Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva
Director del
Diario de los Debates
Luis Alfredo Mora Villagómez
Año I
México, DF, jueves 5 de noviembre de 2015
Sesión No. 22

SUMARIO


COMUNICACIONES OFICIALES

De la Mesa Directiva de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno a iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de Puertos, de Aeropuertos y Reglamentaria del Servicio Ferroviario, presentada por el titular del Poder Ejecutivo federal, el 10 de septiembre de 2015. Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Se modifica el turno, actualícense los registros parlamentarios

Del Banco de México, con el que remite el informe con el que se analiza la inflación, la evolución económica y el comportamiento de los indicadores económicos del país en el trimestre julio-septiembre de dos mil quince, así como la ejecución de la política monetaria, y las actividades del Banco de México, en el contexto de la situación económica nacional e internacional, de conformidad con lo que establece el artículo 51, fracción II, de la Ley del Banco de México. Se remite a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES DE LEYES O DECRETOS

LEY DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, REGLAMENTARIA DEL PÁRRAFO SÉPTIMO DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS

LEY DE ENERGÍA PARA EL CAMPO Y LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

Del diputado Alex Le Baron González, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se recibió iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Energía para el Campo y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Se remite a las Comisiones Unidas de Energía y de Gobernación, para dictamen

LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El diputado Gianni Raul Ramírez Ocampo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

EXPIDE LA LEY FEDERAL DE CONSULTA A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

El diputado Juan Alberto Blanco Zaldívar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas. Se remite a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La diputada Erika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

LEY DE VIVIENDA, LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES Y LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El diputado Juan Manuel Celis Aguirre, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Se remite a las Comisiones Unidas de Vivienda y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

EXPIDE LA LEY DE AMNISTÍA, EN FAVOR DE LOS SENTENCIADOS POR DELITOS RELACIONADOS CON EL CONSUMO O POSESIÓN DE CANNABIS SATIVA, ÍNDICA O MARIHUANA

El diputado Jorge Álvarez Maynez, a nombre propio y del diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Amnistía, en favor de los sentenciados por delitos relacionados con el consumo o posesión de Cannabis Sativa, Índica o Marihuana. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Se remite a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

LEY DEL SEGURO SOCIAL

El diputado Oscar Valencia García, a nombre propio, del diputado Álvaro Rafael Rubio y de la diputada Edith Yolanda López Velasco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

El diputado J. Apolinar Casillas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Coordinación Fiscal. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

El diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o., de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Se turna a la Comisión de Asuntos Indígenas, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Eduardo Francisco Zenteno Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

La diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 48 de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Melissa Torres Sandoval, a nombre propio y del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

La diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos. Se remite a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen

LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN

El diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

AGENDA POLÍTICA

Comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016

Para referirse al tema, interviene:

El diputado Alejandro González Murillo, del PES

El diputado Jesús Rafael Méndez Salas, de NA

El diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, de MC

La diputada Norma Rocío Nahle García, de Morena

El diputado Emilio Enrique Salazar Farías, del PVEM

La diputada Hortensia Aragón Castillo, del PRD

El diputado Cesar Flores Sosa, del PAN

El diputado Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa, del PRI

COMUNICACIONES OFICIALES

De la Cámara de Senadores, se recibió minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos y por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen

Del diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, del PRD, por el que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse de su cargo como diputado federal a partir del 6 de noviembre de 2015. Aprobado, comuníquese

Desde la curul, para referirse a la licencia, participa:

El diputado Guadalupe Acosta Naranjo, del PRD

La diputada Claudia Sofía Corichi García, de MC

El diputado César Octavio Camacho Quiroz, del PRI

El diputado Federico Döring Casar, del PAN

El diputado Gonzalo Guízar Valladares, del PES

El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo, independiente

ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política, en relación a cambios de juntas directivas e integrantes de distintas comisiones. Aprobado, comuníquense

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

El presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva informa que, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las proposiciones y las iniciativas que no se presentaron en tribuna serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a la proposición con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 5 de noviembre de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

De la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

PROPOSICIONES

ATIENDA LA NECESIDAD DE CONSTRUIR UN HOSPITAL REGIONAL EN LA CIUDAD DE HUATUSCO, VERACRUZ

Del diputado Miguel Ángel Sedas Castro, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que se atienda la necesidad de construir un hospital regional en la ciudad de Huatusco, Veracruz. Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen

EFEMÉRIDES

El presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva informa a los proponentes de efemérides para que entreguen a la Secretaría los textos respectivos para su incorporación al Diario de los Debates

FELIPE CARRILLO PUERTO

Del diputado Francisco Alberto Torres Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se recibió efeméride con motivo del aniversario del natalicio de Felipe Carrillo Puerto

DÍA DEL FERROCARRILERO

De la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, se recibió efeméride con motivo del 7 de noviembre Día del Ferrocarrilero, en honor a Jesús García Corona, “Héroe de Nacozari”



Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

ASISTENCIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos:Buenos días. Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 286 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva(a las 11:33 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DÍA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LXIII Legislatura.

Orden del día

Jueves 5 de noviembre de 2015.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva

En relación con modificación de turno de iniciativas.

Del Banco de México

Con el que remite el informe con el que se analiza la inflación, la evolución económica y el comportamiento de los indicadores económicos del país en el trimestre julio-septiembre de dos mil quince, así como la ejecución de la política monetaria, y las actividades del Banco de México, en el contexto de la situación económica nacional e internacional, de conformidad con lo que establece el artículo 51, fracción II, de la Ley del Banco de México.

Acuerdos de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política.

Declaratoria de publicidad

De la Comisión de Desarrollo Social con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Energía para el Campo y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Alex Le Baron González, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 149 Ter del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo del diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 156 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Marco Antonio Gama Basarte, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Marco Antonio Gama Basarte, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 2o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma la denominación del Capítulo IV, y adiciona un artículo 15 Bis a la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 115 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Pablo Elizondo García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley General de Estímulos Económicos para las y los Jóvenes Residentes en Territorio Nacional que estudien en Instituciones Públicas de Educación Media Superior dentro de la República Mexicana, a cargo de la diputada Ariadna Montiel Reyes.

Que reforma el artículo 226 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Erika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 102 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Yulma Rocha Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Matias Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 12, 19 y 75 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Edgar Romo García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, suscrito por los diputados Alejandra Gutiérrez Campos y Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, suscrita por los diputados Oscar Valencia García, Álvaro Rafael Rubio y Edith Yolanda López Velasco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 25 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 99 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada Alejandra Gutiérrez Campos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Enrique Dávila Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a cargo de la diputada Evelyn Parra Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 36 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Enrique Dávila Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 20, 21 y 90 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Gloria Hernández Madrid, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 27 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Matias Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 59 y adiciona un artículo 59-C a la Ley Aduanera, a cargo de la diputada Adriana Terrazas Porras, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 28 y 29 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, a cargo del diputado Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, suscrita por los diputados Marco Antonio Aguilar Yunes y Erick Alejandro Lagos Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Gianni Raúl Ramírez Ocampo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, de la Ley Federal de Defensoría Pública, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 40 de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 26 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Alejandro Armenta Mier, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 33, 47 y 75 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Tómas Octaviano Félix, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

De decreto, por el que se declara el 8 de noviembre de cada año como “Día del Urbanista Mexicano”, a cargo del diputado José Lorenzo Rivera Sosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 4-Bis de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, a cargo del diputado José Erandi Bermúdez Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Juan Manuel Celis Aguirre, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma los artículos 88 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 56 de la Ley de Seguridad Nacional, suscrita por los diputados José Clemente Castañeda Hoeflich y María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Soralla Bañuelos de la Torre, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, del Código Federal de Procedimientos Civiles y del Código de Comercio, a cargo del diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas, a cargo del diputado Juan Alberto Blanco Zaldívar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 7o. y 48 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado J. Apolinar Casillas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Eduardo Francisco Zenteno Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que expide la Ley de Amnistía, en favor de los sentenciados por delitos relacionados con el consumo o posesión de Cannabis Sativa, Índica o Marihuana, suscrita por los diputados Jorge Álvarez Maynez y Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Agenda política

Comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, a cargo de los Grupos Parlamentarios.

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, para que a través de las instancias correspondientes se investigue el impacto ambiental, en la salud y económico, que trajo el ilícito en los vehículos de la empresa Volkswagen, se deslinden responsabilidades y, en su caso, se impongan sanciones, a cargo del diputado Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que se atienda la necesidad de construir un hospital regional en la ciudad de Huatusco, Veracruz, a cargo del diputado Miguel Ángel Sedas Castro, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Efemérides

Con motivo del Aniversario del natalicio de Felipe Carrillo Puerto, a cargo del diputado Francisco Alberto Torres Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con Motivo del 7 de noviembre día del Ferrocarrilero, en honor a Jesús García Corona, “Héroe de Nacozari”, a cargo de la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.»



ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa su lectura..

La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa su lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el miércoles cuatro de noviembre de dos mil quince, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.

Presidencia del diputadoJosé de Jesús Zambrano Grijalva

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos setenta diputadas y diputados, a las once horas con treinta y nueve minutos del miércoles cuatro de noviembre de dos mil quince, el Presidente declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; del mismo modo se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, y no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.

Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:

a) Del diputado Alex Le Baron González, del Partido Verde Ecologista de México, por la que solicita que se retire de los registros de las Comisiones Unidas de Energía, y de Gobernación, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Energía para el Campo, y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, presentada el veintisiete de octubre del año en curso. Se tiene por retirada, actualícense los registros parlamentarios.

b) De la Secretaría de Gobernación:

• Con la que remite el Informe Final de la Evaluación de Procesos del Programa Presupuestario G003 Vigilancia del Cumplimiento de la Normatividad y Fortalecimiento de la Certeza Jurídica en las Relaciones entre Proveedores y Consumidores. Se remite a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo Social, para su conocimiento.

• Con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la empresa Volkswagen y la manipulación de modelos con motor diésel. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

c) De la Secretaría de Educación Pública, con la que remite información complementaria de las Unidades Responsables, correspondientes al Destino de los Recursos Federales que reciben las Universidades e Instituciones Públicas de Educación Media Superior y Superior, al tercer trimestre del ejercicio dos mil quince dos mil quince, de acuerdo a lo establecido en el artículo cuarenta y tres del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para dos mil catorce. Se remite a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

d) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite los informes trimestrales sobre la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, correspondientes al tercer trimestre de dos mil quince, la información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondientes al mes de septiembre de dos mil quince; la recaudación federal participable, el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente al mes de septiembre de dos mil catorce, y se adjunta la información mediante la cual se da a conocer los conceptos que integran la intermediación financiera, así como la relativa a las instituciones de banca de desarrollo y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario Rural, Forestal y Pesquero. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

e) Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con la que remite Informe sobre la situación financiera, patrimonial y operativa del instituto al cierre de dos mil catorce. se remite a la Comisión de Vivienda, para su conocimiento.

f) Del Instituto Nacional de las Mujeres, con la que remite el Informe de Resultados, así como los Avances de los programas presupuestarios con erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres con sus respectivos anexos al tercer trimestre de dos mil quince. Se remite a las Comisiones de Igualdad de Género, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

g) De la Cámara de Senadores, con las que remite un acuerdo aprobado y cuatro proposiciones con puntos de acuerdo por las que solicita a la Cámara de Diputados que, en el proceso de análisis, discusión, y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para dos mil dieciséis, considere y destine recursos para varios rubros, suscritas por senadores de diversos grupos parlamentarios. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

h) De la Secretaría de Gobierno del estado de Guanajuato, con la que remite cuatro contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados:

• Relativo a impulsar el aumento del personal médico y de enfermería en el país. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

• Por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno, a fin de crear programas y campañas destinadas a fomentar el respeto hacia las personas con discapacidad y su derecho a la accesibilidad. Se remite a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para su conocimiento.

• Por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública y a sus homólogas estales y del Distrito Federal, para implementar un Programa Especial en el ciclo escolar dos mil quince-dos mil dieciséis de protección civil, con motivo del treinta aniversario de los sismos de mil novecientos ochenta y cinco. Se remite a la Comisión de Protección Civil, para su conocimiento.

• Por el que se exhorta a la titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que lleve a cabo acciones tendientes a la disminución del maltrato infantil. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.

i) De la Secretaría del Gobierno del estado de Tabasco, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para que las entidades federativas integren en el POA dos mil dieciséis la perspectiva de género. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento.

j) Del Gobierno del Distrito Federal, con la que remite dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados:

• Relativo a realizar un análisis de riesgo en los diversos centros comerciales del Distrito Federal y se establezcan protocolos de seguridad. Se remite a la Comisión del Distrito Federal, para su conocimiento.

• Por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a fin de conminar a los delegados en Tlalpan, Venustiano Carranza, Gustavo A. Madero e Iztapalapa a implantar un programa de desazolve para prevenir desastres en la próxima temporada de lluvias. Se remite a la Comisión del Distrito Federal, para su conocimiento.

k) De la Cámara de Senadores:

Con la que remite minutas con proyecto de decreto:

• Por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo sesenta bis uno de la Ley General de Vida Silvestre. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Por el que se reforma el artículo diecisiete Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

• Por el que se adicionan las fracciones décima quinta y décima sexta al artículo cuarto de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, que devuelve para los efectos de la Fracción E del artículo setenta y dos Constitucional. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.

• Por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, que devuelve para los efectos de la Fracción E del artículo setenta y dos Constitucional. Se turna a las Comisiones Unidas de Juventud, y de Igualdad de Género, para dictamen.

• Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que devuelve para los efectos de la Fracción E del artículo setenta y dos Constitucional. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

Con la que remite iniciativas con proyecto de decreto:

• Por el que se reforma el artículo treinta y cuatro, fracción décima cuarta de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la senadora Ninfa Salinas Sada, del Partido Verde Ecologista de México. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley Aduanera, presentada por los senadores Juan Alejandro Fernández Sánchez-Navarro, Rosa Adriana Díaz Lizama, Martha Elena García Gómez, Sonia Mendoza Díaz, Daniel Ávila Ruiz, Ana Gabriela Guevara, José María Martínez Martínez, Fernando Yunes Márquez, Isaías González Cuevas, Francisco Salvador López Brito, Héctor Larios Córdova, Ernesto RuffoAppel, Martín Orozco Sandoval, Aarón Irízar López, Ernesto Cordero Arroyo, Luis Fernando Salazar Fernández, Fernando Torres Graciano, Salvador Vega Casillas y Francisco Búrquez Valenzuela, de los Grupos Parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y del Trabajo. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Desde su curul realiza comentarios sobre diversos temas legislativos la diputada María Candelaria Ochoa Avalos, de Movimiento Ciudadano. El Presidente hace aclaraciones.

Se recibe iniciativa de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para dictamen.

Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a los diputados:

• Juan Antonio Ixtláhuac Orihuela, y suscrita por los diputados Francisco Javier Santillán Oceguera y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo trescientos ochenta y uno Bis y adiciona un artículo trescientos ochenta y uno Ter al Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Miguel Ángel Yunes Linares y suscrita por diputados integrantes del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen; y a la Comisión de Seguridad Pública, para opinión.

• Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona los artículos setenta y dos, y setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Claudia Villanueva Huerta, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma los artículos diez y ciento uno de la Ley Agraria. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria, para dictamen.

• Roberto Guzmán Jacobo, de Morena, que reforma el artículo diecisiete de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

Presidencia del diputadoEdmundo Javier Bolaños Aguilar

A las doce horas con treinta y cinco minutos, por instrucciones de la Presidencia se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro cuatrocientos setenta y nueve diputadas y diputados.

• Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo séptimo de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• Carmen Victoria Campa Almaral, de Nueva Alianza, que reforma los artículos cuatrocientos setenta y cuatro de la Ley Federal del Trabajo, cuarenta y dos de la Ley del Seguro Social, y cincuenta y seis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para dictamen.

Presidencia del diputadoJosé de Jesús Zambrano Grijalva

·• Norma Edith Martínez Guzmán, del Partido Encuentro Social, que adiciona un artículo diez Bis a la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Gloria Himelda Félix Niebla, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Lorena del Carmen Alfaro García y suscrita por diputados integrantes del Partido Acción Nacional, que reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen, y a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para opinión.

• Arturo Santana Alfaro, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo veinte de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• José Refugio Sandoval Rodríguez, del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona un artículo setenta Bis a la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, de Morena, que reforma y adiciona el artículo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Cynthia Gissel García Soberanes, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo ciento treinta y siete Bis nueve de la Ley Aduanera. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Presidencia del diputadoJerónimo Alejandro Ojeda Anguiano

• María Eugenia Ocampo Bedolla, de Nueva Alianza, que reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

• Fernando Uriarte Zazueta y suscrita por diputados integrantes del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Emma Margarita Alemán Olvera, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo treinta y dos-A del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Maricela Contreras Julián, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

Presidencia del diputadoJosé de Jesús Zambrano Grijalva

• Javier Octavio Herrera Borunda, y suscrita por diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que reforma los artículos treinta y tres de la Ley General de Educación y doscientos uno de la Ley del Seguro Social. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Seguridad Social, para dictamen.

• Alfredo Basurto Román, de Morena, que reforma el artículo ciento dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Víctor Manuel Sánchez Orozco, y suscrita por diversos diputados integrantes de Movimiento Ciudadano, que reforma los artículos cincuenta y siete, y quinientos ochenta y cuatro del Código de Justicia Militar. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.

• Manuel Alexander Zetina Aguiluz, de Nueva Alianza, que reforma los artículos séptimo, y cuarenta y siete de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• Ana María Boone Godoy, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos tercero, y ciento treinta y cinco de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Brenda Velázquez Valdez, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo octavo del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

• Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Lia Limón García, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo ciento dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Norma Xóchitl Hernández Colín, de Morena, que reforma el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Claudia Sofía Corichi García, de Movimiento Ciudadano, que reforma los artículos segundo, y cuarenta y uno de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

Se da cuenta con acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica la fecha de la comparecencia ante comisiones del titular de la Secretaría de la Función Pública. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

Se da cuenta con comunicación de la Junta de Coordinación Política, en relación con cambios de Juntas Directivas y de integrantes de Comisiones Ordinarias. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

De conformidad con los artículos cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, de las iniciativas y de las proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, las de los siguientes diputados:

a) Iniciativas con proyecto de decreto:

• Ariadna Montiel Reyes, sin partido, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Eloisa Chavarrias Barajas del Partido Acción Nacional, que abroga la Ley para la Depuración y Liquidación de Cuentas de la Hacienda Pública Federal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Claudia Edith Anaya Mota, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

• Claudia Edith Anaya Mota, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos treinta y dos, y treinta y cuatro de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Claudia Edith Anaya Mota, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo dos-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

b) Proposiciones con puntos de acuerdo:

• Delia Guerrero Coronado, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a fin de que garantice el abasto de medicamentos en los hospitales. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• María Verónica Agundis Estrada, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Consejo Nacional de Población, para queintensifiquen y fortalezcan las acciones de promoción e información en materia de planificación familiar entre las zonas de alta y muy alta marginación, zonas rurales y con especial énfasis en los planteles educativos de todo el país. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen..

• Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, relativo al atentado con explosivos registrado en la línea dos del Mexibús. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

• Rodrigo Abdala Dartigues, de Morena, por el que se exhorta a diversas autoridades, a fin de realizar una investigación del impacto ambiental en los municipios de Quecholac, Tecamachalco y Palmar de Bravo, para afrontar los efectos de la actividad de la empresa cementera CYCNA de Oriente S.A. de C.V., en el estado de Puebla.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Claudia Sofía Corichi García, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta al Senado de la República, a dictaminar la iniciativa con proyecto de decreto por la que se expide la Ley General de Aguas. (Turno a las Comisiones Unidas de Agua Potable y Saneamiento y de Recursos Hidráulicos, para dictamen.

• Soralla Bañuelos de la Torre, de Nueva Alianza, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Zacatecas, para que en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, fortalezcan las acciones de capacitación para productores agrícolas. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.

• Diputados integrantes del Partido Encuentro Social, por el que se exhorta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que considere los riesgos que conlleva la autorización del cultivo, transporte y consumo de marihuana con fines lúdicos o recreativos. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Migratorios, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, realice las gestiones necesarias a efecto de invitar al Jefe del Estado Vaticano, para que en su próxima visita a México emita un mensaje en Sesión Solemne del Congreso de la Unión. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

• José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaria de Salud, para que realice los estudios e investigaciones pertinentes, sobre los efectos y consecuencias derivadas de uso de “cigarros electrónicos”. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Patricia Elena Aceves Pastrana, de Morena, por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, para que considere en el presupuesto de egresos los recursos correspondientes que permitan concluir la obra de la preparatoria “José Revueltas”, ubicada en la Delegación Venustiano Carranza. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

• María Elena Orantes López, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a diversas autoridades de los tres niveles de gobierno, a fin de crear un acuerdo nacional para la condonación de multas, actualizaciones y recargos por conceptos de mora, en ingresos tributarios y no tributarios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Alfredo Bejos Nicolás, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a fin de suministrar el medicamento que contiene el principio activo Fingolimod a los derechohabientes que padecen esclerosis múltiple, atendidos en el Centro Médico Nacional “veinte de Noviembre”. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Juan Romero Tenorio, de Morena, relativo a los procesos penales instaurados en contra de los maestros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, pertenecientes a la sección veintidós de Oaxaca. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

La Presidencia señala, dentro del contexto de la presentación en tribuna de iniciativas de ley o decretos, que los legisladores que deseen adherirse a los mismos, contarán con un plazo determinado para ello, siempre y cuando tengan la autorización de su autor. Así mismo se invita a los proponentes de efemérides a que entreguen a la Secretaría los textos respectivos para su incorporación al Diario de los Debates.

Agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el día jueves cinco de noviembre de dos mil quince, a las once horas, y levanta la sesión a las quince horas con diecinueve minutos.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobada el acta.

Proceda la Secretaría ahora a las comunicaciones oficiales a dar lectura al oficio de la Mesa Directiva, por el que se comunica la modificación de turno de iniciativas.



COMUNICACIONES OFICIALES

La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva.

Honorable Asamblea:

La Presidencia de la Mesa Directiva de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno a:

• Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de Puertos, de Aeropuertos y Reglamentaria del Servicio Ferroviario, presentada por el titular del Poder Ejecutivo Federal el 10 de septiembre de 2015.

“Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.”

México, DF, a 5 de noviembre de 2015.— Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se modifican los turnos a las iniciativas mencionadas. Actualícense los registros parlamentarios.

———————— o ————————

El Secretario diputado Juan Manuel Celis Aguirre:«Banco de México.— Gobernador.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51, fracción II, de la Ley del Banco de México, me complace enviar a esa Cámara el informe en el que se analiza la inflación, la evolución económica y el comportamiento de los indicadores económicos del país en el trimestre julio-septiembre de dos mil quince, así como la ejecución de la política monetaria y, en general, las actividades del Banco de México durante dicho periodo, en el contexto de la situación económica nacional e internacional.(1)

Ruego a ustedes dar el trámite que corresponda en los términos establecidos por los ordenamientos aplicables.

Atentamente

Ciudad de México, Distrito Federal, a 4 de noviembre de 2015.— Agustín Guillermo Carstens Carstens (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública para su conocimiento.

DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES DE LEYES O DECRETOS



LEY DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, REGLAMENTARIA DEL PÁRRAFO SÉPTIMO DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

El Secretario diputado Juan Manuel Celis Aguirre:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, por el que se reforman la denominación y diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía; y se adiciona la fracción IV al artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

HONORABLE ASAMBLEA

A la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión le fue turnada la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman la denominación y diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, y se adiciona la fracción XIV al artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Esta Comisión Legislativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, numerales 1, 2, fracción XX y 3; 45, numerales 1 y 6 incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 80 numeral 1, fracción II; 81, numeral 2; 82 numeral 1; 84 numeral 1; 85; 157 numeral 1, fracción I y 158, numeral 1, fracción IV y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, se abocó al análisis, discusión y valoración de la Iniciativa que se menciona.

Asimismo, conforme a las consideraciones de orden general y específico, como a la votación que del sentido del proyecto de Iniciativa de referencia realizaron los integrantes de esta Comisión Legislativa, se somete a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente Dictamen:

DICTAMEN

I. ANTECEDENTES

1. El 8 de septiembre de 2015, la Cámara de Diputados recibió por parte del Titular del Poder Ejecutivo Federal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre otras, la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman la denominación y diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, y se adiciona la fracción XIV al artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

2. El 10 de septiembre de 2015, el Proyecto de Decreto por el que se reforman la denominación y diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, y se adiciona la fracción XIV al artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal fue turnado por la Mesa Directiva a la Comisión de Desarrollo Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para la elaboración del dictamen correspondiente.

II. DESCRIPCIÓN DE LA INICIATIVA

La Iniciativa tiene por objeto la transferencia del órgano administrativo desconcentrado denominado Instituto Nacional de la Economía Social, actualmente adscrito a la Secretaría de Economía a la Secretaría de Desarrollo Social, con el propósito de adecuar las acciones de ese Instituto a un mayor enfoque social, conforme a los lineamientos del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con la transferencia del Instituto Nacional de la Economía Social a la Secretaría de Desarrollo Social, se pretende orientar de forma adecuada las acciones del Instituto, alineándolas a las directrices y políticas de carácter social de la Administración Pública Federal, en el marco de la Ley que lo crea y de la Ley General de Desarrollo Social.

En la estructura programática a emplear en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, se consideró la transferencia del Programa de Fomento a la Economía Social, a cargo del Instituto, a la Secretaría de Desarrollo Social, así como su fusión con el Programa Opciones Productivas, a fin de promover que las personas en situación de pobreza cuenten con acceso a opciones productivas para desarrollar proyectos sustentables y productivos, que generen empleos que les permitan alcanzar un nivel de vida digno.

La Secretaría de Desarrollo Social, a través de la fusión de los programas citados, incrementará el apoyo a la implementación de proyectos productivos sustentables económica y ambientalmente, mediante la entrega de recursos económicos capitalizables para la adquisición de activos, conceptos de inversión diferida y capital de trabajo, así como apoyos no capitalizables para la prestación de servicios de asistencia técnica y capacitación técnico productiva.

Asimismo, se prevé la entrega de apoyos integrales para la puesta en marcha o consolidación de proyectos capitalizables que permitan ampliar la capacidad productiva de personas cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar, integradas en grupos sociales u organizaciones de productoras y productores que cuenten con iniciativas productivas y que habiten en las zonas de atención prioritaria rurales, en los municipios catalogados como predominantemente indígenas de acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y en las localidades de alta y muy alta marginación con una población hasta de 14,999 habitantes, ubicadas en municipios de marginación media, baja y muy baja.

Mediante esta transferencia y fusión se pretende coadyuvar a mejorar el ingreso de las personas en situación de pobreza extrema, vulnerabilidad, rezago y marginación, en congruencia con la Política Social de Nueva Generación que está enfocada en alcanzar una sociedad de derechos ciudadanos y humanos plenos y que gira en torno al ciudadano, ubicándolo como un agente de su cambio, protagonista de su propia superación a través de su organización y participación activa.

Con el propósito de brindar mayor claridad a la exposición del contenido de la iniciativa en comento y considerando los antecedentes señalados, se expondrán los temas de la misma.

1. Modificaciones a la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía.

En primer término, se modifican la denominación, así como los artículos 1o y 3o, de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, para señalar que será reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 constitucional, considerando que por virtud del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 2015, se adicionó un nuevo segundo párrafo al precepto constitucional mencionado, recorriéndose en su orden los subsecuentes, por lo que el párrafo séptimo pasó a ser el octavo.

Con el propósito de dar cumplimiento al objetivo de la Iniciativa, se propone reformar el artículo 13 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, para señalar que se crea el Instituto Nacional de la Economía Social como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, el cual contará con autonomía técnica, operativa y de gestión. Lo anterior, tendrá como consecuencia la transferencia de ese Instituto a la de Desarrollo Social.

En cuanto al objeto del Instituto Nacional de la Economía Social, se reforman los artículos 13 y 14 para establecer que las políticas públicas de fomento y de desarrollo del sector social de la economía a su cargo, se instrumentarán con el fin de fortalecer y consolidar a ese sector como uno de los pilares de desarrollo económico y social del país, como parte la Política Nacional de Desarrollo Social.

Los resultados de las evaluaciones de los programas y acciones de fomento y desarrollo del sector social de la economía, serán entregados a las comisiones de Desarrollo Social de ambas Cámaras del Congreso de la Unión y serán puestos a disposición del público en general a través de internet.

2. Adición de la fracción XIV del artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Conforme a lo expuesto por el Ejecutivo Federal en la Iniciativa bajo análisis, se propone reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el objeto de dotar a la Secretaría de Desarrollo Social de la competencia necesaria para formular y conducir la política nacional de fomento al sector social de la economía, y para que el Instituto Nacional de la Economía Social le sea subordinado jerárquicamente.

Por lo anterior, se propone la adición de la fracción XIV del artículo 32 de la Ley citada, para señalar que la Secretaría de Desarrollo Social será competente para formular, conducir y evaluar la política de fomento y desarrollo del sector social de la economía.

3. Régimen transitorio.

Se propone que el Decreto entre en vigor el primero de enero del año dos mil dieciséis, en concordancia con el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, enviado por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión el 8 de septiembre de 2015, mismo que prevé la transferencia del Programa de Fomento a la Economía Social a cargo del Instituto Nacional de la Economía Social al Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, bajo la coordinación de la Secretaría de Desarrollo Social, así como su fusión con el Programa Opciones Productivas.

Las modificaciones a las disposiciones reglamentarias deberán efectuarse a más tardar a los noventa días siguientes a la entrada en vigor del Decreto.

Con la finalidad de que el proceso de transferencia del Instituto Nacional de la Economía Social se lleve a cabo de forma adecuada, se propone que los oficiales mayores de las secretarías de Desarrollo Social y de Economía, con el apoyo que corresponda a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, realizarán todas las acciones administrativas para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto, mismas que deberán concluir en un plazo no mayor a noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto.

Finalmente, resulta relevante señalar que la transferencia del Instituto Nacional de la Economía Social a la Secretaría de Desarrollo Social, no implicará afectación a los derechos laborales de los trabajadores de ese órgano; por el contrario, en caso de que la Secretaría de Desarrollo Social determine, con base en las prioridades de gasto público y las necesidades y funciones del Instituto, que se deben realizar modificaciones a su estructura orgánica, los derechos laborales de los trabajadores serán respetados conforme a la Ley.

III. CONSIDERACIONES.

PRIMERA.Se considera que la transferencia del Instituto Nacional de Economía Social a la Secretaría de Desarrollo Social es acorde a la Ley de Desarrollo Social y la Política Social de Nueva Generación al promover la superación de la población en situación de pobreza y marginación a través de su organización y participación activa.

SEGUNDA. La Comisión de Desarrollo Social considera que la presente iniciativa busca promover en los individuos el desarrollo de sus destrezas para insertarse productivamente en la economía, es decir, preparar a las personas para sus actividades productivas propias o para incursionar más favorablemente en el mercado laboral.

TERCERA: Esta Comisión considera que con la fusión del Programa de Fomento a la Economía Social y el Programa de Opciones Productivas se promueve que las personas en situación de pobreza cuenten con acceso a opciones productivas para desarrollar proyectos sustentables y productivos y que generen empleos que les permitan alcanzar un nivel de vida digno.

CUARTA: Esta Comisión Legislativa estima conveniente la aprobación de la Iniciativa bajo análisis, toda vez que la transferencia del órgano administrativo desconcentrado denominado Instituto Nacional de la Economía Social forma parte de una serie de acciones propuestas por el Ejecutivo Federal, que tienen como finalidad adecuar y redimensionar la estructura institucional de la Administración Pública Federal a su cargo, lo cual mejorará los procesos de planeación y programación del gasto público federal.

QUINTA: Esta Comisión, coincide en que las propuestas de reforma a la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía y a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, traerán como consecuencia la mejora en los procesos de planeación, programación y aplicación de los recursos públicos destinados por el Instituto Nacional de la Economía Social a los beneficiarios.

SEXTA: Se coincide en que la transferencia del Instituto Nacional de la Economía Social, debe llevarse a cabo mediante las reformas a la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, y a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tomando en cuenta que la Secretaría de Desarrollo Social será la Dependencia que tendrá a su cargo el Instituto Nacional de la Economía Social, para lo cual debe contar con el ámbito de competencia necesario para ese efecto.

SEPTIMA: Esta Comisión considera adecuada la modificación de la denominación de la Ley de la Economía Social y Solidaría, Reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, ya que brindará certeza jurídica.

Por todo lo anteriormente expuesto y, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción II, 84, 85, 102, numeral 1, 182, numeral 1 y 191, numeral 1 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados; esta Comisión somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LA DENOMINACIÓN Y DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, REGLAMENTARIA DEL PÁRRAFO SÉPTIMO DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LO REFERENTE AL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA, Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN XIV AL ARTÍCULO 32 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

ARTÍCULO PRIMERO.Se reforman la denominación de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo Referente al Sector Social de la Economía, así como los artículos 1o., primer párrafo; 3o.; 5o., fracciones III y XVII; 12, último párrafo; 13; 14, fracciones I, XIII y XXII; 16, fracción II; 18, fracción III; 19, primer párrafo; 22 y 55 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo Referente al Sector Social de la Economía, para quedar como sigue:

LEY DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, REGLAMENTARIA DEL PÁRRAFO OCTAVO DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LO REFERENTE AL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA

Artículo 1o. La presente Ley es reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo concerniente al Sector Social de la Economía.

...

Artículo 3o. El Sector Social de la Economía es el sector de la economía a que se refiere el párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual funciona como un sistema socioeconómico creado por organismos de propiedad social, basados en relaciones de solidaridad, cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano, conformados y administrados en forma asociativa, para satisfacer las necesidades de sus integrantes y comunidades donde se desarrollan, en concordancia con los términos que establece la presente Ley.

Artículo 5o. ...

I. y II. ...

III. Secretaría, a la Secretaría de Desarrollo Social;

IV. a XVI. ...

XVII. Acuerdo, al Acuerdo de Organización y Funcionamiento del Instituto, que emita el titular de la Secretaría.

Artículo 12. ...

I. a III. ...

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, interpretará para efectos administrativos los preceptos de la presente Ley.

Artículo 13. Se crea el Instituto Nacional de la Economía Social como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, el cual contará con autonomía técnica, operativa y de gestión.

El Instituto tiene como objeto instrumentar, como parte de la Política Nacional de Desarrollo Social, las políticas públicas de fomento y desarrollo del sector social de la economía, con el fin de fortalecer y consolidar al Sector como uno de los pilares de desarrollo económico y social del país, a través de la participación, capacitación, investigación, difusión y apoyo a proyectos productivos del Sector.

La organización y funcionamiento del Instituto, además de lo previsto en esta Ley, será determinada en términos del Acuerdo.

Artículo 14. ...

I. Instrumentar, como parte de la Política Nacional de Desarrollo Social, la política de fomento y desarrollo del sector social de la economía;

II. a XII. ...

XIII. Difundir los valores, principios y fines del Sector, así como sus principales logros empresariales y asociativos, y las demás que se establezcan en el Acuerdo;

XIV. a XXI. ...

XXII. Las demás que señale el Acuerdo.

Artículo 16. ...

I. ...

II. Un Director General, designado y removido libremente por el Titular del Ejecutivo Federal a propuesta del titular de la Secretaría, y

III. ...

Artículo 18. ...

I. y II. ...

III. Elaborar, proponer y someter a consideración del titular de la Secretaría, para su aprobación, los programas y acciones de fomento y desarrollo a la actividad económica del Sector;

IV. y V. ...

Artículo 19. El Instituto contará con delegaciones en términos del Acuerdo.

...

Artículo 22. El Consejo se regirá en términos del Acuerdo, así como por sus Normas Internas de Funcionamiento.

Artículo 55. Los resultados de las evaluaciones serán entregados a la Secretaría, al Instituto y al Consejo, así como a las comisiones de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados y a la s comision es de Fomento Económico y de Desarrollo Social de la Cámara de Senadores. Asimismo, los resultados de las evaluaciones serán puestos a disposición del público en general a través de las páginas web de dichas instancias públicas.

ARTÍCULO SEGUNDO. Se adiciona la fracción XIV y se recorre la fracción XVI para pasar a ser la fracción XV del artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 32. ...

I. a XIII. ...

XIV. Formular, conducir y evaluar la política de fomento y desarrollo del sector social de la economía, y

XV. Los demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor el primero de enero del año dos mil dieciséis, sin perjuicio de lo señalado en las siguientes disposiciones transitorias.

Segundo. El Ejecutivo Federal, a más tardar a los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá realizar las modificaciones a las disposiciones reglamentarias correspondientes.

Tercero. El Acuerdo de organización y funcionamiento del Instituto Nacional de la Economía Social publicado el 22 de julio de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, continuará aplicándose en lo que no se oponga a este Decreto, hasta que la Secretaría de Desarrollo Social emita el nuevo Acuerdo. En tanto ello sucede, dicha Secretaría resolverá respecto de aquello que no se encuentre previsto.

Cuarto. Los oficiales mayores de la secretarías de Desarrollo Social y de Economía, con la participación que corresponda al Instituto Nacional de la Economía Social y el apoyo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, realizarán todas las acciones administrativas para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto, mismas que deberán estar concluidas a más tardar en el plazo a que se refiere el transitorio Segundo de este Decreto.

Quinto. Los derechos laborales de los trabajadores del Instituto Nacional de la Economía Social no se verán afectados con motivo de la entrada en vigor de este Decreto.

En caso de que la Secretaría de Desarrollo Social determine, con base en las prioridades de gasto público del ejercicio fiscal de que se trate, así como en las necesidades y funciones del Instituto Nacional de la Economía Social, que se deben realizar modificaciones a la estructura orgánica de éste, los derechos laborales de los trabajadores deberán ser respetados conforme a la Ley.

La Comisión de Desarrollo Social, diputados:Javier Guerrero García (rúbrica), presidente; Alejandro Armenta Mier (rúbrica), David Epifanio López Gutiérrez (rúbrica), Adriana Terrazas Porras (rúbrica), Miguel Ángel Huepa Pérez (rúbrica), Gabriela Ramírez Ramos (rúbrica), Ximena Tamariz García (rúbrica), Natalia Karina Barón Ortiz (rúbrica), Érika Irazema Briones Pérez (rúbrica), María Elida Castelán Mondragón (rúbrica), Araceli Damián González (rúbrica en contra), Carlos Lomelí Bolaños, Ángel García Yáñez (rúbrica), Hugo Éric Flores Cervantes (rúbrica), Diego Valente Valera Fuentes, secretarios; Hugo Alejo Domínguez (rúbrica), Edith Anabel Alvarado Varela (rúbrica), José Antonio Arévalo González (rúbrica), Mariana Benítez Tiburcio (rúbrica), Jorge Alejandro Carvallo Delfín, Olga Catalán Padilla, Pablo Elizondo García (rúbrica), Evelyng Soraya Flores Carranza (rúbrica), Alicia Guadalupe Gamboa Martínez (rúbrica), Norma Xóchitl Hernández Colín (rúbrica en contra), Flor Ángel Jiménez Jiménez, Gustavo Enrique Madero Muñoz, Angélica Moya Marín (rúbrica en contra), Dora Elena Real Salinas (rúbrica), María del Rosario Rodríguez Rubio (rúbrica), Araceli Saucedo Reyes (rúbrica), Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.

Pasamos ahora al capítulo de iniciativas de diputadas y diputados.

INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS



LEY DE ENERGÍA PARA EL CAMPO Y LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

El Secretario diputado Juan Manuel Celis Aguirre:«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Energía para el Campo, y Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Álex Le Barón González, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, Alex Le Baron González, diputado de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 6 fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 5o. párrafo segundo y 7o. fracciones I y III párrafo tercero; asimismo, se adicionan un párrafo segundo a la fracción X del artículo 31 y XVIII del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Desde su origen, el Capítulo Agropecuario del Tratado Libre de Comercio de América del Norte (TLCAN) fue negociado en condiciones de grandes asimetrías entre los tres países, particularmente por la brecha en los niveles de productividad del sector agropecuario de Estados Unidos, Canadá y México.

El desequilibrio entre los tres países también se reflejaba en los recursos que cada uno de ellos destina para estimular la producción agrícola y apoyar las exportaciones de los bienes agropecuarios. En general, los compromisos que se pactaron en el Capítulo Agropecuario del TLCAN no reflejaron plenamente el menor nivel de desarrollo de la agricultura mexicana comparada con la de sus socios comerciales, ni en plazos de desgravación ni en niveles de mercado.

Así, después de veinte años de haber entrado en vigor el TLCAN, la productividad del sector agropecuario mexicano no logró mejorar suficientemente como para acortar la brecha con los países socios de dicho tratado, asimismo tampoco se logró mejorar el nivel de ingreso ni los salarios de los trabajadores del campo.

Sin embargo, a pesar de este tratado, Estados Unidos es el que otorga mayor monto a sus productores, se estima que en 2002, los subsidios al productor, en los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) ascendieron a 208.0 mil millones de dólares (mmd) de los cuales la mayor parte le correspondió a Estados Unidos.

Bajo este mismo supuesto, en 2004 los subsidios al productor en Estados Unidos ascendieron a 46.5 mmd, mientras que a Canadá fueron de 5.7 mmd y en México fue de 5.5 mmd.

Por otra parte, se ha venido reduciendo la participación del sector agropecuario en el producto interno bruto (PIB) total, de representar 7.9 por ciento en 1988, en 2005 su participación fue de solamente 3.4 por ciento y hoy en día ha caído a menos de 3 por ciento, lo que ha agravado el desequilibrio estructural de la economía mexicana y se refleja en los bajos ingresos agropecuarios y la baja dinámica de los mercados internos.

Las ventajas arancelarias que aparentemente recibió México por parte de sus socios comerciales del mencionado tratado, se fueron gradualmente erosionando por diversos factores: la revaluación cambiaria, el aumento de los subsidios que otorgan los gobiernos de Estados Unidos y Canadá a sus productores agrícolas y los diversos acuerdos comerciales que Estados Unidos fue suscribiendo durante los años de operación del TLCAN con países cuyas producciones agropecuarias compiten con las mexicanas.

Sin embargo, han sido las barreras no arancelarias y las prácticas desleales de comercio tales como el dumping y subsidios que utilizan los gobiernos y productores agrícolas de los socios comerciales de México, los que más han afectado el desarrollo de nuestro sector agropecuario, ya que esas prácticas han generado una competencia desleal entre los productores de los tres países, en detrimento de los agricultores mexicanos.

Además de esto, la Organización Mundial de Comercio ha impuesto grandes limitaciones al momento de la entregar los subsidios, como los que otorga el gobierno de Estados Unidos a sus productores agrícolas; siendo así que en el año 2006 Estados Unidos otorgó subsidios directos e indirectos de 150 dólares promedio por hectárea por productor, mientras que en Canadá se estima que fue de 5.0 dólares y en México se otorgaron sólo 45.0 dólares, esto representa la gran diversidad entre los tres países de integrantes del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

En poco más de cinco décadas la situación del campo mexicano se ha deteriorado cada vez más. Esto ha sido factor importante para que los campesinos abandonen sus tierras para emigrar a otros estados o incluso a otros países en busca de mejores oportunidades laborales, de igual manera esta problemática se ha reflejado en la inclusión de las personas a la delincuencia, se han creado las autodefensas y movimientos armados que afectan directamente a México en la intrínseca búsqueda del bienestar pretendiendo devolver la seguridad para sus familias y el bien para la comunidad.

Una de las grandes problemáticas que ha mermado al campo mexicano ha sido la sobreoferta de sus productos al momento de levantar la cosecha, lo que ocasiona que la producción pierda su valor, combinado esto con el aumento de los hidrocarburos, fertilizantes y demás insumos; simplemente genera un gran estancamiento en el sector agropecuario, el estancamiento en el que el campo ha vivido los últimos 50 años. Sin duda, en el campo mexicano hay un problema de crecimiento económico y de desarrollo social. La agricultura crece poco y no cumple a cabalidad con los objetivos que de ella se espera en el proceso de desarrollo. México no ha tenido una política agrícola activa que cree las condiciones para un desarrollo más dinámico y amplio del sector. Esto ha llevado a tener una agricultura poco productiva y que no genera empleo de forma masiva, aunado a esto en el Presupuesto de Egresos de la Federación se prevé una disminución de 18.4 por ciento.

Por su parte, el gasto al fomento al campo ha sido limitado. Esto ha dado lugar a las amplias brechas de desarrollo que aún subsisten entre los sectores urbanos y los territorios rurales. Esta discriminación, el bajo crecimiento agrícola y la poca importancia que las políticas y los recursos sectoriales les han otorgado a los cultivos y a las actividades en las que participan los pequeños productores en cuyas manos reposa buena parte de la producción de alimentos, da pie a los altos niveles de pobreza rural.

Bajo este mismo supuesto, otra de las grandes problemáticas que enfrenta el campo mexicano, principalmente el estado de Chihuahua, es el incremento de las tarifas y costos tanto de la luz como de los energéticos agrícolas, esto se refiere y de acuerdo a estudios realizados por la Universidad Autónoma de Chihuahua el incremento al consumo de la energía por “kilowatts punta” del año 2000 al año 2011 fue de 0.59 pesos, esto representa una clara afectación al productor puesto que si se aumenta el costo de energía se reduce la productividad y la competencia entre otros productores. Aunado a esto, en el eslabón de la cadena producción- comercialización de la manzana para desplazarla durante todo el año es necesario contar con frigoríficas especiales para su clasificación y venta al público, el costo tan alto de la energía eléctrica hace cada día menos posible contar con estos frigoríficos.

De igual manera el alto costo de los fertilizantes en los últimos 5 años, ha llegado desde 27 hasta 56 por ciento en diferentes productos indispensables para una producción competitiva.

Aunado a esto, nuestros productores ya no cuentan con los beneficios del subsidio al diésel agropecuario, desapareciendo este apoyo desde el año 2012; quedando eliminado todo tipo de apoyo sobre este energético. Por otra parte, el incremento al diésel agropecuario ha venido afectando desde los últimos, en el año 2007 el costo por litro de este hidrocarburo era de 5.93 pesos, mientras que en los demás años fue aumentando hasta llegar a 14.20 pesos por litro en 2015. Esto representa una problemática en la producción y en la comercialización para los productores del campo.

Argumentación

Por lo anterior, México comenzó a perder presencia en las importaciones agropecuarias totales de Estados Unidos, incluyendo aquellos productos en los cuales fue un exportador neto de elevada competitividad, como el tomate, el café y las frutas, entre otros.

En Estados Unidos el sector agroalimentario es el principal beneficiario de los subsidios directos del gobierno federal de ese país al sector privado, justificando esos apoyos por la volatilidad inherente al sector, y por el respaldo y la protección que, según dicho gobierno, ofrecen a su sector sus principales exportadores de bienes agropecuarios.

Por la importancia que tiene Estados Unidos en el mercado mundial de bienes agropecuarios, son de vital importancia los elevados subsidios que otorga a sus productores, lo que ha sido motivo de queja de sus principales socios comerciales, incluyendo a México, ante los organismos internacionales como la Organización Mundial de Comercio (OMC). No obstante lo anterior.

Es claro que el país debe dedicarle más recursos al campo. La respuesta estatal debe enmarcarse en políticas, recursos e instituciones que aseguren la creación eficaz de círculos virtuosos de crecimiento y desarrollo que beneficien a todos los habitantes rurales ya los diversos tipos de productores.

El cambio climático aumenta el riesgo del sector primario, situación que agrava la derrama de recursos para fines productivos y que aumenta progresivamente los costos de las primas de los seguros, ya que estos fenómenos naturales adversos se presentan con mayor frecuencia. Aunado a estos elementos habría que considerar los factores económicos que restringen la inversión y la derrama de recursos en el campo, tales como:

• El riesgo de inversión que se presenta en las actividades del campo por el estancamiento en los niveles de productividad y rentabilidad, derivado de la falta de asistencia técnica y de la incorporación de tecnologías, así como de una inadecuada organización para la producción.

• Inadecuada integración de la cadena productiva y de comercialización y baja generación de valor agregado; así como una importante transferencia de ingresos de los productores primarios a agentes secundarios.

• Altos costos derivados del incremento en el precio de los insumos, e inadecuados sistemas de comercialización, transporte y almacenaje.

Se ha asumido que el sector rural tiene un carácter secundario, sólo como proveedor de alimentos, materias primas y mano de obra para el desarrollo urbano e industrial. Es decir los equilibrios entre la economía rural y urbana, nunca han constituido una meta de largo plazo, lo que explica en buena medida los desajustes intersectoriales y las diferencias significativas en los índices de crecimiento y en los índices de contribución en el ingreso nacional.

En los últimos años el valor agregado del sector agropecuario, representó entre 3 y 4 por ciento del PIB. En 1910 éste representó 35.6 por ciento; en 1940: 21.7 por ciento; en 1970: 11.2 por ciento y en 1990 7.7 por ciento.

El tema de la autosuficiencia y autodeterminación alimentaria ha pasado a un segundo término, para satisfacer la demanda interna es preciso importar cada vez más productos básicos y oleaginosos. Es decir, estamos atenidos cada vez más a condiciones y a decisiones productivas y de mercado externas, sin prever que los productos alimenticios pueden ser materia de supeditación internacional, tal como sucedió con la guerra de los alimentos en los años ochenta.

Los pequeños productores son predominantes en el campo mexicano. De los 4 millones 69 mil 938 productores, 68 por ciento posee un predio de hasta 5 hectáreas. Los productores con menos de 5 hectáreas, en lugar de disminuir con el transcurso del tiempo como se pretendió con muchas políticas agrarias se han multiplicado, ya que han tenido un crecimiento de 709 por ciento en 80 años.

La pequeña agricultura produce una parte significativa de nuestros alimentos y tienen una fuerte presencia en la producción de maíz y frijol; a pesar de sus condiciones precarias ya la falta de apoyos económicos gubernamentales, la pequeña agricultura representa 39 por ciento de la producción agropecuaria nacional.

Lo pequeños agricultores generan la mayor parte del empleo agropecuario, 74.1 por ciento de empleos son generados por productores que poseen hasta 10 hectáreas.

En la actualidad los grandes productores no han sido beneficiarios de los subsidios productivos y del financiamiento, necesitamos darles una mayor importancia a los pequeños productores.

El futuro del campo mexicano depende en gran medida de la inversión que haga el gobierno. Ya han sido demasiados años que el gobierno no se ha hecho presente en el campo mexicano; y es de aquí donde han surgido todas esas problemáticas con las que ahora cuenta el sector agropecuario y han sido agraviadas por la firma de los tratados de libre comercio. Sin embargo el problema no ha sido que se hayan firmado, si no que no se haya dado el apoyo necesario que el campo mexicano requiere para que sea rentable.

El campo mexicano posee un gran potencial que no ha sabido ser debidamente aprovechado, porque por más tierra fértil que se posea si no contamos con un adecuado sistema de riego, la adecuada maquinaria, la eficaz asistencia técnica, un manejo preventivo de riesgos climáticos, un financiamiento oportuno y adecuado y, sobretodo, el acceso a hidrocarburos e insumos más baratos, nunca se podrá romper la tendencia histórica promedio de los últimos años de 2.78 por ciento con respecto al PIB.

Ha sido el gobierno el que se ha encargado de globalizar al campo mexicano y solamente el gobierno puede hacer posible que el sector agropecuario mexicano llegue a ser competitivo con los países desarrollados, es por esto que se debe destinar una mayor inversión, y sobre todo de una manera más eficaz.

Para poder generar una mayor eficacia en el campo mexicano, es necesario cubrir las necesidades del mismo, y para lograr este objetivo se necesita la implementación de programas para el sector agropecuario, como el programa de Diésel agropecuario, mismo que ya no está considerado desde el año 2012 en el programa Especial Concurrente para del Desarrollo Rural Sustentable.

La dependencia más competente para realizar e implementar este tipo de programas es la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa); quien puede ser la responsable del establecimiento de los precios y las tarifas designadas a los energéticos agropecuarios y así eliminar el arbitrio insensible de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de esta necesidad.

Es importante y necesario reformar artículos de la Ley de Energía para el Campo, para que sea la Sagarpa quien determine todos los requisitos y las cuotas energéticas de cada ciclo y los criterios necesarios para que los programas que beneficien a los campesinos, y a su vez sean implementados estos programas y cuotas en el ejercicio fiscal de cada año.

Con base en la reforma materia del presente documento, para poder lograr esto de igual manera es necesario reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y así poder cumplir con las demandas que requiere el campo mexicano.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este honorable pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se modifican los artículos 5o., párrafo segundo, y 7o. fracciones I y III párrafo tercero; asimismo, se adicionan un párrafo segundo a la fracción X del artículo 31, un segundo párrafo a la fracción XVIII del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Artículo Primero. Se reforman los artículos 5o. párrafo segundo y 7o. fracciones I y III párrafo tercero de la Ley de Energía para el Campo, para quedar como sigue:

Artículo 5o. ...

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación con fundamento en lo dispuesto en los artículos 31, fracción X, párrafo segundo, y 35, fracción XVIII, párrafo segundo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de Energía, establecerá los precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios, considerando las condiciones económicas y sociales prevalecientes en el ámbito nacional e internacional.

Artículo 7o. ...

...

I. Motores para bombeo y rebombeo agrícola y ganadero, tractores y maquinaria agrícola, frigoríficos y motores fuera de borda, que se utilicen directamente en las actividades objeto de esta ley, según lo establecido en el artículo 3o. fracción I de la misma.

II. ...

III. ...

...

La solicitud de cuota energética deberá hacerse por cada sitio productivo y será determinada y entregada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a más tardar el 30 de junio de cada año, para que ésta a su vez la incluya en el presupuesto que el Ejecutivo entrega al legislativo.

Artículo Segundo. Se adiciona un párrafo segundo a la fracción X del artículo 31, así como un párrafo segundo a la fracción XVIII del artículo 35 de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 31. ...

I. a IX. ...

X. ...,

En el caso de precios y tarifas para estimular la actividad agropecuaria, esta facultad será competencia de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

XI. a XXXIV. ...

Artículo 35. ...

I. a XVII. ...

XVIII. ...

Para el establecimiento de precios y tarifas a los que se refiere el artículo 5o. de la Ley de Energía para el Campo, esta Secretaría establecerá los precios y tarifas que se otorguen de estímulo a los productores agropecuarios; tomando en cuenta las bases que para tal efecto le presenten la Secretaría de Energía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como las condiciones económicas y sociales prevalecientes en el ámbito nacional e internacional.

XIX. a XXII. ...

Transitorio

Único. El presente decretó entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2015.— Diputados: Alex Le Baron González,Alejandro Domínguez Domínguez, Carlos Gerardo Hermosillo Arteaga, Adriana Terrazas Porras, Ana Georgina Zapatas Lucero, Juan Antonio Meléndez Ortega, Fernando Uriarte Zazueta (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a las Comisiones Unidas de Energía y de Gobernación, para dictamen.



LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Y ahora tiene la palabra por cinco minutos el diputado Gianni Raúl Ramírez Ocampo, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

El diputado Gianni Raúl Ramírez Ocampo:Buenos días. Con su permiso, señor presidente, compañeras y compañeros diputados, el día de hoy vengo con toda la convicción de ser apoyado por todos ustedes y por la responsabilidad que nos conlleva estar en este pleno.

En la década de los 80 surgió el Programa de Acción Mundial de las Personas con Discapacidad en el cual se invitó a las Oficinas de Estadística de las Naciones Unidas, que junto con otras dependencias participarían con los países en desarrollo a fin de establecer un sistema realista y práctico respecto a las diversas discapacidades, y en particular para generar documentos y políticas públicas que servirían para la elaboración de programas de acción, con el fin de mejorar la situación de estas personas.

La Organización Mundial de la Salud estima que el 98 por ciento de las personas discapacitadas que viven en países en desarrollo se encuentran en total desamparo, puesto que no son beneficiados con ningún programa de asistencia médica gratuita.

En nuestro país no existe una claridad respecto del número de discapacitados, debido a que la utilización y clasificación de discapacidades no ha permitido contar con un programa que sea homogéneo y se estima que en el 2013 eran cerca de 10 millones de mexicanos.

En ese orden de ideas tenemos un compromiso moral quienes nos encontramos aquí; un compromiso pendiente con este sector de la población de más de dos décadas, pues al no estar reconocidos en este censo, su población no es certero. Se vuelve muy difícil pretender y dirigir políticas públicas a su favor. Les pongo un simple, pero ilustrativo ejemplo: ustedes saben lo difícil que es acreditar la calidad de una persona discapacitada ante el sistema de desarrollo, el DIF. Les platico rápidamente cómo es este trámite:

Las personas con discapacidad deben acudir a un médico del sector salud, quienes con suerte lo canalizarán con un especialista quien ojalá éste, esté de buenas y quiera ordenar las prácticas y estudios de rutina que le deben de corresponder.

Con esos estudios deberá acudir nuevamente al DIF, a donde tendrá que hacer nuevamente fila. Esos estudios deberán volver a ser revisados, pero ahora ante un médico del DIF, quien decidirá si el solicitante amerita ser y se le acredite como persona con discapacidad, para lo cual deberá volver –si bien le va– dé un lapso de 15 días.

Pero ahí no para la cosa, este engorroso trámite lo tiene que realizar año con año si quiere seguir conservando sus beneficios, entre los que se encuentra recibir descuentos o alguna ayuda económica, si es que existe.

Entonces, deberíamos de preguntarnos: ¿Dónde están las leyes y las políticas públicas que ayudan a este sector de la población, a este sector tan olvidado? ¿Por qué es tan difícil acreditar una discapacidad? No se supondría que por su condición de vulnerabilidad se le deberían de facilitar las cosas.

Como vemos, seguimos con una tramitología absurda, además de continuar sin un registro nacional de personas con discapacidad. Por ello, el día de hoy vengo a proponer modificaciones a las leyes de inclusión de personas con discapacidad, a fin de que se incorpore una cédula única de discapacidad que acredite su calidad y que tenga el carácter definitivo para quienes padezcan una discapacidad permanente o, en su caso contrario, sean discapacidades transitorias con posibilidad de prórroga según sea el caso y así lo requieran.

Adicionalmente dicha cédula nos permitirá ir registrando año con año a estas personas, y que en automático se vaya formando un registro nacional de personas con discapacidad, además de censar el nacimiento de niñas y niños que nazcan con algún tipo de discapacidad, con lo que estaríamos cumpliendo con lo establecido por la Organización de las Naciones Unidas, y que varias legislaturas anteriores no le dieron la importancia que esto requería.

Lo dicho anteriormente queda expresa de las siguientes modificaciones: el artículo 10, el registro nacional de personas con discapacidad tendrán las siguientes funciones:

I. Elaborar el padrón nacional de personas con discapacidad que contabilice la población perteneciente a este sector, con base a los informes del Sistema Nacional del Desarrollo Integral de la Familia.

II. Contar con un registro

III. Contar con un registro de organizaciones civiles que desempeñen actividades de asistencia social a estas personas con discapacidad

IV. Mantener actualizado los datos de registros de personas con discapacidad

V. Canalizar a las personas con alguna discapacidad a los organismos especializados, ya sean públicos o privados, que contribuyan a la rehabilitación de este sector de la población en actividades laborales, actividades educativas, deportivas y culturales, de capacitación o de cualquier otra índole, y por último los

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia contará con 120 días a partir de la entrega en vigor del presente decreto para expedir la cédula única con discapacidades.

Por ello les pido a todos ustedes que podamos firmar este acuerdo en favor y en beneficio de las personas con discapacidad. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias, compañeros, por su atención.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Gianni Raúl Ramírez Ocampo, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito Gianni Raúl Ramírez Ocampo, diputado federal a la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2, 3, 35 y se adiciona el capítulo I “De la Cédula Única de Discapacidad y del Registro Nacional de Personas con Discapacidad” de la Ley General para Inclusión de las Personas con Discapacidad, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En la década de los ochenta surgió el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, en el cual se invitó a la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, que junto con otras dependencias de la Secretaría de la ONU, los organismos especializados y las comisiones regionales, cooperaran con los países en desarrollo, a fin de establecer un sistema realista y práctico de obtención de datos, basados en recuentos totales o muestras representativas, respecto a las diversas discapacidades y, en particular, para generar manuales y documentos técnicos sobre la manera de utilizar encuestas, que servirían para elaborar programas de acción en los años siguientes al Año Internacional de las Personas con Discapacidad, con el fin de mejorar la situación de estas personas.

La Organización Mundial de la Salud estima que 98 por ciento de las personas discapacitadas que viven en países en desarrollo están en total desamparo, puesto que no son beneficiarios de ninguna asistencia médica gratuita, ni seguridad social.

En nuestro país, no existe claridad respecto del número de discapacitados que existen, debido a que la utilización de conceptos de discapacidad, clasificaciones y estrategias diferentes en los proyectos realizados, no han permitido contar con un panorama homogéneo sobre la población con discapacidad, ya que los datos no son comparables y el nivel de cobertura, tanto en población y área geográfica ha sido diferente, se estimaba que en 2013, eran cerca de 10 millones de mexicanos.

En este orden de ideas, tenemos una deuda pendiente con este sector de la población de más de dos décadas, pues al no estar reconocidos en un censo de población certero, no podemos conocer la situación en particular de cada uno de ellos, y, por ende, se vuelve muy difícil pretender dirigir políticas públicas a su favor.

Les pongo un simple pero ilustrativo ejemplo: ¿ustedes saben lo difícil que es acreditar la calidad de persona con discapacidad ante Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia? Les explico rápidamente como es el trámite:

La persona con discapacidad debe acudir con algún médico del Sector Salud, quien sí lo tiene a bien, lo canalizará con el especialista, quien ojalá esté de buenas y quiera ordenar la práctica de los estudios de rutina que necesita para comprobar su discapacidad, con esos estudios –que dicho de paso, no se los entregan la mayoría de las veces enseguida- deberá acudir a las oficinas del DIF, en donde tendrá que hacer una fila para entregar sus estudios y la documentación, que se supondría por sí sola debería acreditar su discapacidad, ya que esta información es expedida por otro médico del Sector Salud; sin embargo, deberá volver a ser dictaminada por el médico del DIF, quien a su leal saber y entender, decidirá si el solicitante amerita que se le otorgue su oficio que lo acredite como persona discapacitada, para lo cual deberá volver si bien le va, en un lapso de 15 días hábiles. Pero ahí no para la cosa, este engorroso trámite lo tienen que realizar año con año, si quieren seguir conservando sus “beneficios”, entre los que se encuentran viajar gratis en el transporte público o recibir descuentos para viajar a alguna entidad de la República, descuentos en algunos establecimientos y alguna ayuda económica.

¿A qué voy con todo esto? Por ejemplo, si se trata de una persona con daños en la columna, cada año se tendrá que practicar Rayos “X”, cuya radicación puede ser en detrimento de su salud, o si se trata de un menor de edad con una discapacidad total, en donde la mayoría de los casos la madre lo trae cargando literalmente, todo se torna casi imposible e inseguro. Entonces debemos preguntarnos, ¿donde están las leyes y políticas públicas que ayuda a este sector de la población tan olvidada? Si, desde acreditar su calidad de discapacitado es tan difícil, complicado y hay que hacerlo año con año? ¿No se supondría que por su condición de vulnerabilidad, se le facilitarían las cosas?

Como vemos, a pesar de que se han expedido leyes a favor de las personas discapacitadas, seguimos con una tramitología absurda, además de continuar sin un Registro Nacional de Personas con Discapacidad, que nos indique: ¿quiénes son?, ¿qué tipo de discapacidad padecen?, ¿qué tipo de ayuda requieren?, ¿quiénes los cuidan?, ¿cómo viven?, ¿quiénes pueden ser beneficiarios de sus ayudas?, etc.

Por ello, el día de hoy les vengo a proponer modificaciones a la Ley de Inclusión de Personas con Discapacidad, a fin de que se incorpore una Cédula Única de Discapacidad, que acredite su calidad y que tenga carácter definitivo, para quienes padezcan una discapacidad permanente, y en caso contrario, cuando se trate de discapacidad transitoria, dicha cédula se expida por el tiempo que dure dicha discapacidad, con posibilidad de prórroga, en los casos que así se requiera.

Con esta incorporación sólo estamos formalizando algo que ha venido haciendo el DIF a lo largo de varios años, que es justo lo que les comentaba acerca de la expedición de oficios que acreditan la calidad de discapacitado, solo que ahora proponemos que sea una cédula y que además dicha información esté contenida en una base de datos, que va a ser de gran utilidad para todos.

Así, con esta simple acción, le facilitaremos las cosas a los discapacitados que viven en los lugares más lejanos de nuestro país y que debido a la tramitología, y en ocasiones, la falta de apoyo de sus familias, no tramitan sus ayudas.

Adicionalmente, dicha cédula nos permitirá que al irse registrando año con año a estas personas, en automático se vaya formando el Registro Nacional de Personas con Discapacidad, además de registrar el nacimiento de niños y niñas que nazcan con algún tipo de discapacidad, con lo que estaríamos además cumpliendo con lo establecido por la Organización de las Naciones Unidas, quien dio tal encomienda en los años ochentas, y, que nuestro país lo ha venido posponiendo.

Por lo anterior, propongo a esta soberanía tenga a bien, expedir el siguiente

Decreto por el que se reforman los artículos 2, 3, 35 y se adiciona el Capítulo I “De la Cédula Única de Discapacidad y del Registro Nacional de Personas con Discapacidad” de la Ley General para la inclusión de las Personas con Discapacidad

Único. Se agregan las fracciones V. y XXVI. al artículo 2., recorriéndose en su orden; el artículo 3; y, el artículo 35. Se adiciona al Título Segundo “Derechos de las Personas con Discapacidad”, el capítulo I: “De la Cédula Única de Discapacidad y del Registro Nacional de Personas con Discapacidad”, y, se recorren los artículos subsecuentes en el mismo orden de títulos, capítulos y artículos de la Ley General para la inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. a IV. ...

V. Cédula Única de Discapacidad. Documento oficial, personal e intransferible expedido por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, a quienes acrediten fehacientemente con constancias médicas expedidas por el Sector Salud, que se cuenta con una discapacidad transitoria o permanente.

VI. a XXV. ...

XXVI. Registro Nacional de Personas con Discapacidad.- Base de datos nacional que contiene información de personas con discapacidad, debidamente acreditada ante el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

Artículo 3. La observancia de esta Ley corresponde a las dependencias, entidades paraestatales y órganos desconcentrados de la administración pública federal, al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, organismos constitucionales autónomos, Poder Legislativo, Poder Judicial, el Consejo, a los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como a las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad.

Artículo 35. Las dependencias y entidades del gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como, las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad, en coordinación con la Secretaría de Salud, constituyen el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Título Segundo
Derechos de las Personas con Discapacidad Capítulo I
De la Cédula Única de Discapacidad y del Registro Nacional de Personas con Discapacidad

Artículo 7. Las personas con discapacidad tienen derecho a poseer su Cédula Única de Discapacidad y a formar parte del Registro Nacional de Personas con Discapacidad, a fin de poder determinar sus necesidades de acuerdo a su situación en particular y a recibir los apoyos que por su situación de vulnerabilidad le deberá proporcionar el Estado.

Artículo 8. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia deberá expedir la Cédula Única de Discapacidad, la cual acreditará la discapacidad transitoria o permanente del individuo, deberá contener como mínimo nombre, edad, Entidad Federativa en la que viva, el tipo de discapacidad, fotografía, la vigencia de dicha identificación, los beneficiarios de los programas y las políticas públicas que se lleven a cabo en todo el país.

Artículo 9. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia será la responsable de llevar el Registro Nacional de Personas con Discapacidad. La base de datos de personas discapacitadas, servirá para poder brindar la atención debida a este sector de la población, entablar intercomunicación entre los estados, así como llevar un registro estadístico, la cual formará parte del Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Artículo 10. El Registro Nacional de Personas con Discapacidad tendrá las siguientes funciones:

I. Elaborar el padrón nacional de personas con discapacidad que contabilice la población perteneciente a este sector, con base a los informes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;

II. Contar con un registro de organizaciones civiles que desempeñen actividades de asistencia social de las personas con discapacidad;

III. Mantener actualizados los datos de registros de las personas con discapacidad;

IV. Canalizar a las personas con alguna discapacidad a organismos especializados, ya sea públicos o privados, que contribuyan a la rehabilitación de este sector de la población, en actividades laborales, educativas, culturales, deportivas, de capacitación, o de cualquier otra índole.

Artículo 11. Las instituciones de salud pública y privada, tendrán la obligación de notificar al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, del nacimiento de niñas o niños que hayan nacido con alguna discapacidad, a fin de ir conformando el Registro Nacional de Personas con Discapacidad, y, establecer políticas públicas para las personas discapacitadas desde su nacimiento.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia contará con 120 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto para expedir la Cédula Única de Discapacidad.

Dado en la Cámara de Diputados, a 27 de octubre de 2015.— Diputados: Gianni Raúl Ramírez Ocampo,Adriana Elizarraraz Sandoval, Ángel García Yáñez, Arlet Mólgora Glover, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Brenda Velázquez Valdez, Carlos Alberto de la Fuente Flores, César Augusto Rendón García, Delia Guerrero Coronado, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Eduardo Francisco Zenteno Núñez, Eloísa Chavarrías Barajas, Emma Margarita Alemán Olvera, Erika Araceli Rodríguez Hernández, Exaltación González Ceceña, Fabiola Guerrero Aguilar, Gabriela Ramírez Ramos, Genoveva Huerta Villegas, Gina Andrea Cruz Blackledge, Gretel Culin Jaime, Guadalupe González Suástegui, Hugo Alejo Domínguez, Ingrid Krasopani Schemelennsky Castro, Jesús Antonio López Rodríguez, José Máximo García López, Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela, Kathia María Bolio Pinelo, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Leticia Amparano Gámez, Lilia Arminda García Escobar, Lorena del Carmen Alfaro García, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María del Rosario Rodríguez Rubio, María García Pérez, María Soledad Sandoval Martínez, María Verónica Agudis Estrada, Martha Cristina Jiménez Márquez, Melissa Torres Sandoval, Miguel Ángel Huepa Pérez, Miguel Ángel Salim Alle, Minerva Hernández Ramos, Mónica Rodríguez Della Vecchia, Norma Edith Martínez Guzmán, Pedro Garza Treviño, Ramón Bañales Arámbula, Rene Mandujano Tinajero, Román Francisco Cortés Lugo, Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Samuel Alexis Chacón Morales, Sara Paola Galico Félix Díaz, Sasil Dora Luz de León Villard, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Ximena Tamariz García (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Ramírez. Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



EXPIDE LA LEY FEDERAL DE CONSULTA A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene la palabra por diez minutos el diputado Juan Alberto Blanco Zaldívar, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas.

El diputado Juan Alberto Blanco Zaldívar: Qué tal. Buenos días. Compañeras diputadas y compañeros diputados, nuestra Constitución federal señala en su artículo 2o. que a la nación mexicana es única e indivisible, y que tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas, haciendo énfasis en que la consciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.

Además, señala que son comunidades integrantes de un pueblo indígenas aquella que formen una unidad social, económica y cultural asentadas dentro de un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres, y que el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional, reconociéndoles y garantizándoles el derecho a la libre determinación y en consecuencia a la autonomía para decidir sus formas internas de convivencia, de organización social, económica, política y cultural.

Por otro lado, en el máximo ordenamiento nacional, nuestra Carta Constitutiva, faculta a los pueblos indígenas para aplicar sus propios sistemas normativos de regulación y solución de sus conflictos internos, sujetándose a sus propios principios generales, respetando a la vez las garantías individuales, los derechos humanos considerados de relevante consideración, pero particularmente el respeto a la dignidad e integridad de las mujeres y de los niños.

Aunado a esto, les brinda las facultades necesarias para ser consultados para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de los Planes Estatales y Municipales de Desarrollo, y en su caso incorporar las recomendaciones y propuestas que realicen y que ellos detecten.

En los últimos años hemos observado en nuestro país importantes logros en materia de instrumentos de participación ciudadana directa, empezando por el avance significativo que implicó que después de intensos y acalorados debates en las Cámara de origen y revisora, finalmente se lograra en la reforma política de 2012 introducir al artículo 35 de la Carta Magna la posibilidad de llevar a cabo consultas populares, con el objetivo de dar mayor legitimidad a todas aquellas acciones de carácter gubernamental que por sus características particulares representan cambios relevantes en las políticas públicas nacionales.

Adicionalmente y ya para marzo de 2014, se escaló un peldaño más en el marco jurídico nacional al lograr la aprobación y posterior publicación de la Ley Federal de Consulta Popular, que definió de manera precisa y pormenorizada cuáles serán las reglas que deberán aplicarse al momento en que los principales actores que intervienen en este tipo de procesos, como lo son los propios ciudadanos, decidan organizarse con objetos bien definidos para manifestar sus puntos de vista mediante la realización de una consulta popular determinada.

Sin embargo, dentro de este abanico de avances democráticos no se definieron las particularidades aún más específicas de lo que debería significar la consulta a los pueblos y comunidades indígenas, por lo que ahora resulta menester presentar una nueva propuesta que defina a detalle cuáles tendrán que ser los procedimientos para que los ciudadanos que habitan en estas regiones particulares puedan ser consultados a través de sus propias instituciones y agentes representativos, considerando la formulación, aplicación y evaluación de planes, programas, proyectos y acciones gubernamentales, que tengan como resultado consecuencias directas en sus derechos y que de alguna forma se ubiquen dentro de su ámbito sociopolítico y cultural.

Señoras y señores legisladores, con esta iniciativa se pretende establecer los lineamientos que garanticen a los pueblos y a las comunidades indígenas el derecho a la consulta, la realización de las consultas de buena fe.

La consulta a los pueblos y comunidades indígenas deberá ser previo a la programación de la ejecución de las medidas administrativas o legislativas propuestas. El proceso de consulta resultará ser vinculatorio para medidas administrativas y para medidas legislativas.

Permitirá, además, darle el seguimiento puntual a los efectos posteriores de la consulta para verificar su cumplimiento.

Para el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, los pueblos indígenas y sus comunidades son el grupo originario de nuestra nación, que se encuentran afectadas por la injusticia, la desigualdad, la exclusión, y por lo tanto, debemos diseñar políticas públicas integrales y marcos jurídicos que mejoren sustancialmente la calidad de vida de estas comunidades.

Al reconocer sus derechos debemos pugnar para que el ejercicio de los mismos sea eficaz y contribuyan a su desarrollo conservando sus tradiciones.

En suma, en Acción Nacional nos pronunciamos por el conjunto de todas nuestras comunidades que conforman la nación mexicana y queremos contribuir a la construcción de un mejor país, en el que las y los ciudadanos seamos, sin distinciones, protagonistas de la vida política, social y económica de nuestro país. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas, a cargo del diputado Juan Alberto Blanco Zaldívar, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 y el inciso h del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto, que expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

I. Introducción

En los últimos tiempos, hemos observado en nuestro país, importantes logros en materia de instrumentos de participación ciudadana directa, empezando por el avance significativo que implicó que después de intensos y acalorados debates en las Cámaras de origen y revisora, finalmente se lograra en la reforma política del 2012, introducir al artículo 35 de la Carta Magna, la posibilidad de llevar a cabo consultas populares con el objetivo de dar mayor legitimidad a todas aquellas acciones de carácter gubernamental que por sus características particulares representaran cambios relevantes en las políticas públicas nacionales.

Adicionalmente, y ya para Marzo del 2014 se escaló un peldaño más en el marco jurídico nacional, al lograr la aprobación y posterior publicación de la Ley Federal de Consulta Popular que definió de manera precisa y pormenorizada, cuáles serán las reglas que deberán aplicarse, al momento en que los principales actores que intervienen en este tipo de procesos - como lo son los propios ciudadanos - decidan organizarse con objetivos bien definidos, para manifestar sus puntos de vista mediante la realización de una Consulta Popular determinada.

Sin embargo, dentro de ese abanico de avances democráticos, no se definieron las particularidades aún más específicas de lo que debiera significar la Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas, por lo que ahora resulta menester presentar una nueva propuesta que defina a detalle, cuales tendrán que ser los procedimientos para que los ciudadanos que habitan estas regiones, puedan ser consultados a través de sus propias instituciones y agentes representativos, considerando la formulación, aplicación y evaluación de planes, programas, proyectos y acciones gubernamentales, que tengan como resultado consecuencias directas en sus derechos y de alguna forma se ubiquen dentro de su ámbito socio-político y cultural.

Así es que con esta gran premisa, se diseñó esta iniciativa, pretendiendo subsanar esta importante omisión que como cuerpo legislativo estamos observando, pretendiendo arribar con éxito a un nuevo documento que brinde los elementos necesarios para no dejar espacios o lagunas legales en materia de consulta ciudadana, que nos puedan hacer acreedores como nación, a señalamientos internacionales en el sentido de que no se está cumpliendo con los postulados de los tratados de carácter internacional en materia de Derechos Indígenas, sobretodo porque se trata de los Pueblos y Comunidades que por su grado tan fuerte de vulnerabilidad, han visto mermadas y rebasadas en infinidad de ocasiones, sus intereses y demandas más añejas.

Dicho lo anterior, recordemos que esto resulta relevante si consideramos que la Consulta Popular es una excelente herramienta, mediante la cual resulta factible someter un cuestionamiento determinado a la opinión del ciudadano, para que se éste se manifieste dejando ver de manera inmediata, cual es la particularidad de su punto de vista, presentado a través de un sencillo cuestionamiento que deben estructurarse de manera apropiada, para que una vez aprobado y cumpliendo con todos los tamices de la antelación que resulten necesarios, pueda ser contestado de forma determinante, mediante un “si” o un “no” a la pregunta que se presente a consideración de este sector de la población en particular.

Es importante señalar que la presente iniciativa rescata el trabajo que se ha venido realizando desde legislaturas anteriores por algunos ahora ex legisladores de Acción Nacional, tal es el caso de la iniciativa presentada el 8 de diciembre de 2011 por la Diputada María Felicitas Parra Becerra y suscrita por diversos integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acciona Nacional en la LXI Legislatura, que contenían el mismo espíritu de la iniciativa que hoy se presenta.

II. Marco Normativo

A continuación, trataremos de esquematizar cuales son los principales ordenamientos que tienen que ver con la materia, con el afán de que pueda ser conceptualizada de manera global la propuesta.

De esta forma tenemos, que nuestra Carta Magna señala en su artículo Segundo que la Nación Mexicana es única e indivisible y que tiene una composición pluricultural, sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas, haciendo énfasis en que la conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.

Además señala que son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres y que el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional, reconociéndoles y garantizándoles el derecho a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural.

Por otro lado, el máximo ordenamiento los faculta paraaplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, sujetándose a sus principios generales, respetando a la vez las garantías individuales, los derechos humanos considerando de manera relevante la dignidad e integridad de las mujeres.

Aunado a esto les brinda las facultades necesarias para ser consultados para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de los estatales y municipales y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que realicen.

III. Experiencias Internacionales

En el conjunto de los ordenamientos internaciones como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y de los numerosos instrumentos internacionales sobre la prevención de la discriminación, sobresale en la materia el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, que antes fue el 107.

Así tenemos como principales antecedentes en la ratificación de este importante instrumento que el día veintisiete de junio del año de mil novecientos ochenta y nueve, se adoptó en la ciudad de Ginebra, Suiza, durante la Septuagésima Sexta Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el Convenio 169, mismo que fue aprobado por la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión el día once del mes de julio del año de mil novecientos noventa, según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día tres del mes de agosto del propio año.

De esta forma sobresale, que la herramienta de ratificación, fue firmada por el entonces Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Carlos Salinas de Gortari, el día trece del mes de agosto del año de mil novecientos noventa, y que fue depositado ante el director general de la Organización Internacional del Trabajo, el día cinco del mes de septiembre del mismo año, señalando con toda claridad que con ese Convenio, se reafirma el reconociendo a las aspiraciones de esos pueblos a asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida y de su desarrollo económico, así como a mantener y a fortalecer sus identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados en que viven.

Dicho reconocimiento se basa en la inminente observación de que en muchas partes del mundo esos pueblos no pueden gozar de los derechos humanos fundamentales en el mismo grado que el resto de la población de los Estados en que viven y que sus leyes, valores, costumbres y perspectivas han sufrido a menudo una erosión.

En ese contexto, traemos a colación el Artículo sexto del propio convenio que en su numeral 1 nos habla de que al aplicar las disposiciones del mismo, los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente, estableciendo los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan.

Asimismo es determinante en el sentido de acotar que las consultas llevadas a cabo en aplicación del Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

Otro artículo relevante y que resulta de suma utilidad para efectos de esta propuesta es el Artículo séptimo, que es muy puntual al referir que los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades por lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural.

También es enfático en afirmar que además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente, hecho que ya está contemplado en la propia Constitución.

Otro antecedente relevante se cristalizó en el año de 2007 y se refiere a que en la Declaración de las Naciones Unidas de los Pueblos y Comunidades Indígenas, se hace alusión también a la importancia de la consulta y participación de los mismos, y refiere en su artículo 19 que los estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados, por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado.

IV. Importancia de legislar en la materia

Una de las motivaciones más importantes en la elaboración de esta iniciativa, se refiere fundamentalmente a la impronta necesidad de reconocerle a los pueblos indígenas uno de los derechos fundamentales que han quedado pendientes a lo largo de muchos años, el de ser consultados mediante procedimientos específicos y muy bien diseñados.

Al respecto destaca que para que se cumpla con la premisa de oportunidad de que deben gozar este tipo de herramientas, resulta prioritario que la consulta se realice con la antelación necesaria de manera tal que si se considera que la medida afecta el desarrollo de las comunidades, se busque alguna forma alternativa que convenza a la mayoría y que redunde al final de cuentas en el propio desarrollo de las comunidades.

Además, la propuesta se basa en que dicha consulta deberá llevarse a cabo sin que exista ningún tipo de presión por parte de cualquier grupo o partido político, de manera tal que sean realmente sus aspiraciones y necesidades las que sean tomadas en cuenta; pero paralelamente resulta indispensable que se les brinde todo tipo de facilidades para que su respuesta a la consulta se encuentre dotada de los elementos informativos necesarios, que les permitan realizar una evaluación certera de lo que se les está proponiendo y de los distintos impactos que puede representar para su vida cotidiana, el contestar el cuestionamiento de una forma o de otra.

Otro aspecto relevante de esta iniciativa, lo encontramos en el sentido de que la consulta debe realizarse de buena fe, considerando un entorno de confianza, en donde los actores participantes no se sientan utilizados políticamente para contribuir a fines particulares.

V. Objetivos de la propuesta concreta

La expedición de una legislación nueva que cubra la laguna legal existente en materia de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas, que integre en su redacción las características siguientes:

1. Establecer los lineamientos que garanticen a los pueblos y comunidades indígenas el derecho de consulta.Uno de los objetivos más importante del Proyecto es el de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los tratados internacionales en la materia, de los que México forma parte, de esa manera se pasará de la elegante retórica, al cumplimiento real del cumplimiento de ese derecho fundamental e inalienable.

2. Realización de las consultas de buena fe y de manera apropiada a las particularidades, hechos y circunstancias correspondientes a los pueblos y comunidades indígenas, con la finalidad de que se pueda arribar a acuerdos relevantes, procurando que el resultado a todos beneficie, puesto que existe la posibilidad de contar con el consentimiento respecto a las medidas propuestas.

3. La consulta debe ser previa a la programación de la ejecución de las medidas administrativas o legislativas,para lo cual se presentan las principales definiciones, se prevén las medidas a las cuales resultará aplicable, los asuntos que no serán materia de consulta, la acreditación de la personalidad jurídica de las autoridades representativas ratificando expresamente su voluntad de participar por mandato, de la suspensión de la consulta, etcétera.

4. Del proceso de consulta para medidas administrativas.En esta relevante faceta del ejercicio de consulta, se pretende definir cuáles seránlas etapas que la conformen, incluyendo la de la definición del objeto, su ubicación y alcance, tiempos en los que se deberán llevar a cabo las acciones principales, de la solicitud de información para que los Pueblos y Comunidades indígenas cuenten con mayores elementos informativos, que les permitan establecer un juicio certero, de quien correrá con los gastos en casos específicos, etc.

5. Del proceso de la consulta para medidas legislativas.Para elcasoespecífico delas consultas que puedan incidir en los distintos ordenamientos, se están proponiendo algunas características relevantes como lo es la consideración de los tiempos necesarios para llevarlas a cabo, de la posibilidad de la creación de una Comisión Especial Bicameral que fungiría como responsable del seguimiento de la consulta, estableciéndose para esto las características principales de la misma así como sus principales facultades.

6. De los Efectos Posteriores de la Consulta.Por lo que hace a lo que puede ocurrir después del ejercicio democrático, se pretende presentar cuales debieran serlas características de los acuerdos, del consentimiento o del alcance de los acuerdos, de las controversias, del traslado o reubicación en caso de que se trate de los espacios que habitan, de la posible indemnización en términos de la legislación aplicable.

Y por otro lado, se especifican algunas características particulares para ciertos casos que coincidentemente y como experiencias del pasado, han resultado de tratamiento reiterativo, tal es el casode las concesiones para la explotación de los recursos naturales o la autorización para la instalación de confinamientos de residuos peligrosos.

Paralelamente se abordan otras consideraciones para las reglas que deben quedar perfectamente definidas si da la situación de encontrar resultados divergentes al aplicar las consultas, de lo que debe hacerse en caso de que por razones de orden técnico se precise modificar de forma significativa una medida, etc.

7. Del incumplimiento.Finalmente se incluyen algunas disposiciones que se enfocan a presentar algunas soluciones en caso de que se presente un posible incumplimiento por alguna de las partes a la obligatoriedad de realizar el ejercicio de la Consulta, situación que al momento de realizarse traería como consecuencia la revisión inmediata de la omisión realizada.

Deesta manera la propuesta se direcciona con las actividades que tendrán que desarrollarse en caso de la ejecución de alguna medida administrativa respecto de la cual no se haya solicitado el procedimiento de consulta, considerando entre otros aspectos los tiempos con los que contarán para reponer dicho procedimiento. También se refiere que los servidores públicos serán responsables en caso de incumplimiento en términos de lo que señala la legislación aplicable en materia de responsabilidades de los Servidores Públicos.

Es por todo lo anteriormente expuesto y motivado, que someto a consideración del Pleno de ésta H. Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto que expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas

Artículo Único. Se expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenaspara quedar redactados como sigue:

Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 1. La presente Ley es de observancia en todo el territorio nacional, las disposiciones que contiene son de orden público e interés social y tiene por objeto, establecer los lineamientos que garanticen a los pueblos y comunidades indígenas el derecho de consulta para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los tratados internacionales en la materia de los que México sea parte.

Artículo 2. Es derecho de los pueblos y comunidades indígenas, que se realicen las acciones necesarias que les permitan ser consultados mediante los procedimientos establecidos en esta Ley, a través de sus autoridades e instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas administrativas o legislativas donde exista la posibilidad de que puedan resultar afectados de manera directa, en términos de lo previsto por la fracción I del artículo 5 de la presente Ley.

Artículo 3. Las consultas llevadas a cabo en aplicación del presente ordenamiento, deberán efectuarse de buena fe y de manera apropiada a las particularidades, hechos y circunstancias correspondientes a los pueblos y comunidades indígenas, con la finalidad llegar a un acuerdo o procurar su consentimiento respecto a las medidas propuestas, en los términos establecidos en esta Ley.

Artículo 4. La consulta debe ser previa a la programación de la ejecución de las medidas administrativas o legislativas que tengan una afectación directa sobre los pueblos y comunidades indígenas, con excepción del inciso a) y e) de la fracción II del artículo 7 de esta Ley, en cuyo caso la consulta deberá realizarse previa a la solicitud.

En relación a lo dispuesto por el artículo 2, apartado B, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se atenderá a lo señalado por la Ley de Planeación.

Capítulo II.
Definiciones

Artículo 5. Para efectos de este capítulo, se entenderá por:

I. Afectación directa. Aquellos actos legislativos o administrativos cuyo efecto sea el menoscabar, perjudicar, influir desfavorablemente o provocar una alteración directa en los derechos específicos de los pueblos y comunidades indígenas, contenidos en el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los tratados internacionales en la materia de los que México sea parte;

II. Autoridades representativas. Las que cada pueblo o comunidad indígena instituye de conformidad con sus sistemas normativos;

III. Comisión. La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, que es el órgano técnico encargado de realizar la consulta en coadyuvancia con los órganos responsables. En el caso de que existan órganos locales encargados de realizar la consulta, la Comisión podrá coordinarse con los mismos para los efectos de la presente Ley;

IV. Comunidades afromexicanas. Son aquellas cuyos integrantes descienden de mujeres y hombres africanos, víctimas del comercio de esclavos registrado principalmente durante los siglos XVI al XIX y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas o parte de ellas, que formen una unidad social, económica y cultural, asentada en un territorio;

V. Comunidades indígenas. Aquellas pertenecientes a pueblos indígenas que formen una unidad social, económica y cultural, asentada en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres;

VI. Consulta. Proceso de interlocución y diálogo intercultural entre los pueblos y comunidades indígenas y la Comisión, para los efectos establecidos esta Ley;

VII. Órgano responsable. Dependencia o entidad del poder ejecutivo federal y del poder legislativo federal, que prevea medidas legislativas o administrativas que afecten directamente a los pueblos y comunidades indígenas-, obligado a realizar la consulta, y

VIII. Pueblos indígenas. Son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

Artículo 6.Son sujetos de la consulta a que se refiere esta Ley, los pueblos y comunidades indígenas y las comunidades afromexicanas a través de sus autoridades representativas.

Capítulo III.
De las Materias de la Consulta

Artículo 7. La consulta será aplicable respecto de las siguientes medidas:

I. Las medidas legislativas que generen una afectación directa;

II. Las siguientes medidas administrativas que generen una afectación directa en las tierras o territorios de los que son propietarios o poseedores o en las que realicen sus ceremonias espirituales, de acuerdo a sus usos y costumbres:

a) Otorgamiento de concesiones para la exploración o explotación de recursos naturales;

b) Construcción de presas;

c) Construcción de carreteras en los términos que estable el artículo 2 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal;

d) Construcción de infraestructura aeroportuaria;

e) Instalaciones para la disposición final de residuos peligrosos;

f) Declaratoria y programas de manejo de áreas naturales protegidas, y

g) Proyectos de inversión en infraestructura que impliquen un desplazamiento territorial de los pueblos y las comunidades indígenas.

La consulta para el acceso al conocimiento tradicional, se realizará en los términos establecidos por los tratados internacionales en la materia de los que México sea parte.

Artículo 8. No serán materia de consulta los siguientes asuntos:

I. Las medidas administrativas que sean solicitadas por parte de los pueblos y comunidades indígenas;

II. Las acciones emergentes de combate a epidemias;

III. Los acciones emergente de auxilio en desastres, y

IV. Las leyes fiscales y el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Capítulo IV.
De la Consulta Sección Primera
Disposiciones Comunes

Artículo 9. Las autoridades representativas de los pueblos y comunidades indígenas que participen en los procesos de consulta, deberán acreditar su personalidad jurídica y la representación de su pueblo o comunidad ante la Comisión, según lo establezca la legislación de la entidad federativa correspondiente. De igual forma ratificarán expresamente su voluntad de participar por mandato en el ejercicio de consulta.

En caso de no existir procedimiento legal para acreditar la personalidad jurídica, ésta se acreditará a través del acta o documento similar expedido por la Asamblea u órgano de gobierno tradicional del pueblo o comunidad indígena. En este documento se señalará la institución o autoridad representativa para efectos de la consulta.

En aquellos pueblos o comunidades indígenas donde existan tierras ejidales o comunales, la personalidad se podrá acreditar en términos de lo dispuesto por la Ley Agraria.

Para efectos de lo dispuesto en el presente capítulo, la Comisión contará con un registro de carácter público de comunidades indígenas que contenga información detallada sobre los pueblos y comunidades indígenas en el país, con base en la información de los conteos y censos que realice el Instituto de Estadística y Geografía, así como con la información que en su caso obtenga del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, de las entidades federativas, así como de Instituciones Académicas. Dicha información deberá actualizarse por lo menos cada 5 años.

Artículo 10. En el proceso de consulta, únicamente podrán participar los pueblos y comunidades indígenas de que se trate, la Comisión y el órgano responsable u órganos responsables, sin perjuicio de que las partes puedan auxiliarse técnicamente.

Artículo 11. La Comisión podrá celebrar convenios de coordinación con los distintos órdenes de gobierno, cuando la medida objeto de la consulta así lo requiera.

Artículo 12. La consulta podrá suspenderse temporal o definitivamente:

I. Cuando las partes así lo determinen;

II. Porque se suspenda la acción que motiva la consulta, y

III. Por caso fortuito o de fuerza mayor.

Sección II Del Proceso de Consulta para Medidas Administrativas

Artículo 13. La consulta a los pueblos y comunidades indígenas respecto de las medidas administrativas señaladas en la fracción II, excepto las descritas en los incisos a) y e,) del artículo 7 de la presente en la Ley, se realizará por la Comisión de conformidad con las siguientes etapas:

I. Los órganos responsables harán llegar a la Comisión la información sobre la medida o medidas administrativas que pretendan ejecutar y que generen una afectación directa, en la cual incluirán por lo menos el objeto de la medida, su ubicación y alcance.

II. La Comisión notificará a los pueblos y comunidades indígenas correspondientes las medidas remitidas por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal dentro de los 20 días naturales posteriores a la fecha en que haya recibido la información a que se refiere el fracción anterior.

III. Una vez que los pueblos y comunidades indígenas reciban la información sobre la medida correspondiente, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales, éstos deberán hacer del conocimiento de la Comisión:

a) Si requieren mayor información técnica respecto a las características y efectos de la medida administrativa que se pretende realizar, o

b) Si no tienen inconveniente alguno con la ejecución de la medida administrativa que se pretende realizar.

Para los efectos de lo previsto en el inciso a) anterior, la Comisión en coordinación con el órgano responsable determinará sobre la pertinencia de la información que se requiere por parte del solicitante.

Cuando los pueblos y comunidades indígenas no emitan pronunciamiento alguno en los términos señalados en los incisos anteriores dentro del plazo establecido, se entenderá que no tienen inconveniente alguno con la ejecución de la misma y se procederá a levantar el acta respectiva por parte de la Comisión.

IV. Cuando los pueblos o comunidades indígenas soliciten mayor información sobre la medida, la Comisión diseñará y calendarizará la continuación de la consulta en acuerdo con las autoridades representativas de los pueblos y comunidades indígenas, y:

a) Emitirá la convocatoria al proceso de consulta, a los pueblos y comunidades indígenas correspondientes, a través de los medios idóneos;

b) Aplicará la consulta, mediante los procedimientos y modalidades acordados, y

c) Presentará los resultados, donde se sistematiza la información, se incluyan los acuerdos y se difundan a los pueblos o comunidades indígenas consultados y al órgano responsable.

La consulta que se formule a los pueblos y comunidades indígenas en los términos del presente artículo deberá concluir a más tardar en el ejercicio fiscal anterior a la ejecución de la medida, sin perjuicio de las medidas administrativas susceptibles de realización que no hayan podido preverse durante dicho ejercicio.

Artículo 14.Cuando se trate de las medidas administrativas señaladas en los incisos a) y e) de la fracción II del artículo 7 de la presente Ley, la consulta a las comunidades y pueblos indígenas deberá realizarse por la Comisión y el órgano responsable ante quien se solicite la concesión o autorización. Los gastos de la consulta serán sufragados por el solicitante de la concesión o autorización.

La consulta a que se refiere el párrafo anterior, se realizará de la siguiente manera:

I. El órgano responsable a la recepción de la solicitud remitirá a la Comisión copia de la solicitud y sus anexos para identificar la existencia de comunidades o pueblos indígenas en el área en que se ubique el proyecto;

II. Identificándose la existencia de pueblos o comunidades indígenas la Comisión procederá conforme a lo previsto en esta Ley.

III. El órgano responsable ante el cual se solicite la concesión o la autorización para las medidas administrativas previstas en el presente artículo, suspenderá el procedimiento de los trámites administrativos hasta en tanto se agote el proceso de consulta establecido en esta Ley.

Los gastos derivados de la consulta a que se refiere el presente artículo correrán a cargo del solicitante, quedando obligado a pagarlo previamente al órgano responsable ante quien solicitó la concesión o la autorización.

Capítulo III.
Del Proceso de la Consulta para Medidas Legislativas

Artículo 15.Tratándose de medidas legislativas que generen una afectación directa, se deberá realizar una consulta en el periodo comprendido entre los meses de mayo y agosto, en la que se incluirán las iniciativas que afecten directamente a los pueblos y comunidades indígenas.

Artículo 16. En relación al proceso de consulta para las medidas legislativas, se seguirá el procedimiento establecido en la presente Ley, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en la presente sección.

Artículo 17. Se deberá conformar una Comisión Especial Bicameral como responsable de la consulta legislativa, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 18. La Comisión Especial Bicameral estará integrada por:

I. Los Presidentes de las Comisiones de Asuntos Indígenas de ambas Cámaras;

II. Senadores integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas. La asignación se hará en forma proporcional a la representatividad de su grupo parlamentario en la Cámara de Senadores; y

III. Diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas. La asignación se hará en forma proporcional a la representatividad de su grupo parlamentario en la Cámara de Diputados.

La Comisión Bicameral determinará, en su caso, la integración de cualquier otra Comisión del Congreso de la Unión en base a las iniciativas presentadas.

El Secretarios técnicos de la Comisiones de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados, lo será a su vez de la Comisión Bicameral.

Artículo 19. Las facultades de la Comisión Especial Bicameral son:

a) Establecer los criterios, prioridades y objetivos de cada consulta;

b) Integrar un comité técnico para la realización de la consulta, pudiendo solicitar la coadyuvancia de la Comisión;

c) Difundir en los medios de comunicación adecuados, el inicio del período de consulta, los motivos para la reforma legislativa propuesta y las iniciativas que se someterán a consulta;

d) Recibir los resultados finales de la consulta y turnarlos a las comisiones para los efectos a que haya lugar, y

e) Las demás que se deriven de la presente Ley.

Capítulo V.
Efectos Posteriores a la Consulta

Artículo 20. Los acuerdos derivados de las consultas serán objeto de convenios entre los pueblos o comunidades indígenas y el órgano responsable, mismos que serán de cumplimiento obligatorio para las partes.

En aquellos casos en que la ejecución material de una medida administrativa corra a cargo de un particular, éste deberá ser parte del convenio a que se refiere el párrafo anterior.

Artículo 21. Una vez alcanzados los acuerdos que correspondan, el órgano responsable podrá dar inicio a la ejecución de las medidas que motivaron la consulta.

Artículo 22. En el caso de que agotado el proceso de la consulta no se obtenga el consentimiento o se alcance un acuerdo en relación con las medidas propuestas, la Comisión deberá dejar constancia que el órgano responsable agotó dicho proceso, haciendo constar, quiénes intervinieron en el mismo, indicando las causas por las cuales no se llegó al consentimiento o acuerdo, así como la justificación del órgano responsable sobre el motivo por el cual es necesario realizar la medida propuesta. Dándose lo anterior, el órgano responsable podrá dar inicio a las medidas que motivaron la consulta.

En caso de suscitarse controversias respecto a la realización de la medida propuesta, siempre se deberá anteponer el beneficio social que la medida ocasionará, por encima de intereses de particulares.

Artículo 23. Cuando excepcionalmente sea necesario el traslado o la reubicación de los pueblos y comunidades indígenas de los lugares que habitan, deberá ser con su consentimiento, dado libremente y con pleno conocimiento de causa. Cuando no sea posible obtener su consentimiento, el traslado o la reubicación sólo deberá tener lugar al término de los procedimientos establecidos en la presente Ley.

Siempre que sea posible, estos pueblos deberán tener el derecho de regresar a sus tierras tradicionales en cuanto dejen de existir las causas que motivaron su traslado y reubicación.

Cuando el retorno no sea posible, dichos pueblos o comunidades deberán recibir en la medida de lo posible, tierras de calidad y situación jurídica adecuada y que sea igual o similar a las que tenían. Las tierras que sean entregadas conforme al presente artículo se les deberán dotar con servicios públicos e infraestructura básica.

En caso de que no sea posible dotar a los pueblos y comunidades indígenas con las tierras e infraestructura a que se refiere el párrafo anterior, recibirán una indemnización en términos de la legislación aplicable.

Artículo 24. Cuando se trate de concesiones para la explotación de recursos naturales o la autorización para la instalación de confinamientos de residuos peligrosos, respecto de los cuales no se haya logrado un acuerdo con los pueblos o comunidades indígenas, se procederá conforme a lo siguiente:

I. Si como resultado de la consulta se propone la modificación del proyecto presentado por el solicitante, se otorgará al mismo un plazo de veinte días hábiles para presentar las adecuaciones respectivas, o

II. En caso de no existir acuerdo respecto al proyecto se tendrá por concluido el trámite de la solicitud respectiva dejando a salvo los derechos del solicitante.

Artículo 25. En caso de que dos o más pueblos o comunidades indígenas sean consultados respecto de una misma medida y los resultados de la consulta sean divergentes, se privilegiarán los acuerdos a los que se llegue con los pueblos o comunidades que dieron su consentimiento para la realización de la medida. Los pueblos o comunidades que hubieren manifestado su negativa recibirán los beneficios de los acuerdos adoptados con los pueblos o comunidades que dieron su consentimiento.

Artículo 26. Cuando por razones de orden técnico se precise modificar de forma significativa para efectos de esta Ley la medida originalmente planteada una vez iniciado el proceso de consulta o cuando el mismo ya se haya concluido, el órgano responsable de la medida, solicitará a la Comisión proceda a consultar, inmediatamente después de que tenga conocimiento de la modificación, a los pueblos y comunidades indígenas que resulten directamente afectados con motivo de la modificación técnica.

Una vez concluida la nueva consulta, y en caso de que los pueblos y comunidades a que se refiere el párrafo anterior manifiesten su negativa respecto de la modificación técnica requerida, se procederá en términos de lo dispuesto por el artículo 22 de la presente Ley.

Capítulo VI.
Del Incumplimiento

Artículo 27. En caso de que, la Comisión tenga conocimiento a través de los pueblos o comunidades indígenas, de la ejecución de una medida administrativa respecto de la cual no se haya solicitado el procedimiento de consulta previsto en la presente Ley, la Comisión lo hará de las autoridades competentes, para los efectos administrativos a que haya lugar.

Si por causas imputables al órgano responsable, no se cuenta con la información que permita llevar a cabo el procedimiento de consulta previamente solicitado, conforme a lo establecido en esta Ley, la Comisión requerirá al órgano responsable para que dentro del término de 10 días hábiles remita la información necesaria para llevar a cabo la consulta.

Transcurrido dicho plazo, sin que se haya remitido la información, la Comisión lo hará del conocimiento de las autoridades competentes de que se trate para los efectos administrativos a que haya lugar.

Artículo 28. Los servidores públicos que estén obligados a dar cumplimiento a las disposiciones del presente capítulo, serán responsables en caso de incumplimiento, en términos de lo establecido por las disposiciones legales aplicables.

Transitorios

Primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- A la entrada en vigor de este Decreto, El Poder Ejecutivo Federal contará con 180 días hábiles para actualizar las disposiciones reglamentarias correspondientes.

Tercero.El Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, dispondrá de 180 días hábiles hará las traducciones que resulten necesarias a todas las lenguas indígenas del país.

Cuarto. La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas deberá difundir las presentes modificaciones de manera permanente a través de los medios que considere idóneos en los pueblos y comunidades indígenas del país.

Quinto. El registro público de comunidades indígenas a que se refiere esta Ley deberá ser integrado dentro de un plazo máximo 180 días hábiles, contados a partir del inicio de la vigencia de este decreto.

Sexto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Diputados, a 4 de noviembre de 2015.— Diputados: Juan Alberto Blanco Zaldívar,Adriana Elizarraraz Sandoval, Alejandra Gutiérrez Campos, Ángel García Yáñez, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Brenda Velázquez Valdez, Carlos Alberto de la Fuente Flores, César Augusto Rendón García, Delia Guerrero Coronado, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Eloisa Chavarrías Barajas, Elva Lidia Valles Olvera, Emma Margarita Alemán Olvera, Enrique Cambranis Torres, Exaltación González Ceceñas, Fabiola Guerrero Aguilar, Gabriela Ramírez Ramos, Genoveva Huerta Villegas, Gina Andrea Cruz Blackledge, Gretel Culin Jaime, Guadalupe González Suástegui, Hugo Alejo Domínguez, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, Jesús Antonio López Rodríguez, José Máximo García López, José Teodoro Barraza López, Karina Padilla Ávila, Kathia María Bolio Pinelo, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Leticia Amparano Gamez, Lilia Arminda García Escobar, Lorena del Carmen Alfaro García, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María del Rosario Rodríguez Rubio, María García Pérez, María Verónica Agundis Estrada, Martha Cristina Jiménez Márquez, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Huepa Pérez, Miguel Ángel Salim Alle, Miguel Ángel Yunes Linares, Minerva Hernández Ramos, Mónica Rodríguez Della Vecchia, Nadia Haydee Vega Olivas, Nelly del Carmen Márquez Zapata, Rene Mandujano Tinajero, Román Francisco Cortés Lugo, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Wenceslao Martínez Santos, Ximena Tamariz García (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Blanco. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.

La diputada Brenda Velázquez Valdez (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Perdón, diputada, antes de que inicie su intervención. Sonido en la curul de la diputada Brenda Velázquez, acá, ahí está.

La diputada Brenda Velázquez Valdez (desde la curul): Gracias, presidente. Solamente para solicitarle al diputado Juan, si me permite suscribir su iniciativa. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El diputado aludido manifiesta su aceptación. Está a disposición.

El diputado Hugo Alejo Domínguez (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul del diputado Alejo.

El diputado Hugo Alejo Domínguez (desde la curul): Gracias, presidente. Nada más para solicitar la autorización para que en la misma forma nos permitan suscribirnos a esta iniciativa por el diputado que hizo uso de la palabra.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Ya el diputado proponente ha manifestado su aquiescencia para que esto sea posible. Entonces, está a disposición de quienes quieran suscribir la iniciativa aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva.

Y un momentito, diputada Briones, para que nuestras compañeras diputadas nos permitan continuar con tranquilidad. No, yo no estoy diciendo que estén haciendo algo que genere algún desasosiego, pero sí ahorita, para que se le ponga toda la atención a la oradora y desde luego compartimos la preocupación expresada por ustedes.



LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra por cinco minutos la diputada Erika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La diputada Erika Irazema Briones Pérez:Gracias, con su permiso señor presidente. Compañeros diputados y compañeras diputadas, la violencia en la comunidad es un tema demasiado amplio, pero que a su vez ha sido abordado mucho menos desde la perspectiva de género en los términos de la igualdad sustantiva que se exige en estos momentos. En general es un término que incluye actos de violencia dirigidos a lastimar a otros y que son cometidos en áreas comunes o públicas.

El tejido social en nuestro país nos hace plantearnos que debemos encontrar soluciones a toda una serie de problemas muy diversos que se engloban dentro de este tipo de violencia.

En la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se define a la violencia en la comunidad como los aspectos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público.

Cuando lamentablemente se ejerce la violencia en la comunidad, las mujeres estamos expuestas a sufrir diversas agresiones a nuestros derechos humanos, a nuestros derechos civiles e incluso a nuestros derechos políticos.

La obligación del Estado así como de los tres niveles de gobierno es garantizar el respeto y la promoción de los derechos de las mujeres y niñas en las comunidades donde se desarrollan, mismas que deben propiciar un ambiente libre de cualquier tipo de violencia que fomente el empoderamiento y la igualdad entre hombres y mujeres en todos los aspectos. No queremos ser más, tampoco queremos ser menos, queremos ser iguales.

Las principales faltas cometidas en este contexto son la discriminación, la denigración pública por el simple hecho de ser mujeres, así como la marginación y la exclusión de los asuntos comunitarios.

Sin embargo, también debe considerarse el acoso sexual que se vive en mayor medida en las zonas metropolitanas y conurbadas, problemas que se presentan en grandes cantidades dentro del transporte público.

Cuántas mujeres no han padecido una agresión de carácter sexual tan solo en la capital de este país. Y si nos vamos a las zonas metropolitanas, en el interior de la República.

No existen estadísticas certeras, ya que en la mayoría de los casos de las mujeres o las niñas no se sienten empoderadas para realizar una denuncia. Y de aquellas que toman el valor y confían en las autoridades terminan desistiendo por la burocracia, por la revictimización o por la desesperación e impotencia ante la actitud de los servidores públicos.

La violencia en contra de las mujeres es un tema del cual no podemos desprendernos. Pese a los esfuerzos de organizaciones civiles, a organismos internacionales que se han sumado para erradicar y hacer planes de trabajo de dependencias gubernamentales, este tema sigue vigente.

Por ello no debemos bajar la guardia y debemos legislar con carácter decidido para el empoderamiento de las mujeres y niñas del país.

Bajo estos motivos espero contar con el apoyo de las y los diputados para que se pueda aprobar esta propuesta que se integra a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en tres nuevas fracciones: al artículo 17, en sentido de ampliar las acciones para erradicar la violencia en la comunidad. En ella se encuentra la obligación de los tres órdenes de gobierno a establecer medidas y políticas que garanticen seguridad y respeto a los derechos de las mujeres en el transporte público, así como campañas de información y prevención.

A su vez, integrar políticas educativas destinadas a prevenir, a atender la violencia en la comunidad para identificar los diferentes actos que constituyen un delito. Seguimos trabajando con esta tarea. Tienen muchos pendientes los compañeros legisladores. La tarea que nos corresponde es que integremos el sistema social en nuestro país.

La igualdad entre hombres y mujeres no es algo utópico, tampoco es algo que se exige, es algo que por ser humanos nos pertenece.

Y por último compañeros diputados, es lamentable que la violencia contra las mujeres sea un asunto que se viva de manera cotidiana. A tal grado que los asesinatos de mujeres en forma violenta sean cada vez mayúsculos y repetitivos en diversas entidades de la república.

En este mismo sentido y desde esta tribuna, el Grupo Parlamentario del PRD exhorta a la Secretaría de Gobernación no sea omisa a los acontecimientos que se están viviendo en el país y en este momento a los acontecimientos recientes en el estado de Quintana Roo.

No queremos ni una muerta más en ningún estado de la República. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Érika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Érika Irazema Briones Pérez, perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y fracción I, de los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa de ley con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Exposición de Motivos

La violencia en la comunidad es un término muy amplio que incluye actos de violencia dirigidos a lastimar o denigrar a otros dentro de un contexto público o espacios determinados como tal.

Dicho tipo de violencia ha crecido dado lo dañado que se encuentra el tejido social de nuestro país, rasgos culturales y situaciones propias de cada región y cada entidad federativa nos hacen plantearnos los diversos problemas tan amplios que se engloban dentro de la violencia en la comunidad.

Para el caso particular de las mujeres la violencia en la comunidad tal y como lo define la Ley General de Acceso a las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en su Capítulo III como:

“los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público”

Desde ese momento entonces, que queda definido este concepto en la ley, la obligación del Estado mexicano para lograr su erradicación y otorgar los mecanismos necesarios para que este objetivo sea cumplido.

La discriminación desafortunadamente es un tema del cual las mujeres siguen siendo parte y de los grupos que más la padecen por el simple hecho de ser mujer.

México ratificó la Convención Sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). EL 23 de marzo de 1981, año en el que entró en vigor en nuestro país.

Por ello, estamos obligados como nación tal y como se expresa en el Artículo 2 de esta convención (CEDAW) a condena la discriminación contra la mujer en todas sus formas, conviene en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer.

Así mismo en el Artículo 3 observamos que debemos como Estado tomar todas las esferas para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

La discriminación es uno de los factores y conductas que lamentablemente más se repite en el ámbito de la comunidad, es por ello el énfasis en esta lamentable conducta, pero no es la única a la que se enfrentan mujeres y niñas en el país.

De la misma manera el 19 de junio de 1998 el Estado mexicano ha ratificado la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará) donde se redacta que “toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”

La denigración, discriminación, marginación o exclusión son asuntos pendientes para garantizar un Estado igualitario, tanto en oportunidades como en condiciones entre hombres y mujeres.

La violencia en la comunidad está acompañada de varios delitos, como los mencionados en su definición así como aquellos ampliados y conjugados con otros tipos de violencia a los cuales están expuestos las mujeres en sus pueblos, comunidades o localidades.

Por ello se presenta esta iniciativa para reformar el artículo 17 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, con el objeto de agregar responsabilidades a los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias puedan garantizar espacios y programas donde se respeten y fomenten los derechos fundamentales de las mujeres.

Uno de los problemas con mayor frecuencia en las zonas metropolitanas del país o zonas urbanizadas donde el transporte público es concurrido, son aquellos casos de agresiones y acoso a las mujeres.

Por ello, expresamos que sea de igual manera una atribución de los tres órdenes de gobierno, establecer políticas públicas que garanticen un trasporte público una manera segura de movilidad para las mujeres.

Asimismo implementar políticas educativas en atención a prevenir y atender el acoso sexual dentro de una comunidad, cualquiera que sea, para poder así comprender los actos constitutivos de delito.

La violencia en contra de las mujeres es un tema del cual no podemos desprendernos, pese a los esfuerzos de organizaciones civiles, a legisladores y legisladoras, a organismos internacionales que han sumado para erradicar la violencia en contra de las mujeres, pero muy por el contrario los casos y atentados contra ellas sigue siendo tema de día a día donde no podemos determinar las estadísticas adecuadas por la falta y la poca cultura de la denuncia, así como la poca credibilidad de las instituciones.

Por ello se pretende modificar el Artículo 17 de la ley antes mencionada, para que de esta manera como servidores públicos respondamos de manera directa a los problemas que se traducen en violencia que se vive dentro de las comunidades del país, también para formar más programas, políticas públicas aplicables y que garanticen el respeto, la promoción y garantía de las mujeres en el pleno acceso a sus derechos.

Por lo expuesto pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa de ley con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia a cargo de la diputada Érika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Artículo Único. Se reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia para quedar en los siguientes términos:

Artículo 17. Los tres órdenes de gobierno dentro del ámbito de sus respectivas competencias deberán garantizar a las mujeres la erradicación de la violencia en la comunidad, a través de:

I. ...

II. Establecer espacios públicos libres de violencia.

III. Establecer políticas públicas que garanticen el transporte público una forma segura de movilidad para las mujeres en la comunidad, así como coadyuvar en el establecimiento de procedimientos de sanción de los actos de violencia que se susciten al interior de sus unidades y de sus instalaciones.

IV. Implementar acciones educativas destinadas a prevenir y atender la violencia en la comunidad para identificar los actos constitutivos de delito.

V. Establecer de un banco de datos sobre las órdenes de protección y de las personas sujetas a ellas, para realizar las acciones de política criminal que correspondan y faciliten el intercambio de información entre las instancias.

Transitorios

Artículo Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al contenido del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de octubre del 2015.— Diputados: Erika Irazema Briones Pérez, Adriana Elizarraraz Sandoval, Ana Leticia Carrera Hernández, Ángel García Yáñez, Angie Denisse Hauffen Torres, Araceli Madrigal Sánchez, Araceli Saucedo Reyes, Ariadna Montiel Reyes, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Brenda Velázquez Valdez, Cecilia Guadalupe Soto González, Cirilo Vázquez Parissi, Claudia Sofía Corichi García, David Gerson García Calderón, Delia Guerrero Coronado, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Eduardo Francisco Zenteno Núñez, Eloísa Chavarrías Barajas, Elva Lidia Valles Olvera, Emma Margarita Alemán Olvera, Enrique Cambranis Torres, Evelyn Parra Álvarez, Evelyng Soraya Flores Carranza, Exaltación González Ceceña, Fabiola Guerrero Aguilar, Gabriela Ramírez Ramos, Gina Andrea Cruz Blackledge, Guadalupe González Suástegui, Guadalupe Perea Santos, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, Isaura Ivanova Pool Pech, Javier Octavio Herrera Borunda, Jesús Antonio López Rodríguez, José Everardo López Córdova, José Máximo García López, José Santiago López, Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela, Juan Manuel Celis Aguirre, Karina Padilla Ávila, Kathia María Bolio Pinelo, Laura Beatriz Esquivel Valdés, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Leticia Amparano Gámez, Lorena del Carmen Alfaro García, Luz Argelia Paniagua Figueroa, Ma. Victoria Mercado Sánchez, María Antonia Cárdenas Montiel, María Candelaria Ochoa Ávalos, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Elida Castelán Mondragón, María García Pérez, María Soledad Sandoval Martínez, María Verónica Agundis Estrada, Martha Cristina Jiménez Márquez, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Huepa Pérez, Miguel Ángel Yunes Linares, Minerva Hernández Ramos, Mirza Flores Gómez, Nelly del Carmen Márquez Zapata, Norma Xóchitl Hernández Colín, Olga Catalán Padilla, Rafael Hernández Soriano, René Mandujano Tinajero, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, Rogerio Castro Vázquez, Román Francisco Cortés Lugo, Samuel Alexis Chacón Morales, Sara Paola Galico Félix Díaz, Sasil Dora Luz de León Villard, Ulises Ramírez Núñez, Verónica Delgadillo García, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Wenceslao Martínez Santos, Ximena Tamariz García (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Briones. Túrnese a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

El diputado Miguel Ángel Yunes Linares(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul del diputado Miguel Ángel Yunes, por favor.

El diputado Miguel Ángel Yunes Linares (desde la curul): Gracias, señor presidente. Para adherirme, si ella me lo permite, a la iniciativa que ha propuesto nuestra compañera diputada.

Pero también para señalar lo siguiente, la Constitución establece los principios de igualdad entre el hombre y la mujer, y en particular el derecho a la libre procreación. Cuando rendimos protesta como diputados federales, todos nos comprometimos a respetar las normas constitucionales, y muy recientemente un diputado federal, Alberto Silva Ramos, ha violado la Constitución al señalar que a las personas que deseen ser candidatas del PRI –ya termino– les aplicarán pruebas de embarazo o de gravidez. Exijo que se disculpe públicamente el diputado Silva Ramos. Y me adhiero a la correspondencia. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Con todo respeto, diputado Yunes, no ha lugar a estos señalamientos específicos. Su petición de palabra era para solicitar permiso para adhesión. Entonces la diputada Briones, proponente, manifiesta su asentimiento para que así suceda, y queda a disposición como lo hemos estilado aquí, la iniciativa, para quienes quieran suscribirla en la Mesa Directiva. Gracias.



LEY DE VIVIENDA, LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES Y LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, el diputado Juan Manuel Celis Aguirre, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

El diputado Juan Manuel Celis Aguirre:Gracias, señor presidente, con su permiso. Compañeras diputadas, compañeros diputados, la iniciativa que hoy presento tiene que ver con un tema muy noble y sensible para la mayoría de la población en México. Un tema relacionado con la necesidad de contar en nuestro país con vivienda adaptada en sus características estructurales y arquitectónicas para facilitar la movilidad en sus hogares de las personas de la tercera edad y de las personas con discapacidad; sin duda sectores importantes de nuestra población.

El derecho a la vivienda en nuestro país, tema al que me referiré posteriormente si me lo permiten ustedes, se encuentra consagrado en el artículo 4o. constitucional que establece como una garantía individual el derecho de toda familia al disfrute de una vivienda digna y decorosa.

Los antecedentes del derecho a la vivienda estaban ya previstos en la Constitución del 17 en el artículo 123, donde se estableció la obligación de los patrones de proporcionar vivienda a sus trabajadores con las características de ser cómodas e higiénicas.

Fue con la creación de las instituciones de salud, como los Institutos Mexicano del Seguro Social y de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, como parte de la seguridad social de sus derechohabientes que se establecieron fondos de crédito para la adquisición de vivienda.

En el 2006 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Vivienda, la cual es Reglamentaria del Artículo 4o. constitucional y tiene por objeto establecer la política nacional, los programas, instrumentos y apoyos para que las familias puedan acceder al disfrute de la vivienda.

El ejecutivo federal anunció en febrero de 2015 cuatro estrategias relacionadas con una nueva política en vivienda:

a) Lograr una mayor y mejor coordinación interinstitucional.

b) Transitar hacia un modelo de desarrollo urbano sustentable e inteligente.

c) Reducir de manera responsable el rezago de vivienda; y

d) Procurar una vivienda digna para todos los mexicanos. Por tanto creo que la política en materia de vivienda a través de la Comisión Nacional de vivienda, debe de estar orientada con un profundo sentido social.

De acuerdo con las consideraciones del proponente, la política de vivienda debe evolucionar en consideración a las características actuales, demográficas y condiciones de la población. Es decir, adaptar la cultura de la construcción de viviendas adaptadas para las personas de la tercera edad y para las personas con discapacidad, a modo de facilitarles la movilidad en sus hogares.

Esta nueva política de vivienda debe atender la realidad que el país vive, es decir, el fenómeno de un acelerado envejecimiento de su población, ya que de acuerdo con el estudio del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI, en 2010 los mexicanos con 65 años y más representaban el 6 por ciento de la población, cifra que para el año 2016 aumentará significativamente al 15 por ciento.

El mismo organismos, INEGI, a través de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, señala que la población en México de 60 años y más, es de 12.9 millones de personas. Esto representa el 10.8 por ciento de la población. Además existen 6 millones de personas con algún tipo de incapacidad.

Si bien es cierto que en México a través del Poder Legislativo han emanado leyes que buscan atender a los sectores sociales más desprotegidos, tales como la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, es una realidad que hace falta legislar en materia de vivienda que les permita mejorar las condiciones de vida de esta población al contar con viviendas adaptadas de acuerdo con sus necesidades físicas.

Por ello la presente iniciativa propone que en las políticas y en los programas de vivienda nacional, se promueva la construcción de viviendas adaptadas con estándares de innovación arquitectónica, con mecanismos de protección para el acceso libre de las personas, como son: las rampas a desnivel, el paso de sillas de ruedas, barandales de protección, suelos nivelados y antiderrapantes, escaleras de bajo nivel y pasamanos en las habitaciones, etcétera, y facilitar la vida cotidiana de las personas de la tercera edad y de las personas con discapacidad.

La iniciativa igual propone que las personas adultas mayores puedan obtener créditos accesibles en la vivienda de interés social para poderla adaptar a sus necesidades físicas.

México tiene la tarea de enfrentar los nuevos retos y existe la necesidad de promover y fomentar una nueva política en el diseño y construcción de vivienda adaptada que considere las características y capacidades físicas de sus habitantes, en particular, como se ha indicado, de las personas de la tercera edad o con discapacidad.

Por su atención, muchas gracias compañeras y compañeros diputados. Gracias, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Vivienda, de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, y General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Juan Manuel Celis Aguirre, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, Juan Manuel Celis Aguirre, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6o., numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Vivienda, de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, y General para la Inclusión de la Personas con Discapacidad, en materia de vivienda adaptada, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El derecho a la vivienda en México se encuentra consagrado en el artículo 4o., párrafo sexto, constitucional, reformado en 1983, que señala como una garantía individual el derecho de toda familia al disfrute de una vivienda digna y decorosa. Los antecedentes de la vivienda, estaban previstos en la Constitución de 1917, en el artículo 123, fracción XII, que estableció la obligación de los patrones de proporcionar vivienda a sus trabajadores, con las características de ser cómodas e higiénicas.

Con la creación de las instituciones de salud como los Institutos Mexicano del Seguro Social, y de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, como parte de la seguridad social de sus derechohabientes, se establecieron fondos de créditos de vivienda.

Para promover la construcción de la vivienda de interés social por medio de créditos de la banca privada, se constituye de igual forma el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario de Vivienda, a través del Banco de México.

En julio de 2001 se creó la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda, y cinco años después se convirtió en la Comisión Nacional de Vivienda, como instancia federal, es decir, un organismo público descentralizado, de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con la función de coordinar la generación y promoción de vivienda.

El 27 de junio de 2006 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Vivienda, la cual es reglamentaria del artículo 4o. constitucional y tiene por objeto establecer la política nacional, los programas, instrumentos y apoyos para que las familias puedan acceder al disfrute de la vivienda.

De acuerdo con el artículo 2o. de la ley en mención, la vivienda digna y decorosa es aquella que cumple con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos, lo referente a la construcción, las condiciones de salubridad, los espacios habitables y los servicios básicos de luz, agua y drenaje y el componente de la seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión.

El sector privado también se encuentra involucrado en la construcción de la vivienda, en este rubro participan la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda, la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, la Confederación Nacional de Cámaras Industriales, la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación, el Consejo Coordinador Empresarial.

El Ejecutivo federal anunció en febrero de 2015 cuatro estrategias relacionadas con una nueva política en vivienda:

- Lograr una mayor y mejor coordinación interinstitucional;

- Transitar hacia un modelo de desarrollo urbano sustentable e inteligente;

- Reducir de manera responsable, el rezago de vivienda; y

- Procurar una vivienda digna para todos los mexicanos.

En este orden de ideas, la política en materia de vivienda a través de la Comisión Nacional de Vivienda debe estar orientada con una profunda alineación social. De acuerdo con las consideraciones del proponente, la política de vivienda debe evolucionar en consideración a las características actuales demográficas y condiciones de la población, es decir, adoptar la cultura de la construcción de viviendas adaptadas para las personas de la tercera edad y para las personas con discapacidad, a modo de facilitarles la movilidad en sus hogares.

Esta nueva política de vivienda debe atender la realidad que el país vive, es decir, el fenómeno de un acelerado envejecimiento de su población. De acuerdo con el estudio del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2010 los mexicanos con 65 años y más representaban 6 por ciento de la población, cifra que para el año 2016 aumentará significativamente, a 15 por ciento.

El mismo organismo, Inegi, a través de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, señala que la población en México de 60 años y más, es de 12.9 millones de personas, esto representa 10.8 por ciento de la población.

Otros datos del Censo de Población y Vivienda de 2010 revelan que habitaban en el país 10 millones 55 mil 379 personas de 60 años y más: 46.5 por ciento hombre y 53.5 mujer. Para 2030, las estimaciones de población de adultos mayores se duplicará: 18 por ciento será del género femenino y 16.2 corresponderá al masculino.

Es una tendencia que en muchos países del mundo las mujeres vivan más que los hombres, caso que se refleja igual en México, así lo indican los datos del Consejo Nacional de Población, al señalar que la esperanza de vida de las mujeres para 2011 es de 77.9 años y de 73.2 para los hombres, cifras que se prevé aumenten en el 2050 a 83.6 y 79.0 años, respectivamente.

El tema del envejecimiento de la población involucra retos que tienen que ver con la seguridad social, el empleo, las pensiones y uno más que consideramos de suma importancia, la vivienda y la movilidad en ella.

De acuerdo con estimaciones del Inegi, en el país hay rezago en la ampliación y adaptación de la infraestructura que permita y facilite la movilidad de las personas de la tercera edad y de las personas con discapacidad, retos que se hacen igual mayores en la infraestructura de vivienda, sin consideramos que en el país existen cerca de 6 millones de personas con algún tipo de discapacidad.

El envejecimiento de la población está vinculado principalmente con dos factores, el primero derivado del proceso biológico de envejecimiento del ser humano, y el segundo como una consecuencia del cambio en las estructuras de edades de la población. En este sentido, el envejecimiento demográfico es un factor presente en todos los países del mundo, y sus consecuencias involucran los núcleos familiares, a la sociedad y al conjunto de instituciones gubernamentales.

El envejecimiento es un asunto que ha ocupado las agendas internacionales. En este contexto, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la resolución 213 en 1948, sobre la Declaración de los Derechos de la Vejez.

La misma organización realizó en 1982 la primera Asamblea mundial sobre el envejecimiento, en Viena, Austria. Surgió así el Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento, que recomienda a los Estados parte a tomar las medidas necesarias para atender en fenómeno del envejecimiento demográfico, es decir, acciones incluyendo las legislativas para la atención de las personas adultas mayores en cuanto a sus derechos elementales como la vivienda, el empleo, la seguridad económica, la salud y la educación.

Si bien es cierto que en México a través del Poder Legislativo han emanado leyes que buscan atender a los sectores sociales más desprotegidos como las personas adultas mayores y de las personas con discapacidad, tales como la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2002; y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación en el 2011, también lo es, que hace falta legislar en materia de movilidad en la vivienda que les permita mejorar las condiciones de vida de esta población al contar con viviendas adaptadas de acuerdo con sus necesidades físicas.

Por ello, la presente iniciativa propone que en las políticas y en los programas de vivienda nacional se promueva la construcción de viviendas adaptadas con estándares de innovación arquitectónica, con mecanismos de protección para el acceso libre de las personas como son las rampas a desnivel, el paso de sillas de ruedas, barandales de protección, suelos nivelados y antiderrapantes, escaleras de bajo nivel y pasamanos en las habitaciones, y facilitar la vida cotidiana de las personas de la tercera edad y de las personas con discapacidad.

Es una realidad que México al igual que otras naciones, tienen la tarea de enfrentar los nuevos retos del envejecimiento demográfico. Existe la necesidad de promover y fomentar una nueva política en el diseño y construcción de vivienda adaptada que considere las características y capacidades físicas de sus habitantes, en particular como se ha indicado, de las personas de la tercera edad o con discapacidad, y que además de cumplir con los estándares de salubridad y comodidad como lo mandata nuestra constitución, se considere la funcionalidad y movilidad en la misma para sus habitantes, que evite posibles riegos de accidentes como son las caídas, es por ello que la producción de vivienda en nuestro país deben irse enfocando con las innovaciones arquitectónicas y tecnológicas.

En el artículo 19, fracción XX, de la Ley de Vivienda, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la Comisión Nacional de Vivienda y los organismos nacionales de vivienda, como el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la Sociedad Hipotecaria Federal, SNC, y el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, emiten la convocatoria para otorgar el Premio Nacional de Vivienda, cuyo fin de acuerdo con dicha convocatoria es hacer un reconocimiento “al esfuerzo de los diversos agentes y actores que participan en los procesos de diseño, producción y oferta habitacional y que contribuyen al desarrollo de viviendas de mayor calidad y confort, a través del diseño arquitectónico, conservación del medio ambiente, ubicación, planeación, desarrollo urbano, sistemas constructivos, tecnologías, financiamiento, asesoría técnica integral, costos y gestión administrativa, atendiendo las necesidades de los mexicanos para acceder a viviendas dignas que hagan ciudad, constituyan un patrimonio seguro para sus ocupantes y propicien su integración social” (véase la convocatoria Premio Nacional de Vivienda, en el sitio oficial de la Sedatu).

Consideramos que hace falta agregar en este premio de gran importancia, la adaptación de la vivienda y la movilidad en la misma, la innovación arquitectónica en cuanto a su ergonomía y anatomía entre la vivienda y las necesidades físicas de sus habitantes.

Por los motivos expuestos se somete a consideración esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma y adiciona diversos artículos de las Leyes de Vivienda, de los Derechos de la Personas Adultas Mayores, y General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Artículo Primero.Se adiciona una nueva fracción X, recorriéndose sucesivamente las demás fracciones del artículo 4; se reforma y adiciona la fracción VII, del artículo 6; se reforma y adiciona la fracción XIII, del 8; se reforma y adiciona la fracción XXI, del artículo 19; se reforma y adiciona el artículo 71; se reforma y adiciona el segundo párrafo del artículo 77; se reforma y adiciona el primer párrafo del artículo 78 de la Ley de Vivienda, para quedar como sigue:

Ley de Vivienda

Artículo 4.Para los efectos de esta ley se entenderá por

I. a IX. ...

X. Vivienda adaptada: la acción tendiente a consolidar una nueva cultura de vivienda adaptada arquitectónica y estructuralmente de acuerdo con las condiciones y necesidades físicas de sus habitantes;

XI. a XV. ...

Artículo 6.La política nacional de vivienda tiene por objeto cumplir los fines de esta ley y deberá considerar los siguientes lineamientos:

I. a VI. ...

VII.Promover que los proyectos urbanos y arquitectónicos de vivienda, así como sus procesos productivos y la utilización de materiales se adecuen a los rasgos culturales y locales para procurar su identidad y diversidad; así como a las condiciones y necesidades físicas de las personas adultas mayores y personas con discapacidad;

VIII. a XII. ...

Artículo 8.El Programa Nacional de Vivienda contendrá

I. a XII. ...

XIII.Las estrategias y líneas de acción para facilitar el acceso al financiamiento público y privado para construcción y mejoramiento de vivienda para pueblos y comunidades rurales indígenas; así como para la adaptación de la misma, de acuerdo con las condiciones y necesidades físicas de sus habitantes;

XIV.a XVIII. ...

...

Artículo 19.Corresponde a la Comisión

I. a XX. ...

XXI.Establecer vínculos institucionales, convenios de asistencia técnica, innovación arquitectónica y tecnológicae intercambio de información con gobiernos nacionales y organismos nacionales e internacionales, en coordinación con las autoridades competentes;

XXII.a XXIV. ...

Artículo 71.Con el propósito de ofrecer calidad de vida a los ocupantes de las viviendas la Comisión promoverá, en coordinación con las autoridades competentes tanto federales como locales, que en el desarrollo de las acciones habitacionales en sus distintas modalidades y en la utilización de recursos y servicios asociados, se considere que las viviendas cuenten con los espacios habitables y de higiene suficientes en función al número de usuarios, provea de los servicios de agua potable, desalojo de aguas residuales y energía eléctrica que contribuyan a disminuir los vectores de enfermedad, así como garantizar la seguridad estructural y arquitectónica mediante la adaptación de pisos antideslizantes, rampas para el acceso de sillas de ruedas, escalones de baja altura, habitaciones con sistemas de sujeción, y la adecuación al clima con criterios de sustentabilidad, eficiencia energética y prevención de desastres, utilizando preferentemente bienes y servicios normalizados.

...

...

Artículo 77.La Comisión fomentará la participación de los sectores público, social y privado en esquemas de financiamiento dirigidos al desarrollo y aplicación de ecotécnicas y de nuevas tecnologías en vivienda y saneamiento, principalmente de bajo costo y alta productividad, que cumplan con parámetros de certificación y cumplan los principios de una vivienda digna y decorosa.

Asimismo, promoverá que las tecnologías, sean acordes con los requerimientos sociales, regionales, a las características propias de la población y a las condiciones y necesidades físicas de sus habitantes, estableciendo mecanismos de investigación y experimentación tecnológicas.

Artículo 78.El modelo normativo, las normas mexicanas aplicables al diseño arquitectónico de la vivienda y los prototipos constructivos deberán considerar los espacios interiores y exteriores que faciliten la movilidad de sus habitantes;la eficiencia de los sistemas funcionales, constructivos y de servicio; la tipificación y modulación de sus elementos y componentes, respetando las distintas zonas del país, los recursos naturales, el ahorro de energía y las modalidades habitacionales.

...

Artículo Segundo.Se reforma y adiciona la fracción I del artículo 21, y se adiciona un nuevo inciso k al artículo 30 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:

Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Artículo 21.Corresponde a las instituciones públicas de vivienda de interés social garantizar

I.Las acciones necesarias a fin de concretar programas de vivienda que permitan a las personas adultas mayores la obtención de créditos accesibles para adquirir una vivienda propia o remodelarla y adaptarla en caso de ya contar con ella; y

II. ...

Artículo 30. El Consejo Directivo es el órgano de gobierno del Instituto y responsable de la planeación y el diseño específico de las políticas públicas anuales que permitan la ejecución transversal a favor de las personas adultas mayores. Estará integrado por los titulares de las siguientes dependencias:

a. a j. ...

k. Comisión Nacional de Vivienda

Artículo Tercero.Se reforma y adiciona el artículo 18; y se adiciona una nueva fracción X, recorriéndose sucesivamente los demás párrafos del artículo 44, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Artículo 18. Las personas con discapacidad tienen derecho a una vivienda digna. Los programas de vivienda del sector público o sector privado deberán incluir proyectos arquitectónicos de construcciones que consideren sus necesidades de accesibilidad. Las instituciones públicas de vivienda otorgarán facilidades para recibir créditos o subsidios para la adquisición, redención de pasivos y construcción , remodelación o adaptación de vivienda.

Artículo 44. La Junta de Gobierno del Consejo estará integrada por nueve representantes del Poder Ejecutivo Federal, uno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y cinco representantes de la Asamblea Consultiva.

Los representantes del Poder Ejecutivo federal serán los titulares de las siguientes dependencias y entidades:

I. Secretaría de Salud;

II. Secretaría de Desarrollo Social;

III. Secretaría de Educación Pública;

IV. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

V. Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

VI. Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

VII. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;

VIII. Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, y

IX. Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

X. Comisión Nacional de Vivienda

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2015.— Diputados: Juan Manuel Celis Aguirre,Ana Guadalupe Perea Santos (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Celis. Túrnese a las Comisiones Unidas de Vivienda y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

Saludamos la visita de estudiantes de primer y tercer semestre de ciencias políticas de la Universidad de Aguascalientes, invitados por el diputado Jorge López Martín. Bienvenidas, bienvenidos amigos a este recinto de San Lázaro.



EXPIDE LA LEY DE AMNISTÍA, EN FAVOR DE LOS SENTENCIADOS POR DELITOS RELACIONADOS CON EL CONSUMO O POSESIÓN DE CANNABIS SATIVA, ÍNDICA O MARIHUANA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, por diez minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide Ley de Amnistía, en Favor de los Sentenciados por Delitos Relacionados con el Consumo o Posesión de Cannabis Sativa, Índica o Marihuana, suscrita por los diputados Jorge Álvarez Maynez y Víctor Manuel Sánchez Orozco, presentada por el diputado Jorge Álvarez Maynez, ambos del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Jorge Álvarez Maynez:Con su permiso, presidente. Con el permiso de las compañeras, de los compañeros diputados presentes en esta sesión. Los que suscribimos esta iniciativa, el diputado Víctor Sánchez y un servidor, es plantearle a esta soberanía; plantearle a los compañeros legisladores y a las compañeras legisladoras, que empecemos ya con la tarea que el día de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación le ha dejado al Poder Legislativo de México.

Lo que ayer se decidió tiene una implicación, de entrada fundamental para la discusión en materia de salud pública y del combate en materia de política de drogas del Estado mexicano de entrada tiene una conclusión elemental, se rompió el paradigma de la prohibición, el paradigma prohibicionista, se rompió en la discusión sobre el uso, el consumo y la posesión de marihuana. Eso ya se rompió.

Lo que sigue y lo que está pendiente es cómo enfrentamos esta responsabilidad que la Suprema Corte de Justicia de la Nación nos ha puesto a la luz de los criterios sobre en los que ellos han decidido, que son los criterios de libertades individuales y de derechos humanos por encima de la hoy muy irregular, muy accidentada y poco efectiva para el combate a la distribución ilegal de drogas que pesa sobre el Estado mexicano.

Nosotros hemos planteado aquí el tema del sistema penitenciario, que México Evalúa ya nos señaló que hay una sobrepoblación de 300 por ciento en este sistema penitenciario. Hemos planteado el tema de la prisión preventiva de oficio y de otros instrumentos, como el arraigo militar, el arraigo en su conjunto, que han hecho que en México se viva la paradoja de la impunidad, en donde tenemos presos a quienes ni siquiera han sido sentenciados.

En el caso de los delitos contra la salud, que son el 60 por ciento por ejemplo de quienes están en penales federales, y que hay un 60 por ciento de esos que están presos por delitos contra la salud, que es por el tema de mariguana, una cuarta parte de ellos, uno de cada cuatro de ellos es por tener menos de 200 pesos, del equivalente a 200 pesos, en posición de marihuana. Esas personas que están en prisión por tener cantidades de marihuana que valen menos de 200 pesos no están en prisión por ser narcotraficantes.

Este gobierno y el anterior son gobiernos que han sido muy hipócritas en eso. No está en prisión El Chapo, pero uno de cada cuatro de los que están por posesión de marihuana tenía menos de 200 pesos cuando lo capturaron, que además la mitad de ellos no tuvieron abogado y, de los que tuvieron abogado, la mitad de ellos declaró que el abogado no les comunicó en todo el proceso penal ninguna de las determinaciones que se estaban tomando ni ningún razonamiento jurídico de su encarcelamiento.

Esas personas que están ahí en prisión están ahí por pobres, están ahí porque no tuvieron dinero para corromper a una autoridad, para pagar una fianza o para tramitar un juicio de amparo.

Si la defensa que hace ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación es a la luz de los derechos humanos, los derechos humanos son iguales para todas y todos los mexicanos, no nada más para los cuatro mexicanos que se ampararon con una estrategia jurídica correcta que hay que aplaudir, que es parte del litigio estratégico que está reformando la discusión pública en México, pero que no podemos limitar a que sólo cuatro personas tengan sus derechos humanos protegidos por encima de una absurda regulación en la materia por parte del Estado mexicano.

Lo que nosotros estamos planteando es coincidente con las consideraciones y efectos que presentó el Ministro Cossío en la discusión que se dio ayer en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Hay que leer la página 16, 17 y 18 del proyecto del ministro Cosío, en donde nos deja muy clara la tarea del Poder Legislativo derivada de la decisión que tomó ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Hay que poner atención especial a lo que está sucediendo. Si los derechos humanos están por encima de esa regulación, por qué tenemos a miles de personas en las cárceles de México, sobre poblándolas, que bien podrían estar en el goce de sus libertades contribuyendo al desarrollo nacional.

El día que presentamos el tema de la eliminación de la prisión preventiva de oficio les decíamos que no son unos cuantos los que están en prisión sin sentencia, es la mitad de la población que habita los penales federales, es la mitad de los que tienen que ver con delitos del fuero común. Son 100 mil mexicanos en prisión sin sentencia.

Lo que esos 100 mil mexicanos en prisión le cuestan al Estado mexicano nos bastaría para un millón de becas de educación media superior y superior para jóvenes que hoy están fuera de la escuela por falta de recursos.

¿Qué prefiere este Poder Legislativo, un millón de jóvenes becados por el Estado mexicano, preparándose para el día de mañana, o 100 mil mexicanos en prisión sin sentencia de haber sido culpables por el delito que se les imputa? Que probablemente se les fabricó, que probablemente tuvieron el accidente de estar en el lugar no indicado en un mal día, pero que están a la espera de haber sido declarados culpables para poder enfrentar el proceso con plena justicia.

Lo que nosotros estamos planteando es que este Poder Legislativo se tiene que hacer cargo de su responsabilidad constitucional. Aunque la Corte lo haya hecho, no hay un solo país en el mundo con una política de drogas y de salud pública que haya resultado exitosa, que se haya derivado de decisiones judiciales. La responsabilidad en el debate público, en la deliberación, en la construcción y articulación de esa política está en los Poderes Legislativo y en el Poder Ejecutivo.

No puede ser que mientras la Corte da un debate tan profundo, la Presidencia de la República y el gobierno federal se hagan como que voltea para otro lado; que haya funcionarios, secretarios de este gobierno federal que declaran que van a respetar la decisión de la Corte.

Pues sería absurdo que no lo hicieran. Sería absurdo, ilegal, anticonstitucional y sería un contrasentido brutal que no lo hicieran, es su mínima responsabilidad y más en su carácter de funcionarios públicos respetar la decisión de la Corte. No se espera otra cosa de ellos.

Pero lo que es su responsabilidad, como la nuestra, es entrarle al tema de fondo. Nosotros estamos presentando una Ley de Amnistía para quienes están en prisión por consumo y posesión en bajas cantidades de mariguana. Pero la discusión no se agota ahí, nosotros queremos entrar a una discusión de fondo, que evada ya el debate que se agotó, ya la discusión no está entre el prohibicionismo, que es un paradigma derrotado, derrumbado por el Poder Judicial del Estado mexicano y las libertades. El asunto es, ¿a dónde llevamos esas libertades? ¿Bajo qué regulación el Estado mexicano va a enfrentarse al tema, y bajo qué posibilidades?

Hace unos días, el jefe de Gobierno declaraba que el Distrito Federal le va a entrar al tema, con el tema desde la concepción del uso terapéutico y médico de la mariguana. Y nosotros estamos de acuerdo, pero le preguntaríamos al jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, ¿a quién le va a comprar la mariguana que va a usar con fines terapéuticos y con fines médicos? ¿Cuál va a ser su proveedor? Eso es uno de los planteamientos absurdos que hoy tiene la discusión, de los temas pendientes que hoy tiene la discusión.

No debemos echarle la pelotita a otra legislatura, no debemos hacer como que esto que se debatió ayer en la Corte a profundidad no sucedió, sino que lo que nosotros estamos convocando es que asumamos nuestra responsabilidad.

Y particularmente, con esta Ley de Amnistía les decimos, no están en esta Ley de Amnistía los narcotraficantes que le hacen daño a las familias de México, a los jóvenes de México, aquí se está criminalizando a los jóvenes, se está criminalizando a consumidores y, sobre todo, se está criminalizando como en muchas áreas del sistema penitenciario y del sistema de justicia en México a los pobres.

Uno de cada cuatro es por menos de 200 pesos, eso no lo podemos seguir permitiendo y fomentando desde leyes que no vayan encaminadas a un sistema de justicia que enarbole como principio máximo, y como ya se reconoció por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los derechos humanos.

Nosotros queremos elevar la discusión en esta materia y queremos que este Congreso pase a la historia por no haber renunciado a su responsabilidad. Ya nos inició la tarea la Corte, ya están enlistados los asuntos sobre los que tenemos que discutir.

Nosotros convocamos a todas las fuerzas políticas representadas en el Poder Legislativo a que lo hagamos con seriedad, con una orientación de Estado en materia de salud pública y que vayamos a un tema de consenso nacional en política de drogas y salud pública. Gracias, presidente. Y gracias a las compañeras y a los compañeros diputados.

«Iniciativa que expide la Ley de Amnistía en favor de los Sentenciados por Delitos Relacionados con el Consumo o Posesión de Cannabis Sativa, Índica o Marihuana, suscrita por los diputados Jorge Álvarez Maynez y Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los suscritos, diputados Jorge Álvarez Máynez y Víctor Sánchez Orozco miembros del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 73, numeral XXII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6, numeral 1, fracción I, y artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a la consideración de esta asamblea, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Amnistía, a favor de los sentenciados por delitos relacionados con el consumo o posesión de cannabis sativa, índica o marihuana. Lo anterior, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El acceso a la justicia en México hoy se encuentra rebasado por la impunidad, ineficiencia e incapacidad de las instituciones para poder proteger los derechos humanos fundamentales de los mexicanos. Todos los días vivimos las consecuencias de una fallida impartición de justicia en México, que obedece a errores en todos los eslabones del sistema; policía, fiscalías, juzgados y sistema penitenciario.

El sistema penitenciario es uno de los eslabones más olvidados y marginados del poder judicial en México. Es imposible aspirar a una sociedad más justa con un sistema penitenciario colapsado que se encuentra entre 250 y 305 por ciento de su capacidad; en una celda para 6 personas, en realidad viven entre 14 y 20 personas.

En 2006 la capacidad instalada en los centros federales era de 6 mil 192 internos, para enero de 2012 la capacidad total ascendió a 17 mil 680 internos, lo que representa un incremento del 185 por ciento en su capacidad instalada. En las Islas Marías el incremento es aún mayor, pues pasaron de tener 915 internos en 2006 a una población de 7 mil 812 en agosto de 2012, lo que significa un incremento del 263 por ciento en su capacidad instalada.

Un sistema penitenciario sobrepoblado crea condiciones para la violación de derechos humanos y es incapaz de hacer programas eficientes para la reinserción de los ciudadanos a la sociedad como sujetos productivos. Violando los principios establecidos en el artículo 18 constitucional que establece que “el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto”.

Según el diagnóstico “Situación y Desafíos del Sistema Penitenciario” de México Evalúa, en la mayoría de los centros las condiciones de higiene, la calidad de los alimentos, así como el acceso a servicios de educación, son deplorables, la atención y el equipamiento instrumental médico dentro de las cárceles son insuficientes. Además, no hay una separación entre las áreas destinadas a hombres y mujeres y la mayoría no tienen mecanismos para prevenir eventos violentos.

Según cifras del órgano administrativo desconcentrado Prevención y Readaptación Social, en las 21 cárceles federales de México hay alrededor de 22 mil 731 internos. En 2012, la manutención de los reos costó más de mil 700 millones pesos, lo que equivale a más de 4 millones 600 mil pesos diarios, es decir, 202.36 pesos diarios por preso. No obstante, un reporte público de la Comisión Nacional de Seguridad detalla que para esa misma fecha había otros 26 mil 140 reos del fuero federal en prisiones estatales, principalmente por razones de espacio, cuyos costos de manutención son cubiertos por las autoridades locales.

Según datos de la Primera Encuesta en Centros Penitenciarios Federales, el tipo penal más frecuente entre los internos fueron los delitos contra la salud (60.2 por ciento) y al preguntarles sobre la sustancia por las que fueron sentenciados, el 58.7 por ciento confesaron que se trataba por marihuana. De este universo de personas, poco más del 38 por ciento afirmó estar detenido por posesión de drogas, aunque no existen datos sobre qué tipo de droga se tenía en posesión. La mayor parte de los internos detenidos por delitos contra la salud realizaron transacciones de poco valor económico. El 50 por ciento fueron detenidos por comercializar drogas por montos inferiores a mil 250 pesos y una cuarta parte por menos de 200 pesos.

Es claro que se tendrían que revisar la circunstancia particular de cada caso, sin embargo cuando se compara el porcentaje de los internos sentenciados por posesión de drogas en comparación con demás delitos de gravedad como delincuencia organizada, homicidios dolosos, violación, secuestro, trata de personas, entre otros, podemos notar que el Estado ha dirigido mayores esfuerzos por encarcelar a consumidores o en su caso, traficantes de pequeña escala que a aquellas personas que cometen delitos de mayor importancia y consecuencias sociales.

Penalizar y castigar facilita ignorar las causas del inicio de la delincuencia y el crimen. En México, se criminaliza la pobreza y la necesidad de sustento. La mayoría de los internos en el sistema penitenciario federal son principalmente hombres y mujeres con fuertes desventajas sociales. En su mayoría provienen de contextos violentos y cuentan con escasa educación. 53.7 por ciento de los varones internos y 60 por ciento de las mujeres, no completaron la secundaria, 56.6 por ciento de los hombres y 45.3 por ciento de las mujeres dijeron que la razón por la que no continuaron estudiando es porque tenían necesidad de trabajar. En resumen, 90 por ciento de los hombres y 87 por ciento de las mujeres internos comenzaron a trabajar antes de tener 18 años.

Según Simón Hernández de León, investigador del Centro Pro Derechos Humanos, los recursos económicos y la clase social son uno de los principales factores que incide en la relación de las personas con las instituciones. En el caso del sistema penal, estas condiciones son causa de discriminación y estigmatización que favorece las violaciones a los derechos humanos.

La desigualdad en el acceso a la justicia se evidencia con la incapacidad de millones de mexicanos en condiciones socioeconómicas que les impiden acceder a un sistema de justicia equitativo. Los datos sugieren que el derecho a una defensa adecuada no se cumple ni en forma ni en fondo. Según la encuesta antes mencionada, el 43.7 por ciento de los presos no tuvo abogado al rendir declaración en la agencia del Ministerio Público 44 por ciento de los encuestados dijo que su abogado no le explicaba lo que estaba pasando durante las audiencias, 51 por ciento no recibieron consejos de sus abogados antes de las audiencias y 39 por ciento no le explicaron los resultados de los procesos.

Estos abusos continúan incluso dentro de las cárceles, en donde se realizan cobros por pase de lista, para bañarse, tener artículos de higiene personal; cobros por el acceso a áreas de juego, estudio y trabajo; pagar por protección o piso para dormir e inclusive para el derecho a la visita conyugal. Esta violencia se extiende a los familiares de los presos, quienes deben de pagar por evitar filas en horas de visitas, ingresar alimentos y demás cuotas establecidas como reglas informales en las prisiones.

El 75 por ciento de los hombres y el 82 por ciento de las mujeres, dijeron que antes de ingresar a la prisión percibían un ingreso mensual de entre 60 y 3 mil pesos a la semana. Es decir, se trata de personas que se encuentran dentro del primer y segundo decil de ingreso de la sociedad mexicana. Además, 39 por ciento de los hombres y 23.2 por ciento de las mujeres afirman haber intentado, al menos una vez, emigrar para trabajar en Estados Unidos. Ello evidencia la incapacidad del sistema mexicano de brindar oportunidades a la población más necesitada y castigarla sin entender el contexto bajo el cual delinquen.

En síntesis, las personas más comúnmente apresadas por el sistema federal son consumidores y o narcomenudistas de bajo perfil. No se trata de delincuentes que cometen actos violentos u otras conductas delictivas sino actos simples de posesión o consumo. Esto también constituye un problema en términos de proporcionalidad pues implica el uso del aparato coercitivo del Estado como lo es la Secretaría de Defensa Nacional y la Procuraduría General de la República para lidiar con conductas poco problemáticas en términos de salud individual o pública.

La presente iniciativa propone la creación de una Ley de Amnistía a favor de quienes han sido sentenciados por consumo o posesión de marihuana, en vista de que la criminalización de este delito ha representado un uso poco eficiente y racional de los recursos públicos destinados tanto a la procuración de justicia como a una política de seguridad.

La política del Estado mexicano concentrada en detener consumidores y pequeños traficantes ha ocasionado que las personas con escasos recursos sean las principales víctimas de violaciones por parte de las autoridades, exponiéndose a actos de corrupción, extorsión, maltrato físico, abuso sexual, detenciones arbitrarias y otras violaciones a sus derechos fundamentales.

Decreto por el que se expide la Ley de Amnistía, en favor de los sentenciados por delitos relacionados con el consumo o posesión de cannabis sativa, índica o marihuana

Ley de Amnistía

Artículo 1o. Se decreta amnistía en favor de todas las personas en contra de quienes se haya ejercitado o pudiere ejercitarse acción penal ante los tribunales del orden federal, por los delitos cometidos con motivo del consumo o posesión de cannabis sativa, índica y americana o marihuana, así como el psicotrópico “tetrahidrocannabinol” (THC), los isómeros ?6a (10a), ?6a (7), ?7, ?8, ?9, ?10, ?9 (11) y sus variantes estereoquímicas, sin la autorización a que se refiere la Ley General de Salud, cuando por las circunstancias del hecho tal posesión no pueda considerarse destinada a realizar alguna de las conductas a que se refiere el artículo 194 del Código Penal Federal.

Artículo 2o. Los individuos que se encuentren actualmente sustraídos de la acción de la justicia, dentro o fuera del país, por los motivos a que se refiere el artículo 1o. podrán beneficiarse de la amnistía, a partir de la vigencia de esta ley.

Artículo 3o. La amnistía extingue las acciones penales y las sanciones impuestas respecto de los delitos que comprende.

En cumplimiento de esta ley, las autoridades judiciales y administrativas competentes, revocarán las órdenes de aprehensión pendientes y pondrán en libertad a los procesados o sentenciados.

En el caso de que se hubiere interpuesto demanda de amparo por las personas a quienes beneficia esta ley, la autoridad que conozca del respectivo juicio dictará auto de sobreseimiento.

La Procuraduría General de la República solicitará de oficio la aplicación de esta ley y cuidará de la aplicación de sus beneficios, declarando respecto de los responsables extinguida la acción persecutoria.

Artículo 4o. Las personas a quienes aproveche esta ley, no podrán en lo futuro ser interrogadas, investigadas, citadas a comparecer, detenidas, aprehendidas, procesadas o molestadas de manera alguna por los hechos que comprende esta amnistía.

Transitorio

Único. La presente ley entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Zepeda, Guillermo. (2015). Situación y Desafíos del Sistema Penitenciario. 01/10/2015, de México Evalúa. Sitio web: http://www.mexicoevalua.org/wp-content/uploads/2013/08/El-Sistema-Penitenciario -Mexicano-GZEPEDAL-2013.pdf

2 Pérez, Catalina y Azaola Elena, Resultados de la Primera Encuesta realizada a población interna en Centros Federales de Readaptación Social, CIDE, 2012. Recuperado de https://publiceconomics.files. wordpress.com/2013/01/encuesta_internos_cefereso_2012.pdf

3 Zepeda, Guillermo obra citada.

4 Torres, Mauricio, Mantener a los reos de cárceles federales cuesta 4.6 millones al día, obtenido de http://www.cnnmexico.com/nacional/2015/06/22/mantener-a-los-reos-de-carceles-fe derales-cuesta-46-millones-al-dia

5 Sánchez, Paulina, ¿A quién sentencian a prisión en México?,2015 http://proyectojusticia.org/a-quien-sentencian-a-prision-en-mexico/

6 Pérez, Catalina y Azaola Elena, Resultados de la Primera Encuesta realizada a población interna en Centros Federales de Readaptación Social, CIDE, 2012. Recuperado de https://publiceconomics.files.w ordpress.com/2013/01/encuesta_internos_cefereso_2012.pdf

7 Ídem

8 Pérez, Catalina y Azaola Elena, obra citada.

9 Hernández, Simón, Sistema Internacional de Información en Derechos Humanos, Recuperado de http://centroprodh.org.mx/sididh_2_0_alfa/?p=31418

10 Inegi, Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de Hogares, 2012, recuperado de http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/encuestas/hogares/regulares/en igh/enigh2012/ncv/default.asp

México, Distrito Federal, a 5 de noviembre de 2015.— Diputados: Jorge Álvarez Maynez, Víctor Sánchez Orozco, Angie Dennisse Hauffen Torres, Jorge Tello López, Laura Beatriz Esquivel Valdés, Ma. Victoria Mercado Sánchez, Macedonio Salomón Tamez Guajardo, Manuel de Jesús Espino, María Candelaria Ochoa Avalos (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Álvarez. Túrnese a la Comisión de Justicia para dictamen.

El diputado Vidal Llerenas Morales(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido ahí en la curul donde se encuentra ahorita el diputado Vidal Llerenas, espéreme, ahí está.

El diputado Vidal Llerenas Morales (desde la curul): Aquí está ya, gracias. Sólo para celebrar la oportunidad de la presentación de esta iniciativa ante el fallo que tiene ayer la Suprema Corte, en el que básicamente queda claro la desproporción en las penas por el tema de marihuana en relación al daño potencial de la misma, que es básicamente la tesis de Zaldívar.

Y sin duda, urge no más debate, lo que urge son ya propuestas concretas, como la que presenta el diputado, para tratar el tema de política de drogas. Enhorabuena.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado.

El diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul del diputado Macedonio Tamez, por favor, ahí está.

El diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo (desde la curul): Gracias, presidente. La propuesta de mi compañero encierra una profunda justicia y es de sentido común. Le pido al diputado Álvarez Maynez me autorice en lo personal y a los compañeros de Movimiento Ciudadano suscribirla junto con usted. Gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputado, solicitan adherirse a su iniciativa.

El diputado Jorge Álvarez Maynez (desde la curul): Por supuesto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Dice que por supuesto. Entonces, está a disposición aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva. Bien.



LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra por cinco minutos el diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

El diputado Abdies Pineda Morín:Con su venia, diputado presidente. Honorable asamblea. Hago uso de la más alta tribuna de la nación para poner a su consideración diversas propuestas de reforma a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Uno de los temas que han sido obviados de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad es el relativo a la progresividad como un principio que redunde en el compromiso del Estado mexicano de no retroceder en el reconocimiento de los derechos a las personas con discapacidad, en congruencia con los tratados internacionales que suscribe nuestro país.

Asimismo y a pesar de ser el pilar fundamental en la estrategia de inclusión de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la participación plena de estas por medio de sus organizaciones sindicales han sido incluidas en la ley.

Otro aspecto que atendemos en nuestra propuesta es la necesidad de dar prioridad a los adultos mayores con discapacidad en la ley. Compromete a nuestro grupo parlamentario en considerarles en las políticas públicas de asistencia social. Mientras la dinámica social y económica relegue a los adultos mayores con discapacidad el Estado de manera emergente debe de accionar los mecanismos de asistencia social con los que cuenta, para darles protección social.

Otro asunto que Encuentro Social plantea resolver es el de la falta de un padrón que contenga los servicios que en el país instituciones públicas y privadas ofrecen a las personas con discapacidad con el objeto de propiciar su inclusión social.

Encuentro Social se ocupa de proponer cubrir una laguna jurídica que afecta la sistematización de las políticas públicas del Estado para las personas con discapacidad. Esa laguna lo es que el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad carece de un ente público que lo coordine, administre y evalúe.

Para ello, proponemos que sea el Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad quien realice esta función de estratégica importancia.

El último asunto que pretendemos en Encuentro Social resolver, es el relativo a la congruencia de la sectorización del Consejo de la Administración Pública Federal, ya que de acuerdo con este marco normativo el Consejo se encuentra sectorizado en la Secretaría de Desarrollo Social.

Y en la ley vigente se establece que la Secretaría de Salud presidirá la junta directiva del Consejo.

Este cambio es urgente de atender para con ello dotar al Consejo de certeza jurídica y administrativa en su junta de gobierno. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario del PES

El suscrito, diputado federal Abdies Pineda Morín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, tengo a bien someter a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

a) Planteamiento del problema

Uno de temas que han sido obviados de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad es lo relativo a la progresividad, como un principio que redunda en el indeclinable compromiso del Estado Mexicano en no retroceder en el reconocimiento de los derechos a las personas con discapacidad, en congruencia con los tratados internacionales suscrito por nuestro País.

Asimismo, y a pesar de ser el pilar fundamental en la estrategia de inclusión de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la plena participación de estas por medio de sus organizaciones sociales, no ha sido adicionado en el ley objeto de la presente iniciativa.

La necesidad de dar prioridad a los adultos mayores con discapacidad, compromete a nuestro grupo parlamentario en considerarles en las políticas públicas de asistencia social. Mientras la dinámica social abandone a los adultos mayores con discapacidad, el Estado de manera emergente debe de accionar los mecanismos de asistencia social con los que cuenta para darles protección social.

Otro asunto que Encuentro Social plantea resolver, es el de la falta de un padrón que contenga los servicios que en el país instituciones públicas y privadas ofrecen a las personas con discapacidad con el objeto de propiciar su inclusión social.

Encuentro Social se ocupa de proponer cubrir una laguna jurídica que afecta la sistematización de las políticas públicas del Estado para las personas con discapacidad, esa laguna lo es que el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad carece de un ente público que lo coordine, administre y evalué; para ello proponemos que sea el Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad- Conadis-quien realice esta función de estratégica importancia.

El último asunto que pretendemos, en Encuentro Social resolver, es el relativo a la congruencia del Consejo dentro de la Administración Pública Federal, ya que de acuerdo con este marco normativo, el Consejo se encuentra previsto sea sectorizado en la Secretaría de Desarrollo Social, y en la Ley vigente se establece que la Secretaría de Salud presidirá la junta directiva del Conadis.

b) Argumento que lo sustenta

De acuerdo con el texto “Los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Apuntes para su Aplicación”, de Luis Daniel Vázquez y Sandra Serrano, progresividad implica tanto gradualidad como progreso. Significa un progreso que supone definir metas de corto, mediano y largo plazo. El progreso patentiza que el disfrute de los derechos siempre debe mejorar. Asimismo señalan que la progresividad requiere del diseño de planes para avanzar hacia el mejoramiento de las condiciones de los derechos mediante el cumplimiento de dichos planes.

Estos autores aseveran que los derechos económicos, sociales y culturales son siempre de exigibilidad progresiva. El elemento a resaltar- establecen los autores- cuando pensamos en el principio de progresividad es que en materia de implementación, este principio aplica por igual a derechos civiles y políticos, y a derechos económicos, sociales y culturales, porque siempre habrá una base mínima que debe atenderse, pero sobre ella los Estados deberán avanzar en su fortalecimiento. Los derechos humanos codificados en tratados internacionales, prosiguen, no son más que un mínimo, las medidas que adopte el Estado deben ser deliberadas, concretas y orientadas al cumplimiento de las obligaciones.

En el ámbito internacional, los Principios de Limburgo y las Directrices de Maastricht establecen que dado la escasez de recursos no libera a los Estados de sus obligaciones mínimas, en caso de no poder cumplirlas a cabalidad deben mostrar que han realizado “todo esfuerzo a su alcance para usar la totalidad de los recursos que están a su disposición en pos de satisfacer, con carácter de prioritario, esas obligaciones mínimas”.

El principio de progresividad supone la obligación de los Estados, de crear indicadores para verificar efectivamente el avance progresivo del ejercicio de los derechos. Este principio debe observarse en las leyes, políticas públicas, decisiones judiciales y, en general, en toda conducta estatal que afecte derechos.

La progresividad y la no progresividad están directamente relacionados con el estándar del máximo uso de recursos disponibles. La progresividad pasa también por una revisión de que efectivamente se haga uso del máximo de los recursos disponibles; y no sólo económicos, sino también recursos tecnológicos, institucionales y humanos.

Por lo que Encuentro Social propone que el principio de progresividad sea introducido en aquellos en los que se basará la política pública del Estado en materia de discapacidad. Con lo que ya no se podrán afectar los programas, los presupuestos, las leyes, los criterios jurisdiccionales y demás acciones del mismo Estado en beneficio de las personas con discapacidad.

Asimismo se propone adicionar el concepto de progresividad en la Ley, entendida ésta como la obligación del Estado de generar en cada momento una mayor y mejor protección y garantía de los derechos de las personas con discapacidad, de tal forma, que siempre estén en constante evolución y bajo ninguna justificación en retroceso.

Crucial resulta señalar que el Estado mexicano se encuentra obligado a “adoptar medidas hasta el máximo de sus recursos disponibles y, cuando sea necesario, en el marco de la cooperación internacional, para lograr, de manera progresiva, el pleno ejercicio de estos derechos, sin perjuicio de las obligaciones previstas en la presente Convención que sean aplicables de inmediato en virtud del derecho internacional”; a partir de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Con esta propuesta, cumplimos con dos de nuestros compromisos en beneficio de las personas con discapacidad:

1. Atender la armonización legislativa que garantice la inclusión y el desarrollo de las personas con discapacidad, bajo criterios de colaboración intra e inter institucional y en observancia de los compromisos asumidos por la nación mexicana con la firma y ratificación de tratados internacionales, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.

2. Blindar los recursos públicos asignados a programas sociales, con criterios cualitativos y de transparencia, que eficienticen sus efectos en la sociedad y se conviertan en verdaderos catalizadores del desarrollo del individuo a fin de garantizar para todos ellos, el ejercicio pleno y corresponsable de sus derechos humanos, sociales y económicos.

Por otra parte, Encuentro Social en su plataforma electoral expresó su preocupación por la vulnerabilidad de las personas con discapacidad y escaza posibilidad de participación en la toma de decisiones que son de su beneficio, y para ello propuso:

• Dignificar y empoderar a la población discapacitada del país y a la población abierta hacia un México incluyente que es ante todo consciente y sensible a la diversidad del prójimo, es tolerante y no discrimina.

La iniciativa propone que el Ejecutivo fomente la integración social de las personas con discapacidad, a través del ejercicio de sus derechos civiles y políticos ,brindando facilidades administrativas para la constitución de organismo integrados por personas con discapacidad; en congruencia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de manera particular con el artículo 29:

b) Promover activamente un entorno en el que las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la dirección de los asuntos públicos, sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás, y fomentar su participación en los asuntos públicos y, entre otras cosas:

i) Su participación en organizaciones y asociaciones no gubernamentales relacionadas con la vida pública y política del país, incluidas las actividades y la administración de los partidos políticos;

ii) La constitución de organizaciones de personas con discapacidad que representen a estas personas a nivel internacional, nacional, regional y local, y su incorporación a dichas organizaciones.

La propuesta plasmada en la presente iniciativa contribuirá a que nuestro país cumpla con una de las obligaciones más importantes de la Convención, es decir la “participación en la vida política y pública de las personas con discapacidad”.

En congruencia con la Ley de Asistencia Social, se propone que las personas adultas mayores con discapacidad gocen de los servicios de la asistencia social. Pareciera ello, asistencialismo, sin embargo, no se detiene el abandono de los adultos mayores en asilos y casas de atención de adultos mayores por parte de sus familiares, no se detiene el maltrato y las lesiones a los adultos mayores con discapacidad.

Este es un asunto que lacera a los adultos mayores con discapacidad y debería de avergonzar a la sociedad. Por ello en nuestra plataforma hemos establecido:

• Apoyar de manera particular a las familias en la prestación de cuidados personales cuando alguno de sus miembros se encuentra en estado de dependencia, ya sea por edad o discapacidad.

• Asegurar una especial protección de los derechos humanos en grupos en estado de vulnerabilidad, tales como personas de la tercera edad, indígenas, migrantes, así como niños y niñas y personas con discapacidad.

De acuerdo con el documento “Las Personas con Discapacidad en México, una visión al 2010-2013”, del Inegi, la población con discapacidad está conformada principalmente por adultos mayores (60 años y más) y adultos (de 30 a 59 años); es decir, se trata de una población demográficamente envejecida: 81 de cada 100 personas que reportan discapacidad tienen 30 o más años, mientras que sólo 19 de cada 100 son menores de 30 años de edad.

El peso que tiene la población con discapacidad en cada grupo de edad, los adultos mayores son quienes a su interior presentan el mayor número de personas con dificultad, alrededor de 26 de cada 100. Le siguen los adultos, con cerca de 5 personas con discapacidad por cada 100; los jóvenes, con 2 de cada 100 y los niños, con 1.6 de cada 100.

El porcentaje general de discapacidad en hombres y mujeres es el mismo (5.1 por ciento), éste varía según la edad. Desde el nacimiento hasta la edad adulta, los hombres presentan una proporción de discapacidad ligeramente superior al de las mujeres, mientras que después de los 60 años de edad, ellas pasan a ocupar el primer lugar y la diferencia es de 2.2 puntos porcentuales.

Siete de cada 10 personas con discapacidad no pueden caminar o moverse, tres de cada diez no ven y casi 2 de cada diez no escuchan.

Un dato que nos debe preocupar es que por grupo de edad, los adultos mayores son los que concentran el mayor porcentaje de población con discapacidad múltiple. De cada 100 adultos mayores (60 años y más), 22 tienen más de una discapacidad.

En síntesis, la discapacidad está relacionada al envejecimiento, los adultos y los adultos mayores conforman el grueso de este conjunto de población.

Por lo que se refiere a la situación familiar, el Inegi señala que los adultos mayores están principalmente casados 45.5 por ciento, pero hay una considerable proporción en situación de viudez (36.4 por ciento).

A destacar resulta que los adultos mayores (60 años y más) y los niños (0 a 14 años) con discapacidad reportan los porcentajes más altos de derechohabientes (72.5 por ciento y 69.8 por ciento, respectivamente), seguido por los adultos de 30 a 59 años (65.8 por ciento)

Por lo que se refiere a las instituciones de seguridad social, los adultos mayores con discapacidad está afiliado cinco al IMSS, tres al Seguro Popular de cada diez y los demás a otras instituciones.

En materia educativa, los adultos mayores con discapacidad representan hasta el 31 por ciento de la población analfabeta. Y un promedio escolar de 3.3 años de escolaridad.

Por lo que se refiere a lo laboral, los adultos mayores con discapacidad 80 de cada 100 no participan de las actividades económicas y 1 de cada 2 realizan actividades domésticas. Otro dato que nos debe de preocupar es que 43.3 por ciento de los adultos tiene en los programas de gobierno su principal fuente de otros ingresos.

Estas cifras deben de orientar a las políticas públicas del Estado a priorizar la atención, en todos los niveles, a los adultos mayores con discapacidad como lo propone mi grupo parlamentario en su plataforma electoral.

Se ponen a consideración de esta soberanía, que haya concertación entre los diversos niveles de gobierno para elaborar un padrón nacional de asistencia pública y privada en la prestación de los servicios dirigidos a las personas con discapacidad, con el objeto de procurar su plena inclusión; esta medida es una obligación de México frente a la Organización de las Naciones Unidas, por medio de la Convención respectiva. Este instrumento internacional prevé en su artículo 4, inciso h):

h) Proporcionar información que sea accesible para las personas con discapacidad sobre ayudas a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo, incluidas nuevas tecnologías, así como otras formas de asistencia y servicios e instalaciones de apoyo;

La iniciativa propone dos medidas de operación de las instituciones del Estado que atienden a la inclusión de las personas con discapacidad.

• Que el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad sea coordinado, administrado y evaluado por el Consejo.

• Y que la Junta de Gobierno sea presidida por el Titular de la Secretaría de Desarrollo Social a cambio de la de Salud.

En la discusión del 15 de diciembre de 2010 del Pleno de la Cámara de Diputados, en la que se aprobó la expedición de la Ley, materia de la presente iniciativa, los oradores consideraron:

Se concibe el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, integrado por el gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas, los municipios, así como las personas físicas y morales del sector social y privado que presten servicios a personas con discapacidad, con el objeto de coordinar y dar seguimiento a los programas, acciones y mecanismos interinstitucionales, públicos y privados, que permitan la ejecución de políticas públicas y la prestación de servicios en la materia.

A cinco años de su aprobación, el capítulo XII de la ley no sea cumplido, en razón de que no cuenta una disposición que establezca quién lo va a coordinar, operar y evaluar. La ley señala:

Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Artículo 35. Las dependencias y entidades del gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como, las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad, en coordinación con la Secretaría de Salud, constituyen el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Artículo 36. El Sistema tiene como objeto la coordinación y seguimiento continuo de los programas, acciones y mecanismos interinstitucionales públicos y privados, que permitan la ejecución de las políticas públicas para el desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad.

Artículo 37. El Sistema tendrá los siguientes objetivos:

I. Difundir los derechos de las personas con discapacidad;

II. Promover convenios de colaboración y coordinación entre las instancias públicas y privadas nacionales e internacionales para el cumplimiento de la presente ley;

III. Fortalecer los mecanismos de corresponsabilidad, solidaridad y subsidiariedad a favor de las personas con discapacidad;

IV. Impulsar programas y acciones para generar condiciones de igualdad y de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad;

V. Promover entre los Poderes de la Unión y la sociedad civil acciones dirigidas a mejorar la condición social de la población con discapacidad;

VI. Promover que en las políticas, programas o acciones, se impulse la toma de conciencia respecto de las capacidades, habilidades, aptitudes, méritos y aportaciones de las personas con discapacidad en todos los ámbitos, y

VII. Prestar servicios de atención a las personas con discapacidad con fundamento en los principios establecidos en la presente ley.

Por lo que se propone que el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad -Conadis- sea el organismo que se encargue de que se cumpla el capítulo XII de la ley.

La competencia jurídica y programática del Conadis sobre la materia que se le pretende responsabilizar no se encuentra a discusión, ya que las atribuciones del Consejo son plenas en beneficio de la inclusión de las personas con discapacidad.

Finalmente, es procedente la propuesta de que la junta de gobierno del Conadis la presida la Secretaría de Desarrollo Social, ya que el artículo 32, fracción I, inciso c) y la fracción X otorgan competencia a la Secretaría propuesta a la materia de la discapacidad:

Artículo 32. A la Secretaría de Desarrollo Social corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Fortalecer el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación y seguimiento, en términos de ley y con los organismos respectivos, de las políticas siguientes:

c) Atención a los derechos de la niñez; de la juventud; de los adultos mayores, y de las personas con discapacidad;

X. Fomentar las políticas públicas y dar seguimiento a los programas que garanticen la plenitud de los derechos de las personas con discapacidad.

c) Fundamento legal

Por lo anteriormente expuesto y fundado, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, quien suscribe somete a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto

d) denominación del proyecto de decreto.

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se que reforman los artículos 6, 7, 8, 35 y 45; así como se adicionan al artículo 2 la fracción XXIV Bis y al 5 la fracción XI Bis de la Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad.

e) Texto normativo propuesto.

Artículo Único.Se que reforman los artículos 6, 7, 8, 35 y 45; así como se adicionan al artículo 2 la fracción XXIV Bis y al 5 la fracción XI Bis de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. a XXIV. ...;

XXIV Bis. Progresividad. Obligación del Estado de generar en cada momento una mayor y mejor protección y garantía de los derechos de las personas con discapacidad, de tal forma, que siempre estén en constante evolución y bajo ninguna justificación en retroceso.

XXV. a XXVIII. ...

Artículo 5. Los principios que deberán observar las políticas públicas, son:

I. a X. ...

XI. La transversalidad ;

XI Bis. Progresividad; y

XII. ...

Artículo 6. Son facultades del titular del Poder Ejecutivo federal en materia de esta ley, las siguientes:

I. a VIII. ...

IX. Fomentar la integración social de las personas con discapacidad, a través del ejercicio de sus derechos civiles y políticos , brindando facilidades administrativas para la constitución de organismo integrados por personas con discapacidad;

X. a XIII. ...

Artículo 7. La Secretaría de Salud promoverá el derecho de las personas con discapacidad a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, así como de asistencia social,mediante programas y servicios que serán diseñados y proporcionados, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Para tal efecto, realizará las siguientes acciones:

I. a IV. ...

V. Fomentar la creación de centros asistenciales, temporales o permanentes, para personas con discapacidad en desamparo, donde sean atendidas en condiciones que respeten su dignidad y sus derechos, de conformidad con los principios establecidos en la presente ley, procurando brindar atención prioritaria a los adultos mayores con discapacidad;

VI. a XII. ...

Artículo 8. ...

I. a II. ...

III. Elaborar un padrón nacional de asistencia pública y privada en la prestación de los servicios dirigidos a las personas con discapacidad con el objeto de procurar su plena inclusión;

IV. a V. ...

Artículo 35. Las dependencias y entidades del Gobierno Federal, los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como, las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad, en coordinación con la Secretaría de Salud, constituyen el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, mismo que será coordinado, administrado y evaluado por el Consejo.

Artículo 45. La Junta de Gobierno será presidida por el titular de la Secretaría de Desarrollo Social. Los integrantes propietarios contarán con suplentes, quienes deberán tener un nivel mínimo de subsecretario o director general o su equivalente. Los integrantes propietarios o suplentes, en el ejercicio de sus funciones contarán con derecho a voz y voto.

Artículo Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3033/7.pdf

2 http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

3 http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

4 http://cronica.diputados.gob.mx/

Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 5 de noviembre de 2015.— Diputados: Abdies Pineda Morín, Ana Guadalupe Perea Santos, Gonzalo Guízar Valladares, Hugo Eric Flores Cervantes, José Alfredo Ferreiro Velazco, Lorena del Carmen Alfaro García, María Verónica Agundis Estrada, Noma Edith Martínez Guzmán (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Pineda. Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para dictamen.

Saludamos la presencia de 200 alumnos y docentes del Colegio de Bachilleres del Estado de México, plantel 22 de Chicoloapan de Juárez, invitados por el diputado Andrés Aguirre Romero. Bienvenidas, bienvenidos.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Oscar Valencia García, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, suscrita también por los diputados Álvaro Rafael Rubio y Edith Yolanda López Velázquez, todos del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Oscar Valencia García: Too diurs lo dios naa anissree permiso nabna lo president loo maes. Teelnaa dii salud lo mol presidente chen Mexico Lic. Enrique Peña Nieto. Teel dii salud lo mol doo yee grupo cheent PRI, doctor César Camacho Quiroz.

Lee Salud reeta moen las chen Oaxaca y Cheent Mexico. Lee salud reeta diputad goot y inbi. Lee salud reeta moen taa yee retadiss. Lee salud renacmen.

Traducido de mi lengua materna:

Primeramente le doy las gracias a Dios por esta ocasión. Saludo y representando a los indígenas de mi distrito de Oaxaca y de todo México, al presidente de la República, el licenciado Enrique Peña Nieto. Saludo con afecto al coordinador de la bancada del Grupo Parlamentario del PRI, al doctor César Camacho Quiroz.

Saludo y muy buenas tardes a las diputadas, a los diputados del Congreso de la Unión. También saludo a los medios de comunicación por esta tarde y al público presente.

Mi exposición en esta tarde, diputadas, diputados de esta LXIII Legislatura, en atención a la preocupación permanente de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, someto a su consideración y en su caso aprobación, esta iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, fundándola y motivándola en lo siguiente:

El artículo referido en su texto legal establece que el artículo 130 tendrá derecho a la pensión de viudez, la que fue esposa del asegurado o pensionado por invalidez, a falta de esposa tendrá derecho a recibir la pensión la mujer con quien el asegurado, pensionado por invalidez, vivió como si fuera su marido, durante que los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de aquél o con la que hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

Si al morir el asegurado o pensionado por invalidez tenía varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir la pensión. La misma pensión le corresponderá al viudo o concubinario que dependiere económicamente de la trabajadora asegurada o pensionada por invalidez.

Como se puede observar, el régimen del Seguro Social atiende al estado de necesidad y a la dependencia económica, consideramos que en ese sistema es superior al de la Ley Federal del Trabajo porque como reza el dicho popular: El dinero va y viene, y en cuanto a recibir una pensión y las prestaciones en especie aunque sean exiguas, significa protección perdurable a la familia, que es el núcleo de la sociedad. La muerte de un hombre acaudalado cuando menos deja a su familia protegida; la muerte de un hombre que vive de su trabajo priva a la familia de su sostén.

Como podemos ver, el objetivo de la presente iniciativa es que el hombre y la mujer que se pensionen por viudez gocen de los mismos derechos de acuerdo a la igualdad y equidad de género, situación que en la actualidad el varón es discriminado porque debe acreditar la dependencia económica de la asegurada o demostrar que sufre de una incapacidad permanente total, situación que no opera para la mujer cónyuge o concubina.

La iniciativa citada no es de una exposición exhaustiva de la equidad de género. La pretensión es mostrar la desigualdad aun existente en esta materia respecto a la inequidad con que algunas legislaciones todavía tratan al hombre y a la mujer, como es el caso de pago de pensión por viudez para los varones.

Por ello trataremos de precisar los roles que deberían jugar en la sociedad, mismos que si se requiere alcanzar una equidad entre hombres y mujeres debe de modificarse, como el caso del artículo 130 de la ley referida que plantearemos reformar.

Sin un trabajador no es dado de alta al IMSS sus beneficiarios no acudirán al régimen de la Ley Federal del Trabajo, sino que a la Ley del Seguro Social. No es asegurarlo, es una omisión que cae bajo la responsabilidad del patrón. En esos casos el IMSS asume el pago de las prestaciones que corresponde a los dependientes económicos y posteriormente le cobra al patrón.

Debe distinguirse si la muerte del trabajador deriva o no de un riesgo de trabajo, la pérdida personal es la misma; sin embargo las prestaciones que corresponden a los deudos y las condiciones para su otorgamiento son distintas.

En el primer caso se aplican las reglas del seguro de riesgo del trabajo cuando no se trata de un riesgo laboral; tienen aplicación las normas del seguro de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.

Si la muerte se produce a consecuencia de un riesgo de trabajo, los beneficiarios tendrán derecho al pago de dos meses de salario mínimo general vigente del lugar en que se encuentre para gastos funerarios, más pensión a la viuda, a los huérfanos y a los ascendientes, en su caso, del asegurado.

El seguro de trabajo se financia exclusivamente con las aportaciones del patrón; las cuotas se calculan según el grado de riesgo en el que se clasifique a la empresa de acuerdo a su actividad.

Aplicando la tabla del artículo 79 de la Ley del Seguro Social, el otorgamiento de ese seguro no está condicionado a la cobertura de un número determinado de cotizaciones, basta que exista la relación laboral.

Si la muerte del trabajador no deriva de un riesgo laboral, los beneficiarios también tienen derecho a la protección de la Ley del Seguro Social, siempre que se hayan cubierto al menos 150 cotizaciones mensuales al momento del deceso.

Este tipo de seguro también favorece a los deudos del trabajador para que al morir disfruta de una pensión por invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada, con otros montos y con otras reglas; derivan también pensiones a la viuda, al viudo, a los huérfanos y a los descendientes están también previstas a la ayuda asistencial; a la viuda y a la atención médica de los términos del seguro de enfermedades y maternidad.

La pensión de viudez corresponde a la viuda, sin restricción; en cuanto al viudo varón, sólo cuando tiene incapacidad permanente total y a que haya dependido económicamente de la asegurada o pensionada.

La concubina tiene derecho a la pensión de viudez, a falta de esposa, y ambos concubinos se mantuvieron libres de matrimonio si existen varias concubinas, ninguna disfrutará de la pensión, pero quedarán desprotegidos los hijos procreados.

El artículo 130 de la Ley del Seguro Social en apariencia no contiene ninguna disposición contraria a derecho o al orden jurídico preestablecido. Sin embargo, el último párrafo del artículo citado, no es equitativo con relación al viudo o concubinario porque éstos para pensionarse deben demostrar la dependencia económica directa de la trabajadora, asegurada o pensionada, requisito que no opera cuando el trabajador es varón, la viuda o concubina, se pensiona de inmediato.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Concluya, por favor, diputado.

El diputado Oscar Valencia García: A través de esta iniciativa, trataremos de homologar el derecho a pensionarse para hombres y mujeres, viudas, viudos, concubinas y concubinos, tomando en cuenta lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 1o y 4o de la igualdad y equidad de género.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que por el que se reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social para quedar como sigue:

Artículo 130. Tendrá derecho a la pensión de viudez la que fue esposa del asegurado o pensionado por invalidez. A falta de esposa, tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer con quien el asegurado o pensionado por invalidez vivió como si fuera su marido, durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de aquél...

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Concluya, por favor, diputado.

El diputado Oscar Valencia García: ... o con la que hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al morir el asegurado o pensionado por invalidez tenía varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir la pensión.

Los derechos señalados anteriormente, se aplicarán en los mismos términos para el viudo o concubinario de la trabajadora asegurada o pensionada por invalidez...

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputado. Perdón, diputado. Diputado está publicada su iniciativa en la Gaceta Parlamentaria, nada más se lo recuerdo.

El diputado Oscar Valencia García: Es cuanto, señor presidente, una disculpa.

«Iniciativa que reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, suscrita por los diputados Óscar Valencia García, Álvaro Rafael Rubio y Edith Yolanda López Velasco, del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, Óscar Valencia García, Antonio Amaro Cancino, Álvaro Rafael Rubio, Edith Yolanda López Velasco, Cándido Vitalico Coheto Martínez, Yarith Tannos Cruz, Carlos Sarabia Camacho, Mariana Benítez Tiburcio, David Aguilar Robles, diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6o., fracción I, del numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social; al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Distinguidas diputadas y diputados de esta LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en atención a la preocupación permanente de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, someto a su consideración y en su caso, aprobación, esta iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 130 de la Ley del Seguro Social; porque, como sabemos, las y los trabajadores están expuestos en el ejercicio de sus labores, a riesgos de trabajo, de los cuales es responsable su patrón; obligación contenida en el artículo 123, Apartado A fracción XIV, de la constitución. Derecho incólume del trabajador desde 1917, por ser nuestra Constitución Política la primera en incorporarlos en su texto legal.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del Seguro Social (LSS), reglamentarias del apartado A del artículo 123, sistematizan la obligación anterior, con diferencias notables. Ambas legislaciones amplían el concepto de riesgos de trabajo cuando se produce durante el traslado del trabajador directamente de su domicilio a la empresa o viceversa.

La seguridad social en México está a cargo de distintas dependencias, siendo el sistema de seguro social el de mayor cobertura el del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Actualmente existe un número importante de mexicanos que no han sido incorporados en algunos de los sistemas de seguro social; aún estamos distantes de la seguridad social integral. Todos aquellos trabajadores que no se encuentren protegidos por alguno de los regímenes instituidos, quedan amparados en cuanto a los riesgos de trabajo, por la LFT.

De conformidad con la Ley Federal del Trabajo para ejercitar las acciones derivadas de la muerte del trabajador, se observan determinadas reglas y el Procedimiento Especial ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, Local o Federal. En el caso del trabajador asegurado, el patrón tiene la obligación de dar aviso de la muerte al Instituto, como también podrán hacerlo los beneficiarios; este aviso igualmente se puede hacer ante la autoridad laboral, y esta, a su vez, notificar al Instituto.

En caso de que el patrón no haya asegurado al trabajador, cuando tiene la obligación de hacerlo, el Instituto otorga todas las prestaciones en especie y en dinero a sus beneficiarios, en tanto que el patrón se haría a creedor a pagar fuertes cantidades que el instituto le exigirá con carácter de crédito fiscal.

Como se puede observar, en el régimen del seguro social se atiende al estado de necesidad y a la dependencia económica. Consideramos que ese sistema es superior al de la Ley Federal del Trabajo, porque como reza el dicho popular, el dinero va y viene, en cambio, recibir una pensión y las prestaciones en especie, aunque sean exiguas, significa protección perdurable a la familia que es el núcleo de la sociedad.

La muerte de un hombre acaudalado, cuando menos deja a su familia protegida; la muerte de un hombre que vive de su trabajo, priva a la familia de su sostén. Como podemos ver, el objetivo de la presente iniciativa, es que el hombre y la mujer que se pensionen por viudez, gocen de los mismos derechos de acuerdo a la igualdad y equidad de género, situación que en la actualidad, el varón es discriminado porque debe acreditar la dependencia económica de la asegurada o demostrar que sufre de una incapacidad permanente total, situación que no opera para la mujer, cónyuge o concubina.

La iniciativa citada, no es una exposición exhaustiva de la equidad de género, la pretensión es mostrar la desigualdad aún existente en esta materia respecto a la inequidad con que algunas legislaciones, todavía tratan al hombre y a la mujer, como es el caso del pago de pensión por viudez para los varones, por ello, trataremos de precisar los roles que deberán jugar en la sociedad, mismos que si se quiere alcanzar una equidad entre hombres y mujeres, deben modificarse como en el caso del artículo 130 de la ley referida que plantearemos reformar.

“Tanto la Ley Federal del Trabajo (LFT) como la Ley del Seguro Social (LSS), regulan el caso de la muerte del trabajador. El régimen del seguro social es más generoso, porque su marco protector abarca tanto a la muerte derivada de un riesgo de trabajo, comprendida también por la LFT, como a la que sobreviene por causas ajenas al trabajo”.

Si un trabajador no es dado de alta en el IMSS, sus beneficiarios no acudirán al régimen de la LFT sino al de la LSS, no asegurarlo es una omisión que cae bajo la responsabilidad del patrón. En esos casos el IMSS asume el pago de las prestaciones que corresponden a los dependientes económicos y posteriormente le cobra al patrón.

Debe distinguirse si la muerte del trabajador deriva o no de un riesgo de trabajo; la perdida personal es la misma, sin embargo, las prestaciones que corresponden a los deudos y las condiciones para su otorgamiento son distintas.

En el primer caso, se aplican las reglas del seguro de riesgos de trabajo; cuando no se trata de un riesgo laboral, tienen aplicación las normas del seguro de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.

Si la muerte se produce a consecuencia de un riesgo de trabajo, los beneficiarios tendrán derecho al pago de dos meses de salario mínimo general vigente del lugar en que se encuentre para gastos funerarios, más pensiones a la viuda (viudo), a los huérfanos y a los ascendientes, en su caso, del asegurado.

“El seguro de riesgos de trabajo se financia exclusivamente con las aportaciones del patrón, las cuotas se calculan según el grado de riesgo en el que se clasifique a la empresa de acuerdo con su actividad, aplicando la tabla del artículo 79 de la LSS. El otorgamiento de este seguro no está condicionado a la cobertura de un número determinado de cotizaciones, basta que exista la relación laboral”.

Si la muerte del trabajador no deriva de un riesgo laboral, los beneficiarios también tienen derecho a la protección de la LSS, siempre que se hayan cubierto al menos, 150 cotizaciones semanales al momento del deceso. Este tipo de seguro también favorece a los deudos del trabajador, que al morir disfruta de una pensión por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada.

Con otros montos y con otras reglas, derivan también pensiones a la viuda (al viudo), a los huérfanos y a los ascendientes, están también previstas la ayuda asistencial a la viuda y la atención medica en los términos del seguro de enfermedades y maternidad. La pensión de viudez, corresponde a la viuda sin restricciones; en cuanto al viudo varón, solo cuando tiene una incapacidad permanente total y que haya dependido económicamente de la asegurada o pensionada.

La concubina tiene derecho a la pensión de viudez a falta de esposa, y si ambos concubinos se mantuvieron libres de matrimonio. Si existen varias concubinas, ninguna disfrutará de pensión pero no quedan desprotegidos los hijos procreados

La pensión a los ascendientes, procede solo a falta de cónyuge, hijos y, en su caso, concubina, siempre que se demuestre que dependían económicamente del asegurado.

Ahora bien, después de esta breve introducción, el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, en su cuerpo legal precisa lo siguiente:

“Artículo 130. Tendrá derecho a la pensión de viudez la que fue esposa del asegurado o pensionado por invalidez. A falta de esposa, tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer con quien el asegurado o pensionado por invalidez vivió como si fuera su marido, durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de aquél, o con la que hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al morir el asegurado o pensionado por invalidez tenía varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir la pensión.

La misma pensión le corresponderá al viudo o concubinario que dependiera económicamente de la trabajadora asegurada o pensionada por invalidez”.

Este artículo en apariencia, no contiene ninguna disposición contraria a derecho o al orden jurídico preestablecido, sin embargo, el último párrafo del artículo citado, no es equitativo con relación al viudo o concubinario porque éstos para pensionarse deben demostrar la dependencia económica directa de la trabajadora, asegurada o pensionada, requisito que no opera cuando el trabajador es varón, la viuda o concubina, se pensiona de inmediato.

Como podemos ver, el numeral citado, carece de perspectiva e igualdad de género con relación al varón y no es posible, que en pleno siglo XXI, las y los legisladores del país, las autoridades del trabajo, los impartidores de justicia en materia laboral, las expertas y expertos de la materia, así como los que brindan la seguridad social, no se hayan percatado de esta discriminación de la ley hacia los varones.

A través de esta iniciativa, trataremos de homologar, el derecho a pensionarse para hombres y mujeres, viudas, viudos, concubinas y concubinos, tomando en cuenta lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 1º y 4º, la igualdad y equidad de género.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que por el que se reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social

Primero.Se reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 130. Tendrá derecho a la pensión de viudez la que fue esposa del asegurado o pensionado por invalidez. A falta de esposa, tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer con quien el asegurado o pensionado por invalidez vivió como si fuera su marido, durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de aquél, o con la que hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al morir el asegurado o pensionado por invalidez tenía varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir la pensión.

Los derechos señalados anteriormente, se aplicarán en los mismos términos para el viudo o concubinario de la trabajadora asegurada o pensionada por invalidez.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Notas:

1 Dávalos Morales, José. Tópicos laborales, 2ª ed., editorial Porrúa, México, 2005, p. 584

2 Ibídem, p. 585

Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 5 de noviembre de 2015.— Diputados: Óscar Valencia García,Álvaro Rafael Rubio, Edith Yolanda López Velasco, Cándido Vitalico Coheto Martínez, Yarith Tannos Cruz, Antonio Amaro Cancino, Carlos Sarabia Camacho, David Aguilar Robles (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Muchas gracias, disculpe usted. Gracias. Túrnese a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.

Saludamos la presencia, en este recinto parlamentario, de estudiantes del Colegio Libre de Hidalgo, invitados por el diputado Pedro Luis Noble Monterrubio. Así como de jóvenes de Chignahuapan, Puebla, invitados por el diputado Lorenzo Rivera Sosa. Bienvenidas, bienvenidos, todas y todos ustedes.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Bien. Tiene ahora la palabra por cinco minutos –por cinco minutos– el diputado Apolinar Casillas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Coordinación Fiscal.

El diputado J. Apolinar Casillas Gutiérrez:Muchas gracias. Con su venia, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, hoy les quiero ofrecer disculpa por no hablarles solamente a ustedes. Hoy me quiero dirigir también a casi 10 millones de familias mexicanas que viven al día a día del pequeño comercio.

Como resultado de la tóxica reforma fiscal aprobada en el pasado 2013 en México nos enfrentamos a un escenario que desalienta la inversión y el crecimiento y la actividad económica. Pero no sólo eso, la reforma promovida por el Ejecutivo también ha perjudicado un sector de la población esencial básica para la economía de nuestro país.

La voluntad de la mayor parte de los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales de manera ordenada y oportuna se ha visto socavada por la eliminación del ya extinto conocido Régimen de Pequeños Contribuyentes, coloquialmente conocido como Repecos. Esta medida ha tenido efectos desbastadores para el microempresariado, que con dificultades lograba cumplir con sus obligaciones, pero nunca cejaba en la voluntad de hacerlo ante el Fisco.

En Acción Nacional buscamos atender el reclamo de todos estos ciudadanos, quienes de distintas formas con todas las fuerzas políticas se han expresado y han manifestado su inconformidad por tener que integrarse a un régimen fiscal para el que no se encontraban preparados, el Régimen de Incorporación Fiscal.

Este régimen ha probado por dos años, a pesar de tasa cero, ha probado ser ineficaz para alcanzar objetivos recaudatorios, amén de inequitativo porque no contempla las desigualdades en la capacidad tributaria y administración de los contribuyentes, dos principios constitucionales en la contribución; equidad y proporcionalidad.

La presente iniciativa ofrece una opción para todos aquellos mexicanos que se han visto desfavorecidos por una legislación que no corresponde con las diversas realidades que integran hoy la economía mexicana.

Primero. Se propone otorgar a los contribuyentes el derecho de optar por pagar el impuesto sobre la renta en una cuota fija. Es decir que hasta no más de 500 mil pesos de ingresos al año pueda el contribuyente apegarse al Régimen de Incorporación Fiscal o a un Régimen de Pago de Cuota Fija.

Para el caso de las personas que elijan el Régimen de Pequeños Contribuyentes se propone que las entidades federativas firmen nuevamente el convenio de coordinación fiscal a efecto de que los órganos estatales continúen con la recaudación de esta contribución, que dicho sea de paso hasta antes de la reforma de 2013 era un ingreso 100 por ciento participable que se quedaba en las entidades federativas.

Segundo. Otorgar asesoría administrativa para que se organicen cursos, talleres de capacitación coordinando los esfuerzos entre los distintos organismos e instituciones. Con esta medida se busca dotar al contribuyente de las herramientas necesarias para que puedan transitar a un régimen fiscal cuando así se estime conveniente para la autoridad y para las familias mexicanas.

Tercero. El Sistema de Administración Tributaria se verá obligado a enviar cartas informativas a los contribuyentes para que éstos estén el tanto de la posibilidad que tienen de ingresar al régimen mencionado.

Así puede atenderse una de las mayores fallas de los regímenes fiscales, la falta de información.

Cuarto. Con el objetivo de auxiliar a las personas que decidan continuar en el RIF, se propone ofrecer gratuitamente el uso de los equipos instalados en plazas comunitarias, en instituciones públicas, federales, estatales y municipales, a fin de que el contribuyente tenga las mayores posibilidades de cumplir con esa obligación tributaria.

Finalmente, se pretende también ofrecer a los adquirentes de negocios, activos, gastos y cargos diferidos, la opción de decidir el régimen fiscal que junto con la autoridad decidan incorporarse.

Tres conclusiones que quisiera compartir finalmente, si me lo permiten. Primero, en estos dos años de tasa cero, los contribuyentes no han aportado ni un centavo al fisco; sin embargo, en los gastos indirectos que han tenido por pago de honorarios a contadores, por compra de equipo de cómputo, por contratación para emisión de facturas electrónicas, ya han erogado mucho más que lo que hubieran gastado en la contribución bimestral de cuota fija.

Pero, por otro lado, las entidades federativas en estos dos años de tasa cero, en global han dejado de percibir cerca de 70 mil millones de pesos, que bien podrían resolver necesidades básicas de servicios de agua, luz y drenaje.

Y lo más grave, finalmente, es que con el inicio en vigor de este régimen de incorporación fiscal forzoso a partir del ejercicio 2016, muchos contribuyentes de esta franja van a avisar suspensión de actividades. Pero como ya están registrados en el SAT lo único que vamos a provocar es que el propio SAT inicie una persecución y los convierta en delincuentes fiscales.

Hoy, en un año o dos años, diez millones de mexicanos y sus familias, por esta tóxica reforma serán convertidos lamentablemente en delincuentes fiscales. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto Sobre la Renta, y de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado J. Apolinar Casillas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 y el inciso h) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de Régimen de Pequeños Contribuyentes y de Incorporación Fiscal, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

I. Introducción

Una de las mayores preocupaciones del ciudadano y de las empresas, es cumplir con sus obligaciones fiscales de manera ordenada y oportuna, para no crearse dificultades adicionales con la propia autoridad fiscal. De esta manera, responde al compromiso ineludible que implica el formar parte de un conglomerado social organizado en comunidad y que lleva a cabo relaciones y actividades económicas, tendientes a procurar su desarrollo armónico, para las cuales requiere de las contribuciones de los propios ciudadanos.

En este contexto recordamos, que resultó muy oportuna la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta de finales de los noventas, donde se procuró sensibilizar a un buen grupo de pagadores de impuestos potenciales, que se encontraban ejerciendo sus actividades habituales para llevar el sustento a sus hogares, dentro del ámbito de la informalidad, para que, se adhirieran al cumplimiento de sus obligaciones necesariamente solidarias con los demás ciudadanos, mediante un régimen fiscal de pequeños contribuyentes, muy sencillo de aplicar.

Sin embargo, el paquete fiscal que se ingresó a la Cámara de Diputados en septiembre de 2013, y que sería aplicado en los ejercicios fiscales subsecuentes, contenía una serie de disposiciones en la materia, que condujeron a final de cuentas a eliminar este régimen de pequeños contribuyentes y a integrar un nuevo régimen, denominado de incorporación fiscal, que dio por terminado el anterior generando una serie de dudas, inconsistencias e inquietudes por cuanto se refiere a los nuevos requisitos que se agregaron, mismos que prometían resultar devastadores para el microempresario que a duras penas venían tratando de cumplir con sus deberes con el fisco, adicionalmente a la competencia desleal de las grandes empresas, el escaso financiamiento y a la casi inexistente asesoría administrativa que recibían para detonar su unidad productiva de trabajo o de servicios.

De esta forma tenemos, que el objetivo principal de esta propuesta, es la de hacer visible el reclamo de todos estos ciudadanos, que en distintos foros y espacios públicos, han manifestado reiteradamente su inconformidad al tener que integrarse a un Régimen para el cual aún no se encontraban preparados, pasando de expedir comprobantes simples de sus operaciones, a considerar requisitos fiscales que están muy lejos de entender y de aplicar de manera eficiente sin la ayuda de un contador, por no contar por supuesto con la capacidad tecnológica necesaria para hacerlo, que si bien es cierto, pretendía brindar herramientas para integrarlos paulatinamente a regímenes de mayor responsabilidad fiscal, no logrando revertir al final del día, los inconvenientes de la economía informal que se ha seguido generando a lo largo y ancho del territorio.

Es entonces, que es esa tónica de desigualdad de condiciones para contribuir, que no se tuvo presente la necesidad de manejar los cambios con base en la equidad y la proporcionalidad en congruencia con la capacidad tributaria y administrativa de este tipo de población, que estaba saliendo de las cuotas fijas que lo ubicaban en una adecuada zona de confort que le permitían atender las problemáticas extras a las que todo pequeño y micro empresario se enfrenta en la realidad, que tienen que ver paralelamente con la inversión de su tiempo, dinero y esfuerzo.

II. Problemática para el cumplimiento de las nuevas obligaciones fiscales

a) Quejas relacionadas con la imposibilidad de los contribuyentes para migrar al régimen de incorporación fiscal, RIF, derivado de las fallas en las bases de datos. Es un hecho, que la gran cantidad de personas que basan su actividad económica en micro y pequeña empresa, ha producido grandes fallas a la hora de intentar emigrar al RIF. De esta forma tenemos que ante millones y millones de los contribuyentes en espera de utilizar los sistemas, al final de cuentas se traduce en serias dificultades para lograrlo.

Otra prueba de estas fallas, ha sido sin duda la imposibilidad de darse de baja en el anterior sistema por no efectuar el pago de cuotas bimestrales adecuadas, siendo que el contribuyente ya había dejado de tener actividad empresarial. De esta manera una nueva lucha de los ciudadanos encuadra en el interés de presentar las declaraciones pasadas, para poder darse de baja sin tener que realizar su traslado a la nueva situación fiscal.

b) No se definieron varios supuestos; la gran velocidad con la que tuvo que ser tratada la nueva legislación, vino aparejada con la escasa visualización de las distintas problemáticas que se han ido presentando; prueba de ello es la necesidad de que se inhibiera la emisión de requerimientos vía servicio postal, puesto que se presentaron una serie de errores y cargas administrativas innecesarias, aunado esto al cobro de multas cuando se observó el escenario de que los contribuyentes se acercaron a tratar de regularizar su situación, sin encontrar la respuesta expedita y oportuna que esperaban.

c) Los altos costos de la tecnología y los servicios contables. La introducción de los cambios y nuevos requisitos para el cumplimiento de los pagadores de impuestos, hicieron necesario que se tuviera que contratar los servicios de especialistas en las temáticas contables específicas; hecho muy difícil de solventar si consideramos los elevados costos que el pago de este servicio representan.

III. Objetivos de la propuesta

Es con base en las razones que de manera general se han expuesto, que ahora se detallan los principales objetivos que animan la presentación de esta propuesta, como a continuación se especifica:

a) Los contribuyentes podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en el régimen de incorporación fiscal, RIF, o reincorporarse al régimen de los pequeños contribuyentes, Repecos, Esto tiene que ver con los constantes reclamos del grueso de los contribuyentes que funcionan a una escala de micro y pequeña empresa y que de alguna manera venían sobreviviendo con respecto a sus compromisos fiscales pagando su cuota fija bajo el cobijo del Régimen de Pequeños Contribuyentes, mismos que fueron seriamente afectados por la reforma del 2013.

Es por lo anterior, que en esta propuesta se está solicitando que se realicen los cambios que se consideren necesarios para que este gran núcleo de población productiva, pueda optar por reactivarse fiscalmente a través de este Régimen de Pequeños Contribuyentes, o de alguna manera si ya hicieron su mejor esfuerzo para allanarse a los requerimientos de un régimen que cuenta con un mayor grado de complejidad, cuenten con la posibilidad de continuar en el RIF, reconociendo que los contribuyentes poseen diferentes realidades de capacidad administrativa.

Para el caso de los contribuyentes que decidan cumplir con sus obligaciones fiscales en el régimen de pequeños contribuyentes, las entidades federativas podrán firmar convenios de coordinación para la administración del ISR de este tipo de contribuyentes, con la autoridad federal competente con el fin de que la recaudación del Impuesto Sobre la Renta, pueda ser realizada por estas mismas autoridades a nivel estatal, así como para estimar el ingreso gravable del contribuyente y determinar cuotas fijas para el cobro del impuesto respectivo.

b) Impulso administrativo y capacitación a los pequeños contribuyentes

Considerando que no existe progreso sin educación, se introduce este cambio en la legislación que nos ocupa, atendiendo a la característica de que se pretenden mejorar las condiciones de las micro y pequeñas unidades productivas, para que en el mediano plazo no existan dificultades a la hora de realizar los cambios a otro régimen fiscal, esperando que los mini contribuyentes cuenten con las principales herramientas para realizar la migración sin mayores dificultades.

Así, se presenta la modificación indispensable para que se realicen las acciones que resulten de utilidad a la hora de firmar los convenios de colaboración, direccionados en el sentido de otorgar asesoría administrativa, para que se organicen cursos y talleres de capacitación, coordinando esfuerzos entre los distintos organismos e instituciones, para brindarles a este tipo de pagadores de impuestos, los instrumentos que les permitan desarrollar sus ventas o servicios tendientes a lograr un nivel más alto de competitividad.

c) Envío de cartas informativas a los contribuyentes. Una de las mayores fallas a la hora de implementar los cambios, es sin duda la falta de información que gira alrededor de ellos. Y es por esta razón que en esta propuesta, se está direccionando como otro de sus objetivos colaterales a que el Sistema de Administración Tributaria, SAT, debiera de realizar las diligencias necesarias para enviar cartas informativas a los contribuyentes que reúnan las características para obtener este beneficio. En este comunicado se deberá especificar claramente la posibilidad de regresar al régimen anterior, si fuera del interés del contribuyente, dando con esto una amplia difusión a este beneficio.

d) Continuidad en el régimen de incorporación fiscal. Para los contribuyentes que deseen conservar su inscripción en el Régimen de Incorporación Fiscal, se determina que deberán pagar el impuesto sobre la renta, tal como quedó previsto en la reforma que les dio origen, con un porcentaje creciente del 10 por ciento anual, sumando cada año un porcentaje similar hasta llegar a 100%, en un lapso de10 años.

e) Utilización de las plazas comunitarias de la educación para los adultos. Pretendiendo contribuir a que todas las personas que deseen quedarse en el RIF, cuenten con mayores facilidades para cumplir con la obligación de presentar declaraciones y de realizar el registro de sus operaciones a través de Internet o en medios electrónicos, a través de esta propuesta se apertura la posibilidad de hacer uso totalmente gratuito de los equipos instalados en las plazas comunitarias de los Institutos Estatales y Delegaciones del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, siempre que se cumplan con los requisitos que las autoridades fiscales señalen mediante reglas de carácter general.

f) Facilidades para que los adquirientes de negocios, activos, gastos y cargos diferidos, también puedan decidir en el régimen que deseen tributar. Otro aspecto el quehacer tributario que había quedado pendiente en las reformas anteriores, es el que tiene que ver con que los contribuyentes que enajenen la totalidad de la negociación, activos, gastos y cargos diferidos puedan decidir en qué régimen les conviene conservarse. En tal caso, esta propuesta es muy precisa en el sentido de permitir que el adquirente tribute en cualquiera de los regímenes de la legislación en comento.

g) Las entidades federativas podrán recuperar los recursos de los Repecos que se había extinguido con la reforma de 2013. Otro elemento interesante de esa Iniciativa, tiene que ver con que se está proponiendo la modificación no sólo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sino también se pretende modificar la Ley de Coordinación Fiscal. Este otro tratamiento legal, pretende devolver a las autoridades estatales la posibilidad de que sea procedente que las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, participen al 100 por ciento de la recaudación que se obtenga del impuesto sobre la renta que efectivamente se entere a la federación, correspondiente al Fondo de Compensación del Régimen de Pequeños Contribuyentes, considerando para totalizar estos fondos, la recaudación que la autoridad federativa haya reportado en la cuenta mensual comprobada, correspondiente al régimen en el año inmediato anterior.

IV. Cuadro Comparativo. Otra herramienta sumamente útil para una mejor comprensión de los cambios propuestos, es la que se está presentando a continuación y que se refiere a la integración de un cuadro comparativo que pretende hacer aún más esquemática la Iniciativa al detallar el texto actual de la ley, presentando paralelamente la redacción que da vida a esta propuesta; a saber:

Es por lo expuesto y motivado, que someto a consideración del pleno de ésta honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley de Coordinación Fiscal

Artículo Primero: Se reforma la denominación de la Sección II, del capítulo II, del Título IV; así como el artículo 11, en sus párrafos primero, segundo, tercero, cuarto, sexto, octavo, noveno y undécimo, 113 en su primer párrafo, así como se adiciona el artículo 112 Bis; todos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Artículo Segundo: Se adiciona el artículo 3º. C de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar redactados como sigue:

Artículo Primero: Se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Ley del Impuesto sobre la Renta

Sección IIRegimen de pequeños contribuyentes y régimen de incorporación fiscal

Artículo 111. Reconociendo que los contribuyentes poseen diferentes realidades de capacidad administrativa para cumplir de manera eficiente con sus obligaciones de carácter fiscal, los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en el régimen de incorporación fiscal, RIF, o reincorporarse al Régimen de los Pequeños Contribuyentes, Repecos, que estuvo en funcionamiento hasta diciembre de 2013, y que reinicia su operación a partir del día primero de enero de 2016, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de tres millones de pesos, bajo las condiciones siguientes:

Para agilizar este cambio, el Sistema de Administración Tributaria deberá enviar cartas informativas a los contribuyentes que reúnan las características para obtener este beneficio, donde se especifique la posibilidad de regresar al régimen anterior, si fuera de su interés.

Los contribuyentes que inicien actividades, podrán optar por cualquiera de los dos regímenes, considerando preferentemente aquel en el que obtengan mayores beneficios, pero también considerando las posibilidades de desarrollo que cada uno les brinda.

También podrán aplicar el régimen de incorporación fiscal, las personas físicas que realicen actividades empresariales mediante copropiedad.

No podrán pagar el impuesto en los términos de esta Sección:

I. a V. ...

Los contribuyentes que decidan permanecer en el régimen de incorporación fiscal, calcularán y enterarán el impuesto en forma bimestral, el cual tendrá el carácter de pago definitivo, a más tardar el día 17 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente, mediante declaración que presentarán a través de los sistemas que disponga el Servicio de Administración Tributaria en su página de Internet. Para estos efectos, la utilidad fiscal del bimestre de que se trate se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere este artículo obtenidos en dicho bimestre en efectivo, en bienes o en servicios, las deducciones autorizadas en la Ley que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos a que se refiere esta Sección, así como las erogaciones efectivamente realizadas en el mismo periodo para la adquisición de activos, gastos y cargos diferidos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

...

Para los efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, en términos de este régimen, la renta gravable a que se refieren los artículos 123, fracción IX, inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 120 y 127, fracción III de la Ley Federal del Trabajo, será la utilidad fiscal que resulte de la suma de las utilidades fiscales obtenidas en cada bimestre del ejercicio.

...

Para determinar el impuesto, los contribuyentes del régimen de incorporación fiscalconsiderarán los ingresos cuando se cobren efectivamente y deducirán las erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos.

Para los contribuyentes que conserven su inscripción en el Régimen de Incorporación Fiscal, pagarán el impuesto sobre la renta, tal como quedó previsto en la Reforma del que les dio origen, con un porcentaje creciente del 10 por ciento anual, sumando cada año un porcentaje similar hasta llegar a 100 por ciento, en un lapso de 10 años.

...

...

Los contribuyentes que opten por aplicar lo dispuesto en el régimen de incorporación fiscal, sólo podrán permanecer en el régimen que prevé la misma, durante un máximo de diez ejercicios fiscales consecutivos. Una vez concluido dicho periodo, deberán tributar conforme al régimen de personas físicas con actividades empresariales y profesionales a que se refiere la Sección I del Capítulo II del Título IV de la presente ley.

Artículo 112. Los contribuyentes sujetos al régimen de incorporación fiscal, tendrán las obligaciones siguientes:

I. a VIII. ...

...

Los contribuyentes que habiendo pagado el impuesto conforme a lo previsto en el régimen de incorporación fiscal, cambien de opción, deberán, a partir de la fecha del cambio, cumplir con las obligaciones previstas en el régimen correspondiente.

...

Cuando los contribuyentes dejen de tributar en el régimen de incorporación fiscal, en ningún caso podrán volver a tributar en los términos de la misma.

Los contribuyentes que opten por tributar en el régimen de incorporación fiscal, y que tengan su domicilio fiscal en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios de Internet, podrán cumplir con la obligación de presentar declaraciones, y realizar el registro de sus operaciones a través de Internet o en medios electrónicos, haciendo uso totalmente gratuito de los equipos instalados en las plazas comunitarias de los institutos estatales y delegaciones del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, siempre que cumplan con los requisitos que las autoridades fiscales señalen mediante reglas de carácter general.

Artículo 112 Bis. Para el caso de los contribuyentes que decidan cumplir con sus obligaciones fiscales en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, las Entidades Federativas podrán firmar convenios de Coordinación para la Administración del ISR de este tipo de contribuyentes con la autoridad federal competente, con el fin de que la recaudación del Impuesto Sobre la Renta, pueda ser realizada por las mismas a nivel estatal, así como para estimar el ingreso gravable del contribuyente y determinar cuotas fijas para el cobro del impuesto respectivo.

Por otro lado, se deberán realizar las acciones que resulten necesarias para que se firmes convenios de colaboración en el sentido de otorgar asesoría administrativa a los pequeños contribuyentes, organizando cursos y talleres de capacitación, coordinando esfuerzos entre los distintos organismos e instituciones, para brindarles los instrumentos que les permitan desarrollar sus ventas o servicios tendentes a lograr un nivel más alto de competitividad y de ingresos.

Artículo 113. Cuando los contribuyentes enajenen la totalidad de la negociación, activos, gastos y cargos diferidos, el adquirente podrá tributar en cualquiera de los regímenes de esta Sección.

El enajenante de la propiedad deberá acumular el ingreso por la enajenación de dichos bienes y pagar el impuesto en los términos del Capítulo IV del Título IV de esta ley.

Artículo Segundo: Se adiciona un artículo 3-C. a la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar redactado como sigue:

Artículo 3-C. Será procedente que las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal participen al 100 por ciento de la recaudación que se obtenga del impuesto sobre la renta que efectivamente se entere a la federación, correspondiente al Fondo de Compensación del Régimen de Pequeños Contribuyentes, considerando la recaudación que la autoridad federativa haya reportado en la cuenta mensual comprobada, correspondiente al régimen en el año inmediato anterior.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. A la entrada en vigor de este decreto, el Poder Ejecutivo federal contará con 180 días hábiles para actualizar las disposiciones reglamentarias correspondientes.

Tercero. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá difundir las presentes modificaciones de manera permanente a través de cartas informativas que deberá hacer llegar a los posibles candidatos para cambiar de régimen.

Cuarto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Diputados, a 5 de noviembre de 2015.— Diputados: J. Apolinar Casillas Gutiérrez,Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Ángel García Yáñez, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Braulio Mario Guerra Urbiola, Brenda Velázquez Valdez, Claudia Sánchez Juárez, Cesar Augusto Rendón García, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Emma Margarita Alemán Olvera, Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Gina Andrea Cruz Blackledge, Gretel Culin Jaime, Guadalupe González Suástegui, Hugo Alejo Domínguez, Jesús Antonio López Rodríguez, Jorge Ramos Hernández, José Everardo López Córdova, José Hugo Cabrera Ruiz, José Máximo García López, Julio Saldaña Moran, Kathia María Bolio Pinelo, Lilia Arminda García Escobar, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María Verónica Agundis Estrada, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Huepa Pérez, Mónica Rodríguez Della Vecchia, Patricia Sánchez Carrillo, Pedro Garza Treviño, Rene Mandujano Tinajero, Wenceslao Martínez Santos, Ximena Tamariz García (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Casillas. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul del diputado vicepresidente Javier Bolaños, por favor, ahí en donde está ahorita.

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar(desde la curul): Gracias, diputado presidente. Toda vez que la desaparición de los Repecos, el Régimen de Pequeños Contribuyentes, se ha constituido en una loza tremenda precisamente para esta base social, económica de este país, y que el tema del RIF los está aniquilando, a este grupo que se niega a caer en la informalidad, le pido, respetuosamente al diputado promovente me permita, a mi nombre y a nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, suscribirnos a esta iniciativa que es una oportunidad más de recomponer esto que se aprobó en las sesiones pasadas.

Es una oportunidad para los integrantes de todos los grupos parlamentarios que recorrimos las calles y que vivimos y escuchamos el reclamo de estas personas, que tienen un modo honesto de vivir y que hoy en día se están orillando a la informalidad. Es cuanto, diputado.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. El diputado Casillas manifiesta su asentimiento, entonces está aquí a disposición la iniciativa para quienes quieran suscribirla.



LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra por cinco minutos el diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

El diputado Victoriano Wences Real:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, el que suscribe Victoriano Wences Real, diputado de la LXIII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio de la facultad que me otorga el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 55, fracción II, 56 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XIX y se recorre la fracción XIX para denominarse XX al artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para establecer la consulta de los habitantes de los pueblos originarios bajo la siguiente exposición de motivos.

La presiente iniciativa con proyecto de adición es complementaria a la iniciativa de ley de consulta de los pueblos y comunidades indígenas de México la cual resulta necesaria, para que de esta forma se den las facultades complementarias a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a efecto de que sea esta institución la facultada, para llevar a cabo el proceso de consulta a los pueblos y comunidades indígenas en los temas que anuncia la referida iniciativa de la ley que presenté ante este pleno y la cual está en procedimiento legislativo correspondiente.

Compañeras y compañeros diputados, no podemos seguir postergando un tema que ha quedado en los archivos de pasadas legislaturas la presente iniciativa está diseñada para generar soluciones a la problemática de nuestras compañeras y compañeros indígenas sin que esto implique un esfuerzo presupuestario mayor, ya que precisamente no genera nuevas instituciones que a la posterioridad se vuelven obsoletas e inoperantes.

La presente iniciativa de adición tiene como propósito consultar a los pueblos indígenas con el fin de no afectar negativamente las tradiciones, usos y costumbres de los pobladores de esas comunidades.

Se ha explorado la pertinencia de que esa consulta a los pobladores se realice a través de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en vista de que es el organismo adecuado para tal fin dadas las características que enmarcan con su actividad.

Compañeras y compañeros diputados por las consideraciones expuestas someto a la consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIX y se recorre la fracción XIX para denominarse XX al artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para establecer la consulta de los habitantes de los pueblos originarios para quedar como sigue.

Artículo 2 queda igual de la fracción I a la fracción XVIII continúan igual, fracción XIX la comisión hará la consulta que la representación de los pueblos indígenas le soliciten, para efecto de que sus integrantes opinen sobre algún proyecto de acciones correspondientes a obra pública, culturales, educativas, económicas o de cualquier tipo, en cualquier lugar del territorio nacional en que se pretendan realizar acciones que tengan como fin modificar el entorno de las comunidades indígenas con el fin de no afectar negativamente las propiedades, tradiciones, usos y costumbres de los pobladores de esas comunidades. Dicha consulta se llevará a cabo en los términos de la Ley de Consulta Indígena.

Fracción XX. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.

Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 2o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I, numeral I, del artículo 6, el numeral I del artículo 77 y el artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIX, y recorre la fracción XIX, para denominarse XX, al artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para establecer la consulta para la protección de las propiedades de los habitantes de los pueblos originarios, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

Es de conocimiento general que las posesiones de los habitantes de los pueblos originarios, desde siempre han sido motivo de depredación por quienes detentan el poder, dejando a esas personas en la desesperación propia de quienes han sido desposeídos de sus propiedades.

En la mayoría de las ocasiones se abusa de la ignorancia de los habitantes que materialmente son despojados de sus propiedades, al amparo de ofrecimientos que nunca se cumplen.

El problema no se circunscribe a alguna zona o región en particular del país, sino que la solución es propuesta para que tenga aplicación en todo el territorio nacional, en cualquier lugar en que se pretenda realizar acciones que tengan como fin afectar en sentido positivo el entorno de las comunidades indígenas.

Recientemente, el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, remitió a esta soberanía una iniciativa relativa a la creación de zonas económicas especiales en los municipios de Michoacán y Guerrero; en el corredor industrial interoceánico en el istmo de Tehuantepec, en Oaxaca, que busca conectar el Océano Pacífico con el Golfo de México y en Puerto Chiapas, sin que en ningún caso se considerara la opinión de los pobladores de las zonas que se pretende mejorar.

No está en tela de juicio la intención de beneficiar las zonas referidas ni tampoco el propósito que anima el proyecto, que devendrá a favor de los pobladores de esas regiones marginadas del país, otorgándoles mejores condiciones de vida económica, de salud, de educación, de transportación, de cultura en general, sino que con esta propuesta se logre armonizar sus formas de vivir de acuerdo a sus tradiciones.

Ello tiene que hacerse respetando los usos y costumbres y tradiciones de cada lugar al que se refieran los programas y planes con que se pretenda insertar a la modernidad y tecnología a los pobladores de esas comunidades.

Por ello, el propósito de esta propuesta es que cada vez que se trate de modificar el entorno del hábitat en que se desarrolla la vida cotidiana de los habitantes de los pueblos originarios, los planes y programas de trabajo deban ser sometidos a la opinión previa de esos habitantes, respetando sus tradiciones, usos y costumbres y no imponiéndoles modelos de vida ajenos a su forma, condición y circunstancia de vivir.

Se trata de generar una consulta en cada caso, con el fin de no afectar negativamente las propiedades, tradiciones, usos y costumbres de los pobladores de esas comunidades.

Se ha explorado la pertinencia de que esa consulta a los pobladores se realice a través de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas,en vista de que es el organismo adecuado para tal fin, dadas las características que enmarcan su actividad.

Habida cuenta de que se requiere una actividad marcada por la independencia de criterio, de una entidad que cuente con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, la unidad ya creada y en operación, es la que garantizaría de manera idónea los mejores resultados para el sector indígena del país.

Es necesario reglamentar la actividad de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, mediante una ley que contenga los elementos necesarios para que se integre debidamente la actividad de la propia comisión en la materia que pretendemos legislar.

Por ello sometemos al escrutinio de esta soberanía dos documentos, uno que corresponde a la adición de una fracción XIX al artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, así como correr la actual fracción XIX para denominarse XX.

El segundo documento que presentamos por separado a esta soberanía se refiere a una ley de consulta indígena, que contiene todo el articulado para realizar el cometido descrito en la exposición de motivos de esta iniciativa.

Compañeras y compañeros legisladores:

Por las consideraciones expuestas, el suscrito, diputado federal de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I, numeral I, del artículo 6, el numeral I del artículo 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona una fracción XIX y se corre la fracción XIX para denominarse XX, al artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para establecer la consulta para la protección de las propiedades de los habitantes de los pueblos originarios

Dice:

Artículo 1. La Comisión...

I. a XVIII. ...

XIX. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.

Debe decir:

Artículo 1. La Comisión...

I. a XVIII. ...

XIX. La Comisión hará la consulta que la representación de los pueblos indígenas le soliciten para efecto de que sus integrantes opinen sobre algún proyecto de acciones correspondientes a obra pública, culturales, educativas, económicas o de cualquier tipo, en cualquier lugar del territorio nacional, en que se pretenda realizar acciones que tengan como fin modificar el entorno de las comunidades indígenas, con el fin de no afectar negativamente las propiedades, tradiciones, usos y costumbres de los pobladores de esas comunidades. Dicha consulta se llevará a cabo en los términos de la Ley de Consulta Indígena, reglamentaria de esta fracción.

XX. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2015.— Diputado Victoriano Wences Real (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Wences. Túrnese a la Comisión de Asuntos Indígenas para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, el diputado Eduardo Francisco Zenteno Núñez, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Eduardo Francisco Zenteno Núñez:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, prever para proteger.

La Organización Internacional de Protección Civil define ésta como el sistema por el que cada país proporciona la prevención, protección y asistencia para todos ante cualquier tipo de desastre o accidente.

La defensa civil, así llamada en sus inicios, surge a raíz de los conflictos militares desarrollados en la primera mitad del siglo XIX e Inglaterra fue el primer país en realizar su implementación, después se convirtió en una necesidad, ya que a lo largo de la Segunda Guerra Mundial este país sufrió bombardeos llevados a cabo por la aviación alemana en contra de la ciudad de Londres.

En otros países como el nuestro, el origen de la protección civil no obedece a circunstancias de aspecto bélico sino debido a la alta incidencia de desastres naturales como terremotos, huracanes, incendios, inundaciones entre otros.

En nuestro país el marco jurídico en la materia es la Ley General de Protección Civil y su reglamento. Replicándose este modelo en los estados y municipios. Estos son los instrumentos jurídicos que establecen las pautas para que los tres niveles de gobierno actúen en forma coordinada en caso de ocurrir alguna contingencia.

En dichos ordenamientos jurídicos nos percatamos que el espíritu legislativo es generar una actuación coordinada y eficaz por parte de las autoridades de los tres niveles de gobierno. Sin embargo, consideramos de suma relevancia hacer notar que a pesar de que el marco jurídico en la materia es vasto, existe un vacío legislativo que es urgente subsanar.

Y es que a nivel constitucional no se le otorgó la facultad a los municipios para elaborar sus planes y programas en materia de protección civil. Si bien es cierto que estas atribuciones le son otorgadas a los municipios mediante las leyes y reglamentos estatales y municipales, pero no así en la Carta Magna.

Sabemos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la norma suprema que regula la vida jurídica en un país y que ninguna norma está por encima de nuestra Carta Magna. Entonces, por la importancia que tiene la protección civil y dada la extrema legislación que existe en torno a esta materia, en el Partido Verde Ecologista de México consideramos necesario elevar a rango constitucional la facultad a los municipios para elaborar sus propios planes y programas de protección civil.

Aunque sabemos que actualmente a los municipios ya se les dota de estas atribuciones a partir de las leyes y reglamentos estatales y municipales, consideramos necesario reconocerles estas facultades desde la Carta Magna, no solo para fortalecer dichas atribuciones, sino también para garantizarle su autonomía en la materia.

La independencia que se le otorgue a los municipios a través de la Constitución, resultará de suma importancia, ya que esto se traducirá en una eficacia, no solo en su elaboración, sino en su aplicación, logrando una mayor prevención de desastres y protección a sus pobladores.

Lo anterior, de habido que el contacto más directo que tiene la autoridad con la ciudadanía son los municipios, ellos son los que conocen la tierra que habitan, sus zonas de riesgo y las necesidades de su población; por lo tanto ellos son los que deben controlar y conocer este tipo de contingencias en primera instancia, a menos que por la gravedad del evento se requiera la actuación desde el primer momento de las autoridades federales.

Por último, lo que aquí se plantea no se contrapone con ninguna disposición, ya que únicamente proponemos fortalecer las atribuciones de los municipios en materia de protección civil, sin contravenir la legislación que existe actualmente a nivel federal, estatal y municipal. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Eduardo Francisco Zenteno Núñez, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, Eduardo Francisco Zenteno Núñez, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección civil, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Organización Internacional de Protección Civil define ésta como “el sistema por el que cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de desastre o accidente relacionado con esto, así como la salvaguarda de los bienes del conglomerado y del ambiente”.

El concepto de protección civil nace como tal el 12 de agosto de 1949, cuando se incluye en el Protocolo I adicional al Tratado de Ginebra Protección a las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales, para complementar el trabajo de la Cruz Roja y es adoptado el 8 de junio de 1977 por la Conferencia Diplomática sobre la Reafirmación y el Desarrollo del Derecho Internacional Humanitario Aplicable a los Conflictos Armados, en Ginebra, Suiza.

En cuanto a nuestro país, el Protocolo I fue aprobado por el Senado de la República el 21 de diciembre de 1982 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 1983; entró en vigor el 22 de diciembre del mismo año.

En dicho protocolo se establece:

1. Se entiende por protección civil el cumplimiento de algunas o de todas las tareas humanitarias que se mencionan a continuación, destinadas a proteger a la población contra los peligros de las hostilidades y de las catástrofes y ayudarla a recuperarse de sus efectos inmediatos, así como a facilitar las condiciones necesarias para su supervivencia. Estas tareas son las siguientes:

i. Servicio de alarma;

ii. Evacuación;

iii. Habilitación y organización de refugios;

iv. Aplicación de medidas de seguridad;

v. Salvamento;

vi. Servicios sanitarios, incluidos los de primeros auxilios, y asistencia religiosa;

vii. Lucha contra incendios;

viii. Detección y señalamiento de zonas peligrosas;

ix. Descontaminación y medidas similares de protección;

x. Provisión de alojamiento y abastecimientos de urgencia;

xi. Ayuda en caso de urgencia para el restablecimiento y el mantenimiento del orden en zonas damnificadas;

xii. Medidas de urgencia para el restablecimiento de los servicios públicos indispensables;

xiii. Servicios funerarios de urgencia;

xiv. Asistencia para la preservación de los bienes esenciales para la supervivencia; y

xv. Actividades complementarias necesarias para el desempeño de cualquiera de las tareas mencionadas, incluyendo entre otras cosas la planificación y la organización.

La Ley General de Protección Civil define en el artículo 2, fracción XLIII, la protección civil como

La acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de los riesgos de origen natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional, con el fin de crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera corresponsable, y privilegiando la gestión integral de riesgos y la continuidad de operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente...

Ahora bien, en el país el marco jurídico en la materia está integrado por la Ley General de Protección Civil junto con su reglamento, la Ley de Protección Civil de cada entidad federativa y sus respectivos reglamentos, así como los reglamentos municipales de protección civil en los casos en donde sí existan. Éstos son los instrumentos jurídicos que establecen las pautas para que los tres niveles de gobierno actúen en forma coordinada en caso de ocurrir alguna contingencia.

Derivado de un análisis de la normatividad en la materia, se puede percibir que el espíritu legislativo que inspira la mayoría de los ordenamientos es generar una actuación coordinada y eficaz por parte de las autoridades en los tres niveles de gobierno.

Sin embargo, consideramos de suma relevancia hacer notar que a pesar de que el marco jurídico en la materia es vasto, existe un vacío legislativo que es urgente subsanar, y es que a nivel constitucional no se le otorgó la facultad a los municipios para elaborar sus planes y programas en materia de protección civil.

Si bien es cierto que estas atribuciones son otorgadas a los municipios a través de las leyes y reglamentos estatales, del mismo modo que éstas se encuentran contempladas por los diversos reglamentos municipales, para el tema que nos concierne consideramos de capital importancia atender a la jerarquización del orden jurídico mexicano, la cual se expresa puntualmente en la siguiente gráfica:

En virtud de lo anterior, es posible hacer las siguientes consideraciones:

• Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la norma suprema que regula la vida jurídica de nuestro país y que ningún otro ordenamiento se encuentra por encima de la misma.

• Que la ley, sea ésta reglamentaria o no de algún artículo de la Constitución General, en todo momento tiene que seguir el espíritu de la Carta Magna en todas y cada una de sus disposiciones.

• Que el objeto de los reglamentos es facilitar el cumplimiento de la ley y que éstos no pueden ir contra del contenido de la misma, pues de lo contrario perderían su valor jurídico.

Tomando en cuenta lo anterior, y dada la importancia que tiene la protección civil, consideramos necesario elevar a rango constitucional la facultad de los municipios para elaborar sus propios planes y programas en la materia, pues estimamos pertinente reconocerle estas facultades a la unidad básica de nuestra organización política desde la Carta Magna, no sólo para fortalecer el ejercicio de dichas atribuciones, sino también para otorgar a los gobiernos que representan el primer contacto con la población un mayor margen de maniobra.

En este sentido, creemos que la independencia en la materia que se otorgue a los municipios a través de la adición al texto del artículo 115 constitucional podría traducirse en una mayor eficacia no sólo en el ámbito de la planificación sino también en el terreno de su aplicación, logrando con ello mejoras en la prevención de desastres y protección de sus poblaciones, lo cual, a final de cuentas, es la clave de la protección civil.

No se puede soslayar que son las autoridades municipales las que conocen mejor el territorio que gobiernan, así como las potenciales zonas de riesgos y las necesidades de su población.

Por tanto, consideramos que los municipios están mejor capacitados para una primera intervención ya sea en materia de prevención, o bien, cuando ya se ha presentado una contingencia, sin que esto represente menoscabar las atribuciones de las autoridades estatales y federales, especialmente cuando la gravedad del evento amerite su intervención.

Por último, cabe señalar que lo aquí propuesto no se contrapone en modo alguno con ninguna disposición relativa al marco jurídico de la protección civil en nuestro país, ya que únicamente pretendemos fortalecer las atribuciones de los municipios en el tema de la protección civil, sin contravenir la legislación que existe actualmente a nivel federal, estatal y municipal.

Por todo lo anterior sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un inciso b) a la base V del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección civil

Artículo Único. Se adiciona un inciso b) a la base V del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recorriéndose los siguientes incisos en orden subsecuente, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:

I. a IV. ...

V.Los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para

a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;

b) Elaborar y mantener actualizados sus propios planes y programas en materia de protección civil;

c) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;

d) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la federación o los estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios;

e) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;

f) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;

g) Otorgar licencias y permisos para construcciones;

h) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;

i) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; y

j) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.

En lo conducente y de conformidad con los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios;

VI.a X. ...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2015.— Diputados: Eduardo Francisco Zenteno Núñez,Enrique Zamora Morlet, Javier Octavio Herrera Borunda, Ramón Bañales Arambula, Ana Guadalupe Perea Santos (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Zenteno. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

La diputada María Elena Orantes López(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul de la diputada María Elena Orantes, por favor.

La diputada María Elena Orantes López (desde la curul): Muchas gracias, presidente. Solo para solicitarle al diputado Zenteno, adherirme a esta propuesta para que sea de una manera transversal el tema de apoyos. Y también a mis compañeras y compañeros diputados, hablarles con el corazón para sensibilizar que en estos temas de fondo de desastres ojalá la Comisión de Hacienda considere un aumento en ese tema. Muchas gracias, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Orantes. Diputado Zenteno, hace señas como que dice que sí. Da su asentimiento para esto suceda y está a disposición aquí para su firma correspondiente por quienes quieran suscribirla.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 48 de la Ley General de Educación.

La diputada María Elena Orantes López:Muchas gracias, presidente. Compañeras y compañeros. Lo primero que quiero hacer al hacer uso de esta tribuna es manifestarme a favor de la propuesta de mis compañeras diputadas: Ni una más. Alto ya a los feminicidios en México.

Jaime Torres Bodet afirmaba que solo el desarrollo armónico y congruente de un grupo humano constituye un progreso cierto. Yo agregaría que cuando ese grupo humano es heterogéneo el progreso cierto se funde en la armonía, la inclusión y el respeto a la diferencia.

Así, aunque la nación, en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se defina como una composición pluricultural reflejada en más de 89 lenguas incluyendo el español y una gran diversidad de etnias como las indígenas, mestizas, afroamericana, tenemos una realidad culturalmente depredatoria.

El INEGI marca en sus estadísticas que en el 2010 habían seis millones 695 mil 228 hablantes de lenguas indígenas. Ello refleja un crecimiento de 1.3 millones desde la década del 90. Sin embargo considerando el aumento demográfico de México en ese mismo periodo, al contrarrestar el crecimiento de otras expresiones lingüísticas, hay una reducción porcentual que ha bajado del 7.5 en el 90 a 6.5 en el 2010.

Adicionalmente a pesar del impulso que se pretendió dar a la educación indígena, cuya matrícula encontró su máximo histórico en el 2003, hoy se ha debilitado hasta llegar a una matrícula equivalente a niveles de 96, ello probablemente debido al tipo de globalización que vivimos, a la migración de educandos a programas educativos distintos, a la educación para indígenas y a nuestra concepción del impulso educativo se acerca más a una integración colonialista que a una inclusión democrática de cara al siglo XXI.

Las cifras de las década del 90 son mejores que el aniquilamiento cultural de otros siglos o la perspectiva pedagógica del siglo XX en la que la meta explícita e implícita era una sociedad culturalmente homogénea, y la diversidad cultural era una barrera para el desarrollo. No obstante ello los programas de becas y los esfuerzos para un entorno bilingüe son hasta hoy insuficientes. Y los datos señalados no se alinean con los compromisos internacionales firmados por nuestro país ni con el sentido pluricultural del artículo 2o., de nuestra Constitución.

En esta realidad advertida esta Cámara desde el año 97 ha intentado impulsar constitucionalmente un desarrollo incluyente con varias iniciativas que no se han materializado. Por ello esta propuesta se distingue al explorar la posibilidad planteada por los tratados internacionales y su consideración jurisprudencial de frente a nuestro texto fundamental.

Adicionalmente podemos recordar el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en 1989, ratificado por nuestro país el 5 de septiembre del año de 1990, que en el artículo 27 establecía que “los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados, deberán desarrollarse, aplicarse en cooperación con estos, a fin de poder responder a las necesidades particulares y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y sus técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales, siendo las clases pluriétnicas de este país, la gran riqueza de nuestra historia y de nuestra cultura”.

Asimismo la declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada el 10 de septiembre del año 2007. Los indígenas en particular, los niños, tienen derecho a todos los niveles y formas de educación del Estado, sin discriminación alguna.

Ambos documentos denotan el valor estratégico de la educación.

Cabe señalar que con esta modificación buscamos los siguientes objetivos: facilitar la inclusión de la perspectiva de los pueblos originarios en los planes y programas de estudios; fortalecer la diversidad, la participación ciudadana y el sistema educativo nacional, y evitar que continúe la disminución de hablantes de lenguas indígenas.

Esta iniciativa permitirá hacer viable la participación de las comunidades indígenas en el diseño de planes y programas de estudios, poniendo en sus manos el destino de sus rasgos culturales y de la herencia que dejen las futuras generaciones.

Por lo anteriormente expuesto sometemos a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción IV del artículo 7o., y del artículo 48 de la Ley General de Educación. Muchas gracias, presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 7o. y 48 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada María Elena Orantes López, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 73, fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción IV del artículo 7 y el artículo 48 de la Ley General de Educación, de acuerdo con la siguiente:

Exposición de Motivos

I.“Solo el desarrollo armónico y congruente de un grupo humano constituye un progreso cierto”, afirmaba Don Jaime Torres Bodet y yo agregaría que cuando ese grupo humano es heterogéneo, el progreso cierto se funda en la armonía, la inclusión y el respeto entre la diferencia, lo contrario, se llama depredación. Así, nuestra nación que en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se define con una composición pluricultural, reflejada en la interacción de más de 89 lenguas, incluyendo al español y una gran diversidad de etnias como las indígenas, mestiza y afroamericana, presenta una realidad culturalmente predatoria, fuera del marco de la constitución.

Esta realidad, se puede comprobar en la historia del decrecimiento de la proporción de nuestras etnias y nuestros hablantes de lenguas indígenas con respecto a los hablantes de la lengua española y el resto de la diversidad cultural del país.

En este sentido, no sólo nuestra constante histórica de acoso cultural denuncia esta dinámica, sino también la insuficiencia de nuestras políticas implementadas en los últimos 21 años, en respuesta al reclamo histórico de nuestros pueblos indígenas. Esta persistencia, nos indica que tras un levantamiento armado y la inclusión gradual de algunas concepciones aparentemente indigenistas, en los marcos normativos y en los presupuestos, proporcionalmente las culturas sustentantes de nuestra nación continúan decreciendo.

De acuerdo con datos el Inegi, tras el Censo de 2010, contábamos con 6,695,228 hablantes de lenguas indígenas. Esta cifra numéricamente, refleja un crecimiento desde los 5.3 millones, en 1990 y los 6.3 millones de hablantes en 2000. Sin embargo, considerando el aumento demográfico que ha experimentado México, en ese mismo periodo, y al contrastar el crecimiento de otras expresiones lingüísticas y étnicas, porcentualmente hay una reducción, bajando el porcentaje de hablantes de lenguas indígenas con respecto a otro tipo de hablantes, desde 7.5 en 1990, a 7.1 en 2000 y a 6.5 en 2010.

Adicionalmente, a pesar del impulso que se pretendió dar a la educación indígena, misma que encontró su máximo histórico de educandos en 2003 con una matrícula de 179,233 personas, hoy se puede apreciar que el esquema de educación para indígenas se ha debilitado hasta llegar una matrícula de 113,680 personas, en 2012, equivalente a niveles de 1996. Ello, probablemente debido al tipo de globalización en que nos encontramos, a la migración de educandos a programas distintos a la Educación para Indígenas y a que nuestra concepción de impulso educativo se acerca más a una integración colonialista que a una inclusión democrática de cara al siglo XXI.

La población atendida en el sistema educativo extraescolar:

Estas cifras del intergracionismo originado en la década de 1990, sin lugar a dudas son mejores que el antecedente de aniquilamiento cultural de otros siglos o de la perspectiva pedagógica de mediados del siglo XX en la que la meta explicita e implícita era “una sociedad culturalmente homogénea”, derivada de una visión en la que la diversidad cultural se entendía como una barrera para el desarrollo. No obstante ello, los programas de becas y los esfuerzos de construcción de un entrono bilingüe hoy son insuficientes y los datos señalados son una afrenta a los estándares democráticos del siglo XXI, no se alinean con los compromisos internacionales firmados por nuestro país y contravienen el sentido pluriculturista del artículo 2 de nuestra constitución.

Ante esta realidad, anticipada desde 1997 por indigenistas, izquierdas y ambientalistas, hay antecedentes sobre intentos de ampliar constitucionalmente las posibilidades de un desarrollo incluyente. Estas se han promovido hasta nuestros días sin lograr materializarse, por lo que esta propuesta explora las posibilidades en el contexto nacional de asimilación de tratados internacionales, al nivel de nuestro texto fundamental.

Desde la perspectiva de Movimiento Ciudadano, esta iniciativa busca cambios que implican asumir nuestros compromisos internacionales y reconocer con más fuerza el carácter pluricultural de nuestra nación, pugnando por esquemas de inclusión que incorporan la perspectiva de nuestras etnias en el diseño de planes y programas de estudio.

II. En este sentido, al analizar experiencias internacionales contemporáneas, podemos encontrar ejemplos contrastantes ante nuestro modelo de diseño educativo como el caso del Estado Plurinacional de Bolivia, cuyo modelo educativo incluye metodológicamente la integración de los Consejos Educativos de los Pueblos Originarios en el diseño y complementación de los planes de estudio. Otro ejemplo exitoso en el que la integración de los planes de estudio implica la interacción y consideración de los pueblos originarios entre Canadá y la etnia Inuit, mediante un sistema que establece una base curricular para los planes de estudio y permite que las organizaciones indígenas los complementen.

Asimismo, el contexto internacional de convenios y declaraciones desde foros como la ONU y las interpretaciones de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, plantean la necesidad de propiciar y facilitar la inclusión de las perspectivas de las etnias indígenas en el diseño de los planes de estudio.

En consecuencia, como diputada ciudadana aprecio la participación de los pueblos indígenas en el diseño de planes de estudio como un elemento sustantivo y complementario a las interacciones que se puedan generar entre padres de familia y autoridades escolares, pues agrega la interacción a nivel sistémico de las comunidades. Ello, permite que además de atender particularidades del ambiente escolar como pueden ser los materiales o la evaluación del docente, se proyecte la perspectiva pluricultural en aspectos curriculares de impacto étnico, comunitario, municipal, estatal y nacional.

En este sentido, podemos recordar el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales de 1989, ratificado por nuestro país el 5 de septiembre de 1990, que en su artículo 27 establece lo siguiente:

Artículo 27

1. Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con éstos a fin de responder a sus necesidades particulares, y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales.

2. La autoridad competente deberá asegurar la formación de miembros de estos pueblos y su participación en la formulación y ejecución de programas de educación, con miras a transferir progresivamente a dichos pueblos la responsabilidad de la realización de esos programas, cuando haya lugar.

3. Además, los gobiernos deberán reconocer el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación, siempre que tales instituciones satisfagan las normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consulta con esos pueblos. Deberán facilitárseles recursos apropiados con tal fin.

Asimismo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada en 10 de septiembre de 2007, en sus artículos 3, 11, 13 y 14 manifiesta lo siguiente:

Artículo 3

Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

Artículo 11

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, objetos, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas.

2. Los Estados proporcionaran reparación por medio de mecanismos eficaces, que podrán incluir la restitución, establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas, respecto de los bienes culturales, intelectuales, religiosos y espirituales de que hayan sido privados sin su consentimiento libre, previo e informado o en violación de sus leyes, tradiciones y costumbres.

Artículo 13

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas, así? como a mantenerlos.

2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar la protección de ese derecho y también para asegurar que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados.

Artículo 14

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje.

2. Los indígenas, en particular los niños, tienen derecho a todos los niveles y formas de educación del Estado sin discriminación.

3. Los Estados adoptarán medidas eficaces, conjuntamente con los pueblos indígenas, para que las personas indígenas, en particular los niños, incluidos los que viven fuera de sus comunidades, tengan acceso, cuando sea posible, a la educación en su propia cultura y en su propio idioma.

Los documentos citados, denotan el valor estratégico de la educación como medio de subsistencia de la diversidad y plantean la necesidad de que los países incluyan a las comunidades indígenas en el planteamiento y planeación de sus planes de estudios y sistemas educativos con una perspectiva que incorpore la visión de los pueblos originarios.

Por otra parte, especialistas como Oswaldo Ruiz Chiriboga y Gina Donoso, al realizar las interpretaciones jurídicas de resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en casos como Fernández y Ortega vs México o Moiwana vs Surinam, denotan la el interés del tribunal en la adecuación de instituciones a la cosmovisión de la comunidad indígena.

III. Es importante reconocer que en los últimos años se han impulsado cambios, sin embargo a casi 20 años del inicio de nuestras transformaciones en favor de los pueblos originarios, las reformas, programas gubernamentales y ejercicios presupuestales continúan siendo inútiles para evitar una tendencia de debilitamiento de nuestra riqueza pluricultural y con ello la erosión de nuestra esencia nacional.

Por ello, consideramos fundamental fortalecer la inclusión de la perspectiva indígena en la Ley General de Educación para plantear una posibilidad real de que la cosmovisión de nuestros pueblos originarios se integre en los planes y programas de estudio, circunstancias que posibilitará la viabilidad de un desarrollo incluyente. En este sentido, apelando al valor jurídico del Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales de 1989 proponemos esta iniciativa.

Cabe señalar que con esta modificación buscamos los siguientes objetivos:

• Establecer los mecanismos necesarios para facilitar la inclusión de la perspectiva de los pueblos originarios en los planes y programas de estudio.

• Fortalecer con la diversidad, la participación ciudadana en el sistema educativo nacional.

• Construir nuevas posibilidades para evitar que continúe la disminución de los hablantes de lenguas indígenas.

Son estas las múltiples razones por las cuales se pretende fortalecer el esquema constitucional de protección y reconocimiento de nuestra riqueza pluricultural y modificar los mecanismos de participación en la integración de los planes de estudio, herramientas sustantivas para el desarrollo cultural.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto

Que reforma la fracción IV del artículo 7 y el artículo 48 de la Ley General de Educación.

Artículo Primero. Se reforma la fracción IV del artículo 7 y el artículo 48 de la Ley General de Educación,para quedar como sigue:

Artículo 7o. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

Fracciones I. a III....

IV.- Promover mediante la enseñanza el conocimiento de la pluralidad lingüística de la Nación, el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas y la perspectiva pluricultural de nuestra nación.

Los hablantes de lenguas indígenas, podrán contribuir al diseño de planes de estudio y tendrán acceso a la educación obligatoria en su propia lengua y español.

Artículo 48.- La Secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de conformidad a los principios y criterios establecidos en los artículos 7 y 8 de esta Ley.

...

Los ayuntamientos, electos mediante usos y costumbres, podrán proponer a las autoridades educativas locales y al Consejo Estatal Técnico de Educación, la incorporación conceptos, materias, métodos y materiales de enseñanza en los planes y programas de estudio, siempre que no contravengan leyes mexicanas vigentes y que estén relacionados con la reafirmación la esencia pluricultural de nuestra nación.

Las autoridades educativas locales, previa consulta al Consejo Estatal Técnico de Educación correspondiente, propondrán para consideración y, en su caso, autorización de la Secretaría, contenidos regionales que -sin mengua del carácter nacional de los planes y programas citados- permitan que los educandos adquieran un mejor conocimiento de la historia, la geografía, las costumbres, las tradiciones, los ecosistemas y demás aspectos propios de las etnias, entidad y municipios respectivos.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las entidades federativas y el Distrito Federal deberán adecuar sus legislaciones correspondientes conforme a las disposiciones del presente Decreto a más tardar 60 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Jaime Torres Bodet, Memorias La tierra prometida, Porrúa, México, 1972. P. 16.

2 Anuario estadístico y Geográfico de los Estados Unidos Mexicanos 2014-2015, cuadros 4.29 y 2.6. Generados por el Inegi. Disponibles en: internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/productos//prod_serv/contenidos/esp añol/bvinegi/productos/nueva_estruc/aegeum/702825063979.pdf e Inegi, Cuéntame...Población Hablantes de lengua indígena en México. Disponible en cuéntame.inegi.org.mx/poblacion/indígena/.aspx¬?tema—P

3 Tabla de elaboración propia con datos del Cuadro 4.29 del Anuario estadístico y Geográfico de los Estados Unidos Mexicanos 2014-2015. Generado por el Inegi Anuario estadístico y Geográfico de los Estados Unidos Mexicanos 2014-2015. Generado por el Inegi. Disponible en: internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/productos//prod_serv/contenidos/esp añol/bvinegi/productos/nueva_estruc/aegeum/702825063979.pdf

4 Cecilia Graves, “La búsqueda de la modernidad” en Dorothy Thanck de Estrada, Historia Mínima. La educación en México, El Colegio de México, México, 2011. P. 211.

5 Nicole Nucinkis, Diseño curricular base para la formación de maestros del nivel nacional, Ministerio de Educación, Bolivia. P. 29. Disponible en: www.oei.es/linea3/Formacion_maestros_inicial_Bolivia.pdf

6 Véase Silta Associates, Indigenous Standards in Education, The Canada Millennium Scholarship Fundation, Canadá, 2007. P 7

7 Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989

http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/ Pages/Indigenous.aspx

Ratificado por México el 5 de septiembre de 1990, boletín de derecho comparado del IIJ,

http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/ cont/82/art/art6.htm#N7

8 61/295. Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas

Resolución aprobada el 10 de septiembre de 2007. Disponible en: http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N06/512/10/PDF/ N0651210.pdf?OpenElement

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2015.— Diputados: María Elena Orantes López,Claudai Spfia Corichi García, Eduardo Francisco Zenteno Núñez (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Orantes. Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

El diputado Eduardo Francisco Zenteno Núñez (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul del diputado Eduardo Zenteno.

El diputado Eduardo Francisco Zenteno Núñez (desde la curul): Para solicitarle a la diputada María Elena Orantes, si nos permite adherirnos a su decreto.

La diputada María Elena Orantes López(desde la curul): Sí, adelante.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Manifiesta, en correspondencia también su asentimiento para que eso suceda. Está a disposición para su firma correspondiente.

Saludamos la presencia de Javier Degollado González, presidente municipal de Chapala, invitado por la diputada Martha Lorena Covarrubias Anaya. Bienvenido, presidente.

Igualmente la presencia de alumnos de la Escuela Secundaria Técnica número 95, licenciado Jesús Reyes Heroles, invitados por la diputada Soralla Bañuelos de la Torre. Bienvenidas, bienvenidos.

De la misma manera, al director de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, campus Huasteca, y al grupo de profesores y alumnos que los acompañan, invitados por la diputada Delia Guerrero Coronado. Bienvenidos, igualmente.



LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, la diputada Melissa Torres Sandoval, a nombre del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Melissa Torres Sandoval:Con su permiso, señor presidente. Honorable asamblea, las sociedades modernas pueden medir su prospectiva y viabilidad como proyecto ciudadano a partir de los resultados que las familias le aporten a su desarrollo social. En tal sentido, a mayor cohesión familiar, menores índices de delincuencia, corrupción y, en general, cualquier conducta antisocial.

En esta soberanía trabajamos con altos niveles de especialidad para proyectar a nuestro país hacia el futuro en las mejores condiciones económicas, políticas, ambientales, sociales, agrarias, fiscales, defensivas, diplomáticas y así tenemos a la fecha, en esta legislatura, más de 50 comisiones ordinarias que abordan todas las aristas del Estado mexicano.

Sin embargo, a nuestro parecer y el de muy amplios sectores de la sociedad el Poder Legislativo federal en su Cámara de vocación popular de la representación soberana está descuidando todos los aspectos de análisis, cuidado y seguimiento de las familias como eje angular del tejido social de la nación.

Encuentro Social, como instituto político que nació a partir de la coincidencia de hombres y mujeres que compartimos el interés superior entorno a un nuevo Pacto Social para México, descansa sus dinamismos fundamentales en cinco grandes temas, del que resalta por su trascendencia el reconocimiento y protección del núcleo familiar.

Las y los legisladores federales de Encuentro Social hemos recogido el sentir de miles de personas que hacen posible la existencia de diversidad de familias en el sentido de que la familia es, primero que todo, una institución natural. Complementamos dicha idea con la certeza y el planteamiento que establece que, sin la institución familiar, sin las familias, somos una sociedad fallida a merced de la desintegración social y la pérdida de valores.

No hay nuevo pacto social, no hay mejores mexicanas y mejores mexicanos sin mejores familias. Es tiempo para que, desde San Lázaro, abrecemos esta valiosa arista. Sin duda hoy en día para millones de niñas, niños y adolescentes las familias han dejado de ser referentes y lugares de cobijo y protección, y se han convertido en no pocas ocasiones en semilleros de vejaciones y violaciones a sus derechos.

La creación de una Comisión de la Familia en la casa de todas las mexicanas y de todos los mexicanos, que se encargue de impulsar iniciativas legales que brinden mayor protección a cada uno de los integrantes de cada núcleo familiar e igualmente sepa promover las políticas públicas necesarias para proteger y reestablecer el tejido y desarrollo social de la familia. Se antoja una asignatura pendiente que no debe esperar.

Para las diputadas y para los diputados de Encuentro Social resulta indispensable que nuestro país tenga familias fortalecidas, donde cada uno de sus miembros pueda desarrollarse plenamente en un ambiente de tolerancia, amor, libertad y respeto.

Todo lo antes expuesto es lo que anima a las diputadas y a los diputados federales de Encuentro Social para someter a la consideración de esta honorable asamblea la adición de una fracción, el apartado 2, del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de crear una comisión ordinaria que se aboque al tema de las familias.

Es importante destacar que el Senado de la República cuenta desde la legislatura pasada con una Comisión Ordinaria de la Familia y Desarrollo Humano. En este contexto, resulta necesario que esta colegisladora cuenta con una Comisión Ordinaria de la Familia que busque fortalecer desde el ámbito legislativo la institución familiar.

Por lo anteriormente expuesto, presento y someto a la consideración de esta soberanía la aprobación de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos.

Uno. Se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 39, numeral 2. La Cámara de Diputados contará con las Comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones. Las comisiones ordinarias serán...

Fracción XXV, Familia.

Transitorios.

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Comisión Ordinaria deberá quedar constituida a más tardar dentro de los siete días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del PES

Alejandro González Murillo, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para crear la Comisión de la Familia en la Cámara de Diputados, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Encuentro Social es un instituto político que nació a partir de la coincidencia de mujeres y hombres que compartimos el interés superior en torno a un nuevo pacto social para México, el que, sabemos, sólo puede ser fruto de la combinación de cinco factores armonizados: un Gobierno limitado, una sociedad movilizada, el respeto a la ley y a la dignidad del ser humano y particularmente el reconocimiento y protección del núcleo familiar.

Las y los diputados federales de Encuentro Social entramos en la escena política nacional con una visión equilibrada: libertad en el desarrollo de la persona humana pero con un enfoque de principios y valores en temas como la institución familiar y el matrimonio.

El núcleo familiar es la base sobre la que se funda toda sociedad; donde se forma en valores al individuo. Sin la institución familiar, somos presa de la desintegración social y de la desvalorización; en este sentido, la formación de personas libres, con sólidos valores, es la principal tarea de la familia, por lo cual, para nuestro grupo parlamentario es de gran relevancia su fortalecimiento como uno de los factores necesarios para la creación de un nuevo pacto social.

Las legisladoras y los legisladores federales de Encuentro Social sabemos que la familia es, primero que todo una institución natural; más aún, tenemos claro que, en los principios de la humanidad, la familia era la sociedad, razón por la cual, algunos investigadores del tema hablan de la familia como la sociedad natural.

Sin embargo, la posmodernidad y el individualismo se han encargado de minar la institución familiar; como consecuencia, hoy tenemos sociedades poco solidarias, que huyen del compromiso y la responsabilidad familiar.

El hogar debe ser el lugar donde nuestros niños deben encontrar amor, comprensión y todo el apoyo necesario para su formación integral y su sano desarrollo; por desgracia la posmodernidad se ha encargado de desvalorizar a la institución familiar. En este sentido, para millones de niños y adolescentes mexicanos, la familia ha dejado de ser el lugar de cobijo y protección y se ha convertido, en no pocas ocasiones, en el lugar donde sufren de permanentes vejaciones y violaciones a sus derechos.

Hoy los mexicanos necesitamos del apoyo institucional del Gobierno, para afrontar los graves problemas que afectan a nuestra sociedad –alcoholismo, drogadicción, pobreza, falta de oportunidades, etc.- y que son causa de la desintegración y violencia familiar que soportan millones de mexicanos. De ahí la importancia de la creación de una Comisión de la Familia que se encargue de impulsar iniciativas legales que brinden mayor protección a cada uno de los integrantes del núcleo familiar; igualmente, para promover las políticas públicas necesarias para proteger y reestablecer el tejido y desarrollo social de la familia.

Para las diputadas y los diputados de Encuentro Social, resulta indispensable que nuestro país tenga una institución familiar fortalecida, donde cada uno de sus miembros pueda desarrollarse plenamente en un ambiente de amor, libertad y respeto.

Resumiendo: la humanidad encuentra su fundamento en la familia; por tanto es el principio que da origen a la sociedad y al Estado; esta es la razón por la que el progreso económico y la vida política de una nación, deben estar supeditados al bienestar de la familia.

¿Por qué Encuentro Social hace tanto énfasis en la importancia de la familia? La razón es que un buen núcleo familiar es la base de una sociedad solidaria y comprometida con sus semejantes, hoy la descomposición social y violencia que padecemos los mexicanos, tienen sus orígenes en la falta de solidaridad y compromiso social.

Esta situación, es la que anima a las diputadas y los diputados Federales de Encuentro Social para someter a la consideración de esta Honorable Asamblea la adición de una fracción, al Apartado 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; lo anterior, con la finalidad de crear una Comisión Ordinaria que se aboque al tema de la Familia. Es importante destacar que el Senado de la Republica cuenta desde la pasada Legislatura con una Comisión Ordinaria de la Familia y Desarrollo Humano.

En este contexto, resulta necesario que esta colegisladora cuente con una Comisión Ordinaria de la Familia, que busque fortalecer, desde el ámbito legislativo, la institución familiar.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Soberanía la aprobación de la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos

Único.Se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 39.

1. (...)

2. La Cámara de Diputados contará con las comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones.

Las comisiones ordinarias serán:

I a XXIV (...)

XXV. Familia

XXVI.Fomento Cooperativo y Economía Social;

XXVII.Fortalecimiento al Federalismo;

XXVIII.Ganadería;

XXIX.Gobernación;

XXX.Hacienda y Crédito Público;

XXXI.Igualdad de Género;

XXXII.Infraestructura;

XXXIII.Justicia;

XXXIV.Juventud;

XXXV.Marina;

XXXVI.Medio Ambiente y Recursos Naturales;

XXXVII.Pesca;

XXXVIII.Población;

XXXIX.Presupuesto y Cuenta Pública;

XL.Protección Civil;

XLI.Puntos Constitucionales;

XLII.Radio y Televisión;

XLIII.Recursos Hidráulicos;

XLIV.Reforma Agraria;

XLV.Relaciones Exteriores;

XLVI.Salud;

XLVII.Seguridad Pública;

XLVIII.Seguridad Social;

XLIX.Trabajo y Previsión Social;

L.Transparencia y Anticorrupción;

LI.Transportes;

LII.Turismo, y

LIII.Vivienda.

3. (...)

Transitorios

Primero: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo: La Comisión Ordinaria, deberá quedar constituidas a más tardar dentro de los siete días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 5 días del mes de noviembre de 2015.— Diputados: Alejandro González Murillo,Ana Guadalupe Perea Santos, Hugo Eric Flores Cervantes, Gonzálo Guízar Valladares, José Alfredo Ferreiro Velazco, Norma Edith Martínez Guzmán (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Torres. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

Tiene ahora la palabra por cinco minutos, el diputado Julio Saldaña Morán. Antes, diputado, discúlpeme. Sonido en la curul de la diputada Norma Edith, por favor.

La diputada Norma Edith Martínez Guzmán (desde la curul): Solicito la voz para pedirle a la diputada Melissa y al diputado Gonzalo, que es quien propone la iniciativa, nos permita unirnos a esta excelente propuesta. Fortalecer a la familia es tener un México fuerte, sano y con pleno desarrollo.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputada Melissa Torres, solicitan adherirse a su iniciativa. Manifiesta su asentimiento, entonces está aquí a disposición para su correspondiente suscripción.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Ahora sí tiene la palabra por cinco minutos el diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Julio Saldaña Morán:Gracias, diputado presidente. El problema de la corrupción va más allá de la desviación o apropiación de recursos públicos por parte de los servidores públicos, sino también implica anteponer el interés particular al interés general, en detrimento de la comunidad mexicana.

Nuestro país está en camino de construir la democracia. Por ello, la Presidencia de la República debe ser una institución democrática, no un espacio ajeno a la norma. La persona que detente el honroso encargo de presidente de la República es depositario de la confianza de los ciudadanos y tiene la enorme responsabilidad de conducir y de administrar los asuntos y recursos públicos con honestidad y con transparencia.

El presidente de la República es, a la vez, jefe de Estado y de gobierno, pero al mismo tiempo es servidor público. Su conducta en la cúspide de la pirámide de la administración pública debe permear de ejemplo y compromiso público, debe ser guardián y garante de la integridad de los bienes del Estado y no cabeza de facción, que hace de estos bienes botín. Una Presidencia al margen de la ley y de las responsabilidades debilita al Estado. Una Presidencia que maneje y esté sujeta a la norma es ejemplo de una buena democracia y transparencia.

El PRD votó a favor la reforma que creó el sistema nacional anticorrupción, a pesar de que nuestra demanda y propuesta de incluir al presidente de la República como sujeto de responsabilidad en esta materia no fue aceptada.

Entendemos que la construcción democrática requiere de aproximaciones sucesivas, requiere de sensibilidad de los actores políticos, requiere de altura de miras, de entender que la construcción de la ley va más allá de un tiempo y de una persona determinada.

El PRD ha presentado aquí, en la Cámara de Diputados, desde siempre, planteamientos para que desde la cabeza del Estado, el titular del Ejecutivo, haya previsiones legales que no admitan espacios de discrecionalidad que puedan generar incertidumbre jurídica e impunidad, que constituyan incentivos a posibles actos de corrupción.

Lo que proponemos forma parte de la normalidad de cualquier país democrático del mundo, que en el artículo 108 el presidente de la república pueda ser sujeto de responsabilidad por violaciones a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebida de fondos y recursos federales, delito de corrupción y delitos graves de orden común.

En el artículo 110 se propone que el presidente de la república pueda ser sujeto de juicio político. Es decir, la reforma propuesta contempla las conductas genéricas y el procedimiento ya contemplado en la Constitución Política.

Entendemos que son escenarios extremos, pero aun así deben ser previstos y contemplados en la ley. En la comunidad internacional hay multitud de ejemplos en los que los jefes de Estado o de gobierno han sido procesados por actos de corrupción y las instituciones se han preservado, por los protocolos y procedimientos han funcionado y la vida pública se ha fortalecido. Así para que un sistema nacional de anticorrupción sea completo es necesario y contempla al presidente como sujeto de responsabilidad en conductas que puedan ser constituidas de delito de corrupción.

El PRD seguirá insistiendo en la construcción de un Estado democrático. Con esta iniciativa volvemos a proponer que en un espíritu de equidad e igualdad todos los servidores públicos, incluyendo al titular del Ejecutivo, estén sujetos a las normas de anticorrupción y no se escuden en su cargo para incrementar su fortuna personal o la de su familia a cuenta del quebranto del Estado y de la sociedad mexicana que contribuye con su trabajo y sus impuestos. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del PRD

La corrupción es un problema de gran importancia, no sólo implica la desviación y/o apropiación de recursos públicos que la sociedad confía al Estado y a los servidores encargados de su administración, la corrupción es también expresión del trastocamiento de los fines del Estado mismo, es anteponer el interés particular al interés general en detrimento de la comunidad.

México aspira a ser un estado democrático, en la democracia todos los ciudadanos, gobernantes y gobernados, deben estar sujetos a la ley, la existencia de excepciones niega la igualdad de todos frente a la ley, carácter mismo de la democracia.

Argumentos

Un estado democrático requiere de instituciones fuertes.

La fortaleza de las instituciones democráticas proviene de un marco normativo de aplicación general que se sustraiga de la discrecionalidad en su aplicación. La ley como define Aristóteles es razón desprovista de pasión.

Para que la convivencia política sea posible, los ciudadanos todos deben someterse a lo que disponga la ley, pero más observantes de la ley deben de ser los ciudadanos que detentan las magistraturas y las responsabilidades de Estado.

México está en camino de construir la democracia, hay mucho camino por recorrer, hay muchas resistencias y obstáculos, la Presidencia de la República debe de ser una institución democrática, no un espacio de excepción a la norma. La persona que detente el honroso encargo de presidente de la República es depositario de la confianza de los ciudadanos y tiene la enorme responsabilidad de conducir y de administrar los asuntos y recursos públicos con honestidad y con transparencia.

El presidente de la República es a la vez jefe de Estado y de gobierno, pero al mismo tiempo es servidor público, su conducta en la cúspide de la pirámide de la administración pública debe permear de ejemplo y compromiso público, debe ser guardián y garante de la integridad de los bienes del Estado y no cabeza de facción que hace de estos bienes botín.

Una presidencia al margen de la ley y de las responsabilidades debilita al Estado.

El PRD votó a favor la reforma que creó el Sistema Nacional Anticorrupción, a pesar de que nuestra demanda y propuesta de incluir al presidente de la República como sujeto de responsabilidad en esta materia no fue aceptada. Entendemos que la construcción democrática requiere de aproximaciones sucesivas, requiere de sensibilidad de los actores políticos, requiere de altura de miras, de entender que la construcción de la ley va más allá de un tiempo y de una persona determinadas.

El PRD ha presentado aquí en la Cámara de Diputados, desde siempre, planteamientos para que desde la cabeza del Estado, el titular del Ejecutivo, haya previsiones legales que no admitan espacios de discrecionalidad que puedan generar incertidumbre jurídica e impunidad que constituyan incentivos a posibles actos de corrupción.

En ese sentido, hemos propuesto en diversas oportunidades la reforma al artículo 108 constitucional, que han enfrentado la oposición de los grupos mayoritarios, que además han detentado la presidencia en diferentes ocasiones. Desde su óptica la reforma propuesta resulta algo inaceptable, inadmisible, como si se estuviera proponiendo la destrucción del Estado porque se caerían las instituciones y se generaría ingobernabilidad si se juzgara al presidente de la República por actos de corrupción. Nada más absurdo y alejado de la realidad.

Lo que proponemos forma parte de la normalidad democrática de cualquier país democrático, que en el artículo 108, el presidente de la República pueda ser sujeto de responsabilidad por violaciones a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebida de fondos y recursos federales, delitos de corrupción y delitos graves de orden común. Esto pasa en cualquier república democrática. En el artículo 110 se propone que el presidente de la República pueda ser sujeto de juicio político. Es decir, la reforma propuesta contempla las conductas genéricas y el procedimiento ya contemplado en la Constitución. Entendemos que son escenarios extremos, pero aun así deben de ser previstos y contemplados en la ley.

En la comunidad internacional hay multitud de ejemplos en los que los jefes de Estado o de gobierno han sido procesados por actos de corrupción, y las instituciones se han preservado, los protocolos y procedimientos han funcionado y la vida pública se ha fortalecido.

Han sido encontrados en actos de corrupción y han activado los procedimientos legales previstos en su legislación casos como el del presidente de Brasil, Fernando Collor de Melo, que renunció cuando el Senado inició el procedimiento para su destitución por actos de corrupción. En Argentina los procesos seguidos en contra del ex presidente Menem y del presidente de la Rua. También en su momento el caso de Carlos Andrés Pérez, en Venezuela, que fue juzgado por malversación de fondos. Recientemente Otto Pérez Molina, de Guatemala, detenido y procesado por corrupción, todos ellos en el ámbito de países de América Latina, por no mencionar casos en países reputados como plenamente democráticos como en Francia el caso de Nicolás Sarkozy, que también fue inculpado por delitos de corrupción activa y de tráfico de influencias. Richard Nixon en Estados Unidos, Berlusconi en Italia, Sócrates en Portugal, entre muchos otros.

Así para que un Sistema Nacional Anticorrupción sea completo es necesario que contemple al presidente como sujeto de responsabilidad en conductas que puedan ser constitutivas de delitos de corrupción.

Reconocemos que en este andar de aproximaciones sucesivas ha estado presente también la sociedad civil a través de organismos como la Red por la Rendición de Cuentas, como Fundar, como México Evalúa y otros más, que han presentado propuestas puntuales y que han sido recogidas en diferentes grados y medidas.

El PRD seguirá insistiendo en la construcción de un Estado democrático, con esta iniciativa volvemos a proponer que en un espíritu de equidad e igualdad todos los servidores públicos, incluyendo al titular del Ejecutivo, estén sujetos a las normas anticorrupción y no se escuden en su cargo para incrementar su fortuna personal o la de su familia a cuenta del quebranto del Estado y de la sociedad mexicana que contribuye con su trabajo y sus impuestos.

Hago un llamado a mis compañeros legisladores para que con visión de Estado y voluntad política demos otro paso hacia adelante para adecuar el diseño institucional a las exigencias y necesidades actuales para que en el futuro próximo se puedan sancionar, prevenir, disuadir, y corregir comportamientos tendientes a la corrupción.

Fundamento Legal

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto.

Denominación del Proyecto

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Texto normativo propuesto

Artículo Primero. Se reforman y adiciona el primer y segundo párrafo del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este título se reputarán como servidores públicos al presidente de la República, a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la administración pública federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

El presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, será responsable por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebidos de fondos y recursos federales. Podrá ser acusado por delitos graves del orden común, por faltas administrativas graves, por actos de corrupción, por daño patrimonial al Estado y por conflicto de intereses.

...

...

...

Artículo Segundo. Se reforma y adiciona el primer párrafo del artículo 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 110.Podrán ser sujetos de juicio político el presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el jefe de gobierno del Distrito Federal, el fiscal general de la República, el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, los magistrados y jueces del Fuero Común del Distrito Federal, los consejeros de la Judicatura del Distrito Federal, el consejero presidente, los consejeros electorales, y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

...

...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2015.— Diputado Julio Saldaña Morán (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Saldaña. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.



LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra por cinco minutos la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos.

La diputada Delia Guerrero Coronado:Muchas gracias, presidente. En los últimos años han proliferado en todo el país las plazas y los centros comerciales en donde las personas acuden a realizar sus compras y pasar el tiempo en compañía de sus familias.

Hoy en día existen en nuestro país 584 centros comerciales que generan 530 mil empleos y ventas anuales por 2 mil 550 millones de dólares.

Sin duda alguna, el proceso de transformación impulsado por el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto ha incrementado la confianza de los inversionistas en el país, lo que permitirá atraer capitales y generar más empleos para los mexicanos consolidando a México como líder mundial en el sector de los bienes y servicios.

Ante las fortalezas con las que México cuenta como país líder en plazas y centros comerciales a nivel regional y las perspectivas de crecimiento para esta industria en los próximos años, los legisladores tenemos la obligación de incrementar los beneficios sociales para los consumidores.

Bajo este tenor, una de las áreas de mejora indudablemente es el funcionamiento de los estacionamientos de los centros comerciales por los cuales hoy en día se cobra una cuota variable, a veces excesiva, en perjuicio de los consumidores.

Ante ello, la presente iniciativa busca fortalecer la capacidad de compra de los clientes que visitan los centros comerciales en sus automóviles a través de la prohibición del cobro de estacionamiento en este tipo de establecimientos.

Si bien, en algunos centros y plazas comerciales no se cobra por el uso de sus lugares de estacionamiento estos representan una minoría en comparación con los que sí lo hacen.

Hay que decir que la cuota por estacionamiento difícilmente tiene una justificación, tomando en cuenta que la mayoría de los centros comerciales han adoptado sistemas automatizados para la expedición de boletos y el cobro del servicio.

Otro argumento que se ha manifestado en contra de la gratuidad de los estacionamientos refiere que de llegar a concretarse los administradores de los centros comerciales dejarían de contar con recursos para garantizar la seguridad de las personas y la protección de los vehículos.

Al respecto, lo primero que hay que señalar es que la seguridad pública es una competencia de las autoridades de los municipios y en su caso de los estados, no de los centros comerciales.

En segundo lugar, es bien sabido que en los centros comerciales cada vez hacen un uso mayor de sistemas de video vigilancia que forman parte de los gastos de inversión que de cualquier forma tendrían que realizar.

Así, el argumento de la seguridad se diluye cuando se confronta con este tipo de consideraciones. Aunado a lo anterior, es de subrayarse que no existe una política regulatoria bien definida para determinar las tarifas en los centros comerciales.

De la misma forma, existen aquellos que no cobran por el uso de sus estacionamientos, como se comentó en párrafos anteriores. También hay algunos otros que cobran tarifas excesivas. En el Distrito Federal, donde el costo promedio por hora de estacionamiento es de 10 pesos, cinco centros comerciales cobran el doble y hasta casi el triple de esta tarifa, como es el caso de Perisur, que cobra 26 pesos por hora, llegando a ganar prácticamente un millón de pesos diarios.

Con esta iniciativa no solo evitaremos este tipo de cobros excesivos, sino que también se alienta el crecimiento de los centros comerciales, pues se liberaría a los consumidores un importe que finalmente lo podrían destinar para adquirir otro tipo de artículos y servicios en dichos establecimientos.

En lo que respecta a los estacionamientos públicos, si bien lo son el objeto inicial de esta iniciativa, también se pretende incorporar expresamente la facultad de las entidades federativas para regular las tarifas que se cobran en ellos.

De esta manera, las legislaturas locales contarán con la competencia explícita, así como un plazo determinado, estipulado en el apartado transitorio para expedir ordenamientos que eviten el cobro de tarifas excesivas y prácticas abusivas en perjuicio del consumidor.

Por otro lado, también se estipula que la normatividad en materia de estacionamiento deberá garantizar condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad, entre otras cuestiones, que atiendan el interés público.

Es importante mencionar que esta iniciativa se suma a otros esfuerzos legislativos de orden local que buscan eliminar el cobro de este servicio.

En diversas entidades de la república ya se han hecho planteamientos, iniciativas en este sentido, algunas de ellas con éxito.

En el Distrito Federal se propuso dar dos horas de estacionamiento gratuito a clientes como parte de una iniciativa integral para regular a los estacionamientos.

En San Luis Potosí se propuso establecer en la Ley de Desarrollo Urbano del estado, que tratándose de actividades comerciales el uso de los cajones de estacionamiento a que se refiere el párrafo anterior, deberá ser sin costo para el usuario a excepción de las que su actividad directa sea exclusiva de ese servicio; también las propuestas en los estados de Baja California, de Coahuila, de Veracruz.

En el Congreso de la Unión tenemos la facultad para recoger estas iniciativas y plasmarlas en una legislación de orden general, con el objeto de que en todo el país se establezca el estacionamiento gratuito en plazas y centros comerciales.

Los diputados del PRI seguiremos promoviendo iniciativas para favorecer al mercado interno procurando que el crecimiento económico se traduzca en beneficios sustantivos para las familias mexicanas. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Delia Guerrero Coronado, diputada federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 6o., numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VII, recorriéndose la subsecuente, al artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En los últimos años han proliferado en todo el país las plazas y los centros comerciales en donde las personas acuden a realizar sus compras y pasar el tiempo en compañía de sus familias.

Las ventajas competitivas de México, como su cercanía con Estados Unidos y el incremento de comercio con China, lo han consolidado como una potencia mundial en el desarrollo de este tipo de establecimientos de operaciones de compra y venta, pero también de esparcimiento, entretenimiento y recreación.

El crecimiento de los centros comerciales está ligado al proceso de urbanización en México. A partir de la década de los ochenta, nuestro país se tornó predominantemente urbano. Mientras que en 1900, el país contaba con 33 ciudades de más de 15 mil habitantes, en donde habitaban 1.4 millones de personas (10.4 por ciento de la población), para la década de los ochenta, 36.7 millones de personas, que representaban más de la mitad de la población, residía en localidades urbanas.

Las tendencias indican que el proceso de urbanización continuará, aunque a menor velocidad que en las décadas anteriores, de manera que entre 2010 y 2030, la población urbana en México pasará de 71.6 a 83.2 por ciento.

Hoy, en el país hay 584 centros comerciales, que generan 530 mil empleos y ventas anuales por 2 mil 550 millones de dólares. De acuerdo con International Council of Shopping Centers, México es el país líder en Latinoamérica, superando a Brasil que cuenta con 511 centros, aunque con prácticamente el doble de población.

Reporte 2015, International Council of Shopping Centers.

Sin duda, el proceso de transformación impulsado por el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto ha incrementado la confianza de los inversionistas en el país, lo que permitirá atraer capitales y generar más empleos para los mexicanos, consolidando a México como líder mundial en el sector de los bienes y servicios.

Para 2015, se espera la apertura de 38 nuevos centros comerciales más en nuestro país, con 1 millón de metros cuadrados y una inversión aproximada de 25 mil millones de pesos, lo que se traducirá en la generación de 35 mil empleos directos. Adicionalmente, se pronostica que en la próxima década, se abrirán alrededor de 200 centros comerciales más, con lo que nos estaríamos acercando a la cifra de 800 centros comerciales.

En síntesis, el crecimiento de las plazas y centros comerciales es una buena señal económica que refleja el dinamismo del mercado interno, el avance del comercio formal y la presencia de empresas globales detonadoras de empleos y oportunidades.

Ante las fortalezas con las que México cuenta como país líder en plazas y centros comerciales a nivel regional y las perspectivas de crecimiento para esta industria en los próximos años, los legisladores tenemos la obligación de incrementar los beneficios sociales para los consumidores.

En este tenor, una de las áreas de mejora indudablemente es el funcionamiento de los estacionamientos de los centros comerciales, por los cuales hoy se cobra una cuota variable, a veces excesiva, en perjuicio de los consumidores.

Ante ello, la presente iniciativa busca fortalecer la capacidad de compra de los clientes que visitan los centros comerciales en sus automóviles, a través de la prohibición del cobro de estacionamiento en este tipo de establecimientos.

De acuerdo con el Inegi, en México hay 25 millones de vehículos en circulación, los cuales son utilizados como una forma de transporte segura y rápida, especialmente para las operaciones de compraventa cotidiana de millones de familias, como el abastecimiento de víveres, la adquisición de bienes, tan sólo por nombrar algunos usos.

Si bien en algunos centros y plazas comerciales no se cobra por el uso de sus lugares de estacionamiento, estos representan una minoría en comparación con los que sí lo hacen.

Hay que decir que la cuota por estacionamiento difícilmente tiene una justificación, tomando en cuenta que la mayoría de los centros comerciales han adoptado sistemas automatizados para la expedición de boletos y el cobro del servicio.

Ahora bien, es verdad que los desarrolladores de los centros comerciales realizan importantes inversiones para la construcción de los estacionamientos. La firma Newmark Grubb calcula que el costo promedio de construcción de un metro cuadrado de cajón oscila entre los 3 mil y los 5 mil pesos. Sin embargo, si tomamos en cuenta que cada año se generan ganancias superiores a 2 mil 500 millones de dólares, es evidente que los desarrolladores recuperan su inversión.

Otro argumento que se ha manifestado en contra de la gratuidad de los estacionamientos refiere que de llegar a concretarse, los administradores de los centros comerciales dejarían de contar con recursos para garantizar la seguridad de las personas y la protección de los vehículos. Al respecto, lo primero que hay que señalar es que la seguridad pública es una competencia de las autoridades de los municipios y, en su caso de los estados, no de los centros comerciales.

En segundo lugar, es bien sabido que los centros comerciales cada vez hacen un uso mayor de sistemas de videovigilancia que forman parte de los gastos de inversión que de cualquier forma tendrían que realizar. Así, el argumento de la seguridad se diluye cuando se confronta con este tipo de consideraciones.

Aunado a lo anterior, es de subrayarse que no existe una política regulatoria bien definida para determinar las tarifas en los centros comerciales. De la misma forma en existen aquellos que no cobran por el uso de sus estacionamientos, como se comentó en párrafos previos, también hay algunos otros que cobran tarifas excesivas.

En el Distrito Federal, donde el costo promedio por hora de estacionamiento es de 10 pesos, cinco centros comerciales cobran el doble y hasta casi el triple de esta tarifa, como en el caso de Perisur, que cobra 26 pesos por hora, llegando a ganar prácticamente 1 millón de pesos por día.

Con esta iniciativa no sólo evitaremos este tipo de cobros excesivos sino que también se alienta el crecimiento de los centros comerciales, pues se liberaría a los consumidores de un importe que finalmente lo podrían destinar para adquirir otro tipo de artículos y servicios en dichos establecimientos.

Respecto a los estacionamientos públicos, si bien no son el objeto esencial de esta iniciativa, también se pretende incorporar expresamente la facultad de las entidades federativas para regular las tarifas que se cobran en ellos. De esta manera, las legislaturas locales contarán con la competencia explícita, así como un plazo determinado –previsto en el apartado transitorio– para expedir ordenamientos que eviten el cobro de tarifas excesivas y prácticas abusivas en perjuicio del consumidor.

Por otro lado, también se establece que la normatividad en materia de estacionamiento deberá garantizar condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad, entre otras cuestiones que atiendan al interés público.

Marco jurídico

El artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos instituye que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.

El artículo 73, fracción XXIX-C, faculta al Congreso de la Unión para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos.

La Ley General de Asentamientos Humanos establece la concurrencia de la federación, de las entidades federativas y de los municipios, para la ordenación y regulación de los asentamientos humanos en el territorio nacional.

En el artículo 3o., esta ley señala que el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, tenderá a mejorar el nivel y calidad de vida de la población urbana y rural mediante: la distribución equilibrada y sustentable de los centros de población y las actividades económicas en el territorio nacional; la adecuada interrelación socioeconómica de los centros de población; la estructuración interna de los centros de población y la dotación suficiente y oportuna de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos; el ordenado aprovechamiento de la propiedad inmobiliaria en los centros de población; el desarrollo y adecuación en los centros de población de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos que garanticen la seguridad, libre tránsito y accesibilidad que requieren las personas con discapacidad.

El Programa Nacional de Desarrollo Urbano 2014-2018, por su parte, establece como el primero de sus objetivos el controlar la expansión de las manchas urbanas y consolidar las ciudades para mejorar la calidad de vida de los habitantes; para lo cual, dispone como una de las estrategias el mejorar los instrumentos en materia de planeación y gestión urbana para fomentar ciudades compactas. Una de las líneas de acción en este punto consiste en realizar estudios sobre los requerimientos de cajones de estacionamientos en normativas locales, para hacer eficiente su uso.

El marco jurídico vigente puede ser complementado con una reforma que, mirando por el bien común, ordene la gratuidad de los estacionamientos en los centros comerciales, la regulación de los estacionamientos públicos y la previsión de garantizar cajones de estacionamiento para los vehículos de las personas con discapacidad.

Iniciativas en los estados

Es importante mencionar que esta iniciativa se suma a otros esfuerzos legislativos de orden local que buscan eliminar el cobro de este servicio. En diversas entidades de la república se han planteado iniciativas en este sentido, algunas de ellas con éxito.

En el Distrito Federal se propuso dar dos horas de estacionamiento gratuito a clientes, como parte de una iniciativa integral para regular a los estacionamientos.

En San Luis Potosí se propuso establecer en la Ley de Desarrollo Urbano del estado: “Tratándose de actividades comerciales, el uso de los cajones de estacionamiento a que se refiere el párrafo anterior, deberá ser sin costo para el usuario, a excepción de las que, su actividad directa sea exclusiva de ese servicio.

En Baja California se propuso reformar la Ley de Edificaciones para garantizar el acceso gratuito de los consumidores a los estacionamientos comerciales.

En Coahuila se planteó reformar Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del estado, a efectos de precisar la obligatoriedad de los Comercios de brindar a sus usuarios consumidores un cajón de estacionamiento gratuito sin costo alguno.

En Veracruz y Guerrero se propusieron reformas de la Ley que regula las Construcciones Públicas y Privadas y a la Ley de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, con el mismo propósito.

En febrero de 2015, el Congreso de Morelos dio el siguiente paso al aprobar reformas Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable para establecer que en todos los centros y plazas comerciantes el estacionamiento para los clientes deberá ser gratuito.

En el Congreso de la Unión tenemos la facultad para recoger estas iniciativas y plasmarlas en una legislación de orden general, con el objeto de que en todo el país se establezca el estacionamiento gratuito en plazas y centros comerciales.

Los diputados del PRI seguiremos promoviendo iniciativas para favorecer al mercado interno, procurando que el crecimiento económico se traduzca en beneficios sustantivos para las familias mexicanas.

Con base en lo expuesto tengo a bien proponer a esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Único.Se adiciona una fracción VII, recorriéndose la subsecuente, al artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos, para quedar como sigue:

Artículo 32. La legislación estatal de desarrollo urbano señalará los requisitos y alcances de las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, y establecerá las disposiciones para

I. a VI. ...

VII. La regulación de los estacionamientos, la cual deberá contemplar, al menos, las tarifas aplicables a los estacionamientos públicos, la gratuidad del servicio para los clientes de centros comerciales y garantizar condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad, entre otras cuestiones que atiendan al interés público.

Artículos Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.A partir de la entrada en vigor del presente decreto, los congresos locales contarán con 60 días naturales para realizar las reformas correspondientes, a efecto de establecer el estacionamiento gratuito en las plazas y los centros comerciales, en términos de lo dispuesto en el artículo 32, fracción VII, de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Notas:

1 Reporte 2015, International Council of Shopping Centers.

2 Revista Forbes, “México abrirá 38 centros comerciales en 2015”, 2 de marzo de 2015, http://www.forbes.com.mx/mexico-abrira-38-centros-comerciales-en-2015/

3 Nota “Ganan 5 malls más por estacionamientos”, 24 de septiembre de 2015.

http://www.reforma.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx? id=650072&md5=df1aec8bd6470d7093f855d514e5009a &ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe

4 Iniciativa de decreto que crea la Ley de Estacionamientos Públicos del Distrito Federal, presentada por los diputados Israel Betanzos Cortés y Raúl Antonio Nava Vega, de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM, el 9 de diciembre de 2009. http://www.aldf.gob.mx/archivo-e87dc25355cd81e4d97dabafe8c1dc4a.pdf

5 Iniciativa que reforma la fracción IV del artículo 156 de la Ley de Desarrollo Urbano de San Luis Potosí, presentada por el diputado José Francisco Martínez Ibarra el 19 de marzo de 2015. http://189. 206.27.36/iniciativas/796.pdf

6 Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 22, 23 y 25 de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, presentada por los diputados Irma Martínez Manríquez y José Alberto Martínez Carrillo el 4 de junio de 2015. http://www.congresobc. gob.mx/www/gaceta/XXI/gace-par-ord-04-06-15_COMPLETO.pdf

7 Iniciativa que adiciona la fracción XXXV al artículo 3, la fracción XIV al artículo 271 y un segundo párrafo al artículo 263 de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, presentada por los diputados Luis Gurza Jaidar y Shamir Fernández Hernández el 3 de septiembre de 2015. http://congresocoahuila.gob.mx/portal/?page_id=10623

8 Iniciativa de reforma a la Ley que regula las Construcciones Públicas y Privadas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el diputado Jesús Vázquez González el 30 de septiembre de 2015. http://www.legisver.gob.mx/gaceta/gacetaLXIII/GACETA101. pdf

9 Iniciativa propuesta por la diputada Rosaura Rodríguez Carrillo el 16 de octubre de 2015. http://congresogro.gob.mx/index.php/fotos/3620-proponen-estacionamiento-gratuit o-en-centros-comerciales

10 https://www.diariodemorelos.com/content/ser%C3%A1-gratis-lugar-para-estacionar- en-las-plazas

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 4 de noviembre de 2015.— Diputados: Delia Guerrero Coronado,Juan Antonio Meléndez Ortega, Fabiola Guerrero Aguilar (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Guerrero. Túrnese a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.



LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, el diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

El diputado Luis Gilberto Marrón Agustín:Con su permiso, señor presidente. Esta iniciativa es complemento de la que ya se presentó, que reforma el artículo 79 constitucional. Y a pesar de que las participaciones federales provienen de los impuestos que pagamos los ciudadanos de este país, estas siguen a cargo exclusivamente de instancias físcalizadoras, locales, que no garantizan el buen desempeño al momento de llevar a cabo los trabajos de auditorías.

Si revisamos el artículo 79 constitucional y los diferentes artículos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, que versan sobre el tema de fiscalización de las participaciones federales, es posible encontrar una contradicción en su redacción.

El primer artículo citado señala, que la Auditoría Superior de la Federación tiene la facultad de fiscalizar en coordinación con las entidades locales de fiscalización, las participaciones federales; sin embargo, cuando revisamos la ley secundaria, notamos que la misma establece candados en diferentes artículos para que la Auditoría federal revise los ingresos, los egresos, subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública, pero hace una excepción de las participaciones federales. Es decir, la ley secundaria contradice el mandato constitucional.

Así, la presente iniciativa busca complementar la iniciativa que presenté en materia constitucional respecto a la fiscalización de las participaciones federales, y regular desde la ley reglamentaria de los órganos locales la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas la fiscalización de dichas participaciones en el ámbito estatal y municipal y cumplir así con el proceso de reforma de las leyes que corresponden.

Queremos dejar constancia también que reconocemos que la Auditoría Superior de la Federación ha demostrado su alto sentido de responsabilidad e imparcialidad en los trabajos de auditoría, pero esto no ha sido suficiente.

Desde aquí hacemos un llamado a la Procuraduría General de la República para que desatore las más de 500 querellas que tiene en su escritorio presentadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dé el cauce debido. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo del diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal Luis Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional correspondiente a la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, en materia de estímulos fiscales, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Una de las principales exigencias de nuestra sociedad ha sido la transparencia y rendición de cuentas del ejercicio del gasto público.

A partir de este elemento base de cualquier democracia, en México se han demandado constantemente modificaciones a la norma vigente que garanticen dos principios básicos: 1) El ejercicio eficiente y transparente de los recursos públicos y; 2) La Rendición de Cuentas.

Derivado de las exigencias y principios antes señalados, es importante señalar que durante la administración panista se dio una apertura total a la información sobre el ejercicio del recurso Federal, Estatal y Municipal.

Actualmente, las dependencias de los diferentes órdenes de gobierno son obligados por las diferentes leyes a publicar información sobre la forma en que gastan sus recursos, garantizando con ello, el acceso de cualquier ciudadano a la información presupuestal.

No obstante lo anterior, las leyes vigentes contienen candados que no permiten tener acceso total a cierto tipo de información por considerarse exclusiva de la federación o en su caso, de los gobiernos locales.

Aun cuando contamos con instancias como la Auditoría Superior de la Federación, ASF, cuyo objetivo se centra en fiscalizar el ejercicio de los recursos a los tres Poderes de la Unión, los órganos autónomos, entidades federativas y municipios, así como a todos aquellos que ejercen recursos provenientes del erario público, todavía no le es posible fiscalizar las participaciones federales porque la ley así lo establece, dejando la atribución a los órganos locales de fiscalización que en la mayoría de los casos terminan siendo oficialía de partes de los Gobernadores pues resulta común que los auditores se sometan a sus criterios y demandas malsanas para la transparencia y rendición de cuentas.

Es decir, a pesar de que las participaciones federales provienen de los impuestos que pagamos los ciudadanos de este país, éstas siguen a cargo exclusivamente de instancias fiscalizadoras locales que no garantizan el buen desempeño al momento de llevar a cabo los trabajos de auditorías.

Si revisamos el artículo 79 constitucional y los diferentes artículos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF) que versan sobre el tema de la fiscalización de las participaciones federales, es posible encontrar una contradicción en su redacción.

El primer artículo citado señala que la ASF tiene la facultad de fiscalizar “en coordinación con las entidades locales de fiscalización, las participaciones federales.

Sin embargo, cuando revisamos la ley secundaria (LFRCF) notamos que la misma, establece candados en diferentes artículos para que la auditoría federal revise los ingresos, los egresos, subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública pero hace una excepción de las participaciones federales. Es decir, la ley secundaria contradice el mandato constitucional.

Aunque el máximo ordenamiento legal es la Constitución, las entidades federativas se han aprovechado de esta laguna para cometer diversas irregularidades en el ejercicio de los recursos públicos, principalmente de las participaciones federales.

No es cosa menor si tomamos en cuenta que del total del presupuesto de egresos de la Federación que se ejerce en un año, una tercera parte corresponde a los recursos que se destinan a los estados y municipios por concepto de gasto federalizado.

De acuerdo con datos de las estadísticas oportunas de finanzas elaborada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, durante los últimos tres años la Federación ha destinado a través de participaciones y aportaciones federales un total de 3.3 billones de pesos, que comparados con el presupuesto total del país para 2015, representan prácticamente el 67 por ciento de dicho total. A pesar de esto, el impresionante presupuesto dirigido a entidades federativas y municipios no se corresponde con el ejercicio eficiente y transparente de dichos órdenes.

El Informe sobre la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2013 entregado a la Cámara de Diputados por parte de la ASF señala que la revisión solamente de las aportaciones federales, arrojó un total de 6 mil 015 observaciones que representaron el 67 por ciento del total de observaciones emitidas por dicha instancia, mismas que ascendieron a 8 mil 915.

Las observaciones emitidas a estados y municipios derivaron en un impacto económico de más de 36 mil 900 millones de pesos que en comparación con el impacto total, representaron el 65 por ciento. Prácticamente el total de irregularidades y desvío de recursos se dio en los gobiernos locales única y exclusivamente por la revisión de la mitad de los recursos que reciben anualmente.

Entre los estados con mayores irregularidades se pueden mencionar a Chiapas, Michoacán y Veracruz, que en conjunto sumaron un daño al erario público por 17 mil 537 millones que representó el 47 por ciento del total del impacto económico del gasto federalizado resultado de 712 observaciones.

A pesar de que en el transcurso de las auditorías se solventaron parte de las irregularidades, el desvío de recursos y la impunidad con que muchos servidores públicos locales trabajan, fue un hecho. Pocos funcionarios han sido declarados formalmente culpables del daño público al erario federal y de los actos ilícitos que cometieron pero que “repararon” porque fueron auditados. Tan sólo en 2013, las acciones de responsabilidad administrativa sancionatoria fueron 635.

Es cierto, la ASF entrega información sobre la fiscalización que se hace a las aportaciones federales, empero aún no es posible contar con resultados que correspondan a las participaciones federales, que como bien señalamos, se debe a que la ley vigente lo impide.

Así, la presente iniciativa busca complementar la iniciativa que presenté en materia Constitucional respecto a la fiscalización de las participaciones federales y regular desde la ley reglamentaria de los órdenes locales (Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas) la fiscalización de dichas participaciones en el ámbito estatal y municipal y cumplir así con el proceso de reforma en las leyes que corresponden.

Con la modificación que pretendo hacer a través del presente proyecto de iniciativa, cumplo así con dos de los objetivos de nuestra Agenda Legislativa para el presente periodo, pero además, busco frenar los constantes actos de corrupción que se suscitan principalmente en los órdenes locales y que han tenido como resultados, un daño al presupuesto de nuestra nación.

Nuestro país atraviesa por condiciones económicas adversas que han orillado a la Federación al recorte presupuestal. Por esta razón, es fundamental que obliguemos a los órdenes locales a través de la ley, a ejercer los recursos públicos de manera eficiente, en el entendido de que la totalidad de dichos recursos podrán ser fiscalizados.

Queremos dejar constancia también que reconocemos que la ASF ha demostrado su alto sentido de responsabilidad e imparcialidad en los trabajos de auditoría pero esto no ha sido suficiente.

Tenemos que darle las herramientas legales necesarias para que la información que entreguen a la Cámara de Diputados y al público en general, sea suficientemente completa y obliguen a los funcionarios públicos a pensar un poco más, en incurrir en el ejercicio deficiente e irregular del presupuesto local.

Por lo expuesto y con el fundamento legal referido en el proemio del presente documento, presento ante esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforman el segundo párrafo del artículo 1o., el primero párrafo del artículo 37 y el primer párrafo del artículo 38 todos ellos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación para quedar como sigue:

Artículo 1o. ...

La fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública; del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

...

Artículo 37. La Auditoría Superior de la Federación fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; asimismo, fiscalizará directamente los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en otras leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

...

...

...

...

...

...

Artículo 38. El Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado tendrá por objeto fortalecer el alcance, profundidad, calidad y seguimiento de las revisiones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación al ejercicio de los recursos federales que se transfieren a las entidades federativas, a los municipios y a los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, conforme a lo siguiente:

I. a V. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputados: Luis Gilberto Marrón Agustín,Armando Soto Espin, Brenda Velázquez Valdez, César Augusto Rendón García, Claudia Sánchez Juárez, Gina Andrea Cruz Blackledge, Jorge Ramos Hernández, José Máximo García López (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Marrón. Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para dictamen.

Sonido en la curul de la diputada Brenda Velázquez, por favor.

La diputada Brenda Velázquez Valdez (desde la curul): Gracias, presidente. Nada más solicitarle aquí a mi compañero diputado Luis Marrón, si me permite suscribir su iniciativa; la transparencia es muy importante para todos los mexicanos, y es tiempo de apoyar todas estas iniciativas que abonen a la transparencia y a la rendición de cuentas. Es cuanto.

El diputado Luis Gilberto Marrón Agustín:Sí, con gusto, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Está de acuerdo en que sea suscrita por usted, y por quienes lo quieran hacer, aquí estará a disposición la iniciativa para su suscripción correspondiente.



AGENDA POLÍTICA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es el de comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, para lo cual se han registrado, para referirse al tema, diputadas y diputados de los distintos grupos parlamentarios. Tiene en consecuencia la palabra el diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario... perdón, de Encuentro Social.

Entonces ahora sí le pedimos al diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario Encuentro Social, haga uso de la palabra, por favor.

El diputado Alejandro González Murillo:Gracias, presidente. Compañeras y compañeros diputados, el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, por mi conducto, viene a refrendar su compromiso irrestricto en favor del bienestar de los mexicanos.

Por tal razón en la elaboración del Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, habremos de privilegiar la aplicación del gasto público en el combate a la pobreza, la desigualdad social y en la inversión productiva que genera riqueza al país. Reconocemos el esfuerzo del gobierno federal en cuanto a la elaboración del mismo.

Dado el complejo entorno internacional y sus consecuencias en la economía nacional y en particular en las finanzas públicas. Que obligaron a priorizar programas y proyectos, a eliminar los de bajo impacto, a fusionar y a re-sectorizar otros.

De igual manera vale la pena destacar que la contracción del gasto programable se debe a la caída del gasto del gobierno federal en 7.5 por ciento, y de las empresas productivas del Estado en 11.8 por ciento respecto del 2015.

Por otra parte observamos con satisfacción que las participaciones a las entidades federativas, tienen un incremento real de 8.55 por ciento. Lo anterior refleja un genuino interés para ajustar el Presupuesto de Egresos en donde menos impacto social genera.

Por ello proponemos tres premisas fundamentales: combatir la pobreza y la desigualdad con apoyo y protección a los grupos más vulnerables, transformar la cultura política de nuestro país, empezando por la Cámara de Diputados; transparentar el gasto público para que peso por peso sea aplicado conforme al destino previsto, sin opacidad alguna.

El Grupo Parlamentario de Encuentro Social ve con preocupación el aumento real de 91.3 en los adeudos de ejercicios fiscales anteriores. Así como del costo financiero para cubrir las obligaciones del país en materia de deuda pública de 14.4 por ciento, lo cual nos impone el reto de tener una visión plurianual del presupuesto.

Estamos convencidos que los programas productivos son la mejor manera para combatir la pobreza y la desigualdad social. Por lo anterior, creemos necesario fortalecer programas como Fomento a la Economía Social, Fondo Nacional Emprendedor, programa nacional de Financiamiento al Microempresario y la Mujer.

Igualmente, propondremos recursos para el Fondo de Apoyo a Migrantes con la finalidad de darle continuidad a los programas de repatriación, asistencia en el exterior, albergues para menores no acompañados y estaciones de transferencia.

En materia educativa apoyaremos y vigilaremos los programas de infraestructura digna a nuestros educandos, así como de implementos tecnológicos que potencialicen su aprendizaje como las tabletas electrónicas.

Velaremos porque el recurso destinado a este fin sea equiparable al beneficio real de todos nuestros niños.

En ciencia y tecnología insistiremos que se destine el 1 por ciento del producto interno bruto a este rubro, por considerar que los beneficios que aportará el desarrollo a estos sectores les darán grandes beneficios al desarrollo educativo de los mexicanos.

Las condiciones adversas de la economía mundial y de los precios del petróleo redujeron de manera significativa los ingresos federales generando con ello un déficit público del 3 por ciento respectivo al producto interno bruto.

Conforme a la propuesta de presupuesto para 2016, ello nos obliga a ajustar el gasto federal y a complementar el mismo con deuda pública. En nuestra visión política apostamos por el éxito del gobierno federal, sea del partido que sea, porque sabemos que si le va bien al gobierno, le va bien a México. No apostamos al fracaso, apoyamos todas aquellas iniciativas propias o ajenas que abona el crecimiento y desarrollo sustentable de nuestro país.

Somos un grupo parlamentario propositivo que entiende la imperiosa necesidad de alumbrar al Presupuesto de Egreso de la Federación con la luz de la transparencia y rendición de cuentas, no más programas sociales con enfoque clientelista para su uso electoral.

Estamos obligados a rescatar el honor de esta Cámara de Diputados y evitar cualquier posibilidad de repetir penosos episodios históricos de extorsión y de opacidad, sin demagogia y sin detener el avance y el progreso de todo el país. También dejamos muy, muy claro que no seres incongruentes en criticar en un sentido y en votar en otro como se viene haciendo.

Por lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social aprobará en lo general el proyecto de presupuesto 2016. Es cuanto, señora presidenta.

Presidencia de la diputada Daniela De Los Santos Torres

La Presidenta diputada Daniela De Los Santos Torres:Gracias, diputado González. Damos la bienvenida a estudiantes de la licenciatura en ciencias políticas de la Universidad Anáhuac, invitados por el diputado Federico Döring Casar.

También damos la bienvenida a estudiantes de la Universidad Anáhuac México Norte, invitados por el diputado Carlos Iriarte Mercado; y a estudiantes del Tecnológico de Monterrey, invitados por el diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar.

Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos el diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

El diputado Jesús Rafael Méndez Salas:Con el permiso de la Presidencia. Como cada año, esta soberanía se dispone a atender lo dispuesto por el artículo 74 de la Constitución mexicana, en el sentido de analizar, discutir y en su momento aprobar el proyecto de Presupuesto de Egresos formulado por el Ejecutivo federal. Con ello autorizaremos a los diversos organismos gubernamentales de los tres órdenes de gobierno el ejercicio de los recursos públicos disponibles para que cumplen con su función orientada al desarrollo nacional.

En Nueva Alianza estamos convencidos de que este es el acto legislativo de mayor trascendencia para influir en la política pública y el desarrollo del país. En función de ello, actuaremos fieles a nuestros postulados de favorecer la provisión, aseguramiento y permanencia de las condiciones necesarias para el crecimiento y desarrollo nacional y el bienestar social de los mexicanos.

Como grupo parlamentario, las y los legisladores de Nueva Alianza estamos plenamente conscientes de nuestra altísima responsabilidad, de tal manera que observaremos que el Presupuesto de Egresos 2016 cumpla puntualmente con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, rendición de cuentas y transparencia. No puede ser de otra manera.

La sociedad mexicana y el ambiente económico de la nación no nos permiten a ninguno de los Poderes públicos margen para los despilfarros. Basta reiterar que la reingeniería del gasto con la que se formuló el proyecto del Presupuesto de Egresos refleja las condicionantes y estimaciones a las que se enfrentará nuestra economía en 2016, como ya lo hace en este año.

Tan solo la recaudación de ingresos no tributarios al tercer trimestre del año, por 525 mil 968 millones de pesos representa un 33 por ciento menos que lo captado a septiembre de 2014, por lo tanto la decisión que en estos días tomaremos sobre el destino y uso de los 4 billones, 763 mil 874 millones de pesos deberá fundarse en que la inversión pública se oriente a mejorar la calidad de vida de 122 millones de mexicanos.

Asimismo, deberá fortalecer nuestra economía y establecer las condiciones para que las reformas estructurales, como la educativa, cumplan con los propósitos con las que fueron en su momento aprobadas.

Como representantes populares sabemos del débil desempeño de la actividad económica e industrial, así como del bajo nivel de consumo interno, asimismo reconocemos que existen muchas necesidades sociales en el país y ello nos obliga a maximizar los escasos recursos disponibles.

La agenda parlamentaria de Nueva Alianza tiene el firme propósito de contribuir en la disminución que tanto afecta la cohesión social, la reactivación económica, la generación de empleos y la inversión productiva en sectores estratégicos nacionales. Sabemos muy bien que para revertir estas tendencias debemos orientar el gasto público del Presupuesto de Egresos 2016 en aquellos rubros que incentiven el crecimiento económico y, particularmente, promuevan la movilidad social que ayude a superar las condiciones de rezago y vulnerabilidad económica y cultural en la que vive más de la mitad de la población.

En tal sentido, reconocemos que la educación es el principal componente para lograr estos objetivos, por lo que pugnaremos porque el presupuesto educativo contribuya a lograr una educación de calidad equitativa e inclusiva, como lo exige la sociedad.

Tenemos ante nosotros la responsabilidad de decidir nuestro futuro, 33 millones de niños, niñas, adolescentes y jóvenes nos exigen generar las condiciones para que tengan reales oportunidades de desarrollo.

Compañeras y compañeros legisladores, el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza contribuirá en estas discusiones a plantear un gasto público orientado a elevar el bienestar social conscientes del escenario financiero adverso por el que atraviesa el país.

También de manera responsable señalaremos las mejoras que ayuden a sentar las bases para generar las transformaciones que impulsen nuestro desarrollo. Cambiemos las cosas, está en nuestras manos. Muchas gracias. Es cuanto.

La Presidenta diputada Daniela De Los Santos Torres:Gracias, diputado Méndez. Damos la bienvenida a estudiantes de la Universidad de Monterrey, UDEM, invitados por el diputado Álvaro Ibarra Hinojosa. Tiene ahora la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido:Con su venia, presidenta. Compañeros y compañeras diputadas, diputados, el presupuesto de egresos es una de las principales herramientas del desarrollo de una nación, es el reflejo de las prioridades del Estado y de su visión para atender los problemas de la sociedad.

La discusión presupuestal no es un tema menor y no puede reducirse a un intercambio de intereses particulares, que desgraciadamente en el pasado hemos visto traducido en los famosos Moches y en otras prácticas de manifiesto conflicto de interés.

La discusión presupuestal debe representar un momento de reflexión nacional, en donde se reflejen y consensen las agendas que le apuestan a resolver los principales pendientes y problemas de la vida pública, con responsabilidad y visión de largo plazo.

Para Movimiento Ciudadano, la discusión de este paquete presupuestal 2016 es un parteaguas en la coyuntura política nacional, dado que estamos ante la posibilidad de repensar las prioridades ante la posibilidad de que el Estado las refleje en un instrumento de desarrollo, que es el Presupuesto de Egresos de la Federación.

En este sentido, son distintas las cuestiones que nos preocupan del paquete presupuestal. En primer lugar, consideramos que se puede hacer un esfuerzo mayor para contener el gasto superfluo y lograr un ahorro de recursos que hoy se derrochan en cosas que no les sirven a los mexicanos, como son gastos de comunicación social y publicidad, asesorías innecesarias, viáticos, viajes, entre otras cosas más.

Nos preocupa también la drástica disminución en el rubro de inversión pública, que en términos reales baja el 21 por ciento. En particular, también nos alarma la ausencia de una agenda de derechos humanos en materia presupuestal frente a la crisis que hoy vive el país en esta materia.

Nos llama la atención la falta de previsiones para fortalecer a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, al sistema ombudsman, al mecanismo para la protección de los periodistas y defensores de derechos humanos.

De la misma manera, observamos que no estamos aprovechando el momento si se está haciendo uso del presupuesto Base Cero para diseñar nuevos mecanismos de distribución que nos permitan combatir la inequidad y la desigualdad imperante en el país.

Nos preocupa que no se esté atendiendo, desde el presupuesto, el desarrollo de las metrópolis mexicanas. Los fondos metropolitanos, salvo contadas excepciones, no incrementan a pesar de los múltiples retos que tienen las áreas metropolitanas mexicanas.

En este mismo sentido, nos intranquilizan los recortes al gasto social, particularmente al rubro de salud, educación y desarrollo social.

Pero, preocupa más que se apruebe un presupuesto para un modelo de política social agotado, basado en un programa con muchos límites, sobre todo de accesibilidad. En particular, en el rubro educativo nos preocupa que no hay una orientación presupuestal para combatir las inequidades y los rezagos en esa materia. No vemos un enfoque para atender a las localidades rurales, población indígena, niños migrantes, niños que trabajan, entre otros.

Nos preocupa que el único ramo que se incrementó en términos reales, 21.5 por ciento, es el Ramo 15, para el desarrollo agrario, territorial y urbano que carezca de sensibilidad hacia el ciudadano, porque no vemos que se requieren mejoramientos en ampliaciones de vivienda y no asegura dignidad a la familia, ya que muchos desarrollos inmobiliarios se construyen lejos de la fuente de empleo con mala calidad en los materiales, caras para la capacidad del pago del ciudadano y del tamaño inadecuado para las familias.

Por todo lo anterior, Movimiento Ciudadano asumirá a lo largo de los próximos días una postura propositiva y constructiva para impulsar un presupuesto a la altura de los mexicanos y que responda las exigencias de los ciudadanos.

En primer lugar, nos inclinamos por acabar con la opacidad, los moches y el manejo discrecional del presupuesto al interior de esta Cámara.

Reconocemos que es legítimo que los diputados busquen llevar recursos a sus distritos, a los mismos que representan. Ésa es una de sus responsabilidades como representantes populares, pero deben de existir mecanismos de transparencia total, rendición de cuentas y fiscalizaciones efectivas. Movimiento Ciudadano tendrá una postura, una propuesta clara en ese tema.

Por otro lado, en materia de protección civil estamos convencidos de que es momento de dejar de pensar en lo urgente y concentrarnos en lo importante. Por ello, impulsaremos la consolidación de un Sistema Nacional de Protección Civil realmente preventivo que privilegie la reducción del riego de desastres a través de la generación de capacidades de preparación, respuesta y continuidad.

Asimismo, apostamos a un modelo de justicia presupuestal que no castigue a los municipios y entidades federativas sino que sepa distribuir los recursos de manera inteligente y justa, con orientación hacia la inversión pública y el gasto social.

En este sentido abriremos la discusión, para atender las necesidades de un estado que por primera vez en la historia de México cuenta con un gobernador independiente, y por tanto no cuenta con diputados de partido en esta Cámara.

Nuestra responsabilidad como diputados ciudadanos es tener una perspectiva de justicia presupuestal, para atender las necesidades y emergencia de todos los mexicanos sin pensar en colores partidistas.

Impulsaremos, como lo hemos hecho desde el principio, mecanismos de austeridad y contención del gasto superfluo, que se acompañan de mecanismos de transparencia y rendición de cuentas efectivos. Frente a las dificultades macroeconómicas por las que atraviesa nuestro país, el primer paso es acabar con el derroche de los recursos públicos.

En Movimiento Ciudadano creemos que es momento de impulsar una agenda redistributiva que se refleje en el Presupuesto de Egresos creando un piso mínimo de derechos, fundamentalmente en áreas como salud, seguridad social, educación y vivienda. El Presupuesto debe servirnos para enfrentar las grandes problemáticas y rezagos en materia social. Es momento de presupuestar para la equidad.

De manera fundamental pugnaremos por salvaguardar la inversión pública. En medio de la coyuntura económica por la que atraviesa el país no creemos que la salida sea sacrificar la inversión pública, por el contrario, debemos buscar mecanismos alternativos para que ésta no se vea afectada. La inversión pública es el motor del desarrollo de las comunidades. Es cuanto, presidenta.

Quisiera, señora presidenta, si me permite usted, solicitarle a nombre de la presidenta de la Comisión de Protección Civil que el posicionamiento del Fonden que aquí traigo se inscriba en el Diario de los Debates como si se hubiera leído completo en tribuna y le hago entrega, si usted lo tiene a bien, señora presidenta, a la secretaria de esta Mesa Directiva. Es cuanto, muchas gracias.

«Posicionamiento de la diputada María Elena Orantes López, en relación con el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, en materia de Protección Civil y el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

Tuxtla Gutiérrez es una ciudad situada en el estado de Chiapas donde radican los poderes públicos de dicha entidad federativa; es la cabecera del municipio de Tuxtla, la cual se conforma por el núcleo urbano más grande de la entidad, el cual se integra con los municipios de Chiapa de Corzo, Berriozábal, San Fernando, Suchiapa, Ocozocoautla de Espinosa y Osumacinta. Su crecimiento se ha acelerado desde la descentralización administrativa del gobierno, el arribo de capital nacional y extranjero que atrajo inversiones a la ciudad y el aumento de ayudas económicas al desarrollo estatal.

Por su ubicación geográfica, representa un importante espacio de desarrollo donde se concentran las condiciones necesarias para potenciar las ventajas competitivas requeridas para intensificar, de manera sostenible, la economía de la región. Con los resultados del Censo de Población y vivienda 2010, levantado por del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), más de la mitad de la población en Tuxtla Gutiérrez es menor de 30 años y una proporción similar, 56.96 por ciento, representa a la Población Económicamente Activa (PEA). En este contexto demográfico, destacan algunos puntos relevantes de la dinámica económica como la creciente participación de las mujeres en el mercado laboral, la necesidad de atraer nuevas inversiones, consolidar un parque industrial y planear el desarrollo metropolitano en áreas estratégicas como el turismo, comercio e industria.

En razón de que nuestro país ha sufrido varios tipos de desastres naturales como huracanes, sismos e inundaciones, de los cuales el estado de Chiapas no se ha escapado de afrontar como ocurrió entre el 28 de octubre y el 15 de diciembre de 2007, donde por las crecidas históricas en los ríos que recorren, no solo a Chiapas, sino a Tabasco, también provocó pérdidas humanas y severos daños en el patrimonio de la población de ambas entidades federativas.

Es por esas razones que la suscrita considera aumentar el presupuesto que la Federación puede otorgarle a mi Estado, concretamente a la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, para poder otorgarle vía proyectos financiados, la cantidad de 20 millones, 900 mil pesos para poder realizar las accione siguientes:

• Construcción de la Secretaría de Protección Civil.

• Adquisición de dos ambulancias equipadas.

• Equipo de emergencia.

• Sistema de alertamiento por sismo.

• Adquisición de tres motocicletas de pronta respuesta.

• Adquisición de dos vehículos tipo cisterna.

• Adquisición de dos camionetas para protección civil equipadas.

Lo anterior, en razón de la importancia que la protección civil tiene en la vida de los pueblos. Definiremos la protección civil como un sistema por el que cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de desastre o accidente relacionado con esto, así como la salvaguarda de los bienes del conglomerado y del medio ambiente.

Con los recursos que solicito se atiende, en la medida de lo necesario, con esa finalidad, ya que con los insumos y los servicios que se proporcionen con esos recursos, los mexicanos, y fundamentalmente los chiapanecos, tendrán las herramientas necesarias para atender todo tipo de emergencias y de contingencias producto de la naturaleza.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de octubre de 2015.— Diputada federal María Elena Orantes López.»

Presidencia de la diputada María Bárbara Botello Santibáñez

La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Así se hará, diputado. Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Norma Rocío Nahle García, hasta por cinco minutos, del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Norma Rocío Nahle García:Buenas tardes. Con su permiso, señor presidente. El Presupuesto de Egresos, bueno, ya tuvimos un debate sobre los ingresos, sobre lo que vamos a tener, lo que vamos a recibir. No hay cuentas claras en varios rubros, hablamos de la cobertura petrolera que son 17 mil 500 millones de dólares que no aparecen, que se van a ingresar el 31 de diciembre y que tendrían que estarse reportando para el Presupuesto de Egresos del 2016 y no aparece. Y no aparece porque por lo general este dinero se va a gasto corriente.

En aprovechamientos estuvimos viendo que en el 2013 se etiquetaron 227 mil millones de pesos. En el 2014, 249 mil millones de pesos, y en el 2015, hasta septiembre, solamente hay registrados 153 mil millones de pesos.

Así es que muy interesante ver que la minuta del Congreso para el 2016 solamente están etiquetando ingresos de 169 mil millones de pesos, y la cobertura petrolera desaparece; desaparece y en la Ley de Egresos nos hablan de factores de educación, de rubros para salud, capítulo 1000 de servicios personales, hay un concepto, el concepto 1700, que es pago de estímulos a servidores públicos, proyectos de burocracia que no logran aterrizar en una inversión directa.

Nos quiere convencer el gobierno federal, que el proyecto de presupuestos se diseño con una orientación de resultados y con un enfoque de base cero, pero realmente esta base cero representa un recorte al ejercicio, más que un presupuesto diseñado con metodología base cero al ejercicio, pero no al gasto corriente, no al gasto corriente.

El 22 por ciento del gasto programable se concentra en servicios personales, de los cuales podrían verse que puede reasignarse un monto de 50 mil millones de pesos. Éstas y otras linduras estaremos analizando, debatiendo en estos días, antes de que se apruebe el Presupuesto de Egresos.

Morena ha sido enfático al decir: queremos una redistribución al gasto que vaya a desarrollo social, que vaya a educación, que vaya a salud, y hoy vemos que hay una iniciativa de Pensionissste, por ejemplo, donde lejos de asegurar un bienestar social a aquellos que ya se jubilaron, que trabajaron una vida, y que tienen su pequeña pensión asegurada, ahora en forma unilateral este Congreso pretende mandarlos a los Afores a que se bursatilice otra vez su pensión y pierdan, como lo han estado haciendo los últimos años.

El Grupo Parlamentario de Morena está analizando en forma puntual cada rubro, cada redistribución. Nos indigna que todos los días las empresas que dan y proporcionan sustento a este país como la CFE y Pemex, reportan grandes pérdidas y en el Presupuesto vienen reducciones considerables para Pemex y para CFE para orillarlas a que busquen inversión con privados y de esta manera terminar de privatizarlo.

Extraña sobremanera que en el rubro de refinación se muestra omiso, se muestra volátil, llamémosle así, en proyectos concretos que pueden ayudar nuestro sistema de refinación y evitar la importación que tenemos en más de 50 por ciento y que aquí se están llevando un gran, gran negocio, y que es lo que está sosteniendo las finanzas porque de eso se está alimentando la Secretaría de Hacienda.

Vamos a estar analizando. Sin duda Morena en el debate va a ser puntual, va a ser enérgico, pero vamos a ser propuestas en la redistribución del gasto. Es cuanto.

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Nahle. Saludamos la presencia de alumnos de la escuela de bachilleres de la Universidad Autónoma de Querétaro, plantel Colón, invitados por el diputado José Hugo Cabrera Ruiz.

Igualmente a un grupo de la misma Universidad Autónoma de Querétaro de alumnos de esa universidad, invitados por el diputado Armando Alejandro Rivera Castillejos. Bienvenidas, bienvenidos todas y todos ustedes a este recinto parlamentario.

Tiene ahora la palabra el diputado Emilio Enrique Salazar Farías, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista hasta por cinco minutos.

El diputado Emilio Enrique Salazar Farías:Con su permiso, señor presidente. Además, señor presidente, reconocer el acertado papel que hizo en su ausencia nuestra compañera la diputada Daniela, a quien nos encanta verla conduciendo la sesión.

La economía no es un tema que requiera solo de análisis simples y de conclusiones que pudieran parecer triviales. Ya revisamos la Ley de Ingresos y la Ley de Aprovechamientos –ese es tema pasado–. Hoy nos toca ir a la segunda parte. Construir el Presupuesto de Egresos de este país. No podemos negar de ningún modo que seguimos viviendo un entorno difícil y un entorno global difícil. Hay entonces que construir un presupuesto tremendamente responsable, tremendamente serio y, sobre todo, profesional. No nada más lo que pensamos que está bien, sino canalizando la macroeconomía y la microeconomía, que es lo correcto para un país como este. Es trabajo de profesionales.

¿Qué debemos privilegiar? En todo momento el gasto social, de acuerdo con ello. Y hay que hacer un análisis punto por punto del gasto social porque el Presupuesto tiene como prioridades: seguridad nacional, ciencia y tecnología, educación superior, salud, cultura y desarrollo municipal.

Hay que reducir todo lo innecesario, pero nada que afecte la estructura social, nada que afecte el hecho de que pueda aumentar la desigualdad. Al contrario, se redujeron programas, como bien lo dijo nuestro compañero de Encuentro Social, para que sean más eficientes, para evitar duplicidades y para lograr que la gente viva mejor. Esa es nuestra responsabilidad.

En el Partido Verde nos vamos a sumar a la propuesta de Presupuesto del gobierno de la República. Somos realistas que hay que hacer muchas modificaciones, que es un Presupuesto que se disminuye ante menores ingresos petroleros; pero esto no significa un cheque en blanco.

Tenemos que iniciar ya las discusiones de lo que cada grupo parlamentario requiere proponer, analizar y ajustar para llegar al mejor Presupuesto de Egresos de la Federación, y en eso todos debemos de estar muy pendientes, muy, muy pendientes.

El tema de transparencia ni siquiera habría que tocarlo de nuevo. Cada uno de ustedes son mayores de edad y gente responsable. Hoy exigimos de todos los compañeros la máxima honestidad. Dicen bien “cero moches”, pero nadie debe de estar ni siquiera pensando en ello, porque he conocido en el trato y en la plática con cada uno de ustedes, gente honesta, responsable, seria, y que quiere lo mejor para este país.

No quiero entonces limitaciones al desarrollo social, no espero limitaciones a educación superior. Espero que el análisis del Coneval nos sirva.

¿Cuál es la responsabilidad como legisladores en la vida política, económica y social? Hacer lo mejor por México; gastar menos, pero gastar mejor. Y lo hagamos, sobre todo, porque somos responsables, honestos, serios, y porque queremos muchísimo a este país.

Señor, presidente, si me lo permite, las palabras que vayan para los compañeros presentes, para los muchos que nos siguen en las iPad y los iPhone y una gran mayoría que seguramente a través del Canal del Congreso, en diferentes lugares, nos están siguiendo, y a los que me encantaría ver aquí presentes. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Salazar. Tiene ahora la palabra la diputada Hortensia Aragón Castillo, del Grupo Parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos.

La diputada Hortensia Aragón Castillo:Compañeros diputados y compañeras diputadas, a mí me parece que este momento de la agenda del día de hoy no está diseñado ni acordado en la Junta de Coordinación para fijar posicionamiento sobre el presupuesto.

Me parece que no es esa la intención, sino aprovechar el espacio para destacar el trabajo que en las comisiones de esta Cámara se vino haciendo en el estudio del presupuesto enviado por el Ejecutivo, y que a su vez las comisiones, a través de un documento de opinión, hicieron llegar a la Comisión de Presupuesto.

Luego entonces, el exhorto que nosotros estaríamos haciendo sería en el sentido de que la Comisión de Presupuesto retomara las opiniones que las comisiones les hicieron llegar en la materia que les compete.

Repito, no es el momento de los posicionamientos, pero también debo aclarar, decirlo con puntualidad, tampoco es el momento de entregar cheques en blanco, y de entrada desconocer todo el trabajo de las comisiones al respecto, y decir que estamos aprobando el documento que envía el Ejecutivo de pe a pa.

Ni una cosa ni la otra, porque corresponde a este Poder Legislativo, precisamente su tarea fundamental o una de las tareas fundamentales es aprobar el presupuesto y en ningún lado dice de la Ley Orgánica que nuestro papel sea simplemente recibir y dar con el sello y la fecha de recibido el presupuesto para su implementación. No es así de fácil.

Tenemos mucha confianza en las instituciones, pero también tenemos mucha responsabilidad con nuestros ciudadanos y con nuestras ciudadanas. Y, en ese sentido, es de vital importancia destacar que a veces resulta fácil decir que queremos un presupuesto que abata la pobreza, que genere el empleo, que incremente las inversiones, que combata la inseguridad, pero nos hace falta poner el acento en las cosas que permiten que eso suceda.

Y un presupuesto diseñado para que esto suceda es un presupuesto que le va a permitir a las mexicanas y a los mexicanos agradecerles a esta Cámara de Diputados, y Diputadas, el esfuerzo que tenemos en puerta por realizar.

El exhorto a la Comisión de Presupuesto va aunado a que realicen un esfuerzo con las comisiones, de manera bilateral el trabajo, que permita ir ensamblando las opiniones pertinentes para que esta cobija que tiene un límite alcance a cubrir lo fundamental que hemos venido planteando.

Agrego que para el Partido de la Revolución Democrática el tema de la educación, el tema de la salud, el tema del campo se convierten en los temas ejes sobre los cuales debiéramos fincar nuestro mejor esfuerzo en la construcción de este presupuesto. Pero también señalamos que es hora de revisar una de las más importantes reformas quizás que esta Cámara pudiera generar, la posibilidad de que no estemos inventando el país cada año, que no sea cada año que nosotros estemos revisando un presupuesto que se agota en los siguientes 12 meses y que genera incertidumbre no sólo a quienes se encargan de echar a andar los grandes programas para abatir los grandes problemas, sino también para los inversionistas.

A mí me parece que es momento de que esta Cámara revise la posibilidad de generar el Presupuesto plurianual o multianual que permita dar certeza a este país y no venir cada año a inventarle necesidades o inventarle soluciones a un país que requiere, a la vista del escenario de lo que son las necesidades de desarrollo que tenemos hoy en día, una proyección más allá de un Presupuesto anual.

Termino señalando primero que el Partido de la Revolución Democrática en su momento, de manera muy puntual estará fijando el posicionamiento sobre el Presupuesto, que tendrá que ver con el dictamen que nos presente la próxima semana la Comisión encargada de ello. Por su atención, muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Aragón. Tiene ahora la palabra el diputado César Flores Sosa, del Grupo Parlamentario del PAN, hasta por cinco minutos.

El diputado Cesar Flores Sosa:Compañeras y compañeros diputados, para los integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional el Presupuesto de Egresos de la Federación es el instrumento que nos revela con toda claridad cuáles son las reales intenciones y prioridades del gobierno federal.

Más allá de las promesas, más allá de los discursos o los informes cuyo contenido gira muchas veces en torno a la propaganda o a la demagogia, la realidad es que en los rubros que verdaderamente les importa es aquellos donde le ponen el dinero.

En este sentido, nos parece que el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016 nos refleja, en primer lugar, la crisis de las finanzas públicas y el fracaso de un gobierno que a estas alturas pensaba que tendría sus arcas llenas y que hoy sufre las consecuencias de la reforma fiscal tóxica, que sufre las consecuencias de una política de déficit, de una política de endeudamiento que no resolvió los problemas estructurales de las finanzas públicas del país y que ahora los obliga a ajustar a la baja asignaciones fundamentales cuyos efectos trastocan la calidad de vida y la expectativa de progreso y desarrollo del futuro de México.

El proyecto de Presupuesto que ahora discutimos nos propone la caída en gasto programable del 5.8 por ciento, representa, señores, 221 millones de pesos, pero resulta que en gasto corriente, en sueldos, en gastos de la burocracia baja apenas el 0.7 por ciento. Quiere decir 83 mil millones de pesos.

Pero en gasto de la inversión en la que se estimula la economía, la que genera el empleo y bienes públicos, los que benefician a la gente, ese se derrumba en un 17.7 por ciento. Poco más de 189 millones de pesos.

El dinero, compañeros, cae en todas las ramas que podrían estimular el crecimiento económico del país, como la inversión en Comunicaciones y Transportes que trae propuesto un 25 por ciento menos. En programas agrícolas, ganaderos y pesqueros, 19.2 por ciento menos. En Energía, 11.8 por ciento menos. En Turismo igualmente, 16.2 por ciento menos. En la Promoción Económica, 27 por ciento menos.

Con este Presupuesto, señores, lo único seguro que tenemos para el 2016 es que las familias mexicanas tendrán y tendremos menos dinero, mayores penurias económicas y provocadas por las decisiones de este gobierno.

En Salud, la reducción total será de 4 mil millones de pesos. Significa que se empeorará más aún el servicio que se presta a las poblaciones más vulnerables del país. Menos medicinas, peor atención.

En gasto de inversión en infraestructura educativa cae un 52.3 por ciento. Es decir, peores escuelas. En el gasto social hay una caída del 7.4 por ciento, los programas dirigidos hacia la población indígena se reducen de manera tal que asumimos, compañeros, que este gobierno le apuesta más a la discriminación que a la justicia.

Quiero decirles que también el gasto en cultura y en deporte se desploma. El dinero escasea, también rubros de medio ambiente y de cambio climático. Para los fondos establecidos por ley se asignan cero pesos en el proyecto de presupuesto.

Sin dinero, amigos, no hay agenda transversal de cambio climático ni tampoco impulso a la transición energética ni programas para incrementar la calidad y el suministro del agua. Tampoco habrá combate a las emisiones o al confinamiento o reciclaje a los desechos tóxicos.

Una mayor contaminación será también consecuencia de este mal presupuesto ante la imposibilidad de detallar uno a uno los errores, señalando que en materia de seguridad pública la caída del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública en los estados y en el Distrito Federal cae 14.5 por ciento, en programas de prevención del delito tenemos nada más y nada menos que un 23.6 por ciento, y los incrementos que hay en otros rubros apenas llegan a sobrepasar el ajuste inflacionario.

Aquí vemos un presupuesto inercial que no refleja un cambio de política ni refleja una estrategia ni una prioridad en seguridad pública para el actual gobierno.

Por último, compañeros, quiero decirles que Acción Nacional considera que todos estos errores se magnifican aún más ante la imposibilidad de las mayorías, de construir una Ley de Ingresos que ampliara los márgenes financieros y nos permitiera en los próximos días corregir y enmendar algunos que evidentemente errores del proyecto de presupuesto remitido por el Ejecutivo.

A algunos les quedó grande el presupuesto, la conformación del paquete, nos dejaron al Congreso de la Unión muy poco margen de maniobra. Muy poco margen para plantear la obtención de ingresos adicionales que nos hubiera permitido estar en esta Cámara con la disponibilidad de recursos para reasignar, lo cual nos limita gravemente la capacidad de esta Cámara.

En la competitividad de los productores nacionales el estimular la actividad económica la cual llevará a los mexicanos a sufrir las consecuencias de la aprobación de un presupuesto que no ayuda de manera sustancial a estimular el crecimiento económico, a elevar el poder adquisitivo, a combatir los problemas sociales, a incrementar la seguridad y a servir como un instrumento, para elevar la calidad de vida de los mexicanos. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Flores. Tiene ahora la palabra el diputado Baltazar Hinojosa Ochoa, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos.

El diputado Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa:Muy buenas tardes. Con su venia señor presidente. Estimadas amigas diputadas y diputados. Me da mucho gusto tener la oportunidad de participar a nombre del Partido Revolucionario Institucional en este planteamiento de hablar sobre la segunda parte del paquete económico y de la gran responsabilidad que tenemos como diputados de tener este mandato a favor del pueblo de México.

Decir que el pasado ocho de septiembre cuando se entregó el paquete económico por parte del Poder Ejecutivo se hizo todo un planteamiento, una argumentación de lo que consistió finalmente el recibir el paquete aquí en la Cámara de Diputados.

El Poder Ejecutivo planteó que estábamos en una situación diferente, atípica en materia de finanzas públicas. Se ha dicho en la discusión de la Ley de Ingresos sobre la gran disminución que se vivió en los precios del petróleo, así como en su plataforma, y que ocasionó que tuviéramos ingresos inferiores con relación al año anterior.

Es importante destacar que había tres alternativas para compensar ingreso-gasto. Una, endeudar más al país. La otra aumentar los ingresos a través de hacer crecer las tasas o de nuevos impuestos. Y la otra, finalmente, hacer una disminución del gasto de operación del gobierno federal. Y queremos decirles que le hemos tomado la palabra al Poder Ejecutivo y hasta en la revisión que hemos tenido en la Comisión de Presupuesto y en las opiniones que ustedes finalmente han participado en las distintas comisiones, vemos que es una realidad la disminución que existe de estos 221 mil millones de pesos.

Se tomó esa decisión, es una decisión responsable en donde podemos ver que se cuida, por un lado, que los recursos, que es una tercera parte de los 4.7 o 4 billones 761 millones de pesos, el 28 por ciento finalmente es gasto federalizado. Y se ha cuidado, en este planteamiento, que no sean afectadas las entidades federativas y los municipios.

Ése es el compromiso que el Partido Revolucionario está haciendo con los estados. Saben de antemano que tendremos un crecimiento del 8.5 por ciento en las participaciones. Que ha crecido 1.3 el crecimiento en el Ramo 33, y que todos esos recursos finalmente se van a erogar en las entidades federativas.

Sabemos que los recursos son limitados y las necesidades en el país sabemos que son ilimitadas. Pero consideramos que esta decisión que se tomó desde el Ejecutivo es una decisión responsable porque sabemos de antemano las grandes necesidades que tienen los municipios y los estados para atender a la población.

Por otro lado, se ha planteado, no vamos a descuidar el gasto social. Aquí lo han dicho mis distintos compañeros que han hecho uso de la voz, a nosotros también nos preocupa el gasto social, nos preocupa el gasto de infraestructura, nos preocupa el gasto de salud y pueden estar ustedes seguros que no solo en la comisión, en todas las fuerzas políticas aquí representadas.

Trabajaremos fuertemente para que busquemos alternativas para hacer ciertas reorientaciones que nos permitan tener más recursos a salud, a infraestructura, a equidad de género, a todos los planteamientos que nos han hecho, pero de acuerdo a las limitaciones que tenemos.

No estamos como en otros presupuestos que se han aprobado, donde tenemos un gran holgura, buscaremos finalmente que haya recursos para poder compensar este tipo de rubros, que es la preocupación de todas las fuerzas políticas aquí representadas.

En ese sentido, nosotros hacemos un gran compromiso de hacer valer nuestro mandato y demostrar que finalmente vamos a ser capaces de llegar a los consensos, a eso le está apostando el PRI, a que podamos tener una aprobación de presupuesto en donde todo mundo con nuestra participación, podamos mandar una señal a todos los mexicanos. Queremos que este Congreso, que esta Legislatura, sea una Legislatura que esté muy comprometida con el pueblo de México. Es cuanto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Hinojosa. Dicen que es el diputado más buscado de los últimos días, aquí en la Cámara.

Continúe la Secretaría con Comunicaciones.



COMUNICACIONES OFICIALES

El Secretario diputado Ramón Bañales Arambula: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presente.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos y por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Atentamente

México, DF, a 12 de marzo de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se expide la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos y se reforman, adicionan y derogan disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Primero. Se expide la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos, para quedar como sigue:

Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos

Capítulo IDisposiciones Generales

Artículo 1.La presente ley es de orden público y de observancia general en toda la República mexicana; tiene por objeto establecer los delitos en particular y sanciones que serán aplicables en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y demás activos.

Artículo 2.En los casos no previstos en esta ley serán aplicables los tratados internacionales, el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y demás disposiciones relativas y aplicables.

Artículo 3.Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

I. Activos: Son aquellos bienes asociados al proceso de producción, transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos. Los principales activos de una empresa son sus instalaciones y maquinaria, sus existencias inventariadas de materias primas y productos semiterminados y terminados.

II. Áreas de exclusión:Son aquellas en las cuales no se permitirá el tráfico de embarcaciones o aeronaves salvo aquellas que sean requeridas para la operación de las plataformas, de conformidad con el acuerdo secretarial número 117 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2003.

III. Asignatario: Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea titular de una asignación y operador de un área de asignación.

IV. Buque: Término empleado para designar, generalmente, a embarcaciones importantes tanto por su capacidad de carga (tonelaje) como por la trascendencia de sus funciones.

V. Contratista:Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado o persona moral, que suscriba con la Comisión Nacional de Hidrocarburos un contrato para la exploración y extracción, ya sea de manera individual o en consorcio asociación en participación, en términos de la Ley de Ingreso sobre Hidrocarburos.

VI. Derivación clandestina:Es cualquier conexión para extraer por cualquier medio de manera ilegal o no autorizada de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos de los ductos, transportándolos de un lugar a otro.

VII. Distribuidores:El permisionario que realice 1a actividad de adquirir, recibir, guardar y en su caso, conducir gas natural y petrolíferos, para su expendio al público o consumo final.

VIII. Ductos:Tuberías e instalaciones conectadas, para el transporte de hidrocarburos petrolíferos o petroquímicos, así como para la distribución de petrolíferos y gas natural, utilizando como fuerza motriz elementos mecánicos, aire a presión, vacío o gravedad.

IX. Expendio clandestino:Establecimiento que realiza actividades relacionadas con la venta de manera ilegal o no autorizada de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

X. Franquicia:Comercialización de bienes y servicios, bajo una marca y un sistema operativo por los cuales se reciben beneficios y regalías.

XI. Gasoducto:Ducto usado para el transporte de gas.

XII. Hidrocarburo:Petróleo, gas natural, condesados, líquidos del gas natural e hidratos de metano.

XIII. Marcador:Sustancia química que se agrega a los combustibles líquidos u otros productos derivados de los hidrocarburos, que sin afectar sus propiedades físicas, químicas ni sus especificaciones técnicas, permite identificar el combustible marcado.

XIV. Mercado ilícito de combustibles (MIC):Conjunto de actividades ilegales consistentes en la sustracción, transportación, adulteración, almacenamiento, comercialización o posesión de cualquier hidrocarburo, con el propósito de obtener un beneficio.

XV. Objetos ferrosos:Todo material que en su composición contenga una proporción de hierro.

XVI. Oleoducto:Ducto usado para el transporte de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

XVII. Permisionario:Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado o entidad paraestatal, o cualquier particular que sea titular de un permiso para la realización de las actividades previstas en la Ley de Hidrocarburos.

XVIII. Petróleos Mexicanos:Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias.

XIX. Petróleo:Mezcla de carburos de hidrógeno que existe en fase líquida en los yacimientos y permanece así en condiciones originales de presión y temperatura. Puede incluir pequeñas cantidades de sustancias que no son carburos de hidrógeno.

XX. Petrolíferos:Productos que se obtienen de la refinación del petróleo o del procesamiento del gas natural y que derivan directamente de hidrocarburos, tales como gasolinas, diésel, querosenos, combustóleos y gas licuado de petróleo, entre otros, distintos de los petroquímicos.

XXI. Petroquímicos:Aquellos líquidos o gases que se obtiene del procesamiento del gas natural o de la refinación del petróleo y su transformación, que se utilizan habitualmente como materia prima para la industria.

XXII. Poliducto:Ducto usado para el transporte de productos petrolíferos y petroquímicos.

XXIII. Refinería:Instalación industrial en la que se lleva a cabo la refinación del petróleo crudo mediante diferentes procesos.

XXIV. Sabotaje:Es el daño, destrucción, que perjudique o entorpezca ilícitamente la estructura de asignatarios, contratistas o permisionarios, con el fin de trastornar la operación y su vida económica.

XXV. Sustracción:Hurtar, robar fraudulentamente.

XXVI. Terrorismo en materia de hidrocarburos:Realizar intencionalmente por cualquier medio violento, actos en contra de bienes, servicios, integridad física, emocional, seguridad o la vida del personal de asignatarios, contratistas o permisionarios; que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, con la finalidad de atentar contra la seguridad nacional o contra las actividades de carácter estratégico relacionadas con los hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

XXVII.Traficante de hidrocarburos: Es toda persona que comercie y negocie ilícitamente con hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

Artículo 4.El agente del Ministerio Público Federal, en todos los casos de la presente ley, procederá de oficio.

Asimismo para la acreditación de los delitos relacionados con el sector de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, salvo prueba en contrario, se presumirá propiedad de la nación, sin que se exija la presentación de factura o escritura pública o la inscripción en el registro público de los mismos, de conformidad con el artículo 177 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Artículo 5.Los hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y demás activos que sean asegurados, se pondrán a disposición del Ministerio Público Federal, quien procederá de acuerdo con las disposiciones y leyes de la materia y sin dilación alguna a la entrega a asignatarios, contratistas o permisionarios, para su destino final, de conformidad con el artículo 181 del Código Federal de Procedimientos Penales, para que proceda a su disposición final, previa inspección en la que se determinará la naturaleza, volumen y demás características de éstos; conservando muestras representativas para la elaboración de dictámenes periciales que hayan de producirse en la investigación y en el proceso, según sea el caso.

Artículo 6.La Procuraduría General de la República y el Poder Judicial de la Federación en el ámbito de sus respectivas competencias, conocerán sobre los delitos señalados en la presente ley.

Capítulo IIDe los delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y demás activos

Artículo 7. Se sancionará a quien:

I. Sustraiga o aproveche de manera ilícita y sin la autorización correspondiente hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos o instalaciones de asignatarios, contratistas o permisionarios.

II.Compre, enajene, reciba o negocie hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, con conocimiento de su origen ilícito.

III. Resguarde, transporte, almacene, distribuya, posea, suministre u oculte todo tipo de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos con conocimiento de su origen ilícito.

IV. Descargue o deposite en cualquier lugar todo tipo de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos obtenidos de manera ilícita.

V.Enajene o suministre gasolinas o diesel con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 1.5 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro.

VI.Enajene o suministre gas licuado de petróleo mediante estación de Gas L.P. para carburación, con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 3.0 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro.

VII. Enajene o suministre gas natural, con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 3.0 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro.

Las conductas descritas en este artículo se sancionarán de la siguiente manera:

a)Cuando la cantidad sea menor o equivalente a 300 litros, se impondrá de 5 a 10 años de prisión y multa de 5,000 a 15,000 días de salario mínimo vigente.

b)Cuando la cantidad sea mayor a 300 litros pero menor o equivalente a 1,000 litros, se impondrá de 7 a 14 años de prisión y multa de 10,000 a 20,000 días de salario mínimo vigente.

c)Cuando la cantidad sea mayor a 1,000 litros pero menor o equivalente a 5,000 litros, se impondrá de 8 a 16 años de prisión y multa de 15,000 a 25,000 días de salario mínimo vigente.

d)Cuando la cantidad sea mayor a 5,000 litros pero menor o equivalente a 10,000 litros, se impondrá de 10 a 18 años de prisión y multa de 20,000 a 30,000 días de salario mínimo vigente.

e)Cuando la cantidad sea mayor a 10,000 litros pero menor o equivalente a 20,000 litros, se impondrá de 12 a 20 años de prisión y multa de 25,000 a 35,000 días de salario mínimo vigente.

f)Cuando la cantidad sea mayor a 20,000 litros pero menor o equivalente a 30,000 litros, se impondrá de 20 a 30 años de prisión y multa de 35,000 a 45,000 días de salario mínimo vigente.

g)Cuando la cantidad sea mayor a 30,000 litros, se impondrá de 25 a 35 años de prisión y multa de 40,000 a 50,000 días de salario mínimo vigente.

Para efectos de los supuestos señalados en las fracciones V, VI y VII de este artículo, deberá mediar querella del órgano regulador.

Artículo 8. Se sancionará de 4 a 7 años de prisión y multa de 4,000 a 10,000 días de salario mínimo vigente, a cualquier servidor público que en el ejercicio de sus funciones tenga conocimiento de la probable comisión de algún delito materia de esta ley y no lo denuncie ante la autoridad competente.

Lo anterior, independientemente de las sanciones aplicables conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 9. Se sancionará de 6 a 10 años de prisión y multa de 5,000 a 15,000 días de salario mínimo vigente, al comercializador de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, cuando estos no contengan los marcadores o las demás especificaciones que para estos productos establezca la Comisión Reguladora de Energía.

Lo anterior sin derecho o consentimiento de quien pueda entregarlo, altere, modifique o destruya marcadores.

Artículo 10.Se impondrá de 5 a 10 años de prisión y multa de 5,000 a 15,000 días de salario mínimo vigente, a quien:

I.Alerte o realice cualquier tipo de acciones tendientes a obtener información con el propósito de utilizarla para dar a conocer y avisar a terceros la ubicación, operación y actividades relacionados con el transporte en cualquier modalidad, almacenamiento, distribución, y comercialización de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, utilizada para la comisión de los delitos previstos en los artículos 7, 15, 16 y 18.

II.Proporcione por cualquier medio información o datos sobre el funcionamiento de las instalaciones, de los movimientos de vehículos y personal encargado de la seguridad integral, de asignatarios, contratistas o permisionarios con el propósito de cometer los delitos previstos en los artículos 7, 15, 16 y 18.

III. Sustraiga, dañe o aproveche las estructuras, objetos ferrosos, equipos y medios de transporte propiedad de asignatarios, contratistas o permisionarios destinadas a realizar actividades relacionadas con la industria de los hidrocarburos.

IV. A quien sin el permiso de la autoridad competente invada las áreas de exclusión a bordo de una embarcación o buque, ajena de asignatarios, contratistas o permisionarios.

V. Traslade por sí mismo o por interpósita persona y por cualquier medio a personas no autorizadas para ingresar a las plataformas y demás instalaciones en altamar propiedad de asignatarios, contratistas o permisionarios.

VI. Se ostente en calidad de náufrago, sin estar en situación real de tal condición, con el fin de cometer las conductas tipificadas en el artículo 7 de esta ley.

Artículo 11.Se impondrá de 7 a 14 años de prisión y multa de 10,000 a 20,000 días de salario mínimo vigente, a quien:

I. Elabore, altere, o utilice sin autorización de asignatarios, contratistas o permisionarios, sellos, facturas, logotipos, placas, engomados, marcas, tarjetas de circulación u otros documentos oficiales.

II. Aproveche por sí o por interpósita persona todo tipo de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley de Hidrocarburos, con el fin de obtener un beneficio propio o ajeno.

III. Adultere por sí o por interpósita persona todo tipo de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

IV. Al dueño, arrendatario o a quien se ostente como propietario o poseedor de algún predio por donde exista una derivación clandestina y tenga conocimiento de esta situación; asimismo a quien facilite, colabore o consienta que en su propiedad se lleve a cabo algún delito objeto de la ley y no lo denuncie a las autoridades correspondientes.

V. Haga uso indebido de las banderas que representan a las embarcaciones de la nacionalidad que las distingue, para realizar conductas tipificadas en el artículo 7 de esta ley.

Asimismo, a quien utilice o adhiera una bandera falsa, apócrifa o con cualquier tipo de alteración a una embarcación para simular que pertenecen a algunos asignatarios, contratistas o permisionarios.

Artículo 12. Se impondrá de 8 a 16 años de prisión y multa de 15, 000 a 25,000 días de salario mínimo vigente, a quien sea poseedor, propietario, arrendatario de expendios y depósitos clandestinos en los que se almacene, comercialice o distribuya en cualquier cantidad de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

Artículo 13. Se impondrá pena de 10 a 18 años de prisión y multa de 17,000 a 27,000 días de salario mínimo vigente, a quien:

I.Permita, colabore para la alteración o altere los sistemas de medición en posesión o al servicio de los asignatarios, contratistas o permisionarios, conforme a las fracciones V, VI y VII del artículo 7 de esta ley, con el fin o propósito de obtener un beneficio propio o para un tercero.

II.Simule o engañe de cualquier forma a personal de asignatarios, contratistas o permisionarios permitiendo o realizando el intercambio de otras sustancias por hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

Artículo 14.Se sancionará de 15 a 25 años de prisión y multa de 30,000 a 40,000 días de salario mínimo vigente, a quien suministre combustible desde una plataforma o embarcación en altamar propiedad de asignatarios, contratistas o permisionarios a otra embarcación o buque que no pertenezca a asignatarios, contratistas o permisionarios, sin contar con la autorización correspondiente.

Artículo 15.Se impondrá pena de 25 a 35 años de prisión y multa de 55,000 a 60,000 días de salario mínimo vigente:

I.A cualquier persona que directa o indirectamente, aporte fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza incluyendo donativos o donaciones, teniendo conocimiento de que serán utilizados para cometer las conductas descritas en los artículos 7, 16, 17 y 18.

II.A cualquier persona que directa o indirectamente, reciba o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza incluyendo donativos o donaciones, teniendo conocimiento de que serán utilizados para cometer las conductas descritas en los artículos 7, 16, 17 y 18.

III.A quien o quienes cometan algunas de las conductas descritas en esta ley y que con ello provoquen un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua, al suelo, al subsuelo o al ambiente.

IV.Realice, ordene o planee la instalación de cualquier artefacto que dañe, altere o ponga en riesgo la integridad mecánica del ducto que transporta hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

V.A los distribuidores que participen o cooperen en el manejo, transporte y comercialización ilícita de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

Artículo 16.Se sancionará de 30 a 40 años de prisión y multa de 50,000 a 65,000 días de salarios mínimo vigente, a quien por cualquier medio realice actos de sabotaje en los equipos, instalaciones o bienes muebles o inmuebles de la industria de los hidrocarburos.

En ningún caso podrá considerarse sabotaje el ejercicio del derecho a la manifestación y expresión de opiniones e ideas o la libertad de reunión.

Artículo 17. Se sancionará de 40 a 50 años de prisión y multa de 65,000 a 70,000 días de salario mínimo vigente, a quien obligue o intimide mediante coerción, amenaza o cualquier tipo de violencia al personal que labora en asignatarios, contratistas o permisionarios, u órganos reguladores con el propósito de llevar a cabo cualquier conducta tipificada en esta ley.

Artículo 18. Se sancionará de 40 a 60 años de prisión y multa de 65,000 a 75,000 días de salario mínimo vigente, a quien realice intencionalmente por cualquier medio actos de terrorismo en cualquier instalación de asignatarios, contratistas o permisionarios y otras pertenecientes al ramo de la industria de los hidrocarburos.

Artículo 19. Se impondrá pena de 20 a 30 años de prisión y multa de 35,000 a 50,000 días de salario mínimo vigente al que ilícitamente, o que sin aplicar las medidas de prevención o seguridad realice las actividades contempladas en la Ley de Hidrocarburos, lo ordene o autorice y causen un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua, al suelo, al subsuelo o al ambiente.

En el caso de que las actividades a que se refiere el párrafo anterior, se lleven a cabo en un área natural protegida, la pena de prisión se incrementará hasta en una mitad y la pena económica hasta en 1,000 días de salario mínimo vigente.

Artículo 20. Al titular de una asignación o contrato que no reporte o altere la producción obtenida por virtud del mismo, se le impondrá de 10 a 20 años de prisión y multa de 17,000 a 30,000 días de salario mínimo vigente.

Artículo 21. Si el agente activo es o fue trabajador de asignatarios, contratistas o permisionarios, así como servidores públicos; las sanciones se aumentarán en una mitad más de acuerdo con la sanción prevista en la ley por el delito cometido, independientemente de las sanciones correspondientes conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, cuando dicho ordenamiento resulte aplicable.

Si el responsable es franquiciatario, contratista o permisionario, además de las penas señaladas en la presente ley, se le impondrá como sanción la suspensión de actividades, la cancelación de las franquicias, concesiones, permisos, asignaciones o contratos, la disolución y la liquidación de la sociedad.

Transitorios

Artículo Primero.Los procesos penales iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ley, se seguirán tramitando hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de la comisión de los hechos que dieron su origen, salvo que esta ley resulte más benéfica. Lo mismo se observará respecto de la ejecución de las penas correspondientes.

Artículo Segundo. En tanto no se publique en el Diario Oficial de la Federación el decreto mediante el cual se expida la ley por la que crea la Fiscalía General de la República, la Procuraduría General de la República será la autoridad competente de conocer de los delitos contenidos en la presente ley.

Segundo. Se adiciona la fracción XXIII, se deroga el inciso 19) y se reforma el inciso 25) de la fracción I, todos del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 194. ...

I. ...

1)al 18) ...

19)Se deroga.

20)al 24) ...

25.Robo calificado, previsto en el artículo 367 cuando se realice en cualquiera de las circunstancias señaladas en los artículos 372 y 381, fracciones VII, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVI y XVII.

26)al 36)...

II. al XXII. ...

XXIII. De la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos.

...

Tercero. Se reforma el artículo 254 Ter, se adiciona la fracción VI del artículo 254 y se derogan el inciso j) de la fracción I del artículo 253, las fracciones VII y VIII del artículo 254 y el artículo 368 Quáter del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 253. ...

I. ...

a) a i) ...

j)Se deroga.

II.al V . ...

...

...

...

Artículo 254. ...

I. al V...

VI...., y

VII. Se deroga.

VIII.Se deroga.

IX. ...

...

Artículo 254 Ter.Se impondrá de tres meses a un año de prisión o de 100 a 300 días multa a quien, sin derecho, obstruya o impida en forma total o parcial, el acceso o el funcionamiento de cualesquiera de los equipos, instalaciones o inmuebles afectos del servicio público de energía eléctrica.

Si con los actos a que se refiere el párrafo anterior se causa algún daño, la pena será de dos a nueve años de prisión y de 250 cincuenta a 2,000 días multa.

Artículo 368 Quáter.Se deroga.

Cuarto. Se reforma la fracción I y se adiciona la fracción VIII al artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

Artículo 2o. ...

Terrorismo, previsto en los artículos 139 al 139 Ter, financiamiento al terrorismo previsto en los artículos 139 Quáter y 139 Quinquies y terrorismo internacional previsto en los artículos 148 Bis al 148 Quáter; contra la salud, previsto en los artículos 194 y 195, párrafo primero; falsificación o alteración de moneda, previstos en los artículos 234, 236 y 237; operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en el artículo 400 Bis; y el previsto en el artículo 424 Bis, todos del Código Penal Federal;

II. al VII. ...

VIII. Los previstos en la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos, con excepción de los señalados en el artículo 8° y en la fracción I del artículo 13.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.Las conductas previstas en el artículo 9 de la Ley para Prevenir y Sancionar los delitos en materia de Hidrocarburos, entrarán en vigor al día hábil siguiente de que la Comisión Reguladora de Energía establezca las disposiciones correspondientes a la regulación de especificaciones y marcadores de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 12 de marzo de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente; senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.

———————— o ————————

El Secretario diputado Ramón Bañales Arambula: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente

Por este conducto, y con fundamento en los artículos 12 y 13 del Reglamento de esta honorable Cámara de Diputados, solicito licencia a mi encargo de diputado federal por tiempo indefinido, a partir del 6 de noviembre del presente año. Lo anterior por encontrarme en el supuesto del numeral V, del artículo 12 de éste.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2015.— Diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez (rúbrica).»

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Muchas gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, la mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se concede licencia. Aprobada. Comuníquese. Sonido en la curul del diputado Guadalupe Acosta.

El diputado Guadalupe Acosta Naranjo(desde la curul): Señor presidente, solamente para desearle el mayor de los éxitos a nuestro compañero Agustín Basave, quien en este corto periodo que estuvo como legislador en esta Cámara presentó varias iniciativas muy importantes que ojalá sean dictaminadas de manera favorable.

Sin duda perdemos un gran legislador, pero estoy seguro que tendrá éxito en su siguiente etapa tan importante para él y para nuestro partido. Mucho éxito, Agustín; muchas gracias por haber estado aquí con nosotros.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Acosta. Sonido en la curul de la diputada Claudia Corichi.

La diputada Claudia Sofía Corichi García(desde la curul): Gracias, presidente. También para desearle mucho éxito al diputado Basave, para reconocer su trayectoria no solo en el Servicio Exterior, también en la Academia. Por supuesto que esperemos que aquí muchas de las propuestas en las que hemos coincidido sean aprobadas.

De verdad, de parte de este grupo parlamentario de una servidora, desearle el mejor de los éxitos y mucho éxito. Además que el país necesita también personas responsables. Felicidades.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Corichi. Sonido en la curul del diputado César Camacho, por favor.

El diputado César Octavio Camacho Quiroz(desde la curul): Presidente, quiero felicitar a Agustín Basave por su brillante desempeño en este lapso en esta Cámara de representantes de la nación, como dice la Constitución. Fraternalmente desearle éxito en las actividades de orden político partidario que por ser asunto de conocimiento público nos hemos también enterado. México y la democracia necesitan demócratas. Enhorabuena.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Camacho. Sonido en la curul del diputado Federico Döring.

El diputado Federico Döring Casar(desde la curul): Presidente, para desearle al diputado Basave el mejor de los éxitos; lo vamos a extrañar, pero también lo queremos acompañar en esta nueva responsabilidad el próximo año. Enhorabuena para usted y para el Partido de la Revolución Democrática.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Döring. Sonido en la curul del diputado Gonzalo Guízar, por favor.

El diputado Gonzalo Guízar Valladares(desde la curul): Unirnos como Encuentro Social, diputado presidente, amigo Agustín Basave, parlamentario, excelente éxito; rifa del tigre; felicidades. Un abrazo.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: No se mete en los asuntos partidarios de otros porque... Gracias, diputado Guízar. Sonido ahí en la curul del diputado Jesús Clouthier, por favor.

El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo(desde la curul): Gracias, presidente. Soy un convencido de que la lucha de los candidatos independientes no sólo busca ampliar el derecho humano de participación política, sino también buscamos influir en que los partidos mejoren.

Hoy felicito a mi amigo diputado Agustín Basave, y espero que en esta nueva encomienda pueda contribuir a la mejora de su partido.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Todavía no se hace el nombramiento, pero se agradecen los deseos, dice el diputado Basave. Gracias.

Bien, continuamos.



ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

El Secretario diputado Ramón Bañales Arambula: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter consideración del pleno, para su aprobación, las siguientes modificaciones, en la integración de las comisiones que se señala, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Partido Revolucionario Institucional.

• Que el diputado Adolfo Mota Hernández cause baja como secretario de la Comisión de Recursos Hidráulicos.

• Que el diputado Alberto Silva Ramos cause alta como secretario en la Comisión de Recursos Hidráulicos.

• Que el diputado Alberto Silva Ramos cause baja como presidente de la Comisión de Población.

• Que el diputado Adolfo Mota Hernández cause alta como presidente en la Comisión de Población.

Reciba un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 5 de noviembre de 2015.— Diputado César Camacho Quiroz (rúbrica), Presidente.»

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Señor presidente, la mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobadas, comuníquense.



INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.

Las adhesiones a iniciativas que se soliciten a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, desde hoy y hasta la siguiente sesión ordinaria, serán aceptadas.

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a la proposición con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 5 de noviembre de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a la proposición con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 5 de noviembre de 2015 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2015.— Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

2. Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que se atienda la necesidad de construir un hospital regional en la ciudad de Huatusco, Veracruz, a cargo del diputado Miguel Ángel Sedas Castro, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno:Comisión de Salud, para dictamen.»

INICIATIVAS



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, Claudia S. Corichi García, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en esta LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un capítulo VIII al Título VII y se crea un artículo 196 a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, al tenor de lo siguiente

Exposición de Motivos

I. Antecedentes

La presente iniciativa tiene por objeto incentivar al patrón a regresar a la práctica común de otorgar diversas prestaciones de previsión social a sus trabajadores, sin que esto represente un déficit para su empresa.

Las leyes laboral y de seguridad social en relación con la LISR han perseguido diferentes objetivos. La primera tiene como finalidad proteger el otorgamiento de prestaciones (al trabajador) en sus respectivos ámbitos de aplicación; la segunda la recaudación.

El concepto de “previsión social” apareció en el último tercio del siglo XIX y se colocó en la cúspide de la evolución de las primeras medidas de protección (ayuda mutua, caridad, beneficencia pública, ahorro y seguro privado), es decir, en oposición a la “previsión individual”.

“Mario de la Cueva definió a la previsión social como “el apoyo económico otorgado a los trabajadores así como a sus familias en caso de sobrevenir la falta de medios para subsistir por motivos naturales o involuntarios”, derivados de accidentes, enfermedades paros forzosos, invalidez, vejez o fallecimiento”.

“En el derecho mexicano, la previsión social emanó como un capítulo del derecho laboral y complementaria del derecho individual del trabajo como se corrobora en el artículo 123 constitucional.

Recientemente, la noción previsión social ha adquirido una concepción para fines fiscales. En efecto, el concepto fue incorporado a la LISR a partir de enero de 2003. No obstante, existían disposiciones referidas a “gastos de previsión social” y, asimismo, los tribunales colegiados en materia administrativa emitieron diversas resoluciones en relación con el contenido de esta expresión aún cuando no se encontraba definida en la ley fiscal en comento y sólo presentaba una lista de las más importantes prestaciones que la comprenden”.

II. Consideraciones

Con la Reforma Fiscal para 2014 se aprobó limitar prestaciones de seguridad social otorgadas por los empleadores en favor de sus trabajadores y las aportaciones a fondos de pensiones, antes de la reforma los gastos de previsión social eran 100 por ciento deducibles. Después de la reforma los pagos de los empleadores que constituyen ingresos exentos para el trabajador y las aportaciones a fondos de pensiones son deducibles para efectos de ISR en un 53 por ciento.

Como medida para evitar que se eliminaran o disminuyeran las prestaciones por parte de los empleadores, se estableció que cuando el contribuyente disminuyera, de un ejercicio a otro, las prestaciones exentas otorgadas a sus trabajadores, la deducción sería únicamente de 47 por ciento (artículo 28, fracción XXX). Esta medida ha traído efectos económicos nocivos para los patrones y para los trabajadores, representando un efecto sobre la nómina de entre 3 y 7 por ciento, dependiendo del monto que otorguen los empleadores por este concepto.

Un tema tan noble como la previsión social se ha convertido en una carga extraordinaria para los patrones, lo cual va en detrimento de las prestaciones de previsión social de los empleados. Además, un efecto paralelo de la medida adoptada para 2014 es la inhibición de la creación de empleos.

Con la reforma de 2014 se aposto a que habría un aumento en los ingresos públicos y que dependerían primordialmente de la cantidad de recursos recaudados por medio de la Ley del ISR.

“...los cambios propuestos pueden tener consecuencias negativas muy importantes en el corto y mediano plazos, particularmente en cuanto a las decisiones de inversión y en el empleo que se han tomado recientemente. La razón de ello es que la eliminación de las deducciones inmediatas por inversiones, el cobro de IVA en rentas e hipotecas, así como el aumento de cuotas de seguridad social incrementarán los costos de inversión y de producción. En el último caso, el cambio en la ley del ISR viene acompañado de un aumento en las cuotas obrero-patronales contenidas en la Ley del Seguro Social, con lo que se aumentará el costo de la nómina de los empleados formales”.

La SHCP estimó en todo momento un impacto positivo de las llamadas “reformas estructurales” en beneficio del PIB nacional, pero como lo hemos visto claramente esto no ha sucedido y estas estimaciones han variado constantemente a la baja, y no considero los potenciales impactos negativos que dichas propuestas podrían tener sobre el crecimiento económico, ni sobre la inversión extranjera directa.

“Esto ha provocado una reducción de los incentivos para crear nuevas empresas formales o ampliar la capacidad de las ya existentes, y que el atractivo de inversión del país se vea reducido de manera considerable”.

La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), indicó que al primer trimestre de 2014 había 14 mil 64 personas más sin prestaciones laborales, respecto del mismo periodo de 2013, siendo los sectores agropecuario, de la construcción y el comercio donde se incrementó la población ocupada sin beneficios, con lo que a este primer trimestre había 27 millones 837 mil 867 personas sin prestaciones laborales.

En este orden de ideas, es menester destacar que la función que cumple la previsión social en un contexto donde los salarios han perdido su capacidad de compra es innegable. Datos del Centro de Análisis Multidisciplinario (CAM) de la Facultad de Economía de la UNAM, señalan que en los últimos 25 años el salario mínimo ha perdido más del 76.3 por ciento de su poder adquisitivo. Esta situación, aunada con la pérdida de prestaciones que encuadran en el contexto de la previsión social, merma la capacidad de los trabajadores de acceder a bienes y servicios que les son no sólo útiles sino necesarios.

Es menester replantear el límite de deducción de dichas prestaciones. Por lo cual se propone otorgar un crédito al impuesto a cargo de las empresas por el equivalente al impuesto resultante de la no deducción de estos conceptos y hasta por el impuesto retenido por la empresa por sueldos y salarios. Con lo cual fomentaremos el empleo bien remunerado.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta H. Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un capítulo VIII al título VII y se adiciona un artículo 196 a la Ley del Impuesto sobre la Renta

Único.Se reforma el Título VII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, adicionando un Capítulo VIII y recorriendo los artículos subsiguientes, para quedar como sigue:

Capítulo VIIIDe la Previsión Social

Artículo 196. El patrón que otorgue previsión social a sus trabajadores, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7, párrafo quinto, podrá acceder a un crédito en razón del 53 por ciento del impuesto sobre la renta a los recursos destinados a previsión social en el ejercicio fiscal de que se trate.

Se recorre el subsiguiente artículo.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 De la Cueva, Mario “El nuevo derecho mexicano del trabajo”, 3 Edición, México, Porrúa, 1984, Tomo II.

2 Morales Ramírez, María Ascensión, “El salario y la previsión social entre el derecho social y el fiscal”, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, en Revista Latinoamericana de Derecho Social, número 7, julio-diciembre de 2008, páginas 125-148.

3 Azuara, Oliver “La reforma social y hacendaria 2013. “Endeudamiento y mayores impuestos ¿a cambio de qué?, México Evalúa, Centro de Análisis de Políticas Públicas, A.C., Octubre 2013.

4 Ibídem

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de septiembre de 2015.— Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

«Iniciativa que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Clemente Castañeda Hoeflich, diputado del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Educación, conforme con la siguiente

Exposición de Motivos

I.Es fundamental contar con mecanismos que aseguren el pleno reconocimiento y respeto al derecho a la educación gratuita en México, consagrado en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por ello, es menester adecuar las sanciones para quienes en las escuelas públicas pretendan condicionar mediante “dadivas económicas” o “cuotas voluntarias” con carácter de obligatorias el acceso a los servicios educativos.

En este sentido es necesario que se convierta en delito estas prácticas y conductas que laceran en todo momento los derechos fundamentales y que atentan contra la dignidad de quienes lamentablemente no cuentan con los recursos necesarios para que sus hijos puedan acceder a la educación.

No sólo la Carta Magna, sino la misma Ley General de Educación prohíbe estas conductas a las cuales se ven afectados miles de padres de familia por parte de quienes están obligados a prestar el servicio de la educación:

Artículo 6o. La educación que el Estado imparta será gratuita. Las donaciones o cuotas voluntarias destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo. Las autoridades educativas en el ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos para la regulación, destino, aplicación, transparencia y vigilancia de las donaciones o cuotas voluntarias.

Se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos.

En ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, al pago de contraprestación alguna.

II.Para garantizar el principio de gratuidad de la educación pública y evitar prácticas que violen este derecho, es necesario adecuar como delito estas conductas que dolosamente cometen algunos servidores públicos.

El Código Penal Federal establece en su artículo 215, fracción III, que comete el delito de abuso de autoridad quien “indebidamente retarde o niegue a los particulares la protección o servicio que tenga obligación de otorgarles o impida la presentación o el curso de una solicitud”.

De esta manera podemos identificar el cobro de “cuotas voluntarias” y cualquier otra práctica que condicione el acceso a la educación como un abuso de autoridad.

Mediante la presente iniciativa, buscamos que se dé cumplimiento cabal al acceso gratuito a la educación, y se sancione a quienes impidan este derecho.

Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona un cuarto párrafo al artículo 6o. de la Ley General de Educación

Artículo Único.Se adiciona un cuarto párrafo al artículo 6o. de la Ley General de Educación, para quedar como sigue

Artículo 6o.- [...]

[...]

[...]

El servidor público que incurra en las conductas a que se refiere el presente artículo cometerá el delito de abuso de autoridad, contemplado en el artículo 215 fracción III del Código Penal Federal, y le sarán aplicadas las sanciones previstas en dicho ordenamiento.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2015.— Diputado Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

PROPOSICIONES



ATIENDA LA NECESIDAD DE CONSTRUIR UN HOSPITAL REGIONAL EN LA CIUDAD DE HUATUSCO, VERACRUZ

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a atender la necesidad de construir un hospital regional en Huatusco, Veracruz, a cargo del diputado Miguel Ángel Sedas Castro, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, Miguel Ángel Sedas Castro, diputado federal del distrito XIII por Veracruz, integrante de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

“El mundo necesita un guardián de la salud mundial, un custodio de valores, un protector y defensor de la salud, incluido el derecho a la salud”. –Doctora Margaret Chan, directora general de la OMS

El derecho a la salud significa que los gobiernos deben crear las condiciones que permitan a todas las personas vivir lo más saludablemente posible. Esas condiciones incluyen la disponibilidad garantizada de servicios de salud, condiciones de trabajo saludable y seguro, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El derecho a la salud no debe entenderse como el derecho a estar sano.

El derecho a la salud está consagrado en tratados internacionales y regionales de derechos humanos y en las constituciones de países de todo el mundo.

En México, el derecho a la salud es una garantía constitucional (una obligación del estado para con los ciudadanos en forma individual o colectiva) declarada en el tercer párrafo del artículo 4, y debe ser ejercida con base en los principios de igualdad y no discriminación. Fue elevado a rango constitucional en febrero de 1983: “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución, la Ley del Seguro Social establece que su finalidad es garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.

Para aclarar y hacer efectivas las medidas mencionadas, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, que supervisa el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptó en 2000 una Observación general sobre el derecho a la salud.

En dicha Observación general se afirma que el derecho a la salud no sólo abarca la atención de salud oportuna, sino también los factores determinantes de la salud, como el acceso al agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, una nutrición adecuada, una vivienda adecuada, condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, y acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva.

Según la Observación general, el derecho a la salud abarca cuatro elementos:

1. Disponibilidad.Se deberá contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud, así como de programas de salud.

2. Accesibilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles a todos. La accesibilidad presenta cuatro dimensiones superpuestas:

• no discriminación;

• accesibilidad física;

• accesibilidad económica (asequibilidad);

• acceso a la información.

3. Aceptabilidad. Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados, a la par que sensibles a los requisitos del género y el ciclo de vida.

4. Calidad.Los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena calidad.

Particularmente en el distrito XIII que represento como Diputado Federal, es de suma importancia que la Secretaria de Salud Federal ponga su atención y sus recursos con el fin de llevar a cabo la construcción de un hospital regional de segundo nivel, que conlleva una inversión de 400 millones de pesos; mi distrito está enclavado en la zona montañosa central del estado de Veracruz; las deficiencias que se tienen en el distrito XIII en materia de salud, son graves, para demostrar esas carencias a continuación pondré cifras de los municipios del distrito que represento:

Carencia por acceso a los servicos de salud.

1. Huatusco 51.96 por ciento, 28, 029 personas del municipio.

2. Totutla 38.69 por ciento, 6,467 personas en el municipio.

3. Tepatlaxco 13.86 por ciento, 1,227 personas en el municipio.

4. Paso del Macho 45.5 por ciento, 13,650 personas en el municipio.

5. Soledad de Doblado 42.92 por ciento, 11, 887 personas en el municipio.

6. Paso de Ovejas 37.57 por ciento, 13,581 persona en el municipio.

7. La Antigua 39.86 por ciento, 7,632 personas en el municipio.

8. Puebte Nacional 54.55 por ciento, 11,122 personas en el municipio.

9. Manlio Fabio Altamirano 48.58 por ciento, 12, 2012 personas.

10. Carrillo Puerto 25.48 por ciento, 4,074 personas en el municipio.

11. Tenampa 30.64 por ciento, 2,304 personas en el municipio.

12. Camaron de Tejeda 28.14 por ciento, 1,856 personas ene l municipio.

13. Tlacotepec de Mejia 35.24 por ciento, 1,400 personas en el municipio.

14. Comapa 45.3 por ciento, 8, 801 personas en el municipio.

15. Atoyac 26.61 por ciento, 6,220 personas en el municipio.

16. Sochiapa 25.55 por ciento, 900 personas en el municipio.

17. Tlaltetela 38.58 por ciento, 5,764 personas en el municipio.

18. Zentla 40.25 por ciento, 5,762 personas en el municipio.

19. Ixhuatlan del Café 61.59 por ciento, 13,274 personas en el municipio.

Estos datos dan un total de 156, 162 personas con carencias por acceso a los servicios de salud en el distrito que represento, de La anterior información ha sido obtenida de la página www.datos.gob.mx del gobierno federal y que son datos oficiales obtenidos de instituciones como Coneval e Inegi entre otros.

La construcción de un hospital regional en la ciudad de Huatusco, Veracruz, de nivel 2, no solo significaría un beneficio para los 19 municipios antes mencionados y que conforman el distrito XIII, sería un beneficio para otros distritos cercanos y para sus municipios cercanos, siendo una obra de un alto impacto social y de bienestar, contribuyendo a lo establecido y normado por la Cruzada Nacional Contra el Hambre, combatiendo la pobreza extrema, la marginación, la escasez; contribuyendo a combatir el rezago y disminuir los índices de muerte materna.

El crecimiento poblacional del distrito XIII en Veracruz ha generado una problemática de salud: existe una fuerte demanda de servicios médicos y hospitalarios por parte de los pobladores que no reciben atención, ya que los actuales espacios no son suficientes para satisfacer la demanda de estos servicios en el municipio.

Estas acciones de viabilidad en equipamiento e infraestructura en beneficio de la salud de la población mexicana constitucionalmente se encuentran depositadas en la Secretaría de Salud, la que de acuerdo a su normatividad procurará en el ejercicio de su deber cumplir y hacer cumplir la obligación de garantizar el libre acceso y derecho fundamental a la salud.

Artículo 1o. La presente ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.

Artículo 23. Para los efectos de esta ley, se entiende por servicios de salud todas aquellas acciones realizadas en beneficio del individuo y de la sociedad en general, dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad.

Artículo 50.- Para los efectos de esta ley, se considera usuario de servicios de salud a toda persona que requiera y obtenga los que presten los sectores público, social y privado, en las condiciones y conforme a las bases que para cada modalidad se establezcan en esta Ley y demás disposiciones aplicables .

Artículo 51. Los usuarios tendrán derecho a obtener prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea y a recibir atención profesional y éticamente responsable, así como trato respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares.

La construcción de un hospital regional (de segundo nivel) implica para los habitantes del distrito, el ejercicio de un derecho y una solicitud de respaldar con hechos lo que la Constitución garantiza: ampliación de la cobertura de los servicios de salud y la eficiente infraestructura de soporte.

Acciones bajo el sustento operativo de la atención diseñada como política pública en materia de salud, llamada: Seguro Popular, en la que deberá atender el hospital que se implemente:

• Una cobertura de 200 mil a 250 mil habitantes de su área de responsabilidad.

• Brindar atención médica preventiva, curativa y de rehabilitación a la población de su área de influencia a través de los servicios de urgencias, consulta externa, cirugía, hospitalización.

Como se puede apreciar en las cifras expuestas, el distrito tiene una población con carencias por acceso a servicios de salud de 156, 162 personas,y la cobertura que ofrece un hospital regional alcanza hasta las 250 mil personas, por lo que sería ideal mostrar de manera general lo que conlleva un hospital de este tipo.

Hospital regional (segundo nivel)

• En el segundo nivel de atención se ubican los hospitales y establecimientos donde se prestan servicios relacionados a la atención en medicina interna, pediatría, ginecoobstetricia, cirugía general y medicina interna. Se estima que entre el primer y el segundo nivel se pueden resolver hasta 95 por ciento de problemas de salud de la población. Las unidades médicas del segundo nivel de atención están ubicadas en localidades urbanas.

• Tienen un grado de complejidad mayor que las anteriores y forman una red de hospitales generales, materno infantiles y pediátricos para brindar servicios médicos de cuatro especialidades básicas que son: medicina interna, cirugía general, pediatría y gineco- obstetricia.

• En su organización destacan servicios como consulta externa, urgencias, hospitalización, banco de sangre, quirófano, imagenología, laboratorios clínico y de patología, farmacia, entre otros .

• Ofrece servicios de diagnóstico y tratamiento las 24 horas de los 365 días del año. Atienden la mayor parte de los problemas y necesidades de salud que demandan internamiento hospitalario o atención de urgencias.

• Los hospitales generales además, participan en la formación de recursos humanos. (Salud, 2013).

• Integrado de tal manera el servicio a la salud es que se justifica el hecho de solicitar para el municipio de Huatusco en Veracruz de Ignacio de la Llave, la construcción de un hospital regional (de segundo nivel). Propuesta que se verá fortalecida con la integración del proyecto y las consideraciones que sustentarán la viabilidad de la solicitud y se refrendará la visión, misión y objetivo del sistema de salud en México:

Asimismo me permito ofrecer la siguiente tabla estadística obtenida del Inegi, con el único fin de demostrar el incremento de manera general de consultas médicas externas que se han llevado a cabo y que han sido necesarias en el estado de Veracruz, a donde pertenece el distrito XIII que represento, trasladando esta información y ocupándola para que se note la creciente necesidad de ampliar la cobertura en materia de salud por parte del gobierno para con los habitantes de mi distrito, haciendo hincapié en la falta urgente de la construcción de un hospital regional mínimo de nivel 2.

En materia de cobertura de salud y conforme a la agenda 2030, y con información de la página www.datos.gob.mx del gobierno federal y que son datos oficiales obtenidos de instituciones como Coneval e Inegi entre otros, se aprecia que la cobertura de salud en el estado de Veracruz ha tenido un comportamiento decreciente, ya que en 2008 era de un 43 por ciento, en 2010 de un 35 por ciento y en 2012 de 25.7 por ciento, dejando entrever que la petición de un hospital regional en la ciudad de Huatusco, Veracruz es una necesidad latente y a la que hay que darle una pronta solución.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Salud del gobierno federal para que se atienda la necesidad de construir un hospital regional, en la ciudad de Huatusco, Veracruz, y atender las necesidades de la población del distrito XIII, combatiendo así el rezago, las carencias y demás necesidades en materia de salud.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 5 de noviembre de 2015.— Diputado Miguel Ángel Sedas Castro (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen.



EFEMÉRIDES

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Asimismo se invita a los proponentes de efemérides para que entreguen a la Secretaría los textos respectivos para su incorporación al Diario de los Debates.



FELIPE CARRILLO PUERTO

«Efeméride con motivo del aniversario del natalicio de Felipe Carrillo Puerto, a cargo del diputado Francisco Alberto Torres Rivas, del Grupo Parlamentario del PVEM

“La felicidad consiste en poner de acuerdo tus pensamientos, tus palabras y tus hechos.” Gandhi.

La historia de nuestro país se ha construido por hombres y mujeres que actuaron en diversos ámbitos de acción, que van desde los héroes anónimos que han ofrecido su esfuerzo y vida al país, hasta los próceres recordados en los libros; unos y otros conforman nuestra identidad nacional, pues sus acciones trascienden hasta nuestros días.

Los actos de valor no quedan enmarcados únicamente en el ámbito militar, sino que abarcan un universo de contextos, siendo uno de ellos el espacio público, en donde el intercambio de argumentos en defensa de una idea asemeja a un campo de batalla.

Las personas que generan cambios son aquellas íntegras tanto en pensamiento como en acción, cuantimás si se desenvuelven en situaciones adversas donde los actos congruentes significan poner en riesgo la vida del personaje que se mantiene firme en sus convicciones.

El día de hoy honramos la memoria de un hombre que luchó por sus ideales, siempre sus convicciones, que sobre todo, valoró a los más humildes y el respeto a la ley por encima de intereses lesivos a nuestro país.

Hablo de Felipe Carrillo Puerto, político y luchador social incansable, defensor de los indígenas mayas y del bien común.

Con un compromiso institucional que no era contrario a su carácter revolucionario, apoyó la vía democrática como forma de gobierno, no dudó en unirse al maderismo y posteriormente, a Carranza y Zapata en momentos donde el llamado a las armas significó una salida sin remedio ante los atropellos de grupos que intentaron tomar el poder en detrimento de las instituciones democráticas.

Como servidor público, ocupó el cargo de gobernador de su natal Yucatán, demostrando su compromiso con la sociedad promoviendo la defensa de los obreros e indígenas, otorgando todos los derechos políticos a las mujeres, estableciendo la revocación de mandato e impulsando la educación de modelo racionalista, entre otras iniciativas que llevó a cabo.

Su capacidad de empatía con los más vulnerables, combinado con su visión de justicia y respeto a la ley, fueron cualidades que lo impulsaron como un gran defensor de los débiles, así como su férrea oposición contra aquellos que no respetaran los mecanismos de elección popular.

Reflexionemos acerca de las enseñanzas que nos dejó Felipe Carrillo Puerto, puesto que su pensamiento socialista no lo llevó a intentar fragmentar la unidad nacional, sino que pugnó por el fortalecimiento de las instituciones democráticas, siempre anteponiendo el bienestar común, lo cual asumió como una obligación que cumplió, inclusive sabiendo que le llevaría a un destino fatídico al oponerse al levantamiento delahuertista, el cual fue apoyado por los grupos conservadores que resistían a los cambios que proponía el gobierno del entonces presidente, General Álvaro Obregón (terratenientes, burguesía intermediaria y compradora, clero y jefes militares enriquecidos, entre otros sectores opositores).

En tiempos de incertidumbre, Carrillo Puerto optó por mantenerse firme en sus convicciones, y antes que traicionarse a sí mismo o a las instituciones que defendía, decidió dejar su puesto de gobernador y exiliarse, pensando también en evitar que sus seguidores, que en su mayoría eran gente humilde, se enfrentaran a las fuerzas rebeldes y fueran masacrados, pues no se encontraban ni organizados ni armados, por lo cual decidió abordar un barco en compañía de trece acompañantes.

A pesar de sus esfuerzos, el plan falla y la embarcación naufraga en la costa de Holbox, Quintana Roo, donde es apresado por el coronel rebelde Juan Ricárdez Broca, quien en juicio sumario lo condena a muerte, junto con sus compañeros.

Enfrentando a sus verdugos, ni en ese momento final olvidó a los más humildes y desvalidos, pues sus últimas palabras fueron: “¡No abandonen a mis indios!”.

En el México moderno, las grandes batallas se pelean con argumentos y no con las armas, por lo que en el Partido Verde Ecologista de México, valoramos la integridad de hombres y mujeres que sostienen sus ideales a pesar de la adversidad, personas que creen en las instituciones y que defienden a aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad, como lo hizo Felipe Carrillo Puerto, a quien honramos este día a 141 años de su nacimiento.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 5 días del mes de noviembre del 2015.— Diputado Francisco Alberto Torres Rivas (rúbrica).»



DÍA DEL FERROCARRILERO

«Efeméride con motivo del 7 de noviembre, Día del Ferrocarrilero, en honor de Jesús García Corona, “Héroe de Nacozari”, a cargo de la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Máquina 501, la que corrió por Sonora; de los garroteros el que no suspira, llora. Era un domingo, señores, como a las 3 de la tarde, estaba Jesús García acariciando a su madre. Dentro de pocos momentos, madre, tengo que partir del tren, se escucha el silbato; se acerca mi porvenir...

La historia del Héroe de Nacozari ocurrió hace muchos años. Ciento siete, para ser precisos. El 7 de noviembre de 1907. A Jesús García Corona no le correspondía conducir el tren, pero tuvo que hacerse responsable de los tres viajes programados entre el pueblo de Nacozari y la mina de Pilares.

Era un recorrido de apenas cuatro kilómetros. Para asegurar la quema del carbón, la locomotora debía contar con un contenedor donde las chispas eran sofocadas con mallas; sin embargo, en esos días no funcionaba bien. La máquina realizó sin complicaciones el primer trayecto. Al regresar por más carga, un mensajero abordó el tren a la altura de El Seis, caserío habitado por familias de trabajadores de las vías, para avisar a Jesús García que se necesitaba llevar más explosivos a la mina, diez toneladas de pólvora que se usarían para una ampliación.

Ya en Nacozari, García dejó a los ingenieros el trabajo de acomodar los vagones, entre los que estaban los dos cargados de explosivos, que por un error fueron colocados junto a la máquina. Jesús aprovechó para hacer una rápida visita a su madre, cuya casa se ubicaba cerca de la estación.

De regreso al sitio donde estaba detenida la máquina, Jesús García ayudó a uno de sus compañeros a encender el fuego, y, lentamente, la presión del vapor subió. Movió el convoy. El viento del norte empezaba a jugar con los remolinos de vapor. Librada del freno, la locomotora trabajaba contra el viento; las chispas vivas, emanadas del contenedor descompuesto, volaron sobre el motor y la cabina, llegando hasta los dos primeros furgones, cargados con cajas de dinamita.

Avivado por el viento que el andar del tren producía, el fuego se expandió. El aire fluyó a través de las cajas e intensificó las llamas. Cuando la esperanza se desvaneció por la intensidad del fuego, Jesús le pidió a la cuadrilla que lo acompañaba que se arrojara de la locomotora y le imprimió toda la fuerza. Romero saltó y rodó hacia la maleza.

A las 14:20 horas, un estruendo como temblor se sintió en Nacozari. La onda expansiva quebró vidrios y sacudió las casas. Tan grande fue la explosión, que la locomotora desapareció por completo. Jesús murió al instante, lanzado por el frente de la cabina.

Fueron 13 los muertos, entre niños, mujeres y obreros que se encontraban cerca de la vía. Pero, sin duda, fueron cientos los que salvaron la vida cuando Jesús García decidió alejar del pueblo el convoy en llamas.

La población que salvó se llama ahora Nacozari de García; fue declarado Héroe de la Humanidad por la American Royal Cross of Honor de Washington. En las delegaciones Azcapotzalco, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Venustiano Carranza y Xochimilco de la Ciudad de México existen calles nombradas como Héroe de Nacozari, así como en múltiples municipios. Igualmente ocurre en Hermosillo, Guadalajara y Zapopan , así como en Aguascalientes, Irapuato, Guanajuato, Morelia en Michoacán, Santiago de Querétaro y Ciudad Acuña en Coahuila, en Tehuacán Puebla existe un boulevard con su nombre, también vale la pena mencionar que hay avenidas principales lleva el nombre de Héroe de Nacozari, así como escuelas primaria, estadios y hasta una a línea del metrobús.

A partir de 1944 por decreto presidencial, ese día se conmemora en México el Día del ferrocarrilero.

¡Viva el Héroe de Nacozari!

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2015.— Diputada Refugio Garzón Canchola (rúbrica).»



CLAUSURA Y CITA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva(a las 14:41 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 10 de noviembre del 2015 a las 11 horas, informándoseles que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.

————— O —————

RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 3 horas con 7 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 286 diputadas y diputados

• Comunicaciones oficiales: 3

• Dictámenes con declaratoria de publicidad: 1

• Iniciativas de diputadas y diputados: 16

• Agenda política: 1

• Minutas: 1

• Acuerdo de los órganos de gobierno: 1 de la Junta de Coordinación Política

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 29

1 Independiente

4 PES

1 NA

4 MC

1 Morena

3 PVEM

5 PRD

5 PAN

5 PRI

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Acosta Naranjo, Guadalupe (PRD)
Para referirse a la licencia concedida al diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, desde la curul: 136
Álvarez Maynez, Jorge (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Amnistía, en favor de los sentenciados por delitos relacionados con el consumo o posesión de Cannabis Sativa, Índica o Marihuana: 61
Aragón Castillo, Hortensia (PRD)
Para hacer comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, en el rubro de agenda política: 126
Blanco Zaldívar, Juan Alberto (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas: 40
Briones Pérez, Erika Irazema (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 51
Camacho Quiroz, César Octavio (PRI)
Para referirse a la licencia concedida al diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, desde la curul: 137
Casillas Gutiérrez, J. Apolinar (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Coordinación Fiscal: 79
Celis Aguirre, Juan Manuel (PVEM)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad: 55
Clouthier Carrillo, Manuel Jesús (Independiente)
Para referirse a la licencia concedida al diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, desde la curul: 137
Corichi García, Claudia Sofía (MC)
Para referirse a la licencia concedida al diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, desde la curul: 136
Döring Casar, Federico (PAN)
Para referirse a la licencia concedida al diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, desde la curul: 137
Flores Sosa, Cesar (PAN)
Para hacer comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, en el rubro de agenda política: 127
González Murillo, Alejandro (PES)
Para hacer comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, en el rubro de agenda política: 120
Guerrero Coronado, Delia (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos: 110
Guízar Valladares, Gonzalo (PES)
Para referirse a la licencia concedida al diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, desde la curul: 137
Hinojosa Ochoa, Baltazar Manuel (PRI)
Para hacer comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, en el rubro de agenda política: 128
Marrón Agustín, Luis Gilberto (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación: 115
Méndez Salas, Jesús Rafael (NA)
Para hacer comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, en el rubro de agenda política: 121
Nahle García, Norma Rocío (Morena)
Para hacer comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, en el rubro de agenda política: 125
Orantes López, María Elena (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 48 de la Ley General de Educación: 97
Pineda Morín, Abdies (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad: 67
Ralis Cumplido, Germán Ernesto (MC)
Para hacer comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, en el rubro de agenda política: 122
Ramírez Ocampo, Gianni Raul (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad: 30
Salazar Farías, Emilio Enrique (PVEM)
Para hacer comentarios relativos al proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, en el rubro de agenda política: 126
Saldaña Morán, Julio (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 106
Torres Sandoval, Melissa (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 103
Valencia García, Oscar (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social: 74
Wences Real, Victoriano (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas: 90
Zenteno Núñez, Eduardo Francisco (PVEM)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 93