidades federativas que reciban los recursos en numerario para la adquisición de medicamentos. Eliminar al Consejo Nacional de Protección Social en Salud. Sancionar con prisión de cuatro a siete años y con multa de mil a quinientos mil días de salario mínimo general vigente, a la persona que desvíe los recursos del objeto para el cual fueron entregados.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su  párrafo tercero del artículo 4o.:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda.  Con fecha 22 de octubre de 2013, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó entre otras modificaciones la que tiene que ver con los siguientes artículos:

77 Bis 2 que incorpora a la Secretaría de Salud como parte de la definición del Sistema de Protección Social en Salud (SPSS); además, incorpora una definición de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud (REPSS) y separa las funciones de los REPSS a los de la prestación de servicio.

Estas modificaciones permiten que la Secretaria de Salud se consolide como instancia rectora y articuladora del SPSS; también hacen más clara la definición de los REPSS, ya que anteriormente se confundía con la definición de SPSS y por último desvincula la función de administración de los recursos, de la prestación de los servicios de salud a los usuarios, evitando con esto, la confusión del papel que debe desempeñar cada instancia;

77 Bis 5, inciso A) fracción I que elimina la referencia al artículo 77 Bis 33 por medio del cual se constituye el Consejo de Protección Social en Salud (CPSS), ya que este último se deroga, al igual que el 77 Bis 34 que norma la constitución de CPSS.

Esta modificación elimina la figura del CPSS con la finalidad deno duplicar instancias de coordinación con los servicios estatales de salud, toda vez que al día de hoy existe el Consejo Nacional de Salud, como el mecanismo de coordinación de acciones con las entidades federativas en materia de salud, que sesiona con regularidad en el año, siendo el foro idóneo para tratar los asuntos vinculados al Sistema de Protección Social en Salud.

77 Bis 5, inciso A) fracción IV, que homologa el término de entidad federativa y especifica el destino de los recursos a que hacen referencia el artículo 77 Bis 15 y las demás disposiciones aplicables del Capítulo III del Título al que pertenece la Protección Social en Salud.

La homologación del término entidad federativa y la eliminación de “estado y Distrito Federal”, al igual que en los artículos 77 Bis 5, inciso A) fracción VIII, IX, XII, XVI, 77 Bis 5, inciso B), 77 Bis 6, 77 Bis 9, 77 Bis 11, 77 Bis 12, 77 Bis 13, 77 Bis 14, 77 Bis 15, 77 Bis 16, 77 Bis 18, 77 Bis 20, 77 Bis 31y 77 Bis 32 fracciones I, II, III.

Por otra parte, el puntualizar cuál es el destino específico de los recursos evitará que estos sean destinados a otros fines, como ha ocurrido en algunos estados, y sentará las bases para la aplicación de las penas y sanciones, que se proponen aplicar, del artículo 469 Bis de esta misma ley incrementando la pena de 4 a 7 años, para evitar en medida de lo posible el desvío del objeto para el cual fueron transferidos o entregados los recursos.

77 Bis 5, inciso A) fracción XV, que incorpora el término establecimientos de salud, para sustituir a centros públicos que se pueden acreditar para ser inscritos al SPSS.

Así se dará certeza jurídica a los convenios que se suscriban con hospitales diferentes a los del sector salud, y se delinean las bases de la portabilidad en los servicios de salud.

77 Bis 5, inciso A) fracción XVII, Incorpora a los órganos de fiscalización federal y local a la redacción del texto.

Esto hace más claro quiénes son los encargados de la fiscalización de los recursos transferidos, lo que fortalece la Ley al permitir que los involucrados lo entiendan más fácilmente y evita las interpretaciones particulares.

77 Bis 5, inciso B) fracción III, precisa la forma y los tiempos en que los recursos, una vez radicados en la entidad federativa, deben ser transferidos a los REPSS, además los REPSS deberán informar a la secretaría de Salud sobre los montos recibidos por parte de las entidades.

Unas de las más recurrentes observaciones en las revisiones de la Auditoría Superior de la Federación a los recursos del seguro popular, son que los recursos son Transferidos a cuentas bancarias de otros fondos o programas y que estos no son transferidos con oportunidad a los REPSS.

77 Bis 6, estipula los requisitos mínimos que deben contener los acuerdos de coordinación, incorporando el perfil que debe cubrir el titular del REPSS.

Lo anterior evitará que los encargados de los REPSS sean designados por compadrazgos, filias partidistas o el pago de favores, esta medida apoyará la profesionalización de la función.

77 Bis 9, enumera las bases a las que se ajustarán los REPSS.

Esto facilitará la estructuración funcional de los REPSS y evitará confusiones y duplicidad de funciones en lo relativo a quién se encargará de lo administrativo y quién de la prestación de los servicios de salud.

77 Bis 15, hace mención de que los recursos también pueden ser transferidos en especie y que la tesorería podrá hacer pagos a terceros por cuenta y orden de los REPSS, además abunda en que la Secretaría podrá saldar adeudos de un REPSS por los servicios prestados por algún establecimiento de salud del sector público de carácter federal.

77 Bis 22, 77 Bis 23 y 77 Bis 24, eliminan el destino específico de las cuotas hacia la adquisición de medicamentos, equipo y otros insumos de la salud, estipulan que los lineamientos para erogación serán definidas en disposiciones reglamentarias.

77 Bis 30, incluye, además de a los centros regionales, a los demás prestadores públicos de salud de alta especialidad, como aptos para recibir recursos del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos para el fortalecimiento de su infraestructura.

Esta reforma incluye a los prestadores públicos de salud de alta especialidad como aptos para recibir recursos del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos para el fortalecimiento de su infraestructura, esto ayudará a mejorar la calidad y ampliar la oferta de  los servicios de alta especialidad que ofrece el SPSS.

77 Bis 31 y 77 Bis 32,  da consistencia entre la Ley General de Salud y lo previsto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, respecto a la información que se debe rendir en materia de recursos humanos.

Artículo 469 Bis.- Se establece como un delito específico en materia el desvío del objeto para el cual fueron transferidos o entregados los recursos en numerario o en especie, según el caso, si por razón de las funciones o actividades de quien los hubiere recibido en administración o por cualquier causa, los destinara a fines distintos.

Tercera.Con relación a la modificación alArtículo 77 Bis 6, en el que se pretende agregar “tomando en consideración la opinión de las entidades federativas”, esta comisión dictaminadora la considera conveniente, ya que se dará oportunidad a las entidades federativas de que expresen sus particularidades, evitando así que las decisiones sobre los convenios sean exclusivamente del poder central.

Cuarta.  En cuanto al Art. 77 Bis 15 fracción III, la colegisladora propone adicionar dos párrafos, con la finalidad de dar certeza e inclusión a las entidades federativas en cuanto a los precios de referencia que deberán ser establecidos por la SSA y a los recursos que se transfieran en especie, con ello dar mayor transparencia en el propio sistema. En la Comisión de Salud estamos de acuerdo con estas adiciones ya que evitarán la discrecionalidad en cuanto a los recursos transferidos en especie y a los precios de las transferencias de medicamentos a las entidades federativas.

Quinta.En lo que respecta a la modificación del Artículo 77 Bis 16, en esta comisión dictaminadora concordamos en la adición del texto “sin que se suspendan, parcial o totalmente, los servicios de salud a la persona”, garantizando con esto el otorgamiento de los servicios de atención médica a los derechohabientes.

Sexta.Por lo anterior, los integrantes de esta Comisión, consideramos que la minuta en estudio es viable debido a que la propuesta impulsa medidas para fomentar una mayor eficiencia en los servicios estatales de salud, sobre todo las que aseguran que los recursos que se transfieran a los Sistemas de Protección Social en Salud, se utilicen de la mejor manera y para los fines para los que fueron transferidos; por otro lado, establece claramente la separación de funciones entre el financiamiento que se debe realizar por conducto de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud y la prestación de servicios; además, fortalece los mecanismos de información y los marcos de rendición de cuentas.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforman los artículos 77 Bis 2; 77 Bis 5, inciso A), fracciones I, IV, VIII, IX, XII, XV, XVI y XVII, así como el inciso B), párrafo primero y las fracciones I, II y III VIII; 77 Bis 6; 77 Bis 9, párrafo segundo; 77 Bis 10; 77 Bis 11; 77 Bis 12, párrafo tercero; 77 Bis 13, párrafo primero, así como la fracción I; 77 Bis 14; 77 Bis 15; 77 Bis 16; 77 Bis 18, párrafos primero a tercero; 77 Bis 19; 77 Bis 20, párrafos primero y segundo; 77 Bis 22; 77 Bis 23; 77 Bis 24; 77 Bis 30, párrafos primero, tercero y quinto; 77 Bis 31; 77 Bis 32, párrafo primero, así como las fracciones I, II, párrafo primero, III y IV, párrafos primero, segundo y tercero; 77 Bis 35, así como la denominación de los capítulos VII y VIII, del Título Tercero Bis; se adicionan al artículo 77 Bis 13, un párrafo quinto y el artículo 469 Bis, y se derogan los artículos 77 Bis 33 Y 77 Bis 34, de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 77 Bis 2. Para los efectos de este Título, se entenderá por Sistema de Protección Social en Salud a las acciones que en esta materia provean la Secretaría de Salud y los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud entendiéndose por éstos, a las estructuras administrativas que provean dichas acciones, que dependan o sean coordinadas por la encargada de conducir la política en materia de salud en las entidades federativas.

La Secretaría de Salud coordinará las acciones de protección social en salud, que lleven a cabo los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud en sus respectivas jurisdicciones, los cuales contarán con la participación subsidiaria y coordinada de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en este Título y demás disposiciones aplicables.

Los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud garantizarán las acciones a que se refiere el párrafo anterior, mediante el financiamiento y la coordinación eficiente, oportuna y sistemática de la prestación de los servicios de salud a la persona del Sistema de Protección Social en Salud, los cuales deberán realizar su actividad de manera independiente de la prestación de servicios de salud.

Artículo 77 Bis 5. ...

A)...

I. Desarrollar, coordinar, supervisar y establecer las bases para la regulación de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, para lo cual formulará el plan estratégico de desarrollo del Sistema y aplicará, en su caso, las medidas correctivas que sean necesarias, tomando en consideración la opinión de las entidades federativas a través del Consejo Nacional de Salud;

II. y III. ...

IV. Transferir con oportunidad a las entidades federativas, los recursos que les correspondan para operar, por conducto de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, las acciones del Sistema de Protección Social en Salud, en los términos del artículo 77 Bis 15 y demás disposiciones aplicables del Capítulo III de este Título.

V. a VII. ...

VIII. Definir el marco organizacional del Sistema de Protección Social de Salud en los ámbitos federal y local;

IX. Diseñar, desarrollar y suministrar el instrumento para evaluar la capacidad de pago de los beneficiarios para efectos del esquema de cuotas familiares a que se refiere el artículo 77 Bis 21, en las entidades federativas;

X. y XI. ...

XII. Establecer la forma y términos de los convenios que suscriban las entidades federativas, entre sí y con las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud con la finalidad de optimizar la utilización de sus instalaciones y compartir la prestación de servicios;

XIII. y XIV. ...

XV. Definir los requerimientos mínimos para la acreditación de los establecimientos de salud prestadores de los servicios inscritos en el Sistema de Protección Social en Salud;

XVI. Definir las bases para la compensación económica entre entidades federativas, instituciones y establecimientos del Sistema Nacional de Salud por concepto de prestación de servicios de salud, previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Asimismo, para el caso en que proceda una compensación económica por incumplimiento a las obligaciones de pago entre entidades federativas, destinar al Régimen Estatal de Protección Social en Salud acreedor, el monto del pago que resulte por la prestación de servicios de salud que correspondan, con cargo a los recursos que en términos del presente Título deben transferirse directamente a las entidades federativas, o entregarse a la entidad federativa cuyo Régimen Estatal de Protección Social en Salud, sea considerado deudor, y

XVII. Evaluar el desempeño de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud y coadyuvar con los órganos competentes federales y locales en el control y la fiscalización de los recursos que se les transfieran o entreguen, para llevar a cabo las acciones del Sistema de Protección Social en Salud en su respectiva jurisdicción, incluyendo aquéllos destinados al mantenimiento y desarrollo de infraestructura y equipamiento.

B) Corresponde a los gobiernos de las entidades federativas, dentro de sus respectivas circunscripciones territoriales:

I. Proveer los servicios de salud en los términos de este Título y demás disposiciones de esta Ley, así como de los reglamentos aplicables, disponiendo de la capacidad de insumos y del suministro de medicamentos necesarios para su oferta oportuna y de calidad;

II. Identificar e incorporar por conducto del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, beneficiarios al Sistema de Protección Social en Salud, para lo cual ejercerán actividades de difusión y promoción, así como las correspondientes al proceso de incorporación, incluyendo la integración, administración y actualización del padrón de beneficiarios en su entidad, conforme a los lineamientos establecidos para tal efecto por la Secretaría de Salud;

III. Aplicar, de manera transparente y oportuna, los recursos que sean transferidos por la Federación y las aportaciones propias, para la ejecución de las acciones del Sistema de Protección Social en Salud, en los términos de este Título, las demás disposiciones aplicables y los acuerdos de coordinación que para el efecto se celebren.

Para tal efecto, las entidades federativas estarán a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás disposiciones jurídicas aplicables, así como a lo siguiente:

a) Una vez transferidos por la federación los recursos que corresponda entregar directamente a la entidad federativa de que se trate en los términos del artículo 77 Bis 15, fracción I de esta Ley, los mismos deberán ser ministrados íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen al Régimen Estatal de Protección Social en Salud, dentro de los cinco días hábiles siguientes, y

b) El Régimen Estatal de Protección Social en Salud, deberá informar a la Secretaría de Salud, dentro de los tres días hábiles siguientes el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido entregados por la tesorería de la entidad federativa.

IV. a VII. ...

VIII. Recabar, custodiar y conservar por conducto del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, la documentación justificante y comprobatoria original de las erogaciones de los recursos en numerario que le sean transferidos, en términos del presente Título, la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás disposiciones aplicables, y proporcionar a la Secretaría de Salud y a los órganos de fiscalización competentes, la información que les sea solicitada, incluyendo los montos y conceptos de gasto, y

IX. ...

Artículo 77 Bis 6. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Salud, y las entidades federativas celebrarán acuerdos de coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud. Para esos efectos, la Secretaría de Salud establecerá el modelo nacional a que se sujetarán dichos acuerdos, tomando en consideración la opinión de las entidades federativas.

En dichos acuerdos se estipulará como mínimo lo siguiente:

I. Las modalidades orgánicas y funcionales de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud;

II. Los conceptos de gasto;

III. El destino de los recursos;

IV. Los indicadores de seguimiento a la operación y los términos de la evaluación integral del Sistema, y

V. El perfil que los titulares de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud deben cubrir.

Artículo 77 Bis 9. ...

La Secretaría de Salud y las entidades federativas, promoverán las acciones necesarias para que las unidades médicas de las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local, que se incorporen al Sistema de Protección Social en Salud provean como mínimo los servicios de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, cirugía general, ginecoobstetricia, pediatría y geriatría, de acuerdo al nivel de atención, y acrediten previamente su calidad.

...

Artículo 77 Bis 10. Los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud se ajustarán a las bases siguientes:

I. Tendrán a su cargo la administración y gestión de los recursos que en términos de los Capítulos III y IV de este Título, se aporten para el financiamiento del Sistema de Protección Social en Salud; en el caso de los recursos transferidos por la federación a que se refiere el artículo 77 Bis 15, fracción I de esta ley, deberán abrir cuentas bancarias productivas específicas para su manejo;

II. Verificarán que se provean de manera integral los servicios de salud, los medicamentos y demás insumos para la salud asociados, siempre que los beneficiarios cumplan con sus obligaciones;

III. Fortalecerán el mantenimiento y desarrollo de infraestructura en salud, a partir de los recursos que reciban en los términos de este Título, destinando los recursos necesarios para la inversión en infraestructura médica, de conformidad con el plan maestro que para el efecto elabore la Secretaría de Salud;

IV. Deberán rendir cuentas y proporcionar la información establecida respecto a los recursos que reciban, en los términos de esta ley y las demás aplicables, y

V. Las demás que se incluyan en los acuerdos de coordinación que se celebren.

Artículo 77 Bis 11. El Sistema de Protección Social en Salud será financiado de manera solidaria por la federación, las entidades federativas y los beneficiarios en los términos de este Capítulo y el Capítulo V.

Los recursos que se transfieran por la Federación para el financiamiento del Sistema de Protección Social en Salud, en cualquiera de sus modalidades, deberán computarse como parte de la cuota social o de la aportación solidaria federal a que se refieren los artículos 77 Bis 12 Y 77 Bis 13 de esta ley, respectivamente.

En los casos de incumplimiento a las obligaciones de pago por la prestación de servicios de salud a la persona, establecidas en los convenios de colaboración celebrados entre las entidades federativas, la federación, por conducto de la Secretaría de Salud, de los recursos a los que se refiere el presente Título, correspondientes a la entidad federativa deudora, podrá destinar a la entidad federativa acreedora, el monto que representa el pago de los casos validados y no rechazados por concepto de compensación económica.

Artículo 77 Bis 12. ...

...

La aportación a que se refiere este artículo se entregará a las entidades federativas, cuando cumplan con lo previsto en el artículo siguiente.

Artículo 77 Bis 13. Para sustentar el Sistema de Protección Social en Salud, el Gobierno Federal y los gobiernos de las entidades federativas efectuarán aportaciones solidarias por persona beneficiaria conforme a los siguientes criterios:

I. La aportación mínima de las entidades federativas por persona será equivalente a la mitad de la cuota social que se determine con base en el artículo anterior, y

II. ...

...

...

...

La composición y forma de entrega de los recursos correspondientes a las aportaciones a que hace referencia este artículo se determinarán en las disposiciones reglamentarias y serán incluidos en los acuerdos respectivos.

Artículo 77 Bis 14. Cualquier aportación adicional a la establecida en el artículo anterior de los gobiernos de las entidades federativas para las acciones de protección social en salud, tendrán que canalizarse directamente a través de las estructuras de los servicios estatales de salud.

Artículo 77 Bis 15. El gobierno federal transferirá a los gobiernos de las entidades federativas, los recursos que por concepto de cuota social y de aportación solidaria le correspondan, con base en las personas afiliadas, que no gocen de los beneficios de las instituciones de seguridad social, validados por la Secretaría de Salud.

La transferencia de recursos a que se refiere el párrafo anterior, podrá realizarse en numerario directamente a las entidades federativas, en numerario mediante depósitos en las cuentas que constituyan los Regímenes Estatales de Protección en Salud en la Tesorería de la Federación, o en especie, conforme los lineamientos que para tal efecto emitan la Secretaría de Salud y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus respectivas competencias, y adicionalmente, se sujetará a lo siguiente:

I. La transferencia de los recursos en numerario que se realice directamente a las entidades federativas, se hará por conducto de sus respectivas tesorerías, en los términos que determinen las disposiciones reglamentarias de esta Ley y demás disposiciones aplicables;

II. La Tesorería de la Federación, con cargo a los depósitos a la vista o a plazos a que se refiere este artículo, podrá realizar pagos a terceros, por cuenta y orden del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, quedando éste obligado a dar aviso de las disposiciones que realice con cargo a estos depósitos a la tesorería de su entidad para los efectos contables y presupuestarios correspondientes, y

Los recursos en especie se entregarán a los servicios estatales de salud, quedando obligados a dar aviso de dicha entrega a la tesorería de su entidad para los efectos contables y presupuestarios correspondientes.

Los recursos que se transfieran en especie se acordarán en el Anexo correspondiente.

La Secretaría establecerá precios de referencia a los que se deberán sujetar las entidades federativas que reciban los recursos en numerario para la adquisición de medicamentos.

Cuando una persona elegible beneficiaria del Sistema de Protección Social en Salud sea atendida en cualquier establecimiento de salud del sector público de carácter federal, la Secretaría de Salud canalizará directamente a dicho establecimiento, el monto correspondiente a las intervenciones prestadas, con cargo a los recursos a transferirse al respectivo Régimen Estatal de Protección Social en Salud, de acuerdo a los lineamientos que para tal efecto emita la propia Secretaría.

Artículo 77 Bis 16. Los recursos en numerario o en especie de carácter federal a que se refiere el presente Título, que se transfieran o entreguen, según sea el caso, a las entidades federativas, no serán embargables, ni los gobiernos de las mismas podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlos, afectarlos en garantía, ni destinarlos a fines distintos a los expresamente previstos en el mismo.

Dichos recursos se administrarán y ejercerán por las entidades federativas, conforme a esta Ley y, en lo que no se oponga a la misma, de acuerdo con sus respectivas leyes, así como con base en los acuerdos de coordinación que se celebren para el efecto. Los gobiernos de las entidades federativas deberán incluir en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u ordenamientos equivalentes, los recursos destinados específicamente a los fines establecidos en el presente Título.

En caso de que alguna entidad federativa no haya comprobado que los recursos a que se refiere este artículo se destinaron a los fines específicos para los que le fueron transferidos o entregados, las autoridades que tengan conocimiento de esta situación tendrán la obligación de informarlo a las autoridades competentes para que procedan a su investigación y sanción correspondiente. Lo anterior, sin perjuicio de que la entidad federativa reintegre los recursos a la Tesorería de la Federación, sin que se suspendan, parcial o totalmente, los servicios de salud a la persona.

El control y la fiscalización del manejo de los recursos a que se refiere este Capítulo se realizará conforme a los términos establecidos en el Capítulo VII de este Título y demás disposiciones aplicables.

Las entidades federativas llevarán la contabilidad y presentarán la información financiera respecto a los recursos a que se refiere este Título, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Artículo 77 Bis 18. De la cuota social y de las aportaciones solidarias a que se refieren los artículos 77 Bis 12 y 77 Bis 13, la Secretaría de Salud canalizará anualmente el 3% de dichos recursos para la constitución de una previsión presupuestal, aplicando, a través de un fondo sin límite de anualidad, dos terceras partes para las necesidades de infraestructura para atención primaria y especialidades básicas preferentemente en las entidades federativas con mayor marginación social, y una tercera parte, sujeta a anualidad, para atender las diferencias imprevistas en la demanda de servicios durante cada ejercicio fiscal.

Con cargo a esta previsión presupuestal, que será administrada por la Secretaría de Salud, se realizarán transferencias a las entidades federativas conforme a las reglas que fije el Ejecutivo Federal mediante disposiciones reglamentarias.

En caso de que al concluir el ejercicio fiscal correspondiente, existan remanentes en la previsión presupuestal destinada a la atención de las diferencias imprevistas en la demanda de servicios, la Secretaría de Salud canalizará dichos remanentes al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos establecido en el Capítulo VI de este Título.

...

Artículo 77 Bis 19. Será causa de responsabilidad administrativa el incumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones establecidas en el presente Título.

Artículo 77 Bis 20. El gobierno federal establecerá un Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad, mediante el cual se aportarán recursos que serán ejercidos, en los términos que disponga el Reglamento, por la Secretaría de Salud y las entidades federativas para llevar a cabo las acciones relativas a las funciones de rectoría y la prestación de servicios de salud a la comunidad, conforme a los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Salud, y de conformidad con los acuerdos de coordinación que para el efecto se suscriban.

La Secretaría de Salud determinará el monto anual de este fondo, así como la distribución del mismo con base en la fórmula establecida para tal efecto en las disposiciones reglamentarias de esta Ley. Dicha fórmula deberá tomar en cuenta la población total de cada entidad federativa y un factor de ajuste por necesidades de salud asociadas a riesgos sanitarios y a otros factores relacionados con la prestación de servicios de salud a la comunidad.

...

Artículo 77 Bis 22. Las cuotas familiares se recibirán, administrarán y aplicarán conforme a las disposiciones de esta Ley y serán destinadas específicamente a los conceptos de gasto que determinen las disposiciones reglamentarias de la misma y que sean necesarios para el Sistema de Protección Social en Salud.

Artículo 77 Bis 23. Las cuotas familiares y reguladoras, que en su caso se establezcan, serán recibidas, administradas y ejercidas por los servicios estatales de salud, a través de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, conforme a lo dispuesto en las disposiciones reglamentarias de esta Ley.

Artículo 77 Bis 24. Los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud deberán presentar a la Secretaría de Salud, conforme a los lineamientos que la misma establezca, los informes que sean necesarios respecto del destino, manejo y comprobación del ejercicio de los recursos correspondientes a las cuotas familiares.

Artículo 77 Bis 30. Con el objetivo de fortalecer la infraestructura médica de alta especialidad y su acceso o disponibilidad regional, la Secretaría de Salud, mediante un estudio técnico, determinará aquellas unidades médicas de las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local, que por sus características y ubicación puedan ser reconocidos como centros regionales de alta especialidad o la construcción con recursos públicos de nueva infraestructura con el mismo propósito, que provean sus servicios en las zonas que determine la propia dependencia.

...

Los centros regionales y demás prestadores públicos de servicios de salud de alta especialidad podrán recibir recursos del fondo a que se refiere este Capítulo para el fortalecimiento de su infraestructura, de conformidad con los lineamientos que establezca la Secretaría de Salud, en los que se incluirán pautas para operar un sistema de compensación y los elementos necesarios que permitan precisar la forma de sufragar las intervenciones que provean los centros regionales.

...

No se considerarán elegibles para la participación en los recursos del fondo que se establezca en los términos del presente Capítulo las instalaciones médicas de alta especialidad que no cuenten con el Certificado de Necesidad que para el efecto expida la Secretaría de Salud, en congruencia con el plan maestro a que se refiere el párrafo anterior.

Capítulo VII

De la transparencia, supervisión, control y fiscalización del manejo de los recursos del Sistema de Protección Social en Salud

Artículo 77 Bis 31. Los recursos del Sistema de Protección Social en Salud estarán sujetos a lo siguiente:

A)Considerando el financiamiento solidario del Sistema de Protección Social en Salud, la Federación y las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, dispondrán lo necesario para transparentar su gestión de conformidad con las normas aplicables en materia de acceso y transparencia a la información pública gubernamental.

Para estos efectos, tanto la federación como los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, a través de los servicios estatales de salud, difundirán toda la información que tengan disponible respecto de universos, coberturas, servicios ofrecidos, así como del manejo financiero del Sistema de Protección Social en Salud, entre otros aspectos, con la finalidad de favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño del Sistema.

Asimismo, los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud dispondrán lo necesario para recibir y evaluar las propuestas que le formulen los beneficiarios respecto de los recursos que éstos aporten y tendrán la obligación de difundir, con toda oportunidad, la información que sea necesaria respecto del manejo de los recursos correspondientes.

B) Para efectos del presente Título, la supervisión tendrá por objeto verificar el cumplimiento de las acciones que se provean en materia de protección social en salud, así como solicitar en su caso, la aclaración o corrección de la acción en el momento en que se verifican, para lo cual se podrá solicitar la información que corresponda. Estas actividades quedan bajo la responsabilidad en el ámbito federal, de la Secretaría de Salud, y en el local, de las entidades federativas, sin que ello pueda implicar limitaciones, ni restricciones, de cualquier índole, en la administración y ejercicio de dichos recursos.

C) Además de lo dispuesto en esta ley y en otros ordenamientos, las entidades federativas deberán presentar la información a que se refiere el artículo 74 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

La Secretaría de Salud dará a conocer al Congreso de la Unión, semestralmente de manera pormenorizada la información y las acciones que se desarrollen con base en este artículo.

Artículo 77 Bis 32. El control y la fiscalización del manejo de los recursos federales que sean transferidos a las entidades federativas en los términos de este Título quedará a cargo de las autoridades siguientes, en las etapas que se indican:

I.Desde el inicio del proceso de presupuestación, en términos de la legislación presupuestaria federal y hasta la entrega de los recursos correspondientes a las entidades federativas, corresponderá a la Secretaría de la Función Pública;

II. Recibidos los recursos federales por las entidades federativas, hasta su erogación total, corresponderá a las autoridades competentes de control, supervisión y fiscalización, sean de carácter federal o local.

...

III. La fiscalización de las cuentas públicas de las entidades federativas, será efectuada por el Congreso Local que corresponda, por conducto de su órgano de fiscalización conforme a sus propias leyes, a fin de verificar que las dependencias y entidades del Ejecutivo Local aplicaron dichos recursos para los fines previstos en esta Ley, y

IV. La Auditoría Superior de la Federación, al fiscalizar la Cuenta Pública Federal, verificará que las dependencias del Ejecutivo Federal cumplieron con las disposiciones legales y administrativas federales, y por lo que hace a la ejecución de los recursos a que se refiere este Título, la misma se realizará en términos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Cuando las autoridades federales o locales que en el ejercicio de sus atribuciones de control y supervisión, conozcan que los recursos federales señalados no han sido aplicados a los fines que señala la Ley, deberán hacerlo del conocimiento de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública en forma inmediata y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.

Por su parte, cuando el órgano de fiscalización de un Congreso Local detecte que los recursos federales señalados no se han destinado a los fines establecidos en esta Ley, deberá hacerlo del conocimiento inmediato de las autoridades a que se refiere el párrafo anterior.

...

Capítulo VIII

De la Comisión Nacional de Protección Social en Salud

Artículo 77 Bis 33. Se deroga.

Artículo 77 Bis 34. Se deroga.

Artículo 77 Bis 35. El Sistema de Protección Social en Salud contará con una Comisión Nacional, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, con la estructura y funciones que le asigne su reglamento interno. El titular de la Comisión Nacional será designado por el presidente de la República a propuesta del Secretario de Salud, que dispondrá para la operación de la comisión de los recursos previstos para la misma en el presupuesto de la Secretaría de Salud.

Artículo 469 Bis. Se impondrá pena de cuatro a siete años de prisión, y multa de mil a quinientos mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a cualquier persona que desvíe del objeto para el cual fueron transferidos o entregados los recursos en numerario o en especie, según el caso, a que se refiere el Título Tercero Bis de la presente Ley o para la prestación de servicios en materia de salubridad general, si por razón de sus funciones o actividades los hubiere recibido en administración o por cualquier otra causa.

La pena prevista en el presente artículo es sin perjuicio de las sanciones administrativas u otras penas que puedan determinarse conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Tercero. Las obligaciones pendientes de pago que a la fecha de la entrada en vigor del presente decreto, existan por la prestación de servicios de salud a la persona y se encuentren reconocidas en términos de los convenios de colaboración celebrados entre entidades federativas, serán pagadas conforme a las disposiciones jurídicas vigentes al momento en que se generaron.

Cuarto. Los asuntos relativos a las responsabilidades administrativas, civiles y penales, en que se hubiere incurrido con motivo de la desviación de recursos federales recibidos y que al entrar en vigor este Decreto se encuentren en trámite o pendientes de resolución, deberán sustanciarse conforme a las disposiciones legales aplicables con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto.

Quinto. El Ejecutivo federal deberá emitir las disposiciones reglamentarias a que se refiere el presente decreto, en un plazo que no excederá de los 180 días siguientes al de la entrada en vigor del mismo.

Sexto. La Secretaría de Salud deberá emitir los lineamientos, previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que alude el presente Decreto, en un plazo que no excederá de los 180 días siguientes al de la entrada en vigor del mismo.

Séptimo. Los acuerdos de coordinación a que se refiere el artículo 77 Bis 6 de la Ley General de Salud, deberán ser suscritos dentro de los 90 días siguientes al de la publicación de las disposiciones reglamentarias a que se refiere el presente decreto.

Nota:

1 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, marco de referencia del Seguro Popular, pág. 16, consultado en internet el día 10 de octubre a las 10:19 a.m., http://www.asf. gob.mx/Trans/Informes/IR2011i/Indice/iGeneral.htm

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.

La Comisión de Salud, diputados:Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar, Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jéssica Salazar Trejo (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen por la comisión tiene el uso de la voz el diputado Mario Alberto Dávila Delgado.

El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Dígame, diputado. Ya le di palabra al diputado para fundamentar el dictamen. Al término del dictamen, con mucho gusto, si me permite, diputado. No sabía que usted estaba pidiendo el uso de la voz. Al terminar la votación, con muchísimo gusto.

El diputado Mario Alberto Dávila Delgado: Muchas gracias, diputado presidente. Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Títulos Tercero Bis y Décimo Octavo de la Ley General de Salud.

Con fecha 22 de octubre de 2013 este pleno aprobó proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Títulos Tercero Bis y Décimo Octavo de la Ley General de Salud.

Entre los cambios propuestos destacan los siguientes: la Secretaría de Salud se consolida como instancia rectora y articuladora del Sistema de Protección Social en Salud. También se hace más clara la definición de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, ya que anteriormente se confundía con la definición del Sistema de Protección Social en Salud. Y por último desvincula la función de administración de los recursos de la prestación de los servicios de salud a los usuarios, evitando con esto la confusión del papel que debe desempeñar cada instancia.

La transferencia de los recursos federales podrá hacerse en numerario o en especie, a fin de garantizar que la población cuente con los medicamentos y demás insumos para su atención.

Tratándose de los recursos en numerario, estos serán administrados por las autoridades locales mediante cuentas bancarias productivas específicas para dicho fin, y a través de depósitos de la Tesorería de la Federación, quien mediante instrucción de los Regímenes Estatales de Protección en Salud podrá realizar los pagos a los proveedores de los bienes y servicios que determinen dichos regímenes con cargo a los referidos depósitos.

Desaparece la figura del Consejo Nacional de Protección en Salud, a fin de no duplicar instancias de coordinación con los servicios estatales, toda vez que el día de hoy existe el Consejo Nacional de Salud como el mecanismo de coordinación de acciones con las entidades federativas en la materia, que sesiona con regularidad en el año, siendo el foro idóneo para tratar los asuntos vinculados con el Sistema de Protección Social en Salud.

Se fortalece la portabilidad de los beneficios que otorga la afiliación en el Sistema de Protección Social en Salud, toda vez que da mayor certeza respecto del pago por prestación de servicios que se brinde entre entidades federativas y los que se otorgan por las instituciones federales.

Se da consistencia entre la Ley General de Salud y lo previsto de la Ley General de Contabilidad Gubernamental respecto a la información que se debe rendir en materia de recursos humanos.

En caso de que alguna entidad federativa no haya comprobado que los recursos se destinaron a los fines específicos para los que fueron transferidos o entregados, las autoridades que tengan conocimiento de dicha situación tendrán la obligación de informarlo a las autoridades competentes para que procedan a su investigación y a su sanción.

Además, se establece como un delito específico en materia del desvío del objeto para el cual fueron transferidos o entregados los recursos en numerario o en especie, según el caso, si por razón de las funciones o actividades de quienes los hubieran recibido en administración o por cualquier causa los destinara a fines distintos.

La iniciativa antes mencionada, una vez aprobada, se envió a la colegisladora, donde el pleno de la Cámara de Senadores aprobó un dictamen con modificaciones. Entre las modificaciones destaca la del artículo 77-Bis-6, en el que se agrega un texto para que en la elaboración del modelo nacional a que se sujetarán los acuerdos de coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud, la Secretaría de Salud tomará en consideración la opinión de las entidades federativas.

Esto dará la oportunidad a los estados de que expresen sus particularidades, evitando así que las decisiones sobre los convenios sean poder exclusivamente central.

Por otra parte, en el artículo 77-Bis-15, fracción III, la colegisladora propone adicionar dos párrafos con la finalidad de dar certeza e inclusión a las entidades federativas en cuanto a los precios de referencia, que deberán ser establecidos por la Secretaría de Salud, y a los recursos que se transfieran en especie y con ello dar mayor transparencia al propio sistema. Esto evitará la discrecionalidad en cuanto a los recursos transferidos en especie y a los precios de las transferencias de medicamentos en las entidades federativas.

Es importante recordar que el derecho a la protección de la salud es para todos y no solo un derecho laboral, por lo cual todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tenemos la obligación de promoverlo, respetarlo, protegerlo y garantizarlo de acuerdo con los principios de universalidad.

Por lo anterior, solicitamos su aprobación a las reformas, debido a que en ellas se impulsan medidas para fomentar una mayor eficiencia de los servicios estatales de salud, sobre todo los que aseguran que los recursos que se transfieran a los Sistemas de Protección Social en Salud se utilicen de la mejor manera y para los fines que fueron transferidos.

Por otro lado, establece claramente la separación de funciones entre los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud y la prestación de servicios. Además fortalece los mecanismos de información y los marcos de rendición de cuentas.

Es cuanto, diputado presidente. A nombre de la Comisión de Salud solicitamos su voto a favor. Es cuanto, muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Está a discusión el dictamen. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, tiene el uso de la voz el diputado Rubén Benjamín Félix Hays.

El diputado Rubén Benjamín Félix Hays:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados. El respeto y cumplimiento del derecho a la salud son asuntos prioritarios en la agenda del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. Es por eso que hoy refrendamos el compromiso en favor del fortalecimiento al Sistema de Protección Social en Salud.

La protección de la salud es un derecho fundamental y una necesidad básica de las personas. Es por eso que nos preocupamos por las condiciones necesarias para el mejoramiento al acceso a un sistema de salud con eficiencia y profesionalismo.

En la presente minuta se consideran pertinentes los cambios que nuestra colegisladora aporta, ya que garantiza la coordinación eficiente entre la federación y las entidades federativas. Es decir, financiar y coordinar oportuna y sistemáticamente la prestación de servicios de salud, ya que sin la coordinación de ambas instancias serían del todo ineficaces.

Entre las modificaciones aportadas también se precisan las responsabilidades del Ejecutivo federal y de los gobiernos de los estados en la transferencia de los recursos, cuidando que los recursos transferidos a los sistemas de protección social en salud se utilicen de manera correcta y que cumplan con el objetivo de brindar servicios de calidad a la sociedad y en caso de que alguna entidad federativa no haya comprobado que los recursos se destinaron a los fines específicos para los que fueron transferidos o entregados, se procederá a su investigación y sanción correspondiente, sin que se suspendan parcial o totalmente los servicios de salud a la persona, garantizando así el otorgamiento de los servicios de atención médica de los derechohabientes.

Sin lugar a dudas, estas aportaciones constituyen una mejora en el otorgamiento de servicios de atención médica a los derechohabientes y consideramos que es de suma importancia seguir cumpliendo con una constante revisión y actualización del marco jurídico que rige esta materia, ya que se atiende a la necesidad de la sociedad y se fortalece un acceso equitativo a los servicios de salud de toda la población.

Es por ello que las diputadas y los diputados de Nueva Alianza estamos de acuerdo con las aportaciones en la minuta en comento, que contribuye al fortalecimiento del Sistema de Protección Social en Salud, en el cual habrá una coordinación con las entidades federativas. Además que los recursos que se transfieren en especie serán acordados entre los estados y la federación, beneficiando así la transparencia y rendición de cuentas.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, la protección social a la salud es un bien jurídico tutelado por nuestra Constitución y su materialización es responsabilidad de los tres órdenes gobierno. La eficacia del Sistema de Protección Social en Salud radica en la capacidad de coordinación entre la federación, las entidades federativas y municipios para mejorar el acceso y la calidad de los servicios de salud.

Un componente central de este sistema es y debe ser la transparencia en el manejo de los recursos, ya que la opacidad, redunda en una deficiente atención a la salud de las y los mexicanos. Sin embargo, en Nueva Alianza estamos convencidos de que el derecho a la salud en México aún requiere mayores esfuerzos para contar con servicios oportunos, pertinentes y de calidad, que contribuyan a evitar la desigualdades que existen en la atención a la salud en la sociedad mexicana.

Por ello, consideramos urgente avanzar en la construcción de un verdadero sistema universal de salud basado no sólo en el acceso de las personas a las instituciones públicas de salud, sino en la calidad en la gestión de los servicios y la mejora de la atención médica clínica. Sólo de esta forma podemos hacer frente al reto de garantizar el derecho a la salud de todas y todos los mexicanos. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Tiene ahora la palabra el diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño:Con su venia, señor presidente. El derecho a la salud es una prerrogativa reconocida a favor de todas y todos los mexicanos, consagrado en el párrafo tercero del artículo 4o. constitucional.

En este sentido, dicho precepto obliga al Estado, a través de los diferentes órdenes de gobierno, a la máxima protección y garantía de este derecho fundamental.

Si bien es cierto que después de 1983, año en el que se elevó a rango constitucional este derecho, experimentamos un importante desarrollo de los servicios de salud a través de la consolidación de una amplia infraestructura de centros de atención médica, así como la implementación de programas de salud pública para la atención individual o colectiva de diversos padecimientos, hoy por hoy hemos sido testigos del debilitamiento sistemático de las instituciones públicas de salud.

Hechos como la disminución de los recursos financieros, la utilización de los fondos en otras áreas fuera de sus fines propios, la corrupción, la burocratización, la saturación de sistemas y el despilfarro en las administraciones constituyen sólo algunas de las causas del decadente sistema de salud que actualmente permea en todo el país.

Lo anterior ha traído como consecuencia inmediata el que aún no exista una cobertura universal del derecho a la salud. El sistema, tal y como ha evolucionado hasta el presente, ha impedido que esta circunstancia de universalidad y equidad se vislumbre como una realidad aunque sea de manera progresiva.

Ante la evidente denigración de las instituciones públicas de salud frente a la población, ésta se ha visto obligada a buscar servicios médicos privados en perjuicio de su economía familiar, en los cuales también concurren importantes deficiencias entre las que sobresalen la enorme diversidad en la calidad, sus altos costos, la baja cobertura que se alcanza y la tendencia creciente al modelo conocido como medicina administrada, el cual genera una distorsión de la realidad médico-paciente, con un predominio de los factores financieros y administrativos por encima de los del orden médico.

Imposible sería tratar de negar que el sistema de salud en el país necesita una modificación integral, así como también lo es tratar de negar que los convenios de descentralización de los servicios de salud en los estados ha generado una enorme corrupción en la compra de medicamentos.

No obstante, consideramos que la reforma en la materia no ataca el verdadero problema. Lo verdaderamente necesario en este tema es que se deben de transparentar las transacciones, las licitaciones y operaciones del sector. Muy en concreto, el destino de los recursos al abasto de medicamentos, equipos y otros insumos para la salud en los hospitales públicos.

El hecho es que se está tomando una medida centralista y nos preocupa, porque nosotros sabemos que a través de su aplicación no se podrán extinguir las prácticas de corrupción que existen hasta estos momentos en el sector salud de nuestro país. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra el diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde.

El diputado Ernesto Núñez Aguilar:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, como ya se ha mencionado aquí, el Estado debe sentar las bases para eliminar la desigualdad que existe entre los miembros de una sociedad, por lo cual, con la reforma de 1983 se elevó a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, siendo ésta una responsabilidad de los gobiernos federal, estatal y, por supuesto, también coparticipan siempre los municipios, también el individuo y la sociedad en su conjunto.

El 22 de octubre de 2013 el pleno de esta Cámara de Diputados aprobó la reforma que permite transformar la arquitectura del sistema de salud, para garantizar el uso ordenado de los recursos disponibles y hacer efectiva la protección social de salud para toda la población, y garantizar que cada peso invertido genere los mayores beneficios posibles en la salud de la población. Sin duda alguna ésta es la reforma que viene a revolucionar la salud en los últimos tiempos.

La instrumentación y la efectividad de las políticas en el sector dependen del desarrollo institucional y organizacional del sistema. El sistema de salud no puede operar sin un marco rector claro, es necesario precisar su figura y las funciones en la rectoría del manejo de ésta. La rectoría es una función necesaria para conducir y velar el cumplimiento de los objetivos del sistema de salud.

Con la reforma de octubre se estableció que la Secretaría de Salud se consolide como una instancia rectora y articuladora del sistema popular de seguridad social. Con una rectoría unificada se logrará mayor congruencia en las políticas de materia da salud y la reducción significativa de costos administrativos, así como una mayor transparencia y rendición de cuentas a la sociedad, que además hoy tanto nos exigen.

En el Partido Verde valoramos que las reformas que se proponen en el presente dictamen resulten muy necesarias para evitar que se continúe con los desvíos que hemos conocido todos del Seguro Popular, que se dé mayor certeza respecto al pago por prestación de servicios de salud que se brinden en entidades federativas, y los que se otorgan por las instituciones federales.

Con este nuevo diseño se evitará fraccionar el sistema de salud, provocando que los recursos se aprovechen en forma adecuada y se diluyan responsabilidades. La presente iniciativa que nos ocupa establece como principales cambios los siguientes: Se permitirá a la Secretaría de Salud que se consolide como instancia rectora y articuladora del Seguro Popular de seguridad social y desvincula la función de administración de los recursos de la prestación de los servicios de salud a los usuarios, evitando con esto la confusión del papel que desempeña cada instancia.

Asimismo se establece transferir con oportunidad a las entidades federativas los recursos que les correspondan para operar. De igual manera definirá el marco organizacional del Sistema de Protección Social en Salud en el ámbito federal y local. También diseñará, desarrollará y suministrará el instrumento para evaluar la capacidad de pago de los beneficiarios para efectos del esquema de cuotas familiares a que se refiere el artículo 77 Bis 21.

Además establece las obligaciones que les corresponden a los gobiernos de las entidades federativas de sus respectivas circunscripciones territoriales, proveyendo de los servicios de salud en los términos de la Ley de Salud, identificando e incorporando por conducto de Régimen Estatal de Protección Social en Salud beneficiarios al Sistema de Protección Social en Salud.

En el mismo sentido le da consistencia entre la Ley General de Salud y lo previsto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental respecto a la información que se debe rendir en materia de recursos humanos. Esto es algo también mucho muy importante y que abona a la transparencia.

De igual manera se fortalece la posibilidad de los beneficios que otorga la afiliación al Sistema de Protección Social en Salud, toda vez que se da mayor certeza respecto al pago por prestación de servicios.

En este mismo sentido se establecen los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, estableciendo que tendrán a su cargo la administración y gestión de los recursos que se aporten para el financiamiento del sistema. En el caso de los transferidos por la federación deberán abrir una cuenta bancaria, asimismo se fortalecerá el mantenimiento y desarrollo de la infraestructura de salud a partir de los recursos que se reciben.

Para tener un mayor control rendirán cuantas y proporcionarán la información respecto a los recursos que se reciban, además se establece que el gobierno federal trasferirá a los gobiernos de las entidades federativas los recursos que por concepto de cuota social y de aportación solidaria les correspondan con base a las personas afiliadas que no gocen de los beneficios de las instituciones de seguridad social. Este se realizará mediante transferencia de recursos en numerario directamente, con un número mediante depósito en las cuentas que constituyen los Regímenes Estatales de Protección en Salud, o en especie.

Otorga una protección a estos recursos que ya no podrán ser embargables ni los gobiernos de las entidades federativas podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlos, afectarlos en garantía ni destinarlos a fines distintos a los previstos.

Es así que estas reformas permitirán que los recursos otorgados al sistema de protección social sean aplicados y se les dé un uso eficiente, dando certeza jurídica y protección financiera en salud a la población, y así el Estado podrá garantizar el acceso oportuno a los recursos, porque sin duda alguna se optimizará mucho más cada peso que se destine el sector salud.

Con estas reformas se dará un paso crucial hacia un sistema de protección social más efectivo y equitativo. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra para hablar a nombre del Grupo Parlamentario del PRD, la diputada Eva Diego Cruz.

La diputada Eva Diego Cruz:Gracias, señor presidente. Hablar de salud es hablar de uno de los temas más importantes y sensibles para los mexicanos. Con la creación del tan conocido Seguro Popular se pretendió otorgar cobertura de servicios de salud a aquellas personas que no son derechohabientes de ninguna institución de seguridad social o que no cuentan con empleo o trabajan por cuenta propia, reto que a la fecha no ha sido cumplido.

Los más de 50 millones de afiliados al Seguro Popular no han visto a la fecha garantizado el acceso a servicios médico-quirúrgicos, hospitalarios y mucho menos de medicamentos. Es evidente que el Seguro Popular ha sido insuficiente para garantizar la salud de los grupos más necesitados.

Después de la descentralización en el país ha existido una gran descoordinación en los servicios de salud, que ha traído efectos negativos. En más de una ocasión nos hemos enterado de casos de desvíos de recursos del Seguro Popular, de compra de medicamentos a sobreprecios, erogaciones sin comprobación y un desorden administrativo generalizado.

Para la solución de este desvío de recursos el Grupo Parlamentario del PRD ha hecho propuestas legislativas en el marco de contralorías ciudadanas. Este dictamen sobre todo lo resuelve con una mayor centralización, que aunque no es la solución óptima, no deja de ser un avance ante las repetidas situaciones de corrupción que se han dado en el manejo de los recursos que la Federación transfiere a las entidades federativas para el Seguro Popular.

Es urgente ordenar la casa, unir esfuerzos para combatir la corrupción y emprender el gran desafío de proteger, garantizar y aterrizar en las comunidades el tan anhelado derecho a la salud.

El propósito central de este dictamen no es cuestionar la existencia misma del Seguro Popular, sino procurar la consecución de sus fines con todas sus limitaciones, mediante la transparencia y eficiente aplicación de los recursos que se le destinen, de forma que hasta el último peso se aplique en el servicio de salud, que tiene como sujeto de beneficios a las personas de más bajos recursos de nuestro país. Es inadmisible que se omita una legal aplicación de recursos destinados a los sectores más pobres.

Con este dictamen se establecen elementos que permiten consolidar a la Secretaría de Salud como instancia rectora y articuladora del Servicio de Protección Social en Salud, se mejora la transparencia, supervisión, control y fiscalización del manejo de los recursos.

Este dictamen, además de establecer el concepto de Regímenes Estatales de Protección Social, ante todo regula la forma en que las entidades federativas aplicarán los recursos transferidos por la federación. Establece que los gobiernos recabarán, custodiarán y conservarán, por conducto del Régimen Estatal de Protección Social en Salud la documentación justificante de las erogaciones de recursos que les sean transferidos.

Norma la forma en que se deberán realizar las transferencias de recursos del gobierno federal a los gobiernos de las entidades federativas por concepto de cuota social y de aportaciones solidarias, indicando la sanción en caso de no haberlo destinado a estos fines, para lo cual habrá de hacerse una debida supervisión.

Obliga a las entidades federativas a llevar la contabilidad e información financiera de dichos recursos, conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

La Secretaría de Salud establecerá precios de referencia a los que deberán sujetarse las entidades federativas que reciban los recursos en numerario para la adquisición de medicamentos.

Finalmente, se establece pena de prisión de cuatro a siete años y multa de mil a 500 mil días de salario mínimo general vigente a la persona que desvíe los recursos del objeto para el cual fueron entregados.

En el PRD tenemos claro que no es suficiente la voluntad de los funcionarios públicos. Sabemos que tenemos que frenar la corrupción que ha habido en materia de salud. Sabemos que el derecho a la salud es un derecho básico para todos los mexicanos y que no se ha podido garantizar este derecho a la gente más pobre y más necesitada de nuestro país. Sabemos que requerimos en estos momentos de un marco jurídico que promueva la transparencia, la supervisión, la fiscalización de los recursos públicos que van encaminados a la salud de los mexicanos.

Por eso, aunque no estamos de acuerdo con la centralización, sabemos que tenemos que combatir la corrupción y la tenemos que combatir ya. Por eso nuestro Grupo Parlamentario del PRD votará a favor de este dictamen. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene la palabra el diputado José Enrique Doger Guerrero, para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado José Enrique Doger Guerrero:Señor presidente, con su venia. Compañeras y compañeros diputados, en el Grupo Parlamentario del PRI hemos subrayado, con énfasis, la importancia del papel del Estado como promotor y garante del ejercicio del derecho a la salud. Realce que, desde luego, es necesario, pero que quizá es insuficiente para apreciar en toda su dimensión la importancia de los asuntos que hoy discutimos.

Pensemos en algunos de los derechos que integran el conjunto de garantías que reconoce la Constitución y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte. Por ejemplo, de igualdad ante la ley, de libertad personal, del trabajo, de imprenta, de tránsito y residencia, o bien, en el conjunto específico de los llamados derechos sociales tales como el derecho a la educación, a la seguridad social, a un medio ambiente adecuado, a la vivienda, etcétera.

Entre éstos, quizá ninguno como el derecho a la salud cumple a cabalidad el rasgo esencial que lo define como derecho humano, que es el de ser una condición básica para la realización de la persona, tal vez, incluso, sea más apropiado decir que se trata de una condición indispensable, ir a la escuela, trabajar, caminar libremente, contar con recursos para el esparcimiento y la recreación, etcétera, son posibilidades sobre las que el derecho a la salud tiene un impacto determinante.

En los últimos 15 años avanzamos, efectivamente, en la construcción del andamiaje normativo e institucional para transitar de una situación, en que si bien existió un importante aparato de servicios públicos de salud, la cobertura estaba dirigida de manera casi exclusiva a la población asalariada, quedando fuera de ella un importante número de personas y que generaba con ello un condicionamiento incompatible con un Estado social de derechos.

De acuerdo con estimaciones del Coneval, pasamos de un porcentaje de 58.6 de población con carencia por acceso a los servicios de salud en el 2000, a 51.4 en 2005, 33.3 en 2010 y 21.5 por ciento en 2012, lo cual equivale a 25.3 millones de mexicanos.

En 2003, que se aprobó la creación del Sistema de Protección Social en Salud, conocido mejor como Seguro Popular, como un mecanismo por medio del cual el gobierno, a través de un sistema coordinado que incorpora sus tres niveles, garantiza el acceso oportuno de calidad y sin discriminación a los servicios para atender las necesidades de salud de sus afiliados.

En los años recientes se han emprendido las revisiones necesarias para el mejoramiento de dicho sistema en cuanto a su cobertura, servicios que presta, esquemas de financiamiento, etcétera.

Tomando en cuenta que como señala el propio Coneval, entre 2008 y 20011, la carencia por acceso a los servicios de salud disminuyó considerablemente, lo cual se debió, principalmente, al incremento en la afiliación del Seguro Popular. Es cierto también que la calidad y disponibilidad son aún insuficientes para que la población ejerza plenamente su derecho a la protección a la salud, por lo cual el trabajo en este sentido cobra la mayor relevancia.

La reforma que discutimos en esta ocasión no es menor, impacta de manera profunda el diseño del sistema, con el fin de generar dispositivos para que su funcionamiento pueda ser supervisado, controlado y fiscalizado de manera más eficiente, logrando con ello que sus beneficios sean más efectivos frente a la población.

Es de reconocerse el trabajo realizado por la colegisladora para abonar, a fin de contar con un instrumento regulatorio que siente las bases para dar mayor eficiencia en los servicios estatales de salud. Para que los recursos que se transfieran a los sistemas de protección social en salud de los estados se utilicen de la mejor manera, para la adecuada separación de funciones y el fortalecimiento de los mecanismos de información y los marcos de rendición de cuentas.

Conviene señalar que fue la fracción parlamentaria del PRI que propuso que se aumentaran las penas, con el fin de que los desvíos en el recurso del Seguro Popular no dieran lugar a mayor impunidad.

Evitar duplicidades funcionales, lograr que los recursos sean destinados a los fines que son dispuestos, sancionar con mayor severidad las faltas a este respecto y crear mecanismos para que los recursos lleguen con oportunidad son objetivos de la mayor relevancia en términos de la buena gestión administrativa y resultan doblemente relevantes al tratarse del aparato encargado de atender la salud de los mexicanos.

Por ello, estamos seguros que todos los representantes populares, y particularmente las diputadas y los diputados del PRI, buscamos una mayor transparencia en el ejercicio de los recursos de salud. Hacer más eficientes los recursos para el abasto de medicamentos e insumos y que la atención médica sea permanente y con calidad y con calidez.

Por ello, compañeras y compañeros diputados, reiteramos los diputados y diputadas del Grupo Parlamentario del PRI el voto a favor del derecho a la salud y a una atención a la salud con calidad y calidez. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene ahora la palabra para hablar en contra el diputado Ricardo Monreal Ávila.

El diputado Ricardo Monreal Ávila:Ciudadano presidente. Ciudadanos legisladores, desde septiembre de 1999, aproximadamente, por ahí a finales del siglo pasado, muchos insistimos en la descentralización de los servicios de salud, que había venido insistiéndose en que era importante otorgarle a los estados y a los municipios mayor autonomía. Incluso, modificaciones a la Constitución y a la ley que le otorgaban descentralización.

Algunos se referían a estas medidas como el nuevo federalismo. El Gobierno de la República presumía, hacía una gran alharaca de que por vez primera en materia educativa y en materia de salud se otorgaban las facultades originales a los estados, a las entidades federativas y a los municipios, y que era el primer paso para consolidar un nuevo federalismo.

Nosotros lo combatimos desde entonces, no es nueva nuestra posición, y hablábamos, simple y sencillamente del federalismo. Porque la Constitución preveía, desde 1857, después en 1917, y posterior, reformas constitucionales también importantes, preveía que el Estado mexicano era un Estado federado, era una república federal, con entidades libres y autónomas, con facultades que no podían ser, de ninguna manera, arrebatadas por la federación.

La práctica nos ha dado una gran lección, nosotros estamos todavía convencidos que la única manera de sacar adelante al país es con un federalismo real. Hoy estas medidas están dando al traste con todo, porque estamos volviendo hacia atrás. Son reformas legislativas regresivas porque lo que se está consolidando, lo que se está generando es un centralismo ominoso y abusivo por parte de la federación so pretexto de que en la asignación de medicamentos, en la compra de medicamentos los recursos que la federación destinaba a las entidades federativas para su adquisición intervino la corrupción de manera indiscriminada y de manera ilimitada; ésa es la razón por la que se apoyó a estas reformas en materia de la Ley General de Salud y en materia de Seguro Popular.

Sí hay una gran corrupción, tiene décadas esta corrupción en la Secretaría de Salud, en las direcciones de salud o secretarías de salud en las entidades federativas, y alrededor de la adquisición de medicamentos también existe una gran mafia en esta materia que lamentablemente no se ha eliminado, ni se va a eliminar con este tipo de reformas.

Déjenme decirles porque use la tribuna el día de ahora, en este dictamen que nosotros votamos en contra en esa fecha, en octubre, septiembre-octubre de 2013 por la actitud de estar legislando para un centralismo que se está reinstalando o restaurando en el país.

Pero en aquella ocasión nosotros alegábamos, proponíamos, que era conveniente establecer en la Ley General de Salud candados para que no pudiese generarse la continuación de la corrupción, y para que dejasen a salvo las facultades de las entidades federativas. Proponíamos modificaciones a varios artículos, que en ese momento se estaban discutiendo. Pues bien, las modificaciones que planteábamos ustedes las rechazaron, como lo hacen siempre cuando proponemos alguna modificación, y resulta que ahora vienen en la minuta que nos envía el Senado.

Lo que planteábamos en aquella ocasión, en septiembre de 2013, ustedes no lo aceptaron, pero el Senado les corrigió la plana y ahora estamos discutiendo lo que en aquél momento estábamos proponiendo. Por esa razón el diputado Samperio, con tino y con certeza señala, que esto no resolverá el problema de fondo de la corrupción.

Porque ustedes recordarán que se señalaba por uno de los políticos más audaces que ha tenido la historia, que señalaba que en los actuales tiempos quienes quisieran fundar una república les sería más fácil conseguirlo con hombres montaraces y sin civilización alguna, que con ciudadanos que con corrompidas costumbres continúan con privilegios.

Esto que les comento es —concluyo, presidente—, parafraseando a este político florentino, es que la corrupción continúa, no se está resolviendo el problema de la corrupción en el país. Aun cuando hagan intentos frágiles, tibios, tenues de intentar combatir la corrupción.

Pero lean los discursos de Tito Livio, comentados por Maquiavelo, y verán que están repitiendo lo mismo. La corrupción entronizada en nuestro país es la madre de todos los males. Y aquí, en este gobierno, la corrupción sigue siendo la madre de todos los males. Mientras no se tenga un gobierno distinto se seguirá profundizando en la decadencia política que padecemos.

Les daría muchas otras razones para votar en contra de este dictamen, pero debido a los gritos que no faltan en los Bronx de los grupos parlamentarios y que sólo vienen a votar como se les ordena, es inútil...

El Presidente diputado José González Morfín: Diputado, le pediría que pudiera concluir su intervención.

El diputado Ricardo Monreal Ávila: ... es inútil, los argumentos por serios que éstos sean. No tienen remedio, no representan a nadie. Son parte del basurero de la historia.

El Presidente diputado José González Morfín: Tiene la palabra también para hablar en contra, el diputado Ricardo Mejía Berdeja. Doy la más cordial bienvenida a los alumnos del CCH Sur de la UNAM, que nos acompañan hoy aquí en la sesión. Bienvenidas y bienvenidos todos.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja:Gracias, compañero presidente. Compañeras y compañeros legisladores. Coincidiendo con mi coordinador parlamentario, Ricardo Monreal, advertimos en estas reformas a la Ley General de Salud una inminente intención centralista de acaparar el control de la adquisición de medicinas y su distribución en los estados a cargo del gobierno federal.

La política de salud en México ha estado sujeta a los caprichos sexenales. El hoy integrante del consejo de administración de Citigroup, como de todas las empresas privatizadas, el ex presidente Ernesto Zedillo promovió la federalización de la salud, y hoy lo que estamos viviendo con esta reforma de Enrique Peña Nieto es volver a centralizar el control de la salud, como ya se está haciendo con la educación a través del control de la nómina magisterial.

Es decir, temas muy sensibles y socialmente relevantes como la salud y la educación, centralizados para ser controlados desde la Secretaría de Educación Pública y desde la Secretaría de Salud. En el caso de la Secretaría de Salud, con la mano también de la Secretaría de Hacienda.

El argumento es la corrupción. Evitar la corrupción en las dependencias estatales, y nosotros coincidimos en que hay que combatir la corrupción, ¿pero qué nos garantiza que la centralización de la adquisición de medicamentos va a acabar con este cáncer? Al contrario, nosotros vemos el riesgo inminente de que sea un gran negocio sexenal.

Además, debemos recordar que la minuta de la Comisión Anticorrupción duerme el sueño de los justos en esta Cámara de Diputados. Ya se turnó desde hace tiempo a la Comisión de Puntos Constitucionales y a la Comisión de Transparencia, y más allá de foros, que no se hacen en otras reformas, no se ha avanzando sobre el tema, lo que nos deja de manifiesto que no hay voluntad para ir por una verdadera Comisión Anticorrupción.

De esta manera cae el argumento de esta postura centralista. Se puede federalizar y se puede combatir la corrupción, no hay contradicción, lo que vemos es que se utiliza como argumento.

Porque hay también otras dependencias sensibles en temas sociales que son utilizadas también de manera corrupta y la corrupción no solo es el desvío directo de recursos, sino desviarlos de sus propósitos. Por ejemplo Liconsa, que debe distribuir la leche con un programa de abasto social, está dedicada a hacer una institución electoral para beneficio de su actual director Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva.

Es decir, la corrupción sigue a nivel central, nada nos dice que con esta reforma se va a combatir la corrupción en el tráfico de medicinas. Por esta razón, voy a votar en contra de este dictamen que nos parece que sigue consolidando un centralismo autoritario en el país. Es cuanto.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Agotada la lista de oradores y no habiendo artículo reservado, ábrase el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

(Votación)

Ciérrese el sistema de votación. De viva voz.

El diputado Alberto Curi Naime (desde la curul): A favor.

El diputado José Sergio Manzur Quiroga(desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Señor presidente, se emitieron 373 votos a favor, 5 abstenciones y 40 en contra.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.



MARIA ESPERANZA CHANONA MARTINEZ

El Presidente diputado José González Morfín: Compañeras y compañeros, a nombre de los integrantes de esta Legislatura, quiero expresar mi más sentidas condolencias a la diputada Sonia Rincón Chanona, por el lamentable deceso de su señora madre doña María Esperanza Chanona Martínez. A nombre de los integrantes de la Mesa Directiva le expresamos nuestra más sincera solidaridad en estos momentos, tanto a ella como a su familia.



HUELGA EN LA UNIVERSIDAD DE SONORA

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Alfonso Durazo.

El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño(desde la curul): Señor presidente, gracias por su comprensión. Presidente, para insistir en un tema que ya plantee en la sesión pasada relacionado con la segunda huelga más extensa en la historia de la Universidad de Sonora.

Mientras que la indiferencia de las autoridades del estado y de las autoridades educativas resiste, la universidad cumple hoy 59 días en huelga. Tal vez la estrategia de las autoridades estatales y federales —porque dada la dimensión del conflicto deberían estar ya participando otras instancias— tal vez la estrategia sea dejar que los problemas se pudran, pero al dejar que los problemas se pudran se pudren también las ilusiones de 40 mil estudiantes y los esfuerzos de 40 mil padres de familia que con largas penalidades tienen a sus hijos en la universidad.

En virtud de ello, aprovecho esta oportunidad para reiterar mi llamado a las autoridades estatales y de rectoría para que retomen el diálogo y lleguen a una solución.

Quiero decir que en esta convocatoria no prejuzgo que el sindicato tenga la razón, sin embargo, el gobierno del estado, con independencia del origen y naturaleza del conflicto, dada su extensión y que afecta a 40 mil estudiantes, tiene la responsabilidad de construir con las partes el consenso para encontrar una solución.

Por supuesto que mi llamado también es al sindicato a aportar la parte que le corresponde para que junto con las autoridades encuentren ya una solución a un conflicto que no se le puede dar un día más, sin seguir afectando de manera definitiva a 40 mil sonorenses. Gracias, presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado.



VIOLENCIA EN TAMAULIPAS

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Germán Pacheco. Dígame, diputado.

El diputado Germán Pacheco Díaz(desde la curul): Señor presidente, hace aproximadamente tres semanas, muy amablemente usted me cedió la palabra, el tema es el mismo. El día de hoy se cumplen 24 días de inseguridad en Tamaulipas y en especial en el sur de Tamaulipas.

El día de ayer, aproximadamente como a las 10 de la noche transitaba con mi familia y me quedé a escasos 30 metros de un enfrentamiento.

Hoy en la mañana, en Reynosa quisieron levantar, un grupo de armados, al senador Francisco García Cabeza de Vaca.

Hace tres semanas pedí el exhorto, le pedí al Ejecutivo, al presidente Enrique Peña Nieto y al secretario de Gobernación, hace aproximadamente 20 días estuvo el procurador Murillo Karam, y fue muy claro y él dijo así: Tamaulipas tiene una estrategia, medida con precisión para Tamaulipas. Pero no dijo cuando se va a aplicar esta estrategia.

Ayer hablé con el secretario de gobierno de Tamaulipas, pidiéndole que le pasara mi mensaje al gobernador, donde hoy en día comenzaban las clases en Tamaulipas, y yo le dije que no estaban las cosas garantizadas para que los alumnos fueran a las escuelas, ellos son los expertos —le dije— nada más espero, y pásenle el mensaje al gobernador, que espero que primeramente Dios no pase un suceso de un padre de familia, de un trayecto de la casa a la escuela o de la escuela a la casa o pase un suceso con un menor de edad.

Estoy esperando la reunión que pedí hace tres semanas con el secretario de Gobernación para ver estos temas. Señor presidente, muchísimas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Sonido en la curul del diputado Enrique Cárdenas. Dígame, diputado.

El diputado Enrique Cárdenas del Avellano(desde la curul): Muchas gracias, señor presidente. Simplemente para hacer una aclaración, con que desde hace tres años en Tamaulipas la policía es militar. No hay preventivos, no hay rurales, y eso es lo que ha estado trabajando desde el inicio el señor gobernador del estado de Tamaulipas, o policías militares y federales.

El estado de Tamaulipas gasta más de mil 200 millones de pesos en la seguridad pública, precisamente para tener ese orden, y se están clasificando a los nuevos policías. Ya contamos con 2 mil 700. Nada más que en los dos primeros años no se contó con la fuerza ni con el apoyo del gobierno federal.

Hoy estamos contando con el apoyo del señor presidente, precisamente para que Tamaulipas pueda poner orden en lo que estamos teniendo dificultades. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Sonido nuevamente en la curul del diputado Germán Pacheco. Dígame, diputado.

El diputado Germán Pacheco Díaz(desde la curul): Sí, nada más para decirle a mi buen amigo Enrique que el gobierno actual lleva más de 6 mil millones de pesos en préstamos para el programa de la seguridad, y realmente no se ha visto el reflejo en Tamaulipas, y quiero decirle que ahí está la ciudadanía, que es la que está pidiendo a gritos el apoyo de las fuerzas federales en Tamaulipas, como se tenía hace tres, cuatro o cinco años, o hace dos años.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Finalmente sonido en la curul del diputado Enrique Cárdenas.

El diputado Enrique Cárdenas del Avellano(desde la curul): Por alusiones personales, señor presidente. Primeramente quiero aclarar al diputado Pacheco que no es préstamo, es un presupuesto federal, son inversiones que se están haciendo en el C4, C3, que él puede conocerlo. Creo que la información no hay que hacerla a medias, hay que hacerla completa. Eso es lo que hoy en Tamaulipas se está trabajando, y se está trabajando con el apoyo del gobierno federal. Muchas gracias, presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado.



DESPLEGADO DE ALFONSO CUARON EN QUE HACE 10 PREGUNTAS SOBRE LA REFORMA ENERGETICA

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Belaunzarán. Dígame, diputado, ¿con qué objeto?

El diputado Fernando Belaunzarán Méndez(desde la curul): Simplemente para que no nos pase de largo, de noche, una importante carta que hoy se publica en la prensa nacional.

El cineasta Alfonso Cuáron, ciudadano mexicano, y además muy reconocido, además justamente premiado por sus grandes trabajos, le envía hoy una carta a Enrique Peña Nieto con unas dudas y, me parece, muy pertinentes preguntas sobre la reforma energética, preguntas que, incluso, algunos que somos legisladores también nos hacemos y que creo que no sólo debiera responder Enrique Peña Nieto, sino también quienes respaldaron la reforma energética.

Es una carta muy respetuosa que sí merece una respuesta y que además de alguna manera o, diría, de manera directa reconoce e impulsa también la necesidad de hacer una consulta popular sobre este tema tan importante y tan sentido para los mexicanos.

Entonces, simplemente que no nos pase de noche la carta, que creo es respetuosa y muy importante, va al corazón de las cosas y por esas mismas dudas que tenemos muchos mexicanos estamos demandando esa consulta popular en 2015 para la reforma energética. Simplemente que quede establecido en el Diario de los Debates, y ojalá que si hay algún legislador que no ha leído la carta la pueda encontrar en la prensa nacional. Gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Queda, por supuesto, registrada cabalmente su intervención.



LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI al artículo 2o., recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: «Dictamen de la Comisión de Protección Civil, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI al artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Protección Civil fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI del artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil.

Esta comisión, con fundamento en los artículos, 71, 72, inciso D), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, 82 Numeral 1, 84, 85 y 157, numeral 1, fracción I, 158 numeral 1, fracción IV, 167 numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado la minuta referida, somete a la consideración de esta soberanía el presente dictamen.

I. Antecedentes Legislativos

1. El 28 de febrero de 2013 el diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa que reforma los artículos 2o. y 82 de la Ley General de Protección Civil (LGPC).

2. Esta iniciativa fue turnada a la Comisión de Protección Civil el 28 de febrero de 2013.

3. El 23 de abril del 2013 la Comisión de Protección Civil aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 82 de la LGPC.

4. El 29 de abril del 2013 la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados emitió la declaratoria de publicidad del citado dictamen.

5. El dictamen fue presentado a discusión al pleno de la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2013, donde fue aprobado por 402 votos y pasó a la Cámara de Senadores para efectos el apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. La LXII Legislatura de la Cámara de Senadores recibió la minuta el 30 de abril del 2013, misma que fue turnada para su estudio y dictaminación a las comisiones unidas de Protección Civil y Estudios Legislativos, Primera.

7. El 6 de febrero del 2014 se presentó en la Cámara de Senadores el dictamen de primera lectura.

8. El 11 de febrero del 2014 fue presentado a discusión en la Cámara de Senadores el proyecto de decreto, el cual fue aprobado con 95 votos a favor, por lo que pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. La minuta enviada por la Cámara de Senadores fue recibida en la Cámara de Diputados el 13 de febrero del 2014, y en esa misma fecha fue turnada a esta comisión para su discusión, análisis y posterior dictaminación.

II. Contenido de la minuta devuelta por la Cámara de Senadores

Primero.Tanto ésta comisión como las comisiones dictaminadoras en la Cámara de Senadores, coinciden en que los fenómenos astronómicos, sin duda, representan un riesgo latente sobre la población, por lo que su conocimiento, catalogación, análisis y monitoreo constante son acciones necesarias que nuestro sistema de protección civil debe incorporar a su normatividad.

Segundo.No obstante ésta coincidencia, la minuta devuelta por el Senado de la República, considera necesario realizar modificaciones a la minuta con proyecto de dictamen enviado originalmente por esta colegisladora.

Tercero.Las modificaciones propuestas en la minuta enviada por el Senado de la República en cuestión, se resumen en dos áreas principales:

– Modificar la definición de fenómenos astronómicospropuesta en el artículo 2 de la LGPC, con base en la definición propuesta por la Agencia Espacial Mexicana (AEM); y

– Ampliar la descripción de tareas preventivas, de atención  y difusión entre la población que las autoridades tendrían que realizar ante los fenómenos astronómicos, añadiendo en este sentido, un segundo y tercer párrafo al artículo 20 de la LGPC.

Para mayor claridad, se muestra una tabla comparativa del proyecto de dictamen enviado por la Cámara de Diputados y de la minuta devuelta por la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Texto propuesto originalmente en la minuta enviada por la Cámara de Diputados

Artículo Único. Se reforma el artículo 2, fracción XVI, y el artículo 82, asimismo se adiciona la fracción XXI, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes del artículo 2, y se añade un segundo y tercer párrafo al artículo 20, de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I. a XV. ...

XVI. Desastre: Al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural, de la actividad humana o aquellos provenientes del espacio exterior,que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada;

XVII. a XXVI. ...

XXVII. Fenómeno astronómico: Agente perturbador que se genera por la actividad del espacio exterior y que al interactuar con la Tierra ocasiona fenómenos destructivos, como pueden ser tormentas magnéticas solares y meteoritos.

[Se recorren las fracciones subsecuentes]

XXVIII. a LXI. ...

Artículo 20. ...

...

Artículo 82. El gobierno federal, con la participación de las entidades federativas y el gobierno del Distrito Federal, deberán buscar concentrar la información climatológica, geológica, meteorológica y astronómica de que se disponga a nivel nacional.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Texto propuesto en la minuta devuelta por la Cámara de Senadores

Artículo Único. Se reforma el artículo 2, fracción XVI, y el artículo 82, asimismo se adiciona la fracción XXI, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes del artículo 2, y se añade un segundo y tercer párrafo al artículo 20, de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 2. ..

I. a XV. ...

XVI. Desastre: Al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural, de la actividad humana o aquellos provenientes del espacio exterior, que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada;

XVII. a XX. ...

XXI. Fenómeno astronómico: Eventos, procesos o propiedades a los que están sometidos los objetos del espacio exterior incluidos estrellas, planetas, cometas y meteoros. Algunos de éstos fenómenos interactúan con la tierra, ocasionándole situaciones que generan perturbaciones que pueden ser destructivas tanto en la atmósfera como en la superficie terrestre, entre ellas se cuentan las tormentas magnéticas y el impacto de meteoritos.

[Se recorren las fracciones subsecuentes]

XXII a LXI. ...

Artículo 20. ...

En el caso de los fenómenos astronómicos, la Coordinación Nacional de Protección Civil, el Centro Nacional de Prevención de Desastres y la Agencia Espacial Mexicana, trabajarán conjuntamente y en el marco de sus atribuciones, a fin de crear y promover las políticas públicas en materia de prevención o atención de desastres ocasionados por objetos que provengan del espacio exterior.

Asimismo, el Sistema Nacional de Protección Civil coadyuvará a realizar las acciones necesarias de protección civil, de forma coordinada y eficaz, entre el gobierno federal, las entidades federativas, el Gobierno del Distrito Federal, los municipios, las delegaciones, los sectores privado y social, así como la población en general, ante el peligro o riesgo específico derivado de un agente perturbador espacial.

...

Artículo 82. El gobierno federal, con la participación de las entidades federativas y el gobierno del Distrito Federal, deberán buscar concentrar la información climatológica, geológica, meteorológica y astronómica de que se disponga a nivel nacional.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

III. Consideraciones de la comisión dictaminadora

La Comisión de Protección Civil, después de hacer un análisis exhaustivo de la minuta antes mencionada, ha llegado a la conclusión de emitir un dictamen en sentido positivo, tomando en cuenta las siguientes consideraciones:

Primero.Que la minuta devuelta por la Cámara de Senadores, coincide con el espíritu del Proyecto de Dictamen aprobado originalmente por la Cámara de Diputados, por lo que las modificaciones que plantea buscan principalmente mejorar la redacción y fortalecer el objetivo de incluir la prevención y atención de los fenómenos astronómicos en el país.

Segundo.Que no existen cambios entre la redacción propuesta por ambas Cámaras para la fracción XVI del artículo 2 de la LGPC, en la que se añade la frase “o aquellos provenientes del espacio exterior”, por lo que se considera aprobar en sus términos la reforma a dicha fracción.

Tercero.La propuesta de inclusión y definición del concepto fenómenos astronómicosdentro de las definiciones del artículo 2 de la LGPC, presenta dos cambios en la minuta enviada por el Senado de la República:

a) En primer lugar, la propuesta enviada por la Cámara de Diputados incluía dicha definición en la fracción XXVII del citado artículo, recorriendo las fracciones subsecuentes, mientras que la Minuta devuelta por el Senado de la República propone añadir dicha definición en la fracción XXI, recorriendo las fracciones subsecuentes.

Aunque en el dictamen de las Comisiones Unidas de Protección Civil, y de Estudios Legislativos, Primera, del Senado de la República, no se establecen las razones para hacer dicho cambio, puede suponerse que obedece a un criterio de ordenación alfabética en el que, si se ordenaran alfabéticamente los diferentes fenómenos perturbadores definidos en el artículo 2 de la LGPC, a los fenómenos astronómicos les correspondería insertarse en la fracción XXI.

Mientras que esta comisión, en su dictamen original, había considerado un criterio cronológico de ordenación de los diferentes fenómenos perturbadores. De esta manera, a los fenómenos astronómicos, los más recientemente incluidos en la LGPC, les correspondería la parte final del listado de fenómenos perturbadores, es decir, la fracción XXVII.

La Comisión de Protección Civil considera igualmente adecuados ambos criterios, y considera válido el cambio propuesto en la minuta enviada por el Senado de la República, por lo que considera aprobar en los términos propuestos, la inclusión de la definición del término fenómenos astronómicos en la fracción XXI del artículo 2 de la LGPC, recorriendo las fracciones subsecuentes.

b) En segundo lugar, la minuta enviada por el Senado de la República propone una nueva redacción para la definición de los fenómenos astronómicos incluidos en la LGPC.

Dicha definición está basada en la propuesta de la Agencia Espacial Mexicana, por lo que, dada la experiencia y capacidad técnica de la AEM en la materia espacial, ésta Comisión considera adecuado mantener la definición de los fenómenos astronómicos, en los términos propuestos en la Minuta devuelta por el Senado de la República.

Cuarto.Esta comisión reconoce la intención de la minuta por mejorar la prevención y atención de los eventuales desastres ocasionados por fenómenos astronómicos, al ampliar la descripción de la manera en la que deben atenderse dichos fenómenos, adicionando un segundo y tercer párrafo del artículo 20 de la LGPC.

Actualmente, el artículo 20 establece que la Coordinación Nacional de Protección Civil “podrá integrar comités interinstitucionales para los diferentes agentes perturbadores, quienes apoyarán a las autoridades en el diagnóstico y toma de decisión en la gestión del riesgo a fin de reducir al máximo los posibles daños que pudiesen generar. Dichos Comités Interinstitucionales, serán técnicamente apoyados  por los Comités Científicos Asesores u otras instancias técnicas conforme el Manual de Organización del Sistema Nacional”.

Si bien ésta Comisión consideró en su dictamen original, no hacer explícitos los detalles de la atención a cada uno de los fenómenos perturbadores, en este caso es pertinente aprobar la adición de dos párrafos al artículo 20 propuestos en la minuta enviada por el Senado, ya que clarifica los protocolos de colaboración científica y entre los diferentes órdenes de gobierno para atender eventuales desastres ocasionados por fenómenos astronómicos.

Por todas las consideraciones anteriores, esta comisión dictamina en sentido positivo en sus términos,la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2, fracción XVI, y el artículo 82, asimismo se adiciona la fracción XXI, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes del artículo 2, y se adicionan un párrafo segundo y tercero al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil.

Ante lo expuesto anteriormente, la Comisión de Protección Civil somete al pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 2 y 82; y se adicionan la fracción XXI del artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil

Artículo Único. Se reforma el artículo 2, fracción XVI, y el artículo 82, asimismo se adiciona la fracción XXI, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes del artículo 2 y se adicionan un párrafo segundo y tercero al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I. a XV. ...

XVI. Desastre: Al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural, de la actividad humana o aquellos provenientes del espacio exterior, que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada;

XVII. a XX. ...

XXI. Fenómeno astronómico: Eventos, procesos o propiedades a los que están sometidos los objetos del espacio exterior incluidos estrellas, planetas, cometas y meteoros. Algunos de éstos fenómenos interactúan con la tierra, ocasionándole situaciones que generan perturbaciones que pueden ser destructivas tanto en la atmósfera como en la superficie terrestre, entre ellas se cuentan las tormentas magnéticas y el impacto de meteoritos.

XXII a LXI....

Artículo 20. ...

En el caso de los fenómenos astronómicos, la Coordinación Nacional de Protección Civil, el Centro Nacional de Prevención de Desastres y la Agencia Espacial Mexicana, trabajarán conjuntamente y en el marco de sus atribuciones, a fin de crear y promover las políticas públicas en materia de prevención o atención de desastres ocasionados por objetos que provengan del espacio exterior.

Asimismo, el Sistema Nacional de Protección Civil coadyuvará a realizar las acciones necesarias de protección civil, de forma coordinada y eficaz, entre el gobierno federal, las entidades federativas, el gobierno del Distrito Federal, los municipios, las delegaciones, los sectores privado y social, así como la población en general, ante el peligro o riesgo específico derivado de un agente perturbador espacial.

Artículo 82. El gobierno federal, con la participación de las entidades federativas y el gobierno del Distrito Federal, deberán buscar concentrar la información climatológica, geológica, meteorológica y astronómicade que se disponga a nivel nacional.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el diario oficial de la federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2014.

La Comisión de Protección Civil, diputados:Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica), presidente; David Cuauhtémoc Galindo Delgado (rúbrica), Raudel López López, Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica), Isela González Domínguez (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), César Reynaldo Navarro de Alba, Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Arturo Cruz Ramírez (rúbrica), secretarios; Ana Isabel Allende Cano (rúbrica), José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica), Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Tomás López Landero (rúbrica), Lorena Méndez Denis (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Francisco Pelayo Covarrubias (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen por la comisión tiene el uso de la voz el diputado Alfonso Durazo Montaño.

El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño:Gracias, compañero presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, presento ante ustedes minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI al artículo 2o., recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y agrega un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil.

Contra lo que pudiéramos pensar los riesgos de desastre por el impacto de fenómenos espaciales en la tierra son relativamente altos. Dichos fenómenos pueden generar —en la forma de meteoritos y, sobre todo, de tormentas solares— súbitas y graves alteraciones en la vida de las personas.

Cada año meteoritos de tamaño considerable impactan la tierra, aún cuando la gran mayoría se desintegra en su paso por la atmósfera no es descartable un impacto directo que genere consecuencias graves para la población.

Por sólo mencionar un ejemplo, en febrero de 2013 la caída de un meteorito en una zona poblada de los Urales dejó cerca de mil heridos. Este meteorito liberó una energía equivalente a 500 kilotones, es decir, 30 veces la fuerza de la bomba atómica lanzada en Hiroshima.

Así es que no es ocioso atender este tema por remoto que parezca, el gobierno debe estar mejor preparado para atender las consecuencias específicas de este tipo de fenómenos, y eso es lo que precisamente se propone con estas adecuaciones a la Ley General de Protección Civil.

Aún más, en el medio científico es cada vez mayor la preocupación por las consecuencias de las tormentas solares en los sistemas eléctricos y de telecomunicaciones. Una fuerte radiación de energía solar, consecuencia de estas tormentas, puede afectar severamente la comunicación satelital, celular y todos los sistemas industriales y domésticos que usen energía eléctrica, lo que a su vez puede producir incidentes masivos.

Como ejemplo de lo anterior, en marzo de 1989 el impacto de intensas tormentas solares en Quebec, Canadá, dejaron a millones de personas sin energía eléctrica por días y afectaron por semanas las comunicaciones radiales de la región.

La misma ONU, mediante su Comité de Uso Pacífico del Espacio, destacó recientemente la necesidad de incrementar la coordinación internacional entre organismos y gobiernos para monitorear y generar acciones de prevención y protección civil a la población en casos de desastre de este tipo.

En esta línea, el diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del PRD, tuvo el acierto de presentar iniciativa para reformar los artículos 2 y 82 de la Ley General de Protección Civil, con el fin de incorporar de forma explícita a los fenómenos astronómicos. En su momento este pleno aprobó el dictamen correspondiente.

Una vez en el Senado, la Cámara alta hizo modificaciones al dictamen que depuran la definición de fenómenos astronómicos propuesta en el artículo 2 de la Ley General de Protección Civil, amplió igualmente la descripción de tareas preventivas que las autoridades se verían obligadas a realizar ante la presencia de fenómenos astronómicos perturbadores.

Una vez devuelta y después del análisis de las modificaciones propuestas por el Senado, la Comisión de Protección Civil emitió un dictamen en sentido positivo bajo los siguientes argumentos: La minuta devuelta por la Cámara de Senadores mantiene en lo fundamental la línea del proyecto de dictamen aprobado por la Cámara de Diputados.

La Comisión considera que la propuesta de inclusión y definición del concepto fenómeno astronómico dentro de las definiciones del artículo 2 de la Ley de Protección Civil es más certera y deja menos espacio a la ambigüedad. Esto se ve fortalecido por el hecho de que dicha definición está basada en una propuesta de la Agencia Espacial Mexicana, cuya experiencia y capacidad técnica y científica favoreció la redacción del texto del artículo en cuestión.

Con esta depuración y adiciones, la Ley General de Protección Civil se ve fortalecida. Por tales consideraciones, esta Comisión dictaminó en sentido positivo y en sus términos la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI al artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y agrega un segundo y tercer párrafo al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil que hoy se somete a la consideración de este pleno. Gracias por su atención. Gracias, señor presidente.

Presidencia del diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Durazo.Está a discusión en lo general. Tiene el uso de la voz la diputada Cristina Olvera Barrios, para fijar postura en representación del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza.

La diputada Cristina Olvera Barrios:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, en las últimas décadas hemos sido testigos del aumento de los desastres naturales en todo el planeta. Esto se ha incrementado en frecuencia, intensidad y, por consiguiente, en las consecuencias y devastación que deja a su paso por la Tierra, situación que es un motivo de preocupación para toda la comunidad internacional, por su impacto económico, ambiental, pero sobre todo desde su perspectiva humanitaria.

Si bien estamos de acuerdo en que no podemos saber a ciencia cierta el momento exacto en que un fenómeno astronómico impactará la Tierra, es necesario que estemos mejor preparados posible para su aparición. De esta manera se podría evitar que los eventos así cobren numerosas vidas humanas, además de aminorar los daños causados por la devastación que puedan ocasionar al medio ambiente.

Debemos ser conscientes que los fenómenos especiales y astronómicos son reales, existen y son peligrosos por las afectaciones directas sobre la Tierra y sobre su población. Como ejemplos muy claros tenemos los daños ocasionados por la caída de un asteroide en una ciudad rusa, donde miles de personas resultaron dañadas.

Por su parte, las tormentas solares son una bomba de partículas y radiaciones que viajan en el espacio y han impactado al planeta, lo que puede provocar tormentas electromagnéticas, que eventualmente afecten a las comunidades satelitales. Además, este tipo de eventos interviene directamente las variaciones del nivel del mar, las mareas y los cambios de oleajes, que están ocasionados por varios de estos fenómenos, provocando tsunamis, tornados y huracanes.

En este sentido, son destacables los esfuerzos para mejorar la comprensión de las causas, pero también es necesario incorporar a la legislación conceptos que contemplen a los diversos fenómenos especiales, como riesgos para la integridad física de la población del país.

Por ello, en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza votaremos a favor del presente dictamen, a fin de incorporar en la Ley General de Protección Civil dichos fenómenos espaciales, que son riesgos para la población mexicana. Esto a fin de motivar su estudio, catalogación, elaboración de mapas de riesgo, análisis y monitoreo constante, así como de-sarrollar los planes de emergencia que se requieren para hacer frente a este tipo de eventos.

Por ello, es necesario que todas estas acciones estén contempladas en el Sistema Nacional de Protección Civil. Del mismo modo, se hace indispensable dejar perfectamente delineadas las esferas de competencias, atribuciones y responsabilidades de cada instancia o dependencia relacionada con la prevención, información y atención de los daños ocasionados por un impacto de desastre natural que provenga del espacio exterior.

Así como la participación del gobierno federal. Las entidades federativas y el gobierno federal, trabajando de manera transversal, podrán hacer frente a una emergencia y brindar la mejor y mayor ayuda a la población que se ve afectada en caso de un eventual fenómeno de este tipo. Es cuanto.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputada Olvera Barrios. Tiene el uso de la voz para fijar postura, en representación del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:Es loable la preocupación del Poder Legislativo en la reforma a la Ley General de Protección Civil para el caso de atender situaciones provocadas por fenómenos astronómicos, determinando la Coordinación Nacional de Protección Civil, el Centro Nacional de Prevención de Desastres y la Agencia Espacial Mexicana, con el objeto de crear y promover las políticas públicas en materia de prevención o atención de desastres ocasionados por objetos que provengan del espacio exterior, situación que con el debido respeto a la propuesta, y quien conoce la película no me negará la visión, esta propuesta trae la imágenes de la película de ciencia ficción y cine catástrofe Armageddon, en la que participa, por cierto, el actor Bruce Willis y dirige Michael Bay.

El tema refiere a un grupo de perforadores de plataformas petrolíferas que son enviados por la NASA a un enorme asteroide que amerita una amenaza al planeta Tierra, con la idea de que ellos taladren la superficie y poderlo destruir con una bomba.

Repito, es loable la propuesta y su objeto atiende a la preocupación por la afectación de la población, el Grupo Parlamentario del PT, sin duda, la va a votar a favor. No obstante, quiero señalar, que ojalá esta sensibilidad por la afectación provocada por objetos del espacio exterior, se viera mínimamente reflejada en problemas más inmediatos al compromiso del Poder Legislativo para con la población.

Estamos en un sistema económico, depredador, que atiende al principio de acumulación de la riqueza en cuyo afán no preocupa ni ocupa la necesidad de atender los problemas que genera la explotación irracional de los recursos naturales, en particular el gas y el petróleo.

Es innegable e inevitable el vincular la propuesta con la película de Armageddon, traer a colación otra película que refiere el espacio exterior, Gravity, que ha sido reconocida y premiada en el mundo cinematográfico. Película, cuyo director, Alfonso Cuarón, ha manifestado su preocupación por la afectación al medio ambiente por prácticas de explotación masiva del petróleo y los riesgos que conllevan no sólo al medio ambiente, sino, además yo agregaría, a la población.

La desinformación que señala en una carta publicada hoy el director Alfonso Cuarón atiende a la desinformación de políticas económicas que depredan el medio ambiente y ponen en riesgo a la población.

Esta preocupación por los objetos que provienen del espacio exterior, con un mínimo grado de sensibilidad, debería de adoptarse por el Poder Legislativo, por el riesgo de actos de los hombres que afectan al medio ambiente y ponen en riesgo a la población.

La extracción del gas shale a través de la técnica de fractura hidráulica, que muchos llaman fracking, técnica que parte de la perforación de un pozo vertical, la cual una vez alcanzada la profundidad deseada viene acompañada de una perforación horizontal que puede extenderse entre uno y uno punto y medio kilómetros, perforación que se repite en diferentes direcciones, partiendo del mismo pozo de perforación vertical inicial, fracturando la roca con la inyección de una mezcla de agua, arena y sustancias químicas que elevan la presión para permitir el flujo y salida del gas, siendo necesario para mantener la producción, es necesario realizar continuamente el procedimiento de fractura hidráulica en un mismo pozo.

Esto es, se usan grandes cantidades de agua que quedan inutilizadas al ser fuertemente contaminantes.

Esta técnica es parte de la desinformación de la que se queja Cuarón en su carta de hoy, y que manifiesta a través de 10 preguntas hechas a Enrique Peña Nieto.

El llamado de atención está presentado para el caso de las emergencias que provocarán las técnicas de explotación de gas e hidrocarburos en el país. Esperamos sensibilidad ante la inminencia de la reforma secundaria en hidrocarburos para atender estos problemas de protección civil.

Y recomendamos a Enrique Peña Nieto que responda de inmediato las preguntas que hizo Cuarón y que está en espera urgente, el pueblo de México, de saber sus respuestas.

Sobre todo la primera, ¿cuándo bajarán los precios del gas, gasolina, combustóleo y energía eléctrica? ¿Qué otros beneficios tangibles se esperan de la reforma? ¿Cuál es el cronograma de estos beneficios?

También urgiría que respondiera la pregunta cinco. Las trasnacionales petroleras en el mundo tienen tanto poder como muchos gobiernos. ¿Qué medidas se tomarán para evitar que el proceso democrático de nuestro país quede atrapado por financiamientos ilícitos y otras presiones de los grandes intereses, como ha sido cuestionado el propio Peña Nieto?

La siete. ¿Cómo asegurar que la reforma incremente la productividad de Pemex si no se enfrenta el problema de la corrupción dentro del sindicato? Cosa en que esta Cámara también es omisa.

La ocho. Si Pemex aportó por 70 años más de la mitad del presupuesto federal, con lo que se construyó la infraestructura nacional, se sostuvo la educación y los servicios de salud gratuitos. Ahora que el aporte del petróleo no irá directamente a Pemex, a las arcas, ¿cómo se cubrirá este presupuesto? Culmino, presidente.

Porque urge también que contestara la nueve, de cómo asegurar que las utilidades no se canalicen a la expansión de la burocracia sino que lleguen al propietario original de estos recursos que es el pueblo de México.

Y sobre todo la diez. Porque las experiencias, dice él, dos experiencias desastrosas permanecen en la memoria de los mexicanos: la quiebra en 1982, luego del dispendio, ineptitud y corrupción que caracterizó el manejo de la riqueza petrolera de los años setenta, y las reformas discrecionales y opacas de tiempos de Salinas de Gortari, buenas para las manos privadas pero dudosas para las consumidores.

¿Qué nos garantiza que estas experiencias que han ahondado los abismos sociales no se repitan? Le dice Cuarón, usted y su partido cargan con la responsabilidad histórica de estas reformas. ¿Cree realmente que el Estado mexicano tiene los instrumentos para llevarlos a cabo con eficacia, sentido social y transparencia?

Bueno, éste es el tema, éste es el tema del día de hoy. Ojalá esta Cámara, yo he dicho, no nada más se preocupe por el Armageddon, sino se preocupe más por Gravity, que es lo que el pueblo de México está esperando, esa respuesta, y estamos en contra de la fractura hidráulica. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Huerta Ladrón de Guevara. Tiene el uso de la voz, el diputado Juan Luis Martínez Martínez, para fijar postura en representación del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos.

El diputado Juan Luis Martínez Martínez:Compañeras y compañeros, con su venia, presidente. Los desastres naturales son fenómenos que por lo regular ocurren de manera inesperada provocando todo tipo de daños para la población, teniendo como resultado tragedias que han dejado algunos severos daños que para muchas personas marcaron sus vidas y para unas, peor aún, perdieron la vida.

Uno de estos fenómenos que mencionamos son los astronómicos, que son agentes perturbadores que se generan por la constante actividad del espacio exterior y que al interactuar con la Tierra ocasiona desastres naturales y sociales.

El asunto del dictamen es incluir a los fenómenos astronómicos dentro del concepto de desastre en la Ley de Protección Civil, además de señalar que la Coordinación Nacional de Protección de Desastres y la Agencia Espacial Mexicana trabajaran conjuntamente a fin de crear y promover políticas públicas de prevención o atención de desastres ocasionados por objetos que provengan del espacio exterior.

Al hacer un análisis sobre este tema, nos podemos dar cuenta que en México no se cuenta con la capacidad para afrontar un fenómeno como el que ocurrió en Rusia en 2013, es más, en nuestro país no existe un marco normativo que prevea este tipo de fenómenos.

Es importante señalar en primer lugar que no tenemos una constitución legal que contemple este tipo de fenómenos, por ende no se han previsto precauciones para sobrellevar un acontecimiento de esa naturaleza. La actualización de las normas es necesaria y más cuando nos damos cuenta de casos que no se prevén y no estamos exentos de que sucedan.

Es por esa situación que el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano estamos a favor de este dictamen pues consideramos que lo principal es el bienestar en todos los sentidos de nuestra población. Además sostenemos que es de carácter urgente implementar acciones inmediatas como un programa de prevención y difusión entre la población para que ésta sepa reaccionar en caso de un evento de este tipo, así como la de plasmar programas especializados en detección de sujetos extraños y provenientes del espacio exterior.

Quisiera aprovechar esta tribuna, todos sabemos que ya está a punto de concluir este periodo de sesiones, para seguir denunciando la opacidad, la miopía de las dependencias federales en la atención a las comunidades indígenas. En reiteradas ocasiones he utilizado esta tribuna para denunciar a los funcionarios de la Semarnat, de dos localidades, concretamente el estado de Oaxaca, que están en peligro ya que son zonas que necesitan reubicarse de manera urgente y como siempre las sorderas a los pueblos indígenas, la miopía, la desatención brutal. Como siempre actúa este sistema neoliberal y corrupto. Es cuanto, compañeras y compañeros.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Martínez Martínez. Tiene el uso de la voz, la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, para fijar postura hasta por cinco minutos.

La diputada Rosa Elba Pérez Hernández:Buenas tardes a todos, compañeros. Quiero decirles que no venimos en representación de Discovery Channel, pero sí hay eventos como el que reformara la Ley General de Protección Civil y que sí pueden llegar a afectar a la población.

Esta reforma seguramente no aparecerá en los medios mañana, pero quién hubiera dicho hace 15 años que los atlas de riesgo y la contaminación auditiva o visual ocuparían espacio en la Gaceta Parlamentaria o en esta misma tribuna.

Expongamos nuestra posición del Partido Verde sobre esta reforma legislativa. Con su venia, señor presidente. Los fenómenos astronómicos que ocurren en el espacio a veces llegan a interactuar con la Tierra ocasionando perturbaciones que pueden ser destructivas, entre ellas —como han dicho mis compañeros ya— meteoritos, aerolitos y tormentas magnéticas.

Los impactos son causados por la colisión de los grandes meteoritos con la Tierra y algunas veces van acompañados de extinciones masivas. De hecho, curiosamente con los compañeros de Yucatán, aprendimos ahora que un lugar llamado Chixchulub, en Yucatán, hace 60 millones de años, ahí fue donde pegó un meteorito y se extinguieron los dinosaurios. Esas son fuentes científicas.

Ahora la magnitud de los desastres es inversamente proporcional a la frecuencia con la que suceden debido a que los impactos pequeños son mucho más frecuentes que los grandes, sin embargo mientras más peligrosos, son más infrecuentes.

Millares de pequeños cuerpos golpean la superficie de la Tierra a diario, pero por su tamaño no representan peligro alguno. Los asteroides han residido en el sistema solar desde su creación y se encuentran cerca de dos millones, según el cálculo del satélite ISO de la Agencia Espacial Europea, par, por cierto, de la recientemente creada Agencia Espacial Mexicana y quienes, esperamos, reciban un mayor presupuesto en el PEF 2015.

Ahora, cuando ingresa a la atmósfera un asteroide de cinco a 10 metros —algo que sucede una vez al año en promedio— estalla, como decía otro compañero, con una energía como la bomba de Hiroshima.

Decimos: ¿Por qué no los vemos; dónde está eso? Resulta, compañeros —recuerden— que la humanidad ocupa menos del cinco por ciento, aproximadamente tres por ciento de la superficie de la tierra, entonces esto ocurre todo el tiempo y por eso no vemos estos impactos. Hay objetos mayores a los 50 metros, que caen una vez cada mil años, pero producen explosiones muy importantes.

La estadística nos alerta de los riesgos futuros. La historia de nuestro propio planeta nos indica que la ocurrencia de cataclismos en épocas pasadas causadas por meteoritos han ocurrido, por ello tenemos que aprender del pasado y estar alertas.

Por otra parte, tampoco los vemos pero las tormentas magnéticas son fenómenos ocasionados por el sol y pueden durar días y afectan a aparatos electrónicos y a sistemas de telecomunicaciones y pueden producir malestares físicos a personas.

Así pues, en esta reforma y adición a la Ley General de Protección Civil, se cataloga a los fenómenos astronómicos como posibles generadores de desastres y además se plantea una definición de los fenómenos astronómicos realizada por la Agencia Espacial Mexicana que, repito, requiere de mayor presupuesto para este PEF 2015.

Pretendemos establecer que la Agencia Espacial Mexicana participe y trabaje coordinadamente con el Centro Nacional de Prevención de Desastres y la Coordinación Nacional de Protección Civil, todo con la finalidad de elaborar políticas públicas para atender y prevenir los desastres ocasionados por agentes de fuera de la Tierra.

Por los motivos expresados, el Grupo Parlamentario del Partido Verde apoya el presente proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 82, y el artículo 20 de la Ley General de Protección Civil.

Termino, señor presidente. No nos estamos protegiendo contra nada extraordinario, ni extraterrestre, nos estamos protegiendo simplemente contra pedacería y material que cada vez, gracias a la tecnología, comprendemos más y podemos detectar con mayor facilidad, y que viene de fuera de la atmósfera. Mucha gracias, compañeros.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputada Pérez Hernández. Tiene el uso de la voz el diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, para fijar postura en representación del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Andrés Eloy Martínez Rojas:Con su permiso, presidente. Compañeras y compañero, el 28 de febrero del 2013 presenté la iniciativa que reforma los artículos 2o. y 82 de la Ley General de Protección Civil.

Dicha iniciativa fue turnada a la Comisión de Protección Civil, misma que vio a bien aprobarla, presentando el dictamen correspondiente al pleno de la Cámara de Diputados, el 29 de abril del año 2013, donde fue aprobado por 402 votos y pasó a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales correspondientes.

Por lo anterior, quiero hacer un especial reconocimiento a todas las compañeras diputadas y compañeros diputados integrantes de la Comisión de Protección Civil, encabezada por su presidente el diputado Alfonso Durazo, por la sensibilidad que tuvo, que tuvieron todos ellos para reconocer la importancia de esta propuesta. Desde luego, ustedes mismos también para reconocer que éste no es un asunto extravagante ni ajeno a las actividades de los seres humanos en nuestro planeta.

Y es que los desastres naturales a los que estamos expuestos son fenómenos de distintos ámbitos de la naturaleza, que muchas veces ocurren de forma inesperada.  En los últimos años hemos reconocido que fenómenos que no suceden de manera frecuente y que se originan más allá de la Tierra, en el espacio exterior, pueden tener consecuencias catastróficas para nuestra civilización.

En suma, somos vulnerables ante este tipo de catástrofes, de las cuales México por supuesto lo es. Como nos lo recuerda el cráter que ya mencionaba la compañera diputada, Chicxulub, en la península de Yucatán, de 200 kilómetros de diámetro, originado por un asteroide que chocó hace 65 millones de años y extinguió 75 por ciento de las formas de vida en la Tierra, incluyendo a los dinosaurios. Y es por eso, por cierto, que estamos aquí nosotros.

El riesgo de nuevos impactos a una escala más pequeña persiste y son 10 veces más frecuentes de lo que creíamos, según el último reporte de la fundación estadounidense B612, especializada en el estudio de asteroides potencialmente peligrosos para la Tierra.

Ellos encontraron que desde el año 2000 y hasta el año 2013 fueron en total 26 asteroides los que impactaron contra alguna parte de la Tierra, con más de un kilotón de potencia, que es el equivalente a una pequeña bomba atómica.

Nada más en enero de este año, el asteroide 2014 AA, del tamaño de un automóvil, sobrevoló el norte de Venezuela antes de desintegrarse en el océano.

Estos acontecimientos denominados fenómenos astronómicos son agentes perturbadores que se generan por la constante actividad del espacio exterior y que al interactuar con la Tierra ocasionan fenómenos destructivos, poniendo en riesgo la vida humana, causando muerte o alteración al orden de la vida en la Tierra, como se describe en el dictamen.

En esta clasificación encontramos el impacto de meteoritos, tormentas solares y la caída de basura espacial, esta última producto de la tecnología espacial humana.

Los investigadores reconocen que los asteroides han provocado grandes catástrofes en la historia del planeta y por ello no se les debe menospreciar. Pero los meteoritos, que son fragmentos de asteroides, no sólo se estudian por sus riesgos, sino que ofrecen información valiosa sobre el origen de la vida y de la Tierra.

Ante este panorama, México y científicos en el mundo rea-lizan búsqueda exhaustiva con telescopios. México todavía no se involucra, mejor dicho, en esta actividad, y esto debe comenzar a fomentarse a raíz de la formación del presente dictamen. Con estos problemas se han descubierto asteroides que son potencialmente peligrosos para la Tierra.

Pero también hay otros fenómenos que son muy peligrosos. Les comento que gracias a este dictamen se comenzará a preparar a nuestro país ante una eventual explosión solar capaz de provocar el colapso de las redes eléctricas en grandes zonas de México durante meses, y la interrupción de las comunicaciones satelitales ya que, como ha advertido la comunidad científica mundial, sólo es cuestión de tiempo para que el sol nos golpee con una inyección de masa coronal altamente destructiva para nuestra infraestructura tecnológica.

Tan sólo el 23 de julio del año 2012 se registró el impacto directo de una colosal explosión solar que de haber llegado a la Tierra hubiera tenido efectos catastróficos sobre las redes eléctricas modernas y redes de telecomunicaciones.

Según un estudio realizado por la Academia Nacional de las Ciencias de los Estados Unidos, el impacto total en ese país hubiera superado nada más los dos trillones de dólares, 20 veces más que los costos que ocasionó el huracán Katrina. Es por eso que México debe estar preparado para enfrentar ese tipo de contingencia inusual, pero latente.

Otro fenómeno y otro riesgo que no debemos soslayar es la caída de los restos de un satélite artificial o basura espacial, ya que tan sólo en noviembre del 2013 el satélite GOCE de la Agencia Espacial Europea, de 750 kilogramos, estuvo a punto de caer en territorio mexicano, que fue una información que pasó desapercibida pero estuvimos en riesgo y sólo por suerte cambió su trayectoria en los últimos minutos.

Los estados que estuvieron en riesgo, sin saberlo, fueron Morelos, Puebla, Veracruz y Tamaulipas. Al final y por fortuna se desintegró frente a las costas de Argentina esparciendo en el mar 250 de sus fragmentos.

Cabe señalar que con esta modificación a la Ley General de Protección Civil nuestro país se pone a la par de naciones como Alemania, Francia, España, el Reino Unido, los Estados Unidos, que ya cuentan con legislaciones de este tipo y en las cuales están tomando cartas en el asunto y se han abocado a la prevención de un eventual fenómeno de esta clase. Que me complace la comparación que hace el diputado Ladrón de Guevara con el asunto del petróleo, porque en efecto, aunque no tiene nada que ver directamente con los fenómenos astronómicos, las consecuencias en el caso de la extracción de petróleo pueden asimilarse a la caía de un asteroide en cámara lenta.

Los efectos del calentamiento global son similares a la caída de un asteroide en cámara lenta en donde se están produciendo precisamente fenómenos extremos y la temperatura de la tierra se está elevando, pero ése, desde luego, es otro tema, sólo quería tocarlo y sacarlo a colación porque también es un asunto que afecta gravemente a los seres humanos y para el cual no estamos tomando cartas en el asunto.

Por lo pronto, me complace que se haya aprobado este dictamen, y qué bueno que México comienza a estar preparado ya ante eventuales fenómenos que deberán ser monitoreados por las agencias de protección civil, por la protección civil de México, la secretaría de protección civil y, desde luego, con el auxilio de la Agencia Espacial Mexicana y las instituciones científicas de este país que jugarán un papel importante para ayudarnos a prevenir este tipo de eventos inusuales, pero como una espada de Damocles, un peligro latente. Muchas gracias. Gracias, presidente. Es cuanto.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias diputado Martínez Rojas. Tiene el uso de la voz para fijar postura en representación del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado.

El diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado:Con su permiso, señor presidente. Diputadas y diputados, en primer lugar quiero resaltar que para la bancada de Acción Nacional lo más importante es y será siempre el bienestar de las mexicanas y los mexicanos.

En el PAN creemos que como miembros de un poder de la unión y corresponsables en el gobierno de la nación, es nuestro deber abonar al fortalecimiento de las leyes que propicien la seguridad.

Creemos que lo más importante es y será la seguridad de los mexicanos, ya que todos los días nos enfrentamos a peligros que muchas veces desconocemos. Y me atrevo a asegurar que en esta Cámara coincidimos en que los fenómenos astronómicos representan un riesgo inherente y latente sobre la población, por lo que es de suma importancia tener un conocimiento para un mejor estudio y análisis, mismo que resultará en un monitoreo constante.

La propuesta de una nueva redacción para la definición de los fenómenos astronómicos incluidos en la Ley General de Protección Civil es un paso más que damos hacia un mejor estado de derecho, ya que ninguna medida es extrema, se trata de cuidar a la población.

Sabemos que la prevención siempre es y será el camino correcto para hacer frente a toda clase de fenómenos. Este dictamen de la Comisión de Protección Civil de la cual soy secretario, ha sido enriquecido por las aportaciones no sólo de la misma comisión, sino de senadores y se ha trabajado en conjunto con la Agencia Espacial Mexicana, y nada mejor que la definición de fenómenos astronómicos esté basada en la misma propuesta de la Agencia Espacial Mexicana dada la experiencia y capacidad técnica en la materia espacial, consideramos adecuado mantener esta definición.

Se establece coordinación entre los tres órdenes de gobierno para trabajar en conjunto con el Centro Nacional de Prevención de Desastres y la Secretaría de Gobernación creando un vínculo, fortaleciendo las políticas públicas en protección civil, buscando siempre el beneficio y la protección de nuestra nación.

El presidente de la Comisión de Protección Civil de esta Cámara ha llevado muy acorde junto con su equipo de trabajo, este análisis y hemos preparado este dictamen de forma muy puntual.

Los diputados de Acción Nacional, conscientes de la responsabilidad depositada por los ciudadanos a sus servidores públicos, nos reiteramos en pro de realizar un trabajo que enaltezca la labor parlamentaria, comprometiéndonos a vigilar y mejorar toda reglamentación existente.

Hoy la sociedad nos impone esta obligación a todas las fuerzas políticas representadas en este honorable Congreso. Sigamos realizando esta labor parlamentaria acorde con este imperativo.

En este sentido, y siendo congruentes con lo antes señalado, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional votará a favor de este dictamen con el fin de otorgar los mecanismos legales necesarios para afrontar los retos de un posible fenómeno astronómico que afecte la vida de los mexicanos. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Galindo Delgado.

Aprovecho el momento para saludar a habitantes de Nezahualcóyotl, estado de México, invitados por la diputada Joaquina Navarrete Contreras. Sean ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados.

Tiene el uso de la voz el diputado César Reynaldo Navarro de Alba para fijar postura, en representación del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos.

El diputado César Reynaldo Navarro de Alba:Con la venia de la Presidencia. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, hace un año nos encontrábamos en esta misma tribuna discutiendo por primera vez este tema. Sin embargo, el día de hoy culminaremos un trabajo que resulta importante para la seguridad de la sociedad de nuestro país.

Como ya se ha manifestado, los fenómenos astronómicos si bien son un hecho con pocas posibilidades de que sucedan, también es un hecho que se han suscitado casos en diversas regiones del mundo, situación por la cual tener previsto el acontecimiento de algún fenómeno de este tipo permitirá contar con los medios necesarios para hacer frente a la situación, así como tener los elementos para una rápida reacción de emergencia.

Si bien la primera vez que se discutió el tema fue aprobado por la mayoría de los hoy presentes a consecuencia de lo importante que resulta esta reforma también lo es la minuta enviada por el Senado,  perfeccionando el trabajo formulado por esta Cámara y coincidiendo con el espíritu del proyecto del dictamen original.

Al modificar la definición del concepto fenómenos astronómicos propuesto en un principio, por otra definición basada conforme a lo establecido por la Agencia Espacial Mexicana, fortalece el objetivo que se busca como fin último de la reforma, ya que podemos considerar que no hay nadie mejor capacitado para explicar lo que entendemos por fenómenos astronómicos, que la entidad oficial encargada del estudio de los mismos.

Asimismo, consideramos acertado el trabajo formulado por la colegisladora, al clarificar de forma precisa los protocolos de colaboración científica entre los diferentes órdenes de gobierno para atender eventuales desastres ocasionados por objetos que provengan del espacio exterior o cualquier agente perturbador espacial.

El tratar temas como el que hoy nos ocupa no es fácil, ya que como es del conocimiento de todos, el espacio exterior no es algo que conozcamos al 100 por ciento, esto a pesar de los miles de estudios e investigaciones que se han llevado a cabo sobre la materia. Por este motivo quiero hacer una felicitación a mis compañeros integrantes de la Comisión de Protección Civil por el trabajo formulado para la realización del presente dictamen.

Compañeras y compañeros legisladores, el Grupo Parlamentario del PRI se pronunciará a favor del presente dictamen toda vez que uno de los principales ejes rectores del Partido Revolucionario Institucional y de nuestro grupo es el de trabajar siempre por el bienestar y la seguridad de la sociedad, por lo cual, el que se lleven a cabo acciones de prevención sobre este tipo de fenómenos fomenta e incrementa el perfeccionamiento de las políticas de prevención.

No tenemos que esperar a vernos afectados por algún hecho o circunstancia, tenemos que tener en la mente la prevención, lo cual estamos llevando a cabo con la presente reforma. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Navarro de Alba.

Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general el diputado Arturo Cruz Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y la diputada Martha Beatriz Córdova Bernal. Por tanto le cedo el uso de la voz hasta por tres minutos al diputado Cruz Ramírez.

El diputado Arturo Cruz Ramírez:Con su venia, señor presidente. Honorable asamblea, hago desde esta tribuna un reconocimiento al presidente de la Comisión de Protección Civil, mi compañero diputado Alfonso Durazo, y a todos los integrantes de esta Comisión, así como también a la Agencia Espacial Mexicana, porque el trabajo que se hizo en conjunto, desde luego responsablemente, ha determinado este dictamen en sentido positivo. Muchas gracias.

Un tema que tal vez no queramos tocar, pero que es básico tenerlo en cuenta, sin duda alguna es el que se refiere a los desastres naturales, los cuales tenemos por entendido que son fenómenos de distintos ámbitos de la naturaleza que muchas veces ocurren de manera inesperada, provocando muerte y destrucción en todo el mundo.

No podemos olvidar que en los últimos años hemos sido testigos de enormes cambios climáticos, atmosféricos y meteorológicos que ha sufrido nuestro planeta a consecuencia de la actividad humana y de fenómenos fuera de él; la actividad espacial.

En estos temas no hemos podido hacer un análisis y un estudio para su prevención, cuando realmente es un problema grave y alarmante, ya que es capaz o son capaces de provocar muerte y destrucción masiva, no sólo en México, sino en cualquier parte del mundo. Y a pesar de darnos cuenta de la gravedad hacemos que no pasa nada, cuando deberíamos de tomar en cuenta que en cuestiones de segundos uno de estos desastres puede acabar con el mundo entero.

La verdad es que debemos estar atentos ante fenómenos de la naturaleza que llegan sin previo aviso. Y es que según los especialistas y centros de investigación no estamos preparados ante tales situaciones.

Diversos estudios anuncian la llegada de meteoritos o asteroides capaces de causar una extinción masiva. No obstante, los investigadores reconocen que estos cuerpos estelares han provocado grandes catástrofes en la historia del planeta y por ello no se les debe menospreciar.

Ante este panorama, científicos del mundo realizan búsquedas exhaustivas para localizar cuerpos potencialmente peligrosos y con los cuales se ha descubierto ya un buen porcentaje de los denominados NEA, asteroides cercanos a la Tierra.

Surge entonces la necesidad de desarrollar otros sistemas de vigilancia desde el espacio, ya que dichos objetos son numerosos en el cielo y muy difíciles de detectar. Esto lo han mencionado expertos de la NASA.

Por eso hacemos —una vez más— hincapié de que se deben mejorar los sistemas de observación y vigilancia a estos desastres naturales, ya que no termina con la catalogalización de objetos peligrosos. Debe incluir un sistema de alerta, así como protocolos para evacuar territorios en peligro y proteger a la población.

Una de las acciones inmediatas y urgentes es la de implementar un programa de prevención y difusión entre la población, para que esta sepa cómo reaccionar en caso de un evento solar de gran magnitud, así como implementar un programa de detección de sujetos extraños provenientes del espacio exterior y de monitoreo de la actividad solar intensa. Dicho sistema se puede implementar a través de la Agencia Espacial Mexicana, en conjunto con las instituciones de educación superior y sus centros de investigación.

Es por ello que preocupados por México, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática estamos a favor de este dictamen. A iniciativa presentada, desde luego, por nuestro compañero diputado Andrés Eloy Martínez Rojas. Y en el cual estamos seguros que en el Plan de Protección Civil a nivel nacional serán contempladas estas tareas preventivas y se tomarán las medidas necesarias. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Cruz Ramírez. Tiene el uso de la voz, para hablar en pro, la diputada Martha Beatriz Córdova Bernal, en representación del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

La diputada Martha Beatriz Córdova Bernal:Es increíble cómo nos estamos acabando el planeta y no tomamos consciencia. México es uno de los cinco países en el mundo con mayores riesgos de enfrentar secuelas por la explotación del gas shale, a través del llamado fracking o fractura hidráulica, toda vez que es la cuarta nación con el mayor número de reservas en este energético.

En México existen 681 reservas de gas shale en Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, Jalisco, Sinaloa, Durango, Guerrero, Michoacán, San Luis Potosí, Veracruz, lo que hace a estas entidades, una vez que inicie la explotación en serie, susceptibles a los desastres ecológicos con los que se asocia esta práctica y que queremos pintarlos como si fueran solamente desastres naturales, sin tomar en cuenta las afectaciones que como seres humanos estamos provocando.

Hemos advertido que las políticas oficiales en el país, ante los riesgos que representa esta práctica, se quedan cortas. Existen importantes desafíos a los que no se puede hacer frente, por ejemplo, la presión que pueden ejercer las grandes empresas para conseguir contratos, los grupos de presión hostiles que pueden ejercer una influencia desproporcionada sobre el gobierno y la política.

Tal como lo estamos viendo en la ley secundaria de telecomunicaciones, el gobierno está sujeto a los intereses de Televisa y esperan que la sociedad, sobre todo los jóvenes estén inmersos próximamente en el mundial de fútbol, para aprobar este gran negocio entre Peña Nieto y Azcárraga.

El término está asociado al gas shale, que se encuentra atrapado en los sedimentos. Su extracción se hace a través de la técnica de la fractura hidráulica o fracking, que muchos gobernadores en los estados están impulsando con la idea de quedar bien con esa propuesta de Enrique Peña Nieto, lo cual empezó en Estados Unidos en la década pasada y que años después ocasionó que miles de familias se encuentren atrapadas en medio de agua potable y de aire contaminado.

La técnica parte de la perforación de un pozo vertical, una vez alcanzada la profundidad deseada se da paso a una perforación horizontal que puede extenderse entre uno y uno y medio kilómetros. Esta perforación se repite en direcciones diferentes, partiendo del mismo pozo de perforación inicial.

Una vez hechas las perforaciones y debido a la baja permeabilidad de la roca de esquisto, es necesario fracturar con la inyección de una mezcla de agua, arena y sustancias químicas a elevada presión que liberan el gas, pero el flujo disminuye muy pronto y para mantener la producción, es necesario realizar continuamente el procedimiento de fractura hidráulica en un mismo pozo.

De los primeros efectos, la Alianza Mexicana contra el Fracking, y debemos poner mucha atención, integrada por distintas organizaciones civiles para oponerse a esta práctica, plantean que se requieren de 9 a 29 millones de litros de agua para la fractura de un solo pozo.

Yo quiero preguntarles, en estados como Chihuahua, en donde ya se está hablando por parte del gobierno del estado, en esta práctica del fracking, de dónde vamos a tomar tanta agua para esta práctica, en donde vivimos en una zona árida y desértica.

Quiero decirles que en el estado de Texas una jueza acaba de determinar que una familia que ha sido afectada por este famoso fracking, va a ser indemnizada con una cantidad de 3 millones de dólares, por la situación de que esta familia ha tenido afectaciones en su salud, problemas de cáncer y dolores.

¿Qué estamos haciendo nosotros como legisladores para proteger el medio ambiente? ¿Qué estamos haciendo los seres humanos para provocar que todos estos desastres llamados naturales ahora se los queramos nada más endilgar a la naturaleza? Debemos tomar conciencia de lo que nosotros estamos haciendo aquí en nuestro y por nuestro planeta.

Felicito a los compañeros de Protección Civil de esta comisión, por esta iniciativa, y obviamente que Movimiento Ciudadano votará a favor de esta propuesta, no sin antes hacerles hincapié y una reflexión, sobre todo a aquellos compañeros del PRI que están haciendo así a la campanita, que le están indicando al presidente, vengan, súbanse a hacer reflexiones de lo mal que están llevando este Congreso para todos los mexicanos y las afectaciones al medio ambiente que por sus legislaturas y por sus iniciativas estamos provocando. Es cuanto y se aguantan.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputada Córdova.

No habiendo más oradores registrados y en virtud de que de conformidad con el artículo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados no se ha reservado artículo alguno para discutir en lo particular, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

(Votación)

Ciérrese el sistema de votación electrónico. De viva voz.

El diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo(desde la curul): A favor.

El diputado Ricardo Monreal Ávila (desde la curul): A favor.

La diputada Maricela Velázquez Sánchez (desde la curul): A favor.

La diputada Adriana Hernández Iñiguez (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Señor presidente, se emitieron 0 votos en contra, 2 abstenciones y 427 en pro.

El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias. Aprobado en lo general y en lo particular, con 427 votos, el proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82 y adiciona la fracción XXI al artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafo al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Presidencia del diputado José González Morfín

El Presidente diputado José González Morfín: Continúe la Secretaría con la minuta que se recibió del Senado.



CODIGO DE JUSTICIA MILITAR - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE SENTENCIADOS, EN MATERIA DE JUSTICIA MILITAR

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Se recibió de la Cámara de Senadores oficio con el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



VOLUMEN III



LEY DE MIGRACION

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración.

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Dictamen de la Comisión de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración

Honorable Asamblea:

La Comisión de Asuntos Migratorios, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

Con fecha 13 de marzo de 2014, la diputada María Fernanda Schroeder Verdugo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó iniciativa con proyecto de decreto, para reformar los artículos 2 y 28 de la Ley de Migración, en materia de derechos humanos.

En esa misma fecha, la mesa Directiva le dictó turno para estudio y dictamen a la Comisión de Asuntos Migratorios.

Para los efectos legales y reglamentarios correspondientes, la Iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria número 3976-V, jueves 6 de marzo de 2014.

Fundamento constitucional y legal para emitir el dictamen

• La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión está facultada para legislar en la presente materia conforme a lo dispuesto por la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra indica:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

XVI.Para dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.

• La Comisión de Asuntos Migratorios, es instancia competente para el estudio y dictamen de esta iniciativa, con base a lo establecido por el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos.

Metodología

• La Comisión de Asuntos Migratorios elaboró el presente dictamen a partir de un método analítico del contenido y los diferentes aspectos de la iniciativa, verificando que sean acordes con la Constitución, los instrumentos internacionales en la materia de los que México es parte y demás ordenamientos legales del Orden Jurídico Nacional.

• En la primera parte del presente dictamen, se presentan las razones que motivan la presentación de la iniciativa, así como los términos del proyecto de decreto de que se acompaña.

• En la segunda parte, se exponen los razonamientos de esta Comisión que dictamina, con el fin de sustentar el sentido del mismo.

• En la última parte, se expone el Proyecto de Decreto resultante del análisis.

Contenido de la iniciativa

El objeto de la Iniciativa, es incorporar a la Ley los tratados internacionales en la materia como marco de referencia para la protección de los derechos de los migrantes.

En este sentido la Diputada proponente señala, entre las razones que motivan la Iniciativa y el proyecto de decreto:

• Que México presenta un complejo problema migratorio como país de tránsito que lacera a la sociedad nacional e internacional.

• La frontera entre México y los Estados Unidos, con su dinamismo, es reflejo de contrastes sociales y económicos entre los Estados Unidos y Latinoamérica.

• Que según el Censo de Población y Vivienda 2010, un promedio de 609 mexicanos dejaron el país por día, durante los últimos 5 años; más del 50 por ciento de la migración de Chiapas, Oaxaca y Guerrero es de jóvenes y adolescentes.

• Que las condiciones económicas y sociales del país producen importantes flujos migratorios hacia los Estados Unidos, respecto a la cual la Oficina de Censo de los Estados Unidos, señala que existe una población de alrededor de 33.7 millones de mexicanos, 11.4 millones que han emigrado de México y los 22.3 millones que nacieron en Estados Unidos. Por su parte, las autoridades de nuestro país señalan que actualmente los mexicanos representan el 65 por ciento de los cerca de 52 millones de hispanos en Estados Unidos, y el 11 por ciento de la población nacional.

• Que como país de tránsito, México recibe el flujo migratorio de distintos países en busca de mejorar sus condiciones de vida a través del ingreso a los Estados Unidos.

• Que diversos datos oficiales arrojan que cada año unos 120 mil centroamericanos entran a México por su frontera sur; pero muy pocos deciden regularizarse. En 2012, el INM entregó menos de 10 mil documentos migratorios a centroamericanos.

• Que las condiciones de ingreso y estancia en nuestro país representan un desafío al marco y sistema de protección de los derechos humanos, pues si bien el Estado Mexicano critica criticado al vecino país del norte por su política migratoria y trato a connacionales, nuestro país es cuestionado de manera reiterada, por el trato dado a los migrantes centroamericanos., y en este sentido, en 2012, 35 por ciento de las 93 recomendaciones por violaciones graves de derechos humanos, fueron a las secretarías de Seguridad Pública Federal, de Defensa Nacional, Marina, Gobernación y el Instituto Nacional de Migración, por los delitos de desaparición forzada de personas, tortura, violaciones sexuales contra menores de edad, cateos y retenciones ilegales, detenciones arbitrarias e incomunicación.

Que en junio de 2011 se realizaron reformas a nuestra Constitución en materia de derechos humanos, que establecieron el control de convencionalidad, al establecer en los párrafos segundo y tercero del artículo 1:

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

• Que no obstante lo anterior, el artículo segundo de la Ley de Migración no establece, como fundamento de la política migratoria, a los tratados internacionales, ni a la propia constitución.

• Que la Ley señala una serie de principios, de acuerdo a los cuales, debe sustentarse la política migratoria del Estado mexicano, pero en ellos no establece la convencionalidad, ni el interés superior de la mujer y de la niña, niño o adolecente.

• Que es necesario garantizar los mecanismos de protección en materia de derechos humanos de los migrantes en territorio mexicano señalando expresamente la aplicación de la Constitución Política y de los convenios y tratados internacionales, como fundamento en la política migratoria del Estado Mexicano, y asimismo establecer diversos principios en materia de derechos humanos, en los cuales debe sustentarse dicha política migratoria.

• Que en este sentido es también necesario facultar a la Procuraduría General de la República para celebrar convenios para la eficaz investigación y persecución de los delitos de los que son víctimas u ofendidos los migrantes, y no solo de colaboración y coordinación.

Con tales motivos, la proponente acompaña a la Iniciativa con un Proyecto de Decreto para reformar el párrafo primero y adicionar dos últimos al artículo 2, y se reforma la fracción IV del Artículo 28, ambos de la Ley de Migración, como sigue:

Consideraciones

Primera. El Congreso de la Unión tiene facultades constitucionales para legislar en materia migratoria, y esta Comisión para emitir dictamen sobre la Iniciativa en estudio.

Segunda.Esta comisión dictaminadora considera, luego de analizar la Iniciativa en estudio, que la primera propuesta contenida respecto al artículo 2o. de la Ley de Migración, es procedente en sus términos, en virtud de que efectivamente, no se contemplan la Constitución y los instrumentos internacionales en la materia de los que México es parte, como criterios rectores de la política migratoria del país. Y aun cuando en el caso de la Constitución esta observancia está implícita en toda Ley que derive de ella, no lo es respecto a los instrumentos internacionales, en los términos que la propia Constitución establece en su Artículo 1º.

Tercera.Respecto al primer párrafo que se propone agregar, es pertinente señalar como criterio el Interés Superior del Niño, establecido en instrumentos internacionales de los que México es parte, y sobre el que existen definiciones dadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, este no es el caso del principio de interés superior de la mujer, que se propone, por lo que no es pertinente recogerlo en la Ley. Asimismo, resulta necesario agregar la definición de este principio, en los términos en que lo hacen los instrumentos internacionales y lo ha admitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Cuarta.Respecto al segundo párrafo que se propone incorporar, como décimo cuarto, resulta pertinente en función de las reformas constitucionales en materia de derechos humanos, de 2011, que establece la convencionalidad en materia de derechos humanos, como principio a observar por las autoridades de los tres órdenes y ramas de gobierno en todas las medidas administrativas, legislativas y judiciales que emprendan, y por ello es que se considera que debe quedar esta propuesta en sus términos.

Quinta.Con respecto al agregado que se propone a la fracción IV del artículo 28, se considera que debe aprobarse en sus términos, toda vez que de una manera pertinente amplía las facultades de la Procuraduría General de la República no sólo a firmar convenios de colaboración en materia de migración, sino que establece que debe desplegar todas las facultades que le concede la legislación vigente para investigar los delitos de que las personas migrantes sean víctimas.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Comisión Dictaminadora somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente

Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 2 y 28 de la Ley de Migración

Artículo Único.Se reforman los artículos 2, primer párrafo; 28, fracción IV y se adicionan los párrafos quince y dieciséis, pasando el actual párrafo quince a ser diecisiete al artículo 2 de la Ley de Migración, para quedar como sigue:

Artículo 2. La política migratoria del Estado Mexicano es el conjunto de decisiones estratégicas para alcanzar objetivos determinados que con fundamento en los principios generales y demás preceptos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados y convenios internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, y la presente Ley, se plasman en el Reglamento, normas secundarias, diversos programas y acciones concretas para atender el fenómeno migratorio de México de manera integral, como país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes.

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Interés superior de la niña, niño o adolescente, en términos del artículo 29; y de la mujer, en términos del artículo 30; ambos de esta Ley.

Convencionalidad, en términos de lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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Artículo 28. ...

I. a III. ...

IV. Celebrar convenios de cooperación y coordinación, así como realizar en el ámbito de sus atribuciones, las acciones necesarias para lograr una eficaz investigación y persecución de los delitos de los que son víctimas u ofendidos los migrantes;

V. y VI. ...

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Oficina del Censo de los Estados Unidos de América.

2 Instituto Nacional de Migración.

Salón de sesiones de la Comisión de Asuntos Migratorios, Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México. a 25 de marzo de 2014.

La Comisión de Asuntos Migratorios, diputados:Amalia Dolores García Medina (rúbrica), presidenta; Raúl Gómez Ramírez (rúbrica), Martha Berenice Álvarez Tovar (rúbrica), José Everardo Nava Gómez (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González (rúbrica), Petra Barrera Barrera (rúbrica), Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Pedro Gómez Gómez (rúbrica), secretarios; Néstor Octavio Gordillo Castillo, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Noé Barrueta Barón (rúbrica), Gerardo Xavier Hernández Tapia (rúbrica), Salvador Ortiz García, Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica), Marino Miranda Salgado (rúbrica), Lorena Méndez Denis, María Fernanda Schroeder Verdugo (rúbrica), Javier Treviño Cantú (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen por la comisión tiene el uso de la palabra la diputada Amalia García Medina.

La diputada Amalia Dolores García Medina:Estimados compañeros, compañeras. Sabemos que los migrantes viven una situación extremadamente vulnerable, apenas en esta semana pasada hemos conocido de una caravana que ha sido titulada como viacrucis por migrantes hondureños que cruzaron a lo largo de nuestro país hasta llegar a la Ciudad de México.

La caravana o viacrucis como ellos le han llamado, tiene por objeto hacer evidente ante el gobierno, ante el Congreso de la Unión y ante la opinión pública, la situación de gran vulnerabilidad que están viviendo. Ellos han puesto el acento en la pertinencia, y yo aquí lo expongo para una reflexión posterior, de tener una visa de tránsito que vaya mucho más allá de la visa que ya existe para una región cercana a nuestra frontera con Centroamérica.

Pero en este caso en la reforma que se propone y con adiciones a los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración, de lo que se trata es de una visión a estos artículos que pongan en el centro principios que ya están avalados, respaldados, sostenidos en nuestro estado de derecho. Especialmente lo que se señala en la adición que se ha propuesto al artículo 2o. es que se agregue que las decisiones en política migratoria en nuestro país que se tomen, los objetivos determinados, tendrán los contenidos que establece nuestra propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados y los convenios internacionales en los que el Estado mexicano sea parte.

Es decir, fortalece la ley la mención de la Constitución, los tratados y los convenios internacionales, de tal manera que el interés de proteger los derechos humanos de los migrantes quede claramente sustentado, tanto en nuestra Carta Magna, como en compromisos que ha asumido el Gobierno de la República con instrumentos y mecanismos internacionales.

Y adicionalmente, se agregan las palabras en otra parte de esta reforma a este artículo 2o., de los conceptos de interés superior de la mujer, de las niñas, niños o adolescentes, en términos de los artículos 29 y 30 de esta ley. ¿Por qué se habla del interés superior? Porque es un concepto que ha sido adoptado internacionalmente y que implica una aplicación integral y completa de sus derechos, el concepto de interés superior habla no solamente de la protección de un derecho, sino del conjunto de derechos que tenemos todas las personas.

Nos parece que esto hace de la Ley de Migración una ley muy consistente, con una visión de respeto a los derechos humanos que caracteriza no sólo a este ordenamiento legal, sino a nuestro estado de derecho y que forma parte de lo más relevante y más avanzado en nuestro país en los últimos tiempos.

En el artículo 28 se propone que de la misma manera corresponda a la Procuraduría General de la República, entre otras cosas, celebrar convenios de cooperación y coordinación, así como realizar en el ámbito de sus atribuciones las acciones necesarias para lograr una eficaz investigación y persecución de los delitos de los que sean víctimas u ofendidos los migrantes. Es decir algo que ya es una obligación, aquí queda claramente establecido que la Procuraduría General de la República hará la investigación para que no queden en la impunidad los delitos de los que sean víctimas los migrantes.

Es decir, es una ley que con esto, tal y como ha sido propuesto en el dictamen que se ha presentado, quiero reconocer a la diputada Fernanda Schroeder, que ha sido una de las impulsoras y promoventes de esto, del Partido Revolucionario Institucional, también a los compañeros del Partido Acción Nacional, de Movimiento Ciudadano, del Partido del Trabajo, del Partido Verde Ecologista de México, de las distintas fracciones parlamentarias, por supuesto del PRD, de todos quienes formamos parte de la comisión, la coincidencia y el voto unánime en estas reformas.

Por lo tanto —en estos dictámenes—, lo que solicitamos es que, ya que ha habido una votación unánime en estos dictámenes en la Comisión de Asuntos Migratorios, el pleno también respaldara esta votación y que su voto sea favorable. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias, compañeras y compañeros.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias a usted, diputada. Está a discusión el dictamen. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, tiene la palabra la diputada Lucila Garfias Gutiérrez.

La diputada Lucila Garfias Gutiérrez: Con su venia, diputado presidente. Honorable asamblea, la migración es un fenómeno social que requiere de los más amplios preceptos jurídicos para velar y garantizar los derechos humanos de quienes por distintas razones tienen que salir de su país, la mayoría de las veces en búsqueda de mejores condiciones de vida.

Durante una época México se caracterizó por ser un país humanitario que recibió a importantes poblaciones migrantes como fueron los españoles, chilenos, argentinos, entre otros. Esta situación contribuyó a generar nuevas pautas culturales de asimilación en el que los migrantes contribuyeron al desarrollo nacional en ámbitos como el económico, la cultura y las artes.

Muchos de los que llegaron de manera transitoria a este país, permanecieron porque encontraron en la sociedad y en las instituciones mexicanas las oportunidades de mejorar su vida y la de sus familias.

Nuestra posición geográfica ha convertido a nuestro país en un paso necesario y obligatorio para millones de personas que pretenden llegar a los Estados Unidos de América.

Sin embargo, debemos reconocer que las circunstancias en las que los migrantes transitan por nuestro territorio se han convertido en un verdadero calvario para hombres, mujeres e infantes que desean lograr el sueño americano.

La Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Nacional de Geografía y Estadística han seguido el fenómeno migratorio en el país y reconocen que, tanto la población que entra al país de manera documentada, como los indocumentados, sufren de vulnerabilidad y violación a sus derechos humanos.

Aun cuando no existe una estadística oficial de la población migrante en el país, se calcula que podrían rondar entre 150 y 400 mil personas que anualmente ingresan al país en tránsito hacia Estados Unidos. Esta población flotante sufre de abusos, como las extorsiones, cobros más caros por servicios, asaltos, violaciones, secuestros, detenciones, deportaciones, engaños, trata de persona, enfermedades, accidentes e incluso la muerte.

Ante esta lamentable realidad, nuestro país ha implementado una Fiscalía Especializada en Atención a Delitos Cometidos en contra de Migrantes y la Comisión Estatal para la Protección de los Derechos Humanos de los Migrantes, ambas con sede en Chiapas, entidad por la que ingresan los migrantes centroamericanos en su paso hacia Estados Unidos. Sin embargo, estamos conscientes de que estas medidas también deben ser reforzadas con modificaciones a las leyes, sin dejar de velar por los derechos humanos de los migrantes.

Por tal razón, quienes integramos el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza estamos a favor del presente dictamen, porque asumimos la responsabilidad del Estado mexicano para garantizar el respeto a los derechos humanos de los migrantes y porque consideramos adecuado establecer en la Ley de Migración que las acciones de política migratoria mexicana deben atender lo estipulado en nuestra Carta Magna, y los tratados y convenios internacionales como directrices de estas políticas en el territorio nacional.

Establecer el interés superior de la niñez como principio de la política migratoria del Estado mexicano resulta de la mayor trascendencia, no solo porque se atiende a los tratados internacionales suscritos por nuestro país, sino por un sentido de justicia hacia un grupo social que padece situaciones de vulnerabilidad, como son las niñas y los niños y jóvenes migrantes.

Asimismo, reiterar la exigencia de establecer la obligación de la PGR para coadyuvar en las investigaciones y persecución de delitos contra los migrantes. Compañeras diputadas y compañeros diputados, la consolidación de un verdadero estado de derecho en México, no puede soslayar la protección de los derechos humanos de las y los migrantes.

Es urgente que las autoridades competentes refuercen las medidas que protejan la integridad y garanticen la seguridad de los migrantes, problema que actualmente padecemos todos y que se agudiza con los sectores más vulnerables, en este caso nuestros migrantes.

No podemos exigir lo que nosotros en los hechos estamos negando a quienes transitan por nuestro territorio. Tan condenable resulta la forma en que nuestros compatriotas son tratados en otros países, como la situación de los migrantes en nuestro país. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias diputada. Tiene la palabra La diputada Loretta Ortiz Ahlf, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

La diputada Loretta Ortiz Ahlf:Con la venia de la Presidencia. Compañeras, compañeros diputados, el siglo XX brindó a la humanidad diversos avances, sin embargo, en lo que corresponde al derecho fundamental de emigrar e inmigrar hubo un gran retroceso.

Hoy millones de personas que por hambre o en busca de trabajo se ven en la necesidad de emigrar se les niego el ingreso a un Estado por no cumplir con los requisitos legales. La principal razón por la cual emigran millones de personas es el desempleo, que ha aumentado progresivamente. Hoy 380 millones de personas tratan de vivir con menos de un dólar diario, otras, calculadas en 12 millones de personas por la Organización Internacional del Trabajo, son obligadas a realizar trabajos forzados.

El prohibir la inmigración irregular no impide este fenómeno cuando lo que está de por medio es la propia subsistencia, razón por la cual miles de personas intentan y seguirán intentando, a menos que se resuelvan los problemas de fondo, cruzar la frontera aun a costa de perder la vida.

Es usual que los inmigrantes irregulares sean objeto de amenazas contra su vida, su seguridad personal o la detención administrativa al momento de cruzar la frontera. Si se les niegan sus derechos humanos y en especial el derecho de acceso a la justicia efectiva, su situación se torna en una de extrema vulnerabilidad, ya que muchos de sus gobiernos carecen de recursos para protegerlos diplomáticamente, al igual que ellos para pagar la asistencia jurídica de un abogado.

La situación en nuestro país los coloca en una situación de abierta vulneración de sus derechos fundamentales. Como ejemplo está la situación que guardan los inmigrantes irregulares en las estaciones migratorias. Un ejemplo lo fue en la estación migratoria de Tenosique, Tabasco, que albergaba a un centenar de detenidos centroamericanos que se amotinaron el 15 de agosto del 2007 con la esperanza de ser liberados y cuyo único delito fue haber ingresado a México de manera irregular.

En esa estación se encontraban cerca de tres mil inmigrantes irregulares desde julio del 2007, después de que dejó de operar la línea ferrocarrilera que los transportaba al norte de México: el tren de la muerte.

La respuesta al descontento generalizado de los inmigrantes, causado por la denegación del derecho de acceso a la justicia fue la realización de operativos violentos por el Ejército mexicano y la Policía Federal Preventiva, con el apoyo del personal del Instituto Nacional de Migración.

Una es la situación que tenemos en nuestro marco legal, nuestra Constitución, nuestra Carta Magna y los tratados signados por México y muy distinta es aquélla a la que efectivamente deberían sujetarse todas las autoridades y funcionarios públicos del Estado mexicano.

El que hagamos este planteamiento en el dictamen que nos presenta hoy la Comisión de Asuntos Migratorios es precisamente con la esperanza de ver modificaciones en nuestro marco legal y que sean efectivamente amparados los derechos humanos de todas las personas, incluyendo los inmigrantes indocumentados, obviamente, y las situaciones de mayor vulnerabilidad cuando estamos hablando de niños o niñas e, incluso, adolescentes.

En esta situación los planteamientos o las reformas que se proponen son al artículo 2o para incluir como marco referencial obligatorio para la aplicación de la Ley de Migración, a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados internacionales signados por México.

El marco es amplísimo, todos los instrumentos internacionales, los principales, en materia de derechos humanos son aplicables, tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como el de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como la Convención de San José de Costa Rica, la Convención de los Derechos del Niño, la Prohibición de Discriminación contra la Mujer, la Convención de Discriminación por Consideraciones Raciales, etcétera. Obviamente, también, la convención de los trabajadores de los migrantes y de sus familiares.

Además de incluir este marco referencial, se adaptan para la debida interpretación y aplicación de la ley los dos conceptos fundamentales en derecho internacional de los derechos humanos que es el interés superior del niño, la niña y el adolescente.

¿Por qué se hace esta reforma? Ya que para la debida aplicación de la Ley de Migración la situación de un niño o de una niña o de un adolescente se debe de aplicar este concepto en aras a determinar su mejor situación, en muchas ocasiones no se autoriza su ingreso al Estado mexicano y esto viene a ser en perjuicio de este interés superior al menor.

Los otros conceptos que también se incorporan son los contenidos en la Constitución en el artículo 1o., que aluden precisamente a la manera de aplicar la normatividad relativa a derechos humanos y a los principios en concreto de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Finalmente se hace una mención especial en el dictamen al derecho de acceso a la justicia de todos los migrantes, y en especial debería de ser a los irregulares. Es decir, que se investigue cualquier vulneración a los derechos de estos migrantes, cuando son indocumentados normalmente se les denomina como los invisibles, y no tienen derecho a acceso a la justicia.

Por todas estas consideraciones, el Partido del Trabajo votará favor de estas reformas. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene la palabra la diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

La diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez:Con su venia, señor presidente. Desde aquí saludo con mucho gusto a mis paisanos oaxaqueños que hoy son migrantes en otras naciones. También aprovecho para darle mi más sentido pésame a la diputada Chanona, por el sensible fallecimiento de su madre, que estamos con usted, diputada.

México es un país de origen, tránsito, destino y retorno de un creciente flujo migratorio. En los últimos 20 años, según datos del Instituto Nacional de Migración, México ha sido el territorio más importante de paso de cientos de personas que utilizan nuestro país para entrar de manera irregular a Estados Unidos.

Aproximadamente 401 mil personas cruzan por nuestras tierras cada año. Según datos oficiales, por la frontera sur entrar alrededor de 120 mil centroamericanos, por ello México es cuestionado por el trato que se les da a estas personas.

En 2012 el 35 por ciento de las 93 recomendaciones realizadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos fueron por violaciones graves de derechos humanos a los migrantes.

Lo anterior es un tema trascendental, ya que en nuestro país el Instituto Nacional de Migración ha detectado al menos 53 empresas que expiden documentos simulados o falsos para obtener la regularización de extranjeros y dichos registros se utilizan para emplear o someter a migrantes a explotación sexual o laboral.

Conforme al Informe Especial sobre Secuestro de Migrantes en México, elaborado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, entre septiembre de 2008 y febrero de 2009 se tuvo conocimiento de 198 casos de secuestro, en los que se privó de su libertad a 9 mil 758 migrantes y se documentó que en el sur del país fue secuestrado el 55 por ciento de las víctimas, en el norte el 11.8 por ciento, en el centro el 1.2 por ciento, mientras que no fue posible precisar el lugar en el que fue secuestrado el 32 por ciento de las víctimas.

En el 2013 el Instituto Nacional de Migración dio a conocer que recibió reportes por la desaparición de mil 681 personas migrantes en el territorio nacional, los lugares donde se ubica el mayor número de personas víctimas son Tamaulipas, Veracruz, Michoacán y Sinaloa.

En la semana del 17 al 24 de marzo del presente año se reportaron en 14 entidades federativas un total de mil 895 inmigrantes nacionales centroamericanos, de Somalia, Siria, Colombia, Ecuador y Cuba, entre otros países. Se identificaron 370 menores de edad y 163 viajaban solos en su intento de alcanzar el sueño americano, quienes presentaban signos de fatiga extrema, lesiones en los pies, deshidratación y desorientación por no conocer el lugar donde fueron desatendidos por sus guías que los abandonaron al no cubrir la cuota correspondiente para llegar a Estados Unidos.

Lo anterior es un ejemplo de que en nuestro país tenemos un gran flujo de migrantes, pero desgraciadamente se encuentran sin las protección adecuada por parte de las autoridades, con alto riesgo de ser secuestrados, explotados laboral o sexualmente, violando así sus derechos humanos.

Derivado de lo anterior votaremos a favor del presente dictamen, ya que estamos de acuerdo en establecer los tratados internacionales, a nuestra Carta Magna, la convencionalidad y el interés superior de la mujer, niño, niñas y adolescentes como fundamento de la política migratoria.

Igualmente estamos a favor de que se faculte a la Procuraduría General de la República, a celebrar convenios para la eficacia, investigación y persecución de los delitos que ofenden y de que son víctimas los migrantes de nuestro país. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene la palabra el diputado David Pérez Tejada Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido Verde.

El diputado David Pérez Tejada Padilla:Con su venia, diputado presidente. Honorable asamblea, primero que nada, señor presidente, comentarle que nuestro posicionamiento va en el sentido de este presente dictamen y el que se encuentra enlistado también para el tema de la custodia de adolescentes y niños no acompañados, menores no acompañados.

Primero que nada felicitar a la diputada Amalia García por conducir los trabajos de esta Comisión de Asuntos Migratorios, que ha trabajado tan activamente y los felicito por este desempeño que han venido logrando en avanzar estos dictámenes tan importantes, y como amigo y aliado en la lucha con la diputada, mi amiga Fernanda Schroeder, yo creo que para ella es una gran satisfacción el que el día de hoy aprobemos éste y otro dictamen que se encuentra enlistado, a través de lo cual solventamos muchos de los trabajos de agenda legislativa que hemos venido encabezando en esta LXII Legislatura, que uno de los temas que nosotros nos comprometimos en campaña era ése, el de la atención y protección a los migrantes.

La migración sin duda es uno de los problemas más relevantes de México. Datos aportados por el Inegi señalan que la población que emigra hacia otros países se encuentra entre los 20 y los 34 años de edad, siguiendo los jóvenes de entre 15 y 19 años, mientras que en los menores de 15 años el porcentaje disminuye. Esto demuestra que se hace primordialmente por cuestiones laborales.

No obstante lo anterior, observamos con preocupación que dicho fenómeno migratorio avanza alarmantemente afectando cada vez a más niños y niñas que por diversas situaciones se ven en la necesidad de abandonar su lugar de origen a muy temprana edad. Algunos de ellos emprenden viajes extenuantes y en condiciones deplorables, en búsqueda de reencontrarse con sus padres igualmente inmigrantes.

Otros aún más preocupantes, salen de sus hogares en busca de fuentes de empleo por la falta de oportunidades en nuestro país o por evadir la violencia familiar.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Migración, cada año alrededor de 40 mil niñas y niños son repatriados, de los cuales 18 mil viajan solos. Esto representa alrededor del 45 por ciento. Es una cifra bastante preocupante, y en su intento por cruzar la frontera estos niños migrantes son muy vulnerables a la explotación, la trata, a ser víctimas de la violencia por lo que la protección de sus derechos es una prioridad para el mandato de la UNICEF en México.

En atención a ello consideramos viables las propuestas planteadas en esta presente iniciativa que hoy se somete a consideración de esta soberanía, ya que resulta necesario fijar directrices claras en política migratoria del Estado mexicano, a través de la toma de decisiones y ejecución de acciones estrictamente basadas en los preceptos contenidos en nuestra Constitución Política, en tratados y convenios internacionales y sus respectivos reglamentos, con la finalidad de atender y combatir este fenómeno migratorio que crece alarmantemente en nuestro país atendiendo siempre al interés supremo de la niña, niño o adolescente.

Asimismo, el otro dictamen que se encuentra enlistado y por el cual estoy posicionando de la misma manera, resulta necesario establecer el mecanismo a seguir cuando se trate de niña, niño o adolescente migrante no acompañado, coincidimos en la importancia de canalizarlos tanto al sistema DIF nacional, a los sistemas del DIF estatales y, por otro lado, cuando se trate aquí del Distrito Federal.

Y, por otro lado, en el caso de los menores y los niños de los cuales sean calidad migratoria extranjera, también dar atención y reporte inmediato a lo que viene siendo los consulados que representan en nuestro país.

En ese sentido, les quiero compartir que hay demasiado por hacer, sobre todo en la práctica. Y el día de hoy les quiero dar a conocer que en mi estado hay una situación que el día de hoy en vía telefónica, en una conversación con el delegado de Migración en mi estado, me está dando a conocer el caso de un menor de 17 años de origen salvadoreño que se encuentra en Mexicali, en la estación migratoria, en un limbo jurídico, ya que por presentar deficiencia mental, un menor de capacidades diferentes, tiene la problemática de que no lo quiere recibir el DIF del estado y el Consulado de la República del Salvador no cuenta con los recursos necesarios para darle la atención, por lo cual se encuentra bajo custodia del Instituto Nacional de Migración, situación que debe de cambiar y si podemos plasmarlo en la ley, mucho mejor.

Sabemos que no es una labor sencilla —concluyo, señor presidente, por razones obvias de tiempo—, pero sabemos que no es una cuestión sencilla, el tema de la migración es una cuestión titánica, en la que debemos de comprometernos nosotros como diputados federales.

En esta ocasión, como representante del Partido Verde Ecologista de México, a nombre de mis compañeros y amigos, diputados y diputadas integrantes de esta fracción, votaremos a favor de este presente dictamen y el que se encuentra enlistado a favor de los menores, por considerar inminente establecer las bases bajo las cuales se atenderán los constantes cambios del fenómeno migratorio. Es cuanto, señor presidente, muchas gracias por su atención.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del PRD.

La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa:Buenas tardes. Con su permiso, presidente. Las y los legisladores del Grupo Parlamentario del PRD votaremos a favor de este dictamen, que adiciona los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración.

En el presente dictamen, en el cual se solicita reformar los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración, en materia de derechos humanos, se solicita incorporar a la Ley de Migración a los tratados internacionales en la materia como marco de referencia para la protección de los derechos de los migrantes.

A pesar de tener índices inmigratorios por debajo de la media latinoamericana, en un fenómeno de inconsciente colectivo, las y los mexicanos paradójicamente tendemos a creer que nuestro país tiene altos porcentajes de inmigración, en un claro mecanismo defensivo para levantar la autoestima ante el fenómeno migratorio masivo.

La combinación entre un notorio chauvinismo discursivo y un desarraigo forzado por la invasión cultural estadounidense y la necesidad socioeconómica de emigrar, es una contradicción esbozada y analizada por especialistas.

Es procedente en sus términos, en virtud de que efectivamente no se contempla en la Constitución y los instrumentos internacionales en la materia de los que México es parte, como criterios rectores de la política migratoria del país, y aún cuando en el caso de la Constitución esta observación está implícita en toda ley que derive de ella, no lo es respecto a los instrumentos internacionales en los términos que la propia Constitución establece en su artículo 1o.

Hay que señalar, como criterio, el interés superior de las y los niños, establecido en instrumentos internacionales de los que México es parte y sobre el que existen definiciones dadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En Estados Unidos, la Oficina de Censo de los Estados Unidos señala que actualmente las y los mexicanos representan el 65 por ciento de los cerca de 52 millones de hispanos en Estados Unidos y el 11 por ciento de la población nacional.

En los últimos años, el 35 por ciento de las 93 recomendaciones por violaciones graves de derechos humanos, fueron dirigidas a la Secretaría de Seguridad Pública Federal, de la Defensa Nacional, la Marina, Gobernación y el Instituto Nacional de Migración, por los delitos de desaparición forzada de personas, tortura, violaciones sexuales contra menores de edad, cateos y retenciones ilegales, detenciones arbitrarias e incomunicación.

En el 2011 se realizaron reformas a nuestra Constitución Política Mexicana en materia de derechos humanos, que establecieron el control de convencionalidad al establecerlo en los párrafos segundo y tercero del artículo 1o.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo, en todo tiempo, a las personas la protección más amplia.

En virtud de que el artículo 2o. de la Ley de Migración no establece como fundamento de la política migratoria a los tratados internacionales ni a la propia Constitución, la Ley de Migración señala los principios en que debe sustentarse la política migratoria del Estado mexicano, pero en ello no establece la convencionalidad ni el interés superior de la mujer, de la niña, niño o adolescente.

La niñez ha preocupado y ocupado desde siempre a la comunidad política. Primero como inquietud por el resguardo de la persona y los derechos del niño, y más tarde por la situación de desamparo en que muchas veces se encontraba, adoptando medidas legislativas y ejecutivas dirigidas a ordenar la materia e implementar vías de efectiva protección.

La Convención sobre los Derechos del Niño vino a dar su espaldarazo definitivo en el concierto de las naciones. Desde ese pacto no puede haber Estado en que no se reconozca a la niñez como interés público.

El interés del niño explica la potestad del Estado como deber y también como derecho fundamental que aquel tiene, el artículo 19 y 20. Potestad del Estado que hay quienes ponen en crisis, existiendo un supuesto paternalismo o tutelarismo que negaría al niño y a la niña garantías fundamentales, cuando justamente de lo que se trata es de reconocer en la convención la copresencia y la coimplicancia de la intervención estatal, protectora de las supuestas legitimantes, sus principios informantes, sus límites, su finalidad, como corresponde a una concepción integral.

El interés superior del niño es uno de los principios jurídicos más citados en las decisiones judiciales, quizás tanto como otros que tocan también aspectos muy sensibles a los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Los ámbitos de acción del derecho de un país en política migratoria, como lo demuestra la teoría y la práctica jurídica van más allá de sus fronteras territoriales. Es en ese sentido que se habla de los lineamientos que debe seguir un Estado cuando interactúa con otras naciones.

En los principios de política migratoria que se encuentran contenidos en la Constitución y de los derivados de instrumentos internacionales como la Liga de las Naciones y de la Carta de las Naciones Unidas, por señalar solo algunos de esos instrumentos.

Es necesario facultar a la PGR para celebrar convenios para la eficaz investigación y persecución de los delitos de los que son víctimas u ofendidos los migrantes y las migrantes, y no solo la colaboración y coordinación.

En las facultades que tiene la PGR no solo a firmar convenios de colaboración en materia de migración, sino que establece que debe desplegar todas las facultades que le concede la legislación vigente para investigar los delitos en donde las personas migrantes sean víctimas. Termino.

Por eso, por lo anteriormente expuesto, los y las diputadas del PRD votaremos a favor de este dictamen y solicitamos a los integrantes de esta LXII Legislatura su voto a favor, tal cual fue votado en la Comisión de Asuntos Migratorios de manera unánime. Gracias por su atención.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora la palabra la diputada Berenice Álvarez Tovar, del Grupo Parlamentario del PAN.

La diputada Martha Berenice Álvarez Tovar:Señoras y señores legisladores, como lo hemos señalado en oportunidades anteriores, la migración ha sido, desde hace mucho tiempo, la manifestación de la voluntad del ser humano por tener una vida mejor y de superar la adversidad.

A través de esta afirmación se asume la responsabilidad de proteger y garantizar el cumplimiento de los derechos humanos a favor de los migrantes y de atender el fenómeno migratorio en México de manera integral como país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes.

Por otro lado, los retos que presenta el contexto internacional, en donde los migrantes viven una delicada situación de vulnerabilidad, ponen de manifiesto las ventajas de contar con armónicos normativos congruentes, cuya eficacia descansa en un adecuado control de convencionalidad en materia de derechos humanos como principio a observar de las autoridades gubernamentales. Más allá de los debates nacionales e internacionales sobre migración, el hecho migratorio requiere de objetivos y herramientas de política pública que atiendan a las necesidades de los migrantes.

Lo anterior demuestra la necesidad de fortalecer la política migratoria del Estado mexicano, la cual debe contar un sólido sustento sobre los preceptos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los tratados y convenios internacionales de los que México es parte, lo que traerá consecuencias positivas a lo solicitado a otros gobiernos para la defensa y protección de nuestros migrantes en territorio extranjero.

Y como bien lo expresa el presente dictamen, dentro del artículo 2o. de la Ley de Migración vigente, no se contempla la Constitución y los instrumentos internacionales en la materia de los que México es parte como criterios rectores de la política migratoria del país.

A pesar de la obligación que ha contraído el Estado mexicano con la sociedad internacional referente a la promoción y salvaguarda de los derechos humanos después de la reforma al artículo de la Constitución en el 2011, la medida legislativa que hoy nos ocupa posiciona el interés superior de la niña, del niño o del adolescente, entendido como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y efectivas que les permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible, así como el de la convencionalidad en términos del artículo 1o. de la Constitución, como fundamento de la política migratoria del Estado mexicano.

Por lo tanto, incorpora a la ley los tratados internacionales en la materia como marco de referencia para la protección de los derechos humanos de los migrantes en territorio nacional. De igual manera, la presente iniciativa reconoce la situación de vulnerabilidad de los migrantes, anteriormente mencionada, por lo tanto aborda de forma oportuna la necesidad de facultar a la Procuraduría General de la República para celebrar convenios que permitan una persecución de los delitos de los que son víctimas u ofendidos los migrantes por medio de investigaciones eficaces.

Señoras y señores legisladores, por lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional manifiesta su voto a favor del presente dictamen ya que en él se reconoce la necesidad de reforzar nuestra política migratoria por medio de armónicos legales necesarios con instrumentos internacionales en la materia, reforzando con ello el actuar congruente del Estado mexicano, ante el compromiso adquirido con la sociedad internacional a través de la reforma del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente a la promoción y salvaguarda de los derechos humanos.

Asimismo, se manifiesta una ocasión para trabajar a favor del interés superior de la niña, niño o adolescente sin importar su nacionalidad o condición migratoria, lo que lleva implícita la obligación de que independientemente de las coyunturas políticas, sociales y económicas, deban asignarse todos los recursos posibles para garantizar este desarrollo.

Por último y no menos importante, se lleva a cabo un esfuerzo para garantizar la seguridad de nuestros migrantes en donde la corrupción e impunidad no continúen lesionando su vida. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene la palabra la diputada María Fernanda Schroeder Verdugo, para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRI.

La diputada María Fernanda Schroeder Verdugo:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, buenas tardes. Por su ubicación geográfica y cuestiones económicas, México presenta un complejo problema migratorio.

El flujo de personas de distintos países de Latinoamérica a los Estados Unidos de América es un problema que lacera a la sociedad nacional e internacional. Nuestra frontera entre México y los Estados Unidos, con su dinamismo económico, es también reflejo de contrastes sociales y económicos entre las dos naciones.

Según datos del Instituto Nacional de Migración, de los latinos que emigran a los Estados Unidos de América el 26 por ciento son mexicanos, ocupando nuestro país el primer lugar en deportaciones de migrantes provenientes de Estados Unidos.

Según datos del último Censo de Población y Vivienda 2010, un promedio de 609 mexicanos dejaron el país diariamente durante los últimos cinco años. Más del 70 por ciento de la migración de Chiapas, Oaxaca y Guerrero son jóvenes y adolescentes.

El tema migratorio en México es un asunto cuya atención requiere del continuo perfeccionamiento del marco jurídico y el reconocimiento de una nueva realidad sobre la migración del país.

En este sentido, fundamentalmente el dictamen que nos ocupa, propone modificaciones en dos sentidos. El primero para que se considere la aplicación de la Constitución federal y de los tratados internacionales como fundamento de la política migratoria del Estado mexicano. Y el segundo para establecer diversos principios en materia de derechos humanos en los cuales también deberá sustentarse la política migratoria.

Debo reconocer el trabajo realizado al interior de la Comisión de Asuntos Migratorios por nuestra presidenta, la diputada Amalia García, para la atención y dictaminación de las iniciativas suscritas por su servidora. El esfuerzo conjunto de los diputados de los distintos grupos parlamentarios merece mi respeto y mí reconocimiento. Muchas gracias.

El proyecto que nos ocupa constituye sin duda un avance importante en el perfeccionamiento del marco jurídico en materia de migración, por ello, el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, votará a favor del presente dictamen. Muchas gracias, buena tardes y es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene la palabra para hablar a favor, la diputada Nelly Vargas Pérez. Son cinco minutos, diputada.

La diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez:Gracias, señor presidente. Con su permiso, compañeras y compañeros, diputados federales. El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano está a favor de estas dos propuestas con proyecto de decreto, que acompaña de manera humana y solidaria a las mujeres, a las niñas y a los niños migrantes.

Pero no solamente migrantes. Vengo de Tabasco, de una frontera donde el municipio de Tenosique colinda con Guatemala y uno de los temas que estamos padeciendo el día de hoy en esta frontera, sobre todo en la zona de los ríos, en los municipios de los ríos que abarcan Tenosique, Balancán, que es donde tenemos los focos rojos encendidos.

El municipio de Centro, Jonuta y Emiliano Zapata, ahí estamos teniendo dos graves problemas. El primero es el flujo de los niños y de las mujeres migrantes por esta frontera.

Me ha tocado caminar junto al tren La Bestia, me he subido al tren La Bestia, con fotógrafos, con algunos investigadores, he organizado foros internacionales en esta frontera, precisamente por la preocupación y ocupación que los legisladores federales debemos de tener en este tema.

Es impresionante, impactante la cantidad de niños menores de edad solos que viajan en el tren La Bestia. Hoy, afortunadamente tenemos la 72, la casa de migrantes que el padre Fray Tomás, con recursos de la propia sociedad civil, aporta y apoya y acompaña a estos niños para cuidarlos.

Pero también es impresionante la cantidad de jovencitas menores de edad, de mujeres que son explotadas sexualmente, que son robadas también en nuestras regiones por una red de trata de personas que está operando de manera oprobiosa y que en la última comparecencia que tuvimos del secretario de Gobernación aquí en la Cámara de Diputados, le hice una serie de preguntas claves de lo que se está haciendo hoy en esta frontera del sur-sureste y no hubo una respuesta clara.

Hasta el día de hoy, sigo esperando una respuesta del secretario de Gobernación de cuáles son las estrategias y las acciones concretas que se están llevando a cabo hoy para el cuidado de nuestras niñas, nuestros niños, nuestras jovencitas que están desapareciendo en esa zona sur-sureste y que no se está haciendo nada al respecto.

Ésta es una preocupación que los tabasqueños tenemos porque la descomposición social que se está dando en esa zona ya es grave, es altamente preocupante, y debemos de unir esfuerzos, desde este espacio legislativo, desde las estructuras de poder del gobierno federal, para hacer un frente común a este tema que es una preocupación de seguridad nacional en esa frontera sur.

Por lo tanto, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano avala estos dos proyectos de decreto de considerar los principios generales y demás preceptos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados y convenios internacionales como fundamento de la política migratoria del Estado mexicano, y de adicionar como principios en los que ésta debe sustentarse para el cuidado de las mujeres, de las niñas, de los niños y de los adolescentes.

Una felicitación a la Comisión de Asuntos Migratorios, encabezada por la diputada Amalia García, y también para el tema que tiene que ver con el proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y las fracciones I, II y III del artículo 112 de la Ley de Migración.

Por lo tanto, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano se solidariza para votar a favor de este dictamen.

Quiero cerrar con una frase del doctor José Luis Mora: “De nada sirven las mejores leyes ni las sentencias más justas y acertadas si aquéllas no se ejecutan y éstas no se ponen en práctica”. No podemos continuar con leyes de primer nivel y funcionarios deficientes y corruptos. Es el momento de implementar políticas integrales. Muchas gracias, señor Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada.

Agotada la lista de oradores, le pido a la Secretaría abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: Háganse los avisos a los que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

(Votación)

Ciérrese el sistema electrónico. De viva voz.

El diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo (desde la curul): A favor.

El diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra(desde la curul): A favor.

El diputado Ricardo Monreal Ávila (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: Señor presidente, se emitieron 426 votos a favor, 1 abstención y 0 en contra.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es dictámenes a discusión de puntos de acuerdo.



APOYO A LAS AREAS DE SEGURIDAD EN MICHOACAN PARA EVITAR LA TOMA DE ACUERDOS CON PERSONAS PERTENECIENTES A GRUPOS DELICTIVOS

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a apoyar la coordinación de las áreas encargadas de la seguridad en Michoacán y evitar la toma de acuerdos con personas pertenecientes a grupos delictivos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Seguridad Pública de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1 , fracción I, y 158, numeral 1 , fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. Con fecha 13 de febrero de 2014, el diputado José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del PAN, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal a apoyar la coordinación de las áreas encargadas de la seguridad en Michoacán y a evitar la toma de acuerdos con personas pertenecientes a grupos delictivos.

2. Con misma fecha, la Mesa Directiva turnó a esta comisión dicho punto de acuerdo para su estudio y dictamen.

II. Planteamiento del problema y contenido del asunto

1. El problema que plantea la proposición consiste en la preocupación sobre la debilidad de la estrategia de seguridad en Michoacán, así como las cuestionables medidas de seguridad, control de acceso e identificación de personas que denotan falta de coordinación y descontrol entre las autoridades.

2. El objeto de la proposición es redoblar esfuerzos y exigir a los responsables de las diversas instituciones de seguridad pública y procuración de justicia a que actúen de manera coordinada, sobre todo en lo relativo a la transmisión de información.

3. Los resolutivos propuestos en la proposición son los siguientes:

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de la manera más atenta al gobierno federal a que se coordinen las distintas áreas responsables, a quienes el presidente de la República instruyó trabajar a que compartan entre ellos la información de sus actividades.

Segundo. De igual manera, se exhorta al gobierno federal a apoyar al comisionado federal para el estado de Michoacán para evitar que caiga en actos similares, por lo que debe revisar exhaustiva mente con quién se reúne e informar a la ciudadanía a qué acuerdos llegó.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de la manera más atenta al gobierno federal a que bajo ningún motivo acuerde o pacte la seguridad de los michoacanos con personas ligadas a grupos delictivos.

III. Proceso de análisis

1. Esta Comisión de Seguridad Pública examinó los méritos de la proposición a la luz de una revisión del marco normativo vigente, consulta de antecedentes legislativos, información oficial y mediática, y se enriqueció por la discusión del mismo en su reunión ordinaria.

IV. Consideraciones resultado del análisis y valoración de la propuesta

a) En cuanto a los argumentos del autor

Primera. La crisis de inseguridad en Michoacán ha alcanzado niveles preocupantes; en ese tenor, las principales fuerzas políticas del país, han manifestado el respaldo al gobierno federal y a las estrategias que permitan recuperar la paz y la tranquilidad en dicha entidad.

Segunda. Esta comisión reconoce que Michoacán se encuentra en una situación por de más perjudicada por el crimen organizado, en específico por los carteles de tráfico de drogas; y con el abatimiento de los líderes de este y otros grupos criminales, pudiera recrudecerse la violencia.

Tercera. Que situaciones como la coincidencia en una reunión del comisionado federal para la Seguridad y Desarrollo Integral en Michoacán, licenciado Alfredo Castillo Cervantes, con Juan José Farías Álvarez, alias “El Abuelo”, quien ha sido señalado como lugarteniente de los cárteles de Los Valencia y Nueva Generación de Jalisco, dejan ver la falta de coordinación y cooperación entre los diferentes niveles de autoridades y de medidas de protección a sus propios agentes.

Cuarta. Que el gobierno federal debe garantizar un tránsito transparente de vuelta a la tranquilidad para los ciudadanos, y que genere confianza en la estrategia que se implementa por el gobierno.

b) En cuanto a los resolutivos propuestos

Quinta. Se coincide en general con el sentido del texto propuesto, puesto que para alcanzar la meta de regresar a la normalidad a Michoacán, se debe transparentar el actuar para evitar malos entendidos, que lesionen la confianza en las instituciones.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de la manera más atenta al gobierno federal a que fortalezca la coordinación entre las autoridades responsables en Michoacán, para que trabajen y compartan entre ellos la información de sus actividades.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2014.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados:José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica), presidente; José Alejandro Montano Guzmán (rúbrica), Ana Isabel Allende Cano (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Consuelo Argüelles Loya, Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), secretarios; María Elena Cano Ayala (rúbrica), Carlos Octavio Castellanos Mijares (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Pedro Ignacio Domínguez Zepeda (rúbrica), Francisco González Vargas, Raúl Macías Sandoval (rúbrica), José Valentín Maldonado Salgado, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Trinidad Secundino Morales Vargas, Joaquina Navarrete Contreras, Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero, Víctor Serralde Martínez, María Guadalupe Sánchez Santiago, Regina Vázquez Saut (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica).»



FELICITACION A LINDA OCHOA, ROSALIA DOMINGUEZ, BRENDA MERINO Y AIDA ROMAN POR OBTENER MEDALLAS DE ORO EN EL CAMPEONATO MUNDIAL DE TIRO CON ARCO, LLEVADO A CABO EN NIMES, FRANCIA

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Dictamen de la Comisión de Deporte, con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados felicita a las ciudadanas Linda Ochoa, Rosalía Domínguez, Brenda Merino y Aída Román por haber obtenido medallas de oro en el campeonato mundial de tiro con arco, en la especialidad bajo techo, llevado a cabo en Nimes, Francia

Honorable Asamblea:

La Comisión de Deporte de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen:

1. Antecedentes

a) En sesión celebrada el 6 de marzo de 2014, María del Carmen García de la Cadena Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados felicita a las ciudadanas Linda Ochoa, Rosalía Domínguez, Brenda Merino y Aída Román por haber obtenido medallas de oro en el campeonato mundial de tiro con arco, en la especialidad bajo techo, llevado a cabo en Nimes, Francia.

b) Con fecha 7 de febrero de 2014, la Mesa Directiva turnó dicho asunto a la Comisión de Deporte para análisis y dictamen, mediante el número de expediente 3963, a través del oficio número DGPL 62-II-2-1245, de fecha 6 de marzo de 2014.

2. Contenido de la proposición

La diputada promovente establece en la proposición que el 1 de marzo pasado, Linda Ochoa, Rosalía Domínguez y Brenda Merino lograron la medalla de oro en el campeonato mundial de tiro con arco, en la especialidad bajo techo, llevado a cabo en Nimes, Francia.

Menciona que la presea dorada fue obtenida tras vencer en la final a las arqueras de Estados Unidos, Christie Colin, Crystal Gauvin y Érika Jones, con un marcador de 232 a 228, triunfo que es catalogado como una proeza por los especialistas, pues la nación vecina del norte es considerada una potencia en la modalidad y se encontraban abajo en el marcador.

Además de lo anterior, establece que la tripleta mexicana venció en sus tiros a 18 metros a las estadounidenses Colin, Gauvin y Jones, quienes se quedaron con la presea de plata. Por su parte, la mexicana Aída Román conquistó su primer título en un mundial de tiro con arco bajo techo, luego de vencer en la final a la japonesa Miki Nakamura, en la modalidad de arco recurvo.

Sostiene también que Aída Román, quien fue subcampeona en los Juegos Olímpicos Londres de 2012, terminó con un marcador de 6-0 después de acertar 8 de las 9 flechas en el centro de la diana para obtener una puntuación de 10 en cada uno de los sets, lo cual le dio en la primera parte de la justa 29 a 28 para colocarse 2-0.

Ya en el segundo set se apuntó 30 a 27 ante la japonesa, con lo que se fue arriba 4-0 en el marcador. Para el último parcial, la arquera capitalina tuvo otra puntuación perfecta de 30-28 y cerró los cartones 6-0. Además de lo anterior, en las eliminatorias semifinales, Aída Román venció a Anastacia Pavlova 6-4 con parciales 28-28, 29-29, 30-30, 30-30 y en la última ronda se colocó arriba para terminar 30-29.

La diputada menciona que la medalla de oro permitió a Aída Román ingresar en el selecto grupo de mexicanas que han obtenido medalla en juegos olímpicos y en un mundial. Antes lo habían logrado María Espinoza e Iridia Salazar, en taekwondo; Paola Espinosa y Laura Sánchez, en clavados; Belem Guerrero, en ciclismo; y Ana Guevara, en atletismo.

Aída Román ganó plata en sus primeros juegos panamericanos, en Río de Janeiro 2007, seguido por siete oros en los Centroamericanos de Mayagüez 2010. En los pasados panamericanos de Guadalajara 2011, la mexicana se quedó con el bronce en la prueba individual. Actualmente, Román se halla en la sexta posición de la clasificación mundial.

Finalmente, la diputada sostiene que los triunfos referidos en el presente documento son un orgullo para el país, por tratarse de mexicanas de excelencia que han podido destacar a nivel mundial, con lo que se confirma de nueva cuenta la necesidad de seguir apoyando a nuestros deportistas.

Las consideraciones anteriores enmarcan la propuesta para que la diputada promovente solicite una felicitación por la Cámara de Diputados a Linda Ochoa, Rosalía Domínguez, Brenda Merino y Aída Román por haber obtenido medallas de oro en el campeonato mundial de tiro con arco, en la especialidad bajo techo, llevado a cabo en Nimes, Francia.

3. Análisis, discusión y valoración de la proposición

Los integrantes de la Comisión de Deporte se dieron a la tarea de realizar un análisis de la argumentación de la proposición presentada por la promovente, en lo relativo a la armonía jurídica que ésta presenta con el marco normativo vigente. Asimismo, las aportaciones y la discusión de los diputados en la reunión ordinaria realizada con motivo del análisis del presente dictamen arrojaron las siguientes

4. Consideraciones de la comisión dictaminadora

Reconocer los méritos deportivos es una forma de motivar la participación de la juventud en la práctica del deporte, en disciplinas que les impulsen al desarrollo de sus habilidades físicas, al cuidado de la salud y a la consecución de salud mental y mejor calidad de vida.

México ha intervenido en juegos olímpicos desde los celebrados en 1900 en París, y hasta la fecha sólo 97 deportistas han logrado subir al podio de honor. No obstante lo anterior, en México hay hasta hoy más de 900 medallas ganadas por atletas mexicanos en diversos encuentros deportivos de carácter nacional e internacional.

Ante ese panorama, resulta imperativo reconocer el esfuerzo de las jóvenes que obtuvieron preseas en el pasado campeonato mundial de tiro con arco. Su extraordinaria labor es fruto del esfuerzo, de la disciplina y del compromiso con ellas mismas y con la proyección del país al poner en alto sus valores de excelencia y constancia.

Para México, los deportistas y la obtención de sus triunfos en campeonatos de nivel internacional son producto del trabajo deportivo que les permite tener acceso los apoyos necesarios para el perfeccionamiento de sus habilidades deportivas, pues son considerados parte de un proyecto nacional y no como el producto de un esfuerzo aislado.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de la Comisión de Deporte estiman positivo realizar este reconocimiento y someten a consideración del pleno de esta asamblea el presente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados reconoce a las ciudadanas Linda Ochoa, Rosalía Domínguez, Brenda Merino y Aída Román por haber obtenido medallas de oro en el campeonato mundial de tiro con arco, en la especialidad bajo techo, llevado a cabo en Nimes, Francia.

Notas:

1 Cifras del Comité Olímpico Mexicano.

2 Cifras de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de abril de 2014.

La Comisión de Deporte, diputados:Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), presidente; Gerardo Francisco Liceaga Arteaga (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre (rúbrica), William Renan Sosa Altamira (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), Fernando Alejandro Larrazábal Bretón (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo (rúbrica), Juana Bonilla Jaime (rúbrica), José Valentín Maldonado Salgado (rúbrica), secretarios; Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), Jorge Salgado Parra (rúbrica), Tomás Brito Lara (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Arturo Escobar y Vega, Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel (invitada), Rosa Elba Pérez Hernández (invitada), Brasil Alberto Acosta Peña (rúbrica), Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica), José Guadalupe García Ramírez, Rafael González Reséndiz (rúbrica), Alejandra López Noriega (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Roberto Ruiz Moronatti, Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica).»



PROYECTO PARA EL DESARROLLO DE LA TERCERA FASE DE EXPLORACION MINERA EN EL AREA DENOMINADA “ESPEJERAS”

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Semarnat a realizar los estudios pertinentes sobre la autorización de adecuación en favor del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada “Espejeras”

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para dictamen, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que realice los estudios pertinentes sobre la autorización de adecuación a favor del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada Espejeras.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, numeral 1, fracción VI; 82, numeral 1; 84; 85; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de ese honorable pleno, el proyecto de dictamen sobre la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que realice los estudios pertinentes sobre la autorización de adecuación a favor del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada Espejeras, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 4 de febrero de 2014, la diputada Josefina García Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que realice los estudios pertinentes sobre la autorización de adecuación a favor del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada Espejeras.

Segundo. En la misma sesión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen”.

Una vez analizado el planteamiento de la diputada proponente, las y los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, exponemos el siguiente:

II. Contenido de la proposición

La proponente sostiene que la autorización de concesiones mineras y proyectos hidroeléctricos en la zona de la Sierra Norte de Puebla son parte de la problemática que afecta y vulnera los derechos colectivos de diversas comunidades indígenas de la región, reconocidos en la legislación nacional y en los instrumentos internacionales en la materia, de los que México es parte.

Alude a las protestas de dichas comunidades, referidas a proyectos específicos, como el de construcción de una planta hidroeléctrica en las márgenes del río Ajajalpan, del Grupo México, el cual ha sido objeto de atención por este Poder Legislativo, y el proyecto de exploración minera en el área denominada Espejeras, municipio de Tetela de Ocampo, situación que abordamos en esta ocasión.

La diputada García Hernández, informa que el 1 de octubre de 2013, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante oficio número SGPA/DGIRA/DG/07048, resolvió sobre la manifestación de impacto ambiental (MIA) del proyecto de exploración en el área denominada Espejeras, promovido por la empresa Minera Espejeras, SA de CV, determinando que el proyecto es ambientalmente viable, y lo autorizó de manera condicionada, estableciendo los términos y condiciones a los que la empresa debe sujetarse.

Con el acto de la Semarnat, se condiciona que:

“En estricto apego a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 1 y 2; a lo previsto en los numerales 6 y 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes; así como a las recomendaciones 37/2012 y 56/2012 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, considerando que el proyecto incide sobre el territorio en el que habitan comunidades indígenas en el municipio de Tetela de Ocampo, estado de Puebla, y que a la fecha no existe constancia de que se haya realizado a esas comunidades la consulta previa respecto del proyecto de mérito; la promovente, derivado de lo señalado en el considerando XX, deberá presentar ante la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), previo al inicio de cualquier obra y/o actividad, el acuerdo firme y definitivo que celebre la promovente con las comunidades antes señaladas, en el que expresamente conste el consentimiento, previo, libre e informado, que esas comunidades otorgan para la ejecución del proyecto, con la finalidad de informar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre el avance en el cumplimiento de las recomendaciones antes señaladas.”

Con esta información, la organización Tetela hacia el futuro, al lado de otras defensoras de la tierra y el agua en los estados de Puebla, Veracruz y Chiapas, protestaron contra el proyecto, exigiendo a las autoridades la declaratoria de Área Natural Protegida.

La diputada García Hernández refiere que, derivado de dicha autorización, el 4 de octubre de 2013, el titular de la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México, mediante oficio número SG/CDPIM/433/2013, “recomienda la suspensión de la resolución expedida por la Semarnat, en favor del proyecto de exploración Espejeras, ubicado en el municipio de Tetela de Ocampo, hasta en tanto no se cumplan todas y cada una de las disposiciones nacionales e internacionales en la materia, para evitar la confrontación política, social y jurídica, dado que la población donde proyecta realizar actividades dicha empresa, ha dado muestras de un rechazo generalizado al proyecto.

Según la proponente, en la expedición de permisos no se ha observado el derecho a la consulta, al permitir la exploración y explotación minera del territorio de los habitantes indígenas.

El 7 de marzo de 2013, se realizó una reunión pública de información. En la cual, la Semarnat, con oficio SGPA/DGIRA/DG/07048, reconoce que la empresa minera no ha realizado la consulta previa a las comunidades afectadas.

La proponente observa una vulneración al derecho internacional en la materia, al hacer recaer en la empresa la responsabilidad de presentar el “acuerdo firme y definitivo que celebren (...) con las comunidades antes señaladas”, como una condición subsecuente a la autorización de que se trata.

En tal sentido, la autora de la proposición hace una transcripción fiel de los artículos 6, 7, 13 y 15 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, así como de los numerales 19 y 32 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, con el propósito de reconocer que corresponde a las autoridades realizar la consulta a los pueblos indígenas a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas susceptibles de afectarles directamente; así como de establecer o mantener procedimientos para consultar a los pueblos interesados, para determinar si sus intereses serían perjudicados y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección y explotación de los recursos existentes en los lugares donde habitan los interesados.

Señala que según fuentes periodísticas, la agrupación Tetela hacia el Futuro, ha señalado que la MIA autorizada fue emitida a destiempo, para legitimar extemporáneamente las actividades de exploración efectuadas por la minera.

Por otro lado, hace referencia al amparo interpuesto por el pueblo Yaqui en el caso del acueducto Independencia, en Sonora (amparo en revisión 631/2012), donde se establece la importancia de que cualquier autoridad que pretenda realizar un proyecto en donde exista la posibilidad de similar afectación, realice una consulta al pueblo indígena y que este proceso de consulta cumpla con una serie de contenidos mínimos para garantizar los derechos de los pueblos indígenas.

La proponente alude al énfasis de dicha resolución, en el sentido de que no basta que la autoridad responsable pusiera el proyecto a disposición del público a través de diversos medios de difusión o la realización de una consulta pública.

En conclusión, la proponente estima que el proceso de consulta a los pueblos indígenas sobre una medida como la autorización del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada Espejeras, a través de la perforación de 27 barrenos, misma que definitivamente les afecta de forma directa, debía ser una acción previa a la autorización, y desde luego, al emprendimiento de cualquier obra, proceso que además, debe ser supervisado por la autoridad y no por la empresa.

Con base en la relación de información anterior, planteada por la diputada proponente, se plantea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que realice los estudios pertinentes sobre la procedencia de adecuar la Condicionante número 3, sobre la autorización condicionada a favor del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada Espejeras, a favor de la empresa Minera Espejeras, SA de CV, establecida en el oficio número SGPA/DGIRA/DG/07048, suscrito por el titular de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, conforme los términos que establecen los instrumentos internacionales en la materia, de los cuales se desprende que corresponde a las autoridades la responsabilidad de realizar la consulta a los pueblos indígenas a través de sus instituciones representativas cada vez que se prevean medidas susceptibles de afectarles directamente, así como también, de establecer o mantener procedimientos para consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si sus intereses serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección y explotación de los recursos existentes en sus tierras.

Las y los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una vez analizado el contenido de la proposición con punto de acuerdo, objeto del presente dictamen, presentamos las siguientes

III. Consideraciones

En primer término, es preciso señalar la legitimidad de la pretensión de desarrollar un proyecto minero como el que se propone realizar la empresa Minera Espejeras SA de CV, siempre que la zona de afectación del proyecto no comprenda áreas protegidas mediante diversos instrumentos cuya observancia está a cargo de autoridades de los tres órdenes de gobierno, según corresponda.

En el caso concreto del proyecto minero de Espejeras, consideramos que el objeto del proyecto es la extracción de minerales, por lo que debe evitarse la ubicación en su zona de afectación, la zona de los bosques mesófilos de la Sierra Madre Oriental, las dunas costeras ubicadas en Veracruz y los espacios de importancia para la conservación de aves, los cuales deben seguir protegidos por las autoridades correspondientes.

Sabemos que la manifestación de impacto ambiental del proyecto minero de Espejeras, fue autorizada el 1 de octubre de 2013, y se publicó en la Gaceta Ecológica, declarando que el proyecto no incluye riesgo, y el resolutivo autoriza un plazo de dos años para explorar el área.

Por otro lado, tenemos conocimiento de que la manifestación de impacto ambiental señala que el uso de suelo en el lugar del proyecto es de terreno de vegetación forestal sin uso productivo y con algunos pastizales inducidos; sin embargo, en el cerro Espejeras se observa una zona boscosa tupida donde se originan un buen número de manantiales, lo que representa la presencia de alumbramientos acuíferos que podrían favorecer la realización de actividades turísticas, entre otras.

Ante la evidente existencia de cuerpos hídricos en la región, resulta incongruente la manifestación de impacto ambiental de la minera Espejeras, al divulgar la inexistencia de aguas subterráneas a 250 metros de profundidad.

La empresa minera sostiene que en Tetela de Ocampo no se cuenta con programa de ordenamiento ecológico territorial, a pesar de la existencia del Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio de la Cuenca del Río Tuxpan, el cual tiene un ámbito territorial de validez que comprende la parte norte del estado de Puebla, zona donde se localiza el área objeto de la exploración realizada por la Minera Espejeras.

A mayor abundamiento, la diputada proponente manifiesta que el 1 de octubre de 2013, la Semarnat, resolvió sobre la manifestación de impacto ambiental (MIA) del proyecto de exploración promovido por la empresa Minera Espejeras, SA de CV, determinando que el proyecto es ambientalmente viable, y lo autorizó de manera condicionada, estableciendo los términos y condiciones a que debe sujetarse.

Según Semarnat, “En estricto apego a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 1 y 2; a lo previsto en los numerales 6 y 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes; así como a las recomendaciones 37/2012 y 56/2012 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, considerando que el proyecto incide sobre el territorio en el que habitan comunidades indígenas en el municipio de Tetela de Ocampo, estado de Puebla, y que a la fecha no existe constancia de que se haya realizado a esas comunidades la consulta previa respecto del proyecto de mérito; la promovente deberá presentar ante la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) previo al inicio de cualquier obra y/o actividad, el acuerdo firme y definitivo que celebre la promovente con las comunidades antes señaladas, en el que expresamente conste el consentimiento, previo, libre e informado, que esas comunidades otorgan para la ejecución del proyecto, con la finalidad de informar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre el avance en el cumplimiento de las recomendaciones antes señaladas.”

En virtud de que, según la proponente, no se ha observado el derecho a la consulta, al permitir la exploración y explotación minera del territorio de los habitantes indígenas; el 7 de marzo de 2013, se efectuó una reunión pública de información, en la cual, con oficio SGPA/DGIRA/DG/ 07048, la Semarnat reconoce que la empresa minera no ha realizado la consulta previa a las comunidades afectadas.

Reconocemos inaceptable que la autoridad derive en la empresa la responsabilidad de presentar el “acuerdo firme y definitivo que celebren (...) con las comunidades antes señaladas”, como una condición a posteriori de la autorización de que se trata.

Estimamos procedente el planteamiento de la proponente, en el sentido de reconocer que corresponde a las autoridades realizar la consulta a los pueblos indígenas a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas susceptibles de afectarles directamente; así como de establecer o mantener procedimientos para consultar a los pueblos interesados, para determinar si sus intereses serían perjudicados y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección y explotación de los recursos existentes en los lugares donde habitan los interesados.

En efecto, son de atenderse las disposiciones de los artículos 6, 7, 13 y 15 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, así como de los numerales 19 y 32 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, con cuya aplicación se cumpliría la expectativa de reconocer que corresponde a las autoridades realizar la consulta a los pueblos indígenas a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas susceptibles de afectarles directamente; así como de establecer o mantener procedimientos para consultar a los pueblos interesados, para determinar si sus intereses serían perjudicados y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección y explotación de los recursos existentes en los lugares donde habitan los interesados.

Finalmente , coincidimos con la proponente en el reconocimiento de que el proceso de consulta a los pueblos indígenas sobre una medida como la autorización del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada Espejeras, misma que definitivamente les afecta de forma directa, debiera ser una acción previa a la autorización, y desde luego, al inicio de cualquier obra, proceso que además, debe ser supervisado por la autoridad y no por la empresa interesada.

Por lo anterior expuesto y fundado, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el dictamen con proyecto de

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a realizar los estudios pertinentes en estricto apego a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos, en sus artículos 1 y 2; a lo previsto en los numerales 6 y 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes; así como a las recomendaciones 37/2012 y 56/2012 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para la adecuación de la condicionante número 3 de la autorización expedida para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada Espejeras, a favor de la empresa Minera Espejeras, SA de CV, contenida en el oficio SGPA/DGIRA/DG/07048, suscrito por el titular de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, de conformidad con lo previsto en los instrumentos internacionales en la materia, en cuanto a que corresponde a las autoridades la responsabilidad de realizar la consulta a los pueblos indígenas a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas susceptibles de afectarles directamente, así como también de establecer o mantener procedimientos para consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si sus intereses serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección y explotación de los recursos existentes en sus tierras.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo federal a revisar, a través de la Secretaría de Economía, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la expedición de los permisos, las concesiones y la autorización de la manifestación de impacto ambiental, para realizar las actividades de exploración y explotación del lote minero Las Espejeras, en Tétela de Ocampo y la región de afectación del estado de Puebla y, en caso de que así sea procedente, se declare su cancelación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de marzo de 2014.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital, María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez, Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza, José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez, Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López, Ramón Antonio Sampayo Ortiz, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz.»



ESTACIONAMIENTOS PARA BICICLETAS EN LUGARES PUBLICOS

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la instalación de estacionamientos para bicicletas en inmuebles públicos, centros de transferencia modal, plazas públicas principales, mercados y vía pública

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV; 45, numerales 6, incisos f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, fracción II, y 80, numeral 1, fracción VI del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta Asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el jueves 13 de febrero de 2014, la diputada Carla Alicia Padilla Ramos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó proposición con punto de acuerdo por el que solicita exhortar respetuosamente a los gobiernos estatales y a los municipales, así como a los gobiernos de las delegaciones políticas del Distrito Federal a la instalación de biciestacionamientos en establecimientos públicos, centros de transferencia modal, así como en las principales plazas públicas, mercados, en la vía pública cuando no existe la posibilidad de instalarlo en el establecimiento y oficinas gubernamentales a efecto de promover el uso de la bicicleta como un transporte alternativo y ecológico para reducir la contaminación del aire y motivar la activación física para reducir la obesidad y el sobrepeso.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

Refiere la legisladora proponente, que a nivel mundial, la bicicleta es emblema de bienestar urbano, medio de transporte seguro, anticontaminante y saludable y que en países desarrollados son medio de transporte, con misma prioridad en la planeación y el desarrollo de la infraestructura vial que automóviles. Además refiere que su popularización en zonas metropolitanas de México, mejora el entorno e incentiva el comercio, dado que estima que 37 por ciento de mexicanos cuenta con una, y que 13 por ciento la utiliza como medio de transporte y 57 por ciento de esta cifra la utiliza con motivo laboral.

Indica la diputada proponente, que al no emplearse la bicicleta como medio cotidiano de transporte, la mayoría de los viajes se realizan sin implicar actividad física, contribuyendo al sedentarismo, siendo esto un problema de salud pública, pues es causa de enfermedades degenerativas como: hipertensión, diabetes entre otras, lo que encarece el costo del sistema de salud.

La legisladora señala que un ciudadano que comience a utilizar la bicicleta, puede colaborar en la prevención de enfermedades como las mencionadas en el párrafo anterior, por lo que representa su uso, una actividad física beneficiosa a la salud. En ese sentido describe que los ciudadanos desean vivir en ciudades limpias y sostenibles y dado que el sector transporte es principal fuente de emisiones contaminantes contribuye al deterioro de la calidad ambiental y obviamente en la calidad de vida de las personas, por lo que un aumento en el uso de la bicicleta resultaría a favor del cuidado del ambiente, en lo que se refiere a la calidad del aire.

Según señala la proponente en su punto de acuerdo, al brindar espacios y facilidades al uso de la bicicleta se lograría la protección al derecho a un medio ambiente, pues el ciclismo urbano mantiene e incrementa presencia en las metrópolis del país con el beneficio señalado, destacando entre otras políticas públicas, el programa Ecobici de la Ciudad de México; el Sistema Estatal de Promoción del Uso de la Bicicleta de la ciudad de Querétaro; o la zona metropolitana de Guadalajara donde se realizan 212 mil viajes diarios en bicicleta, entre otros ejemplos de que la bicicleta está presente en todas las ciudades de México.

En las consideraciones del punto de acuerdo además señala la necesidad del rediseño de la política del espacio urbano para integrar todos los modos de transporte, para que los gobiernos estatales y municipales instalen la infraestructura necesaria para el uso de la bicicleta en diferentes áreas pues esto incentivaría a la ciudadanía a creer en un cambio a favor del uso de la bicicleta y por consiguiente participar de este.

La diputada Carla Alicia Padilla Ramos, escribe en su punto de acuerdo que es necesaria una política pública que fomente la utilización de la bicicleta en el espacio público, y que con la construcción de infraestructura ciclista especialmente con la instalación de biciestacionamientos; este elemento formaría parte del mobiliario urbano de la ciudad ciclo-incluyente, pues de no contar con un sistema integrado de estacionamientos para la bicicleta esto resulta en una falta de seguridad para los usuarios, deterioro al medio ambiente, y mobiliario urbano al tener que amarrar o encadenar la bicicleta a postes de luz o rejas o incluso árboles.

Finaliza la diputada proponente, manifestando que el papel de los gobiernos debe ser el de preservar y el de ampliar de forma igualitaria la movilidad urbana equitativa para la movilidad interna de todos los habitantes de un territorio; y que el concepto de la bicicleta como un medio de transporte alternativo, es solución concreta y factible a los problemas de congestión vehicular.

Por lo expuesto concluye su punto de acuerdo para exhortar respetuosamente a los gobiernos estatales y a los municipales y a los de las delegaciones políticas del Distrito Federal a la instalación de biciestacionamientos en establecimientos públicos, centros de transferencia modal, así como en las principales plazas públicas, mercados, en la vía pública cuando no existe la posibilidad de instalarlo en el establecimiento y oficinas gubernamentales a efecto de promover el uso de la bicicleta como un transporte alternativo y ecológico para reducir la contaminación del aire y motivar la activación física para reducir la obesidad y el sobrepeso.

III. Consideraciones

Las diputadas y los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora, reconocemos válido el planteamiento de la proponente y coincidimos en la propuesta de exhortar a las autoridades estatales y municipales  competentes, para promover el uso de la bicicleta como un transporte alternativo y ecológico para reducir la contaminación del aire y motivar la activación física para reducir la obesidad y el sobrepeso.

Considerando que la calidad del aire en diversas ciudades de México se ha deteriorado significativamente en las últimas décadas. La mayor parte de los procesos de urbanización y de crecimiento poblacional, así como de las actividades económicas se han dado en ausencia de una reglamentación y de programas específicos para enfrentar los diversos problemas ambientales que padecen las ciudades mexicanas, particularmente la contaminación atmosférica.

Existe también un problema de percepción: los gobernantes y los ciudadanos no siempre advierten la magnitud y gravedad de los problemas ambientales. Tampoco existe una clara conciencia sobre las emisiones de contaminantes, su concentración, la exposición de la población y los daños a la salud, la infraestructura urbana y los ecosistemas. Ello explica, en parte, que tampoco exista una clara conciencia ambiental ni la constitución de una demanda ambiental suficientemente precisa y fuerte a favor de biciestacionamientos.

En la gráfica anterior se muestra la emisión de contaminantes por entidad federativa lo que pone de manifiesto que la calidad del aire es producto de una combinación de factores naturales y sociales. Los factores climatológicos y geográficos constituyen elementos que agravan u obstaculizan la solución de la contaminación del aire. No obstante, la causa principal del deterioro de la calidad del aire son las actividades humanas, especialmente las de carácter económico, por lo que un aumento incentivado desde el gobierno a favor del uso de la bicicleta redundaría en beneficio de la calidad del aire.

En materia de contaminación atmosférica, es el sector transporte el principal generador de sustancias tóxicas, llegando en ocasiones a representar hasta 80% de las emisiones totales. En el caso de las ciudades mexicanas sobre las cuales existe algún tipo de inventario de emisiones o en las que se monitorea la calidad del aire, la principal sustancia contaminante en términos de su volumen es el monoxido de carbono (CO).

Los inventarios de emisiones que se llevan a cabo desde mediados de los años noventa, particularmente en los estados de la frontera norte, en el Valle de México, en las zonas metropolitanas de Guadalajara, Monterrey y en el llamado “corredor industrial del Bajío”, dan cuenta de la mala calidad del aire en esos territorios del país. En entidades como Chihuahua y Sonora, la alta presencia de compuestos orgánicos volátiles (COV) es preocupante (Semarnat, 2006: 60). La disminución se aprecia con mayor claridad en la ZMVM, donde todas las sustancias, en el año 2000, muestran una menor presencia con relación a la década de los noventa. Destaca la casi total desaparición del plomo de la atmósfera metropolitana, la sustancial disminución del bióxido de azufre, del bióxido de nitrógeno, de los compuestos orgánicos volátiles y las menores emisiones de partículas suspendidas y de monóxido de carbón por lo que es pertinente apoyar el propósito del punto de acuerdo en análisis.

En el caso de esta última sustancia, su presencia sigue siendo significativa y es la que más se emite en el valle de México. En términos generales, la disminución de las emisiones a la atmósfera está relacionada con dos hechos tecnológicos: la introducción de tecnología anticontaminante en los vehículos automotores –sobre todo con la introducción del convertidor catalítico a partir de 1993– y la mejor calidad de los combustibles.

Además las diputadas y los diputados integrantes de la comisión consideramos oportuno mencionar que los inventarios de emisiones, la otra manera de medir la calidad del aire es mediante el monitoreo atmosférico. Con este sistema se tiene un registro de las concentraciones de sustancias tóxicas en la atmósfera que se vería seriamente impactado a favor de la reducción si se persigue el objetivo de este punto de acuerdo.

Los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales consideramos a partir de otro criterio que es el de la sustentabilidad energética apoyar este punto de acuerdo como una excelente oportunidad para analizar el papel que desempeña la energía.

Asimismo, y para finalizar consideramos oportuno observar la etapa de la urbanización acelerada-media, parte del “milagro económico” de los años setenta, donde México emerge como una nación predominantemente urbana cuando la población de sus 227 ciudades alcanzan 55 por ciento de la total en 1980, iniciándose el declive del tradicional país de carácter rural. En este orden de ideas este periodo, en la cúspide de la industrialización acelerada del país, la Zona Metropolitana de la Ciudad de México se transforma en una de las megaurbes más pobladas del mundo, con lo que se constituye en un nodo de gran influencia sobre las ciudades de su periferia inmediata. Ello le permite conformar un conglomerado de tipo megalopolitano al traslapar su zona metropolitana con la de Toluca, capital del vecino Estado de México y en condiciones similares el caso principalmente de Monterrey, Guadalajara, entre otros.

En 2005, el sistema de ciudades aumenta a 367 y el grado de urbanización a 69.2 por ciento, en tanto que las grandes ciudades absorben 92 por ciento del incremento de la población urbana en el primer lustro del siglo XXI. Éstas aumentan a 31 urbes e incrementan a 71.3 por ciento su participación de la población urbana de México. Se alcanza un nivel no imaginado de concentración de la población y la economía en los principales “núcleos” metropolitanos, que le imprimen una nueva silueta polinuclear al sistema urbano nacional, la cual deberá ser considerada detalladamente para el diseño de una estrategia espacial dentro de los planes de desarrollo económico nacionales, lo que se constituye en una condición necesaria para que sean viables y el esquema de movilidad urbana de la bicicleta, consideramos puede contribuir a ello.

Desafortunadamente, se está ante elevados niveles de urbanización en una economía dependiente, que no tiene la correspondiente competitividad urbana experimentada por las naciones prósperas cuando alcanzaron magnitudes semejantes tal es el caso de la urbanización.

Por lo anterior expuesto y fundado, las y los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sometemos a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los gobiernos estatales y a los gobiernos municipales, así como a los de las delegaciones políticas del Distrito Federal a la instalación de biciestacionamientos en establecimientos públicos, centros de transferencia modal, así como en las principales plazas públicas, mercados, en la vía pública cuando no existe la posibilidad de instalarlo en el establecimiento y oficinas gubernamentales a efecto de promover el uso de la bicicleta como un transporte alternativo y ecológico para reducir la contaminación del aire y motivar la activación física para reducir la obesidad y el sobrepeso.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de marzo de 2014.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital, María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez, Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza, José Luis Esquivel Zalpa, Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez, Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López, Ramón Antonio Sampayo Ortiz, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz.»



PROYECTOS FORESTALES RELACIONADOS CON REDUCCION DE EMISIONES POR DEFORESTACION Y DEGRADACION EVITADA

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Semarnat a hacer del conocimiento público el destino de los recursos para operar proyectos forestales relacionados con reducción de emisiones por deforestación y degradación evitada

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV; 45, numerales 6, incisos f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, fracción II, y 80, numeral 1, fracción VI del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta asamblea el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 29 de enero de 2014, los ciudadanos diputados José Luis Muñoz Soria, Javier Orihuela García y Roberto López Rosado, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron proposición con punto de acuerdo por el que solicitan exhortar respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a que haga del conocimiento público el destino de los recursos que países desarrollados, organismos multilaterales y organizaciones internacionales, han puesto a su disposición para operar proyectos forestales relacionados con el mecanismo internacional de reducción de emisiones por deforestación y degradación evitada.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

Refieren los legisladores proponentes, que por iniciativa del Reino de Noruega, REDD+ es un mecanismo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) para otorgar compensaciones económicas por parte de los países del norte que tienen compromisos de reducción de emisiones en el Protocolo de Kioto, a los países del sur para mantener en pie sus bosques.

Este mecanismo de la economía verde que parte de la idea de que los bosques son sumideros de carbono y pretende financiar la captura de carbono que realizan los bosques, a partir de la emisión de certificados o bonos por captura de carbono.

Este mecanismo se aceptó formalmente en 2007 y desde entonces, existen 340 iniciativas REDD+ en 52 países, de acuerdo al Center for International Forestry Researchcon miras a fortalecer la gobernanza local sobre los territorios y recursos forestales y comprender su aplicación en nuestro país.

Indican los diputados proponentes, que el proceso REDD+ en México y la elaboración de la estrategia nacional esta documentada en Visión de México sobre REDD+, hacia una estrategia nacional, donde estableció los primeros criterios para el desarrollo de la ENAREDD+, con participación de diversos actores sociales que contribuyeron con aportes técnicos y recomendaciones para perfilar el fortalecimiento de la gobernanza forestal.

Los legisladores señalan, en la sección A de sus consideraciones, los préstamos y donaciones del Banco de México, lo que es un error de redacción que se entiende en el contexto del documento como Banco Mundial.

Refieren que el Banco Mundial autorizó préstamos al país por 667 millones de dólares para proyectos relacionados con REDD+, y donó 28.8 millones de dólares adicionales, lo que en suma asciende a 695.8 millones de dólares depositados en el Fondo Forestal Mexicano (FFM), operado por Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito (Nafin). Mientras el control operacional de los programas, está a cargo de la Comisión Nacional Forestal (Conafor).

Los señores legisladores describen los distintos proyectos y prestamos respectivos:

1) 350 millones de dólares, que corresponden a un préstamo de inversión específica (SIL, por su sigla en inglés) para bosques y cambio climático.

2) 42 millones de dólares del programa de inversión forestal (FIP, por sus siglas en inglés), 25 de éstos fueron entregados como donativo y 17 como crédito;

3) 300 millones de dólares, para políticas de desarrollo (DPL, por sus siglas en inglés), y

4) Por último, el Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques (FCPF, por sus siglas en inglés) –del Banco Mundial– entregó donativo por 3.8 millones de dólares para “estudios y actividades de diseminación y consultas para informar el diseño de la Estrategia Nacional sobre Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación Forestal (ENAREDD+)”.

Según señalan los legisladores proponentes en la sección B de su punto de acuerdo, los préstamos y donaciones del Banco Interamericano de Desarrollo ascienden a 18 millones de dólares para dos proyectos:

Primero. La “creación de una línea de financiamiento destinada a las estrategias de emisiones bajas de carbono en los paisajes forestales”, por 15 millones de dolares, y

Segundo. De 3 millones de dólares para el “fortalecimiento de la inclusión de ejidos y comunidades a través de asistencia técnica y la construcción de capacidades para llevar a cabo actividades de baja emisión de carbono en paisajes forestales”.

En las consideraciones del punto C, los diputados firmantes del punto de acuerdo señalan otros donativos por 21 millones 950 mil dólares provenientes del Programa ONU-REDD, con una aportación de 50 mil dólares de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el proyecto regional denominado Policy 2012; la Iniciativa Biodiversidad, ejecutada por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD y financiada con 6.9 millones de dólares por el Global Environment Facility (GEF); y, del gobierno del Reino de Noruega por 15 millones de dólares.

Los diputados José Luis Muñoz Soria, Javier Orihuela García y Roberto López Rosado, escriben en la sección D de su punto de acuerdo, sobre estos fondos y refieren una falta de transparencia de Redd+, sean estos fondos públicos o privados, multilaterales o internacionales; y que también se carece de certeza sobre el monto que se ha destinado a cada uno de ellos.

Finalizan los diputados proponentes manifestando que “hay poca claridad en el manejo de los fondos; no se sabe el destino de los recursos” donde México ha sido beneficiado según “sus” cifras con más de mil 500 millones de dólares. Agregan la opinion de Octavio Rosas Landa, quien asegura que el programa REDD+ y el pago por servicios ambientales “apuntan hacia la mercantilización de los bosques”.

Por lo anteriormente expuesto, concluyen su punto de acuerdo exhortando al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que haga del conocimiento público la información concerniente a REDD+ bajo las consideraciones siguientes:

• La evaluación nacional detallada de los diversos procesos de degradación forestal del país y las causas;

• El estudio de viabilidad para operar los proyectos de REDD+ en el país;

• Las Reglas de Operación de la Estrategia Nacional REDD+, con el nombre y número de fondos; así como el total de recursos ya sean de financiamiento o donaciones a REDD+;

• El destino de los más de 735 millones 750 mil dólares identificados, de los cuales, 57 millones 250 mil dólares corresponden a donativos y a préstamos solicitados al Banco Mundial (BM) y dos aportaciones solicitadas al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por 667 y 11.5 millones de dólares respectivamente.

III. Consideraciones

Los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora, reconocemos válido el planteamiento de los proponentes y coincidimos en la propuesta de exhortar a las autoridades correspondientes a transparentar los fondos que han sido utilizados a favor de la REDD+.

Considerando que la Comisión Nacional Forestal, creada por decreto presidencial el 4 de abril de 2001, es un organismo público descentralizado cuyo objetivo es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes y programas, en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable.

En cuanto a este mecanismo financiero alimentado por diferentes entidades provenientes de: fuentes públicas y privadas internacionales usuarias de los servicios ambientales y con intereses diversos, las y los integrantes de esta comisión dictaminadora, estimamos acertado el funcionamiento de dicho organismo paraestatal, sabiendo que el Fondo Forestal Mexicano desde 2003: en la legislación se creó para “promover la conservación, incremento, aprovechamiento sustentable y restauración de los recursos forestales y sus recursos asociados”.

Vale la pena señalar que el Fondo Forestal Mexicano maneja el flujo financiero en ciclos de 5 años, para que los poseedores de terrenos forestales tengan acceso a los pagos de acuerdo al cumplimiento de sus reportes de monitoreo que están gestionados por Conafor a través de Nacional Financiera y no de la Semarnat; sin embargo, esta última dependencia es la cabeza de sector.

En ese orden de ideas, los diputados y las diputadas integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales consideramos que el término transparencia está vinculado directamente con el concepto de derecho a la información y es importante lograr la eficacia en la aplicación de recursos en todas las regiones y especialmente donde no se cuenta con instrumentos para la gestión de los recursos forestales.

Como lo mencionamos en la parte anterior existen conceptos o términos necesariamente inmersos –o vinculados– con la transparencia misma; nos referimos al derecho de acceso a la información, a la participación ciudadana, a la rendición de cuentas elementos esenciales para la comprensión del tema forestal, pues las condiciones de bajo interés por el uso forestal de las tierras son complejas; en ellas inciden una serie de factores de diversa naturaleza, que en cada región se conjugan y expresan de maneras particulares.

Los integrantes de la comisión dictaminadora consideramos que al hablar de transparencia se nos viene a la mente el concepto de claridad en la administración de recursos públicos, la transparencia y rendición de cuentas constituyen la forma de ver si el gobierno está dando buen cumplimiento a sus deberes. Por lo que se debe garantizar el suministro oportuno de información clara y precisa a todas las entidades involucradas en la actividad forestal, para ello, el sistema debe basarse en una vinculación interinstitucional.

Por lo anterior expuesto y fundado, las y los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sometemos a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales haga del conocimiento público el destino de los recursos que países desarrollados, organismos multilaterales y organizaciones internacionales han puesto a su disposición para operar proyectos forestales relacionados con el mecanismo internacional de reducción de emisiones por deforestación y degradación evitada.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de marzo de 2014.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital, María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez, Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza, José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez, Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López, Ramón Antonio Sampayo Ortiz, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz.»

El Presidente diputado José González Morfín: Le pido a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si son de aprobarse los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobados, comuníquense.

El siguiente punto del orden del día es dictámenes en sentido negativo.



REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, inciso a) y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80 fracción II, 82 numeral 1, 84, 85 y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, expone a consideración de esta asamblea el presente dictamen, de conformidad con los siguientes:

Antecedentes

1. En sesión de pleno de la Cámara de fecha 10 de diciembre de 2013, se dio cuenta de la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, misma que se determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 3924-XI, el martes 10 de diciembre de 2013.

Contenido de la iniciativa

1. La iniciativa presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, propone reformar el Reglamento de la Cámara de Diputados con el objeto incluir la moción para revisar el quórum, y evitar los vacíos que cotidianamente se presentan en el pleno y que exista una verdadera representatividad en las deliberaciones de la Cámara de Diputados.

2. La propuesta de la iniciativa referida, se basa en las siguiente exposición de motivos:

3. La revisión del quórum se ha convertido en una solicitud cotidiana dentro del salón de plenos de esta Cámara de Diputados; es común también que la solicitud sea desestimada porque el reglamento de esta soberanía no incluye la figura antes mencionada”.

4. “En nuestro país el tema se estableció en el artículo 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se menciona que “las Cámaras no pueden abrir sus sesiones ni ejercer su cargo sin la concurrencia, en cada una de ellas, de más de la mitad del número total de sus miembros.”

5. “La presente propuesta busca la inclusión de la moción para revisar el quórum, y evitar los vacíos que cotidianamente vemos dentro del pleno; es solo un paso para impulsar la verdadera representatividad en las deliberaciones diarias”.

6. “En el Senado de la República ya existe esta figura, en el reglamento de la colegisladora incluye en sus artículos 39, 68 y 78 diversas disposiciones referentes a la presencia de los legisladores en el pleno al momento de las discusiones o de las votaciones. En la Cámara de Diputados solo está considerada la verificación del quórum en el artículo 46 del Reglamento, el cual menciona en su numeral 2 que “durante la Sesión, el quórum sólo se verificará mediante las votaciones nominales”.

7. “Otro de los motivos por lo que es menester estar presente en las deliberaciones de este pleno es para contar con información de primera mano sobre los temas que se discuten. Debemos dejar atrás la lógica priista de votar solo lo que opinan la y los coordinadores de los grupos parlamentarios”.

Consideraciones

a) Competencia

La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

b) Consideraciones generales de la propuesta

Esta dictaminadora en cuanto al contenido de la iniciativa estima conveniente realizar las siguientes:

Se propone se establezca en el Reglamento de la Cámara de Diputados que el quórum en las sesiones de pleno pueda ser verificada a solicitud de un legislador, ya que no lo contempla lo que sí acontece en el Reglamento de la Cámara de Senadores que establece que un legislador puede reclamar el quórum.

El proponente señala que la labor de los diputados como representantes populares es precisamente la de representar a determinado sector del país y la de legislar.

c) Funciones de los diputados

Respecto a ello, cabe mencionar que legalmente y en forma más específica las funciones de los diputados se encuentran previstas en el propio Reglamento de la Cámara de Diputados en su Título Primero, Capítulo III, Sección Primera a Cuarta.

Cabe mencionar que es precisamente este cuerpo de normas, dónde se establecen las pautas de cómo se desarrollará la actividad parlamentaria dentro de la Cámara de Diputados.

d) Disposiciones relativas al Quórum en el Reglamento de la Cámara de Diputados

El Reglamento de la Cámara de Diputados no es del todo concordante en disposiciones al de la Cámara de Senadores, y efectivamente no contempla como tal que un legislador cualquiera sea el que solicite revisión del Quórum en la sesión del pleno como acontece el Reglamento de Senadores.

No obstante, sí se contempla la verificación del Quórum en la sesión, precisamente al momento en que deba llevarse a cabo una votación nominal.

En tal entendido es pertinente precisar que en la actualidad, muchos sistemas están derivando la determinación del quórum a los reglamentos parlamentarios en el caso que nos ocupa en el Reglamento de la Cámara de Diputados y, en varios casos, incluso el número de integrantes de las asambleas queda sujeto a disposiciones legislativas.

Como ejemplo podemos citar que en Austria (artículo 31), Bélgica (artículo 53), Dinamarca (artículo 50) y España (artículo 79), la presencia de la mayoría sólo se exige para tomar decisiones, en tanto que en Italia (artículo 64.3.) es requisito incluso para deliberar. En el caso de Austria, sin embargo, el quórum para deliberar es de un tercio de los diputados. En Grecia (artículo 67) el quórum para decidir es de una cuarta parte de los miembros de la Cámara de Diputados.

Del mismo modo, debe observarse que el quórum atiende a la solución de dos problemas: por una parte, es una garantía del sistema representativo, en cuanto a que en las deliberaciones y las decisiones debe participar un número adecuado de representantes; por otro lado, es una garantía del sistema republicano, en cuanto a que las instituciones deben funcionar razonablemente. En esta medida, el número requerido para integrar el quórum no debe ser tan reducido como para distorsionar la función representativa de un congreso, ni tan elevado como para entorpecer sus actividades.

Bajo esa tesitura, debe asentarse que la esencia que buscó el legislativo, al momento de elaborar el Reglamento de la Cámara de Diputados, fue la de ponderar una eficiente actividad legislativa y parlamentaria (que no sólo se circunscribe a la elaboración de leyes) de los Diputados, en forma tal que arrojara los resultados en forma rápida y en beneficio de la sociedad a la que representan como bien menciona el proponente.

Por ello mismo, con el objeto de alargar innecesariamente las sesiones o bien, que éstas puedan verse continuamente interrumpidas y producir un retraso legislativo, es que al determinarse que la verificación del quórum sea precisamente al momento de realizarse las votaciones nominales, que es precisamente el momento en que los diputados ejercerán fehacientemente la facultad representativa de los ciudadanos, conforme a la proporcionalidad de los sufragios que por determinado grupo parlamentario, la sociedad decidió fuera representada.

Máxime que no debe pasarse por alto que el propio Reglamento de la Cámara de Diputados prioriza que la actividad de discusión y dictamen de las diversas propuestas presentadas por los Diputados sea desahogada en las comisiones respectivas y motivo por el cual, dependiendo la naturaleza de las mismas, son turnadas a determinada comisión, lo que se reflejará en el desarrollo de sesiones ágiles que evitan el rezago legislativo y generan mejores resultados en beneficio del país.

Por lo anterior, la iniciativa del diputado Ricardo Monreal Ávila, suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, no se estima viable y se considera su desechamiento.

Por lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura, proponemos a la consideración del pleno de esta honorable asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Notas:

1 Reglamento de la Cámara de Diputados, consultado en línea en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/Reg_Diputados.pdf

2 Cfr. http://info.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/108/art/ art9. htm.

3 Ídem.

Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el recinto legislativo de San Lázaro, en reunión ordinaria del jueves 10 de abril de 2014.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Alberto Díaz Trujillo, Cristina González Cruz (rúbrica), Brenda María Izontli Alvarado Sánchez (rúbrica), Amira Griselda Gómez Tueme, Francisco Alfonso Durazo Montaño, Roberto López Suárez (rúbrica ebn contra), Rubén Camarillo Ortega, Fernando Rodríguez Doval, María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Norma Ponce Orozco (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Luis Armando Cordova Díaz (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica en abstención), Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica en abstención), Jorge Salgado Parra, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica en contra).»



REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo respecto a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la iniciativa que reforma al artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, inciso a) y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, fracción II, 82, numeral 1, 84, 85 y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, expone a consideración de esta asamblea el presente dictamen, de conformidad con los siguientes:

Antecedentes

1. En sesión de pleno de la Cámara de fecha 20 de febrero de 2014, se dio cuenta de la iniciativa que reforma el artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila, que se determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 3966-VI, el jueves 20 de febrero de 2014.

Contenido de la iniciativa

1. La iniciativa presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila, propone reformar el Reglamento de la Cámara de Diputados con el objeto de establecer como una de las obligaciones de las diputadas y diputados, presentar al menos dos iniciativas de ley o de decreto dentro de cada periodo ordinario de sesiones.

2. La propuesta de la iniciativa referida, en lo conducente se basa en la siguiente exposición de motivos:

3. “Los diputados no tan sólo representan un gasto para los ciudadanos de 747 millones 940 mil 500 pesos, únicamente en remuneraciones, sino que dichos funcionarios tienen una productividad ínfima y, en muchos casos, nula”.

4. “En otras palabras, se dedican más de 700 millones de pesos en 500 personas que se han visto reducidas a una oficialía de partes, que se han convertido en los relojes más caros del mundo, ya que sólo se les paga por contar los segundos que les restan de uso de la voz a los pocos legisladores que sí trabajan”.

5. “Por lo preliminarmente argumentado, resulta claro que para incrementar la productividad de la Cámara de Diputados, es necesario imponer una cuota mínima de Iniciativas por legislador en cada período, sólo así podremos frenar un poco, el abuso y el despilfarro que dichos funcionarios representan para el erario público”.

Consideraciones

a) Competencia

La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

b) Planteamiento del problema.

El artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados establece los requisitos mínimos que deben de contener las propuestas de iniciativas.

Una vez analizada la propuesta del diputado, metodológicamente no expone claramente un planteamiento del problema, sin embargo, de la lectura de sus argumentos se puede colegir que existe un gasto excesivo en el presupuesto destinado para las actividades parlamentarias y poca productividad, la cual mide de acuerdo a la presentación de iniciativas.

c) Actividades parlamentarias

Es necesario señalar  que quienes ejercen como diputados o legislador cuenta con diferentes obligaciones y derechos respecto al desempeño de tal encargo como en lo particular se previene en el Reglamento de la Cámara de Diputados en el Título Primero, Capítulo III, Sección Primera a Cuarta.

Si bien, la función legislativa va encaminada a la producción de marcos normativos, leyes o normas jurídicas, los Diputados cuentan con más facultades que las eminentemente legislativas.

Como ejemplo de lo anterior, podemos citar la aprobación anual de presupuesto, cuya facultad únicamente es conferida a la Cámara de Diputados, o bien las actividades que desempeñen los legisladores que conformen grupos de amistad, más aún en el caso de las comisiones de investigación.

Actualmente se cuenta con un vasto número de ordenamientos jurídicos, códigos o leyes, cuya facultad de creación, reforma, adición, derogación o abrogación es competencia del poder legislativo, y en virtud de ello pueden ser susceptibles de perfeccionamiento, no obstante lo anterior, como lo plantea el proponente, tampoco sería un buen parámetro medir la productividad de los legisladores conforme a las iniciativas que presenten.

Lo anterior, en virtud de que podría generar una abundancia de propuestas de reformas, adiciones o creaciones de leyes, que aumentaría la labor legislativa, ya que en ese caso se tendrían como mínimo la presentación de mil propuestas por periodo legislativo, lo que conllevaría a una gran carga de trabajo que bien podría quedarse rezagada o que fenecieran los plazos para dictaminar las propuestas.

Circunstancia la anterior, que incluso podría ser contraria a la técnica legislativa, ya que se estaría propiciando la existencia de normas que generaran una superabundancia y se cayera en la inefectividad de las normas.

Sumada a ello, si se aprobara la propuesta del Diputado, se estaría orillando a evaluar la actividad legislativa por cantidad y no por calidad y podrían perderse muchas propuestas valiosas que ameritaran ser analizadas y perfeccionadas para generar un verdadero marco jurídico que beneficie a la población.

Es de mencionar, que la naturaleza de la creación del Reglamento de la Cámara de Diputados tiene por objeto agilizar los trabajos legislativos y que esto se refleje en una actividad legislativa de eficiente y calidad en bien de la ciudadanía.

d) Técnica legislativa

Por otra parte, se observa que en la iniciativa en comento, se establece un proyecto de decreto con la propuesta del Diputado, pero enseguida se establece el texto como se encuentra actualmente del Reglamento y posteriormente se vuelve a establecer la propuesta, lo cual resulta innecesario.

Por lo anterior, la iniciativa del diputado Ricardo Monreal Ávila, no se estima viable y se considera su desechamiento.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura, proponemos a la consideración del pleno de esta honorable asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Nota:

1 Reglamento de la Cámara de Diputados, consultado en línea en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/Reg_Diputados.pdf

Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el recinto legislativo de San Lázaro, en reunión ordinaria del 10 de abril de 2014.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Alberto Díaz Trujillo, Cristina González Cruz (rúbrica), Brenda María Izontli Alvarado Sánchez (rúbrica), Amira Griselda Gómez Tueme, Francisco Alfonso Durazo Montaño, Roberto López Suárez (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega, Fernando Rodríguez Doval, María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Norma Ponce Orozco (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Luis Armando Cordova Díaz (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica).»



LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE SENTENCIADOS

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo acerca de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 Bis de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados

Honorable Asamblea:

La Comisión de Seguridad Pública de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6 incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 numeral 1, 85, 157 numeral 1 fracción I, y 158 numeral 1 fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.

I. Antecedentes

1. Con fecha 7 de noviembre 2013, fue presentada ante esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 Bis de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, presentada por los diputados Javier Filiberto Guevara González y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

2. Con misma fecha la Mesa Directiva turnó a esta comisión dicha iniciativa para su estudio y dictamen.

II. Planteamiento del problema y contenido del asunto

1. El problema que plantea la iniciativa en turno es que, en razón del avance tecnológico y la proliferación de aparatos de telecomunicaciones en los centros de reinserción social del país, deviene en la comisión de ilícitos por parte de los internos, dada su falta de preocupación por purgar una sentencia dado que se encuentran de cualquier forma presos.

2. El objeto de la iniciativa consiste en limitar la presencia de dispositivos y aparatos de telecomunicaciones al personal administrativo de los centros penitenciarios.

3. El contenido de la iniciativa se ilustra a continuación, comparándose con la norma jurídica vigente:

Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados

Texto Vigente

Artículo 14 Bis. Las medidas de vigilancia especial podrán consistir en:

I. Instalación de cámaras de vigilancia en los dormitorios, módulos, locutorios, niveles, secciones y estancias;

II. Traslado a módulos especiales para su observación;

III. Cambio de dormitorio, módulo, nivel, sección, estancia y cama;

IV. Supervisión ininterrumpida de los módulos y locutorios;

V. Vigilancia permanente de todas las instalaciones del Centro Penitenciario;

VI. El aislamiento temporal;

VII. El traslado a otro centro de reclusión;

VIII. Aplicación de los tratamientos especiales que determine la autoridad penitenciaria con estricto apego a las disposiciones legales aplicables;

IX. Suspensión de estímulos;

X. La prohibición de comunicación vía Internet, y

XI. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.

Sin menoscabo de lo anterior, la autoridad penitenciaria que determine el Reglamento podrá decretar en cualquier momento estado de alerta o, en su caso, alerta máxima cuando exista riesgo o amenaza inminente que ponga en peligro la seguridad del Centro Federal, de la población penitenciaria, de su personal o de las visitas.

Texto Propuesto

Artículo 14 Bis. Las medidas de vigilancia especial podrán consistir en:

I. Instalación de cámaras de vigilancia en los dormitorios, módulos, locutorios, niveles, secciones y estancias;

II. Traslado a módulos especiales para su observación;

III. Cambio de dormitorio, módulo, nivel, sección, estancia y cama;

IV. Supervisión ininterrumpida de los módulos y locutorios;

V. Vigilancia permanente de todas las instalaciones del Centro Penitenciario;

VI. El aislamiento temporal;

VII. El traslado a otro centro de reclusión;

VIII. Aplicación de los tratamientos especiales que determine la autoridad penitenciaria con estricto apego a las disposiciones legales aplicables;

IX. Suspensión de estímulos;

X. La prohibición de comunicación vía Internet;

XI. La prohibición de cualquier aparato o dispositivo tecnológico que permita la comunicación de los reos, limitando el uso de teléfonos fijos para el personal administrativo; y

XII. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.

Sin menoscabo de lo anterior, la autoridad penitenciaria que determine el Reglamento podrá decretar en cualquier momento estado de alerta o, en su caso, alerta máxima cuando exista riesgo o amenaza inminente que ponga en peligro la seguridad del Centro Federal, de la población penitenciaria, de su personal o de las visitas.

III. Proceso de análisis

1. Esta Comisión de Seguridad Pública examinó los méritos de la iniciativa del autor a la luz de una revisión del marco normativo vigente y propuesto, consulta de otros antecedentes legislativos y doctrinales, investigación de los funcionamientos de los centros penitenciarios así como las disposiciones relativas a telecomunicaciones en centros penitenciarios, y se enriqueció por la discusión del mismo en su reunión ordinaria.

IV. Consideraciones resultado del análisis y valoración de la iniciativa

A. En cuanto a los argumentos del autor

Se coincide con el iniciante en que tanto las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, adoptada por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente de 1955, como el conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión adoptado por la asamblea general del mismo organismo en 1988, establecen que puede coexistir el respeto a los derechos humanos de los sentenciados con las limitaciones a sus comunicaciones con el mundo exterior.

El artículo 18 constitucional establece, en su segundo párrafo, que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir. Así, parte del proceso para una exitosa reinserción del sentenciado es la prevención de que el sentenciado no vuelva a cometer algún ilícito.

En diversas fuentes informativas se ha tenido conocimiento de la proliferación de aparatos y dispositivos de telecomunicaciones en los centros penitenciarios, e incluso se sabe, por declaraciones del presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que dentro de la prisión se siguen organizando y operando delitos que impactan de manera directa a la población, siendo el más cometido dentro de ellos la extorsión.

Asimismo, en reunión con esta comisión, el subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación, Roberto Campa Cifrián, declaró que poco más de una de cada dos llamadas de extorsión que se registran en el país proviene de las cárceles estatales.

Por lo anterior, este cuerpo dictaminador coincide con los argumentos presentados por los autores, además de que se reconocen los intentos que han realizado las autoridades al respecto de esta problemática, como los lineamientos de colaboración entre autoridades penitenciarias y los concesionarios de servicios de telecomunicaciones y bases técnicas para la instalación y operación de sistemas de inhibición, derivado de la reforma legal que, además de modificar el Código Penal Federal y la Ley Federal de Telecomunicaciones en torno al tópico de las comunicaciones al mundo exterior desde los penales con fines delictivos, también reformó la ley que la iniciativa en estudio pretende reformar, al adicionarle un artículo 14 Ter.

Quienes integramos esta comisión coincidimos en que la iniciativa abona a la resolución de una problemática en ciernes, sin embargo, como es de conocimiento de esta comisión, existe una minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal del Sistema Penitenciario y Ejecución de Sanciones, y se adiciona el artículo 50 Quáter a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que fue remitida por la Cámara de Diputados, y recibida en sesión ordinaria del Senado de la República celebrada el 19 de abril de 2012, misma que se encuentra en análisis y discusión en las Comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, de la colegisladora.

Dicha Minuta, a la que se hace referencia en el párrafo que antecede, prevé la abrogación de la ley en estudio, lo que haría ocioso su reforma, a pesar de lo loable del propósito de la misma.

Por lo anterior, esta comisión considera que el espíritu de la iniciativa en revisión debe ser tomado en cuenta en los trabajos de análisis y discusión de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, instancia que actualmente puede adherir dichos preceptos en la que habrá de ser la legislación en materia penitenciaria, con la finalidad de prevenir la comisión de estos ilícitos cometidos dentro de prisión.

B. En cuanto a los textos normativos propuestos

Dado que, aunque se coincide en los méritos de los argumentos propuestos, existe una legislación en revisión que abrogaría la ley a reformar, no se procede al estudio de los textos normativos propuestos.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública de la LXII Legislatura sometemos a consideración de esta asamblea la aprobación del siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 Bis de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Segundo. Archívese el expediente como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2014.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados:José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica), presidente; José Alejandro Montano Guzmán (rúbrica), Ana Isabel Allende Cano (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Consuelo Argüelles Loya, Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), secretarios; María Elena Cano Ayala (rúbrica), Carlos Octavio Castellanos Mijares (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Pedro Ignacio Domínguez Zepeda (rúbrica), Francisco González Vargas, Raúl Macías Sandoval (rúbrica), José Valentín Maldonado Salgado, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Trinidad Secundino Morales Vargas, Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), Víctor Serralde Martínez, María Guadalupe Sánchez Santiago, Regina Vázquez Saut (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica).»



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo sobre la minuta con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales fue turnada para su análisis y dictamen, la minuta proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción I; 81, numeral 1; 85; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero.En sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, celebrada el 6 de octubre de 2009, el senador Adolfo Toledo Infazón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República dictó trámite a la iniciativa, turnándola a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, para dictamen.

Tercero.Con fecha 27 de septiembre de 2011, las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos del Senado de la República, aprobaron el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Cuarto.El 15 de noviembre de 2011, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó con 71 votos en pro, el proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Quinto.En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 17 de noviembre de 2011, se dio cuenta al pleno con la minuta proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el Artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Sexto. Con fecha 17 de abril de 2012, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, aprobó el dictamen sobre la minuta proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Séptimo.En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, verificada el 25 de abril de 2012, en votación económica, se aprobó el acuerdo por el que se desecha el proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y se ordena su devolución al Senado de la República, para los efectos constitucionales correspondientes.

Octavo.En reunión plenaria del Senado de la República, celebrada el 2 de octubre de 2012, se dio cuenta con el acuerdo que desecha el proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el Artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Noveno.En la misma fecha,la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicho proyecto se turnara a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, para dictamen.

Décimo.Con fecha 24 de septiembre de 2013, en reunión de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, se aprobó el Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Undécimo.En sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, celebrada el 20 de noviembre de 2013, se aprobó el proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Duodécimo.En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, efectuada el 25 de noviembre de 2013, se presentó la minuta proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Décimo Tercero.En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó el trámite siguiente: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales”, para dictamen.

Las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una vez analizado el expediente de la minuta proyecto de decreto objeto del presente dictamen, exponemos el siguiente:

II. Contenido de la minuta

La colegisladora reconoce la necesidad de nuestro país, de utilizar de manera sustentable la riqueza y diversidad ambiental que poseemos, y que en observancia del derecho constitucional de toda persona a un medio ambiente sano, nuestro régimen jurídico en materia ambiental se ha venido fortaleciendo durante las últimas décadas.

Señalan el objeto de la LGEEPA, de propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para asegurar el ejercicio del derecho constitucional a un medio ambiente sano, así como el de la normatividad en materia ambiental por los tres órdenes de gobierno y el establecimiento de los mecanismos de coordinación y colaboración entre éstos y la sociedad a través de las personas físicas o morales que corresponda.

Reconocen que en nuestro país se ha promovido la descentralización de la gestión ambiental, a fin de establecer las condiciones para el desarrollo de capacidades locales y regionales, a partir de que las autoridades de las entidades federativas y los municipios tienen un mejor conocimiento de los problemas ambientales que los aquejan.

Observan que nuestra legislación ambiental prevé la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación entre la federación y las entidades federativas, con participación, en su caso, de los municipios, con el propósito de descentralizar la gestión de los diversos temas ambientales.

Enfatizan en el contenido del artículo 12 de la LGEEPA, en cuanto a que establece las bases a que se sujeta la celebración de dichos convenios o acuerdos de coordinación, los cuales se celebraran a petición de la entidad federativa, la cual deberá contar con los recursos materiales, humanos y financieros necesarios para llevar a cabo las funciones que asumirá; asimismo, prevé los requisitos para la implementación de dichos instrumentos y la designación de los órganos encargados de su ejecución.

Hacen referencia al proyecto de decreto contenido en el dictamen del Senado sobre la iniciativa de reforma y adición al artículo 12 de la LGEEPA, presentada por el senador Adolfo Toledo Infazón, el 6 de octubre de 2009, con el cual se reforma el último párrafo del artículo 12 de la ley, para que estableciera:

“Los convenios o acuerdos de coordinación a que se refiere el presente artículo, sus modificaciones, evaluaciones de cumplimiento, así como su acuerdo de terminación deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la gaceta o periódico oficial de la respectiva entidad federativa.”.

Aseguran que la Cámara de Diputados, en función de Cámara revisora, desechó la minuta enviada por el Senado, sobre la base de los argumentos siguientes:

1. Que la legalidad de la descentralización en la LGEEPA ha sido cuestionada. Para ello, señala que la publicación en la gaceta o periódico oficial, debió ser incorporada en el artículo 7 de la Ley, como facultad de las entidades federativas para determinar qué y cuándo publicar en dichos medios.

Asimismo, menciona que la Cámara Revisora estimó inviable la reforma, en los términos planteados por la de origen, porque “podría ser sujeta de los mismos vicios e incluso podría mostrar las debilidades de las entidades federativas en detrimento del medio ambiente así como crear problemas de operatividad y constitucionalidad.”

2. Que contraviene lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales. Este artículo dispone: “el DOF es el órgano del gobierno federal de carácter permanente y de interés público, cuya función es publicar las leyes, decretos, reglamentos, etc. expedidos por los Poderes de la Unión en sus respectivos ámbitos de competencia, para que se apliquen y observen”.

Añade que las evaluaciones sobre el cumplimiento del convenio tienen efectos sobre las partes, y que dicho cumplimiento no se refiere a la observancia del convenio en el sentido que señala el artículo 2, sino a la forma en que quienes los suscribieron se han desempeñado en lo relativo a recursos financieros, humanos y materiales que se destinaron para el ejercicio de la función que asumieron. En ese sentido, reconoce que “las evaluaciones constituyen una información de tipo público sí, pero debe difundirse por otros medios”

3. Que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental, establece la obligación a las dependencias federales de poner a disposición del público y a actualizar, entre otra, la siguiente información: i) la estructura orgánica; ii) facultades iii) directorio; iv) remuneración mensual por puesto; v) domicilio de la unidad de enlace; vi) metas, etc.

Aprecian que la Revisora,Conforme al primer argumento, estima que carecen de objetividad y no atienden el hecho de que al amparo del artículo 12 de LGEEPA, la SEMARNAT suscribe convenios y acuerdos de coordinación en diversas materias. Con esto, las entidades federativas quedan posibilitadas para realizar las actividades financiadas. Desde el inicio de la vigencia de la Ley ninguna entidad federativa ha invocado la inconstitucionalidad de dichos convenios o acuerdos.

En cuanto al segundo argumento, reconocen que la Cámara de Diputados, coincide en que el artículo 2 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales no contempla explícitamente la publicación de las evaluaciones de cumplimiento de los convenios o acuerdos a que se refieren los artículos 11 y 12 de LGEEPA. Sin embargo la fracción VI del artículo 3 de la propia Ley,dispone: son materia de publicación en el DOF, los actos y resoluciones que la constitución y las leyes ordenen que se publiquen en el periódico oficial”.

El senado reconoce que el impacto regulatorio derivado de la publicación de las evaluaciones, puede resultar oneroso tanto para la Federación como para las entidades federativas y, considerando que los diputados reconocen que: “las evaluaciones constituyen una información de tipo público, pero que debe difundirse por otros medios de comunicación”, proponen una nueva redacción al segundo párrafo del artículo 12, para allegar la información a la población.

Por último, refieren que el tercer argumento de la Cámara de Origen propone que cualquier persona puede solicitar la información relativa a las evaluaciones de cumplimiento de los convenios o acuerdos de coordinación utilizando los canales que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Al respecto, el senado estima pertinente recordar que ello solo es posible a petición de parte.

El Senado reconoce que el acceso a la información, la transparencia y la rendición de cuentas, son elementos fundamentales de toda democracia. Por ello, estiman importante informar sobre el cumplimiento de los acuerdos y convenios entre la federación y los estados, para conocer las actividades implementadas.

En ese sentido, la redacción propuesta para el párrafo segundo del Artículo 12 de la LGEEPA, en la minuta del Senado de la República es la siguiente:

Articulo 12. ...

“Corresponde a la Secretaría evaluar el cumplimiento de los compromisos que se asuman en los convenios o acuerdos de coordinación a que se refiere este artículo y publicar un resumen de los resultados de dicha evaluación en su página electrónica.”

Quienes integramos la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, después de analizar el contenido de la Minuta Proyecto de Decreto, objeto del presente dictamen, hacemos las siguientes:

III. Consideraciones

Coincidimos con la colegisladora en el reconocimiento de la necesidad de utilizar de manera sustentable la riqueza y diversidad ambiental que poseemos y que, en respeto del derecho constitucional de toda persona a un medio ambiente sano, nuestro régimen jurídico en materia ambiental se ha venido fortaleciendo durante las últimas décadas.

Asimismo, reconocemos el objeto de la Ley General del equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de propiciar el desarrollo sustentable, así como sentar las bases para asegurar el ejercicio del derecho a un medio ambiente sano, y prever la distribución de competencias de los tres órdenes de gobierno en materia ambiental, incluso los mecanismos de coordinación y cooperación entre Federación, entidades federativas y municipios, y entre éstos y la sociedad, a través de las personas físicas y morales que corresponda.

Estimamos que a partir de que las autoridades de las entidades federativas y los municipios tienen un mejor conocimiento de los problemas ambientales en el territorio de sus respectivas jurisdicciones, resulta conveniente la suscripción de convenios y acuerdos con la Federación, para descentralizar la gestión de los temas ambientales.

Consideramos acertado lo dispuesto en el artículo 12 de la ley, en cuanto a la sujeción de los convenios y acuerdos a las bases establecidas en dicho numeral, para tal efecto.

Reiteramos nuestra consideración sobre el acto legislativo de esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, durante la LXI legislatura, al aprobar el dictamen con proyecto de acuerdo que desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma el párrafo final del artículo 12 de la LGEEPA, reforma con la cual se pretendía modificar el objetivo del referido párrafo, cuyas disposiciones se constriñen al contenido de los acuerdos o convenios, su modificación o su acuerdo de terminación, para agregar en su texto, sin razonamiento alguno que lo justifique, las evaluaciones de cumplimiento de los propios convenios o acuerdos.

En efecto, consideramos que esta Cámara Revisora, en su oportunidad, desechó la minuta enviada por el Senado, sobre la base de los argumentos que estimó pertinente, los cuales son referidos por el Senado en el dictamen con proyecto de decreto, contenido en el expediente de la minuta objeto del presente dictamen.

Es preciso reiterar que el proceso legislativo sobre el tema que nos ocupa, data del 6 de octubre de 2009, fecha en que el senador Adolfo Toledo Infazón, presentó iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero, recorriendo el actual párrafo tercero para que pase a ser párrafo final, y reforma la fracción VI, y el recorrido párrafo final del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Posteriormente, el 27 de septiembre de 2011, las comisiones unidas dictaminadoras del Senado, dictaminaron dicha iniciativa, modificando el proyecto de decreto, para quedar como proyecto de decreto que reforma el párrafo tercero del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; reforma consistente en agregar las “evaluaciones del cumplimiento”,a otros actos de administración que deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la gaceta o periódico oficial de la respectiva entidad federativa.

El proyecto de decreto fue aprobado por el pleno senatorial, el 15 de noviembre de 2011 y, en la misma fecha se envió la minuta correspondiente a la Cámara de Diputados, para los efectos de lo dispuesto en la fracción A. del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La minuta proyecto de decreto que reforma el párrafo final del Artículo 12 de la LGEEPA, referida en el párrafo anterior, una vez presentada al pleno de la Cámara de Diputados, fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

Con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta proyecto de decreto que reforma el párrafo final del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente,aprobado en sesión plenaria el 25 de abril de 2012, se integró el expediente de la minuta correspondiente, la cual se envió al Senado de la República, para los efectos de lo dispuesto en la fracción D del artículo 72 constitucional, que en lo conducente, dice:

Artículo 72.Todo proyecto de ley o decreto cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la ley del Congreso y sus reglamentos respectivos, sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones:

A. a C. ...

D. Si algún proyecto de ley o decreto, fuese desechado en su totalidad por la Cámara de revisión, volverá a la de su origen con las observaciones que aquella le hubiese hecho. Si examinado de nuevo fuese aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes, volverá a la Cámara que lo desechó, la cual lo tomará otra vez en consideración, y si lo aprobare por la misma mayoría, pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción A; pero si lo reprobase, no podrá volver a presentarse en el mismo periodo de sesiones.

No obstante la claridad de la disposición constitucional señalada en el párrafo anterior, el Senado de la República, después de recibir el 25 de abril de 2012 la minuta con proyecto de acuerdo que desecha en su totalidad la minuta proyecto de decreto que reforma el párrafo final del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, procedió a la elaboración de un nuevo dictamen, a través de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, las cuales, con base en las facultades que les confiere el Artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre otros, el 24 de septiembre de 2013, aprobaron el dictamen con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; asimismo, el pleno del Senado, en sesión de 20 de noviembre de 2013, aprobó el proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, remitiendo a la Cámara de Diputados la minuta correspondiente, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.

Lo anterior hace evidente la transgresión de lo previsto en la fracción D del artículo 72, constitucional, ya que las comisiones unidas encargadas del dictamen en la Cámara de Senadores, en todo caso, debieron insistir en el proyecto de decreto que desechó la  colegisladora, en vez de modificar el texto de la disposición planteada y su reubicación en un párrafo diverso al que originalmente habían propuesto.

Finalmente, consideramos improcedente que el Senado de la República haya enviado la minuta proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a esta Cámara de Diputados, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.

Por lo anterior expuesto y fundado, y para los efectos de lo dispuesto en la parte final de la fracción D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales somete a consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero.Se desecha en su totalidad la minuta con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del Artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, remitida el 26 de noviembre de 2013.

Segundo.Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de marzo de 2014.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital, María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez, Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza, José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez, Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López, Ramón Antonio Sampayo Ortiz, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz.»

El Presidente diputado José González Morfín: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos. Por lo que se refiere al último de los dictámenes devuélvase a la Cámara de Senadores, para los efectos de la fracción D, del artículo 72 constitucional.

Continúe la Secretaría.



LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, EN MATERIA DE BIENES CULTURALES SUBACUATICOS

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 28 Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de bienes culturales subacuáticos

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, les fue turnada la minuta proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 28 Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de bienes culturales subacuáticos, enviada por la Cámara de Senadores de conformidad con lo establecido en el apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la que se dio cuenta en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 13 de febrero de 2014.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, 81, 82, 83, 84, 85 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, corresponde a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, elaborar el dictamen a la minuta turnada, lo cual se hace de acuerdo a los siguientes apartados: Antecedentes, Contenido de la minuta, Consideraciones, Conclusiones y Acuerdo.

Antecedentes

1. En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 20 de septiembre de 2011, el diputado Armando Jesús Báez Pinal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la LXI Legislatura presenta en nombre propio y de diputadas y diputados de diversos grupos parlamentarios que también la suscriben, iniciativa con proyecto de decreto que incorpora el concepto de Patrimonio Subacuático a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

2. Con fecha 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, LXII Legislatura, aprobó el acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el pleno de la LXI Legislatura, por el cual se devuelve a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y a la de Cultura y Cinematografía, el dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de patrimonio cultural subacuático.

3. La Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en su sesión ordinaria celebrada el 20 de marzo de 2013, aprobó dictamen con proyecto de decreto que adiciona el artículo 28 Ter, un segundo párrafo al artículo 29 y un segundo párrafo al artículo 47 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de Patrimonio Cultural Subacuático, con 435 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. Fue recibida el mismo día, como minuta proyecto de decreto, para los efectos constitucionales a la Cámara de Senadores con la siguiente redacción:

Minuta proyecto de decreto

Por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de patrimonio cultural subacuático.

Artículo Único. Se adicionan un artículo 28 Ter; un segundo párrafo al artículo 29 y un segundo párrafo al artículo 47 de la Ley sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar como sigue:

Artículo 28 Ter. Constituyen Patrimonio Cultural Subacuático todos los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua parcial o totalmente, de forma periódica o continua por lo menos durante cien años, tales como: los sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, junto con su contexto arqueológico y natural; los buques, aeronaves, otros medios de transporte o cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, junto con su contexto arqueológico y natural; y los objetos de carácter prehistórico.

Quedan exceptuados del párrafo anterior los buques y aeronaves de estados extranjeros, cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, que gocen de inmunidad soberana conforme a derecho internacional.

Artículo 29. ...

Quienes encuentren Patrimonio Cultural Subacuático dentro de la Zona Económica Exclusiva Mexicana deberán dar aviso a la autoridad civil más cercana. La autoridad correspondiente expedirá la constancia oficial del aviso o entrega, en su caso, y deberá informar al Instituto Nacional de Antropología e Historia dentro de las 24 horas siguientes para que éste determine lo que corresponda.

Artículo 47. ...

Al que por cualquier medio realice trabajos de exploración submarina en aguas nacionales a fin de descubrir o rescatar Patrimonio Cultural Subacuático a que se refiere el artículo 28 Ter sin autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa de mil a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Dentro de los noventa días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo federal publicará las reformas conducentes al reglamento correspondiente.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, 20 de marzo de 2013.

4. En sesión ordinaria celebrada el 13 de febrero de 2014, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dio cuenta del oficio del Senado de la República, por el que se devuelve el expediente con la minuta proyecto de decreto por el que reforma el artículo 28 Ter de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de Patrimonio Cultural Subacuático, para efectos de lo dispuesto en el apartado E del artículo 72 constitucional.

5. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó como trámite a la minuta de referencia regresada de la Cámara de Senadores, el turno a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

6. El 26 de marzo de 2014, se recibió el oficio CEN/119-2012, del 25 de abril de 2012, emitido por la Delegación de Profesionistas Arquitectos Conservadores del Patrimonio Cultural del Instituto Nacional de Antropología e Historia, mediante el cual se realizaron las siguientes observaciones al contenido que se dictamina:

Segundo. Referente a su propuesta para el artículo 28 Ter. Las disposiciones sobre monumentos y zonas arqueológicos también serán aplicables a los buques, naves o cualquier otro medio de transporte acuático o parte de éstos localizados en las zonas marinas de los Estados Unidos Mexicanos, así como sus cargamentos y demás contenidos, que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, al menos durante cien años.

Esta precisión se encuentra contenida en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, como se asienta en el artículo 5o. y 36, considera todos y cada uno de los bienes independientemente del medio en que se encuentre.

Además la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático celebrada en París el 2 de noviembre de 2001, y ratificada por el Senado de la República el 5 de julio de 2006, y nos remite a lo señalado en el artículo 19, fracción I, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Contenido de la minuta

El dictamen correspondiente de la colegisladora contiene dos partes en sus argumentaciones: una con las consideraciones y otra con las modificaciones propuestas.

Respecto a la primera de ellas:

• La Cámara de Senadores considera que el espíritu normativo de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 1972, recoge la experiencia que en materia de protección del patrimonio cultural se desarrolló en México a lo largo del siglo XX, tanto desde la perspectiva científica y técnica como desde el punto de vista jurídico. El espíritu normativo de la ley sitúa a la preservación del patrimonio cultural, como un asunto de interés social y nacional y que deposita en el orden federal de gobierno el principio de autoridad para llevar a cabo las acciones que en representación del interés público sean necesarias para proteger, conservar, investigar y difundir el legado cultural de la nación.

• Que la legislación vigente, sustentada en la fracción XXV del artículo 73 constitucional, inscribe en un régimen de protección los bienes muebles e inmuebles producto de las civilizaciones que habitaron el territorio antes del establecimiento de la hispánica, los bienes que por determinación de ley o por la vía de declaratoria estén vinculados con la historia de la nación o, bien, que fueron destinados al culto religioso, así como aquellos que por sus cualidades revisten un valor estético relevante cuya protección es de interés nacional.

• Que el marco jurídico al que se adscribe el patrimonio cultural bajo las figuras de monumentos y zonas de monumentos, le otorga una condición jurídica que, en el caso de los bienes arqueológicos, por disposición expresa de la ley, los hace propiedad de la nación, inalienables e imprescriptibles; y, en el caso de los bienes artísticos y los bienes históricos, los sujeta a modalidades de uso, conservación y traslado de dominio con el propósito esencial de garantizar su salvaguarda, con independencia de si se trata de bienes públicos o de propiedad particular.

Considera el Senado, que esta naturaleza jurídica resume en gran medida, un debate histórico e ideológico por mantener libres del comercio y del saqueo a los bienes arqueológicos y evitar, entre otros fines, la destrucción de los inmuebles arqueológicos, históricos o artísticos, amenazados por el desarrollo urbano y los intereses inmobiliarios y comerciales. Y que la ley en análisis, sienta las bases de una política de estado, sustentada en el interés social y el orden público, privilegiando la acción gubernamental en la defensa de los elementos que se considera son la expresión de la historia, identidad e idiosincrasia nacionales.

• Que con ese mismo espíritu, el Ejecutivo federal como el Senado de la República, han participado en la suscripción y ratificación de diversos tratados internacionales que tienen que ver con la preservación del legado cultural, al que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos expresamente identifica bajo la figura de monumentos o zona de monumentos, ya sean arqueológicos, artísticos o históricos. Que es así como el 5 de junio de 2006 México se suma a la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático adoptada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) en 2001, misma que fue ratificada por el Senado de la República el 4 de abril de 2006 y entró en vigor el 2 de enero de 2009. Que en este instrumento se establecen las bases generales para la preservación de los bienes de interés cultural que, por diferentes razones, han permanecido sumergidos bajo los océanos, mares, lagos o cualquier formación de aguas interiores, y que constituyen expresiones de la historia y la cultura de muchas civilizaciones a lo largo del tiempo. Debe reconocerse que nuestro país es una de las naciones cuyo patrimonio subacuático es de los más abundantes y, por ello, la región ribereña despierta una gran ambición entre los arqueólogos dedicados a este tipo de investigación y que trabajan para agencias internacionales que comercian con estos bienes.

• Que el proyecto de decreto en análisis por el Senado de la República, hace referencia a que de manera particular, los naufragios y los cargamentos asociados a los mismos, representan un cúmulo de tesoros históricos de valor incalculable, que han sido sujetos de múltiples amenazas por las cuantiosas ganancias que generan en el mercado ilícito de bienes culturales. De ahí que un conjunto relevante de naciones haya ratificado la Convención sobre Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, uno de cuyos propósitos es preservar para beneficio de la humanidad y preferentemente in situlos bienes de esta naturaleza. Que es de señalarse que la convención establece una definición para el patrimonio cultural amplia, conforme al conjunto de fenómenos que se presentan en diferentes partes de mundo. Y que el texto es el siguiente:

“Constituyen Patrimonio Cultural Subacuático todos los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua parcial o totalmente, de forma periódica o continua por lo menos durante cien años,...”

También refiere el Senado de la República, en el contenido de su decreto, que esta definición se aplica a los sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, junto con su contexto arqueológico y natural; los buques, aeronaves y otros medios de transporte o cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, junto con su contexto arqueológico y natural; y los objetos de carácter prehistórico. La convención privilegia la cooperación internacional entre los estados parte, pero que sobre todo, mantiene un respeto absoluto al derecho consuetudinario y al derecho internacional establecido por la comunidad de naciones a efecto de favorecer la transportación marítima, el comercio internacional y demás intercambios internacionales. Que en ese contexto conviene citar dos artículos de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar que establecen las bases jurídicas internacionales respecto del tratamiento de los objetos arqueológicos o históricos hallados en los fondos marinos u oceánicos y su subsuelo fuera de los límites de una jurisdicción nacional:

“Artículo 149

Objetos arqueológicos e históricos.

Todos los objetos de carácter arqueológico e histórico hallados en la zona serán conservados o se dispondrá de ellos en beneficio de toda la humanidad, teniendo particularmente en cuenta los derechos preferentes del estado o país de origen, del estado de origen cultural o del estado de origen histórico y arqueológico,

Artículo 303

Objetos arqueológicos e históricos hallados en el mar

1. Los estados tienen la obligación de proteger los objetos de carácter arqueológico e histórico hallados en el mar y cooperarán a tal efecto.

2. A fin de fiscalizar el tráfico de tales objetos, el estado ribereño, al aplicar el artículo 33 (referido a la zona contigua, hasta 24 millas marinas), podrá presumir que la remoción de aquellos de los fondos marinos de la zona a que se refiere ese artículo sin su autorización constituye una infracción, cometida en su territorio o en su mar territorial, de las leyes y reglamentos mencionados en dicho artículo.

3. Nada de lo dispuesto en este artículo afectará a los derechos de los propietarios identificables, a las normas sobre salvamento u otras normas del derecho marítimo o a las leyes y prácticas en materia de intercambios culturales.

4. Este artículo se entenderá sin perjuicio de otros acuerdos internacionales y demás normas de derecho internacional relativos a la protección de los objetos de carácter arqueológico e histórico.”

• Que dada la naturaleza tan diversa de las disposiciones normativas aplicable a cada uno de los países de la comunidad de naciones, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar establece enunciados que hacen referencia a objetos de carácter arqueológico e histórico, más que a una definición conceptual estructurada, tal como lo hace la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, ambas suscritas por nuestro país y aplicables para efecto de los bienes en análisis.

• Que esta estrategia normativa contribuye, bajo un criterio inclusivo, a considerar el mayor número de bienes arqueológicos e históricos posibles que eventualmente pueden ser objeto de atención o disputa entre los estados ribereños y de pabellón.

De igual manera el Senado de la República, señala que un precepto esencial para entender el contenido de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Arqueológico es el artículo 3, que establece que “Nada de lo dispuesto en esta convención menoscabará los derechos, la jurisdicción ni las obligaciones que incumben a los estados en virtud del derecho internacional, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. La presente convención se interpretará y aplicará en el contexto de las disposiciones del derecho internacional, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, y de conformidad con ellas”. Que desde esta perspectiva, el instrumento internacional del patrimonio subacuático privilegia la preservación, la cooperación internacional de los estados parte y el conocimiento al servicio de la humanidad y deja de lado, por ejemplo, la determinación de la propiedad y jurisdicción aplicable en caso de controversias.

Refiere el Senado de la República que el espíritu de esta convención se opone a la explotación comercial, propone la conservación in situy procura un acceso responsable y no perjudicial para el público. Que de especial mención resulta el numeral 11 del artículo 2, que señala expresamente que ningún acto o actividad realizada en virtud de la convención servirá de fundamento para alegar, oponerse o cuestionar cualquier reivindicación de soberanía o jurisdicción nacional respecto del patrimonio localizado.

• Que la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático no propone la armonización de las normas jurídicas aplicables en cada país con sus preceptos. Que tampoco pretende convertirse en un instrumento para la resolución de conflictos, sino en un medio que sienta las bases de cooperación sobre un lenguaje común entre las naciones que se suscriben a la misma, de modo que puedan cooperar sobre objetivos compartidos que privilegian la preservación  de este tipo de patrimonio en beneficio de la humanidad.

• Que el proyecto de decreto aprobado por la Cámara de Diputados establece como estrategia normativa para la protección de esta clase de bienes, reproducir la definición de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático. Que de hecho establece en la ley la denominación como tal, lo que tiene como consecuencia jurídica que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, además de atender a los bienes inmuebles y muebles que adquieren esta categoría por declaratoria o ministerio de ley, ahora incluya la protección de una categoría de bienes que se denomina patrimonio cultural subacuático. Reconocen que no cabe duda de que se trata de un propósito normativo con fines ampliamente justificados, en virtud de que actualmente no se cuenta con normas específicas aplicables a la preservación de esta clase de bienes, circunstancia que deriva regularmente en la interpretación de diferentes instrumentos legales, como son la propia Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, la Ley de Bienes Nacionales y la Ley Federal del Mar, entre otras disposiciones.

• Que sin embargo, debe insistirse que la fracción XXV del artículo 73 constitucional, faculta al Congreso para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional. Y que desde esta perspectiva no resulta viable jurídicamente adicionar un nuevo concepto a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en virtud de que el espectro de protección es suficientemente amplio. Que asimismo cabe señalar que las referencias a diferentes tipos de objetos, como son estructuras, edificios, objetos y restos humanos y los demás bienes asociados a ellos, no corresponden en definición a las categorías constitucionales del legado cultural protegido por nuestro país de no asociarse a su adjetivación como arqueológicos, artísticos e históricos.

También reflexiona que declarar que un bien específico es patrimonio cultural subacuático no lo inscribe en el universo de acciones de preservación o investigación que el Estado mexicano ha previsto para los monumentos arqueológicos, artísticos o históricos. Es decir, que se trata de una definición nominativa acorde con la convención, pero que no le confiere ninguna condición jurídica que justifique la actuación de la autoridad para su preservación. Es decir, el enunciado no tiene más consecuencia que una designación nominativa que no la hace objeto jurídico regulable.

Señala la colegisladora que la reforma constitucional que facultó al Congreso de la Unión para legislar sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional se promulgó en el año de 1966 (Diario Oficial de la Federación (DOF) del 13 de enero de 1966) y de manera posterior se promulgó la Ley Federal del Patrimonio Cultural (DOF, del 16 de septiembre de 1970) como la herramienta normativa para garantizar la preservación del patrimonio. Que sin embargo dicho ordenamiento jurídico no se apegó a los contenidos constitucionales y fue abrogado por la actual Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos (DOF del 6 de mayo de 1972). Debe tenerse presente que los preceptos de la ley actual tienen su origen en los textos de las leyes de 1934 y 1970. Que de hecho la legislación vigente guarda una estrecha relación con la Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación de 1970, instrumento jurídico abrogado a menos de dos años de entrada en vigor debido a preceptos inconstitucionales que dice fueron objetados por miembros de la sociedad, organizaciones sociales y algunas instituciones públicas.

• Que tal abrogación no significó una ruptura radical con el régimen de protección establecido por el Estado mexicano, pues se mantuvo el sentido básico de las disposiciones generales de la ley de 1970 y se reprodujo la preeminencia federal en el esquema de protección. Ese espíritu de la ley fue conservado pero con enfoque dirigido hacia las figuras constitucionales, por lo cual la ley de 1972 aún vigente, representó la ocasión legislativa de enmendar los errores de inconstitucionalidad del texto de 1970. Por ello, su ámbito de protección, con las facultades del Congreso de la Unión en la materia, se circunscribió únicamente a los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos cuya conservación fuera de interés nacional, dejando de lado los demás bienes de interés cultural considerados en la ley federal previa.

Sin embargo, la propia colegisladora expresa que ello no quiere decir que los bienes a los que el proyecto de dictamen en análisis define como patrimonio cultural subacuático no sean relevantes para el estado y que deba abstenerse de su preservación. Sino que por el contrario, la adhesión de nuestro país a la convención mencionada ya establece bases para su protección en términos de la cooperación internacional y la aplicación de este instrumento internacional se lleva a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con base en la legislación en la materia de los tratados internacionales suscritos por nuestro país.

• Qué asimismo, como se ha hecho referencia, la legislación nacional aplicable se encuentra dispersa y requiere de interpretación para su aplicación, en particular, sobre la autoridad responsable de la preservación, respecto de la emisión de permisos para realizar trabajos de exploración, investigación o rescate y, en casos de litigios, para establecer quién representa al Estado mexicano, entre otros temas. Que no obstante, este hallazgo del proyecto de decreto aprobado por la Cámara de Diputados revela la necesidad de contar, al menos, con alguna forma de equiparación del patrimonio subacuático con las figuras establecidas en la Constitución, sin que necesariamente adquieran todas sus características, en una interpretación similar al patrimonio paleontológico, cuya naturaleza es equiparada con los monumentos arqueológicos, lo que los hace inalienables, imprescriptibles y propiedad de la nación cuando cumplan con la condición del interés nacional.

• Que la legislación internacional aplicable a los bienes sumergidos establece, en primer término, la necesidad de su protección y salvaguarda, pero al mismo tiempo reconoce en principio la propiedad de estado de cierto tipo de embarcaciones dependiendo de su pabellón y, asimismo, el que las exploraciones dependan de la zona marítima en la que se localicen. Circunstancia que no permite una actuación eficaz cuando existe el riesgo de movilidad de los bienes conforme lo establece la legislación internacional por obstrucción de vías marítimas o, bien, en casos de saqueo o destrucción por negligencia. Que desde esta perspectiva es necesario crear los medios de actuación de la autoridad para que, conforme a la legislación internacional aplicable al derecho de mar y la propia Convención sobre Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, se garantice la preservación y salvaguarda de estos bienes.

Respecto a la segunda parte de las modificaciones propuestas por el Senado de la República: manifiesta que las comisiones que concurren a la elaboración del dictamen, son de la opinión de modificar el proyecto de decreto, a partir de considerar los cuidadosos comentarios hechos por la colegisladora, establecer términos de equiparación específicamente para aquellos asuntos que es posible armonizar con la legislación internacional sobre el derecho del mar y la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático.

Y en ejercicio de las atribuciones de Cámara revisora, que le confiere el apartado E del artículo 72 constitucional, propone algunas modificaciones.

• Como argumento central, que para hacer efectiva la actuación y reconocimiento del Instituto Nacional de Antropología e Historia como autoridad en la materia, en primer término propone hacer extensivas y aplicables al patrimonio cultural sumergido, las disposiciones sobre monumentos arqueológicos e históricos, pero únicamente en cuanto a las labores de investigación, toda vez que los aspectos relativos a la propiedad de los bienes arqueológicos e históricos sumergidos están determinados por el derecho internacional sobre el mar, con independencia de si se encuentra en zonas de mar patrimonial o zonas de mar libre.

• Para no incurrir en una denominación que no corresponda a las características señaladas en la fracción XXV del artículo 73 constitucional, propone hacer una referencia directa a los bienes a los cuales se pretende incorporar al régimen de preservación e investigación que cumplen con la condición del interés nacional conforme a su contexto arqueológico o histórico. Esto es, se les enuncia conforme a su naturaleza: rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, localizados en la zona marina de los Estados Unidos Mexicanos, que hayan estado bajo el agua parcial o totalmente; buques, naves o cualquier otro medio de transporte acuático o parte de estos, localizados en la zona marítima de los Estados Unidos Mexicanos, así como sus cargamentos y demás contenidos, que hayan estado bajo el agua parcial o totalmente, de forma periódica o continua, junto con su contexto y entorno natural.

• Asimismo, propone facultar al Instituto Nacional de Antropología e Historia como el organismo que emita las autorizaciones para la realización de trabajos de exploración o investigación, conforme a los términos que establece la propia ley federal para monumentos arqueológicos.

Señala la revisora que esta circunstancia permitirá establecer un control de parte de la autoridad, a fin de que los bienes arqueológicos o históricos sumergidos, sean objeto de trabajos, preferentemente, de instituciones de educación e investigación.

• Por último, que los integrantes de las comisiones dictaminadoras comparten la propuesta de los diputados, de incorporar como patrimonio cultural subacuático, los elementos incluidos en la definición de la convención, sin embargo, ello se hace con referencia a la figura de monumentos a efecto de facultar al Instituto Nacional de Antropología e Historia, como la instancia competente para proteger, preservar e investigar estos bienes. Es decir, se hace la equiparación de los bienes a la figura de monumentos arqueológicos e históricos porque la ley aplicable establece que el referido instituto, sólo es competente en materia de monumentos y zonas de monumentos arqueológicos e históricos.

Consideraciones

Primera. Las diputadas y los diputados integrantes de las comisiones dictaminadoras coinciden plenamente con las observaciones y propuestas de modificaciones hechas por la Cámara de Senadores, destacando la tarea de revisión y construcción de propuestas alternativas que contribuyen a fortalecer y consolidar el marco jurídico de preservación del patrimonio cultural; que para nuestra nación es factor de cohesión e identidad, por tanto, de interés social y nacional introducir en el marco normativo, previsiones adecuadas para proteger, conservar, investigar y difundir el legado cultural de la nación.

Segunda. Las comisiones dictaminadoras estiman que lejos de rechazar los contenidos de la minuta proyecto de decreto enviada por la Cámara de origen, el ánimo de la colegisladora, manifestado de manera reiterada en diversas consideraciones, es de coincidencia y acuerdo con los contenidos fundamentales de la referida minuta, por lo que aun con las diversas modificaciones que propone, se mantiene su esencia y agregan valor y precisión a sus contenidos, por tanto, que son pertinentes y aceptables las adecuaciones para hacer efectiva la actuación y reconocimiento del Instituto Nacional de Antropología e Historia como autoridad en la materia, a través de hacer extensivas al patrimonio cultural sumergido las disposiciones sobre monumentos arqueológicos e históricos en cuanto a labores de preservación e investigación.

Estas dictaminadoras, coinciden con los argumentos de la colegisladora, en que los aspectos de propiedad de bienes arqueológicos e históricos sumergidos, está determinada por el derecho internacional sobre el mar, con independencia de si se encuentra en zonas de mar patrimonial o en zonas de mar libre.

Tercera. La Cámara revisora manifiesta coincidencia con la de origen, en la procedencia de hacer una referencia directa a los bienes que se pretende incorporar, lo que además de encuadrarla a la luz de la fracción XXV del artículo 73 constitucional, se aplicarían dispositivos normativos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos a las previsiones que contemple el artículo 28 Ter. Y por consecuencia, se facultaría al Instituto Nacional de Antropología e Historia a emitir las autorizaciones para la realización de trabajos de exploración e investigación, así también lograría mayor control por las razones apuntadas por la colegisladora.

En consecuencia, se circunscribiría a la adición del artículo 28 Ter.

Cuarta.Por lo que hace a las observaciones que realizó la Delegación de Profesionistas Arquitectos Conservadores del Patrimonio Cultural del Instituto Nacional de Antropología e Historia, referidas en el antecedente 6, se estiman improcedentes, en lo que se refieren al artículo 28 Ter, atendiendo a las consideraciones de la colegisladora, a las modificaciones propuestas por ella y asumidas por estas dictaminadoras, en términos de las consideraciones primera, segunda y tercera del presente dictamen.

En efecto, estas comisiones dictaminadoras consideran que, contrariamente a lo señalado por la delegación referida, el artículo 5 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos no establece de forma oficiosa que el patrimonio subacuático está comprendido en la protección de la misma ley. Antes bien, el artículo referido establece que serán monumentos arqueológicos, artísticos, históricos y zonas de monumentos los determinados expresamente en esa ley y los que sean declarados como tales, de oficio o a petición de parte.

Luego entonces, es evidente que, como lo señala la colegisladora, al no existir en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos el señalamiento relativo al patrimonio subacuático, se requiere la reforma a la misma para que quede debidamente protegido.

De igual forma, en el artículo 36 de la ley de la materia no se establece que los “buques, naves o cualquier otro medio de transporte acuático o parte de estos localizados en las zonas marinas de los Estados Unidos Mexicanos” sean monumentos históricos, como desacertadamente lo pretende la Delegación de Profesionistas Arquitectos Conservadores del Patrimonio Cultural, ya que estos son los siguientes:

a)Los inmuebles construidos en los siglos XVI al XIX, destinados a templos y sus anexos; arzobispados, obispados y casas rurales; seminarios, conventos o cualesquiera otros dedicados a la administración, divulgación, enseñanza o práctica de un culto religioso; así como a la educación y a la enseñanza, a fines asistenciales o benéficos; al servicio y ornato públicos y al uso de las autoridades civiles y militares. Los muebles que se encuentren o se hayan encontrado en dichos inmuebles y las obras civiles relevantes de carácter privado realizadas de los siglos XVI al XIX inclusive;

b)Los documentos y expedientes que pertenezcan o hayan pertenecido a las oficinas y archivos de la federación, de los estados o de los municipios y de las casas curiales;

c)Los documentos originales manuscritos relacionados con la historia de México y los libros, folletos y otros impresos en México o en el extranjero, durante los siglos XVI al XIX que por su rareza e importancia para la historia mexicana, merezcan ser conservados en el país; y

d)Las colecciones científicas y técnicas podrán elevarse a esta categoría, mediante la declaratoria correspondiente.

Conclusiones y acuerdo

Por las razones expuestas y debidamente fundadas, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, aprueban el siguiente

Decreto que adiciona el artículo 28 Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos

Artículo Único.Se adiciona el artículo 28 Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar como sigue:

Artículo 28 Ter. Las disposiciones sobre preservación e investigación en materia de monumentos y zonas de monumentos arqueológicos e históricos serán aplicables a los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, localizados en la zona marina de los Estados Unidos Mexicanos, que hayan estado bajo el agua parcial o totalmente, de forma periódica o continua tales como: los sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, junto con su contexto arqueológico y natural; los buques, aeronaves, otros medios de transporte o cualquier parte de ellos. Su cargamento u otro contenido, junto con su contexto arqueológico y natural; y los objetos de carácter prehistórico.

Quedan exceptuados del párrafo anterior los buques y aeronaves de estados extranjeros, cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, que gocen de inmunidad soberana conforme a derecho internacional.

Las autorizaciones para realizar investigación y exploración de los bienes a que se refiere el primer párrafo, se sujetarán a lo establecido en el artículo 30 de esta ley.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 24 días del mes de abril de dos mil catorce.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Ángel Alain Aldrete Lamas (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), Arnoldo Ochoa González, Jorge Herrera Delgado, Harvey Gutiérrez Álvarez, Mónica García de la Fuente (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar, Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).

La Comisión de Cultura y Cinematografía, diputados:Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), presidenta; Raquel Jiménez Cerillo (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Zuleyma Huidobro González, Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), secretarios; Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Juana Bonilla Jaime (rúbrica), Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, José Martín López Cisneros, María Carmen López Segura (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz, Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva, María Beatriz Zavala Peniche (rúbrica en abstención y a favor), Alejandro Sánchez Camacho, Ana Paola López Birlain (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, EN MATERIA DE DERECHO DE AUDIENCIA

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de derecho de audiencia

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, les fue turnada la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de derecho de audiencia, enviada por la Cámara de Senadores de conformidad con lo establecido en el Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la que se dio cuenta en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 13 de febrero de 2014.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, 81, 82, 83, 84, 85 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, corresponde a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía elaborar el dictamen a la minuta turnada, lo cual se hace de acuerdo a los siguientes apartados: Antecedentes, Contenido de la minuta, Consideraciones, Conclusiones y Acuerdo.

Antecedentes

1. Con fecha 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, LXII Legislatura, aprobó el acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el pleno de la LXI Legislatura, por el cual se devuelve a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de procedimiento de declaratorias.

2. Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, en los términos de lo dispuesto en el artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicitaron a la Mesa Directiva extensión de prórroga para atender el asunto turnado, mediante el oficio número CCC/LXII del 14 de diciembre de 2012.

La Mesa Directiva, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-8-0710 Exp. 7402 LXI Leg., resuelve y autoriza la prórroga, encontrándose el asunto turnado en plazo vigente para su dictamen.

3. Con fecha 24 de febrero de 2011, fue presentada la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 22, 23 y 34 Bis de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, por la Diputada Gabriela Cuevas Barrón del Grupo Parlamentario del PAN.

4. En esa misma fecha, en sesión ordinaria de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite de recibo a la Iniciativa con Proyecto de Decreto y ordenó su turno a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía mediante el expediente número 3991.

5. Con fecha 27 de septiembre de dos mil once, la diputada Ana Luz Lobato Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en nombre y representación de diversos diputados de los diferentes grupos parlamentarios, en su carácter de diputada integrante de la LXI Legislatura, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

6. En esa misma fecha, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite de recibo a la Iniciativa con proyecto de decreto y ordenó su turno a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía mediante el expediente número 5434.

7. Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía aprobaron el Dictamen correspondiente, en la sesión del 27 de febrero de 2013.

8. El 20 de marzo de 2013, el Pleno de esta Cámara de Diputados aprobó el Dictamen de Proyecto de decreto correspondiente y, en la misma fecha, se turnó al Senado de la República, con la siguiente redacción del decreto:

Minuta con proyecto de decreto

Artículo 5o. ...

El presidente de la República, o en su caso el secretario de Educación Pública, previo procedimiento establecido en el artículo 5 Bis de la presente ley, expedirá o revocará la declaratoria correspondiente, que será publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 5o Bis. La expedición de las declaratorias a las que se refiere la presente ley se sujetará al siguiente procedimiento, y se expedirá previa audiencia que se conceda a los interesados para que manifiesten lo que a su derecho convenga y presenten pruebas y alegatos, de conformidad con lo siguiente:

I. Se iniciará de oficio o a petición de parte; tratándose de declaratorias seguidas a petición de parte, el instituto competente revisará si la solicitud respectiva reúne los siguientes requisitos:

a. El nombre, denominación o razón social de quien o quienes la promuevan, y en su caso, de su representante legal.

b. Domicilio para recibir notificaciones.

c. Nombre de la persona o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.

d. Información necesaria que permita identificar inequívocamente el bien o zona objeto de la petición de declaratoria.

e. Nombre y domicilio de quienes pudieren tener interés legítimo, en caso de que los hubiere.

f. Hechos y razones por las que considera que el bien o zona de que se trate es susceptible de declaratoria.

II. Dentro de un plazo de diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, el instituto competente emitirá un acuerdo de inicio de procedimiento de declaratoria, en caso de que se hayan cumplido los requisitos señalados en la presente fracción; en caso contrario se prevendrá por una sola vez al promovente para que subsane las omisiones dentro de un término de cinco días hábiles contados a partir de que haya surtido efectos la notificación del mismo. Transcurrido el término sin que la prevención haya sido desahogada, el trámite será de-sechado.

Tratándose de monumentos artísticos o zonas de monumentos artísticos, previo a la emisión del Acuerdo, el titular del Instituto Nacional de Bellas Artes enviará la solicitud a la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos. En caso de que la Comisión emita opinión favorable respecto de la expedición de la declaratoria, el titular de dicho Instituto procederá a emitir el acuerdo. En caso contrario el procedimiento se dará por concluido debiéndose emitir el acuerdo correspondiente.

El procedimiento de oficio iniciará con el acuerdo a que se refiere esta fracción, en el caso de monumentos artísticos o zonas de monumentos artísticos, deberá contar con la opinión favorable de la comisión.

III. El acuerdo se notificará personalmente al promovente y a quienes pudieran tener interés legítimo.

IV. Tratándose de declaratorias de zonas de monumentos o cuando se desconozca la identidad o domicilio de quien tenga interés legítimo en un bien que se pretende declarar como monumento, el Instituto competente procederá a realizar la notificación mediante publicaciones que contendrán un resumen del Acuerdo, el área que abarque la poligonal, precisando sus límites, así como la identificación de los inmuebles incluidos dentro del área que se pretende declarar. Dichas publicaciones deberán efectuarse por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos diarios de mayor circulación nacional y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la entidad en la que se localice la zona objeto de la declaratoria, dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión de dicho acuerdo.

V. Los interesados tendrán un plazo de quince días hábiles a partir de la notificación del acuerdo o de la última de las publicaciones a que se refiere la fracción anterior, para manifestar ante el instituto competente lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas y alegatos que estimen pertinentes.

VI. Transcurrido el plazo referido en la fracción previa, el Instituto competente enviará al secretario de Educación Pública el expediente respectivo, junto con su opinión sobre la procedencia de la declaratoria, dentro de un plazo de treinta días hábiles.

VII. Tratándose de una declaratoria que corresponda expedir al secretario de Educación Pública, éste tendrá un plazo de ciento veinte días hábiles para emitir una resolución por conducto del Instituto competente y en su caso expedir la declaratoria.

Tratándose de una declaratoria que corresponda expedir al presidente de la República, el secretario de Educación Pública enviará a aquél el expediente en un plazo de noventa días hábiles. El presidente de la República tendrá un plazo de ciento veinte días hábiles para emitir una resolución por conducto del instituto competente y en su caso expedir la declaratoria.

Dicha resolución será notificada a los interesados dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de su emisión.

VIII. Las resoluciones a que se refiere este artículo podrán ser impugnadas en términos de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

IX. Durante la tramitación del procedimiento, el presidente de la República o el secretario de Educación Pública, según corresponda, por conducto del titular de Instituto competente, o el Instituto que conozca del procedimiento, podrán dictar las medidas precautorias para preservar y conservar el bien de que se trate, de conformidad con esta ley, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Artículo 22. ...

La declaratoria de que un bien inmueble es monumento, deberá inscribirse, además, en el Registro Público de la Propiedad de su Jurisdicción, en un plazo de quince días contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 34. ...

La opinión de la comisión será necesaria para la emisión de las declaratorias.

...

...

Artículo 34 Bis. ...

...

Dentro del plazo de noventa días que se prevé en este artículo, se dictará, en su caso, un Acuerdo de Inicio de Procedimiento y se seguirá lo previsto en el artículo 5o Bis de la presente Ley. En caso contrario, la suspensión quedará automáticamente sin efectos.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Dentro de los noventa días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo Federal publicará las reformas conducentes al reglamento correspondiente.

Tercero. Los procedimientos de declaración que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente decreto, se resolverán en los términos del texto vigente de la Ley al momento de su iniciación.

9. El 5 de marzo de 2013, la Mesa Directiva del Senado de la República turnó a las Comisiones de Cultura y Estudios Legislativos, Primera, el proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de procedimiento de declaratoria para su estudio y dictamen.

10. El 22 de octubre de 2013, las Comisiones de Cultura y Estudios Legislativos, Primera del Senado de la República emitieron el dictamen correspondiente en el cual determinaron reformar la minuta enviada por la colegisladora. Este dictamen fue aprobado por el pleno de la Cámara de Senadores y remitido a su homóloga de Diputados para los efectos constitucionales mediante oficio DGPL-2P2A.-443 del 11 de febrero de 2014. El decreto aprobado por la colegisladora es el siguiente:

Minuta

Proyecto de Decreto

Artículo 5o. ...

El presidente de la República, o en su caso el Secretario de Educación Pública, previo procedimiento establecido en los artículos 5 Bis y 5o. Ter de la presente ley, expedirá o revocará la declaratoria correspondiente, que será publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 5o. Bis. En los procedimientos de declaratorias que se inicien a petición de parte, la solitud respectiva deberá presentarse ante el Instituto competente y reunir los siguientes requisitos:

a. El nombre, denominación o razón social de quién o quiénes la promuevan y, en su caso, de su representante legal;

b. Domicilio para recibir notificaciones;

c. Nombre de la persona o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones

d. La información necesaria que permita identificar inequívocamente el bien o zona objeto de la petición de declaratoria

e. Nombre y domicilio de quienes pudieren tener interés jurídico, si los conociere, y

f. Los hechos y razones por las que considera que el bien o zona de que se trate es susceptible de declaratoria.

Artículo 5o. Ter. La expedición de las declaratorias a las que se refiere la presente ley se sujetará al siguiente procedimiento:

I. Se iniciará de oficio o a petición de parte, de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el presidente de la República o el secretario de Educación Pública, por conducto del titular del Instituto competente, según corresponda, y será tramitado ante este último.

Tratándose de declaratorias seguidas a petición de parte, el Instituto competente revisará si la solicitud respectiva reúne los requisitos señalados en el artículo que antecede, en cuyo caso se admitirá a trámite. En caso contrario, dentro de un plazo de diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, el Instituto competente prevendrá por una sola vez al promovente para que subsane las omisiones dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de que haya surtido efectos la notificación. Transcurrido el término sin que la prevención haya sido desahogada, el trámite será desechado.

II. El acuerdo de inicio de procedimiento de declaratorias de monumentos se notificará personalmente a quienes pudieren tener interés jurídico y, en su caso, al promovente con un resumen del acuerdo. Tratándose de declaratorias de zonas de monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, el Instituto competente procederá a realizar la notificación mediante publicaciones que contendrán un resumen del acuerdo, el área que abarque la poligonal, precisando sus límites, así como la identificación de los inmuebles incluidos dentro del área que se pretende declarar. Dichas publicaciones deberán efectuarse por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la entidad en la que se localice la zona objeto de la declaratoria y en uno de mayor circulación nacional, dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión de dicho acuerdo.

Tratándose de declaratorias de monumentos artísticos o de zonas de monumentos artísticos, previo a la notificación de inicio de procedimiento, el titular del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura enviará el expediente del proyecto de declaratoria a la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos, para los efectos procedentes. En caso de que dicha Comisión Nacional emita opinión favorable respecto de la expedición de la declaratoria, el titular de dicho Instituto procederá en los términos establecidos en esta fracción. En caso contrario, el procedimiento se dará por concluido debiéndose emitir el acuerdo correspondiente por la autoridad que le dio inicio, por conducto del titular del Instituto competente. Si se tratara de una declaratoria seguida a petición de parte, el Instituto notificará la resolución al promovente dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha en que ésta se emita, concluyendo así el procedimiento.

III. Los interesados tendrán un término de quince días hábiles a partir de la notificación o de la última de las publicaciones a que se refiere la fracción anterior, para manifestar ante el Instituto competente lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas y alegatos que estimen pertinentes.

IV. Manifestado por los interesados lo que a su derecho convenga y presentadas las pruebas y alegatos o transcurrido el término para ello, el titular del Instituto competente enviará al Secretario de Educación Pública el expediente respectivo, junto con su opinión sobre la procedencia de la declaratoria, dentro de en un plazo de treinta días hábiles.

V. Recibido el expediente por el Secretario de Educación Pública, si se tratara de una declaratoria que le corresponda expedir, tendrá un plazo de ciento veinte días hábiles para hacerlo o para emitir resolución en contrario, por conducto del titular del Instituto competente, la cual será notificada a los interesados dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de su emisión.

Si se tratara de una declaratoria que corresponda expedir al Presidente de la República, el Secretario de Educación Pública enviará a aquél el expediente dentro de un plazo de noventa días hábiles. El Presidente de la República expedirá la declaratoria o emitirá resolución en contrario por conducto del titular del Instituto competente, dentro de un plazo de ciento veinte días hábiles. Dicha resolución será notificada a los interesados dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de su emisión.

VI. Las resoluciones a que se refiere la fracción anterior únicamente podrán ser impugnadas en términos de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

VII. Durante la tramitación del procedimiento, el Presidente de la República o el Secretario de Educación Pública, según corresponda, por conducto del titular del Instituto competente, podrá dictar las medidas precautorias para preservar y conservar el bien de que se trate, en términos de esta ley, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.

El presente procedimiento no será aplicable en el caso previsto en el artículo 34 Bis de esta ley.

Para lo no previsto en la presente ley se aplicará supletoriamente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 5o. Quáter. En los demás actos de autoridad a que se refiere la presente ley, diferentes a los señalados en el artículo anterior, la garantía de audiencia se otorgará conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Artículo 22. ...

La declaratoria de que un bien inmueble es monumento, deberá inscribirse, además, en el Registro Público de la Propiedad de su jurisdicción, en un plazo de quince días contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 34. ...

La opinión de la comisión será necesaria para la emisión de las declaratorias.

...

...

Artículo 34 Bis. ...

...

Dentro del plazo de noventa días que se prevé en este artículo, se dictará, en su caso, un acuerdo de inicio de procedimiento y se seguirá lo previsto en el artículo 5o ter de la presente ley. En caso contrario, la suspensión quedará automáticamente sin efectos.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Dentro de los noventa días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo Federal publicará las reformas conducentes al reglamento correspondiente.

11. En la sesión del 13 de febrero de 2014, se dio cuenta del oficio de la Cámara de Senadores referido en el numeral que precede y se turnó para su análisis y dictamen a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía.

12. El 26 de marzo de 2014, se recibió el oficio CEN/119-2012, del 25 de abril de 2012, emitido por la Delegación de Profesionistas Arquitectos Conservadores del Patrimonio Cultural del Instituto Nacional de Antropología e Historia, mediante el cual se realizaron las siguientes observaciones al proyecto que se dictamina:

Primero. Referente a su propuesta señalada como Artículo 5°. Ter. Señalamos que reconocemos el legítimo derecho a la audiencia que es mandato Constitucional, sin embargo en su planteamiento es ambiguo qué (sic.) es lo que procede posterior a que se presenta apelación por parte de los propietarios, no se especifica cuál será el procedimiento para que el Presidente de la República posteriormente cuente con un dictamen científicamente fundado emitido por especialistas posterior a la apelación, a fin de que el resolutivo este (sic.) perfectamente bien fundamentado, este punto no está (sic.) desarrollado en la propuesta y es procedente e indispensable precisarlo y desarrollarlo. Una alternativa podrá ser enlazarlo con lo que establece la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para la emisión de este tipo de decretos o mandatos administrativos que devuelve a los especialistas la valoración del dictamen inicial a la luz  de los elementos aportados en la audiencia del posible afectado; o bien que se formule de manera explícita en el texto de la propia propuesta de procedimiento de emisión de Declaratoria a fin de que el procedimiento atienda con precisión y de manera específica en la propia declaratoria evitando posibles ambigüedades al referirse a un procedimiento de otra ley.

No omitimos asentar que el presidente de la República y el secretario de Educación Pública estas declaratorias no las emiten en la figura de acuerdo sino decreto como se señala en el artículo 37 Capítulo IV De las declaratorias en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Contenido de la minuta

- La minuta que se dictamina señala que el proyecto de decreto, versa sobre uno de los temas de mayor debate desde la entrada en vigor de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y que se refiere al derecho de audiencia establecido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por razones de orden operativo, la legislación que regula la protección del patrimonio cultural únicamente considera el derecho de audiencia respecto de la obligación de los particulares de inscribir los monumentos de su propiedad en el Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos (segundo párrafo del artículo 23), sin embargo, los propietarios o poseedores de bienes muebles o inmuebles quedan impedidos de exponer lo que a su derecho convenga ante la autoridad en la materia, respecto de los demás actos con motivo de la emisión de los distintos tipos y modalidades de declaratorias de monumentos que involucren bienes de su propiedad, cuyos efectos implican en todos los casos la imposición de modalidades de uso, aprovechamiento y traslado de dominio, a efecto de garantizar su conservación.

- La minuta destaca que esta omisión de la ley ha propiciado la promoción de distintos juicios de garantías en el seno del Poder Judicial de la federación, el cual en dos ocasiones ha fallado sobre la inconstitucionalidad de algunos preceptos de la misma, precisamente por carecer de un procedimiento que garantice el derecho de audiencia, dejando sin efectos actuaciones de la autoridad tomadas al amparo de la ley.

- Bajo esos argumentos, en la minuta se invocan los criterios sustentados por el Poder Judicial de la federación con rubros: “Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, Ley Federal sobre. Es violatoria de la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional”, “Monumento histórico. E l decreto a través del cual se declara como tal determinado bien inmueble, sin que previamente se hayan observado las formalidades esenciales del procedimiento, ni se establezca recurso o procedimiento alguno para impugnar dicha declaratoria, infringe la garantía de audiencia”, “formalidades esenciales del procedimiento. son las que garantizan una adecuada y oportuna defensa previa al acto privativo”, “audiencia, garantía de. Obligaciones del Poder Legislativo frente a los particulares”, “audiencia, garantía de, materia administrativa”, “audiencia, garantía de. Obligaciones del Poder Legislativo frente a los particulares” y “artículo 14 constitucional, garantía del”.

- Los integrantes de las comisiones dictaminadoras en el Senado de la República coincidieron en el sentido de reordenar el procedimiento establecido por esta Cámara de Diputados en el artículo 5° bis original, relativo a los términos del procedimiento y queden firmes los requisitos de las solicitudes que se originen a petición de parte y precisar que, cuando se rechaza una solicitud a petición de parte, no es necesario emitir un acuerdo, además de ajustar los conceptos de interés jurídico e interés legítimo señalados en el procedimiento de la Cámara de Diputados.

- También se consideró que la emisión de declaratorias no es el único acto de autoridad que llevan a cabo el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA) en materia de preservación de los monumentos y zonas de monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, en virtud de que también se otorgan permisos y autorizaciones, así como notificaciones y resoluciones respecto de otros actos de autoridad, como la suspensión de obras, demoliciones o labores de salvamentos, que atienden situaciones de riesgo de bienes culturales. Desde esta perspectiva, las Comisiones del Senado se la República fueron de la opinión que el Proyecto de Decreto representaba la oportunidad de incluir la referencia a que cualquier acto de autoridad del INAH y del INBA pueda ser recurrido a través de los medios jurídicos contemplados en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Consideraciones

Primera. Las diferencias entre los proyectos de las dos Cámaras del Congreso de la Unión se muestran en el siguiente cuadro:

Segunda. Conforme al artículo 72, Apartado E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, si un proyecto de ley o decreto fuese desechado en parte, o modificado, o adicionado por la Cámara revisora, la nueva discusión de la Cámara de su origen versará únicamente sobre lo desechado o sobre las reformas o adiciones, sin poder alterarse en manera alguna los artículos aprobados.

Al tenor de lo anterior, estas Comisiones Unidas se constreñirán al análisis de las modificaciones que realizó la Cámara de Senadores a la minuta ya aprobada por esta Soberanía, en los siguientes términos:

Tercera. Estas comisiones unidas coinciden con el Senado de la República en la conveniencia de ampliar el significado del Proyecto de Decreto original para que se respete el derecho de audiencia en cualquiera de los actos que se emitan a la luz de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Lo anterior, considerando que, conforme al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Igualmente ese numeral establece la obligación que también comprende al H. Congreso de la Unión de prever que el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Por ello, se concluye que efectivamente es procedente la propuesta de la Colegisladora en cuanto se ampliará el respeto al derecho de audiencia a todos  los actos de molestia que se emitan al amparo de  la Ley Federal que se reforma.

Cuarta. Cabe señalar que no sólo el artículo 14 Constitucional y las tesis invocadas en las Minutas de las dos Cámaras del Poder Legislativo Federal, prevén el derecho de audiencia, sino que éste se encuentra también establecido en tratados internacionales en los que México es parte, como son los siguientes:

- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. En su artículo 14 (1) establece que todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia, por lo cual toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones.

- Convención Americana sobre Derechos Humanos. El artículo 8 (1) establece que toda persona tiene derecho a ser oída con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente independiente e imparcial establecido con anterioridad por la ley.

Derivado del referido mandato constitucional y el contenido en los Tratados Internacionales, estas Comisiones Unidas consideran que es adecuada la propuesta del Senado de la República y que, consecuentemente con ello, se debe aprobar la reestructuración de la Minuta que emitió el Pleno de esta Cámara de Diputados, en virtud de que de esa forma se despliega una mayor protección para los seres humanos, en aplicación del principio pro persona y en beneficio de los mexicanos.

Ello es compatible y concordante con los propósitos contenidos en el Dictamen aprobado en la Cámara de origen, de enriquecer el marco de preservación a los derechos humanos, específicamente con la ampliación del respeto al derecho de audiencia, a todos  los actos de molestia que se emitan al amparo de la Ley Federal que se reforma.

Quinta.Por lo que hace a las observaciones que realizó la Delegación de Profesionistas Arquitectos Conservadores del Patrimonio Cultural del Instituto Nacional de Antropología e Historia, referidas en el antecedente 12 de este dictamen, cabe referir que, tal y como se sugiere, el derecho de audiencia deberá desahogarse en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

A mayor abundamiento, el artículo 1 de la ley federal en cita establece que sus disposiciones se aplicarán a los actos, procedimientos y resoluciones de la administración pública federal centralizada, sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados Internacionales de los que México sea parte. Las excepciones que se establecen en el mismo artículo no incluyen la materia de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

De esa forma, se concluye que no es necesario modificar la minuta que se dictamina ya que le es aplicable la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para sustanciar el derecho de audiencia, como lo señala el propio artículo 5 Quater que se propone adicionar, como se desprende de su transcripción:

Artículo 5o. Quáter. En los demás actos de autoridad a que se refiere la presente ley, diferentes a los señalados en el artículo anterior, la garantía de audiencia se otorgará conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sirve de apoyo a lo antes razonado la tesis sustentada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVII, Abril de 2003, página 1142, que en su literalidad reza:

Supletoriedad. Régimen establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. El régimen de supletoriedad que establece el artículo 2o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es singular, pues, a diferencia del clásico, no es la norma especial la que prevé la aplicación de la norma supletoria, sino que una norma general e integradora, como la que nos ocupa, es la que, por disposición expresa del legislador, prevé la aplicación supletoria del ordenamiento al que pertenece, a las diversas leyes administrativas federales.

Revisión fiscal 278/2002. Subdirector de Recursos Administrativos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica de las autoridades demandadas. 16 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Antonio Nazar Sevilla. Secretario: Antonio Villaseñor Pérez.

Revisión fiscal 296/2002. Subdirector de Recursos Administrativos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica de las autoridades demandadas. 30 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Antonio Nazar Sevilla. Secretaria: Indira Martínez Fernández.

Igualmente se invoca, por analogía, la tesis sustentada por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, Diciembre de 2009, página 1539, que reza:

Escuela Nacional de Antropología e Historia. Para la validez de la notificación de la expulsión definitiva de uno de sus alumnos debe acudirse a las reglas establecidas en los artículos 35 y 36 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. La interpretación conjunta y sistemática de los artículos 50 y 59 del Reglamento General Académico de la Escuela Nacional de Antropología e Historia, que rigen internamente a la Escuela Nacional de Antropología e Historia, revela que la expulsión definitiva de uno de sus alumnos será acordada por la Comisión de Justicia del Consejo Técnico y notificada y aplicada por el director de dicha escuela. Ahora bien, como ese reglamento no establece la forma en que deberá practicarse esta notificación, para su validez debe acudirse a las reglas establecidas en los artículos 35 y 36 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, toda vez que la mencionada escuela, al depender de la Secretaría de Educación Pública, es parte integrante de la administración pública federal, de conformidad con los artículos 1o. y 5o. del indicado reglamento, en relación con los numerales 1 y 2, apartado B, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública y 1 de la citada ley, esto es, debe practicarse con quien deba entenderse la diligencia, en el domicilio del interesado; el notificador debe cerciorarse que se trata de éste, entregarse copia del auto que se comunica, señalarse la fecha y hora en que se efectúa la notificación, recabarse el nombre y firma de la persona con quien se entienda la diligencia y, si ésta se niega, hacer constar dicha circunstancia en el acta respectiva.

Amparo en revisión 145/2009. Pedro Gilberto Pacheco López. 24 de septiembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Martínez Calderón. Secretaria: Claudia Alejandra Alvarado Medinilla.

Sexta. En el cuadro comparativo que se contiene en este Dictamen se concluye que la mayoría de los cambios que realiza el Senado de la República consisten en crear los artículos 5 Ter y 5 Quater, que se propone adicionar a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, con base en los contenidos normativos que tenía el artículo 5 Bis que aprobó esta Cámara de Diputados.

Así, la propuesta del Senado de la República es racional y benéfica para la población mexicana a la vez que adopta en gran medida y armoniza con la minuta aprobada por el pleno de la Cámara de Diputados.

Conclusiones y acuerdo

Por las razones expuestas y debidamente fundadas, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía aprueban el siguiente

Decreto por el que se reforman los artículos 5o., segundo párrafo; 22, segundo párrafo; 34, segundo párrafo y 34 bis, tercer párrafo, y se adicionan los artículos 5o. Bis, 5o. Ter y 5o. Quáter, todos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos

Artículo Único. Se reforman los artículos 5o., segundo párrafo; 22, segundo párrafo; 34, segundo párrafo y 34 bis, tercer párrafo, y se adicionan los artículos 5o. Bis, 5o. Ter y 5o. Quáter, todos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar como siguen:

Artículo 5o. ...

El presidente de la República, o en su caso el Secretario de Educación Pública, previo procedimiento establecido en los artículos 5o. Bis y 5o. Ter de la presente ley, expedirá o revocará la declaratoria correspondiente, que será publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 5o. Bis. En los procedimientos de declaratorias que se inicien a petición de parte, la solitud respectiva deberá presentarse ante el Instituto competente y reunir los siguientes requisitos:

a) El nombre, denominación o razón social de quién o quiénes la promuevan y, en su caso, de su representante legal;

b) Domicilio para recibir notificaciones;

c) Nombre de la persona o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones

d) La información necesaria que permita identificar inequívocamente el bien o zona objeto de la petición de declaratoria

e) Nombre y domicilio de quienes pudieren tener interés jurídico, si los conociere, y

f) Los hechos y razones por las que considera que el bien o zona de que se trate es susceptible de declaratoria.

Artículo 5o. Ter. La expedición de las declaratorias a las que se refiere la presente ley se sujetará al siguiente procedimiento:

I. Se iniciará de oficio o a petición de parte, de conformidad con el acuerdo que al respecto emita el presidente de la República o el secretario de Educación Pública, por conducto del titular del Instituto competente, según corresponda, y será tramitado ante este último.

Tratándose de declaratorias seguidas a petición de parte, el Instituto competente revisará si la solicitud respectiva reúne los requisitos señalados en el artículo que antecede, en cuyo caso se admitirá a trámite. En caso contrario, dentro de un plazo de diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, el Instituto competente prevendrá por una sola vez al promovente para que subsane las omisiones dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de que haya surtido efectos la notificación. Transcurrido el término sin que la prevención haya sido desahogada, el trámite será desechado.

II. El acuerdo de inicio de procedimiento de declaratorias de monumentos se notificará personalmente a quienes pudieren tener interés jurídico y, en su caso, al promovente con un resumen del acuerdo. Tratándose de declaratorias de zonas de monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, el Instituto competente procederá a realizar la notificación mediante publicaciones que contendrán un resumen del acuerdo, el área que abarque la poligonal, precisando sus límites, así como la identificación de los inmuebles incluidos dentro del área que se pretende declarar. Dichas publicaciones deberán efectuarse por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la entidad en la que se localice la zona objeto de la declaratoria y en uno de mayor circulación nacional, dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión de dicho acuerdo.

Tratándose de declaratorias de monumentos artísticos o de zonas de monumentos artísticos, previo a la notificación de inicio de procedimiento, el titular del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura enviará el expediente del proyecto de declaratoria a la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos, para los efectos procedentes. En caso de que dicha Comisión Nacional emita opinión favorable respecto de la expedición de la declaratoria, el titular de dicho Instituto procederá en los términos establecidos en esta fracción. En caso contrario, el procedimiento se dará por concluido debiéndose emitir el acuerdo correspondiente por la autoridad que le dio inicio, por conducto del titular del Instituto competente. Si se tratara de una declaratoria seguida a petición de parte, el instituto notificará la resolución al promovente dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha en que ésta se emita, concluyendo así el procedimiento.

III. Los interesados tendrán un término de quince días hábiles a partir de la notificación o de la última de las publicaciones a que se refiere la fracción anterior, para manifestar ante el Instituto competente lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas y alegatos que estimen pertinentes.

IV. Manifestado por los interesados lo que a su derecho convenga y presentadas las pruebas y alegatos o transcurrido el término para ello, el titular del Instituto competente enviará al Secretario de Educación Pública el expediente respectivo, junto con su opinión sobre la procedencia de la declaratoria, dentro de en un plazo de treinta días hábiles.

V. Recibido el expediente por el secretario de Educación Pública, si se tratara de una declaratoria que le corresponda expedir, tendrá un plazo de ciento veinte días hábiles para hacerlo o para emitir resolución en contrario, por conducto del titular del Instituto competente, la cual será notificada a los interesados dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de su emisión.

Si se tratara de una declaratoria que corresponda expedir al presidente de la República, el secretario de Educación Pública enviará a aquél el expediente dentro de un plazo de noventa días hábiles. El Presidente de la República expedirá la declaratoria o emitirá resolución en contrario por conducto del titular del Instituto competente, dentro de un plazo de ciento veinte días hábiles. Dicha resolución será notificada a los interesados dentro de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de su emisión.

VI. Las resoluciones a que se refiere la fracción anterior únicamente podrán ser impugnadas en términos de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

VII. Durante la tramitación del procedimiento, el presidente de la República o el secretario de Educación Pública, según corresponda, por conducto del titular del instituto competente, podrá dictar las medidas precautorias para preservar y conservar el bien de que se trate, en términos de esta ley, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.

El presente procedimiento no será aplicable en el caso previsto en el artículo 34 Bis de esta ley.

Para lo no previsto en la presente ley se aplicará supletoriamente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 5o. Quáter. En los demás actos de autoridad a que se refiere la presente ley, diferentes a los señalados en el artículo anterior, la garantía de audiencia se otorgará conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Artículo 22. ...

La declaratoria de que un bien inmueble es monumento, deberá inscribirse, además, en el Registro Público de la Propiedad de su jurisdicción, en un plazo de quince días contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 34. ...

La opinión de la comisión será necesaria para la emisión de las declaratorias.

...

...

Artículo 34 Bis. ...

...

Dentro del plazo de noventa días que se prevé en este artículo, se dictará, en su caso, un acuerdo de inicio de procedimiento y se seguirá lo previsto en el artículo 5o. Ter de la presente ley. En caso contrario, la suspensión quedará automáticamente sin efectos.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Dentro de los noventa días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo Federal publicará las reformas conducentes al reglamento correspondiente.

Notas:

1 Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, Año XVII, número 3961-I, correspondiente al 13 de febrero de 2014, página 15 y siguientes.

2 Las materias en las que no es aplicable la Ley Federal de Procedimiento Administrativo son: fiscal, responsabilidades de los servidores públicos, justicia agraria y laboral, y ministerio público en ejercicio de sus funciones constitucionales. En relación con las materias de competencia económica, prácticas desleales de comercio internacional y financiera, únicamente es aplicable el título tercero A de esa ley.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 24 días del mes de abril de dos mil catorce.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados: Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Ángel Alain Aldrete Lamas (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López, secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola (rúbrica), Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), Arnoldo Ochoa González, Jorge Herrera Delgado, Harvey Gutiérrez Álvarez, Mónica García de la Fuente (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar, Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).

La Comisión de Cultura y Cinematografía, diputados:Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), presidenta; Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Zuleyma Huidobro González, Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), secretarios; Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Juana Bonilla Jaime (rúbrica), Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, José Martín López Cisneros, María del Carmen López Segura (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Tania Rellstab Carreto (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz, Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva (rúbrica), María Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Alejandro Sámchez Camacho.»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, EN MATERIA DE SANCIONES

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma los artículos 47 a 55 y adiciona el 53 Bis a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de sanciones

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía fue turnada la minuta proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55; y se adiciona el artículo 53 Bis a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de sanciones, enviada por la Cámara de Senadores de conformidad con lo establecido en el apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la que se dio cuenta en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 13 de febrero de 2014.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, 81, 82, 83, 84, 85 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, corresponde a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, elaborar el dictamen a la minuta turnada, lo cual se hace de acuerdo a los siguientes apartados: Antecedentes, Contenido de la Minuta, Consideraciones, Conclusiones y Acuerdo.

Antecedentes

1.En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 20 de septiembre de 2011, la diputada Kenia López Rabadán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXI Legislatura presenta a nombre propio y de diputados de diversos grupos parlamentarios que también la suscriben, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Capítulo VI, denominado “De las Sanciones”, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de sanciones.

2. Con fecha 20 de noviembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, LXII Legislatura, aprobó el acuerdo relativo a los dictámenes en poder de la Mesa Directiva que no llegó a resolver el pleno de la LXI Legislatura, por el cual se devuelve a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y a la de Cultura y Cinematografía, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Capítulo VI, denominado “De las Sanciones”, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de sanciones.

3. La Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en su sesión ordinaria celebrada el 29 de abril de 2013, aprobó dictamen con proyecto de decreto por el que reforman y adicionan diversas disposiciones del Capítulo VI, denominado “De las Sanciones”, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de sanciones, con 439 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. Fue enviado el mismo día, como minuta proyecto de decreto, para los efectos constitucionales a la Cámara de Senadores con la siguiente redacción:

Minuta

Proyecto de Decreto

Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Capítulo VI, denominado “De las sanciones”, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de sanciones.

artículo Único.Se reforman los artículos 47; 48; 49; 50; 51; 52; 53; y 55, y se adiciona el artículo 53 Bis de la Ley Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar como sigue:

artículo 47.Al que por cualquier medio realice trabajos materiales de exploración arqueológica, en monumentos arqueológicos inmuebles, o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa de cien a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

Al que ordene, induzca, dirija, organice o financie las conductas descritas en el presente artículo, se les incrementará hasta por una mitad las penas antes señaladas.

artículo 48.al que valiéndose del cargo o comisión del Instituto Nacional de Antropología e Historia o de la autorización otorgada por éste para la ejecución de trabajos arqueológicos, disponga para sí o para otro de un monumento arqueológico mueble, se le impondrá prisión de dos a doce años y multa de mil a cinco mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

Si los delitos previstos en esta Ley, los cometen funcionarios encargados de la aplicación de la misma, las sanciones relativas se les aplicarán independientemente de las que les correspondan conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

artículo 49.Al que efectúe cualquier acto traslativo de dominio de un monumento arqueológico, histórico o artísticomueble, que comercie con él oque lo transporte, exhiba o reproduzca, sin el permiso y la inscripción correspondiente, se le impondrá prisión de tres a doce años y multa de mil a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

Al que ordene, induzca, dirija, organice o financie los actos descritos en este artículo, se le incrementará hasta por una mitad las penas antes señaladas.

artículo 50.Al que ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueológico, histórico o artístico mueble, se le impondrá prisión de tres a doce años y multa de mil a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

artículo 51.Al que se apodere de un monumento mueble arqueológico, histórico o artístico sin consentimiento de quien puede disponer de él con apego a la ley, se le impondrá prisión de tres a doce años y multa de mil a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

artículo 52.Al que por cualquier medio,dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de cinco a doceaños, multa de mil a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal y el cargo del costo de la reparacióndel daño causado.

Cuando el daño no sea intencional, se estará a lo dispuesto en el capítulo de aplicación de sanciones a los delitos culposos del Código Penal Federal.

Al que ordene, induzca, dirija, organice o financie las conductas descritas en el párrafo anterior, se les incrementará hasta por una mitad las penas antes señaladas.

artículo 53 Bis. Al que introduzca al territorio nacional bienes culturales considerados como patrimonio cultural artístico, histórico, arqueológico o paleontológico por el país de origen, sin que cuenten con el permiso correspondiente por parte de las autoridades competentes del Estado de origen, se le impondrá prisión de tres a doce años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

El bien de que se trate será incautado y se pondrá a disposición del país de origen.

artículo 55.Cualquier infracción a esta Ley o a su Reglamento, que no esté prevista en este capítulo, será sancionada por los Institutos competentes, con multa de doscientos a mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, la que podrá ser impugnada mediante el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– México, DF, a 29 de abril de 2013.

4. En sesión ordinaria celebrada el 13 de febrero del 2014, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dio cuenta del oficio del Senado de la República, por el que se devuelve el expediente con la Minuta Proyecto de Decreto por el que reforman y adicionan diversas disposiciones del Capítulo VI, denominado “De las Sanciones”, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de Sanciones, para efectos de lo dispuesto en la fracción E del artículo 72 constitucional.

5. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó como trámite a la Minuta de referencia regresada de la Cámara de Senadores, el turno a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematografía, para su estudio y elaboración del Dictamen correspondiente.

6. El 26 de marzo de 2014, se recibió en la Comisión de Cultura y Cinematografía el oficio CEN/119–2012, del 25 de abril de 2012, emitido por la Delegación de Profesionistas Arquitectos Conservadores del Patrimonio Cultural del Instituto Nacional de Antropología e Historia, mediante el cual señalan que se realizaron  observaciones al contenido que se dictamina. De cuatro páginas que consta el referido oficio, no incorporaron la página tres, que de la lectura del resto, se desprende que esa que falta, contiene la argumentación relacionada con observaciones sobre las sanciones, por lo que no fue posible proceder a su  análisis.

Contenido de la minuta

El Dictamen correspondiente de la colegisladora, contiene dos partes en sus argumentaciones: una con las consideraciones y otra con las modificaciones propuestas.

Respecto a la primera de ellas:

– La Cámara de Senadores considera que el espíritu normativo de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 1972, recoge la experiencia que en materia de protección del patrimonio cultural se desarrolló en México a lo largo del siglo XX, tanto desde la perspectiva científica y técnica como desde el punto de vista jurídico.

– Que el espíritu normativo de la Ley sitúa a la preservación del patrimonio cultural, como un asunto de interés social y nacional y que deposita en el orden federal de gobierno el principio de autoridad para llevar a cabo las acciones que en representación del interés público sean necesarias para proteger, conservar, investigar y difundir el legado cultural de la nación.

– Que la legislación vigente, sustentada en la fracción XXV del artículo 73 constitucional, inscribe en un régimen de protección los bienes muebles e inmuebles producto de las civilizaciones que habitaron el territorio antes del establecimiento de la hispánica, los bienes que por determinación de ley o por vía de declaratoria estén vinculados con la historia de la nación o que fueron destinados al culto religioso; y aquellos que por sus cualidades revisten valor estético relevante cuya protección es de interés nacional.

– Que el marco jurídico al que se adscribe el patrimonio cultural bajo las figuras de monumentos y zonas de monumentos, le otorga una condición jurídica que a los bienes arqueológicos, por disposición de la ley, los hace propiedad de la nación, inalienables e imprescriptibles; y en el caso de los bienes artísticos e históricos, los sujeta a modalidades de uso, conservación y traslado de dominio, con el propósito esencial de garantizar su salvaguarda, independientemente de si se trata de bienes públicos o de propiedad particular.

– Considera el Senado, que esta naturaleza jurídica resume en gran medida, un debate histórico e ideológico por mantener libres del comercio y del saqueo a los bienes arqueológicos y evitar, entre otros, la destrucción de los inmuebles arqueológicos, históricos o artísticos, amenazados por el desarrollo urbano y los intereses inmobiliarios y comerciales. Y que la ley en análisis, sienta las bases de una política de estado, sustentada en el interés social y el orden público, privilegiando la acción gubernamental en la defensa de los elementos que se consideran expresión de la historia, identidad e idiosincrasia nacionales.

–Que con ese espíritu, el Ejecutivo federal y el Senado de la República han participado en la suscripción y ratificación de diversos tratados internacionales relacionados con la preservación del legado cultural, al que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos identifica bajo la figura de monumentos, ya sean arqueológicos, artísticos o históricos que sean de interés nacional. Que desde esa perspectiva, el universo de bienes muebles e inmuebles protegidos por la legislación mexicana deben cumplir la condición de haber sido declarado monumento  por ministerio de ley  o, bien, a través de un procedimiento de declaratoria que los adscribe a esta cualidad. Su condición de arqueológico, artístico o histórico lo establecen diversas hipótesis técnicas contenidas en la legislación, dependiendo el tiempo de su edificación o elaboración.

– Que el proyecto de decreto en análisis por el Senado de la República, hace referencia a las conductas delictivas originadas por el saqueo, destrucción, alteración y tráfico ilícito de que son objeto los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, que por eso hay coincidencia en la necesidad de hacer más severas las sanciones, en virtud de que cuando se promulgó la legislación vigente en el año de 1972, había otra situación económica, en relación con la proporción de las multas aplicables. Otro factor a tomar en cuenta, es que la incidencia delictiva era menor. Que en la actualidad, el saqueo y tráfico ilegal de bienes culturales se ha incrementado sustancialmente, especialmente en piezas arqueológicas e históricas, además, han ocurrido fenómenos de ataque deliberado a monumentos dentro de las propias zonas arqueológicas.

– Refiere un hecho ocurrido, que califica la colegisladora de lamentable y motivó la revisión del catálogo de delitos contemplado en la ley, el de la agresión a cabezas olmecas en el Parque Museo La Venta por integrantes de una secta religiosa, que escudándose en la libertad de expresión, rociaron con sustancias químicas un monumento. Que el pago de la multa correspondiente y la fianza fijada por la autoridad judicial prevista en la norma, provoca que prácticamente no hayan delincuentes cumpliendo condenas en penales nacionales por los delitos contemplado en la Ley, circunstancia que ha propiciado la reincidencia y la percepción del bajo riesgo que implica optar por este tipo de ilícitos. Nuevamente hace referencia la colegisladora a la causa penal relativa a las cabezas olmecas del Parque Museo La Venta, donde la sentencia firme del juez, habiendo sido dañadas deliberadamente, fue de un año, por lo que los sentenciados por el delito cumplieron su condena en libertad.

Con ese precedente, argumentan que participan de la propuesta de revisar el catálogo de delitos propuesto por la Cámara de Diputados en su proyecto de decreto y comparten el interés por ajustar las sanciones económicas y las penas corporales, para ponderar con una visión diferente las conductas más lesivas en contra de los bienes culturales, con la finalidad de desincentivar a las personas que de manera profesional seleccionan, sustraen y comercializan ilícitamente, en México o en el extranjero, bienes arqueológicos, históricos o artísticos de propiedad pública o privada y cuyas  consecuencias derivan en una pérdida de valores culturales propios de la identidad de comunidades, pueblos y en general, de la nación mexicana.

– Que los integrantes de la Cámara de  Diputados, atendiendo a la relevancia del bien jurídico tutelado, incrementan tanto la sanción pecuniaria como la sanción corporal mínima en cada uno de los delitos considerados en la ley, no obstante que no señala en el cuerpo de su dictamen los elementos de ponderación respecto al monto y temporalidad de la acción coactiva del Estado, las Comisiones Unidas de Cultura y de Estudios Legislativos Primera del Senado, dictaminadoras en el análisis de la Cámara Revisora, consideran que éstas deben equipararse a otros delitos contenidos en el Código Penal Federal, concretamente para tres tipos de conductas ilícitas, entre ellas, los delitos que atentan contra el consumo y riqueza nacionales, el daño en propiedad ajena y el robo. Cada uno de ellos es tomado en cuenta en los elementos que pueden ser equiparables en el sentido del daño que causan a la sociedad.

– Que si bien el artículo 14 constitucional contiene la prohibición expresa de establecer por simple analogía penas que no estén decretadas en una ley, la referencia a los delitos arriba mencionados, es únicamente con la finalidad de tener un parámetro analítico para constituir la sanción de las conductas  en que se incurre cuando se atenta en contra de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos de interés nacional.

– Que entre otros, presenta el caso de los actos u omisiones  que afectan gravemente al consumo nacional, donde el artículo 253 del Código Penal Federal, prevé sanción del daño en propiedad ajena, con prisión de diez años y con doscientos a mil días multa; entre las conductas sancionadas están el aprovechamiento ilícito de hidrocarburos y demás derivados del petróleo y el del robo de energía eléctrica.

Otro caso, el del daño en propiedad ajena, presenta diversas hipótesis: cuando se realiza a través de actos como explosiones, inundaciones o incendios en bibliotecas, museos, templos, escuelas o edificios y monumentos públicos, se castiga con cinco a diez años de prisión (fracción IV del artículo 397 del Código Penal Federal). Y en casos de delitos culposos, con una multa hasta por el valor del daño causado, más la reparación de éste. En el de la sustracción de bienes muebles declarado monumento, una conducta análoga al que comercializa de manera habitual objetos robados a que hace referencia el artículo 368 ter del Código Penal Federal, que prevé que si el valor intrínseco es superior a quinientas veces el salario, se sancionará con prisión de seis a trece años y de cien a mil días multa.

– Otra consideración de la colegisladora, es que debe enfatizarse que las sanciones pecuniarias no pretenden establecer monto específico respecto del valor en numerario del bien de que se trate ya sea que se haya dañado o fuese sustraído, porque en el caso de monumentos arqueológicos, por su misma naturaleza jurídica de inalienables, imprescriptibles y propiedad de la Nación, no están sujetos al comercio, siendo imposible establecer una referencia del valor económico de los mismos. Que en el de los monumentos históricos cuando se trata de bienes propiedad de la Nación, tampoco están sujetos al comercio y como su condición jurídica no puede alterarse, no se puede establecer un valor económico.

Que aunque sí existen monumentos históricos de propiedad particular sujetos al comercio y traslado de dominio; y esto también vale para los monumentos artísticos, cuyo carácter más contemporáneo los hace objeto de un mercado de bienes más activo, lo que la colegisladora señala, es que la sanción aplica como castigo a la conducta ilícita en que se incurra, más que a establecer el valor del bien cultural de que se trate o a la reparación del daño.

Respecto a la segunda parte, de las modificaciones propuestas por el Senado de la República:

– Manifiesta que es de la mayor pertinencia la actualización del catálogo de delitos contenido en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, ya que la fijación de sanciones fueron diseñadas en un contexto totalmente diferente en el país; con la finalidad de desincentivar conductas ilícitas, que ponen en riesgo el legado histórico y cultural, sumándose a la propuesta de los legisladores de la Cámara de Diputados.

Y en ejercicio de las atribuciones de Cámara Revisora, que les confiere el apartado E del artículo 72 Constitucional, propone algunas modificaciones.

–Que las sanciones pecuniarias se calculen con base en la expresión salarios días, en correspondencia al contenido del artículo 29 del Código Penal Federal, a fin de que el pago por daños al Estado se fije con base en la percepción neta diaria del sentenciado en el momento de que sea consumado el delito, tomando en cuenta todos sus ingresos.

Fortalece la colegisladora su argumento, señalando que esa propuesta atiende al perfil de las personas que participan de los delitos asociados a los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, que incluyen delincuentes comunes hasta bandas que operan de forma coordinada o, bien, exploradores especializados que directamente concurren a los sitios arqueológicos e históricos, hasta personas que fomentan el coleccionismo y cuyos ingresos son muy elevados por estar al final de la cadena delictiva.

–Que en relación con el artículo 49 donde se homologó la condición jurídica de los monumentos arqueológicos, a la de los monumentos históricos y artísticos para efectos del precepto referido, que aunque se trata de naturalezas jurídicas comunes, sí presentan diferencias. Los primeros son propiedad de la Nación, inalienables e imprescriptibles y todos los que están identificados y los que se localicen están o estarán bajo la jurisdicción federal. Que en cambio, tanto los monumentos históricos como los artísticos admiten propiedad particular y por ello, susceptibles del comercio o la  exhibición y aun cuando están sujetos a modalidades que impone la legislación, la colegisladora refiere que no podría equipararse la comercialización ilícita de un bien arqueológico, con la omisión de notificar un acto de traslado de dominio de un monumento histórico o artístico, que en el primer caso se trataría de un delito y en el de los otros, de una sanción administrativa.

–Que la hipótesis contenida en el artículo 50 original, se refiere específicamente a los bienes muebles arqueológicos e históricos que se localizan en el contexto de los bienes inmuebles declarados monumentos, hipótesis que no aplica a los monumentos artísticos. Y que en el caso particular de los bienes posteriores a la instalación de la hispánica, la fracción I del artículo 36 a que se hace referencia, define los bienes muebles que por ministerio de ley son monumentos históricos. Por lo que propone introducir nuevamente la hipótesis original, además de adecuar las sanciones e introducir por las razones ya argumentadas días multa.

– Respecto del artículo 53 bis adicionado, para castigar delitos relacionados con bienes culturales internados al territorio nacional sin autorización o de manera irregular, la colegisladora opina que no tiene por qué adoptarse la nomenclatura de monumentos arqueológicos, artísticos o históricos aplicable en nuestro país, toda vez que cada nación establece su propia metodología de protección de bienes. Y que aun cuando tengan una denominación similar, las implicaciones jurídicas pueden ser muy diferentes. Por ello, sugiere tomar en este caso, la referencia a los tratados internacionales para prohibir e impedir la importación, exportación y la transferencia de propiedades ilícitas de bienes culturales, vigente desde enero de 1973. Con base en ello propone modificaciones a la redacción y para este caso en particular, que las sanciones pecuniarias se establecerían con base en el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en virtud de que podría tratarse de personas que no tengan residencia o autorización para trabajar en el territorio nacional.

– La colegisladora señala que a efecto de armonizar las disposiciones sobre fijación de multas respecto del Código Penal Federal, propone modificar el artículo 54, con el propósito de hacer el reenvío, para resolver sobre reincidencia, habitualidad y determinación de multas, que se estará a lo dispuesto en el referido Código.

Consideraciones

Primera. Las diputadas y los diputados integrantes de las comisiones dictaminadoras coinciden plenamente con las observaciones y propuestas de modificaciones hechas por la Cámara de Senadores, destacando la tarea de revisión y construcción de propuestas alternativas que contribuyen al fortalecer y consolidar el marco jurídico de preservación del patrimonio cultural; que para nuestra nación es factor de cohesión e identidad, por tanto, de interés social y nacional introducir en el marco normativo, previsiones adecuadas para proteger, conservar, investigar y difundir el legado cultural de la nación.

Segunda. Las comisiones dictaminadoras estiman que lejos de rechazar los contenidos de la minuta proyecto de decreto enviada por la Cámara de Origen, el ánimo de la colegisladora, manifestado de manera reiterada en  diversas consideraciones, es de coincidencia y acuerdo con los contenidos fundamentales de la referida minuta, por lo que aun con las diversas modificaciones que propone, se mantiene su esencia y agregan valor y precisión a sus contenidos, por tanto, que son pertinentes y aceptables las adecuaciones de los parámetros de sanciones, atendiendo a un parámetro analítico para establecer la sanción de las conductas  en que se incurre cuando se atenta en contra de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos de interés nacional.

Tercera. La Cámara Revisora manifiesta coincidencia con la de origen, en la necesidad de hacer más severas las sanciones, en virtud de que cuando se promulgó la legislación vigente en el año de 1972, había otra situación económica, en relación con la proporción de las multas aplicables y que la incidencia delictiva era menor. Y que en la actualidad, el saqueo y tráfico ilegal de bienes culturales se ha incrementado sustancialmente, especialmente en piezas arqueológicas e históricas, además de que han ocurrido fenómenos de ataque deliberado a monumentos dentro de las propias zonas arqueológicas.

Cuarta. Las comisiones dictaminadoras consideran que no rompe la esencia de los contenidos ya aprobados por la Cámara de Origen, la adecuación de los parámetros de las sanciones pecuniarias que propone la revisora, para que éstas  se calculen con base en la expresión salarios días, en correspondencia al contenido del artículo 29 del Código Penal Federal, a fin de que el pago por daños al Estado se fije con base en la percepción neta diaria del sentenciado en el momento de que sea consumado el delito, tomando en cuenta todos sus ingresos.

Estando también de acuerdo, en el argumento de que el perfil de las personas que participan de los delitos asociados a los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, incluyen delincuentes comunes hasta bandas que operan de forma coordinada o, bien, exploradores especializados que directamente concurren a los sitios arqueológicos e históricos, hasta personas que fomentan el coleccionismo y cuyos ingresos son muy elevados por estar al final de la cadena delictiva.

Quinta. Asimismo, son atendibles los argumentos que sostiene la colegisladora en su propuesta de modificación a los artículos 49, 50, 53 Bis y 54, referidos en el apartado de contenido de la minuta, del presente dictamen.

Conclusiones y acuerdo

Por las razones expuestas y debidamente fundadas, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, aprueban el siguiente

Decreto por el que se reforman los artículos 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55; y se adiciona el artículo 53 Bis a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos

Artículo Primero.Se reforman los artículos 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar como siguen:

Artículo 47. Al que realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos inmuebles, o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de tresa diez años y de mil a tres mil días multa.

Al que ordene, induzca, dirija, organice o financie las conductas descritas en el presente artículo, se les incrementará hasta por una mitad las penas antes señaladas.

Artículo 48. Al que valiéndose del cargo o comisión del Instituto Nacional de Antropología e Historia o de la autorización otorgada por éste para la ejecución de trabajos arqueológicos, disponga para sí o para otro de un monumento arqueológico mueble, se le impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a cinco mil días multa.

Si los delitos previstos en esta ley los cometen funcionarios encargados de la aplicación de la misma, las sanciones relativas se les aplicarán independientemente de las que les correspondan conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 49. Al que efectúe cualquier acto traslativo de dominio de un monumento arqueológico mueble o comercie con él y al que lo transporte, exhiba o reproduzca sin el permiso y la inscripción correspondiente, se le impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a tres mil días multa.

Al que ordene, induzca, dirija, organice o financie los actos descritos en este artículo, se le incrementará hasta por una mitad las penas antes señaladas.

Artículo 50. Al que ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueológico o un monumento histórico mueble y que éste se haya encontrado en o que proceda de un inmueble a los que se refiere la fracción I del artículo 36, se le impondrá prisión de tres a nueve años y de dos mil a tres mil días multa.

Artículo 51. Al que se apodere de un monumento mueble arqueológico, histórico o artístico sin consentimiento de quien puede disponer de él con arreglo a la Ley, se le impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a tres mil días multa.

Artículo 52. Al que por cualquier medio dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa hasta por el valor del daño causado.

Cuando el daño no sea intencional, se estará a lo dispuesto en el capítulo de aplicación de sanciones a los delitos culposos del Código Penal Federal.

Artículo 53. Al que por cualquier medio pretenda sacar o saque del país un monumento arqueológico, artístico o histórico, sin permiso del Instituto competente, se le impondrá prisión de cinco a doce años y de tres mil a cinco mil días multa.

Al que ordene, induzca, dirija, organice o financie las conductas descritas en el párrafo anterior, se les incrementará hasta por una mitad las penas antes señaladas.

Artículo 54. A los reincidentes en los delitos tipificados en esta Ley, se les aumentará la sanción desde dos tercios hasta otro tanto de la duración de la pena. La sanción para quienes resulten delincuentes habituales se aumentará de uno a dos tantos de la que corresponda al delito mayor.

Para resolver sobre reincidencia, habitualidad y determinación de multas, se estará a lo dispuesto en el Código Penal Federal.

..

...

Artículo 55. Cualquier infracción a esta Ley o a su Reglamento, que no esté prevista en este capítulo, será sancionada por los Institutos competentes, con multa de doscientos a mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, la que podrá ser impugnada mediante el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo Segundo.Se adiciona el artículo 53 bis a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos para quedar como sigue:

Artículo 53 Bis. Al que introduzca al territorio nacional, saque del país o transfiera la propiedad de bienes culturales, infringiendo las disposiciones legales adoptadas en el país de origen de los mismos, se le impondrá prisión de tres a doce años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

Los bienes de que se trate serán incautados y quedarán a disposición de las autoridades del país de origen.

Artículos Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 24 de abril de dos mil catorce.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Ángel Alain Aldrete Lamas (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), Arnoldo Ochoa González, Jorge Herrera Delgado (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Mónica García de la Fuente (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).

La Comisión de Cultura y Cinematografía, diputados:Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Raquel Jiménez Cerillo (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Zuleyma Huidobro González, Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), secretarios; Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Juana Bonilla Jaime (rúbrica), Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, José Martín López Cisneros, María Carmen López Segura (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz, Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva, María Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho, Ana Paola López Birlain.»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



CODIGO PENAL FEDERAL - LEY FEDERAL PARA LA PROTECCION A PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCEDIMIENTO PENAL

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 222 y 222 Bis del Código Penal Federal, así como el 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del Dictamen correspondiente, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 222 y 222 Bis del Código Penal Federal y 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que intervienen el procedimiento penal, a cargo de los Diputados Paulina Alejandra del Moral, José Alberto Rodríguez Calderón y Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Grupo Parlamentario del PRI.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen de acuerdo con la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de tumo para el dictamen de la referida iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la Comisión Dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “Contenido de la iniciativa”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta Comisión Dictaminadora.

I. Antecedentes

1 En la sesión de fecha cuatro de marzo de dos mil catorce, los diputados, Paulina Alejandra del Moral Vela, José Alberto Rodríguez Calderón y Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, presento la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 222 y 222 Bis del Código Penal Federal y 13 de la Ley para la Protección a Personas que intervienen en el procedimiento penal., como a continuación se describe:

Decreto por el que se reforma los artículos 222 y 222 Bis del Código Penal Federal y el artículo 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal

Artículo Primero. Se reforma el artículo 222 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 222. Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto relacionado con sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto relacionado con sus funciones a su empleo, cargo o comisión.

...

...

...

...

Artículo Segundo. Se reformael artículo 222 Bis del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 222 Bis. ...

I. A un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo. cargo o comisión, o

III. ...

...

...

Artículo Tercero. Se reformael artículo 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, para quedar como sigue:

Artículo 13. El presente programa tendrá aplicación exclusivamente para aquellos casos en los que se encuentren relacionadas personas que estén en una situación de riesgo por su participación de forma directa o indirecta en un procedimiento penal que verse sobre delitos graves, delincuencia organizada o cuando las disposiciones de los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte establezcan expresamente la obligación de proporcionar dicha protección.

...

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

2 En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Justicia.

3 En la sesión plenaria de la Comisión de Justicia, celebrada el día 24 de abril de dos mil catorce, se aprobó en sentido positivo por mayoría de los presentes el proyecto de dictamen de la iniciativa en referencia.

II. Contenido de la iniciativa

La presente iniciativa pretende establecer reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, con el objetivo de solventar los acuerdos internacionales, con relación al delito de cohecho, el cual es una forma de corrupción, establecida en los tratados internacionales, en materia, particularmente en la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Ambas prevén disposiciones para que los Estados en parte tipifiquen como delito tanto el cohecho pasivo como el activo.

III. Consideraciones

Primera.Esta Comisión de Justicia, analizo y valoro la iniciativa, de acuerdo a los argumentos vertidos en la exposición de motivos de la misma, lo dispuesto en la legislación vigente aplicable para el caso, y la jurisprudencia del Código Penal Federal y la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal.

Segunda.La presente iniciativa pretende más que modificar, hacer más viable la acreditación del tipo penal, para armonizar la figura vigente de cohecho genérico, ya que se le sustrae un elemento extraño y ajeno a la conducta de cohecho como tal, como lo sería la participación de un tercero que el servidor público extranjero determinase.

La conducta se constituirá cuando con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, se ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios a un servidor público extranjero en su beneficio o al de un tercero para obtener de este una determinada acción que redunde en un beneficio a favor del corruptor.

Estas conductas y su confrontación se encuentran previstas en el Código Penal Federal, en el artículo 222, por su parte la jurisprudencia resalta su importancia y lo detalla como cohecho activo, en el siguiente criterio:

Cohecho activo. Elementos que integran el tipo previsto en los artículos 222, fracción II, del Código Penal Federal.

De la descripción típica de cohecho activo que hacen los mencionados preceptos legales en el sentido de que comete tal ilícito el que dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva o ventaja pecuniaria a un funcionario o servidor público para que haga u omita hacer un acto justo o injusto relacionado con sus funciones se obtienen los siguientes elementos: el dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva o ventaja pecuniaria a un servidor público y que el propósito de tal entrega u ofrecimiento debe consistir en que el funcionario público haga o deje de hacer un acto justo o injusto relacionado con sus funciones. Al respecto es conveniente precisar que el tipo penal no requiere de la aceptación del servidor o funcionario público; además para la configuración del delito por lo que hace al primer elemento basta con demostrar que se entregó u ofreció dinero o cualquier otra dádiva o ventaja pecuniaria al servidor público y para tener por acreditado el elemento consistente en el propósito de tal entrega u ofrecimiento al servidor público es indispensable que se demuestre que la acción u omisión que se le pidió realizar tiene conexión con las funciones con que está investido por el cargo público que le fue conferido pues sólo en este caso se puna en peligro el debido funcionamiento de la administración pública bien jurídico que tutela el delito de cohecho.

Contradicción de tesis m812000-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo del Décimo Primer Circuito. 4 de julio de 2001. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretaria: Guillermina Coutiño Mata.

Tesis de jurisprudencia 88/2001. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal. en sesión de catorce de noviembre de dos mil uno por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: presidente José de Jesús Gudiño Pelayo. Juventino V. Castro y Castro. Humberto Román Palacios. Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas.

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Novena Época. Primera Sala. Diciembre de 2001. Página 7.

Asimismo, con la modificación de la fracción II, no se tendrá que acreditar que el funcionario público que lleve a cabo la tramitación correspondiente sea responsable; sólo bastará con que la haya gestionado, guardando perfecta armonía con la fracción anterior.

Tercera.El artículo 222 Bis, respectivamente enmarca el Cohecho a Servidores Públicos Extranjeros dichas tipificaciones posibilitan el combate de manera más enérgica de estas formas de corrupción.

Su tipificación se incluyó en 1999 con el propósito de cubrir los requerimientos dispuestos en la Convención de la OCDE, conocida como Convención Anticohecho, la cual señala en su artículo primero que los Estados parte deberán establecer en su legislación penal el delito de cohecho de servidores públicos extranjeros.

Dicha convención se constituye como un acuerdo internacional mediante el cual se establecen diferentes tipos de medidas para prevenir, disuadir y penalizar a las personas físicas y jurídicas colectivas que prometan, den, ofrezcan o encubran gratificaciones a servidores públicos de otros países a fin de obtener un beneficio para sus propios negocios, en el marco de las transacciones comerciales internacionales.

La Convención Interamericana contra la Corrupción, en su artículo VIII establece la obligación de prohibir y sancionar el soborno transnacional, y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, en su artículo 16 dispone que cada Estado parte adopte las medidas necesarias para tipificar como delito el soborno de funcionarios públicos extranjeros y de funcionarios de organizaciones internacionales públicas.

No obstante, el tipo previsto en el artículo 222 Bis del Código Penal Federal no ha arrojado los resultados esperados, que se traducen en un auténtico mecanismo que disuada y, en su caso, sancione la competencia desleal generada por gratificaciones extraoficiales a servidores públicos extranjeros, razón por la cual se propone su modificación.

Cuatro.Se propone reformar el artículo 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, para que la aplicación de sus disposiciones pueda extenderse o ampliarse, haciendo más efectivo su espectro jurídico, alcanzando con ello inclusive los casos en los que las disposiciones internacionales lo establezcan en beneficio de quien participe en el procedimiento penal a favor de combatir las conductas de cohecho, cohecho internacional y permita perseguir más eficientemente sus posibles efectos.

Que el Programa Federal de Protección a Personas que dispone la Ley tenga aplicación no solamente tratándose de delitos graves o de delincuencia organizada, sino que también sea posible cuando las disposiciones de los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte establezcan o enuncien los casos en los que se requiera la protección que dispone dicha ley

Quinto. Esta Comisión de Justicia concuerda que estas modificaciones a la legislación vigente que se pretenden en el Estado mexicano atienden las recomendaciones específicas formuladas a México por el Grupo de Trabajo sobre Cohecho en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE, mejorando nuestros instrumentos legales que permitirán combatir las conductas de cohecho a servidores públicos extranjeros.

Siempre que las personas relacionadas con estos procedimientos se encuentren en una situación de riesgo por su participación de forma directa o indirecta en dicho procedimiento de índole penal, abarcando con ello los diversos alcances que estas disposiciones internacionales contemplan en su contenido.

Coadyuvando a mitigar las conductas de cohecho de servidores públicos extranjeros, podrán gozar de los alcances y términos dispuestos en la ley de la materia, proveyendo con ello un esquema jurídico robusto en contra de las personas que realicen estas conductas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, las diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Justicia de la honorable Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, estamos de acuerdo en aprobar la iniciativa en estudio y en consecuencia se somete a esa honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Decreto por el que se reforma los artículos 222 y 222 Bis del Código Penal Federal y el artículo 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal

Artículo Primero.Se reforma el artículo 222 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 222. Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto relacionado con sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto relacionado con sus funciones, a su empleo, cargo o comisión.

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...

Artículo Segundo.Se reforma el artículo 222 Bis del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 222 Bis. ...

I. A un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero,para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. ...

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Artículo Tercero.Se reformael artículo 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, para quedar como sigue:

Artículo 13. El presente programa tendrá aplicación exclusivamente para aquellos casos en los que se encuentren relacionadas personas que estén en una situación de riesgo por su participación de forma directa o indirecta en un procedimiento penal que verse sobre delitos graves, delincuencia organizada o cuando las disposiciones de los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte establezcan expresamente la obligación de proporcionar dicha protección.

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Transitorio

Artículo Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de dos mil catorce.

Comisión de Justicia, diputados:Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Karina Labastida Sotelo, Esther Quintana Salinas (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), secretarios; Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Andrés de la Rosa Anaya (rúbrica), Tomás Torres Mercado (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Areli Madrid Tovilla, Julio César Moreno Rivera, José Antonio Rojo García de Alba (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Fernando Zárate Salgado, Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), Damián Zepeda Vidales (rúbrica), Claudia Delgadillo González, Crystal Tovar Aragón.»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA - CODIGO PENAL FEDERAL

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica; y reforma y adiciona diversos artículos al Código Penal Federal.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



* INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Presidente diputado José González Morfín: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado José González Morfín(a las 16:38 horas): Se levanta la sesión. Y se cita a la que tendrá lugar mañana martes 29 de abril de 2014, a las 11 horas, y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.

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RESUMEN DE ACTIVIDADES

RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración: 3 horas 22 minutos

• Quórum a la apertura de sesión: 255 diputados

• Asistencia al cierre de registro: 401 diputados

• Oradores que participaron: 29

PRI 4

PAN 4

PRD 5

PVEM 3

MC 8

PT 2

NA 3

Se recibió:

• 1 oficio de la Mesa Directiva por el que comunica que se recibieron dos dictámenes en sentido negativo a proposiciones con punto de acuerdo

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica; y se reforman y adicionan diversos artículos del Código Penal Federal

• 1 oficio del diputado Ricardo Mejía Berdeja, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Seguridad Pública la iniciativa con proyecto de decreto que que reforma los artículos 28 y 32 de la Ley Federal de Seguridad Privada, presentada el 28 de noviembre de 2013

• 1 oficio de la diputada Cristina Olvera Barrios, por el que solicita que se retiren de los registros de la Comisión de Desarrollo Social dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman los artículos 14 y 16, respectivamente, de la Ley General de Desarrollo Social, presentadas el 11 de diciembre de 2013

• 1 oficio del diputado Raúl Santos Galván Villanueva, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de  Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias la proposición con punto de acuerdo, para colocar una placa conmemorativa del centenario de la heroica defensa del puerto de Veracruz, presentada el 25 de marzo de 2014

• 1 oficio del diputado Carlos de Jesús Alejandro, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Asuntos Indígenas la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México de la Segob y a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a formar un consejo redactor plural e interinstitucional a fin de elaborar la propuesta de reforma de derechos de los pueblos indígenas, presentada el 20 de febrero de 2014

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a emitir el correspondiente decreto, para autorizar la emisión de una estampilla postal conmemorativa del 75 aniversario del Instituto Nacional de Antropología e Historia

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Salud a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a cumplir lo establecido en la ley, dando transparencia a todos los procesos de licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a fortalecer la certificación de productos orgánicos a fin de impulsar y promover el comercio de éstos y fomentar su mercado a escala nacional

• 1 oficio del gobierno de Quintana Roo, con el que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, sobre la conmemoración de los 60 años del reconocimiento del derecho de las mujeres al voto en México

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite el acuerdo por el que se exhorta a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, en los órdenes federal, estatal y municipal, a fortalecer en el ámbito de sus competencias las acciones necesarias destinadas a la prevención, la detección temprana, el tratamiento y la rehabilitación integral del cáncer de mama

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve expediente de minuta proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Educación, en materia de evaluación del desempeño docente, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve expediente de minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Cultura Física y Deporte, y Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve expediente de minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7o. y 42 de la Ley General de Educación, y 32 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por el que informa que en marzo de 2014, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, destinó únicamente mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y no transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 73 de la Ley General de Salud

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma los artículos 20, 24, 25, 40, 44, 49 y 55 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y adiciona el 13 y 14 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de bebidas alcohólicas, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que adiciona la fracción VII al artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de inspección y vigilancia, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto, que deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Martín Orozco Sandoval, del Grupo Parlamentario del PAN

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, en materia de justicia militar

Dictámenes aprobados

• 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular

• 1 de la Comisión de Protección Civil, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI al artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil

• 1 de la Comisión de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración

• 1 de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a apoyar la coordinación de las áreas encargadas de la seguridad en Michoacán y evitar la toma de acuerdos con personas pertenecientes a grupos delictivos

• 1 de la Comisión de Deporte, con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados felicita a las ciudadanas Linda Ochoa, Rosalía Domínguez, Brenda Merino y Aída Román por haber obtenido medallas de oro en el campeonato mundial de tiro con arco, en la especialidad bajo techo, llevado a cabo en Nimes, Francia

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Semarnat a realizar los estudios pertinentes sobre la autorización de adecuación en favor del proyecto para el desarrollo de la tercera fase de exploración minera en el área denominada “Espejeras”

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la instalación de estacionamientos para bicicletas en inmuebles públicos, centros de transferencia modal, plazas públicas principales, mercados y vía pública

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Semarnat a hacer del conocimiento público el destino de los recursos para operar proyectos forestales relacionados con reducción de emisiones por deforestación y degradación evitada

• 1 de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados

• 1 de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados

• 1 de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 Bis de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Dictámenes de publicidad

• 1 de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 28 Ter a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de bienes culturales subacuáticos

• 1 de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de derecho de audiencia

• 1 de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma los artículos 47 a 55 y adiciona el 53 Bis a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de sanciones

• 1 de la Comisión Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 222 y 222 Bis del Código Penal Federal, así como el 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal

• 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica; y se reforman y adicionan diversos artículos al Código Penal Federal

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Álvarez Tovar, Martha Berenice (PAN)
Ley de Migración: 279
Belaunzarán Méndez, Fernando (PRD)
Desplegado de Alfonso Cuarón en que hace 10 preguntas sobre la reforma energética: 213
Cárdenas del Avellano, Enrique (PRI)
Violencia en Tamaulipas: 212, 213
Ceseñas Chapa, María del Socorro (PRD)
Ley de Migración: 278
Córdova Bernal, Martha Beatriz (MC)
Ley General de Protección Civil: 227
Cruz Ramírez, Arturo (PRD)
Ley General de Protección Civil: 226
Dávila Delgado, Mario Alberto (PAN)
Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular: 203
Diego Cruz, Eva (PRD)
Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular: 207
Doger Guerrero, José Enrique (PRI)
Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular: 208
Durazo Montaño, Francisco Alfonso (MC)
Huelga en la Universidad de Sonora: 212
Durazo Montaño, Francisco Alfonso (MC)
Ley General de Protección Civil: 218
Félix Hays, Rubén Benjamín (NA)
Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular: 204
Galindo Delgado, David Cuauhtémoc (PAN)
Ley General de Protección Civil: 224
García Medina, Amalia Dolores (PRD)
Ley de Migración: 273
Garfias Gutiérrez, Lucila (NA)
Ley de Migración: 274
Huerta Ladrón de Guevara, Manuel Rafael (PT)
Ley General de Protección Civil: 220
Martínez Martínez, Juan Luis (MC)
Ley General de Protección Civil: 221
Martínez Rojas, Andrés Eloy (PRD)
Ley General de Protección Civil: 223
Mejía Berdeja, Ricardo (MC)
Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular: 210
Monreal Ávila, Ricardo (MC)
Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular: 209
Navarro de Alba, César Reynaldo (PRI)
Ley General de Protección Civil: 225
Núñez Aguilar, Ernesto (PVEM)
Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular: 206
Olvera Barrios, Cristina (NA)
Ley General de Protección Civil: 219
Ortiz Ahlf, Loretta (PT)
Ley de Migración: 275
Pacheco Díaz, Germán (PAN)
Violencia en Tamaulipas: 212, 213
Pérez Hernández, Rosa Elba (PVEM)
Ley General de Protección Civil: 222
Pérez Tejada Padilla, David (PVEM)
Ley de Migración: 277
Samperio Montaño, Juan Ignacio (MC)
Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular: 205
Schroeder Verdugo, María Fernanda (PRI)
Ley de Migración: 280
Valencia Ramírez, Aída Fabiola (MC)
Ley de Migración: 276
Vargas Pérez, Nelly del Carmen (MC)
Ley de Migración: 281

VOTACIONES

Del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Seguro Popular (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoAusente

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Aldrete Lamas, Ángel AlainFavor

10 Allende Cano, Ana IsabelFavor

11 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

12 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor

13 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaAusente

14 Arellano Guzmán, SalvadorAusente

15 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

16 Añorve Baños, ManuelFavor

17 Athie Flores, KamelFavor

18 Ayala Robles Linares, FlorFavor

19 Badillo Ramírez, DaríoFavor

20 Barajas del Toro, SalvadorFavor

21 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

22 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

23 Barrera Barrera, PetraFavor

24 Barrera Estrada, RodimiroFavor

25 Barrera Fortoul, LauraFavor

26 Barrueta Barón, NoéFavor

27 Bautista Villegas, OscarFavor

28 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

29 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

30 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

31 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor

32 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

33 Caballero Garza, BenitoFavor

34 Cabañas Aparicio, María EliaFavor

35 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

36 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

37 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

38 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

39 Cantú Segovia, EloyAusente

40 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

41 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

42 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

43 Carreño Mijares, AngelinaFavor

44 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

45 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

46 Castillo Valdez, BenjamínAusente

47 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoAusente

48 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

49 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

50 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

51 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

52 Cruz Morales, MaricruzFavor

53 Curi Naime, AlbertoFavor

54 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

55 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

56 Del Angel Acosta, JorgeFavor

57 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

58 Del Moral Vela, Paulina AlejandraAusente

59 Delgadillo González, ClaudiaFavor

60 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

61 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor

62 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

63 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

64 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

65 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

66 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

67 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

68 Félix Chávez, FaustinoFavor

69 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

70 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

71 Flores Méndez, José LuisFavor

72 Flores Sandoval, PatricioFavor

73 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

74 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

75 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelAusente

76 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

77 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

78 Garay Cabada, MarinaFavor

79 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

80 García Fernández, Maria de las NievesFavor

81 García García, HéctorFavor

82 García Hernández, JosefinaFavor

83 García Olmedo, María del RocíoFavor

84 Garza Moreno, María EstherFavor

85 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

86 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

87 Gómez Gómez, LuisFavor

88 Gómez Gómez, PedroAusente

89 Gómez Michel, GabrielFavor

90 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

91 González Cruz, CristinaFavor

92 González Domínguez, IselaFavor

93 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

94 González Gómez, CeciliaFavor

95 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

96 González Reséndiz, RafaelFavor

97 González Valdez, Marco AntonioAusente

98 González Vargas, FranciscoFavor

99 Grajales Palacios, FranciscoFavor

100 Gualito Castañeda, RosalbaAusente

101 Guerra Garza, AbelFavor

102 Guevara González, Javier FilibertoFavor

103 Gurrión Matías, SamuelFavor

104 Gutiérrez Álvarez, HarveyAusente

105 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

106 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

107 Hernández Burgos, GaudencioFavor

108 Hernández González, NoéFavor

109 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

110 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

111 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

112 Herrera Delgado, JorgeAusente

113 Huerta Rea, María de JesúsFavor

114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

116 King de la Rosa, RaymundoFavor

117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

119 López Landero, TomásFavor

120 López Segura, María CarmenFavor

121 López Zavala, JavierAusente

122 Macías Sandoval, RaúlFavor

123 Madrid Tovilla, AreliAusente

124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

126 Manzur Quiroga, José SergioFavor

127 Márquez Martínez, José LuisAusente

128 Márquez Velasco, SilviaFavor

129 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

130 Mavil Soto, Ángel AbelFavor

131 Medina Fierro, RicardoFavor

132 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

133 Mendoza Garza, JorgeFavor

134 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

135 Miranda Munive, EmilseFavor

136 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

137 Montes Alvarado, AbrahamFavor

138 Morales Flores, JesúsFavor

139 Moreno Árcega, José IsidroFavor

140 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor

141 Moreno Montoya, José PilarFavor

142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

144 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

145 Nava Gómez, José EverardoFavor

146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

148 Niaves López, Ossiel OmarFavor

149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

151 Ochoa González, ArnoldoFavor

152 Olvera Correa, LuisFavor

153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

155 Ortiz García, SalvadorFavor

156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

157 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

158 Padilla Navarro, CesarioFavor

159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

160 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

161 Pérez Anzueto, Hugo MauricioAusente

162 Pérez de Alba, José NoelFavor

163 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor

164 Ponce Orozco, NormaFavor

165 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

166 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor

167 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

168 Rangel Espinosa, JoséFavor

169 Rangel Segovia, AlejandroAusente

170 Rellstab Carreto, TanyaAusente

171 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

172 Robles Aguirre, Mayra KarinaAusente

173 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

174 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

175 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

176 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor

177 Romero Valencia, SalvadorFavor

178 Rubio Lara, Blas RamónFavor

179 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

180 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

181 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

182 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

183 Sahui Rivero, MauricioFavor

184 Salgado Delgado, FernandoFavor

185 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

186 Sámano Peralta, MiguelFavor

187 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor

188 Sánchez Romero, CarlosFavor

189 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

190 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

191 Sosa Altamira, William RenánAusente

192 Terán Guevara, María RebecaFavor

193 Terán Juárez, JorgeAusente

194 Treviño Cantú, JavierFavor

195 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

196 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

197 Valanci Buzali, SimónFavor

198 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

199 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

200 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

201 Vázquez Saut, ReginaAusente

202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

205 Velázquez López, MirnaFavor

206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

212 Zamora Morales, FernandoFavor

213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 189

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 24

Total: 213

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Acosta Croda, RafaelFavor

2 Adame Alemán, Juan PabloFavor

3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

4 Aguilar Vega, MarcosFavor

5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsAusente

6 Alonso Morelli, HumbertoFavor

7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

8 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

11 Argüelles Loya, ConsueloFavor

12 Azuara Zúñiga, XavierFavor

13 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

14 Botello Montes, José AlfredoFavor

15 Bueno Torio, JuanFavor

16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

17 Camarillo Ortega, RubénFavor

18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

19 Carreño Muro, GenaroFavor

20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

22 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

24 Cortés Berumen, IsaíasFavor

25 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

26 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

27 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

28 De la Rosa Escalante, ArturoAusente

29 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

30 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorFavor

31 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

32 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

33 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

34 García González, Carlos AlbertoFavor

35 García Ramírez, José GuadalupeFavor

36 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

37 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

38 Gómez Ramírez, RaúlFavor

39 González Carrillo, AdrianaFavor

40 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

41 González Morfín, JoséFavor

42 González Serna, José ÁngelFavor

43 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor

44 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

45 Jiménez Castillo, BlancaFavor

46 Jiménez Cerrillo, RaquelAusente

47 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

48 Labastida Sotelo, KarinaAusente

49 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

50 Licea González, MargaritaFavor

51 Llanas Alba, José AlejandroFavor

52 López Birlain, Ana PaolaFavor

53 López Cisneros, José MartínFavor

54 López Landero, LeticiaFavor

55 López López, RaudelAusente

56 López Noriega, AlejandraAusente

57 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor

58 Lugo Barriga, PatriciaFavor

59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor

60 Mondragón González, María GuadalupeFavor

61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

62 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

63 Neblina Vega, HebertoFavor

64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoAusente

65 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

66 Orta Coronado, MarcelinaFavor

67 Ortiz Mantilla, María IsabelAusente

68 Othón Zayas, MáximoFavor

69 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente

70 Pacheco Díaz, GermánFavor

71 Pantoja Hernández, LeslieFavor

72 Paz Alonzo, RaúlFavor

73 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

74 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

75 Peña Avilés, GerardoAusente

76 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

77 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

78 Quintana Salinas, EstherFavor

79 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

80 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor

81 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

82 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaAusente

83 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor

84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

85 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

87 Rodríguez Doval, FernandoFavor

88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

89 Romero Sevilla, LeonorFavor

90 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

91 Sada Pérez, VerónicaContra

92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

93 Salinas Garza, José ArturoAusente

94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

96 Sánchez Ruiz, MarioFavor

97 Serralde Martínez, VíctorAusente

98 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor

99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

101 Trejo Reyes, José IsabelFavor

102 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

103 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

105 Vargas Martín del Campo, ElizabethAusente

106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente

107 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

108 Villarreal García, RicardoFavor

109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaAusente

110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

111 Zamora García, AlfredoAusente

112 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

113 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 96

Contra: 1

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 17

Total: 114

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaContra

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoContra

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelContra

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoAusente

10 Barrios Gómez Segués, AgustínAusente

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaContra

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroContra

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroContra

25 Contreras Ceballos, ArmandoAusente

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesAusente

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor

30 De Jesús, Alejandro CarlosContra

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoAusente

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor

36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor

37 Flores Aguayo, UrielAbstención

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroContra

39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresAusente

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínAusente

47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethAbstención

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoAusente

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 León Montero, Saraí LarisaAusente

54 López González, RobertoFavor

55 López Rosado, RobertoAusente

56 López Suárez, RobertoAusente

57 Luna Porquillo, RoxanaFavor

58 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

59 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

60 Martínez Rojas, Andrés EloyAbstención

61 Medina Filigrana, Marcos RosendoAusente

62 Mejía Guardado, JulisaContra

63 Méndez Martínez, Mario RafaelAusente

64 Merlín García, María del RosarioAusente

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoAusente

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsAusente

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoFavor

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelFavor

73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelAbstención

75 Muñoz Soria, José LuisAbstención

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoContra

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierContra

80 Porras Pérez, PedroFavor

81 Portillo Martínez, VicarioAusente

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor

88 Salazar Trejo, JessicaAusente

89 Saldaña Fraire, GracielaFavor

90 Salgado Parra, JorgeAusente

91 Salinas Narváez, JavierFavor

92 Salinas Pérez, JosefinaFavor

93 Sánchez Camacho, AlejandroAusente

94 Sánchez Torres, GuillermoContra

95 Sansores Sastré, AntonioFavor

96 Serrano Toledo, RosendoAusente

97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

98 Tovar Aragón, CrystalAusente

99 Valles Sampedro, Lorenia IvethContra

100 Vega Vázquez, José HumbertoAusente

101 Zárate Salgado, FernandoFavor

Favor: 54

Contra: 13

Abstención: 5

Quorum: 0

Ausentes: 29

Total: 101

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 Guillén Guillén, Mario FranciscoFavor

13 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

15 Medrano Galindo, GabrielaAusente

16 Narcia Álvarez, HéctorFavor

17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

18 Ochoa López, NaborFavor

19 Orozco Gómez, JavierFavor

20 Padilla Ramos, Carla AliciaAusente

21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

22 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 25

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaContra

2 Chávez Contreras, RodrigoContra

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizContra

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoContra

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoContra

6 Gómez Pozos, MerilynAusente

7 Huidobro González, ZuleymaContra

8 Hurtado Gallegos, José AntonioAusente

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelAusente

10 Martínez Martínez, Juan LuisContra

11 Mejía Berdeja, RicardoContra

12 Méndez Denis, LorenaAusente

13 Monreal Ávila, RicardoContra

14 Romero Lozano, María FernandaContra

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioAusente

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaContra

18 Valle Magaña, José LuisContra

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenContra

20 Villanueva Albarrán, GerardoContra

Favor: 1

Contra: 14

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaContra

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente

3 Benavides Castañeda, José AlbertoContra

4 Bonilla Valdez, JaimeContra

5 Cantú Garza, RicardoContra

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelContra

7 López Cándido, José ArturoContra

8 Martínez Santillán, María del CarmenContra

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroContra

10 Orive Bellinger, AdolfoContra

11 Ortiz Ahlf, LorettaContra

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoContra

13 Romero Guzmán, Rosa EliaAusente

14 Torres Flores, AraceliContra

Favor: 0

Contra: 12

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 14

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaAusente

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaAusente

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 8

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Protección Civil, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 82; y adiciona la fracción XXI al artículo 2, recorriendo el orden de las fracciones subsecuentes, y un segundo y tercer párrafos al artículo 20 de la Ley General de Protección Civil (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoAusente

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Aldrete Lamas, Ángel AlainFavor

10 Allende Cano, Ana IsabelAusente

11 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

12 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor

13 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaAusente

14 Arellano Guzmán, SalvadorAusente

15 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

16 Añorve Baños, ManuelFavor

17 Athie Flores, KamelFavor

18 Ayala Robles Linares, FlorFavor

19 Badillo Ramírez, DaríoFavor

20 Barajas del Toro, SalvadorFavor

21 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

22 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

23 Barrera Barrera, PetraFavor

24 Barrera Estrada, RodimiroFavor

25 Barrera Fortoul, LauraFavor

26 Barrueta Barón, NoéFavor

27 Bautista Villegas, OscarFavor

28 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

29 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

30 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente

31 Berzunza Novelo, Landy MargaritaAusente

32 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

33 Caballero Garza, BenitoFavor

34 Cabañas Aparicio, María EliaFavor

35 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

36 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

37 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

38 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

39 Cantú Segovia, EloyFavor

40 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

41 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

42 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

43 Carreño Mijares, AngelinaFavor

44 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

45 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

46 Castillo Valdez, BenjamínFavor

47 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

48 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

49 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

50 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

51 Corrales Corrales, Francisca ElenaAusente

52 Cruz Morales, MaricruzFavor

53 Curi Naime, AlbertoAusente

54 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

55 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

56 Del Angel Acosta, JorgeFavor

57 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

58 Del Moral Vela, Paulina AlejandraAusente

59 Delgadillo González, ClaudiaFavor

60 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

61 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor

62 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

63 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

64 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

65 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

66 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

67 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

68 Félix Chávez, FaustinoFavor

69 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

70 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

71 Flores Méndez, José LuisFavor

72 Flores Sandoval, PatricioFavor

73 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

74 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

75 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

76 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

77 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

78 Garay Cabada, MarinaFavor

79 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

80 García Fernández, Maria de las NievesFavor

81 García García, HéctorFavor

82 García Hernández, JosefinaFavor

83 García Olmedo, María del RocíoFavor

84 Garza Moreno, María EstherFavor

85 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

86 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

87 Gómez Gómez, LuisFavor

88 Gómez Gómez, PedroAusente

89 Gómez Michel, GabrielFavor

90 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

91 González Cruz, CristinaFavor

92 González Domínguez, IselaFavor

93 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

94 González Gómez, CeciliaFavor

95 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

96 González Reséndiz, RafaelFavor

97 González Valdez, Marco AntonioAusente

98 González Vargas, FranciscoFavor

99 Grajales Palacios, FranciscoFavor

100 Gualito Castañeda, RosalbaAusente

101 Guerra Garza, AbelFavor

102 Guevara González, Javier FilibertoFavor

103 Gurrión Matías, SamuelFavor

104 Gutiérrez Álvarez, HarveyAusente

105 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

106 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

107 Hernández Burgos, GaudencioFavor

108 Hernández González, NoéFavor

109 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

110 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

111 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

112 Herrera Delgado, JorgeFavor

113 Huerta Rea, María de JesúsFavor

114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

116 King de la Rosa, RaymundoAusente

117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

119 López Landero, TomásFavor

120 López Segura, María CarmenFavor

121 López Zavala, JavierAusente

122 Macías Sandoval, RaúlFavor

123 Madrid Tovilla, AreliAusente

124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

126 Manzur Quiroga, José SergioFavor

127 Márquez Martínez, José LuisAusente

128 Márquez Velasco, SilviaFavor

129 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

130 Mavil Soto, Ángel AbelFavor

131 Medina Fierro, RicardoFavor

132 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

133 Mendoza Garza, JorgeFavor

134 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

135 Miranda Munive, EmilseFavor

136 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

137 Montes Alvarado, AbrahamFavor

138 Morales Flores, JesúsFavor

139 Moreno Árcega, José IsidroFavor

140 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor

141 Moreno Montoya, José PilarFavor

142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaAusente

143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

144 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

145 Nava Gómez, José EverardoFavor

146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

148 Niaves López, Ossiel OmarFavor

149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

151 Ochoa González, ArnoldoFavor

152 Olvera Correa, LuisFavor

153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

155 Ortiz García, SalvadorFavor

156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

157 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

158 Padilla Navarro, CesarioFavor

159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

160 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

161 Pérez Anzueto, Hugo MauricioAusente

162 Pérez de Alba, José NoelFavor

163 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor

164 Ponce Orozco, NormaFavor

165 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

166 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor

167 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

168 Rangel Espinosa, JoséFavor

169 Rangel Segovia, AlejandroAusente

170 Rellstab Carreto, TanyaAusente

171 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

172 Robles Aguirre, Mayra KarinaAusente

173 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

174 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

175 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

176 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor

177 Romero Valencia, SalvadorFavor

178 Rubio Lara, Blas RamónFavor

179 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

180 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

181 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

182 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

183 Sahui Rivero, MauricioFavor

184 Salgado Delgado, FernandoFavor

185 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

186 Sámano Peralta, MiguelFavor

187 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor

188 Sánchez Romero, CarlosFavor

189 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

190 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

191 Sosa Altamira, William RenánAusente

192 Terán Guevara, María RebecaFavor

193 Terán Juárez, JorgeFavor

194 Treviño Cantú, JavierFavor

195 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

196 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

197 Valanci Buzali, SimónAusente

198 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

199 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

200 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

201 Vázquez Saut, ReginaFavor

202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

205 Velázquez López, MirnaFavor

206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

212 Zamora Morales, FernandoFavor

213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 188

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 25

Total: 213

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Acosta Croda, RafaelFavor

2 Adame Alemán, Juan PabloFavor

3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

4 Aguilar Vega, MarcosFavor

5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsAusente

6 Alonso Morelli, HumbertoFavor

7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

8 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

11 Argüelles Loya, ConsueloFavor

12 Azuara Zúñiga, XavierFavor

13 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

14 Botello Montes, José AlfredoFavor

15 Bueno Torio, JuanFavor

16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

17 Camarillo Ortega, RubénFavor

18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

19 Carreño Muro, GenaroFavor

20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

22 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

24 Cortés Berumen, IsaíasFavor

25 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

26 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

27 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

28 De la Rosa Escalante, ArturoAusente

29 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

30 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorFavor

31 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

32 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

33 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

34 García González, Carlos AlbertoFavor

35 García Ramírez, José GuadalupeFavor

36 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

37 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

38 Gómez Ramírez, RaúlFavor

39 González Carrillo, AdrianaFavor

40 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

41 González Morfín, JoséFavor

42 González Serna, José ÁngelFavor

43 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor

44 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

45 Jiménez Castillo, BlancaAusente

46 Jiménez Cerrillo, RaquelAusente

47 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

48 Labastida Sotelo, KarinaAusente

49 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

50 Licea González, MargaritaFavor

51 Llanas Alba, José AlejandroFavor

52 López Birlain, Ana PaolaFavor

53 López Cisneros, José MartínFavor

54 López Landero, LeticiaFavor

55 López López, RaudelAusente

56 López Noriega, AlejandraFavor

57 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor

58 Lugo Barriga, PatriciaFavor

59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor

60 Mondragón González, María GuadalupeFavor

61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

62 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

63 Neblina Vega, HebertoFavor

64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoAusente

65 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

66 Orta Coronado, MarcelinaFavor

67 Ortiz Mantilla, María IsabelAusente

68 Othón Zayas, MáximoFavor

69 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente

70 Pacheco Díaz, GermánFavor

71 Pantoja Hernández, LeslieFavor

72 Paz Alonzo, RaúlFavor

73 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

74 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

75 Peña Avilés, GerardoAusente

76 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

77 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

78 Quintana Salinas, EstherFavor

79 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

80 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor

81 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

82 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

83 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor

84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

85 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

87 Rodríguez Doval, FernandoFavor

88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

89 Romero Sevilla, LeonorFavor

90 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

91 Sada Pérez, VerónicaFavor

92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

93 Salinas Garza, José ArturoAusente

94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

96 Sánchez Ruiz, MarioFavor

97 Serralde Martínez, VíctorAusente

98 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor

99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

101 Trejo Reyes, José IsabelAusente

102 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

103 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

105 Vargas Martín del Campo, ElizabethAusente

106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

107 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

108 Villarreal García, RicardoFavor

109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaAusente

110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

111 Zamora García, AlfredoAusente

112 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

113 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 98

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 16

Total: 114

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoAusente

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroAusente

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesAusente

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoAusente

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor

36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínAusente

47 González Magallanes, Alfa ElianaAusente

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoAusente

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 León Montero, Saraí LarisaFavor

54 López González, RobertoFavor

55 López Rosado, RobertoAusente

56 López Suárez, RobertoFavor

57 Luna Porquillo, RoxanaFavor

58 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

59 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

60 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

61 Medina Filigrana, Marcos RosendoAusente

62 Mejía Guardado, JulisaFavor

63 Méndez Martínez, Mario RafaelAusente

64 Merlín García, María del RosarioAusente

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoAusente

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsAusente

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelFavor

73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroFavor

81 Portillo Martínez, VicarioAusente

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Saldaña Fraire, GracielaFavor

90 Salgado Parra, JorgeAusente

91 Salinas Narváez, JavierFavor

92 Salinas Pérez, JosefinaFavor

93 Sánchez Camacho, AlejandroAusente

94 Sánchez Torres, GuillermoFavor

95 Sansores Sastré, AntonioFavor

96 Serrano Toledo, RosendoAusente

97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

98 Tovar Aragón, CrystalFavor

99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

100 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

101 Zárate Salgado, FernandoFavor

Favor: 77

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 24

Total: 101

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 Guillén Guillén, Mario FranciscoFavor

13 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

15 Medrano Galindo, GabrielaFavor

16 Narcia Álvarez, HéctorFavor

17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

18 Ochoa López, NaborFavor

19 Orozco Gómez, JavierFavor

20 Padilla Ramos, Carla AliciaAusente

21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

22 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 27

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor

6 Gómez Pozos, MerilynAusente

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioAusente

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelAusente

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaAusente

13 Monreal Ávila, RicardoFavor

14 Romero Lozano, María FernandaFavor

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisFavor

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 16

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeAbstención

5 Cantú Garza, RicardoFavor

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelAbstención

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoFavor

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliFavor

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 2

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 14

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaAusente

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 28 de la Ley de Migración (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoAusente

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Aldrete Lamas, Ángel AlainFavor

10 Allende Cano, Ana IsabelFavor

11 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

12 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor

13 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaAusente

14 Arellano Guzmán, SalvadorAusente

15 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

16 Añorve Baños, ManuelFavor

17 Athie Flores, KamelFavor

18 Ayala Robles Linares, FlorFavor

19 Badillo Ramírez, DaríoFavor

20 Barajas del Toro, SalvadorFavor

21 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

22 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

23 Barrera Barrera, PetraFavor

24 Barrera Estrada, RodimiroFavor

25 Barrera Fortoul, LauraFavor

26 Barrueta Barón, NoéFavor

27 Bautista Villegas, OscarFavor

28 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

29 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

30 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente

31 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor

32 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

33 Caballero Garza, BenitoFavor

34 Cabañas Aparicio, María EliaFavor

35 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

36 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

37 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

38 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

39 Cantú Segovia, EloyFavor

40 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

41 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

42 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

43 Carreño Mijares, AngelinaFavor

44 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

45 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

46 Castillo Valdez, BenjamínFavor

47 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

48 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

49 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

50 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

51 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

52 Cruz Morales, MaricruzFavor

53 Curi Naime, AlbertoFavor

54 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

55 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

56 Del Angel Acosta, JorgeFavor

57 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

58 Del Moral Vela, Paulina AlejandraAusente

59 Delgadillo González, ClaudiaFavor

60 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

61 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor

62 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

63 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

64 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

65 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

66 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

67 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

68 Félix Chávez, FaustinoFavor

69 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

70 Flores Gómez, José Luis CruzAusente

71 Flores Méndez, José LuisFavor

72 Flores Sandoval, PatricioFavor

73 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

74 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

75 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

76 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

77 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

78 Garay Cabada, MarinaFavor

79 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

80 García Fernández, Maria de las NievesFavor

81 García García, HéctorFavor

82 García Hernández, JosefinaFavor

83 García Olmedo, María del RocíoFavor

84 Garza Moreno, María EstherFavor

85 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

86 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

87 Gómez Gómez, LuisFavor

88 Gómez Gómez, PedroFavor

89 Gómez Michel, GabrielFavor

90 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

91 González Cruz, CristinaFavor

92 González Domínguez, IselaFavor

93 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

94 González Gómez, CeciliaFavor

95 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

96 González Reséndiz, RafaelFavor

97 González Valdez, Marco AntonioAusente

98 González Vargas, FranciscoFavor

99 Grajales Palacios, FranciscoFavor

100 Gualito Castañeda, RosalbaAusente

101 Guerra Garza, AbelFavor

102 Guevara González, Javier FilibertoFavor

103 Gurrión Matías, SamuelFavor

104 Gutiérrez Álvarez, HarveyAusente

105 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

106 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

107 Hernández Burgos, GaudencioFavor

108 Hernández González, NoéFavor

109 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

110 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

111 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

112 Herrera Delgado, JorgeAusente

113 Huerta Rea, María de JesúsFavor

114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

116 King de la Rosa, RaymundoAusente

117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

119 López Landero, TomásAusente

120 López Segura, María CarmenFavor

121 López Zavala, JavierAusente

122 Macías Sandoval, RaúlFavor

123 Madrid Tovilla, AreliFavor

124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

126 Manzur Quiroga, José SergioFavor

127 Márquez Martínez, José LuisFavor

128 Márquez Velasco, SilviaFavor

129 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

130 Mavil Soto, Ángel AbelFavor

131 Medina Fierro, RicardoFavor

132 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

133 Mendoza Garza, JorgeFavor

134 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

135 Miranda Munive, EmilseFavor

136 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

137 Montes Alvarado, AbrahamFavor

138 Morales Flores, JesúsFavor

139 Moreno Árcega, José IsidroFavor

140 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente

141 Moreno Montoya, José PilarFavor

142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaAusente

143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

144 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

145 Nava Gómez, José EverardoFavor

146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

148 Niaves López, Ossiel OmarFavor

149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

151 Ochoa González, ArnoldoFavor

152 Olvera Correa, LuisFavor

153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

155 Ortiz García, SalvadorFavor

156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

157 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

158 Padilla Navarro, CesarioFavor

159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

160 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

161 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

162 Pérez de Alba, José NoelFavor

163 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor

164 Ponce Orozco, NormaFavor

165 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

166 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor

167 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

168 Rangel Espinosa, JoséAusente

169 Rangel Segovia, AlejandroAusente

170 Rellstab Carreto, TanyaAusente

171 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

172 Robles Aguirre, Mayra KarinaAusente

173 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

174 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

175 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

176 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor

177 Romero Valencia, SalvadorFavor

178 Rubio Lara, Blas RamónFavor

179 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

180 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

181 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

182 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

183 Sahui Rivero, MauricioFavor

184 Salgado Delgado, FernandoFavor

185 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

186 Sámano Peralta, MiguelAusente

187 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor

188 Sánchez Romero, CarlosFavor

189 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

190 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

191 Sosa Altamira, William RenánFavor

192 Terán Guevara, María RebecaFavor

193 Terán Juárez, JorgeFavor

194 Treviño Cantú, JavierFavor

195 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

196 Ugalde Alegría, Aurora DenisseAusente

197 Valanci Buzali, SimónAusente

198 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

199 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

200 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

201 Vázquez Saut, ReginaFavor

202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

205 Velázquez López, MirnaFavor

206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

212 Zamora Morales, FernandoFavor

213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 190

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 23

Total: 213

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Acosta Croda, RafaelFavor

2 Adame Alemán, Juan PabloFavor

3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

4 Aguilar Vega, MarcosFavor

5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsAusente

6 Alonso Morelli, HumbertoFavor

7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

8 Anaya Llamas, José GuillermoAusente

9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

11 Argüelles Loya, ConsueloFavor

12 Azuara Zúñiga, XavierFavor

13 Borboa Becerra, Omar AntonioAusente

14 Botello Montes, José AlfredoFavor

15 Bueno Torio, JuanAusente

16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

17 Camarillo Ortega, RubénAusente

18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

19 Carreño Muro, GenaroFavor

20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

22 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

24 Cortés Berumen, IsaíasFavor

25 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente

26 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

27 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

28 De la Rosa Escalante, ArturoAusente

29 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

30 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorFavor

31 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

32 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

33 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

34 García González, Carlos AlbertoFavor

35 García Ramírez, José GuadalupeFavor

36 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

37 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

38 Gómez Ramírez, RaúlFavor

39 González Carrillo, AdrianaFavor

40 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

41 González Morfín, JoséFavor

42 González Serna, José ÁngelFavor

43 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor

44 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

45 Jiménez Castillo, BlancaFavor

46 Jiménez Cerrillo, RaquelAusente

47 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

48 Labastida Sotelo, KarinaAusente

49 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

50 Licea González, MargaritaFavor

51 Llanas Alba, José AlejandroFavor

52 López Birlain, Ana PaolaFavor

53 López Cisneros, José MartínFavor

54 López Landero, LeticiaFavor

55 López López, RaudelAusente

56 López Noriega, AlejandraFavor

57 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor

58 Lugo Barriga, PatriciaFavor

59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor

60 Mondragón González, María GuadalupeFavor

61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

62 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

63 Neblina Vega, HebertoFavor

64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoAusente

65 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

66 Orta Coronado, MarcelinaFavor

67 Ortiz Mantilla, María IsabelAusente

68 Othón Zayas, MáximoFavor

69 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente

70 Pacheco Díaz, GermánFavor

71 Pantoja Hernández, LeslieFavor

72 Paz Alonzo, RaúlFavor

73 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

74 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

75 Peña Avilés, GerardoAusente

76 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

77 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

78 Quintana Salinas, EstherFavor

79 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

80 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor

81 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

82 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

83 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor

84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

85 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

87 Rodríguez Doval, FernandoFavor

88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

89 Romero Sevilla, LeonorFavor

90 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

91 Sada Pérez, VerónicaFavor

92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

93 Salinas Garza, José ArturoAusente

94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioAusente

96 Sánchez Ruiz, MarioAusente

97 Serralde Martínez, VíctorAusente

98 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor

99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

101 Trejo Reyes, José IsabelAusente

102 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

103 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

105 Vargas Martín del Campo, ElizabethAusente

106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente

107 Villarreal García, Luis AlbertoAusente

108 Villarreal García, RicardoFavor

109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaAusente

110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

111 Zamora García, AlfredoAusente

112 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

113 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 90

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 24

Total: 114

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesAusente

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor

36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor

37 Flores Aguayo, UrielAusente

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínAusente

47 González Magallanes, Alfa ElianaAusente

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoAusente

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 León Montero, Saraí LarisaFavor

54 López González, RobertoFavor

55 López Rosado, RobertoFavor

56 López Suárez, RobertoFavor

57 Luna Porquillo, RoxanaFavor

58 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

59 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

60 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

61 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

62 Mejía Guardado, JulisaFavor

63 Méndez Martínez, Mario RafaelAusente

64 Merlín García, María del RosarioAusente

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoAusente

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsAusente

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelFavor

73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroFavor

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenFavor

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAusente

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Saldaña Fraire, GracielaFavor

90 Salgado Parra, JorgeAusente

91 Salinas Narváez, JavierFavor

92 Salinas Pérez, JosefinaFavor

93 Sánchez Camacho, AlejandroAusente

94 Sánchez Torres, GuillermoFavor

95 Sansores Sastré, AntonioAusente

96 Serrano Toledo, RosendoFavor

97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

98 Tovar Aragón, CrystalAbstención

99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

100 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

101 Zárate Salgado, FernandoFavor

Favor: 81

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 19

Total: 101

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoAusente

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 Guillén Guillén, Mario FranciscoFavor

13 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

15 Medrano Galindo, GabrielaFavor

16 Narcia Álvarez, HéctorFavor

17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

18 Ochoa López, NaborFavor

19 Orozco Gómez, JavierFavor

20 Padilla Ramos, Carla AliciaAusente

21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

22 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 26

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor

6 Gómez Pozos, MerilynAusente

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioAusente

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelAusente

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaFavor

13 Monreal Ávila, RicardoFavor

14 Romero Lozano, María FernandaFavor

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisFavor

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 17

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeFavor

5 Cantú Garza, RicardoFavor

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliFavor

Favor: 13

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 14

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaAusente

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 10