SUMARIO
Desde su curul, participa:
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, de Morena, para solicitar garantías para su persona y para sus colaboradores que laboran en la Agrupación Morena, por las amenazas de que han sido objeto
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, de Morena, para referirse a la solicitud de constituir una comisión investigadora de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria
El diputado José Alejandro Montano Guzmán, del PRI, para solicitar un minuto de silencio en memoria del ciudadano Juan Simbrón Méndez, luchador social en favor de los indígenas de este país
El presidente diputado Tomás Torres Mercado obsequia la solicitud de minuto de silencio
El diputado Uriel Flores Aguayo, del PRD, para referirse a la proposición con punto de acuerdo que presentará para solicitar información sobre el gasoducto que se pretende construir en el municipio de Xalapa, Veracruz
La diputada Zuleyma Huidobro González, de MC, para solicitar la intervención de la Profepa para garantizar el aseguramiento de los animales al zoológico privado Club de los Animalitos, propiedad del diputado local Sergio Gómez Olivier, en la ciudad de Tehuacán, Puebla
El diputado Fernando Belauzarán Méndez, del PRD, para denunciar la censura de que ha sido objeto la película Cuatro Lunas, del director Sergio Tovar
El diputado Néstor Octavio Gordillo Castillo, del PAN, para referirse al zoológico privado Club de los Animalitos, propiedad del diputado local Sergio Gómez Olivier, en la ciudad de Tehuacán, Puebla
La diputada Lourdes Adriana López Moreno, del PVEM, para referirse al zoológico privado Club de los Animalitos, propiedad del diputado local Sergio Gómez Olivier, en la ciudad de Tehuacán, Puebla
De la Junta de Coordinación Política, en relación a cambio de integrantes en la Comisión de Desarrollo Municipal. De enterado, comuníquese
Del diputado José Antonio León Mendívil, del PRD, en relación a retiro de su proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Sagarpa, a establecer un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya. Se tiene por retirada, actualícense los registros parlamentarios
De la diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez, de MC, por la que ratifica su permanencia como integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. De enterado, comuníquese y actualícense los registros parlamentarios
Se recibieron de diversas autoridades contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente, correspondiente al Primer Receso del Tercer Año de Ejercicio. Se remiten a las comisiones correspondientes para su conocimiento y a los promoventes, para su conocimiento
Del diputado Sergio Armando Chávez Dávalos, del PRI, por el que informa de su reincorporación a sus labores como diputado federal a partir del 23 de febrero del año en curso
Del diputado Jorge Terán Juárez, del PRI, por el que informa de su reincorporación a sus labores como diputado federal a partir del 20 de febrero del año en curso
Del diputado Luis Armando Córdova Díaz, del PRI, por el que informa de su reincorporación a sus labores como diputado federal a partir del 23 de febrero del año en curso
De enterado, comuníquese
Del diputado Carlos de Jesús Alejandro, del PRD, por el que solicita licencia por tiempo indefinido, para separarse del cargo de diputado federal con efectos a partir del día jueves 5 de marzo del presente año
Del diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, de MC, por el que solicita licencia por tiempo indefinido, para separarse del cargo de diputado federal a partir del día 28 de febrero del presente año
De la diputada Juana Bonilla Jaime, del PRD, por el que solicita licencia para separarse del cargo de diputada federal del 8 de marzo al 8 de junio del año en curso
De la diputada Joaquina Navarrete Contreras, del PRD, por el que solicita licencia para separarse del cargo de diputada federal del 8 de marzo al 8 de junio del año en curso
Del diputado Víctor Manuel Bautista López, del PRD, por el que solicita licencia para separarse del cargo de diputado federal del 8 de marzo hasta el 8 de junio del año en curso
Aprobados, comuníquese
Del diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado, del PAN, por el que solicita modificación de licencia otorgada, para que surta sus efectos a partir del 11 de febrero del año en curso y tenga el carácter de indefinida
Aprobado, comuníquese
Del ciudadano Manuel Francisco Tapia Bustos rinde su protesta de ley
De la Cámara de Senadores, se recibió minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
Del Congreso del estado de Nuevo León, se recibió iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo y deroga el tercer párrafo del artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se remite a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para dictamen
A discusión el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Para fundamentar el dictamen, hace uso de la palabra:
La diputada Lourdes Adriana López Moreno, del PVEM
Para fijar la postura de su grupo parlamentario, interviene:
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, de Morena
La diputada Cristina Olvera Barrios, de NA
El diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo, del PT
El diputado José Soto Martínez, de MC
La diputada Claudia Elena Aguila Torres, del PRD
La diputada María Isabel Ortiz Mantilla, del PAN
El diputado José Pilar Moreno Montoya, del PRI
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Pasa al Ejecutivo federal, para sus efectos constitucionales
A discusión el dictamen de la Comisión de Población, con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Población
Para fundamentar el dictamen, hace uso de la voz:
El diputado Javier López Zavala, del PRI
Para fijar la posición de su grupo parlamentario, interviene:
El diputado Rodrigo Chávez Contreras, de Morena
El diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo, del PT
La diputada Martha Beatriz Córdoba Bernal, de MC
La diputada Gabriela Medrano Galindo, del PVEM
El diputado Abraham Correa Acevedo, del PRD
La diputada Judit Magdalena Guerrero López, del PRI
Para hablar a favor y en contra del dictamen, participa:
El diputado Ricardo Mejía Berdeja, de MC, en pro
La diputada Gloria Bautista Cuevas, del PRD, a favor
El diputado Fernando Belauzarán Méndez, del PRD, para rectificar hechos
El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana, del PRD, para rectificar hechos
El diputado Rubén Acosta Montoya, del PVEM, a favor
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Población. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales
A discusión el dictamen de la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático
Para fundamentar el dictamen, participa:
El diputado Sergio Augusto Chan Lugo, del PAN
Para fijar la postura de su grupo parlamentario, interviene:
El diputado Rodrigo Chávez Contreras, de Morena
La diputada Cristina Olvera Barrios, de NA
La diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del PT
El diputado José Antonio Hurtado Gallegos, de MC
La diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del PVEM
El diputado Javier Orihuela García, del PRD
La diputada Blanca Estela Gómez Carmona, del PRI
Para hablar en contra y a favor del dictamen, participa:
El diputado Fernando Belauzarán Méndez, del PRD, en contra
El diputado Rubén Acosta Montoya, del PVEM, para contestar alusiones personales
La diputada Roxana Luna Porquillo, del PRD, a favor
La diputada Zuleyma Huidobro González, de MC, en contra
El diputado José Luis Valle Magaña, de MC, en contra
El diputado Ricardo Mejía Berdeja, de MC, en contra
El diputado Ossiel Omar Niaves López, del PRI, a favor
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales
De la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria para ampliar la prórroga dispuesta en la Cuarta Resolución de modificaciones a la resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y en el artículo 22, fracción V de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio de 2015
Para fijar la postura de su grupo parlamentario, interviene:
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán, de Morena
La diputada María Sanjuana Cerda Franco, de NA
El diputado José Francisco Coronato Rodríguez, de MC
El diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares, del PVEM
El diputado Fernando Cuéllar Reyes, del PRD
El diputado Juan Bueno Torio, del PAN
El diputado Fernando Charleston Hernández, del PRI
Aprobado el acuerdo, comuníquese
De la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta respetuosamente a la Sagarpa, a establecer con carácter urgente un programa nacional de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café. Aprobado, comuníquese
De la Junta de Coordinación Política, por el que informa del cambio en juntas directivas e integrantes en comisiones ordinarias, especiales y un comité. Aprobado, comuníquese
DICTAMENES NEGATIVOS DE INICIATIVAS
A discusión el dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
A discusión el dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura
A discusión el dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados
A discusión el dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados
A discusión el dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 43 y 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
A discusión el dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desechan tres iniciativas con proyecto de decreto que para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados
A discusión el dictamen de la Comisión de Turismo, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 8 Bis a la Ley General de Turismo
A discusión el dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o., 7o. y 21 de la Ley General de Turismo
A discusión el dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Turismo
Aprobados, archívense los asuntos como totalmente concluidos
A discusión el dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo. Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
A discusión el dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley General de Turismo. Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
A discusión el dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Turismo. Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Se recibió de las diputadas Alma Marina Vitela Rodríguez, Lourdes Eulalia Quiñones Canales, Sonia Catalina Mercado Gallegos, y de los diputados José Rubén Escajeda Jiménez, Eduardo Solís Nogueira, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRI, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que a través de Capufe se intensifiquen las obras de reparación y mantenimiento de la carretera Durango-Mazatlán. Se remite a la Comisión de Infraestructura, para dictamen
Se recibió de los diputados Francisco Agustín Arroyo Vieyra y Erick Marte Rivera Villanueva, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional, respectivamente, iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Sociedades Cooperativas. Se turna a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
Se recibió de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
Se recibió de la diputada Ruth Zavaleta Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 283 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
Se recibió del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y diversos diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 119 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen
Se recibió del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y diversos diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen
Se recibió de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 25 y 32 de la Ley Federal de Seguridad Privada. Se remite a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen
Se recibió de la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Se recibió de la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 335 del Código Penal Federal. Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen
El presidente diputado Silvano Aureoles Conejo informa que, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las proposiciones y las iniciativas que no se presentaron en tribuna serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, con excepción de las que los proponentes soliciten se inscriban próxima sesión
De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Población, con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Población (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático (en lo general y en lo particular)
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 24 de febrero de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
ASISTENCIA
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y de diputados.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 270 diputadas y diputados. Por lo tanto hay quórum, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado (a las 11:17 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden día, en virtud de que la misma se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Segundo periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura.
Orden del día
Martes 24 de febrero de 2015
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones oficiales
De la Junta de Coordinación Política
En relación a cambio de integrante de comisión ordinaria.
Del diputado José Antonio León Mendívil
En relación a retiro de proposición con punto de acuerdo.
De la diputada Aída F. Valencia Ramírez
De la Secretaría General de Gobierno del Estado de Puebla
Con el que remite dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.
Del Gobierno del Estado de México
Con el que remite dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.
De la Secretaría de Gobierno del Estado de Querétaro
Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en materia de protección civil.
De la Secretaría de Salud del Estado de Chihuahua
Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para que se garanticen los accesos a los programas alternativos de movilidad.
De la Secretaría de Gobernación
Con el que remite catorce contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente, correspondiente al primer receso del tercer año de ejercicio.
De la Comisión Nacional Del Agua
Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, correspondiente al primer receso del tercer año de ejercicio, para expedir un nuevo decreto por el que se otorguen facilidades administrativas a los usuarios de aguas nacionales.
Reincorporación de diputados
De los diputados Sergio Chávez Dávalos, Jorge Terán Juárez y Luis Armando Córdova Díaz.
Solicitudes de licencia
De los diputados Carlos de Jesús Alejandro, Víctor Manuel Jorrín Lozano, Juana Bonilla Jaime, Joaquina Navarrete Contreras y Víctor Manuel Bautista López.
Del diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado
Por el que solicita modificación de licencia otorgada.
Protesta de ciudadano diputado
Del diputado Manuel Francisco Tapia Bustos.
Minuta
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
Iniciativa del Congreso del Estado de Nuevo León
Con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo y deroga el tercer párrafo del artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno
De la Junta de Coordinación Política.
Dictámenes a discusión de leyes y decretos
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
De la Comisión de Población, con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Población.
De la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.
De la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 9o. de la Ley General de Cambio Climático.
De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XI, XII, XIII, XIV y XV del artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 73 de la Ley General de Salud.
Dictámenes a discusión negativos de iniciativas y minutas
De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 2 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.
De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desechan dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 43 y 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. del Reglamento de la Cámara de Diputados.
De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desechan tres iniciativas con proyecto de decreto que para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.
De la Comisión de Turismo, con punto de acuerdo por el que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 8-Bis a la Ley General de Turismo.
De la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o., 7o. y 21 de la Ley General de Turismo.
De la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Turismo.
De la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.
De la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley General de Turismo.
De la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.
Iniciativas
Que expide la Ley General de Sociedades Cooperativas, suscrita por los diputados Francisco Arroyo Vieyra y Erick Marte Rivera Villanueva, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional, respectivamente.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 283 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Ruth Zavaleta Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 119 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal.
Que reforma el artículo 35 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y diversos diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal.
Que expide la Ley Federal de Procedimientos Agrarios, a cargo del diputado Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Diana Karina Velázquez Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que expide la Ley de la Bolsa Agropecuaria Mexicana, suscrita por los diputados José Ángel González Serna y Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma los artículos 53, 54 y 55 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo de la diputada Leonor Romero Sevilla, y suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Defensoría Pública, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma los artículos 3o., 4o. y 209 de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que expide la Ley General de Atención, Desarrollo Integral e Inclusión de las Juventudes, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 1o. de la Ley Agraria, a cargo del diputado José Antonio León Mendívil, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Fernando Belaunzarán Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Adán David Ruíz Gutiérrez y suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a cargo del diputado David Pérez Tejada Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Minerva Castillo Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 21 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Esther Angélica Martínez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Guillermo Sánchez Torres, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 67 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado José Alberto Rodríguez Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la Ley de Asistencia Social, a cargo de la diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 1o. de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma la fracción I del artículo 3o. de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Diana Karina Velázquez Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 69 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Luisa María Alcalde Luján, de la Agrupación Movimiento Regeneración Nacional.
Que reforma el artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado José Alberto Rodríguez Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 266 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a cargo del diputado Luis Antonio González Roldán, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Cristina Ruíz Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 151 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio, a cargo del diputado Alejandro Sánchez Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal de Seguridad Privada, a cargo del diputado Enrique Aubry De Castro Palomino, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 268 y 275 de la Ley Federal de Derechos, y 6o. de la Ley Minera, a cargo del diputado Jaime Bonilla Valdez, de la Agrupación Movimiento Regeneración Nacional.
Que reforma el artículo 154 Bis de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma los artículos Décimo Sexto y Décimo Octavo Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 10 de febrero de 2014, a cargo de la diputada Margarita Elena Tapia Fonllem, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 5o. de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a cargo del diputado Erick Marte Rivera Villanueva, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática.
Que deroga los artículos 215-A, 215-B, 215-C y 215-D del Código Penal Federal y expide la Ley General para la Prevención, Búsqueda, Investigación y Sanción de Desaparición Forzada de Personas, a cargo del diputado Alejandro Carbajal González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que adiciona un artículo 155 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José Everardo Nava Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Alberto Rodríguez Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Adán David Ruíz Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Eduardo Solís Nogueira, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 17 Bis a la Ley General de Educación, suscrita por las diputadas Ma. Guadalupe Mondragón González y Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 119, 120, 121 y 163 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a cargo de la diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 67 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 27 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada María Sanjuana Cerda Franco, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Que reforma los artículos 25 y 32 de la Ley Federal de Seguridad Privada, a cargo de la diputada Maria del Rocio Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 343 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Que reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Raúl Paz Alonso, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 335 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 11 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Isidro Del Bosque Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por diputados de diversos Grupos Parlamentarios.
Proposiciones de urgente u obvia resolución
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al IFT, a fin de revisar la política para la devolución de frecuencias de radio AM, en razón de la falta de cobertura y continuidad del servicio que afectará a la población, suscrito por los diputados Adolfo Bonilla Gómez y Federico José González Luna Bueno, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, respectivamente.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a realizar diversas acciones en materia de política de precios a las gasolinas, como medidas de salvaguarda para proteger la economía nacional de los consumidores, a cargo del diputado Heberto Neblina Vega, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Proposiciones
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de los Servicios de Transportes Eléctricos del DF, para que se acelere el mantenimiento de los trolebuses retirados del corredor Cero Emisiones Eje Central Lázaro Cárdenas, a cargo del diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al SAT, para que agilice los pagos pendientes por concepto de devolución del IVA a favor de los contribuyentes, a cargo del diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Coordinador de la Comisión Intersecretarial, así como al representante ante el Fideicomiso creado por Grupo México para remediar los daños causados por el derrame en los ríos Sonora y Bacanuchi, mejor conocido como Comisión Río Sonora, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General del Estado de Veracruz, para que garantice el derecho a una debida procuración de justicia en el caso de un presunto asalto y abuso sexual que padecieron las y los pasajeros del autobús número 0147, en el municipio de Tierra Blanca, Veracruz, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de Campeche, a fin de crear la Universidad Intercultural Indígena Maya y el Instituto de Lengua y Cultura Maya, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Justicia de esta Soberanía, a dar celeridad al proceso dictamen de la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de Personas, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol, al Inegi y al Conapo, para que elaboren un estudio en el que se conozca el número exacto de adultos mayores en situación de calle y el número de ellos en riesgo de caer en dicha situación, a cargo del diputado Abraham Correa Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Inegi, para que se instruya y coordine la elaboración de un estudio estadístico para determinar el índice de ejercicio efectivo de derechos de la infancia y la adolescencia, a cargo de la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al IFT y a la SCT para que suspendan temporalmente la ejecución del programa de transición a la televisión digital terrestre, y una vez celebrados los comicios del día siete de junio del 2015, se continúe con el mismo, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta Infonavit, a fin de que sus órganos colegiados aprueben el programa piloto para la reestructura de los créditos de vivienda originados en salarios mínimos a pesos, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Conaculta y a la SEP, a fin de presentar una exposición de los más importantes proyectos y publicaciones del semanario satírico francés Charlie Hebdo, en memoria a los lamentables hechos ocurridos el pasado 7 de enero de 2015, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Conapred, para que realice una campaña publicitaria que fomente el respeto y tolerancia de las personas con preferencias sexuales diferentes, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Conapred, para que realice un estudio sobre la discriminación actual de las personas con tatuajes en el país, así como una campaña publicitaria que fomente el respeto y tolerancia a las personas tatuadas, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Efemérides
Con motivo del 24 de febrero, Día de la Bandera, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con motivo del Día Internacional de la Lengua Materna, a cargo del diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con motivo del 24 de febrero, Día de la Bandera, a cargo de la Agrupación de Movimiento de Regeneración Nacional.»
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (desde la curul): Presidente.
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño (desde la curul): Señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Si me permiten los diputados Huerta Ladrón de Guevara y el diputado Montaño a que nos coloquemos formalmente en esta sesión para otorgarles la palabra. Denme por favor un minuto.
ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante, señora secretaria, consulte a la asamblea si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves diecinueve de febrero de dos mil quince, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.
Presidencia del diputadoTomás Torres Mercado
En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos sesenta y tres diputadas y diputados, a las once horas con veintiséis minutos del jueves diecinueve de febrero de dos mil quince, el Presidente declara abierta la sesión.
En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, acto seguido, en votación económica se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, no habiendo oradores registrados, de la misma manera se aprueba.
En su oportunidad y desde sus curules realizan comentarios sobre diversos temas legislativos las diputadas y los diputados: Lizbeth Eugenia Rosas Montero, Javier Orihuela García, y Fernando Belaunzarán Méndez, del Partido de la Revolución Democrática; Juan Bueno Torio, del Partido Acción Nacional; María del Socorro Ceseñas Chapa, del Partido de la Revolución Democrática; y Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, del Partido Acción Nacional. El Presidente hace aclaraciones.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De la Mesa Directiva, en relación con modificación de turno de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos; de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de la Ley General de Protección Civil, cuyo turno queda a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen. Actualícense los registros parlamentarios.
b) De la Secretaría de Gobernación:
Con la que remite el Informe Anual de las Concesiones Otorgadas y Autorizadas durante el Ejercicio Fiscal dos mil catorce del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, órgano desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para su conocimiento.
Con la que remite cuatro contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados:
Relativo a diseñar e implementar una campaña de concientización que se centre en la desmitificación de la salud mental. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.
Por el que se exhorta al titular del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en su calidad de Presidente y Vicepresidente del Comité Técnico del Fideicomiso para el uso y aprovechamiento del Auditorio Nacional, respectivamente, para que incorporen a su órgano de gobierno a un legislador de la Cámara de Diputados. Se remite a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para su conocimiento.
Por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública para que se garantice la accesibilidad, la inclusión y no discriminación de niñas y niños con discapacidad, tanto en escuelas públicas como privadas. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.
Por el que se exhorta a los titulares del Gobierno Federal y del Gobierno del estado de San Luis Potosí, ejecuten las acciones necesarias para la pronta atención, mitigación y resarcimiento de las afectaciones provocadas por la contaminación de las fuentes de agua potable de la ciudad de San Luis Potosí. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.
Con la que remite ocho contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente, correspondiente al Primer Receso del Tercer Año de Ejercicio:
Relativo al informe del operativo llevado a cabo los días diecinueve y veinte de julio de dos mil catorce en Zamora, Michoacán.
Relativo al proyecto denominado Modernización del Cruce Fronterizo Puerta México.
Relativo a implementar una campaña mediática a nivel nacional con objeto de dar a conocer los calendarios establecidos en las reglas de operación de los programas estratégicos del año dos mil quince y que los productores puedan acceder a los mismos.
Relativo al informe que contienen los permisos otorgados durante el año dos mil catorce de Organismos Genéticamente Modificados, en fase de liberación experimental y de liberación en programa piloto.
Relativo a fortalecer las medidas preventivas, campañas informativas y redoblar esfuerzos para proteger a la población ante el descenso de la temperatura durante la temporada invernal.
Por el que se solicita al Congreso de San Luis Potosí, solicite una investigación y revisión integral sobre el ejercicio de recursos públicos durante la gestión de Ricardo Gallardo Cardona como alcalde del ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez.
Por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública, al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, al Instituto Nacional de Antropología e Historia y otras dependencias a realizar diversas actividades para conmemorar los cincuenta años del Museo Nacional de Antropología.
Por el que se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Educación Pública y las autoridades educativas de las entidades federativas informen el estado que guarda la implementación de mecanismos de transparencia mediante los cuales cada uno de los trabajadores de la educación federalizados puede verificar la información correspondiente a su nómina.
Se remiten a los promoventes, para su conocimiento.
c) De la Consejería Jurídica del Gobierno del estado de Oaxaca, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para garantizar el derecho a la protección integral de la vida y el sano desarrollo de niñas, niños y adolescentes. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.
d) De la Cámara de Senadores, con la que comunica los nombres de las senadoras y senadores que integrarán el Grupo Plural de Trabajo de legisladores para analizar y revisar la Ley de Ahorro y Crédito Popular y demás disposiciones, así como para atender el caso FICREA. De enterado. Comuníquese.
e) Del Consejo Nacional de Armonización Contable:
Con la que remite el Informe Anual de la Armonización Contable en México dos mil catorce, en el que incluye las recomendaciones pertinentes para el mejor cumplimiento de los objetivos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.
Por el que informa que no concedió al estado de Durango la prórroga solicitada para determinar una fecha distinta a la del treinta y uno de diciembre de dos mil quince y así dar cumplimiento a lo estipulado en el Título Quinto de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
f) Del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con la que remite el Informe Ejecutivo de Labores dos mil trece-dos mil catorce de la Sala Regional Monterrey. Se remite a la Comisión de Gobernación, para su conocimiento.
g) Del Banco de México, con la que remite el informe en el que se analiza la inflación, la evolución económica y el comportamiento de los indicadores económicos del país en el trimestre octubre-diciembre de dos mil catorce, así como la ejecución de la política monetaria y las actividades del Banco de México, en el contexto de la situación económica nacional e internacional, de conformidad con lo que establece el artículo cincuenta y uno, fracción segunda, de la Ley del Banco de México. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
h) Del Instituto Nacional de Migración, con la que remite los avances financieros de los programas de protección a migrantes, y el acumulado correspondientes al cuarto trimestre de dos mil catorce. Se remite a las Comisiones de Asuntos Migratorios, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
i) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
Con el que remite el documento denominado Evolución de la actividad recaudatoria dos mil catorce y Programas y Presupuesto dos mil quince. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
Por el que informa que en el mes de enero de dos mil quince, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, únicamente destinó mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y aquéllas que no son transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento.
j) Por las que solicitan licencia para separarse de sus actividades legislativas la diputada y los diputados: Vicario Portillo Martínez, Catalino Duarte Ortuño, y Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez, del Partido de la Revolución Democrática, Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Partido Revolucionario Institucional, Alberto Díaz Trujillo, del Partido Acción Nacional. En votación económica se aprueban. Comuníquense.
El Presidente informa a la Asamblea que se encuentran a las puertas del Salón de Sesiones los ciudadanos Ignacio Ramírez Juárez, y Víctor Efigenio Marroquín Cristóbal, diputados federales electos en el Primero y Séptimo Distritos Electorales del estado de Guerrero, respectivamente. El Presidente designa una comisión que las acompaña en su ingreso al Salón, acto seguido rinden protesta de Ley y entran en funciones.
El siguiente punto del Orden del Día es la discusión de dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones de:
a) Igualdad de Género, que reforma la fracción quinta del artículo noveno y se adiciona una fracción décima segunda al artículo diecisiete de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión a la diputada Rosalba de la Cruz Requena. Para fijar postura de la agrupación y de sus respectivos grupos parlamentarios, intervienen las diputadas y el diputado: Loretta Ortiz Ahlf, de Movimiento Regeneración Nacional; Dora María Guadalupe Talamante Lemas, de Nueva Alianza; María del Carmen Martínez Santillán, del Partido del Trabajo; José Francisco Coronato Rodríguez, de Movimiento Ciudadano; María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, del Partido Verde Ecologista de México; Carla Guadalupe Reyes Montiel, del Partido de la Revolución Democrática;
A las doce horas con veinticuatro minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de trescientos setenta y cinco diputadas y diputados.
Carmen Lucia Pérez Camarena, del Partido Acción Nacional; y María Leticia Mendoza Curiel, del Partido Revolucionario Institucional. Se somete a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto e intervienen en pro las diputadas Raquel Jiménez Cerrillo, del Partido Acción Nacional; Gloria Bautista Cuevas, del Partido de la Revolución Democrática; y el diputado Felipe de Jesús Muñoz Kapamas, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados en votación nominal por unanimidad de trescientos cincuenta y un votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma la fracción quinta del artículo noveno y se adiciona una fracción décima segunda al artículo diecisiete de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
La presidencia informa que se encuentra en el Salón de Sesiones el senador Gerrit Schotte, Primer Ministro de Curazao y líder de Partido Movimiento Futuro Curazao, a quien da la bienvenida.
a) Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, que reforma el numeral tercero del artículo cuarenta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Para fijar postura de la agrupación y de sus respectivos grupos parlamentarios, intervienen las diputadas y los diputados: Loretta Ortíz Ahlf, de la Agrupación de Movimiento Regeneración Nacional;
Presidencia del diputadoAleida Alavez Ruíz
Dora María Talamante Lemas, de Nueva Alianza; Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo;
En su oportunidad y desde sus respectivas curules el diputado Willy Ochoa, del Partido Revolucionario Institucional, realiza moción de apego al tema, y el diputado Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo, hace comentarios. La Presidenta hace aclaraciones.
Nelly del Carmen Vargas Pérez, de Movimiento Ciudadano; Felipe Arturo Camarena García, del Partido Verde Ecologista de México; Alfa Eliana González Magallanes, del Partido de la Revolución Democrática; Flor de María Pedraza Aguilera, del Partido Acción Nacional; y Brenda Alvarado Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados en votación nominal por unanimidad de trescientos cincuenta y tres votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el numeral tres del artículo cuarenta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
Se da cuenta con acuerdos de la Junta de Coordinación Política:
Relativo a los Trabajos de las Comisiones Especiales de la Sexagésima Segunda Legislatura. Por instrucciones de la Presidencia la Secretaría da lectura al acuerdo, acto seguido en votación económica se aprueba. Comuníquese.
Para reconocer al Ejercito Mexicano en su Centésimo Segundo Aniversario, a celebrarse el diecinueve de febrero. En votación económica se aprueba. Comuníquense.
Presidencia del diputadoTomás Torres Mercado
Por el que la Cámara de Diputados solicita al Ejecutivo Federal intervenga ante la empresa Grupo México para la recuperación de los sesenta y tres mineros cuyos restos aún se encuentran atrapados en la Mina Pasta de Conchos, en el estado de Coahuila. Por instrucciones de la Presidencia la Secretaría da lectura al acuerdo. Para fijar postura de la agrupación y de sus respectivos grupos parlamentarios, se concede el uso de la palabra a las diputadas y los diputados: Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, de Movimiento Regeneración Nacional; María Sanjuana Cerda Franco, de Nueva Alianza; Zuleyma Huidobro González, de Movimiento Ciudadano; Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo; Lourdes Adriana López Moreno, del Partido Verde Ecologista de México; Trinidad Morales Vargas, del Partido de la Revolución Democrática; Esther Quintan Salinas, del Partido Acción Nacional; y José Luis Flores Méndez, del Partido Revolucionario Institucional. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
Por el que la Cámara de Diputados condena el suceso en donde perdieron la vida los ciudadanos Carlos Martínez Villavicencio, Ernesto Fidel López Melio y Bernardo Bautista, ocurrido el día miércoles dieciocho de febrero de dos mil quince, en el municipio de Santiago Juxtlahuaca, Oaxaca. Por instrucciones de la Presidencia la Secretaría da lectura al acuerdo. Se somete a discusión e intervienen en pro las diputadas y los diputados: Gerardo Villanueva Albarrán, de Movimiento Regeneración Nacional;
Presidencia del diputadoSilvano Aureoles Conejo
Aída Fabiola Valencia Ramírez, de Movimiento Regeneración Nacional; Sonia Rincón Chanona, de Nueva Alianza; Gloria Bautista Cuevas, del Partido de la Revolución Democrática; y Celestino Manuel Alonso Álvarez, del Partido Revolucionario Institucional. En votación económica se considera suficientemente discutido y de la misma manera se aprueba. Comuníquense.
Por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que se sirva instrumentar las acciones necesarias al efecto de agilizar la creación de la Agenda Reguladora del Transporte Ferroviario y la posterior emisión de las Reglas de Operación del Fondo Nacional de Seguridad para cruces viales ferroviarios. Por instrucciones de la Presidencia la Secretaría da lectura al acuerdo. Se somete a discusión e interviene en contra el diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, de Movimiento Regeneración Nacional; y en pro el diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, de Nueva Alianza, y la diputada Zuleyma Huidobro González, de Movimiento Ciudadano. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
Se da cuenta con oficio de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con el que remite el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública dos mil trece. De enterado. Se remite a la Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis, para consulta de las y los diputados.
Se recibe iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos veintiuno, y ciento sesenta y siete de la Ley Federal de Sanidad Animal, suscrita por los diputados María del Rocio Corona Nakamura, y Rafael González Reséndiz, ambos del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen.
De conformidad con los artículos cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y las proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, las de los siguientes diputados:
a) Iniciativas con proyecto de decreto:
José Francisco Coronato Rodríguez, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo cincuenta y tres de la Ley Federal de Competencia Económica. Se turna a la Comisión de Competitividad para dictamen.
René Ricardo Fujiwara Montelongo, de Nueva Alianza, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
Merilyn Gómez Pozos, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo ciento cuarenta y ocho del Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Lucila Garfías Gutiérrez, de Nueva Alianza, que reforma los artículos doce de la Ley de Ciencia y Tecnología y quinto de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Se turna a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.
Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo tercero-Bis de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.
b) Proposiciones con puntos de acuerdo:
María del Carmen García de la Cadena Romero, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a los titulares de Secretaría de Gobernación, de la Secretaría de Educación Pública y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a efecto de dotar de mayor información y a la sociedad en general sobre el tema de modificación corporal (tatuajes y perforaciones). Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
Flor de María Pedraza Aguilera, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública, a que aplique de forma irrestricta el artículo setenta y seis de la Ley General del Servicio Profesional Docente. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.
Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación y organismos correspondientes del estado de Tabasco, a implementar las medidas necesarias para apoyar en las materias económica, de seguridad y ambiental a la zona de la frontera sur, correspondiente a El Ceibo. Se turna a la Comisión de Asuntos Frontera Sur-Sureste, para dictamen.
Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaría de Salud, a vigilar el cumplimiento de la NOM-056-FITO-1996 en lo concerniente a los productos transgénicos e informen a la población mexicana sobre los efectos nocivos por consumirlos. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.
Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Partido de Nueva Alianza, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a incluir a los municipios de Puerto Peñasco, Caborca, Pitiquito, Altar, Trincheras, Oquitoa, Atil, Tubutama, Magdalena y Santa Ana, en la política de precios homologados y escalonados de las gasolinas y diesel para la zona fronteriza norte. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Francisco Alfonso Durazo Montaño, de la Agrupación de Movimiento de Regeneración Nacional, para prevenir y sancionar las malas prácticas médicas en los servicios públicos de salud en el país. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González Reséndiz, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Salud, para que se establezcan los requisitos, procedimientos, medidas sanitarias y sanciones para regular la reproducción y la venta de animales domésticos. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Juan Francisco Cáceres de la Fuente, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Tabasco, para que atienda las recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de procuración de defensa y salvaguarda de los Derechos Humanos en esa entidad federativa. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
Uriel Flores Aguayo, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Veracruz, a propiciar las acciones necesarias para acelerar la reactivación del Ingenio Azucarero Nuevo San Francisco. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.
José Francisco Coronato Rodríguez, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que adopte las medidas pertinentes, a fin de eliminar el trámite de comprobación de supervivencia a los pensionados y jubilados. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
María Sanjuana Cerda Franco, de Nueva Alianza, por el que se exhorta al titular del Instituto Federal de Telecomunicaciones, para que expida los lineamientos relativos a los pagos por acceso a multiprogramación. Se turna a la Comisión de Comunicaciones, para dictamen.
María Guadalupe Mondragón González, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Guerrero, para que atienda las recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en materia de Procuración de defensa y salvaguarda de los Derechos Humanos en esa entidad federativa. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
Uriel Flores Aguayo, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a los titulares del Gobierno del estado de Veracruz y de la Secretaría de Seguridad Pública, a dar revisión e implementar estrategias efectivas de seguridad pública en la ciudad de Xalapa. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.
María Sanjuana Cerda Franco, de Nueva Alianza, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Energía y de la Comisión Reguladora de Energía, para que se garantice una vigilancia y verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas de seguridad contenidas en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables por parte de los permisionarios que realicen actividades de transporte, almacenamiento y/o distribución de Gas LP. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
Luis Miguel Ramírez Romero, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Morelos, para que atienda las recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en materia de Procuración de defensa y salvaguarda de los Derechos Humanos en esa entidad federativa. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
Agustín Miguel Alonso Raya, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se solicita a la Secretaría de Energía, hacer público el proceso mediante el cual se indemnizará a Petróleos Mexicanos por las inversiones hechas en las áreas que no conservó tras la Ronda Cero, conforme a lo dispuesto en el Artículo Sexto Transitorio, párrafo séptimo, del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación del veinte de diciembre de dos mil trece. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
Agotados los asuntos del Orden del Día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el martes veinticuatro de febrero de dos mil quince, a las once horas, y levanta la sesión a las quince horas con veintitrés minutos.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobada.Ahora sí, dígame el propósito del uso de la palabra, diputado Huerta Ladrón de Guevara.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Gracias, presidente. Mire usted. Usted sabe porque inclusive he presentado un documento a la Presidencia de la Mesa Directiva porque he estado insistiendo en crear esta comisión de investigación para los asuntos de la Federación con un grupo de empresas que encabeza el señor Hinojosa, el Grupo Higa ahorita más allá de eso, lo que quiero solicitarle formalmente es, garantías para mi persona y para mis colaboradores y para todos los ciudadanos que estamos luchando contra la corrupción en este país.¿Por qué le digo esto? Porque yo he estado investigando, hace unos días solicité 38 amparos porque hay áreas de gobierno que no están respondiendo conforme a la ley, solicitar la información. Y el abogado que me representa, el día de ayer al acudir por las prevenciones al Tribunal, al salir, otros dos ciudadanos corpulentos, de casquete corto, como se acostumbra, empezaron a caminar atrás de él profiriendo injurias contra Morena, hasta llegar al momento de que al subir a su carro, este compañero abogado fue con una pistola amenazado y le fue quitado estos acuses que traía de las denuncias de amparo que hemos presentado, bajo la consabida amenaza de siempre: abusado y denuncias.
Quiero pensar obviamente, porque conozco cómo funciona el sistema político, como una mafia, sabemos que desgraciadamente desde Los Pinos está este asunto y pues me siento obviamente recibido de la amenaza, porque no puedo considerar otra cosa, desde la propia presidencia es que la hago responsable de cualquier circunstancia que pudiera ocurrir a mí y a mi persona.
Esto obviamente ya está presentada la denuncia por parte del abogado, como debe ser, pero evidentemente pues no es en sí ni lo que le quitaron, ¿Verdad?, en términos, porque hay que decir que le quitaron exclusivamente dos acuses, sino evidentemente el trasfondo de la amenaza a los militantes de Morena y a mi persona en particular, porque así lo siento, porque soy quien está dando la cara a nombre de muchos ciudadanos, exigiendo acabar con la corrupción e impunidad.
Es obligación de usted como presidente garantizar mi seguridad y le pido que tome las medidas necesarias para evitar este hostigamiento y que obviamente se investigue y se castigue a los culpables, pero evidentemente es esta tribuna para hacer responsable a la Presidencia de la Republica, a Peña Nieto, de cualquier cosa que pudiera ocurrir contra mi persona, mis colaboradores, mis compañeros. Por favor, presidente, le suplico que pronuncie esta Cámara.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Esta Presidencia en funciones, diputado Huerta Ladrón de Guevara, en principio instruyo para que lo por usted expresado se incorpore al Diario de los Debates.
Igualmente, con relación también a lo por usted dicho en principio, en términos del artículo 61 de la Constitución Política de este país, hará conducente para garantizar el respeto a su fuero constitucional.
Por lo que toca a su seguridad y a la integridad personal, también se toma nota y desplegará lo conducente en la inteligencia de que el fuero está vinculado personal e individualmente con el legislador. Tenga usted por seguro que se velará por el respeto al fuero no solamente de un diputado en lo particular, sino de los integrantes todos de esta LXII Legislatura.
Por lo que hace a su solicitud dirigida a la propia Presidencia de la Mesa Directiva, relativa a la creación de una Comisión especial de investigación, le expreso a usted que es facultad en términos del 20 de la Ley Orgánica del Congreso General, de la Junta de Coordinación Política, así que lo que sea facultad expresa de ese órgano de gobierno no lo será de la Mesa Directiva y en todo caso estimado diputado, está en curso la comunicación de la respuesta que, en la misma forma que usted lo hico por escrito, se le notificará. Quedan, insisto, incorporadas al Diario de los Debates sus manifestaciones. Diputado Durazo Montaño, ¿con qué objeto?
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño(desde la curul): Gracias, compañero presidente. Primeramente para solidarizarme con lo aquí expresado por el diputado Huerta Ladrón de Guevara. Creo que no es necesario abundar sobre la gravedad de su señalamiento, de su denuncia. Hoy es el diputado Huerta Ladrón de Guevara, pero en cualquier momento puede ser otro, así es que me parece elemental recibir la solidaridad política del resto de las fracciones, del resto de los compañeros legisladoras, legisladores, para fortalecer esta denuncia del diputado Huerta.Por otro lado, presidente, expresarle la preocupación respecto a un tema vinculado, que es el hecho de que los diputados firmantes, 192 diputadas y diputados firmantes de la solicitud de integración de una comisión investigadora de empresas descentralizadas y de participación estatal, respecto a contratos, a diversos contratos en los que se pudiera suponer o en los que se supone hay conflicto de interés, no ha sido atendida por esta Presidencia.
Sabemos que hay una comunicación de la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante la cual estima que no es procedente. Pero nos parece que no es vinculatoria la opinión de asuntos jurídicos, porque si ese fuese el caso, ¿Qué sentido tendría que existiera el pleno, si por sobre el planteamiento político de este número de diputados está la opinión de un área jurídica?
Por eso, cualquiera que sea la decisión de la Presidencia de esta Cámara, le pido que nos comunicaran oficialmente a cada uno de los firmantes de ese planteamiento la decisión final que ustedes estimen pertinente.
Ya no estoy en la defensa ni siquiera de la constitución de la comisión investigadora, sino sólo del derecho de cada uno de los firmantes de saber, de conocer la decisión de esta Presidencia. Gracias, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Es correcto. Nosotros reiteramos nuestro nuestra solidaridad para cada uno de los juicios en que debiera ajustarse contra el ejercicio de la prerrogativa de los derechos y de la integridad de las legisladoras y los legisladores.
Lo demás, señor diputado Durazo Montaño, es importante establecer que el actuar de la Mesa Directiva, como en cualquier otro acto de un órgano de gobierno de la Cámara, debemos ceñirnos a reglas fundamentales de legalidad consagradas en la Constitución, en la ley y en el Reglamento.
Por lo que toca al planteamiento que usted ha hecho, la cuenta que tiene esta Mesa Directiva es que no se han logrado los consensos ante la Junta de Coordinación Política, y que en todo caso se encuentra en trámite... y reiterar que la que corresponde a la Mesa Directiva, atendiendo justamente al principio de legalidad que se invoca, nos ceñiremos a lo que la ley y el Reglamento establece, en términos de que lo que no es competencia de esta Mesa Directiva, es en razón de que está expresamente reservado a la Junta de Coordinación Política, si hubiera un acuerdo vinculado con su planteamiento de la ley expresa al pleno y a cada uno de los legisladores promoventes.
Tengo, señoras y señores legisladores, solicitudes del uso de la palabra, el diputado Alejandro Montano Guzmán, Uriel Flores Aguayo, Zuleyma Huidobro González y Fernando Belaunzarán Méndez. Concluida esta lista procederemos a la continuación del desahogo del orden del día. Diputado Montano Guzmán, ¿Con qué objeto?
El diputado José Alejandro Montano Guzmán(desde la curul): Señor presidente, para solicitarle a nombre del Congreso de la Unión y de los pueblos indígenas del país, se pueda guardar un minuto de silencio a la memoria de don Juan Simbrón Méndez, quien era el presidente de la Confederación Nacional de los Pueblos Étnicos, fallecido el día de ayer. Y era un gran líder y luchador social por los derechos y lo que correspondía a los pueblos indígenas.Solicitando respetuosamente se le pueda conceder un minuto de silencio aquí en el pleno.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Como usted lo pide, se obsequia su petición en memoria de don Juan Simbrón Méndez. Les ruego ponerse de pie.
(Minuto de silencio)
Nuestra solidaridad a los deudos, todos.
Diputado Uriel Flores Aguayo.
El diputado Uriel Flores Aguayo(desde la curul): Muy amable, diputado presidente. Solamente quiero adelantar que presentaré un punto de acuerdo en esta semana, relativo a una demanda de información basada en la preocupación que tienen los ciudadanos de Xalapa, Veracruz, del distrito que yo represento en esta Cámara, en cuanto a un proyecto misterioso, no difundido, mucho menos consultado, de pasar un gasoducto en plena ciudad, en zona urbana, para beneficiar a una trasnacional, a la Nestlé, llevarle gas, pero atravesando la ciudad sin que sepamos si se han tomado las medidas, si cumple con los ordenamientos legales.Simplemente, adelanto el punto para que en los próximos días se pudiera estar analizando. Muy amable, diputado, muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputado Flores Aguayo. Queda en el Diario de los Debates su manifestación, y por lo demás, se dará el trámite que corresponda al punto de acuerdo que en su oportunidad usted formule.
Diputada Zuleyma Huidobro González, ¿Con que objeto?
La diputada Zuleyma Huidobro González(desde la curul): Gracias, presidente. Primero, para solidarizarnos con el diputado Rafael Huerta, porque no es la primera vez que por denunciar actos de corrupción en esta Cámara de Diputados, los legisladores sufren amenazas. Todo nuestro apoyo y toda nuestra solidaridad al diputado, y para que en realidad se tomen cartas en el asunto en esta propia Cámara de Diputados.Y en segundo término, los diputados del Movimiento Ciudadano lamentamos, reprochamos las denuncias cometidas en contra del diputado local poblano Sergio Gómez Olivier, quien posee un zoológico particular en el municipio de Tehuacán, donde durante muchos años ha tenido 240 ejemplares de vida silvestre. Entre los que se encuentran tigres de bengala, jaguares, pumas, leopardos, leones, antílopes, bisontes y dromedarios.
Solicitamos la intervención de la Profepa de manera contundente, para que este diputado local responda por un presunto caso de tráfico ilegal de especies y que resuelva todo el maltrato contra los animales arrancados de su hábitat, solo para satisfacer su vanidad. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Huidobro González. Se incorpora también su expresión en el Diario de los Debates. Diputado Fernando Belaunzarán Méndez, ¿Con qué objeto?
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez(desde la curul): Presidente, con el objeto de denunciar una inadmisible censura. Antes de eso simplemente solidarizarme con el diputado Ladrón de Guevara, no puede admitirse ninguna amenaza contra ningún diputado independientemente de las posiciones que tenga, se tiene que salvaguardar la integridad de todos.La censura inadmisible de la que hablo es frente a la película Cuatro Lunas, del director Sergio Tovar, en Chihuahua y en Durango bajaron la película. Grupos de la sociedad presionaron para que fuera censurada, porque argumentan que la película presenta el homosexualismo, las relaciones homosexuales como normales y eso les indigna.
Por supuesto, aunque yo no comparto sus exabruptos y estas muestras conservadoras, tendrían el derecho los ciudadanos o algún grupo de ciudadanos a decir eso si así lo piensan, a pesar de que considero que son prejuicios. Pero lo que es inadmisible es que el pode público se pliegue a esos prejuicios y haya censurado y bajado de los cines la película Cuatro Lunas, de Sergio Tovar, por homofobia.
Es evidente homofobia la que está ahí y creo que nuestra responsabilidad es defender el derecho a la libre expresión y nuestro artículo primero que proscribe y condena cualquier acto de discriminación. Llamo a las Comisiones de Derechos Humanos y a la Comisión de Cultura y Cinematografía a revisar el caso.
Yo en los próximos días presentaré un punto de acuerdo para exigir que se proyecte la película en Durango y en Chihuahua, porque la censura es inadmisible y es inadmisible también la homofobia. Mi solidaridad, por supuesto para el director Sergio Tovar, para los actores.
Yo demando a los grupos parlamentarios a que ojalá levantemos todos la voz contra la censura, independientemente de la opinión que nos pueda merecer. La homofobia es inadmisible en cualquier parte del territorio nacional. Eso es lo que quería denunciar, distinguido presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Queda constancia de ello, señor diputado, además en ejercicio de su derecho de iniciativa y de proposición, formular la que vea pertinente.
El diputado Néstor Octavio Gordillo Castillo(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Le otorgaré, diputado Néstor Octavio Gordillo Castillo el uso de la palabra, sólo con la precisión de que no hay asunto en este momento a discusión. Adelante, diputado.
El diputado Néstor Octavio Gordillo Castillo (desde la curul): Gracias, presidente. Únicamente para hacer una aclaración referente a lo de Tehuacán, al zoológico que existe ahí y que es propiedad del diputado local Sergio Gómez Olivier y estoy de acuerdo que se hagan las revisiones pertinentes sobre las autoridades que les corresponde hacerlo, al manejo de los animales.
Conozco personalmente ese zoológico tiene décadas ahí en Tehuacán, asisten niños de escuelas públicas que nunca han conocido animales de ese tipo que existen ahí y que es de un altruismo que existe en torno a Sergio Gómez Olivier respecto al cuidado de esos animales.
Estoy totalmente de acuerdo con la diputada Huidobro que se haga esa revisión. Cuenta con los permisos necesarios, hasta donde yo tengo entendido. Pero que no se satanice esa situación. Yo no sé si la diputada conozca el lugar, sepa cómo están viviendo ahí los animales, pero la invito a que lo conozca.
Lo importante acá es que independientemente de que se hagan las supervisiones que sean correspondientes, no se satanice esta situación y que se tenga que definir, en el caso de Tehuacán, por las autoridades correspondientes, pero que sobre todo se tome en cuenta todo lo que ayuda en esa zona el que se tengan animales de ese tipo y sobre todo lo que apoya mucho a la población de esa ciudad. Esa es mi intervención, señor presidente, muchas gracias por la atención.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Su intervención se inserta en el Diario de los Debates, señor diputado. Continúe la Secretaría.
La diputada Zuleyma Huidobro González (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Diputada Huidobro, no está a discusión el tema aquí referido.
La diputada Lourdes Adriana López Moreno(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Dígame, diputada López Moreno.
La diputada Lourdes Adriana López Moreno (desde la curul): Con gusto, presidente. Únicamente haciendo la referencia al diputado que me antecedió en la palabra, que si conoce el zoológico en cuestión creo que ha incurrido en una situación de complicidad al no denunciarlo, si conocía este lugar.
Con mucho gusto le enseño las fotos y los vídeos de la Profepa de la visita de inspección que realizó para vea cómo habían leones africanos en jaulas de metro y medio por metro y medio, donde casi no cabían de pie y donde incluso habían apiladas hasta cinco jaulas, una encima de otra, todas con leones adentro.
Quiero decirle que en la revisión de la Profepa, en un predio de dos hectáreas, tenían 240 animales, de los cuales 101 fueron asegurados por faltas; 92 de ellos por faltas de trato digno y nueve porque el propietario del sitio no acreditó la procedencia.
Entonces, me parece que las autoridades están actuando a partir de una inspección que realizaron y tengo la certeza que se hará la aplicación de la ley como debe de ser. No se trata de satanizar, pero tampoco podemos tapar el sol con un dedo. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias diputada López Moreno. Continúe la Secretaría.
COMUNICACIONES OFICIALES
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que el diputado José Luis Contreras Rojas cause alta como integrante en la Comisión de Desarrollo Municipal.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 17 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones (rúbrica p.a.), Presidente.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De enterado, comuníquese.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXII Legislatura. Presente.
Por este conducto le solicito, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito que el punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa a establecer un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya, a cargo del diputado José Antonio León Mendívil, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se retire y sea devuelto el expediente respectivo.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 18 de febrero de 2015. Diputado José Antonio León Mendívil (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva. Presente.
Licenciada Aída Fabiola Valencia Ramírez, diputada federal, acudo respetuosamente para ratificar mi permanencia como diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en consecuencia solicito haga del conocimiento del presente documento a los órganos que conforman la estructura de esta Cámara, para los efectos legales y administrativos correspondientes.
Lo anterior, con fundamento en el párrafo tercero del artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 26 y 27 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como del diverso 6, fracción XII, del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Con mi agradecimiento anticipado y esperando una respuesta favorable, quedo a sus órdenes.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2015. Diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De enterado. Comuníquese y actualícense los registros.Continúe la Secretaría.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:Se recibieron de diversas autoridades contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente, correspondiente al Primer Receso del Tercer Año de Ejercicio.(*)
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Remítanse a las comisiones correspondientes para su conocimiento y a los promoventes, para su conocimiento.
REINCORPORACION DE CIUDADANOS DIPUTADOS
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados de la LXII Legislatura. Presente.
Por este conducto solicito de la manera más atenta se realice el trámite correspondiente para reincorporarme a mis actividades legislativas como diputado federal del Distrito 7 del municipio de Tonalá, Jalisco; a partir del 23 de febrero del año en curso, asimismo dejando sin efecto mi solicitud de licencia.
Sin otro particular le reitero mi más altas consideraciones.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 19 de febrero de 2015. Diputado Sergio Chávez Dávalos (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Estimado diputado:
Con fundamento por lo dispuesto en el artículo 16, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me dirijo a usted con el objetivo de informarle que la fecha de mi reincorporación al cargo de diputado federal por el Distrito 4 del estado de San Luis Potosí, es a partir del viernes 20 febrero del presente año.
En este sentido, solicito su intervención para efectos de realizar los trámites administrativos y legales correspondientes que me brinden las condiciones de poder reiniciar mis diferentes actividades legislativas.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2015. Diputado Jorge Terán Juárez (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Presente.
Estimado presidente, sirva este medio para enviarle un cordial saludo.
Con base en lo dispuesto en el artículo 16, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito dirigirme a usted para informarle que la fecha de mi reincorporación al cargo de diputado federal por el estado de Jalisco, es a partir del 23 de febrero del presente mes y año.
Lo anterior, a efecto de estar en condiciones de reiniciar mi actividad legislativa y se realicen los trámites administrativos y legales conducentes.
Agradeciendo la atención que se sirva brindar al presente, quedo a sus órdenes.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2015. Diputado Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De enterado, comuníquense.
El diputado Gerardo Peña Avilés(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Dígame, diputado Gerardo Peña, con qué objeto.
El diputado Gerardo Peña Avilés (desde la curul): Hacer nada más un comentario acerca del zoológico de Puebla. Yo lo desconozco en qué situaciones, en qué condiciones estén trabajando.
Lo que sí quiero aprovechar es que están hablando de que Profepa tiene una inspección, eso quiere decir que Profepa parece que está trabajando y eso me da gusto porque tiene descuidadas las minas, tiene descuidada la industria, tiene descuidada la agricultura, tiene descuidados todos los ecosistemas del país.
Si Profepa está siendo eficiente para sancionar o cancelar un zoológico quiero exigirle a Profepa, y que todos nosotros nos unamos, para que trabaje por todo México, le está haciendo mucho daño a los ecosistemas de todo el país la omisión y la irresponsabilidad de Profepa. Gracias.
El diputado Manuel Añorve Baños(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Diputado Manuel Añorve, dígame con qué objeto, por favor.
El diputado Manuel Añorve Baños (desde la curul): Señor presidente, sólo para reiterarle de la manera más atenta que podamos empezar con el orden del día, ya llevamos más de 25 minutos en asuntos generales y quisiéramos empezar con el orden del día de este día, valga la repetición. Es cuanto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Estamos justamente en el desahogo del orden del orden del día. Continúe la Secretaría.
SOLICITUDES DE LICENCIA
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
El que suscribe, en mi carácter de diputado federal, integrante de la LXII Legislatura por el Partido de la Revolución Democrática, me dirijo a usted con apego en lo dispuesto en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en lo dispuesto en el artículo 12, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, para solicitarle de la manera más atenta que se someta a consideración de esta soberanía, mi solicitud de licencia por tiempo indefinido, para separarme del cargo de diputado federal con efectos a partir del día jueves 5 de marzo del presente año.
Sin otro particular y para los efectos legales a que haya lugar, le envío mis fraternales saludos.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 19 de febrero de 2015. Diputado Carlos de Jesús Alejandro (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados de la LXII Legislatura. Presente.
Distinguido diputado presidente:
Víctor Manuel Jorrín Lozano, en mi carácter de diputado federal por el Cuarto Distrito Electoral con cabecera en Acapulco de Juárez, estado de Guerrero e integrante de esta LXII Legislatura, perteneciente al Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por medio del presente me permito exponer:
Que con base en lo establecido en el artículo 62 y 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 3, numeral 1, fracción XI, 6, numeral 1, fracción XVI, fracción III, y 3, numeral 1, 2 y 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento respetuosamente a usted mi solicitud de licencia por tiempo indefinido para separarme del cargo de diputado federal, a partir del día 28 de febrero del año en curso y, en consecuencia, sea llamado mi suplente.
Por lo anteriormente expuesto, solicito se dé el curso legal que corresponda a mi solicitud.
Sin más por el momento agradezco sus atenciones y quedo a sus órdenes para cualquier aclaración a este respeto.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 17 de febrero de 2015. Diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo establecido en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en lo dispuesto en la fracción XVI del numeral 1 del artículo 6 y el artículo 12 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento respetuosamente a usted mi solicitud de licencia para separarme del cargo de diputada federal, del 8 de marzo al 8 de junio del año en curso.
Lo anterior con el propósito de que sea sometida a consideración del pleno de esta soberanía de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Sin otro particular quedo de usted.
Atentamente
México, DF, a 19 de febrero de 2015. Diputada Juana Bonilla Jaime (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Sirva este medio para enviarle un atento y cordial saludo, asimismo, le informo de manera puntal que con base a lo establecido por el Reglamento de la Cámara de Diputados en su artículo 12, fracción tercera. Es mi voluntad pedir licencia al cargo que la soberanía me ha conferido del 8 de marzo al 8 de junio del presente año.
En este orden de ideas, me permito solicitarle atentamente tenga a bien someter a consideración del pleno de esta soberanía, mi solicitud de licencia al cargo de diputada federal, en el tiempo antes definido. Asimismo le solicito de la manera más atenta, gire sus apreciables instrucciones a fin de que sea llamada mi suplente para ocupar el cargo legislativo durante mi ausencia.
Sin otro particular, reiterándole mis más distinguidas consideraciones, quedo de usted.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2015. Diputada Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Cámara de Diputados. Presente.
Por este conducto me permito enviarle un atento y cordial saludo al mismo tiempo que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6, fracción XVI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento mi formal solicitud de licencia para separarme del cargo que ocupo como diputado federal en esta honorable LXII Legislatura, a partir del día 8 de marzo del año en curso y hasta el 8 de junio de este mismo año. Lo anterior con la finalidad de que por su digno conducto, sea sometida a la consideración de la honorable asamblea para efectos de su respectiva aprobación.
Sin más por el momento quedo de usted.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2015. Diputado Víctor Manuel Bautista López (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si son de aprobarse.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobadas. Comuníquese.Continúe.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de Mesa Directiva del Congreso de la Unión. Presente.
Por medio del presente me permito enviarle un cordial saludo y en atención a la sesión celebrada por esta soberanía en fecha 5 de febrero de 2015, relativo a mi solicitud de licencia como diputado electo en el distrito electoral federal del estado de Sonora, numero 02, aprobándose mi licencia a partir del 11 de febrero y hasta el 8 de junio de 2015.
A lo anterior, solicito de la manera más atenta modificar dicha licencia que me fue concedida a partir del 11 de febrero y darle el carácter de indefinida.
Lo anterior para los efectos legales correspondientes, sin otro particular quedo a sus apreciables órdenes.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2015. Diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Someta a la consideración de la asamblea precisamente el punto de acuerdo.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:Único. Se concede licencia por tiempo indefinido, al diputado Cuauhtémoc Galindo Delgado, para separarse de sus funciones como diputado federal electo en el segundo distrito electoral del estado de Sonora, a partir del 11 de febrero del año en curso.
Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado. Comuníquese.
PROTESTA DE CIUDADANO DIPUTADO
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Se encuentra las puertas de este recinto el ciudadano Manuel Francisco Tapia Bustos, diputado federal electo en el octavo distrito electoral del estado de Guerrero. Se designa en comisión para que lo acompañen en el acto de rendir la protesta de ley, a las siguientes diputadas y diputados. Diputado José Luis Flores Méndez; diputado Mario Rafael Méndez Martínez; diputado Francisco Tomás Rodríguez Montero; diputado Lizbeth Eugenia Rosas Montero y diputada Cristina Olvera Barrios.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:Se pide a la comisión cumplir con este encargo.
Se invita a los presentes ponerse de pie.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Ciudadano Manuel Francisco Tapia Bustos, ¿Protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?
El ciudadano Manuel Francisco Tapia Bustos: Sí protesto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Si así no lo hiciera, que la nación se lo demande.Bienvenido, felicidades.
Continúe la Secretaría.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
Atentamente
México, DF, a 19 de febrero de 2015. Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica), vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de Decreto
Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo
Artículo Único. Se reforman el párrafo segundo del artículo 2º, párrafo segundo del artículo 3º, el artículo 56 y la fracción I del artículo 133; y se adicionan el inciso c), a la fracción I, del artículo 4º, una fracción XXIX al artículo 132, un segundo párrafo recorriéndose en su orden el vigente para quedar como tercer párrafo del artículo 153-E; y un Título Quinto Ter Trabajo de las Personas con Discapacidad con los artículos 180-A al 180-K, y una fracción VIII al artículo 994, todos de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:
Artículo 2o. ...
Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; queda prohibida la discriminación por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.
...
...
...
Artículo 3o. ...
Quedan prohibidas condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
Artículo 4o. ...
I. ...
a) y b)...
c) Cuando se dé preferencia a una persona íntegra en sus capacidades físicas, mentales o sensoriales, sobre una persona con discapacidad que califique por encima de la primera para ocupar un puesto vacante.
II. ...
Artículo 56. Las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, quedando prohibidas las diferencias por motivo de origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta Ley.
Artículo 132. ...
I. a XXVIII. ...
XXIX. Realizar en las instalaciones de trabajo las adecuaciones necesarias para eliminar barreras físicas o rediseñar áreas de trabajo, que proporcionen a las personas con discapacidad las condiciones óptimas de accesibilidad, seguridad y libre desplazamiento, que les permitan desarrollar las actividades laborales de la empresa.
Artículo 133. ...
I. Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio o que atente contra la dignidad humana.
II. a XV. ...
Artículo 153-E. ...
Las personas con discapacidad, recibirán la capacitación y el adiestramiento con el resto de los trabajadores y en las mismas condiciones, excepto en caso de requerir apoyos especiales, se recurrirá al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad para recibir asesoría.
Para el caso de las micro y pequeñas empresas, que son aquellas que cuentan con hasta 50 trabajadores, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Economía estarán obligadas a incentivar su productividad mediante la dotación de los programas a que se refiere el artículo 153-J, así como la capacitación relacionada con los mismos. Para tal efecto, con el apoyo de las instituciones académicas relacionadas con los temas de los programas referidos, convocarán en razón de su rama, sector, entidad federativa o región a los micro y pequeños empresarios, a los trabajadores y sindicatos que laboran en dichas empresas.
Título Quinto TerTrabajo de las Personas con Discapacidad
Artículo 180-A. El trabajo, de las personas con discapacidad queda sujeto a las regulaciones dispuestas por esta Ley, con el propósito de lograr su inclusión laboral en condiciones de igualdad y equidad al trabajo, capacitación, adiestramiento o reinserción laboral, y abolir situaciones de discriminación, segregación, negación o explotación.
Las personas con discapacidad tendrán los mismos derechos y obligaciones que esta Ley establece para los patrones y trabajadores, y conforme lo dispuesto en este Título.
Artículo 180-B. El trabajo de las personas con discapacidad queda sujeto a vigilancia y protección especiales de la Inspección del Trabajo, sin perjuicio y supletoriamente a las disposiciones establecidas en las leyes que protejan sus derechos.
Artículo 180-C. Para efectos de esta Ley y las disposiciones establecidas en este Título, se entenderá por persona con discapacidad, aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. La discapacidad no será considerada riesgo de trabajo, y en lo conducente, a lo dispuesto en el artículo 479 de esta Ley.
Artículo 180-D. Para efectos de la contratación de las personas con discapacidad al trabajo, ésta se realizará conforme a lo siguiente:
I. Cuando la persona con discapacidad física, intelectual, mental o sensorial acredita su capacidad, aptitudes o califica para realizar el empleo que pretende, sin detrimento o perjuicio de la vida o la salud, la posibilidad de capacitación o adiestramiento o la reinserción laboral.
II. Si la persona padece una discapacidad física, intelectual, mental o sensorial ocasionada por un riesgo de trabajo o considerando lo dispuesto por el artículo 180-C, ésta podrá ser reincorporada laboralmente en un trabajo compatible a su capacidad y aptitudes en cualquier empresa.
Si la persona con discapacidad es reincorporada al trabajo, y ésta, por efecto de riesgo de trabajo ha sido compensada por lo dispuesto en el artículo 483, quedará sin efecto el pago de indemnización al tiempo en que se realice un nuevo contrato laboral conforme a esta Ley.
III. Lo dispuesto por el artículo 134, fracción X, no será considerado por la empresa o patrón como motivo o causal para negar el trabajo a personas con discapacidad.
La persona con discapacidad que se someta a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, y éstos comprueben un estado saludable, aún con su discapacidad, serán considerados candidatos aceptables para el empleo que pretenden.
Las empresas o patrones que lo consideren necesario, podrán solicitar la certificación de la condición y grado de discapacidad de una persona a los Servicios de Salud dependientes de la Secretaría de Salud y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia.
IV. Las personas con discapacidad tendrán derecho a trabajos compatibles de acuerdo con su condición de discapacidad y aptitudes. Siendo responsabilidad del patrón o la empresa informar de forma clara, oportuna y precisa las condiciones del tipo y características del trabajo, considerando las facilidades de accesibilidad, libre desplazamiento y ubicación del trabajo ofertado.
Artículo I80-E. No se podrá dar preferencia a una persona íntegra en sus capacidades físicas, intelectuales, mentales o sensoriales, sobre una persona con discapacidad que califique por encima de la primera para ocupar un puesto vacante.
Artículo I80-F. Para la promoción de empleo, asesoría en capacitación laboral, asesoría de agencias especializadas en bolsa de empleo, asesoría en las categorías o grados de una discapacidad y asistencia técnica para adecuación de instalaciones, las empresas o patrones contarán con la asistencia del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Artículo 180-G. Las personas con discapacidad tendrán derecho a recibir la capacitación o adiestramiento necesarios para cumplir adecuadamente con su trabajo, la cual podrá efectuarse con el resto de los trabajadores y en las mismas condiciones, y excepto en caso de requerir apoyos especiales, la empresa o patrón recurrirá al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad para recibir asesoría.
Tratándose de capacitación o adiestramiento inicial, las personas con discapacidad recibirán un incentivo económico tipo beca, considerando que el incentivo económico será únicamente para cubrir necesidades de transporte y alimentación para acudir al sitio o lugar de la capacitación o adiestramiento, y así cumplir en tiempo y forma con los requisitos de ésta.
Artículo 180-H. La empresa o patrón deberá considerar en la jornada de trabajo de las personas con discapacidad, periodos en los que les permita su atención médica o rehabilitación debido a su condición personal.
Artículo 180-I. Las empresas que realicen en sus instalaciones de trabajo las adecuaciones necesarias, de acuerdo con las normas y reglamentos vigentes, a fin de eliminar barreras físicas o rediseñar áreas de trabajo, que proporcionen a los trabajadores con discapacidad las condiciones óptimas de accesibilidad, seguridad y libre desplazamiento, permitiéndoles desarrollar las actividades laborales de la empresa, podrán ser sujetas de exención o deducción de impuestos conforme lo determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 180-J. Serán respetados los derechos de las personas con discapacidad para incorporarse al sindicato, federación o confederación que le interese, conforme lo establece el Título Séptimo Capítulo II de esta Ley.
Artículo 180-K. Las violaciones a lo dispuesto por este Título y las referidas a personas con discapacidad en esta Ley, serán consideradas situaciones de discriminación, segregación, negación o explotación, quedando sujetas a la resolución de las autoridades jurisdiccionales en materia laboral conforme a lo establecido en el artículo 994, fracción II, y demás disposiciones aplicables de esta Ley.
Artículo 994. ...
I. a VII. ...
VIII. De 1000 a 5000 veces el salario mínimo general, a quienes no cumplan las obligaciones relativas a los derechos laborales de las personas con discapacidad.
Transitorios
Primero. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los patrones contarán con treinta y seis meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las adecuaciones a las instalaciones de los centros de trabajo, a fin de facilitar el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad.
Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 19 de febrero de 2015. Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica), vicepresidente; senadora Lucero Saldaña Pérez (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Escudo. Gobierno del Estado de Nuevo León. LXXIII Legislatura. Secretaría.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Con fundamento en el artículo 71, fracción III y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXIII Legislatura del honorable Congreso del estado de Nuevo León pone a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo y deroga el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Se acompaña al presente copia del dictamen emitido por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 574, que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.
Lo anterior para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Sin otro particular, nos permitimos enviarle por este conducto un cordial saludo.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Monterrey, Nuevo León, a 16 de febrero de 2015. Diputada Imelda Guadalupe Alejandro de la Garza (rúbrica), secretaria por ministerio de ley diputado Fernando Galindo Rojas (rúbrica), secretaria por ministerio de ley.»
«Escudo. Gobierno del Estado de Nuevo León. LXXIII Legislatura. Secretaría.
El honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXIII Legislatura, en uso de las facultades que le concede el artículo 63, de la Constitución Política local, expide el siguiente
Acuerdo
Número 574
Artículo Primero. La LXXIII Legislatura al honorable Congreso del estado de Nuevo León, promueve iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo y deroga el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicio Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Decreto
Artículo 25. (...)
El Instituto no podrá suspender de ninguna manera los seguros, prestaciones o servicios a los derechohabientes por el incumplimiento en el pago de las Cuotas, Aportaciones y Descuentos a cargo de las Dependencias o Entidades obligadas.
Transitorio
Único: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Remítase a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su debido trámite legislativo.
Por lo tanto, envíese al Ejecutivo del estado y publíquese en el Periódico Oficial del Estado.
Dado en el salón de sesiones del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su Capital, a los dieciséis días del mes de febrero de dos mil quince. Diputada María Dolores Leal Cantú (rúbrica), Presidenta; diputada Imelda Guadalupe Alejandro de la Garza (rúbrica), secretaria por ministerio de ley; diputado Fernando Galindo Rojas (rúbrica), secretaria por ministerio de ley.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para dictamen.
LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con expediente número 4018, fue turnada para su análisis y dictamen la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, enviada por el Senado de la República.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados. Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción I; 81, numeral 1; 85; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esa honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes
I. Antecedentes
Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, celebrada el 23 de abril de 2013, el senador Jesús Casillas Romero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Segundo. En la misma sesión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la iniciativa, turnándola a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Estudios Legislativos, Segunda, para dictamen.
Tercero. En sesión ordinaria de las comisiones unidas dictaminadoras, celebrada el 11 de febrero de 2014, se aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Cuarto. En sesión ordinaria del Senado de la República, verificada el 4 de marzo de 2014, se dio cuenta al pleno ton el dictamen con proyecto de decreto que reforma el Artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, quedando de primera lectura.
Quinto. En su reunión ordinaria de 11 de marzo de 2014, el pleno de la Cámara de Senadores, discutió y aprobó el proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y la Mesa Directiva remitió a la Cámara de Diputados el expediente con la minuta proyecto de decreto correspondiente.
Sexto. En reunión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 13 de marzo de 2014, se dio cuenta con la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Séptimo. En la misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
Octavo. Con fecha 24 de junio de 2014, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Noveno.El 3 de septiembre de 2014, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales remitió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Décimo. En fecha 27 de noviembre de 2014, mediante oficio COMARNAT/LXII/567/2014, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados solicitó a la Presidencia de la Mesa Directiva la devolución del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el propósito de hacerle las modificaciones tendentes a enriquecerlo técnica y jurídicamente, y mejorar su estructura y contenido, en base a diversas observaciones planteadas por diputados integrantes de esta comisión dictaminadora.
Décimo Primero. En la fecha de la solicitud referida en el párrafo anterior, la. Dirección General de Proceso Legislativo, con oficio DGPL/LXIII/356/2014, devolvió a esta Comisión Dictaminadora, el Dictamen Proyecto de Decreto que reforma el Artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para los efectos conducentes.
Los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, encargados del dictamen sobre la minuta que nos ocupa, una vez analizado el asunto, procedemos a exponer el siguiente
II. Contenido de la Minuta
La colegisladora coincide con el autor de la iniciativa, en cuanto a que lo establecido en el artículo 18 de la Ley General de Desarrollo Rural Sustentable, relativo a establecer como sede de la Comisión Nacional Forestal, la Zona Metropolitana de la Ciudad de Guadalajara, Jalisco; limita la capacidad de operatividad y agilidad en la toma de decisiones de la Junta de Gobierno de la Conafor, considerando que los integrantes de dicho órgano de gobierno son principalmente los titulares de diversas dependencias del Ejecutivo federal, quienes se reúnen para deliberar en la sede de la Conafor.
No obstante, consideraron necesario hacer algunas modificaciones a la propuesta de la iniciativa, para puntualizar el nivel jerárquico mínimo que deberán tener los servidores públicos que suplirán a los titulares en la integración de la Junta de Gobierno.
Asimismo, señalan que tanto titulares como suplentes, podrán desempeñar sus encargos en la Junta, considerando la disponibilidad del funcionario designado para cumplir tal cometido, además de considerar que el perfil técnico personal y del área a su cargo, tengan mayor cercanía con la materia que regula la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, particularmente las funciones a cargo de Conafor.
Por otro lado, están de acuerdo en actualizar la denominación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, sustituyendo la antes Secretaría de la Reforma Agraria, de conformidad con la Reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada el dos de enero de 2014, en el Diario Oficial de la Federación.
La minuta proyecto de decreto enviada por el Senado de la República, y objeto del presente dictamen, propone reformar el Artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para quedar como sigue:
Artículo 20. La Comisión tendrá como órgano de gobierno a una Junta de Gobierno, que será la máxima autoridad del organismo y estará integrada por los titulares de las Secretarías de la Defensa Nacional; de Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo Social; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Economía; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; y Turismo, así como de la Comisión Nacional del Agua.
Los titulares a los que se refiere el párrafo anterior deberán nombrar un suplente quien deberá tener por lo menos el cargo de director general o su equivalente. La Junta será presidida por el titular de la Secretaría o el suplente.
Los nombramientos de suplentes podrán ser actualizados en el momento que el titular correspondiente lo estime necesario.
Los miembros de la Junta de Gobierno gozarán de voz y voto en las sesiones de la misma; al designar a los suplentes, deberán considerar las demás obligaciones que éstos deban cumplir en función de su cargo, a efecto de que cuenten con la disponibilidad necesaria para atender con diligencia y oportunidad los asuntos inherentes a su suplencia.
Una vez analizado el contenido de la minuta objeto del presente dictamen, las y los diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, exponemos las siguientes
III. Consideraciones
Reconocemos, con la colegisladora, que la ubicación de la Comisión Nacional Forestal en la zona metropolitana de la ciudad de Guadalajara, sede establecida primero en el artículo 2o. del decreto por el que se crea la Comisión Nacional Forestal y después en el artículo 18 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; permite la plena operatividad y prontitud en la toma de decisiones de la Junta de Gobierno, a pesar de que la mayoría de sus integrantes tienen su actividad principal en Dependencias del Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, y deben trasladarse a la sede de la Conafor, para deliberar en su órgano de gobierno; sin embargo, la propia LGDFS, retoma lo dispuesto en ese sentido por el decreto por el que se crea la Comisión Nacional Forestal.
Estimamos válida la preocupación del Senado, en cuanto a que la integración de la Junta de Gobierno no debiera imponerse exclusivamente a los secretarios y subsecretarios de la administración pública federal centralizada, cuyas sedes se ubican, generalmente, en el Distrito Federal; lo que aunado a las diversas responsabilidades inherentes a sus respectivos cargos, dificultan el cumplimiento de sus atribuciones en dicha Junta de Gobierno.
Sin embargo, estimamos prudente observar que el decreto que crea la Comisión Nacional Forestal, desde el origen, en su artículo 6, establece:
Artículo 6o. La Comisión tendrá como órgano de gobierno a- una Junta de Gobierno, que será la máxima autoridad del organismo y estará integrada por los titulares de las Secretarías de la Defensa Nacional; de Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo. Social; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Economía; de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de la Reforma Agraria, y de Turismo, así como de la Comisión Nacional del Agua.
Los miembros de la Junta de Gobierno gozarán de voz y voto en las sesiones de la misma. Por cada integrante de este órgano colegiado deberá nombrarse un suplente con nivel jerárquico de Subsecretario; en el caso de la Comisión Nacional del Agua, deberá tener nivel de subdirector general.
Por otro lado, y no obstante lo previsto en los párrafos cuarto, quinto y sexto del artículo 17 del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, estimamos que ningún reglamento puede contravenir lo dispuesto en una ley emanada del Congreso General en ejercicio de sus atribuciones constitucionales; razón por la cual, estimamos procedentes las modificaciones propuestas por el Senado, para puntualizar sobre el nivel jerárquico mínimo que deberían tener los servidores públicos que suplan a los titulares en la integración de la Junta de Gobierno, así como el señalamiento de que tanto titulares como suplentes, podrán desempeñar sus encargos en la Junta, considerando la disponibilidad del funcionario designado para cumplir tal cometido, además de considerar que el perfil técnico personal y del área a su cargo, tengan mayor cercanía con la materia que regula la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, particularmente las funciones a cargo de Conafor.
Los párrafos cuarto, quinto y sexto del artículo 17 del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Para estatales, establecen:
Con el propósito de asegurar la adecuada toma de decisiones en las reuniones del órgano de gobierno, los representantes de las dependencias o entidades deberán tener reconocida capacidad o experiencia vinculada con la naturaleza y tipo de operaciones o servicios que realiza la entidad.
Quienes tengan la responsabilidad de designar a los miembros de los órganos de gobierno deberán considerar las demás obligaciones que éstos deban cumplir en función de su cargo, a efecto de que cuenten con la disponibilidad necesaria para atender con diligencia y oportunidad los asuntos inherentes a su representación.
El nivel jerárquico de los servidores públicos que integren el órgano de gobierno deberá corresponder, cuando menos al de director general de la Administración pública Centralizada o su equivalente en el caso de los miembros propietarios y al de director de área en tratándose de los suplentes.
De ahí, consideramos pertinente recordar que el artículo 3o. del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, prevé que la Junta de Gobierno de la Conafor, estará sujeta a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, su Reglamento, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y demás disposiciones aplicables.
Por último, coincidimos con la colegisladora en la necesidad de actualizar la denominación de las dependencias del Ejecutivo federal, sustituyendo la Secretaría de la Reforma Agraria, con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de conformidad con la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada el dos de enero de 2014, en el Diario Oficial de la Federación.
Por lo anterior expuesto y fundado, y para los efectos de lo dispuesto en la fracción A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales presenta a la consideración del honorable Pleno de la Cámara de Diputados, dictamen con proyecto de
Decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Único. Se reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para quedar como sigue:
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Artículos 1 a 19. ...
Artículo 20. La Comisión tendrá como órgano de gobierno a una Junta de Gobierno, que será la máxima autoridad del organismo y estará integrada por los titulares de las Secretarías de la Defensa Nacional; de Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo Social; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Economía; de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; y de Turismo, así como de la Comisión Nacional del Agua.
Los titulares a los que se refiere el párrafo anterior deberán nombrar un suplente quien deberá tener por lo menos el cargo de Director General o su equivalente. La Junta será presidida por el Titular de la Secretaría o el suplente.
Los nombramientos de suplentes podrán ser actualizados en el momento que el titular correspondiente lo estime necesario.
Los miembros de la Junta de Gobierno gozarán de voz y voto en las sesiones de la misma; al designar a los suplentes, deberán considerar las demás obligaciones que éstos deban cumplir en función de su cargo, -a efecto de que cuenten-con la disponibilidad necesaria para atender con diligencia y oportunidad los asuntos inherentes a su suplencia.
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de diciembre de 2014.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Ángel Cedillo Hernández, Cristina Olvera Barrios, secretarios; Ricardo Astudillo Suárez (rúbrica), Darío Badillo Ramírez, Mario Miguel Carrillo Huerta, Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada, Ignacio Mestas Gallardo, Fernando Hernández Charleston, Adriana Hernández Íñiguez, Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Tiene la palabra por cinco minutos para fundamentar el dictamen, ello con apoyo en el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la diputada Lourdes Adriana López Moreno.
La diputada Lourdes Adriana López Moreno: Con su permiso, señor presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante, diputada.
La diputada Lourdes Adriana López Moreno: Honorable asamblea, a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, enviada por el Senado de la República, en una iniciativa presentada por el senador Jesús Casillas Romero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
La información de esta iniciativa, o más bien de esta minuta enviada por el Senado tiene consideraciones muy básicas que radican en el hecho de que la Conafor, por decreto, tiene su sede en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, lo cual muchas veces para su operatividad resulta un tanto complicado.
Particularmente la reforma a la que se refiere esta minuta considera la necesidad de adecuar algunas consideraciones a la integración de su órgano de gobierno, que es la junta de gobierno, para garantizar su funcionalidad.
Cabe señalar que esta junta de gobierno es la máxima autoridad de la Conafor y está integrada por titulares de la Secretaría de la Defensa Nacional, Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Economía, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y Turismo, así como de la Comisión Nacional del Agua por la relación tan íntima que existe entre el tema de agua y bosques.
Es importante señalar que esta minuta nos plantea dos modificaciones. La primera, incorporar a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano como parte importante de la toma de decisiones de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Forestal. Y la segunda, para la operatividad de esta Junta de Gobierno, dado que sus reuniones tienen que darse en la sede de la Conafor, que insisto, es la ciudad de Guadalajara, Jalisco, plantea que los titulares de las dependencias a las que hemos referido nombren un suplente que deberá tener por lo menos el cargo de director general o su equivalente, y la Junta será presidida por el titular de la Secretaría o su suplente. Se refiere a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Los nombramientos de suplentes podrán ser actualizados en el momento que el titular correspondiente lo estime necesario. Además, los miembros de la Junta de Gobierno podrán gozar de voz y voto a las sesiones de la misma. Al designar a los suplentes deberán de considerar, muy importante, las obligaciones que deberán de cumplir en función de su cargo, a efecto de que cuenten, primero, con disponibilidad necesaria de tiempo; segundo, con la oportunidad también de asistir en calidad de suplente; y tercero, con la capacidad de toma de decisiones.
Como verán, pareciera una reforma sumamente sencilla la de este artículo 20, sin embargo no podemos negar la pertinencia de incorporar a la Secretaría de Desarrollo Territorial y Urbano, dadas las decisiones que se toman en aras, por ejemplo, de las áreas de reserva para desarrollo habitacional y, sobre todo, en los temas de ordenamiento ecológico, o más bien, de ordenamiento territorial que regula la Sedatu.
Por otro lado, plantear el hecho de que exista el nombramiento de suplentes con un cargo de director general y que puedan atender con los conocimientos técnicos oportunos y con el tiempo oportuno las reuniones de la Junta de Gobierno, es algo que garantizará que la Conafor tenga en su Junta de Gobierno la presencia suficiente o el quórum legal para que pueda sesionar y de este modo avanzar en la toma de decisiones en un tema tan importante como es el desarrollo forestal sustentable en nuestro país, sobre todo, considerando la cantidad de bosques que tenemos, cómo el manejo sustentable de estos bosques puede también ser un detonante del desarrollo económico en las comunidades rurales indígenas y, sobre todo, considerando que las decisiones que se tomen en el gobierno referente a los bosques tienen que ver de inmediato en un tema que nos afecta en cuestiones de agua, en cuestiones de desarrollo social, de desarrollo económico, pero que sobre todo involucra a comunidades rurales e indígenas, que son en su mayoría los propietarios de nuestros bosques y a quienes nuestros bosques les deben de dejar la mayor cantidad de beneficios.
Esperamos contar con el apoyo de todos en esta reforma, que por sencilla que parezca será de gran utilidad para el desempeño de la Comisión Nacional Forestal y para el adecuado cuidado y protección y, sobre todo, aprovechamiento sustentable de los bosques de México. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada López Moreno. Para fijar la postura de agrupación Morena, tiene el uso de la palabra el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara, hasta por cinco minutos.
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:Ahora a nivel mundial, gracias al ganador del Oscar mexicano Iñárritu, queda claro el sentimiento de los mexicanos y mexicanas, la lucha contra la impunidad y contra la corrupción, al cual obviamente estoy adherido a esa lucha y por eso no nos van a callar, por más que nos quieran intimidar.Esta reforma que hoy se discute demuestra lo que tanto hemos dicho. El PRI y el Verde son lo mismo. Más allá de la alianza que traen. Y aquí sí el orden de los factores altera el producto. Porque miren, no es lo mismo decir que el PRI es lo mismo que el Verde, a decir que el Verde es lo mismo que el PRI. Se ve luego, luego ahí en sus vocablos.
Obviamente, esta reforma que presentan, que pudiera parecer sencilla, sobre todo en la introducción de la Comisión de Desarrollo, por la parte que tiene qué ver en lo territorial y urbano. En tanto ya anteriormente, en este consejo participaba la Secretaría de Reforma Agraria.
Obviamente, se tiene que hacer esta adecuación, pero lo que no se dice de fondo. Si de por sí las juntas de gobierno son menores a la hora de la aplicación vertical de los mandatos del Ejecutivo, un país donde el que manda todo es el presidente. Mentira que los secretarios tengan siquiera opinión. Mentira que las juntas de gobierno trabajen, propongan o hagan algo. Van por la cultura de la línea.
Pero aquí ya, bajo el pretexto esgrimido, se trata de decir, pues ya que no vayan los subsecretarios, que eran los que antes, comúnmente nombraban. Han de estar muy ocupados con los temas del medio ambiente seguramente. Han de estar muy ocupados. Que vaya cualquiera con rango de director general. Es el sentido de la reforma. Y obviamente, solamente en una cosa estoy de acuerdo. Obviamente, esta reforma tiene qué ver con el impacto al tema de las aguas y los bosques del país.
Y miren, para justificar lo que inclusive un diputado panista decía hace un rato. Esta política de simulación que tiene el Partido Verde y el PRI, que son los que hacen estas reformas de su gobierno, que dicen que va a ser mejor, cómo no. Sí, chucha, cómo no.
No es cierto. Miren, traen ahora la moda de traer el agua de grandes proyectos, como el que pretenden traer del Río Pánuco al Monterrey VI. Una obra que ya pactaron más de 17 mil millones de pesos, que se sumarían a escandalosas deudas estatales que Medina ha contratado ya en su gestión y que ya se aproximan a los 100 mil millones de pesos.
Y el costo ahora que nos anuncian a 27 años de esta obra, va a ser de 57 mil millones de pesos. Ya expertos nacionales e internacionales se han pronunciado en contra de esta obra, por no sustentable. Y como dicen por ahí, nada más va a servir para incrementar los costos del servicio del agua, porque nada más van a enterrar el tubo, porque atrás de esto ¿Qué es lo hay? Atrás de esto cuál sería la urgencia de construir este acueducto, si el abastecimiento de agua para el área metropolitana en Monterrey está garantizada en los próximos años.
¿Cuál es la prisa para traer estos proyectos multimillonarios? Pues ¿cuál va ser? Nada más ni nada menos que la empresa Higa se haga, junto con el presidente Peña Nieto, que son socios de múltiples recursos públicos, a sus bolsas personales. Eso es lo que está de fondo en este tipo de proyectos que aquí ustedes, diputados, como esta iniciativa, todos los días están aprobando.
Puñalada tras puñalada al pueblo de México. ¿Por qué no discutir estos temas? ¿Por qué no estar investigando a esta empresa? Porque son tapadera de los intereses de estos grandes negocios de conflicto de interés entre el presidente y esta empresa.
Voy a culminar, presidente. No nada más estamos con este tema, por el desastre ambiental que existe en este país, tienen un desastre ambiental cuando aprueban el fracking en muchas zonas del país y donde la gente ya está en resistencia, como es el estado de Veracruz.
Tienen un desastre ambiental en la geotermia, en la minería tóxica, en muchos temas que debería estar actuando esta Comisión de Medio Ambiente y no estar sirviendo aquí para venir a justificar estos achicamientos de las instituciones. Pero ¿saben por qué lo hacen? Porque no les interesa el pueblo de México, mucho menos les interesa el ambiente de este país. Son hipócritas y son reformas contrarias al pueblo de México, por eso no estamos de acuerdo.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Diputada Cristina Olvera Barrios, fijara la postura de Nueva Alianza, hasta por cinco minutos.
La diputada Cristina Olvera Barrios:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, hablar de la Comisión Nacional Forestal nos permite reconocer la riqueza con la que cuenta nuestro país, en el que se registra aproximadamente 70 por ciento, corresponde a terrenos forestales y de aptitud preferentemente forestal. Y que la población que habita en las regiones forestales en su gran mayoría se encuentra en condiciones precarias y de muy alta marginación.Son loables los objetivos que se han perseguido al crear la Comisión Forestal, lo que ha permito instrumentar políticas para revertir el proceso de degradación de los recursos forestales de nuestro territorio, que al mismo tiempo han dado aliento para el aprovechamiento al incrementar su potencial a través de la participación activa de los propietarios o poseedores de los terrenos en donde encuentran dichos recursos forestales.
Debemos priorizar que los recursos forestales tienen la capacidad de generar una serie muy amplia de bienes y servicios ambientales que satisfacen directa e indirectamente necesidades humanas vitales.
Por ello es necesario para alcanzar el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales contar con mecanismos integrales en la aplicación de la política de desarrollo y de la normatividad respectiva.
Y en aras de contribuir en la consolidación de estos objetivos, el día de hoy resulta necesario que la ubicación de la Comisión Estatal Forestal se ubique en la zona metropolitana de la ciudad de Guadalajara, para lograr la plena operatividad y prontitud en la toma de decisiones de la Junta de Gobierno, privilegiando que los integrantes de dicho órgano de gobierno sean principalmente los titulares de las dependencias del Ejecutivo federal, quienes se reúnen para liberar en la sede de la Conafor.
Con la intención de dar cumplimiento y flexibilidad a los trabajos que se realizan en la Comisión Nacional Forestal, consideramos que no debe imponerse exclusivamente a los secretarios y subsecretarios de la Administración Pública Federal centralizada, ya que por diversas responsabilidades inherentes a sus respectivos cargos, dificultan el cumplimiento de sus atribuciones en dicha Junta de Gobierno.
Es necesario puntualizar, el nivel jerárquico mínimo que deberán tener los servidores públicos que suplirán a los titulares en la integración de la Junta de Gobierno, quienes deben gozar además de un perfil técnico personal y del área a su cargo, conformando que tengan mayor cercanía con la materia que regula la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, particularmente las funciones a cargo de Conafor.
Los titulares a los que se refiere el párrafo anterior deberán nombrar un suplente quien deberá tener por lo menos el cargo de director general o su equivalente para cumplir cabalmente con las funciones encomendadas, ya que gozarán de voz y voto durante las sesiones de la misma sin disminuir la importancia que reviste la disponibilidad para atender con diligencia y oportunidad los asuntos inherentes a su suplente y asegurar la adecuada toma de decisiones en las reuniones del órgano de gobierno.
Compañeras y compañeros diputados, sabemos que uno de los retos que enfrenta el país consiste en manejar los recursos forestales y mantener la producción sostenida y equilibrada de los bienes que demanda el mercado, así como respetar las funciones ambientales y debemos apostar en la construcción de grandes acuerdos y adecuaciones en la ley.
En mi Grupo Parlamentario Nueva Alianza estamos comprometidos por la modificación plena de la ley que contribuya a dar una plena eficacia y cumplimiento de ésta y permitan garantizar una mejor calidad de vida. Trabajemos por los cambios estructurales que se requieren en las políticas estratégicas para adaptarse a las necesidades actuales que necesita nuestro país.
Es por eso que daremos nuestro voto a favor al presente dictamen. Es cuanto, diputado presidente, muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Olvera Barrios. Tiene el uso de la palabra el diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo, del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos para fijar la postura.
El diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados. El dictamen que se presenta tiene como finalidad hacer eficiente el trabajo que tiene el máximo órgano de gobierno en materia forestal, la Conafort.No obstante a que las medidas que considera el dictamen son loables, queremos fijar nuestra postura en relación a que una vez más se ha legislado pensando en buenas intenciones pero lamentablemente la realidad nos está rebasando.
Es necesario dejar en claro que la intención de reconocer cambios en la administración pública, como lo es en este caso la sede de la Comisión Nacional Forestal, ahora causa estragos no sólo por no considerar la importancia que conlleva la toma de decisiones de esa dependencia, sino también por omitir la existencia de posibilidades de que algún o algunos integrantes de la Conafort no puedan sesionar para permitir el avance necesario de las exigencias de la sociedad en su conjunto y los recursos que ofrece el Ramo forestal.
Por increíble que parezca no podemos soslayar la pésima fama que tiene este órgano de gobierno a cargo de la Semarnat, en tanto que es la autoridad primeramente responsable en proteger y fomentar el cuidado y generación de espacios dedicados a la producción de recursos maderables y otros derivados, así como el control de plagas y contención de una sobreexplotación de los mismos.
En esencia no sólo es la parte administrativa la que interviene en cuestiones de cuidado forestal, sino también prevé mecanismos que garantizan una fuente de ingreso legal para muchas personas en este rubro.
En este sentido resulta impostergable, por ejemplo, que la Conafort pueda emitir sus observaciones y recomendaciones, así como la aplicación de programas que puedan erradicar un sinfín de problemas administrativos que mucho imposibilitan las actividades diarias de las personas dedicadas a las labores con los derivados de los bosques. Para ello es necesario entonces procurar que al órgano de dirección de la Conafort no le falte nada para realizar su trabajo.
Compañeras y compañeros diputados. En el dictamen que estamos discutiendo encontramos un aspecto definitivamente absurdo. Pensamos que la integración del órgano de gobierno de la Conafort debió ser calculado desde el momento mismo de la aprobación de la Ley General de Desarrollo Rural Sustentable.
De forma irónica se justifica que la integración del mismo corre el riesgo, debido a que los titulares de las dependencias federales aquí considerados pueden no atender sus funciones en materia por estar distantes la sede de la Conafor que se establece para su ubicación en Guadalajara, Jalisco, con relación a las demás dependencias en su mayoría localizadas en el Distrito Federal.
Para ello se nos propone aprobar que los suplentes, siempre y cuando cuenten con un nivel jerárquico mínimo de director general, sean quienes asuman las determinaciones que les correspondan a sus respectivos representantes titulares, de ser el caso, se aprobará que tengan voz y voto para la toma de estas decisiones.
Lo único que falta para cubrir un paquete completo con este dictamen es considerar la posibilidad de aprobar más gastos honorarios extras, viáticos, etcétera, todo para que estos suplentes tampoco tengan pretextos para que cumplan con su trabajo. Es cuanto, diputado presidente. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputado Roblero. Les damos la bienvenida a un grupo de alumnos y de alumnas del bachillerato del Instituto La Paz, de la ciudad de Puebla, a invitación de nuestro colega, de nuestro compañero, el diputado Néstor Gordillo Castillo. Sean ustedes bienvenidas, bienvenidos. Gracias por su visita.
Tiene el uso de la palabra el diputado José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano para fijar la postura de su grupo. Tiene la palabra, diputado Soto Martínez, adelante.
El diputado José Soto Martínez:Con su permiso, diputado presidente. Vengo a fijar la postura de mi Fracción Parlamentaria Movimiento Ciudadano. México es uno de los países con mayor biodiversidad en el planeta, y una gran parte de esa biodiversidad depende de los bosques y selvas; sin embargo, el mal uso y el abuso de la riqueza natural por parte del hombre ha puesto en riesgo el desarrollo cultural y artístico de las sociedades en torno a los ecosistemas.El diagnóstico de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, en los bosques del mundo en 2010 reúne la información de los recursos forestales de 233 países y advierte que pese a los avances en algunos gobiernos de países desarrollados todavía hay naciones donde la tasa de destrucción de la cubierta vegetal es muy alta.
La tala ilegal es el segundo factor de mayor importancia en la deforestación de los bosques y selvas de México, cada año la tala ilegal genera entre 10 mil y 15 mil millones de dólares y que por desgracia van a parar a las arcas de la delincuencia organizada.
Según datos de la Comisión Nacional Forestal, Conafor, en 2011 se reportaron 12 mil 113 incendios forestales y la mayoría provocados, afectando una superficie de 956 mil 404.80 hectáreas, lo que corresponde a un aumento de casi el 50 por ciento de los casos de incendios y un 88 por ciento de superficie afectada por este mal de los incendios.
La falta de coordinación entre autoridades ha impedido el cumplimiento estricto de la ley para la protección de recursos forestales, pues no se observa una política integral para el desarrollo rural y una respuesta verdadera y contundente a causas, como son: la pobreza, y la marginación.
El dictamen en comento ha generado un modelo para evitar esta situación tan preocupante, en el que la comisión tiene como órgano de gobierno a una junta de gobierno, que es la máxima autoridad del organismo, integrada por los titulares de la Secretaría de la Defensa Nacional, de Hacienda y Crédito Público, de Desarrollo Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Economía; de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de la Reforma Agraria y de Turismo, así como de la Comisión Nacional del Agua.
Los miembros de la junta de gobierno gozarán de voz y voto en las sesiones de la misma, la propuesta ahora radica en que por cada integrante de este órgano colegiado deberá nombrarse suplente, que por lo general deberán ser subsecretarios y directores, y un director general de Conagua.
Los suplentes deberán cumplir las obligaciones de los miembros de la Junta de Gobierno que estos deban cumplir en función de su cargo, a efecto de que dichos suplentes cuenten con la disponibilidad necesaria para atender las diligencias con oportunidad, los asuntos inherentes a su suplencia.
Dicho modelo de desarrollo forestal debe servir para aprovechar los recursos forestales, ya que las políticas públicas y los diversos programas han sido insuficientes para la recuperación ecosistema.
Asimismo, plantea el cambio de denominación sustituyendo la Secretaría de la Reforma Agraria por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de conformidad con la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicada el 2 de enero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación. Por tal motivo votaremos a favor del presente dictamen. Muchísimas gracias, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Soto.
Diputada Claudia Elena Águila Torres, tiene usted el uso de la palabra hasta por cinco minutos para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRD.
La diputada Claudia Elena Águila Torres:Con el permiso de la Presidencia. Diputadas y diputados, la Comisión Nacional Forestal se creó desde el año 2001 con el fin de impulsar la protección, conservación, restauración y aprovechamiento de los recursos forestales de México, con una base sólida de sustentabilidad para mejorar la economía y la generación de servicios ambientales.Se reconoce también que el reto principal del sector forestal en un marco de sustentabilidad, será la satisfacción de la demanda de productos forestales sin afectar la capacidad de los bosques de prestar los servicios ecológicos de conservación de diversidad biológica y de alivio al cambio climático global.
Para dar solución a este reto se requieren cambios importantes en las leyes; la reorganización institucional; la redefinición de la función del Estado; una distribución equitativa de los beneficios; la salvaguarda de los derechos de sus habitantes y asegurar la participación general en la toma de decisiones.
Es así que el decreto por el que se crea la Comisión Nacional Forestal indica que el director general de la Comisión establecerá los sistemas de información, seguimiento, control y evaluación que destaquen la eficiencia, la eficacia y la productividad con que se desempeñe la Comisión, así como presentar a la Junta de Gobierno los resultados alcanzados.
En ese marco resulta importante hacer las modificaciones que el presente dictamen propone al artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Sustentable, donde se detalla que la Comisión tendrá como órgano de gobierno a una Junta de Gobierno, misma que será la máxima autoridad del organismo y estará integrada por los titulares de las secretarías de la Defensa Nacional, de Hacienda y Crédito Público, de Desarrollo Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Economía, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de Turismo, así como la Comisión Nacional del Agua.
Es acertado también incluir y puntualizar el nivel jerárquico mínimo que deberán tener los servidores públicos que suplirán a los titulares en la integración de la Junta de Gobierno para que sus sesiones tengan el nivel que se necesita y se puedan tomar las decisiones oportunas en los temas de relevancia.
Lo anterior, considerando que el perfil técnico personal del área a su cargo tendrá mayor cercanía con la materia que regula la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, particularmente las funciones a cargo de Conafor.
Sin duda esta modificación contribuye a esta institución para seguir fortaleciendo su carácter eficiente y eficaz en el manejo de los recursos públicos para el desarrollo forestal del país.
Es por lo anterior que el Grupo Parlamentario del PRD votaremos a favor de este dictamen. Es cuanto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada. Diputada María Isabel Ortiz Mantilla, para fijar la postura de Acción Nacional, hasta por cinco minutos tiene la palabra.
La diputada María Isabel Ortiz Mantilla:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, el día de hoy vamos a hablar no de un tema menor, simple y sencillamente estaremos hablando prácticamente del 16 por ciento del territorio mexicano. Así es, tres mil 233 kilómetros cuadrados de este país están ocupados por bosques. Y si consideramos que en esos más de tres mil 200 kilómetros cuadrados tenemos el 50 por ciento de las especies de pinos del mundo, y el 33 por ciento de las especies de encino. Tenemos un tesoro que muchas veces no valoramos.¿Para qué nos sirven los bosques? O, ¿Por qué estamos hablando de este tema? Simple y sencillamente los bosques tienen funciones protectivas. En primer lugar, protegen el suelo, conservan la humedad, reducen la velocidad del viento y además son un hábitat natural de mucha flora y fauna.
Tienen funciones reguladoras que quizás esto nos llame más la atención y valoremos la importancia que tienen. En primer lugar, generan oxígeno, que ahora tanta falta nos hace a nuestras grandes ciudades, pero también absorben los aerosoles y los sonidos, la contaminación de ruido que tenemos en este planeta.
De igual forma, cuando hablamos de la escasez de agua forzosamente tenemos que hablar de bosques. Los bosques son los encargados de captar y de almacenar el agua para este país. Además, son los encargados de absorber y transformar la energía radiante y termal.
Pero si solamente pensamos en cómo están mitigando la contaminación, no estaríamos considerando también que al final nos dan alimento, producen madera, almacenan energía, y además producen químicos.
Yo no sé si alguna vez se habían puesto a pensar que nuestros bosques tienen todas estas funciones y por eso son vitales para cada uno de nosotros, para cada ser humano. De ahí que la comisión, en la Comarnat, analizamos la modificación del artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y aprobamos la parte en la cual se está incluyendo a la Comisión Nacional Forestal, a la Sedatu, a la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial Urbano.
¿Por qué nos parece importante esto? Porque hablar de bosques sin considerar el ordenamiento territorial, sería una contradicción. Y hablar de bosques sin buscar que la política pública del campo mexicano esté verdaderamente resguardando estos tesoros de los cuales hemos mencionado, pues también sería una incongruencia. Estaríamos contradiciendo las políticas ambientales de las políticas forestales y las políticas de campo.
Por eso nos parece para Acción Nacional, que es necesario integrar los trabajos de dicha comisión en una visión evolutiva que se ha seguido en la propiedad agraria. O sea, no solamente es el tema el ordenamiento territorial, sino también es la evolución de la política agraria mexicana. Y de ahí que para nosotros es fundamental que el incorporar a l Sedatu en esta Comisión Nacional Forestal no sea solamente una modificación a la integración de esta comisión, sino debe ser una instrucción del Congreso mexicano para que se coordinen los esfuerzos entre todas estas dependencias para verdaderamente administrar el territorio y cuidar el tesoro mexicano que son nuestros bosques.
De ahí que Acción Nacional apoya esta iniciativa y respalda todo lo que signifique el beneficio para el bien común y para las futuras generaciones. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Ortiz Mantilla. Tiene el uso de la palabra el diputado Pilar Moreno Montoya para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, estimado diputado. Adelante.
El diputado José Pilar Moreno Montoya:Con su permiso, amigo presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante, estimado diputado Moreno Montoya.
El diputado José Pilar Moreno Montoya: En verdad que qué gusto escuchar a los compañeros que de una u otra manera hemos estado trabajando en la Comisión de Medio Ambiente. Y lo señalo porque ha permitido que aquí se vengan a posicionar cuestiones que fueron acordadas.
Y por supuesto, también hemos escuchado que alguien por ahí desentona, porque efectivamente, no está en la discusión de estos temas.
Pero desde esta tribuna quiero decir que efectivamente, quienes desentonan encontrarán que los que estamos dedicados a hacer propuestas congruentes, su opinión nos ha ayudado mucho porque nos ha servido para que seamos cuidadosos en lo que aquí, en esta tribuna se plantea.
Por ello el día de hoy con el posicionamiento que ha hecho Lula López, Lulú, decimos que efectivamente, México no puede estar exento, fuera de, porque también es un país que está enfrentando desertificación, que está enfrentando problemas climatológicos que le pegan no solamente a los que menos tienen, sino aquí no hay cobija que cubra las inclemencias del tiempo.
Por ello, ante lo que estamos viviendo, como aquí bien se ha dicho, la solución en que para que los problemas se resuelvan se requiere una participación proactiva y anticipada de los actores encargados de llevar a cabo el diseño, la implementación y la evaluación de planes para desarrollar lo que es un desarrollo forestal sustentable.
Por esto resulta indispensable que se cuente con instituciones perfectamente estructuradas, por lo que el dictamen que hoy tenemos a nuestra discusión permitirá un avance en este objetivo. El que se establezca una integración de una junta de gobierno con los suplentes, pero que efectivamente tengan por lo menos el cargo de directores, como ya se ha dicho aquí repetidamente, para que tengan facilidad en la decisión. Que además, tengan un perfil acorde, que conozcan del tema y que no haya peros para que se den reuniones donde no se tomen decisiones.
Bajo este orden de ideas y con la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de enero de 2014, resulta preciso y acertado el que se lleve a cabo la actualización de la norma objeto del dictamen, ya que mediante esta reforma tenemos que sustituir de entrada el nombre de Reforma Agraria por el de Sedatu.
Con esta aprobación el dictamen cumple con un proceso legislativo en el que ha sido determinante la participación de la colegisladora, lo que permitirá el cumplimiento de los objetivos de la Comisión Nacional Forestal, los cuales tienen que desarrollar, favorecer e impulsar actividades productivas de conservación y restauración en la materia forestal, así como participar en la formulación de los planes y programas, en la aplicación política de desarrollo forestal sustentable. Por ello es importante que de una y de otra trinchera fortalezcamos lo que es la Conafor.
Compañeros legisladores, en el Grupo Parlamentario del PRI, nos pronunciamos a favor del presente dictamen, toda vez que al contar con un organismo fortalecido desde su organización interna, se podrá avanzar en superar la pobreza de la población en la áreas forestales mediante el aprovechamiento racional de los recursos naturales y la preservación del medio ambiente.
Todo ello considerando satisfacer las necesidades de las generaciones presentes, sin comprometer el bienestar de las generaciones futuras.
Solamente les digo que las propuestas llevan un sentido para servir. Y pareciera infantil lo que voy a decir, pero lo tengo que hacer porque después de tanto tiempo de escuchar a mis compañeros he sido atento con todos, hoy les digo: creo que a las propuestas tenemos que buscarles el lado amable, el lado que sirve. Porque igual, si no lo cuidamos, me atrevo a decir que a quien inventó el cuchillo habríamos que liquidarlo, habríamos que satanizarlo.
El cuchillo, los que somos de campo y los que no, saben que sirve para facilitar la vida, pero también hay pillos que lo usan para dañar. No por eso podemos decir que cuchillo es malo. Así las propuestas llevan el objetivo de servirle a un país como México. A ello los invito, a ellos sumémosle. Muchas gracias, señor presidente y compañeros diputados.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputado Pilar Moreno Montoya.
En atención a que se ha agotado la lista de oradores y el dictamen aborda artículo único, no hay reservas para la discusión en lo particular.
Pido a la Secretaría que abra el sistema electrónico de votación por cinco minutos para recibir precisamente la votación en lo general y en lo particular.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Les damos la bienvenida a jóvenes, alumnas, alumnos de la Universidad de Estudios Superiores Humanistas, su campus en el municipio de Los Reyes La Paz del estado de México. Sean ustedes bienvenidos, han sido invitados por nuestra colega, por nuestra amiga, la diputada Cristina González Cruz. Gracias por su visita. Ordene se cierre el sistema, ciudadana secretaria.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Ciérrese el sistema electrónico de votación.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: De viva voz tome la votación del diputado Guillén.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: De viva voz, diputados, por favor.
El diputado Mario Francisco Guillén Guillén (desde la curul): A favor.
El diputado Carlos Humberto Aceves y del Olmo (desde la curul): A favor.
El diputado Ricardo Monreal Ávila (desde la curul): A favor.
El diputado José Alberto Rodríguez Calderón (desde la curul): A favor.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Se emitieron 403 votos a favor, 2 abstenciones y 1 en contra.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos, el proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
LEY GENERAL DE POBLACION
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: El siguiente punto del orden del día, honorable asamblea, es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Población.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Población, con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Población
Honorable Asamblea:
La Comisión de Población de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracciones I y IV, 81, numeral 1, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen, al tenor de los siguientes
I. Antecedentes
A. En sesión ordinaria celebrada el 6 de noviembre de 2014, el diputado Javier López Zavala, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 112, de la Ley General de Población.
En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, turnó dicha iniciativa a la Comisión de Población para su dictamen correspondiente.
II. Contenido de la iniciativa
La iniciativa refiere que la reforma política aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre de 2013 y por la mayoría de las Legislaturas de los Estados en enero de 2014, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, contempla una importante interacción entre las instituciones en materia electoral.
Que se crea un sistema nacional para la organización de todas las elecciones en México, tanto federales, como estatales y municipales, a través de la coordinación entre el Instituto Nacional Electoral, que viene a sustituir al Instituto Federal Electoral. Y los Organismos Públicos Locales, que es como ahora se les denominan genéricamente a los institutos y Comisiones Electorales de las Entidades Federativas, compartiendo la función de organizar elecciones.
Refiere entrevistas al Presidente del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova Vianello, respecto a la extinción del IFE y la transición al INE. De entre lo que destaca un transitorio de la Reforma a la Ley General de Población de la reforma de 1992.
Hace mención que actualmente la Ley General de Población en su artículo 112, establece:
Artículo 112. La Secretaría de Gobernación proporcionará al Instituto Federal Electoral, la información del Registro Nacional de Ciudadanos que sea necesaria para la integración de los instrumentos electorales, en los términos previstos por la ley. Igualmente podrá proporcionarla a las demás dependencias y entidades públicas que la requieran para el ejercicio de sus atribuciones.
III. Consideraciones de la Comisión de Población
Esta dictaminadora reconoce la importancia de la reforma electoral que recientemente se aprobó y la responsabilidad que el Congreso de la Unión tiene para armonizar los diversos ordenamientos jurídicos en materia federal. Por lo que se considera pertinente la reforma planteada por el promovente.
Como es de conocimiento público, el IFE dejó de existir y basados en el principio de legalidad, vemos que existe un vacío legal, respecto a la atribución que tiene el Registro Nacional de Ciudadanos.
Se conoce como principio de legalidad a la prevalencia de la ley sobre cualquier actividad o función del poder público. Esto quiere decir que todo aquello que emane del Estado debe estar regido por la ley, y nunca por la voluntad de los individuos.
Los autores definen el principio de legalidad de diversas formas, sin embargo todos coinciden en que los actos de autoridad, deben estar facultados expresamente por un ordenamiento jurídico o carecerán de validez. En este supuesto jurídico nos encontramos y ello da cause a la reflexión respecto a la propuesta de reforma que se analiza.
Es decir, como lo expresó el promovente, el Estado solo puede hacer lo que la Ley le permite y en este sentido, la dictaminadora coincide en que el artículo 112 vigente de la Ley General de Población, faculta a la Secretaría de Gobernación a dotar de información del Registro Nacional de Ciudadanos al Instituto Federal Electoral, organismo autónomo que ya no existe en nuestro sistema político.
Se necesita dotar expresamente a la Secretaría de Gobernación de facultades para que brinde información al Instituto Nacional Electoral, sobre el Registro Nacional de Ciudadanos, de manera expresa en la Ley General de Población.
Este órgano colegiado reconoce la importancia de que el INE sea provisto de la información necesaria y actualizada respecto al Registro Nacional de Ciudadanos, por lo que consideramos de la mayor relevancia y urgencia llevar a cabo esta reforma de Ley, sin menoscabo de la necesidad de un ordenamiento más amplio y una reforma más profunda a la Ley General de Población.
Por las consideraciones señaladas, se reconoce la importancia del espíritu de la iniciativa, sumado a que se reformaron diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y ordenamientos secundarios, a fin de armonizar la reforma electoral y dar paso del IFE al INE.
Por todos los argumentos antes señalados la Comisión de Población somete a consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente
Decreto por el que se reforma el artículo 112 de la Ley General de Población
Único. Se reforma el artículo 112 de la Ley General de Población, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 112. La Secretaría de Gobernación proporcionará al Instituto Nacional Electoral, la información del Registro Nacional de Ciudadanos que sea necesaria para la integración de los instrumentos electorales, en los términos previstos por la ley. Igualmente podrá proporcionarla a las demás dependencias y entidades públicas que la requieran para el ejercicio de sus atribuciones.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de diciembre de 2014.
La Comisión de Población, diputados:Javier López Zavala (rúbrica), Juan Manuel Carbajal Hernández (rúbrica), Verónica Carreón Cervantes (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Leticia López Landero, Marcelina Orta Coronado, Abraham Correa Acevedo (rúbrica), Juana Bonilla Jaime, María Elia Cabañas Aparicio (rúbrica), Rodrigo Chávez Contreras (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Carlos Alberto García González, Marco Antonio González Valdez (rúbrica), Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica), Raúl Gómez Ramírez, Julisa Mejía Guardado, Luis Alfredo Murguía Lardizábal (rúbrica), José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Araceli Torres Flores.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Por la comisión para fundamentar el dictamen tiene el uso de la palabra, el diputado Javier López Zavala, hasta por cinco minutos. ¿Y si se encuentra el diputado López Zavala? Adelante, por favor. Tiene la palabra, diputado López.
El diputado Javier López Zavala:Con la venia de la Presidencia. Esta dictaminadora reconoce la importancia de la reforma electoral que recientemente se aprobó y ya se está aplicando en este proceso electoral.Fuimos partícipes de la armonización que se llevó a cabo en diversos ordenamientos jurídicos tanto federales como locales, con la finalidad de dar tránsito a la transformación que sufrió el IFE a INE, sin embargo todo proceso es perfectible e inacabado. En ese sentido es que la Comisión de Población consideró pertinente y arropó la iniciativa que en su momento su servidor planteó.
Basándonos en el principio de legalidad vemos que existe un vacío respecto a las atribuciones que tiene el Registro Nacional de Ciudadanos, ya que el Estado sólo puede hacer lo que la ley le permite. En ese sentido la Ley General de Población en su artículo 112 vigente faculta a la Secretaría de Gobernación a dotar de información del Registro Nacional de Ciudadanos al Instituto Federal Electoral (IFE).
Dicho ente ya no existe en nuestro sistema político. Se necesita dotar expresamente a la Secretaría de Gobernación facultades que brinden la información al Instituto Nacional Electoral (INE) sobre el Registro Nacional de Ciudadanos, y esto lo lograremos a través de esta reforma que hoy presentamos ante el pleno.
Este órgano colegiado reconoce la importancia de que el INE sea provisto de la información necesaria y actualizada respecto al Registro Nacional de Ciudadanos, por lo que consideramos urgente llevar a cabo esta reforma de ley sin menos cabo de la necesidad de un ordenamiento amplio y la reforma profunda que la Ley General de Población requiere.
Es necesario señalar que en México nacieron dos millones 692 mil 425 personas entre mujeres y hombres que hoy están en condiciones de votar, sumados a las más de dos millones 707 mil personas que nacieron en el año 1996 y que votarán por primera vez. Y si consideramos que en promedio cada año nacen dos millones y medio de personas en México, podemos dimensionar la importancia de contar con instituciones fuertes y confiables que se manejen bajo el principio de legalidad.
La lista nominal, que es la que contiene todos aquellos ciudadanos que solicitaron su inscripción al padrón y que cuentan ya con credencial de votar con fotografía vigente, esta lista nominal refiere que se han registrado un millón 763 mil 759 personas, mujeres y hombres entre 18 años, el 13 de febrero del año en curso.
Es decir, no están en la lista nominal por una u otra razón aproximadamente 934 mil ciudadanos de 18 años. Esto sólo por citar un ejemplo que permita dimensionar la importancia de dotar de facultades expresas al Registro Nacional de Ciudadanos para que intercambien información con el Instituto Nacional Electoral y a todos sus actos jurídicos que sean totalmente apegados al marco jurídico.
Hago propicio este espacio para agradecer públicamente a las y a los integrantes de la comisión que arroparon esta iniciativa, miembros de cada uno de los grupos parlamentarios y que hoy se presenta a este pleno.
Solicitamos el apoyo de este pleno al presente dictamen a fin de que pueda ser votado y aprobado para continuar fortaleciendo nuestras instituciones. Aquí nosotros dimos un voto de confianza a esta institución, por eso defendemos a la misma, no solamente el trabajo de los consejeros, porque creemos que es una institución fuerte que da credibilidad y que en las próximas elecciones demostrarán el profesionalismo y el conocimiento que tiene cada uno de ellos.
Sin más por el momento, agradezco al pleno. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias diputado López Zavala.
Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Rodrigo Chávez Contreras, de Agrupación Morena, para fijar postura sobre la materia del dictamen.
El diputado Rodrigo Chávez Contreras:Mi más amplia solidaridad con el compañero diputado Manuel Huerta. Con su venia, diputado presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Tiene usted el uso de la palabra, diputado Chávez.
El diputado Rodrigo Chávez Contreras: Compañeros diputados, compañeras diputadas.
México está lastimado, hemos dejado de creer en la eficacia de las instituciones. Si algo caracterizó el 2014, el medio de la crisis política generada por el Pacto por México y los escándalos públicos de la Presidencia de la República fue por mucho el resurgimiento del Movimiento Estudiantil Popular, el lamentable suceso de la desaparición de los 43 jóvenes estudiantes normalistas de Ayotzinapa, hechos que una vez más evidenciaron la falta de confianza del pueblo ante la decadente credibilidad de las autoridades en funciones gubernamentales.
El Instituto Nacional Electoral no es la excepción, en su propio informe publicado recientemente, denominado el País, la autoridad electoral expresa que la desconfianza caracteriza la vida cotidiana de la nación y es uno de los grandes problemas que enfrenta ahora el INE.
Si bien el IFE contaba con la experiencia de ocho elecciones organizadas de su creación en 1990, en 23 años de su existencia obtuvo reconocimiento a nivel internacional y logró la integración del padrón de ciudadanos, al mismo tiempo que contribuyó a la alternancia sin violencia.
Pese a todos estos esfuerzos nos dejó un legado de inconformidad social, resultado de los fraudes electorales de 2006 y 2012. Ante estas circunstancias graves se nos presenta ahora este disfraz mediático de renovación, que todos sabemos que no es un cambio cosmético, para las finanzas públicas ahora se trata de resolver el costo de mil millones de pesos destinados al cambio de imagen del instituto.
Pero, en relación al cambio estructural y de fondo, nos obliga a recordar que hace falta reglamentar de manera clara el funcionamiento del INE y de los institutos electorales locales, quedando pendiente las reformas necesarias y urgentes en materia de partidos políticos y delitos electorales, aclarando procedimientos electorales y propaganda gubernamental.
Recordemos el recién creado INE será el encargado de fiscalizar mil 600 campañas electorales y a los nuevos canales y medios digitales, retos que enfrentamos ante la recién promulgada Ley de Telecomunicación.
El INE es un producto más de las 56 iniciativas de la reforma política electoral, que en el marco por México vergonzosamente aprobó este pleno. Con la reforma electoral aprobada abrieron las puertas a la imposición centralista, ya que ahora los estados son incompetentes para solucionar sus propios asuntos políticos. Colocaron disposiciones legales que dan origen a imperfecciones organizativas y administrativas entre lo local, lo federal; entre lo estatal y lo municipal, y entre lo nacional y los usos y costumbres.
Con la reforma terminó la vida democrática del país, jamás se dieron los tiempos necesarios para el análisis y la discusión, ya que esta reforma al igual que otra se usó únicamente para tener una ficha de cambio ante la reforma energética. El INE en su naturaleza no tiene nada que ver con la democracia y sus instrumentos, ya que ahora en lugar de vigilar y ser garante de derechos ofrecerá actuaciones dominantes.
El INE será arropado por la poca certeza y la discrecionalidad puesta en manos de un nuevo consejo general. La crisis de credibilidad y seguridad ante la legítima indignación del pueblo, justificada y compatible, nos obliga a atender la exigencia de los ciudadanos, a través de los impulsos de las adecuaciones legislativas necesarias para garantizar el buen desarrollo de las elecciones de este año, en las que se elegirán 9 gobernadores, 500 diputados federales, 642 diputados locales, 993 alcaldías y 16 jefes delegacionales en el Distrito Federal en las 17 entidades federativas del país.
En el mundo, cuando un pueblo decide su transformación ha experimentado dos métodos: uno es el de la lucha pacífica y el otro es el de la lucha armada. Ambas han tenido éxito en la transformación.
En América Latina, por ejemplo, tenemos dos experiencias; la del pueblo cubano por la vía armada, con la participación de Fidel, el che y Camilo, etcétera, lograron derrotar la dictadura, y la otra la del pueblo chileno, que por la vía electoral llevó al poder a Salvador Allende. En México hay quienes piensan que nunca lo vamos a lograr por la vía pacífica, que la oligarquía en el poder nunca lo va a permitir, y ese pensamiento tiene que ver con la historia del país que explica que las tres grandes transformaciones se consiguieron por la vía armada.
Respetamos ese punto de vista, pero no lo compartimos. En Morena estamos convencidos que la transformación del país se debe lograr por la vía pacífica, es decir por la vía electoral sin violencia. Por todo lo anterior las diputadas y los diputados del grupo parlamentario de Morena nos pronunciamos a favor de la modificación al artículo 112 de la Ley General de Población. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Chávez Contreras. Me doy oportunidad para saludar a alumnos, además académicos que les acompañan, del Colegio Benavente, de Puebla. Bienvenidos, bienvenidas. Han sido invitados en nombre de la diputada María Isabel Ortiz Mantilla, colega nuestra y aquí presente. Saludos.
Diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo, del Partido del Trabajo, tiene usted la palabra hasta por cinco minutos, para fijar la postura de su Grupo.
El diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acudo a esta tribuna para fijar posición acerca del dictamen que nos presenta la Comisión de Población de esta Cámara de Diputados, por el que se reforma el artículo 112 de la Ley General de Población.El Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo votará a favor porque estamos de acuerdo con la información del Registro Nacional de Ciudadanos que la Secretaría de Gobernación debe proporcionar al INE. Sin embargo yo quiero hacer un paréntesis.
Hay ahorita una crisis de incredulidad, sobre todo en el INE. Lo que aconteció el 18 de febrero, en que consejeros legislativos y siete partidos nos levantamos de la mesa por la forma en que Marco Antonio Baños conduce el INE. Seis consejeros a favor del PRI y el Verde y cinco en contra. Esto deja un mal precedente.
Yo quiero hacer un llamado desde esta tribuna a que se reencauce por el camino de la honestidad, la transparencia y la equidad que el pueblo de México está en estos momentos levantando la voz, porque si no, le estamos dando armas a los que están convocando a no votar el 7 de julio. Ese sería el llamado desde esta tribuna.
En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicadas el 23 de mayo de 2014 y en vigor del 24 de mayo, se establece en los artículos del 134 al 146 lo referente a la integración y actualización del padrón electoral, siendo esta función exclusiva del Instituto Nacional Electoral, por medio de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, el padrón electoral se constituye a partir de la solicitud individual del ciudadano que se presenta en los módulos correspondientes y presentando los documentales que en la propia ley se prevé.
Por ejemplo, el artículo 135, numeral 1, indica que para la incorporación al padrón electoral se requerirá solicitud individual en la que consta firma, huellas dactilares y fotografías del ciudadano. Además el numeral 2 de este 135 establece que para solicitar la credencial para votar el ciudadano deberá identificarse con su acta de nacimiento además de los documentos que determine la Comisión Nacional de Vigilancia del Registro Federal de Electores. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores conservará copia digitalizada de los documentos presentados.
Como se puede apreciar, todo aquel ciudadano que desea obtener su credencial de elector tiene que acudir a los módulos del Instituto Nacional Electoral, a través del Registro Federal Electoral, siendo esta la única forma de integración del padrón y lista nominal de electores.
En el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo estamos de acuerdo con la intervención que se da, no sólo a la Secretaría de Gobernación en relación con el Registro Nacional de Ciudadanos, sino a otra dependencia de la administración pública federal, como se dispone en el artículo 154 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que a la letra establece: A fin de mantener permanentemente actualizado el padrón electoral, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores recabará de los órganos de las administraciones públicas federal y estatales la información necesaria para registrar todo cambio que lo afecte. Por estas consideraciones votaremos a favor del presente dictamen. Es cuanto, diputado presidente, muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputado Roblero. Diputada Martha Beatriz Córdova Bernal, tiene el uso de la palabra para fijar la postura de Movimiento Ciudadano.
La diputada Martha Beatriz Córdova Bernal:Con su venia, diputado presidente. El conjunto de personas que constituyen la población de un país sin duda alguna es el elemento más importante para un Estado, pues está sujeto y objeto fundamental del desarrollo del país.Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, hacía el 2013 México tenía 122.3 millones de habitantes, 10 millones más que en 2010. Una de las obligaciones de todo ciudadano mexicano, contenida en nuestra Carta Magna, es la inscripción en el Registro Nacional de Ciudadanos, el cual tiene como objetivo acreditar y certificar fehacientemente la identidad de todas las personas que comprenden la población del país.
Este registro a su vez forma parte del Registro Nacional de Población, el cual se integra además en el Registro de Menores de Edad, el Registro de Mexicanos Residentes en el Extranjero y en el Catálogo de Extranjeros Residentes en la República Mexicana.
El Estado mexicano ha reconocido ampliamente el importante papel que ha jugado el registro poblacional de la evolución histórica de nuestra nación, razón por la cual éste ha asumido la responsabilidad para el establecimiento de las bases y estructura jurídica que permitan la integración y funcionamiento de los elementos que intervienen en el desarrollo de la esfera poblacional.
Dentro del sistema democrático al que el Estado mexicano aspira, el Registro Nacional de Ciudadanos constituye un instrumento vital para los procesos electorales, a fin de garantizar la transparencia y la legitimidad de los mismos.
Tan es así, que el artículo 112 de la Ley General de Población, desde la década de los noventa, constriñe a la Secretaría de Gobernación a proporcionar al Instituto Federal Electoral, encargado de la conducción del proceso electoral para el ejercicio de los trabajos para los que fue creado.
Como es bien sabido por esta soberanía, a raíz de la reciente reforma en materia electoral, el IFE dejó de existir para dar lugar al Instituto Nacional Electoral. En esta tesitura y en atención al principio de legalidad es que se destaca el vacío legal que actualmente impera en el ordenamiento jurídico antes mencionado.
Respecto a las atribuciones del mismo, facultando a la Secretaría de Gobernación a dotar de información del Registro Nacional de Ciudadanos al IFE. Organismo autónomo que ya no existe en nuestro sistema político.
Así, el presente dictamen solicita modificar el texto del artículo 112 de la Ley General de Población, reconociendo la personalidad del Instituto Nacional Electoral, y por ende, la prerrogativa que éste tiene para acceder a la información del Registro Nacional de Ciudadanos. Lo cual representa un importante avance en materia de registro de ciudadanos.
Es por ello que el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor de este dictamen. Es cuanto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada. Tiene el uso de la palabra la diputada Gabriela Medrano Galindo para fijar la postura del Partido Verde. Hasta por cinco minutos, diputada.
La diputada Gabriela Medrano Galindo:Con la venia de la asamblea. La teoría indica que una característica sine qua non, de órdenes jurídicos, es la coherencia, la cual a su vez es la concordancia prevaleciente entre las disposiciones. Esto implica que la norma inferior en grado debe estar perfectamente acorde a la superior.En este sentido, los cambios suscitados en la redacción de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos impacta indefectiblemente en todas las normas del orden jurídico, pues la Constitución es aquella disposición cuya validez se presupone al no tener respaldo en una ley superior.
En este caso, la Constitución se erige como el dispositivo supremo al cual todos los demás deben estar conformes.
Así las cosas, durante la presente LXII Legislatura aprobamos uno de los cambios que propician más seguridad dentro del ámbito político electoral y nos referimos a la creación del Instituto Nacional Electoral, el cual suprime al otro Instituto Federal Electoral. Consiguiéndose así un eje rector en la materia y la posibilidad de que los órganos electorales locales acuerden con el INE la organización de las elecciones, y sobre todo, extraer la posible incumbencia de actores políticos, quienes si participarán pondrían en entredicho la imparcialidad del respectivo proceso comicial.
El cambio legislativo descrito al suscitarse sobre el texto del artículo 41 constitucional debe impactar a todas las leyes electorales, pero no solamente en éstas sino también a cualquiera que desarrolle algún tema directo o indirecto de contenido relacionado con el Instituto Nacional Electoral.
En éste el caso del artículo 112 de la Ley General de Población, quien en el presente determina que la Secretaría de Gobernación proporcionará al Instituto Federal Electoral la información del Registro Nacional de Ciudadanos que sea necesaria para la integración de los instrumentos electorales.
En este sentido y en los términos previstos por la ley, y toda vez que cambio la denominación del órgano público autónomo desarrollador de la función materialmente ejecutiva de organizar las elecciones, se deben llevar a cabo los cambios para la pertinente actualización. Esto es, sustituir la actual palabra federal, por la de nacional.
Al llevar a cabo las transformaciones correspondientes para generar una coherencia normativa, el orden jurídico adquiere sistematicidad, precisión, asegurando así la no contradicción.
En este orden de ideas, con la modificación propuesta, el ahora Instituto Nacional Electoral deberá ser proveído de la información necesaria y actualizada respecto al Registro Nacional de Ciudadanos. Por lo cual, consideramos relevante y urgente llevar a cabo esta reforma de ley. En consecuencia, la bancada del Partido Verde Ecologista de México, en esta Cámara de Diputados, se posicionará favorablemente.
Y solamente para contestar a comentarios anteriores, la autoridad electoral es imparcial y va a actuar conforme a derecho y no por presiones ni desplantes. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Medrano. Para fijar la postura del Grupos Parlamentario del PRD, tiene la palabra el diputado Abraham Correa Acevedo, hasta por cinco minutos. Diputado.
El diputado Abraham Correa Acevedo:Con su permiso, señor presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Tiene usted la palabra, señor diputado.
El diputado Abraham Correa Acevedo: Como es del conocimiento de todos ustedes, en diciembre de 2013, aprobamos en esta Honorable Cámara de Diputados, la reforma político-electoral, que sería aprobada por la mayoría de los congresos estatales, y posteriormente publicada en el Diario Oficial de la Federación, en el mes de febrero de 2014.
Dicha reforma llevó necesariamente consigo diversas modificaciones en distintas leyes, con el fin de armonizar los principios legales de nuestras instituciones. Sin embargo, se dejó un vacío legal en la Ley General de Población, en su artículo 112 sigue vigente la facultad de la Secretaría de Gobernación de dotar al IFE de la información del Registro Nacional de Ciudadanos, siendo que el IFE ya no existe.
Por tal motivo, en el Grupo Parlamentario del PRD, votaremos a favor el dictamen con el fin de que la Secretaría de Gobernación dote de dicha información al INE, quien es el encargado ahora de llevar a cabo los procesos electorales de nuestro país. Al mismo tiempo, quiero aprovechar la ocasión para recordar que en estas próximas elecciones el INE tiene en sus manos el rumbo de nuestra democracia y la credibilidad del sistema político mexicano completa. El papel del INE no es cosa menor, se trata del instituto que dará certeza al sistema democrático mexicano.
Me parece que hasta ahora hemos dotado de los instrumentos necesarios para que no se vuelvan a repetir las experiencias de 1988, 2006 y 2012, solo por mencionar algunas.
Ante tales circunstancias es inaceptable que a estas alturas el INE no haya sancionado al Partido Verde por la multimillonaria campaña publicitaria que desde hace meses ha tapizado al país y que significan evidentes actos anticipados de campaña.
No hay en el país un solo ciudadano que no haya visto esos anuncios del Partido Verde, en televisión, paradas de autobuses, bardas, casetas telefónicas, puestos de flores, papel para las tortillas, calcomanías, camisetas, metro, tren suburbano y hasta en el cine. O qué decir de la reciente exoneración al PRI por el caso Monexgate y la persistencia de entregar millones de televisores en pleno proceso electoral. Es necesario exhortar al INE a que asuma su papel con seriedad y sancione estos groseros actos anticipados de campaña, pues de este instituto depende la credibilidad de la democracia en México. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado. Diputada Judit Guerrero López, para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, amiga y paisana.
La diputada Judit Magdalena Guerrero López:Con su permiso, presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante.
La diputada Judit Magdalena Guerrero López: Compañeras y compañeros legisladores. El 10 de febrero de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la más reciente reforma en materia político-electoral, la cual contiene diversos cambios estructurales uno de los cuales consiste en la transformación del Instituto Federal Electoral (IFE) en Instituto Nacional Electoral (INE).
Su reforma fue el resultado de un amplio acuerdo entre las principales fuerzas políticas y establece un cambio radical en el paradigma electoral de nuestro país, ya que reconfigura el sistema de competencias entre la federación y las entidades de la República.
Para efectos de la presente discusión, nos interesa sobremanera recordar que la vigente Ley General de Instituciones y Procesos Electorales recoge a cabalidad los principales contenidos en el Cofipe, los cuales constituyeron la guía conductual de las autoridades electorales del país, a saber certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
En el caso que nos ocupa subrayamos la importancia de los principios de certeza y legalidad, toda vez que éstos constituyen unos de los pilares más importantes en que se sustenta el estado de derecho. La vigencia de estos principios es la que da origen a la iniciativa de la cual emana el presente dictamen y misma que fuera presentada por nuestro compañero Javier López Zavala, la cual merece todo nuestro apoyo pues constituye un ejercicio de actualización jurídico que pone al día a las normas aplicables en materia de población.
Afirmamos lo anterior puesto que el dictamen, al establecer que la Secretaría de Gobernación proporcionará al INE en vez de al IFE la información del Registro Nacional de Ciudadanos que sea necesaria para la integración de los instrumentos electorales, evita cualquier interpretación que pueda poner en riesgo la correcta aplicación del artículo 12 de la ley de la materia.
En este sentido aplaudimos la presente reforma, pues la misma provoca que concuerden las normas en materia de población con la actual denominación, funciones, atribuciones y estructura del Instituto Nacional Electoral, cambios jurídicos que armonizan y homologan positivamente las disposiciones aplicables en este importante rubro.
Por ello, los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional votaremos a favor del dictamen por el que se reforma el artículo 112 de la Ley General de Población, ya que así se homologarán las normas jurídicas pero también habrá certeza jurídica, permitiendo que no exista un vacío legal cuando el Instituto Nacional Electoral necesite conocer la información del Registro Nacional de Ciudadanos para la integración de los instrumentos electorales, ya que éste contiene el registro de cada una de las personas que integran la población del país con los datos que permiten certificar y acreditar fehacientemente su identidad.
Aprovecho también este espacio para hacer un llamado a fortalecer las instituciones. Nosotros más que nadie los diputados, más que ningún otro, ya lo dijo Manlio Fabio Beltrones, por intensa que sea la contienda no se debe minar la confianza en las instituciones electorales que surgieron desde la pluralidad.
Pareciera, pues, que esta estrategia ya evidente pudiera prefigurar una justificación para una derrota anticipada. Demos todos la oportunidad de fortalecer al árbitro. Demos la contienda donde debemos: Ante los ciudadanos. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Guerrero López. Para hablar en pro del dictamen le otorgo el uso de la palabra al diputado Ricardo Mejía Berdeja, hasta por tres minutos, señor diputado.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja:Con su venia, compañero presidente. Esta iniciativa que se presenta básicamente es una iniciativa de adecuación del nombre del Instituto Federal Electoral por el Instituto Nacional Electoral en los temas que tienen que ver con el Registro Nacional Ciudadano.Desde luego que en una adecuación de la nomenclatura de una institución, pues no hay razón para estar en desacuerdo, porque simplemente es hacer congruente una disposición normativa con el texto constitucional y demás ordenamientos aplicables.
Pero el tema del Instituto Nacional Electoral es un tema que debe llamar la atención de esta Cámara porque el pasado miércoles 18 de febrero, siete de los partidos políticos con sus representantes y quienes somos consejeros del Poder Legislativo, nos retiramos de la mesa frente a la evidente negativa de un bloque de seis consejeros electorales por dejar de discutir temas que tienen que ver con el proceso electoral en curso.
Se trataba de abordar un tema de la imparcialidad que se debe guardar en los procesos electorales, y también un tema de exhortar a las autoridades desde el Ejecutivo federal hasta los ayuntamientos para que se conduzcan conforme a la ley en el desarrollo de la elección federal y las 17 elecciones locales.
Sin embargo se maniobró para evitar la discusión de un tema que impacta los próximos comicios del mes de junio. No se quiso abordar la utilización facciosa que se hace de las televisiones que se están entregando por parte del gobierno federal para hacer clientelismo electoral.
Tampoco se quiso abordar el tema de los vales de medicina, que aquí ya se ha señalado reiteradamente y que vemos que el órgano electoral está de brazos cruzados, dejando hacer y dejando pasar las continuas violaciones del partido en el gobierno y su aliado el Verde.
Por esa razón, frente a esta negativa se abandonó la mesa del consejo general, y frente a este legítimo reclamo, lo que hemos visto del presidente del órgano electoral es soberbia, cerrazón, insensibilidad para atender estos temas que pueden descarrilar la ruta electoral.
Por otro lado, el Tribunal Electoral dio cerrojazo al tema de Monex terminando este ciclo perverso de irregularidades financieras, que permitieron el arribo de peña Nieto a la Presidencia de la República. El gran favor del tribunal para dejar atrás un proceso salpicado de irregularidades, de desviaciones y de corruptelas.
Por eso precisamente el jueves ya se ha convocado a la todavía existente Comisión Monex o Condusef, para no concluyo, presidente alterar la sensibilidad del PRI, pero para nosotros es la Comisión Monex, vamos a revisar este tema de la sentencia del tribunal porque es un monumento a la impunidad, a la desfachatez, a hacer permisible las violaciones electorales. Y por eso hoy, que se habla del INE en este dictamen, hemos hecho uso de la palabra para abordar este tema. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Mejía. Diputada Gloria Bautista Cuevas, del PRD, para hablar en pro del dictamen también hasta por tres minutos.
La diputada Gloria Bautista Cuevas:Con su venia, diputado presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante, diputada Bautista.
La diputada Gloria Bautista Cuevas: Gracias. El dictamen a discusión refiere una modificación al artículo 112 de la Ley General de Población, toda vez que es necesario homologar los cambios realizados el pasado 10 de febrero de 2014 cuando se cambió el nombre del Instituto Federal Electoral a Instituto Nacional Electoral.
En esta ocasión tomo la palabra para hablar a favor del dictamen, y es que es difícil estar en desacuerdo con un cambio de forma que debió haber sido considerado desde el momento en que se aprobó la instauración del INE.
Reconozco que esta modificación es indispensable en aras de armonizar el contenido de las leyes secundarias con relación a las reformas estructurales aprobadas por este Congreso de la Unión. Sin embargo, también considero que esto no es más que un vacío legal que hoy sirve para distraer la atención de lo que debiera ser cambiado de fondo o, mejor dicho, lo que debiera tomar nuestra atención para hacer efectivo y confiable el próximo proceso electoral al que estaremos inmersos.
Pero vayamos desde la raíz sobre cualquier otra cosa. Es importante proteger los datos que maneja el Registro Nacional de Ciudadanos que se establece en el artículo 112 de la Ley General de Población y que se debe compartir entre los institutos.
La importancia de mantener con transparencia este tipo de información será lo que fortaleza los procesos electorales. Asimismo, servirá para combatir los casos de corrupción y situaciones en donde se lucra con los padrones, porque recordemos que éste se ha vendido en los barrios bravos de nuestra capital, restándole credibilidad a las instituciones en general y al ahora Instituto.
La sociedad mexicana hoy por hoy ya no confía en las instituciones electorales y después de lo sucedido en las elecciones de 2006 no se ha dado una respuesta eficaz, pero eso sí, un mero cambio de nombre que según declaraciones del entonces consejero electoral del IFE, Marcos Baños, mínimamente nos costó unos mil millones de pesos.
Haciendo historia, la vigencia de los órganos electorales en nuestra nación está condicionada a los resultados de las elecciones presidenciales, pues los dos antecesores del INE perdieron tras los cuestionables resultados que brindaron la victoria a presidentes con falta de legitimidad. Me refiero a Carlos Salinas y Felipe Calderón.
En suma, compañeros, esperemos que este cambio de denominación corresponda a las necesidades democráticas del país y que la estructura operativa del Instituto esté a la altura de los comicios electorales que nos merecemos los mexicanos. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Gloria Bautista.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez (desde la curul): Señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Dígame, diputado Fernando Belaunzarán.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez (desde la curul): Presidente, solamente para que... me acojo al Reglamento para pedir rectificación de hechos por lo que se ha mencionado en la discusión. Si me pudiera anotar para rectificación de hechos, como me da derecho el Reglamento. Gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Estimadas diputadas y diputados...
El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (desde la curul): Señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Sí, diputado Rosendo Medina Filigrana.
El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (desde la curul): Gracias, diputado presidente. Igualmente, para acogerme al Reglamento y pedirle la oportunidad del uso de la palabra por rectificación de hechos. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Debo mencionarles a ustedes que la realidad es que esta Mesa Directiva tenía registrado sólo oradores en pro, a los diputados Ricardo Mejía Berdeja, Gloria Bautista Cuevas y al diputado Rubén Acosta.
El Reglamento establece que cuando haya oradores en el mismo sentido, es decir en pro o en contra, sólo se escuchará a estos. Sin embargo y siendo sensible esta Presidencia en funciones, le otorgo el uso de la palabra para rectificar hechos, en el marco de lo expuesto por la diputada Bautista Cuevas a don Fernando Belaunzarán. Hasta por tres minutos, por favor.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez:Gracias. Con su venia, presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez: Todos coincidimos que el Instituto Nacional Electoral es una institución fundamental para el país. Es obvio que tenemos que homologar las legislaciones y donde decía Instituto Federal Electoral ahora sea Instituto Nacional Electoral.
Pero tenemos que preguntarnos y es nuestra obligación, porque además nosotros nombramos a los consejeros, nosotros fuimos el motor de esta reforma que le cambió, no sólo el nombre, sino las facultades al Instituto Nacional Electoral y es correcto que nos preguntemos, ¿qué está pasando? Hay una crisis en el Instituto Nacional Electoral, siete partidos abandonaron la sesión del consejo.
Aquí quiero hacer un llamado a la responsabilidad, a la responsabilidad de todos, por supuesto. Pero si uno ve la situación del país, si uno entiende la crisis en la que estamos, esta crisis que por cierto reconoce el secretario de Hacienda hace poco y dice: el problema es la credibilidad.
Efectivamente, el problema es la credibilidad del sistema político, hay un gran hartazgo, tenemos focos rojos en distintos lugares del país. Uno pensaría que lo lógico es que desde el gobierno fueran los más preocupados por darle estabilidad al proceso electoral, por generar condiciones de equidad para que haya un proceso electoral ejemplar, ahora que la clase política necesita y le urge legitimidad. Y sin embargo perdón, siempre les he hablado con franqueza veo al oficialismo, veo desde el gobierno generando condiciones que enturbian las elecciones, porque ya no se trata sólo de un partido que es aliado del gobierno y del partido del gobierno, como es el Partido Verde Ecologista, no sólo es eso, es que desde el gobierno hacen que cuadren sus spots de campaña con lo que se discutió de los vales de medicina. Desde el gobierno le dan cobertura a esa propaganda ilegal.
Qué bueno que el Instituto Nacional Electoral tomó por fin la decisión, ya lo había hecho antes y ahora reitera que se bajen esos nuevos spots, que son propaganda electoral disfrazada, muy burdamente, de informes legislativos.
Yo celebro que haya determinado el Instituto Nacional Electoral, y yo conmino al Partido Verde Ecologista de México a que deje de mandar al diablo las instituciones y acepte el fallo de estas instituciones para ya no contaminar este proceso, este proceso nos tiene que salir bien.
Y me preocupa el oficioso oficialismo del Instituto Nacional Electoral que está de alguna manera dándole coba a la inestabilidad. Por supuesto, lo dice bien el coordinador del Verde, Arturo Escobar, en sus entrevistas, la presión de los siete partidos hizo que el Instituto Nacional Electoral por fin asumiera esto.
Porque, ustedes recordaran, los spots del PRD se bajan ipso facto, ahí son solícitos, rápidos y no hay ninguna dilación. Y cuando tenía uno que discutir otros spot lo llevaban a las calendas.
Igualdad, no le pedimos otra cosa, y con esto concluyo, presidente, para que haya estabilidad en este proceso electoral, para no contribuir a la crisis el INE tiene que actuar con imparcialidad, no le pedimos otra cosa.
Que cumpla con su responsabilidad constitucional y acabe con esta crisis. ¿Haciendo, qué? Asumiéndose como una autoridad que tiene que garantizar la imparcialidad del proceso electoral. Otra cosa sería echarle más gasolina al fuego. Gracias, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado. En el tenor que hemos expuesto, le otorgo el uso de la palabra al diputado Rosendo Medina Filigrana, e inmediatamente después consultaremos, una vez que haya hecho uso de la palabra el diputado Rubén Acosta, a la asamblea si el tema se encuentra suficientemente discutido. Hasta por tres minutos, señor diputado Medina Filigrana.
El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana:Gracias, señor presidente. Compañeras, compañeros diputados, en primer lugar, presidente, señalar que es loable su sensibilidad para abrir esta tribuna en un tema delicado, como es lo que está aconteciendo en el Instituto Nacional Electoral.Hoy estamos votando una reforma que sería mero trámite administrativo, que debía haberse incorporado cuando hicimos la reforma electoral, pero se está votando en una coyuntura lamentable para el país, en una crisis institucional del INE que apenas hace menos de un año vio la luz como un órgano autónomo nuevo, pero que hay un grupo de consejeras y consejeros que lo están desvirtuando en el espíritu, la naturaleza que el Constituyente Permanente diseñó para que fuera una institución con mayor credibilidad.
Como aquí se ha expuesto, el pasado miércoles, representantes y quienes somos consejeros del Poder Legislativo en el INE nos paramos de la mesa, porque se pospuso la discusión de dos puntos que tienen que ver con la transparencia en el proceso electoral.
En los medios de comunicación han pretendido manejar que ése fue el fondo del asunto. No. Ésa fue la gota que derramó el vaso. El fondo del asunto es que el INE está cooptado. El fondo del asunto es que tenemos en el INE un presidente electo por la Cámara que se llama Lorenzo Córdoba, pero hay un presidente puesto por los poderes fácticos de este país, que se llama Marco Antonio Baños.
Y ese presidente fáctico del INE llamado Marco Antonio Baños tiene años creando sus tentáculos en el INE. Hay funcionarios de alto nivel del INE que le deben su puesto, como el multicitado y ampliamente criticado encargado de la Unidad de Fiscalización.
Ese señor, Marco Antonio Baños, no solamente controla a consejeras y consejeros del INE oficialistas, sino que ahora también ha coptado a consejeros que tenían un barniz ciudadano como Javier Santiago y Benito Nacif.
Y ese señor, Marco Antonio Baños es el que dicta la línea en el INE y es el que protege al PRI y a sus aliados, como este caso el Verde Ecologista.
Y voy a poner solo un ejemplo, desde el 28 de diciembre, el INE, desde la Comisión de Quejas que también controla Marco Antonio Baños y sus aliadas consejeras y consejeros, emitieron una medida cautelar para que el Partido Verde retirara los cine minutos que se presentan en todos los cines de este país.
¿Y qué ha pasado? Que han hecho caso omiso de una medida cautelar del INE. Solo hay una amonestación y no del INE sino del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Y ahora resulta que la Comisión de Quejas y el INE en su conjunto, que es tan drástico con nosotros, con los partidos de izquierda, es benévolo e incapaz de imponer una medida cautelar para el Partido Verde Ecologista.
Ése es el fondo del asunto. Eso es lo que estamos criticando, el poder, el autoritarismo de Marco Antonio Baños en el INE y a sus aliados y por eso es que estamos elevando nuestra voz y por eso es que no vamos a regresar a la mesa del Consejo General hasta que se restablezcan las condiciones de equidad en el INE. Muchas gracias, diputado presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Rosendo Medina. Le otorgaré el uso de la palabra, finalmente, al diputado Rubén Acosta. Solo le pido me dé oportunidad, en nombre del diputado Fernando Zamora Morales, compañero diputado, amigo diputado que tiene un grupo de invitados especiales, vecinos del distrito XXVI, de Toluca, del estado de México. Les damos un saludo afectuoso. Sean ustedes bienvenidos. Muchas gracias. Ahora sí, don Rubén Acosta, por favor, hasta por tres minutos.
El diputado Rubén Acosta Montoya:Gracias, presidente. Entendemos las inquietudes que han expresado aquí diversas fuerzas de izquierda. Entendemos su intranquilidad. Entendemos que en esta lucha que traen ustedes por robarse gente, por quedarse con cotos de poder, ustedes están viendo de manera muy inquieta que el Partido Verde sigue subiendo con la población. Que sigue aumentando su nivel de aceptación ¿Por qué? porque sí cumplimos, lo que prometemos lo cumplimos, y eso es lo que les molesta. Y les molesta más que lo comuniquemos, les molesta más que se ejerza ese derecho de transmitirle a la gente precisamente a lo que tiene derecho, eso es lo que les molesta y por eso gritan en vez de subir.El punto es, el más importante, que ahora ya agarraron otra bandera, que cuando las decisiones no son como ustedes quieren prefieren descalificar a la autoridad, prefieren descalificar a las instituciones. Y solo cuando son las decisiones para el lado que buscan la califican de manera correcta.
Nosotros somos respetuosos de las instituciones. Se señaló en esta tribuna una decisión que afectó precisamente el que nosotros pudiéramos comunicarle a la gente nuestros logros y la acatamos, y si es el caso en está también la vamos a acatar, porque somos respetuosos de la ley y de las instituciones. Pero peor aún, les recuerdo que esa ley la aprobamos nosotros aquí y es la que hoy nos permite tener este estado de derecho en materia electoral.
Vamos a hacer por supuesto respetuosos del proceso electoral, pero no vamos a ceder a berrinches, no vamos a ceder a chantajes que ustedes quieran propiciarle a la autoridad. Hoy no lo vamos a hacer, no se los vamos a permitir, mejor terminen el pleito entre ustedes, repártanse lo que se tiene que repartir y luchen como debe ser, luchen ante la gente diciéndole la verdad y díganles en que les han cumplido, porque nosotros si hemos cumplido. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias. Dígame, diputado Fernando Belaunzarán, ¿Con que objeto?
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez (desde la curul): Sí, presidente. El reglamento me da la oportunidad de hacerle una pregunta a mi compañero, se la voy a hacer de manera muy gentil y muy respetuosa, y no sé si estaría en disposición de contestarme la pregunta.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Permítame, diputado Belaunzarán. Sería desde su curul y el señor diputado Rubén Acosta ha concluido con el tiempo otorgado por esta Presidencia, y con el tiempo reglamentario. Sería entonces extemporánea. Gracias, señor diputado. Diputada Huidobro.
La diputada Zuleyma Huidobro González (desde la curul): Para rectificación de hechos, presidente. Para lo que acaba de decir el diputado Acosta.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Déjenme informar a esta asamblea, de que no solamente, diputada Huidobro, es la solicitud del uso de la palabra de su parte, tengo otros registros, un servidor los había citado y había anticipado que procedería en todo caso a consultar a la asamblea si el asunto se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular, por tratarse de un solo artículo, habida cuenta de que el registro inicial era de tres oradores en el mismo sentido.
Por esa razón, consulte la Secretaría a la asamblea si el asunto se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra lo suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
Se pide a la Secretaria que abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación, como se ha dicho en lo general y en lo particular.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
La diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Diputada Beti Yamamoto, de Acción Nacional, le recuerdo que estamos en la fase de recepción de la votación con relación al dictamen. Dígame, ¿Con qué objeto?
La diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares (desde la curul): Está bien, señor presidente. Solamente para saludar y dar la bienvenida a quienes me acompañan aquí en mi curul, que son dignos representantes de las ONG que hoy vienen a visitar esta Cámara de Diputados, agradeciendo las gestiones que algunos legisladores hemos emprendido para apoyar a los enfermos lisosomales, particularmente en el tema de la difusión entre la población.
Son pacientes y familiares que han sido apoyados con proyectos legislativos de la Comisión de Salud y de algunos compañeros diputados que hemos estado formando mesas de trabajo. Sean hoy bienvenidos los presidentes de AMEL, Grupo Fabry, MPSJAJAX, Proyecto Pide Un Deseo México, Femexer y también AMA, AMAEL.
Aquí tenemos a algunos representantes de estas asociaciones, yo les doy la más cordial bienvenida e invito a mis compañeros diputados a que se sumen a esta causa, la subcoordinaciones de la vinculación con la sociedad trabajamos fuertemente para incluir a estos sectores que han sido duramente azotados con estas enfermedades raras o poco comunes.
Estamos con el compromiso, compañeros, todos invitados a participar en el foro legislativo que tendremos el día de mañana, 25 de febrero, a partir de las 10 de la mañana, sobre las enfermedades raras o poco comunes. Mil gracias, señor presidente. Bienvenidos sean presidentes de las ONG.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Beti Yamamoto. En su nombre y en el de esta Mesa Directiva les damos bienvenida. Gracias. Cierre el sistema electrónico de votación.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Ciérrese el sistema de votación electrónico. ¿Faltó alguna diputada o algún diputado por emitir su voto? De viva voz, diputados.
El diputado José Alberto Rodríguez Calderón (desde la curul): A favor.
El diputado Carlos Humberto Aceves y del Olmo (desde la curul): A favor.
El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (desde la curul): A favor.
El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño (desde la curul). A favor.
El diputado Ricardo Monreal Ávila (desde la curul): A favor.
El diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (desde la curul): A favor.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Señor presidente, se emitieron 4 votos en contra, 3 abstenciones y 412 votos a favor.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Población. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMATICO
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático
La Comisión de Cambio Climático, de conformidad con lo establecido por los artículos 39, fracciones 2 y 3, 45, fracciones 1 y 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 158, fracción 1, numeral IV, y el artículo 8, fracción 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la asamblea, el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cambio Climático, al tenor de los siguientes
Antecedentes
Que en fecha 4 de noviembre de 2014, el diputado Ossiel Omar Niaves López, integrante del Grupo Parlamentario PRI, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Cambio Climático.
Que en esa misma fecha, la presidencia dictó el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Cambio Climático para dictamen.
Contenido de la iniciativa
El diputado Ossiel Omar Niaves López, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó la iniciativa con el objetivo central de incluir la protección de los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales suscritos por México, a los que el Cambio Climático impacta directa e indirectamente, toda vez que la Ley General del Cambio Climático no hace referencia a la protección de dichos derechos.
En la parte expositiva se resalta el derecho a un medio ambiente sano consagrado en el artículo 4o. de nuestra Constitución federal, además de que nuestro marco jurídico ambiental conformado por las leyes y demás disposiciones reglamentarias, han recogido las exigencias que marca la dinámica económica global y al mismo tiempo la sustentabilidad, los cuales han sido formulados en su mayoría al tenor de los principios establecidos en los instrumentos internacionales de la materia.
El diputado menciona que en nuestro Derecho interno, la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, hace alusión a los derechos humanos en su artículo primero, párrafo segundo, puesto q los preceptos del mismo son reglamentarios del artículo 4º constitucional, sin olvidar la contemplación de los derechos humanos por parte del Gobierno Federal en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018, haciendo alusión a que de esta manera se revela la disposición del Poder Ejecutivo de contribuir al equilibrio ecológico, concertando acciones que conlleven a una mayor sustentabilidad; considerando los derechos humanos, ya que el cambio climático es una preocupación común de toda la humanidad, y que los efectos del mismo repercuten en el desarrollo sostenible.
Por otro lado la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), ha llevado a cabo diversas acciones en la protección del medio ambiente y la promoción para difundir una cultura de respeto hacia el medio ambiente, añadiendo la ampliación de las facultades de dicha comisión posterior a la reforma constitucional del 10 de junio de 2011, para conocer casos de diversa índole donde existiera presunción de violación de los derechos humanos.
Reitera que la iniciativa propone establecer en la Ley General de Cambio Climático que las acciones para la adaptación y mitigación de los impactos del cambio climático que afecten a los derechos humanos deben garantizar, desde las primeras etapas de planificación, así como en las de ejecución se pondere los derechos humanos.
El diputado justifica lo expuesto argumentando que la población de nuestro país ha resentido los efectos del cambio climático, y sin lugar a duda la población más pobre, o con más índice de marginación ha sido la más afectada.
De igual forma, menciona que los efectos relacionados con el cambio climático proyectados amenazan el disfrute efectivo de una serie de derechos humanos, como el derecho al agua segura y suficiente, la alimentación, el derecho a la salud y a una vivienda adecuada, y advierte que en cierta medida se potencializa más la amenaza si consideramos que el impedimento al goce de los derechos humanos se actualiza cuando una acción u omisión que afecta a la persona es realizada por un servidor público.
Además de que debe ser imperativo por ministerio de ley, que todas las acciones tendientes a revertir el cambio climático, contengan un enfoque de protección a los derechos humanos en la planificación e implementación de medidas, por lo que considera pertinente incluir la protección a los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales suscritos por México a los que el cambio climático impacta directa e indirectamente, toda vez que la Ley General de Cambio Climático no hace referencia la protección de estos derechos.
Y finalmente, argumenta que la Ley General de Cambio Climático ha sido un gran avance en la tarea por preservar un medio ambiente y de contribuir a la sustentabilidad a nivel global, pero debe hacerse énfasis en que los efectos de este fenómeno, impactan en el goce de derechos humanos, por lo que sólo tomando conciencia de tales afectaciones se podrá impulsar la armonía con la naturaleza y esta premiará con una mejor calidad de vida para todos, gozando de todos los derechos.
Consideraciones de la comisión
Esta Comisión de Cambio Climático, posterior al estudio y análisis de la iniciativa que nos ocupa, manifiesta las siguientes consideraciones:
Los legisladores integrantes de esta Comisión Dictaminadora coincidimos que una de las principales preocupaciones es garantizar la protección y ejercicio de los derechos fundamentales por parte del Estado, ya que tal y como se refiere en la iniciativa que nos ocupa, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la generalidad en cuanto al goce de los derechos fundamentales como son la igualdad, la libertad de decisión, una buena alimentación, salud, acceso, disposición y saneamiento del agua, identidad, vivienda digna, a vivir en un ambiente sano, entre otros; así como el hecho de que el Estado se compromete a garantizarlos.
De la misma manera puntualizamos que en esta época global, en la cual es cada vez más evidente la afectación por el Cambio Climático, corresponde intervenir de manera inmediata previendo medidas y acciones para beneficio de la humanidad, puesto que somos conscientes que las consecuencias de dichos efectos nos afectan directa e indirectamente.
El cambio climático a nivel global es una realidad que causa serios impactos para las poblaciones humanas del continente americano y del mundo. Impulsada por la preocupación internacional sobre este tema en 2008, la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) investigar la relación entre el cambio climático y los derechos humanos, cuyo objetivo consistía en explicar esta relación, mediante la descripción de los impactos-observados y previstos del cambio climático en América Latinay las maneras en que éstos afectan el ejercicio de los derechos humanos. Su conclusión principal es que la CIDH debe reconocer las implicaciones negativas del cambio climático sobre los derechos humanos y realizar recomendaciones a los Estados miembros de la OEA para hacerlos cumplir con sus obligaciones internacionales de proteger y garantizar los derechos humanos frente el cambio climático.
Dicho informe muestra cómo el cambio climático global ya está afectando negativamente el disfrute de los derechos humanos en América Latina y la alta probabilidad de que estos impactos se agraven en el futuro.
Uno de los impactos identificados como más problemáticos en este informe, es la dramática reducción en la disponibilidad de agua dulce para millones de personas, a medida que se derriten los glaciares, se degradan los ecosistemas de alta montaña que capturan agua (como los páramos) y se vuelven más erráticos los patrones del clima. Los extremos climáticos también están incrementando la severidad de las tormentas e inundaciones, causando la destrucción de cientos de hogares, la pérdida de cultivos y daños a la infraestructura. El informe también resalta la amenaza que el cambio climático global representa para los océanos, especialmente los impactos relacionados con el aumento del nivel del mar y la desaparición de poblaciones de peces que alimentan miles de comunidades en América Latina. Adicionalmente, los efectos para el suelo se observan con el incremento de sequías e incendios forestales, los cuales tendrán impactos desastrosos en el acceso a la alimentación y a la vivienda. Finalmente, este informe describe cómo los impactos señalados pueden provocar el incremento de calor y de enfermedades transmitidas por vectores.
Todos estos impactos del cambio climático tienen graves consecuencias para el disfrute de los derechos humanos en el hemisferio. Entre los principales, está el derecho a un medio ambiente sano en la medida que la alteración del clima deteriore los ecosistemas de los que dependen las poblaciones humanas a lo largo del continente Americano. Dado que este derecho está íntimamente vinculado con otros derechos humanos fundamentales, los efectos del cambio climático pueden perturbar severamente los derechos a una vida digna, a la salud, a la alimentación, al agua y a una vivienda adecuada, para millones de habitantes en América Latina.
A la luz del derecho internacional y de la Convención Americana de Derechos Humanos, los Estados tienen la obligación positiva de proteger y garantizar los derechos humanos de las personas bajo su jurisdicción. Adicionalmente, los Estados tienen la obligación legal de utilizar todos los medios disponibles para evitar que actividades perjudiciales, como la contaminación, causen daños significativos al ambiente en otras naciones. Respecto al cambio climático, estas obligaciones son particularmente relevantes para los países desarrollados, responsables de contribuir histórica y actualmente en mayor proporción al cambio climático generado por el hombre. Por ejemplo, Estados Unidos ha contribuido con el 28,75% de las emisiones históricas y acumuladas de los gases de efecto invernadero, mientras las naciones centro y sudamericanas lo han hecho en un 1,38% y 2,30% respectivamente. Por lo tanto, países como Estados Unidos y Canadá tienen una mayor obligación de prevenir, mitigar y facilitar la adaptación al cambio climático en el hemisferio.
Ahora bien, los impactos en los derechos humanos derivados del cambio climático se sentirán más fuertemente en las sociedades en situación de marginalidad y en las comunidades tradicionales, que son las menos responsables de la contribución humana al cambio climático. Las comunidades en situación de vulnerabilidad, incluidos los pobres, las mujeres, los niños y niñas, los grupos étnicos estructuralmente discriminados y las personas mayores, a menudo son mayormente afectadas por desastres naturales y climáticos. Los pueblos indígenas, tradicionales y campesinos son especialmente vulnerables, porque ellos dependen en mayor medida de los sistemas naturales afectados por el cambio climático, principalmente para su supervivencia y subsistencia. Por otra parte, la capacidad de éstas comunidades de disfrutar su cultura se verá negativamente afectada por los impactos del cambio climático en las tierras y en los ecosistemas de importancia histórica, cultural y espiritual.
Por lo que corresponde a nuestro marco jurídico, nuestra Carta Magna lo establece en su artículo 1, todas las personas deben gozar de los derechos humanos reconocidos por la Constitución, así como los que se establecen en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, por lo que es necesario que cada una de las acciones, medidas e instrumentos adoptados por las autoridades se ajusten y favorezcan en todo tiempo la protección más amplia de esos derechos.
También resulta relevante el hecho de que el Estado mexicano suscribió el protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, mejor conocido como el Protocolo de San Salvador, en el cual reconoce en su artículo 11 numeral 1 que Toda persona tiene derecho a vivir en un ambiente sano..., por lo que estimamos que la vinculación entre protección medioambiental y derechos humanos se ha consolidado en el debate jurídico internacional, y que la idea de que los Estados deben adoptar medidas para garantizar el respeto y loa protección del medio ambiente como requisito indispensable para el cumplimiento de los derechos humanos, está bien cimentada en el ordenamiento jurídico internacional.
Los terribles impactos estimados en las predicciones del cambio climático a nivel global están inherentemente vinculados a alteraciones en el medio ambiente y por lo tanto, tendrán sus efectos más fuertes en el disfrute del derecho a un medio ambiente sano. Este derecho fundamental consagrado en el artículo 4 de nuestra Constitución Política, dispone en lo conducente lo siguiente:
Artículo 4...
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley...
Los patrones climáticos altamente erráticos y los consecuentes incrementos en las inundaciones, fuertes tormentas, escasez de agua, sequías, incendios forestales y la elevación del nivel del mar, mismos que han sido predichos o demostrados por los estudios científicos mencionados en este informe, tendrán un impacto negativo sobre el ambiente natural de todos los Estados en el hemisferio. Estos impactos negativos inhibirán el disfrute del derecho al ambiente sano debido a la grave e irreversible perturbación de los ecosistemas naturales de los que todas las personas dependen. En muchos casos, como los de escasez del agua, sequías, inundaciones de áreas costeras e incendios forestales, estos impactos pueden dañar de forma permanente y hasta destruir los ecosistemas naturales que proveen de alimento, agua y sustento a millones de personas.
Después del derecho a un ambiente sano, el derecho humano al que el cambio climático afecta más gravemente es el derecho a una vida digna, dado que las comunidades pierden acceso a los servicios básicos que sustentan la vida, tales como el agua y el alimento.
Entre los elementos más importantes para el disfrute del derecho a una vida digna está el acceso al agua. Como se explicó antes, el cambio climático claramente exacerba los fracasos actuales para priorizar el acceso al agua para las necesidades humanas básicas en ciertas regiones. La reducción de la disponibilidad del agua proveniente de glaciares, del derretimiento de la nieve, del agua lluvia y de fuentes subterráneas va a despojar a miles de comunidades de sus fuentes tradicionales de agua para beber, bañarse, cultivar y otras necesidades.
Por otra parte, muchos impactos del cambio climático van a socavar también el acceso a la alimentación, esencial para el derecho a una vida digna y un derecho en sí mismo, lo anterior especialmente para las comunidades con bajos ingresos que dependen de la agricultura de subsistencia, la pesca o la caza.
A pesar de todo lo expuesto, algunas disposiciones jurídicas dentro del orden jurídico nacional ya han intentado atender lo relativo a la materia, ya que como bien se refiere en la iniciativa objeto del presente dictamen, la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, ya prevé la protección, la preservación y restauración del ambiente y el equilibrio ecológico, para garantizar los derechos humanos a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de toda persona, aunado al hecho de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ha sido beneficiada con una ampliación en cuanto a sus facultades para atender la problemática en torno a los derechos humanos en las recientes reformas aprobadas a la Constitución General de la República en el año 2011.
De la misma forma, ponemos énfasis en los esfuerzos del Poder Ejecutivo en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018, puesto que dentro de los objetivos señalados en el numeral 6, se contempla desarrollar, promover y aplicar instrumentos de política, información, investigación, educación, capacitación, participación y derechos humanos para fortalecer la gobernanza ambiental, lo que se traduce en la cooperación de todos los actores gubernamentales y sociales que inciden en la protección y conservación del medio ambiente, y que es fundamental para consolidar la gobernanza requerida para cumplir con el objetivo de crecimiento verde con inclusión social, establecido en el Plan Nacional de Desarrollo dentro del Eje denominado México Próspero, para lo que es importante contar con una sociedad corresponsable y participativa, educada, informada y capacitada, así como un abanico de políticas públicas definidas, instrumentadas y evaluadas con participación de la ciudadanía así como la disponibilidad de conocimientos científico tecnológicos que apoyen una mejor toma de decisiones y permitan la instrumentación de programas y proyectos para el aprovechamiento eficiente y sustentable de los recursos naturales con el mínimo impacto ambiental.
Lo anterior se traduce en que las acciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se enfocarán en la promoción de la participación ciudadana, la educación, capacitación y generación de conocimientos e información en materia de medio ambiente y recursos naturales, así como en el desarrollo de instrumentos de política y la adopción de compromisos en los foros internacionales que aporten certidumbre y reglas claras a los tomadores de decisiones en la materia.
Por otro lado, como ya se refirió, es importante señalar que el Cambio Climático es la principal causa de pérdida de los recursos de agua dulce, así como de las sequías, lo cual impacta sin lugar a duda el sector ganadero y agropecuario, derivando la problemática de alimentación y de salud, además tiene efecto en los desastres naturales, como tormentas extremas e inundaciones, lo que impacta el derecho a una vivienda digna, por plantear algunos efectos directos, de esta manera se estaría reforzando la garantía que el Estado brinda del cumplimiento de los derechos humanos, específicamente como consecuencia del cambio climático, como se manifiesta en la iniciativa en cuestión, diversos sectores de la población son afectados debido al impacto de los mismos, lo cual necesita una inmediata atención, como vertiente de protección a los sectores vulnerables, así como a la población en general.
En esta tesitura, observamos que al puntualizar la Ley General de Cambio Climático como reglamentaria de los Tratados Internacionales además de nuestra Constitución Federal, estamos siendo congruentes al establecer una armonía jurídica con la actual tendencia global de protección internacional de los derechos humanos, sin omitir mencionar que el artículo 7 de dicha Ley, establece como atribuciones de la Federación, el establecer, regular e instrumentar acciones de adaptación y mitigación al cambio climático, conforme a los Tratados Internacionales aprobados.
En este orden de ideas, es que los legisladores integrantes de este órgano legislativo consideramos oportuno modificar los artículos 2, 7, 26 y 27 de la Ley General de Cambio Climático con el objeto de integrar la figura de la preservación y protección de los derechos humanos en el marco de vulneración de la que puedan ser objeto derivado de los efectos adversos del cambio climático, así como advertir de los impactos que dichos efectos pueden causar a los derechos humanos.
No obstante lo anterior, los diputados integrantes de esta Comisión dictaminadora hemos determinado hacer modificaciones a la propuesta original del promovente con el objeto de dar cabida a una mejor técnica legislativa, sin variar la esencia del espíritu de las reformas propuestas. En este sentido, se varió la redacción de las propuestas contenidas en la fracción I del artículo 2; la fracción XIII del artículo 26 y la fracción VII del artículo 27, así como la colocación de las reformas propuestas en los artículos 7, 26 y 27 de la Ley General de Cambio Climático.
En conclusión, esta Comisión está convencida que cada Estado tiene la obligación positiva de proteger y garantizar los derechos humanos. Esta responsabilidad se acentúa cuando un Estado es consciente del riesgo que corre el derecho de las personas a una vida digna al interior de su jurisdicción. Bajo este precepto del derecho internacional, nuestro país no solo debe asegurar que los agentes gubernamentales no violen las leyes, sino que debe también adoptar medidas razonables para proteger los derechos humanos en peligro debido a las acciones de actores privados, sin importar si el Estado Mexicano realmente contribuyó o causó tales riesgos; a partir de este concepto es que los integrantes de la Comisión Dictaminadora estimamos pertinentes y adecuadas las reformas propuestas dentro de la iniciativa que nos ocupa.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta comisión dictaminadora, somete a consideración de la asamblea, el siguiente proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cambio Climático
Artículo Único:Se reforman los artículos 1o.; 2o., fracción I; y se adicionan una fracción XIII al artículo 26 y una fracción VII al artículo 27 de la Ley General de Cambio Climático, para quedar como sigue:
Artículo 1o. La presente ley es de orden público, interés general y observancia en todo el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción y establece disposiciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático. Es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parteen materia de protección al ambiente, desarrollo sustentable, preservación y restauración del equilibrio ecológico y derecho a un medio ambiente sano.
Artículo 2o. Esta ley tiene por objeto:
I. Garantizar el derecho a un medio ambiente sano permitiendo su goce y ejercicio,y establecer la concurrencia de facultades de la federación, las entidades federativas y los municipios en la elaboración y aplicación de políticas públicas para la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero;
II. a VII. ...
Artículo 26. ...
I. a X. ...
XI. Conservación de los ecosistemas y su biodiversidad, dando prioridad a los humedales, manglares, arrecifes, dunas, zonas y lagunas costeras, que brindan servicios ambientales, fundamental para reducir la vulnerabilidad;
XII. Compromiso con la economía y el desarrollo económico nacional, para lograr la sustentabilidad sin vulnerar su competitividad frente a los mercados internacionales, y
XIII. Preservación y protección a los derechos humanos que sean vulnerados por los efectos adversos del cambio climático.
Artículo 27. ...
I. a IV. ...
V. Establecer mecanismos de atención inmediata y expedita en zonas impactadas por los efectos del cambio climático como parte de los planes y acciones de protección civil;
VI. Facilitar y fomentar la seguridad alimentaria, la productividad agrícola, ganadera, pesquera, acuícola, la preservación de los ecosistemas y de los recursos naturales, y
VII. Informar sobre el impacto que los efectos adversos del cambio climático podrían causar al derecho a un medio ambiente sano.
Transitorio
Único.-El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota:
1 Informe de Asociación Interamericana para la defensa del ambiente (AIDA), Cambio Climático y derechos humanos en América Latina: una crisis humana, diciembre 2011, disponible en: http://www.aida-americas.org/es/project/el-impacto-del-cambio-climatico-en-los- derechos-humanos
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 9 del mes de diciembre del año 2014.
La Comisión de Cambio Climático, diputados:Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), presidente; Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Román Alfredo Padilla Fierro (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Sergio Augusto Chan Lugo (rúbrica), Yesenia Nolasco Ramírez (rúbrica), secretarios; Verónica Carreón Cervantes (rúbrica), Ángel Cedillo Hernández, Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), Javier Orihuela García (rúbrica), Jorge Federico de la Vega Membrillo, Rodrigo Chávez Contreras (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Informo a la asamblea que por la comisión, para fundamentar el dictamen, lo hará el diputado Sergio Augusto Chan Lugo y, al mismo tiempo, fundamentará el decreto que adiciona un último párrafo al artículo 9o., también de la Ley General de Cambio Climático, en la inteligencia de que como reglamentaria procede, la votación será de manera separada Adelante, señor diputado.
El diputado Sergio Augusto Chan Lugo:Muchas gracias, presidente.Efectivamente, vengo a nombre de la Comisión de Cambio Climático a hacer el posicionamiento correspondiente a dos dictámenes.
El primer dictamen sobre la minuta que presentó en la iniciativa originalmente la senadora Silvia Garza, en la que en términos generales expresa o busca dar la posibilidad a través de la modificación del artículo 9o. de la Ley General de Cambio Climático a la posibilidad de facultar a los municipios, a través de sus ayuntamientos, para asociarse para una eficiente implementación de las disposiciones relativas al cambio climático y más que nada a la implementación de acciones para las adecuaciones que se tengan que hacer en los municipios.
La minuta dictaminada como se ha expresado ha reconocido como una de las principales amenazas a la seguridad internacional, dado que se prevé que sus impactos, el cambio climático, tenga efectos por supuesto en la salud y en los derechos y accesos a diversos derechos humanos, que precisamente la promovente busca aminorar por medio de los acuerdos que tomen los municipios y las acciones que tomen los municipios para implementar acciones concretas.
Los legisladores integrantes de la comisión coincidimos que diversos cuerpos legales no sólo incorporan disposiciones que contemplan el establecimiento de mecanismos de coordinación entre los tres órdenes de gobierno e, incluso, entre municipios, sino que además establecen formas de organización y asociación que facilitan la formulación de aplicación de políticas y programas a nivel municipal, aspecto que se fundamenta de origen en el 115 constitucional.
Con relación a lo anterior, observamos con claridad que dentro de la ley a modificarse expresa lo concerniente a la aplicación de los tres órdenes de gobierno en la formulación de la política nacional de cambio climático; sin embargo, en cuanto a las atribuciones de los municipios no se manifiesta de manera expresa la posibilidad de asociarse o unir esfuerzos para combatir sus problemáticas en común.
Es por ello que el dictamen emitido por la Comisión de Cambio Climático, con respecto a la minuta sobre el artículo 9, es que se emite de manera positiva, y además, de manera unánime por parte de todos los integrantes, y es por lo cual que este dictamen se presenta, y es por lo cual también, se solicita el voto a favor de cada uno de ustedes.
El otro dictamen, el dictamen sobre una iniciativa presentada por el diputado Ossiel Niaves López, del PRI, pretende incluir el principio de preservación y protección a los derechos humanos que sean vulnerados por los efectos adversos al cambio climático.
Derivado de los efectos de cambio climático y que cada vez estos se resienten más, sobre todo en áreas y regiones de más pobreza y por lo tanto de mayor vulnerabilidad, la Organización de los Estados Americanos pidió y solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos investigar la relación entre cambio climático y los derechos humanos.
En su informe sobre este estudio, nos muestra que el cambio climático incide en muchos de los derechos a los que toda persona debe tener en sus regiones y en los lugares donde vive.
Uno de los impactos identificados como más problemáticos en este informe es la dramática reducción a la disponibilidad de agua dulce para millones de personas. A medida que se derriten los glaciares, se degradan los ecosistemas de alta montaña que capturan agua como los páramos y se vuelven más erráticos los patrones del clima.
Todos estos impactos de cambio climático tienen graves consecuencias para el disfrute de los derechos humanos en el hemisferio entre los principales está el derecho a un medio ambiente sano, el derecho a una vivienda adecuada, en fin, el derecho a la salud.
Dado que este derecho está íntimamente vinculado con otros derechos humanos fundamentales, los efectos del cambio climático pueden perturbar severamente los derechos a una vida digna.
En esta tesitura observamos que al puntualizar la Ley General de Cambio Climático como reglamentario de los tratados internacionales, además de nuestra Constitución federal, estamos siendo congruentes al establecer una armonía jurídica con la actual tendencia global de protección internacional a los derechos humanos, sin mencionar que el artículo 7 de dicha ley, establece como las atribuciones de la federación, el establecer, el regular, el instrumentar acciones de adaptación y mitigación al cambio climático conforme precisamente a los tratados internacionales aprobados.
En este orden de ideas es que los legisladores integrantes de este órgano legislativo consideramos oportuno modificar los artículos 1, 2, 26 y 27 de la Ley General de Cambio Climático, tal como el promovente de la iniciativa estableció, pero además establecimos propuestas en el seno de la comisión para la modificación del artículo 2o. en su fracción I, la fracción XIII del artículo 26 y la fracción VII del artículo 27, así como la colocación de las reformas propuestas en los artículos 26 y 27 de la Ley General de Cambio Climático.
En función de lo expuesto es que les solicito se sirvan a apoyar el presente dictamen, igual, votado de manera unánime por todos los integrantes de la comisión. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, señor diputado Sergio Augusto Chan Lugo.
Tiene el uso de la palabra el diputado Rodrigo Chávez Contreras, para fijar la postura de la agrupación Morena, hasta por cinco minutos.
El diputado Rodrigo Chávez Contreras:Con su venia, diputado presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante, diputado.
El diputado Rodrigo Chávez Contreras: Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, el cambio climático a nivel global es una realidad que causa serios impactos en las poblaciones humanas del continente americano y del mundo. Nuestra forma de vida y las normas jurídicas que hoy nos rigen se verán afectadas, cambiarán drásticamente.
Los derechos humanos que hoy reconocemos requieren adaptarse y mejorar para garantizar la supervivencia de nuestra sociedad. Desde el 2008 la comunidad internacional preocupada por este tema logró que la Organización de Estados Americanos, la OEA, buscara a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos investigar la relación entre cambio climático y los derechos humanos, y siendo así la necesidad de organizar recomendaciones a los Estados miembro de la OEA para cumplir con la obligación internacional de proteger y garantizar los derechos humanos frente a las consecuencias inevitables del cambio climático.
A pesar de esta estrategia internacional, que se impulsó en el 2008, fue hasta el 2012 que nuestro país comenzó a surtir efectos al publicarse la Ley General de Cambio Climático.
Sin embargo, debemos tener en cuenta que no sólo se trata de contar con la norma jurídica aplicable al caso, sino que más bien debemos garantizar la aplicación de las estrategias gubernamentales adecuadas para la protección del ambiente, el desarrollo sustentable y la preservación y restauración equilibrio ecológico que establece en su artículo 4o. nuestra Constitución.
Para México las garantías de los derechos humanos no es una realidad, no hemos logrado la libertad de expresión que aún le cuesta la vida a periodistas. Es un lujo pensar en el caso del acceso a la información pública ante un conflicto de intereses como lo que hoy vivimos con el Grupo Higa; la violación a los derechos humanos de los jóvenes normalistas de Ayotzinapa.
Todavía no son alcanzables los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales que deberían ser palpables para todos los ciudadanos, y ante los efectos del cambio climático deberían ser una prioridad para este gobierno el garantizar el derecho humano a un ambiente sano, el derecho a una vivienda digna, el acceso al agua, el acceso a la alimentación y a la salud y a la vivienda adecuada.
Estos derechos humanos representan un reto que nos obliga a actuar en lo inmediato para garantizar lo que ahora es un principio reconocido universalmente por el derecho internacional que señala: El respeto a la dignidad inherente de la persona es el principio en el que se basan las protecciones fundamentales del derecho a la vida y a la preservación del bienestar físico. Las condiciones de grave contaminación ambiental que puedan causar serias enfermedades físicas, discapacidad y sufrimiento a la población son incompatibles con el derecho a ser respetado como ser humano.
En México tenemos la mala costumbre de actuar cuando nos enfrentamos inmediatamente a la escasez de agua, las sequías, las inundaciones e incendios forestales, entonces sí nos ocupamos de atender las tragedias con urgencia. Esta costosa estrategia nos hace perder vidas humanas y provoca daños irreversibles a los ecosistemas, por lo que es urgente la implementación de medidas para prevenir y proteger los derechos humanos ante estos impactos potenciales.
El gobierno no puede mostrar indiferencia ante las consecuencias graves de no emprender acciones de prevención, mitigación y adaptación al cambio climático. Cuando estas medidas necesarias sean implementadas por el gobierno es importante también ofrecer a los ciudadanos procedimientos adecuados para la participación pública y el acceso a la información, teniendo en mente siempre las necesidades especiales de los grupos en situación vulnerable, incluyendo el respeto a las comunidades indígenas y la incorporación del invaluable apoyo de las organizaciones de la sociedad civil y la comunidad científica.
No esperemos consecuencias irreversibles, pongamos énfasis en temas como el impulso a la vivienda verde y autosustentable; la implementación del adecuado transporte público y ecológico; La promoción del uso de la bicicleta, etcétera. Además, actuemos con transversalidad en el desarrollo de políticas públicas con perspectiva de derechos humanos ambientales. Pongamos en marcha programas de protección a las especies en peligro de extinción y evitemos el desplome de la mariposa Monarca, que es un patrimonio natural invaluable de los mexicanos.
Avancemos en la generación de nuevas formas para la obtención de energía e impulsemos esquemas de estímulos fiscales a la población que contribuya con estas acciones.
El grupo parlamentario de Morena nos pronunciamos a favor del decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Cambio Climático. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado. Tiene la palabra la diputada Cristina Olvera Barrios para fijar la postura de Nueva Alianza. Y es en relación al primero de los dictámenes que hemos señalado, que está a discusión, por supuesto.
La diputada Cristina Olvera Barrios:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas y diputados, el cambio climático es un fenómeno que ha adquirido dimensiones devastadoras para el planeta y para quienes habitamos en él. Los huracanes, sequías, inundaciones y los fenómenos meteorológicos son cada vez más letales, con consecuencias cada vez para las personas.Estamos conscientes que este fenómeno es provocado por las acciones o inacción de los seres humanos y una falta de compromiso real de las autoridades de cada país, para disminuir emisiones de gases efecto invernadero.
El principal objetivo en incluir la protección de los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales suscritos por México y plasmados en nuestra Carta Magna, a los que el cambio climático impacta directa o indirectamente, no puede ser una situación omisa o indiferente, por lo que resulta necesario respaldar la propuesta de esta reforma a la Ley General de Cambio Climático, que permita que las acciones que se emprendan para la adaptación y mitigación de los impactos del cambio climático y que afecten cada uno de los derechos humanos, garanticen el respeto a los derechos humanos desde las primeras etapas de planificación y ejecución.
No debemos olvidar que los graves impactos que se generan como consecuencia del cambio climático amenazan rotundamente el disfrute efectivo de una serie de derechos humanos, con el derecho al agua segura y suficiente, a la alimentación, al derecho a la protección a la salud, entre otros y se advierte que se potencializa la amenaza si consideramos que el impedimento al goce de los derechos humanos se actualiza cuando una acción u omisión que afecte a las personas es realizada por un servidor público.
Resulta imperante para salvaguardar la integridad de la población que todas las acciones tendientes a contender y revertir el cambio climático contenga un enfoque de protección a los derechos, ya que hasta el momento no se contempla en la ley.
Debemos asumir nuestro compromiso al garantizar la protección y ejercicio de los derechos fundamentales por parte del Estado, ya que tal y como se refiere en la iniciativa que nos ocupa, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la generalidad en cuanto al goce de los derechos fundamentales, como son la igualdad, la libertad de decisión, una buena alimentación, protección a la salud, acceso, disposición y saneamiento del agua, identidad, vivienda digna y vivir en un ambiente sano, entre otros.
Compañeras y compañeros diputados, las graves repercusiones que se derivan del cambio climático ponen en riesgo el pleno disfrute de los derechos humanos que se ven amenazados en la medida que la alteración del clima deterioran los ecosistemas y con ello la supervivencia y subsistencia de la población que depende de ella y gravemente de aquella población en situaciones de marginalidad.
Es decir, que se pone en peligro el ejercicio y disfrute de derechos a un medio ambiente sano, a una vida digna a la población, a la protección de la salud, a la alimentación, al agua y a una vivienda digna, entre otras.
En mi Grupo Parlamentario Nueva Alianza estamos comprometidos con las modificaciones a la ley, que contribuyen a dar una plena eficacia y posibiliten el cumplimiento de ésta y permitan garantizar una mejor calidad de vida para la población. Trabajemos por los cambios estructurales que se requieren en las políticas, estrategias y leyes que el Estado genera para adaptarse a las necesidades actuales que necesita el país.
Asimismo, en Nueva Alianza somos conscientes de los retos que enfrenta el país y de que el Estado debe atender los graves impactos que el cambio climático ocasiona, pero estimamos como una condición fundamental que todas las medidas y acciones que se diseñen y apliquen para atender esta delicada situación, debe sustentarse en la obligación fundamental del Estado, de proteger y garantizar los derechos humanos.
Es por eso que daremos nuestro voto a favor al presente dictamen. Es cuanto, diputado presidente, y muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputada. Tiene el uso de la palabra la diputada Magdalena Núñez Monreal, fijará postura con relación a los dos dictámenes que he señalado, y en el primero se abordan los artículos 1o., 2o., 26 y 27 de la Ley General de Cambio Climático; y en el segundo es adicionar un párrafo último al artículo 9o. de ese ordenamiento. Adelante, diputada, hasta por cinco minutos.
La diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, la Comisión de Cambio Climático ha puesto a con sideración de esta honorable asamblea dos proyectos por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Cambio Climático.Sus objetivos, son incluir la protección de los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales, suscritos por México, a la legislación en la materia. Dotar a los municipios la facultad de establecer convenios de coordinación o asociación respecto de sus atribuciones en la materia. Sin duda, éstos son temas de la mayor importancia para nuestro país.
Nuestra legislación ha adoptado la defensa y procuración de los derechos humanos como un valor nacional básico. Por ello, toda la legislación nacional se ha alineado a este principio.
Asimismo, y dando mayor fortaleza a los derechos humanos nuestro país ha firmado acuerdos internacionales en la materia, con los que ratifica la defensa y procuración de estos en nuestro país.
Sin duda, para que esto sea una realidad concreta, requiere que los espacios más cercanos a la población tengan las facilidades y atribuciones para cumplir y fortalecer el combate al cambio climático.
Recordemos que los municipios representan el primer orden de gobierno, el más cercano al pueblo, y por ello son los que viven, reciben y solucionan los problemas más sensibles y concretos de la población.
En este sentido, las iniciativas presentadas se inscriben como ratificación de los derechos humanos, en este caso, desde la problemática del cambio climático. Y dotan a los municipios de atribuciones para trabajar en la búsqueda de la mitigación de los efectos del cambio climático. Recordemos que el cambio climático es un problema global cuyos efectos impactan, en mayor medida, a las personas y los municipios con mayores niveles de pobreza y marginación.
Compañeras, compañeros, el cambio climático es una creación de los seres humanos, del modo de producción capitalista y de la lógica del consumo de los países desarrollados. Por ello, los mexicanos tenemos que hacer frente a esta problemática con una propuesta diferente, basada en la relación irrenunciable humano-naturaleza, en un modo de producción centrado en las necesidades humanas y sociales y en una lógica de consumo sustentable y acorde a la cultura y tradiciones locales, no en la uniformidad del mercado ni en el de las ganancias.
Romper con esta lógica implica castigar a esas empresas rapaces, que por tener ganancias son capaces de asesinar a comunidades enteras al contaminar ríos y lagos, como es el caso de Grupo México y los desastres medioambientales que han ocasionado en los ríos Bacanuchi y Sonora.
O el caso de la minera First Magstic, señalada por la población del municipio de Chalchihuites como la responsable de contaminación ambiental, y por ende, de las enfermedades que presenta el 30 por ciento de la población de este municipio.
O el caso de las empresas inmobiliarias que deforestan bosques o utilizan zonas agrícolas productivas para construir complejos habitacionales como el caso de la empresa El Peñón, en San Luis Potosí, la cual es señalada como la responsable de deforestar 15.5 hectáreas de bosques.
Éstas son solo una pequeña muestra de lo que se hace contra la naturaleza y el medio ambiente con tal de mantener ganancias, afectando los derechos humanos de las personas y los derechos sociales y culturales de las comunidades, y fortaleciendo las practicas humanas e industriales que contribuyen a agravar el problema del cambio climático.
Ante este escenario, los municipios han sido muchas veces superados, pues sus capacidades de hacer frente a grandes empresas muchas veces transnacionales son muy limitadas. Por ello, darles atribuciones que les permitan poder trabajar en coordinación, les dará mayor poder para contrarrestar y contener las prácticas abusivas y dañinas que se presenten en sus territorios comunes.
Se ha tratado de fortalecer la tesis de que los pobres y los marginados son los que mayor contaminación aportan, debido a prácticas tradicionales contaminantes. Sin embargo, desde la óptica del Partido del Trabajo tenemos algo claro, son las grandes empresas las que con una acción afectan a nuestro planeta más que mil acciones de la gente pobre.
Por ello vemos en estos proyectos una posibilidad para poner límites claros y efectivos a los excesos que algunas grandes empresas han tenido en aras de mantener sus negocios, poniendo en el centro de los derechos humanos y los efectos que causen entorno al cambio climático.
Así, como fortaleciendo a los que deben ser los primeros defensores de las comunidades, los municipios. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Núñez Monreal. Se referirá también a los dos dictámenes que he reiterado el diputado José Antonio Hurtado Gallegos, de Movimiento Ciudadano. Fijando la postura, por supuesto.
Presidencia de la diputada María Beatriz Zavala Peniche
El diputado José Antonio Hurtado Gallegos:Con su permiso, diputada presidenta.La Presidenta diputada María Beatriz Zavala Peniche: Adelante, diputado.
El diputado José Antonio Hurtado Gallegos: Compañeras y compañeros diputados, muy buenas tardes. El presente dictamen propone fomentar la movilidad ciudadana, a atreves de sistemas de trasporte urbano, suburbano, público y privado, eficiente y sustentable.
Actualmente la Ciudad de México cuenta con una gran variedad de medios de transporte, algunos de ellos forman parte de los vehículos como lo son: el golfitaxi, bicitaxi, taxi hibrido, entre otros de los llamados, sustentables. Sin embargo, algunos de estos tienen un costo muy elevando para el usuario que va hasta dos a tres veces mayor que el transporte común.
Cabe mencionar que el grosor de las personas que hacen uso de este tipo de servicios públicos son aquellas que mantienen una familia a veces conformada hasta por cinco miembros y el costo de trasladarse implica un gasto de hasta 70 pesos diarios, lo que significa más de un salario mínimo, mermando la economía familiar de manera directa.
El dictamen también propone la promoción e invención para el uso de energías alternas a los combustibles fósiles que consumen automóviles particulares y públicos, y también se contempla dentro de este rubro el uso de estaciones de recarga. Sin embargo, volvemos al mismo punto, actualmente los autos nuevos ya se encuentran integrados con tecnologías de punta, que tienen el fin de contaminar lo menos posible, pero todos sabemos que las condiciones en las que se encuentra nuestro país no todos tienen la facilidad de adquirir un automóvil nuevo.
Un vehículo con tecnología de punta como son los híbridos cuesta entre 380 mil pesos hasta 500 mil pesos. Bien entonces, en este dictamen vamos a favor, sin embargo compañeras, compañeros legisladores, esto nos va a llevar años como lo sucedido en el año 2010 que se quedó en puras buenas intenciones.
Lo que necesitamos hacer son estrategias reales y verídicas, como lo es el acceso y la facilidad para la adquisición de automóviles pro-ambientales a la ciudadanía de clase baja y clase media, aclarando que es ilógico que obliguen a las personas a comprar y gastar su poco sueldo en un auto nuevo para poder circular libremente, y todos sabemos que cuando estas personas terminen de pagar su auto prácticamente necesiten renovarlo otra vez, todo esto me suena a una mercadotecnia planeada.
¿Por qué no cambiar la fórmula de los combustibles? ¿Por qué nada más el pueblo debe hacer el mayor esfuerzo para mejorar este tema? Cabe mencionar que nuestro país está 10 años rezagado en cuanto a legislación sobre contaminación vehicular.
Según varias organizaciones ambientalistas, un auto comprado en México contamina de ocho a diez veces más que uno nuevo adquirido en Estados Unidos. A principios de este año Estados Unidos actualizó su legislación en materia de combustibles y tecnologías vehiculares, basada en una gasolina más limpia que reduce el azufre y las emisiones de gases casi a cero; mientras que en México, al no cambiar su legislación en materia de emisión de contaminantes para vehículos nuevos, nos encontramos todavía en el rezago y la misma situación que en el año 2010 que fueron puros proyectos a legislar.
La realidad es que este tema no lo podemos seguir aplazando. El cambio climático crece día a día y a pesar de que parecen ser buenas las intenciones del Gobierno del Distrito Federal y sus instancias correspondientes no bastan, pues este asunto ya está muy politizado.
Para realizar un cambio debemos actualizar la mencionada legislación dada la importancia que tiene para nuestra sobrevivencia el medio ambiente. Debemos crear programas de conciencia y cultura para la población en general, facilitar el acceso a vehículos no contaminantes y tengamos medios de transportes públicos seguros, accesibles y de buena calidad.
El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano está a favor de estos proyectos y programas que benefician el medio ambiente. Por ello votaremos a favor de estos dictámenes 3 y 4 de la Comisión de Cambio Climático y de las disposiciones que permitan políticas públicas que beneficien a la preservación y protección de la población en general. Es cuanto, diputada presidenta; muchas gracias, compañeros, compañeras.
La Presidenta diputada María Beatriz Zavala Peniche: Gracias a usted, diputado. Le damos la palabra ahora a la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Partido Verde Ecologista de México, para fijar postura por su grupo parlamentario, hasta por cinco minutos.
La diputada Rosa Elba Pérez Hernández:Gracias, señora presidenta.La Presidenta diputada María Beatriz Zavala Peniche:Adelante.
La diputada Rosa Elba Pérez Hernández: Compañeros y compañeras. Lo hemos escuchado incansablemente a lo largo ya de casi tres años, pero sí, efectivamente, el cambio climático es el mayor problema ambiental y no ambiental que enfrenta la comunidad internacional.
Como dijo el presidente Obama, no vamos a discutir con aquéllos que creen aún que la tierra es plana. El cambio climático es un problema transversal. Nos afecta a todos y en diferentes áreas de nuestra vida.
El cambio de estaciones, si se dan cuenta, ocurre de un día para el otro. Antes había una transición: una, dos, hasta tres semanas. Ahora cambiamos de 10 grados de diferencia de uno a dos días, con diferencia de uno a dos días. Lo estamos viendo precisamente en estos momentos.
1972, la Declaración de Estocolmo adoptada en la Conferencia de Naciones Unidas, reconoce que el hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, a la igualdad y al disfrute de condiciones de vida en medio de una calidad tal que nos permita auto realizarnos; sin embargo no lo estamos haciendo así, hemos incorporado los derechos humanos como una de las áreas contra las que está atentando el cambio climático y los problemas que se derivan de ello.
Les voy a explicar: hay problemas en la salud, hay problemas en la alimentación de todo el planeta, y saben qué, tienen que ver con el cambio climático. Y saben qué, no todos pueden pagar las soluciones a estos problemas; saben qué, el costo de los granos y de los alimentos que tiene que ver con la alteración de la temperatura y los comportamientos hidrológicos conducen a cambios en los alimentos en los precios internacionales, y muchas familias no pueden cambiar, no pueden pagar la afectación a estos precios.
Además las familias tienen que costear medicinas para cáncer de piel, para enfermedades gastrointestinales que cuestan, y cuestan mucho, y sin embargo ahí está, el victimario en las ciudades, el victimario que ocasiona los problemas derivados del cambio climático.
Los problemas gastrointestinales hago el paréntesis tienen que ver ¿con qué? Con el agua sucia, tienen que ver con la escasez de agua y todo esto tiene un costo, y por lo general el costo lo llevan los principales grupos vulnerables.
En los últimos años, tan solo debido a tormentas y huracanes como Katrina y Sandy, en Estados Unidos; Haiyan en Filipinas y varios otros, murieron decenas de miles de personas; una vez más, en su mayoría los pobres.
Se calcula que en el 2013 tuvieron que abandonar sus hogares 22 millones de personas. Adivinen como qué, como refugiados ambientales víctimas del cambio climático.
El comportamiento hidrológico es un nuevo término. Ya no hablamos de lluvias fuertes ni de tormentas, apréndanse esta palabra cambio en el comportamiento hidrológico. Sonaría normalmente como algo muy técnico, pero es algo que enfrentamos todos los días.
Existe una relación directamente proporcional entre la afectación de determinados derechos humanos como les decía como el derecho a la vida, el derecho a la salud y el derecho a recibir una alimentación adecuada y el cambio climático.
Por otra parte, hay recursos federales que son malgastados en solucionar problemas del agua. La presa de Río Verde los compañeros de Jalisco y de Guanajuato lo saben bien, miles de millones de pesos se han gastado y se gastarán en esa presa, desde hace 15 años la hemos tratado de lograr. Por fin se logró, pero adivinen qué el problema que se está buscando resolver, el agua solamente va a durar para 15 años más. Es decir, tardamos 15 años en lograr una presa para que solamente dure otros 15 años. Es, por lo tanto, urgente luchar y contrarrestar los efectos de este fenómeno.
Sabemos que debe haber cooperación internacional, pero de nuevo: 1997, el Protocolo de Kioto; ¿Y quién no lo quiere firmar? China y Estados Unidos. ¿Por qué? Somos principales productores de las emisiones, sin embargo no veo la fecha en la que estos dos países vayan a cambiar sus modos de producción. Es muy caro y es muy difícil, a pesar de que hay que reconocer que Estados Unidos sí lo está haciendo. Pero cambiar modos de producción en los dos países principales más ricos, con mayor producción del mundo va a ser muy difícil.
Por lo tanto, igual que decía el compañero de acá, tenemos que migrar a fuentes de energía alternas y, sí, compañeros, una vez más bajarse de las Suburban bajarse de las Suburban, es inmoral manejar una Suburban. Probablemente los periodistas aquí lo van a tomar, espero. Tener una Suburban, manejar una Suburban en estos días atenta contra la moral, y la moral humana y ambiental. Cambien a los cuatro cilindros o a las bicicletas, efectivamente.
Por todo lo anterior, el Partido Verde aprueba este proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1o.; 2o., fracción I; y se adiciona una fracción XIII al artículo 26 y una fracción VII al artículo 27 de la ley General de Cambio Climático.
La difusión masiva de los problemas y soluciones del cambio climático son una prioridad. Y, recuerden, las víctimas están en el océano y en los bosques, como bien dice mi compañera Lulú, pero los victimarios estamos en las ciudades con nuestro estilo de vida. Gracias.
La Presidenta diputada María Beatriz Zavala Peniche:Gracias, diputada Rosa Elba. Le damos la palabra ahora al diputado Javier Orihuela García, del Partido de la Revolución Democrática, para fijar postura hasta por cinco minutos.
El diputado Javier Orihuela García:Buenas tardes, compañeros diputados y compañeras diputadas. Modificar la Ley de Cambio Climático en estos dos rubros pareciera no importante, pero es fundamental. Es fundamental porque el calentamiento de nuestro planeta está afectando los derechos humanos de la población y está ocasionando daños que la gente a veces no se explica, pero que es necesario desde esta tribuna dejar claros.Los responsables del calentamiento de nuestro planeta efectivamente y coincidimos con la compañera Elda efectivamente son las grandes naciones industriales irresponsables, que han promovido un desarrollo industrial sin tomar en cuenta los derechos humanos de la población.
El calentamiento es un problema planetario originado por pocas compañías trasnacionales encargadas de promover un desarrollo industrial donde se privilegia la ganancia, la utilidad y no los derechos humanos y mucho menos un desarrollo sustentable.
El calentamiento del planeta beneficia a pocos y perjudica a la mayoría, por ello estamos de acuerdo en esta modificación que se hace a la Ley de Cambio Climático para salvaguardar los derechos humanos de millones de ciudadanos, no solamente de México que se han visto perjudicados por esta política depredadora del capitalismo industrial, rapaz y que no concibe la necesidad de invertir para reducir las emisiones a la atmósfera cambiando sus patrones tecnológicos, que nos permitan una sociedad distinta.
Estamos de acuerdo en este dictamen, sin embargo en la otra parte, donde se requiere que se aplique una política para enfrentar los efectos nocivos del cambio climático tenemos que reconoce que nuestro gobierno mexicano, a pesar de que tiene una Ley de Cambio Climático su implementación es sumamente reducida porque no aterriza en los municipios, no aterriza en aquellos lugares donde tienen que implementarse proyectos para reducir las emisiones a la atmósfera.
Los municipios desintegrados, desorganizados, sin recursos poco tienen de posibilidades para enfrentar estos efectos nocivos. Por eso también estamos de acuerdo en la necesidad de crear mecanismos que les permitan a los municipios crear instancias de coordinación para realizar proyectos. Uno de ellos el de movilidad. Muchos municipios no tienen recursos para transformar su patrón de movilidad depredador por un patrón de movilidad responsable con el medio ambiente. Esto se ve fundamentalmente porque los recursos económicos del gobierno federal no aterrizan en los municipios.
Los municipios en todo el país tienen tiraderos de basura a cielo abierto. Estos tiraderos son fuentes de emisiones a la atmósfera que están tipificados como un delito ambiental y deberían estar en la cárcel más de 2 mil presidentes municipales que no cumplen con esta norma.
Sin embargo no los podemos estigmatizar, como se ha estigmatizado con respecto a la delincuencia, con respecto a la infiltración de la delincuencia organizada en los municipios. No los podemos estigmatizar, porque efectivamente no tienen los recursos necesarios, los recursos los tiene la Semarnat, los recursos los tiene la Conagua, los tiene la federación.
Es necesario un cambio en la distribución de los recursos económicos entre los tres niveles de gobierno, para que se permita a los municipios que además de organizarse en proyectos metropolitanos para resolver el problema de los residuos sólidos urbanos, para resolver el problema del tratamiento de las aguas residuales, para resolver el problema de la distribución del agua potable, para resolver los problemas de movilidad social, puedan tener además de estas posibilidades organizativas recursos económicos, compañeros, quiero denunciar esta situación.
Efectivamente, estamos de acuerdo con que se creen estos instrumentos de coordinación intermunicipales, pero no estamos de acuerdo en la forma en cómo se distribuye el Presupuesto de Egresos de la Federación, porque ahí está la principal limitante para los municipios, para que puedan implementar proyectos que puedan reducir las emisiones a la atmósfera, proyectos para que puedan otorgar servicios de primera calidad a los ciudadanos, como lo es el agua potable, como lo es el tratamiento de las aguas residuales.
Compañeras y compañeros, el Grupo Parlamentario del PRD está de acuerdo en estas modificaciones, en estos agregados a la Ley de Cambio Climático, pero exhorto a esta Cámara de Diputados a que pudiéramos avanzar más en asignarles recursos económicos a los municipios y no solamente asignarles responsabilidades, que desde luego no van a poder cumplir.
En este contexto, denunciar la política depredadora de los Estados Unidos Mexicanos, de la República Popular de China y de los principales países industriales que no se comprometen a resolver sus problemas de reducción de emisiones a la atmósfera, ocasionando daños y pérdidas de vida a muchos ciudadanos del planeta.
Hacemos votos porque al menos los países de América Latina pudiéramos integrarnos en un proyecto latinoamericano, que nos permita defendernos de los efectos nocivos del cambio climático ocasionado por los países del primer mundo.
Hacemos votos porque la Comisión de Relaciones Exteriores pueda intervenir y hacer un planteamiento para que las empresas transnacionales que han ocasionado daños en Ecuador, en Bolivia, puedan ser indemnizados por los daños ambientales que han ocasionado esas compañías extranjeras responsables de las emisiones de efecto invernadero a nuestro planeta. Muchas gracias.
La Presidenta diputada María Beatriz Zavala Peniche:Gracias, diputado. Tiene la palabra la diputada Blanca Estela Gómez Carmona, del Partido Revolucionario Institucional, para fijar postura de su grupo parlamentario hasta por cinco minutos.
La diputada Blanca Estela Gómez Carmona:Con la venia de la Presidencia. Compañeros y compañeras diputadas, el derecho humano a un medio ambiente sano ha sido uno de los derechos más protegidos en los últimos años, ya que el deterioro del ambiente generado por el cambio climático y el calentamiento global ha alertado no solamente a México, sino a las naciones enteras.Por ello, en México en el año 2000 comenzaron las primeras acciones concretas en materia de cambio climático, culminando con la expedición de la Ley General de Cambio Climático en el 2012, con la finalidad de preserva el medio ambiente y contribuir a un desarrollo sustentable mundial.
A un con esta ley no puede dejarse de lado que los efectos del cambio climático han impactado en el goce de varios derechos humanos, debido a que es un problema ambiental que tiene consecuencias en todos los ámbitos de existencia de nuestro planeta.
El derecho a un medio ambiente sano guarda una interdependencia tan estrecha con los diversos derechos protegidos por la Constitución, debido a que la afectación de este derecho incide en el deterioro de otros.
Por desgracia, en los últimos años se han vivido fenómenos naturales que han sido provocados por el cambio climático, como las fuertes tormentas e inundaciones, aumento en el nivel del mar debido al deshielo de los glaciares, incremento de sequías e incendios forestales y una reducción en la disponibilidad de agua dulce para millones de mexicanos.
Todos estos cambios han afectado a la población más vulnerable y al menos culpable de este fenómeno climático, causando la destrucción de los hogares, pérdida de cultivos y daños a la infraestructura, incluso se les ha afectado a estos ciudadanos su derecho a una vida digna, a la salud, a la alimentación y al agua, principalmente.
Los pueblos indígenas tradicionales y campesinos son especialmente vulnerables, ya que en su mayoría dependen de los sistemas naturales, tanto para su supervivencia como para su subsistencia, por lo que este cambio climático amenaza el disfrute efectivo de sus derechos humanos.
Por poner algunos ejemplos. Si no podemos garantizar un acceso al agua limpia, vulneraríamos en algún momento el derecho a la salud de quienes están consumiendo agua contaminada. Si no garantizamos el derecho al agua para el desarrollo de la agricultura en estas comunidades tradicionales, vulneraríamos su derecho a la alimentación.
Por ello, como lo refiere la dictaminadora, es necesario incluir la protección de diversos derechos humanos reconocidos por los tratados internacionales en materia de cambio climático, para que la ley haga referencia a los derechos que son impactados directa o indirectamente por el cambio climático, haciéndose obligatorio que cada acción, medida e instrumento adoptado por las autoridades se ajuste y favorezca la protección más amplia de sus derechos.
Por lo anteriormente expuesto y con el fin de dar una protección más amplia a los derechos humanos para lograr un equilibrio ecológico en favor del medio ambiente que permita el verdadero goce y disfrute de los mismos, el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional votará a favor de este dictamen.
Y con relación al último párrafo del artículo 9 de la Ley General de Cambio Climático, diversas naciones han mostrado su interés en la materia ambiental, después de haber notado que el dióxido de carbono generado por la industria y el desarrollo de las actividades humanas se acumula en el medio ambiente, haciendo un efecto invernadero que provoca un aumento en la temperatura de nuestro planeta. Este calentamiento global induce a diversos efectos que han dañado a los ecosistemas no solo de México sino del planeta entero.
Además de que por esta misma situación se han vulnerado diversos derechos humanos a los que nuestro país se ha comprometido salvaguardar, como lo son el derecho a un medio ambiente sano, derecho al agua y el derecho a la vida, a la salud entre otros.
Por ello, el gobierno de la República ha asumido con mayor responsabilidad y compromiso el combate al cambio climático a través de un desarrollo sustentable y al fortalecimiento de la gestión ambiental. Situación que depende también de la participación y corresponsabilidad de diversos actores gubernamentales y sociales. Así como del cumplimiento efectivo y transparente de la legislación ambiental apoyada en la estrategia nacional de cambio climático que tiene el propósito de orientar las políticas ambientales de los tres órdenes de gobierno.
De ahí que es necesario establecer formas de organización y asociación que faciliten la formulación y aplicación de diversas políticas o programas a nivel municipal, ya que la acción municipal es de vital importancia, pues es un orden de gobierno cuyo poder de acción y gestión tienen impacto inmediato en la población.
Resulta imprescindible incorporar las disposiciones necesarias para darles oportunidad a nuestros municipios de contar con mecanismos de coordinación entre los tres órdenes de gobierno que les permitan organizarse para llevar a cabo los programas, acciones e instrumentos que potencialicen los efectos y objetivos planteados dentro de sus programas municipales con respecto al cambio climático.
Por lo anteriormente expuesto y con el fin de favorecer un trabajo conjunto entre los tres niveles de gobierno, fortaleciendo las facultades de los municipios en materia de cambio climático. Es por eso que el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional votará a favor del presente dictamen. Muchas gracias, es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada María Beatriz Zavala Peniche:Gracias, diputada. Para la discusión en lo general, le vamos a dar la palabra al diputado Fernando Belaunzarán, por el Partido de la Revolución Democrática, para hablar en contra hasta por tres minutos.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez:Gracias, presidenta. Obviamente valoraremos lo que sea dicho aquí en la tribuna al momento de votar, porque tenemos la obligación con la humanidad de combatir el cambio climático.Pero quiero, ya que estamos hablando de ecología, no quiero que quede inconcluso lo que fue un atisbo de debate con el diputado Rubén Acosta, del Partido Verde, a quien respeto mucho y por supuesto lo aludo por si quiere tomar la tribuna y que demos un ejemplo de debate republicano en esta Cámara.
Ya no pude hacerle la pregunta porque dice: Respetaremos las decisiones de las instituciones. Son otros los que no aceptan la repetición, pero desde el 31 de diciembre se prohibieron los cineminutos o llamaron a bajar los cineminutos por acuerdo en el Instituto Nacional Electoral y llevamos, estamos casi a final de febrero y siguen estando los cineminutos.
Apenas el domingo pasado patética la labor de algunos consejeros electorales, quieren hacerle a la Chimoltrufia y después de acordar algo quieren cambiar el criterio, pero lo mandaron a consulta.
Actualmente hay un desacato del Partido Verde en cineminutos a la vista de todos. Entonces, insisto ¿Por qué están mandando al diablo a las instituciones? ¿Por qué no están aceptando si es que dicen que respetan esto?
Pero más allá de esto de cineminutos, algo que pudiéramos aclarar es lo que ha sido la campaña que le llaman de informe legislativo de los candidatos. Hasta diciembre del año pasado en el monitoreo del INE hablan de 260 mil impactos, 260 mil impactos en televisión y han presentado contratos por 75 millones de pesos.
Es decir, que les dieron el spot en televisión a menos de 300 pesos, cada impacto en spot de televisión a menos de 300 pesos. Éstos son datos oficiales del monitoreo del INE. ¿De veras encontraron a alguien que les diera en menos de 300 pesos cada impacto en televisión? Pues cuántos diputados aquí no quisieran difundir sus obras legislativas por 300 pesos por spot.
Si fuera en datos comerciales que publican las televisoras habrían gastado dos mil millones de pesos, pero bueno.
Y quiero decir que el INE no ha monitoreado lo de radio y no podemos nosotros medir en cambio lo de cine minutos y espectaculares. Dicen que gastaron 120 millones de pesos, me parece que ésa es la cifra que hicieron, más 75 millones de pesos a 300 pesos por spot de promedio. La verdad es que esto no es precisamente razonable.
Yo quisiera simplemente decirle al diputado Rubén Acosta, que me gustaría seguir el debate aquí o si quiere pudiéramos hacer un debate en forma, él y un servidor y frente a la opinión pública de los medios aclarar todo esto.
Claro, si dicen que les alcanza con la subvenciones a los grupos parlamentarios, pues hagamos cuentas juntos. Yo soy el primero que ha impulsado que haya transparencia absoluta de los grupos parlamentarios, que los grupos parlamentarios sean sujetos obligados a la Ley de Transparencia, aclarémoslo en una mesa. Le hago esa aclaración para que demos un buen debate y veamos a cuánto le sale el spot y hagamos cuentas si y con esto termino, presidente 260 mil impactos por fuera de la ley.
Es decir, 260 mil impactos en televisión por fuera de los tiempos oficiales que reparte el Instituto Nacional Electoral, eso no rompe la equidad y no es una explicación de que hayan abandonado siete partidos el Consejo General del Instituto Nacional Electoral y ya esté contaminada la elección y tengamos un problema de legitimidad del próximo proceso electoral. Y por supuesto aludo al diputado Rubén Acosta, seguramente se expresará con respeto y nos puede decir por qué si son tan respetuosos de las instituciones, los cine minutos siguen sin bajarse después de dos meses y por qué volvieron a subir informes legislativos, después de que el instituto y el Tribunal Electoral habían bajado esa propaganda ilegal. Es cuanto, presidente, y le agradezco su tolerancia. Gracias.
Presidencia del diputado Tomás Torres Mercado
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Yo le agradezco a usted, diputado Belaunzarán. Si desea atender las alusiones personales explícitas el diputado Rubén Acosta, tiene inmediatamente el uso de la palabra.
Sin embargo yo hago un llamado a esta asamblea, para atender la materia de la discusión que como lo he señalado se ocupa de dictámenes relativos al cambio climático. Adelante, diputado Acosta.
El diputado Rubén Acosta Montoya:Agradezco a mi amigo y compañero diputado que me hubiera aludido, porque así él me permite darles la información correcta y tal vez es correcto también que yo se lo aclare, tanto a él, como a la sociedad en general.Nosotros hemos acatado cada una de las decisiones del Instituto Nacional Electoral. Las hemos acatado en tiempo y forma y además no las hemos cuestionado; más bien no hemos cuestionado la autonomía de la autoridad como tal.
¿Qué sí hemos hecho? Ejercer nuestros medios de defensa de manera correcta y quiero decirle, como usted lo sabe, que cada diputado tiene derecho lo repito, cada diputado tiene derecho y hay que sumarle la otra palabra la obligación de rendir un informe, y no hay ninguna prohibición en el marco jurídico que nos diga cómo no rendirlo.
Ahora bien. Nosotros acatamos tanto medidas cautelares como medidas, como ejecutorias finales, en relación a nuestros medios de transmisión y por supuesto que los suspendimos en los que el Instituto Nacional Electoral se ha pronunciado de esa forma. Es falso que desde hace dos meses no se hubiera acatado una decisión.
Por el contrario, estamos hablando de transmisiones completamente distintas y que reflejan a la población algo distinto. Y buscaremos y seguiremos buscando los medios adecuados para expresarle a la población lo que hemos hecho por ellos. Repito, lo que deberíamos de sumar aquí todos es, transmitir ustedes precisamente su labor legislativa, eso es lo que debería de ser.
Ahora, en relación a los recursos, lo hemos manifestado públicamente y lo manifestamos hoy aquí para que quede claro. Nuestras prerrogativas como grupo parlamentario las hemos enfocado correctamente en lo que nos permite la ley. Usted tiene amplio conocimiento en materia electoral y sabe perfectamente que el tribunal ya se había pronunciado de manera positiva en el uso de esos recursos. Es tan simple como eso.
¿Ustedes qué deberían de hacer? Enfocar sus recursos de la manera correcta. Nosotros los enfocamos para servirle a la gente, nosotros los enfocamos para informarles lo que hemos hecho por ellos. Es cuanto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Tiene el uso de la palabra la diputada Roxana Luna Porquillo, del PRD, para hablar en pro del dictamen.
La diputada Roxana Luna Porquillo:Compañeros y compañeras diputados. Está comprobado que el deterioro ambiental impacta determinantemente a la autosuficiencia alimentaria, en la calidad de vida, en los derechos económicos, sociales y culturales, y así sucesivamente en los demás derechos humanos.En los últimos años hemos experimentado con alarma las alteraciones importantes en el clima del planeta en los efectos directos de degradación del medio ambiente tales como la desertificación en las zonas de los países pobres o en los aumentos en los huracanes, desbordamiento de ríos y graves inundaciones.
Si bien es cierto que la Ley General de Cambio Climático no hace referencia a la protección de derechos humanos, esta pequeña reforma fortalece al compromiso que hemos impulsado como grupo parlamentario del PRD, por lo cual votaremos a favor.
México es parte de tratados internacionales en convenciones de derechos humanos y de los principales instrumentos internacionales de protección al medio ambiente y cambio climático, entre los que se encuentran: la Convención sobre el Comercio Internacional de las Especies Amenazadas de la Fauna y Flora de 1973; el Convenio de Viena sobre la Capa de Ozono de 1985; el Protocolo de Montreal sobre la Capa de Ozono de 1987; el Convenio de Basilea sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación de 1989; Convenio Internacional sobre la Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación de Hidrocarburos de 1990; el Convenio Marco sobre el Cambio Climático de 1992; el Convenio sobre la Diversidad Biológica de 1992; la Convención de Naciones Unidas de la Lucha contra la Desertificación y Sequía y, el Protocolo de Kioto sobre el Cambio Climático de 1997.
Sin duda, México se encuentra a la vanguardia de la firma de compromisos en derechos ambientales, así como garantizar, prevalecer los derechos humanos, pero también es cierto que México es el primero de los países que violenta la norma, y es claro hoy con lo que vamos a vivir por la reforma energética.
Con la reforma energética el sector más violentado va a ser los derechos humanos, pero también el medio ambiente, el ecosistema y las áreas naturales, ya que se pone en riesgo en autorizar a las industrias el poder establecerse en estas zonas de reserva ecológica.
Esto va a traer como consecuencia que se puedan autorizar los cambios de uso de suelo, va a traer como consecuencia que se garantice a la expropiación para el ejido o para las zonas indígenas. Es por eso que en este momento es necesario establecer estas leyes, sino que realmente hasta dónde se está garantizando por parte de los tres niveles de gobierno en garantizar que se proteja el medio ambiente, y no por medio de discursos que finalmente son hoy los negocios de los grandes políticos para garantizar negocios a través de empresas trasnacionales.
Por eso el exhorto a que tengamos cuidado para la autorización del cambio de uso de suelos y también para dejar claro que la violación de los derechos humanos para poder implementar este tipo de programas y poder implementar la reforma energética, va a garantizar la violación de estos derechos. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Luna Porquillo. Para hablar en contra del dictamen tiene el uso de la palabra la diputada Zuleyma Huidobro González, de Movimiento Ciudadano.
La diputada Zuleyma Huidobro González:Con su permiso, presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante, diputada.
La diputada Zuleyma Huidobro González: Claro que estamos a favor del dictamen para la protección a los derechos humanos que son vulnerados por los efectos del cambio climático. Pero siempre vamos a estar en contra de que aquí se violen los derechos de los diputados, porque aquí no se quiere escuchar la verdad, no se quiere escuchar la realidad sobre la crisis de nuestro país. Pero tampoco nos sorprende porque aquí hay muchos: farsantes, corruptos, traficantes y mercaderes de la ecología.
Porque también es evidente lo que se busca, quieren que hablemos de lo que a ustedes sólo les interesa, que es de sus promesas cumplidas, pero nosotros no nos vamos a distraer con sus mentiras porque es evidente lo que se busca: posicionar al Partido Verde en la mente de los ciudadanos, a fin de que el PRI recupere los puntos que ha perdido en todo este tiempo con las reformas aprobadas, por la crisis económica, pero sobre todo por sus escándalos de corrupción.
Y tampoco nos sorprende a nosotros que el INE un INE que no es ni institucional ni es nacional garantizará las elecciones limpias y equitativas en este país, porque siempre actúan bajo consigna de los partidos que los apoyaron para ocupar este lugar. Sí, por ustedes, los mismos diputados.
Nosotros no nos vamos a distraer con sus mentiras, nosotros queremos que se hable en esta tribuna de todas las irregularidades que encontró la Auditoría Superior de la Federación en el gasto público 2013, por ejemplo, de esos millones mal utilizados en la Cruzada contra el Hambre o de los millones de pesos que se utilizaron en esta Cámara de Diputados y que no han sido comprobados, o que seguramente estarán en el gasto de los cineminutos o de los spots que está implementando el Partido Verde, de esos son los temas que debemos de hablar y discutir en esta tribuna. Y si nos quieren coartar el derecho a expresarnos volveremos a seguir insistiendo en estos temas. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputada Huidobro. José Luis, diputado José Luis Valle Magaña, hablará en pro del dictamen, de Movimiento Ciudadano, y hasta por tres minutos como lo han hecho quienes le han precedido en el uso de la palabra.
El diputado José Luis Valle Magaña:Con su venia, señor presidente. Diputadas y diputados, el cambio climático es un problema que aunque muchos ubican en nuestro futuro es ya una realidad en nuestro país. Sus repercusiones ya se hacen notar en nuestro territorio y el panorama futuro no resulta muy prometedor.Los escenarios del cambio climático para México son alarmantes, sobre todo porque el país carece de los recursos para enfrentar y mitigar los impactos de este fenómeno, además de poseer una elevada vulnerabilidad social, económica y política.
Actualmente en México podemos identificar problemas palpables, como son estragos en bosques, zonas de cultivo, cuencas hidrológicas, zonas urbanas y costeras. Éstos y otros factores hacen que el cambio climático sea un problema de nuestro presente que se debe de enfrentar a la brevedad.
Si bien es cierto que nuestro país tiene poca o casi nula culpabilidad de la gravedad que este fenómeno representa para el mundo, ya que no estamos dentro de los países que más CO2 producen, sí somos uno de los más vulnerables a este fenómeno.
El tema prioritario el día de hoy para nuestro gobierno debe ser el cambio climático, sin embargo no se han puesto en marcha las acciones necesarias para llevar a cabo programas, ya que son necesarios los recursos económicos y los marcos jurídicos, así como la voluntad política que garantice la protección e implementación de las estrategias viables para su consideración.
Se debe impulsar políticas públicas de coordinación y conceptualizar trasversalmente los criterios recomendados por los organismos de las Naciones Unidas para su aplicación, dándole relevancia, eficacia y perfeccionamiento a los ordenamientos legales que protegerán a las nuevas generaciones del deterioro ambiental y el cambio climático, que son los peligrosos escenarios de alteración climática a los que se enfrenta la humanidad a partir de los resultados de nuestras propias acciones.
Lo que hoy se propone en el presente dictamen es la necesidad de que los municipios cuenten con mecanismos jurídicos que permitan su coordinación para llevar a cabo programas, acciones e instrumentos que permita potenciar los efectos y objetivos planteados dentro de las políticas municipales de cambio climático.
En congruencia con nuestra responsabilidad ambiental para las nuevas generaciones, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor del presente dictamen. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado. Tiene el uso de la palabra el diputado Ricardo Mejía Berdeja, para hablar así aparece en el registro en contra del dictamen.
Inmediatamente después, le daremos el uso de la palabra al diputado Ossiel Omar Niaves López. Y aunque tengo otros registros preguntaremos a la asamblea en votación económica si el asunto está suficientemente discutido, en la fase procesal correspondiente.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja:Con su venia, presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante, diputado.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja: La amenaza del cambio climático crece en América Latina. Tormentas e inundaciones están destrozando hogares y cultivos. La elevación del mar destruirá ecosistemas y asentamientos costeros y causará la muerte de poblaciones de peces que alimentan a miles de comunidades.
Combinados estos impactos tendrán un profundo efecto en derechos humanos fundamentales, como el derecho a un ambiente sano, a la comida, a la alimentación, al agua y a una vida digna.
Los estados según la Convención Americana de Derechos Humanos y el derecho internacional tienen la obligación de utilizar todos los medios disponibles para evitar que actividades perjudiciales, como la contaminación, causen daños significativos al ambiente de otras naciones.
Respecto al cambio climático, estas obligaciones son particularmente relevantes para los países desarrollados, responsables de contribuir histórica y actualmente en mayor proporción a la situación del cambio climático generado por el hombre.
Esto afecta fundamentalmente a comunidades en situaciones de vulnerabilidad, incluida la gente en condición de pobreza, las mujeres, los niños, los grupos étnicos estructuralmente discriminadas y las personas mayores, quienes son a medida más afectadas por desastres naturales y climáticos. Esto pasa también de manera relevante en los pueblos indígenas tradicionales y en los pueblos rurales.
Por esta razón, el tema de derechos humanos y medio ambiente es un tema poco explorado en nuestra legislación y no puede quedar simplemente como propone el dictamen, en una referencia general a los derechos humanos y al cambio climático.
Consideramos, además, que esta legislatura ha sido omisa en temas que verdaderamente afectan a comunidades enteras, como el tema de la fractura hidráulica o fracking, donde no se quiso legislar en la reforma energética.
Y de no ser por la debacle del precio del barril, por el poco atractivo de las inversiones extranjeras para explotar el gas de lutitas, ahorita el país estaría invadido de piratas, de mercaderes que vendrían a acabar con nuestro medio ambiente, lo cual vendría a afectarse más por el cambio climático.
Por eso, coincido con la diputada Huidobro, en que hay mercaderes de la ecología, traficantes que únicamente reivindican en el discurso estos temas, pero que cuando son temas como lo del río Sonora, como lo de Pastas de Conchos, como el tema de fractura hidráulica se quedan callados, porque ahí hay dinero de por medio, hay intereses, hay contubernio y hay corrupción.
Por eso estas reformas, junto con todos los dictámenes que se han discutido el día de hoy, son reformas simplemente para pasar el rato legislativo, no son cambios de fondo, y por eso no podemos convalidarlo porque es un cambio cosmético, es un cambio propagandístico y no se afecta en el fondo a los intereses que están dañando al medio ambiente y afectando a las comunidades que hoy sufren con cárcel sus reclamos, sufren con cárcel haberse opuesto a proyectos depredadores, como en los casos de Puebla y otros estados del país. Es cuanto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado. Tiene el uso de la palabra el diputado Ossiel Omar Niaves López, del Grupo Parlamentario del PRI, para hablar en pro del dictamen.
El diputado Ossiel Omar Niaves López:Con su venia, diputado presidente. Vengo a hablar a favor de los dos dictámenes, el tercero y el cuarto, pero el tercero quiero mencionar que lo presenté pocos días antes que se llevara a cabo la Vigésima Conferencia Nacional e Internacional sobre Cambio Climático, en Perú, donde asistió el presidente de la república, licenciado Enrique Peña Nieto, para ratificar los compromisos de nuestro país para hacer frente a este fenómeno mundial.En este evento de gran trascendencia para la vida del planeta, el primer mandatario, con toda responsabilidad afirmó que si bien el cambio climático es causa de los seres humanos, también los seres humanos podemos ser la solución.
En este tenor, con esta propuesta formulada por un servidor se pretende nutrir la conciencia no solo de los encargados de diseñar, instrumentar y aplicar la política referente al cambio climático sino también la conciencia colectiva, siendo necesario hacer énfasis de que también los fenómenos globales repercuten en el pleno goce de nuestros derechos humanos, como son la alimentación, a un medio ambiente sano, vivienda, etcétera.
El pensamiento social del siglo XXI debe seguir observando el respeto a otros derechos humanos, lo cual conlleva observar no solo el respeto sino el amor a nuestra casa universal, el planeta Tierra.
Como lo mencioné en el cuerpo de la iniciativa, el marco jurídico ambiental nacional e internacional ha recogido las exigencias que marca la dinámica económica global, y al mismo tiempo la sustentabilidad.
Con ello, todos los miembros de la ciudad estamos constreñidos a acatar los principios aceptados universalmente para mantener nuestro planeta en un equilibrio óptimo.
Si bien México es un emisor moderado de los gases de efecto invernadero, ello no quiere decir que nuestro papel deba ser proporcional a nuestra incidencia en el cambio climático.
Por el contrario, el compromiso en nuestro país con la comunidad internacional debe dar la oportunidad para demostrar al mundo que con acciones firmes México está a la vanguardia en el marco jurídico al adoptar las medidas necesarias para procurar la resiliencia de estos fenómenos.
Aunque nuestro país sea proporcionalmente moderado en su actividad industrial, sabemos muy bien de los estragos causados año con año por el cambio climático, de enfrentar severas inundaciones, y por supuesto, sequías que presentan en nuestro territorio, las cuales perturban la vida de millones de mexicanos.
Es así que el reto del cambio climático es un problema más grave del medio ambiente a nivel internacional, porque constituye un desafío social y económico que afecta el disfrute de los derechos humanos en su totalidad.
La interdependencia de los derechos humanos, como es el caso de derechos del medio ambiente y el derecho al desarrollo, es más evidente cuando hablamos de la relación que se establece en el cambio climático y derechos humanos.
Tomando conciencia de ello, es loable que todos los miembros de la ciudad actuemos en consecuencia y le permita a nuestro planeta seguir respirando sanamente. El poner, cada uno de nosotros, lo que corresponde. Porque al disfrutar de un medio ambiente sano es factible disfrutar de todos los demás derechos.
Es por ello que la aprobación de este dictamen en la Ley General de Cambio Climático será por ministerio de ley que se deberá observar la preservación y protección de los derechos humanos al formularse la política sobre cambio climático.
Por todo ello vengo a pedirles el voto en pro de los dictámenes tres y cuatro, porque estamos a favor de un modelo de desarrollo sostenible, que al mismo tiempo procure el pleno goce y disfrute de los derechos humanos.
Estamos a favor de México con... pero sobre todo, estamos a favor de entregar un mejor planeta a las futuras generaciones. Por último, quiero mencionar a mis compañeros legisladores que me antecedieron y que no se enfocaron a los temas de cambio climático, que por favor nos dediquemos a los temas que estamos abordando, tal parece que están anunciando su futura derrota en las próximas elecciones.
Por supuesto, en el PRI nos ganamos la voluntad con trabajo y ya con ello, y estrategias ellos sabrán que harán. Pero sobre todo en el PRI trabajamos para buscar una mejor oportunidad para los mexicanos. Muchas gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Consulte la Secretaría si el asunto se encuentra suficientemente discutido en lo general, en votación económica.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse a manifestarlo. Las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse a manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, señora secretaria.
En razón de que no tenemos registrado reservas para la discusión en lo particular del dictamen, proceda la Secretaría a ordenar se abra el sistema electrónico a votación por cinco minutos para recibirla en lo general y en lo particular en un solo acto.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Hágase los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder en la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.
(Votación)
Presidencia del diputado Silvano Aureoles Conejo
El Presidente diputado Silvano Aureoles Conejo: Cierre el sistema de votación.
El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Presidente.
Presidencia del diputado Tomás Torres Mercado
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Está abierto el sistema electrónico, diputado. Ordene la Secretaría se cierre el sistema electrónico.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Ciérrese el sistema electrónico de votación. De viva voz, por favor, diputados.
El diputado Carlos Humberto Aceves y del Olmo (desde la curul): A favor.
El diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (desde la curul): A favor.
El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (desde la curul): A favor.
El diputado Ricardo Villarreal García (desde la curul): A favor.
El diputado Ricardo Monreal Ávila (desde la curul): A favor.
La diputada Landy Margarita Berzunza Novelo (desde la curul): A favor.
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Gracias. Se emitieron 393 votos a favor, 4 abstenciones y 1 en contra.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos, el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
Continúe la Secretaría con proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno, específicamente de la Junta de Coordinación Política.
PROPUESTAS DE ACUERDO DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria para ampliar la prórroga dispuesta en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y en el artículo 22 fracción V de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015.
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que suscriben diversos diputados integrantes de los grupos parlamentarios, por el que se somete a consideración del Pleno el siguiente
Acuerdo
Único.La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria para que se amplíe la prórroga dispuesta en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre del año 2014 y en el artículo 22 fracción V de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, para presentar las declaraciones bimestrales sobre impuesto sobre la renta de los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Ricardo Anaya Cortés (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, diputado Juan Ignacio Samperio Montaño (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco, Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Continúe la Secretaría. Bien era el propósito de dar cuenta a la asamblea con otra proposición de la Junta de Coordinación Política. Nos ocupamos entonces este relativo al Régimen de Transición de Incorporación Fiscal de Pequeños y Medianos Contribuyentes.
En atención, estimadas diputadas y diputados, al número de solicitudes para participar en este tema, reglamentariamente, técnicamente lo procedente sería escuchar un orador en contra y uno en pro, e inmediatamente pedir a la Secretaría que consulte si se encuentra suficientemente discutido.
Sin embargo, para darle equilibrio y reconociendo los derechos de todos los grupos parlamentarios, le otorgaremos el uso de la palabra a uno orador, asumiendo un orador por grupo parlamentario, asumiendo la modalidad de fijación de posturas.
Por esa virtud le otorgamos el uso de la palabra al diputado Gerardo Villanueva Albarrán, para que fije la correspondiente a la Agrupación Morena. Hasta por tres minutos, señor diputado.
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán:Con su venia, diputado presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Adelante, tiene la palabra.
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán: Es importante precisar cómo llegamos a este punto en el que por una decisión equivocada, yo diría incluso ruin para el pequeño comercio, para el pequeño contribuyente, en lo que llamaron muy pomposamente la reforma fiscal, que no fue por desgracia más que una búsqueda desesperada de conseguir dinero y no de conseguir dinero de donde lo hay, es decir, en la mafia del poder económico que se asocia a la mafia del poder político.
Todo mundo sabemos que en este país por cada millonario que aparece en la Revista Forbes hay un millón de mexicanos que está en la lista de los pobres del gobierno federal y que carecen de lo más indispensable.
Este país vivió a partir del primer día del año 2014 el incremento de los impuestos a los pequeños contribuyentes, a la clase media, a los profesionistas y al empresariado promedio. No tocaron a los Carlos Slim, a los Emilio Azcárraga, a las televisoras, a las banqueras, en fin.
Sabemos que esa reforma afectó fundamentalmente a los sectores medios de este país. El acuerdo lo tuvieron el PRI, el PAN y el PRD y votaron en ese sentido para incrementar y buscar dinero en todos los alimentos procesados, por ejemplo, se hablaba de que no habría IVA en alimentos y sin embargo más de 100 productos de consumo generalizado subieron el primero de enero de 2014 entre un 8 y un 14 por ciento.
El país lo que necesita es austeridad en un programa que nosotros hemos propuesto con toda puntualidad, y la otra es, más impuestos ¿Para qué? Cuando se compra un avión presidencial de millones de dólares y cuando se gasta como si las vacas estuvieran gordas en todo el gobierno, independientemente del nivel del que se trate, federal, local o municipal vivimos del dispendio y del gasto irracional.
Estamos de acuerdo con la prórroga, desgraciadamente eso no soluciona la problemática de los pequeños contribuyentes a quienes se les ha obligado a gastar más en bancarizar sus trámites, en pagar asesores fiscales, abogados, contadores; la verdad es que es una ruindad lo que hicieron PRI, PAN y PRD con la reforma hacendaria y ahora quieren hacer una pequeña corrección, no se vale. Morena sin embargo va a favor, porque es lo menos que podemos hacer con los pequeños contribuyentes. Es cuanto.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias don Gerardo Villanueva. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, tiene el uso de la palabra la diputada María Sanjuana Cerda Franco, hasta por tres minutos.
La diputada María Sanjuana Cerda Franco:Con su permiso, diputado presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Tiene la palabra, diputada.
La diputada María Sanjuana Cerda Franco: Gracias, qué amable. Compañeras diputadas y compañeros diputados, buenas tardes.
En mi partido tenemos como un eje fundamental de acción también la defensa de los derechos de los contribuyentes, y hemos fijado posturas para garantizar que el sistema fiscal mexicano se apegue a los principios de equidad y proporcionalidad que establece la Constitución.
Estamos convencidos de la necesidad de fortalecer la capacidad recaudatoria del Estado mexicano para garantizar que quienes más tienen, más paguen, como una forma de establecer un sentido de justicia tributaria que permita diseñar mecanismos de redistribución de ingresos.
El presente punto de acuerdo es muy relevante porque busca ser flexible a los plazos para el cumplimiento de una obligación que se ha complicado a los contribuyentes adheridos al régimen de reincorporación fiscal. A la vez, el punto de acuerdo puede tener el efecto de incidir en el estímulo a la formalidad en las actividades económicas y laborales.
Derivado de lo anterior, el acuerdo de la Junta de Coordinación Política plantea exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria para que se amplíe la prórroga para presentar las declaraciones bimestrales sobre impuestos sobre la renta de los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal.
Como es sabido, el Régimen de Incorporación Fiscal, mejor conocido como RIF, vino a sustituir al Régimen de Pequeños Contribuyentes, a los Repecos, con la intención de ser un régimen transitorio que permitiera principalmente a los Repecos y a los que se encuentran en la informalidad transitar hacia un tratamiento mucho más favorable y simplificado para pagar el impuesto sobre la renta.
El contexto bajo el cual nace el RIF está relacionado con los abusos sistemáticos de muchos contribuyentes del Repecos, lo cual obligó a la autoridad imponer requisitos cada vez más complicados para mantener beneficios, como la tasa fija de un Repeco.
En tal sentido, la reforma hacendaria planteó la creación de del RIF como una solución al abuso que se tenía en el anterior régimen y como una alternativa para incorporarse a la formalidad, por el beneficio de que el impuesto que se determine se podrá disminuir conforme a los porcentajes y de acuerdo al número de años que tengan tributando en el régimen.
Así pagara el primer año el 0 por ciento y a partir del segundo año se irá incrementando en un 10 por ciento progresivamente el pago del impuesto de acuerdo a la Ley del Impuesto sobre la Renta.
No obstante que se procuró hacer un régimen enunciativamente sencillo es evidente que se han presentado diversas complicaciones tanto por parte de los contribuyentes como de la autoridad, ya que el artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta obliga a hacer declaraciones bimestrales con la advertencia de que en caso de no cumplir no podrán volver a tributar en los términos del RIF, lo que resulta muy agresivo para el contribuyente.
En cuanto al estímulo a la formalidad cabe mencionar que el Servicio de Administración Tributaria reportó que en el primer semestre de 2014 se incorporaron más de 700 mil contribuyentes al Régimen de Incorporación Fiscal, para llegar a un total de más de 4 millones de contribuyentes. Es decir, el RIF en el mediano plazo debe tener un impacto positivo en el incremento de la formalidad, lo que habrá de fortalecer la capacidad recaudatoria del Estado mexicano.
Con base en lo anteriormente expuesto el Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza votará a favor del presente acuerdo, a fin de que se amplíe la prórroga para presentar las declaraciones semestrales del impuesto sobre la renta de los contribuyentes adheridos al Régimen de Incorporación Fiscal y se puedan seguir adhiriendo o incorporando a la formalidad fiscal laboral y de seguridad social. Es cuanto, señor presidente y gracias por su comprensión y tolerancia.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias a usted, diputada Sanjuana Cerda. Tiene el uso de la palabra el diputado Francisco Coronato Rodríguez, de Movimiento Ciudadano, para fijar la postura que vea pertinente, hasta por tres minutos, con referencia al tema.
El diputado José Francisco Coronato Rodríguez:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, como ustedes bien saben el caminar de los comerciantes que anteriormente tributaban bajo el régimen de pequeños comerciantes, y que hoy de manera forzosa y sin tomarlos en cuenta los han pretendido migrar al régimen de incorporación fiscal, no les ha sido nada fácil.En lo personal los hemos ido acompañando de la mano en ese caminar tortuoso en reuniones de trabajo con diversas autoridades en la materia. Hemos presentado iniciativas que ellos mismos han elaborado, así como puntos de acuerdo, incluso un recurso de acción de inconstitucionalidad que desafortunadamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación al emitir su fallo no entró al estudio del fondo del asunto, generándose como consecuencia una resolución en sentido opuesto al esperado.
De igual manera, el 1 de agosto pasado en este mismo recinto, los coordinadores de todas las fracciones legislativas, así como algunos legisladores recepcionamos a una comisión que representaba al gremio de comerciantes inconformes de diferentes estados de la república, en la cual se llegó a acuerdos que afortunadamente vemos que poco a poco se van materializando gracias a la voluntad política incluso de los señores coordinadores parlamentarios.
Celebramos que la Junta de Coordinación Política haya retomado el tema mediante este punto de acuerdo, ya que actualmente existen cinco iniciativas pendientes por dictaminarse en la C omisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara respecto al sector, así como diversos puntos de acuerdo.
Día a día escuchamos una serie de inconformidades por parte de comerciantes afectados con este cambio de régimen, estableciendo nuevos requisitos de tributación para quienes se adhieran al régimen de incorporación fiscal, como lo es el de entregar a sus clientes comprobantes fiscales por sus ventas o prestación de servicios, debiendo expedir dichos comprobantes de manera digital, debiendo realizarlo mediante el ingreso a la página de internet del Servicio de Administración Tributaria.
Sin embargo, no se debe de perder de vista que este régimen estaba dirigido a personas físicas con actividades empresariales que tuvieran baja capacidad de ingreso, por ello la ley les permitía una simplificación administrativa que consistía en no llevar una contabilidad formal ni tener como obligación la expedición de comprobantes con requisitos fiscales, siempre y cuando sus ingresos no excedieran de los 2 millones de pesos.
El régimen de pequeños contribuyentes fue diseñado con el propósito de combatir los altos niveles de comercio informal que existen en nuestro país, sin embargo con esta reforma se generará a corto y mediano plazo un mayor índice de informalidad. En suma, el nuevo régimen representa más una amenaza para el sector económico por demás importante de nuestro país, que una alternativa fiscal que les genere beneficios.
Por todo ello, reconocemos la apertura de los coordinadores legislativos de esta Cámara y por todo lo anterior el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor de este punto de acuerdo, con la finalidad que esta prórroga permita que la Comisión de Hacienda dictamine las iniciativas correspondientes. Es cuanto, compañeras y compañeros.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado, es un honor, diputado. Diputado Carlos Castellanos Mijares, hasta por tres minutos tiene el uso de la palabra para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde. Tiene la palabra, don Carlos.
El diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares:Muchas gracias. Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, con la entrada en vigor de la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta se eliminó el régimen de pequeños contribuyentes y el régimen intermedio para transformarse en uno nuevo denominado régimen de incorporación, el cual busca otorgar opciones a contribuyentes de baja capacidad contributiva y administrativa a través de la inclusión a la formalidad y simplificación de trámites fiscales y administrativos.Algunos de los aspectos primordiales a considerarse es que a partir de 2014 todas las personas que tenían un pequeño negocio y no estaban dadas de alta ante el Servicio de Administración Tributaria podían incorporarse en un plazo de 10 años.
Una de las principales características de este cambio de régimen es que el régimen de pequeños contribuyentes dejará de pagar una cuota fija bimestral sin hacer ningún cálculo ni determinación de impuestos, en donde su única obligación era emitir notas de venta cuando sus operaciones superaran el monto de 100 pesos y sin la necesidad de recibir facturas por parte de sus proveedores.
En este nuevo régimen tributarán las personas físicas que realicen actividades empresariales, enajenación de bienes y prestación de servicios, por lo que no se requerirá para su realización título profesional, además de que en el ejercicio inmediato anterior no hayan obtenido ingresos mayores a dos millones de pesos.
El impuesto que habrá de generarse se calculará y se enterará en forma bimestral mediante el sistema que determine el Sistema de Administración Tributaria, mismo que tendrá el carácter de definitivo y se pagará a más tardar el día 17 de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente.
Dentro de las bondades de dicho sistema se tiene que la obtención de la utilidad fiscal se dará a través de los ingresos en efectivo, bienes o servicios correspondientes al bimestre, a los cuales se le restarán las deducciones autorizadas estrictamente indispensables y las erogaciones efectivamente realizadas por la adquisición de activos, gastos y cargos, así como la participación de los trabajadores en las utilidades.
Por lo que hace a las obligaciones de las personas que tributen en dicho régimen, principalmente deberán inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes; deberán conservar comprobantes que reúnan los requisitos fiscales correspondientes; registrar sus ingresos, egresos, inversiones y deducciones, a través del mecanismo definido por el SAT; entregar a sus clientes comprobantes fiscales y para ello dicho sistema dispone en Internet de un programa gratuito para la emisión de facturas, o bien, puede contratarse el servicio de algún proveedor autorizado.
Asimismo, presentar a más tardar el día 17 inmediato del mes posterior a aquel en que corresponde el pago, declaraciones bimestrales, pagar el impuesto sobre la renta correspondiente, además de informar los datos de ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores.
De no presentarse esta declaración en dos formas consecutivas o en cinco ocasiones durante los 10 años de este régimen, se dejará de tributar en este régimen y se tributará en el régimen de actividad empresarial y profesional.
Finalmente, para efectos del impuesto al valor agregado, las declaraciones también se presentarán en forma bimestral y no estarán obligadas a presentar declaración informativa siempre y cuando presenten la información de los proveedores a que se hizo referencia con antelación.
Respecto de lo manifestado, existen quienes aseguran que con dicha transformación se incrementarán los costos administrativos a los contribuyentes, así como la imposición de labores relacionadas a la revisión de comprobación fiscal y a la emisión de facturas electrónicas, en general a un incremento en la carga fiscal. Sin embargo, ello no es así.
Si bien la inclusión al régimen de incorporación fiscal define obligaciones, lo cierto es que la formalidad retribuirá en beneficio de los nuevos contribuyentes, pues a partir termino señor presidente de su formalización se convienen en sujetos de derecho, ejemplo de ello es el programa Crezcamos Juntos que otorga beneficio para obtener accesos a vivienda, a los servicios de salud y de seguridad social, así como al financiamiento en beneficio de su propio negocio o empresa.
Coincidimos con la definición de los criterios generales de política económica para nuestro país. Estamos convencidos de que uno de los objetivos prioritarios consiste en democratizar la productividad. Es decir, tomar las medidas necesarias para que se dé un incremento generalizado de la productividad de la que participen todos los sectores, en donde el factor clave para conseguirlo sea la reducción de la informalidad.
Por todo ello, el Partido Verde Ecologista de México se manifiesta a favor del presente punto de acuerdo, ya que estamos convencidos de que dicha transformación como mecanismo de inclusión abona a la solución del problema de desigualdad económico que tanto afecta a nuestro país. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado Castellanos. Diputado Fernando Cuéllar Reyes, para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRD, tiene la palabra. Adelante, Fernando Cuéllar.
El diputado Fernando Cuéllar Reyes:Con su venia, diputado presidente. Sin duda, compañeras y compañeros, nuestro Grupo Parlamentario del PRD apoya, suscribe lo que se acordó en la Junta de Coordinación Política respecto a este punto de acuerdo que es fundamental, y quiero explicar por qué.En primer lugar, hay que ubicar que el impacto que actualmente se tiene en los pequeños contribuyentes, pequeños negocios, muchas familias, que día a día tienen que generar posibilidades para su familia, y que sin duda, desde un sistema fiscal que los aprieta, que no les da posibilidades, pues requiere, en ese sentido, una gran sensibilidad.
Yo quisiera decirles, apoyando, evidentemente, a nuestros compañeros diputados que han venido planteando este tema, que el PRD, de hecho nosotros fuimos los que presentamos dentro del artículo 22, la fracción V de la Ley de Ingresos de la Federación, que para 2015 se lograra introducir una prórroga para la presentación de declaraciones trimestrales hasta enero de 2015.
Es decir, se tuvo esta prórroga. Hoy se está planteando que en virtud de las condiciones del poco crecimiento del desarrollo económico y del impacto que tiene en los que menos tienen, es justo, es necesario.
Pero por otro lado también, nosotros los legisladores estamos en la disyuntiva de cómo poder equilibrar.
Tampoco sirve seguir planteando y pateando el bote. Yo creo que hoy en la Constitución Política es claro que obliga, desde la Constitución obliga a la proporcionalidad como principio fiscal mundial que conmina al Estado a procurar un Estado de impuestos de la totalidad de la sociedad.
Es decir, cómo le hacemos para que el Estado, para que nosotros, desde estos espacios se hagan los diseños institucionales y se generen las condiciones para que este principio constitucional rector sea factible.
¿Cómo lo hacemos? ¿Cuándo? Por otro lado, las condiciones de estos pequeños contribuyentes no se les dan las posibilidades operativas.
Y ahí es donde no podemos seguir pateando el bote. Nosotros vamos de acuerdo con este punto, pero creemos que también el SAT ha hecho un gran esfuerzo, ha hecho un trabajo muy importante para ir buscando soluciones. Y entonces, cómo equilibramos este principio de constitucionalidad, de proporcionalidad, pero al mismo tiempo no resuelve que sigamos pateando el bote y tendremos que encontrar una solución para que estos pequeños contribuyentes, que es una parte muy importante de la sociedad mexicana, en un contexto de crisis económica, de recesión económica, tengan las posibilidades.
Entonces, el PRD ya dio muestras, fuimos lo que propusimos que en la Ley de Ingresos esto se fuera hasta este año y hoy estamos de acuerdo a que se haga esta prórroga. Siempre y cuando se asuma de manera responsable con la autoridad, con el SAT y que juntos desde aquí también encontráramos un diseño que busque dar una respuesta más favorable a este sector. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, diputado don Fernando Cuéllar Reyes. Para expresar la posición del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, tiene el uso de la palabra el diputado Juan Bueno Torio, hasta por tres minutos, diputado con la tolerancia del caso-.
El diputado Juan Bueno Torio:Compañeras y compañeros. El Partido Acción Nacional sin duda saludamos y vemos con beneplácito el acuerdo de todas las fuerzas políticas aquí en la Cámara de Diputados, para votar a favor este punto de acuerdo.Sin embargo, tenemos mucho tiempo en el PAN expresando que la miscelánea fiscal recaudatoria -y que hoy vemos recesiva- que nos impusieron hace un año para el ejercicio fiscal 2014 el PRI y el propio gobierno, ha sido un fracaso. Ya vimos como creció la economía -apenas menos que mediocre-, 2 por ciento en el año 2014.
Pero hoy también en este tema que tampoco ha funcionado, que es el de régimen de incorporación fiscal, estamos planteando que se permita a los pequeños contribuyentes tributar bajo el anterior régimen de pequeños contribuyentes y que sea optativo si quieren ir por el régimen de incorporación fiscal o quieren regresar al régimen de pequeños contribuyentes. No ha funcionado y por eso lo estamos planteando.
Y no ha funcionado porque los compañeros amigos de la Secretaría de Hacienda, no entienden y no conocen la realidad de México, no conocen la realidad de nuestro país. No conocen que un taxista que cobra 20 pesos o 30 o 50 por una dejada no puede estar haciendo facturas. No conocen que un productor campesino de campo, ejidatario, comunero, que apenas vende y puede vender su producto tenga que hacer una factura electrónica por favor-, cuando en el campo ni siquiera hay cobertura de internet en todo nuestro país.
Son temas que debemos de reconocer que no están funcionando. Hay este sector de contribuyentes que quiere cumplir con sus obligaciones fiscales, pero las nuevas ideas de los compañeros de Hacienda no se los permiten.
Es importante que retomemos este tema. Este punto de acuerdo, que como digo -lo han hecho suyo todos y que todos los grupos parlamentarios lo van a votar a favor-, sabemos que pasa con estos puntos de acuerdo, son desafortunadamente buenas intenciones y la eficacia queda muy en duda porque quien debe ejecutar el punto de acuerdo no tiene la voluntad política para hacerlo.
Debemos reconocer en ese número, en esas millones de personas, de familias que hay en el país, que todos los días llevan el sustento para su casa en una actividad productiva de pequeños montos, darle la oportunidad de que puedan tributar bajo el nuevo régimen de pequeños contribuyentes.
Coincidimos también con la publicidad de nuestros compañeros del PRI, que quieren que los mexicanos sean felices. Sí, nosotros en el PAN también queremos que los mexicanos sean felices. También dicen que debemos de trabajar por lo que la gente quiere, cuando dicen queremos lo mismo que tú. El PAN también lo quiere.
El PAN también quiere que estas personas sean felices, que puedan contribuir, que puedan trabajar para llevar el sustento a cada una de sus familias, como es la necesidad manifiesta que siempre tienen. Pero nosotros en el PAN actuamos en consecuencia, no lo decimos de dientes para afuera.
Las micro, pequeñas y medianas empresas, esos millones de mexicanos que se la juegan con México también quieren su felicidad y por ellos es que queremos nosotros que tengan la opción de poder tributar bajo el régimen de pequeños contribuyentes.
Hay iniciativas puestas en la Comisión de Hacienda que están en la congeladora, una particularmente de mi compañera Margarita Licea, que ha estado insistiendo a que se dictamine por muchos y muchos tiempos. Pues por ellos, compañeras y compañeros, para que se atienda lo que quieren y que sean felices, les invito a dictaminar hoy.
Sí compañero Fernando Cuéllar, no pateemos el bote, los invito a dictaminar hoy una iniciativa que presenté el 19 de febrero, que está precisamente agendada en el orden del día de hoy. Y por eso señor presidente, le quiero solicitar...
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Dígame, diputado.
El diputado Juan Bueno Torio: ...y le agradezco su tolerancia con el tiempo. Le solicito amablemente, que una vez discutido este tema y terminada la discusión del presente punto de acuerdo, por la urgencia que tienen estas familias de mexicanos, por la necesidad de atender sus propios intereses y su libertad de tributación, consulte usted a la asamblea en votación nominal la dispensa de todos los trámites y de los turnos a la iniciativa que presenté el día 19, con respecto a la reforma al Impuesto Sobre la Renta referido al Régimen de Incorporación Fiscal y al Régimen de Pequeños Contribuyentes, y se ponga a votación y discusión. Perdón, se ponga a discusión primero y a votación de inmediato.
Esto, señor presidente, sin duda será un acto de justicia para todos los pequeños contribuyentes, para esos jefes y jefas de familia que se la rifan todos los días con México por hacer de nuestra nación un país mejor y mejor desarrollado.
Por ellos, compañeras y compañeros, les pido que acepten la dispensa de turno y de todos los trámites, para que discutamos el dictamen en este momento ya que hoy todos estamos de acuerdo. Y compañero diputado Gerardo Villanueva, le recuerdo que el Partido Acción Nacional votó en contra todos los cambios a la Miscelánea Fiscal en el 2013 y en el 2014. Gracias.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Atento a su solicitud, señor diputado Bueno Torio, esta Presidencia en funciones la desestima en virtud de ser contraria al procedimiento reglamentario.
Sin embargo, no estaría de sobra la sugerencia para que, haciendo de los oficios que correspondan a su grupo parlamentario, el planteamiento respectivo se haga ante la Junta de Coordinación Política, señor diputado, habida cuenta de que esta Mesa Directiva ha recibido, entre otras comunicaciones, justamente la propuesta de relevar en la presidencia de la Comisión de Hacienda a la respetada y respetable diputada Aurora Aguilar, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, en lugar del señor diputado Damián Zepeda, que ha solicitado licencia en esta Legislatura. Estaremos atentos para el trámite como corresponde. Muchas gracias.
Señor diputado Fernando Charleston Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI; Víctor Serralde, don Juan Bueno Torio. Quiero reiterar lo que al inicio de la apertura de esta lista de oradores señalé.
Atender al Reglamento nos obligaría a que participando un orador a favor y uno en contra, consultáramos a la asamblea si el tema estaba suficientemente discutido. Yo les pido me acompañen en no violentar el Reglamento por virtud de que no está sino asumiendo una modalidad de fijación de posturas y, en todo caso, no procedería interrumpir a los oradores. Pero dígame, diputado Bueno Torio.
El diputado Juan Bueno Torio(desde la curul): Sí, presidente, muchas gracias por su atención. Quiero decirle que mi solicitud es de acuerdo al Reglamento. Poder solicitar al pleno de esta Cámara de Diputados la dispensa de todos los trámites a una iniciativa que está agendada en el orden del día, es un tema que hemos hecho en otras ocasiones.En virtud de la urgencia y la necesidad de respuesta que tenemos que darles a estos millones de mexicanos que se la están rifando en México y que quieren pagar adecuadamente sus impuestos, es que he presentado esta solicitud, señor presidente. Si la asamblea decido no dispensar los trámites, estaré de acuerdo en que se vaya a la Comisión de Hacienda. Pero déjeme decirle, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Dígame, diputado.
El diputado Juan Bueno Torio (desde la curul): El día 27 de septiembre de 2012 dispensamos trámites a una iniciativa que presentaron todos los coordinadores de los grupos parlamentarios.
El día 16 de octubre de 2012 dispensamos el trámite también a una iniciativa y sin discusión en el pleno del diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza.
El día 6 de febrero de 2013 también dispensamos la lectura de una iniciativa que envió al pleno la Junta de Coordinación Política.
Entonces, señor presidente, le ruego que someta usted a la votación, y si puede ser votación nominal, que someta usted a la votación si discutimos la iniciativa agendada sobre el tema de pequeños contribuyentes para el día de hoy, y que está en la orden del día, presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, señor diputado Bueno Torio. Las iniciativas se discuten con un dictamen, evidentemente. Usted no ha dicho nada que no sea verdad con relación a la discusión y modificación del orden del día, siempre y cuando medie comunicación de la Junta de Coordinación Política, de manera que esa práctica parlamentaria no se rompe, sino que en todo caso atendamos a la indicación de la Junta de Coordinación política, y que sea programado el asunto correspondiente. Sobre el particular esa es la reflexión que esta presidencia en funciones le da, sin perjuicio de que fuera por supuesto formalizado.
El diputado Víctor Serralde Martínez(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Dígame, diputado. Con su autorización don Fernando Charleston Hernández, yo les he señalado que otorgado el uso de la palabra al orador no resulta, no sólo contrario al reglamento, sino por cortesía parlamentaria darle oportunidad de que haga uso de la palabra, pero lo escucho, diputado. Dígame con qué objeto.
El diputado Víctor Serralde Martínez (desde la curul): Muchas gracias, presidente. Primero que nada le agradezco la cortesía.
Segundo, la razón de mi intervención es, que recordando las palabras con las que usted inicia esta discusión y hace reconocimiento a la voluntad manifiesta de todos los grupos parlamentarios, no quisiera que perdiéramos la oportunidad de que esta voluntad quede reflejada en un tablero de votaciones.
Quiero decirle que en este momento el país entero está esperando ver si los diputados somos capaces no nada más de suscribir un punto de acuerdo que usted y yo, lo sabe, son llamados a misa, y podemos ir más allá y darles verdaderamente una votación que refleje si iniciamos el debate para discutir la iniciativa presentada por mi compañero diputado Juan Bueno Torio meses atrás.
Le ruego que considere esta petición al tenor de sus propias palabras que es la voluntad y la disposición de todos los grupos parlamentarios. Muchas gracias, que haya votación.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Le recuerdo a usted y le recuerdo a la asamblea, que estamos en el despacho de una proposición con acuerdo de la Junta de Coordinación Política.
El tema adicional que aquí se ha planteado, y hay que distinguirlo, y no habría necesidad para ilustrar a la asamblea, que el 61 del Reglamento establece, justamente, que debe distinguirse entre los asuntos que aparecen en el orden del día y aquellos que requieran discusión y votación, de suerte que concluiremos con el asunto materia del posicionamiento de cada uno de los grupos parlamentarios que repito una vez que concluya el despacho se hará lo que corresponda. Haga uso de la palabra, diputado Charleston Hernández.
Haga uso de la palabra, señor diputado Charleston Hernández. Una vez agotado el despacho de este asunto, que es un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, procederemos a lo que corresponda. Adelante, por favor.
El diputado Fernando Charleston Hernández:Gracias. Con la venia del honorable presidente. Amigas legisladoras y amigos legisladores, las demandas actuales del país, donde nuestra sociedad enfrenta grandes retos debido a cambios en variables macroeconómicas internacionales y donde le pega a economías grandes como la nuestra, como la mexicana, nos obliga a cumplir con nuestro compromiso de adecuar las normas jurídicas a las solicitudes de quienes representamos, buscando en todo momento primordialmente su bienestar.En el PRI anteponemos siempre nuestra responsabilidad de fortalecer la certidumbre y seguridad jurídica que permita mejorar y transparentar el régimen tributario y con ello contribuir al crecimiento del país.
En esta tribuna hemos aprobado y propuesto diversos mecanismos jurídicos con el objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, y que dichas contribuciones se conviertan en bienes y servicios para la sociedad.
Una de esas obligaciones fue la dirigida a las personas físicas y morales para solicit6ar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, cuando hayan abierto una cuenta en la que realicen operaciones susceptibles de ser sujetas de contribuciones, fomentando con ello la legalidad de las personas que operan en la informalidad, pero sobre todo para que obtengan beneficios, como el acceso a créditos para vivienda, seguridad social, servicios de salud y acceder de manera más fácil y rápida a créditos que les permitan invertir y reinvertir su dinero, y así acrecentar su patrimonio, entre otros.
Asimismo, las personas al pertenecer al Régimen de Pequeños Contribuyentes automáticamente estarán inscritas en el Régimen de Incorporación Fiscal, que trae aparejada la obligación de presentar las declaraciones bimestrales correspondientes en un determinado ejercicio, con el objeto primordial de reportar los ingresos y gastos que se realizaron en los negocios.
Sin embargo, las personas pertenecientes al Régimen de Pequeños Contribuyentes por diversas circunstancias han encontrado contratiempos para realizar las declaraciones bimestrales, sobre todo realizar por la inexperiencia en el uso de la tecnología para hacer estas declaraciones o por el desconocimiento de las obligaciones que trae aparejada esta parte del régimen de incorporación fiscal.
Reconocemos que el Sistema de Administración Tributaria se ha mantenido abierto a entender la situación de los contribuyentes, de tal manera el Grupo Parlamentario del PRI siempre atento a las demandas de los ciudadanos, coincidimos en que es necesario que encaminemos acciones que permitan que estas personas que ya se encuentran dentro de la formalidad sigan haciendo uso de los beneficios a los que son acreedores, y que por falta de experiencia en los trámites pierdan dichos beneficios por la inobservancia de un plazo.
Por ello los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, sensibles a las solicitudes de estas personas, estamos a favor del acuerdo por el que esta soberanía exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicios de Administración Tributaria, para que amplíe la prórroga dispuesta en la cuarta resolución de modificaciones a la resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 de septiembre del año 2014 para presentar las declaraciones bimestrales sobre el impuesto sobre la renta de los contribuyentes del RIF.
Compañeros legisladores, sé que apoyaremos este acuerdo que sin duda beneficiará a los pequeños contribuyentes, pero que también traerá beneficios colaterales traducidos en la mejora de la contribución tributaria y del crecimiento del país. A eso le apostamos en el PRI; al crecimiento de nuestra sociedad. A eso le apostamos en el PRI, al crecimiento de nuestro país. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, señor diputado Fernando Charleston. Diputada Margarita Licea, ¿Con qué objeto, diputada? Sonido en la curul de la diputada Licea.
La diputada Margarita Licea González(desde la curul): Gracias, diputado presidente. Para hacer valer la importancia de la valoración de que podamos dictaminar y que se pueda obviar los tiempos para que quede ya definitivamente una solución para los problemas que sufren los que sí son luchones y trabajadores de este país.Es importante que retomemos lo que decía el diputado Bueno, y no vamos a poder resolver solamente, es importante lo que se está haciendo, pero no resuelve la problemática que tiene este país, que tienen los comerciantes, los que nos dan de comer a millones de mexicanos con esta solución, que además qué bueno que la Junta la hizo suya.
Su servidora ha estado trabajando conjuntamente con otros compañeros de otras fracciones parlamentarias y hemos atendido en varias ocasiones a los repecos e hicimos llegar un punto de acuerdo que no contempla solamente este tema. Fue rasurado por la Junta de Coordinación Política y ahorita solamente estamos planteando la prórroga para el cumplimiento de las declaraciones.
Esto es más allá de eso; se necesita escuchar de verdad a los mexicanos, señor presidente. Por eso le pido, le exhorto que ponga a consideración del pleno la dictaminación en este momento de las iniciativas y, en su caso, que no haga oídos sordos también para que en la Comisión de Hacienda se puedan dictaminar, porque ahí el PRI tiene mayoría y ni siquiera nos permite subirlo al orden del día. De verdad, es urgente que lo escuchemos.
Eso le pido, presidente, por favor, que nos escuche y que haga valer la voz de millones de mexicanos que quieren atender este problema que está deteniendo el crecimiento del país y la oportunidad de tener más empleo.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Diputada Margarita Licea, señoras y señores diputados, en todos los casos que se haya incluido un punto no contemplado para la discusión y votación en el orden del día ha mediado el acuerdo ante la Junta de Coordinación Política.
El segundo aspecto que me parece destacado señalar es, la proposición con acuerdo para otorgar prórroga, el exhorto que se realice a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones inherentes al régimen de incorporación fiscal en esta proposición con acuerdo, participaron todos los grupos parlamentarios que conforman la Junta de Coordinación Política.
Pero hay una cuestión adicional técnica que me parece necesario también señalarlo. Diputada Licea, usted es una conocedora profunda de la materia fiscal y tiene claridad, no tengo ninguna duda, que el dictamen en esta materia tiene trascendencia e impacta el ingreso nacional en términos de cómo fue aprobado el paquete relativo a Presupuesto y a Ley de Ingresos. Y en todo caso es facultad de la Presidencia de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados emitir la convocatoria correspondiente para abordar el asunto y si ustedes dan oportunidad a esta Presidencia en funciones procederemos a comunicar y acordar los relevos precisamente de la Presidencia de la Comisión de Hacienda.
Dicho lo cual, le ruego, ciudadana secretaria, consulte en votación económica a la asamblea si se aprueba la proposición con acuerdo que se ha estado citando.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales: En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Gracias, ciudadana secretaria. Aprobado. Comuníquese.
Continúe con una proposición de acuerdo de la propia Junta de Coordinación Política.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a establecer un programa nacional de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café.
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, por lo que se somete a consideración del Pleno el siguiente
Acuerdo
Único.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a establecer con carácter urgente un programa nacional de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Ricardo Anaya Cortés (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Consulte la Secretaría si se aprueba la proposición con acuerdo.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:En votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobado. Comuníquese.Continúe la Secretaría.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en el grupo de trabajo de senadores y diputados con objeto de analizar y revisar la Ley de Ahorro y Crédito Popular y demás disposiciones, así como atender el caso Ficrea:
Que el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza cause baja como integrante.
Que el diputado Fernando Charleston Hernández cause alta como integrante.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 24 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.a.), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Miguel Alonso Raya, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:
Que el diputado Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez cause baja como presidente del Comité del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública.
Que la diputada Eva Diego Cruz cause alta como presidenta en el Comité del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 24 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.a.), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que el diputado Heriberto Manuel Galindo Quiñones cause baja como integrante de la Comisión de Comunicaciones.
Que la diputada Miriam Cárdenas Cantú cause baja como presidenta de la Comisión de Derechos Humanos.
Que la diputada Paulina Alejandra del Moral Vela cause baja como presidenta del Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias.
Que el diputado Heriberto Manuel Galindo Quiñones cause alta como presidente en la Comisión de Derechos Humanos.
Que el diputado José Luis Cruz Flores cause alta como presidente en el Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 23 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones (rúbrica p.a.), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que la diputada Miriam Cárdenas Cantú cause baja como integrante de la Comisión de Asuntos Alimentarios.
Que la diputada Martha Loera Arámbula cause alta como integrante en la Comisión de Asuntos Alimentarios.
Lo anterior para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 23 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que la diputada Martha Loera Arámbula cause alta como integrante en la Comisión de Recursos Hidráulicos.
Que la diputada Miriam Cárdenas Cantú cause baja como integrante de la Comisión de Justicia.
Que la diputada Martha Loera Arámbula cause alta como integrante en la Comisión de Justicia.
Que la diputada Miriam Cárdenas Cantú cause baja como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Que la diputada Martha Loera Arámbula cause alta como integrante en la Comisión de Puntos Constitucionales.
Lo anterior para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 18 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.a.), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que la diputada Francisca Corrales Corrales cause baja como secretaria de la Comisión de Desarrollo Social.
Que el diputado José Daniel Ochoa Casillas cause alta como secretario en la Comisión de Desarrollo Social.
Lo anterior para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 23 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.a.), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado Héctor García García cause baja como secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Que el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza cause alta como secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Que el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza cause baja como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Que el diputado Roberto Ruiz Moronatti cause alta como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Que el diputado Roberto Ruiz Moronatti cause baja como integrante de la Comisión de Deporte
Que la diputada Areli Madrid Tovilla cause baja como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Que el diputado Leopoldo Sánchez Cruz cause alta como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Que el diputado Leopoldo Sánchez Cruz cause baja como integrante de la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur Sureste.
Que la diputada Rocío Abreu Artiñano cause baja como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Que la diputada Laura Guadalupe Vargas Vargas cause alta como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Que la diputada Laura Guadalupe Vargas Vargas cause baja como integrante de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 24 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional:
Que el diputado Damián Zepeda Vidales cause baja como presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Que la diputada Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez cause alta como presidenta de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 24 de febrero de 2015. Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Presidente.»
No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobadas. Comuníquense.
El siguiente punto del orden del día es dictámenes en sentido negativo.
DICTAMENES NEGATIVOS DE INICIATIVAS
LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION, LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LA LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma las Leyes Federal para prevenir y eliminar la Discriminación; para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; y General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
Honorable Asamblea:
La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción II, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:
I. Antecedentes
A. En sesión celebrada el 11 de junio de 2014, la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentó ante el pleno de la Comisión Permanente, correspondiente al Segundo Receso del Segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción III, del artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la fracción III, del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y la fracción I, del artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
B. El 18 de junio de 2014 la Vicepresidencia de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a través del oficio No. CP2R2A.-1225 comunicó a la Presidenta de esta Comisión de Derechos Humanos que la Mesa Directiva de la Comisión Permanente acordó rectificar el turno del Proyecto de decreto por el que se reforman la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, presentado por la Diputada Rosa Elba Pérez Hernández, el 11 de junio de 2014 para el efecto de quedar en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.
C. El 20 de junio de 2014 la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a través del oficio No. D.G.P.L.62-II-4-1610 ratificó el turno correspondiente.
II. Contenido de la iniciativa
La diputada promovente plantea en su iniciativa que [...] En la actualidad somos testigos de la discriminación de la cual son objeto las personas mayores de 40 años. Los empleadores difícilmente contratan sus servicios y por ello consideramos necesario evitar la discriminación por edad [...].
En la exposición de motivos de su iniciativa, la diputada Pérez Hernández reseña que al inicio de los trabajos de esta LXII Legislatura, sus integrantes participaron en los trabajos que culminaron con la reforma laboral que hoy debe considerase como un pistón en el engranaje social para generar empleos y crecimiento en la economía [pero] a pesar de ser un cambio fundamental... es un logro inacabado que debemos intentar mejorar constantemente.
Indica, además, la diputada iniciante que La discriminación laboral por edad se acentúa a partir de los 35 años, circunstancia indeseable, pues a esas alturas de la vida las personas cuentan con fuerza física plena y además, con la experiencia propia de la vida, así como la propia de su técnica o profesión.
Para respaldar lo anterior, la diputada Pérez Hernández precisa que El Reporte Sobre la Discriminación en México 2012 del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), informa que el mercado laboral se caracteriza por la exclusión de personas cuya edad se encuentra por encima de los 35 años. Señala que el 90 por ciento de las ofertas de empleo excluyen a las personas que tienen más de 35 años, y de ellas, un escaso porcentaje (no más de 35 por ciento) corresponde a empleos reales y radicados, por lo general, en actividades como guardias de seguridad o personal de limpieza.
Sostiene que Es común constatar en los anuncios clasificados de los diarios del país, la exclusión de contratar solamente a menores de 40; esto impacta seguramente de modo considerable a la economía y bienestar de familias cuyas cabezas de hogar rondan por esas edades y con preocupación atestiguan una baja en el poder adquisitivo.
Por otra parte, señala la diputada iniciante queLos informes de algunas compañías expertas en búsqueda de empleo, manifiestan que el 80 por ciento de la oferta de trabajo, excluye a profesionales que sobrepasan la edad de 40 años. El rango de edad se ha convertido en un factor determinante para la inserción en el mercado laboral. Esta condición sin justificación alguna, no solo (sic) distorsiona el mercado laboral sino discrimina a personas en su mejor periodo productivo y con un importante bagaje de experiencia.
La diputada Pérez Hernández indica que Países como España, Australia, Chile o Argentina han reconocido esta situación y cuentan con marcos jurídicos dedicados a resolverla.
Señala que la cláusula antidiscriminatoria para nuestro país se prevé en el párrafo quinto del artículo 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en adelante CPEUM y que, en la legislación ordinaria, el concepto de discriminación se define en el artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en adelante LFPED.
Por otra parte, bajo el esquema central de su planteamiento, la diputada argumenta que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) son un eslabón fundamental para el desarrollo económico del país, que además de ser motor del crecimiento económico y fuente de la innovación tecnológica de nuevos productos, constituyen un factor crítico para la reducción de la pobreza.
Señala también la diputada iniciante que México cuenta con una importante base de micro, pequeñas y medianas empresas, claramente más sólida que en otros países del mundo y debemos aprovecharlas como una fortaleza para hacer competitivo al país así como para convertir su potencial en una ventaja real para atraer nuevas inversiones y consolidar la presencia de productos mexicanos tanto dentro como fuera de nuestra nación.
Por tanto, considerando la importancia que revisten las Mipymes en la economía nacional por su alto impacto en la generación de empleos y en la producción nacional, la diputada Pérez Hernández propone establecer en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en adelante LDCMPME, la obligación de que las empresas medianas y pequeñas que estén legalmente constituidas, empleen un mínimo del 10 %de empleados cuya edad se encuentre por encima de los 40 [años].
Además, la diputada propone reformar la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en adelante LGIMH, con el objeto de promover la revisión de los sistemas fiscales para reducir los factores que relegan la incorporación de las personas al mercado de trabajo en razón de su sexo o de su edad. Lo anterior [...] con el propósito de garantizar el derecho fundamental a la no discriminación en las ofertas laborales y de promover estímulos fiscales para propiciar la contratación de individuos en las brechas de edades referidas, sabiendo que se ganaría experiencia, responsabilidad y fuerza física plena.
De manera esquemática, los cambios propuestos por la diputada Rosa Elba Pérez Hernández en su iniciativa pueden apreciarse en la siguiente tabla:
III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos
A. La prohibición de discriminar por motivo de la edad de las personas. Su regulación en el derecho de fuente interna
Con relación a la primera propuesta planteada por la diputada iniciante, referente a establecer en la LFPED la prohibición de la práctica discriminatoria que tenga por objeto prohibir la libre elección de empleo, o restringir la permanencia y el ascenso en el mismo, o limitar las oportunidades de acceso con motivo de la edad de las personas, esta Comisión estima conveniente señalar lo siguiente:
Ciertamente, como lo apunta la iniciante, en el párrafo quinto del artículo 1o de la CPEUM se establece la prohibición de discriminar con motivo, entre otros, de la edad de las personas.
Con tal prevención constitucional se reconoce el valor, principio y derecho a la igualdad.
Efectivamente, la igualdad es un [...] valor axiológico que inspira el desarrollo e implementación de los Estados sociales de derecho para avanzar hacia una mayor integración social, política, jurídica y económica [...]
Ahora bien, del principio de igualdad aparece el deber del estado de tratar a las personas en condiciones equitativas, es decir, tratarles de forma idéntica cuando aquéllas se encuentren en circunstancias idénticas o tratarlas de manera diferenciada cuando se trate de personas cuyas situaciones no guardan ninguna similitud, o dar un trato paritario cuando habiendo algunas similitudes y diferencias, las semejanzas son más relevantes o bien, tratar diferente cuando precisamente las diferencias sobresalen a las similitudes. Entonces, el trato paritario equivale al mandato de no discriminación, mientras el trato diferenciado implica el deber de protección y por tanto, la adopción de medidas que tengan por objeto compensar esas desigualdades.
Del esquema doctrinal referido puede deducirse que cualquier acto u omisión que atente contra el principio de igualdad, contraviene el mandato de no discriminación. De ahí la necesidad y conveniencia de regular en la legislación secundaria el mandato optimizador previsto en la CPEUM.
En ese contexto, cabe mencionar que en el sistema normativo mexicano, diversos ordenamientos jurídicos hacen eco de aquella prevención constitucional, y, algunos otros, en particular, refieren sobre la prohibición de discriminar precisamente en el ámbito laboral con motivo de la edad de las personas.
Así, el artículo 2 de la LFPED señala de forma general que:
Corresponde al Estado promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas. Los poderes públicos federales deberán eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas así como su efectiva participación en la vida política, económica, cultural y social del paísy promoverán la participación de las autoridades de los demás órdenes de Gobierno y de los particulares en la eliminación de dichos obstáculos. Remarcado nuestro).
De igual forma el artículo 3, párrafo primero de esa misma ley determina que:
Cada uno de los poderes públicos federales adoptará las medidas que estén a su alcance, tanto por separado como coordinadamente, de conformidad con la disponibilidad de recursos que se haya determinado para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio correspondiente, para que toda persona goce, sin discriminación alguna, de todos los derechos y libertades consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las leyes y en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte.
... (Remarcado nuestro)
Por su parte, la Ley Federal del Trabajo, en adelante LFT, en su artículo 2º, segundo, cuarto y quinto párrafos, establece:
...
Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminaciónpor origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.
...
Se tutela la igualdad sustantiva o de hecho de trabajadores y trabajadoras frente al patrón.
La igualdad sustantiva es la que se logra eliminando la discriminación contra las mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamentales en el ámbito laboral. Supone el acceso a las mismas oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de mujeres y hombres.
Remarcado nuestro).
Además, el artículo 3o de esa misma ley laboral indica que:
El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio.
No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor determinada.
...
Como se desprende de los preceptos anteriores, en el sistema legal mexicano la discriminación por edad se encuentra regulada, y corresponde al Poder Ejecutivo en su dimensión federal, local y municipal, así como al Poder Judicial, hacer valer dichas disposiciones para evitar que en la práctica se discrimine a las personas por su edad.
Si bien la propuesta de la iniciante se basa en el hecho de que las personas cuyas edades oscilan entre los 35 años y más de 40 años, no son contratadas laboralmente debido a su edad, es de señalarse que, en un ejercicio de interpretación sistemático, todas aquellas determinaciones legales, en esencia, son aplicables a esa situación, porque habrá de considerarse, como ya se apuntó en líneas anteriores, que el derecho a la igualdad es una prerrogativa que se reconoce a todas las personas por el sólo hecho de ser personas dotadas de dignidad humana. De tal forma que si una persona no es contratada precisamente por su edad, ella podrá acudir ante las instancias gubernamentales correspondientes para ejercitar las acciones legales que le asistan a favor para garantizar su derecho a la igualdad.
Entonces, más allá de una reforma legal, se estima es necesario impulsar una política pública contra la discriminación en los diversos ámbitos de la vida nacional apoyada en el amplio andamiaje jurídico que a la fecha se encuentra vigente en el país.
En atención a lo señalado, la propuesta planteada por la diputada Pérez Hernández para el supuesto aquí desarrollado carece de materia.
B. El establecimiento de un porcentaje mínimo de contratación de personas mayores de 40 años de edad en las pequeñas y medianas empresas
Con relación a la propuesta de obligar a las empresas a que se refiere la LDCMPME, en el sentido de que las pequeñas y medianas deban contratar un mínimo del 10 % de empleados mayores a 40 años de edad, debe señalarse lo siguiente, no sin antes anotar que esta Comisión de Derechos Humanos comparte la preocupación de la diputada promovente con relación a la exclusión del mercado laboral de las personas que se encuentran por encima del rango de edad que refiere en su exposición de motivos.
Si bien está documentada la exclusión referida por la iniciante, es de señalarse que de acuerdo con datos del INEGI, en sus Indicadores de ocupación y empleo al primer trimestre de 2014, la edad promedio de la Población Económicamente Activa 52084,225 personas- se ubica en los 38.5 años de edad, es decir, por encima de la edad referida por la iniciante de 35 años, de tal suerte que no aparece claramente acreditado que sea sólo por cuestiones de edad que a una persona no se le contrate.
Ciertamente, no sólo la edad es un factor excluyente sino una pléyade de elementos que desde el texto constitucional, y las demás disposiciones secundarias antes señaladas, se prevén, tales como el sexo, la discapacidad, la condición social, las condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil y muchas otras. Estas condiciones claramente constituyen conductas a partir de las cuales pueden generarse conductas discriminatorias que no encuentran asidero en un Estado constitucional y democrático de derecho.
Para combatir estas asimetrías fácticas se requiere de una labor en la que el Estado, a través de sus diversos poderes y demás entidades públicas, trabajen conjuntamente para modificar una situación como la referida. El Poder Legislativo bien puede ayudar a través de la implementación de acciones afirmativas que contribuyan a minimizar la brecha de desigualdades existentes.
No obstante lo anterior, esta Comisión de Derechos Humanos ha señalado que toda medida normativa que pretenda implantarse debe ser proporcional a los principios que un Estado constitucional y democrático de derecho exige. En el caso particular, se advierte la existencia de una colisión de principios: por un lado el principio de que ninguna persona puede ser objeto de discriminación y, por otro, el principio de la libertad contractual de los particulares (decidir a quién se contrata y a quién no mediante un proceso de selección objetivo y racional).
Sin pasar al estudio de fondo de esta colisión de principios resulta evidente que la iniciante no argumenta claramente que su propuesta cumpla con los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto siendo también objetivamente razonable que el propósito a conseguirse en última instancia (disminuir la brecha de discriminación) podría conseguirse mediante otras medidas menos lesivas del principio que juega en sentido contrario en el presente caso (la libre contratación).
C. Sobre la propuesta relativa a la modificación de la LGIMH
Con relación a la propuesta tendiente a reformar la LGIMH con el objeto de promover la revisión de los sistemas fiscales, reduciendo así los factores que relegan la incorporación de las personas al mercado de trabajo en razón de su sexo o de su edad, debe señalarse lo siguiente:
El artículo 56 de la LFT establece que:
Las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico o nacionalidad, sexo, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta Ley. (Remarcado nuestro)
De igual forma la fracción I, del artículo 133 de esa misma ley dispone que está prohibido a los patrones o a sus representantes:
I. Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, género, edad,discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio; (Remarcado nuestro).
Como se observa en los anteriores preceptos, la preocupación de la diputada promovente se encuentra ya ampliamente considerada.
Ahora bien, para concretar sobre las consideraciones anteriores, cabe referir que esta Comisión de Derechos Humanos ha defendido la tesis de acuerdo con la cual un Estaco constitucional y democrático de derecho, que asume el paradigma de los derechos humanos como elemento consubstancial, sólo puede existir cuando se identifica y asume como un sistema.
Al igual que como ocurre con la CPEUM en la que se identifica la existencia de un bloque de constitucionalidad integrado por el propio texto constitucional, tratados internacionales ratificados por México y la jurisprudencia constitucional e internacional derivada de organismos de los que México ha reconocido su jurisdicción, entre otros instrumentos, así también puede hablarse de la existencia de un bloque, o mejor dicho por las interacciones que se dan- de un sistema jurídico en el que las diversas leyes y todas las normas que las componen- se encuentran directamente interrelacionadas. Así, ninguna ley constituye un ordenamiento jurídico individual, estático e independiente con respecto a los demás. Por esta razón, se emplea dentro de la teoría del derecho la expresión sistema u ordenamiento jurídico.
Así:
Cualquiera que sea el caso, el derecho no sólo es un conjunto de normas aisladas, sino que dichas normas constituyen un ordenamiento o un sistema con una cierta estructura. Esta estructura consiste en que las normas de un ordenamiento no están recíprocamente desconectadas y son entre sí interdependientes sino que, por el contrario, hay relaciones entre las unas con las otras [...] De esta manera se traduce la idea de que el derecho no es sólo una serie de elementos inconexos, sino que el derecho es un sistema o, por lo menos, que puede ser reconstruido o representado como un sistema al que se le denomina sistema jurídico, orden u ordenamiento jurídico. Así, unordenamiento jurídico ya no es un conjunto de normas cualquiera, sino más bien un conjunto de normas estructurado.
En razón de ello, la previsión de una disposición en un conjunto normativo de derecho interno, como lo es la LFT, implica el reconocimiento dentro del sistema jurídico mexicano de la disposición en cuestión.
Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a consideración de esta soberanía el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la fracción III del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y la fracción I del artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, presentada por la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Segundo. Archívese el presente expediente como asunto definitivamente concluido.
Notas:
1 El texto constitucional correspondiente señala, a la letra que: Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. (Remarcado nuestro).
2 Figueruelo Burrieza, Ángela. Igualdad compleja en el constitucionalismo del siglo XXI. Referencia especial a la no discriminación por razón de sexo, Pág. 1, disponible en
http://biblio.juridicas.unam.mx/ revista/pdf/DerechoComparado/123.5/cnt/cnt12.pdf consultado el 2 de septiembre de 2014 a las 20:00 horas.
3 Algunos tratadistas refieren ese trato como mandatos del principio de igualdad. Véase a Bernal Pulido, Carlos en El Juicio de la igualdad en la jurisprudencia de la Corte Constitucional Colombiana, Universidad Externado de Colombia, Pág. 1 Consultado el 3 de diciembre de 2013 a las 22:00 horas en la siguiente dirección electrónica http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/344/5.pdf
4 INEGI, consultado el 2 de julio de 2014 en: http://www3.inegi. org.mx/sistemas/temas/default.aspx?s=est&c=25433&t=1
5 El principio de proporcionalidad comprende los subprincipios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad (stricto sensu). La idoneidad se refiere a que la medida a emprender sea la conducente la idónea- para conseguir el valor o la finalidad protegida mediante la restricción del valor en conflicto. La necesidad señala que la medida a adoptar debe responder a una necesidad social, o bien, que no sea posible alcanzar el fin buscado con la restricción por otros mecanismos (se refiere a una selección de medios que parte del cuestionamiento sobre si ¿puede lograrse la finalidad por otra vía menos gravosa o es ésta la única?). Finalmente, la proporcionalidad en sentido estricto, se refiere a la constatación de que la norma que otorga el trato diferenciado guarda una relación razonable con el fin que se procura alcanzar, lo que supone una ponderación entre sus ventajas y desventajas, a efecto de comprobar que los perjuicios ocasionados no sean desproporcionados con respecto a los objetivos perseguidos. Así, la ponderación indica que cuanto mayor sea el grado de la no satisfacción o de afectación de uno de los principios, tanto mayor debe ser la importancia de la satisfacción del otro. ALEXY, Robert. Teoría de los derechos fundamentales. Trad. Carlos Bernal Pulido. 2ª ed. CEPC. Madrid, 2012 Pág. 526-529.
6 Vázquez, Rodolfo. Teoría del derecho. Oxford University Press. México, 2007. Pág. 66.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de febrero de 2015.
La Comisión de Derechos Humanos, diputados: Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada, María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra, Verónica Sada Pérez, María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont, María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo, Roberto López Suárez (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Vicario Portillo Martínez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica).»
LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 2 de la Ley Federal para prevenir y sancionar la Tortura
Honorable Asamblea:
La Comisión de Derechos Humanos de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción II, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:
I. Antecedentes
A.En sesión celebrada el 3 de julio de 2014, el diputado Ricardo Astudillo Suárez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II y se adiciona la fracción V al artículo 2o de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, en adelante LFPST.
B. En la misma fecha la Vice Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente turnó la iniciativa de referencia a la Comisión de Derechos Humanos para su dictamen, siendo recibida en esta Comisión el 10 de julio de 2014.
II. Contenido de la iniciativa
El diputado iniciante propone reformar la fracción II del artículo 2o de la LFPST y adicionar una fracción V al mismo dispositivo para quedar de la siguiente manera:
Artículo 2o.-Los órganos dependientes del Ejecutivo Federal relacionados con la procuración de justicia llevarán a cabo programas permanentes y establecerán procedimientos para:
I. ...
II.La organización de cursos de capacitación de su personal para fomentar el respeto de los derechos humanos, estos cursos serán impartidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos o en su caso la Comisión Nacional de Derechos Humanos contribuirá a la preparación y revisión de programas y materiales de capacitación, así como supervisar y evaluar la efectividad de dichos programas.
III.a IV.
V. Establecer campañas que transmitan con regularidad el mensaje de que la tortura no es aceptable en ningún caso, y que las personas privadas de su libertad merecen un trato humano.
El diputado iniciante sustenta su propuesta con los siguientes argumentos:
A. Alude a la trascendencia que ha tenido el tema de la tortura desde el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos, que señala converge con las prevenciones el Derecho Internacional Humanitario, de forma que su prohibición está contenida en diversos instrumentos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas.
B.Indica que para la correcta aplicación de las normas de derechos humanos en materia de tortura deben observarse tres aspectos: prevención, cumplimiento y sanción, reparación.
Considerando dichas perspectivas refiere que su iniciativa se inserta en el ámbito de la prevención de la tortura y para ello precisa que conforme al artículo 2, párrafo 1, de la Convención contra la Tortura, se obliga a los Estados a tomar medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir los actos de tortura, que deben incluir ...aspectos como la capacitación de personal policial y de seguridad, la elaboración de lineamientos precisos acerca del trato adecuado a las personas privadas de la libertad, la instauración de mecanismos de control y supervisión de sistemas efectivos para estudiar las quejar relativas a malos tratos.
C. El iniciante refiere que el ex relator especial sobre la tortura de las Naciones Unidas califica tal delito como la más íntima de las violaciones de derechos humanos, puesto que tiene lugar en el aislamiento y, muy a menudo, la inflige un torturador al que la víctima nunca llega a conocer. También precisa que el relator Juan E. Méndez en su reciente visita a México señaló que la tortura en nuestro país ha adquirido un estado de situación generalizada en las instituciones de seguridad. Otra base de datos a la que alude el iniciante es la correspondiente a la encuesta mundial encargada a Globescan en la que se revela que de 21 países de todos los continentes, es en México y en Brasil donde las personas tienen más temor a ser torturadas.
D.El iniciante precisa que la prohibición de la tortura alcanza el rango especial de regla jus cogens, esto es, según precisa una norma imperativa en el concierto internacional y con base en ello, apunta que [...] Los estados son los responsables de garantizar los derechos de todos quienes se encuentren bajo su jurisdicción, de tal manera que [...] se comprometen a formar al personal encargado de hacer cumplir la ley y al personal médico, así como a otras personas que puedan intervenir en la custodia, en el interrogatorio o en el tratamiento de detenidos [...]
E.En lo concerniente a las prevenciones que refieren sobre la capacitación de los elementos involucrados en las tareas de seguridad e impartición de justicia para evitar el uso de métodos de tortura o tratos inhumanos y degradantes, el iniciante señala los Principios de Paris, las observaciones del Consejo Asesor de Juristas del Foro de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de Asía y el Pacífico, la Convención contra la Tortura y las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos.
F.Indica el iniciante que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en adelante CNDH, puede contribuir de manera importante a la impartición de esta capacitación mediante la elaboración de instrumentos de formación y la impartición de cursos de capacitación.
III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos
A. Generales.
En materia de derechos humanos existen tres obligaciones básicas para los Estados:
1. Respetar los derechos.
2. Garantizar el goce y pleno ejercicio de los derechos protegidos a las personas que se encuentren bajo su jurisdicción.
3. Adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos protegidos.
Bajo ese esquema, las obligaciones de respetar los derechos humanos y de garantizar su goce y ejercicio, constituyen el fundamento genérico de la protección de los derechos humanos.
Así, la obligación de garantizar el goce y pleno ejercicio de los derechos protegidos implica ...el deber para los Estados partes de organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos...
En este sentido, los Estados no sólo están obligados a no violentar los derechos humanos de toda persona sino también a velar porque tales derechos no sean vulnerados por parte de ningún otro sujeto, lo que acarrea el deber de prevención y, en su caso, el de investigación y sanción de las violaciones ocurridas.
Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha indicado:
Es, pues, claro que, en principio, es imputable al Estado toda violación a los derechos reconocidos por la Convención cumplida por un acto del poder público o de personas que actúan prevalidas de los poderes que ostentan por su carácter oficial. No obstante, no se agotan allí las situaciones en las cuales un Estado está obligado a prevenir, investigar y sancionar las violaciones a los derechos humanos, ni los supuestos en que su responsabilidad puede verse comprometida por efecto de una lesión a esos derechos. En efecto, un hecho ilícito violatorio de los derechos humanos que inicialmente no resulte imputable directamente a un Estado, por ejemplo, por ser obra de un particular o por no haberse identificado al autor de la trasgresión, puede acarrear la responsabilidad internacional del Estado, no por ese hecho en sí mismo, sino por falta de la debida diligencia para prevenir la violación o para tratarla en los términos requeridos por la Convención.
Además:
El Estado está en el deber jurídico de prevenir, razonablemente, las violaciones de los derechos humanos, de investigar seriamente con los medios a su alcance las violaciones que se hayan cometido dentro del ámbito de su jurisdicción a fin de identificar a los responsables, de imponerles las sanciones pertinentes y de asegurar a la víctima una adecuada reparación.
El deber de prevención abarca todas aquellas medidas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural que promuevan la salvaguarda de los derechos humanos y que aseguren que las eventuales violaciones a los mismos sean efectivamente consideradas y tratadas como un hecho ilícito que, como tal, es susceptible de acarrear sanciones para quien las cometa, así como la obligación de indemnizar a las víctimas por sus consecuencias perjudiciales. No es posible hacer una enumeración detallada de esas medidas, que varían según el derecho de que se trate y según las condiciones propias de cada Estado Parte. Es claro, a su vez, que la obligación de prevenir es de medio o comportamiento y no se demuestra su incumplimiento por el mero hecho de que un derecho haya sido violado. Pero sí es obvio, en cambio, que el sometimiento de detenidos a cuerpos represivos oficiales que impunemente practican la tortura y el asesinato representa, por sí mismo, una infracción al deber de prevención de violaciones a los derechos a la integridad física y a la vida, aún en el supuesto de que una persona dada no haya sufrido torturas o no haya sido ultimada, o si esos hechos no pueden demostrarse en el caso concreto.
He aquí el sentido y alcance del deber de prevención que debe guiar el proceder del Estado en tratándose de los derechos humanos.
Ciertamente, un Estado es responsable por incumplir sus deberes básicos no solamente cuando por su proceder vulnera un derecho humano, sino también cuando no realiza lo conducente para prevenir violaciones cometidas por agentes estatales o, incluso por particulares. En este último caso, es responsable cuando no despliega el aparato gubernamental para investigar y sancionar a los responsables.
En el caso de la tortura, se ha dicho repetidamente por esta Comisión de Derechos Humanos que constituye uno de los crímenes más graves que atenta contra la comunidad internacional en su conjunto, por lo que se le incluye como uno de los crímenes de lesa humanidad previstos en el Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional.
Se ha dicho también que la prohibición de la tortura forma parte del coto vedado previsto en el artículo 29 constitucional en el que se determina que ésta previsión bajo ninguna circunstancia podrá ser objeto de restricción o de limitación alguna, aún y tratándose en los estados de excepción.
También se ha indicado que la prohibición de la tortura alcanza el grado más elevado al que una norma fundamental puede aspirar y es el de norma de ius cogens, es decir, una norma imperativa de derecho internacional general o como se indica en el artículo 53 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, de la que México es Estado parte:
[...] una norma imperativa de derecho internacional general es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que sólo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter.
Atento a lo anterior, resulta inaplazable el establecimiento de medidas que, adicionales a las que de hecho puedan estarse implementando, sean necesarias para coadyuvar a la prevención de actos de tortura en nuestro país.
Tal y como lo ha señalado el iniciante, en su reciente visita a México el Sr. Juan Méndez, Relator de la ONU sobre la tortura, concluyó que la tortura en nuestro país se ejerce en forma generalizada, especialmente en los casos de investigación de delincuencia organizada. A similares conclusiones han llegado organizaciones como Amnistía Internacional y Human Right Watch
B. Consideraciones particulares.
Una vez indicado en el apartado anterior sobre la importancia de regular lo referente a la prevención de la tortura, resta determinar si las propuestas planteadas por el diputado iniciante resultan ser o no convenientes tanto en su aspecto normativo como en su aspecto fáctico/procedimental.
1. Sobre la propuesta de reforma a la fracción II del artículo 2o de la LFPST.
El diputado iniciante propone la reforma de la fracción II del artículo 2o de la LFPST, a fin de establecer que los cursos de capacitación a los que hace referencia dicha disposición sean impartidos por la CNDH o bien, que ese organismo contribuya a la preparación y revisión de programas y materiales de capacitación.
El iniciante presenta la siguiente redacción:
II.La organización de cursos de capacitación de su personal para fomentar el respeto de los derechos humanos, estos cursos serán impartidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos o en su caso la Comisión Nacional de Derechos Humanos contribuirá a la preparación y revisión de programas y materiales de capacitación, así como supervisar y evaluar la efectividad de dichos programas.
Al respecto cabe señalar que, de aceptarse la modificación planteada, se desprenderían los siguientes operativos deónticos:
a. Los órganos dependientes del Ejecutivo Federal relacionados con la procuración de justicia llevarán a cabo programas permanentes y establecerán procedimientos para la capacitación de su personal en el respeto a los derechos humanos. Estos cursos obligatoriamente (este es el operador bajo la forma de obligación) serán impartidos por la CNDH, o bien, la CNDH contribuirá a la preparación y revisión de programas y materiales de capacitación, así como supervisará y evaluará la efectividad de dichos programas.
b. Bajo la forma del operativo deóntico de la permisión, el anterior enunciado puede expresarse así: no está permitido para quien no sea la CNDH impartir los cursos a que hace referencia la fracción II del artículo 2o de la LFPST o bien, contribuir a la preparación y revisión de programas y materiales de capacitación, así como supervisar y evaluar la efectividad de dichos programas.
c. Finalmente, el enunciado normativo anterior puede expresarse bajo el operador deóntico de la prohibición, esto es: está prohibido realizar lo dispuesto por el artículo 2o, fracción II, a quien no sea la CNDH.
Como puede apreciarse esta situación normativa comporta serias dificultades puesto que dentro del sistema mexicano se dispone de una amplia diversidad de organismos públicos y privados que podrían impartir los cursos de capacitación a los que hace referencia la fracción II del artículo 2o de la LFPST y, sin embargo, de aceptarse la propuesta normativa planteada por el iniciante, se reduciría el espectro únicamente a aquélla que imparta la CNDH.
Ciertamente, la CNDH es una institución a la que por su naturaleza corresponde ofrecer tal capacitación -véase el artículo 6o, fracciones VII y IX de la Ley de la CNDH-, sin embargo, existen otras entidades, organismos e instituciones como el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE), las Oficinas especializadas de Naciones Unidas en México y las universidades públicas y privadas que pueden aportar mucho en tal renglón. En razón de lo anterior, se considera resulta inconveniente la propuesta planteada por el iniciante en los términos en que aparece formulada.
2. Sobre la propuesta de adición de una fracción V al artículo 2o. de la LFPST
Adicional a la reforma señalada en el inciso que antecede, el iniciante propone incorporar al texto del referido artículo 2o una disposición genérica dirigida al establecimiento de campañas que transmitan con regularidad el mensaje de prevención contra la tortura.
La modificación normativa que se plantea es la siguiente:
Artículo 2o.Los órganos dependientes del Ejecutivo Federal relacionados con la procuración de justicia llevarán a cabo programas permanentes y establecerán procedimientos para:
De la Ia la IV. ...
V. Establecer campañas que transmitan con regularidad el mensaje de que la tortura no es aceptable en ningún caso, y que las personas privadas de su libertad merecen un trato humano.
Al respecto, esta Comisión de Derechos Humanos reconoce la loable intención que guía la propuesta del diputado iniciante, sin embargo, tras un análisis sistemático y funcional del texto y del ordenamiento jurídico cuya reforma se plantea, se estima que dicha propuesta se encuentra ya prevista en el propio artículo que se propone modificar.
Lo anterior puede advertirse si se coteja la propuesta con las fracciones II y IV del mismo artículo. La ratio iuris que guía la adición es la de contar con previsiones normativas en materia de tortura dirigidas a disminuir los actos que puedan configurar dicho delito por parte de los servidores públicos, incidiéndose así en el campo de la prevención, tal y como debe de ser con base en las obligaciones básicas de los Estados en materia de derechos humanos.
No obstante ello, esa razón jurídica encuentra ya disposiciones normativas en el propio articulo capaces de darle respuesta, tan es así que las fracciones II y IV del propio artículo 2o disponen [...] la organización de cursos de capacitación de su personal para fomentar el respeto de los derechos humanos, capacitación en la que va inmerso el respeto de la dignidad humana de toda persona en cualquier caso. Así como [...] la profesionalización de los servidores públicos que participan en la custodia y tratamiento de toda persona sometida a arresto, detención o prisión, previsión ésta que tiene el mismo objeto delimitado solamente a los casos de las personas bajo su custodia, ya sea por arresto, detención o prisión.
De este modo, se estima que la propuesta se encuentra ya prevista en la legislación, siendo innecesaria su inclusión.
Por todos los argumentos antes señalados, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 2o de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, presentada por el diputado Ricardo Astudillo Suárez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Segundo. Archívese el presente asunto y téngase como total y definitivamente concluido.
Notas:
1 El iniciante no cita la fuente de esa información.
2 El iniciante no señala la fuente de su información.
3 El iniciante no cita la fuente de información.
4 Pinto, Mónica. Temas de derechos humanos.Editores del Puerto. Buenos Aires, 2009.Pág. 47.
5Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C, No. 4, Párr. 166. Corte Interamericana de Derechos Humanos.
6 Ibídem. Párr. 172.
7 Ibídem. Párr. 174-175.
8 Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Artículo 7. Numeral 1, inciso f).
9 UN. Relator de la ONU llama al gobierno de México a combatir impunidad por casos de tortura.Centro de Información de las Naciones Unidas. Nota de 03/mayo/2014, consultado online el 14/07/2014, disponible en: http://www.cinu.mx/noticias/mexico/relator-de-la-onu-llama-al-gob-1/
10 Véase: AI. Informe 2013 Amnistía Internacional. El Estado de los derechos humanos en el mundo.Pág. 228-233. Consultado en la página oficial de Amnistía Internacional el 14/07/2014, disponible en: http://files.amnesty.org/air13/AmnestyInternational_AnnualReport2013_complete_e s.pdf
11 HRW. Ni seguridad, ni derechos. Detención ilegal y desaparición forzada de seis civiles, Iguala, Guerrero.Human Rights Watch. Consultado en la página oficial de HRW el 14/07/2014, disponible en: http://www.hrw.org/ reports/2011/11/09/ neither-rights-nor-security-0.; Asimismo: Informe Los desaparecidos de México. El persistente costo de una crisis ignorada. Human Rights Watch. Estados Unidos de América, 2013. Consultado en la página oficial de HRW el 14/07/2014, disponible en:
http://www.hrw.org/ sites/default/files/reports/ mexico0213sp_ForUpload_0_0.pdf
12 La lógica deóntica posibilita la reflexión sobre el empleo de los cuantificadores alguno, ninguno y todos para, por analogía, determinar la existencia de las modalidades posible, imposible y necesario, lo que lo hace deducir conceptos jurídicos deónticos como permitido, prohibido y obligatorio. En otras palabras, se trata de dar cuenta del funcionamiento lógico de los operadores obligatorio, prohibido y permitido como las variables que aparecen en conceptos normativos.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de febrero de 2015.
La Comisión de Derechos Humanos, diputados:Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada, María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra, Verónica Sada Pérez, María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont, María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Vicario Portillo Martínez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica).»
REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la iniciativa presentada el pasado 14 de octubre de 2014, por la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Esta Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura, habiendo analizado su contenido, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen conforme a lo siguiente:
I. Antecedentes
En fecha 23 de octubre de 2014, la diputada del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria número 4132-III, del 14 de octubre del 2014.
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que los asuntos citados fueran turnados a esta Comisión para su estudio y dictamen.
II. Contenido de la iniciativa
La propuesta en lo conducente se sustenta en los siguientes argumentos:
El artículo 16 constitucional prevé la exigencia de que los actos de autoridad se fundamenten, lo que implica el deber de expresar, en el mandamiento escrito, los preceptos legales que regulen el hecho y las consecuencias jurídicas que pretenda imponer con ese acto autoritario; además, de que la autoridad debe motivar la aplicación del referido numeral.
Esto es, la fundamentación y motivación de los actos de autoridad es una exigencia que trata de establecer, sobre bases objetivas, la racionalidad y la legalidad de aquéllos, a efecto de procurar eliminar, en la medida de lo posible, la subjetividad y arbitrariedad de las determinaciones de la autoridad, lo que además permite a los gobernados estar en condiciones de impugnar tanto los fundamentos del acto, como los razonamientos que lo rigen.
Respecto de la fundamentación y motivación de las resoluciones jurisdiccionales, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que su análisis debe realizarse a la luz de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la tesis de jurisprudencia 1ª./J.139/2005, que lleva por rubro:
Fundamentación y motivación de las resoluciones jurisdiccionales, deben analizarse a la luz de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respectivamente.
De la tesis de jurisprudencia referida, se advierte que el Alto Tribunal del país ha establecido que la fundamentación y motivación de una resolución se encuentra en el análisis exhaustivo de los puntos que integran la Litis; es decir, en el estudio de las acciones y excepciones del debate, apoyándose en el o los preceptos jurídicos que permiten expedirla y que establezcan la hipótesis que genere su emisión, así como en la exposición concreta de las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas tomadas en consideración para la emisión del acto, siendo necesario, además, que exista adecuación entre los motivos aducidos y las normas aplicables al caso.
De lo indicado se deduce por analogía, que en la emisión de un dictamen la comisión legislativa respectiva debe emitirlo observando los requisitos de fundamentación y motivación que exige el artículo 16 constitucional, para lo cual se requiere citar los preceptos legales aplicables al caso concreto que se vaya a dictaminar y exponer las razones que la comisión estime necesarias para sustentar sus argumentaciones, aunque no tenga el carácter de ser un órgano jurisdiccional, puesto que las Comisiones son formalmente órganos del Poder Legislativo investidos de personalidad jurídica y están dotadas tanto por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, como por los reglamentos respectivos de las Cámaras de Diputados y de Senadores, de capacidad jurídica para emitir dictámenes y son autoridades.
Tan es así, que el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, señala en sus fracciones de la I a la XIV del numeral 1 que la comisión o comisiones que emitan dictamen deben cumplir con determinados elementos, refiriéndose la III a la fundamentación del dictamen y concretamente las demás a la motivación y al procedimiento, en congruencia con los artículos 14 y 16 de la Ley Fundamental citados.
Sin embargo, específicamente la fracción IX hace referencia a que el dictamen deberá contener el análisis y valoración de los argumentos del autor que sustentan el asunto o asuntos pero omite precisar que dicho análisis y valoración de los argumentos del autor que sustentan el asunto o asuntos debe ajustarse a los principios de congruencia y exhaustividad, lo que propicia, en ocasiones, que un dictamen se emita no atendiendo a los argumentos expresados por el autor de una determinada iniciativa o punto de acuerdo, lo que implicaría una violación al referido artículo 16 constitucional.
III. Consideraciones
La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ahora bien, esta dictaminadora después del análisis de la propuesta considera pertinente señalar lo siguiente:
a) Planteamiento del problema.
La presente iniciativa no se encuentra estructurada conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento de la Cámara de Diputados, concretamente en el artículo 78, que al respecto señala:
Artículo 78.
1. Los elementos indispensables de la iniciativa serán:
I. Encabezado o título de la propuesta;
II. Planteamiento del problema que la iniciativa pretenda resolver;
III. Argumentos que la sustenten;
IV. Fundamento legal;
V. Denominación del proyecto de ley o decreto;
VI. Ordenamientos a modificar;
VII. Texto normativo propuesto;
VIII. Artículos transitorios;
IX. Lugar;
X. Fecha; y
XI. Nombre y rúbrica del iniciador.
El objeto de contemplar el Reglamento mencionado tales elementos, se hace consistir es que se establezca en forma clara los requisitos necesarios con los que deben cumplir las iniciativas de ley, para que cuenten con un mayor sustento, que a la postre fortalecerá el trabajo legislativo y promoverá la calidad del debate.
Por otra parte, el hecho que en el Reglamento de la Cámara de Diputados se contemplen tales elementos, favorece metodológicamente a contar con propuestas mejor estructuradas y que expongan claramente la necesidad de su aprobación.
En tal sentido, al no tener la propuesta la estructura mínima, observamos la dificultad para determinar cuál es el problema que pretende resolver con su iniciativa, no debemos pasar por alto que esta es una cuestión metodológica que este conlleva una pregunta inicial y una serie de preguntas tópicas relacionadas con dicho fenómeno tales como el ¿Qué? ¿Cómo? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Por qué? ¿Para qué?, entre otras.
Lo anterior, resulta de gran importancia, ya que es indispensable comprobar si los proyectos propuestos se relacionan con un problema jurídico, político, social, cultural, científico o técnico y con ello se puedan precisar las causas y efectos de un problema, para que a través de un acto legislativo se aporte su solución.
No obstante lo anterior, pese a contar en la propuesta a estudio sólo con el apartado de exposición de motivos, al parecer la inquietud de la proponente para proponer una reforma en el `Reglamento de la Cámara de Diputados es que en los dictámenes emitidos en torno a la aprobación o no de iniciativas propuestas por el legislativo puedan violar el artículo 16 constitucional.
b) Artículo 16 constitucional y acto de autoridad.
En su exposición de motivos, la diputada proponente alude al artículo 16 de nuestra Carta Magna, concretamente a la exigencia de que los autos de autoridad se fundamenten.
En tal sentido si bien el legislativo en esencia es un órgano productor de leyes, en ciertos aspectos puede emitir actos en calidad de autoridad, por ello es necesario dejar en claro que se debe entender por acto de autoridad y al respecto se cita lo siguiente:
Puede entenderse por acto de autoridad, cualquier hecho voluntario e intencional, negativo o positivo imputable a un órgano del estado, consistente en una decisión o en una ejecución o en ambas conjuntamente, que produzcan una afectación en situaciones jurídicas o de hecho determinadas, que se impongan imperativa, unilateral o coercitivamente. Dentro de tales característica, destaca el elemento voluntariedad que lo distingue de un acontecimiento cualquiera, el de intencionalidad que estriba en la causación de una afectación, esto es que tiende a la obtención de un fin determinado, así como la índole decisoria o ejecutiva del acto dotado de imperatividad, unilateralidad y coercitividad, que le imprimen naturaleza autoritaria y que por ello puede producir una afectación en bienes o derechos del particular. Por lo tanto, el acto de autoridad reclamable a través del juicio de garantías, necesariamente debe inferir un agravio o lesión a cualquier derecho o bienes del gobernado, para que le asista interés jurídico en reclamarlo.
Sentado lo anterior, observamos las siguientes características del acto de autoridad:
1. Es unilateral porque para su existencia y eficacia no requiere del concurso o colaboración del particular frente al cual se ejercita.
2. Es imperativo porque supedita la voluntad de dicho particular, porque la voluntad de éste le queda sometida.
3. Es coercitivo porque puede constreñir, forzar al gobernado para hacerse respetar.
Expuesto lo anterior, se pone de manifiesto que un dictamen emitido por el poder legislativo es parte del proceso de la creación de leyes o normas y se rige bajo ciertas directrices que para el caso de la Cámara de Diputados se encuentran previstas precisamente en el artículo 85 de su Reglamento y, además, queda sometido a la aprobación o no a cargo de quienes en ejercen el de Diputado por voluntad popular, por tanto, no puede considerarse como acto de autoridad al que se refiere el artículo 16 Constitucional.
c) Principios de congruencia y exhaustividad.
La Diputada proponente refiere en su iniciativa a los principios de congruencia y exhaustividad, señalando de hecho que tales principios deben establecerse como elementos de los dictámenes que emitan las comisiones de la Cámara de Diputados, sin embargo, pese a mencionarlo e incluso proponerlos en su proyecto de decreto, omite señalar el concepto de los mismos y en qué consisten y dada la naturaleza de su proyecto y la alusión de tales principios no resulta congruente, al respecto se expone lo siguiente respecto a tales principios.
Congruencia:
José Ovalle Favela señala que el principio de congruencia se traduce en el deber del juzgador de pronunciar su fallo de acuerdo exclusivamente con las pretensiones, negaciones o excepciones que, en su caso, hayan planteado las partes durante el juicio.
En tales condiciones García Castillo y Santiago Jiménez, señalan que la congruencia es una condición impuesta, a la vez por el derecho y la lógica, ya que es el momento en que el juez va a conformar la información obtenida, reuniendo en un mismo documento lo que indica el derecho y las partes, y de acuerdo a una operación lógica, dar a conocer un resultado.
Cabe mencionar que tales autores, refiriéndose también a dicho principio de congruencia señalan que éste es para efecto de que la sentencia debe formarse de acuerdo con el sentido y alcance de las pretensiones o impugnaciones y excepciones o defensas oportunamente aducidas a fin de que exista la identidad jurídica entre lo pedido y lo resuelto.
Exhaustividad:
Se dice que la exhaustividad no es sino consecuencia de varios principios que rigen a la emisión de las sentencias por parte de la autoridad jurisdiccional, entre ellos el de congruencia.
La doctrina señala el requisito de exhaustividad como el que impone al juzgador el deber de resolver sobre todo lo pedido por las partes, ya sea a favor o en contra.
De lo anterior, si la proponente alude a tales principios que, por cierto son relativos a las resoluciones que en todo caso emita una autoridad jurisdiccional, se desprende cierta inconsistencia en su propuesta ya que consiste en incorporar tal elemento para valoración de dictámenes legislativos por las comisiones de la Cámara de Diputados, pero no aporta los argumentos suficientes precisamente para considerar en la dictaminación de su iniciativa.
Aunado a lo anterior, los principios invocados por la proponente como ha quedado expuesto, son aplicables en técnica jurídica para la elaboración de las sentencias o de las resoluciones emitidas por la autoridad, que tiene la función de determinar o resolver un litigio, esto es, la aplicación de leyes y normas para la administración de justicia en materia legal y judicial.
Y para efectos de la actividad de la creación de leyes, se rige por la técnica legislativa la cual se conforma por los procedimientos, formulaciones, reglas y estilos ordenados y sistematizados que tratan a la ley durante todo su proceso, es decir, desde su preparación, pasando por su elaboración y llegando a su sanción.
d) Analogía.
Se aprecia que la proponente señala como argumento de su iniciativa Se deduce por analogía, que en la emisión de un dictamen la comisión legislativa respectiva debe emitirlo observando los requisitos de fundamentación y motivación que exige el artículo 16 Constitucional
Ha quedado expuesto en el cuerpo del presente dictamen diversos aspectos para considerar que no es viable la iniciativa en comento, aunado a ello en cuanto a la aplicación por analogía es dable mencionar que Ricardo Guastini menciona que analogía es (casi) sinónimo de semejanza. En el lenguaje jurídico, suele llamarse aplicación analógica a la aplicación de una norma a un supuesto de hecho no contemplado por ella, pero semejante al previsto por la misma.
Igualmente el autor citado nos menciona: se llama argumento analógico o argumento a simili al procedimiento discursivo que se emplea para justificar (o motivar) la aplicación analógica.
De lo anterior tenemos que no es procedente aplicar el criterio de la proponente respecto a la elaboración de dictámenes por parte de las comisiones de la Cámara de Diputados, ya que al respecto el Reglamento de la Cámara de Diputados sí contempla cómo deberán elaborarse los dictámenes, siendo precisamente el artículo 85, el cual establece claramente lo siguiente:
I. Encabezado o título del dictamen donde se especifique el asunto objeto del mismo, así como el ordenamiento u ordenamientos que pretenda crear o modificar;
II. Nombre de la comisión o comisiones que lo presentan;
III. Fundamento legal para emitir dictamen;
IV. Antecedentes del procedimiento;
V. Nombre del iniciador;
VI. Contenido del asunto o asuntos, destacando los elementos más importantes, entre ellos el planteamiento del problema;
VII. Proceso de análisis, señalando las actividades realizadas, como entrevistas, comparecencias, audiencias públicas o foros, con el fin de tener mayores elementos para dictaminar;
VIII. En su caso, valoración de impacto presupuestal, regulatorio u otro;
IX. Análisis y valoración de los argumentos del autor que sustentan el asunto o asuntos;
X. Análisis y valoración de los textos normativos propuestos, en su caso, explicando si se aprueban, modifican o desechan;
XI. En caso de dictamen positivo:
a) El proyecto de decreto;
b) La denominación del proyecto de ley o decreto;
c) El texto normativo que se somete a la consideración del pleno; y
d) Los artículos transitorios.
XII. En caso de dictamen negativo, el proyecto de acuerdo respectivo,
XIII. En ambos casos el voto aprobatorio de la mayoría absoluta de las diputadas y de los diputados de la comisión o comisiones que dictaminan, que debe constar mediante firma autógrafa; y
XIV. Lugar y fecha de la reunión de la comisión en que se aprueba.
2. Deberá además, acompañarse de la lista de asistencia de la reunión en que se aprobó, a efecto de verificar el quórum.
3. Lo anterior no obstará para que las diputadas o los diputados que voten en contra, también lo hagan constar en el dictamen mediante su firma, acompañada de la frase En contra.
Requisitos los anteriores de los que se desprende que el análisis de los dictámenes contemplan la valoración del contenido del asunto, destacando el planteamiento del problema, los argumentos que sustenten el asunto e incluso alude a un proceso de análisis.
Lo que deja entrever que al respecto no existe una laguna que justifique la aplicación analógica de alguna otra disposición, principio o regla al respecto, ya que el Reglamento actual es claro en sus disposiciones a considerar para la emisión de los dictámenes por parte de las comisiones, recordar que no es lo mismo la técnica legislativa que la técnica jurídica para emitir resoluciones por parte de autoridades legales.
No se pasa por alto que al respecto la doctrina señala que si no se justifica una laguna y la imposibilidad de resolverla de otro modo, así como la semejanza entre los dos supuestos de hecho, la analogía es un modo de argumentar poco persuasivo.
La aplicación analógica es una técnica de integración del derecho en presencia de lagunas. Se dice que el derecho presenta una laguna o es incompleto cuando el intérprete considera que un determinado supuesto de hecho no está regulado por ninguna norma expresa, lo que en el caso en forma evidente no acontece.
Por todo lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura proponemos a la consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por la diputada Magdalena Núñez Monreal, del Partido del Trabajo.
Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente y definitivamente concluido.
Notas:
1 Artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados vigente.
2 Reglamento de la Cámara de Diputados, versión comentada, primera reimpresión, Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, julio 2013, página 71.
3 Muro Ruíz, Eliseo, Algunos Elementos de Técnica Legislativa, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, México, 2007, pág. 61.
4 Semanario Judicial de la Federación, Octava época, tomo XIV, julio de 1994, primera parte, página 390.
5 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Manual del Juicio de Amparo, Themis, segunda edición, México, 1996, página 23.
6 Ovalle Favela, José, citado por García Castillo, Zoraida y Santiago Jiménez, José A., Generalidades sobre la Técnica Jurídica para la Elaboración de Sentencias, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, página 89.
6 Ídem, página 92.
7 Ibídem.
8 Ídem, página94.
9 Guastini Riccardo, Estudios sobre la interpretación jurídica, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, 1ª ed., México 1999, página 57.
10 Ibídem.
11 Ídem, página 58
12 Ídem, página 61.
Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el Recinto Legislativo de San Lázaro, el día 12 de febrero de 2015.
La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Brenda María Alvarado Sánchez (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Roberto López Suárez (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes, Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica), Norma Ponce Orozco (rúbrica), Alfredo Rivadeneyra Hernández (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Miguel Sámano Peralta (rúbrica).»
REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias le fueron turnadas para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la iniciativa enunciada en el encabezado del presente dictamen.
Esta Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura, habiendo analizado su contenido, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen conforme a los siguientes:
I. Antecedentes
En fecha 2 de octubre de 2014, el diputado José Alberto Benavides Castañeda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó ante el pleno, la iniciativa de ley con proyecto de decreto que reforma el artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria número 4110-III, del 11 de septiembre de 2014.
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que esta iniciativa fuera turnada a esta comisión para su estudio y dictamen.
II. Contenido de la iniciativa
Los argumentos que respaldan esta iniciativa, son los siguientes:
De los decretos constitucionales que se han efectuado desde el inicio de la LXII Legislatura se han aprobado en el pleno de esta honorable Cámara de Diputados nueve reformas constitucionales que implican 47 modificaciones a diversos artículos. Los asuntos tratados no han sido menores siendo los de mayor importancia los relacionados con el sector energético, el educativo y la reforma política, no existiendo en ninguno de estos tres casos un análisis en el interior de las comisiones correspondientes en la Cámara de Diputados, las cuales de acuerdo al artículo 39 de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos son órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.
La iniciativa presentada pretende modificar el artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados, con la intención de establecer que cuando un asunto trate de reformas constitucionales, éste no podrá ser sometido a discusión y votación del pleno sin que se presente el dictamen de comisión respectivo. No hay nada más urgente que respetar los procesos parlamentarios, ya que de ahí se evocan los principios de la democracia.
Es evidente que existen circunstancias que conllevan a la resolución urgente de trámites en esta Cámara de Diputados pero tratándose de la Constitución es necesario que los legisladores seamos altamente responsables y busquemos propuestas críticas, fundamentadas, consensuadas y plurales que resulten en un producto legislativo que fortalezca el marco jurídico nacional, siendo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el elemento fundamental de éste.
En la actualidad hay que decir que las propuestas del Ejecutivo lejos de ser analizadas, lo cual es lo más prudente, han sido impuestas, limitando gravemente al Poder Legislativo.
El Congreso de la Unión posee un carácter supremo el cual se compone por representantes populares, los cuales se deben ocupar de proponer, estudiar, discutir, votar, aprobar o rechazar iniciativas de ley o decreto que se presenten ante el Congreso de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Las funciones principales del Congreso son la de representar a la nación y a los estados; controlar la conducción de la administración pública federal y la de crear leyes, decretos e instituciones de carácter federal. La creación legislativa es la principal tarea del Poder Legislativo, quienes deben participar en la readecuación y reorganización constante del marco jurídico institucional del Estado mexicano.
Al ser la función legislativa una acción que manifiesta las costumbres de una nación, su pluralidad es primordial y estrictamente necesaria y esta pluralidad se conforma dentro de las comisiones de la Cámara de Diputados y no en un acuerdo entre fuerzas políticas mayoritarias. Al actuar de manera aislada y reservar el privilegio de la función legislativa a un grupo específico de poder y se violenta la esencia misma tanto de la función legislativa como de la Constitución.
De acuerdo al artículo 72 constitucional, todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la Ley del Congreso y sus reglamentos respectivos, sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones. Es evidente que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, contempla la necesidad de discutir los asuntos referentes a leyes o decretos, esto debido a la importancia de analizar cada uno de los temas presentados al Congreso.
Un dictamen emitido desde una o varias comisiones, aumenta la probabilidad de que éste haya tenido un proceso de análisis y discusión que fomente la difusión, aumentando la participación de los ciudadanos quienes están representados en esta Cámara de Diputados.
Es por medio de las comisiones que se puede garantizar el correcto funcionamiento de las Cámaras del Congreso de la Unión, partiendo del principio práctico de la división del trabajo, lo que facilita la especialización de los temas específicos, para que posteriormente éstos sean discutidos en el pleno de las Cámaras. Es por esta razón que dentro de las comisiones se considera una estructura que cuenta con asesores especialistas que integran diversos puntos de vista para que sea revisado por los legisladores. Sin duda el apoyo técnico es de alta trascendencia para el buen resultado y funcionamiento del Parlamento.
Aunado a lo anterior, la discusión en comisiones fomenta la participación de opiniones externas, tal es el caso de académicos, asociaciones y otras dependencias que contribuyen a la conformación de argumentos robustos que faciliten la discusión en el pleno.
Para ello, se propone la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:
Artículo 82. ...
1. ...
2. ...
I. a III. ...
Cuando un asunto trate de reformas constitucionales, éste no podrá ser sometido a discusión y votación del pleno sin que se presente el dictamen de comisión o comisiones respectivo.
Lo anterior, con la intención de establecer que cuando un asunto trate de reformas constitucionales, éste no podrá ser sometido a discusión y votación del pleno sin que se presente el dictamen de comisión respectivo.
En una sociedad que pretende ser democrática siempre será necesaria la clarificación de las ideas y la ilustración de conceptos fundamentales fomentando en todo momento la inclusión y el pluralismo para llevar a cabo una transformación social en la cual participen el mayor número de representantes.
La ausencia de discusión y diálogo en un parlamento, limita la representación democrática de una nación y evita el pluralismo de las ideas que conlleven a la garantía de un estado de derecho.
III. Consideraciones
La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ahora bien, esta dictaminadora, después del análisis de la propuesta considera pertinente señalar lo siguiente:
a) Elementos de las iniciativas
La presente iniciativa no se encuentra estructurada conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento de la Cámara de Diputados, concretamente en el artículo 78, que al respecto señala:
Artículo 78.
1. Los elementos indispensables de la iniciativa serán:
I. Encabezado o título de la propuesta;
II. Planteamiento del problema que la iniciativa pretenda resolver;
III. Argumentos que la sustenten;
IV. Fundamento legal;
V. Denominación del proyecto de ley o decreto;
VI. Ordenamientos a modificar;
VII. Texto normativo propuesto;
VIII. Artículos transitorios;
IX. Lugar;
X. Fecha, y
XI. Nombre y rúbrica del iniciador.
El objeto de contemplar en el reglamento mencionado tales elementos, es que se establezcan en forma clara los requisitos necesarios con los que deben cumplir las iniciativas de ley, para que cuenten con un mayor sustento, que a la postre fortalecerá el trabajo legislativo y promoverá la calidad del debate.
Por otra parte, el hecho que en el Reglamento de la Cámara de Diputados se contemplen tales elementos, favorece metodológicamente a contar con propuestas mejor estructuradas y que expongan claramente la necesidad de su aprobación.
En tal sentido, al no tener la propuesta la estructura mínima, observamos la dificultad para determinar cuál es el problema que pretende resolver con su iniciativa, no debemos pasar por alto que esta es una cuestión metodológica que este conlleva una pregunta inicial y una serie de preguntas tópicas relacionadas con dicho fenómeno tales como el ¿Qué? ¿Cómo? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Por qué? ¿Para qué?, entre otras.
Lo anterior, resulta de gran importancia, ya que es indispensable comprobar si los proyectos propuestos se relacionan con un problema jurídico, político, social, cultural, científico o técnico y con ello se puedan precisar las causas y efectos de un problema, para que a través de un acto legislativo se aporte su solución.
Máxime de que en su artículo 85, el Reglamento de la Cámara de Diputados señala cuáles serán los elementos que deben contener los dictámenes, destacando la fracción VI del numeral 1 que contempla el contenido del asunto o asuntos, destacando los elementos más importantes, entre ellos el planteamiento del problema.
Empero no estar bien definida la problemática a resolver, podemos apreciar la inquietud del proponente en el sentido de establecer que en caso de reformas constitucionales no puedan ser sometidas a discusión y votación del pleno sin que se presente primeramente un dictamen en la comisión respectiva.
b) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y Reglamento de la Cámara de Diputados
Ahora bien, cabe precisar que nuestra Carta Magna, establece las directrices que han de imperar respecto al Poder Legislativo y dentro de ellas lo concerniente a las iniciativas o proyectos de ley, contando que el artículo 71, en su párrafo segundo, establece que la Ley del Congreso señalará el trámite que deba dársele a las iniciativas.
Por su parte el artículo 45, numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos señala dentro de las tareas de las comisiones de la Cámara de Diputados, la de dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.
En dicha tesitura, el Reglamento de la Cámara de Diputados, en su numeral 67 y 68 dispone lo siguiente:
Artículo 67.
1. El presidente podrá turnar los asuntos a una o más comisiones, para efectos de:
I. Dictamen,
II. Opinión, o
III. Conocimiento y atención.
2. El turno podrá implicar la realización de una o más de las tareas señaladas en el numeral anterior.
Artículo 68.
1. El turno para efectos de dictamen, procederá para enviar a las comisiones ordinarias, las minutas, las iniciativas legislativas, las observaciones del titular del Poder Ejecutivo federal, las proposiciones y otros documentos que, de acuerdo a la ley, requieran de la elaboración de un dictamen.
De las disposiciones expuestas con anterioridad, queda de manifiesto que el trámite correspondiente a una iniciativa que se presente, para efectos de su aprobación, es el turno correspondiente a la comisión cuya materia aborde para su respectivo dictamen, y tal trámite claramente comprende las iniciativas que pretendan reformar el orden constitucional de nuestro país.
A mayor abundamiento, el Reglamento de la Cámara de Diputados en su artículo 89 en su numeral 2 contempla lo siguiente:
En el caso de las iniciativas de reforma constitucional, se observará lo siguiente:
I. La comisión o comisiones deberán resolverlas dentro de un término máximo de noventa días.
II. La comisión o comisiones que consideren conveniente prorrogar la decisión de la iniciativa turnada, deberán hacer la solicitud al presidente, por conducto de su Junta Directiva, dentro del término para dictaminar, establecido en el numeral anterior. La Mesa Directiva resolverá las solicitudes de prórroga, considerando las circunstancias y argumentos de la petición. En caso de otorgarse, las comisiones tendrán hasta noventa días más, contados a partir del día siguiente en que se hubiese cumplido el término. No podrá haber más de una prórroga, y
III. Aquellas que no se resuelvan en el plazo indicado, se tendrán por desechadas. El presidente instruirá su archivo como asuntos total y definitivamente concluidos.
Numeral que precisa con mayor claridad que las iniciativas de reforma constitucional deben ser dictaminadas por la comisión o comisiones respectivas en el caso del supuesto de comisiones unidas.
Por lo anterior es dable señalar que resulta inviable la presente propuesta, ya que el trámite estipulado tanto para cualquier iniciativa como para las que pretendan reformar nuestra Constitución Política, lo es que se dictamine en las comisiones a las que haya lugar de acuerdo a su temática, lo que conlleva el respectivo proceso de discusión y aprobación por parte de la comisión. Debiendo dejar asentado que en los casos en que esto no ocurriera así, se deberá prestar atención si ello se debe algún tipo de acuerdo dentro de la práctica parlamentaria que hayan podido conformar los grupos parlamentarios, sobre todo los que tengan una representación mayoritaria.
Ahora bien, de lo expuesto tenemos que ya se contempla en el marco normativo, el supuesto de que deben discutirse las iniciativa en el pleno de las comisiones, por lo tanto, es que también se considera desechar la presente propuesta, ya que de lo contrario, en caso de aprobar la propuesta del diputado iniciante, se contribuirá a crear lo que en técnica legislativa se conoce como normas redundantes.
Esto es, se prescriben en éstas las mismas soluciones para los mismos casos, lo cual invariablemente conduciría a una innecesaria superabundancia de normas, haciendo más difícil su manejo.
Por todo lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura proponemos a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:
Acuerdo
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentada por el diputado José Alberto Benavides Castañeda, del Partido del Trabajo.
Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente y definitivamente concluido.
Notas:
1. Artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados vigente.
2. Reglamento de la Cámara de Diputados, versión comentada, 1ª reimpresión, Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, julio 2013, p. 71
3. Muro Ruíz, Eliseo, Algunos Elementos de Técnica Legislativa, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, México, 2007, pág. 61.
4. Bulygin, Eugenio, Teoría y Técnica de la Legislación en Elementos de Técnica Legislativa, op. cit., pág. 91.
5. Idem.
Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias en el recinto legislativo de San Lázaro, el 12 de febrero de 2015.
La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Brenda María Alvarado Sánchez (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Roberto López Suárez (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes, Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica), Norma Ponce Orozco (rúbrica), Alfredo Rivadeneyra Hernández (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Miguel Sámano Peralta (rúbrica).»
LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 43 y 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias le fueron turnadas para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la iniciativa enunciada en el encabezado del presente dictamen.
La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura, habiendo analizado su contenido, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen conforme a lo siguiente:
I. Antecedentes
En la sesión del martes 30 de septiembre de 2014, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta al pleno de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 43 y 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado José Arturo López Cándido del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
II. Contenido de la iniciativa
La iniciativa enlistada en los antecedentes, señala que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4, así como el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos dan reconocimiento de igualdad a las mujeres y los hombres para condiciones de igualdad en funciones públicas.
De igual manera, en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres propone lineamientos y procedimientos para que las instituciones cumplan con igualdad en los ámbitos públicos y privados promoviendo el empoderamiento de las mujeres, también la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación promueve la igualdad de oportunidades y trato.
El viernes 23 de mayo de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el nuevo marco jurídico electoral que consta de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley de Partidos Políticos y la Ley General en materia de Delitos Electorales en donde una de las reformas que de hecho se presenta por parte del Ejecutivo como preferente, tiene que ver con la equidad de género.
Señala que conforme la ley, en las próximas elecciones se tendrá que cubrir un total de 50 por ciento mujeres y un 50 por ciento hombres para participar en los 300 distritos donde habrán votaciones, así como en las listas plurinominales de los Partidos Políticos, de tal manera que se pronostica más mujeres en el Congreso de la Unión a partir de la LXIII Legislatura para la elección de diputados, por lo tanto, sugiere que para ser congruentes se debe adecuar la Ley Orgánica del Congreso General conforme a las condiciones de equidad de género.
En la actualidad, en el Poder Legislativo se carece de esta personalidad en los hechos aunque se encuentra marcado en el Reglamento de la Cámara de Diputados en el artículo 21, donde se menciona que cada grupo parlamentario promoverá la equidad de género, sin embargo no es así.
La Cámara de Diputados existen del total de las comisiones y órganos de gobierno, el 63.15 por ciento son presididas por hombres, lo que quiere decir que solo el 34.84 por ciento son presididas por mujeres. En el caso de la Cámara de Senadores, el 69.51 por ciento de las comisiones y comités, son presididas por hombres y sólo 25 es decir el 30.48 por ciento son presididas por mujeres. En el caso de las comisiones bicamarales, todas ellas son presididas por hombres.
Su objetivo es proponer que de igual manera las presidencias de las comisiones, comités y grupos de trabajo sean presididos en un 50 por ciento por mujeres así como un 50 por ciento de hombres, mediante la reforma el artículo 43 numeral 3 y el artículo 46 numeral 1 y 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 43.
1. ...
2. ...
3. Para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad y la equidad de género representada en la Cámara y formulará las propuestas correspondientes, con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del Pleno y la conformación de las comisiones.
Artículo 46.
1. Los comités son órganos para auxiliar en actividades de la Cámara que se constituyen por disposición del Pleno, para realizar tareas diferentes a las de las comisiones. Tendrán la duración que señale el acuerdo de su creación, y procurando la equidad de género para las presidencias de estos.
2. ...
3. ...
4. ...
5. A propuesta de la Junta de Coordinación Política, el pleno propondrá constituir grupos de amistad para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostenga relaciones diplomáticas. Su vigencia estará ligada a la de la legislatura en que se conformaron, pudiendo desde luego ser establecidos nuevamente para cada legislatura y procurando la equidad de género para las presidencias de estos.
III. Consideraciones
La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ahora bien, esta dictaminadora después del análisis de la propuesta considera pertinente señalar lo siguiente:
a) Reglamento de la Cámara de Diputados
Se observa en principio que la presente iniciativa no se encuentra estructurada conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento de la Cámara de Diputados, concretamente en el artículo 78, los cuales son los siguientes:
Artículo 78.
1. Los elementos indispensables de la iniciativa serán:
I. Encabezado o título de la propuesta;
II. Planteamiento del problema que la iniciativa pretenda resolver;
III. Argumentos que la sustenten;
IV. Fundamento legal;
V. Denominación del proyecto de ley o decreto;
VI. Ordenamientos a modificar;
VII. Texto normativo propuesto;
VIII. Artículos transitorios;
IX. Lugar;
X. Fecha, y
XI. Nombre y rúbrica del iniciador.
Cabe mencionar que la finalidad del Reglamento mencionado de establecer tales elementos, es para que las iniciativas cuenten con un mayor sustento, que se refleje en fortalecer el trabajo legislativo y promover la calidad del debate.
Por otra parte, el hecho que en el Reglamento de la Cámara de Diputados se contemplen tales elementos, favorece metodológicamente a contar con propuestas mejor estructuradas y que expongan claramente la necesidad de su aprobación.
En tal sentido, al no tener la propuesta la estructura mínima, observamos la dificultad para determinar cuál es el problema que pretende resolver con su iniciativa, no debemos pasar por alto que esta es una cuestión metodológica que este conlleva una pregunta inicial y una serie de preguntas tópicas relacionadas con dicho fenómeno tales como el ¿Qué? ¿Cómo? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Por qué? ¿Para qué?, entre otras.
Lo anterior, resulta de gran importancia, ya que es indispensable comprobar si los proyectos propuestos se relacionan con un problema jurídico, político, social, cultural, científico o técnico y con ello se puedan precisar las causas y efectos de un problema, para que a través de un acto legislativo se aporte su solución.
Máxime que en el artículo 85, el Reglamento de la Cámara de Diputados señala cuáles serán los elementos que deben contener los dictámenes, destacando la fracción VI del numeral 1 que contempla el contenido del asunto o asuntos, destacando los elementos más importantes, entre ellos el planteamiento del problema
Establecido lo anterior, la presente propuesta no cuenta con un apartado en específico que exponga en forma adecuada tal elemento, sino que sólo cuenta con el desarrollo de su exposición de motivos, la cual al final señala que en el poder legislativo no debe seguir existiendo discriminación por razones de género y cuotas de poder.
Con base en esto y en los argumentos de la exposición de motivos, esta comisión desprende que la problemática que aborda el iniciante en su propuesta es que hay una discriminación en torno a las personas del género femenino que desempeñan el cargo de diputada en la Cámara.
b) Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
En materia de la normatividad parlamentaria, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el máximo ordenamiento jurídico y dentro de su gama de disposiciones se encuentran establecidas normas referentes a la materia parlamentaria tales como facultades y obligaciones del Congreso, la forma en que habrán de integrarse y los parámetros bajo los cuales habrá que regirse.
Igualmente se cuenta con las disposiciones que establece la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y respecto de este ordenamiento es dable mencionar que contempla establece la integración y funciones de las Cámaras de Congreso, siendo importante destacar que esta Ley, dentro de las funciones señaladas para ambas cámaras del congreso, establece la de expedir sus respectivos reglamentos.
Así las cosas, relativo a la Cámara de Diputados en 2010 fue expedido el Reglamento, cuyo objeto es precisamente normar la actividad parlamentaria en la Cámara de Diputados y establecer los procedimientos internos que hagan eficiente su estructura y funcionamiento.
Partiendo de lo anterior y tomando en consideración los argumentos de la exposición de motivos de la propuesta, así como de la redacción de su respectivo proyecto de decreto, se puede inferir que la solución que el iniciante da a la problemática de la discriminación en la Cámara de Diputados es reformar la Ley Orgánica del Congresos General de los Estados Unidos Mexicanos a efecto de que se establezca la integración de las comisiones ordinarias tomando en cuenta la equidad de género y procurar la misma en las presidencias de los comités y grupos de amistad, todos ellos de la Cámara de Diputados.
De lo anterior deviene la importancia de plantear correctamente el problema, que en el caso debe entenderse en definir qué es lo que se busca solucionar o mejorar con la reforma propuesta.
Esto es, el hecho de modificar las normas jurídicas implica determinar la necesidad de su actualización, nos refiere Muro Ruíz, que el fin de modificar el contenido de un ordenamiento jurídico, en uno o varios artículos lo es para introducirle innovaciones o adecuarlo a la realidad social.
c) Consideraciones particulares a la propuesta
Sumado a las razones expuestas en los incisos que anteceden, esta Dictaminadora considera inviable la propuesta por las siguientes razones:
1. No basta con señalar un problema (el cual en el presente caso se ha señalado que no se encuentra debidamente planteado) y señalar una solución, sino que esa solución debe estar debidamente sustentada y en una iniciativa, tal sustento debe hacerse en la exposición de motivos, explicar claramente como esa propuesta de solución resolverá en forma real la problemática abordada, extremo que no es posible desprender de la presente propuesta.
2. Los datos y estadísticas proporcionadas si bien exponen una carencia de integración de mujeres y hombres en las presidencias de comisiones ordinarias, especiales, comités, grupos de trabajo, de amistad, así como en comisiones bicamerales, también es cierto que el mismo iniciante señala que tal circunstancia deberá presentarse en virtud de las reformas que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2014, con lo cual se evidencia que tal disposición es de aplicación posterior a la conformación de la actual legislatura, además que el mismo proponente señala que esto deberá aplicarse para participar en los 300 distritos donde habrá votaciones.
3. El proponente señala en su propuesta que no se cubre la equidad de género y alude los casos tanto de la Cámara de Diputados como de Senadores, haciéndolo incluso gráficamente mediante cuadros, pero la propuesta sólo aborda la reforma a los preceptos de la Ley que rigen a la Cámara de Diputados y no a la de Senadores, lo que denota inconsistencia en su iniciativa ya que no incluye la misma en las disposiciones que conciernen a la Cámara de Senadores.
4. Como se hizo el señalamiento, es el Reglamento de la Cámara de Diputados donde se normará la actividad parlamentaria de la Cámara y se establecerán los procedimientos internos que hagan eficiente su estructura y funcionamiento e incluso en la exposición de motivos de la iniciativa el proponente refiere que el artículo 21 del citado Reglamento menciona la promoción de la equidad de género.
No pasa por alto para esta Dictaminadora que si bien, el proponente ejemplifica que no se cumple el Reglamento en la materia y expone sus cifras, cabe resaltar que actualmente resultaría difícil cubrir en paridad del cincuenta por ciento los órganos e instancias de la Cámara de Diputados, en virtud del número que por género la integran.
5. Debe tenerse en cuenta que las tareas legislativas conllevan la realización de un trabajo productivo, eficiente, que de realmente solución a las problemáticas sociales, políticas, económicas, jurídicas, etc. Con independencia del carácter de representante popular con el que cuentan los diputados, debe ponderarse su experiencia, pericia, conocimiento o profesionalización que en determinados campos puedan tener u ofrecer y que socialmente puede aportar más a la vida productiva del país.
Esto es, si finalmente el concepto es que se ha privilegiado la equidad de género en la representación de legisladores en el Congreso, esto no debe demeritar o inferir en resultados eficaces de la labor parlamentaria ya que podría presentarse incluso el supuesto de que los órganos a que se refiere el proponente, basados en conocimiento y experiencia puedan ser presididos en su mayoría por legisladoras, luego entonces la solución propuesta estaría limitando el objeto primordial que es privilegiar la equidad de género.
Por ello se considera que la solución a representación de equidad de género no puede ser solucionada con disposiciones que se sustenten en estadísticas y números, que pueda por un lado afectar incluso al género que en la iniciativa se busca beneficiar, sino que a estas medidas deben vincularse otras de mayor importancia, como son la experiencia, conocimiento o pericia que puedan verse limitados por circunstancias numéricas.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura proponemos a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 43 y 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado José Arturo López Candido, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente y definitivamente concluido.
Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el Recinto Legislativo de San Lázaro, el día 12 de febrero de 2015.
Notas:
1 Artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados vigente.
2 Reglamento de la Cámara de Diputados, versión comentada, primera reimpresión, Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, julio 2013, página 71
3 Muro Ruíz, Eliseo, Algunos Elementos de Técnica Legislativa, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, México, 2007, página 61.
4 Artículo 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados vigente.
5 Ídem.
6 Muro Ruíz, Eliseo, Algunos Elementos de Técnica Legislativa, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, México, 2007, página 121.
La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Brenda María Alvarado Sánchez (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Roberto López Suárez (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes, Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica), Norma Ponce Orozco (rúbrica), Alfredo Rivadeneyra Hernández (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Miguel Sámano Peralta (rúbrica).»
MURO DE HONOR DEL SALON DE SESIONES DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo sobre tres iniciativas con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados
Honorable Asamblea:
Los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, de la LXI Legislatura, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, párrafo 2, inciso b), y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos 80, numeral 1, fracción II, 82, numeral 1, 157, numeral 1, fracción I y 158, numeral 1, fracción IV y 262 del Reglamento de la Cámara de diputados; así como por los artículos 5 y segundo transitorio del decreto por el que se expiden los Criterios para las Inscripciones de honor en la Cámara de Diputados, exponemos a la consideración de esta asamblea el presente dictamen de conformidad con lo siguiente:
Antecedentes
1. En la sesión ordinaria de la Cámara de diputados, realizada el jueves 4 de noviembre de 2014, el diputado Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de diputados dio cuenta de la Iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Felipe Ángeles, presentada por el diputado Darío Badillo Ramírez del Grupo Parlamentario del PRI. Asimismo determinó que se turnara a esta Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de diputados, número 4145-III, el jueves 30 de octubre de 2014.
2. En la sesión ordinaria de la Cámara de diputados, realizada el martes 19 de noviembre de 2014, el diputado Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de diputados dio cuenta de la Iniciativa con proyecto de decreto, para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados, la leyenda A los Constituyentes de 1824, a cargo de la diputada Marina Esmeralda Hernández Morales, del Grupo Parlamentario del PRI. Asimismo determinó que se turnara a esta Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de diputados, número 4148-V, del martes 4 de noviembre de 2014.
3. En la sesión ordinaria de la Cámara de diputados, realizada el jueves 19 de noviembre de 2014, el diputado Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de diputados dio cuenta de la iniciativa con proyecto de decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de Jesús García Corona, Héroe de Nacozari, a cargo del diputado Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PRI. Asimismo determinó que se turnara a esta Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Iniciativa 60/052.
La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de diputados, número 4153-VII, del martes 11 de noviembre de 2014.
4. El 24 de diciembre de 2010 se publicó el Reglamento de la Cámara de diputados, cuya vigencia comenzó a partir del 1 de enero de 2011.
5. El artículo 262 del Reglamento establece que:
1. La Cámara podrá realizar inscripciones dentro del Recinto, en los espacios adecuados para tal fin, conforme a los criterios para las inscripciones de honor en el recinto de la Cámara de diputados que emita la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Para ello, deberá presentarse iniciativa en los términos de este Reglamento.
11. Los artículos décimo y décimo primero transitorios del decreto publicado el 24 de diciembre de 2010 señalan lo siguiente:
Décimo. La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias tendrá seis meses a partir de la entrada en vigor del presente reglamento, para establecer los Criterios para Inscripciones de Honor en el Recinto de la Cámara de diputados, a que se refiere el artículo 262 de este Reglamento.
Décimo Primero. El término para dictaminar las iniciativas en materia de inscripciones de honor que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias haya recibido a partir del 1 de septiembre de 2009, no correrá sino hasta que entren en vigor los Criterios para Inscripciones de Honor en la Cámara de diputados.
6. La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias aprobó en su reunión ordinaria del día 28 de junio de 2011, el dictamen con proyecto de decreto por el que se expiden los Criterios para las Inscripciones de Honor en la Cámara de diputados.
7. El dictamen fue puesto a consideración del pleno para su discusión y votación en la sesión ordinaria del día jueves 29 de septiembre de 2011, donde se aprobó por mayoría.
8. El lunes 3 de octubre de 2011, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los Criterios para las Inscripciones de Honor en la Cámara de diputados.
9. El artículo segundo transitorio del decreto por el que se expiden los criterios, señala que:
La comisión podrá, a través de un dictamen, atender todas las iniciativas pendientes de resolución en materia de Letras de Oro, que no alcancen el consenso de sus integrantes para ser aprobadas.
Contenido de las iniciativas
De acuerdo con la exposición de motivos de cada iniciativa, a continuación se destaca lo más relevante de su contenido, en el mismo orden que la relación señalada en los Antecedentes de este dictamen.
1. Letras de Oro, Felipe Ángeles: El 13 de junio en el estado de Hidalgo se conmemoró el 145 aniversario del natalicio de quien fuera considerado, por sus dotes e inteligencia, como el gran estratega militar de la Revolución Mexicana: don Felipe Ángeles Ramírez, Hijo Ilustre de su entidad natal desde 1941 y que la nación entera quizás por descuido u olvido por casi noventa y cinco años ha dejado fuera del Muro de Honor de este imponente recinto legislativo.
Felipe Ángeles sobresalió como alumno del Colegio Militar, de donde egresó como Teniente de Ingenieros. Posteriormente, por sus servicios en activo y estudios en artillería, ascendió al grado de Capitán Segundo de Artillería. A partir de ese momento se incorporó a la planta de profesores del Colegio Militar de Aspirantes, de la Escuela de Tiro de la cual llegó a ser director y de la Escuela Nacional Preparatoria.
Poco después, en los Estados Unidos amplió sus estudios de artillería y fue reconocido como uno de los mejores oficiales del Ejército Mexicano, por lo que fue ascendido a Mayor. En 1905 fue enviado a Francia a supervisar el armamento adquirido por el gobierno de la República a aquella nación, y ahí se consolidó como estrategia militar al realizar sus estudios en la Escuela de Aplicación de Fontainebleau y en la de Tiro de Mailly.
A su regreso a México, ya con el triunfo de Francisco I. Madero, éste en su calidad de Presidente de la República, lo nombró Jefe del 1er. Regimiento de Artillería y posteriormente, Director del Colegio Militar. En junio de 1912 fue ascendido a General Brigadier y designado Jefe Interino de la 7a. Zona Militar en Morelos, por lo cual le correspondió contrarrestar la ofensiva rebelde del ejército comandado por Emiliano Zapata, reconocido por los propios zapatistas por su humanismo, lo que le permitió tener un trato respetuoso con este grupo revolucionario durante la Soberana Convención que se organizó primero en la Ciudad de México y luego se trasladó a la Ciudad de Aguascalientes en octubre de 1914.
Su perfil leal e institucional se reafirmó durante los hechos de la denominada Decena Trágica. Al inicio de este episodio trágico para la vida nacional, el presidente Madero lo buscó personalmente en Cuernavaca, Morelos, para que se encargara como Jefe de su Estado Mayor, pero debido a que sólo era General Brigadier se consideró que el más apto para desempeñar ese cargo sería Victoriano Huerta, en quien quedó el mando general de las operaciones y desde donde urdió el Plan de la Embajada con el cual, contando con el apoyo del Embajador estadounidense Henry Lane Wilson, fraguó el golpe de Estado contra Madero.
Cuando Victoriano Huerta traicionó finalmente al Presidente de la República, al mandarlo aprehender junto con el vicepresidente José María Pino Suárez, el general Felipe Ángeles luchó siempre leal a la investidura de Madero. La Decena Trágica desembocó en la revolución constitucionalista comandada por el entonces gobernador de Coahuila, don Venustiano Carranza, quien el 19 de febrero de 1913, tras el encarcelamiento del presidente Francisco I. Madero y del vicepresidente José María Pino Suárez, propuso al Congreso de Coahuila emitir el Decreto 1421 que desconocía al gobierno usurpador de Victoriano Huerta y le concedía la facultad extraordinaria de armar fuerzas para coadyuvar al sostenimiento del orden constitucional de la República, solicitando para ello la ayuda de los otros gobernadores y jefes militares, pero sobre todo del pueblo de México.
Por esa razón, el general Felipe Ángeles se puso en contacto con el movimiento constitucionalista y regresó al país en octubre de 1913 para unirse a las filas de su ejército comandado por don Venustiano Carranza, con quien se entrevistó en Sonora. Por su trayectoria militar naturalmente le correspondería ser nombrado Secretario de Guerra, pero debido a su exilio en Europa después de la Decena Trágica y por el descontento de diversos generales revolucionarios fue designado subsecretario del ramo.
El general Felipe Ángeles fue uno de los principales promotores de la soberana Convención de Aguascalientes, a la que asistió como representante de la División del Norte y logró el apoyo de las fuerzas zapatistas. En medio de esta reunión se produjo la fuerte escisión entre villistas y carrancistas, que derivó en el fracaso del primer intento de institucionalización de la lucha armada.
Al triunfo del carrancismo, el general Felipe Ángeles se trasladó a los Estados Unidos y ahí organizó la Alianza Liberal Mexicana, un movimiento político caracterizado por defender los postulados de la Constitución de 1857 y la bandera democrática del maderismo.
A pesar del clamor popular que vio en el general Felipe Ángeles a un hombre recto y de principios democráticos y universales, así como de las diversas peticiones de indulto que se le solicitaron a don Venustiano Carranza, su destino en el paredón ya estaba escrito. En vísperas de su ejecución se definió a sí mismo como un hombre que teniendo amor a la vida, no teme perderla. Y como epitafio de su existencia dijo: mi muerte hará más bien a la causa democrática que todas las gestiones de mi vida. La sangre de los mártires fecundiza las buenas causas. Fue así como la mañana del 26 de noviembre de 1919 se pasó por armas al general hidalguense.
2. Letras de Oro, A los Constituyentes de 1824: A la caída del Primer Imperio en México encabezado por Agustín de Iturbide, se restituyó provisionalmente el Congreso Mexicano mismo que convocó a la instalación de un Congreso Constituyente en 1823. Los diputados que integraron el Constituyente, se dividieron en dos vertientes políticas: los federalistas y los centralistas; los primeros abogaban por una mayor soberanía de los Estados y la instauración de un gobierno federal; mientras que los centralistas respaldaban la idea de instaurar un gobierno nacional fuerte, investido con facultades exclusivas para controlar la unidad territorial.
De entre estas dos vertientes, fue evidente el predominio de las doctrinas federalistas y lo cual se fue manifestando poco a poco en la elaboración del proyecto de Constitución.
El arduo trabajo de personajes como José Miguel Guridi y Alcocer, Fray Servando Teresa de Mier, Lorenzo de Zavala, Carlos María Bustamante, Manuel Crescencio G. Rejón, Francisco María Lombardo, José María Becerra, Prisciliano Sánchez, Valentín Gómez Farías, Juan de Dios Cañedo y Miguel Ramos Arizpe, dieron como resultado la promulgación de la primera Constitución Federalista vigente para México, el 4 de octubre de 1824.
En la Constitución de 1824 se fueron fraguando principios básicos para la organización política del gobierno en México, como la división territorial, la separación de los poderes públicos, la autonomía de las entidades, así como la instauración de una república popular representativa y federal.
Los primeros 19 Estados en integrarse al Pacto Federal a través de la Constitución de 1824 fueron Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Texas, Durango, Guanajuato, México, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla de los Ángeles, Querétaro, San Luís Potosí, Sonora, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Jalisco, Yucatán y Zacatecas. Asimismo, la Constitución dio reconocimiento a cuatro territorios a los que en ese entonces no se les otorgó el estatus de Estado: Alta California, Baja California, Colima y Santa Fe de Nuevo México.
La Constitución de 1824, fue una obra jurídica de gran significado no sólo para la organización política de México, sino también para la instauración de un Poder Legislativo bicéfalo de grandes dimensiones.
Durante el año de la creación de la primera Constitución federal en México se efectuaron las primeras elecciones presidenciales, por la que resultaron electos el General Guadalupe Victoria, titular del Ejecutivo, y Nicolás Bravo como vicepresidente.
Con lo anterior podemos asegurar que la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 fue nuestro principal precursor de organización política del territorio, después del México posrevolucionario. Y es a través de su texto, que quedaron asentados los principales lazos de identidad social en nuestro pueblo, sobre todo a través de la práctica de la religión católica apostólica y romana. Además, la Constitución de 1824 es nuestro primer antecedente, por el que se denomina oficialmente a nuestro país, Estados Unidos Mexicanos; nombre que se sigue utilizando para denominar a nuestro país en la actualidad.
No cabe duda: las Constituciones de Cádiz y de Estados Unidos de América fueron el marco ideológico para la edificación de los 171 artículos que fueron construyendo los diputados para la integración la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824.
El próximo 4 de octubre se celebrará el 190 aniversario de la promulgación de la Constitución de 1824, fecha en la que debemos conmemorar a los ilustres hombres y mujeres que con el sudor y sangre del México posrevolucionario, lograron edificar el primer gran proyecto de Constitución para el México independiente.
El Congreso ya ha dado los respectivos honores a los Constituyentes de Apatzingán, a los de 1857 y a los de 1917; no obstante, hemos olvidado admirar las grandes herencias que el Constituyente de 1824 ha atribuido a nuestra generación.
3. Letras de Oro , Jesús García Corona, Héroe de Nacozari: El 7 de noviembre de 1907 se encontraba en los patios de la estación de Nacozari Jesús García Corona, cuando se incendió un furgón de pastura seca cercano a dos furgones cargados de dinamita.
García se dio cuenta del peligro, se metió en la cabina de la máquina, la hizo retroceder y enganchó los carros, lanzándose fuera de la ciudad. Poco tiempo después de salir de la última línea de casas se produjo una explosión tremenda, quedando destruidos los carros, la máquina y el cuerpo del salvador de Nacozari, cuyos restos no se encontraron. Es verdad: murieron por la explosión 13 personas, pero se salvaron 5 mil. De este hecho se han cumplido 107 años, según consigna la iniciativa.
La hazaña de Jesús García consumada en un instante de avasalladora trascendencia, reviste características del heroísmo más acendrado y lleva a la reflexión de que acciones así, inspiradas en un momento de decisión suprema, son ejecutadas al impulso de una inspiración divina que transforma al hombre dotándolo del valor, la decisión y el altruismo esenciales para llevarlas al clímax de su propósito.
No hubo en Jesús García vacilaciones ni desmayos, ni las circunstancias las admitían. Pudo haber huido al darse cuenta de la inminencia del desastre, cediendo al natural imperativo del instinto de conservación, pero un impulso sobrenatural, filantrópico, se antepuso a cualquier consideración de su propia seguridad y salvación algo reservado para los que tienen el temple y el corazón de predestinados, inundó su ser, galvanizando su voluntad, comunicándole pujanza de gigante y ansia de renunciación, para guiar su maniobra en aquellos momentos en que cada segundo, cada metro que avanzaba su convoy, aseguraba más y más el éxito de su propósito.
Tan importante y representativo es el nombre de Jesús García Corona en Sonora que el propio ayuntamiento de Hermosillo, en su reglamento interior le hizo un reconocimiento por sus hechos, al crear un escudo heráldico oficial.
Por todo lo expuesto, nos debe quedar claro que la lección del 7 de noviembre de 1907 es digna de perpetuarse en bronce, material que realmente se utiliza para las letras de oro, para seguir fortaleciendo el culto al héroe, es por ello que se pretende que su nombre quede inmortalizado en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados
Considerando: Que Jesús García sacrificó su vida por salvar la de los habitantes de Nacozari, Sonora, México, la Junta de Gobierno de The American Cross of Honor ha adoptado la siguiente resolución:
Que la historia cuenta solamente muy pocos casos de un acto de valor tan grande, o de muerte tan heroica y ningún honor será demasiado grandioso para conmemorar la memoria de este héroe que murió por sus semejantes.
...Queda, asimismo, acordado que esta resolución sea consignada en el acta de nuestra orden y que una copia de ella sea enviada a su excelencia, el embajador mexicano en Washington. Thomas H. Herndon, presidente. Harry A. George, secretario.
No sólo tuvo este reconocimiento, sino también le construyeron un monumento en la Plaza de Nacozari, para recodar por la eternidad que Jesús García Corona, mejor conocido como El Héroe de Nacozari, salvó la vida de otros seres humanos, dejando en ello su misma vida.
Por todo lo anterior, el propio Congreso de Sonora, aprueba una Ley que declara al Héroe Ferrocarrilero Jesús García, hijo Preclaro de la Ciudad de Hermosillo y dedica como monumento permanente a su memoria el lugar conocido como Cerro de la Campana.
Consideraciones
1. La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. En términos generales las iniciativas motivo del presente dictamen, cumplen con los elementos indispensables que señala el artículo 78 del Reglamento de la Cámara de diputados, para su presentación.
3. Con las primeras inscripciones en el Muro de Honor julio de 1823 1 se inició la tradición de plasmar con letras de oro los nombres de personajes distinguidos de nuestro país, sin reglas bajo las cuales se aprobaran dichos reconocimientos, pues la intención de aquellos legisladores fue rendir un homenaje sólo a quienes con su obra y vida habían contribuido al nacimiento de nuestro país, como un Estado soberano e independiente.
4. Es una realidad que desde la aprobación de las primeras inscripciones hasta la más reciente, no existieron normas o algún reglamento específico que señalara los requisitos que debían contener las propuestas para las inscripciones con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de diputados, de nombres, leyendas o apotegmas. Asimismo, tampoco han existido criterios definidos para aceptar o rechazar alguna inscripción. Por tal motivo, cualquier decisión y argumento en un sentido o en otro, podía resultar controversial; no obstante que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias tiene facultad plena para resolver al respecto, de acuerdo a lo que dispone el artículo 40, párrafo 2, inciso b, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos 2.
5. Una innovación que se aprecia en los Criterios para las inscripciones de honor en la Cámara de Diputados es que señalan expresamente la posibilidad para que los reconocimientos u homenajes inscritos, se realicen no sólo en el Salón de Sesiones, en el lugar que hasta ahora se ha considerado como único para este tipo de tributos, sino también en otros espacios del Recinto, como el patio central o en los salones donde habitualmente se reúnen las comisiones.
6. Otro elemento a considerar por esta dictaminadora es el contenido de los artículos 3 y 5 de los Criterios, que a la letra señalan:
Artículo 3. Las Inscripciones de Honor en la Cámara de diputados serán procedentes cuando tengan el acuerdo de las dos terceras partes de los diputados presentes en el Pleno, previo dictamen que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias presente debidamente fundado y motivado.
Artículo 5. La Comisión resolverá sobre las propuestas de Inscripción presentadas valorando los méritos, virtudes, grado de eminencia, aportaciones y servicios a la patria o a la humanidad; sujetándose a los principios de imparcialidad, objetividad y transparencia, atendiendo a criterios de validez universal.
8. Las disposiciones antes referidas forman la columna vertebral de la regulación citada, porque en ellas se incorporan requisitos elementales para dictaminar las propuestas presentadas en esta materia, sea en sentido positivo o negativo, como son: una votación de dos tercios en el Pleno, es decir, 333 diputados y diputadas de un universo de 500; así como los principios de imparcialidad, objetividad y transparencia que ahora deben caracterizar este tipo de decisiones, por parte de la Cámara de Diputados, a fin de evitar cualquier duda o controversia, respecto a las resoluciones que emita.
9. Respecto a las iniciativas atendidas en el presente dictamen, ésta dictaminadora considera que todas y cada una tienen diversos méritos dignos de ser reconocidos, como se demuestra ampliamente en el apartado de Antecedentes, producto de la argumentación de sus autores. Asimismo, las aportaciones y trayectoria de los personajes sugeridos, leyendas, apotegmas y hechos que se proponen reconocer, podrían inscribirse en alguno de los espacios del Recinto que se destinen para tal fin, puesto que como ya se apuntó, los Criterios para las Inscripciones de Honor permiten esa posibilidad y sin duda, en cada propuesta se advierten sucesos trascendentes en la vida política, cívica y social de nuestro país, merecedores de ser distinguidos por esta Cámara; sin embargo, las actuales reglas advierten claramente los requisitos ineludibles para que alguna propuesta pueda ser considerada a tal reconocimiento y es a éstos a los que se sujeta la decisión de esta comisión.
10. Cabe decir también, que la propuesta presentada para en reconocer, a través de una inscripción, la expedición de la Constitución de 1824, resulta redundante, si tomamos en cuenta lo siguiente:
El Mural Las Constituciones de México, ubicado en el Vestíbulo del Salón de Sesiones, elaborado por el maestro Adolfo Mexiac, originario de Michoacán, es una de las obras con mayores referencias expresas de corte histórico, que se ubican al interior del Recinto Legislativo de San Lázaro. En uno de sus costados relata el movimiento de independencia de México, donde destacan figuras como la de José María Morelos y Pavón y Miguel Hidalgo.
El Mural Pluralismo político, del maestro guanajuatense José Chávez Morado, que se encuentra en el frontispicio del Recinto Legislativo, cuya imagen representa el ícono más elaborado y distintivo de la Cámara de Diputados, tiene en la parte inferior la imagen de rostros que simbolizan los de aquéllos próceres participantes en las luchas sociales y armadas, así como en el diseño de los documentos constitucionales mexicanos.
El Recinto de la Cámara de Diputados también alberga dieciséis bustos de próceres mexicanos, cuyas imágenes evocan los complejos procesos históricos de nuestro país, que constituyen las bases de creación y consolidación del Poder Legislativo Mexicano. Seis de estas obras se encuentran ubicadas en el patio central, con la efigie de José María Morelos, Francisco Zarco, Benito Juárez, entre otros.
Recientemente, durante la LXI Legislatura y para continuar con la tradición de reconocimiento a través de la plástica de los hechos fundacionales de la nación mexicana, fue inaugurado en el lobby del Edificio E, en distintas etapas, el Mural La Historia del Pueblo Mexicano, a través de su vida constitucional, del maestro Guillermo Ceniceros, quien dijo que su intención fue realizar una síntesis de la historia de México a través de sus constituciones, así como metáforas que acopian elementos históricos y plasmar en imagen las etapas más importantes del desarrollo del Congreso mexicano, mostrando los rostros de quienes participaron activamente en cada una de ellas.
11. Además de lo anterior, el artículo tercero de los Criterios para las Inscripciones de Honor en la Cámara de Diputados establece que para dictaminar las propuestas en materia de letras de oro e inscripciones de honor, es necesario contar con el acuerdo de las dos terceras partes de los diputados. De tal suerte que, cualquier propuesta debe, como requisito ineludible, reunir el mayor consenso posible, pues se trata de un homenaje que se rinde a nombre de la Cámara como institución pública, representante de la sociedad mexicana. Por tal razón, las iniciativas materia de la presente resolución, no dictaminan en sentido aprobatorio; es decir que, después de diversas deliberaciones entre los integrantes de esta Comisión, concluimos que ninguna de ellas cuenta con el consenso necesario para presentarla a la consideración del Pleno y sería un despropósito exponerlas en otro sentido para su votación.
Por lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias presentamos a la consideración del pleno de la Cámara de diputados del Congreso de la Unión los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desechan las siguientes iniciativas:
1. Iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Felipe Ángeles, presentada por el diputado Darío Badillo Ramírez del Grupo Parlamentario del PRI, el jueves 30 de octubre de 2014.
2. Iniciativa con proyecto de decreto, para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados, la leyenda A los Constituyentes de 1824, a cargo de la diputada Marina Esmeralda Hernández Morales, del Grupo Parlamentario del PRI, el martes 4 de noviembre de 2014.
3. Iniciativa con proyecto de decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de Jesús García Corona, Héroe de Nacozari, a cargo del diputado Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PRI, jueves 11 de noviembre de 2014.
Segundo. Archívense los expedientes como asuntos totalmente y definitivamente concluidos.
Así lo resolvieron los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias en el Recinto Legislativo de San Lázaro, en su Reunión ordinaria, el día 12 del mes de febrero de 2015.
La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Brenda María Alvarado Sánchez (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Roberto López Suárez (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Rubén Camarillo Ortega (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes, Marcos Rosendo Medina Filigrana, Norma Ponce Orozco (rúbrica), Alfredo Rivadeneyra Hernández (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Miguel Sámano Peralta (rúbrica).»
VOLUMEN II
LEY GENERAL DE TURISMO
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Turismo, con punto de acuerdo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 8o. Bis a la Ley General de Turismo
Honorable Asamblea:
La Comisión de Turismo, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea, el siguiente
Dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnado para su estudio y Dictamen, el expediente No. 5551 que contiene la Iniciativa con proyecto de Decreto, que adiciona un artículo 8 BIS a la Ley General de Turismo, presentada por el Diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el Diputado Ricardo Monreal Ávila del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, el 13 de Noviembre de 2014.
El pasado 19 de noviembre de 2014, la Presidencia de la Mesa Directiva dicto túrnese a la Comisión de Turismo, para dictamen. Esa misma fecha, la Comisión de Turismo recibió el turno correspondiente y procedió a elaborar el presente dictamen.
Con fecha 7 de enero de 2015, ésta Comisión de Turismo solicitó prórroga a la Mesa Directiva para la presentación del dictamen correspondiente, con fundamento en el Reglamento de la Cámara de Diputados. El 12 de enero de 2015, a través del oficio la Mesa Directiva autorizó la prórroga solicitada para emitir el presente dictamen.
Contenido de la iniciativa
Como parte de la exposición de motivos de la iniciativa que nos ocupa, el proponente cita algunas de las grandes virtudes de nuestro país, como lo es la privilegiada ubicación geográfica, la inmensa riqueza natural y cultural misma que se refleja en la gran biodiversidad, variedad de climas, ecosistemas y especies.
Se enfatiza que nuestro país a nivel mundial se encuentra entre las cinco naciones que cuentan con la mayor variedad de ecosistemas, junto con China, India, Perú y Colombia.
Otro aspecto relevante que se resalta es que nuestro país, entre las naciones anteriormente mencionadas, cuenta con la mayor extensión de costas, además de ser el único que posee un mar exclusivo que es el Golfo de California, y asimismo contamos con el segundo sistema de arrecifes más grande del mundo.
Todas estas características y muchas otras más, ponen a México como un gran destino para el desarrollo de la actividad turística a nivel nacional e internacional, por lo que se reconoce que el turismo es un elemento relevante para el desarrollo y crecimiento económico del país.
No obstante, una vez enunciadas las grandes virtudes de México como destino turístico, hacen referencia a que la propia ubicación geográfica también representa un punto de riesgo ante la gran vulnerabilidad de ser impactados por fenómenos naturales, lo cual ciertamente y año con año hemos visto las afectaciones que ocasionan. Algunos de los fenómenos más comunes que afectan a nuestro país son las áreas de alto riesgo sísmico, concentradas en la costa occidental. Otros más son los fenómenos meteorológicos que han causado miles de pérdidas y devastación a su paso por diferentes estados de la República.
Derivado de los argumento anteriores, el proponente concluye que es necesario que dentro de las atribuciones de la Secretaría de Turismo, quede implícita la estrecha colaboración con la Secretaría de Gobernación en materia de protección civil, a fin de dotar el personal inmerso en la actividad turística, de las herramientas y mecanismos necesarios que los conviertan en agentes capacitados correctamente en funciones básicas de respuesta a emergencias, así como de prevención y auxilio frente a situaciones caóticas.
Lo anterior, según la propuesta implicaría implementar una estrategia de capacitación a través de cursos, talleres o diplomados que permitan al personal que labora en el sector turístico, contar con una cultura de protección civil y consecuentemente adquieran los conocimientos y acciones a emprender en situaciones de riesgo, prevención de desastres, así como el adecuado manejo de grupos para el control de ellos en circunstancias adversas.
Se concluye con la breve exposición de motivos citando que el sector turismo genera una derrama económica de gran impacto en el país, no obstante al lograr una verdadera participación entre los sectores privado y social, el turismo puede continuar en el derrotero ordenado, sustentable, a largo plazo y sobre todo generar un impacto social positivo. Para ello se debe mostrar un alto grado de responsabilidad ética y social y un área que no debe descuidarse es la cultura y promoción de la protección civil.
Por lo anterior somete a la consideración de la H. Cámara de Diputados el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona un artículo 8 Bis a la Ley General de Turismo
Único. Se adiciona un artículo 8 BIS a la Ley General de Turismo.
Artículo 8 Bis. La Secretaría instrumentará en coordinación con la Secretaría de Gobernación planes y programas para la promoción de la cultura de protección civil entre los prestadores de servicios turísticos, así mismo implementará cursos de capacitación dirigidos al personal, a fin de promover en el ámbito de sus funciones y atribuciones las acciones necesarias para salvaguardar la vida e integridad de los turistas y población aledaña a la zona turística.
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Consideraciones de la comisión dictaminadora
Esta Comisión de Turismo, una vez analizados los planteamientos generales que sustentan la presente iniciativa que adiciona un artículo 8 BIS a la Ley General de Turismo, considera que el planteamiento central que sustenta la misma, es que resulta necesario que dentro de las atribuciones de la Secretaría de Turismo, quede implícita la estrecha colaboración con la Secretaría de Gobernación en materia de protección civil, a fin de dotar al personal inmerso en la actividad turística, de las herramientas y mecanismos necesarios que los conviertan en agentes capacitados correctamente en sus funciones básicas de respuesta a emergencias, así como de prevención y auxilio frente a situaciones caóticas.
Dichas atribuciones que pretenden asignarse a la Secretaria de Turismo, implican que en coordinación con la Secretaria de Gobernación, se instrumentar planes y programas e implementar cursos de capacitación hacia el personal que labora en el sector turístico en materia de protección civil.
Las acciones mencionadas en el párrafo anterior, y en específico el implementar una estrategia de capacitación a través de cursos, talleres o diplomados, tienen estrecha relación con la competitividad y profesionalización de la actividad turística, para lo cual la Ley General de Turismo en su Capítulo V, hace referencia especial a este importante tema en el sector y específicamente el artículo 63 y fracciones I, II y III de la Ley en comento, se establece lo siguiente:
Artículo 63. Corresponde a la Secretaría promover la competitividad de la actividad turística, y en coordinación con las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal, fomentar:
Fracción I. La formulación de políticas públicas, modelos y acciones que incrementen la calidad y competitividad en la materia;
Fracción II. La profesionalización de quienes laboran en empresas turísticas o prestan servicios de la actividad;
Las referencias anteriores nos permiten concluir que en materia de capacitación y profesionalización, lo cual incluye todas las materias, disciplinas y especialidades que se relacionan con la actividad turística, incluyendo protección civil; la Secretaria de Turismo tiene atribuciones conferidas en la ley de la materia.
En ese mismo sentido y como resultado del análisis e investigación, podemos mencionar también que el Reglamento Interior de la Secretaria de Turismo, contiene atribuciones de manera directa relacionadas con la protección y seguridad de los turistas, por lo que nos permitimos enunciar en el presente dictamen las siguientes referencias:
Reglamento Interior de la Secretaria de Turismo
Artículo 8; El Titular de la Secretaría tiene las siguientes facultades y obligaciones indelegables:
...
Fracción XIX.Establecer directrices relativas al auxilio que la Secretaría debe prestar, en colaboración con las autoridades competentes, en materia de seguridad y auxilio a los turistas nacionales y extranjeros, cuando se trate de actos o hechos que afecten corporal o patrimonialmente a los turistas o sujetos del sector.
Fracción XX.Ordenar el establecimiento y criterios, a través de los cuales la Secretaría participe en programas de prevención y atención de emergencias y desastres, así como acciones para la gestión integral de los riesgos, de conformidad con las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan.
...
Artículo 12;La Subsecretaria de Planeación y Política Turística tiene las siguientes atribuciones:
...
Fracción XXVI. Coadyuvar en los trabajos que corresponda prestar con las autoridades competentes, en materia de seguridad y auxilio a los turistas nacionales y extranjeros, cuando se trate de actos o hechos que afecten corporal o patrimonialmente a los turistas o sujetos del sector, en apego a las directrices y lineamientos.
...
Artículo 16.La Unidad de Coordinación Sectorial y Regional tiene las siguientes atribuciones:
...
Fracción VIII. Coadyuvar con la Subsecretaria de Planeación y Política Turística en la implementación de acciones en materia de seguridad y auxilio a los turistas nacionales y extranjeros, cuando se trate de actos o hechos que afecten corporal o patrimonialmente a los turistas o sujetos del sector.
...
Artículo 18.La Dirección General de Gestión de Destinos tiene las siguientes atribuciones:
...
Fracción IV. Instrumentar las acciones para la prestación que corresponda a la Secretaria, en colaboración con las autoridades competentes , en materia de seguridad y auxilio a los turistas nacionales y extranjeros cuando se trate de actos o hechos que afecten corporal o patrimonialmente a los turistas o sujetos del sector.
...
Artículo 23. La Dirección General de Ordenamiento Turístico Sustentable tiene las siguientes atribuciones:
...
Fracción XV. Identificar las condiciones de inseguridad o conflicto que se deriven de los atlas de riesgo, que puedan afectar la seguridad física de los turistas y paseantes, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, para proponer que dicha identificación se incorpore en los planes de desarrollo urbano de los destinos turísticos.
...
Por otro lado es importante considerar que los prestadores de servicios turísticos, según lo establece la propia Ley General de Turismo, están obligados a profesionalizar a sus trabajadores y empleados, en los términos de las leyes respectivas, en coordinación con la Secretaría.
Otro aspecto que tiene especial relevancia en el presente dictamen y que no podemos pasar por alto, es lo establecido en la propia Ley General de Protección Civil, la cual obliga a los particulares que por su uso o destino, concentren o reciban una afluencia masiva de personas, a contar con una unidad interna de protección civil, así mismo están obligados a elaborar su respectivo programa interno de protección.
Respecto a la difusión y promoción de la cultura de protección civil, la Ley General de Protección Civil en su artículo 41 establece que Las autoridades federales de las entidades federativas, del Distrito Federal, municipales y delegacionales, fomentarán la cultura en materia de protección civil entre la población, mediante su participación individual y colectiva.
Las autoridades en la materia, establecerán mecanismos idóneos para que la sociedad participe en la planeación y supervisión de la protección civil, en los términos de esta Ley, su Reglamento y los demás ordenamientos aplicables.
Por otro lado el artículo 42 de la Ley referida anteriormente establece que Corresponde a la Secretaría dictar los lineamientos generales y diseñar formas para inducir y conducir la formación de una cultura de protección civil; refiriéndose a la Secretaría de Gobernación como quien tiene la facultad de realizar dicha tarea, por lo que la Secretaría de Turismo estaría invadiendo la facultad de la Secretaría de Gobernación, al atribuirle que instrumente planes y programas para la promoción de la cultura de protección civil entre los prestadores de servicios turísticos.
Finalmente y en base a los argumentos expresados, para la Comisión Dictaminadora resulta improcedente dar paso a la adición de un artículo 8 BIS a la Ley General de Turismo.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Turismo, para los efectos de lo dispuesto por la fracción G del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:
Acuerdo
Único. Se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 8 Bis a la Ley General de Turismo, suscrita por los Diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, el 19 de noviembre de 2014.
Notas:
1 Artículo 58, fracción VIII, de la Ley General de Turismo.
2 Artículos 39, párrafos primero y segundo; 40 y 78 de Ley General de Protección Civil.
Salón de sesiones de la comisión, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 10 de febrero de 2015.
La Comisión de Turismo, diputados:Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica), Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Rafael González Reséndiz (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo, José Luis Valle Magaña (rúbrica), Agustín Barrios Gómez Segués, Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Heidy Guadalupe Estrada Martínez (rúbrica), Martín Alonso Heredia Lizárraga (rúbrica), Raúl Paz Alonzo (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña (rúbrica), Angelina Carreño Mijares, Cecilia González Gómez (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Francisca Elena Corrales, Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre, William Renán Sosa Altamira (rúbrica), Jessica Salazar Trejo (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Carlos de Jesús Alejandro, Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes.»
LEY GENERAL DE TURISMO
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o., 7o. y 21 de la Ley General de Turismo
Honorable Asamblea:
La Comisión de Turismo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea, el siguiente:
Dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente número 5187 que contiene la iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 4, 7, y 21 de la Ley General de Turismo, presentada por la diputada federal María del Carmen Ordaz Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 9 de octubre de 2014.
El pasado 9 de octubre de 2014, la Presidencia de la Mesa Directiva dicto túrnese a la Comisión de Turismo, para dictamen.
El mismo día 9 de octubre de 2014, la Comisión de Turismo recibió el turno correspondiente y procedió a elaborar el presente:
Contenido de la iniciativa
La diputada María del Carmen Ordaz Martínez, autora de la iniciativa referida, planteo sus argumentos de la siguiente manera:
Es de mi mayor interés contribuir a generar factores para el adecuado desarrollo de nuestra población, en especial el de las nuevas generaciones, sobre todo en los temas que nos llevan a fortalecer la identidad, lo cual se logra a través del conocimiento de nuestro país, tanto en sus atractivos naturales como en sus monumentos prehispánicos y demás de carácter histórico, siendo precisamente el turismo el que nos invita a transitar por aquellas vías que nos conducen a entender al México en que vivimos, su territorio, sus hermosos paisajes que constituyen esplendorosos atractivos naturales y sus edificios y monumentos, que han sido testigos mudos de nuestra historia, así como su gente, que constituye su mayor riqueza.
Al conocer todo ello, el mexicano podrá comprender lo que es nuestro País y su legendaria historia, así como los numerosos sacrificios de los ilustres mexicanos que nos antecedieron y quienes con su esfuerzo contribuyeron a edificar a nuestra Patria, esto contribuirá con toda seguridad a entender, comprender y querer a México; porque para querer es necesario conocer, como he dicho en otros trabajos que he presentado a esta soberanía, es notorio el esfuerzo del Estado mexicano para desarrollar nuestro País, pero siempre es necesario mantener una estrecha relación con nuestra población y también darles a conocer en una forma sencilla y clara lo que tenemos en México, reitero, para querer en forma profunda y con gran convicción es necesario conocer.
Por lo anterior considero importante referirme al Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, que es un valioso instrumento para delinear y proyectar el desarrollo del sector. En el apartado Sector Turístico, se señala que el turismo representa la posibilidad de crear trabajos, incrementar los mercados donde operan las pequeñas y medianas empresas, así como la posibilidad de preservar la riqueza natural y cultural de los países. Una evidencia al respecto es que 87% de la población en municipios turísticos en nuestro país tiene un nivel de marginación muy bajo de acuerdo con el Coneval, mientras que la cifra equivalente en los municipios no turísticos es de 9 por ciento. Por ello considero que deben fortalecerse las acciones dirigidas a impulsar al turismo nacional y extranjero, especialmente al primero, sobre todo aquel dirigido a las nuevas generaciones de mexicanos.
El Plan Nacional se refiere a importantes aspectos como: Aprovechar el potencial turístico de México para generar una mayor derrama económica en el país. Siendo la estrategia, Impulsar la innovación de la oferta y elevar la competitividad del sector turístico, y entre sus líneas de acción menciona: Fortalecer la investigación y generación del conocimiento turístico; así como la infraestructura y la calidad de los servicios y productos turísticos; Diversificar e innovar la oferta de productos y consolidar destinos; Posicionar adicionalmente a México como un destino atractivo en segmentos poco desarrollados, además del de sol y playa, como el turismo cultural, ecoturismo y aventura; También fomentar la colaboración y coordinación con el sector privado, gobiernos locales y prestadores de servicios; Considero que lo anterior debe estar aunado al buen trato y hospitalidad que deben recibir los visitantes sean nacionales o extranjeros .
Por su parte en el apartado de Diagnostico del Programa Sectorial de Turismo 2013-2018, se indica que el turismo es una actividad económica sumamente dinámica, capaz de mantener un ritmo de crecimiento favorable a pesar de que se puedan presentar condiciones adversas en el entorno nacional o internacional. La actividad turística tiene una ventaja propia del sector terciario, ya que genera un impacto económico más acelerado en comparación con otras ramas productivas.
Coincido con dicho programa cuando afirma que México puede aprovechar mejor su potencial turístico ya que el país cuenta con ventajas comparativas que se asocian a su ubicación geográfica, al potencial de conectividad, a su amplio inventario turístico y capacidad para generar productos turísticos de calidad. Así como que el reto del sector turístico es elevar la competitividad y que para revertir esta situación, se requiere de acciones públicas deliberadas, que partan de un diagnóstico compartido del estado actual del sector turismo y que sustente el diseño e implementación de una política pública articulada, con objetivos claros, pero sobre todo, efectiva para resolver los retos de esta industria.
También en dicho Programa Sectorial se analizan algunos de los desafíos que se deben afrontar para evitar la caída sistemática de la competitividad del sector y que impediría aprovechar el potencial turístico y las ventajas comparativas del país en esta materia, entre ellos:
a) Concentración de la oferta turística. México cuenta con un importante patrimonio natural, histórico y cultural que lo sitúa como un destino que ofrece una amplia gama de productos. A pesar de ello, uno de los factores que explica la baja competitividad turística, se asocia a la concentración de la actividad en distintas dimensiones. De igual forma, la dotación de infraestructura de comunicaciones y transportes ha estado limitada a las localidades con la mayor concentración poblacional y no se cuenta con una buena conectividad al interior del país.
b) Innovación y uso eficiente de los recursos turísticos. De acuerdo con el estudio Identificación de oportunidades estratégicas para el desarrollo de México del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, en la mitad de las entidades federativas del país el turismo es un sector estratégico. En tanto que, 13 de los 32 estados de la República cuentan con características y recursos productivos que podrían favorecer el crecimiento de la actividad turística, posicionándose como uno de los principales sectores del futuro.
Al analizar el Programa Sectorial vemos que su Estrategia 2.5. Se refiere a Impulsar una política de seguridad integral para proporcionar una experiencia turística satisfactoria y plena a los visitantes. Y entre sus líneas de acción. Menciona diseñar e instrumentar un modelo de seguridad, asistencia y protección integral turística; Coordinar acciones gubernamentales para establecer programas de atención integral al turista; Establecer, de manera permanente, esquemas e instrumentos efectivos de vinculación y colaboración interinstitucional, en los operativos de atención al turista; Mejorar la asistencia a turistas mediante la capacitación y el uso de nuevas tecnologías; Establecer un programa de seguridad vial basado en estándares internacionales; Fortalecer los mecanismos de auxilio y asistencia turística en las zonas de mayor afluencia; Mejorar la información turística en los destinos para crear una experiencia confiable y de calidad; Así como elaborar y actualizar protocolos de atención para atender a los turistas en caso de contingencias, en coordinación con las autoridades competentes.
Se observa que nuestro país va construyendo las bases para su desarrollo, se aprecia cómo se incrementa el impulso en las acciones de salud, educación y en los sectores productivos entre otros rubros, pero insisto en que debemos los mexicanos conocer más a México y percatarnos de lo majestuoso de nuestro país, por lo que se requieren robustecer las acciones de turismo nacional entre ellas el turismo estudiantil, y desde luego también fortalecer los apoyos del Estado mexicano para que los estudiantes transiten por los caminos de México, los cuales se han estado modernizando.
Insisto en lo anterior, toda vez que al visitar las localidades, escucho las inquietudes por conocer y aprender de numerosos jóvenes que forman parte de las nuevas generaciones de mexicanos, los cuales se preparan día a día, por lo que es necesario apoyarlos para que fortalezcan sus valores, aquellos que dan rumbo a nuestra vida, entre ellos los de carácter cívico, mismos que los identificarán con nuestro País, al que deben conocer con profundidad, antes que otros territorios. El Estado mexicano debe establecer políticas que impulsen el turismo nacional, entre el que se cuenta como he dicho el estudiantil, el cual es necesario incentivar, sobre todo aquel integrado por jóvenes de escasos recursos económicos, los cuales no cuentan con medios para realizar esta actividad que acrecentaría sus conocimientos, es importante destacar que el turismo estudiantil se impulsa en mucho países del mundo.
Con relación a lo anterior el Programa Sectorial, referido plantea como Estrategia 5.5. Crear instrumentos para que el turismo sea una actividad incluyente que brinde oportunidades para que más mexicanos viajen. Y entre sus líneas de acción se encuentra impulsar políticas transversales para que el turismo sea accesible a todos los grupos sociales y a todas las generaciones en igualdad de oportunidades; Promover la creación de incentivos y apoyos para que los mexicanos visiten, conozcan y valoren los destinos turísticos cercanos a su lugar de residencia; Fomentar la ampliación de la cobertura de programas vacacionales a los diferentes segmentos de la demanda; así como promover el turismo accesible, la no discriminación en el acceso a servicios turísticos y los derechos culturales.
Para referirme al turismo estudiantil, cito el trabajo del doctor Eugenio del Busto, quien señala en su artículo Evolución Normativa del Turismo Estudiantil, publicado en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, que el turismo estudiantil es una gran modalidad que ha tomado gran importancia en las últimas décadas y nos menciona que se origina en el traslado de grupos de estudiantes a diversos destinos, nos comenta también que a partir de la definición de la conferencia de Ottawa de 1991, sobre Estadísticas de Viaje y Turismo organizada por la organización Mundial de Turismo (OMT) y el gobierno de Canadá, la cual señala que turismo Incluye las actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias en lugares distintos a los de su entorno habitual, por un periodo de tiempo consecutivo inferior a un año, con fines de ocio, negocios y otros motivos. (OMT (1995:12)).
El doctor Del Busto menciona que se puede definir el turismo estudiantil como: El conjunto de actividades que llevan a cabo adolescentes y jóvenes en el periodo de su formación educativa, consistentes en la realización de viajes y estancias en lugares diferentes de su entorno habitual por un tiempo inferior a un año, con la finalidad de satisfacer motivaciones de carácter cultural y de ocio; señala además que en la actualidad éste es un fenómeno cuyo estudio debe ser abarcado por diversas disciplinas constituyéndose en manifestaciones complejas y de naturaleza diferente como son los viajes de estudio y los viajes de egresados.
Asimismo, apunta que las primeras manifestaciones de esta modalidad se encuentran emparentadas con los viajes educativos y que durante la década de los setenta, el fenómeno del turismo estudiantil se convirtió en un acontecimiento que impuso la necesidad de contar con normas que regularan la actividad y así menciona aspectos de la normatividad que regula al turismo estudiantil.
Si bien, son amplias las posibilidades que presenta el turismo estudiantil de carácter internacional, tales como los programas de Intercambio con otros países tales como Estados Unidos y Canadá, me parece de importancia primordial el fomento de las acciones para que los estudiantes mexicanos conozcan primero nuestro país, su geografía, historia, costumbres, cultura, etcétera; esto con los apoyos necesarios.
Necesario es mencionar que, de acuerdo con datos del Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos, correspondientes a los años 2011-2012, el total de la matrícula es de más de 34 millones de alumnos, divididos en más de 25 millones en educación básica, en más de 4 millones en media superior, en educación superior, más de 3 millones y en capacitación para el trabajo, más de 1 millón y medio de educandos, esto tanto en los sistemas federal, estatal, autónomo y particular, considerando que el turismo estudiantil puede estar integrado mayormente por alumnos de los niveles medio superior, superior y de capacitación para el trabajo, estando integrado lo anterior por un número muy elevado de jóvenes que pudieran participar en estos programas, lo que redundaría en incrementar sus conocimientos sobre aspectos locales y nacionales, así como se fortalecería con el nuevo esquema del turismo estudiantil la economía del sector turístico.
En la Ley General de Turismo, en su artículo 4o., correspondiente al Capítulo Primero de la Federación, observamos que se establece como atribuciones del Poder Ejecutivo Federal los siguientes: I. Formular y conducir la política turística nacional; II. Promover, a través del Consejo de Promoción, la actividad turística, nacional e internacional; III. Coordinar las acciones que lleven a cabo el Ejecutivo Federal, los Estados, Municipios y el Distrito Federal, en su caso; en el ámbito de sus respectivas competencias, para el desarrollo turístico del país, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación; IV. Atender los asuntos relacionados con la actividad turística del país; V. Regular las acciones para la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística en el país; VI. Coadyuvar a la aplicación de los instrumentos de política ambiental en materia de turismo; VII. Formular las bases de coordinación entre los ámbitos de gobierno, para el establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable; VIII. Promover la infraestructura y equipamiento, que contribuyan al fomento y desarrollo de la actividad turística, en coordinación con los Estados, Municipios y el Distrito Federal, y con la participación de los sectores social y privado, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación; IX. Promover acuerdos de cooperación y coordinación con el sector privado y social para el impulso, fomento y desarrollo de la actividad turística.
Considerando que se debe integrar al artículo antes referido de la Ley General de Turismo, en su fracción V el impulso al turismo estudiantil con los incentivos y apoyos económicos necesarios.
De igual forma el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, nos dice en su apartado 7.1.2.2 Cobertura del Sector, entre otros aspectos respecto a la conectividad terrestre, que el país cuenta con 377,660 km de infraestructura, de los cuales el 31.4% corresponden a la región norte, 42.8% a la región centro y 25.8% a la región Sur-Sureste del País. No obstante, aún no se cuenta con una cobertura suficiente de caminos que permitan el acceso a destinos potencialmente atractivos del país. Asimismo tampoco se cuenta con servicios de transporte que puedan cubrir esta demanda.
Por otra parte al analizar el artículo 7., de la Ley General de Turismo, el cual se refiere a las acciones que corresponden a la Secretaría de Turismo, observo que dicho ordenamiento establece: I. Emitir opinión en las cuestiones relacionadas con la política migratoria que tengan un impacto sobre el turismo; II. Participar con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en la determinación de las necesidades de transporte terrestre, rutas aéreas y marítimas que garanticen el acceso y la conexión de los sitios turísticos que determine la propia Secretaría; III. Participar con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la celebración de convenios bilaterales para la prestación de servicios aéreos internacionales, en el caso de los destinos turísticos que determine la propia Secretaría; IV. Colaborar con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la identificación de las necesidades de señalización en las vías federales de acceso a las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable; V. Coordinar con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, la instrumentación de los programas y medidas para la preservación de los recursos naturales, prevención de la contaminación, para la ordenación y limpieza de las playas, para promover el turismo de naturaleza y el de bajo impacto, así como para el mejoramiento ambiental de las actividades e instalaciones turísticas.
Considero que se debe de integrar al artículo antes referido de la Ley General de Turismo en su fracción IV, el fortalecimiento de los servicios de auxilio vial que ofrece a la ciudadanía en las carreteras del país la Secretaría del Turismo, lo anterior es con motivo de las importantes acciones que emprenden en beneficio del turismo nacional y extranjero, dichos servicios conocidos como Ángeles Verdes, cotidianamente realizan valiosas tareas en beneficio de los visitantes que transitan como se ha dicho en las carreteras del país.
No debemos Olvidar que la Corporación Ángeles Verdes, de la Secretaría de Turismo, fue creada para el auxilio al viajero en carreteras de todo el País, la cual ofrece servicios de orientación y asistencia médica, mecánica y turística a todas aquellas personas que necesiten este tipo de servicios, siempre y cuando se encuentren en el área de cobertura, es completamente gratuito y estos patrullan un promedio de 60 mil kilómetros diarios en 262 rutas, además de establecer campamentos en operativos especiales, el servicio está disponible los 365 días del año en horario de 8 a 18 horas, sin embargo, en temporada alta y operativos especiales cubren las 24 horas del día. Estos periodos son: Semana Santa, vacaciones de verano e invierno y fines de semana largos.
Asimismo también considero importante integrar en la fracción V de dicho artículo 7 del ordenamiento en comento, que se refiere a la coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y de Recursos Naturales, en la promoción de los atractivos naturales del País, observando la normatividad correspondiente para su protección.
Al tocar en dicho ordenamiento el Capítulo Cuarto del Título Tercero De la Política y Planeación de la Actividad Turística, que se refiere al Turismo Accesible, en su artículo 21., observamos que este señala que: La Secretaría en conjunto con la Secretaría de Educación Pública, promoverá programas que difundan la importancia de respetar y conservar los atractivos turísticos, así como mostrar un espíritu de servicio y hospitalidad hacia el turista nacional y extranjero. Por lo que considero que debe también referirse a impulsar las visitas de estudiantes de todos los niveles para conocer nuestros atractivos naturales y monumentos históricos, con el fin de conocer México y así fortalecer su plena identificación con nuestro País, ello con los incentivos y apoyos necesarios.
Por tal motivo, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, para quedar como sigue:
Proyecto de decreto
Artículo Único. Se reforma la fracción V, del artículo 4, asimismo las fracciones IV y V del artículo 7, al igual que se reforma el artículo 21, de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:
Artículo 4. Son atribuciones del Poder Ejecutivo Federal, que se ejercerán a través de la Secretaría:
I a IV...
V. Regular las acciones para la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística en el país, así como el impulso al turismo estudiantil con los incentivos y apoyos económicos necesarios.
VI al XV...
Artículo 7. Para el cumplimiento de la presente Ley, corresponde a la Secretaría:
I...
II...
III...
IV. Colaborar con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la identificación de las necesidades de señalización en las vías federales de acceso a las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable. Así como en el impulso de los servicios de auxilio vial que presta la Secretaria de Turismo, en las carreteras del País.
V. Coordinar con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, la instrumentación de los programas y medidas para la preservación de los recursos naturales, prevención de la contaminación, para la ordenación y limpieza de las playas, para promover el turismo de naturaleza y el de bajo impacto, así como para el mejoramiento ambiental de las actividades e instalaciones turísticas, así como la promoción de los atractivos naturales del País, observando la normatividad correspondiente para su protección.
VI a XVIII...
Artículo 21. La Secretaría en conjunto con la Secretaría de Educación Pública, promoverá programas que difundan la importancia de respetar y conservar los atractivos turísticos, así como mostrar un espíritu de servicio y hospitalidad hacia el turista nacional y extranjero, de igual forma se impulsarán las visitas de estudiantes para conocer nuestros monumentos históricos y atractivos naturales con el fin de conocer México y así fortalecer su plena identificación con nuestro País, ello con los incentivos y apoyos necesarios.
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Consideraciones de la Comisión Dictaminadora:
Esta Comisión de Turismo, una vez analizados los planteamientos generales que sustentan la presente iniciativa, para reformar diversas disposiciones de la Ley General de Turismo en temas como el impulso al turismo estudiantil con incentivos y apoyos económicos, impulso de los servicios de auxilio vial en carreteras del país, promoción de atractivos naturales, así como el impulso de visitas estudiantiles para conocer monumentos históricos y atractivos naturales, considera pertinente presentar los argumentos que dan soporte al presente dictamen, en orden ascendente de cada uno de los artículos que se proponen sean reformados.
En ese contexto y respecto a la propuesta de modificación a la fracción V, del artículo 4 de la Ley General de Turismo, a fin de agregar la leyenda .....así como el impulso al turismo estudiantil con los incentivos y apoyos económicos necesarios.;es importante destacar que la comunidad estudiantil a nivel nacional, por mucho tiempo ha sido objeto de beneficios que impactan directa e indirectamente en el desempeño de actividades turísticas, como lo es el descuento que reciben en servicios de transportación terrestre.
El servicio de autotransporte de pasaje y de turismo, es brindado por permisionarios, que de acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), artículo 22 fracciones IV, V y XIII, le corresponde a esta Secretaría de estado, fijar las normas para la prestación de ese servicio público, expedir los permisos y autorizaciones para su operación, además de vigilar el cumplimiento de sus obligaciones y condiciones de operatividad de los mismos.
Es por ello que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 7 de enero de 1982 el Acuerdo por el que se autoriza la tarifa especial para ancianos, afiliados al Instituto Nacional de la Senectud y por su parte la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha emitido la Circular relativa a los descuentos del 25% y 50% que deberán otorgar los prestadores de servicios ferroviarios de pasajeros y autotransporte federal de pasajeros, a maestros y estudiantes, respectivamente, que utilicen sus servicios en los periodos vacacionales aprobados por la Secretaría de Educación Pública (SEP), los cuales son publicados en el DOF.
Dichos periodos se establecen mediante Acuerdos emitidos por la SEP y publicados en el DOF cada año, siendo aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica.
Para los servicios ferroviarios los descuentos se otorgan en las modalidades de interurbano y para los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros en los servicios de Primera y Económico.
Cabe destacar, que debido a que existen diversos periodos vacacionales que son aprobados por las diversas universidades del país dentro de un mismo ciclo lectivo, el Acuerdo avala los porcentajes de descuento para su población estudiantil.
Estos descuentos no han variado en los últimos 10 años, de acuerdo a las Circulares emitidas por la SCT y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, siendo los descuentos de 25% para maestros y 50% para la población estudiantil y personas de la tercera edad, como puede apreciarse en la siguiente gráfica:
Fuente: Elaboración propia con base en información de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes.
Por lo que respecta al Ciclo escolar 2010-2011 de Nivel Básico en nuestro país, se registró una matrícula de 25,666,451 estudiantes a nivel nacional, destacando el Estado de México con 3,345,614 alumnos, seguido por el Distrito Federal con 1,711,739 y por Veracruz con 1,680,281, teniendo la menor el Estado de Baja California Sur con 137,825.
Población escolar de nivel básico del ciclo escolar2010-2011 por estado
Entidad
federativa Alumnos
Aguascalientes 276,327
Baja California 679,063
Baja California Sur 137,825
Campeche 184,109
Coahuila de Zaragoza 631,994
Colima 133,614
Chiapas 1,319,134
Chihuahua 743,222
Distrito federal 1,711,739
Durango 384,802
Guanajuato 1,326,996
Guerrero 911,116
Hidalgo 627,492
Jalisco 1,671,277
Estado de México 3,345,614
Michoacán de Ocampo 983,604
Morelos 389,235
Nayarit 240,569
Nuevo león 1,013,863
Oaxaca 964,853
Puebla 1,432,907
Querétaro de Arteaga 435,683
Quintana roo 288,419
San Luis Potosí 644,434
Sinaloa 624,345
Sonora 586,102
Tabasco 538,236
Tamaulipas 690,318
Tlaxcala 282,232
Veracruz 1,680,281
Yucatán 429,679
Zacatecas 357,367
Fuente: Elaboración propia con datos de la Secretaria de Educación Pública
La distribución de la matricula nacional en este nivel puede apreciarse en la siguiente gráfica:
Respecto al Nivel Superior, se tuvo una matrícula de 2,773,088 alumnos en el mismo ciclo (2010-2011), los cuales se distribuyeron a nivel nacional de la siguiente manera:
Matrícula Estudiantil a Nivel Superior por Entidad Federativa
(Ciclo 2010-2011)
Estado Matrícula
estudiantil
Aguascalientes 35,244
Baja California 79,662
Baja California Sur 16,217
Campeche 23,399
Chiapas 66,639
Chihuahua 92,903
Coahuila 77,224
Colima 18,259
Distrito Federal 404,797
Durango 36,305
Guanajuato 90,500
Guerrero 53,561
Hidalgo 63,544
Jalisco 179,254
México 297,265
Michoacán 83,571
Morelos 40,002
Nayarit 29,613
Nuevo León 145,167
Oaxaca 58,163
Puebla 164,697
Querétaro 46,309
Quintana Roo 23,891
San Luis Potosí 57,654
Sinaloa 83,048
Sonora 84,792
Tabasco 63,014
Tamaulipas 95,679
Tlaxcala 25,262
Veracruz 150,351
Yucatán 53,731
Zacatecas 33,371
Fuente: Elaboración propia con datos de la Secretaria de Educación Pública
La distribución de la matricula nacional en este nivel puede apreciarse en la siguiente gráfica:
Por su parte la Secretaría de Educación Pública (SEP), tiene en operación su Programa de Becas de Educación Media Superior, que incluye 6 modalidades:
1. Becas contra el abandono Escolar:
Este tipo de beca tiene la particularidad de que se asigna mediante la postulación directa del Comité Institucional de Becas del plantel donde el estudiante este registrado. La periodicidad del pago es mensual, con un monto variable mensual.
2. Becas para acceder, permanecer y concluir la educación media superior (Ingreso):
Se puede otorgar cuando el estudiante está iniciando sus estudios de bachillerato en una institución pública de educación media superior y lo solicita. La periodicidad del pago es bimestral con un monto variable mensual.
3. Becas de formación educativa en y para el trabajo (Becas salario: modalidad prácticas profesionales):
Se otorga a los alumnos de 3º y 4º semestre para realizar sus prácticas profesionales en el sector público, privado o en alguna organización de la sociedad civil (sólo aplica en las carreras técnicas del área de la salud). La periodicidad del pago es bimestral, con montos fijos mensuales.
4. Becas para estudiantes con discapacidad (Bachillerato no escolarizado):
Para alumnos que presentan alguna discapacidad y requieren de un apoyo para completar tus estudios de bachillerato no escolarizado (Sistema Abierto). La periodicidad del pago es bimestral, con montos fijos mensuales.
5. Becas para hijos de militares de las FAM (Becas de Ingreso):
Para hijos de los militares de las fuerzas armadas mexicanas, en activo y/o caído en cumplimiento del deber, cuando el estudiante está iniciando sus estudios de bachillerato en una institución pública de educación media superior. La periodicidad del pago es bimestral, con montos fijos mensuales.
6. Modelo de emprendedores de educación media superior (Beca para emprendedores):
Este apoyo está destinado a alumnos de bachillerato que cuenten con un plan emprendedor y que pertenezcan a un Centro de Emprendedores de Educación Media Superior y que estén cursando la segunda fase del modelo. Su pago es en una sola exhibición.
Por lo que respecta al nivel de educación superior, la SEP otorga las siguientes becas:
1. Beca Manutención (Antes Pronabes):
Está integrado con aportaciones del Gobierno Federal y de los Gobiernos de las distintas entidades federativas. Tiene el objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa para la construcción de una sociedad más justa, mediante el otorgamiento de becas en Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES) que permitan consolidar un México con educación de calidad.
2. Servicio Social para educación superior:
Tiene el objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa para la construcción de una sociedad más justa, mediante el otorgamiento de becas a estudiantes inscritos en IPES para que realicen su servicio social profesional antes de concluir su educación superior.
3. Beca de Titulación:
Está dirigida a los alumnos que hayan concluido sus estudios en el nivel de licenciatura o de técnico superior universitario (TSU) en Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES) del país y quienes estén realizando su tesis profesional o cualquier otra actividad que los lleve a la titulación
4. Beca Capacitación:
Está dirigida a los alumnos y docentes para que se capaciten a través de cursos, talleres, diplomados o conferencias magistrales que sean impartidos en la Institución Pública de Educación Superior (IPES) a la que pertenecen.
La beca de Capacitación tiene el objetivo de apoyar a alumnos y docentes que deseen realizar actividades relacionadas con la ciencia y la investigación científica.
5. Beca Movilidad Nacional de Licenciatura y TISU:
Tiene el objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa, mediante el otorgamiento de becas a estudiantes inscritos en IPES, bajo un esquema de movilidad que permita generar nuevos referentes de calidad académica.
Los montos otorgados por concepto de beca, se destinan para cubrir los gastos de alimentación y hospedaje.
6. Beca Movilidad Internacional de Licenciatura y TISU:
Tiene el objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa, mediante el otorgamiento de becas a estudiantes inscritos en IPES, mediante programas de intercambio internacional, con universidades receptoras, programas de estudios, modelos de colaboración, así como otros programas que ofrezcan a sus estudiantes de movilidad internacional.
7. Beca de Excelencia:
Tiene el objetivo de otorgar becas a estudiantes inscritos en IPES quienes hayan obtenido un promedio de 10 (diez) de calificación en el ciclo escolar inmediato anterior (trimestre, cuatrimestre, semestre o año conforme al plan de estudios) a aquel en el que esté inscrito; en el caso de los alumnos de primer ingreso a una IPES, haber obtenido al término de sus estudios de bachillerato un promedio de 10 (diez) de calificación en el último ciclo escolar.
8. Beca Excelencia de Contribución a tu Entorno:
Tiene el objetivo de otorgar becas a los estudiantes de licenciatura o Técnico Superior Universitario (TSU) inscritos en Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES) del país, reconociendo a los alumnos que se distingan por su participación en actividades y/o proyectos dirigidos a la protección del medio ambiente y desarrollo sustentable de su comunidad bajo dos vertientes:
1. A quienes los integrantes de su comunidad (a través de una Asociación Civil) y/o autoridades locales identifiquen y reconozcan por su excelencia como miembro generador de cambio y desarrollo en su comunidad, o
2. Pertenecientes a una IPES en la que sus autoridades identifiquen y reconozcan al estudiante que se distinga por su excelencia y participación en las actividades académicas y/o científicas de la institución, sociales y de desarrollo de su comunidad.
9. Beca Superación Profesional:
Tiene el objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa para la construcción de una sociedad más justa, mediante el otorgamiento de becas a docentes adscritos a IPES quienes hayan sido aceptados o se encuentren realizando algún programa de maestría o doctorado en la IPES en la que desempeña labores de docencia.
10. Beca de Transporte:
Tiene el objetivo apoyar a los alumnos que estudien en Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES) ubicadas en los Estados de Michoacán y Guerrero, provenientes de un hogar cuyo ingreso mensual per cápita sea igual o menor a cuatro salarios mínimos, según la zona geográfica* en que se encuentre el domicilio de residencia permanente del solicitante, y cuyo traslado sea como mínimo de una distancia de 12 kilómetros entre su lugar de residencia y la IPES en la que estudia.
11. Beca Vinculación:
Tiene el objetivo apoyar a los a estudiantes inscritos en IPES para que participen en programas de vinculación con el sector productivo o social para realizar prácticas, estadías o residencias profesionales en proyectos autorizados por la IPES en la que cursa sus estudios.
12. Becas de manutención para hijas e hijos de militares:
Tiene el objetivo apoyar a las hijos e hijas de militares fallecidos en combate en contra del crimen organizado.
13. Becas de excelencia en apoyo al transporte:
Tiene el objetivo apoyar a los alumnos que estudien en Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES) ubicadas en los Estados de Michoacán y Guerrero, provenientes de un hogar cuyo ingreso mensual per cápita sea igual o menor a cuatro salarios mínimos, según la zona geográfica en que se encuentre el domicilio de residencia permanente del solicitante, y cuyo traslado sea como mínimo de una distancia de 12 kilómetros entre su lugar de residencia y la IPES en la que estudia.
Por lo anteriormente expuesto se considera que los estudiantes cuentan con un gran abanico de programas que les benefician en el desarrollo de sus funciones, los cuales corresponden a incentivos y apoyos económicos a los cuales pueden acceder en función de sus necesidades y desempeño particular, y que además entre estos se benefician con incentivos y apoyos para su desplazamiento hacia lo destinos turísticos de nuestro país, favoreciendo la actividad turística de los estudiantes.
Por otro lado, en cuanto a la propuesta de modificación de la fracción IV del artículo 7 de la Ley General de Turismo, a fin de agregar a la redacción ....Así como el impulso de los servicios de auxilio vial que presta la Secretaria de Turismo, en las carreteras del País. ; al respecto nos permitimos argumentar lo siguiente.
El Programa E005 Servicios de Orientación Turística y Asistencia Mecánica, el cual opera bajo responsabilidad de la Corporación Ángeles Verdes, tiene como propósito de acuerdo con su Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) 013 que los turistas que requieren de los servicios de asistencia e información turística en México sean debidamente asistidos y orientados.
Para alcanzar su Propósito, el programa presta los siguientes servicios:
Información y asesoría turística.
Asistencia mecánica de emergencia a personas que viajan por carretera.
Servicios de información y apoyo a connacionales que viajan al interior del país (Programa Paisano).
Los servicios que proporciona la CAV se hacen a través de dos vías:
1. Telefónicamente, con el número 078 el cual comunica al Centro de Información al Turista (CIAT), y se reciben llamadas tanto de información y asesoría turística, como llamadas de ayuda para percances en carretera;
2. Mediante recorridos de las radio patrullas de la corporación que hacen en las distintas rutas de las carreteras del país en las que tienen cobertura los Ángeles Verdes.
Adicionalmente, la CAV es complementario a 6 programas de la Secretaría de Turismo (Sectur), además de que trabaja en coordinación con otras entidades y organismos para la ejecución del Programa Paisano y de los programas operativos vacacionales de Semana Santa, verano y fin de año.
Es importante destacar que el Programa E005 y la Corporación Ángeles Verdes (CAV) proporcionan servicios de atención y auxilio turístico vía telefónica y en carreteras. Por lo tanto, no se trata de un programa de subsidios que convoque a solicitantes y haga una selección de beneficiarios para entregar apoyos, como sucede con los programas de asistencia y apoyo social.
Por lo anterior se considera que esta atribución se encuentra debidamente establecida para la Secretaria de Turismo, a través de la Corporación Ángeles Verdes, por lo que resultaría redundante proceder con la presente iniciativa.
En cuanto al tema de la promoción de atractivos naturales del país, esta Comisión destaca que el Consejo de Promoción Turística de México (CPTM), es el facultado para coordinar, diseñar y operar las estrategias de promoción turística a nivel nacional e internacional, el cual es dependiente de la Secretaría de Turismo, y tiene entre otros objetivos los siguientes:
I. Coadyuvar en el diseño de los planes, programas, estrategias y prioridades en materia de promoción turística dentro del marco de la Ley de Planeación, del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas y/o políticas sectoriales que en materia turística emita el Ejecutivo Federal;
II. Operar campañas de promoción turística a nivel nacional e internacional;
III. Realizar trabajos y estudios destinados al cumplimiento de sus objetivos;
IV. Proporcionar, por cualquier medio, información turística especializada a los turistas nacionales y extranjeros que pretendan visitar los destinos y atractivos del país.
Asimismo, el CPTM, tiene como objeto planear, diseñar, coordinar y realizar en coadyuvancia con la Sectur, las políticas y estrategias de promoción turística a nivel nacional e internacional. Ante ello, el Consejo ejecutará sus programas con base en acciones y procesos de mejora continua, de manera planificada y organizada, en apego a los principios de cooperación, promoción, eficacia, economía, transparencia, honradez, legalidad, publicidad, buena fe e imparcialidad.
Por su parte, el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la administración pública federal, estipula que los mexicanos demandan un gobierno eficaz que dé resultados a la población, a través de políticas públicas, programas y acciones que atiendan sus necesidades, así como un uso responsable y transparente de los recursos públicos, mediante la administración de los recursos que obtiene de los contribuyentes y de las demás fuentes de ingresos públicos, de manera eficiente, eficaz y transparente y debe rendir cuentas puntualmente a la ciudadanía sobre la aplicación de dichos recursos y los resultados obtenidos.
Asimismo, la Ley General del Equilibrio Ecológico y La Protección al Ambiente en su artículo 15 fracción IV define que quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como a asumir los costos que dicha afectación implique. Por lo tanto, debe incentivarse a quien proteja el ambiente, promueva o realice acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático y aproveche de manera sustentable los recursos naturales.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Turismo, para los efectos de lo dispuesto por la fracción G del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:
Acuerdo
Único. Se desecha la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los Artículos 4, 7, y 21 de la Ley General de Turismo, presentada por la diputada Federal María del Carmen Ordaz Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 09 de Octubre de 2014.
Notas:
1 Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 http://pnd.gob.mx
2 Ibídem Pág. 82
3 Ibídem Pág. 143
4 Programa Sectorial de Turismo 2013-2018
http:/www.sectur.gob.mx/PDF/PlaneacionTuristica/Prosectur_2013 2018.pdf
5 Ibídem
6 Ibídem Pág. 2
7 Ibídem Pág. 3
8 Ibídem Pág. 6
9 Ibídem Pág. 8
10 Ibídem Pág. 16
11 Ídem
12 Ibídem Pág. 20
13 Ídem
14 Evolución Normativa del Turismo Estudiantil. Doctor Eugenio del Busto.
http://atodoturismo.com.ar/ index.php?option=com_content& task=view&id=190<emid=0
15 Ídem
16 Ídem
17 Ídem
18 El Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos. 2011-2012 htpp://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/1899/images/principales_cifras_ 2011_2012.pdf
19 Ibídem Pág. 13
20 Ley General de Turismo Última Reforma 08-04-2013 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGT.pdf
21 Ibídem Artículo 4
22 Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018 http://www.dof.gob.mx/ nota_detalle.php?codigo=5342547& fecha=29/04/2014
23 Ídem
24 Ley General de Turismo Última Reforma 08-04-2013 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBibilio/pdf/LGT.pdf
25 Ibídem Artículo 7
26 Secretaría de Turismo
http://www.sectur.gob.mx/ es/sectur/sect_9453_angeles_verdes
27 Ibídem Artículo 21
28 Diario Oficial de la Federación. Circular relativa a los descuentos del 25 y 50% que deberán otorgar los prestadores de servicios ferroviarios de pasajeros y autotransporte federal de pasajeros, a maestros y estudiantes, respectivamente, que utilicen sus servicios en los periodos vacacionales aprobados por la Secretaría de Educación Pública en el ciclo lectivo 2012-2013.
29 Porcentaje del descuento en el periodo 2004-2014 para maestros, alumnos y personas de la tercera edad.
30 Secretaría de Educación Pública. Becas contra el abandono escolar. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Modalidades/BCAE
31 Secretaría de Educación Pública. Becas para acceder, permanecer y concluir la educación media superior. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Modalidades/BAPCEMS
32 Secretaría de Educación Pública. Becas de formación educativa en y para el trabajo. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Modalidades/BFET
33 Secretaría de Educación Pública. Becas para estudiantes con discapacidad. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www. becasmediasuperior.sep.gob.mx/Modalidades/BED
34 Secretaría de Educación Pública. Becas para hijos de militares de las FAM. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www. becasmediasuperior.sep.gob.mx/Modalidades/BHMFAM
35 Secretaría de Educación Pública. Modelo de emprendedores de educación media superior. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Modalidades/ MEEMS
36 Secretaría de Educación Pública. Beca Manutención. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.cnbes.sep.gob.mx/?q= node/239
37 Secretaría de Educación Pública. Beca Servicio Social. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.cnbes.sep.gob.mx/node/51
38 Secretaría de Educación Pública. Beca Titulación. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.cnbes.sep.gob.mx/node/55
39 Secretaría de Educación Pública. Beca Capacitación. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.cnbes.sep.gob.mx/node/53
40 Secretaría de Educación Pública. Beca Movilidad Nacional de Licenciatura y Tisu. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.cnbes.sep.gob.mx/node/52
41 Secretaría de Educación Pública. Beca Movilidad Internacional de Licenciatura y Tisu. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.cnbes.sep.gob.mx/node/74
42 Secretaría de Educación Pública. Beca Excelencia. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.cnbes.sep.gob.mx/node/54
43 Secretaría de Educación Pública. Beca Excelencia de Contribución a tu Entorno. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.cnbes.sep.gob.mx/node/75
44 Secretaría de Educación Pública. Beca Superación Profesional. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.cnbes.sep.gob.mx/node/56
45 Secretaría de Educación Pública. Beca de Transporte. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.cnbes.sep.gob.mx/?q=node/212
46 Secretaría de Educación Pública. Beca Vinculación. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.cnbes.sep.gob.mx/node/58
47 Secretaría de Educación Pública. Beca de manutención para hijas e hijos de militares. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.cnbes.sep.gob.mx/?q=node/105
48 Secretaría de Educación Pública. Beca excelencia en apoyo al transporte. Disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.cnbes.sep.gob.mx/?q=node/212
49 La Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) es una herramienta de política pública que tiene por objeto garantizar que los beneficios de las regulaciones sean superiores a sus costos. La MIR permite analizar sistemáticamente los impactos potenciales de los instrumentos regulatorios para la toma de decisiones gubernamentales, fomentando que éstos sean más transparentes y racionales. Secretaría de Economía. Cofemer. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.cofemer.gob.mx/contenido.aspx?contenido=111
50 Evaluación de Consistencia y Resultados del Programa E005 Servicios de Orientación Turística y Asistencia Mecánica. Entrega final. Octubre 22, 2013. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.sectur.gob.mx/ wp-content/uploads/2014/09/ Informe_final_E005.pdf
51 Ibídem.
52 Ibídem.
53 Diario oficial. Estatuto Orgánico del Consejo de Promoción Turística de México. Primera sección. 22 de abril 2010. Página 78- 79.
54 Acuerdo por el que se da a conocer el Estatuto Orgánico del Consejo de Promoción Turísitica de México, S.A. de C.V. Artículo 5.
55 Diario Oficial de la Federación. 10 de diciembre de 2012. Disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.dof.gob.mx/ nota_detalle.php?codigo=5281761& fecha=10/12/2012
Salón de sesiones de la comisión, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 10 de febrero de 2015.
La Comisión de Turismo, diputados:Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica), Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Rafael González Reséndiz (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo, José Luis Valle Magaña (rúbrica), Agustín Barrios Gómez Segués, Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Heidy Guadalupe Estrada Martínez (rúbrica), Martín Alonso Heredia Lizárraga (rúbrica), Raúl Paz Alonzo (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña (rúbrica), Angelina Carreño Mijares, Cecilia González Gómez (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Francisca Elena Corrales, Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre, William Renán Sosa Altamira (rúbrica), Jessica Salazar Trejo (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Carlos de Jesús Alejandro, Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes.»
LEY GENERAL DE TURISMO
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Turismo
Honorable Asamblea:
La Comisión de Turismo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea, el siguiente dictamen.
Antecedentes
A la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente número 5623 que contiene la iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona una fracción VXIII al artículo 7, recorriéndose la subsecuente de la Ley General de Turismo, presentada por el diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, el 20 de noviembre de 2014.
El pasado 27 de noviembre de 2014, la Presidencia de la Mesa Directiva dicto túrnese a la Comisión de Turismo para dictamen. En la misma fecha, la Comisión de Turismo recibió el turno correspondiente y procedió a elaborar el presente dictamen.
Con fecha 27 de enero de 2015, ésta Comisión de turismo solicitó prórroga a la Mesa Directiva para la presentación del dictamen correspondiente, con fundamento en el Reglamento de la Cámara de Diputados. El 29 de enero de 2015, a través del oficio DGPL 62-11-1-2499, la Mesa Directiva autorizó la prórroga solicitada para emitir el presente dictamen.
Contenido de la iniciativa
El diputado autor de la presente iniciativa, planteo sus argumentos de la siguiente manera:
Como primer punto destaca la hospitalidad y calidez que nuestro país brinda a los turistas, aunado a la riqueza natural y cultural que permiten satisfacer necesidades, gustos y paladares más exigentes a nivel nacional e internacional.
Se destaca y se reconoce que la especialización y profesionalización en el área médica de nuestro país, ha sido uno de los factores que han permitido tener a México un crecimiento excepcional en la industria de la exportación de servicios de salud en los últimos años, al igual que otros países como Tailandia, Singapur, India, Brasil, Colombia, Turquía, Taiwán e Israel.
Posteriormente procede a citar algunas cifras relevantes de dicha actividad en nuestro país, siendo algunas de estas que en el año 2012, México fue considerado como el segundo destino de turismo médico en el mundo al atraer a más de un millón de pacientes extranjeros al año, siendo la mayor parte de origen hispano, principalmente de California, Arizona y Texas.
El valor del turismo médico durante 2013 fue de 2 mil 847 millones de dólares en nuestro país y se espera una tasa de crecimiento hacia 2016 del 7.3 por ciento, lo cual representaría un monto de 3 mil 514 millones de dólares.
Hoy en día, México cuenta con 12 destinos especializados en este tipo de turismo con servicios de alta calidad en áreas como oncología, ortopedia, cardiología, cirugía general, cirugía plástica y gastroenterología.
Refiere que en este sentido, México cuenta con la infraestructura hospitalaria, y el personal especializado para hacer frente a procedimientos quirúrgicos y terapias a un costo más accesible, sin sacrificar calidad por ello.
Tal es la importancia de esta actividad que se han llevado a cabo eventos como la V Cumbre Global de Negocios de Turismo Médico, con sede en Reynosa Tamaulipas, el pasado mes de noviembre de 2014. Dicho evento es considerado como una de las plataformas de negocios más importantes del mundo, teniendo como propósito impulsar la promoción, el posicionamiento y comercialización de los servicios hospitalarios y los inigualables destinos turísticos de México.
En el evento mencionado fue posible la exposición de la oferta médica y de servicios especializados que se ofrecen en el Estado de Tamaulipas, logrando así el reconocimiento a nivel nacional e internacional de los asistentes, y la promoción turística, así como el número de citas médicas que traerán mayor derrama económica.
Refiere también en su exposición de motivos que en México se han conformado clusters regionales para promover el desarrollo y trabajo en equipo de los diferentes proveedores, con el fin de brindar un servicio de alto nivel, coordinado, competitivo y de gran calidad, por lo que médicos, hospitales, hoteles, laboratorios, cámaras de comercio y gobiernos locales unen esfuerzos para superar las expectativas de los visitantes.
No hay duda entonces de que el turismo médico en México es atendido por profesionales altamente calificados para brindar atención y servicio de calidad mundial a través de una amplia infraestructura.
Otro aspecto relevante que enuncia en su exposición de motivos, son la relación entre la calidad y el bajo costo, ya que nuestro país representa ahorros de entre el 36 y 89 por ciento en comparación con costos de EUA; por lo cual es considerado la mejor opción para pacientes extranjeros principalmente de Norteamérica.
Otro aspecto relevante es que México posee infraestructura de vanguardia, amplia base de capital humano especializado, variedad de procedimientos y tratamientos, ubicación geográfica y una relativa afinidad cultural.
Cabe destacar que la Joint Commission International, acreditó recientemente 7 hospitales en nuestro país. A su vez la Secretaria de Salud Federal ha certificado a 122 hospitales, de los cuales 115 están homologados con estándares internacionales.
El proponente cierra esta parte de su iniciativa mencionando que México es uno de los principales destinos mundialmente reconocidos y el cuidado de la salud ha sido motivo por lo cual los visitantes de EUA, Canadá, Europa, Sudamérica y de todo el mundo han confiado en los servicios e infraestructura de primer nivel que México y sus destinos ofrecen en materia de turismo médico.
Después de lo anterior somete a consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción al artículo 7, recorriéndose la subsecuente, de la Ley General de Turismo
Único. Se adiciona una fracción al artículo 7, recorriéndose la subsecuente de la Ley General de Turismo.
Artículo 7. Para...
I. a XVII. ...
XVIII. Identificar y promover en coordinación con la Secretaría de Salud los destinos especializados en turismo médico nacional, de acuerdo a la especialidad médica, tratamiento y procedimiento quirúrgico, contando en todo momento con la certificación del Consejo de Salubridad.
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Consideraciones de la comisión dictaminadora
La Comisión de Turismo, una vez analizados los planteamientos generales que sustentan la presente Iniciativa que adiciona una fracción al artículo 7, recorriéndose la subsecuente de la Ley General de Turismo, considera señalar lo siguiente.
El gabinete turístico, del cual fue declarada su instalación el pasado 21 de agosto de 2013, instaló también el 5 de diciembre de 2013 como parte de sus acciones emprendidas, la Mesa de Innovación, Competitividad y Desarrollo de Productos Turísticos, en la cual se acordó impulsar de manera decidida el Turismo de Salud, contando con el impulso de la Secretaria de Salud, Mercedes Juan López, quien expreso la total disposición de la dependencia a su cargo para impulsar el mismo.
En dicho evento, la titular de la Secretaría de Turismo, Claudia Ruiz Massieu, informó sobre la estrategia que la dependencia a su cargo ha definido a fin de lograr el desarrollo, posicionamiento y promoción de la industria de turismo de salud, la cual se basa en tres líneas de acción principales:
1. La configuración de una oferta integral de turismo de salud que permita contar con productos exportables de turismo médico y de bienestar.
2. El fortalecimiento de la imagen de México como proveedor de servicios de turismo de salud mediante campañas que promuevan al país como un destino atractivo y competitivo.
3. La generación de un sistema de información e intercambio de conocimiento de la industria que permita contar con estadísticas confiables para medir el flujo y el impacto económico del turismo de salud en el país, así como el intercambio de mejores prácticas.
Cabe mencionar que el gabinete turístico, coordinado por la Secretaría de Turismo, Sectur, está integrado por los titulares de las siguientes dependencias que participarán de manera permanente: Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Economía, Comunicaciones y Transportes, Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; el Consejero Jurídico del Ejecutivo federal y el jefe de la oficina de la Presidencia de la República.
Además, participarán los titulares de las siguientes 12 dependencias en calidad de invitados: Secretaría de Desarrollo Social, Salud, Educación Pública, Trabajo y Previsión Social, Energía, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Marina, Defensa Nacional, Procuraduría General de la República, Petróleos Mexicanos, ISSSTE e IMSS.
Durante la reunión de instalación de la Mesa de Innovación, Competitividad y Desarrollo de Productos Turísticos, mencionada en párrafos anteriores, Daniel Tamayo Astié, coordinador general de asesores de Promexico, presentó un análisis de la industria de turismo de salud, el cual establece que este segmento es un producto y servicio con calidad de exportación, destacando que los estados con mayor potencial son Baja California, Chihuahua, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Quintana Roo, entre otros.
Por otro lado resulta importante referirnos a la política nacional turística, que el Programa Sectorial de Turismo define como el Documento que establece las bases para cambiar la tendencia del sector turístico, delineando los factores claves en los que se debe incidir para alcanzar los beneficios que esta industria genera al desarrollo nacional y apoyar en la conducción de acciones para potenciarlo. Dicho documento cuenta con cuatro directrices que son: ordenamiento y transformación sectorial; innovación y competitividad; fomento y promoción; y, sustentabilidad y beneficio social.
Asimismo la política nacional turística establece que se promoverán seis segmentos turísticos, entre los cuales se encuentra el turismo de salud, así como sol y playa; turismo cultural; ecoturismo y aventura; turismo deportivo; y turismo especializado de lujo.
Por lo anterior se concluye que para el tema que nos ocupa en la presente iniciativa, si existe coordinación en los trabajos y acciones emprendidas entre la Secretaria de Turismo y la Secretaria de Salud, en cuanto a la identificación, desarrollo y promoción de los destinos especializados en turismo médico.
Cabe añadir, que la Ley General de Turismo en el artículo 2 establece los siguientes objetos de la Ley:
Fracción I. Establecer las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre el Ejecutivo federal, así como la participación de los sectores Social y privado.
Fracción II. Establecer las bases para la política, planeación y programación en todo el territorio nacional de la actividad turística, bajo criterios de beneficio social, sustentabilidad, competitividad y desarrollo equilibrado de los estados, municipios y el Distrito Federal, a corto, mediano y largo plazo.
Fracción XV. Fomentar y desarrollar acciones para diversificar la actividad turística, todas las modalidades turísticas se consideran como un factor de desarrollo local integrado, apoyando el aprovechamiento de las actividades propias de las comunidades.
Por lo anterior es importante identificar que en la Ley General de Turismo no se encuentran establecidos de manera particular los segmentos de turismo que deben ser impulsados, identificados y promovidos, dada la gran diversidad de actividades y modalidades turísticas que prevalecen en las distintas regiones de nuestro país y las actividades propias de cada comunidad, no obstante si establece que todas las modalidades turísticas se consideran como un factor de desarrollo local integrado.
En ese sentido el capítulo II de la ley en comento se refiere a las dependencias concurrentes en materia turística, y en particular el primer párrafo del artículo 6 establece: En aquellos casos en que para la debida atención de un asunto, por razón de la materia y de conformidad con las disposiciones legales aplicables, se requiera de la intervención de otras dependencias o entidades de la administración pública federal, la secretaría ejercerá sus atribuciones en coordinación con las mismas.
Es decir, la Secretaria de Turismo tiene la facultad de ejercer acciones en cualquier momento, en coordinación con la Secretaria de Salud y cualquier otra dependencia, cuando el asunto y la materia requieran de la intervención de cualquiera de éstas. Resultaría interminable adicionar en la Ley General de Turismo, el listado de acciones que puede ejercer en coordinación con las diversas Dependencias concurrentes en la materia turística.
Adicionalmente a los argumentos anteriores, en la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina, se presentan cifras, estadísticas, comparaciones e información adicional que refleja el buen paso y ritmo al que avanzan los destinos especializados en turismo médico de nuestro país, así como el buen posicionamiento que mantiene a nivel mundial nuestro país como destino de turismo médico; no obstante la exposición de motivos no especifica cual es el objeto o cual será el impacto que pretende detonarse al adicionar una fracción al artículo 7 de la Ley General de Turismo, en la inteligencia de que actualmente la Secretaria de Turismo y la Secretaria de Salud llevan a cabo acciones de manera coordinada para la identificación y promoción de los destinos especializados en turismo médico, lo cual se refleja en los resultados que la misma iniciativa enuncia.
Por lo expuesto, la Comisión de Turismo, para los efectos de lo dispuesto en la fracción G del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente
Acuerdo
Único. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción al artículo 7, recorriéndose la subsecuente de la Ley General de Turismo, presentada por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, el 20 de noviembre de 2014.
Salón de sesiones de la comisión, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 10 de febrero de 2015.
La Comisión de Turismo, diputados:Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica), Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Rafael González Reséndiz (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo, José Luis Valle Magaña (rúbrica), Agustín Barrios Gómez Segués, Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Heidy Guadalupe Estrada Martínez (rúbrica), Martín Alonso Heredia Lizárraga (rúbrica), Raúl Paz Alonzo (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña (rúbrica), Angelina Carreño Mijares, Cecilia González Gómez (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Francisca Elena Corrales, Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre, William Renán Sosa Altamira (rúbrica), Jessica Salazar Trejo (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Carlos de Jesús Alejandro, Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo, salvo los números 5 y 7 separados para discusión.
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdos. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos total y definitivamente concluidos.
LEY GENERAL DE TURISMO
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo respecto a la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la minuta con proyecto de decreto por la que se adicionan la fracción XI al artículo 7, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones del mismo; la fracción XX al artículo 9, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones; la fracción XV al artículo 10, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones; una fracción V al artículo 58, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones; y se reforma el artículo 21, todos ellos de la Ley General de Turismo.
La Comisión de Turismo, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen
Antecedentes
El 28 de noviembre de 2013, las y los senadores Félix González Canto, Martha Elena García Gómez, Luz María Beristaín Navarrete, Isaías González Cuevas, Angélica del Rosario Araujo Lara, Manuel Humberto Cota Jiménez, Roberto Armando Albores Gleason, Fernando Torres Graciano, Daniel Gabriel Ávila Ruiz, Armando Ríos Piter y Luis Armando Melgar Bravo, integrantes de la Comisión de Turismo del Senado de la República presentaron Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.
La misma fue suscrita por las senadoras Ivonne Álvarez García, María del Rocío Pineda Gochi y Lisbeth Hernández Lecona, así como los senadores Jesús Casillas Romero y Aarón Irizar López.
En esa misma fecha, la Mesa Directiva del Senado de la República, turnó dicha Iniciativa a las Comisiones Unidas de Turismo y Estudios Legislativos, Primera para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
Con fecha 13 de noviembre de 2014 se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores.
El 4 de diciembre de 2014 se dio segunda lectura a discusión, aprobándose el dictamen de la Iniciativa proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, siendo aprobado de manera nominal y remitiéndose a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.
Con fecha 9 de diciembre de 2014 en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite al proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, presentado por el senador Félix González Canto del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y ordenó su turno a la Comisión de Turismo, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.
Con fecha 9 de diciembre de 2014, la Comisión de Turismo recibió el expediente número 5686, que contiene la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley General de Turismo.
Contenido de la minuta
México cuenta con uno de los patrimonios culturales más ricos del planeta: ocupa el primer lugar en América Latina y el sexto mundial en sitios declarados Patrimonio Mundial por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO.
La cultura, entendida como el total de los rasgos distintivos espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a una sociedad, incluyendo las artes, las letras, los modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las costumbres une a la nación, le da identidad a los pueblos y sentido de pertenencia a las personas.
La cultura se manifiesta, por ejemplo, en la música, la escritura, el lenguaje, los monumentos históricos y arqueológicos, la arquitectura, en el modo de celebrar una fiesta, en las vestimentas, las danzas y bailes tradicionales, los ritos, las creencias, las leyendas, las técnicas originarias y únicas de cultivos, así como en la elaboración de los platillos típicos.
Las diversas manifestaciones humanas que dan testimonio de la cultura de cada pueblo es, sin duda, un atractivo que invita a los turistas a conocer la riqueza de cada nación, las peculiaridades de cada sitio.
De acuerdo con la Carta Internacional sobre Turismo Cultural, expedida por el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios, el turismo es uno de los medios más importantes para el intercambio cultural, ofrece una experiencia personal no sólo acerca de lo que pervive del pasado, sino de la vida actual y de otras sociedades.
El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes destaca que el patrimonio cultural refuerza el sentido de identidad, porque nos ayuda a conocer, apreciar y fortalecer nuestros valores y raíces culturales; promueve el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana; se transmite de generación en generación; y, genera riqueza, no sólo desde la perspectiva cultural, sino también como factor de mejora de calidad de vida de las comunidades receptoras de turismo que son partícipes de los planes de desarrollo local.
La relación entre turismo y patrimonio cultural es innegable, este último participa en la creación de nuevos productos turísticos, el turismo, por su parte difunde y acrecienta el intercambio cultural.
Las diversas declaratorias sobre el patrimonio cultural de México incrementan el número de visitantes que quieren conocer estos bienes, a su vez, conlleva la responsabilidad de conservar el patrimonio a través de políticas públicas que garanticen la sostenibilidad y protección del mismo, ya que así como el turismo cultural potencia el desarrollo económico de las comunidades que cuentan con bienes de este tipo, el patrimonio cultural puede verse deteriorado cuando se da una sobreexplotación de sus bienes.
Por lo anterior, es necesario que desde la política turística se fomente la cultura de conservación y protección del patrimonio cultural, es necesario que se implementen campañas de promoción, conservación y cuidado de los productos turísticos culturales.
Si bien es cierto, que la rectoría de la conservación de nuestro patrimonio artístico, histórico, cultural y arqueológico del país le corresponde a la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Turismo puede participar, de manera concurrente, en la conservación del patrimonio cultural de nuestro país, toda vez, que éste es prioritario para la actividad turística.
Bajo estos argumentos es que se propone a esta soberanía modificar diversos artículos de la Ley General de Turismo para que los municipios, estados y el Distrito Federal participen de manera concurrente en la conservación, protección y resguardo del patrimonio cultural que exista en la entidad o municipio.
Asimismo, se propone que tanto a Secretaría de Turismo, como los estados, Distrito Federal y municipios participen con la Secretaría de Educación Pública en la elaboración y ejecución de planes y programas turísticos que fomenten el reconocimiento y salvaguardia del patrimonio cultural de la nación.
Al articular políticas y estrategias entre los sectores de cultura y turismo para desarrollar programas que combinen la preservación del patrimonio cultural material e inmaterial con el ejercicio responsable del turismo se preservará, difundirá y disfrutará por más tiempo nuestro legado cultural.
Es importante señalar que la reforma propuesta atiende a uno de los objetivos de la Ley General de Turismo, ya que la fracción III, del artículo 2, señala que esta ley tiene por objeto:
Determinar los mecanismos para la conservación, mejoramiento, protección, promoción, y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el patrimonio natural, cultural, y el equilibrio ecológico con base en los criterios determinados por las leyes en la materia, así como contribuir a la creación o desarrollo de nuevos atractivos turísticos, en sujeción al marco jurídico vigente.
Asimismo, se encuentra de conformidad con lo señalado por la fracción X, del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la que estipula que a la Secretaría de Turismo corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
Regular, orientar y estimular las medidas de protección al turismo, y vigilar su cumplimiento, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal y con las autoridades estatales y municipales.
Por otra parte, se destaca el hecho de que en la Ley General de Turismo se establezcan atribuciones para que la Secretaría de Turismo, Estados, Distrito Federal y Municipios coadyuven con la Secretaría de Educación Pública en la conservación y preservación del patrimonio cultural de la Nación, se fortalecerá la labor del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, quien cuenta con la Coordinación Nacional de Patrimonio Cultural y Turismo, la cual tiene la misión de coordinar, de manera concertada y organizada la actividad turística con las diferentes áreas de cultura, de la iniciativa privada y de los tres niveles de gobierno para facilitar el proceso de la planeación y ejecución de proyectos de desarrollo cultural basados en el aprovechamiento turístico sustentable del patrimonio cultural de las diferentes regiones del país.
No obstante lo anterior, no se debe perder de vista que, de acuerdo a su decreto de creación, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, tiene como una de sus principales atribuciones el promover y difundir la cultura y las artes; y, que dicho decreto no hace referencia a la coordinación de acciones en materia de protección y preservación del patrimonio cultural, por lo que se considera adecuado proponer una reforma a la Ley General de Turismo para coordinar las acciones en materia de protección, conservación y preservación del patrimonio cultural, bajo la rectoría de la Secretaría de Educación Pública.
Finalmente, teniendo presente que el cuidado del patrimonio corresponde a todos, los encargados de la custodia del patrimonio; los que lo visitan, los que lo promueven y los visitantes, es decir: organismos públicos y privados relacionados con el patrimonio cultural, los turistas, gestores culturales, comunidad receptora y dependencias de turismo, también se propone una reforma al artículo 58 de la Ley General de Turismo para establecer que es deber de los prestadores de servicios turísticos fomentar en el turista el reconocimiento y respeto del patrimonio cultural y la diversidad cultural.
Por lo anterior el dictamen de la minuta propone el siguiente proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo
Artículo Único: Se adicionan la fracción XI al artículo 7, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones del mismo; las fracciones XX y XXI al artículo 9, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones del mismo; las fracciones XV y XVI al artículo 10, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones del mismo; una fracción V al artículo 58, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones del mismo; se reforma el artículo 21, todos ellos de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:
Artículo 7.
I. a X. ...
XI. Coadyuvar con la Secretaría de Educación Pública en la conservación y protección de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos que conforman el patrimonio cultural de la Nación, a través de la elaboración y ejecución de planes y programas turísticos que fomenten la protección y conservación de los mismos;
XII. Colaborar con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el desarrollo de programas de fomento al empleo turístico, así como de capacitación y profesionalización de la actividad turística, incorporando a las personas con discapacidad;
XIII. Coadyuvar con los comités locales de seguridad aeroportuaria y marítima de los destinos turísticos, que determine la propia Secretaría;
XIV. Promover con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, y el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el patrimonio histórico, artístico, arqueológico y cultural del país, de acuerdo con el marco jurídico vigente;
XV. Instrumentar, en coordinación con la Procuraduría Federal del Consumidor, normas de procedimientos tendientes a garantizar la protección de los derechos de los usuarios de los servicios turísticos, tales como métodos alternativos que resuelvan conflictos ante incumplimientos por parte de prestadores de servicios turísticos;
XVI. Promover junto con el Banco Nacional de Obras y Servicios y Nacional Financiera, el otorgamiento de créditos para las entidades públicas y los prestadores de servicios turísticos;
XVII. Coadyuvar con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para impulsar a proyectos productivos y de inversión turística, que cumplan con las disposiciones legales y normativas aplicables;
XVIII. Promover en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; el desarrollo de la pesca deportivo-recreativa, conforme lo dispuesto en esta Ley, su reglamento y en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, y
XIX. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.
Artículo 9.
I. a XIX. ...
XX. Ejecutar los programas y planes turísticos que fomenten la protección y conservación del patrimonio cultural;
XXI. Emitir opiniones a la Secretaría en la materia, y
XXII. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.
Artículo 10.
I. a XIV. ...
XV. Participar en la ejecución de planes y programas turísticos que fomenten la protección y conservación del patrimonio cultural de la nación;
XVI. Atender los demás asuntos que en materia de planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística les conceda esta Ley u otros ordenamientos legales en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente al Ejecutivo Federal, Estados o el Distrito Federal;
XVII. Emitir opinión ante la Secretaría, en aquellos casos en que la inversión concurra en proyectos de desarrollo turístico o en el establecimiento de servicios turísticos, dentro de su territorio, y
XVIII. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.
Artículo 21. La secretaría en conjunto con la Secretaría de Educación Pública, promoverá programas que difundan la importancia de respetar y conservar los atractivos turísticos y el patrimonio cultural de la nación, así como mostrar un espíritu de servicio, hospitalidad hacía el turista nacional y extranjero.
Artículo 58.
I. a IV. ...
V. Fomentar en el turista el reconocimiento y respeto del patrimonio cultural y la diversidad cultural;
VI. Inscribirse en el Registro Nacional de Turismo y actualizar los datos oportunamente;
VII. Cumplir con los servicios, precios, tarifas y promociones, en los términos anunciados, ofrecidos o pactados;
VIII. Expedir, aún sin solicitud del turista, factura detallada, nota de consumo o documento fiscal que ampare los cobros realizados por la prestación del servicio turístico proporcionado;
IX. Profesionalizar a sus trabajadores y empleados, en los términos de las leyes respectivas, en coordinación con la secretaría;
X. Disponer de lo necesario para que los inmuebles, edificaciones y servicios turísticos incluyan las especificaciones que permitan la accesibilidad a toda persona de cualquier condición;
XI. Cumplir con las características y requisitos exigidos, de acuerdo a su clasificación en los términos de la presente Ley;
XII. Prestar sus servicios en español como primera lengua, lo que no impide que se puedan prestar los servicios en otros idiomas o lenguas, y
XIII. Las demás que establezca la legislación aplicable en la materia.
Consideraciones de la comisión dictaminadora
Si bien esta comisión esa de acuerdo con los planteamientos generales esbozados en la minuta, en lo referente a que nuestra nación cuenta con un sin número de zonas y monumentos arqueológicos, artísticos e históricos que nos dan identidad y que refuerzan nuestro patrimonio cultural, además de que fortalecen los lazos generacionales de nuestros valores y raíces, lo cual obliga a su conservación y preservación respetando su diversidad y entorno cultural.
Su disfrute permite que éstas sean un factor de desarrollo para las regiones en que se ubican, por lo que el binomio patrimonio cultural - turismo es indisoluble, ya que este último contiene efectos multiplicadores sobre otras actividades tales como el de la construcción, alimentación, etcétera, por lo que su cuidado, no puede circunscribirse o recaer únicamente en las instituciones gubernamentales, sino por el contrario, involucran a todos los sectores relacionados con el mismo.
En ese sentido corresponde entre otros aspectos al Estado su regulación, conservación, explotación, fomento y promoción de manera transversal coadyuvado por los sectores privado y social, en estricto respeto a sus competencias definidas para cada una de las dependencias, organismos, entidades, etc., responsables e involucrados, lo anterior en apego a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en su artículo 90 que establece que la administración pública federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo federal en su operación.
Es la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, LOAPF, el instrumento jurídico que establece las bases de organización de la administración pública federal, centralizada y paraestatal, dentro de ellas se encuentran:
Secretaria de Educación Pública, SEP.
Secretaria de Turismo, Sectur.
Así, a la SEP le corresponde entre otros, el despacho de los siguientes asuntos: Conservar, proteger y mantener los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos que conforman el patrimonio cultural de la Nación, atendiendo las disposiciones legales en la materia.
Para llevar a cabo dicha actividad y de conformidad con la Ley federal sobre monumentos y zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, LFMZAAH, en el artículo 2o. establece que es de utilidad pública, la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de monumentos.
La Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y los demás institutos culturales del país, en coordinación con las autoridades estatales, municipales y los particulares, realizarán campañas permanentes para fomentar el conocimiento y respeto a los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos.
El Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, de acuerdo con lo que establezca el reglamento de esta ley, organizarán o autorizarán asociaciones civiles, juntas vecinales, y uniones de campesinos como órganos auxiliares para impedir el saqueo arqueológico y preservar el patrimonio cultural de la nación. Además se establecerán museos regionales.
Para la aplicación de la LFMZAAH, corresponde a:
I. El presidente de la República;
II. El secretario de Educación Pública;
III. El secretario del Patrimonio Nacional;
IV. El Instituto Nacional de Antropología e Historia;
V. El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y
VI. Las demás autoridades y dependencias federales, en los casos de su competencia.
De igual manera, el artículo 6o. establece que los propietarios de bienes inmuebles declarados monumentos históricos o artísticos, deberán conservarlos y, en su caso, restaurarlos en los términos del artículo siguiente, previa autorización del Instituto correspondiente.
Referente al Instituto Nacional de Antropología e Historia, que es dependiente de la SEP, y que tiene como objetivos generales (definidos en la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, ...la investigación científica sobre Antropología e Historia relacionada principalmente con la población del país y con la conservación y restauración del patrimonio cultural arqueológico e histórico, así como el paleontológico; la protección, conservación, restauración y recuperación de ese patrimonio y la promoción y difusión de las materias y actividades que son de la competencia del Instituto, estando facultado para aplicar las leyes, reglamentos, decretos y acuerdos en las materias de su competencia, además de Identificar, investigar, recuperar, rescatar, proteger, restaurar, rehabilitar, vigilar y custodiar en los términos prescritos por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, los respectivos monumentos y zonas, así como los bienes muebles asociados a ellos e Investigar, identificar, recuperar y proteger las tradiciones, las historias orales y los usos, como herencia viva de la capacidad creadora y de la sensibilidad de todos los pueblos y grupos sociales del país.
Por lo que respecta a la Secretaría de Turismo, Sectur, de conformidad con la LOAPF, le atañe el Formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional, que comprende los procesos que se derivan de las actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias temporales en lugares distintos al de su entorno habitual, con fines de ocio y otros motivos, por lo que la actividad turística es una prioridad nacional que, bajo el enfoque social y económico, genera desarrollo regional.
Asimismo, le corresponde determinar los mecanismos para la conservación, mejoramiento, protección, promoción, y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el patrimonio natural, cultural, y el equilibrio ecológico con base en los criterios determinados por las leyes en la materia, así como contribuir a la creación o desarrollo de nuevos atractivos turísticos, en apego al marco jurídico vigente que incluye entre otros ordenamientos jurídicos:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos.
Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
Por lo que es la Ley General de Turismo, quien establece los límites e injerencia de la Sectur a través de su artículo 4 fracción VII permitiéndole formular las bases de coordinación entre los ámbitos de gobierno, para el establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las zonas de desarrollo turístico sustentable y su participación en la regulación, administración y vigilancia de las zonas de desarrollo turístico sustentable en los municipios de los estados, conforme a los convenios que al efecto se suscriban donde se ubica el patrimonio cultural de nuestro país, de ahí su transversalidad.
Por lo que se desprende que las atribuciones conferidas en la minuta a la Sectur, constituirían una invasión a las competencias tanto de la SEP como del INAH al considerar que son facultades exclusivas en favor de ellos, que les permiten alcanzar un alto grado de especialización, además de contar con los recursos tanto económicos como logísticos, por lo que resulta improcedente incluir en la LGT nuevas obligaciones o disposiciones en la materia para la Secretaría de Turismo que ya se encuentran plasmadas los ordenamientos ya indicados.
Por lo expuesto, la Comisión de Turismo, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la honorable asamblea, los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se adicionan la fracción XI al artículo 7, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones del mismo; la fracción XX al artículo 9, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones del mismo; la fracción XV al Artículo 10, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones del mismo; una fracción V al artículo 58, recorriéndose en su orden subsecuente las demás fracciones del mismo; y se reforma el Artículo 21, todos ellos de la Ley General de Turismo.
Segundo. Devuélvase el expediente a la Cámara de Senadores, de conformidad con lo dispuesto en la fracción d), del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Notas:
1 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Artículo 1o.
2 Ídem. Artículo 26.
3 Ídem. Artículo 26.
4 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Fracción. Artículo 38 fracción XXI.
5 Ídem. Artículo 3.
6 Artículo 7o. Las autoridades de los estados, territorios y municipios cuando decidan restaurar y conservar los monumentos arqueológicos e históricos lo harán siempre, previo permiso y bajo la dirección del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
Asimismo dichas autoridades cuando resuelvan construir o acondicionar edificios para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia exhiba los monumentos arqueológicos e históricos de esa región, podrán solicitarle el permiso correspondiente, siendo requisito el que estas construcciones tengan las seguridades y los dispositivos de control que fija el Reglamento.
El Instituto Nacional de Antropología e Historia podrá recibir aportaciones de las autoridades mencionadas, así como de particulares para los fines que señala este artículo.
7 Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Artículo 2 párrafo primero.
8 Ídem. Artículo 2 fracción I.
9 Ídem. Artículo 2 fracción IX.
10 Ídem. Artículo 2 fracción X.
11 Artículo 42 fracción I.
12 Ley General de Turismo. Artículo 1 segundo párrafo.
13 Ídem. Artículo 1 tercer párrafo.
14 Ídem. Artículo 3 fracción III.
15 Ibídem. Artículo 9 fracción VIII.
Salón de sesiones de la comisión, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 10 de febrero de 2015.
La Comisión de Turismo, diputados:Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica), Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Rafael González Reséndiz (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo, José Luis Valle Magaña (rúbrica), Agustín Barrios Gómez Segués, Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Heidy Guadalupe Estrada Martínez (rúbrica), Martín Alonso Heredia Lizárraga (rúbrica), Raúl Paz Alonzo (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña (rúbrica), Angelina Carreño Mijares, Cecilia González Gómez (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Francisca Elena Corrales, Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre, William Renán Sosa Altamira (rúbrica), Jessica Salazar Trejo (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Carlos de Jesús Alejandro, Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
LEY GENERAL DE TURISMO
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo respecto a la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley General de Turismo
Honorable Asamblea:
La Comisión de Turismo, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la Honorable Asamblea, el siguiente
Dictamen
Antecedentes
El 28 de abril de 2014, el senador Félix González Canto, a nombre propio y de los senadores integrantes de la Comisión de Turismo, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley General de Turismo.
En esa misma fecha, la Mesa Directiva del Senado de la República, turnó dicha Iniciativa a las Comisiones Unidas de Turismo y Estudios Legislativos, Primera para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
Con fecha 30 de septiembre de 2014 se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores.
El 4 de diciembre de 2014 se dio Segunda Lectura a Discusión, aprobándose el dictamen de la Iniciativa proyecto de decreto por el que se el artículo 14 de la Ley General de Turismo, siendo aprobado de manera nominal y remitiéndose a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 Constitucional.
Con fecha 9 de diciembre de 2014 en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite al proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley General de Turismo, presentado por el senador Félix González Canto del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y a nombre de las Senadoras y Senadores integrantes de la Comisión de Turismo, y ordenó su turno a la Comisión de Turismo, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.
Con fecha 9 de diciembre de 2014, la Comisión de Turismo recibió el expediente número 5687, que contiene la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley General de Turismo.
Contenido de la minuta
La iniciativa de origen plantea que el turismo es un pilar para el desarrollo económico del país, dad su capacidad de generar fuentes de empleo e incrementar los mercados donde operan las pequeñas y medianas empresas.
Según cifras oficiales de la Organización Mundial de Turismo, el turismo internacional continuará creciendo en las próximas dos décadas, lo cual ofrece inmensas posibilidades que se deben aprovechar integralmente para continuar moviendo y transformando a México.
La gran competencia que existe a nivel mundial entre los destinos turísticos, la Secretaría de Turismo debe realizar una promoción cada vez más activa e innovadora, a fin de generar confianza a nuestros visitantes y posicionar cada vez mejor a nuestro país.
La minuta resalta la gran importancia que hoy en día tienen las nuevas tecnologías como herramientas para la difusión y promoción de la actividad turística de nuestro país, siendo el Atlas Turístico de México un instrumento para lograr este fin.
Se considera que ante tan importante papel que juegan estas herramientas o instrumentos de promoción, ésta debe ser actualizada y promocionada oportunamente, transformándolo en un sitio web interactivo, que contribuya a posicionar segmentos como el turismo cultural, ecoturismo y aventura, salud, deportes, negocios, médico, de cruceros entre otros.
La anterior supone el origen de la iniciativa, que considera necesario reformar la Ley General de Turismo a fin de fortalecer el Atlas Turístico de México, y que en el artículo 14 se establezca la obligación de la Secretaría de Turismo de actualizar dicha herramienta de manera permanente y darle la difusión debida.
Como parte de las consideraciones del dictamen a la iniciativa, las Comisiones Unidas de Turismo y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, coinciden con los promoventes respecto al papel tan relevante que hoy en día juegan las tecnologías en materia de información y comunicación, ya que la gente demanda cada vez con mayor rapidez y oportunidad la información que requiere.
Otro aspecto relevante para las Comisiones dictaminadoras, es que el turista necesita información para programar sus viajes y tomar la decisión sobre cual destino elegir para visitar, así como cuales son los servicios que mejor satisfacen sus necesidades. Por lo anterior, la información a la que tenga acceso el turista, debe ser veraz y oportuna.
Es por ello que las dictaminadoras coinciden en que el Atlas Turístico de México, debe ser actualizado y promocionado permanentemente para que el turista se acerque a la oferta turística de nuestro país.
Por otro lado en la minuta se hace referencia a que el Atlas Turístico de México no se encuentra comprendido dentro del supuesto contenido en la fracción XVII del artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la cual establece que con excepción de la información reservada y confidencial prevista en esta ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, en los términos del reglamento.
Las comisiones dictaminadoras concluyen que es pertinente la modificación del artículo 14 de la Ley General de Turismo, a fin de actualizar permanentemente el Atlas Turístico de México y también es pertinente establecer la obligación de realizar acciones conducentes para su plena difusión, ya que en la medida en que los potenciales visitantes conozcan que hay un Atlas Turístico de México que contiene toda la oferta turística de nuestro país y que está actualizado permanentemente, podrán tomar la mejor decisión que cumpla con sus deseos y necesidades de viaje.
Por lo anterior, los senadores integrantes de las Comisiones Unidas de Turismo y Estudios Legislativos, Primera que suscriben el presente dictamen, someten a consideración del pleno del Senado de la República, el siguiente
Decreto
Que reforma y adiciona un párrafo al artículo 14 de la Ley General de Turismo
Artículo Único. Se reforma el párrafo primero del artículo 14, se adiciona párrafo segundo al numeral 14, recorriéndose al tercero el actual párrafo segundo de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:
Artículo 14.Para elaborar y actualizar el Atlas Turístico de México, la Secretaría se coordinará con otras dependencias e instituciones y, en forma concurrente, con los estados, municipios y el Distrito Federal.
El Atlas Turístico de México deberá ser actualizado permanentemente. Posterior a su elaboración y actualización, la Secretaría realizará las acciones conducentes para su plena difusión.
El Atlas Turístico de México es una herramienta para la promoción de la actividad turística, teniendo carácter público.
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Consideraciones de la comisión dictaminadora
Esta Comisión de Turismo, una vez analizados los planteamientos generales que sustentan la presente Minuta para reformar el párrafo primero del artículo 14, adicionar un párrafo segundo al numeral 14, recorriéndose al tercero el actual párrafo segundo de la Ley General de Turismo; considera pertinente retomar algunos conceptos y referencias legales para soportar el presente dictamen.
En el sustento de la iniciativa y las consideraciones del dictamen a la misma, realizadas por las Comisiones Dictaminadoras de la Cámara de Senadores, establecen que ésta es promovida a fin de que se establezca la obligación de la Secretaria de Turismo de actualizarlo de manera permanente el Atlas Turístico de México y darle la difusión debida.
Dicha afirmación supone entonces, que no existe disposición jurídica alguna que atribuya a la Secretaria de Turismo la obligación de actualizar y difundir el Atlas Turístico de México, por lo tanto la necesidad de establecerlo en la Ley General de Turismo, motivo principal de la presente minuta.
Ahora bien, la Ley General de Turismo en su artículo Tercero, fracción II, establece que para los efectos de ésta Ley, se entenderá por Atlas Turístico de México: El registro sistemático de carácter público de todos los bienes, recursos naturales y culturales que puedan constituirse en atractivos turísticos nacionales, sitios de interés y en general todas aquellas zonas y áreas territoriales del desarrollo del turismo.
En ese sentido ésta Comisión dictaminadora considera que en dicha herramienta se encuentran registrados, no solo aquellos atractivos turísticos consolidados, sino también aquellos en vía de desarrollo y con potencial turístico, lo cual sirve también como instrumento de apoyo para la planeación de la actividad turística y como referencia para la creación y fomento de cadenas productivas y redes de valor en torno a los desarrollos turísticos.
Una vez analizada la presente Minuta, la Comisión dictaminadora se dedicó a indagar sobre el vacío legal que supone la falta de una disposición jurídica que obligue a la Secretaría de Turismo a actualizar y difundir el Atlas Turístico de México, motivo por el cual se propone modificar y adicionar el artículo 14 de la Ley General de Turismo. Los resultados de dicha investigación permitieron encontrar la siguiente información.
El Reglamento Interior de la Secretaria de Turismo, contiene en diversos artículos las atribuciones que obligan entre otras cosas, a la actualización del Atlas Turístico de México, a saber:
Artículo 9. Son atribuciones genéricas de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría las siguientes:
Fracción XI. Rendir informes y proporcionar la documentación, información y cooperación que les sean requeridas por las demás unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y las delegaciones regionales de la Secretaría, así como proponer, proporcionar y, en su caso, actualizar la información sobre los temas del ámbito de su competencia, para su inclusión en el sitio web de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 12. La Subsecretaria de Planeación y Política Turística tiene las siguientes atribuciones:
Fracción XXV. Coordinar la integración, administración, operación y actualización del Atlas Turístico de México.
Artículo 22. La Dirección General de Integración de Información Sectorial tiene las siguientes atribuciones:
Fracción VI. Integrar, administrar, operar y actualizar el Atlas Turístico de México, en términos de la Ley General de Turismo y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 23. La Dirección General de Ordenamiento Turístico Sustentable tiene las siguientes atribuciones:
Fracción XXIV. Apoyar los trabajos de la Dirección General de Integración de Información Sectorial, para la actualización y uso eficiente del Atlas Turístico de México, proporcionando opiniones e información que coadyuve en dichos propósitos.
Artículo 26. La Dirección General de Certificación Turística tiene las siguientes atribuciones:
Fracción IX. Establecer los canales de comunicación del sector turístico, para difundir los beneficios del cumplimiento y certificación de las Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas, así como su adherencia al Registro Nacional de Turismo y su incorporación al Atlas Turístico de México, con el fin de contar con información ordenada y sistemática de los bienes y recursos naturales, culturales e históricos que forman parte del patrimonio material e inmaterial de México, que constituyen atractivos turísticos y sitios de interés general, y que cuenten con los reconocimientos y certificaciones otorgados por la Secretaría.
Considerando las referencias anteriores, ésta Comisión dictaminadora tiene como primera conclusión que el espíritu de la iniciativa y posterior Minuta, está cubierto y considerado tácitamente ya en el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, por lo que resultaría redundante e innecesario incluirlo a través de la modificación al artículo 14 de la Ley General de Turismo.
Cabe mencionar que el verbo actualizar y sus derivados, según el diccionario de la Real Academia Española, significan Hacer actual algo, darle actualidad; Poner al día. Por lo anterior se considera también innecesario utilizar el adjetivo permanentemente, ya que de no cumplir con esta condición no podríamos considerar como actualizada dicha herramienta, es decir, el verbo actualizar lleva implícito la característica de ser permanentemente.
En otra de las partes que proponen modificar el primer párrafo del artículo 14 de la Ley General de Turismo, se sugiere eliminar Entidades Federativas y desglosarlo en Estados y el Distrito Federal. Para ésta comisión dictaminadora, dicha modificación resulta innecesaria, toda vez que el Distrito Federal es una Entidad Federativa juntamente con los 31 estados de la República Mexicana, por lo cual la redacción actual de dicho artículo no contraviene ninguna disposición jurídica.
Si bien, se reconoce que el Atlas Turístico de México es una importante herramienta en el sector, la comisión dictaminadora determina que el objetivo principal de la presente minuta se encuentra ya contemplado dentro de las atribuciones de la Secretaría de turismo contenidas en su Reglamento Interior.
Por otra parte, ésta Comisión Dictaminadora considera que tanto en la Iniciativa como en la Minuta, no se encontraron datos, cifras, información, testimoniales o evidencia alguna que hagan saber que el Atlas Turístico de México hoy en día, sea una herramienta que no cumple con la característica de contar con información veraz, oportuna y actualizada, en cuyo caso deberíamos de estar exhortando a la Secretaría de Turismo a cumplir con dicha obligación establecida en su Reglamento Interior antes mencionado.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Turismo, para los efectos de lo dispuesto por la fracción D del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley General de Turismo.
Segundo.Devuélvase el expediente a la Cámara de Senadores, de conformidad con lo dispuesto por la fracción D del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Salón de sesiones de la comisión, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 10 de febrero de 2015.
La Comisión de Turismo, diputados:Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica), Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Rafael González Reséndiz (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo, José Luis Valle Magaña (rúbrica), Agustín Barrios Gómez Segués, Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Heidy Guadalupe Estrada Martínez (rúbrica), Martín Alonso Heredia Lizárraga (rúbrica), Raúl Paz Alonzo (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña (rúbrica), Angelina Carreño Mijares, Cecilia González Gómez (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Francisca Elena Corrales, Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre, William Renán Sosa Altamira (rúbrica), Jessica Salazar Trejo (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Carlos de Jesús Alejandro, Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
LEY GENERAL DE TURISMO
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Dictamen de la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo respecto a la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Turismo
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la minuta con proyecto de decreto por el que se adicionan dos nuevas fracciones al artículo 3, para quedar como I y IX, recorriéndose las subsecuentes en el orden que les corresponde, respectivamente; se reforman el artículo 18 y la fracción IV del artículo 44, todos ellos de la Ley General de Turismo, presentada por la Senadora Hilda Esthela Flores Escalera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
La Comisión de Turismo con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80 numeral 1, fracción I; 157, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la Honorable Asamblea el siguiente:
Dictamen
Antecedentes
Con fecha 6 de noviembre de 2014 en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar trámite al proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, presentado por la senadora Hilda Esthela Flores Escalera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y ordenó su turno a la Comisión de Turismo, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.
Con fecha 6 de noviembre de 2014, la Comisión de Turismo recibió el expediente número 5448, que contiene la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la ley general de turismo.
El 7 de enero del 2015, se solicitó prórroga para la presentación del Dictamen a la Mesa Directiva con fundamento en el Reglamento de la Cámara de Diputados.
Con fecha 12 de enero de 2015, por medio del oficio número D.G.P.L. 62-II-1-2382 la Mesa Directiva autorizo la prórroga solicitada para dictaminar.
Contenido de la minuta
El 17 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley General de Turismo, la cuál había sido aprobada en el H. Congreso de la Unión en abril de ese año.
En las discusiones del Dictamen que dio origen a esta Ley, tanto Cámara de Diputado como en el Senado de la República, se reconoció que la actividad turística era uno de los sectores económicos más importantes y dinámicos a nivel mundial y en nuestro país, por lo que representa una significativa aportación de divisas que permite funcionar como motor de desarrollo regional y difusor de atractivos culturales naturales.
La aprobación de una nueva Ley General de Turismo se dio gracias a la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 29 de septiembre de 2003, en la que se facultó al Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, Estados, Municipios y el Distrito Federal , así como la participación de los sectores social y privado.
Gracias a esta reforma, el Congreso Mexicano se dio a la tarea de expedir una nueva Ley Federal en la materia, la cual había sido publicada el 31 de diciembre de 1992 en el Diario Oficial de la Federación.
Dentro de los aspectos más destacados de la nueva Ley aprobada y promulgada, encontramos que los prestados de servicios turí8sticos tienen la obligación de proveer la accesibilidad necesaria para brindar servicios adecuados a las personas con discapacidad.
De acuerdo con datos dados a conocer en agosto de este año por la Organización Mundial de Turismo (OMT), México se encuentra dentro de las primeras 15 potencias en llegadas de viajeros extranjeros, gracias a que durante 2012, recibió a más de 23 millones de turistas, en tanto que al interior del país se transportaron más de 14 millones de pasajeros.
En los últimos meses, el turismo en nuestro país presenta cifras positivas de crecimiento. De acuerdo con un reporte del Banco de México, el monto de divisas en el país pasó de 3 mil 599 millones de dólares en el primer trimestre del 2012, a 3 mil 876 millones de dólares en el primer trimestre de este año, es decir, un aumento de 7.7 por ciento.
La actual Ley General de Turismo contiene un capítulo sobre el Turismo accesible, el cual es desarrollado en dos artículos (18 y 19).
En el artículo 18 de la mencionada Ley, se estipula que la secretaria de Turismo, con el apoyo y en coordinación con las dependencias y entidades competentes, promoverá la prestación de servicios turísticos con accesibilidad, que tengan por objeto beneficiar a la población con alguna discapacidad.
Por su parte el artículo 19 señala que los prestadores de servicios turísticos deberán proveer lo necesario para que las personas con discapacidad cuenten con accesibilidad a los servicios turísticos en condiciones adecuadas. La misma disposición aplicará para los sitios culturales con afluencia turística.
El turismo accesible está destinado a las personas con una movilidad y/o comunicación reducida, a las cuales se les brinda o se les apoya con los requerimientos necesarios para que tengan una mejor accesibilidad a las instalaciones y a los establecimientos públicos y privados de interés turístico y social, obteniendo con ello mejorar su calidad de vida y la misma satisfacción para todas las personas, en un plano de equidad.
La vinculación entre accesibilidad y turismo es relativamente reciente e implica una planeación, diseño y desarrollo de actividades turísticas con la finalidad de que puedan ser disfrutadas por todas las personas, que se traduce en un turismo para todos, ya que incluye pautas de integración respecto de las actividades recreativas, turísticas y culturales ya sea para personas con algún tipo de discapacidad o sin ella, teniendo como objeto específico la integración física y social de todas las personas.
Es cierto que las personas con discapacidad son los principales destinatarios del turismo accesible; sin embargo, un gran porcentaje de personas adultas mayores, debido a su edad, a los problemas físicos propios también de la edad, así como por padecer de alguna enfermedad, se encuentran impedidos para disfrutar de una mejor manera de nuestros destinos turísticos y culturales.
Por tal motivo, se requiere que nuestra legislación incluya a las personas adultas mayores dentro de los beneficiarios del turismo accesible.
Por lo descrito en párrafos precedentes, la presente iniciativa tiene como objeto principal incluir, dentro del Capítulo IV de la Ley General de Turismo, que el Turismo accesible, además de contemplar a las personas con discapacidad, señale también a las personas mayores de 60 años de edad que por sus condiciones físicas y propias de la edad, requieren de aspectos especiales para el disfrute de los centros turísticos y culturales, de acuerdo también con el Principio de Atención Preferente contenido en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en su artículo 4o. que establece la obligación de las instituciones federales, estatales y municipales de gobierno, así como a los sectores social y privado a implementar programas acordes a las diferentes etapas, características y circunstancias de las personas adultas mayores.
Por lo anteriormente descrito, y con fundamento en las disposiciones señaladas, se sometió a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Senadores el siguiente:
Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley General de Turismo
Artículo Único. Se adicionan dos nuevas fracciones al artículo 3, para quedar como I y IX, recorriéndose las subsecuentes en el orden que les corresponde, respectivamente; se reforman el artículo 18 y la fracción IV del artículo 44, todos ellos de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:
Artículo 3. ...
I. Accesibilidad: Las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales;
II. Actividades Turísticas: Las que realizan las personas durante sus viajes y estancias temporales en lugares distintos al de su entorno habitual, con fines de ocio y otros motivos;
III. Atlas Turístico de México: El registro sistemático de carácter público de todos los bienes, recursos naturales y culturales que puedan constituirse en atractivos turísticos nacionales, sitios de interés y en general todas aquellas zonas y áreas territoriales del desarrollo del turismo;
IV. Comisión: la Comisión Ejecutiva de Turismo;
V. Consejo: el Consejo Consultivo de Turismo;
VI. Consejo de promoción: el consejo de promoción turística de México;
VII. Consejo local: los consejos consultivos locales de turismo;
VIII. Consejo municipal: Los consejos municipales de turismo;
IX. Diseño universal: El diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El diseño universal no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad cuando se necesiten;
X. Fondo: Fondo Nacional de Fomento al Turismo;
XI. Ley: Ley General de Turismo;
XII. Ordenamiento Turístico del Territorio: Instrumento de la política turística bajo el enfoque social, ambiental y territorial, cuya finalidad es conocer e inducir el uso de suelo y las actividades productivas con el propósito de lograr el aprovechamiento ordenado y sustentable de los recursos turísticos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de medio ambiente y asentamientos humanos;
XIII. Prestadores de Servicios Turísticos: Las personas físicas o morales que ofrezcan, proporcionen, o contraten con el turista, la prestación de los servicios a que se refiere esta Ley;
XIV. Programa: Programa Sectorial de Turismo;
XV. Recursos turísticos: Son todos los elementos naturales o artificiales de un lugar o región que constituyen un atractivo para la actividad turística;
XVI. Región turística: Es un espacio homogéneo que puede abarcar el territorio de dos o más Estados y en el que, por la cercana distancia de los atractivos y servicios, se complementan;
XVII. Reglamento: El de la Ley General de Turismo;
XVIII. Ruta Turística: Es un circuito temático o geográfico que se basa en un patrimonio natural o cultural de una zona y se marca sobre el terreno o aparece en los mapas;
XIX. Secretaría: La Secretaría de Turismo de la Administración Pública Federal;
XX. Servicios Turísticos: Los dirigidos a atender las solicitudes de los turistas a cambio de una contra prestación, en apego con lo dispuesto por esta Ley y su Reglamento;
XXI. Turismo Sustentable: Aquel que cumple con las siguientes directrices:
a) Dar un uso óptimo a los recursos naturales aptos para el desarrollo turístico, ayudando a conservarlos con apego a las leyes en la materia;
b) Respetar la autenticidad sociocultural de las comunidades anfitrionas, conservando sus atractivos culturales, sus valores tradicionales y arquitectónicos, y
c) Asegurar el desarrollo de las actividades económicas viables, que reporten beneficios socioeconómicos, entre los que se cuenten oportunidades de empleo y obtención de ingresos y servicios sociales para las comunidades anfitrionas, que contribuyan a mejorar las condiciones de vida.
XXII. Turistas: Las personas que viajan temporalmente fuera de su lugar de residencia habitual y que utilicen alguno de los servicios turísticos a que se refiere esta Ley, sin perjuicio de lo dispuesto para efectos migratorios por la Ley General de Población, y
XXIII. Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable: Aquellas fracciones del territorio nacional, claramente ubicadas y delimitadas geográficamente, que, por sus características naturales o culturales, constituyen un atractivo turístico. Se establecerán mediante declaratoria específica que emitirá el Presidente de la República, a solicitud de la Secretaría.
Artículo 18. La Secretaría, con el apoyo y en coordinación de las dependencias y entidades competentes, promoverá la prestación de servicios turísticos con accesibilidad y Diseño Universal, que tengan por objeto beneficiar a la población con alguna discapacidad.
Artículo 44. ...
I. a III. ...
IV. Ejecutar obras de infraestructura y urbanización, y realizar edificaciones e instalaciones en centros de desarrollo turístico que permitan la oferta de servicios turísticos; para dicho fin el Fondo deberá tomar en cuenta en la ejecución de dichas obras las necesidades de las personas con discapacidad y el Diseño Universal;
V. a XVI. ...
Consideraciones de la comisión dictaminadora
Esta comisión dictaminadora reconoce que algunas personas con discapacidades, se encuentran limitados o impedidos para disfrutar plenamente del turismo, no obstante, se señala que cuando una persona muestra alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, la cual puede ser producto de la edad avanzada que presente, también forma parte del universo de las personas con discapacidad, por lo que se entiende que todo aquel individuo que padezca algún tipo de dificultad de los señalados anteriormente, formará parte de las personas beneficiarias del turismo accesible.
Estamos de acuerdo que es sumamente importante que se fomente la participación de las personas con alguna discapacidad en el turismo, haciendo notar que en México, el número de personas con alguna discapacidad es de más de cinco millones y a nivel mundial de cerca de mil millones, por lo que es prioritario derribar los obstáculos y las barreras para que las personas con discapacidad puedan disfrutar de los atractivos turísticos que México ofrece en condiciones de seguridad, comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
Entendiendo así, que el turismo accesible es relativamente reciente; la Organización Mundial de Turismo (OMT) resaltó, de manera oficial y por primera vez, la importancia de incorporar en el turismo mejoras en las condiciones de accesibilidad y de no discriminación para todo el conjunto de ciudadanos, en la Asamblea General que se llevó a cabo en 1980 en Manila; más tarde, en el año de 1991, la OMT publicó un documento titulado Para un turismo accesible a los minusválidos en los años 90, donde enfatizó la importancia de la implementación de normas de diseño para la recepción en establecimientos turísticos de todas aquellas personas discapacitadas. En el caso específico de México, la conceptualización sobre accesibilidad y turismo surge también en los años 90, cuando se le da un nuevo enfoque al turismo social, lo que incluye aspectos de accesibilidad, solidaridad y sustentabilidad; y que fue asociado en una nueva perspectiva nombrada en el 2001 como Turismo para Todos.
No obstante lo anterior, esta comisión dictaminadora al realizar el estudio y análisis sobre la minuta en comento, considera que la propia Ley General de Turismo (LGT) en su artículo 2, fracción VI, señala que uno de sus objetivos es:
VI.Facilitar a las personas con discapacidad las oportunidades necesarias para el uso y disfrute de las instalaciones destinadas a la actividad turística, así como su participación dentro de los programas de turismo accesible;
Asimismo la misma ley en su capítulo IV, relativa al turismo accesible, señala en su artículo 18, lo siguiente:
Artículo 18.La Secretaría, con el apoyo y en coordinación de las dependencias y entidades competentes, promoverá la prestación de servicios turísticos con accesibilidad, que tengan por objeto beneficiar a la población con alguna discapacidad.
De igual forma, el 11 de junio del 2003, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, misma que define en su artículo 1 fracción IV, Diseño Universal, en términos similares a los que la colegisladora propone, como se transcribe a continuación:
IV. Diseño universal: Se entenderá el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado;
Asimismo, la ley antes referida en su artículo 15 Bis y 15 Quáter, fracciones I y VI, menciona lo siguiente:
Artículo 15 Bis.-Cada uno de los poderes públicos federales y aquellas instituciones que estén bajo su regulación o competencia, están obligados a realizar las medidas de nivelación, las medidas de inclusión y las acciones afirmativas necesarias para garantizar a toda persona la igualdad real de oportunidades y el derecho a la no discriminación.
La adopción de estas medidas forma parte de la perspectiva antidiscriminatoria, la cual debe ser incorporada de manera transversal y progresiva en el quehacer público, y de manera particular en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas que lleven a cabo cada uno de los poderes públicos federales.
Artículo 15 Quáter.-Las medidas de nivelación incluyen, entre otras:
I. Ajustes razonables en materia de accesibilidad física, de información y comunicaciones;
II-V...
VI. La accesibilidad del entorno social, incluyendo acceso físico, de comunicaciones y de información;
Atendiendo lo estipulado en el artículo 15 Bis, de la ley antes referida, la Secretaria de Turismo ha implementado varios programas para la promoción del turismo accesible.
El 25 de noviembre del 2014, se llevó a cabo en la Ciudad de Monterrey Nuevo León, el1er Foro Mundial de la Red Nacional para Prevenir la Discapacidad, donde se presentó la Política Pública de Turismo Inclusivo, con el objetivo de lograr un México Incluyente y eliminar las barreras físicas y psicológicas, que todos los bienes y servicios turísticos que se ofrecen en el país cumplan con las condiciones necesarias para que cualquier persona con alguna discapacidad pueda disfrutarlos.
La Secretaría de Turismo del Gobierno de la República creó el Distintivo de Inclusión Turística para reconocer a todos aquellos prestadores de servicios turísticos que incorporen criterios de accesibilidad en sus operaciones cotidianas y cultura organizacional a fin de que turistas nacionales e internacionales que sufran de alguna discapacidad puedan disfrutar de nuestros destinos.
En relación a lo anterior, el subsecretario de Calidad y Regulación, Francisco Maass Peña, dio a conocer que la Secretaría de Turismo tiene tres objetivos precisos en materia de accesibilidad e inclusión social, siendo los siguientes:
Impulsar un modelo de desarrollo turístico integral y regional con criterios de accesibilidad;
Crear instrumentos para que el turismo sea una actividad incluyente que brinde más oportunidades para que más mexicanos viajen;
Promover el turismo accesible y la no discriminación en la prestación de servicios turísticos.
Estás acciones, se llevan a cabo en cuatro ejes:
1) infraestructura turística accesible;
2) Programas de Calidad con criterios de inclusión;
3) Criterios de accesibilidad e inclusión en el Sistema Nacional de Certificación Turística; y
4) Diseño del Distintivo de Inclusión Turística.
Todo lo anterior es en congruencia con lo estipulado en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, que menciona tener como prioridad, el proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir con su desarrollo integral e inclusión plena.
Considerando los argumentos anteriores, esta Comisión de Turismo considera que los derechos de las personas con discapacidad, se mantienen tutelados por las leyes vigentes correspondientes, así como por las instituciones encargadas de aplicar la normatividad. La Secretaria de Turismo en el ámbito de su competencia, sigue trabajando día a día en lo que respecta al turismo accesible, por lo que esta Comisión considera innecesario llevar a cabo las modificaciones que propone la colegisladora.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Turismo y para los efectos de lo dispuesto por la fracción D del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente
Acuerdo
Primero.Se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto, por el que se adicionan dos nuevas fracciones al artículo 3, para quedar como I y IX, recorriéndose las subsecuentes en el orden que les corresponde, respectivamente; se reforman el artículo 18 y la fracción IV del artículo 44, todos ellos de la Ley General de Turismo, presentada por la Senadora Hilda Esthela Flores Escalera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Segundo. Devuélvase el expediente a la Cámara de Senadores, de conformidad con lo dispuesto por la fracción D del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Salón de sesiones de la comisión, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 10 de febrero de 2015.
La Comisión de Turismo, diputados:Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo (rúbrica), Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Rafael González Reséndiz (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo, José Luis Valle Magaña (rúbrica), Agustín Barrios Gómez Segués, Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Heidy Guadalupe Estrada Martínez (rúbrica), Martín Alonso Heredia Lizárraga (rúbrica), Raúl Paz Alonzo (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña (rúbrica), Angelina Carreño Mijares, Cecilia González Gómez (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Francisca Elena Corrales, Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), Sonia Catalina Mercado Gallegos (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre, William Renán Sosa Altamira (rúbrica), Jessica Salazar Trejo (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Carlos de Jesús Alejandro, Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes.»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
INTENSIFIQUEN LAS OBRAS DE REPARACION Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA DURANGO-MAZATLAN
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que a través de Capufe, se intensifiquen las obras de reparación y mantenimiento de la carretera Durango-Mazatlán.
Los suscritos, diputados federales Alma Marina Vitela Rodríguez, Lourdes Eulalia Quiñones Canales, Sonia Catalina Mercado Gallegos, José Rubén Escajeda Jiménez, Eduardo Solís Nogueira, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez integrantes de la LXII Legislatura por el estado de Durango y pertenecientes al Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6o., fracción I; 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo de conformidad con las siguientes
Consideraciones
Actualmente, la red carretera pavimentada del país asciende a más de 374 mil kilómetros, de estos, 49 mil kilómetros conforman la red federal: 41 mil kilómetros es la red federal libre de peaje y alrededor de 8 mil kilómetros autopistas de cuotas. Las redes troncal e intertroncal se consideran estratégicas, ya que conectan el 70% de la población de país y rebasan los 24 mil kilómetros.
La infraestructura carretera en los últimos años ha recibido un importante impulso, sin embargo según datos de la propia Secretaría de Comunicaciones y Transportes más del 50% de las carreteras existentes tienen una antigüedad de 40 años, significando que las políticas de diseño especificaciones y materiales son diferentes a los exigido por el volumen de tránsito que circula actualmente por la red federal.
Durango cuenta con una extensión 123 mil kilómetros cuadrados que representa el 6.3 por ciento del territorio nacional. Su red de carreteras pavimentada en el ámbito federal alcanza 2 mil kilómetros, lo que constituye menos del 5 por ciento del total de la red pavimentada a nivel nacional.
El eje troncal Matamoros-Mazatlán es la vía más importante, no sólo para el estado de Durango, sino también para los estados de Tamaulipas, Nuevo León, Coahuila y Sinaloa por los importantes beneficios que arroja en materia de disminución de costos y tiempos de traslado de personas y mercancías.
La supercarretera Durango-Mazatlán fue inaugurada el 16 de octubre del 2013, después de casi 12 años de construcción, con una inversión de 28 mil 600 millones de pesos, y está conformada con 230 kilómetros, 61 túneles, 15 puentes, destacando el Baluarte por contar con el atirantado más alto del mundo.
Sin embargo, esta autopista que está considerada como obra pública más grande de la historia de las carreteras en México, presenta serios daños en su carpeta asfáltica, esto lo revela la gran cantidad de baches y resquebrajamiento en la superficie de rodamiento por hundimiento del terraplén.
Asimismo, en el trayecto del Puente Baluarte a Santa Lucía, en Sinaloa, se registra en diversos tramos en la base hidráulica, que soporta la carpeta, un severo humedecimiento causado por continuos encharcamientos debido a la deficiente red de drenaje instalada.
La ausencia de alumbrado, funcionamiento de ventiladores y anuncios electrónicos en los túneles constituye otra dificultad que presenta la supercarretera desde que se inauguró hace 16 meses.
La presencia de diversos fenómenos climatológicos atípicos, han ocasionado algunos derrumbes y desprendimientos de laderas colindantes en diversos tramos tanto del estado de Durango como de Sinaloa.
Lo anterior son algunos ejemplos del deterioro natural y técnico que presenta la vía en mención y el poco mantenimiento que se ha observado en la operación de la misma.
Ante todo ello y anteponiendo la seguridad de los transeúntes de dicha vía de comunicación y ante el creciente detrimento de ésta, es impostergable que se amplíen e intensifiquen los trabajos de restauración, reparación y conservación por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para lo cual es necesario que a través de Capufe, se asignen recursos extraordinarios por llevar a cabo dichos trabajos.
Por lo expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único.Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que a través del organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, se asignen recursos extraordinarios por llevar a cabo los trabajos necesarios para la restauración, reparación y debida conservación de la carretera Durango-Mazatlán.
Dado en el salón de sesiones, a 24 de febrero de 2015. Diputados: Alma Marina Vitela Rodríguez, Lourdes Eulalia Quiñones Canales, Sonia Catalina Mercado Jiménez Gallegos, José Rubén Escajeda Jiménez, Eduardo Solís Nogueira, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbricas).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Infraestructura, para el dictamen correspondiente.
EXPIDE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Iniciativa que expide la Ley General de Sociedades Cooperativas, suscrita por los diputados Francisco Arroyo Vieyra y Érick Marte Rivera Villanueva, de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PAN, respectivamente
Los suscritos, diputados federales Francisco Arroyo Vieyra y Erick Marte Rivera Villanueva, integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Sociedades Cooperativas, conforme al siguiente
Exposición de Motivos
I. Antecedentes
La sociedad se ha desarrollado por la cooperación que se establece entre los seres humanos y que ha prevalecido sobre la codicia, la ambición, el afán acumulativo, la guerra, etcétera.
El cooperativismo se ha manifestado en las relaciones sociales en toda la historia humana, así se encuentran antecedentes cooperativos en Egipto, Persia, Fenicia, Grecia, Roma, India, China, Japón y en México en la época prehispánica se destacaba la economía comunitaria y en la Colonia los indígenas tuvieron diferentes prácticas cooperativas.
De manera indudable influyeron en el desarrollo del cooperativismo mundial: Platón (La República), Tomás Moro (Utopía), Francis Bacón (La Nueva Atlántida) y Etiene Cabet (El Viaje a Icaria). Estos intelectuales proponen la propiedad comunitaria y el trabajo colectivo como elementos determinantes para la eliminación de las desigualdades económicas y así permitir la distribución equitativa de la riqueza social. Los más destacados promotores del cooperativismo fuero Peter Cornellius Plockboy, John Belleres, William King y Michel Derion (pioneros de las cooperativas de consumo); Felipe Bauchez y Luis Blanc (fundadores de las cooperativas de producción). Roberto Owen innovador de procesos productivos y organizador de las colonias de New Lanark (Inglaterra), La Nueva Armonía (Indiana, EUA), la bolsa de trabajo y los sindicatos nacionales. Charles Fourier, autor del Falansterio. Ambos se destacan como los principales ideólogos del cooperativismo.
Los Pioneros de Rochdale, generaron principios llevados a la Cámara de los Comunes del Reino Unido, que se conservan en el cooperativismo actual:
I. Adhesión voluntaria y abierta de los socios;
II. Control democrático de los asociados;
III. La participación económica de los asociados;
IV. Autonomía e independencia;
V. Educación, formación e información;
VI. Cooperación entre cooperativas, e
VII. Interés por la comunidad.
Es importante señalar que en la sociedad mercantil (privada), su racionalidad económica es la ganancia, mientras en el cooperativismo es el mejoramiento permanente de las condiciones de vida de sus integrantes y es una forma productiva, donde los medios y las relaciones de producción pertenecen a los cooperativistas. Lo anterior permite el desarrollo económico sustentable, entendido como el crecimiento del producto distribuido equitativamente entre los miembros de la sociedad para la satisfacción de las necesidades con la armonización del ciclo evolutivo de la naturaleza para permitir la continuidad de los recursos para las generaciones futuras.
En 1927 en México, se publicó la primera Ley Cooperativa, siendo Presidente Plutarco Elías Calles, que restringió el crecimiento económico y político del movimiento cooperativo nacional. En cambio, la segunda ley, promulgada en 1933, por el Presidente Abelardo L. Rodríguez tuvo como propósito el fortalecimiento de la naturaleza social de las cooperativas y su organización política; estas dos leyes fueron la base jurídica del cooperativismo en México.
La tercera Ley General de Sociedades Cooperativas con mayor vocación social fue promulgada por Lázaro Cárdenas, en 1938, la que junto con Ley del Impuesto Sobre la Renta que concedía la exención a las sociedades cooperativas permitieron el auge del cooperativismo en México y su significativa contribución al crecimiento de la Economía Nacional entre 1934 y 1980; según datos de la Dirección General de Fomento Cooperativo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social de 1938 a 1976 existían 6610 cooperativas que integraban a 518 596 cooperativistas. En cambio en 1988, se presenta una fuerte caída del número de cooperativistas que solo ascendían a 349047 (Datos de la Unidad de Coordinadora de Políticas, Estudios y Estadísticas del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social). En el contexto de crisis recurrentes de la economía y ante la aplicación de la política económica neoliberal, la ley de 1938, fue sustituida en 1994 para adecuarla a la Globalización Económica Internacional; es decir a los requerimientos del modelo económico neoliberal que se aplicó a nivel mundial, el cual después de décadas ha demostrado su fracaso a nivel económico y social, ha incrementado el nivel del desempleo, disminuido las condiciones de vida de la población, aumentado la pobreza y concentrado la riqueza tanto en lo general como ha afectado al cooperativismo.
Cabe destacar que en el año del 2007 se reformó de la Constitución Política en la fracción XXIX-N del artículo 73, que incorpora la facultad del Congreso de la Unión para legislar en materia cooperativa. De esta manera se le da un nuevo tratamiento jurídico al derecho social y cooperativo.
II. Importancia internacional de las cooperativas
El cooperativismo internacional, es un modelo económico y social más justo y democrático, que ha mostrado en la época actual, ser una de las palancas más importantes del desarrollo económico, porque tiene un mercado inter-cooperativo internacional, con indicadores destacados en inversión, empleo e ingreso; distribuye de manera equitativa la riqueza que genera y beneficia a cerca de 1000 millones de cooperativistas (Datos de la Alianza Cooperativa Internacional).
Las principales experiencias exitosas se dan en los países asiáticos, en China, India, Japón, entre otros. En 2001, de acuerdo a cifras de la Alianza Cooperativa Internacional 415 millones eran cooperativistas (Ginebra- Informe-Oficial 2001).Esta espectacular expresión cuantitativa, demuestra fehacientemente que cuando se crean las condiciones para una verdadera promoción de las cooperativas, como lo propugna la recomendación 193 de la OIT; las Cooperativas se convierten en pilares de desarrollo económico y social.....y, hacen posible que millones de personas salgan de la pobreza mediante el esfuerzo solidario en beneficio en común...( Encomenderos, 2009:52).
Otros ejemplos destacados son Italia con 11000 cooperativas que producen el 6% del producto interno bruto (Página 12, El País, 11 de marzo de 2008.). En Argentina existen más de 18,000 cooperativas que reúnen a una cifra superior a los 9 millones de miembros; en Bélgica unas 30,000 cooperativas en 2001; en Canadá una de cada 3 personas es miembro de una cooperativa. (Solo el movimiento Desjardins en Quebec reúne a más de 5 millones de socios; en Colombia y Costa Rica un 10% de la población es miembro de cooperativas; en los Estados Unidos un 25% de su población es miembro de una cooperativa; en la India los miembros de cooperativas superan los 240 millones de personas; en Japón una de cada 3 familias es cooperativista; en Kenya una de cada 5 personas es socia de una cooperativa y en Singapur los cooperativistas son 1,400,000, lo que representa una tercera parte de su población (Escalante Roberto, UDUAL, 2012).
La Alianza Cooperativa Internacional para las Américas, en la Primera Cumbre, realizada en Guadalajara, Jalisco, en el año 2009, en su Declaración manifestó : la coyuntura actual representa una oportunidad para el sector cooperativo para fortalecer su papel de generador de cohesión e inclusión social porque las cooperativas coadyuvan a la creación de empleos, la movilización de recursos y la generación de inversiones, mitigando los efectos de las crisis, así como la contribución a las economías locales, regionales, nacionales e internacionales.
A nivel Mundial existe la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) institución no gubernamental que agrupa a las cooperativas nacionales e internacionales de todas las actividades humanas. Tiene 249 organizaciones de 93 países.
La Alianza de manera sintética señala en su Sitio web de la Alianza Cooperativa Internacional, www.ica.coop. Las cooperativas agrícolas representan entre el 80% y el 99% de la producción láctea en Noruega, Nueva Zelanda y los Estados Unidos de América; el 71% de la producción pesquera en la República de Corea, y el 40% de la agricultura en Brasil. Las cooperativas eléctricas en Bangladesh dan el servicio a 28 millones de personas y en Estados Unidos a 37 millones de personas.
Según el Consejo Mundial de Cooperativas de Ahorro y Crédito y la Asociación Europea de Bancos Cooperativos, existen 49,000 cooperativas de ahorro y préstamo ofrecen servicios a 184 millones de miembros en 97 países y 4,200 bancos cooperativos europeos prestan servicios a 149 millones de clientes.
III. Situación de las cooperativas en México.
1. Ausencia de políticas públicas del estado para la promoción y fortalecimiento del cooperativismo nacional
En un contexto de crisis recurrentes de la economía desde 1976 a 1994, de privatización de las empresas públicas, de adelgazamiento del Estado y de disminución de su participación en la economía nacional, especialmente, en la economía social y en el sector agropecuario y pesquero, el abandono del mercado interno y la apertura indiscriminada de la economía nacional hacia el exterior, así como, la nueva inserción de México en la Globalización, mediante Tratados de Libre Comercio, reformas estructurales y la adecuación mediante cambios de la legislación mexicana.
Desde 1982, el Estado Mexicano ha disminuido su participación de manera significativa en la Economía nacional, y por consiguiente ha impactado negativamente al movimiento nacional cooperativo.
Mientras que la Ley General de Sociedades Cooperativas con mayor vocación social de 1938, la que junto con Ley del Impuesto Sobre la Renta que concedía la exención a las sociedades cooperativas permitieron el auge del cooperativismo en México y su significativa contribución al crecimiento de la Economía Nacional entre 1934 y 1980; según datos de la Dirección General de Fomento Cooperativo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social de 1938 a 1976 existían 6 610 cooperativas que integraban a 518 596 cooperativistas. En cambio en 1988, se presenta una fuerte caída del número de cooperativistas que solo ascendían a 349047 (Datos de la Unidad de Coordinadora de Políticas, Estudios y Estadísticas del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social).
La ley de 1938, fue sustituida en 1994 para adecuarla a la Globalización Económica Internacional, perdiendo las políticas de fomento estatal que habían contribuido a la expansión y crecimiento sostenido del cooperativismo mexicano. Por consecuencia desaparecieron miles de sociedades cooperativas destinadas a la producción y servicios y al consumo.
2. Ineficiencia de las políticas públicas
Con la reforma económica, desde mediados de los 1990s el gobierno federal desmontó la estructura de apoyo al sector social para desarrollo. Lo que afectó la producción agropecuaria, pesquera y de servicios, distorsionando la naturaleza del sector cooperativo como parte de la economía social. En este sentido, la nueva legislación cooperativa busca que el sector fortalezca las relaciones con el Estado para generar mayores oportunidades en el mercado y regular distorsiones, brindar apoyo con la creación de infraestructura requerida y propiciar un sólido reconocimiento para el cooperativismo mexicano.
3. Dispersión del movimiento nacional cooperativo
La Ley vigente, bajo la no intervención del Estado, en gran medida dispersa y divide al Movimiento Cooperativista Nacional, al no existir una política de estado para el sector, ni políticas para el fortalecimiento de la integración cooperativa, podemos afirmar que durante la vigencia de la ley ha resultado difícil la integración cooperativa de uniones, federaciones, confederaciones y un órgano de integración nacional. Lo que ocasiona que no se tenga un mercado inter-cooperativo nacional, las ventajas comparativas y las economías de escala, una política educativa que forme el espíritu cooperativo y la generación de cadenas productivas de bienes y servicios.
4. Falta de estadística y de registro del sector cooperativo
En México no se dispone de estadísticas oficiales sobre la participación de las empresas cooperativas en el PIB. No se cuenta con datos precisos acerca del tamaño de la economía social en México. Distintas fuentes señalan que hay alrededor de 15 mil cooperativas de consumo y producción de bienes y 5 millones de cooperativistas, pero también hay otras expresiones que podrían ser ejemplo de esta organización como son los ejidos, pequeños productores, asociaciones de ejidatarios que funcionan como medios de producción, financiamiento, asesoría técnica, entre otros, que juntos representan el 15% de la población económicamente activa. (www.nuevosemanario24.com.mx No. 136, 2 de Abril de 2013). Por consiguiente, esto determina la importancia del cooperativismo y del sector social de la economía. Además no se cuenta con un registro y padrón de las cooperativas existentes en el país, lo que no permite su planeación estratégica.
5. La simulación cooperativa
Una problemática que ha enfrentado el cooperativismo es la simulación que realizan las empresas privadas para eludir obligaciones fiscales y laborales, y aprovechar las ventajas de las sociedades cooperativas. Que ocasiona el desprestigio y el abuso de la figura cooperativa.
6. El modelo cooperativo distinto a la empresa mercantil
Existen diferencias entre la sociedad cooperativa y la empresa mercantil privada, en su racionalidad económica, la primera en su naturaleza social, busca el mejoramiento de la calidad de vida de todos los socios, a quienes se les distribuye equitativamente los rendimientos; la segunda pretende maximizar la ganancia que se distribuye como lucro entre unos cuantos.
IV. Ventajas y justificación de la nueva Ley General de Sociedades Cooperativas
Se denomina como una nueva ley por técnica legislativa, hay que acotar que se conserva el espíritu cooperativista de la Ley vigente se conservan sin cambio 43 artículos, se adecuan 57 y se derogan 2; mientras solo se proponen 29 nuevos artículos y así se establece un nuevo marco jurídico de fácil consulta, claro y que evita lagunas jurídicas.
Con la Nueva Ley se proponen los requerimientos sociales, políticos y económicos para el desarrollo del cooperativismo nacional, como son el establecimiento de Títulos sobre el Fomento Cooperativo con políticas públicas, registro y padrón cooperativo, las Cooperativas Escolares y los Organismos de Integración:
A. Establecimiento de políticas públicas para el cooperativismo.
De acuerdo con el artículo 25 Constitucional, el Estado tiene la obligación de fomentar el crecimiento económico y el empleo, así como una justa distribución del ingreso y la riqueza.
La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.
Así el cooperativismo y la economía social deben tener un tratamiento acorde con la Constitución, donde el Estado participe activamente a favor del Sector Social de la Economía, es indispensable, que éste proporcione los servicios para el bienestar y cambie la política asistencialista. No se trata de crear dependencia del Estado, ni subsidiar la ineficiencia, el corporativismo y el clientelismo. Dicha política como defensa, fomento e intervención que involucre a todas las instituciones públicas, como palanca de arrastre para el desarrollo económico endógeno e interdependiente.
En la nueva Ley Cooperativa en un Título especial se señala que el Estado debe establecer políticas y mecanismos de evaluación sobre:
Políticas fiscales: incentivos fiscales con relaciones beneficio-costo favorables que generen el retorno de la inversión social (RIS) y el balance social cooperativo en favor de las unidades económicas cooperativas que les den permanencia en el largo plazo.
Políticas financieras: apoyo a las cooperativas de ahorro y préstamo y asignación de fondos para fomentar el comercio inter cooperativo.
Políticas técnicas: generación, investigación y difusión de tecnologías; socialización del conocimiento, fomento a la innovación social y a los modelos de incubación.
Política económica que sea permanente para que el sector tenga certeza y seguridad en el largo plazo, que el Estado brinde apoyo constante a las empresas sociales, con contratos de adquisiciones, donativos, subsidios, apoyos crediticios y exenciones fiscales.
Política de protección y salvaguarda de productos endógenos: a través de figuras de significación, distinción y protección de sus saberes y haberes ancestrales, sus técnicas y su relación directa con el territorio, como lo son las artesanías, productos agropecuarios y manufacturas.
Política de almacenamiento, distribución y comercio popular: deben establecerse las normas que rijan la economía cooperativa y social en México, relativas a la producción y obtención de productos básicos y organizar cooperativas en las centrales de abasto y los mercados públicos para enfrentan a los monopolios de supermercados.
Política de Contratación Pública: las leyes de obra pública y adquisiciones en todos los niveles de gobierno de forma obligatoria favorecerá a las organizaciones de la economía cooperativa y social.
Política de Educación y Capacitación cooperativa en todos los niveles del sistema educativo.
Difusión: Proporcionar espacios en los medios de comunicación públicos y privados a nivel local y nacional que permitan incentivar el consumo de bienes y servicios ofertados por las organizaciones de la economía cooperativa y social.
Seguridad Social: garantizar el acceso al derecho a la seguridad social establecida en la ley de la materia.
Equidad: promover la igualdad entre los géneros y el tratamiento transparente y justo en los intercambios comerciales entre el sector de la economía cooperativa y social y los demás sectores, principalmente de los productos vinculados a la seguridad alimentaria.
B. Se incorpora a la economía informal como potencial del cooperativismo
La economía informal, ha llegado a representar aproximadamente el 60% de la economía nacional, por lo que son necesarios nuevos mecanismos para incorporarla al sector formal de la economía especialmente al cooperativismo, para que cuente con la seguridad social y las prestaciones que establecen las leyes.
C. Se genera empleo que incidirá en el 15% de la PEA, se socializa la propiedad y se combate a la pobreza
Es a través del cooperativismo que se logra conjuntar a la sociedad en empresas sociales donde la cooperativa es la dueño de los medios de trabajo y los socios cooperativistas se distribuyen de manera equitativa el usufructo o los rendimientos, además, los rendimientos se reparten de manera equitativa, se socializa la propiedad de los medios de producción, se encargan del control científico y administrativo del proceso cooperativo, se logra financiamiento e ingresos para los que participan en los la producción y distribución, se generan empleos dignos y mejor remunerados, son instituciones de educación cooperativa, se combate a la pobreza, En suma se pretende que la sociedad cooperativa sea una herramienta que aporte a la construcción de una sociedad mexicana más humanista, sustentable, gobernable, democrática en el ámbito laboral, solidaria y autogestiva; donde cada ciudadano sea responsable de su propio bienestar y a la vez del de su comunidad. Como señala el lema del año internacional del Cooperativismo: Las cooperativas ayudan a construir un mundo mejor
D. Desarrollo económico sustentable
Ante la crisis estructural que tiene la economía mexicana, se requiere de un modelo de desarrollo endógeno, que fortalezca el mercado interno con redistribución del ingreso, generación de empleos, aprovechamiento productivo de la juventud (bono demográfico), protección de los ecosistemas y del medio ambiente, donde las cooperativas tendrían un impacto significativo, como lo demostró el auge cooperativo en el siglo pasado, donde el Sector tuvo una elevada contribución en el desarrollo de la Economía Nacional. Fundamentadas en los principios y valores, existen prácticas cooperativistas de protección a los recursos naturales, así como apoyo al desarrollo de las comunidades donde las organizaciones cooperativas se encuentran asentadas y la elevación de las condiciones de vida de la población.
E. Articulación de las clases de cooperativas
La Ley General de Sociedades Cooperativas como ley dinámica, establecerá la vinculación entre las distintas clases de cooperativas existentes en México acorde con el entorno internacional.
Las cooperativas pesqueras son esenciales porque se localizan en los litorales y en los principales ríos y lagunas del país; las cooperativas de producción, han disminuido su participación, empero representan, a un sector dinámico y significativo que se ubica en la industria, la agroindustria y el sector agropecuario. Las cooperativas de consumo son las más perjudicadas, hoy son pocas las existentes, en virtud de ello es indispensable que la Ley y el estado las fomente; y las cooperativas escolares, se han desvirtuado, siendo imprescindible que se les reconvierta a instituciones formativas de las nuevas generaciones cooperativistas.
Las nuevas cooperativas se ubican en los sectores de servicios de las nuevas tecnologías (computación, internet, comunicaciones digitales, etc.). El sector más dinámico del cooperativismo de esta época, que crece de manera exponencial son las cooperativas de Ahorro y Préstamo debido a los quebrantos de los Bancos, las políticas de rescate, el trato a los deudores y a la extranjerización bancaria.
F. Fortalecimiento social a través de la educación cooperativa y el rescate de las cooperativas escolares
La nueva ley con la participación del Estado y de los organismos cooperativos a través de una política de educación cooperativa y establecer un título para la operación de las cooperativas escolares para que recuperen su carácter educativo.
G. Evitar la simulación cooperativa.
Se incorporan mecanismos donde cualquier persona afectada y autoridad pueden denunciar el acto de simulación ante los órganos jurisdiccionales para que se les sancione y respondan solidaria e ilimitadamente. Se busca proteger a la figura cooperativa de los abusos.
H. Las cooperativas contribuyen con la seguridad social de sus socios
Además de contribuir con los impuestos para los gastos públicos del Estado, las cooperativas establecen los fondos sociales obligatorios, como son: el de Reserva, Educación y Previsión Social, éstas buscan resolver las necesidades de vivienda, retiro, salud, educación y seguridad social, por lo que contribuyen con el Estado en la atención de este tipo de servicios.
V. Principales cambios
Se elabora una nueva legislación cooperativa.
De acuerdo a las necesidades de todas las clases de cooperativas, en la búsqueda que las cooperativas mexicanas alcancen su mayor desarrollo y se establecen políticas públicas y mecanismos de fomento por parte del Estado.
Pretende avanzar en una terminología cooperativa en correspondencia a la doctrina cooperativa y contribuya también a una diferenciación más clara de la empresa mercantil. Procura fundamentar con más objetividad la justificación de apoyos y estímulos de parte de las tres instancias de gobierno y los correspondientes órganos legislativos.
Se establecen las bases para la concurrencia en materia de fomento, financiamiento y desarrollo sustentable de la actividad cooperativa de la Federación, los Estados y los Municipios, así como del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, según fundamenta la fracción XXIX-N del Artículo 73 de la Carta Magna.
Establece la definición de sociedad cooperativa y su integración por personas físicas
La persona física integra a la cooperativa, aporta su trabajo personal y recursos, participa en la conformación, administración y operación de la organización cooperativa, sin fines de lucro en el marco de los valores y principios establecidos en esta ley. Por lo que es muy importante que las cooperativas se constituyan por personas físicas que no tienen como móvil último la obtención de lucro; sino su objetivo es el mejoramiento de las condiciones de existencia de los cooperativistas y de la comunidad donde se asientan.
Contiene una definición de acto cooperativo
Así se concibe el acto cooperativo, al conjunto de las actividades económicas que realizan los cooperativistas como la constitución, organización, funcionamiento y extinción de las sociedades cooperativas; además, de las que realizan los socios en la cooperativa, las cooperativas con las cooperativas, éstas con los organismos cooperativos, éstos entre sí, entre otros.
Se le da énfasis a la no intermediación y la insistencia del fin no lucrativo de las sociedades cooperativas, se toma en cuenta la diferencia de la naturaleza de la cooperativa respecto de otros sujetos de derecho y distingue la finalidad que las cooperativas persiguen. Ciertamente el acto cooperativo entraña una acción interesada, pero de naturaleza no lucrativa y solidaria. Por consiguiente, si el acto cooperativo posee una naturaleza jurídica determinada conforme con su realidad económica y asociativa, no puede ser tratado desde el punto de vista legal igual que el acto de comercio, que es una realidad jurídica distinta, con un trasfondo económico también diferenciado.
Introduce la equidad de género.
Elemento específico que deberán observar en su funcionamiento las sociedades cooperativas con el fin de proteger a la mujer para que se desarrolle en igualdad de condiciones. De esta manera, se adecua con los demás ordenamientos legales tanto nacionales como internacionales en búsqueda del fomento a la constitución, organización y funcionamiento de organizaciones sociales constituidas por mujeres.
Evitar la simulación
La simulación, ha sido aprovechada para la creación de sociedades cooperativas de membrete, que buscan evadir obligaciones fiscales y laborales, que distan mucho de ser auténticas y menos aún practican la doctrina cooperativa. Con el fin de evitar lo anterior, se faculta a cualquier socio o sociedad cooperativa afectada, los organismos cooperativos, autoridades administrativas o fiscales, para demandar ante la autoridad jurisdiccional competente la nulidad del acto simulado.
Se determina que solo las sociedades cooperativas pueden usar las denominaciones alusivas a las mismas y se buscará sancionar a las que simulen a través de las leyes correspondientes. De tal manera que las que simulen responderán en forma solidaria e ilimitadamente y con la consiguiente responsabilidad judicial.
Diferencia los fines y forma de la organización de las cooperativas respecto de las empresas mercantiles
En la cooperativa la propiedad es social o colectiva donde el capital es un instrumento, un medio del cual se vale un grupo de personas para satisfacer una necesidad, mientras en las sociedades comerciales se apropia del resultado; se apropia de los rendimientos. En las cooperativas no se apropia del resultado porque, de acuerdo con la ley, éste solo tiene derecho a un interés limitado, donde cada asociado tiene derecho a un solo voto, independientemente del monto de su aportación que tenga suscrita e integrada.
Aclara que los fines y forma de organización de las cooperativas, son diferentes a las de las empresas mercantiles; También resulta inconveniente para esta figura societaria no tener claramente definida su naturaleza jurídica, pues por una parte la Ley General de Sociedades Mercantiles en su artículo primero la reconoce como sociedad mercantil y, al mismo tiempo, el artículo 25 de nuestra Constitución Política la considera como parte integrante del Sector Social de la economía y por ende la identifica como una forma de organización para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios, por lo tanto es procedente la derogación de la fracción VI del artículo I y el Capítulo VII con su del artículo 212 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
La actividad fundamental de la cooperativa no es la que desarrolla en el mercado con terceros, sino la actividad que ejecuta con sus propios socios, en el cumplimiento de su objeto social.
De acuerdo a la tesis de jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación 9ª. Época; 1ª. Sala; SCJ.F., y su Gaceta XXV, febrero de 2007; Pág. 510.
La naturaleza jurídica de las sociedades cooperativas de producción es diversa a las sociedades mercantiles eminentemente capitalista, pues las primeras son de carácter social, esto es, se rigen por los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectiva a través de la realización de actividades económicas de producción y distribución de bienes y servicios; mientras que las segundas no tienen estas características sociales. De ahí que las aludidas cooperativas deben recibir un trato diferente para efectos del Impuesto sobre la renta, pues sería contrario a su objeto equipararlas con otras sociedades, pues si bien tienen como fin la comercialización de bienes y servicios para obtener la mayor ganancia posible, ello es mediante una actividad económica social -no necesariamente mercantil-, lo cual debe entenderse como un medio y no como un fin...
Actualiza el contenido de las bases constitutivas
Para ordenar aspectos relacionados con la operación y administración interna de las cooperativas, de este modo se busca modernizar el estatuto interno de estas sociedades y ponerlo en concordancia con la propuesta de Ley y con las exigencias del mercado.
Clasifica las distintas clases de cooperativas
Considerando 4 clases de cooperativas: de producción y servicios, de consumo, de ahorro y préstamo y escolares, con lo que se reconstruye las diferentes actividades a las que se dedican las cooperativas.
Facultades de asamblea, órganos de dirección y comisiones
El mundo contemporáneo cooperativo, ha experimentado cambios radicales, por lo que es menester aclarar y reordenar las facultades de la asamblea y de los órganos de dirección y comisiones. Con el propósito de lograr una eficiente administración, dirección y control de las actividades de los cooperativistas para facilitar la conducción de las operaciones, de acuerdo al tamaño y especialización de la actividad productiva y de servicios.
Incorpora elementos en el régimen económico
En el fondo de Previsión Social se incluye a las jubilaciones, el apoyo a la comunidad y su regulación será a través de un reglamento. En consecuencia con el crecimiento de los cooperativistas en edad de jubilarse, se hace necesario que dicha erogación se considere en este fondo.
Las cooperativas para su funcionamiento en sus principios consideran el interés por la comunidad, donde están asentadas y siendo una práctica permanente de las cooperativas erogar recursos que las beneficien, se propone la adición en el fondo de previsión social para poder sufragar estos gastos.
Para que el fondo de previsión social no se maneje de manera discrecional, se puntualiza que la Asamblea aprobará el reglamento correspondiente.
Agrupa en un título los diversos artículos relativos al sector de ahorro y préstamo
En la reforma del 2009, se estableció un conjunto de artículos de este sector dentro de la ley cooperativa, la mayoría enumerados como artículos Bis, lo que dificultaba el conocimiento y lectura, así como generaba confusión entre lo que era para las cooperativas en general y lo específico del Sector. Al clasificarse los artículos de este tipo de sociedades en un Título, se evitan las anteriores dificultades, y se le da mayor fluidez, coherencia y comprensión.
Conserva el marco legal establecido para el sector de ahorro y préstamo.
Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, como agentes financieros del cooperativismo, impulsarán al sector cooperativo nacional. Representan al sector más numeroso del cooperativismo nacional y durante más de una década lucharon para lograr la incorporación del contenido necesario para su operación en la Ley Cooperativa. En virtud de lo cual, se mantuvo el contenido de los artículos y solo se reagrupo en el Título comentado.
Restablece el derecho de las cooperativas de producción y de consumo de realizar actividades de ahorro y préstamo, exclusivamente con sus asociados
En la Ley vigente, existe la disposición de que las cooperativas que no son de ahorro y préstamo no puedan tener este tipo de secciones, lo cual se elimina.
Para que puedan contar con instrumentos internos de capitalización y financiamiento.
Se plantea un nuevo título sobre cooperativas escolares
Conforme a la Ley General de Educación, se establece un vínculo integral que liga la enseñanza con la práctica, refuncionalizando la constitución y funcionamiento de las cooperativas escolares, al conservar sus propósitos esencialmente educativos en armonía con la naturaleza de una sociedad cooperativa vinculada con su comunidad.
Propone la enseñanza del cooperativismo en todo el sistema escolarizado del país
La educación cooperativa, es la mejor inversión para la expansión y el crecimiento sostenido de la actividad cooperativa; en el momento presente, el sistema educativo nacional no ha cumplido con la función de educar a las generaciones en el estilo de vida de la solidaridad, de la ayuda mutua y del cooperativismo, no se cuenta con programas, libros de texto, lecciones e infraestructura, por lo que se propone que la educación cooperativa sea impartida en todos los niveles del sistema educativo y en los medios de comunicación social.
Participación y vigilancia de los organismos cooperativos
Introduce mayor precisión a las funciones de los Organismos Cooperativos garantizando la autonomía de gestión y libertad plena de asociación, considerando el aspecto de la autorregulación, la vigilancia del sector, y su coadyuvancia con la autoridad en estas materias; en el mismo sentido, le otorga facultades para la representación y para realizar actividades económicas en beneficio de sus asociados de acuerdo con sus objetivos y valores.
Considera la firma de convenios, normas de colaboración, intercambio y asistencia técnica con organizaciones cooperativas y organismos de asistencia técnica al cooperativismo nacional e internacional.
Se incluye un nuevo título de fomento cooperativo
El ordenamiento actual, señala entre las funciones del estado el apoyo a las cooperativas a diferencia del fomento que brindaba la Ley de 1938, por lo que el estado, se desatiende de la promoción del Sector Social de la Economía y especialmente del movimiento cooperativo nacional, situación que determinó su debilitamiento y poco desarrollo.
La Recomendación 193 de la OIT, al afirmar que los gobiernos deberían adoptar, cuando proceda, medidas apropiadas de apoyo a las actividades de las cooperativas que respondan a determinados objetivos de política social y pública, como la promoción del empleo o el desarrollo de actividades en beneficio de los grupos o regiones desfavorecidos. Estas medidas de apoyo podrían incluir, entre otras y en la medida de lo posible, ventajas fiscales, créditos, subvenciones, facilidades de acceso a programas de obras públicas y disposiciones especiales en materia de compras del sector público.
Con la actual propuesta se busca que existan políticas y programas de fomento, desarrollo, organización y expansión de la actividad económica de las sociedades cooperativas, promovidas a través del estado en colaboración estrecha con las organizaciones cooperativas.
Atribuciones de la Secretaría de Economía como responsable del sector
Propone un orden de relación institucional con la Secretaría de Economía, y la define como la autoridad responsable en el ámbito federal, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Precisa las facultades de fomento, registro y promoción a las organizaciones cooperativas por parte de esta Secretaría. Las cooperativas se forman por individuos de escasos recursos, quienes encuentran en este tipo de organizaciones una forma de empleo y un medio para satisfacer sus necesidades básicas, no obstante, no pueden lograr su pleno desarrollo y a la vez contribuir realmente a la economía nacional sin ayuda del Estado, por consiguiente se propone la Secretaría destine recursos de apoyo al cooperativismo, refaccionando a las sociedades cooperativas que requieran financiamiento para proyectos productivos.
Creación del Registro Nacional de Cooperativas
Como elemento esencial para la simplificación administrativa, el registro, la autorización y el funcionamiento de las sociedades cooperativas y permitir el desarrollo planificado y ordenado del sector; dada la necesidad de la elaboración y ejecución de políticas públicas que cuenten con información estadística consistente y con el propósito de integrar y actualizar la estadística nacional de las sociedades cooperativas.
La integración de las estadísticas actualizadas del sector cooperativo constituye una tarea estratégica de la cual depende que las cooperativas y sus organismos de integración puedan llevar a cabo una planeación objetiva que permita proyectar el desarrollo del movimiento cooperativo a largo plazo.
Por lo anteriormente expuesto, proponemos el siguiente proyecto de decreto que expide la:
Ley General de Sociedades Cooperativas
Título I
Capítulo ÚnicoDisposiciones Generales
Artículo 1. La presente ley tiene por objeto fomentar y regular la constitución, organización, funcionamiento, expansión y extinción de las sociedades cooperativas y los Organismos Cooperativos en que libremente se agrupen, así como los derechos y obligaciones de los socios, y fijar las bases para la concurrencia en materia de fomento y desarrollo sustentable de la actividad cooperativa, entre la Federación, Estados y Municipios y el Distrito Federal, en el ámbito de su respectiva competencia.
El derecho cooperativo es parte integrante del derecho social, y se entiende como el conjunto de normas, jurisprudencia, doctrina, y prácticas basadas en los principios que determinan y regulan la actuación de las organizaciones cooperativas y los sujetos que en ellas participan.
Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en el territorio Nacional.
Artículo 2. La sociedad cooperativa es una forma de organización social autónoma, integrada por personas físicas, que se unen voluntariamente con base en intereses comunes, y en los valores y principios cooperativos reconocidos por la presente Ley, con el propósito de satisfacer en común, necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas sin fines de lucro, aportando trabajo y recursos, con el objeto de procurar el bienestar y mejorar la calidad de vida de sus socios.
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
I. Organismos Cooperativos, a las Uniones, Federaciones, Confederaciones y al Consejo Nacional que integren las sociedades cooperativas;
II. Sector Cooperativo, a la estructura económica, social y jurídica que conforman las sociedades cooperativas y sus organismos de representación y de articulación económica y social, es parte integrante del Movimiento Cooperativo Nacional. Su máximo representante será el Consejo Nacional Cooperativo;
III. Secretaría, a la Secretaría de Economía;
IV. Al Instituto Nacional para la Economía Social. INAES.
V. Registro Nacional Cooperativo: al sistema de información básico que sirve para establecer el Padrón Nacional Cooperativo integrado por sociedades cooperativas, los organismos cooperativos y las instituciones de asistencia técnica.
VI. Sector Social de la Economía: al sector social que hace mención el Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII. Rendimientos: resultado económico que se obtiene de la operación y administración de la sociedad cooperativa, cuyo monto sirve de base para calcular el reparto entre los socios, las reservas de los fondos sociales y proyectos de reinversión
VIII. Balance social: herramienta establecida por la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) para medir el desempeño de las cooperativas, considerando el equilibrio entre el beneficio económico y los logros sociales tomando como referencia los principios cooperativos.
IX. Socio: la persona física hombre o mujer integrante de una cooperativa con igualdad de derechos y obligaciones.
Artículo 4. Se considera acto cooperativo, a la función económica directa que realicen los sujetos reconocidos por esta Ley, con el propósito de satisfacer en común una necesidad social y los actos relativos a la constitución, organización, funcionamiento y extinción de las sociedades cooperativas, así como todos aquellos actos realizados entre:
Las sociedades cooperativas y sus socios;
Las sociedades cooperativas entre sí;
Las sociedades cooperativas y sus Organismos Cooperativos;
Los Organismos Cooperativos entre sí, y
Las sociedades cooperativas, sus Organismos Cooperativos y los Organismos de Asistencia Técnica.
También se consideran actos cooperativos aquellos que por iniciativa de las sociedades cooperativas o sus Organismos Cooperativos, se realicen con particulares o entes públicos, caracterizados por la equidad, en cumplimiento de su objeto social, quedando sometidos dichos actos al derecho cooperativo.
Artículo 5. Las sociedades cooperativas deberán observar en su funcionamiento los siguientes principios:
I. Libertad de asociación y retiro voluntario de los socios;
II. Administración democrática;
III. Limitación de intereses a algunas aportaciones de los socios si así se pactara;
IV. Distribución de los rendimientos en proporción a la participación de los socios;
V. Fomento de la educación cooperativa y de la educación en la economía solidaria;
VI. Participación en la integración cooperativa;
VII. Respeto al derecho individual de los socios de pertenecer a cualquier partido político o asociación religiosa, y
VIII. Promoción de la cultura ecológica.
IX. Respetar la equidad de género.
Artículo 6. El importe total de las aportaciones que los socios de nacionalidad extranjera efectúen al capital de las sociedades cooperativas, no podrá rebasar el porcentaje máximo que establece la Ley de Inversión Extranjera.
Los extranjeros no podrán desempeñar puestos de dirección o administración en las sociedades cooperativas, además de que deberán cumplir con lo preceptuado por la fracción I del artículo 27 Constitucional.
Artículo 7. Las sociedades cooperativas se podrán dedicar libremente a cualesquiera actividades económicas lícitas.
Artículo 8. Salvo lo dispuesto por las leyes que rigen materias específicas, para el conocimiento y resolución de las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de la presente Ley, serán competentes los tribunales civiles, tanto los federales como los del fuero común, aplicando en primera instancia el derecho cooperativo así como tesis y jurisprudencia emanada del Poder Judicial de la Federación.
Salvo pacto en contrario, el actor podrá elegir el órgano jurisdiccional que conocerá del asunto, a excepción de que una de las partes sea una autoridad federal, en cuyo caso únicamente serán competentes los tribunales federales.
Artículo 9. Las sociedades que simulen constituirse en sociedades cooperativas o usen indebidamente las denominaciones alusivas a las mismas, serán nulas de pleno derecho y estarán sujetas a las sanciones que establezcan las leyes respectivas.
Quienes celebren actos simulados en nombre de alguna sociedad cooperativa, responderán del cumplimiento de los mismos en forma solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de la responsabilidad judicial en que hubieren incurrido.
Cualquier socio o sociedad cooperativa afectada, los organismos cooperativos, autoridades administrativas o fiscales, podrán demandar ante la autoridad jurisdiccional competente la nulidad del acto simulado.
Se aplicará como legislación supletoria en materia de sociedades cooperativas, las disposiciones de la Legislación civil y Mercantil en lo que no se oponga a la naturaleza, organización y funcionamiento de aquéllas.
Título II
Capítulo IDe la constitución y registro
Artículo 10. En la constitución de las sociedades cooperativas se observará lo siguiente:
I. Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones;
II. Serán de capital variable;
III. Habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socios;
IV. Tendrán duración indefinida;
Se integrarán con un mínimo de cinco socios; excepto las cooperativas de Pesca y de Ahorro y Préstamo que estarán constituidas con un mínimo de veinticinco socios.
Podrán asociar un número ilimitado de socios;
Para acogerse a los beneficios de Ley, deberán inscribirse en el Registro Nacional Cooperativo.
Artículo 11. La constitución de las sociedades cooperativas deberá realizarse en asamblea general que celebren los interesados, y en la que se levantara un acta que contendrá:
I. Datos generales de los fundadores;
II. Nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez consejos y comisiones, y
III. Las bases constitutivas.
Los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de ser suyas las firmas o las huellas digitales que obran en el acta constitutiva, ante notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la misma materia del fuero común, presidente municipal, secretario, delegado municipal o titular de los órganos político-administrativos del Distrito Federal, del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio.
Artículo 12. A partir del momento de la firma de su acta constitutiva, las sociedades cooperativas contarán con personalidad jurídica, tendrán patrimonio propio y podrán celebrar actos y contratos, así como asociarse libremente con otras para la consecución de su objeto social.
El acta constitutiva de la sociedad cooperativa de que se trate, se inscribirá en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio social.
Artículo 13. Las sociedades cooperativas podrán adoptar el régimen de responsabilidad limitada o suplementada de los socios.
La responsabilidad será limitada, cuando los socios solamente se obliguen al pago de los certificados de aportación que hubieren suscrito. Será suplementada, cuando los socios respondan a prorrata por las operaciones sociales, hasta por la cantidad determinada en el acta constitutiva.
Artículo 14. El régimen de responsabilidad de los socios que se adopte, surtirá efectos a partir de la inscripción del acta constitutiva en el Registro Público de Comercio. Entretanto, todos los socios responderán en forma subsidiaria por las obligaciones sociales que se hubieren generado con anterioridad a dicha inscripción.
Las personas que realicen actos jurídicos como representantes o mandatarios de una sociedad cooperativa no inscrita en el Registro Público de Comercio, responderán del cumplimiento de las obligaciones sociales frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que hubieren incurrido.
Artículo 15. Las bases constitutivas de las sociedades cooperativas contendrán al menos:
I. Denominación y domicilio social;
II. Duración, la cual podrá ser indefinida;
III. Objeto social, expresando cada una de las actividades a desarrollar;
IV. Los regímenes de responsabilidad limitada o suplementada de sus socios, debiendo expresar en su denominación, el régimen adoptado;
V. Forma de constituir o incrementar el capital social; expresión del valor original de los certificados de aportación y su forma de pago, así como los criterios de valuación de los bienes, derechos, servicios o trabajo en caso de que se aporten;
VI. Requisitos y procedimientos para la admisión, y causales de exclusión y separación voluntaria de los socios;
VII. Forma de constituir los fondos sociales, su objeto, monto, criterios para su aplicación y la creación de fideicomisos en esta materia;
VIII. Áreas de trabajo que vayan a crearse y reglas para su funcionamiento, en particular la de educación cooperativa;
IX. Duración del ejercicio social que podrá coincidir con el año calendario;
X. Tipo de libros sociales, de registro contable, y de actas que deben llevarse;
XI. Forma en que deberá caucionar su manejo el personal que tenga fondos y bienes a su cargo;
XII. El procedimiento para convocar y formalizar las asambleas generales ordinarias que se realizarán por lo menos una vez al año, así como las extraordinarias que se realizarán en cualquier momento a pedimento de la Asamblea General, del Consejo de Administración, del de Vigilancia o del 20% del total de los miembros;
XIII. Derechos y obligaciones de los socios, así como mecanismos de conciliación y arbitraje en caso de conflicto sobre el particular;
XIV. Formas de dirección y administración interna, así como sus atribuciones y responsabilidades;
XV. Tipos de reglamentos necesarios para la operación y funcionamiento, tanto en su estructura directiva como operacional, donde se fijen las facultades y atribuciones de los consejos y sus directivos, así como el sistema de estímulos y normas disciplinarias;
XVI. Acuerdo y procedimiento para asociarse en forma optativa a un Organismo Cooperativo.
Las presentes disposiciones son enunciativas más no limitativas, siempre que no se opongan a lo establecido en esta Ley, ya que serán nulas de pleno derecho para todos los efectos legales correspondientes.
Artículo 16. Las oficinas encargadas del Registro Público de Comercio, deberán expedir y remitir en forma gratuita, a la Secretaría de Economía, copia certificada de todos los documentos que sean objeto de inscripción por parte de las sociedades cooperativas, así como la información que solicite la propia dependencia, a fin de integrar y mantener actualizada la estadística nacional de sociedades cooperativas.
Artículo 17. Las sociedades cooperativas que tengan participación estatal podrán inscribirse al Registro Público del Comercio, siempre que la autoridad federal, estatal o municipal manifieste expresamente su autorización para dar en administración o concesión los elementos necesarios para la producción o prestación de servicios.
Artículo 18. Para la modificación de las bases constitutivas, se deberá seguir el mismo procedimiento que se señala para el otorgamiento del acta constitutiva y deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio.
Capítulo IIDe las distintas clases y categorías de sociedades cooperativas
Artículo 19. Forman parte del Sistema Cooperativo las siguientes clases de sociedades cooperativas:
I. De consumidores de bienes o servicios;
II. De productores de bienes o servicios;
III. De ahorro y préstamo;
IV. Escolares.
Artículo 20. Son sociedades cooperativas de consumidores, aquéllas cuyos miembros se asocien con el objeto de obtener en común artículos, bienes o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades de producción.
Artículo 21. Las sociedades cooperativas de consumidores independientemente, de la obligación de distribuir artículos o bienes a los socios, o de consumir servicios en común, podrán realizar operaciones con el público en general, siempre que se permita a los consumidores afiliarse a las mismas en el plazo que establezcan sus bases constitutivas.
Estas cooperativas no requerirán más autorizaciones que las vigentes para la actividad económica específica. Las operaciones con no socios, deberán asentarse en registros administrativos separados a los de otros controles de operación con los socios. El incumplimiento de esta disposición, implicará considerar las operaciones con no socios como rendimientos no susceptibles de ampararse bajo el régimen de tributación de personas morales no lucrativas.
Artículo 22. Los excedentes en las sociedades cooperativas de consumidores que reporten los balances anuales, se distribuirán en razón de las adquisiciones que los socios hubiesen efectuado durante el año fiscal, y podrán ser en efectivo o en especie, según lo decida la Asamblea General.
Artículo 23. En el caso de los consumidores no socios que ingresen como asociados a las sociedades cooperativas de consumo, los excedentes generados por sus compras, se aplicarán a cubrir y pagar su certificado de aportación. Si los consumidores no socios, no retirasen en el plazo de un año los excedentes a que tienen derecho ni hubieren presentado solicitud de ingreso a las cooperativas, los montos correspondientes se aplicarán a los fondos de reserva, previsión social y educación cooperativa, según lo determinen las bases constitutivas de dichas sociedades.
Artículo 24. Las sociedades cooperativas de consumidores podrán dedicarse a actividades de abastecimiento, distribución, así como a la obtención de servicios de educación, salud, vivienda, cultura, recreación, y de todas aquellas necesidades básicas para mejorar la calidad de vida de sus socios.
Artículo 25. Son sociedades cooperativas de productores, aquéllas cuyos miembros se asocien para trabajar en común en la producción de bienes o servicios, aportando su trabajo personal, físico o intelectual. Independientemente del tipo de producción a la que estén dedicadas, estas sociedades podrán almacenar, conservar, transportar y comercializar sus productos, actuando en los términos de esta Ley.
Artículo 26. Los rendimientos anuales que reporten los balances de las sociedades cooperativas de productores, se repartirán de acuerdo con el trabajo aportado que puede ser físico o intelectual, por cada socio durante el año, tomando en cuenta que el trabajo puede evaluarse a partir de los siguientes factores: calidad, tiempo, nivel técnico, competencia laboral, escolaridad y los factores particulares de cada tipo de cooperativa.
Artículo 27. En las sociedades cooperativas de productores cuya complejidad administrativa, tecnológica y operativa lo amerite, deberá nombrarse una Comisión Técnica o un administrador general que designe la Asamblea. La estructura y funciones de éstos se definirán en las bases constitutivas.
Para la atención de sus necesidades organizacionales, podrán contar con Directores o Coordinadores, Gerentes y funcionarios especializados en diversos aspectos de planeación, dirección, administración, supervisión y control, de acuerdo con los perfiles, competencias, y requerimientos que establezcan sus bases constitutivas o reglamentos internos, para asegurar la continuidad de las actividades sustantivas que den cumplimiento al objeto social de la cooperativa, independientemente de los cambios de directivos o del Consejo de Administración.
Artículo 28. Se establecen las siguientes categorías de sociedades cooperativas:
I. Ordinarias, y
II. De participación estatal. Para tal efecto, el Estado podrá dar en concesión o administración bienes o servicios a las sociedades cooperativas, en los términos que señalen las leyes respectivas.
Artículo 29. Son sociedades cooperativas ordinarias, las que para funcionar requieren únicamente de su constitución legal.
Artículo 30. Son sociedades de participación estatal, las que se asocian con autoridades federales, estatales, o municipales, o los órganos político-administrativos del Distrito Federal, para la explotación de unidades de producción de bienes o servicios públicos, otorgadas en concesión o administración, o para financiar proyectos de desarrollo económico, a niveles local, regional o nacional.
Capítulo IIIDel funcionamiento y la administración
Artículo 31. La dirección, administración y vigilancia interna de las Sociedades Cooperativas, en general, estará a cargo de los órganos siguientes:
I. La Asamblea General;
II. El Consejo de Administración;
III. El Consejo de Vigilancia;
Las comisiones y comités que esta Ley establece y las demás que designe la Asamblea General.
Artículo 32. La Asamblea General es la autoridad suprema y sus acuerdos, deberán tomarse por mayoría de votos en la Asamblea General. En las bases constitutivas se podrán establecer los asuntos en que se requiera una mayoría calificada.
Artículo 33. La Asamblea General resolverá todos los negocios y problemas de importancia para la sociedad cooperativa y establecerá las reglas generales que deben normar el funcionamiento social. Además de las facultades que le conceden la presente Ley y las bases constitutivas, la Asamblea General conocerá y resolverá sobre:
I. Aceptación, exclusión y separación voluntaria de socios;
II. Modificación de las bases constitutivas;
III. Formas para otorgar poderes, la aplicación de la firma social y la representación legal;
IV. Aprobación de los reglamentos: del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, de la Comisión Técnica, de la Dirección General; de Operación de los Fondos de Previsión Social, de Educación y Capacitación; de Asambleas, Interno de Trabajo, así como aquellos que sean necesarios para asegurar el cumplimiento del objeto social de la cooperativa;
V. Aumento o disminución del valor de los certificados de aportación, del patrimonio y capital social;
VI. Nombramiento, reelección o remoción de los miembros del Consejo de Administración y de Vigilancia; de las comisiones especiales, del administrador o director general, y de los especialistas contratados;
VII. Examen del sistema contable interno;
VIII. Informes de los consejos y de las mayorías calificadas para los acuerdos que se tomen sobre otros asuntos;
IX. Responsabilidad de los miembros de los consejos y de las comisiones, para el efecto de pedir la aplicación de las sanciones en que incurran, o efectuar la denuncia o querella correspondiente;
X. Aplicación de medidas disciplinarias a socios;
XI. Reparto de rendimientos, excedentes y percepción de anticipos entre socios;
XII. Autorización de la partida presupuestal designada a remuneraciones, gratificaciones, y compensaciones a los Directivos;
XIII. Aprobación de medidas de tipo ecológico;
XIV. Disolución y liquidación de la sociedad;
XV. Afiliación de la sociedad cooperativa a un organismo de integración.
Artículo 34. Las asambleas generales ordinarias o extraordinarias, deberán ser convocadas en los términos de la fracción XII del artículo 15 de esta Ley, con por lo menos 7 días naturales de anticipación. La convocatoria deberá ser exhibida en un lugar visible del domicilio social de la sociedad cooperativa, misma que deberá contener la respectiva orden del día; también será difundida a través del órgano local más adecuado, dando preferencia al periódico, cuando exista en el lugar del domicilio social de la cooperativa. De tener filiales en lugares distintos, se difundirá también en esos lugares. Se convocará en forma directa por escrito a cada socio, cuando así lo determine la Asamblea General.
Si no asistiera el suficiente número de socios en la primera convocatoria, se convocará por segunda vez con por lo menos 5 días naturales de anticipación en los mismos términos y podrá celebrarse en este caso, con el número de socios que concurran, siendo válidos los acuerdos que se tomen, siempre y cuando estén apegados a esta Ley y a las bases constitutivas de la sociedad cooperativa.
Artículo 35. Serán causas de exclusión de un socio:
I. Desempeñar sus labores sin la intensidad y calidad requeridas;
II. La falta de cumplimiento en forma reiterada a cualquiera de sus obligaciones establecidas en las bases constitutivas, sin causa justificada, e
III. Infringir en forma reiterada las disposiciones de esta Ley, de las bases constitutivas o del reglamento de la sociedad cooperativa, las resoluciones de la Asamblea General o los acuerdos del Consejo de Administración o de sus gerentes o comisionados.
Al socio que se le vaya a sujetar a un proceso de exclusión, se le notificará por escrito en forma personal, explicando los motivos y fundamentos de esta determinación, concediéndole el término de 20 días naturales para que manifieste por escrito lo que a su derecho convenga ante el Consejo de Administración o ante la Comisión de Conciliación y Arbitraje si existiere, de conformidad con las disposiciones de las bases constitutivas o del reglamento interno de la sociedad cooperativa.
Cuando un socio considere que su exclusión ha sido injustificada, podrá ocurrir a los órganos jurisdiccionales que señala el artículo 8 de esta Ley.
Artículo 36. Las bases constitutivas pueden autorizar el voto por carta poder otorgada ante dos testigos, debiendo recaer en todo caso la representación, en un coasociado, sin que éste pueda representar a más de dos socios.
Artículo 37. Cuando los miembros pasen de quinientos o residan en localidades distintas a aquélla en que deba celebrarse la asamblea, ésta podrá efectuarse con delegados socios, elegidos por cada una de las áreas de trabajo. Los delegados deberán designarse para cada asamblea y cuando representen áreas foráneas, llevarán mandato expreso por escrito sobre los distintos asuntos que contenga la convocatoria y teniendo tantos votos como socios representen. Las bases constitutivas fijarán el procedimiento para que cada sección o zona de trabajo designe en una asamblea a sus delegados.
Artículo 38. El Consejo de Administración será el órgano ejecutivo de la Asamblea General, en caso que la cooperativa requiera un administrador general, sus funciones se establecerán en las bases constitutivas de la sociedad cooperativa.
Artículo 39. El nombramiento de los miembros del Consejo de Administración lo hará la Asamblea General conforme al sistema establecido en esta Ley y en sus bases constitutivas. Sus faltas temporales serán suplidas en el orden progresivo de sus designaciones, pudiendo durar en sus cargos, si la Asamblea General lo aprueba hasta cinco años y ser reelectos cuando por lo menos las dos terceras partes de la Asamblea General lo apruebe.
Para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del Consejo de Administración, en las bases constitutivas de la Cooperativa se deberá establecer un sistema de renovación cíclica y parcial de sus consejeros.
Artículo 40. El Consejo de Administración estará integrado por lo menos, por un presidente, un secretario y un vocal.
Tratándose de sociedades cooperativas que tengan diez o menos socios, bastará con que se designe un administrador.
Los responsables del manejo financiero requerirán de aval solidario o fianza durante el período de su gestión.
Artículo 41. Los acuerdos sobre la administración de la sociedad, se deberán tomar por mayoría de los miembros del Consejo de Administración. Los asuntos de trámite o de poca trascendencia los despacharán los miembros del propio Consejo, según sus funciones y bajo su responsabilidad, debiendo dar cuenta del uso de esta facultad en la próxima reunión de Consejo.
Artículo 42. El Consejo de Vigilancia estará integrado por un número impar de miembros no mayor de cinco con igual número de suplentes, que desempeñarán los cargos de presidente, secretario y vocales, designados en la misma forma que el Consejo de Administración y con la duración que se establece en el artículo 39 de esta Ley.
En el caso de que al efectuarse la elección del Consejo de Administración se hubiere constituido una minoría que represente, por lo menos un tercio de la votación de los asistentes a la asamblea, el Consejo de Vigilancia será designado por la minoría.
Los miembros de las comisiones establecidas por esta Ley y las demás que designe la Asamblea General, durarán en su cargo el mismo tiempo que los de los Consejos de Administración y Vigilancia.
Tratándose de sociedades cooperativas que tengan diez o menos socios, bastará con designar un comisionado de vigilancia.
Artículo 43. El Consejo de Vigilancia ejercerá la supervisión de todas las actividades de la sociedad cooperativa y tendrá el derecho de veto para el solo objeto de que el Consejo de Administración reconsidere las resoluciones vetadas. El derecho de veto deberá ejercitarse ante el presidente del Consejo de Administración, en forma verbal e implementarse inmediatamente por escrito dentro de las 48 horas siguientes a la resolución de que se trate. Si fuera necesario, en los términos de esta Ley y de su reglamento interno, se convocará dentro de los 30 días siguientes, a una Asamblea General extraordinaria para que se avoque a resolver el conflicto.
Artículo 44. El Administrador general, Gerente general, o Director General de las cooperativas de producción o de consumo, es designado por la Asamblea General, preferentemente un socio de la cooperativa; solo en caso de que la cooperativa no cuente con personal con el perfil técnico, administrativo o profesional, será una persona externa y estará encargada de la operación de la empresa.
Tendrá las facultades que expresamente establezcan las bases constitutivas, las que la Asamblea General les determine, y la firma social para las funciones de la operación de la empresa.
Deberá reunir los requisitos que para tal efecto establezcan las bases constitutivas, entre otros:
I. Contar con los conocimientos en materia financiera, administrativa y tecnológica, que la propia sociedad cooperativa establezca en sus bases constitutivas;
II. Los demás que la presente Ley, la Asamblea General o las Bases Constitutivas de la sociedad cooperativa determinen.
Tendrá las siguientes atribuciones:
I. Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Consejo de Administración y de las Comisiones de la sociedad cooperativa;
II. Representar a la sociedad cooperativa en los actos que determinen las Bases Constitutivas de la sociedad cooperativa, de conformidad con los poderes que le hayan sido asignados;
III. Administrar las operaciones de la sociedad cooperativa, de conformidad con los poderes conferidos;
IV. Aplicar las políticas establecidas de la sociedad cooperativa, actuando en todo momento con apego a las Bases Constitutivas de la misma y a la normatividad aplicable;
V. Presentar a la Asamblea General y al Consejo de Administración un informe anual sobre su gestión;
VI. Presentar los informes sobre la situación financiera y administrativa que guarda la sociedad cooperativa;
VII. Preparar y proponer para su aprobación los planes y el presupuesto de cada ejercicio;
VIII. Presentar, los estados financieros para su conocimiento;
IX. Aplicar los reglamentos y manuales operativos, y proponer los ajustes y modificaciones necesarios a los mismos;
X. Vigilar la correcta elaboración y actualización de los libros y registros contables y sociales de la sociedad cooperativa, y
Las demás que la presente Ley, la Asamblea General, las Bases Constitutivas de la sociedad cooperativa determinen.
Artículo 45. En todas las sociedades cooperativas que esta Ley menciona, será obligatoria la educación cooperativa y la relativa a la economía solidaria. Para tal efecto, se definirán en la Asamblea General los programas y estrategias a realizar.
Artículo 46. Las sociedades cooperativas tendrán las áreas de trabajo que sean necesarias para la mejor organización y expansión de su actividad cooperativa.
Capítulo IVDel régimen económico
Artículo 47. El capital de las sociedades cooperativas se integrará con las aportaciones de los socios y con los rendimientos que la Asamblea General acuerde se destinen para incrementarlo, además de considerar lo establecido por el artículo 61 de esta Ley.
Artículo 48. Las aportaciones podrán hacerse en efectivo, bienes, derechos o trabajo; estarán representadas por certificados que serán nominativos, indivisibles y de igual valor, las cuales deberán actualizarse anualmente.
La valorización de las aportaciones que no sean en efectivo, se hará en las bases constitutivas o al tiempo de ingresar el socio por acuerdo entre éste y el Consejo de Administración, con la aprobación de la Asamblea General en su momento.
El socio podrá transmitir los derechos patrimoniales que amparan sus certificados de aportación, en favor del beneficiario que designe para el caso de su muerte. Las bases constitutivas de la sociedad cooperativa, determinarán los requisitos para que también se le puedan conferir derechos cooperativos al beneficiario.
Artículo 49. Cada socio deberá aportar por lo menos el valor de un certificado. Se podrá pactar la suscripción de certificados excedentes o voluntarios por los cuales se percibirá el interés que fije el Consejo de Administración de acuerdo con las posibilidades económicas de la sociedad cooperativa, tomando como referencia las tasas que determinen los bancos para depósitos a plazo fijo.
Al constituirse la sociedad cooperativa o al ingresar el socio a ella, será obligatoria la exhibición del 10% cuando menos, del valor de los certificados de aportación.
Artículo 50. Cuando la Asamblea General acuerde reducir el capital que se juzgue excedente, se hará la devolución a los socios que posean mayor número de certificados de aportación o a prorrata si todos son poseedores de un número igual de certificados. Cuando el acuerdo sea en el sentido de aumentar el capital, todos los socios quedarán obligados a suscribir el aumento en la forma y términos que acuerde la Asamblea General.
Artículo 51. Las sociedades cooperativas podrán constituir los siguientes fondos sociales:
I. De Reserva;
II. De Previsión Social, y
III. De Educación Cooperativa.
Artículo 52. El Fondo de Reserva se constituirá con el 10 al 20% de los rendimientos que obtengan las sociedades cooperativas en cada ejercicio social.
Artículo 53. El Fondo de Reserva podrá ser delimitado en las bases constitutivas, pero no será menor del 25% del capital social en las sociedades cooperativas de productores y del 10% en las de consumidores. Este fondo podrá ser afectado cuando lo requiera la sociedad para afrontar las pérdidas o restituir el capital de trabajo, debiendo de ser reintegrado al final del ejercicio social, con cargo a los rendimientos.
Artículo 54. El Fondo de Reserva de las sociedades cooperativas será manejado por el Consejo de Administración con la aprobación del Consejo de Vigilancia y podrá disponer de él, para los fines que se consignan en el artículo anterior.
Artículo 55. El Fondo de Previsión Social no podrá ser limitado; deberá destinarse a reservas para cubrir los riesgos y enfermedades profesionales, formar fondos de pensiones, jubilaciones, haberes de retiro de socios, primas de antigüedad y para fines diversos que podrán cubrir: gastos médicos, de funeral, subsidios por incapacidad, becas educacionales para los socios o sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales, deportivas, apoyo a la comunidad y otras prestaciones de previsión social de naturaleza análoga. Al inicio de cada ejercicio, la Asamblea General fijará las prioridades para la aplicación de este Fondo de conformidad con las perspectivas económicas de la sociedad cooperativa.
Las prestaciones derivadas del Fondo de Previsión Social, estarán reguladas en el reglamento correspondiente y serán independientes de las prestaciones a que tengan derecho los socios por su afiliación a los sistemas de seguridad social.
Artículo 56. El Fondo de Previsión Social se constituirá con la aportación anual del porcentaje, que sobre los ingresos netos, sea determinado por la Asamblea General y se aplicará en los términos del artículo anterior. Este porcentaje podrá aumentarse según los riesgos probables y la capacidad económica de la sociedad cooperativa.
Artículo 57. El Fondo de Educación Cooperativa será constituido con el porcentaje que acuerde la Asamblea General, pero en todo caso dicho porcentaje no será inferior al 1% de los excedentes netos del mes.
Artículo 58. Las sociedades cooperativas, podrán recibir de personas físicas y morales, públicas o privadas, nacionales o internacionales, donaciones, subsidios, herencias y legados para aumentar su patrimonio.
Artículo 59. Los excedentes de cada ejercicio social anual son la diferencia entre activo y pasivo menos la suma del capital social, las reservas y los rendimientos acumulados de años anteriores, los cuales se consignarán en el balance anual que presentará el Consejo de Administración a la Asamblea General. Igual procedimiento se observará si el balance mencionado reporta pérdidas.
Artículo 60. Cada año las sociedades cooperativas podrán revaluar sus activos, en los términos legales correspondientes. La Asamblea General determinará con relación a los incrementos, el porcentaje que se destinará al incremento al capital social y el que se aplicará a las reservas sociales.
Artículo 61. Las sociedades cooperativas podrán emitir certificados de aportación para capital de riesgo por tiempo determinado.
Capítulo VDe los socios
Artículo 62. Esta Ley y las bases constitutivas de cada sociedad cooperativa, determinarán deberes, derechos, aportaciones, causas de exclusión de socios y demás requisitos. En todo caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:
I. La obligación de consumir o de utilizar los servicios que las sociedades cooperativas de consumidores brindan a sus socios;
II. En las sociedades cooperativas de productores, la prestación del trabajo personal de los socios podrá ser físico, intelectual o de ambos géneros;
III. Las sanciones a los socios de las sociedades cooperativas cuando no concurran a las asambleas generales, juntas o reuniones que establece la presente Ley; éstas deberán considerar las responsabilidades y actividades propias de la mujer;
IV. Las sanciones contra la falta de honestidad de socios y dirigentes en su conducta o en el manejo de fondos que se les hayan encomendado;
V. Los estímulos a los socios que cumplan cabalmente con sus obligaciones, y
VI. La oportunidad de ingreso a las mujeres, en particular a las que tengan bajo su responsabilidad a una familia.
Artículo 63. Las sociedades cooperativas de productores podrán contar con personal asalariado, únicamente en los casos siguientes:
I. Cuando las circunstancias extraordinarias o imprevistas de la producción o los servicios lo exijan;
II. Para la ejecución de obras determinadas;
III. Para trabajos eventuales o por tiempo determinado o indeterminado, distintos a los requeridos por el objeto social de la sociedad cooperativa;
IV. Para la sustitución temporal de un socio hasta por seis meses en un año, y
V. Por la necesidad de incorporar personal especializado altamente calificado.
Cuando la sociedad requiera por necesidades de expansión admitir a más socios, el Consejo de Administración tendrá la obligación de emitir una convocatoria para tal efecto, teniendo preferencia para ello, sus trabajadores, a quienes se les valorará por su antigüedad, desempeño, capacidad y en su caso por su especialización.
Ante una inconformidad en la selección, el afectado podrá acudir ante la Comisión de Conciliación y Arbitraje de la propia sociedad cooperativa si es que la hay, la que deberá resolverle por escrito en un término no mayor de 20 días naturales, independientemente de poder ejercer la acción legal que corresponda.
Capítulo VIDe la disolución y liquidación
Artículo 64. Las sociedades cooperativas se disolverán por cualquiera de las siguientes causas:
I. Por la voluntad de las dos terceras partes de los socios;
II. Por la disminución de socios a menos de cinco;
III. Porque llegue a consumarse su objeto;
IV. Porque el estado económico de la sociedad cooperativa no permita continuar las operaciones, y
V. Por la resolución ejecutoriada dictada por los órganos jurisdiccionales que señala el artículo 8 de esta ley.
Artículo 65. En el caso de que las sociedades cooperativas deseen constituirse en otro tipo de sociedad, deberán disolverse y liquidarse previamente.
Artículo 66. Los órganos jurisdiccionales que señala el artículo 8 de esta Ley, conocerán de la liquidación de las sociedades cooperativas.
Artículo 67. En un plazo no mayor de treinta días después de que los liquidadores hayan tomado posesión de su cargo, presentarán a los órganos jurisdiccionales a que se refiere el artículo 8 de esta Ley, un proyecto para la liquidación de la sociedad cooperativa.
Artículo 68. Los órganos jurisdiccionales a que se refiere el artículo 8 de esta Ley, resolverán dentro de los diez días hábiles siguientes sobre la aprobación del proyecto.
Artículo 69. Los órganos jurisdiccionales a que se refiere el artículo 8 de esta Ley y los liquidadores, que serán considerados como parte en el proceso de liquidación, vigilarán que los Fondos de Reserva y de Previsión Social y en general el activo de la sociedad cooperativa disuelta tengan su aplicación conforme a esta Ley.
Artículo 70. En los casos de quiebra o suspensión de pagos de las Sociedades Cooperativas, los órganos jurisdiccionales que señala el Artículo 8 aplicarán la Ley de Concursos Mercantiles.
Artículo 71. Cuando dos o más sociedades cooperativas se fusionen para integrar una sola, la sociedad que resulte de la fusión, tomará a su cargo los derechos y obligaciones de las fusionadas.
Para la fusión de varias sociedades cooperativas se deberá seguir el mismo trámite que esta Ley establece para su constitución.
Título III
Sección IDe las cooperativas de ahorro y préstamo
Artículo 72. Las Sociedades Cooperativas que tengan por objeto realizar actividades de ahorro y préstamo se regirán por esta Ley, así como por lo dispuesto por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
Artículo 73. Para la constitución de una sociedad cooperativa de ahorro y préstamo se requerirá de un mínimo de 25 socios y podrán admitir a personas morales como socios.
Artículo 74. Se entenderá como ahorro, la captación de recursos a través de depósitos de dinero proveniente de sus socios y como préstamo, la colocación y entrega de los recursos captados entre ellos mismos.
Artículo 75. Las bases constitutivas de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, además de lo dispuesto por el artículo 15 de esta Ley para las demás sociedades, deberán establecer lo siguiente:
I. El procedimiento para la elección de consejeros y designación de funcionarios de primer nivel;
II. Los requisitos que deberán cumplir las personas que sean electas como consejeros y los designados como funcionarios quienes deberá acreditar haber cursado mínimo educación media superior (preparatoria o equivalente);
III. Las obligaciones de los consejeros, así como lo relativo a las obligaciones del gerente o director general.
Artículo 76. Para los efectos de esta Ley y la Ley especial de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, los términos caja, caja popular, caja cooperativa, caja de ahorro, caja solidaria, caja comunitaria, cooperativa de ahorro y crédito, cooperativa de ahorro y préstamo u otras que expresen ideas semejantes en cualquier idioma, que permita suponer la realización de actividades de ahorro y préstamo, sólo podrán ser usadas en la denominación de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, o en sus organismos cooperativos, ya sea como palabras simples o como parte de palabras compuestas.
Las cajas de ahorro a que hace mención la legislación laboral, y las secciones de ahorro de las cooperativas de producción, consumo y escolares no estarán sujetas a las disposiciones de esta Ley.
Artículo 77. Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo podrán realizar operaciones que impliquen captación y colocación de recursos en los términos establecidos en esta Ley y en la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Las sociedades cooperativas de producción y de consumidores podrán constituir secciones de ahorro y préstamo exclusivamente para sus socios.
Artículo 78. Tratándose de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, además de los órganos establecidos para las demás sociedades cooperativas, deberán contar, cuando menos con un gerente o director general.
Artículo 79. En el caso de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, la asamblea general conocerá y resolverá en los mismos términos señalados en el La Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, podrá establecer excepciones, dependiendo del tamaño y Nivel de Operación de la Cooperativa.
Artículo 80. En el caso de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, la Asamblea General además conocerá y resolverá en los mismos términos señalados en el último párrafo del artículo 33, aquellos asuntos establecidos en la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
Artículo 81. De manera alternativa a lo establecido en los Artículos 36 y 37 de la presente Ley, las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, podrán establecer en sus bases constitutivas la participación de delegados electos por los Socios para que asistan a las asambleas a que se refiere la presente Ley, en representación de los propios Socios. El sistema para la elección de delegados que al efecto se establezca en sus bases constitutivas, deberá garantizar la representación de todos los Socios de manera proporcional con base a las zonas o regiones en que se agrupen las sucursales u otras unidades operativas.
Artículo 82. En el caso de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, los consejeros podrán fungir por un periodo de hasta cinco años, según se establezca en sus bases constitutivas, con posibilidad de una sola reelección, cuando lo apruebe por lo menos las dos terceras partes de la Asamblea General y para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del Consejo de Administración, en las bases constitutivas de la Cooperativa se deberá establecer un sistema de renovación cíclica y parcial de sus consejeros.
Concluida su gestión el consejero saliente, tendrá prohibido asumir un cargo dentro del consejo de vigilancia de la cooperativa y viceversa.
Artículo 83. En las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, el consejo de administración será el órgano responsable de la administración general y de los negocios de la cooperativa; estará integrado por no menos de cinco ni más de quince consejeros, quienes serán nombrados o removidos, en su caso, por la Asamblea General.
Además de las anteriores, las cooperativas de ahorro y préstamo deberán observar lo siguiente:
I. Contar por lo menos con educación media superior y las establecidas en su contrato social;
II. No desempeñar simultáneamente otro cargo como dirigente, funcionario o empleado en la cooperativa de que se trate, así como en otras cooperativas de ahorro y préstamo distintas a los Organismos de Integración;
III. No desempeñar un cargo público de elección popular o de dirigencia partidista;
IV. No estar inhabilitado para ejercer cualquier cargo, comisión o empleo en el sistema financiero mexicano;
V. No tener parentesco por consanguinidad hasta el primer grado, afinidad hasta el segundo grado, o civil con el director o gerente general, o con alguno de los miembros del Consejo de Administración o de vigilancia de la Cooperativa, y
VI. No estar sentenciado por delitos intencionales patrimoniales;
VII. Los demás que esta Ley, la asamblea o las bases constitutivas de la Cooperativa determinen.
La Asamblea General deberá conocer el perfil de los candidatos a desempeñarse como consejeros, y se someterá a su consideración la documentación e información que al efecto determine la misma Asamblea en las bases constitutivas para evaluarlo, debiendo tomar en consideración su historial crediticio.
Artículo 84. En las cooperativas de ahorro y préstamo, además de las atribuciones establecidas en esta Ley el Consejo de Administración tendrá, las siguientes:
I. Determinar las políticas para el otorgamiento de préstamos;
II. Para el nombramiento del director o gerente general, el Consejo de Administración deberá conocer el perfil de los candidatos y se someterá a su consideración la documentación e información, que al efecto determinen y permita evaluar la capacidad técnica, historial crediticio y la experiencia;
Las demás que esta Ley, la asamblea o las bases constitutivas de la Cooperativa determinen.
Artículo 85. Tratándose de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, el consejo de vigilancia será el órgano encargado de supervisar el funcionamiento interno de la Cooperativa, así como el cumplimiento de sus estatutos y demás normatividad aplicable, estará integrado por no menos de tres personas ni más de siete, que serán nombradas y en su caso removidas por la Asamblea General, quienes deberán cumplir los mismos requisitos establecidos para los miembros del consejo de administración. Debiendo tener los suplentes que establezcan las bases constitutivas.
Los miembros del Consejo de Vigilancia fungirán por un periodo de hasta cinco años, según se establezca en sus bases constitutivas, con posibilidad de una sola reelección cuando lo apruebe por lo menos las dos terceras partes de la Asamblea General.
Para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del Consejo de Vigilancia, en las bases constitutivas de la Cooperativa se deberá establecer un sistema de renovación cíclica y parcial de sus consejeros.
Artículo 86. El Consejo de Vigilancia de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I. Asistir con voz, pero sin voto a las sesiones del Consejo de Administración;
II. Solicitar al Consejo de Administración, al director o gerente general, a los comités de la Cooperativa, la información que requiera para el correcto desempeño de sus funciones;
III. Solicitar al auditor externo la información sobre el desarrollo y resultados de la auditoria;
IV. Convocar a asamblea ordinaria y/o extraordinaria a falta de convocatoria expedida por el Consejo de Administración, en los términos que se establece en el Artículo 34;
V. En su caso, emitir la opinión sobre la remoción del director o gerente general.
VI. Vigilar que los actos y decisiones de todos los órganos de la Cooperativa se realicen con apego a las bases constitutivas de la misma y a la normatividad aplicable;
VII. Presentar a la asamblea un informe anual sobre su gestión;
VIII. Informar a la asamblea sobre las irregularidades detectadas en la operación de los órganos de gobierno de la Cooperativa;
IX. Supervisar que las observaciones efectuadas se atiendan y las irregularidades detectadas se corrijan;
X. En su caso, recomendar a la asamblea y justificar la aceptación o rechazo de los estados financieros del ejercicio y del informe del Consejo de Administración, y
XI. Las demás que esta Ley, la asamblea o las bases constitutivas de la Cooperativa determinen.
Artículo 87. En el caso de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, además de los requisitos establecidos para las demás cooperativas el Director o Gerente General deberán contar con los siguientes requisitos:
I. Contar con conocimientos básicos en materia financiera y administrativa, que la propia Sociedad Cooperativa establezca en sus bases constitutivas;
II. No tener alguno de los impedimentos que para ser consejero señala la presente ley;
III. No tener parentesco por consanguinidad hasta el primer grado, afinidad hasta el segundo grado, o civil con alguno de los miembros del Consejo de Administración o de Vigilancia de la Cooperativa, y
IV. Los demás que esta Ley establezca.
Artículo 88. El director o gerente general de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo además de las facultades y obligaciones que establezca la presente ley, tendrá las siguientes:
I. Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Consejo de Administración y de los comités de la Cooperativa;
II. Representar a la Cooperativa en los actos que determinen las bases constitutivas de la Cooperativa, o el Consejo de Administración;
III. Aplicar las políticas establecidas por el Consejo de Administración o por los demás comités de la Cooperativa, actuando en todo momento con apego a las bases constitutivas de la misma y a la normatividad aplicable;
IV. Presentar a la Asamblea General de Socios un informe anual sobre su gestión;
V. Presentar al Consejo de Administración en ocasión de sus juntas ordinarias, los informes sobre la situación financiera y administrativa que guarda la Sociedad;
VI. Preparar y proponer para su aprobación al Consejo de Administración, los planes y el presupuesto de cada ejercicio;
VII. Presentar mensualmente al Consejo de Administración, en ocasión de sus juntas ordinarias, los estados financieros para su aprobación;
VIII. Aplicar los reglamentos y manuales operativos, y proponer al Consejo de Administración los ajustes y modificaciones necesarios a los mismos;
IX. Vigilar la correcta elaboración y actualización de los libros y registros contables y sociales de la Cooperativa, y
X. Otorgar, suscribir y endosar títulos de crédito
Las demás que esta Ley, la asamblea, las bases constitutivas o el Consejo de Administración de la Cooperativa determinen.
Artículo 89. Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo contarán, al menos, con los Comités siguientes, salvo excepciones previstas en el último párrafo del Artículo 79 de esta Ley:
I. Comité de Crédito o su equivalente, que será responsable los encargados de analizar, y en su caso, aprobar las solicitudes de crédito que presenten los Socios a la Cooperativa, así como las condiciones en que éstos se otorguen, de acuerdo a los manuales y las políticas que hayan sido aprobadas por el Consejo de Administración, y
II. Comité de Riesgos, que será responsable de identificar y medir los riesgos, dar seguimiento de su impacto en la operación y controlar sus efectos sobre los excedentes y el valor del capital social de la Cooperativa.
Dichos comités estarán integrados por no menos de tres personas ni más de siete, quienes no deberán tener alguno de los impedimentos que para ser consejero señala el Artículo 43 Bis de esta Ley, a excepción de la fracción II, siempre y cuando no exista conflicto de interés.
Los miembros de dichos Comités serán designados o removidos en su caso, por el Consejo de Administración. Cuando alguno de éstos, incumpla sus funciones o sean detectadas irregularidades en su actuación, el director o gerente general propondrá su remoción al Consejo de Administración.
El Consejo de Administración emitirá los reglamentos y manuales operativos a los cuales deberán ajustarse los comités citados en el presente Artículo.
Artículo 90. Las cooperativas de ahorro y préstamo, podrán tener personal asalariado para el cumplimiento de sus operaciones.
Artículo 91. En las de cooperativas de ahorro y préstamo además de los requisitos establecidos para el resto de las cooperativas, los certificados de aportación serán firmados por el director o gerente general.
Artículo 92. Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, además de lo anterior, sobre educación cooperativa deberán sujetarse a lo dispuesto en su legislación especial.
Artículo 93. En las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, el fondo de reserva deberá constituirse por lo menos con el diez por ciento de los excedentes, que se obtengan en cada ejercicio social, hasta alcanzar un monto equivalente a, por lo menos, el diez por ciento de los activos totales de la Sociedad. Este fondo podrá ser afectado, previa decisión de la Asamblea General, cuando lo requiera la Sociedad para afrontar las pérdidas o restituir el capital de trabajo, debiendo de ser reintegrado en ejercicios subsecuentes, con cargo a los excedentes. Se entenderá por capital de trabajo a la diferencia entre activos y pasivos a plazo menor de un año.
Artículo 94. En sus bases constitutivas deberán prever que los socios podrán solicitar el retiro de sus aportaciones y ahorros en la sociedad en cualquier tiempo, siempre y cuando no existan operaciones activas pendientes, en cuyo caso deberán liquidarlas previamente, mediante pago o compensación.
Para el caso de exclusión operará el mismo principio que el párrafo anterior.
Igualmente se establecerá que, en el caso de que varios de los Socios soliciten al mismo tiempo el retiro de sus aportaciones y ahorros, la Cooperativa podrá fijar plazos para la entrega de los montos solicitados, de acuerdo a la disponibilidad de capital de trabajo y al índice de capitalización que deba mantener la Sociedad.
Sección IIDe los organismos cooperativos de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
Artículo 95. Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo se agruparán en los Organismos Cooperativos de integración y representación siguientes:
I. En Federaciones, y
II. En una Confederación Nacional.
Artículo 96. Las Federaciones se constituirán con la agrupación voluntaria de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, fungiendo como los organismos cooperativos de integración y representación de segundo grado.
Las Federaciones se integrarán con un mínimo de cinco y un máximo de cincuenta Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
Artículo 97. La Confederación se constituirá con la agrupación de todas las Federaciones de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, fungiendo como el organismo cooperativo nacional de integración y representación, de tercer grado, del sector cooperativo financiero.
La Confederación agrupará a todas las Federaciones y será órgano de consulta y colaboración del Estado para el diseño, difusión y ejecución de las políticas, programas e instrumentos para el fomento y desarrollo de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y sus organismos cooperativos.
Artículo 98. Las Federaciones y la Confederación, como organismos cooperativos de integración y representación de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, serán instituciones, con personalidad jurídica y patrimonio propios, adoptarán jurídicamente la naturaleza cooperativa, sin fines lucrativos.
En cuanto a su constitución, organización y funcionamiento, les aplicará las disposiciones de la presente Ley, establecidas en el artículo 124.
Artículo 99. Las actividades de las Federaciones y la Confederación serán las propias de su objeto social y tendrán prohibido lo siguiente:
I. Realizar actividades políticas partidistas;
II. Invertir en el capital de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, y
III. Afiliar a personas físicas o realizar operaciones de manera directa o indirecta con el público.
Artículo 100. Las Federaciones y la Confederación, además de lo dispuesto en los Artículos 125 de la presente Ley, podrán realizar las siguientes funciones:
I. Fungir como representantes legales de sus organizaciones afiliadas, ante personas, organismos, autoridades e instituciones tanto nacionales como extranjeras;
II. Proporcionar entre otros, los servicios de asesoría técnica, legal, financiera y de capacitación;
III. Promover la superación y capacidad técnica y operativa de sus organizaciones afiliadas, así como de sus dirigentes y empleados;
IV. Promover la homologación de manuales, procedimientos, reglamentos y políticas, así como sistemas contables e informáticos, entre sus organizaciones afiliadas, y
V. Llevar un registro de sus organizaciones afiliadas y publicarlo periódicamente por los medios que consideren más conveniente.
Artículo 101. Las Federaciones y la Confederación, en su reglamento interior, al menos deberán definir lo siguiente:
I. Procedimiento general para la admisión, suspensión y exclusión de sus organizaciones afiliadas;
II. Los derechos y obligaciones de las organizaciones afiliadas;
III. Procedimiento general para determinar las cuotas que le deberán aportar las organizaciones afiliadas;
IV. Los mecanismos voluntarios de solución de controversias entre las organizaciones afiliadas;
V. El programa de control y corrección interno para prevenir conflictos de interés y uso indebido de la información, y
VI. Los procedimientos aplicables para el caso de que las organizaciones afiliadas incumplan sus obligaciones.
Artículo 102. La Confederación Nacional y las Federaciones de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, contarán al menos, con los siguientes órganos e instancias de dirección, administración y vigilancia:
I. Una Asamblea General;
II. Un Consejo Directivo;
III. Un Director General o Gerente General, y
IV. Un Consejo de Vigilancia.
Artículo 103. La Asamblea General será el órgano supremo de la Federación y deberá integrarse con al menos un representante de cada una de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo afiliadas, con derecho a voz y voto, el cual será electo democráticamente entre sus Socios por un periodo de tres años, con posibilidad de una sola reelección.
La Federación podrá establecer en sus estatutos un sistema de representación proporcional en el que se asignará a cada Cooperativa afiliada el número de votos que proporcionalmente le correspondan, considerando el número de socios y/o activos totales de cada Cooperativa y del total de la Federación. En ningún caso una Cooperativa podrá tener más de veinte por ciento del total de votos en la Asamblea de la Federación.
Para ser representante de la Sociedad Cooperativa ante la Asamblea General de la Federación será indispensable contar con una antigüedad mínima de un año como Socio de la Cooperativa y, preferentemente, ser dirigente o funcionario de primer nivel de la misma,
A las asambleas de las Federaciones deberá acudir con voz pero sin voto un representante de la Confederación.
Artículo 104. La Asamblea general será el órgano supremo de la Confederación y deberá integrarse con al menos un representante, con derecho a voz y voto, de cada una de las Federaciones afiliadas.
La Confederación podrá establecer en sus estatutos un sistema de representación proporcional en el que se asignará a cada Federación afiliada el número de votos que proporcionalmente le correspondan, considerando el número de socios y/o activos totales de cada Federación y del total de la Confederación. En ningún caso una Federación podrá tener más del veinte por ciento del total de votos en la asamblea de la Confederación.
Para ser representante de la Federación ante la Asamblea General de la Confederación será indispensable contar con una antigüedad mínima de un año como Socio de una Cooperativa afiliada a la Federación y, preferentemente, ser dirigente o funcionario de primer nivel de la propia Federación o de alguna de sus Cooperativas afiliadas.
Artículo 105. El Consejo Directivo de las Federaciones y la Confederación, según corresponda, será el órgano de gobierno responsable de la administración general y de los negocios, y de que se cumpla el objeto social del respectivo organismo cooperativo.
El Consejo Directivo de las Federaciones y de la Confederación estará integrado por no menos de cinco personas ni más de quince, quienes serán nombrados y en su caso, removidos por la Asamblea General del respectivo organismo cooperativo, debiendo cumplir al menos con los requisitos que para ser consejero de una Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, según el artículo 83 de esta Ley.
Los consejeros de las Federaciones y de la Confederación fungirán por un periodo máximo de hasta cinco años con posibilidad de una sola reelección cuando lo apruebe por lo menos las dos terceras partes de la respectiva Asamblea General. Para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del Consejo Directivo, en las bases constitutivas de las Federaciones y de la Confederación, se deberá establecer un sistema de renovación cíclica y parcial de sus consejeros.
Para ser consejero de las Federaciones y de la Confederación será indispensable contar con una antigüedad mínima de un año como socio de una cooperativa.
El Consejo Directivo de las Federaciones y de la Confederación se integrará y funcionará de acuerdo a lo establecido en las propias bases constitutivas de cada organismo, sujetándose a lo señalado en el Artículo 83 de la presente Ley.
Dichos consejos tendrán la representación de sus respectivos organismos cooperativos, así como, las facultades que determinen sus bases constitutivas, entre las cuales deberán considerarse al menos las siguientes:
I. Designar un director o gerente general;
II. Establecer las facultades de representación, y
III. Designar a uno o más comisionados que se encarguen de administrar las secciones especializadas que constituyan los propios Organismos.
Así mismo, el Consejo Directivo de las Federaciones y la
Confederación podrán establecer, los reglamentos y manuales operativos a los cuales deberán ajustarse sus órganos de dirección, administración y vigilancia a que se refieren los Artículos contenidos en esta Sección.
Artículo 106. El Consejo de Vigilancia de las Federaciones y la Confederación, según corresponda, serán el órgano encargado de supervisar el funcionamiento interno del organismo cooperativo, así como el cumplimiento de sus estatutos y demás normatividad aplicable.
El Consejo de Vigilancia de las Federaciones y la Confederación estará integrado por no menos de tres personas ni más de cinco, quienes serán nombrados y en su caso, removidos por la Asamblea General del respectivo organismo cooperativo, debiendo cumplir al menos con los requisitos que para ser consejero de una Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, señala el Artículo 83 de esta Ley. Los miembros del Consejo de Vigilancia de las Federaciones y la Confederación fungirán por un periodo máximo de hasta cinco años con posibilidad de una sola reelección cuando lo apruebe por lo menos las dos terceras partes de la respectiva Asamblea General; para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del Consejo de Vigilancia, en las bases constitutivas de las Federaciones y la Confederación, se deberá establecer un sistema de renovación cíclica y parcial de sus consejeros.
Para ser miembro del Consejo de Vigilancia será indispensable contar con una antigüedad mínima de un año como socio de una cooperativa.
El Consejo de Vigilancia de las Federaciones y la Confederación se integrará y funcionará de acuerdo a lo establecido en las propias bases constitutivas de cada organismo, sujetándose a lo señalado en por la presente Ley.
Artículo 107. El director o gerente general de las Federaciones y de la Confederación, será nombrado por el respectivo Consejo Directivo del organismo cooperativo, debiendo someterlo a ratificación de su propia Asamblea General.
Las Federaciones y la Confederación, deberán establecer en sus bases constitutivas, los requisitos, facultades y obligaciones del director o gerente general, debiendo aplicar al menos lo señalado para los gerentes o directores generales de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, según lo establecido en los artículos 87 y 88 de la presente Ley.
Artículo 108.Para el sostenimiento y operación de las Federaciones y la Confederación, el respectivo Consejo Directivo determinará las cuotas que deban pagar cada una de las organizaciones afiliadas, tomando como base los procedimientos aprobados por la Asamblea en el respectivo reglamento interior de cada organismo cooperativo.
Título IV
Capítulo ÚnicoDe las cooperativas escolares
Artículo 109. Son sociedades cooperativas escolares aquéllas integradas por estudiantes, padres de familia, maestros, académicos, investigadores, y empleados de los planteles escolares. Sus propósitos son los siguientes:
I. Propiciar el desenvolvimiento psicológico y el desarrollo de capacidades de vinculación con la comunidad del educando, promoviendo el desarrollo de actividades basadas en la solidaridad, ayuda mutua, cooperación y responsabilidad en tareas de beneficio individual y colectivo;
II. Facilitar la asimilación teórica y experimentación práctica de principios básicos de convivencia social, igualdad, democracia, comunidad de esfuerzo y espíritu de iniciativa;
III. Desarrollar hábitos de cooperación, previsión, orden y disciplina;
IV. Coordinar sus actividades con los contenidos, planes y programas escolares de cada rama de la enseñanza, contribuyendo a la adquisición de conocimientos integrados;
V. Favorecer el proceso de autoaprendizaje funcional del educando;
VI. Propiciar la aplicación de técnicas participativas, métodos activos de aprendizaje y otros que coadyuven al proceso educativo;
VII. Vincular al educando con la realidad de su medio ambiente, considerando la relación de la escuela, la familia y la comunidad, a través de actividades de producción y consumo.
VIII. Correlacionar las actividades académicas con la difusión y desarrollo del cooperativismo.
IX. Fomentar la responsabilidad de la población y de los diferentes niveles de gobierno, en la formación de capacidades emprendedoras de los estudiantes, para el impulso de actividades por medio de sociedades cooperativas escolares de servicios comunitarios.
Artículo 110. Además de los propósitos expuestos, las cooperativas escolares procurarán un beneficio económico para la comunidad escolar, mediante:
I. La protección del ingreso familiar, mediante la aplicación de precios accesibles de los artículos que producen o expiden;
II. Desarrollo de cadenas de consumo, de los artículos necesarios y relacionados con la vida escolar;
III. La contribución económica para mejorar las instalaciones, el equipamiento, y en general el desarrollo de las actividades docentes del plantel.
IV. Intercambio de productos y servicios entre las cooperativas escolares y, en general, con las sociedades cooperativas y los Organismos Cooperativos.
Artículo 111. Las cooperativas escolares podrán realizar en forma indistinta, actividades de producción, de consumo, y de ahorro; para su funcionamiento se requieren de al menos veinticinco asociados.
Artículo 112. Son actividades de consumo, las que se organicen para la adquisición y venta alimentos nutritivos, uniformes, calzado, material y equipo didáctico, útiles escolares, servicios de reproducción e internet, que requieran los socios durante su permanencia en las instituciones educativas.
Artículo 113. Son actividades de producción, aquellas que administren y exploten bienes, instalaciones, talleres, herramientas u otros elementos, con objeto de elaborar productos y en su caso prestar servicios que beneficien a la comunidad escolar.
Artículo 114. Son actividades de ahorro, las que tengan como finalidad exclusiva la captación de ahorro con los asociados, no son de préstamo, y sus haberes se repartirán en cada ciclo escolar; estas actividades de ahorro, se pueden relacionar con las cooperativas de Ahorro y Préstamo, y funcionar en los términos de las disposiciones de la Ley que Regula las Actividades de las Sociedades Cooperativas Ahorro y Préstamo.
Artículo 115. Las cooperativas escolares se integran de la siguiente forma:
I. Alumnos inscritos en la institución educativa, en el ciclo escolar correspondiente;
II. Maestros, investigadores, docentes, y empleados que presten sus servicios de manera legal en la institución educativa;
III. Padres de familia con hijos inscritos en el ciclo escolar correspondiente;
Su participación deberá ser voluntaria. Todos los socios tendrán obligaciones y derechos iguales, sea cual fuera la fecha de su ingreso.
Artículo 116. En la constitución de una cooperativa escolar, se observará el mismo procedimiento establecido para la constitución de una sociedad cooperativa, y se harán constar en las bases constitutivas, los siguientes datos adicionales:
I. Nombre de la cooperativa, clave y ubicación de la escuela;
II. Tipo de cooperativa;
III. Objeto social y finalidad de la cooperativa;
IV. Régimen de la responsabilidad limitada de la cooperativa, con inclusión de las siglas CEL, equivalentes a Cooperativa Escolar Limitada;
V. Requisitos de admisión y exclusión de socios;
VI. Forma de constituir el capital social, señalando el origen, monto y formas para la devolución de los certificados de aportación;
VII. Porcentaje de los rendimientos que formarán los fondos social, de reserva y repartible, considerando lo siguiente:
a. El fondo social se formará con el 40% del rendimiento económico neto y se empleara para apoyar las necesidades prioritarias del plantel;
b. El fondo de reserva se constituirá con el 20% del rendimiento económico neto;
c. El fondo repartible se formará con el 40% del rendimiento económico neto y se distribuirá entre los socios al finalizar el ejercicio social correspondiente al año escolar;
VIII. Duración del ejercicio social, el cual podrá comprender el año escolar como mínimo y un año natural como máximo;
IX. Facultades y funcionamiento de los órganos de gobierno y control;
X. Número de integrantes, funciones, y duración de los Consejos de Administración, Vigilancia y comisiones;
XI. Equilibrio en la composición de los integrantes de los Consejos, considerando la participación de alumnos, padres de familia, maestros, investigadores, docentes y empleados de las instituciones educativas.
XII. Vigencia de la duración de los Consejos, no mayor al del ejercicio social que corresponda al año escolar, y no podrán ser reelectos para el mismo cargo en el periodo inmediato;
XIII. Formas de participación en todas las instancias de gobierno de la cooperativa, de los menores de edad, considerando el nombramiento de asesores;
XIV. Tipos, formas y fechas de realización de asambleas, considerando los ciclos escolares;
XV. Formas de representación de los estudiantes en asambleas;
XVI. Responsabilidad en el uso y control de los bienes de la escuela al servicio de la cooperativa, recibidos por inventario;
XVII. Compromiso de venta de los productos adquiridos o producidos por la cooperativa;
XVIII. Formas de distribución de excedentes y de liquidación del fondo de ahorro, en cada ciclo escolar;
XIX. Condiciones para modificar las bases constitutivas;
XX. Señalamiento de las causas de disolución:
a. Por reducción del número de socios a menos de veinticinco;
b. Por clausura o fusión de la escuela donde funcione, y
c. Por voluntad de las dos terceras partes de los socios que la integran;
XXI. Apertura de cuenta bancaria mancomunada entre el presidente y el tesorero.
Anexa al acta, y como parte de la misma, figura la lista de socios fundadores, expresando el número y valor de certificados de aportación, suscritos por cada uno.
Los nombres de los integrantes del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia, se registrarán cada año lectivo al renovarse tales órganos, así como las substituciones.
Artículo 117. El Consejo de Administración de cada cooperativa escolar, enviará dentro de los siguientes diez días a la fecha de su constitución, a la Secretaría de Educación Pública, el acta constitutiva; la dependencia revisará que los documentos anteriores estén formulados de acuerdo con las disposiciones de esta Ley, y del Reglamento de Operación de las Cooperativas Escolares.
Artículo 118. Las cooperativas escolares podrán hacer uso de los talleres, instalaciones, herramientas u otros elementos pertenecientes al plantel, que les resulten necesarios para el cumplimiento de sus fines; cuando en un mismo edificio escolar funcione más de una cooperativa por razón del número de turnos o escuelas existentes, las autoridades educativas competentes resolverán, en acuerdo con el consejo de administración de las cooperativas, las cuestiones que se presentan con motivo del uso, posesión, explotación y aprovechamiento de los bienes que se deban utilizar en común. En este supuesto, las autoridades educativas competentes podrán recomendar la integración de una sola cooperativa en la que se fusionen las demás que se hubieren constituido.
El uso de las instalaciones escolares estará regulado por el Reglamento de Operación de las Cooperativas Escolares
Artículo 119. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública, con la opinión del Consejo Nacional Cooperativo, emitir el Reglamento de Operación de las Cooperativas Escolares, en el cual deberá observar los siguientes criterios:
I. Concepción del cooperativismo y la economía social, como una estrategia de educación y desarrollo de capacidades, con un enfoque humanista, para el impulso de actividades sociales y económicas de carácter no lucrativo, en beneficio de la comunidad escolar, de sus familias y de la región donde operan.
II. Fomento de la educación y el desarrollo de las sociedades cooperativas escolares, por medio de la programación obligatoria de actividades teóricas y prácticas vinculadas al plan de estudios
III. Respeto a la autonomía e independencia de las sociedades cooperativas escolares, considerando su naturaleza, estructura, fines sociales y los valores y principios que se establecen en la presente Ley;
IV. Aportación de todo tipo de recursos, inclusive los financieros, para incrementar la constitución del capital social de las cooperativas, siendo al menos una parte de él, indivisible y no repartible;
V. Reglamentación del uso del Fondo Social en los planteles, considerando el uso exclusivo para mejoras de instalaciones, equipo y mobiliario;
VI. Participación de maestros, docentes y empleados, considerando el propósito social de la cooperativa escolar sobre los objetivos económicos;
VII. Reglamentación del uso de instalaciones, mobiliario y equipo propiedad de las instituciones escolares;
VIII. Manejo adecuado de los recursos aportados por las cooperativas escolares, exclusivamente para el mejoramiento de instalaciones, mobiliario y equipo de las instituciones escolares;
IX. Autorización de la venta de los productos adquiridos o producidos por las cooperativas, privilegiando la educación en el consumo de productos nutritivos;
X. Instauración de programas de educación y capacitación a padres de familia sobre economía social, cooperativismo, nutrición y salud familiar;
XI. Difusión de resultados del cooperativismo escolar, para fortalecer la participación social y la viabilidad de las sociedades cooperativas;
XII. Promoción de donaciones en especie o efectivo, y aportación de fondos a las cooperativas escolares, de diversas dependencias o entidades públicas y privadas;
XIII. Respaldo en la gestión de créditos con instituciones públicas o privadas para la realización de sus finalidades;
XIV. Mecanismos de intervención para el control y transferencia del patrimonio social de las cooperativas escolares, en caso de disolución.
Título V
Capítulo IDe los organismos cooperativos
Artículo 120. Las sociedades cooperativas, para la adecuada articulación de sus actividades económicas podrán asociarse entre sí, previo acuerdo de su Asamblea General, para la ejecución de planes de mejora, apoyo a la comercialización y financiamiento, y todo aquello que tienda a dar cumplimiento cabal al ciclo económico y función social de las sociedades cooperativas, en Organismos Cooperativos de segundo nivel. Los Organismos Cooperativos adoptarán preferentemente la figura jurídica de cooperativas, y podrán agrupar un mínimo de cinco sociedades cooperativas, con las salvedades propias a su naturaleza; su objeto social es el de representar, promover y defender los intereses de las sociedades cooperativas asociadas, así como las actividades económicas que estas realicen; así mismo, fungir como organismos de consulta del Estado. Son Organismos Cooperativos los siguientes:
I. Las Uniones y Federaciones;
II. Las Confederaciones, y
III. El Consejo Nacional Cooperativo.
Las Uniones y Federaciones se constituirán como sociedades cooperativas de segundo nivel; las Confederaciones como sociedades cooperativas de tercer nivel, y el Consejo Nacional Cooperativo, como sociedad cooperativa de cuarto nivel de carácter único.
Artículo 121. Los Organismos Cooperativos deben utilizar en su denominación social la palabra Unión, Federación, Confederación o Consejo Nacional Cooperativo según corresponda.
Asimismo, deberán constituirse ante fedatario público, e inscribir su Acta Constitutiva en el Registro Público de Comercio, y en el Registro Nacional de las Cooperativas.
Artículo 122. Las Uniones y Federaciones pueden dedicarse libremente a cualquier actividad económica lícita a excepción de las dispuestas por la presente Ley, y por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, y se agruparán de la siguiente forma:
I. Las federaciones podrán agrupar a sociedades cooperativas de la misma rama de actividad económica;
II. Las uniones podrán agrupar a sociedades de distintas ramas de actividad económica;
III. Las confederaciones nacionales se podrán constituir con varias uniones o federaciones, de por lo menos diez entidades federativas.
Los Organismos Cooperativos podrán concertar con otras personas, con organizaciones integrantes del sector social de la economía, o con otros organismos públicos, privados y sociales, nacionales o internacionales, todo tipo de convenios o acuerdos permanentes o temporales, para el mejor cumplimiento de su objeto social, pudiendo igualmente convenir la realización de una o más operaciones en forma conjunta, para lo cual deberán establecer con claridad cuál de las organizaciones coaligadas asumirá la gestión o responsabilidad ante terceros.
En ninguna circunstancia, los cargos en los Consejos de Administración y de Vigilancia de los Organismos Cooperativos podrán ser asumidos por personas que no tengan el carácter de socios.
Artículo 123. Las Confederaciones fungirán como instancias de planeación, organización y desarrollo de sus Organismos Cooperativos asociados, y como órgano de consulta y colaboración del Estado para el diseño, divulgación, y ejecución de las políticas, programas, e instrumentos para el fomento y desarrollo de la organización y expansión, de la actividad económica de las sociedades cooperativas.
Las Confederaciones Nacionales se constituirán con por lo menos diez Uniones o Federaciones, de por lo menos diez Entidades Federativas, con excepción de las Federaciones de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, las cuales se agruparán en una sola Confederación Nacional.
Artículo 124. Las disposiciones establecidas por esta Ley para las Sociedades Cooperativas, serán aplicables a los Organismos Cooperativos; sus actividades son las propias de su objeto social, no tendrán fines de lucro y se abstendrán de lo siguiente
I. Constituirse con personas físicas;
II. Aplicar las obligaciones de las cooperativas en materia de distribución de excedentes;
III. Nombrar un administrador único y un comisionado de vigilancia;
IV. Transmitir derechos patrimoniales derivados de los certificados de aportación;
V. Constituir fondos sociales;
VI. Emitir sanciones fuera de las establecidas en sus bases constitutivas o reglamentos internos;
VII. Realizar actividades político partidistas o religiosas;
VIII. Realizar operaciones de manera directa o indirecta con el público no asociado;
IX. Realizar operaciones que substituyan las actividades o transgredan los intereses de sus asociados; y
Realizar aportaciones en el capital social de sus asociados.
Artículo 125. Las sociedades cooperativas determinarán las funciones de las Federaciones y Uniones; éstas a su vez, las de las Confederaciones; y éstas últimas las del Consejo Nacional Cooperativo.
En sus bases constitutivas, que cumplirán con las disposiciones del artículo 15 de esta Ley, los Organismos Cooperativos podrán incluir las siguientes funciones:
I. Coordinar, representar y defender los intereses de sus asociados ante las instituciones gubernamentales y ante cualquier otra persona física o moral;
II. Fomentar los valores y principios cooperativos mediante la educación y formación cooperativa; así como promover programas de desarrollo social;
III. Impulsar programas para la constitución de nuevas sociedades cooperativas;
IV. Asegurar la inscripción de las sociedades cooperativas en el Registro Nacional Cooperativo;
V. Actuar como mediadores, conciliadores y árbitros en los conflictos que se presenten entre sus integrantes, entre las sociedades cooperativas y sus socios o entre las sociedades cooperativas y los mismos Organismos Cooperativos, a petición formal de cualquiera de sus asociados;
VI. Impulsar esquemas de autorregulación y supervisión;
VII. Gestionar la aplicación de programas de fomento cooperativo ante las instituciones
VIII. Planear, promover y realizar programas de desarrollo económico y social para sus asociados;
IX. Gestionar la aplicación de programas de fomento cooperativo ante las instituciones gubernamentales;
X. Fomentar la educación cooperativa, así como la formación de capacidades y competencias laborales de sus asociados, directivos y empleados;
XI. Prestar servicios de asesoría jurídica, fiscal, auditoría, contable, técnica, organizacional, o para la formulación de proyectos;
XII. Promover el desarrollo de cadenas productivas y de valor agregado;
XIII. Apoyar la investigación sobre las materias que incidan en las actividades propias de su objeto;
XIV. Procurar la solidaridad y cooperación entre sus asociados;
XV. Difundir los valores y principios cooperativos y las experiencias exitosas;
XVI. Contratar trabajadores e integrar personal comisionado a los organismos integrantes.
Los demás que la presente Ley y la legislación aplicable para cada tipo de sociedad cooperativa determine.
Artículo 126. El Consejo Nacional Cooperativo, es el máximo órgano integrador, y de representación, promoción y defensa en el ámbito nacional e internacional del Movimiento Cooperativo Nacional, de carácter único, constituido conforme a lo dispuesto en esta Ley y para los fines que ella establece. Se constituye como una sociedad cooperativa de cuarto nivel, y podrá asociar a todas las Confederaciones Nacionales constituidas conforme a la Ley que en forma voluntaria decidan hacerlo.
Los organismos e Instituciones de Asistencia Técnica al Movimiento Cooperativo Nacional, podrán afiliarse voluntariamente, y participar en las Asambleas Generales con voz pero sin voto.
Artículo 127. Para la constitución, organización, operación y funcionamiento del Consejo Nacional Cooperativo, deberá observarse lo previsto en el Capítulo I del presente Titulo.
Además de las funciones establecidas para los Organismos Cooperativos, El Consejo Nacional Cooperativo tendrá las siguientes:
I. Fungir como instancia de planeación, autorregulación, y fomento del desarrollo económico y social del movimiento cooperativista nacional;
II. Desempeñarse como órgano de consulta y colaboración de los diferentes niveles de gobierno para el diseño, divulgación, ejecución y evaluación de las políticas, programas, e instrumentos, para el fomento y desarrollo de la organización y expansión de la actividad económica de las sociedades cooperativas;
III. Formular recomendaciones a los diferentes niveles de gobierno, encargados de la ejecución de las políticas públicas de fomento cooperativo;
IV. Actuar como instancia de control, vigilancia y prevención de acciones de simulación, de conformidad con la normatividad que emita la Secretaría de Hacienda;
V. Colaborar con el Servicio de Administración Tributaria, emitiendo opinión a solicitud de dicho órgano, respecto de las sociedades cooperativas y Organismos Cooperativos que integran el Padrón Nacional de Sociedades Cooperativas, y que se requiere incorporar a la base de contribuyentes como organismos cooperativos no simulados;
VI. Fungir como operador del Registro Nacional de las Cooperativas, de conformidad con la normatividad que emita el organismo autónomo, y dar noticia en sus boletines u órganos de información, de las inscripciones hechas en el registro y de toda modificación, cancelación o alteración que se haga de dichas inscripciones;
VII. Establecer el Sistema de Información Económica y Social de las Cooperativas SIEC, que produzca los sistemas e instrumentos informativos, estadísticos y comunicacionales que posibiliten la expansión y fortalecimiento del sector cooperativista mexicano.
VIII. Establecer un Sistema Nacional de Educación Cooperativa.
IX. Operar el Sistema Nacional de Capacitación Cooperativa, en coordinación con el organismo autónomo;
X. Colaborar con la Secretaría, para la inclusión de temas que se relacionen con la economía social y el cooperativismo, en negociaciones de tratados comerciales;
XI. Efectuar investigaciones sobre aspectos o ramos específicos de la actividad de las sociedades cooperativas y los relacionados con el Sector Cooperativista Nacional, por cuenta propia, o en asociación con los organismos e instituciones de asistencia técnica;
XII. Prestar los servicios que determinen sus bases constitutivas en beneficio de sus afiliados, dentro de los niveles de calidad y condiciones que se determinen conjuntamente con las Confederaciones;
XIII. Designar el árbitro, o los árbitros, o los conciliadores, cuando los Organismos Cooperativos se lo soliciten;
XIV. Solicitar a las Confederaciones y a los Organismos de Asistencia Técnica, reportes anuales sobre la operación y los resultados de los programas y acciones que operen en beneficio de sus asociados, de conformidad con las bases constitutivas del Consejo;
XV. Establecer relación con instituciones, organismos, asociaciones e instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales, relacionadas con la economía social y el cooperativismo;
XVI. Crear estructuras para atender la incubación, formación, desarrollo, actualización tecnológica, registro, regulación, financiamiento, vinculación, comunicación social y aquellas que permitan el desarrollo del sector y movimiento cooperativo mexicano, siempre en el marco de los valores y principios consagrados en la ley;
XVII. Establecer sus reglamentos internos;
XVIII. Convocar en el mes de marzo de cada año, a la asamblea general del Consejo Nacional Cooperativo, donde se informe acerca de las labores realizadas en el año anterior y su concepto sobre la situación económica del cooperativismo, así como el detalle de sus ingresos y egresos;
XIX. Vigilar y verificar la observancia de esta Ley, así como sancionar los casos de incumplimiento;
XX. Llevar a cabo las demás actividades que se deriven de su naturaleza, de sus Estatutos y las que les señalen otros ordenamientos legales, Las demás que les atribuya esta Ley.
En sus bases constitutivas, establecerá el objeto social, la estructura funcional, órganos de gobierno, derechos y obligaciones de los asociados, y todos aquellos elementos que le son propios a su naturaleza como Organismo Cooperativo de cuarto nivel.
Artículo 128. Con el propósito de realizar procesos de diagnóstico, evaluación, planeación, programación y prospectiva que fortalezcan el Movimiento Cooperativista Mexicano, se celebrará cada dos años un Congreso Nacional Cooperativo, al que convocará el Consejo Nacional Cooperativo, con el respaldo de la Secretaría, independientemente de asambleas, congresos especializados o foros que organicen las confederaciones o el propio Consejo Nacional Cooperativo; o en caso de que este no emitiera convocatoria, podrá hacerse por acuerdo del veinte por ciento de sus integrantes.
Artículo 129. Corresponde a los gobiernos Federal, Estatal y Municipal y a los órganos político-administrativos del Distrito Federal, la elaboración, ejecución, y evaluación de políticas públicas orientadas a promover y fomentar la actividad cooperativa y de los Organismos Cooperativos, así como la difusión de los valores y principios en que se sustenta. Para los efectos de la presente Ley, se entiende como fomento cooperativo al conjunto de normas jurídicas y acciones que se deberán observar para la organización, expansión y desarrollo del sector y movimiento cooperativo, y que deberá orientarse conforme a los siguientes fines:
I. Apoyo a la organización, constitución, registro, desarrollo e integración de las propias Sociedades Cooperativas y de sus Organismos Cooperativos, como medios para la organización social orientados a una mayor participación de la población en actividades económicas, el impulso del empleo digno y sustentable, redistribución del ingreso, la equidad de género y el desarrollo económico del país.
II. Promoción de la economía social y cooperativista en la producción, distribución, comercialización y financiamiento de los bienes y servicios que generan y que sean socialmente necesarios;
III. Desarrollo de procesos que aseguren la igualdad entre sectores y clases sociales, por lo que se prohíbe solicitar a los organismos del sector social mayores requisitos que los exigidos a otras entidades económicas, para el concurso u otorgamiento de créditos o cualquier otro contrato con cualquier organismo de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal;
IV. Implantación de acciones de control, vigilancia y prevención de acciones de simulación, que se realizan por medio del uso de sociedades cooperativas con la finalidad de evadir responsabilidades laborales, fiscales, económicas y sociales.
V. Instauración del Registro Nacional de las Cooperativas, que permita establecer un sistema de planeación y evaluación de políticas públicas, y facilitar a las cooperativas registradas en el Padrón Nacional, el acceso a los beneficios previstos en esta Ley, y en los programas gubernamentales orientados al fomento cooperativo;
VI. Establecimiento del Sistema Nacional de Educación y Capacitación Cooperativa, que genere mecanismos de propagación de la cultura del cooperativismo, basada en la organización social, humanista, autogestiva y democrática del trabajo, y su incorporación en todo el sistema escolarizado nacional, incluyendo la formación de cooperativas escolares, así como el desarrollo de competencias técnicas y profesionales, las virtudes éticas y las habilidades organizacionales de las sociedades cooperativas.
Para el efecto, se apoyarán a las escuelas, institutos y organismos especializados en educación cooperativa que establezca el Movimiento Cooperativo Nacional, y las actividades que en este sentido realicen las universidades o instituciones de educación superior en el país;
VII. Impulso a la proveeduría de bienes y servicios que produzcan las sociedades cooperativas, a los diferentes niveles de Gobierno, observando las modalidades y tendencias internacionales;
VIII. Establecimiento de acciones que propicien que las empresas que se encuentren en crisis, sean adquiridas por parte de sus trabajadores, por medio de su conversión en sociedades cooperativas;
IX. Fomento de proyectos de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación;
X. Respaldo al financiamiento de proyectos de investigación científica en materia cooperativa;
XI. Impulso al acceso a estímulos e incentivos para la integración de las sociedades cooperativas, entre otras acciones, mediante apoyos fiscales y de simplificación administrativa;
XII. Incorporación del sector cooperativo en la formulación del Plan Nacional de Desarrollo, y a las instancias de participación y de representación social de las diferentes dependencias y organismos de la administración pública federal, estatal y municipal que dispongan las Leyes;
XIII. Prestación de servicios de asesoría y asistencia técnica, legal y económica para la adecuada operación de las sociedades cooperativas y sus Organismos Cooperativos;
XIV. Concesión o administración de bienes o servicios públicos, a favor de las sociedades cooperativas y sus Organismos Cooperativos, por medio de empresas de participación estatal;
XV. Impulso, conjuntamente con las cooperativas y sus Organismos Cooperativos, de proyectos de desarrollo social de las comunidades donde operan;
XVI. Estimulo de la participación social en actividades de promoción, divulgación y financiamiento de proyectos cooperativos, de tal manera que se fomente la cultura del trabajo asociado, el consumo social y del ahorro, mediante sociedades cooperativas de producción, consumo y ahorro y préstamo;
XVII. Fortalecimiento de la organización y desarrollo de los Organismos Cooperativos que forman parte del Movimiento Cooperativista Nacional, como instancias de articulación del sector y de promoción y acompañamiento de la economía social y cooperativista;
XVIII. Fomento de las acciones de coordinación y colaboración en materia cooperativa con la federación, los estados y municipios; y con países y organismos internacionales de carácter público, privado o social que fortalezcan el cooperativismo mexicano;
XIX. Impulso a la promulgación de leyes locales de fomento cooperativo;
XX. Todas aquellas que se consideren convenientes a efecto de fomentar el desarrollo de las sociedades cooperativas y de sus estructuras de integración económica y de representación gremial;
Los demás que establezcan las Leyes.
Artículo 130. La planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento a la actividad cooperativa deberán atender los siguientes criterios:
I. El respeto a la naturaleza social del sistema cooperativo, así como a los valores y principios cooperativos establecidos en la presente Ley;
II. Reconocimiento de las sociedades cooperativas como organismos de utilidad pública para el bienestar común, y sujetas al bien social que establecen las leyes;
III. Fomento de una mayor participación de la población en actividades económicas formales, la promoción de empleo, y el desarrollo del país por medio de sociedades cooperativas, paro lo cual se establecerán en los programas económicos o financieros de los tres niveles de gobierno, presupuestos específicos para el fomento y desarrollo del cooperativismo, que no podrán ser menores al ejercicio fiscal precedente.
IV. La simplificación, precisión, transparencia, legalidad e imparcialidad de los actos y procedimientos administrativos;
V. La observación de Acuerdos, Tratados e Instrumentos Internacionales en materia de fomento a la actividad cooperativa;
VI. Los apoyos de índole fiscal, así como los que se incluyan en las políticas públicas de fomento cooperativo de los distintos órdenes de gobierno, que se concedan a las sociedades cooperativas y sus Organismos Cooperativos, no deberán ser menores a los que se otorguen a otras sociedades o figuras jurídicas de los sectores público, privado o social.
VII. Aplicación de instrumentos para el fomento, apoyo y estímulo a las sociedades cooperativas, considerando las tendencias internacionales de los países con los que México tenga mayor interacción.
Para la asignación del presupuesto que incida en la actividad cooperativa mexicana, y en los programas de apoyo técnico, económico, financiero o fiscal que establezca el Gobierno Federal, y que incida en la actividad de las sociedades cooperativas, se observara el establecimiento de derechos y preferencias hacia el sistema cooperativo tomando en cuenta la opinión del Consejo Nacional Cooperativo.
Artículo 131. Los gobiernos Federal, Estatal y Municipal y los órganos político-administrativos del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y con estricto apego a su autonomía política y administrativa, podrán:
I. Impulsar leyes locales en materia de fomento cooperativo, atendiendo a las facultades concurrentes previstas en los artículos 73, fracción XXIX-N, y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Instrumentar la aplicación de prerrogativas similares a las contenidas en la presente Ley;
III. Celebrar con el Gobierno Federal, de otros Estados, del Distrito Federal o Municipales, así como con los sectores social y privado, convenios y acuerdos de colaboración, coordinación y concertación que apoyen los objetivos y prioridades previstos en sus planes, políticas y programas de fomento a las sociedades cooperativas, y
IV. Expedir las resoluciones fiscales que al efecto procedan, con el propósito de que todos los actos relativos a la constitución y registro de las sociedades cooperativas citados en la presente Ley, queden exentos de impuestos y derechos fiscales;
V. Las demás que señale esta Ley y otras disposiciones federales y locales.
Las disposiciones contenidas en las fracciones anteriores deberán instrumentarse conforme a lo dispuesto por la presente Ley, la competencia Constitucional y la legislación local.
Artículo 132. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán implementar acciones de apoyo a las sociedades cooperativas de acuerdo con las reglas de operación vigentes, en el ámbito de sus respectivas competencias. En particular realizarán, además de lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con la colaboración de los Organismos Cooperativos las siguientes actividades mediante un organismo autónomo:
I. La celebración de convenios con los Gobiernos Estatales, Municipales y del Distrito Federal, así como con el sector social y privado, para establecer los programas y acciones de fomento y registro que tengan por objeto el desarrollo económico del Sistema Cooperativo;
II. Incentivar la incorporación de las sociedades cooperativas y sus Organismos Cooperativos en los programas de fomento regionales, sectoriales, institucionales y especiales;
III. La celebración de convenios con los colegios de fedatarios públicos, con el objeto de apoyar la constitución de las sociedades cooperativas mediante el establecimiento de cuotas accesibles y equitativas;
IV. La revisión, simplificación y, en su caso, adecuación de los trámites y procedimientos que incidan en la constitución, organización, funcionamiento y fomento de las sociedades cooperativas, en tanto corresponda para ello disposiciones administrativas de los titulares respectivos.
V. Organización de sociedades cooperativas de producción y consumo en las organizaciones de trabajadores del país, y programas de capacitación organizacional para la generación de autoempleo colectivo;
VI. Promoción de sociedades cooperativas en los sectores de producción primaria, agroindustrial, alimentaria, transformación industrial, bio-energéticos, servicios de vivienda, salud, cultura, arte y recreación, tecnologías de la comunicación y la información, comunicaciones, transporte y servicios turísticos, entre otros, y
VII. Acciones de difusión y comunicación social del Movimiento Cooperativo Nacional, así como de su importancia en el desarrollo económico y social del país.
Artículo 133. A la Secretaría de Economía, corresponde la vigilancia del adecuado cumplimiento de la presente Ley; las políticas y programas federales de fomento de las sociedades cooperativas, que ejercerá sin perjuicio de las funciones inspectoras o de vigilancia que correspondan a otras dependencias de la Administración Pública Federal, sobre los distintos tipos de sociedades cooperativas, de acuerdo a sus respectivas competencias legales, y con las que deberá actuar en coordinación.
La Secretaría de Economía en coordinación con el organismo autónomo, tendrá, entre sus actividades de fomento, la responsabilidad de establecer el Registro Nacional de las Cooperativas, como mecanismo de planeación de políticas públicas para el desarrollo del sector; como instancia de supervisión y control de las disposiciones que regulan el registro de las sociedades cooperativas y de las actas de asamblea; y como elemento de control de la simulación de sociedades.
El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática INEGI, así como las demás dependencias públicas señaladas en la presente Ley, proporcionarán la información necesaria para complementar la información estadística del sector, y su información estará disponible en medios de acceso abierto incluyendo el electrónico.
EL Registro Nacional de las Cooperativas y los sistemas informativos y registrales derivados, podrá operarlo el Consejo Nacional Cooperativo, de conformidad con las reglas de operación que emita el organismo autónomo.
Las sociedades cooperativas, los Organismos Cooperativos, y los Organismos de Asistencia Técnica que consideren acogerse a los beneficios establecidos por esta Ley, deberán cumplir con las disposiciones que emita la Secretaría para la inscripción de los documentos constitutivos en dicho registro.
En todas las actividades relacionadas y derivadas del establecimiento del Registro Nacional de las Cooperativas, se contará con la opinión y participación del Consejo Nacional Cooperativo.
Artículo 134. Para la conformación y actualización del Registro Nacional Cooperativo, las sociedades cooperativas deben dar aviso al mismo, de la inscripción de su Acta Constitutiva al Registro Público del Comercio o de los cambios en la información que en su caso tenga ésta.
Los organismos públicos federales, estatales o municipales que cuenten con información relativa al sistema cooperativo, deberán proporcionar al Registro Nacional Cooperativo a través del Registro Público de Comercio, en estricto apego a sus atribuciones conferidas por su legislación específica, información necesaria para la integración del mismo.
Tratándose del registro de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, el Fondo de Protección al que hace referencia la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo deberá proporcionar la información que compone el Registro de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo al Registro Nacional Cooperativo, así como actualizar la información con la periodicidad que determinen las disposiciones generales que prevé dicha Ley.
Artículo 135. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá considerar la opinión y participación del Consejo Nacional Cooperativo en las siguientes actividades:
I. Establecer acciones de fomento y estímulo fiscal, considerando las acciones de inversión productiva, generación de empleo, reconversión tecnológica y combate a la pobreza que realicen las sociedades cooperativas;
II. Promover con las instituciones financieras, públicas y privadas líneas, de descuento y fondos de garantía para inversiones y capital de trabajo;
III. Todos los actos relativos a la constitución y registro de las sociedades cooperativas citados en esta Ley, estarán exentos de impuestos y derechos fiscales de carácter federal. Para este efecto, la autoridad competente expedirá las resoluciones fiscales que al efecto procedan.
IV. Constituir los fondos de garantía de origen federal que apoyarán a las sociedades cooperativas en su acceso al crédito, mediante el otorgamiento de garantías que cubran el riesgo de los proyectos de inversión;
V. Las sociedades nacionales de crédito deberán establecer políticas de fomento para el desarrollo de las sociedades cooperativas, para la formulación y ejecución de proyectos de inversión, que incluyan los costos de los servicios de asesoría y asistencia técnica.
VI. Para la evaluación de la procedencia de los descuentos, las sociedades nacionales de crédito deberán considerar primordialmente la demostración de la factibilidad y rentabilidad de los proyectos de inversión, la solidez de la organización y la presentación y desarrollo de los planes económicos y operacionales de los organismos cooperativos.
Transitorios
Primero. La presente Ley entrará en vigor a los treinta días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en el Diario Oficial el 3 de agosto de 1994.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015. Diputados: Francisco Arroyo Vieyra, Erick Marte Rivera Villanueva, Juan Ignacio Samperio Montaño (rúbricas).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Iniciativa que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del PVEM
La que suscribe, Rosa Elba Pérez Hernández, integrante de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
En la actualidad somos testigos de la discriminación de la cual son objeto las personas mayores de 35 años. Los empleadores difícilmente contratan sus servicios y por ello consideramos necesario evitar la discriminación por edad, sobre todo, porque en algunos años más, el bono demográfico del que gozamos como país, se revertirá por razones naturales, circunstancia que afectará severamente a la economía nacional.
Exposición de Motivos
Traigo a la reflexión un fenómeno social común: la discriminación laboral por edad, la cual se encuentra vinculada con la materia del derecho social, con el bono demográfico presente en el país y su proyección en algunos años más.
La discriminación laboral por edad se acentúa a partir de los 35 años, circunstancia indeseable, pues a esas alturas de la vida las personas cuentan con fuerza física plena y además, con la experiencia propia de la vida, así como la propia de su técnica o profesión.
El Reporte sobre la discriminación en México 2012,del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, informa que el mercado laboral se caracteriza por la exclusión de personas cuya edad se encuentra por encima de los 35 años. Señala que el 90 por ciento de las ofertas de empleo excluyen a las personas que tienen más de 35 años, y de ellas, un escaso porcentaje (no más de 35 por ciento) corresponde a empleos reales y radicados, por lo general, en actividades como guardias de seguridad o personal de limpieza.
Ese reporte subraya que la situación es aún más difícil en el caso de las mujeres, que padecen una discriminación múltiple: por edad, por sexo o discapacidad.
Los empleadores suelen no contratar a personas de este segmento, porque sus honorarios son más costosos a los de jóvenes, y a éstos se les puede remunerar con cantidades decrecientes en comparación a las personas mayores.
Es común constatar en los anuncios clasificados de los diarios del país, la exclusión de contratar solamente a menores de 40; esto impacta seguramente de modo considerable a la economía y bienestar de familias cuyas cabezas de hogar rondan por esas edades y con preocupación atestiguan una baja en el poder adquisitivo.
Un factor adicional que se debe reconocer consiste en la esperanza de vida: según una estimación que aporta la Organización de las Naciones Unidas, ONU, la esperanza de vida al nacer aumentó de 30 a 67 años en el periodo 1800-2005. Este dato pone en perspectiva la urgente necesidad de garantizar el derecho al empleo de las personas de 25 a 44 años, sobre quienes recae el sustento de hijos pequeños y padres adultos mayores.
Los informes de algunas compañías expertas en búsqueda de empleo manifiestan que 80 por ciento de la oferta de trabajo excluye a profesionales que sobrepasan la edad de 40 años. El rango de edad se ha convertido en un factor determinante para la inserción en el mercado laboral. Esta condición sin justificación alguna, no solo distorsiona el mercado laboral sino discrimina a personas en su mejor periodo productivo y con un importante bagaje de experiencia.
El ciclo económico y las condiciones del mercado laboral, convierten a las personas en este supuesto, en subempleados, trabajando en cuestiones diferentes de su preparación, percibiendo poco y no proporcionar todos lo aprendido durante años.
Países como España, Australia, Chile, o Argentina, han reconocido esta situación y cuentan con marcos jurídicos dedicados a resolverla. Estados Unidos de América cuenta con The Age Discrimination in Employment Act, o Ley de Discriminación por Edad en el Empleo, con la que se establece, entre otras cosas, lo siguiente:
Define la discriminación por edad cuando el patrón da un trato menos favorable a algún candidato o empleado por motivo de edad de más de 40 años.
Prohíbe la discriminación por edad en cualquier contexto del empleo, ya sea en el proceso de contratación, de despido, de pago, para promociones, beneficios y cualquier otra condición para el empleo.
El Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2013-2018, eje III, Democratizar la productividad laboral, prevé que corresponde a la STPS vigilarque a todas las personas les sea respetado su derecho a tener un trabajo digno o decente, sin importar su situación en cuanto al sexo, edad, preferencia sexual, situación social, raza, religión o algún tipo de discapacidad y al respecto señala:
La discriminación y la desigualdad en las oportunidades de empleo están estrechamente relacionadas con la cultura, por ello, la STPS busca promover una cultura laboral donde el sexo, la edad, la discapacidad, el estado de salud o cualquier otra condición, no sean obstáculo para la inclusión laboral; donde la responsabilidad social de los centros de trabajo con los sectores más desfavorecidos de la sociedad sea un valor. [...] La vulnerabilidad laboral de las personas en nuestro país, condicionada por su sexo, edad, discapacidad o cualquier otra condición, constituye un problema que impide a distintos sectores de la población en edad productiva, su acceso, promoción, movilidad y estabilidad en el empleo.
La cláusula antidiscriminatoria para nuestro país, ha quedado establecida en el párrafo quinto del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
El derecho mexicano del trabajo tiene su fundamento en el artículo 123 de la Constitución Política, y se encuentra desarrollado (principalmente) en la Ley Federal del Trabajo.
En su estructura general, el derecho del trabajo abarca las siguientes disciplinas:
El derecho individual del trabajo, que comprende, a su vez, la autonomía privada en las relaciones laborales; las condiciones generales de trabajo, y los regímenes especiales de trabajo.
La previsión social,dentro de la que se incluye el trabajo de mujeres, el estatuto laboral de los menores, el derecho habitacional, el régimen sobre higiene y seguridad, la capacitación profesional y los riesgos de trabajo.
El derecho sindical, que incluye la organización profesional, el pacto sindical o contrato colectivo de trabajo y el derecho de huelga.
La administración laboral, que comprende la naturaleza, organización y funciones de las autoridades del trabajo.
Naturaleza del derecho al trabajo.Como ordenamiento que atiende a las personas como bien fundamental y aspira a su mejoramiento moral y espiritual. El derecho del trabajo ya no puede concebirse como el estatuto que regula el intercambio de prestaciones patrimoniales entre trabajadores y patrones; su pretensión de realizar el bien común y de dignificar a los trabajadores, deriva en que un importante sector de la doctrina lo maneja como una disciplina del llamado derecho social, explicado como un tertium genusinsertado en la dicotomía derecho público y derecho privado.
Fines del derecho al trabajo.Dentro de la dogmática que explica los fines del derecho del trabajo, un sector importante resalta su carácter tuitivo y nivelador, destinado a concordar la acción controvertida de los trabajadores y de los patrones, mediante una mutua comprensión de intereses.
Otro concepto fundamental es el de trabajador, del que puede señalarse lo siguiente:
Trabajador.Es la persona física que presta a otra física o moral, un trabajo personal subordinado (artículo 8o. LTF). Precisando el concepto, el párrafo Segundo de dicho precepto previene al efecto, que se entiende, por trabajo toda la actividad humana, intelectual o material, independiente del grado de preparación técnica requerido para cada profesión u oficio.
En suma, el derecho del trabajo tiene como propósito: asegurar al hombre una vida digna y contempla el momento de la prestación de los servicios a fin de queno se dañe la salud del trabajador o se ponga en peligro su vida, de que se respeten la dignidad y la libertad del hombre y se le pague una retribución adecuada y equitativa.
En el entendido de que la reforma constitucional en materia de derechos humanos, define las obligaciones del Estado para garantizar su disfrute en igualdad de condiciones y con el objeto de evitar la práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio del derecho al trabajo por motivos de edad, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma la fracción VII del Apartado A del artículo 123 constitucional
Artículo 123. ...
...
A....
I.a VI....
VII.Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo , edad,ni nacionalidad.
VIII.a XXXI.
B. ...
I. a XIV. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015. Diputada Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Iniciativa que reforma el artículo 283 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Ruth Zavaleta Salgado, del Grupo Parlamentario del PVEM
La suscrita diputada, Ruth Zavaleta Salgado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y 285 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un numeral 3 al artículo 283 del Reglamento de la Cámara de Diputados, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En las últimas décadas México ha entrado en una dinámica de creciente pluralismo político, los canales de participación política no sólo se han abierto para distintos grupos y actores, sino también para la ciudadanía en general, en este sentido han aparecido nuevos paradigmas de participación y representación política y nuevas modalidades de intercambio social y plural.
Estos grandes cambios orientados a la consolidación de nuestra democracia mexicana, han generado un incremento inusitado de la actividad legislativa que demanda a los distintos cuadros parlamentarios, su personal y demás actores involucrados con dicha actividad, un alto grado de preparación, excelencia, especialización y profesionalismo con el quehacer legislativo, de esta forma, para lograr afianzar los nuevos cambios en pos de nuestra democracia, la profesionalización del cuerpo parlamentario resulta ser una condición necesaria para el logro de tal empresa.
Para cumplir con el objetivo, la tendencia, tanto nacional como internacional, ha sido el establecimiento de sistemas de cuadros o de academias, adscritas al interior de los distintos órganos de gobierno, centradas en la formación profesional y humana de sus integrantes y en donde el conocimiento científico que se transmite esté vinculado con las necesidades, objetivos y metas institucionales.
En México, un ejemplo de ello fue la creación de la Escuela Judicial, como parte de la estructura del Instituto de la Judicatura Federal, la cual ha permitido una óptima formación de los funcionarios de la carrera judicial para el ejercicio de su función.
En el ámbito internacional existen importantes precedentes, muestra de ello es España, quien cuenta con dos instituciones de gobierno el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Dirección General de la Función Pública, sus orígenes se remontan al Instituto de Estudios de Administración Local (IEAL), creado en 1940 y el Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN), fundado desde 1972.
En el ámbito parlamentario, la Fundación Manuel Giménez Abad de Estudios Parlamentarios y del Estado Autonómico perteneciente a las Cortes de Aragón, fue creada desde 2001, con la finalidad de contribuir en la investigación, conocimiento y difusión de la institución parlamentaria y del modelo de distribución territorial del poder que representa el estado autonómico, logrando un avance importante en temas de gran trascendencia como lo son los estudios políticos parlamentarios y la organización iberoamericana.
Otros países que han optado más recientemente por esta figura son Argentina y Uruguay, quienes han logrado formar y capacitar a distintos cuadros que realizan importantes aportaciones a la administración y gestión gubernamental de sus respectivos países.
Ante la necesidad de hacer frente a los diversos cambios que han repercutido en la dinámica del Congreso mexicano, particularmente en la Cámara de Diputados y dada la positiva experiencia que han tenido las figuras de las academias, adscritas a los distintos órganos del estado, tanto a nivel nacional como internacional, resulta conveniente crear una academia de gobierno y derecho parlamentario dentro de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la cual sirva como plataforma de preparación profesional de los servidores públicos que la integran, con la finalidad de hacer frente, de manera oportuna y eficaz, a los distintos cambios requeridos por nuestra realidad social.
Con la creación de dicha academia sería posible llevar a cabo actividades de gran trascendencia para la actividad legislativa al interior de la Cámara de Diputados, tales como: la elaboración de proyectos de investigación y análisis comparado relacionado con la actividad legislativa y preparación o actualización de cuadros legislativos o de servicios de apoyo parlamentario, entre otros.
Aunado a lo anterior, resulta indispensable que este importante órgano de formación y capacitación sea organizado y regido por una normativa reconocida dentro del orden jurídico-legislativo, como lo es la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Por ello, se propone que la Academia de Gobierno y Derecho Parlamentario de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se encuentre adscrita al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, perteneciente a dicha Cámara, cuyo objeto, previsto en el artículo 35 del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, consista en la prestación, en forma objetiva, imparcial y oportuna, de los servicios de apoyo técnico y la información analítica indispensable para el cumplimiento de las funciones de la Cámara de Diputados, conforme a los programas aprobados y acorde con los cánones de la investigación científica, cuyas tareas y funciones previstas en el artículo 43 del referido ordenamiento, van acorde con los objetivos que se buscan con la implementación de la Academia de Gobierno y Derecho Parlamentario propuesta, como se detalla a continuación:
Artículo 43. El Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias tiene las funciones y tareas siguientes:
a) Llevar a cabo investigaciones y estudios jurídicos de carácter histórico, comparativo y socio jurídico sobre instituciones parlamentarias, instituciones públicas, derecho público, derecho privado, derecho social y, en general, sobre cualquier rama o disciplina afín, que contribuyan al ejercicio de las funciones legislativas;
b) Realizar reuniones académicas vinculadas al estudio del derecho e investigaciones parlamentarias;
c) Participar en las actividades de capacitación que comprende la formación, actualización y especialización de los funcionarios del servicio;
d) Instrumentar un programa editorial y de divulgación sobre estudios especializados en derecho y prácticas parlamentarias;
e) Promover la celebración de convenios de colaboración con centros de estudios parlamentarios e instituciones académicas nacionales e internacionales para el intercambio de experiencias y de personal, así como con especialistas;
f) Estructurar y mantener actualizado un sistema de archivo especializado que contenga la información documental necesaria para el desempeño de sus funciones; y
g) Procesar la información de su especialidad que se integrará al subsistema de informática y estadística parlamentarias; y
h) Presentar a la consideración del secretario de Servicios Parlamentarios los requerimientos presupuestales para el desempeño de sus funciones, a efecto de que se considere en el anteproyecto de presupuesto de la Cámara.
Cabe recordar que el centro en mención tiene una importante historia y peso dentro de la actividad legislativa en México. Sus orígenes se remontan a 1999, año en el cual fue aprobada la Ley Orgánica del Congreso General; en donde se previó su existencia como único y principal centro de investigaciones en las materias parlamentaria y jurídica de la Cámara de Diputados. Con la creación de esa ley se reconoció al centro de referencia como verdadero órgano de apoyo técnico de carácter institucional encaminado a generar y proveer información y conocimiento especializados que sirvieran como herramienta, eficaz y funcional, de apoyo a los legisladores de nuestro país, lo cual convierte al centro de estudios descrito en la institución más apropiada jurídica y teleológicamente para tener a su cargo esta importante academia de gobierno y derecho parlamentario.
Finalmente, se propone que esta institución pueda llevar a cabo sus actividades contando con la colaboración de otras instituciones públicas y privadas, así como con órganos del Estado mexicano y de otros países, a fin de lograr brindar una formación de alta calidad.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona un numeral 3 al artículo 283 del Reglamento de la Cámara de Diputados
Artículo Primero. Se adiciona un numeral 3 al artículo 283 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:
Capítulo VDel Servicio de Carrera
Artículo 283.
1. a 2. ...
3. El Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, en el ámbito de sus atribuciones, podrá crear y organizar una academia de formación de cuadros y personal parlamentarios que se denominará Academia de Gobierno y Derecho Parlamentario.
Transitorios
Primero.El presente decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015. Diputada Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Iniciativa que reforma el artículo 119 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del PVEM, e integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal
El suscrito, Ernesto Núñez Aguilar, diputado federal de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y las diputadas y diputados de la Comisión de Desarrollo Municipal, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IV al artículo 119, recorriéndose las vigentes en su orden, a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de conformidad con la siguiente
Exposición de Motivos
La participación es el cimiento de la democracia. Este derecho, el de participar, adquiere la connotación de un derecho fundamental toda vez que gracias a él pueden hacerse efectivos otros tantos derechos de los que se dispone. Además, la participación es el sello característico de la democracia. En aquellos países donde la ciudadanía se involucra y participa activamente de la res pública es claro que se tiene una democracia saludable en donde los representantes no pueden hacer todo lo que quisieran y los ciudadanos constituyen observadores permanentes de la actuación pública.
Sin embargo, es también evidentes por todas y por todos, que en algunos países existe, por decir lo menos, una crisis de la representación política, se tiene en el colectivo general la idea que el diputado, el senador, el gobernador, el presidente de la República y, en la esfera inmediata, el presidente municipal, sencillamente no nos representan. A cada una de estas figuras de elección popular, y a las demás que pudiera haber, se les atribuye una imagen negativa, una imagen de decepción, crisis, de falta de identificación. Pero el problema resulta aún más agudo si lo comparamos con los índices de participación que se observan en las elecciones federales y estatales.
Ello no es ninguna casualidad, por un lado la corrupción, los intereses individuales o de grupos de poder-, la incidencia de los medios de comunicación, la apatía, la desidia y el desinterés generalizado en la política han hecho de este bello arte, poco menos que la figura más odiada para la ciudadanía. Y esto, es en extremo preocupante porque cuando el ciudadano muestra su total desinterés en el cuidado y vigilancia de los problemas del Estado, estos espacios no son observados y, consecuentemente cuidados, dejando rienda suelta a los usurpadores del arte de la política para seguir satisfaciendo sus intereses personales.
La iniciativa que aquí presento incide en este campo y propone cultivar desde temprana edad la participación de las niñas, niños y adolescentes en los asuntos del Estado, en primer término, en los asuntos del municipio que es la primera instancia pública con la que se enfrenta el individuo en su contacto con el Estado.
La participación en un Estado constitucional y democrático de derecho
Hemos dicho que sin participación ciudadana no puede haber democracia. La Declaración Universal de los Derechos Humanos indica que:
Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos dispone que:
Artículo 25
Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2 y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades:
a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;
b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores;
c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San José, prevé que:
Artículo 23. Derechos Políticos
1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:
a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;
b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y
c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.
2. La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal.
La Carta Democrática Interamericana, respecto de la participación ciudadana, señala en su artículo 6 que:
...la participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio desarrollo [es] una condición necesaria para el pleno y efectivo ejercicio de la democracia, por lo que invita a los Estados Parte a promover y fomentar diversas formas de participación [ciudadana].
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha determinado que:
[...] el Estado tiene la obligación de garantizar el goce de los derechos políticos, lo cual implica que la regulación del ejercicio de dichos derechos y su aplicación sean acordes al principio de igualdad y no discriminación, y debe adoptar medidas necesarias para garantizar su pleno ejercicio [...]
Grandes teóricos de la democracia se han expresado en similares sentidos, Manuel Jiménez Redondo, en su introducción al emblemático trabajo de Jürgen Habermas, Facticidad y Validez, indica:
El Estado democrático de derecho no puede, por tanto, tener otra base de sustentación que una población acostumbrada al ejercicio cotidiano y puntilloso de la libertad en los contextos sociales, en la esfera pública y frente a los poderes públicos, y dispuesta a no dejarse arrebatar esa libertad; y ello es una base que el Estado democrático de derecho presupone y a cuya producción puede en todo caso contribuir, no una base que él pueda crear.
Es fácil darse cuenta que la participación política es un derecho fundamental reconocido internacionalmente. En una multitud de instrumentos internacionales se le coloca a la participación política en un lugar central y ello no es para menos pues, como hemos indicado, es el derecho base a partir del cual el ciudadano puede participar en los asuntos públicos del Estado y hacer escuchar su voz. La participación política, desgraciadamente, en países como México ha sido entendida erróneamente creyéndose que la misma se reduce al ejercicio del voto ciudadano cada tres o seis años.
El sufragio es sólo una minúscula expresión del derecho a la participación política. Confundimos la punta del iceberg con toda una estructura en la que la participación debería estar presente. Así, este derecho a la participación política se ejerce: a través del permanente monitoreo del ciudadano hacia sus representantes; a través de la transparencia en la rendición de cuentas; a través del empleo de herramientas de democracia participativa como el plebiscito, referéndum, consulta e iniciativa ciudadana; a través de la participación en asambleas y reuniones ciudadanas, entre muchas otras.
No obstante, la participación política es ante todo, como cualquier otra manifestación cultural, un hábito que se aprende en sociedad, una costumbre que el contexto histórico-social en donde el individuo se desarrolla determina. Una mayor participación del ciudadano en los asuntos políticos del país es algo que se aprende en la misma sociedad, en la casa, en la escuela, en el Estado y sus diversas manifestaciones.
Cuando desde pequeño al individuo se le enseña la importancia de la participación política, resulta claro que al adquirir la calidad jurídica de ciudadano, podrá ejercitar los derechos que con tal calidad vienen aparejados de una manera plena y responsable, pero también, comprometida con las obligaciones que de tal calidad resultan. Una de las cuales, es el participar activamente en la vigilancia de los asuntos políticos del país.
Propuesta de modificación normativa
Hemos visto en los diferentes instrumentos internacionales antes citados que la participación política deviene en un derecho fundamental, el cual es asignado en primer término al ciudadano, toda vez que se parte del presupuesto de que adquiriendo la calidad de ciudadano el individuo es plenamente responsable ante la sociedad y debe contribuir a la misma desde la participación política.
La iniciativa que presento ante ustedes no busca en modo alguno hacer de las niñas, niños y adolescentes, ciudadanos en sí, sino inculcarles desde temprana edad la importancia de la calidad de ciudadano para la democracia. De este modo, se cultivará desde la infancia y la adolescencia el involucramiento de la población en los asuntos públicos del Estado, y que mejor forma de hacerlo que desde el ámbito más cercano a su realidad: el municipio.
El ámbito municipal, desgraciadamente ha sido abandonado en nuestro país. Pensándose en grandes reformas estructurales que nuestro país ciertamente necesita, se deja de lado la esfera en la que los cambios institucionales son más evidentes para las y los ciudadanos, esto es, el ámbito municipal. Cuando se apueste verdaderamente en impulsar los cambios desde lo pequeño, podrán irradiarse grandes reformas que habrán comenzado desde el ciudadano común y corriente, desde las conciencias individuales a las generales.
Así, propongo que en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, sea prevista una cláusula en la que se faculté al Municipio a emprender campañas de concientización para involucrar, de acuerdo con su edad, a las niñas, niños y adolescentes en los asuntos públicos del Estado, fomentando su participación cívica y democrática.
Tan sólo piénsese en los beneficios que podremos tener como sociedad cuando desde la niñez se inculca a nuestra población la importancia de: trabajar en equipo para el logro de objetivos comunes; respetar al otro a pesar de las ideas distintas que puedan tenerse; a ser responsable de los asuntos que se tienen encomendados; a saber administrar los recursos con los que se dispone; a saber tomar decisiones que permitan obtener los mejores beneficios; a impulsar acciones en favor de los que menos tienen y más lo necesitan.
El ordenamiento que pretendemos modificar tiene la enorme ventaja de ser una Ley General y, por tanto, prevé obligaciones para los diferentes órdenes de gobierno. Aunado a ello, prevé instrumentos de coordinación entre las diferentes dependencias e instituciones del Estado, sin perder por ello, las particularidades que se requieren en cada Estado y Municipio, atento a la realidad política, social y cultural en la que debe aplicarse la Ley. En razón de ello, corresponderá a cada Municipio delinear cuáles son las medidas más adecuadas para promover la participación en los asuntos públicos de las niñas, niños y adolescentes.
Concretamente, el ordenamiento que pretendemos modificar es el artículo 119 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que a la letra dice:
Artículo 119. Corresponde a los municipios, de conformidad con esta Ley y las leyes locales en la materia, las atribuciones siguientes:
I.Elaborar su programa municipal y participar en el diseño del Programa Local;
II.Realizar acciones de difusión que promuevan los derechos de niñas, niños y adolescentes en el municipio, para que sean plenamente conocidos y ejercidos;
III.Promover la libre manifestación de ideas de niñas, niños y adolescentes en los asuntos concernientes a su municipio;
IV.Ser enlace entre la administración pública municipal y niñas, niños y adolescentes que deseen manifestar inquietudes;
V.Recibir quejas y denuncias por violaciones a los derechos contenidos en la presente ley y demás disposiciones aplicables, así como canalizarlas de forma inmediata a la Procuraduría Local de Protección que corresponda, sin perjuicio que ésta pueda recibirla directamente;
VI.Auxiliar a la Procuraduría Local de Protección competente en las medidas urgentes de protección que ésta determine, y coordinar las acciones que correspondan en el ámbito de sus atribuciones;
VII.Promover la celebración de convenios de coordinación con las autoridades competentes, así como con otras instancias públicas o privadas, para la atención y protección de niñas, niños y adolescentes;
VIII.Difundir y aplicar los protocolos específicos sobre niñas, niños y adolescentes que autoricen las instancias competentes de la federación y de las entidades federativas;
IX.Coordinarse con las autoridades de los órdenes de gobierno para la implementación y ejecución de las acciones y políticas públicas que deriven de la presente ley;
X.Coadyuvar en la integración del sistema de información a nivel nacional de niñas, niños y adolescentes;
XI.Impulsar la participación de las organizaciones privadas dedicadas a la promoción y defensa de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, en la ejecución de los programas municipales, y
XII.Las demás que establezcan los ordenamientos locales y aquéllas que deriven de los acuerdos que, de conformidad con la presente Ley, se asuman en el Sistema Nacional DIF y los Sistemas de las Entidades.
Esta disposición prevé lo relativo a las atribuciones que en materia de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, tienen los municipios. Este artículo se ubica en la Sección Primera De la Distribución de Competencias del Capítulo Primero De las autoridades del Título Quinto De la Protección y Restitución Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ley, con lo cual se demuestra la idoneidad de ser esta la disposición a modificar.
Ahora bien, del artículo 119 se pretende adicionar una fracción IV, recorriéndose todas las demás en su orden debido a que se ubica entre dos fracciones íntimamente relacionadas con nuestra propuesta, así, la vigente fracción III y IV, indican:
III. Promover la libre manifestación de ideas de niñas, niños y adolescentes en los asuntos concernientes a su municipio;
IV.Ser enlace entre la administración pública municipal y niñas, niños y adolescentes que deseen manifestar inquietudes;
La propuesta concreta que planteamos quedaría de la siguiente forma:
Artículo 119. Corresponde a los municipios, de conformidad con esta Ley y las leyes locales en la materia, las atribuciones siguientes:
I.Elaborar su programa municipal y participar en el diseño del Programa Local;
II.Realizar acciones de difusión que promuevan los derechos de niñas, niños y adolescentes en el municipio, para que sean plenamente conocidos y ejercidos;
III.Promover la libre manifestación de ideas de niñas, niños y adolescentes en los asuntos concernientes a su municipio;
IV. Llevar a cabo campañas permanentes de concientización para involucrar, de acuerdo con su edad, a las niñas, niños y adolescentes en los asuntos públicos del Municipio, fomentando su participación cívica y democrática;
V.Ser enlace entre la administración pública municipal y niñas, niños y adolescentes que deseen manifestar inquietudes;
VI.Recibir quejas y denuncias por violaciones a los derechos contenidos en la presente ley y demás disposiciones aplicables, así como canalizarlas de forma inmediata a la Procuraduría Local de Protección que corresponda, sin perjuicio que ésta pueda recibirla directamente;
VII.Auxiliar a la Procuraduría Local de Protección competente en las medidas urgentes de protección que ésta determine, y coordinar las acciones que correspondan en el ámbito de sus atribuciones;
VIII.Promover la celebración de convenios de coordinación con las autoridades competentes, así como con otras instancias públicas o privadas, para la atención y protección de niñas, niños y adolescentes;
IX.Difundir y aplicar los protocolos específicos sobre niñas, niños y adolescentes que autoricen las instancias competentes de la federación y de las entidades federativas;
X.Coordinarse con las autoridades de los órdenes de gobierno para la implementación y ejecución de las acciones y políticas públicas que deriven de la presente Ley;
XI.Coadyuvar en la integración del sistema de información a nivel nacional de niñas, niños y adolescentes;
XII.Impulsar la participación de las organizaciones privadas dedicadas a la promoción y defensa de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, en la ejecución de los programas municipales, y
XIII.Las demás que establezcan los ordenamientos locales y aquéllas que deriven de los acuerdos que, de conformidad con la presente Ley, se asuman en el Sistema Nacional DIF y los sistemas de las entidades.
Tengo la confianza de que la presente iniciativa, de ser aprobada, contribuirá enormemente a incentivar una mayor participación y un mayor compromiso de nuestra población en la participación política que tanto demanda nuestra democracia.
En mérito de todo lo anteriormente expuesto, propongo ante esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de
Decreto proyecto de decreto que adiciona una fracción iv al artículo 119, recorriéndose las vigentes en su orden, a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Único.Se adiciona una fracción IV al artículo 119, recorriéndose las vigentes en su orden, a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 119. Corresponde a los municipios, de conformidad con esta ley y las leyes locales en la materia, las atribuciones siguientes:
I.Elaborar su programa municipal y participar en el diseño del programa local;
II.Realizar acciones de difusión que promuevan los derechos de niñas, niños y adolescentes en el municipio, para que sean plenamente conocidos y ejercidos;
III.Promover la libre manifestación de ideas de niñas, niños y adolescentes en los asuntos concernientes a su municipio;
IV. Llevar a cabo campañas permanentes de concientización para involucrar, de acuerdo con su edad, a las niñas, niños y adolescentes en los asuntos públicos del Municipio, fomentando su participación cívica y democrática;
V.Ser enlace entre la administración pública municipal y niñas, niños y adolescentes que deseen manifestar inquietudes;
VI.Recibir quejas y denuncias por violaciones a los derechos contenidos en la presente ley y demás disposiciones aplicables, así como canalizarlas de forma inmediata a la Procuraduría Local de Protección que corresponda, sin perjuicio que ésta pueda recibirla directamente;
VII.Auxiliar a la Procuraduría Local de Protección competente en las medidas urgentes de protección que ésta determine, y coordinar las acciones que correspondan en el ámbito de sus atribuciones;
VIII.Promover la celebración de convenios de coordinación con las autoridades competentes, así como con otras instancias públicas o privadas, para la atención y protección de niñas, niños y adolescentes;
IX.Difundir y aplicar los protocolos específicos sobre niñas, niños y adolescentes que autoricen las instancias competentes de la federación y de las entidades federativas;
X.Coordinarse con las autoridades de los órdenes de gobierno para la implementación y ejecución de las acciones y políticas públicas que deriven de la presente ley;
XI.Coadyuvar en la integración del sistema de información a nivel nacional de niñas, niños y adolescentes;
XII.Impulsar la participación de las organizaciones privadas dedicadas a la promoción y defensa de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, en la ejecución de los programas municipales, y
XIII.Las demás que establezcan los ordenamientos locales y aquéllas que deriven de los acuerdos que, de conformidad con la presente Ley, se asuman en el Sistema Nacional DIF y los sistemas de las entidades.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 CIDH. Caso Yatama vs. Nicaragua. Sentencia de 23 de junio de 2005. Corte Interamericana de Derechos Humanos. Párrafo 201.
2 Manuel Jiménez Redondo (Introducción) en Habermas, Jürgen. Facticidad y validez.sobre el derecho y el Estado democrático de derecho en términos de teoría del discurso.Trotta. Traducción Manuel Jiménez Redondo. Sexta edición 2010, Madrid. Página 14.
México, Distrito Federal. Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015. Diputados: Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto (rúbrica), Abraham Montes Alvarado (rúbrica), María Fernanda Schoroeder Verdugo (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Ahité (rúbrica), Josefina García Hernández (rúbrica), Noé Hernández González (rúbrica), Ángel Cedillo Hernández (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.
LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Iniciativa que reforma el artículo 35 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del PVEM, e integrantes de la Comisión de Desarrollo Municipal
El suscrito, Ernesto Núñez Aguilar, diputado federal de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y las diputadas y diputados de la Comisión de Desarrollo Municipal, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VII al artículo 35, recorriéndose la vigente en su orden para ser VIII, a la Ley General de Cultura Física y Deporte, de conformidad con la siguiente
Exposición de Motivos
Como es del conocimiento público, el capital humano más importante con el que cuenta todo Estado es su población. De ella, y de su adecuada tutela en sus diferentes facetas depende esencialmente el que un Estado pueda desenvolverse plenamente en el ámbito interno y en el internacional.
La adecuada tutela de la población orilla necesariamente al Estado a la implementación de todas aquellas medidas positivas que contribuyan a la garantía de la integridad física y psicológica de su población. Una de tantas es la correspondiente al derecho fundamental de una alimentación nutritiva que garantice la plena salud de la población.
Así, el 13 de octubre de 2011 fue elevado a rango constitucional el derecho fundamental a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. Durante el proceso legislativo que consagró esta reforma constitucional fueron escuchadas diversas voces que precisamente hacían hincapié en la necesidad de garantizar este derecho pero también, lo hacían desde la perspectiva de los problemas de obesidad en nuestro país. En el diario de los debates de fecha 29 de abril de 2011 puede encontrarse la siguiente reflexión:
Además del oprobio del hambre en el llamado México del primer mundo al que nos han pretendido conducir las políticas neoliberales en los últimos 30 años, tenemos otra cara de la realidad de la malnutrición del pueblo mexicano: la obesidad y el sobrepeso, que son las consecuencias personales, sociales y de salud pública de las enfermedades asociadas con la diabetes, las enfermedades cardiovasculares y las enfermedades crónico-degenerativas.
Como puede advertirse, la enmienda constitucional de mérito obedeció no sólo al alarmante problema de desnutrición por el que miles de personas atraviesan en nuestro país, sino que también la otra cara de la moneda han sido los terribles hábitos alimenticios de nuestro país que lo colocan en los primeros lugares de obesidad en el mundo. De acuerdo con Naciones Unidas, a través de su agencia especialidad de Unicef (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia):
Actualmente, México ocupa el primer lugar mundial en obesidad infantil, y el segundo en obesidad en adultos, precedido sólo por los Estados Unidos. Problema que está presente no sólo en la infancia y la adolescencia, sino también en población en edad preescolar. La principal causa a la que se apunta son los malos hábitos en la alimentación, que acaban desembocando en una prevalencia del sobrepeso de un 70 por ciento en la edad adulta. A largo plazo, la obesidad favorece la aparición de enfermedades tales como diabetes, infartos, altos niveles de colesterol o insuficiencia renal, entre otros. Actualmente, la diabetes es el mayor problema al que se enfrenta el sistema nacional de salud: es la principal causa de muerte en adultos, la primera causa de demanda de atención médica y la enfermedad que consume el mayor porcentaje de gastos en las instituciones públicas.
El poseer el nada honroso título de primer país en el mundo con problemas de obesidad infantil orilla necesariamente al Estado a implementar medidas transversales a fin de que este problema pueda ser atendido. Como bien ha señalado Naciones Unidas, se trata de un problema de salud pública que afecta a la población del Estado pero también a las finanzas públicas pues los problemas derivados del sobrepeso, que conducen a las enfermedades ya indicadas, se traducen en gastos que necesariamente han de ser absorbidos por las instancias de salud del Estado.
La presente iniciativa busca incidir en el área de la prevención a fin de que evitar todas las consecuencias negativas que se derivan de una inadecuada alimentación y de inadecuados hábitos de salud que desde la infancia son inculcados a las y a los niños de nuestro país. En este sentido, propongo que desde la esfera de lo municipal sean implementadas campañas de concientización a efecto de que desde el ámbito más cotidiano con el que el ciudadano tiene contacto (el ámbito del municipio) vaya siendo una constante la familiarización con actividades tendientes al fomento de la cultura física y la práctica del deporte.
De este modo, nuestra iniciativa se enmarca dentro de dos derechos de orden fundamental, por un lado, el derecho a la salud manifestado en la implementación de medidas desde lo Estatal tendientes a la garantía del mismo mediante la prevención- y, por otro lado, el derecho fundamental a la cultura física y el deporte, este último derecho garantizado también desde nuestro texto constitucional en su artículo 4o., décimo párrafo, y en la Ley General de Cultura Física y Deporte, ordenamiento que pretende reformarse con esta iniciativa y, en cuyo proceso legislativo de expedición encontramos también valiosas herramientas para justificar nuestra propuesta.
En el dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Juventud y Deporte, y de Estudios Legislativos, del Senado de la República, pueden leerse estas consideraciones:
De todos es sabido que el deporte engrandece la vida; el deporte y la actividad física amalgaman la práctica recreativa, el ejercicio físico, el aprendizaje del desarrollo colectivo e individual. Este tipo de actividades resultan decisivas para el desarrollo de muchos aspectos, tanto físicos como psicológicos, de la vida futura. En definitiva, la actividad física y deportiva no es solo diversión, sino que también es salud ya que, en esencia, facilita el desarrollo integral de toda persona. En el campo de la prevención de la violencia, el deporte ofrece a los adolescentes un modo de canalizar sus tensiones físicas y les permite aprender formas de competición positiva y de conducta no agresiva. En el caso de los adultos, los expertos reconocen que el ejercicio sirve de palanca para empezar a rebajar la presencia de factores de riesgo como la diabetes, la hipertensión arterial, la arterioesclerosis, la obesidad, entre otros. La práctica de un ejercicio o deporte junto con la observancia de otros hábitos de salud puede tener consecuencias positivas inmediatas en la salud. Además el ejercicio físico mejora la capacidad orgánica del corazón, disminuyendo la necesidad de oxígeno, reduciendo la tensión arterial. En el caso de los adultos mayores la práctica de la actividad física regular es una de las prioridades como forma de prevención de enfermedades crónico-degenerativas- La promoción de actividad física en los adultos mayores es indispensable para disminuir los efecto del envejecimiento y preservar su capacidad funcional.
La anterior cita deja en claro algunos de los múltiples beneficios que la práctica del deporte tiene y las ventajas que un fomento del mismo representaría en sociedades como la mexicana a la que los problemas de obesidad y las enfermedades con ella vinculadas, desgraciadamente afecta de forma considerable.
Propuesta de modificación normativa
Como es sabido, el derecho fundamental a una alimentación adecuada y, la práctica de la cultura y el deporte constituyen derechos fundamentales que por su estructura ontológica corresponde a los llamados derechos sociales, los cuales aunque no es exclusivo de los mismos- se traducen por regla general en mandatos de acción para las autoridades en donde el principio de progresividad constituye la regla central.
Así, para el proceder gubernamental se requiere en el caso de los derechos de orden social de una mención expresa que habilite a la autoridad a realizar las acciones conducentes para la garantía del derecho. Sin este requisito se deja a la discreción y al arbitrio de la autoridad el disponer las acciones necesarias para la cumplimentación y correlativa exigibilidad- de un derecho de orden social.
En el caso concreto del ordenamiento que pretendemos modificar, la Ley General de Cultura Física y Deporte, se tiene la gran ventaja de ser una ley general, y ello conlleva diversos beneficios. En principio, es una ley que sienta bases generales a observarse por las diversas autoridades públicas en sus diversos órdenes de gobierno y ello permite armonizar las acciones realizadas por entes como municipios, delegaciones, Estados y la federación. Además, atento al problema sub examine (la salud, adecuada alimentación y fomento del deporte) resulta ser idónea para la cumplimentación de un objetivo en beneficio de la sociedad general.
El ámbito que pretendemos modificar en esta iniciativa es el municipal dada la cercanía que este tiene con la ciudadanía y su posibilidad de incidir directamente en cada comunidad respetando sus particularidades históricas, sociales y culturales.
Como es nuestro conocimiento, la reforma constitucional en materia de derechos humanos publicada el pasado 10 de junio de 2011, ha trastocado la estructura base de nuestro Estado y la de todos los servidores públicos obligándolos a la realización de todas aquellas medidas tendientes a promover, prevenir, respetar y garantizar los derechos humanos. En ese tenor, en materia de derechos humanos, todo Estado está obligado a la promoción de los mismos. El deber de promover, encuadrado dentro del deber de prevención, implica que
...la obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos no se agota con la existencia de un orden normativo dirigido a hacer posible el cumplimiento de esta obligación, sino que comporta la necesidad de una conducta gubernamental que asegure la existencia, en la realidad, de una eficaz garantía del libre y pleno ejercicio de los derechos humanos.
El deber de prevención abarca todas aquellas medidas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural que promuevan la salvaguarda de los derechos humanos... El deber de prevención abarca todas aquellas medidas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural que promuevan la salvaguarda de los derechos humanos... No es posible hacer una enumeración detallada de esas medidas, que varían según el derecho de que se trate y según las condiciones propias de cada Estado parte.
El ámbito de lo municipal es la esfera más cercana al ciudadano y, en la que más influencia, pueden tener sus decisiones. Por ello, es necesario promover acciones dirigidas al fortalecimiento de los municipios mediante la articulación de canales de comunicación con los ciudadanos del mismo. Acciones como la presentada en esta iniciativa tienen la enorme ventaja que no sólo se dirigen a la promoción de derechos de índole social sino que también redundan en sustanciales beneficios para el fortalecimiento de la democracia. A mayor participación ciudadana, es una hecho evidente que mayor democracia habrá también.
En el caso concreto que nos compele, el artículo 35 de la Ley General de Cultura Física y Deporte dispone:
Artículo 35.Los municipios y las delegaciones, en el caso del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las Leyes locales en la materia, tendrán las siguientes atribuciones:
I. Proponer, coordinar y evaluar la política de cultura física y deporte municipal y delegacional;
II. Diseñar y aplicar los instrumentos y programas estatales del Distrito Federal y municipales en cultura física y deporte, acorde con los programas nacional, estatales y regionales;
III. Diseñar, aplicar y evaluar el programa municipal y delegacional de cultura física y deporte;
IV. Coordinarse con la Conade, los estados, el Distrito Federal y con otros municipios para la promoción, fomento y desarrollo de la cultura física y deporte;
V. Integrar el Sistema Municipal de Cultura Física y Deporte para promover y fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte;
VI. Promover la participación de los sectores social y privado para el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte; y
VII. Las demás que señale esta ley, su reglamento y los demás ordenamientos aplicables.
Este artículo es el idóneo para ser modificado, toda vez que se enmarca dentro de la sección segunda De los órganos estatales del Distrito Federal y municipales de cultura física y deporte del Título Primero Del sector público de la ley, en él se definen las atribuciones que para el cumplimiento de los objetivos de la ley, tienen los municipios y las delegaciones. Como puede verificarse, no existe en la disposición aludida una mención expresa a la realización de campañas de concientización y hemos ya dado cuenta que la importancia que tales cláusulas desempeñas para el caso de los derechos económicos, sociales y culturales. En consecuencia, proponemos adicionar una fracción VII, recorriéndose la actual VII para ser VIII y quedar de la siguiente manera:
Artículo 35.Los municipios y las delegaciones, en el caso del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con lo dispuesto en esta ley y las leyes locales en la materia, tendrán las siguientes atribuciones:
I. a VI. ...
VII. Llevar a cabo campañas permanentes de concientización sobre la importancia para la salud de la cultura física y la práctica del deporte; y
VIII.Las demás que señale esta ley, su reglamento y los demás ordenamientos aplicables
La propuesta aquí presentada tiene la gran virtud de incidir en un elemento que hoy por hoy, constituye una cuestión de salud pública y de primer orden atento a los graves problemas de inadecuada nutrición por el que atraviesa nuestra sociedad. Se requiere de acciones tomadas desde las diferentes instancias de gobiernos y que enfrenten este problema de una manera estructural, a través de acciones directas pero también preventivas, como lo es el caso de la presente iniciativa. Tengo la convicción de que si desde pequeños nuestros hijos e hijas son instruidos en una cultura física y práctica del deporte, a la larga serán ciudadanos con una salud integral alejada de aquellos problemas de diabetes, hipertensión, arterioesclerosis, y otros vinculados con la obesidad.
En mérito de todo lo anteriormente expuesto, propongo ante esta Honorable Asamblea, el siguiente proyecto de
Decreto que adiciona una fracción VII al artículo 35, recorriéndose la vigente en su orden para ser VIII, a la Ley General de Cultura Física y Deporte
Único.Se adiciona una fracción VII al artículo 35, recorriéndose la vigente en su orden para ser VIII, a la Ley General de Cultura Física y Deporte para quedar de la siguiente manera:
Artículo 35.Los municipios y las delegaciones, en el caso del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con lo dispuesto en esta ley y las leyes locales en la materia, tendrán las siguientes atribuciones:
I. a VI. ...
VII. Llevar a cabo campañas permanentes de concientización sobre la importancia para la salud de la cultura física y la práctica del deporte y;
VIII. Las demás que señale esta Ley, su Reglamento y los demás ordenamientos aplicables.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 Diario de los Debates. Año II, segundo periodo, 29 de abril de 2011. Intervención del diputado José Narro Céspedes.
2 ONU. Salud y nutrición. El doble reto de la malnutrición y la obesidad.Consultado en la página oficial de UNICEF el 2 de febrero de 2015, disponible en http://www.unicef.org/mexico/spanish/17047.htm
3 Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, con proyecto de decreto por el que se
4 Caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras. Sentencia de 29 de julio de 1988. Párrafo 175.
México, Distrito Federal. Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015. Diputados: Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto (rúbrica), Abraham Montes Alvarado (rúbrica), María Fernanda Schoroeder Verdugo (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Ahité (rúbrica), Josefina García Hernández (rúbrica), Noé Hernández González (rúbrica), Ángel Cedillo Hernández (rúbrica).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Deporte, para dictamen.
LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Iniciativa que reforma los artículos 25 y 32 de la Ley Federal de Seguridad Privada, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PRI
Los suscritos, María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González Reséndiz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 25 y 32 de la Ley Federal de Seguridad Privada, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En México, desde hace aproximadamente dos décadas se ha ido desarrollando con un crecimiento vertiginoso el negocio de la seguridad privada.
Muchos factores han motivado este comportamiento, principalmente las tendencias recientes de los índices de delincuencia, que llevan de la mano un decremento de la percepción de la seguridad entre las personas y la sociedad en su conjunto.
Como ejemplo de esto, basta observar la estimación de crecimiento que el sector muestra desde 2006, una tasa anual que se sitúa entre 10 y 15 por ciento.
Esta evolución registrada rebasa notoriamente el ritmo de crecimiento de nuestra economía en su conjunto.
Si bien al respecto se puede considerar que el surgimiento y desarrollo de estas empresas responden a una necesidad derivada de un factor social y se ofrece como una modalidad en materia de protección personal, de bienes, de valores u otra, la realidad es que lo lucrativo del negocio ha permitido que en muy desafortunados casos se desvíe de su finalidad primordial, brindar seguridad.
El asunto es alarmante, no sólo por los motivos que propiciaron su crecimiento exponencial sino, también, por las condiciones actuales en que muchas de estas empresas operan y desgraciadamente, como consecuencia, los delitos que ello conlleva.
Con lo anterior no sugerimos que sean un mal necesario, ni mucho menos innecesarias; únicamente nos referimos a que dado el perfil de sus servicios y su equipo e instrumentos de trabajo como pueden ser las armas de fuego o bien sus vehículos; consideramos imprescindible para su mejor funcionamiento, que su operación se encuentre perfectamente regulada, controlada, vigilada y legalizada; para el bien de todos.
Así, incluso consideramos apropiado que tanto en la Ley Federal de Seguridad Privada, como en la Ley General del Sistema de Seguridad Pública; se reconoce la utilidad de su función así como su importancia, al calificarla en determinados casos especiales y específicos, como auxiliar de la función de seguridad pública; ya que se establece lo siguiente
En la Ley Federal de Seguridad Privada
Seguridad privada. Actividad a cargo de los particulares, autorizada por el órgano competente, con el objeto de desempeñar acciones relacionadas con la seguridad en materia de protección, vigilancia, custodia de personas, información, bienes inmuebles, muebles o valores, incluidos su traslado; instalación, operación de sistemas y equipos de seguridad; aportar datos para la investigación de delitos y apoyar en caso de siniestros o desastres, en su carácter de auxiliares a la función de seguridad pública.
Al respecto, en la Ley General del Sistema de Seguridad Pública:
Los servicios de seguridad privada son auxiliares a la función de seguridad pública. Sus integrantes coadyuvarán con las autoridades y las instituciones de seguridad pública en situaciones de urgencia, desastre o cuando así lo solicite la autoridad competente de la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, de acuerdo con los requisitos y las condiciones que establezca la autorización respectiva.
No obstante, como hemos mencionado, la situación actual en que operan muchas empresas que ofrecen servicios de seguridad privada; es preocupante.
De acuerdo con cifras oficiales, en el país hasta 2012 se tiene el registro de que están operando conforme a lo establece la ley alrededor de 3 mil 300 empresas de seguridad privada.
De éstas, cerca de 30 por ciento operan bajo permisos federales y el porcentaje restante bajo autorizaciones estatales y con operación completamente local.
Sin embargo, algunos expertos en la materia expresan que hay operando sin ninguna autorización, control o certificación oficial, más de 3 mil empresas que están en funcionamiento activo y ofrecen sus servicios de seguridad tanto personal, a bienes, valores y sistemas de monitoreo.
Es decir, más de 3 mil empresas con un número indeterminado de personal que está en las calles, con equipos de comunicación especializados, vehículos adaptados e incluso en algunos casos portando armas sin la debía certificación, los permisos correspondientes y sobre todo las aptitudes, capacidades y la preparación requerida para la función que dicen desempeñar.
Por sí mismo, esto en particular es un grave problema que implica una atención urgente y, sin duda, un tiempo considerable para su solución.
Sin embargo, hay otro tipo de situaciones que pueden parecer mínimas e incluso escapar a la atención; pero que están sucediendo día tras día y con frecuencia creciente; y además, están dando cabida a un sinnúmero de delitos en contra de la sociedad.
Una de estas situaciones surge por el uso indiscriminado de estas empresas de seguridad privada, de vehículos con equipamiento y modificaciones muy semejantes a las que utilizan las corporaciones oficiales y reconocidas de seguridad pública.
Si bien en la Ley Federal de Seguridad Privada se especifica en la fracción XVIII del artículo 25 que los colores, logotipos o emblemas que usen estas unidades no podrán ser iguales o similares a los oficiales utilizados por las corporaciones policiales o por las Fuerzas Armadas.
En algunos casos, sólo se simula observar; y tampoco se incluye de manera grave, en este criterio, al equipamiento adicional que estas unidades utilizan.
En específico, a los dispositivos de iluminación como torretas, luces, faros, estrobos entre otros.
Esto es un verdadero problema y muy grave en materia de seguridad pública, debido a que se están registrando casos de asaltos, extorsión o secuestro en sus diferentes modalidades; cometidos por personal a bordo de este tipo de unidades de seguridad privada de muchas empresas que operan sin la adecuada autorización.
Su modo de operar es muy sencillo, con sus unidades se hacen pasar por oficiales de policía.
Generalmente se valen del anonimato que ofrece la obscuridad de la noche, circulan en sus unidades equipadas de seguridad privada que resultan en ese momento imposibles de distinguirse como tales, marcan el alto a la víctima con sus luces generalmente proyectadas de sus torretas idénticas a las que utilizan las patrullas de las corporaciones de seguridad pública, estas personas descienden de las unidades con uniformes semejantes a los utilizados por los oficiales y aprovechándose de esa confusión en la víctima, cometen cualquiera de los delitos mencionados.
Lo anterior puede parecer irrelevante, pero de esa manera se han cometido muchos robos, asaltos, extorsiones, secuestros e incluso asesinatos.
De ellos, ante el temor derivado del amedrentamiento y la amenaza de la que son objeto las víctimas y con la idea además de que se trata de policías de la zona, muchas veces no se denuncian o bien si así se hace, las investigaciones se enfrascan porque se buscan a los culpables entre las filas de las corporaciones policiacas y jamás son encontrados por esa confusión existente.
Es increíble cómo la ausencia de un control efectivo en algo tan particular como lo es el uso de los dispositivos de iluminación que utilizan estas unidades sin ninguna restricción; puede permitir de manera deliberada que su finalidad sirva a un propósito negativo.
Desafortunadamente no hay reglamentación específica al respecto, cuando en la actualidad es evidente que debe ponerse especial atención en el tema, que no es menor. En algunos países latinoamericanos y europeos se tiene en este tipo de aditamentos, restringido el uso de los colores rojo y azul o ambos a unidades utilizadas por los elementos de las fuerzas de seguridad pública.
Esta restricción no es casual ni tampoco reciente, por el contrario responde a convenios internacionales muy específicos en la materia.
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, en los países que la integran se considera asociado el uso del color rojo a una situación de alarma o emergencia y el color azul a un factor de protección. Por ello las luces que emiten las torretas o los distintos aditamentos para el efecto con el que se equipan las patrullas de las corporaciones policiacas, usan alguno de esos dos colores; o bien como es el caso, los dos al mismo tiempo.
Con esa luz que emiten indican que van a una situación de urgencia en materia de seguridad.
Además, estos aditamentos son usados para marcarle alto a un automóvil que circula delante de la patrulla, haciendo saber al automovilista en cuestión que se trata de una autoridad en su patrulla de alguna corporación policiaca, independientemente de la hora del día y con mayor utilidad si la visibilidad disminuye por tratarse de la noche.
De igual manera, si en la noche se aprecia la proyección por medio de una torreta por ejemplo de estas luces color rojo o azul, se sabe inmediatamente que se trata de policías.
En una situación de urgencia y al requerirse el apoyo y la seguridad que brindan las corporaciones policiacas, estas medidas son de una valiosa importancia.
De ahí que los vehículos de seguridad privada que de manera desafortunada utilizan este tipo de aditamentos de iluminación, completamente semejantes a los utilizados por las patrullas, en combinación con más equipamiento similar, fácilmente se pueden hacer pasar por vehículos oficiales y valerse de ello para darles otro uso y cometer cualquier tipo de delitos.
Se entiende que dado el perfil de sus servicios, los vehículos utilizados para sus funciones privadas pueden requerir dada alguna emergencia, algún señalamiento especial. Pero eso no justifica que pueden ser semejantes o iguales a las patrullas policiacas.
Y menos si se ha detectado que hay muchas empresas del ramo que no están operando legalmente y que fácilmente pueden tener elementos sin profesionalismo, ética, ni moral y que pueden sacar un provecho mediante la comisión de un delito.
Todo lo anterior, en menoscabo también de la imagen de nuestras fuerzas de seguridad pública.
Tenemos que regularizar no sólo a las empresas, sino también sus protocolos, procedimientos, su operación y funcionamiento, el control sobre su personal así como su fácil identificación y ubicación; y todo ellos de manera sistematizada y de manera permanente.
La misma atención particular se debe de tener con su equipo que utilizan para el desempeño de sus funciones.
En particular, los vehículos que utilizan deben de ser fácilmente diferenciados sea cual sea la situación, de los usados por las corporaciones policiacas.
Realizar y garantizar lo anterior apoyaría sin duda la redignificación del valioso papel de las empresas de seguridad privada en nuestro país y los distintos servicios que ofrecen.
Y además reforzaría sus funciones con la confianza frente a la sociedad de que se trata de empresas completamente legales, que atienden los requisitos en materia de perfil de sus elementos, la capacitación requerida y sus capacidades necesarias.
Por todo ello se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman las fracciones XVIII del artículo 25 y XIII del artículo 32 de la Ley Federal de Seguridad Privada
Único.Se reforman las fracciones XVIII del artículo 25 y XIII del artículo 32 de la Ley Federal de Seguridad Privada, para quedar como sigue:
Artículo 25. Para obtener autorización para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas, los prestadores de servicios deberán presentar su solicitud ante la Dirección General, señalando la modalidad y ámbito territorial en que pretendan prestar el servicio, además de reunir los siguientes requisitos:
I. a XVII. ...
XVIII. Fotografías de los costados, frente, parte posterior y toldo del tipo de vehículos que se utilicen en la prestación de los servicios, las cuales deberán mostrar claramente los colores, logotipos o emblemas, y que no podrán ser iguales o similares a los oficiales utilizados por las corporaciones policiales o por las Fuerzas Armadas; además deberán presentar rotulada la denominación del Prestador del Servicio, y la leyenda seguridad privada; asimismo, deberán apreciarse las defensas reforzadas, torretas, faros, luces estroboscópicas, estrobos o cualquier otro dispositivo de iluminación adicional o modificada que solo podrán proyectar luz color amarilla o ámbar, quedando prohibido el uso del color azul o rojo o ambos en sus domos o la luz que proyecten y otros aditamentos que tengan dichas unidades;
XIX. a XXIII. ...
Artículo 32. Son obligaciones de los prestadores de servicios
I. a XII. ...
XIII. Los vehículos que utilicen, deberán presentar una cromática uniforme, atendiendo a las especificaciones que al efecto señale el Reglamento, además de ostentar en forma visible, en los vehículos que utilicen, la denominación, logotipo y número de registro. Bajo ninguna circunstancia podrán llevar elementos ,aditamentos o dispositivos de iluminación que los confundan con los vehículos utilizados por las instituciones de seguridad pública o las Fuerzas Armadas;
XIV. a XXXII. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor a los 90 días posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 Asociación Mexicana de Empresas de Seguridad Privada e Industria Satelital, AC, 2013.
2 Fuente: Ley Federal de Seguridad Privada. Artículo 2, fracción I.
3 Fuente: Ley General del Sistema de Seguridad Pública. Artículo 151.
4 Fuente: Dirección General de Seguridad Privada de la Comisión Nacional de Seguridad.
5 Fuente: Memoria documental. Creación y actualización del padrón único de empresas de seguridad privada. Secretaría de Seguridad Pública, 2013.
6 Ley Federal de Seguridad Privada. Artículo 25, fracción XVIII.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de. San Lázaro, a 24 de febrero de 2015. Diputados: María del Rocío Corona Nakamura, Rafael González Reséndiz (rúbricas).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Iniciativa que reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Elvia María Pérez Escalante, diputada a la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Planteamiento del problema
El artículo 32-D del Código Fiscal de la federación establece que la administración pública federal, centralizada y paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes; que tengan a su cargo créditos fiscales determinados, firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por este Código; que no se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes; que habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración, provisional o no, y con independencia de que en la misma resulte o no cantidad a pagar, ésta no haya sido presentada; o, por falta de cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 31-A de este Código en lo relativo a presentar las solicitudes en materia de registro federal de contribuyentes, declaraciones, avisos o informes, en documentos digitales con firma electrónica avanzada a través de los medios, formatos electrónicos y con la información que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
Es una prohibición que establece el ordenamiento legal de carácter fiscal respecto de la contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, dirigida esta prohibición, a toda la administración pública en el ámbito federal.
Esta prohibición expresa tiene su origen en la necesidad de evitar o reducir el incumplimiento a sus obligaciones fiscales de carácter federal, de todas aquellas personas físicas o morales que celebran contratos con la administración pública federal centralizada, paraestatal y la Procuraduría General de la República.
En otras palabras, este precepto legal del código impositivo busca prohibir que los particulares que no se encuentran al corriente en sus obligaciones fiscales, puedan ser receptores o beneficiarios de contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública a cargo de las dependencias y entidades dependientes del gobierno federal.
Para lograr el objetivo de estas prohibiciones, consideramos que es necesario ampliar el espectro o causales de incumplimiento; es decir, que el incumplimiento no solo sea a obligaciones fiscales de carácter federal en materia impositiva, sino también de aquellas obligaciones de carácter estatal y municipal y las correspondientes a las aportaciones en materia de seguridad social que desafortunadamente es una práctica cotidiana.
4132-III, martes 14 de octubre de 2014
No omito manifestar que con fecha 14 de octubre de 2014 presenté por primera vez esta iniciativa, habiéndose publicado en la Gaceta Parlamentaria número 4132-III del día 14 de octubre de 2014 y turnado a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Al efecto me parece importante precisar que por causas ajenas a la Comisión, no culminó su proceso de aprobación habiendo precluido por reglamento, por lo que resulta procedente volver a presentar la iniciativa toda vez que no existe impedimento legal para ello.
Argumentación
El artículo 32-D del Código Fiscal de la federación prohíbe a la administración pública federal, centralizada y paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que no se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales de carácter federal.
Esa prohibición también es extensiva para los estados y municipios respecto de la contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que no se encuentren al corriente de sus obligaciones de carácter fiscal en materia federal.
En la actualidad son muchas las empresas particulares que celebran contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con la administración pública centralizada, paraestatal y la Procuraduría General de la República, los estados y los municipios.
De igual manera, son muchas las empresas que siendo contratistas de las dependencias y entidades del gobierno federal, no se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales y de aquellas obligaciones fiscales provenientes de cuotas obrero patronales, cuotas y capitales constitutivos y accesorios de éstas, correspondientes a las aportaciones establecidas en la Ley del Seguro Social; así como de las obligaciones relativas a las aportaciones patronales y descuentos establecidos en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Por otra parte, son también muchas las empresas que no estando al corriente de sus obligaciones fiscales de carácter estatal y municipal, como son el impuesto sobre nóminas, impuesto predial e impuestos adicionales, resultan ser beneficiarias de adjudicación de contratos en materia de adquisiciones, servicios y obra pública, por lo que consideramos que es conveniente, necesario y procedente reformar y adicionar el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación a fin de ampliar la prohibición, precisando las obligaciones deberán ser acreditadas como cumplidas para ser candidato a la adjudicación de contratos en materia de adquisiciones, servicios u obra pública.
La reforma y adición que se propone es la siguiente:
La fracción I del artículo 32-D debe reformarse para quedar como sigue:
I. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes en términos de lo establecido por el artículo 4 de este Código, incluidos los provenientes de cuotas, de cuotas obrero patronales, de capitales constitutivos y de accesorios correspondientes a las aportaciones de seguridad social establecidas en la Ley del Seguro Social; así como las aportaciones patronales y descuentos omitidos establecidos en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
El artículo 4o. del Código Fiscal de la Federación establece lo siguiente:
Artículo 4o. Son créditos fiscales los que tenga derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, de sus accesorios o de aprovechamientos, incluyendo los que deriven de responsabilidades que el Estado tenga derecho a exigir de sus funcionarios o empleados o de los particulares, así como aquellos a los que las leyes les den ese carácter y el Estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.
La recaudación proveniente de todos los ingresos de la Federación, aun cuando se destinen a un fin específico, se hará por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las oficinas que dicha secretaría autorice.
Para efectos del párrafo anterior, las autoridades que remitan créditos fiscales al Servicio de Administración Tributaria para su cobro, deberán cumplir con los requisitos que mediante reglas de carácter general establezca dicho órgano.
Por otra parte, adicionar dicho artículo 32-D con una fracción V, para quedar con el texto siguiente:
V. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes de contribuciones establecidas por las entidades federativas y municipios, o créditos fiscales determinados, ya sean firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por las propias leyes de las entidades federativas y municipios, adeuden la presentación de una o varias declaraciones de contribuciones estatales y municipales o no se encuentren inscritas en el registro estatal y municipal de contribuyentes, cuando tengan la obligación. La prohibición ante la existencia de créditos fiscales en los términos de esta fracción no será aplicable a los particulares siempre que éstos celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que sus legislaciones estatales establezcan para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades. Los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por enajenación, arrendamiento, servicios u obra pública que se pretenda contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos contenidos en esta fracción.
La reforma y adición propuesta puede observarse con mayor claridad en sus alcances y pretensión, en el comparativo siguiente:
Texto vigente:
Artículo 32-D. La administración pública federal, centralizada y paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que:
I. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes.
II. Tengan a su cargo créditos fiscales determinados, firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por este Código.
III. No se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.
IV. Habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración, provisional o no, y con independencia de que en la misma resulte o no cantidad a pagar, ésta no haya sido presentada. Lo dispuesto en esta fracción también aplicará a la falta de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31-A de este Código.
La prohibición establecida en este artículo no será aplicable a los particulares que se encuentren en los supuestos de las fracciones I y II de este artículo, siempre que celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que este Código establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por enajenación, arrendamiento, servicios u obra pública que se pretendan contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos contenidos en este artículo.
Para estos efectos, en el convenio se establecerá que las dependencias antes citadas retengan una parte de la contraprestación para ser enterada al fisco federal para el pago de los adeudos correspondientes.
Igual obligación tendrán las entidades federativas cuando realicen dichas contrataciones con cargo total o parcial a fondos federales.
Los particulares tendrán derecho al otorgamiento de subsidios o estímulos previstos en los ordenamientos aplicables, siempre que no se ubiquen en los supuestos previstos en las fracciones del presente artículo, salvo que tratándose de la fracción III, no tengan obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.
Las entidades y dependencias que tengan a su cargo la aplicación de subsidios o estímulos deberán abstenerse de aplicarlos a las personas que se ubiquen en los supuestos previstos en las fracciones del presente artículo, salvo que tratándose de la fracción III, no tengan obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.
Los particulares que tengan derecho al otorgamiento de subsidio o estímulos y que se ubiquen en los supuestos de las fracciones I y II de este artículo, no se consideran comprendidos en dichos supuestos cuando celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que este código establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo. Cuando se ubiquen en los supuestos de las fracciones III y IV, los particulares contarán con un plazo de quince días para corregir su situación fiscal, a partir del día siguiente a aquél en que la autoridad les notifique la irregularidad detectada.
Los proveedores a quienes se adjudique el contrato, para poder subcontratar, deberán solicitar y entregar a la contratante la constancia de cumplimiento de las obligaciones fiscales del subcontratante, que se obtiene a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.
Propuesta:
...
I. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes en términos de lo establecido por el artículo 4 de este Código, incluidos los provenientes de cuotas, de cuotas obrero patronales, de capitales constitutivos y de accesorios correspondientes a las aportaciones de seguridad social establecidas en la Ley del Seguro Social; así como las aportaciones patronales y descuentos omitidos establecidos en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
...
...
...
V. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes de contribuciones establecidas por las Entidades Federativas y Municipios, o créditos fiscales determinados, ya sean firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por las propias leyes de las entidades federativas y municipios, adeuden la presentación de una o varias declaraciones de contribuciones estatales y municipales o no se encuentren inscritas en el registro estatal y municipal de contribuyentes, cuando tengan la obligación. La prohibición ante la existencia de créditos fiscales en los términos de esta fracción no será aplicable a los particulares siempre que éstos celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que sus legislaciones estatales establezcan para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades. Los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por enajenación, arrendamiento, servicios u obra pública que se pretenda contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos contenidos en esta fracción.
...
...
...
...
...
...
Considero importante mencionar que esta iniciativa con proyecto de decreto, no tiene impacto presupuestario toda vez que no deriva en la realización de nuevas funciones, ni en la creación de nuevas estructuras orgánico administrativas, ni tampoco la ampliación de la oferta de bienes o servicios públicos, por lo que no requiere de recursos adicionales para su cumplimiento.
Por las razones antes expresadas, estoy solicitando, muy respetuosamente, el voto aprobatorio de esta honorable asamblea, para esta iniciativa que pretende evitar el incumplimiento a las obligaciones fiscales de carácter federal, estatal y municipal y las derivadas de la seguridad social, de todas aquellas personas físicas o morales que celebran contratos con la administración pública federal centralizada, paraestatal y la Procuraduría General de la República.
Por lo expuesto, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se reforma la fracción I y se adiciona la fracción V al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:
Artículo 32-D. ...
I. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes en términos de lo establecido por el artículo 4 de este Código, incluidos los provenientes de cuotas, de cuotas obrero patronales, de capitales constitutivos y de accesorios correspondientes a las aportaciones de seguridad social establecidas en la Ley del Seguro Social; así como las aportaciones patronales y descuentos omitidos establecidos en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
II. a IV. ...
V. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes de contribuciones establecidas por las Entidades Federativas y Municipios, o créditos fiscales determinados, ya sean firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por las propias leyes de las Entidades Federativas y Municipios, adeuden la presentación de una o varias declaraciones de contribuciones estatales y municipales o no se encuentren inscritas en el Registro Estatal y Municipal de Contribuyentes, cuando tengan la obligación. La prohibición ante la existencia de créditos fiscales en los términos de esta fracción no será aplicable a los particulares siempre que éstos celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que sus legislaciones estatales establezcan para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades. Los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por enajenación, arrendamiento, servicios u obra pública que se pretenda contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos contenidos en esta fracción.
...
...
...
...
...
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015. Diputadas: Elvia María Pérez Escalante, María del Rocio Corona Nakamura (rúbricas).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
CODIGO PENAL FEDERAL
La Secretaria diputada Francisca Elena Corrales Corrales:«Iniciativa que reforma el artículo 335 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Elvia María Pérez Escalante, diputada a la LXII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 335 del Código Penal federal, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Planteamiento del problema
Las personas adultas mayores constituyen un grupo vulnerable población en la sociedad contemporánea.
Entendemos que los grupos vulnerables son aquellos grupos o comunidades que, por circunstancias de pobreza, origen étnico, estado de salud, edad, género o discapacidad, se encuentran en una situación de mayor indefensión para hacer frente a los problemas que plantea la vida y no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas.
Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, grupos vulnerables son aquellos que por sus condiciones sociales, económicas, culturales o psicológicas sufren de la privación de sus derechos humanos.
En lo personal considero que grupos vulnerables son aquellos sectores de la población que por su edad, condiciones económicas o de salud, características físicas, género, circunstancias culturales o políticas, se sitúan en condiciones de desventaja frente a los demás y que eso les impide o restringe el disfrute y ejercicio pleno de sus derechos humanos fundamentales.
Pero también se trata de personas susceptibles de convertirse en víctimas de maltrato y violencia e incluso del abandono por parte de quienes tienen el deber de cuidarlos por su incapacidad de cuidarse a sí mismos.
En este orden de ideas y considerando que la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores tiene por objeto garantizar el ejercicio de los derechos de este sector de población y que el artículo 335 del Código Penal Federal tipifica como delito el abandono de personas incapaces de cuidarse a sí mismos, solo cuando se trata de menores o personas enfermas, sin considerar a las personas adultas mayores incapaces de cuidarse a sí mismas, es por lo que resulta muy importante reformar este dispositivo legal a fin de que les asista la protección de sus derechos humanos en esa hipótesis jurídica del abandono de persona.
No omito manifestar que con fecha 29 de julio de 2014 presenté por primera vez esta iniciativa, habiéndose publicado en la Gaceta Parlamentaria número 4084 del día 6 de agosto de 2014 y turnado a la Comisión de Justicia. Al efecto me parece importante precisar que por causas ajenas a la Comisión, no culminó su proceso de aprobación habiendo precluido por reglamento, por lo que resulta procedente volver a presentar la iniciativa toda vez que no existe impedimento legal para ello.
Argumentación
A la fecha, no contamos con estadísticas ciertas en torno al maltrato y la violencia que sufren los adultos mayores y en especial sobre aquellos no les es posible cuidarse a sí mismos y que han llegado a ser abandonados por quienes tienen el deber de cuidarlos. En una encuesta del Colegio de México realizada en 2009 en el Distrito Federal, se detectó que los adultos mayores reciben maltrato y violencia sobre todo de los hijos, con 36 %, seguidos de la pareja, con 11 %; los nietos, 10 %, mientras que personas ajenas representan 17.4 %.
En nuestro país, diez de cada cien mexicanos han cumplido sesenta años o más. El Consejo Nacional de Población estima que para 2050, un treinta por ciento de la población tendrá más de sesenta años.
La Organización Mundial de la Salud considera que poco más de treinta y seis millones de adultos mayores padecen maltrato y violencia y que son muchos los que sufren de abandono.
El Código Penal Federal en su capítulo VII tipifica el delito de Abandono de personas en sus artículos del 335 al 343, en la forma siguiente:
Artículo 335.- Al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión, sí no resultare daño alguno, privándolo, además, de la patria potestad o de la tutela, si el delincuente fuere ascendiente o tutor del ofendido.
Como puede observarse, el sujeto activo del delito lo es cualquier persona que teniendo la obligación de cuidar a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una persona enferma, la abandone.
El sujeto pasivo del delito lo es entonces, un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o bien, una persona enferma.
Por tal motivo, considero que es necesario incorporar en este dispositivo de carácter penal, a las personas adultas mayores como sujetos pasivos del delito y sustituir el concepto de niño incapaz, por el de menor incapaz que es más acorde al leguaje de género actual referido a las niñas y los niños.
De esta manera lo que se pretende es que este dispositivo legal precise lo concerniente a sujetos activo y pasivo del delito, en la forma siguiente:
Al que abandone a una persona adulta mayor, un menor o a una persona enferma incapaces de cuidarse a sí mismos, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán...
Ahora bien, en lo que refiere a la sanción penal, estamos proponiendo que no se modifique la pena privativa de libertad, porque por una parte, en el caso en que resulte procedente la imposición de esa pena, la autoridad competente pueda imponer la que en justicia corresponda sin dejar a la persona abandonada en la imposibilidad de que el obligado reflexione y cumpla con su deber de cuidado. Sin embargo, consideramos importante que se adicione la imposición de una multa de cincuenta a cien días de salario mínimo a efecto de fortalecer la protección de ese derecho humano fundamental de las personas adultas mayores, los menores y las personas enfermas con incapacidad de cuidarse a sí mismos.
Por otra parte, esta propuesta de reforma incluye establecer en un segundo párrafo, al Ministerio público la obligación legal de poner al abandonado al cuidado de la institución que corresponda; y, si el sujeto activo del delito fuere ascendiente o tutor del menor, la obligación de promover la privación de la patria potestad o de la tutela y la designación de un tutor especial.
Finalmente, incluye nuestra propuesta que se instituya que este delito habrá de perseguirse de oficio, lo que permitirá al Ministerio Público actuar con la oportunidad que los casos requieran, sin que tenga que esperar a que exista el requisito de procedibilidad, como lo es, la querella de parte.
Para facilitar la lectura y comprensión de la presente iniciativa de reforma, me permito presentar el cuadro comparativo siguiente:
Texto vigente
Artículo 335.Al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión, sí no resultare daño alguno, privándolo, además, de la patria potestad o de la tutela, si el delincuente fuere ascendiente o tutor del ofendido.
Texto propuesto
Artículo 335. Al que abandone a una persona adulta mayor, un menor o a una persona enferma incapaces de cuidarse a sí mismos, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo.
El Ministerio público pondrá al abandonado al cuidado de la institución que corresponda; y, si el sujeto activo del delito fuere ascendiente o tutor del menor, promoverá la privación de la patria potestad o de la tutela y la designación de un tutor especial.
Este delito se perseguirá de oficio.
Como puede observarse, la reforma propuesta es muy importante para el perfeccionamiento del ordenamiento legal y para garantizar los derechos fundamentales de las personas adultas mayores, de los menores y de las personas enfermas incapaces de cuidarse por sí mismas.
No omito manifestar que esta iniciativa no tiene impacto presupuestario toda vez que no deriva en la realización de nuevas funciones, ni en la creación de nuevas estructuras orgánico administrativas, ni tampoco la ampliación de la oferta de bienes o servicios públicos, sin que se requiera de recursos adicionales para su cumplimiento, por lo que respetuosamente solcito su aprobación a esta soberanía.
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de
Decreto
Artículo Único.Se reforma el artículo 335 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 335.Al que abandone a una persona adulta mayor, un menor o a una persona enferma incapaces de cuidarse a sí mismos,teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo.
El Ministerio Público pondrá al abandonado al cuidado de la institución que corresponda; y, si el sujeto activo del delito fuere ascendiente o tutor del menor, promoverá la privación de la patria potestad o de la tutela y la designación de un tutor especial.
Este delito se perseguirá de oficio.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Referencias
1 http://www.buenastareas.com/ensayos/Concepto-Grupos-Vulnerables/1406499 .html
2 http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lid/pons_y_p/resumen.pdf
3 http://www.jornada.unam.mx/2010/09/27/sociedad/043n1soc
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015. Diputadas: Elvia María Pérez Escalante, María del Rocio Corona Nakamura (rúbricas).»
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan y ello será publicado en la Gaceta Parlamentaria, precisando, por supuesto, el turno.( *)
CLAUSURA Y CITA
El Presidente diputado Tomás Torres Mercado (a las 16:14 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 26 de febrero en curso, a las 11 horas. Y se les informa, como se estila, que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas. Muchas gracias.
O
RESUMEN DE TRABAJOS
Tiempo de duración de la sesión: 4 horas 57 minutos
Quórum a la apertura de la sesión 270 diputadas y diputados
Comunicaciones oficiales: 9
Reincorporaciones de diputados: 3
Licencias de diputadas y diputados: 5
Modificación de licencia de diputado: 1
Toma de protesta de diputadas y diputados: 1
Minutas: 1
Iniciativas de Congreso: 1
Discusión de dictámenes de leyes: 3
Acuerdos de los órganos de gobierno: 3 de la Junta de Coordinación Política
Discusión de dictámenes negativos de iniciativas y minutas: 12
Proposiciones con punto de acuerdo: 1
Iniciativas de diputadas y diputados: 8
Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 40
Morena 4NA 2PT 2MC 7PVEM 5PRD 9PAN 4PRI 7
DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)
VOTACIONES
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoAusente
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruiz, Alma JeannyAusente
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
8 Allende Cano, Ana IsabelAusente
9 Alonso Álvarez, Celestino ManuelFavor
10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
13 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
14 Añorve Baños, ManuelFavor
15 Athie Flores, KamelFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorAusente
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroFavor
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéAusente
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoAusente
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Cabañas Aparicio, María EliaFavor
32 Calderón Ramírez, LeticiaAusente
33 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
34 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
35 Cantú Segovia, EloyFavor
36 Carbajal Hernández, Juan ManuelAusente
37 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
38 Carreño Mijares, AngelinaFavor
39 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
40 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
41 Castillo Valdez, BenjamínFavor
42 Charleston Hernández, FernandoFavor
43 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
44 Clara Molina, MónicaFavor
45 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
46 Córdova Morán, Frine SorayaAusente
47 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
48 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
49 Cruz Morales, MaricruzFavor
50 De la Cruz Requena, RosalbaAusente
51 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor
52 Del Angel Acosta, JorgeFavor
53 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor
54 Delgadillo González, ClaudiaFavor
55 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
56 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
57 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
58 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
59 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
60 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
61 Escamilla Cerón, Alberto LeónidasFavor
62 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
63 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
64 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
65 Flores Méndez, José LuisFavor
66 Flores Sandoval, PatricioFavor
67 Flores Treviño, María de LourdesAusente
68 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
69 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
70 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
71 Galván Villanueva, Raúl SantosAusente
72 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
73 Garay Cabada, MarinaFavor
74 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
75 García Hernández, JosefinaFavor
76 García Olmedo, María del RocíoFavor
77 Garza Moreno, María EstherFavor
78 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
79 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
80 Gómez Gómez, LuisFavor
81 Gómez Gómez, PedroAusente
82 Gómez Olguín, Roy ArgelAusente
83 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
84 González Cruz, CristinaFavor
85 González Domínguez, IselaFavor
86 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
87 González Gómez, CeciliaFavor
88 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
89 González Reséndiz, RafaelFavor
90 González Vargas, FranciscoFavor
91 González Vera, NormaFavor
92 Grajales Palacios, FranciscoFavor
93 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
94 Guerra Garza, AbelFavor
95 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
96 Guevara González, Javier FilibertoAusente
97 Gurrión Matías, SamuelFavor
98 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
99 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor
100 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
101 Hernández Burgos, GaudencioFavor
102 Hernández González, NoéFavor
103 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
104 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
105 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
106 Huerta Rea, María de JesúsFavor
107 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
108 Juan Marcos, Issa SalomónAusente
109 King de la Rosa, RaymundoFavor
110 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoAusente
111 Loera Arámbula, MarthaFavor
112 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
113 López Landero, TomásAusente
114 López Segura, María CarmenFavor
115 López Zavala, JavierFavor
116 Macías Sandoval, RaúlFavor
117 Madrid Tovilla, AreliAusente
118 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
119 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
120 Márquez Martínez, José LuisFavor
121 Márquez Velasco, SilviaFavor
122 Medina Fierro, RicardoFavor
123 Mejía García, LeticiaFavor
124 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
125 Mendoza Garza, JorgeFavor
126 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
127 Mestas Gallardo, IgnacioAusente
128 Miranda Munive, EmilseFavor
129 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
130 Montes Alvarado, AbrahamFavor
131 Morales Flores, JesúsFavor
132 Moreno Árcega, José IsidroFavor
133 Moreno Montoya, José PilarFavor
134 Muñiz Martínez, Dulce MaríaAusente
135 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
136 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoAusente
137 Nava Gómez, José EverardoFavor
138 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
139 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
140 Niaves López, Ossiel OmarFavor
141 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
142 Ochoa Casillas, José DanielFavor
143 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
144 Ochoa González, ArnoldoFavor
145 Olvera Correa, LuisFavor
146 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
147 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
148 Ortiz García, SalvadorFavor
149 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor
150 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
151 Padilla Navarro, CesarioFavor
152 Pazzi Maza, Zita BeatrizAusente
153 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor
154 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
155 Pérez de Alba, José NoelFavor
156 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
157 Ponce Orozco, NormaFavor
158 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
159 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor
160 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
161 Rangel Espinosa, JoséFavor
162 Rangel Segovia, AlejandroFavor
163 Rellstab Carreto, TanyaAusente
164 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
165 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
166 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
167 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
168 Rojo García de Alba, José AntonioAusente
169 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente
170 Romero Valencia, SalvadorFavor
171 Rubio Lara, Blas RamónFavor
172 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
173 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
174 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
175 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
176 Sahui Rivero, MauricioFavor
177 Salgado Delgado, FernandoAusente
178 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
179 Sámano Peralta, MiguelFavor
180 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor
181 Sánchez Romero, CarlosAusente
182 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
183 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
184 Serna Escalera, César AgustínFavor
185 Solís Nogueira, EduardoFavor
186 Sosa Altamira, William RenánFavor
187 Terán Guevara, María RebecaFavor
188 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor
189 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
190 Valanci Buzali, SimónFavor
191 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
192 Valencia González, Gloria María del CarmenFavor
193 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
194 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
195 Vázquez Saut, ReginaAusente
196 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
197 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
198 Velázquez López, MirnaFavor
199 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor
200 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
201 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
202 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor
203 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
204 Zamora Morales, FernandoFavor
Favor: 178
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 29
Total: 207
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelFavor
2 Adame Alemán, Juan PabloFavor
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Alonso Morelli, HumbertoFavor
6 Álvarez Tovar, Martha BereniceAusente
7 Anaya Cortés, RicardoFavor
8 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
11 Arana Lugo, Francisca RosarioFavor
12 Arzola Godínez, María LucreciaFavor
13 Baca Bonifaz, RocíoFavor
14 Botello Montes, José AlfredoFavor
15 Bueno Torio, JuanFavor
16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
17 Camarillo Ortega, RubénFavor
18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
19 Carreño Muro, GenaroFavor
20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
22 Contreras Rojas, José LuisFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortés Berumen, IsaíasFavor
25 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor
26 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
27 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
28 De León Pérez, María EugeniaAusente
29 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
30 Dorador Pérez Gavilán, RodolfoAusente
31 Enríquez Ramírez, MaribelFavor
32 Espino Cano, Viridiana LizetteFavor
33 Estrada Martínez, Heidy GuadalupeFavor
34 Flores Suárez, RicardoFavor
35 García González, Carlos AlbertoFavor
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 González Carrillo, AdrianaFavor
40 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
41 González Morfín, JoséFavor
42 González Serna, José ÁngelFavor
43 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
44 Gutiérrez Coronado, Ana MaríaAusente
45 Gutiérrez Landavazo, LorenaFavor
46 Gúzman Cervantes, Carlos BernardoFavor
47 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
48 Jiménez Castillo, BlancaFavor
49 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
50 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
51 Labastida Sotelo, KarinaFavor
52 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
53 Licea González, MargaritaFavor
54 Limón Robles, OfeliaFavor
55 Llanas Alba, José AlejandroAusente
56 Lomelí Cervantes, SimónFavor
57 López Cisneros, José MartínFavor
58 López Landero, LeticiaAusente
59 López López, RaudelFavor
60 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor
61 Lugo Barriga, PatriciaFavor
62 Mendoza Jiménez, YatziriFavor
63 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor
64 Mondragón González, María GuadalupeAusente
65 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
66 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
67 Neblina Vega, HebertoFavor
68 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
69 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
70 Orta Coronado, MarcelinaFavor
71 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
72 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor
73 Pacheco Díaz, GermánFavor
74 Pantoja Hernández, LeslieAusente
75 Paz Alonzo, RaúlFavor
76 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
77 Peña Avilés, GerardoFavor
78 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor
79 Pérez Covarrubias, Jorge AlfredoFavor
80 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
81 Quintana Salinas, EstherAusente
82 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónAusente
83 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor
84 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
85 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
86 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
87 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoAusente
89 Romero Sevilla, LeonorFavor
90 Rosiñol Abreu, JorgeAusente
91 Sada Pérez, VerónicaFavor
92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
93 Salinas Garza, José ArturoFavor
94 Salinas Mendiola, GlafiroAusente
95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioAusente
96 Sánchez Ruiz, MarioFavor
97 Serralde Martínez, VíctorAusente
98 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor
99 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
100 Trejo Reyes, José IsabelFavor
101 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
102 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
103 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
104 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
105 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAusente
106 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
107 Villarreal García, RicardoAusente
108 Villarreal Rangel, GuadalupeFavor
109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
111 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
Favor: 95
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 17
Total: 112
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoAusente
3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolFavor
6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoAusente
10 Barrios Gómez Segués, AgustínAusente
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroFavor
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor
27 Correa Acevedo, AbrahamFavor
28 Cruz Ramírez, ArturoFavor
29 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
30 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
31 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaAusente
34 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor
35 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
36 Flores Aguayo, UrielFavor
37 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor
38 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
39 García Conejo, AntonioAusente
40 García Medina, Amalia DoloresFavor
41 García Reyes, VerónicaAusente
42 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
43 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
44 González Bautista, ValentínFavor
45 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
46 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
47 Jardines Fraire, JhonatanFavor
48 Jarquín, HugoAusente
49 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
50 León Mendívil, José AntonioFavor
51 López González, RobertoFavor
52 López Rosado, RobertoFavor
53 López Suárez, RobertoFavor
54 Luna Porquillo, RoxanaFavor
55 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
56 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
57 Marroqu½n Crist½bal V½ctor E.Favor
58 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
59 Mejía Guardado, JulisaFavor
60 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor
61 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
62 Merlín García, María del RosarioAusente
63 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
64 Miranda Salgado, MarinoFavor
65 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente
66 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
67 Montalvo Hernández, RamónFavor
68 Morales López, Carlos AugustoFavor
69 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
70 Moreno Rivera, IsraelAusente
71 Moreno Rivera, Julio CésarAusente
72 Mota Ocampo, Gisela RaquelAusente
73 Muñoz Soria, José LuisFavor
74 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
75 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
76 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
77 Orihuela García, JavierFavor
78 Porras Pérez, PedroFavor
79 Posadas Hernández, DomitiloFavor
80 Quiroga Anguiano, KarenFavor
81 Ram½rez Ju½rez, IgnacioAusente
82 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAusente
83 Reyes Montiel, Carla GuadalupeAusente
84 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
85 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor
86 Salazar Trejo, JessicaFavor
87 Saldaña Fraire, GracielaFavor
88 Salinas Narváez, JavierAusente
89 Salinas Pérez, JosefinaFavor
90 Sánchez Camacho, AlejandroFavor
91 Sánchez Torres, GuillermoFavor
92 Sansores Sastré, AntonioAusente
93 Serrano Toledo, RosendoAusente
94 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
95 Tapia Bustos, Manuel FranciscoFavor
96 Tovar Aragón, CrystalFavor
97 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
98 Vega Vázquez, José HumbertoFavor
99 Zárate Salgado, FernandoFavor
Favor: 75
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 24
Total: 99
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoFavor
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioAusente
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaAusente
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guillén Guillén, Mario FranciscoFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
24 Torres Mercado, TomásFavor
25 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
26 Vital Vera, Martha EdithFavor
27 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 23
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 27
MOVIMIENTO REGENERACION NACIONAL
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Bonilla Valdez, JaimeFavor
3 Chávez Contreras, RodrigoAbstención
4 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor
5 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelContra
6 López Cándido, José ArturoFavor
7 Martínez Martínez, Juan LuisAusente
8 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
9 Méndez Denis, LorenaAusente
10 Monreal Ávila, RicardoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor
12 Romero Lozano, María FernandaAusente
13 Villanueva Albarrán, GerardoAbstención
Favor: 7
Contra: 1
Abstención: 2
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 13
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
2 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
3 Gómez Pozos, MerilynFavor
4 Huidobro González, ZuleymaFavor
5 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
6 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
7 Mejía Berdeja, RicardoFavor
8 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
9 Soto Martínez, JoséFavor
10 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
11 Valle Magaña, José LuisFavor
12 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
Favor: 12
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 12
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaAusente
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Cantú Garza, RicardoFavor
5 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
6 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
7 Orive Bellinger, AdolfoAusente
8 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
9 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
10 Torres Flores, AraceliAusente
Favor: 6
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 10
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoAusente
6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente
7 González Roldán, Luis AntonioAusente
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaAusente
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 6
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 10
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1
De la Comisión de Población, con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Población (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoAusente
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruiz, Alma JeannyAusente
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
8 Allende Cano, Ana IsabelAusente
9 Alonso Álvarez, Celestino ManuelFavor
10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
13 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
14 Añorve Baños, ManuelFavor
15 Athie Flores, KamelFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorFavor
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroFavor
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéFavor
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoAusente
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Cabañas Aparicio, María EliaFavor
32 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
33 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
34 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
35 Cantú Segovia, EloyFavor
36 Carbajal Hernández, Juan ManuelAusente
37 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
38 Carreño Mijares, AngelinaFavor
39 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
40 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
41 Castillo Valdez, BenjamínFavor
42 Charleston Hernández, FernandoFavor
43 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
44 Clara Molina, MónicaFavor
45 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
46 Córdova Morán, Frine SorayaAusente
47 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
48 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
49 Cruz Morales, MaricruzFavor
50 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
51 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor
52 Del Angel Acosta, JorgeFavor
53 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor
54 Delgadillo González, ClaudiaFavor
55 Díaz Athié, Antonio de JesúsAusente
56 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
57 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
58 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
59 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
60 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
61 Escamilla Cerón, Alberto LeónidasFavor
62 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
63 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
64 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
65 Flores Méndez, José LuisFavor
66 Flores Sandoval, PatricioFavor
67 Flores Treviño, María de LourdesAusente
68 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
69 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
70 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
71 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
72 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
73 Garay Cabada, MarinaFavor
74 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
75 García Hernández, JosefinaFavor
76 García Olmedo, María del RocíoFavor
77 Garza Moreno, María EstherFavor
78 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
79 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
80 Gómez Gómez, LuisFavor
81 Gómez Gómez, PedroAusente
82 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
83 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
84 González Cruz, CristinaFavor
85 González Domínguez, IselaFavor
86 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
87 González Gómez, CeciliaFavor
88 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
89 González Reséndiz, RafaelFavor
90 González Vargas, FranciscoFavor
91 González Vera, NormaFavor
92 Grajales Palacios, FranciscoFavor
93 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
94 Guerra Garza, AbelFavor
95 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
96 Guevara González, Javier FilibertoFavor
97 Gurrión Matías, SamuelFavor
98 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
99 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente
100 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
101 Hernández Burgos, GaudencioFavor
102 Hernández González, NoéFavor
103 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
104 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
105 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
106 Huerta Rea, María de JesúsFavor
107 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
108 Juan Marcos, Issa SalomónAusente
109 King de la Rosa, RaymundoFavor
110 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoAusente
111 Loera Arámbula, MarthaFavor
112 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
113 López Landero, TomásFavor
114 López Segura, María CarmenFavor
115 López Zavala, JavierFavor
116 Macías Sandoval, RaúlFavor
117 Madrid Tovilla, AreliAusente
118 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
119 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
120 Márquez Martínez, José LuisFavor
121 Márquez Velasco, SilviaFavor
122 Medina Fierro, RicardoFavor
123 Mejía García, LeticiaFavor
124 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
125 Mendoza Garza, JorgeFavor
126 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
127 Mestas Gallardo, IgnacioFavor
128 Miranda Munive, EmilseFavor
129 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
130 Montes Alvarado, AbrahamFavor
131 Morales Flores, JesúsFavor
132 Moreno Árcega, José IsidroFavor
133 Moreno Montoya, José PilarFavor
134 Muñiz Martínez, Dulce MaríaAusente
135 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
136 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoAusente
137 Nava Gómez, José EverardoFavor
138 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
139 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
140 Niaves López, Ossiel OmarFavor
141 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
142 Ochoa Casillas, José DanielFavor
143 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
144 Ochoa González, ArnoldoFavor
145 Olvera Correa, LuisFavor
146 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
147 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
148 Ortiz García, SalvadorFavor
149 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor
150 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
151 Padilla Navarro, CesarioFavor
152 Pazzi Maza, Zita BeatrizAusente
153 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor
154 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
155 Pérez de Alba, José NoelFavor
156 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
157 Ponce Orozco, NormaFavor
158 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
159 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor
160 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
161 Rangel Espinosa, JoséFavor
162 Rangel Segovia, AlejandroFavor
163 Rellstab Carreto, TanyaAusente
164 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
165 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
166 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
167 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
168 Rojo García de Alba, José AntonioFavor
169 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
170 Romero Valencia, SalvadorFavor
171 Rubio Lara, Blas RamónFavor
172 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
173 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
174 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
175 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
176 Sahui Rivero, MauricioFavor
177 Salgado Delgado, FernandoFavor
178 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
179 Sámano Peralta, MiguelFavor
180 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor
181 Sánchez Romero, CarlosAusente
182 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
183 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
184 Serna Escalera, César AgustínFavor
185 Solís Nogueira, EduardoFavor
186 Sosa Altamira, William RenánFavor
187 Terán Guevara, María RebecaFavor
188 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor
189 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
190 Valanci Buzali, SimónFavor
191 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
192 Valencia González, Gloria María del CarmenFavor
193 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
194 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
195 Vázquez Saut, ReginaFavor
196 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
197 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
198 Velázquez López, MirnaFavor
199 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor
200 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
201 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
202 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor
203 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
204 Zamora Morales, FernandoFavor
Favor: 189
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 18
Total: 207
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelFavor
2 Adame Alemán, Juan PabloFavor
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Alonso Morelli, HumbertoFavor
6 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
7 Anaya Cortés, RicardoAusente
8 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
11 Arana Lugo, Francisca RosarioFavor
12 Arzola Godínez, María LucreciaFavor
13 Baca Bonifaz, RocíoFavor
14 Botello Montes, José AlfredoFavor
15 Bueno Torio, JuanFavor
16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
17 Camarillo Ortega, RubénFavor
18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
19 Carreño Muro, GenaroFavor
20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
22 Contreras Rojas, José LuisFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortés Berumen, IsaíasFavor
25 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor
26 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
27 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
28 De León Pérez, María EugeniaFavor
29 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
30 Dorador Pérez Gavilán, RodolfoFavor
31 Enríquez Ramírez, MaribelFavor
32 Espino Cano, Viridiana LizetteFavor
33 Estrada Martínez, Heidy GuadalupeFavor
34 Flores Suárez, RicardoAusente
35 García González, Carlos AlbertoFavor
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 González Carrillo, AdrianaFavor
40 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
41 González Morfín, JoséFavor
42 González Serna, José ÁngelFavor
43 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
44 Gutiérrez Coronado, Ana MaríaFavor
45 Gutiérrez Landavazo, LorenaFavor
46 Gúzman Cervantes, Carlos BernardoFavor
47 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
48 Jiménez Castillo, BlancaFavor
49 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
50 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
51 Labastida Sotelo, KarinaFavor
52 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
53 Licea González, MargaritaFavor
54 Limón Robles, OfeliaFavor
55 Llanas Alba, José AlejandroAusente
56 Lomelí Cervantes, SimónFavor
57 López Cisneros, José MartínFavor
58 López Landero, LeticiaAusente
59 López López, RaudelFavor
60 Lorenzini Rangel, Julio CésarAusente
61 Lugo Barriga, PatriciaFavor
62 Mendoza Jiménez, YatziriFavor
63 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor
64 Mondragón González, María GuadalupeAusente
65 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
66 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
67 Neblina Vega, HebertoFavor
68 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
69 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
70 Orta Coronado, MarcelinaFavor
71 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
72 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor
73 Pacheco Díaz, GermánFavor
74 Pantoja Hernández, LeslieAusente
75 Paz Alonzo, RaúlFavor
76 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
77 Peña Avilés, GerardoFavor
78 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor
79 Pérez Covarrubias, Jorge AlfredoFavor
80 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
81 Quintana Salinas, EstherFavor
82 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónAusente
83 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente
84 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
85 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
86 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
87 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoAusente
89 Romero Sevilla, LeonorFavor
90 Rosiñol Abreu, JorgeAusente
91 Sada Pérez, VerónicaFavor
92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
93 Salinas Garza, José ArturoFavor
94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
96 Sánchez Ruiz, MarioFavor
97 Serralde Martínez, VíctorFavor
98 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor
99 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
100 Trejo Reyes, José IsabelAusente
101 Urciel Castañeda, María CeliaAusente
102 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
103 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
104 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
105 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor
106 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
107 Villarreal García, RicardoFavor
108 Villarreal Rangel, GuadalupeFavor
109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaAusente
111 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
Favor: 98
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 14
Total: 112
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoAusente
3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolAusente
6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoAusente
10 Barrios Gómez Segués, AgustínAusente
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroAbstención
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor
27 Correa Acevedo, AbrahamFavor
28 Cruz Ramírez, ArturoFavor
29 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
30 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
31 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaAusente
34 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente
35 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
36 Flores Aguayo, UrielAbstención
37 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor
38 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor
39 García Conejo, AntonioAusente
40 García Medina, Amalia DoloresFavor
41 García Reyes, VerónicaFavor
42 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
43 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
44 González Bautista, ValentínAusente
45 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
46 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
47 Jardines Fraire, JhonatanFavor
48 Jarquín, HugoContra
49 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
50 León Mendívil, José AntonioFavor
51 López González, RobertoFavor
52 López Rosado, RobertoContra
53 López Suárez, RobertoFavor
54 Luna Porquillo, RoxanaFavor
55 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
56 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
57 Marroqu½n Crist½bal V½ctor E.Ausente
58 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
59 Mejía Guardado, JulisaFavor
60 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor
61 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
62 Merlín García, María del RosarioAusente
63 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
64 Miranda Salgado, MarinoFavor
65 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente
66 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
67 Montalvo Hernández, RamónFavor
68 Morales López, Carlos AugustoAusente
69 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
70 Moreno Rivera, IsraelAusente
71 Moreno Rivera, Julio CésarFavor
72 Mota Ocampo, Gisela RaquelAusente
73 Muñoz Soria, José LuisFavor
74 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor
75 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
76 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
77 Orihuela García, JavierAusente
78 Porras Pérez, PedroFavor
79 Posadas Hernández, DomitiloFavor
80 Quiroga Anguiano, KarenFavor
81 Ram½rez Ju½rez, IgnacioContra
82 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor
83 Reyes Montiel, Carla GuadalupeAusente
84 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
85 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor
86 Salazar Trejo, JessicaFavor
87 Saldaña Fraire, GracielaFavor
88 Salinas Narváez, JavierAusente
89 Salinas Pérez, JosefinaFavor
90 Sánchez Camacho, AlejandroFavor
91 Sánchez Torres, GuillermoContra
92 Sansores Sastré, AntonioAusente
93 Serrano Toledo, RosendoFavor
94 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
95 Tapia Bustos, Manuel FranciscoAusente
96 Tovar Aragón, CrystalFavor
97 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
98 Vega Vázquez, José HumbertoAusente
99 Zárate Salgado, FernandoAusente
Favor: 67
Contra: 4
Abstención: 2
Quorum: 0
Ausentes: 26
Total: 99
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoFavor
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaAusente
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guillén Guillén, Mario FranciscoAusente
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
24 Torres Mercado, TomásFavor
25 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
26 Vital Vera, Martha EdithFavor
27 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 23
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 27
MOVIMIENTO REGENERACION NACIONAL
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Bonilla Valdez, JaimeAbstención
3 Chávez Contreras, RodrigoFavor
4 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor
5 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
6 López Cándido, José ArturoFavor
7 Martínez Martínez, Juan LuisFavor
8 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
9 Méndez Denis, LorenaAusente
10 Monreal Ávila, RicardoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor
12 Romero Lozano, María FernandaAusente
13 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 10
Contra: 0
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 13
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
2 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
3 Gómez Pozos, MerilynFavor
4 Huidobro González, ZuleymaFavor
5 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
6 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
7 Mejía Berdeja, RicardoFavor
8 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
9 Soto Martínez, JoséAusente
10 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
11 Valle Magaña, José LuisFavor
12 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
Favor: 11
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 12
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaAusente
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Cantú Garza, RicardoFavor
5 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
6 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
7 Orive Bellinger, AdolfoAusente
8 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
9 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
10 Torres Flores, AraceliAusente
Favor: 6
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 10
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente
7 González Roldán, Luis AntonioAusente
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaAusente
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 7
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 10
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1
De la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor
2 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
3 Anaya Gudiño, AlfredoAusente
4 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
5 Arroyo Ruiz, Alma JeannyAusente
6 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
7 Aldana Prieto, Luis RicardoAusente
8 Allende Cano, Ana IsabelAusente
9 Alonso Álvarez, Celestino ManuelFavor
10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
13 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
14 Añorve Baños, ManuelAusente
15 Athie Flores, KamelFavor
16 Badillo Ramírez, DaríoFavor
17 Barajas del Toro, SalvadorFavor
18 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
19 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
20 Barrera Barrera, PetraFavor
21 Barrera Estrada, RodimiroFavor
22 Barrera Fortoul, LauraFavor
23 Barrueta Barón, NoéFavor
24 Bautista Villegas, OscarFavor
25 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
26 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
27 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente
28 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor
29 Bonilla Gómez, AdolfoFavor
30 Caballero Garza, BenitoFavor
31 Cabañas Aparicio, María EliaFavor
32 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
33 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
34 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
35 Cantú Segovia, EloyFavor
36 Carbajal Hernández, Juan ManuelAusente
37 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
38 Carreño Mijares, AngelinaFavor
39 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
40 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
41 Castillo Valdez, BenjamínFavor
42 Charleston Hernández, FernandoFavor
43 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
44 Clara Molina, MónicaFavor
45 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
46 Córdova Morán, Frine SorayaAusente
47 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
48 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
49 Cruz Morales, MaricruzFavor
50 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
51 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoAusente
52 Del Angel Acosta, JorgeFavor
53 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor
54 Delgadillo González, ClaudiaFavor
55 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
56 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor
57 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
58 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
59 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
60 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
61 Escamilla Cerón, Alberto LeónidasAusente
62 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
63 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
64 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
65 Flores Méndez, José LuisAusente
66 Flores Sandoval, PatricioAusente
67 Flores Treviño, María de LourdesAusente
68 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
69 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
70 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
71 Galván Villanueva, Raúl SantosAusente
72 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
73 Garay Cabada, MarinaFavor
74 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
75 García Hernández, JosefinaFavor
76 García Olmedo, María del RocíoFavor
77 Garza Moreno, María EstherFavor
78 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
79 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
80 Gómez Gómez, LuisFavor
81 Gómez Gómez, PedroFavor
82 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
83 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
84 González Cruz, CristinaFavor
85 González Domínguez, IselaFavor
86 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
87 González Gómez, CeciliaFavor
88 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
89 González Reséndiz, RafaelFavor
90 González Vargas, FranciscoAusente
91 González Vera, NormaFavor
92 Grajales Palacios, FranciscoFavor
93 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
94 Guerra Garza, AbelFavor
95 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
96 Guevara González, Javier FilibertoFavor
97 Gurrión Matías, SamuelAusente
98 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
99 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor
100 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
101 Hernández Burgos, GaudencioFavor
102 Hernández González, NoéFavor
103 Hernández Iñiguez, AdrianaAusente
104 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaAusente
105 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
106 Huerta Rea, María de JesúsFavor
107 Inzunza Montoya, AlfonsoAusente
108 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
109 King de la Rosa, RaymundoFavor
110 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoAusente
111 Loera Arámbula, MarthaFavor
112 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
113 López Landero, TomásAusente
114 López Segura, María CarmenFavor
115 López Zavala, JavierFavor
116 Macías Sandoval, RaúlFavor
117 Madrid Tovilla, AreliAusente
118 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
119 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
120 Márquez Martínez, José LuisFavor
121 Márquez Velasco, SilviaFavor
122 Medina Fierro, RicardoFavor
123 Mejía García, LeticiaFavor
124 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
125 Mendoza Garza, JorgeFavor
126 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
127 Mestas Gallardo, IgnacioFavor
128 Miranda Munive, EmilseFavor
129 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
130 Montes Alvarado, AbrahamFavor
131 Morales Flores, JesúsFavor
132 Moreno Árcega, José IsidroFavor
133 Moreno Montoya, José PilarFavor
134 Muñiz Martínez, Dulce MaríaAusente
135 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
136 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoAusente
137 Nava Gómez, José EverardoFavor
138 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
139 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
140 Niaves López, Ossiel OmarFavor
141 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
142 Ochoa Casillas, José DanielFavor
143 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
144 Ochoa González, ArnoldoFavor
145 Olvera Correa, LuisFavor
146 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
147 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
148 Ortiz García, SalvadorFavor
149 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor
150 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
151 Padilla Navarro, CesarioFavor
152 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
153 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor
154 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
155 Pérez de Alba, José NoelFavor
156 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
157 Ponce Orozco, NormaFavor
158 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
159 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor
160 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
161 Rangel Espinosa, JoséAusente
162 Rangel Segovia, AlejandroFavor
163 Rellstab Carreto, TanyaAusente
164 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
165 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
166 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
167 Rodríguez Calderón, José AlbertoAusente
168 Rojo García de Alba, José AntonioFavor
169 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
170 Romero Valencia, SalvadorFavor
171 Rubio Lara, Blas RamónFavor
172 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
173 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
174 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
175 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
176 Sahui Rivero, MauricioFavor
177 Salgado Delgado, FernandoFavor
178 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
179 Sámano Peralta, MiguelFavor
180 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor
181 Sánchez Romero, CarlosAusente
182 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
183 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
184 Serna Escalera, César AgustínFavor
185 Solís Nogueira, EduardoFavor
186 Sosa Altamira, William RenánFavor
187 Terán Guevara, María RebecaFavor
188 Treviño Villarreal, Pedro PabloAusente
189 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
190 Valanci Buzali, SimónAusente
191 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
192 Valencia González, Gloria María del CarmenFavor
193 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
194 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
195 Vázquez Saut, ReginaFavor
196 Velasco Orozco, Víctor HugoAusente
197 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
198 Velázquez López, MirnaFavor
199 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor
200 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
201 Villaseñor Vargas, María de la PalomaAusente
202 Vitela Rodríguez, Alma MarinaAusente
203 Zacarías Capuchino, DaríoFavor
204 Zamora Morales, FernandoFavor
Favor: 174
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 33
Total: 207
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Croda, RafaelFavor
2 Adame Alemán, Juan PabloFavor
3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor
4 Aguilar Vega, MarcosFavor
5 Alonso Morelli, HumbertoFavor
6 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor
7 Anaya Cortés, RicardoAusente
8 Anaya Llamas, José GuillermoFavor
9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor
10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor
11 Arana Lugo, Francisca RosarioFavor
12 Arzola Godínez, María LucreciaFavor
13 Baca Bonifaz, RocíoFavor
14 Botello Montes, José AlfredoFavor
15 Bueno Torio, JuanFavor
16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor
17 Camarillo Ortega, RubénAusente
18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor
19 Carreño Muro, GenaroFavor
20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor
21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
22 Contreras Rojas, José LuisFavor
23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor
24 Cortés Berumen, IsaíasFavor
25 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor
26 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor
27 De la Rosa Anaya, AndrésFavor
28 De León Pérez, María EugeniaFavor
29 Díaz Trujillo, AlbertoFavor
30 Dorador Pérez Gavilán, RodolfoFavor
31 Enríquez Ramírez, MaribelFavor
32 Espino Cano, Viridiana LizetteAusente
33 Estrada Martínez, Heidy GuadalupeFavor
34 Flores Suárez, RicardoFavor
35 García González, Carlos AlbertoFavor
36 García Ramírez, José GuadalupeFavor
37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor
39 González Carrillo, AdrianaAusente
40 González Manríquez, Víctor RafaelFavor
41 González Morfín, JoséFavor
42 González Serna, José ÁngelFavor
43 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor
44 Gutiérrez Coronado, Ana MaríaFavor
45 Gutiérrez Landavazo, LorenaAusente
46 Gúzman Cervantes, Carlos BernardoFavor
47 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor
48 Jiménez Castillo, BlancaAusente
49 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor
50 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor
51 Labastida Sotelo, KarinaFavor
52 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor
53 Licea González, MargaritaFavor
54 Limón Robles, OfeliaAbstención
55 Llanas Alba, José AlejandroAusente
56 Lomelí Cervantes, SimónFavor
57 López Cisneros, José MartínFavor
58 López Landero, LeticiaAusente
59 López López, RaudelFavor
60 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor
61 Lugo Barriga, PatriciaFavor
62 Mendoza Jiménez, YatziriFavor
63 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor
64 Mondragón González, María GuadalupeFavor
65 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor
66 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor
67 Neblina Vega, HebertoFavor
68 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor
69 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor
70 Orta Coronado, MarcelinaAusente
71 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor
72 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor
73 Pacheco Díaz, GermánFavor
74 Pantoja Hernández, LeslieAusente
75 Paz Alonzo, RaúlFavor
76 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor
77 Peña Avilés, GerardoFavor
78 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor
79 Pérez Covarrubias, Jorge AlfredoFavor
80 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor
81 Quintana Salinas, EstherFavor
82 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónAusente
83 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente
84 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
85 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónFavor
86 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor
87 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
88 Rodríguez Doval, FernandoFavor
89 Romero Sevilla, LeonorFavor
90 Rosiñol Abreu, JorgeAusente
91 Sada Pérez, VerónicaFavor
92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor
93 Salinas Garza, José ArturoFavor
94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor
95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
96 Sánchez Ruiz, MarioAusente
97 Serralde Martínez, VíctorFavor
98 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor
99 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor
100 Trejo Reyes, José IsabelAusente
101 Urciel Castañeda, María CeliaFavor
102 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor
103 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor
104 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor
105 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor
106 Villarreal García, Luis AlbertoFavor
107 Villarreal García, RicardoFavor
108 Villarreal Rangel, GuadalupeFavor
109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor
110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor
111 Zavala Peniche, María BeatrizFavor
Favor: 96
Contra: 0
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 15
Total: 112
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaFavor
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoAusente
3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor
4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente
5 Antonio Altamirano, CarolAusente
6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor
7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor
8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor
9 Aureoles Conejo, SilvanoAusente
10 Barrios Gómez Segués, AgustínAusente
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor
12 Bautista Cuevas, GloriaFavor
13 Bautista López, Victor ManuelFavor
14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor
15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente
17 Bonilla Jaime, JuanaFavor
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor
19 Brito Lara, TomásFavor
20 Carbajal González, AlejandroFavor
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor
23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor
25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesContra
27 Correa Acevedo, AbrahamFavor
28 Cruz Ramírez, ArturoFavor
29 Cuéllar Reyes, FernandoFavor
30 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor
31 De Jesús, Alejandro CarlosFavor
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor
33 Diego Cruz, EvaAusente
34 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente
35 Esquivel Zalpa, José LuisFavor
36 Flores Aguayo, UrielFavor
37 Flores Salazar, Guadalupe SocorroAusente
38 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente
39 García Conejo, AntonioAusente
40 García Medina, Amalia DoloresAbstención
41 García Reyes, VerónicaFavor
42 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor
43 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor
44 González Bautista, ValentínAusente
45 González Magallanes, Alfa ElianaFavor
46 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor
47 Jardines Fraire, JhonatanFavor
48 Jarquín, HugoAusente
49 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor
50 León Mendívil, José AntonioAusente
51 López González, RobertoFavor
52 López Rosado, RobertoFavor
53 López Suárez, RobertoFavor
54 Luna Porquillo, RoxanaFavor
55 Maldonado Salgado, José ValentínFavor
56 Manriquez González, Víctor ManuelFavor
57 Marroqu½n Crist½bal V½ctor E.Favor
58 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
59 Mejía Guardado, JulisaAusente
60 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor
61 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor
62 Merlín García, María del RosarioAusente
63 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor
64 Miranda Salgado, MarinoFavor
65 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor
66 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor
67 Montalvo Hernández, RamónFavor
68 Morales López, Carlos AugustoAusente
69 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor
70 Moreno Rivera, IsraelAusente
71 Moreno Rivera, Julio CésarFavor
72 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor
73 Muñoz Soria, José LuisFavor
74 Nájera Medina, Víctor ReymundoAusente
75 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor
76 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor
77 Orihuela García, JavierAusente
78 Porras Pérez, PedroFavor
79 Posadas Hernández, DomitiloFavor
80 Quiroga Anguiano, KarenFavor
81 Ram½rez Ju½rez, IgnacioFavor
82 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAusente
83 Reyes Montiel, Carla GuadalupeAusente
84 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor
85 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente
86 Salazar Trejo, JessicaFavor
87 Saldaña Fraire, GracielaFavor
88 Salinas Narváez, JavierAusente
89 Salinas Pérez, JosefinaFavor
90 Sánchez Camacho, AlejandroFavor
91 Sánchez Torres, GuillermoAusente
92 Sansores Sastré, AntonioAusente
93 Serrano Toledo, RosendoFavor
94 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor
95 Tapia Bustos, Manuel FranciscoFavor
96 Tovar Aragón, CrystalFavor
97 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor
98 Vega Vázquez, José HumbertoAusente
99 Zárate Salgado, FernandoAusente
Favor: 67
Contra: 1
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 30
Total: 99
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoAusente
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor
7 Escobar y Vega, ArturoAusente
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaAusente
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guillén Guillén, Mario FranciscoAusente
12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorFavor
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborAusente
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
24 Torres Mercado, TomásFavor
25 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente
26 Vital Vera, Martha EdithFavor
27 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 20
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 7
Total: 27
MOVIMIENTO REGENERACION NACIONAL
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor
2 Bonilla Valdez, JaimeAbstención
3 Chávez Contreras, RodrigoFavor
4 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor
5 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor
6 López Cándido, José ArturoFavor
7 Martínez Martínez, Juan LuisFavor
8 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor
9 Méndez Denis, LorenaAusente
10 Monreal Ávila, RicardoFavor
11 Ortiz Ahlf, LorettaAusente
12 Romero Lozano, María FernandaAusente
13 Villanueva Albarrán, GerardoFavor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 13
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor
2 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor
3 Gómez Pozos, MerilynFavor
4 Huidobro González, ZuleymaFavor
5 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor
6 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor
7 Mejía Berdeja, RicardoAbstención
8 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor
9 Soto Martínez, JoséFavor
10 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor
11 Valle Magaña, José LuisFavor
12 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor
Favor: 11
Contra: 0
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 12
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaAusente
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor
4 Cantú Garza, RicardoFavor
5 Martínez Santillán, María del CarmenFavor
6 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
7 Orive Bellinger, AdolfoAusente
8 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor
9 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor
10 Torres Flores, AraceliAusente
Favor: 7
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 10
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente
7 González Roldán, Luis AntonioFavor
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaAusente
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 8
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 10
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1