SUMARIO
Desde su curul, el diputado Ricardo Mejía Berdeja para hacer una aclaración al orden del día
Desde su curul, el diputado Manuel Añorve Baños para formular comentarios sobre los acuerdos de la Junta de Coordinación Política
Desde su curul, el diputado Fernando Belaunzarán Méndez para referirse a la comunicación de la Mesa Directiva sobre el retiro de iniciativas y proposiciones
Se aprueba
Se aprueba
De la Mesa Directiva, por el que informa del retiro de iniciativas y proposiciones. Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.
De la Mesa Directiva, por el que informa la modificación de turnos a iniciativas y minutas. Se modifican los turnos. Actualícense los registros parlamentarios
De la Mesa Directiva por el que el diputado Xavier Azuara Zúñiga solicita sea retirada su adhesión a iniciativa presentada el 25 de junio de 2014. De enterado. Actualícense los registros parlamentarios
De la Junta de Coordinación Política, por el que informa de los cambios de integrantes y de las Juntas Directivas de diversas comisiones ordinarias, especiales, comités, grupos de amistad y organismos internacionales. Aprobado. Comuníquese
De la Junta de Coordinación Política, por el que informa la creación e integración de la Comisión Especial que dé seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes del río Sonora. Aprobado. Comuníquese
Del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que informa de la incorporación de la diputada Judith Magdalena Guerrero López. De enterado. Comuníquese.
Por el que comunica la elección de su Mesa Directiva para el tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura. Enterado
Por el que comunica la instalación para su primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura. Enterado
Del diputado Omar Antonio Borboa Becerra. Comuníquese y llámese al suplente
De la diputada Ana Isabel Allende Cano. Comuníquese y llámese al suplente
El ciudadano Carlos Bernardo Guzmán Cervantes, rinde su protesta de ley
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo VIII al Título VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Martín Orozco Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Turno a la Comisión de Hacienda y Crédito Público
De la Conferencia para la Programación de los Trabajos Legislativos, por el que propone el calendario de sesiones ordinarias para el primer periodo ordinario de sesiones correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional de la LXII Legislatura. Aprobado
De la Junta de Coordinación Política, relativo al Análisis del II Informe de Gobierno del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aprobado
De la Junta de Coordinación Política, relativo a la comparecencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público para el Análisis del II Informe de Gobierno en materia económica y a fin de que dé cuenta de las iniciativas que comprenden el paquete económico del ejercicio fiscal de 2015
Para hablar sobre el acuerdo de la Junta, interviene:
El diputado Ricardo Mejía Berdeja, de MC
Aprobado el acuerdo
De la Junta de Coordinación Política, por el que se designa al Presidente del Comité de Administración para el tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura. Aprobado
De la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Especial para dar seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora
Para hablar sobre el acuerdo, participan:
El diputado Ricardo Mejía Berdeja, de MC en pro
La diputada Lilia Aguilar Gil, del PT en pro
Para fijar la posición de los grupos parlamentarios, intervienen:
El diputado Ricardo Monreal Ávila, de MC
La diputada Lourdes Adriana López Moreno, del PVEM
La diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del PRD
El diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado, del PAN
La diputada Cristina Olvera Barrios, de NA
El diputado Manuel Añorve Baños, del PRI
Aprobado el acuerdo
De la Junta de Coordinación Política, en relación a cambios de integrantes de las comisiones de Igualdad y Género, Especial que da seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora, y del Parlamento Latinoamericano. Enterado
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de la Policía Federal
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 8o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Igualdad de Género, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XII al artículo 3o. y un artículo 3o. Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto que reforma los artículos 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 71 y adiciona un octavo párrafo al artículo 108 de la Ley Agraria
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 3o. y 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Turismo, con proyecto de decreto que reforma los artículos 48, párrafo primero; 54 y el Artículo Cuarto Transitorio de la Ley General de Turismo
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 25 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XV al artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
El Presidente, con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
A discusión el dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Para fundamentar el dictamen a nombre de la comisión, interviene:
La diputada Areli Madrid Tovilla, del PRI
Para fijar la posición de sus Grupos Parlamentarios, participan:
El diputado Luis Antonio González Roldan, de NA
La diputada Zuleyma Huidobro González, de MC
La diputada Gloria Bautista Cuevas, del PRD
El diputado Enrique Alejandro Flores Flores, del PAN
La diputada María del Rocío García Olmedo, del PRI
Para la discusión en lo general y en lo particular, hacen uso de la palabra:
El diputado Ricardo Monreal Ávila, de MC en pro
El diputado Ricardo Mejía Berdeja, de MC en pro
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Túrnese al Senado de la República para sus efectos constitucionales
Desde su curul, el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, de MC, hace una denuncia sobre la inseguridad en el estado de Guerrero y solicita el apoyo de la Gendarmería
La diputada María Teresa Jiménez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presenta una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal y a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a fin de convocar a una cumbre con sus homólogos de los Estados Unidos de América, Guatemala, Belice, Costa Rica, Honduras, Nicaragua y El Salvador, para que de manera compartida, corresponsable y coordinada, elaboren una declaración conjunta que garantice la salvaguarda de los derechos humanos y la dignidad de las niñas y los niños migrantes no acompañados. Se considera de urgente u obvia resolución
Para hablar sobre el punto de acuerdo, intervienen:
El diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, de NA
La diputada Loretta Ortiz Ahlf, del PT
La diputada Lorena Méndez Denis, de MC
El diputado Ernesto Núñez Aguilar, del PVEM
La diputada Amalia Dolores García Medina, del PRD
El diputado Raúl Gómez Ramírez, del PAN
La diputada Leticia Calderón Ramírez, del PRI
Aprobado el acuerdo. Comuníquese
El diputado Enrique Aubry de Castro Palomino del Partido Verde Ecologista de México, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a fin de realizar las acciones necesarias para instrumentar un programa para la emisión de vales de medicinas o bien un mecanismo que asegure el suministro oportuno y completo de las recetas prescritas por el IMSS y el ISSSTE a sus derechohabientes. Se considera de urgente u obvia resolución
Para hablar sobre la proposición, intervienen:
El diputado Rubén Benjamín Félix Hays, de NA
La diputada María del Carmen Martínez Santillán, del PT
El diputado José Luis Valle Magaña, de MC
La diputada Jessica Salazar Trejo, del PRD
El diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del PAN
El diputado Leobardo Alcalá Padilla, del PRI
Aprobado el punto de acuerdo. Comuníquese
Se recibió iniciativa de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados. Turno a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para su dictamen
Se levanta la sesión y se cita a la que tendrá lugar el jueves 4 de septiembre de 2014 a las 11:00 horas
De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:
De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (en lo general y en lo particular)
ASISTENCIA
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire:Con gusto, señor presidente. Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 270 diputados y diputadas. Por lo tanto, hay quórum.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo (a las 11:13 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura.
Orden del día
Martes 2 de septiembre de 2014.
Lectura del acta de la sesión preparatoria.
Lectura del acta de la sesión extraordinaria.
Comunicaciones oficiales
De la Mesa Directiva.
De la Junta de Coordinación Política.
De la Coordinación del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
De la Cámara de Senadores
Por el que comunica la elección de su Mesa Directiva para el tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura.
Por el que comunica la instalación para su primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura.
Solicitudes de licencia
De los diputados Omar Antonio Borboa Becerra y Ana Isabel Allende Cano.
Toma de protesta de diputado
Iniciativa de ley o decreto de senador
Con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo VIII al Título VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senenador Martín Orozco Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno
De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos
Por el que se establece el Calendario Legislativo correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura.
De la Junta de Coordinación Política
Relativo al análisis del II Informe de Gobierno del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Relativo a la comparecencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público para el Análisis del II Informe de Gobierno en materia económica y a fin de que dé cuenta de las iniciativas que comprenden el paquete económico del ejercicio fiscal de 2015.
Por el que se designa al Presidente del Comité de Administración para el Tercer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura.
Por el que se exhorta a la Comisión Especial para dar Seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora.
Declaratoria de publicidad de los dictámenes
De la Comisión de Seguridad Pública, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de la Policía Federal.
De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 8o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
De las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Igualdad de Género, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XII al artículo 3o. y un artículo 3o. Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
De las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social.
De la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto que reforma los artículos 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 71 y adiciona un octavo párrafo al artículo 108 de la Ley Agraria.
De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 3o. y 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
De la Comisión de Turismo, con proyecto de decreto que reforma los artículos 48, 54 y Cuarto Transitorio de la Ley General de Turismo.
De la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 25 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
De la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XV al artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
De la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
De la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
Dictámenes a discusión de leyes y decretos
De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
De la Comisión de Seguridad Pública, con proyecto de decreto que reforma los artículos 27, 29; la denominación del capítulo V del título segundo y deroga la fracción V del artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 166 de la Ley Agraria.
De las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el numeral 1 del artículo 228 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
De las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 36 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que adiciona la fecha 26 de enero, Aniversario del Natalicio de Justo Sierra Méndez, en 1848, al inciso A) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que adiciona un inciso m) al artículo 70 de la Ley General de Educación.
De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.
De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma el artículo 8 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
De la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que adiciona los incisos I) y m) a la fracción VI del artículo 7 de la Ley General de Cambio Climático.
De las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria; de la Ley de Asociaciones Público Privadas; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles; de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social; de la Ley de Vivienda; de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres; de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; de la Ley Federal de Derechos; de la Ley General de Asentamientos Humanos; de la Ley General de Bienes Nacionales; de la Ley General de Cambio Climático; de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; de la Ley General de Desarrollo Social; de la Ley General de Población, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
De la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 32 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
De la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 3o. de la Ley General de Cambio Climático.
De las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones, así como la denominación de la Ley Sobre Refugiados y Protección Complementaria; y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración.
De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIX al artículo 37 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a fin de convocar a una cumbre con sus homólogos de los Estados Unidos de América, Guatemala, Belice, Costa Rica, Honduras, Nicaragua y El Salvador, para que de manera compartida, corresponsable y coordinada, elaboren una declaración conjunta que garantice la salvaguarda de los derechos humanos y la dignidad de las niñas y los niños migrantes no acompañados, a cargo de la diputada María Teresa Jiménez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a distintas dependencias del Gobierno Federal, para que trabajen de manera transversal en la constitución y elaboración de una Norma Oficial Mexicana, para regular el uso de la fractura hidráulica, mejor conocida como fracking, para la obtención de hidrocarburos no convencionales, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de realizar las acciones necesarias para instrumentar un programa para la emisión de vales de medicinas o bien un mecanismo que asegure el suministro oportuno y completo de las recetas prescritas por el IMSS y el ISSSTE a sus derechohabientes, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Iniciativas
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»
El diputado Ricardo Mejía Berdeja(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: ¿Con qué objeto, diputado Ricardo Mejía? Sonido en la curul del diputado.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Presidente, para llamar la atención que en el orden del día, como es común, se deben inscribir las iniciativas y puntos de acuerdo de los diferentes grupos parlamentarios y legisladoras y legisladores, no obstante que no sean de urgente resolución, o incluso las iniciativas.
Ayer se inscribieron de manera oportuna en la Junta de Coordinación Política diferentes iniciativas y puntos de acuerdo que no aparecen en la Gaceta Parlamentaria, en el orden del día, entonces pedimos que se pueda hacer la corrección y se puedan incluir, ya que fueron oportunamente registradas.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Sí, diputado. Le informo que la Junta de Coordinación Política, en la sesión de ayer, acordó las iniciativas desahogarlas hasta el próximo jueves, de tal manera que hoy solamente se atenderían los demás asuntos. Iniciativas el próximo jueves. Sin embargo, voy a pedir a Servicios Parlamentarios que revise su solicitud de que las iniciativas que usted inscribió aparezcan publicadas.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Sonido en la curul, por favor.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Sí, presidente. Agradeciendo su buena disposición sí hacer la observación que en el capítulo de iniciativas sí aparece inscrita una que celebramos de la compañera Aleida, que valoramos, pero queremos que sea el mismo tratamiento y no solamente de las iniciativas, sino de los puntos de acuerdo que registramos oportunamente al margen de que se les vaya a dar lectura en la próxima sesión como efectivamente sí hubo un acuerdo de la Junta de Coordinación.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Y siendo un derecho principal de las legisladoras y de los legisladores el registrar iniciativas tomo su preocupación y le pido a Servicios Parlamentarios que se hagan los trámites correspondientes para que se inscriban y se publiquen las iniciativas como lo ha pedido el diputado Mejía.
El diputado Manuel Añorve Baños(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Señor diputado Añorve, ¿Con qué objeto? Sonido ahí, por favor.
El diputado Manuel Añorve Baños (desde la curul): Sí, gracias. Señor presidente, solamente para subrayar un acuerdo que tuvimos ayer en Junta de Coordinación Política, como lo hemos hecho en otras sesiones, para determinar el tiempo de los dictámenes y abrir un espacio para los puntos de acuerdo. Esto se trató ayer en Jucopo y solamente quiero corresponder la atención a quienes presentaron puntos de acuerdo. Gracias por su atención, señor presidente.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Muchas gracias, diputado Añorve. Diputado Belaunzarán, ¿Con qué objeto? Sonido, por favor.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez(desde la curul): Presidente, para tres cosas. La primera es que por causas de fuerza mayor no pude estar en la instalación. Simplemente para que quede en el Diario de los Debates mi reconocimiento al papel que hizo el diputado José González Morfín, muy institucional, muy cercano y la verdad es que en el tema por ejemplo del Foro Internacional de Política de Drogas, siempre conté con su colaboración, y hacerle el reconocimiento.Por supuesto desearle a usted, compañero de partido además, éxito en su labor al frente del Poder Legislativo, de la Cámara de Diputados. Sé que lo hará muy bien y simplemente un reconocimiento.
Segundo. Hoy en Gaceta Parlamentaria aparece que yo retiré mi iniciativa sobre regulación completa de la marihuana, cosa que no es cierta y simplemente pediría que se haga la aclaración. Haré la aclaración pertinente y buscaré los conductos, pero que quede también asentado que no hice tal trámite para que en esta ocasión se bajara.
Es cierto que en anteriores ocasiones lo había hecho para que no fuera desechada y la volvía presentar, pero en el caso que aparece hoy en la Gaceta no hice tal retiro y es correcto que se mantenga, porque sigo pensando que es indispensable hacer la regulación de la marihuana.
El tercer punto, simplemente hacer un reconocimiento al Congreso de Coahuila, porque es la segunda entidad después del Distrito Federal que legisla matrimonio igualitario, es decir que le hace caso a la Constitución y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, y ya tenemos dos entidades en México que en correspondencia con el artículo 1 constitucional de evitar cualquier discriminación, modifican sus Códigos Civiles y permiten el matrimonio igualitario. Mi reconocimiento a la soberanía del Congreso de Coahuila por este paso importante.
Espero que las otras 30 entidades no esperen mucho para cumplir con la Constitución y también homologuen y hagan sus Códigos Civiles de tal manera que las parejas del mismo sexo no tengan que recurrir a la Corte vía amparos para poder ejercer su derecho a contraer matrimonio cuando así lo deseen. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Gracias, diputado Fernando Belaunzarán. Voy a instruir a la Secretaría de Servicios Parlamentarios para que vea el caso, tanto del diputado Mejía como del diputado Fernando Belaunzarán. Continúe la Secretaría.
ACTA DE LA SESION PREPARATORIA
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión preparatoria. Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire:Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica, si se le dispensa la lectura al acta de la sesión preparatoria, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión preparatoria celebrada el jueves veintiocho de agosto de dos mil catorce, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.
Presidencia del diputado
José González Morfín
En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, con la asistencia trescientos seis diputadas y diputados, a las doce horas con treinta y dos minutos del jueves veintiocho de agosto de dos mil catorce, el Presidente declara abierta la sesión.
La Secretaría da lectura al Orden del Día.
El Presidente recordó a la diputada Irma Elizondo Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional, electa como diputada federal por el primer distrito electoral en el estado de Coahuila, recientemente fallecida, e invita a la Asamblea a guardar un minuto de silencio en su memoria.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales de la Comisión Permanente, por las que se comunica:
La reincorporación del diputado Fernando Charleston Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, a sus actividades legislativas a partir del cuatro de agosto del año en curso.
La reincorporación de las diputadas Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, y Leonor Romero Sevilla, del Partido Acción Nacional, a sus actividades legislativas, a partir del once y doce de agosto del año en curso, respectivamente.
Que se concedió licencia a la diputada Judit Magdalena Guerrero López, del Partido Verde Ecologista de México, a partir del diecinueve de agosto del año en curso, y la reincorporación a sus actividades legislativas a partir del veintidós de agosto del año en curso.
Comunicación del diputado Silvano Aureoles Conejo, del Partido de la Revolución Democrática, respecto a la designación del diputado Agustín Miguel Alonso Raya, como Coordinador de su Grupo Parlamentario. De enterado.
El Presidente informa a la Asamblea que se encuentra a las puertas del recinto la ciudadana María de Lourdes Flores Treviño. El Presidente designa una comisión para acompañarla en su acto de rendir protesta de Ley, y entra en funciones.
El Presidente dirige unas palabras a la Asamblea. Desde sus respectivas curules realizan comentarios en relación con la Mesa Directiva del Segundo Año de Ejercicio, las diputadas y los diputados: José Isabel Trejo Reyes, del Partido Acción Nacional, Manlio Fabio Beltrones Rivera, del Partido Revolucionario Institucional; Arturo Escobar y Vega, del Partido Verde Ecologista de México; Silvano Aureoles Conejo, del Partido de la Revolución Democrática; María Sanjuana Cerda Franco, de Nueva Alianza; Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano; y Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo.
A las doce horas con cincuenta minutos, a solicitud de la Presidencia, la Secretaría instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia con un registro de trescientos sesenta y tres diputadas y diputados.
Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura al Acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo a la conformación de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para el Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura. Se instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico para proceder a la votación del acuerdo de la Junta de Coordinación Política referido. Por mayoría calificada de trescientos cuarenta y nueve votos a favor, once en contra; y seis abstenciones, resultan electos los diputados: Silvano Aureoles Conejo, del Partido de la Revolución Democrática, como Presidente; Tomás Torres Mercado, del Partido Verde Ecologista de México; Francisco Agustín Arroyo Vieyra, del Partido Revolucionario Institucional; María Beatriz Zavala Peniche, del Partido Acción Nacional; y Aleida Alavez Ruiz, del Partido de la Revolución Democrática, como Vicepresidentes; Laura Barrera Fortoul, del Partido Revolucionario Institucional; Xavier Azuara Zúñiga, del Partido Acción Nacional; Graciela Saldaña Fraire, del Partido de la Revolución Democrática, del Partido de la Revolución Democrática; Javier Orozco Gómez, del Partido Verde Ecologista de México; Merilyn Gómez Pozos, de Movimiento Ciudadano; Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Partido del Trabajo, y Fernando Bribiesca Sahagún, de Nueva Alianza, como Secretarios.
El Presidente invita a los diputados electos ocupar su lugar en el Presídium.
Puestos todos de pie, rinde protesta de ley el diputado Silvano Aureoles Conejo, como Presidente de la Cámara de Diputados para el Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.
Presidencia del DiputadoSilvano Aureoles Conejo
El Presidente toma protesta a los diputados electos como vicepresidentes y secretarios de la Mesa Directiva, y entran en funciones.
Puestos todos de pie, el Presidente declara:
La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, se declara legalmente instalada para funcionar durante el Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.
La Asamblea entona el Himno Nacional Mexicano.
El Presidente indica que se informará por escrito de la instalación de la Cámara de Diputados del Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura, y la elección de su Mesa Directiva, al Presidente de la República, a la Cámara de Senadores, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
La Presidencia dirige un mensaje a la Asamblea.
El Presidente levanta la sesión preparatoria a las trece horas con doce minutos y cita sesión de Congreso General para el lunes primero de septiembre, a las diecisiete horas.»
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Aprobada.
ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión extraordinaria del día 28 de julio, publicada en su oportunidad. Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.(*)
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura al acta de la sesión extraordinaria, tomando en cuenta que ha sido publicada oportunamente en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Se dispensa la lectura. Proceda la Secretaría poner a discusión el acta de la sesión extraordinaria.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Aprobada.
COMUNICACIONES OFICIALES
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo Federal. Cámara de Diputados. Mesa Directiva.
Honorable Asamblea:
La Presidencia de la Mesa Directiva comunica que durante el segundo receso del segundo año de ejercicio, se recibieron solicitudes de ciudadanos diputados para retirar sus iniciativas y proposiciones, de conformidad con los artículos 77 y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, mismas que fueron concedidas y publicadas en la Gaceta Parlamentaria:
1. De la diputada Cristina Olvera Barrios, del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, por el que solicita que su iniciativa por la que se reforma la fracción VIII del artículo 79 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y adiciona una fracción VI del artículo 420 del Código Penal Federal, en materia de protección a las especies animales, presentada el 18 de febrero de 2014, sea retirada de las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Justicia.
2. De la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita que su proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos y a los congresos locales a armonizar su legislación civil en materia de adopción plena, presentada el 24 de abril de 2014, sea retirada de la Comisión de Derechos de la Niñez.
3. Del diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa por la que se reforma el artículo 387 del Código Penal Federal, presentada el 4 de febrero de 2014, sea retirada de la Comisión de Justicia.
4. Del diputado Fernando Belaunzarán Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa que expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la atención a las adicciones y la rehabilitación; se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada el 18 de septiembre de 2013, sea retirada de las Comisiones de Salud, de Justicia y de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública.
5. Del diputado Trinidad Morales Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa que reforma los artículos 82 y 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada el 4 de febrero de 2014, sea retirada de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
6. Del diputado Pedro Pablo Treviño Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita que su iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, presentada el 30 de abril de 2014, sea retirada de las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y de Atención a Grupos Vulnerables.
7. Del diputado Ossiel Omar Niaves López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 26 y 27 de la Ley Reglamentaria del artículo 50 constitucional, relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, presentada el 26 de noviembre de 2013, sea retirada de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
8. De la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que solicita que su iniciativa que expide la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de Personas, presentada el 25 de febrero de 2014, sea retirada de las Comisiones de Seguridad Pública, y de Presupuesto y Cuenta Pública.
9. Del diputado Enrique Alejandro Flores Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que solicita que su iniciativa que reforma el artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 2 de octubre de 2013, sea retirada de las Comisiones de Puntos Constitucionales, y de Igualdad de Género.
10. De la diputada Gabriela Medrano Galindo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, por el que solicita que su iniciativa que reforma el artículo 5o. de la Ley General de Turismo, presentada el 30 de abril de 2014, sea retirada de la Comisión de Turismo.
11. Del diputado Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XVIII al artículo 75 de la Ley General de Educación y un segundo párrafo al artículo 11 de la Ley General de Infraestructura Física Educativa, presentada el 11 de junio de 2014, sea retirada de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
12. De las diputadas Margarita Elena Tapia Fonllem y Teresa de Jesús Mojica Morga, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicitan que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, presentada el 20 de marzo de 2014, sea retirada de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
13. Del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Desarrollo Sustentable, presentada el 30 de abril de 2014, sea retirada de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Desarrollo Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
14. Del diputado Fernando Alejandro Larrazábal Bretón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, presentada el 30 de abril de 2014, sea retirada de la Comisión de Juventud.
15. Del diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 7o. de la Ley General de Educación y 5o. de la Ley Agraria, presentada el 4 de febrero de 2014, sea retirada de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Reforma Agraria.
16. De la diputada Graciela Saldaña Fraire, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 22 de enero de 2014, sea retira de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
17. De la diputada Lizbeth Loy Gamboa Song, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, presentada el 30 de abril de 2014, sea retirada de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.
18. De la diputada Alliet Mariana Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley General de Sociedades Cooperativas, presentada el 4 de febrero de 2014, sea retirada de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.
19. De la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 13, 14 y 17-A de la Ley Federal de Radio y Televisión, presentada el 25 de febrero de 2014, sea retirada de la Comisión de Radio y Televisión.
20. De la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o., 3o., 4o. y 5o. de la Ley General de Educación, presentada el 25 de febrero de 2014, sea retirada de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
México, DF, a 2 de septiembre de 2014.Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en el numeral 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito de manera atenta su colaboración para realizar el retiro del procedimiento legislativo de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 79 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y adiciona una fracción VI del artículo 420 del Código Penal Federal en materia de protección a las especies animales, que fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Agradezco la atención que brinda al presente y sin otro particular, le envió un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 30 de abril de 2014. Diputada Cristina Olvera Barrios (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Por medio de la presente, le solicito gire sus instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se retire de los registros parlamentarios mi punto de acuerdo con fecha de 14 de abril de 2014 por el que se exhorta a los gobiernos y a los Congresos locales a armonizar su legislación civil en materia de adopción plena, turnada a la Comisión de la Niñez.
Son otro particular, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 30 de abril de 2014. Diputada Elvia María Pérez Escalante (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Por medio de este conducto me permito enviarle un cordial y afectuoso saludo, al tiempo que me permito solicitar a usted sea retirada la iniciativa de la Comisión o Comisiones a donde fue turnada como lo prevé el numeral 2 del artículo 77 del propio Reglamento.
Que reforma el artículo 387 del Código Penal Federal.
Sin otro particular, le envió las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 30 de mayo de 2014. Diputado Andrés Eloy Martínez Rojas (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención a las Adicciones y la Rehabilitación; y que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada por un servidos y que fue turnada para su dictamen en las Comisiones Unidas de Salud, Justicia y Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de mayo de 2014.Diputado Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados de la LXII Legislatura. Presente.
Por este conducto le solicito, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, el retiro de la iniciativa que reforma los artículos 82 y 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada el 4 de febrero de este año por el suscrito.
Sin más por el momento, le reitero mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de mayo de 2014. Diputado Trinidad Morales Vargas (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me dirijo a usted para solicitarle de la manera más atenta que dicte instrucciones a fin de que sea retirada la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Educación, y para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad, presentada por un servidor ante el pleno el 30 de abril de 2014, la que fue turnada a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Atención a Grupos Vulnerables para el dictamen correspondiente.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
Palacio Legislativo, a 29 de mayo de 2014. Diputado Pedro Pablo Treviño Villarreal (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con relación a la prevención hecha por la Presidencia el 30 de mayo de 2014 a la Comisión de Educación y Servicios Educativos a efecto de presentar el dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 26 y 27 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, presentada por un servidor, en esta ocasión, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, respetuosamente me dirijo a usted para solicitarle de la manera más atenta que sea retirada dicha iniciativa de los registros parlamentarios.
Lo anterior, para los efectos parlamentarios a que haya lugar.
Sin otro asunto por el momento, quedo a sus más distinguidas y finas consideraciones.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de junio de 2014. Diputado Ossiel Niaves López (rúbrica).»
«Senador Raúl Cervantes Andrade, Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente. Presente.
Por medio del presente le envío un cordial saludo, y le solicito de la manera más atenta y con fundamento en el numeral 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados que se retire la iniciativa de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición de Personas, presentada por la suscrita el 25 de febrero de 2014 ante el pleno de la Cámara de Diputados y turnada el mismo día a la Comisión de Seguridad Pública para dictamen, así como para opinión a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Al respecto, es de precisar que el pasado 22 de abril del año en curso, la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados solicitó prórroga para emitir dictamen de la iniciativa de mérito.
Sin otro particular, agradezco de antemano la pronta atención que se sirva dar al presente, aprovechando la ocasión para reiterarle mis consideraciones y respeto institucional.
Atentamente
México, DF, a 5 de junio de 2014. Diputada Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Sea éste el medio para enviarle un cordial saludo, al tiempo que me permito comunicar a las partes que quiero retirar la iniciativa que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de su servidor, Enrique Alejandro Flores Flores, publicada en la Gaceta Parlamentaria del jueves 5 de septiembre de 2013 y que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Sin otro particular, agradezco de antemano su atención.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de junio de 2014. Diputado Enrique Alejandro Flores Flores (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar atentamente a ese órgano de gobierno que se retire la siguiente iniciativa, presentada ante el pleno el 30 de abril 2014 y turnada a la Comisión de Turismo para dictamen:
Con proyecto de decreto que reforma el artículo 5o. de la Ley General de Turismo.
A efecto de que se realicen las acciones conducentes y se actualicen los registros parlamentarios.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de junio de 2014. Diputada Gabriela Medrano Galindo (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar atentamente a ese órgano de gobierno que se retire la siguiente iniciativa, presentada ante el pleno de la Comisión Permanente el 11 de junio 2014 y turnada a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para dictamen:
Con proyecto de decreto por el que se adicionan la fracción XVIII al artículo 75 de la Ley General de Educación y un segundo párrafo al artículo 11 de la Ley General de Infraestructura Física Educativa.
A efecto de que se realicen las acciones conducentes y se actualicen los registros parlamentarios.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de junio de 2014. Diputado Ricardo Astudillo Suárez (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Las que suscriben, diputados Margarita Elena Tapia Fonllem y Teresa Mojica Morgan, nos permitimos enviarle un cordial saludo, y de acuerdo con el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicitamos que se sirva dictar sus apreciables instrucciones a quien corresponda a efecto de que sea retirada de la Comisión de Trabajo y Previsión Social la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de protección de los derechos laborales de las trabajadoras y los trabajadores de las maquiladoras, turnada por esa Mesa con número de expediente 4092.
Lo anterior, para los efectos parlamentarios conducentes.
Sin otro particular por el momento, nos despedimos de usted.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de junio de 2014. Diputadas: Margarita Elena Tapia Fonllem y Teresa Mojica Morgan (rúbricas).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito de la manera más atenta que dicte sus apreciables instrucciones para que sea retirada y borrada de la Gaceta Parlamentaria y de todos los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Desarrollo Sustentable, presentada por el suscrito el pasado 22 de abril del presente.
Sin más por el momento, agradezco sus atenciones.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de julio de 2014. Diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados de la LXII Legislatura. Presente.
Con fundamento en el artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar atentamente el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, turnada a la Comisión de Juventud el 30 de abril de 2014.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 18 de julio de 2014. Diputado Fernando Alejandro Larrazábal Bretón (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
A través del presente conducto y con sustento en lo dispuesto por el artículo 77 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, vengo a retirar la iniciativa con proyecto de decreto en la que se propuso la adición de la fracción XVII al artículo 7o. de la Ley General de Educación y la reforma del artículo 5o. de la Ley Agraria, misma que fue presentada por el suscrito en el mes de febrero del presente año.
Le reitero mis más altas consideraciones de aprecio y respeto.
México, DF, a julio 18 de 2014. Diputado Juan Ignacio Samperio Montaño (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar a usted que se realicen los trámites correspondientes a efecto de retirar la propuesta de iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de! Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la suscrita el 22 de enero de 2014, turnada a las Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Lo anterior, en razón de buscar una mayor viabilidad legislativa y presupuestaria en su correspondiente actualización.
En espera de contar con su valioso apoyo, para el trámite correspondiente, le reitero mi más alta y distinguida consideración
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de julio de 2014. Diputada Graciela Saldaña Fraire (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva. Presente.
Conforme al artículo 77 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito amablemente solicitar a usted sea retirada la Iniciativa que por la que se reforma el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, misma que presenté ante la Mesa Directiva el día 30 de abril de 2014 y fue turnada a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.
Para mayor referencia anexo a la presente, se encuentra original de la iniciativa con firma autógrafa.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de julio de 2014. Diputada Lizbeth Gamboa Song (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en el artículo 77 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar a usted que se realicen los trámites correspondientes a efecto de retirar la propuesta de iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social, y General de Sociedades Cooperativas. Lo anterior, con la finalidad de buscar una mayor viabilidad legislativa y presupuestaria en su correspondiente actualización.
En espera de contar con su valioso apoyo para el trámite correspondiente, le reitero mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de agosto de 2014. Diputada Alliet Bautista Bravo (rúbrica)
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
De conformidad con el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados; a 8 través del presente solicito sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 3o., 4o. y 5o. de la Ley General de Educación, la cual fue presenta por una servidora, el pasado 25 de febrero del año en curso y turnada a la Comisión de Educación y Servicios Educativos de la honorable Cámara de Diputados.
Agradeciendo de antemano la atención que sirva dar al presente, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 21 de julio de 2014. Diputada Zuleyrna Huidobro González (rúbrica).»
«Diputado José González Morfin, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
De conformidad con el artículo 77 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a través del presente solicito sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 13, 14 y 17-A de la Ley Federal de Radio y Televisión, la cual fue presenta por una servidora el pasado 25 de febrero del año en curso y turnada a la Comisión de Radio y Televisión de esta Cámara de Diputados.
Agradeciendo de antemano la atención que sirva dar al presente, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Palacio Legislativo, a 20 de agosto de 2014. Diputada Zuleyma Huidobro González (rúbrica).»
Presidencia del diputado Tomás Torres Mercado
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo Federal. Cámara de Diputados. Mesa Directiva.
Honorable Asamblea
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que durante el segundo receso del segundo año de ejercicio, se realizaron modificaciones de turno de las siguientes iniciativas y minutas:
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada por el diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 13 de mayo de 2014.
Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.
Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 70 y 42 de la Ley General de Educación y 32 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, devuelta para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, el 28 de abril 2014.
Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Derechos de la Niñez, para dictamen.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, presentada por el diputado Antonio Cuéllar Steffan, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 30 de abril de 2014.
Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones III del artículo 9 de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación; III del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micra, Pequeña y Mediana Empresa, y I del artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, presentada por la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 11 de junio de 2014.
Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la diputada Esther Quintana Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 21 de mayo de 2014.
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, con opinión de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el último párrafo del artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Enrique Alejandro Flores Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 25 de junio de 2014.
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, con opinión de la Comisión de Igualdad de Género.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman los artículo 80., 54, 55, 58 Y 71 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, presentada por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 23 de julio de 2014.
Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.
México, DF, a 2 de septiembre de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica)Presidente.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De conformidad con lo dispuesto por los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se modifican los turnos. Actualícense los registros parlamentarios.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo Federal. Cámara de Diputados. Mesa Directiva.
Honorable Asamblea:
La Presidencia de la Mesa Directiva comunica que en el segundo receso del segundo año de ejercicio se recibió escrito del diputado Xavier Azuara Zúñiga por el cual solicita que sea retirada su adhesión a la iniciativa que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 25 de junio de 2014 y turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, obsequiándose el trámite correspondiente.
Actualícense los registros parlamentarios.
Atentamente
México, DF, a 2 de septiembre de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.».
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De enterado. Actualícense los registros parlamentarios.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado Javier Treviño Cantú cause baja como integrante del Parlamento Latinoamericano.
Que la diputada María del Carmen García de la Cadena cause alta como integrante en el Parlamento Latinoamericano.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 12 de mayo de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado Jorge Herrera Delgado cause baja como integrante del Parlamento Latinoamericano.
Que el diputado Gerardo Xavier Hernández Tapia cause alta como integrante en el Parlamento Latinoamericano.
Que la diputada Adriana Hernández Íñiguez cause baja como integrante del Parlamento Latinoamericano.
Que la diputada Guadalupe Velásquez Díaz cause alta como integrante en el Parlamento Latinoamericano.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 12 de mayo de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de ese órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito se dé cuenta de los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
Que el diputado Enrique Aubry de Castro Palomino cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Suiza.
Que el diputado Antonio Cuéllar Steffan cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Azerbaiyán.
Que el diputado Antonio Cuéllar Steffan cause alta en el Grupo de Amistad México-Suiza.
Sin otro particular, reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de mayo de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que la diputada Delvim Bárcenas Nieves cause baja como secretaria de la Comisión Especial para conmemorar el centenario del natalicio de Octavio Paz.
Que la diputada Areli Madrid Tovilla cause alta como secretaria en la Comisión Especial para conmemorar el centenario del natalicio de Octavio Paz.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de mayo de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que la diputada María del Carmen García de la Cadena Romero cause baja del Parlamento Latinoamericano.
Que el diputado Leopoldo Sánchez Cruz cause alta en el Parlamento Latinoamericano.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de mayo de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que el diputado Juan Jesús Aquino Calvo cause baja del Parlamento Latinoamericano.
Que el diputado Guillermo Anaya Llamas cause alta en el Parlamento Latinoamericano.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de mayo de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de este órgano de gobierno por el que se establece el procedimiento para procesar los cambios o las sustituciones en la integración de las comisiones, los comités, los grupos de amistad y las delegaciones internacionales, le solicito que se realicen los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
Que la diputada María del Rosario Pariente Gavito cause baja como integrante del Parlamento Latinoamericano.
Que el diputado Tomás Torres Mercado cause alta como integrante en el Parlamento Latinoamericano.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de mayo de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y/o sustituciones en la integración de las comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguiente movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Comisión de Gobernación
Baja: Diputado Raymundo King de la Rosa (integrante)
Alta:Diputado Javier Filiberto Guevara González (integrante)
Comisión de Transportes
Baja Diputado Javier Filiberto Guevara González (integrante)
Alta:Diputado Raymundo King de la Rosa (integrante)
Sin otro particular reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 29 de mayo de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de este órgano de gobierno por el que se establece el procedimiento para procesar los cambios o las sustituciones en la integración de las comisiones, los comités, los grupos de amistad y las delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Que la diputada Alliet Mariana Bautista Bravo cause baja como integrante de la Comisión de Igualdad de Género.
Que la diputada Joaquina Navarrete Contreras cause alta como integrante de la Comisión de Igualdad de Género.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de junio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de este órgano de gobierno por el que se establece el procedimiento para procesar los cambios o las sustituciones en la integración de las comisiones, los comités, los grupos de amistad y las delegaciones internacionales, le solicito que se realicen los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública
Baja: Diputado José Sergio Manzur Quiroga (presidente)
Baja: Diputado Pedro Pablo Treviño Villarreal (secretario)
Alta: Diputado Pedro Pablo Treviño Villarreal (presidente)
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de junio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, me permito solicitarle que se dé cuenta del siguiente movimiento solicitado por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que el diputado José Antonio Hurtado Gallegos cause baja como integrante de la Comisión Especial para dar seguimiento al ejercicio de los recursos federales que se destinen o se hayan destinado a la Línea 12 del Metro.
Que el diputado Ricardo Mejía Berdeja cause alta como integrante en la Comisión Especial para dar seguimiento al ejercicio de los recursos federales que se destinen o se hayan destinado a la Línea 12 del Metro.
Lo anterior para los efectos que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de junio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Miguel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Internacional.
Que el diputado Raymundo King de la Rosa cause baja como integrante de la Comisión de Transportes.
Que el diputado Fernando Donato de las Fuentes Hernández cause baja como integrante de la Comisión de Gobernación.
Que el diputado José Sergio Manzur Quiroga cause baja como secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Que el diputado Raymundo King de la Rosa cause alta como integrante en la Comisión de Gobernación.
Que el diputado Fernando Donato de las Fuentes Hernández cause alta como secretario en la Comisión de Gobernación.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de junio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que el diputado Leobardo Alcalá Padilla cause baja como integrante de la Comisión de Radio y Televisión.
Que el diputado Leobardo Alcalá Padilla cause alta como secretario en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de junio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y/o sustituciones en la integración de las comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguiente movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que el diputado Gerardo Liceaga Arteaga cause baja como integrante de la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Que el diputado Gerardo Liceaga Arteaga cause alta como integrante de la Comisión de Radio y Televisión.
Sin otro particular reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 23 de junio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y/o sustituciones en la integración de las comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguiente movimientos solicitados por el diputado Miguel Agustín Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que el diputado Miguel Agustín Alonso Raya cause baja como integrante de la Comisión de Comunicaciones.
Que la diputada Amalia Dolores García Medina cause alta como integrante de la Comisión de Comunicaciones.
Sin otro particular reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 23 de junio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta del siguiente movimiento solicitado por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Que la diputada Purificación Carpinteyro Calderón cause baja como secretaria de la Comisión de Comunicaciones.
Que el diputado Miguel Agustín Alonso Raya cause alta como secretario en la Comisión de Comunicaciones.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1o. de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta del siguiente movimiento solicitado por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Que la diputada Purificación Carpinteyro Calderón cause baja como secretaria de la Comisión de Radio y Televisión.
Que el diputado Fernando Belauzarán Méndez cause alta como secretario en la Comisión de Radio y Televisión.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1o. de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta del siguiente movimiento solicitado por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Que el diputado Fernando Belaunzarán Méndez cause baja como integrante de la Comisión de Radio y Televisión.
Que la diputada Alfa Eliana González Magallanes cause alta como integrante en la Comisión de Radio y Televisión.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1o. de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Que el diputado Agustín Barrios Gómez cause baja como integrante de la Comisión de Desarrollo Metropolitano.
Que el diputado Agustín Barrios Gómez cause alta como integrante en la Comisión de Radio y Televisión.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1o. de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y, en su caso, sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Que la diputada Alfa Eliana González Magallanes cause alta como integrante en la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Que la diputada Amalia Dolores García Medina cause alta como integrante en la Comisión de Relaciones Exteriores.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que la diputada Silvia Márquez Velasco cause baja como integrante de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.
Que la diputada Silvia Márquez Velasco cause alta como integrante en la Comisión de Radio y Televisión.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 2 de julio de 2014.Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado José Sergio Manzur Quiroga cause baja como secretario de la Comisión Especial de la conmemoración del bicentenario del Congreso de Anáhuac y de los Sentimientos de la Nación.
Que la diputada Isela González Domínguez cause alta como secretaria en la Comisión Especial de la conmemoración del bicentenario del Congreso de Anáhuac y de los Sentimientos de la Nación.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 10 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que la diputada Leticia Mejía García cause alta como integrante en la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Que la diputada Leticia Mejía García cause alta como integrante en la Comisión de Igualdad de Género.
Que la diputada Leticia Mejía García cause alta como integrante en la Comisión de Protección Civil.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 10 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que la diputada Leticia Mejía García cause alta como vicepresidenta en el Grupo de Amistad México-Nigeria.
Que la diputada Leticia Mejía García cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Libia.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 10 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Que el diputado Fernando Belaunzarán Méndez cause baja como secretario de la Comisión de Radio y Televisión.
Que la diputada Purificación Carpinteyro Calderón cause alta como secretaria en la Comisión de Radio y Televisión.
Que el diputado Fernando Belaunzarán Méndez cause alta como integrante en la Comisión de Radio y Televisión.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Que la diputada Alfa Eliana González Magallanes cause baja como integrante de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Que la diputada Amalia Dolores García Medina cause baja como integrante de la Comisión de Relaciones Exteriores.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1o. de julio de 2014.Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y, en su caso, sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Que la diputada Alfa Eliana González Magallanes cause baja como integrante de la Comisión de Radio y Televisión.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de éste órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios o sustituciones en la integración de las comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito de cuenta de los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que el diputado Miguel Alonso Raya cause baja como secretario de la Comisión de Comunicaciones.
Que la diputada Purificación Carpinteyro Calderón cause alta como secretaria en la Comisión de Comunicaciones.
Que el diputado Miguel Alonso Raya cause alta como integrante de la Comisión de Comunicaciones.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de éste órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios o sustituciones en la integración de las comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito de cuenta del siguiente movimiento, solicitado por el diputado Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que la diputada Amalia Dolores García Medina cause baja como integrante de la Comisión de Comunicaciones.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
Que el diputado Antonio Cuéllar Steffan cause baja como integrante en la Comisión de Energía.
Que la diputada Laura Ximena Martel Cantú cause alta como integrante de la Comisión de Energía.
Que la diputada Laura Ximena Martel Cantú cause baja como integrante en la Comisión del Distrito Federal.
Que el diputado Antonio Cuéllar Steffan cause alta como integrante de la Comisión del Distrito Federal.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 22 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado Ángel Alain Aldrete Lamas cause baja como integrante de la Comisión Especial de agenda digital y tecnologías de la información.
Que el diputado Roy Argel Gómez Olguín cause alta como integrante en la Comisión Especial de agenda digital y tecnologías de la información.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 22 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado Ángel Alain Aldrete Lamas cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Costa Rica.
Que el diputado Ángel Alain Aldrete Lamas cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Palestina.
Que el diputado Roy Argel Gómez Olguín cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Costa Rica.
Que el diputado Roy Argel Gómez Olguín cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Palestina.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 22 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y, en su caso, sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado Ángel Alain Aldrete Lamas cause baja como integrante de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
Que el diputado Roy Argel Gómez Olguín cause alta como integrante en la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
Que el diputado Ángel Alain Aldrete Lamas cause baja como secretario de la Comisión de Marina.
Que el diputado Roy Argel Gómez Olguín cause alta como secretario en la Comisión de Marina.
Que el diputado Ángel Alain Aldrete Lamas cause baja como integrante de la Comisión de Juventud.
Que el diputado Roy Argel Gómez Olguín cause alta como integrante en la Comisión de Juventud.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 22 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Arturo Escobar Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
Que la diputada Laura Ximena Martel Cantú cause baja como integrante de la Comisión de Energía.
Que el diputado Arturo Escobar y Vega cause alta como integrante en la Comisión de Energía.
Que la diputada Laura Ximena Martel Cantú cause alta como integrante en la Comisión de Deporte.
Que el diputado Arturo Escobar y Vega cause baja como integrante de la Comisión de Deporte.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 22 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
Que el diputado Tomás Torres Mercado cause baja como integrante de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Que el diputado Tomás Torres Mercado cause alta como Secretario de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Que el diputado Enrique Aubry de Castro Palomino cause alta como integrante en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Que el diputado Enrique Aubry de Castro Palomino cause baja como Secretario en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 25 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
En cumplimiento del acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se estable el procedimiento sobre cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, remito a usted los cambios solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM.
Que el diputado David Pérez Tejada Padilla cause baja como integrante de la Comisión de Asuntos de la Frontera Norte.
Que el diputado Arturo Escobar y Vega cause alta como integrante en la Comisión de Asuntos de la Frontera Norte.
Que el diputado Arturo Escobar y Vega cause baja como integrante de la Comisión de Energía.
Que el diputado David Pérez Tejada Padilla cause alta como integrante en la Comisión de Energía.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 25 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta de los siguientes movimientos solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
Que el diputado David Pérez Tejada Padilla cause baja como integrante de la Comisión de Energía.
Que la diputada Laura Ximena Martel Cantú cause alta como integrante de la Comisión de Energía.
Que el diputado Arturo Escobar y Vega cause baja como integrante de la Comisión de Asuntos de la Frontera Norte.
Que el diputado David Pérez Tejada Padilla cause alta como integrante de la Comisión de Asuntos de la Frontera Norte.
Que la diputada Laura Ximena Martel Cantú cause baja como integrante de la Comisión de Deporte.
Que el diputado Arturo Escobar y Vega cause alta como integrante de la Comisión de Deporte.
Que el diputado Enrique Aubry de Castro Palomino cause baja como integrante de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Que el diputado Enrique Aubry de Castro Palomino cause alta como secretario de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Que el diputado Tomás Torres Mercado cause baja como secretario de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Que el diputado Tomás Torres Mercado cause baja como integrante de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 30 de julio de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta del siguiente movimiento solicitado por el diputado Manuel Añorve Baños, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado José Sergio Manzur cause baja como integrante de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Que el diputado Fernando Charleston Hernández cause alta como integrante en la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Que el diputado Ángel Abel Mavil Soto cause baja como secretario de la Comisión de Protección Civil.
Que el diputado Fernando Charleston Hernández cause alta como secretario en la Comisión de Protección Civil.
Que el diputado Ángel Abel Mavil Soto cause baja como integrante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Que el diputado Fernando Charleston Hernández cause alta como integrante en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Que el diputado Ángel Abel Mavil Soto cause baja como integrante de la Comisión de Reforma Agraria.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 21 de agosto de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
Asimismo, la creación e integración de la Comisión Especial que dé seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes del río Sonora.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:En votación económica se pregunta si se aprueban. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobados. Comuníquense.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se crea la Comisión Especial que dé seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora
La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33, 34, numeral uno, inciso c), y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno el siguiente proyecto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
Primera.Que en términos del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política tiene la facultad para presentar al Pleno de la Cámara de Diputados proyectos de puntos de acuerdo.
Segunda.Que el artículo 42 de la Ley Orgánica otorga al Pleno la facultad de acordar la constitución de comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico y que, en términos del artículo 34, numeral 1, inciso c), de ese ordenamiento, a la Junta de Coordinación Política corresponde proponer al Pleno la integración de las comisiones.
Tercera. Que para la integración de las comisiones especiales la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y formulará las propuestas con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del Pleno y la conformación de las comisiones, cuidando que al hacerlo se incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios, de tal suerte que se refleje la proporción que representen en el Pleno.
Cuarta.Que en virtud de que existe el interés por parte de los distintos grupos parlamentarios que suscriben el presente acuerdo, que dé seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora, se colige que la Cámara de Diputados tiene la facultad de integrar una Comisión Especial antes referida.
Quinta.Que, con base en lo anterior, esta Junta de Coordinación Política ha estimado indispensable crear la Comisión Especial que dé seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora.
Con fundamento en las disposiciones referidas en el proemio, se somete a consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Primero. Se crea la Comisión Especial que dé seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora.
Segundo.Para el cumplimiento de su objetivo, esta Comisión Especial podrá allegarse de la información que consideren pertinente, así como reunirse, cuando lo estimen necesario, con las autoridades competentes responsables y desempeñar cualquier otra acción; de conformidad al marco normativo aplicable.
Tercero. Los recursos técnicos y financieros para el funcionamiento de esta Comisión Especial serán aprobados por el Comité de Administración.
Cuarto.La Comisión Especial deberá presentar de manera periódica un informe de actividades ante el Pleno de la Cámara de Diputados o, en su caso, ante la Comisión Permanente.
Quinto. La Junta Directiva e integrantes de la Comisión Especial a que se refiere el resolutivo primero, así como su vigencia y demás previsiones que se estimen necesarias para regular su funcionamiento, serán determinadas por la Junta de Coordinación Política, a propuesta de los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados.
Sexto.La comisión se conformará con siete integrantes propuestos por los grupos parlamentarios conforme a lo siguiente:
Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, 1 integrante
Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, 1 integrante
Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, 1 integrante
Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, 1 integrante
Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, 1 integrante
Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, 1 integrante
Grupo Parlamentario Nueva Alianza, 1 integrante
En ese mismo sentido, la presidencia estará a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Séptimo.La Comisión Especial, se instalará y podrá iniciar sus trabajos de manera inmediata a partir de la suscripción del presente acuerdo, para lo cual deberá notificarlo a este órgano de gobierno para que formalmente se dé cuenta al Pleno.
Octavo.Esta Comisión Especial considerando las acciones y resultados de los trabajos que realice, deberá presentar una propuesta a la Junta de Coordinación Política, para mejorar y hacer más efectiva la legislación actual que regula la materia objeto de su creación, en particular lo referente a la aplicación de sanciones a efecto de que éstas sean los suficientemente efectivas para resarcir el daño o los daños ocasionados.
Noveno. Comuníquese y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.
Transitorio
Único.El presente acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación por la Junta de Coordinación Política.
Recinto Legislativo de San Lázaro, a 22 de agosto de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo establecido en el resolutivo sexto del acuerdo de la Junta de Coordinación Política, se define la integración de la Comisión Especial que dé seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el Río Sonora.
Diputados
1 Marco Antonio Bernal Gutiérrez, presidente (PRI).
2 Heberto Neblina Vega (PAN).
3 Rodrigo González Barrios, (PRD).
4 David Pérez Tejada Padilla (PVEM).
5 Francisco Alfonso Durazo Montaño (Movimiento Ciudadano).
6 Lilia Aguilar Gil (PT).
7 Dora María Guadalupe Talamante Lemas (Nueva Alianza).
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin más por el momento, le reitero la seguridad de mis consideraciones.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 22 de agosto de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:En votación económica se pregunta si se aprueban. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobados. Comuníquense.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.Presente.
Sirva la presente para hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, la diputada Judith Magdalena Guerrero López dejará de formar parte del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista para integrarse al Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Lo anterior a efecto de que se realicen los trámites conducentes para este cambio.
Sin otro particular reciba un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro a 28 de agosto de 2014. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De enterado. Comuníquese.
COMUNICACIONES DE LA CAMARA DE SENADORES
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Oficio No. DGPL-1P3A.-4
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la Cámara de Senadores eligió a su Mesa Directiva para el tercer año de ejercicio.
Mesa Directiva
Presidente: senador Miguel Barbosa Huerta, PRD.
Vicepresidente: senador José Rosas Aispuro Torres, PAN,
Vicepresidente: senador Arturo Zamora Jiménez, PRI.
Vicepresidente: senador Luis Sánchez Jiménez, PRD.
Secretaria: senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza, PRI.
Secretaria: senadora Rosa Adriana Díaz Lizama, PAN.
Secretaria: senadora Lucero Saldaña Pérez, PRI.
Secretaria: senadora María Elena Barrera Tapia, PVEM.
Atentamente
México, DF, a 31 de agosto de 2014. Senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De enterado.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Oficio No. DGPL-1P3A.-9
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Me permito comunicar a esa honorable colegisladora, que en sesión celebrada en esta fecha, la Cámara de Senadores se declaró instalada para su primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.
Atentamente
México, DF, a 31 de agosto de 2014. Senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De enterado.Continúe la Secretaría, por favor.
LICENCIAS
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado José González Morfín, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente
Distinguido presidente:
Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 6 fracción XVI y artículo 12, ambos del Reglamento para el Gobierno Interior de la Cámara de Diputados, solicito tener a bien someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, mi licencia por tiempo indefinido, para separarme del cargo de diputado federal por el distrito 10, en Zapopan, Jalisco, LXII Legislatura, a partir del 10 de septiembre del año en curso.
Asimismo, solicito sea llamado a rendir protesta el ciudadano Carlos Bernardo Guzmán Cervantes, diputado federal suplente, para efectos que ocupe la titularidad de dicho cargo legislativo por el tiempo que dure la licencia de un servidor.
Agradezco a usted la atención y trámite parlamentario que se sirva dar a la presente y le reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de agosto de 2014. Diputado Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Solicito a la Secretaría someter a consideración de la asamblea los puntos de acuerdo.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:En votación económica están a discusión los puntos de acuerdo:
Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido, al diputado Omar Antonio Borboa Becerra para separarse de sus funciones como diputado federal electo en el distrito 10 del estado de Jalisco a partir de esta fecha.
Segundo. Llámese al suplente.
Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado. Comuníquese.Continúe la Secretaría.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo establecido en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción XVI; 12, numeral 1, fracción V, y 13, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar, por su conducto, al pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, licencia por un periodo de 20 días naturales, efectivos a partir del jueves 4 de septiembre de 2014, para separarme de mi cargo como diputada federal, electa en el distrito 8 del estado de Puebla.
Agradeciendo de antemano su consideración, quedo de usted.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de septiembre de 2014. Diputada Ana Isabel Allende Cano (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Solicito a la Secretaría someter a la consideración de la asamblea los puntos de acuerdo.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Están a discusión los siguientes puntos de acuerdo:
Primero. Se concede licencia por un periodo de 20 días naturales, a la diputada Ana Isabel Allende Cano, para separarse de sus funciones como diputada federal electa en el distrito 8 del estado de Puebla, a partir de 4 de septiembre del año en curso.
Segundo. Llámese al suplente.
Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobados. Comuníquense.
TOMA DE PROTESTA
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Se encuentra a las puertas de este recinto el ciudadano Carlos Bernardo Guzmán Cervantes, diputado federal electo en el X distrito electoral del estado de Jalisco. Se designa en comisión para que lo acompañen en el acto de rendir la protesta de ley a los siguientes diputadas y diputados; Cecilia González Gómez, Celia Isabel Gauna Ruiz de León, Isaías Cortés Berumen, diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, Margarita Licea González, Enrique Aubry de Castro Palomino, María del Carmen Martínez Santillán y Rubén Benjamín Félix Hays.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Se pide a la comisión cumplir con este encargo.
Se invita a los presentes a ponerse de pie.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Ciudadano Carlos Bernardo Guzmán Cervantes, ¿Protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?
El ciudadano Carlos Bernardo Guzmán Cervantes: Sí, protesto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Si así no lo hiciere, que la nación se lo demande.Felicidades. Continúe la Secretaría.
INICIATIVA DE LA CAMARA DE SENADORES
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Oficio No. DGPL-2P2A.-5003
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Martín Orozco Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el capítulo VIII al Título VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175 párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
México, DF, a 30 de abril de 2014. Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»
«Secretarios de la Mesa Directiva del Senado de la República del Honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Martín Orozco Sandoval, senador de la República para la LXII Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 8, numeral 1, fracción I, 164, numeral 1, 169 y 172 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el capítulo VIII al Título VII con los artículos 196, 197 y 198 a la Ley del Impuesto al sobre la Renta, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La eliminación de la deducción inmediata de activos fijos que se aprobó como parte de la reforma hacendaria y que entró en vigor a partir de enero de 2014 está siendo una amenaza para frenar las inversiones de las empresas por ser un factor que les reducirá liquidez.
Desde 1987 y hasta el 2013, la deducción inmediata de bienes de activo fijo existió como un estímulo que permitió a los contribuyentes deducir en un solo año gran parte de sus bienes nuevos de activo fijo, en lugar de hacerla de conformidad con los porcentajes que hoy se contienen en los artículos 33 al 35 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Como por ejemplo una empresa que construye una nave industrial con valor de 10 millones de pesos, en una deducción normal la empresa manda a gastos fiscales sólo 500 mil pesos cada año durante 20 años.
En el caso de la deducción inmediata puede mandar a gastos fiscales en un sólo año 7 millones 400 mil pesos.
En esencia, la deducción inmediata significa traer a un ejercicio presente el beneficio de la deducción que se tendría en cierto número de años futuros, calculado éste, a través de los porcentajes que el propio estímulo determina, siendo éstos menores al 100 por ciento y calculados en función de un análisis de valor presente en el que originalmente se utilizaron tasas de descuento del 7.5 por ciento y posteriormente un 5 por ciento, respondiendo a la realidad de la economía.
Muchas compañías venían tomando la deducción inmediata como un estímulo o financiamiento con el fisco, ya que les permitía diferir el pago del impuesto. A partir del 1 de enero de 2014 parte de los flujos que podían diferir por el estímulo fiscal ahora los van a destinar al pago de impuestos.
Con el estímulo de la deducción inmediata, de alguna manera las empresas financiaban su inversión, era un apoyo que tenían al no pagar el ISR inmediatamente y ahora al quitarles ese atractivo les costará más porque tendrán que obtener financiamiento a una tasa mayor de lo que implicaba ahorrarse el impuesto.
El modelo de crecimiento de muchas empresas estaba también apalancado en esta deducibilidad de inversiones en un solo año, que al eliminarse se les quita una fuente de financiamiento importante.
Con este cambio el pago del impuesto de las empresas aumentará, y por consecuencia distraerán dichos recursos que antes los utilizaban para la reinversión, crecimiento y creación de empleos.
Las empresas que tenían pensado reinvertir en activos fijos que les permita incrementar su capacidad productiva, van a tener que recurrir al banco o a otra fuente de financiamiento que seguramente tendrá un mayor costo y esto les impacta en sus modelos financieros que tenían diseñados para la reinversión.
Analistas de importantes instituciones financieras como Banorte IXE, Banco Base, HSBC Scotiabank, etcétera, han reconocido que la economía está registrando un crecimiento menor a lo esperado, lo que atribuyen directamente a las reformas fiscales lanzadas recientemente, que están deteniendo las decisiones de inversión de las empresas; lo cual es confirmado directamente por diversos gremios de empresarios y lo han dado a conocer a través de diferentes foros y organismos empresariales, como son el Consejo Coordinador Empresarial, las cámaras de la industria de la construcción, de comercio, entre otras; argumentando que la reforma fiscal reciente no está contribuyendo a la competitividad.
Adicionalmente resulta revelador saber que la tasa de desempleo no ha disminuido conforme a los pronósticos del gobierno federal, ya que continúa en niveles de 4.73 por ciento para el primer bimestre de 2014, no obstante los esfuerzos que se han hecho para disminuirla durante los últimos años, incluyendo la reforma laboral de fines de 2013.
Si bien es cierto que durante 2013 la inversión extranjera se mantuvo en niveles aceptables, falta mucho por hacer en ese segmento, si consideramos que la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos, OCDE, ha pronosticado para México un crecimiento esperado para 2014 de un 4.3 por ciento y 4.0 por ciento. Asimismo, el Banco de México pronostica una disminución de 22.32 por ciento en la inversión extranjera directa para 2014.
Es importante reconocer que la deducción inmediata ha sido siempre un estímulo para la inversión, tanto nacional como extranjera, tan es así, que en la página de Proméxico se establecía y promocionaba este concepto como una de las razones para invertir en México, considerando que fomenta el establecimiento de nuevas inversiones en nuestro país, lo que es sin duda correcto, puesto que más allá de consideraciones teóricas e incluso ideológicas, los gobiernos siempre han hecho esfuerzos para la atracción de inversiones, por lo que siempre están en la búsqueda de mecanismos fiscales que fomenten y generen crecimiento económico y sean atrayentes de inversión y por ende de empleos.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto
Artículo Único.Se adiciona el capítulo VIII al título VII con los artículos 196, 197 y 198, a la Ley del Impuesto al sobre la Renta, para quedar como sigue:
Título VII
Capítulo I. a VII. ..
Capítulo VIII
Artículo 196. Los contribuyentes del Título II y del capítulo II del Título IV de esta ley, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en lugar de las previstas en los artículos 33, 34 y 35 de la ley, deduciendo en el ejercicio en el que se efectúe la inversión de los bienes nuevos de activo fijo, en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente, la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión, únicamente los por cientos que se establecen en este artículo. La parte de dicho monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza en este artículo, será deducible únicamente en los términos del artículo segundo de esta ley.
Los por cientos que se podrán aplicar para deducir las inversiones a que se refiere este artículo, son los que a continuación se señalan:
I. Los por cientos por tipo de bien serán:
a) Tratándose de construcciones:
1. 85 por ciento para inmuebles declarados como monumentos arqueológicos, artísticos, históricos o patrimoniales, conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas, que cuenten con el certificado de restauración expedido por el Instituto Nacional de Antropología e Historia o el Instituto Nacional de Bellas Artes.
2. 74 por ciento en los demás casos.
b) Tratándose de ferrocarriles:
1. 63 por ciento para bombas de suministro de combustible a trenes.
2. 74 por ciento para vías férreas.
3. 68 por ciento para carros de ferrocarril, locomotoras, armones y autoarmones.
4. 80 por ciento para maquinaria niveladora de vías, desclavadoras, esmeriles para vías, gatos de motor para levantar la vía, removedora, insertadora y taladradora de durmientes.
5. 85 por ciento para el equipo de comunicación, señalización y telemando.
c) 78 por ciento para embarcaciones.
d) 93 por ciento para aviones dedicados a la aerofumigación agrícola.
e) 94 por ciento para computadoras personales de escritorio y portátiles; servidores; impresoras, lectores ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo.
f) 95 por ciento para dados, troqueles, moldes, matrices y herramental.
g) Tratándose de comunicaciones telefónicas:
1. 74 por ciento para torres de transmisión y cables, excepto los de fibra óptica.
2. 82 por ciento para sistemas de radio, incluye equipo de transmisión y manejo que utiliza el espectro radioeléctrico, tales como el de radiotransmisión de microonda digital o analógica, torres de microondas y guías de onda.
3. 85 por ciento para equipo utilizado en la transmisión, tales como circuitos de la planta interna que no forman parte de la conmutación y cuyas funciones se enfocan hacia las troncales que llegan a la central telefónica, incluye multiplexores, equipos concentradores y ruteadores.
4. 93 por ciento para equipo de la central telefónica destinado a la conmutación de llamadas de tecnología distinta a la electromecánica.
5. 85 por ciento para los demás.
h) Tratándose de comunicaciones satelitales:
1. 82 por ciento para el segmento satelital en el espacio, incluyendo el cuerpo principal del satélite, los transpondedores, las antenas para la transmisión y recepción de comunicaciones digitales y análogas, y el equipo de monitoreo en el satélite.
2. 85 por ciento para el equipo satelital en tierra, incluyendo las antenas para la transmisión y recepción de comunicaciones digitales y análogas y el equipo para el monitoreo del satélite.
II. Para la maquinaria y equipo distintos de los señalados en la fracción anterior, se aplicarán, de acuerdo a la actividad en que sean utilizados, los por cientos siguientes:
a) 74 por ciento en la generación, conducción, transformación y distribución de electricidad; en la molienda de granos; en la producción de azúcar y sus derivados; en la fabricación de aceites comestibles; y en el transporte marítimo, fluvial y lacustre.
b) 78 por ciento en la producción de metal obtenido en primer proceso; en la fabricación de productos de tabaco y derivados del carbón natural.
c) 80 por ciento en la fabricación de pulpa, papel y productos similares; en la extracción y procesamiento de petróleo crudo y gas natural.
d) 82 por ciento en la fabricación de vehículos de motor y sus partes; en la construcción de ferrocarriles y navíos; en la fabricación de productos de metal, de maquinaria y de instrumentos profesionales y científicos; en la elaboración de productos alimenticios y de bebidas, excepto granos, azúcar, aceites comestibles y derivados.
e) 84 por ciento en el curtido de piel y la fabricación de artículos de piel; en la elaboración de productos químicos, petroquímicos y farmacobiológicos; en la fabricación de productos de caucho y de plástico; en la impresión y publicación gráfica.
f) 85 por ciento en el transporte eléctrico.
g) 86 por ciento en la fabricación, acabado, teñido y estampado de productos textiles, así como de prendas para el vestido.
h) 87 por ciento en la industria minera; en la construcción de aeronaves. Lo dispuesto en este inciso no será aplicable a la maquinaria y equipo señalado en el inciso b) de esta fracción.
i) 90 por ciento en la transmisión de los servicios de comunicación proporcionados por las estaciones de radio y televisión.
j) 92 por ciento en restaurantes.
k) 93 por ciento en la industria de la construcción; en actividades de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
l) 95 por ciento para los destinados directamente a la investigación de nuevos productos o desarrollo de tecnología en el país.
m) 96 por ciento en la manufactura, ensamble y transformación de componentes magnéticos para discos duros y tarjetas electrónicas para la industria de la computación.
n) 85 por ciento en otras actividades no especificadas en esta fracción.
o) 93 por ciento en la actividad del autotransporte Público Federal de carga o de pasajeros.
En el caso de que el contribuyente se dedique a dos o más actividades de las señaladas en la fracción II de este artículo, se aplicará el por ciento que le corresponda a la actividad en la que hubiera obtenido más ingresos en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se realice la inversión.
La opción a que se refiere este artículo} no podrá ejercerse cuando se trate de mobiliario y equipo de oficina automóviles equipo de blindaje de automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.
Para los efectos de este artículo se consideran bienes nuevos los que se utilizan por primera vez en México.
La operen a que se refiere este artículo sólo podrá ejercerse tratándose de inversiones en bienes que se utilicen permanentemente en territorio nacional y fuera de las áreas metropolitanas del Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey salvo que en estas áreas se trate de empresas que no requieran de uso intensivo de agua en sus procesos productivos que utilicen tecnologías limpias en cuanto a sus emisiones contaminantes y que en este último caso además obtengan de la unidad competente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales constancia que reúne dicho requisito la opción prevista en este párrafo no podrá ejercerse respecto de autobuses camiones de carga tractocamiones y remolques.
Artículo 197. Los contribuyentes que ejerzan la operen prevista en el artículo anterior por los bienes a los que la aplicaron estarán a lo siguiente:
I. El monto original de la inversión se podrá ajustar multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se adquirió el bien y hasta el último mes de la primera mitad del periodo que transcurra desde que se efectuó la inversión y hasta el cierre del ejercicio de que se trate.
El producto que resulte conforme al párrafo anterior se considerará como el monto original de la inversión al cual se aplica el por ciento a que se refiere el artículo 196 de esta Ley por cada tipo de bien.
II. Considerarán ganancia obtenida por la enajenación de los bienes el total de los ingresos percibidos por la misma.
III. Cuando los bienes se enajenen se pierdan o dejen de ser útiles, se podrá efectuar una deducción por la cantidad que resulte de aplicar al monto original de la inversión ajustado con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes, en el que se adquirió el bien y hasta el último mes de la primera mitad del periodo en el que se haya efectuado la deducción señalada en el artículo 36-A de esta Ley, los por cientos que resulten conforme al número de años transcurridos desde que se efectuó la deducción del artículo 36-A de la Ley citada y el por ciento de deducción inmediata aplicado al bien de que se trate, conforme a la siguiente:
Para los efectos de las fracciones I y III de este artículo, cuando sea impar el número de meses del periodo a que se refieren dichas fracciones, se considerará como último mes de la primera mitad el mes inmediato anterior al que corresponda la mitad del periodo.
Artículo 198. Para los efectos del artículo 36-A de esta ley, se consideran áreas metropolitanas las siguientes:
I. La correspondiente al Distrito Federal que comprende todo el territorio del Distrito Federal y los municipios de Atizapán de Zaragoza, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Ecatepec de Morelos, Huixquilucan, Juchitepec, La Paz, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Ocoyoacac, Tenango del Aire, Tlalnepantla de Baz, Tultitlán, Valle de Chalco-Solidaridad y Xalatlaco, en el estado de México.
II. La correspondiente al área de Guadalajara que comprende todo el territorio de los municipios de Guadalajara, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan, en el Estado de Jalisco.
III. La correspondiente al área de Monterrey que comprende todo el territorio de los municipios de Monterrey, Cadereyta Jiménez, San Nicolás de los Garza, Apodaca, Guadalupe, San Pedro Garza García, Santa Catarina, General Escobedo, García y Juárez, en Nuevo León.
Cuando se modifique total o parcialmente la conformación territorial de alguno de los municipios a que se refiere este artículo y como resultado de ello dicho municipio pase a formar parte de otro o surja uno nuevo, se considerará que el municipio del que pase a formar parte o el que surja con motivo de dicha modificación territorial, se encuentra dentro de las áreas metropolitanas a que se refiere este artículo.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, DF, a 30 de abril de 2014 Senador Martín Orozco Sandoval (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para el dictamen correspondiente.
Continúe la Secretaría con proposición de acuerdo de los órganos de gobierno.
ACUERDOS DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.
Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que se establece el calendario legislativo correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura.
La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 38, numeral 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 36, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes
Considerandos
I. Que de conformidad con el artículo 38, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones y el calendario para su desahogo.
II. Que el artículo 65, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Congreso se reunirá a partir del 1o. de septiembre de cada año para celebrar su primer periodo de sesiones ordinarias.
III. Que el artículo 36, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados señala que por regla general, las sesiones se realizarán los martes y jueves de cada semana y podrán realizarse en días diferentes a los señalados, cuando así lo determine la conferencia.
IV. Que, de acuerdo con el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año.
Con base en lo antes expuesto, este órgano de gobierno acuerda someter a la consideración del Pleno el siguiente:
Calendario legislativo del primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura
Primero.Se establece el calendario legislativo para el primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura.
Segundo.Este órgano determinará lo conducente en caso de que la dinámica de los trabajos legislativos haga necesaria la modificación del presente calendario.
Tercero.Comuníquese y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1o. de septiembre de 2014. Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente; diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila, Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: En atención a que no tenemos registrados oradores, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se aprueba.
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire:En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa, señor Presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado. Comuníquese.
Continúe la Secretaria con proposición de acuerdo de los órganos de gobierno de la Junta de Coordinación Política.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo al analisis del II Informe de Gobierno del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 7, numeral 4; 33 y 34, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de sus facultades, y
Considerando
I.Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 69 prescribe que en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el Presidente de la República presentará un informe por escrito en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.
En este sentido, el Presidente de la República presentó el II Informe de Gobierno el 1o. de septiembre de 2014, en la sesión de Congreso General correspondiente a la apertura del presente periodo de sesiones.
II.Que de conformidad con el artículo 7, numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General, las Cámaras deberán analizar el informe presentado por el Presidente de la República por materias: política interior, poiítica económica, política social y política exterior.
III.Que en el marco de los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta es el órgano donde se impulsan los entendimientos y las convergencias políticos a fin de alcanzar los acuerdos necesarios para que el pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.
En razón de lo expresado y fundado, este órgano de gobierno somete a consideración del pleno los siguientes
Acuerdos
Primero.El objeto del presente acuerdo es establecer el formato conforme al cual la Cámara de Diputados desarrollará el análisis del II Informe de Gobierno del Presidente de la República, que refiere el segundo párrafo del artículo 69 constitucional.
Segundo.De conformidad con lo establecido en el artículo 7, numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, este análisis se desarrollará en torno a los siguientes temas y con base en el siguiente calendario:
a) Fecha: martes 9 de septiembre de 2014.
Análisis de los temas: Política Económica y Política Social.
b) Fecha: jueves 11 de septiembre de 2014.
Análisis de los temas: Política Interior y Política Exterior.
Tercero.Para cada tema analizado, se estará sujeto al siguiente formato:
I. Se realizarán una ronda de intervenciones de los grupos parlamentarios hasta por 10 minutos.
II. El orden de las rondas será el siguiente:
Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Grupo Parlamentarlo del Partido del Trabajo
Grupo Parlamentarlo de Movimiento Ciudadano
Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
III. Durante el análisis del II Informe de Gobierno sólo tendrán lugar las intervenciones descritas.
IV. Corresponderá a la Mesa Directiva velar por el cumplimiento del presente acuerdo.
Quinto.Comuníquese a la Mesa Directiva para los efectos legales a que haya lugar.
Sexto.Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.
Transitorio
Único. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1o. de septiembre de 2014. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila, Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: En virtud de que no tenemos registrados oradores, consulte la Secretaria a la asamblea, en votación económica, si es de aprobarse.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado, comuníquese.
Continúe la Secretaría con proposición de acuerdo de la Junta de Coordinación Política.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos- LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la comparecencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público para el análisis del II Informe de Gobierno en materia económica y a fin de que dé cuenta de las iniciativas que comprenden el paquete económico del ejercicio fiscal de 2015
La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7, numeral 4; 33 y 34, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 124 y 128 del Reglamento de la Cámara de Diputados, y en el marco de las disposiciones contenidas en los artículos 69 y 74 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, al tenor de los siguientes
Considerando
I.Que en cumplimiento al artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 1o. de septiembre pasado, el Presidente de la República ha remitido al Congreso de la Unión el informe por escrito en el que manifiesta el estado general que guarda la administración pública del país.
II. Que el numeral 4, del artículo 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que las Cámaras analizarán dicho informe clasificándolo por materias: política interior, política económica, política social y política exterior.
III.Que hasta el 8 de septiembre del presente año el Ejecutivo federal podrá remitir a la Cámara de Diputados, el paquete económico que debe incluir la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, mismas que habrán de ser objeto de estudio y dictamen durante el actual periodo de sesiones.
IV.Que en términos de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el secretario de despacho correspondiente debe comparecer a dar cuenta de la iniciativa de Ley de Ingresos y del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.
V. Que la Junta de Coordinación Política es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar los acuerdos, para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le competen.
VI.Que en consecuencia a lo anterior, este órgano de gobierno en uso de sus atribuciones, acordó citar a comparecer al Secretario de Hacienda y Crédito Público, con objeto profundizar en el análisis del II Informe de Gobierno y para que dé cuenta del paquete económico para el ejercicio fiscal de 2015.
Por lo expuesto y fundado, la Junta de Coordinación Política, somete a consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Primero.Con la finalidad de profundizar en el análisis del II Informe de Gobierno en materia económica y de dar cumplimiento a la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se cita a comparecer ante el Pleno de la Cámara de Diputados, al Secretario de Hacienda y Crédito Público, el miércoles 10 de septiembre de 2014, a las 11:00 horas.
Segundo. El funcionario compareciente rendirá, ante el Pleno, protesta de decir verdad, como dispone el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Tercero. El formato de la comparecencia será el siguiente;
I.Presentación del Secretario de Hacienda y Crédito Público en la cual deberá referirse al II Informe de Gobierno en materia de política económica, y al paquete económico para el ejercicio fiscal de 2015, hasta por 15 minutos.
II.Posicionamiento de los grupos parlamentarios hasta por 7 minutos cada uno en orden descendente:
Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Grupo Parlamentario del Partido de La Revolución Democrática.
Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
III.Habrá dos rondas de preguntas-respuesta-comentario, en las que se abordará el análisis del II Informe de Gobierno en materia económica, así como el paquete fiscal 2015.
El orden de intervenciones de los grupos parlamentarios en las dos rodas, será el siguiente:
Primera ronda:GPPRI, GPPAN, GPPRD, GPPVEM, GPMC, GPPT, GPNA.
Segunda ronda: GPNA, GPPT, GPMC, GPPVEM, GPPRD, GPPAN, GPPRI.
IV. Las intervenciones se desarrollarán de la forma siguiente:
Pregunta de cada grupo parlamentario, hasta por 5 minutos.
Respuesta del secretario del ramo, hasta por 5 minutos.
Comentario del grupo parlamentario, hasta por 3 minutos.
Cuarto.En términos del artículo 22, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se solicita a la Presidencia de la Mesa Directiva que realice la notificación correspondiente al Ejecutivo federal.
Quinto. Comuníquese y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1o. de septiembre de 2014. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila, Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba. Permítame, por favor.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja(desde la curul): Presidente, solicito la palabra.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante, por favor, diputado Ricardo Mejía.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja: Gracias, presidente. Nosotros reiteradamente hemos solicitado la comparecencia del secretario de Hacienda, Luis Videgaray, no sólo como en esta ocasión que es obligado por mandato constitucional por la presentación del paquete económico, nos parece que desde hace muchos meses, incluso en la discusión de la reforma energética donde se le dan ahora a la Secretaría de Hacienda múltiples facultades en la materia, que viniera el secretario de Hacienda, que viniera a explicar el fracaso económico del gobierno federal, que viniera a explicar por qué el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, el Banco de México, diferentes organismos financieros privados nacionales e internacionales han venido ajustando las metas del crecimiento económico.
Nos parece además que se le debe cuestionar sobre la reforma hacendaria recesiva que golpea a los empresarios medianos, pequeños, a los comerciantes, y que esta reforma fue validada en una decisión nefasta de la Suprema Corte de Justicia, donde validaron el aumento del IVA en la frontera, donde validaron la eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes, el tema de las deducibilidades para los profesionistas.
En fin, hay múltiples preguntas para el secretario de Hacienda que, como responsable de la política económica y fiscal del gobierno, ha sido un fracaso, pero sabemos que es el enlace de Peña Nieto con los grupos de interés, con todas las transnacionales que habrán de llevarse grandes tajadas con los negocios que van a construir.
Nosotros vamos a votar a favor de esta comparecencia, porque es un mandato constitucional. Pero creemos que deben ser llamados, no solamente Videgaray, sino otros secretarios, también al pleno, para que aquí den cuentas de este colapso económico del cual hoy dan cuentas todas las encuestas hasta Mitofsky reprueba a Peña Nieto hoy, porque no han servido en la conducción económica del país.
Y por eso estamos a favor de esta comparecencia, que no será un día de campo para el secretario por más que tenga por ahí aduladores y lambiscones. Creemos que los resultados están a la vista y el gobierno federal que hoy en una ceremonia palaciega que quema auto incienso nosotros sí vamos a evaluar con todo detalle y todo cuestionamiento este colapso económico, fiscal y financiero del gobierno. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado. Ahora sí consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:En votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado. Comuníquese.
Continúe la Secretaría con proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno de la Junta de Coordinación Política.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se designa al presidente del Comité de Administración para el tercer año de ejercicio de la LXII legislatura.
Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el resolutivo sexto del acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se crea el Comité de Administración en la Cámara de Diputados en la LXII Legislatura, aprobado por el Pleno el 6 de septiembre de 2012, se adopta el siguiente
Acuerdo
Primero.En términos del acuerdo de creación del Comité de Administración y su propia integración, se determina que el diputado Manuel Añorve Baños, presida el órgano referido para el tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura.
Segundo.Se instruye para que se realice el cambio correspondiente y los trámites administrativos pertinentes.
Tercero. Comuníquese para los efectos conducentes al Pleno de la Cámara de Diputados.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1o. de septiembre de 2014. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila, Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica p.a), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: No habiendo oradores, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica, si se aprueba.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado. Comuníquese.Continúe la Secretaría.
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a la Comisión Especial para dar seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que suscribe el diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, del Grupo Parlamentarlo del Partido Revolucionario Institucional, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Primero.Se exhorta a la Comisión Especial de seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora, a efecto de que ejerza a la mayor brevedad posible las funciones para las cuales fue creada y se allegue de toda aquella información que estime pertinente para cumplir con su objetivo, y en su caso, proponga aquellas reformas que mejoren y hagan más efectiva la legislación que regula la materia objeto de su creación.
Segundo.Se exhorta respetuosamente al Gobierno del estado de Sonora, a las secretarías de Economía, de Salud y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a la Comisión Nacional del Agua, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a efecto de que impongan multas ejemplares y cualquier otra sanción que resulte aplicable en contra de la empresa denominada Buenavista del Cobre, subsidiaria de Grupo México, como consecuencia del derrame de ácido sulfúrico en los ríos Sonora y Bacanuchi.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1o. de septiembre de 2014. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica p.a), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Se ha registrado para hablar en pro, el diputado Ricardo Mejía Berdeja. Por favor, haga uso de la palabra, señor diputado.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja:Gracias, presidente. Hace ya casi un mes de lo que ha sido bautizada como la principal afectación, el principal desastre ambiental en la historia del país, donde fueron derramados toneladas y toneladas de metros cúbicos de sulfato de cobre, 40 mil metros cúbicos de cobre, en el arroyo Tinajas, municipio de Cananea. Esta contaminación ha afectado 17 kilómetros de dicho arroyo, 64 kilómetros del río Bacanuchi y 190 kilómetros del río Sonora, en el estado del mismo nombre.Esta tragedia ambiental es una de cuatro tragedias que se han suscitado en un mes, como bien lo señala la organización Greenpeace, que ha señalado que en el gobierno de Enrique Peña Nieto se ha consolidado un modelo extractivo de los recursos naturales bajo la falsa promesa de crecimiento económico y un claro menosprecio al medio ambiente.
Además de este desastre está el de Cadereyta, Nuevo León; el de Huimanguillo, Tabasco; en el municipio de Oro en Durango, con cianuro. Y este crimen que se cometió en Sonora.
Esto, compañeras y compañeros legisladores, es el preludio de la mayor devastación ecológica que viene para el país, que es el tema de la fractura hidráulica, del fracking, que es un tema que ha sido soslayado y menospreciado por el secretario de Medio Ambiente del gobierno federal, que incluso cínicamente dijo que eran más los beneficios que los perjuicios del fracking.
Pero ya estamos viendo lo que va a pasar con esta impunidad, el Grupo México, de Germán Larrea, se ha destacado por insultantes márgenes de ganancia, que hoy lo colocan como el segundo hombre más rico de México, que aparece junto con Carlos Slim, en la revista Forbes y que hace gala de su impunidad, porque siempre ha contado con la complicidad del PAN y del PRI.
Hay que recordar el tema de Pasta de Conchos, en Coahuila, donde aún yacen abandonados 63 cuerpos de mineros y no ha habido poder gubernamental que pueda frenar estos agravios del Grupo México.
Hasta hoy los responsables no han recibido castigo penal y las viudas y familiares han tenido que ser hostigados por este grupo, que ha sido calificado por el grupo Covalence, empresa consultora de Ginebra, Suiza, como un grupo que no tiene ética en su gestión empresarial.
Por esa razón nosotros denunciamos esta actuación y siempre ha contado Germán Larrea con personeros en el gobierno, como el caso del ex secretario de Trabajo de Felipe Calderón, hoy amparado en la impunidad del fuero, Javier Lozano, que toleró lo de Pasta de Conchos y no solamente toleró otro tipo de tragedias, sino que fue el sicario para temas como la huelga de Cananea; de Taxco, Guerrero y otros que se han presentado, además de lo de Mexicana y lo del SME.
Pero lo que queremos señalar es que los Larrea, los impunes, los ecocidas son producto de este contubernio prianista que ha generado devastación. Por eso nosotros creemos que qué bueno que está esta Comisión y que se le exhorta a cumplir con su mandato, pero el tema es de fondo. El tema es que detrás de la devastación, detrás de los ecocidios, está la impunidad y el contubernio con el poder. Y así como hay Germanes Larrea, vendrán los Exxon y los Chevron que explotarán nuestros recursos, que dejarán pobreza, devastación ecológica, pero siempre contarán con la impunidad del PRI y del PAN.
Nosotros vamos a seguir combatiendo esta devastación y vamos a seguir oponiéndonos al fracking y a todos estos modelos que lesionan nuestro medio ambiente y a la población. Es cuanto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Ricardo Mejía. En uso de la palabra para hablar también en pro la diputada Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo.
La diputada Lilia Aguilar Gil:Como todos ustedes saben, el pasado 6 de agosto la subsidiaria de Grupo México, en Buenavista de Cobre, derramó 40 mil metros cúbicos de sulfato de cobre acidulado, proveniente de la mina de Cananea.Primero, dijeron que éste era el resultado de las lluvias excesivas. El día de ayer han dicho que éste es el error de uno de sus proveedores que no hizo un trabajo adecuado al unir uno de los tubos que deberían de transportar este sulfato de cobre acidulado.
La verdad es, y el resultado, es que se han visto afectados 700 pozos aledaños al río Sonora, esta problemática nos causa una doble preocupación. La primera, en efecto, es la terrible afectación que sufre el medio ambiente, la economía y los derechos humanos de las personas que habitan la zona cercana al derrame.
Y por qué decimos que además de un ecocidio, el grupo que encabeza Germán Larrea está también dañando la economía y está dañando también los derechos humanos de los ciudadanos en Sonora.
Qué pasa con todos los agricultores y todos los pequeños productores que tenían productos y que hoy no pueden venderlos por el temor que tiene la gente de que estén contaminados.
Qué pasa con todas estas personas que hoy se ven afectadas porque no tienen agua, porque no tienen servicios básicos y porque la mina, ni siquiera el Grupo México que tiene todavía el cinismo de no responsabilizarse por este ecocidio y el daño a los derechos humanos de los ciudadanos.
Germán Larrea, como ya se dijo en esta tribuna, que es el principal accionista de Grupo México, es el tercer hombre más rico de México y el número 79 del mundo. ¿Cómo ha llegado a tener esta fortuna? Bueno, pues recordemos el caso donde 65 mineros en la mina de Pasta de Conchos quedaron atrapados y donde la empresa no solamente no se responsabilizó, sino que en contubernio con el ahora senador Javier Lozano dejaron que estos mineros, que estas personas sufrieran la peor de las suertes.
Pero no es ése el único error y el único acto de indolencia que ha cometido Grupo México. En 1934 quedaron también muertos en las minas de carbón de este grupo 57 mineros, 36 en el 38, 39 en 1942, 12 mineros en 1948 y de ahí podemos ir a una lista inacabada.
La multa que se le está poniendo a Grupo México, según una ley que nosotros mismos aprobamos es de 40 millones de pesos, con base a la Ley de Responsabilidad Ambiental. La verdad es, compañeras y compañeros, que esta ley que creíamos que iba a venir a ayudarnos ha quedado corta y queda corta para esta gran tragedia donde Grupo México no solamente ha utilizado sus relaciones con el gobierno calderonista, con el gobierno priista actual, sino que ahora gasta millones y millones en desplegados para felicitar al presidente Peña Nieto.
Ojalá Grupo México invirtiera los millones que le cuestan sus desplegados en diarios a atender de inmediato el ecocidio que cometió en Sonora.
La sociedad exige sanciones y exige responsables. Por qué. Porque lo que estamos viendo hoy es solamente el principio de lo que veremos hacia delante con los daños ecológicos, como lo ha dicho el diputado Mejía, en el tema del fracking y todas estas prácticas que no están reguladas.
Aquí hay que dejar claro, queda en duda la normatividad para las empresas mineras, específicamente en el tema de responsabilidades y queda claro que esta Ley de Responsabilidad Ambiental ha quedado corta. Pero sobre todo nos debe quedar claro que se ha hecho una comisión especial y que esta comisión especial tendrá que ir e investigar y lo haremos ya in situ en Sonora.
Y decirlo muy claro, muy bajo en público y en privado. Éste será el antecedente Grupo México de la sanción y la responsabilidad que el Congreso de la Unión deberá tener frente a la sociedad, no solamente de Sonora y frente a la indolencia de empresas como Grupo México.
Esperemos que ésta sea la primera de muchas y que quede en antecedente que en este país el que la hace la paga. Inclusive en el tema de indolencia empresarial. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputada Aguilar Gil. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la palabra el diputado Ricardo Monreal Ávila.
El diputado Ricardo Monreal Ávila:Ciudadano presidente, ciudadanos legisladores, hace unas semanas en la Comisión Permanente se aprobó un punto de acuerdo por unanimidad, con motivo del daño ecológico que se suscitó en Sonora, en el río Sonora y que es una tragedia sin precedente en aquel estado.En el punto de acuerdo se establecían varios apartados, entre otros la suspensión de la minera e incluso la posibilidad de cancelar la concesión. A pesar de que fue por unanimidad, el gobierno a través de sus voceros de inmediato replicaron que no era procedente la cancelación porque era mayor el beneficio que el daño, cosa absurda y que coloca a estos funcionarios, como el de Semarnat, en peones, en meros interlocutores y achichincles de las grandes empresas mineras nacionales y extranjeras.
El Grupo México causó daños por tres mil millones de pesos en Sonora, pero solo lo multan con 40 millones de pesos; es decir, el 1.33 por ciento; eso se llama derecho a contaminar.
Por cierto debemos recordarles, nosotros votamos en contra de la Ley de Responsabilidad Ambiental. Les advertimos y les dijimos que era insuficiente, ahora todos se rasgan las vestiduras de que es insuficiente lo que nosotros hemos advertido, pero déjenme decirles de qué grado es y de qué nivel es la diferencia de cómo los norteamericanos y sus leyes tratan a este mismo Grupo México y cómo los tratan en México.
En el 2009 multaron a Zarco en Estados Unidos, que es filial del Grupo México, con mil 700 millones de dólares por contaminar a varios estados así o más claro, mil 700 millones de dólares. Aquí se multó con 40 millones de pesos. Sostenemos que es apenas el inicio de lo que habrá de ser la depredación más grande que la historia y la patria hayan sufrido. Es un asunto muy grave que advierte la tragedia ecológica en la que nos veremos envueltos gracias a esta mayoría mecánica que no pudo reflexionar acerca del daño que causará la reforma energética. La energética se ha convertido en la madre de todas las entregas de la riqueza del país al transferir la rectoría del Estado a la matriz de un mercado global caracterizado por esto, la depredación ambiental, la corrupción política, la explotación laboral, la evasión fiscal y el saqueo económico.
Les pregunto, si no pueden contener, ni castigar a los responsables de los desastres naturales en el Río Sonora y en Cadereyta, en Tabasco y en Durango, ¿Cómo podrán regular, responsabilizar y contener los excesos y el poder corruptor de las transnacionales petroleras? Me preocupa mucho que se cree una comisión, normalmente sirven para mediatizar, ocultar y evadir la responsabilidad de aquellos que cometieron delitos y daños.
Por último saludo con mucho afecto a los familiares directos de José Revueltas. Sus hijos, sus nietos y bisnietos. Por cierto, la Junta de Coordinación Política aprobó un justo homenaje a éste gran prócer, a este gran hombre, que México se siente orgulloso. Presidente, muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, señor diputado. Para expresar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, le otorgo el uso de la palabra a la diputada Lourdes Adriana López Moreno. Por favor.
La diputada Lourdes Adriana López Moreno:Con su permiso, señor presidente. Por cierto, qué gusto saludar a un presidente verde en esta sesión de Cámara.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada, adelante por favor.
La diputada Lourdes Adriana López Moreno: Quiero comentar que para nosotros como grupo parlamentario es sumamente importante el tema de esta terrible situación en cuanto a daño ambiental se está viviendo en nuestro país.
Quiero por ello felicitar, en primer orden, a esta Cámara de Diputados por la integración de esta Comisión Especial para dar seguimiento a esta problemática, de la cual comento que desde la Comisión de Medio Ambiente estaremos también muy al pendiente acompañando los resultados de esta comisión especial.
Pero quiero decirles que si bien es cierto ya se ha hablado mucho de los daños que ha ocasionado el derrame de esos 40 millones de litros de sustancias tóxicas contaminando los ríos que hemos mencionado a causa de una situación de completa irresponsabilidad de Grupo México, que es quien explota la Mina de Cananea, quiero comentar que más allá de esta situación de presentar la creación de una comisión especial para dar seguimiento al tema, hay varias cosas que debemos reflexionar y que nos deben de llevar a acciones mucho más contundentes y en eso coincido con quienes me han antecedido en la palabra.
Primeramente decir que la creación de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, ha sido sin lugar a dudas un acierto. Que si bien es cierto una ley perfectible, me parece a mí que hasta antes de la existencia de la Ley de Responsabilidad ambiental no existía en la legislación ambiental mexicana una conceptualización de daño ambiental. No existía en concepto de daño ambiental y mucho menos la exigencia de reparar el daño ambiental.
Si bien es cierto las multas no son las máximas que hubiéramos querido -hablamos de multas de 400 mil días de salario mínimo-, quiero aquí comentar y voy a compartir la frase que decía quien me antecedió en la palabra que aquéllos que se rasgan las vestiduras, en realidad la propuesta original de mi Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, era de multas de hasta 800 mil días de salario mínimo.
Y muchos diputados de distintos grupos parlamentarios que seguramente me están escuchando, deben recordar que fueron quienes vinieron a hablar a nombre de las empresas a pedir que las multas se redujeran. Pedían que se redujeran hasta 200 mil días de salario mínimo.
Sin embargo se hizo un excelente proceso de cabildeo por parte, y aquí el reconocimiento a los diputados que integran la Comisión de Medio Ambiente, para subir esa cifra que estaban planteando en un proceso de negociación, y quedó de 400 mil días de salario mínimo.
Quiero comentarles que el día de hoy está registrándose en el Senado una iniciativa por parte de mi grupo parlamentario, a cargo del senador Jorge Emilio González, para incrementar al doble estas sanciones y para que estas sanciones queden en el orden de los 800 mil días de salario mínimo, y esperamos que así como todos han manifestado su inconformidad a estas cifras y así como hubo quienes solicitaron que estas cifras se redujeran en aquel momento, apoyen en su preciso momento esta iniciativa de incrementar al doble todas las sanciones que manifiesta la Ley de Responsabilidad Ambiental.
Y finalmente comentarles que presentaremos un punto de acuerdo desde el grupo parlamentario del Partido Verde, para exigir no solamente la aplicación de responsabilidad ambiental, ya que ha sido una decisión que tuvo la Semarnat, que por primera vez a un año de aprobada esta ley, se está aplicando la Ley de Responsabilidad Ambiental, y bueno, creo que ya era hora que Profepa y Semarnat hicieran esto. Finalmente lo están haciendo, van por la pena máxima, pero también vamos a pedirles la coadyuvancia del Ministerio Público, la presentación de las denuncias ante la PGR para actuar también en orden de materia penal y por supuesto, que se eche a andar el Fondo Ambiental que la Ley de Responsabilidad Ambiental plantea para atender de manera inmediata acciones de saneamiento por las afectaciones que ha suscitado esta contaminación tan terrible en Sonora.
Así que me da mucho gusto escuchar a muchos preocupados por el tema, me da mucho gusto ver que finalmente se le está poniendo atención. Qué triste que haya sido después de una afectación de este tamaño, pero esperamos contar con el respaldo de todos los diputados aquí presentes en estas acciones para endurecer las leyes que permitan castigar a quienes están dañando los recursos naturales en nuestro país. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Lourdes López Moreno. Le concedemos ahora el uso de la palabra para que manifieste la posición del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, a la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro.
La diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro:Con su permiso, presidente. Hablar de este tema en verdad yo soy sonorense- y nos preocupa mucho, también nos debe ocupar a esta Cámara la solución integral a esta situación que es gravísima.El 6 de agosto en la mina de Cananea el Grupo México derramó 40 mil metros cúbicos de ácido sulfúrico en los ríos Bacanuchi y Sonora, cubriendo 60 kilómetros de las aguas de los ríos, afectando a siete municipios de: Cananea, Hermosillo, incluidos Arizpe, Cures, San Felipe, Banámichi y Baviácora.
A la población de estos lugares las autoridades ambientales y de protección civil no alcanzaron a avisarles, sino cinco días después del derrame.
Por supuesto Grupo México no hizo nada para alertar a la población de Cananea, la más cercana de todas, ni a los otros municipios ni por supuesto a la capital del estado de Sonora, Hermosillo.
La empresa ocultó deliberadamente la falla, afirma el delegado estatal de Conagua en Sonora.
Al ácido sulfúrico derramado, hay que agregar que se han encontrado arsénico, cadmio, aluminio, hierro, manganeso, níquel y cobre en concentraciones superiores a las permitidas, en el río Sonora.
Se trata del daño más grande, el desastre ecológico más grande del estado de Sonora, y señalan algunos especialistas que en los últimos años no se había presentado en México, en todo México, una situación tan grave.
De todos los grupos mineros del país, incluyendo transnacionales, Grupo México tiene la mayor propiedad del terreno nacional, lo que junto, con los terrenos de Ferromex y otras empresas del mismo Germán Larrea, se convierten en una amenaza nacional si no se les obliga a cumplir con las leyes, no sólo las que tienen que ver con el medio ambiente que por supuesto son muy importante, sino también las de seguridad e higiene, las condiciones en que laboran sus trabajadores, y por supuesto también que se le obligue a respetar los derechos humanos de sus trabajadores y de las poblaciones donde se asientan.
El día 13 de agosto Grupo México, bajo el nombre de Buenavista del Cobre, publica un desplegado en el diario Reforma, en el que hace responsable a las lluvias torrenciales de la tragedia ecológica y ambiental. Ha señalado Semarnat que esto es mentira. Grupo México es el responsable del derrame de tóxicos en esta región.
Cabe recordar que en las recientes aprobadas leyes energéticas Grupo México tiene muchos intereses en juego pues, como se sabe, su fortuna, la segunda más grande del país, se formó a la sombra del Estado y de los gobiernos privatizadores de la riqueza nacional.
Por ello, compañeras y compañeros, tenemos que atender este tema, que no es un tema nada más de Sonora, es un tema de México.
Como ustedes saben, el pasado 20 de agosto el pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó un punto de acuerdo en el que exhorta a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados para que decida la creación de una comisión especial.
Ha sido ya constituida esta comisión especial, de la cual formo parte. Hemos aprobado ya un plan de trabajo y el día de mañana estaremos realizando una visita a la zona afectada y llevaremos a cabo algunas reuniones de trabajo con las autoridades federales, estatales, con los alcaldes de las zonas afectadas por supuesto, y los directivos de la empresa.
No podemos, no debemos en esta Cámara ser débiles ante el poder económico. Tiene que haber en México un precedente que permita que se aplique la ley con mano dura. Por ello no debemos quitar de la mesa la discusión sobre el retiro de la concesión. Debemos decir basta y que a través de las redes de influencia y de corrupción se pueda en México estar por encima de las leyes y se pueda afectar al medio ambiente, a los trabajadores y a los habitantes de las poblaciones que están resultando afectados por una minería irresponsable.
Necesitamos poner el ejemplo y se tiene que atender este tema de manera integral. Hay que reparar, hay que resolver el asunto del medio ambiente, pero no hay que olvidar los graves problemas que esta situación de contaminación puede generar y están generando en la población.
Por supuesto tampoco podemos dejar de mencionar el aspecto social. La población que vive de la agricultura, de la ganadería, de la producción de algunos artículos regionales, productos regionales que tienen mucho renombre en el estado, que incluso son una marca registrada Río Sonora, no tienen posibilidad de venta, no están recibiendo turismo, la gente está en condiciones sumamente adversas y se tienen que tomar cartas en el asunto de manera inmediata. Una solución integral y una sanción ejemplar para que en México por fin se acabe la corrupción, se acabe el tráfico de influencias y por fin se haga valer la ley. Muchísimas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputado Lorenia Iveth Valles. Del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, le concedo el uso de la palabra al diputado Cuauhtémoc Galindo Delgado.
El diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado:Con su permiso, señor presidente. Diputadas y diputados: como representante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y representante también de los ciudadanos de la región afectada del río Sonora, quiero compartirles que en efecto fueron 40 mil metros cúbicos de sulfato de cobre los que se derramaron sobre 17.6 kilómetros del arroyo de las Tinajas, 64 kilómetros del río Bacanuchi y 190 kilómetros del río Sonora.La región del río Sonora alberga a 22 mil habitantes que practican la agricultura, la ganadería y el turismo. Es por eso que los diputados del PAN entendemos la magnitud de lo que se presenta en el tema ambiental y ecológico de la región y, en consecuencia, avalamos y respaldamos el acuerdo que en esta Cámara durante la sesión de la Comisión Permanente se ha aprobado.
Pero solicitamos que se aplique con justicia, que se aplique con claridad la ley y que la misma legislatura que en materia ambiental hace un año se aprobó en esta Cámara de Diputados sea llevada en consecuencia, que se hagan los esfuerzos por parte del gobierno federal, no sólo en aplicar las sanciones correspondientes a los responsables, sino en trabajar para regresar al estado en que se encontraba el medio ambiente y el entorno ecológico de la región hasta antes de lo sucedido.
También queremos decir los diputados del PAN, desde esta tribuna, que en el país en lo que va del sexenio se han presentado mil 124 emergencias ambientales, y es pertinente que el gobierno federal encabezado por el presidente Enrique Peña Nieto, fortalezca a las instituciones encargadas de velar por el medio ambiente como lo son la Semarnat, la Profepa y demás que dependen del titular del gobierno federal.
Es preciso que a través de la Ley de Responsabilidad Ambiental se ejecuten los mecanismos que precisen el trabajo de las dependencias en prevenir este tipo de desastres mediante la inspección, la vigilancia y la aplicación de la ley.
Quiero aprovechar también para hacer un reconocimiento al gobernador del estado, el licenciado Guillermo Padrés Elías, que ha estado atendiendo desde el primer momento la afectación que se tiene en la región y mandarle nuestra solidaridad, la del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, estoy seguro que la del pleno de la Cámara de Diputados, a los afectados de la región y decirles que con claridad estaremos muy pendientes de que este tema no se convierta en una situación política, sino que realmente lleve soluciones para quienes han sido afectados, no sólo de momento, porque el reactivar la economía de la región en los temas de la ganadería, la agricultura y el turismo no serán menores, se requiere de un gran esfuerzo, y saludamos de nueva cuenta que este pleno haya tomado acciones en su momento. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Cuauhtémoc Galindo.
Para que fije la postura en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de Nueva Alianza, le otorgamos el uso de la palabra a la diputada Cristina Olvera Barrios.
La diputada Cristina Olvera Barrios:Buenas tardes. Con su permiso, diputado presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante.
La diputada Cristina Olvera Barrios: Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, a 27 días que sucediera el derrame de los 40 millones de litros de lixiviados de sulfato de cobre, ácido sulfúrico y otras sustancias tóxicas de la mina Buenavista del Cobre, propiedad de Grupo México, ubicado en el municipio de Cananea, Sonora, sustancias que se han propagado a lo largo del río Sonora y Bacanuchi, generando una grave contaminación que llega a la presa El Molinito, la Comisión Nacional de Agua, Conagua, nos advierte los niveles de contaminación de los citados ríos que se encuentran fuera de la Norma Oficial y que la calidad del agua aún sufre las afectaciones causadas principalmente por la presencia de metales contaminantes.
Los municipios afectados por la contingencia ambiental son los municipios de Arizpe, Banámichi, Aconchi, Huépac, San Miguel, Baviácora y Ures. Grupo México finalmente reconoció que la contaminación del río Sonora se debió a una falla en la construcción del sello de una de sus tuberías y señaló además que esta construcción le fue encomendada a la firma del contratista especializado de la región, denominada Tecovifesa, la cual era responsable de la construcción de una nueva planta de procesos de cobre, lo que de ninguna manera exime la responsabilidad de la minera Grupo México.
La negligencia de Grupo México, empresa concesionaria de la mina Cananea, provocó el derrame de millones de litros en el río Sonora y con ello ocasionó que se viera gravemente afectado con la presencia de diversas sustancias contaminantes de metales pesados y metaloides.
Entre los saldos de este desastre que cerciora en la historia de Sonora se encuentra el cierre temporal de más de 700 pozos, lo que ha privado a miles de personas de agua necesaria para realizar actividades cotidianas. De igual forma, los agricultores y ganaderos están siendo afectados por este hecho ante la imposibilidad de regar sus tierras con aguas contaminadas.
La negligencia de la minera trae consecuencias sociales que agravan la situación de los sectores más desprotegidos de la sociedad sonorense, debido a la caída de la producción agropecuaria. Y dada la gravedad de los daños ocasionados lo procedente es exigirles a las autoridades competentes las sanciones correspondientes para este tipo de desastres ecológicos, petición que se encuentra suficientemente sustentada en las Leyes de Aguas Nacionales, Minería, y Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental, porque no basta la sola aplicación de multas para sentar los precedentes ejemplares.
Las afectaciones provocadas por este derrame superan por mucho la afectación en el ámbito de actividad económica y del medio ambiente, teniendo grandes impactos entre otros sectores al grado de suspender el inicio del ciclo escolar en diversos planteles educativos ubicados en las cercanías de la región contaminada, lo que ha venido a perjudicar a cerca de 6 mil alumnos.
El cooperativo de la empresa responsable mintió al dar a conocer las causas de la tragedia, pues los atribuyeron a la presencia de lluvias, cuando en realidad se trataba de un problema originado en las instalaciones de la mina, situación que ya ha sido suficientemente aclarada por el gobierno federal.
Coincidimos plenamente que es indispensable actuar con todo el rigor de la ley, imparcialidad y sin perjuicio en lo concerniente a la reparación del daño causado, no obstante sin olvidar el desinterés irresponsable con el que hasta ahora se ha conducido Grupo México frente a éste, y que pone en evidencia la actitud irresponsable de este corporativo ha tenido a este lamentable desastre ecológico que ha golpeado en forma directa la economía de la región, actuando únicamente para resguardar sus intereses económicos.
Vigilando que estas dependencias federales entreguen informes detallados sobre la revisión y visitas de inspección a las áreas afectadas, particularmente a lo que se refiere al cumplimiento tanto de las sanciones como de las medidas necesarias para revertir los daños, debiendo vigilar igualmente la aplicación de medidas y multas contempladas en la legislación, y especialmente encaminadas a la reparación del daño.
Resulta improcedente la función que habrá que desempeñar la Comisión Especial para recopilar toda la información necesaria para que en su momento se pueda verificar que tanto el gobierno del estado de Sonora como las Secretarías de Economía, de Salud y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como la Comisión Nacional del Agua, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios lleven a cabo las acciones legales que se contemplan en la legislación vigente, de manera que impongan multas ejemplares y cualquier otra sanción que resulte aplicable en contra de la empresa responsable denominada Buenavista del Cobre.
Es indudable que la protección de los intereses superiores del país y de los intereses particulares de todos y cada uno de los afectados serán oportuna y eficazmente protegidos con las acciones que pueda implementar esta Cámara de Diputados, sujetándose en la información y conclusión derivados del desempeño de la responsabilidad que se ha asignado a la Comisión Especial, y es por ello que en Nueva Alianza sabemos de la importancia que tiene la aprobación del presente punto de acuerdo y con nuestro voto a favor reiteramos nuestro compromiso por el cuidado del medio ambiente para el bienestar de la población y reparación del daño ambiental que se ha ocasionado. Es cuanto, diputado presidente, y muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputada Olvera Barrios. Corresponde hacer uso de la palabra al señor diputado Manuel Añorve Baños, y lo hará a nombre del Grupo Parlamentario Revolucionario Institucional. Adelante, por favor diputado.
El diputado Manuel Añorve Baños:Con su permiso, señor presidente. Aquí mucho se ha dicho ya de los daños que se han ocasionado en el estado de Sonora, pero vale la pena volver a subrayar cuáles han sido, porque la opinión pública debe conocer cuáles son las afectaciones y, por supuesto, las consecuencias de estas afectaciones: el desabasto del vital líquido, el encarecimiento que están viviendo nuestros amigos del estado de Sonora del agua embotellada en la región, el haber afectado a más de 20 mil sonorenses, por supuesto el ganado, que ha sido retirado de los márgenes de estos ríos y se ha suspendido la ordeña y la elaboración de queso. También cómo está afectando que se contraiga la exportación de carne. Y, por supuesto, se ha suspendido el inicio del ciclo escolar, o así sucedió cuando estos hechos se presentaron en el estado de Sonora.Tengo que subrayar que esta empresa es responsable del desastre obvio y ha tenido un comportamiento poco ético durante la crisis que se está viviendo. El corporativo mintió, el corporativo sigue mintiendo. Dio a conocer que las causas de la tragedia se atribuyeron a la presencia de lluvias atípicas. Eso es mentira, como lo estoy subrayando. Cuando en realidad se trataba de un problema originado en las instalaciones de la mina y así ha quedado asentado.
Por supuesto que estuvieron echando cal. Uno de estos días ya quisieron con una campaña mediática decir que estaban atendiendo la tragedia. Obvio que ha habido respuestas de los sonorenses con bloqueos y muchas manifestaciones más.
No es esta la primera vez que Grupo México se ve inmiscuido en un problema de esta naturaleza. Así lo dijo el diputado Ricardo Monreal y muchos más de los que aquí han hecho uso de la palabra. Por eso esta comisión especial, que nació con un mandato de la Comisión Permanente, por supuesto va a coadyuvar a la construcción de la verdad legal, a fin de establecer indemnizaciones a favor de las víctimas. No tengo la menor duda que así será, ya que es presidida por el diputado Marco Antonio Bernal y además está sumada la pluralidad política de esta Cámara de Diputados y se sumarán más diputados y diputadas interesados en resolver y sancionar a esta empresa.
Por supuesto que ya se ha hablado de otros desastres en términos de sucesos, como ha pasado en el estado de Sonora a nivel internacional y las sanciones que se han aplicado con miles de millones de dólares.
Por este tema queremos una sanción y un resarcimiento del daño ejemplar. No tengo la menor duda que esta comisión especial que mañana irá al estado de Sonora tomará cartas en el asunto y esta comisión especial tendrá como conclusión, porque así es la unanimidad que aquí hemos señalado, porque eso queremos: la suspensión de actividades de la mina Cananea, operada por Grupo México, hasta en tanto se evalúen los daños y se garantice el resarcimiento del medio ambiente y la indemnización a toda la población afectada.
No tengo la menor duda. Esta comisión no irá solamente de paso, sino irá a tomar nota, a escuchar a todos los afectados y aplicar las sanciones correspondientes. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, señor diputado Manuel Añorve.
Con su participación ha concluido la lista de oradores, por ello pido a la Secretaría, en votación económica, consulte a la asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire: En votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado. Comuníquese.
Le pido a la Secretaría continúe dando cuenta de con comunicaciones de la Junta de Coordinación Política.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente movimiento solicitado por el diputado Arturo Escobar y Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que la diputada Ruth Zavaleta Salgado, cause baja como integrante de la Comisión de Igualdad de Género.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 2 de septiembre de 2014. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente se sometan a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes movimientos solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que el diputado David Pérez Tejada Padilla, cause baja como integrante en la Comisión Especial que da seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora.
Que la diputada Laura Ximena Martel Cantú, cause alta como integrante en la Comisión Especial que da seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1o. de septiembre de 2014. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente se sometan a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes movimientos solicitados por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que el diputado Heberto Neblina Vega, cause baja como integrante de la Comisión Especial que da seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora.
Que el diputado José Enrique Reina Lizárraga, cause alta como integrante de la Comisión Especial que da seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1o. de septiembre de 2014. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente se sometan a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes movimientos solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que el diputado Tomás Torres Mercado, cause baja como integrante del Organismo Permanente del Parlamento Latinoamericano (Parlatino).
Que la diputada Martha Vital Vera, cause alta como integrante del Organismo Permanente del Parlamento Latinoamericano (Parlatino).
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1o. de septiembre de 2014. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De enterado. Comuníquese.
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA Y LA LEY DE LA POLICIA FEDERAL
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y de la Policía Federal
Honorable Asamblea:
La Comisión de Seguridad Pública de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.
I. Antecedentes
1. Con fecha 1o. de abril de 2014, fue turnada por la Mesa Directiva a la Comisión de Seguridad Pública para su dictamen, iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 6o., 40, fracción I, y 51, fracción II, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, presentada por el diputado José Alberto Rodríguez Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
2. Con la misma fecha, fue también turnada por la Mesa Directiva a la citada comisión para los mismos efectos, iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 2, 4, 5, 8, 9, 15, 19 y 49 de la Ley de la Policía Federal, a cargo del mismo iniciante.
II. Planteamiento del problema y contenido del asunto
1. El problema común que plantean las iniciativas en turno tiene como marco la reforma constitucional de junio de 2011, en materia de derechos humanos, que al entrar en vigor amplió la esfera de éstos para las personas que se encuentran en el territorio nacional; así como la reciente reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, del 2 de enero de 2013, que entre otros ajustes concentró en la Secretaría de Gobernación las funciones relativas a seguridad pública.
Dicha problemática, consiste en que la aprobación de estas reformas acarrea de forma natural desarmonización legislativa, en razón de que deben actualizarse cuerpos normativos que se correlacionan tanto con la Constitución como con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
2. El objeto de la iniciativa consiste en reformar diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de la Policía Federal, con la finalidad de adecuar el marco normativo al nuevo esquema de tutela de los Derechos Humanos, que accede al entorno jurídico internacional de éstos; así como el fin de reemplazar las menciones del secretario de Seguridad Pública, funcionario actualmente inexistente, con el secretario de Gobernación.
3. El contenido de las iniciativas se ilustra a continuación, comparándose con las normas jurídicas vigentes:
A) Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
B) Ley de la Policía Federal
III. Proceso de análisis
1. La Comisión de Seguridad Pública examinó los méritos de las iniciativas del autor a la luz de una revisión del marco normativo vigente y propuesto, consulta de otros antecedentes legislativos y doctrinales, y se enriqueció por la discusión del mismo en su reunión ordinaria.
IV. Consideraciones resultado del análisis y valoración de las iniciativas
a) En cuanto a los argumentos del autor
Primera. Se coincide en cuanto a las reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública con el iniciante en que, a raíz de las reformas constitucionales en materia de derechos humanos, es necesario ajustar el marco normativo secundario de manera conforme a la Constitución, para garantizar la plena validez de los mismos y que se continúe con el cambio en el paradigma de la relación de la autoridad frente a los gobernados.
Segunda. Asimismo, en lo relativo a las reformas propuestas a la Ley de la Policía Federal, se comparte el sentir del autor en cuanto a continuar homologando la legislación secundaria en lo relativo a la reforma constitucional citada en la consideración Primera; siendo también necesario el ajustar la norma jurídica a la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, entrada en vigor en enero de 2013, subrogándose al secretario de Gobernación en las funciones del otrora existente secretario de Seguridad Pública
Tercera. Que la armonización legislativa es una consecuencia lógica y deseable de la aprobación de reformas al marco legal, debido a la interrelación entre los distintos cuerpos normativos para configurar un sistema funcional.
b) En cuanto a los textos normativos propuestos
Cuarta. Se coincide con el iniciante en que los dispositivos a reformar son adecuados y corresponde a la intención del autor de la iniciativa de armonizar tanto la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley de la Policía Federal con las reformas constitucionales y legales multicitadas.
Quinta. Esta comisión considera procedente, en razón de la identidad en el objeto de las materias en estudio, dictaminar en un solo acto ambas iniciativas.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública sometemos a consideración de esta Asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de la Policía Federal
Artículo Primero. Se reforman los artículos 6, 40, fracción I, y, 51, fracción II, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue:
Artículo 6. Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional, su actuación se regirá además, por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, honradez, y respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte. Deberán fomentar la participación ciudadana y rendir cuentas en términos de ley.
Artículo 40. ...
I. Conducirse siempre con dedicación y disciplina, así como con apego al orden jurídico, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte;
II. a XXVIII. ...
Artículo 51. ...
I. ...
II. Se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte. Tendrá como objetivos la preparación, competencia, capacidad y superación constante del personal en tareas de procuración de justicia;
III. a X. ...
Artículo Segundo. Se reforman los artículos 2, primer párrafo; 4, fracciones VIII y IX; 5; 8, fracción XXXIV; 9; 15; 19, fracción I, y 49 de la Ley de la Policía Federal, para quedar como sigue:
Artículo 2. La Policía Federal es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, y sus objetivos serán los siguientes:
I. a IV. ...
Artículo 4. ...
I. a VII. ...
VIII. Secretaría, a la Secretaría de Gobernación, y
IX. Secretario, al titular de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 5. La investigación para la prevención de los delitos, en términos de los artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el conjunto sistematizado de acciones y procedimientos encaminados a la planeación, obtención, procesamiento y aprovechamiento de la información, con el propósito exclusivo de evitar la comisión de delitos, con base en los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a las garantías individuales y los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Artículo 8. ...
I. a XXXIII. ...
XXXIV. Vigilar, supervisar, asegurar y custodiar, a solicitud de la autoridad competente, las instalaciones de los centros federales de detención, reclusión, readaptación y reinserción social, con apego a los derechos humanos reconocidos en la Constitución federal y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte;
XXXV. a XLVII. ...
Artículo 9. Las Secretarías de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán mecanismos administrativos, presupuestarios y de control, aplicables de manera específica a las funciones y actividades excepcionales de la Policía Federal que requieran realizarse con riesgo o urgencia.
Artículo 15. La actuación de los miembros de la Policía Federal se sujetará, invariablemente, a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Artículo 19. ...
I. Conducirse siempre con dedicación y disciplina, así como con apego al orden jurídico y promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte;
II. a XXXIV. ...
Artículo 49. Las autoridades responsables de efectuar las intervenciones a que se refiere la fracción XXIX del artículo 8 de esta Ley deberán regirse por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, imparcialidad, honradez y respeto a las garantías individuales y los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La Comisión de Seguridad, diputados:José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica), presidente; José Alejandro Montano Guzmán (rúbrica), Ana Isabel Allende Cano (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Consuelo Argüelles Loya, Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), secretarios; María Elena Cano Ayala (rúbrica), Carlos Octavio Castellanos Mijares (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Pedro Ignacio Domínguez Zepeda (rúbrica), Francisco González Vargas, Raúl Macías Sandoval (rúbrica), José Valentín Maldonado Salgado, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Trinidad Secundino Morales Vargas, Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), Víctor Serralde Martínez, María Guadalupe Sánchez Santiago, Regina Vázquez Saut (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 8o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Honorable Asamblea:
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, fracciones XII y XXIII, y 45, numeral 6, incisos e) a g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, numeral 1, fracción II, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno el presente dictamen, al tenor de los siguientes
I. Antecedentes
Primero. Con fecha 13 de marzo de dos mil catorce, el Diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de esta LXII Legislatura, Iniciativa que reforma los artículo 7 y 8, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Segundo. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos la iniciativa de mérito, para análisis y dictamen.
II. Considerandos
Como antecedentes, el diputado promovente menciona la evolución territorial de la nación, desde el Virreinato, pasando por el Imperio, la República, nuevamente el Imperio y, posteriormente, la República Restaurada.
Expresado que en el devenir histórico del país, se puede considerar la evolución territorial contemporánea a partir de los siguientes episodios:
- Que el 30 de diciembre de 1930, el Congreso de la Unión y las legislaturas locales aprobaron reformas de la Constitución por las cuales se crearon los territorios norte de Baja California y sur de Baja California, publicadas en el Diario Oficial el 7 de febrero de 1931.
- Que el 14 de diciembre de 1931, el presidente Pascual Ortiz Rubio decretó la anexión del territorio de Quintana Roo a Yucatán y Campeche, fundamentando que el territorio al no poder bastarse a sí mismo económicamente, representaba un enorme egreso para la federación.
- El 11 de enero de 1935, el presidente Lázaro Cárdenas emitió un decreto, publicado en el Diario Oficial el 16 de enero de 1935, el cual restituyó nuevamente el territorio federal de Quintana Roo.
- Que el 1 de septiembre de 1951, el presidente Miguel Alemán anuncia que el territorio norte de Baja California, por razón de su población y su capacidad económica para subsistir, satisface las condiciones exigidas por la Constitución para ser admitido como estado libre y soberano.
- En 1963 se dio la devolución formal de El Chamizal, estableciendo la nueva frontera entre México y Estados Unidos.
- El 28 de octubre de 1967 se dio la devolución física de El Chamizal entre los presidentes de Estados Unidos, Lyndon B. Johnson, y de México, Gustavo Díaz Ordaz.
- Que en 1974, el presidente Luis Echeverría Álvarez envió al Congreso de la Unión una iniciativa de ley para que el territorio de Quintana Roo y el territorio sur de Baja California fueran elevados a categoría de estados.
Tras la aprobación de las legislaturas estatales, el 8 de octubre del mismo año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que dio a México su actual configuración.
El diputado señala que fue esta reforma constitucional el medio para que Baja California Sur y Quintana Roo se convirtieran en estados, ya que reunían las condiciones necesarias establecidas en el artículo 73 de la Constitución, que dispone que para dejar su condición de territorio, debía contar con una población mínima de 80 mil habitantes, ingresos propios suficientes para cubrir los gastos de administración pública, así como infraestructura agrícola, industrial, comercial, educativa, entre otras.
Asimismo, menciona los artículos 43, 44, 45 y 46 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los que apoya su propuesta, referentes a la integración de la federación, el Distrito Federal, y la extensión y límites de los estados que forman la federación.
Por otra parte, en la iniciativa se detallan diversos antecedentes del hoy INAH, desde la creación del Museo Nacional Mexicano en 1825; posteriormente la disposición de Maximiliano de Habsburgo de instalar en el Palacio Nacional el Museo Público de Historia Natural, Arqueología e Historia, en el año de 1865. Hasta llegar al año 1939 en el cual se crea el INAH.
Con base en los anteriores argumentos, el diputado J. Jesús Oviedo Herrera propone la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:
Artículo Único. Se reforman los artículos 7o., primer párrafo, y 8o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar como sigue:
Artículo 7o. Las autoridades de los estados, Distrito Federal y municipios cuando decidan restaurar y conservar los monumentos arqueológicos e históricos lo harán siempre, previo permiso y bajo la dirección del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
...
...
Artículo 8o. Las autoridades de los estados, Distrito Federal y municipios podrán colaborar con el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura para la conservación y exhibición de los monumentos artísticos en los términos que fije dicho Instituto.
III. Consideraciones generales
La comisión dictaminadora comparte los argumentos del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por los que considera necesario cambiar la denominación de territorios por la de estados y un Distrito Federal, toda vez que, de acuerdo con el marco legal, ya no es aplicable.
Como establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 42, el territorio nacional comprende
I. El de las partes integrantes de la federación;
II. El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes;
III. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el Océano Pacífico;
IV. La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes;
V. Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fija el derecho internacional y las marítimas interiores;
VI. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio derecho internacional.
Las partes que integran la federación, como establece la propia Carta Magna en el artículo 43, son Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y el Distrito Federal.
El Distrito Federal es la extensión geográfica en el que por mandato constitucional, es sede de los de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos.
Como establece el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en su artículo 2, el Distrito Federal es una entidad federativa con personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes que le sean necesarios para la prestación de los servicios públicos a su cargo, y en general, para el desarrollo de sus propias actividades y funciones.
Y el artículo 3 del mismo Estatuto dispone que el Distrito Federal se compone del territorio que actualmente tienen sus límites geográficos, que son los fijados por los decretos del 15 y 17 de diciembre de 1898, expedidos por el Congreso de la Unión así como por los convenios amistosos aprobados por el Poder Legislativo Federal de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución.
Para Elisur Arteaga Nava, el Distrito Federal es parte integrante de la federación mexicana, como tal le son imponibles las obligaciones que para los estados existen, entre otras, pertenecer a dicha en forma estable, independientemente de que sea o no el asiento de los poderes federales. En virtud de lo dispuesto en el artículo 44, la Ciudad de México es el Distrito Federal, por tanto, es sede de los Poderes de Unión; es la capital de ese ente que jurídicamente se denomine Estados Unidos Mexicanos. La Ciudad de México es, a la vez, asiento de los órganos de autoridad locales; por eso se le reconoce una doble naturaleza.
En tal virtud, el Distrito Federal, independientemente de ser sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, es parte integrante de la Federación y, por tanto, se le pueden imponer obligaciones como al resto de los estados.
En el caso que nos ocupa, la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos señala que su objeto es de interés social y nacional y sus disposiciones son de orden público.
En el artículo 7 establece que las autoridades de los estados, territorios y municipios cuando decidan restaurar y conservar los monumentos arqueológicos e históricos lo harán siempre, previo permiso y bajo la dirección del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
Asimismo, el artículo 8o. de la ley arriba mencionada señala que las autoridades de los estados, territorios y municipios podrán colaborar con el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura para la conservación y exhibición de los monumentos artísticos en los términos que fije dicho instituto.
En relación con lo anterior, la iniciativa que se analiza propone reformar dichos artículos, sustituyendo en ambos la palabra territorios por la de Distrito Federal, lo que se considera viable ya que tanto los estados con sus correspondientes municipios y el Distrito Federal son partes integrantes de la federación y, por tanto, están obligados a cumplir lo dispuesto en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento.
En virtud de lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos propone a esta asamblea que se remita a la Cámara de Senadores el presente proyecto de decreto, que reforma los artículos 7o. y 8o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a efecto de que las reformas aprobadas por la Cámara de Diputados sean discutidas por el Senado de la República en su calidad de Cámara revisora.
En virtud de las consideraciones expuestas, la comisión dictaminadora tiene a bien emitir el siguiente proyecto de
Decreto que reforma los artículos 7o. y 8o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Artículo Único.Se reforman los artículos 7o., primer párrafo, y 8o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para quedar como sigue:
Artículo 7o. Las autoridades de los estados, Distrito Federal y municipios cuando decidan restaurar y conservar los monumentos arqueológicos e históricos lo harán siempre, previo permiso y bajo la dirección del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
...
...
Artículo 8o. Las autoridades de los estados, Distrito Federal y municipios podrán colaborar con el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura para la conservación y exhibición de los monumentos artísticos en los términos que fije dicho instituto.
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 Página web de la Cámara de Diputados. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm
2 Página web de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal. http://www.consejeria.df.gob.mx/index.php/leyes#estatuto-de-gobierno-del-distri to-federal
3 Citado en Reforma política del Distrito Federal, en Estudio teórico conceptual, de antecedentes constitucionales, iniciativas propuestas en las Legislaturas LVIII, LIX y el primer año de ejercicio de la LX Legislatura, Centro de Documentación, Información y Análisis Servicios de Investigación y Análisis Política Interior.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Ángel Alain Aldrete Lamas, Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), Arnoldo Ochoa González, Jorge Herrera Delgado, Harvey Gutiérrez Álvarez (rúbrica), Mónica García de la Fuente (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Igualdad de Género, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Honorable Asamblea:
Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Igualdad de Género, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 81, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; 167, numeral 4, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el siguiente
Dictamen
I. Antecedentes legislativos
1. El 1o. de octubre de 2013, la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Iniciativa que reforma la fracción III, Apartado A, del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos político electorales de los indígenas.
En misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la Iniciativa a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Igualdad de Género, para análisis y elaboración de dictamen que en consecuencia proceda, así como a la comisión de Asuntos Indígenas para su opinión.
II. Contenido de la iniciativa
La Iniciativa suscrita por la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, la cual se analizó, pretende modificar el artículo 2º en su fracción III del Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer principios de igualdad y equidad con perspectiva de género en materia político electoral de mujeres y hombres indígenas de comunidades y municipios de origen étnico.
La iniciativa en comento señala que debe plasmarse en el texto constitucional las normas de derechos humanos y las garantías de igualdad y equidad con perspectiva de género, garantizando que las mujeres y hombres indígenas accedan al ejercicio de cargos públicos y de representación popular para el que hayan sido electas y/o designadas, y que las prácticas comunitarias de usos y costumbres no podrán de forma alguna limitar el derecho constitucional de este sector de nuestra sociedad.
Recordemos que a través de la historia el papel de la comunidades indígenas siempre ha sido y será trascendental en la vida y desarrollo de cualquier sociedad, ya que en todo momento han sido participes de importantes movimientos que han revolucionado no solo a nuestro país, sino a la totalidad de las naciones del mundo, además de hacer importantes aportaciones en todos los campos de la humanidad, en las ciencias, en las artes y en la política.
En este sentido se resalta que en comunidades indígenas prevalece prácticas de usos y costumbres contrarias a los principios rectores de igualdad y de derechos humanos fundamentales, así como la transgresión de tratados internacionales al coartar la igualdad respecto a los derechos de mujeres y hombres de comunidades indígenas para acceder a los órganos de gobierno y participar de forma proactiva en las decisiones que favorezcan el desarrollo de sus comunidades.
La propuesta de reforma versa de igual forma en armonizar con el artículo primero Constitucional, en el sentido de que en su párrafo quinto señala que queda prohibida la discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, las condiciones sociales, las de salud, religión, de opinión, así como de preferencias, estado civil o cualesquiera que atente contra su dignidad humana y que derivado de prácticas contrarias a este principio y con ello evitar la anulación o menoscabo de los derechos y principios fundamentales de los ciudadanos, sin dejar de lado que la constitución federal señala que la Nación se compone de una sociedad pluricultural sustentado en sus pueblos indígenas y que conservan sus propias instituciones.
Si bien es cierto la Constitución señala que los pueblos y comunidades indígenas serán respetadas en cuanto a su libre determinación y autonomía para elegir conforme a sus normas, usos y costumbres a sus autoridades, representantes y forma de gobierno, esta deberá de darse en pleno respeto a los principios de igualdad y equidad, que garanticen que tanto hombre como mujeres indígenas compitan en igualdad de circunstancias en las contiendas electorales.
De lo anterior se deduce que la norma constitucional en diversos artículos protege tanto la no discriminación, como la igualdad con la que se deben de ejercer los derechos de todos los ciudadanos, sin importar la o las características que lo definan, protegiendo así a las minorías y con la reforma propuesta se proteger en particular a los hombres y mujeres indígenas evitando con ello coartar su derecho inalienable de votar y ser votados.
Es necesario precisar que los convenios internacionales suscritos por nuestro país de igual forma que la norma Constitucional promueven la igualdad de hombres y mujeres de pueblos indígenas los cuales deberán de gozar plenamente de sus derechos humanos y libertades fundamentales, y estos deben de aplicarse sin discriminación alguna.
Con dicha reforma se pretende fortalecer los mecanismos de protección y acceso y ejercicio pleno de los derechos político electorales a los ciudadanos que por su calidad étnica o que pertenezcan a un pueblo o comunidad indígena, en los cuales sus usos y costumbres no les permitan dicho acceso, tengan la certeza de que primeramente se protegerán sus costumbres y tradiciones, siempre y cuando estas no vulneren los principios de derechos humanos y de garantías individuales y en consecuencia no transgredan tratados internacionales, garantizando con ello tratos de igualdad, equidad en pleno respeto de los derechos político electorales de los pueblos y comunidades indígenas y así como de sus habitantes.
En este mismo sentido la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se ha pronunciado respecto a las prácticas discriminatorias que vulneran los derechos humanos por parte de autoridades electoral basando su actuar arguyendo la defensa de los usos y costumbres de los pueblos indígenas, con dichas prácticas se les ha negado a las mujeres y hombres de estas comunidades el derecho de acceder a cargos de elección y representación de sus comunidades.
III. Cuadro comparativo
Con la finalidad de comparar el texto vigente de la Constitución, con las modificaciones propuestas en la Iniciativa que se dictamina, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
IV. Consideraciones
Las comisiones dictaminadoras, después de hacer un análisis de la Iniciativa en estudio, llega a la convicción de emitir dictamen en sentido positivo a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos políticos electorales de los indígenas, en razón de los siguientes argumentos:
La necesidad de ampliar la participación política de hombres y mujeres indígenas, en sus comunidades regidas bajo los sistemas de usos y costumbres y crear las condiciones para que estas comunidades estén representadas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos ha interpretado que las medidas de acción positiva son compatibles con los principios de igualdad y de no discriminación.
Las acciones positivas o acciones afirmativas como las conocemos en nuestro país, ya son parte integrante de nuestra vida conductual, debiendo entender a estas como Las estrategias destinadas a establecer la igualdad de oportunidades, por medio de medidas que compensen o corrijan las discriminaciones resultantes de prácticas o sistemas sociales. Tienen carácter temporal, están justificadas por la existencia de la discriminación secular contra grupos de personas y resultan de la voluntad política de superarla.
Es decir las acciones afirmativas se pueden interpretar de muchas maneras, principalmente la de regular e impulsar la participación de grupos marginados, es por ello que nuestra constitución señala que Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Las incorporación de acciones afirmativas en el ordenamiento jurídico también ha sido un recurso sugerido por organismo internacionales y nacionales de defensa y promoción de los de derechos humanos de la mujeres, quienes incluso han promovido la incorporación de medidas de esa naturaleza en la legislación electoral, para compensar la desigualdad en el acceso de las mujeres al poder político.
De igual forma en nuestro máximo ordenamiento jurídico estipula que La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. Es decir que la constitución protege las tradiciones usos y costumbres, cuestión que no es discordante con la presente reforma, sin embargo, estas actividades tradicionales deben de estar acorde a los principios de igualdad y de pleno respeto a los derechos humanos y garantías individuales, además de estar acorde a la actualidad en la que vivimos, en estricto apego y cumplimiento no solo de nuestra constitución, si no de tratados internacionales y de organismos defensores de los derechos humanos, además de que en este sentido el máximo Tribunal de Justicia Electoral de nuestro país emitió Tesis Jurisprudencial en este sentido la cual señala:
Acciones afirmativas. Naturaleza, características y objetivo de su implementación.De la interpretación sistemática y funcional de lo establecido en los artículos 1, párrafo quinto y 4, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, párrafo 1, y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 1 y 4, párrafo 1, de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; 1, 2, 4 y 5, fracción I, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; 1, 2, 3, párrafo primero, y 5, fracción I, de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; así como de los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sustentados en la Opinión Consultiva OC-4/84, y al resolver los casos Castañeda Gutman Vs. México; y De las Niñas Yean y Bosico Vs. República Dominicana; se advierte que las acciones afirmativas constituyen una medida compensatoria para situaciones en desventaja, que tienen como propósito revertir escenarios de desigualdad histórica y de facto que enfrentan ciertos grupos humanos en el ejercicio de sus derechos, y con ello, garantizarles un plano de igualdad sustancial en el acceso a los bienes, servicios y oportunidades de que disponen la mayoría de los sectores sociales. Este tipo de acciones se caracteriza por ser: temporal, porque constituyen un medio cuya duración se encuentra condicionada al fin que se proponen; proporcional, al exigírseles un equilibrio entre las medidas que se implementan con la acción y los resultados por conseguir, y sin que se produzca una mayor desigualdad a la que pretende eliminar; así como razonables y objetivas, ya que deben responder al interés de la colectividad a partir de una situación de injusticia para un sector determinado.
Quinta época:
Juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-1080/2013 y acumulados. Actores: Felipe Bernardo Quintanar González y otros. Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral. 21 de octubre de 2013. Mayoría de seis votos. Engrose: María del Carmen Alanis Figueroa. Disidente: Flavio Galván Rivera. Secretarios: José Alfredo García Solís y Enrique Figueroa Ávila.
La Sala Superior en sesión pública celebrada el seis de noviembre de dos mil trece, aprobó por unanimidad de cuatro votos la tesis que antecede.
Es necesario precisar que si bien las acciones afirmativas, su finalidad última es la de proporcionarle las herramientas a grupos específicos que han sufrido un grado de marginación por su condición, que se intenta contrarrestar a través de estas acciones, se han ido plasmando en las normas a un muy lento paso, por lo que debemos de implementar más acciones no solo como las ya señaladas que son criterios, si no dejarlos muy claros en la Norma Constitucional y leyes secundarias, además cabe señalar que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recientemente emitió Tesis Jurisprudencial que señala lo siguiente:
Andrés Nicolás Martínez vs. Sexagésima Primera Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca y otras
Tesis VII/2014
Sistemas normativos indígenas. Las normas que restrinjan los derechos fundamentales vulneran el bloque de constitucionalidad. De lo dispuesto en los artículos 1o., 2o., apartado A, fracciones I, III, VII; 4o. y 35, fracciones I, II y VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; XX de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 23, párrafos 1 y 2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 3, párrafo 1, 8, párrafos 1 y 2, del Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; así como de los diversos 1, 2, 3, 5, 18, 20 y 21 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; se colige que si bien existe el derecho de los pueblos indígenas para conservar costumbres e instituciones propias, también lo es que se encuentra limitado al respeto que deben observar de los derechos humanos reconocidos por el sistema jurídico nacional e internacional. En ese sentido, ninguna comunidad indígena puede establecer en su derecho interno prácticas discriminatorias, al ser contrarias al bloque de constitucionalidad, integrado por la Constitución y los tratados internacionales de los que forma parte el Estado Mexicano. Consecuentemente, es inconstitucional e inconvencional el sistema normativo indígena que vulnere algún derecho fundamental.
Quinta época:
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-1640/2012. Incidente de Inejecución de sentencia y acumulados. Actor: Andrés Nicolás Martínez. Autoridades responsables: Sexagésima Primera Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca y otras. 13 de noviembre de 2013.Unanimidad de votos.Ponente: Manuel González Oropeza.Secretarios: Héctor Rivera Estrada y Julio Antonio Saucedo Ramírez.
La Sala Superior en sesión pública celebrada el veintiséis de marzo de dos mil catorce, aprobó por unanimidad de votos la tesis que antecede.
Es decir que toda actividad de usos y costumbres que se implemente en comunidades indígenas, deberá de apegarse a los principios fundamentales de nuestra constitución, ya que si estos usos se contraponen estaría violentando la norma al igual que diversos tratados y convenios internacionales suscrito por nuestra nación, por lo que resulta necesario la incorporación de principios en defensa de los derechos fundamentales de todos los mexicanos sin importar su condición.
En ese sentido cabe precisar que la iniciativa se enmarca en el ánimo de atender una serie de recomendaciones emitidas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, en su 52° período de sesiones en respuesta a los informes 7° y 8° presentados por México respecto al cumplimiento de la CEDAW. En lo que concierne a la participación de las mujeres en la vida política y pública, el Comité recomienda al Estado mexicano que:
b) Elimine los obstáculos que impiden que las mujeres, en particular las indígenas, participen en la vida política de sus comunidades, inclusive realizando campañas de concienciación orientadas a ampliar la participación de la mujer en la vida política en los planos estatal y municipal;
c) Se asegure de que los partidos políticos cumplan con su obligación de asignar 2% de los fondos públicos recaudados a la promoción del liderazgo político de las mujeres, en particular de las mujeres indígenas en el plano municipal.
La iniciativa se inscribe también dentro uno de los grandes desafíos que enfrenta nuestro país para garantizar los derechos políticos de las mujeres, que conlleva a impulsar medidas que favorezcan una mayor presencia de mujeres en posiciones de poder y toma de decisiones en todos los ámbitos de cada una de las entidades federativas, con especial énfasis en la participación de las mujeres indígenas.
Adicionalmente la Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados emitió opinión en los siguientes términos:
Primero. Entre los más pobres de los pobres, entre los más marginados de los marginados están las mujeres y los hombres indígenas. En muchas ocasiones, son discriminadas por ser indígenas y por ser pobres. Con frecuencia los sistemas sociales de sus propias comunidades también los excluyen. México no puede hablar de ser un país en vías de desarrollo y democrático cuando ha existido, por más de 500 años, injusticia para nuestros pueblos y para nosotros, las comunidades indígenas.
En esta tesitura, esta Comisión Asuntos Indígenas después de hacer un análisis exhaustivo de la iniciativa de cuenta, llega a la convicción de emitir la presente Opinión en sentido positivo, lo anterior para garantizar plenamente el derecho que tienen las mujeres y hombres indígenas de votar y ser votados en condiciones de igualdad y ocupar los cargos públicos para los que hayan sido electos o designados, así también, garantizar el derecho de cualquier ciudadano o ciudadana a participar en la elección de sus autoridades municipales bajo el sistema de usos y costumbres o sistemas normativos internos, evitando con ello que sigan existiendo prácticas comunitarias que violenten los derechos político electorales y los derechos humanos de las y los ciudadanos pertenecientes a estos pueblos y comunidades indígenas del país.
Segundo.Esta Comisión considera que la iniciativa de cuenta es viable en todos sus términos, ya que como lo argumenta la proponente ésta encuentra sustento en disposiciones contenidas en la Constitución Federal, en los tratados internacionales y en diversas leyes federales. Así también, se robustece jurídicamente con la tesis de jurisprudencia emitida por el Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el sentido de que se deben anular aquellas elecciones en donde se violen los derechos humanos de las y los ciudadanos a sufragar, ya que estas elecciones no tendrían el carácter de democrático y en consecuencia serian contarios a las disposiciones contenidas en nuestra Carta Magna. De igual manera, encuentra sustento en el principio de derecho que reza Contra la observancia de la Ley, no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario.
En consecuencia, esta Comisión de Asuntos Indígenas, fundamenta su opinión tomando como base dos consideraciones: la ley es igual para todos y las ideas están sujetas al cambio. Cualquier costumbre, por antigua que sea, debe interpretarse de acuerdo al contenido de la Constitución Federal, los convenios y tratados internacionales, los derechos humanos y los valores de la democracia.
En este sentido, los integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas coincidimos en afirmar que el respeto a la autonomía de las comunidades indígenas encuentra como límite último el respeto a los derechos humanos de todos aquellos que conforman la misma. De ahí que cualquier tipo de acto de un grupo mayoritario dentro de una comunidad que vulnere los derechos de una minoría, no se justifique bajo el argumento de la autonomía, los sistemas normativos y los usos y costumbres propios de la comunidad. En consecuencia, la autonomía y el ejercicio de sus prácticas consuetudinarias por ningún motivo pueden validar o justificar la vulneración de los derechos humanos de ninguno de sus miembros y en especial de las comunidades indígenas.
Tercero. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala en su artículo 1°, párrafo quinto, que estáprohibida la discriminación motivada por origen étnicoo nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. De igual manera, el artículo 2o., de la Constitución Federal, menciona que la Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.
Agrega que son comunidades integrantes de un pueblo indígena aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.
Asimismo, el artículo 4o., párrafo primero, de nuestra Carta Magna, dispone que el varón y la mujer son iguales ante la Ley.
La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, dispone en su artículo 1°, que esta Ley tiene por objeto regular y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres y proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres.
Así también, dispone en su artículo 2o., que son principios rectores de la presente Ley: la igualdad, la no discriminación, la equidad y todos aquellos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El artículo 3o., menciona que son sujetos de los derechos que establece esta Ley, las mujeres y los hombres que se encuentren en territorio nacional, que por razón de su sexo, independientemente de su edad, estado civil, profesión, cultura, origen étnico o nacional, condición social, salud, religión, opinión o discapacidad, se encuentren con algún tipo de desventaja ante la violación del principio de igualdad que esta Ley tutela.
En esta tesitura, el artículo noveno, fracciones VIII y IX de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, señala que se considerarán como conductas discriminatorias impedir la participación en condiciones equitativas en asociaciones civiles, políticaso de cualquier otra índole, y negar o condicionar el derecho de participación política y, específicamente, el derecho al sufragio activo o pasivo, la elegibilidad y el acceso a todos los cargos públicos, así como la participación en el desarrollo y ejecución de políticas públicas y programas de gobierno, en los casos y bajo los términos que establezcan las disposiciones aplicables.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, manifestó en el Informe Especial sobre el Caso de Discriminación a la Profesora Eufrosina Cruz Mendoza, que las prácticas discriminatorias constituyen elementos violatorios de los derechos humanos en algunas acciones u omisiones de autoridades y servidores públicos que sustentan su actuación en una defensa de los usos y costumbres de los pueblos indígenas y niegan el acceso a las mujeres al poder público. De igual manera, señala que en algunos municipios regidos por el sistema de usos y costumbres, estos han sido utilizados por grupos para perpetuarse en los ayuntamientos, impidiendo que todos los miembros de la comunidad participen en la toma de decisiones públicas y la administración de recursos comunitarios; obstaculizando también que se compita por el poder público en igualdad de circunstancias.
Así también, señala y condena que tales actos de discriminación y abuso sean regulados por la autoridad.
En virtud de lo anterior, esta Comisión considera que impedir el acceso o el ejercicio de los derechos de participación política, como lo es el derecho de votar y ser votado, constituye una forma de discriminación que atenta contra la Constitución, la Ley de la materia y los tratados internacionales.
En referencia a los tratados internacionales, el artículo 1o., de la Constitución Federal, establece que en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Así también, que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales en la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos que establezca la ley.
Derivado de lo anterior, toma mayor relevancia las disposiciones en materia de derechos humanos contenidos en los convenios y tratados internacionales, por lo cual constituye un deber como legisladores federales armonizar nuestra Carta Magna con los mandatos contenidos en dichas normas internacionales, lo anterior con la finalidad de brindar a las y los mexicanos una mayor certidumbre y certeza jurídica, en este caso, principalmente a las comunidades indígenas y a cualquier ciudadano de estas, su derecho humano de votar y ser votados y a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electas o designadas. Además, que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos políticos y electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.
En virtud de lo anterior, y con el objeto de robustecer el fundamento de la presente opinión, se citan algunas disposiciones internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres:
El Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, dispone en su artículo 3o., párrafo primero, que los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación, y que las disposiciones del convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos.
Asimismo, el artículo 8o., párrafos primero y segundo del citado Convenio, establece que al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados deberán tomarse debidamente en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario, y que dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos.
Como puede observarse, en el Convenio internacional adoptado por nuestro país se protege la no discriminación de los pueblos indígenas y el derecho que los mismos tienen para conservar sus costumbres y tradiciones propias, siempre y cuando las mismas sean compatibles con los derechos humanos reconocidos nacional e internacionalmente.
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, dispone en su artículo 1o., que los indígenas tienen derecho, como pueblos o como individuos, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanosy las normas internacionales de derechos humanos. Así también, el artículo 9°, de la citada Declaración, señala que en los pueblos y los individuos indígenas tienen derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena, de conformidad con las tradiciones y costumbres de la comunidad o nación de que se trate. Del ejercicio de ese derecho no puede resultar discriminación de ningún tipo.
De igual manera, el artículo 22 numerales 1 y 2 de la Declaración, dispone que en la aplicación de la presente Declaración se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas. Los Estados adoptarán medidas, conjuntamente con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación.
La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en ingles), establece en su artículo 2o. inciso a), que los Estados partes se comprometen a consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio; así también en su inciso f) dispone que los estados partes deberán adoptar todos las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer.
De igual manera, en el artículo 5o., inciso a) de la citada Convención, dispone que los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinariasy de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres.
Así también, dispone en su artículo 7o., que los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:
a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;
b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;
c) Participar en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.
De igual manera, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, mandata las siguientes disposiciones:
Artículo 1. Las mujeres tendrán derecho a votar en todas las elecciones en igualdad de condiciones con los hombres, sin discriminación alguna;
Artículo 2. Las mujeres serán elegibles para todos los organismos públicos electivos establecidos por la legislación nacional, en condiciones de igualdad con los hombres, sin discriminación alguna; y
Artículo 3. Las mujeres tendrán derecho a ocupar cargos públicos y a ejercer todas las funciones públicas establecidas por la legislación nacional, en igualdad de condiciones con los hombres.
La Plataforma de Acción de Beijing, establece que la potenciación del papel de la mujer y la plena participación de la mujer en condiciones de igualdad en todas las esferas de la sociedad, incluidos la participación en los procesos de adopción de decisiones y el acceso al poder, son fundamentales para el logro de la igualdad, el desarrollo y la paz.
Así también, en el punto 13, de la citada Plataforma, dispone que los Estados Partes deberán intensificar los esfuerzos para garantizar el disfrute en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales a todas las mujeres y las niñas que enfrentan múltiples barreras para lograr su potenciación y su adelanto por factores como la raza, la edad, el idioma, el origen étnico, la cultura, la religión o la discapacidad, o por pertenecer a la población indígena.
El Programa Interamericano sobre Promoción de los Derechos Humanos de la Mujer y la Equidad e Igualdad de Género, dispone que la igualdad de género significa que la mujer y el hombre disfrutan de la misma situación y que tienen iguales condiciones para la plena realización de sus derechos humanos y su potencial de contribuir al desarrollo, político, económico, social y cultural y de beneficiarse de los resultados. La igualdad de género es, por lo tanto, la valoración imparcial por parte de la sociedad de las similitudes y diferencias entre el hombre y la mujer y de los diferentes papeles que cada uno juega.
Los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas coincidimos en el sentido de aprobar la presente opinión en sentido positivo, con el objeto de armonizar nuestra Constitución Federal con las convenciones y tratados internacionales en materia de derechos humanos de las comunidades indígenas, específicamente el derecho de las mujeres y los hombres indígenas y de los ciudadanos y ciudadanas de participar en la elección de sus autoridades municipales regidas bajo el sistema de usos y costumbres o sistemas normativos internos. Por ello, esta Comisión considera que es viable, oportuno y procedente que las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Igualdad de Género, presenten dictamen en sentido positivo para reformar la fracción III del apartado A del artículo 2o. de la Constitución Federal, y así brindar una mayor certeza y certidumbre jurídica en especial, a las comunidades indígenas que aún siguen sufriendo discriminación al momento de participar en la adopción de decisiones en sus comunidades. En consecuencia, la aprobación de la iniciativa tendrá un impacto positivo ya que obligará a que las entidades federativas garanticen en sus constituciones locales el derecho de las mujeres y los hombres indígenas de votar y ser votados en condiciones de igualdad con los varones; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electas o designadas. De igual manera, con esta reforma se establecerá la obligación de que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos políticos y electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales, por lo tanto, si en alguna elección por usos y costumbres o sistemas normativos internos, no se respetare el derecho votar y ser votados, está no será válida.
Estas comisiones dictaminadoras no pasan inadvertida la propuesta realizada por la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, mediante escrito recibido el día 22 de abril 2014 por la Comisión de Puntos Constitucionales, en la cual modifica el proyecto de Decreto de su iniciativa, con la finalidad de garantizar la protección no sólo de las mujeres sino también de los hombres indígenas, fortaleciendo el acceso a los derechos de votar y ser votados en un sentido de igualdad y de equidad de género.
En este sentido, las Comisiones dictaminadoras de Puntos Constitucionales y de Igualdad de Género, al analizar la propuesta contenida en dicho documento, comparten la modificación señalada por la iniciante y estiman procedente incorporarla con la finalidad de hacer extensiva esta garantía.
De lo anterior se desprende que existen los elementos suficientes y necesarios para estar en posibilidades de aprobar el dictamen, en los términos presentados por la diputada Eufrosina Cruz Mendoza del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
En esta tesitura, las Comisiones dictaminadoras consideran pertinente las reformas y adiciones contenidas en la iniciativa que nos ocupa, por lo que los alcances de la propuesta del artículo, se indica a continuación:
Artículo 2o.
Se propone la incorporación expresa del texto: garantizar que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que haya sido electas o designadas, y de igual manera que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, las diputadas y diputados que integran las Comisiones de Puntos Constitucionales, y de Igualdad de Género que suscriben, someten a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente
Proyecto de decreto que reforma la fracción III, del Apartado A, del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único. Se reformala fracción III, del Apartado A, del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 2o. (...)
(...)
(...)
(...)
(...)
A.(...)
I. a II. (...)
III.Elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electas o designadas, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados . En ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.
IV.a VIII.(...)
B.(...)
Artículos Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las legislaturas de las entidades federativas adecuarán sus respectivas Constituciones, así como la legislación correspondiente, conforme a lo dispuesto en el presente decreto en un plazo no mayor a 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Notas:
1 Véanse asimismo la Declaración y el Programa de Acción de Viena (1993), el Programa de Acción Regional para las Mujeres de América Latina y el Caribe (1994), la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing (1995), el Consenso de Lima (2000) y la Declaración del Milenio (2000).
2 Suplecy, Marta, Novos paradigmas nas esferas de poder, en Estudos feministas, vol. 4, núm. 1, 1996 p.131.
2 Suplecy, Marta, Novos paradigmas nas esferas de poder, en Estudos feministas, vol. 4, núm. 1, 1996 p.131.
3 Artículo 1° párrafo quinto, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4 Artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
5 Tesis Jurisprudencial emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación visible en la siguiente dirección http://www.te.gob.mx/iuse/tesisjur.aspx?idTesis=XXX/2013
6 Tesis Jurisprudencial emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación visible en la siguiente dirección http://www.te.gob.mx/iuse/tesisjur.aspx?idTesis=VII/2014
7 Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. (CEDAW/C/MEX/CO/7-8). 7 de agosto de 2012.
8 http://www.cdi.gob.mx/indica_genero/indicadores_perspectiva_genero_2006.pdf
La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados:Julio César Moreno Rivera (rúbrica), presidente; Marcos Aguilar Vega (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, Héctor García (rúbrica), Raymundo King de la Rosa (rúbrica), Luis Antonio González Roldán, Ricardo Mejía Berdeja, Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Julisa Mejía Guardado (rúbrica), Carlos Angulo Parra (rúbrica), secretarios; José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Jorge Sotomayor Chávez (rúbrica), Ricardo Villarreal García, Damián Zepeda Vidales (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Míriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Arely Madrid Tovilla, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Ricardo Cantú Garza, Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Amalia Dolores García Medina (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez, Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro (rúbrica), Fernando Zárate Salgado (rúbrica).
La Comisión de Igualdad de Género, diputadas:Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena, Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas, secretarias; Maricruz Cruz Morales, Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez, María Esther Garza Moreno, Patricia Elena Retamoza Vega (rúbrica), Margarita Licea González (rúbrica), Leticia López Landero (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera, María Eugenia de León Pérez (rúbrica), Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Julisa Mejía Guardado (rúbrica), Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Aida Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY DE DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XII al artículo 3o. y el artículo 3o. Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Honorable Asamblea:
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 81, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 167, numeral 4, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el siguiente dictamen:
I. Antecedentes legislativos
1. Con fecha 22 de enero de 2014, Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentaron la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones XII y XIII al artículo 3o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
2. En la misma fecha fue publicada la iniciativa en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, y el presidente de la Mesa Directiva ordenó remitirla a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para su estudio y dictamen.
3. Con fecha 27 de enero de 2014, la iniciativa fue recibida en la Subcomisión de Atención a Personas Adultas Mayores para la emisión del predictamen respectivo.
4. Con fecha 13 de marzo de 2014, la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. y adiciona un artículo 3o. Bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
5. En la misma fecha fue publicada la iniciativa en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados.
6. En el pleno de la Cámara de Diputados, 38 legisladores expresaron su adhesión a la iniciativa, solicitando a la iniciante permitiera suscribirla y así lo hicieron los siguientes.
6.1. Se adhieren a la presente propuesta diputados de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Revolucionario Democrático y Verde Ecologista de México.
7. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva ordenó remitir la iniciativa a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para su estudio y dictamen.
8. Con fecha 18 de marzo de 2014, la iniciativa fue recibida en la Subcomisión de Atención a Personas Adultas Mayores para la emisión del predictamen respectivo.
II. Contenido de las iniciativas
1. En la exposición de motivos, Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, exponen lo siguiente:
Que los adultos mayores hoy en día son considerados como reflejo y cúmulo de experiencias y sabiduría, al interior de la familia así como en la sociedad en general.
Afirman que si se considera al adulto mayor como una carga social, las acciones pueden estar orientadas a atender una necesidad determinada, a curar, a proteger, a aquellas personas que necesitan de la atención del estado o de instituciones privadas que complementan el accionar del estado y en cambio, si se considera al adulto mayor como un valor, entonces las tareas que se organicen en función del adulto mayor, tienen otro sentido.
Precisan que es importante considerar al adulto mayor en su dignidad de persona, la cual no merma con el pasar de los años, a pesar del deterioro de la salud física y psíquica, siendo esta una consideración positiva que solo puede encontrar terreno fecundo en una cultura capaz de superar los estereotipos sociales que basados en la juventud, la eficiencia, la vitalidad física y la plena salud.
Argumentan que las políticas públicas están diseñadas para atender necesidades específicas, pero es fundamental que al adulto mayor se le reconozcan y hagan valer sus derechos fundamentales al goce de independencia, autorrealización, participación, dignidad y cuidados.
Señalan que se estima que entre 4 y 6 por ciento de las personas adultas mayores en el mundo han sufrido alguna forma de abuso y maltrato. Que la intolerancia, la discriminación e incluso la violencia son flagelos presentes, por lo que se necesita reforzar la protección.
Consideran que el maltrato hacia las personas adultas mayores se puede definir como un acto único o repetido que causa daño o sufrimiento a una persona de edad, o la falta de medidas apropiadas para evitarlo, que se produce en una relación basada en la confianza.
Y señalan que el maltrato puede adoptar diversas formas, como el maltrato físico, psíquico, emocional o sexual, y el abuso de confianza en cuestiones económicas.
Por lo que se refiere a la violencia patrimonial, precisan que ésta es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima y que se manifiesta en la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima.
Señalan que el respeto de sus derechos requiere de una nueva cultura humanista, incluyente y no discriminatoria, donde los familiares deben asumir el deber moral y la reciprocidad hacia quienes en su oportunidad dieron todo.
Proponen adecuar y perfeccionar el marco jurídico existente para reforzar los derechos de los adultos mayores y dotarlos de instrumentos efectivos para su protección, adicionando las fracciones XII y XIII al artículo 3o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:
Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entenderá por
I. a XI. ...
XII. Violencia: Es el acto abusivo de poder u omisión intencional, único o repetido, dirigido a dominar, someter, controlar, limitar o agredir de manera física, verbal, patrimonial, económica, sexual a las personas adultas mayores, que causa daño o angustia y que ocurre dentro de cualquier relación donde exista una expectativa de confianza.
XII. Violencia patrimonial: Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima a través del uso legal o inapropiado de los fondos, propiedades o privilegios que realiza un familiar o persona en posición de confianza o autoridad a una persona adulta mayor; se manifiesta en la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima.
2. En la exposición de motivos, la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, expone lo siguiente:
Que las personas adultas mayores constituyen un gran sector de población que forma parte de los grupos vulnerables de toda sociedad contemporánea.
Afirma que grupos vulnerables son aquellos sectores de la población que por su edad, condición económica, características físicas, género, circunstancias culturales o políticas, se sitúan en condiciones de desventaja frente a los demás y que eso les impide o restringe el disfrute y ejercicio pleno de sus derechos fundamentales y que también se trata de grupos de personas que son víctimas de maltrato y en general de la violencia que proviene de las relaciones interfamiliares y del ámbito externo que los rodea.
Señala que el artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, precisa que es su objeto en materia de integridad y dignidad su derecho a una vida libre de violencia; pero, que en este ordenamiento, no existe disposición alguna que precise lo que debe entenderse por violencia y las modalidades con que se presenta en contra de las personas adultas mayores, siendo ese el propósito de la iniciativa, cuyo objeto es reformar el artículo 3o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para establecer con precisión el concepto de violencia y sus modalidades contra este sector de población y adicionarla con el artículo 3o. Bis para conceptualizar los diversos tipos de violencia contra las personas adultas mayores.
Expresa la proponente que en los artículos 5 y 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se precisa lo que debe entenderse por violencia contra las mujeres: cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.
Y que, asimismo, se encuentra determinado con precisión que la violencia presenta modalidades entendidas como las formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presenta la violencia contra las mujeres.
En especial, la proponente señala que el artículo 6 de esa ley enumera los tipos de violencia y lo que por cada uno de ellos debe entenderse: la violencia psicológica; la violencia física; la violencia patrimonial; la violencia económica; la violencia sexual; y, cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
Por otra parte, argumenta la proponente que la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores define en el artículo 3o. los siguientes conceptos: personas adultas mayores, asistencia social, entidades federativas, la ley, género, geriatría, gerontología, integración social, atención integral, calidad del servicio e instituto, pero que no precisa lo que debe entenderse por violencia, las modalidades y los tipos de violencia que sufren los adultos mayores ni los conceptos de víctima y agresor.
Y que en este orden de ideas, considera muy importante proponer la reforma al artículo 3o. y la adición del artículo 3o. Bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para conceptualizar la violencia, sus modalidades y los tipos de violencia de que son objeto las personas adultas mayores, adicionando las fracciones XII, XIII, XIV y XV al artículo 3o. y también adicionar el artículo 3o. Bis, con seis fracciones, para conceptualizar los tipos de violencia contra las personas adultas mayores, para quedar como sigue:
Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entenderá por
I. a XI. ...
XII. Violencia contra las personas adultas mayores: Cualquier acción u omisión que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público;
XIII. Modalidades de violencia: Las formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presenta la violencia contra las mujeres;
XIV. Víctima: La persona adulta mayor a quien se inflige cualquier tipo de violencia;
XV. Agresor: La persona que inflige cualquier tipo de violencia contra las personas adultas mayores.
Artículo 3o. Bis. Los tipos de violencia contra las personas adultas mayores son
I. La violencia psicológica. Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio;
II. La violencia física. Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas;
III. La violencia patrimonial. Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima;
IV. Violencia económica. Es toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral;
V. La violencia sexual. Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder; y
VI. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las personas adultas mayores.
III. Consideraciones
La comisión dictaminadora, después de hacer un análisis exhaustivo de las iniciativas en estudio, ha llegado a la convicción de emitir el presente dictamen en sentido positivo.
En efecto, se ha considerado procedente la propuesta de adicionar una fracción XII al artículo 3o. y el artículo 3o. Bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para conceptualizar la violencia, sus modalidades y los tipos de violencia de que son objeto las personas adultas mayores, definir los conceptos de víctima y agresor, adicionando las fracciones XII, XIII, XIV y XV al artículo 3o. y también adicionar el artículo 3o. Bis, con seis fracciones, para conceptualizar los tipos de violencia contra las personas adultas mayores: la violencia psicológica; la violencia física; la violencia patrimonial; la Violencia económica; la violencia sexual; y, cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las personas adultas mayores.
Los integrantes de la comisión coincidimos con la diputada proponente en la pertinencia de que en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores se encuentre establecida la conceptualización de la todos esos conceptos relacionados con la violencia, como la violencia en primer término con sus modalidades, la víctima el agresor y los tipos de violencia de que es objeto es grupo vulnerable de la población.
No obstante lo señalado, se consideró pertinente excluir por innecesaria la celotipia y la propuesta de adicionar las fracciones XIII, XIV y XV al artículo 3o., en razón de que en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores no existen numerales que hagan alusión a víctima, agresor ni a formas, manifestaciones ni ámbitos de ocurrencia en que se presenta la violencia.
En el dictamen, los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables han considerado que estas iniciativas con proyecto de decreto no tienen impacto presupuestario, pues las reformas y adiciones propuestas no derivan en la realización de nuevas funciones, ni en la creación de nuevas estructuras orgánico administrativas, ni tampoco la ampliación de la oferta de bienes o servicios públicos, por lo que no requiere de recursos adicionales para su cumplimiento.
Por lo expuesto y fundado, los miembros de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, que suscriben, someten a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adicionan la fracción XII al artículo 3o. y el artículo 3o. Bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Artículo Único. Se adicionan la fracción XII al artículo 3o. y el artículo 3o. Bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:
Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entenderá por
I. a XI. ...
XII. Violencia contra las personas adultas mayores: Cualquier acción u omisión que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.
Artículo 3 Bis. Los tipos de violencia contra las personas adultas mayores son
I. La violencia psicológica. Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio;
II. La violencia física. Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas;
III. La violencia patrimonial. Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima; hecha excepción de que medie acto de autoridad fundado y motivado;
IV. Violencia económica. Es toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral;
V. La violencia sexual. Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder; y
VI. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las personas adultas mayores.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados:Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Josefina Salinas Pérez (rúbrica), secretarios; José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song, Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Roberto López Rosado, Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara, Aurora Denisse Ugalde Alegría, Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY DE DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Honorable Asamblea:
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 81, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; 167, numeral 4, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, el siguiente
Dictamen
I. Antecedentes legislativos
1. Con fecha 25 de febrero de 2014, la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
2. Con fecha 27 de febrero la Mesa Directiva de la LXII Legislatura, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-1-1658 turnó para dictamen a esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, el expediente número 3868, que contiene la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores a cargo de la diputada Elvia María Pérez Escalante.
3. En el pleno de la Cámara de Diputados, ciento cuarenta y dos diputadas y diputados externaron su adhesión a la iniciativa, solicitando a la iniciante permitiera suscribirla y así lo hicieron los siguientes.
3.1. Del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Abreu Artiñano Rocío Adriana; Aguayo López Miguel Ángel; Alcalá Padilla Leobardo; Arellano Guzmán Salvador; Arroyo Ruíz Alma Jeanny; Ayala Robles Linares Flor; Badillo Ramírez Darío; Bárcenas Nieves Delvim Fabiola; Barrera Petra; Barrera Fortoul Laura; Barrueta Barón Noé; Bautista Villegas Óscar; Bernal Bolnik Sue Ellen; Berzunza Novelo Landy Margarita; Caballero Garza Benito; Cabañas Aparicio María Elia; Calzada Arroyo Marco Antonio; Cano Ayala María Elena; Cantú Segovia Eloy; Carbajal Hernández Juan Manuel; Cárdenas Cantú Miriam; Carreón Cervantes Verónica; Carreño Mijares Angelina; Castillo Rodríguez Minerva; Corona Nakamura María del Rocío; Corrales Francisca Elena; Cruz Morales Maricruz; Curi Naime Alberto; De la Cruz Requena Rosalba; Del Bosque Márquez Juan Isidro; Duarte Murillo José Ignacio; Elizondo Ramírez Irma; Fernández Clamont Francisco Javier; Flemate Ramírez Julio César; Flores Méndez José Luis; Fuentes Téllez Adriana; Funes Velázquez Erika Yolanda; Galindo Quiñones Heriberto Manuel; Galván Villanueva Raúl Santos; Gamboa Song Lizbeth Loy; García de la Cadena Romero María del Carmen; García García Héctor; García Olmedo Rocío; Garza Moreno María Esther; Gómez Carmona Blanca Estela; Gómez Michel Gabriel; González Cruz Cristina; González Reséndiz Rafael; González Valdez Marco Antonio; González Vargas Francisco; González Martínez Olivares Irazema; Gualito Castañeda Rosalba; Gutiérrez Manrique Martha; Hernández Íñiguez Adriana; Hernández Morales Mirna Esmeralda; Herrera Delgado Jorge; Liceaga Arteaga Gerardo Francisco; López Alvarado Jaime Carlos; Magaña Zepeda María Angélica; Maldonado Hernández Fernando Alfredo; Márquez Velasco Silvia; Martínez Cárdenas Esther Angélica; Medina Fierro Ricardo; Mercado Gallegos Sonia Catalina; Miranda Munive Emilse; Montes Alvarado Abraham; Moreno Montoya José Pilar; Muñiz Martínez Dulce María; Murguía Lardizábal Luis Alfredo; Navarrete Vital María Concepción; Niaves López Ossiel Omar; Olvera Correa Luis; Ordaz Martínez María del Carmen; Ortega Pacheco Guadalupe del Socorro; Ortiz García Salvador; Pazzi Maza Zita Beatriz; Pérez Escalante Elvia María; Pérez de Alba José Noel; Ponce Orozco Norma; Quian Alcocer Eduardo Román; Quintana León Socorro de la Luz; Rubio Lara Blas Ramón; Ruíz Gutiérrez Alan David; Ruíz Moronatti Roberto; Ruíz Sandoval Cristina; Sahuí Rivero Mauricio; Sámano Peralta Miguel; Schroeder Verdugo María Fernanda; Treviño Cantú Javier; Treviño Villarreal Pedro Pablo; Ugalde Alegría Aurora Denisse; Vargas María Guadalupe; Vela Reyes Marco Antonio; Velasco Orozco Víctor Hugo; Velázquez Díaz María Guadalupe; Velázquez López Mirna; Vitela Rodríguez Alma Marina; Zamora Morales Fernando; Zepeda González Francisco Alberto.
3.2. Del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional:
Acosta Croda Rafael; Almaguer Torres Felipe de Jesús; Álvarez Tovar Martha Berenice; Aquino Calvo Juan Jesús; Argüelles Loya Consuelo; Borboa Becerra Omar Antonio; Botello Montes José Alfredo; Cáceres de la Fuente Juan Francisco; Chan Lugo Sergio Augusto; Dávila Delgado Mario Alberto; Flores Enrique Alejandro; Galindo Delgado David Cuauhtémoc; Oviedo Herrera José de Jesús; Pacheco Díaz Germán; Pantoja Hernández Leslie; Quintana Salinas Esther; Ramírez Diez Gutiérrez María Concepción; Reza Gallegos Rocío Esmeralda; Romero Sevilla Leonor; Rosiñol Abreu Jorge; Torres Cofiño Marcelo de Jesús; Urciel Castañeda María Celia; Vargas Martín del Campo Elizabeth; Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia.
3.3. Del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Belauzarán Méndez Fernando; Carrillo Huerta Mario Miguel; Garza Ruvalcaba Marcelo; Luna Porquillo Roxana; Medina Filigrana Marcos Rosendo; Mojica Morga Teresa de Jesús; Navarrete Contreras Joaquina; Rodríguez Montero Francisco Tomás; Salinas Pérez Josefina.
3.4. Del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
Guerrero López Judit Magdalena; Martel Cantú Laura Ximena; Medrano Galindo Gabriela; Núñez Aguilar Ernesto; Pariente Gavito María del Rosario de Fátima; Pérez Tejada Padilla David; Romo Fonseca Bárbara Gabriela; Vital Vera Martha Edith.
3.5. Del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza:
Bribiesca Sahagún Fernando.
4. Con fecha 27 de febrero de 2014 fue turnada la iniciativa en comento a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para su dictaminación.
II. Contenido de la iniciativa
En su exposición de motivos, la diputada iniciante expone como planteamiento del problema, lo siguiente:
Que el maltrato y la violencia en cualquiera de sus manifestaciones hacia los sectores vulnerables de la población han estado y continúan presentes en la convivencia social.
Que una parte de esa población vulnerable lo constituyen las personas adultas mayores y que desafortunadamente han resentido y siguen resintiendo las consecuencias físicas y emocionales que generan esas conductas sociales.
Que no obstante los esfuerzos por reconocer en los ámbitos internacional y nacional los derechos de las personas adultas mayores y su calidad de grupo vulnerable, siguen siendo objeto de maltrato y violencia, no solamente en el seno de la familia sino también, como sujetos pasivos de esas conductas antisociales que existen en el entorno social que los rodea.
Que en nuestro país, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores está vigente y que constituye un avance muy importante, pero que es necesario garantizar a este sector de la población tan importante y tan vulnerable, una vida libre de maltrato y violencia, mediante la institucionalización de las disposiciones legales de protección necesarias para hacer realidad el goce y disfrute de sus derechos fundamentales, con la intervención de los tres niveles de gobierno en sus respectivos ámbitos de competencia.
Argumentó la diputada iniciante que mucho tiempo ha pasado sin que se haya reconocido el esfuerzo y contribución de los adultos mayores a la familia y a la sociedad en su conjunto y sí, en cambio han sufrido maltrato e incluso prácticas discriminatorias del entorno que los rodea y que este sector de población ha padecido situaciones críticas de abandono, mendicidad, explotación, maltrato y violencia.
Distingue la también que la principal causa de todo tipo de violencia hacia ese sector parte de un falso estereotipo que los familiares y la sociedad conciben en el sentido de que las personas adultas mayores se encuentran en una etapa de la vida caracterizada por la enfermedad, la improductividad, la ineficiencia y la pérdida de algunas capacidades intelectuales y físicas, por lo que considera que se requiere seguir legislando e impulsando programas y políticas públicas que logren permear en la cultura social, a fin de erradicar las actitudes de discriminación y exclusión de este grupo social.
Precisa la iniciante que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación ha sostenido que en los últimos años se ha percibido un aumento en los casos de violencia física y psicológica hacia los grupos vulnerables, entre estos los adultos mayores. Que se sabe que muchos casos se atienden formalmente en el Ministerio Público especializado y otros más no llegan a integrar averiguaciones previas por diversas causas.
Sostiene también que los agresores son principalmente los hijos, los nietos, yernos o nueras, sobrinos, vecinos y otras personas de su entorno social y que las personas adultas mayores son sujetos pasivos de casos de abuso físico, emocional, sexual, financiero y por abandono.
Plantea que es un problema social conocido y reconocido que va más allá de nuestras fronteras, por lo que la Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 15 de junio como Día Mundial de Toma de Conciencia de Abuso y Maltrato en la Vejez.
Precisa que el maltrato que sufren las personas adultas mayores podemos entenderlo como actos que causan daño o sufrimiento a las personas y que puede presentar muchas formas, como el maltrato físico, psíquico, emocional, sexual y el que sufren por abuso de confianza en cuestiones económicas, por citar unos ejemplos.
Advierte que las persona adultas mayores son víctimas de actitudes y conductas antisociales de muy diversa índole: de tipo físico, verbal, psicológico, económico, sexual, etcétera, con daños irreversibles que traen consecuencias como la baja autoestima, el aislamiento social, situaciones de estrés o de depresión, de preocupación, de miedo, de inseguridad, de angustia, de dolor, de sentimiento de culpa, de pérdida de autonomía, de entorpecimiento del funcionamiento interpersonal que impacta negativamente su calidad de vida.
Sostiene la iniciante que por mucho tiempo se consideró al maltrato y violencia en este sector de población como un problema de bienestar social y luego como un tema simplemente relacionado con el envejecimiento; pero que ahora, el maltrato a personas adultas mayores se ha convertido en un tema de salud y de justicia.
Continúa argumentando la proponente que con motivo del Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso a las Personas Mayores, se expuso la necesidad de promover reformas legales para la protección jurídica de las personas de la denominada tercera edad, a fin evitar el que sean objeto de delitos patrimoniales.
Que en general, el perfil de la víctima de maltrato es con frecuencia una mujer de más de 60 años de edad, pasiva, complaciente, impotente, dependiente y vulnerable que está sola o aislada y que tiene un bajo nivel de autoestima o carece de opciones de vivir en otro lado o de escapar de la situación y condiciones que la rodean.
Señala la proponente que las personas adultas mayores que sufren vejaciones y maltrato en general, no denuncian porque sienten que traicionan a sus seres queridos o porque consideran que pudiera resultar contraproducente.
Por otra parte, también señala que para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, tres de cada cinco personas adultas mayores sufren maltrato o violencia, por lo que considera que es fundamental que las autoridades y la sociedad en general sumen esfuerzos para emprender acciones efectivas, a fin de erradicar todo tipo de maltrato, desigualdad, abuso y discriminación que padecen las personas adultas mayores, por lo que debe fomentarse una cultura de respeto y protección que facilite la inclusión de las personas adultas mayores, a fin de superar los desafíos de marginación laboral, familiar, política, económica y social, que enfrentan en nuestro país.
En este orden de ideas, expone la diputada Elvia María Pérez Escalante, que somete a la consideración de esta Soberanía, esta iniciativa para reformar y adicionar el título sexto de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:
Título Sexto De la Protección contra el Maltrato y de las Responsabilidades y Sanciones
Capítulos I. y II. ..
Capítulo III De la Protección contra el Maltrato
Artículo 51. Las personas adultas mayores serán protegidas contra actos u omisiones que puedan afectar sus derechos y su salud física o mental.
La federación, los estados y el gobierno del Distrito Federal sancionarán el maltrato y la violencia contra las personas adultas mayores, los actos abusivos de poder u omisión intencional, dirigidos a dominar, someter o agredir de manera física, verbal, psicológica o económica dentro o fuera del domicilio familiar, por personas que tengan o hayan tenido o no relación de parentesco.
III. Consideraciones.
1. Esta comisión dictaminadora, después de hacer un análisis exhaustivo de la iniciativa en estudio, ha llegado a la convicción de emitir el presente dictamen en sentido positivo.
En efecto, se ha considerado procedente la propuesta de reformar y adicionar el Título Sexto de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores porque en efecto, resulta necesario garantizar a este segmento de población tan importante y tan vulnerable, una vida libre de maltrato y violencia, mediante la institucionalización de las disposiciones legales de protección necesarias para hacer realidad el goce y disfrute de sus derechos fundamentales, como bien lo ha precisado la proponente, con la intervención de los tres niveles de gobierno en sus respectivos ámbitos de competencia.
Los integrantes de esta Comisión coincidimos con la diputada proponente en que las personas adultas mayores deben ser protegidas contra actos y omisiones que puedan afectar sus derechos y su salud física o mental.
De la misma manera, tenemos la convicción de que la federación, los estados y el gobierno del Distrito Federal deben sancionar el maltrato y la violencia contra las personas adultas mayores, los actos abusivos de poder u omisión intencional, dirigidos a dominar, someter o agredir de manera física, verbal, psicológica o económica dentro o fuera del domicilio familiar, por personas que tengan o hayan tenido o no una relación de parentesco y es en consecuencia por lo que la iniciativa con proyecto de decreto se dictamina en sentido positivo.
No menos importante es decir que los integrantes de esta Comisión, han tomado en consideración que esta iniciativa con proyecto de decreto, no tiene impacto presupuestario toda vez que no deriva en la realización de nuevas funciones, ni en la creación de nuevas estructuras orgánico administrativas, ni tampoco la ampliación de la oferta de bienes o servicios públicos, por lo que no requiere de recursos adicionales para su cumplimiento.
La viabilidad y trascendencia de la propuesta puede observarse con claridad en siguiente cuadro comparativo:
Texto vigente
Título Sexto De las Responsabilidades y Sanciones
Capítulo I, y II. ..
Texto propuesto
Título Sexto De la Protección contra el maltrato y de las responsabilidades y sanciones
Capítulos I. y II. ..
Capítulo III De la Protección contra el Maltrato
Artículo 51. Las personas adultas mayores serán protegidas contra actos u omisiones que puedan afectar sus derechos y su salud física o mental.
La federación, los estados y el gobierno del Distrito Federal sancionarán el maltrato y la violencia contra las personas adultas mayores, los actos abusivos de poder u omisión intencional, dirigidos a dominar, someter o agredir de manera física, verbal, psicológica o económica dentro o fuera del domicilio familiar, por personas que tengan o hayan tenido o no relación de parentesco.
Por lo expuesto y fundado, los miembros de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables que suscriben, someten a consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente:
Proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Artículo Único.Se modifica la denominación del Título Sexto De la Protección contra el Maltrato y de las Responsabilidades y Sanciones; y se adiciona un Capítulo III, denominado De la Protección contra el Maltrato, que comprende el artículo 51 a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:
Título Sexto De la Protección contra el Maltrato y de las Responsabilidades y Sanciones
Capítulos I. y II. ..
Capítulo III De la Protección contra el Maltrato
Artículo 51. Las personas adultas mayores serán protegidas contra actos u omisiones que puedan afectar sus derechos y su salud física o mental.
La federación, los estados y el gobierno del Distrito Federal sancionarán el maltrato y la violencia contra las personas adultas mayores, los actos abusivos de poder u omisión intencional, dirigidos a dominar, someter o agredir de manera física, verbal, psicológica o económica dentro o fuera del domicilio familiar, por personas que tengan o hayan tenido o no relación de parentesco.
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados:Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Genaro Carreño Muro (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Josefina Salinas Pérez (rúbrica), secretarios; José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song, Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Roberto López Rosado, Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara, Aurora Denisse Ugalde Alegría, Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY DEL SEGURO SOCIAL
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social
Honorable Asamblea:
A las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, les fue turnada, para dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 101 de la Ley del Seguro Social, recorriéndose y reformándose el actual para quedar como tercero, presentada en ejercicio de facultades constitucionales por la diputada Luisa María Alcalde Luján, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 25 de febrero de 2014.
De conformidad y con fundamento a lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción II, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 167, numeral 4, 180, numeral 1, 182, numeral 1, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social son competentes para elaborar el dictamen correspondiente a la iniciativa en mención.
Para ese propósito, las comisiones realizaron reuniones de grupos de trabajo con la finalidad de revisar los antecedentes relacionados con el tema motivo de la iniciativa y después de conocer las opiniones sobre el particular, elaboran este dictamen para ser puesto a consideración de esta asamblea.
Antecedentes
En la sesión de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión celebrada el 25 de febrero de 2014, se dio cuenta con la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 101 de la Ley del Seguro Social, recorriéndose y reformándose el segundo actual para quedar como tercero, presentada por la diputada Luisa María Alcalde Luján, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
En la misma sesión, el presidente de la comisión dispuso que fuera turnada a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, para la elaboración del dictamen correspondiente, asignándole el expediente número 3825.
Contenido de la iniciativa
La ciudadana diputada promovente expone que la Ley Federal del Trabajo vigente señala, en la fracción II del artículo 170, referente a las madres trabajadoras que disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto. A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda o, en su caso, del servicio de salud que otorgue el patrón, tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del trabajo que desempeñe, se podrá trasferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo.
Señala igualmente que esta disposición, aprobada en esta legislatura, en su primer año de ejercicio, tuvo como sustento jurídico diversos informes elaborados por la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en los que se reconoce la necesidad de que las trabajadoras gocen de licencias de maternidad suficientemente prolongadas después del parto, con el propósito de que recuperen las condiciones endócrinas y nutricionales que tenían antes del embarazo y que compartan más tiempo con el producto del embarazo, ya que la primera etapa del período postnatal es de extrema importancia en la relación afectiva con el recién nacido.
Además, se mencionan en la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo sobre la protección de la maternidad números 3, 103 y 183, así como la Recomendación número 191, que obligan a los gobiernos a otorgar a las trabajadoras licencias de maternidad por un período mínimo de seis semanas con posterioridad al parto, y subrayan las ventajas de que las trabajadoras tengan derecho a elegir libremente cuando tomarán la parte no obligatoria de su licencia de maternidad, antes o después del parto, lo que permite cierta flexibilidad para que se establezcan acuerdos a nivel nacional sobre la distribución de las licencias de maternidad.
Expresa que la Ley del Seguro Social no tiene esa flexibilidad al establecer el derecho de la asegurada para tener un descanso de cuarenta y dos días antes del parto y otros cuarenta y dos después, así como el pago de un subsidio del cien por ciento de su salario base de cotización en esos mismos períodos fijos.
Por último, la ciudadana diputada Alcalde Luján refiere que lo que la iniciativa que presenta busca es armonizar la legislación del Seguro Social con las leyes laborales, a fin de que las trabajadoras embarazadas puedan ejercer su derecho a trasferir semanas de incapacidad de su período de preparto al de postparto y que el subsidio se ajuste a esa determinación.
La iniciativa que se dictamina se propone en los siguientes términos:
Ley del Seguro Social
Artículo 101. La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al cien por ciento del último salario diario de cotización el que recibirá durante cuarenta y dos días anteriores al parto y cuarenta y dos días posteriores al mismo.
El instituto deberá ajustar el período de entrega del subsidio hasta por catorce días anteriores al parto y setenta días posteriores al mismo cuando la asegurada trasfiera sus días de descanso en los términos previstos en la Ley Federal del Trabajo.
En los casos en que la fecha fijada por los médicos del instituto no concuerde exactamente con la del parto, deberán cubrirse a la asegurada los subsidios correspondientes por cuarenta y dos días, posteriores al mismo, o por el número total de días que resulten de la transferencia del período de preparto al de postparto, sin importar que el periodo anterior al parto se haya excedido. Los días en que se haya prolongado el período anterior al parto, se pagarán como continuación de incapacidades originadas por enfermedad. El subsidio se pagará por períodos vencidos que no excederán de una semana.
Consideraciones de las comisiones
Las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, coinciden con el planteamiento de la diputada Luisa María Alcalde Luján en cuanto a que el descanso postparto es más importante que el de preparto, ya que la gran mayoría de las mujeres embarazadas, no requieren, salvo casos especiales, de un descanso prolongado previo al parto y pueden desempeñar su trabajo, con las limitaciones propias de su estado de gravidez pero sin perjuicio ni a su salud ni a la del producto, y, en contraparte, es preferible prolongar lo más posible el contacto afectivo entre la madre y el recién nacido para contribuir a su mejor desarrollo.
La reforma propuesta no tiene impacto presupuestario toda vez que el pago del subsidio durante el período de descanso seguirá siendo el mismo, 84 días o 12 semanas, y lo único que variará será el tiempo de descanso en relación con la fecha del parto, disminuyendo el de preparto y aumentando el de postparto.
Para tener la certeza de que este cambio no afectará la salud ni de la trabajadora embarazada ni del producto, esto solo se hará a solicitud expresa de ella y con la autorización del médico que ha mantenido el control del embarazo, tal y como lo señala la Ley Federal del Trabajo en su artículo 170, fracción II.
Modificaciones a la iniciativa
Las comisiones unidas que dictaminan consideran igualmente que, para una mejor precisión e interpretación de las reformas propuestas, es conveniente no mantener la redacción vigente del primer párrafo del artículo 101, que refiere el pago del subsidio por cuarenta y dos días anteriores al parto y cuarenta y dos días posteriores, expresión rígida que no sería congruente con la reforma propuesta en la iniciativa para dejar a elección de la asegurada cuantos días del período de preparto desea transferir, con autorización médica, al período de postparto, por lo que se propone que dicho artículo quede con la siguiente redacción:
Artículo 101. La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al cien por ciento del último salario diario de cotización, el que recibirá durante los períodos de descanso previo y posterior al parto, a que se refiere el artículo 170, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo.
En los casos en que la fecha fijada por los médicos del instituto no concuerde exactamente con la del parto, deberán cubrirse a la asegurada los subsidios correspondientes al período de descanso posterior al mismo, sin importar que el período de descanso anterior al parto se haya excedido. Los días en que se haya prolongado el período de descanso anterior al parto, se pagarán como continuación de incapacidades originadas por enfermedad. El subsidio se pagará por períodos vencidos que no excederán de una semana.
Conclusiones y proyecto de decreto
Por las razones expuestas y debidamente fundadas, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social proponen a esta honorable asamblea la aprobación del siguiente proyecto de
Decreto que reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social
Único. Se reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
Artículo 101. La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al cien por ciento del último salario diario de cotización, el que recibirá durante los períodos de descanso previo y posterior al parto, a que se refiere el artículo 170, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo.
En los casos en que la fecha fijada por los médicos del instituto no concuerde exactamente con la del parto, deberán cubrirse a la asegurada los subsidios correspondientes al período de descanso posterior al mismo, sin importar que el período de descanso anterior al parto se haya excedido. Los días en que se haya prolongado el período de descanso anterior al parto, se pagarán como continuación de incapacidades originadas por enfermedad. El subsidio se pagará por períodos vencidos que no excederán de una semana.
Transitorio
Único. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el salón de sesiones de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), Fernando Salgado Delgado (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Arturo López Candido (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), secretarios; Carlos Humberto Aceves del Olmo, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Alfredo Zamora García (rúbrica).
La Comisión de Seguridad Social, diputados:Javier Salinas Narváez (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez, María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez (rúbrica), Patricio Flores Sandoval, María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Gloria Bautista Cuevas (rúbrica), María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Araceli Torres Flores, Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Rosendo Serrano Toledo (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares, Antonio Sansores Sastré, Agustín Miguel Alonso Raya, Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez (rúbrica), Juan Carlos Muñoz Márquez, Margarita Saldaña Hernández, Rosalba Gualito Castañeda, Fernando Salgado Delgado, María Leticia Mendoza Curiel, Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), María Elena Cano Ayala (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, Y LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto que reforma los artículos 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
Honorable Asamblea:
La Comisión de Igualdad de Género, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 79 numeral 2, 80; 81, 82, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; y 167, numeral 4, 176, fracción I, y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:
Antecedentes
Con fecha 18 de octubre de 2013, la senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de la Cámara de Senadores iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Adquisiciones y Servicios del Sector Público y el artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos.
En sesión de fecha 30 de abril de 2014, la Cámara de Senadores aprobó el dictamen en sentido positivo presentado por las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda.
En esa misma fecha, la minuta fue remitida a la Cámara de Diputados y por acuerdo de la mesa directiva turnada bajo el expediente 4425, a la Comisión de Igualdad de Género para su dictamen correspondiente.
La minuta materia de este dictamen tiene como objetivo principal incentivar la igualdad de género dentro de la actividad empresarial, otorgando beneficios al momento de licitar a través de compras de gobierno, estableciendo para ello un esquema similar al que está ya contemplado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público dirigido a empresas que cuentan con personas trabajadoras con algún tipo de discapacidad.
En el presente proyecto, se contempla que las empresas sometan sus servicios o productos a un proceso de licitación, además de cumplir los requisitos ya establecidos en la legislación, puedan obtener una nueva puntuación si comprueban que su empresa promueve la inclusión y hace efectivo el desarrollo de las mujeres de forma permanente.
La minuta plantea que para dar cumplimiento a lo que se enuncia con anterioridad es necesario realizar también modificaciones a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres a fin de ser más específicos en la información que se refiere a los certificados de igualdad, los cuales se conceden anualmente a las empresas que hayan aplicado políticas y prácticas en la materia y que, derivado de esta reforma, permitirán elevar a rango de ley las características más representativas de certificaciones referentes a la igualdad de género.
Hace referencia a una serie de indicadores que demuestran que las brechas de género se reducen cuando los países avanzan hacía una mayor paridad entre mujeres y hombres en materia económica y participación política.
Destaca que la reforma no sólo beneficiará a las mujeres en sus empleos, también generará incentivos para que las empresas se decidan a aprovechar las capacidades de toda su plantilla laboral, sin importar su género. Los beneficios propuestos para las empresas que apuesten por la igualdad de género, deben de servir para acelerar su desarrollo y garantizarles mejores oportunidades, que se reflejen en un crecimiento sostenible y a corto, mediano y largo plazo.
Consideraciones
La comisión dictaminadora, al igual que la proponente, coincide con lo expresado en la minuta en cuanto a la innegable existencia de una profunda brecha de desigualdad en el acceso a oportunidades laborales entre mujeres y hombres, así como elevados niveles de exclusión laboral de las mujeres.
La exclusión laboral, tal como lo ha expresado la Organización de las Naciones Unidas, acentúa las brechas de género, entendidas éstas como aquellas diferencias que exhiben los sexos en cuanto a oportunidades, acceso, control y uso de los recursos que les permiten garantizar su bienestar y desarrollo humano.
Consideramos que la exclusión es también un forma de discriminación de género que impacta en las posibilidades de desarrollo de las mujeres y que impide el ejercicio pleno de sus derechos humanos, con lo cual México se distancia de alcanzar los Objetivos del Milenio de la Organización de las Naciones Unidas, particularmente el objetivo 3, que se refiere a promover la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de las mujeres.
Destacamos algunas referencias de la minuta que sustentan la importancia y necesidad de que México incorpore acciones afirmativas en su legislación, que incentiven la inclusión laboral de las mujeres. De acuerdo con el estudio denominado Cerrando las Brechas de Género: es Hora de Actuar en nuestro país la tasa de participación laboral femenina es la más baja de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), después de Turquía con el 48 por ciento (2012); debido a que las mujeres mexicanas tienen un empleo comparado con el promedio de la OCDE de 62 por ciento (2011). Aunque modestamente en aumento, la participación laboral femenina en México es incluso menor que la de otras economías emergentes. Muchas mujeres mexicanas aún se enfrentan a importantes obstáculos que les impiden participar plenamente en el mercado laboral.
Asimismo, es importante considerar, como lo hace la proponente, que las tasas de desempleo de las mujeres son más altas que las de los hombres a escala mundial y no se prevé su disminución en los próximos años, de acuerdo a un informe hecho por la Organización Mundial del Trabajo (OIT). De igual manera, dicho informe señala que entre los años 2002 y 2007, la tasa de desempleo femenino se sitúo en un 5.8 por ciento, comparada con 5.3 por ciento para los hombres.
Consideramos también importante destacar que, según el reciente informe del Banco Mundial El efecto del poder económico de las mujeres en América Latina y el Caribe, en la última década que va del año 2000 al 2010, las mujeres han desempeñado un papel fundamental en la disminución de la pobreza, observando un aumento en las tasas de participación de las mujeres en el mercado laboral en un 15 por ciento, y una reducción del 30 por ciento en los índices de extrema pobreza.
Cabe precisar que en el ámbito nacional, la desigualdad de género en el mercado laboral es una realidad que constituye una afrenta; si se quiere lograr el desarrollo de nuestro país, resulta fundamental superar las diferencias existentes en el acceso a las oportunidades en el mercado laboral.
En ese sentido, esta comisión al igual que la proponente, estima que las adiciones normativas de la minuta contribuyen a que nuestro país avance en proveer a todos y cada uno de sus habitantes las garantías para acceder a los mismos derechos, sin importar su género.
Coincidimos con esta percepción evidente de que en México prevalecen las diferencias en cuanto al acceso y el trato de las mujeres respecto del mercado de trabajo (hablando de forma particular en las empresas privadas), por lo que las políticas públicas y acciones que se generen deben encaminarse hacia la promoción de la igualdad de género en el mercado laboral mexicano, objetivo principal de la presente iniciativa que pretende reformar el artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, que permita a nuestro país consolidarse como una nación en donde existe igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.
Nos parece importante destacar las referencias estadísticas que aporta la minuta, pues contribuyen a dibujar el panorama de la situación laboral de las mujeres en México y con ello aclaran la pertinencia de las reformas que contempla la minuta materia de este dictamen.
De acuerdo con estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la tercera parte de la población económicamente activa en México son mujeres. Asimismo, el 21 por ciento de los hogares tienen jefatura femenina y hasta el 52.1 por ciento recibe ingresos femeninos.
La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) de 2011, señala que de los 83.7 millones de personas mayores de 14 años, 9 de cada 10 participan en la producción de bienes y servicios, proporción que equivale a 80.3 millones de personas, de las cuales 42.9 millones son mujeres (53.5 por ciento) y 37.3 millones son hombres (46.5 por ciento).
Si bien lo anterior refleja mayor participación de las mujeres en el mercado del trabajo, esto no quiere decir que su inserción se dé en condiciones de igualdad, puesto que, por lo general, obtienen trabajos de menor jerarquía y menor sueldo en relación con los hombres. Lo que significa tener que enfrentarse a desigualdades de salario, jornadas laborales, etcétera; aunado a ello se suma también que existen cuestiones de acoso, hostigamiento sexual, restricciones de contratación por su situación conyugal, gravidez, entre otros.
Por tal motivo, consideramos prudente recordar que el comité de seguimiento de la CEDAW como resultado del 7o. y el 8o. informes consolidados de México, expresó lo siguiente:
28. El Comité observa con preocupación la persistencia de las prácticas discriminatorias contra la mujer en el ámbito del empleo, como el requisito de presentar certificados de ingravidez para acceder a un empleo o mantenerlo, la práctica de someter a las embarazadas a condiciones de trabajo difíciles o peligrosas para forzarlas a renunciar al empleo, y que la reforma de la Ley Federal del Trabajo esté pendiente desde hace varios años. Preocupan también al Comité los informes de que tres de cada 10 mujeres han sido víctimas de actos de violencia en el lugar de trabajo, incluido el abuso y el hostigamiento sexual. Otro motivo de preocupación son las enormes diferencias de salarios entre hombres y mujeres y que el 56.6 por ciento de la población trabajadora femenina se desempeñe en el sector de trabajo no estructurado y, por consiguiente, no tenga acceso a las prestaciones de seguridad social. Preocupan también las desigualdades en las condiciones laborales de los trabajadores domésticos, el 99 por ciento de los cuales son mujeres, ya que sufren discriminación en la remuneración, los horarios de trabajo y las prestaciones.
29. El Comité reitera su recomendación anterior de que el Estado parte armonice plenamente su legislación laboral con el artículo 11 del Convenio y acelere la adopción de la Ley Federal del Trabajo, pendiente desde hace varios años. Insta al Estado parte a que:
a) Adopte medidas para garantizar la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en el mercado laboral, inclusive recurriendo a medidas especiales de carácter temporal, con objetivos que hayan de alcanzarse en un plazo prefijado, conforme a lo dispuesto en el artículo 4, párrafo 1, de la Convención y en la recomendación general 25 (2004) del Comité, y proporcionando a la Inspección General de Trabajo los recursos humanos y financieros que sean necesarios y efectivos para supervisar y sancionar las prácticas discriminatorias contra la mujer en el ámbito del empleo, como ocurre en la industria maquiladora;
b) Garantice la implementación efectiva del protocolo para la intervención en casos de hostigamiento sexual en la administración pública y adopte medidas semejantes para prevenir ese delito en el sector privado;
c) Adopte medidas que permitan mejorar la situación de la mujer en el sector no estructurado, supervisar sus efectos y asegurar la continuación del programa Seguro Popular, orientado a la prestación de servicios de salud a ese grupo de mujeres;
d) Revise el marco jurídico de protección social para formular una política integral que asegure a los trabajadores domésticos acceso en pie de igualdad a una remuneración y tratamiento iguales por trabajo de igual valor, con inclusión de prestaciones, así como acceso en pie de igualdad a la seguridad social y a condiciones de trabajo seguras;
e) Ratifique el Convenio número 156 de la OIT sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, y el Convenio núm. 189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.
La comisión dictaminadora considera que los datos reflejan un estado de las cosas muy apartado de los compromisos internacionales que México ha signado en materia de derechos humanos de las mujeres, que a continuación se citan:
La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la cual enuncia al respecto lo siguiente:
Artículo 1
A los efectos de la presente Convención, la expresión discriminación contra la mujer denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
Artículo 11
1. Los Estados parte adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar a la mujer, en condiciones de igualdad con los hombres, los mismos derechos, en particular:
a) [...]
b) El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplicación de los mismos criterios de selección en cuestiones de empleo;
e) El derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al ascenso, a la estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y otras condiciones de servicio, y el derecho a la formación profesional y al readiestramiento, incluido el aprendizaje, la formación profesional superior y el adiestramiento periódico.
El Convenio 111 de la Organización Mundial del Trabajo, relativo a la Discriminación en materia de Empleo y Ocupación, mismo que señala lo siguiente:
Artículo 2. Todo miembro para el cual este Convenio se halle en vigor se obliga a formular y llevar a cabo una política nacional que promueva, por métodos adecuados a las condicionales y a la práctica nacionales, la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación, con objeto de eliminar cualquier discriminación.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará), 1994, en la que el Estado mexicano convino en adoptar, por todos los medios apropiados, políticas y medidas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres.
El Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Protocolo de San Salvador, el cual establece que los Estados partes se comprometen a ejecutar y a fortalecer programas que coadyuven a una adecuada atención familiar, encaminados a que la mujer pueda contar con una efectiva posibilidad de ejercer el derecho al trabajo. Asimismo, en su Artículo 7 se reconoce que el derecho al trabajo supone que toda persona goce del mismo en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, para lo cual los Estados partes garantizarán en sus legislaciones nacionales, de manera particular una remuneración que asegure como mínimo a todas y todos los trabajadores condiciones de subsistencia digna y decorosa para ellos y sus familias, así como un salario equitativo e igual por trabajo igual, sin ninguna distinción.
Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el párrafo segundo del artículo 1o., establece que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la propia Constitución y con los Tratados Internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. El párrafo tercero del mismo Artículo establece que todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. La propia Constitución prohíbe categóricamente toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, entre otras.
La Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, en el artículo 2 obliga al Estado a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas. De acuerdo con su artículo 9, son conductas discriminatorias: prohibir la libre elección de empleo o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo, así como establecer diferencias en la remuneración, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales; entre otras.
La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establece en el artículo 12 que corresponde al gobierno federal garantizar la igualdad de oportunidades mediante la adopción de políticas, programas, proyectos e instrumentos compensatorios, como acciones afirmativas; y establece, justamente, que en el marco de la política nacional de igualdad las autoridades y organismos públicos deberán desarrollar acciones para evitar la segregación de personas por razón de su sexo en el mercado de trabajo, además de establecer estímulos y certificados desigualdad que se concederán anualmente a las empresas que hayan aplicado políticas y prácticas en la materia.
Esta comisión dictaminadora considera que la minuta es congruente con el innovador Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, que por vez primera colocó la perspectiva de género como eje transversal de todas y cada una de las metas de desarrollo. En este mismo orden de ideas, cabe precisar que el PND 2013-2018 estableció bajo la responsabilidad del Instituto Nacional de las Mujeres, el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres (Proigualdad), el cual es de observancia obligatoria para todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Sus principales objetivos son: desarrollar, promover y adoptar políticas y acciones de conciliación trabajo-familia, que propicien la igualdad y equidad en las responsabilidades familiares, todo ello para que favorezcan el trabajo de las mujeres, mejoren sus condiciones de competencia laboral y eleven su calidad de vida.
Es también oportuno mencionar, como bien lo hace la proponente, respecto a la certificación que la Norma Mexicana NMX-R- 025-SCFI-2012 para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, establece los lineamientos para la certificación de organizaciones públicas y privadas comprometidas con la igualdad de oportunidades en el trabajo y el desarrollo profesional y humano de su personal, reconociendo su aportación al desarrollo del país, como factor de motivación e impulsor de un mejor posicionamiento ante la sociedad, fortalecimiento del mercado laboral y del incremento de la calidad de los productos o servicios ofrecidos por las organizaciones.
En este sentido, compartimos la inquietud expresada en la minuta, respecto a la idoneidad de las reformas planteadas con la necesidad de regular los requisitos que deberán cumplir las empresas para obtener el certificado de igualdad, cuyo objetivo es fomentar la igualdad y la inclusión laboral, situación que permite la plena realización de mujeres y hombres dentro de la empresa, y lo más importante contribuir con el crecimiento de este gran país.
Asimismo, consideramos que la propuesta de adición al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, es también compatible con lo expresado en las recomendaciones emitidas a México y con los instrumentos internacionales de derechos humanos de las mujeres, ya que a través de acciones afirmativas se busca incentivar a las empresas para que favorezcan el acceso de las mujeres al empleo digno. Cabe destacar que las acciones afirmativas son estrategias destinadas a establecer la igualdad de oportunidades, por medio de medidas que compensen o corrijan las discriminaciones resultantes de prácticas o sistemas sociales. Tienen carácter temporal, están justificadas por la existencia de la discriminación secular contra grupos de personas y resultan de la voluntad política de superarla.
Para esta dictaminadora es un acierto que la minuta prevea en sus artículos transitorios una vacatio legis de 90 días a partir de la entrada en vigor del decreto, para que las dependencias de la administración pública federal y locales que se vean impactadas, realicen las adecuaciones normativas pertinentes para cumplir con la certificación.
Finalmente, reconocemos la generosidad de las medidas que plantea la minuta y estamos convencidas de que constituyen una herramienta más para favorecer el acceso de las mujeres al mercado laboral en condiciones dignas. Por ello estimamos que la propuesta es acertada, además de que abunda en referencias estadísticas y elementos contextuales, que proyectan la irreductible necesidad de mejorar las normas para garantizar a las mujeres su derecho al trabajo, tal como lo plantea la minuta en comento.
Por lo anterior, la comisión dictaminadora coincide en sus términos con las reformas que dan contenido la minuta en análisis.
Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Igualdad de Género somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Decreto por el que se reforman los artículos 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
Artículo Primero. Se reforma el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:
Artículo 14. ...
En el caso de licitación pública para la adquisición de bienes, arrendamientos o servicios que utilicen la evaluación de puntos y porcentajes, se otorgarán puntos en los términos de esta Ley a personas con discapacidad o a la empresa que cuente con trabajadores con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Asimismo, se otorgarán puntos a las micros, pequeñas o medianas empresas que produzcan bienes con innovación tecnológica, conforme a la constancia correspondiente emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, la cual no podrá tener una vigencia mayor a cinco años. De igual manera, se otorgarán puntos a las empresas que hayan aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la certificación correspondiente emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto.
Artículo Segundo. Se reforma la fracción XI del artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, para quedar como sigue:
Artículo 34. ...
I. a X. ...
XI. Establecer estímulos y certificados de igualdad que se concederán anualmente a las empresas que hayan aplicado políticas y prácticas en la materia. Para la expedición del certificado a empresas se observará lo siguiente:
a) La existencia y aplicación de un código de ética que prohíba la discriminación de género y establezca sanciones internas por su incumplimiento.
b) La integración de la plantilla laboral cuando ésta se componga de al menos el cuarenta por ciento de un mismo género, y el diez por ciento del total corresponda a mujeres que ocupen puestos directivos.
c) La aplicación de procesos igualitarios en la selección del personal, contemplando desde la publicación de sus vacantes hasta el ingreso del personal.
d) Las demás consideraciones en materia de salubridad, protección y prevención de la desigualdad en el ámbito laboral, y
XII. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las dependencias de la administración pública federal y estatales, en coordinación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Secretaría de Economía y el Instituto Nacional de las Mujeres deberán adecuar las normas oficiales mexicanas, modelos, procesos y manuales para la certificación existentes, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en un plazo máximo de 90 días, contados a partir del inicio de la vigencia del presente decreto, atendiendo para su aplicabilidad al principio de progresividad
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de junio de 2014.
La Comisión de Igualdad de Género, diputadas:Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León, María Guadalupe Sánchez Santiago (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), secretarias; Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez, Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), María Esther Garza Moreno, Patricia Elena Retamoza Vega (rúbrica), Margarita Licea González (rúbrica), Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera (rúbrica), María Eugenia de León Pérez, Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Julisa Mejía Guardado (rúbrica), Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Aida Fabiola Valencia Ramírez, Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY AGRARIA
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 71 y adiciona un párrafo octavo al artículo 108 de la Ley Agraria
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Reforma Agraria fue turnada para estudio, análisis y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 113 Bis de la Ley Agraria.
La Comisión de Reforma Agraria, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72, Apartado A, y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82, numeral 1, 157, numeral 1, fracción 1, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados y habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes
I. Antecedentes
1. El 7 de noviembre de 2013, la diputada María Fernanda Schroeder Verdugo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, el proyecto de decreto que adiciona el artículo 113 Bis a la Ley Agraria.
2. Con esa fecha, mediante el oficio número DGPL 62-II-3-1124, la Mesa Directiva de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados turnó para estudio y análisis a la Comisión de Reforma Agraria el expediente número 3144, que contiene dicha iniciativa.
Establecidos los antecedentes, los integrantes de la Comisión de Reforma Agraria de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados exponen su contenido al tenor de las siguientes:
II. Consideraciones de la iniciativa
A) Materia
La iniciativa que el legislador propone establece un planteamiento normativo en el que se faculta a las mujeres que tengan el carácter de ejidatarias, comuneras, avecindadas, posesionarias y pobladoras dentro de los núcleos ejidales a asociarse para organizar y constituir las unidades agrícolas industriales de la mujer.
B) Contenido
La iniciativa en comento pretende adicionar el artículo 113 Bis a la Ley Agraria, con la finalidad de facilitar que las mujeres integrantes de cualquier núcleo de población ejidal puedan asociarse de manera libre, y organizarse para constituir una Unidad productiva que fomente su desarrollo productivo en el esquema de las sociedades rurales.
Derivado de la exposición de motivos y a fin de dilucidar el texto de la reforma que propone el iniciador, resulta de utilidad insertar el siguiente cuadro:
Texto vigente
Artículo 113. Dos o más sociedades de producción rural podrán constituir uniones con personalidad jurídica propia a partir de su inscripción en el Registro Público de Crédito Rural o en el Público de Comercio.
Las uniones se constituirán siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 108 de esta ley. Asimismo, los estatutos y su organización y funcionamiento se regirán, en lo conducente, por lo dispuesto en el artículo 109 de esta ley.
Propuesta
Artículo 113. ...
Artículo 113 Bis. Las mujeres mayores de edad o menores con familia a su cargo pertenecientes a un mismo núcleo agrario: ejidatarias, comuneras, avecindadas, posesionarias y pobladoras, podrán organizarse como unidad agrícola industrial de la mujer, la que tendrá personalidad jurídica, debiendo constituirse con un mínimo de cinco socias. La denominación social irá seguida de las palabras unidad agrícola industrial de la mujer o de su abreviatura UAIM.
Su objeto será la realización y coordinación de actividades productivas, de asistencia mutua, aprovechamiento de recursos, comercialización u otras actividades no prohibidas por la ley que desarrollen las mujeres dentro del núcleo agrario.
El acta constitutiva que contenga los estatutos de la unidad, deberá otorgarse ante un fedatario público e inscribirse en el Registro Agrario Nacional, a partir de lo cual la unidad tendrá personalidad jurídica. Para su constitución no se exigirá como requisito la aportación de tierras parcelarias por parte de las socias.
Dos o más de las unidades a que se refiere este artículo podrán constituirse como uniones de unidades agrícolas industriales de la mujer de carácter regional.
Establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los integrantes de la Comisión de Reforma Agraria de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, suscriben el presente dictamen exponiendo las siguientes consideraciones:
III. Análisis y valoración de la iniciativa
Primero.Referente a la exposición de motivos de la iniciativa presentada por la diputada María Fernanda Schroeder Verdugo,señala que existe una legislación agraria insuficiente que no desarrolla de manera clara y precisa aspectos como el derecho patrimonial y el carácter productivo que debe tener la superficie de tierra destinada a la unidad agrícola industrial de la mujer (UAIM), observando que la ley debe responder a este proceso de transformación social, otorgando a la mujer rural posibilidades de desarrollo productivo a través de figuras jurídicas que posibiliten la comercialización de sus productos sin importar su condición dentro del medio rural a través de formas asociativas más claras y precisas que permitan fomentar y promover el desarrollo de la mujer.
A juicio de esta comisión, en principio pudiera parecer innecesaria la iniciativa, ya que esta figura se encuentra regulada en la Ley Agraria, toda vez que en su título cuarto de establecen una serie de disposiciones referentes a la organización, constitución y funcionamiento de las sociedades rurales para la coordinación en general de actividades productivas, en donde se contempla la participación de los diversos sectores que componen el núcleo agrario (ejidatarios, grupos de mujeres campesinas organizadas, hijos de ejidatarios, comuneros, avecindados, pequeños productores, etcétera), esto último sin hacer ningún tipo de distinción o restricción de género.
Incluso, a la fecha se encuentra vigente el Reglamento de la Ley Agraria para fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 1998, el que tiene por objeto fomentar la actividad organizada de las mujeres campesinas para su desarrollo económico y en donde se establece que las mujeres del núcleo de población ejidal o comunal podrán asociarse a través de cualquier forma que prevea la ley.
Segundo.No obstante lo anterior, esta comisión, en el análisis objetivo de la propuesta, considera que en la legislación agraria no está suficientemente claro y preciso el objeto de la unidad agrícola industrial de la mujer, relacionado con el esquema de sociedades productivas que señala en su propuesta la Legisladora proponente, por lo que se considera viable la propuesta, sin embargo, no en la forma y términos propuestos por la proponente, sin que esto signifique dejar de observar el espíritu de sus motivaciones, es decir, a juicio de esta comisión consideramos que dentro de la estructura normativa de la legislación agraria la propuesta debe ser considerada en distinta forma y términos.
Por un lado, el artículo 63 de la legislación agraria establece la figura de la unidad agrícola industrial de la mujer, que está vinculado con el artículo 71, y en donde se puede observar la falta de claridad y precisión respecto a su figura y objeto, por lo que se considera oportuno establecer lo conducente.
Por lo que corresponde a dar claridad al sector de las mujeres organizadas a través de una figura jurídica en específico que les permita mejorar las actividades productivas relacionadas con la unidad agrícola industrial de la mujer, a juicio de esta comisión se considera oportuno mencionar que de acuerdo al mismo criterio de estructura normativa de la Legislación Agraria, debe considerarse lo conducente en el numeral 108 de la multicitada ley, que es en esencia donde se generan las condiciones de forma en cuanto a la organización, constitución y funcionamiento de las sociedades rurales en sus actividades productivas y en donde se considera para estos fines la participación de los diversos sectores que componen el núcleo agrario.
Tercero.Esta comisión considera oportuno realizar algunas modificaciones de forma por cuanto al contenido de la propuesta de reforma, evitando la duplicidad de textos y eliminando algunas cuestiones que ya están consideradas en la propia legislación agraria, con objeto de proyectar mayor claridad y certidumbre jurídica en dicha normativa, al tiempo de dejar inalteradas las motivaciones y el espíritu que pretende el legislador proponente.
Para mayor comprensión entre la propuesta inicial y la modificación propuesta, a continuación se inserta en el dictamen el siguiente cuadro comparativo:
Propuesta de la diputada María Fernanda Schroeder Verdugo
Artículo 113 Bis. Las mujeres mayores de edad o menores con familia a su cargo pertenecientes a un mismo núcleo agrario: ejidatarias, comuneras, avecindadas, posesionarias y pobladoras, podrán organizarse como Unidad Agrícola Industrial de la Mujer, la que tendrá personalidad jurídica, debiendo constituirse con un mínimo de cinco socias. La denominación social irá seguida de las palabras Unidad Agrícola Industrial de la Mujer o de su abreviatura UAIM.
Su objeto será la realización y coordinación de actividades productivas, de asistencia mutua, aprovechamiento de recursos, comercialización u otras actividades no prohibidas por la ley que desarrollen las mujeres dentro del núcleo agrario.
El acta constitutiva que contenga los estatutos de la unidad, deberá otorgarse ante un fedatario público e inscribirse en el Registro Agrario Nacional, a partir de lo cual la Unidad tendrá personalidad jurídica. Para su constitución no se exigirá como requisito la aportación de tierras parcelarias por parte de las socias.
Dos o más de las unidades a que se refiere este artículo podrán constituirse como Uniones de Unidades Agrícolas Industriales de la Mujer de carácter regional.
Propuesta de la Comisión de Reforma Agraria
Artículo 71.La asamblea podrá reservar igualmente una superficie en la extensión que determine, localizada de preferencia en las mejores tierras colindantes con la zona de urbanización, que será destinada al establecimiento de la unidad agrícola industrial de la mujer,la cual deberá ser aprovechada por las mujeres mayores de dieciséis años del núcleo de población.
En esta unidad se podrán integrar instalaciones destinadas específicamente al servicio y protección de la mujer campesina, su objeto será la realización y coordinación de actividades productivas, de asistencia mutua, aprovechamiento de recursos, comercialización o cualquier otra actividad que promueva el desarrollo económico y social de las mujeres dentro del núcleo agrario.
Artículo 108. ...
...
...
...
...
...
...
Las mujeres pertenecientes a un núcleo agrario sin importar el carácter que tengan dentro del mismo, podrán organizarse como Unidad Agrícola Industrial de la Mujer y estas a su vez en uniones, cumpliendo con los requisitos que señala el presente título. La denominación social irá seguida de las palabras Unidad Agrícola Industrial de la Mujer o su abreviatura UAIM.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Reforma Agraria de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados someten a consideración del pleno de esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 71 y se adiciona un octavo párrafo al artículo 108 de la Ley Agraria
Artículo Único. Se reforma el artículo 71 y se adiciona un octavo párrafo al artículo 108 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:
Artículo 71.La asamblea podrá reservar igualmente una superficie en la extensión que determine, localizada de preferencia en las mejores tierras colindantes con la zona de urbanización, que será destinada al establecimiento de la unidad agrícola industrial de la mujer, la cual deberá ser aprovechada por las mujeres mayores de dieciséis años del núcleo de población.
En esta unidad se podrán integrar instalaciones destinadas específicamente al servicio y protección de la mujer campesina, su objeto será la realización y coordinación de actividades productivas, de asistencia mutua, aprovechamiento de recursos, comercialización o cualquier otra actividad que promueva el desarrollo económico y social de las mujeres dentro del núcleo agrario.
Artículo 108. ...
...
...
...
...
...
...
Las mujeres pertenecientes a un núcleo agrario sin importar el carácter que tengan dentro del mismo, podrán organizarse como unidad agrícola industrial de la mujer y éstas, a su vez, en uniones, cumpliendo con los requisitos que señala el presente Título. La denominación social irá seguida de las palabras unidad agrícola industrial de la mujer o su abreviatura, UAIM.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2014.
La Comisión de Reforma Agraria, diputados:Gisela Raquel Mota Ocampo (rúbrica), presidenta; Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica), José Guadalupe García Ramírez, Martha Berenice Álvarez Tovar (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Yazmín de los Ángeles Copete Zapot (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital, Blas Ramón Rubio Lara, secretarios; Felipe de Jesús Almaguer Torres, Darío Badillo Ramírez, Luis Gómez Gómez (rúbrica), Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), Óscar Bautista Villegas (rúbrica), Héctor Narcia Álvarez, Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), José Antonio Rojo García de Alba (rúbrica), Guillermo Sánchez Torres (rúbrica), José Antonio León Mendívil (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez (rúbrica), Diana Karina Velázquez Ramírez (rúbrica), María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
VOLUMEN II
LEY GENERAL DE EDUCACION
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación
Honorable Asamblea:
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) a g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 82, numeral 1, 85, 176 y 182, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen:
I. Antecedentes
1. En la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el 3 de diciembre de 2013, el diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXII Legislatura, presentó la iniciativa con proyecto que decreto que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación, en materia de educación media superior para adultos.
2. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la iniciativa en comento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.
3. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis de la iniciativa.
II. Descripción de la iniciativa
La iniciativa presentada por el diputado José Francisco Coronato Rodríguez propone el reconocimiento explícito de la educación media superior como objeto de la educación para los adultos, en congruencia con la modificación constitucional del artículo 3o. constitucional, que hace de ese nivel un derecho de los ciudadanos.
Esta iniciativa se sustenta en los siguientes argumentos:
a. Una de las mayores conquistas históricas en nuestro país, en voz del promovente, ha sido el derecho a la educación, aunado a ello la llegada del nuevo siglo ha originado nuevos retos que merecen nuestra atención, con la finalidad de abatir la ignorancia, los fanatismos y el atraso secular.
b. En la actualidad se observa que el porcentaje de mexicanos que ingresan a primaria es el de 99.3 y sólo 45 por ciento termina la secundaria, 27 la educación media superior, 13 la licenciatura y 2 algún posgrado, alcanzando un promedio de 8.6 años de escolaridad en el país.
c. Los esfuerzos realizados para lograr la máxima cobertura escolar y alfabetización de la población, tienen como objetivo mejorar el nivel de vida de la sociedad mexicana, aunque se tienen que luchar contra obstáculos presentes en el sistema educativo nacional, como la disparidad entre oferta y demanda educativa, que se agudiza conforme el nivel escolar aumenta.
d. Otro factor limitante es la inversión, nuestro país ocupa el penúltimo lugar respecto al gasto por alumno, de los 34 países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. Prueba de la insuficiente inversión en el ámbito educativo, es el presupuesto destinado de 2 mil 255 millones 926 mil 844 pesos a la subfunción Educación para adultos, para el ejercicio fiscal de 2014, que comparado con el presupuesto otorgado en el año 2013, representa una disminución de 63.4 por ciento, debido a que en aquel año se brindaron 5 mil 934 millones 348 mil 727 pesos.
e. El Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), identificó cuatro grupos que deben ser atendidos de manera urgente, los cuales son: la población sin primaria y secundaria de 15 a 39 años y con dominio del español; la población analfabeta entre los 15 a los 64 años, con dominio del español; la población de mujeres sin primaria y secundaria de 40 a 64 años, y la población indígena analfabeta de 15 a 64 años.
Las cuatro categorías mencionadas representan 66 por ciento del rezago educativo nacional, además es conveniente mencionar que de los 33 millones de adultos que presentan rezago educativo, sólo se registraron en los programas del INEA 2 millones 439 mil 448 personas, de las cuales únicamente fueron atendidos 2 millones 120 mil 087 individuos, lo que convierte la atención de la población adulta, un tema prioritario en el ámbito educativo, para lograr la mayor cobertura posible y así mejorar el nivel de vida de los individuos.
Con base en los argumentos anteriores, el diputado propone el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación, en los siguientes términos:
Artículo 43.La educación para adultos está destinada a individuos de quince años o más que no hayan cursado o concluido la educación primaria, secundaria y media superior. Se presta a través de servicios de alfabetización, educación primaria, secundaria y media superior,así como de formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población. En educación se apoyará en la participación y solidaridad social.
III. Consideraciones generales
La comisión dictaminadora comprende y se solidariza con las inquietudes expuestas en la iniciativa del diputado a fin de reconocer plenamente como parte del rezago educativo de la población mexicana a todas aquellas personas que no tienen la educación media superior concluida.
Adicionalmente a los argumentos anteriores, como se verá en las consideraciones particulares, hay argumentos que considerados de manera complementaria, impulsarían de manera definitiva e indudable esta iniciativa.
IV. Consideraciones particulares
La comisión dictaminadora subraya que es preciso adecuar por completo el marco jurídico vigente, a fin de proporcionar las garantías a los ciudadanos para que reciban todos aquellos derechos que el Estado mexicano tiene la obligación de cubrir.
A continuación se describen algunas consideraciones que refuerzan la postura vertida en la iniciativa motivo de este dictamen:
A. La Norma de Escolaridad Obligatoria del Estado Mexicano establece que la población con carencia por rezago educativo es la que cumpla alguno de los siguientes criterios:
Tiene de 3 a 15 años, no cuenta con la educación básica obligatoria y no asiste a un centro de educación formal.
Nació antes de 1982 y no cuenta con el nivel de educación obligatoria vigente en el momento en que debía haberla cursado (primaria completa).
Nació a partir de 1982 y no cuenta con el nivel de educación obligatoria (secundaria completa).
B. Sin embargo, la definición de la población en rezago educativo según el INEA, se refiere a la población de 15 años y mayor, analfabeta, con primaria incompleta y con secundaria incompleta. A esta definición nos ceñiremos para propósitos del presente documento.
C. Igual que respecto a otras características socioeconómicas, México se caracteriza por su diversidad en materia de rezago educativo, mientras a nivel nacional el promedio arroja 8.6 años de educación, en el caso del Distrito Federal (que representa la mejor condición) el promedio es de 10.5 años, en tanto que Chiapas muestra un promedio de 6.7 años, con niveles semejantes a los promedios de Chad, Paquistán o Sierra Leona.
D. En esta materia, para 2012 la población total en situación de rezago ascendió a 38.5 por ciento, que representa más de 32 millones de personas, con 6.1 de analfabetos (5.1 millones), 12.2 sin primaria terminada (10.3 millones) y 20.2 sin secundaria terminada (16.9 millones).
E. La iniciativa supondría el aumento en el rezago educativo de al menos 26.4 por ciento de la población, llegando este indicador a 73.9 de los ciudadanos mayores de 20 años, lo que supondría que el Estado mexicano debe tomar medidas para remediar la situación de 18 millones de personas que se incorporarán a las cifras de rezago educativo.
F. El presupuesto para educación en México asciende a un total de 562.8 miles de millones de pesos, correspondiente a 17 por ciento del presupuesto total del gobierno federal, mientras que el financiamiento federal para abatir el rezago educativo (INEA y Conafe) ascendió en 2013 a un total de 8 mil 309 millones de pesos (1.4 por ciento del presupuesto total educativo), presupuesto que corresponde en 31 por ciento al INEA (2 mil 582 mdp), mientras que el restante 69 por ciento está concentrado en el Conafe (5 mil 727 mdp).
Entre las recomendaciones dadas a conocer por el relator de Naciones Unidas sobre el derecho a la educación en México (ONU, 2010) se estableció tomar medidas de emergencia para combatir el rezago educativo de las personas mayores de 15 años, este es el punto de partida que da origen a la presente propuesta.
No debe soslayarse que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LPRH) establece en el artículo 18 que cuando se proponga un aumento o creación de gasto, deberá agregarse la correspondiente iniciativa de ingreso distinta del financiamiento o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto. En este sentido la iniciativa en comento no contiene esta salvedad, por lo que se considera necesario que, en aras de avanzar en esta importante modificación y dar cabal cumplimiento a la LPRH, se establezca un artículo transitorio que sujete los cambios en la LGE a la suficiencia presupuestaria que se apruebe en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Aun cuando el texto de la LGE señala como educación para los adultos la que se otorga a mayores de 15 años, ésta no guarda congruencia con la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que a la letra dice en el artículo 2 son... adolescentes los que tienen entre 12 años cumplidos y 18 años incumplidos. En este sentido, es preciso que la iniciativa guarde congruencia con estos conceptos, pues dentro de su definición se incluyen tanto los adolescentes como los adultos.
De acuerdo con el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, es preciso que se contemple la edad de la educación media superior a partir de los 20 años, por lo que sugiere que se contemple en la modificación del artículo 43. La comisión dictaminadora considera que la adecuación corresponde al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación vía la actualización de la Norma de Escolaridad Obligatoria del Estado mexicano, que actualmente sirve de referencia para la medición de carencias y la determinación de la pobreza por parte del Consejo para la Evaluación de las Políticas Sociales. La publicación de esta Norma se debe adecuar a los principios establecidos por la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, que establece que el instituto puede emitir lineamientos y directrices.
Sin embargo, es preciso considerar que tanto el INEA como el Conafe están especializados en la educación básica y la alfabetización, por lo que se deben excluir de las responsabilidades respecto a los servicios públicos de educación media superior, educación que por sí misma implica una especialización institucional, misma que hoy radica en las instituciones que hoy operan la educación media superior.
Dado lo anterior, tanto las funciones del INEA como las del Conafe que están sustentadas respectivamente en reglas de operación, potestad del Ejecutivo federal, deben modificarse para excluirse explícitamente de esta actividad, por lo que esta Comisión considera necesario que se haga un señalamiento en este sentido, a través de un artículo transitorio que haga la acotación al respecto, en la que se deberá facilitar el acceso de los adultos a las instituciones de educación media superior en sus distintas modalidades.
De los datos anteriores, la comisión dictaminadora considera que el actual panorama socioeconómico, que vulnera el desarrollo de la población, así como la escasez de recursos para las instituciones encargadas de atender el rezago educativo, deben ser atendidas a la brevedad; por lo que, se debe apoyar la iniciativa propuesta por el diputado Coronato.
En virtud de lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos propone a esta asamblea que se remita a la Cámara de Senadores el presente proyecto de decreto, que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación, en materia de educación media superior para adultos, a efecto de que las reformas aprobadas por la Cámara de Diputados sean discutidas por el Senado de la República en su calidad de Cámara revisora.
Por lo anterior, y una vez analizada la iniciativa materia de este dictamen, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente
Decreto por el que se reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación
Único. Se reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:
Artículo 43.La educación para adolescentes y adultos está destinada a individuos de quince años o más que no hayan cursado o concluido la educación primaria, secundaria y media superior. Se presta a través de servicios de alfabetización, educación primaria, secundaria y media superior,así como de formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población. En educación se apoyará en la participación y solidaridad social.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las acciones que, en su caso, deban realizar las dependencias y entidades de la administración pública federal, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto deberán cubrirse en colaboración y función de los ingresos disponibles conforme a la Ley de Ingresos de la Federación y sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Tercero. El Ejecutivo federal y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación harán las adecuaciones al marco normativo vigente de sus atribuciones en un plazo no mayor a 180 días; esta adecuación tendrá como fin facilitar el acceso de los adultos a las instituciones de educación media superior en sus distintas modalidades.
Cuarto.El cumplimiento de esta disposición se hará por medio de las instituciones de educación media superior que funcionan en el sistema educativo nacional.
Notas:
1 Coneval, en http://www.coneval.gob.mx/Medicion/Paginas/Medicin/Avances-Rezago-educativo.asp x
2 Inegi (2010) Sistema Estatal y Municipal de Bases de Datos, consulta realizada el 4 de febrero de 2014 en http://sc.inegi.org.mx/sistemas/cobdem/resultados.jsp?w=52&backidhecho=528 &backconstem=527&constembd=167
3 Fuentes INEA (2012). Consulta en http://www.inea.gob.mx/ineanum/pdf/rezago_2012_16abril13.pdf
4 Cifras del Censo de Población y Vivienda de 2010 (Inegi).
5 En http://www.diputados.gob.mx/cedia/sia/se/SAE-ISS-09-13.pdf
6 Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, en http://portaltransparencia.gob.mx/pot/ presupuesto/showPresupuesto.do?method=begin &_idDependencia=11310&_idDependencia=11310
7 Consejo Nacional de Fomento Educativo, en http://portaltransparencia.gob.mx/pot/ presupuesto/showPresupuesto.do?method=begin&_idDependencia=11150
8 Las cifras de presupuestos corresponden al modificado, que incluye el programa original corresponde al Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por el Congreso de la Unión y las adecuaciones del presupuesto autorizadas, que la entidad informó de enero a diciembre de 2013 a través del Sistema Integral de Información.
9 En visita del 8 al 18 de febrero de 2010.
Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 24 de abril de 2014.
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal, José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Ángel Alain Aldrete Lamas (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), Arnoldo Ochoa González, Jorge Herrera Delgado, Harvey Gutiérrez Álvarez (rúbrica), Mónica García de la Fuente (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 3o. y 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, le fue turnada para su análisis y dictamen, la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción I; 81, numeral 1; 85; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esa honorable asamblea, el presente dictamen, al tenor de los siguientes
I. Antecedentes
Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, celebrada el 21 de febrero de 2013, el senador Jorge Emilio González Martínez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Segundo. En la misma sesión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la iniciativa, turnándola a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, para dictamen.
Tercero. Con fecha 4 de marzo de 2013, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, solicitó a la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado, se le concediera prórroga hasta por el término de treinta días, para la elaboración de los dictámenes correspondientes a diez asuntos legislativos, entre los cuales se refería la iniciativa de reforma al artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en virtud de que los expedientes se encontraban sujetos a observaciones de los senadores integrantes de la comisión.
Cuarto. El 5 de marzo de 2013, mediante oficio DGPL-2P1A-1546, la Mesa Directiva autorizó la prórroga solicitada hasta por quince días, conforme lo dispuesto en los párrafos 1 y 3 del artículo 212 del Reglamento del Senado, para la elaboración de los dictámenes sobre las iniciativas relacionadas.
Quinto. Con fecha 21 de marzo de 2013, con oficio CMARN/49/13, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, nuevamente solicitó a la Mesa Directiva del Senado, se concediera prórroga por 60 días para dictaminar cuatro minutas y diez iniciativas, incluida la de reforma al artículo 28 de la LGEEPA, en virtud de que los proyectos de dictamen se encontraban sujetos a observaciones por los Senadores de la Comisión.
Sexto. El 2 de abril de 2013, mediante oficio DGPL-2P1A-2887, la Mesa Directiva del Senado autorizó prórroga por 15 días para la elaboración de los dictámenes sobre dos minutas y seis iniciativas, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 212, párrafos 1 y 3 del Reglamento del Senado.
Séptimo. Mediante oficio DGPL-2P1A.-4715, fechado el 29 de abril de 2013, la Mesa Directiva del Senado, emitió excitativa a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que presentara los dictámenes de los asuntos descritos turnados a la Comisión, incluida la iniciativa de reforma al artículo 28 de la LGEEPA.
Octavo. El 25 de junio de 2013, con oficio CMARN/101/13, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, solicitó autorización de ampliación de plazo para la presentación de los dictámenes de diversos proyectos, entre los que se relacionaba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la LGEEPA.
Noveno. Mediante oficio DGPL-2P1A.-697, de fecha 25 de julio de 2013, la Mesa Directiva del Senado, acordó no autorizar la prórroga de los cuatro proyectos de decreto, debido a que ya habían recibido dos autorizaciones de ampliación de plazo en fechas anteriores; desde luego, entre los cuatro proyectos cuya prórroga se negó, se menciona la iniciativa que reforma el artículo 28 de la LGEEPA.
Décimo. En sesión ordinaria del Senado de la República, celebrada el 28 de noviembre de 2013, se dio cuenta al pleno con el dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, presentada por el senador Jorge Emilio González Martínez, quedando de primera lectura.
Undécimo. El 5 de diciembre de 2013, en sesión ordinaria del pleno senatorial se dio la segunda lectura del dictamen referido en el párrafo anterior, en cuya discusión el senador Francisco Salvador López Brito, sin hacer reserva de disposición alguna del dictamen, propuso un agregado final al texto vigente de la fracción X del artículo 28 de la LGEEPA, para reiterar la vigencia de la disposición prevista en la fracción XII del mismo artículo. Una vez aprobado el agregado de referencia, el proyecto de decreto fue aprobado en lo general y en lo particular.
Duodécimo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado remitió a la Cámara de Diputados, el expediente de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Con base en el análisis realizado sobre el asunto objeto del presente dictamen, las diputadas y los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora, presentamos en síntesis el siguiente
II. Contenido de la minuta
Las comisiones encargadas de dictaminar la iniciativa presentada por el senador Jorge Emilio González Martínez, señalan que dicho proyecto tiene por objeto fortalecer la protección a los ecosistemas costeros otorgando certeza jurídica en su definición, de tal manera que se precise con mayor claridad los límites físicos de la zona en donde una obra o actividad deberán ser sujetas a una autorización en materia de impacto ambiental de la secretaría.
Manifiestan que las referencias físicas de la definición propuesta por el Iniciador, parten de una concepción de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Conabio, a través de la cual, se asevera que los litorales de nuestro país, sus amplias zonas costeras, albergan una enorme riqueza de especies de flora y fauna, en una amplia diversidad de ecosistemas.
Entienden, también, que desde una perspectiva social, el promovente reconoce los beneficios de los municipios ubicados en zonas costeras, derivados, entre otras, de actividades turísticas, los cuales disminuyen conforme los impactos negativos afectan a este tipo de ecosistemas; en consecuencia, estiman preciso evaluar el impacto ambiental de las actividades que ponen en riesgo el equilibrio ecológico de los ecosistemas costeros, procurando el equilibrio entre el desarrollo de las diversas actividades y la protección ambiental.
Destacan la importancia de la zona costera mexicana, la cual ha sido privilegiada por el desarrollo del turismo y de complejos habitacionales. Por otro lado, consideran que las zonas costeras incluyen una amplia diversidad de ecosistemas costeros de igual importancia en los ámbitos social, económico y ambiental; asimismo, reconocen que la zona costera contiene hábitats productivos que pueden favorecer la creación de nuevos asentamientos humanos, incrementando la población humana en la costa.
Aseguran que con el paso del tiempo, aumenta la degradación de la zona costera, a pesar de las estrategias implementadas para prevenir el deterioro de sus ecosistemas.
Señalan la importancia de contar con ordenamientos de asentamientos humanos para las costas, a fin de fomentar el desarrollo integrado y sostenible de las zonas costeras.
Para ello, retoman la definición del término ecosistema, prevista en la fracción XIII del artículo 3 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en los siguientes términos: Ecosistema, es la unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí, y de éstos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados.
A partir de esta definición, las senadoras y los senadores encargados del dictamen que dio lugar a la minuta que nos ocupa, entienden que un ecosistema costero debe considerar todos aquellos ecosistemas de manera integral, ya que no se pueden separar, pues todos forman parte de las zonas costeras.
Aseguran que la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, señala cuales son los ecosistemas costeros y proceden a enunciar algunos de ellos, destacando las principales características que le son propias a los manglares, los humedales, la franja intermareal, las dunas costeras, las lagunas costeras, los arrecifes de coral, las marismas y las microalgas.
Refieren que no obstante la biodiversidad de los ecosistemas y la riqueza de los servicios ambientales que prestan, la existencia de vacíos legales, genera falta de certeza jurídica en la protección de los ecosistemas costeros, ello en alusión a la preocupación del promovente por la falta de una definición legal de los ecosistemas costeros, y que a pesar de que los ecosistemas que se encuentran en la zona costera están protegidos por algunos ordenamientos jurídicos, tales disposiciones no han tenido la eficacia para detener el menoscabo de los ecosistemas costeros, ni el aumento de los desarrollos inmobiliarios en dicha zona.
Al transcribir parcialmente el contenido del artículo 28 de la LGEEPA, aludiendo sólo a la fracción IX, la colegisladora reitera que el mandato de la ley, es que cualquier obra o actividad tiene que pasar el procedimiento de evaluación del impacto ambiental para mantener un equilibrio ecológico, lo que, aseguran, resulta relevante ya que gran parte de la biodiversidad costera se concentra en 17 estados del país.
Por otro lado, hacen referencia al boletín para la prensa de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, de fecha 8 de octubre de 2012, para aseverar que dentro de los daños principales que han provocado los desarrollos inmobiliarios se encuentran la modificación y destrucción del hábitat de flora y fauna; cambio de uso de suelo; generación de residuos peligrosos; introducción de especies exóticas; alteración de las dunas costeras; ocupación de la zona federal marítimo terrestre, Zofemat, y los terrenos ganados, tanto por nacionales y extranjeros.
Señalan que no existe ley alguna que defina lo que jurídicamente se debe de entender por costa, y proceden, con ánimo de ilustrar sobre la fundamentación de la propiedad originaria de los recursos; así como el cuidado de su conservación; la restauración del equilibrio ecológico y la distribución equitativa de la riqueza pública, y la propiedad de la nación sobre las aguas de los mares territoriales, las aguas marinas interiores, las de las lagunas y las de los esteros, entre otras, a hacer una descripción parcial del contenido del artículo 27 constitucional.
Luego señalan que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, la preservación de los ecosistemas costeros está a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, pero que dicha ley no define cuales son los ecosistemas costeros, vacío que genera una laguna jurídica.
Reconocen que los espacios costeros están inevitablemente inmersos en intereses de todos los sectores, por lo que coinciden con la propuesta realizada por el promovente.
Reiteran la necesidad de precisar el concepto de ecosistema costero, en una definición que tome en consideración a los ecosistemas, los usuarios de los mismos, el ambiente, la corresponsabilidad intergubernamental en la administración de riesgos ambientales, la restauración de ecosistemas y la protección de todos los ecosistemas que estén incluidos en las costas.
Por otro lado, refieren que en 2012 fue publicada la Política Nacional de Mares y Costas, elaborada por la Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas, cuyos objetivos están orientados a mejorar las condiciones de vida de las poblaciones costeras, a fortalecer las economías locales, a mejorar la competitividad regional y a asegurar la estructura y función de los ecosistemas marinos y costeros.
Aseveran que la Política Nacional de Mares y Costas define la zona costera, como el espacio geográfico de interacción mutua entre el medio marino, el medio terrestre y la atmósfera, comprendido por: a) una porción continental definida por 261 municipios costeros; 150 con frente de playa y 111 municipios interiores adyacentes a éstos con influencia costera alta y media; b) una porción marina definida a partir de la plataforma continental delimitada por la isobata de los 200 m. y c) una porción insular representada por las islas nacionales.
Asimismo, señalan la existencia formal del ordenamiento ecológico del territorio, previsto en el artículo 19 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, como instrumento de política ambiental para regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, bajo un esquema de protección del medio ambiente, preservación de los recursos naturales y aprovechamiento sustentable.
Refieren la existencia de los Programas de Ordenamiento Ecológico Marino, regulados en los artículos 20 Bis-6 y 20 Bis-7, del mismo ordenamiento legal, en los cuales se refieren sus objetivos y contenidos mínimos, respectivamente. Con base en estas disposiciones, las comisiones dictaminadoras del Senado deducen que el área delimitada en dichos programas para su ejecución, es aquella que atiende criterios de importancia ecológica para la protección y aprovechamiento sustentable de los mares y costas, atendiendo a las características geográficas y biofísicas de los litorales.
Señalan que la Estrategia Nacional para el Ordenamiento Ecológico de Mares y Costas divide los litorales en cuatro zonas estratégicas para la elaboración de sus respectivos programas de ordenamiento y que a la fecha, sólo se han expedido dos de ellos: el del Golfo de California, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, DOF, del 29 de noviembre de 2006, y el del Golfo de México y Mar Caribe, mediante acuerdo publicado en el DOF, de 24 de noviembre de 2012.
Al respecto, refieren que en ambos programas publicados, la porción marina del área sujeta a ordenamiento se encuentra bien definida y abarca, en el caso del programa del Golfo de México y el Mar Caribe, hasta los límites de la Zona Económica Exclusiva, en tanto la porción terrestre del mismo Ordenamiento, incluye la mayor parte del la superficie territorial de algunas entidades federativas, como Tabasco.
Consideran que para precisar los alcances del concepto de zona costera, en su porción terrestre, es preciso señalar que de acuerdo con el Programa de Ordenamiento del Golfo de México y el Mar Caribe, el área sujeta a ordenamiento constituida por 142 municipios con influencia costera es solamente la porción geopolíticamente definida para fines del ordenamiento y que actúa entre los sistemas terrestre y marino.
De tal manera, estiman pertinente que, al momento de determinar los límites geográficos del concepto de zona costera, se incorpore en la definición textual, la apreciación de las Comisiones Dictaminadoras sobre la visión homóloga entre la Política Nacional de Mares y Costas y los Programas de Ordenamiento Ecológico Marino, considerando la presión que ejercen las actividades realizadas en la zona de influencia terrestre sobre los ecosistemas marinos.
Las y los integrantes de las comisiones unidas dictaminadoras del Senado, analizaron comparativamente la normativa relacionada con la garantía de la protección a los ecosistemas costeros de EUA, España, Nueva Zelandia y Australia, en el entendido de que el concepto de zona costera en cada país, responde a las características geográficas particulares de los litorales de cada Estado nación.
Derivado de dicho análisis comparativo, las senadoras y los senadores involucrados arribaron, entre otras conclusiones, a que el concepto de zona costera o área costera en los diversos estados, es variable y tiende a dar certidumbre a la aplicación de los ordenamientos legales, posibilitando la convergencia de los afanes gubernamentales.
Concuerdan en que la intención motora, en cualquier caso, es la de proteger este tipo de zonas a través de referencias amplias que abarquen todo tipo de ecosistemas, o de mecanismos que permitan a la autoridad una protección discrecional sustentada en el análisis de las particularidades ecológicas y biofísicas de los ecosistemas costeros.
En este tenor, la colegisladora avista un respaldo a su argumento en el marco estratégico de la Política Nacional para el Desarrollo Sustentable de Océanos y Costas que contempla la siguiente línea de acción:
Delimitar la zona costera de México, basada en criterios ambientales que permitan la mejor representación de los procesos del complejo continente-océano-atmósfera, para establecer la base territorial de su instrumentación, y circunscribir territorialmente los esquemas de gestión y coordinación.
Con base en lo anterior, convienen en ampliar el espectro de la iniciativa hacia aquellos artículos que asimismo omiten definir el concepto de ecosistema o zona costera, y que como consecuencia, dicha omisión conlleva a dificultades interpretativas y aplicativas. Concretamente se refieren a los artículos 3o., y 11, fracción III, inciso h) y 28, fracción X de la LGEEPA.
Suponen que al insertar el concepto o definición de ecosistemas costeros en el artículo 3o. de la LGEEPA, su significado aplicará a todos los dispositivos normativos de la Ley que lo refieran, armonizando y dando congruencia a la interpretación y aplicación de la misma.
Con base en lo anterior, el Senado de la República aprobó y remitió a la Cámara de Diputados, mediante la minuta correspondiente, el siguiente:
Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículo Único. Se reforma el inciso h), fracción III, del artículo 11 y la fracción X del artículo 28; y se adiciona la fracción XIII Bis al artículo 3o., todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entiende por:
I. a XIII. ...
XIII Bis. Ecosistemas costeros: Las playas, las dunas costeras, los acantilados, franjas intermareales; los humedales costeros tales como las lagunas interdunarias, las lagunas costeras, los esteros, las marismas, los pantanos, las ciénagas, los manglares, los petenes, los oasis, los cenotes, los pastizales, los palmares y las selvas inundables; los arrecifes de coral; los ecosistemas formados por comunidades de macroalgas y de pastos marinos, fondos marinos o bentos y las costas rocosas. Estos se caracterizan porque se localizan en la zona costera pudiendo comprender porciones marinas, acuáticas y o terrestres; que abarcan en el mar a partir de una profundidad de menos de 200 metros, hasta 100 kilómetros tierra adentro o 50 metros de elevación.
La secretaría, en colaboración con las entidades federativas y los municipios, determinará la zona costera nacional tomando en consideración las interacciones fisiográficas y biológicas particulares de la zona que se trate y la publicará en el Diario Oficial de la Federación mediante acuerdo;
XIV. a XXXIX. ...
Artículo 11. La Federación, por conducto de la Secretaría, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los Estados, con la participación, en su caso, de sus Municipios, asuman las siguientes facultades, en el ámbito de su jurisdicción territorial:
I. a II. ...;
III. ...;
a) a g)...
h) Obras y actividades en humedales, ecosistemas costeros, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales, e
i)...
IV. a IX. ... ......
Artículo 28. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:
I. a IX. ...
X. Obras y actividades en humedales, ecosistemas costeros, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales. En el caso de actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias se estará a lo dispuesto por la fracción XII de este artículo;
XI. a XIII. .........
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Una vez analizado el contenido de la minuta proyecto de decreto que nos ocupa, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, expone las siguientes
III. Consideraciones
Las y los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, encargados del presente dictamen, discrepamos del señalamiento de la colegisladora, en cuanto al objetivo del proyecto legislativo contenido en la iniciativa presentada por el senador Jorge Emilio González Martínez, pues el objeto fundamental del dicho proyecto es el de adicionar un párrafo tercero al artículo 28, recorriendo el subsecuente para que pase a ser párrafo final del mismo numeral de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a efecto de precisar el concepto legal del término ecosistemas costeros, en una definición que tome en consideración todos aquellos ecosistemas que de acuerdo con la CONABIO se localicen en las zonas costeras.
En efecto, la iniciativa expone que la zona costera corresponde al espacio geográfico de interacción entre el medio marino, el terrestre y la atmósfera, áreas que cuentan con una gran riqueza biológica propicia para que en la franja costera y las aguas adyacentes de nuestros litorales pueda coexistir una amplia variedad de ecosistemas terrestres y/o marinos.
Asimismo, expone que la zona costera mexicana ha sido definida por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, como: el espacio geográfico de interacción del medio acuático, el terrestre y la atmósfera, constituido por:
a) Una porción continental definida por 263 municipios costeros, 150 con frente de playa y 113 adyacentes a éstos, con influencia costera alta y media;
b) Una porción marina definida a partir de la plataforma continental delimitada por la isóbata de los -200 metros (curva que representa cartográficamente los puntos de igual profundidad en océanos y mares), y
c) Una porción insular representada por las islas oceánicas y costeras.
A partir de esta definición, el iniciador infiere que en esta zona se puede detectar un número importante e indefinido de ecosistemas que determinan las características propias de cada área de dicha zona, características que permiten generar beneficios económicos para la población de los municipios del área, derivados de actividades de explotación de los recursos provenientes de dichos ecosistemas.
Expone el iniciador que los efectos negativos del desarrollo de dichas actividades, en detrimento de los ecosistemas objeto de explotación, deben atenderse conforme lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en el cual se prevé la evaluación de los impactos ambientales, a fin de minimizar los efectos negativos al medio ambiente, particularmente a los ecosistemas costeros.
Es de observarse que el artículo 28 de referencia, establece: ...en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la secretaría:
I. a VIII. ...;
IX. Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros; ...
De tal manera, el senador iniciador reconoce que a pesar de la referencia a los ecosistemas costeros expresada tanto en la fracción IX del artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, como en la fracción II del artículo 9 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, no existe en ordenamiento legal alguno de nuestro sistema jurídico, una disposición expresa que defina el término ecosistema costero.
Coincidimos con los senadores en el reconocimiento de la importancia que tiene la zona costera mexicana, privilegiada por el desarrollo del turismo y de complejos habitacionales, e incluyente de una amplia diversidad de ecosistemas costeros y continente de los hábitat con recursos naturales que favorecen diversas actividades productivas de los asentamientos humanos costeros.
Reconocemos, de acuerdo con el Senado, la importancia de actualizar la legislación en materia de asentamientos humanos que regule el ordenamiento de los mismos; pero no sólo en las zonas costeras, sino en todo el territorio nacional, con el propósito principal de proteger tanto al medio ambiente y los recursos naturales, como a los ecosistemas y a la población del país en general.
Estimamos acertada la definición del término ecosistema, tal como está prevista en el artículo 3, fracción XIII de la LGEEPA, que a la letra dice: Ecosistema, es la unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí, y de éstos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados. Sin embargo, no se deben confundir los términos, y mucho menos las definiciones, de ecosistema costero y zona costera. No podemos entender, como lo pretende la colegisladora, que un ecosistema costero debe considerar todos aquellos ecosistemas de manera integral, ya que no se pueden separar, pues todos forman parte de las zonas costeras.
Coincidimos con el Senado en que no obstante la biodiversidad de los ecosistemas y la riqueza de los servicios ambientales que prestan, la existencia de vacíos legales, genera falta de certeza jurídica en la protección de los ecosistemas costeros.
No obstante la validez de la preocupación manifiesta de los senadores por la falta de una definición legal de los ecosistemas costeros, y que a pesar de que éstos se encuentran en la zona costera y están protegidos por algunos ordenamientos jurídicos, aseveran que las disposiciones jurídicas no han sido eficaces para detener el menoscabo de los ecosistemas costeros, ni el aumento de los desarrollos inmobiliarios en dicha zona. Desde nuestro punto de vista, tanto el deterioro de los ecosistemas costeros, como el crecimiento de los desarrollos inmobiliarios, devienen de una amplia y diversa gama de causales económicas, políticas y sociales, y no necesaria ni exclusivamente de la falta de una definición legal del término: ecosistema costero.
Por otro lado, estimamos que el mandato contenido en el artículo 28, fracción IX de la LGEEPA, no debe su relevancia a que gran parte de la biodiversidad costera se concentra en 17 estados del país, como lo asevera la colegisladora, sino que dicha relevancia estriba en que toda la biodiversidad costera se encuentra única y necesariamente en las 17 entidades federativas que cuentan con litorales en el país.
Asimismo, consideramos desafortunada la referencia de la colegisladora, al boletín para la prensa de la Profepa, de fecha 8 de octubre de 2012, para aseverar que dentro de los daños principales que han provocado los desarrollos inmobiliarios se encuentran la modificación y destrucción del hábitat de flora y fauna; cambio de uso de suelo; generación de residuos peligrosos; introducción de especies exóticas; alteración de las dunas costeras; ocupación de la zona federal marítimo terrestre (Zofemat) y los terrenos ganados, tanto por nacionales y extranjeros., sobre todo, en cuanto al daño provocado por los desarrollos inmobiliarios en la ocupación de terrenos ganados por nacionales y extranjeros.
Ante el señalamiento del Senado, en el sentido de que no existe ley alguna que defina lo que jurídicamente se debe de entender por costa, consideramos que no debemos esperar que los ordenamientos jurídicos sean sustitutos de los diccionarios que, en el caso del de la lengua española, definen el vocablo costa como: orilla del mar, o litoral, entre otras acepciones.
Coincidimos con las comisiones dictaminadoras del Senado, en cuanto a que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, la preservación de los ecosistemas costeros está a cargo de la Semarnat, pero que no define cuales son los ecosistemas costeros, lo que genera una laguna jurídica.
Consideramos que el planteamiento del Senado, en el sentido de precisar el concepto de ecosistema costero, en una definición que tome en consideración a los ecosistemas, los usuarios de los mismos, el ambiente, la corresponsabilidad intergubernamental en la administración de riesgos ambientales, la restauración de ecosistemas y la protección de todos los ecosistemas que estén incluidos en las costas, es incorrecto e innecesario.
Reiteramos reconocer acertada la definición de ecosistema establecida en la fracción XIII del artículo 3o. de la LGEEPA, que a la letra dice: XIII. Ecosistema: La unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí y de éstos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados;.
Por otro lado, estimamos pertinente atender el planteamiento del proyecto contenido en la iniciativa del senador Jorge Emilio González Martínez, que busca incorporar en la LGEEPA la definición de ecosistema costero, tomando como base la definición de zona costera propuesta por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, comisión intersecretarial concebida como una organización de investigación aplicada, promotora de investigación básica, que compila y genera información sobre biodiversidad, desarrolla capacidades humanas en el área de informática de la biodiversidad y es fuente pública de información y conocimiento accesible para toda la sociedad.
A razón de la Conabio, y conforme lo planteado en la iniciativa de referencia, los ecosistemas costeros son de los más productivos, pero también los más amenazados en el mundo; incluyen ecosistemas terrestres (por ejemplo, los sistemas de dunas), áreas donde el agua dulce y el agua de mar se mezclan (estuarios), y las áreas costeras cercanas al litoral. En general la zona costera es aquella que abarca desde menos de 200 metros de profundidad en el mar, hasta 100 kilómetros tierra adentro, o 50 metros de elevación (lo que esté más cerca del mar).
Así, de acuerdo con la Conabio, en su publicación Capital Natural de México, Capítulo I: Conocimiento Actual de la Biodiversidad, Tema: Los Ecosistemas Costeros, Insulares y Epicontinentales, la zona costera mexicana se define como:
El espacio geográfico de interacción del medio acuático, el terrestre y la atmósfera, constituido por:
a) Una porción continental definida por 263 municipios costeros, 150 con frente de playa y 113 interiores adyacentes a éstos, con influencia costera alta y media;
b) Una porción marina definida a partir de la plataforma continental delimitada por la isóbata de los -200 metros, y
c) una porción insular representada por las islas oceánicas y costeras.
Con una definición similar a la anterior, la colegisladora asevera que la Política Nacional de Mares y Costas define la zona costera, como el espacio geográfico de interacción mutua entre el medio marino, el medio terrestre y la atmósfera, comprendido por: a) una porción continental definida por 261 municipios costeros; 150 con frente de playa y 111 municipios interiores adyacentes a éstos con influencia costera alta y media; b) una porción marina definida a partir de la plataforma continental delimitada por la isobata de los -200 metros y c) una porción insular representada por las islas nacionales.
Es pertinente atender la alusión de la colegisladora, sobre la existencia de los Programas de Ordenamiento Ecológico Marino, regulados en los artículos 20 Bis-6 y 20 Bis-7, del mismo ordenamiento legal, en los cuales se refieren sus objetivos y contenidos mínimos, respectivamente.
Con base en lo dispuesto en dichos numerales, cuya área delimitada en dichos programas para su ejecución, es aquella que atiende criterios de importancia ecológica para la protección y aprovechamiento sustentable de los mares y costas, atendiendo a las características geográficas y biofísicas de los litorales, reconocemos que la Estrategia Nacional para el Ordenamiento Ecológico de Mares y Costas, divide los litorales en cuatro zonas estratégicas para la elaboración de sus respectivos Programas de Ordenamiento y que a la fecha, sólo se han expedido dos de ellos: el del Golfo de California, mediante decreto publicado en el DOF, de 29 de noviembre de 2006, y el del Golfo de México y Mar Caribe, mediante Acuerdo publicado en el DOF, de 24 de noviembre de 2012.
No obstante, consideramos pertinente tener en cuenta las definiciones planteadas por la Conabio, ya que en ambos programas publicados, señalados en el párrafo anterior, la porción marina del área sujeta a ordenamiento se encuentra bien definida y abarca, en el caso del Programa del Golfo de México y el Mar Caribe, hasta los límites de la zona económica exclusiva, en tanto la porción terrestre del mismo Ordenamiento, incluye la mayor parte de la superficie territorial de algunas entidades federativas, como Tabasco, razón por la cual, reconocemos que las definiciones de la Conabio, son proposiciones que exponen con mayor claridad y exactitud los caracteres genéricos y diferenciales del término: zona costera.
Consideramos loable la actuación de las y los integrantes de las comisiones unidas dictaminadoras del Senado, quienes analizaron comparativamente la normativa relacionada con la garantía de la protección a los ecosistemas costeros de EUA, España, Nueva Zelanda y Australia, en el entendido de que el concepto de zona costera en cada país, responde a las características geográficas particulares de los litorales de cada Estado nación.
Coincidimos con las y los legisladores del Senado, en cuanto a la conclusión de que el concepto de zona costera o área costera, en los diversos estados, es variable y tiende a dar certidumbre a la aplicación de los ordenamientos legales, posibilitando la convergencia de los afanes gubernamentales.
Reconocemos que la intención, en todo caso, es proteger la zona costera, considerando las referencias que abarquen todo tipo de ecosistemas, y que permitan a la autoridad una protección discrecional sustentada en el análisis de las particularidades ecológicas y biofísicas de los ecosistemas costeros.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales estima inviable la minuta proyecto de decreto que reforma el inciso h) de la fracción III, del artículo 11, y la fracción X del artículo 28, y adiciona la fracción XIII Bis al artículo 3o., todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, enviada por el Senado de la República, por lo siguiente:
Primero. La propuesta original contenida en la Iniciativa del Senador Jorge Emilio González Martínez, era adicionar un párrafo tercero al Artículo 28, recorriendo el subsecuente para que pasara a ser párrafo final del mismo numeral de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a efecto de precisar el concepto legal del término ecosistemas costeros, en una definición que tome en consideración todos aquellos ecosistemas que de acuerdo con la Conabio se localicen en las zonas costeras.
De tal manera, los ecosistemas existentes de acuerdo con lo dispuesto en la fracción XIII del artículo 3o. de la LGEEPA, cuyo hábitat se encuentre dentro de la Zona Costera Mexicana, se deben definir como: ecosistemas costeros.
Segundo. En virtud de que la relación de ecosistemas que se quiere proponer como de ecosistemas costeros, sea la mencionada por la Conabio, o la propuesta por el Senado en la minuta proyecto de decreto que nos ocupa, sería una relación enunciativa, mas no limitativa de los ecosistemas costeros existentes, pues, seguramente, no estarán en la lista todos los sistemas costeros existentes, o no existirán todos los ecosistemas costeros que estuvieran en la lista; ya que bien puede desaparecer un ecosistema, como también puede aparecer otro hasta entonces desconocido.
Tercero. Una de nuestras consideraciones concluyentes, es:
- Dejar vigente la definición de ecosistema, prevista en la fracción XIII del artículo 3o. de la LGEEPA, que dice: XIII. Ecosistema: La unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí y de éstos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados;;
- Agregar al final de dicha fracción: ...; Serán ecosistemas costeros, aquellos cuyo hábitat se ubique dentro de la zona Costera Mexicana;; y
- Adicionar una fracción XXXVIII Bis, al artículo 3o. de la LGEEPA, para definir:
XXXVIII Bis. Zona costera mexicana, el espacio geográfico de interacción del medio acuático, el terrestre y la atmósfera, constituido por:
a) Una porción continental definida por 263 municipios costeros, 150 con frente de playa y 113 interiores adyacentes a éstos, con influencia costera alta y media;
b) Una porción marina definida a partir de la plataforma continental delimitada por la isóbata de los -200 metros, y
c) una porción insular representada por las islas oceánicas y costeras.
Cuarto. No es viable la propuesta de la colegisladora, para adicionar un párrafo al Artículo 3º. de la LGEEPA, que establezca la atribución de una función a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que en colaboración con las entidades federativas y los municipios, determine la zona costera nacional tomando en consideración las interacciones fisiográficas y biológicas particulares de la zona que se trate y la publicará en el Diario Oficial de la Federación mediante acuerdo, ya que en dicho artículo sólo se prevén las definiciones de diversos vocablos, para los efectos de la ley.
Pero no sólo la ubicación de la propuesta de disposición es errónea; sino también la indefinición de las entidades federativas que colaborarán con la dependencia en la determinación de la zona costera nacional; aunque es de suponerse que se debiera referir a los estados con litoral, ya que considerarán las interacciones fisiográficas y biológicas particulares de la zona costera nacional en dicha determinación. Probablemente fuere más apropiado asignar esta función a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Conabio, institución que, como asentamos anteriormente, es una Comisión Intersecretarial concebida como una organización de investigación aplicada, promotora de investigación básica, que compila y genera información sobre biodiversidad, desarrolla capacidades humanas en el área de informática de la biodiversidad y es fuente pública de información y conocimiento accesible para toda la sociedad.
Quinto. No coincidimos con el proyecto de decreto en la propuesta de reforma al inciso h) de la fracción III del artículo 11 de la ley.
El artículo 11 de la ley establece que la federación, por conducto de la secretaría, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los estados, con la participación, en su caso, de sus Municipios, asuman las siguientes facultades, en el ámbito de su jurisdicción territorial:
El supuesto previsto en la fracción III, señala la facultad de la evaluación del impacto ambiental de las obras o actividades a que se refiere el artículo 28 de esta Ley y, en su caso, la expedición de las autorizaciones correspondientes, con excepción de las obras o actividades siguientes:
El inciso g) de la fracción III, alude como excepción a Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros. Luego, el texto vigente del inciso h), refiere obras y actividades en humedales, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales.
Así, podemos observar que el inciso g) refiere ecosistemas que pueden ser terrestres o marinos; en tanto, el inciso h) señala espacios lacustres entre los cuales sólo caben algunos de los ecosistemas costeros.
De tal manera, es improcedente agregar en el texto del inciso h) del Artículo 11 de la LGEEPA, el término ecosistemas costeros, en adición a los espacios o cuerpos de agua que en dicho inciso se refieren.
Sexto. Tampoco estamos de acuerdo con la propuesta de reformas a la fracción X del Artículo 28 de la LGEEPA.
Desde luego, este numeral prevé que quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría.
Vemos que el supuesto de la fracción IX, señala a los desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros.
Por su parte, el supuesto de la fracción X, prevé obras y actividades en humedales, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales.
Es de observarse que en la fracción X se refieren espacios lacustres, mientras los ecosistemas costeros pueden estar en espacios marinos o terrestres.
Esta diferencia entre los supuestos de las fracciones IX y X, es suficiente para reconocer inviable la incorporación de los ecosistemas costeros en el supuesto de la fracción X del artículo 28.
Finalmente, reconocemos válida y viable la propuesta de agregado final al texto vigente de la fracción X, para establecer: ... en el caso de actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias se estará a lo dispuesto en la fracción XII de este artículo;.
Por lo expuesto y fundado, y para los efectos de lo dispuesto en la fracción e del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 3o. y 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Artículo Único. Se reforman la fracción XIII del artículo 3o.; la fracción X del artículo 28 y se adiciona una fracción XXXVIII Bis al artículo 3o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. a XII. ...
XIII. Ecosistema: La unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí y de éstos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados. Serán ecosistemas costeros, aquellos cuyo hábitat se ubique dentro de la Zona Costera Mexicana;
XIV. a XXXVIII. ...
XXXVIII Bis. Zona costera mexicana: El espacio geográfico de interacción del medio acuático, el terrestre y la atmósfera, constituido por:
a) Una porción continental definida por 263 municipios costeros, 150 con frente de playa y 113 interiores adyacentes a éstos, con influencia costera alta y media;
b) Una porción marina definida a partir de la plataforma continental delimitada por la isóbata de los -200 metros, y
c) Una porción insular representada por las islas oceánicas y costeras;
XXXIX. ...
Artículo 28. ...
I. a IX. ...
X. Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales; en el caso de actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias se estará a lo dispuesto en la fracción XII de este artículo;
XI. a XIII. ...
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de marzo de 2014.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital, María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez, Mario Miguel Carrillo Huerta, Eufrosina Cruz Mendoza, José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez, Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López, Ramón Antonio Sampayo Ortiz, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE TURISMO
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Turismo, con proyecto de decreto que reforma los artículos 48, párrafo primero, 54 y cuarto transitorio de la Ley General de Turismo
Honorable Asamblea:
La Comisión de Turismo con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80 numeral 1, fracción I; 157, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen.
I. Antecedentes
Con fecha 28 de febrero de 2013, en sesión celebrada en la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, el senador René Juárez Cisneros del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 48, 54, cuarto y octavo transitorios de la Ley General de Turismo.
En esa misma fecha la Mesa Directiva del Senado de la República turnó dicha iniciativa a las Comisiones Unidas de Turismo y Estudios Legislativos, para el análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
El 9 de diciembre de 2013 el pleno de la Cámara de Senadores dio primera lectura al dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 48, 54, cuarto y octavo transitorios de la Ley General de Turismo.
El 13 de diciembre de 2013 el Pleno de la Cámara de Senadores dio Segunda lectura al dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 48, 54, cuarto y octavo transitorios de la Ley General de Turismo para su discusión, aprobándose sin debate en votación nominal y remitiéndose a la Cámara de Diputados.
Con fecha 4 de febrero de 2014, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio turno a la Comisión de Turismo copia del expediente número 3614, que contiene la minuta proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Turismo para que elabore el dictamen respectivo.
El 5 de febrero de 2014 la comisión recibió el expediente número 3614, que contiene la minuta proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.
El 1 de abril de 2014, la Junta Directiva de la Comisión de Turismo solicitó prórroga para dictaminar la minuta, misma que fue otorgada el 8 de abril del mismo año.
II. Contenido de la iniciativa
El turismo es una de las actividades que es para México un componente esencial y detonante de su desarrollo económico y social, por lo que la expedición y promulgación de la Ley General de Turismo significó un avance fundamental para ubicar al sector como una verdadera prioridad nacional, que busca el impulso y fomento de la actividad turística con una visión federalista.
De tal manera la Ley General de Turismo presenta como objetivos primordiales: planear y programar la actividad turística nacional, bajo criterios de beneficio social, sustentabilidad, competitividad y desarrollo equilibrado de los estados, municipios y el Distrito Federal, a corto, mediano y largo plazos. Asimismo, las herramientas y disposiciones que contempla dicho ordenamiento para la promoción y desarrollo sustentable de la actividad turística, son la constitución de un Atlas Turístico; la incorporación de la actividad a cadenas productivas; el ordenamiento turístico del territorio; así como el desarrollo de zonas de desarrollo turístico sustentable.
El Atlas Turístico consiste en el registro sistemático de carácter público de todos los bienes, recursos naturales y culturales que puedan constituirse en atractivos turísticos nacionales, sitios de interés y en general todas aquellas zonas y áreas territoriales del desarrollo del turismo.
Por lo que la declaración de zonas de desarrollo turístico sustentable dentro de la multicitada ley, establece la sustentabilidad del desarrollo turístico del país, definidas como las fracciones del territorio nacional claramente ubicadas y delimitadas geográficamente que, por sus características naturales o culturales, constituyen un atractivo turístico. Su importancia radica en que su delimitación busca fomentar la inversión, el empleo y el ordenamiento territorial, bajo la perspectiva de conservar sus recursos naturales en beneficio de la población.
En este sentido, la misma ley establece la constitución del Programa de Ordenamiento Turístico General del Territorio, que regionaliza desde el punto de vista del turismo el territorio nacional, a partir un diagnóstico de las características, disponibilidad y demanda de los recursos turísticos. Ubica y propone la zonificación en los planes de desarrollo urbano, así como el uso del suelo, con el propósito de preservar los recursos naturales y aprovechar de manera ordenada y sustentable los recursos turísticos. El programa también delimita lineamientos y estrategias turísticas para la preservación y el aprovechamiento ordenado y sustentable de los recursos turísticos, y define de manera coordinada los lineamientos o directrices que permitan el uso turístico adecuado y sustentable de los bienes ubicados en las zonas declaradas de monumentos arqueológicos, artísticos e históricos.
Por lo que con el fin de detonar las economías locales y buscar el desarrollo regional, la Ley marco dispone que la Secretaría de Turismo, los Estados, Municipios y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, estimulen y promuevan entre la iniciativa privada y el sector social, la creación y fomento de cadenas productivas y redes de valor en torno a los desarrollos turísticos nuevos y los existentes a través de estudios sociales y de mercado.
Asimismo, la Ley considera importante el fomento del turismo doméstico, por lo que establece el impulso y promoción del turismo social, el cual busca estimular la integración social a través de dotar a la sociedad las facilidades económicas que la Secretaría de Turismo y otras dependencias y entidades de administración pública, organizaciones sociales y privadas otorguen mediante programas que fomenten el turismo nacional y motiven la inversión nacional y extranjera, estableciendo, con ello, los lineamientos para que el turismo sea entendido como una actividad económica que esté al alcance de todas las personas.
Por otro lado, con el fin de formar parte del Plan Nacional de Desarrollo, que es elemento fundamental para la planeación democrática del desarrollo nacional del país, el Programa Sectorial de Turismo especifica las políticas, objetivos y prioridades que regirán a la actividad turística; procurando investigar las características de la demanda y los atractivos turísticos naturales y culturales con que cuenta cada ruta o región. Conteniendo entre otros, elementos metodológicos de la planificación, diagnóstico y pronósticos de la situación del turismo en el país, el ordenamiento turístico del territorio, y las políticas, objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo de esta actividad, con observancia a lo que establezcan los instrumentos jurídicos, administrativos y de política económica que sean aplicables.
A fin de hacer efectiva la coordinación y concurrencia entre los diferentes órdenes de gobierno, la Ley prevé la constitución de la Comisión Ejecutiva de Turismo, de carácter intersecretarial, que tiene por objeto conocer, atender y resolver los asuntos de naturaleza turística relacionados con la competencia de dos o más dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, así como fungir como órgano de consulta para los asuntos que la Secretaría considere oportuno poner a su consideración.
Así, con el objeto de fomentar la participación social, la Ley General de Turismo establece un Consejo Consultivo de Turismo, que es un órgano de consulta de la Secretaría de Turismo para la formulación de las estrategias y acciones de coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad turística nacional y regional, utilizando, entre otros mecanismos, los foros de consulta y memorias publicadas. Este mismo tipo de órganos de consulta se replicarán a nivel estatal y municipal, pues cada entidad federativa y municipio habrá de conformar sus respectivos Consejos Consultivos Locales de Turismo.
Para el caso del Consejo de Promoción Turística de México, la Ley marco da sustento jurídico sólido a este importante órgano de la promoción turística del país, definiendo su participación en coordinación con la Secretaría de Turismo, quién a su vez se coordinará con los Estados, los Municipios y el Distrito Federal, para el desarrollo de las campañas de promoción turística en territorio nacional y el extranjero, por supuesto, con la concurrencia de los sectores social y privado.
Si bien el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) ha venido de mucho tiempo atrás funcionando como agente estratégico para el desarrollo de la inversión turística sustentable en México, el que este regulado dentro de la Ley General de Turismo permitirá que Fonatur contribuya plenamente a la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística y de los recursos turísticos, así como a la promoción del financiamiento de las inversiones privadas y sociales, en tanto que su participación en el sector se plasma en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa del Sector Turístico.
En cuanto a los aspectos operativos, la Ley marco previene la construcción del Registro Nacional de Turismo, que es el catálogo público de prestadores de servicios turísticos en el país y que constituye el mecanismo por el que el Ejecutivo Federal, los Estados, Municipios y el Distrito Federal podrán contar con información sobre los prestadores de servicios turísticos a nivel nacional, con objeto de conocer mejor el mercado turístico y establecer los vínculos comunicación necesarios.
En este sentido, la Ley General de Turismo define derechos y obligaciones a los están sujetos los prestadores de servicios turísticos y los propios turistas; regulando claramente los mecanismos de verificación para que la autoridad observe el cumplimiento de los requisitos que la Ley establece.
En conclusión la Ley marco promueve la competitividad de la actividad turística mediante la formulación de políticas públicas, modelos y acciones que incrementen la calidad y competitividad en la materia; la profesionalización de quienes laboran en empresas turísticas o prestan servicios en la actividad; la modernización de las empresas turísticas; el otorgamiento de incentivos, distintivos, certificados o reconocimientos a los prestadores de servicios turísticos; el diseño y ejecución de acciones de coordinación entre dependencias y entidades de los diversos órdenes de gobierno para la promoción y establecimiento de empresas turísticas; y, la realización de acciones para favorecer las inversiones y proyectos turísticos de alto impacto en el sector, así como agilizar los mecanismos y procedimientos administrativos que faciliten su desarrollo y conclusión.
Las virtudes de la Ley General de Turismo, pretenden hacer de México un país líder en la actividad turística mundial, lo que tiene un importante significado por ser esta noble industria generadora de importantes fuentes de empleo, inversión, divisas y como motor del desarrollo regional, no obstante, no ha sido posible su materialización dado que a casi tres años y ocho meses de la publicación de la Ley General de Turismo en el Diario Oficial de la Federación, el 17 de junio de 2009, y que a la fecha no ha sido expedido su Reglamento conforme lo establece el Artículo Cuarto Transitorio.
La reglamentación de las leyes resulta de singular importancia, ya que una ley sin reglamentar origina situaciones de inseguridad jurídica, viéndose en ocasiones neutralizada, lo que puede generar la percepción de que las normas pueden incumplirse además de no respetarse. Una ley sin reglamentar supone costos económicos e incertidumbre para inversionistas, inseguridad administrativa y dudas en la toma de decisiones, tanto en el sector público como en el privado, lo que inhibe inversiones, procesos y procedimientos.
La falta de un reglamento se ha traducido en inactividad de nuevas disposiciones legales que han repercutido en la falta de oportunidades de crecimiento para el sector turístico nacional.
Por lo que la propuesta del legislador pretende en primer término, reformar el Primer párrafo del artículo Cuarto Transitorio de la Ley General de Turismo, a fin de que se establezca con toda precisión y claridad que corresponde al titular del Ejecutivo Federal expedir el Reglamento de la Ley, para hacer consecuente esta disposición normativa transitoria con la facultad y obligación del presidente de la República de proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de las leyes que expida el Congreso de la Unión.
El primer párrafo del artículo Cuarto Transitorio de la Ley General de Turismo, dispuso que la Secretaría de Turismo debió emitir el reglamento correspondiente dentro de los ciento ochenta días naturales posteriores a partir de la entrada en vigor de la Ley.
Por su parte el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece obligaciones y facultades para el presidente de la República, que se traducen en: a) promulgar las leyes que expida el Congreso de la Unión; b) ejecutar dichas leyes; y, c) proveer en la esfera administrativa a su exacta observancia.
La facultad consistente en proveer en la esfera administrativa a su exacta observancia, establece la facultad reglamentaria del titular del Ejecutivo Federal, al autorizar al presidente de la República a expedir disposiciones reglamentarias generales, abstractas e impersonales, que tienen por objeto la ejecución de las leyes emanadas por el Congreso de la Unión, a fin de lograr su mejor y más adecuada aplicación en los diferentes ramos que regulen, con lo que se logra un mejor proveer de las leyes en el ámbito administrativo.
Así lo ha sostenido reiteradamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación en diversas tesis aisladas y de jurisprudencia, en especial en la tesis de jurisprudencia 2ª./J. 47/95, en la que estableció que la facultad reglamentaria conferida en nuestro sistema constitucional al presidente de la República y a los gobernadores de los Estados, en sus respectivos ámbitos competenciales, consiste, exclusivamente, dado el principio de división de poderes imperantes en la expedición de disposiciones generales, abstractas e impersonales que tienen por objeto la ejecución de la ley, desarrollando y completando en detalle sus normas.
Por lo que el artículo Cuarto Transitorio que se propone reformar, en lo que corresponde únicamente a que la Secretaría de Turismo expedirá el Reglamento de la Ley en la materia, resulta ser contrario a la norma constitucional, en tanto que la facultad reglamentaria de las leyes expedidas por el Congreso de la Unión, como se ha expuesto, corresponde al presidente de la República, que es única e indelegable, lo que obliga a reformar dicho ordenamiento transitorio a fin de establecer que corresponde exclusivamente al Ejecutivo Federal expedir el Reglamento de la Ley General de Turismo.
Asimismo, el que la Suprema Corte de la Justicia de la Nación haya resuelto declarar inválido el primer párrafo del artículo Cuarto Transitorio de la Ley General de Turismo, trajo como consecuencia la invalidez también de los artículos 48 y 54 de la Ley, en lo que corresponde a la parte normativa que indica la Secretaría, en el caso del primer artículo citado, y respecto del texto la Secretaría mediante, sobre el segundo referido. Ello es así, porque al declararse la invalidez de una norma general, como en el presente asunto aconteció en los términos ya expuestos, sus efectos se extendieron a todas aquellas normas cuya validez dependa de la propia norma invalidada, por lo que consiguientemente se propone también modificar los citados artículos invalidados para generar certeza al texto normativo y evitar irregularidades de coordinación de oraciones derivadas de la supresión de partes en los contenidos normativos.
En el caso del artículo 48, primer párrafo, se propone establecer que en el Reglamento de la Ley General de Turismo se determine la información que los prestadores de servicios turísticos deberán proporcionar a las autoridades competentes para su inscripción obligatoria en el Registro Nacional de Turismo, y no como actualmente señala que dichos requisitos los determinará a través del reglamento correspondiente, sin que se especifique a cual se refiere, lo que en nuestra consideración continuaría generando confusión sobre los alcances de la autoridad para expedir las disposiciones reglamentarias, en tanto que ha quedado suficientemente claro y resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que la facultad reglamentaria de las leyes emanadas del Congreso de la Unión corresponde única y exclusivamente al presidente de la República.
La reforma al párrafo primero del artículo 48 de la Ley se justifica además, porque al quedar eliminado el texto normativo que indica la Secretaría, quedaría ambiguo el significado de la oración, lo que pudiera dar lugar a distintas interpretaciones, en tanto que el texto de este párrafo del artículo 48 diría: La inscripción al Registro Nacional de Turismo será obligatoria para los prestadores de servicios turísticos, quienes deberán proveer a las autoridades competentes la información que determine a través del Reglamento correspondiente, que de permanecer como actualmente está, con el texto a través, no permite hilar adecuadamente la oración al no quedar claro quién o en qué se determinará la información para la inscripción en el Registro Nacional de Turismo.
Respecto del artículo 54 de la Ley General de Turismo, la reforma que se propone consiste en establecer con toda claridad que los prestadores de servicios turísticos deberán cumplir con los elementos y requisitos que determine el Reglamento de la Ley, las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones generales administrativas que emita la Secretaría. Por lo que el texto normativo la Secretaría mediante habrá de suprimirse de la Ley General de Turismo, con lo que el artículo 54 de la Ley diría: Para operar, los prestadores de servicios turísticos, deberán cumplir con los elementos y requisitos que determinen las disposiciones reglamentarias correspondientes, y las Normas Oficiales Mexicanas, sin perjuicio de las obligaciones que les sean impuestas por otras autoridades.
Lo anterior permitiría que en el Reglamento de la Ley General de Turismo, que evidentemente habrá de expedir el presidente de la República, puedan establecerse requisitos que deban cumplir los prestadores de servicios turísticos para poder operar, pero también lograría que la Secretaría de Turismo no quede impedida para emitir reglas o disposiciones generales administrativas para regular la actividad de dichos prestadores, considerando que la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal pueden emitir este tipo de reglas o disposiciones generales administrativas, en tanto reglas técnico-operativas que regulan u ordenan un acto meramente administrativo de observancia general, facultad que es distinta de las disposiciones de carácter general que emite el titular del Ejecutivo Federal en ejercicio de la facultad reglamentaria que le concede el artículo 89, fracción I, de la Constitución General.
Con lo anterior, se busca que le sea permitido a la Secretaría emitir reglas o disposiciones generales administrativas que establezcan requisitos para que los prestadores de servicios turísticos puedan operar, conforme a la dinámica que supone la actividad turística en el país, que hace ineludible la actualización de requisitos para regular una actividad que innova y evoluciona constantemente, y que por lo mismo requiere de certeza jurídica pero también de flexibilidad, que desde luego debe ser garantizada por las autoridades administrativas en la materia.
Lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, cuando en su artículo 4 reconoce a los reglamentos, decretos, acuerdos, normas oficiales mexicanas, circulares y formatos, así como los lineamientos, criterios, metodologías, instructivos, directivas, reglas y manuales, como actos administrativos de carácter general que pueden realizar las dependencias y organismos descentralizados de la administración pública federal.
Se considera necesario suprimir del texto del artículo Cuarto Transitorio de La Ley General de Turismo, la parte correspondiente a que el Reglamento deberá de incluir expresamente la reestructura administrativa de la Secretaría de Turismo, pues, como se ha explicado, dicho contenido normativo va en contra de lo dispuesto en el artículo Octavo Transitorio de la misma Ley.
III. Consideraciones de la comisión dictaminadora
Una vez analizado el expediente, para esta Comisión dictaminadora resultan válidos los planteamientos esbozados por la Colegisladora, mismos que sustentan el Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 48, 54, y Cuarto Transitorio de la Ley General de Turismo, los cuales tienen como finalidad coadyuvar a la consolidación del turismo como una herramienta generadora de empleo y bienestar para todas las regiones del país, además de definir con mayor claridad sus enunciados y postulados contenidos en ella de manera tal que revierta e inhiba situaciones de inseguridad de tipo jurídico.
Asimismo, esta soberanía resuelve en estricto apego a las diversas tesis aisladas y de jurisprudencia emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en especial a la Tesis de Jurisprudencia 2ª./J. 47/95, que la facultad reglamentaria está conferida al Presidente de la República y a los gobernadores de los Estados en sus respectivos ámbitos competenciales dado el principio de división de poderes, por lo que a ellos corresponde la expedición de disposiciones generales, abstractas e impersonales que tienen por objeto la ejecución de la ley, desarrollando y complementando en detalle sus normas.
De igual manera el artículo 41, fracción IV, de la ley reglamentaria de las fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que cuando la sentencia en la controversia constitucional declare la invalidez de una norma general, sus efectos deberán extenderse a todas aquellas normas cuya validez dependa de la propia norma invalidada. Por lo anterior y en acato de las directrices de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación en cuanto a su resolución respecto a declarar inválido el primer párrafo del artículo cuarto transitorio de la Ley General de Turismo, esta comisión dictaminadora avala que dicha disposición trajo como consecuencia la invalidez también de los artículos 48 y 54 de la Ley, en lo que corresponde a la parte normativa que indica la Secretaría, en el caso del primer artículo citado, y respecto del texto la Secretaría mediante, sobre el segundo referido. Lo anterior para otorgar mayor certeza al texto normativo y evitar irregularidades derivadas de la supresión de partes en los contenidos normativos.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, someten a consideración de la honorable Asamblea el siguiente:
Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 48, 54 y cuarto transitorio de la Ley General de Turismo
Artículo Único:Se reforman los artículos 48, párrafo primero, 54 y cuarto transitorio, párrafo primero de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:
Artículo 48.La inscripción al Registro Nacional de Turismo será obligatoria para los prestadores de servicios turísticos, quienes deberáncumplir con la información que determine el Reglamento.
...
Artículo 54.Para operar, los prestadores de servicios turísticos, deberán cumplir con los elementos y requisitos que determinen el Reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas, sin perjuicio de las obligaciones que les sean impuestas por otras autoridades.
Artículos transitorios de la Ley General de Turismo
Cuarto. El Ejecutivo Federal deberá emitir el Reglamento de la presente ley, dentro de los ciento ochenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 El Programa Sectorial de Turismo 2013-2018 (Prosectur) fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2013, por lo que tanto la Iniciativa como la Minuta lo mencionan pero no lo incluyen dadas sus fechas de elaboración que son anteriores a la publicación del Prosectur.
2 Facultad reglamentaria del ejecutivo federal. Interpretación de la Fracción I del Artículo 89 de la Constitución. Tesis de jurisprudencia 2ª./J. 47/95. Segunda Sala. Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo II, septiembre de 1995. Pág. 293.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de abril de 2014.
La Comisión de Turismo, diputados:Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica), Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Rafael González Reséndiz (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Eduardo Roman Quian Alcocer (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo, José Luis Valle Magaña, Agustín Barrios Gómez Segués (rúbrica), Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Arturo de la Rosa Escalante, Martín Alonso Heredia Lizárraga, Raúl Paz Alonzo, Alicia Concepción Ricalde Magaña (rúbrica), Laura Barrera Fortoul (rúbrica), Cecilia González Gómez (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Francisca Elena Corrales Corrales, Socorro de la Luz Quinta León (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas, Sonia Catalina Mercado Gallegos, Mayra Karina Robles Aguirre, William Renán Sosa Altamira (rúbrica), Jessica Salazar Trejo, Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Carlos de Jesús Alejandro, Silvano Blanco Deaquino, María de Lourdes Amaya Reyes (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 25 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Pesca de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, le fue turnado para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-7-1240, el expediente número 3613, que contiene la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la actual fracción XXI y se adicionan las fracciones III, VI, XXVII, XXIX Y XXXIX, recorriéndose las subsecuentes en su orden al artículo 4o. y se adiciona un artículo 25 bis de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
En virtud del análisis y estudio de la minuta que se dictamina, esta comisión ordinaria, con base en las facultades que nos confieren los artículos, 39 numerales 1 y 2 fracción XXXVI, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 84, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 162 y demás relativos, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:
I. Antecedentes
A. En sesión ordinaria efectuada el día 14 de febrero de 2013, la senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo presentó ante el pleno del Senado de la República la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. y adiciona un artículo 25 Bis a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
B. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva del Senado, en esa misma fecha, acordó turnar esta iniciativa, para análisis y dictamen, a las Comisiones Unidas de Pesca, y de Estudios Legislativos.
C. Con fecha 2 de abril de 2013, el senador Francisco Salvador López Brito, en su calidad de presidente de la Comisión de Pesca del Senado de la República, solicitó prórroga para emitir el dictamen de la iniciativa de la Seno Gastélum Bajo, misma que le fue otorgada con fecha 3 de abril de 2013.
D. Con fecha 2 de diciembre de 2013, la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicitó al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas el Estudio de Impacto Presupuestario Correspondiente.
II. Contenido de la minuta
Esta minuta contiene dictamen a dos iniciativas, la primera presentada por la senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo en la que se expone que actualmente son 293 mil 803 pescadores que se dedican a actividades pesqueras y acuícolas de manera directa y de manera indirecta dependen alrededor de 1.5 millones de personas. Destaca la importancia de estas actividades por la producción de alimentos y las divisas que genera.
Señala que la acuacultura constituye una de las alternativas de reconversión económica para el sector pesquero, la que puede generar mayores recursos, dentro de zonas marinas que cuenten con aptitud o potencial acuícola, sobre, todo cuando en el país el 30 por ciento de las poblaciones acuáticas están sobre aprovechadas, alrededor del 57 por ciento se encuentran plenamente aprovechadas y únicamente el 13 por ciento se encuentran en un nivel saludable.
El 60 por ciento del territorio nacional es marino; sin embargo, su uso y aprovechamiento, sobre todo en la generación de alimento es sumamente limitado, por lo que la acuacultura marina o maricultura, es una actividad importante para la generación de una proteína con alto valor nutricional, que genera menor impacto ambiental en comparación con otras actividades como la ganadería y así poder contribuir a la autosuficiencia alimentaria.
La maricultura o cultivo acuícola desarrollado en un medio marino, constituye una alternativa para producir alimentos de alta calidad dentro de las zonzas que tengan dicha aptitud, así como la generación de empleos en las zonas costeras.
A nivel mundial, el cultivo de peces marinos de alto valor comercial es destacado, a lo cual se suma la engorda de especies como el atún en instalaciones denominadas ranchos marinos.
México tiene grandes ventajas potenciales para tener un buen desarrollo de la maricultura debido a su amplia zona costera, diversidad de especies de alto valor comercial, diversidad de climas y mercados, locales, regionales y nacionales para los pescados y mariscos que sean producidos por esta actividad.
Se requiere planificar de manera estratégica la actividad acuícola con visión y estrategia para promover su desarrollo sostenible para convertir en un distintivo geográfico rentable, ofreciendo elementos competitivos a diferentes sectores del país, así particularmente al pesquero, que indiscutiblemente, sobrevive el siglo XXI en condiciones poco favorables. Considera también deben implementarse en ordenamientos jurídicos, la práctica y el fomento del sector, para que se pueda desarrollar como en Chile, España, Noruega, Australia y recientemente en Ecuador.
La segunda es una iniciativa presentada por el Senador Francisco Salvador López Brito, quien propone una modificación XXI del artículo 4o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables para cambiar el nombre del Instituto Nacional de Pesca (Inapesca) por Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura
En esta el promovente argumenta la relevancia de que el Instituto Nacional de Pesca, de cobertura nacional, otorgue mayor importancia y destine mayores recursos económicos y humanos a la actividad acuícola, con el objeto de contribuir con más investigación y desarrollo tecnológico que incentiven el desarrollo del sector, que al 2012 aportó el 16 por ciento de la producción pesquera, gracias a la innovación tecnológica.
III. Análisis de la minuta
A. En el dictamen de las Comisiones Unidas de Pesca y Acuacultura, y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, se expone la necesidad de precisar diversos conceptos en la materia como la acuacultura en aguas interiores, aptitud acuícola, Centro de Aprovechamiento Integral Acuícola y pesquero, Inapesca, maricultura, ordenamiento acuícola y pesquería basada en la acuacultura y adicionar un artículo 25 Bis, a fin de contar con un soporte jurídico para el fomento y desarrollo de dichas actividades, insertando algunas fracciones con las definiciones que se consideran necesarias y recorriendo en su orden las subsecuentes, proponiendo el texto siguiente:
Artículo 4. ...
I. a II. ...
III. Acuacultura en aguas interiores: Es el término utilizado sobre la superficie de los continentes, de las que se realizan fuera de estos;
IV. Acuacultura de fomento: ...
V. Acuacultura didáctica: ...
VI. Aptitud Acuícola: Es el conjunto de características, físico-químicas, de infraestructura y socio-económicas, que debe reunir un polígono o área delimitada de un cuerpo de agua interior o marina, que le permitan ser determinada como área idónea para desarrollar la actividad acuícola;
VII. Arte de pesca: ...
VIII. Aviso de arribo: ...
IX. Aviso de cosecha: ...
X. Aviso de producción: ...
XI. Aviso de recolección: ...
XII. Aviso de siembra:
XIII. Barco-fábrica: ...
XIV. Bitácora de pesca:
XV. Captura incidental: ...
XVI. Centro de Aprovechamiento Integral Acuícola y pesquero: Es la infraestructura local o regional que cuenta con equipamiento adecuado para el desembarque, acopio, conservación, transformación, comercialización y distribución de productos acuícolas y pesqueros;
XVII. Certificado de sanidad acuícola: ...
XVIII. Concesión: ...
XIX. Cuarentena: ...
XX. Embarcación menor: ...
XXI. Embarcación pesquera: ...
XXII. Esfuerzo pesquero: ...
XXIII. Guía de pesca: ...
XXIV. Inapesca: Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura, órgano público descentralizado sectorizado con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
XXV. Inocuidad: ...
XXVI. Introducción de especies: ...
XXVII: Maricultura: Es la rama de la acuacultura que involucra el cultivo de especies de la fauna y flora desarrollado en cuerpos de agua marina y salobre, dentro de estructuras fijas o flotantes diseñadas para este medio;
XXVIII. Normas: ...
XXIX. Ordenamiento Acuícola: Conjunto de instrumentos cuyo objeto es regular y administrar las actividades acuícolas, en áreas con aptitud para desarrollarla, considerando los aspectos sociales, tecnológicos, productivos, biológicos y ambientales para generar una actividad competitiva y sustentable, en forma congruente con el ordenamiento ecológico del territorio;
XXX. Ordenamiento pesquero:
XXXI. Permiso:
XXXII. Pesca: ...
XXXIII. Pesca Comercial: ...
XXXIV. Pesca deportivo-recreativa: ...
XXXV. Pesca didáctica: ...
XXXVI. Pesca de consumo doméstico: ...
XXXVII. Pesca de fomento: ...
XXXVIII. Pesquería: ...
XXXIX. Pesquería basada en la acuacultura: Se refiere a la actividad pesquera que comprende la captura, el manejo y el procesamiento, que es sostenible o complementada por organismos provenientes de la producción acuícola, generalmente utilizados para repoblar o sembrar cuerpos de agua cerrados;
XL. Pesquería en recuperación: ...
XLI. Pesquería sobreexplotada: ...
XLII. Plan de manejo pesquero: ...
XLIII. Procesamiento Primario: ...
XLIV. Recursos Acuícolas: ...
XLV. Recursos pesqueros: ...
XLVI. Registro: ...
XLVII. Repoblación: ...
XLVIII. Sanidad acuícola: ...
XLIX. Secretaría: ...
L. Semarnat: ...
LI. Senasica: ...
LII. Unidad de manejo acuícola:
LIII. Veda: ...
LIV. Zona de escasa prevalencia: ...
LV. Zona de Refugio: ...
B.Adicional mente la Minuta pretende incrementar las atribuciones que actualmente ostenta la Secretaría a través de la Conapesca, para que en coordinación con dependencias y entidades competentes y con los sectores interesados se promueva la maricultura, con el fin de aprovechar al máximo los recursos y promover su desarrollo. Lo anterior mediante la adición de un artículo 25 Bis, para el que propone la redacción siguiente:
Artículo 25 Bis. La Secretaría fomentará la práctica y desarrollo de la maricultura, para lo cual podrá identificar y determinar las zonas litorales que tengan áreas con aptitud para desarrollarla, en congruencia con los ordenamientos ecológicos del territorio y marino.
En coordinación con las dependencias y entidades federativas competentes y con los sectores interesados, la Federación podrá:
I. Fomentar la actividad en sus diferentes formas dentro de la columna de agua: superficial, media agua y fondo, así como cultivos itinerantes;
II. Promover la realización de planes de desarrollo de la maricultura a nivel regional, estatal o municipal, e
IV. Impulsar el desarrollo de infraestructura vinculada a la cadena de valor, como centros de aprovechamiento integral acuícola y pesquero, laboratorios de producción de cría y áreas de capacitación.
V. Consideraciones
Esta comisión dictaminadora coincide con el dictamen emitido por las Comisiones de Pesca, y de Estudios Legislativos del Senado de la República, ya que en términos generales resultan congruentes con el desarrollo y objetivos de la acuacultura, toda vez que fortalecen nuevos aspectos tecnológicos de producción y fomento de las especies acuícolas.
No obstante, es necesario reforzar técnicamente algunos conceptos contenidos en la propuesta de mérito, mediante algunas precisiones. Esta comisión tomó en cuenta las observaciones hechas por especialistas del Inapesca y la Conapesca y el texto se propone se muestra a continuación:
l. Respecto al texto propuesto para la fracción III del artículo 4o.:
Esta modificación se sugiere en virtud de que existe acuacultura como el cultivo de trucha, carpa, tilapia, peces de ornato, etc., que se realiza en la superficie de los continentes, sin embargo, no necesariamente en cuerpos de agua epicontinentales, sino en tierra firme y únicamente se toma agua de los embalses para desarrollar la actividad.
2. Sobre el texto propuesto para la fracción VI del mismo artículo.
Esta modificación se propone dado que durante los procesos de ordenamiento de la actividad, debe conocerse la aptitud acuícola de toda la zona; esto derivado de que para la toma de decisiones deben conocerse en su totalidad las características del cuerpo de agua en su totalidad o de la zona costera, donde en su mayoría, se desarrollan las actividades de maricultura. De lo contrario, si únicamente se conoce la aptitud de un polígono o zona delimitada, las herramientas para la toma de decisiones y opiniones técnicas de proyectos presentados es muy reducida.
3. Respecto a la modificación propuesta a la fracción XXVII del artículo 4° de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables:
Dicho cambio resulta adecuado en virtud de que el término cuerpo de agua se utiliza mayormente para referirse a aguas interiores o epicontinentales como lagos, lagunas o presas, y para referirse al mar y océanos, no es tan utilizado. Del mismo modo se considera que se trata de una subdivisión y/o tipo de acuacultura en la que se desarrolla el cultivo de las especies de la flora y fauna de vida total o parcial en el agua marina.
4. La propuesta de ampliación al Título Cuarto, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, mediante la adición del artículo 25 Bis, es necesaria ya que incrementa las atribuciones que actualmente ostenta la Secretaría a través de la Conapesca, para que en coordinación con dependencias y entidades competentes y con los sectores interesados se promueva la maricultura, y así estar en posibilidad de aprovechar al máximo los recursos con aptitud para el desarrollo de la misma.
5. Respecto a la modificación a la denominación del Inapaesca, se considera adecuado que quede establecido como Instituto Nacional de Acuacultura y Pesca, con la finalidad de dar mayor prospectiva a la actividad de la Acuacultura, sin que cambien sus siglas, solicitando la correspondiente modificación al artículo segundo transitorio.
Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión sometemos a la consideración de esta honorable asamblea y para efectos de la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 25 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Artículo Único. Se reforma la actual fracción XXI y se adicionan las fracciones III, VI, XVI, XXVII, XXIX y XXXIX, recorriéndose las subsecuentes en su orden, al del artículo 4o y se adiciona el artículo 25 Bis a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar tomo sigue:
Artículo 4o. ....
I. y II. ...
III. Acuacultura en aguas interiores: Es el término utilizado para diferenciar entre la actividad acuícola realizada en la superficie de los continentes, de las que se realizan fuera de estos;
IV. y V. ...
VI. Aptitud Acuícola: Es el conjunto de características, físico-químicas biológicas, de infraestructura y socioeconómicas, que debe reunir un cuerpo de agua interior o zona marina, que le permitan ser determinada como área idónea para desarrollar la actividad acuícola.
VII. a XV. ...
XVI. Centro de Aprovechamiento Integral Acuícola y pesquero: Es la infraestructura local o regional que cuenta con equipamiento adecuado para el desembarque, acopio, conservación, transformación, comercialización y distribución de productos acuícolas y pesqueros;
XVII. a XXIII. ...
XXIV. Inapesca: Instituto Nacional de Acuacultura y Pesca, órgano público descentralizado sectorizado con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
XXV. y XXVI. ...
XXVII. Maricultura. Es la rama de la acuacultura que involucra el cultivo de especies de la fauna y flora desarrollado en agua marina y salobre, dentro de estructuras fijas o flotantes diseñadas para este medio.
XXVIII. ...
XXIX. Ordenamiento Acuícola: Conjunto de instrumentos cuyo objeto es regular y administrar las actividades acuícolas, en áreas con aptitud para desarrollarla, considerando los aspectos sociales, tecnológicos, productivos, biológicos y ambientales para generar una actividad competitiva y sustentable, en forma congruente con el ordenamiento ecológico del territorio;
XXX. a XXXVIII. ...
XXXIX. pesquería basada en la acuacultura: Se refiere a la actividad pesquera que comprende la captura, el manejo y el procesamiento, que es sostenible o complementada por organismos provenientes de la producción acuícola, generalmente utilizados para repoblar o sembrar cuerpos de agua cerrados;
XL. a LV. ...
Artículo 25 Bis. La Secretaría fomentará la práctica y desarrollo de la maricultura, para lo cual podrá identificar y determinar las zonas litorales que tengan áreas con aptitud para desarrollarla, en congruencia con los ordenamientos ecológicos del territorio y marino.
En coordinación con las dependencias y entidades federativas competentes y con los sectores interesados, la Federación podrá:
I. Fomentar la actividad en sus diferentes formas dentro de la columna de agua: superficial, media agua Y fondo, así como cultivos itinerantes;
II. Promover la realización de planes de desarrollo de la maricultura a nivel regional, estatal o municipal, e
III. Impulsar el desarrollo de infraestructura vinculada a la cadena de valor, como centros de aprovechamiento integral acuícola y pesquero, laboratorios de producción de cría y áreas de capacitación.
Transitorios
Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
Articulo Segundo. Las menciones obtenidas en otras leyes, decretos, reglamentos y, en general en cualquier disposición respecto al Instituto Nacional de Pesca, cuyo nombre se modifica por virtud de este Decreto, se entenderán referidas al Instituto Nacional de Acuacultura y Pesca.
Artículo Tercero. Con la entrada en vigor del presente decreto, el Poder Ejecutivo federal deberá revisar y modificar el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en relación con los artículos que reglamenten las disposiciones legales modificadas, en un término que no exceda los 60 días naturales.
Artículo Cuarto. Las acciones que, en su caso, deban realizar las dependencias y entidades de la administración pública federal, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, deberán cubrirse en función de los ingresos disponibles conforme a la Ley de Ingresos de la Federación y sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de Egresos de la Federación y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Dado en México, Distrito Federal, a 14 de mayo de 2014.
La Comisión de Pesca, diputados:Alfonso Inzunza Montoya (rúbrica), presidente; Arturo de la Rosa Escalante (rúbrica), María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Landy Margarita Berzunza Novelo, Gilberto Ricardo Medina Fierro (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Saraí Larisa León Montero (rúbrica), secretarios; Martín Alonso Heredia (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Salvador Ortiz García (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez (rúbrica), Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), María Fernanda Romero Lozano (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XV al artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Honorable Asamblea:
La Comisión de Pesca, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2 fracción XXXVI, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 84 numeral 1, 85, 157 numeral 1 fracción I, 158, numeral 1 fracción IV, 162 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen.
Antecedentes
A. En sesión ordinaria efectuada el 11 de octubre de 2013, el diputado Alfonso Inzunza Montoya, del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 8 y 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, ante el pleno de la Cámara de Diputados y la Mesa Directiva la turnó a la Comisión de Pesca para su estudio y dictamen correspondiente.
B. El 17 de abril de 2013, el pleno de la Cámara de Diputados, aprobó el proyecto de decreto por el que se adicionan la fracción XXXVII Bis al artículo 8o. y la fracción XV al artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, turnándola a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
C. Con fecha 17 de abril de 2013, fue recibida en el Senado turnándose para su dictamen correspondiente a las Comisiones Unidas de Pesca y Acuacultura y a la de Estudios Legislativos, Segunda.
D. La Mesa Directiva del Senado de la República remitió a las Comisiones Unidas de Pesca y de Estudios Legislativos la minuta en referencia mediante oficio DGPL-2P1A.-3930.
Contenido de la minuta
Esta minuta tiene por objeto reformar las fracciones XIII y XIV y adicionar una fracción XV al artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de incluir en el Programa Nacional de Pesca y Acuacultura, apoyos directos a los pescadores y acuacultores que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (Propesca).
Análisis de la minuta
A. En el dictamen de las Comisiones Unidas de Pesca y Acuacultura y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, presenta un estudio con el que se aclara que no es necesaria la modificación al artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables que proponía originalmente la iniciativa recibida por ellos de la Cámara de Diputados. Lo anterior en virtud de que con esta modificación se pretendía otorgar atribuciones a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) para expedir las reglas de operación conforme a las disposiciones en materia presupuestaria. Al respecto, destaca, que la actual legislación vigente permite que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación pueda emitir reglas de operación respecto a los diferentes programas a su cargo, lo que se encuentra fundamentado en los artículos 9, 12, 23, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 y 12 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 7, 8, 32 fracciones IX y XII, 54, 56, 58, 59, 60, 61, 86, 87, 88, 89 y 124 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; y 6, fracción XXIII, del Reglamento Interior de la Sagarpa.
Adicionalmente, el artículo 19 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables (LGPAS), en su tercer párrafo prevé que las medidas, programas e instrumentos económicos relativos al desarrollo de la actividad pesquera y acuícola, deberán sujetarse a las disposiciones de las Leyes de Ingresos, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda y deberán asegurar su eficacia, selectividad y transparencia. En todo caso los programas e instrumentos económicos deberán prever la canalización efectiva y suficiente de apoyos para fomentar las actividades pesquera y acuícola.
Indica que por otro lado, el artículo 24, fracción III, inciso i) de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, señala que la Sagarpa, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal competentes fomentará, promoverá y realizará acciones tendientes a la aplicación de estímulos fiscales, económicos y de apoyo financiero necesarios para el desarrollo productivo y competitivo de la pesca y la acuacultura.
B. En seguida, analiza la modificación al artículo 20, mediante la adición de una fracción XV, para la cual la iniciativa propone el texto siguiente:
Artículo 20. El Programa Nacional de Pesca y Acuacultura, se sujetará a las previsiones del Plan Nacional de Desarrollo y contemplará, entre otros aspectos:
I. a XIII. ...
XIV. El Programa Integral de Inspección y Vigilancia para el Combate de la Pesca Ilegal, y
XV. Apoyos a los pescadores que se encuentren en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura y que se dediquen de manera legal y sustentable a la captura y al cultivo de cualquiera de los recursos marinos en bahías, esteras, riberas, alta mar y aguas continentales mexicanos.
Destacan la importancia de estimular a que los pescadores formalicen su actividad y cumplan con lo dispuesto en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, su reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, esto es, que cuenten con un permiso o concesión para realizar la actividad, que utilicen la embarcación y el arte de pesca permitidos, realicen cultivos autorizados, que se inscriban y actualicen sus datos ante el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura.
La Sagarpa destina recursos de manera sistemática al sector primario, como lo hace con el Programa de Apoyos Directos al Campo (Procampo), que es un subsidio directo que el gobierno federal otorga para apoyar el ingreso de los productores rurales.
Además cuenta con un Programa de Producción Pecuaria Sustentable y Ordenamiento Ganadero y Apícola (nuevo Progan), el cual es la continuación del Programa de Estímulos a la Productividad Ganadera.
Actualmente, la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en su artículo 26 prevé la creación del Fondo Mexicano para el Desarrollo Pesquero y Acuícola (Promar), el cual tiene como fines promover la creación y operación de esquemas de financiamiento para la conservación, incremento y aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas, la investigación, el desarrollo y transferencia de proyectos que contribuyan a la integración y competitividad de la cadena productiva y desarrollando los mecanismos adecuados para garantizar a las instituciones financieras de banca de desarrollo que operen con el fondo, la recuperación de los créditos que otorguen a las organizaciones de productores pesqueros y acuícolas. Sin embargo, no se establece el componente de apoyo a la productividad del sector.
Consideraciones
A. Lo integrantes de la Comisión de Pesca de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, después de un análisis a la adición propuesta por la colegisladora, esta comisión acepta que la considera conveniente ya que efectivamente, las facultades que se pretendían adicionar mediante la adición de la fracción XXXVII Bis al artículo 8 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, ya se encuentran contenidas en los artículos 9, 12, 23, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 y 12 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 7, 8, 32 fracciones IX y XII, 54, 56, 58, 59, 60, 61, 86, 87, 88, 89 y 124 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; y 6, fracción XXIII, del Reglamento Interior de la Sagarpa.
B. Se acepta la modificación en la fecha de entrada en vigor contenida en el artículo primero transitorio y sobre el ejercicio fiscal en el segundo transitorio ambas para el año 2015.
Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión sometemos a la consideración de esta honorable asamblea y para efectos de la fracción A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción XV al artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Artículo Único. Se adiciona una fracción XV al artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:
Artículo 20. ...
I. a XII. ...
XIII. Programas que promuevan la acuacultura rural e industrial, así como la reconversión productiva como una alternativa de desarrollo;
XIV. El Programa Integral de Inspección y Vigilancia para el Combate a la Pesca Ilegal, y
XV. Apoyos a los pescadores y acuacultores que se dediquen de manera legal y sustentable a la captura y al cultivo de los recursos pesqueros y acuícolas en aguas nacionales, tanto marinas como continentales.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2015.
Segundo. Las erogaciones que, en su caso, deban realizarse con el fin de dar cumplimiento al presente decreto estarán sujetas al presupuesto autorizado en el Presupuesto de Egresos de la Federación y se ejecutarán observando las prioridades que se establezcan en el Plan Nacional de Desarrollo, debiendo observar las disposiciones aplicables en materia presupuestaria a partir del Ejercicio Fiscal de 2015.
Dado en México, Distrito Federal, a los 14 días del mes de mayo de 2014.
La Comisión de Pesca, diputados:Alfonso Inzunza Montoya (rúbrica), presidente; Arturo de la Rosa Escalante (rúbrica), María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Landy Margarita Berzunza Novelo, Ricardo Medina Fierro (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Saraí Larisa León Montero, Martín Alonso Heredia Lizárraga (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete, María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Eduardo Román Quián Alcocer (rúbrica), Salvador Ortiz García (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez (rúbrica), Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), María Fernanda Romero Lozano (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Honorable Asamblea:
La Comisión de Pesca, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 45 numeral 6 incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80 numeral 1, 81 numeral 2, 82 numeral 1, 84 numeral 1, 85, 157 numeral 1 fracción I, 158 numeral 1 fracción IV, 162 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen.
Antecedentes
A. En sesión celebrada por el pleno de la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2014, el diputado Alfonso Inzunza Montoya, del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
B. Con esa misma fecha la Mesa Directiva la turnó a la Comisión de Pesca para su estudio y dictamen correspondiente. Se recibió en esta comisión el 20 de mayo de 2014.
Contenido de la iniciativa
La iniciativa propone adicionar un párrafo al artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el objetivo de incorporar en el texto de la ley, como requisito para la declaración de excedentes, que el recurso pesquero correspondiente se haya concursado previamente entre concesionarios y/o permisionarios pesqueros mexicanos, de acuerdo con los tratados y acuerdos internacionales de los que México sea parte, lo que permitirá que las embarcaciones extranjeras participen de dichos excedentes en la zona económica exclusiva y mediante el cumplimiento de requisitos y condiciones que para cada caso establezca la propia dependencia.
Lo anterior bajo los argumentos de que las pesquerías en México generan al país especies de gran valor económico y enorme beneficio social, para cuyo desarrollo se tienen dispuestas desde el sector público, iniciativas diversas que procuran su ordenamiento y sustentabilidad.
El proponente precisa en su exposición de motivos que la administración de pesquerías es un proceso que ocurre al amparo y en cumplimiento de las recomendaciones contenidas en la Carta Nacional Pesquera, refrendando el estatus de las pesquerías así como el esfuerzo pesquero permisible. Y que el propio plan considera necesario que se proteja la industria pesquera nacional, el abasto de recursos en suficiencia, procurando atender la demanda interna y la de exportación.
El diputado proponente considera pertinente que desde el marco legal se garantice un aprovechamiento pleno en beneficio de los productores nacionales de los recursos pesqueros disponibles en la zona económica exclusiva.
Consideraciones
Primera. La Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables tiene por objeto regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional y en las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.
En este sentido, el artículo 62 de la ley, que se propone reformar, tiene como objetivo establecer bases que aseguren la participación de los pescadores mexicanos, previamente a la declaración de los excedentes pesqueros en la zona económica exclusiva del país. De ahí que la reforma propuesta se encuentra en consonancia con el espíritu de la ley, al tratar de hacer más riguroso el procedimiento para dicha declaración.
Segunda. Si bien existe la posibilidad de permitir la pesca excedente, esta debería ser bajo las condiciones en que el estado ribereño considere necesarias para proteger el recurso pesquero. En este caso, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Mar y el Código de Conducta para la Pesca Responsable, son enfáticos en cuanto a la protección del recurso pesquero en las aguas bajo su jurisdicción.
Tercera. En el artículo 56 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Mar, referido a Los Derechos, jurisdicción y deberes del estado ribereño en la zona económica exclusiva, en su numeral 1 establece que en la zona económica exclusiva, el estado ribereño tiene:
a. Derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos vivos como no vivos, de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación económica de la zona, tal como la producción de energía derivada del agua, de las corrientes y de los vientos.
Cuarta. La Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en su artículo 32, señala que la Carta Nacional Pesquera es la representación cartográfica o escrita que contiene información sobre el diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de dichos recursos en aguas de jurisdicción federal.
De acuerdo al contenido de la Carta Nacional Pesquera, se distinguen los datos siguientes:
a. Las pesquerías comerciales (marinas) son 355;
b. Del total de las 355 pesquerías comerciales, 84 por ciento se encuentran sin posibilidad de incrementar el esfuerzo pesquero, 12 por ciento deberán disminuirlo para no llegar al agotamiento de las especies; y sólo 3.7 por ciento de las pesquerías comerciales tienen posibilidad (previo dictamen del Instituto Nacional de Pesca) de incrementarlo; el restante 2 por ciento corresponde a las especies reservadas a la pesca deportiva.
Quinta. Es conveniente señalar, que los recursos pesqueros comerciales (poco más de 80 por ciento de acuerdo con la Carta Nacional Pesquera) se encuentran en su máximo rendimiento sostenible, es así que las posibilidades de que México pueda ofrecer excedentes para que otros países los aprovechen como marca el derecho internacional, se acortan.
Sexta. La iniciativa propuesta refuerza la protección de los recursos pesqueros nacionales, al ampliar los requisitos para la emisión de una declaratoria de excedentes, sometiéndolos a concurso entre concesionarios y/o permisionarios pesqueros mexicanos.
Por las consideraciones anteriormente expuestas, resultantes del análisis realizado, los integrantes de la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, encontramos pertinente la adición propuesta, toda vez que favorece a la protección de las pesquerías en aguas federales y fortalece la protección de los recursos pesqueros nacionales por lo que sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Artículo Único. Se adiciona un párrafo tercero, recorriéndose en su orden los subsecuentes al artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:
Artículo 62....
...
Para los efectos de la declaración de excedentes referidos en el presente artículo, esto ocurrirá sólo y una vez acreditado que el recurso pesquero de que se trate, ha sido sometido a concurso entre concesionarios y/o permisionarios pesqueros mexicanos.
..
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en México, Distrito Federal, a los 19 días del mes de junio de 2014.
La Comisión de Pesca, diputados:Alfonso Inzunza Montoya (rúbrica), presidente; Arturo de la Rosa Escalante (rúbrica), María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Landy Margarita Berzunza Novelo (rúbrica), Ricardo Medina Fierro (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Saraí Larisa León Montero (rúbrica), secretarios; Martín Alonso Heredia Lizárraga (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Salvador Ortiz García (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra, Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez (rúbrica), Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), María Fernanda Romero Lozano, Francisco Grajales Palacios (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Pesca de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión fue turnado para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-3-1643, el expediente número 4374, que contiene la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de Acuacultura Rural.
En virtud del análisis y estudio de la minuta que se dictamina, esta comisión ordinaria, con base en las facultades que nos confieren los artículos, 39 numerales 1 y 2 fracción XXXVI, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 84, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 162, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable congreso de la unión, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes
I. Antecedentes
1. En sesión ordinaria efectuada el 4 de febrero de 2014, la senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo presentó ante el pleno del Senado de la República la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de Acuacultura Rural.
2. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva del Senado, en esa misma fecha, acordó turnar esta iniciativa, para análisis y dictamen, a las Comisiones Unidas de Pesca y Estudios Legislativos.
3. Con fecha 22 de abril de 2014, las Comisiones Unidas de Pesca y Acuacultura, y de Estudios Legislativos presentaron ante el pleno dictamen que aprueba totalmente el proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones IV Bis y IV Ter al artículo 4o.; las fracciones II Bis, II Ter y VII al artículo 78; y reforman la fracción V del artículo 78, todos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
4. Con fecha 28 de abril de 2014, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta con el oficio de la honorable Cámara de Senadores, con el que remite la minuta con proyecto de decreto que nos ocupa y en esa misma fecha turnó a la Comisión de Pesca para su dictamen.
II. Contenido de la minuta
La minuta con proyecto de decreto por la que se adicionan las fracciones IV Bis y IV Ter al artículo o4; las fracciones II Bis y II Ter y VII al artículo 78; y se reforma la fracción V del artículo 78, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, menciona que el término acuacultura rural, se ha utilizado para distinguir de otros sistemas de producción, el cultivo de organismos acuáticos a través de sistemas extensivos o semiextensivos, para autoconsumo o comercialización parcial de la cosecha. Y que el desempeño de esta actividad rural está intrínsecamente asociada a pequeños grupos de la comunidad, que habitualmente involucran a los diferentes miembros de una familia.
En América Latina, afirma la proponente, la inserción de cultivo de peces, denominada piscicultura en el entorno agrícola, dio origen a la denominada acuicultura rural desde la mitad del siglo XX, sin embargo, el enfoque adoptado para el sub-sector, se ha centrado en la asistencia técnica y en el intercambio de información, más que en la construcción de capacidades.
Resalta la proponente, que la perspectiva de los propios productores respecto a los factores que limitan su desarrollo, es fundamental para el diseño de estrategias de apoyo con nuevos enfoques que permitan la construcción de capacidades in situ y la facultad de las comunidades para su autosuficiencia.
La acuacultura en México, ha tenido una orientación netamente social, que contribuye de manera más directa en la alimentación de las familias de las zonas rurales, y se desarrolla en gran medida, en aguas interiores o dulces.
Expone además que, el principal perfil que presenta el productor abocado a la acuicultura rural es el campesino, ya que este tipo de actividad está enfocada al autoconsumo, como una actividad complementaria mediante la integración a sus principales fuentes de abasto, que es la agricultura.
Sin embargo sostiene que a pesar de las acciones que hasta hoy se han realizado, la acuacultura para los campesinos, aun no es una alternativa de producción, sino que en estos casos extremos, puede convertirse en un problema de insuficiencia de cultura productiva y consumo de productos acuícolas.
En este orden de ideas, expone la necesidad de generar y reforzar la idea del aprovechamiento integral de los recursos, y llevar la información y los recursos de inversión necesarios, a efecto de que las comunidades campesinas integren en sus actividades cotidianas la acuacultura.
Asimismo, es indispensable que se fomente la acuacultura a través de un crecimiento estratégicamente planeado y ordenado, ya que representa una buena fuente de proteínas de alta calidad para la dieta de la población rural.
También hace referencia a la actual política científica y tecnológica en la materia, que desde su perspectiva, no ha logrado todavía incidir en los niveles de competitividad nacional, aunque reconoce que, recientemente, México oriento su sistema de ciencia y tecnología hacia la mejora de los procesos de investigación científica e innovación tecnológica, a través del Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Finalmente, la exposición de motivos, en el apartado de políticas públicas, concluye con la necesidad de establecer, desde la legislación, el apoyo al acuicultor rural para que cuente con alternativas productivas complementarias a sus actividades ordinarias en el campo, para el aprovechamiento integral de los recursos naturales en las zonas rurales; así como para proveer de una fuente alternativa de ingresos al comercializar pequeños excedentes de la producción.
III. Consideraciones
Primera. Los integrantes de la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXII Legislatura dictaminadoras, coincidimos con el proyecto de decreto enviado por la colegisladora. Y de igual forma, hacemos nuestra la preocupación de la proponente, para que en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables se establezcan las definiciones legales de acuacultura rural, acuacultura industrial; se incorpore a los objetivos de la Ley, el fortalecimiento de los programas de acuacultura rural, para que atiendan la demanda alimentaria en las comunidades de escasos recursos, mejoren el ingreso y propicien el arraigo en la totalidad. Así como la transferencia y uso de tecnología en los procesos de producción acuícola en Poblaciones rurales y de escasos recursos, en beneficios de los más desventajados de la cooperación social.
Segunda. Este proyecto de decreto tiene como finalidad coadyuvar a que la acuacultura rural sea considerada como un instrumento importante, que pueda impactar en la reducción de la pobreza, la desnutrición, la creación de empleos y la conservación de nuestros recursos naturales, cerrando el ciclo de los aspectos económicos, sociales y ambientales. De tal suerte, que permita tener un mejor marco normativo para asegurar la sustentabilidad a largo plazo de la actividad productiva, la organización de la comunidad y el buen manejo de los recursos naturales.
Tercera. Con este propósito, adiciona el artículo 78,con la finalidad de establecer como objetivos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, el fortalecer el Programa de Acuacultura Rural y los programas de capacitación de acuacultura rural para los productos de localidades rurales; aprovechar de manera óptima y su disponibilidad; fomentar y promover la calidad y la diversidad de los recursos acuícolas; y fomentar la transferencia y uso de tecnología en los procesos de producción acuícola en poblaciones rurales y de escasos recursos.
Cuarta. Se considera que la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables debe contener alternativas de producción e ingresos económicos, especialmente interesante para grupos ejidales de agricultores que en los últimos 30 años han sido dotados de tierras.
Quinta. Es oportuno diferenciar en la LGPAS, a la acuacultura rural de la industria, dado a la simplicidad o intensidad del manejo de los cultivos, y las características propias de cada una.
Dado los aspectos técnicos inmersos en las actividades de ambas acuaculturas (rural e industrial), se ve la necesidad de puntualizar sobre los términos que se involucran en la definición de acuacultura rural, específicamente: cultivo extensivo y cultivo semiintensivo, mismos que son los utilizados en esta actividad y los que se refieren directamente con la densidad de organismos cultivados en un volumen de agua y con la simplicidad y complejidad del manejo del cultivo por lo que se consideró oportuno integrar las definiciones de estos conceptos en este documento:
Por otra parte se ve oportuno realizar la modificación en la definición de acuacultura rural, de la palabra comercialización por la de venta. Lo anterior dado a que aun cuando ambas palabras se utilizan como sinónimos, la palabra comercialización se utiliza comúnmente, cuando se involucran productos que cuentan con una serie de requisitos bien definidos a la hora de realizarse la transacción. Entre estos se encuentran: la inocuidad, trazabilidad, certificación, marcas, etc., requisitos que pueden proveerse como una carga extra para el acuacultor real por lo que para dar salvedad a esta posibilidad y afectación al productor se considera se incorpore en la definición de acuacultura rural la palabra venta.
Sexta. Es fundamental hacer notar que para el desarrollo de la acuacultura industrial es necesario contar con soporte técnico-científico especializado en el tema, diseñar un proyecto especial, llevar a cabo estudios diversos que van desde el tema ambiental, pasando por el sanitario, industrial o de proceso, hasta el financiero lo cual implica una capacidad económica considerable lo cual se solventa por particulares o por el Estado a través de subsidios o apoyos de financiamiento con bajos intereses.
Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea y para efectos de la fracción A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Artículo Único. Se adicionan las fracciones IV Bis y IV Ter al artículo 4o.; las fracciones II Bis, II Ter y VII al artículo 78 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:
Artículo 4o.Para los efectos de esta ley, se entiende por:
I. a IV. ...
IV Bis.Acuacultura Industrial:Sistema de producción de organismos acuáticos a gran escala, con alto nivel de desarrollo empresarial y tecnológico y gran inversión de capital de origen público o privado;
IV Ter.Acuacultura rural: Sistema de producción de organismos acuáticos a pequeña escala, realizada de forma familiar o en pequeños grupos rurales, llevada a cabo en cultivos extensivos o semiintensivos, para el autoconsumo o venta parcial de los excedentes de la cosecha;
V. a LI. ...
Artículo 78.En materia de acuacultura, son objetivos de esta ley:
I. y II. ...
II Bis.Fortalecer el programa de acuacultura rural, que atienda la demanda alimentaria de las comunidades de escasos recursos, se mejore el ingreso de las mismas y se incentive el arraigo en la localidad;
II Ter.Fortalecer los programas de capacitación de acuacultura rural, para los productos de localidades rurales;
III. a IV. ...
V.Aprovechar de manera responsable, integral y sustentable recursos acuícolas, para asegurar su producción óptima y su disponibilidad;
VI. Fomentar y promover la calidad y la diversidad de los recursos acuícolas; y
VII.Fomentar la transferencia y uso de tecnología en los procesos de producción acuícola en poblaciones rurales y de escasos recursos.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de junio de 2014.
La Comisión de Pesca, diputados:Alfonso Inzunza Montoya (rúbrica), presidente; Arturo de la Rosa Escalante (rúbrica), María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Landy Margarita Berzunza Novelo (rúbrica), Gilberto Ricardo Medina Fierro (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Saraí Larisa León Montero (rúbrica), secretarios; Martín Alonso Heredia (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Salvador Ortiz García (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra, Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez (rúbrica), Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), María Fernanda Romero Lozano, Francisco Grajales Palacios (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, secretario. De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente la iniciativa que reforma los artículos 18 y 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, presentada por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, integrantes del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
Esta dictaminadora es competente para analizar y resolver la presente iniciativa con fundamento en los artículos 39, numeral 2, fracción XLIX, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 80, numeral 1, fracción II; 157, fracción I y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por lo que esta comisión procedió a elaborar el presente dictamen al tenor del siguiente
I. Antecedente
Único.El 21 de noviembre de 2013, los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, integrantes del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentaron la iniciativa que reforma los artículos 18 y 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Dicha iniciativa fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-5-2707.
II. Contenido de la iniciativa
Primero.Los diputados proponentes manifestaron en su exposición de motivos lo siguiente:
(...) El derecho fundamental de seguridad jurídica es probablemente el más relevante en cuanto a la relación del Estado y los ciudadanos, pues supone la sujeción de los órganos del Estado al cumplimiento cabal de las normas legales que pre configuran sus actos, en palabras del jurista Miguel Carbonell, el derecho de seguridad jurídica refiere a las reglas del juego.
Tal derecho se expresa en un principio en dos dimensiones: la que refiere a la previsibilidad que deba tener el gobernado de la consecuencia de sus acciones, es decir, el ciudadano en todo momento debe tener un panorama claro de lo que ocurrirá en cuanto al ejercicio de una acción, reduciendo el ámbito de la discrecionalidad de la autoridad; la segunda dimensión, es esa misma expresión pero al nivel de funcionamiento de la autoridad, esto es, la autoridad debe sujetar sus actos a las normas que les facultan para emitirlos y no extralimitar sus funciones.1
Las facultades de las autoridades deben estar predeterminadas por leyes generales, públicas y con vocación de permanencia que les permitan a los particulares tener la mayor certeza de las consecuencias de sus actos, las cuales de ninguna forma deben de estar determinadas discrecionalmente por las autoridades.
Asimismo, la naturaleza de los actos administrativos les permite versar y afectar la esfera de derechos de los gobernados, lo que los sujeta a la necesidad, ya no únicamente de reglamentar la emisión, sino también el procedimiento por el cual se emiten.
Así, debemos tener en cuenta que la administración pública tiene la capacidad de sancionar a los gobernados, siendo fundamental entender que su potestad sancionadora deriva de la existencia del Ius Puniendi, como ultima ratio del sistema jurídico y como una reacción ante una conducta antijurídica que se traduce en una infracción a las normas jurídicas, teniendo como justificación el ejercicio de la función de la administración pública, en función de la existencia de una habilitación legal para ejercer la función sancionadora2 , en ese sentido, la actividad sancionadora del Estado no encuentra mayor justificación que la meramente legal, es decir, en un norma legal que faculte y obligue a la administración a sancionar una conducta antijurídica, a través de un procedimiento reglado para dichos efectos.
Igualmente se ha establecido los distintos tipos de sanciones administrativas (i) Sanciones morales o advertencias, como son censuras, apercibimientos, (ii) restrictivas de la libertad, arresto, (iii) Restrictivas de derechos, como lo son inhabilitaciones, (iv) pecuniarias, traducidas en multas y, (iv) atípicas, como lo es la clausura de establecimientos.3
Justamente, tenemos que el derecho administrativo sancionador corresponde a la capacidad punitiva del Estado y de la mención de los tipos de sanciones observamos que, como se dijo antes, se trata de penas que pueden vulnerar tanto la esfera de derechos de los gobernados, como su esfera patrimonial, según sea el caso.
En ese entendido, es evidente que el ejercicio de ésta potestad sancionadora debe de contar con límites y principios que garanticen al gobernado la salvaguarda de su esfera de derechos. Ante ésta disyuntiva, en la construcción de esta rama del derecho administrativo, los doctrinarios han recurrido a reglar los procedimientos desde una perspectiva garantista para los gobernados.
Ahora bien, por lo que hace al proceso administrativo, podemos predicar que debe cumplir con la garantía de seguridad jurídica de los gobernados, reduciendo en todo momento los espacios de indeterminación para el gobernado.
En ese entendido, que el ciudadano se encuentre sujeto a la tramitación del mismo por un periodo indeterminado vulnera desde cualquier perspectiva sus derechos, es decir, la naturaleza de cada procedimiento legal debe tener una inicio claro y un final, permitiendo que ante la inactividad de las partes (en especial la de la autoridad), se sancione con la caducidad del proceso, entendiendo a la caducidad como la pérdida de un derecho/potestad debido a la omisión de ejercerlo durante un periodo determinado de tiempo.
En el caso concreto de las autoridades administrativas, la sanción por no concluir el proceso administrativo de la emisión de un acto debe ser la caducidad del mismo, de lo contrario el gobernado que se verá afectado profundamente, pues se le sujetará a un estado de indeterminación frente al proceso.
Este estado de indeterminación inhibe al gobernado para tener previsibilidad de sus actos, pues lo sujeta de forma constante a un procedimiento inconcluso y que en cualquier momento puede continuar.
La Ley Federal de Procedimiento Administrativo no establece la existencia de la caducidad para el proceso administrativo salvo cuando se violente el plazo para la emisión de la resolución, es decir, únicamente cuando se hayan sustanciado todas las etapas de proceso, quedando únicamente pendiente la emisión de la resolución, y en caso que no se emita en el tiempo que corresponda, se considerara que el proceso se concluirá por la caducidad del mismo, es más, el mismo artículo 18 de la citada Ley dispone que la caducidad únicamente operará para los casos en que el impulso procesal corresponda al particular.
Lo anterior habilita que existan casos en que se notifique por parte de la autoridad el inicio de un procedimiento de verificación administrativa y que posteriormente no existan actuaciones por parte de ella en un periodo considerable de tiempo, como pudiera ser un año, pudiendo en todo momento reanudar el procedimiento sin que el particular pueda apelar a la caducidad de éste.
Con lo anterior, queda manifiesto, en primer lugar, un tratamiento diferenciado para las partes en el proceso, ya que en aquellos procedimientos iniciados por oficio no operara la caducidad hasta que se encuentre en posición de la emisión de la solicitud, es decir, en todas las etapas previas la autoridad no cuenta con sanción a su inactividad; mientras que para el gobernado, es decir, en aquellos procesos iniciados y que requieran su impulso procesal, la caducidad operará después de 3 meses en que no haya efectuado actuación alguna; en segundo lugar, la profunda inseguridad jurídica del particular en un proceso administrativo, ya que la autoridad hasta el momento en que corra plazo para la emisión de la resolución, la autoridad no cuenta con una sanción para su inactividad procesal, pudiendo reanudar en todo momento la vigencia de proceso, incluso cuando pudieran haber transcurrido años.
El problema planteado encierra una profunda violación a la garantía de seguridad jurídica del gobernado, pues le impide conocer la previsibilidad de sus actos.
Para evitar esta violación constante se propone establecer la caducidad de los procesos administrativos seguidos por oficio, ya no únicamente en la etapa concerniente en la emisión de la resolución, sino en todas las etapas del proceso, para con ello garantizar la seguridad jurídica de los ciudadanos (...).
Segundo. La iniciativa en estudio propone los artículos 18 y 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo en los siguientes términos:
(...) Artículo 18. El procedimiento administrativo continuará de oficio, sin perjuicio del impulso que puedan darle los interesados; sin embargo, operará la caducidad de la instancia por la inactividad procesal de la partes, cuando en un periodo de tiempo de tres meses no existan actuaciones de las autoridades o los interesados.
Artículo 60. En los procedimientos iniciados a instancia del interesado, cuando se produzca su paralización por causas imputables al mismo, la administración pública federal le advertirá que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo. Expirado dicho plazo sin que el interesado requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la administración pública federal acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado. Contra la resolución que declare la caducidad procederá el recurso previsto en la presente ley.
La caducidad no producirá por sí misma la prescripción de las acciones del particular, de la administración pública federal, pero los procedimientos caducados no interrumpen ni suspenden el plazo de prescripción.
Cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio se entenderán caducados, y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de parte interesada o de oficio, en el plazo de 30 días contados a partir de la expiración del plazo para dictar resolución, así como en los casos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del mismo por tres meses (...)
III. Fundamentación
Primera.En principio, resulta importante efectuar un análisis comparativo entre las hipótesis normativas propuestas y el texto legal vigente:
En ese sentido, esta comisión dictaminadora advierte que la propuesta de reforma consiste en lo siguiente:
a) Establece que ante la continuación de oficio de un procedimiento administrativo iniciado a instancia del interesado, operará la caducidad de la instancia por la inactividad procesal de las partes, cuando en tres meses no existan actuaciones de las autoridades o los interesados.
b) Para el caso de procedimientos iniciados de oficio prevé que se entenderán caducados no sólo en el caso de que transcurra el plazo de 30 días a partir de la expiración del plazo para dictar resolución; sino también en los casos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del procedimiento por 3 meses.
Segunda. Para el análisis de la presente iniciativa, resulta importante la observancia de los siguientes dispositivos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 8o.Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Artículo 14.A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.
Artículo 16.Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento (...)
Artículo 17.Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales (...)
Asimismo, es trascendente citar el contenido de los siguientes artículos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo:
Título Tercero
Del Procedimiento
Administrativo
Capítulo Primero
Disposiciones Generales
Artículo 12. Las disposiciones de este Título son aplicables a la actuación de los particulares ante la Administración Pública Federal, así como a los actos a través de los cuales se desenvuelve la función administrativa.
Artículo 13.La actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe.
Artículo 14.El procedimiento administrativo podrá iniciarse de oficio o a petición de parte interesada.
Artículo 15.La Administración Pública Federal no podrá exigir más formalidades que las expresamente previstas en la ley.
Las promociones deberán hacerse por escrito en el que se precisará el nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, en su caso de su representante legal, domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, el órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital.
El promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad, así como los que en cada caso sean requeridos en los ordenamientos respectivos.
Artículo 15-A. Salvo que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se disponga otra cosa respecto de algún trámite:
I.Los trámites deberán presentarse solamente en original, y sus anexos, en copia simple, en un tanto. Si el interesado requiere que se le acuse recibo, deberá adjuntar una copia para ese efecto;
II.Todo documento original puede presentarse en copia certificada y éstos podrán acompañarse de copia simple, para cotejo, caso en el que se regresará al interesado el documento cotejado;
III.En vez de entregar copia de los permisos, registros, licencias y, en general, de cualquier documento expedido por la dependencia u organismo descentralizado de la administración pública federal ante la que realicen el trámite, los interesados podrán señalar los datos de identificación de dichos documentos, y
IV.Excepto cuando un procedimiento se tenga que dar vista a terceros, los interesados no estarán obligados a proporcionar datos o entregar juegos adicionales de documentos entregados previamente a la dependencia uorganismo descentralizado de la administración pública federal ante la que realicen el trámite correspondiente, siempre y cuando señalen los datos de identificación del escrito en el que se citaron o con el que se acompañaron y el nuevo trámite lo realicen ante la propia dependencia u organismo descentralizado, aun y cuando lo hagan ante una unidad administrativa diversa, incluso si se trata de un órgano administrativo desconcentrado.
Artículo 16.La Administración Pública Federal, en sus relaciones con los particulares, tendrá las siguientes obligaciones:
I.Solicitar la comparecencia de éstos, sólo cuando así esté previsto en la ley, previa citación en la que se hará constar expresamente el lugar, fecha, hora y objeto de la comparecencia, así como los efectos de no atenderla;
II.Requerir informes, documentos y otros datos durante la realización de visitas de verificación, sólo en aquellos casos previstos en ésta u otras leyes;
III.Hacer del conocimiento de éstos, en cualquier momento, del estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan interés jurídico, y a proporcionar copia de los documentos contenidos en ellos;
IV.Hacer constar en las copias de los documentos que se presenten junto con los originales, la presentación de los mismos;
V.Admitir las pruebas permitidas por la ley y recibir alegatos, los que deberán ser tomados en cuenta por el órgano competente al dictar resolución;
VI.Abstenerse de requerir documentos o solicitar información que no sean exigidos por las normas aplicables al procedimiento, o que ya se encuentren en el expediente que se está tramitando;
VII.Proporcionar información y orientar acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones legales vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar;
VIII.Permitir el acceso a sus registros y archivos en los términos previstos en ésta u otras leyes;
IX.Tratar con respeto a los particulares y a facilitar el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones; y
X.Dictar resolución expresa sobre cuantas peticiones le formulen; así como en los procedimientos iniciados de oficio, cuya instrucción y resolución afecte a terceros, debiendo dictarla dentro del plazo fijado por la ley.
Artículo 17.Salvo que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se establezca otro plazo, no podrá exceder de tres meses el tiempo para que la dependencia u organismo descentralizadoresuelva lo que corresponda. Transcurrido el plazo aplicable, se entenderán las resoluciones en sentido negativo al promovente, a menos que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se prevea lo contrario. A petición del interesado, se deberá expedir constancia de tal circunstancia dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud respectiva ante quien deba resolver; igual constancia deberá expedirse cuando otras disposiciones prevean que transcurrido el plazo aplicable la resolución deba entenderse en sentido positivo.
En el caso de que se recurra la negativa por falta de resolución, y ésta a su vez no se resuelva dentro del mismo término, se entenderá confirmada en sentido negativo.
Artículo 17-A. Cuando los escritos que presenten los interesados no contengan los datos o no cumplan con los requisitos aplicables, la dependencia u organismo descentralizadocorrespondiente deberá prevenir a los interesados, por escrito y por una sola vez, para que subsanen la omisión dentro del término que establezca la dependencia u organismodescentralizado,el cual no podrá ser menor de cinco días hábiles contados a partir de que haya surtido efectos la notificación; transcurrido el plazo correspondiente sin desahogar la prevención, se desechará el trámite.
Salvo que en una disposición de carácter general se disponga otro plazo, la prevención de información faltante deberá hacerse dentro del primer tercio del plazo de respuesta o, de no requerirse resolución alguna, dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación del escrito correspondiente. La fracción de día que en su caso resulte de la división del plazo de respuesta se computará como un día completo. En caso de que la resolución del trámite sea inmediata, la prevención de información faltante también deberá hacerse de manera inmediata a la presentación del escrito respectivo.
De no realizarse la prevención mencionada en el párrafo anterior dentro del plazo aplicable, no se podrá desechar el trámite argumentando que está incompleto. En el supuesto de que el requerimiento de información se haga en tiempo, el plazo para que la dependencia correspondiente resuelva el trámite se suspenderá y se reanudará a partir del día hábil inmediato siguiente a aquel en el que el interesado conteste.
Artículo 17 B.Salvo disposición expresa en contrario, los plazos para que la autoridad conteste empezarán a correr al día hábil inmediato siguiente a la presentación del escrito correspondiente.
Artículo 18.El procedimiento administrativo continuará de oficio, sin perjuicio del impulso que puedan darle los interesados. En caso de corresponderles a estos últimos y no lo hicieren, operará la caducidad en los términos previstos en esta Ley.
Capítulo Décimo
De la Terminación
Artículo 57.Ponen fin al procedimiento administrativo:
I.La resolución del mismo;
II.El desistimiento;
III. La renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico.
IV. La declaración de caducidad;
V.La imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas, y
VI.El convenio de las partes, siempre y cuando no sea contrario al ordenamiento jurídico ni verse sobre materias que no sean susceptibles de transacción, y tengan por objeto satisfacer el interés público, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que en cada caso prevea la disposición que lo regula.
Artículo 58.Todo interesado podrá desistirse de su solicitud o renunciar a sus derechos, cuando éstos no sean de orden e interés públicos. Si el escrito de iniciación se hubiere formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquél que lo hubiese formulado.
Artículo 59.La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y de oficio las derivadas del mismo; en su caso, el órgano administrativo competente podrá decidir sobre las mismas, poniéndolo, previamente, en conocimiento de los interesados por un plazo no superior de diez días, para que manifiesten lo que a su derecho convenga y aporten las pruebas que estimen convenientes.
En los procedimientos tramitados a solicitud del interesado la resolución será congruente con las peticiones formuladas por éste, sin perjuicio de la potestad de la Administración Pública Federal de iniciar de oficio un nuevo procedimiento.
Artículo 60.En los procedimientos iniciados a instancia del interesado, cuando se produzca su paralización por causas imputables al mismo, la Administración Pública Federal le advertirá que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo. Expirado dicho plazo sin que el interesado requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la Administración Pública Federal acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado. Contra la resolución que declare la caducidad procederá el recurso previsto en la presente Ley.
La caducidad no producirá por sí misma la prescripción de las acciones del particular, de la Administración Pública Federal, pero los procedimientos caducados no interrumpen ni suspenden el plazo de prescripción.
Cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio se entenderán caducados, y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de parte interesada o de oficio, en el plazo de 30 días contados a partir de la expiración del plazo para dictar resolución.
Artículo 61.En aquellos casos en que medie una situación de emergencia o urgencia, debidamente fundada y motivada, la autoridad competente podrá emitir el acto administrativo sin sujetarse a los requisitos y formalidades del procedimiento administrativo previstos en esta Ley, respetando en todo caso las garantías individuales.
Tercera. Por cuanto hace a la propuesta donde se establece que ante la continuación de oficio de un procedimiento administrativo iniciado a instancia del interesado, operará la caducidad de la instancia por la inactividad procesal de las partes, cuando en tres meses no existan actuaciones de las autoridades o los interesados; esta comisión dictaminadora advierte que su aprobación deviene inviable con base en lo siguiente:
De la lectura e interpretación armónica y sistemática de los artículos 17, 17-A y 17-B que anteceden al numeral 18 (donde se pretende hacer la modificación), se desprende que estos regulan a los procedimientos administrativos que inician a instancia del particular.
En ese orden de ideas, resulta contradictorio que en la iniciativa se aluda a que opere la caducidad ante la inactividad de las autoridades; pues el propio artículo refiere que la continuación de éste será de oficio, por lo que obliga a la autoridad administrativa a incoar dicho procedimiento iniciado a petición del gobernado.
Aunado a lo anterior, de aprobarse la propuesta en sus términos se generaría una antinomia entre el artículo 18 y el artículo 17 de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, donde se mandata que salvo que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se establezca otro plazo, no podrá exceder de tres meses el tiempo para que la dependencia u organismo descentralizadoresuelva lo que corresponda.
Derivado de lo anterior, es dable argumentar que la proposición de la iniciativa viola el artículo 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual consagra el derecho humano de petición, donde el segundo párrafo establece que a toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Robusteciéndose lo antes mencionado con el siguiente criterio emitido por el Poder Judicial de la Federación:
Derecho de petición. Sus elementos.
El denominado derecho de petición, acorde con los criterios de los tribunales del Poder Judicial de la Federación, es la garantía individual consagrada en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en función de la cual cualquier gobernado que presente una petición ante una autoridad, tiene derecho a recibir una respuesta. Así, su ejercicio por el particular y la correlativa obligación de la autoridad de producir una respuesta, se caracterizan por los elementos siguientes: A. La petición: debe formularse de manera pacífica y respetuosa, dirigirse a una autoridad y recabarse la constancia de que fue entregada; además de que el peticionario ha de proporcionar el domicilio para recibir la respuesta. B. La respuesta: la autoridad debe emitir un acuerdo en breve término, entendiéndose por éste el que racionalmente se requiera para estudiar la petición y acordarla, que tendrá que ser congruente con la petición y la autoridad debe notificar el acuerdo recaído a la petición en forma personal al gobernado en el domicilio que señaló para tales efectos, sin que exista obligación de resolver en determinado sentido, esto es, el ejercicio del derecho de petición no constriñe a la autoridad ante quien se formuló, a que provea de conformidad lo solicitado por el promovente, sino que está en libertad de resolver de conformidad con los ordenamientos que resulten aplicables al caso, y la respuesta o trámite que se dé a la petición debe ser comunicada precisamente por la autoridad ante quien se ejercitó el derecho, y no por otra diversa.
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito
Amparo en revisión 225/2005. ***. 2 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Sánchez Birrueta, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Gloria Avecia Solano.
Amparo directo 229/2005. José Domingo Zamora Arrioja. 2 de febrero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretaria: Gloria Avecia Solano.
Amparo en revisión 23/2006. Saúl Castro Hernández. 2 de febrero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretaria: Gloria Avecia Solano.
Amparo en revisión 361/2006. Sixto Narciso Gatica Ramírez. 28 de septiembre de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretaria: Gloria Avecia Solano.
Inconformidad 2/2010. Amanda Flores Aguilar. 11 de agosto de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: María Adriana Barrera Barranco. Secretaria: María Trifonía Ortega Zamora.
En ese contexto y en pleno apego al principio pro personae, esta comisión dictaminadora no considera procedente aprobar la primera de las propuestas de la iniciativa
Cuarta. En lo que toca a la segunda propuesta contenida en la iniciativa, donde para el caso de procedimientos iniciados de oficio prevé que se entenderán caducados no sólo en el caso de que transcurra el plazo de 30 días a partir de la expiración del plazo para dictar resolución; sino también en los casos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del procedimiento por 3 meses; este órgano dictaminador estima procedente su aprobación, con base en lo siguiente:
La caducidad es una institución procesal que encuentra su fundamento en razones de seguridad jurídica en tanto que evita la incertidumbre que supone un procedimiento, es decir, la razón de ser de la caducidad es dar certeza jurídica y puntualizar la eficacia de un procedimiento en cuanto al tiempo para no dejar abierta la posibilidad de que las autoridades actúen o dejen de hacerlo a su arbitrio, sino, por el contrario, observen y atiendan puntualmente las reglas que establecen cuando nace y cuando concluye una facultad, para no generar incertidumbre y arbitrariedad. Lo que se afirma con base en un criterio emitido por el Poder Judicial de la Federación en la jurisprudencia intitulada Caducidad de los procedimientos administrativos. Presupuestos o condiciones para declararla de oficio, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
En ese contexto, esta comisión dictaminadora no advierte obstáculo legal alguno para que opere la caducidad por inactividad de la autoridad administrativa en los procedimientos que esta inicie de oficio, independientemente de la etapa procesal en la que se encuentre y no sólo cuando transcurra el plazo de 30 días contados a partir de la expiración del plazo para dictar resolución.
En ese orden de ideas, la propuesta planteada en la iniciativa viene a robustecer la figura de la caducidad sin causar ningún perjuicio al gobernado y sin violar el orden público e interés social perseguido por el Estado; pues subsistiendo la hipótesis primigenia del tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la autoridad cuenta con el tiempo suficiente para el estudio del asunto y resolver conforme a derecho; y con la adición propuesta por los legisladores se brinda por una parte mayor seguridad y certeza jurídica y por la otra opera en pro del derecho fundamental de una justicia pronta y expedita contenida en el artículo 17 de la Ley Fundamental.
III. Consideraciones
Primera.Que 31 de noviembre de 2013, los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, integrantes del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, presentaron la iniciativa que reforma los artículos 18 y 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; misma que fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente.
Segunda.Quela iniciativa de mérito, en síntesis, propone lo siguiente:
a) Establece que ante la continuación de oficio de un procedimiento administrativo iniciado a instancia del interesado, operará la caducidad de la instancia por la inactividad procesal de las partes, cuando en tres meses no existan actuaciones de las autoridades o los interesados.
b) Que para el caso de procedimientos iniciados de oficio prevé que se entenderán caducados no sólo en el caso de que transcurra el plazo de 30 días a partir de la expiración del plazo para dictar resolución; sino también en los casos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del procedimiento por 3 meses.
Tercera.Luego del análisis de la iniciativa de mérito esta Comisión Dictaminadora advirtió que resulta inviable la propuesta donde se establece que ante la continuación de oficio de un procedimiento administrativo iniciado a instancia del interesado, operará la caducidad de la instancia por la inactividad procesal de las partes, cuando en tres meses no existan actuaciones de las autoridades o los interesados; ello con base en lo siguiente:
De la lectura e interpretación armónica y sistemática de los artículos 17, 17-A y 17-B que anteceden al numeral 18 (donde se pretende hacer la modificación), se desprende que estos regulan a los procedimientos administrativos que inician a instancia del particular.
En ese orden de ideas, resulta contradictorio que en la iniciativa se aluda a que opere la caducidad ante la inactividad de las autoridades; pues el propio artículo refiere que la continuación de éste será de oficio, por lo que obliga a la autoridad administrativa a incoar dicho procedimiento iniciado a petición del gobernado.
Aunado a lo anterior, de aprobarse la propuesta en sus términos se generaría una antinomia entre el artículo 18 y el artículo 17 de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, donde se mandata que salvo que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se establezca otro plazo, no podrá exceder de tres meses el tiempo para que la dependencia u organismo descentralizadoresuelva lo que corresponda.
Derivado de lo anterior, es dable argumentar que la proposición de la iniciativa viola el artículo 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual consagra el derecho humano de petición, donde el segundo párrafo establece que a toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Cuarta. En lo que toca a la segunda propuesta contenida en la iniciativa, donde para el caso de procedimientos iniciados de oficio prevé que se entenderán caducados no sólo en el caso de que transcurra el plazo de 30 días a partir de la expiración del plazo para dictar resolución; sino también en los casos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del procedimiento por 3 meses; este órgano dictaminador estima procedente su aprobación, con base en lo siguiente:
La caducidad es una institución procesal que encuentra su fundamento en razones de seguridad jurídica en tanto que evita la incertidumbre que supone un procedimiento, es decir, la razón de ser de la caducidad es dar certeza jurídica y puntualizar la eficacia de un procedimiento en cuanto al tiempo para no dejar abierta la posibilidad de que las autoridades actúen o dejen de hacerlo a su arbitrio, sino, por el contrario, observen y atiendan puntualmente las reglas que establecen cuando nace y cuando concluye una facultad, para no generar incertidumbre y arbitrariedad.
Derivado de lo anterior, esta comisión dictaminadora no advierte obstáculo legal alguno para que opere la caducidad por inactividad de la autoridad administrativa en los procedimientos que esta inicie de oficio, independientemente de la etapa procesal en la que se encuentre y no sólo cuando transcurra el plazo de 30 días contados a partir de la expiración del plazo para dictar resolución.
En ese orden de ideas, la propuesta planteada en la iniciativa viene a robustecer la figura de la caducidad sin causar ningún perjuicio al gobernado y sin violar el orden público e interés social perseguido por el Estado; pues subsistiendo la hipótesis primigenia del tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la autoridad cuenta con el tiempo suficiente para el estudio del asunto y resolver conforme a derecho; y con la adición propuesta por los legisladores se brinda por una parte mayor seguridad y certeza jurídica y por la otra opera en pro del derecho fundamental de una justicia pronta y expedita contenida en el artículo 17 de la Ley Fundamental.
Finalmente y en virtud de lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, consideramos viable la reforma planteada en la iniciativa, únicamente por cuanto hace a la reforma al artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; motivo por el cual se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo Único. Se reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para quedar como sigue:
Artículo 60....
...
Cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio se entenderán caducados, y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de parte interesada o de oficio, en el plazo de 30 días contados a partir de la expiración del plazo para dictar resolución , así como en los casos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del mismo por tres meses.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3895-VIII, martes 29 de octubre de 2013
2 Ibídem
3 Tesis Jurisprudencial I.4º.A.J/24 de la Novena Época, emitida por Tribunales Colegiados de Circuito, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo XVII, Junio de 2003, Página 679; cuyo rubro se intitula: Caducidad de los procedimientos administrativos. Presupuestos o condiciones para declararla de oficio, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
4 Verbigracia procedimiento administrativo de verificación.
5 Verbigracia procedimiento administrativo de verificación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2013.
La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputados:Areli Madrid Tovilla (rúbrica), presidenta; Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares, Juan Isidro del Bosque Márquez (rúbrica), Enrique Alejandro Flores Flores (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Laura Ximena Martel Cantú, Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Verónica García Reyes (rúbrica), secretarios; Omar Antonio Borboa Becerra, Alberto Coronado Quintanilla (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbrica), Alfonso Inzunza Montoya, Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), Rubén Acosta Montoya (rúbrica), Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), Jorge Terán Juárez (rúbrica), Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica en abstención), Javier Salinas Narváez, Juan Manuel Carbajal Hernández (rúbrica), Alejandro Carbajal González.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Areli Madrid Tovilla, para fundamentar el dictamen de conformidad con lo que establece el artículo 104, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados que antes hemos invocado. Tiene el uso de palabra, diputada, por favor.
La diputada Areli Madrid Tovilla:Gracias, presidente. Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros legisladores, en mi carácter de presidenta de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción y por parte de la Comisión, someto a consideración de esta honorable asamblea el dictamen que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el cual es fruto de un trabajo de todos los diputados integrantes, quienes con una visión plural incluyente y con el ánimo de velar en todo momento por el interés de la ciudadanía encaminan sus esfuerzos para perfeccionar las normas en pro de la agilización de los procedimientos administrativos y la reducción del rezago de la justicia administrativa.Una de las cargas más fuertes en la administración pública es precisamente la falta de agilización de los procedimientos administrativos.
La seguridad y certeza jurídica son pilares de la democracia y eje rector de todo Estado de derecho, y es por ello que el dictamen se propone reformar la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para reforzar dichos principios en beneficio de los gobernados, que son parte de un procedimiento iniciado de oficio por la autoridad administrativa.
En este contexto, para el caso del procedimiento administrativo iniciado de oficio por la autoridad, el dictamen prevé que estos se entenderán caducados no solo en el caso de que transcurra el plazo de 30 días a partir de la expiración del plazo para dictar resolución, sino también en los casos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del procedimiento por tres meses. Ésa es la propuesta y ése es el objetivo.
Debe recordarse que la caducidad es una institución procesal que encuentra su fundamento en razones de seguridad jurídica, en tanto que evita la incertidumbre que supone un procedimiento dilatorio; es decir, la razón de ser de la caducidad es dar certeza jurídica y puntualizar la eficacia para no dejar abierta la arbitrariedad o la posibilidad de que las autoridades actúen o dejen de hacerlo a su arbitrio, sino por el contrario, observen y atiendan a cabalidad las reglas que establecen el nacimiento y conclusión de sus facultades; para no generar incertidumbre y arbitrariedad, sino por el contrario, generar transparencia y legalidad en todas las etapas procesales.
Con la propuesta se busca que las autoridades administrativas cumplan plenamente sus funciones, las funciones procedimentales en plena observancia del principio de legalidad, y evitar que los ciudadanos escúchese bien que sean sujetos a un procedimiento administrativo iniciado de oficio como por ejemplo una verificación administrativa en materia ambiental que se encuentren subyugados y por este tiempo indeterminado, pues ello vulnera sus derechos y crea incertidumbre en cuanto a su estatus jurídico.
En este sentido, la propuesta viene a fortalecer la figura de la caducidad sin causar ningún perjuicio al gobernado y sin violar el orden público e interés social perseguido por el Estado, pues con la visión propuesta por los autores de la iniciativa, el diputado Ricardo Monreal Ávila y el diputado Ricardo Mejía Berdeja, se brinda por una parte mayor seguridad y certeza jurídica; y por la otra opera en pro del derecho fundamental a una justicia pronta y expedita contenida en el artículo 17 de nuestra Carta Magna.
En mi carácter de presidente de la comisión y también recalco acá que es de reconocerse el trabajo por los diputados integrantes de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, pues con su decidida participación en este tema se avala la tarea de generar normas que nos permitan contar con un marco jurídico más justo en el tema, con un México más justo donde se tutele de manera real y efectiva los derechos de todos los ciudadanos.
Compañeras y compañeros legisladores, a nombre de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción solicito a ustedes el voto positivo para la aprobación de la presente iniciativa. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputada Arely Madrid Tovilla.
Está a discusión el dictamen en lo general y en lo particular. De conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, para fijar la posición de sus grupos parlamentarios, por ahora le otorgamos la palabra al diputado Luis Antonio González Roldán, del Grupo de Nueva Alianza. Tiene la palabra, diputado. Adelante, por favor.
El diputado Luis Antonio González Roldán: Con su venia. Señoras y señores legisladores. La seguridad jurídica es un principio del derecho universalmente reconocido que encuentra su fundamento en la certeza propia del derecho, tanto en el ámbito de su publicidad como en su propia aplicación.Los derechos de seguridad jurídica de todas las personas deben de estar eficientemente garantizados por el Estado, con la finalidad de fortalecer el desarrollo pleno del individuo y de la misma sociedad. Es uno de los elementos más importantes de cualquier régimen democrático. En éstos concurren el orden jurídico y la función gubernamental real.
Así, en mi bancada, Nueva Alianza, lo entendemos como un conjunto de derechos humanos fundamentales que ofrecen la certeza del derecho que tiene el individuo para que su situación jurídica no sea modificada más que por procedimientos regulares y conductos legales establecidos previamente y debidamente publicados.
En este sentido, el tiempo es un elemento fundamental de la seguridad jurídica que no es inofensivo en el derecho. La justicia pronta y expedita, cuando no es pronta y no es expedita, no es justicia. El tema de la lentitud de los procedimientos está presente en el derecho. La evidente prolongación a veces de muchos años en la tramitación de los asuntos procesales, obliga a hacer una reflexión sobre la importancia de los plazos y de los términos.
Los tiempos en un procedimiento adquieren singular importancia al tratar de buscar un mayor equilibrio entre la potestad pública y el derecho o el interés legítimo de cada uno de los ciudadanos. Es por ello que ha sido necesario plantearse el problema de la dimensión temporal y su incidencia en la calidad de algunas relaciones jurídicas entre la administración y el propio ciudadano.
Si no se administra adecuadamente los tiempos en el ejercicio de la potestad sancionadora, la infracción puede prescribir, además de que alarga el proceso de manera negligente, violenta el derecho fundamental a la certeza jurídica de cada individuo.
En este contexto, en el proceso administrativo se debe de cumplir con la garantía de la seguridad jurídica de los individuos reduciendo en todo momento los espacios de la indeterminación.
Es por ello que en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza votaremos a favor del presente dictamen que establece la caducidad de los procesos en el caso de que la autoridad por inactividad haya propiciado la paralización del procedimiento por tres meses, entendiendo que la caducidad es una institución procesal que encuentra su fundamento en razones de seguridad jurídica al evitar o tratar de erradicar la incertidumbre que supone un procedimiento, por lo que las fechas son primordiales.
En este sentido, el dictamen va encaminado a agilizar los procesos administrativos fijando un plazo máximo para el término del proceso sancionador. De esta manera se evitan las demoras y alargamiento de los procedimientos al libre arbitrio de la autoridad.
Al aprobar el presente dictamen, estoy seguro que abonaremos para que los procesos se lleven a cabo con mayor eficacia y prontitud, sancionando de facto el no ejercicio de las facultades de la autoridad para actuar de manera pronta y expedita en la aplicación de la ley. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, estimado diputado González Roldán.
Compañeros, compañeras diputadas, diputados, se encuentran en este recinto estudiantes que integran la asociación denominada Jóvenes Embajadores de Taiwán, invitados por el diputado Jesús Oviedo Herrera, quienes vienen acompañados por el maestro Carlos Liao, director general de la Oficina Económica y Cultural de Taipéi en México. Sean ustedes bienvenidos.
Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la palabra la diputada Zuleyma Huidobro González.
La diputada Zuleyma Huidobro González:Con su permiso, presidente. No quiero dejar pasar, dejar de mencionar, que hoy estamos discutiendo un dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, que fue aprobado desde el 6 de marzo de este año, a partir de una iniciativa de los diputados Ricardo Mejía y Ricardo Monreal.Y solamente hago este comentario no sólo por las fechas, sino para dar a conocer a la sociedad la intención que tienen ustedes, diputadas y diputados, para decir que están cumpliendo con los temas que han manifestado serán su prioridad en este periodo, la transparencia y anticorrupción, pero que de todos modos siguen sin estar en el pleno.
Claro que celebramos que una de las 378 iniciativas que el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano ha presentado, se esté discutiendo, el primer día de este periodo y en este pleno.
Pero no por eso dejaremos de ser críticos porque la transparencia y anticorrupción ha sido la prioridad del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Hoy se discute esta iniciativa que en esta materia se presentó desde el 2013 y como se puede ver no sólo criticamos, también hay propuestas viables. Es sólo cuestión que la mayoría en esta Cámara tenga la voluntad de analizarla.
Tenemos que el derecho administrativo sancionador corresponde a la capacidad punitiva del Estado y de la mención de los tipos de sanciones. Observamos que se trata de penas que pueden vulnerar tanto la esfera de derechos de los gobernados como su esfera patrimonial, según sea el caso.
Es evidente que el ejercicio de esta potestad sancionadora debe de contar con límites y principios que garanticen al gobernado la salvaguarda de su esfera de derecho. Ante esta disyuntiva en la construcción de esta rama de derecho administrativo, los doctrinarios han recurrido a arreglar los procedimientos desde una perspectiva garantista para los gobernados.
Y cuestionamos que el ciudadano se encuentre sujeto a la tramitación de un procedimiento administrativo por un periodo indeterminado que vulnera desde toda perspectiva sus derechos.
Es decir, la naturaleza de cada procedimiento legal debe tener un inicio claro y un final, permitiendo que ante la inactividad de las partes, en especial de la autoridad, se sancione con la caducidad del proceso, entendiendo la caducidad como la pérdida de un derecho o una potestad debido a la omisión de ejercerlo durante un período determinado.
En el caso concreto de las autoridades administrativas, la sanción por no concluir el proceso administrativo de la emisión de un acto debe ser la caducidad del mismo; de lo contrario, el gobernado se verá afectado profundamente pues se le sujetará a un estado de indeterminación frente al proceso.
La Ley Federal de Procedimiento Administrativo no establece la existencia de la caducidad para el proceso omiso, salvo cuando se violente el plazo para la emisión de la resolución, es decir, únicamente cuando se hayan sustanciado todas las etapas del proceso, quedando únicamente pendiente la emisión de la resolución y, en caso que no se emita en el tiempo correspondiente, se considerará que el proceso de concluirá por la caducidad del mismo.
Lo anterior habilita que existan casos en que se notifique a la parte de la autoridad el inicio de un procedimiento de verificación administrativa y que posteriormente no existan actuaciones por parte de ella en un período considerable, como pudiera ser un año, pudiendo en todo momento reanudar el procedimiento sin que el particular pueda apelar a la caducidad de éste.
El problema planteado encierra una profunda violación a la garantía de seguridad jurídica del gobernado pues le impide conocer la previsibilidad de sus actos.
Por eso también celebramos que en el dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción coincidan en que la iniciativa será la figura de caducidad, sin causar ningún perjuicio al gobernado y sin violar el orden público o interés social perseguido por el Estado, ya que la autoridad contará con el tiempo suficiente para el estudio del asunto y resolverá conforme a derecho y que con esta propuesta, de ser aprobada, brindará mayor seguridad y certeza jurídica, así como cumplirá con el derecho fundamental de una justicia pronta y expedita. El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputada Huidobro González. Del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática le otorgamos el uso de la palabra a la diputada Gloria Bautista Cuevas.
La diputada Gloria Bautista Cuevas:Con su venia, señor Presidente. Honorable asamblea: está a discusión el dictamen con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo que remite a este pleno la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.La iniciativa presentada el pasado 31 de noviembre del 2013 por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, integrantes del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, proponía también la reforma al artículo 18 de la misma norma y fue turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente.
La comisión dictaminadora consideró inviable la propuesta al artículo 18 de la citada norma, donde se establece que ante la continuación de oficio de un procedimiento administrativo iniciado a instancia del interesado, operará la caducidad de la instancia por la inactividad procesal de la partes, cuando en tres meses no existan actuaciones de las autoridades o los interesados.
Ello, con base en lo siguiente, pues en los artículos 17, 17 A y 17 B de la misma ley, se regulan los procedimientos iniciados a instancia del particular, pues ahí mismo se establece que la continuidad del procedimiento en este caso será de oficio y obliga a la autoridad a concluirlo cuando fue iniciado a petición del ciudadano o ciudadana.
Por otro lado, contraviene el espíritu del artículo 8o constitucional, el cual establece el derecho de petición por el cual la autoridad está obligada a responder un acuerdo por escrito a la persona que lo haya dirigido. Eso debe ser en un breve término, lo cual, en el caso que nos ocupa, está regulado por la Ley Federal de Procedimientos Administrativos.
Por su parte, la dictaminadora estimó viable la modificación al artículo 60 que propone que para el caso de procedimientos iniciados de oficio, prevé que se entenderán caducados, no sólo en el caso de que transcurra el plazo de 30 días a partir de la expiración del plazo para dictar resolución, sino también en los casos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del procedimiento por tres meses.
Aquí vale la pena señalar que la caducidad de la instancia es una figura procesal que tiene por objeto aportar seguridad jurídica a las personas en un procedimiento determinado para evitar la incertidumbre, la discrecionalidad hasta la arbitrariedad y lograr la eficacia en el mismo para que cualquier autoridad cumpla en tiempo y forma con las obligaciones propias del ejercicio de sus funciones en cuanto a sus facultades y competencias constitucionales y legales en beneficio de la ciudadanía.
La modificación planteada al artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo fortalece la institución procesal de la caducidad de la instancia, pues permite acotar los tiempos para que la autoridad se apegue a los términos señalados en la propia ley, y dé una respuesta oportuna, pronta, expedita, en beneficio de la ciudanía, además de que se le otorga mayor certeza jurídica.
Consideramos que con esta propuesta se apuntala derecho a una justicia pronta y expedita establecida en el artículo 17 constitucional y, por supuesto, en pro del debido proceso en materia administrativa, al cual tienen derecho todas las personas.
Por lo aquí expuesto nuestro grupo parlamentario se pronuncia a favor del presente dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Es cuanto.
El presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada. Fijará la postura del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional el diputado Enrique Alejandro Flores Flores.
El diputado Enrique Alejandro Flores Flores:Muchas gracias, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional felicita a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción por la aprobación de este dictamen, asimismo hacemos el reconocimiento a los promoventes.Acción Nacional siempre ha estado a favor de la transparencia, Acción Nacional siempre ha estado a favor de la rendición de cuentas, pero sobre todo Acción Nacional siempre ha estado a favor de los ciudadanos.
Este dictamen da certeza jurídica a los ciudadanos, ya que ante los procedimientos administrativos en materia de transparencia y anticorrupción debe operar la caducidad de la instancia más no de la acción. Consideramos que esto brinda sin duda alguna la motivación la autoridad para que trabaje de forma eficiente y de manera eficaz en la resolución de los problemas y los conflictos que atañen en materia de transparencia y anticorrupción.
Decirles que este dictamen está dando tres meses para que no exista la inactividad de los procesos administrativos, estamos dando un término cierto y que consideramos justo para que estos temas en materia de transparencia se resuelvan y tengan un curso fluido, ya que no es posible que la autoridad dilate los procesos o bien el ciudadano dilate los procesos con la inactividad, ya que al interior de los órganos de gobierno existen ciertas herramientas que dilatan los procedimientos administrativos.
Con esto estamos dando la certeza jurídica de que si no se continúa con estos procedimientos vana a caducar. Por supuesto que también estamos reafirmando el compromiso que tiene Acción Nacional con los ciudadanos, ya que estamos dando equidad a la certeza para que los ciudadanos tengan la convicción y puedan tener cierto que la autoridad va a dar trámite a sus procedimientos administrativos sin dilatarlos. No podemos permitir que la autoridad siga siendo dilatoria de los procedimientos administrativos.
La propuesta contenida en el presente dictamen dota de mayor seguridad jurídica al gobernado al evitar incertidumbre que supone un procedimiento administrativo en cuanto al tiempo para su ejecución. Esto cierra la posibilidad de que las autoridades actúen o dejen de hacerlo a su arbitrio; sino por el contrario, observen y atiendan puntualmente las reglas que establecen cuando nace o cuando concluye una facultad para no generar incertidumbre.
En este sentido es importante señalar que para el Grupo Parlamentario de Acción Nacional el presente dictamen debe ser aprobado con el fin de otorgar mayor seguridad jurídica a los gobernados, a afecto de que los procedimientos administrativos encuentren un inicio y una conclusión sin arbitrariedad de los encargados en resolver estos procedimientos.
Con esto, Acción Nacional nuevamente vuelve a dar el paso para los ciudadanos, nuevamente da el paso adelante en la certeza jurídica y por supuesto volvemos a dar el paso y refrendamos el compromiso con la transparencia, ya que este dictamen es el primero que se discute en el último año de ejercicio de esta legislatura y por supuesto Acción Nacional tiene como prioridad la transparencia y la rendición de cuentas. Muchísimas gracias, diputado presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Del Partido Revolucionario Institucional, para fijar la postura de este grupo parlamentario, le otorgamos el uso de la palabra a la diputada María del Rocío García Olmedo.
La diputada María del Rocío García Olmedo:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores, llevar a cabo una adecuada impartición de justicia ha sido uno de los principales objetivos del Estado mexicano y por ello es necesaria la implementación de mecanismos de regulación cada vez más precisos y estrictos, que permitan avanzar hacia un mayor control de los órganos encargados de llevar a cabo esta función, asegurando así la protección de los derechos de los gobernados.En el artículo 17 de nuestra Carta Magna se establece que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma ni ejercer violencia para reclamar su derecho, así como que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.
La caducidad es una institución procesal de seguridad jurídica que evita la incertidumbre que supone un procedimiento, y puntualiza la eficacia de un procedimiento en cuanto al tiempo para no dejar abierta la posibilidad de que las autoridades actúen o dejen de hacerlo a su arbitrio, sino que observen y atiendan puntualmente las reglas que establecen para no generar incertidumbre y arbitrariedad.
Por tal motivo, en la reforma planteada en el dictamen que hoy nos encontramos discutiendo ha quedado de manifiesto que en los procedimientos que se inician por oficio, únicamente operará la caducidad hasta el momento en que corra el plazo para la emisión de la resolución, permitiendo con esto que la autoridad reanude en todo momento la vigencia del proceso, incluso cuando pudieran haber transcurrido años sin que se cuente con una sanción para su inactividad procesal.
Es por esto que consideramos acertado establecer en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que para el caso de procedimientos iniciados de oficio se prevea, que se entenderán caducados, no sólo en el caso de que transcurra el plazo de 30 días a partir de la expiración del plazo para dictar resolución, sino también en aquellos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del procedimiento por tres meses.
Lo anterior, no sólo garantiza que se lleve a cabo una adecuada impartición de justicia, sino que se ajusta a lo establecido en el artículo 13 de nuestra Constitución, el cual establece que la actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe.
Es así que la adición propuesta por los legisladores promoventes de la iniciativa brindará mayor seguridad y certeza jurídica, así como operará en pro del derecho fundamental de una justicia pronta y expedita. De igual forma, al robustecer la figura de caducidad en el procedimiento administrativo mediante esta reforma, permitirá fortalecer aún más la impartición de justicia, la cual se encuentra enfocada en la protección de los derechos de la sociedad. Por lo que en este caso se conservan los principios de impartición de justicia y se conserva también el interés social perseguido por el Estado.
Compañeras y compañeros legisladores, la impartición de justicia en el país ha avanzado mucho en las materias familiar, civil y penal. Las reformas aprobadas por el Congreso han sido primordiales para asegurar que se respeten los derechos de la sociedad.
Sin embargo, no podemos olvidar la impartición de justicia en el ramo administrativo, ya que también en esta rama se debe garantizar la seguridad jurídica de los gobernados. Por tal motivo, el Grupo Parlamentario del PRI votará a favor del presente dictamen. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada García Olmedo.
De conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción V del Reglamento de esta Cámara, esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general y en lo particular los siguientes diputados, el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
En esos términos, hasta por tres minutos le otorgamos el uso de la palabra al primero de los señores diputados que he nombrado.
El diputado Ricardo Monreal Ávila:Ciudadano presidente, ciudadanos legisladores, a pesar de estar en esta asamblea semivacía, este dictamen es sumamente importante. Debo advertir que hay en este tema de la caducidad, como institución procesal, opiniones distintas, dispares y hasta encontradas acerca del alcance, acerca del propósito y acerca de si debe de persistir en el derecho procesal mexicano la figura de la caducidad, que en algunos textos de derecho procesal se han eliminado.Hace un rato conversaba con un diputado del Partido Verde sobre una reflexión que hacía él sobre el término de la caducidad, pero también en un análisis comparativo con el término de la negativa ficta y la afirmativa ficta.
Quiero expresarles, que en algunos textos se ha venido abonando esta figura procesal y en algunos otros se han eliminado, en el contexto del contencioso administrativo, en algunos códigos procesales. Y también es una figura que es necesario aplicar para no dejar sin defensa a los gobernados. Podría pensarse al contrario, que son en beneficio de la autoridad estas disposiciones contenidas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en el artículo 60. Hemos acordado revisarlo, me parece correcta su observación.
Y quiero agradecerles, sobre todo a la comisión que preside Areli Madrid, hemos presentado cerca de 400 iniciativas de ley en estos dos años de ejercicio legislativo. En estas 400 iniciativas que hemos presentado, sólo se han obtenido una decena de dictámenes positivos. No obstante, que el contenido de muchas de estas normas son indispensables.
Por ejemplo, presentamos una iniciativa de Ley de Austeridad Republicana que duerme el sueño de los justos. Presentamos también múltiples iniciativas para combatir la corrupción, para fortalecer el federalismo, para combatir la pobreza.
De las 400 iniciativas, muy pocas han tenido este sentido positivo en su dictamen, por eso, aunque no es muy dado felicitar a miembros del PRI, miembros de otros partidos, en esta ocasión yo quiero expresar mi felicitación a Areli Madrid y a la comisión por haber dictaminado positivamente.
Hay otras comisiones, como la de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias que no han pasado muchas de ellas, a pesar de que tenemos la razón, pero que por el simple hecho de presentarlas nosotros, como adversarios políticos, los diputados asumen una actitud de estar en contra de nosotros, por presentarlas nosotros, a pesar de la voluntad que pueda expresar positivamente el presidente de la comisión.
Ojalá y pudiéramos sacar más iniciativas de las que hemos presentado y que de verdad son indispensables para actualizar el derecho vigente, para actualizar la norma y para generar condiciones propicias de gobernabilidad en este país.
Muchas gracias y éste es un ejemplo de lo que pudiera hacerse. Creo que va a ser muy difícil, sobre todo ahora que ustedes han retrocedido en materia de nacionalismo y en materia de una actitud en beneficio de la patria. No va a ser fácil después del daño que le han causado al país.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Monreal Ávila. Tiene ahora el uso de la palabra y para hablar en pro, y hasta por tres minutos, el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja:Gracias, presidente. Compañeras, compañeros legisladores, sumarme al reconocimiento de la Comisión de Transparencia en este tema que busca dar certeza jurídica en los procedimientos administrativos.Originalmente habíamos planteado modificar dos artículos, pero esta reforma al artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, me parece que le da más certeza a los procedimientos que se llevan a cabo tanto por lo que tiene qué ver con la autoridad como lo que tiene qué ver con los gobernados, con los ciudadanos y con quienes son materia de esta Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Nosotros en Movimiento Ciudadano buscamos reducir la discrecionalidad y que haya un marco jurídico más claro tanto para la autoridad como para quienes impugnan actos que puedan ser llevados a cabo y que afecten sus derechos, que afecten sus garantías, que afecten su esfera como seres privados.
En ese sentido, nosotros vamos a seguir insistiendo no solo en este tema que tiene qué ver con la Ley de Procedimiento Administrativo sino en el tema de la transparencia y el combate a la corrupción.
Me parece, lo hemos escuchado de dientes para afuera, que todos los partidos indican para este periodo de sesiones una visión de combate a la corrupción, pero vamos a verlo ya en los hechos. Nosotros no creemos que la solución esté en seguir creando más organismos como la Comisión Anticorrupción, sino quizá fortalecer las competencias de atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación, de la propia Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, revisar los órganos de control interno de las dependencias, de los organismos públicos. Y me parece que debe haber un combate a fondo, no nada más para taparle el ojo al macho y que se vea como que hay una decisión del gobierno por combatir este flagelo, sino que se traduzca en verdaderas instancias.
No insisto en crear más organismos, porque de qué han servido hoy, por ejemplo, para los que son agredidos en sus derechos humanos, una Comisión Nacional de Derechos Humanos que es omisa, que no cumple su función, que cuando hay grandes intereses que se afectan el Ombudsman se hace de la vista gorda; de qué nos sirve un Ifai cuando no presenta acciones de inconstitucionalidad en temas como fue la Ley Federal de Telecomunicaciones que establece limitaciones a las libertades y a las comunicaciones privadas.
Pero ése será sin duda tema de la agenda legislativa de este periodo, y en tanto celebramos que esta iniciativa haya sido aprobada por la Comisión de Transparencia y que pueda ser aprobada por este pleno. Es cuanto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Ricardo Mejía. En atención a que se ha agotado la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
¿Faltó alguna diputada o algún diputado por emitir su voto?
El diputado Carlos Bernardo Guzmán Cervantes (desde la curul): A favor
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Ciérrese el sistema de votación electrónico. Se emitieron 393 votos a favor, 3 abstenciones y 0 en contra.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos el proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Estimadas diputadas, estimados diputados. Los grupos parlamentarios han planteado a esta Mesa Directiva el que pasemos a la discusión de proposiciones con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución. Esta Mesa Directiva obsequia en consecuencia la petición.
ESTADO DE GUERRERO
El diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano (desde la curul). Presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: ¿Con qué objeto, señor diputado? Sonido. Adelante, diputado Jorrín.
El diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano(desde la curul): Es un tema en relación a lo que está ocurriendo en Guerrero en el tema de seguridad. Tenemos graves problemas en Tixtla y en Chilpancingo, con el efecto -tal vez- cucaracha -que le llaman- en el tema de seguridad, en donde la gente está viviendo una zozobra eterna y se requiere que este Congreso tome las medidas correspondientes para que no solamente al estado de México vaya la Gendarmería, sino también en estos dos estados, en Morelos que está ocurriendo lo mismo, una situación muy delicada con una cantidad enorme de secuestros, lo mismo que está ocurriendo en el centro del estado de Guerrero.Por lo tanto, señor presidente, yo le pido que usted tome las medidas correspondientes para que la Gendarmería también sea asignada a estos lugares. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Víctor Jorrín. Por ahora su planteamiento queda incorporado al Diario de los Debates. Muchas gracias.
DECLARACION CONJUNTA QUE GARANTICE LA SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LA DIGNIDAD DE LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS MIGRANTES NO ACOMPAÑADOS
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: En los términos que les he expresado y, de conformidad con el artículo 76, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra por cinco minutos la diputada María Teresa Jiménez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Relaciones a Exteriores convoquen a una cumbre con sus homólogos de los Estados Unidos de América, Guatemala, Belice, Costa Rica, Honduras, Nicaragua y El Salvador, para que elaboren una declaración conjunta que garantice la salvaguarda de los derechos humanos y la dignidad de los niños migrantes no acompañados. Diputada Jiménez Esquivel, tiene el uso de la palabra.
La diputada María Teresa Jiménez Esquivel:Con su permiso, señor presidente. Estimadas diputadas y diputados, es doloroso ver el hambre, la discriminación y el maltrato que padecen los llamados niños no acompañados en su tránsito por Centroamérica, México y la frontera sur con Estados Unidos de Norteamérica.Pero esto no es lo único que sufren; también son víctimas de la delincuencia organizada, la trata y la explotación inhumana y degradante.
A pesar de esos peligros, el número de niños migrante no acompañados ha aumento considerablemente debido a la violencia e inseguridad existente en sus países de origen, así como su deseo natural de reunirse nuevamente con sus padres o familiares residentes en los Estados Unidos.
Los datos del Colegio de la Frontera Norte son contundentes; fueron detenidos por las patrullas fronterizas de Estados Unidos, hasta hace un mes, 46 mil 188 menores y actualmente la cifra ya supera los 52 mil 193 niñas y niños.
De acuerdo a las investigaciones realizadas por la institución académica, 11 mil son mexicanos; 13 mil son hondureños; 11 mil guatemaltecos y 9 mil proviene de El Salvador. Así el total de menores centroamericanos detenidos en 2014 equivale al 45 por ciento de las deportaciones hechas en los cinco años.
En 2009 se reportaron 3 mil 304 detenidos; en el 2010, más de 4 mil; en el 2011, 3 mil 933; para 2012 la cifra aumentó a más del doble, es decir, a más de 10 mil deportaciones; y en el 2013 a más de 20 mil.
Por eso debemos anteponer el interés superior al menor y defender en el corto plazo esta crisis humanitaria infantil.
Ante esta problemática en los últimos 15 días de junio nuestro gobierno sostuvo al menos tres reuniones con autoridades de los países centroamericanos. Al respecto el secretario de Relaciones Exteriores José Antonio Meade, detalló que se ha fortalecido la coordinación con las embajadas de Guatemala, El Salvador y Honduras e incluyó a la Red Consular Mexicana en Estados Unidos a contactar a sus contrapartes centroamericanas para hacer frente a esta situación.
A la luz de lo anterior los mexicanos debemos hacer frente a esta penosa y vergonzosa situación con liderazgo y decisión, para ser congruentes con los instrumentos internacionales que se han firmado como son: la Convención Sobre los Derechos del Niño; el Protocolo Facultativo de la Convención Sobre los Derechos del Niño; el Protocolo Facultativo Relativo a la Participación del Niño en los Conflictos Armados; el Convenio Sobre la Edad Mínima de 1973, y el Convenio Sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, en 1999.
Esta amplia legislación internacional coincide en que las niñas y niños tienen derecho a disfrutar de una vida plena y feliz, a vivir en el seno de una familia, a disfrutar de una alimentación saludable, a la educación, a la salud y a un medio ambiente sano y sustentable, entre otros.
Bajo estos principios, los Estados, independientemente de su forma de gobierno o de poder económico, tienen la obligación de hacerlos efectivos, además de garantizar el derecho a la vida y el bienestar de la infancia.
Lo anterior pone en claro la necesidad de establecer un instrumento internacional en la materia que reconozca la problemática en cuestión y establezca responsabilidades compartidas entre los Estados involucrados a efecto de salvaguardar de manera integral los derechos de las niñas y los niños.
Es urgente que los jefes de Estado y de gobierno, así como los secretarios y ministros del exterior, se reúnan para elaborar, de manera consensuada, dentro del ámbito de sus competencias, una declaración que garantice la protección y salvaguarda de los derechos humanos de las niñas y los niños no acompañados y además establezcan las garantías necesarias a efecto de construir mecanismos que propicien mejores condiciones de vida en sus países de origen.
Hagamos un llamado al gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica a tomar conciencia del problema para darle una solución de responsabilidad compartida y, a partir de un enfoque humanista, evitar resolverlo bajo una interpretación de seguridad nacional.
Ya hay antecedentes. El pasado 29 de julio los gobiernos de México y California exigieron que se dé un enfoque humanitario al problema de los niños migrantes no acompañados y rechazaron el uso de las fuerzas públicas o militares como una respuesta ante las emergencias, como ha sido el despliegue de la guardia nacional y personal militar en Texas.
Por esta razón, la Cámara de Diputados eleva un llamado urgente a la Secretaría de Relaciones Exteriores, en los términos de los artículo 1o y 4o constitucionales, y a sus homólogos de los países mencionados en los términos de sus leyes locales para que, de manera corresponsable, se elaboren soluciones a la pobreza y a la violencia e inseguridad para evitar que las niñas y los niños sigan abandonando sus países de origen.
Por lo anterior expuesto el Partido Acción Nacional somete a consideración de esta soberanía lo siguiente:
Primero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en el ámbito de sus competencias y a través de los conductos adecuados, convoquen a una cumbre de sus homólogos de los Estados Unidos de Norteamérica, Guatemala, Belice, Costa Rica, Hondura, Nicaragua y El Salvador para que, de manera coordinada, elaboren una declaración conjunta que garantice los derechos humanos y la dignidad de niñas y niños migrantes no acompañados en su camino a los Estados Unidos de Norteamérica, con el fin de luchar contra esta crisis humanitaria.
Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en el ámbito de sus competencias, a través de los conductos adecuados promuevan, junto con los Estados Unidos de Norteamérica, Guatemala, Belice, Costa Rica, Hondura, Nicaragua y El Salvador, la elaboración de políticas comunes para que, en un marco de corresponsabilidad y de apoyo financiero compartido, se garanticen mejores condiciones de vida, se revierta la violencia y la inseguridad existente en dichos países que provocan la expulsión de las niñas y los niños.
Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que en el ámbito de sus competencias y a través de los conductos adecuados, promueva junto con los Estados Unidos de Norteamérica, Belice, Costa Rica, Honduras, Nicaragua y El Salvador, mecanismos e instrumentos que permitan abordar la problemática desde un punto de vista humanitario, a efecto de evitar el despliegue de personas u organizaciones armadas que atentan contra la vida de esta niñas y niños, y personas que cruzan la frontera norte, particularmente del personal militar y de la Guardia Nacional de los Estados Unidos de Norteamérica. Es cuanto, señor presidente.
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Relaciones Exteriores a convocar a una cumbre con sus homólogos de Estados Unidos de América, Guatemala, Belice, Costa Rica, Honduras, Nicaragua y El Salvador para elaborar de manera compartida, corresponsable y coordinada una declaración conjunta que garantice la salvaguarda de los derechos humanos y la dignidad de las niñas y los niños migrantes no acompañados, a cargo de la diputada María Teresa Jiménez Esquivel, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada María Teresa Jiménez Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 3, fracción XVIII; 6 fracción I, 62, 76, fracción IV, y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes
ConsideracionesI. El flujo migratorio de los niños migrantes no acompañados, ha sufrido un aumento considerable debido a la situación de violencia e inseguridad en sus países de origen, debido a la presencia de grupos delincuenciales, así como un deseo de unificación familiar con sus padres, que se encuentran viviendo en Estados Unidos de América.
Los datos aportados por el Colegio de la Frontera Norte (Colef) son contundentes: fueron detenidos por la Patrulla Fronteriza de Estados Unidos 46 mil 188 menores que llegaron a ese país sin sus padres, lo que habla de un incremento desmedido de la migración infantil. Actualmente y de acuerdo a datos presentados por Estados Unidos, en los últimos 8 meses, la cifra supera los 52 mil 193.
De acuerdo a las investigaciones realizadas por el Observatorio de Legislación y Política Migratoria del Colef: 11 mil 577 son mexicanos; 13 mil 282 son hondureños; 11 mil 479 guatemaltecos y nueve mil 850 provienen de El Salvador y añade que el total de menores centroamericanos detenidos en 2014, equivale al 45 por ciento de las deportaciones de menores hechas en los últimos cinco años; en 2009, se reportaron por ejemplo, 3 mil 304 detenidos.
Existen registros que en 2010 fueron detenidos cuatro mil 444 menores; en 2011, tres mil 933; para 2012, la cifra aumentó a más del doble respecto al año anterior, con 10 mil 146 deportaciones, y a partir de este año se ha ido incrementando. Menciona también que en 2013 hubieron 20 mil 805 menores detenidos. Dicho estudio especifica que de Honduras emigraron en el referido periodo, 20 mil 029 menores no acompañados; de El Salvador, fueron un total de 15 mil 840, y de Guatemala sumaron 19 mil 547.
Asimismo, el mencionado estudio indica que de acuerdo a la ley, los menores centroamericanos luego de ser detenidos por la Patrulla Fronteriza, son enviados antes de 72 horas con personal de la Oficina de Refugiados (ORR) de Estados Unidos, para, en el mejor de los casos, ser procesados como refugiados.
Cabe mencionar que en los primeros cinco meses de este año, las autoridades estadounidenses han deportado a México cerca de 6.330 niños, principalmente centroamericanos. Por su parte en lo que va de este año 10.505 menores migrantes no acompañados han sido interceptados por el Instituto Nacional de Migración en su intento por llegar a Estados Unidos.
Ante esta problemática, durante los últimos 15 días del mes de Junio del presente año, el gobierno mexicano ha sostenido por lo menos tres reuniones con autoridades de diversos países centroamericanos, de tal suerte que el pasado día 30 del citado mes, se llevó a cabo en Panamá, una reunión en la que participaron los Cancilleres de El Salvador, Honduras y Guatemala, para revisar la problemática de los niños migrantes que viajan solos a Estados Unidos. Asimismo, en conferencia de prensa, previa a la reunión, el Secretario de Relaciones Exteriores Jose Antonio Meade Kuribeña, detalló que se ha fortalecido la coordinación con las embajadas de Guatemala, El Salvador y Honduras, y se instruyó a la red consular mexicana en Estados Unidos a contactar a sus contrapartes centroamericanas, para hacer frente a esta situación. Asimismo, detalló que se ha impulsado una campaña de información sobre este tema.
II. Actualmente, existen una serie de instrumentos internacionales, en cuyas disposiciones se buscan proteger los derechos de las niñas y los niños, entre los cuales, podemos mencionar los siguientes:
La Convención sobre los Derechos del Niño:
El Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía;
El Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados;
El Convenio sobre la edad mínima, 1973;
El Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999.
A la luz de lo anterior, la amplia legislación internacional en materia de derechos humanos, coincide en que las niñas y los niños así como de las personas en general, tienen derecho a:
Disfrutar de una vida plena y feliz;
A vivir en el seno de una familia;
A disfrutar de una alimentación saludable;
La educación;
La salud y;
A un medio ambiente sano y sustentable, entre otros.
En virtud de lo anterior, los Estados independientemente de su forma de gobierno, tienen la obligación de hacerlos efectivos además de garantizar el derecho a la vida, al bienestar, la seguridad y la propiedad; por tanto, cuando estos derechos se ven vulnerados, las personas tienden a migrar y buscar en otra parte mejores condiciones de vida.
Sin embargo, la situación referente a los migrantes menores de edad no acompañados, pone de manifiesto la necesidad de establecer un instrumento internacional propio en la materia que reconozca de manera específica la problemática en cuestión y que permita establecer responsabilidades compartidas entre los Estados, a efecto de salvaguardar de manera integral sus derechos humanos.
III. El tránsito desde sus países de origen hasta la frontera sur de los Estados Unidos de América es doloroso, lleno de riesgos y peligroso y, va desde el robo de sus pertenencias, la discriminación y hasta la violación de sus derechos humanos (incluso por parte de las propias autoridades migratorias), y en muchas ocasiones, la pérdida de sus vidas.
En el caso de las niñas y los niños migrantes no acompañados, esta situación resulta mucho más peligrosa, debido a que, por su condición de vulnerabilidad, representan un objetivo prioritario de la delincuencia organizada, con el fin de explotarlos por medio del tráfico humano en sus distintas modalidades, particularmente en la trata de personas.
IV. Esta crisis social debe ser resuelta por los gobiernos involucrados de manera integral, compartida y corresponsable, en donde cada uno realice esfuerzos, mediante la orientación de recursos y el establecimiento de políticas públicas, para combatir de manera eficiente y eficaz la problemática que azota a este sector de la población, en esta delicada situación de vulnerabilidad.
Por tanto, resulta urgente que los jefes de Estado y de gobierno así como los secretarios y ministros de Exteriores, se reúnan para elaborar en conjunto y de manera consensuada, dentro del ámbito de sus competencias, una declaración donde se especifique y garantice la protección y salvaguarda de los derechos humanos por parte de los Estados participantes, en donde además se establezcan las garantías necesarias a efecto de generar mecanismos que propicien un mejoramiento en las condiciones de vida de las sociedades en comento.
V. Es importante que el gobierno de Estados Unidos de América, tome conciencia de esta problemática cuya atención requiere de una responsabilidad compartida, con la finalidad de abordar la solución desde un enfoque humanista y no bajo la interpretación de un problema de seguridad nacional.
En este sentido, cabe mencionar que el pasado 29 de julio, los gobiernos de México y California exigieron un enfoque humanitario al problema de los niños migrantes no acompañados, y rechazaron el uso de fuerzas públicas o militares como un medio de respuesta ante la emergencia, como el despliegue de la Guardia Nacional en Texas para evitar la entrada de migrantes, ante el anuncio del gobernador de Texas, Rick Perry.
Por ello, la Cámara de Diputados debe elevar un atento llamado a la Secretaría de Relaciones Exteriores en los términos de los artículos 1o. y 4o. constitucionales y a sus homólogos de los países mencionados en los términos de sus leyes locales, para que de manera corresponsable, se elaboren soluciones a la pobreza, violencia e inseguridad con el fin de evitar que las niñas y los niños, sigan abandonado sus países de origen.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía los siguientes
Puntos de AcuerdoPrimero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en el ámbito de sus competencias y a través de los conductos adecuados convoque a una cumbre de sus homólogos de Estados Unidos de América, Guatemala, Belice, Costa Rica, Honduras, Nicaragua y el Salvador para que de manera coordinada, elaboren una Declaración conjunta que garantice los derechos humanos y la dignidad de las niñas y los niños migrantes no acompañados en su camino a Estados Unidos de América, con el fin de luchar contra esta crisis humanitaria.
Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que en el ámbito de sus competencias y a través de los conductos adecuados, promuevan junto con Estados Unidos de América, Guatemala, Belice, Costa Rica, Honduras, Nicaragua y el Salvador la elaboración de políticas comunes para que en un marco de corresponsabilidad y de apoyo financiero compartido, se garanticen mejores condiciones de vida, revierta la violencia y la inseguridad existente en dichos países que provoca la expulsión de las niñas y los niños de sus lugares de origen.
Tercero.Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que en el ámbito de sus competencias y a través de los conductos adecuados promueva junto con Estados Unidos de América Guatemala, Belice, Costa Rica, Honduras, Nicaragua y el Salvador, mecanismos e instrumentos que permitan abordar la problemática desde un punto de vista humanitario a efecto de evitar el despliegue de personas u organizaciones armadas que atenten contra la vida de las niñas, niños y personas que cruzan la frontera norte, particularmente del personal militar y de la Guardia Nacional de Estados Unidos de América.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2014. Diputada María Teresa Jiménez Esquivel (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Jiménez Esquivel. Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría, en votación económica, si se considera de urgente resolución.
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire:Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo . Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Se considera de urgente resolución. Para los efectos del artículo 100 y 113 numeral 1, fracción I, del reiterado Reglamento de esta Cámara, se han registrado para hablar sobre el tema los siguientes señores diputados y señoras diputadas: diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza; diputada Loretta Ortíz Ahlf, del Partido del Trabajo; diputada Lorena Méndez Denis, de Movimiento Ciudadano; diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputada Amalia García Medina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Raúl Gómez Ramírez, del Partido Acción Nacional, y la diputada Leticia Calderón Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional.
Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos, el diputado nombrado en primer término, Ricardo Fujiwara. Adelante, por favor.
El diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo:Muchas gracias, diputado Presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Perdón, rectifico, señor diputado, con su autorización; el uso de la palabra será hasta por tres minutos. Por favor, adelante.
El diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo: Muchas gracias. Con su permiso, diputado presidente; con el permiso de mis compañeras y compañeros.
La migración, como todos lo sabemos, es un fenómeno creciente que evidencia las condiciones de pobreza, marginación y falta de oportunidades que viven los países expulsadores de indocumentados.
El desempleo y la inseguridad, son factores determinantes para que miles de personas año con año abandonen sus países de origen y decidan migrar en forma indocumentada hacia los Estados Unidos.
En sí mismo, éste ya es un fenómeno con grandes aristas, pero que en los últimos años y en los últimos meses ha cobrado dimensiones superiores, debido al considerable aumento del flujo migratorio de niños no acompañados.
Estos niños han decidido viajar solos porque ya atraviesan difíciles situaciones que los obligan a dejar sus hogares, ya sea buscando reunirse con sus familias que previamente se han movido a Estados Unidos o por la necesidad imperante de escapar de la violencia o de cualquiera de sus múltiples variantes.
Las cifras nos muestran la extensión del problema, de acuerdo con datos presentados por Estados Unidos en los últimos ocho meses 52 mil 193 niños llegaron a ese país sin padres, provenientes principalmente de países como México, Honduras, Guatemala, El Salvador y Belice. Y en los primeros cinco meses de este año las autoridades estadounidenses han deportado a México cerca de 6 mil 330 niños, principalmente originarios de Centroamérica.
Todos estos pequeños están expulsados y están expuestos también a una gran cantidad de peligro. Por su condición de vulnerabilidad son proclives a riesgos para su salud, su integridad física, su dignidad e incluso su propia vida.
En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza tenemos la convicción de salvaguardar los derechos de cada una de estas niñas y de cada uno de estos niños. En primer lugar hay que recordar que todos los niños están protegidos por la Convención de Derechos del Niño sin importar su categorización, nacionalidad o estatus migratorio.
Desde este punto de vista es importante establecer que esta crisis tiene que ser tratada de manera humanitaria, anteponiendo siempre el interés superior del niño. No podemos permitir que se va a estos infantes como invasores de un país y que se les trate o se les persiga como criminales.
Al ser un fenómeno multinacional es competencia de los países involucrados: de Estados Unidos, como país receptor, de México, de Honduras, de Guatemala, de Belice, de Costa Rica, de Nicaragua, de El Salvador. De todos estos países es su obligación implementar programas y políticas para hacer frente a esta gran crisis.
Por ello la urgente necesidad de promover la búsqueda de consensos a nivel regional para atender de esta manera el fenómeno de los niños migrantes, siempre en el marco del respeto a sus derechos humanos.
El Grupo Parlamentario de Nueva Alianza votaremos a favor del presente punto de acuerdo para establecer mecanismos e instrumentos internacionales que reconozcan y aborden de manera específica la problemática humanitaria que este tipo de migración significa, para que de manera conjunta se establezcan responsabilidades compartidas entre los Estados a efecto de salvaguardar de manera integral los derechos humanos de cada uno de los infantes que están migrando solos.
Compañeras y compañeros, es una situación dramática la que viven miles de niñas, niños y adolescentes, que se ven en la necesidad de viajar solos a lo largo del país, debemos hacer algo para mitigar su carga, evitarles peligros que pongan en riesgo su integridad y brindarles la seguridad y protección que tanto merecen. Por su atención y comprensión, compañeras y compañeros, muchas gracias. Muchas gracias, diputado presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted. Tiene la palabra la diputada Loretta Ortiz Ahlf, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por tres minutos.
La diputada Loretta Ortiz Ahlf:Con su venia, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, es increíble que con nuestro socio comercial después de la celebración del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, en 1994 y de igual forma que han firmado los países de Centroamérica instrumentos internacionales en materia comercial, en las fronteras tanto de Estados Unidos como la propia de México y en ese tránsito de los países centroamericanos hacia ese país que es Estados Unidos, tengan más facilidades de ingreso y mejor trato, trato nacional y cláusula de la nación más favorecida, las mercancías díganse las sillas, mesas, computadoras, en fin, un sinnúmero de artículos, a las personas, a los niños en específico.El Tratado de Libre Comercio de América del Norte no establece una sola cláusula, una de respeto a los derechos humanos, sin embargo somos uno de los principales socios comerciales de Estados Unidos de Norteamérica, y a su vez tampoco no tenemos una sola cláusula de protección de los centroamericanos que reclaman también el mismo trato en nuestro país, con los cuales hemos celebrado acuerdos comerciales de respeto de los derechos fundamentales.
Curiosamente en Europa la piedra angular de todos los tratados de la Unión Europea y la materia obviamente comercial, está inserto el respeto a la democracia y a los derechos humanos. Y ello a razón del papel que jugó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y los propios países europeos. En cambio en este continente tienen más preocupación por los asuntos comerciales que por los derechos humanos de las personas.
En el caso de los niños es especialmente grave la situación. Si los migrantes indocumentados son invisibles, el caso de las afectaciones con los niños es angustioso, de suma urgencia y una situación dramática.
También llama la atención que este fenómeno no es reciente, es de hace más de 20 años pero ahorita, como ha causado una crisis humanitaria, ahorita sí, ahorita se quieren acordar, quizás también porque es año de elecciones, no lo sé, pero tuvieron mucho tiempo para acordarse de esta problemática y no tenemos a nivel interno ni a nivel tampoco con acuerdos con Estados Unidos o con Centroamérica, una preocupación real por firmar sendos acuerdos, tratados internacionales referentes al trato que deben recibir los migrantes, no importa si son legales o ilegales, y si entre ellos obviamente a mayoría de razón, si hay niños, mujeres o ancianos.
El Partido del Trabajo obviamente está de acuerdo y da un beneplácito al punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, sin embargo lamentamos y creemos que sea insuficiente esas reuniones parlamentarias o conferencias que se vayan a dar, mientras no se inserte en instrumento, un instrumento internacional donde acepten los Estados obligaciones y compromisos relativos a esta materia, que ya están establecidos en los tratados de derechos humanos, porque están en la Convención Americana de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en la Convención sobre los Trabajadores Migratorios y sus Familias, en fin, en un sinnúmero más de instrumentos internacionales. Estos instrumentos no distinguen entre migrantes legales o ilegales, entre niños o adultos, protegen a todo ser humano, sin importar si este es de cualquier raza, cualquier condición social y si bien es legal o ilegal.
Por las consideraciones antes señaladas hacemos votos para que estas reuniones se lleven a cabo con éxito y aprobamos el punto de acuerdo que se nos está presentando, no sin antes hacer un llamado para exigir al gobierno de Estados Unidos de América un acuerdo donde se exija un trato de respeto a los derechos humanos para todos los niños. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Loretta Ortiz. Tiene el uso de la palabra la diputada Lorena Méndez Denis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
La diputada Lorena Méndez Denis:Con su venia, señor presidente. El Estado mexicano no ha asumido su responsabilidad con la niñez. Tenemos más de 23 años de rezago en la aplicación de la Convención de los Derechos de la Niñez de las Naciones Unidas.En nuestro país cuatro de cada 10 mexicanos son menores de edad. Debido al alto porcentaje que representa este sector de la sociedad, el 29 de mayo del 2000 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual tiene por objeto garantizar la tutela y el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.
Desafortunadamente dicho ordenamiento ha quedado en letra muerta, tal y como lo demuestra el apartado C de su artículo 14, el cual estipula que se debería diseñar y ejecutar las políticas públicas que sean necesarias para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, lo cual, a 14 años de su promulgación continua sin ocurrir.
Como consecuencia de lo anterior, constantemente somos testigos de noticias en las que los menores de edad son sometidos a malos tratos, viven en condiciones insalubres y experimentan abusos sexuales, situación que se ha evidenciado en casos como el operativo de la Procuraduría General de la República en el albergue de La Gran Familia, en Zamora, Michoacán, o en la red de trata encubierta en el albergue capitalino Casitas del Sur.
Dentro de los menores de edad existe un grupo que sobresale por su vulnerabilidad, el cual corresponde a los niños migrantes. En el caso particular de nuestro país, de acuerdo con el censo de población y vivienda 2010, 609 mexicanos dejan el país al día, de los cuales el 50 por ciento corresponde a jóvenes y adolescentes.
Por su parte, el boletín estadístico de la Secretaría de Gobernación, Repatriación de mexicanos 2014, revela que existen 20 mil 546 menores migrantes repatriados desde Estados Unidos de América, integrados de la siguiente forma: 19 mil 230 son mayores de 18 años; mil 173 tienen entre 12 y 17 años, y 143 oscilan entre los cero y 11 años de edad.
Asimismo, resulta importante mencionar que de manera geográfica el problema se acentúa en Centroamérica, pues tan sólo en los primeros cinco meses del 2014, las autoridades de Estados Unidos han deportado a nuestro país cerca de 6 mil 330 niños, principalmente pertenecientes a esta zona.
Lamentablemente se estima que este fenómeno aumentará en los próximos años, debido a la dinámica poblacional, a la desigualdad económica, a los conflictos de violencia, a los estados fallidos, a la escasez de recursos y a los desastres naturales y presiones medioambientales.
Como respuesta a ello, el gobierno mexicano ha sostenido reuniones con anterioridades de diversas naciones centroamericanas, entre las que destacan Panamá, El Salvador, Honduras y Guatemala.
Por lo previo, Movimiento Ciudadana votaremos a favor del punto de acuerdo que hoy se discute, pues la elaboración de una declaración conjunta que garantice la salvaguarda de los derechos humanos de las niñas y niños migrantes no sólo resulta deseable, sino urgente. No obstante, consideramos que este tipo de exhortos se traducen en acciones insuficientes ante un problema que vulnera a la sociedad desde lo más profundo.
Estamos convencidos de que no basta únicamente con crear una declaratoria, sino que ésta se debe implementar de manera eficaz, ya que actualmente existen numerosas disposiciones internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño; el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en los conflictos armados; el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; el Convenio sobre la edad mínima y el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, que no se han traducido en resultados concretos que representa un beneficio para los menores de edad.
Del mismo modo, por qué limitarnos a un punto de acuerdo, cuando las medidas propuestas pueden influir en la Ley de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes no acompañados, que próximamente se discutirá en el Congreso.
Por qué no luchar por la inclusión de estos temas dentro de la iniciativa preferente, anunciada por Peña Nieto, sobre la Ley General de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Dejemos de lado los pronunciamientos tibios y asumamos nuestra labor como legisladores, con propuestas concretas, que aborden la problemática de los niños migrantes de forma integral, ya que ésta viene acompañada de maltratos, aislamientos, violencia, malas condiciones de trabajo, omisión del pago de salario y la amenaza de ser denunciados a las autoridades, y que propongan el otorgamiento de ayuda humanitaria por parte de organismos de cooperación internacional, como la Cruz Roja, sólo así lograremos un verdadero impacto y no sólo buenas voluntades que al bajar de tribuna se traducen en letra muerta.
Por lo anterior expuesto, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor del punto de acuerdo. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Lorena Méndez. Tiene ahora la palabra hasta por tres minutos el diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
El diputado Ernesto Núñez Aguilar:Con su permiso, señor presidente, y que además aprovecho para felicitarlo por esta nueva responsabilidad.Compañeras diputadas, compañeros diputados, la Convención sobre los Derechos del Niño es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante, incorpora a toda la gama de derechos humanos, civiles, culturales, económicos, políticos y sociales.
En 1989 los líderes mundiales se dieron cuenta de que los niños y niñas debían contar con una convención especial, creada específicamente para ellos. Debido a que los menores de 18 años precisan de cuidados especiales.
En el caso de los niños migrantes no acompañados, la Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 22 menciona que los Estados parte reconocen que adoptarán medidas adecuadas para lograr que el niño que trate de tener el estatuto de refugiado o que sea considerado refugiado de conformidad con el derecho y los procedimientos internacionales o internos aplicables, reciba tanto si está solo como si está acompañado de sus padres, la protección y asistencia humanitaria adecuadas para el disfrute de los derechos enunciados en la presente Convención.
Los niños migrantes no acompañados son considerados migrantes políticos, ya que debido a conflictos internos la violación masiva de los derechos humanos en su país de origen, entre otras razones, se ven obligados a abandonar sus países. Este tipo de migración se caracteriza primordialmente por ser forzada y urgente.
Resultado de lo anterior y en cumplimiento a las obligaciones y resultado de la Convención sobre los Derechos del Niño y particularmente en atención al principio de No devolución, el Estado no trasladará al niño, la niña o el adolescente a un país donde haya motivos racionales para pensar que existe un peligro real de daño reparable que los afecte, como por ejemplo: tortura, tratos degradantes y privación de la libertad.
En este sentido y en concordancia con las ideas vertidas con antelación, las detenciones y deportaciones implementadas por los gobiernos de los Estados Unidos de Norteamérica viene a trastocar el enramado jurídico internacional, cosa que no puede seguir pasando.
En un estudio realizado por la oficina del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados para los Estados Unidos y El Caribe, la ACNUR, donde se entrevistaron a 404 niños de El Salvador, Guatemala, Honduras y México, se llegó a la conclusión de que las diversas historias demuestran inequívocamente que muchos de estos niños desplazados se enfrentan a graves peligros y dificultades en sus países de origen.
Nuestro país no es ajeno a esta problemática, ya que la cuarta parte de los 47 mil niños detenidos en la frontera sur de los Estados Unidos, entre octubre de 2013 y mayo de 2014 son mexicanos. Según informes de la Unicef es imperativo en este tenor enfocar los esfuerzos de prevención en entidades como Zacatecas, Michoacán y Oaxaca que es en los lugares de nuestro país donde mayor migración hay.
Resulta pues de gran relevancia encontrar los mecanismos idóneos para que los estados, la sociedad civil y el ACNUR puedan trabajar en la colaboración para asegurar de la mejor manera que a estos niños se les provea la protección que necesitan y merecen desesperadamente.
En síntesis tenemos que reconocer que la violencia e inseguridad tanto en México como en la mayor parte de Centroamérica han resultado en el desplazamiento de niños en la región, por lo tanto es necesario priorizar la protección internacional de estos menores, asegurar que el principio del interés superior del niño sea un componente central de cualquier respuesta que esté relacionada con las necesidades de protección de los niños, incluida la evaluación de una solicitud de refugio, asilo o cualquier otra forma de protección internacional.
Por último, resulta fundamental llevar a cabo medidas tanto regionales como nacionales para abarcar las causas de base desplazamiento de estos niños en un esfuerzo para reducir los factores que conducen a su desplazamiento forzado.
En la fracción del Partido Verde creemos que los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados no deberían de ser privados de su libertad por causas relacionadas con la migración; por lo tanto, los Estados deben presentar medidas alternativas, establecer las medidas en su legislación y elaborar políticas públicas que garanticen la aplicación efectiva de dichas medidas alternativas por las autoridades competentes.
Es por lo anteriormente establecido que apoyamos el presente exhorto, ya que consideramos que los problemas regionales solo podrán resolverse por medio de la cooperación internacional y el diálogo de la diplomacia. Muchas gracias, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputado Ernesto Núñez. Tiene la palabra ahora la diputada Amalia García Medina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada Amalia Dolores García Medina:Estimado señor presidente, paisano; compañeras, compañeros. Esta propuesta, este punto de acuerdo, me resulta y nos debe resultar muy relevante.¿De qué debemos partir? Debemos partir de un concepto fundamental: los niños migrantes, antes que migrantes son niños, tienen derechos y hemos firmado convenciones internacionales poniendo en el centro que se deberán garantizar el respeto de la niñez. Yo subrayo y reitero. Antes que migrantes son niños y tienen que tener garantizado su interés superior.
Segundo. El fenómeno de la migración, este fenómeno de este éxodo tremendo que se ha vivido con niños migrantes no acompañados, es un fenómeno regional y, por lo tanto, efectivamente, la visión, las decisiones, las acciones, las políticas públicas, las leyes que se aprueben, tienen que tener una dimensión regional.
Hay un fenómeno de movilidad humana de tránsito, un éxodo, pero también hay que decir que de lo que se trata y éste es un debate a nivel internacional; el propio gobierno mexicano y Estados Unidos tendrán que entrar a este debate- es que tenemos que poner en el centro otro concepto. No se trata, cuando hablamos de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados, de un asunto de seguridad nacional. En absoluto y de ninguna manera puede ser aceptable que sea ese el concepto que se utilice. El que se tiene que utilizar es el de seguridad humana. Ése es el que deben garantizar los países de la región ante este fenómeno donde deberían estar implícitos el respeto y la garantía a la protección de los derechos de niñas y de niños.
Se tiene que ir a las causas de fondo. ¿Por qué están emigrando? ¿Por qué hay este éxodo de niñas y niños? Es cierto que ha existido siempre, pero el número, la cantidad del volumen de niñas, niños emigrando en los últimos cuatro años ha rebasado absolutamente todo. No es igual lo que sucedía con niños migrantes hace seis, ocho años, a lo que sucede en los últimos cuatro años El fenómeno entonces tiene que revisarse y hay que revisar las causas.
Yo quiero subrayar algo que resulta también relevante y por eso la propuesta de una reunión de los gobernantes, de los jefes de Estado de Centroamérica, México y Estados Unidos resulta pertinente.
Quiero poner en el centro un tema que resulta muy doloroso, muy fuerte. La mayor parte de estos niños que están en este éxodo provienen de Honduras, y Honduras se ha convertido en el país con más alto índice de homicidios en el planeta en los últimos cuatro años. Pero paradójicamente hay que decirlo- resulta que la mayor parte de las armas que inundan nuestra región provienen de los Estados Unidos. Son armas que han cruzado y han llegado a México y han llegado a Centroamérica.
Yo deseo subrayar que resulta increíble e insoportable, inaceptable por supuesto, que el gobernador de Texas, Rick Perry, haya decidido que vaya la Guardia Nacional para actuar frente a los niños migrantes que llegan de Centro América, cuando el 50 por ciento de las armas que cruzan a México y a Centroamérica fueron vendidas en Texas.
Si no quiere que lleguen los migrantes tenemos que parar la violencia y controlar el tráfico de armas. La venta de armas en esos 12 mil puntos de venta que hay en Estados Unidos, frontera con México, tendría que ser parte de los acuerdos. Es un asunto sustancial.
El otro tiene que ver con pobreza. Ésta es la región más desigual del planeta. Ya decía el padre Solalinde, decía haciéndole un llamado al obispo de Honduras, le decía la pobreza es tremenda en Honduras; cinco familias dominan la riqueza de ese país y los demás viven en la pobreza.
Pero no dejemos de hablar de México. En México tenemos al hombre más rico del planeta.
Y de este éxodo de cerca de 60 mil niños migrantes en Estados Unidos, una cuarta parte son mexicanos. Hay que ir a las cusas. Tiene que haber inversión productiva, tiene que haber empleo, tiene que haber educación, tiene que garantizarse que cese la violencia. Es sólo atendiendo a las cusas de fondo como esto se podrá enfrentar. Y se requieren políticas públicas con una visión regional, con responsabilidad compartida, se requieren recursos, se requiere atender aquello que obliga a la migración.
Bien lo dice Héctor Aguilar Camín: querer legislar en contra de la migración o poner grupos y corporaciones y fuerzas armadas para querer detener la migración, es como querer legislar contra la ley de gravedad. Mientras las causas existan seguirá habiendo migración.
Y por eso me parece pertinente esta reunión, esta declaración que en realidad debe de ser un compromiso conjunto de los gobernantes de la región.
Por cierto, en la iniciativa preferente que ha enviado el presidente de la república sobre niñas, niños y adolescentes, incluye en una parte niños migrantes.
Me parece interesante y hay que revisar la iniciativa. Pero hay un punto en el cual estoy en desacuerdo: el interés superior de los niños migrantes no acompañados y adolescentes, de ninguna manera lo puede determinar el Instituto Nacional de Migración. Ni siquiera en Estados Unidos está establecido así.
En Estados Unidos la Border Patrol y el AIC, canalizan a los niños migrantes, termino, señor presidente, los canalizan a un procedimiento judicial en donde hay abogados y puede tardar incluso varios años la determinación de la situación de los niños.
¿Por qué? Y termino con esto, porque frente a ellos la medida fundamental no puede ser la deportación. Si estamos hablando de violencia, deportar a los niños como medida principal, es seguramente exponerlos a un daño muy grave e inclusive con la posibilidad de la muerte.
Esto es lo que ante niños que antes que migrantes son niños, no podemos, no debemos hacer, ni los gobiernos de la región ni tampoco los congresos de la región ni las sociedades de nuestros países.
Estoy de acuerdo con la propuesta y por supuesto tenemos que enfrentarla con una visión de derechos humanos, de derechos, de inversión productiva y de fin a las armas, al tráfico de armas que vienen desde los Estados Unidos y lastiman a nuestra región. Gracias, señor presidente y gracias, compañeras y compañeros.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputada García Medina. Tiene ahora la palabra el diputado Raúl Gómez Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, también por tres minutos.
El diputado Raúl Gómez Ramírez:Con su permiso, señor presidente. Señoras y señores legisladores, el día de hoy nos ocupa un hecho que demanda una atención urgente.Para dar solución a una problemática que se traduce en una grave crisis humanitaria que afecta a un sector particularmente vulnerable de la población migrante, es decir, los migrantes menores de edad no acompañados.
Como se menciona en el presente punto de acuerdo, el incremento del flujo de niñas y niños menores migrantes que viajan sin compañía, principalmente desde México, Guatemala, Hondura, Nicaragua y El Salvador hacia los Estados Unidos, se ha incrementado considerablemente en los últimos cinco años. Esto obedece a una situación de inseguridad y violencia que viven en sus países de origen, así como por un deseo de reunificación con sus familias que radican en nuestro vecino país del norte.
De acuerdo con información vertida por diversos medios de comunicación, el problema de desplazamiento de niñas y niños centroamericanos y mexicanos se debe al rumor que se ha corrido en el sentido de que cuando lleguen a Estados Unidos van a gozar de una protección automática, lo cual carece de verdad debido a una ausencia de una reforma migratoria en Estados Unidos.
Los alcances y beneficios de esta materia se han visto muy limitados. Por todos son conocidos los principios y riesgos a los que se enfrentan los menores migrantes no acompañados durante su camino hacia Estados Unidos, entre los que destacan la explotación sexual, la explotación laboral, la criminalización por parte de autoridades migratorias y secuestro por parte de asociaciones delictivas para ser parte de las filas del crimen organizado, entre otros.
Esta situación requiere de una atención puntual por parte de los países anteriormente mencionados a través del reconocimiento de responsabilidades a efecto de retomar y redoblar esfuerzos para atender las causas fundamentales de la salida de las niños y niñas de sus países de origen.
Señoras y señores legisladores: como lo hemos manifestado en oportunidades anteriores, para Acción Nacional la migración se inscribe como un fenómeno cuya atención requiere de un esfuerzo integral por parte de los países con la finalidad de velar por la salvaguarda de los derechos humanos más allá de las fronteras entre los mismos, es decir, asegurar y promover su cumplimiento dentro del concierto internacional.
Es por ello que, enfocados en salvaguardar la dignidad de la persona humana, solicitamos su voto a favor del presente punto de acuerdo con la finalidad de asegurar que los niños cuenten con una protección eficaz e integral de cada uno de sus derechos y cuyo cumplimiento se inscriba como una obligación puntual por parte de los países involucrados en esta problemática.
Señoras y señores: el problema de las niñas y niños migrantes no acompañados no es para estar dando discursos mediáticos ni de los legisladores ni de los gobiernos que están inmiscuidos en esta problemática. Por eso el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional votará a favor y les pide a todas y todos ustedes votar a favor de este punto de acuerdo. Es cuanto, señor Presidente. Gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, señor diputado Raúl Gómez. Tiene ahora la palabra la diputada Leticia Calderón Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por tres minutos.
La diputada Leticia Calderón Ramírez:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores: es imposible negar que el flujo migratorio de las niños, niños y adolescentes no acompañados hacia los Estados Unidos de Norteamérica ha sufrido un aumento considerable, debido a la problemática social y económica de sus países de origen.Es obligado también señalar que, desde esta misma tribuna, el Grupo Parlamentario del PRI ha insistido una y otra vez en que los flujos migratorios no son responsabilidad exclusiva de los países de origen, sino también de los países de tránsito y destino.
El tema migratorio por la problemática que representa en nuestros días, debe posicionarse como una prioridad en las agendas nacional e internacional, particularmente en la de los países implicados en la región.
El fenómeno migratorio debe ser atendido de manera urgente e integral debido a la magnitud y alcances del mismo. El sueño americano pasa por territorio mexicano, un sueño que persigue diferentes objetivos, todos ellos sin duda legítimos, y que tienen como eje rector gozar de una mejor calidad de vida y nuevas oportunidades.
Es preciso reconocer que este fenómeno social también implica un drama humano, y ha derivado en una verdadera crisis humanitaria debido a la gran cantidad de menores de edad que se han visto reducidos a situaciones de máxima vulnerabilidad; niñas, niños enfrentan todos los días condiciones de soledad, de desamparo, de desigualdad y de exclusión en un entorno social ajeno, indiferente y hostil.
Es imperante que la comunidad mundial asuma de manera permanente y con una visión humanitaria y humanista la responsabilidad de garantizar la vida, la seguridad, la dignidad y los derechos humanos de las y los menores de edad que van en busca de un futuro más promisorio.
Miles de menores de edad sólo han cruzado y siguen cruzando la frontera de México hacia Estados Unidos buscando mejores condiciones de vida, reunirse con sus familiares, huir de su realidad y encontrar alguna oportunidad que les permita hacer sus sueños realidad, por lo que es menester encontrar una respuesta a este éxodo de niñas y niños centroamericanos.
Sabemos por las cifras reveladoras en los medios de comunicación, que desde octubre del 2013, más de 52 mil niños y niñas fueron detenidos en Estados Unidos, particularmente en Texas y Arizona, dos estados fronterizos con México, en donde los centros de detención y bases militares se vieron saturados; las imágenes, por más desgarradoras, dieron cuenta del hacinamiento en la espera de su deportación. De cada diez, cuatro menores ni siquiera llegan a la frontera norte, es decir, quedan a su suerte siendo presa fácil de los peores delitos y peligros. La realidad es alarmante.
La cruda realidad por la que atraviesa la infancia migrante nos lleva a esgrimir lo establecido en los diversos instrumentos internacionales, así como salvaguardar sus derechos humanos y fundamentales, no importa su lugar de origen, las causas que los motivan, el lugar donde son interceptados, lo relevante es que son nuestros congéneres.
Son nuevas generaciones de seres humanos que tienen derecho a habitar el mundo en condiciones de respeto, de igualdad, de equidad y de justicia. En razón de lo anterior, el Grupo Parlamentario del PRI coincide con la necesidad de impulsar acciones conjuntas con nuestras naciones hermanas. De ahí, que tomar la iniciativa para convocar tanto a los países expulsores de tránsito y receptores, resulta una medida no sólo viable sino también urgente.
Estamos a favor del punto de acuerdo que se ha puesto a nuestra consideración porque estamos a favor de la coordinación internacional para enfrentar y resolver los problemas que nos son comunes. Estamos a favor de la propuesta porque pensamos que las niñas y los niños del mundo son responsabilidad de todos.
Nuestro voto será a favor, porque la realidad de la niñez de nuestro continente reclama acciones humanitarias y visiones humanistas. Hoy las niñas y los niños de América y del resto del orbe deben ser mirados en su integralidad, en su totalidad y en su dimensión humana, para lo cual es preciso posibilitarles el libre goce y ejercicio de todos sus derechos. Muchas gracias por su atención.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Leticia Calderón. En atención de que se ha agotado la lista de oradores y con apoyo en el artículo 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados pido a la Secretaría que consulte, en votación económica, a la asamblea si es de aprobarse el acuerdo.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado. Comuníquese.
VALES DE MEDICINA
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De conformidad con el artículo 76, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Enrique Aubry para presentar proporción con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a fin de realizar las acciones necesarias para instrumentar un programa que asegure el suministro oportuno y completo de las recetas prescritas a los asegurados y derechohabientes del IMSS y del ISSSTE, y suscrita por integrantes la propuesta del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. Adelante, diputado.
El diputado Enrique Aubry de Castro Palomino:Con su venia, señor presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante.
El diputado Enrique Aubry de Castro Palomino: Compañeras diputadas y compañeros diputados, desde el inicio de la administración el actual gobierno federal reconoció que diversos factores sociales, como la protección de los derechos humanos, la salud y la educación, forman parte fundamental para que México logre su máximo potencial de desarrollo.
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 es un instrumento que fija cinco metas prioritarias: la paz, la inclusión, la educación de calidad, la prosperidad y, en general, la responsabilidad global.
En el México incluyente se establecen las estrategias para garantizar los derechos fundamentales a través de una red de protección social que permita el acceso a la salud con finalidad de evitar enfermedades inesperadas que perjudiquen la economía familiar.
Esta acción es identificada por el gobierno federal en el Programa Sectorial, como el abasto de medicamentos en las instituciones del sector público, ésta en lo más alto de la agenda gubernamental. Con ello el gobierno federal está demostrando que no sólo considera la salud como una garantía individual, sino como un elemento fundamental para incrementar la calidad de vida de los mexicanos y una estrategia que permita el desarrollo de México.
En este sentido, el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 señala que el surtimiento de medicamentos es un aspecto integrado al acceso a la salud, por ello debe analizarse con puntualidad con la finalidad de garantizar este derecho constitucional.
En el diagnóstico de dicho Programa se determinó que existen diferencias del 35.6 por ciento del surtimiento total de una receta. Adicionalmente, la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012 indicó que los medicamentos constituyen más del 50 por ciento del gasto en salud de los hogares de México.
Asimismo, el Instituto Nacional de Salud Pública señala que en la mitad de las entidades del país la proporción de recetas surtidas completamente por el gobierno fue de apenas 46 por ciento, lo que significa que en promedio no se surtieron de manera completa más de 50 por ciento de las recetas médicas.
Esta situación coloca a nuestro país como el segundo a nivel mundial con mayor gasto en medicamentos en relación con el gasto total en salud, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico. Todo esto nos resulta muy preocupante ya que los mexicanos deben sumar a sus gastos mensuales el correspondiente al pago de medicinas, aun cuando éstos cuentan con la protección de salud a la que por ley tienen derecho.
Desafortunadamente hasta el día de hoy no ha existido un mecanismo eficiente que garantice el suficiente abasto de medicamentos básicos, por ello el presente punto de acuerdo busca generar estrategias que permitan garantizar los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado el abasto oportuno de sus medicamentos.
Asimismo, se pretende que el gobierno federal dé cumplimiento a los objetivos planteados tanto en el Plan Nacional de Derecho del Desarrollo 2013-2018 y el Programa Sectorial de Salud, que buscan ampliar el acceso a la seguridad social a través de programas de distribución de medicinas que ajusten los incentivos de las instituciones de salud pública, los proveedores de medicamentos y los ciudadanos usuarios.
En atención a lo anteriormente expuesto, las diputadas y los diputados del Partido Verde Ecologista de México ponemos a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo Federal a realizar las acciones necesarias para instrumentar un programa para la emisión de vales de medicinas, o bien un mecanismo que asegure el suministro oportuno y completo de las recetas prescritas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a sus derechohabientes. Es cuanto, señor presidente.
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar las acciones conducentes a instaurar un programa para la emisión de vales de medicinas, o bien, un instrumento que garantice el suministro oportuno y completo de las recetas prescritas por el IMSS y el ISSSTE a los derechohabientes, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 79 numeral 1 fracción II, y numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados someten a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo relativo al abasto oportuno de medicamentos de urgente u obvia resolución, con base en la siguiente
Exposición de MotivosEl actual gobierno federal desde el inicio de su administración reconoció que diversos factores sociales como la protección de los derechos humanos, la salud y la educación, forman parte fundamental para que México logre su máximo potencial de desarrollo.
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, es un instrumento que permite la transversalidad de las acciones gubernamentales, a través de cinco metas nacionales.
1. México en paz
2. México incluyente
3. México con educación de calidad
4. México próspero
5. México con responsabilidad global
En el México incluyente, se establecen las estrategias para garantizar los derechos fundamentales a través de una red de protección social que permita, entre otros, el acceso a la salud, con la finalidad de evitar enfermedades inesperadas que perjudiquen la economía familiar.
Con ello, el gobierno federal está demostrando que no sólo considera la salud como una garantía individual la cual debe cubrir, sino como un elemento fundamental para incrementar la calidad de vida de los mexicanos y una estrategia que permita el desarrollo de México.
En este sentido, el Programa Sectorial de Salud 2013-2018, indica que el surtimiento de medicamentos es un aspecto integrado al acceso a la salud, por ello debe analizarse con puntualidad, con la finalidad de garantizar este derecho constitucional.
En el diagnóstico de dicho programa, se determinó que existen deficiencias de 35.6 por ciento del surtimiento total de una receta.
Lo anterior muestra que es necesario llevar a cabo acciones para lograr el surtimiento total de recetas médicas. Acción identificada por el gobierno federal en el programa sectorial, en el cual se indica que el abasto de medicamentos en las instituciones del sector público esta? en lo más alto de la agenda gubernamental.
Adicionalmente, la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012, indicó que los medicamentos constituyen más de 50 por ciento del gasto en salud de los hogares en México y entre los hogares más pobres que incurren en gastos catastróficos, los gastos en medicamentos constituyen el componente más relevante.
Como se deduce con la información anterior, la mayor parte del gasto familiar en salud se destina a medicamentos.
Asimismo, el Instituto Nacional de Salud Pública, respecto de la distribución regional, señala que en la mitad de las entidades del país la proporción de recetas surtidas completamente fue de apenas 46 por ciento, lo que significa que en promedio no se surtieron de manera completa más de 54 por ciento de las recetas médicas en 2011; mientras que en 2010, 48 por ciento del gasto de tratamientos y medicinas en México fue pagado del bolsillo de las familias de menores ingresos, que desembolsaron en promedio 5 mil 138 pesos anuales.
Dicha situación, coloca a nuestro país como el segundo a nivel mundial con mayor gasto en medicamentos en relación con el gasto total en salud de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Situación por demás preocupante, ya que los mexicanos deben sumar a sus gastos mensuales el correspondiente al pago de medicinas, aun cuando éstos cuenten con la protección de su salud a la que por ley tienen derecho.
Desafortunadamente, hasta hoy no ha existido un mecanismo eficiente que garantice el suficiente abasto de medicamentos básicos.
Por ello, el presente punto de acuerdo busca generar estrategias que permitan garantizar a los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el abasto oportuno de sus medicamentos.
Asimismo, se pretende que el gobierno federal dé cumplimiento a los objetivos planteados, tanto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y el Programa Sectorial de Salud, que a la letra dicen:
Plan Nacional de Desarrollo
Objetivo 2.4. Ampliar el acceso a la seguridad social.
Estrategia 2.4.3. Instrumentar una gestión financiera de los organismos de seguridad social que garantice la sustentabilidad del Sistema de Seguridad Social en el mediano y largo plazos.
Línea de acción. Implementarprogramasdedistribucióndemedicinasqueali neenlosincentivosdelas instituciones de salud pública, los proveedores de medicamentos y los ciudadanos usuarios.
Programa Sectorial de Salud
Objetivo 2. Asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud con calidad.
Estrategia 2.6. Garantizar el acceso a medicamentos e insumos para la salud de calidad.
Líneas de acción
2.6.1. Fortalecer la cadena de suministro de medicamentos e insumos en las instituciones públicas de salud.
2.6.2. Incrementar el abasto de medicamentos y biológicos de acuerdo a las necesidades locales.
2.6.3. Implementar programas de distribución de medicamentos que alineen los incentivos de las instituciones de todos los participantes.
2.6.4. Fomentar el uso racional de la prescripción de medicamentos.
Estrategia 2.7. Instrumentar la Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes.
Línea de acción
2.7.5. Asegurar el abasto oportuno y completo de medicamentos e insumos.
Objetivo 5. Asegurar la generación y uso efectivo de los recursos en salud.
Estrategia 5.5. Fomentar un gasto eficiente en medicamentos e insumos.
Líneas de acción
5.5.6. Aplicar esquemas novedosos de compra y abasto de medicamentos para asegurar su surtimiento.
En atención a lo anteriormente expuesto, los diputados que suscribimos ponemos a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente proposición de urgente u obvia resolución:
Punto de AcuerdoÚnico. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal a realizar las acciones necesarias para instrumentar un programa para la emisión de vales de medicinas o bien un mecanismo que asegure el suministro oportuno y completo de las recetas prescritas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a sus derechohabientes.
Notas:
1. Secretaría de Salud, 2013, Programa Sectorial de Salud 2013-2018, http://www.salud.gob.mx/indicadores1318/pdf/programa.pdf, consultada el 30 de agosto de 2014, página 36
2. Secretaría de Salud, Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, El surtimiento de medicamentos recetados en las instituciones públicas de salud, y el gasto en medicamentos en México en 2006 y 2012.http://ensanut.insp.mx/doctos/seminario/M0501.pdf Consultado 30 de agosto de 2014.
3. Getting it Right, Una Agenda Estratégica para las reformas en México, OCDE.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2014. Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Enrique Aubry de Castro Palomino, Ricardo Astudillo Suárez, Rubén Acosta Montoya, Felipe Arturo Camarena García, Carlos Octavio Castellanos Mijares, Antonio Cuéllar Steffan, Mónica García de la Fuente, Ana Lilia Garza Cadena, Federico José González Luna Bueno, Mario Francisco Guillén Guillén, Lourdes Adriana López Moreno, Laura Ximena Martel Cantú, Gabriela Medrano Galindo, Héctor Narcia Álvarez, Ernesto Núñez Aguilar, Nabor Ochoa López, Javier Orozco Gómez, Carla Alicia Padilla Ramos, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, Rosa Elba Pérez Hernández, Lourdes Adriana López Moreno, Laura Ximena Martel Cantú, Tomás Torres Mercado, Amílcar Augusto Villafuerte Trujillo, Martha Edith Vital Vera, Ruth Zavaleta Salgado.»
Presidencia del diputado Silvano Aureoles Conejo
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Muchas gracias, ciudadano diputado, gracias a usted. Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica, si se considera de urgente resolución.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Sí se considera de urgente resolución. En consecuencia, tiene el uso de la palabra el diputado Rubén Benjamín Félix Hays, del Partido Nueva Alianza.
El diputado Rubén Benjamín Félix Hays:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza estamos convencidos de la prioridad que debe tener en la agenda federal el tema de la salud pública y en especial el enorme desabasto de medicamentos que existe en las clínicas, tanto en el IMSS, ISSSTE, así como en el sector salud federal.Es urgente que la Secretaría de Salud federal implemente o modifique las estrategias para combatir el desabasto de medicamentos. Las estadísticas son alarmantes si consideramos que en las zonas rurales y en las regiones marginadas las familias pueden llegar a destinar más de la mitad de su ingreso mensual en la atención médica y compra de fármacos.
El artículo 4o. constitucional señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.
Lo que sin duda refiere a la atención médica de calidad y, sobre todo, la garantía de acceso a medicamentos prescritos para los diversos padecimientos de las y los mexicanos.
En el PEF 2014 se regresó al control de la federación la compra consolidada de los medicamentos, buscando una mayor transparencia en el combate a la corrupción en las entidades federativas. Esta acción implementada por el gobierno federal parecía ser un gran avance. Sin embargo, hoy en día el desabasto de medicamentos sigue siendo recurrentemente una de las mayores quejas que presentan los derechohabientes del sistema salud.
La histórica corrupción de la que ha sido víctima el sector salud en materia de compra de medicamentos sólo repercute en las y los ciudadanos que han tenido qué destinar parte de sus quincenas a subsanar las deficiencias que las diversas instituciones de salud tienen en este rubro.
Las y los diputados de Nueva Alianza exigimos que el gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud modifique la política y los programas para la distribución de medicamentos. De tal forma que se garantice en su totalidad el abasto de los mismos y así los pacientes no tengan qué desembolsar de su dinero para la compra de los mismos.
Por lo anterior, las diputadas y diputados de Nueva Alianza votaremos a favor del presente dictamen. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Muchas gracias, señor diputado Rubén Benjamín Félix. Tiene ahora el uso de la palabra la diputada María del Carmen Martínez Santillán, del Partido del Trabajo.
La diputada María del Carmen Martínez Santillán:Con la venia de la Presidencia. Los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, queremos expresarle al pueblo de México y a esta soberanía, nuestro desacuerdo en convalidar la descarada intención de convertir el derecho a la salud de los mexicanos en un asunto mercantil.La economía en materia de salud es un tema delicado y especial, en razón de que las reglas mercantiles ordinarias no tienen aplicación en el tema de salud. Lo que el presente punto de acuerdo describe de fondo tiene que ver con una promesa electoral, que desvincula la obligación del Estado en materia de derecho en salud.
Nuestra postura no es un solo acto de simple y llana oposición, sino de un acto de justicia y reconocimiento de los logros de las instituciones de salud social más importantes y benévolas de nuestro país.
En nuestra postura, el seguir luchando por dar una adecuada solución al tema de los rezagos en el sistema de seguridad social, se trata de garantizar el buen funcionamiento, operatividad, transparencia y eficacia de los institutos públicos en materia de seguridad social.
Compañeras y compañeros diputados, al pueblo de México queremos decirle, que la aprobación en instrumentar un programa para la emisión de vales de medicina en el IMSS e ISSSTE es una contradicción en el sistema de salud, ello en virtud de que los mismos nacieron con la idea de ser públicos, solidarios, subsidiarios para las clases trabajadoras. Sin embargo, hoy se pretende privatizar poco a poco, iniciando con un sector que debería ser público del Estado para beneficio de los mexicanos.
Sabemos que se está tratando de hacer creer a la población que el IMSS e ISSSTE ya no cumplen con sus funciones, a efecto de perfilar una futura privatización del sector. En el Partido del Trabajo no estamos de acuerdo con aquello que ven a la salud pública como algo insostenible, manera disimulada para pronunciarse a favor de la privatización del sector salud, en el que siguiendo la tendencia neoliberal serán los más pobres condenados a morir.
No se trata sólo de satisfacer la demanda de medicamentos, sino de implementar programas de salud preventiva. Es la información una valiosa herramienta para que los ciudadanos sepan cuidarse mejor, reduciendo los riesgos de una enfermedad.
No sólo es un asunto de responsabilidad personal, sino un asunto que también compete al Estado y sus instituciones. Hay que decirlo claramente, son muchos los intereses personales y perversos, que quieren convertir a los mexicanos en personas enfermas, desde las grandes cadenas de comida rápida hasta las grandes farmacéuticas que han visto en la salud el gran negocio económico.
Por qué otorgar vales de medicina, si se supone que las farmacias propias de los institutos de salud deberían de contar con todo lo necesario, ¿Acaso no es responsabilidad del gobierno mantener el adecuado abastecimiento de las farmacias del IMSS e ISSSTE?
El vale de medicamentos tendrá que ser pagado por el gobierno a los particulares, entonces, ¿Por qué no se usa este dinero para el abastecimiento de medicamentos y del Instituto de Seguridad Social e IMSS? Muchísimas gracias y es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Muchas gracias, diputada. Se concede el uso de la palabra ahora, al diputado José Luis Valle Magaña, de Movimiento Ciudadano.
El diputado José Luis Valle Magaña:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros, el derecho irrestricto de toda persona a la protección de su derecho a la salud en nuestro orden jurídico se encuentra consagrado en el párrafo cuarto, del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Así también, la Ley General de Salud contempla que el amparo social de la salud resulta ser el mecanismo por excelencia, a través del cual el Estado garantiza el pleno ejercicio de esta prerrogativa constitucional, por medio del acceso efectivo, oportuno, adecuado y de calidad y sin discriminación de los servicios médico quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud a favor de toda persona.
De igual manera, la posibilidad de acceso a las medicinas suficientes que permitan mantener o preservar las condiciones de salud adecuadas son un requisito indispensable para garantizar efectivamente la protección de este derecho.
Así, todo medicamento representa un insumo básico dentro de un proceso terapéutico, por lo que el uso racional de los mismos demanda un abasto suficiente y oportuno, el cual debe ser uno de los principales objetivos dentro del sistema público de salud.
No obstante lo anterior, en México un número cada vez mayor de usuarios de los servicios de medicina pública experimentan un verdadero calvario día a día, pues el desabasto de medicinas es una constante, lo cual los obliga a acudir, en reiteradas ocasiones, a la unidad médica para que se los proporcionen.
En algunos casos se habla que el retraso en la entrega del medicamento va de tres hasta 30 días, lo cual pone en riesgo la salud de los pacientes, impidiendo que sus problemas de salud sean superados.
A pesar de la negativa de las autoridades de salud, son innegables y recurrentes las noticias respecto al desabasto de medicamentos en diversas unidades médicas de todo el país, tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, lo cual es por demás lamentable, ya que nos habla que es un conflicto que se minimiza y no se le está viendo en su debida proporción.
Actualmente la incapacidad para proporcionar las medicinas que necesitan los pacientes, de enfermedades de tipo crónico degenerativas forman parte del principal desabasto, afectando cientos de usuarios de clínicas y hospitales de las instituciones de salud pública.
Ante la permanente falta de medicamos y la imposibilidad de los pacientes de esperar semanas para recibir la dosis asignada, familiares de estos o ellos mismos, en el mejor de los casos, adquieren el producto por su cuenta.
Sin embargo, el gasto en medicinas tiene un impacto sustancial en el ingreso de las familias, ya que esto significa un doble pago por un servicio de salud pública, ya que además de cubrir la cuota correspondiente, en cualquiera de los institutos, costean la compra de sus medicamentos, especialmente en las más pobres que pueden llegar a consumir más de la mitad de su ingreso mensual en atención médica, por ello, este gasto se convierte en un evento catastrófico para ellas.
Debemos ser conscientes que la falta de medicamentos en las clínicas y hospitales de los sistemas públicos de salud no solo atiende a un problema de mala administración, falta de transparencia, corrupción, en cuanto a la asignación del gasto, sino que atenta contra la salud y vida de miles de mexicanos vulnerando sus derechos constitucionales.
Por lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano, votará a favor del presente punto de acuerdo. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Gracias, diputado. Tiene ahora el uso de la palabra, la diputada Jessica Salazar Trejo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada Jessica Salazar Trejo:Buenas tardes, compañeras y compañeros. Si bien es cierto que hay un problema de surtimiento de recetas que tiene mucho que ver con los procesos de licitación y la logística de distribución, también es cierto que durante el sexenio pasado ya presentaron esta misma intención de apoyar el surtimiento de recetas a través de vales de medicamentos.El ISSSTE durante el sexenio pasado se enfrentó al escándalo más grande de adquisición de medicamentos con un sobreprecio de hasta el mil 300 por ciento, sin que a la fecha no haya un responsable este fraude el cual no se ha solucionado, localizando en otras farmacias el medicamento que no se encontró en el de la unidad médica de prescripción o comprando aquellos que sean de urgente aplicación.
Como muestra un botón, la campaña mediática de la campaña electoral de Enrique Peña Nieto por lo de los vales de medicina, sin duda es un negocio para los distribuidores farmacéuticos, como se muestra a continuación.
El ISSSTE desde el 2009 decidió requerir el servicio de logística y distribución de medicamentos por la problemática que se tenía en los almacenes y farmacias, consistente en ciclos de abasto muy prolongados, 45 días, de hasta cinco veces en inventario, ausencia de un sistema de información confiable, alto nivel de merma cuyo costo es asumido por el instituto, caduco, robos o rotos, desabasto, recursos humanos limitados, falta de áreas adecuadas para resguardar y controlar los medicamentos e insumos para la salud entre otros.
Por lo anterior, en el año 2009 se licitó al Servicio Integral de Administración y Operación de la cadena de suministros de medicamentos y material de curación en el ámbito nacional, cuyo objetivo consiste en garantizar el abasto de medicamento y material de curación así como abatir el tiempo de surtimiento, niveles de caducidad de medicamentos y sistematizar los procesos internos de la cadena de distribución de medicamentos desde el proveedor hasta el derechohabiente.
La salud del país es sometida a las reglas del mercado, al avance tecnológico, a las patentes farmacéuticas, al registro de medicamentos y a la corrupción que hemos observado en las instituciones, como es el caso del Instituto de Seguridad y Servicios Social para los Trabajadores del Estado.
En diciembre de 2009 el programa Medex otorgó más de 69 mil vales con un costo de 100 millones 500 mil pesos, con un costo promedio de mil 500 pesos por vale. El mismo mes, pero de 2010, Medex otorgó más de 463 mil vales con un costo de 331 millones 432 mil 431 pesos. Es decir, cada medicamento tuvo un costo promedio de 714 pesos. En un año los vales de medicamentos crecieron en 571.1 por ciento.
En el mes de marzo de 2001 se otorgaron 205 mil 938 vales de medicinas con un costo de 386 millones de pesos. Es decir, cada vale de medicamentos en marzo costó mil 874 pesos.
Según la revisión de diversos documentos del programa Medex, se puede constatar que hay un multimillonario negocio que favorece a una sola empresa: Fármacos Nacionales que es filial de Fármacos Especializados.
La distribución de medicamentos que se hace en las farmacias del ISSSTE es a través de una licitación multianual que desde el 2009 funciona y que fue adjudicada por tres mil 500 millones de pesos, para el almacenamiento y distribución de medicamentos a favor de Fármacos Especializados.
Cabe mencionar que los productos que no se encuentran en las farmacias del ISSSTE serán surtidos por la empresa de Fármacos Nacionales a través del programa Medex. Es decir, la empresa del padre que no surta, lo surtirá la empresa de los hijos. Un negocio redondo.
El ISSSTE tiene gastos para compra de medicamentos por al menos de dos mil 500 millones de pesos anuales y Fármacos Especializados ha ganado al menos 700 millones de pesos en licitaciones.
Medex distribuye exclusivamente medicamentos patentados. Todos son tratamientos individuales donde se encuentran efectivamente todo tipo de medicamentos como son Viagra, Melox, Paracetamol, etcétera.
Sorprende mucho que Medex es una empresa que compra en promedio los siguientes medicamentos. Medicamentos para el tratamiento de cáncer 430 mil pesos; medicamentos para el Sida 23 mil pesos, viagra seis mil pesos, medicamentos para hipertensión 28 mil pesos, medicamentos para la diabetes 88 mil pesos, medicamentos para artritis reumatoide 230 mil pesos, medicamentos para esclerosis múltiple 21 mil pesos.
Estos medicamentos no son producto de una licitación pública conforme a la Ley de Adquisiciones y está en riesgo el patrimonio de los mexicanos y los recursos para los derechohabientes. ¿Por qué todos estos medicamentos se gastan en una semana promedio por el Medex? ¿Es legal un acuerdo de la Junta Directiva del ISSSTE para que no pasen por licitación ni a precios nacionales estos medicamentos? Medex es una adjudicación directa a un particular con costos altísimos donde transgreden todas las normas del cuidado patrimonial.
Los problemas de abasto de medicamentos en el ISSSTE tienen que ver con una pésima administración que, por omisión o instrucción, están jugando con la salud de la gente para mantener contratos de subrogación de medicamentos y de la distribución de los mismos.
El planteamiento del diputado Escudero tiene mucho que ver con una propuesta de dicho partido para que si el IMSS no te proporciona las medicinas, que el gobierno te las pague, conforme a la campaña política que enarbolaron cuya publicidad sigue diciendo espera resultados.
Esto significa simplemente una propuesta electorera que además tiene un componente comercial si se considera que los vales de medicina pueden canalizarse a cadenas de farmacias que venden medicamentos a bajo costo como las Farmacias Similares y cuyos dueños tienen relación con el partido político ya mencionado.
La propuesta del Grupo Parlamentario del PRD es que la Cámara de Diputados incluya en el Presupuesto de Egresos el gasto que haga el IMSSS e ISSSTE en la compra de estas medicinas que no surten.
El compromiso de dar atención farmacéutica está establecido en la Ley del IMSS y del ISSSTE y no tendría sustento decir que con recursos fiscales se va a suplir lo que en dicho instituto no hay.
Por otra parte aceptar esta subrogación como en los hechos se aceptado la subrogación de guarderías, no es sino seguir también la ruta de la privatización silenciosa de todos los demás servicios que presta el IMSS incluidos los servicios médicos. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Muchas gracias, diputada Salazar Trejo.
Antes de continuar quiero a nombre de la Cámara de Diputados darles la bienvenida y saludar a un grupo de ciudadanos de la tercera edad, el Grupo Reforma Agraria Cuarta Sección y Grupo Conis, invitados por el diputado Marcos Aguilar Vega. Bienvenidas y bienvenidos.
Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del Partido Acción Nacional.
El diputado Mario Alberto Dávila Delgado:Muy buenas tardes. Con su venia, diputado presidente. El Partido Acción Nacional desde sus inicios ha manifestado que para mejorar la calidad de vida de los habitantes es necesario promover políticas públicas eficientes, adecuadas e integrales sobre el acceso a los servicios de salud.El diseño correcto de dichas políticas determinará el abastecimiento de medicamentos, eficiencia en servicios, cobertura médica y quizás lo más importante, el desarrollo y la calidad de vida de la población.
Efectivamente en los últimos años el gasto en salud por parte de las familias mexicanas ha crecido considerablemente, específicamente en el rubro de los gastos relacionados con la adquisición de medicamentos.
Esto por un lado ha afectado a las economías familiares menos favorecidas y por otro es un indicador de las necesidades más urgentes que debe atender el gobierno mexicano en esta materia.
El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados, hemos sostenido que es indispensable mejorar los mecanismos para la eficiencia en los servicios de salud como por ejemplo el abasto adecuado de los medicamentos. Sorprende que la propuesta del Partido Verde se dé hasta ahora. Reconocemos que se trata de un asunto que desde la campaña manejaron como una de sus banderas.
Pero cabe decir que nosotros no daríamos nuestro aval a sabiendas de que este tema sea utilizado de mera acción de coyuntura tratándose de un asunto tan sensible y que se aprovechen los rasgos vulnerables de una sociedad con un fuerte interés político, sobre todo en vísperas de un proceso electoral. Hay que ver un poco más allá.
El presidente Peña Nieto ha señalado el impulso que dará a la universalidad de los servicios de salud.
En nuestro grupo parlamentario seguiremos atentos a sus propuestas y consideramos que sería bueno que ésta que hoy discutimos sea considerada e incluida como parte de una estrategia integral y ampliamente estructurada.
Señoras diputadas, señores diputados, como grupo parlamentario reiteramos que las políticas en salud deben garantizar mejores condiciones a todos los ciudadanos.
El abasto de medicamentos y el acceso de los servicios de salud, no debe estar subordinados a intereses políticos, sino que se trata de un asunto que hay que atender para garantizar los derechos sociales de todos los mexicanos.
El PAN se suma a proyectos que garanticen mejores prácticas en los servicios de salud como es este caso específico en el que votaremos a favor, pero dejamos muy en claro que este tema se debe de atender en el marco de una política social más integral en beneficio de todos los ciudadanos. Es cuanto, diputado Presidente. Muchas gracias.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Muchas gracias, ciudadano diputado. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Leobardo Alcalá Padilla, del Grupo Parlamentario del PRI.
El diputado Leobardo Alcalá Padilla:Con su permiso, señor Presidente y con el permiso de la Mesa Directiva y de mis compañeras y compañeros. Es para mí un privilegio el poder representar a mi partido en este posicionamiento sobre una serie de medicamentos y los vales que deberían de entregarle a miles y millones de ciudadanos. Felicito a Enrique Aubry, proponente de este punto de acuerdo, por la sensibilidad que ha tenido para con los ciudadanos.Y miren, los pongo en expectativa. Hoy México ha tenido, junto con el resto del mundo, la posibilidad de que sus ciudadanos sean mejor atendidos y atendidos en salud. La expectativa de vida ahora para las mujeres es de 76 años y para los varones es de 74 años. El grave problema es cómo envejecemos, es cómo crecemos y qué posibilidades tenemos de verdaderamente atender algún tipo de enfermedad.
Hablar de la diabetes: 14 millones de mexicanos, entre siete mil y hasta 70, 80 mil pesos mensuales. Hablar de la hipertensión, más de 20 millones de mexicanos hipertensos y oscilan las cantidades, si no se tiene complicación, entre siete, ocho mil pesos hasta 30 mil pesos mensuales de tratamiento médico. Ya no hablaría de hospitalización ni hablaría de intervenciones quirúrgicas.
Es lamentable que hoy una leve infección, el comprar antibióticos cueste más de 500 pesos el tratamiento semanal. Por eso decirles que el derecho a la protección de la salud es una prerrogativa contenida en nuestra carta magna, misma que, dentro de sus finalidades, se encuentra el bienestar físico o debería de encontrarse y mental de las personas para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades, así como de la prolongación y el mejoramiento de la calidad de vida. No es lo mismo prolongar la vida que prolongar la muerte.
En cumplimiento de lo que establece nuestra Constitución, el gobierno federal ha planteado diversas acciones tendientes a prevenir y en su caso atender las diversas enfermedades que nuestra población padece, mismas que se encuentran planeadas de forma específica en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa Sectorial de Salud 2013-1018.
Sin embargo, la atención adecuada para prevenir y combatir una enfermedad va estrechamente vinculada, entre otros factores, al medicamento que les proporcionen a los pacientes, si no existe un tratamiento adecuado y si no existe el hecho de poder manejarse con oportunidad y cumplir los tratamientos, conlleva a que haya resistencias bacterianas y que el costo del tratamiento por ende sea cada día más costoso.
La Encuesta Nacional de Salud efectuada en el año 2012, establece que el surtimiento total de los medicamentos que contienen las recetas médicas muestra que ya hay deficiencias que alcanzan cerca del 40 por ciento, por lo que consideramos que es un problema que se tiene que atender.
Hoy compañeras, compañeros, tengamos presente que el tratamiento adecuado de una enfermedad a través de la ingestión de los medicamentos necesarios permite proteger y mejorar el estado de salud de las personas, lo cual conlleva a un bienestar personal y familiar, así como un beneficio para el Estado, ya que se reducirán costos asociados a la atención médica de enfermedades que se pueden agravar incrementando, como ya lo había mencionado, los costos.
Por ello, los integrantes del grupo parlamentario de mi partido votaremos a favor del punto de acuerdo por el que se exhorta, y de manera respetuosa, al Poder Ejecutivo federal a realizar las acciones necesarias para que instrumenten un programa para la emisión de vales de medicina, o bien, un mecanismo que asegure el suministro oportuno y completo de las recetas prescritas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a sus derechohabientes.
La promoción, implementación e impulso de las acciones tendientes al aumento del bienestar físico y la calidad de salud en la población siempre serán impulsadas por los legisladores de mi partido.
Es por ello que nos unimos al enfoque de la Secretaría de Salud al considerar que el tema de abasto de medicamentos en las instituciones del sector público, está en lo más alto de la agenda gubernamental, porque con ello se cumplirá con unos de los fines emanados del derecho a la salud.
Por su atención, muchas gracias.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Muchas gracias, compañero diputado. Concluida la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica si se aprueba el acuerdo.
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Aprobado, comuníquese.
REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
La Secretaria diputada Graciela Saldaña Fraire: Se recibió de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados.
«Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo VI denominado Del procedimiento al resultado vinculante de la consulta popular y el artículo 234 bis al Título sexto del reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita diputada Aleida Alavez Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXII Legislatura y en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77, fracción I, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un capítulo VI denominado Del procedimiento al resultado vinculante de la consulta popular y un artículo 234 Bis al Título Sexto del Reglamento de la Cámara de Diputados, atento a lo siguiente
Planteamiento del problema
El pasado 14 de marzo de 2014,fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Consulta Popular, reglamentaria de la fracción VIII, del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo tercero transitorio, señala:
Cada una de las Cámaras realizará las adecuaciones necesarias a sus respectivos reglamentos, derivadas del presente decreto en un plazo no mayor a 180 días, contados a partir de su entrada en vigor.
De esta transcripción, se desprende que el plazo para adecuar el Reglamento fenecerá el próximo 14 de septiembre del año en curso, por lo que es ineludible, hacer las adecuaciones correspondientes en la materia, con la finalidad de dar certeza jurídica a la ley reglamentaria en materia de consulta popular.
En estas condiciones, es indispensable regular el procedimiento que debe seguir el resultado vinculante de la consulta popular para así dar cumplimiento al mandato constitucional, pues este derecho no puede ni debe conculcarse por la falta de regulación expresa.
Sólo se puede dictar un mandato público por una mayoría dentro de una consulta al pueblo y, la respuesta que corresponda a lo consultado, deberá cambiar la percepción social en el sentido de que el poder público realmente no le pertenece a los políticos ni a los detentadores del poder en curso, es decir, el pueblo que no tiene acceso a la decisión de su vida democrática, no vive en un sistema democrático.
Argumentación
El pasado 9 agosto de 2012, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política.
En este decreto, se adicionó la fracción VIII, del artículo 35 constitucional, previéndose la figura de la consulta popular, asimismo, en su artículo segundo transitorio, se estableció el plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor del decreto, para que el Congreso de la Unión expidiera la legislación reglamentaria de esta figura jurídica de democracia participativa.
Con fecha 14 de marzo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Consulta Popular, reglamentaria de la fracción VIII, del artículo 35 constitucional, para dar cumplimiento al artículo segundo transitorio de la reforma constitucional.
Asimismo, la Ley Federal de Consulta Popular, en su artículo tercero transitorio, ordenó que las Cámaras de Diputados y Senadores hicieran las adecuaciones respetivas a sus Reglamentos, en un plazo no mayor a 180 días.
Hasta el momento, la normatividad en esta materia no establece procedimiento parlamentario alguno que dé certeza al resultado final de la consulta popular vinculante, por ello, es que esta Cámara y la de Senadores, deben modificar sus Reglamentos para incorporar los mecanismos especiales que le den cumplimiento de manera formal.
En efecto, el Reglamento debe prever el multicitado procedimiento, al considerarse que el Congreso de la Unión es el actor que desde un inicio tiene conocimiento de la pretensión de someter al veredicto ciudadano algún tema de trascendencia nacional, que exprese aspiraciones y necesidades que deberán ser satisfechas por el órgano legislativo y, otros órganos y autoridades del Estado.
En estas condiciones, debemos recordar que la figura de la consulta popular es indispensable dentro de una democracia participativa frente al poder público y, que su naturaleza jurídica legitimará las decisiones del Estado, obligándolo a escuchar al pueblo como titular del poder público, sin embargo, esto no será posible de no establecerse el tratamiento especial que se le debe dar a dicha voluntad popular dentro de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión, si éstas no hacen las adecuaciones correspondientes a los instrumentos legales que rigen su vida parlamentaria.
En suma, el resultado de la consulta popular requiere de la existencia de mecanismos parlamentarios que eviten y resuelvan cualquier tipo de conflicto que ponga en peligro la gobernabilidad del país y el interés legítimo de la representatividad de los mexicanos.
Por tanto, se considera de la mayor importancia que se establezca el trámite que ha de seguir el resultado vinculante de la consulta popular, en esta Cámara de Diputados, por lo que se propone, adicionar un Capítulo VI denominado Del procedimiento al resultado vinculante de la consulta popular y un artículo 234 Bis, numerales 1, 2, 3, 4 y 5, al Título Sexto De los procedimientos especiales del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Por lo expuesto, someto a la consideración de la honorable Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de
Decreto que adiciona el capítulo VI denominado Del procedimiento al resultado vinculante de la consulta popular y el artículo 234 Bis al Título Sexto del Reglamento de la Cámara de Diputados
Artículo Único:Se adiciona el capítulo VI denominado Del procedimiento al resultado vinculante de la consulta popular y el artículo 234 Bis, numerales 1, 2, 3, 4 y 5 al Título Sexto De los procedimientos especiales del Reglamento de la Cámara de Diputados, como sigue:
Capítulo VI Del procedimiento al resultado vinculante de la consulta popular
Artículo 234 Bis.
1 . Una vez recibido el resultado de la consulta popular, enviado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y sus efectos sean vinculantes, se publicará en la Gaceta Parlamentaria y se observará el procedimiento establecido en los artículos 72, párrafo primero, Apartados A y H, de la Constitución; 66; 67, fracción III; y 70 de este Reglamento.
2. Cuando el resultado de la consulta popular no alcance el cuarenta por ciento de participación y, por ende, su resultado no sea vinculante, el presidente de la Mesa Directiva, publicará la resolución en la Gaceta Parlamentaria, dará cuenta al pleno y procederá a su archivo como asunto total y definitivamente concluido.
3. La Junta de Coordinación Política, en uso de sus facultades parlamentarias, hará del conocimiento del pleno para su votación, la creación de la Comisión Especial redactora de la iniciativa con proyecto de ley o decreto que dé cumplimiento al resultado de la consulta popular vinculante.
4. La comisión especial tendrá un término no mayor al establecido en el segundo párrafo del artículo 64 de la Ley Federal de Consulta Popular para elaborar la iniciativa de ley o decreto, observando en todo momento, la trascendencia nacional que reviste el asunto, por tanto, su atención deberá ser de urgente u obvia resolución.
5. Una vez elaborada la iniciativa, ésta será turnada a la Mesa Directiva para que en observancia a los artículos 59 y 82, numeral 2, del Reglamento, se someta a la consideración del pleno, por ser un asunto de interés público y de trascendencia nacional.
La discusión y votación de la iniciativa de ley ordinaria, deberá ser aprobada por mayoría absoluta y, tratándose de reforma constitucional, por mayoría calificada, en observancia a lo que alude el artículo 135 de la constitución.
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Cámara de Diputados, a 2 de septiembre de 2014. Diputada Aleida Alavez Ruiz (rúbrica).»
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para su dictamen.
CLAUSURA Y CITA
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo (a las 15:06): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 4 de septiembre de 2014 a las 11 horas, y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas del día. Muchas gracias.
O
RESUMEN DE TRABAJOS
Tiempo de duración de la sesión: 3 horas con 53 minutos
Quórum a la apertura de la sesión: 270 diputadas y diputados
Quórum al cierre del sistema de votación: 436 diputadas y diputados
Diputadas y diputados por grupo parlamentario que participaron durante la sesión: 36
NA 4
PT 3
MC 10
PVEM 3
PRD 5
PAN 5
PRI 6
Comunicaciones oficiales: 4
Comunicaciones de la Cámara de Senadores: 2
Licencias: 2
Toma de protesta: 1
Iniciativas: 2
Acuerdos de los órganos de gobierno: 6
Dictámenes de publicidad: 15
Dictamen aprobado: 1
Proposiciones con punto de acuerdo aprobadas: 2
DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)
VOTACIONES
Del dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
4 Anaya Gudiño, AlfredoAusente
5 Aguayo López, Miguel ÁngelAusente
6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor
7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
9 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
10 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
11 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
12 Arellano Guzmán, SalvadorAusente
13 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínAusente
14 Añorve Baños, ManuelFavor
15 Athie Flores, KamelFavor
16 Ayala Robles Linares, FlorAusente
17 Badillo Ramírez, DaríoAusente
18 Barajas del Toro, SalvadorFavor
19 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
20 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
21 Barrera Barrera, PetraFavor
22 Barrera Estrada, RodimiroFavor
23 Barrera Fortoul, LauraAusente
24 Barrueta Barón, NoéFavor
25 Bautista Villegas, OscarFavor
26 Beltrones Rivera, Manlio FabioAusente
27 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
28 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente
29 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
30 Bonilla Gómez, AdolfoFavor
31 Caballero Garza, BenitoFavor
32 Cabañas Aparicio, María EliaFavor
33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
34 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
36 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor
37 Cantú Segovia, EloyAusente
38 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor
39 Cárdenas Cantú, MiriamAusente
40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
41 Carreño Mijares, AngelinaAusente
42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
44 Castillo Valdez, BenjamínFavor
45 Charleston Hernández, FernandoFavor
46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
51 Cruz Morales, MaricruzFavor
52 Curi Naime, AlbertoAusente
53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
54 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor
55 Del Angel Acosta, JorgeFavor
56 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor
57 Del Moral Vela, Paulina AlejandraAusente
58 Delgadillo González, ClaudiaAusente
59 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
60 Díaz Palacios, Víctor EmanuelAusente
61 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
64 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
65 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
66 Félix Chávez, FaustinoAusente
67 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
68 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
69 Flores Méndez, José LuisFavor
70 Flores Sandoval, PatricioFavor
71 Flores Treviño, María de LourdesFavor
72 Fuentes Téllez, AdrianaAusente
73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelAusente
75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
76 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
77 Garay Cabada, MarinaFavor
78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
79 García Fernández, Maria de las NievesFavor
80 García García, HéctorFavor
81 García Hernández, JosefinaFavor
82 García Olmedo, María del RocíoFavor
83 Garza Moreno, María EstherFavor
84 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
86 Gómez Gómez, LuisFavor
87 Gómez Gómez, PedroFavor
88 Gómez Michel, GabrielFavor
89 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
90 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
91 González Cruz, CristinaFavor
92 González Domínguez, IselaFavor
93 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
94 González Gómez, CeciliaFavor
95 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
96 González Reséndiz, RafaelFavor
97 González Valdez, Marco AntonioFavor
98 González Vargas, FranciscoFavor
99 Grajales Palacios, FranciscoFavor
100 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
101 Guerra Garza, AbelFavor
102 Guevara González, Javier FilibertoFavor
103 Gurrión Matías, SamuelFavor
104 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
105 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente
106 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
107 Hernández Burgos, GaudencioFavor
108 Hernández González, NoéFavor
109 Hernández Iñiguez, AdrianaAusente
110 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
111 Hernández Tapia, Gerardo XavierAusente
112 Herrera Delgado, JorgeAusente
113 Huerta Rea, María de JesúsFavor
114 Inzunza Montoya, AlfonsoAusente
115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
116 King de la Rosa, RaymundoFavor
117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoAusente
118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
119 López Landero, TomásAusente
120 López Segura, María CarmenFavor
121 López Zavala, JavierFavor
122 Macías Sandoval, RaúlFavor
123 Madrid Tovilla, AreliFavor
124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
126 Márquez Martínez, José LuisFavor
127 Márquez Velasco, SilviaFavor
128 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor
129 Medina Fierro, RicardoFavor
130 Mejía García, LeticiaFavor
131 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
132 Mendoza Garza, JorgeAusente
133 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
134 Miranda Munive, EmilseFavor
135 Montano Guzmán, José AlejandroAusente
136 Montes Alvarado, AbrahamFavor
137 Morales Flores, JesúsAusente
138 Moreno Árcega, José IsidroFavor
139 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente
140 Moreno Montoya, José PilarFavor
141 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
142 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsAusente
143 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor
144 Nava Gómez, José EverardoFavor
145 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
146 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
147 Niaves López, Ossiel OmarFavor
148 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethAusente
149 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
150 Ochoa González, ArnoldoAusente
151 Olvera Correa, LuisFavor
152 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
153 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
154 Ortiz García, SalvadorAusente
155 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente
156 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
157 Padilla Navarro, CesarioFavor
158 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
159 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor
160 Pérez Anzueto, Hugo MauricioAusente
161 Pérez de Alba, José NoelFavor
162 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
163 Ponce Orozco, NormaFavor
164 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
165 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor
166 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
167 Rangel Espinosa, JoséAusente
168 Rangel Segovia, AlejandroFavor
169 Rellstab Carreto, TanyaFavor
170 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
171 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
172 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
173 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
174 Rojo García de Alba, José AntonioFavor
175 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
176 Romero Valencia, SalvadorAusente
177 Rubio Lara, Blas RamónAusente
178 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
179 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
180 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
181 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
182 Sahui Rivero, MauricioFavor
183 Salgado Delgado, FernandoFavor
184 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
185 Sámano Peralta, MiguelFavor
186 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor
187 Sánchez Romero, CarlosFavor
188 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
189 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
190 Sosa Altamira, William RenánFavor
191 Terán Guevara, María RebecaAusente
192 Terán Juárez, JorgeFavor
193 Treviño Cantú, JavierFavor
194 Treviño Villarreal, Pedro PabloAusente
195 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
196 Valanci Buzali, SimónFavor
197 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
198 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
199 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
200 Vázquez Saut, ReginaFavor
201 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
202 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
203 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
204 Velázquez López, MirnaFavor
205 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor
206 Velázquez Sánchez, MaricelaAusente
207 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
208 Villaseñor Vargas, María de la PalomaAusente
209 Vitela Rodríguez, Alma MarinaAusente
210 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
211 Zamora Morales, FernandoFavor
212 Zepeda González, Francisco AlbertoAusente
Favor: 166
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 46
Total: 212
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelAusente
2 Adame Alemán, Juan PabloFavor
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor
6 Alonso Morelli, HumbertoFavor
7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
8 Anaya Llamas, José GuillermoAusente
9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
11 Argüelles Loya, ConsueloAusente
12 Azuara Zúñiga, XavierFavor
13 Botello Montes, José AlfredoFavor
14 Bueno Torio, JuanFavor
15 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
16 Camarillo Ortega, RubénFavor
17 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
18 Carreño Muro, GenaroFavor
19 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
20 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
21 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
22 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor
23 Cortés Berumen, IsaíasFavor
24 Cruz Mendoza, EufrosinaAusente
25 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
26 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
27 De la Rosa Escalante, ArturoFavor
28 De León Pérez, María EugeniaFavor
29 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
30 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorFavor
31 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor
32 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor
33 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor
34 García González, Carlos AlbertoAusente
35 García Ramírez, José GuadalupeFavor
36 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
37 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
38 Gómez Ramírez, RaúlFavor
39 González Carrillo, AdrianaFavor
40 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
41 González Morfín, JoséAusente
42 González Serna, José ÁngelFavor
43 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
44 Gúzman Cervantes, Carlos BernardoFavor
45 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
46 Jiménez Castillo, BlancaFavor
47 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
48 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
49 Labastida Sotelo, KarinaFavor
50 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
51 Licea González, MargaritaFavor
52 Llanas Alba, José AlejandroAusente
53 López Birlain, Ana PaolaAusente
54 López Cisneros, José MartínFavor
55 López Landero, LeticiaFavor
56 López López, RaudelFavor
57 López Noriega, AlejandraFavor
58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor
59 Lugo Barriga, PatriciaFavor
60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor
61 Mondragón González, María GuadalupeAusente
62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaAusente
63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
64 Neblina Vega, HebertoFavor
65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
66 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
67 Orta Coronado, MarcelinaFavor
68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
69 Othón Zayas, MáximoFavor
70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor
71 Pacheco Díaz, GermánFavor
72 Pantoja Hernández, LeslieFavor
73 Paz Alonzo, RaúlFavor
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor
76 Peña Avilés, GerardoFavor
77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
79 Quintana Salinas, EstherFavor
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor
81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor
82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoAusente
86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor
90 Romero Sevilla, LeonorFavor
91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor
92 Sada Pérez, VerónicaFavor
93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
94 Salinas Garza, José ArturoFavor
95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioAusente
97 Sánchez Ruiz, MarioFavor
98 Serralde Martínez, VíctorAusente
99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor
100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
102 Trejo Reyes, José IsabelAusente
103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente
108 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
109 Villarreal García, RicardoFavor
110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
112 Zamora García, AlfredoFavor
113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
114 Zepeda Vidales, DamiánFavor
Favor: 98
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 16
Total: 114
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaFavor
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor
3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoAusente
10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroAusente
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesAusente
27 Cruz Ramírez, ArturoFavor
28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoAusente
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaFavor
34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor
36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
37 Flores Aguayo, UrielFavor
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroAusente
39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
40 García Conejo, AntonioAusente
41 García Medina, Amalia DoloresFavor
42 García Reyes, VerónicaFavor
43 Garza Ruvalcaba, MarceloAusente
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoAusente
45 González Barrios, RodrigoAusente
46 González Bautista, ValentínFavor
47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
49 Jardines Fraire, JhonatanFavor
50 Jarquín, HugoAusente
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
52 León Mendívil, José AntonioFavor
53 León Montero, Saraí LarisaFavor
54 López González, RobertoFavor
55 López Rosado, RobertoAusente
56 López Suárez, RobertoFavor
57 Luna Porquillo, RoxanaFavor
58 Maldonado Salgado, José ValentínAusente
59 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
60 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
61 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
62 Mejía Guardado, JulisaFavor
63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
64 Merlín García, María del RosarioFavor
65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
66 Miranda Salgado, MarinoFavor
67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente
68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
69 Montalvo Hernández, RamónFavor
70 Morales López, Carlos AugustoFavor
71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
72 Moreno Rivera, IsraelFavor
73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente
74 Mota Ocampo, Gisela RaquelAusente
75 Muñoz Soria, José LuisAusente
76 Nájera Medina, Víctor ReymundoAusente
77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
78 Nolasco Ramírez, YeseniaAusente
79 Orihuela García, JavierFavor
80 Porras Pérez, PedroAusente
81 Portillo Martínez, VicarioAusente
82 Posadas Hernández, DomitiloFavor
83 Quiroga Anguiano, KarenAusente
84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAusente
85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeAusente
86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
88 Salazar Trejo, JessicaFavor
89 Saldaña Fraire, GracielaFavor
90 Salgado Parra, JorgeFavor
91 Salinas Narváez, JavierFavor
92 Salinas Pérez, JosefinaFavor
93 Sánchez Camacho, AlejandroAusente
94 Sánchez Torres, GuillermoFavor
95 Sansores Sastré, AntonioFavor
96 Serrano Toledo, RosendoAusente
97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
98 Tovar Aragón, CrystalFavor
99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
100 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
101 Zárate Salgado, FernandoAusente
Favor: 71
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 30
Total: 101
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoFavor
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioAbstención
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 Guillén Guillén, Mario FranciscoFavor
13 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
15 Medrano Galindo, GabrielaFavor
16 Narcia Álvarez, HéctorFavor
17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
18 Ochoa López, NaborFavor
19 Orozco Gómez, JavierFavor
20 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaAbstención
22 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithAusente
28 Zavaleta Salgado, RuthAbstención
Favor: 23
Contra: 0
Abstención: 3
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Chávez Contreras, RodrigoFavor
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente
6 Gómez Pozos, MerilynFavor
7 Huidobro González, ZuleymaFavor
8 Hurtado Gallegos, José AntonioAusente
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor
11 Mejía Berdeja, RicardoFavor
12 Méndez Denis, LorenaFavor
13 Monreal Ávila, RicardoFavor
14 Romero Lozano, María FernandaFavor
15 Samperio Montaño, Juan IgnacioAusente
16 Soto Martínez, JoséAusente
17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
18 Valle Magaña, José LuisFavor
19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenAusente
20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 15
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 20
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Bonilla Valdez, JaimeFavor
5 Cantú Garza, RicardoFavor
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
7 López Cándido, José ArturoFavor
8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
10 Orive Bellinger, AdolfoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
14 Torres Flores, AraceliFavor
Favor: 13
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 14
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaAusente
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente
7 González Roldán, Luis AntonioFavor
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeAusente
Favor: 7
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 10