SUMARIO
De la Secretaría de Gobernación, con el que remite informe trimestral sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, correspondiente al periodo julio-septiembre de 2015. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para su conocimiento
De la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la conmemoración del Día Mundial sin Automóvil. Se turna a la Junta de Coordinación Política y al promovente, para su conocimiento
De la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al Primer Receso del Tercer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a informar respecto del acatamiento de la resolución presidencial del 10 de mayo de 1928, sobre la concesión de derechos para el uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales del río Huehuetlán, en favor de ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y los habitantes del municipio de Huehuetlán el Grande, Puebla. Se turna a la Junta de Coordinación Política y al promovente, para su conocimiento
MINUTAS
De la Cámara de Senadores, se recibió minuta con proyecto de decreto por el que abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen y a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para opinión
De la Cámara de Senadores, se recibió minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XII al artículo 6o. y un tercer párrafo al artículo 66 de la Ley General de Salud, en materia de acoso y violencia escolar. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 416 y 417 del Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
INICIATIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO
Del Congreso del estado de Jalisco, se recibió iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 66 Bis a la Ley General de Salud y se reforman y adicionan los artículos 7o. y 66 de la Ley General de Educación. Se remite a las Comisiones Unidas de Salud y de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen
Desde la curul, la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del PRD, para solicitar información sobre el accidente en la refinería Antonio Dovalí Jaime, ubicada en Salina Cruz, Oaxaca
INICIATIVAS
La diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Comunicaciones, para dictamen
La diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Jesús Gerardo Izquierdo Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se remite a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen
El diputado Cuitláhuac García Jiménez, a nombre propio y de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada María Candelaria Ochoa Avalos, a nombre propio y del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Desarrollo Sustentable. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y de la Ley General de Salud. Se remite a las Comisiones Unidas de Economía y de Salud, para dictamen y a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para opinión
El diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10-B de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Jorge Enrique Dávila Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La diputada Leticia Amparano Gamez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 124 y Vigésimo Noveno Transitorio de la Ley de Hidrocarburos. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen
El diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada Sofía González Torres, a nombre propio y de la diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen
El diputado Jorge Tello López, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32-Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen
El diputado Mariano Lara Salazar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional. Se remite a la Comisión de Competitividad, para dictamen
La diputada Ana Guadalupe Perea Santos, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Deporte con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte
DICTÁMENES A DISCUSIÓN DE LEYES O DECRETOS
A discusión el dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
Para fundamentar el dictamen, participa:
El diputado José Bernardo Quezada Salas, de NA
Para fijar la postura de su grupo parlamentario, interviene:
El diputado Gonzalo Guízar Valladares, del PES
El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, de NA
La diputada Mirza Flores Gómez, de MC
La diputada Patricia Elena Aceves Pastrana, de Morena
El diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar, del PVEM
La diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, del PRD
El diputado José Máximo García López, del PAN
La diputada Lucely Del Perpetuo Socorro Alpizar Carrillo, del PRI
Para la discusión en lo general, hace uso de la voz:
El diputado Francisco Xavier Nava Palacios, del PRD, a favor
El diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez, del PAN, a favor
El diputado Bernardino Antelo Esper, del PRI, a favor
La diputada María Esther Guadalupe Camargo Félix, del PRI, a favor
El diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz, de NA, a favor
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Pasa al Ejecutivo federal, para sus efectos constitucionales
A discusión el dictamen de la Comisión de Deporte con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Dispensa de trámites
Para fundamentar el dictamen, hace uso de la voz:
El diputado Pablo Gamboa Miner, del PRI
Para fijar la posición de su grupo parlamentario, participa:
La diputada Melissa Torres Sandoval, del PES
La diputada Carmen Victoria Campa Amaral, de NA
El diputado Luis Ernesto Munguía González, de MC
El diputado Renato Josafat Molina Arias, de Morena
El diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla, del PVEM
La diputada Olga Catalán Padilla, del PRD
La diputada Adriana Elizarraraz Sandoval, del PAN
La diputada Flor Ángel Jiménez Jiménez, del PRI
Para la discusión en lo general, interviene:
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del PES, en contra
La diputada Rosa Alicia Álvarez Piñones, del PVEM, a favor
La diputada José Santiago López, del PRD, a favor
La diputada Montserrat Alicia Arcos Velázquez, del PRI, a favor
La diputada Soralla Bañuelos de la Torre, de NA, a favor
El diputado Benjamín Medrano Quezada, del PRI, a favor
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción D) del artículo 72 constitucional
El diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva remite oficio, en términos de lo dispuesto por los artículos 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, de las proposiciones con punto de acuerdo que no se presentaron en tribuna para turnarlas a las comisiones que correspondan
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 24 de noviembre de 2015, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados
PROPOSICIONES
Del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, relativo al impulso de conexión de Internet para sitios públicos y lugares comunitarios. Se remite a la Comisión de Comunicaciones, para dictamen
Del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Puntos Constitucionales de esta soberanía, a acelerar los trabajos de dictaminación de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Reforma Política de la Ciudad de México. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su atención
Del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades del gobierno del DF a atender el caso del multihomicidio en la colonia Narvarte, ejecutado el 31 de julio de 2015, y a los gobiernos del estado de Veracruz y del DF, a garantizar la seguridad e integridad de los periodistas y defensores de derechos humanos. Se remite a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen
Del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades del Estado de México, para que se busquen los medios necesarios para reivindicar la propiedad en garantía a favor de los trabajadores de grupo industrial Casa, SA de CV. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a destinar mayores recursos para la detección oportuna de la artritis reumatoide, así como para su óptimo tratamiento. Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, relativo a la prevención del delito de abigeato en estado de Querétaro. Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen
Del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y del DF, para que refuercen las campañas de prevención del embarazo adolescente. Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a Pemex, a la Sener y a la Comisión Nacional de Hidrocarburos, para que conserven bajo su custodia los 95 campos petroleros que Petróleos Mexicanos pretende devolver al Estado. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen
De la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Conagua, para que difunda la información referente al Programa de Captación de Agua. Se remite a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen
Del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, relativo al abasto oportuno de medicamentos en zonas apartadas y de muy alta marginación del país. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que en la construcción del nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México se respeten los derechos de las personas que aducen un interés jurídico de posesión o de propiedad en los inmuebles donde se implementará dicho proyecto. Se remite a la Comisión de Transportes, para dictamen
Del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, relativo al esclarecimiento del ataque de que ha sido objeto la revista electrónica Desinformémonos. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen
Del diputado J. Jesús Zúñiga Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Segob, evalúe la situación que guarda el ingenio azucarero Tamaluza, ubicado en el estado de Jalisco. Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen
De la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a los gobiernos de las entidades federativas y del DF, para que garanticen y respeten la labor de personas defensoras de derechos humanos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen
De la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno, a fin de conmemorar el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer. Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen
Del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, para que implemente un programa en materia de combate a la venta de productos de tabaco ilegal en el país. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen
De las diputadas Mercedes Del Carmen Guillén Vicente, Yolanda De la Torre Valdez y los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y César Camacho Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la adhesión del Estado mexicano a la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Se remite a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen
De la diputada María Cristina Teresa García Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas dependencias encargadas de la Seguridad Pública, a fin de evitar el posible linchamiento de personas que sean detenidas por ciudadanos o pobladores de algún municipio o delegación, acusados de haber cometido algún delito. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen
De la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias de la Administración Pública Federal para transversalizar la política de estado en materia de protección civil y adecuar diversas leyes, con el fin de incorporar la gestión del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático, así como armonizarlas con los estándares internacionales. Se remite a la Comisión de Protección Civil, para dictamen
De la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la CNDH, para que difunda el ejercicio de sus facultades para investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen
Del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 31 entidades federativas y al DF, para que implementen campañas de salud sexual, reproductiva y de prevención del embarazo en adolescentes. Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen
EFEMÉRIDES
De la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional se recibió efeméride con motivo del 14 de noviembre, aniversario de la fecha en que la Cámara de Diputados, aprobó la igualdad jurídica de la mujer
Del diputado Gustavo Madero Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y a nombre de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, se recibió efeméride con motivo del 17 de noviembre, Día Mundial de la Prematuridad
Del diputado Virgilio Mendoza Amezcua, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se recibió efeméride con motivo del 23 de noviembre, Día de la Armada de México
Del diputado Carlos Federico Quinto Guillén, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, se recibió efeméride con motivo del 23 de noviembre, Día de la Armada de México
Del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, se recibió efeméride con motivo del 23 de noviembre, Día de la Armada de México
Del diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se recibió efeméride con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer
De la diputada Sasil Dora Luz De León Villard, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se recibió efeméride con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer
De la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, se recibió efeméride motivo del 25 de noviembre, Día Mundial de la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres
De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:
De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (en lo general y en lo particular)
De la Comisión de Deporte, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte (en lo general y en lo particular)
ASISTENCIA
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 307 diputadas y diputados, por lo tanto hay quórum.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (a las 11:27 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LXIII Legislatura.
Orden del día
Martes 24 de noviembre de 2015.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones oficiales
De la Secretaría de Gobernación
Con el que remite informe trimestral sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, correspondiente al periodo julio-septiembre de 2015.
Con el que remite dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del tercer año de ejercicio de la lxii legislatura.
Minutas
Con proyecto de decreto por el que abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y se Expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XII al artículo 6o. y un tercer párrafo al artículo 66 de la Ley General de Salud, en materia de acoso y violencia escolar.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.
Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 416 y 417 del Código Civil Federal.
Iniciativa del Congreso del Estado de Jalisco
Con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 66 bis a la Ley General de Salud y se reforman y adicionan los artículos 7o. y 66 de la Ley General de Educación.
Acuerdos de los órganos de gobierno
De la Junta de Coordinación Política.
Iniciativas
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 156 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Marco Antonio Gama Basarte, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 115 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Pablo Elizondo García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, suscrito por los diputados Alejandra Gutiérrez Campos y Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Alejandra Gutiérrez Campos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Enrique Dávila Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 27 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 33, 47 y 75 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, del Código Federal de Procedimientos Civiles y del Código de Comercio, a cargo del diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo del diputado Jorge Ramos Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y reforma el artículo 7o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo de la diputada Minerva Hernández Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 29 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Luis Agustín Rodríguez Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y de la Ley Agraria, a cargo de la diputada Eva Florinda Cruz Molina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados José Clemente Castañeda Hoeflich y María Candelaria Ochoa Avalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado César Flores Sosa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 17 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo de la diputada Eva Florinda Cruz Molina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Jesús Gerardo Izquierdo Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Norma Rocío Nahle García y Cuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley General de Desarrollo Sustentable, a cargo del diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Que reforma los artículos 10, 11 y 12 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 134 Constitucional en Materia de Imagen Institucional, a cargo del diputado José Everardo López Córdova, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Remberto Estrada Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 32-Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a cargo de la diputada Jisela Paes Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que adiciona los artículos 2º y 3º de la Ley Sobre la Celebración de Tratados, a cargo de la diputada Jorgina Gaxiola Lezama, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma los artículos 4-Bis 3 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y el 15 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 49 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Joaquín Jesús Díaz Mena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Que reforma el artículo 10-B de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, suscrita por los diputados Rafael Yerena Zambrano, Fidel Kuri Grajales y Pablo Gamboa Miner, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jesús Antonio López Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, a cargo de la diputada Arlet Mólgora Glover, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 135-A y adiciona un artículo 143-Bis a la Ley Aduanera, suscrita por los diputados José Luis Toledo Medina y Arlet Mólgora Glover, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 79 de la Ley General de Salud y 6º de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a cargo de la diputada Beatriz Vélez Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 124 y Vigésimo Noveno Transitorio de la Ley de Hidrocarburos, a cargo de la diputada Leticia Amparano Gamez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por las diputadas Sofía González Torres y Sharon María Teresa Cuenca Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, a cargo del diputado Mariano Lara Salazar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que expide la Ley Federal de Procedimientos Agrarios, a cargo del diputado Rafael Valenzuela Armas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 158, 159 y 164 de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Wendolin Toledo Aceves, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Tello López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Verónica Delgadillo García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Ley de Recompensas de la Armada de México, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Wenceslao Martínez Santos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 9º de la Ley General de Cultura Física y Deporte y 7º de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma los artículos 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, 170 de la Ley Federal del Trabajo, y 149 Ter del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Lia Limón García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Guadalupe Perea Santos, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.
Que reforma los artículos 42 y 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Sergio Emilio Gómez Olivier, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 18 y 19 de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 10 de la Ley de la Policía Federal, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona un artículo 123-Bis y reforma el artículo 215 de la Ley Federal del Derechos de Autor, a cargo de la diputada Araceli Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que expide la Ley Federal de la Zona de Desarrollo Económico de la Frontera Norte, a cargo de la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Yolanda De la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que expide la Ley para la Inclusión Digital Universal, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el Artículo Décimo Cuarto Transitorio de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Beatriz Vélez Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo del diputado Oscar Valencia García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Sylvana Beltrones Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 67 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Flor Estela Rentería Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana María Boone Godoy, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Declaratoria de publicidad
De la Comisión de Deporte con proyecto de decreto por el que se reforma la Fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Dictámenes a discusión
De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a través de la Conagua, para que se otorguen las facilidades administrativas necesarias para garantizar la regularización de las concesiones vencidas a los usuarios de aguas con destino agropecuario del Estado de San Luis Potosí y del país, a cargo de la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se solicita a la SRE, al Indautor y a la CDI, su intervención para la defensa de los textiles producidos por los artesanos mixes de Santa María Tlahuitoltepec, Oaxaca, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Agenda política
Comentarios relativos a la situación política del estado de Veracruz, a cargo del Grupo Parlamentario de Morena.
Proposiciones
Con punto de acuerdo relativo al impulso de conexión de Internet para sitios públicos y lugares comunitarios, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Soberanía, a acelerar los trabajos de dictaminación de la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Reforma Política de la Ciudad de México, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del gobierno del DF a atender el caso del multihomicidio en la colonia Narvarte, ejecutado el 31 de julio de 2015, y a los gobiernos del estado de Veracruz y del DF, a garantizar la seguridad e integridad de los periodistas y defensores de derechos humanos, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del Estado de México, para que se busquen los medios necesarios para reivindicar la propiedad en garantía a favor de los trabajadores de grupo industrial CASA, SA de CV, a cargo del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaria de Salud, a destinar mayores recursos para la detección oportuna de la artritis reumatoide, así como para su óptimo tratamiento, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo relativo a la prevención del delito de abigeato en estado de Querétaro, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y del DF, para que refuercen las campañas de prevención del embarazo adolescente, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se solicita a Pemex, a la Sener y a la Comisión Nacional de Hidrocarburos, para que conserven bajo su custodia los 95 campos petroleros que Petróleos Mexicanos pretende devolver al Estado, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Conagua, para que difunda la información referente al Programa de Captación de Agua, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo relativo al abasto oportuno de medicamentos en zonas apartadas y de muy alta marginación del país, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que en la construcción del nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México se respeten los derechos de las personas que aducen un interés jurídico de posesión o de propiedad en los inmuebles donde se implementará dicho proyecto, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo relativo al esclarecimiento del ataque de que ha sido objeto la revista electrónica Desinformémonos, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Segob, evalúe la situación que guarda el ingenio azucarero Tamaluza, ubicado en el estado de Jalisco, a cargo del diputado J. Jesús Zúñiga Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a los gobiernos de las entidades federativas y del DF, para que garanticen y respeten la labor de personas defensoras de derechos humanos, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno, a fin de conmemorar el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, para que implemente un programa en materia de combate a la venta de productos de tabaco ilegal en el país, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se solicita la adhesión del Estado Mexicano a la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, suscrito por los diputados Mercedes Del Carmen Guillén Vicente, Jorge Carlos Ramírez Marín, Yolanda De la Torre Valdez y César Camacho Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias encargadas de la Seguridad Pública, a fin de evitar el posible linchamiento de personas que sean detenidas por ciudadanos o pobladores de algún municipio o delegación, acusados de haber cometido algún delito, a cargo del diputado María Cristina Teresa García Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las dependencias de la Administración Pública Federal para transversalizar la política de estado en materia de protección civil y adecuar diversas leyes, con el fin de incorporar la gestión del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático, así como armonizarlas con los estándares internacionales, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se solicita a la CNDH, para que difunda el ejercicio de sus facultades para investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las 31 entidades federativas y al DF, para que implementen campañas de salud sexual y reproductiva y de prevención del embarazo en adolescentes, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Efemérides
Con motivo del Aniversario de la Armada de México, a cargo del diputado Carlos Federico Quinto Guillén, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con motivo del 23 de noviembre, Día de la Armada de México, a cargo del diputado Virgilio Mendoza Amezcua, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con motivo del 23 de noviembre, Día de la Armada de México, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con motivo del 17 de noviembre, Día Mundial de la Prematuridad, a cargo del diputado Gustavo Madero Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y a nombre de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Con motivo del 14 de noviembre, Aniversario de la fecha en que la Cámara de Diputados, aprobó la igualdad jurídica de la mujer, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Sasil Dora Luz De León Villard, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con motivo del 25 de noviembre, Día Mundial de la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.»
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se dispensa su lectura.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa su lectura.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves diecinueve de noviembre de dos mil quince, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.
Presidencia del diputado
José de Jesús Zambrano Grijalva
En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos cincuenta y tres diputadas y diputados, a las once horas con cuarenta y siete minutos del jueves diecinueve de noviembre de dos mil quince, el Presidente declara abierta la sesión.
En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; del mismo modo se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, y no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De la Mesa Directiva, por el que se comunica modificación de turno de las iniciativas con proyecto de decreto:
Por la que se adiciona un artículo doscientos dieciséis-Bis a la Ley General de Salud, presentada por el diputado Alberto Martínez Urincho, del Partido de la Revolución Democrática, el diez de noviembre de dos mil quince. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen, y la Comisión de Ganadería, para opinión.
Por la que se adiciona la fracción décima primera del artículo sexto de la Ley General de Salud, presentada por la diputada Rosa Alicia Álvarez Piñones, del Partido Verde Ecologista de México, el diez de noviembre de dos mil quince. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen, y la Comisión de Ganadería, para opinión.
Por la que se reforma el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la diputada Gloria Himelda Félix Niebla, del Partido Revolucionario Institucional, el cuatro de noviembre de dos mil quince. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y la Comisión de Seguridad Social, para opinión.
Se modifican los turnos a las iniciativas mencionadas. Actualícense los registros parlamentarios.
En su oportunidad y desde su curul realiza comentarios sobre diversos temas legislativos la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, de Movimiento Ciudadano. El Presidente hace aclaraciones.
b) De la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Gobernación, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos treinta y dos, y treinta y cuatro de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, presentada el cuatro de noviembre del año en curso. Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios.
c) De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados por el que lamenta y condena los hechos ocurridos en la República Árabe de Egipto, el pasado trece de septiembre. Se remite a la Comisión de Relaciones Exteriores, para su conocimiento.
d) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la que informa que en el mes de octubre de dos mil quince, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, únicamente destinó mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y aquéllas que no son transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento.
El Presidente lamenta y da sus condolencias al diputado Héctor Ulises Cristopulos Ríos, del Partido Revolucionario Institucional, por el fallecimiento de su señor padre.
Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a los diputados:
José del Pilar Córdova Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo ciento treinta y dos de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Brenda Velázquez Valdez, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos cincuenta y cinco, y cincuenta y nueve de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
Eva Florinda Cruz Molina, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos séptimo, y ciento quince de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Sara Paola Galico Félix Díaz, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo ciento ocho de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.
Rodrigo Abdala Dartigues, de Morena, que reforma el artículo dieciséis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Jonadab Martínez García, de Movimiento Ciudadano, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Justicia, para dictamen.
Manuel Alexander Zetina Aguiluz, y suscrita por diputados integrantes de Nueva Alianza, que reforma los artículos tercero, y treinta y uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
A las doce horas con treinta y seis minutos, por instrucciones de la Presidencia se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos cuarenta y cinco diputadas y diputados.
El siguiente punto del Orden del Día es efemérides:
Con motivo del diecinueve de noviembre, Día Mundial para Prevención del Abuso contra los Niños. Se concede el uso de la palabra a la diputada Mariana Arambula Meléndez, del Partido Acción Nacional. Interviene para referirse al tema las diputadas y el diputado: Norma Edith Martínez Guzmán, del Partido Encuentro Social; Carmen Victoria Campa Almaral, de Nueva Alianza; María Candelaria Ochoa Avalos, de Movimiento Ciudadano; Daniela De Los Santos Torres, del Partido Verde Ecologista de México; Rafael Hernández Soriano, del Partido de la Revolución Democrática; y Julieta Fernández Márquez, del Partido Revolucionario Institucional; en su oportunidad y desde su curul, hace alusión al tema la diputada María Antonia Cárdenas Mariscal, de Morena.
Con motivo del veinte de noviembre, Aniversario del inicio de la Revolución Mexicana. Se concede el uso de la palabra a la diputada Karina Sánchez Ruiz, de Nueva Alianza. Intervienen para referirse al tema las diputadas y los diputados: Modesta Fuentes Alonso, de Morena; Remberto Estrada Barba, del Partido Verde Ecologista de México; David Gerson García Calderón, del Partido de la Revolución Democrática; Karla Karina Usuna Carranco, del Partido Acción Nacional; y Próspero Manuel Ibarra Otero, del Partido Revolucionario Institucional.
En relación con los sucesos ocurridos el diecinueve de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro, en San Juan Ixhuatepec, Estado de México. Para referirse a tema hace uso de la palabra la diputada Karen Hurtado Arana, del Partido de la Revolución Democrática, quien solicita a la Presidencia guardar un minuto de silencio en memoria de las víctimas. El Presidente obsequia dicha solicitud e invita a la Asamblea a ponerse de pie.
La Secretaría informa a la Asamblea que se recibió dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Vivienda, por el que se reforman los artículos veintinueve, fracción sexta, y treinta y cinco, primer párrafo, y se adicionan los artículos veintinueve Ter y veintinueve Quáter a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Puntos Constitucionales, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo. Se concede el uso de la palabra al diputado Daniel Ordoñez Hernández para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión y para informar a la Asamblea en qué consisten las modificaciones hechas por la colegisladora. El Presidente instruye a la Secretaría a dar lectura al artículo setenta y dos, fracción E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para fijar postura de sus grupos parlamentarios intervienen las diputadas y los diputados: Hugo Eric Flores Cervantes, del Partido Encuentro Social;
Presidencia del diputado
Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano
Soralla Bañuelos de la Torre, de Nueva Alianza;
Presidencia del diputado
José de Jesús Zambrano Grijalva
Víctor Manuel Sánchez Orozco, de Movimiento Ciudadano; Virgilio Dante Caballero Pedraza, de Morena; Lorena Corona Valdés, del Partido Verde Ecologista de México; Guadalupe Acosta Naranjo, del Partido de la Revolución Democrática; Gustavo Enrique Madero Muñoz, del Partido Acción Nacional;
Presidencia del diputado
Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano
y Edgar Castillo Martínez, del Partido Revolucionario Institucional.
Presidencia del diputado
José de Jesús Zambrano Grijalva
Se somete a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto e intervienen en pro los diputados: Claudia Sofía Corichi García, de Movimiento Ciudadano; Araceli Damián González, de Morena; Benjamín Medrano Quezada, del Partido Revolucionario Institucional; Enrique Cambranis Torres, del Partido Acción Nacional; Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática; Karina Padilla Ávila, del Partido Acción Nacional; y Arturo Santana Alfaro, del Partido de la Revolución Democrática. En su oportunidad y desde su curul realiza comentarios el diputado Hugo Eric Flores Cervantes, del Partido Encuentro Social. Sin más oradores registrados, en votación económica se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. En votación nominal por unanimidad de cuatrocientos diecisiete votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo. Pasa a las legislaturas de los estados, para los efectos del artículo ciento treinta y cinco constitucional.
El Presidente dirige un mensaje a la Asamblea. Desde su curul realiza comentarios el diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, de Movimiento Ciudadano.
En virtud de que se ha cumplido con el requisito de la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Vivienda por el que se reforman los artículos veintinueve, fracción sexta, y treinta y cinco, primer párrafo, y se adicionan los artículos veintinueve Ter y veintinueve Quáter a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y a solicitud de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza la discusión y votación del asunto de inmediato. Se autoriza.
El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del proyecto de decreto de la Comisión de Vivienda, por el que se reforman los artículos veintinueve, fracción sexta, y treinta y cinco, primer párrafo, y se adicionan los artículos veintinueve Ter y veintinueve Quáter a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión a la diputada Alma Carolina Viggiano Austria. Para fijar postura de sus grupos parlamentarios intervienen las diputadas y los diputados: José Alfredo Ferreiro Velazco, del Partido Encuentro Social; María Eugenia Ocampo Bedolla, de Nueva Alianza; Refugio Trinidad Garzón Canchola, de Movimiento Ciudadano; Roberto Guzmán Jacobo, de Morena; Francisco Alberto Torres Rivas, del Partido Verde Ecologista de México; Norberto Antonio Martínez Soto, del Partido de la Revolución Democrática; Francisco Ricardo Sheffield Padilla, del Partido Acción Nacional; y Pedro Alberto Salazar Muciño, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación económica se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. En votación nominal por unanimidad de trescientos ochenta y dos votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos veintinueve, fracción sexta, y treinta y cinco, primer párrafo, y se adicionan los artículos veintinueve Ter y veintinueve Quáter a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.
Se da cuenta con comunicación de la Junta de Coordinación Política en relación con cambios de integrantes de Comisiones. De enterado. Comuníquese.
Se da cuenta con acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la Secretaría de Desarrollo Social, y a la Comisión Nacional del Agua, para que asignen recursos de los programas a su cargo, a fin de atender las afectaciones ocasionadas por los remanentes del huracán Patricia que padecieron los habitantes del municipio de Escuinapa, estado de Sinaloa. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
La Secretaría informa a la Asamblea que se recibió dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Ciencia y Tecnología, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
Desde su curul realiza comentarios sobre diversos temas legislativos el diputado Germán Escobar Manjarrez, del Partido Revolucionario Institucional.
El siguiente punto del Orden del Día es el capítulo de proposiciones con puntos de acuerdo con trámite de urgente u obvia resolución. Para presentarlas se concede el uso de la palabra a los diputados:
Miguel Ángel Yunes Linares, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República, para que investigue, resuelva y se finquen responsabilidades derivadas de las denuncias interpuestas por la Auditoría Superior de la Federación por el delito de desvío de recursos, cometidos por funcionarios de diversas entidades federativas, y se resuelvan las denuncias penales interpuestas contra funcionarios del Gobierno del estado de Veracruz. En votación económica no se considera de urgente resolución, en consecuencia se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
Alfredo Bejos Nicolás, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, vuelva a suministrarles a los derechohabientes que padecen esclerosis múltiple, el medicamento que contiene el principio activo fingolimod en el Centro México Nacional veinte de noviembre. En votación económica se considera de urgente resolución. Se concede el uso de la palabra para referirse al acuerdo a los diputados: Mariana Trejo Flores, de Morena; Rosa Alicia Álvarez Piñones, del Partido Verde Ecologista de México; José Guadalupe Hernández Alcalá, del Partido de la Revolución Democrática; Jesús Antonio López Rodríguez, del Partido Acción Nacional; y Nora Liliana Oropeza Olguin, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados en votación económica acepta la adición propuesta por el diputado José Guadalupe Hernández Alcalá, del Partido de la Revolución Democrática, y de la misma manera se aprueba el acuerdo con la adición aceptada por la Asamblea. Comuníquese.
Desde su curul el diputado Salomón Fernando Rosales Reyes, del Partido Revolucionario Institucional, realiza comentarios sobre diversos temas legislativos. El Presidente hace aclaraciones.
De conformidad con los artículos cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, de las iniciativas y las proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, las de los siguientes diputados:
a) Iniciativas con proyecto de decreto:
Waldo Fernández González y diputados integrantes del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo veinticinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía. Se turna a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para dictamen.
Yolanda de la Torre Valdez, César Octavio Camacho Quiroz y Jorge Carlos Ramírez Marín, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
b) Proposiciones con punto de acuerdo:
Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, del Partido Acción Nacional, por el que se solicita a la Auditoria Superior de la Federación lleve a cabo una auditoría sobre los procesos de licitación, contratos y recursos ejercidos en el municipio de León durante el periodo dos mil doce-dos mil quince. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
Ernestina Godoy Ramos, de Morena, por el que se exhorta al gobierno federal para que a través de las instancias correspondientes se garantice el acceso y suministro de electricidad a grupos y zonas marginadas, así como para que emitan un programa de cancelación de adeudos para los mismos. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
Ana Guadalupe Perea Santos, del Partido Encuentro Social, por el que se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social, para que se establezcan horarios preferentes en invierno, en las unidades de medicina familiar. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Jorge López Martín, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a diversas dependencias de la administración pública federal, a realizar acciones en materia de seguridad nacional. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
Melissa Torres Sandoval, del Partido Encuentro Social, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Salud y de los regímenes estatales de protección social en salud, a fortalecer e incrementar las acciones encaminadas al tratamiento de la pre-diabetes. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Alfredo Miguel Herrera Deras, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Economía, se establezcan las medidas de protección hacia la industria nacional, garantizando su impulso y desarrollo frente a la competencia y la introducción ilegal de mercancías de origen chino. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.
La Presidencia señala, dentro del contexto de la presentación en tribuna de iniciativas de ley o decretos, que los legisladores que deseen adherirse a los mismos, contarán con un plazo determinado para ello, siempre y cuando tengan la autorización de su autor. Así mismo se invita a los proponentes de efemérides a que entreguen a la Secretaría los textos respectivos para su incorporación al Diario de los Debates.
Agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el día martes veinticuatro de noviembre de dos mil quince, a las once horas, y levanta la sesión a las diecisiete horas con trece minutos.»
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobada el acta.
Continúe la Secretaría con el capítulo de comunicaciones oficiales.
COMUNICACIONES OFICIALES
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Con fundamento en lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 5o., fracción XIII, 8o., fracción VIII, y 12, fracción III, y 12, fracciones III, VIII y XIII de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, me permito hacerles de su conocimiento que mediante oficio número D00/100/435/2015, el ciudadano Carlos Ramírez Fuentes, presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, envía el informe trimestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro, correspondiente al periodo julio-septiembre de 2015.
Por lo anterior, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como el anexo que en el mismo se cita en formato impreso y disco compacto.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 18 de noviembre de 2015. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación. Presente.
Estimado Subsecretario Solís:
De conformidad con lo establecido por el artículo 27, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, atentamente le solicito sea usted el amable conducto para dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 5o., fracción XIII, 8o., fracción VIII, y 12, fracciones III, VIII y XIII, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y el artículo 151 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Por lo anterior, anexo al presente me permito acompañar por duplicado el informe trimestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro, correspondiente al periodo julio-septiembre de 2015, tanto impreso como en disco compacto, el cual fue aprobado por la junta de gobierno de esta comisión en su segunda sesión extraordinaria de dos mil quince y que, de no existir inconveniente, deberá entregarse a cada una de las Cámaras del honorable Congreso de la Unión a más tardar el 30 de noviembre del año en curso.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 18 de noviembre de 2015. Carlos Ramírez Fuentes (rúbrica), Presidente.»
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para su conocimiento.
o
La Secretaria Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presentes.
En respuesta al oficio número D.G.P.L. 63-II-8-0065, signado por la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DGV/MVG/502/2015 suscrito por el maestro Mario de la Vega Grajales, director general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como de su anexo mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a la conmemoración del Día Mundial sin Automóvil.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 19 de noviembre de 2015. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de EnlaceLegislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.
Me refiero a su oficio de fecha 17 de septiembre de 2015, mediante el cual comunica a esta secretaría que el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en esa fecha el siguiente acuerdo legislativo:
Primero. La Cámara de Diputados se suma a la conmemoración del Día Mundial sin Automóvil, que se llevará a cabo el día 22 de septiembre del presente año, por lo que se instruye a la Secretaría General a que gire las circulares correspondientes para exhortar a los trabajadores de esta Cámara a no utilizar automóviles particulares durante este día y optar por medios de trasporte público o no motorizado.
Segundo. Se exhorta a las entidades y dependencias de la administración pública federal, de las entidades federativas del Distrito Federal, a sumarse a dicha conmemoración del Día Mundial sin Automóvil exhortándoles a emitir las disposiciones administrativas correspondientes para que los vehículos oficiales, que no estén destinados a labores operativas y las tareas de carácter indispensable, no circulen el día 22 de septiembre, y del mismo modo soliciten a sus trabajadores no utilizar automóviles particulares durante ese día optar por medios de transporte público o no motorizados.
Al respecto le informo que mediante oficio número 5.3.2.1.-1051 del 24 de septiembre de 2015, la Dirección de Mantenimiento y Conservación de Bienes notificó que, a través de circular por correo electrónico del 21 de septiembre pasado, se invité a los servidores públicos de las Unidades Administrativas Centrales y Centro SCT a sumarse a la conmemoración del Día Mundial sin Automóvil.
Hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 9 de noviembre de 2015.Maestro Mario de la Vega Grajales (rúbrica), drector general de Vinculación.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Licenciado Mario de la Vega Grajales, director general de Vinculación. Presente.
Hago referencia al asunto con número Pegasus E10000015-4106, relativo al oficio número SELAP/300/2135/15 del 17 de septiembre de 2015, signado por el licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos, radicado en la Dirección General de Recursos Materiales el 21 de los corrientes, en el cual hace del conocimiento a su vez el oficio D.G.P.L. 63-II-8-0065, signado por la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en el que se le comunica a la Segob el acuerdo aprobado en el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 17 de septiembre del actual, que para efectos se tiene por trascrito.
Al respecto a efecto de dar atención al acuerdo y comunicados referidos en el párrafo anterior, se emitió correo electrónico de fecha 21 de los corrientes (se adjunta), dirigido a los administrativos de las Unidades Administrativas Centrales y Centros SCT, con la finalidad de invitar a esas áreas y servidores públicos en general a sumarse a la conmemoración del Día Mundial sin Automóvil, el 22 de septiembre del 2015, ...para que los vehículos oficiales que no estén destinados a labores operativas y las tareas de carácter indispensable, no circulen el día 22 de septiembre, y del mismo modo soliciten a sus trabajadores no utilizar automóviles particulares durante ese día y optar por medios de transporte público o no motorizado.
Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 24 de septiembre de 2015. Licenciado Francisco J. Torres Delgado (rúbrica), director general de Recursos Materiales.»
«Coordinadores, Directores y subdirectores de Administración de las Unidades Administrativas Centrales y Centros SCT
En atención al oficio número SELAP/300/2135/15 del 17 de septiembre de 2015, signado por el licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos, radicado en la Dirección General de Recursos Materiales el 21 de los corrientes, en el cual hace del conocimiento a su vez el oficio D.G.P.L.-II-8-0065, signado por la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en el que se le comunica a la Segob el acuerdo aprobado en el pleno de ese órgano legislativo en sesión celebrada el 17 de septiembre del actual, que para efectos se tiene por trascrito. (Se adjunta al presente para pronta referencia los documentos referidos).
Al respecto atendiendo al Acuerdo y comunicados, referidos en el párrafo anterior, solicito a ustedes a efecto de sumarse a la conmemoración del Día Mundial sin Automóvil, el 22 de septiembre del 2015, ...para que los vehículos oficiales, que no estén destinados a labores operativos y las tareas de carácter indispensable, no circulen el día 22 de septiembre, y del mismo modo soliciten a sus trabajadores no utilizar automóviles particulares durante ese día y optar por medios de transporte público o no motorizado.
Sin más por el momento, en espera de la atención al presente reciban un saludo.
Licenciado Francisco Javier Torres Delgado (rúbrica), director general de Recursos Materiales.»
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Junta de Coordinación Política y al Promovente, para su conocimiento.
o
La Secretaria Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presentes.
En respuesta al oficio D.G.P.L. 62-II-1-2425, signado por la senadora Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia similar número SPPA/0766/2015, suscrito por el maestro Javier Warman Diamant, director general de Planeación y Evaluación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a informar respecto del acatamiento de la resolución presidencial del 10 de mayo de 1928, sobre la concesión de derechos para el uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales del río Huehuetlán, en favor de ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y los habitantes del municipio de Huehuetlán el Grande, Puebla.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 19 de noviembre de 2015. Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación Presente.
Me permito hacer referencia al oficio número SELAP/UEL/311/129/15, a través del cual se hizo del conocimiento de esta subsecretaría, el punto de acuerdo aprobado por el pleno, de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, mismo que se transcribe:
Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta a la Comisión Nacional del Agua, remita un informe detallado respecto del acatamiento de la resolución presidencial del 10 de mayo de 1928, sobre la concesión de derechos para el uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales del río Huehuetlán, en favor de ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y los habitantes del municipio de Huehuetlán el Grande, Puebla. (sic).
Al respecto, y con el propósito de dar cumplimiento al mencionado Punto de Acuerdo, me permito anexar al presente, copia del oficio número B00.00.01.-137, mediante el cual la Comisión Nacional del Agua (Conagua) informó que la Gerencia de Servicios a Usuarios adscrita a la Subdirección General de Administración del Agua, solicitó opinión a la Gerencia de lo Consultivo dela Subdirección General Jurídica, sobre la factibilidad de otorgar concesión o reconocer los derechos para el uso, aprovechamiento y explotación de aguas nacionales del Río Huehuetlán, conforme a la resolución presidencial de 10 de mayo de 1928, quien señaló que el propio artículo 27, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, faculta al Ejecutivo Federal para reglamentar la extracción y utilización de las aguas de propiedad nacional y aun establecer zonas de veda cuando lo exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos.
Asimismo, señaló que la Ley de Aguas Nacionales establece las reglas y condiciones para el otorgamiento de concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, señalando que dicho otorgamiento, se hará después de considerar a las partes involucradas, y el costo económico y ambiental de las obras proyectadas.
También indicó, que sí bien, en la resolución presidencial de 10 de mayo de 1928, se prevé la posibilidad de llevar a cabo el uso y aprovechamiento de aguas del Río Huehuetlán para el riego dé 499 hectáreas, la legislación en materia de aguas emitida con posterioridad a dicha resolución, ha buscado que los aprovechamientos de aguas otorgados al amparo de algún instrumento diverso de la concesión, se sujeten a este último régimen, acordé con el texto constitucional.
Así, la Ley de Aprovechamiento de Aguas de Jurisdicción Federal, vigente al momento de la resolución presidencial, preveía la posibilidad de confirmar los derechos preexistentes a través de cualquier título legal y dicha confirmación constituiría el título que ampararía el uso y aprovechamiento de las aguas; sin embargo, el reglamento de esta Ley impedía dar trámite a cualquier solicitud de confirmación mientras esas aguas no hubiesen sido declaradas de jurisdicción federal, situación que ocurrió hasta el 30 de agosto de 1933.
Por último, mencionó que se considera que el aprovechamiento de aguas nacionales realizado al amparo de la resolución presidencial y su eventual reconocimiento, resulta jurídicamente improcedente por contravenir al régimen de concesiones vigente, que establece que la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales solo podrá realizarse mediante concesión otorgada por el ejecutivo Federal, aunado a que, desde la perspectiva de esta unidad administrativa se presentaron diversas oportunidades derivadas de diferentes legislaciones e instrumentos de igual jerarquía a aquél que otorgo el derecho, para transitar hacia el régimen de concesiones señalado.
Lo anterior, se hace de su conocimiento para que a través de su conducto, se haga llegar la respuesta correspondiente a la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, de conformidad con el procedimiento instaurado para tales efectos.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 10 de noviembre de 2015. Doctor Rodolfo Lacy Tamayo, subsecretario; Maestro Javier Warman Diamant (rúbrica), con fundamento en lo establecido en los artículos 19, fracción XXIII, y 834 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y en atención al oficio número SPPA/0751/2015, de fecha 6 de noviembre de 2015, firma como encargado del despacho el director general de Planeación y Evaluación.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Comisión Nacional del Agua.
Maestro en Ciencias Rodolfo Lacy Tamayo, subsecretario de Planeación y Política Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Presente.
Hago referencia a su oficio SPPAl0318/2015, respecto del punto de acuerdo, mediante el cual el Congreso de la Unión exhorta a la Conagua, a que remita un informe detallado respecto del acatamiento de la resolución Presidencial del 10 de mayo de 1928, sobre la concesión de derechos para el uso; aprovechamiento o explotación de aguas nacionales del río Huehuetlán, en favor de ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y los habitantes del municipio de Huehuetlán el Grande, Puebla.
Al respecto, y en ejercicio de las atribuciones que confiere a esta Coordinación de Asesores de la Dirección General, el artículo 16, fracción VI, del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, me permito adjuntar la respuesta por parte de esta institución.
Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 28 de julio de 2015. Ingeniero Alfonso Camarena Larriva (rúbrica), coordinador de asesores.»
«Comisión Nacional del Agua.
Lic. José Alejandro Cervantes Beltrán, coordinador de Asesores Adjunto. Presente.
Hacemos referencia a su memorándum número B00.00.01.-048, del 6 de febrero del año en curso, que remite para comentarios punto de acuerdo mediante el cual el Congreso de la Unión exhorta a la Conagua, a que remita un informe detallado respecto del acatamiento de la resolución Presidencial del 10 de mayo de 1928, sobre la concesión de derechos, para el uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales del río Huehuetlán, en favor de ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y los habitantes del municipio de Huehuetlán El Grande, Puebla.
Sobre el particular, nos permitimos remitir a usted debidamente requisitado el formato, solicitado en el que- se contiene la opinión de esta Subdirección General de Administración del Agua, en relación con el punto de acuerdo.
Anexo: Formato.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 11 de febrero de 2015.Ingeniero Francisco José Muñiz Pereyra (rúbrica), subdirector general.»
« Asunto: Punto de acuerdo
Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta a la, Comisión Nacional del Agua, remita un informe detallado respecto del acatamiento de la resolución presidencial del 10 de mayo de 1928, sobre la concesión de derechos para el uso aprovechamiento o explotación de aguas nacionales del río Huehuetlán, en favor de ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y los habitantes del municipio de Huehuetlán el Grande, Puebla.
Antecedentes
l. Se cuenta con copia, del ejemplar del Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Puebla de 26 de octubre de 1938, la cual incluye la resolución a la solicitud de ampliación de ejidos por 500 hectáreas de terrenos cerriles pastales publicada el 22 de noviembre de 1938, promovida por el pueblo de Huehuetlán el Grande, municipio del mismo nombre, ex distrito de Tepexi, del estado de Puebla, la cual es procedente por estar comprendida en los artículos 21 y 83 del Código Agrario y fracción X del artículo 27 constitucional.
2. Así como copia de la resolución presidencial de fecha 10 de mayo de 1928, relativa a la dotación de tierras al ejido solicitante de 1996 hectáreas, donde en el resolutivo quinto, que a la letra dice:
Quinto.- Comprendiéndose dentro de esta dotación 499 has. de terrenos de riego que han venido regándose con las aguas del río de Huehuetlán, corresponde en tal virtud a la villa de que se trata, como accesión y de acuerdo con el artículo 773 del Código Civil del Distrito y Territorio Federales el uso y aprovechamiento de tales aguas; las que se usarán de acuerdo con un plan general encaminado a obtener el máximo de utilidad, el cual será siempre sujetado a la aprobación de la Comisión Nacional Agraria, la que fijará el volumen correspondiente y ordenará y dirigirá las obras necesarias para su aprovechamiento.
3. Que al respecto del punto anterior, en el mismo expediente no se presenta copia protocolizada por el Registro Agrario Nacional del documento resolutivo o dotatorio de aguas emitido por la autoridad competente en favor del ejido Santo Domingo Huehuetlán, para la utilización en uso agrícola de aguas que se conducen en el río Huehuetlán.
4. Que el río Huehuetlán, denominado localmente Huehueteco, en términos de lo dispuesto por el artículo 113 de la Ley de Aguas Nacionales, constituye un bien a cargo de la Comisión Nacional del Agua, toda vez que las aguas de esta corriente se encuentran determinadas de propiedad nacional mediante la declaratoria número 61 de fecha 19 de agosto de 1933, publicada en el Diario Oficial de la Federación el30 de agosto del mismo año. El río Huehuetlán es afluente del río Atoyac que aporta sus aguas al cauce del río Balsas o Mezcala.
5. Que el 2 de febrero de 1966, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo presidencial de fecha 18 de diciembre de 1965, mediante el cual se establece veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones de aguas del río Balsas y de todos los afluentes y subafluentes que constituyen su cuenca tributaria, desde su origen en el estado de Puebla hasta su desembocadura en el Océano Pacifico, entre los que se encuentra el río Huehuetlán.
6. Que el entonces director local en Puebla de la Comisión Nacional del Agua, licenciado Manuel Beristaín Gómez, mediante oficio número B00.DL.14.1.1.3703/2010 4962, de 22 de noviembre de 2010, emitió resolución a la solicitud de concesión de aguas nacionales superficiales y para ocupación de zona federal, presentada por el ejido Santo Domingo Huehuetlán, a la que resolvió improcedente, con base en que no es factible otorgar en concesión para uso agrícola, aguas superficiales que se conducen en el río Huehuetlán, toda vez que dicha corriente, afluente del río Atoyac, en su desarrollo se conduce en la cuenca hidrológica del río Balsas, región donde existe veda para el otorgamiento de concesiones de aguas de esta corriente y de todos los afluentes y subafluentes que constituyen su cuenca tributaria, conforme al acuerdo de 18 de diciembre de 1965, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 2 de febrero de 1966.
7. Que el artículo 29 Bis 5, fracción II, de la ley de Aguas Nacionales establece que la Comisión Nacional del Agua tiene la facultad de negar la concesión de aguas nacionales cuando implique la afectación a zonas declaradas en veda.
Acciones realizadas
A través de oficio número BOO.02.01.- 0362, del 5 de diciembre de 2013, e dio respuesta al escrito presentado por el comisionado ejidal, de fecha 28 de noviembre de 2011, a través del cual solicitó apoyo para obtener la concesión de aguas superficiales para riego de los ejidos Santo Domingo Huehuetlán comuneros de Huehuetlán, Santo Domingo Coatepec y pequeños propietarios, en el estado de Puebla, indicando en el documento de referencia, que se revisó cuidadosamente los documentos anexos al escrito citado, llegando a la conclusión de que no existe documento donde se dé acceso o se dote a los solicitantes de las aguas nacionales superficiales que de negar la concesión para la utilización de aguas que se conducen en el río Huehuetlán, en uso agrícola.
De igual manera se informó que resultaba improcedente otorgar al ejido Santo Domingo Huehuetlán, comuneros de Huehuetlán, entre otros la concesión para ocupar las cuatro fracciones de zona federal solicitada y perteneciente al río Huehuetlán, para habilitarla obras de captación, para realizar el aprovechamiento de las aguas superficiales de referencia, por las razones expuestas.
Cabe señalar que a través de memorando número BOO.02.0.1-0253, de 1 de abril de 2014, la Gerencia de Servicios a Usuarios adscrita a esta Subdirección General de Administración del Agua, solicitó opinión a la Gerencia de lo Consultivo de la Subdirección General Jurídica, sobre la factibilidad de otorgar concesión o reconocer los derechos para el uso, aprovechamiento y explotación de aguas nacionales del Río Huehuetlán, conforme a la resolución presidencial de 10 de mayo de 1928, quien mediante memorando número BOO.00.02.01.01.- 03545, del 29 de mayo de 2014, indicó textualmente lo siguiente:
Al respecto, en ejercicio de las atribuciones que al efecto le confiere el artículo 44, fracción VIII, a esta gerencia de lo consultivo de la Subdirección General Jurídica, respecto a tramitar y resolver las consultas sobre situaciones reales y concretas que formulen las unidades administrativas de la comisión, tanto en su nivel nacional como en el nivel regional hidrológico-administrativo, me permito comentar a usted lo siguiente:
El párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos naturales a los que se refiere, entre ellos el agua, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.
En ese contexto, el propio artículo 27, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, faculta al Ejecutivo Federal para reglamentar la extracción y utilización de las aguas de propiedad nacional y aun establecer zonas de veda cuando lo exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos.
De lo anterior, resulta evidente que para llevar a cabo la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales superficiales, para el caso en concreto, es un requisito indispensable con.tar con concesión otorgada por el Ejecutivo federal; sin embargo, el otorgamiento de las mismas puede resultar afectado cuando el Ejecutivo federal, en ejercicio de sus atribuciones y por causas - de interés público, lleve a cabo el establecimiento de una zona de veda.
Por su parte, la Ley de Aguas Nacionales establece las reglas y condiciones para el otorgamiento de concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, señalando que dicho otorgamiento se hará después de considerar a las partes involucradas, y el costo económico y ambiental de las obras proyectadas.
Asimismo, el artículo 22 de la ley en comento, dispone que para el otorgamiento de concesiones, se debe, tomar en cuenta, entre otros aspectos, la disponibilidad media anual del agua, así como la normatividad relativa a las vedas existentes en la cuenca hidrológica de que se trate.
En ese orden de ideas, se debe resaltar que dada la naturaleza jurídica de las vedas, concebidas en términos de la Ley de Aguas Nacionales no permite el otorgamiento de concesiones, toda vez que de acuerdo a su definición, las zonas de veda son -aquellas áreas específicas de las regiones hidrológicas, cuencas hidrológicas o acuíferos, en los cuales no se autorizan aprovechamientos de aguas adicionales a los establecidos legalmente y éstos se controlan mediante reglamentos específicos...; es decir, no se permite autorizar ningún nuevo aprovechamiento.
Así de conformidad con los elementos aportados, y sin que esta unidad administrativa pueda determinar que efectivamente, el río Huehuetlán,, como se señala en el memorándum de referencia, sea afluente del río Atoyac y que éste aporta sus aguas al cauce del río Balsas o Mezcala, es relevante señalar que, en términos del acuerdo por el que se actualiza la disponibilidad media anual de las aguas superficiales en las cuencas hidrológicas río Alto Atoyac, río Amacuzac, río Tlapaneco; río Nexapa, río Mixteco, río Bajo Atoyac, río Cutzamala, río Medio Balsas, río Cupatitzio, río Tacámbaro, río Tepalcatepec, río Bajo Balsas, río Paracho-Nahuatzen, río Zirahuén y río Libres Oriental, mismas que forman parte de la región hidrológica número 18 Balsas, publicado el 28 de agosto de 2013, la disponibilidad media anual de la cuencas hidrológicas río Alto Atoyac y rio Bajo Atoyac, es deficitaria.
Asimismo, cabe señalar que el Acuerdo de veda al que se refiere en su consulta, quedó abrogado por virtud del decreto por el que se modifican los diversos por los que se constituyen reservas de aguas nacionales y se establece una, veda en la región hidrológica número 18 Balsas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2011, el cual, tiene por efecto, entre otros, el que sólo se permita el otorgamiento de asignaciones y concesiones para destinarse a los usos doméstico y público urbano, respecto de los volúmenes que se encuentran reservados.
De tal forma, en atención a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 22 de la Ley de Aguas Nacionales, la falta de disponibilidad, así como la existencia de una zona de veda, vigente, hacen jurídicamente inviable el otorgamiento de una concesión.
Por otro lado, en cuanto a la viabilidad de reconocer los derechos para el uso, aprovechamiento y explotación de aguas nacionales, de conformidad con la resolución presidencial de 10 de mayo de 1928, si bien en ella se prevé la posibilidad de llevar a cabo el uso aprovechamiento de aguas del río Huehuetlán para el riego de 499 hectáreas, la legislación en materia de aguas emitida con posterioridad a dicha resolución, ha buscado que los aprovechamientos de aguas otorgados al amparo de algún instrumento diverso de la concesi6n, se sujeten a este último régimen, acorde con el texto constitucional.
Así, la Ley de Aprovechamiento de Aguas de Jurisdicción Federal, vigente al momento de la resolución presidencial materia del presente, preveía la posibilidad de confirmar los derechos preexistentes a través de cualquier título legal y que dicha confirmación constituiría título que ampararía el liso y aprovechamiento de las aguas; sin embargo, el reglamento de esta ley, impedía dar trámite a cualquier solicitud de confirmación mientras esas aguas no hubiesen sido declaradas de jurisdicción federal, situación que, de acuerdo a lo señalado por esa unidad administrativa, ocurrió hasta el 30 de agosto de 1933.
Por su parte, la Ley de Aguas de Propiedad Nacional, de 1929, confirmaba de pleno derecho los - aprovechamientos existentes, amparados por títulos, concesiones o confirmaciones expedidos por autoridad competente, en la magnitud que dichos aprovechamientos se hubieran verificado y hasta por las cantidades amparadas; sin embargo, el reglamento de la misma, disponía que los títulos expedidos por el Ejecutivo de la Unión, confirmados de pleno derecho en el artículo 13 de la ley, en cuanto al, aprovechamiento mismo de las aguas, se regiría por el mismo y, que los usuarios al concluir la ejecución de las obras autorizadas por sus títulos, podrían solicitar que se les expidiera la concesión en los términos de la ley vigente para que fuera ésta la que amparara, para lo sucesivo, el aprovechamiento de las aguas.
En el mismo orden de ideas, ya la Ley de Aguas Nacionales de 1992, establecía que la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales por parte de personas físicas o morales se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo federal a través de la Comisión Nacional del Agua y, por su parte, los artículos .tercero y cuarto transitorios del reglamento de la ley en comento, disponen lo siguiente:
Tercero. El otorgamiento de concesiones y asignaciones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas superficiales en el territorio nacional, y de las aguas del subsuelo en las zonas de veda o reglamentadas por el Ejecutivo federal, se sujetara a lo siguiente:
I. Los usuarios cuyos aprovechamientos tengan más de cinco años anteriores a la a la entrada en vigor de la Ley y que cuenten con permisos precarios, permisos o autorizaciones provisionales, premisos precarios, permisos o autorizaciones provisionales, permisos de perforación de pozos expedidos por autoridad competente, o con cualquier otro título legal distinto al de la concesión o asignación, que les autorice expresamente la explotación, uso o aprovechamiento de agua, se sujetarán a lo dispuesto en el transitorio cuarto;
Cuarto. Las personas que se encuentren en el supuesto previsto en el artículo séptimo transitorio de la Ley y aquéllas a que se refiere la fracción i, del transitorio anterior, durante el año de 1994 deberán inscribirse en el Registro, para efectos de lo dispuesto en dicho artículo.
La Comisión expedirá la concesión o asignación respectiva a los usuarios que se hubieren inscrito en el Registro, en los términos del párrafo anterior, para lo cual, además de tomar en cuenta la disponibilidad de agua de la cuenca o del acuífero de que se trate, los derechos de terceros y las disposiciones contenidas en la veda o reglamentación correspondiente, se estará a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley y en el artículo 79 de este Reglamento.
La Comisión, medi9nte acuerdo de carácter general que publique en el Diario Oficial de la. Federación, podrá establecer un plazo adicional al que se refiere el presente transitorio, para la inscripción en el Registro, de los aprovechamientos destinados exclusivamente a usos domésticos, de abrevadero, uso agrícola o para uso público urbano para localidades de menos de 2500 habitantes.
Durante 1994, en las visitas de inspección que efectúe La Comisión en los términos de ley, - no procederá la aplicación del sello de suspensión o clausura por falta de concesión o asignación, en el caso de que las personas físicas o morales se hayan inscrito en el Registro, conforme a lo dispuesto en el presente artículo.
Transcurrido el plazo para la inscripción en el Registro. a que se refiere el presente transitorio, sólo se podrá explotar, usar o aprovechar las aguas nacionales mediante concesión o asignación, de lo contrario se aplicarán las sanciones correspondientes, independientemente de la suspensión de los aprovechamientos o la clausura de los pozos respectivos, en los términos de ley.
Finalmente, resulta oportuno señalar también, la existencia del decreto mediante el cual se otorgan facilidades administrativas y se condonan contribuciones a los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, que realicen actividades de carácter agrícola, silvícola, pecuario y acuícola, así como del decreto que reforma el diverso publicado el 11 de octubre de 1995, mediante el cual se otorgan facilidades administrativas y se condonan contribuciones a los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, que realicen actividades de carácter agrícola, silvícola, pecuario y acuícola, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 1995 y el 11 de octubre de 1996, respectivamente.
Mediante dichos decretos, los usuarios que se dedicaran a actividades agrícolas, silvícolas, pecuarias y acuícolas, inclusive en zonas de veda o reglamentadas y que acreditaran fehacientemente que habían estado explotando, usando o aprovechando aguas nacionales, zonas federales y sus bienes públicos inherentes antes de la entrada en vigor de dichos instrumentos, podían obtener un título de concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales.
Con base en lo anterior, se puede establecer que la legislación en materia de aguas ha previsto los mecanismos necesarios para que todo aprovechamiento de aguas nacionales, cualquiera que sea el título que lo ampare, se incorpore al régimen de concesiones revisto en la Ley Fundamental.
De tal forma, se considera que el aprovechamiento de aguas nacionales realizado al amparo de la resolución presidencial de 10 de mayo de 1928, materia del presente, y su eventual reconocimiento resulta jurídicamente improcedente, por contravenir el régimen de concesiones vigente, que establece que la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales solo podrá realizarse mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal, aunado a que, desde la perspectiva de esta unidad administrativa se presentaron diversas oportunidades derivadas de diferentes legislaciones e instrumentos de igual jerarquía a aquél que otorgó el derecho, para transitar hacia el régimen de concesiones señalado
Acciones por realizar
A fin de regularizar el aprovechamiento de las aguas nacionales, existe como alternativa legal la figura de transmisión de derechos de títulos vigentes, ubicados dentro de la misma cuenca, los cuales deben estar además inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua.
Datos del proyecto (en caso de haberlos):
No existe proyecto.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Licenciado Roberto Ramírez de la Parra, director general de la Comisión Nacional del Agua. Presente.
Me permito hacer referencia al oficio SELAP/UEL/3U/129/15, mediante el cual el Maestro Valentín Martínez Garza, encargado del despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación hizo del conocimiento de esta subsecretaria, el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, mismo que se transcribe:
Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta a la Comisión Nacional del Agua, remita un informe detallado respecto del acatamiento eje la resolución presidencial del 10 de mayo de 1928, sobre la concesión de derechos para el uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales del río Huehuetlán, en favor de ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y los habitantes del municipio de Huehuetlán el Grande, Puebla.
En virtud de lo anterior, remito a usted copia del oficio que contiene el punto de acuerdo mencionado, solicitando gire sus instrucciones a quien corresponda, a fin de que se realicen las acciones necesarias en tiempo y forma, para dar cumplimiento a lo exhortado por la Cámara de Senadores y, se remita el informe correspondiente a esta Subsecretaria, para que en mi carácter de enlace legislativo designado ante la Secretaría de Gobernación, esté en posibilidad de continuar con el trámite respectivo.
Atentamente
México, DF, a 1 de julio de 2015. Doctor Rodolfo Lacy Tamayo (rúbrica), subsecretario de Planeación y Política Ambiental.»
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Junta de Coordinación Política y al Promovente, para su conocimiento.
MINUTAS
ABROGA LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL, Y SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: Con proyecto de decreto por el que abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen y a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para opinión.
VOLUMEN II
LEY GENERAL DE SALUD
La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene el proyecto de decreto por el que se adicionan una fracción XII al artículo 6o. y un tercer párrafo al artículo 66 de la Ley General de Salud, en materia de acoso y violencia escolar.
Atentamente
México, DF, a 18 de noviembre de 2015. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de Decreto
Por el que se adicionan una fracción XII al artículo 6o. y un tercer párrafo al artículo 66 de la Ley General de Salud, en materia de acoso y violencia escolar
Artículo Único. Se adicionan una fracción XII al artículo 6o. y un tercer párrafo al artículo 66 de la Ley General de Salud, en materia de acoso y violencia escolar, para quedar como sigue:
Artículo 6o. ...
I. a IX. ...
X. Proporcionar orientación a la población respecto de la importancia de la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y su relación con los beneficios a la salud;
XI. Diseñar y ejecutar políticas públicas que propicien la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, que contrarreste eficientemente la desnutrición, el sobrepeso, la obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria; y
XII. Acorde con las demás disposiciones legales aplicables, promover la creación de programas de atención integral para la atención de las víctimas y victimarios de acoso y violencia escolar, en coordinación con las autoridades educativas.
Artículo 66. ...
...
En el diseño de las normas oficiales mexicanas señaladas en el primer párrafo del presente artículo, las autoridades sanitarias podrán promover mecanismos de atención a las víctimas y victimarios del acoso o violencia escolar.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las acciones que se deban emprender con motivo de la entrada en vigor del presente decreto deberán cubrirse con cargo al presupuesto aprobado por las dependencias y entidades de la administración pública federal en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, por lo que no se requerirán mayores transferencias presupuestarias.
Salón de sesiones de la Cámara de Senadores. México, DF, a 18 de noviembre de 2015. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente;senadora Hilda Esthela Flores Escalera (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE
La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.
México, DF, a 18 de noviembre de 2015. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de Decreto
Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre
Artículo Único. Se reforman el artículo 55 y la fracción II del artículo 127 y se adicionan un último párrafo al artículo 53, un último párrafo al artículo 54 Y la fracción XXII Bis al artículo 122, todos de la Ley General de Vida Silvestre, para quedar como sigue:
Artículo 53. ...
a) ...
b) ...
c) ...
Queda prohibida la exportación de marfil, en cualquiera de sus tipos y derivados, cuando no cumplan con los tratados internacionales de los que México es parte y con la legislación aplicable.
Artículo 54. ...
a) ...
b) ...
Queda prohibida la importación de marfil, en cualquiera de sus tipos y derivados, cuando no cumplan con los tratados internacionales de los que México es parte y con la legislación aplicable.
Artículo 55. La importación, exportación y reexportación de ejemplares, partes y derivados de especies silvestres incluidas en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, se llevarán a cabo de acuerdo con esa Convención, lo dispuesto en la presente Ley y las disposiciones que de ellas se deriven; quedando prohibida la importación, exportación, reexportación y comercialización del marfil, cuando no cumplan con los tratados internacionales de los que México es parte y con la legislación aplicable.
Artículo 122. ...
I. a XXII. ...
XXII Bis.Importar, exportar, reexportar y comercializar marfil, cuando no cumplan con los tratados internacionales de los que México es parte y con la legislación aplicable.
XXIII. a XXIV. ...
Artículo 127. ...
I. ...
II. Con el equivalente de 50 a 50000 veces de salario mínimo a quien cometa las infracciones señaladas en las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XIII, XIV, XV, XVI, XVIII, XIX, XX, XXII, XXII Bis y XXIV del artículo 122 de la presente ley.
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 18 de noviembre de 2015. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente;senadora Hilda Esthela Flores Escalera (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
CÓDIGO CIVIL FEDERAL
La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 416 y 417 del Código Civil Federal.
México, DF, a 18 de noviembre de 2015. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 416 y 417 del código civil federal
Artículo Único. Se reforman los artículos 416 y 417 del Código Civil Federal, para quedar como sigue:
Artículo 416. En caso de separación de quienes ejercen la patria potestad, ambos deberán continuar con el cumplimiento de sus deberes y podrán convenir los términos de su ejercicio, particularmente en lo relativo a la guarda y custodia de los menores. En caso de desacuerdo, el juez de lo familiar resolverá lo conducente oyendo al Ministerio Público y a la niña, el niño, o adolescente de conformidad con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez sin perjuicio de lo previsto en el artículo 94 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Artículo 417. ...
No podrán impedirse, sin justa causa, las relaciones personales entre el menor y sus parientes. En caso de oposición, a petición de cualquiera de ellos, el juez de lo familiar resolverá lo conducente en atención al interés superior del menor y al derecho de este a opinar en los asuntos que le afecten. Para tal efecto se destinarán espacios lúdicos en los recintos en que se lleven a cabo dichos procedimientos en que intervengan niñas, niños o adolescentes. Sólo por mandato judicial podrá limitarse; suspenderse o perderse el derecho de convivencia a que se refiere el párrafo anterior, así como en los casos de suspensión o pérdida de la patria potestad, conforme a las modalidades que para su ejercicio se establezca en el convenio o resolución judicial.
Artículos Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que contravengan el presente decreto.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 18 de noviembre de 2015. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente; senadora Hilda Esthela Flores Escalera (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
INICIATIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO
LEY GENERAL DE SALUD Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Gobierno de Jalisco. Poder Legislativo. Secretaría del Congreso.
Presidente de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Enviándole un atento saludo, hago de su conocimiento que esta Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Jalisco, en sesión verificada en esta fecha, aprobó el acuerdo legislativo número 1750-LX-15, en el que de manera atenta y respetuosa, se le exhorta a efecto de que en términos que a su representación compete se atienda lo expuesto en el punto resolutivo del acuerdo legislativo de referencia del que se adjunta copia para los efectos procedentes.
Por instrucciones de la directiva de esta soberanía, hago de su conocimiento lo anterior, adjuntándole copia del acuerdo legislativo de referencia, para efectos de la comunicación procesal respectiva.
Sin otro en particular, propicia hago la ocasión para reiterarle las seguridades de mi consideración.
Atentamente
Guadalajara, Jalisco, a 29 de octubre de 2015. Doctor Marco Antonio Daza Mercado (rúbrica), secretario General del Honorable Congreso del Estado.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Gobierno de Jalisco. Poder Legislativo. Secretaría del Congreso.
Ciudadanos Diputados del Honorable Congreso del Estado de Jalisco. Presentes.
A la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios legislativos y Reglamentos, con fundamento en los artículos 69, párrafo 1, fracciones I, y IV, 157 y 159, párrafo 3, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como 86, 87 y 90 del Reglamento de la ley Orgánica del Poder legislativo, ambos ordenamientos de Jalisco, le fue turnada para su estudio y posterior dictaminación la iniciativa presentada por el diputado J. Jesús Palos Vaca que eleva a la consideración del Congreso de la Unión la iniciativa de ley mediante la cual se adiciona el artículo 66 Bis a la Ley General de Salud, se adiciona al artículo 7 la fracción XVII y se adiciona al artículo 66 la fracción VI de la Ley General de Educación, en atención a
Parte expositiva
I. Con fecha 6 de febrero de 2014, el diputado J. Jesús Palos Vaca presentó la iniciativa de acuerdo legislativo que eleva a la consideración del honorable Congreso de la Unión la iniciativa de decreto mediante la cual se adiciona el artículo 66 Bis a la Ley General de Salud, se adiciona al artículo 7 la fracción XVII, reformando las fracciones XV y XVI, se adiciona la articulo 66 la fracción VI, reformando las fracciones IV y V de la ley General de Educación, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 147 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder legislativo del Estado de Jalisco.
II. En la fecha antes señalada el pleno del honorable Congreso del estado turnó dicha iniciativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios legislativos y Reglamentos.
III. Que la iniciativa objeto del presente dictamen fue presentada en los siguientes términos:
Exposición de Motivos
Que la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedad o dolencia es salud, sino que se debe llevar un orden de tal manera que el entorno de la vida de la persona proyecte un bienestar y seguridad para un adecuado desarrollo de la vida humana; de la misma manera la salud es un derecho que está consagrado en nuestro máximo ordenamiento legal, así como en los tratados internacionales de los que nuestro país a suscrito y forma parte.
Ahora bien, debemos de entender que el derecho a la salud significa que los gobiernos deben crear las condiciones que permitan a todas las personas vivir lo más saludablemente posible y dentro de un ambiente de seguridad para ellos y sus familias; condiciones que incluyen las disponibilidades garantizadas de servicios de salud, condiciones de trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos y demás cuestiones que da seguridad de una verdadera calidad de vida.
En nuestro país de acuerdo a lo establecido en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4 y en específico en el párrafo cuarto dispone lo siguiente: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución ordenamiento constitucional que introduce dicho derecho y deja ver la importancia de esta garantía.
Por tal motivo, es importante reiterar que la organización de la sociedad es en base a reglas y ordenamientos jurídicos para regular y establecer un orden social, tales ordenamientos se deben de respetar tal y como los marca la norma; por lo que es evidente, que el derecho es fundamental en una sociedad, el cual se va dando y reformando de acuerdo a las necesidades de las personas y a los problemas que se vayan presentando.
También debemos recordar que el artículo 31 constitucional dispone que son obligaciones de los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y recibir la militar; por lo que podemos ver que no solo existen derechos para los mexicanos, sino que también existen obligaciones, por lo que visto desde el punto de vista de que el ciudadano tiene derecho a la salud, también es cierto que ese derecho lleva implícito una obligación de acudir a obtener la salud o la prevención para gozar o seguir gozando de la salud; esto en unión de que existe la obligación de educación, para con ella formar a los hijos o descendientes, buscando conformar una mejor sociedad sana y con educación.
La actual iniciativa tiene por objeto legislar tanto en materia de salud como en la materia de educación, buscando desde las dos normas jurídicas establecer por primera vez en nuestro país la prevención para mantener una salud adecuada estableciendo de una u otra manera una obligatoriedad por parte de los mexicanos padres o responsables de un menor ya sea por ejercer la patria potestad o la tutela del menor, para con ello evitar posibles problemas a los cuales se puede llegar a enfrentar nuestra sociedad; buscando además bajar los gastos económicos de nuestro país en el rubro que se señala en esta iniciativa.
Adentrándonos en la materia que ocupa esta iniciativa, se comienza señalando que en nuestro país existe la llamada Cartilla de Vacunación o Cartilla Nacional de Salud, la cual es un instrumento de salud pública inscrita dentro de la Estrategia Nacional de Promoción y Prevención para una Mejor Salud, la cual tiene como objetivo o el fin de garantizar la atención de las necesidades fundamentales de salud a todos los mexicanos, así como desarrollar sus aspiraciones de plenitud y con ello mejorar las condiciones de vida de la persona. Desde 1978 se ha usado en forma obligatoria la Cartilla Nacional de Vacunación, la cual desde 1979 a 1990 el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia se encargó de la operación administrativa de las Cartillas de Vacunación; pero es el caso, que desde el año 2003 la Dirección General de Promoción de la Salud (DGPS) asume la responsabilidad de la distribución de las Cartillas Nacionales de Salud, las cuales se distribuyen a través de los Consejos Estatales de Vacunación (COEVAS) a los Servicios Estatales de Salud dependientes de las correspondientes Secretarías de la Salud de cada entidad; así mismo por medio del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Hospitales Federales, Locales y Regionales y por los Sistemas de Desarrollo Integral de la Familia Estatales; así como por las oficinas de Registro Civil; además es de todos sabido que la cartilla de vacunación es totalmente gratuita.
Cabe mencionar que la cartilla de vacunación, es un documento en donde se establecen las vacunas que cada persona recibe, es decir, es como un pequeño control que se tiene del paciente, que en este caso son menores de edad, en donde se lleva un control sobre que vacunas ha recibido o le falta recibir y por supuesto las que debe seguir recibiendo y en qué fecha o periodo se deben aplicar.
México lleva 30 años con el uso de las Cartillas Nacionales de Salud, cumplTendo-col1lasftnalidades siguientes:
1. Es un documento oficial de distribución gratuita en todas las unidades del Sistema Nacional de Salud, válida para trámites nacionales e internacionales.
2. Garantiza que las vacunas incluidas en el Programa de Vacunación Universal sean gratuitas en todas las instituciones del sector salud.
3. Permite el registro de las vacunas aplicadas, peso y talla de niños y adolescentes para el correcto control nutricional y del crecimiento; así como una serie de acciones de promoción de la salud, prevención y detección temprana de enfermedades.
4. Permite el seguimiento del esquema de vacunación y del crecimiento de los niños y adolescentes por los padres de familia y personal de salud.
Bajo este contexto, se señala que es de suma importancia que las personas cuenten con un historial médico, como lo es la cartilla de vacunación o cartilla nacional de salud; documento oficial en el que se registran como ya se mencionó, las vacunas que ha recibido una persona en particular, ayudando y permitiendo al personal competente identificar la o las dosis que faltan por aplicar a una persona y que así se pueda prevenir cualquier enfermedad; además de llevar un correcto control de la nutrición, peso y talla de la persona.
Por lo anteriormente comentado, queda a la vista una situación, la cual es que la cartilla de vacunación juega un papel de suma importancia en nuestra sociedad y en el control de una buena salud pública, ya que es el documento rector que permite mantener un estado clínico de cualquier persona y en este caso de los menores de edad, para así saber que vacuna o medicamente se tiene que aplicar, cada cuando y en que dosis según la edad, tallar y peso del paciente; luego entonces, esta cartilla de vacunación es un documento que nos permite tener a la vista el estado que guarda la persona.
Por otro lado, pero bajo el mismo idea se señala que el derecho a la educación está garantizado por el artículo 3 constitucional, siendo esta una garantía individual de la cual goza la sociedad, que como todo derecho genera obligaciones para las personas, tal es el caso de los padres de familia de proporcionarles educación a sus descendientes o pupilos que están bajo su responsabilidad, lo cual como se apuntó, el artículo 31 constitucional así lo señala y que de la misma manera es reciproco la obligación del Estado de proporcionar educación a los ciudadanos.
Por su parte los padres de familia tiene la obligación de que sus hijos reciban educación, apoyar en el proceso educativo, colaborar con la institución educativa donde recibe enseñanza el menor, etcétera; por lo que desde mi punto de vista, el Estado está obligado a proporcionar Salud y Educación, pero también existen obligaciones por parte de los ciudadanos mexicanos en específico en materia de educación, pero también considero que en la materia de salud va implícita la obligación del ciudadano mexicano de buscar proporcionarse a él mismo una buena salud y a sus hijos o pupilos, ya que tiene una responsabilidad de bienestar para ellos y para sí, por ende, en materia de salud y educación es recíproca la obligación, es decir, tanto del Estado de proporcionarlas, como de los ciudadanos de buscar obtenerlas en beneficio de sus hijos y de ellos mismos.
Es importante comenzar a ver, que no solo el Estado tiene [a obligación de proporcionar estos elementos, sino que también nosotros como ciudadanos debemos de participar en [a mejora de estas áreas, ya que es imposible que se lleve a cabo todo solo por parte del Estado, por eso es importante que la ciudadanía se adecue a los derechos y obligaciones que tiene con relación a la salud y a la educación de sus hijos o personas dependientes de ellos.
De acuerdo a lo antes comentado, es claro que la ley se debe adecuar a las necesidades, hechos u actos que van aconteciendo en la vida práctica; además de siempre buscar organizarnos de mejor manera como sociedad en pleno desarrollo; por tal motivo, esta Iniciativa tiene como finalidad adicionar a la Ley General de Salud y a la Ley General de Educación de nuestro país, la obligatoriedad de que al momento de que una persona se inscriba o reinscriba a cualquier institución de educación, sea pública o privada, sea un requisito el presentar la cartilla de vacunación o cartilla nacional de salud del alumno debidamente actualizada con la o las vacunas que hasta ese día deba tener el menor; ello con la finalidad de que dicha cartilla de vacunación sea agregada el expediente del alumno y por consiguiente que cada plantel educativo tenga [a seguridad de que el alumno se encuentra vacunado debidamente y por ende sano en dicho sentido, creándose así por primera vez en nuestro país un pequeño historial médico o clínico del alumno, produciendo así y facilitando a la institución de educación el estado de salud de cada alumno para que ante la eventualidad de cualquier contingencia de salud del alumno se tenga certeza de que vacunas tiene tal persona y así sea más sencillo resolver la contingencia medica que se suscite o en su defecto evitar brotes de cualquier enfermedad que se haya podido prevenir con la o las vacunas que contemplan la cartilla de vacunación.
Por lo anterior expuesto, se hace prudente tomar en cuenta el problema que se pudiera llegar a ocurrir, tanto que el alumno llegara a tener alguna contingencia médica o en su defecto todo el plantel escolar o porque no, la colonia o ciudad de que se trate y que de una u otra forma se podría atender con mayor eficacia y rapidez el asunto; por lo que lejos de complicar las cosas esta propuesta, es que se plantea un primer escenario con la posibilidad de comenzar a contar con un historial médico de los ciudadanos, que evidentemente no se tiene en la actualidad.
La iniciativa tiene como finalidad el establecer tanto en la Ley General de Salud como en la Ley General de Educación, el requisito para que los alumnos que vayan a ser inscritos o reinscritos en los niveles de preescolar, primaria, secundaria y medio superior cuenten y exhiban la cartilla de vacunación actualizada al día de la presentación de la documentación que requiera la institución educativa, todo ello para ser anexada al expediente del alumno y que de esa manera la escuela cuente con un control sobre la vacunación de este y por consecuente cumplir con la finalidad y lograr los objetivo al contar con este documento.
También debo señalar, que con esta propuesta, trae como consecuencia que se evitarla un gasto que hoy se realiza en las llamadas campañas de vacunación que ordinariamente se realizan en las escuelas; ya que actualmente para dichas campañas se requiere de una cantidad considerable de personal, así como el traslado del mismo al lugar donde se va aplicar la vacunación, generando un gasto millonario al país, dejando claro que como Se encuentra en la actualidad es a el Estado a quien le compete realizar el gasto en este rubro, pudiendo entonces, con esta propuesta eliminarlo; claro está, que se seguirían haciendo campañas de vacunación a la población en general, pero eliminando las campañas de vacunación que se dirigen en específico a las escuelas de educación; ya que la propuesta sostiene que es más sencillo que los padres de familia o los responsables de estas lleven a sus hijos o menores a vacunar con su cartilla de vacunación a los centros de salud donde se apliquen las vacunas, logrando que los padres de familia se responsabilicen de la salud de sus menores, esto al considerar que la escuela solicitara tal documento, por propia seguridad del alumno, de los demás alumnos y de todo el personal que labora ahí y que por consecuencia traerá una organización más eficiente y una mejor seguridad para todos como sociedad.
Es claro que de esta manera se busca evitar posibles brotes de enfermedades y demás contingencias que se pueden dar; lo cual al implementarse esto que se propone, se debe añadir que la cartilla de vacunación se entrega de manera gratuita en todas las unidades médicas que aplican las vacunas, por lo que no se considera gravoso para la sociedad responsabilizarse un poco más respecto de la salud de sus hijos o menores a su cargo y por otro lado, la institución educativa contara con un historial clínico en cuanto a las vacunas se refiere de sus alumnos, produciendo mayor seguridad de la salud de todos ellos y para finalizar el sector salud reduciría costos en las campañas de vacunación en los centros de estudios; luego entonces, desde esa perspectiva, es claro que todos ganamos con este planteamiento que se pone sobre la mesa.
Bajo el mismo orden de ideas, se menciona que la propuesta deberá de abarcar los niveles de educación de preescolar, primaria, secundaria y media superior o preparatoria; niveles que hoy en día son obligatorios por disposición constitucional y que por ello se considera que tanto el nivel de educación básica como el de media superior es en donde se debe implementar la cartilla de vacunación como un documento que se debe exhibir en la escuela debidamente actualizado en vacunas aplicadas al alumno de que se trate; aunado a que considerando la edad de cada alumno en dichos niveles, es claro que son en los periodos de edades donde mayormente se aplican las vacunas, por esto los niveles señalados.
Por lo expuesto, es que se propone en esta iniciativa adicionar el artículo 66 Bis de la Ley General de Salud, destacando que el mencionado artículo que se pretende adicionar, se encontraría dentro del capítulo V que habla de la atención materno-infantil y que se encuentran dentro del Título Tercero que habla de la prestación de los servicios de salud, ya que dentro de ese espacio podemos encontrar que hay atención del niño y la vigilancia de su crecimiento, desarrollo integral, incluyendo la promoción de la vacunación oportuna, atención prenatal, as! como la prevención y detección de las condiciones y enfermedades hereditarias y congénitas, y en su caso atención, que incluya la aplicación de la prueba del tamiz ampliado, y su salud visual; aunado a que la atención del niño y su vigilancia durante el crecimiento y desarrollo, y la promoción de la integración y del bienestar familiar.
De la misma manera, las autoridades sanitarias, educativas y laborales, en sus respectivos ámbitos de competencia, apoyarán y fomentarán lo dicho en el párrafo anterior; además en materia de higiene escolar, corresponde a las autoridades sanitarias establecer las normas oficiales mexicanas para proteger la salud del educando y de la comunidad escolar. Las autoridades educativas y sanitarias se coordinarán para la aplicación de las mismas. La prestación de servicios de salud a los escolares se efectuará de conformidad con las bases de coordinación que se establezcan entre las autoridades sanitarias y educativas competentes.
Por lo que se considera viable que en dicho apartado se incluya el artículo 66 Bis que se propone adicionar, el cual dispondría que fuera obligatorio entregar cartilla de vacunación o cartilla nacional de salud al instituto de educación donde el alumno tendría que cursar sus estudios, ya que la cartilla de vacunación es el documento en donde consta que la persona cuenta con las vacunas y está al corriente con sus vacunas, siendo una obligación de las instituciones de educación públicas o privadas y los niveles de preescolar, primaria, secundaria y medio superior implementar esto que se propone. Por tal motivo es prudente que la adición del artículo mencionado se dé para cumplir con el propósito de tener un mejor control clínico de los estudiantes y así evitar los problemas que se mencionan anteriormente y que por ende, cómo consecuencia el evitar el gasto de millones de pesos en campañas de vacunación como en la actualidad se realiza en tal rubro, ya que las campañas de vacunación generan un gran costo al país, y de esa manera no se necesitarla las campañas de vacunación en los centros educativos; dando como resultado la prevención en los centros educativos en cualquier contingencia de salud que suceda en las escuelas, ya que los encargados de impartir la educación contarían con mayores datos del alumno que facilite resolver el problema de salud de llegarse a suscitar.
De la misma manera, y bajo el mismo orden de ideas también se propone adicionar la fracción XVII al artículo 7 de la Ley General de Educación, ya que dicho numeral habla de que la educación que imparte el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Otros fines que ahí se detallan como lo son: el desarrollar actitudes solidarias y crear conciencia sobre la preservación de la salud, inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental. la valoración de la protección y conservación del medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad, entre otros; por lo dicho es que se considera oportuno incluir dentro del fin un historial clínico del alumno mediante la cartilla de vacunación, para que de esa manera pueda ser operativo lo que se propone en esta iniciativa y de esta manera obligar a las instituciones educativas a contar con cartilla de vacunación de cada uno de sus alumnos; todo ello en unión de proponer adicionar la fracción VI al artículo 66 de la misma ley, ya que tal numeral habla de las obligaciones que tienen las personas que ejercen la patria potestad o la tutela del menor, en donde se pretende obligar como se ha dicho de que el menor que va recibir educación deba contar con cartilla de vacunación actualizada como se ha venido exponiendo.
Por lo expuesto es que se considera prudente, adicionar lo propuesto en donde se plasma que es obligación de los plateles educativos y de los que ejerzan la patria potestad o tutela de contar con un historial médico de los alumnos, siendo este por medio de la cartilla de vacunación o cartilla nacional de salud, por lo que siendo asir deberá el alumno proporcionar tal cartilla adjunto con su documentación para su inscripción o reinscripción, todo esto con la finalidad de proteger a los alumnos ante una contingencia de salud y crear un expediente de salud del alumno, que al fin de al cabo es un documento más que se agregaría al expediente del educando y con ello se garantizaría que todos los alumnos estuvieran vacunados de forma adecuada, protegiéndolos de esa manera y contribuyendo al bienestar de todos y contribuyendo a un ahorro significativo para el Estado al no tener que realizar campañas de vacunación en las instituciones educativas.
Para finalizar esta exposición de motivos, se señala que se propone en los articulas transitorios, que la reforma y adición entre en vigor hasta el año 2015, con el fin de que la Secretaria de Salud dote de cartillas de vacunación y de vacunas a todos los centros de salud autorizados para aplicar las vacunas y dotar de cartillas de vacunación, a efecto de que se cuente con las suficientes para todos; de igual forma a la Secretaria de Educación para que adecuen sus normas jurídicas y reglamentos a la nueva disposición; tiempo que se considera suficiente para que en el año 2014 se logre este objetivo.
Por todo lo anteriormente expuesto y dado que se trata de una iniciativa que pretende adicionar varias disposiciones a leyes federales, es que se hace evidente que la Legislatura de Jalisco, eleve esta propuesta al Congreso de la Unión, para que en primera instancia sea la Cámara de Diputados, quienes analicen y estudien este asunto y por ende, de considerarlo viable, adicione lo propuesto; ahora bien, esta iniciativa de ley, el suscrito Diputado, estoy convencido de la procedencia de la misma y del debido fundamento, cumpliendo con todas las formalidades legales y además que la misma se encuentra debidamente razonada y apoyada en las fuentes del derecho que contempla nuestro sistema jurídico mexicano, a saber de la Ley, Jurisprudencia, Doctrina, Costumbre y Principios Generales de Derecho y la necesidad propia de los acontecimientos que hoy en día estamos viviendo; por lo que someto a la elevada consideración de esta soberanía la siguiente Iniciativa de ley mediante la cual se adiciona el artículo 66 Bis a la Ley General de Salud, asimismo se adiciona al artículo 7 la fracción XVII, reformando las fracciones XV y XVI; y se adiciona al artículo 66 la fracción VI, reformando las fracciones IV y V de la Ley General de Educación.
Artículo Primero: Se adiciona el artículo 66 Bis a la Ley General de Salud; para quedar como sigue:
Artículo 66 bis. En materia de salud escolar, las instituciones de educación, sean públicas o privadas deberán de contar con un historial médico del alumno en donde se establezca que dicho alumno se encuentra al corriente en las vacunas que correspondan a su edad; debiendo cumplir con tal fin mediante la Cartilla de Vacunación o Cartilla Nacional de Salud, por lo que la Secretaria de Salud deberá de proveer de cartilla de vacunación a los centros autorizados para expedir las mismas y aplicar las vacunas que correspondan.
Articulo Segundo: Se adiciona al artículo 7 la fracción XVII, reformando las fracciones XV y XVI; y se adiciona al artículo 66 la fracción VI, reformando las fracciones IV y V de la Ley General de Educación; para quedar como sigue:
Artículo 7....
I. a XIV...
XV. Difundir los derechos y deberes de niños, niñas y adolescentes y las formas de protección con que cuentan para ejercitarlos;
XVI. Realizar acciones educativas y preventivas a fin de evitar que se cometan ilícitos en contra de menores de dieciocho años de edad o de personas que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo; y
XVII. Las instituciones de educación, sean públicas o privadas del nivel básico y medio superior deberán de contar con un historial médico del alumno en donde se establezca que dicho alumno se encuentra al corriente en las vacunas que correspondan a su edad; debiendo cumplir con tal fin mediante la Cartilla de Vacunación o Cartilla Nacional de Salud.
Artículo 66. ...
I. a III. ..
IV. Informar a las autoridades educativas los cambios que se presenten en la conducta y actitud de los educandos, para que las citadas autoridades apliquen los estudios correspondientes, con el fin de determinar las posibles causas que hayan dado origen a tales cambios;
V. Hacer del conocimiento de la autoridad educativa del plantel, las irregularidades cometidas por el personal administrativo o académico, que ocasionen perjuicios, daños o cambios emocionales en los educandos; y
VI. Presentar Cartilla de Vacunación o Cartilla Nacional de Salud, al inscribir o reinscribir al menor, debiendo estar dicha cartilla al corriente con las vacunas que correspondan a la edad del menor.
Transitorio
Primero. El presente decreto entrará en vigor para el 1 de enero de 2015, el cual deberá de ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 fracción B de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
Segundo. La Secretaria de Salud del gobierno federal contara con el término establecido en el artículo primero transitorio de este decreto, para dotar de cartillas de vacunación o cartilla nacional de salud a los centros autorizados para proporcionar dicha cartilla a los ciudadanos, por lo que deberá realizar todos los actos necesarios para cumplir con el objetivo materia de esta reforma.
Tercero. La Secretaría de Educación contara con el término establecido en el artículo primero transitorio de este decreto, para que se lleven a cabo las adecuaciones en sus normas jurídicas o reglamentos para prever como fin u objetivo de la educación en nuestro país el requisito de recibir por parte del alumno de que se trate la cartilla de vacunación o cartilla nacional de salud, para la inscripción o reinscripción del alumno dentro de la educación básica o media superior; así mismo para que adecue las instalaciones en los centros educativos para tener lugar para que la vacuna forme parte del expediente del alumno y con ello comenzar a formar el historial médico del alumno.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los articulas 150, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, el suscrito Diputado integrante de la LX Legislatura someto a consideración de esta honorable Asamblea Legislativa, la siguiente iniciativa de
Acuerdo Legislativo
Único. Instrúyase al secretario general de este Poder Legislativo para que de manera atenta y respetuosa dirija oficio y remita este acuerdo legislativo al honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, que contempla la Iniciativa de Ley que adiciona el artículo 66 bis a la Ley General de Salud; así mismo se adiciona al artículo 7 la fracción XVII, reformando las fracciones XV y XVI; y se adiciona al artículo 66 la fracción VI, reformando las fracciones IV y V de la Ley General de Educación, para su debido estudio, valoración y procedencia que en derecho corresponde.
Ubicados los antecedentes de la iniciativa de decreto que ahora nos ocupa, se procede a señalar los criterios, razonamientos, motivaciones y fundamentos que se tomaron en cuenta para resolver el sentido del dictamen, lo anterior con base en la siguiente:
Parte Considerativa
i. Que es facultad de esta LX Legislatura del estado de Jalisco presentar iniciativa de ley o decreto ante el honorable Congreso de la Unión, de conformidad con los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 153 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, los cuales a la letra dicen:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:
I. Al presidente de la República;
II. A los diputados y senadores al Congreso de la Unión;
III.A las legislaturas de los estados; y
IV.A los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes.
...
...
...
Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco
Artículo 153.
1. El Congreso del estado puede presentar iniciativas de ley o decreto ante el Congreso del Estado de la Unión, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexiconos.
2. Las iniciativas de ley o decreto son resoluciones que el Congreso del estado, a propuesta de cualquiera de los diputados o de las comisiones legislativas, emite para plantear al Congreso del Estado de la Unión, la creación, reforma, adición, derogación o abrogación de leyes federales o artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se aprueban mediante acuerdo legislativo; el cual debe ser votado en la siguiente sesión en que fue presentado.
3. El voto que el Congreso del Estado emite en su calidad de integrante del Constituyente Permanente Federal, sigue el mismo trámite que las iniciativas de ley.
II. Es atribución de las comisiones legislativas el recibir, analizar, estudiar, discutir y dictaminar los asuntos que les turne la Asamblea, entre otras cosas, según el artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder legislativo del Estado de Jalisco.
III. la Comisión de Educación es competente para conocer la iniciativa que ahora nos ocupa, de conformidad con el artículo 84 de la ley Orgánica del Poder legislativo del Estado de Jalisco, que a la letra dice:
Artículo 84.
1. Corresponde a la Comisión de Educación el estudio y dictamen o el conocimiento, respectivamente, de los asuntos relacionados con:
I. La legislación en materia de educación, así como de los asuntos relacionados con el Sistema Educativo Estatal;
II. La normatividad relacionada con medios de comunicación en el ámbito educativo estatal, en los términos de la Ley de Educación para el Estado de Jalisco;
III. Las políticas, planes y programas para el fortalecimiento de la Educación, incluyendo la infraestructura, en todos sus niveles;
IV. La propuesta ante la Junta de Coordinación Política de la terna para el nombramiento del titular del Órgano Técnico de Educación;
V. La supervisión y coordinación del Órgano Técnico de Educación;
VI. La propuesta a la Asamblea del nombramiento y la remoción de los servidores públicos del Órgano Técnico de Educación; y
VI. Establecer las bases y organizar anualmente el Parlamento Infantil del Estado de Jalisco.
IV. los integrantes de la Comisión que suscribimos este dictamen, una vez analizada la iniciativa presentada por el diputado J. Jesús Palos Vaca donde pretende se reforme las leyes generales de salud y de educación buscando que las escuelas de la República Mexicana propongan como requisito el que se entregue en cada inicio del año escolar, la cartilla de vacunación actualizada para que exista un archivo donde se pueda acudir para conocer el número de vacunas que le han sido aplicadas hasta el momento de ser inscrito el alumno, consideramos que se debe aprobarse puesto que la misma busca mejorar la salud en los planteles educativos de nuestro país y prevenir enfermedades.
Las cartillas nacionales de salud son documentos oficiales y de carácter personal para la población mexicana y se entregan de forma gratuita en todas las unidades médicas del Sistema Nacional de Salud. Son también instrumentos que sirve al personal de salud y a la/el usuaria/o para llevar el control de las acciones de promoción de la salud, prevención, detección oportuna y control de las enfermedades, así como paro facilitar el Seguimiento del estado de salud, promover estilos de vida saludables y registrar los principales servicios de salud que se proporcionan a través del apartado de citas médicas.
¿Cuál es el criterio para considerar que una cartilla está actualizada? Es cuando una cartilla se encuentra al corriente en el registro de todas las intervenciones de promoción de la salud, nutrición, esquema de vacunación, prevención y control de enfermedades y salud reproductiva, de acuerdo a la frecuencia indicada por el grupo de Edad al que corresponda.
V. De los párrafos anteriores tomados de la página web de la Secretaria de Salud, tenemos que la cartilla de vacunación es una herramienta para conocer las vacunas que se le han aplicado a una persona o menor de edad, de acuerdo a su edad, lo que implica que puede servir para prevenir enfermedades desde las escuelas, lugar donde se concentra en buena parte del día nuestra niñez y desde donde se pueden prevenir enfermedades de tipo infecto-contagiosas y crónicas degenerativas que afecten su desarrollo.
Las enfermedades que se cubren en el esquema de vacunación son del tipo de las que son consideradas contagiosas o de las que se adquieren por consumo de algún alimento de las que aun y que existen campañas permanentes para prevenirlas, conocer las vacunas de las que los educandos carecen o las enfermedades por las que son tratados en las que se puede sugerir la aplicación de las vacunas, aprovechando que la escuela es uno de los lugares donde los estudiantes, tal y como se ha hecho desde años atrás, puedan seguir recibiéndolas contando la escuela con el antecedente de las que hacen falta para completar su esquema:
Vacunas y cartillas de vacunación
Vacunas
Las vacunas ayudan a prevenir enfermedades, consulta el proceso de aplicación y cómo éstas ayudan a proteger a tus hijos.
Vacuna SABIN o contra la Polio
Ayuda a prevenir la poliomielitis. Se aplican 2 gotitas en los menores de 5 años a partir de los 6 meses como dosis adicional en cada Semana Nacional de Salud.
Vacuna BCG
Es la vacuna contra la tuberculosis. Se aplica desde recién nacidos hasta los niños menores de 5 años y deja una cicatriz en el brazo posterior a su aplicación.
Vacuna Pentavalente
Es la vacuna que previene la difteria, tos terina y tétanos, además también a la poliomielitis ya las bacterias del Haemophilus Influenzae del tipo b, que provocan neumonías y meningitis. Se aplica en 4 dosis a los 2, 4, 6, y 18 meses de edad.
Vacuna DPT
Sirve como un retuerzo que previne a la difteria, tos terina y tétanos. Se aplica a los 4 años.
Vacuna Triple Viral (SRP)
Previene el sarampión, la rubeola y las paperas. Se aplica en el brazo izquierdo una dosis al año de edad, y otra a los 6 o 7 años, inscritos o no en primer año de primaria.
Vacuna Doble Viral (SR)
Se aplica a personas desde los trece años de edad hasta los 39 años en hombres y mujeres que no estén embarazadas. De preferencia se debe aplicar en mujeres 3 meses antes de embarazarse. Previene el sarampión y la rubeola y el síndrome de rubéola congénita en los niños recién nacidos.
Vacuna Toxoide Tetánico Diftérico (TD)
Se aplica a las personas desde los doce años hasta los adultos mayores, hombres y mujeres, especialmente a las embarazadas. Previenen el tétanos en los recién nacidos y en los adultos.
Vacuna contra la Hepatitis B
Se aplican 3 dosis, la primera al nacer ya los 2 y 6 meses de edad. Previene este tipo de hepatitis, que afecta principalmente al hígado.
Vacuna neumocócica o contra el neumococo
Se aplican 3 dosis a los 2 y 4 meses y al año de edad, y ayuda a prevenir la neumonía por neumococo.
Vacuna contra el rotavirus
Previene la gastroenteritis o la diarrea causada por el rotavirus en sus formas graves. Se aplican 3 dosis por vía oral, a los 2, 4 y 6 meses de edad y nunca después de los 8 meses de edad.
Vacuna Anti-influenza
Previene el virus de la influenza y se aplica a niños de 6 a 35 meses de edad desde octubre a febrero. En la primera ocasión se aplican dos dosis con intervalo de 1 mes y después cada año.
Sobres Vida Suero Oral
Se distribuye durante las Semanas Nacionales de Salud para prevenir la deshidratación en los niños menores de 5 años, cuando se tienen cuadros diarreicos por diarrea profusa solicitar en su Unidad de Salud su tratamiento.
Cartilla del Adulto Mayor
Es el documento oficial para dar seguimiento a las acciones preventivas que se realizan en todos los hombres y mujeres desde los 60 años de vida.
Las vacunas y cartillas son completamente gratuitas en las unidades de la Secretaría de Salud.
VI. Por ello, en cuanto a lo que propone en la adición del artículo 66 Bis de la ley General de Salud, se debe señalar que las escuelas públicas o privadas pueden acompañar el expediente del alumno con la cartilla nacional de vacunación y/o de salud, lo que significa que las escuelas podrán tener a la mano la posibilidad de consultarla en caso de ser necesario. Mismo caso que se debe dejar en el a la adición de la fracción XVII en el artículo 7 de la ley de Educación.
En el caso del artículo 66 de la misma ley en comento donde se crea la fracción VI, se propone como requisito para la inscripción de alumnos a las escuelas, la presentación de la cartilla de vacunación o la cartilla Nacional de Salud, siendo importante hacer énfasis en que se trata del bien de los alumnos, por ello debe de aprobarse también como se propone.
V. Se proponen modificaciones a las fechas de inicio que se proponen en los transitorios para que se lleve a cabo en el siguiente ciclo escolar.
Por lo anterior, se considera pertinente aprobar la iniciativa de ley mediante la cual se adiciona el artículo 66 bis a la ley general de salud, se adiciona al artículo 7 la fracción XVII y se adiciona al artículo 66 la fracción VI de la ley General de Educación.
Parte Resolutiva
Por lo anteriormente expuesto, y en los términos ya precisados, sometemos a la consideración del Pleno del Congreso del estado de Jalisco, el siguiente:
Acuerdo legislativo
Artículo Único. se eleva a la consideración del H. Congreso de la Unión la Iniciativa de Decreto que adiciona el artículo 66 Bis a la Ley General de Salud, se adiciona al artículo 7 la fracción XVII y se adiciona al artículo 66 la fracción VI de la ley General de Educación.
Artículo 66 Bis. En materia de salud escolar, las instituciones de educación, sean públicas o privadas deberán de contar con un historial médico del alumno donde se establezca que dicho alumno se encuentra al corriente de las vacunas que le correspondan a su edad; debiendo cumplir con tal fin mediante la Cartilla de Vacunación o Cartilla Nacional de Salud, por lo que la Secretaría de Salud deberá de proveer de cartilla de vacunación a los centros autorizados para expedir las mismas y aplicar las que correspondan .
Artículo Segundo. Se adiciona la fracción XVII al artículo 7, recorriendo y se adiciona la fracción VI al artículo 66 a la Ley General de Educación; para quedar como sigue:
Artículo 7.
I. a XVI...
XVII. las instituciones de educación, sean públicas o privadas del nivel básico y medio superior deberán de contar con un historial médico del alumno donde se establezca que dicho alumno se encuentra al corriente de las vacunas que le correspondan a su edad; debiendo cumplir con tal fin mediante la Cartilla de Vacunación o Cartilla Nacional de Salud.
Artículo 66.
I al V...
VI. Presentar Cartilla de Vacunación o Cartilla Nacional de Salud, al inscribir o reinscribir al menor, debiendo estar dicha cartilla al corriente con las vacunas que correspondan a la edad del menor.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrara en vigor a partir del día 01 de enero de 2016; el cual deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 72 fracción B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Segundo. La Secretaría de Salud del gobierno federal contará con el término establecido en el artículo primero transitorio de este decreto, para dotar de cartillas de vacunación o cartilla nacional de salud a los centros autorizados para proporcionar dicha cartilla a los ciudadanos, por lo que deberá realizar todos los actos necesarios para cumplir con el objetivo materia de esta reforma.
Tercero. La Secretaría de Educación contara con el termino establecido en el artículo primero transitorio de este decreto , para que se lleven a cabo las adecuaciones en sus normas jurídicas o reglamentos para prever como fin u objetivo de la educación en nuestro país el requisito de recibir por parte del alumno de que se trate la artilla de vacunación o cartilla nacional de salud, para la inscripción o reinscripción del alumno dentro de la educación básica o media superior; asimismo para que adecue las instalaciones en los centros educativos para tener lugar para que la vacuna forme parte del expediente del alumno y con ello comenzar a formar el historial médico del alumno.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 150, 152 y 154 de la ley Orgánica del Poder legislativo del Estado de Jalisco, se somete a consideración de esta Soberanía el siguiente
Notas:
1 Tomado de la web
http://www.censia.salud.gob.mx/ descargas/infancia/2010/1.1._ACNSNyA.pdf
2 Ídem.
Atentamente
Guadalajara, Jalisco, a 22 de octubre de 2015. Diputado José Gildardo Guerrero Torres (rúbrica), Presidente; diputada Norma Angélica Cordero Prado, diputado Juan José Cuevas García, diputado Jaime Ismael Díaz Brambila (rúbrica), diputado Idolina Cosío Gaona (rúbrica), diputado Édgar Enrique Velázquez González , diputada Avelina Martínez Juárez (rúbrica), diputada Patricia Franco Aceves (rúbrica), diputada Cristina Brambila González (rúbrica), diputado José Trinidad Padilla López (rúbrica).»
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a las Comisiones Unidas de Salud, y de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.
La diputada Natalia Karina Barón Ortiz(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul de la diputada Karina Barón, por favor. ¿Con qué objeto, diputada?
La diputada Natalia Karina Barón Ortiz (desde la curul): Gracias, señor presidente. Para pedir a esta asamblea pudiéramos pronunciarnos para el efecto de pedirle a Pemex, al gobierno del estado de Oaxaca, a Protección Civil, que actúen de forma inmediata sobre la explosión que acaba de suceder en Pemex Salina Cruz. Creo que es importantísimo revisar que haya vidas, que todo esté bien y, sobre todo, que los daños sean menores. Pido su intervención y el apoyo de nuestros compañeros de esta Cámara de Diputados.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Tomamos nota, diputada Barón, sobre su planteamiento para que nos hagamos de la información suficiente de los alcances de este acontecimiento. Y, desde luego, interceder en lo que nos corresponde en los términos en que usted lo ha planteado. Gracias.
INICIATIVAS
LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Pasamos ahora al capítulo de presentación de iniciativas de diputadas y diputados. Tiene la palabra para presentar dos iniciativas en una sola intervención, la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; e igualmente para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adelante, diputada.
La diputada Alma Carolina Viggiano Austria: Muchas gracias, señor presidente. Compañeras diputadas y diputados, este día tengo la oportunidad de presentar ante ustedes dos iniciativas.La primera de ellas, es una iniciativa de decreto que reforma y adiciona disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de protección de derechos de los trabajadores del campo.
En nuestro país la producción agrícola es una actividad importante. No obstante, las condiciones en que se desarrolla, ha facilitado la explotación laboral de la que han sido víctimas muchas personas.
Indicadores, como el flujo migratorio demuestran que quienes emigran hacia las zonas donde se brinda trabajo en campos agrícolas o ganaderos, normalmente son personas de muy escasos recursos y educación, lo que los coloca en condiciones de vulnerabilidad frente a sus patrones.
Estas personas normalmente son captadas por personas conocidas como enganchadores, quienes haciendo uso de la radio se dedican a reclutar trabajadores del campo en zonas muy marginadas, con promesas muchas veces falsas y que son simplemente usadas para que las personas se animen a trabajar aunque después las condiciones sean desfavorables.
El trabajo infantil también forma parte de los problemas que se han detectado, de ahí que el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, en su sexagésimo periodo de sesiones, haya recomendado, en sus observaciones finales sobre el combinado cuarto y quinto informes periódicos a México, que el trabajo en la agricultura se prohíba textualmente para las personas menores de 18 años.
A pesar de todo lo anterior, el marco normativo actual no contempla mecanismos rigurosos que protejan debidamente a estos trabajadores, de tal manera que no evita que sean explotados.
Esta iniciativa propone crear la obligación de realizar inspecciones periódicas y que los patrones lleven un registro especial de trabajadores eventuales o estacionales, cuya copia deberá ser vendida al inspector del trabajo que resulte competente en cada entidad federativa. Así como un informe de los trabajadores permanentes, donde se establezcan datos mínimos que aseguren que los trabajadores del campo no están siendo víctimas de explotación ni de ningún otro delito o falta.
De igual manera, plantea crear un permiso a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para que sea ésta quien autorice la transmisión de publicidad en radio y televisión que tenga por objeto reclutar o captar a estos trabajadores.
Por último, consideramos necesario que en el capítulo especial de los trabajadores del campo, de la ley, se establezca la prohibición de usar el trabajo de personas menores de 18 años de edad en este tipo de actividad, dado que promueve la deserción y el abuso.
Por lo que hace a mi segunda iniciativa, se trata de una propuesta de adición al artículo 4 de nuestra Constitución federal para reconocer el derecho a la ciudad en todo el territorio nacional.
La población urbana ha ido en aumento desde hace un siglo, debido a que un porcentaje considerable de la población rural ha migrado a poblaciones urbanas, y en éstas desarrollan su vida y la de sus descendientes.
El derecho a la ciudad es una forma de democratizar el espacio público y dotarlo de una función social que potencialice el desarrollo humano de todos los que habitemos en ella. Este derecho también alcanza a las poblaciones rurales, porque en la medida en que su población incremente y que el Estado actúe para organizar su espacio, tienen derecho a decidir sobre cómo quieren su espacio público.
De acuerdo con el INEGI, en 1950, poco menos de 43 por ciento de la población en México vivía en localidades urbanas. Para 1990 el porcentaje era de 71 por ciento y para 2010 ésta aumentó a 78 por ciento.
La migración rural urbana tiene su principal motivo en que las grandes ciudades concentran gran parte de la industria y de la riqueza del país. Sin embargo, no todos tienen acceso al cúmulo de oportunidades que se generen.
En las ciudades el espacio público se desarrolla principalmente en función de intereses económicos, obviando el interés ciudadano y la necesidad de combatir la pobreza, la provisión de viviendas dignas y decorosas.
El acceso a la cultura, la educación, a un ambiente sano, al esparcimiento, al deporte entre otros, y ha favorecido el establecimiento de los llamados cinturones de miseria.
De acuerdo con la ONU los cinturones de miseria son símbolos casi naturales de crecimiento económico desordenado de nuestro tiempo y están frecuentemente asociados con estos grandes asentamientos precarios en que miles de personas sobreviven sin servicios básicos, en casas de cartón, hacinados, en medio de profunda descomposición social, pobreza, violencia y desencanto.
Ante ello la presente iniciativa tiene el propósito de devolverle al ciudadano el derecho a decidir sobre su ciudad, tanto en el sentido físico del espacio, como el de la vivienda o de la experiencia.
El derecho a la ciudad va más allá de una obligación del Estado, de urbanizar al país. El derecho a la ciudad es un derecho universal que plantea que el crecimiento de las poblaciones sea ordenado y que en él se ponga especial énfasis en los intereses locales del ciudadano que ha hecho de la ciudad su hogar, brindándole mecanismos efectivos de participación. Espero estimados compañeros, que puedan sumarse a estas iniciativas. Muchas gracias, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federales del Trabajo, y de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada Alma Carolina Viggiano Austria, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosPrimero: Planteamiento del Problema.La pobreza, la marginación y la búsqueda de oportunidades para superar estas condiciones, son los principales factores que motivan a las personas a buscar cualquier fuente de empleo, aunque ello represente trabajar en condiciones que atenten contra sus derechos humanos. Para entender esto, es necesario conocer algunos datos que en conjunto determinan una serie de situaciones y decisiones que durante muchos años han afectado a la población que se dedica a las actividades agrícolas y ganaderas, principalmente.
De acuerdo con la última medición de la pobreza del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en México, el 46.2% de la población total vive en condiciones de pobreza moderada y el 9.5% en condiciones de pobreza extrema, es decir, el 55.7% de la población son pobres y ello equivale a 66.7 millones de personas. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 1950, poco menos del 43% de la población en México vivía en localidades urbanas, en 1990 el porcentaje era del 71% y para 2010, esta cifra aumentó a casi 78%. Lo anterior refleja un movimiento migratorio al interior del país que va de localidades rurales a localidades urbanas, dónde regularmente se concentra la riqueza y dónde las principales fuentes de empleo giran en torno al comercio, los servicios, el transporte, la construcción o la industria manufacturera.
No obstante, hasta el último trimestre del 2015, por lo menos, 6.5 millones de personas que representan el 13.1% de la población total ocupada, trabajaba en el sector primario, que está compuesto por todas las actividades donde los recursos naturales se aprovechan tal como se obtienen de la naturaleza, ya sea para alimento o para generar materias primas. Tales actividades se clasifican en: Agricultura, Ganadería, Silvicultura, Caza y Pesca.
En total, durante el mismo periodo, México contaba con poco más de 52 millones de personas económicamente activas, que significan 59.2% de la población de 15 años y más. En este periodo, un total de 49.8 millones de personas se encontraban ocupadas, es decir, realizaron o tuvieron una actividad económica en el periodo de referencia, cifra superior en 725 mil personas a la del trimestre comparable de 2014.
Un número importante de personas que se dedican al sector primario, forman parte de la población migrante. La búsqueda de mejores oportunidades, obliga a las personas a cambiar de residencia de forma temporal o permanente, ya sea dentro o fuera del país. La migración al interior del país es conocida como migración interna y se produce de municipio a municipio dentro de una misma entidad federativa, o de entidad federativa a entidad federativa.
El Consejo Nacional de Población, ha estimado que el 5.1% de la población migrante al interior del país, se dedica a actividades del sector primario y la mayoría de ellos trabajan como jornaleros o bien, desarrollan esta actividad sin pago alguno. Del total de migrantes internos que trabajan como jornaleros, el 65.5% se dedica a la agricultura, la ganadería, la caza o la pesca. Se estima que del total de trabajadores que no reciben ningún tipo de pago, el 27.6% también se dedican al sector primario.
Todos estos datos y factores hacen evidente que los trabajadores del campo son especialmente vulnerables por al menos dos causas: En primer lugar, el flujo migratorio demuestra que en los últimos años las personas han buscado insertarse en el medio laboral del sector secundario y terciario, impactando negativamente en el sector de la agricultura, la ganadería, la caza y la pesca, dónde el empleo regularmente es temporal o estacional. De ahí que quienes emigran hacia las zonas dónde se brinda trabajo en campos agrícolas o ganaderos, normalmente son personas de muy escasos recursos y educación, que muchas veces son enganchados para trabajar en condiciones de explotación, condición que con frecuencia es tolerada por el propio trabajador a cambio de sobrevivir. En segundo lugar, el marco normativo actual, si bien regula de forma especial los derechos de los trabajadores del campo en la Ley Federal del Trabajo y sanciona penalmente la explotación laboral a través de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, no existe la obligación de llevar a cabo periódicamente inspecciones en los lugares dónde se presta este tipo de trabajo, ni existen obligaciones a cargo de los patrones que permitan advertir las condiciones en las que trabajan sus subordinados.
Por otro lado, el trabajo infantil también ha sido un problema que se ha detectado en los campos agrícolas del país. De acuerdo con el Módulo de Trabajo Infantil 2013 anexo a la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Inegi, en México hay 2.5 millones de niños, niñas y adolescentes ocupados que representan el 8.6% de la población infantil total. Más de 700 mil niños, niñas y adolescentes ocupados, tienen entre 5 y 13 años de edad cumplidos, es decir, están por debajo de la edad mínima permitida, y más de 700 mil trabajan en el sector agropecuario. A ello se suma que el 45.7% del total de niños, niñas y adolescentes ocupados, no reciben remuneración alguna y el 34% trabaja para personas que no son sus familiares y sólo el 61% trabajan con algún familiar.
A través del Módulo de Trabajo Infantil 2013 de la ENOE, se pudo conocer que, por lo menos, 120 mil niños, niñas y adolescentes tuvieron un accidente, lesión o enfermedad, durante su trabajo; casi 800 mil estuvieron expuestos a riesgos; más de 150 mil labora en lugares no apropiados y más de 800 mil usan equipo de protección. De lo expuesto en estos últimos párrafos se advierte que los niños, niñas y adolescentes también pueden ser víctimas de explotación laboral o bien, trabajan aun cuando la ley no lo permite o en condiciones peligrosas.
Al respecto, la Organización Internacional del Trabajo, en el año 1999, a través de la Recomendación sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 190) ha sugerido que se prohíban las peores formas de trabajo infantil y que los trabajos que son considerados peligrosos, se prohíban hasta cumplir los 16 años. Sin embargo, en este año, el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas en su sexagésimo periodo de sesiones, aprobó las Observaciones finales sobre el combinado cuarto y quinto informes periódicos de México y en ellas, recomendó que el trabajo en la agricultura esté prohibido para las personas menores de 18 años de edad, precisamente por considerarse una forma peligrosa de trabajo.
Segundo: Argumentos que sustentan la iniciativa.Todo lo expuesto anteriormente, hace evidente la necesidad de actuar para establecer, en primer lugar, el entramado legal suficiente que haga posible que las autoridades tengan la obligación de evitar que los trabajadores del campo sean explotados y que esta obligación tenga como principal objeto, la prevención y no la reacción ante las desviaciones al orden establecido.
Es decir, si bien el derecho penal cumple dos funciones básicas que consisten en evitar que las personas lleven a cabo las conductas que reconoce como prohibidas y sancionar a aquellas personas que a pesar de tal prohibición actúan contrariándola, lo cierto es que hace falta más para lograr que las personas se sientan realmente persuadidas para evitar dichas conductas y para proteger las víctimas.
El principio de intervención mínima que prima en el derecho penal, hace aún más imposible que su función de prevención sea más eficaz que otras medidas, de ahí que en la presente iniciativa, se proponga reformar la Ley Federal del Trabajo y adicionar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con el claro propósito de prevenir la trata de personas en su modalidad de explotación laboral.
Tercero: Propuestas.En consecuencia, se propone prohibir que los menores de 18 años de edad se desempeñen como trabajadores agrícolas.
Asimismo, se plantea crear la obligación de que los patrones de trabajadores del campo, lleven un registro especial de trabajadores eventuales o estacionales cuya copia deberá ser rendida obligatoriamente al inspector del trabajo que resulte competente en cada entidad federativa. Así como, un informe de los trabajadores permanentes dónde se establezcan datos mínimos que aseguren que los trabajadores del campo no están siendo víctimas de ningún delito u otra falta.
En relación a los inspectores del trabajo, la iniciativa busca asegurar su presencia en los campos agrícolas mediante el ejercicio de sus propias obligaciones. Entre ellas está la de solicitar la copia del Registro especial de trabajadores eventuales y estacionales y la de realizar inspecciones periódicas dentro de periodos de veintisiete semanas que deberá adecuarse al ciclo agrícola de cada región del país.
El incumplimiento a estas normas puede ser sancionado ya sea porque los inspectores no cumplan con sus nuevas obligaciones de solicitar el registro de los trabajadores eventuales o estacionales, o de llevar a cabo las inspecciones periódicas. Lo mismo sucede con los patrones, quienes serán objeto de responsabilidad en el ámbito administrativo, independientemente de lo que resulte penal o civilmente, cuando no cumpla con sus nuevas obligaciones.
Por otra parte, ha sido práctica normal de muchos patrones de trabajadores del campo, que se contraten los servicios de enganchadores que son personas dedicadas a captar a trabajadores del campo con promesas que muchas veces son falsas y son simplemente usadas para que las personas se animen a trabajar aunque después las condiciones laborales sean desfavorables. Ante ello, se propone crear el permiso a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la transmisión de publicidad que tenga por objeto reclutar o captar a trabajadores, para lo cual deberá expedir las normas reglamentarias que sean necesarias para dar cumplimiento a dicho disposición y salvaguardar a las personas que se interesen en dichas ofertas laborales.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y adiciona el artículo 219 Bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Primero. Se reforman los artículo 280, 542 fracción V, 547 fracción I, 997; se adiciona el cuarto párrafo al artículo 279, las fracciones I bis y I ter del artículo 283, fracciones VI y VII del artículo 542 y la fracción I bis del artículo 547 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 279...
...
...
Queda prohibido el trabajo en el campo de personas menores de dieciocho años de edad.
Artículo 280...
El patrón llevará un registro especial de los trabajadores eventuales y estacionales que contrate cada año y deberá presentar una copia ante los inspectores del trabajo, independientemente de que pueda ser solicitado el original por los propios inspectores u otras autoridades del trabajo, acompañado de copia del escrito a que se refieren los artículos 25 y 282 de esta Ley, debidamente firmado por el trabajador.
Este registro contendrá, por lo menos, el nombre del trabajador, edad, lugar de origen, periodo por el que laborará, fecha de ingreso, así como el nombre y edad de las personas que sin ser trabajadores, lo acompañen por ser familiares o dependientes económicos.
Al final de la estación o del ciclo agrícola, el patrón deberá pagar al trabajador las partes proporcionales que correspondan por concepto de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y cualquier otra prestación a la que tenga derecho, y deberá entregar una constancia a cada trabajador en la que se señalen los días y horas laboradas y los salarios totales devengados.
Respecto de los trabajadores permanentes, el patrón tendrá la obligación de informar a los inspectores el nombre, edad, fecha de ingreso y lugar de origen, así como si cuenta con familia o dependientes económicos a quienes se les brindará habitación conforme a esta ley. De igual manera, deberá informar cuando termine la relación laboral y la causa.
Artículo 283...
I...
I bis. Proporcionar a los inspectores del trabajo una copia del registro especial de trabajadores eventuales y estacionales, así como del escrito donde consten las condiciones de trabajo;
I ter. Rendir a los inspectores del trabajo el informe a que se refiere el párrafo quinto del artículo 280.
II a XIII...
Artículo 542...
I a IV...
V. Investigar la existencia y las condiciones de los trabajadores del campo, así como solicitar periódicamente la presentación de la copia del registro especial de trabajadores eventuales y estacionales, así como del escrito donde consten las condiciones de trabajo a que se refiere el artículo 280 de esta ley;
VI. Inspeccionar por lo menos una vez dentro de periodos de veintisiete semanas, las condiciones de trabajo de los trabajadores del campo para vigilar que sus patrones cumplan con las obligaciones establecidas en el artículo 283 de esta ley.
VII. Las demás que les impongan las leyes.
Artículo 547...
I. No practicar las inspecciones a que se refiere el artículo 542, fracciones II, III y VI;
I bis. No solicitar o no recibir de los patrones de trabajadores del campo, la presentación de la copia del registro especial de trabajadores eventuales y estacionales, así como del escrito donde consten las condiciones de trabajo;
II a VI...
Artículo 997. Al patrón que incumpla lo dispuesto en el artículo 280 y 283 fracción I bis y I ter, o queviole las normas protectoras del trabajo del campo y del trabajo a domicilio, se le impondrá multa por el equivalente de 250 a 2500 veces el salario mínimo general.
Segundo.Se adiciona el artículo 219 bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para quedar como sigue:
219 bis. Corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social:
I. Autorizar la transmisión de publicidad que tenga por objeto reclutar o captar a trabajadores;
II. Establecer las normas en materia de publicidad para el reclutamiento o captación de trabajadores;
III. Las demás que le confieran esta Ley y otras disposiciones legales.
TransitoriosPrimero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los inspectores del trabajo contarán con tres meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para solicitar por primera vez la presentación de la copia del registro especial de trabajadores eventuales y estacionales a que se refiere el artículo 280 de la Ley Federal del Trabajo, cuando el patrón no haya cumplido de manera voluntaria por primera vez con dicha disposición.
Tercero. Los patrones contarán por primera vez con seis meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para presentar ante los Inspectores del Trabajo, copia del registro especial de trabajadores eventuales y estacionales, así como el informe de trabajadores permanentes del campo.
Cuarto. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y las autoridades laborales de las Entidades Federativas y del Distrito Federal, contarán con tres meses para adecuar sus disposiciones reglamentarias a lo dispuesto en el presente Decreto, a partir de la entrada en vigor del mismo.
Notas:
1 Disponible en: http://www.coneval.gob.mx/Medicion/Documents/Pobreza%202014_Coneval_web.pdf
2 Disponible en: http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2015/enoe_ie/enoe_ie2015_05.pdf
3 Jornalero, es una persona que trabaja temporalmente y que recibe un salario por jornal, es decir, por día.
4 Disponible en: http://www.conapo.gob.mx/es/CONAPO/Migracion_Interna
5 Disponible en: http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/encuestas/hogares/modulos/mti/ mti2013/default.aspx
6 Convenio sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación y Recomendación sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 190).
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de septiembre de 2015. Diputados: Alma Carolina Viggiano Austria,Alfredo Bejos Nicolás, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Erika Araceli Rodríguez Hernández, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, Francisco Saracho Navarro, Georgina Trujillo Zentella, Gloria Himelda Félix Niebla, Héctor Ulises Cristopulos Ríos, Hernán de Jesús Orantes López, José Hugo Cabrera Ruiz, José Lorenzo Rivera Sosa, María Angélica Mondragón Orozco, María Gloria Hernández Madrid, María Luisa Beltrán Reyes, María Soledad Sandoval Martínez, Martha Sofía Tamayo Morales, Nora Liliana Oropeza Olguín, Pedro Luis Noble Monterrubio, Rosa Elena Millán Bueno, Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Susana Corella Platt, Sylvana Beltrones Sánchez, Yolanda de la Torre Valdez, Yulma Rocha Aguilar (rúbricas).»
Presidencia de la diputada
María Bárbara Botello Santibáñez
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Comunicaciones, para su dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La diputada Alma Carolina Viggiano Austria: «Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada Alma Carolina Viggiano Austria, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un segundo párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Primero: Planteamiento del problema.En México, la población urbana ha ido en aumento desde hace un siglo debido a que un porcentaje considerable de la población rural ha migrado a poblaciones urbanas y en estas desarrollan su vida y la de sus descendientes. En contraste, las poblaciones rurales han ido disminuyendo.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, una población se considera rural cuando tiene menos de 2 mil 500 habitantes, mientras que la urbana es aquella donde viven más de 2 mil 500 personas. En 1950, poco menos del 43 por ciento de la población en México vivía en localidades urbanas, para 1990 el porcentaje era de 71 por ciento y para 2010, esta cifra aumentó a casi 78 por ciento.
El Banco Mundial estima que la población urbana de México de 2014 era de 79 por ciento que equivale aproximadamente a 97 millones 765 mil 478 personas, de las cuales el 21 por ciento vivía en la zona metropolitana del valle de México, formada por las 16 delegaciones el Distrito Federal, 59 municipios del estado de México y 1 (Tizayuca) de Hidalgo.
La migración rural-urbana tiene su principal motivo en la búsqueda de mejores oportunidades y es, sobre todo, en las grandes ciudades dónde éstas son encontradas pues en ellas se concentra gran parte de la industria y de la riqueza del país. Sin embargo, también es en las ciudades en donde la globalización surte sus efectos con más fuerza, imponiendo formas de conducta que son impulsadas por formas de consumo que a su vez son alimentadas por un adoctrinamiento iniciado y mantenido a través de la publicidad y la mercadotecnia.
Estos efectos producen en la población patrones de crecimiento desordenados y patrones de conducta que son excluyentes y discriminatorios. No obstante, estos patrones siguen una cadena de mando que llegan hasta las grandes empresas quienes a través de su capital o poder económico se adueñan del espacio público con el visto bueno, expreso o implícito, de las autoridades quienes en ocasiones actúan previendo nuevas fuentes de ingreso para el Estado y para las familias, cuando se prometen nuevos empleos. Sin embargo, se obvia el interés ciudadano o de plano se ignora, y la construcción de la ciudad responde en su mayoría a intereses económicos y se deja de lado: el combate a la pobreza, la provisión de viviendas dignas y decorosas, el acceso a la cultura, la educación, a un ambiente sano, al esparcimiento, al deporte, entre otros.
Asimismo, la desigualdad impacta en las posibilidades de las personas de tener una fuente de ingreso suficiente que a la par aumenta sus posibilidades de caer o mantenerse en la pobreza. Las empresas requieren en su mayoría a personal joven y capacitado o especializado, por lo que la población más vieja, con familia frecuentemente numerosa y con menor educación, es expulsada a la periferia de las ciudades, a los lugares conocidos como cinturones de miseria.
Los cinturones de miseria son símbolos casi naturales del crecimiento económico desordenado de nuestro tiempo, las villas miseria son frecuentemente asociadas con esos grandes asentamientos precarios en que miles de personas sobreviven sin servicios básicos, en casas de cartón, hacinados, en medio de profunda descomposición social, pobreza, violencia y desencanto.
Segundo: Argumentos que sustentan la iniciativa.Si bien, las ciudades tienen la cualidad de concentrar de manera sustancial no solo la población y las actividades de producción, distribución, comercialización y consumo económico, sino también la infraestructura más densa y especializada de servicios de educación y salud, de medios de comunicación y de instituciones administrativas, jurídicas y políticas, fundamentales para el desarrollo de los individuos y las empresas, también es cierto que la gran red de comunicación que las determina, excluye al ciudadano promedio.
Desde hace años, los ciudadanos dejaron de ser una pieza importante en la construcción de su propia ciudad. Hoy en día, las personas son piezas claves para el consumo y sobre ellas gira la infraestructura comercial. Conforme se desarrolla una ciudad, las autoridades municipales y estatales empiezan a ser objeto de intereses económicos de grandes empresas quienes ven en el crecimiento de las poblaciones una oportunidad de negocio. Tan es así, que se ha familiarizado la idea de que una ciudad es tal, cuando ya tiene una plaza comercial o una o más empresas reconocidas instaladas en alguna de sus principales calles.
La presente iniciativa tiene el propósito de devolverle al ciudadano el derecho a decidir sobre su ciudad, tanto en el sentido físico del espacio, como el vivencial o de la experiencia. Vivir en una ciudad no es sólo vivir en un espacio rodeado de grandes construcciones y con muchísima gente desconocida, con un sinfín de cosas diferentes. Todos estos factores determinan un ambiente que se puede respirar y disfrutar, y este ambiente depende en gran medida de lo que se puede hacer como ser humano en el espacio público.
Una ciudad debe ser el primer espacio público donde se garanticen todos los derechos humanos de las personas, tales como el ambiente sano, la vivienda digna y decorosa, la salud, la educación, la cultura, el trabajo, la no discriminación. Y esto sólo es posible cuando el propio ciudadano tiene la capacidad de incidir en las decisiones públicas, sobre todo el ciudadano informado e interesado en los asuntos públicos. Ese ciudadano que desde afuera de la política intenta incidir en las decisiones, se asocia y lucha con argumentos pero pocas veces es escuchado.
En la medida en que los ciudadanos han dejado de ser pieza clave en las ciudades, estas se han ido convirtiendo en grandes aparadores. Contra ello y la creciente apatía del ciudadano a causa de la impotencia de no poder resolver sus problemas a través de sus autoridades más próximas, se plantea el reconocimiento del derecho a la ciudad como derecho humano constitucional que incluye la necesaria participación directa de los ciudadanos en la elaboración, definición y fiscalización de las políticas públicas que tengan por objeto garantizar todos sus derechos humanos en su espacio público. Y este derecho también alcanza a las poblaciones rurales porque en la medida en que su población incremente y que el Estado actúe para urbanizar su espacio, en esa medida tienen derecho a decidir sobre cómo quieren su espacio público.
Por supuesto, el derecho a la ciudad va más allá de una obligación del Estado de urbanizar al país, el derecho a la ciudad es un derecho universal que plantea que el crecimiento de las poblaciones sea ordenado y que en él, se ponga especial énfasis en los intereses locales del ciudadano que ha hecho de la ciudad su hogar. El derecho a la ciudad es una forma de democratizar el espacio público y dotarlo de una función social que potencialice el desarrollo humano de todos los que habitemos en ellas.
Por lo expuesto y en respuesta de las necesidades del habitante de las ciudades y de las localidades en desarrollo, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o. ...
Toda persona tiene derecho a la ciudad. El Estado garantizará la participación de los ciudadanos, a través de formas directas y representativas, en la elaboración, definición y fiscalización de las políticas públicas que tengan por objeto asegurar el goce y ejercicio de todos sus derechos humanos en el espacio público, colectivo y diversificado que pertenece a todos sus habitantes, ya sea urbano, semirrural o rural, brindando protección especial a personas o grupos de personas en situación vulnerable, en los términos que establezca la ley.
...
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Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión en un plazo no mayor a seis meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, deberá realizar las adecuaciones a la ley que determinen la formas directas y representativas de participación de los ciudadanos en la elaboración, definición y fiscalización de la implementación de las políticas públicas que tengan por objeto garantizar todos sus derechos humanos en los espacios públicos urbanos, semirrurales y rurales, conforme al texto constitucional.
Notas:
1 Disponible en
http://datos.bancomundial.org/ indicador/SP.URB.TOTL.IN.ZS/countries
2 Disponible en
http://datos.bancomundial.org/ indicador/SP.URB.TOTL/countries
3 Disponible en
http://datos.bancomundial.org/indicador/ EN.URB.LCTY.UR.ZS/countries
4 Disponible en http://www.unmultimedia.org/radio/spanish/2015/04/ en-america-latina-110-millones-viven-en-cinturones-de-miseria/#. VeNMz31v-Oo
5 Delgadillo Jaramillo, Pilar; y otros. Espacio público y derecho a la ciudad, primera edición, Colombia, UN Habitat, 2008, página 27.
Palacio Legislativo de San Lázaro, honorable Cámara de Diputados, a 13 de octubre de 2015. Diputados: Alma Carolina Viggiano Austria,Alfredo Bejos Nicolás, Ana Georgina Zapata Lucero, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Erika Araceli Rodríguez Hernández, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, Francisco Saracho Navarro, Georgina Trujillo Zentella, Gloria Himelda Félix Niebla, Héctor Ulises Cristopulos Ríos, Hernán de Jesús Orantes López, José Hugo Cabrera Ruiz, José Lorenzo Rivera Sosa, María Angélica Mondragón Orozco, María Gloria Hernández Madrid, María Luisa Beltrán Reyes, María Soledad Sandoval Martínez, Martha Sofía Tamayo Morales, Nora Liliana Oropeza Olguín, Pedro Luis Noble Monterrubio, Rosa Elena Millán Bueno, Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Susana Corella Platt, Sylvana Beltrones Sánchez, Yolanda de la Torre Valdez, Yulma Rocha Aguilar (rúbricas).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su dictamen.
LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, Y DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra, por tres minutos, el diputado Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
El diputado Federico Döring Casar:Con su venia, señora presidenta. Compañeros y compañeras diputadas. Decía Cicerón que los pueblos que no conocen su historia suelen repetir sus errores, hace poco más de 30 años nuestro país vivió un ciclo de reformas político-económicas importantes, similar al que vivió los tres años anteriores en el Pacto por México.El error que se cometió hace poco más de 30 años es que la transformación política económica no vino acompañada de una transformación social y en este sexenio el presidente presume todas las reformas estructurales, pero no ha tenido una sola reforma estructural en materia social y el país reclama una reforma estructural de calado social.
Lo que vengo a proponer es lo que con éxito hicimos el gobierno de la ciudad, el Partido de la Revolución Democrática y Acción Nacional en la Ciudad de México en materia de salario mínimo. Creamos la figura del proveedor salarialmente responsable, y aquellas empresas que aspiran a tener contratos de parte del gobierno de la Ciudad, pueden acreditar con un elemento diferenciador para verse beneficiadas con los resultados de las licitaciones o adjudicaciones directas que si están pagando el salario mínimo por encima de la unidad de medida que establece la Conasami, es un elemento diferenciador.
Lo que vengo aquí a plantear es exactamente esa legislación en materia federal. Que es un elemento diferenciador y un estímulo a quienes quieran contratos del gobierno federal que demuestren en los hechos que están pagando el doble del salario mínimo que establece la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.
Pero no solo eso. Vengo a plantear que no se cometa el mismo error de hace 30 años y que todo lo que le resta por licitar y concursar al gobierno federal derivado del Pacto por México, es decir todas las rondas pendientes en la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la nueva banda de 700 megahertz que va a licitar el Ifetel, todo aquello que nuestro país va a licitar con un valor agregado derivado de las reformas estructurales, que en ese caso no sea un estímulo.
Que en ese caso, como lo dice el tercero transitorio, sea una obligación para quienes aspiran a tener la nueva cadena de televisión que se va a volver a concursar y todos los ejemplos que conocemos, que tengan que acreditar que en ese proyecto van a pagar dos salarios mínimos respecto de lo que establezca la Conasami, si no, hacemos que el Pacto por México sea solo una reforma político-económica, sino que sea una reforma política económica que se refleje en el bolsillo de los mexicanos, vamos a tener el mismo ciclo de reformas de hace 30 años con mayor crecimiento económico como país y mayor desigualdad.
Acción Nacional quiere que el salario mínimo sea lo que establece la Constitución. La Corte no permitió que lo consultáramos a los mexicanos, pero hoy venimos a proponerlo. Ojalá el partido en el gobierno esté de lado de la agenda del salario mínimo y no de la agenda de solo las reformas estructurales que no tienen calado social.
No vamos a combatir la pobreza regalando televisores, compañeras y compañeros. Hace 30 años se pensó que con Solidaridad bastaba para paliar la desigualdad social. Necesitamos reformas estructurales y políticas sociales. Más que televisiones, salario mínimo para todos. Es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado Federico Döring Casar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6o., fracción I, y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta al pleno de este órgano legislativo la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas, para establecer las figuras de proveedor salarialmente responsable y contratista salarialmente responsable, conforme a la siguiente
Exposición de MotivosI. Planteamiento del problema
Son diversos los artículos de nuestra Constitución que hacen referencia a las relaciones de trabajo, no obstante, son los artículos 5o. y 123 los que establecen las bases del derecho laboral mexicano. De ambas disposiciones constitucionales se desprende el derecho al trabajo digno y socialmente útil; el derecho a la libertad de trabajo y elección de la actividad laboral, y la prohibición de la obligación de contratos de trabajo con responsabilidad mayor a un año.
El artículo 123 es el único que integra el título sexto de nuestra norma suprema, denominado Del trabajo y de la Previsión Social. El artículo se divide en dos apartados, el apartado A norma las relaciones laborales de los particulares, en tanto que el apartado B norma las relaciones laborales de los servidores públicos de los Poderes de la Unión y del Distrito Federal. Siendo así, tenemos que el apartado A, fracción VI, segundo párrafo, del referido artículo constitucional, señala:
Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.
A su vez, el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo estipula que el salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo.
No obstante la existencia de una gran cantidad de disposiciones en materia laboral en la Constitución, en la legislación secundaria y en los tratados internacionales, en la realidad la situación de los trabajadores en México dista mucha de ser la mejor, lo que se ve reflejado en que más de 50 millones de personas en el país vivan en condiciones de pobreza, toda vez que los ingresos de sus familias no les alcanza para cubrir las necesidades básicas respecto a salud, educación, alimentación, vivienda, vestido o transporte público, incluso dedicando todos sus recursos a estos términos.
En efecto, de acuerdo al Centro de Análisis Multidisciplinario, de la Facultad de Economía de la UNAM, con datos de 2015, para que una familia mexicana promedio pudiera adquirir la Canasta de Alimentación Recomendable (CAR), debería tener un ingreso diario de al menos 201 pesos, es decir, el equivalente a casi tres salarios mínimos actuales (solamente para alimentación, esto sin considerar gastos de vivienda, salud, vestido, calzado, transporte, escuela, etc.)
El mismo centro de estudios señala que, de diciembre de 1987 a abril de 2015, el precio del CAR aumentó casi 5 mil por ciento, mientras que el salario mínimo sólo lo hizo en un mil por ciento, lo que expresa una pérdida acumulada del poder adquisitivo del salario de 78.7 por ciento; es decir, una contracción del salario mínimo de tres cuartas partes en 28 años.
Ante tal circunstancia, en 2014 el Partido Acción Nacional promovió la realización de una consulta popular para modificar la Ley Federal de Trabajo y establecer en ésta que el salario mínimo garantice al menos la línea de bienestar determinada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval). La pregunta propuesta por Acción Nacional para que se sometiera a consulta era la siguiente:
¿Estás de acuerdo en que la Ley Federal del Trabajo establezca que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fije un nuevo salario mínimo que cubra todas las necesidades de una familia para garantizar al menos la línea de bienestar determinada por el Coneval?
De haber prosperado la propuesta de Acción Nacional, tendríamos que el salario mínimo mensual, por persona, tendría que ser (con datos actualizados a agosto de 2015) de al menos 2 mil 614.82 pesos, como se observa a continuación:
Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el tema, por estar relacionado con los ingresos y gastos del estado, no podía ser sujeto de una consulta popular.
Pero no solamente el Partido Acción Nacional ha sido activo promotor del mejoramiento del salario mínimo, pues también lo ha sido el gobierno del Distrito Federal. En 2014, ese gobierno local publicó un documento denominado Política de recuperación del salario mínimo en México y en el Distrito Federal. Propuesta para un acuerdo nacional. En este amplio estudio, se enuncian algunas propuestas para, en el caso del Distrito Federal, avanzar en el mejoramiento del salario mínimo, a saber:
La Asamblea Legislativa podría avanzar en su propia labor de desindexación en todas las leyes locales pertinentes.
El gobierno del Distrito Federal podría emprender un amplio programa de mejora laboral para sus trabajadores con más bajos salarios, especialmente los que son contratados por honorarios o los que mantienen una relación laboral diferenciada.
Que el gobierno del Distrito Federal establezca una nueva política general de contratación de servicios y de bienes, para relacionarse sólo con empresas que demuestren pagar un salario mínimo de 82.86 pesos o más a sus trabajadores de más baja calificación.
En una revisión caso por caso, el gobierno local podría desplegar una política de excepción fiscal al impuesto sobre nómina en las micro y pequeñas empresas durante el primer año, en el inicio de la recuperación de los salarios.
Impulsar los mecanismos de vigilancia e inspección de las condiciones generales de trabajo en los establecimientos y empresas del Distrito Federal.
Con base en lo anterior, el jefe del gobierno presentó a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal un paquete de iniciativas de reforma a diversas leyes locales. Es de destacar que el órgano legislativo de la Ciudad de México, con el apoyo de todos los grupos parlamentarios ahí representados, avaló varias de las modificaciones propuestas. De entre estas, cobra relevancia la creación de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, que es una medida de valor que sustituye el concepto de salario mínimo para determinar sanciones y multas administrativas, pagos y montos de referencia previstos en las normas locales.
De modo que, por el consenso de todos los partidos representados en la Asamblea Legislativa, el Distrito Federal se ha convertido en la primera entidad federativa en tasar sanciones en una unidad distinta al salario mínimo, a efecto de que su anhelado incremento no traiga consigo reacciones inflacionarias debido a aprovechamientos.
Otra de las reformas relevantes en materia de salario mínimo aprobado por todos los grupos parlamentarios en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, fue la figura del proveedor salarialmente responsable, de modo que la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal ahora estipula que los proveedores salarialmente responsables son los proveedores que hayan comprobado fehacientemente, a través de mecanismos y, en el caso, la documentación idónea, que sus trabajadores y trabajadores de terceros que presten sus servicios en sus instalaciones perciban un salario equivalente a 1.18 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México o en su caso el salario mínimo vigente, si éste fuese mayor al múltiplo de la Unidad de Cuenta antes referido, y cumplir con sus obligaciones en materia de seguridad social (sic).
El proveedor salarialmente responsable es una figura fundamental para transitar hacia la recuperación de los salarios en el Distrito Federal, pues obliga a que los empresarios que aspiran a venderle al cliente más grande el gobierno tengan que demostrar a la autoridad que sus empleados perciben un salario que está por encima del salario mínimo.
Desde nuestra perspectiva, el gran acierto de todas las fuerzas políticas representadas en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, al aprobar la creación de la figura de proveedor salarialmente responsable, debiera replicarse para el ámbito federal. Es este el objeto de la presente propuesta que a continuación describimos.
II. Argumentación de la propuesta
La presente propuesta tiene por objeto modificar la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, a efecto de establecer las figuras de proveedor salarialmente responsable y contratista salarialmente responsable.
Como hemos ya señalado, la figura del proveedor salarialmente responsable tiene por objeto que aquellas personas interesadas en venderle al gobierno, deban demostrar fehacientemente que todos sus trabajadores ganen más del salario mínimo. En el caso de la legislación del Distrito Federal vigente, ésta señala que el proveedor debe comprobar que sus trabajadores ganan al menos 1.18 veces la unidad de cuenta, es decir, 82.54 pesos, conforme a su equivalencia para 2015.
Esta propuesta va más allá, pues busca establecer que para ser proveedor salarialmente responsable del gobierno federal, se deba demostrar que los trabajadores de aquella empresa ganen, al menos, 25 por ciento más del salario mínimo, lo que implicaría que tendrían que demostrar un pago a sus trabajadores de al menos 87.6 pesos (conforme al salario mínimo vigente para 2015).
Para lograr lo anterior, se proponen las siguientes modificaciones: respecto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la adición de una nueva fracción VII (recorriendo las subsecuentes) al artículo 2o.; y reformas a los artículos 6o. y 36 Bis. Y con relación a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, adicionar una nueva fracción VII (recorriendo las subsecuentes) al artículo 2o.; adicionar un nuevo cuarto párrafo al artículo 27 (recorriendo los posteriores), así como reformar los artículos 38, párrafo sexto, y 41, párrafo tercero.
Respecto de la Ley de Adquisiciones, sería el artículo 2o., fracción VII, la disposición que definiría el concepto de proveedor salarialmente responsable. Por lo que hace al artículo 6o., éste carece actualmente de disposición normativa alguna, pues su texto original fue derogado en 2009; siendo así, y toda vez que este artículo forma parte del título primero, denominado Disposiciones Generales, consideramos conveniente utilizar el actual vacío normativo del artículo para establecer en este que, tratándose de procedimientos de contratación a través de invitación restringida y adjudicación directa, las dependencias y entidades solamente podrán contratar a proveedores salarialmente responsables; y tratándose de licitaciones públicas, el contar con la calidad de proveedor salarialmente responsable será un elemento a priorizar, cuando existiere igualdad de condiciones entre los concursantes. Esto último también se especificaría mediante una modificación al artículo 36 Bis.
Y con relación a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se propone adicionar un nuevo párrafo VII para que en esta se disponga la definición de Contratista salarialmente responsable, que sería el contratista que comprueba que todos sus trabajadores perciben al menos el equivalente a un salario mínimo vigente, más 25 por ciento de éste. Un nuevo párrafo cuarto dispondría que en los procedimientos de contratación será criterio orientador, para la determinación del contratista, que éste sea salarialmente responsable, desde luego, en los términos dispuestos por la propia ley. Una reforma al artículo 38 establecería que si dos propuestas son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicaría a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, pero además, que sea un contratista salarialmente responsable. Y finalmente, la reforma propuesta al artículo 41 permitiría que, en invitaciones restringidas, se podría invitar a contratistas salarialmente responsables.
Estamos convencidos que con las modificaciones contenidas en esta iniciativa, se podrá dar un paso firme para incentivar a las empresas a mejorar los salarios de sus trabajadores, y en consecuencia, a mejorar la calidad de vida de sus familias, y a fortalecer el mercado interno y la economía nacional.
III. Contenido del proyecto de decreto
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de este órgano legislativo la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas, para establecer las figuras de proveedor salarialmente responsable y contratista salarialmente responsable
Artículo Primero. Se reforman los artículos 6o. y 36 Bis, y se adiciona una fracción VII, recorriéndose las subsecuentes, del artículo 2o., de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:
Artículo 2. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por:
I. a VI. ...
VII. Proveedor salarialmente responsable: el proveedor que comprueba, mediante la documentación que para el efecto le requiera la Secretaría, que todos sus trabajadores perciben al menos el equivalente a un salario mínimo vigente, más el veinticinco por ciento de éste;
VIII. Licitante: la persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o bien de invitación a cuando menos tres personas, y
IX. Ofertas subsecuentes de descuentos: modalidad utilizada en las licitaciones públicas, en la que los licitantes, al presentar sus proposiciones, tienen la posibilidad de que, con posterioridad a la presentación y apertura del sobre cerrado que contenga su propuesta económica, realicen una o más ofertas subsecuentes de descuentos que mejoren el precio ofertado en forma inicial, sin que ello signifique la posibilidad de variar las especificaciones o características originalmente contenidas en su propuesta técnica;
X. Entidades federativas: los estados de la federación y el Distrito Federal, conforme al artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
XI. Investigación de mercado: la verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información;
XII. Precio no aceptable: es aquél que derivado de la investigación de mercado realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación, y
XIII. Precio conveniente: es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, y a éste se le resta el porcentaje que determine la dependencia o entidad en sus políticas, bases y lineamientos.
Artículo 6. En los supuestos de excepción a que se refiere el Capítulo Tercero del Título Segundo de esta ley, las dependencias y entidades solamente podrán contratar a proveedores salarialmente responsables.
Tratándose de licitaciones públicas, la calidad de responsabilidad salarial de los proveedores será un elemento a priorizar, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 Bis, segundo párrafo, de esta ley.
Salvo lo dispuesto en este artículo, las dependencias y entidades no podrán celebrar contratos que limiten la libre participación de cualquier proveedor interesado.
Artículo 36 Bis. ...
Para los casos señalados en las fracciones I y II de este artículo, en caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia , en primer término, a los proveedores salarialmente responsables, y en segundo término, a los proveedoresque integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.
...
Artículo Segundo. Se reforman los artículos 38, párrafo sexto; y 41, párrafo tercero; y se adicionan una fracción VII, recorriéndose las posteriores, del artículo 2o.; y un párrafo cuarto, recorriéndose los subsecuentes, del artículo 27, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue:
Artículo 2. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I. a VI. ...
VII. Contratista salarialmente responsable: el contratista que comprueba, mediante la documentación que para el efecto le requiera la Secretaría, que todos sus trabajadores perciben al menos el equivalente a un salario mínimo vigente, más el veinticinco por ciento de este;
VIII. Licitante: la persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública, o bien de invitación a cuando menos tres personas;
IX. Obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura: las obras que tienen por objeto la construcción, ampliación o modificación de bienes inmuebles destinados directamente a la prestación de servicios de comunicaciones, transportes, hidráulico, medio ambiente, turístico, educación, salud y energético;
X. Proyecto ejecutivo: el conjunto de planos y documentos que conforman los proyectos arquitectónico y de ingeniería de una obra, el catálogo de conceptos, así como las descripciones e información suficientes para que ésta se pueda llevar a cabo;
XI. Proyecto arquitectónico: el que define la forma, estilo, distribución y el diseño funcional de una obra. Se expresará por medio de planos, maquetas, perspectivas, dibujos artísticos, entre otros;
XII. Proyecto de ingeniería: el que comprende los planos constructivos, memorias de cálculo y descriptivas, especificaciones generales y particulares aplicables, así como plantas, alzados, secciones y detalle, que permitan llevar a cabo una obra civil, eléctrica, mecánica o de cualquier otra especialidad, y
XIII. Entidades federativas: los Estados de la Federación y el Distrito Federal, conforme al artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 27. ...
...
...
En los procedimientos de contratación será criterio orientador, para la determinación del contratista, que éste sea salarialmente responsable, en los términos dispuestos por la presente Ley.
Las condiciones contenidas en la convocatoria a la licitación e invitación a cuando menos tres personas y en las proposiciones presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas, sin perjuicio de que la convocante pueda solicitar a los licitantes aclaraciones o información adicional en los términos del artículo 38 de esta Ley.
La licitación pública inicia con la publicación de la convocatoria y, en el caso de invitación a cuando menos tres personas, con la entrega de la primera invitación; ambos procedimientos concluyen con la emisión del fallo y la firma del contrato o, en su caso, con la cancelación del procedimiento respectivo.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición en cada procedimiento de contratación; iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes.
A los actos del procedimiento de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
La Secretaría de Economía, mediante reglas de carácter general y tomando en cuenta la opinión de la Secretaría de la Función Pública, determinará los criterios para la aplicación de las reservas, mecanismos de transición u otros supuestos establecidos en los tratados.
Artículo 38. ...
...
...
...
...
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad , sea un contratista salarialmente responsable y cumpla con las demás circunstancias pertinentes.
...
Artículo 41. ...
...
En cualquier supuesto se invitará a contratistas salarialmente responsables yque cuenten con capacidad de respuesta inmediata, así como con los recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, de acuerdo con las características, complejidad y magnitud de los trabajos a ejecutar.
...
...
TransitoriosArtículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. El Ejecutivo federal contará con un plazo de noventa días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para expedir las modificaciones reglamentarias que se desprendan del contenido del propio decreto.
Notas:
1. Aquí algunos ejemplos: artículo 2o., Apartado B, fracción VIII, sobre la obligación de los tres ámbitos de gobierno para establecer políticas que protejan a los migrantes de los pueblos indígenas a través de garantizar los derechos laborales de los jornaleros agrícolas; artículo 3º., fracción VII, respecto de las relaciones laborales del personal de las instituciones de educación superior autónomas, las cuales se regirán por el Apartado A del artículo 123; artículo 115, fracción VIII, y 116, fracción VI, ambas disposiciones establecen que las relaciones de trabajo entre los estados o los municipios (según sea el caso) y sus trabajadores, se regirán por las leyes locales, con base en lo dispuesto por el artículo 123 constitucional.
2. Unicef, Pobreza y desigualdad en México, en http://www.unicef.org/mexico/spanish/17046.htm
3. Conjunto ponderado de artículos para el consumo diario de una familia mexicana conformada por cinco personas (dos adultos, un joven y dos niños) con la consideración de aspectos históricos, económico-sociales, hábitos, costumbres y de dieta. Fue definida y construida en su metodología, estructura ponderación y contenido por Abelardo Ávila Curiel, investigador del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán. Su precio es determinado con la colaboración de trabajadores, estudiantes, profesores e investigadores de la UNAM.
4. Centro de Análisis Multidisciplinario, Facultad de Economía de la UNAM, Reporte de Investigación 120. México: Esclavitud moderna. Cae 78.71% el poder adquisitivo, en http://cam.economia.unam. mx/reporte-de-investigacion-120-mexico-esclavitud-moderna-cae-78-71-el-poder-ad quisitivo/
5. Ibídem.
6. Gabinete Económico del Distrito Federal, Política de recuperación del salario mínimo en México y en el Distrito Federal. Propuesta para un acuerdo nacional,
http://salarioscdmx.sedecodf.gob.mx/ documentos/Politica_de_recuperacion_de_Salarios_Minimos.pdf
7. Artículo 2o., fracción XXXIII, de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2015. Diputados: Federico Döring Casar,Adriana Elizarraraz Sandoval, Alejandra Gutiérrez Campos, Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Alfredo Miguel Herrera Deras, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Armando Alejandro Rivera Castillejos, Brenda Velázquez Valdez, César Flores Sosa, Eloísa Chavarrías Barajas, Emma Margarita Alemán Olvera, Enrique Cambranis Torres, Exaltación González Ceceña, Gabriela Ramírez Ramos, Genoveva Huerta Villegas, Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Gina Andrea Cruz Blackledge, Hugo Alejo Domínguez, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, Jesús Antonio López Rodríguez, Joaquín Jesús Díaz Mena, Jorge López Martín, José Everardo López Córdova, José Teodoro Barraza López, Juan Alberto Blanco Zaldívar, Juan Corral Mier, Karla Karina Osuna Carranco, Leticia Amparano Gámez, Lilia Arminda García Escobar, Lorena del Carmen Alfaro García, Luis Agustín Rodríguez Torres, Luis de León Martínez Sánchez, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Eloísa Talavera Hernández, María García Pérez, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María Verónica Agundis Estrada, Mariana Arámbula Meléndez, Martha Cristina Jiménez Márquez, Miguel Ángel Huepa Pérez, Miguel Ángel Yunes Linares, Minerva Hernández Ramos, Mónica Rodríguez Della Vecchia, Pedro Garza Treviño, René Mandujano Tinajero, Rubén Alejandro Garrido Muñoz, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Wenceslao Martínez Santos, Ximena Tamariz García (rúbricas).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su dictamen.
Ahora tiene la palabra por tres minutos el diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10-B de la Ley de Coordinación Fiscal.
El diputado Sergio López Sánchez (desde la curul): Presidenta, si pudiera demorar mi turno, por favor.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Nos ha pedido demorar un poco su intervención.
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:En consecuencia tiene la palabra por tres minutos el diputado Gerardo Izquierdo Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde.
El diputado Jesús Gerardo Izquierdo Rojas:Con la venia de la Presidencia. Compañeras diputadas y diputados, una de las funciones primordiales del Poder Ejecutivo es garantizar la seguridad púbica en todo el territorio nacional. Esta seguridad es aquella de la cual debemos disfrutar todos los miembros de la sociedad para ejercicio de las libertades públicas y de todas las actividades ciudadanas que en el marco de la ley tienen lugar en el ámbito privado. La garantía de estos derechos está expuesta claramente en las constituciones políticas cuando se refieren a la protección de la vida con todos sus atributos.Si bien queda claro que la tarea de garantizar la seguridad pública, es una función que corresponde esencialmente al Poder Ejecutivo, lo cierto es que también los otros dos poderes del Estado juegan un papel fundamental en la materia, principalmente como garantes del respeto al Estado de derecho, ejerciendo de esta manera un control sobre los cuerpos de seguridad de los que dispone el Estado.
En México durante mucho tiempo o existió la posibilidad de llevar a cabo un control democrático sobre los aparatos estatales de seguridad que garantizan el respeto irrestricto a los derechos humanos.
Es hasta fechas recientes que se instauró en virtud de la cultura republicana y del pluralismo que hoy impera en nuestro régimen político. La transición democrática ha hecho posible poner en la mesa del debate temas como la conveniencia de la participación del Poder Legislativo en asuntos relacionados con la seguridad pública.
Del mismo modo que se ha propuesto una mayor colaboración con el Ejecutivo federal y con los demás niveles de gobierno, las entidades federativas y los municipios. Más aún, a la luz de los buenos resultados que han acarreado los procesos de ciudadanización, de los cuales han sido objeto de modelo de seguridad pública en varios países. Lo que se discute hoy es la pertinencia de incluir a cada vez más actores en espacios donde se toman decisiones encaminadas a preservar la vida, la familia y la posición de los ciudadanos.
Uno de estos espacios es precisamente el Consejo Nacional de Seguridad, no obstante la importancia de las atribuciones que la ley establece a favor del Consejo, hasta ahora el Poder Legislativo se ha mantenido al margen de esta instancia, pues ninguno de sus representantes tiene la posibilidad de incidir de manera directa en las decisiones adoptadas por el pleno de ese organismo.
En este sentido, la iniciativa que hoy presento ante ustedes pretende modificar el artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con la finalidad de que en el Consejo se cuente con dos representantes del Poder Legislativo.
Con lo anterior se busca avanzar en el esfuerzo de adecuar nuestro marco jurídico para permitir una mayor participación del Congreso de la Unión en las tareas de planeación y supervisión de las acciones relacionadas con la seguridad pública.
Creemos pertinente que en el Consejo de Seguridad Pública Nacional, se vea reflejada más fielmente la nueva dinámica del sistema político mexicano, que cuenta hoy con una auténtica división de poderes y con una sociedad crecientemente participativa. Es cuanto, Presidencia.
«Iniciativa que reforma el artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Jesús Gerardo Izquierdo Rojas, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, Jesús Gerardo Izquierdo, diputado federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X al artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosDe acuerdo a los tratadistas que se ocupan del estudio relativo al funcionamiento del Estado, en un régimen de tipo democrático corresponde al poder ejecutivo, como una de sus funciones primordiales, además de ocuparse de la defensa de la soberanía nacional, garantizar la seguridad pública en todo el territorio.
Esta seguridad es aquella de la cual deben disfrutar todos los asociados para el ejercicio de las libertades públicas y de todas las formas legítimas de actividad que se realizan más allá del ámbito gubernamental. De igual manera, el poder ejecutivo debe proteger los derechos fundamentales de los diversos grupos, sociedades o comunidades, así como los del individuo.
La garantía de estos derechos está expuesta claramente en las constituciones políticas cuando se refieren a la protección de la vida, con todos sus atributos; a la honra o el buen nombre, con todo lo que ello representa de trascendente en la vida de la sociedad, y a los bienes, que son aquellos de índole patrimonial que pueden ser materiales o tangibles o inmateriales o intangibles, que se ubican en los dominios del conocimiento científico y tecnológico, y los cuales han adquirido una importancia creciente, cualitativa y cuantitativamente, en la vida ordinaria de las sociedades.
Para que el poder ejecutivo pueda cumplir con aquellas tareas que justifican su existencia en el Estado democrático, requiere una capacidad coercitiva que lo habilite para ejecutar tan complejas funciones, es entonces cuando aparece el papel de la fuerza pública.
El Ejecutivo puede disponer de esa fuerza pública y utilizar su capacidad de coerción con el único fin, además de las tareas derivadas de la defensa de la soberanía nacional, de garantizar el libre ejercicio de las actividades ciudadanas, tanto públicas como privadas, ajustándose siempre en ese accionar a normas jurídicas que regulan su actividad.
Si bien queda claro que la tarea de garantizar la seguridad pública es una función que corresponde al poder ejecutivo, lo cierto es que los otros dos poderes del Estado también juegan un papel fundamental en la materia, principalmente como garantes del respeto al Estado de derecho, de esta manera se ejerce un control democrático sobre los aparatos de seguridad de los que dispone el Estado.
En México, sin embargo, durante mucho tiempo no existió la posibilidad de llevar a cabo un control democrático sobre los aparatos estatales de seguridad en virtud de que la cultura democrática y republicana que hoy impera en el sistema político mexicano no se instauró sino hasta fechas muy recientes.
Así pues, gracias a la transición democrática que experimentó nuestro país desde finales del siglo pasado ha sido posible en los últimos años el debate sobre la conveniencia de la participación del poder legislativo en asuntos como el control de las agencias de seguridad, del mismo modo que se ha propuesto una mayor colaboración con el ejecutivo federal y con los demás niveles de gobierno, es decir entidades federativas y municipios.
No obstante el debate abierto en materia de seguridad, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, expedida en el año 2009, no refleja la nueva dinámica del sistema político mexicano derivada de una auténtica división de poderes, pues deja fuera del Consejo Nacional de Seguridad Pública, que concentra atribuciones fundamentales, al poder legislativo.
El Consejo tiene, entre otras, las siguientes facultades:
Establecer los instrumentos y políticas públicas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, tendientes a cumplir los objetivos y fines de la seguridad pública;
Establecer los lineamientos para la formulación de políticas generales en materia de seguridad pública;
Promover la efectiva coordinación de las instancias que integran el sistema y dar seguimiento de las acciones que para tal efecto se establezcan;
Promover la homologación y desarrollo de los modelos ministerial, policial y pericial en las instituciones de seguridad pública y evaluar sus avances, de conformidad con las leyes respectivas;
Vigilar que en los criterios para la distribución de recursos de los fondos de aportaciones federales para la seguridad pública de los estados y del Distrito Federal, se observen las disposiciones establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal;
Formular propuestas para los programas nacionales de seguridad pública, de procuración de justicia y de prevención del delito en los términos de la ley de la materia;
Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas de seguridad pública y otros relacionados;
Establecer medidas para vincular al sistema con otros nacionales, regionales o locales;
Establecer mecanismos eficaces para que la sociedad participe en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito, así como de las instituciones de seguridad pública;
Como es lógico pensar, estas atribuciones no pueden estar al margen de la actividad del poder legislativo. Las capacidades de las y los legisladores en cuanto respecta a las capacidades de control y especialización pueden favorecer el diseño de mejores políticas públicas en la materia.
En este sentido, en el Partido Verde consideramos que el poder legislativo debe estar representado en el Consejo Nacional de Seguridad Pública, a fin de que ello posibilite un mejor desempeño en las funciones de coordinación y distribución de competencias en materia de seguridad pública entre los diferentes entes del gobierno que éste debe realizar.
Por lo expuesto se pone a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción X al artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Artículo Único.Se adiciona una fracción X al artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública para quedar como a continuación se presenta:
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Capítulo IIArtículo 12. El Consejo Nacional estará integrado por:
I. El Presidente de la República, quien lo presidirá;
II. El Secretario de Gobernación;
III. El Secretario de la Defensa Nacional;
IV. El Secretario de Marina;
V. El Secretario de Seguridad Pública;
VI. El procurador general de la República;
VII. Los gobernadores de los estados;
VIII. El jefe del gobierno del Distrito Federal ;
IX. El secretario ejecutivo del Sistema , y
X. Dos representantes del Poder Legislativo, integrantes de las Comisiones de Seguridad Pública del Senado de la República y de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
...
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 18 días del mes noviembre del año 2015. Diputado Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica).»
La Presidente diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública, para su dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Presidente diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra, por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Norma Rocío Nahle García y el diputado Cuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.
El diputado Cuitláhuac García Jiménez:Gracias, presidenta. En el artículo 35 de nuestra Constitución, se pretendía otorgarles a los ciudadanos el derecho a ser consultados a través del mecanismo que se establece en el inciso c) de la fracción VIII de ese articulado.Desafortunadamente cuando muchos ciudadanos nos organizamos para determinar qué se hacía con respecto a la reforma energética pretendida, y que finalmente se llevó a cabo, fue rechazado por la Corte aduciendo unos argumentos restrictivos, cuando realmente se trataba de un asunto incluso de soberanía nacional.
Esta propuesta la estamos promoviendo para ser efectivo y posible el derecho de los ciudadanos a decidir sobre los asuntos, todos, que tengan que ver el patrimonio nacional y aquellos por tanto de trascendencia nacional.
La parte fundamental de nuestra propuesta, estamos sustituyendo los términos impositivos que ahí se declaran, sobre los cuales no se puede realizar la consulta popular con términos más restrictivos para que quede específicamente cuándo no se puede, determinado, cuándo no se puede realizar o poner a consulta popular ciertas cuestiones.
Hemos, en mi propuesta, en la propuesta de nosotros se pone que lo único en cuestiones impositivas que no se pueda someter a consulta popular sean la Ley de Ingresos y la Ley de Egresos. También adicionamos otro punto, establece ahí que la iniciativa de consulta popular puede llevarse a cabo a propuesta de un tercio de los diputados. Nosotros proponemos facilitar esto para que sea sólo el 25 por ciento de esta Cámara los que puedan llevar a cabo la iniciativa de consulta popular.
Espero que con esta reforma no tengamos mayores restricciones y permitamos a los ciudadanos que representamos decidir sobre las cuestiones trascendentales de nuestro país, como lo era la reforma energética. Les agradezco su tiempo. Muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Norma Rocío Nahle García y Cuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena
Los que suscriben, Norma Rocío Nahle García y Cuitláhuac García Jiménez, diputados federales e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la norma suprema y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 35 del Código Político de 1917 en materia de consulta popular, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosMorena, contempla de manera urgente un cambio de régimen, que permita devolver a la ciudadanía el derecho de elegir libremente a sus gobernantes, pero, sobre todo, el derecho a decidir sobre todos los asuntos vitales para la regeneración de la vida republicana.
La alternativa para fortalecer nuestro sistema representativo, es un apoyo creciente a los instrumentos que tradicionalmente se han definido como democracia semidirecta.
El respaldo actual a estos instrumentos se basa en la premisa de que la Consulta Popular puede incrementar el papel de los ciudadanos en los problemas de gobierno y las acciones que se instrumenten para resolverlos.
La consulta popular, fortalece la democracia y es compatible con el sistema representativo, pues toman en cuenta la opinión del pueblo sobre cuestiones de trascendencia nacional.
Es por ello, que promovemos la consulta popular, para hacer efectivo y posible el derecho de los ciudadanos a decidir sobre todos los asuntos de trascendencia nacional y no se obstaculice de facto ese derecho, tal como aconteció en la revisión de constitucionalidad de la consulta sobre la reforma energética, impulsada por cientos de miles de ciudadanos.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el caso concreto, emitió una resolución conservadora, no analizo la trascendencia nacional, dejando de lado lo señalado en el artículo 1°del Código Político de 1917 y los instrumentos internacionales asumidos por el Estado mexicano, en materia de derechos civiles y políticos.
La consulta popular no tiene nada que ver con los ingresos del Estado, sino con el uso y destino del patrimonio de la nación y de la propiedad de la renta petrolera, de los que depende el bienestar de los mexicanos.
El Máximo Tribunal del país, además de cerrar el paso al proceso de reformas aprobadas por el Poder Reformador de la Constitución, orientadas a la construcción de la democracia participativa como la Consulta Popular, deja de lado el desarrollo integral de la nación sobre el cual existe un interés público que aterriza en el deseo social de lograr un beneficio común derivado de esa explotación, y ese interés colectivo constituye un conjunto de pretensiones relacionadas con las necesidades colectivas de la nación y que deben ser inexcusablemente protegidas mediante la intervención directa y permanente del Estado.
En los debates de la Corte se dio cuenta, que la reglamentación que se dio a esta institución tanto en el artículo 35 de la Ley Fundamental como en la ley reglamentaria, dejo muchas dudas y muchos aspectos que tendrán que clarificarse a fin de que esta tenga una mayor efectividad, amén de que tendría que verificar que el objeto de la consulta sea de trascendencia nacional; que la pregunta derive directamente de la materia de la consulta; que el objeto de la consulta sea constitucional; y, que la pregunta no sea tendenciosa o contenga juicios de valor, en prelenguaje neutro, sencillo y comprensible, y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo; aspectos que desde nuestro particular punto de vista no fueron abordados con la profundidad necesaria.
Que la revisión de constitucionalidad de las consultas populares, lejos de contribuir a fortalecer la construcción de la democracia participativa, con la resolución emitida, anuló las futuras consultas de facto, pues, todas, sin excepción incidirán en los ingresos y gastos del Estado mexicano.
Que por lo que hace a la regulación en materia de ingresos supone la obligación a cargo de los ciudadanos de pagar impuestos y hacer frente a las cargas fiscales de distinta naturaleza y características, necesario para que la autoridad del Estado pueda recibir y recaudarlos para pagar los gastos estatales. Este no es el objeto de la reforma energética.
Las veces que en los textos de la reforma aparecen términos de carácter impositivo, y sus variantes, no son con fines normativos, que es lo que se toma en consideración en el numeral 3°, de la fracción VIII; del artículo 35 del Código Político de 1917, pues se consigna para justificar la novedad y determinar los propósitos de ella.
La limitante contenida en el precepto constitucional en comento, está referida a leyes que señalan fuentes impositivas, sujetos pasivos de un impuesto, montos, momentos de cobro y sanciones a las infracciones.
Es decir, nada tiene que ver con propósitos ni buenos deseos, como los contenidos en la reforma constitucional: Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la nación. Ésta fórmula, y otras que aparecen a lo largo del texto de la reforma, por más que se quiera, no es ni son de naturaleza normativa.
Así, los autores de las limitantes del precepto constitucional, partieron del supuesto, válido por cierto de que las habitantes del país no están de acuerdo en pagar impuestos, con las tasas que se fijan, entre otras y por ende, se han excluido de ser objeto de una consulta popular.
En la jurisprudencia, plenaria 80/2003, se ha definido el alcance normativo que, de acuerdo con la Ley Fundamental, las normas generales en materia de ingresos deben de prever y atento a este criterio, las leyes de ingresos de la federación deben tener un contenido normativo específico que debe ser por un lado tributarista, es decir, que legisle sobre las contribuciones que deba recaudar el erario federal y, por otro lado, proporcionaly correlativo a lo previsto en el Presupuesto de Egresos.
La Constitución de la República establece un marco jurídico específico para el contenido de las normas jurídicas en materia de ingresos, el cual no sólo debe entenderse para las leyes secundarias. Al establecer, la Norma Suprema, el contenido normativo que deben tener las leyes en materia de ingresos, se definió un parámetro que, de acuerdo al principio de congruencia, debe ser el mismo para toda norma jurídica, incluso para dicho ordenamiento.
Que las referencias, que en el texto de la reforma a los artículos 27 y 28 constitucionales, se hacen en el sentido de obtener ingresos, los ingresos derivados, maximizar los ingresos de la nación, obtener en el tiempo ingresos, disponer de los ingresos, ingresos petroleros, ingresos del Estado mexicano y otros similares, son lo que la doctrina ha conceptualizado como principios en el sentido de norma programática o directriz, que son normas que se establecen con el propósito de perseguir determinados fines.
De lo anterior se colige que las normas programáticas son directrices con las que se pretende dar lugar a un cierto estado de cosas, en la mayor medida posible. Para que una norma general tenga un contenido normativo específico debe regular la materia mediante normas de acción.
En los artículos 27 y 28 constitucionales no se estableció contenido tributarista ni el contenido proporcional y correlativo a lo previsto en el Presupuesto de Egresos, por lo que planteamos modificaciones al artículo 35 constitucional.
La democracia mexicana se ha olvidado que los ciudadanos. El uso de la consulta popular con el fin de obtener votos en favor de un instituto político desnaturaliza este instrumento y no es ideal que se realice el mismo día que la jornada electoral.
En esta propuesta adoptamos el significado constitucionalmente obligado en su acepción más restrictiva: impuestos, Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos sustituyendo las palabras ingresos y gastos del Estado, a efecto de hacer realizable la consulta popular.
El equivalente al veinticinco por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión podrá convocar a consulta popular, reduciendo el porcentaje actualmente establecido.
Las consultas populares se podrán votar en cualquier tiempo sobre temas de trascendencia nacional y no solo día de la jornada electoral federal.
La consulta popular, debe ser un freno democrático, que coloque al pueblo en condiciones de intervenir real y directamente en sus asuntos propios, sin dejarlos jamás en manos irresponsables, constituyendo así un organismo siempre activo y listo para adaptarse a las necesidades públicas.
Por lo expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta Soberanía, el siguiente proyecto de
Decreto por que se reforma y adiciona el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único. Se reforma el artículo 35, fracción VIII, numeral, 1, inciso c), 2, 3, 5 y se deroga, el segundo párrafo, del inciso c), del numeral 3, fracción VIII del artículo 35, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:
Artículo 35. Son derechos del ciudadano:
I. a VII. ...
VIII.Votar en cualquier tiempo las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional, las que se sujetarán a lo siguiente:
1.Serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de:
a)El Presidente de la República;
b)El equivalente al veinticincopor ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión; o
c)...
...
2o. ...
3o. No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta;
4o. al 7o. ...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 En el dictamen de las Comisiones Unidas respecto de la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Consulta Popular de fecha 26 de febrero de 2014 en cuanto a los temas que no pueden ser objeto de consulta se expresaba en su parte conducente que no podrán ser objeto de consulta popular, la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional, y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente
2 Cfr. Revisión de constitucionalidad de las consultas populares 1/2014, 2/2014, 3/2014 y 4/2014
3 Cfr. Las sesiones públicas de la SCJN del 29 y 30 de octubre y 3 de noviembre del 2014.
4 Cfr. Las sesiones públicas de la SCJN del 29 y 30 de octubre y 3 de noviembre del 2014.
5 Cfr. Diario Oficial de la Federación del 20 de diciembre de 2013.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil quince. Diputada Cuitláhuac García Jiménez(rúbrica).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados José Clemente Castañeda Hoeflich, la diputada María Candelaria Ochoa Avalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
La diputada María Candelaria Ochoa Avalos:Buenos días. Muchas gracias, presidenta. Compañeras, compañeros regidores, la lucha de las mujeres por alcanzar el derecho a elegir y ser electas se remonta a 1917, cuando Hermila Galindo lo propuso ante el Constituyente. Desafortunadamente un conjunto de prejuicios lo impidió.Posteriormente, en 1934 las mujeres conformaron al Frente Único Pro-derechos de la Mujer, a través del cual recorrieron el y país y lograron más de 25 mil firmas en un país en donde no había comunicaciones. Presentaron al presidente Lázaro Cárdenas, quien decreta el derecho al voto para las mujeres, pero esta honorable Cámara nunca lo publica, según análisis de expertas, porque todavía se nos consideraba dependientes de los hombres y no requeríamos una representación propia.
Pero las mujeres no cejamos en el empeño de lograrlo, y finalmente se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de octubre de 1953 el decreto que anunciaba que las mujeres tendrían derecho a elegir y a ser electas para puestos de elección popular, impulsándose así una de las primeras nociones en nuestro país de la igualdad de género y de los derechos políticos de las mujeres.
Si bien es cierto que la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 1o que está prohibida cualquier tipo de discriminación motivada, entre otras cosas por el género, y que la misma Carta Magna fue reformada en su artículo 4o, en donde se señala que el varón y la mujer son iguales ante la ley, en nuestro país aún prevalecen prácticas que impiden a las mujeres el ejercicio pleno de la ciudadanía.
Como país, hemos firmado los tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres y por tanto estamos obligados a cumplirlos, a respetarlos y a observar su estricta vigilancia.
Un ejemplo es la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres, en donde se establece que los Estados deberán evitar cualquier restricción basada en el sexo y adoptar todas las medidas adecuadas de carácter legislativo para combatir la discriminación, la exclusión y la desigualdad.
La presente iniciativa tiene por objeto plasmar estos principios en la integración del Poder Judicial de la Federación, adecuando las disposiciones correspondientes en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enfatizando que la paridad de género será un principio rector en los procesos de nombramientos respectivos.
Hemos avanzado mucho en los últimos años de la cuota a la paridad, prueba de ello fue la aprobación, en 2014, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos, que establecen las nuevas condiciones en derechos políticos y ello fue producto también de la sentencia 12 mil 624 de la Suprema Corte. De esta manera, los partidos políticos y las coaliciones deben observar el cumplimiento de la paridad vertical.
Hemos avanzado también del derecho al voto, a la cuota, a la paridad. Y este principio debe servir de antecedente para impulsarlo en todas las esferas institucionales. Por ello el Poder Judicial no debe estar exento. Todos los titulares del Consejo de la Judicatura son hombres y en los demás órganos jurisdiccionales, en promedio, por cada 81 hombres solo participan 19 mujeres. Esta falta de paridad respecto a la asignación de cargos en el Poder Judicial de la Federación en todos sus niveles nos preocupa.
Por ello es que creemos que se debe modificar lo señalado en el artículo 36, para establecer lo que dice: Fomentar la participación equilibrada y sin discriminación de mujeres y hombres en los procesos de selección, contratación y ascensos en el Servicio Civil de Carrera de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
El presente decreto creemos que es muy importante que lo aprobemos, porque la paridad debe alcanzar al Poder Judicial. Este órgano legislativo fue el que asumió el dictamen del Poder Judicial. Hoy le pedimos al Poder Judicial, que ha obligado a los partidos políticos a incorporar a las mujeres, que este Poder Legislativo tiene la posibilidad de hacerle un llamado para que se dictaminen a favor de las mujeres las modificaciones, y el Poder Judicial asuma la paridad de género. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados José Clemente Castañeda Hoeflich y María Candelaria Ochoa Ávalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Los suscritos, Clemente Castañeda Hoeflich y Candelaria Ochoa Ávalos, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 95 a 97, 99, 100 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer el principio de paridad de género en la designación de servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, conforme a la siguiente
Exposición de MotivosI. En 1952, ante un mitin de 20 mil mujeres, el candidato presidencial Adolfo Ruiz Cortines prometió en su discurso: Si el voto nos favorece en los próximos comicios, nos proponemos iniciar ante las Cámaras las reformas legales necesarias para que la mujer disfrute de los mismos derechos políticos que el hombre.
El 17 de octubre de 1953 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto en el que se anunciaba que las mujeres tendrían derecho a votar y ser votadas para puestos de elección popular, impulsándose así una de las primeras nociones en el país de la equidad de género y de los derechos políticos de la mujer.
Si bien la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 1o., último párrafo, que está prohibida cualquier tipo de discriminación motivada, entre otras cosas, por el género, y la misma Carta Magna señala en el artículo 4o. que el varón y la mujer son iguales ante la ley, en el país prevalecen prácticas que impiden a las mujeres el ejercicio pleno de su ciudadanía.
México está obligado a hacer valer los tratados internacionales en materia de derechos humanos, respetando su observancia y estricta vigilancia, y un ejemplo claro es la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, donde se establece que los Estados deberán evitar cualquier restricción basada en el sexo y adoptar las medidas adecuadas de carácter legislativo para la combatir la discriminación y la exclusión.
La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres refiere que el Estado debe asegurar y establecer la igualdad de oportunidades entre la mujer y el hombre. Fija lo siguiente en el artículo 2: Son principios rectores de la presente Ley: la igualdad, la no discriminación, la equidad y todos aquellos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II. La presente iniciativa tiene por objetivo plasmar estos principios en la integración del Poder Judicial de la Federación, adecuando las disposiciones correspondientes en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enfatizando que la paridad de género será un principio rector en los procesos de nombramientos respectivos.
Respecto a la diferencia de equidad de género y paridad de género. El principio de igualdad o equidad de género de jure o formal es la igualdad jurídica simple y llana como establece el artículo 4o. de la Carta Magna, mientras que la paridad de género refiere a la idea del poder político concibiéndolo como un espacio que debe ser compartido entre hombres y mujeres como premisa de la condición humana universal y como principio de igualdad sustantiva (Instituto Nacional Electoral http://genero.ife.org.mx/docs_marco/27_MujeresTomaDecisiones.pdf).
México ha avanzado en los últimos años en el impulso de la paridad de género, prueba de ello fue la aprobación en el año 2014 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos que establecen las nuevas condiciones en derechos políticos de las mujeres y siendo una obligación de los partidos políticos promover la paridad de género en todas sus candidaturas, permitiendo al Consejo General del Instituto Nacional Electoral rechazar el registro de las candidaturas que no respeten el principio de paridad de género.
De esta manera, los partidos políticos y las coaliciones deben observar el cumplimiento de la paridad vertical establecida en la Constitución y horizontal contenida en las jurisprudencias emitidas por esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Este importante avance en la construcción de una vida pública sustentada en la paridad de género debe servir de precedente para impulsarlo en todas las esferas institucionales del Estado mexicano.
Sin embargo, el Poder Judicial se ha mantenido ajeno a esta dinámica de igualdad de derechos entre hombres y mujeres. El informe Mujeres y hombres en México, publicado en 2014 por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, arroja los siguientes datos respecto a la participación de hombres y mujeres en el Poder Judicial:
Es evidente la falta de paridad de género respecto a la asignación de cargos en el Poder Judicial de la Federación en todos sus niveles, incluidos ministros, magistrados, jueces de distrito y los demás que establece la Carta Magna.
III. Es importante destacar que la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres indica en el artículo 33 como uno de sus objetivos el establecimiento de medidas para fortalecer el acceso de las mujeres al empleo y la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres. De la misma manera, en el artículo 34 señala:
Para los efectos de lo previsto en el artículo anterior, las autoridades correspondientes garantizarán el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ámbito del empleo, así? como el derecho fundamental a la no discriminación de aquellas en las ofertas laborales, en la formación y promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas, y en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales, empresariales o en cualquier organización cuyos miembros ejerzan una profesión concreta [...]
Por su parte, el artículo 36 de dicha ley señala que las autoridades del Estado deberán realizar las acciones necesarias para fomentar la participación equilibrada y sin discriminación de mujeres y hombres en los procesos de selección, contratación y ascensos en el servicio civil de carrera de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Finalmente, vale la pena mencionar que en el Diario Oficial de la Federación en el año 2013 es publicado el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018, donde se manifiesta de manera explícita como uno de los objetivos estratégicos del Estado mexicano impulsar la paridad en la asignación de puestos directivos en el Poder Judicial, así como desarrollar y promover medidas y acciones a favor de la paridad en los cargos del Poder Judicial.
Por lo expuesto se somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma los artículos 95 a 97, 99, 100 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer el principio de paridad de género en la designación de servidores públicos del Poder Judicial de la Federación
Único.Se reforman el último párrafo del artículo 95, el primer párrafo del artículo 96, el primer párrafo del artículo 97, el undécimo párrafo del artículo 99, el tercer párrafo del artículo 100 y el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 95. [...]
I. a VI. [...]
Los nombramientos de los ministros deberán recaer preferentemente entre las personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica, debiéndose procurar el principio de paridad de género.
Artículo 96. Para nombrar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia, el presidente de la República someterá? una terna a consideración del Senado, adecuándose al principio de paridad de género, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designara? al ministro que deba cubrir la vacante. La designación se hará? por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si el Senado no resolviere dentro de dicho plazo, ocupara? el cargo de ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el presidente de la República.
Artículo 97. Los magistrados de circuito y los jueces de distrito serán nombrados y adscritos por el Consejo de la Judicatura Federal, con base en criterios objetivos y de acuerdo a los requisitos y procedimientos que establezca la ley y con base en el principio de paridad de género. Durarán seis años en el ejercicio de su encargo, al término de los cuales, si fueran ratificados o promovidos a cargos superiores, sólo podrán ser privados de sus puestos en los casos y conforme a los procedimientos que establezca la ley.
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
Artículo 99. [...]
[...]
[...]
[...]
I. a X. [...]
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
Los magistrados electorales que integren las salas superior y regionales serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores a propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La elección de quienes las integren será escalonada y respetando el principio de paridad de género, conforme a las reglas y al procedimiento que señale la ley.
[...]
[...]
[...]
Artículo 100. [...]
[...]
Todos los consejeros deberán reunir los requisitos señalados en el artículo 95 de esta Constitución y ser personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades, en el caso de los designados por la Suprema Corte, deberán gozar, además con reconocimiento en el ámbito judicial . En su integración se respetará el principio de paridad de género.
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
Artículo 105. El ingreso y la promoción de los servidores públicos de carácter jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación se harán mediante el sistema de carrera judicial a que se refiere el presente título, la cual se regirá por los principios de excelencia, profesionalismo, objetividad, imparcialidad, paridad de género, independencia y antigüedad, en su caso.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión contará con 90 días, a partir de la publicación del presente decreto, para reformar la legislación aplicable, en cumplimiento de las presentes disposiciones.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015. Diputados: María Candelaria Ochoa Ávalos,Alma Carolina Viggiano Austria, Verónica Delgadillo García (rúbricas).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su dictamen.
EXPIDE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra por cinco minutos el diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Desarrollo Sustentable.
El diputado Francisco Javier Pinto Torres:Muy buenos días, compañeras, compañeros, diputadas, diputados del PAN, del PRI, del Verde Ecologista, del PRD, de Movimiento Ciudadano, de Morena, los independientes, mi bancada. La sustentabilidad no es un tema de moda, es una urgencia global. Con la venia de la Presidencia.Compañeras y compañeros legisladores, la iniciativa que someto a su consideración el día de hoy, crea la Ley General de Desarrollo Sustentable que tiene como finalidad regular la implementación de la sustentabilidad como eje transversal en el diseño y ejecución de las políticas públicas en el país, en todos los órdenes de gobierno.
Muchos hemos pasado a esta tribuna diciendo que la sustentabilidad es un tema importante. El día de hoy tenemos la oportunidad de impulsar esta Ley General de Desarrollo Sustentable, que pongo a su consideración.
Queremos conducir una política económica, con mejores prácticas regulatorias, para la preservación de los mismos. Tenemos la firme convicción de que el desarrollo sustentable debe vincularse necesariamente con la innovación tecnológica y el avance social, previendo de forma efectiva el daño de nuestro medio ambiente.
Reconocemos las acciones realizadas en este tema. Sin embargo, es necesario aceptar que nuestro marco normativo en materia de sustentabilidad resulta ineficiente, ha sido superado y no ha podido resolver los enormes retos que enfrenta nuestro país. Aspiramos a construir una verdadera política de desarrollo sustentable cuyo diseño y ejecución sea interinstitucional e intergubernamental.
En México, según la carta de uso de suelo y vegetación de 2011, tan solo un 36 por ciento de las selvas y 62 por ciento de los bosques no estaban afectados por factores antrópicos o naturales. De acuerdo con la estimación más reciente de la Comisión Nacional Forestal, entre 2005 y 2010, alrededor de 155 mil hectáreas fueron deforestadas anualmente.
La disponibilidad hídrica en México se ha reducido de manera considerable. En 1950 era de 17 mil 742 metros cúbicos por año. Para 2010 la cifra fue de 4 mil 90 metros cúbicos anuales por habitante. Todos esos datos son muestra de que si bien existen esfuerzos normativos también hay una evidente falta de coordinación de los mismos.
Compañeras y compañeros legisladores, es indispensable que la política en materia de sustentabilidad sea integral y transversal. Para ello se requiere una ley que coordine y enlace esfuerzos. La normatividad, las acciones, programas e instituciones dedicados a ese objetivo.
Compañeras y compañeros de todas las bancadas, sé que una preocupación, porque ustedes o la mayoría lo ha externado, es tener un México mejor y un México sustentable. Dejemos el discurso y pasemos a los hechos. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, Presidencia.
«Iniciativa que expide la Ley General de Desarrollo Sustentable, a cargo del diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
El que suscribe, Francisco Javier Pinto Torres, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; con fundamento en los artículos 71.II., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6.1.I., 77.1. y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Desarrollo Sustentable, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
El desarrollo sustentable supone un modelo de desarrollo que permita a la sociedad, para la cual se diseña y en la cual se implementa, la posibilidad de crecer económicamente mediante el aprovechamiento eficiente y racional de sus recursos naturales y beneficiando equitativamente a toda la población.
Este modelo de desarrollo, al integrar simultáneamente el aspecto social, ambiental y económico de una determinada colectividad, permite un crecimiento sostenido y equilibrado que suple las necesidades de la generación actual, sin poner en riesgo la posibilidad de las generaciones futuras de suplir las suyas.
Aunque la Constitución mexicana, en su artículo 25, obliga al Estado a llevar una rectoría del desarrollo nacional que sea integral y sustentable; en la práctica, este ejercicio no se ha realizado y esta omisión se refleja en resultados deficientes para México en términos de sustentabilidad.
Efectivamente, en el caso particular de México, el esfuerzo por implementar un modelo de desarrollo sustentable adecuado a su contexto nacional, se ha traducido sobre todo en la implementación de leyes, instituciones y líneas de políticas públicas enfocadas únicamente en el aspecto ambiental, sin integrar la dimensión económica y social del país.
Hasta la fecha en México, tanto la política ambiental, económica y social se han llevado de manera desarticulada.
Así pues, la falta de integración entre estas dimensiones se refleja en una realidad en la cual México tiene un gran déficit en cuanto a la protección, conservación y preservación de sus recursos naturales, una economía estancada y sin solidez, así como grandes desigualdades sociales.
Para subsanar estas carencias será necesario que México enderece su camino mediante la adopción de un modelo de desarrollo con un enfoque integral entre el aspecto monetario, ecológico y social a nivel nacional. Además, el Estado tendrá que articular sus acciones de política pública, integrando simultáneamente aspectos cuantitativos y cualitativos, de tal modo que se logre una transición equitativa hacia un crecimiento económico respetuoso de nuestro capital natural y del entorno social en el cual se desarrolla.
Sin embargo, en la actualidad el país no cuenta con un marco legal que obligue al Estado a coordinar la política nacional en materia de desarrollo sustentable, ni que le dicte las normas y lineamientos a observar en su implementación.
Por eso, es fundamental que el Poder Legislativo establezca un marco legal que obligue a la administración pública federal, estatal y municipal a incorporar en el diseño y gestión de sus políticas públicas, acciones que promuevan un crecimiento económico inscrito en una justicia distributiva y en la protección, preservación y conservación del medio ambiente.
Argumentación
El origen de la sustentabilidad
La preocupación por la degradación ambiental causada por acciones humanas surge desde la década de los sesenta con el Club de Roma. Esta organización se fundó en 1968 y reunía a científicos, empresarios y diplomáticos de diversos países, cuyo objetivo era analizar los cambios ambientales del planeta provocados por el modelo de desarrollo de la época -aún vigente- y sensibilizar a la comunidad política internacional sobre la crisis ambiental provocada por el sistema capitalista moderno de desarrollo humano.
Este esfuerzo se vio plasmado en la primera publicación del Club de Roma Los límites del crecimiento, documento que obtuvo reconocimiento mundial.
En la década de los setenta la preocupación por la degradación global del medio ambiente dejó de ser un tema de preocupación de unos cuantos y pasó a ser parte de la agenda política internacional. Efectivamente, en 1972 la Asamblea General de las Naciones Unidas acordó la Declaración de Estocolmo, la cual contiene principios para guiar las políticas ambientales de los países miembros de la ONU, con el fin de preservar y mejorar el medio ambiente.
En 1987, en el informe Nuestro futuro común, presentado ante la Asamblea General de la ONU, se hace un contundente llamado de atención a la comunidad política internacional en cuanto a la necesidad de cambiar el modelo de desarrollo que la sociedad había tomado, ya que éste estaba generando no solamente la destrucción del medio ambiente, sino también mayor pobreza.
Por lo cual, el informe proponía suprimir la confrontación entre crecimiento económico y protección del medio ambiente, mediante la propuesta de un modelo de desarrollo alternativo que no solamente proponía conjugar economía y protección, conservación y preservación del medio ambiente; sino que además sugería que este crecimiento económico beneficie a todos de manera equitativa para poder acabar con la pobreza.
Este nuevo modelo de desarrollo, llamado Desarrollo Sustentable, se definió en el Informe Bruntland como el tipo de desarrollo que satisface de manera durable las necesidades del presente, sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las propias, para lo cual proponía la integración simultánea del aspecto económico, ambiental y social.
Entonces desde la década de los ochentas, la preocupación de la comunidad internacional no vertía ya únicamente en contrarrestar la degradación del medio ambiente, sino en combatir igualmente la pobreza y desigualdad social, mientras que simultáneamente se promoviera el crecimiento económico.
Este informe de 1987 fue el punto de partida para una nueva percepción del desarrollo global, ya que postulaba que el crecimiento económico y el medio ambiente no debían de concebirse, ni realizarse mediante políticas de cuerdas separadas, sino mediante políticas integrales que conjugaran la dimensión económica, ambiental y social de nuestro sistema de organización.
De hecho, este concepto de desarrollo sustentable tomó tal relevancia que fue plasmado como eje rector de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, adoptada por los gobiernos participantes en la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, en junio de 1992.
Esta Declaración de Río se conforma de 27 principios que establecen derechos y obligaciones para los Estados en materia ambiental y de desarrollo, con el fin de establecer una alianza mundial renovada y enfocada hacia el alcance de un desarrollo sustentable global.
La sustentabilidad en México
México como Estado miembro de la ONU ha incluido, ya desde los setenta, en su agenda política nacional, los principios contenidos en la Declaración de Estocolmo, en la Declaración de Río, así como aquellos contenidos en otros instrumentos internacionales relacionados con el desarrollo sustentable (tanto vinculantes como no vinculantes) y ha tratado de implementar este nuevo modelo de desarrollo en su territorio.
Sin embargo, como se mencionó anteriormente, este esfuerzo por implementar un modelo de desarrollo sustentable adecuado a su contexto nacional se ha traducido sobre todo en la implementación de una política estrictamente ambiental.
Así, desde los setenta, en México se empezó a llevar a cabo una transformación de su marco jurídico en aras de establecer un sistema legal e institucional de protección al ambiente.
Así por ejemplo, en 1971 se reformó el texto constitucional, de tal modo que se incluyó en el artículo 73 la facultad del Congreso de la Unión para legislar en materia de prevención y control de la contaminación ambiental, lo cual derivó en la expedición en ese mismo año de la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación, y en 1972 se creó la Subsecretaría de Mejoramiento del Ambiente.
En 1982 se expidió la Ley Federal de Protección Ambiental, y asimismo se creó la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE).
En 1987 se reformó nuevamente la Constitución para que incluyera la preservación y restauración del equilibrio ecológico como una de las obligaciones del Estado, así como la protección al ambiente como una de las facultades del Congreso de la Unión, lo cual en 1988 derivó en la promulgación de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
En 1994, después de la Cumbre de Río, se creó la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (Semarnap), que en el año 2000 pasaría a ser la actual Semarnat.
Desde entonces en México, muchas otras leyes e instituciones administrativas han sido creadas en materia de protección al medio ambiente: contamos con una Ley General de Vida Silvestre, una Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, una Ley General de Desarrollo Rural Sustentable, entre otras normas ambientales.
Así mismo, contamos con programas con un enfoque ambiental, como el Programa de Playas Limpias, el Programa de Desarrollo Institucional Ambiental y Ordenamientos Ecológicos, entre otros. Del mismo modo, la administración pública mexicana cuenta con instituciones como la Comisión Nacional Forestal (Conafor), la Comisión Nacional para el Conocimiento y uso de la Biodiversidad (Conabio), el Instituto Nacional de Ecología (INEEC, recientemente denominado Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático), entre otros.
Entonces, podemos observar que en el caso particular de México, el esfuerzo por implementar un modelo de desarrollo sustentable adecuado a su contexto nacional se ha traducido sobre todo en la implementación de bases legales, instituciones y líneas de políticas públicas enfocadas únicamente en el aspecto ambiental.
Si bien existen leyes como la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, Ley de Promoción y Desarrollo de Bioenergéticos, entre otros; sería ingenuo y un gran error pensar que la sustentabilidad está resuelta para México en dichas actividades económicas.
Tales leyes administrativas que regulan únicamente la relación entre el administrado (interesado en realizar alguna de tales actividades económicas) y el Estado administrador, no incluyen el aspecto social de la sustentabilidad y, por lo general, tampoco incluyen el aspecto de economía justa. La mayoría de estas escasas leyes, tampoco establecen mecanismos legales que realmente fomenten la sustentabilidad en el plano ambiental.
Así por ejemplo, la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (LASE) es una ley que tiene por objeto propiciar un aprovechamiento sustentable de la energía, mediante el uso óptimo de la misma en todos sus procesos y actividades, desde su explotación hasta su consumo. No obstante, no se han cumplido los objetivos en materia de eficiencia energética: hoy en día, a México le cuesta más energía crecer económicamente que hace diez años, es decir que la cantidad de energía empleada para producir un peso del PIB se ha incrementado.
Por su parte, las leyes expedidas para regular las actividades económicas relacionadas con el campo (como la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, entre otros), no han demostrado tampoco aliviar la crisis que sufre el campo mexicano.
Inclusive, entran en total contradicción con los objetivos ambientales, sociales y económicos de la sustentabilidad. Por ejemplo, la Ley de Promoción y Desarrollo de Bioenergéticos es polémica debido a la producción de plantas comestibles (caña de azúcar, maíz, sorgo, etcétera) para dedicarlo a la generación de combustible (escasa por cierto, en comparación con los resultados obtenidos a partir de otras fuentes energéticas renovables), en un país donde se lleva a cabo la Cruzada Nacional Contra el Hambre.
Por otra parte, los bioenergéticos promovidos por la mencionada ley, tampoco cubren la dimensión económica que busca la sustentabilidad, ya que el gobierno gasta en millonarias subvenciones para la promoción de insumos bioenergéticos que no son socialmente, ni ambientalmente benéficos.
Así pues, podemos constatar que el Congreso Mexicano ha elaborado y aprobado leyes con la etiqueta Bio o Sustentable, que en el mejor de los casos incluye la dimensión ambiental, excluyendo sin embargo los aspectos económico y social de la sustentabilidad. En la mayoría de los casos estas leyes no integran la dimensión económica y social del desarrollo sustentable, ni tampoco incluyen el vector ambiental de manera real y eficiente.
En aras de que México transite hacia la sustentabilidad, es necesaria una coordinación intersecretarial e intergubernamental (entre los 3 órdenes de gobierno) para que las acciones de la política pública mexicana integren realmente el crecimiento económico y el respeto del entorno social y ambiental, de tal modo que no se desperdicien, no se repitan y no se contrapongan los esfuerzos del Estado por un desarrollo sustentable de nuestro país.
Aunque la Constitución mexicana obliga al Estado a llevar a cabo una rectoría del desarrollo nacional que sea integral y sustentable, en la práctica este ejercicio no se ha realizado y esta omisión se refleja en resultados deficitarios para México en términos de sustentabilidad, ya que nuestro país tiene un gran déficit en cuanto a la protección, conservación y preservación de sus recursos naturales, una economía estancada y sin solidez, así como grandes desigualdades sociales.
En efecto, según datos obtenidos del Informe de la Situación del Medio Ambiente en México - Edición 2012 (Semarnat 2012), en materia de uso de suelo y vegetación, emisiones contaminantes, disponibilidad hídrica y niveles de reciclaje se hace evidente que la protección del medio ambiente y los recursos naturales en México deja aún mucho que desear. Por ejemplo, según este informe, la Carta de Uso de Suelo y Vegetación Serie IV (Inegi 2011) indica que hoy en día en México tan sólo el 36 por ciento de las selvas y el 62 por ciento de los bosques son primarios (vírgenes).
Con base en este mismo informe, se estima que anualmente en el país, durante el periodo de 2003-2006, las emisiones promedio nacionales de bióxido de carbono asociadas al cambio de uso del suelo forestal ascendieron a 7,189 gigagramos (Gg) de bióxido de carbono, lo cual signifique alrededor del 10.3 por ciento de las emisiones totales de CO2 en México fueron causadas por cambio de uso del suelo. Así pues, podemos observar que la pérdida de ecosistemas primarios por cambio de uso de suelo y la alteración de la calidad del aire asociada al cambio de uso de suelo, es un claro ejemplo de la degradación ambiental en México debido a acciones humanas.
De acuerdo con en este informe, otros datos relevantes sobre la degradación ambiental debido a causas antropogénicas indican que durante el periodo 2005-2010 (lo cual corresponde a la estimación más reciente de la Conafor reportada a la FAO) alrededor de 155 mil hectáreas fueron deforestadas anualmente.
Así mismo, según el informe de la Semarnat, con base en datos reportados por el Inventario Nacional de Emisiones de México, en 2005 se emitieron alrededor de 71.2 millones de toneladas de contaminantes, de los cuales el 22 por ciento fueron emitidos por fuentes naturales y 78 por ciento por fuentes antropogénicas. Según, conclusiones de este informe, la mayor parte de las emisiones antropogénicas fueron generadas por los vehículos automotores (fuentes móviles carreteras; 78.3 por ciento del total).
En cuanto al tema del agua, según el informe de la Semarnat, la disponibilidad hídrica en México se ha reducido de manera importante, ya que mientras en 1950 esta era de 17,742 metros cúbicos por año, en el año 2010 se reportó que la disponibilidad por habitante fue de 4,090 metros cúbicos anuales, un volumen que de acuerdo al World Resources Institute (WRI) es considerado como una disponibilidad hídrica baja; teniendo en cuenta que según el Indicador de Falkenmark, una disponibilidad inferior a 1,700 metros cúbicos por habitante por año se considera como una situación de estrés hídrico.
Del mismo modo, este informe de la Semarnat, revela que los esfuerzos de reciclaje en México es aún muy bajo, ya que de acuerdo con las cifras obtenidas en los sitios de disposición final, en 2011 se recicló tan sólo 4.8 por ciento del volumen de los Residuos Sólidos Urbanos generados. La disposición final de los residuos en el país se realiza básicamente en rellenos sanitarios y otros sitios de disposición. En 2012, se estimó que 67 por ciento del volumen generado de RSU en el país se dispuso en rellenos sanitarios.
En tanto, el panorama económico y social en México tampoco presenta un saldo positivo. Según las estimaciones más recientes realizadas por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), a nivel nacional, entre 2012 y 2014, la pobreza alimentaria pasó del orden de 23.3 por ciento a 23.4 por ciento de la población del país; es decir, de 27.4 a 28.0 millones de personas.
Esto da cuenta de que la pobreza alimentaria en México no se ha combatido correctamente, ya que ha aumentado desde 2012 en lugar de disminuir. Así, mientras hoy la carencia por acceso a la alimentación afecta al 23.4 por ciento de la población, en el 2012 ésta representaba el 18.8 por ciento de la población nacional.
Esto significa que para el 2014 en México habían alrededor de 28.0 millones de personas que aun utilizando todos los ingresos corrientes de los que disponen para la obtención de una canasta básica de alimento, no podían cubrir el costo total de esta canasta.
Con base en estas mismas estimaciones, la pobreza de capacidades en México pasó de 26.6 por ciento en el 2010, a 28.0 por ciento en el 2012. Esto significa que para el 2012 en México habían alrededor de 32.9 millones de personas que no contaban con los ingresos suficientes para cubrir el costo de una canasta básica de alimentos, ni para cubrir los gastos necesarios en educación y salud.
Finalmente, según el Coneval, entre el 2010 y el 2012, en México la pobreza de patrimonio pasó de 51.1 por ciento a 52.3 por ciento, lo cual significa que para el año 2012 en México habían alrededor de 61.4 millones de personas que no contaban con los ingresos suficientes para cubrir el costo de una canasta básica de alimentos, ni para cubrir los gastos necesarios en salud, educación, vestido, calzado, vivienda y transporte.
Para resolver estas problemáticas será necesario que México enderece su camino mediante la adopción de un modelo de desarrollo con un enfoque integral entre el aspecto monetario, ecológico y social. El Estado debe diseñar y ejecutar políticas públicas articuladas que promuevan una economía sólida, competitiva y respetuosa del medio ambiente, y que garanticen una distribución equitativa de la riqueza, con el fin de asegurar mejores condiciones de vida de los grupos vulnerables del país.
Ahora bien, para que se pueda diseñar e implementar una estrategia nacional de desarrollo sustentable que sea integral y transversal, aplicable tanto horizontal como verticalmente, es necesario contar con los mecanismos legales que permitan establecerla y garantizar su aplicación. Para lograr esto, el Congreso de la Unión debe elaborar un marco jurídico que no segregue lo ambiental de lo económico ni de lo social.
Para crear tales condiciones, se presenta esta iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley General de Desarrollo Sustentable, la cual responsabiliza a la Administración Pública a ejercer su gestión inscribiéndose en la búsqueda del desarrollo sustentable, mediante el establecimiento de mecanismos obligatorios de consulta, planificación, integración, decisión, implementación, monitoreo y evaluación en materia de desarrollo sustentable. Esto obligará a los actores de los diferentes órdenes de gobierno y de todas las esferas sectoriales a tener una visión clara de la orientación que tomará su gestión para lograr el viraje necesario hacia la sustentabilidad.
Fundamento legal
Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del Pleno de esta Soberanía, la Iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se crea la Ley General de Desarrollo Sustentable
Artículo Único. Se crea la Ley General de Desarrollo Sustentable para quedar como sigue:
Ley General de Desarrollo Sustentable
Título PrimeroArtículo 1.La presente ley se expide en el marco de los artículos 25 y 27, párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las demás disposiciones que resultan aplicables.
La presente ley es de orden público, interés general y observancia en todo el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción y establece disposiciones para coordinar las políticas públicas en desarrollo sustentable. Es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de protección al ambiente, desarrollo sustentable, preservación y restauración del equilibrio ecológico; así como de desarrollo social y económico.
Artículo 2.Las disposiciones de esta Ley son de interés público y de orden social, debido a su carácter básico y estratégico para promover una economía nacional justa y equitativa que permita a los individuos llevar una vida digna y el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales, sin afectar el equilibrio ecológico.
Esta Ley es de observancia general en toda la República y tiene por objeto coordinar la política nacional en materia de desarrollo sustentable, mediante el establecimiento de un marco legal que obligue a la Administración Pública, en los distintos órdenes de gobierno, a incorporar la búsqueda del desarrollo sustentable en su gestión de las políticas públicas; y que garantice la coherencia entre estas acciones de gobierno.
Artículo 3.Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I. Agencia Nacional de Evaluación: La Agencia Nacional de Evaluación para el Desarrollo Sustentable.
II. Comisión Intersecretarial:La Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Sustentable.
III. Consejo Consultivo Nacional:El Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable.
IV. Desarrollo sustentable: Desarrollo que debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Este modelo de desarrollo debe basarse en una estrategia con visión a largo plazo y conformada por acciones que integren indisociablemente el aspecto económico, social y ambiental de los problemas que se propone resolver. Por lo cual, este proceso debe ser evaluable mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, económico y social.
V. Estrategia Nacional:La Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable.
VI. Estrategias Estatales: La Estrategia local elaborada respectivamente por cada Entidad Federativa en materia de desarrollo sustentable en concordancia con la Estrategia Nacional y de conformidad con la distribución de competencias prevista en esta ley y en los demás ordenamientos legales aplicables.
VII. Estrategias Municipales: La Estrategia municipal elaborada respectivamente por cada Municipio en materia de desarrollo sustentable en concordancia con la Estrategia Nacional y de conformidad con la distribución de competencias prevista en esta ley y en los demás ordenamientos legales aplicables.
VIII. Evaluación de incidencia: examen previo al cual se someten proyectos de ley, de decreto, de reglamento, planes y programas de cobertura nacional o federal para determinar si tales proyectos pudiesen tener potenciales efectos negativos o imprevistos sobre los aspectos económico, social y ambiental del desarrollo nacional y sobre el gasto público.
IX. Gabinete ampliado: Secretarías de Estado y entidades desconcentradas que dependen del presupuesto federal y cuyos titulares son nombrados por el titular del Ejecutivo Federal para auxiliarlo en el desarrollo de sus atribuciones y funciones. Asimismo, se incluye dentro de esta figura a las entidades paraestatales.
X. Informe anual: Documento que debe entregar la Comisión Intersecretarial, las Secretarías de Estado, las entidades paraestatales, los órganos desconcentrados y que contiene un informe anual sobre el avance en el cumplimiento de sus objetivos y metas establecidos en sus respectivas estrategias.
XI. Informe evaluativo: Documento informativo que contienen una evaluación sobre los resultados arrojados por los informes anuales de implementación y que determina la evolución de la situación nacional en materia de desarrollo sustentable.
XII. Ley: La Ley General de Desarrollo Sustentable.
XIII. Visión Estratégica Nacional: La Visión Estratégica Nacional a largo plazo para el Desarrollo Sustentable.
Título SegundoArtículo 4.La federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios ejercerán sus atribuciones en materia de desarrollo sustentable, de conformidad con la distribución de competencias prevista en esta ley y en los demás ordenamientos legales aplicables.
Artículo 5. Las atribuciones que la presente ley otorga a la Federación, serán ejercidas por el Poder Ejecutivo Federal, a través de las dependencias y entidades que integran la administración pública federal centralizada y paraestatal, de conformidad con las facultades que les confiere esta ley, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 6. Son atribuciones de la Federación las siguientes:
I. Formular, coordinar y conducir la política nacional en materia de desarrollo sustentable;
II. Elaborar, coordinar y aplicar los instrumentos de planificación, monitoreo y evaluación de la política nacional en materia de desarrollo sustentable, los cuales están previstos por esta Ley;
III. Formular, conducir y publicar, con la participación de la sociedad, la Visión Estratégica Nacional y la Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable; así como llevar a cabo su instrumentación, seguimiento y evaluación;
IV. Establecer procedimientos para realizar consultas públicas a la sociedad en general, los sectores público y privado, con el fin de formular y, en su caso, actualizar la Visión Estratégica Nacional y la Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable;
V. Establecer, regular e instrumentar las acciones para la implementación de políticas públicas orientadas a la búsqueda del desarrollo sustentable nacional, de conformidad con esta Ley, los tratados internacionales aprobados y demás disposiciones jurídicas aplicables, en las materias siguientes:
a) Preservación, restauración, conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, los ecosistemas terrestres y acuáticos, y los recursos hídricos;
b) Agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y acuacultura;
c) Educación;
d) Energía;
e) Planeación nacional del desarrollo;
f) Soberanía y seguridad alimentaria;
g) Prevención y atención de epidemias de carácter grave o en caso de peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país;
h) Salubridad general, conforme a lo dispuesto en el artículo 73 constitucional, fracción XVI;
i) Protección civil;
j) Transporte federal y comunicaciones;
k) Desarrollo regional y desarrollo urbano;
l) Demografía;
m) Las demás que determinen otras leyes;
VI. Incorporar en los instrumentos de política nacional criterios de desarrollo sustentable;
VII. Crear y regular la Comisión Intersecretarial;
VIII. Crear el Consejo Consultivo Nacional;
IX. Crear la Agencia Nacional de Evaluación;
X. Fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para favorecer el desarrollo sustentable a nivel nacional;
XI. Promover la educación y difusión de la cultura en materia de desarrollo sustentable en todos los niveles educativos, así como realizar campañas de educación e información para sensibilizar a la población sobre los cambios necesarios que se deben de realizar para cambiar nuestros actuales patrones de producción y consumo a fin de transitar hacia un modelo de desarrollo sustentable;
XII. Promover la participación corresponsable de la sociedad en las materias previstas en esta ley;
XIII. Establecer las bases e instrumentos para promover el fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales en materia de desarrollo sustentable;
XIV. Establecer las bases e instrumentos para promover y apoyar el fortalecimiento de la competitividad de los sectores productivos transitando hacia una economía sustentable;
XV. Determinar los indicadores de efectividad e impacto que faciliten la evaluación de los resultados de la aplicación del presente ordenamiento;
XVI. Diseñar y promover ante las dependencias y entidades competentes, el establecimiento y aplicación de instrumentos económicos, fiscales, financieros y de mercado vinculados a las acciones en materia de desarrollo sustentable;
XVII. Colaborar con las entidades federativas en la instrumentación de sus estrategias y programas para alcanzar el desarrollo sustentable, mediante la asistencia técnica requerida y establecer acciones regionales entre dos o más entidades federativas;
XVIII. Convocar a entidades federativas y municipios, para el desarrollo de acciones concurrentes tendientes al desarrollo sustentable, en el ámbito de sus respectivas competencias;
XIX. Elaborar y proponer las previsiones presupuestales para reorientar el actual modelo de desarrollo hacia un desarrollo sustentable, con el fin de reducir la pobreza extrema y la afectación al equilibrio ecológico.
XX. Emitir recomendaciones a las entidades federativas y municipios, con la finalidad de promover acciones en materia de desarrollo sustentable;
XXI. Vigilar y promover, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de esta Ley y los demás ordenamientos que de ella deriven;
XXII. Expedir las disposiciones reglamentarias y normas oficiales mexicanas en materia de desarrollo sustentable, así como vigilar su cumplimiento, y
XXIII. Las demás que esta ley y otras leyes le atribuyan a la Federación.
Artículo 7.Corresponde a las entidades federativas las siguientes atribuciones:
I. Formular, conducir y evaluar la política estatal en materia de desarrollo sustentable en concordancia con la política nacional;
II. Formular, regular, dirigir e instrumentar acciones orientadas a alcanzar el desarrollo sustentable del país, de acuerdo con la Estrategia Nacional y las correspondientes Estrategias Secretariales en las materias siguientes:
a) Preservación, restauración, manejo y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y de los recursos hídricos de su competencia;
b) Seguridad alimentaria;
c) Agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y acuacultura;
d) Educación;
e)Infraestructura y transporte eficiente y sustentable;
f) Ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y desarrollo urbano de los centros de población en coordinación con sus municipios o delegaciones;
g) Recursos naturales y protección al ambiente dentro de su competencia;
h) Residuos de manejo especial;
i) Protección civil, y
j) Salubridad general dentro de su competencia;
III. Incorporar en sus instrumentos de política estatal criterios de desarrollo sustentable.
IV. Elaborar e instrumentar su Estrategia local y correspondientes programas en materia de desarrollo sustentable, promoviendo la participación social, escuchando y atendiendo a los sectores público, privado y sociedad en general;
V. Establecer criterios y procedimientos para evaluar y vigilar el cumplimiento de la Estrategia Estatal en la materia;
VI. Establecer metas e indicadores de efectividad e impacto de las acciones en materia de desarrollo sustentable;
VII. Gestionar y administrar fondos locales para apoyar e implementar acciones en la materia;
VIII. Celebrar convenios de coordinación con la federación, demás entidades federativas y los municipios, para la implementación de acciones para el desarrollo sustentable;
IX. Fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para el desarrollo sustentable;
X. Desarrollar programas y proyectos integrales para fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para favorecer el desarrollo sustentable a nivel local;
XI. Realizar campañas de educación e información para sensibilizar a la población sobre el desarrollo sustentable;
XII. Promover la participación corresponsable de la sociedad en materia de desarrollo sustentable local, de conformidad con lo dispuesto en las leyes locales aplicables;
XIII. Establecer las bases e instrumentos para promover el fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales locales para promover un cambio hacia un modelo de desarrollo sustentable;
XIV. Diseñar y promover el establecimiento y aplicación de incentivos que promuevan la ejecución de acciones para el cumplimiento del objeto de la ley;
XV. Convenir con los sectores social y privado la realización de acciones e inversiones concertadas hacia el cumplimiento de su estrategia local y respectivos programas;
XVI. Gestionar y administrar fondos estatales para apoyar e implementar las acciones en la materia;
XVII. Vigilar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de esta ley y los demás ordenamientos que de ella se deriven, y
XVIII. Las demás que les señalen esta ley y otras disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 8. Corresponde a los municipios, las siguientes atribuciones:
I. Formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de desarrollo sustentable en concordancia con la política nacional y estatal;
II. Elaborar e instrumentar su Estrategia Municipal y correspondientes programas municipales en materia de desarrollo sustentable, promoviendo la participación social, escuchando y atendiendo a los sectores público, privado y sociedad en general; y en congruencia con la Estrategia Nacional, las Estrategias Secretariales, las Estrategias Paraestatales, los Programas Sectoriales, Programas Estatales en materia de desarrollo sustentable.
III.Formular e instrumentar políticas y acciones para lograr un modelo de desarrollo sustentable en congruencia con la Visión Estratégica Nacional, la Estrategia Nacional, las Estrategias Secretariales, las Estrategias Paraestatales, los Programas Secretariales, la Estrategia Estatal correspondiente, los Programas estatales correspondientes en materia de desarrollo sustentable y con las leyes aplicables, en las siguientes materias:
a) Prestación del servicio de agua potable y saneamiento;
b) Ordenamiento ecológico local y desarrollo urbano;
c) Recursos naturales y protección al ambiente de su competencia;
d) Protección civil;
e) Manejo de residuos sólidos municipales;
f) Transporte público de pasajeros eficiente y sustentable en su ámbito jurisdiccional;
IV.Fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para promover y lograr un desarrollo sustentable;
V.Realizar campañas de educación e información, en coordinación con el gobierno estatal y federal, para sensibilizar a la población sobre el desarrollo sustentable;
VI.Promover el fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales para lograr un desarrollo sustentable;
VII.Participar en el diseño y aplicación de incentivos que promuevan acciones para el cumplimiento del objeto de la presente ley;
VIII.Coadyuvar con las autoridades federales y estatales en la instrumentación de la Estrategia Nacional, las Estrategias Secretariales, los programas sectoriales, la Estrategia Estatal correspondientes y los programas estatales correspondientes en la materia;
IX.Gestionar y administrar recursos para ejecutar acciones orientadas a alcanzar un desarrollo sustentable;
X. Vigilar y promover, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de esta ley, sus disposiciones reglamentarias y los demás ordenamientos que deriven de ella, y
XI. Las demás que señale esta ley y las disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 9.La Federación y las Entidades Federativas, con la participación en su caso de sus Municipios, podrán suscribir convenios de coordinación o concertación con la sociedad en materia de desarrollo sustentable que, entre otros elementos, incluirán las acciones, lugar, metas y aportaciones financieras que corresponda realizar a cada parte.
Artículo 10.Las Entidades Federativas y los Municipios expedirán las disposiciones legales necesarias para regular las materias de su competencia previstas en esta ley.
Artículo 11.Corresponde al gobierno del Distrito Federal ejercer las facultades y obligaciones que este ordenamiento confiere a las entidades federativas y a los municipios en lo que resulte aplicable.
Título TerceroArtículo 12.La Política Nacional para el Desarrollo Sustentable se sustenta en un mecanismo periódico de planificación, monitoreo, reporte y evaluación; caracterizado por un proceso de consulta que permite la participación de la sociedad civil organizada y de otros poderes y órdenes de gobierno; garantizando una implementación transversal del desarrollo sustentable en la política pública nacional.
Artículo 13.En la formulación de la Política Nacional para el Desarrollo Sustentable se observarán principios que orienten el actuar de la administración pública hacia un modelo de desarrollo que integre simultáneamente la protección del medio ambiente, el respeto y garantía de los derechos humanos y el crecimiento económico.
Lo anterior con el fin de instaurar un modelo que garantice a la nación un desarrollo basado en una economía sólida que aproveche racionalmente los recursos naturales de la nación, sin poner en riesgo la capacidad de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades, y que a su vez sea más distributiva, justa y participativa para todas las personas.
Artículo 14.Los principios rectores de la política nacional para el desarrollo sustentable a los que se refiere el artículo anterior son los siguientes:
I.Sustentabilidad, todas las estrategias, planes, programas y proyectos de políticas públicas deberán incorporar simultáneamente criterios de sustentabilidad ambiental, económica y social; de tal manera que se genere un crecimiento económico basado en un uso y aprovechamiento racional de los recursos naturales por parte de las generaciones presentes, de modo que no se comprometa las posibilidades de las generaciones futuras para satisfacer sus necesidades y que los beneficios económicos de este desarrollo se vean distribuidos equitativamente en el conjunto de la sociedad y se reflejen en una mejora de la calidad de vida y productividad de las personas.
II. Progresividad, el desarrollo sustentable es un objetivo de largo plazo que debe alcanzarse gradualmente a través de esfuerzos progresivos, dinámicos y permanentes que generen una mejora continua;
III. Cooperación público-privada entre el Estado y la sociedad en general, en la realización de acciones que conlleven hacia patrones de producción y consumo sustentables. Esta conjunción de esfuerzos entre las acciones públicas y las del sector privado, incluyendo a la sociedad civil, genera objetivos comunes en materia de desarrollo sustentable y, corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad en la gestión del medio ambiente.
IV. Precaución, cuando haya amenaza de daño grave o irreversible, la ausencia de información o la falta de certidumbre científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.
V. Prevención, las causas y fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada tratando de prevenir, vigilar y evitar de la manera más eficaz los efectos negativos que sobre el medio ambiente se puedan producir. Cuando no sea posible eliminar las causas que generan estos problemas ambientales, se adoptan las medidas de mitigación, recuperación, restauración o eventual compensación que correspondan.
VI. Adopción de patrones de producción y consumo por parte de los sectores público, social y privado para transitar hacia una economía de bajas emisiones en carbono;
VII. Integralidad y transversalidad, la actuación de las autoridades de la administración pública en materia de desarrollo sustentable debe ser coordinada y articulada entre órdenes de gobierno, así como con los sectores social y privado; con el objetivo de asegurar la formulación y ejecución de programas y acciones integradas, armónicas y sinérgicas que optimicen los resultados de la política nacional para el desarrollo sustentable.
VIII. Participación ciudadana, deberá promoverse y garantizarse el derecho de las personas y organizaciones a intervenir e integrarse, individual o colectivamente en la formulación, ejecución, monitoreo y evaluación de las políticas, programas y acciones públicas de desarrollo sustentable, mediante la creación de espacios y mecanismos institucionales que faciliten la corresponsabilidad ciudadana, el acceso a la información, la transparencia y la rendición de cuentas;
IX. Responsabilidad ambiental, quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar al medio ambiente, sea una persona natural o jurídica, pública o privada, está obligado a prevenir, minimizar, mitigar, reparar, restaurar y, en última instancia, está obligado a compensar los daños generados, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que correspondan.
X. El uso de instrumentos económicos en la adopción de un modelo de desarrollo sustentable incentiva la protección, preservación y restauración del ambiente; el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; equidad social; además de generar beneficios económicos a quienes lo implementan;
XI. Transparencia, acceso a la información y a la justicia, considerando que los distintos órdenes de gobierno deben facilitar y fomentar la concientización de la población, poniendo a su disposición la información gubernamental relativa al desarrollo sustentable de manera objetiva, oportuna, sistemática y veraz; así como proporcionar acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos pertinentes atendiendo a las disposiciones jurídicas aplicables;
XII. Uso de las tecnologías de la información y la comunicación, las autoridades públicas deberán promover el uso de las tecnologías de la información y comunicación en el diseño, ejecución, monitoreo y evaluación de las políticas públicas en desarrollo sustentable con el fin de mejorar la gestión pública y fomentar una cultura de transparencia y acceso a la información, mediante la mejora y simplificación de los procesos de provisión de servicios públicos y la facilitación del acceso a los mismos.
XIII. Compromiso con el desarrollo económico nacional, para lograr la sustentabilidad sin vulnerar su competitividad frente a los mercados internacionales y en un marco de desarrollo socio-económico y la protección del interés público.
XIV. Análisis costo-beneficio, las acciones públicas deben considerar el análisis entre los recursos a invertir y los retornos sociales, ambientales y económicos esperados.
XV. Equidad, el diseño y la aplicación de las políticas públicas con enfoque de desarrollo sustentable deben contribuir a erradicar la pobreza y reducir las inequidades socio-económicas existentes; así como a contribuir con el desarrollo económico sustentable de las poblaciones menos favorecida.
XVI. Justicia distributiva, garantiza que toda persona reciba de manera equitativa los beneficios del desarrollo conforme a sus méritos, sus necesidades, sus posibilidades y las de las demás personas;
XVII. Solidaridad, colaboración entre personas, grupos sociales y órdenes de gobierno, de manera corresponsable para el mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad;
XVIII. Respeto a la diversidad, reconocimiento en términos de origen étnico, género, edad, capacidades diferentes, condición social, condiciones de salud, religión, las opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra, para superar toda condición de discriminación y promover un desarrollo con equidad y respeto a las diferencias;
XIX. Libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades, reconocimiento en el marco constitucional a las formas internas de convivencia y de organización; ámbito de aplicación de sus propios sistemas normativos; elección de sus autoridades o representantes; medios para preservar y enriquecer sus lenguas y cultura; medios para conservar y mejorar su hábitat; acceso preferente a sus recursos naturales; elección de representantes ante los ayuntamientos y acceso pleno a la jurisdicción del Estado;
XX. Perspectiva de género, todos los planes, programas, proyectos y políticas públicas deberán integrar una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres que se proponga eliminar las causas de la opresión de género, como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género; a fin de garantizar la igualdad y la equidad de género.
XXI. Derechos humanos, todos los planes, programas, proyectos y políticas públicas deberán incorporar el enfoque de derechos humanos en sus respectivos ámbitos de actuación, con el fin de identificar situaciones de transgresión de la dignidad humana, discriminación y exclusión de los grupos vulnerables de la población y adoptar acciones que contribuyan a la equidad y el desarrollo social sustentable.
XXII. Gestión por resultados, las acciones, planes, programas y estrategias que establezcan las autoridades públicas en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de desarrollo sustentable deberán enfocarse a una gestión por resultados e incluir mecanismos de incentivos y sanciones para garantizar el logro de las metas establecidas.
La enunciación realizada en el presente artículo, en ningún caso puede ser interpretada en forma restrictiva.
Artículo 15.Los diferentes órdenes de gobierno del Estado mexicano integrarán en todas sus decisiones y actividades, previsiones de carácter ambiental, económico y social, simultáneamente, tendientes a asegurar el cumplimiento de los principios enunciados en esta ley y demás que tengan como objetivo lograr un desarrollo sustentable en el país.
Capítulo IIArtículo 16. Con objeto de que la política pública nacional, gestionada por el Ejecutivo Federal, se realice en cumplimiento de esta Ley, se crea de forma permanente la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Sustentable, cuyo fin será promover y consolidar una acción integral del Estado en pro de un modelo de desarrollo sustentable a nivel nacional, mediante la adecuada coordinación de los objetivos, metas y acciones que propongan las dependencias Secretarías de Estado, los órganos desconcentrados y las entidades paraestatales de la Federación.
Artículo 17.La Comisión será presidida por los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Economía y de la Secretaría de Desarrollo Social, quienes conformarán dentro de la Comisión un núcleo colegiado que permitirá llevar a cabo un planeación integral de la política pública nacional para impulsar el desarrollo sustentable.
Artículo 18.La Comisión estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias del Ejecutivo Federal:
I. Secretaría de Gobernación;
II. Secretaría de Relaciones Exteriores;
III. Secretaría de la Defensa Nacional;
IV. Secretaría de Marina;
V. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
VI. Secretaría de Desarrollo Social;
VII. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
VIII. Secretaría de Energía;
IX. Secretaría de Economía;
X. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
XI. Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
XII. Secretaría de Educación Pública;
XIII. Secretaría de Salud;
XIV. Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
XV. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;
XVI. Secretaría de Turismo;
XVII. Órganos desconcentrados de las Secretarías;
XVIII. Entidades paraestatales; y
XIX.demás dependencias de la Administración Pública Federal que el Ejecutivo Federal considere necesarias.
Artículo 19.Cada uno de los secretarios integrantes de la Comisión tendrá un suplente, que en el caso de las dependencias será el subsecretario que tenga mayor relación con los asuntos de desarrollo sustentable.
Artículo 20.Cada Secretaría participante deberá designar a una de sus unidades administrativas, por lo menos a nivel de dirección general, como la encargada de coordinar y dar seguimiento permanente a los trabajos de la Comisión.
Artículo 21.La Comisión Intersecretarial, a través de su presidencia, podrá convocar a otras dependencias y entidades del Ejecutivo Federal, así como invitar a representantes de los Poderes Legislativo y Judicial, de órganos autónomos, de las Entidades Federativas y, en su caso, los Municipios, así como a representantes de los sectores público, social y privado a participar en sus trabajos cuando se aborden temas relacionados con el ámbito de su competencia y relacionados con el desarrollo sustentable.
Artículo 22.La Comisión ejercerá las siguientes atribuciones:
I. Promover la coordinación de las acciones de las dependencias y entidades de la administración pública federal en materia de desarrollo sustentable;
II. Elaborar y formular el ante-proyecto de Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable;
III. Convocar a las organizaciones de los sectores social y privado, así como a la sociedad en general a que manifiesten su opinión y propuestas respecto al ante-proyecto de Estrategia Nacional;
IV. Presentar y entregar el ante-proyecto de la Estrategia Nacional al Consejo Consultivo Nacional para su consulta específica;
V. Examinar las opiniones de los representantes de la sociedad civil organizada y del Consejo Consultivo Nacional sobre el ante-proyecto de Estrategia Nacional;
VI. Elaborar y formular el proyecto de Estrategia Nacional;
VII. Someter el proyecto de Estrategia Nacional a la consideración y aprobación del Presidente de la República;
VIII. Elaborar y formular un proyecto de actualización de la Visión Estratégica Nacional, con base en la evolución de los tratados y demás acuerdos internacionales firmados y ratificados por México en materia de desarrollo sustentable y con base en los informes sobre la implementación de la Estrategia Nacional;
IX. Publicar un informe anual sobre el avance en el cumplimiento de la Estrategia Nacional;
X. Emitir su reglamento interno, y
XI.Las demás que le confiera la presente Ley, sus Reglamentos y otras disposiciones jurídicas que de ella deriven.
Sección SegundaArtículo 23.La Agencia Nacional de Evaluación para el Desarrollo Sustentable es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión de conformidad con la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
La Agencia Nacional de Evaluación tiene por objeto normar y realizar la evaluación de las políticas públicas, planes y programas de desarrollo sustentable que ejecuten la Comisión Intersecretarial, así como las demás dependencias de la Administración Pública Federal.
Asimismo, la Agencia Nacional de Evaluación establecerá los lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de sustentabilidad en las políticas públicas implementadas en el país; garantizando la transparencia, objetividad y rigor técnico en dicha actividad.
Artículo 24.La Agencia Nacional de Evaluación se integrará por el titular del INECC, por los integrantes del Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable y diez consejeros sociales representantes de la comunidad científica, académica, activista, técnica e industrial, con amplia experiencia en materia de desarrollo sustentable.
Los consejeros sociales durarán seis años en el cargo y solo podrán ser reelectos por un periodo adicional. Serán designados por la Comisión Intersecretarial a través de una convocatoria pública que deberá realizar el INECC.
El programa de trabajo, evaluaciones, decisiones y recomendaciones de la Agencia Nacional de Evaluación deberán contar con el acuerdo de la mayoría de sus integrantes.
Artículo 25.Las dependencias de la administración pública federal centralizada y paraestatal, las entidades federativas y los municipios deberán proporcionar la información que les requiera la Agencia Nacional de Evaluación para el cumplimiento de sus responsabilidades, conforme a lo previsto por las disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información.
Artículo 26.El proceso de evaluación de la sustentabilidad de las políticas públicas a nivel nacional, a cargo de la Agencia Nacional de Evaluación, se regirá conforme a las disposiciones del Reglamento de la presente ley y a las disposiciones del reglamento interno de la Agencia Nacional de Evaluación.
Asimismo, la operatividad de la Agencia Nacional de Evaluación se regulará por las disposiciones del reglamento interno de la Agencia Nacional de Evaluación.
Artículo 27. La administración de la Agencia Nacional de Evaluación estará a cargo de un Comité Directivo, que presidirá el titular del INECC; además estará integrado por los consejeros sociales mencionados en el artículo 24 de la presente Ley.
Artículo 28.La Agencia Nacional de Evaluación tendrá su sede en la ciudad de México y su patrimonio se integrará con los recursos que le sean asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y con los bienes muebles e inmuebles que adquiera por cualquier título.
Sección TerceraArtículo 29.El Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable, es el órgano permanente de consulta de la Comisión Intersecretarial.
El Consejo Consultivo Nacional se integra conforme lo establece el acuerdo que fundamenta su creación y que es de la siguiente manera:
I. un presidente o presidenta, que será el o la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien podrá ser suplido por un servidor o servidora pública que ocupe alguna de las Subsecretarías;
II. un secretario técnico o secretaria técnica que será quien ocupe la titularidad de la Unidad Coordinadora de Participación Social y Transparencia de la Secretaría o su suplente;
III. el o la titular de la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales de la Secretaría o su suplente, quien ocupará la Secretaría Técnica del Comité Consultivo Nacional.
IV. los seis Presidentes y Presidentas de los Consejos Regionales o quienes ocupen las Secretarías Técnicas que fungirán como suplentes;
V. treinta y dos representantes de los Consejos Núcleo, y
VI. trece Consejeros y Consejeras invitados directamente por el o la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, conforme a la siguiente distribución:
a) siete especialistas en medio ambiente y recursos naturales sin suplentes;
b) tres expertos o expertas en los temas derivados del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte, sin suplentes;
c) res ciudadanos o ciudadanas miembros de los siguientes Consejos o sus suplentes: uno o una del Instituto Mexicano de la Juventud; uno o una de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y uno o una del Instituto Nacional de las Mujeres.
Artículo 30.La organización, estructura y el funcionamiento del Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable se determina en su acuerdo de creación y en su reglamento interno.
Artículo 31. El Consejo Consultivo Nacional tendrá las siguientes funciones:
I. Asesorar a la Comisión Intersecretarial en los asuntos de su competencia;
II. Recomendar a la Comisión Intersecretarial realizar estudios y adoptar políticas, acciones y metas tendientes a encaminar al país a transitar hacia un desarrollo sustentable;
III. Promover la participación social, informada y responsable, a través de las consultas públicas que determine en coordinación con la Comisión Intersecretarial;
IV. Dar seguimiento a las políticas, acciones y metas previstas en la presente Ley;
V. Integrar grupos de trabajo especializados que coadyuven a las atribuciones de la Comisión Intersecretarial y las funciones del Consejo;
VI. Integrar, publicar y presentar a la Comisión Intersecretarial, a través de su Presidente, el informe anual de sus actividades, a más tardar en el mes de febrero de cada año, y
VII.Las demás que se establezcan en el Reglamento Interno o las que le otorgue la Comisión.
Capítulo IIIArtículo 32.Son instrumentos de planeación de la política nacional para el desarrollo sustentable los siguientes:
I. La Visión Estratégica Nacional a largo plazo para el Desarrollo Sustentable;
II. La Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable;
III. Las estrategias secretariales para el desarrollo sustentable;
IV. Las estrategias paraestatales para el desarrollo sustentable;
V. Las estrategias de los órganos desconcentrados para el desarrollo sustentable;
VI. Las estrategias de las entidades federativas para el desarrollo sustentable;
VII. Las estrategias de los municipios para el desarrollo sustentable;
Artículo 33.En la planeación del desarrollo nacional se deberá incorporar la Política Nacional para el Desarrollo Sustentable para garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable de conformidad con el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, la Ley de Planeación, esta Ley y las demás disposiciones en la materia.
Artículo 34.Para los efectos de esta Ley se entiende por planeación nacional para el desarrollo sustentable la ordenación metodológica, racional y sistemática de las acciones de la administración pública, en sus diferentes sectores y órdenes de gobierno, que permita establecer una mejora continua de la calidad del proceso político del desarrollo sustentable en el país.
Sección PrimeraArtículo 35.La Visión Estratégica Nacional establece los objetivos que el Estado deberá alcanzar a largo plazo, mediante la implementación de políticas públicas orientadas a impulsar la transición del país hacia un modelo de desarrollo sustentable. Asimismo, la Visión Estratégica Nacional establece los indicadores que permitirán medir y rendir cuenta de la consecución de estos objetivos a largo plazo.
Esta Visión Estratégica Nacional a largo plazo para el Desarrollo Sustentable controla el ciclo de las estrategias, los informes y las evaluaciones sobre desarrollo sustentable establecidos por la presente Ley; sirviendo a la Comisión Intersecretarial, las Secretarías de Estado, las entidades paraestatales, órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, la Agencia Nacional de Evaluación y el Consejo Consultivo Nacional como marco de referencia para la realización de sus respectivas actividades de planificación, control y evaluación.
Artículo 36.La elaboración de la Visión Estratégica Nacional a largo plazo para el Desarrollo Sustentable estará a cargo del Ejecutivo Federal, quien deberá formularla, aprobarla y publicarla dentro de un plazo de 2 años contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.
En la elaboración de la Visión Estratégica Nacional se promoverá la participación y consulta del sector social y privado, con el propósito de que la población exprese sus opiniones para su elaboración, actualización y ejecución, en los términos previstos por la Ley de Planeación y demás disposiciones aplicables.
Artículo 37.La Visión Estratégica Nacional a largo plazo tiene como objeto garantizar los compromisos suscritos por los Estados Unidos Mexicanos en materia de desarrollo sustentable a nivel internacional, por lo que su actualización será necesaria.
Corresponde a la Comisión Intersecretarial la elaboración de un proyecto de actualización de la Visión Estratégica Nacional, con base en la evolución de los tratados y demás acuerdos internacionales firmados y ratificados por México en materia de desarrollo sustentable y, si correspondiera, con base en los informes anuales sobre la implementación de la Estrategia Nacional y los informes evaluativos nacionales.
En caso de haber lugar la elaboración de un proyecto de actualización de la Visión Estragética Nacional, la Comisión Intersecretarial deberá someter el proyecto de actualización de la Visión Estratégica Nacional a la consideración y aprobación del Presidente de la República, simultáneamente a la entrega del proyecto de Estrategia Nacional.
Sección SegundaArtículo 38.La Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable es el instrumento rector de la política nacional a mediano plazo para impulsar la transición del país hacia un modelo que fomente la mejora económica y social del país sin afectar su medio ambiente y sus recursos naturales.
Esta Estrategia Nacional precisa las medidas que se implementarán a nivel nacional en vista de la consecución de los compromisos internacionales y de los objetivos establecidos en la Visión a largo plazo, en materia de desarrollo sustentable.
La Estrategia Nacional contiene, entre otros, los siguientes elementos:
I.objetivos nacionales de mediano plazo a lograr en materia de desarrollo sustentable antes del fin de vigencia de la Estrategia;
II. estrategia de implementación para el logro de cada uno de los objetivos nacionales, precisando por cada objetivo la Secretaría de Estado o entidad paraestatal responsable de su cumplimiento;
III. metas nacionales programadas para el desarrollo sustentable;
IV. tiempos de ejecución;
V. líneas de coordinación intersecretarial para la consecución de los objetivos y metas programados;
VI. acciones de cooperación y colaboración entre las dependencias y entidades de la administración pública federal para la consecución de los objetivos y metas programados;
VII. líneas directrices para los servicios públicos federales;
VIII. sistema de Monitoreo y Evaluación de políticas públicas que incluya criterios e indicadores que permitan controlar la implementación de la Estrategia Nacional y determinar el avance en el cumplimiento de los objetivos y metas programados.
IX. estimación de costos;
X.los demás elementos que determine la Comisión Intersecretarial.
Artículo 39.La Estrategia Nacional es un instrumento con perspectiva a mediano plazo, cuyos objetivos, metas y acciones deberán estar en congruencia con la Visión a Largo Plazo. Su vigencia será sexenal y se elaborará al inicio de cada administración.
Artículo 40.La elaboración del ante-proyecto de Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable está a cargo de la Comisión Intersecretarial, quien una vez que haya elaborado el ante-proyecto lo someterá para su consulta general a las organizaciones de los sectores social y privado, a fin de que manifiesten su opinión y propuestas respecto al ante-proyecto de Estrategia Nacional.
La participación y consulta del sector social y privado, con el propósito de que la población exprese sus opiniones para la elaboración, actualización y ejecución de la Estrategia Nacional, se realizará en los términos previstos por la presente Ley, la Ley de Planeación y demás disposiciones aplicables.
Asimismo, la Comisión Intersecretarial someterá el ante-proyecto de Estrategia Nacional al Consejo Consultivo Nacional para su consulta general y específica sobre la viabilidad de evaluación que presentan los objetivos y acciones determinadas en el ante-proyecto de Estrategia Nacional.
Artículo 41.Una vez entregadas las opiniones y propuestas respecto a generalidades y especificidades del ante-proyecto de Estrategia Nacional, la Comisión Intersecretarial deberá examinarlas y formular el proyecto de Estrategia Nacional, la cual será sometida a la consideración y aprobación del Presidente de la República.
Artículo 42.Una vez que la Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable es aprobada por el Presidente de la República, se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 43.Una vez aprobada la Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable, ésta será obligatoria para las dependencias de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 44.El Presidente de la República podrá remitir la Estrategia Nacional al Congreso de la Unión para su examen y opinión. Asimismo, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, el Poder Legislativo formulará las observaciones que estime pertinentes durante la implementación, revisión y actualización de la Estrategia Nacional.
Artículo 45.La Comisión Intersecretarial podrá proponer ajustes o modificaciones a las acciones o metas comprendidas en la Estrategia Nacional cuando:
I. Se adopten nuevos compromisos internacionales en la materia;
II. Se desarrollen nuevos conocimientos científicos o de tecnología relevantes;
III. Lo requieran las políticas en materia de medio ambiente, economía y desarrollo social;
IV.Se deriven de los resultados de las evaluaciones elaboradas por la Agencia Nacional de Evaluación.
En ningún caso las revisiones y actualizaciones se harán en menoscabo de las metas y objetivos nacionales previamente planeados o promoverán su reducción.
Las estrategias secretariales, las estrategias de las entidades federativas y municipios deberán ajustarse a dichas actualizaciones.
Artículo 46. En caso de que la Estrategia Nacional requiera modificaciones, éstas deberán ser aprobadas por el Presidente de la República y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 47.Con el fin de que las prioridades y acciones de cada ente de la Administración Pública Federal estén orientadas a promover el desarrollo sustentable de conformidad con la Estrategia Nacional, cada Secretaría de Estado, órgano desconcentrado y entidad paraestatal señalada como responsable de algún objetivo nacional deberá elaborar su propia estrategia en la cual establezca sus objetivos, metas y líneas de acción, en congruencia con la Estrategia Nacional, de tal manera que contribuya a la realización de los objetivos nacionales de esta última y orienten al país hacia un desarrollo sustentable e integral.
Artículo 48.Cada estrategia secretarial, de órgano desconcentrado o estrategia paraestatal observará congruencia con la Estrategia Nacional y su vigencia no excederá del periodo constitucional de la gestión gubernamental en que se aprueben, aunque podrá contener consideraciones y proyecciones de más largo plazo.
La estrategia secretarial, paraestatal o de órgano desconcentrado contiene, entre otros, los siguientes elementos:
I.objetivos específicos que la Secretaría, el órgano desconcentrado o la entidad paraestatal se plantea lograr, antes del fin de vigencia de su propia estrategia, para contribuir con el cumplimiento progresivo de los objetivos nacionales por los cuales se le ha responsabilizado en la Estrategia Nacional y con la implementación de las acciones establecidas en la misma;
II. metas sectoriales programadas para el desarrollo sustentable en su área de competencia y de conformidad con la Estrategia Nacional;
IIIestrategia de implementación para el logro de cada uno de los objetivos específicos y metas sectoriales;
IV. tiempos de ejecución;
V. líneas de acción que se plantea realizar, directamente, en colaboración o en cooperación, para la consecución de los objetivos específicos y metas sectoriales programadas;
VI. líneas directrices para los servicios públicos federales;
VII. sistema de monitoreo y evaluación de políticas públicas que incluya criterios e indicadores que permitan controlar la implementación de su propia estrategia y determinar el avance en el cumplimiento de los objetivos específicos y metas sectoriales programados.
VIII. estimación de costos;
IX.los demás elementos que determine la Comisión Intersecretarial.
Artículo 49.Una vez elaborada la estrategia secretarial, paraestatal o de órgano desconcentrado; la Comisión Intersecretarial deberá examinarla y, en su caso, formular directivas en cuanto a la forma o contenido que debe revestir la estrategia, antes de someterla a la consideración y aprobación del Presidente de la República.
Artículo 50.Una vez que la estrategia secretarial, paraestatal o de órgano desconcentrado es aprobada por el Presidente de la República, se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 51.Una vez aprobada la estrategia secretarial, paraestatal o de órgano desconcentrado, ésta será obligatoria para las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos orgánicamente a la secretaria o entidad paraestatal, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 52.La estrategia secretarial, paraestatal o de órgano desconcentrado podrá ser sujeta a revisiones y modificaciones, por parte de la Secretaría, Entidad Paraestatal u órgano desconcentrado correspondiente, durante todo el periodo de su vigencia cuando:
I. La Estrategia Nacional haya sido actualizada;
II. Se desarrollen nuevos conocimientos científicos o de tecnología relevantes;
III. Lo requieran las políticas en materia de medio ambiente, economía y desarrollo social;
IV. Se deriven de los resultados de las evaluaciones elaborados por la Agencia Nacional de Evaluación.
En ningún caso las revisiones y actualizaciones se harán en menoscabo de las metas y objetivos específicos previamente planeados o promoverán su reducción.
Artículo 53.En caso de que la estrategia secretarial, paraestatal o de órgano desconcentrado requiera modificaciones, éstas deberán ser aprobadas por el Presidente de la República y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Sección TerceraArtículo 54.Las entidades federativas y los municipios integrarán una dinámica de planificación similar para la toma de todas sus decisiones y la determinación de sus acciones, con el fin de que sus políticas públicas sean congruentes con los objetivos nacionales establecidos en la Estrategia Nacional para el desarrollo sustentable.
Artículo 55.El contenido de las estrategias estatales y de las estrategias municipales para el desarrollo sustentable establecerán los objetivos, metas, acciones, estrategia de implementación, tiempos de ejecución, líneas de coordinación, sistema de monitoreo y evaluación, estimación de costos necesarios para promover una transición de su respectivo orden de gobierno hacia el desarrollo sustentable, de conformidad con la Estrategia Nacional en la materia.
Además, estas estrategias locales para el desarrollo sustentable incluirán los demás elementos que determine el respectivo órgano, estatal o municipal, encargado de coordinar las políticas públicas para el desarrollo sustentable.
Capítulo IIIArtículo 56.La Comisión intersecretarial elaborará y publicará un informe anual sobre el avance en el cumplimiento de los objetivos nacionales y metas establecidos en la Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable.
Este informe anual se realizará con base en los criterios e indicadores establecidos en la Estrategia Nacional para controlar su implementación y así poder determinar el avance en el cumplimiento de la misma.
Artículo 57.Cada Secretaría de Estado, entidad paraestatal u órgano desconcentrado elaborará y publicará un informe anual sobre el avance en el cumplimiento de sus objetivos específicos y metas establecidos en sus respectivas estrategias secretariales para el desarrollo sustentable.
Este informe anual se realizará con base en los criterios e indicadores establecidos en la respectiva estrategia secretarial o paraestatal para controlar su implementación y así poder determinar el avance en el cumplimiento de la misma.
Artículo 58.Las entidades federativas y los municipios integrarán una dinámica de reporte y monitoreo similar para el control del avance en el cumplimiento de sus respectivas estrategias locales.
Sección SegundaArtículo 59.La Política Nacional para el Desarrollo Sustentable estará sujeta a evaluación periódica y sistemática a través de la Agencia Nacional de Evaluación para el Desarrollo Sustentable, con el objeto de revisar progresivamente el cumplimiento del objetivo sustentable de las metas y acciones de las políticas públicas implementadas en el país para alcanzar el desarrollo sustentable y, en su caso, corregirlas, modificarlas, adicionarlas o reorientarlas.
Artículo 60.Para llevar a cabo su función, la Agencia Nacional de Evaluación tomará en cuenta los informes anuales de la Comisión Intersecretarial, de cada una de las Secretarías de Estado, de las entidades paraestatales y de los órganos desconcentrados para la elaboración de su informe evaluativo nacional para el desarrollo sustentable. Este informe incluirá una evaluación de los resultados que arrojen los informes anuales antes mencionados.
Artículo 61.El informe evaluativo nacional sobre el desarrollo sustentable se compondrá de dos partes:
I. La primera parte consiste en un inventario y evaluación de la situación existente y de la política emprendida en materia de desarrollo sustentable para lograr los objetivos establecidos en la visión a largo plazo y en la estrategia nacional.
II.La segunda parte consiste en la prospectiva, un ejercicio de prospectiva que presenta las evoluciones previstas en cuanto a la transición hacia un desarrollo sustentable con base en la política pública implementada para tal efecto y con base en el contexto internacional. Asimismo, la parte prospectiva incluirá escenarios alternativos de desarrollo sustentable para lograr los objetivos de sustentabilidad establecidos en la visión de largo plazo y en la estrategia nacional.
Artículo 62.El informe evaluativo nacional sobre el desarrollo sustentable será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Una vez aprobado el informe evaluativo nacional, la Agencia Nacional de Evaluación remitirá el mismo a la Presidencia de la República; a la Comisión Intersecretarial; a cada una de las Secretarías de Estado y entidades paraestatales que conforman la administración pública federal; a las Comisiones para el Desarrollo Sustentable de las Cámaras de Diputados y de Senadores; y al Consejo Consultivo Nacional.
Artículo 63.Con base en los resultados de las evaluaciones, la Agencia Nacional de Evaluación emitirá sugerencias y recomendaciones al Presidente de la República, a los titulares de las Secretarías de Estados y de las entidades paraestatales, a los gobiernos de las Entidades Federativas y a los Municipios. Los resultados de las evaluaciones, las sugerencias y recomendaciones serán públicos.
Artículo 64. Las entidades federativas y los municipios deberán integrar una dinámica de evaluación similar a su nivel de jurisdicción para una valoración sobre la implementación de sus respectivas estrategias locales para el logro de un desarrollo sustentable.
Sección TerceraArtículo 65.Los proyectos de ley, los proyectos de decreto, los proyectos de reglamento, los planes y programas de cobertura nacional o federal estarán sujetos a un examen previo para determinar si existe la necesidad o no de evaluar la incidencia que podrían tener, en caso de aprobarse, sobre la transición del país hacia un desarrollo sustentable, de conformidad con la Estrategia Nacional.
En caso de que la decisión política pudiera tener potenciales efectos negativos o imprevistos sobre los aspectos económico, social y ambiental del desarrollo nacional, así como sobre el gasto público nacional; entonces, la decisión política examinada requerirá ser sujeta a una evaluación de incidencia que determinará de manera precisa tales efectos o imprevistos.
El contenido del examen previo y de la evaluación de incidencia, así como el proceso que comprenden será determinado y regulado en el reglamento de la presente ley.
Los resultados de los exámenes previos y de las evaluaciones de incidencia serán públicos.
Artículo 66.Las entidades federativas y los municipios deberán implementar un sistema de evaluación de incidencias similar para su normatividad y medidas políticas locales.
Título CuartoArtículo 67. Toda persona tendrá derecho a que las autoridades en materia de desarrollo sustentable, así como la Comisión Intersecretarial, el Consejo Consultivo Nacional y la Agencia Nacional de Evaluación pongan a su disposición la información que les soliciten en los términos previstos por las leyes.
Artículo 68. La Comisión Intersecretarial, en coordinación con el Instituto Nacional de Geografía y Estadística y el Consejo Consultivo Nacional, deberá elaborar y desarrollar una página de Internet que incluya el informe anual detallado de la situación general del país en materia de desarrollo sustentable, así como el informe evaluativo nacional con los resultados correspondientes. Asimismo, en dicha página de internet los particulares podrán revisar los informes anuales por Secretaría y por entidad paraestatal.
Artículo 69. Los recursos federales que se transfieran a las Entidades Federativas y Municipios, a través de los convenios de coordinación, se sujetarán a las disposiciones federales en materia de transparencia y evaluación de los recursos públicos.
Título QuintoArtículo 70. Los tres órdenes de gobierno deberán promover la participación corresponsable de la sociedad en la planeación, ejecución y vigilancia de la Política Nacional para el Desarrollo Sustentable.
Artículo 71. Para dar cumplimiento al artículo anterior la Comisión Intersecretarial deberá:
I. Convocar a las organizaciones de los sectores social y privado a que manifiesten sus opiniones y propuestas en materia de desarrollo sustentable para tomarlas en consideración en la elaboración de la Estrategia Nacional;
II. Celebrar convenios de concertación con organizaciones sociales y privadas relacionadas con el desarrollo sustentable para fomentar acciones de sustentabilidad; así como para brindar asesoría en actividades sustentables y en la realización de estudios e investigaciones en la materia y emprender acciones conjuntas;
III. Promover el otorgamiento de reconocimientos a los esfuerzos más destacados de la sociedad para transitar hacia el desarrollo sustentable, y
IV. Concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado con la finalidad de instrumentar medidas de desarrollo sustentable.
Título SextoArtículo 72. Será causa de responsabilidad administrativa de los servidores públicos, el incumplimiento en el cual incurran al no acatar con las obligaciones que la presente Ley establece dentro de sus respectivas facultades y para su competencia .
Artículo 73.Las responsabilidades administrativas que se generen por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley, serán sancionadas en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, sin perjuicio de las del orden civil o penal que procedan.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, reglamentará la presente ley en el término de treinta días, a partir de su vigencia.
Notas:
1 También conocido como Informe Brundtland o Reporte Brundtland, por el apellido de la Dra. Gro Harlem Brundtland quien encabezó los estudios e investigaciones realizados por la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente, comisión especial creada por la ONU en 1983 para que rindiera un informe ante la Asamblea General de la ONU sobre la situación que presentaba el medio ambiente en ese momento a nivel mundial.
2 WCED. (1987). Report of the World Commission on Environment and Development: Our Common Future. Disponible en: http://www. un-documents.net/our-common-future.pdf
3 Congreso de la Unión. (1971). Reformas constitucionales por artículo. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/ LeyesBiblio/ ref/dof/CPEUM_ref_071_06jul71_ima.pdf
4 Gutiérrez Martínez del Campo, F. (2008). La gestión ambiental en México y la justicia. Disponible en: http://biblio.juridicas.unam. mx/libros/6/2547/14.pdf
5 SENER. (2013). Estrategia Nacional de Energía 2013-2027. Disponible en:
http://www.energia.gob.mx/res/ PE_y_DT/pub/2013/ENE_2013-2027.pdf
6 Larios Vázquez, A. (2015). El Sistema Energético y la Industria: un análisis en el marco de la transición energética. Disponible en: http://www.ub.edu/geocrit/iii-mexico/AndreaLarios.pdf
7 Las limitaciones son evidentes considerando que para producir un litro de etanol o biodiesel se requiere una superficie de una hectárea cultivable. Fuente: Lechuga Montenegro, J. y García de la Cruz, F. (2011). Biocombustibles: el debate internacional y el caso de México. Disponible en: http://www.bdigital.unal.edu.co/29451/1/27892-98541-1-PB.pdf
8 Semarnat. (2012). Informe de la Situación del Medio Ambiente en México - Edición 2012, Disponible en: http://app1.semarnat.gob.mx/ dgeia/informe_12/00_intros/pdf.html
9 Semarnat. (2015). El Medio Ambiente en México- 2013-2014. Disponible en: http://app1.semarnat.gob.mx/dgeia/informe_resumen14/07_residuos/7_1_2.html
10 Coneval. (2014).Coneval informa de los resultados de la medición de pobreza 2014. Disponible en:
http://www.coneval.gob.mx/SalaPrensa/Documents/ Comunicado005_Medicion_pobreza_2014.pdf
11 Coneval. (2013). Coneval informa de los resultados de la medición de pobreza 2012. Disponible en: http://www.coneval.gob.mx/Informes/Coordinacion/Pobreza_2012/COMUNICADO_PRENSA_ 003_MEDICION_2012.pdf
12 Coneval. (2014).Coneval informa de los resultados de la medición de pobreza 2014. Disponible en: http://www.coneval.gob.mx/SalaPrensa/Documents/Comunicado005_Medicion_pobreza_2 014.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 18 de noviembre de año dos mil quince. Diputado Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.
LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN, LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y LEY GENERAL DE SALUD
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Tiene la palabra, por tres minutos, la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario del PES, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y de la Ley General de Salud. Adelante.
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán:Saludo a la distinguida Mesa Directiva y a los legisladores de esta honorable Cámara. Para Encuentro Social, la justicia es no sólo uno de los pilares de la esencia y supervivencia de la sociedad y la política, sino que es además una condición suspensiva de todo gobierno democrático.Los principios de legalidad y de constitucionalidad de nuestro derecho mexicano, no tienen otro sentido sino dar certeza a la justicia, que si bien los antiguos romanos definían como dar a cada quien lo que le corresponde, no se da en tanto no haya criterios generales, no sólo democráticos sino inderogables protegidos por el orden público para hacer concreta en las decisiones de un juez esta justicia.
Tal justicia descansada principalmente en el derecho formal y cuyas columnas son el principio de legalidad y por la arbitrariedad de este el principio de constitucionalidad, se da en la medida en que se respeta la Constitución y se hace cumplir en cada una de las leyes y reglamentos.
Pues bien es de particular interés analizar a fondo la constitucionalidad de las normas oficiales mexicanas, conocidas como NOM, así como su naturaleza jurídica y la manera en que a modo de comuna se ha dejado en manos de particulares y de autoridades de mando medio, facultades que sólo corresponderían al Ejecutivo, como una excepción del principio de división de poderes.
Según este principio de división de poderes cuya antigüedad va más allá de Francia, remontándose a Cicerón y Aristóteles, el poder legislativo tiene como función a través del Congreso General de la República, plasmar la voluntad del pueblo en leyes generales y obligatorias a través de un proceso formal y materialmente legislativo. Al Poder Ejecutivo le corresponde a través del presidente, la administración del gobierno, siempre conforme a la Constitución y a las leyes emanadas por el Poder Legislativo. Y finalmente al Poder Judicial se le asigna la tarea de aplicar las normas emanadas por el Poder Legislativo.
De la definición de norma oficial mexicana y de los elementos de su naturaleza jurídica se puede deducir también su correcta disposición en la escala del principio de legalidad y del principio de constitucionalidad.
La definición de la norma oficial mexicana no es capaz de desentrañar o siquiera asomar su naturaleza. Aun siendo legal, esta definición es anticonstitucional, pues vulnera el artículo 89 fracción I de nuestra Constitución, que otorga al presidente de la República la facultad reglamentaria, a fin de proveer en la esfera administrativa, la exacta observancia de la ley.
Es por ello, que al definir la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de la NOM, como una regulación técnica obligatoria, provoca lo que se ha venido dando en los últimos años: El uso y abuso de las NOM configurándolas como herramientas o vehículos de disposición que por su materia, contenido y disposición en relación con otras normas, son una clara violación al principio de legalidad.
Si nosotros revisamos esta norma y le damos el sentido constitucional que requiere, podríamos ayudar a evitar conflictos de interés en donde una norma oficial en materia de salud podría obligar a hospitales de forma arbitraria a contar con equipo cuya intromisión en el sector debiera ser materia de ley y, lo anterior por el voto de actores que directamente lucran con la distribución y venta de dicho equipo médico, se ha venido dando como una práctica totalmente equivocada.
Por eso es que por lo anteriormente expuesto, es que pongo a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos y fracciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y finalmente de la Ley General de Salud. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal sobre Metrología y Normalización, Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y General de Salud, a cargo de la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario del PES
La que suscribe, diputada federal Norma Edith Martínez Guzmán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y conforme con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numerales 1 y 3, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 3º, las fracciones VIII, IX y X del artículo 41, así como los artículos 44 a 48, 59, las fracciones II y IV del artículo 60, el artículo 61, 62, 64 y se adiciona el artículo 112 Bis de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; así también reforma las fracciones XXIII, XXIV y adiciona la fracción XXV del artículo 8, y el artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y finalmente los artículos 13, 20, 32, 42 y la fracción I del artículo 133 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosPara Encuentro Social, la justicia es no sólo uno de los pilares de la esencia y supervivencia de la sociedad y la política, sino que es además, una condición suspensiva de todo gobierno democrático.
Los principios de legalidad y de Constitucionalidad de nuestro derecho mexicano, no tienen otro sentido sino dar certeza a la justicia, que si bien los antiguos romanos definían como dar a cada quien lo suyo, no se da en tanto no haya criterios generales, no sólo democráticos, sino inderogables, protegidos por el orden público, para hacer concreta, en las decisiones de un juez, esa justicia.
Tal justicia, descansada principalmente en el derecho formal, y cuyas columnas son el principio de legalidad, y por la arbitrariedad de este, el principio de Constitucionalidad, se da en la medida en que se respeta la Constitución y se hace cumplir, en cada una de las leyes y reglamentos.
Pues bien, es de particular interés, analizar a fondo la constitucionalidad de las Normas Oficiales Mexicanas, conocidas como NOM, así como su naturaleza jurídica, y la manera en que, a modo de Comuna, se ha dejado en manos de particulares y de autoridades de mando medio, facultades que sólo corresponderían al Ejecutivo, como una excepción del principio de división de poderes.
Según este principio de división de poderes, cuya antigüedad va más allá de Francia, remontándose a Cicerón y Aristóteles, el poder legislativo tiene como función, a través del Congreso General de la República, plasmar la voluntad del pueblo en leyes, generales y obligatorias, a través de un proceso formal y materialmente legislativo. Por su parte, al poder ejecutivo corresponde, a través del Presidente de la República, la administración del Gobierno, siempre conforme a la Constitución y a las leyes emanadas por el poder legislativo y finalmente al poder judicial se le asigna la tarea de aplicar las normas emanadas por el poder legislativo, impartiendo la justicia que resulte de aplicar dichas leyes a los gobernados.
Vale la pena considerar lo anterior, aun cuando pareciera de Perogrullo, pues el Poder Ejecutivo, por excepción, al administrar el gobierno de la república, está facultado para emitir, mediante actos materialmente legislativos, pero formalmente administrativos, reglamentos abstractos, generales e impersonales, que permitan la concreción administrativa de la ley. Esta facultad es exclusiva del Presidente de la República, como Titular del Ejecutivo, más para su cumplimiento puede auxiliarse de los secretarios de Estado (únicamente). Asimismo, de esta facultad reglamentaria emana por sí misma la esencia de todo reglamento: norma o conjunto de disposiciones, de carácter abstracto, general e impersonal, emitido mediante un acto del ejecutivo, materialmente legislativo pero formalmente administrativo.
De esta misma definición de norma oficial mexicana y de los elementos de su naturaleza jurídica se puede deducir también su correcta disposición en la escala del principio de legalidad y del principio de Constitucionalidad. El Reglamento, al tratarse de un acto formalmente administrativo y no ser emitido por el Congreso y no estar sometido al procedimiento establecido para la creación de leyes, siempre estará supeditado a estas, y guardará en relación a ellas una jerarquía menor, y su existencia, observancia y vigencia, siempre estará en relación de supra sub ordinación respecto de la Ley, aun cuando siempre, todo Reglamento, está directamente relacionado con alguna Ley, a la que sirve y especifica. Puede haber leyes sin su reglamentación, más no puede existir reglamento sin ley en la que base su existencia.
Ahora bien, siendo así la naturaleza jurídica de los reglamentos, y siendo así también la naturaleza de las leyes, es más que claro que las Normas Oficiales Mexicanas, que en este documento nos ocupan, son de naturaleza reglamentaria.
Según la reforma a la LFSMN, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20 de mayo de 1997, en su artículo 3o., fracción XI, una norma oficial mexicana es la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.
No está por demás cotejar los elementos esenciales de la naturaleza jurídica del reglamento con los elementos de la norma oficial mexicana, para desentrañar su naturaleza reglamentaria. La jurisprudencia al respecto establece de forma clara su sujeción y relación de supra sub ordinación a la ley, para lo que se mencionan algunas jurisprudencias:
Época: Décima Época
Registro: 2006659
Instancia: Pleno
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 7, Junio de 2014, Tomo I
Materia(s): Constitucional
Tesis: P. XXXVI/2014 (10a.)
Página: 165
Turismo. El artículo 56 de la ley general relativa, que establece la atribución de la Secretaría de Turismo para expedir normas oficiales mexicanas, no contraviene la Constitución federal.
Conforme a lo previsto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, ésta regirá en toda la República, sus disposiciones son de orden público e interés social, su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias de la administración pública federal que tengan competencia en las materias reguladas en ese ordenamiento y por Norma Oficial Mexicana debe entenderse la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, de acuerdo con las reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como con aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación; de donde se sigue que las Normas Oficiales Mexicanas son disposiciones generales emitidas con base en cláusulas habilitantes, cuya finalidad es establecer y desarrollar cuestiones técnicas en materia de metrología. Además, las referidas Normas Oficiales Mexicanas se emiten con base en una habilitación legal mediante la cual el Congreso de la Unión, en términos de lo previsto en los artículos 73, fracción XXX, y 90 de la Constitución General de la República -en ejercicio de sus atribuciones para expedir las leyes que sean necesarias para hacer efectivas sus facultades, así como distribuir los negocios del orden administrativo entre los órganos que integran la administración pública federal centralizada-, faculta a una autoridad administrativa para emitir disposiciones de observancia general, con la finalidad de pormenorizar y precisar la regulación establecida en las leyes y reglamentos con el fin de lograr su eficaz aplicación, para lo cual están sujetos a una serie de principios derivados del diverso de seguridad jurídica, entre otros, los de reserva de ley, reserva reglamentaria, primacía de la ley y preferencia reglamentaria, por lo que no deben incidir en el ámbito reservado a la ley o al reglamento, ni ir en contra de lo dispuesto en actos de esta naturaleza, es decir, deben ceñirse a lo previsto en el contexto formal y materialmente legislativo o reglamentario que habilita y condiciona su emisión. Por ende, el artículo 56 de la Ley General de Turismo que establece la atribución de la Secretaría de Turismo para emitir Normas Oficiales Mexicanas no resulta contrario a los principios de legalidad, reserva de la ley y de subordinación previstos en los artículos 16, 49 y 73 constitucionales, ni constituye una indebida delegación de facultades legislativas en favor de una autoridad administrativa.
Controversia constitucional 71/2009. Jefe del gobierno del Distrito Federal. 24 de enero de 2013. Mayoría de siete votos de los Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán y Juan N. Silva Meza; votaron en contra: José Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Sergio A. Valls Hernández y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretaria: Maura Angélica Sanabria Martínez.
Y en el mismo sentido:
Época: Novena Época
Registro: 177569
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXII, Agosto de 2005
Materia(s): Administrativa
Tesis: VI.1o.A. J/29
Página: 1695
Normas oficiales mexicanas. Constituyen un acto materialmente legislativo, para efectos de su impugnación en el amparo contra leyes.
De conformidad con los lineamientos fijados por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis aislada P. XV/2002, es posible establecer que las normas oficiales mexicanas, emitidas por el director general de Normas de la Secretaría de Economía, son reglas generales administrativas sobre aspectos técnicos y operativos para materias específicas, cuya existencia obedece a los constantes avances de la tecnología y al acelerado crecimiento de la administración pública federal, debido a lo cual se explica que en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Congreso de la Unión haya otorgado a la Secretaría de Economía la facultad de expedir las normas oficiales mexicanas de carácter obligatorio en el ámbito de su competencia (si bien esa atribución fue conferida en concreto al director general de normas de aquella dependencia), de ahí que sea válido determinar que tales cuerpos normativos constituyen un acto materialmente legislativo, pues de forma general, abstracta e impersonal regulan con detalle y de manera pormenorizada las materias comprendidas en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, como expresión de la facultad reglamentaria y, en esa medida, para efectos de su impugnación en el juicio de garantías tramitado en la vía indirecta, en términos del artículo 114, fracción I, de la Ley de Amparo, en cuanto prevé su procedencia contra ...otros reglamentos, decretos o acuerdos de observancia general, que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de aplicación causen perjuicios al quejoso ..., se deben aplicar las reglas inherentes al amparo contra leyes.
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito.
Amparo en revisión 111/2005. Secretario de Economía y otro. 18 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretaria: Luz Idalia Osorio Rojas.
Amparo en revisión 146/2005. Servicio Isalvi, SA de CV. 25 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: Lorena Ortuño Yáñez.
Amparo en revisión 196/2005. Casmen, SA de CV. 29 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: José Eduardo Téllez Espinoza. Secretaria: Natividad Karem Morales Arango.
Amparo en revisión 231/2005. Servicio 3L, SA de CV. 6 de julio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: José Eduardo Téllez Espinoza. Secretaria: Natividad Karem Morales Arango.
Amparo en revisión 225/2005. Bugas, SA de CV. 13 de julio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: Lorena Ortuño Yáñez.
De las anteriores jurisprudencias se infiere, de forma directa, la naturaleza reglamentaria de las Normas Oficiales Mexicanas, provenientes de un acto materialmente legislativo y, por tanto, abstractas, generales e impersonales. De otro modo no podrían ser obligatorias. De lo anterior también se deduce que, aunque la LFSMN confiere a un Director General de la Secretaría de Economía, la facultad para emitirlas, esto resulta inconstitucional, en razón de los artículos 89 fracción I y 92 de nuestra Constitución, ya que este último concede a los Secretarios de Estado la posibilidad, mediante interpretación inversa del artículo, de auxiliar al Presidente de la República en su facultad reglamentaria, no así a cualquier otro servidor público o dependencia.
Por esta misma razón, la definición de Norma Oficial Mexicana, contenida en la fracción XI del artículo 3 de la LFSMN, no es capaz de desentrañar o siquiera asomar su naturaleza. Aun siendo legal, esta definición es anticonstitucional, pues vulnera el artículo 89 fracción I de nuestra Constitución, que otorga al Presidente de la República la facultad reglamentaria, a fin de proveer en la esfera administrativa, la exacta observancia de la ley. Al colocar el Constituyente esta disposición entre las facultades del Presidente, se entiende esta atribución prohibida para cualquier otro ente, persona, institución o particular ajeno a dicho nombramiento.
Es por ello que, al definir la LFSMN a la NOM como una regulación técnica obligatoria expedida por las dependencias competentes, contradice la Constitución y provoca de facto además lo que se ha venido dando en los últimos diez años, y sobre lo que hablaremos más adelante: el uso y abuso de las NOM, configurándolas como herramientas o vehículos de disposiciones que por su materia, contenido y disposición en relación con otras formalmente legislativas, son una clara violación al principio de legalidad. Esto es, se ha encontrado en las Normas Oficiales Mexicanas, un vehículo de regulación por encima de la ley, al amparo de la ignorancia de los ciudadanos a quienes van dirigidas.
Sin embargo, y al mismo tiempo, de la definición contenida en la Ley en comento, se puede deducir también que, al definirlas como obligatorias, la norma les atribuye su carácter reglamentario y, por consiguiente, su aplicación jurisdiccional en el juicio de garantías, sólo podría darse cuando el interés de un gobernado se ve afectado por su aplicación concreta en un acto administrativo, y no así en el diseño y publicación de la misma. A la vez, en el caso de conflicto entre la NOM y una disposición legal, formalmente legislativa, y afectaciones derivadas de un acto administrativo de aplicación de la NOM, por supuesto el juzgador deberá actuar conforme al principio de legalidad, dictando justicia en favor del actor que reclama la aplicación de la ley por sobre la NOM y por tanto la nulidad del acto administrativo, no así de la existencia de la Norma en sí. Tal lo expresa la siguiente jurisprudencia:
Época: Novena Época
Registro: 175066
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXIII, Mayo de 2006
Materia(s): Administrativa
Tesis: I.8o.A.107 A
Página: 1790
Interés jurídico para promover el amparo. Carecen de él los sectores interesados que participan en el proceso de creación o modificación de las normas oficiales mexicanas cuando acuden en defensa de un interés que no les es exclusivo, directo ni actual.
Si bien es cierto que conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se prevé la participación de todos los sectores interesados en el proceso de modificación de las normas oficiales y la necesidad de su consenso para su emisión, también lo es que si alguna organización que participó en dicho proceso acude al juicio de amparo alegando aquél, en defensa de un interés que no le es exclusivo, directo, ni actual, sino en una posición similar a la de cualquiera otra que haya participado en su proceso, y que está interesada en la debida regulación de cierto sector de la actividad social, la vía constitucional resulta improcedente, al actualizarse la causal prevista en el artículo 73, fracción V, de la Ley de Amparo. Ello en razón de que en el ámbito del derecho público, dentro del cual se producen las relaciones administrativas, sólo existe un derecho subjetivo, es decir, interés jurídico para efectos de la procedencia del juicio de garantías, si la norma aplicable fue dictada para garantizar en exclusiva situaciones jurídicas del particular; por el contrario, si aquélla no se dictó para asegurar un interés individual exclusivo, sino en beneficio de la colectividad en general, es decir, para proteger un interés grupal indiferenciado, se está en presencia de un interés simple o de hecho, y por tanto, insuficiente para dar a su titular acceso al sistema judicial de control de constitucionalidad.
Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.
Amparo en revisión 243/2005. Prevención, Salud y Vida, Pro-Infancia, A.C. 13 de septiembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretaria: Rebeca Nieto Chacón.
Con todo, nuestro deber y facultad como legisladores es nada más y nada menos que el del Poder que representamos: expresar en leyes generales y obligatorias la voluntad del pueblo a quien, por nuestra forma de gobierno, representamos. Esta voluntad general es expresada en leyes, tiene un procedimiento legal cuasi solemne y estricto, conlleva el mandato de legislar respetando la Constitución; en cambio, las Normas Oficiales Mexicanas, si bien son obligatorias, son expresión de regulaciones técnicas emanadas de la autoridad de un área de una Secretaría del Ejecutivo, no están sometidas ni elevadas por el procedimiento legislativo, y conllevan el mandato de normar respetando las leyes, que le son superiores.
No basta, en la tarea del legislador, esperar que el poder judicial evite el abuso y la sobrerregulación de las NOM, para casos particulares, para una persona jurídica en particular. Es mandatorio y urgente que la Ley que rige a estas disposiciones generales que llamamos NOM, esté redactada de tal manera, que el derecho formal garantice la legalidad, esta a su vez la constitucionalidad, y ambas a la justicia y el Estado de Derecho.
En definitiva, si bien puede haber principio de legalidad sin necesariamente llevar este a la justicia, no puede haber justicia sin el principio de legalidad. Y es este principio de legalidad, y la naturaleza reglamentaria de las NOM, la que nos lleva a afirmar sin lugar a dudas, que no puede haber justicia en nuestra forma democrática de gobierno, mientras las Normas Oficiales Mexicanas, en consecuencia de su naturaleza jurídica, no se subordinen al imperio de la ley, y por el contrario, dejen de sobreponerse a ella, cuando ni siquiera cumplen con el artículo 92 de nuestra Carta Magna.
En la expresión de la voluntad del pueblo mexicano, a través de la Constitución, está claro que es el Presidente el cual deba emitir refrendado por sus Secretarios de Estado- las Normas Oficiales Mexicanas, y no un Director de Área o un Director de Comité. Es también voluntad constitucional y por tanto Mexicana, que dichas normas debieran ser consultadas para efectos de opinión y exposición de motivos, y no para su firma, diseño y expedición. Si bien la Ley de Metrología considera la inclusión de los distintos sectores de la sociedad en el diseño de la norma, la firma, el voto y el dicho de cada uno de los actores de estos sectores no forman parte de la facultad reglamentaria, y por tanto la sola firma y publicación del Ejecutivo, a través del Secretario de la materia, debieran faltar, con total validez constitucional y legal, para la emisión de la NOM respectiva. Esto además ayudaría a evitar conflictos de interés, en donde una norma oficial en materia de Salud podría obligar a hospitales de forma arbitraria, a contar con equipo cuya intromisión en el Sector debiera ser materia de ley (el Poder Legislativo es el único facultado para crear normas jurídicas destinadas a normar la conducta y las relaciones de los gobernados), y lo anterior por el voto de actores que directamente lucran con la distribución y venta de dicho equipo médico. Esto además implica una contradicción entre el artículo 38, fracción II, y el artículo 44, fracción III, pues si bien el primero otorga a las dependencias (siendo la expresión vaga y probablemente inconstitucional) la facultad de expedir las normas, el artículo 44 somete esta facultad y la supedita a un órgano legislativo-administrativo llamado Comité Consultivo Nacional de Normalización. Si de origen, la definición del artículo 3 de la LFSMN era inconstitucional, esta nueva orientación y pulverización de la facultad reglamentaria resulta peor. A esto se suma que, según el artículo 51, para que el Comité apruebe la NOM, deberá someterse ésta a un proceso cuasi legislativo, cosa que no sucede con ningún otro cuerpo reglamentario, y no sucede porque la facultad reglamentaria no está supeditada a procedimiento administrativo alguno, más que el dispuesto por la ley para su publicación, y el marco general constitucional mencionado arriba. Es loable el hecho de que la LFSMN contemple la participación de los sectores interesados de la sociedad, pero también es necesario aclarar que esta participación no debiera ser vinculante en grado alguno para el Poder Ejecutivo, y que incluso estando esta normada en la ley, por el principio de constitucionalidad podría no ser cumplida.
Finalmente, es voluntad también del pueblo mexicano, expresado nada más y nada menos que en el principio de legalidad, el artículo 133 de nuestra Ley Primera, que los reglamentos estén por debajo de la ley, y las disposiciones administrativas supeditadas a aquellos. Toda Norma Oficial Mexicana que contraríe lo contenido en las leyes, es de suyo nula, y esta voluntad por tanto deberá también estar expresada en el Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, mismo que deberá ser adaptado por el Ejecutivo conforme a los principios de Derecho y las razones aquí expuestas y el decreto aquí considerado.
Retomando lo mencionado arriba, si bien el principio de legalidad es obviable en las leyes, cree el legislador y proponente que, en el caso de esta materia, las normas oficiales mexicanas, como medida compensatoria, debiera expresarse de forma explícita en la LFSMN, el deber de los Secretarios de Estado de cumplir y hacer cumplir dicho principio en la aprobación y publicación de las Normas Oficiales Mexicanas, así como una sanción expresa, en materia de responsabilidad administrativa, en el caso de no hacerlo, sin detrimento de la responsabilidad penal, técnica y política.
Por lo expuesto, se pone a consideración la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 3o., las fracciones VIII, IX y X del artículo 41, así como los artículos 44 a 48, 59, las fracciones II y IV del artículo 60, el artículo 61, 62, 64 y se adiciona el artículo 112 Bis de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; así también reforma las fracciones XXIII, XXIV y adiciona la fracción XXV del artículo 8, y reforma el artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y finalmente los artículos 13, 20, 32, 42 y la fracción I del artículo 133 de la Ley General de Salud
Primero.Se reforma la fracción XI del artículo 3o., las fracciones VIII, IX y X del artículo 41, así como los artículos 44 a 48, 59, las fracciones II y IV del artículo 60, el artículo 61, 62, 64 y se adiciona el artículo 112 bis de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para quedar como sigue:
Artículo 3o. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:
XI. Norma oficial mexicana: la regulación técnica general, abstracta e impersonal, de observancia obligatoria expedida por el Ejecutivo, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación;
Artículo 41.Las normas oficiales mexicanas deberán contener:
I. ...
II....
III....
VIII.La mención de la o las dependencias que vigilarán el cumplimiento de las normas cuando exista concurrencia de competencias;
IX.Las otras menciones que se consideren convenientes para la debida compresión y alcance de la norma; y
X.La mención expresa de que en todo lo que la norma oficial mexicana contravenga a las leyes se estará a lo dispuesto por las mismas.
Artículo 44. Corresponde a las dependencias elaborar los anteproyectos de normas oficiales mexicanas y coordinar su consulta en los Comités Consultivos Nacionales de normalización, para que estos emitan su opinión y observaciones técnicas.
Asimismo, los organismos nacionales de normalización podrán someter a las dependencias, como anteproyectos, las normas mexicanas que emitan, a fin de que las dependencias lleven a cabo la consulta en los Comités Consultivos Nacionales.
Las dependencias, con base en los anteproyectos mencionados, y las observaciones hechas por los Comités Consultivos Nacionales de Normalización, elaborarán a su vez los proyectos de normas oficiales mexicanas, de conformidad con lo dispuesto en el presente capítulo.
Para la elaboración de normas oficiales mexicanas se deberá revisar si existen otras relacionadas, en cuyo caso se coordinarán las dependencias correspondientes para que se elabore de manera conjunta una sola norma oficial mexicana por sector o materia. Además, se tomarán en consideración las normas mexicanas y las internacionales, así como las leyes de la materia vigentes y cuando las normas internacionales no constituyan un medio eficaz o apropiado para cumplir con las finalidades establecidas en el artículo 40, la dependencia deberá comunicarlo a la Secretaría antes de que se publique el proyecto en los términos del artículo 47, fracción I.
Las personas interesadas podrán presentar a las dependencias, propuestas de normas oficiales mexicanas, las cuales harán la evaluación correspondiente y en su caso, realizarán la consulta al comité respectivo.
Artículo 45. Los anteproyectos que se presenten en los comités para discusión se acompañarán de una manifestación de impacto regulatorio, en la forma que determine la Secretaría, que deberá contener una explicación sucinta de la finalidad de la norma, de las medidas propuestas, de las alternativas consideradas y de las razones por las que fueron desechadas, una comparación de dichas medidas con los antecedentes regulatorios, así como una descripción general de las ventajas y desventajas y de la factibilidad técnica de la comprobación del cumplimiento con la norma y un análisis de la legalidad de la norma y su cumplimiento del marco legal. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 4A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la manifestación debe presentarse a la Secretaría en la misma fecha que al comité.
Artículo 46. La elaboración y modificación de normas oficiales mexicanas se sujetará a las siguientes reglas:
I.Los anteproyectos a que se refiere el artículo 44, se presentarán directamente a la dependencia respectiva, para que en un plazo que no excederá los 15 días naturales, lo haga llegar al comité consultivo nacional de normalización para su consulta y observaciones;
II.El comité consultivo nacional de normalización elaborará su opinión y observaciones, para lo cual contará con 60 días naturales, a partir de la notificación de recepción del anteproyecto enviado por la dependencia;
III.El comité u organismo que elaboró el anteproyecto de norma, contestará fundadamente las observaciones presentadas por la dependencia en un plazo no mayor de 30 días naturales contado a partir de la fecha en que le fueron presentadas y, en su caso, hará las modificaciones correspondientes. Cuando la dependencia que presentó el proyecto, no considere justificadas las observaciones presentadas por el Comité, podrá, sin modificar su anteproyecto, ordenar la publicación como proyecto, en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 47. Los proyectos de normas oficiales mexicanas se ajustarán al siguiente procedimiento:
I. Se publicarán íntegramente en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios a la dependencia, a través del comité consultivo nacional de normalización correspondiente. Durante este plazo la manifestación a que se refiere el artículo 45 estará a disposición del público para su consulta en el comité;
II.Al término del plazo a que se refiere de la fracción anterior, la dependencia correspondiente estudiará los comentarios recibidos y, en su caso, procederá a modificar el proyecto en un plazo que no excederá los 45 días naturales;
III.Se ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las respuestas a los comentarios recibidos así como de las modificaciones al proyecto, cuando menos 15 días naturales antes de la publicación de la norma oficial mexicana; y
IV. Una vez aprobadas por el comité de normalización respectivo, las normas oficiales mexicanas serán expedidas por la dependencia competente y publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Cuando dos o más dependencias sean competentes para regular un bien, servicio, proceso, actividad o materia, deberán expedir las normas oficiales mexicanas conjuntamente. En todos los casos, el presidente del comité será el encargado de ordenar las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación. Lo dispuesto en este artículo no se aplicará en el caso del artículo siguiente.
Artículo 48.En casos de emergencia, la dependencia competente podrá elaborar directamente, aún sin haber mediado anteproyecto o proyecto y, en su caso, con la participación de las demás dependencias competentes, la norma oficial mexicana, misma que ordenará se publique en el Diario Oficial de la Federación con una vigencia máxima de seis meses. En ningún caso se podrá expedir más de dos veces consecutivas la misma norma en los términos de este artículo.
...
...
La norma oficial mexicana debe cumplir con lo dispuesto en el artículo 41, establecer la base científica o técnica que apoye su expedición conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40 y tener por objeto evitar daños irreparables o irreversibles, así como ceñirse a lo establecido por las normas emitidas por el Poder Legislativo, no pudiendo, en ninguna disposición de la Norma Oficial Mexicana, contravenir las leyes.
Artículo 59. Integrarán la Comisión Nacional de Normalización:
I.Los subsecretarios correspondientes de las Secretarías de Desarrollo Social; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Energía; Economía; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comunicaciones y Transportes; Salud; Trabajo y Previsión Social, y Turismo;
II.Sendos representantes de la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior; de las cámaras y asociaciones de industriales y comerciales del país que determinen las dependencias; organismos nacionales de normalización y organismos del sector social productivo; y
III.Los titulares de las subsecretarías correspondientes de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública; y de Educación Pública, así como del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; del Centro Nacional de Metrología; del Instituto Nacional de Ecología; de la Procuraduría Federal del Consumidor; del Instituto Mexicano del Transporte; del Instituto Nacional de Pesca, y de los institutos de investigación o entidades relacionadas con la materia que se consideren pertinentes.
Por cada propietario podrá designarse un suplente para cubrir las ausencias temporales de aquél exclusivamente.
Asimismo, podrá invitarse a participar en la sesiones de la Comisión a representantes de otras dependencias, de las entidades federativas, organismos públicos y privados, organizaciones de trabajadores, consumidores y profesionales e instituciones científicas y tecnológicas, cuando se traten temas de su competencia, especialidad o interés.
La comisión será presidida rotativamente durante un año por los subsecretarios en el orden establecido en la fracción I de este artículo. La aprobación y publicación de las normas oficiales mexicanas corresponde únicamente al Titular del Poder Ejecutivo, con el refrendo de los titulares de las dependencias correspondientes. La Comisión, así como el comité nacional de normalización y los comités consultivos nacionales de normalización tendrán facultades consultivas y de opinión, como elemento de valoración técnica para la correcta elaboración de la norma oficial mexicana por parte de la dependencia.
Para el desempeño de sus funciones, la Comisión contará con un secretariado técnico a cargo de la Secretaría y un consejo técnico.
Artículo 60. La Comisión tendrá las siguientes funciones:
I. ...
II. Establecer reglas de coordinación entre las dependencias y entidades de la administración pública federal y organizaciones privadas para la consulta y difusión de normas y su cumplimiento, conforme a lo establecido por la presente ley;
III. ...
IV. Presentar ante las dependencias correspondientes, propuestas de resolución para las discrepancias que puedan presentarse en los trabajos de los comités consultivos nacionales de normalización;
V. ...
VI. ...
VII. ...
Artículo 61-A. El Programa Nacional de Normalización se integra por el listado de temas a normalizar durante el año que corresponda para normas oficiales mexicanas, normas mexicanas o las normas a que se refiere el artículo 67, incluirá el calendario de trabajo para cada tema y se publicará en el Diario Oficial de la Federación. Cuando a juicio de la Comisión Nacional de Normalización dicho Programa requiera de un suplemento, deberá seguirse el mismo procedimiento que para su integración y publicación.
La Comisión Nacional de Normalización establecerá las bases para la integración del Programa. No podrán ser expedidas normas oficiales mexicanas sobre temas no incluidos en el Programa del año de que se trate o en su suplemento, salvo los casos previstos en el artículo 48.
Artículo 62.Los comités consultivos nacionales de normalización son órganos de consulta para apoyo de las dependencias en la elaboración de normas oficiales mexicanas y la promoción de su cumplimiento. Estarán integrados por personal técnico de las dependencias competentes, según la materia que corresponda al comité, organizaciones de industriales, prestadores de servicios, comerciantes, productores agropecuarios, forestales o pesqueros; centros de investigación científica o tecnológica, colegios de profesionales y consumidores.
Las dependencias competentes, en coordinación con el secretariado técnico de la Comisión Nacional de Normalización determinarán qué organizaciones de las mencionadas en el párrafo anterior, deberán integrar el comité consultivo de que se trate, así como en el caso de los comités que deban constituirse para participar en actividades de normalización internacional. Las dependencias, en cualquier momento del proceso de elaboración de la norma oficial mexicana, se asegurarán de garantizar la independencia del mismo, descartando los integrantes de los comités consultivos nacionales de normalización que tengan conflicto de interés entre sus intereses y el sentido de la norma.
Artículo 64. Las opiniones de los comités deberán aprobarse por consenso; de no ser esto posible, por mayoría de votos de los miembros. Las dependencias en ningún caso tomarán en cuenta opiniones de los comités que contravengan las disposiciones legales o reglamentarias.
Artículo 112 Bis.Será causa de responsabilidad administrativa para los Titulares de las Dependencias, así como a los servidores públicos de los comités consultivos nacionales de normalización, y los demás servidores públicos que participen en la aplicación de la presente ley, el incumplimiento en tiempo y forma de la presente ley. En el caso en que los mencionados en el presente artículo incumplan las disposiciones contenidas en los artículos 44, 45, 48 y 64 de la presente ley, serán sancionados con multa de 800 días de salario mínimo, y en caso de reincidencia suspensión de su cargo e inhabilitación para ejercer cargos públicos hasta por tres años, sin perjuicio de las sanciones establecidas en otros ordenamientos legales.
Segundo.Se reforman las fracciones XXIII, XXIV y adiciona la fracción XXV del artículo 8, y reforma el artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:
Artículo 8. Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:
I. ...
II. ...
III. ...
XXIII.Abstenerse de adquirir para sí o para las personas a que se refiere la fracción XI, bienes inmuebles que pudieren incrementar su valor o, en general, que mejoren sus condiciones, como resultado de la realización de obras o inversiones públicas o privadas, que haya autorizado o tenido conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión. Esta restricción será aplicable hasta un año después de que el servidor público se haya retirado del empleo, cargo o comisión;
XXIV.Abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de cualquier disposición legal, reglamentaria o administrativa relacionada con el servicio público; y
XXV.Cumplir, en sus obligaciones relacionadas con la facultad reglamentaria del Titular del Poder Ejecutivo, con el principio de legalidad, absteniéndose de emitir disposiciones generales o reglamentarias que contravengan las disposiciones legales.
Artículo 13. Las sanciones por falta administrativa consistirán en:
I.Amonestación privada o pública;
II.Suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor a un año;
III.Destitución del puesto;
IV.Sanción económica, e
V.Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
Cuando no se cause daños o perjuicios, ni exista beneficio o lucro alguno, se impondrán de tres meses a un año de inhabilitación, a excepción de la fracción XXV del artículo 8 de la presente Ley, en cuyo caso se impondrán hasta tres años de inhabilitación.
Tercero.Se reformanlos artículos 13, 20, 32, 42 y la fracción I del artículo 133 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 13. La competencia entre la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:
A.Corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud:
I.Dictar las normas oficiales mexicanas a que quedará sujeta la prestación, en todo el territorio nacional, de servicios de salud en las materias de salubridad general y verificar su cumplimiento, siempre con apego a las disposiciones legales y reglamentarias, así como al principio de legalidad;
Artículo 20. Las estructuras administrativas a que se refiere el segundo párrafo del Artículo 19 de esta Ley, se ajustarán a las siguientes bases;
I....
II....
III....
VII.Promoverán y vigilarán la aplicación de principios, normas oficiales mexicanas y procedimientos uniformes, siempre bajo el principio de legalidad y la jerarquía normativa;
Artículo 32. Se entiende por atención médica el conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud ,de acuerdo a los lineamientos y criterios de la Constitución y la presente Ley.
Artículo 47. Los establecimientos de servicios de salud deberán presentar aviso de funcionamiento a la Secretaría de Salud, en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 200 bis de esta ley. En el aviso se expresarán las características y tipo de servicios a que estén destinados y, en el caso de establecimientos particulares, se señalará también al responsable sanitario.
El aviso a que se refiere el párrafo anterior deberá presentarse por lo menos treinta días anteriores a aquel en que se pretendan iniciar operaciones y contener los requisitos establecidos en el artículo 200 Bis de esta Ley.
En la operación y funcionamiento de los establecimientos de servicios de salud se deberán satisfacer los requisitos que establezca la ley, los reglamentos y normas oficiales mexicanas correspondientes, sin detrimento del principio de legalidad.
Artículo 133. En materia de prevención y control de enfermedades y accidentes, y sin perjuicio de lo que dispongan las leyes laborales y de seguridad social en materia de riesgos de trabajo, corresponde a la Secretaría de Salud:
I.Dictar las normas oficiales mexicanas para la prevención y el control de enfermedades y accidentes, mismas que deberán guardar siempre y en todo su contenido una relación de supra sub ordinación con respecto a la ley;
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.Las dependencias a que hace referencia la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como las afectadas por la presente reforma, tendrán un período de ciento ochenta días naturales para realizar las modificaciones previstas.
Tercero.La Secretaría competente en la materia tendrá un período de 90 días naturales para emitir las reformas necesarias al Reglamento sobre Ley Nacional sobre Metrología y Normalización, conforme al presente Decreto y su contenido normativo.
Cuarto.Queda derogada cualquier disposición de igual o inferior rango cuyo contenido resulte contrario a lo establecido por el presente Decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a 24 de noviembre de 2015. Diputada Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias. Túrnese a las Comisiones Unidas de Economía y de Salud para dictamen, y a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para opinión.
Saludamos y damos la bienvenida a los alumnos de la escuela primaria profesor Gerardo Bruno Sevilla Hernández, de la colonia Presidentes de México de la Delegación Iztapalapa, invitados por el diputado Alejandro Ojeda Anguiano, deseándoles que esta visita les ayude a su formación académica y cívica.
LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Tiene la palabra por tres minutos el diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10-B de la Ley de Coordinación Fiscal.
El diputado Sergio López Sánchez:Con la venia de la Mesa Directiva. Compañeras, compañeros diputados. La defensa del municipio es una tarea constante e impostergable. Todos los esfuerzos encaminados a fortalecer este nivel de gobierno tendrían que estar abanderados y asumidos por todas las fuerzas y actores políticos de nuestro país. Tristemente el municipio en México lo adolece por ser un elemento reducido en el contexto histórico constitucional y legal.La consecuente debilidad institucional del municipio se enmarca en un sistema federal con tendencias centralizadoras que ha dado al traste con el pleno desarrollo de este nivel de gobierno, lo que nos sitúa como una nación donde la brecha de desigualdad es alarmante.
Sin embargo y aunque muchos de los esfuerzos se han visto traducidos en un número significativo de modificaciones normativas de diversa índole, la realidad que vive el municipio mexicano en muchas de las entidades federativas de México, dista mucho de los objetivos fundamentales de los reformadores.
El presente proyecto pretende ser una herramienta normativa que se sume a los múltiples esfuerzos realizados por los que pensamos que es imposible la lucha para fortalecer esta unidad primigenia de gobierno, y que es, sin lugar a dudas, el lugar donde se encuentran las personas que carecen de oportunidades para alcanzar una vida digna, ya que si logramos dotar al municipio de dichos medios jurisdiccionales, no sólo abonaremos en la tutela efectiva de sus atributos, facultades y derechos en materia de coordinación fiscal, también estaremos dando un paso firme en aras del fortalecimiento del federalismo en nuestro país.
En tal sentido la autonomía fiscal municipal suscribe su relevancia ya que conforma el sustento de otros aspectos de la autonomía municipal como la política y administrativa. Por ende el fortalecimiento de la facultad fiscal de los municipios se justifica mediante dos razones principales: la que tiene que ver con el orden político en términos de su descentralización territorial y la relativa al orden administrativo que se traduce en la eficacia de la gestión.
De tal manera que es clara la responsabilidad de la suprema Corte de Justicia de la Nación en resolver las controversias entre los municipios y los demás órdenes de gobierno mediante la controversia constitucional, convirtiéndose en una especie de tribunal constitucional.
Por ende la tutela jurídica de este instrumento procesal es la protección en el ámbito de atribuciones que la Constitución prevé para los órganos originarios del Estado, es decir, aquellos que emanan del sistema federal y del principio de división de poderes, como lo es el municipio que encuentra su pleno reconocimiento desde el punto de vista constitucional, económico y jurídico en el federalismo mexicano.
Es así que la propuesta fundamental de nuestra iniciativa está centrada en la oportunidad constitucional y legal de los municipios para acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a buscar la regularidad jurídica y la garantía de su autonomía fiscal en el marco de la Ley de Coordinación Fiscal. Por su atención, compañeras y compañeros, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 10-B de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD
Planteamiento del problema
La defensa del municipio es una tarea constante e impostergable, todos los esfuerzos encaminados a fortalecer este nivel de gobierno tendrían que estar abanderados y asumidos por todas las fuerzas y actores políticos de nuestro país.
Sin embargo, esta visión no es compartida por todos. Desafortunadamente el modelo institucional que prevalece en nuestra Constitución política considera al municipio como un orden de gobierno dotado de reducidas facultades tanto a nivel constitucional como legal.
La consecuente debilidad institucional del municipio se enmarca en un sistema federal con tendencias centralizadoras que ha dado al traste con el pleno desarrollo de este nivel de gobierno, lo que nos sitúa como una nación donde la brecha de desigualdad económica política y social entre los tres órdenes de gobierno es alarmante.
En tal sentido, está claro que nuestro marco jurídico no permite a los municipios ejercer por sí mismos la soberanía popular y, por lo tanto, están incapacitados para ampliar sus competencias.
Al mismo tiempo existen, desde un punto de vista formal, elementos normativos que lo subordinan directamente a los congresos locales, lo que representa un claro contrasentido al carácter federalista plasmado en nuestra Constitución.
Argumentos
Resulta de suma relevancia comprender los diferentes ámbitos de autonomía municipal y sus alcances, con el objetivo de determinar cuál es su función dentro del federalismo y del municipalismo mexicano, para entender la necesidad de continuar el proceso de su fortalecimiento como una institución indispensable del sistema político mexicano.
En primer lugar, debemos tener claro que la autonomía municipal per se, no le otorga las facultades adecuadas a los municipios para salvaguardar sus propios intereses y para actuar en un sinnúmero de situaciones que afectan su ámbito de acción.
De lo anterior podemos desprender que la autonomía de la que goza este orden de gobierno, queda constreñida a las prescripciones constitucionales y normas locales, condición que confirma el hecho de que a los municipios no se les reconoce como depositarios originales de la soberanía popular y por lo tanto, tienen limitado su ámbito de competencias.
Así pues, nuestra regulación reconoce al municipio como la base de la organización política y administrativa de todas las entidades que conforman la federación, empero, las limitaciones jurídicas han dejado al municipio mexicano en una especie de rezago institucional, lo que ha puesto en tela de juicio su jerarquía natural, política, social y económica frente a los distintos órdenes de gobierno.
En virtud de lo anterior, podemos reconocer algunos aspectos generales acerca de la autonomía municipal, a saber:
Autonomía de gobierno o política: ejercida mediante el ayuntamiento.
Autonomía jurídica: se ejerce a través de la facultad del ayuntamiento para expedir reglamentos y realizar diversos actos jurídicos.
Autonomía administrativa: el municipio cuenta con una estructura propia que se compone de diversas dependencias y unidades administrativas encaradas de los servicios públicos.
Autonomía financiera: el municipio cuenta con un patrimonio propio y una hacienda pública.
Autonomía fiscal: producto de las contribuciones con independencia de su naturaleza u origen.
Autonomía tributaria: es la facultad de allegarse o generar sus propios ingresos al identificar y gravar fuentes de generación de riqueza.
Sin embargo, es un hecho que nuestro municipalismo no cuenta con una ubicación clara dentro de nuestro sistema jurídico, ya que por una parte se le considera como una forma de organización administrativa y territorial; y por otra se considera como un nivel de gobierno al dotarlo de autonomía y libertad.
En tal sentido, la presente iniciativa tiene como objetivo fundamental proponer mecanismos jurisdiccionales que permitan garantizar a los municipios su autonomía fiscal.
Todos sabemos que existen diversas situaciones, actos o disposiciones, federales o estatales, legislativas o ejecutivas, que vulneran el ámbito económico de los municipios, al afectar de manera directa el flujo de los ingresos mínimos indispensables para el debido ejercicio de sus funciones y la prestación de los servicios públicos que legítimamente le otorga nuestra Constitución.
Esta vulneración es un factor preponderante en la subordinación económica municipal y en consecuencia, de su debilidad financiera.
Empero, si logramos dotar al municipio de dichos medios jurisdiccionales no sólo abonaremos en la tutela efectiva de sus atributos, facultades y derechos en materia de coordinación fiscal; también estaremos dando un paso firme en aras del fortalecimiento del federalismo en nuestro país.
Para lograr lo anterior, es pertinente señalar los alcances normativos de la autonomía fiscal de los municipios en México atendiendo nuestra realidad constitucional, política y jurídica.
La autonomía fiscal municipal suscribe su relevancia ya que conforma el sustento de otros aspectos de la autonomía municipal, como la política y administrativa.
Por ende, el fortalecimiento de la facultad fiscal de los municipios se justifica mediante dos razones principales: la que tiene que ver con el orden político, en términos de su descentralización territorial; y la relativa al orden administrativo que se traduce en la eficacia de la gestión.
El debate acerca de los alcances de la autonomía municipal nunca ha negado que la suficiencia financiera municipal es indispensable para contar con municipios libres, sin embargo, aún existen muchas lagunas normativas que mantienen rezagada la autonomía de este nivel de gobierno.
La autonomía municipal hacendaria está consagrada en la fracción IV del artículo 115 constitucional, que en lo conducente estipula:
Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:
...
IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:
a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
Los municipios podrán celebrar convenios con el estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.
b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la federación a los municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las legislaturas de los estados.
c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
Las leyes federales no limitarán la facultad de los estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la federación, de los estados o los municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.
Los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, propondrán a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
Las legislaturas de los estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles, y deberán incluir en los mismos, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban los servidores públicos municipales, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de esta Constitución.
Los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por los ayuntamientos, o bien, por quien ellos autoricen, conforme a la ley;
De la anterior disposición, extraeremos algunos aspectos que nos parecen fundamentales para ilustrar los alcances constitucionales de la autonomía fiscal municipal que serían los siguientes:
El ejercicio directo de los recursos que integran su hacienda pública.
El reconocimiento para la obtención de contribuciones, participaciones y derechos por la prestación de los servicios públicos que le corresponda prestar.
La prohibición a las leyes federales para limitar el establecimiento de contribuciones en materia inmobiliaria y servicios públicos.
La prohibición taxativa a las entidades para establecer exenciones o subsidios en las contribuciones exclusivas de los municipios.
La aprobación del presupuesto de egresos municipal por parte de los ayuntamientos.
La declaración categórica de la correspondencia directa en el ejercicio de los recursos de la hacienda municipal.
Derivado de estos aspectos, advertimos que la hacienda pública municipal se constituye a partir de la clasificación que hace el constituyente de los distintos tipos de ingresos municipales, incluyendo los que percibe por la libre administración de su patrimonio.
En tal sentido, queda estructurado el marco jurídico que sustenta la autonomía fiscal municipal quedando ceñida, a la integración y los alcances de la actividad soberana de la federación y los estados frente a las facultades del municipio en materia hacendaria o financiera.
Ahora bien, de la disposición de referencia identificamos otros aspectos que, a nuestro juicio, son los que vulneran la autonomía municipal al patentizar constitucionalmente, la intromisión de órdenes de gobierno supramunicipales que acotan la libertad de los gobiernos municipales para administrar eficazmente su hacienda, a saber:
La atracción de los órganos legislativos, de la federación o las entidades para sus respectivas esferas, de las contribuciones en materia inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora, así como, las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
La negativa de otorgar o el retraso en la entrega de las participaciones a que tiene derecho el gobierno municipal.
La limitación por parte de la legislatura de la entidad para aceptar, estudiar o rechazar las propuestas de establecimiento de cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
La falta del establecimiento de disposiciones generales claras para su distribución entre los municipios de una entidad.
La concesión de subsidios o exenciones en las contribuciones de materia inmobiliaria o en el pago de los derechos por la prestación de servicios públicos a cargo de los municipios.
En general cualquier restricción o intervención en el ejercicio del gasto público municipal.
Partiendo de este análisis constitucional, hemos desprendido las facultades y derechos que tutela la fracción IV del artículo 115 de la Constitución, acerca de la autonomía municipal en el tema hacendario, así como los aspectos controvertibles que, sostenemos, vulneran tal autonomía.
En tal sentido, vamos a transitar al tema de la tutela judicial efectiva de la autonomía hacendaria municipal, la cual está consagrada en la fracción I del artículo 105 de nuestro máximo ordenamiento, que a la letra estipula:
Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:
I. De las controversias constitucionales que, con excepción de las que se refieran a la materia electoral, se susciten entre:
a) La federación y un estado o el Distrito Federal;
b) La federación y un municipio;
c) El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión; aquél y cualquiera de las Cámaras de éste o, en su caso, la Comisión Permanente, sean como órganos federales o del Distrito Federal;
d) Un estado y otro;
e) Un estado y el Distrito Federal;
f) El Distrito Federal y un municipio;
g) Dos municipios de diversos estados;
h) Dos poderes de un mismo estado, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales;
i) Un estado y uno de sus municipios, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales;
j) Un estado y un municipio de otro estado, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales;
k) Dos órganos de gobierno del Distrito Federal, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales, y
l) Dos órganos constitucionales autónomos, y entre uno de éstos y el Poder Ejecutivo de la Unión o el Congreso de la Unión sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales. Lo dispuesto en el presente inciso será aplicable al organismo garante que establece el artículo 6o. de esta Constitución.
Siempre que las controversias versen sobre disposiciones generales de los estados o de los municipios impugnadas por la federación, de los municipios impugnadas por los Estados, o en los casos a que se refieren los incisos c), h) y k) anteriores, y la resolución de la Suprema Corte de Justicia las declare inválidas, dicha resolución tendrá efectos generales cuando hubiera sido aprobada por una mayoría de por lo menos ocho votos.
En los demás casos, las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia tendrán efectos únicamente respecto de las partes en la controversia.
De tal manera, es clara la responsabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en resolver las controversias entre los municipios y los demás órdenes de gobierno mediante el recurso de la controversia constitucional.
Las controversias constitucionales tienen como característica primordial su naturaleza procesal jurisdiccional de única instancia que la federación, un estado, el Distrito Federal o un municipio formulan ante la Suprema Corte para reclamar la reparación de un daño producido por una norma general o un acto que, en ejercicio excesivo de sus atribuciones constitucionales, los órganos de gobierno, conculquen el federalismo, quebranten el reparto de competencias y menoscaben la soberanía popular.
Por ende, la tutela jurídica de este instrumento procesal es la protección en el ámbito de atribuciones que la Constitución prevé para los órganos originarios del estado, es decir, aquellos que emanan del sistema federal y del principio de división de poderes, como lo es, el municipio que encuentra su pleno reconocimiento desde el punto de vista constitucional, económico y jurídico en el federalismo mexicano.
En virtud de lo anterior, es estrictamente necesario que la federación, las entidades federativas y sus municipios tengan perfectamente delimitadas sus competencias, de tal forma que ingresen en la jurisdicción que les corresponda para que cada orden de gobierno se constriña a sus ámbitos de actuación.
De esta manera, la tutela judicial efectiva de las atribuciones reconocidas a los municipios por la Carta Magna, entre las cuales se ubica la autonomía hacendaria, se deposita en el juicio de control constitucional: Controversia Constitucional.
La propuesta fundamental de nuestra iniciativa está centrada en la oportunidad constitucional y legal de los municipios para acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a buscar la regularidad jurídica y la garantía de su autonomía fiscal en el marco de la Ley de Coordinación Fiscal.
La ley en comento tiene por objeto la coordinación del Sistema Fiscal de la Federación con el de los estados y con el de los municipios, de tal suerte que reconoce la autonomía del sistema fiscal municipal y en consecuencia debería concederle un medio de defensa jurisdiccional eficaz que le permita resolver los conflictos, diferencias o agravios que se ocasionen a éstos, por los actos de la federación o sus entidades en el marco de la ley.
Además, el carácter de orden de gobierno reconocido al municipio en el sistema federal mexicano y la asignación de funciones en el orden constitucional justifican la intervención del máximo tribunal del Poder Judicial Federal para dirimir las controversias que se susciten entre los municipios y los otros dos órdenes de gobierno, sobre todo, cuando se constituye como garante del federalismo, como puede colegirse cuando lo que está en riesgo es el aseguramiento de los recursos fiscales disponibles por fallas o afectaciones a la distribución de los recursos fiscales que le corresponden.
De esta manera, el párrafo tercero del artículo 10-B de la Ley de Coordinación Fiscal estipula la inconformidad de cualquier entidad federativa ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de la declaratoria que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realice acerca de la violación en la suspensión del cobro de ciertos derechos.
En este orden de ideas, nuestra propuesta se concentra en contemplar en dicho texto y para el mismo caso al municipio.
Fundamento legal
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, 77, 78 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el tercer párrafo del artículo 10-B de la Ley de Coordinación Fiscal
Único. Se reforma el tercer párrafo del artículo 10-B de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:
Artículo 10-B....
...
Cuando en la legislación de alguna entidad o municipio se establezcan derechos que contravengan lo dispuesto en el artículo que antecede, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hará del conocimiento de la entidad de que se trate la violación específica, para que en un plazo de cinco días manifieste lo que a su derecho convenga. Transcurrido dicho plazo la propia secretaría, en su caso, emitirá la declaratoria correspondiente, misma que se publicará en el Diario Oficial de la Federación y empezará a regir a partir del día siguiente al de su publicación, quedando sin efectos la coordinación en materia de derechos en esta última fecha. En el caso de que el estado o el municipio estén inconformes con esta declaratoria, podrá acudir ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los términos del artículo 12 de esta ley.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015. Diputados: Sergio López Sánchez,Araceli Madrigal Sánchez, Óscar Ferrer Ábalos (rúbricas).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su dictamen.
Damos también la más cordial de las bienvenidas a los alumnos de la secundaria diurna número 223, José María Velasco, de la delegación Magdalena Contreras, invitados por la diputada María De La Paz Quiñones Cornejo. Bienvenidos.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Tiene la palabra, por tres minutos, el diputado Jorge Enrique Dávila Flores, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
El diputado Jorge Enrique Dávila Flores:Muy buenas tardes tengan todos ustedes. Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, las medidas fiscales propuestas para 2016 contemplan modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta para promover el ahorro y la inversión.Me refiero a una disposición de carácter temporal que permitirá en todo el país la deducción inmediata de inversiones de empresas medianas y pequeñas, que son aquellas con ingresos de hasta 50 millones de pesos.
Esto sólo será aplicable a las inversiones realizadas en el 2016 y 2017. La medida se aplicará para pagos provisionales de 2016 y para los proyectos de inversión de los últimos meses del 2015, se podrán deducir en el pago anual del ISR 2016.
Sabemos que la reducción inmediata de activos fijos es un incentivo fiscal que estuvo vigente hasta 2013, y permitía a las personas morales y físicas con actividad empresarial y profesional deducir del pago del ISR en un solo ejercicio, un porcentaje elevado de la inversión en activos fijos. Una de las ventajas que tenemos por invertir en bienes de capital, es la utilización de esta deducción inmediata.
Compañeras y compañeros diputados, por supuesto que ponderamos las políticas fiscales para 2016 porque incentivan la inversión, pero en este caso se requiere ampliar el círculo de inclusión, y no limitarlo a empresas de menor actividad. Es por ello que mediante esta iniciativa se propone ampliar este rango a empresas con ingresos de hasta 120 millones de pesos.
Sabemos que la estructura productiva del país está conformada predominantemente por unidades económicas de menor tamaño. De acuerdo con el censo económico de 2014, publicado por el INEGI, el 99.8 por ciento de los establecimientos son micro, pequeños y medianos negocios. Sin embargo, estos establecimientos sólo contribuyen con el 19 por ciento del valor de la producción nacional.
La baja participación en el valor de la producción nacional se explica, entre otros factores, por los reducidos niveles de capitalización e inversión. Con las medidas fiscales propuestas se permitirá que en el pago del impuesto sobre la renta las empresas puedan deducir el monto en que los activos se van depreciando cada año.
Es conveniente que las empresas con ingresos de hasta 120 millones de pesos participen en esta propuesta de deducibilidad, porque con ello contribuirán con su participación en el valor de la producción nacional reforzando la cadena productiva y generando un círculo virtuoso. A mayor inversión, mayor competitividad y mayor generación de empleo.
Por las consideraciones expuestas someto a consideración de este pleno la iniciativa con proyecto de decreto por la cual se adiciona el artículo único de disposiciones de vigencia temporal de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Artículo único. Para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta se aplicarán las siguientes disposiciones:
II. Se otorga el siguiente estímulo fiscal a los contribuyentes que a continuación se señalan:
I) Quienes hayan obtenido ingresos propios de su actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior de hasta120 millones de pesos.
Es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Enrique Dávila Flores, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, Jorge Dávila Flores, diputado federal de la LXIII Legislatura, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad que me otorga el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno el siguiente proyecto de iniciativa de ley por el cual se adiciona un artículo único de disposiciones de vigencia temporal de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
I. Antecedentes
Las medidas fiscales propuestas para 2016, contemplan modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, para promover el ahorro y la inversión:
Se refiere a una disposición de carácter temporal que permita en todo el país la deducción inmediata de inversiones de empresas de menor escala, que son aquellas con ingresos de hasta 50 mdp. Así como la inversión para la creación y ampliación de infraestructura de transporte y de la inversión en equipo utilizado en el sector energético. Sólo será aplicable a las inversiones realizadas en el 2016 y 2017. La medida se aplicará para pagos provisionales de 2016 y para los proyectos de inversión de los últimos meses, se podrán deducir en el pago anual del ISR 2016. Esta nueva versión de la deducción inmediata podrá utilizarse durante los últimos 4 meses de 2015 y durante 2016 y 2017.
Recordemos que la deducción inmediata de activos fijos es un incentivo fiscal que estuvo vigente hasta 2013 y permitía a las personas morales y físicas con actividad empresarial y profesional, deducir del pago del ISR, en un solo ejercicio un porcentaje elevado de la inversión en activos fijos.
Lo anterior, siempre y cuando las inversiones se realizaran fuera de las áreas metropolitanas del DF, Guadalajara y Monterrey, la mecánica de esta deducción inmediata se producía deduciendo en el ejercicio siguiente al de su compra o al de su legal importación, la cantidad que resultara de aplicar al costo del bien actualizado y únicamente los porcentajes que se establecían en ese entonces en el artículo 220 de la ley del Impuesto Sobre la Renta, dependiendo del tipo de bien o, en su defecto, de acuerdo a la actividad en que sean utilizados.
II. Planteamiento del problema
A partir de la reforma fiscal de 2014, la deducción inmediata quedó eliminada y, en su momento, la SHCP argumentó que el incentivo no había logrado incrementar la inversión, especialmente de las pequeñas y medianas empresas.
Una de las ventajas que tenemos por invertir en bienes de capital, es la utilización de esta deducción inmediata, se refiere a un beneficio fiscal opcional que pueden tomar las personas que efectivamente inviertan en sus negocios y en el progreso de sus empresas, no obstante; las altas tasas de interés, las exigencias para constituir garantías, la falta de acceso a los mercados de capital y el financiamiento de largo plazo; constituyen los principales problemas identificados para las empresas de menor escala: porque son demasiado grandes para las microfinanzas y demasiado pequeñas para los préstamos.
Ponderamos las políticas fiscales para 2016, porque incentivan la Inversión, pero se requiere ampliar el círculo de inclusión; no limitarlo a empresas de menor escala. Ampliar este panorama a empresas con ingresos de hasta 120 mdp, propiciaría que los accesos al crédito fluyan.
III. Exposición de motivos
Sabemos que la estructura productiva del país está conformada predominantemente por unidades económicas de menor escala. De acuerdo con el Censo Económico de 2014 publicado por el Inegi, el 99.8 por ciento de los establecimientos son micro, pequeños y medianos negocios. Sin embargo, estos establecimientos sólo contribuyen con el 19 por ciento del valor de la producción nacional.
La baja participación en el valor de la producción nacional se explica, entre otros factores, por los reducidos niveles de capitalización e inversión
Con las medidas fiscales propuestas se permitirá que en el pago del impuesto sobre la renta, las empresas puedan deducir el monto en que los activos se van depreciando cada año, otorgando un financia miento a las empresas para que realicen inversiones, dado que se reduce su pago de impuestos en el presente, siempre y cuando inviertan.
Simplemente se está adelantando una depreciación que de cualquier forma hubieran podido realizar más adelante en el tiempo; pero siendo particularmente útil, sólo para las empresas de menor escala.
Es conveniente que las empresas con ingresos de hasta 120 mdp participen en esta propuesta de deducibilidad, porque con ello contribuirán con su participación en el valor de la producción nacional reforzando la cadena productiva: Inversión-Competitividad-Generación de empleo.
Las inversiones por venir, abren una visión alentadora para nuestro país, las inversiones que realicen las empresas en nuestro país, se convierte en punta de lanza que alientan el crecimiento económico sostenible y el desarrollo social de la economía nacional.
IV. Consideraciones
Las empresas generan un ciclo positivo en la economía de nuestro país: estimulan la inversión, impulsan la producción, promueven la incidencia positiva de la competitividad alentando el crecimiento económico y generando empleo.
Se considera que esta propuesta fiscal, incluya a empresas con ingresos de hasta 120 mdp, bajo el entendido que a mayor ingreso, mayor inversión, y por lo tanto; mayor participación en el fortalecimiento económico de nuestro país.
V. Iniciativa de ley
Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno, la iniciativa con proyecto de decreto por el cual se adiciona un artículo de disposiciones de vigencia temporal de la Ley del Impuesto sobre la Renta:
DecretoÚnico. Se adiciona un artículo, de Disposiciones de Vigencia Temporal de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Disposiciones de Vigencia Temporal de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo Único.- Para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta se aplicarán las siguientes disposiciones:
I. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes personas físicas que se encuentren sujetos al pago del impuesto previsto en el artículo 140, segundo párrafo, de esta Ley, derivado de la distribución de dividendos o utilidades generados en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, en tanto dichos dividendos o utilidades sean reinvertidos por la persona moral que los generó.
El estímulo a que se refiere esta fracción consiste en un crédito fiscal equivalente al monto que resulte de aplicar al dividendo o utilidad que se distribuya, el porcentaje que corresponda conforme al año de distribución conforme a la siguiente tabla.
El crédito fiscal que se determine será acreditable únicamente contra el impuesto sobre la renta que se deba retener y enterar en los términos del segundo párrafo del artículo 140 de esta Ley.
Lo dispuesto en esta fracción sólo será aplicable cuando los dividendos o utilidades sean distribuidos, y reinvertidos por personas morales cuyas acciones se encuentren colocadas en bolsa de valores, concesionadas en los términos de la Ley del Mercado de Valores, y además identifiquen en su contabilidad los registros correspondientes a las utilidades o dividendos generados en 2014, 2015 y 2016, así como las distribuciones respectivas, y además, presenten en las notas de los estados financieros, información analítica del periodo en el cual se generaron las utilidades, se reinvirtieron y se distribuyeron como dividendos o utilidades. Las personas morales también deberán presentar la información que, en su caso, establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
El estímulo fiscal a que se refiere la presente fracción no se considerará como ingreso acumulable para efectos de esta Ley.
II. Se otorga el siguiente estímulo fiscal a los contribuyentes que a continuación se señalan:
i) Quienes tributen en los términos de los Títulos II o IV, Capítulo II, Sección I de esta Ley, que hayan obtenido ingresos propios de su actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior de hasta 120 millones de pesos.
Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior que inicien actividades, podrán aplicar la deducción prevista en los apartados A o B de esta fracción, según se trate, cuando estimen que sus ingresos del ejercicio no excederán del límite previsto en el párrafo anterior. Si al final del ejercicio exceden del límite previsto en el párrafo anterior, deberán cubrir el impuesto correspondiente por la diferencia entre el monto deducido conforme a esta fracción y el monto que se debió deducir en cada ejercicio en los términos de los artículos 34 y 35 de esta Ley.
ii) Quienes efectúen inversiones en la construcción y ampliación de infraestructura de transporte, tales como, carretera, caminos y puentes.
iii) Quienes realicen inversiones en las actividades previstas en el artículo 2, fracciones II, III, IV y V de la Ley de Hidrocarburos, y en equipo para la generación, transporte, distribución y suministro de energía.
El estímulo consiste en efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en lugar de las previstas en los artículos 34 y 35 de esta Ley, deduciendo en el ejercicio en el que se adquieran los bienes, la cantidad que resulte aplicar al monto original de la inversión, únicamente los por cientos que se establecen en esta fracción. La parte de dicho monto de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza en esta fracción, será deducible únicamente en los términos de la fracción III.
Los por cientos que se podrán aplicar para deducir las inversiones a que se refiere esta fracción, para los contribuyentes a que se refiere el inciso i) de está fracción, son los que a continuación se señalan:
% deducción
2016 2017
A. Los por cientos por tipo de bien serán:
a) Tratándose de construcciones:
85% 74%
1. Inmuebles declarados como monumentos arqueológicos, artísticos, históricos o patrimoniales, conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que cuenten con el certificado de restauración expedido por 21 Instituto Nacional de Antropología e Historia o el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.
2. Demás casos. 74% 57%
b) Tratándose de ferrocarriles:
1. Bombas de suministro de combustible a trenes. 63% 57%
2. Vías férreas. 74% 57%
3. Carros de ferrocarril, locomotoras, armones y autoarmones. 78% 62%
4. Maquinaria niveladora de vías, desclavadoras, esmeriles para vías, gatos de motor para levantar la vía, removedora, insertadora y taladradora de durmientes. 80% 66%
5. Equipo de comunicación, señalización y telemando. 85% 74%
c) Embarcaciones. 78% 62%
d) Aviones dedicados a la aerofumigación agrícola. 93% 87%
e) Computadoras personales de escritorio y portátiles, servidores, impresoras, lectores ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo. 94% 88%
f) Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental. 95% 89%
g) Comunicaciones telefónicas.
1. Torres de transmisión y cables, excepto los de fibra óptica. 74% 57%
2. Sistemas de radio, incluye equipo de transmisión y manejo que utiliza el espectro radioeléctrico, tales como el de radiotransmisión de microonda digital o analógica, torres de microondas y guías de onda. 82% 69%
3. Equipo utilizado en la transmisión, tales como circuitos de la planta interna que no forman parte de la conmutación y cuyas funciones se enfocan hacia las troncales que llegan a la central telefónica, incluye multiplexores, equipos concentrado res y ruteadores. 85% 74%
4. Equipo de la central telefónica destinado a la conmutación de llamadas de tecnología distinta a la electromecánica. 93% 87%
5. Para los demás. 85% 74%
h) Comunicaciones satelitales.
1. Segmento satelital en el espacio, incluyendo el cuerpo principal del satélite, los transpondedores, las antenas para la transmisión y recepción de comunicaciones digitales y análogas, y el equipo de monitoreo en el satélite. 82% 69%
2. Equipo satelital en tierra, incluyendo las antenas para la transmisión y recepción de comunicaciones digitales y análogas y el equipo para el monitoreo del satélite. 85% 74%
B. Para la maquinaria y equipo distintos de los señalados en el apartado anterior, se aplicarán, de acuerdo a la actividad en la que sean utilizados, los por cientos siguientes:
a) En la generación, conducción, transformación y distribución de electricidad; en la molienda de granos; en la producción de azúcar y sus derivados; en la fabricación de aceites comestibles; y en el transporte marítimo, fluvial y lacustre. 74% 57%
b) En la producción de metal obtenido en primer proceso; en la fabricación de productos de tabaco y derivados del carbón natural. 78% 62%
c) En la fabricación de pulpa, papel y productos similares 80% 66%
d) En la fabricación de partes para vehículos de motor; en la fabricación de productos de metal, de maquinaria y de instrumentos profesionales y científicos; en la elaboración de productos alimenticios y de bebidas, excepto granos, azúcar, aceites comestibles y derivados. 82% 69%
e) En el curtido de piel y la fabricación de artículos de piel; en la elaboración de productos químicos, petroquímicos y farmacobiológicos; en la fabricación de productos de caucho y de plástico; en la impresión y publicación gráfica. 84% 71%
f) En el transporte eléctrico 85% 74%
g) En la fabricación, acabado, teñido y estampado de productos textiles, así como de prendas para el vestido. 86% 75%
h) En la industria minera. Lo dispuesto en este inciso no será aplicable a la maquinaria y equipo señalados para la producción de metal obtenido en primer proceso; en la fabricación de productos de tabaco y derivados del carbón natural. 87% 77%
i) En la transmisión de los servicios de comunicación proporcionados por las estaciones de radio y televisión. 90% 81%
j) En restaurantes. 92% 84%
k) En la industria de la construcción; en actividades de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. 93% 87%
l) Para los destinados directamente a la investigación de nuevos productos o desarrollo de tecnología en el país. 95% 89%
m) En la manufactura, ensamble y transformación de componentes magnéticos para discos duros y tarjetas electrónicas para la industria de la computación. 96% 92%
n) En la actividad del autotransporte público federal de carga o de pasajeros. 93% 87%
o) En otras actividades no especificadas en este apartado. 85% 74%
Los por cientos que se podrán aplicar para deducir las inversiones a que se refiere esta fracción, para los contribuyentes a que se refieren los incisos ii) y iii) de esta fracción, son los que a continuación se señalan:
% deducción
2016 2017
C. Los por cientos por tipo de bien serán:
a) Construcciones en carreteras, caminos, puertos, aeropuertos y ferrocarril y para la generación, transporte, conducción, transformación, distribución y suministro de energía. 74% 57%
b) Tratándose de ferrocarriles: 82% 69%
c) En el transporte eléctrico. 85% 74%
d) En la industria de la construcción de carreteras, caminos, puertos, aeropuertos. 93% 87%
En el caso de que el contribuyente se dedique a dos o más actividades de las señaladas en esta fracción, se aplicará el por ciento que le corresponda a la actividad en la que hubiera obtenido la mayor parte de sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se realice la inversión.
La opción a que se refiere esta fracción, no podrá ejercerse cuando se trate de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles, o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.
Para los efectos de esta fracción, se consideran bienes nuevos los que se utilizan por primera vez en México.
Los contribuyentes que apliquen el estímulo fiscal previsto en esta fracción, para efectos del artículo 14, fracción I, de esta Ley, adicionarán a la utilidad fiscal o reducirán de la pérdida fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, según sea el caso con el importe de la deducción a que se refiere esta fracción.
Quienes apliquen este estímulo, podrán disminuir de la utilidad fiscal determinada de conformidad con el artículo 14, fracción III, de esta Ley, el monto de la deducción inmediata efectuada en el mismo ejercicio, en los términos de esta fracción. El citado monto de la deducción inmediata, se deberá disminuir, por partes iguales, en los pagos provisionales correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, a partir del mes en que se realice la inversión. La disminución a que refiere esta fracción se realizará en los pagos provisionales del ejercicio de manera acumulativa. Para efectos de este párrafo, no se podrá recalcular el coeficiente de utilidad determinado en los términos del artículo 14, fracción I, de esta Ley.
Se deberá llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la deducción inmediata en los términos previstos en esta fracción, anotando los datos de la documentación comprobatoria que las respalde y describiendo en el mismo el tipo de bien de que se trate, el por ciento que para efectos de la deducción le correspondió, el ejercicio en el que se aplicó la deducción y la fecha en la que el bien se dé de baja en los activos del contribuyente.
III. Los contribuyentes que ejerzan la opción prevista en la fracción anterior, por los bienes a los que la aplicaron, estarán a lo siguiente:
a) El monto original de la inversión se podrá ajustar multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se adquirió el bien y hasta el último mes de la primera mitad del periodo que transcurra desde que se efectuó la inversión y hasta el cierre del ejercicio de que se trate.
El producto que resulte conforme al párrafo anterior, se considerará como el monto original de la inversión al cual se aplica el por ciento a que.se refiere la fracción anterior por cada tipo de bien.
b) Considerarán ganancia obtenida por la enajenación de los bienes, el total de los ingresos percibidos por la misma.
c) Cuando los bienes se enajenen, se pierdan o dejen de ser útiles, se podrá efectuar una deducción por la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión ajustado con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se adquirió el bien y hasta el último mes de la primera mitad del periodo en el que se haya efectuado la deducción señalada en la fracción anterior, los por cientos que resulten conforme al número de años transcurridos desde que se efectuó la deducción de la fracción anterior citada y el por ciento de deducción inmediata aplicado al bien de que se trate, conforme a lo siguiente:
Para los contribuyentes a que se refiere el inciso i) de la fracción II, aplicarán respectivamente para 2016 y 2017, las siguientes tablas.
Para los efectos de esta fracción, cuando sea impar el número de meses del periodo a que se refieren los incisos a) y c) de esta fracción, se considerará como último mes de la primera mitad el mes inmediato anterior al que corresponda la mitad del periodo.
IV. La deducción prevista en la fracción II, únicamente será aplicable en los ejercicios fiscales de 2016 y 2017, conforme a los porcentajes previstos en dicha fracción.
Los contribuyentes a que se refiere la citada fracción II, podrán aplicar la deducción por las inversiones que efectúen entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2015, en los términos previstos en dicha fracción para el ejercicio 2016, al momento de presentar la declaración anual del ejercicio fiscal de 2015.
Para los efectos del artículo 14, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, los contribuyentes que en el ejercicio 2017 apliquen la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, deberán calcular el coeficiente de utilidad de los pagos provisionales que se efectúen durante el ejercicio 2018, adicionando la utilidad fiscal o reduciendo la pérdida fiscal del ejercicio 2017, según sea el caso, con el importe de la deducción a que se refiere la fracción II.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 La deducibilidad inmediata de la inversión.- Luis Videgaray Caso, secretario de Hacienda y Crédito Público, 28 de septiembre 2015.
Salón de sesiones del honorable Congreso de la Unión, octubre de 2015. Diputados: Jorge Enrique Dávila Flores,Yolanda De la Torre Valdez (rúbricas).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen.
LEY DE HIDROCARBUROS
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra por tres minutos la diputada Leticia Amparano Gamez, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 124 y vigésimo noveno transitorio de la Ley de Hidrocarburos.
La diputada Leticia Amparano Gamez:Con el permiso de la Mesa Directiva. Compañeras y compañeros legisladores, con la reforma energética se buscó desarrollar la industria petrolera con la participación privada, pero bajo la rectoría del Estado. El nuevo marco legal permitirá que muchas empresas inviertan en la exploración y extracción de gas natural, lo que significará en su momento que a mayor competencia en el mediano y largo plazo en caso de la energía eléctrica, se pase de combustóleo y diésel a gas natural, al ser entre cuatro a seis veces más barato y menos contaminante, llevando a la reducción de las tarifas eléctricas y del precio del gas.Asimismo, al ser el gas natural más barato se espera un mayor uso de fertilizantes de mejor precio y por ende alimentos más baratos. Por tanto, la promisoria participación privada en el sector energético y la mayor competencia derivarán en que las familias, comercios y la industria vean los efectos positivos de la reforma energética en el bajo costo de sus recibos de luz y gas.
Con la reforma energética, a partir de 2016 se podrá importar la materia prima para el gas, lo que significa que bajo un ambiente de competencia presionará a la baja los precios hasta un 30 por ciento, según estimaciones de la Asociación de Distribuidores de Gas LP.
Para 2017 los precios al público de gas LP se determinarán bajo condiciones de mercado, por lo que se espera que bajarán los precios y habrá más hogares que transiten a su uso. Mientras esto se da se estableció en la Ley de Hidrocarburos un Transitorio Vigésimo Noveno, para establecer que el gobierno federal deberá instrumentar un programa de apoyos focalizados a más tardar el 31 de diciembre de 2016, el cual deberá promover el aprovechamiento sustentable de la energía y la mayor generación posible de valor agregado y el uso eficiente de recursos.
También este transitorio considera que hasta en tanto no se implemente el programa de apoyos focalizados a los consumidores de gas licuado de petróleo, los precios máximos al público serán establecidos por el Ejecutivo federal mediante acuerdo, el cual considerará aspectos de costos de transporte y distribución, como la volatilidad que representen los precios internacionales.
La instrumentación de la reforma, como se ha mencionado, requiere maduración, por lo que en el momento presente y en el corto plazo se hace necesario establecer medidas transitorias que permitan a la población hacer frente al alto precio que significan algunos bienes de primera necesidad que no están al alcance de todos, como es el Gas LP y el Gas Natural.
Cabe comentar que el Gas LP sigue siendo el mayor consumo entre los mexicanos, 80 por ciento, de las 8.6 millones de toneladas que se consumen en el país, va al sector doméstico y que existe una deliberada campaña entre la Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Reguladora de Energía para que los consumidores hagan una buena elección para su hogar o negocio entre Gas LP y Gas Natural.
Sin embargo, como se ha observado, los precios del gas dependen de referentes internacionales, costos de producción y comercialización, mientras que en el mediano plazo estarán determinados por las condiciones de libre mercado.
Esto significa que no existen criterios que consideren las características socioeconómicas de la población, su capacidad de ingreso para pagar este bien necesario ni mucho menos condiciones climáticas que obligan a muchas familias en temporadas de frío a aumentar el consumo doméstico de gas.
De tal forma que con esta iniciativa que hoy presentamos buscamos establecer en la Ley de Hidrocarburos que se considere la reducción de las tarifas actuales, ya que en los meses de diciembre a febrero, marzo, bajan las temperaturas considerablemente en las regiones del norte de nuestro país, que van desde 0 grados hasta menos 16, como se ha dado en mi municipio, que es Nogales, frontera en Sonora.
Hay veces que hay una baja en la temperatura de menos 10 a menos 16 grados centígrados, por lo que se genera mayor consumo del Gas LP y esto afecta directamente en el ingreso de las familias.
Para el acuerdo de precios máximos al público de Gas LP, que debe emitir el Ejecutivo federal para los apoyos focalizados que permitan a la población precios asequibles. Y de estos combustibles y para el subsidio focalizado que se pretende aplicar a partir del 2017, lo cual significará impactar efectivamente en la calidad de vida de las familias y en un medio ambiente sustentado en energías limpias, como pretende la reforma energética.
Compañeros, este es un tema muy sensible. Nosotros, los municipios con temperaturas de menos grados centígrados. No podemos accesar a las tarifas preferenciales eléctricas, porque nuestros veranos son muy cortos, nuestros inviernos son muy fríos, muy largos.
Podemos desde aquí apoyar a estos municipios. Les pido de su sensibilidad y que nos aliemos para llevar estos beneficios a nuestros municipios, a nuestros estados. Es todo, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma los artículos 124 y vigésimo noveno transitorio de la Ley de Hidrocarburos, a cargo de la diputada Leticia Amparano Gámez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal Leticia Amparano Gamez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 76, numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 82 de la Ley de Hidrocarburos en materia de tarifas de gas para uso residencial, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosCon la reforma energética se buscó desarrollar la industria petrolera con la participación privada pero bajo la rectoría del Estado, en materia de exploración, extracción, refinación, petroquímica, transporte y almacenamiento a fin de obtener una serie de beneficios en materia económica y ambiental.
Particularmente, se espera: generar cerca de 1 punto porcentual más de crecimiento económico en 2018 y cerca de 2 puntos más para 2025; crear aproximadamente medio millón de empleos adicionales en este sexenio y 2.5 millones más en 2025; aumentar la producción de petróleo, de 2.5 millones de barriles diarios actuales, a 3 millones en 2018, y 3.5 millones en 2025; aumentar la producción de gas natural de los 5 mil 700 millones de pies cúbicos diarios que se generan actualmente, a 8 mil millones en 2018, y a 10 mil 400 millones en 2025; así como lograr tasas de restitución de reservas probadas petróleo y gas superiores a 100%.
El nuevo marco legal permitirá que muchas empresas inviertan en la exploración y extracción de gas natural, lo que significará, en su momento, que a mayor competencia en el mediano y largo plazo en caso de la energía eléctrica se pase de combustóleo y diésel a gas natural, al ser entre 4 y 6 veces más barato y menos contaminante, llevando a la reducción de las tarifas eléctricas y del precio del gas. Asimismo, al ser el gas natural más barato, se espera un mayor uso de fertilizantes de mejor precio y por ende, alimentos más baratos.
Por tanto, la promisoria participación privada en el sector energético y la mayor competencia, derivarán en que las familias, comercios y la industria, vean los efectos positivos de la reforma energética en el bajo costo de sus recibos de luz y gas.
El precio del gas natural se calcula mensualmente para cada una de las zonas de tarifas definidas por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), con base en el precio del producto, más la tarifa de transporte, el costo del servicio y el costo de distribución. La estimación del precio final considera un consumo estándar para los usuarios residenciales de 1.4 Gigajoules como consumo promedio, adicionalmente y con objeto de convertir el cargo por servicio (componente fijo mensual) a valor unitario (dólares por gigajoule), se considera el mismo consumo promedio.
Cabe comentar que el año pasado, por las condiciones climáticas en Estados Unidos se generó una demanda que disparó los precios de producción, por lo que los precios de gas natural se incrementaron hasta 82% para usuarios industriales, 54% para usuarios comerciales y hasta 37% para los usuarios residenciales en algunas partes de la República en tan sólo un año, de acuerdo con datos publicados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Por su parte, el precio del gas licuado de petróleo (LP) desde 2002 a la fecha está referenciado a la cotización del Mont Belvieu de Texas, a la que se añade un margen por la venta de primera mano que realiza Pemex, más IVA, más el margen del comercialización de las empresas, lo que implica que tenemos gas cada vez más caro. Entre 2011 a 2015, mientras los precios del gas LP se deprimieron en el mercado estadounidense Mont Belvieu, en México no dejaron de incrementarse, de tal forma que el precio de nuestro referente internacional es 73% inferior al que decretó el gobierno mexicano en octubre.
Con la reforma energética a partir del 2016 se podrá importar la materia prima para el gas, lo que significa que las ventas de primera mano con Pemex dejarán de ser obligatorias y las gaseras podrán traer el hidrocarburo libremente en un ambiente de competencia que presionará a la baja los precios hasta un 30%, según estimaciones de la Asociación de Distribuidores de Gas LP. Para 2017 los precios al público de gas LP se determinarán bajo condiciones de mercado, por lo que se espera que bajarán los precios y habrá más hogares que transiten a su uso.
Mientras esto se da, se estableció en la Ley de Hidrocarburos un transitorio vigésimo noveno para establecer que el Gobierno Federal deberá instrumentar un programa de apoyos focalizados a más tardar el 31 de diciembre de 2016, el cual deberá promover el aprovechamiento sustentable de la energía y la mayor generación posible de valor agregado y el uso eficiente de recursos.
También este transitorio considera que Hasta en tanto no se implemente el programa de apoyos focalizados a los consumidores de Gas Licuado del Petróleo, los precios máximos al público serán establecidos por el Ejecutivo Federal mediante acuerdo. Dicho acuerdo deberá considerar las diferencias relativas por costos de transporte entre regiones y las diversas modalidades de distribución y expendio al público, en su caso. Asimismo, la política de precios máximos al público que se emita deberá prever, en caso de que los precios internacionales de estos combustibles experimenten alta volatilidad, mecanismos de ajuste que permitan revisar al alza los incrementos de los citados precios, de manera consistente con la evolución del mercado internacional.
La instrumentación de la reforma, como se ha mencionado requiere maduración, por lo que en el momento presente y en el corto plazo, se hace necesario establecer medidas transitorias que permitan a la población hacer frente al alto precio que significan algunos bienes de primera necesidad que no están al alcance de todos, como es el gas LP y el gas natural.
Cabe comentar que el gas LP sigue siendo el que mayor consumo tiene entre los mexicanos: 80% de las 8.6 millones de toneladas que se consumen en el país va al sector doméstico, y que existe una deliberada campaña entre la Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para que los consumidores hagan una buena elección para su hogar o negocio entre gas LP y gas natural.
Sin embargo, como se ha observado, los precios del gas dependen de referentes internacionales, costos de producción y comercialización, mientras que en el mediano plazo estarán determinados por las condiciones del libre mercado. Esto significa que no existen criterios que consideren las características socioeconómicas de la población, su capacidad de ingreso para pagar este bien necesario, ni mucho menos condiciones climáticas, que obligan a muchas familias en temporada de frío a aumentar el consumo doméstico de gas.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2014 del INEGI, los deciles más bajos de la economía dedican entre el 4% y 6% de sus gastos totales en energía y combustibles, mientras que el decil más alto destina 3%. Por otra parte, en nuestro país hay alrededor de 28 millones de personas que usan leña para cocinar sus alimentos o calentar agua, es decir 34% del consumo energético en los hogares es mediante la leña, uno de cada tres hogares.
De tal forma que se hace necesario establecer que se considere la reducción de las tarifas actuales ya que en los meses de Diciembre a Febrero bajan las temperaturas considerablemente en las regiones del norte de nuestro país por lo que se genera mayor consumo del gas L.P y esto afecta directamente en el ingreso de las familias, para el Acuerdo de precios máximos al público de gas LP que debe emitir el Ejecutivo Federal, para apoyos focalizados que permitan a la población precios asequibles de estos combustibles y para el subsidio focalizado que se pretende aplicar a partir de 2017 para personas que no pueden pagar por el combustible, lo cual significará impactar, efectivamente, en la calidad de vida de las familias y en un medio ambiente sustentado en energías limpias, como pretende la reforma energética.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente
DecretoArtículo Único. Se reforma el artículo 124 y el vigésimo noveno transitorio de la Ley de Hidrocarburos, para quedar como sigue:
Artículo 124.Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía y de Desarrollo Social evaluarán la conveniencia y, en su caso, instrumentarán programas de apoyos focalizados que tengan como objeto coadyuvar con el suministro adecuado y oportuno, a precios asequibles, de combustibles de consumo básico en zonas rurales, zonas urbanas marginadas y zonas con condiciones climatológicas extremas.
La Comisión Reguladora de Energía, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y la Comisión Nacional del Aguadeberán prestar el apoyo técnico que se requiera para los fines previstos en el presente artículo.
TransitoriosPrimero a Vigésimo Octavo. ...
Vigésimo Noveno....
I.Hasta en tanto no se implemente un programa de apoyos focalizados a los consumidores de Gas Licuado del Petróleo que considere para los consumidores de uso residencial su ingreso y condiciones climatológicas adversas de su lugar de residencia, los precios máximos al público serán establecidos por el Ejecutivo Federal mediante acuerdo. Dicho acuerdo deberá considerar el ingreso de las familias, condiciones climatológicas extremas, las diferencias relativas por costos de transporte entre regiones y las diversas modalidades de distribución y expendio al público, en su caso. Asimismo, la política de precios máximos al público que se emita deberá prever, en caso de que los precios internacionales de estos combustibles experimenten alta volatilidad, mecanismos de ajuste que permitan revisar al alza los incrementos de los citados precios, de manera consistente con la evolución del mercado internacional.
...
...
II....
Transitorio del DecretoPrimero. El presente Decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de noviembre de 2015. Diputados: Leticia Amparano Gámez,Adriana Elizarraraz Sandoval, Alfredo Miguel Herrera Deras, Ariel Enrique Corona Rodríguez, Eloísa Chavarrías Barajas, Exaltación González Ceceña, José Everardo López Córdova, Juan Alberto Blanco Zaldívar, Karla Karina Osuna Carranco, Lilia Arminda García Escobar, Luis Agustín Rodríguez Torres, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María del Rosario Rodríguez Rubio, Martha Cristina Jiménez Márquez, Miguel Ángel Huepa Pérez, Miguel Ángel Yunes Linares, Norberto Antonio Martínez Soto, Pedro Garza Treviño, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Wenceslao Martínez Santos (rúbricas).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Energía, para su dictamen.
El diputado Exaltación González Ceceña(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Pide la palabra el diputado Exaltación González, del Partido Acción Nacional, ¿Con qué objeto? Sonido en la curul del diputado, por favor.
El diputado Exaltación González Ceceña (desde la curul): Presidenta, la propuesta que ha hecho la diputada Amparano tiene un amplio sentido social y desde luego también repercutiría de manera positiva a Mexicali, Baja California, de donde soy representante, y le pido le solicite a la diputada que sea posible adherirme a esta iniciativa.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Diputada promovente.
La diputada Leticia Amparano Gamez (desde la curul): Sí.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Adelante. Si no tiene inconveniente, queda a disposición de esta Secretaría la iniciativa referida.
Damos la bienvenida también a este recinto al alcalde de Apatzingán, Michoacán, el señor César Chávez, quien está aquí con nosotros, a quien le deseamos el mayor de los éxitos en esa encomienda.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra por cinco minutos el diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El diputado Arturo Santana Alfaro:Con la venia de la Presidencia. El día de hoy, compañeros y compañeras diputadas y diputados, vengo a presentar iniciativa de reforma al artículo 28 constitucional, con el objeto de entregarle facultades al Banco Central o al Banco de México, para efectos de que este a su vez tenga esa posibilidad, dentro del marco legal, para fijar un tope al cobro de intereses por los créditos o servicios bancarios que se prestan hoy por hoy en el sistema financiero nacional.La facilidad con la cual los bancos y otros entes, no necesariamente pertenecientes al sistema financiero, ofrecen los créditos hoy en día sin ninguna regulación. Asimismo, el crédito de tarjetas bancarias o cualquier tipo de crédito, permite que podamos adquirir cualquier tipo de cosa que queramos y que en otras circunstancias nos llevará a tenerlo en meses o años.
Eso es lo que hace atractivo un crédito para un consumidor, sin importar a veces el interés que les fija el banco. Es por ello, que existe una gran demanda por adquirir cualquier tipo de crédito y eso ha hecho que la tasa de interés se vaya elevando abruptamente.
De acuerdo a un análisis realizado con la información que proporcionan las instituciones bancarias, es notorio el gran margen que existe de ganancia aquí en México, de determinados bancos que operan en nuestro territorio nacional pero que tienen su matriz en el extranjero. En algunos de los casos cobran el doble, a diferencia de otros países.
Por ejemplo, Banco Bilbao Vizcaya cobra en Uruguay el 17 por ciento, en Chile el 13.68 por ciento y en México el 39.56 por ciento. Citibank aplica en México un 85 por ciento del cobro de intereses, en contraste con el 9 por ciento que aplica en los Estados Unidos de Norteamérica. Bancomer aplica en México un 80 por ciento, el cual es muy superior al 25 por ciento que aplica en España.
Conforme con un reporte emitido por el Banco de México en febrero de 2014 precisó que los bancos que presentaron las tasas más altas en tarjetas de crédito para clientes tolerados fueron Bancotel con 52.9 por ciento. Consubanco 52.4 por ciento y CrediScotia con 44.2 por ciento.
Con base en la metodología del Costo Anual Total reportada por la Condusef, la tarjeta de Bancoppel cobra 104.9 por ciento, BBVA Bancomer 76.75 por ciento, Banamex 76.01 por ciento y Santander 92.54 por ciento.
Es de destacar que en México se paga el doble de interés a diferencia de otros países, con el llamado dinero de plástico que se utiliza en la actualidad por parte de mucha gente que prefiere traer plástico y no utilizar de esa menara dinero en efectivo.
Con esto se demuestra que los mexicanos tenemos una gran desventaja y que los cobros son usureros, debido a que en la práctica se demuestra que tanto los bancos que son de origen nacional como los extranjeros que se encuentran establecidos en nuestro país, sin duda cobran intereses que provocan que encuadren en la figura de la usura, ya que el interés que cobran para cualquier tipo de crédito o préstamo es superior al 50 por ciento. Ya que se considera usura la tasa de interés que se cobra por un crédito que supera el 50 por ciento del interés corriente, vigente para el periodo en cuestión.
Los intereses que cobran los bancos en la actualidad y los demás prestamistas en México, corresponden a una tasa superior en la mitad a la tasa de interés corriente por sus créditos de libre designación, ya que el mismo mercado financiero es el que fija la tasa de interés.
La Condusef ha manifestado que es el Banco de México o la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a quien compete regular respecto a las comisiones. Es por ello que es indispensable que se le faculte al banco central para que pueda fijar la tasa de interés que se podrá cobrar por cualquier tipo de crédito que puedan otorgar las instituciones financieras, ya que hoy en día muchos de los clientes terminan pagando hasta un monto doble o lo triple del crédito contraído originalmente.
Es por ello, compañeras y compañeros diputados, que estamos proponiendo reformas al artículo 28 constitucional para quedar como sigue. Se reforma el párrafo séptimo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diría de la siguiente manera.
Artículo 28. ...
Párrafo séptimo: No constituyen monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, a través del Banco Central en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes. El Banco Central en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regulará los cambios así como la intermediación, los servicios financieros y fijará como tasa de interés máxima el 35 por ciento para cualquier tipo de crédito otorgado por las diversas instituciones de crédito, reguladas por el sistema financiero y entes no regulados, contando con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia.
Viene la continuación del artículo 28, pero lo sustancial es otorgar de esta facultad al Banco Central para efectos de que el tope en el cobro de intereses por el uso de créditos financieros no exceda del 35 por ciento. Es cuanto, diputada presidenta, y le solicito que el resto de la iniciativa sea agregada en la Gaceta Parlamentaria de este órgano legislativo. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del PRD
Planteamiento del problema
Fijará el cobro de la tasa de interés máxima el 35 por ciento para cualquier costo anual o cualquier cargo financiero de los servicios que presten las diversas instituciones de crédito, como la banca múltiple, banca de desarrollo, sociedades financieras de objeto limitado, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, uniones de crédito, sociedades de ahorro y préstamo, casas de cambio y todas aquellas que son reguladas por el sistema financiero.
Argumentos
El origen del interés se remonta a la época de la Edad Media, donde los primeros intermediarios que tomaban el dinero de aquellos que tenían excedente y le pagaban un dinero como premio, al mismo tiempo que se lo prestaban a otro que lo necesitaba y le cobraban, por supuesto, más dinero del que pagaban. Esto quiere decir que la diferencia entre lo pagado y lo cobrado era la ganancia del intermediario.
Por otra parte, el crédito es un préstamo de dinero a una persona o entidad, que se compromete a devolverlo en un sólo pago o en forma gradual (en un cierto plazo, mediante un pago de cuotas). Habitualmente se pacta un interés que compensa al dador del crédito por el tiempo que no dispondrá de ese dinero para utilizarlo para otros fines.
La facilidad con la cual los bancos y otros entes no necesariamente pertenecientes al sistema financiero te ofrecen los créditos hoy en día hace que los ciudadanos adquieran esta de manera fácil y rápida sin saber a veces las consecuencias por el mal uso de las tarjetas bancarias y la nula cultura financiera que existe sobre el tema en mención. Asimismo, el crédito de tarjetas bancarias o cualquier tipo de crédito permite que podamos adquirir cualquier tipo de cosa que queramos y que en otras circunstancias nos llevara a tenerlo en meses o años. Eso es lo que hace atractivo un crédito para un consumidor sin importar a veces el interés que les ofrece el banco, sólo piensan en obtener lo que tanto anhelan.
Es por ello, que existe una gran demanda por adquirir cualquier tipo de crédito y eso ha hecho que la tasa de interés se vaya elevando abruptamente. Existen dos tipos de clientes los tolerados y los no tolerados. En el primero de los casos los tolerados son aquellos que acceden a préstamos que pueden ir pagando mes con mes y los plazos fijados por los bancos y el segundo son los clientes no tolerados los que se obligan a pagar en una sola exhibición.
De acuerdo a un análisis realizado con la información que proporcionan las instituciones bancarias es notorio el gran margen que existe de ganancia aquí en México de determinados bancos que operan en nuestro territorio pero que tienen su matriz en el extranjero, en algunos de los casos cobran el doble a diferencia de países como Uruguay, chile, España, Canadá, Estados Unidos; es decir, que en el caso de tasas de interés por uso de tarjetas de crédito, el Banco Bilbao Vizcaya cobra en el primero de éstos países el 17 por ciento y en el segundo el 13.68 por ciento, mientras que en México el 39.56 por ciento El Banco Santander cobra por el mismo concepto en Chile el 13.68 por ciento, en Uruguay el 15 por ciento y en México el 34.56 por ciento. Por su parte, Citibank cobra en Chile una tasa del 16.8 por ciento, en Uruguay del 18.16 por ciento y en México del 39.6 por ciento. Citibank aplica en México un 85 por ciento, en contraste con el 9 por ciento que aplica en Estados Unidos. BBVA aplica en México un 80 por ciento, el cual es muy superior al 25 por ciento que aplica en España. Contrastes similares se aprecian en otros bancos como HSBC de la Gran Bretaña y Scotiabank Inverlat con relación a su matriz en Canadá.
De acuerdo, con un reporte emitido por el Banco de México en febrero de 2014, se habían otorgado por las diversas instituciones bancarias que operan en nuestro País un total de 16 millones 239,774 tarjetas de crédito, con un saldo otorgado de 248, 312 millones de pesos. Así mismo, preciso que los bancos que presentaron las tasas más altas en tarjetas de crédito para clientes tolerados fueron: Bancoppel con 52.9 por ciento; ConsuBanco, 52.4 por ciento; y CrediScotia, con 44.2 por ciento. En contra parte, los que arrojaron la tasa más baja fueron: Banco del Bajío, con 17.6 por ciento y banco Walmart con 19.7 por ciento.
Para el caso de los clientes de tarjetas no tolerados los bancos que registraron la tasa más elevada fueron Bancoppel con 65 por ciento; ConsuBanco, 52.4 por ciento; e Invex, 50.1 por ciento, Banco del Bajío, con 25.5 por ciento, Santander, 26.6, e Inbursa, 27 por ciento.
En un reporte emitido por el Banco Central, según en el mes de junio el costo promedio por usar tarjetas de crédito en México fue de 29.8 por ciento, en un rango que va desde el producto más caro, la tarjeta BanCoppel, que cobra un interés de 69.2 por ciento anual; a la más baja, la de BancoAfirme, con un cargo de 27.3 por ciento, también anual. Entre los tres bancos más importantes, los intereses son: BBVA Bancomer, 27.5 por ciento; Banamex, 27.9; y Santander, 33 por ciento, anualmente. Esta medición del Banco Central sólo se considera a usuarios que están al corriente de sus pagos y para tarjetas de uso generalizado.
Con base en la metodología del CAT, reportada por la Condusef, la tarjeta de BanCoppel cobra 104.9 por ciento. BBVA Bancomer, 76.75 por ciento, Banamex, 76.01 por ciento, y Santander, 92.54 por ciento. En todos estos ejemplos, se trata de la tarjeta de crédito clásica para cada institución, con esto nos podemos dar cuenta que la información varia por lo que respecta a cada una de las distintas instituciones crediticias.
En referencia con lo anterior, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), en los últimos cuatro años las comisiones pasaron de representar el 13 por ciento de los ingresos de la banca mexicana al 39 por ciento, debido a la retracción del crédito. Esto ubica a México por encima de países como Brasil y Gran Bretaña, donde las comisiones representan el 36 por ciento de los ingresos de las entidades. También de Francia, donde equivalen al 33 por ciento, y de España, donde las comisiones se ubican en 30 por ciento.
Asimismo, el Banco Central señaló que las tarjetas clásicas tanto de totaleros como no totaleros, que en 2014 ascendían a 11 millones 166 mil la tasa de interés fue de 27.1 por ciento y la anualidad de 469 pesos. En tanto para la oro (3 millones 687 mil plásticos), la tasa promedio fue de 24.7 por ciento y la anualidad de 647 pesos; para la platino (1 millón 379 mil), 16.5 por ciento y 2 mil 72 pesos.
Es de destacar que en México se paga el doble del interés a diferencia de otros países con el llamado dinero de plástico que se utiliza en la actualidad por parte de mucha gente que prefiere traer el plástico y no utilizar de esta manera dinero en efectivo. Con esto se demuestra que los mexicanos tenemos una gran desventaja y que los cobros son usureros. Debido a que en la práctica se demuestra que tanto los bancos que son de origen nacional, como los extranjeros que se encuentran establecidos en nuestro país, sin duda cobran intereses que provoca que encuadren en la figura de usura, ya que el interés que cobran para cualquier tipo de crédito o préstamo es superior al 50 por ciento.
Que en el caso de los bancos que tienen su matriz en el extranjero haya fijan intereses razonables.
Ya que, se considera usura la tasa de interés que se cobra por un crédito que supere el 50 por ciento del interés corriente vigente para el periodo en cuestión. La tasa de usura es el límite máximo con el que un particular o una entidad financiera pueden cobrar por intereses sobre un préstamo.
El Código Civil Federal establece en su capítulo II Del mutuo con Interés, en su artículo 2395 lo siguiente: El interés legal es el nueve por ciento anual. El interés convencional es el que fijen los contratantes, y puede ser mayor o menor que el interés legal; pero cuando el interés sea tan desproporcionado que haga fundadamente creer que se ha abusado del apuro pecuniario, de la inexperiencia o de la ignorancia del deudor, a petición de éste el juez, teniendo en cuenta las especiales circunstancias del caso, podrá reducir equitativamente el interés hasta el tipo legal.
En consecuencia el artículo 2396 del mismo ordenamiento señala lo siguiente: que si se ha convenido un interés más alto que el legal, el deudor, después de seis meses contados desde que se celebró el contrato, puede reembolsar el capital, cualquiera que sea el plazo fijado para ello, dando aviso al acreedor con dos meses de anticipación y pagando los intereses vencidos.
Los intereses que cobran los bancos en la actualidad y los demás prestamistas en México corresponden a una tasa superior en la mitad a la tasa de interés corriente por sus créditos de libre designación ya que el mismo mercado financiero es el que fija la tasa de interés.
Es necesario destacar que actualmente no existe ningún referente internacional que dé pie a que en el sistema financiero mexicano se obligue a las instituciones crediticias a mantener un límite específico en el cobro de sus comisiones bancarias y de proporcionar a sus clientes un comparativo de las comisiones que ésta cobra respecto a sus competidores.
Sin embargo, los 15 países integrantes de la Unión Europea aprobaron un reglamento para fijar las comisiones por sus productos y servicios, de esta manera, las variaciones de las comisiones entre las entidades bancarias suelen ser mínimas por razones de competitividad.
Como en el caso de España que todos los bancos están obligados a publicar y de esta forma existe una libre competencia entre las instituciones bancarias; esto ayuda a que el cliente que acude a una institución bancaria tenga a su alcance la información necesaria para elegir la mejor opción que más le convenga al interesado, ya que, en la actualidad todos los servicios bancarios que hoy en día utilizamos están sujetos al cobro de comisiones, por lo que los tipos de interés de los productos financieros no han de ser las únicas cifras a las que debemos prestar atención antes de elegir una entidad bancaria. Debido a que el cobro de comisiones excesivas se ha convertido en una práctica común, provocando además que el margen de maniobra del consumidor sea escaso, ya que las variaciones de las comisiones entre entidades bancarias son generalmente escasas.
Al respecto, la Condusef ha señalado que: las comisiones que se cobran en México, respecto de otros países, resultan ser sensiblemente más altas, no sólo en cuanto a su valor unitario, sino también cuando se compara con el nivel de ingreso per cápita en cada uno de ellos.
En la Ley Federal de Protección al Consumidor se estable en su artículo 7 que todo proveedor está obligado a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la entrega del bien o prestación del servicio, y bajo ninguna circunstancia serán negados estos bienes o servicios a persona alguna.
Asimismo, el artículo 7 Bis. Establece que el proveedor está obligado a exhibir de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor. Dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito.
Especialistas del Banco de México, la Secretaría de Hacienda, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la Asociación de Banqueros de México (ABM) y la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), han llegado a manifestar que ni siquiera hay un acuerdo sobre a quién le correspondería crear mecanismos para controlar el alza en las comisiones bancarias.
La Condusef ha manifestado que es el Banco de México o a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a quien compete regular respecto a las comisiones.
Ante la dificultad que implica regular de manera efectiva fenómenos como el crecimiento desmedido de las tasas de interés, debemos plantearnos la forma de reducir las desigualdades existentes entre los usuarios del sistema financiero y las instituciones autorizadas para operar en nuestro mercado, por lo que resulta sumamente importante crear o reforzar aquellos mecanismos que prevengan y sancionen los abusos cometidos en contra de la población.
Es por ello, que es indispensable que se le faculte al banco central para que pueda fijar la tasa de interés que se podrá cobrar por cualquier tipo de crédito que puedan otorgar las instituciones financiaras, ya que hoy en día muchos de los clientes terminan pagando hasta un monto doble por la deuda contraída. Es necesario que se fije dicha tasa para que los bancos operen en México cobren la tasa de interés el monto igual que en los países donde tienen su matriz.
Como lo señala el artículo 28 de la Carta Magna y el artículo 2 de la Ley del Banco de México que el Estado tendrá un banco central que tendrá como finalidad promover el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos. Así mismo vigilará que las instituciones financieras cumplan con lo estipulado por el marco normativo correspondiente.
Si bien es cierto, la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros otorga a la Comisión Nacional competente diversas atribuciones tendientes a defender los intereses del público en general, no lo es menos que, ante la voracidad de algunas entidades privadas y la opacidad con que se ha operado éste sector durante los últimos años, resulta necesario introducir en este ordenamiento diversas modificaciones que permitan proteger de manera más eficiente el patrimonio y los intereses de los mexicanos.
Como lo señala también el artículo 24 de la Ley del Banco de México el banco podrá expedir las normas y sanciones necesarias para el sano desarrollo del sistema financiero, el buen funcionamiento del sistema de pagos, o bien, la protección de los intereses del público. Así mismo, el artículo 26 establece que el Banco regulará las comisiones y tasas de interés, activas y pasivas. Así como, cualquier otro concepto de cobro de las operaciones celebradas por las entidades financieras con clientes.
Por consiguiente, con esto se demuestra que el banco central tiene en todo momento la facultad de intervenir para que todos los clientes puedan ser beneficiados y no sufrir abusos por parte de las instituciones financieras y que para el ejercicio de dichas atribuciones el Banco de México podrá solicitar la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o de la Comisión Federal de Competencia y observará para estos fines lo dispuesto en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.
Es necesario que en nuestro país se comience a tomar medidas para que exista un buen funcionamiento en el sistema financiero y no se abuse y se actué de mala fé en contra de los ciudadanos de nuestro país.
Como diputado del Partido de la Revolución Democrática estoy convencido que si se aprueban dichas reformas podremos fortalecer el sistema financiero y se mejorará también la calidad de vida de los que aquí habitamos y se tratara a todos los mexicanos sujetos de crédito de igual manera que los extranjeros.
Fundamento legal
El que suscribe Arturo Santana Alfaro, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de servicios financieros.
Denominación del proyecto de decreto
Iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ordenamientos a modificar
Se reforma y adiciona un párrafo séptimo y se recorren los subsecuentes del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Texto normativo propuesto y artículos transitorios
Artículo primero: Se reforma el párrafo 7 del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos para quedar de la siguiente manera:
Artículo 28. ...
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No constituyen monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, a través del banco central en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes. El banco central, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regulará los cambios, así como la intermediación, los servicios financieros y fijará como tasa de interés máxima el 35 por cierto para cualquier tipo de crédito otorgado por las diversas instituciones de crédito reguladas por el sistema financiero y entes no regulados, contando con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia. La conducción del banco estará a cargo de personas cuya designación será hecha por el Presidente de la República con la aprobación de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente, en su caso; desempeñarán su encargo por períodos cuya duración y escalonamiento provean al ejercicio autónomo de sus funciones; sólo podrán ser removidas por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos que actúen en representación del banco y de los no remunerados en asociaciones docentes, científicas, culturales o de beneficiencia (sic DOF 20-08-1993). Las personas encargadas de la conducción del banco central, podrán ser sujetos de juicio político conforme a lo dispuesto por el artículo 110 de esta Constitución.
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I. a XII. ...
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I. a VII. ...
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TransitorioÚnico. Las reformas y adiciones contenidas en el presente decreto, entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, a 27 de octubre de 2015. Diputados: Arturo Santana Alfaro,Alejandra Gutiérrez Campos, Araceli Madrigal Sánchez, Evelyn Parra Álvarez, Héctor Peralta Grappin, Lorena del Carmen Alfaro García, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Luisa Beltrán Reyes, Olga Catalán Padilla, Óscar Ferrer Abalos, Pedro Garza Treviño, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Wenceslao Martínez Santos (rúbricas).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su dictamen.
Damos también la más cordial de las bienvenidas, a los alumnos de la Escuela Primaria Cuauhtémoc, con sede en el municipio de Naucalpan, estado de México. Invitados por la diputada Angélica Moya Marín.
La diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Diputada Teresa Lizárraga, ¿con qué objeto? Sonido, por favor, en la curul.
La diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (desde la curul): Para solicitarle al diputado Santana, si me permite adherirme a su iniciativa.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Si la diputada proponente no tiene inconveniente en la solicitud de adhesión, la Secretaría deja a disposición la iniciativa. El diputado, perdón.
El diputado Arturo Santana Alfaro (desde la curul): Adelante, con gusto.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Queda a disposición en la Secretaría. Gracias.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra por tres minutos, la diputada Sofía González Torres, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, suscrita por las diputadas Sofía González y Sharon María Teresa Cuenca Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista.
La diputada Sofía González Torres:Con su permiso, señora presidenta. Compañeras y compañeros legisladores. Acudo a esta tribuna para invitarlos a sumarse a una iniciativa de ley que busca resolver una realidad muy dolorosa. Me refiero a las niñas y los niños que nacen y viven junto a sus madres en los centros penitenciarios. Estos niños pasan los años más importantes para la construcción de su personalidad en sitios que no permiten su descanso, su recreación y su sano desarrollo.Hoy no se cuenta con un número exacto de ellos, ya que no integran formalmente las poblaciones de los sentenciados. Se estima que podrían ser más de 800 niños que viven en esas condiciones deplorables. En todo caso, se trata de recientes fortuitos que no reciben la alimentación y el vestido adecuados para su edad, y mucho menos atención pediátrica ni la educación que merecen. Por lo anterior crecen con traumas y resentimientos que pueden orillarlos a la comisión de delitos.
Desafortunadamente la suerte que corren estos niños está en función del centro penitenciario donde les tocó vivir. Los centros federales de readaptación social aceptan a los niños hasta los seis años, en contraste con las penitenciarías locales en donde no existe un criterio uniforme para su admisión y para su egreso.
Algunos permiten una estancia muy corta, de únicamente seis meses, para cumplir con el periodo de lactancia. También hay casos lamentables de niños de 12, 15, 16 años que nunca han abandonado los centros de reclusión.
La situación es inquietante. Por un lado el Estado debe de garantizar el derecho del menor a permanecer junto con su madre para llevar a cabo la lactancia y convivir con ella. Por otro no debe permitir que el niño permanezca en reclusión más allá de los tres años de edad, ya que esta es la edad que internacionalmente está aceptada para facilitar la inserción social del menor.
Este es el equilibrio al que se busca llegar con esta iniciativa; tres años de manera pareja para todos los centros de reclusión en el país. Los centros federales, los municipales y los estatales. Cumplida esta edad, los niños deben salir de los centros y entrar a una nueva etapa de inserción a la sociedad bajo la supervisión del Estado o de algún familiar.
Asimismo, esta iniciativa durante el periodo de reclusión les garantiza a los niños una alimentación diferente a la que reciben los adultos, que sea acorde a su edad, que les reconozcan su derecho de salud y reconocer así también su derecho a la educación.
De obligar a las autoridades penitenciarias a realizar gestiones necesarias con la federación, estados y municipios, para brindarles vestido adecuado a su etapa de desarrollo, atención pediátrica permanente y una educación inicial.
Finalmente se realizará el primer censo nacional de niños en reclusión que permitirá tener certeza del número de infantes que viven con sus madres. Los invito a todos a sumar voluntades en torno a una iniciativa que no pertenece a ningún partido político, sino que obedece a un interés superior. En esta LXIII Legislatura tenemos la oportunidad de corregir el vicio legal que hoy invisibiliza a los niños en reclusión. Debemos reconocerlos como un grupo vulnerable del país, merecedor de acciones prioritarias en los tres niveles de gobierno.
Es momento de propiciar un trato digno para las niñas y los niños en reclusión, que sea homogéneo en todo el territorio nacional. Legislar por los niños en reclusión es un tema de congruencia, de justicia y de humanidad. Es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por las diputadas Sofía González Torres y Sharon María Teresa Cuenca Ayala, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quienes suscriben, Sofía González Torres y Sharon María Teresa Cuenca Ayala, diputadas federales a la LXIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLas niñas y los niños que nacen y crecen en un centro penitenciario no se desarrollan bajo condiciones normales, ya que tiene poca o nula interacción con otros infantes y presencian cotidianamente situaciones de hostilidad y violencia. Los más afortunados visitan a sus familiares los fines de semana. Otros no tienen la posibilidad de salir. Nunca han recorrido una calle o jugado con otros niños en un parque.
Su realidad es injusta y dolorosa. No están involucrados en la comisión de delitos y no tienen la capacidad para comprender la reclusión, pero pasan los primeros años de su vida, cruciales para el desarrollo de la personalidad, aislados y expuestos a un lenguaje inapropiado. Su confinamiento en lugares sin infraestructura adecuada para su descanso, educación y recreación les ocasiona traumas para el resto de la vida.
Una agravante de lo anterior es la crisis de sobrepoblación que existe en los centros penitenciarios del país, lo cual llevó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a afirmar recientemente que existe un déficit de espacios humanamente habitables. La comisión también reportó violaciones de los derechos humanos en 72 de los 130 centros estatales que visitó en 2014, enfatizando las condiciones de hacinamiento y la inadecuada clasificación de la población que impiden una vida digna.1
Los reclusorios femeniles, que concentran gran parte de las niñas y los niños, no son ajenos a esta problemática. Destaca la situación del Reclusorio Femenil de Santa Martha Acatitla, México, que tiene capacidad para albergar a 1 mil 851 reclusas, pero actualmente cuenta con más de 2 mil 900; es decir, su capacidad está rebasada en más de 36 por ciento. Asimismo, llama la atención el caso del centro de reinserción social femenil de Guadalajara, Jalisco, que tiene una capacidad para 400 personas, pero en la práctica alberga a más de 570, esto es, casi una tercera parte más de su capacidad.
En los hechos, estos infantes han sido invisibilizados ante las autoridades y las estadísticas oficiales, debido a dos factores principales:
I. Formalmente, no integran la población de los reclusorios. La mayoría de ellos son admitidos temporalmente hasta los seis años de edad, momento en el cual deben partir con otro familiar o integrarse a alguna casa hogar. Mientras tanto, por ser residentes de paso, no cuentan con la debida protección institucional; y
II. No hay un reconocimiento explícito de su existencia en la legislación federal. En particular, no son mencionados en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, por lo cual ha resultado difícil canalizar recursos que busquen satisfacer sus necesidades alimenticias acordes con su edad, recreativas, de salud, vestimenta y educación.
A la fecha no hay datos oficiales sobre el número de niños que se encuentran viviendo en prisión junto a sus madres. La asociación civil Reinserta un Mexicano ha reportado 377 nacidos y radicados en centros penitenciarios, 120 de ellos identificados en el reclusorio de Santa Martha Acatitla. No obstante, el universo total de infantes en reclusión podría llegar hasta 874, de conformidad con un estudio realizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México en 2011, sin tomar en consideración los menores que viven con sus familias en las colonias penitenciarias de las Islas Marías.2
De cara a la realidad, la presente iniciativa busca reconocer a los niños en reclusión ante la ley y precisar la obligación que tiene el Estado mexicano de velar por el ejercicio de sus derechos fundamentales, desde el momento de su incorporación a los centros penitenciarios, hasta el momento de su egreso.
Hoy, la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados establece que los hijos de las mujeres recluidas que permanezcan dentro de las instituciones deben recibir atención pediátrica, educación inicial y preescolar hasta los seis años. Sin embargo, esta normatividad se aplica, fundamentalmente, en el Distrito Federal y en los centros federales de readaptación social. En la práctica, el sistema penitenciario es más heterogéneo y actúa con opacidad y discrecionalidad, de manera que ni siquiera existe en territorio nacional un conteo oficial de niños en reclusión.
En ciertos estados, los niños son aceptados junto a sus madres únicamente por seis meses, para llevar a cabo la lactancia. En cambio, en otros la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha documentado casos extremos de niños de hasta 15 años admitidos con sus madres reclusas, lo cual no es conveniente para la salud psicológica y afectiva de los menores.
El tema es muy delicado. México debe adoptar un criterio uniforme para la admisión de niños en los centros penitenciarios. Se debe favorecer un equilibrio en el que el niño, por una parte, tenga el derecho a pasar los primeros años de vida junto a su madre y, por otra, la obligación de abandonar el estado de reclusión a los tres años. Ésta es una edad aceptada internacionalmente para garantizar la inserción del menor a la sociedad y en la cual éste ya ha tendido lazos afectivos irrevocables con su progenitora.
En específico, la iniciativa propone modificar el artículo 10 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para incluir a los niños en reclusión dentro de los sectores en situación de vulnerabilidad. Con ello se abrirá la puerta para que las autoridades destinen recursos a la salvaguarda de los derechos de los niños en reclusión y la adaptación de la infraestructura penitenciaria en favor de su desarrollo integral. En concordancia con esta medida, también se modificaría el artículo 116 de dicha ley, a fin de establecer la concurrencia de las autoridades federales y las locales en estos asuntos.
Los artículos transitorios otorgan a los estados un plazo de seis meses para que alineen su normatividad al contenido de la reforma. Asimismo, conceden a las autoridades penitenciarias tres años para adecuar sus instalaciones en aras de favorecer un desarrollo integral para los niños en reclusión.
La iniciativa modifica el artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para que el Sistema Nacional de Protección Integral tenga la atribución de promover, en los tres órdenes de gobierno, el establecimiento de presupuestos destinados a la protección de los derechos de los niños en reclusión.
También se propone adicionar cinco párrafos al artículo 44 del título segundo de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que enuncia el derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral. El propósito es reconocer el derecho de los niños a permanecer al lado de sus madres, cuando éstas se encuentren privadas de su libertad. Aquí mismo se establece que ellas podrán conservar la custodia de sus hijos en el interior de los centros penitenciarios, hasta que alcancen la edad de tres años, siempre que exista un dictamen favorable emitido por un profesionista en psicología o psiquiatría infantil.
De igual manera, en congruencia con los objetivos que dieron origen a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en 2014, se especifica que los infantes que sean hijas e hijos de mujeres privadas de su libertad y que permanezcan con ellas tienen el derecho a recibir una alimentación adecuada y saludable, acorde a su edad y condiciones de salud. De igual manera, cuentan con el derecho a recibir educación inicial, así como atención pediátrica con regularidad y acceso a una vestimenta acorde con la edad.
La iniciativa determina la integración del primer Censo Nacional de Niños en Reclusión, con apoyo en lo establecido en el artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que a la letra establece lo siguiente como atribución del Sistema Nacional de Protección Integral:
Conformar un sistema de información a nivel nacional, con el objeto de contar con datos desagregados que permitan monitorear los progresos alcanzados en el cumplimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes en el país, incluyendo indicadores cualitativos y cuantitativos (fracción XV, artículo 125).
A fin de prevenir estigmas y situaciones discriminatorias en su vida futura, la presente iniciativa prohíbe que las actas de nacimiento de los nacidos en un centro penitenciario, hijos de madres privadas de su libertad, hagan referencia a tales hechos.
Por lo expuesto se pone a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Único. Se reforma el artículo 10, se adicionan cinco párrafos al artículo 44 y se reforman las fracciones IV del artículo 116 y IV del artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Título Primero(...)
Artículo 10. En la aplicación de la presente ley se tomarán en cuenta las condiciones particulares de niñas, niños y adolescentes en los diferentes grupos de población, a fin de proteger el ejercicio igualitario de todos sus derechos.
Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán medidas de protección especial de derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en situación de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, alimentario, psicológico, físico, discapacidad, identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria o apátrida, por haber nacido o vivir en algún centro penitenciario con su madre privada de la libertad,o bien, circunstancias relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual, creencias religiosas o prácticas culturales, u otros que restrinjan o limiten el ejercicio de sus derechos.
Título SegundoArtículo 44. Corresponde a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, la obligación primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida suficientes para su sano desarrollo. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, coadyuvarán a dicho fin mediante la adopción de las medidas apropiadas.
Los niños tendrán el derecho de permanecer junto con sus madres, hasta los tres años de edad, cuando éstas se encuentren privadas de su libertad y extinguiendo condena en centros penitenciarios. Para ello, será necesario contar con el dictamen favorable de un profesionista con título en psicología o psiquiatría infantil, al cual las madres tendrán acceso irrestricto.
En la expedición de actas de nacimiento está prohibida toda alusión al hecho de haber nacido en un centro penitenciario o de madre privada de la libertad.
Las niñas y los niños que sean hijas e hijos de mujeres privadas de la libertad recibirán una alimentación saludable, acorde con su edad, compatible con sus necesidades de salud y que contribuya a su desarrollo físico y mental.
Todo niño que viva en un centro penitenciario tendrá derecho a recibir educación inicial, vestimenta acorde a su edad y etapa de desarrollo, y atención pediátrica permanente. Asimismo, podrá beneficiarse de otros programas de atención médica, federales o locales, instaurados para el cuidado del desarrollo físico y psicológico de la niñez.
El Estado mexicano garantizará a las madres en reclusión la obtención de información periódica del estado de salud de sus hijos, con base en un expediente clínico, que también se compartirá con la persona o institución que se haga cargo del menor a partir de su egreso del centro penitenciario. El Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que prevé esta ley, velará por la continuidad de la atención médica y, en su caso, los tratamientos correspondientes, que requieran los niños después del abandono del centro penitenciario y hasta su llegada a la adolescencia y la mayoría de edad.
Título Quinto(...)
Artículo 116. Corresponden a las autoridades federales y locales de manera concurrente las atribuciones siguientes:
(...)
IV. Adoptar medidas de protección especial de derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en situación de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, psicológico, físico, discapacidad, identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria, por haber nacido o vivir en algún centro penitenciario con su madre privada de la libertad, o bien, circunstancias relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual, creencias religiosas o prácticas culturales, u otros que restrinjan o limiten sus derechos;
Capítulo TerceroArtículo 125.Para asegurar una adecuada protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, se crea el Sistema Nacional de Protección Integral, como instancia encargada de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
El Sistema Nacional de Protección Integral tendrá las siguientes atribuciones:
(...)
IV. Promover, en los tres órdenes de gobierno, el establecimiento de presupuestos destinados a la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes , que incluyan asignaciones para llevar a cabo la protección especial de las niñas y los niños en situaciones de vulnerabilidad a que se refieren los artículos 10 y 116 de la presente ley.
TransitoriosPrimero. El presente decretó entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los estados de la república tendrán seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para adecuar su normatividad al contenido y objetivos de la presente reforma en materia de derechos fundamentales de los niños en reclusión.
Tercero. En un plazo no mayor de tres años, a partir de la publicación de esta ley, las autoridades penitenciarias tendrán que haber concluido las adecuaciones en infraestructura que sean pertinentes, a fin de garantizar el desarrollo integral de los niños en reclusión. En caso de incumplimiento se incurrirá? en responsabilidad.
Cuarto. Con fundamento en el artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Sistema Nacional de Protección Integral deberá coordinar e integrar el primer Censo Nacional de Niños en Reclusión, haciendo la distinción de los que nacieron dentro y fuera de los centros penitenciarios. Este censo deberá concluirse y ser difundido en un plazo no mayor de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Notas:
1 CNDH, Análisis y pronunciamiento respecto de la sobrepoblación en los centros penitenciarios de la República Mexicana, México, 2015, con base en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria de 2014.
2 Victoria Adato Green. La situación actual de las mujeres en reclusión, Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, México, 2011.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de noviembre de 2015.Diputados: Sofía González Torres,Alfredo Anaya Orozco, Alfredo Bejos Nicolás, Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, Ana Leticia Carrera Hernández, Daniela de los Santos Torres, Eloísa Chavarrías Barajas, Evelyn Parra Álvarez, Evelyng Soraya Flores Carranza, Felipe Cervera Hernández, Felipe Reyes Álvarez, Georgina Trujillo Zentella, Héctor Peralta Grappin, Jesús Enrique Jackson Ramírez, Jesús Salvador Valencia Guzmán, Jorgina Gaxiola Lezama, José Refugio Sandoval Rodríguez, Juan Alberto Blanco Zaldívar, Lia Limón García, Lilia Arminda García Escobar, María Ávila Serna, María del Rocío Rebollo Mendoza, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Luisa Beltrán Reyes, María Soledad Sandoval Martínez, Miguel Ángel Yunes Linares, Norberto Antonio Martínez Soto, Olga Catalán Padilla, Óscar Ferrer Ábalos, Paloma Canales Suárez, Rosa Alicia Álvarez Piñones, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Victoriano Wences Real, Wendolin Toledo Aceves, Yolanda De la Torre Valdez (rúbricas).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su dictamen.
El diputado Jesús Valencia Guzmán (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Adelante, diputado Jesús Valencia Guzmán. ¿Con qué objeto?
El diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán (desde la curul): Con objeto de adherirme a la iniciativa que ha presentado la diputada González torres. Además si me permiten aprovechar este momento para llamar la atención de este pleno, que de manera extraordinaria se haga un llamado a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que se dote del presupuesto necesario al Sistema Nacional de Atención de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que no fue contemplado en el pasado Presupuesto. Es cuanto, presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Si la proponente no tiene inconveniente en la solicitud de adhesión.
La diputada Sofía González Torres: Con gusto, presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Esta presidencia deja a disposición la iniciativa.
La diputada Daniela De Los Santos Torres: Presidenta, quisiera adherirme también a la iniciativa.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Pide también la diputada Daniela De Los Santos adherirse a dicha iniciativa, si la proponente no tiene inconveniente.
La diputada Sofía González Torres: Con gusto, presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: La ponemos a disposición en la Secretaría.
El diputado Juan Alberto Blanco Zaldívar (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Pide la palabra el diputado Juan Blanco, del Partido Acción Nacional.
El diputado Juan Alberto Blanco Zaldívar (desde la curul): Si, gracias, señora presidenta. Para pedirle a la diputada también si no tiene inconveniente que nos dé la oportunidad de adherirnos; es una muy buena propuesta que rebasa los grupos, el partido. Creo que todos deberíamos de tener un sentido de solidaridad con esta propuesta, y felicitarla.
La diputada Sofía González Torres: Sí, con gusto.
La diputada Lía Limón García (desde la curul): Presidenta.
La Presidente diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Adelante, tiene la palabra la diputada Lía Limón, del Partido Verde Ecologista.
La diputada Lía Limón García (desde la curul): Con el mismo fin, las diputada Alma Arzaluz, María Ávila y una servidora, quisiéramos solicitarle a la proponente que si nos permite sumarnos a su iniciativa.
La diputada Sofía González Torres: Adelante.
La Presidente diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Ha mostrado la disposición la proponente, por lo tanto queda a disposición en esta secretaría la iniciativa para la adhesión correspondiente. Ha quedado ya la iniciativa a disposición en la Secretaría.
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán (desde la curul): Presidenta.
La Presidente diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Adelante, diputada, ¿Con qué objeto?
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán (desde la curul): Con el objeto de comunicar como una buena noticia que justamente en la Comisión de Niñez se aprobó un diagnóstico y evaluación de la situación que tienen los niños, con un presupuesto este diagnóstico para poder generar legislación, políticas públicas y programas adecuados para ellos. Es cuanto.
La Presidente diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias. Quedan también esos comentarios para la Comisión de Derechos de la Niñez.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Jorge Tello López, de Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El diputado Jorge Tello López:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, presento ante esa soberanía reforma con proyecto de decreto en la iniciativa del Ejecutivo federal presentada ante la Cámara de Senadores para incorporar el Apartado B al artículo 123 constitucional.Los principios de protección para el trabajo de los servidores del Estado se reconocía que éstos, por diversas y conocidas circunstancias no habían disfrutado de todas las garantías sociales, que tal precepto consignaba para los demás trabajadores al distinguir a unos y a otros, señalaba que mientras los primeros laboraban para empresas con fines de lucro, los segundos trabajaban para instituciones de interés general constituyéndose en íntimos colaboradores en el ejercicio de la función pública. Aseveraba también que el trabajo no era simple mercancía, sino que formaba parte esencial de la dignidad del hombre, por lo cual debía ser legalmente tutelado.
Garantías sociales que son escamoteadas hoy en día por todos los gobiernos de la república, de las entidades federativas, del Distrito Federal, municipios y demarcaciones territoriales, los Poderes de la Unión de las entidades federativas y los órganos de gobierno del Distrito Federal no escapan a esta práctica de suprimir las prestaciones sociales de los trabajadores de confianza al servicio del Estado. Esta soberanía nacional lejos de dignificar sus derechos, que fue obra del Constituyente Permanente, se ha encargado de socavar sus prestaciones sociales.
El artículo 123 del Código Político de 1917 era considerado como una conquista histórica de la Revolución Mexicana, que no debía ser motivo de modificaciones ni esenciales ni literales de ninguna naturaleza. Las Comisiones Unidas Primera de Puntos Constitucionales y Primera del Trabajo de la Cámara de Senadores en su dictamen reiteraron que siguiendo la tradición establecida por el Constituyente de 1917 y a fin de enriquecer las garantías sociales, como para garantizar el respeto de sus derechos, se elevaba a rango constitucional la adición a la ley fundamental.
En la discusión de esta iniciativa se destacaba que, después de 35 años de lucha continúa por elevar su condición económica y social, los trabajadores al servicio del Estado verían cristalizados sus más caros anhelos.
Además sostenía los puntos en las oficinas públicas, eran considerados en términos generales como botín político y solamente tenían acceso a ellos los compadres y amigos de los jefes en turno con grave perjuicio de la buena marcha de la administración y en contra de quienes por su conocimiento y honradez, y casi por indispensables, ya que realizaban todas las labores de sus oficinas lograban conservar sus empleos, soportando arbitrariedades e insolencias de los favoritos que quedaban en calidad de dueños de vida y consciencia de los empleados de sus órdenes, dedicándose a realizar negocios personales y a lucir su autoridad con trabajadoras que necesitaban de su empleo para subsistir, mientras los abandonados de la fortuna trabajaban, las más de las veces jornadas de 10 a 12 horas diarias, sin pago de tiempo extra, sin día de descanso a la semana, sin estímulo que le permitiera superarse y sin derecho a ser la menor reclamación al jefe inmediato por los malos tratos y vejaciones de que eran objeto.
Diciembre marcaba el momento trágico del trabajador, ya que en aquel tiempo en lugar de recibir felicitaciones de fin de año o del acostumbrado aguinaldo de nuestros días, era casi seguro que se le comunicara el término cese, con objeto de acomodar a su recomendado o un favorecido a partir del 1 de enero del siguiente año.
Al Constituyente Permanente le daría pena constatar que subsiste esa realidad, pues los trabajadores de confianza siguen soportando arbitrariedades e insolencias y día con día ven escamoteadas sus prestaciones sociales con la anuencia de los poderes constituidos y de los órganos de gobierno del Distrito Federal.
La justicia social producto del Constituyente de 1916 y 1917, lejos de haberse consolidado a 99 años de su promulgación, es minada por Constituyente Permanente o por el legislador ordinario. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Tello López, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe , Jorge Tello López, diputado federal a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Ley Fundamental y 6, numeral 1, fracción I y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6o. constitucional, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn la iniciativa del Ejecutivo federal presentada ante la Cámara de Senadores para incorporar el Apartado B al artículo 123 constitucional los principios de protección para el trabajo de los servidores del Estado se reconocía que éstos, por diversas y conocidas circunstancias, no habían disfrutado de todas las garantías sociales que tal precepto consignaba para los demás trabajadores.
Al distinguir a unos y otros, señalaba, que mientras los primeros, laboran para empresas con fines de lucro, los segundos, trabajan para instituciones de interés general, constituyéndose en íntimos colaboradores en el ejercicio de la función pública.
Aseveraba también, que el trabajo no era una simple mercancía, sino que formaba parte esencial de la dignidad del hombre; por lo cual, debía ser siempre legalmente tutelado.
Garantías sociales que son escamoteadas hoy en día, por todos los gobiernos de la República, de las entidades federativas, del Distrito Federal, municipios y demarcaciones territoriales.
Los Poderes de la Unión, de las entidades federativas y los órganos de gobierno del Distrito Federal no escapan a esta práctica de suprimir las prestaciones sociales de los trabajadores de confianza al servicio del Estado.
Esta soberanía nacional, lejos de dignificar sus derechos, que fue obra del Constituyente Permanente, se han encargado de socavar sus prestaciones sociales.
La adición que propuso en su momento, el presidente de la República, enumeraba los derechos de los trabajadores y consagraba las bases mínimas de previsión social que aseguraran, en lo posible, tanto su tranquilidad y bienestar personal, como la de sus familias: jornada máxima, tanto diurna como nocturna, descansos semanales, vacaciones, salarios, permanencia en el trabajo escalafón para los ascensos, derecho para asociarse, uso del derecho de huelga, protección en caso de accidentes y enfermedades, así profesionales como no profesionales, jubilación, protección en caso de invalidez, vejez y muerte, centros vacacionales y de recuperación, habitaciones baratas, en arrendamiento o venta, así corno las medidas protectoras indispensables para las mujeres durante el periodo de la gestación, en el alumbramiento y durante la lactancia.
El artículo 123 del Código Político de 1917 era considerado como una conquista histórica de la Revolución Mexicana que no debía ser motivo de modificaciones ni esenciales ni literales de ninguna naturaleza.
Las Comisiones Unidas, Primera de Puntos Constitucionales y Primera de Trabajo de la Cámara de Senadores, en su dictamen reiteraron que siguiendo la tradición establecida por el Constituyente de 1917 y a fin de enriquecer las garantías sociales, así como para garantizar el respeto de sus derechos, se elevaba a rango constitucional la adición a la ley fundamental.
En la discusión de esta iniciativa se destacaba que después de 35 años de lucha continua por elevar su condición económica y social, los trabajadores al servicio del Estado, verían cristalizados sus más caros anhelos.
Además, se sostenía:
...los puestos en las oficinas públicas eran considerados en términos generales como botín político y solamente tenían acceso a ellos los compadres y amigos de los jefes en turno, con grave perjuicio de la buena marcha de la administración y en contra de quienes, por su conocimiento y honradez, y casi por indispensables, ya que realizaban todas las labores de sus oficinas, lograban conservar sus empleos, soportando las arbitrariedades e insolencias de los favoritos, que quedaban en calidad de dueños de vida y conciencia de los empleados de sus órdenes, dedicándose a realizar negocios personales y a lucir su autoridad con trabajadoras que necesitaban de su empleo para subsistir, mientras los abandonados de la fortuna, trabajaban las más de las veces jornadas de 10 a 12 horas diarias, sin el pago del tiempo extra, sin día de descanso a la semana, sin estímulo que le permitiera superarse y sin derecho a hacer la menor reclamación al jefe inmediato por los malos tratos y vejaciones de que eran objeto.
Diciembre marcaba el momento trágico del trabajador ya que en aquel tiempo en lugar de recibir felicitaciones de fin de año o el acostumbrado aguinaldo de nuestros días, era caso seguro que se le comunicara el temido cese, con objeto de acomodar a un recomendado o a un favorecido a partir del 1de enero del siguiente año.
Al Constituyente Permanente le daría pena, constatar que subsiste esa realidad, pues, los trabajadores de confianza, siguen soportando las arbitrariedades e insolencias y día con día, ven escamoteadas sus prestaciones sociales con la anuencia de los poderes constituidos y de los órganos de gobierno del Distrito Federal.
La justicia social, producto del Constituyente de 1916-1917, lejos de haberse consolidado a noventa y nueve años desde su promulgación, es minada o por Constituyente Permanente o por el Legislador ordinario.
Lo anterior, sucede también en las entidades federativas y en el Distrito Federal.
Que si atendemos al número de trabajadores de confianza que se encuentra laborando a nivel nacional asciende a 305 mil 528 funcionarios de los cuales 33 mil 42 pertenecen al gobierno federal, es decir el 12 por ciento y 272 mil 486 (88 por ciento) a los gobierno estatales y del Distrito Federal, aproximadamente.
Todo lo anterior, sin cotejar el tipo de nombramiento, pues estos últimos, no atienden necesariamente a la naturaleza de las funciones que desempeñen al ocupar el cargo y en la mayoría de los casos, realizan funciones de trabajadores de base con nombramientos de confianza.
Los Tribunales Colegiados de Circuito por su parte, en criterio jurisprudencial, han sostenido, que el párrafo tercero del artículo 1o. de la norma suprema dispone como obligaciones generales de las autoridades del Estado mexicano, las consistentes en respetar, proteger, garantizar y promover los derechos humanos, de conformidad con los principios rectores de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
La obligación de respetar, consiste en el deber de la autoridad que le impide interferir con el ejercicio de los derechos o ponerlos en peligro, ya sea por acción o por omisión; es decir, la autoridad, en todos sus niveles (federal, estatal o municipal) y en cualquiera de sus funciones (ejecutiva, legislativa o judicial), debe mantener el goce del derecho y, por ende, su cumplimiento es inmediatamente exigible.
Que por lo que hace a la obligación de proteger y dentro del margen que sus propias atribuciones les confieren, los órganos del Estado deben prevenir violaciones a los derechos fundamentales, ya sea que provengan de una autoridad o de algún particular y, por ello, debe contarse tanto con mecanismos de vigilancia como de reacción ante el riesgo de vulneración del derecho, de tal forma que se impida la consumación de la violación. En este último sentido, su cumplimiento es inmediatamente exigible.
La conducta estatal debe encaminarse a resguardar a las personas de las interferencias a sus derechos provenientes de los propios agentes del Estado como de otros particulares, tal fin se logra, en principio, mediante la actividad legislativa y de vigilancia en su cumplimiento y, si esto no es suficiente, mediante las acciones necesarias para impedir la consumación de la violación a los derechos. De ahí que, una vez conocido el riesgo de vulneración a un derecho humano, el Estado incumple su obligación si no realiza acción alguna, sobre todo porque, en el caso de sus propios agentes está obligado a saber todo lo que hacen.
Que en cuanto a la obligación de garantizar, la finalidad de esta obligación es la realización del derecho fundamental, por lo que requiere la eliminación de restricciones al ejercicio de los derechos, así como la provisión de recursos o la facilitación de actividades que tiendan a lograr que todos se encuentren en aptitud de ejercer sus derechos fundamentales. La índole de las acciones dependerá del contexto de cada caso en particular.
La contextualización del caso particular requiere que el órgano del Estado encargado de garantizar la realización del derecho tenga conocimiento suficiente de las necesidades de las personas o grupos involucrados, lo que significa que debe atender a la situación previa de tales grupos o personas y a las demandas de reivindicación de sus derechos. Para ello, el órgano estatal, dentro de su ámbito de facultades, se encuentra obligado a investigar, sancionar y reparar las violaciones a derechos humanos que advierta, de tal forma que su conducta consistirá en todo lo necesario para lograr la restitución del derecho humano violentado.
Que por lo que hace a la obligación de promover, ésta, tiene como objetivo que las personas conozcan sus derechos y mecanismos de defensa; así como ampliar la base de realización de los derechos fundamentales. De ahí que la autoridad debe concebir a las personas como titulares de derechos cuya obligación correlativa corresponde a las propias autoridades estatales. Su cumplimiento es, desde luego, progresivo.
Que de todo lo anterior, podemos inferir que todas las autoridades, lejos de darle cabal cumplimiento a lo establecido en el párrafo tercero del artículo 1o. de la ley fundamental de respetar, proteger, garantizar y promover los derechos humanos, actúan al margen de sus atribuciones, de manera arbitraria, discrecional y vulnerando los derechos humanos de los trabajadores de confianza al servicio del Estado.
La Suprema Corte de Justicia ha señalado que para determinar si un trabajador al servicio del Estado es de confianza o de base, debe atenderse a la naturaleza de las funciones que desempeña al ocupar el cargo, con independencia del nombramiento respectivo.
Este criterio de interpretación resulta acorde con el principio pro persona contenido en el artículo 1 de la norma suprema, el cual obliga a maximizar la interpretación conforme en aquellos escenarios en los cuales ésta permita la efectividad de los derechos fundamentales de las personas frente al vacío legislativo o duda que pueda provocarse con la aplicación de una norma jurídica, así como también es coherente con el carácter protector de las leyes laborales hacia la parte débil de la relación laboral, esto es, los trabajadores de confianza al servicio del Estado.
La doctrina jurídica laboral no pasa por sus mejores momentos en nuestro país. La discriminación laboral es la constante, socavando sus derechos humanos establecidos en el Código Político de 1917, así como en el Convenio Internacional del Trabajo número 111, relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la ONU.
Los legisladores de Morena pugnaremos porque se respeten, protejan, garanticen y promuevan los derechos humanos de los trabajadores de confianza al servicio del Estado.
Es por ello que planteamos, que en tratándose de los cargos considerados de confianza, se atienda a la naturaleza de las funciones que desempeñen al ocupar el cargo, con independencia del nombramiento respectivo y que disfruten de las mismas medidas de protección al salario y beneficios de la seguridad social establecida en el Apartado B del artículo 123 constitucional.
Los Poderes de la Unión, los de los estados y órganos de gobierno del Distrito Federal, no pueden seguir escamoteando los derechos de los trabajadores de confianza, ni seguir violentando los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.
La Republica tiene una deuda con sus trabajadores, saldémosla, dignifiquemos su labor, ellos, constituyen la infraestructura de la Nación que incide en el desarrollo económico y en la justicia social.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 123, Apartado B, fracción XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único. Se reforma el artículo 123, Apartado B, fracción XIV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 123. ...
...
A. ...
I. a XXXI. ...
B. ...
I. a XIII. ...
XIV. La ley determinará los cargos que serán considerados de confianza, atendiendo a la naturaleza de las funciones que desempeñen al ocupar el cargo, con independencia del nombramiento respectivo. Las personas que los desempeñen disfrutarán de las mismas medidas de protección al salario y beneficios de la seguridad social establecida en el Apartado B del artículo 123 constitucional, extendiéndose a todos los trabajadores de confianza.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los estados deberán adecuar sus constituciones y leyes conforme a lo dispuesto en este decreto a más tardar en un año a partir de su entrada en vigor. En su caso, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones a los ordenamientos jurídicos a más tardar el 30 de septiembre del año 2016.
En tanto se realizan las adecuaciones a que se refiere el párrafo anterior, se continuarán aplicando las disposiciones vigentes.
Tercero. Antes del inicio del Ejercicio Fiscal de 2016, las legislaturas de los estados, en el ámbito de su competencia y en coordinación con los municipios respectivos, adoptarán las medidas conducentes a fin de que los trabajadores de confianza disfruten de las mismas medidas de protección al salario y beneficios de la seguridad social establecida en el Apartado B del artículo 123 constitucional.
Notas:
1 Cfr. Diario de los Debates de la Cámara de Senadores, Año II, Número 26, Periodo Ordinario, XLIV Legislatura, Tomo II, del 8 de diciembre de 1959, pp. 5-16.
2 Se refiere a los trabajadores señalados en el Apartado A del artículo 123 constitucional.
3 El decreto que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución General de la República fue publcado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 19160.
4 Cfr. Diario de los debates de la Cámara de Senadores, Año II, Número 27, Periodo Ordinario, XLIV Legislatura, Tomo II, del 10 de diciembre de 1959, pp. 2-7.
5 Cfr. Diario de los debates de la Cámara de Senadores, Año II, Número 27, Periodo Ordinario, XLIV Legislatura, Tomo II, del 10 de diciembre de 1959, p. 7. Diario de los Debates de la Cámara de Diputados, Año II, Tomo I, Número 36, del 14 de diciembre de 1959, pp. 2-12. Diario de los Debates de la Cámara de Diputados, Año II, Tomo I, Número 43, del 22 de diciembre de 1959, pp. 10-13. Diario de los Debates de la Cámara de Diputados, Año II, Tomo I, Número 44, del 23 de diciembre de 1959, pp. 27-35. Diario de los Debates de la Cámara de Diputados, Año III, Tomo I, Número 8, del 27 de septiembre de 1960, pp. 4-8. Diario Oficial de la Federación del 5 de diciembre de 1960, Tomo CCXLIII, Número 30, pp. 1-3.
6 La información correspondiente a las Plazas de Confianza se obtuvo de todos los niveles CF que considera el Analítico de Plazas que entregó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la Cámara de Diputado en el Paquete Económico para 2016.Para la Estimación del Personal de Confianza que labora en las Entidades Federativas se tomó como base la estructura del Gobierno del Distrito Federal y con la información obtenida se proyectó a nivel nacional como proporción de acuerdo al número de habitantes total. El Gobierno del Distrito Federal cuenta con un total de 102 Dependencias, Órganos Desconcentrados y Organismos y Empresas que cuentan en promedio con 170 Plazas de Confianza, lo que da un total de 17,340 Plazas de Confianza. Con el dato anterior se atiende una población de 7 millones de personas, por lo que proporcionalmente para 110 millones de personas a nivel nacional el Personal de Confianza en las Entidades Federativas es de 272,486 Plazas de Confianza y esta información fue proporcionada por el asesor David Velázquez Velázquez.
7 Cfr. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tribunales Colegiados de Circuito, Jurisprudencia XXVII.3o. J/24 (10a.), Libro 15, Febrero de 2015, Tomo III, localizable en la página 2254.
8 Cfr. Tesis de jurisprudencia P./J. 36/2006 del Pleno, 2a./J. 160/2004 de la Segunda Sala, y 4a./J. 28/93, de la otrora Cuarta Sala, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubros: Trabajadores al Servicio del Estado. Para determinar si tienen un nombramiento de base o de confianza, es necesario atender a la naturaleza de las funciones que desarrollan y no a la denominación de aquél., Trabajadores al Servicio del Estado. Para considerarlos de confianza, conforme al artículo 5o., fracción II, inciso A), de la ley federal relativa, no basta acreditar que así conste en el nombramiento sino, además, las funciones de dirección desempeñadas. y Trabajadores de confianza al servicio del Ejecutivo federal. Fuerza probatoria del catálogo de puestos en la determinación del carácter de.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil quince. Diputado Jorge Tello López (rúbrica).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su dictamen.
Les damos también la más cordial de las bienvenidas a los jóvenes de la Facultad de Derecho de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, de Morelia, Michoacán, invitados por la diputada Daniela de los Santos Torres. Bienvenidos.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra por tres minutos la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32-Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
La diputada María Elena Orantes López:Con su venia, presidente. Compañeras y compañeros, la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas fracciones del artículo 32-Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública, al tenor de lo siguiente.Es nuestra obligación cuidar la calidad del medio ambiente, porque éste determina la capacidad para sustentar la vida. Debemos reconocer que está produciendo un declive cada vez más acelerado en su calidad, sobre todo por el rápido crecimiento de la población humana y del desarrollo tecnológico.
El crecimiento de la población ha llevado al hombre a utilizar indiscriminadamente una serie de recursos para obtener energía, carbón, gas natural, petróleo, minerales radioactivos, así como minerales y elementos para la fabricación y la construcción de sus espacios.
Por ello, es necesario comenzar a preocuparse por el uso irresponsable de dichos recursos y fomentar el equilibrio del medio ambiente y el desarrollo sustentable en beneficio de la humanidad. Lo que se busca es lograr un desarrollo sostenible. Este concepto quiere decir el hecho de lograr el mayor desarrollo de los pueblos, sin poner en peligro el medio ambiente.
Lo que se pretende con esta iniciativa es fomentar un cambio en la cultura en el sector productivo, concientizar el uso sostenible de los recursos energéticos, la protección de las especies animales en peligro de extinción y evitar así la contaminación marina.
En suma, lo que se propone es que el Estado contribuya al cambio de cultura empresarial, reconozca los esfuerzos y el compromiso del sector productivo y rectificar y eficientar sus operaciones para no dañar al medio ambiente.
Por todo ello, someto a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:
Artículo Primero. Se reforma la fracción XIII del artículo 32 Bis de la Ley Orgánica.
32 Bis. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
Como dice: XIII. Fomentar y realizar programas de restauración ecológica, con la cooperación de las autoridades federales, estatales y municipales, en coordinación, en su caso, con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, además de las dependencias y entidades de la administración pública federal.
Y adherimos: y organismos no gubernamentales especializados.
Artículo segundo. El artículo 32 Bis de la Ley Orgánica. A la Secretaría de Medio Ambiente, expedir a las personas físicas o morales que lo soliciten, la certificación de empresas ecológicamente responsables a aquellas que dentro de sus operaciones acrediten procedimientos tendientes a mejorar la preservación y restauración en la calidad del medio ambiente. Los ecosistemas naturales, la capa de ozono eficiente, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales de la flora y la fauna silvestre, terrestre y acuática, con la incidencia ecológica y políticas encaminadas al cumplimiento de las acciones y mitigación de adaptación del cambio climático.
Le ruego, presidenta, que de acuerdo como fue entregado se ponga en el Diario de los Debates, ya que por espacio de tiempo tuvimos que reducirla. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 32-Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, diputada María Elena Orantes López, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la
I. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones XIII y XLII, adiciona la fracción XLIII recorriendo a esta el contenido de la fracción anterior, todas del artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, al tenor del siguiente
II. Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver
El medio ambiente se debe cuidar por que la calidad de este determina la capacidad para sustentar la vida.
El rápido crecimiento de la población humana y el desarrollo tecnológico está produciendo un declive cada vez más acelerado en su calidad.
Fue con la Revolución Industrial cuando los seres humanos empezaron realmente a cambiar la faz del planeta, la naturaleza de su atmósfera y la calidad de su agua. Es decir, la iniciativa privada toma parte importante en el problema de la contaminación, por ello, es necesario involucrarla en los esfuerzos de sustentar la vida o, mejor dicho, en los esfuerzos de mejorar el medio ambiente.
El hombre también ha utilizado indiscriminadamente otra serie de recursos para obtener energía, carbón, gas natural, petróleo y minerales radiactivos, así como diversas rocas y minerales constituyen elementos para la fabricación y la construcción.
Por ello es necesario comenzarse a preocupar por en el uso responsable de dichos recursos y fomentar el equilibrio entre medio ambiente y desarrollo sustentable en beneficio de la humanidad.
III. Argumentos que la sustentan
En el mundo existen mil 84 Sitios Patrimonio de la Humanidad UNESCO, de éstos, 836 son culturales, 214 naturales y 34 mixtos. México cuenta con 33 sitios inscritos en la lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO: 27 bienes culturales, 5 naturales y uno mixto. A nivel mundial ocupa el quinto lugar con mayor cantidad de sitios inscritos en esta lista, y primer lugar en Latinoamérica.
En junio de 1992, la Conferencia sobre Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas, también conocida como la Cumbre de la Tierra, se reunió durante 12 días en las cercanías de Río de Janeiro, Brasil. Esta cumbre desarrolló y legitimó una agenda de medidas relacionadas con el cambio medioambiental, económico y político. El propósito de la conferencia fue determinar qué reformas medioambientales era necesario emprender a largo plazo, e iniciar procesos para su implantación y supervisión internacionales. Los principales temas abordados en estas convenciones incluían el cambio climático, la biodiversidad, la protección forestal, la Agenda 21 (un proyecto de desarrollo medioambiental de 900 páginas) y la Declaración de Río (un documento de seis páginas que demandaba la integración de medio ambiente y desarrollo económico).
La ONU busca lograr el desarrollo sostenible. Este concepto quiere decir el hecho de lograr el mayor desarrollo de los pueblos sin poner en peligro el medio ambiente. Para ello se creó, en 1972, el Programa de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, PNUMA, que se encarga de promover actividades medioambientales y crear conciencia entre la población sobre la importancia de cuidar el medio ambiente.
Así, el Programa 21 es un plan de acción que explica las medidas para lograr un desarrollo sostenible. En esta cumbre, también se definieron los derechos y deberes de los Estados en materia de medio ambiente, se abordaron las cuestiones relacionadas con la protección de los bosques, el cambio climático y la diversidad biológica, las poblaciones de peces migratorias, la desertificación, el desarrollo sostenible de los Estados insulares (islas).
En 2002 se llevó a cabo la Cumbre de Johannesburgo, organizada por las Naciones Unidas, la cual fue la reunión internacional más grande de la historia en donde se trató el desarrollo sostenible. Su tema principal fue cómo transformar al mundo para asegurar la conservación de la vida a largo plazo.
Para evitar el adelgazamiento de la capa de ozono, el Programa de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente ayudó a negociar el Convenio de Viena sobre la Protección de la Capa de Ozono (1985), así como el Protocolo de Montreal (1987) y sus enmiendas. Los países desarrollados han acordado a través de estos acuerdos prohibir la producción y venta de clorofluorocarbonos (CFC) que agotan la capa de ozono, a más tardar en 2010.
Los usos excesivos de energéticos en otras zonas del mundo afectan en el cambio del clima mundial y local, así como en la contaminación del aire por el uso de combustibles fósiles, la acidifación de las tierras, la contaminación marina y acuática por derrames de petróleo, la destrucción del hábitat por operaciones de obtención de combustibles fósiles, la deforestación para aprovechar los combustibles provenientes de la madera, el ruido de máquinas y plantas productoras de electricidad.
El programa de energía del Programa de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente busca que se tomen en cuenta las cuestiones ambientales en la toma de decisiones relacionadas con la energía, a través de las siguientes acciones:
Enfocándose en las necesidades de las economías en desarrollo y en transición.
Buscando el uso de energía renovable.
Aumentando la eficiencia en el uso de la energía.
Apoyando en el desarrollo de políticas de medio ambiente y de transporte sostenibles, así como para inversiones en el sector de la energía renovable.
El medio ambiente provee al ser humano de recursos biológicos que han servido de base a las civilizaciones y han sido base de la agricultura, la farmacéutica, la industria, la horticultura y la construcción, por mencionar algunos.
Uno de los principales retos que enfrenta México respecto al medio ambiente y desarrollo sustentable es incluir la ecología como uno de los elementos de la competitividad y el desarrollo económico y social.
Lo que se pretende con esta iniciativa es fomentar un cambio de cultura en el sector productivo que concientice el uso sostenible de los recursos energéticos, la protección de las especies animales en peligro de extinción, evite la contaminación marina, los problemas ambientales y deterioro de los recursos naturales que enfrentan las ciudades de nuestro país altamente contaminadas.
IV. Fundamento legal
La ONU acordó en la Cumbre para la Tierra de 1992 el Convenio sobre la Diversidad Biológica, éste obliga a los Estados a que conserven la diversidad biológica y que se utilicen de forma sostenible los recursos que la componen. Asimismo obliga a que se compartan de forma más justa y equitativa los beneficios derivados del aprovechamiento de los recursos genéticos.
La protección de las especies en peligro de extinción se garantiza a través de la Convención de 1973 sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora.
El gobierno de la República ha optado por sumarse a los esfuerzos internacionales suscribiendo importantes acuerdos, entre los que destacan el Convenio sobre Diversidad Biológica; la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Protocolo de Kyoto; el Convenio de Estocolmo, sobre contaminantes orgánicos persistentes; el Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono; la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación; la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres; y los Objetivos del Milenio de la Organización de las Naciones Unidas. Estos acuerdos tienen como propósito hacer de México un participante activo en el desarrollo sustentable.
Asegurar la sustentabilidad ambiental y el acceso a los servicios energéticos es clave para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). En este sentido, es necesario construir y desarrollar capacidades que promuevan una mejor gobernabilidad ambiental, innovación y difusión tecnológica y el aumento de los mecanismos financieros en temas como la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad, la gobernabilidad del agua, el fortalecimiento de los espacios de participación ciudadana para el desarrollo sustentable, la reducción de los gases de efecto invernadero y la adaptación al cambio climático.
V. Denominación del decreto
Por todo ello se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman las fracciones XIII y XLII, adiciona la fracción XLIII recorriendo a esta el contenido de la fracción anterior, todas del artículo 32 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
VI. Ordenamientos a modificar
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Texto vigente
Artículo 32 Bis. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. a XII. ...
XIII. Fomentar y realizar programas de restauración ecológica, con la cooperación de las autoridades federales, estatales y municipales, en coordinación, en su caso, con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y demás dependencias y entidades de la administración pública federal;
XIV. a XLI. ...
XLII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
VII. Texto normativo propuesto
Artículo Primero. Se reforma una fracción XIII al artículo 32 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 32 Bis. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
XIII. Fomentar y realizar programas de restauración ecológica, con la cooperación de las autoridades federales, estatales y municipales, en coordinación, en su caso, con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, demás dependencias, entidades de la administración pública federal y organismos no gubernamentales especializados;
Artículo Segundo. Se reforma una fracción XLII al artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 32 Bis. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
XLII. Expedir a las personas físicas o morales que lo soliciten la Certificación de Empresas Ecológicamente Responsables, a aquellas que dentro de sus operaciones acrediten procedimientos tendentes a mejorar la preservación y restauración de la calidad del medio ambiente, los ecosistemas naturales, la capa de ozono; eficiente el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales de la flora y fauna silvestre, terrestre y acuática; garanticen el correcto manejo de las descargas de aguas residuales, los materiales y residuos peligrosos; cuenten con programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica y políticas encaminadas al cumplimiento de las acciones de mitigación y adaptación del cambio climático.
Artículo Tercero. Se adiciona una fracción XLIII al artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 32 Bis. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
XLIII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
VIII. Artículos transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015. Diputada María Elena Orantes López (rúbrica).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Gobernación, para su dictamen e insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.
Están con nosotros los estudiantes de la Universidad Veracruzana, Facultad de Derecho, campus Poza Rica, del estado de Veracruz, invitados por el diputado Leonardo Amador Rodríguez.
Y nos acompañan también los alumnos de la licenciatura de derecho, de la Universidad ETAC, del campus Chalco, invitados por el diputado Pedro Alberto Salazar Muciño.
Y nos acompañan también los alumnos y profesores de la preparatoria UNAM, plantel 4, Vidal Castañeda y Nájera, del turno matutino, invitados también por el diputado José Santiago López. A todos ellos les damos la más cordial de las bienvenidas y les deseamos que sea de gran utilidad para ustedes la visita a esta sesión.
VOLUMEN III
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, Y LEY PARA IMPULSAR EL INCREMENTO SOSTENIDO DE LA PRODUCTIVIDAD Y LA COMPETITIVIDAD DE LA ECONOMÍA NACIONAL
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra por tres minutos el diputado Mariano Lara Salazar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional. Adelante.
El diputado Mariano Lara Salazar:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, los jóvenes son agentes estratégicos del desarrollo nacional, en Nueva Alianza lo entendemos y por ello, atendiendo a nuestro compromiso de propiciar las mejores condiciones para su desarrollo, pongo a su consideración la presente iniciativa que reformará la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y la Ley para Impulsar el Incremento de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional.El objetivo es impulsar las capacidades y potencialidades de los jóvenes a través de la creación, implementación y ejecución de políticas pública y programas destinados al fomento y activación del desarrollo económico y productivo de los jóvenes.
Dato del Censo de Población 2010, indican que tenemos una población de 36.2 millones de jóvenes entre 12 y 29 años, desafortunadamente la mayoría de estos jóvenes no cuentan con un futuro prometedor, la realidad es que los jóvenes no tienen garantizada su educación, su derecho humano a un trabajo digno y bien remunerado, y por si fuera poco, están expuestos a una violencia cotidiana que obstaculiza su desarrollo.
No hemos podido generar las condiciones que permitan a los jóvenes acceder a empleos estables. Casi el 70 por ciento de los jóvenes mexicanos que trabajan lo hacen en el sector informal, lo que los pone en una situación de vulnerabilidad económica, de seguridad social y laboral. Además, que no les permite contribuir con el erario, debilitando así al Estado.
Compañeras y compañeros legisladores, el desempleo y la falta de oportunidades son una mezcla que representa un factor determinante en la explotación de jóvenes por parte de la delincuencia organizada.
Su inclusión e integración en los procesos de desarrollo y crecimiento productivo debe ser una prioridad para México. Debemos generar condiciones que propicien su desarrollo, el cual estamos seguros, se traducirá en beneficios tangibles para la sociedad.
En Nueva Alianza estamos convencidos que crear más y mejores empleos para los jóvenes, así como fomentar y apoyar su capacidad emprendedora es una medida preventiva contra la inseguridad que nos aqueja en nuestro país.
Si queremos un país en crecimiento y una sociedad estable. Si queremos resultados hagamos algo para conseguirlos. Para Nueva Alianza la apuesta es por los jóvenes. Es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; y para impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, a cargo del diputado Mariano Lara Salazar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Planteamiento del problema
El tema de los rangos de edad para considerar a los jóvenes es difícil de determinar, por ejemplo la ONU, en algunas declaraciones por motivo del Año Internacional de la Juventud en 1985 consideró como jóvenes a las personas que tuvieran entre 15 y 24 años de edad. Asimismo, la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, establece en su artículo primero que considera bajo las expresiones <<joven>>, <<jóvenes>> y <<juventud>> a todas las personas, nacionales o residentes en algún país de Iberoamérica, comprendidas entre los 15 y los 24 años de edad.
Otras normas internacionales incluyen en el concepto de jóvenes a las personas menores de 18 años; como es el caso de la Convención sobre los Derechos de los Niños, aprobada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1989.
A nivel nacional, la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud considera como jóvenes a la población cuya edad queda comprendida entre los 12 y 29 años , yreconoce que dicho sector es estratégicamente importante para el desarrollo del país, por lo que debe ser objeto de las políticas, programas, servicios y acciones que el Instituto Mexicano de la Juventud lleve a cabo.
Observamos pues que no hay homogeneidad en cuanto al rango de edad para determinar a la población joven. Esta disparidad de criterios se traduce muchas veces en la dificultad para focalizar el universo de jóvenes al cual nos referimos.
Independientemente del criterio elegido, las políticas públicas orientadas a este sector de la población están orientadas a evitar conductas nocivas e indeseables como el abandono de estudios, embarazos no deseados, violencia, drogas, entre otros. En lo que respecta a la violencia, tristemente vemos como una gran cantidad de menores de edad pierden la vida en hechos de violencia o han quedado huérfanos como resultado de los enfrentamientos con el crimen organizado.
Algunos estudios dan cuenta de cómo en algunos estados de la República Mexicana esta situación se agrava como es el caso de Michoacán, donde se ha señalado que cinco de cada seis muertes relacionadas con la delincuencia organizada son de jóvenes de entre 18 y 32 años de edad.
Tamaulipas recientemente se ha convertido en un escenario de constantes conflictos y asesinatos por las disputas que mantienen facciones del Cártel del Golfo y por los constantes operativos de las autoridades que han ocasionado constantes enfrentamientos con daños colaterales que han afectado las actividades diarias de la población en general.
Debido a estas acciones el uso de guardias o halcones y sicarios se ha vuelto indispensable y recurrente en la estrategia del crimen organizado en su lucha con otras mafias y gobierno al grado de reclutar a niños de entre un promedio de 12 a 17 años, en algunos casos los niños son forzados a convertirse en criminales debido a la falta de oportunidades.
Según estudios realizados por Centro de Investigación para el Desarrollo, A. C (CIDAC), para el 2010, Tamaulipas era el cuarto estado de la República mexicana con más homicidios presuntamente relacionados con el crimen organizado; tan sólo después de Chihuahua, Sinaloa y Durango.
De hecho, según este mismo informe del CIDAC, Tamaulipas también se encuentra en el cuarto lugar de estados de la república en donde existen más ejecutados u homicidios presuntamente relacionados con el crimen organizado que homicidios dolosos totales.
En los operativos del Ejército, Marina y policía federal en contra de la delincuencia organizada se registran cada vez más arrestos y detenciones de adultos pero también de niños y niñas supuestamente involucrados en la comisión de crímenes relacionados con la delincuencia organizada.
Así, según estimaciones de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), Tamaulipas es el estado con el mayor número de niños y jóvenes detenidos en operativos militares contra la delincuencia organizada (14-16 años), por encima de Veracruz, Guerrero, Sonora y Quintana Roo.
Este mismo estudio revela que en cuanto al mayor número de niños y jóvenes detenidos durante operativos de la Policía Federal contra el crimen organizado, Tamaulipas ocupa el cuarto lugar a nivel nacional, después de Chihuahua, el Distrito Federal y Baja California.
El periódico Reforma, en sus investigaciones sobre el mismo tema y citando fuentes de la Procuraduría General de la República, afirma que a nivel nacional, el número total de niños, niñas y jóvenes detenidos en operativos federales contra la delincuencia organizada desde diciembre 2006 hasta abril 2010 es de 3,664.
No existen cifras oficiales sobre el número de niños y jóvenes implicados de varias formas con la delincuencia organizada. Aunque cifras de la academia hablan de unos 30,000 niños, niñas y jóvenes que cooperan con los grupos criminales de varias formas y están involucrados en la comisión de unos 22 tipos de delitos (desde tráfico de droga, hasta secuestro de personas, desde trata de seres humanos hasta extorsiones, contrabando, piratería, corrupción, etc.).
Diversas encuestas señalan que 1.561.641 niños entre los 5 y 17 años y 7.796. 630 jóvenes entre los 12 y los 29 años de edad no estudian ni trabajan. Esa población está en una situación de riesgo al existir la posibilidad de recibir ofrecimientos de parte del crimen organizado como recompensas, el reconocimiento y el dinero que no encuentran en la sociedad de manera legal.
Esta lacerante situación ha venido enfrentando a amplios sectores de la juventud ante su realidad en la cual, dolorosamente hay que decirlo, en muchos casos la opción de las actividades ilícitas se presenta como la única posibilidad de sobrevivencia económica e inserción social.
El desempleo no es la única condicionante en el reclutamiento de jóvenes por el crimen organizado, también existe el factor del impacto cultural que emula a los narcotraficantes como figuras de prestigio, poder y dinero. Sin embargo, la pobreza y el desempleo son mezcla perfecta que se transforma en un factor determinante en la explotación de jóvenes en la delincuencia organizada. Es imperante que esta Legislatura encuentre mayores canales legales para garantizarles mejores oportunidades laborales a los jóvenes de este país.
Argumentación
Para luchar eficazmente contra el reclutamiento y la explotación de jóvenes por parte de grupos criminales, es obligación del Estado mexicano establecer una estrategia de prevención especialmente dirigida a esa parte de la población, la cual debe contener entre otras- acciones para impulsar las oportunidades de trabajo entre los jóvenes.
Crear y fomentar empleo para los jóvenes es una medida preventiva contra la inseguridad en México, pero también constituye el cumplimiento por parte del Estado de garantizar el derecho humano que toda persona tiene a un trabajo digno.
El derecho al trabajo es un derecho consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123, el cual a la letra dice que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
Asimismo, este numeral de la Carta Magna establece que corresponde al Congreso de la Unión expedir leyes sobre el trabajo.
Uno de los problemas que más afectan a los jóvenes es su acceso al mercado de trabajo. En ese sentido, según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los jóvenes, en particular las mujeres jóvenes, siguen viéndose afectados por el desempleo de manera desproporcionada. En 2014, cerca de 74 millones de personas (de entre 15 y 24 años) buscaban trabajo; es decir, existía una tasa de desempleo juvenil mundial del orden de 13.0%, lo cual triplica la de los adultos.
En México, según datos del Censo de Población de 2010, habitan 36.2 millones de jóvenes entre 12 y 29 años. De los cuales, 17.8 millones (49.2%) son varones y 18.4 millones (50.8%) son mujeres.
Estos datos generales sobre la población joven de nuestro país, son acordes con el criterio de rango de edad que maneja la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, la cual considera como jóvenes el conjunto de población cuya edad quede comprendida entre los 12 y 29 años.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción III, apartado A de su artículo 123 expresa que queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas.
Por su parte, la Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 22 bis que queda absolutamente prohibido el trabajo de menores de 15 años, quienes bajo ninguna excepción o circunstancia podrán ser legalmente contratados para laborar.
Así pues, en México, los jóvenes de 12 a 14 años no son contabilizados dentro de la Población en Edad de Trabajar. Por esta razón, las estadísticas más recientes con las que contamos para analizar el caso del sector laboral juvenil, sólo comprenden la edad juvenil mínima legal autorizada (15 años) hasta los 29 años.
Conforme a este criterio (15-29 años), en 2012, en México residían 31 millones de jóvenes de 15 a 29 años, monto que representa el 26.5% de la población total. De estos 31 millones de jóvenes, el 50.4% de ellos conforman parte de la Población Económicamente Activa del país (PEA); mientras que el 49.1% forman parte de la Población No Económicamente Activa (PNEA) del país.
De lo anterior se observa que por cada persona joven activa le corresponde una inactiva. En efecto, la población juvenil en edad de trabajar se divide en 15´624,000 millones de jóvenes económicamente activos (PEA) y 15´221,000 millones de jóvenes no económicamente activos (PNEA).
En otras palabras, casi la mitad de la fuerza laboral juvenil mexicana en edad legal de trabajar, no se aprovecha directamente en el desarrollo económico del país.
Por entidad federativa, el estado que mayor porcentaje de población juvenil perteneciente a la PEA es Quintana Roo con 57.2%; Tamaulipas se encuentra por encima del promedio nacional con 52.0%; y Tabasco es la entidad federativa con menor porcentaje de jóvenes involucrados en alguna actividad económica.
De los 15624,000 millones de jóvenes económicamente activos, el 93.4% se encuentran ocupados y el 6.6% desocupados, es decir, buscan empleo.
La cifra de 93.4% de personas ocupadas en alguna empresa, negocio, institución o actividad económica, de un conjunto de más de 15 millones de jóvenes podría suponerse optimista. Sin embargo, la realidad es que el 67.8% de estos más de 15 millones y medio de jóvenes se encuentran trabajando en la informalidad; mientras que, por inferencia, deducimos que tan sólo el 32.2% se encuentra trabajando de manera formal.
Es decir, la gran mayoría de los jóvenes ocupados en alguna actividad económica, no cuenta con garantías laborales que podrían hacer efectivas.
Por otro lado, dentro de la categoría de jóvenes ocupados, alrededor de 7.6% no recibe retribución alguna por su trabajo (los trabajadores familiares no remunerados); mientras que la gran mayoría de ellos (36.0%) recibe menos de dos salarios mínimos promedio mensual como pago por su trabajo.
De igual modo, es importante resaltar que el 7.5% de los jóvenes contabilizados y clasificados como ocupados, se encuentran en realidad sub-ocupados, es decir que tienen necesidad y disponibilidad para ofertar más tiempo para trabajar de lo que su ocupación actual les permite ; y un 6.5% están ocupados parcialmente, es decir, laboran menos de 15 horas a la semana.
Como declaró recientemente la OIT los empleos seguros, que en una época eran lo habitual para generaciones anteriores (...) han pasado a ser más difíciles de conseguir para los jóvenes de hoy.
En conclusión, casi el 70% de los jóvenes mexicanos que laboran, lo hacen en el sector informal y, por ende, no sólo son social y económicamente vulnerables, sino que tampoco contribuyen al erario público; y en consecuencia, debilitan al Estado. La gran mayoría de ellos reciben pobres remuneraciones que no les permite llevar una vida digna e independiente y otros, inclusive, no reciben remuneración del todo.
Además, casi el 15% de los jóvenes ocupados, aceptan trabajos temporales o empleos a tiempo parcial, por lo que en realidad están sub-ocupados.
Asimismo, es interesante resaltar que la cultura empresarial entre los jóvenes mexicanos es menesterosa, ya que sólo el 13.9% de los jóvenes ocupados es independiente y, aún más desafortunado, tan sólo el 1.1% de ellos son empleadores independientes.
En conclusión, a pesar de que México es un país de jóvenes, el Estado no sólo no garantiza condiciones laborales dignas para los jóvenes en edad de trabajar, sino que además desaprovecha su fuerza laboral juvenil en la sub-ocupación y desperdicia su creatividad, ímpetu y emprendedurismo, inherente a esta población, para la creación de proyectos de autoempleo e iniciativas empresariales que generen más fuentes de trabajo en el país, creando un efecto dominó en la dinámica de la ocupación.
En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza estamos convencidos que es necesario combatir el desempleo y la sub-ocupación juvenil, los cuales en un entorno de pobreza, son caldo de cultivo para inducir a nuestro jóvenes a ocuparse en la delincuencia organizada que, en la situación de desesperanza y de premura por supervivencia en las que se encuentran, la contemplan como su única opción viable.
Para tal efecto, Nueva Alianza considera urgente y necesario reformar la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y la Ley para Impulsar el Incremento de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, con el objetivo de impulsar las capacidades y potencialidades de los jóvenes a través la creación, implementación y ejecución de políticas públicas y programas destinados al fomento y activación del desarrollo económico y productivo de los jóvenes.
Los jóvenes, por su condición humana particular, representan un potencial humano que los hace formadores de cambios sociales y actores estratégicos para el desarrollo de nuestra sociedad; por tal razón, Nueva Alianza propone adecuar las leyes antes mencionadas de tal modo que se promueva la formación de una cultura empresarial entre los jóvenes y que se canalicen los financiamientos, dando atención prioritaria a los jóvenes emprendedores; de tal manera que mediante apoyo económico, financiero y de asesoría técnica atractiva, se les incentive a generar proyectos empresariales y, por ende, más fuentes de trabajo, dentro del esquema legal y regulatorio correspondiente y dentro del sistema tributario mexicano.
Fundamento legal
Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de Diputado Federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del Pleno de esta Soberanía, la Iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma diversos artículos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional
Artículo Primero.Se reforman los artículos 7, fracción V del artículo 9, fracción III del artículo 10, artículo 11, fracción I del artículo 13 y fracción I del artículo 14 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa para quedar como sigue:
Capítulo SegundoArtículo 7. La Secretaría diseñará, fomentará y promoverá la creación de instrumentos y mecanismos de garantía, así como de otros esquemas que faciliten el acceso al financiamiento a las Mipymes, en igualdad de oportunidades para mujeres y hombres y con énfasis en el autoempleo y la iniciativa empresarial entre los jóvenes, esto en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el Instituto Mexicano de la Juventud.
Artículo 9. Los programas sectoriales referidos en el Artículo 5 de esta Ley, deberán contener, entre otros:
I. La definición de los sectores prioritarios para el desarrollo económico;
II. Las líneas estratégicas para el desarrollo empresarial;
III.- Los mecanismos y esquemas mediante los cuales se ejecutarán las líneas estratégicas;
IV. Los criterios, mecanismos y procedimientos para dar seguimiento, a la evolución y desempeño de los beneficios previstos en esta Ley, y
V. Perspectiva de género y de juventud.
Artículo 10.La planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las MIPYMES debe atender los siguientes criterios:
I. a II. ...
III. Enfocar los esfuerzos de acuerdo con las necesidades, el potencial y las vocaciones regionales, estatales y municipales, atendiendo la perspectiva de juventud y degénero e impulsando en todo momento la igualdad entre mujeres y hombres;
IV. a IX. ...
Artículo 11.Para la ejecución de las políticas y acciones contenidas en el artículo anterior, deberán considerarse los siguientes Programas:
I.- Capacitación y formación empresarial, así como de asesoría y Consultoría para las MIPYMES , con especial atención a los jóvenes emprendedores.
II. a VIII. ...
Adicionalmente, la Secretaría promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las MIPYMES, en igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres. Poniendo especial énfasis en garantizar el acceso a dicho financiamiento para la mujeres y los jóvenes emprendedores.
Artículo 13.La Secretaría promoverá la participación de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios, a través de los convenios que celebre para la consecución de los objetivos de la presente Ley, de acuerdo a lo siguiente:
I. Un entorno favorable para la creación, desarrollo y crecimiento con calidad de las MIPYMES considerando las necesidades, el potencial y vocación de cada región , así como las capacidades de sus jóvenes;
II. a VI. ...
Artículo 14.La Secretaría promoverá la participación del Sector Público y de los Sectores para la consecución de los objetivos de esta Ley, a través de los convenios que celebre, de acuerdo a lo siguiente:
I. La formación de una cultura empresarial con perspectiva de género y de juventudenfocada al desarrollo de la competitividad en las MIPYMES a través de la detección de necesidades en Capacitación, Asesoría y Consultoría;
II. a XIII. ...
Artículo Segundo.Se reforman los incisos a y c, y se adiciona un inciso f de la fracción I del artículo 8 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional para quedar como sigue:
Capítulo IIArtículo 8. La política nacional de fomento económico y el Programa Especial para la Productividad y la Competitividad deberán considerar, por lo menos, los aspectos siguientes:
I. Políticas de carácter transversal, que promuevan, entre otros, los objetivos siguientes:
a) Impulsar la innovación en la planta productiva de la economía nacional, la formación de una cultura empresarial entre los jóvenes,la capacitación de emprendedores y trabajadores y el establecimiento de mecanismos de impulso a la productividad total de los factores, de acuerdo con los estándares internacionales en materia de productividad y competitividad económicas;
b) ...
c) Canalizar financiamiento a programas y proyectos de inversión que aumenten la productividad y la competitividad, con la participación de las instituciones de banca de desarrollo , con énfasis en el autoempleo y la iniciativa empresarial entre los jóvenes;
d) a e) ...
f) Impulsar las capacidades y potencialidades de los jóvenes a través de la creación, implementación y ejecución, en coordinación con la Secretaría de Economía y con el Instituto Mexicano de la Juventud, de programas destinados al fomento y la activación del desarrollo económico y productivo de los jóvenes.
II. ...
a) a f) ...
III. ...
a) a e) ...
IV. ...
V. ...
VI. ...
Artículo TransitorioÚnico.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Organización Iberoamericana de Juventud. (2005). Convención Iberoamericana de Derechos de los jóvenes. Disponible en: http://www.unicef.org/lac/CIDJpdf(3).pdf
2 Asamblea General de las Naciones Unidas. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño. Disponible en: http://www.unicef.org/mexico/spanish/mx_Convencion_Derechos_es_final.pdf
3 Congreso de la Unión. (1999). Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ pdf/87_020415.pdf
4 Reynoso Castillo, C. (2012). La Política Laboral para los Jóvenes. Disponible en: http://www.azc.uam.mx/publicaciones/alegatos/pdfs/ 73/80-10.pdf
5 Ibídem.
6 Narcoviolencia. (2015). Los niños del narco en Tamaulipas, halcones o sicarios, el narcotráfico no discrimina. Disponible en: http://www .narcoviolencia.com.mx/2015/07/los-ninos-del-narco-en-tamaulipas.html
7 CIDAC. (2011). Números Rojos del Sistema Penal. Disponible en: http://www.cidac.org/esp/uploads/1/CIFRAS.pdf
8 Ibídem.
9 http://www.ub.edu.ar/investigaciones/dt_nuevos/274_Emmerich.pdf
10 REDIM. (2011). Infancia y conflicto armado en México. Informe alternativo sobre el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la participación de niños en conflictos armados. Disponible en: http://www.derechosinfancia.org.mx/iaespanol.pdf
11 Ibídem.
12 Emmerich, N. (2011). Cruce de fuego: niños, niñas y adolescentes en el narcotráfico mexicano. Disponible en: http://www.ub.edu.ar/investigaciones/dt_nuevos/274_Emmerich.pdf
13 REDIM. (2011). Infancia y conflicto armado en México. Informe alternativo sobre el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la participación de niños en conflictos armados. Disponible en: http://www.derechosinfancia.org.mx/iaespanol.pdf
14 Emmerich, N. (2011). Cruce de fuego: niños, niñas y adolescentes en el narcotráfico mexicano. Disponible en: http://www.ub.edu.ar/investigaciones/dt_nuevos/274_Emmerich.pdf
15 Reynoso Castillo, C. (2012). La Política Laboral para los Jóvenes. Disponible en: http://www.azc.uam.mx/publicaciones/alegatos/pdfs/ 73/80-10.pdf
16 Organización Internacional del Trabajo. (2015). Perspectivas Laborales y Sociales en el Mundo. Disponible en: http://www.ilo.org/ wcmsp5/groups/public/-dgreports/-dcomm/-publ/documents/ publication/wcms_337072.pdf
17 Instituto Mexicano de la Juventud. (2011). Encuesta Nacional de Juventud 2010 Resultados Generales. Disponible en: http://www. imjuventud.gob.mx/imgs/uploads/Encuesta_Nacional_de_Juventud_2010_-_Resultados_ Generales_18nov11.pdf
18 Artículo 2 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
19 Inegi. (2013). Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Juventud Datos Nacionales. Disponible en: http://www.cinu.mx/ minisitio/juventud_2013/Juventud_INEGI.pdf
20 Inegi. (2014). Perfil Sociodemográfico de jóvenes. Disponible en: http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/censos/p oblacion/2010/perfil_socio/jovenes/702825056636. pdf
21 Inegi. (2013). Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Juventud Datos Nacionales. Disponible en: http://www.cinu.mx/ minisitio/juventud_2013/Juventud_INEGI.pdf
22 Inegi. (2014). Perfil Sociodemográfico de jóvenes. Disponible en: http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/censos/p oblacion/2010/perfil_socio/jovenes/702825056636. pdf
23 Inegi. (2013). Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Juventud Datos Nacionales. Disponible en: http://www.cinu.mx/ minisitio/juventud_2013/Juventud_INEGI.pdf
24 Organización Internacional del Trabajo. (2013). Tendencias mundiales del empleo juvenil 2013. Disponible en: http://www.ilo.org/ wcmsp5/groups/public/-dgreports/-dcomm/documents/publication/wcms_212725.pdf
25 Artículo 3 Bis, fracción III de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de noviembre 2015. Diputado Mariano Lara Salazar (rúbrica).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Competitividad para dictamen.
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Tiene la palabra, por tres minutos, la diputada Ana Guadalupe Perea Santos, del Grupo Parlamentario del PES, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
La diputada Ana Guadalupe Perea Santos: Con su permiso, señora presidenta. Compañeras, compañeros diputados, los adultos mayores continúan siendo víctimas de maltrato, discriminación, soledad y abandono.Muchos de ellos terminan en la calle o en asilos que no operan en óptimas condiciones. Este tema es muy importante porque en muy pocos años seremos un país de adultos mayores. Y si no se contempla la problemática que vive este sector de la población y no consideramos que las políticas públicas vigentes deben ser adecuadas a la circunstancia que México vivirá en muy pocos años, nuestro futuro y en específico de los adultos mayores será cada vez más complejo y difícil.
Con el aumento en la esperanza de vida de la población, la disminución de la natalidad y la mortalidad han traído como consecuencia un cambio en la estructura demográfica de México, la proporción de personas adultas mayores de 60 años o más, respecto al total de la población está en constante crecimiento.
Tenemos actualmente personas adultas mayores que demandan actividades de acuerdo con sus necesidades y vocaciones y exigen la garantía del ejercicio de sus derechos.
Hay datos, que nos deben de llamar la atención de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, la población mundial de las personas de 60 años o más constituye alrededor de 700 millones de personas y se tiene estimado que para el año 2050 las personas adultas serán 2 mil millones, esto representa más del 20 por ciento de la población mundial.
En nuestro país la situación es alarmante, pues según cálculos del Consejo Nacional de Población, Conapo, en México viven 12 millones 85 mil 796 personas adultas mayores, lo que representa el 10 por ciento de la población nacional actual. Para 2030 representarán más del 17 por ciento de los habitantes del país y en 2050 llegarán al 28 por ciento, respecto al crecimiento proporcional.
Con estos datos resulta evidente que como legisladores debemos garantizar el respeto a la dignidad y a los derechos fundamentales de los adultos mayores, es responsabilidad de todos los individuos, familias, asociaciones, gobiernos y organismos internacionales, combatir las necesidades que particulares de este sector de la población y los problemas a que se enfrentan.
Por ejemplo: la falta de protección y atención, maltrato, violación de sus derechos fundamentales, falta de oportunidades, empobrecimiento progresivo, restricción de su derecho a la salud, exclusión social, abandono.
Las legisladoras y los legisladores de Encuentro Social, proponemos un encuentro de clases, partiendo de valores firmes y principios claros, reconociendo al núcleo familiar y el respeto a la ley y a la dignidad del ser humano.
Si bien es cierto que nuestros objetivos políticos más importantes se orientan en luchar contra la desigualdad y ayudar a los más vulnerables y proteger a los necesitados, también es cierto que nuestra esencia ideológica nos obliga a desarrollar acciones de sensibilización, tolerancia y fortalecimiento de una cultura a favor de los adultos mayores en todos los niveles educativos. Debemos seguir avanzando en la creación e implantación de legislaciones, políticas, programas planes y servicios para mejorar las condiciones de vida de las personas adultas mayores.
En este sentido confío en el entusiasmo y motivación de todas y todos ustedes, además de la sensibilidad y compromiso demostrado para mejorar la calidad de vida de la población y en especial de las personas adultas mayores.
En razón de lo anterior, existe la necesidad de creación de una comisión ordinaria que dé cauce y seguimiento a la preocupación de los legisladores por este sector de la población y que de manera muy específica legisle con dictámenes, informes, opiniones o resoluciones que contribuyan al cumplimiento de atribuciones constitucionales de esta Cámara en materia de adultos mayores, por lo que someto a la consideración de esta honorable soberanía la aprobación de la siguiente:
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción al apartado segundo del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para crear la Comisión ordinaria de Adultos Mayores. Es cuanto, señora presidenta. Por su atención muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Guadalupe Perea Santos, del Grupo Parlamentario del PES
Ana Guadalupe Perea Santos, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para crear la Comisión de Adultos Mayores en la Cámara de Diputados, con base en la siguiente
Exposición de MotivosEl tema de los adultos mayores nos debe ocupar en demasía, por la gravedad del asunto, es muy importante porque en muy pocos años seremos un país de adultos mayores, y si no se contempla la problemática que vive este sector de la población y no consideramos que las políticas públicas, vigentes, deben ser adecuadas a la circunstancia que México vivirá en muy pocos años, nuestro futuro y en específico el de los adultos mayores será cada vez más complejo y difícil.
La reducción de la tasa de natalidad y el aumento en la esperanza de vida han traído como consecuencia un cambio en la estructura demográfica de México, la proporción de personas adultas mayores (60 años o más) respecto al total de la población está en constante crecimiento.
Hay datos que nos deben de llamar la atención, conforme con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la población mundial de las personas de 60 años o más constituye alrededor de 700 millones de personas. Se tiene estimado que para el año 2050, las personas adultas serán 2 mil millones, esto representa más de 20 por ciento de la población mundial.
Y en nuestro país la situación es alarmante, pues según cálculos del Consejo Nacional de Población (Conapo), en México viven 12 millones 85 mil 796 personas adultas mayores, lo que representa diez por ciento de la población nacional actual, para el año 2030 representarán más de 17 por ciento de los habitantes del país y en 2050 llegarán a 28 por ciento, respecto al crecimiento proporcional.
En México seis de cada diez personas considera que las personas de la tercera edad son una carga para la sociedad, así lo revela una encuesta realizada por Parametría, de acuerdo con el sondeo realizado a 800 personas, sólo 35 por ciento consideró que los adultos mayores son una fuente de experiencia, frente a 60 por ciento que opinó que los ancianos son vistos como una carga.
También se establece que las personas adultas mayores son percibidas como un grupo de población vulnerable a la discriminación.
Con estos datos, resulta evidente e impostergable que como legisladores debemos garantizar el respeto a la dignidad y a los derechos fundamentales de los adultos mayores, es responsabilidad de todos los individuos, familias, asociaciones, gobiernos y organismos internacionales, combatir las necesidades particulares de este sector de la población y los problemas a que se enfrentan, por ejemplo:
Falta de protección y atención.
Maltrato.
Violación de sus derechos fundamentales.
Falta de oportunidades.
Empobrecimiento progresivo.
Restricción de su derecho a la salud.
Exclusión social.
Abandono.
Las legisladoras y los legisladores de Encuentro Social, proponemos un encuentro de clases, partiendo de valores firmes y principios claros, reconociendo al núcleo familiar y el respeto a la ley y a la dignidad del ser humano.
Entre nuestros objetivos políticos más importantes se encuentran: luchar contra la desigualdad, ayudar a los más vulnerables y proteger a los necesitados.
Es fundamental generar más mecanismos que refuten toda forma de discriminación relacionada con la edad, y consolidar la solidaridad entre la sociedad.
Envejecer no significa que al llegar a la edad adulta las personas dejen de aportar a la sociedad o impliquen una carga para sus familias, por el contrario, las personas adultas mayores deben contar con una vida digna, plena y de encuentro social.
Debemos seguir avanzando en la creación e implementación de legislaciones, políticas, programas planes y servicios para mejorar las condiciones de vida de las personas adultas mayores.
Promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas adultas mayores, trabajar en la erradicación de todas las formas de discriminación y crear redes de protección para hacer efectivos sus derechos.
Tenemos que generar el diálogo y alianzas estratégicas con la sociedad civil y el sector privado, para establecer conciencia de la evolución de la población, sobre todo en relación al ritmo de envejecimiento demográfico y sus consecuencias económicas, sanitarias, sociales y culturales.
Dado lo anterior, existe la necesidad de creación de una comisión ordinaria que dé cause y seguimiento a la preocupación de los legisladores por este sector de la población y que de manera muy específica legisle con dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, que contribuyan al cumplimiento de las atribuciones constitucionales de esta Cámara en materia de adultos mayores.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la aprobación de la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 39.
1. (...)
2. La Cámara de Diputados contará con las comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones.
Las comisiones ordinarias serán:
I. Adultos Mayores
II. Agricultura y Sistemas de Riego;
III. Agua Potable y Saneamiento;
IV. Asuntos Frontera Norte;
V. Asuntos Frontera Sur-Sureste;
VI. Asuntos Indígenas;
VII. Asuntos Migratorios;
VIII. Atención a Grupos Vulnerables;
IX. Cambio Climático;
X. Ciencia y Tecnología;
XI. Competitividad;
XII. a LIII. (...)
3. (...)
TransitoriosPrimero: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo: La comisión ordinaria, deberá quedar constituida a más tardar dentro de los siete días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de noviembre de 2015. Diputados: Ana Guadalupe Perea Santos, Melissa Torres Sandoval, Norma Edith Martínez Guzmán, Waldo Fernández González (rúbricas).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para su dictamen.
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN
LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Dictamen de la Comisión de Deporte, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte
HONORABLE ASAMBLEA:
La Comisión Deporte de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el inciso D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39 y 45, numerales 6, incisos e y f, 7 y demás artículos relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 80, fracción I, 81, numeral 1, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen a la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, con base en la siguiente:
METODOLOGÍA
En el apartado de ANTECEDENTES se hace constar el proceso legislativo que la minuta ha tenido, desde la presentación de la iniciativa, el dictamen y el proceso de la misma en la Cámara de Senadores.
Por lo que toca al apartado del CONTENIDO DE LA MINUTA, éste hace una descripción de la temática de la propuesta objeto de dictamen.
Asimismo, en el rubro de CONSIDERACIONES DE LA CÁMARA DE SENADORES, se alude a los argumentos que las comisiones dictaminadoras tomaron en consideración para devolver el expediente a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso D del artículo 72 constitucional.
En el capítulo de CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN DE DEPORTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS,se vierten los elementos de valoración de la minutas objeto del presente dictamen.
Finalmente en el apartado de CONCLUSIONES, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte de la Cámara de Diputados, emiten el proyecto de resolución para ser presentado ante el Pleno de la misma.
I. ANTECEDENTES.
1. Con fecha 2 de octubre de 2013, el Diputado Fernando Alejandro Larrazábal Bretón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el Pleno de esta Cámara de Diputados en la LXII Legislatura, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
2. La misma fue turnada por la Mesa Directiva a la Comisión de Deporte de la LXII Legislatura para análisis y dictamen, con la misma fecha.
3. Con fecha 11 de febrero de 2014, el dictamen fue aprobado por el Pleno de la H. Cámara de Diputados.
4. El 12 de febrero de 2014, la Cámara de Senadores, recibió la Minuta que contiene las citadas reformas aprobadas por la Cámara de Diputados, misma que fue turnada para análisis y dictamen, a las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos.
5. El 5 de marzo de 2015, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, recibió oficio del Senado de la República, mediante el cual devuelve el expediente con la Minuta en términos de lo dispuesto por el inciso D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual fue turnado a esta Comisión de Deporte para su estudio, con fecha 6 de marzo del presente año, mediante oficio DGPL62-II-5-2566, con número de expediente 6199.
6. El 13 de octubre de 2015, la Comisión de Deporte de la LXIII Legislatura, recibió el expediente en calidad de asunto pendiente de dictamen por parte de la LXII Legislatura.
II. CONTENIDO DE LA MINUTA.
La minuta motivo del presente dictamen, propone incorporar en el texto normativo de la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, la obligación a garantizar a todas las personas la igualdad de oportunidades dentro de los programas de cultura física y deporte que se implementen, sin importar su origen étnico o preferencia sexual.
III. CONSIDERACIONES DE LA CÁMARA DE SENADORES:
Las Comisiones de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, consideran respecto de las reformas propuestas a la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, que a través de este ordenamiento el Congreso de la Unión, ha incentivado, apoyado, protegido y fomentado todos los aspectos relacionados al correcto desarrollo del derecho a la cultura física y a la práctica del deporte, acorde con la amplia normatividad aplicable en materia de discriminación.
Asimismo manifiesta, que en ese contexto el objeto y espíritu de la fracción XI correspondiente al artículo 2, de la Ley motivo del presente dictamen, consiste en garantizar a todas las personas la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen; en el mismo se establece que se hará sin distinción de preferencias, por lo que en ese ámbito no consideran pertinente darle la connotación de preferencia sexual, ya que sólo referir la palabra preferencias, en ella la colegisladora consideró se encuadran las de cualquier índole, como pudiesen ser religión, política y también dentro del mismo deporte, por ejemplo, de disciplina, modalidad, etc.; por lo que al señalar que será sin distinción de preferencias, queda claro que genéricamente abarca todas las que resulte y no limitarlo únicamente a las de tipo sexual.
De igual forma, la colegisladora considera que en el texto vigente cuando se refiere a que no se discriminará en razón de condición social, se está abarcando todos los aspectos sociales del ser humano incluidos los económicos, étnicos y culturales, por lo que derivado del análisis a la propuesta contenida en la minuta de referencia, no se observa relevancia en la misma, pues ésta no representa una mejora regulatoria en el desempeño de la aplicabilidad de la Ley en la materia.
En razón de lo anterior, la colegisladora establece que no es de considerarse necesaria la aprobación de la Minuta remitida por la colegisladora debido a que aunado a lo establecido en la Ley General de Cultura Física y Deporte, ya existen normas que regulan y atienden los diversos tipos de discriminación que pudiesen suscitarse en el desarrollo del ejercicio constitucional de los derechos humanos en nuestra sociedad.
Atendiendo a estas consideraciones y toda vez que en el capítulo del presente dictamen y en virtud de que el objetivo de la reforma propuesta a la Ley General de Cultura Física y Deporte, ya se encuentran previstas en sus ordenamientos vigentes en la materia, las comisiones dictaminadoras en la Cámara de Senadores, establecen que no es de aprobarse la presente minuta.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento del Senado de la República, someten a la consideración del Pleno el siguiente:
A C U E R D O
Primero.Se deshecha la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Segundo. Archívese el presente asunto y téngase por totalmente concluido.
IV. CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN DE DEPORTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS:
En la reunión ordinaria de la Comisión de Deporte de fecha 28 de octubre de 2015, las y los integrantes de la Comisión de Deporte de la LXIII Legislatura, analizaron y discutieron las consideraciones que la colegisladora sostiene en relación a las propuestas de reformas objeto de la presente minuta, al respecto; todas y todos los diputados integrantes de la Comisión, han coincidido con el hecho de que la iniciativa desde su origen, presenta congruencia con el marco normativo vigente.
En relación a la propuesta de reformar la fracción XI del artículo 2 de la Ley de Cultura Física y Deporte, con la finalidad de incluir el concepto de origen étnico y darle la connotación de sexual, al término de preferencias ya incluido en el texto vigente, a efecto de que todas las personas tengan el acceso a los programas de desarrollo en materia de cultura física y deporte en igualdad de oportunidades, es preciso acotar, que su intención reside en dotar al ordenamiento jurídico de los elementos y mecanismos necesarios para garantizar la máxima protección de los derechos humanos, así como establecer la concordancia con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a raíz de sus reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 10 de junio de 2011, es menester dar cumplimiento a las diversas obligaciones que en la materia nuestro país ha contraído en virtud de los diversos instrumentos internacionales que tienen como finalidad, la incorporación de un esquema de Derechos Humanos más amplio y eficaz en la protección de los mismos.
En tal sentido, es menester que los derechos humanos se encuentren claramente establecidos en todos y cada uno de los ordenamientos jurídicos que componen el Sistema Normativo Mexicano, puesto que en nuestra Carta Magna se encuentra la base de todas las obligaciones, planes, programas, políticas públicas y acciones que debe implementar el Poder Ejecutivo, en su contenido; también se insertan los criterios reguladores que rigen las actuaciones del Poder Judicial; y mediante sus fundamentos se establecen las directrices a seguir para la expedición de las leyes que expide el Poder Legislativo.
Esto nos conduce indudablemente, a la obligación de las autoridades para que en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicción, promuevan, respeten, protejan y garanticen los derechos humanos, tal y como lo establece el párrafo segundo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en estricto apego a los principios de Universalidad, Interdependencia, Indivisibilidad y Progresividad y en consecuencia, es deber del Estado prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la Ley.
En este tenor, la obligación de prevención que asume el Estado a partir del texto constitucional, abarca todas aquellas medidas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural, que promuevan la salvaguarda de los derechos humanos, así como la garantía de que una eventual violación a los mismos, sea efectivamente considerada como una conducta ilícita y susceptible de acarrear sanciones para quien la cometa, así como el derecho de la víctima a la reparación del daño a consecuencia de esta violación.
Atendiendo a esta obligación del Estado de garantizar que todas las actuaciones de las autoridades se desarrollen en total apego y respeto a los derechos humanos, el último párrafo del artículo 1o. de nuestra Constitución, establece la prohibición de toda forma de discriminación, y a la letra dice:
Artículo 1o. ..........
............
............
............
Queda prohibida toda discriminación motivada por o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
En consecuencia, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, consideran pertinente confirmar el sentido positivo del dictamen enviado a la cámara revisora, en lo que respecta a la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, toda vez que se considera que en materia de discriminación, la Ley Secundaria no debe mandatar menos que la Ley Fundamental, en consecuencia, el espectro de la protección a los derechos humanos tiene que alcanzar a todos los ordenamientos jurídicos que componen nuestro sistema normativo, por lo que la inclusión del concepto de origen étnico y la palabra sexuales, precediendo a las preferencias; debe establecerse, con la finalidad de otorgar a la Ley General de Cultura Física y Deporte, de la armonía que debe prevalecer con el texto de nuestra Carta Magna.
En virtud de las consideraciones expuestas y con fundamento en el inciso D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte confirman el sentido positivo del dictamen y someten a la consideración de esta asamblea el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XI DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE,
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:
Artículo 2. ...
I.a X. ....
XI.Garantizar a todas las personas sin distinción de origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias sexuales, o estado civil, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen, y
XII. ...
TRANSITORIO
Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil quince.
La Comisión de Deporte, diputados:Pablo Gamboa Miner (rúbrica), presidente; Alicia Arcos Velázquez Montserrat (rúbrica), Flor Ángel Jiménez Jiménez (rúbrica), Fidel Kuri Grajales (rúbrica), Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Adriana Elizarraraz Sandoval (rúbrica), Jacqueline Nava Mouett, Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbrica), secretarios; Olga Catalán Padilla, Andrés Fernández del Valle Laisequilla (rúbrica), Álvarez Piñones Rosa Alicia (rúbrica), María García Pérez (rúbrica), José Adrián González Navarro, Próspero Manuel Ibarra Otero (rúbrica), Miriam Dennis Ibarra Rangel, Alejandro Juraidini Villaseñor (rúbrica), Renato Josafat Molina Arias, Luis Ernesto Munguía González (rúbrica), Cristina Sánchez Coronel (rúbrica), Ximena Tamariz García (rúbrica), Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (rúbrica), Nadia Haydee Vega Olivas (rúbrica), Beatriz Vélez Núñez (rúbrica), Timoteo Villa Ramírez (rúbrica), Claudia Villanueva Huerta (rúbrica), Erika Irazema Briones Pérez (rúbrica), José Santiago López (rúbrica), Karen Orney Ramírez Peralta (rúbrica).»
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN DE LEYES O DECRETOS
LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA Y LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Por lo tanto el siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Tiene la palabra por cinco minutos el diputado José Bernardo Quezada Salas para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados.
El diputado José Bernardo Quezada Salas:Vamos por un México más fuerte. Apoyemos a la ciencia y a la tecnología. Con su permiso, diputada presidenta, compañeros legisladores, saludo a las instituciones académicas, a la comunidad científica, que aquí están hoy presentes en esta su ley.A nombre de todos los integrantes de la Comisión de Ciencia y Tecnología, me presento ante ustedes como portavoz de una propuesta que cambiará al país en un futuro cercano, beneficiando no sólo a un sector, sino absolutamente a todos los mexicanos.
El desarrollo de las naciones requiere de elementos esenciales para su óptimo crecimiento. Indiscutiblemente la ciencia, la tecnología y la innovación son parte de estos.
La historia ha demostrado que la investigación científica y el desarrollo tecnológico son factores determinantes para el crecimiento, el progreso, de la industria y economía de un país, por lo que su óptimo aprovechamiento resulta clave para la competitividad de las naciones. Por ello requiere de diversas condiciones: una de ellas es la invención de sectores que debe ser constante y firme.
De acuerdo con estimaciones internacionales México puede pasar de ser la economía número 11, a ser la quinta a nivel mundial en el 2050, siempre y cuando quienes tomamos las decisiones entendamos la importancia de la ciencia y de la tecnología y aumentemos la inversión en este rubro.
El próximo año México invertirá 91 mil 650 millones de pesos en este sector: ciencia, tecnología e innovación. Esto corresponde aproximadamente al 0.57 por ciento del PIB.
Estamos Unidos invierte en 2.77 por ciento del PIB; Japón el 3.3; Corea del Sur el 4.03 e Israel el 4.38 de su producto interno bruto. Incluso economías similares a la nuestra como Brasil, invierte más del 1 por ciento en este sector.
En todas ellas, sin embargo, encontramos una relación inversa a nuestra realidad. La mayoría de las inversiones en ciencia, tecnología e innovación, provienen del sector privado hasta de un 70 por ciento.
En nuestro país el financiamiento para desarrollar la investigación científica y tecnológica provienen, en su mayoría, de recursos públicos, y en menor proporción, del sector privado, solamente un 30 por ciento. Esto nos habla de una deficiencia de política integral que estimule e incentive la participación del sector privado en México.
La experiencia internacional ha demostrado que las universidades e instituciones de investigación son los nichos que albergan las principales innovaciones que impactan en la sociedad mundial.
Evidentemente se requiere la participación del sector privado para que en alianza con los investigadores y las instituciones se puedan masificar los resultados de las investigaciones en beneficio de la sociedad. Es así como la vinculación entre las instituciones de investigación y el sector privado en beneficio de la sociedad, es decir, la transferencia de tecnología, se convierta en una herramienta crucial para el desarrollo económico de las naciones.
Para una eficiente transferencia de tecnología se requiere certeza jurídica. Certeza jurídica que está garantizada en todos los países desarrollados, y en la mayoría de los países en desarrollo, en México no es así.
Hasta hoy, la mayoría de los investigadores del país no pueden participar directamente en la vinculación con el sector privado, pues existen barreras legales que se los impiden. Una de ellas es la que nos ocupa en este dictamen. Nos referimos al conflicto de intereses que se genera debido a que los investigadores son considerados servidores públicos y por tanto, están sujetos a la normatividad en la materia.
No es posible que los investigadores, creadores de patentes u otras figuras de propiedad intelectual sean castigados por su ingenio y su capacidad. Es lamentable saber que pueden, incluso, ser juzgados legalmente y encarcelados en caso de vincularse con la iniciativa privada, pues la legislación actual así lo establece.
Cuando un investigador quiere convertirse en empresario, con lo resuelto por su investigación y para beneficio tanto de su institución como de la sociedad, se le impide debido a la disposición de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y su correlativo en la Ley de Ciencia y Tecnología.
Este obstáculo es el que se inserta y se pretende resolver con la aprobación de este dictamen. Evidentemente se ha cuidado los candados para asegurar la transparencia en el proceso de vinculación y que la herramienta sea realmente una opción de crecimiento económico y social para la población.
Ahora bien, me gustaría compartirles a todos ustedes que esta propuesta nace de la comunidad científica, no es asunto de algún partido o ideología, realmente viene de los generadores de del conocimiento.
La propuesta ha pasado un camino difícil, fue aprobada en la Cámara de Diputados en diciembre pasado, modificada y aprobada en la Cámara de Senadores este año y ahora está ante nosotros este dictamen, cuya aprobación beneficiará no sólo a la investigación o a sus instituciones, sino a toda la sociedad en su conjunto.
Las instituciones en su conjunto, los investigadores, las cámaras empresariales, los estudiantes, la sociedad en general, se han manifestado para que este dictamen sea aprobado. Realmente este trabajo es de ellos.
Quiero agradecerles, como mexicano, por tratar de ver la importancia de este tema, por hacernos conscientes de su validez y por no dejar de impulsar su propuesta, aun cuando el resultado fuera totalmente incierto. Su coraje, su valor y su responsabilidad son muestra de compromiso para nuestro país.
Y esto no es una ocurrencia sin fundamento. Quiero transmitirles a ustedes la urgencia de aprobar estas reformas. En, nuestros vecinos del norte, Estados Unidos fueron aprobadas en 1980, hace 35 años, en la Ley Bayh Dole; en Europa y Asia, hace 25 años. Realmente tenemos un atraso totalmente en la materia.
La Ley Ley Bayh Dole es considera la pieza legislativa más importante en los últimos 100 años en Estados Unidos, y se rige como responsable principal del desarrollo tecnológico de Estados Unidos.
Por su parte, el desarrollo tecnológico permite más de la mitad del crecimiento económico de esa nación en la última década, siendo beneficiadas ampliamente todas las naciones con sus avances científicos y tecnológicos, principalmente en el sector de salud. Es decir, estamos realmente entre una oportunidad histórica para la ciencia, para los investigadores, para la sociedad y para México.
Por otro lado, y con un reconocimiento implícito, me permito agradecer a todos los diputados integrantes de esta comisión por anteponer el desarrollo científico y tecnológico de México a su agenda legislativa personal. Realmente su apoyo ha sido valioso y en este sector será prioritario continuar en unidad para lograr los grandes avances en beneficio del país.
Como mexicanos tenemos el talento, tenemos los recursos humanos, con el intelecto para crear e innovar productos, procesos o servicios necesarios para esta sociedad. Démosle la oportunidad de internarlo, de lograrlo, de fallar si es necesario, nuestros investigadores tiene hoy muchas barreras que superar, quitémosles una, es todo lo que les pido el día de hoy.
Los invito a ser parte de este logro. Les pido su voto a favor como parte de nuestro compromiso y servicio por México. Hagamos historia con la aprobación de este dictamen. Muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputado. Diputado Clouthier pide la palabra. ¿Con qué objeto?
El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo(desde la curul): Es con el ánimo de adherirme a esta propuesta, sin embargo el problema que visualizo es que, leyendo lo que está publicado en la Gaceta Parlamentaria, parecería que trae un error porque el objetivo es permitirle a estos servidores públicos que puedan hacer convenios de vinculación y poder incurrir en utilidades, regalías, etcétera. Sin embargo lo que dice en el último párrafo en la Gaceta es, dice: Dichos servidores públicos incurrirán en conflicto de intereses.La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Si me permite, diputado. Vamos a entrar a la discusión en lo general. Por favor.
El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo (desde la curul): Vale.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias. Damos también la más cordial de las bienvenidas a los alumnos estudiantes del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos, de la Cecyte de Puebla, invitados por la diputada Genoveva Huerta Villegas.
Nos acompañan también los alumnos de la escuela primaria Cristóbal Colón, del municipio de Chicoloapan, estado de México, invitados por el diputado Andrés Aguirre Romero. Bienvenidos y que sea de gran utilidad para su formación cívica.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:El dictamen está a discusión en lo general y de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para fijar la posición de su Grupo Parlamentario las siguientes diputadas y diputados, que harán el uso de la palabra por cinco minutos.
El Partido Encuentro Social, el Partido Nueva Alianza, el Movimiento Ciudadano, Morena, el Partido Verde Ecologista de México, el Partido de la Revolución Democrática, el Partido Acción Nacional y el PRI. Por lo tanto, tiene la palabra el diputado Gonzalo Guízar Valladares, del PES, por cinco minutos.
El diputado Gonzalo Guízar Valladares:Muchas gracias. Hablar de ciencia y tecnología, diputadas y diputados, sin duda es hablar de un tema que tiene que ver con el desarrollo de las naciones. No podemos pensar que un país de primer mundo tenga un presupuesto mínimo en ciencia y tecnología, un presupuesto público direccionado a este rubro, o tenga a la comunidad científica amarrada en una cuestión legal de imposibilidad de hacer que la ciencia no solamente le brinde bienestar a la sociedad que representan, sino a ellos mismos como familia.Por eso hoy nosotros, como Encuentro Social, venimos en un sentido de responsabilidad y de agilizar un tema tan importante para la comunidad científica, a hablar a favor de este dictamen.
Escuchábamos en el planteamiento del ponente del dictamen de la comisión del mismo ramo, del 0.57 por ciento del PIB. También sabemos y entendemos que hoy la Ley de Ciencia y Tecnología obliga a destinar el 1 por ciento del PIB; es decir, más de 120 mil millones de pesos.
Hay un gran esfuerzo, hay que reconocerlo, en materia de presupuesto, de disponibilidad para este rubro. Se ha ido incrementando gradualmente, que es para bien. Pero esta reforma, en paralelo a esa posibilidad de incrementar el presupuesto de gasto público de manera gradual en forma positiva, vienen a cerrar el círculo y darle a la comunidad científica la posibilidad de motivación y la posibilidad de dedicarse con más esmero, por supuesto, con un enfoque gerencial también de la ciencia, como todo ente lo puede hacer.
En este sentido, nuestro grupo parlamentario asumimos el compromiso de fortalecer el andamiaje jurídico e institucional de nuestro sector científico y tecnológico.
Es por lo anterior, amigas y amigos diputados, que votaremos a favor del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Con dicha reforma se habrá de contribuir al desarrollo e innovación científica y tecnológica de nuestro país, pues se dará un primer gran paso a la inclusión de la investigación científica y tecnológica en el desarrollo e innovación productiva del sector industrial nacional. Algo realmente importante, la instancia de gestión para las transferencias tecnológicas, es un tema de suma importancia para nosotros y por supuesto para la comunidad científica.
Igualmente se elimina el requisito legal que tienen hoy los investigadores, por ser considerados servidores públicos, para participar en actividades de vinculación con el sector privado, mediante la conformación de consorcios, alianzas tecnológicas, empresas creadas exprofeso para el desarrollo tecnológico, pudiendo participar, incluso, en calidad de socios.
Todo eso, amigas y amigos diputados, es parte fundamental de que tenemos que invertir esta pirámide del 70 por ciento del gasto público o de presupuesto público destinado a la ciencia, debemos de invertir que sea el 30 por ciento, con esta reforma del 30 por ciento al gasto público y el 70 que sea al sector privado, de tal suerte que estemos nosotros estimulando a los investigadores a participar en calidad de protagonistas de su propio bienestar a través de la ciencia y de la tecnología.
Nada más un ejemplo para terminar mi exposición a favor de este dictamen. El 16 de noviembre de 2015, ya hace unos días, hubo un concurso de robótica en Bucarest, en Rumania, cuatro veracruzanos científicos del Tecnológico de Poza Rica, ganaron oro y plata: Israel Ortiz Hernández, Louis Brayant Mora, Sergio Abraham Reyna, Aarón Román Aparicio; 198 participantes en 10 categorías, ellos ganan oro y plata en robot de 500 gramos.
¿Qué significa esto? Que estas personas con talento científico, desde muy jóvenes, no se pierdan en el universo de la dinámica social, sino que estos jóvenes, como tantos otros hay que ganan concursos, que participan con excelencia en sus escuelas, como el Politécnico Nacional, como todas las escuelas e instituciones públicas y privadas tengan la posibilidad, con estas reformas, de ser incentivados, adquiridos por las grandes firmas e incorporados en sus plantas de científicos, a fin de darles un futuro de certeza jurídica y por supuesto de elemental justicia, de bienestar financiero y económico para la sociedad y para sus familias. Enhorabuena, muchas gracias.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputado. Ahora tiene la palabra también, por cinco minutos, el diputado Luis Alfredo Valles Mendoza del Partido Nueva Alianza.
El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, señoras y señores de la comunidad científica que hoy nos visitan.Creo que comparten y están de plácemes al igual que Nueva Alianza y la Comisión de Ciencia y Tecnología que nos honramos en presidir. Porque una iniciativa que ha recorrido un largo camino para poder llegar a este día en que el pleno de los diputados habremos de validar y de dar hacia adelante a un tema en el que nuestro país va demasiado atrás en el concierto mundial.
Decirles a todos ustedes que en Nueva Alianza tenemos la convicción que es mediante el desarrollo tecnológico e innovación científica que podremos acceder a una economía de bienestar, basada, desde luego, en el conocimiento. Por ello, la necesidad de propiciar y fomentar la generación de nuevos conocimientos que sean útiles para la sociedad.
Para Nueva Alianza impulsar el desarrollo de la ciencia y la tecnología es un compromiso que hemos asumido desde nuestra conformación.
En ese sentido apoyamos este dictamen que tiene la finalidad de impulsar el desarrollo científico, tecnológico e innovación del país, al incentivar la creación de instancias de gestión para la transferencia tecnológica y vinculación en todas las instituciones con actividades en la materia.
Desde la LX Legislatura que hemos tenido oportunidad de presidir la Comisión de Ciencia y Tecnología, nuestro compromiso por impulsar la ciencia y la tecnología ha quedado demostrado. Muestra de ello es que en el tiempo que estamos haciendo referencia, esta comisión ha triplicado la inversión pública en este rubro, pasando de 33 mil millones de pesos en 2006 a 91 mil 650 millones de pesos que se proyecta se ejercerán en el año 2016.
En términos reales pasó del 0.4 por ciento del PIB en el 2006 a casi el 0.6 por ciento en este 2016.
En México hay una sólida comunidad de científicos, pese a ello en el campo de investigación, desarrollo e innovación tecnológica se encuentra entre los países más atrasados a nivel global. En nuestro país tenemos más de 500 instituciones de educación superior con al menos 20 mil investigadores, además de 21 mil 359 miembros del Sistema Nacional de Investigadores y por lo menos 14 mil investigadores insertos en la iniciativa privada.
La vinculación entre la academia y la industria es fundamental para poder transitar a la economía del crecimiento, a la economía del conocimiento, condición básica para un país desarrollado.
Hasta el día de hoy en nuestro país no existen las condiciones para una efectiva vinculación. Los descubrimientos científicos y su aplicación en el desarrollo de nuevas tecnologías tienen un impacto muy importante en la economía de los países al estimular la productividad, la competitividad y por ende la generación de ingresos.
El dictamen que hoy se somete a votación, abona a que el conocimiento pueda ser realmente la palanca de desarrollo, pues facilitará y proporcionará mayor certeza en la transferencia de tecnología entre las instancias educativas y de investigación al sector empresarial.
Compañeras y compañeros, impulsaremos el desarrollo científico, tecnológico y la innovación como pilares para el progreso económico y social de México. Hoy, la mejor forma de incrementar la competitividad y combatir el rezago, es a través de la innovación y el desarrollo tecnológico. Seamos audaces. Actuemos por México. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Basáñez:Gracias, diputado. Les damos la más cordial de las bienvenidas a 160 alumnos, a docentes y a padres de familia de las escuelas primarias Moctezuma y doctor Maximiliano Ruiz Castañeda, del municipio de Chicoloapan de Juárez, estado de México, invitados por el diputado Andrés Aguirre Romero, del Distrito 39 del estado de México. Bienvenidos.
Tiene la palabra también por cinco minutos la diputada Mirza Flores Gómez, del Partido Movimiento Ciudadano.
La diputada Mirza Flores Gómez:Con su permiso, presidenta. Antes de comenzar quiero darle la bienvenida a las personalidades que hoy nos acompañan de la comunidad científica y académica de este país. Ellos que han sido el motor invisible para que nuestro país en vías de desarrollo se salve de no quedarse en el anonimato. Bienvenidos y muchas gracias por estar aquí apoyando lo que el día de hoy estamos presentando.Compañeras diputadas y compañeros diputados, en el contexto de la globalización e integración económica, el desarrollo científico y tecnológico tendría que jugar un papel central en las políticas públicas, porque países que están inmersos en una creciente competitividad por la apertura de los mercados, de ahí que se requiera disponer de una fuerza laboral calificada, de alta productividad. Esta última depende fundamentalmente de contar con trabajadores con conocimientos, habilidades, objetivos que se logran invirtiendo mayores recursos en investigación y desarrollo.
A esto también se deben de sumar los efectos de políticas públicas gubernamentales orientadas a promover los productos en los mercados internacionales, la ampliación del gasto en innovación y desarrollo.
En las economías globales, a la inversión de ciencia, tecnología e innovación, se realiza por tres agentes: por empresas, por universidades y por sector público.
Quiero hacer una cita del doctor Javier Lozoya Legorreta que penosamente dice: el veloz tren de desarrollo científico y tecnológico que caracteriza a la ciencia occidental del siglo XXI, se fue hace rato ese tren de nuestro anden, y si antes desde México era difícil subirse aunque fuera en el último vagón, hoy todo indica que ya no hay forma de participar de sus trayectoria y viaje.
Yo opino lo contrario. Desde este recinto legislativo tenemos la oportunidad histórica, histórica, compañeras y compañeros, de posicionar a México como un país que deje de importar conocimiento y sea generador de proyectos de ciencia y de innovación. Hoy tenemos la posibilidad de dar un paso más para la consecución de este fin.
Si votamos a favor del dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, de la minuta con proyecto de decreto, estaremos ganando una vez más territorio en el andén del veloz tren al que se refiere el doctor Lozoya.
Diputadas y diputados, tenemos la posibilidad de impulsar el desarrollo científico, tecnológico y de innovación en México al incentivar la conformación de instancias de gestión para la transferencia tecnológica y vinculación en todas las instituciones de educación superior, administración pública federal y en los centros públicos de investigación.
Tenemos la posibilidad también de decir que sí a los investigadores que participen en actividades que implican su vinculación con proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico.
Tenemos también nosotros la posibilidad abrir un panorama laboral diferente para los investigadores de nuestro país. Si esta reforma se aprueba, los investigadores podrán realizar actividades de vinculación con los sectores público, privado y social, y por qué no, también estar en condiciones de recibir beneficios económicos.
Recordemos que el vínculo efectivo entre ciencia y desarrollo lo constituye la formación de capital humano; es decir, las y los investigadores. La solidez de este vínculo depende de la interacción entre educación e investigación. La educación como proceso de aprendizaje y la investigación como proceso de generación y adaptación del conocimiento.
La iniciativa que hoy se presenta se somete a la consideración del pleno que será respaldada por los diputados ciudadanos, ya que sin duda alguna beneficiará a la comunidad científica, ejemplo de ello, que en otros países en donde se ha modificado la legislación con este mismo objetivo como en América que es Estados Unidos y Brasil, se ha multiplicado o triplicado el número de patentes que las y los científicos han desarrollado, pero sobre todo, tendrá un impacto directo en la generación de conocimiento en beneficio de todas y todos los mexicanos.
El tema de tecnología e innovación a personas de mi generación hacia arriba, genera a veces sensación de ansiedad, pero si le preguntamos a la gente de la generación de mi hija, genera sensación de mucho entusiasmo.
Qué necesitamos para que México se pueda convertir en una potencia educativa de tecnología, de innovación, pero sobre todo de inversión.
Me pregunto y les pregunto: Existen empresas de tecnología y de innovación que están a la punta del mundo, empresas transnacionales que todos conocemos, como Google, Facebook, Yahoo, Twitter, ¿Qué tienen en común estas empresas transnacionales, que fueron generadas por estudiantes, por gente joven, con su creatividad en su máximo esplendor?
Está en nuestras manos, compañeras diputadas y compañeros diputados, que desactivemos candados que detienen el crecimiento de nuestro país y apoyemos a las personas que de manera silenciosa han fortalecido la educación y nuestro lugar en este país.
Muchas gracias a todos los integrantes del Politécnico Nacional que nos están ahora acompañando. Gracias, compañeras. Gracias, compañeros. Es cuanto, presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputada. Ahora también por cinco minutos tiene la palabra la diputada Patricia Elena Aceves Pastrana, del Grupo Parlamentario de Morena.
La diputada Patricia Elena Aceves Pastrana:¿Se escucha? Compañeros, ¿se escucha? ¿Sí? Bueno. Muy bien. Diputadas y diputados, señora presidenta, el dictamen que estamos discutiendo representa un parte aguas en la historia de nuestro país, pues las reformas legales que se proponen tanto a la Ley de Ciencia y Tecnología como a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos permiten integrar a la ciencia y a la tecnología como un elemento fundamental del desarrollo.El Estado y el gobierno no pueden concebir a la ciencia y a la tecnología como un proceso accesorio en el devenir del país, porque los indicadores internacionales coinciden con el hecho de que la investigación constituye un factor crítico en el desarrollo humano y en el crecimiento económico.
Las reformas que nos ocupan en este rubro posibilitan que el conjunto de las instituciones y de los actores implicados en la generación de conocimiento puedan aplicar este conocimiento generado de manera inmediata en la transformación de productos, procesos y modos de gestión, entre otros.
El presente dictamen también pone de manifiesto que no sólo es necesario incrementar la inversión nacional en ciencia y tecnología, sino que se requiere contar con una legislación que favorezca la formación de un enclave de innovación adecuado en el que la inversión permee en la sociedad y produzca los resultados esperados en el bienestar social y económico del país.
Para tal fin hay que tener en cuenta que en el último informe mundial sobre la ciencia se señala que la desigualdad científico-tecnológica en Latinoamérica con respecto a otras regiones es aún más marcada que la desigualdad económica.
Son muchos los indicadores desfavorables para la región. Uno de ellos es la población universitaria, auténtico combustible del desarrollo científico-tecnológico. Mientras que en los países desarrollados la población estudiantil universitaria ronda el 50 por ciento con respecto a su grupo de edad, en los países latinoamericanos se mueve alrededor del 17 por ciento y México no es la excepción.
Respecto a investigadores per cápita, la cantidad en Latinoamérica es 10 veces menor que en los países industrializados y las universidades siguen sin preparar los recursos humanos necesarios para corregir este déficit. Además, la mayoría de los investigadores son hombres, por cada 10 investigadores sólo 3 son mujeres.
La experiencia mundial indica que al menos se requiere destinar una inversión del 1 por ciento del producto interno bruto en ciencia y tecnología para que sus beneficios se derramen en la sociedad. De hecho, los países más desarrollados invierten entre el 2 y el 4 por ciento del producto interno bruto y en esta inversión participan el sector público y la iniciativa privada, en una relación que varía en cada caso.
El presupuesto federal para 2016 en nuestro país sólo destina al sector de ciencia y tecnología un raquítico 0.57 por ciento, lo cual es a todas luces insuficiente. Aunado a lo anterior, la apertura indiscriminada del mercado, la falta de apoyo y de estímulos fiscales a las pequeñas y medianas empresas, las cuales constituyen un elemento fundamental del trinomio investigación-desarrollo-innovación, impide que este sector industrial que representa el motor de la economía nacional, no se vea favorecido a pesar de que otorga más del 80 por ciento de los empleos de nuestro país.
En México, mis colegas, no se puede hablar de desarrollo sin considerar la justicia social y una distribución más equitativa de la riqueza. Por ello es necesario que el Estado ponga en marcha políticas públicas decididas de promoción de ciencia y tecnología, que apoyen y vinculen a las industrias nacionales, a la educación superior, a los centros y laboratorios de investigación y a los nichos de oportunidades comerciales.
Estas metas hay que decirlo están todavía en la retórica del discurso del gobierno y distan mucho de ser una realidad, tal como se refleja en el Presupuesto de 2016.
Estimados colegas, estamos muy lejos de lo que sucede en Estados Unidos, Japón, Francia e Inglaterra, países en los que la ciencia y la tecnología forman parte de la cultura nacional.
Cito el caso de la Abadía de Westminster, en Inglaterra, donde en el sitio principal en lugar de imágenes de santos está la tumba de Newton y a su lado la del químico Robert Boyle. En estos países, sus calles, plazas y libros de textos están plagados con los nombres de sus científicos. Aquí en México también los hemos tenido y los tenemos, pero nadie los conoce.
Sin duda el presente dictamen representa un esfuerzo en la dirección deseada, por lo que la bancada de Morena lo votará a favor. Asimismo aprovechamos la ocasión para expresar nuestras felicitaciones a la Comisión de Ciencia y Tecnología de la pasada y actual legislatura. Enhorabuena a la comunidad científica nacional. Muchas felicidades.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputada. Ahora tiene la palabra el diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar, del Partido Verde Ecologista de México.
El diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar:Con la venia de cada uno de ustedes, de los diputados y de la Mesa. Es un hecho que son tiempos de cambios, cambios que deben significar progreso, un progreso basado en la unión y, en este caso, una unión legislativa, que pugne a través de la ciencia y tecnología para mayores y mejores innovaciones que harán de México un México más grande.Sabemos que la diferencia entre ser bueno y ser mejor es superarse. Sabemos también que en México existe capacidad en las diferentes universidades, en los investigadores sociales de la iniciativa privada y de las demás instituciones.
Que las estrellas y que la capacidad, que en su momento ilumina a nuestros inventores e investigadores académicos de las diferentes ramas, no se conviertan en estrellas fugases que iluminen otros firmamentos, que se queden en México esas estrellas iluminando el firmamento mexicano, con constancias y perseverancia.
Que es necesario la apropiación de inventiva, que son necesarios los estímulos, como se hace en otros países. Que si bien es cierto, la canalización de los recursos para la apropiación de la inventiva, a través de la ciencia y tecnología, es escueta y muy marcada y limitada.
También hay aquellos pensadores, no sólo sociales, académicos o de la vida social que pugnan por hacer de México, un México más grande. Que es bien cierto, que los investigadores y científicos e innovadores tienen, en el fondo de su corazón y su pensamiento, un espíritu indomable, un espíritu independiente, y es necesario darles no sólo rienda suelta a esos conocimientos, quitarles los obstáculos que en su momento impiden un avance sostenido, darles la flexibilidad necesaria, apoyarlos con mayores y mejores recursos.
Tenemos, en términos generales, partiendo de situaciones aritméticas promedio, 20 años de atraso en cuestiones de invención, en cuestiones de desarrollo tecnológico, que no son difíciles necesariamente.
La anterior comisión y las demás merecen nuestro reconocimiento, que nosotros los que conformamos esta comisión, al mando de mi amigo Bernardo Quezada, estamos prestos a obedecer no sólo los mandatos, sino los impulsos necesarios para mayores inventivas de nuestros investigadores, porque en Chiapas hay, perdón, me ganó la emoción, porque en México talentos y hay capacidad.
Es necesario, en su momento, que el sector académico tenga en su momento una ventilación con el sector productivo, que es base necesaria de todas las demás investigaciones sin descuidar las situaciones analógicas en materia de salud e invenciones varias.
Que es bien cierto que el líder marca la pauta, pero es el equipo el que triunfa. Que no podemos olvidar que se trata de una alianza y no de partidos, sino de una conjugación de conocimientos, con conciencia, para alentar a nuestras estrellas que iluminan el firmamento mexicano.
Que es de reconocerse, y no vengo a hablar de un partido determinado, que a pesar del presupuesto base cero, que a sabiendas no de un dictamen sino de los parámetros legales del artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, que el 1 por ciento del producto interno bruto debe canalizarse a la investigación, a la ciencia y la tecnología. Que de 86 millones de pesos fuimos beneficiados y aún falta más, con 91 mil millones de pesos que servirán, en su momento, para revertir y desafiar aquellas cuestiones que nos hacen estar en apartados pero que es necesaria la innovación para un mejor futuro y para la grandeza del pueblo mexicano.
A las universidades, a la UNAM, al Politécnico y a todas las demás, muchas gracias por su presencia y que Dios los bendiga a todos.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputado. Ahora también por cinco minutos, tiene la palabra la diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada Tania Victoria Arguijo Herrera:Con su permiso, diputado presidente. El día de hoy, a través del Grupo Parlamentario del PRD traigo la voz de aquellos estudiantes, investigadores que por mucho tiempo han trabajado en proyectos propios y de su institución. Aquellas mentes brillantes que subestimamos, sin embargo, son más listos que muchos.Si supieran lo que pueden llegar a hacer si hubiese incentivos para seguir motivándolos. Pues es muy sencillo. Esta ley que hemos traído como Comisión de Ciencia y Tecnología tiene como objetivo impulsar el desarrollo científico, tecnológico y de innovación al incentivar el establecimiento de instancia de gestión para transferencia tecnológica y vinculación en todas las instituciones con actividades de investigación y eliminar el impedimento que tienen los investigadores para participar en actividades que implican su vinculación con proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico en relación con terceros.
Y para lograr esta propuesta fue necesario modificar la Ley de Ciencia y Tecnología en los artículos 40 Bis y 51. Entonces los servidores públicos de las instituciones de educación, los centros y las entidades de la administración pública federal al que se refiere el artículo 51 de la Ley de Ciencia y Tecnología, servidores públicos que realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación podrán realizar actividades de vinculación con los sectores público, privado, social y recibir beneficios.
Lo anterior para argumentar algo muy sencillo, tenemos un atraso de 30 años en promedio comparado con otros países que ya cuentan con esta ley, así lo ilustra el caso reciente de los países del este asiático y países de alto desarrollo o industrializados como nuestro vecino del norte, Alemania, Inglaterra y demás.
Estamos inmersos en la llamada Economía del conocimiento y tenemos que hacer el mejor esfuerzo como país para insertarnos en la misma. No podemos quedarnos atrás, no más. Por qué los investigadores tienen que pedirnos a gritos ayuda para ser incentivados, nosotros somos los que en campaña recogimos el sentir de todos los sectores, pero muy pocos han traído a esta tribuna el sentir del científico. Recuerden que sin ellos aún estaríamos en tiempos medievales. Nunca es tarde, trabajemos por el bien común y verán que todos los sectores serán beneficiados.
Creo que en este sector al igual que muchos es un sector noble que no se merece un rechazo y muy al contrario, todos aquí podemos aportar. Hemos dado un paso importante y nuestro primer resultado como como Comisión de Ciencia y Tecnología. Sabemos que falta mucho, pero la comisión está muy comprometida, así como la fracción del PRD en el área científica.
Cerremos el año con buenos resultados y rescatemos la confianza de estudiantes e investigadores, y como lo dije al principio, no subestimemos el sector científico. Es cuanto.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputada. Le damos también la más cordial de la bienvenida a 160 alumnos, docentes y padres de familia de la Escuela Secundaria José María Velasco, del municipio de Chicoloapan de Juárez, estado de México. Invitados por el diputado Andrés Aguirre Romero, del distrito 39 del estado de México. Bienvenidos.
Ahora tiene la palabra, también por cinco minutos, el diputado José Máximo García López, del Partido Acción Nacional.
El diputado José Máximo García López:Con la venia de la Mesa Directiva. Invertir en conocimientos produce siempre los mejores beneficios Benjamín Franklin. Saludo con mucho aprecio a los investigadores, científicos y académicos que el día de hoy se encuentran entre nosotros, y por supuesto a mis compañeras y compañeros legisladores.Debemos tener claro hoy más que nunca que el conocimiento científico y la aplicación tecnológica son vitales para impulsar el desarrollo de México para afianzar el crecimiento de la economía, para hacerlo con justicia y equidad para todos y para avanzar en diversos frentes y ante los desafíos que tenemos por delante.
El superar desde luego la desigualdad, la marginación, la pobreza, el encontrar los mejores mecanismos para poder generar empleo con los recursos disponibles; el poder detonar el enorme potencial de desarrollo integral de las personas en nuestro país, son los desafíos que tenemos en el presente.
En todos los países, es el caso también de México, la colaboración de los académicos en el sector privado y social juegan un papel relevante como motor del desarrollo científico y la innovación, lo que permite impulsar su desarrollo con mayor fuerza.
Precisamente con la aprobación del presente dictamen se atiende este tema fundamental al promover la transferencia de tecnología a través de una mayor vinculación entre los actores académico, industrial y del gobierno, con el fin único de coadyuvar en el desarrollo económico y social, en el desarrollo científico y tecnológico del país.
El dictamen a nuestra consideración es de gran importancia pues subsana los vacíos legales existentes en el artículo 40 Bis y 51 de la Ley de Ciencia y Tecnología. El primero de ellos solo consideraba a las universidades e instituciones de educación pública superior y a los centros públicos de investigación como los únicos que pueden crear unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, dejando de lado otras entidades de la administración pública federal.
Mientras que el artículo 51 solo consideraba a los centros públicos de investigación como los responsables de promover con los sectores público y privado la formación de asociaciones estratégicas, alianzas tecnológicas, unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, dejando un vacío en relación con instituciones de educación superior y aquellas entidades de la administración pública federal que tienen actividades de innovación y de desarrollo.
Asimismo también es fundamental en el ánimo de alcanzar una mayor transparencia en la función pública, pues con la reforma a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, se establece que los servidores públicos que realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, podrán realizar actividades de vinculación con los sectores público, privado y social y recibir beneficios; además se norma el acceso a estos últimos.
Compañeras y compañeros diputados, con la aprobación de este dictamen se atiende una petición de la comunidad científica que data desde hace dos décadas, y con ello se logrará una mayor vinculación de los investigadores con el sector industrial de nuestro país. En Acción Nacional tenemos muy claro que las ventajas competitivas de México están asociadas en gran medida al desarrollo científico y tecnológico del más alto nivel.
Tengo la certeza de que seguirán contando con nuestro apoyo, de que seguiremos apostando por el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación porque sabemos que esas son las claves de un México fuerte y de un México mejor.
Quisiera concluir para reconocer el trabajo de los diputados de la pasada legislatura; pero muy en especial a la Comisión de Ciencia y Tecnología de la actual Legislatura, y muy en especial al diputado presidente Bernardo Quezada, y a la comisión por su excelente labor y por haber logrado este gran acuerdo y que seguramente será el inicio de una nueva era para transformar la ciencia, la tecnología y la innovación de nuestro país. Muchísimas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputado. Ahora por el Partido Revolucionario Institucional, por cinco minutos, tiene la palabra la diputada Lucely Del Perpetuo Socorro Alpizar Carrillo.
La diputada Lucely Del Perpetuo Socorro Alpizar Carrillo:Con la venia de la Presidencia. Muy buenas tardes, compañeras, compañeros diputados. El día de hoy tomo esta máxima tribuna para hacer manifiesta la satisfacción que representa para el Partido Revolucionario Institucional, así como para quienes conformamos el sector científico, académico o de investigación, el que una reforma de este calado vea la luz de su pronta aplicabilidad y nos apreste la base del desarrollo que la comunidad científica ha esperado desde hace ya muchos años.Como bien se ha informado, son tres las modificaciones que se realizan: el artículo 40 Bis y artículo 51 de la Ley de Ciencia y Tecnología, y por razón aplicativa modifica el artículo 8o de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Celebramos que con esta reforma se impulsará el desarrollo científico, tecnológico y de innovación del país, puesto que se estimula el establecimiento de instancias de gestión para transferencia tecnológica y la vinculación en todas las instituciones con actividades de investigación y desarrollo; a su vez, se eliminan los impedimentos para participar en dichas actividades con terceros.
A partir de esta reforma, los investigadores, científicos y tecnólogos que hacen ciencia en nuestro país, podrán trabajar en proyectos conjuntos con la iniciativa privada, conformar asociaciones estratégicas o crear nuevas empresas privadas de base tecnológica participando como socios, colaboradores o beneficiarios de la misma.
Asimismo, promueve la creación de redes regionales de innovación. Es decir, se retiran los candados que impedían a los investigadores beneficiarse de los trabajos que realizan sin incurrir en conflictos con terceros.
Con esta reforma se masificarán los productos logrados a partir de las investigaciones en los centros de investigación de las instituciones de educación superior, así como de las instancias paraestatales en donde se lleva a cabo la investigación y el desarrollo de la ciencia y la tecnología.
En la Cámara de Diputados no relegamos ni somos ajenos a la implicación de la ciencia y la tecnología en el contexto económico nacional, así como el posicionamiento de los productos mexicanos en la economía mundial, ya que esta reforma estimulará la productividad e incrementará la competitividad de los productos mexicanos en los mercados internacionales, propiciando así una mayor generación de empleos, lo cual se traducirá lógicamente en la transformación e inversión económica en el sector social.
Los legisladores del PRI nos enorgullecemos del largo recorrido que esta iniciativa a trazado, del esfuerzo de quienes han antecedido a este proyecto, de manera especial a nuestro correligionario el ex diputado Alejandro Rangel Segovia, promotor impulsor de esta idea que había sido y que ha sido el anhelo del sector científico y tecnológico en México.
El día de hoy, en esta asamblea, queremos saludar a todos aquellos que pertenecen al sector científico y tecnológico; o que desde la academia aportan su ciencia, su tecnología y sus ideas de innovación al desarrollo de nuestro país. No omito mencionar también a aquellos luchadores incansables de esta propuesta, quienes hasta el día de hoy continúan pendientes de este trabajo. Felicito a la comisión que me honro en participar, la Comisión de Ciencia y Tecnología de la LXIII Legislatura, que hoy concreta los anhelos de muchos mexicanos y de quienes hacen ciencia en nuestro país, pero que también aportan al desarrollo de nuestro querido México.
Compañeras diputadas y compañeros diputados, con su voto a favor coadyuvaremos a la transferencia tecnológica entre las instancias educativas y de investigación en el sector empresarial. Con esta reforma le decimos basta a la fuga de nuestros científicos, de nuestros genios, de nuestros talentos nacionales.
En nuestro país están ya dadas las condiciones para que la investigación y la innovación, junto con la educación superior y la industria, sean esa triple hélice que transforme la ciencia en auténtico desarrollo; y sea así, sólo así que la ciencia será en nuestro México el gran motor de nuestra economía y de la transformación social del próximo siglo XXI para los mexicanos y quienes habitamos aquí. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada.
De conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción V, esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general los siguientes diputados.
Por el PRD, el diputado Francisco Xavier Nava Palacios. Por el Partido Acción Nacional, el diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez. Por el PRI, el diputado Bernardino Antelo Esper, y por el PRI la diputada María Esther Guadalupe Camargo Félix. En consecuencia tiene la palabra también por tres minutos, el diputado Francisco Xavier Nava Palacios, del PRD.
El diputado Francisco Xavier Nava Palacios:Diputada presidenta, compañeras y compañeros diputados. Estimada amigas y amigos de la comunidad científica de nuestro país, sean ustedes bienvenidos. Es imposible pensar en el desarrollo sin ciencia. No hay forma de establecer métodos de avance colectivo mayores sin la llave de la tecnología. Es estéril reinventar nuestro mundo para mejorar sin innovar.Por estas razones incontrovertibles es que hago uso de este espacio el día de hoy. cambiar las reglas del juego para incentivar el desarrollo de la ciencia, el avance de la tecnología y el impulso a la innovación hoy son sinónimo de reconstrucción de los cimientos en los que se ha sostenido hasta hoy un sector elemental para nuestro país, del que todos nos enorgullecemos pero con el que muy pocos nos hemos comprometido.
Es tiempo de reconocernos como una entidad diferente y dispuesta a cambiar, por eso en la presente modificación a la Ley de Ciencia y Tecnología y a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, además de redoblar los apoyos para la transferencia entre las diferentes instancias dedicadas a estas tareas, abrimos la puerta de regreso a miles de investigadores y científicos a quienes sólo se les había permitido hasta ahora crear y concebir en un solo lado de la cancha, pero nunca entrelazando a la academia con los sectores público y privado conjuntamente, sin incurrir en conflicto de interés.
Adiós a esa barrera, hoy tendremos más ciencia, más empresas de base tecnológica y mayor crecimiento en nuestro país. Cuidemos, sin embargo, esta positiva reforma para que nadie abuse de ella. No podemos echarla a perder.
Hay grandes ideas esperando mayores apoyos. Hay grandes intenciones de revolucionar nuestro México que tenemos que alentar e impulsar. Por ello debemos destinar mayores recursos a esta importante tarea y definir políticas públicas acorde con el dinamismo del sector.
Estados Unidos, como ya se señaló, dio este paso hace más de tres décadas. Hoy debemos decididamente tomar las medidas necesarias hacia la consolidación y desarrollo del sector y hacia el otorgamiento de un voto de confianza para miles de creadores, científicos e investigadores, empresarios y emprendedores que trabajan en nuestro país y que con su talento relanzarán no solo al sector científico, sino que impactarán positivamente a la actividad económica nacional.
Hoy es un buen día, es su día, estimadas amigas y amigos vinculados a la ciencia, la tecnología y la innovación. Hoy es sin duda un buen día para México. Votemos a favor de esta reforma. Muchas gracias, es cuanto.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputado. Ahora, por el Partido Acción Nacional, tiene la palabra el diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez.
El diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez:Con la venia de la Presidencia. Compañeras legisladoras y legisladores, en Acción Nacional apoyamos y promovemos tanto la innovación científica como la tecnológica, en aras de la prosperidad de la nación.La innovación científica y tecnológica depende de la participación conjunta y coordinada, tanto de las instituciones públicas como de las privadas y debe vincularse en el desarrollo nacional. La inversión en investigación y en la formación de investigadores debe ser una prioridad para el Estado mexicano.
El dictamen que hoy nos presenta la Comisión de Ciencia y Tecnología abona a un marco jurídico que fomente y proteja la investigación de las nuevas tecnologías y estimula además la innovación con el sector productivo.
Entre otras bondades de este dictamen es que permitirá impulsar el desarrollo científico, tecnológico y de innovación de nuestro país, al fomentar el establecimiento de instancias de gestión para transferencia tecnológica y vinculación en todas las instituciones con actividades de investigación y desarrollo.
Se elimina además el impedimento que tienen los investigadores para participar en actividades que implican su vinculación con proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico en relación con terceros, en los siguientes rubros.
Conformación de asociaciones estratégicas, alianzas tecnológicas, consorcios, unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, entre otras, por lo que se constituirá todo un sistema de innovación.
Asimismo, con esta reforma se podrá incluir a investigadores de las instituciones de educación, los centros públicos de la investigación y entes de la administración pública federal que realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación.
Actualmente como está redactado en el artículo 40 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, sólo se consideran a las universidades e instituciones de educación pública superior y los centros de investigación como aquellos entes públicos que pueden crear unidades de vinculación y transferencia del conocimiento, excluyendo a las demás entidades de la administración pública federal, lo que sin duda nos resta competitividad en materia de innovación tecnológica y científica en un entorno global más tendiente a la tecnología y el avance de descubrimientos científicos.
Diputadas y diputados, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional votará a favor de este dictamen que hoy nos presenta la Comisión de Ciencia y Tecnología, porque estamos a favor de generar instrumentos legales de coordinación entre los entes públicos y privados para beneficio de México.
Votaremos a favor, porque en nuestra visión toda investigación debe ser ética y socialmente responsable en atender las ideas de las personas y es algo a lo que el Estado debe abonar y el gobierno promover, en aras de estimular la investigación científica en nuestro país y estar en posibilidades de ser mucho más competitivos. Es cuanto. Muchas gracias.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputado. Están presentes, en este recinto legislativo, ciudadanos del municipio de Nicolás Flores, del estado de Hidalgo, invitados por la señora diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta. Sean ustedes bienvenidos. Ahora tiene la palabra el diputado Bernardino Antelo Esper, del Partido Revolucionario Institucional, por cinco minutos.
El diputado Bernardino Antelo Esper:Con la venia de la Presidencia. Quiero mandar un saludo a todos los integrantes de la comunidad científica que hoy nos acompañan y que estoy seguro que tendrán un día muy interesante para festejar lo que, estoy seguro, hoy estaremos votando a favor.Compañeras y compañeros legisladores, la soberanía y el bienestar de una nación se apoyan en la generación de nuevos conocimientos que sean útiles para la sociedad. En ese sentido, los incentivos a la innovación, tecnología representan el futuro para que las cosas sigan avanzando.
México se encuentra en un momento de enormes retos. Como legisladores tenemos el deber de proporcionar las herramientas necesarias para impulsar el despegue de la nación en materia de desarrollo económico. Una de las vías más eficientes para lograr este objetivo ese el desarrollo científico y tecnológico, así como la innovación que pueda surgir de ella.
El gobierno federal ha tomado con fuerza esta premisa y ha impulsado cambios en materia de ciencia, tecnología e innovación. Uno de ellos ha sido el aumento al presupuesto, que va encaminado a cumplir los objetivos planteados por el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, que es alcanzar el 1 por ciento de inversión en el sector.
Como secretario de la Comisión de Ciencia y Tecnología reconozco y felicito al presidente de la República, al presidente de la Comisión de Ciencia y Tecnología y a mis compañeras y compañeros diputados por haber discutido y logrado un presupuesto mayor para este próximo ejercicio del 2016.
La comunidad científica tiene muchos pendientes que nos han solicitado atender en nuestra responsabilidad por crear las herramientas de política pública que nos permitan aprovechar las oportunidades que nos brinda el conocimiento. De tal manera que podamos abandonar la era de las décadas perdidas y transitar a una nueva etapa de recuperación con un gran futuro de esperanza.
Nuestro país está ubicado entre las principales economías del mundo, pero existen muy pocas empresas de base tecnológica, y este tipo de empresas son las que nos permitirán alcanzar ventajas competitivas que nos permitan poner a México en el plano internacional en ese sentido.
El dictamen que hoy nos ocupa busca propiciar la vinculación entre los académicos, la iniciativa privada, para así tener mayores oportunidades de empleo, capital y servicios para la sociedad mexicana.
Los investigadores deberán cumplir con las normas que dicte su institución, acordes a la legislación vigente, de manera que sea una relación transparente, óptima, beneficiosa tanto para la institución, los investigadores, las empresas y sobre todo para la sociedad.
Por lo anterior les comparto que el sentido de mi voto será positivo y los invito a que hagan lo propio y sean parte de este gran logro que hoy tendremos la oportunidad todos de presenciar. Muchas gracias y es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputado. También para hablar de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, tiene la palabra, por tres minutos, la diputada María Esther Guadalupe Camargo Félix.
La diputada María Esther Guadalupe Camargo Félix:Muy buenas tardes. Con el permiso de la Mesa Directiva. Saludo con gran beneplácito al grupo de maestros, investigadores científicos que hoy aquí, bienvenidos siempre al Congreso de la Unión.La iniciativa que hoy tenemos por objeto precisar elementos a los que deberán sujetarse las instituciones y los servidores públicos que realicen actividades de investigación científica y tecnológica.
Se indica que las instituciones de educación superior, centros públicos de investigación y otras entidades paraestatales de la administración pública federal, que de acuerdo con su instrumento de creación tengan por objeto predominante realizar dichas actividades, podrán crear unidades de vinculación y transferencia de conocimiento en las cuales se procurará la incorporación de desarrollos tecnológicos, innovaciones realizadas en los mismos, así como en su personal.
Promover con los sectores público y privado la formación de asociaciones estratégicas, alianzas, unidades de vinculación y transferencia de conocimiento; nuevas empresas privadas de base tecnológica y redes regionales de innovación en las que también procurará la incorporación de los desarrollos referidos que se realizan en dichas entidades e instituciones. Se promueve la comercialización de los derechos de propiedad intelectual e industrial de las instituciones, centros y entidades.
Los órganos de gobierno o equivalente deberán aprobar los lineamientos que permitan otorgar a los investigadores académicos y personal especializado, que los haya generado hasta un 70 por ciento de las regalías que se generen.
Esta iniciativa tiene el antecedente de mucho trabajo, de compañeros, de diputados y senadores que la impulsaron. Nuestro reconocimiento a todos ellos. Pero sobre todo, de los ciudadanos mexicanos que han dedicado su tiempo a la investigación, a la innovación, a la ciencia, pero sobre todo a motivar con su enseñanza a miles de jóvenes.
Con esta iniciativa, que se llevará a cabo la vinculación de la iniciativa privada y pública con la academia, nos dará elementos a las instituciones de educación superior para orientar también carreras pertinentes al desarrollo de las regiones económicas, creando mejores empleos mejor remunerados a miles de jóvenes que tienen la esperanza de que llevemos a cabo actos como este, que realmente les apoyará para enfrentar el presente y los retos del futuro, con mejor educación, con mayor innovación y calidad.
En nuestro Grupo Parlamentario del PRI aprobaremos e impulsaremos esta iniciativa y muchas más que, sabemos, son por el beneficio de nuestro país, de su desarrollo económico, educativo y por el bien de todos.
Felicito a la Comisión de Ciencia y Tecnología. Es un honor pertenecer a ella y nos sumaremos en lo personal a esta iniciativa. Muchas gracias.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputada. Ahora tiene la palabra el diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz, del Partido Nueva Alianza.
El diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz:Con el permiso de la Presidencia. Saludamos con mucho gusto a la comunidad científica, a la tecnológica y a la académica que se encuentran en ese recinto; de la misma manera a los directores de los diferentes planteles educativos de educación media y superior, al secretario de Investigación y Posgrado, y por supuesto al secretario general del Instituto Politécnico Nacional.Para Nueva Alianza la ciencia, la tecnología y la innovación representan pilares fundamentales para el desarrollo del país. La investigación y la innovación tecnológica poseen un valor estratégico fundamental tanto económico como social para el desarrollo integral de cualquier país.
Conscientes de la importancia que el sector tiene para la nación, nuestro partido decidió formar parte activa de la formación de una política de Estado en materia de desarrollo científico y económico, mismo que redundaría en crecimiento económico.
El día de hoy nos encontramos ante ustedes con el motivo de la votación de un dictamen de elevada trascendencia e importancia. Resulta necesario fomentar la vinculación de los investigadores con el sector empresarial a fin de propiciar mayor inversión en la creación y transferencia de tecnología científica, lo que permitirá contar con más y mejores inventos. Se incrementarán las patentes, lo que redundará en una mayor competitividad y los investigadores podrán ser copartícipes de estos beneficios.
En México tenemos grandes mentes. No permitamos que estas mentes brillantes y sus ideales salgan de nuestro país por falta de incentivos necesarios, por falta de certeza jurídica, por falta de oportunidades para concretar todos sus anhelos en cuestiones de investigación y en todos sus proyectos. Evitemos, pues, la fuga de cerebros y hagámoslo brindándoles la oportunidad para desarrollarse, pero también regulando su actuar.
México necesita del compromiso y la participación de todos, por tanto reconozco la participación y el apoyo de todas las fuerzas políticas integradas en esta LXIII Legislatura. Confiamos en ustedes y les compartimos que por las razones antes expuestas nuestro voto será a favor del dictamen y por lo tanto a favor de México. Es cuanto, diputada presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Agotada la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general.
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:En virtud de que de conformidad con el artículo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo general, se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.
(Votación)
Se le pregunta a la asamblea si hace falta algún diputado o diputada por votar. Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron 438 votos a favor y 0 en contra.
La Presidente diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Aprobado en lo general y en lo particular por 438 votos el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
La Presidente diputada María Bárbara Botello Santibáñez:En virtud de que se ha cumplido con el requisito de la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Deporte con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte(*), consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si autoriza que se someta a discusión y votación de inmediato.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se autoriza que el dictamen de la Comisión de Deporte antes mencionado se someta a discusión y votación de inmediato. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Pablo Gamboa Miner para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados.
El diputado Pablo Gamboa Miner:Con su venia, señora presidenta. Compañeras diputadas y compañeros diputados, con honrosa representación de las diputadas y de los diputados que integran la Comisión de Deporte de esta legislatura acudo a esta máxima tribuna para fundamentar el dictamen que muestra nuestra preocupación para contribuir a promover una cultura de deporte con mayor apertura, inclusión y alcance.Coincidimos plenamente en la importancia que conlleva la precisión de la letra de la ley, sobre todo lo que representa con mayor claridad para la comprensión de nuestras garantías constitucionales.
La reforma propuesta a la fracción XI del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte impulsa simultáneamente nuestro interés por promover el deporte y la activación física como mecanismo para resolver muchos de los problemas sociales y comunitarios de salud, así como inseguridad, delincuencia y violencia.
El deporte no puede ser visto solamente como deporte, es prevención del delito, es sacar a los jóvenes del ocio, es sacar a los jóvenes de la drogadicción, del alcoholismo, es por eso que la cultura de deporte que impulsamos en esta legislatura reconoce la contribución del deporte en el terreno de los valores y el desarrollo humanitario integral. Fomenta la participación y mejora uno la preparación para la participación.
El deporte desarrolla también la capacidad solidaria con los compañeros de equipo y el reconocimiento al esfuerzo del oponente. El deporte desde cualquiera de sus perspectivas estimula el desarrollo de las personas en el trabajo, en el trabajo del equipo, permite el desarrollo de las habilidades de estrategia, de dirección, de esfuerzo, lo que también aporta beneficios en los terrenos laborales.
Una cultura de deporte como la que nos proponemos impulsar considera los aspectos de salud, los aspectos educativos, considera el desarrollo de habilidades y también el desarrollo económico, el desarrollo social y demanda al desarrollo urbano la construcción, el equipamiento y sobre todo la rehabilitación de instalaciones de infraestructura deportiva.
Por ello es importante saber hacer equipo. Nuestro país lo demanda, es necesario que luchemos conjuntamente por un mejor México, por un México con mejores expectativas de seguridad, de justicia, de más altos niveles en nuestra calidad de vida y mayor número de oportunidades para aprovechar el gran potencial del que sentimos tanto orgullo, y alcanzar las mejores metas no sólo con respecto al resto del mundo, sino respecto de nosotros mismos.
Es tiempo de dejar al lado las diferencias, en el tema de deporte no hay colores, no hay formas; el tema que es cuando hay un objetivo, que es México, es tiempo de sumar y aportar desde el ámbito de responsabilidad de cada institución, del Congreso y de nuestro mayor esfuerzo para contribuir en el desarrollo del deporte, en el desarrollo de México.
Señoras y señores diputados, el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, que hoy nos ocupa, es una buena oportunidad para enfatizar nuestro compromiso con el deporte, que considera que toda población en el sentido humanista más profundo, por lo que es consciente con el espíritu de nuestra Carta Magna y no puede negar por ningún motivo el gran potencial del beneficio que hace el deporte en nuestras vidas. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Melissa Torres Sandoval, del Partido Encuentro Social.
La diputada Melissa Torres Sandoval:Con la venia de la Presidencia. Honorable asamblea, a nombre del Grupo Parlamentario de Encuentro Social vengo a posicionar el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.Para nuestra bancada resulta prioritario prevenir y sancionar cualquier acto discriminatorio que atente contra la dignidad de la persona. En este sentido, resulta de gran relevancia el fortalecimiento de nuestro marco jurídico para erradicar cualquier acto de discriminación que afecte el desarrollo integral del ser humano.
Resulta importante referir que en México existen 7 millones de indígenas y 450 mil afromexicanos, que por su raza o color de piel son discriminados.
Según la Encuesta Nacional de Discriminación 2010, hoy sabemos que en México el 23.3 por ciento de nuestra población no estaría dispuesta a compartir casa con personas de otra raza y el 54.8 por ciento afirma que a la gente se le insulta por su color de piel.
Con la reforma a la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte se garantiza de manera efectiva la no discriminación por origen étnico o preferencia sexual en los programas de desarrollo que se implementen en materia de cultura física y deporte, formando con ello la igualdad de oportunidades para el acceso a dichos programas, para lo cual se incluyen los términos origen étnico y preferencias sexuales, a fin de promover una cultura de respeto, de derecho a la igualdad y de denuncia contra prácticas discriminatorias.
La reforma resultaba necesaria, debido a que la ley es omisa al respecto y no garantiza de manera adecuada la igualdad de oportunidades por cuestiones y preferencia sexual, lo cual favorece la toma de criterios excluyentes y discriminatorios.
La presente reforma es una medida más de inclusión dentro de nuestro marco jurídico, para garantizar la protección de las personas ante cualquier situación que lastime su dignidad o implique su exclusión.
Al ser el deporte una actividad formativa, resultaba contradictorio que no se incluyeran dichos términos en nuestra ley en la materia. En este sentido, resulta prioritario erradicar la discriminación que sufren muchos de nuestros deportistas de alto rendimiento, que por su condición de indígenas o preferencia sexual padecen de actos discriminatorios, que se traducen en abusos y en un trato desigual e injustificado, que obstaculiza el desarrollo pleno de sus potencialidades físico-atléticas.
Las y los diputados federales de Encuentro Social, habremos de votar a favor del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, pues tenemos claro que la práctica deportiva es un derecho que tenemos todos los seres humanos y el Estado debe, en todo momento, garantizar el ejercicio del mismo en beneficio del desarrollo pleno de la persona. Muchas gracias. Es cuanto.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputada. Se encuentra en este salón de plenos la presidenta del DIF, del municipio de Cuapulhuac, estado de México, así como los integrantes de esta dependencia, personas que han sido invitadas por la diputada federal Leydi Fabiola Leyva García. Sean ustedes bienvenidos. Ahora tiene la palabra la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Partido Nueva Alianza, hasta por cinco minutos.
La diputada Carmen Victoria Campa Almaral:Con su permiso, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados, como grupo parlamentario Nueva Alianza se ha distinguido por sus acciones legislativas a favor de una sociedad incluyente y en contra de todo tipo de discriminación. La exclusión y la discriminación no solo atentan contra los derechos humanos y la dignidad de las personas, sino que también impiden el desarrollo integral de la sociedad en su conjunto.Nuestro compromiso como representantes populares ha sido trabajar en la generación de mejores condiciones para la población menos favorecida de mexicanos que engrosan las estadísticas de la exclusión y la marginación social, pero que están fuera de las acciones gubernamentales para mejorar su condición de vida.
La discriminación sigue siendo uno de los principales obstáculos en el desarrollo del país. Nuestra determinación es acabar con esta situación que nos limita en la construcción de una nueva cultura de inclusión social. Respeto a diversidad y a la convivencia solidaria entre las diferencias.
El deporte constituye uno de los instrumentos que tenemos para estos propósitos, por lo que en su oportunidad aprobamos la iniciativa que dio origen a esta reforma y lamentamos que nuestra colegisladora haya hecho lo contrario. Respetamos sus argumentaciones pero no las compartimos. El deporte promueve la no violencia, la tolerancia y la paz.
No solo enseña valores como el trabajo de equipo y la justicia y la comunicación, sino también la interdependencia, la cooperación y el respeto entre ellos.
Es congruencia con sus propósitos, en la ley debemos fortalecer las condiciones que atentan contra dos de los más identificables fenómenos de discriminación, tanto por cuestiones étnicas como por las preferencias sexuales de las personas.
Compañeras y compañeros, durante esta Legislatura Nueva Alianza ha promovido que en nuestras leyes se garantice la igualdad y la erradicación de toda forma de discriminación, así lo seguiremos haciendo para la construcción de un México más justo y equitativo para todas y todos los mexicanos.
En consecuencia votaremos a favor de este presente dictamen, ratificando la convicción y el compromiso por una cultura de inclusión, de respeto y tolerancia en nuestros semejantes. Por su atención, muchas gracias.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada. Ahora también por cinco minutos tiene la palabra el diputado Luis Ernesto Munguía González, del Partido Movimiento Ciudadano.
El diputado Luis Ernesto Munguía González:Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados. El acceso a la cultura física y el deporte forma parte integral del desarrollo de todo ser humano y como tal debe ser reconocido dentro del espectro de los derechos humanos fundamentales.Como lo señala la Carta Internacional de Educación Física y Deporte de la Unesco en su artículo 1o., cito: Todo ser humano tiene derecho fundamental a acceder a la educación física y al deporte, que son indispensables para el pleno desarrollo de su personalidad. El derecho a desarrollar las facultades físicas, intelectuales y morales por medio de la educación física y el deporte deberá garantizarse tanto dentro del marco del sistema educativo, como el de los demás aspectos de la vida social.
En tal sentido, el Estado mexicano debe de garantizar el acceso irrestricto de todo mexicano a la cultura física y el deporte sin ninguna clase de discriminación por motivos étnicos o de preferencias sexuales, como lo señala nuestra Carta Magna y los tratados internacionales signados por México.
Es por ello, que el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano celebramos la presente reforma a la Ley General de Cultura Física y Deporte, pues establece por primera vez como un deber de la federación y de todos los estados de la República, la no discriminación por motivos étnicos o de preferencia sexual en el acceso al deporte, misma que desafortunadamente se ha presentado en el pasado.
Las minorías étnicas de nuestro país y la población con diferentes preferencias sexuales han padecido tradicionalmente la discriminación en el acceso a la protección y garantía de sus derechos por parte del Estado y por ello es de celebrarse que esta soberanía reivindique sus derechos y en tal sentido exhortamos a que se privilegie su acceso, pues lo que establece la misma Carta Internacional de la Unesco, los programas deportivos de los estados han de dar prioridad a las necesidades de los grupos desfavorecidos de la sociedad.
El Senado de la República desechó y nos devolvió a los diputados esta reforma, argumentando que en el texto actual de la ley se sobreentiende que el Estado debe de garantizar la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen sin distinción de origen étnico ni preferencias sexuales. Sin embargo los diputados ciudadanos consideramos que cuando se trata de garantizar la mayor protección de los derechos humanos no podemos obviar nada.
La no discriminación comienza por las políticas de reconocimiento, y en este sentido la presente reforma contribuye a reconocer que en nuestro país existe un rezago en materia de acceso a los programas de cultura física y deporte para ciertos grupos vulnerables.
Es por eso que debe de ser el primer paso para impulsar una política integral de reconocimiento y protección de la dignidad y los derechos de las y los mexicanos en el deporte con estricto apego a lo que señala la Constitución.
Esperamos que los distintos organismos para la promoción de la cultura física y el deporte tanto federales como estatales lleven a cabo programas de concientización y difusión sobre la no discriminación por motivos étnicos o de preferencia sexual.
Esperamos que la Colegisladora rectifique su postura en torno a esta reforma, e igualmente el Poder Legislativo en los estados emprendan las reformas necesarias para que las respectivas leyes locales en la materia sean reformadas en el mismo sentido.
El deporte es un motor de motivación, salud física y mental. Debe ser alcanzable para todas y todos sin distingos. La activación y la práctica deportiva es una excelente ruta para recobrar en la materia de la grandeza de nuestro México. Muchas gracias.
Presidencia del diputado
Edmundo Javier Bolaños Aguilar
El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Munguía. Tiene el uso de la tribuna el diputado Renato Josafat Molina Arias, del Grupo Parlamentario de Morena., hasta por cinco minutos.
El diputado Renato Josafat Molina Arias:Buena tarde, diputadas, diputados. Para Morena la inclusión y la diversidad son valores fundamentales, expresados tanto en nuestros documentos básicos como en nuestro proyecto de nación. Por ello celebramos el sentido positivo de este dictamen trabajado y aprobado por los miembros de la Comisión del Deporte de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, mismo que garantizará la no discriminación de la persona por origen étnico o preferencias sexuales.Como bien lo sabemos hoy en día persisten diversas formas sistemáticas y violentas de exclusión a diversos grupos en situación de vulnerabilidad, ya sea por su condición socioeconómica, origen étnico o preferencia sexual. Estas lamentables situaciones se reproducen en casi todos los ámbitos de la vida cotidiana. La cultura física y el deporte no son la excepción.
Más allá de las profundas diferencias ideológicas y de partido que tengamos, debemos trabajar como representantes del pueblo, reconociendo y sobre todo garantizando el respeto irrestricto a los derechos humanos, y en este caso, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen, evitando así todo tipo de discriminaciones.
Abrazamos el contenido del dictamen. No obstante aún queda mucho trabajo por hacer en este par de asuntos que hoy se concatenan y nos convocan. Debemos de ser conscientes de la realidad que existe en las comunidades indígenas y de las precarias condiciones de vida y por tanto del deterioro absoluto de las instalaciones deportivas, en dado caso de que existan.
Esto como un resultado de la exclusión que han vivido estas comunidades por su condición de pueblos originarios. En este mismo sentido podemos observar la constante discriminación hacia los miembros de la comunidad lésbico gay, bisexual, transexual, travesti, transgénero e intersexual, de los espacios públicos, donde el deporte no queda exento. Hagamos un esfuerzo para implementar campañas de sensibilización y conciencia de respeto absoluto y de integración de estas comunidades que forman ate de nuestra sociedad.
Esta reforma tiene como objetivo reforzar lo que establece el último párrafo del artículo 4o., de nuestra gran Carta Magna que a la letra dice: toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.
Hacemos un llamado para que sigamos trabajando por las mayorías de este país fomentando el deporte y la cultura física como el complemento ideal para generar bienestar en el país, evitando que todos nuestros jóvenes, independientemente de su origen étnico y preferencias sexuales, se vuelvan un grupo vulnerable al contexto de violencia, inseguridad y puedan desenvolverse en un ámbito sano que les permita acceder a oportunidades de desarrollo intelectual y multiplicar la capacidad corporal, emocional y creativa. Es cuanto, diputada presidenta.
Presidencia de la diputada
María Bárbara Botello Santibáñez
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputado. Ahora también tiene la palabra para hablar sobre la Ley General de Cultura Física y Deporte el diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla, del Partido Verde Ecologista de México.
El diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, el objetivo final de la educación es desarrollar la disposición a reconocer y respetar las semejanza esencial de los humanos más allá de nuestras diferencias de sexos, étnicas o determinaciones naturales. Fernando Savater.La palabra étnico se refiere a un grupo de personas que pertenece a una misma etnia, a su vez, etnia significa nación o pueblo. Por lo tanto, se pretende considerar el grupo étnico como la agrupación de individuos que comparten las mismas costumbres, tradiciones, cultura, música, alimentación e idioma; es decir, poseen semejantes características lingüísticas o culturales por el hecho de pertenecer al mismo territorio o espacio geográfico.
Por otro lado, cuando hablamos de preferencia sexual nos referimos a un patrón de atracción a personas definidas por su sexo, es decir, una elección voluntaria dada por la identidad de género y la identidad sexual.
Los dos conceptos anteriores tienen en común que, en su definición, se incluye el sentido de identidad, entendido como el conjunto de rasgos que distinguen a una persona de otra.
Otra característica que tienen en común dichos preceptos, es la capacidad de distinción que hace que una cosa se diferencie de otra por medio de alguna particularidad. Hago hincapié en lo anterior, con la finalidad de esclarecer nuestra postura respecto de presente dictamen sometido a discusión por parte de la Comisión del Deporte.
Consideramos de la más alta relevancia incluir en la redacción del artículo 2o de la Ley General de Cultura Física y Deporte la terminología origen étnico y preferencia sexual. Esta modificación a la norma genera una mayor precisión respecto a dichos conceptos, además deja de ser limitativa como lo es en su redacción actual.
Nosotros, como legisladores, tenemos la responsabilidad en todo momento de crear, reformar y derogar leyes. Una de nuestras principales funciones es clarificar los arcos normativos a fin de generar certeza jurídica entre la ciudadanía.
En este sentido, y como lo establece el documento propuesto ante esta soberanía, la intención final es garantizar a todas las personas la igualdad de oportunidades dentro de los programas de cultura física y deporte sin importar su origen étnico o preferencia sexual. Y derivado de estos razonamientos el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México votará a favor. Es cuanto.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputado. Ahora tiene la palabra por cinco minutos la diputada Olga Catalán Padilla, del PRD.
La diputada Olga Catalán Padilla:Compañeras diputadas y compañeros diputados, es objeto del presente dictamen que los derechos humanos se encuentren claramente establecidos en todos y cada uno de los ordenamientos jurídicos que componen el sistema normativo mexicano, puesto que en el párrafo quinto del artículo 1o. de nuestra Carta Magna se encuentra la base de todas las obligaciones, planes, programas, políticas públicas y acciones que debe implementar el Poder Ejecutivo.También se insertan los criterios reguladores de la actuación del Poder Judicial, y mediante sus fundamentos establecen las directrices a seguir para la expedición de leyes que emite este Poder Legislativo.
Tal y como lo expone el dictamen de la Comisión de Deporte que nos ocupa esto es congruencia a lo establecido en nuestra Carta Magna y en los acuerdos internacionales de los que México es parte.
En este marco México se ha comprometido a tomar medidas para realizar el propósito de promover el respeto universal y efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos sin distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, considerando además que la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en la misma sin distinción alguna, y además considerando que todos los hombres y mujeres son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección de la ley contra toda discriminación y contra toda incitación a la misma.
Además uno de los parámetros establecidos por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en la medición del desarrollo humano por país, se basa en el acceso de las personas a una vida larga y saludable, y que este concepto no se refiere únicamente al derecho de las personas a disfrutar de los derechos elementales como lo son la salud y la educación, sino también al libre acceso a actividades que enaltezcan su espíritu, al tiempo que desarrollan sus capacidades físicas e intelectuales.
Es por ello que las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte de la Cámara de Diputados, de esta LXIII Legislatura, consideramos pertinente confirmar el sentido positivo de este dictamen enviado a la Cámara revisora, en lo que respecta a la fracción XI del artículo 2o de la Ley de Cultura Física y Deporte, toda vez que se considera que en materia de derechos humanos la ley secundaria debe estar acorde a lo que mandata nuestra Ley Fundamental.
En este sentido, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática votará a favor de este decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2o de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a efecto de incluir los conceptos de origen étnico y preferencias sexuales. Es cuanto.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputada. Ahora por el Partido Acción Nacional tiene la palabra la diputada Adriana Elizarraraz Sandoval.
La diputada Adriana Elizarraraz Sandoval:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, el presente dictamen representa un avance en el incentivo, apoyo, protección y fomento de los aspectos relacionados al correcto desarrollo del derecho de la cultura física y la práctica del deporte, para hacerlo acorde a la normativa que existe en materia de discriminación.El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la prohibición a toda discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social o de salud, la religión, las preferencias sexuales y el estado civil, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Por otra parte, los artículos 3o. y 4o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece la obligación para que cada una de las autoridades y de los órganos públicos federales adopten las medidas que estén a su alcance para que toda persona goce, sin discriminación alguna, de todos los derechos, libertades e igualdad real de oportunidades consagrados en nuestra Constitución, así como las leyes y tratados internacionales de los que México forma parte.
La nueva Ley General de Cultura Física y Deporte es el principal instrumento con el que cuenta el Estado mexicano para garantizar a toda persona el derecho constitucional a la cultura física y a la práctica del deporte. Sin embargo, este ordenamiento no se encuentra alineado con lo establecido en el artículo 1o. constitucional, por lo que carece de un enfoque pleno de igualdad y se encuentra rezagada como instrumento jurídico para la protección y garantía máxima de los derechos humanos.
Es por ello que el presente dictamen que contiene la propuesta de decreto que reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley en comento, que hoy ocupa la discusión del pleno de esta Cámara de Diputados, propone garantizar a todas las personas la igualdad de oportunidades dentro de los programas del desarrollo en materia de la cultura física y deporte, sin distinción a causa de origen étnico y las preferencias sexuales, además del género, edad, discapacidad, condición social, religión o estado civil, y permitirá a la legislación estar en concordancia con lo que establece el último párrafo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente a la no discriminación.
Es por ello que los diputados de Acción Nacional consideramos que resulta pertinente que esta Cámara de origen confirme el sentido positivo de su primer dictamen, y en oposición al dictamen emitido por la Cámara revisora para sus efectos constitucionales.
Deseamos ratificar nuestro compromiso con toda aquella causa que constituya avanzar un peldaño para garantizar que toda persona goce del respeto de sus derechos humanos, su dignidad y sus derechos constitucionales. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputada. Ahora tiene la palabra, por el Partido Revolucionario Institucional, la diputada Flor Ángel Jiménez Jiménez.
La diputada Flor Ángel Jiménez Jiménez:Con su permiso, diputada presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, mucho agradezco la oportunidad de poder estar aquí y hablar a favor del presente dictamen en nombre del Grupo Parlamentario del PRI.El presente proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, se suma a la pretensión de las diputadas y los diputados de esta LXIII Legislatura, que tiene para impulsar una cultura al deporte incluyente y abierto. Una cultura del deporte que sea capaz de contrarrestar mucho de los efectos negativos que amenazan principalmente los jóvenes, adolescentes y niños.
En diversos foros hemos advertido, con profundo interés, la importancia que conlleva a la promoción del deporte y el fomento de las actividades físicas en todos los grupos sociales, relevancia que tiene que ver con la salud, porque una muy buena cantidad de enfermedades pueden prevenirse y otras tantas resolverse mediante la promoción de una cultura del deporte en nuestra ciudadanía.
El presente dictamen es complementario a la reforma constitucional en materia de derechos humanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 10 de junio de 2011, que señala que todas las personas gozarán de los derechos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección.
El dictamen tiene por objeto establecer, que será finalidad de la Ley General de Cultura Física y Deporte, así como la federación, los estados y el Distrito Federal y los municipios en materia de cultura física y deporte, garantizar a todas las personas la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implemente, agregando que no habrá distinción ni por origen étnico ni por preferencias sexuales.
Asimismo, determina que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones en los derechos humanos en los términos que establezca la ley.
El interés de promover la consolidación de una cultura del deporte transversal para nuestras instituciones es porque además de la salud y la educación, en donde desde luego se tiene un impacto muy trascendente, el deporte proporciona beneficios para los temas de prevención de conducta de riesgo que tiene qué ver con la violencia, con las adicciones, con la delincuencia y con la apatía para superar los retos y desafíos que la sociedad actual impone en todos los ámbitos.
Estamos convencidos de la importante y necesaria contribución al deporte para desarrollar actividades no solo de dirección y liderazgo respecto a las reglas e instituciones, sino la aportación en el sentido de la solidaridad, la igualdad, el apoyo, el compañerismo, el trabajo en equipo y en otros muchos aspectos el desarrollo humano integral que nuestra sociedad demanda en la construcción de un México de mayor justicia, solidaridad y paz.
Lo anterior en concordancia a las políticas públicas que en materia deportiva impulsa nuestro presidente de la República para que en México más personas practiquen algún deporte sin distinción alguna, en donde nuestros deportistas cada vez tengan más éxito en competencias internacionales.
Diputadas y diputados, por lo anteriormente expuesto y convencida de que éste es un dictamen noble, humano, pero sobre todo garantiza la inclusión y la igualdad en los programas deportivos a todos los individuos sin ninguna distinción es que le agradezco de antemano su apoyo para que sea aprobado en sus términos. Es cuanto, diputada presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias.
De conformidad al artículo 104, numeral 1, fracción V, esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general y en lo particular los siguientes diputados: la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del PES. La diputada Rosa Alicia Álvarez Piñones, del Partido Verde Ecologista de México. El diputado José Santiago López del PRD. La diputada Montserrat Arcos Velázquez del PRI. La diputada Soralla Bañuelos de la Torre, de Nueva Alianza. Y el diputado Benjamín Medrano Quezada del PRI. Tiene la palabra, por tres minutos para hablar en contra, la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del PES.
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán:Buenas tardes, diputada presidenta, Mesa Directiva y compañeros legisladores. La promoción y respeto de la alta dignidad del ser humano por el simple hecho de serlo desde la concepción hasta la muerte natural es una condición sine qua non en todo orden social y especialmente de la nueva forma de hacer política que propugnamos.Vale la pena enfatizar en lo anterior el término de Nueva forma de hacer política, pues pareciera que políticos y partidos que anteriormente recordaban ese mismo principio de respeto a la dignidad de todo ser humano, ahora han abanderado colores de lenguajes ideológicos contrarios a su plataforma y a sus principios.
Para el Grupo Parlamentario de Encuentro Social, esta propuesta puede resultar tremendamente discriminatoria, en un afán de supuesta inclusión y cumplimiento de compromisos del Estado mexicano, precisamente se lograría lo contrario, discrimina e incumplir lo que a la literalidad mandatan dichos tratados.
Todos los tratados internacionales de derechos humanos, firmados y ratificados por México, contemplan entre sus primeros capítulos el derecho a no ser discriminado. Podríamos citar cualquier tratado y leerlos todos y no encontraríamos el término preferencia sexual en ni uno solo de ellos.
Permítanme ser todavía más clara, la no discriminación por preferencia sexual no existe en el derecho internacional y por tanto en compromiso alguno para el Estado mexicano, quien diga lo contrario estaría usufructuando la confianza que en él depositaron los mexicanos esperando no ser engañados ni tratados como ignorantes.
Prueba de lo anterior, es que el término ha sido rechazado ya en más de tres ocasiones por la Asamblea General de las Naciones Unidas, por un simple y sencillo argumento: no están claros ni definidos los alcances jurídicos y relacionales de dicho término. Pues de significar una simple exclusión en el trato, ya estaría incluido en los términos fijados por los tratados arriba citados y por tanto sería ocioso o más bien sospechoso su inclusión. No lo digo yo, no lo dice un grupo parlamentario, lo dice la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Por tanto cuando la comisión dictaminadora de esta iniciativa manifiesta en su dictamen que es menester dar cumplimiento a las diversas obligaciones que en la materia nuestro país ha contraído e virtud de los diversos instrumentos internacionales que tienen como finalidad la incorporación de un esquema de derechos más amplio y eficaz en la protección de los mismos, está argumentando que debemos dar el visto bueno a estos términos a la Ley General de Cultura Física y Deporte porque estamos obligados por compromisos que en realidad no existen.
Sobre lo anterior es curioso que incluso semántica y sintácticamente al calificar un sustantivo lo estamos delimitando, no lo ampliamos. Eso lo aprendimos todos desde la preparatoria en la clase de lógica. Por tanto, al agregar el adjetivo sexual al término preferencias, no está el proponente ni la comisión dictaminadora incorporando un esquema de derechos humanos más amplio, sino uno menos extensivo que deja fuera de la no discriminación por preferencia a todas las demás preferencias que no sean sexuales, o sea el 99 por ciento de las preferencias.
Tenía total razón el dictamen de la Cámara revisora al mencionar que no era necesario incluir esa palabra. En aras de ideologías estamos sacrificando la inclusión y comprometemos los derechos de nuestros deportistas.
Por lo anterior manifiesto mi posición en contra de ese dictamen, instando con preocupación a todos los aquí presentes a que consideren lo que es evidente. Delimitar la inclusión social y las preferencias solo a la cuestión de las preferencias sexuales, es quitarles derechos a nuestros deportistas mexicanos tan merecedores de nuestro apoyo.
Votar a favor de este dictamen es restar derechos, y restar derechos es todo lo contrario al principio de progresividad. Rechazar el dictamen es dejar los derechos sin exclusión, sin discriminación a todas y a todos sin distinción de cuestiones sociales, sin preferencias de ningún tipo. ¿No es esto lo que queremos? ¿No es precisamente lo que de forma equivocada busca el proponente en esta iniciativa?
Termino aludiendo a una acertada frase de José Martí. Tenemos que ser muy cuidadosos. Preferencias sexuales excluye a otras preferencias. Preferencias religiosas, preferencias políticas, cualquier otra. ¿Qué pasaría si quien está enseñando al deportista no concuerda con su partido político y lo protege un articulado que podría incluir cualquier tipo de preferencia?
José Martí lo dijo. El lenguaje ha de ser matemático, geométrico, escultórico. La idea ha de encajar exactamente en la frase. Tan exactamente que no pueda quitarse nada de la frase sin quitar eso mismo de la idea.
Celebro las grandes ideas de inclusión y desarrollo del deporte, contenidas en esta iniciativa, pero apelo a todos ustedes: no sepultemos las buenas ideas con un mal lenguaje. Por eso propongo que finalmente al dictamen, el dictamen se quede de la siguiente manera.
Artículo único, en la fracción XI: Garantizar a todas las personas, sin distinción de origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo...
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Finalice su intervención, por favor, diputada.
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán:...que en materia de cultura física y deporte se implementen. Es cuanto, diputada presidenta.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputada. Ahora tiene la palabra, para hablar en pro, la diputada Alicia Álvarez Piñones, del Partido Verde Ecologista.
La diputada Rosa Alicia Álvarez Piñones:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, el deporte es un instrumento de desarrollo social vinculado en forma inmediata al bienestar y la salud de la población, así como también a la socialización de valores como la autosuperación, la lealtad en la competencia, el reconocimiento del mérito, la solidaridad, la igualdad de oportunidades y la lucha en contra de la discriminación.El deporte es también una oportunidad para canalizar el esfuerzo humano hacia fines sociales útiles, y su promoción contribuye en la lucha contra flagelos como las adicciones y la violencia, abriendo los espacios necesarios para que los jóvenes desarrollen de manera integral tanto sus potencialidades físicas como mentales.
En virtud de lo anterior, el fomento y la promoción del deporte se han constituido como finalidades del Estado.
La postura del Verde Ecologista de México en torno a este dictamen es a favor, pues consideramos que la redacción de las leyes mexicanas en todo momento deben de ser clara y precisa con la finalidad de evitar vacíos jurídicos susceptibles de ser suplantados con interpretaciones erróneas.
Ahora más que nunca, dadas las circunstancias sociales que atraviesa nuestro país, el espíritu del legislador plasmado en la normatividad mexicana debe de ser carácter incluyente y transversal.
Nosotros como legisladores tenemos la responsabilidad de velar porque las leyes cobijen a todas las minorías y grupos vulnerables, esto con la finalidad de otorgarle certeza jurídica a la legislación mexicana.
Además, mediante leyes de carácter incluyente, se logra garantizar a todos los pobladores el ejercicio pleno de sus derechos. Este tipo de enfoque en la creación y modificación de leyes, es el que sienta las bases para una sociedad igualitaria, donde se reconoce, respeta a todos por igual.
Estamos de acuerdo con el sentido del dictamen ya que éste tiene la finalidad de garantizar a todas las personas la igualdad de oportunidades dentro de los programas de cultura física y deporte implementados por el Estado. Respaldamos y reconocemos los trabajos y la labor de la Comisión de Deporte.
Es por todo lo anterior que el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México vota a favor el presente dictamen que somete a discusión la Comisión de Deporte de esta honorable asamblea. Es cuanto, muchas gracias.
La Presidente diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada. Ahora también, por tres minutos, tiene la palabra el diputado José Santiago López, del PRD.
El diputado José Santiago López:Buenas tardes. Con su permiso, presidenta. Compañeras diputadas, compañeros diputados, el deporte es una práctica cuyos beneficios son variados, pero muy positivos, genera desarrollo físico, mental y social de las personas; preserva y mejora la salud; complementa la educación y la productividad laboral, y favorece a la integración de la sociedad ya que inhibe la delincuencia y la violencia. Se trata en suma de un valioso instrumento para el bienestar social.Por eso, el dictamen que hoy estamos discutiendo es muy importante, incorporar en el texto normativo de la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, la obligación a garantizar a todas las personas la igualdad de oportunidades dentro de los programas de cultura física y deporte que se implementen, sin importar su origen étnico u orientación sexual, se incide en una obligación constitucional del derecho humano a la no discriminación.
Por eso invito a todos los legisladores, sin importar el color partidista o si la política, a que voten a favor de este dictamen, ya que es un avance para que la sociedad mexicana tenga mayor garantía de acceso a la cultura física y al deporte.
Por todo, a fin de volver a darle al deporte la relevancia que merece, ya que es un elemento virtuoso para la sociedad y para el disfrute pleno de los derechos y las libertades. Es cuanto. Muchas gracias.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputado. Ahora por el Partido Revolucionario Institucional tiene la palabra hasta por tres minutos la diputada Montserrat Arcos Velázquez.
La diputada Montserrat Alicia Arcos Velázquez:Con el permiso de la Presidencia, los pueblos indígenas son reconocidos cultural, social y constitucionalmente, su acertada participación en el deporte ha contribuido a diversos triunfos, como ejemplo los logros que han tenido los niños triquis en el basquetbol recientemente, sin embargo la discriminación que sufren es un fenómeno que se ha presentado históricamente.Dentro del mundo deportivo hay grupos que son víctimas de discriminación todos los días por alguna de sus características físicas o su forma de vida. El origen étnico, el sexo, la edad, la discapacidad, la condición social o económica, el estado de salud, el embarazo, la lengua, la religión, las opiniones, la orientación sexual, el estado civil, y otras diferencias pueden ser motivo de exclusión o restricción de derechos.
Los efectos de la discriminación en la vida de las personas son negativos y tiene que ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos; lo cual puede orillar al aislamiento, a sufrir de violencia, incluso en casos extremos a perder la vida.
La presente iniciativa tiene por objeto establecer que será finalidad de la Ley General de Cultura Física y Deporte, así como de la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, en materia de cultura física y deporte, garantizar a todas las personas la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen, agregando que no habrá distinción ni por origen étnico ni por orientación sexual.
La igualdad de oportunidades que en materia de cultura física y deporte se implementen es de suma importancia, ya que resulta omisa en su contenido al no garantizar a las personas la igualdad de oportunidades, configurándose con ello un criterio excluyente para las personas que integran alguno de los grupos considerados como los más discriminados en nuestro país.
La promoción de la cultura del respeto del derecho a la igualdad debe de ser apoyada no sólo desde los órganos públicos, sino también por las instituciones incluidas dentro de la sociedad. Durante generaciones no sólo los pueblos indígenas han tenido que padecer pobreza, abusos y un trato desigual y en muchos casos injustificado sino también aquellas y aquellos mexicanos que han visto obstaculizada la posibilidad de satisfacer sus proyectos legítimos de vida en igualdad de condiciones.
Compañeras legisladoras, compañeros legisladores, en el Grupo Parlamentario del PRI tenemos como principio fundamental legislar para que nuestras leyes garanticen la igualdad y la erradicación de toda forma de discriminación. En congruencia con este principio votaremos a favor del presente dictamen porque queremos un México próspero, que reduzca la brecha de desigualdad social, en donde las diferencias económicas, sociales, culturales, étnicas, físicas, de género o de cualquier tipo no sean impedimento para ejercer derechos o acceder a las oportunidades que legítimamente todas y todos los mexicanos nos merecemos. Es cuanto.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias, diputada. También para hablar sobre la Ley General de Cultura Física y Deporte, tiene la palabra la diputada Soralla Bañuelos de la Torre, del Partido Nueva Alianza.
La diputada Soralla Bañuelos de la Torre:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, en Nueva Alianza los derechos humanos son un pilar fundamental en un Estado democrático, su protección y aplicación deben de ser una prioridad del gobierno en cualquiera de sus esferas.Estamos a favor del dictamen, porque en un país con altos niveles de discriminación es necesario que las normas contengan de manera clara los preceptos que inhiban cualquier intento de conculcar derechos a las y los mexicanos, más aun si se trata de grupos vulnerables.
En el caso que nos ocupa, el dictamen que presenta la Comisión del Deporte cumple a cabalidad con los principios políticos que enarbolamos en Nueva Alianza, principios fundamentales que sirven para garantizar los derechos humanos y protegen la dignidad de las personas.
Nos pronunciamos a favor de la reforma a la fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para garantizar a todas las personas, sin discriminación, sin distinción de origen étnico o de preferencias sexual, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen.
Esto permitirá un desarrollo integral y que todos los mexicanos, sin importar nada más que su voluntad para realizar una actividad deportiva, tengan posibilidades de acceder a actividades de esparcimiento y de alto rendimiento.
Hoy la igualdad no debe ser un referente étnico, esto debe reflejarse en todas las acciones y programas que impulsa el gobierno. Solo de esa forma podremos garantizar una verdadera inclusión que conlleve al fortalecimiento de la cohesión necesaria.
El deporte y la cultura física son los medios idóneos para lograr un mejor nivel de vida, una vida saludable, que prevenga enfermedades crónico-degenerativas, que prevenga actividades delictivas. Es decir, todos sabemos la importancia del deporte en nuestra vida cotidiana. Por ello Nueva Alianza votaremos a favor de este dictamen. Muchas gracias.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Gracias, diputada. Ahora, por el Partido Revolucionario Institucional, hasta por tres minutos, tiene la palabra el diputado Benjamín Medrano Quezada.
El diputado Benjamín Medrano Quezada:Con su permiso, señora presidenta. Diputadas, diputados, compañeras y compañeros todos, hoy hemos visto con beneplácito cómo muchos de los grupos parlamentarios que integramos esta Cámara han decidido, igual que el PRI, dar en favor de este dictamen su voto. Seguramente lo expresarán en un momento.Yo quiero felicitar al señor diputado Pablo Gamboa y a todos los integrantes de los grupos parlamentarios que integran esta Comisión del Deporte, porque hablamos del derecho que tienen muchas de las gentes que estaban siendo discriminadas.
Creo que lo más importante de este dictamen que hoy vamos a votar, será no solamente es un buen dictamen, sino el propósito fiel que tiene de erradicar en este país cualquier situación de discriminación. Eso es lo más importante de este dictamen.
Este dictamen que hace años, como ley, tenía como propósito generar un beneficio a los deportistas de este país, pero que lamentablemente segregaba a ciertos grupos y a ciertas personas de sus beneficios.
Hoy quiero decirles, sin embargo y a pesar de estar de acuerdo con este dictamen, que quiero precisar que en su oportunidad habré de presentar una senda iniciativa para precisar los conceptos de preferencia sexual y orientación sexual, que no es lo mismo. Decirles, amigas y amigos diputados, que desde este Congreso, el Grupo Parlamentario del PRI y su servidor habrá de hacer a esta iniciativa.
Quiero que al momento de que se vote nos ayuden, con la conciencia plena que hay más beneficios que perjuicios. Que hoy estamos siendo integrados a esta sociedad y a estas leyes todas las personas, pero más aún, los que con su esfuerzo físico, los que su diario devenir, con los que todos los días dedican a su cuerpo, a su alma el sacrificio de estar conscientes y sanos.
Que esto llegue también al Congreso, que también seamos partícipes los diputados y que ojalá que muchos de nosotros hagamos ejercicio. Muchas gracias por su atención y muy amables.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Tiene la palabra, también por tres minutos, el diputado Renato Josafat Molina Arias, del Grupo Parlamentario de Morena. Nos comenta que declina a su intervención. Por lo tanto, está agotada la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
(Votación)
¿Falta alguna diputada o diputado de emitir su voto? Sigue abierto el sistema. Diputada Lizárraga, ¿su voto?
La diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (desde la curul): Abstención.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: ¿Alguna otra diputada o diputado que falte de emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron 409 votos en pro, 6 en contra y 6 abstenciones.
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Aprobado en lo general y en lo particular por 409 votos el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se devuelve al Senado para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
El diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva remite oficio, en términos de lo dispuesto por los artículos 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, de las proposiciones con punto de acuerdo que no se presentaron en tribuna para turnarlas a las comisiones que correspondan.
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 24 de noviembre de 2015, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Con fundamento en el artículo 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 24 de noviembre de 2015 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbrica), Presidente.»
«Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, relativo al impulso de conexión de Internet para sitios públicos y lugares comunitarios, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Comunicaciones, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Puntos Constitucionales de esta soberanía, a acelerar los trabajos de dictaminación de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Reforma Política de la Ciudad de México, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno:Comisión de Puntos Constitucionales, para su atención.
3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades del gobierno del DF a atender el caso del multihomicidio en la colonia Narvarte, ejecutado el 31 de julio de 2015, y a los gobiernos del estado de Veracruz y del DF, a garantizar la seguridad e integridad de los periodistas y defensores de derechos humanos, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno:Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades del Estado de México, para que se busquen los medios necesarios para reivindicar la propiedad en garantía a favor de los trabajadores de grupo industrial CASA, SA de CV, a cargo del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno:Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaria de Salud, a destinar mayores recursos para la detección oportuna de la artritis reumatoide, así como para su óptimo tratamiento, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno:Comisión de Salud, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, relativo a la prevención del delito de abigeato en estado de Querétaro, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Ganadería, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y del DF, para que refuercen las campañas de prevención del embarazo adolescente, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno:Comisión de Salud, para dictamen.
8. Con punto de acuerdo, por el que se solicita a Pemex, a la Sener y a la Comisión Nacional de Hidrocarburos, para que conserven bajo su custodia los 95 campos petroleros que Petróleos Mexicanos pretende devolver al Estado, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno:Comisión de Energía, para dictamen.
9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Conagua, para que difunda la información referente al Programa de Captación de Agua, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno:Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.
10. Con punto de acuerdo, relativo al abasto oportuno de medicamentos en zonas apartadas y de muy alta marginación del país, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Salud, para dictamen.
11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que en la construcción del nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México se respeten los derechos de las personas que aducen un interés jurídico de posesión o de propiedad en los inmuebles donde se implementará dicho proyecto, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno:Comisión de Transportes, para dictamen
12. Con punto de acuerdo, relativo al esclarecimiento del ataque de que ha sido objeto la revista electrónica Desinformémonos, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno:Comisión del Distrito Federal, para dictamen.
13. Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Segob, evalúe la situación que guarda el ingenio azucarero Tamaluza, ubicado en el estado de Jalisco, a cargo del diputado J. Jesús Zúñiga Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Gobernación, para dictamen.
14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como a los gobiernos de las entidades federativas y del DF, para que garanticen y respeten la labor de personas defensoras de derechos humanos, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno:Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno, a fin de conmemorar el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Gobernación, para dictamen.
16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, para que implemente un programa en materia de combate a la venta de productos de tabaco ilegal en el país, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno:Comisión de Economía, para dictamen.
17. Con punto de acuerdo, por el que se solicita la adhesión del Estado mexicano a la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, suscrito por los diputados Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Jorge Carlos Ramírez Marín, Yolanda de la Torre Valdez y César Camacho Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas dependencias encargadas de la seguridad pública, a fin de evitar el posible linchamiento de personas que sean detenidas por ciudadanos o pobladores de algún municipio o delegación, acusados de haber cometido algún delito, a cargo del diputado María Cristina Teresa García Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno:Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.
19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias de la administración pública federal para transversalizar la política de estado en materia de protección civil y adecuar diversas leyes, con el fin de incorporar la gestión del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático, así como armonizarlas con los estándares internacionales, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Protección Civil, para dictamen.
20. Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la CNDH, para que difunda el ejercicio de sus facultades para investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno:Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
21. Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las 31 entidades federativas y al DF, para que implementen campañas de salud sexual y reproductiva y de prevención del embarazo en adolescentes, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno:Comisión de Salud, para dictamen.»
PROPOSICIONES
IMPULSO DE CONEXIÓN DE INTERNET PARA SITIOS PÚBLICOS Y LUGARES COMUNITARIOS
«Proposición con punto de acuerdo, relativo al impulso de conexión de Internet para sitios públicos y lugares comunitarios, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI
José Hugo Cabrera Ruiz, diputado de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo relativo al impulso de conexión de internet para sitios públicos y lugares comunitarios, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
En junio de 2011, la Asamblea General de las Naciones Unidas instó a los Estados miembro a declarar al acceso a las tecnologías de la información y de comunicación como derechos humanos fundamentales por ser herramientas que permiten el crecimiento y fortalecimiento de la sociedad en su conjunto al favorecer el progreso de los individuos.
En México, la reforma en telecomunicaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013, significó un gran avance en el tema, especialmente en la ampliación de derechos garantizados por la Constitución en materia de información, transparencia y acceso a las tecnologías de la información.
Con esta reforma, el Estado tiene la obligación de integrar a los ciudadanos a la sociedad de la información y del conocimiento, generando condiciones para que la ciudadanía tenga acceso a servicios de calidad a bajo costo. En este sentido, los organismos competentes del Estado mexicano deberán planear la construcción y crecimiento de la red de telecomunicaciones, para que la gente tenga acceso a los servicios de banda ancha.
Aunado a esto, de acuerdo con el artículo Décimo Séptimo Transitorio de la reforma constitucional referida, el Ejecutivo incluirá en el Plan Nacional de Desarrollo y planes sectoriales las acciones relativas a la aplicación de los programas de banda ancha para la conexión en sitios públicos, identificando el número de sitios a conectar cada año.
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en el capítulo IV. México Próspero, Objetivo 4.5. Democratizar las Telecomunicaciones, señala como línea de acción aumentar el uso del internet mediante el desarrollo de nuevas redes de fibra óptica que permitan extender la cobertura a lo largo del territorio nacional.
Por otro lado, el programa México Conectado, que forma parte de la Estrategia Digital Nacional, tiene como trabajo central, en coordinación con los tres órdenes de gobierno, proveer de internet de banda ancha gratuito y abierto a todos los mexicanos en escuelas, hospitales, bibliotecas, centros comunitarios, parques y sitios públicos.
De acuerdo con el Tercer Informe de gobierno del titular del Ejecutivo federal, México Conectado aumentó la cobertura a nivel nacional de conectividad a internet de banda ancha en sitios públicos. En agosto de 2015, la conectividad fue posible en 65 mil sitios, lo cual representó un incremento de 62.5 por ciento respecto 2014. Es de llamar la atención que en el informe se afirma que al inicio del ciclo escolar 2014-2015, el 57.2 por ciento de los planteles de educación media superior contaban con algún servicio de conectividad a internet; para planteles públicos, la proporción fue de 44.1 por ciento y para planteles federales alcanzó el 85.8 por ciento. De acuerdo con estos datos, se espera que todos los planteles federales cuenten con algún tipo de conectividad para uso educativo al concluir el presente ciclo escolar 2015-2016.
Si bien se han dado importantes pasos para lograr la conectividad gratuita a lo largo y ancho del territorio nacional, se observa todavía que una importante proporción de lugares públicos sigue desconectado, por lo que es procedente el exhorto para que, de acuerdo con los objetivos trazados en el Plan Nacional de Desarrollo, se consolide el avance tecnológico, y las escuelas, bibliotecas, centros de salud, centros comunitarios y espacios públicos cuenten con conexión a internet que genere mejores posibilidades de desarrollo.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta al secretario de Comunicaciones para que, en el ámbito de su competencia, instruya a la coordinación responsable del Programa México Conectado a reforzar sus actividades para conseguir que centros comunitarios y espacios públicos en el país cuenten con conexión a internet, de manera que se cumplan los objetivos trazados en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a 18 de noviembre de 2015. Diputado José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Comunicaciones, para dictamen.
ACELERAR LOS TRABAJOS DE DICTAMINACIÓN DE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN MATERIA DE REFORMA POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Puntos Constitucionales de esta soberanía a acelerar los trabajos de dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política de la capital del país, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado Santiago Torreblanca Engell, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 44, define la naturaleza jurídica del Distrito Federal como: sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos. Se compondrá del territorio que actualmente tiene y en el caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en el estado del Valle de México con los límites y extensión que le asigne el Congreso General.
Ahora bien, el Distrito Federal no es simplemente el lugar donde residen los Poderes de la federación, ya que, como lo establece el artículo 43 constitucional es una entidad que forma parte integrante de la federación.
Sin embargo, el Distrito Federal, a pesar de que se le considera como entidad federativa, no comparte la misma naturaleza de la demás partes que integran la federación, puesto que entre el Distrito Federal y cualquier otro estado de la República existen grandes diferencias, siendo algunas de las más importantes las siguientes:
La falta de autonomía del Distrito Federal en lo que respecta a su régimen interior, toda vez que no cuenta con su propia Constitución a diferencia de las otras entidades federativas.
Al frente del gobierno se encuentra el jefe del gobierno y se divide administrativamente en delegaciones políticas, mientras que las entidades federativas cuentan con gobernadores y con municipios libres con las facultades y atribuciones previstas en el artículo 115 constitucional.
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal no tiene la facultad de presentar iniciativas de ley ante el Congreso de la Unión y tampoco participa en el proceso de aprobación de reformas constitucionales, como sí lo hacen el resto de las entidades federativas.
Las anteriores características que revisten actualmente al Distrito Federal, dejan clara muestra del retraso que existe en el reconocimiento de sus derechos y atribuciones que como entidad federativa y parte integrante de nuestra federación debe tener, al igual que las demás.
Por todos es conocido el amplio debate que ha generado la propuesta de darle al Distrito Federal la naturaleza jurídica de entidad federativa con los mismos derechos y obligaciones que tienen hoy en día los estados y sus municipios, de acuerdo con lo previsto en los artículos 115 y 116 de nuestra norma fundamental.
Hoy estamos a la mitad del camino. El avance que se ha dado en la Cámara de Senadores con la aprobación del dictamen que reforma nuestro texto constitucional para hacer posible el cambio de estructura del Distrito Federal debe culminar con su proceso legislativo, aprovechando la serie de reuniones de trabajo, foros y audiencias públicas con personas de la sociedad civil que se llevaron a cabo, y en aras, primordialmente, de hacer efectivos los derechos de los habitantes de esta ciudad y propiciar la satisfacción eficaz y eficiente de los servicios públicos básicos que necesitan.
De esta manera, la reforma aprobada en la Cámara de Senadores contiene importantes reformas, entre las que destacan:
Nombrar al Distrito Federal como Ciudad de México.
Se especifica su calidad de entidad federativa.
Se le da autonomía en cuanto a su régimen interior y a su organización política administrativa.
Se da la facultad de expedir su propia Constitución política.
Se confía el gobierno de las demarcaciones territoriales a órganos denominados Alcaldías, cuya integración, organización administrativa y facultades se establecerán en su Constitución y leyes locales.
Se incorpora a la Legislatura de la Ciudad de México como parte integrante del órgano revisor de la Constitución.
Como puede observarse, esta Cámara de Diputados se encuentra en el momento oportuno para darle buen fin a esta reforma, principalmente para darle el debido peso representativo que tiene dentro de nuestro orden federal.
Por todo lo anterior, se considera oportuno exhortar a la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Cámara de Diputados a que, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que regulan el proceso legislativo, acelere la dictaminación de la minuta recibida el pasado 29 de abril de 2015, con proyecto de decreto por el que se reforman y se derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma política de la Ciudad de México.
Por todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable soberanía, con el carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Cámara a que acelere los trabajos de dictaminación de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y se derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma política de la Ciudad de México, recibida el pasado 29 de abril de 2015.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado Santiago Torreblanca Engell (rúbrica)»
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su atención.
ATENDER EL CASO DEL MULTIHOMICIDIO EN LA COLONIA NARVARTE
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades del gobierno del DF a atender el caso del multihomicidio en la colonia Narvarte, ejecutado el 31 de julio de 2015; y a los gobiernos de Veracruz y del DF, a garantizar la seguridad e integridad de los periodistas y los defensores de derechos humanos, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, Omar Ortega Álvarez, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
A más de 100 días del homicidio de Alejandra Negrete Avilés, Yesenia Quiroz, Mile Virginia Martín, Nadia Vera Pérez y Rubén Espinosa Becerril, el caso dista mucho de ser esclarecido. El motivo principal de esta dilación pareciera deberse, en gran parte, a las omisiones que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, PGJDF, ha realizado en torno a la investigación del crimen.
Consternadas por dicha situación y por un posible riesgo en el que la Procuraduría dé carpetazo al caso, familiares de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil han declarado que además de que no existe una versión clara por parte de las autoridades del Distrito Federal sobre el multihomicidio, la PGJDF se ha negado a integrar y desahogar pruebas que permitan agotar las líneas de investigación relacionadas con el ejercicio periodístico de Rubén Espinosa y la defensora de derechos humanos, Nadia Vera, quienes habían sido amenazados anteriormente, presuntamente por el gobierno del estado de Veracruz por sus actividades periodística y activista, respectivamente.
Aunado a esto, también es importante recordar las filtraciones de prensa que distorsionaron hechos, revictimizaron y generaron mayor confusión en torno al caso.
Al respecto, Mirtha Luz Pérez Robledo, madre de Nadia Vera, acusó también a las autoridades de justicia de pretender cerrar el caso sin revisar los mencionados aspectos de filtraciones, ni tampoco la campaña de desprestigio que se emprendieron en medios locales y nacionales contra las víctimas, entre otros elementos.
En este mismo sentido, cabe destacar que el 11 de agosto del año en curso, el gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, rindió en la entidad que gobierna, una declaración voluntaria ante personal de la PGJDF en calidad de testigo por el multihomicidio de la Narvarte. En esta declaración dejó en claro que se deslindaba totalmente del homicidio y acusó que hubo un linchamiento público en su contra, desatado por las denuncias de hostigamiento que realizaron la activista Nadia Vera y el fotoperiodista Rubén Espinosa ya que en un par de entrevistas, Rubén aseguró que escapó de Veracruz por hostigamiento del gobierno estatal y Nadia responsabilizó al gobernador veracruzano, por cualquier ataque que fuese ejecutado contra ella.
De igual forma, otras autoridades fueron llamadas a declarar por la PGJDF, como el ex titular de la Secretaría de Seguridad Pública de Veracruz, el general Sergio López Esquer; y el actual titular de esa dependencia, Arturo Bermúdez Zurita.
Sin embargo, la investigación sigue inconclusa, y familiares de las víctimas que acompañan el caso, así como organizaciones de la sociedad civil como Artículo 19, señalaron una lista de inconsistencias graves en torno a éste, entre las que destacan que:
Aunque a través de filtraciones a medios de comunicación, las autoridades policiales han intentado construir versiones del caso encaminadas a temas como el trabajo sexual, ajuste de cuentas por drogas o incluso el robo, no hay sustentos periciales de esas hipótesis.
2. Al momento, no se han establecido científicamente, ni con pruebas periciales, el móvil ni secuencia de los hechos. Además, aún se desconoce en qué orden fueron realizadas las ejecuciones. Sin embargo, la revisión al expediente y las pruebas aportadas hasta el momento, revelan que el multihomicidio se trató de una operación orquestada y planeada.
3. El día 31 de julio, fecha del homicidio, personal pericial de la PGJDF acudió al departamento situado en el número 1909 de la calle Luz Saviñón, para recabar pruebas, pero es hasta dos días después cuando regresan a la escena y encuentran dos computadoras portátiles, dos celulares y bolsas con droga. Seis días después del crimen se interpone la denuncia.
4. Las huellas dactilares y de zapato encontradas en la escena del crimen no coinciden con dos de los detenidos.
5. A la fecha no se ha realizado la geolocalización de los celulares de Nadia, Rubén y Mile Virginia que fueron sustraídos. Tampoco se han entregado las sábanas de llamadas de los detenidos durante el traslado al lugar de los hechos, durante el homicidio y después del crimen, ni las de Rubén Espinosa, Nadia Vera, ni Mile Virginia Martín.
6. Los testimonios de los tres implicados: César Omar Martínez Zendejas, Daniel Pacheco Gutiérrez y Abraham Torres Tranquilio se contradicen entre sí. Además, la madre de uno de los detenidos inició una queja en la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, CDHDF, por una supuesta dilación en la presentación ante la autoridad de su hijo y por evitar que éste contactara a sus familiares. En el caso de otro de ellos, hay una queja por tortura por la que existe una averiguación previa, de igual forma, en el protocolo de Estambul aplicado por peritos de la CDHDF arrojó que esta persona fue sometida a tratos crueles, inhumanos y degradantes.
7. Se sabe por un dictamen de mecánica de lesiones que cada una de las víctimas fue sometida y torturada, y recibió un disparo en la cabeza, pero se desconoce la secuencia, la cual ayudaría a dar claridad a la investigación.
8. No se entrevistó a todos los vecinos. En el expediente se señala que nadie escuchó disparos a plena luz del día, a pesar de que la pistola de nueve milímetros no tenía silenciador, y sólo se utilizó almohada con una de las víctimas.
9. Uno de los implicados señaló que su móvil fue por sexoservicio, pero los exámenes periciales contradicen la versión, pues ninguna de las víctimas tenía rastros de semen.
10. Se vincula a una de las víctimas, con una maleta de droga que supuestamente fue a recoger al aeropuerto internacional de la Ciudad México, AICM, sin embargo el AICM señala que no tiene rastros de ella en las instalaciones y en los cateos a las viviendas de los implicados no han aparecido ni la maleta, ni la droga.
Aunado a estas inconsistencias, la PGJDF se negó a entregar copias del expediente a las familiares de una de las víctimas, así como el plan de la investigación que realiza la dependencia para resolver el crimen. La PGJDF alegó secrecía de la investigación violando así los artículos 20 de la Constitución Mexicana que en su Apartado B concede el derecho a las víctimas a la información del desarrollo de la investigación, y el 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría capitalina, que señala que las familiares de las víctimas pueden pedir copias de la averiguación previa.
Por todo lo descrito, familiares, organizaciones y periodistas que acompañan el caso temen que aun cuando no den carpetazo, la investigación se quede abierta indefinidamente y no se concluya ni el móvil ni a los autores intelectuales. Frente a esta situación, crearon la Plataforma de Acompañamiento al Caso Narvarte, como una instancia independiente que no generará material técnico, pero que llamará la atención sobre las líneas de investigación inexploradas por la PGJDF para orientar la investigación y exigir al gobierno capitalino resultados con claridad, transparencia, objetividad y certeza jurídica.
Resulta lamentable que el Distrito Federal que antes había sido catalogado como un oasis para las personas que de diferentes lugares de la República, buscaban refugio por amenazas, ataques u hostigamientos derivados del ejercicio de su profesión, pareciera que ha dejado de serlo. Narcomantas y cuerpos colgados de puentes, represión a la libertad de expresión y ataques a personas defensoras de derechos humanos como los actos cometidos recientemente hacia tres personas integrantes del Comité de Derechos Humanos de la Huasteca y Sierra Oriental en la delegación Iztapalapa, son algunas de las acciones que lo demuestran, las cuales, además, se enmarcan en un clima de impunidad y en una crisis de procuración de justicia en la entidad.
En el tenor de lo expuesto, es importante que no olvidemos la situación de crisis de los derechos humanos que se vive en Veracruz. El gobernador Javier Duarte debe responder por los crímenes cometidos contra periodistas en la entidad, la cual ha sido catalogada como el lugar más peligroso del mundo para ejercer el periodismo. Solamente durante su mandato, más de una decena de asesinatos de periodistas han sido cometidos y ninguno ha sido esclarecido.
Los derechos al acceso a la justicia y a la verdad, son derechos humanos que cualquier persona mexicana debería tener garantizados. Como la ha señalado el Secretario General de Naciones Unidas, el esclarecimiento de la verdad sobre las violaciones de los derechos humanos del pasado puede ayudar a prevenir los abusos de los derechos humanos en el futuro. Por ello, es indispensable que el caso del multihomicidio de la Narvarte sea esclarecido pronta y objetivamente.
Debido a todo lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta al titular de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal a conducir la investigación del multihomicidio de las ciudadanas Alejandra Negrete Avilés, Yesenia Quiroz, Mile Virginia Martín y Nadia Vera Pérez y del ciudadano, Rubén Espinosa Becerril, con transparencia y claridad; así como a no descartar las líneas de investigación relacionadas con el ejercicio periodístico de Rubén Espinosa y de defensa de derechos humanos de Nadia Vera; y a garantizar en todo momento, el derecho a las víctimas a la información del desarrollo de la investigación sin dilación alguna.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión a que coadyuve con la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a investigar el asesinato del fotoperiodista Rubén Espinosa Becerril.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al gobernador del estado de Veracruz y al Jefe de Gobierno del Distrito Federal a garantizar la seguridad e integridad de las personas periodistas y defensoras de derechos humanos en sus respectivas entidades.
Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta al jefe de gobierno, a la secretaria de Gobierno y al procurador de Justicia del Distrito Federal, así como a la titular de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, a abrir el diálogo, coadyuvar y reconocer a la Plataforma de Acompañamiento del Caso Narvarte, integrada por familiares de las víctimas, organizaciones de la sociedad civil y periodistas.
Notas:
1 Redacción AN. Presentan plataforma de acompañamiento para el caso Narvarte. Consultado el 9 de noviembre de 2015 en https://www.m.aristeguinoticias.com/0911/mexico/presentan-plataforma-de-acompan amiento-para-el-caso-narvarte/
2 CNN México. Javier Duarte acusa linchamiento público por el caso Narvarte. Consultado el 10 de noviembre de 2015 en: http://mexico.cnn.com/nacional/2015/08/31/javier-duarte-acusa-linchamiento-publ ico-por-el-caso-narvarte.
3 Sin Embargo. PGJDF llama a declarar a ex titular de SSP y a dos funcionarios de Veracruz por caso Narvarte. Consultado el 10 de noviembre de 2015 en: http://www.sinembargo.mx/18-08-2015/1454319.
4 E-consulta. Investigación del caso Narvarte, con graves inconsistencias. Consultado el 10 de noviembre de 2015 en: http://e-veracruz.mx/nota/2015-10-01/periodismo/investigacion-del-caso-narvarte -con-graves-inconsistencias#sthash.pFc9MRu1.dpuf
5 Cruz, F. Caso Narvarte: Reclaman filtración de información. Consultado el 11 de noviembre de 2015 en http://www.excelsior.com.mx/ comunidad/2015/09/10/1045031.
6 Pantoja, S. Presentan Plataforma de Acompañamiento al caso Narvarte. Consultado el 10 de noviembre de 2015 en: http://www.proceso.com.mx/?p=420299
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado Omar Ortega Álvarez (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
REIVINDICAR LA PROPIEDAD EN GARANTÍA A FAVOR DE LOS TRABAJADORES DE GRUPO INDUSTRIAL CASA, SA DE CV
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades del estado de México a buscar medios para reivindicar la propiedad en garantía en favor de los trabajadores de grupo industrial CASA, SA de CV, a cargo del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena
Mario Ariel Juárez Rodríguez, diputado integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que se exhorta al titular del Poder Judicial del Estado de México y a otras autoridades del mismo, para que se busquen los medios necesarios y dar solución a fin de reivindicar la propiedad en garantía a favor de los trabajadores de Grupo Industrial Casa, SA de CV al tenor de las siguientes
Consideraciones
El viernes 23 de octubre de 2015, a las 10:45 horas aproximadamente, los 441 trabajadores del Grupo Industrial Casa fueron desposeídos por la fuerza pública del estado de México de un inmueble ubicado en Prolongación Avenida Ceylán número seis, San Pablo Xalpa, Tlalnepantla, estado de México, junto con los muebles considerados como garantía derivada de un embargo legalmente trabado en los bienes muebles e inmueble de Grupo Industrial Casa, SA de CV y en favor de los 441 trabajadores y dictada por el presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el diez de noviembre de dos mil cinco, para garantizar el importe de los créditos laborales a favor de los trabajadores al servicio de esa empresa con motivo de la huelga existente, justificada y estallada el 21 de enero de 1998, en las instalaciones de esa fábrica, tal como consta en el expediente III-7792/1997 de la Secretaría Auxiliar de Huelgas de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (Junta Especial Quince de esa Federal de Conciliación y Arbitraje).
El monto de los créditos laborales que estaban garantizando ese embargo, ascienden a más de $200, 000, 000.00 (doscientos millones de pesos m.n.).
Con esta privación ilegal de la posesión sobre los bienes muebles e inmueble adjudicados a los trabajadores se interrumpe una resolución judicial sobre la posesión de dichos bienes que tenían bajo resguardo, así como de sus objetos personales que se encontraban en el interior del mismo y causaron daño a otros bienes que tenían en custodia que se encontraban en el domicilio antes mencionado.
Al realizarse este acto con autorización de juez tercero Civil de Primera Instancia, del Distrito Judicial de Tlalnepantla Estado de México los trabajadores se quedan sin garantía alguna pues el embargo citado cubría el pago de sus créditos laborales y por consecuencia los deja sin la posibilidad que se les paguen dichos créditos; debido a la resolución donde se pronuncia la autoridad laboral en el sentido de que el patrón tenía la obligación de pagar las respectivas liquidaciones al no reanudarse las actividades laborales.
Es así como después de casi dieciocho años de haber estallado esta huelga, no se ha ejecutado el laudo favorable para los trabajadores y no han recibido el pago de los salarios a que fue condenada la empresa durante todo ese tiempo; aunado a lo anterior, cuarenta cinco de los trabajadores involucrados fallecieron antes de ver reivindicados sus derechos laborales.
El desalojo violento de los trabajadores, que se encontraba de guardia en el inmueble en comento se realizó sin la seguridad y certeza jurídica con las que se debe llevar todo proceso judicial; en ningún momento la autoridad competente que realizó el desalojo mostró orden judicial fundada y motivada, indicando las razones por las que se realizaba dicho acto, al mismo tiempo que no se acreditaron como funcionarios públicos o como actuarios autorizados para llevar a cabo dichas diligencias, cabe decir que fueron apoyados por la fuerza pública, policías y granaderos del estado de México.
El juez tercero de lo Civil de Primera Instancia, del Distrito Judicial de Tlalnepantla, estado de México, emplazó a juicio al Sindicato Radical de los Trabajadores del Metal y Similares, demandándole entre más acreedores crediticios, la entrega del bien inmueble en comento y que se encontraba bajo el resguardo de los 441 trabajadores al servicio de Grupo Industrial Casa.
Los 441 trabajadores no fueron emplazados a juicio, estos tenían a su cargo el vigilar y custodiar el bien inmueble, no el sindicato emplazado que no tenía crédito alguno a su favor, por parte de Grupo Industrial Casa, SA de CV; lo cual quedó confirmado por el presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje cuando le hizo saber que el bien inmueble motivo de la reivindicación, estaba embargado por esa autoridad y que cualquier planteamiento sobre la propiedad del mismo y su embargo, debía tramitarse ante dicha autoridad laboral, con exclusión de cualquier otra, con base en el artículo 966 de la Ley Federal del Trabajo, determinación que ha ignorado dicho juez tercero Civil de Primera Instancia, hasta la fecha, tal como consta en el expediente formado con motivo de la demanda civil, que se tramita bajo el número 854/2008 en dicho juzgado y en el expediente laboral III-7792/1997 de la Secretaría Auxiliar de Huelgas de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Cabe mencionar que a los 441 trabajadores nunca fueron notificados legalmente por esta autoridad civil, además de no estar facultada para dejar sin efecto el embargo mencionado con todas sus consecuencias legales ya que al momento en que se realizó el embargo de los mismos, no había constancia alguna de que fueran propiedad de una persona distinta al Grupo Industrial Casa, empresa para la cual prestaban sus servicios dichos trabajadores.
Estamos seguros que esta arbitrariedad será corregida a la brevedad posible, ordenando se restituya a los 441 trabajadores de Grupo Industrial Casa la posesión que tenían sobre los bienes muebles e inmuebles embargados y adjudicados hasta en tanto se defina, en forma definitiva la situación legal de los mismos con base en la Ley Federal del Trabajo y en nuestra Constitución pues se han violado directamente en perjuicio de estos trabajadores, sus garantías de audiencia, de legalidad y sus derechos humanos relativos al debido proceso y al acceso real en la administración de justicia.
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Judicial del Estado de México para que realice lo conducente a fin de reivindicar la propiedad en garantía a favor de los trabajadores de Grupo Industrial Casa, SA de CV, cuyos créditos laborales son preferentes sobre cualquier otro que pudiera existir.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Judicial del Estado de México para que indique al juez tercero de lo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla del estado de México, se declare incompetente por materia, para resolver sobre un bien inmueble que se encontraba previamente como garantía en una resolución en materia laboral.
Tercero. Se exhorta a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para que al realizarse nuevamente la adjudicación de los bienes en garantía se realice de manera expedita la liquidación de los créditos laborales a favor de los trabajadores de Grupo Industrial Casa, SA de CV, en restitución de sus derechos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
DESTINAR MAYORES RECURSOS PARA LA DETECCIÓN OPORTUNA DE LA ARTRITIS REUMATOIDE, ASÍ COMO PARA SU ÓPTIMO TRATAMIENTO
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a destinar mayores recursos para la detección oportuna y el óptimo tratamiento de la artritis reumatoide, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la titular de la Secretaría de Salud del gobierno de la República a destinar mayores recursos para la detección oportuna de la artritis reumatoide, así como para su optimo tratamiento, con base en las siguientes
Consideraciones
La artritis reumatoide en una enfermedad inflamatoria crónica de causas desconocida, que afecta en su mayoría a personas en edad productiva de la vida.
Se ha observado que hasta el 70 % de los pacientes con esta enfermedad desarrollan discapacidad laboral luego de 10 años de evolución de la misma, produciéndose el incremento más significativo en los índices de discapacidad laboral en el primer año, luego del diagnóstico.
Afortunadamente y debido a los avances en el manejo de la enfermedad, muchos pacientes tienen la posibilidad de continuar trabajando, aunque con distintos grados de compromiso o limitación en su productividad laboral. En los pacientes con artritis reumatoide, la productividad laboral se ve afectada en mayor medida con actividad severa de la enfermedad.
Expertos coincidieron en que dicha afección es la más destructiva que se estudia en los servicios de Reumatología, ya que causa deformidades y afecta de manera importante la calidad de vida de los pacientes. En México, la cifra llega a un millón 600 mil pacientes en el país, cuyas edades van de los 20 a los 50 años, que padecen esta enfermedad. Aunado a las cifras de mexicanos con este padecimiento un tercio de las personas con artritis reumatoide presenta riesgo de tener complicaciones cardiovasculares, como infartos al corazón o insuficiencias cardiacas; así mismo datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) revelan que en México, 3 de cada 4 personas con esta enfermedad son mujeres, situación que toma una relevancia mayor cuando se considera que, de acuerdo con datos del mismo Inegi, en México hay alrededor de 25 millones de hogares, de los cuales 24 por ciento son encabezados por mujeres, es decir seis millones de hogares.
La magnitud de la repercusión socioeconómica de la artritis reumatoide es difícil de valorar y plantea problemas metodológicos importantes. Deben considerarse tres tipos de costos para quienes padecen esta enfermedad: directos, indirectos e intangibles. Los costos directos se subdividen en dos tipos, los sanitarios, que derivan del consumo de recursos asistenciales (consultas, monitorización de la enfermedad con controles radiológicos y pruebas de laboratorio, gasto farmacéutico, hospitalización, medidas ortésicas y prótesis) y los parasanitarios, como los gastos para realizar adaptaciones en el domicilio, entorno laboral y medios de transporte. Estos costos no son homogéneos a lo largo de la duración de la artritis reumatoide y tienden a ser especialmente elevados durante los primeros dos años que siguen al diagnóstico. Las artritis reumatoides con mayor actividad y más discapacidad comportan mayor costo directo. Los costos indirectos son aquellos que derivan tanto de la pérdida de la capacidad laboral como de las ayudas domiciliarias. Los costos intangibles son consecuencia del deterioro de la calidad de vida y de su repercusión en el entorno familiar y social. Se designan así por la enorme dificultad que entraña su detección y valoración. Como ejemplo, cabe mencionar el gasto de transporte y las horas de trabajo perdidas por los familiares que acompañan al paciente a las consultas. Adicionalmente, deben considerarse los gastos inducidos por los trastornos, como la enfermedad cardiovascular, las infecciones, algunas neoplasias, las complicaciones de la osteoporosis secundaria o los efectos adversos de la medicación. Todas las investigaciones han demostrado que la enfermedad tiene una gran repercusión económica y provoca un considerable consumo de recursos sanitarios y sociales.
El tratamiento de este mal es indispensable para evitar problemas cardiovasculares y en la actualidad el número de personas que realizan un diagnóstico temprano es cada vez mayor, lo cual ayuda a tratarla desde un punto en el que se puede detener su avance. En México la mayoría de las personas que padecen esta enfermedad acuden más de un año después de que iniciaron los síntomas, lo cual dificulta su tratamiento, aunado a que la poca información en la sociedad sobre el padecimiento o inclusive la búsqueda de tratamientos alternativos, previos a un diagnóstico médico, imposibilitan la detección oportuna para el tratamiento adecuado.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la titular de la Secretaría de Salud del Gobierno de la República a destinar mayores recursos para la prevención, detección oportuna de la artritis reumatoide, así como para su óptimo tratamiento.
Notas:
1 Burton W, Morrison A, Maclean R, Ruderman E. Systematic review of studies of productivity loss due to rheumatoid arthritis. Occup Med (Lond) 2006; 56(1):18-27.
2 García-Vadillo J A, Castañeda S, Carrasco AL, Jimeno A. Costes económicos de la artritis reumatoide de corta evolución. Rev Esp Reumatol 2001; 28: 4-11
3 Van Jaarsveld CHM, Jacobs JWG, Schrijvers AJP, Heurkens AHM, Haanen HCM, Bijlsma JWJ. Direct cost of rheumatoid arthritis during the first six years: a cost-of-illness study. Br J Rheumatol 1998; 37: 837-847
4 Sangha O. Epidemiology of rheumatic diseases. Rheumatology 2000 (suppl 2): 3-12.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputada María Elena Orantes López (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen.
PREVENCIÓN DEL DELITO DE ABIGEATO EN ESTADO DE QUERÉTARO
«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la prevención del abigeato en Querétaro, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI
José Hugo Cabrera Ruiz, diputado de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo relativo a la prevención del delito de abigeato en el estado de Querétaro, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El delito de abigeato implica el robo de ganado en el campo, lo cual perjudica seriamento los activos de ganaderos a nivel nacional, y contabiliza pérdidas por millones de pesos.
Los artículos 189 y 190 del Código Penal del Estado de Querétaro tipifica este delito imponiendo penas que van desde la multa hasta la privación de la libertad de acuerdo al número de cabezas de ganado mayor o menor que se sustraigan sin el consentimiento de los propietarios o bien alteren las marcas de identificación del ganado que les fueren asignados, a saber:
Artículo 189. Comete el delito de abigeato el que en cualquier sitio se apodere de una o más cabezas de ganado mayor o menor sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ellos. A quien le cometa, se le impondrán las penas siguientes:
I. De 6 meses a 2 años de prisión y de 1 a 50 días multa, si la conducta descrita se ejecuta sobre una o dos cabezas de ganado menor;
II. De 2 a 6 años de prisión y de 20 a 500 días multa, si la conducta descrita se ejecuta sobre tres a cinco cabezas de ganado menor o una o dos cabeza de ganado mayor; y
III. De 3 a 9 años de prisión y de 20 a 500 días multa, si la conducta descrita se ejecuta sobre más de cinco cabezas de ganado menor o sobre más de dos cabezas de ganado mayor.
Artículo 190. Se aplicará prisión de 6 meses a 4 años y de 20 a 500 días multa a quien:
I. Altere o elimine las marcas de animales vivos, cueros o pieles;
II. A sabiendas marque, contramarque, señale o contraseñale sin derecho animales; y
III. Expida certificados de contenido falso para obtener guías simulando ventas o haga conducir animales que no sean de su propiedad sin estar debidamente autorizado para ello, o haga uso de certificados o guías falsificadas para cualquier negociación sobre ganado, pieles o cueros.
Al que sin tomar las medidas necesarias para cerciorarse de la procedencia legítima de los animales, adquiera ganado o comercie con pieles, carne u otros derivados obtenidos del abigeato, se le impondrá prisión de 2 a 10 años y de 20 a 500 días multa.
En febrero de 2014, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública presentó el informe sobre incidencia delictiva del fuero común. De acuerdo con este reporte, durante ese año se registró en el estado una mayor incidencia del delito de abigeato y, de acuerdo con fuentes periodísticas, 242 denuncias se presentaron en ese año, mientras que para el primer semestre de 2015 se habían denunciado ya 143 robos de ganado en la entidad, siendo los municipios de San Juan del Río, Colón, Peñamiller, Tolimán, Cadereyta, Ezequiel Montes, Tequisquiapan y Pedro Escobedo los más afectados con la comisión del mismo, lo que llevó a que en junio de 2015 la LVIII Legislatura del Congreso del Estado de Querétaro determinara establecer penas más severas por su comisión.
Recientemente, en octubre de 2015, se anunciaron programas y medidas para ayudar a los ganaderos en el combate al delito del abigeato. Se anunció que el gobierno del estado, la Unión Ganadera Regional, el Comité de Fomento y Protección Pecuaria del Estado, la Procuraduría General de Justicia, la Secretaría de Seguridad Ciudadana y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) integrarían un plan para el combate del delito de abigeato en Querétaro.
Por su parte, el viernes 23 de octubre de 2015 mediante el comunicado de prensa número 087/2015 la Sagarpa informó de reuniones del delegado de la secretaría en el estado de Querétaro con el secretario de Desarrollo Agropecuario (Sedea) de la entidad, con productores de ganado y con autoridades en materia de seguridad para revisar el tema del abigeato en la entidad.
De acuerdo con ese mismo comunicado, la dependencia federal refrendo el compromiso por trabajar en aspectos preventivos para disminuir el robo de ganado en los municipios y contribuir con los esquemas operativos que los propios cuerpos de seguridad determinaran con el objetivo de reforzar aspectos preparatorios para la salvaguarda de activos productivos en el sector, a través del Sistema Nacional de Identificación Individual del Ganado (Siniiga).
En este sentido, y a fin de prevenir la incidencia del delito de abigeato en el estado de Querétaro, se considera oportuno el exhorto a las autoridades federales competentes a fin de reforzar las actividades tendientes a prevenir el abigeato en el estado de Querétaro.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que instruya al director del Sistema Nacional de Identificación Individual del Ganado, en el ámbito de su competencia, tomar medidas inmediatas para fortalecer el sistema de identificación individual de ganado, con el objeto de instaurar procesos de rastreabilidad de los animales en el estado de Querétaro.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen.
REFUERCEN LAS CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN DEL EMBARAZO ADOLESCENTE
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y del DF a reforzar las campañas preventivas del embarazo adolescente, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, diputado Rafael Hernández Soriano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones III y IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Hoy, pese a los avances logrados en el tema de salud sexual y reproductiva, es aún elevado y preocupante el número de embarazos no planeados que ocurren en la población adolescente, lo cual representa un alarmante problema de salud pública y un desafío para el país.
México cuenta con alrededor de 22 millones de personas con edades que oscilan entre los 10 y 19 años de edad; representan 19.6 por ciento de la población, según los resultados del Censo de Población y Vivienda de 2010. También se informa que 11 millones tienen entre 15 y 19 años (9.8 por ciento). El 49.9 por ciento son mujeres (5.5 millones), quienes representan casi la sexta parte de la población femenina en edad fértil del país, calculada en un total de 30.7 millones. Además, de cada 10 adolescentes de 12 a 19 años, dos han iniciado su vida sexual.
Se sabe que entre las adolescentes de 15 a 19 años, 82.8 por ciento son solteras, 16.0 por ciento están unidas y 1.0 lo ha estado alguna vez. Además, 34 de cada 100 mujeres adolescentes reportaron no haber usado ningún método anticonceptivo durante su primera relación sexual, y casi 37 tampoco lo utilizaron en su última relación sexual. Esta situación no sólo aumenta el riesgo de un embarazo no planeado, también el de adquirir alguna infección de transmisión sexual, incluido el VIH/sida.
Estos datos son en sí preocupantes, más aun cuando en fechas recientes por medio de notas periodísticas fuimos informados de la temprana maternidad y paternidad de una pareja adolescente 16 y 11 años de edad, los jóvenes son habitantes de la comunidad de Mitontic de Madero, en Chiapas, uno de los dos municipios calificados como los de mayor pobreza y marginación en México. Cabe señalar que este joven podría ser el padre de menor edad en el mundo.
Lo anterior es muestra palpable de que pese a lo establecido en la Estrategia Nacional de Prevención del Embarazo entre Adolescentes, en Chiapas no se ha aplicado de manera puntual, tomando en cuenta el alto incremento de embarazos en las zonas rurales e indígenas.
Uno de los resultados del embarazo adolescente, es el abandono de los estudios al confirmarse el embarazo o al momento de criar al hijo, lo que reduce las futuras oportunidades para lograr mejores empleos y posibilidades optimas de realización personal al no cursar carreras de su elección. También será difícil lograr empleos permanentes con beneficios sociales. Las parejas adolescentes se caracterizan por ser de menor duración y más inestables, lo que suele magnificarse por la presencia de la o el hijo, ya que muchas se formalizan forzadamente a través del matrimonio temprano como una fórmula para solucionar esta situación.
El embarazo adolescente es considerado una situación problemática por los involucrados pero, si se considera un problema se limitaría su análisis. Por ello es conveniente encuadrarlo en el marco de la salud integral del adolescenteesto permite abarcar todos los embarazos que ocurran a esta edad; adecuar las acciones preventivas dentro de la promoción de la salud; brindar asistencia integral a cada madre adolescente, a sus hijos y parejas y aportar elementos para el desarrollo de las potencialidades de las y los adolescentes.
Para dar salida a este problema, en enero último se realizó la presentación de la Estrategia Nacional de Prevención del Embarazo en Adolescentes (Enapea), con la que se pretende involucrar a 13 dependencias del gobierno federal, así como a organizaciones de la sociedad civil y académicos e investigadores expertos en el tema.
Entre los objetivos de solución para este reto, se plantea; promover el desarrollo humano y las oportunidades de las y los adolescentes; crear un entorno que favorezca decisiones libres y acertadas sobre su proyecto de vida y el ejercicio de su sexualidad; incrementar la oferta y la calidad de la información y los servicios de salud sexual y reproductiva, así como una educación integral en sexualidad en todos los niveles educativos, de gestión pública o privada.
Entre las metas de esta estrategia, se pretende disminuir a cero los nacimientos en niñas de 10 a 14 años y reducir en 50 por ciento la tasa específica de fecundidad de las adolescentes de 15 a 19 años para 2030; es decir, alcanzar una tasa de 32.9 nacimientos por cada mil mujeres en el grupo de edad referida.
En el corto plazo, se proyecta una reducción a 63.1 nacimientos por cada mil mujeres de 15 a 19 años para 2018, considerando que las acciones emprendidas a partir de 2015 habrán de tener los resultados más óptimos.
Sin embargo, a 10 meses de iniciar esta Enapea, noticias como la generada en Chiapas nos invitan a reflexionar y a proponer la aplicación con mayor atención y énfasis de esta anhelante estrategia, y es que según reporta la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, a escala nacional la proporción de población de 12 a 19 años que ha iniciado vida sexual pasó de 15 por ciento en 2006 a 23 en 2012. A escala nacional, de acuerdo con los datos de la última Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (Enadid) disponible (2009), la edad promedio del inicio de la vida sexual en las mujeres de 15 a 19 años es de 15.9 años. Como consecuencia de estas tendencias, también el porcentaje de nacimientos en madres adolescentes aumentó de 15.6 a 18.7 por ciento entre 2003 y 2012.
Actualmente, las madres adolescentes presentan proporciones variables entre las entidades federativas del país. En 2013, en Campeche, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guerrero y Nayarit más de 19 por ciento de los nacimientos fueron de adolescentes, comparado con menos de 16 por ciento en el Distrito Federal, Nuevo León y Querétaro. En términos de fecundidad, la Enadid 2009 señala que el promedio nacional de nacimientos de las mujeres de 15 a 19 años fue de 69.5 nacimientos por cada mil mujeres. Zacatecas, Querétaro, San Luis Potosí, Veracruz, Puebla, Colima, Morelos, Oaxaca, Nuevo León y el Distrito Federal tuvieron tasas menores de 65 por cada mil; mientras, Quintana Roo, Nayarit, Chiapas, Durango, Baja California Sur, Coahuila, Chihuahua y Jalisco tuvieron tasas mayores de 75 por cada mil.
Las adolescentes indígenas tienen una tasa de fecundidad más alta que las no indígenas. La tasa de fecundidad de las mujeres de 15 a 19 años de edad hablantes de una lengua indígena es de 96.7 por mil mujeres; la de las no indígenas, de 68 por mil. En el país existen alrededor de 1.4 millones de adolescentes que hablan alguna lengua indígena. Las entidades con mayor porcentaje de adolescentes que son hablantes de lengua indígena son Chiapas (29 por ciento) y Guerrero (28). Chihuahua, San Luis Potosí, Oaxaca, Michoacán, Veracruz, Puebla e Hidalgo tienen una proporción superior a 19 por ciento; es decir, más del triple del promedio nacional (6.3 por ciento). Entre las adolescentes hablantes de lengua indígena existe un menor permanencia en la escuela, ya que cerca de 35 por ciento de la población adolescente indígena de 10 a 19 años y casi la mitad que se encuentra entre los 15 y 17 años de edad no asisten a la escuela.
Por otra parte, el embarazo durante la adolescencia trae consigo una serie de limitaciones, tanto en lo personal como a nivel social, independientemente del estrato social del que procedan la o el joven, ya que
Generalmente no es planeado o deseado.
Desencadena uniones o matrimonios prematuros, en los que la pareja puede o no estar de acuerdo.
Reproduce el círculo de pobreza de madres y padres adolescentes, o le da inicio pues se avecina la falta de empleo, deserción escolar, ausencia de redes sociales de apoyo, etcétera.
Hay mayor exposición a situaciones de inseguridad, desprotección y maltrato las madres jóvenes embarazadas a veces no son aceptadas en la escuela, abandono por su pareja y familia.
De haber matrimonio, tienen un mayor índice de divorcios, con las repercusiones del asunto, ya que muchos padres se niegan a dar pensión alimentaria. Además, se ha observado que el divorcio o la separación son cuatro veces más altos entre parejas casadas durante la adolescencia que entre los matrimonios consumados a edades más tardías.
Los embarazos de mujeres adolescentes se vinculan a la muerte materno-infantil, y al aborto.
También tiene repercusiones como abandono escolar, baja calidad en sus estudios al atender otras responsabilidades por ejemplo: hijos, quehaceres y trabajo.
Puede ser utilizado como pretexto para requerir y ofrecer trabajo a menores de edad en condiciones de explotación y maltrato.
Con lo anterior queda claro que el embarazo adolescente representa un grave problema para nuestra sociedad, un reporte de la ONU indica que entre los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, México ocupa el primer lugar en embarazos de jóvenes de entre 15 y 19 años.
Pero más que repasar estadísticas y limitaciones para las y los adolescentes, es hora de que tomemos todas las medidas necesarias para poner fin a este problema. Por ello, muchas y muy diversas son las acciones y políticas públicas que deben implementarse para erradicar el embarazo adolescente destacando entre ellas las siguientes:
La prevención del embarazo adolescente a través de la educación sexual, incluida la planificación familiar en el caso de los matrimonios jóvenes, y el acceso a los métodos anticonceptivos más comunes.
Proporcionar información anticonceptiva oportuna, eficaz, verdadera, completa y basada en evidencia científica.
Brindar asesoría sobre anticoncepción y riesgo de embarazo adolescente a través de personal debidamente sensibilizado y capacitado, con respeto a las decisiones sobre la conducta sexual y reproductiva de las y los jóvenes.
Promover la cultura de la igualdad de género que reconozca y condene todas las formas de violencia y violencia sexual contra las niñas y las adolescentes.
Garantizar que las materias de salud sexual y reproductiva sean impartidas en todas las escuelas del país.
Formar a personal docente en las materias de salud sexual y reproductiva para que estas sean impartidas sin prejuicio alguno.
Evitar que las niñas y las adolescentes embarazadas abandonen sus estudios, a través de programas de apoyo educativo y becas que fortalezcan su permanencia en la escuela.
Por lo anterior sometemos a su consideración la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la y los gobernadores de los estados y al jefe de gobierno de la Ciudad de México para que se refuerce lo relativo a las campañas de prevención del embarazo adolescente y la información sobre educación sexual en el ánimo de abatir las crecientes cifras sobre este tema.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobernador de Chiapas con el propósito de desa-rrollar una estrategia de prevención que atienda los altos índices de embarazos adolescentes, principalmente entre la población indígena y rural.
Notas:
1 Instituto Nacional de Salud Pública, Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, 2012
2 Niño mexicano es el padre más joven del mundo,redacción SDPnoticias.com viernes 13 de noviembre de 2015.
3 Estrategia Nacional de Prevención del Embarazo en Adolescentes, Gobierno de la República, México, enero de 2015.
4 Ibídem, página 90.
5 Enapea, página 28.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado Rafael Hernández Soriano (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen.
CONSERVEN BAJO SU CUSTODIA LOS 95 CAMPOS PETROLEROS QUE PETRÓLEOS MEXICANOS PRETENDE DEVOLVER AL ESTADO
«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se solicita a Pemex, la Sener y la Comisión Nacional de Hidrocarburos que conserven bajo su custodia los 95 campos petroleros que la empresa pretende devolver al Estado, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena
Las que suscriben, Norma Rocío Nahle García y Guadalupe Hernández Correa diputadas federales a la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento para la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, según la siguiente
Exposición de Motivos
El 17 de noviembre Gustavo Hernández, director operativo de Pemex Exploración y Producción, PEP, anunció que regresarán 95 campos petroleros en etapa de producción y exploración que le fueron asignados por la Secretaría de Energía, Sener, en la Ronda Cero, debido a que nunca los pidieron.
El funcionario señaló que las 95 asignaciones, tienen un volumen de producción mucho menor comparado con el volumen de producción de los campos marinos.
También explicó lo siguiente; no estaban en el radar de nosotros porque no estaban en la solicitud de la Ronda Cero, y lo que estamos planteando es la devolución al Estado de esos campos para que hagan con ellos lo que consideren pertinente, que es licitarlos, guardarlos o buscarnos un socio.
Destacó que en caso de que Sener, la Comisión Nacional de Hidrocarburos, CNH, y Hacienda encuentren un socio a Pemex, a través de una licitación, la empresa estatal evaluaría retener la asignación. Aunque la mayoría de los campos que se devolverán fueron entregados para resguardo, también devolverán campos solicitados en la Ronda Cero porque no son rentables.
Otro de los argumentos para devolver los campos es que Pemex no tiene recursos suficientes. No obstante, el funcionario declaró que es difícil estimar el costo de operarlos porque están distribuidos a lo largo del país y cada campo tiene su costo. Hay campos marinos y terrestres; campos en Veracruz, en Chiapas, Tabasco y en el norte.
A manera de conclusión determinante, el director de PEP declaró enfáticamente que los campos serán devueltos por no ser rentables y de acuerdo al mandato del artículo 27 Constitucional, el objetivo de Pemex es la creación de valor.
La devolución tendrá un costo ya que Pemex deberá hacer la rehabilitación ambiental de los mismos, porque fueron explotados por la empresa antes de la reforma energética.
Además del costo de la rehabilitación, Pemex no recibirá ningún tipo de indemnización por las inversiones que ha realizado en los campos, porque así lo estipula el artículo 8 de la Ley de Hidrocarburos el área de asignación será devuelta al Estado, sin cargo, pago, ni indemnización alguna por parte de éste, y la Secretaría de Energía podrá determinar su operación en los términos que considere convenientes conforme a esta ley.
No es posible que la empresa genere valor si no hay un incremento en la inversión y una reducción real de su carga fiscal.
En la gráfica se puede ver la relación directa entre la caída del ingreso y los gatos de Pemex. Esta caída se refleja directamente en el descenso de 48 por ciento, durante el tercer trimestre del año, del número de pozos perforados para la exploración y desarrollo. Pasaron de 143 a 74, de acuerdo con datos de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH). Los equipos para perforación también sufrieron un descenso al pasar de 110 a 71 en el mismo periodo, es decir 35%, según las cifras más recientes del regulador sectorial.
Un argumento utilizado repetidamente por las autoridades del sector para justificar el recorte en inversión y la privatización de las reseras probadas de nuestro país, es la caída del precio de barril del petróleo en el mercado internacional.
El planteamiento que han llevado al terreno de los hechos, es que la inversión privada nos salvará y evitará que caiga la producción petrolera nacional. Además de que esa milagrosa inversión incrementará las reservas.
De acuerdo con datos de BP Statistical Review of World Energy, June 2015, las reservas probadas totales de México se ubicaban en el siguiente nivel: 2004 14.8 mmbpc; 2013 11.1 mmbpc y 2014 11.1 mmbpc. Es claro, que no hay un aumento de las reservas.
Ni este gobierno ni los anteriores han querido invertir en recuperación mejorada, ni en la industria de la transformación, como refinación y petroquímica. Ambas generan mucho más valor que la mera actividad extractiva, a la que incluso el Gobierno Mexicano esta renunciando a pesar del mandato establecido en el Artículo 25 Constitucional Bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.
La renuncia del Estado mexicano a su obligación es una traición al pueblo de México y una descarada complicidad con los líderes republicanos en los Estados Unidos que han desarrollado una estrategia geopolítica para convertir a Canadá y México en colonias energéticas de los Estados Unidos, al crear a un bloque de poder norteamericano capaz de enfrentar agresivamente a Rusia, China y otros rivales extranjeros. Esa es la visión de fortaleza energética de América del Norte, que los candidatos presidenciales republicanos ya están impulsando en su campaña, y que es fuertemente respaldada por ExxonMobil y otras compañías petroleras.
Además de intereses geopolíticos, las fusiones de las empresas de servicios y de las petroleras, así como sostener el mismo nivel de producción de hidrocarburos para mantener precios bajos, son actividades colusivas de las empresas del sector para eliminar competidores y, así, seguir controlando las reservas a nivel mundial y el mercado de hidrocarburos.
Las prácticas colusivas de estas empresas para manipular el mercado a nivel de países y con la complicidad de estados productores y consumidores han modificado el balance del mercado internacional, ahora los grandes ganadores son los países consumidores, en particular, aquellos que tiene una industria petroquímica bien desarrollada.
En este contexto, ninguna empresa petrolera nacional negocia contratos de exploración y explotación y menos de campos que ya están produciendo. La búsqueda de un socio, como lo propone el director de PEP, para campos que asegura no son rentables, provocará un pérdida de renta petrolera de tal magnitud que ni siquiera le permitirá a PEP recuperar lo invertido en campos con reservas probadas que ha estado operando.
Pemex es una empresa productiva propiedad del Estado mexicano (artículo 2 Ley de Petróleo Mexicanos), la generación de valor y rentabilidad no son su único objetivo; de acuerdo con el artículo 4, Petróleos Mexicanos tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de su objeto, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario, así como actuar de manera transparente, honesta, eficiente, con sentido de equidad y responsabilidad social y ambiental, y procurar el mejoramiento de la productividad para maximizar la renta petrolera del Estado y contribuir con ello al desarrollo nacional.
La renuncia a 95 campos contradice el mandato de maximizar la renta petrolera para contribuir al desarrollo nacional.
Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas someto a consideración del pleno la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
De urgente u obvia resolución.
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita al director general de Petróleos Mexicanos, al secretario de Energía y al director de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, que conserven bajo resguardo los 95 campos hasta que sea rentable su explotación sin ningún socio.
Segundo. Esta soberanía solicita al director general de Petróleos Mexicanos, al secretario de Energía y al director de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, que hagan públicos los siguientes datos a nivel de campo por campo:
a) Lista de campos a los que Pemex pretende renunciar
b) Costo de explotación de cada uno
c) Volumen de producción campo por campo, detallada por tipo de hidrocarburo
Tercero. Esta representación nacional, exige que no se entregue ni un campo más a la iniciativa privada bajo ninguna modalidad contractual.
Cuarto. La Cámara de Diputados solicita que la Secretaría de Energía y la Secretaría de la Función Pública evalúen el desempeño del director general de Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya Austin, y del director de Pemex Exploración y Producción, Javier Hinojosa, para que en caso de no ser aptos o de probarse negligencia en el ejercicio de sus funciones sean retirados del cargo en forma inmediata.
México, DF, a 24 de noviembre de 2015. Diputadas: Rocío Nahle García (rúbrica), Guadalupe Hernández Correa.»
Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
DIFUNDA LA INFORMACIÓN REFERENTE AL PROGRAMA DE CAPTACIÓN DE AGUA
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general de la Conagua a difundir la información sobre el Programa de Captación de Agua, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita Claudia Sofía Corichi García, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en esta LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo por el que la honorable Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al titular de la Comisión Nacional del Agua, Roberto Ramírez de la Parra, hacer pública toda la información referente al Programa de Captación de Agua (Procaptar), al tenor de las siguientes
Consideraciones
I.El agua es un recurso finito indispensable para la salud pública, los ecosistemas, la biodiversidad, la producción de alimentos, la industria, la energía y el desarrollo económico, principalmente. Por ello se le considera un factor estratégico de seguridad nacional así como de estabilidad social y política de nuestra nación.
II. La extensión territorial continental de México es de 1,959,248 kilómetros cuadrados. Parte del país se ubica en la misma latitud que el desierto del Sáhara y por ello la parte centro norte es semiárida y árida. La precipitación pluvial es escasa en el norte y noroeste del país y la península de Baja California, y abundante en el sureste y en las vertientes del Golfo de México y del Pacífico, al sur del Trópico de Cáncer. La precipitación media anual es de 760 mm equivalente a 1,489 kilómetros cúbicos por año: 331 kilómetros cúbicos escurren a través de los ríos, 1,065 kilómetros cúbicos corresponden a la evapotranspiración y 93 kilómetros cúbicos recargan los acuíferos. En la mayor parte del territorio la precipitación ocurre, predominantemente, entre junio y septiembre, con excepción de la península de Baja California, donde se presenta en invierno. México tenía 25.8 millones de habitantes en 1950 y en 2015 122.4 (Proyección del Consejo Nacional de Población, Conapo).
III. La tasa de crecimiento anual tiende a disminuir gradualmente. La población pasó de ser mayoritariamente rural a predominantemente urbana a partir de 1970. Conapo estima que al 2050 México tendrá 150.8 millones de habitantes, lo que representará mayor presión sobre los recursos hídricos. La disponibilidad natural media per cápita de agua en México era en 1950 de 18,035 m3/hab/ año y en 2013 pasó a 3,982 m3/hab/año, cifra calificada como baja por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.
IV. De acuerdo con el Informe de Pobreza en México 2015 publicado por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el número de personas en pobreza es de 55.3 millones. Las personas consideradas con carencias por acceso a los servicios básicos en la vivienda son las que no cuentan con los servicios de agua, drenaje y electricidad. La carencia de agua es un factor de pobreza.
V. En el ámbito nacional, en 2012 la falta de drenaje y de agua afectó a poco más de diez millones de personas. Las entidades federativas con mayor carencia de drenaje fueron Oaxaca, San Luis Potosí, Guerrero y Chiapas. La falta de agua en Guerrero afectó a poco más de la tercera parte de su población, en Veracruz a una de cada cuatro personas, y en Tabasco, Chiapas y Oaxaca a uno de cada cinco habitantes.
VI. Según datos de la Comisión Nacional de Agua (Conagua) la gran mayoría de las cuencas en nuestro país se encuentran en una situación no sustentable en donde la demanda crece día con día conforme crece la población y sus necesidades. Hasta el año 2012, la demanda total de aguas nacionales el país era del orden de los 78,400 millones de metros cúbicos, misma que se cubría con un volumen sustentable de 66,900 millones de metros cúbicos de fuentes superficiales.
VII. El mayor porcentaje de la demanda se sigue concentrando en el sector agrícola. Se estima que en unos veinte años la demanda llegará a 91,200 millones de metros cúbicos debido al incremento en las actividades productivas y el crecimiento de la población, mientras que la oferta puede llegar a 68,300 millones de metros cúbicos considerando los proyectos registrados en cartera; lo que significa que la brecha estimada entre oferta y demanda será de 23 mil millones de metros cúbicos. Esta brecha integra el volumen de agua que se empleará para cubrir el crecimiento de la demanda agrícola, la público urbana e industrial y el volumen no sustentable que se dejará de extraer por la disminución de la sobreexplotación de los acuíferos. Los principales retos se presentan en las cuencas del Valle de México y de los ríos Lerma, Bravo, Fuerte, Mocorito, Presidio-San Pedro, Tula y Balsas.
VIII. De acuerdo con la reforma al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el 8 de febrero de 2012, toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre y asequible. También establece la participación de los tres órdenes de gobierno y la sociedad misma para garantizar este derecho. La Constitución instruye para que esto así sea, aún con datos como los que podemos ver, que sólo nos enfrentan a más y más retos.
IX. Para el desarrollo de cualquier especie, el agua es un recurso básico: sin agua, no habría vida. Cobra mayor importancia cuando hablamos de sociedades desarrolladas, ya que se requiere de ella tanto para su uso doméstico como industrial, sobre todo en grandes ciudades. Por lo tanto, resulta primordial para cualquier cultura tener un adecuado manejo de este recurso, tanto para su abastecimiento, como para evitar desastres.
X. La captación pluvial no es algo nuevo y tampoco implica gran tecnología a un nivel doméstico. Es un sistema ancestral que ha sido practicado en diferentes épocas y culturas, ya que es un medio fácil para obtener agua para el consumo humano y para el uso agrícola.
El agua de lluvia puede ser interceptada, colectada y almacenada en depósitos especiales para su uso posterior. Esto ayudaría durante el tiempo de secas para sobrellevarlas y también durante épocas de lluvias fuertes que desencadenan inundaciones que afectan las ciudades.
XI. Cada año son más que evidentes las consecuencias de los efectos de la gestión pluvial inadecuada en las principales ciudades de México, encharcamientos, inundaciones, problemas de tráfico, desborde de ríos o canales y el rebose del drenaje combinado a zonas urbanas habitadas. La situación empeora de forma exponencial conforme crecen las ciudades en población y en extensión, y debido a los impredecibles efectos del cambio climático.
El agua de lluvia en su origen es limpia, pero se ensucia en su paso por la ciudad y al mezclarse con las aguas residuales en el alcantarillado combinado. Los escurrimientos pluviales son vistos como un problema que causa inundaciones; sin embargo, cambiar la forma de hacer las cosas y aprovechar este recurso puede traer muchos beneficios.
XII. Parte fundamental de la tarea que nos toca como generación es lograr la distribución del agua y su abastecimiento, siguiendo técnicas sustentables para minimizar su impacto ambiental y lograr un mayor alcance a las zonas que no cuentan con un sistema de distribución o en donde el agua escasea.
XIII.El pasado 5 de noviembre, en el Senado de la República, ante la Comisión de Recursos Hidráulicos compareció el Titular de la Conagua, Roberto Ramírez de la Parra, y en sus propias palabras informo que:
... en nuestro país existe una carencia importante en el tema del suministro de agua potable y en el tema del drenaje, y esa carencia está considerada por el Coneval como uno de los puntos que se toman en cuenta para poder considerar que la gente es pobre o está en pobreza extrema, por tal motivo, en la Comisión Nacional del Agua hemos fijado también como una prioridad el combate a la pobreza en el tema del agua.
Hay que decir que la población que hoy no tiene agua en nuestro país, se encuentra en las comunidades más alejadas, en los lugares más distantes y más difíciles de llegar y, el que podamos trasladar o transportar el agua hacia esos lugares se convierte en un tema sumamente complejo, no solamente por un costo de la infraestructura que llevaría o que correspondería llevar a esas comunidades el agua, sino el segundo punto importante es que después de que se construya esta infraestructura que pongamos, que la podríamos hacer, la operación de la misma, precisamente por estar en zonas montañosas y en zonas altas, sería un tema sumamente complicado en el costo de su operación y entonces lo haría completamente inviable.
Y entonces nos hemos abocado a trabajar con instituciones como la Universidad Nacional Autónoma de México, el Instituto de Ingeniería de la UNAM; con el Instituto de Tecnología del Agua, precisamente para buscar alternativas de solución y poder llevar agua a esas poblaciones que hoy no la tienen y se encuentran alejadas. Las alternativas que nos dan, es la captación de agua de lluvia de aquellas poblaciones en donde nos llueve mucho, hay que decir que nuestro país, es un país desde ese punto de vista, con ciertas ventajas para poder utilizar este tipo de tecnologías, este tipo de esquemas, para poder llevar el agua a las poblaciones más alejadas.
Y entonces la segunda prioridad que hemos fijado en la Comisión Nacional del Agua y que también así lo instruyó el señor Presidente de la República, es el combate a la pobreza, a través de llevar el agua a aquellas poblaciones que hoy no la tienen y que se encuentran más alejadas, y lo vamos a hacer a través de la captación de agua de lluvia con un nuevo programa que le hemos denominado Procaptar, y que iniciamos a partir del mes de octubre pasado, hace un mes, precisamente para llevar agua a un millón y medio de personas en los próximos dos años, precisamente para poder abastecer a la gente que hoy no tiene un solo litro de agua y que se tiene que trasladar en promedio 6 kilómetros para poder acceder al agua.
Eso es lo que estamos trabajando en la Comisión Nacional del Agua.
XIV. Este tipo de esfuerzos es sumamente importante llevar a cabo en nuestro país, y ya que el Titular de Conagua lo ha anunciado resulta aún más importante conocer los detalles de este Programa de Captación de Agua al que hace referencia, desde el presupuesto que se va a utilizar hasta la logística para llevarlo a cabo. Es necesario conocer un documento donde describa toda la información que se requiere para hacer un puntual seguimiento y evaluación.
Por todo lo anteriormente expuesto, es que presento a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor del siguiente
Resolutivo
Único.La honorable Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al titular de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), Roberto Ramírez de la Parra, hacer pública toda la información referente al Programa de Captación de Agua.
Notas
1 Programa Nacional Hídrico 2014 2018. Gobierno de la República.
2 Ibídem
3 Sistemas de Captación de Agua de Lluvia Periódico digital de divulgación de la Red del Agua UNAM Número 1, Abril - Junio 2014
4 Ibídem
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de noviembre del 2015. Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.
ABASTO OPORTUNO DE MEDICAMENTOS EN ZONAS APARTADAS Y DE MUY ALTA MARGINACIÓN DEL PAÍS
«Proposición con punto de acuerdo, relativo al abasto oportuno de medicamentos en zonas apartadas y de muy alta marginación, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI
José Hugo Cabrera Ruiz, diputado de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo relativo al abasto oportuno de medicamentos en zonas apartadas y de muy alta marginación del país, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El derecho a la protección de la salud se encuentra regulado en el tercer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se señala: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Un aspecto fundamental para la procuración de la salud estriba en el abasto de medicamentos para prevenir y curar las enfermedades. El artículo 27 de la Ley General de Salud especifica cuáles son los servicios básicos de salud, entre los que se encuentra la disponibilidad y distribución de medicamentos:
Artículo 27. Para los efectos del derecho a la proteccio?n de la salud, se consideran servicios ba?sicos de salud los referentes a:
I.La educación para la salud, la promoción del saneamiento básico y el mejoramiento de las condiciones sanitarias del ambiente;
II.La prevención y el control de las enfermedades transmisibles de atención prioritaria, de las no transmisibles más frecuentes y de los accidentes;
III. La atención médica integral, que comprende la atención médica integrada de carácter preventivo, acciones curativas, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias.
IV.La atención materno-infantil;
V.La planificación familiar;
VI.La salud mental;
VII.La prevención y el control de las enfermedades bucodentales;
VIII.La disponibilidad de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud;
IX. La promoción de un estilo de vida saludable;
X. La asistencia social a los grupos más vulnerables y, de éstos, de manera especial, a los pertenecientes a las comunidades indígenas, y
XI. La atención médica a los adultos mayores en áreas de salud geriátrica.
Ahora bien, en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, apartado México Incluyente, el objetivo 2.3 plantea: asegurar el acceso a los servicios de salud. Del mismo modo, el objetivo 2 del Programa Sectorial de Salud 2013-2018 establece: asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud con calidad, señalando el fortalecimiento e intercambio de información entre las instituciones del Sistema Nacional de Salud, a fin de conocer la demanda institucional de medicamentos, que comprende la selección, planeación, compra, almacenamiento, distribución, prescripción, dispensación, uso y surtido.
Asimismo, la siguiente tesis aislada del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación señala el entendido del abasto de medicamentos como servicio para la protección del derecho a la salud de cualquier persona:
Salud. El derecho a su protección, que como garantía individual consagra el artículo 4o. constitucional, comprende la recepción de medicamentos básicos para el tratamiento de las enfermedades y su suministro por las dependencias y entidades que prestan los servicios respectivos.
La Ley General de Salud, reglamentaria del derecho a la protección de la salud que consagra el artículo 4o., párrafo cuarto de la Carta Magna, establece en sus artículos 2o., 23, 24, fracción I, 27, fracciones III y VIII, 28, 29 y 33, fracción II, que el derecho a la protección de la salud tiene, entre otras finalidades, el disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfaga las necesidades de la población; que por servicios de salud se entienden las acciones dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad; que los servicios de salud se clasifican en tres tipos: de atención médica, de salud pública y de asistencia social; que son servicios básicos de salud, entre otros, los consistentes en: a) la atención médica, que comprende actividades preventivas, curativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias, definiéndose a las actividades curativas como aquellas que tienen como fin efectuar un diagnóstico temprano y proporcionar tratamiento oportuno; y b) la disponibilidad de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud para cuyo efecto habrá un cuadro básico de insumos del sector salud. Deriva de lo anterior, que se encuentra reconocido en la Ley General de Salud, reglamentaria del derecho a la protección de la salud, el que tal garantía comprende la recepción de los medicamentos básicos para el tratamiento de una enfermedad, como parte integrante del servicio básico de salud consistente en la atención médica, que en su actividad curativa significa el proporcionar un tratamiento oportuno al enfermo, lo que incluye, desde luego, la aplicación de los medicamentos básicos correspondientes conforme al cuadro básico de insumos del sector salud, sin que obste a lo anterior el que los medicamentos sean recientemente descubiertos y que existan otras enfermedades que merezcan igual o mayor atención por parte del sector salud, pues éstas son cuestiones ajenas al derecho del individuo de recibir los medicamentos básicos para el tratamiento de su enfermedad, como parte integrante del derecho a la protección de la salud que se encuentra consagrado como garantía individual, y del deber de proporcionarlos por parte de las dependencias y entidades que prestan los servicios respectivos.
No obstante lo anterior, y particularmente en zonas pobres y apartadas de nuestro país, el desabasto y escasez de recursos en las instituciones públicas de salud impiden que miles de mexicanos gocen de sus garantías relativas a la protección de la salud, situación que se ha hecho evidente durante los últimos años afectando a los pacientes, quienes dejan de recibir el medicamento prescrito e interrumpen su tratamiento, obligados a destinar recursos económicos a la compra de medicinas que, por derecho, deben recibir sin costo.
Además, se genera un notable deterioro en la eficacia de la política se salud pública, puesto que la recuperación del paciente no suele ser total, y el mismo tiende a recaer por el mismo padecimiento o similares, teniendo que recurrir posteriormente a la misma atención médica, con el concerniente doble gasto que esto implica, tanto para el paciente como para los servicios de salud.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud para que, en el ámbito de su competencia, comunique al Consejo de Salubridad General la necesidad de proveer los medicamentos e insumos médicos necesarios, de manera prioritaria, a las clínicas y centros de salud que atienden a núcleos poblacionales de muy alta marginación en el país, y a aquellos que atienden a los núcleos poblacionales que se encuentran más alejados geográficamente de los mismos, en cada entidad federativa.
Nota:
1 Suprema Corte de Justicia de la Nación. Salud. El derecho a su protección, que como garantía individual consagra el artículo 4o. constitucional, comprende la recepción de medicamentos básicos para el tratamiento de las enfermedades y su suministro por las dependencias y entidades que prestan los servicios respectivos. Novena Época. Registro: 192160. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XI. Marzo de 2000. Página 112.
Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a 24 de noviembre de dos mil quince. Diputado José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
RESPETEN LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS QUE ADUCEN UN INTERÉS JURÍDICO DE POSESIÓN O DE PROPIEDAD EN LOS INMUEBLES DONDE SE IMPLEMENTARÁ DICHO PROYECTO
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a respetar en la construcción del nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México los derechos de quienes aducen interés jurídico de posesión o propiedad sobre los inmuebles donde se implantará dicho proyecto, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Con motivo de su segundo Informe de Gobierno, el titular del Ejecutivo federal anunció la construcción del nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México.
Formalmente, el presidente de la República presentó con su gabinete y los titulares de los gobiernos del estado de México y del Distrito Federal el proyecto en el acto llamado Avances y retos del Plan Nacional de Infraestructura.
La versión oficial sobre el nuevo aeropuerto es que será construido en terrenos federales, a un costado de la actual terminal; en terrenos del ex lago de Texcoco, por lo que tendrá impacto en la zona oriente del valle de México de 300 kilómetros cuadrados, principalmente en Gustavo A. Madero y Venustiano Carranza, Distrito Federal; y Atenco, Chiautla, Chicoloapan, Chimalhuacán, Chiconcuac, Ecatepec, Nezahualcóyotl, Papalotla, Texcoco y Tezoyuca, México.
Costará 169 mil millones de pesos y será bajo un esquema mixto de recursos públicos y privados; correspondiendo a los primeros 98 mil millones y a los segundos 71 millones.
La primera etapa contará con 3 pistas de operación simultánea y capacidad para más de 50 millones de pasajeros al año, aunque en su etapa de máximo desarrollo tendrá 6 pistas y transportará a cerca de 120 millones de pasajeros al año, incrementando 4 veces la capacidad actual del aeropuerto de la Ciudad de México.
Desde luego que un proyecto de esta magnitud ha generado y seguirá generando oposición y críticas. Los habitantes aledaños a la zona, aseguran que la construcción y desarrollo del nuevo aeropuerto traerá más contaminación, impacto de ruido, la desaparición de las comunidades, falta de identidad, ruptura del tejido social y, quizá lo más crítico, pérdida de sus tierras y hogares; toda no se les paga lo justo, han sido objeto de despojo y no se les ha garantizado el derecho de audiencia aun cuando tienen el título de propietarios o aducen un derecho de posesión, ni se les ha garantizado el debido proceso.
Al respecto, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 14 y 16, es muy clara. El segundo párrafo del artículo 14 constitucional señala: Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho. Y el primer párrafo del artículo 16 de la Carta Magna refiere: Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Es necesario que en la construcción del nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México, a los habitantes que aducen un interés jurídico de posesión o de propiedad en los inmuebles donde se implantará dicho proyecto se respeten las garantías de seguridad jurídica de audiencia y del debido proceso.
Por otro lado, hay que señalar que en un esquema de subsidiariedad, el gobierno federal, en coordinación con los gobiernos del Distrito Federal y del estado de México, estableció un plan que abarca rubros desde lo urbano, ambiental, económico y social de una importante área de la metrópoli, por ejemplo: en materia hidráulica se pretende crear mil hectáreas de nuevas lagunas para triplicar la capacidad de regulación de la zona hasta 38 millones de metros cúbicos, reduciendo el riesgo de inundaciones, adicionalmente, se pondrían en marcha 24 plantas de tratamiento de agua para aumentar la capacidad de tratamiento disponible, y se entubarán 25 kilómetros de drenajes a cielo abierto; en materia ambiental se tiene pensado generar nuevas áreas verdes como el Bosque Metropolitano, que contará con 670 hectáreas; en materia de conectividad y movilidad, se dice que generarán nuevas obras y se promoverá una mayor movilidad a través del uso de transporte público; y en materia social, se pretende que el área que ocupa el actual aeropuerto se transforme en un espacio con escuelas, hospitales y espacios públicos.
En el Grupo Parlamentario del PRD estaremos atentos a que estos compromisos se cumplan, pero no sólo eso, sino que además se hagan en beneficio de la sociedad.
Pero lo importante por destacar con la información anterior es que este proyecto por sí mismo generará empleos directos e indirectos en el área territorial donde impactará. El gobernador del estado de México ha señalado que el costo de esta nueva terminal creará 600 mil fuentes de trabajo. El jefe del gobierno del Distrito Federal ha dicho que por cada millón de pasajeros, pueden generarse mil empleos directos y 5 mil indirectos.
Y dada la crítica situación económica del país, marcada por la inflación, el estancamiento económico, el desempleo y los precarios salarios, considero que en un acto de estricta justicia, la mayoría de las fuentes de empleo directas o indirectas que se generen con este proyecto, deberían ser ocupadas por los habitantes de las delegaciones del Distrito Federal y de los municipios del estado de México donde se implantará.
En virtud de lo anterior someto a consideración de esta asamblea los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo federal para que en la construcción del nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México respete las garantías de seguridad jurídica de audiencia y el debido proceso a las personas que aducen un interés jurídico de posesión o de propiedad en los inmuebles donde se implantará dicho proyecto.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo federal y al gobierno del estado de México para que la mayoría de las fuentes de empleo generadas directa o indirectamente con la construcción del nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México sean ocupadas por la población de Nezahualcóyotl (zona norte), Atenco, Chiautla, Chicoloapan, Chimalhuacán, Chiconcuac, Ecatepec, Papalotla, Texcoco y Tezoyuca.
Notas:
1 10 puntos clave sobre el nuevo aeropuerto, Forbes, 1 de enero de 2015. Disponible en http://www.forbes.com.mx/10-puntos-clave-sobre-el-nuevo-aeropuerto/ (Última consulta: 17 de noviembre de 2015,)
2 Nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México. Presentación del proyecto, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, página 22. Disponible en http://consulmex.sre.gob.mx/laredo/images/stories/docs/SCT/dan02416%20naicm-esp aol.pdf (Última consulta: 17 de noviembre de 2015.)
3 Ibídem, página 20.
4 Ibídem, página 2.
5 Ibídem, página 3.
6 10 puntos clave sobre el nuevo aeropuerto, obra citada.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado José Santiago López (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Transportes, para dictamen.
ESCLARECIMIENTO DEL ATAQUE DE QUE HA SIDO OBJETO LA REVISTA ELECTRÓNICA DESINFORMÉMONOS
«Proposición con punto de acuerdo, relativo al esclarecimiento del ataque de que ha sido objeto la revista electrónica Desinformémonos, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena
Juan Romero Tenorio, en mi calidad de diputado federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes
Consideraciones
Primera.Un nuevo atentado a periodistas a la libertad de expresión ha ocurrido en la Ciudad de México .
El jueves 19 de noviembre de 2015, la redacción de la revista electrónica Desinformémonos sufrió el robo de información del servidor, de todas las computadoras y los celulares que se encontraban en la oficina, hecho que fue calificado por Gloria Muñoz Ramírez, directora de la revista, como un ataque cibernético dirigido contra la revista, que se dedica a documentar las luchas populares y los movimientos sociales de México y el mundo.
El viernes 20 de noviembre de 2015 fue allanado el domicilio de la misma reportera, Gloria Muñoz Ramírez, autora de la columna Los de Abajo en La Jornada y coeditora del suplemento Ojarasca.
Sobre el allanamiento de su casa, indicó: Dejé bien cerrada la puerta y cuando llegué a las 20:30 horas la encontré abierta, pero no forzada. La ropa estaba sobre la cama, y aunque hubo robo de algunas pertenencias, dejaron objetos de valor que se encontraban a la vista. Sobre el tapete se distinguían pisadas de botas. Fue un registro de mi casa, quien además mencionó que no había allí computadoras ni otros dispositivos de almacenamiento. Los cajones del escritorio estaban abiertos y revueltos.
Tanto el domicilio de la periodista como la oficina de Desinformémonos se ubican en la colonia Roma de esta ciudad. En septiembre pasado también fue allanado el domicilio de la reportera Flor Goche, colaboradora de Desinformémonos, hecho que fue denunciado públicamente
Segunda. Este robo y allanamiento a la oficinas y casa de la periodista Gloria Muñoz Ramírez, se inscribe en contexto del reciente asesinato del periodista Rubén Espinosa Becerril, fotorreportero de AVC Noticias (medio de comunicación de Veracruz), de la revista de periodismo de investigación Proceso y de la agencia fotográfica Cuarto Oscuro, desapareció ocurrido a principios 2 de agosto la policía junto cuatro mujeres en un departamento de la colonia Narvarte. El fotoperiodista fue torturado antes de que lo asesinaran.
Asesinato en el que las autoridades de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal han sido incapaces de presentar ante la opinión pública una versión creíble, sustentada en pruebas, sobre el móvil de ese crimen
En esa ocasión la organización no gubernamental Reporteros sin Fronteras expreso su profunda indignación y su consternación por el asesinato de Rubén Espinosa Becerril. Por desgracia, el caso de este periodista ilustra la escalada de la violencia en el país, afirmó Emmanuel Colombié, responsable del Despacho Américas de RSF. Consciente de la gravedad de las amenazas que enfrentaba en Veracruz, Rubén Espinosa Becerril había decidido exiliarse en la ciudad de México, donde pensó podía refugiarse, ponerse a salvo. No obstante, se convirtió en el octavo periodista asesinado desde el inicio del año 2015. Ante este terrible balance, las autoridades mexicanas deben reaccionar, proteger verdaderamente a los periodistas y proporcionar a la justicia todos los medios necesarios para poner fin a la impunidad de los crímenes cometidos contra los actores de la información, añadió.
Según datos de Reporteros Sin Fronteras, desde el año 2000 han sido asesinados 88 periodistas en México. Cuando Enrique Peña Nieto realizó una visita oficial a París, con ocasión de desfile del 14 de julio, Reporteros Sin Fronteras hizo un llamado al presidente mexicano para que cumpliera sus compromisos de forma firme, a fin de garantizar la seguridad de los periodistas y fortalecer la libertad de información en el país.
Tercera. México ocupa el lugar 148, entre 180 países, en la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa publicada por Reporteros Sin Fronteras en febrero de 2015.
México es uno de los países más peligrosos del mundo para los periodistas; donde las amenazas y los asesinatos a manos del crimen organizado e incluso de las autoridades corruptas, son cosa de todos los días. Este clima de miedo, junto con la impunidad que prevalece, genera autocensura, perjudicial para la libertad de expresión y el derecho a la información.
En México en la última década han sido asesinados más de 80 periodistas y 17 han desaparecido. Asimismo, ciertos medios de comunicación frecuentemente son blanco de ataques armados y de amenazas, en especial en el norte del país.
Las intimidaciones también provienen de las autoridades federales y estatales. A tales hechos se suma el que en 2013 el gobierno federal habría establecido un acuerdo con algunos gobiernos estatales para que no se divulgue información sobre hechos de violencia, con el objetivo de reducir el sentimiento de inseguridad general.
La impunidad sigue siendo la regla en la inmensa mayoría de los casos de asesinato y de desapariciones. Las investigaciones con frecuencia se cierran de prisa o se frenan debido a la lentitud burocrática. La impunidad también se explica por la colusión entre el crimen organizado y las autoridades políticas y administrativas, a menudo corruptas y en las que incluso se han infiltrado los cárteles, a todos los niveles.
Este clima de violencia e impunidad ha obligado a numerosos periodistas a exiliarse para huir de las amenazas que enfrentan ellos y, con frecuencia, sus familias. Numerosos medios de comunicación han renunciado a abordar el tema del narcotráfico por temor a represalias violentas, de allí un clima de autocensura perjudicial para la libertad de información. Las redes sociales se han convertido en ocasiones en las únicas fuentes de información sobre los estragos ligados a los cárteles de la droga, que no dudan en tomar como blanco a los blogueros que intentan romper la espiral de silencio.
En el plano jurídico, la creación de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Contra la Libertad de Expresión en febrero de 2006no no ha mostrado resultados tangibles. Desde entonces, sólo se ha dado como resultado una condena. En 2012 el Senado de la República aprobó una reforma constitucional que permitía a las autoridades federales atraer bajo su jurisdicción los crímenes y delitos que atentan contra la libertad de informar o el ejercicio del periodismo. Esta reforma permitió la creación del Mecanismo para la Protección de Periodistas y de defensores de los derechos humanos, que sigue siendo criticado por sus deficiencias.
Cuarta. Al respecto cabe recordar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos aprobó la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión durante su 108° período ordinario de sesiones en octubre del año 2000. Dicha declaración, constituye un documento fundamental para la interpretación del Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Su aprobación no sólo es un reconocimiento a la importancia de la protección de la libertad de expresión en las Américas sino que además incorpora al sistema interamericano los estándares internacionales para una defensa más efectiva del ejercicio de este derecho.
La CIDH adoptó este documento con plena conciencia de que la consolidación y desarrollo de la democracia dependen de la libertad de expresión y convencida de que cuando se obstaculiza el libre debate de ideas y opiniones se limita la libertad de expresión y el efectivo desarrollo del proceso democrático.
Debido a la trascendencia de estos principios en el desarrollo del respeto a la libertad de expresión, se presenta a continuación una interpretación sobre los principios enunciados en la Declaración. En ella se establecieron entre otros puntos los siguientes:
Principio 1
La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática.
El respeto y protección de la libertad de expresión adquiere una función primordial, ya que sin ella es imposible que se desarrollen todos los elementos para el fortalecimiento democrático y el respeto a los derechos humanos. El derecho y respeto de la libertad de expresión se erige como instrumento que permite el intercambio libre de ideas y funciona como ente fortalecedor de los procesos democráticos, a la vez que da otorga a la ciudadanía una herramienta básica de participación. Asimismo, a través de los comunicadores sociales, la ciudadanía adquiere el poder de participar y/o controlar el desempeño de las acciones de los funcionarios públicos. Como ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos:
La libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública y para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada. Es por eso que, es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada, no es plenamente libre. La libertad de expresión es por lo tanto no sólo un derecho de los individuos sino de la sociedad misma. [15]
Asimismo, es importante destacar que la declaración hace referencia a la libertad de expresión en todas sus formas y manifestaciones. La libertad de expresión no es un derecho limitado a los comunicadores sociales o a aquellas personas que ejercen este derecho a través de los medios de comunicación. El derecho a la libertad de expresión abarca las expresiones artísticas, culturales, sociales, religiosas, políticas o cualquier otra índole.
Principio 2
Toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones libremente en los términos que estipula el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Todas las personas deben contar con igualdad de oportunidades para recibir, buscar e impartir información por cualquier medio de comunicación sin discriminación, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que los Estados miembros deben eliminar las medidas que discriminen a los individuos de una participación plena en la vida política, económica, pública y social de su país. La Convención Americana sobre Derechos Humanos consagra el derecho de las personas a la no-discriminación como pilares básicos en el fortalecimiento y funcionamiento de los sistemas democráticos del hemisferio. La Carta de la OEA en sus artículos 33 y 44 establece:
La igualdad de oportunidades, la distribución equitativa de la riqueza y el ingreso, así como la plena participación de sus pueblos en las decisiones relativas a su propio desarrollo son, entre otros, objetivos básicos del desarrollo integral y fomenta la incorporación y creciente participación de los sectores marginales de la población, tanto del campo como la ciudad, en la vida económica, social, cívica, cultural y política de la nación, a fin de lograr la plena integración de la comunidad nacional, el aceleramiento del proceso de movilidad social y la consolidación del sistema democrático.
La falta de participación equitativa impide el desarrollo amplio de sociedades democráticas y pluralistas, exacerbando la intolerancia y la discriminación. La inclusión de todos los sectores de la sociedad en los procesos de comunicación, decisión y desarrollo es fundamental para que sus necesidades, opiniones e intereses sean contemplados en el diseño de políticas y en la toma de decisiones. En este sentido, la Corte Interamericana expresó que:
Dentro de una sociedad democrática es necesario que se garanticen las mayores posibilidades de circulación de noticias, ideas, opiniones, así como el más amplio acceso a la información por parte de la sociedad en su conjunto. Tal como está concebido en la Convención Americana, es necesario que se respete escrupulosamente el derecho de cada ser humano de expresarse libremente y el de la sociedad en su conjunto de recibir información.
Por tanto y con fundamento en lo expresado así como en las disposiciones invocadas en el proemio, se propone como de urgente u obvia resolución el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para que esclarezcan el ataque de que ha sido objeto la revista electrónica Desinformémonos, a través de una investigación imparcial, independiente y a profundidad que permita encontrar a los autores materiales e intelectuales de este crimen y así mismo brinde todas las condiciones de seguridad personal a los colaboradores de esa revista en general y reportera Gloria Muñoz Ramírez en particular, y a la Procuraduría General de la República para que en su caso atraiga el caso y lo ponga bajo el encargo de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Contra la Libertad de Expresión.
Notas:
1 Periódico La Jornada, sábado 21 de noviembre de 2015, p. 35.
2 Ídem
3 Reporteros Sin Fronteras. Publicado el lunes 3 de agosto de 2015 https://es.rsf.org/ https://es.rsf.org/mexico-encuentran-asesinado-en-el-df-a-03-08-2015,48188.html
4 Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=26&lID=2
5 Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=26&lID=2
6 Ibídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado Juan Romero Tenorio (rúbrica).»
Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.
EVALÚE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL INGENIO AZUCARERO TAMALUZA, UBICADO EN EL ESTADO DE JALISCO
«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la Segob que evalúe la situación del ingenio azucarero Tamazula, en Jalisco, a cargo del diputado J. Jesús Zúñiga Mendoza, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, diputado J. Jesús Zúñiga Mendoza, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, y miembro del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo el tenor de las siguientes
Consideraciones
Las crisis recurrentes de la agroindustria azucarera, requieren de la intervención inmediata de todos los involucrados en el sector: gobierno federal, gobiernos estatales, Poder Legislativo, productores de caña, obreros e industriales.
El campo cañero y, en general el campo mexicano sufre abandono y mucha pobreza, cuando paradójicamente es generador de enorme riqueza, según el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, dos de cada tres mexicanos del medio rural viven en pobreza extrema, y uno de cada tres, tienen un ingreso por debajo de la línea del bienestar mínimo.
En este contexto, como es sabido, la agroindustria azucarera tenia y lo sigue haciendo, un impacto significativo en la economía de la población rural en México, cuya producción asciende a 54 millones de toneladas de caña de azúcar que corresponden a una producción de 5.9 millones de toneladas de azúcar, cuyo valor en el mercado es de, aproximadamente 49,000 millones de pesos.
Resalto que, en cada una de las regiones del país donde existe un ingenio, esta agroindustria representa una fuente laboral y económica indispensable en el desarrollo de la región.
En México, existen 13 grupos azucareros, dentro de los cuales se encuentra el Grupo Sáenz, al cual me referiré en lo sucesivo, y quien es el dueño de 3 ingenios en el país, Aarón Sáenz García y el Mante en el estado de Tamaulipas y, el ingenio Tamazula en el estado de Jalisco, cuya participación en el mercado es de 6.35 por ciento del total del azúcar nacional.
En honor a la verdad, este Grupo que se encuentra en actividad desde hace más de 70 años y constantemente es una empresa que, en promedio, genera más ingresos que la mayoría de las empresas de refinación de azúcar de caña, no presentaba problemas en la relación productor-industrial hasta la zafra 2013/2014, momento en el cual, estas características cambiaron drásticamente.
Este antecedente del buen manejo del Grupo, generaba un clima de confianza en torno a que esta situación sería algo temporal, pero los acontecimientos y circunstancias de los últimos meses mostraron todo lo contrario.
Lo que siguió, fueron una serie de irregularidades en la relación con el cañero y en especial, en lo referente al pago de la caña de azúcar, situación que se repitió durante la zafra 2014/2015 con la falta de pago en liquidaciones finales, de forma muy grave en retenciones para pago a terceros, así como el pago pendiente del ajuste final al precio de la caña en la misma zafra.
Al día de hoy, y derivado de los repetidos y constantes desencuentros con los industriales por el incumplimiento de acuerdos y plazos para el pago de la caña de azúcar, los abastecedores del ingenio Tamazula en el estado de Jalisco, han decidido tomar las instalaciones de dicha factoría.
El asunto no es algo menor, se tiene registro de un adeudo del industrial con los cañeros cenecistas por 86 millones de pesos, solo por el concepto de liquidación final de la zafra 2014/2015 y de 71.5 millones de pesos por concepto de pago pendiente del ajuste final al precio de la caña de azúcar, asimismo, un adeudo por más de 160 millones de pesos con otras organizaciones.
Finalmente, el artículo 118 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, prevé la forma de dar tratamiento a las controversias de esta naturaleza, en procedimiento conciliatorio o en procedimiento arbitral, a través de la Junta Permanente, la cual no ha sido instalada por la Secretaría correspondiente.
Señores legisladores, considero oportuno que se tomen cartas en el asunto para evitar que este conflicto se desborde y se continúe afectando la economía de las familias cañeras. Debemos defender al productor y al campo mexicano.
México debe entender la lección: sólo es genuinamente soberana, aquella nación que produce lo que come.
Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar ante esta soberanía, el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. Se solicita a la Secretaría de Gobernación, conforme a sus atribuciones, evalúe la situación que guarda el ingenio azucarero Tamazula, ubicado en el municipio del mismo nombre, en el estado de Jalisco, a efecto de que establezcan una mesa de diálogo entre los empresarios y los productores para que se respeten los derechos sociales, económicos y laborales de los cañeros, a la brevedad posible.
Segundo.Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que implemente los mecanismos que permitan el desarrollo sustentable de la caña de azúcar, proporcionando el auxilio y los apoyos que establece la ley de la materia.
Tercero.Se solicita al gobierno federal y al gobierno del estado de Jalisco que a la brevedad implementen las acciones necesarias a efecto de que los dueños del ingenio Tamazula realicen los pagos a los productores de caña de azúcar.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado J. Jesús Zúñiga Mendoza (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
GARANTICEN Y RESPETEN LA LABOR DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como a los gobiernos de las entidades federativas y del DF, a garantizar y respetar la labor de los defensores de derechos humanos, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. La Declaración de Naciones Unidas sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidas, establece en el artículo 1o. que
Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos en los planos nacional e internacional
2. La Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, declara que el criterio identificador de quien debe ser considerado defensor o defensora de derechos humanos es la actividad desarrollada por la persona y no otras calidades, por ejemplo, si ésta recibe un pago o no por sus labores o si pertenece a una organización civil o no.
3. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ha señalado que la labor de las defensoras y defensores de derechos humanos es una actividad legítima que coadyuva con una obligación esencial de los estados y por tanto genera en ellos obligaciones especiales de protección respecto de quienes se dedican a promover y proteger tales derechos, y la estima fundamental para la implementación universal de estos derechos, así como también en la existencia plena de la democracia y el estado constitucional de derecho.
4. La Declaración sobre Defensores de la ONU indica diversas medidas que los estados deben adoptar para permitir y no obstaculizar el ejercicio de las actividades de defensa y promoción de los derechos humanos.
5. Derivado de lo anterior, se adoptó en nuestro país el Acuerdo por el que se establecen las bases del mecanismo de protección de defensoras y defensores de los derechos humanos a partir de la instrumentación de acciones coordinadas que en el ámbito de sus atribuciones, desarrollarán la Secretaría de Gobernación, las dependencias y entidades de la administración pública federal, y la Procuraduría General de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 7 de julio de 2011 establece en su artículo primero lo siguiente:
La Secretaría de Gobernación por conducto del secretario, del subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos y, en su caso, del titular de la Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, dictará las medidas administrativas necesarias para la protección de las defensoras y los defensores de los derechos humanos ante una situación de riesgo, amenaza o vulnerabilidad, a fin de que las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como la Procuraduría General de la República, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, lleven a cabo las acciones que de cada una se requiera para salvaguardar de manera inmediata y efectiva su vida e integridad personal, así como la labor de defensa que despliegan a favor de tales derechos y libertades fundamentales.
6. Por su parte, la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas publicada en 2012 tiene por objeto establecer la cooperación entre la federación y las entidades federativas para implementar y operar las medidas de prevención, medidas preventivas y medidas urgentes de protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.
7. Sin embargo, el panorama en México no refleja la aplicación de la ley anterior, situación que se refleja en el segundo Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en las Américas, el cual señala que cuando se pretende silenciar e inhibir la labor de las defensoras y defensores se niega a su vez a miles de personas la oportunidad de obtener justicia por violaciones a sus derechos humanos. Poniendo en grave riesgo la labor de protección y promoción de los derechos humanos, la verificación social del correcto funcionamiento de las instituciones públicas, el acompañamiento y apoyo judicial de víctimas de violaciones de derechos humanos, entre otras tareas.
8. Representantes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de Amnistía Internacional (AI) han señalado que en México son las familias quienes están impulsando la defensa de los derechos humanos, por lo que es importante reconocer esta labor y garantizar su seguridad atacando la impunidad sobre todo en un contexto marcado por la constante intimidación a éstos por actores tanto estatales como no estatales.
9. Entre los casos actuales de violación de los derechos humanos de las y los defensores de derechos humanos, podemos resaltar el particular de Nestora Salgado, coordinadora de la Policía Comunitaria de Olinalá, Guerrero; detenida el 21 de agosto de 2013 por soldados del Ejército y de la Marina, y trasladada al Penal Federal de Tepic; acusada de secuestro por una acción en el desempeño de su cargo, reconocido por el gobierno estatal; sin embargo Nestora sigue privada de su libertad.
10. Los casos de violencia y vulneración de sus derechos que atentan contra la integridad y vida de las defensoras y defensores de derechos humanos se cristalizan en amenazas, hostigamientos, agresiones, desapariciones, riesgos y asesinatos. La progresión de agresiones en contra de las defensoras y defensores de derechos humanos y los casos no atendidos son reflejo de una realidad que lacera la vida diaria de todas y todos los mexicanos y deja expuesta la cultura de impunidad y de nulo acceso a la justicia.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como a los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal para que garanticen y respeten la labor de personas defensoras de derechos humanos y atiendan las obligaciones establecidas en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
CONMEMORAR EL DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno a conmemorar el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, Laura Nereida Plascencia Pacheco, diputada federal de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En México desde el 17 de octubre de 1953, la mujer mexicana ha logrado un avance inédito en la lucha por sus derechos humanos, civiles y políticos, es así que desde hace 62 años las mexicanas hemos conquistado el derecho a ser partícipes en las decisiones políticas que marcan el rumbo de nuestra gran nación. Es por esta lucha que la actual legislatura de la H. Cámara de Diputados integra a 211 diputadas, lo que representa el 42.4% del total de los legisladores con que cuenta dicha Cámara, por lo que podemos decir que las más de 57 millones de mujeres mexicanas están representadas con paridad.
A pesar de este gran logro, existen temas pendientes que no han favorecido el avance social en materia de igualdad de género en México, tales como la violencia y desigualdad histórica que han padecido las mujeres mexicanas.
Según la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, se entiende por violencia contra la mujer todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.
La violencia en contra de las mujeres es un problema de grandes dimensiones y graves consecuencias para toda la sociedad, pero, antes que nada, para las mismas mujeres que la sufren. Según un estudio realizado por el Banco Mundial, las mujeres pierden 9 años y medio de vida saludable, en promedio mundial, por causa de la violación y la violencia doméstica. Esto significa que a nivel mundial, estas formas de violencia en contra de las mujeres, que no son las únicas, tienen efectos más negativos sobre la salud de las mujeres que todas las formas de cáncer (9 años), los accidentes de tránsito (4.2 años), las guerras (2.7 años) y la malaria (2.3 años).
Este fenómeno es un problema que no tiene fácil solución, y que debe ser abordado desde múltiples perspectivas que en ella convergen, como lo son las sociales, culturales, económicas, jurídicas y psicológicas, entre otras, para incidir en el logro de la erradicación de este flagelo que lastima a nuestra sociedad. Dicha violencia constituye un obstáculo para el logro de la igualdad, el desarrollo y la paz, como se reconoce en las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer y la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, en las que se recomendó un conjunto de medidas integrales encaminadas a prevenir y eliminar la violencia contra la mujer, y también para la plena aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Es un deber señalar que la violencia dirigida en contra de la mujer se agrava cuando ésta pertenece a minorías, es decir; cuando son mujeres indígenas, refugiadas, migrantes, indigentes, con discapacidad, las niñas, las recluidas en diversas instituciones como penitenciarias, psiquiátricas y médicas, las mujeres que viven en comunidades rurales o remotas, las ancianas y las mujeres en situaciones de conflicto armado.
Debido a esta situación de vulnerabilidad respecto de la violencia, las mujeres y las niñas no pueden acceder plenamente al ejercicio de sus derechos humanos ni sus libertades fundamentales por lo que su desarrollo se ve comprometido.
En este contexto histórico la Organización de las Naciones Unidas ha hecho progresos importantes en la lucha por la erradicación de la violencia en contra de la mujer, misma que se ha plasmado en diversos documentos vinculantes para los países miembros como: la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
Es así que el 17 de noviembre de 1999 la Organización de las Naciones Unidas en su resolución número 54/134 acordó designar el 25 de noviembre de cada año como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, como una forma de conmemorar y denunciar la violencia que sufre la mujer en todos los ámbitos, esta fecha fue elegida como conmemoración del brutal asesinato, (ordenado en 1960 por el entonces Dictador Rafael Leónidas Trujillo), de las tres hermanas Mirabal: Patria Mirabal Reyes, Minerva Mirabal Reyes, y María Teresa Mirabal Reyes, activistas del movimiento insurgente que surgió en la Republica Dominicana.
En nuestro país el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (Banavim) contabiliza desde el 28 de abril de 2008 y hasta este momento 118, 843 casos registrados de violencia contra la mujer, un número que aumenta minuto a minuto.
El fenómeno de la violencia en contra de la mujer es una violación a los derechos humanos, que está anclada en la construcción vertical y jerarquizada de la sociedad, donde la diferencia siempre ha implicado desigualdad en detrimento de las mujeres, en virtud de ello es necesario tomar conciencia, para que el Estado mexicano emprenda las acciones necesarias para lograr erradicar la violencia en contra de las mujeres.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a todos los Congresos Locales, Gobiernos estatales, Municipales, al Jefe de Gobierno del distrito federal y los 16 Jefes Delegacionales, a unirse para conmemorar el día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer, así como para emprender las acciones necesarias para asegurar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, tales como políticas públicas orientadas para la prevención, atención y erradicación de la violencia y los protocolos necesarios que aseguren el acceso a la justicia de las mujeres que han sufrido violencia en cualquiera de sus manifestaciones.
Notas:
1 http://sitl.diputados.gob.mx/LXIII_leg/cuadro_genero.php
2 http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/ mujeresyhombres.aspx?tema=P
3 Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Disponible en:
http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/ ViolenceAgainstWomen.aspx
4 Datos tomados del Banco Mundial, 2003, disponible en http://datos.bancomundial.org/
5 Informe de la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluación de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, Nairobi, 15 a 26 de julio de 1985 (publicación de las Naciones Unidas. Disponible en: http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/RES/54/134
6 Disponible en
http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/RES/54/134
7 Disponible en http://www.mujereslibresdeviolencia.gob.mx/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica)
Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
IMPLEMENTE UN PROGRAMA EN MATERIA DE COMBATE A LA VENTA DE PRODUCTOS DE TABACO ILEGAL EN EL PAÍS
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco a implantar un programa contra la venta de productos de tabaco ilegales en el país, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, diputado federal Waldo Fernández González, integrante de la LXIII Legislatura y del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a su consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pasado 3 de noviembre del presente como parte de las acciones de la Mesa de combate a la Ilegalidad el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris), la Procuraduría General de la República (PGR), la Comisión Nacional Contra las Adicciones (Conadic), se inició la destrucción de 46 millones 56 mil 970 cigarros en la aduana de Pantaco, en la Ciudad de México.
En este evento, el doctor Manuel Mondragón y Kalb, comisionado nacional contra las Adicciones, manifestó con preocupación el aumento de la incidencia de tabaco ilegal y con más preocupación la disminución de la edad de inicio en tabaco. Es el tabaco apócrifo el que pretende inundar nuestro país. Tabaco que por lo regular es consumido por los niños y adolescentes, porque el costo de este tabaco apócrifo es muy bajo. Este tabaco lo que menos tiene es tabaco, está lleno de arcilla, madera, cantidades altas de plomo arsénico, una serie de materiales que dañan profundamente cualquier organismo.
La Cofepris, a través del comisionado Mikel Arriola manifestó que la protección a la salud como mandato constitucional, orienta las acciones coordinadas de combate a la ilegalidad. El consumo de tabaco ilegal agudiza los riesgos a la salud, ya que estos productos no cuentan con certificados de buenas prácticas de manufactura, lo que impide controlar la cantidad y calidad de las sustancias que contienen estos productos. El combate a la ilegalidad es una muestra del cumplimiento de México al Convenio Marco para el Control al Tabaco.
Jefe del SAT, Aristóteles Núñez Sánchez, confirmó que sumando esa destrucción que se llevó a cabo, entre 2013 y 2015 fueron destruidos un total de más de 229.8 millones de piezas. El funcionario reconoció que las destrucciones que se han llevado a cabo son todavía muy pocas respecto de lo que se está ingresando, el 17 por ciento del mercado del cigarro que se consume en México tiene un origen ilícito; por lo que todavía existe una gran deuda con la población mexicana respecto a este tema.
El incremento al impuesto especial sobre producción y servicios sobre tabacos ha motivado la demanda de estos productos ilegales. Al año el SAT deja de recaudar por cigarros apócrifos 5 mil 800 millones de pesos.
De acuerdo con datos de Cofepris en este sexenio confirmo se han triplicado los operativos de vigilancia sanitaria, al pasar de 22 a 66 y se han decomisado grandes cargamentos de tabaco ilegal en Baja California, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, estado de México, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora y en el Distrito Federal. Se han emitido 360 suspensiones a establecimientos, donde se detectó la venta de este producto ilegal. En México seguirá siendo una prioridad eliminar el tabaco ilegal en el país. De acuerdo a la Cofepris actualmente existen en México más de 260 marcas de productos ilegales de tabaco en el país, conforme a las alertas sanitarias emitidas desde 2012.
El 17 por ciento del total de cigarrillos que se consumen en el país es ilegal y provienen de China, India y Vietnam. El mercado ilícito alcanzó un tamaño relevante en los últimos años, generando un daño al gobierno, consumidores, fabricantes y comerciantes legítimos. Esto al evadir impuestos, desestabiliza mercados y engaña a los consumidores.
Reconocemos el esfuerzo del SAT, PGR, Cofepris y Conadic, y exhortamos a través de esta soberanía a redoblar los esfuerzos sobre el tema. Estás acciones que se han realizado buscan evitar el ingreso del tabaco ilícito al país, sin embargo hay que combatir el tabaco ilícito que se encuentra ingresado en el país, en tiendas tradicionales y en muchos establecimientos mercantiles. Es ahí donde solicitamos la intervención de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), para llevar a cabo un programa en materia de combate a la venta de tabaco ilícito en el país, de acuerdo a sus facultades. Exhortamos a que la Profeco de manera conjunta con las demás autoridades participe activamente en la lucha contra la venta del tabaco ilícito en el país.
La Profeco posee facultades de revisión en los establecimientos mercantiles, las cuales debe ejercer para colaborar con todas las autoridades en la lucha contra el comercio de tabaco ilícito.
En el Grupo Parlamentario del PRD, reconocemos las acciones que el gobierno federal a través del SAT, PGR, Cofepris y Conadic ha implementado a través de la Mesa de Combate a la Ilegalidad para el combate del mercado ilícito de tabaco en el país, conscientes del impacto directo que estos productos tienen en la salud pública. Sin embargo, es imperativo señalar que estos esfuerzos deben continuar y que se debe proteger directamente al consumidor, a través de la revisión a los comercios, mediante la intervención directa de la Profeco.
En virtud de lo antes expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor para que ejerza sus facultades, implemente un programa en materia de combate a la venta de productos de tabaco ilegal en el país.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015 Diputado Waldo Fernández González (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.
ADHESIÓN DEL ESTADO MEXICANO A LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la adhesión del Estado mexicano a la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, suscrita por los diputados Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Jorge Carlos Ramírez Marín, Yolanda de la Torre Valdez y César Camacho Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRI
Las y los que suscriben, Yolanda de la Torre Valdez, César Camacho Quiroz, Jorge Carlos Ramírez Marín, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Edith Anabel Alvarado Varela, Yarith Tannos Cruz, José Alfredo Torres Huitrón, María Guadalupe Oyervidez Valdez, Fabiola Guerrero Aguilar; María Monserrath Sobreyra Santos, María Isabel Maya Pineda, María Angélica Mondragón Orozco y Manuel Vallejo Barragán; diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura Federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 numeral 1, fracción I, en el artículo 79 numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta honorable soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. El 15 de junio del año en curso en la ciudad de Washington, DC, la Organización de los Estados Americanos, promulgó el documento titulado Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos de la Persona Mayor. Con las firmas de los países hermanos de: Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica y Uruguay, este instrumento internacional pionero en los derechos humanos de las personas adultas mayores, reconoce la diversidad de dificultades que enfrentan las personas mayores de 60 años en el Continente, donde convergen economías altamente desarrolladas y poblaciones en pobreza extrema, pero que en ambos polos de desarrollo, este grupo social se encuentra en vulnerabilidad respecto a otros grupos sociales clasificados por edad.
En el caso particular de nuestro país, el Gobierno ha venido desarrollando diversas políticas públicas, con el objetivo de garantizar el acceso en plenitud a todos los Derechos Humanos, consagrados en la Constitución y en los Tratados Internacionales. El 25 de Junio de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se promulga la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, la cual tiene como objetivo, garantizar los derechos de este grupo social, a través de la definición de la política pública en materia, los principios y responsabilidades que la administración pública federal, las entidades y los municipios deberán observar para el cumplimiento del objetivo de la Ley, así como el marco normativo del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
La política pública en materia durante la administración del Presidente Enrique Peña Nieto, ha desarrollado programas en beneficio directo hacia este colectivo social, concentradas dentro del Programa de Inclusión Social Prospera, que opera tres acciones específicas en materia, en primer lugar la Pensión Universal para Adultos Mayores, en cumplimiento al compromiso de campaña firmado por el Lic. Enrique Peña Nieto, el cual tiene por objetivo, Contribuir a dotar de esquemas de seguridad social que protejan el bienestar socioeconómico de la población en situación de carencia o pobreza mediante el aseguramiento de un ingreso mínimo, así? como la entrega de apoyos de protección social, a personas de 65 años de edad en adelante que no reciban una pensión o jubilación de tipo contributivo superior a la línea de bienestar mínimo; en segundo lugar se ha implementado el Programa de Comedores Comunitarios el cual tiene como objetivo ...desarrollar, fortalecer y consolidar una estrategia de atención alimentaria y nutricional, proporcionando alimentos nutritivos de calidad y cantidad suficientes, a grupos poblacionales con problemas de desnutrición, en riesgo de padecerla y en inseguridad alimentaria, a partir del fomento de la participación comunitaria, y con ello, contribuir a abatir la carencia por acceso a la alimentación, objetivo de la Cruzada contra el Hambre., finalmente se encuentra en operación el programa denominado Vinculación productiva de las personas adultas mayores, cuya misión es sensibilizar a los empresarios y prestadores de servicios para ofrecer puestos de trabajo, con prestaciones de Ley, a personas mayores de 60 años.
El gobierno federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, en coordinación con el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, realizan acciones afirmativas, para combatir los rezagos y empoderar plenamente a este grupo social, brindando servicios como educación continua, asesoría jurídica, protección contra la violencia, la discriminación y el abandono, recreación a través de la cultura y el deporte, entre otros.
De esta forma el Estado mexicano genera acciones puntuales para combatir los rezagos y solventar los requerimientos mínimos de las Personas Adultas Mayores, en una clara línea hacia su empoderamiento progresivo.
2. En relación al asunto que nos ocupa, el derecho internacional y el derecho interno, mantienen una relación jerárquica perfectamente establecida en la Constitución, señalando como base el artículo 133, en cuyo texto se lee:
Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los estados.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió el 3 de septiembre de 2011, a posterioridad de la reforma constitucional al artículo 1o. de junio del mismo año, que cuando se tratare de Tratados Internacionales relativos a Derechos Humanos, se encuentran en el mismo nivel de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Contradicción de Tesis 293/2011, se cita lo siguiente:
Tratados internacionales. Cuando los conflictos se susciten en relación con derechos humanos, deben ubicarse a nivel de la Constitución. Los tratados o convenciones suscritos por el Estado mexicano relativos a derechos humanos, deben ubicarse a nivel de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque dichos instrumentos internacionales se conciben como una extensión de lo previsto en esa ley fundamental respecto a los derechos humanos, en tanto que constituyen la razón y el objeto de las instituciones. Por lo que los principios que conforman el derecho subjetivo público, deben adecuarse a las diversas finalidades de los medios de defensa que prevé? la propia Constitución y de acuerdo con su artículo 133 las autoridades mexicanas deben respetarlos, por lo que bajo ninguna circunstancia pueden ser ignorados por ellos al actuar de acuerdo a su ámbito competencial.
Respecto a la celebración y trámite de los tratados internacionales, la Constitución define las competencias relativas para su aceptación e incorporación al derecho interno. Primeramente se cita la fracción X del artículo 89, en cuyo texto se lee:
Artículo 89.Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:
I. a IX. ...
X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;
En correlación el Senado de la Republica adquiere las siguientes atribuciones, bajo el mandato de la Fracción I del Artículo 76, que se cita a continuación:
Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:
I.Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales que el Presidente de la República y el Secretario del Despacho correspondiente rindan al Congreso.
Además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el Ejecutivo federal suscriba, así como su decisión de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos;
Asimismo, el artículo 15 constitucional, expresa explícitamente la prohibición del Presidente o del Senado a suscribir tratados que atenten en contra de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados previamente incorporados al derecho interno.
Artículo 15. No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos; ni de convenios o tratados en virtud de los que se alteren los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Finalmente el artículo 117, prohíbe explícitamente la celebración de tratados internacionales por parte de los Estados que conforman la Unión al carecer estos de personalidad jurídica para celebrar convenios en el Derecho Internacional.
Artículo 117. Los Estados no pueden, en ningún caso:
I. Celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado ni con las potencias extranjeras.
De esta forma se establece que solamente el presidente de la República y el Senado guardan atribuciones específicas para la celebración, ratificación y promulgación de tratados internacionales. Es por lo considerado en este punto que se fundala presente proposición con punto de acuerdo.
3. Las personas adultas mayores representan el 6.3 por ciento de la Población según datos del Inegi, contenidos en el censo de Población y Vivienda del 2010, aproximadamente 7.4 millones de personas son adultas mayores. Al interior de este grupo poblacional las mujeres representan el 60 por ciento, esta medición toma como base la edad de ingreso en 65 años.
Sin embargo, existe un fenómeno conocido como Índice de Envejecimiento, que expresa la relación entre las personas adultas mayores y la cantidad de jóvenes. Este dato es relevante en materia de población pues de él se toman decisiones presupuestales en materia de salud, educación, productividad, empleo, etc., debido a que establece un factor proporcional entre las personas en la población económicamente activa, la población que demanda servicios y derechos y la población que está próxima a incorporarse a alguna de las dos anteriores.
El índice de envejecimiento en el año de 2010 fue de 21 personas adultas mayores (de 60 años o más), por cada 100 niños y jóvenes (menores a 14 años). En el año de 1990 este indicador estadístico se ubicó en 16/100. Es decir, en 10 años la población adulta mayor en México se duplicó, algunas estimaciones ubican a este factor en 26/100 en el año de 2050, (Cepal). La simple evidencia estadística, nos permite establecer que es necesario atender desde el día de hoy, a la minoría vulnerable más numerosa, que representará en 2020 el 8.5 de la población
Adicionalmente, para comprender este dato y su alcance debemos considerar que la esperanza de vida en México ha aumentado, en el año de 2014 la esperanza de vida se ubicaba en 75 años (Inegi); La esperanza por género se concentra de la siguiente manera, 72 años para los varones y 77 años para mujeres. Más aún, si se hace un detallado análisis de este indicador dentro de la población adulta mayor, se encuentra que la esperanza de vida de las personas adultas mayores también ha aumentado, es decir, no solamente las y los mexicanos aspiran a vivir más, sino que las personas que alcanzan la edad de 65 o más años, también han aumentado su esperanza de vida. Por lo que la población en edad avanzada continuará creciendo, aumentando proporcionalmente la variable del índice de envejecimiento.
La situación de las personas adultas mayores, respecto al ejercicio de los Derechos Humanos refleja una diversidad de retos importantes, según datos del Inegi en el documento titulado Los Adultos Mayores en México, en el año 2000, el 30 por ciento de la población adulta mayor del país era analfabeta, y aproximadamente el 4 por ciento tenía estudios profesionales, en una sociedad donde las habilidades laborales adquiridas en base a el aprendizaje de competencias deja en una clara desventaja, a este sector poblacional para obtener un empleo formal remunerado.
Según datos obtenidos en 2004 por el Inegi, la participación económica de las Personas Adultas Mayores, no superaba el 36 por ciento, al evaluar este dato por género, se cuenta que los hombres mantenían el 56 por ciento de la participación económica y las mujeres solo el 19 por ciento. Es decir 56 de cada 100 hombres mayores de 60 años aún tenían un empleo remunerado formal.
Para comprender la gravedad de este dato, 64 de cada 100 adultos mayores en México, no participa en el desarrollo económico, lo cual produce que deban vivir de la dependencia de otros sectores poblacionales más jóvenes, que aún los superan en número, pero como se ha expuesto anteriormente, el envejecimiento poblacional incrementará el número de dependientes económicos y disminuirá las personas insertas en el desarrollo.
En el Diagnóstico del Programa Pensión para Adultos Mayores, elaborado por la Secretaría de Desarrollo Social, se obtiene el dato que, en el año de 2010, 5.7 millones de personas adultas mayores no contaban con un ingreso proveniente de una pensión o jubilación.
Cruzando los datos de dependencia económica con el número de personas carentes de un ingreso por vía de la seguridad social y a pesar de la diferencia de 6 años entre los indicadores, no es incierto suponer, que la población adulta mayor en situación de dependencia económica y por tanto altamente vulnerable, supera a los 5 millones de personas.
Este simple hecho nos permite motivar el presente punto de acuerdo.
4. Derivado de las reuniones de trabajo, en la Organización de los Estados Americanos, tendiente a desarrollar la Convención que motiva la solicitud de adhesión de la presente proposición con punto de acuerdo, se citan a continuación diversos extractos del documento titulado: Visión de México sobre los derechos de las personas mayores y las correspondientes obligaciones del Estado mexicano:
México considera que no existe un completo vacío de protección para este sector de la población habida cuenta de las importantes acciones que lleva a cabo la comunidad internacional para proteger los derechos de las personas en general; sin embargo, todavía no existe un régimen de protección internacional específico para este sector de la población que estandarice los derechos de las personas adultas mayores y que establezca los mecanismos y el órgano para hacerlos exigibles. Una Convención Interamericana subsanaría esta falta y, además, podría aportar una visión regional sobre el temay servir como punto de referencia para acciones similares que pudieran emprenderse en otros foros regionales o internacionales.
México hace patente su compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos de las personas adultas mayores al apoyar los esfuerzos que lleva a cabo el Grupo de Trabajo sobre los Derechos de las Personas Adultas Mayores (dependiente de la Organización de los Estados Americanos) con el fin de crear un instrumento internacional jurídicamente vinculante que estandarice los derechos de dicho sector y que establezca los mecanismos y el órgano para hacerlos exigibles.
Lo anteriormente citado reafirma la convicción del Estado Mexicano por proteger y garantizar los Derechos Humanos de los Grupos Vulnerables, en particular las Personas Adultas Mayores, pero es de recordar, que nuestro país es el principal impulsor de tratados internacionales, que han permitido a diversos grupos sociales, contar con instrumentos legales para acceder en igualdad de condiciones a los Derechos Humanos.
Entre ellos, señalamos puntualmente la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, impulsada por un mexicano universal, Gilberto Rincón Gallardo y Meltis, la cual dio como fruto en 2011, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, promulgada durante la LXI Legislatura Federal; igualmente referimos la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención Belem Do Pará; de la que han surgido acciones como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promulgada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2007; y finalmente la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual tuvo como consecuencia la reciente promulgación de la Ley General sobre los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que fue enviada en septiembre de 2014, como iniciativa preferente a al honorable Congreso de la Unión por el Ejecutivo federal.
De igual forma, México ha suscrito y ratificado una serie importante de convenios y tratados internacionales en su interés por perfeccionar el marco jurídico nacional a favor de todas las personas.
Es por lo antes expuesto y de acuerdo a los artículos citados en el proemio, que se presenta ante esta honorable soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, maestra Claudia Ruiz Massieu, a que de acuerdo a la Ley sobre la Celebración de Tratados Internacionales, tenga a bien analizar la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos de la Persona Mayor y valorar su pertinencia, a fin de recomendar al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos la adhesión de nuestro país a dicha convención.
Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados a 24 de noviembre de 2015 Diputados: César Camacho Quiroz, Yolanda de la Torre Valdez, Edith Anabel Alvarado Varela, Yarith Tannos Cruz, Fabiola Guerrero Aguilar, José Alfredo Torres Huitrón, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbricas).»
Se remite a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
EVITAR EL POSIBLE LINCHAMIENTO DE PERSONAS QUE SEAN DETENIDAS POR CIUDADANOS O POBLADORES DE ALGÚN MUNICIPIO O DELEGACIÓN
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas dependencias encargadas de la seguridad pública a evitar el posible linchamiento de personas detenidas por pobladores de algún lugar acusadas de haber delinquido, a cargo de la diputada María Cristina Teresa García Bravo, del Grupo Parlamentario del PRD
La que suscribe, María Cristina Teresa García Bravo, diputada federal en la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, secretaria de la Comisión de Seguridad Pública e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable Cámara la siguiente proposición con punto de acuerdo de conformidad con los siguientes
Antecedentes
1. Recientemente, en distintos municipios del estado de Puebla, se han llevado a cabo varios linchamientos en los que a las víctimas se les ha dado muerte, en algunos de los casos dichas víctimas han sido torturadas a grado tal de haber sido quemadas, golpeadas o ahorcadas hasta privarles de la vida; tales linchamientos han sido llevados a cabo por pobladores en distintos lugares del estado y en contra de personas que cometieron algún delito o exista la presunción de que lo hayan cometido.
En septiembre de 2014, fue linchada una persona por la supuesta comisión del delito de robo en San Andrés Ahuetelco en el municipio de Cohuecán, los pobladores decidieron colgarlo de un árbol tras haberlo encontrado culpable del robo de un vehículo. La Procuraduría dio fe del linchamiento.
El 28 de septiembre de este año, también en Cohuecan en el propio estado de Puebla, dos personas fueron linchadas después de haber sido acusadas de haber intentado secuestrar a una menor, los pobladores del lugar les dieron muerte tras haberlas torturado.
El sábado 17 de octubre del presente año en San Martín Texmelucan, la policía se enfrentó con pobladores que pretendían linchar a un conductor de un vehículo en el que después de un accidente de tránsito en el que falleció una persona, se le culpaba de haber sido el responsable de dicho homicidio.
Es preocupante que en el período de un año y sólo el estado de Puebla, registra un total de 26 linchamientos a partir de octubre de 2014 al mismo mes de 2015.
2.Recientemente en el municipio de Ajalpan, también en Puebla, los pobladores del lugar llevaron a cabo la detención ilegal de dos personas acusadas supuestamente del secuestro de una menor, por esta razón fueron linchados y quemados por dichos pobladores.
No obstante, antes de realizado el linchamiento, la autoridad municipal intervino y detuvo a las dos personas resguardándolos en la cárcel municipal, a fin de realizar la investigación correspondiente.
Cabe destacar, que la autoridad corroboró la identidad de las dos personas y las mantuvo resguardadas para su protección.
Sin embargo, la turba de pobladores consiguió extraerlos de la cárcel, los torturó y finalmente les dio muerte incinerándolos. Tal situación sugiere debilidad institucional.
Aunque ya existen procesos judiciales por homicidio calificado y motín en contra de los probables responsables de tales crímenes, tales procesos tienen un carácter sancionatorio y resarcitorio de los daños, sin embargo, lo que aquí se plantea, es una cuestión que tiene que ver más con la prevención del delito, es decir, en el sentido de que se impida de manera previa, por todos los medios legales posibles, que se lleven a cabo tales actos de barbarie que derivan en violación a la obligación que toda autoridad tiene de garantizar y proteger los derechos humanos, consistentes en salvaguardar la vida e integridad de las personas y en todo caso el derecho al debido proceso legal.
3.Cabe destacar, que en octubre de 2014, la alcaldía de Ajalpan fue incendiada con motivo de un hecho similar en el que los pobladores del lugar perseguían a varios sujetos acusados de cometer delito.
Considerandos
Primero. Que es atribución del Consejo Nacional de Seguridad Pública, como instancia superior de coordinación, promover políticas en materia de atención a víctimas, su efectiva coordinación y el intercambio de información de conformidad con las fracciones IV y XII del artículo 14 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública que señalan: El Consejo Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
...V. Promover la efectiva coordinación de las instancias que integran el Sistema y dar seguimiento de las acciones que para tal efecto se establezcan;
...XII. Expedir políticas en materia de suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que sobre Seguridad Pública generen las instituciones de los tres órganos de gobierno.
Segundo. Que de conformidad con el artículo 29 fracciones X y XII de la Ley en mención, es facultad de la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, Emitir las bases y reglas generales para la realización de operativos conjuntos de carácter preventivo, entre las dependencias encargadas de la seguridad pública federales, locales y municipales y Promover el establecimiento de un servicio de comunicación que reciba los reportes de la comunidad, sobre emergencias, faltas y delitos.
Tercero. Que es facultad de la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal de acuerdo con el artículo 33 fracción II de la ley de la materia: Proponer y aplicar políticas y programas de cooperación Municipal en materia de Seguridad Pública;
Por lo expuesto, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Consejo Nacional de Seguridad Pública, a la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública y a la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal, para que dentro del esquema de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se instrumenten, en el territorio nacional, de forma urgente y coordinada, operativos especiales de prevención, a fin de salvaguardar, de manera oportuna, la vida e integridad las personas detenidas y evitar el posible linchamiento de quienes sean detenidos por ciudadanos o pobladores de algún municipio o delegación, acusados de haber cometido algún delito.
Palacio Legislativo, a 24 de noviembre de 2015. Diputada María Cristina Teresa García Bravo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.
ADECUAR DIVERSAS LEYES, CON EL FIN DE INCORPORAR LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Y LA ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO, ASÍ COMO ARMONIZARLAS CON LOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias de la administración pública federal a transversalizar la política de Estado en materia de protección civil y adecuar diversas leyes para incorporar la gestión del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático, así como armonizarlas con los estándares internacionales, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, diputada federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las dependencias de la administración pública federal para transversalizar la política de estado en materia de protección civil y adecuar diversas leyes con el fin de incorporar la gestión del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático, así como armonizarlas con los estándares internacionales, bajo las siguientes
Consideraciones
Las cifras del impacto de los desastres en nuestro país en los últimos años indican una creciente tendencia en cuanto a daños y pérdidas, que impactan negativamente la economía del país, a los sectores productivos, a la sociedad en su conjunto y a los esfuerzos del gobierno por alcanzar un desarrollo sustentable. A esto es necesario agregar que los escenarios del cambio climático y sus efectos ya perceptibles agravan las expectativas a futuro en cuanto a los desastres. Es momento de reflexionar si estamos haciendo lo correcto o si es el momento de implementar una política de estado orientada a prever, reducir y controlar el riesgo de desastre. Ya que la política de protección civil y de reducción del riesgo de desastres debe y tiene que ser transversal.
En efecto, como señala el proyecto de resolución del nuevo Marco de Acción de Sendai, acordado por la comunidad internacional en la Tercera Conferencia Mundial para la Reducción del Riesgo de Desastres, celebrada en la Ciudad de Sendai, Japón, en marzo pasado, .... con el fin de reducir el riesgo de desastres, es necesario abordar los desafíos existentes y prepararse para los futuros centrándose en... vigilar, evaluar y comprender el riesgo de desastres y compartir dicha información y la forma en que se crea; fortalecer la gobernanza y la coordinación en materia de riesgo de desastres en las instituciones y los sectores pertinentes, y la participación plena y significativa de los actores pertinentes a los niveles que corresponda; invertir en la resiliencia económica, social, sanitaria, cultural y educativa de las personas, las comunidades y los países y el medio ambiente, así como a través de la tecnología y la investigación; mejorar los sistemas de alerta temprana de amenazas múltiples, la preparación, la respuesta, la recuperación, la rehabilitación y la reconstrucción.
Por eso, ciertamente, es ineludible que se realice lo expresado por el Presidente Enrique Peña Nieto en la pasada convención nacional de protección civil, en el sentido de que los planes de desarrollo incorporen, de forma obligatoria, la gestión integral del riesgo y que la Federación pueda participar en la regulación y sanción de asentamientos humanos, que pongan en riesgo la vida de sus habitantes. Ello implica, como también lo señaló, hacer adecuaciones a la Ley General de Asentamientos Humanos, para armonizarla con los estándares internacionales de desarrollo urbano en materia de Protección Civil, además de contar con una guía de resiliencia urbana.
Esto sin duda es fundamental para evitar que se generen nuevos riesgos, reducir los existentes, y prepararnos para atender eficazmente cuando se manifiesten los riesgos residuales en emergencias, al mismo tiempo que lograr una reconstrucción resiliente.
Lo dicho por el Presidente, significa, además, que cada municipio y localidad cuenten con su respectivo atlas de riesgo, como instrumento vinculante en la planeación del desarrollo y el ordenamiento territorial. Es decir que, a partir de hoy, ningún nuevo proyecto de inversión, ningún nuevo desarrollo industrial, ninguna obra de infraestructura, ningún asentamiento humano, deben ser los desastres del futuro. Ejemplo reciente y más que claro de esto, son los deslaves en Santa Fe. Se trata de una genuina reforma urbana en la que todos los actores de los tres niveles y sectores de gobierno, así como la sociedad, trabajen en sus respectivas responsabilidades.
No obstante, insertar la gestión del riesgo y la adaptación al cambio climático en la planeación del desarrollo, requiere mucho más que la reforma a la Ley de Asentamientos Humanos. Es indispensable adecuar de manera integral todo el marco normativo para incorporar ese enfoque como una efectiva política de Estado.
Es necesario transversalizar las prioridades y principios de la Gestión del Riesgo en toda la acción pública. Así, de manera enunciativa, mas no limitativa, se encuentran la Ley de Planeación, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Obras y Servicios Generales, las normas y lineamientos de la Secretaría de Hacienda para los Proyectos de Inversión Pública, las Leyes Generales de Educación y Salud, la Ley de Desarrollo Social y la de Desarrollo Rural Sustentable, entre otras vinculadas a la toma de decisiones que afectan al desarrollo. Esa tarea legislativa nos corresponde a nosotros, las diputadas y diputados de este Congreso.
La gestión del riesgo de desastre debe ser parte del quehacer diario del país. La prevención efectiva debe realizarse, debe iniciarse muchos años antes del impacto de los desastres, trabajando en la reducción del riesgo. Esto no significa que no debamos estar preparados para afrontar contingencias y contar con protocolos de respuesta, pero en la medida que enfoquemos nuestros esfuerzos y recursos en la gestión prospectiva y correctiva del riesgo, en esa misma medida reduciremos la gestión reactiva y la reconstrucción.
Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea, el presente
Punto de Acuerdo
Único. Por el que se solicita que esta honorable Cámara de Diputados exhorte a las dependencias de la administración pública federal para transversalizar la política de Estado en materia de protección civil y adecuar diversas leyes con el fin de incorporar la gestión del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático, así como armonizarlas con los estándares internacionales.
Nota:
1 Gestión integral de riesgos: Proceso de planeación, participación y toma de decisiones, que basado en el principio de la multifactorialidad del riesgo de desastres, deriva en un modelo de intervención gubernamental y de la sociedad en su conjunto, para implementar políticas, estrategias y acciones, cuyo fin último es la previsión, reducción y control permanente del riesgo de desastre en la sociedad, siendo parte intrínseca de los procesos de planificación y del desarrollo sostenible.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de noviembre de 2015. Diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Protección Civil, para dictamen.
INVESTIGAR HECHOS QUE CONSTITUYAN VIOLACIONES GRAVES DE DERECHOS HUMANOS
«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la CNDH que difunda el ejercicio de sus facultades para investigar hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes
Considerandos
1.En 1992 se publicó el decreto que crea la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como órgano desconcentrado y autónomo, cuyo objetivo es velar por la protección de los derechos humanos, con las siguientes funciones:
I. Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos;
II. Conocer e investigar a petición de parte, o de oficio, presuntas violaciones de derechos humanos en los siguientes casos:
a) Por actos u omisiones de autoridades administrativas de carácter federal;
b) Cuando los particulares o algún otro agente social cometan ilícitos con la tolerancia o anuencia de algún servidor público o autoridad, o bien cuando estos últimos se nieguen infundadamente a ejercer las atribuciones que legalmente les correspondan en relación con dichos ilícitos, particularmente en tratándose de conductas que afecten la integridad física de las personas;
III. Formular recomendaciones públicas no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades respectivas, en los términos establecidos por el artículo 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
IV. Conocer y decidir en última instancia las inconformidades que se presenten respecto de las recomendaciones y acuerdos de los organismos de derechos humanos de las Entidades Federativas a que se refiere el citado artículo 102, apartado B, de la Constitución Política;
V. Conocer y decidir en última instancia las inconformidades por omisiones en que incurran los organismos de derechos humanos a que se refiere la fracción anterior, y por insuficiencia en el cumplimiento de las recomendaciones de éstos por parte de las autoridades locales, en los términos señalados por esta ley;
VI. Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado, cuando la naturaleza del caso lo permita;
VII. Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país;
VIII. Proponer a las diversas autoridades del país, que en el exclusivo ámbito de su competencia, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio de la Comisión Nacional redunden en una mejor protección de los derechos humanos;
IX. Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos humanos en el ámbito nacional e internacional;
2. México, en materia de derechos humanos ha suscrito al menos 200 convenios, cartas, protocolos, estatutos o tratados internacionales encaminados a los diferentes sectores de la población a fin de atender las diferencias derivadas de la edad, sexo, nacionalidad o preferencia sexual.
3. La violación de los Derechos Humanos por parte de funcionarios es un práctica que aumenta año con año, lo cual se refleja en las quejas que recibe la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En 2013 se presentaron 22 mil 213 quejas, en 2014, 23 mil 246 y hasta septiembre de 2015 se llevan 21 mil 836. Por el comportamiento de los números es probable que la cifra de este año supere al anterior.
4. La Organización de las Naciones Unidas, si bien ha reconocido los avances en materia legislativa respecto a los derechos humanos en México, en el informe A/HRC/26/36/Add.1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas en el apartado Consideraciones Generales número 15, hace referencia a 31 acciones del gobierno mexicano que han vulnerado el derecho a la vida destacando lo siguiente:
a veces combinadas...: amenazas de muerte; muerte de personas detenidas; muertes a manos de miembros del ejército, la marina y la policía; uso excesivo de la fuerza por agentes de las fuerzas del orden; muertes durante manifestaciones de protesta; muertes a manos de supuestos miembros de grupos armados ilegales; y desapariciones forzadas, torturas y detenciones arbitrarias causantes de muerte.
También hace hincapié sobre las consecuencias negativas del uso de las fuerzas armadas en labores policiales y su vinculación, derivada de las actividades que desarrolla, con la población civil, coloca a esta última en una situación vulnerable al atropello de sus derechos. Entre las personas más afectadas se encuentran las mujeres, los periodistas, defensores de derechos humanos, las personas migrantes, las niñas, niños y adolescentes.
5. Por su parte la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido a diversas sentencias contra el Estado mexicano por la violación grave de los derechos humanos, entre las que destacan las detenciones arbitrarias por parte del elementos del ejército y tortura en el caso de los señores Rosendo Radilla, Teodoro Cabrera García y Rodolfo Montiel Flores, desapariciones de mujeres en el caso del Campo Algodonero, violencia sexual en el caso de Inés Fernández Ortega.
6. En noviembre del presente año, durante el foro Hacia la erradicación de la tortura sexual a mujeres: propuestas y perspectivas nacionales e internacionales, el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos reconoció la persistencia de la tortura en México, situación que se agrava, dijo, cuando se comete contra mujeres, adolescentes y niñas, utilizando la violencia sexual como un medio para obtener sus fines, llegando a configurar tortura sexual.
7.Entre los casos emblemáticos de violaciones graves de derechos humanos, por mencionar algunos, se han documentado las ejecuciones extra oficiales en Apatzingán y Tanhuato, Michoacán y la desaparición forzada por elementos militares de 7 personas que posteriormente fueron encontradas sin vida, en Zacatecas. En 2014, la ejecución extrajudicial en Tlatlaya y la desaparición forzada de 43 estudiantes de la normal Isidro Burgos en Guerrero. Reporteros Sin Fronteras da la cifra de 3 periodistas asesinados en lo que va del año y 17 en la última década convirtiendo a México en uno de los lugares más peligrosos para ejercer el periodismo.
8. Todos esos hechos han sido atendidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos Por ejemplo en julio de 2015 presenta sus observaciones por el caso de la desaparición forzada de 43 estudiantes normalistas de Iguala, en la que hace 32 observaciones a Procuraduría General de la República, a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, a la Fiscalía de Guerrero y al heróico ayuntamiento municipal del Iguala de la Independencia, Guerrero.
9. A pesar de los esfuerzos que hace la CNDH; en octubre previo a la visita de Zeid Raad Al Hussein, Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos, al menos un centenar de organizaciones de la sociedad civil especializadas en la defensa de los derechos humanos, manifiestan en una carta su preocupación por la sistemática violación y el aumento de casos de impunidad.
10.Reconozco la importante labor que realiza la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; sin embargo, considero oportuno comenzar un proceso de reflexión y análisis sobre los resultados que ha arrojado la facultad constitucional que se le otorgó a dicho organismo autónomo para investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el gobernador de un Estado, el jefe del gobierno del Distrito Federal o las legislaturas de las entidades federativas.
No dudo de los resultados de la comisión al respecto, por lo que lo que esta solicitud se encuentra fundamentada en ejercicio de las facultades constitucionales de articular esfuerzos que coadyuven a una tutela efectiva de los derechos fundamentales en nuestro país.
Por lo expuesto y fundado, se somete a la consideración de la siguiente soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos haga de conocimiento público sobre el ejercicio de sus facultades constitucionales para investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 24 de noviembre de 2015. Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
IMPLEMENTEN CAMPAÑAS DE SALUD SEXUAL, REPRODUCTIVA Y DE PREVENCIÓN DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 31 entidades federativas y el DF a implantar campañas de salud sexual y reproductiva y de prevención del embarazo en adolescentes, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado Marco Antonio García Ayala, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2; 65, 76, numeral 1, fracción II, 79, numeral 1, fracción II; y numeral 2 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente al gobierno de las 32 entidades federativas para que implementen campañas de salud sexual, reproductiva y de prevención del embarazo no planeado en adolescentes, al tenor de los siguientes
Antecedentes
1. La Organización Mundial de la Salud (OMS), define como adolescencia al periodo de vida en el cual el individuo adquiere capacidad reproductiva, transita los patrones psicológicos de la niñez a la adultez y consolida la independencia socio-económica.
2. Según datos de la OMS anualmente alrededor de 16 millones de niñas de entre 15 y 19 años de edad dan a luz, lo que representa aproximadamente 11 por ciento de todos los nacidos en el mundo. Asimismo el Fondo de Población de las Naciones Unidas, indica que de acuerdo con el informe del estado de la población mundial por cada mil nacimientos que ocurren en América, 74 provienen de mujeres adolescentes.
3. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud, en México habitan 22 millones 804 mil 83 adolescentes. Esta población equivale a 20.2 por ciento del total de habitantes en el país. De este total, 50.3 por ciento son hombres y 49.7 por ciento son mujeres.
4. Según datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2014, 467 mil mujeres menores de 20 años tuvieron un bebé, esto es, 1 de cada 5 nacimientos. Esta cifra incluye cerca de 11 mil niñas de 10 a 14 años de edad que se convirtieron en madres, tan sólo en 2013.
5.Una medición sobre la prevalencia de embarazos en adolescentes, arrojó los siguientes resultados:
2 de cada 10 mujeres en edad reproductiva tienen de 15 a 19 años.
De cada 10 adolescentes de 12 a 19 años, 2 han iniciado vida sexual.
4 de cada 10 mujeres adolescentes que tienen vida sexual no utilizaron ningún método anticonceptivo en su primera relación sexual.
De cada 10 adolescentes embarazadas de 15 a 19 años, 2 han estado embrazadas en más de una vez.
1 de cada 2 adolescentes de 12 a 19 años que inicia vida sexual se embaraza.
4 de cada 10 embarazos adolescentes no son planeados o deseados.
Del total de nacimientos en el país 17 por ciento corresponde a adolescentes.
1 de cada 10 muertes maternas en el país ocurre en mujeres de 10 a 18 años.
6. La Secretaría de Salud estima que las muertes perinatales son 50 por ciento más altas entre los bebés nacidos de madres de menos de 20 años que entre aquellos nacidos de madres de entre 20 y 29 años. En el grupo adolescente se ha observado que frecuentemente aparecen complicaciones durante el embarazo tales como: preeclampsia, eclampsia, anemia, infecciones de las vías urinarias, infecciones de transmisión sexual, incluyendo el VIH/Sida, virus del papiloma humano y finalmente el aborto. En cuanto al producto, se presentan antecedentes de prematurez, bajo peso, retardo en el desarrollo cognitivo y retardo en el crecimiento físico.
Estas complicaciones junto con el impacto psicosocial, traen aparejado el incremento de la morbimortalidad materno infantil.
7. En 30 de las 32 entidades del país, las leyes de protección a los derechos de la niñez y adolescencia establecen en materia de salud algunas disposiciones encaminadas a la prevención, protección, información y educación en materia de embarazo en adolescentes.
Considerandos
Primero. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 4o. establece el derecho a la salud, del cual debe gozar toda persona dentro del territorio nacional sin excepción alguna; al tenor de lo siguiente:
Artículo 4o. ...
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XI del artículo 73 de esta Constitución.
Segundo. Que la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo octavo señala que:
Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Tercero. Que es facultad de las y los diputados de esta soberanía presentar proposiciones con punto de acuerdo, de confinidad con lo establecido con el Reglamento de la Cámara de Diputados en el artículo 6o. numeral 1, fracción I; mismo que señala:
Artículo 6.
1. Serán derechos de los diputados y diputadas:
I. Iniciar leyes, decretos y presentar proposiciones ante la Cámara;
...
Cuarto.Que el ordenamiento antes señalado precisa en el artículo 79, numeral 1, fracción II, lo siguiente:
Artículo 79.
1. El pleno podrá conocer proposiciones que busquen el consenso de sus integrantes, a través de:
I. ...
II. Puntos de acuerdo, que representan la posición de la Cámara, en relación con algún asunto específico de interés nacional o sus relaciones con los Poderes de la federación, organismos públicos, entidades federativas y municipios, y
2. a 3. ...
Quinto. Que la presente proposición con punto de acuerdo da cumplimiento a lo señalado por la fracción I del numeral 2 del artículo 79, y se sujetará a lo previsto por las fracciones II y V del numeral 2 del mismo artículo:
Artículo 79.
1. ...
2. Las proposiciones con punto de acuerdo se sujetarán a lo siguiente:
I. Deberán presentarse a través de un escrito fundado, con una propuesta clara de resolutivo y firmadas por sus autores;
II. Las proposiciones presentadas por las diputadas y los diputados y las que se registren a nombre de grupo, pasarán a comisión;
III. a IV. ...
V. Las proposiciones que la Junta no considere proponer ante el pleno con el carácter de urgente u obvia resolución, se tramitarán conforme al artículo 62, numeral 3, de este Reglamento;
VI. a VII. ...
3. ...
Sexto.Que de conformidad con el artículo 3 de la Ley General de Salud es materia de salubridad general:
Artículo 3o. En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:
I. a III. ...
IV. La atención materno-infantil.
IV Bis. a IV Bis 2. ...
V. La planificación familiar;
VI. a X. ...
XI. Educación para la salud.,
XII. A XXVIII...
Séptimo.Que el Capítulo VI Servicios de Planificación Familiar, de la ley en cita antes señala que:
Artículo 67. La planificación familiar tiene carácter prioritario. En sus actividades se debe incluir la información y orientación educativa para los adolescentes y jóvenes. Asimismo, para disminuir el riesgo reproductivo, se debe informar a la mujer y al hombre sobre la inconveniencia del embarazo antes de los 20 años o bien después de los 35, así como la conveniencia de espaciar los embarazos y reducir su número; todo ello, mediante una correcta información anticonceptiva, la cual debe ser oportuna, eficaz y completa a la pareja.
...
...
...
Artículo 68. Los servicios de planificación familiar comprenden:
I. La promoción del desarrollo de programas de comunicación educativa en materia de servicios de planificación familiar y educación sexual, con base en los contenidos y estrategias que establezca el Consejo Nacional de Población;
II. La atención y vigilancia de los aceptantes y usuarios de servicios de planificación familiar;
III. La asesoría para la prestación de servicios de planificación familiar a cargo de los sectores público, social y privado y la supervisión y evaluación en su ejecución, de acuerdo con las políticas establecidas por el Consejo Nacional de Población.
IV. El apoyo y fomento de la investigación en materia de anticoncepción, infertilidad humana, planificación familiar y biología de la reproducción humana;
V. a VI. ...
Artículo 70. La Secretaría de Salud coordinará las actividades de las dependencias y entidades del sector salud para instrumentar y operar las acciones del programa nacional de planificación familiar que formule el Consejo Nacional de Población, de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Población y de su Reglamento, y cuidará que se incorporen al programa sectorial.
Artículo 71. La Secretaría de Salud prestará, a través del Consejo Nacional de Población, el asesoramiento que para la elaboración de programas educativos en materia de planificación familiar y educación sexual le requiera el sistema educativo nacional.
Octavo. Que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece en materia de protección de la salud y seguridad social tienen garantizados los siguientes:
Artículo 50. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes, se coordinarán a fin de:
I. a IV. ...
V. Desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, y la educación y servicios en materia de salud sexual y reproductiva;
VI. Establecer las medidas tendentes a prevenir embarazos de las niñas y las adolescentes;
VII. a X. ...
XI. Proporcionar asesoría y orientación sobre salud sexual y reproductiva;
XII. a XVIII. ...
...
...
...
Noveno.De acuerdo con la estrategia Participar en el fomento de políticas para la salud integral de las personas jóvenes del objetivo Promover condiciones para que las y los jóvenes tengan un entorno digno a través de esquemas de salud, convivencia y seguridad del Programa Nacional de Juventud 2014-2018, se establece como línea de acción:
Colaborar en la implementación de estrategias integrales para prevenir el embarazo temprano
Décimo.Que es necesario implementar programas que garanticen el acceso de la población adolescente a servicios de salud integrales, amigables y cercanos, desde la promoción del autocuidado y la toma de decisiones previniendo embarazos en adolescentes mejorando así su calidad de vida.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único.Se exhorta al gobierno de las 32 entidades federativas para que, respectivamente y en el ámbito de sus competencias, implementen campañas de salud sexual, reproductiva, y de prevención del embarazo en adolescentes.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado Marco Antonio García Ayala (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen.
EFEMÉRIDES
IGUALDAD JURÍDICA DE LA MUJER
«Efeméride con motivo del 14 de noviembre, aniversario de la fecha en que la Cámara de Diputados aprobó la igualdad jurídica de la mujer, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del PRI.
La igualdad de género es más que un objetivo en sí mismo. Es una condición previa para afrontar el reto de reducirla pobreza, promover el desarrollo sostenible y la construcción del buen gobierno.
Kofi Anan
Conmemorar el 41 aniversario de la fecha en que la Cámara de Diputados aprobó la igualdad jurídica de la mujer, es motivo de celebración en un gobierno democrático.
El 14 de noviembre de 1974 la referida Cámara expidió el decreto para modificar el artículo 4° Constitucional, para elevar a rango constitucional la igualdad ante la ley del varón y la mujer, estableciéndose asimismo el derecho de toda persona para decidir el número y espaciamiento de sus hijos. Con esta reforma México se colocaba en situación inmejorable para poder ser sede de la Conferencia Mundial del año Internacional de la Mujer, que se llevó a cabo en 1975 y que sentó un precedente extraordinario en el reconocimiento de la igualdad entre la mujer y el hombre.
El entonces presidente Luis Echeverría Álvarez presentó ante la honorable Cámara de Diputados, el 18 de septiembre de 1974, una iniciativa de reforma constitucional que contenía la creación de un nuevo artículo (el 4o.) y reformaba los artículo 5o., 30 y 123 de la Constitución vigente. Esta reforma buscaba ser congruente con los logros de la Revolución Mexicana, encarnada en el Partido Revolucionario Institucional, con la finalidad de poner fin a todo tipo de medidas proteccionistas y discriminatorias en contra de la mujer, ya que como lo establece la exposición de motivos de dicha reforma:
...La revolución mexicana promovió la intervención solidaria de la mujer al proceso político, de manera que aquella participase, con libertad y responsabilidad al lado del varón, en la toma de las grandes decisiones nacionales. Para ello se reformó el artículo 34 de la Constitución General de la República en 1953 a fin de conceder plenitud de derechos políticos a la mujer y de expresar de ese modo, la decisión popular de conceder a los mexicanos, sin distinción de sexo, la elevada calidad de ciudadanos (...)
Con ello se continuaba con los cambios legislativos necesarios para avanzar respecto de la igualdad de género, buscando configurar una nueva realidad social donde mujeres y hombres, sin distinción, tuvieran igualdad en cualquier ámbito de la vida del país.
Sin duda alguna que dicha reforma fue fundamental para el cambio social, cultural y, desde luego, jurídico de nuestro México y fue hecha desde arriba, desde lo más alto, desde el vértice mismo de la jerarquía normativa: la Constitución, con los efectos de derecho que esto atañe, es decir: después de su expedición se procedió a la modificación de las leyes secundarias, federales y locales, para eliminar la situación de marginación económica, política, jurídica y social en que se encontraba encasillado nuestro género.
Es de resaltar que este cambio no fue fortuito, sino que se insertó en una serie de movimientos feministas nacionales e internacionales, que incansablemente han buscado romper con el statu quo, expresado en una significativa subordinación de la mujer ante el varón.
Por ello, es de especial importancia conmemorar el día en que nuestro máximo ordenamiento jurídico nos reconoce como iguales ante la ley, porque este mundo hecho por y para los varones sólo empezará a reconstruirse en la medida en que seamos capaces de reconocer la igualdad entre mujeres y hombres, hecho que, al menos jurídicamente quedó plasmado en la reforma que hoy celebramos. Y coincidimos con John Stuart Mill cuando nos dice:
Creo que las relaciones sociales de los dos sexos, que subordinan un sexo al otro en nombre de la ley, son malas en sí mismas y constituyen hoy uno de los principales obstáculos al progreso de la humanidad. Creo que deben ser desechadas para dar lugar a una verdadera igualdad, sin privilegios para un sexo, ni incapacidad para el otro.
Aún queda mucho trabajo pendiente por realizar, mucho camino por andar, es necesario redoblar esfuerzos, solidificar alianzas, permear en el cambio de conciencias, incidir en la educación, continuar las vías del empoderamiento femenino, erradicar cualquier manifestación de violencia, multiplicar las acciones afirmativas, etc. Es imprescindible la construcción de un mundo incluyente, de un mundo para todos, de donde la diferencia sexual y de género no implique desigualdad o trato diferenciado. De esta forma podríamos pensar en el cumplimiento del objetivo de cualquier ordenamiento: rebasar la norma para que se convierta en vivencia cotidiana, para que se convierta en realidad.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre del 2015. Diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica).»
DÍA MUNDIAL DE LA PREMATURIDAD
«Efeméride con motivo del 17 de noviembre, Día Mundial de la Prematuridad, a cargo del diputado Gustavo Madero Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y a nombre de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Compañeros diputados, tengo 3 minutos para, a nombre de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables y el mío propio, hablar sobre el Día Mundial de la Prematuridad, para visibilizar un fenómeno que está ahí, a la vista de todos y que se presenta como tragedia.
En la sesión anterior, en sus curules encontraron un material que habla de esta efeméride, que se conmemora los días 17 de noviembre de cada año. Este 2015 la Honorable Cámara de Diputados se unió a las acciones globales para visibilizar al iluminar su fachada en color morado.
La prematuridad es cuando un niño nace antes del término del embarazo. Son niños prematuros cuando nacen entre las 32 y las 37 semanas, muy prematuros cuando nacen entre la semana 28 y la 32, y prematuros extremos cuando nacen antes de las 28 semanas.
En México la prevalencia oficial de nacimientos pretérmino es de 6.8 por ciento. Este porcentaje nos ubica entre los países con menor prevalencia en el mundo, sin embargo en un análisis cuidadoso de los datos, existen elementos que no convencen. Según esas cifras Chiapas y Oaxaca tienen un menor índice de partos pretérmino que Nuevo León y Aguascalientes. Estos datos nos obligan a prestar atención en el tema, pues la prematuridad está directamente ligada con la calidad en la atención médica y la pobreza. Aprovecho para instar a las autoridades de Salud sobre la importancia de cifras precisas que permitan conocer el problema con exactitud y trazar respuestas adecuadas para erradicar este problema.
Empero, las cosas no van mal. Según indicadores de la Secretaría de Salud, ente 1990 y 2013 la tasa de mortalidad de niños y niñas menores de 5 años en nuestro país pasó de 41.0 a 15.7 muertes por cada mil nacidos vivos. Adicionalmente, la tasa de mortalidad infantil (menores de un año) pasó de un nivel de 32.5 en 1990 a 13.0 muertes por cada mil nacidos vivos en 2013. No obstante, la principal causa de muerte en menores de un mes de nacidos y la segunda causa en menores de 5 años, siguen siendo consecuencias de los partos pretérmino.
No cabe duda que ha habido una mejoría en este cuarto de siglo, y han sido las políticas públicas implementadas desde el Estado la razón de estos avances. En la actualidad el Seguro Popular (que surgió en 2002 como lo conocemos) y el Seguro Médico Siglo XXI garantiza el derecho a la salud materno infantil, que incluyen desde la medicina preventiva y hasta la atención en hospitales de segundo nivel y de alta especialidad. Empero, seguimos lejos de erradicar esta causa de mortalidad, en gran medida por la falta de información entre la población y la falta de capacitación en médicos y enfermeras.
Las medidas de prevención de riesgos que llevan a que se presenten los partos prematuros son de bajo costo, comparados con la atención médica que se requiere para asegurar la viabilidad y salud de los niños que nacen antes de las 37 semanas.
Las políticas públicas para la prevención de esta causa de muerte y de daños en la salud en menores de cinco años, las debemos ver en dos dimensiones: durante el periodo de gestación para que se lleve a buen término y preservar la salud de la madre, y; cuando se presenta un parto prematuro fortalecer al recién nacido y prevenir que la inmadurez de sus órganos se traduzcan en complicaciones que lo lleven a la muerte o a secuelas discapacitantes.
El problema de la prematuridad tiene tal relevancia que los países aglutinados dentro de la Organización de las Naciones Unidas han fijado dentro de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, metas específicas sobre este tema. Para 2030, se plantea poner fin a las muertes evitables de recién nacidos y de niños menores de 5 años, logrando que todos los países intenten reducir la mortalidad neonatal al menos hasta 12 por cada mil nacidos vivos, y la mortalidad de niños menores de 5 años al menos hasta 25 por cada mil nacidos vivos.
Si nos basamos en las cifras oficiales estamos muy próximos a cubrir las metas por país para el 2030, pero para el caso de nuestro país la meta debería ser reducir a cero las muertes evitables por parto pretérmino.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre del 2015. Diputado Gustavo Madero Muñoz (rúbrica).»
DÍA DE LA ARMADA DE MÉXICO
«Efeméride con motivo del 23 de noviembre, Día de la Armada de México, a cargo del diputado Virgilio Mendoza Amezcua, del Grupo Parlamentario del PVEM
Nuestro país, en términos marítimos, cuenta con una posición geográfica privilegiada, ya que está rodeado por dos de los océanos más importantes de nuestro planeta, el Pacifico y el Atlántico, además de contar con una superficie marítima de aproximadamente 3 millones de kilómetro cuadrados en su zona económica exclusiva.
México al ser un país ribereño, necesita tener presencia real en el mar con el objeto de mantener abiertas sus líneas de comunicación marítima; garantizar la libre circulación de mercaderías y personas; proteger y explotar las riquezas del mar, su lecho y subsuelo; así como emplear el mar en el orden político internacional.
En este sentido, la Armada de México es la institución mexicana que tiene la difícil y compleja tarea de la vigilancia, protección y salvaguarda de las costas, mar territorial, zona económica exclusiva y el espacio aéreo marítimo de mexicano.
Año con año, se celebra cada 23 de noviembre el Día de la Armada de México, ya que en dicha fecha la recién creada Marina de Guerra mexicana, logró la expulsión del último reducto español que resistían en el Fuerte San Juan de Ulúa, con esta gesta se culmina la Independencia de nuestro país.
Pero esta no es la única ocasión en la que la Armada de México participó en la defensa de nuestro territorio, en abril de 1914, el puerto de Veracruz sufrió una nueva invasión norteamericana, en esta ocasión cadetes y voluntarios lucharon heroicamente en contra de los invasores.
En la actualidad la Armada de México tiene la misma misión pero se enfrenta a nuevas amenazas, entre estas amenazas están: el narcotráfico, terrorismo y sabotaje, la piratería y los desastres naturales.
Los narcotraficantes, quienes en las últimas décadas se han dedicado a trasladar por nuestras aguas territoriales grandes cantidades de droga hacia su destino en la Unión Americana, para evitar lo anterior y con la finalidad de hacerles frente de la mejor manera la Armada de México cuenta con experimentado personal naval, los cuales están equipados con aparatos de última tecnología, como son: patrullas oceánicas, interceptoras y de vigilancia costera.
Asimismo, los piratas modernos constituyen otra amenaza importante, estas bandas delictivas utilizan embarcaciones rápidas y armas de grueso calibre, los cuales imitando la práctica de los legendarios piratas, buscan obtener ganancias atracando las embarcaciones, secuestrando tripulación e incluso cometiendo homicidios.
De igual manera, la Armada de México, con el fin de brindar apoyo a la población civil ante alguna contingencia a consecuencia del impacto de fenómenos meteorológicos o desastres naturales, establece el Plan Marina, siempre en coordinación con otras autoridades.
Dada la complejidad e importancia de las tareas encomendadas a la Armada de México, esta institución debe desarrollar en forma armónica y equilibrada el poder naval de la federación, actualizando y fortaleciendo su capacidad de respuesta.
Para atender adecuadamente las crecientes necesidades de defensa y seguridad nacional, es necesario vigorizar el programa de modernización de la armada, además de construir la infraestructura necesaria para su conservación y mantenimiento.
Por todo lo anterior, en el Partido Verde ofrecemos nuestro respeto y reconocimiento a una de las instituciones de mayor prestigio y mejor ponderadas por la ciudadanía y hacemos votos para que la Armada de México siga defendiendo nuestra patria en la tierra, en el aire y en el mar.
Dado en la Cámara de Diputados a los 24 días del mes de noviembre de 2015. Diputado Virgilio Mendoza Amezcua (rúbrica).»
«Efeméride con motivo del aniversario de la Armada de México, a cargo del diputado Carlos Federico Quinto Guillén, del Grupo Parlamentario del PRI
Con su venia diputado presidente:
Compañeros diputadas y diputados:
El 23 de noviembre de 1825 concluye un girón de nuestra historia que permite reflexionar sobre las dimensiones del poder, los valores y la situación político-económica de una nación en los albores de su gestación.
Al consumarse nuestra Independencia, en septiembre de 1821, las fuerzas militares españolas, con apoyo de su armada, toman como bastión el Castillo de San Juan de Ulúa, asediando desde ahí al puerto de Veracruz. Por lo tanto, la nación mexicana no podía ejercer su plena soberanía.
La lucha ahora debería continuar en el mar. En ese contexto, nació la Armada de México, con capacidades limitadas ... para arrojar del continente los últimos restos de la dominación española. Así lo informó el ministro de Guerra y Marina, al primer Congreso Mexicano, en noviembre de 1823, quien además agregó:
...habiendo cambiado el aspecto de la guerra, a la Marina sólo toca consumar esta grande obra y consolidar por siempre la Independencia Nacional...
De inicio, se estableció un bloqueo naval sobre Ulúa; exiguo, hasta que el capitán de Fragata, Pedro Sainz de Baranda, organizó una escuadra que se enfrentó a los buques españoles, los cuales ante esta acción, se desistieron del combate y retornaron a La Habana.
Ya sin apoyo, las fuerzas españolas capitularon y el 23 de noviembre de 1825, por fin, en San Juan de Ulúa, se izó nuestra Bandera Nacional.
Por primera ocasión, el poder naval logró salvaguardar la soberanía en el mar territorial y consolidar por siempre la Independencia Nacional.En conmemoración, la citada fecha se simbolizó como el Día de la Armada.
Hoy, hombres y mujeres de la Secretaría de Marina-Armada de México ejercen sus facultades con medios operacionales de tierra, mar y aire, a fin de lograr las metas para un México en paz, objetivo toral de la seguridad nacional, así como para proteger los intereses económicos del poder marítimo, expresado por las actividades productivas realizadas en las costas y zonas marinas.
Enarbolando un elevado compromiso de respeto a los derechos humanos, con disciplina y su sentido de lealtad al servicio de la nación, la Armada de México asume su responsabilidad en apoyo al bienestar de nuestros conciudadanos, en todo nuestro querido México. Es cuanto diputado presidente
México, DF, a 24 de noviembre de 2015. Diputado Carlos Federico Quinto Guillén (rúbrica).»
«Efeméride con motivo del 23 de noviembre, Día de la Armada de México, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Cada año, la Secretaría de Marina-Armada de México, celebra el día 23 de noviembre como la fecha memorable en que la recién integrada Marina de Guerra mexicana, logró hacer efectiva la rendición de las tropas españolas que se resistían a reconocer la Independencia de México, mismas que estuvieron atrincheradas por espacio de varios años en la fortaleza de San Juan de Ulúa.
El puerto de Veracruz fue el escenario principal de estos acontecimientos, especialmente la fortaleza de Ulúa. El 28 de septiembre de 1821, un día después de que Agustín de Iturbide entrara triunfalmente a la ciudad de México, se proclamó oficialmente la independencia. En Veracruz se encontraban aún presentes tropas españolas al mando del Brigadier José María Dávila, Gobernador del puerto, quien se negó a reconocer la Independencia.
En espera de instrucciones procedentes de La Habana, Cuba, el 26 de octubre de 1821 Dávila decidió trasladarse a la Fortaleza de San Juan de Ulúa y desde ahí efectuar la resistencia. Al mando de 200 soldados de la guarnición, tomó la artillería que necesitaba e inutilizó la que no podía llevar, tomando además noventa mil pesos de la Tesorería del Ayuntamiento. Ya en la fortaleza, izó la bandera española.
Al enterarse de las intenciones de Dávila, Agustín de Iturbide, ya investido del título de Almirante Generalísimo, designó al General Manuel Rincón como comandante de la plaza veracruzana el 27 de octubre de 1821. En la Fortaleza, Dávila recibía apoyo procedente de La Habana y de España, logrando reunir a más de 2000 hombres, además de algunas piezas de artillería.
Cabe mencionar que, recién consumada la independencia, Iturbide aprobó la creación del Ministerio de Guerra y Marina, designando a Antonio de Medina Miranda como el primer Ministro de Estado del Despacho de Guerra y Marina. Además, el Almirante Generalísimo ordenó la formación de un batallón de Infantería de Marina y la adquisición de los barcos necesarios para constituir una Armada.
Después de más de tres años de la toma de Ulúa por parte de las tropas españolas, al quedar desamparado por la escuadra que venía a auxiliarlo, el Brigadier José Coppinger no tuvo otra salida más que la capitulación del fuerte, cuya acta se firmó el 17 de noviembre de 1825, y para el día 23 fue arriada en el Castillo la bandera española.
Esa gesta heroica fue realizada por el capitán de Fragata Pedro Sainz de Baranda y de los hombres que comandaba, México les reconoce hoy y siempre su valor; y fue el General Miguel Barragán quién izó el Pabellón Nacional y ordenó una triple salva de veintiún cañonazos, quedando registrada esta fecha como la de la capitulación Texcoco, Orizaba, Campechana, Zumpango, Tampico, Papaloapan y Tlaxcalteca. Así fue como se formó la primera escuadrilla que actuó en el bloqueo de San Juan de Ulúa.
Fue el 21 de noviembre de 1991 que por decreto presidencial se conmemorara el 23 de noviembre como el día de la Armada de México.
Desde esa fecha ha sido este reconocimiento la mejor forma para difundir entre la población el cariño, el respeto y la admiración de esta institución y de sus mujeres y hombres que la forma.
Por ello hoy, en esta Cámara de Diputados reconocemos la gesta realizada por el Capitán de Fragata Pedro Sainz de Baranda y de los hombres que comandaba.
Sabemos que en esas fechas con escasez pero con eficacia, surgió triunfante, la Marina Armada de México, y con orgullo puedo expresar que el pueblo de México debe sentirse orgulloso de una institución que día a día se compromete con nuestra patria al mantener la integridad, independencia y soberanía de la nación en los límites marinos del país.
Felicidades a todos los que integran la Marina Armada de México.
Muchas gracias.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez (rúbrica).»
DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
«Efeméride con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo del diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Quien suscribe, Jesús Salvador Valencia Guzmán, diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción XI, y 62, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a esta Soberanía la siguiente efeméride, relativa al Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer; al tenor de las siguientes
Consideraciones
La conmemoración del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer nos reafirma, año con año, una realidad que debería de estar erradicada por completo: la violencia hacia las mujeres y niñas en el mundo existe y es cada vez mayor.
Por ello, desde 1981, las defensoras y los defensores en favor del derecho de la mujer establecieron el 25 de noviembre como el día contra la violencia hacia el sector. La fecha fue elegida como conmemoración del brutal asesinato en 1960 de las tres hermanas Mirabal, activistas políticas de la República Dominicana, por orden del gobernante dominicano Rafael Trujillo (1930-1961).
Con base en lo anterior, reconociendo la urgente necesidad de una aplicación universal a la mujer de los derechos y principios relativos a la igualdad, seguridad, libertad, integridad y dignidad de todos los seres humanos y que en consecuencia lógica, la mujer tiene derecho, en condiciones de igualdad, al goce y la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural, civil y de cualquier otra índole, el 20 de diciembre de 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración 48/104 Sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, la cual será el antecedente directo para que el 17 de diciembre de 1999, a través de la resolución 54/134, la Asamblea General declarara el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Por ello, en el marco de dicha celebración, debemos de sumar voluntades a efecto de que no solamente el 25 de noviembre de cada año sea el día mediante el cual se busque la eliminación de la violencia hacia las mujeres y niñas, por el contrario, hagamos que todos los días, desde nuestra trinchera, sumemos acciones a favor de la eliminación de todo tipo de violencia hacia las mujeres y niñas de este país.
Hagamos que la estadística cambie, de acuerdo a datos proporcionados por Unicef, en todo el mundo 1 de cada 3 mujeres ha sufrido violencia física o sexual, principalmente por parte de un compañero sentimental; en 2012 en uno de cada dos casos de mujeres asesinadas, el autor era su compañero sentimental o un miembro de la familia; en América Latina cada minuto, cuatro menores sufren abusos sexuales. Al menos tres, son niñas, las cuales nunca lograran recuperarse de ese trauma. En la mayoría de los casos, los agresores son miembros de la familia. Porque la violencia y discriminación no sólo es un asunto de mujeres adultas, involucra también a niñas y adolescentes.
Por todo lo anterior, pugnemos por que existan más hombres y niños alzando la voz contra la violencia, que no quede en buenas intenciones; la violencia contra las mujeres y las niñas se puede evitar.
Con base en lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en el marco de dicha celebración, nos sumamos a este esfuerzo reafirmando nuestro compromiso de acompañar, fomentar y legislar para que la violencia hacia las mujeres y niñas sea eliminada.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015. Diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán (rúbrica).»
«Efeméride con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Sasil Dora Luz de León Villard, del Grupo Parlamentario del PVEM
La violencia sexual, racial, de género y otras formas de discriminación no pueden ser eliminadas sin cambiar la cultura.
Charlotte Bunch
El 25 de noviembre de 1960, fueron asesinadas por instrucciones de Rafael Leónidas Trujillo, entonces dictador de la República Dominicana, Minerva, Patria y María Teresa Mirabal, quienes habían denunciado los abusos y desapariciones del régimen de ese país, razón por la cual fueron encarceladas, torturadas y finalmente ultimadas.
Derivado de este terrible acontencimiento, en el año de 1981 durante el Primer Encuentro Feminista, donde se reunieron diversas luchadoras sociales de varios Estados Latinoamericanos, acuerdan declarar el 25 de noviembre como el Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer.
De igual forma en 1993, la Organización de las Naciones Unidas da a esta fecha un sentido universal a través del Acuerdo A/RES/54//134, que marca en el calendario internacional al 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Lamentablemente en pleno siglo XXI, una gran cantidad de hombres y mujeres desconocen qué es la violencia contra la mujer, la cual es entendida a nivel internacional como todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.
En ese sentido, ONU Mujeres señala que es importante trabajar en la eliminación de estereotipos de roles de género, pues estos en sí son una forma de enraizar la violencia de género, toda vez que desde la sociedad se sanciona y obliga a las personas a conducirse de determinada manera.
Es por ello que este año se ha elegido en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el tema: La Prevención, recordando a la humanidad que de las 3 mil 636 millones 287 mil 413 mujeres que hay en el mundo, una de cada tres ha sufrido violencia física o sexual en su vida; y que son asesinadas en promedio siete mujeres al día.
Además, las mujeres y niñas representan alrededor del 80% de las víctimas de trata con fines de explotación sexual, y se calcula que más de 130 millones de ellas han sido sometidas a la mutilación/ablación genital femenina, sobre todo en África y en algunos países de Oriente Medio.
Adicional a estas cifras, ONU Mujeres informó que la violencia de género ha evolucionado y está migrando a otros espacios que la hacen más peligrosa y agresiva, como en el caso de la denominada ciberviolencia en contra de las mujeres. Como datos preliminares exhibidos en el mes de septiembre de este año, en el marco de la presentación del informe titulado Combatir la violencia en línea contra las mujeres y las niñas: Una llamada de atención al mundo este organismo auxiliar de nacionales unidas, informó que casi tres cuartas partes de las mujeres en el mundo han estado expuestas en línea a alguna forma de ciberviolencia, misma que se distribuye de la siguiente manera:
Se estima que un 73 por ciento de las mujeres se ha visto expuesta o ha experimentado algún tipo de violencia en línea.
Las mujeres de entre 18 y 24 añospresentan un gran riesgo de ser objeto de persecución y acoso sexual, además de amenazas físicas.
En los 28 países de la Unión Europea nueve millones de mujeres han sufrido violencia en línea a edades tan tempranas como los 15 años.
Una de cada cinco usuarias de Internet vive en países donde es muy poco probable que se castigue el acoso y abuso de las internautas.
En muchos países las mujeres prefieren no denunciar su victimización por miedo a las repercusiones sociales.
Esta violencia impone una carga emocional adicional: consume tiempo y recursos financieros, incluidos salarios perdidos.
A propósito de ello, las Naciones Unidas, han reiterado el llamado para que hombres y mujeres ejecutemos acciones afirmativas que pongan fin a la violencia de género a partir de la campaña ÚNETE; en donde siete de las entidades que conforman esta institución mundial trabajan en la presentación del primer marco de las Naciones Unidas para prevenir la violencia contra las mujeres, y proporcionar las herramientas del cambio para respaldar esta acción.
Finalmente, en cuanto a los datos internacionales sobre las consecuencias de la violencia de género, podemos señalar la afectación de la economía de los países. Sin ir más lejos, en los Estados Unidos, la violencia doméstica superan los 5.900 millones de dólares anuales y se distribuyen de la siguiente manera: 4.100 millones corresponden a servicios médicos y sanitarios; y 1.800 millones de dólares se generan por pérdidas de productividad de las mujeres.
Ahora bien, en lo concerniente a nuestro país, el tema de la violencia contra las mujeres no nos es ajena. Según datos del Instituto Nacional de las Mujeres, en el 2014 dos de cada tres mujeres han sufrido algún tipo de violencia, siendo la pareja el principal agresor. También informó que el 80% de ellas ha sufrido agresiones de tipo familiar, laboral, de comunidad e institucional. Adicionalmente, el Instituto Nacional de Ciencias Penales, durante el Seminario Permanente sobre violencia familiar 2014 mencionó que la violencia doméstica cobra la vida de una mujer cada nueve días.
Por ello, no debemos perder de vista que la violencia de género en algunos de sus actos no se encuentra visibilizada; hoy sabemos que los golpes, los insultos, las agresiones sexuales y la muerte, significan atentados a la dignidad de las personas. Sin embargo, existen otro tipo de actos cotidianos que socialmente persisten y son aceptados, como lo son: las prohibiciones, las ofensas y las tareas de acuerdo al rol socialmente aprobado para cada uno de los géneros; eso también es violencia.
Lo afirmado en el párrafo anterior, se robustece con el Violentómetro elaborado por el Instituto Politécnico Nacional, el cual bajo el lema: ...Sí, la violencia también se mide, es un instrumento de medición sencillo, pero también de los más acabados en cuanto a que nos acerca a la situación de violencia que enfrentan las mujeres en el día a día de nuestro país. Este instrumento nos ha permitido identificar conductas cotidianas que no son percibidas como violencia y que tanto hombres como mujeres, señalaron que:
Han sufrido de pellizcos, empujones, jalones de cabello, patadas e, incluso, de ahorcar o asfixiar y forzarle a una relación sexual.
Se logró identificar que la violencia física y psicológica se manifiesta a manera de juego y que los celos, las amenazas, las llamadas constantes al celular, las prohibiciones en la forma de vestir se perciben como situaciones normales, como muestras de cariño, atención y amor.
Asimismo, es importante señalar que el Violentómetro en el año 2009 exclusivamente fue del conocimiento de la comunidad estudiantil del Politécnico; sin embargo, cuando se presenta al público en general, los datos que obtiene esta institución educativa nacional son los siguientes:
Más del 46% de las mujeres mayores de 15 años sufrió algún incidente de violencia por parte de su pareja.
Cuatro de cada 10 mujeres han sido humilladas, menospreciadas, encerradas, amenazadas, les han destruido sus pertenencias, las han expulsado de sus casas o les han quitado a sus hijos/as.
Dos de cada 10 mujeres han recibido reclamos por parte de su pareja por la forma en que gastan el dinero, les han prohibido trabajar o estudiar o les han quitado dinero o bienes.
A 13 de cada 100 mujeres su pareja las ha golpeado, amarrado, pateado, tratado de ahorcar o asfixiar y agredido con un arma.
A siete de cada 100 mujeres les han exigido o las han obligado a tener relaciones sexuales con su pareja sin que ellas quieran o las han obligado a hacer cosas que no les gustan.
Es por ello que, ante el reto que la violencia de género representa para la mujer mexicana, el Gobierno de la República, presentó en el año 2013, el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013 2018, el cual establece políticas públicas y acciones concretas que permiten crear nuevos espacios para ellas.
A mayor abundamiento, sobre el compromiso que el licenciado Peña Nieto tiene por trabajar en beneficio de las mujeres, por citar algunos ejemplos se encuentran: la iniciativa de ley enviada por el Presidente del República para alcanzar la paridad de género en el Congreso de la Unión, la cual permite que hoy el 42% de quienes integramos este poder sean mujeres.
De igual forma, la Cruzada contra el Hacinamiento permitirá la construcción de 500 mil cuartos en viviendas, con lo cual se da un combate frontal a la violencia que genera la falta de muros en las casas habitadas por niñas, jóvenes y madres jefas de familia; asimismo, los programas de vivienda digna y seguros por defunción para mujeres jefas de familia y los apoyos a microempresas encabezadas por mujeres, son clara muestra del compromiso que el Presidente de la República, tiene y mantiene con las mexicanas.
Por todo lo anteriormente expuesto, el reto de hombres y mujeres por igual es continuar trabajando en la consolidación de una sociedad realmente democrática y con justicia social entre géneros, para que la violencia en cualquiera de sus formas sea eliminada a través del cambio cultural de nuestra sociedad.
En el Partido Verde Ecologista de México, insistimos en que, sin dejar de reconocer los avances en la normatividad y legislación en materia de derechos humanos de las mujeres, así como la mayor responsabilidad del Estado al tutelar esos derechos, es necesario examinar también que la desigualdad y discriminación que padecen ellas, confirma que estas estructuras de menosprecio y exclusión que históricamente han acompañado la vida de las mujeres no son fáciles de erradicar, pero sí podemos prevenir y visibilizar la violencia de género para seguir creando políticas y acciones de combate a esta pandemia social.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de noviembre del 2015. Diputada Sasil Dora Luz de León Villard (rúbrica).»
«Efeméride con motivo del 25 de noviembre, Día Mundial de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Cómo cada 25 de noviembre desde 1981, este día es motivo de reflexión sobre la violencia que se ejerce contra las mujeres en todo el mundo, y en todas sus modalidades.
La Asamblea General de las Naciones Unidas, declaró el 25 de noviembre el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, conmemoración que se ha adoptado en prácticamente todos los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas, ONU, y en la que el color naranja se convertido en estandarte de esta lucha que diariamente encuentra resistencia de todo tipo en el mundo.
La violencia contra las mujeres es una pandemia histórica que se encuentra enraizada en nuestras sociedades a partir de culturas machistas que han denominado en muchas ocasiones como normal a la misma, con las consecuencias que ello implica.
La Organización de las Naciones Unidas define la violencia contra la mujer como todo acto que cause un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada.
Las violencias de las que son víctimas las mujeres, son serias violaciones a sus derechos humanos, dado que en la mayoría de los casos, vulneran su respeto como seres humanos, su trato digno, su no discriminación y su condición de iguales humanamente con los hombres.
Las mujeres vivimos día a día siendo discriminadas, ya sea en las leyes como en la práctica, lo mismo mediante la persistencia de desigualdades por razón de género que se encuentran vinculadas a estereotipos de género que persisten en nuestras culturas y sociedades.
La violencia contra la mujer afecta e impide el avance en muchas áreas, incluidas la erradicación de la pobreza, la lucha contra el VIH/sida y la paz y la seguridad, el desarrollo humano, y la propia democracia.
Datos oficiales de Naciones Unidas, indican que hasta un 70 por ciento de las mujeres sufren violencia en su vida, y que 9 de cada diez serán víctima de violencia alguna vez a lo largo de su vida. Se calcula que el 35 por ciento de las mujeres y las niñas sufren alguna forma de violencia física o sexual a lo largo de sus vidas, sin embargo en algunas regiones de Latinoamérica, Asia y África, esta cifra asciende al 70 por ciento. Se calcula que 133 millones de niñas y mujeres han sufrido alguna forma de mutilación/ablación genital en los 29 países de África y Oriente Medio donde esta práctica perniciosa es más frecuente.
En la actualidad, existen más de 700 millones de mujeres que fueron obligadas a casarse cuando eran niñas, de las cuales 250 millones eran menores de 15 años. Las niñas que contraen matrimonio antes de cumplir los 18 tienen menos probabilidades de terminar su educación y más de sufrir violencia doméstica y complicaciones en el parto.
En México, la violencia de género es una práctica social ampliamente extendida ya que 63 por ciento de mujeres de 15 años y más ha experimentado al menos un acto de este tipo y en la mayoría de los casos el agresor es la pareja de la víctima.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDRH) 2011, los agresores, en la mayoría de los casos, se encuentran en el entorno y relaciones cercanas de las víctimas.
Se calcula que el costo económico de la violencia contra la mujer en Latinoamérica significa entre 1.6 por ciento y 3.7 por ciento del PIB de los países, mientras que diversos estudios han estimado que para México el costo de la violencia contra las mujeres supera los 100 mil millones de pesos anuales.
El Día Mundial de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, no es un día para celebrar absolutamente nada, por el contrario, es una oportunidad para reflexionar y recapacitar sobre nuestra responsabilidad que, como sociedad, debemos asumir. Es un día para exigir a las autoridades de todos los países para que cumplan con sus funciones de proteger y hacer valer los derechos humanos de las mujeres en todos los sentidos.
La violencia de género ha sido, y sigue siendo en muchas partes del mundo, un delito oculto, invisible, tolerado abiertamente e incluso socializado como normal, por diversas instituciones, desde la familia, la escuela, las religiones etcétera.
Las consecuencias de la violencia de género perduran generaciones, se tratan de actos y delitos altamente lacerantes para el tejido social, e incluso para la propia democracia. La violencia de género es el más grave ejemplo de la desigualdad en la que vivimos millones de mujeres en todo el mundo a pesar de ser mayoría en muchos espacios.
Este 25 de noviembre, no sólo debe ser una fecha para reivindicar los derechos de todas las mujeres, sino para hacer una honesta toma de consciencia sobre los actos que como sociedad toleramos abiertamente, o incluso fomentamos con nuestro silencio. La conmemoración del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, no debe ser sólo una fecha para la denuncia, para señalar que una de cada tres mexicanas ha sido golpeada, obligada a tener relaciones sexuales o ha padecido otro tipo de agresión; sino una verdadera oportunidad para buscar que la prevención y erradicación de la violencia de género se convierta en un asunto de políticas públicas, de atención del Estado y de plena evaluación de las mismas, pues hasta ahora los resultados son nulos.
Ni una muerta más, ni una desaparecida más, ni un solo feminicidio más, hoy debemos hacer un llamado en lo más alto para terminar con estos lacerantes actos en memoria de todas aquellas víctimas vivas o muertas de esta violencia que ha marcado históricamente a las mujeres.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 25 días del mes de noviembre del 2015. Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica).»
CLAUSURA Y CITA
La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez(a las 15:52 horas): Cumplido el plazo que dispone el artículo 36 del Reglamento de la Cámara de Diputados, y con las facultades que otorga a esta Presidencia el artículo 23 de la Ley Orgánica del Congreso General, se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 26 de noviembre de 2015 a las 11 horas, el sistema estará abierto a partir de las 9:30 horas. Se cierra la sesión.
O
RESUMEN DE TRABAJOS
Tiempo de duración de la sesión: 4 horas con 25 minutos
Quórum a la apertura de la sesión: 307 diputadas y diputados
Comunicaciones oficiales: 3
Minutas: 4
Iniciativa de los congresos estatales: 1
Iniciativas de diputadas y diputados: 17
Dictámenes con declaratoria de publicidad: 1
Discusión de dictamen de ley o decreto: 2
Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 45
4 PES
7 NA
4 MC
4 Morena
5 PVEM
7 PRD
5 PAN
9 PRI
DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)
VOTACIONES
De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abdala Carmona, YahleelFavor
2 Abdala Saad, Antonio TarekFavor
3 Abramo Masso, YericoFavor
4 Aguilar Robles, DavidAusente
5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor
6 Aguirre Chávez, Marco PoloAusente
7 Aguirre Romero, AndrésFavor
8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor
9 Almanza Monroy, FidelAusente
10 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor
11 Alvarado Varela, Edith AnabelFavor
12 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor
13 Amaro Cancino, AntonioFavor
14 Anaya Mota, Claudia EdithFavor
15 Anaya Orozco, AlfredoFavor
16 Antelo Esper, BernardinoFavor
17 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor
18 Arellano Núñez, EfraínFavor
19 Armenta Mier, AlejandroAusente
20 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor
21 Barragán Amador, CarlosFavor
22 Barrientos Cano, Laura MitziAusente
23 Basáñez García, PabloFavor
24 Bañales Arámbula, RamónFavor
25 Bedolla López, PabloFavor
26 Bejos Nicolás, AlfredoFavor
27 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor
28 Benítez Tiburcio, MarianaFavor
29 Bernal Casique, IvethFavor
30 Boone Godoy, Ana MaríaFavor
31 Botello Santibáñez, María BárbaraFavor
32 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaFavor
33 Cabrera Ruiz, José HugoFavor
34 Camacho Quiroz, César OctavioFavor
35 Camargo Félix, María Esther GuadalupeFavor
36 Canales Najjar, Tristán ManuelFavor
37 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroFavor
38 Casillas Zanatta, GabrielFavor
39 Castillo Martínez, EdgarFavor
40 Cavazos Balderas, Juan ManuelFavor
41 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor
42 Ceja García, XitlalicFavor
43 Cervera Hernández, FelipeFavor
44 Chacón Morales, Samuel AlexisAusente
45 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor
46 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor
47 Coheto Martínez, Vitalico CándidoFavor
48 Corella Platt, SusanaFavor
49 Covarrubias Anaya, Martha LorenaFavor
50 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesFavor
51 Córdova Hernández, José del PilarFavor
52 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaFavor
53 De la Garza Díaz del Guante, Jesús JuanFavor
54 De la Torre Valdez, YolandaFavor
55 De León Maza, Sofía del SagrarioFavor
56 Del Mazo Maza, AlfredoFavor
57 Domínguez Domínguez, César AlejandroFavor
58 Domínguez Rex, RaúlFavor
59 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor
60 Díaz Montoya, RocíoFavor
61 Elizondo García, PabloFavor
62 Escobar Manjarrez, GermánFavor
63 Escobedo Villegas, FranciscoFavor
64 Esquivel Hernández, Olga MaríaFavor
65 Estefan Chidiac, Charbel JorgeAusente
66 Etcheverry Aranda, Maricela EmilseFavor
67 Fernández Márquez, JulietaAusente
68 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor
69 Gaeta Esparza, Hugo DanielAusente
70 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeFavor
71 Gamboa Miner, PabloFavor
72 García Ayala, Marco AntonioAusente
73 García Barrón, ÓscarFavor
74 García Carreón, TelésforoFavor
75 García Navarro, OtnielFavor
76 García Portilla, Ricardo DavidFavor
77 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor
78 González Calderón, Martha HildaFavor
79 González Salas y Petricioli, María MarcelaFavor
80 González Salum, Miguel ÁngelFavor
81 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor
82 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor
83 Guerrero Coronado, DeliaFavor
84 Guerrero Esquivel, AraceliFavor
85 Guerrero García, JavierAusente
86 Guevara Cobos, Luis AlejandroAusente
87 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor
88 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyFavor
89 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor
90 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaAusente
91 Hermosillo Arteaga, Carlos GerardoFavor
92 Hernández Madrid, María GloriaFavor
93 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelFavor
94 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor
95 Ibarra Otero, Próspero ManuelFavor
96 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor
97 Iriarte Mercado, CarlosFavor
98 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioFavor
99 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueFavor
100 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelFavor
101 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor
102 Kuri Grajales, FidelFavor
103 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor
104 Le Baron González, AlexFavor
105 Leyva García, Leydi FabiolaFavor
106 Luna Canales, ArmandoFavor
107 Luna Munguía, Alma LiliaAusente
108 López Gutiérrez, David EpifanioFavor
109 López Velasco, Edith YolandaFavor
110 Madrigal Méndez, Liliana IvetteFavor
111 Majul González, SalomónAusente
112 Maya Pineda, María IsabelFavor
113 Mazari Espín, RosalinaFavor
114 Medrano Quezada, BenjamínFavor
115 Meléndez Ortega, Juan AntonioAusente
116 Melhem Salinas, EdgardoFavor
117 Mercado Ruiz, DavidFavor
118 Millán Bueno, Rosa ElenaFavor
119 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlFavor
120 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor
121 Monroy del Mazo, CarolinaFavor
122 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor
123 Mota Hernández, AdolfoFavor
124 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor
125 Muñoz Parra, María VerónicaAusente
126 Muñoz Sánchez, RosalindaAusente
127 Méndez Bazán, Virgilio DanielFavor
128 Méndez Hernández, SandraAusente
129 Mólgora Glover, ArletFavor
130 Navarrete Pérez, FernandoFavor
131 Nazar Morales, JuliánAusente
132 Nazario Morales, MatíasFavor
133 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor
134 Orantes López, Hernán de JesúsFavor
135 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor
136 Orozco Sánchez Aldana, José LuisFavor
137 Ortega Pacheco, Ivonne AracellyFavor
138 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor
139 Osorno Belmont, SusanaFavor
140 Oyervides Valdez, María GuadalupeFavor
141 Palomares Ramírez, Elvia GracielaFavor
142 Pichardo Lechuga, José IgnacioFavor
143 Pinete Vargas, María del CarmenFavor
144 Plascencia Pacheco, Laura NereidaFavor
145 Plata Inzunza, EvelioFavor
146 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsFavor
147 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor
148 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor
149 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor
150 Ramírez Marín, Jorge CarlosFavor
151 Ramírez Nieto, RicardoFavor
152 Ramírez Ocampo, Gianni RaúlFavor
153 Real Salinas, Dora ElenaFavor
154 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor
155 Rentería Medina, Flor EstelaFavor
156 Rivera Carbajal, SilviaAusente
157 Rivera Sosa, José LorenzoFavor
158 Rocha Aguilar, YulmaFavor
159 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor
160 Rojas Orozco, EnriqueFavor
161 Rojas San Román, Francisco LauroFavor
162 Romero Vega, EsdrasFavor
163 Romo García, EdgarFavor
164 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor
165 Salazar Espinosa, HeidiFavor
166 Salazar Muciño, Pedro AlbertoFavor
167 Salinas Lozano, CarmenFavor
168 Sandoval Martínez, María SoledadFavor
169 Santillán Oceguera, Francisco JavierAusente
170 Sarabia Camacho, CarlosFavor
171 Saracho Navarro, FranciscoFavor
172 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor
173 Serrano Hernández, MaricelaFavor
174 Silva Ramos, AlbertoFavor
175 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor
176 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor
177 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor
178 Sáenz Soto, José LuisFavor
179 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor
180 Sánchez Coronel, CristinaFavor
181 Sánchez Isidoro, DavidFavor
182 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínFavor
183 Taja Ramírez, RicardoAusente
184 Tamayo Morales, Martha SofíaFavor
185 Tannos Cruz, YarithFavor
186 Terrazas Porras, AdrianaAusente
187 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor
188 Toledo Medina, José LuisAusente
189 Torres Cantú, DanielFavor
190 Torres Huitrón, José AlfredoAusente
191 Trujillo Zentella, GeorginaFavor
192 Uriarte Zazueta, FernandoFavor
193 Valencia García, ÓscarFavor
194 Vallejo Barragán, ManuelFavor
195 Vargas Rodríguez, Federico EugenioFavor
196 Vidal Aguilar, LiborioFavor
197 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor
198 Villa Ramírez, TimoteoFavor
199 Villa Trujillo, EdithFavor
200 Villagómez Guerrero, RamónFavor
201 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor
202 Vélez Núñez, BeatrizFavor
203 Yerena Zambrano, RafaelFavor
204 Zapata Lucero, Ana GeorginaFavor
205 Zepahua García, LillianFavor
206 Zúñiga Mendoza, J. JesúsFavor
Favor: 180
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 26
Total: 206
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Agundis Estrada, María VerónicaFavor
2 Alejo Domínguez, HugoFavor
3 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor
4 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor
5 Amparano Gámez, LeticiaFavor
6 Antero Valle, Luis FernandoFavor
7 Arámbula Meléndez, MarianaFavor
8 Barraza López, José TeodoroFavor
9 Barrera Marmolejo, HéctorFavor
10 Bello Otero, CarlosFavor
11 Bermúdez Méndez, José ErandiAusente
12 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor
13 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor
14 Bolio Pinelo, Kathia MaríaFavor
15 Cambranis Torres, EnriqueFavor
16 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor
17 Castañón Herrera, EukidAusente
18 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaFavor
19 Chavarrías Barajas, EloisaFavor
20 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor
21 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor
22 Corral Estrada, HerminioFavor
23 Corral Mier, JuanFavor
24 Cortés Berumen, José HernánFavor
25 Cortés Lugo, Román FranciscoFavor
26 Cortés Mendoza, Marko AntonioFavor
27 Cruz Blackledge, Gina AndreaFavor
28 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor
29 Culin Jaime, GretelFavor
30 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoFavor
31 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor
32 Döring Casar, FedericoFavor
33 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor
34 Enríquez Vanderkam, Mayra AngélicaFavor
35 Flores Sosa, CésarFavor
36 Gama Basarte, Marco AntonioFavor
37 García Escobar, Lilia ArmindaFavor
38 García García, PatriciaFavor
39 García López, José MáximoFavor
40 García Pérez, MaríaFavor
41 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor
42 Garza Treviño, PedroFavor
43 Gómez Olivier, Sergio EmilioFavor
44 González Ceceña, ExaltaciónFavor
45 González Navarro, José AdriánFavor
46 González Suástegui, GuadalupeFavor
47 Gutiérrez Campos, AlejandraFavor
48 Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco JoséFavor
49 Hernández Ramos, MinervaFavor
50 Herrera Deras, Alfredo MiguelFavor
51 Huepa Pérez, Miguel ÁngelFavor
52 Huerta Villegas, GenovevaFavor
53 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor
54 Iñiguez Mejía, Elías OctavioAusente
55 Jiménez Márquez, Martha CristinaFavor
56 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor
57 López Córdova, José EverardoFavor
58 López Martín, JorgeFavor
59 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor
60 Madero Muñoz, Gustavo EnriqueAusente
61 Mandujano Tinajero, RenéFavor
62 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor
63 Marrón Agustín, Luis GilbertoFavor
64 Martínez Montemayor, BaltazarFavor
65 Martínez Santos, WenceslaoFavor
66 Martínez Sánchez, Luis de LeónFavor
67 Matesanz Santamaría, RocíoFavor
68 Moya Marín, AngélicaFavor
69 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor
70 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor
71 Nava Mouett, JacquelineAusente
72 Neblina Vega, Javier AntonioFavor
73 Osuna Carranco, Karla KarinaFavor
74 Ovando Reazola, JanetteFavor
75 Padilla Avila, KarinaFavor
76 Paes Martínez, JiselaAusente
77 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaFavor
78 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor
79 Ramírez Núñez, UlisesFavor
80 Ramírez Ramos, GabrielaFavor
81 Ramos Hernández, JorgeFavor
82 Rendón García, César AugustoFavor
83 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor
84 Rivera Castillejos, Armando AlejandroFavor
85 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesFavor
86 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor
87 Rodríguez Della Vecchia, MónicaFavor
88 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor
89 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor
90 Ruiz García, Juan CarlosFavor
91 Salas Valencia, José AntonioFavor
92 Salim Alle, Miguel ÁngelAusente
93 Sánchez Carrillo, PatriciaFavor
94 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor
95 Sánchez Meza, María LuisaFavor
96 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniFavor
97 Sheffield Padilla, Francisco RicardoFavor
98 Taboada Cortina, SantiagoFavor
99 Talavera Hernández, María EloísaFavor
100 Tamariz García, XimenaFavor
101 Torreblanca Engell, SantiagoFavor
102 Triana Tena, JorgeFavor
103 Valenzuela Armas, RafaelFavor
104 Valles Olvera, Elva LidiaFavor
105 Vargas Bárcena, MarisolFavor
106 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeFavor
107 Velázquez Valdez, BrendaFavor
108 Yunes Linares, Miguel ÁngelFavor
Favor: 101
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 7
Total: 108
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Acosta Naranjo, GuadalupeAusente
2 Alanis Pedraza, Angel IIFavor
3 Amador Rodríguez, LeonardoFavor
4 Aragón Castillo, HortensiaFavor
5 Arguijo Herrera, Tania VictoriaFavor
6 Barón Ortiz, Natalia KarinaFavor
7 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelFavor
8 Beltrán Reyes, María LuisaFavor
9 Bocanegra Ruiz, ElioFavor
10 Briones Pérez, Erika IrazemaFavor
11 Calderón Torreblanca, FidelAusente
12 Carrera Hernández, Ana LeticiaFavor
13 Castelán Mondragón, María ElidaFavor
14 Catalán Padilla, OlgaFavor
15 Contreras Julián, MaricelaAusente
16 Cruz Molina, Eva FlorindaFavor
17 Estefan Garfias, José AntonioAusente
18 Fernández González, WaldoFavor
19 Ferrer Abalos, ÓscarFavor
20 Flores Sonduk, LluviaFavor
21 Galván Martínez, FernandoFavor
22 García Bravo, María Cristina TeresaAusente
23 García Calderón, David GersonFavor
24 García Chávez, Héctor JavierFavor
25 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneFavor
26 Hernández Alcalá, José GuadalupeAusente
27 Hernández Mirón, CarlosAusente
28 Hernández Soriano, RafaelFavor
29 Hurtado Arana, KarenFavor
30 Jiménez Rumbo, DavidAusente
31 Juárez Blanquet, ErikFavor
32 López Sánchez, SergioFavor
33 Madrigal Sánchez, AraceliFavor
34 Maldonado Venegas, LuisAusente
35 Martínez Neri, FranciscoFavor
36 Martínez Soto, Norberto AntonioFavor
37 Martínez Urincho, AlbertoFavor
38 Meza Guzmán, Lucia VirginiaFavor
39 Nava Palacios, Francisco XavierFavor
40 Octaviano Félix, TomásFavor
41 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroFavor
42 Ordoñez Hernández, DanielAusente
43 Ortega Álvarez, OmarFavor
44 Parra Álvarez, EvelynFavor
45 Peralta Grappin, HéctorFavor
46 Pool Pech, Isaura IvanovaFavor
47 Pérez Alvarado, CandelarioAusente
48 Ramírez Peralta, Karen OrneyFavor
49 Reyes Álvarez, FelipeFavor
50 Rubio Quiroz, Juan FernandoFavor
51 Saldaña Morán, JulioFavor
52 Santana Alfaro, ArturoFavor
53 Santiago López, JoséFavor
54 Saucedo Reyes, AraceliAusente
55 Soto Espino, ArmandoFavor
56 Soto González, Cecilia GuadalupeFavor
57 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorFavor
58 Valdes Ramírez, María ConcepciónFavor
59 Wences Real, VictorianoFavor
60 Zambrano Grijalva, José de JesúsAusente
Favor: 47
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 13
Total: 60
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Álvarez Angli, ArturoFavor
2 Álvarez López, JorgeFavor
3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaFavor
4 Arévalo González, José AntonioFavor
5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaFavor
6 Avendaño Bermúdez, Luis IgnacioFavor
7 Ávila Serna, MaríaFavor
8 Bernardino Vargas, Omar NoéFavor
9 Canales Suárez, PalomaFavor
10 Canavati Tafich, Jesús RicardoAusente
11 Celis Aguirre, Juan ManuelFavor
12 Corona Valdés, LorenaFavor
13 Couttolenc Buentello, José AlbertoFavor
14 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaFavor
15 De León Villard, Sasil Dora LuzAusente
16 De los Santos Torres, DanielaFavor
17 Estrada Barba, RembertoFavor
18 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésFavor
19 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor
20 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaFavor
21 Gaxiola Lezama, JorginaFavor
22 González Torres, SofíaFavor
23 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelFavor
24 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor
25 Izquierdo Rojas, Jesús GerardoFavor
26 Limón García, LiaFavor
27 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor
28 Mendoza Amezcua, VirgilioFavor
29 Ochoa Rojas, CándidoFavor
30 Ordaz Coppel, QuirinoFavor
31 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor
32 Sandoval Rodríguez, José RefugioFavor
33 Sarur Torre, AdrianaAusente
34 Sedas Castro, Miguel ÁngelFavor
35 Sesma Suárez, JesúsFavor
36 Spinoso Carrera, EdgarAusente
37 Toledo Aceves, WendolinFavor
38 Torres Rivas, Francisco AlbertoFavor
39 Valera Fuentes, Diego ValenteAusente
40 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor
41 Vázquez Parissi, CiriloFavor
42 Zamora Morlet, EnriqueFavor
43 Zenteno Núñez, Eduardo FranciscoAusente
Favor: 37
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 6
Total: 43
MOVIMIENTO REGENERACION NACIONAL
1 Abdala Dartigues, RodrigoFavor
2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaFavor
3 Alva y Alva, MiguelFavor
4 Álvarez López, Jesús EmilianoFavor
5 Barrientos Pantoja, AliciaFavor
6 Basurto Román, AlfredoFavor
7 Caballero Pedraza, Virgilio DanteFavor
8 Castro Vázquez, RogerioFavor
9 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroFavor
10 Chávez García, MaríaFavor
11 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaFavor
12 Cárdenas Mariscal, María AntoniaAusente
13 Damián González, AraceliFavor
14 Esquivel Valdés, Laura BeatrizFavor
15 Falcón Venegas, Sandra LuzFavor
16 Fuentes Alonso, ModestaFavor
17 García Jiménez, CuitláhuacFavor
18 Godoy Ramos, ErnestinaFavor
19 Guzmán Jacobo, RobertoFavor
20 Gómez Álvarez, DelfinaFavor
21 Hernández Colín, Norma XochitlAusente
22 Hernández Correa, GuadalupeAusente
23 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioFavor
24 Juárez Rodríguez, Mario ArielFavor
25 Llerenas Morales, VidalFavor
26 López López, Irma RebecaFavor
27 Molina Arias, Renato JosafatFavor
28 Nahle García, Norma RocíoFavor
29 Ramos Ramírez, BlandinaFavor
30 Romero Tenorio, JuanFavor
31 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelFavor
32 Serrano Lora, JesúsFavor
33 Tello López, JorgeFavor
34 Trejo Flores, MarianaFavor
35 Villa González, ConcepciónFavor
Favor: 32
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 35
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Álvarez Maynez, JorgeFavor
2 Castañeda Hoeflich, José ClementeFavor
3 Cervera García, RenéFavor
4 Corichi García, Claudia SofíaFavor
5 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoFavor
6 Delgadillo García, VerónicaFavor
7 Espino Barrientos, Manuel de JesúsFavor
8 Flores Gómez, MirzaFavor
9 García Soberanes, Cynthia GisselFavor
10 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor
11 Guerra Mota, MoisésFavor
12 Hauffen Torres, Angie DennisseAusente
13 Lomelí Bolaños, CarlosFavor
14 Martínez García, JonadabFavor
15 Mercado Sánchez, María VictoriaFavor
16 Munguía González, Luis ErnestoFavor
17 Ochoa Avalos, María CandelariaFavor
18 Orantes López, María ElenaFavor
19 Pérez Utrera, AdánFavor
20 Ralis Cumplido, Germán ErnestoFavor
21 Ramírez Nachis, Rosa AlbaFavor
22 Sánchez Orozco, Víctor ManuelFavor
23 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónFavor
24 Toledo Ibarra, MarbellaFavor
25 Zamora Zamora, SalvadorFavor
Favor: 24
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 25
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bañuelos de la Torre, SorallaFavor
2 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor
3 García Yáñez, ÁngelFavor
4 Lara Salazar, MarianoFavor
5 Ocampo Bedolla, María EugeniaAusente
6 Pinto Torres, Francisco JavierFavor
7 Quezada Salas, José BernardoFavor
8 Reyes Ávila, AngélicaAusente
9 Sánchez Ruiz, KarinaFavor
10 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor
11 Zetina Aguiluz, Manuel AlexanderFavor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 11
PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL
1 Ferreiro Velazco, José AlfredoAusente
2 Flores Cervantes, Hugo EricFavor
3 González Murillo, AlejandroAusente
4 Guízar Valladares, GonzaloFavor
5 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor
6 Perea Santos, Ana GuadalupeFavor
7 Pineda Morín, AbdiesFavor
8 Torres Sandoval, MelissaFavor
Favor: 6
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 8
DIPUTADOS INDEPENDIENTES
1 Clouthier Carrillo, Manuel JesúsFavor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Montiel Reyes, AriadnaFavor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1
De la Comisión de Deporte, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abdala Carmona, YahleelFavor
2 Abdala Saad, Antonio TarekFavor
3 Abramo Masso, YericoFavor
4 Aguilar Robles, DavidFavor
5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor
6 Aguirre Chávez, Marco PoloAusente
7 Aguirre Romero, AndrésFavor
8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor
9 Almanza Monroy, FidelAusente
10 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor
11 Alvarado Varela, Edith AnabelFavor
12 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor
13 Amaro Cancino, AntonioFavor
14 Anaya Mota, Claudia EdithFavor
15 Anaya Orozco, AlfredoFavor
16 Antelo Esper, BernardinoFavor
17 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor
18 Arellano Núñez, EfraínFavor
19 Armenta Mier, AlejandroAusente
20 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor
21 Barragán Amador, CarlosFavor
22 Barrientos Cano, Laura MitziAusente
23 Basáñez García, PabloAusente
24 Bañales Arámbula, RamónAusente
25 Bedolla López, PabloFavor
26 Bejos Nicolás, AlfredoFavor
27 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor
28 Benítez Tiburcio, MarianaFavor
29 Bernal Casique, IvethFavor
30 Boone Godoy, Ana MaríaFavor
31 Botello Santibáñez, María BárbaraFavor
32 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaFavor
33 Cabrera Ruiz, José HugoFavor
34 Camacho Quiroz, César OctavioFavor
35 Camargo Félix, María Esther GuadalupeFavor
36 Canales Najjar, Tristán ManuelFavor
37 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroFavor
38 Casillas Zanatta, GabrielFavor
39 Castillo Martínez, EdgarFavor
40 Cavazos Balderas, Juan ManuelFavor
41 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor
42 Ceja García, XitlalicFavor
43 Cervera Hernández, FelipeFavor
44 Chacón Morales, Samuel AlexisAusente
45 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor
46 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor
47 Coheto Martínez, Vitalico CándidoFavor
48 Corella Platt, SusanaFavor
49 Covarrubias Anaya, Martha LorenaFavor
50 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesFavor
51 Córdova Hernández, José del PilarFavor
52 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaFavor
53 De la Garza Díaz del Guante, Jesús JuanFavor
54 De la Torre Valdez, YolandaFavor
55 De León Maza, Sofía del SagrarioFavor
56 Del Mazo Maza, AlfredoFavor
57 Domínguez Domínguez, César AlejandroFavor
58 Domínguez Rex, RaúlFavor
59 Dávila Flores, Jorge EnriqueAusente
60 Díaz Montoya, RocíoFavor
61 Elizondo García, PabloFavor
62 Escobar Manjarrez, GermánFavor
63 Escobedo Villegas, FranciscoFavor
64 Esquivel Hernández, Olga MaríaFavor
65 Estefan Chidiac, Charbel JorgeAusente
66 Etcheverry Aranda, Maricela EmilseFavor
67 Fernández Márquez, JulietaAusente
68 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor
69 Gaeta Esparza, Hugo DanielAusente
70 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeFavor
71 Gamboa Miner, PabloFavor
72 García Ayala, Marco AntonioAusente
73 García Barrón, ÓscarFavor
74 García Carreón, TelésforoFavor
75 García Navarro, OtnielFavor
76 García Portilla, Ricardo DavidFavor
77 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor
78 González Calderón, Martha HildaFavor
79 González Salas y Petricioli, María MarcelaFavor
80 González Salum, Miguel ÁngelFavor
81 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor
82 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor
83 Guerrero Coronado, DeliaFavor
84 Guerrero Esquivel, AraceliFavor
85 Guerrero García, JavierAusente
86 Guevara Cobos, Luis AlejandroAusente
87 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor
88 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyFavor
89 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor
90 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaAusente
91 Hermosillo Arteaga, Carlos GerardoFavor
92 Hernández Madrid, María GloriaFavor
93 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelFavor
94 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor
95 Ibarra Otero, Próspero ManuelFavor
96 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor
97 Iriarte Mercado, CarlosFavor
98 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioFavor
99 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueFavor
100 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelFavor
101 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor
102 Kuri Grajales, FidelFavor
103 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor
104 Le Baron González, AlexFavor
105 Leyva García, Leydi FabiolaFavor
106 Luna Canales, ArmandoFavor
107 Luna Munguía, Alma LiliaAusente
108 López Gutiérrez, David EpifanioFavor
109 López Velasco, Edith YolandaFavor
110 Madrigal Méndez, Liliana IvetteFavor
111 Majul González, SalomónAusente
112 Maya Pineda, María IsabelFavor
113 Mazari Espín, RosalinaFavor
114 Medrano Quezada, BenjamínFavor
115 Meléndez Ortega, Juan AntonioAusente
116 Melhem Salinas, EdgardoFavor
117 Mercado Ruiz, DavidFavor
118 Millán Bueno, Rosa ElenaFavor
119 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlFavor
120 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor
121 Monroy del Mazo, CarolinaFavor
122 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor
123 Mota Hernández, AdolfoFavor
124 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor
125 Muñoz Parra, María VerónicaAusente
126 Muñoz Sánchez, RosalindaAusente
127 Méndez Bazán, Virgilio DanielFavor
128 Méndez Hernández, SandraAusente
129 Mólgora Glover, ArletFavor
130 Navarrete Pérez, FernandoFavor
131 Nazar Morales, JuliánAusente
132 Nazario Morales, MatíasFavor
133 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor
134 Orantes López, Hernán de JesúsFavor
135 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor
136 Orozco Sánchez Aldana, José LuisFavor
137 Ortega Pacheco, Ivonne AracellyAusente
138 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor
139 Osorno Belmont, SusanaFavor
140 Oyervides Valdez, María GuadalupeFavor
141 Palomares Ramírez, Elvia GracielaFavor
142 Pichardo Lechuga, José IgnacioFavor
143 Pinete Vargas, María del CarmenFavor
144 Plascencia Pacheco, Laura NereidaFavor
145 Plata Inzunza, EvelioFavor
146 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsAusente
147 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor
148 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor
149 Rafael Rubio, ÁlvaroAusente
150 Ramírez Marín, Jorge CarlosFavor
151 Ramírez Nieto, RicardoFavor
152 Ramírez Ocampo, Gianni RaúlFavor
153 Real Salinas, Dora ElenaFavor
154 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor
155 Rentería Medina, Flor EstelaFavor
156 Rivera Carbajal, SilviaAusente
157 Rivera Sosa, José LorenzoFavor
158 Rocha Aguilar, YulmaFavor
159 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor
160 Rojas Orozco, EnriqueFavor
161 Rojas San Román, Francisco LauroFavor
162 Romero Vega, EsdrasFavor
163 Romo García, EdgarFavor
164 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor
165 Salazar Espinosa, HeidiFavor
166 Salazar Muciño, Pedro AlbertoFavor
167 Salinas Lozano, CarmenFavor
168 Sandoval Martínez, María SoledadFavor
169 Santillán Oceguera, Francisco JavierAusente
170 Sarabia Camacho, CarlosFavor
171 Saracho Navarro, FranciscoFavor
172 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor
173 Serrano Hernández, MaricelaFavor
174 Silva Ramos, AlbertoFavor
175 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor
176 Sobreyra Santos, María MonserrathAusente
177 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor
178 Sáenz Soto, José LuisFavor
179 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor
180 Sánchez Coronel, CristinaFavor
181 Sánchez Isidoro, DavidFavor
182 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínFavor
183 Taja Ramírez, RicardoAusente
184 Tamayo Morales, Martha SofíaFavor
185 Tannos Cruz, YarithFavor
186 Terrazas Porras, AdrianaAusente
187 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor
188 Toledo Medina, José LuisAusente
189 Torres Cantú, DanielFavor
190 Torres Huitrón, José AlfredoAusente
191 Trujillo Zentella, GeorginaFavor
192 Uriarte Zazueta, FernandoFavor
193 Valencia García, ÓscarFavor
194 Vallejo Barragán, ManuelAusente
195 Vargas Rodríguez, Federico EugenioFavor
196 Vidal Aguilar, LiborioFavor
197 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor
198 Villa Ramírez, TimoteoFavor
199 Villa Trujillo, EdithFavor
200 Villagómez Guerrero, RamónFavor
201 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor
202 Vélez Núñez, BeatrizFavor
203 Yerena Zambrano, RafaelFavor
204 Zapata Lucero, Ana GeorginaFavor
205 Zepahua García, LillianFavor
206 Zúñiga Mendoza, J. JesúsFavor
Favor: 173
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 33
Total: 206
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Agundis Estrada, María VerónicaFavor
2 Alejo Domínguez, HugoFavor
3 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor
4 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor
5 Amparano Gámez, LeticiaFavor
6 Antero Valle, Luis FernandoFavor
7 Arámbula Meléndez, MarianaFavor
8 Barraza López, José TeodoroFavor
9 Barrera Marmolejo, HéctorFavor
10 Bello Otero, CarlosFavor
11 Bermúdez Méndez, José ErandiAusente
12 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor
13 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor
14 Bolio Pinelo, Kathia MaríaFavor
15 Cambranis Torres, EnriqueFavor
16 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor
17 Castañón Herrera, EukidAusente
18 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaAbstención
19 Chavarrías Barajas, EloisaFavor
20 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor
21 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor
22 Corral Estrada, HerminioFavor
23 Corral Mier, JuanFavor
24 Cortés Berumen, José HernánContra
25 Cortés Lugo, Román FranciscoFavor
26 Cortés Mendoza, Marko AntonioFavor
27 Cruz Blackledge, Gina AndreaFavor
28 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor
29 Culin Jaime, GretelFavor
30 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoFavor
31 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor
32 Döring Casar, FedericoFavor
33 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor
34 Enríquez Vanderkam, Mayra AngélicaFavor
35 Flores Sosa, CésarFavor
36 Gama Basarte, Marco AntonioFavor
37 García Escobar, Lilia ArmindaFavor
38 García García, PatriciaFavor
39 García López, José MáximoFavor
40 García Pérez, MaríaAusente
41 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor
42 Garza Treviño, PedroFavor
43 Gómez Olivier, Sergio EmilioFavor
44 González Ceceña, ExaltaciónFavor
45 González Navarro, José AdriánFavor
46 González Suástegui, GuadalupeFavor
47 Gutiérrez Campos, AlejandraFavor
48 Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco JoséAusente
49 Hernández Ramos, MinervaFavor
50 Herrera Deras, Alfredo MiguelFavor
51 Huepa Pérez, Miguel ÁngelFavor
52 Huerta Villegas, GenovevaFavor
53 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor
54 Iñiguez Mejía, Elías OctavioAusente
55 Jiménez Márquez, Martha CristinaFavor
56 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsAbstención
57 López Córdova, José EverardoFavor
58 López Martín, JorgeAusente
59 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor
60 Madero Muñoz, Gustavo EnriqueAusente
61 Mandujano Tinajero, RenéFavor
62 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor
63 Marrón Agustín, Luis GilbertoFavor
64 Martínez Montemayor, BaltazarFavor
65 Martínez Santos, WenceslaoFavor
66 Martínez Sánchez, Luis de LeónFavor
67 Matesanz Santamaría, RocíoFavor
68 Moya Marín, AngélicaAbstención
69 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor
70 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor
71 Nava Mouett, JacquelineAusente
72 Neblina Vega, Javier AntonioFavor
73 Osuna Carranco, Karla KarinaAbstención
74 Ovando Reazola, JanetteAbstención
75 Padilla Avila, KarinaAusente
76 Paes Martínez, JiselaAusente
77 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaFavor
78 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor
79 Ramírez Núñez, UlisesFavor
80 Ramírez Ramos, GabrielaFavor
81 Ramos Hernández, JorgeFavor
82 Rendón García, César AugustoFavor
83 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor
84 Rivera Castillejos, Armando AlejandroFavor
85 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesContra
86 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor
87 Rodríguez Della Vecchia, MónicaFavor
88 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor
89 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor
90 Ruiz García, Juan CarlosFavor
91 Salas Valencia, José AntonioFavor
92 Salim Alle, Miguel ÁngelAusente
93 Sánchez Carrillo, PatriciaFavor
94 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor
95 Sánchez Meza, María LuisaFavor
96 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniFavor
97 Sheffield Padilla, Francisco RicardoFavor
98 Taboada Cortina, SantiagoFavor
99 Talavera Hernández, María EloísaFavor
100 Tamariz García, XimenaFavor
101 Torreblanca Engell, SantiagoFavor
102 Triana Tena, JorgeFavor
103 Valenzuela Armas, RafaelFavor
104 Valles Olvera, Elva LidiaFavor
105 Vargas Bárcena, MarisolFavor
106 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeFavor
107 Velázquez Valdez, BrendaAbstención
108 Yunes Linares, Miguel ÁngelFavor
Favor: 89
Contra: 2
Abstención: 6
Quorum: 0
Ausentes: 11
Total: 108
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Acosta Naranjo, GuadalupeAusente
2 Alanis Pedraza, Angel IIFavor
3 Amador Rodríguez, LeonardoFavor
4 Aragón Castillo, HortensiaFavor
5 Arguijo Herrera, Tania VictoriaFavor
6 Barón Ortiz, Natalia KarinaFavor
7 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelAusente
8 Beltrán Reyes, María LuisaFavor
9 Bocanegra Ruiz, ElioFavor
10 Briones Pérez, Erika IrazemaFavor
11 Calderón Torreblanca, FidelAusente
12 Carrera Hernández, Ana LeticiaFavor
13 Castelán Mondragón, María ElidaFavor
14 Catalán Padilla, OlgaFavor
15 Contreras Julián, MaricelaAusente
16 Cruz Molina, Eva FlorindaFavor
17 Estefan Garfias, José AntonioAusente
18 Fernández González, WaldoFavor
19 Ferrer Abalos, ÓscarFavor
20 Flores Sonduk, LluviaFavor
21 Galván Martínez, FernandoFavor
22 García Bravo, María Cristina TeresaAusente
23 García Calderón, David GersonFavor
24 García Chávez, Héctor JavierAusente
25 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneFavor
26 Hernández Alcalá, José GuadalupeAusente
27 Hernández Mirón, CarlosFavor
28 Hernández Soriano, RafaelFavor
29 Hurtado Arana, KarenFavor
30 Jiménez Rumbo, DavidFavor
31 Juárez Blanquet, ErikFavor
32 López Sánchez, SergioFavor
33 Madrigal Sánchez, AraceliFavor
34 Maldonado Venegas, LuisAusente
35 Martínez Neri, FranciscoFavor
36 Martínez Soto, Norberto AntonioFavor
37 Martínez Urincho, AlbertoFavor
38 Meza Guzmán, Lucia VirginiaFavor
39 Nava Palacios, Francisco XavierFavor
40 Octaviano Félix, TomásFavor
41 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroFavor
42 Ordoñez Hernández, DanielAusente
43 Ortega Álvarez, OmarFavor
44 Parra Álvarez, EvelynFavor
45 Peralta Grappin, HéctorFavor
46 Pool Pech, Isaura IvanovaFavor
47 Pérez Alvarado, CandelarioAusente
48 Ramírez Peralta, Karen OrneyFavor
49 Reyes Álvarez, FelipeFavor
50 Rubio Quiroz, Juan FernandoFavor
51 Saldaña Morán, JulioFavor
52 Santana Alfaro, ArturoFavor
53 Santiago López, JoséFavor
54 Saucedo Reyes, AraceliAusente
55 Soto Espino, ArmandoFavor
56 Soto González, Cecilia GuadalupeAusente
57 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorFavor
58 Valdes Ramírez, María ConcepciónFavor
59 Wences Real, VictorianoFavor
60 Zambrano Grijalva, José de JesúsAusente
Favor: 46
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 14
Total: 60
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Álvarez Angli, ArturoAusente
2 Álvarez López, JorgeFavor
3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaFavor
4 Arévalo González, José AntonioFavor
5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaFavor
6 Avendaño Bermúdez, Luis IgnacioFavor
7 Ávila Serna, MaríaFavor
8 Bernardino Vargas, Omar NoéFavor
9 Canales Suárez, PalomaFavor
10 Canavati Tafich, Jesús RicardoAusente
11 Celis Aguirre, Juan ManuelFavor
12 Corona Valdés, LorenaFavor
13 Couttolenc Buentello, José AlbertoFavor
14 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaFavor
15 De León Villard, Sasil Dora LuzAusente
16 De los Santos Torres, DanielaFavor
17 Estrada Barba, RembertoFavor
18 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésFavor
19 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor
20 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaFavor
21 Gaxiola Lezama, JorginaFavor
22 González Torres, SofíaFavor
23 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelAusente
24 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor
25 Izquierdo Rojas, Jesús GerardoFavor
26 Limón García, LiaAusente
27 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor
28 Mendoza Amezcua, VirgilioFavor
29 Ochoa Rojas, CándidoFavor
30 Ordaz Coppel, QuirinoFavor
31 Salazar Farías, Emilio EnriqueAusente
32 Sandoval Rodríguez, José RefugioFavor
33 Sarur Torre, AdrianaFavor
34 Sedas Castro, Miguel ÁngelFavor
35 Sesma Suárez, JesúsAusente
36 Spinoso Carrera, EdgarAusente
37 Toledo Aceves, WendolinFavor
38 Torres Rivas, Francisco AlbertoFavor
39 Valera Fuentes, Diego ValenteAusente
40 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor
41 Vázquez Parissi, CiriloAusente
42 Zamora Morlet, EnriqueFavor
43 Zenteno Núñez, Eduardo FranciscoAusente
Favor: 32
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 11
Total: 43
MOVIMIENTO REGENERACION NACIONAL
1 Abdala Dartigues, RodrigoFavor
2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaFavor
3 Alva y Alva, MiguelFavor
4 Álvarez López, Jesús EmilianoAusente
5 Barrientos Pantoja, AliciaFavor
6 Basurto Román, AlfredoFavor
7 Caballero Pedraza, Virgilio DanteFavor
8 Castro Vázquez, RogerioFavor
9 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroFavor
10 Chávez García, MaríaFavor
11 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaFavor
12 Cárdenas Mariscal, María AntoniaAusente
13 Damián González, AraceliFavor
14 Esquivel Valdés, Laura BeatrizFavor
15 Falcón Venegas, Sandra LuzFavor
16 Fuentes Alonso, ModestaFavor
17 García Jiménez, CuitláhuacFavor
18 Godoy Ramos, ErnestinaFavor
19 Guzmán Jacobo, RobertoFavor
20 Gómez Álvarez, DelfinaFavor
21 Hernández Colín, Norma XochitlAusente
22 Hernández Correa, GuadalupeAusente
23 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioFavor
24 Juárez Rodríguez, Mario ArielFavor
25 Llerenas Morales, VidalFavor
26 López López, Irma RebecaFavor
27 Molina Arias, Renato JosafatFavor
28 Nahle García, Norma RocíoFavor
29 Ramos Ramírez, BlandinaFavor
30 Romero Tenorio, JuanFavor
31 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelFavor
32 Serrano Lora, JesúsFavor
33 Tello López, JorgeFavor
34 Trejo Flores, MarianaFavor
35 Villa González, ConcepciónFavor
Favor: 31
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 35
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Álvarez Maynez, JorgeFavor
2 Castañeda Hoeflich, José ClementeFavor
3 Cervera García, RenéFavor
4 Corichi García, Claudia SofíaFavor
5 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoFavor
6 Delgadillo García, VerónicaFavor
7 Espino Barrientos, Manuel de JesúsFavor
8 Flores Gómez, MirzaFavor
9 García Soberanes, Cynthia GisselFavor
10 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor
11 Guerra Mota, MoisésFavor
12 Hauffen Torres, Angie DennisseAusente
13 Lomelí Bolaños, CarlosFavor
14 Martínez García, JonadabFavor
15 Mercado Sánchez, María VictoriaFavor
16 Munguía González, Luis ErnestoFavor
17 Ochoa Avalos, María CandelariaFavor
18 Orantes López, María ElenaFavor
19 Pérez Utrera, AdánFavor
20 Ralis Cumplido, Germán ErnestoFavor
21 Ramírez Nachis, Rosa AlbaFavor
22 Sánchez Orozco, Víctor ManuelFavor
23 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónFavor
24 Toledo Ibarra, MarbellaFavor
25 Zamora Zamora, SalvadorFavor
Favor: 24
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 25
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bañuelos de la Torre, SorallaFavor
2 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor
3 García Yáñez, ÁngelFavor
4 Lara Salazar, MarianoFavor
5 Ocampo Bedolla, María EugeniaAusente
6 Pinto Torres, Francisco JavierFavor
7 Quezada Salas, José BernardoFavor
8 Reyes Ávila, AngélicaAusente
9 Sánchez Ruiz, KarinaFavor
10 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor
11 Zetina Aguiluz, Manuel AlexanderFavor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 11
PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL
1 Ferreiro Velazco, José AlfredoAusente
2 Flores Cervantes, Hugo EricContra
3 González Murillo, AlejandroFavor
4 Guízar Valladares, GonzaloContra
5 Martínez Guzmán, Norma EdithContra
6 Perea Santos, Ana GuadalupeFavor
7 Pineda Morín, AbdiesContra
8 Torres Sandoval, MelissaFavor
Favor: 3
Contra: 4
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 8
DIPUTADOS INDEPENDIENTES
1 Clouthier Carrillo, Manuel JesúsFavor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Montiel Reyes, AriadnaFavor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1