Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Silvano Aureoles Conejo
Director del
Diario de los Debates
Luis Alfredo Mora Villagómez
Año III
México, DF, martes 10 de febrero de 2015
Sesión No. 4-I

SUMARIO


INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

De la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 10 de febrero de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 380 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE

De la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 26, 78 y 83 de la Ley General del Servicio Profesional Docente. Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

INVESTIGACION DE LOS DELITOS COMETIDOS POR MEDIO DE VEHICULOS AEREOS NO TRIPULADOS, COMUNMENTE DENOMINADOS COMO “DRONES”

De la diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT, para que a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil, implemente las disposiciones necesarias para coadyuvar con el Ministerio Público en la investigación de los delitos cometidos por medio de vehículos aéreos no tripulados, comúnmente denominados como “drones”. Se remite a la Comisión de Transportes, para dictamen

DECLARATORIA “2015, AÑO DE LA BATALLA DE CELAYA, CENTENARIO DE LA CONCLUSION DE LA REVOLUCION MEXICANA”

Del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la siguiente declaratoria “2015, Año de la Batalla de Celaya, Centenario de la Conclusión de la Revolución Mexicana”. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

CANCELACION INMEDIATA DEL PROYECTO DENOMINADO CENTRO INTEGRAL DE MANEJO Y TRATAMIENTO, APROVECHAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES Y PELIGROSOS EN EL MUNICIPIO DE GENERAL CEPEDA

De la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Gobierno del estado de Coahuila, de la Semarnat, de la Conagua y de la Profepa, a promover la cancelación inmediata del proyecto denominado Centro Integral de Manejo y Tratamiento, Aprovechamiento y Disposición Final de Residuos Industriales y Peligrosos en el municipio de General Cepeda. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

REGULARIZAR LA SITUACION JURIDICA DE LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA

De la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Administración Pública Federal, a regularizar la situación jurídica de la Secretaría de la Función Pública. Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen

PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS Y LOS NIÑOS MIGRANTES QUE SON DEPORTADOS SIN JUICIO PREVIO POR LAS AUTORIDADES MIGRATORIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, para que a través de la SRE, se impulse una política exterior dirigida a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las y los niños migrantes que son deportados sin juicio previo por las autoridades migratorias de los Estados Unidos de América. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

RELATIVO AL FRAUDE OCASIONADO POR LA SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR FICREA

De los diputados Ricardo Monreal Avila y Francisco Alfonso Durazo Montaño, de la Agrupación de Movimiento de Regeneración Nacional, proposición con punto de acuerdo, relativo al fraude ocasionado por la Sociedad Financiera Popular Ficrea. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.|

AMPLIACION DE CARRILES PARA EL CRUCE FRONTERIZO, SE BUSQUE UN DISEÑO QUE NO REQUIERA LA DEMOLICION DEL MENCIONADO INMUEBLE

De la diputada María Carmen López Segura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT, a efecto de que se respete la integridad del edificio conocido como Puerta México, situado en la Garita de San Ysidro, ubicado en la ciudad de Tijuana, Baja California, de tal forma que para la ampliación de carriles para el cruce fronterizo, se busque un diseño que no requiera la demolición del mencionado inmueble. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen

ACTUE CON IMPARCIALIDAD Y LEGALIDAD EN EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL 2015, PARA QUE CON DEBIDO TIEMPO INSTRUYA Y CAPACITE A LOS FUNCIONARIOS DE CASILLAS Y SE LES DOTE DEL MATERIAL NECESARIO

De la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE, para que en el ámbito de sus atribuciones, actúe con imparcialidad y legalidad en el desarrollo del proceso electoral 2015, para que con debido tiempo instruya y capacite a los funcionarios de casillas y se les dote del material necesario. Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen

PREVER Y REPARAR LOS DAÑOS GENERADOS A LOS VEHICULOS QUE TRANSITAN POR VIALIDADES EN MALAS CONDICIONES EN LA ENTIDAD

De la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT, para que en conjunto con las autoridades del estado de Tabasco, implementen medidas para evitar, prever y reparar los daños generados a los vehículos que transitan por vialidades en malas condiciones en la entidad. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen

DEVOLVER EL SALARIO RETENIDO A LOS MAESTROS EN ESA ENTIDAD

De la diputada Martha Beatriz Córdova Bernal, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobernador del estado de Chihuahua, a fin de devolver el salario retenido a los maestros en esa entidad. Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

VERIFICAR LA LEGALIDAD DE LOS DIVERSOS CONCEPTOS DE COBRO QUE TELMEX A IMPUESTO A SUS CLIENTES A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DE 2015

De la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, a verificar la legalidad de los diversos conceptos de cobro que Telmex a impuesto a sus clientes a partir del primero de enero de 2015. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen

MANTENGA ACTUALIZADA UNA BASE DE DATOS DE INCIDENTES EN TERRITORIO NACIONAL, EN LOS QUE SE VEAN INVOLUCRADAS AERONAVES DE CUALQUIER TIPO

Del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT, para que se lleve a cabo una supervisión de aeronaves y de sus condiciones físicas, a efecto de garantizar la seguridad de concesionarios, usuarios y de la población en general, así como que mantenga actualizada una base de datos de incidentes en territorio nacional, en los que se vean involucradas aeronaves de cualquier tipo. Se remite a la Comisión de Transportes, para dictamen

ADOPTEN DIVERSAS MEDIDAS ANTE EL SECUESTRO DE PERSONAS EN TAL MUNICIPIO

Del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador interino del estado de Guerrero, así como al Presidente Municipal de Cocula, para que adopten diversas medidas ante el secuestro de personas en tal municipio. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

GARANTICE EL DERECHO A UNA DEBIDA PROCURACION DE JUSTICIA EN EL CASO DEL ASESINATO DE ALEJANDRO GUSTAVO SALGADO DELGADO

Del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CDH y a la Fiscalía General del estado de Morelos, para que garantice el derecho a una debida procuración de justicia en el caso del asesinato de Alejandro Gustavo Salgado Delgado. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen





INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 10 de febrero de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados (*)

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 10 de febrero de 2015 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que adiciona un artículo 380 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.

2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

3. Que reforma los artículos 26, 78 y 83 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, a cargo de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT, para que a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil, implemente las disposiciones necesarias para coadyuvar con el Ministerio Público en la investigación de los delitos cometidos por medio de vehículos aéreos no tripulados, comúnmente denominados como “drones”, a cargo de la diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Transportes, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se solicita la siguiente declaratoria “2015, Año de la Batalla de Celaya, centenario de la conclusión de la Revolución Mexicana”, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del gobierno del estado de Coahuila, de la Semarnat, de la Conagua y de la Profepa, a promover la cancelación inmediata del proyecto denominado Centro Integral de Manejo y Tratamiento, Aprovechamiento y Disposición Final de Residuos Industriales y Peligrosos en el municipio de General Cepeda, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la administración pública federal, a regularizar la situación jurídica de la Secretaría de la Función Pública, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, para que a través de la SRE, se impulse una política exterior dirigida a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las y los niños migrantes que son deportados sin juicio previo por la autoridades migratorias de los Estados Unidos de América, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, relativo al fraude ocasionado por la sociedad financiera popular Ficrea, suscrito por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Alfonso Durazo Montaño, de la Agrupación de Movimiento de Regeneración Nacional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT, a efecto de que se respete la integridad del edificio conocido como Puerta México, situado en la garita de San Ysidro, ubicado en la ciudad de Tijuana, Baja California, de tal forma que para la ampliación de carriles para el cruce fronterizo, se busque un diseño que no requiera la demolición del mencionado inmueble, a cargo de la diputada María Carmen López Segura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Transportes, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE, para que en el ámbito de sus atribuciones, actúe con imparcialidad y legalidad en el desarrollo del proceso electoral 2015, para que con debido tiempo instruya y capacite a los funcionarios de casillas y se les dote del material necesario, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT, para que en conjunto con las autoridades del estado de Tabasco, implementen medidas para evitar, prever y reparar los daños generados a los vehículos que transitan por vialidades en malas condiciones en la entidad, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Transportes, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Chihuahua, a fin de devolver el salario retenido a los maestros en esa entidad, a cargo de la diputada Martha Beatriz Córdova Bernal, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, a verificar la legalidad de los diversos conceptos de cobro que Telmex a impuesto a sus clientes a partir del primero de enero de 2015, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Economía, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT, para que se lleve a cabo una supervisión de aeronaves y de sus condiciones físicas, a efecto de garantizar la seguridad de concesionarios, usuarios y de la población en general, así como que mantenga actualizada una base de datos de incidentes en territorio nacional, en los que se vean involucradas aeronaves de cualquier tipo, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Transportes, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador interino del estado de Guerrero, así como al presidente municipal de Cocula, para que adopten diversas medidas ante el secuestro de personas en tal municipio, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CDH y a la Fiscalía General del estado de Morelos, para que garantice el derecho a una debida procuración de justicia en el caso del asesinato de Alejandro Gustavo Salgado Delgado, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.»



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

«Iniciativa que adiciona el artículo 380 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

José Francisco Coronato Rodríguez, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 380 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Sabemos que un tema que ha provocado controversia a lo largo de los años es el referente a los “diputados federales y locales, senadores, presidentes municipales y delegados que no concluyen sus encargos por buscar una nueva representación a los que se les ha denominado ‘chapulines’”, quienes aun sin concluir la responsabilidad que adquirieron y a través de la vía de elección popular buscan postularse para ocupar un nuevo cargo.

En el proceso electoral anterior durante 2012, alrededor de 220 legisladores pidieron licencia para buscar un puesto de elección popular; sin embargo, sólo 60 por ciento lo consiguió, mientras que el resto regresó a los cargos.

Ahora, con la reforma político-electoral se prevé que el número de legisladores que soliciten licencia sea aún mayor, ya que con esta se abre paso a la reelección hasta por tres periodos para diputados y una para senadores.

Por cierto, dicha reforma implica de facto la necesidad de ampliar los términos para la consolidación de proyecto de gobierno ya que implícitamente se estará reconociendo insuficiencia temporal que dichos periodos significan.

¿De qué manera se pretende eliminar estos hábitos con las modificaciones en comento, si anterior a estas era evidente que en cuanto tomaban posesión del cargo, ya se encontraban con miras al próximo?

Uno de los principales motivos para separarse del cargo y, por ende, no cumplir el compromiso social que asumieron al momento de su designación, es para ocupar otro espacio anteponiendo sus intereses personales al compromiso y responsabilidad que como servidor público deben asumir, y el resultado de esta acción es una discontinuidad en los programas y proyectos, esto refleja una falta de responsabilidad, pero sobre todo de ética, ya que en campaña realizan promesas y mencionan acciones que realizarán a lo largo de su encargo, lo cual queda inconcluso sin importar el reclamo social que la ciudadanía realice en determinado momento.

Una de las características que debe tener todo representante popular, es la congruencia entre el decir y el actuar, por tanto debe responder ante los compromisos asumidos en campaña, lo cual implica el culminar con su encargo rindiendo el informe al que legalmente está obligado, por lo cual resulta necesario reformar el marco legal, con la finalidad de respaldar el voto de confianza que las y los ciudadanos depositan en un candidato electo.

Un representante popular que abandona el cargo que le fuera conferido, sin haber concluido sus responsabilidades y obligaciones, no merece ser el representante de la ciudadanía que, como se dijo, deposita un voto de confianza, y como resultado obtiene un trabajo inconcluso.

Se necesitan representantes populares que verdaderamente tengan ese compromiso social, que conozcan y respeten las necesidades sociales, que tengan claro la esencia de lo que representa servir a las y los ciudadanos, pues no se debe olvidar que derivado de la confianza depositada en su voto, surge una obligación para esa persona.

Los intereses actuales para los grupos políticos son el poder por el poder y no por el servir, es una característica que se debe erradicar, y la manera de hacerlo es hacer conciencia en el electorado al momento de emitir su sufragio, pero también exigir el cumplimiento de las obligaciones del representante popular una vez que se encuentre en el cargo.

La intención de esta iniciativa de ley nada tiene que ver con cuestiones políticas, sino más bien representa un reclamo de la ciudadanía, el objetivo no es afectar a ningún dirigente, candidato o partido político en particular, por el contrario, lo que se pretende es contar con una administración más digna y que actúe en beneficio de la sociedad.

Lo propuesto no representa ninguna novedad, pues en 2007 el entonces presidente municipal de Tijuana, Baja California, Jorge Hank Rohn, era candidato del PRI al gobierno de esa entidad, sin embargo, el Tribunal Electoral Estatal, le retiró su candidatura con el argumento basado en que quien tenía un cargo de elección popular, tenía prohibido aspirar a otro sin culminar el primero, ello derivado de una interpretación realizada a la Constitución Política de esa entidad federativa. No obstante lo anterior, mediante resolución de la Sesión Pública, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en fecha 6 de julio de 2007 mediante registro 52/2007, concedió la razón al ciudadano Jorge Hank Rohn, con el argumento de que “el solo hecho de que Jorge Hank Rohn se separara del cargo como presidente municipal de manera definitiva 90 días antes de la celebración de la jornada electoral, resultaba suficiente para revocar la determinación del Tribunal de Justicia Electoral”. Por ello, se razonó, “se le debe permitir el pleno derecho de ser votado y contender por el cargo de gobernador, pese a no haber concluido el periodo para el que fue electo”.

En consecuencia, podemos que por una parte cumplir la responsabilidad que constriñe un cargo de elección popular es una obligación moral el concluirlo, lo es también constitucional y legal como lo establece expresamente la fracción IV del artículo 36 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al señalar que es obligación de los ciudadanos mexicanos desempeñar el cargo de representación popular para el cual haya sido elegido.

Por ello, esta iniciativa tiene como finalidad por una parte armonizar la norma adjetiva a la sustantiva esto es la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales a la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respondiendo además con una exigencia por demás legítima de los ciudadanos.

Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la república

...

IV. Desempeñar los cargos de elección popular de la federación o de los estados, que en ningún caso serán gratuitos; y

...

De lo anterior se desprende que es obligación de los ciudadanos desempeñar en su totalidad el cargo que les fue conferido, no de manera parcial, ya que resultaría incongruente que la misma Carta Magna establezca un cumplimiento parcial de una obligación ciudadana.

La necesidad de esta reforma se ve soportada con los diversos casos de representantes populares que “brincan” de un cargo público a otro sin terminar una responsabilidad que les fue otorgada mediante voto de la ciudadanía, encontrándose su obligatoriedad como lo hemos manifestado en la propia Carta Magna.

En diversas entidades federativas hay preocupación al respecto. Un ejemplo es San Luis Potosí, donde un colectivo de organizaciones ciudadanas presentó el 24 de marzo de 2014 una propuesta para reformar la Ley Electoral Estatal, en la cual se propone establecer en el artículo 366 lo siguiente:

Artículo 366. Todos los candidatos electos, sin excepción, tienen la obligación legal de completar todo el periodo para el cual fueron electos por la ciudadanía. Solamente por razones graves como la muerte e incapacidad física o mental certificadas, serán motivos de la suspensión definitiva de su función.

Los derechos que tienen los ciudadanos a votar y a ser votados están unidos en lo que se denomina libertad o derechos políticos,consagrados en la Carta Magna, lo cual ha sido igualmente establecido por el más alto Tribunal de nuestro país mediante publicación de jurisprudencia en la Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación suplemento 6, 2003, páginas 26 y 27, en la cual se establece:

Derecho de votar y ser votado. Su teleología y elementos que lo integran.

Los artículos 34; 39; 41, párrafos primero y segundo; 116, párrafo primero, fracción I; y 115, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagran, en el contexto de la soberanía nacional, ejercida a través de los Poderes de la Unión y el sistema representativo, como potestad del pueblo para gobernarse a sí mismo, el derecho a ser votado, que mediante las elecciones libres, auténticas y periódicas, integran en los candidatos electos el ejercicio de dicha soberanía. Este derecho a ser votado no implica para el candidato postulado, únicamente la contención en una campaña electoral y su posterior proclamación de acuerdo con los votos efectivamente emitidos, sino el derecho a ocupar el cargo que la propia ciudadanía le encomendó. Así el derecho a votar y ser votado, es una misma institución, pilar fundamental de la democracia, que no deben verse como derechos aislados, distintos uno del otro, pues una vez celebradas las elecciones los aspectos activo y pasivo convergen en el candidato electo, formando una unidad encaminada a la integración legítima de los poderes públicos, y por lo tanto, susceptibles de tutela jurídica, a través del juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, pues su afectación no solo se resiente en el derecho a ser votado en la persona del candidato, sino en el derecho a votar de los ciudadanos que lo eligieron como representante y ello también incluye el derecho de ocupar el cargo.

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-098/2001. María Soledad Limas Frescas, 28 de septiembre de 2001. Unanimidad de cinco votos.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-314/2001. Francisco Román Sánchez, 7 de diciembre de 2001. Unanimidad de cinco votos.

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-135/2001. Laura Rebeca Ortega Kraulles, 30 de enero de 2002. Unanimidad de votos.

Por lo anterior se establece que los derechos a votar y ser votado admiten regulaciones y excepciones en aras de integrar una representación popular adecuada, como un debido ejercicio de la soberanía popular y un respeto hacia la ciudadanía que emite un sufragio.

La presente iniciativa de ninguna manera pretende trastocar los derechos fundamentales previstos en nuestra Carta Magna, sino por el contrario su armonización y por ende respeto exige una participación con responsabilidad, es decir, se tiene la libertad de participar en una contienda electoral, pero también se adquiere una obligación para sujetarse a las condiciones inherentes al cargo.

Si un representante popular abandona su cargo derivado de una decisión personal de contender por otro, aun cuando entre en funciones su suplente, trastoca las condiciones iniciales de su propuesta y afecta a los derechos de la ciudadanía, ello sin mencionar que falta a su responsabilidad política. Con esta propuesta se busca la participación con responsabilidad.

Finalmente, otro de los aspectos importantes por los que resulta necesaria la reforma en comento, es que independientemente de la violación a los derechos de los ciudadanos, se ve afectada la administración pública, ya que en el rubro de desarrollo de los programas gubernamentales, éstos quedan inconclusos al no culminarse proyectos, obras, etcétera, que de igual manera son en beneficio de la sociedad mexicana, resultando dicha acción violatoria a los derechos políticos, económico, social y cultural de las y los ciudadanos reconocidos en la propia Carta Magna y en los tratados internacionales suscritos y ratificados por el país.

En síntesis, se requiere implantar un “candado” para proteger el respeto de los ciudadanos que conscientemente depositaron su confianza en una persona para que los representara, para que vigilara el respeto de sus derechos, para que desempeñara las actividades propias de su encargo con responsabilidad anteponiendo en todo momento los intereses colectivos a los personales.

Derivado de lo anterior someto a consideración la siguiente iniciativa, que adiciona el artículo 380 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Decreto

Se adiciona el artículo 380 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Texto vigente

Artículo 380 Bis. Los aspirantes que en ese momento tengan el carácter de representantes populares, sin excepción alguna, tienen la obligación legal de completar todo el periodo para el cual fueron electos por la ciudadanía. Solamente por razones graves como la incapacidad física o mental certificadas, serán motivos de impedimento para concluir con su función.

Texto propuesto

Artículo 380 Bis. Los aspirantes que en ese momento tengan el carácter de representantes populares, sin excepción alguna, tienen la obligación legal de completar todo el periodo para el cual fueron electos por la ciudadanía. Solamente por razones graves como la incapacidad física o mental certificadas, serán motivos de impedimento para concluir con su función.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 http://portal.te.gob.mx/noticias-opinion-y-eventos/boletin/0/52/2007

2 http://www.ciudadanosobservando.org.mx/news/proponen-ley-antichapulines-en-slp/

3 http://sjf.scjn.gob.mx/ iusElectoral/paginas/DetalleGeneralV2.aspx? Epoca=60&Apendice=&Expresion=27/2002&Dominio=Rubro &TA_TJ=2&Orden=1&Clase=DetalleTesisBL &NumTE=1&Epp=20&Desde=-100 &Hasta=-100&Index=0&ID=562 &Hit=1&IDs=562

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de febrero de 2015.— Diputado José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

«Iniciativa que  reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado José Francisco Coronato Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXII Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II; 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno iniciativa de decreto al tenor del siguiente

Exposición de Motivos

Con base en la reforma hacendaria dada a conocer por las autoridades federales en diciembre de 2013, la autoridad manifestó en la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, que el objetivo fundamental de esta reforma consiste en crear los mecanismos de inclusión y protección social para garantizar a todos los mexicanos un nivel de vida digno, así como dotar al país de un sistema más justo y simple.

De conformidad con lo anterior, la reforma hacendaria está basada en seis ejes fundamentales:

1. Fomentar el crecimiento y la estabilidad, por lo que se fortalece la capacidad financiera del Estado mexicano.

2. Mejorar la equidad del sistema tributario, al fomentar una mayor progresividad en el pago de impuestos.

3. Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, para reducir la carga que las personas físicas y morales enfrentan al realizar estas tareas.

4. Promover la formalidad, reduciendo las barreras de acceso y ampliando los servicios de seguridad social.

5. Fortalecer el federalismo fiscal, al incentivar la recaudación de impuestos locales y mejorar la coordinación del ejercicio del gasto.

6. Fortalecer a Petróleos Mexicanos (Pemex) al dotarlo de un régimen fiscal más moderno y eficiente.

En el punto tres se establece que el efecto nocivo de los costos de cumplimiento fiscal, resulta particularmente elevado para el caso de las empresas pequeñas y medianas, pues éstas tienen una menor cantidad de recursos que desviar de las actividades productivas.

En este sentido y reconociendo que uno de los principios que debe prevalecer en todo diseño impositivo, es la simplicidad y el menor costo administrativo relacionado con el pago de impuestos, para ello, el Ejecutivo federal sometió a la consideración de esa soberanía las siguientes medidas:

• Eliminar el impuesto empresarial a tasa única y el impuesto a los depósitos en efectivo, emisión de una nueva Ley del Impuesto sobre la Renta que implica derogar la ley anterior, y como consecuencia, “el régimen de pequeños contribuyentes”.

Por cuanto hace al cuarto eje, se refiere a “promover la formalidad”, para ello, en la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, se propone la inclusión de un régimen de incorporación fiscal, con lo que se crea un punto de entrada para los negocios de pequeña escala al ámbito de la formalidad, para las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios y cuyos ingresos no rebasen dos millones de pesos.

Si bien es cierto, se reconoce que la eliminación del impuesto empresarial a tasa única y del impuesto de depósitos en efectivo ayudará a los contribuyentes en su operación y desarrollo de sus negocios.

Aunado a lo anterior, es importante hacer hincapié en que la política tributaria del Régimen de Incorporación Fiscal, contraviene y violenta los derechos del contribuyente, pues el artículo 111 establece que podrán optar por permanecer en este régimen cuando en la práctica el Servicio de Administración Tributaria está notificando que el contribuyente, a partir del primero de enero de 2014, de manera automática ya está inscrito, lo cual vulnera y violenta su derecho como contribuyente, además establece que si no presenta dos declaraciones consecutivas o cinco no consecutivas, de manera automática pasa al régimen general de ley, complicando su situación como contribuyente al obligarlo a estar en un régimen que no le corresponde con un mayor pago de impuestos y obligaciones.

Las estadísticas reflejan que este sector de contribuyente declara menos ingresos que los que realmente tiene, pero también que dentro de los aproximadamente 6 millones de contribuyentes que integran el núcleo de “pequeños contribuyentes” en toda la República mexicana, encontramos dos grupos:

A) El grupo de contribuyentes “enanos”, que son aquellos que han elegido por estrategia fiscal o por abuso de la confianza otorgada por la autoridad local, entrar a este régimen para pagar muy pocos impuestos, aun con conocimiento de que sus ingresos rebasarían por mucho desde el inicio de sus actividades, el límite establecido evadiendo el pago de impuestos. Se estima que podrían representar de 10 a 14 por ciento del total, es decir de 600 mil a 840 mil contribuyentes.

Este grupo de contribuyentes principalmente los encontramos en la Ciudad de México, en los centros comerciales, en los mercados públicos, en la central de abastos, etcétera, y siguiente el mismo criterio, también los encontrados en las principales ciudades de cada entidad federativa.

Este sector a partir de 2014 no tendría ningún problema para incorporarse a la economía formal y ser parte de los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal e inclusive elegir algún otro régimen que sea más acorde con sus necesidades administrativas.

B) Por otra parte, encontramos al grupo realde “pequeños contribuyentes” conformado por el resto, es decir 86 por ciento, que representan aproximadamente 5 millones 160 mil en toda la República mexicana.

Cuando hablamos de este grupo de pequeños contribuyentes, nos estamos refiriendo a todo el sector que lo conforma, aun cuando no estén en la Ciudad de México no son contribuyentes “enanos”, son pequeños negocios que normalmente son atendidos por familias que durante años han tratado de crecer y que no lo han logrado pero debido a que no tienen una profesión u oficio técnico deciden dedicarse al comercio como una forma de poder subsistir en la lucha diaria por ganarse el sustento, sin dejar de reconocer que de estos negocios, los que logran crecer y no cambian de régimen, caen en el grupo de los “enanos” el cual se mencionó en el punto anterior.

También dentro de este grupo de pequeños contribuyentes se encuentran todos aquellos ubicados en las pequeñas y medianas poblaciones, en las que inclusive aun no cuentan con servicios bancarios o de internet. A estos contribuyentes normalmente las autoridades fiscales no los toman en cuenta al momento de hacer las reformas fiscales, pues además de que no se enteran oportunamente de ellas debido al poco interés de parte de las propias autoridades locales al no informarles y de la escasa asesoría contable y fiscal que existe en estos lugares.

Características de los pequeños contribuyentes

La mayoría de estos pequeños contribuyentes son personas con las siguientes características:

• Tienen un bajo nivel de educación escolar

• No tienen conocimiento administrativo y fiscal y no están acostumbrados a llevar registros o controles de sus operaciones diarias.

• Son personas mayores y de la tercera edad.

• De escasos recursos, el negocio apenas le da para sostener a su familia.

• Generalmente no tienen patrimonio (casa, auto, terreno, bienes en general, etcétera).

• La gran mayoría de estos contribuyentes realizan el pago de sus impuestos por cuota fija.

Hace aproximadamente 50 años que en México la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, regula a estos contribuyentes bajo regímenes especiales de tributación, con títulos como “micro empresa”, “causantes menores”, comercio en pequeño y hasta finales del año pasado “pequeños contribuyentes”, en la mayoría bajo el régimen de “cuota fija” para el pago del impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado y en su momento se les exentó del pago del impuesto al activo de las empresas y recientemente, se incluía el impuesto empresarial a tasa única, de manera muy similar lo hacen la mayoría de los países más importantes en América Latina.

Derivado de lo anterior, para el pequeño contribuyente ha resultado sumamente fácil cumplir sus obligaciones fiscales con un sistema práctico, sencillo y con tributación baja de acuerdo a su conformación tributaria, es por eso que el régimen de pequeños contribuyentes debe de seguir ya que las tres esferas de gobierno tienen la responsabilidad de dar las condiciones para la generación de empleos, pero sobretodo, respetar lo establecido en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por otra parte, se considera que al incluir al nuevo régimen a los pequeños contribuyentes al “régimen de incorporación fiscal”, éstos no podrían cumplir con las obligaciones fiscales que señala en artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, toda vez que se enfrentarían a diversos obstáculos, como puede ser el no contar con recursos para adquirir una computadora y por ende contratar los servicios de internet y mucho menos podrían llevar el registro contable a que están obligados, ya que a pesar de que aparentemente es un simple registro de ingresos y egresos, también están obligados a llevar registro de depreciaciones fiscales deducibles y no deducibles si exceden de 130 mil pesos, la compra de automóvil y a llevar control de los archivos “xml” que les envíen sus proveedores en el pago de compras y gastos para que puedan ser deducibles en el cálculo del impuesto sobre la renta y como consecuencia de lo anterior, no podrían pagar los honorarios de un contador para atender correcta y oportunamente todas y cada una de las obligaciones a que estarían obligados si permanecieran dentro del régimen de incorporación fiscal.

Finalmente, no se debe dejar pasar que no se estaría cumpliendo con los conceptos vertidos en la exposición de motivos que se plasmaron en la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, que entre otros son:

a) Garantizar a todos los mexicanos un nivel digno de vida.

b) Dotar al país de un sistema fiscal más justo y más simple.

c) Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, para reducir la carga de las personas físicas.

d) El efecto nocivo de los costos de cumplimiento fiscal resulta particularmente elevado para el caso de las empresas pequeñas y medianas.

e) Todo diseño impositivo en las políticas tributarias es la simplicidad y el menor costo administrativo relacionado con el pago de impuestos.

Es evidente que en nuestro país no se han logrado disminuir los niveles tan altos de pobreza extrema que existen en algunos estados de la República mexicana, prueba de ello son la gran cantidad de recursos destinados a programas sociales, que tienen como objetivo contribuir a la economía de familias en situación de pobreza, principalmente.

En esta tesitura, podemos observar cómo los pequeños contribuyentes también están buscando dar impulso a sus negocios, a pesar de vivir en un ambiente económico que no ha sido favorable en muchos años y no por recibir el estímulo fiscal de no pagar impuestos como en 2014, será la solución a su situación.

Otro factor importante que está afectando terriblemente a la economía de estos contribuyentes, es la proliferación de tiendas de autoservicios como lo son las tiendas Oxxo, Seven Eleven, Extra, Go-Mart, Farmacias del Ahorro, Farmacias Guadalajara entre otras, por ejemplo, se sabe que de la primera de ellas, existen alrededor de 12 mil tiendas en el país, que además de comercializar una gran variedad de productos, prestan servicios bancarios, cobro de luz, agua, teléfono, etcétera, lo cual ha traído como consecuencia que estas grandes empresas, con mejores instalaciones, por la variedad de sus productos y por ofrecer diferentes servicios al público consumidor se conviertan en acaparadores del pequeño comercio en todo México, dejando a los verdaderos “pequeños contribuyentes” en una completa desventaja.

El consultor Darío González elaboró en 2006 con cifras a 2005, un trabajo financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo en el que analizó los regímenes especiales de tributación de 17 países de América Latina, dentro de los cuales está México y como era de suponerse, siendo México el segundo país más importante económicamente hablando, después de Brasil, la forma de tributar en todos estos países tratándose de “pequeños contribuyentes”, es mediante el pago de una “cuota fija bimestral” de manera similar a la que se ha pagado en México, observándose con ello la influencia que ha ejercido nuestro país en esta zona de América Latina.

Es interesante señalar que el consultor González, en un estudio de los Repecos (pequeños contribuyentes) en nuestro país, según la Comisión Económica de América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas, señala que para poder observar la poca fiabilidad que otorgan los registros de contribuyentes de las administraciones tributarias en muchos países de América Latina, resulta interesante destacar el programa de actualización del Registro Federal de Contribuyentes de México que se llevó a cabo en 2005 y 2007 en el que se obtuvieron los siguientes resultados:

• Falta de registros de una cantidad muy importante de contribuyentes por el alto nivel de informalidad existente.

• En el registro se observa muchos contribuyentes con localización errónea.

• Contribuyentes activos con obligaciones diferentes a las registradas.

• Contribuyentes suspendidos o cancelados operando.

• Contribuyentes activos sin operaciones.

• Contribuyentes activos no referenciados geográficamente.

• Esfuerzos improductivos en áreas de fiscalización.

• Costos adicionales.

• Se comparte información incorrecta con las entidades federativas.

El consultor González en su investigación dice que Vito Tanzi en su texto Taxation in Latin America in the last decade,señala que la mayoría de los sistemas tributarios latinoamericanos han incorporado a sus legislaciones regímenes especiales de tributación para los contribuyentes de menor significancia fiscal, lo que se ha constituido en una característica saliente de su esquema tributario latinoamericano. De allí que, como lo sostiene Vito Tanzi, si bien las pequeñas actividades económicas crean problemas importantes para las administraciones de impuestos en todos los países, su impacto es mayor en aquellos países donde son bajos los estándares de la contabilidad y muy alto el nivel informalidad, es por ello, agrega, que la implementación de regímenes presuntivos (simplificados) para los pequeños contribuyentes ha sido una característica distintiva de los sistemas tributarios de los países latinoamericanos.

Algunas de las recomendaciones que da el consultor referido en el trabajo de regímenes especiales de tributación de varios países de América Latina, en cuanto a las políticas de control de estos contribuyentes, son las siguientes:

a) Los regímenes simplificados para pequeños contribuyentes deben ser lo más sencillo posible, privilegiando la simplicidad a la equidad del sistema.

b) En América Latina el sistema de cuota fija por categoría aparece como el más recomendable por cuanto a no requerir liquidaciones ni registros, implica para el pequeño contribuyente la máxima simplicidad.

c) La cuota fija establecida en muchos países es de muy bajo monto, por lo cual, los ingresos finales resultan exiguos, considerando a los ingresos de los contribuyentes beneficiados.

d) Resultaría adecuado aplicar cuotas fijas más realistasal nivel económico de los pequeños contribuyentes por lo que deben ser actualizados con regularidad respetando lo establecido en el artículo 31, fracción IV, de nuestra Carta Magna.

e) Al margen de los regímenes especiales para los pequeños contribuyentes que se aplican generalmente a las microempresas unipersonales, resulta aconsejable que las pequeñas y medianas empresas (Pymes) tengan un tratamiento diferencial con relación al impuesto sobre la renta a través de regímenes especiales presuntivos, que tiendan a la simplificación del tributo o a la instrumentación de medidas específicas de estímulo fiscal.

Con base en la reforma fiscal de 2014, dada a conocer por las autoridades federales en las diferentes leyes, y particularmente por la referida a la derogación de la sección III capítulo II del título IV de las personas físicas que contenía la Ley del Impuesto sobre la Renta de 2013 del “régimen de pequeños contribuyentes” y a la creación de la nueva ley, a la sección II capítulo II título IV de las personas físicas “régimen de incorporación fiscal” y en conformidad con los comentarios expuestos con anterioridad y al analizar las características particulares de los pequeños contribuyentes, aunado a los acuerdos generados en las distintas reuniones celebradas con representantes de este sector, pero principalmente atendiendo los principios de proporcionalidad, equidad, legalidad y seguridad jurídica, que se encuentran inmersos en lo establecido en el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es que se propone la presente iniciativa.

Por lo fundado y expuesto, someto a consideración del pleno el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 111 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, mediante la modificación de su primer párrafo, la modificación de la tabla de reducción del impuesto sobre la renta a pagar en el régimen de incorporación y finalmente la adición de los artículos 111-A, 111-B, 111-C y 111-D.

Único. Se reforma el artículo 111 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en los términos siguientes:

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputado José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE

«Iniciativa que  reforma los artículos 26, 78 y 83 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, a cargo de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Dora María Guadalupe Talamante Lemas, diputada del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 61.1, 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto decreto por el que se reforman los artículos 26, 78 y 83 de la Ley  General del Servicio Profesional Docente, al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

El derecho es “un sistema de normas” en el que está implícito el concepto de la unidad y el de ausencia de contradicciones entre las normas que lo integran. Para cumplir con este objetivo es necesario que las leyes que se expidan sean claras y precisas a efecto de evitar las dudas e incertidumbres.

Estos conflictos normativos, pueden presentarse entre normas del mismo grado jerárquico, como entre normas de grados diferentes o entre normas superiores e inferiores.

Para subsanar este tipo de contradicciones, el Congreso de la Unión ejerce su facultad de reformar las disposiciones susceptibles de ser mejoradas, o en las que el tiempo o la realidad nacional hagan indispensable su adecuación o, en su caso, la corrección de imperfecciones.

Bajo este criterio, se propone reformar la Ley General del Servicio Profesional Docente, con la finalidad de establecer con toda claridad que la jurisdicción a que deben atenerse  las relaciones de trabajo del personal docente, directivo y de supervisión de los tipos de educación básica y media superior con las autoridades educativas y organismos descentralizados está dispuesta en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, así como que el órgano jurisdiccional competente para dirimir los conflictos laborales es el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

La evolución de las normas que regulan la relación del servicio entre el Estado y sus trabajadores tuvo un largo recorrido, hasta la expedición del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, promulgado el 27 de septiembre de 1938 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de diciembre de 1938.

Sin embargo, continuó la lucha de los trabajadores del Estado hasta que finalmente el 21 de octubre de 1960 se elevó a rango constitucional el estatuto referido, adicionando así el apartado B del artículo 123 constitucional, que en sus diversas fracciones establece el marco de la legislación laboral burocrática.

Dicho decreto se publicó en el Diario Oficial el 5 de diciembre de 1960, por lo que, con esta adición se incorpora al texto constitucional los derechos de los trabajadores al servicio de los poderes de la Unión y de los –entonces– territorios federales, así como el Departamento del Distrito Federal.

Posteriormente, el Congreso de la Unión expidió la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional, promulgada el 27 de diciembre de 1963 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1963, para garantizar los derechos de los trabajadores referidos, con lo que se abrogó el Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión de 1938. Desde entonces, esta ley rige las relaciones laborales de los trabajadores al servicio del Estado y el órgano competente para dirimir los conflictos laborales entre las dependencias y sus trabajadores, es el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

En tal sentido, de conformidad con lo dispuesto por la fracción XII del Apartado B del artículo 123 de la ley fundamental  se precisa que “los conflictos individuales, colectivos o intersindicales serán sometidos a un Tribunal Federal  de Conciliación y Arbitraje integrado según lo prevenido en la ley reglamentaria”.

Así también, cabe destacar que estos criterios se precisan y detallan en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en su precepto 124 al establecer que el órgano competente es el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para: I. Conocer de los conflictos individuales que se susciten entre titulares de una dependencia o entidad y sus trabajadores; II. Conocer de los conflictos colectivos que surjan entre el Estado y las organizaciones de trabajadores a su servicio; III. Conocer el registro de los sindicatos o, en su caso, dictar la cancelación del mismo; IV. Conocer de los conflictos sindicales e intersindicales; y V. Efectuar el registro de las condiciones generales  de trabajo, reglamentos de escalafón, reglamentos de las comisiones mixtas de seguridad e higiene y de los estatutos de los sindicatos.

Ahora bien, para garantizar el acceso a la justicia, en caso de que un trabajador docente fuera despedido o separado del servicio público, se debiera dejar plena constancia y razón de los motivos, intentando con ello evitar injusticias y abusos contra los profesionales de la educación. Para tal efecto, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, es el que está investido de facultad por mandato constitucional para dirimir las controversias y conflictos que existan en las dependencias, en este caso las educativas y los docentes como actores centrales en el sistema educativo nacional de los tipos de educación básica y media superior.

En este marco, el titular del Ejecutivo federal establece en la exposición de motivos de la iniciativa de decreto de reforma y adición al artículo 3o. constitucional, que se sometió a la consideración del Congreso de la Unión, la legislación aplicable, considerando que es en ella en la que se expresan las razones, los objetivos, el espíritu que anima a la iniciativa; los alcances de las disposiciones; la explicación de las medidas propuestas, que, para el caso que nos ocupa, estableció:

IV. El imperativo de una reforma constitucional

El personal docente y con funciones de dirección o supervisión en la educación pública forma parte de los trabajadores al servicio del Estado. En el caso de los servicios educativos federales son funcionarios del gobierno federal y en los estatales, de los gobiernos de las entidades federativas. La legislación laboral para los trabajadores del Estado queda comprendida en el apartado B del artículo 123 constitucional y en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Los trabajadores de la Secretaría de Educación Pública se rigen, además, por el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo y por el Reglamento de Escalafón de los Trabajadores al Servicio de la propia Secretaría. En cada una de las entidades de la República existen disposiciones equivalentes.

El artículo 123 constitucional fija las bases de las relaciones entre los Poderes de la Unión, el gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores. Establece que la designación del personal se hará mediante sistemas que permitan apreciar los conocimientos y aptitudes de los aspirantes; que los trabajadores gozarán de derechos de escalafón, a fin de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad, y que los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley.

La sociedad mexicana reconoce que la función magisterial tiene características que le brindan identidad propia y que la distinguen del resto de los servidores públicos. Sin embargo, en la actualidad no existe base constitucional para establecer legislación diferenciada para el personal de la educación pública respecto de los demás trabajadores del Estado. Por ello, la reforma objeto de la presente Iniciativa diseña una política de Estado sustentada en la fuerza de una disposición constitucional que en materia de ingreso, promoción y permanencia en el servicio, permita superar inercias y fijar con claridad las responsabilidades que el Congreso Federal, los congresos de los estados y las autoridades educativas deben asumir, sin detrimento alguno de los derechos laborales que, en su calidad de servidores del Estado, se les otorgan en los términos de las disposiciones constitucionales y legales aplicables.

La ley protege los derechos de todos los trabajadores incluidos los del magisterio. Quien ejerce la docencia en la educación básica y media superior que el Estado imparte tendrá garantizada su permanencia en el servicio en los términos que establezca la ley. Para ello, se deberá atender a las obligaciones inherentes de la  función que realiza, que derivan de los fines de la educación que la Constitución establece. En este sentido, habrá que construir criterios, mecanismos e instrumentos de evaluación que permitan una valoración integral del desempeño docente y consideren la complejidad de circunstancias en las que el ejercicio de la función tiene lugar. Una evaluación sólida y confiable para el magisterio también servirá para el otorgamiento de estímulos y reconocimientos a los maestros”.

En un principio, la iniciativa presidencial de la Ley General del Servicio Profesional Docente, preveía al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa como órgano jurisdiccional con competencia para resolver controversias de tipo laboral suscitadas entre una dependencia educativa y sus trabajadores. En franca contradicción con el espíritu de la reforma constitucional antes comentada, toda vez que como bien se relata en la exposición de motivos citada en párrafos anteriores “el personal docente y con funciones de dirección o supervisión en la educación pública, forma parte de los trabajadores al servicio del Estado” y “no existe base constitucional para establecer legislación diferenciada para el personal de la educación pública respecto de los demás trabajadores del Estado”.

El proyecto se modificó para convertirse en el actual artículo 83; si bien se subsanó dicho error, eliminando la competencia jurisdiccional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, la nueva redacción –hoy vigente– presenta cierta ambigüedad, olvidando que en las leyes, la propiedad del lenguaje, entendida como la adecuada correspondencia de las palabras con las ideas, es indispensable para que se entienda bien la norma. La ley debe ser clara, que se comprenda fácilmente lo que se dice. Un texto oscuro da lugar a problemas de interpretación y a litigios.

Así pues, el propósito de la reforma que se propone es establecer claramente que las relaciones de trabajo del personal y dependencias se regirán por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y el órgano jurisdiccional competente en materia laboral es el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje como lo mandata la norma fundamental y la ley reglamentaria.

Asimismo, se plantean reformas y adiciones a los artículos 26, 78 y 83 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, con la finalidad de otorgar certeza jurídica al personal docente, directivo y de supervisión sujeto a la Ley General del Servicio Profesional Docente, garantizando que sus relaciones de trabajo se circunscriban al derecho laboral, sujetos a la aplicación de las medidas de disciplina y sanción establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y, en su caso, al Reglamento de Condiciones Generales de los Trabajadores de la Secretaría de Educación Pública.

Por lo tanto, Nueva Alianza somete a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa de reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley General del Servicio Profesional Docente, para los efectos del artículo 72 constitucional y leyes reglamentarias correspondientes.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 61.1, 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea el presente proyecto de

Decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley  General del Servicio Profesional Docente

Artículo Único. Se reforman los artículos 26, 78 y 83 de la Ley  General del Servicio Profesional Docente.

Artículo 26.La promoción a cargos con funciones de dirección y de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado y sus organismos descentralizados, se llevará a cabo mediante concursos de oposición que, garanticen la idoneidad de los conocimientos y las capacidades necesarias, atiendan lo dispuesto en el artículo 123 constitucional apartado B, fracción VII y VIII, y se sujeten a los términos y criterios siguientes:

I. ...

II. ...

Artículo 78.Las personas que decidan aceptar el desempeño de un empleo, cargo o comisión que impidan el ejercicio de su función docente, de dirección o supervisión, deberán solicitar licencia para separarse del Servicio, sin goce de sueldo, mientras dure el empleo, cargo o comisión.

Artículo 83. El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje será competente para conocer de los conflictos individuales de carácter laboral que se susciten entre la Secretaría y los docentes sujetos a esta Ley que le presten sus servicios.

En estos casos, tendrá aplicación la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y supletoriamente la Ley Federal del Trabajo.

Los conflictos individuales de carácter laboral entre las autoridades educativas locales y los organismos descentralizados, con sus trabajadores docentes sujetos a esta ley serán competencia de los tribunales y órganos jurisdiccionales en materia laboral que determinen las correspondientes leyes aplicables.

Transitorio

Único. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Acosta Romero, Miguel, Derecho Burocrático Mexicano, página 57.

2 Artículo 123, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3 Iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Educación. Gaceta Parlamentaria número 3664-II, martes 11 de diciembre de 2012. http://gaceta.diputados.gob.mx/ PDF/62/2012/dic/20121211-II.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



INVESTIGACION DE LOS DELITOS COMETIDOS POR MEDIO DE VEHICULOS AEREOS NO TRIPULADOS, COMUNMENTE DENOMINADOS COMO “DRONES”

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT a implantar por la Dirección General de Aeronáutica Civil disposiciones para colaborar con el Ministerio Público en la investigación de los delitos cometidos mediante vehículos aéreos no tripulados, o “drones”, a cargo de la diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales, del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, Mirna Esmeralda Hernández Morales y Jesús Antonio Valdez Palazuelos, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en virtud de las facultades conferidas en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en los siguientes

Considerandos

Desde la aparición de los vehículos aéreos no tripulados, mejor conocidos como drones, como instrumentos bélicos, sus áreas de aplicación se han ampliado considerablemente.

La posibilidad de pilotear aeronaves sin tripulación manejadas desde tierra o dirigidos de antemano hacia un punto específico, ofrecieron a los ejércitos combatientes durante la Segunda Guerra Mundial la posibilidad de causar bajas al enemigo sin poner en riesgo la vida de sus pilotos.

Además de ser utilizados como bombarderos, fueron empleados eficazmente en labores de vigilancia, reconocimiento e inteligencia por los militares de diversos países del mundo, hasta el punto de considerar a los drones como asesinos a control remoto.

Sin embargo, su practicidad, versatilidad y capacidad para llegar a zonas de difícil acceso a pie o en vehículos terrestres, han contribuido a que sean utilizados en distintos ámbitos civiles y mercantiles. Desde hace varios años se vienen empleando en labores cartográficas y topográficas debido a sus avanzados equipos fotográficos y de video que ofrecen una enorme exactitud y calidad de resolución.

Han sido utilizados para vigilar cultivos en zonas agrícolas e incluso para fertilizarlos o fumigarlos desde el aire; como un eficiente servicio de mensajería o como una herramienta para vigilar bosques y costas, además de planificar y controlar asentamientos humanos.

Las aplicaciones que se les han dado son vastas y seguramente seguirán creciendo, hasta que cada ciudadano tenga la posibilidad de contar con uno para su propia recreación o la de sus hijos.

No podemos negar que las ventajas que ofrecen son sumamente benéficas. Han llegado al punto de ser empleadas en el abastecimiento de víveres y medicinas para los damnificados en zonas de desastre y para dirigir los trabajos de bomberos en incendios forestales.

Sin embargo, también representan un riesgo considerable cuando son operados en zonas densamente habitadas o con impericia, y su uso puede llegar a violentar los derechos humanos de particulares.

Los equipos más sofisticados pueden alcanzar la altura suficiente para invadir el espacio aéreo por donde sobrevuelan aeronaves tripuladas, causando un daño equivalente al que puede provocar una bandada de aves y que puede llegar al extremo de derribar un avión si se internan en uno de los motores.

Aún los drones más pequeños y austeros pueden provocar accidentes cuando son operados cerca de aeropuertos, particularmente durante el despegue o aterrizaje de las aeronaves y helicópteros, o cuando son empleados como novedosas cámaras de video durante la realización de un evento público. Ya se han registrado múltiples casos en que este tipo de objetos han estado a punto de colisionar con aviones que brindan el servicio de transporte y otros donde los pilotos desde tierra han perdido su control y han causado daños a la integridad de quienes se encuentran en tierra.

También se ha mencionado que la captura de imágenes o la videograbación realizada en zonas pobladas puede constituir una intromisión en la privacidad de los residentes, pues puede poner en evidencia la existencia de ciertas edificaciones o actividades que deseen mantener reservadas. Lo anterior implica una sería violación a los derechos humanos, a la intimidad y a la privacidad, pero cuando estas actividades recaen sobre instituciones públicas aún las consecuencias pueden ser más perjudiciales.

El espionaje de las actividades realizadas por instituciones militares, policiales o de inteligencia puede poner en riesgo no sólo la seguridad pública sino la nacional. Que las prácticas y técnicas antidisturbios, de defensa y de investigación puedan ser conocidas públicamente, puede ser aprovechada por la delincuencia organizada y el terrorismo para conseguir sus propósitos con total impunidad.

Y todo ello puede verse agravado por la inminente proliferación que prevén los empresarios y fabricantes dedicados a la producción de vehículos aéreos no tripulados. Empresas como Quetzal Aeroespacial o Teal Group coinciden en señalar que dentro de diez años, el diez por ciento de las aeronaves que surcan el cielo serán drones.

Resulta evidente que la normatividad jurídica que regula el uso de este tipo de aeronaves debe ser constantemente actualizada de acuerdo con los avances tecnológicos, con el fin de garantizar el respeto a los derechos humanos y la seguridad tanto de quienes utilizan el transporte aéreo como de quienes, estando en tierra, puedan verse afectados.

Al respecto, la Ley de Aviación Civil no establece ninguna directriz, pero la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) emitió el 23 de febrero de 2013 la circular CO AV-23/10, para establecer los requerimientos mínimos para obtener la aprobación de tipo y, en el caso, autorización de operación para el sistema de aeronave no tripulada, mismas que se encuentran a la vanguardia y son sumamente adecuadas.

En ella se establece una normativa muy rígida, pero apropiada, para aquellos drones que tienen un peso superior a los 20 kilogramos. Para aquellos de un peso inferior los requisitos son más flexibles pero no por ello deficientes.

De manera general, toda aeronave de este tipo debe obtener una autorización de operación expedida por la DGAC, garantizando que:

• No podrá volar a una altura mayor a 150 metros o 500 pies de altura, lo cual asegura que no invadirán el espacio aéreo por donde vuelan las aeronaves tripuladas y con ello se evitarán las eventuales colisiones.

• No podrá volar en un aeródromo con tráfico aéreo o en espacios aéreos restringidos, lo que garantiza que no puedan interferir en la trayectoria de aviones o helicópteros durante su despegue o aterrizaje.

• No dejarán caer o, en el caso, aventarán cualquier artículo o animal, evidentemente porque su precipitación puede causar daños a las personas, contenedores, vehículos o estructuras que se encuentran en tierra.

• Sólo volarán en un área cercana a una ciudad, centro o construcción cuando se considere que se han tomado las medidas de seguridad y procedimientos apropiados para su operación y siempre se conserve una distancia adecuada de las personas o bienes inmuebles que pueden ser dañados.

• El piloto no perderá el contacto visual con el dron, con el objeto de mantener un permanente monitoreo o vigilancia que evite accidentes con edificios o que, saliendo del rango de recepción, pueda causar daños a terceros.

• El piloto deberá poseer, cuando menos, capacitación teórica de piloto privado de avión o helicóptero y acreditar por lo menos cincuenta horas de vuelo en el sistema de aeronave no tripulada, para asegurar que su conducción no estará a cargo de personas inexpertas que puedan causar accidentes por su impericia.

Las anteriores disposiciones evitan en gran parte los percances y desgracias posibles, pero también existen normas que deben adecuarse, sobre todo para coadyuvar con la autoridad ministerial en la investigación de los delitos que se cometen utilizando como medio un vehículo aéreo no tripulado.

La más relevante deficiencia que tiene la circular es que sólo se encuentra destinada a empresas legalmente constituidas, cuando el número de personas físicas usuarias va en aumento y sin duda, superará en un futuro próximo el de las morales. El hecho de no contar con la autorización administrativa no les impedirá pilotear un dron y la seguridad pretendida quedará en letra muerta.

En segundo término, la circular requiere que la aeronave esté identificada con una placa que contenga los datos para identificar al propietario o, en su caso, a la persona que lo registró, sin embargo, únicamente lo exige cuando las dimensiones de su estructura lo permita. Al respecto debemos comentar que el diseño de muchos drones no permite su inserción, pues están compuestos por finos tubos que lo imposibilitan y en caso de la comisión de un ilícito será difícil determinar a quién pertenece.

Por último, la circular omite imponer la obligación a cargo del propietario del dron de colocarle un sistema de posicionamiento global o una tecnología similar que permita rastrear todos los recorridos que la aeronave realice. Si bien es cierto que debe tener los instrumentos electrónicos que permitan determinar su ubicación y contar con un historial de sus vuelos, nada impide que éstos sean alterados. Además, no es necesario que cuenten, por ejemplo, con un sistema de posicionamiento global (GPS) que permita revisar todos los recorridos hechos con anterioridad y así auxiliar a la autoridad ministerial en la investigación de posibles delitos.

En virtud de lo aquí expuesto, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por medio de la Dirección General de Aeronáutica Civil, modifique la circular CO AV-23/10 que establece los requerimientos mínimos para obtener la aprobación de tipo y, en el caso, autorización de operación para el sistema de aeronave no tripulada, con el fin de que incluya los siguientes aspectos:

1) Establezca como destinatarios de sus disposiciones tanto a personas físicas como morales.

2) Requiera invariablemente para la expedición de una autorización de operación de un vehículo aéreo no tripulado, la inserción de todos los datos del propietario en su estructura por cualquier medio, aunque lo anterior no implique la colocación de una placa.

3) Requiera invariablemente para la expedición de una autorización de operación de un vehículo aéreo no tripulado, la instalación de un sistema de posicionamiento global o cualquier tecnología similar que permita rastrear la totalidad de sus recorridos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputados: Mirna Esmeralda Hernández Morales, Jesús Antonio Valdez Palazuelos (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Transportes, para dictamen.



DECLARATORIA “2015, AÑO DE LA BATALLA DE CELAYA, CENTENARIO DE LA CONCLUSION DE LA REVOLUCION MEXICANA”

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la declaratoria 2015, Año de la Batalla de Celaya, Centenario de la Conclusión de la Revolución Mexicana, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Jesús Oviedo Herrera, integrante Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, inciso 2, fracción V, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Cámara de Diputados siempre se ha distinguido por reconocer la labor de los mexicanos que de manera individual o colectiva han contribuido de manera significativa a nuestra nación.

En Celaya se registraron  las más importantes batallas de la Revolución Mexicana y éstas fueron entre Álvaro Obregón  y Francisco Villa, en las cuales participaron alrededor de 50 mil hombres y en ellas se determinó el rumbo político de nuestro país.

Los acontecimientos que antecedieron a las batallas por Celaya son los siguientes:

Después de la caída de don Porfirio Díaz, la Presidencia de Francisco I Madero y la toma del poder por pare del general Victoriano Huerta, la ofensiva contra Huerta estaba dividida en cuatro ejércitos comandados por los generales Álvaro Obregón (noreste), Francisco Villa (norte), Pablo González (oriente) y Emiliano Zapata (sur).

Don Venustiano Carranza, gobernador de Coahuila, quien desplegando la bandera del constitucionalismo organiza un movimiento armado contra Victoriano Huerta y convoca a una reunión en la Hacienda de Guadalupe, cuya principal finalidad era derrocar al gobierno del general Huerta y convocar a nuevas elecciones democráticas. Se designó entonces a Venustiano Carranza como primer jefe del Ejército Constitucionalista.

Las acciones de guerra se suceden, y se destacan  como caudillos vencedores los generales Álvaro Obregón en el noreste y  Villa al norte. Las diferencias entre ambos eran muy notorias aun cuando peleaban por las mismas causas.

Sin embargo, la cohesión militar no perdura. Por diferencias de criterio Villa se rebela contra Venustiano Carranza al igual que Emiliano Zapata y otros más, por los que tratándose  de restablecer la unidad rota se convoca a todos, en Aguascalientes a una convención que precisamente se conoce como “Convención de Aguascalientes”, en la cual se designa presidente provisional al general (villista) Eulalio Gutiérrez .

(Previamente se había presentado la invasión estadounidense al puerto de Veracruz, en 1914).

Lejos de atenuarse los problemas surgen más formándose ahora una nueva fracción  que se autodenomina “convencionalistas”, que hace frente a los “constitucionalistas” también conocidos como “carrancistas”.

El principal disidente de la convención fuel el general Francisco Villa (Doroteo Arango), quien con su legendaria actividad durante la Revolución, queda frente  a frente del ameritado general Álvaro Obregón por  parte de los constitucionalistas. El enfrentamiento de los dos era inevitable siendo la región del bajío el lugar destinado para dirimir por medio de las armas las diferencias....

Cronología de las Batallas de Celaya

6 de abril. Un primer encuentro entre los villistas y los carrancistas se da en “El Guaje”, en que Obregón pierde 800 hombres.

7 de abril. En la primera batalla formal que se registra en Celaya, el general Obregón desorienta al ejército Villista haciendo tocar una “diana militar” con lo que gana terreno sobre los convencionalistas. Las bajas de ambos bandos  superan los cuatro mil hombres.

12 de abril.Ambos grupos se refuerzan y reciben parque y efectivos, alcanzando los 15 mil al mando de Obregón y 30 mil al mando de Francisco Villa. La fuente de abastecimiento del general Villa era  desde Chihuahua, mientras que del general Obregón desde Veracruz, esto marcaba una superioridad por parte del sonorense.

13 de abril.Inicia la segunda batalla, ocupando un radio de 200 kilómetros, prolongándose por más de 38 horas de combate.

15 de abril. Obregón plantea dejarse atacar y sitiar por Villa, para atacarlo por la retaguardia. Para el medio día la batalla estaba decidida a favor de Obregón, Villa se retira.

16 de abril. 120 oficiales del ejército villista son fusilados en la plaza de toros “Celaya”

En total fueron más de 50  mil las personas que participaron en estos combates.

El recuento de muertos, heridos y desaparecidos asciende a más de 21 mil hombres.

Son consideradas las batallas en la que han intervenido el mayor número de efectivos de toda América, después  las batallas de la Guerra Civil estadounidense.

Los combates de Celaya finiquitaron el movimiento armado en México para consolidar la Constitución de 1917 que hoy nos rige.

Estas batallas marcaron el principio de la derrota de las fuerzas organizadas por e el “Centauro del Norte”, general Francisco Villa.

Después de las batallas, hubo otras  que ratificaron la derrota de los villitas, en una de ellas, “Santa Ana del Conde” es donde el general Obregón Pierde el brazo derecho.

Fueron los últimos capítulos del drama que había dividido y ensangrentado a la nación. Así se finiquitó el movimiento armado para dar paso a la vida institucional que se consolida el 5 de febrero de 1917.

Fue un parteaguas que México requería para constituirse.

De ahí la importancia pues pese a ser una serie de batallas terribles, y de venganzas no menos atroces, fue el paso necesario para terminar con el estado de cosas que amenazaba con convertirse en una auténtica guerra civil.

Por lo anteriormente expuesto, con la intención de que todos los mexicanos reconozcamos a la Batalla de Celaya como la conclusión de la Revolución Mexicana y, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, inciso 2, fracción V, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento la siguiente  proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión acuerda impulsar la promoción y utilización de la frase 2015, Año de la Batalla de Celaya, Centenario de la Conclusión de la Revolución Mexicana, como membrete en todos los oficios que emita durante 2015.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, a que a través de las autoridades correspondientes, determine la utilización de la frase 2015, Año de la Batalla de Celaya, Centenario de la Conclusión de la Revolución Mexicana como membrete en todos los oficios que se emitan en la administración pública federal durante 2015.

Tercero.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Cámara del  Senado de la República del honorable Congreso de la Unión a que promocione y utilice la frase 2015, Año de la Batalla de Celaya, Centenario de la Conclusión  de la Revolución Mexicanacomo membrete en todos los oficios que emita durante 2015.

Cuarto.La Cámara  de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Judicial de la Federación a que a través de las autoridades correspondientes determine la utilización  de la frase 2015, Año de la Batalla de Celaya, Centenario de la Conclusión de la Revolución Mexicana como membrete en todos los oficios que se emitan en la Administración Pública Federal durante 2015.

Quinto. La Cámara  de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas y del Distrito Federal a que en sus plataformas de comunicación y en sus documentos oficiales que emitan durante 2015 utilicen la frase 2015, Año de la Batalla de Celaya, Centenario de la Conclusión de la Revolución Mexicana, así como a realizar acciones conmemorativas de esta celebración.

Sexto.Se exhorta a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores para que a través de la Comisión Bicameral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión, se ordene la creación y transmisión de capsulas informativas y spots promocionales sobre la Batalla de Celaya a través del Canal del Congreso.

Séptimo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a que a través de la Secretaría de Educación Pública se amplíe la información sobre la Batalla de Celaya en los Libros de Texto Gratuitos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputado Jesús Oviedo Herrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



CANCELACION INMEDIATA DEL PROYECTO DENOMINADO CENTRO INTEGRAL DE MANEJO Y TRATAMIENTO, APROVECHAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES Y PELIGROSOS EN EL MUNICIPIO DE GENERAL CEPEDA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del gobierno de Coahuila, la Semarnat, la Conagua y la Profepa a promover la cancelación inmediata del proyecto Centro Integral de Manejo y Tratamiento, Aprovechamiento y Disposición Final de Residuos Industriales y Peligrosos en General Cepeda, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, a tenor de los siguientes

Antecedentes

Mediante oficio número SGPA/DGIRA/DG.06159 de fecha 18 de julio de 2014, la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, autorizó la manifestación de impacto ambiental correspondiente al proyecto denominado “Construcción de un sitio para el reciclaje, tratamiento y confinamiento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados”, de la Sociedad Ecológica del Norte, SA de CV, con pretendida ubicación en el municipio de General Cepeda Coahuila, determinándolo ambientalmente viable, y por lo tanto resuelve autorizarlo de manera condicionada.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Semarnat, y la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, con la decisión señalada en el párrafo anterior, dejaron incontestado el recurso del 4 de junio de 2014, conteniendo la  inconformidad y rechazo total a la autorización que la empresa Sociedad Ecológica del Norte, SA de CV, ha solicitado para la construcción de un centro de confinamiento en el ejido La Noria de la Sabina del municipio de General Cepeda, suscrito por el Comisariado Ejidal del ejido Hipólito del municipio de Ramos Arizpe Coahuila, por el Consejo de Vigilancia, el secretario, el juez auxiliar y 89 nombres con firma de los habitantes del mismo ejido.

El proyecto presentado por la empresa, señala que no existen poblaciones en un radio de 30 kilómetros a la redonda. Sin embargo, entre la cabecera municipal de General Cepeda y el sitio en cuestión existen aproximadamente 45 kilómetros y en el intermedio se localizan los ejidos de La Rosa, Tanque San Vicente, Hipólito y Noria de la Sabina.

En estos ejidos existe una población considerable y su principal actividad económica es la agricultura de temporada; es decir son una población altamente vulnerable que no puede ser despojada de su propiedad y forma de sobrevivencia. El despojo de la propiedad no puede ser considerada beneficio colectivo si además de este acto confiscatorio, se llegara a instalar un residuo tóxico.

Los ejidatarios conocen a la perfección que Semarnat dio luz verde al estudio de impacto ambiental que presentó la compañía y es altamente probable que durante el inicio de este año, 2015 podría estarse concretando la autorización final.

Es muy importante señalar que el municipio y el sitio elegido del que forma parte (km 82 de la carretera de saltillo-torreón), no tiene actividad industrial alguna que sea fuente de desechos peligrosos o de alto riesgo, tratándose de una región íntegramente dedicada a actividades agropecuarias, de turismo paleontológico y pequeña industria; por tal motivo, no puede elegirse de manera arbitraria a una localidad, municipio o estado, como un basurero y pensar que no habrá una lucha legítima por parte de sus habitantes para defender su propiedad y el medio ambiente.

Los recursos planteados por los habitantes van desde la figura de acciones colectivas, consagradas en el artículo 17 constitucional y sus leyes reglamentarias, hasta un conflicto social de grandes consecuencias.  Por tal motivo esta solicitud al Pleno de la Cámara de las y los Diputados, tiene el objeto de llamar su atención en este grave problema.

Además cabe resaltar que, para la emisión del resolutivo que se ataca, ni la Universidad Autónoma de Coahuila (UAC), ni la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS), ni la Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial (DGPAIRS), ni la Dirección General del Organismo de la Cuenca de Río Bravo, hubieran contestado emitiendo la opinión requerida a la Dirección de Impacto y Riesgo Ambiental por la consulta que ésta última les formuló.

Resulta insostenible que no se hubiera solicitado pericial técnica a la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, ya que por su especialidad y experiencia era la más apropiada y calificada para expedir un dictamen científico sobre todo en cuanto a contaminación de acuíferos, flora y fauna y consecuencias negativas en la producción agropecuaria del municipio.

El país atraviesa por una delicada situación social, económica y sobre todo, con un alto desprestigio de la clase política, que ve en el ejercicio del gobierno la posibilidad de hacer negocios a costa de derechos y en no pocas ocasiones contra el medio ambiente. No podemos darles la espalda a los habitantes de Cepeda en Coahuila y obviar esta grave situación.

En virtud de lo expuesto, sometemos a consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.El pleno de la Cámara de Diputados exhorta a los titulares del gobierno constitucional de Coahuila; la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Comisión Nacional del Agua y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a promover la cancelación inmediata del proyecto denominado centro integral de manejo y tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos industriales y peligrosos en el municipio de General Cepeda, Coahuila.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputada Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



REGULARIZAR LA SITUACION JURIDICA DE LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la administración pública federal a regularizar la situación jurídica de la Secretaría de la Función Pública, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, diputada federal Magdalena Núñez Monreal, secretaria de la Mesa Directiva e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, que tiene como objetivo exhortar al titular de la administración pública federal a regularizar la situación jurídica de la Secretaría de la Función Pública, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Al inicio de la actual administración, por iniciativa del Presidente de la República, el Poder Legislativo reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la cual desapareció a la Secretaría de la Función Pública. El artículo 26 ya no la contempla.

“Artículo 26. Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes dependencias: Secretaría de Gobernación, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Energía, Secretaría de Economía, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Salud, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Secretaría de Turismo, Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.”

Fue en el segundo artículo transitorio del decreto correspondiente,  que se estableció con relación a la desaparición y transferencia de las atribuciones de la Secretaría de la Función Pública que estas entrarían en vigor a la fecha en que el órgano constitucional autónomo que se proponía crear en materia de anticorrupción entrara en funciones y por lo tanto la Secretaría de la Función Pública continuaría ejerciendo sus atribuciones conforme a los ordenamientos vigentes al momento de expedición del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el miércoles 2 de enero de 2013.

Es un hecho notorio, para esta Soberanía, que con la designación del nuevo titular de la dependencia del Ejecutivo Federal denominada Secretaría de la Función Pública, queda en el limbo el artículo transitorio al que he hecho mención, y en un estado de Derecho, debe haber claridad con relación a la competencia de los órganos de gobierno.

Por competencia ha sostenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, debe entenderse “la facultad o capacidad que tienen las autoridades para conocer y decidir sobre determinadas materias”.

Más allá del debate con relación a si un servidor público designado por el titular de la administración pública federal, tiene independencia o no para actuar imparcialmente en la investigación de determinados hechos que involucran a su superior jerárquico, es indispensable definir la situación jurídica de la Secretaría de la Función Pública, con la finalidad de que los posibles afectados con sus determinaciones tengan los elementos indispensables para  ejercer ante las autoridades correspondientes los medios de defensa que prevé nuestro orden jurídico.

Con relación a las responsabilidades de los servidores públicos, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en sus numerales 109 y 113 lo siguiente: “Art. 109.- El Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados, dentro de los ámbitos de sus respectivas competencias, expedirán las Leyes de responsabilidades de los servidores públicos y las demás normas conducentes a sancionar a quienes, teniendo este carácter, incurran en responsabilidad, de conformidad con las siguientes prevenciones... III.- Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones...” “Art. 113.- Las Leyes sobre responsabilidades administrativas de los servidores públicos determinarán sus obligaciones a fin de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones; las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que incurran, así como los procedimientos y las autoridades para aplicarlas. Dichas sanciones, además de las que señalen las Leyes, consistirán en suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos y obtenidos por el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por sus actos u omisiones a que se refiere la fracción III del artículo 109, pero que no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados.”

De lo anteriormente señalado, es indudable que las responsabilidades de los servidores públicos es una materia de competencia constitucional, por lo cual si la Secretaría de la Función Pública, es en el ámbito del Poder Ejecutivo Federal la que tiene la atribución específica para conocer y decidir respecto a esas responsabilidades de carácter administrativo de los servidores públicos, la Ley Orgánica correspondiente debe precisar con claridad sus atribuciones  para conocer sobre asuntos de esa índole, y como se ha señalado, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en vigor no contempla a la Secretaría de la Función Pública y solo hace referencia a ella en un artículo transitorio.

Por lo tanto, el asunto litigioso relativo a la investigación de diversos inmuebles propiedad del presidente de la República, de su cónyuge y del titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el probable conflicto de intereses que pueda determinar o no la dependencia denominada Secretaría de la Función Pública, podría ser desestimado por un órgano jurisdiccional competente al haber sido encausado por un órgano administrativo a todas luces irregular dese el punto de vista del Derecho Constitucional y Administrativo.

De ahí, la importancia de que el presidente de la República, directamente interesado en dilucidar los hechos que motivaron la designación del recientemente designado Secretario de la Función Pública, proceda a la brevedad a regularizar la situación jurídica de dicho órgano administrativo, puesto que por razones de seguridad jurídica para él y todos los mexicanos es necesario fijar parámetros y reglas procesales que generen equidad entre las partes contendientes en un juicio, y el artículo segundo transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, podría ser contrario al derecho humano de acceso a la justicia, lo cual representaría una violación a los artículos 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta Soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta al titular de la administración pública federal a regularizar la situación jurídica de la Secretaría de la Función Pública.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 febrero de 2015.— Diputado Magdalena Núñez Monreal (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS Y LOS NIÑOS MIGRANTES QUE SON DEPORTADOS SIN JUICIO PREVIO POR LAS AUTORIDADES MIGRATORIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a impulsar por la SRE una política exterior dirigida a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de los niños migrantes deportados sin juicio previo por la autoridades migratorias de Estados Unidos de América, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El suscrito, René Ricardo Fujiwara Montelongo, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 3, fracción XVIII; 6, fracción I, 62, 76, fracción IV, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

La migración constituye hoy en día un tema de suma trascendencia en la agenda nacional, pero sobre todo en la agenda internacional de los países que se encuentran en zonas y regiones con un importante número de flujo de personas.

Su presencia cada vez mayor, obliga a los Estados a abordarlo, no sólo desde la política interior, sino también desde las relaciones bilaterales y regionales, e incluso en las agendas de seguridad nacional.

La Organización de las Naciones Unidas estima que hasta el mes de septiembre de 2013, el número de migrantes internacionales a nivel mundial alcanzó los 232 millones de personas, representando el 3.2% de la población mundial; de los cuales, 40 millones lo hacen con carácter de indocumentados.

Este organismo internacional afirmó durante el “Diálogo de Alto Nivel sobre la Migración Internacional y el Desarrollo”, que los países desarrollados acogen a 136 millones de migrantes internacionales, mientras que en los países en desarrollo residen 96 millones.

Por nuestra ubicación geográfica, México constituye un país de origen, tránsito y destino de un flujo importante de personas que, con el objetivo de encontrar un mejor futuro para sí y su familia en la búsqueda del llamado “Sueño Americano”, se encuentran con una serie de obstáculos que conlleva esta aventura tan riesgosa y que en muchas ocasiones, lamentablemente, ocurren desenlaces dolorosos, llegando incluso hasta la pérdida de la vida.

En el año 2013, el 50% de los migrantes internacionales vivían en 10 países, de los cuales, Estados Unidos albergaba el mayor número de estas personas con un total de 45.8 millones, nación que recibió entre los años 1990 a 2013 a casi 23 millones de personas, el mayor número de migrantes internacionales; es decir, el equivalente a un millón de migrantes internacionales por año.

Asimismo, los datos oficiales del Sistema de Información Estadística sobre las Migraciones en Mesoamérica y la Organización Internacional para las Migraciones reportan que la población latinoamericana representa el 52% de la población extranjera en Estados Unidos, de los cuáles, más de 30 millones de personas son de origen mexicano (57%).

En el mismo sentido, la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en su estudio “La Globalización de la Delincuencia: Una evaluación de la amenaza del crimen organizado transnacional”, estima que un tercio de los inmigrantes en Estados Unidos son ilegales y que un 80% de estos procede de Centro y Sudamérica, incluido México.

Generalmente el concepto “migración” se asocia como un problema social; sin embargo, en Nueva Alianza consideramos que esta palabra simboliza una valerosa expresión de la voluntad de una persona por superar la adversidad y acceder a una vida mejor para ellos y sus familias.

La migración puede producir beneficios sustanciales considerando que las economías, tanto de países desarrollados como de países en desarrollo, necesitan de las y los migrantes para satisfacer la demanda de trabajadores con diferentes grados de especialización.

Muchos migrantes, junto con sus familias, se ven obligados a trasladarse debido a diversos factores como la pobreza, la falta de un trabajo decente, las violaciones a sus derechos humanos, coexistir en medio de un conflicto armado, la persecución y la degradación del medio ambiente, entre muchos otros y cuando no existen posibilidades de una migración reglamentada, los migrantes recurren a mecanismos de migración irregular.

Si bien la migración es un asunto de primordial importancia e incluso de seguridad nacional, el tema de las y los niños migrantes se ha convertido en una cuestión sumamente alarmante, que ha traspasado los niveles de alerta para la región de Latinoamérica y de los Estados Unidos de América, convirtiéndose en una auténtica crisis humanitaria.

El tránsito de estos menores se realiza sin el acompañamiento o supervisión de sus padres o tutores, por lo que la condición de vulnerabilidad e indefensión  aumenta seriamente, a lo que debemos de sumar al alto índice de violencia e inseguridad que se vive día a día en la frontera norte del territorio nacional.

En este contexto, la situación de las y los niños migrantes debe ser vista como una alta preocupación por parte del Estado mexicano y ser atendida de manera integral y en estricto apego a los Derechos Humanos.

Según datos de la Agencia de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos, hasta el mes de mayo de 2014 las autoridades migratorias norteamericanas detuvieron a 47 mil menores de edad, cifra que supera el total de detenciones hechas en el año 2013, que fue de aproximadamente 38 mil 833.

Gran parte de estas detenciones ocurrieron en Río Grande, en el Estado de Texas, dónde se registra el 71% de los casos, representando un aumento del 168%, en comparación al año pasado y lo que más preocupa de esta situación es que 3 de cada 4 menores sin acompañante son originarios de Centroamérica.

A su vez, el Instituto Nacional de Migración estima que cada año, alrededor de 40 mil niños y niñas que migran son repatriados desde Estados Unidos a México, de los cuales 18,000 viajan solos.

Existen múltiples causas por las que estos infantes viajan solos en este largo y difícil camino hacia el vecino país del norte, entre los que se incluye el deseo de  niños, niñas y adolescentes de reunirse con sus familiares,  el anhelo de mejorar su nivel de vida a través del desempeño de un trabajo, o por la esperanza de escapar de la violencia familiar o social que viven en su país de origen.

Aunado a la situación a la que se enfrentan los menores que son detenidos para efectos de repatriación en los Estados Unidos de América, debemos de sumar los señalamientos que hacen instituciones como el DIF y la UNICEF, en el sentido de que existen autoridades migratorias en ambos lados de la frontera norte del país que persiguen, maltratan, discriminan, segregan e inclusive dan trato inadecuado a niños migrantes indocumentados.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) establece el llamado “Ciclo Migratorio”, entre los que enumera el procedimiento administrativo por el que atraviesan los niños migrantes no acompañados de la siguiente manera:

1) El niño sale del lugar de origen.

2) Llega a la frontera.

3) Cruza la frontera.

4) Es detenido por la autoridad migratoria del lugar de destino.

5) Es llevado a una estación migratoria.

6) El Consulado del país de origen coordina la repatriación.

7) Es trasladado al puerto de entrada de su país.

8) Se queda en un albergue de tránsito (si es que existe).

9) Se localiza a los padres o familiares.

10) Es trasladado de regreso a su lugar de origen.

De acuerdo con las cifras de repatriados que proporciona el Instituto Nacional de Migración, en 2012 ocurrieron 17 mil 129 eventos de repatriación de menores de 18 años provenientes de los Estados Unidos de América, de los cuales, el 79.3 por ciento no iban acompañados al momento de su repatriación.

Recientemente la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), organización humanitaria internacional, ha denunciado las flagrantes violaciones a los derechos humanos cometidas en contra de los menores migrantes mexicanos no acompañados al ser deportados, sin que medie un juicio previo y que su caso sea evaluado ante un juez migratorio.

Esto resulta aún más grave al ser discriminatorio respecto de otros menores de distinta nacionalidad como los centroamericanos, pues estos niños reciben un trato distinto por el simple hecho de no compartir frontera con Estados Unidos. El problema persiste debido a una legislación violatoria de los derechos humanos, puesto que no da un trato igualitario a todos los menores migrantes no acompañados que son detenidos por las autoridades migratorias, al discriminar a los menores migrantes mexicanos.

Esta legislación establece que los menores mexicanos deben ser entrevistados por agentes fronterizos dentro de las primeras 48 horas después de su detención y los agentes pueden obtener su consentimiento e irse durante la sesión, siendo su deportación la prioridad de estos agentes.

Para menores procedentes de otros países, la ley exige su traslado a refugios de detención dentro de las primeras 72 horas, lugar donde deben ser entrevistados para evaluar si son prospectos para ser asilados sin ser expulsados, sin que medie un juicio migratorio.

Las estimaciones indican que alrededor de 15 mil jóvenes mexicanos son detenidos cada año por la patrulla fronteriza mientras intentan cruzar la frontera y cerca del 60% de ellos mencionan la violencia como la razón por la que salieron de México; no obstante, menos de un 5% tiene la oportunidad de que su caso sea evaluado ante un juez migratorio.

El Coordinador Principal del Programa de México y Derechos de Migrantes de WOLA, Maureen Meyer afirmó que los niños mexicanos no deberían ser procesados de forma diferente sólo porque son de un país vecino y estimó que Estados Unidos recibió una avalancha de más de 68 mil menores migrantes que cruzaron solos la frontera, en su mayoría centroamericanos desplazados por los conflictos armados que persisten en sus respectivos países.

Otro aspecto discriminatorio que excluye a los menores migrantes mexicanos de las políticas migratorias de Estados Unidos de América se da en los visados para refugiados: con las mismas situación expuestas sobre las causas que motivan a los menores a dejar sus países de origen y con la constante presión de Naciones Unidas, el gobierno de los Estados Unidos de América anunció que aumentaría a 4 mil los visados de refugiados que se emiten anualmente para latinoamericanos; sin embargo, en estas emisiones se excluyen a las niñas y niños menores del país.

Las y los menores migrantes no acompañados deben ser tratados igualmente por todas las Naciones, el derecho internacional de los derechos humanos así lo establece.

En tal sentido, México cuenta con un vasto andamiaje jurídico nacional e internacional que busca garantizar los derechos humanos de las personas migrantes.

Conforme al artículo 1º de nuestra Carta Magna, que reconoce los derechos humanos contemplados tanto en la misma Constitución como en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, las familias migrantes son protegidos por diversas normas jurídicas, entre las que destacan:

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículos 4o. y 11);

• Convención Internacional Sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familias;

• Convención Sobre los Derechos del Niño;

• Ley de Migración;

• Memorándum de Entendimiento Sobre Protección Consular de Nacionales de México en Estados Unidos de América;

• Memorándum de Entendimiento Sobre Mecanismos de Consulta Sobre Funciones del Servicio de Inmigración, Naturalización y Protección Consular; y el

• Memorándum de Entendimiento Sobre Cooperación en Contra de la Violencia Fronteriza.

Asimismo, existen múltiples acuerdos bilaterales que se han celebrado entre México y los Estados Unidos de América con la finalidad de asegurar una repatriación segura y ordenada de migrantes:

• Procedimientos para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos en las fronteras de Ciudad Acuña, Coahuila- Del Río, Texas y Piedras Negras, Coahuila – Eagle Pass, Texas y su Protocolo que lo Enmienda;

• Procedimientos para la Repatriación segura y ordenada de nacionales mexicanos, San Diego y sus Adiciones;

• Arreglo Local para la Repatriación de nacionales mexicanos, El Paso;

• Arreglo para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos entre las Autoridades Migratorias del Sector Laredo, el Consulado de México en Laredo, Texas y el Instituto Nacional de Migración en Tamaulipas;

• Acuerdo de Repatriación en las fronteras de Mc Allen y de Brownsville, Texas;

• Arreglo para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos en las Fronteras de San Luis Río Colorado, Nogales y Agua Prieta, Sonora; y

• Procedimientos para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos en Nogales, Phoenix, Yuma, Tucson y Douglas.

El Estado mexicano se encuentra obligado a garantizar, respetar y proteger los derechos humanos, permitiendo su goce con absoluta libertad; en este sentido, las autoridades deben privilegiar en todas sus actuaciones el cumplimiento integral y armónico de los derechos humanos, sin importar la situación migratoria.

Conforme al mandato constitucional, establecido en el artículo 89, fracción X, corresponde una obligación para el Presidente de la República dirigir la política exterior del Estado Mexicano, bajo la conducción del principio normativo de respeto, protección y promoción de los derechos humanos, máxime cuando se trata de un sector social vulnerable como son las y los niños migrantes.

Es en tal sentido que se dirige este respetuoso exhorto al Ejecutivo, pues es innegable que la discriminación atenta directamente contra el derecho a la igualdad, no es razón justificable el hecho de que un menor sea originario de un país vecino para deportarlo sin un juicio previo, violándose además su derecho humano del acceso a la justicia.

Todos los seres humanos, especialmente los menores y más aún si están en una condición de migrantes, deben ser tratados sin discriminación alguna y con el debido proceso legal, anteponiendo sobre todas las cosas, el interés superior de la niñez.

Por esta razón, el Grupo Parlamentario Nueva Alianza, preocupado por la situación que están viviendo nuestros menores migrantes connacionales en el país vecino del norte, presentamos este Punto de Acuerdo para exhortar de manera respetuosa al Titular del Poder Ejecutivo Federal, para que por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores y en el ámbito de sus respectivas competencias, promueva una política eficaz con el gobierno de los Estados Unidos de América, la cual permita a nuestros menores migrantes, el respeto a sus derechos humanos de igualdad y acceso a la justicia ante las autoridades migratorias de ese país; lo anterior, en aras de construir una sociedad más justa entre ambos países.

Si bien existe un vasto andamiaje jurídico nacional e internacional que busca proteger y garantizar los derechos humanos de las y los migrantes, queda claro que estas normas están quedando sólo en el papel.

Se necesita más que una norma jurídica, se necesita la voluntad conjunta de todos los actores políticos para encaminar una política integral que sea eficaz, así como el compromiso y los resultados que la comunidad internacional espera recibir de quienes estamos involucrados en este problema.

En este contexto, la situación de las y los niños migrantes que son deportados sin juicio previo debe ser vista como una alta preocupación por parte del Estado mexicano en la conducción de su política exterior, para ser atendida de manera integral y conforme al total respeto a los Derechos Humanos.

En Nueva Alianza tenemos una firme convicción sobre el irrestricto respeto por los derechos humanos. Estamos ciertos que la situación migratoria no debe ser un impedimento para que a las y los migrantes se les respeten sus derechos fundamentales, puesto que el espíritu humanista de nuestra Ley suprema nos obliga a adoptar una nueva y firme postura en la conducción de la Política Exterior, basada como eje principal, el respeto por los derechos humanos, modificando la visión del problema migratorio, no como un asunto policiaco o de seguridad nacional, sino más bien con una postura humanitaria.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal, para que por conducto del titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, impulse una política exterior dirigida a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las y los niños migrantes que son deportados sin juicio previo por las autoridades migratorias de los Estados Unidos de América.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



RELATIVO AL FRAUDE OCASIONADO POR LA SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR FICREA

«Proposición con punto de acuerdo, relativo al fraude ocasionado por la sociedad financiera popular Ficrea, suscrita por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Alfonso Durazo Montaño, de la agrupación Movimiento de Regeneración Nacional

Ricardo Monreal Ávila, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea, el siguiente punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Particularmente durante los últimos tres años, la sociedad financiera popular Ficrea, captó recursos del público ahorrador, por la cantidad de 6 mil 200 millones de pesos ofreciendo con engaños, mala fe y con dolo, tasas de interés muy atractivas; promoviendo y abriendo oficinas captadoras en las principales ciudades de la república y ofertando “sus servicios financieros” en forma pública y a través de medios de difusión de comunicación masiva.

De esta manera, creó empresas subsidiarias “Leadman Trade” y Baus and Jackmam”, a donde destinó y derivó los recursos de los ahorradores, y fueron éstas sociedades quienes otorgaron créditos y préstamos a terceros, sin mayor control ni vigilancia de las autoridades financieras.

Reconocido por las autoridades, Ficrea defraudó 2 mil 700 millones de pesos, que fueron desviados por su director y principal accionista el señor Rafael Olvera Amezcua, a la compra de autos de lujo, y bienes inmuebles en México, Estados Unidos y España, en forma personal, para su familia, por medio de prestanombres y a través de empresas creadas de exprofeso en esos países.

La poco profesional y tardía intervención de las autoridades financieras, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, CNBV, por medio de su presidente Jaime González Aguadé, la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras, Condusef, por medio de su director Mario Alberto di Costanzo Armenta y la Secretaría de Hacienda, permitieron que el fraude se rea-lizara progresivamente durante años y que finalmente se consumara, y de esa forma dejar en el desamparo a miles de ahorradores, en su gran mayoría personas de clase media, que tenían ahí invertidos la totalidad de su patrimonio y que corren el riesgo de no recuperarlo.

Es el caso de que con fecha de 7 de noviembre de 2014, se conoció públicamente que Ficrea había sido “intervenida gerencialmente por la CNBV a través del Comité de Protección al Ahorro” por supuestos serios problemas de cumplimiento regulatorio, falta de transparencia e integridad en su información, así como la falta de disposición para atender de manera adecuada los requerimientos de información de la autoridad, nombrándose en esa fecha como interventor al licenciado Federico López Cárdenas.

Cabe mencionar que dicho proceso adoleció de vicios en su emisión que afectan su legalidad, ya que los desplegados publicados no vienen firmados, ni se encuentran fundados ni motivados como lo exige la legislación aplicable.

También se hace mención que el Comité de Protección al Ahorro de la CNVB acordó en sesión del mismo 07 de noviembre de 2014 la suspensión parcial y temporal de las operaciones de “FICREA”, tomándose como medidas que ésta no celebre nuevas operaciones de ahorro y crédito y no se cubran las obligaciones de pago a su cargo, con los miles de ahorradores privados, además de personas morales e inclusive dependencias oficiales como el Tribunal Superior de Justicia del DF y el de Coahuila; inmediatamente después las autoridades financieras revocan la autorización a Ficrea para actuar como sociedad financiera popular, Sofipo.

En vista de lo anterior es que los ahorradores se ven afectados directamente en su esfera jurídica y patrimonial, por los actos fraudulentos de personas sin escrúpulos y por la negligencia y falta de capacidad, de las autoridades financieras, CNBV, Condusef y la Secretaría de Hacienda, encargadas de supervisarlos oportunamente y de dar aviso a tiempo a los ahorradores del inminente peligro que existía de perder todo su patrimonio.

Es el caso de que un mes después, el 23 de diciembre de 2014 Ficrea a través de su interventor, adopta la decisión de iniciar un proceso de disolución y liquidación, designándose como liquidador en este proceso, al servicio de administración y enajenación de bienes, SAE; e inician el trámite de “invitar” a los ahorradores defraudados a ejercer su derecho del “pago del seguro de obligaciones garantizadas” que establecen las leyes, de los cuales ya van más de 3 mil 200 solicitudes, para recibir aproximadamente 131 mil pesos contra el saldo de cada ahorrador, y reservándose sus derechos a recibir más de sus ahorros, cuando concluya el proceso de la liquidación de Ficrea y el liquidador ejercite las acciones legales para recuperar lo defraudado en México, Estados Unidos y en España.

Es decir en menos de tres meses la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, realiza la intervención gerencial, revoca la autorización a Ficrea para actuar como sociedad financiera, autoriza la disolución, inicia la liquidación de Ficrea e invita a los ahorradores defraudados a pasar a cobrar su “seguro de obligaciones garantizadas” por 131 mil pesos, con lo cual considera estar “resolviendo este asunto”. Ojalá y hubieran actuado con esa eficiencia antes de que se cometiera el fraude.

El titular de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Jaime González Aguadé, en su comparecencia ante la Tercera Comisión de la Permanente del Congreso de la Unión, admitió que los activos asegurados y confiscados a Ficrea al momento de realizar la “intervención gerencial”, consistentes en contratos de arrendamiento financiero con sus empresas subsidiarias por 3 mil 200 millones de pesos, 28 bienes inmuebles, y 234 automóviles, un fideicomiso irrevocable en garantía por 200 millones de pesos, además de mobiliario, no alcanzan para pagarles a los ahorradores defraudados; identificando un quebranto de 2 mil 700 millones de pesos en su perjuicio y daño patrimonial.

Estos sucesos afectan la credibilidad en nuestro sistema financiero y en sus autoridades responsables de vigilar su sana y legal operación, por lo que no podemos permitir que nuevamente se repitan en México estos actos de defraudación colectiva, al amparo de la incapacidad , ineficiencia e irresponsabilidad de nuestras autoridades financieras, se debe reformar la legislación actual, se debe de legislar urgentemente, para contar con un marco normativo eficaz que realmente proteja en forma efectiva y oportuna a los ciudadanos, en contra de los actos fraudulentos de personajes como el Sr. Rafael Olvera Amezcua y demás cómplices, que están escondidos y gozando de su fortuna mal habida en el extranjero.

Es necesario que se impongan responsabilidades y penalidades amplias y severas a los funcionarios de la administración pública, que intervienen y son responsables de la vigilancia y supervisión de la operación y administración de estas sociedades financieras y que por acción u omisión solapan o permiten este tipo de fraudes masivos.

Por ello se debe analizar el comportamiento de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Condusef y de la Secretaria de Hacienda en este caso concreto y deslindar responsabilidades de los funcionarios responsables y aplicar sanciones inmediatas y ejemplares, que sirvan como precedente, para evitar más Ficrea, más ahorradores defraudados, más afectados, más personas que están muy cerca de quedarse sin patrimonio alguno.

Es por lo anterior que proponemos se proceda con toda energía y celeridad, contra todos los responsables de este fraude colectivo, que evidentemente no es sólo el Sr. Rafael Olvera Amezcua, sino demás accionistas, funcionarios, directores, gerentes o personas involucradas que participaron activamente en este ilícito, que se proceda a su arraigo, antes de que huyan y no sea factible su localización.

Asimismo, es necesario, es ético, es moral, que el gobierno federal proteja de inmediato a los ahorradores defraudados por Ficrea, les reintegre sus ahorros, proteja sus patrimonios, y nos los deje a la deriva, inmersos en procedimientos judiciales interminables en México, en Estados Unidos o en España, todos ellos burocráticos, y costosos, o sumidos en procesos de liquidación, incautación y recuperación de bienes en México y en el extranjero.

Por lo expuesto, proponemos los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para hacer pública la información referente a la investigación efectuada por el Comité de Protección al Ahorro por supuestos serios problemas de cumplimiento regulatorio, falta de transparencia e integridad en su información, así como la falta de disposición para atender de manera adecuada los requerimientos de información de la autoridad, encabezada por el interventor licenciado Federico López Cárdenas.

Segundo.Se exhorta al titular del Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, para realizar una investigación sobre las autoridades financieras relacionadas en el caso de Ficrea, las cuales corresponden a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debido a la poco profesional y tardía intervención dentro del caso.

Tercero.Se exhorta al titular del Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, para llevar a cabo las medidas conducentes que ofrezcan mecanismos de resarcimiento para los patrimonios de los ahorradores defraudados, cediendo los derechos de cobro al propio Gobierno Federal, para que este continúe con el proceso de recuperación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



AMPLIACION DE CARRILES PARA EL CRUCE FRONTERIZO, SE BUSQUE UN DISEÑO QUE NO REQUIERA LA DEMOLICION DEL MENCIONADO INMUEBLE

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al titular de la SCT a respetar la integridad del edificio Puerta México, situado en la garita de San Ysidro, en Tijuana, Baja California, de tal forma que en la ampliación de carriles para el cruce fronterizo se busque un diseño que no requiera la demolición del inmueble, a cargo de la diputada María Carmen López Segura, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada federal de Baja California por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

La Comisión Nacional de la UNESCO establece que el término bienes inmuebles se refiere a una manifestación material, imposible de ser movida o trasladada.

El patrimonio inmueble está constituido por monumentos, obras de la arquitectura y de la ingeniería, sitios históricos y centros industriales, zonas u objetos arqueológicos, calles, puentes, viaductos... de interés o valor relevante desde el punto de vista arquitectónico, arqueológico, etnológico, histórico, artístico o científico, reconocidos y registrados como tales. Esta categoría además incorpora a los vitrales, murales, esculturas y amueblamiento que forman parte de otros bienes inmuebles.

Por patrimonio arquitectónico se puede entender un edificio, un conjunto de edificios o las ruinas de un edificio o de un conjunto de edificios que, con el paso del tiempo, han adquirido un valor mayor al originalmente asignado y que va mucho más allá del encargo original. Este valor, puede ser cultural o emocional, físico o intangible, histórico o técnico.

Las obras de arquitectura que pueden considerarse de patrimonio arquitectónico serán entonces las que, debido a una multiplicidad de razones, no todas de índole técnica o artística, se consideran que, sin ellas, el entorno donde se ubican dejaría de ser lo que es.

En ciudades jóvenes, existen edificaciones que sin ser de gran antigüedad son consideradas por los habitantes de la localidad como un edificio representativo de la ciudad.

Concretamente en la ciudad de Tijuana, Baja California, existe un edificio que los habitantes reconocen como un patrimonio arquitectónico de la ciudad, que además sirve como entrada México en la garita internacional de San Ysidro, conocido como “Puerta México”.

El edificio “Puerta México” fue construido en 1961 por orden del Presidente Adolfo López Mateos, como parte del Programa Nacional Fronterizo, que tenía como objeto dotar a las ciudades fronterizas de edificios decorosos. La “Puerta México” es obra del célebre arquitecto mexicano Mario Pani, que ha construido diversos edificios en México y en el extranjero que constituyen verdaderas joyas de la arquitectura moderna mexicana.

La “Puerta México” es una sólida construcción que además de su belleza tiene sótanos de hasta tres pisos, que sirven para sostener la enorme estructura que tiene dos alas a cada lado sin columnas, figurando desde el aire un águila estilizada, lo que ha convertido al edificio en un monumento arquitectónico de la ciudad de Tijuana, Baja California.

Lamentablemente y a pesar del valor que le han conferido los tijuanenses, las autoridades federales tienen considera su demolición.

La Secretaria de Comunicaciones y Transportes, anuncio que debido a la necesidad de ampliar los carriles que conducen a la Garita Internacional de San Ysidro, es sumamente necesario demoler el edificio “Puerta México” que durante muchos años fue sede en Tijuana de la Secretaria de Relaciones Exteriores.

Ante esta situación, en Tijuana se ha creado un amplio frente social en defensa de la “Puerta México”, ya que los tijuanenses consideramos que este edificio es parte de nuestra identidad y de nuestra historia, además de ser una joya arquitectónica diseñada por uno de los más grandes arquitectos mexicano.

En ese tenor, considero que a fin de proteger el patrimonio arquitectónico que representa la “Puerta México” para los tijuanenses, es oportuno presentar la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que se respete la integridad del edificio conocido como Puerta México, situado en la Garita de San Ysidro ubicado en la ciudad de Tijuana, Baja California, de tal forma que para la ampliación de carriles para el cruce fronterizo, se busque un diseño que no requiera la demolición del mencionado inmueble.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputada María Carmen López Segura (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen.



ACTUE CON IMPARCIALIDAD Y LEGALIDAD EN EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL 2015, PARA QUE CON DEBIDO TIEMPO INSTRUYA Y CAPACITE A LOS FUNCIONARIOS DE CASILLAS Y SE LES DOTE DEL MATERIAL NECESARIO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE a actuar –en el ámbito de sus atribuciones– con imparcialidad y legalidad en el desarrollo del proceso electoral de 2015 para que con oportunidad instruya y capacite a los funcionarios de casillas y los dote del material necesario, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del PAN

La diputada Martha Leticia Sosa Govea, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracciones II y III, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional Electoral para que, en el ámbito de sus atribuciones, actúe con imparcialidad y legalidad en el desarrollo del proceso electoral 2015, para que con debido tiempo instruya y capacite a los funcionarios de la casillas, tanto ordinarias como especiales, así como que se les provea de los materiales documentales y electrónicos necesarios para la próxima jornada electoral de este año.

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 40 que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república, representativa y democrática, por tanto, la forma de gobierno que tenemos es democrática, que de acuerdo a distintos politólogos, la clasifican en electoral y representativa. La democracia electoral es aquella que todos ejercemos cada 3 o 6 años para la elección de Diputados y Senadores así como Presidente de la República; mientras que la democracia representativa es aquella por la que elegimos a quienes van a representarnos, depositando nuestra capacidad de decisión a través del Congreso de la Unión, Congresos locales y gobiernos federales, estatales y municipales.

Así bien que con la reciente reforma política electoral, se hizo un cambio histórico con el que se procurará contiendas electorales más transparentes y confiables, buscando garantizar que no solamente quienes ejercen el poder en nombre de la ciudadanía, sino todos los gobernados tengan derecho a expresar sus opiniones, materializar sus expectativas y alcanzar el pleno desarrollo en una nación democrática; sin embargo, es de señalar que como ésta y muchas leyes vigentes son sujetas de ser perfectibles pues aún y cuando pasaron por un proceso legislativo exhaustivo, existen hechos que la misma ley no alcanza a prever o encuadrar al tipo, es por ello, que me permito hacer uso de esta tribuna para hacer algunos señalamientos y observaciones para que en las próximas elecciones que ya están a la puerta, el Instituto Nacional Electoral preste mayor atención, como a continuación enumero:

1. Que para el cumplimiento de la labor del día de la elección, los funcionarios previamente elegidos, deben recibir la capacitación exhaustiva y completa para el desempeño de su encargo; sin embargo, en el momento de la jornada surgen diversos supuestos de manera exógena o simplemente no se les brinda el material electoral completo o en su defecto, no se les enseña cómo usarlo, cómo es el caso de los medios informáticos que deben utilizarse en las casillas especiales; por tanto, estás irregularidades en muchos casos se traducen en que otras personas diferentes a las designadas intervengan en los trabajos de la Mesa Directiva de la Casilla y no se dé un conteo correcto y un registro de electores confiables y certero.

De acuerdo con la LEGIPE, los presidentes de los consejos distritales son los encargados de custodiar la documentación de las elecciones de diputados por mayoría relativa y representación proporcional, de senadores por mayoría relativa y representación proporcional y de presidente de los Estados Unidos Mexicanos y deben de entregar a los presidentes de las mesas directivas de casilla la documentación y útiles electorales necesarios, así como apoyarlos para el debido cumplimiento de sus funciones; sin embargo, como lo refiere el inciso d) del artículo 80, es omiso al no mencionar expresamente que se les entregue a los presidentes de casillas especiales los medios informáticos necesarios para su labor. Así, muchas veces no se les entrega estos instrumentos electrónicos porque simplemente no está precisado en la ley, o en el momento de la jornada electoral se los hacen llegar, sin la responsabilidad de verificar si son correctos o simplemente de cómo usarlos.

3. Que el inciso e) del al artículo 256 de la LEGIPE, establece que el Presidente del Consejo Distrital ordenará la publicación de la lista de ubicación de casillas aprobadas, a más tardar el 15 de abril del año de la elección. Y los numerales 2 y 3 del artículo 285, mencionan que la hora de cierre de la votación en todas las casillas será a las 18:00 horas; así como el supuesto de poder dejarla abierta después de esa hora. Estos articulados, que bien aluden a todas la casillas; sin embargo, se considera necesario ser más claros, repetitivos y blindar a las casillas especiales , pues de acuerdo con la experiencia son en las que más anomalías se presentan dada su naturaleza y en las que no puede verificarse de manera estricta su cierre de casilla. Por ello, se considera necesario que el Instituto Nacional Electoral implemente todos los medios y medidas necesarios para que cumplan con ese horario. Por otra parte que los consejos distritales, a propuesta de las juntas distritales ejecutivas publiquen la ubicación para instalación de casillas especiales para la recepción del voto de los electores que se encuentren transitoriamente fuera de la sección correspondiente a su domicilio y que por tanto, publiquen la lista de ubicación de estas casillas especiales aprobadas, a más tardar el 15 de abril del año de la elección, con el objetivo de que los ciudadanos puedan prever en dónde votar con antelación y no como ha sucedido en la práctica que no conocen con tiempo la ubicación de las casillas especiales y por eso dejan de emitir su voto.

4. Que en el tema de las casillas especiales, es necesario que el Instituto se cercioré que a los presidentes de mesas directivas de las casillas especiales se les entregue la documentación y materiales, con excepción de la lista nominal de electores con fotografía, en lugar de la cual recibirán los medios informáticos necesarios para verificar que los electores que acudan a votar se encuentren inscritos en la lista nominal de electores que corresponde al domicilio consignado en su credencial para votar y que de verdad a los funcionarios de las casillas realmente se les brinde la capacitación basta para el manejo de los medios informáticos. En este sentido, es necesario delimitar el número de 1, 500 boletas entregadas, ya que no especifica de que candidatura son, por tanto, el hecho de no especificar ha sido causa de muchos fraudes electorales en distintos Estados de la República.

5.Que el artículo 284 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, menciona el numeral 2 que cuenta con cuatro supuestos que pueden aplicarse para votar en las casillas especiales, mismos que nos son claros y requieren ser reformadas, como es el caso del inciso A) y b).

Consecuentemente , es necesario analizar el inciso A ) que si bien dice que podrá votar por los diputados por ambos principios, en la redacción de este artículo sólo se menciona que el Presidente de Mesa de casillas le entregará una “boleta única” para diputados y en el que le asentará la leyenda “representación proporcional”, o la abreviatura “R.P.”; sin embargo, no es claro, ya que no precisa el voto para el diputado bajo el principio de Mayoría Relativa, por lo que en la práctica esa “boleta única” sólo se contabiliza como un voto para el diputado bajo el principio de “RP”, dejando fuera el voto asignado para Mayoría relativa, lo que provoca que las elecciones no sean certeras ni confiables, pues la confusión se inicia con la misma redacción.

Con respecto al inciso b) establece que sí el elector se encuentra fuera de su distrito, pero dentro de su entidad federativa, podrá votar sólo por diputados por el principio de representación proporcional, y por senador por los principios de mayoría relativa y representación proporcional y por Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El presidente de la mesa directiva le entregará la boleta única para la elección de diputados, asentando la leyenda “representación proporcional”, o la abreviatura “R.P.” y las boletas para la elección de senadores y de presidente, sin embargo; nuevamente es necesario que se adicione las leyendas de “representación proporcional”, o la abreviatura “R.P.” y “Mayoría relativa” en el caso de senadores para evitar confusiones. Pues es de señalar, que en las pasadas elecciones en el Estado de colima, la falta de una clara redacción en este artículo así como una debida capacitación a los funcionarios de la casilla provocaron diversas anomalías e ilegitimidad en las elecciones.

En este orden de ideas, el Estado debe de garantizar que el derecho al sufragio sea accesible para todos, que la construcción de la democracia sea transparente y que todos seamos parte de ella., por ello el instituto como garante de que las elecciones sean apegadas a Derecho debe valorar y tomar en cuenta los diversos supuestos que en actos son delitos y que su falta de adecuada redacción, aplicación y vigilancia hace que muchos mexicanos pongan en duda la capacidad el INE.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único:Se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional Electoral para que, en el ámbito de sus atribuciones actúe con imparcialidad y legalidad en el desarrollo del proceso electoral 2015, para que con debido tiempo instruya y capacite a los funcionarios de la casillas, tanto ordinarias como especiales, así como que se les provea de los materiales documentales y electrónicos necesarios para la próxima jornada electoral de este año.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputada Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



PREVER Y REPARAR LOS DAÑOS GENERADOS A LOS VEHICULOS QUE TRANSITAN POR VIALIDADES EN MALAS CONDICIONES EN LA ENTIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a implantar con las autoridades de Tabasco medidas para evitar, prever y reparar los daños generados a los vehículos que transitan por vialidades en malas condiciones en la entidad, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

En México los reportes de la Policía Federal indican que las principales causas de los accidentes en las carreteras federales son en 80 por ciento factor humano, 7 por ciento debidas al vehículo, 9 por ciento por factores naturales y 4 por ciento por las características de la vialidad. Dentro del factor estructural de tránsito se encuentran los errores en los señalamientos viales, las carreteras en mal estado o sin mantenimiento, ya sea con baches, hoyos o pavimento deteriorado, y la falta de pintura y reflejantes en las líneas centrales de la carretera.

Las cifras anteriores difieren con los datos que el Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco), ya que nos reporta que 16 por ciento de los accidentes carreteros se deben a la falta de mantenimiento en las carreteras de México

Cabe mencionar que aunque el factor climatológico no guarda relación con el problema de las características de la vialidad, no realizar el mantenimiento correspondiente de manera pronta en caso de daños, lo vuelve parte de la problemática.

Otra cifra alarmante es que en el país, en promedio cada día 14 personas mueren en accidentes carreteros y 92 resultan lesionadas. Asimismo, en el país existen carreteras libres y rurales que se encuentra en pésimo estado por falta de atención de las autoridades, situación que es propicia para asaltos, robos y daños a los vehículos. En 2014 la Dirección General de Conservación de Carreteras de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) reconoció que no se pudo avanzar en las mejoras de las condiciones físicas de la red federal de carreteras libres de peaje. Existe un inventario del deterioro en la SCT, este reporta que a finales de 2014 casi 2 de cada 10 kilómetros de carreteras se encuentran en situación no satisfactoria.

Es de suma importancia analizar el papel de la regulación en materia de carreteras y otras vialidades desde ángulos diversos, además se debe de realizar un estudio sobre el peso y dimensiones de los vehículos y realizar propuestas de política pública que minimicen los costos sociales, pero que también no afecten la competitividad del sector transporte.

Tabasco sufre un índice de accidentes superior al promedio nacional y se encuentra dentro de los estados con un alto número, con 4 mil 445 accidentes solamente en diciembre de 2014. Cifra que va más allá del daño vehicular. Los daños contra la salud y el índice de mortandad son resultado de la falta de mantenimiento en carreteras y calles.

Por las razones expuestas, se somete a consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta de manera respetuosa a los titulares de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y autoridades correspondientes del estado de Tabasco, a implementar de manera coordinada, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, las medidas necesarias y adecuadas para evitar, prever y reparar los daños generados a los vehículos que transitan por las vialidades del estado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen.



DEVOLVER EL SALARIO RETENIDO A LOS MAESTROS EN ESA ENTIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Chihuahua a devolver el salario retenido a los profesores en la entidad, a cargo de la diputada Martha Beatriz Córdova Bernal, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Martha Beatriz Córdova Bernal, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Exposición de Motivos

El salario es uno de los principales derechos constitucionales de los mexicanos, que se encuentra expresado en el  artículo 123 de nuestra Carta Magna, y este es un derecho inalienable.

Lamentablemente el pasado mes de diciembre,  los maestros en el estado de Chihuahua, pertenecientes a la sección 42 del SNTE, fueron víctimas de un descuento nominal, de día y medio de salario. Éste fue un atropello que no tuvo ningún sustento, ya que dentro de sus recibos no aparecía el desglose explicando el motivo por el cual había sido retenida dicha cantidad del bono navideño.

Ésta es una violación total a los derechos humanos y laborales que se permiten con la mal llamada reforma educativa, ya que a decir de los afectados, el descuento no se sabe si fue autorizado por el sindicato o la secretaría de finanzas del gobierno del estado o por propia  autorización del Ejecutivo del estado.

Con el centralismo que se permite, gracias a la reforma educativa y las leyes secundarias en esa materia, se sabe que los pagos a los empleados del magisterio deben de ser desde la federación, más sin embargo esta legislatura aprobó que los pagos de la federación a los trabajadores de la educación se empezaran a realizar a partir del mes de marzo de este año.

Por  tal motivo los responsables son directamente las instancias estatales materia que nos ocupa.

La educación es el pilar en toda sociedad, con esta se logra generar una sociedad libre, y resulta imperioso que las personas a cargo de la educación sean bien remunerados, cosa que desgraciadamente no pasa en nuestro país, necesitan contar con capacitación que los actualice y por sobretodo contar con la adecuada infraestructura para poder ejercer esa noble labor, la de enseñar.

Lamentablemente no es de sorprender que veamos muy a menudo a los encargados de brindar educación a la sociedad, tener que salir a las calles a protestar, para alzar sus voces ante el descontento y la injusticia, a manifestar su inconformidad por el abuso de los diferentes sectores gubernamentales y sindicales que atropellan sus derechos, el estado que es que tiene que salvaguardar todos esos derechos en muchas ocasiones son violentados por cuestiones políticas que desgraciadamente no conocen ni atienden de forma directa la problemática que se vive en las escuelas.

El descuento de día y medio del cual fueron objeto los trabajadores de la educación afiliados a la sección 42 del SNTE, fue de forma arbitraria y anticonstitucional, en el estado de Chihuahua, y tengamos claro que esta no es otra cosa más que una provocación por parte de la entidad hacia los profesores afectados, temo que en las manifestaciones de los profesores se vaya actuar de manera equivocada por parte del Ejecutivo del estado, como comúnmente lo hacen todos los gobernantes para tratar de acallar las voces de descontento e inconformidad.

Tan solo en Chihuahua los maestros de la sección 42 del SNTE se han manifestado de diversas formas y hasta el momento el titular del sindicato no les ha notificado ninguna solución a sus denuncias, es mas a uno de los maestros que fungía como parte del sindicato que se pronunció en contra de la ejecución del descuento lo destituyeron de su cargo en el multicitado sindicato.

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta al gobernador constitucional de Chihuahua, licenciado César Horacio Duarte Jáquez, a devolver el salario retenido a los maestros en esa entidad lo antes posible.

Segundo.Se exhorta al titular de la Secretaría de Finanzas, ingeniero Jaime Ramón Herrera Corral, a devolver el salario retenido a los maestros en esa entidad lo antes posible.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputada Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



VERIFICAR LA LEGALIDAD DE LOS DIVERSOS CONCEPTOS DE COBRO QUE TELMEX A IMPUESTO A SUS CLIENTES A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DE 2015

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco a verificar la legalidad de los conceptos de cobro que Telmex ha impuesto a los clientes a partir del 1 de enero de 2015, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, diputada federal Magdalena Núñez Monreal, secretaria de la Mesa Directiva e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo a través del cual se exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor a verificar la legalidad de los diversos conceptos de cobro que Telmex a impuesto a sus clientes a partir del primero de enero de 2015, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, tuvo entre otros objetivos el de reducir los costos de telefonía fija y móvil, en beneficio de la economía de los usuarios a partir del primer día de la presente anualidad.

Sin embargo, los recibos de cobro de Telmex, que emite a cada uno de sus clientes que tienen contratado algún paquete de telefonía fija, correspondientes a los primeros meses de 2015 no reflejan algún beneficio de carácter económico, pues mantienen el mismo monto del año anterior.

Lo que incorporan son diversos conceptos que identifican como “beneficios” entre los que se incluyen minutos a celular 044 y 045, llamadas locales sin límite de tiempo, minutos Lada Internacional, minutos Lada Mundial y la membresía a Claro-Video.

Si bien los recibos referidos señalan que los minutos Lada Nacional serán ilimitados, es un hecho que no existe un ahorro en beneficio de los consumidores como se estableció en la reforma de Telecomunicaciones, sino que la empresa Telmex, mantiene sus paquetes con el mismo costo y a cambio otorga otros “beneficios” a sus clientes para mantener las tarifas que cobraban al 31 de diciembre pasado.

La Procuraduría Federal del Consumidor por mandato de la ley de la materia, es la instancia competente para actuar en defensa de los consumidores, motivo por el cual esta legisladora considera conveniente que con base en su marco normativo, lleve a efecto un análisis para determinar si los “beneficios” que otorga Telmex y el monto de sus paquetes son legales y cumplen con el espíritu de la reforma constitucional en materia de comunicaciones.

Por lo expuesto, se somete a consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor a verificar la legalidad de los diversos conceptos de cobro que Telmex a impuesto a sus clientes a partir del primero de enero de 2015.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputada Magdalena Núñez Monreal (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.



MANTENGA ACTUALIZADA UNA BASE DE DATOS DE INCIDENTES EN TERRITORIO NACIONAL, EN LOS QUE SE VEAN INVOLUCRADAS AERONAVES DE CUALQUIER TIPO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT a supervisar aeronaves y sus condiciones físicas para garantizar la seguridad de concesionarios, usuarios y población en general; y a mantener actualizada una base de datos de incidentes en territorio nacional donde resulten involucradas aeronaves de cualquier tipo, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

José Angelino Caamal Mena, diputado a la LXII Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción I y 2; 100 y 103 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante el pleno de esta soberanía el presente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Sin duda alguna los accidentes aéreos no son una constante cotidiana, diferentes investigaciones han dado como resultado que son mayores las probabilidades de sufrir un accidente automovilístico que un accidente aéreo, algunas estadísticas señalan que es mucho mayor la probabilidad de sufrir algún tipo de lesión como consecuencia de un accidente automovilístico que por un accidente aeronáutico (en 97.5 por ciento de los accidentes aéreos hay sobrevivientes y existe una probabilidad en 1.2 millones de sufrir un accidente aéreo), pero si tocamos el tema de la probabilidad de muerte la diferencia es muchísimo mayor, la probabilidad de morir en un accidente de aviación es de 1 en 11 millones, en tanto que la de morir en un accidente automovilístico es de 1 en 5000.

No obstante estos reveladores cálculos estadísticos, en nuestro país hablar de accidentes aéreos es algo que ya está resultando común e incluso cotidiano. Se ha convertido en nota constante para noticieros de medios electrónicos y para medios impresos informar sobre incidentes en los que se ven involucradas aeronaves de transporte aéreo privado comercial y que van desde aterrizajes de emergencia hasta verdaderos accidentes con saldos de heridos y decesos.

De acuerdo con notas periodísticas publicadas, tan solo en el año 2014, se informó de 23 accidentes de aeronaves civiles que dejaron un saldo de 37 muertos y 20 heridos, las aeronaves involucradas en estos acontecimientos fueron en su mayoría de aquellas conocidas como “avionetas” utilizadas para servicios de fumigación, transporte de personas y capacitación (escuelas de aviación), esta información no comprende aquellos incidentes en los que los pilotos tuvieron que realizar aterrizajes de emergencia ni siniestros en los que se vieron involucradas aeronaves utilizadas por el crimen organizado; en tanto que en lo que ha transcurrido del presente año habían ocurrido cinco accidentes y un aterrizaje de emergencia, este último llevado a cabo en la denominada Autopista del Sol, en las inmediaciones de la ciudad de Chilpancingo.

En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza nos preocupan sobremanera estas cifras, en especial por el alto número de vidas humanas perdidas, y las lesiones sufridas por quienes han tenido la fortuna de sobrevivir en esos accidentes, pero también por la frecuencia en que estos hechos se están suscitando.

Al respecto es importante señalar lo complicado que resulta al público en general conocer cifras oficiales que informen el número exacto de incidentes en que se ven involucradas aeronaves civiles y las acciones llevadas a cabo por la autoridad aeronáutica responsable de supervisar la operación de ese tipo de aeronaves.

La Ley de Aviación Civil faculta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a verificar que los concesionarios y permisionarios cumplan las disposiciones señaladas en ese cuerpo legal, ello con la principal finalidad de garantizar las condiciones máximas de seguridad y operación que protejan la integridad física de los usuarios y de terceros.

Si bien es cierto la secretaría hizo público el Programa de Verificaciones Técnico-Administrativas por realizarse durante 2014, sería importante que la autoridad hiciera públicos los resultados de dichas acciones de verificación programadas, a efecto de informar a la población qué concesionarios y permisionarios cumplieron o incumplieron con sus obligaciones legales, además de relacionar, en su caso, las aeronaves siniestradas con los concesionarios que las operaban o les brindaron mantenimiento y si, como consecuencia, fueron sancionados en términos de ley.

En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, estimamos necesario que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes haga pública esta información, a efecto de que aquellas personas que se encuentren en posibilidad de contratar la prestación de los servicios ofertados por los concesionarios de servicios aéreos tengan la certeza de que contratan empresas que cumplen a cabalidad con sus obligaciones legales y que reúnen las condiciones de seguridad necesarias para operar.

Es cierto que los accidentes son impredecibles, que en un accidente convergen diversos elementos y situaciones en las que la acción del hombre no puede influir; pero también es cierto que el actuar del ser humano puede minimizar las probabilidades de que un accidente ocurra y que la actuación oportuna de la autoridad puede convertirse en un factor trascendente para que se reduzcan aún más las probabilidades de un siniestro que, eventualmente, puede costar vidas humanas.

Muchos han sido los casos de los que hemos tenido conocimiento en que los accidentes pudieron ser evitados o sus consecuencias pudieron ser diferentes si la autoridad hubiera actuado en su momento. El objeto de que se lleven a cabo verificaciones administrativas a los concesionarios y las aeronaves que operan, en el caso que nos ocupa, es precisamente el de corroborar que la operación de las mismas se dé en las mejores condiciones de seguridad y que se garantice no sólo la integridad de los usuarios y operadores, sino también la integridad del patrimonio de operarios y consumidores; y en un eventual caso de siniestro se esté en posibilidad de sancionar a aquellos que resulten responsables en cualquier grado.

De tal forma, en el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza consideramos de suma importancia que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no solo lleve a cabo, en ejercicio de sus atribuciones legales, visitas de verificación a concesionarios y permisionarios de servicios de aviación, sino que haga públicos los resultados de dichas verificaciones y que en caso de que alguna aeronave se vea involucrada en un incidente exista información pública cierta y precisa que permita conocer las condiciones en que operaba o si, en su defecto, había sido objeto de alguna supervisión o verificación por parte de la autoridad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de esta soberanía los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero.La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes gire sus instrucciones al director general de Aeronáutica Civil a efecto de que haga públicas y mantenga actualizadas las estadísticas de accidentes en que se vean involucradas aeronaves civiles que operen al amparo de concesiones o permisos otorgados en términos de lo dispuesto en la Ley de Aviación Civil; así como las sanciones que en su caso hayan sido impuestas a concesionarios y permisionarios de las aeronaves siniestradas.

Segundo.La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes gire sus instrucciones al director general de Aeronáutica Civil, a efecto de que haga público el Programa de Verificaciones Técnico-Administrativas de 2015, y que en el mismo se consideren, en especial, aquellos concesionarios y permisionarios relacionados a las aeronaves siniestradas durante 2014.

Notas:

1. Instituto de Tecnología de Massachussets y National Safety Council, analizando datos estadísticos de vuelos comerciales.

2. Que de conformidad con el artículo 27 de la Ley de Aviación Civil comprende, entre otros, aeronaves destinadas al servicio de transporte de personas, publicidad comercial, fumigación y capacitación y adiestramiento (escuelas de aviación).

3. http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAC/00%20Aeronautica/12Nov14 PROGRAMA_DE_VERIFICACIONES_R_05.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputado José Angelino Caamal Mena (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Transportes, para dictamen.



ADOPTEN DIVERSAS MEDIDAS ANTE EL SECUESTRO DE PERSONAS EN TAL MUNICIPIO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador interino de Guerrero y al presidente municipal de Cocula a adoptar medidas ante el secuestro de personas en la localidad, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), a través de su informe especial sobre el estado de Guerrero elaborado en 2013, reveló que hay un creciente número de delitos y violencia en la entidad.

La CNDH responsabilizó a las fallidas e ineficientes políticas del gobierno estatal y municipal para combatir la inseguridad y el aumento de la violencia, la cual se traduce en que 46 de los 81 municipios del estado existan grupos de autodefensa.

Los homicidios dolosos en Guerrero ascendieron a dos mil 87 casos en 2013, mientras que el año pasado sumaron dos mil 310 crímenes. La tendencia indica que tan sólo en una década, los homicidios aumentaron un 158 por ciento, pues en 2003 se reportaron 808 casos y en la actualidad se perpetran 59 por cada cien mil habitantes.

La entidad ocupa el segundo lugar en plagios con 207 casos en 2013; equivalentes a seis plagios por cada cien mil habitantes. Las extorsiones también van al alza, durante 2010 se registraron 85 casos y el año pasado cerró con 174 denuncias.

El 29 por ciento de los delitos en carreteras en el país se perpetraron en Guerrero durante 2013, cuando se denunciaron 767 casos, un delito que en 2010 sólo reportó 20 casos y para 2011 se disparó a 580.

A estas preocupantes cifras debemos sumar los hechos ocurridos el pasado viernes 6 de febrero, cuando un grupo de hombres armados, encapuchados y con vestimenta tipo militar,“levantaron” a más de una decena de personas, entre ellas una mujer y trabajadores de la empresa minera Media Luna, a los cuales interceptaron en la carretera Cocula-Nuevo Balsas en la comunidad de Alcalmantlila y los bajaron de una Urvan del servicio público y de otros vehículos particulares, informó un vecino de Balsas.

Posteriormente la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) de la Procuraduría General de la República (PGR), agentes del Ministerio Público federal, y efectivos del Ejército y de la Gendarmería Nacional realizaron operaciones de búsqueda de las personas plagiadas en patrullas y a pie, así como por aire con el apoyo de un helicóptero.

Asimismo policías comunitarios de Nuevo Balsas instalaron retenes de vigilancia en las entradas y salidas del poblado armados con escopetas y machetes.

De acuerdo con lo narrado por un poblador al medio Sin embargo, 19 personas fueron levantadas la tarde del viernes en la carretera estatal Cocula-Nuevo Balsas cerca de las 7 de la noche frente a la comunidad de Alcalmantlila, ubicada a unos 30 minutos de la cabecera municipal de Cocula y a mitad del camino para llegar a Balsas, aunque desde el momento del secuestro el número de víctimas varió.

Por separado, el Alcalde priista de Cocula César Miguel Peñaloza Santana, quien ya fue citado a declarar en dos ocasiones por la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) por el caso Ayotzinapa, informó que en una plática telefónica que tuvo con el gerente de Media Luna, José Luis Peralta, éste le dijo que no tenía conocimiento del plagio de sus trabajadores.

Señaló que la noche del viernes hubo una operación de efectivos de la Gendarmería Nacional ante la denuncia del plagio de personas y mencionó que para la media noche del viernes los efectivos federales le informaron que había sido una “falsa alarma”.

El sábado 7 de febrero, a medio día en Chilpancingo, el interlocutor de la Policía Comunitaria y de la minera Media Luna en Cocula, Juan Zúñiga Méndez, confirmó la desaparición de 10 a 15 personas, entre los que se encontraban mineros, policías comunitarios y habitantes de las comunidades Nuevo Balsas, Real del Limón y La Fundición municipio de Cocula, Guerrero.

Además denunció que durante los últimos meses otros casos que se han suscitado en la zona es el secuestro de 15 a 20 personas que se dedicaban al comercio, quienes desaparecieron de la región presuntamente a manos del crimen organizado.

Reveló: “hay mucha gente que ha salido de sus localidades, el clima de inseguridad en la región, ha provocado que en los últimos tres años unas 100 familias han sido desplazadas”.

Luego de un operativo que realizaron policías comunitarios y efectivos militares, el medio día del pasado domingo 8 de febrero, fueron liberados 10 empleados de la Minera Media Luna que habían sido secuestrados la noche del viernes.

El comandante Marcos, responsable de la policía comunitaria del lugar, explicó que por separado militares y comunitarios la mañana de este domingo iniciaron un operativo para dar con la ubicación de los trabajadores.

En la búsqueda llegaron hasta la comunidad Campo de Rosas, y en las cercanías del rancho del presunto delincuente Uriel Vences Delgado, conocido como “La Burra”, y quien según las versiones al verse presionado por la presencia de los militares y comunitarios liberó a 10 personas, entre ellas una mujer, aunque según el dicho de los propios liberados, 8 personas aún permanecen en cautiverio.

De acuerdo con versiones de los mismos pobladores, la situación de profunda violencia se ha desatado en Cocula desde hace al menos un año, sin que el gobierno del alcalde César Miguel Peñaloza haya podido enfrentarlo de manera adecuada.

Fue a partir de los hechos ocurridos el 26 y 27 de septiembre en Iguala, en donde fueron desaparecidos 43 estudiantes, y 6 personas más fueran asesinadas, que comenzara el resguardo de la cabecera municipal de Cocula, y la situación de violencia se controlara por un tiempo.

Sin embargo, los hechos antes narrados ponen en evidencia que la situación de violencia e inseguridad en Cocula siguen existiendo, y en el caso antes expuesto es necesario tener la certeza sobre el número de personas que fueron secuestradas y cuántas siguen privadas de su libertad.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a su consideración los siguientes

Puntos de Acuerdo

La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión:

Primero.Exhorta al gobernador interino del estado de Guerrero, Salvador Rogelio Ortega Martínez, a que en el ámbito de sus facultades, gire instrucciones para que se investigue y castigue a los responsables del secuestro de múltiples víctimas el pasado 6 de febrero, y se realicen las investigaciones y diligencias necesarias para la liberación de todas las personas que aún permanecen secuestradas.

Segundo.Exhorta a César Miguel Peñaloza Santana, presidente municipal de Cocula, Guerrero, a que en el ámbito de sus facultades gire instrucciones a fin de que se realice una investigación exhaustiva y se tomen las medidas necesarias a fin de lograr la liberación de todas las personas que aún permanezcan secuestradas desde el 6 de febrero de 2015.

Asimismo, se le exhorta a que esclarezca la cantidad de personas que fueran secuestradas en dicho evento, y a que haga públicos los nombres de quienes permanezcan en ese estado así como las medidas que hasta el momento se hayan tomado para brindar apoyo a las víctimas liberadas, a sus familias, y a las familias de quienes aún permanecen bajo secuestro.

Notas:

i Informe Especial sobre los Grupos de Autodefensa y la Seguridad Pública en el Estado de Guerrero, CNDH 2013, disponible en el enlace

http://www.cndh.org.mx/ sites/all/fuentes/documentos/informes/ especiales/2013_IE_grupos_autodefensa.pdf

ii Los secuestrados en Cocula serían hasta 14 personas: autoridades de Nuevo Balsas; artículo disponible en el enlace http://www.sinembargo.mx/08-02-2015/1243641

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de febrero de 2015.— Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



GARANTICE EL DERECHO A UNA DEBIDA PROCURACION DE JUSTICIA EN EL CASO DEL ASESINATO DE ALEJANDRO GUSTAVO SALGADO DELGADO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CDH y a la Fiscalía General de Morelos a garantizar el derecho a una debida procuración de justicia en el caso del asesinato de Alejandro Gustavo Salgado Delgado, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja, diputado integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante la Cámara de Diputados, el presente punto de acuerdo conforme a la siguiente.

Exposición de Motivos

Tras unas horas de no tener conocimiento sobre su paradero y por ello el haber comenzando la búsqueda, el pasado miércoles 4 de febrero, el cuerpo de Alejandro Gustavo Salgado Delgado, dirigente del Frente Popular Revolucionario, FPR, fue encontrado torturado, decapitado y con las manos cortadas, en el paraje de Las Huilotas, perteneciente al municipio de Ciudad Ayala en Morelos.

Salgado Delgado se trasladó a una reunión a El Chivatero donde permaneció hasta las seis de la tarde. Sus compañeros lo acompañaron a que tomara un transporte público que lo llevaría a la carretera para tomar el camión urbano que lo llevaría de regreso a Ayala. Al no arribar a su siguiente cita emprendieron su búsqueda en cuarteles municipales y estatales, incluso acudieron al Ministerio Público donde no quisieron recibir la denuncia.

Salgado Delgado, joven de 32 años se caracterizó por su gran labor a favor de los jornaleros de la montaña de Guerrero y de Oaxaca, así como por apoyar en meses recientes en la promoción de movilizaciones por el caso de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

Cabe destacar que tras estos hechos, sus compañeros denunciaron que Salgado Delgado había recibido hostigamiento por parte de las autoridades y de caciques locales; como muestra aluden a su arbitraria detención el 20 de marzo de 2014 mientras participaba en una marcha contra la Ley de Ingresos, en Cuernavaca, Morelos.

Asimismo, el Frente Popular Revolucionario, mediante un comunicado expresó:

Este crimen forma parte de la política de terror que implementa el Estado para tratar de amedrentar al movimiento popular en general y a nuestra organización en particular. Somos claros, este crimen nos duele al conjunto de la militancia del FPR, pero nos da más razones para tensar nuestras estructuras e impulsar la caída de este régimen de hambre y miseria, de explotación y muerte.

Si bien, cuatro hombres, pertenecientes a un grupo denominado Los Victorinos fueron detenidos como sospechosos del crimen. La fiscalía se apresuró a rechazar cualquier sesgo político en el asesinato y apuntó como posible móvil una disputa por tierras.

Es necesario que este caso se resuelva conforme a lo establecido en la ley y no se apresuren a descartar ninguna línea de investigación, sobre todo en el lamentable contexto que se vive en el país, donde un grupo importante de las víctimas de la inseguridad o de la represión de los gobiernos locales o del federal, son las y los activistas, líderes sociales.

Por ello, buscando en todo momento la aplicación de la justicia por parte del Estado mexicano, presento a esta honorable asamblea el siguiente resolutivo con

Puntos de Acuerdo

Primero.La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Fiscalía General del estado de Morelos a que garantice el derecho a una debida procuración de justicia en el caso del asesinato de Alejandro Gustavo Salgado Delgado, dirigente del Frente Popular Revolucionario.

Segundo.La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Comisión de Derechos Humanos de Morelos a investigar los posibles actos de hostigamiento en contra de Alejandro Gustavo Salgado Delgado y demás integrantes del Frente Popular Revolucionario.

Notas:

1  Sin Embargo, “Líder social es secuestrado en Morelos y hallado sin cabeza y manos; culpan a Graco”, [en lìnea], México, Dirección URL: http://www.sinembargo.mx/04-02-2015/1240448

2  Frente Popular Revolucionario, “Gustavo Salgado, ¡Presentación con vida!, [en línea], México, Dirección URL: https://frentepopular. wordpress.com/2015/02/04/quisieran-muertos-a-todos-los-comunistas-pero-por-cada -muerto-alzaran-miles-sus-voces/

3  El País, “Decapitado y desmembrado un dirigente social en el sur de México”, [en línea], México, Dirección URL: http://internacional.elpais.com/internacional/2015/02/05/actualidad/1423154368_ 841888.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.— Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.