Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva
Director del
Diario de los Debates
Luis Alfredo Mora Villagómez
Año I
México, DF, martes 8 de septiembre de 2015
Sesión No. 4 Apéndice

SUMARIO


APÉNDICE

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 8 de septiembre de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVA

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se remite a la Comisión de Economía, para dictamen

PROPOSICIONES

EXHORTA AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y AL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO, A SUMAR ESFUERZOS CON EL FIN DE MEJORAR EL SERVICIO

De la diputada María de la Paz Quiñones Cornejo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del Distrito Federal y al Sistema de Transporte Colectivo Metro, a sumar esfuerzos con el fin de mejorar el servicio que presta a los usuarios. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen

ESTABLECER UN DIÁLOGO REPUBLICANO CON EL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL, EN EL MARCO DEL ANÁLISIS DEL III INFORME

Del diputado Guadalupe Acosta Naranjo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo,  para establecer un diálogo republicano con el titular del Ejecutivo federal, en el marco del análisis del III Informe de Gobierno. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención

IMPLEMENTE CAMPAÑAS INFORMATIVAS RESPECTO DE LOS PROGRAMAS DE ALFABETIZACIÓN QUE HAY A NIVEL NACIONAL, CONSIDERANDO LA PARTICIPACIÓN DE LOS GRUPOS VULNERABLES

Del diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que en el marco del Día Internacional de la Alfabetización, implemente campañas informativas respecto de los programas de alfabetización que hay a nivel nacional, considerando la participación de los grupos vulnerables. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

SEGUIMIENTO A LAS INVESTIGACIONES RELACIONADAS POR LOS HECHOS OCURRIDOS EN IGUALA, GUERRERO, A ALUMNOS DE LA ESCUELA NORMAL RURAL DE AYOTZINAPA “RAÚL ISIDRO BURGOS”

De diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de la Comisión Especial de seguimiento a las investigaciones relacionadas por los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención

DESISTIRSE DE LA ACUSACIÓN DE PORTACIÓN DE ARMAS EXCLUSIVAS DEL EJÉRCITO EN CONTRA DEL DOCTOR JOSÉ MANUEL MIRELES

De los diputados Jorge Álvarez Maynez, Rene Cervera García y la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República a desistirse de la acusación de portación de armas exclusivas del Ejército en contra del doctor José Manuel Mireles, así como exhortar al Juez Federal Quinto en materia penal, para que sea trasladado al penal de Morelia Michoacán y se resuelva su situación jurídica de manera pronta y expedita. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

INTENSIFIQUEN LOS EXÁMENES DE CONFIANZA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL GOBIERNO ESTATAL, PARTICULARMENTE A AQUELLOS FUNCIONARIOS, EMPLEADOS O TRABAJADORES, QUE DESEMPEÑEN ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA PROTECCIÓN Y CUSTODIA DE NIÑAS, NIÑOS O ADOLESCENTES

De la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Sonora para que se apliquen o intensifiquen los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a aquellos funcionarios, empleados o trabajadores, que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niñas, niños o adolescentes. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen

DIFUNDA INFORMACIÓN SOBRE LA CONCESIÓN LLEVADA A CABO ENTRE 2004 Y 2011 RELATIVA A LA SEXTA PARTE DEL TERRITORIO MICHOACANO Y SI ÉSTAS FUERON LEGALES

Del diputado Marco Polo Aguirre Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía, para que difunda información sobre la concesión llevada a cabo entre 2004 y 2011 relativa a la sexta parte del territorio michoacano y si éstas fueron legales. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen

PROTEGER EL DERECHO HUMANO AL AGUA DE LOS HABITANTES DE LOS MUNICIPIOS DE VERACRUZ, BOCA DEL RÍO Y MEDELLÍN, EN EL ESTADO DE VERACRUZ

De la diputada Norma Rocío Nahle García y del diputado Cuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades a proteger el derecho humano al agua de los habitantes de los municipios de Veracruz, Boca del Río y Medellín, en el estado de Veracruz. Se remite a la Comisión de Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

INCONSISTENCIAS EN LA INVESTIGACIÓN DEL CASO AYOTZINAPA

Del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, relativo a las inconsistencias en la investigación del caso Ayotzinapa. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

SOLUCIONAR EL CONFLICTO DEL CANAL 22 DE TELEVISIÓN

De los diputados Jesús Emiliano Álvarez López y Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo,  por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Educación Pública y del Conaculta, a solucionar el conflicto del canal 22 de televisión. Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

CREACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL PARA LOS FESTEJOS DEL CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de la Comisión Especial para los festejos del Centenario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

IMPLEMENTEN NUEVAS ACCIONES QUE COADYUVEN EN LA PREVENCIÓN Y COMBATE DE LA ENFERMEDAD DEL DENGUE Y DENGUE HEMORRÁGICO

De la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Salud del gobierno federal y al gobierno del estado de Morelos, a efecto de que continúen e implementen nuevas acciones que coadyuven en la prevención y combate de la enfermedad del dengue y dengue hemorrágico o grave transmitido por vector en dicha entidad federativa. Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen





APÉNDICE

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 8 de septiembre de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados(1)

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a la iniciativa con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 8 de septiembre de 2015 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Economía, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del Distrito Federal y al Sistema de Transporte Colectivo Metro, a sumar esfuerzos con el fin de mejorar el servicio que presta a los usuarios, a cargo de la diputada María de la Paz Quiñones Cornejo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, para establecer un diálogo republicano con el titular del Ejecutivo federal, en el marco del análisis del Tercer Informe de Gobierno, a cargo del diputado Guadalupe Acosta Naranjo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención.

3. Con punto de acuerdo,, por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que en el marco del Día Internacional de la Alfabetización, implemente campañas informativas respecto de los programas de alfabetización que hay a nivel nacional, considerando la participación de los grupos vulnerables, a cargo del diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno:Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de la Comisión Especial de seguimiento a las investigaciones relacionadas por los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Junta de Coordinación Política, para su atención.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República a desistirse de la acusación de portación de armas exclusivas del ejército en contra del Dr. José Manuel Mireles, así como exhortar al Juez Federal Quinto en materia penal, para que sea trasladado al penal de Morelia Michoacán y se resuelva su situación jurídica de manera pronta y expedita, suscrito por los diputados Jorge Álvarez Maynez, René Cervera García y Cynthia Gissel García Soberanes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Junta de Coordinación Política, para su atención.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del Estado de Sonora para que se apliquen o intensifiquen los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a aquellos funcionarios, empelados o trabajadores, que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niñas, niños o adolescentes, a cargo de la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía, para que difunda información sobre la concesión llevada a cabo entre 2004 y 2011 relativa a la sexta parte del territorio michoacano y si éstas fueron legales, a cargo del diputado Marco Polo Aguirre Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Economía, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades a proteger el derecho humano al agua de los habitantes de los municipios de Veracruz, Boca del Río y Medellín, en el Estado de Veracruz, suscrita por los diputados Norma Rocío Nahle García y Cuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, relativo a las inconsistencias en la investigación del caso Ayotzinapa, a cargo del diputado José Clemente Castañeda Hoelfich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Junta de Coordinación Política, para su atención.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Educación Pública y del Conaculta, a solucionar el conflicto del canal 22 de televisión, suscrito por los diputados Jesús Emiliano Álvarez López y Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de la Comisión Especial para los festejos del Centenario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Junta de Coordinación Política, para su atención.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Salud del gobierno federal y al gobierno del estado de Morelos, a efecto de que continúen e implementen nuevas acciones que coadyuven en la prevención y combate de la enfermedad del dengue y dengue hemorrágico o grave transmitido por vector en dicha entidad federativa, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Salud, para dictamen.»


INICIATIVA


LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Juan Manuel Cavazos Balderas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura, y con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, fracciones I y IV, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones V a IX al artículo 2; el capítulo XVI, “Criterios para la determinación de sanciones por infracciones a la ley en materia de gas LP y combustibles líquidos (gasolina y diésel)”; y los artículos 144 a 154 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene su antecedente inmediato en la propuesta que hiciera el 9 de octubre de 2014 el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura. En aquella ocasión presentó una iniciativa a fin de proteger la economía de los mexicanos mediante el establecimiento de los criterios para la determinación en la imposición de multas y medidas de apremio, por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor en materia de gas LP y combustibles líquidos (gasolina y diésel).

El pleno de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados aprobó el 26 de marzo de 2015 el acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo al correcto suministro de gasolinas y diésel a los consumidores en el territorio nacional, que resolvió lo siguiente:

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía y la Procuraduría Federal del Consumidor, a garantizar el correcto suministro de gasolinas y diésel a los consumidores en el territorio nacional y sancionar a quien enajene o suministre gasolinas o diésel con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía y la Procuraduría Federal del Consumidor informe a la opinión pública sobre las acciones que ha implementado o planea llevar a cabo para aplicar la NOM-005-SCFI-2011, tras la declaratoria de nulidad que sobre la misma hiciera el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Ante la referida resolución del pleno, quedó de manifiesto la latente preocupación sobre la carencia de facultades de la Profeco para utilizar la fórmula de verificación utilizada desde marzo de 2012 de las maquinas despachadoras del gas LP y combustibles líquidos (NOM-005-SCFI-2011), afectando con ello directamente a los consumidores y usuarios de dichas máquinas, pues no será posible realizar la verificación y posterior sanción de aquellos establecimientos irregulares; problemática que se supera con la propuesta de iniciativa que se presenta en la materia.

La defensa de los consumidores es uno de los temas clave para el desarrollo sostenido de las sociedades modernas, tecnológicas e industrializadas, como México; calificadas desde el punto de vista sociológico, como “sociedades de consumo”; donde los consumidores, aparecen como posibles víctimas de una serie de prácticas y abusos comerciales, contra los cuales, las reglas del derecho común, constituyen una endeble protección; lo que hace indispensable la existencia de reglas jurídicas especializadas y congruentes con la realidad imperante.

Actualmente, en México el desenvolvimiento de la vida urbana y rural depende en gran medida del uso de los combustibles básicos como la gasolina, el diésel y el gas licuado de petróleo (LP). De acuerdo con cifras del Inegi, el consumo per cápita de gasolinas es mayor que el de otros países de un nivel de desarrollo similar e incluso, que el de algunas naciones altamente industrializadas. Así, nuestro consumo per cápita en el rubro es mayor en 22 por ciento que el de Alemania, 71 por ciento más que el de Italia, 103 por ciento que el de Chile, 141 por ciento que el de España y Francia, 192 por ciento que el de Argentina y 242 por ciento que el de Brasil.

El gas LP es una fuente vital de energía por ser el principal combustible utilizado para uso doméstico en más de 70 por ciento de los hogares mexicanos, esto por ser de un costo más bajo que el gas natural.

Siempre ha habido quejas ciudadanas, en relación a sobre costos o servicio incompleto por el que se paga, de los productos antes mencionados, al respecto es destacable la denuncia pública que han realizado diversos medios de comunicación con respecto a gasolineras que no están despachando la cantidad que dicen vender al consumidor, lo cual es sin duda de interés público por el claro daño que ocasiona a la economía de los consumidores.

En la información presentada por los medios locales destaca que en Nuevo León, la Profeco encontró fallas en 68 de las 176 estaciones de servicio de combustible verificadas en 2013, lo cual representa 39 por ciento de dichos establecimientos, es decir, que 1 de cada 3 gasolineras revisadas por la Profeco en Monterrey, registró irregularidades.

Como lo vemos diariamente existen establecimientos que anuncian la venta de “litros de a litro” de gasolina, lo cual muestra que la venta de este combustible en muchas ocasiones es menos de lo que pagan los mexicanos, lo que lesiona la economía familiar porque existen millones de familias que requieren el vehículo para hacer labores diarias, como trabajo de campo, o ventas o simplemente para llevar a los hijos a la escuela por las grandes distancias en zonas urbanas y rurales, pero también hay que reconocer que éstas prácticas lesionan el estado de derecho, porque la contraprestación por lo que se paga no corresponde.

Como parte del programa operativo de transparencia y combate a la corrupción, y de protección al cliente, la Subprocuraduría de Verificación de la Profeco, en coordinación con el Órgano Interno de Control en la procuraduría, elaboró el mapa de riesgos de corrupción institucional a partir del cual se identificaron los siguientes programas y procesos con objeto de transparentarlos y eliminar la discrecionalidad y combatir la corrupción, sobre los servicios que nos ocupan:

1. Verificación periódica para ajuste (calibración) de instrumentos de medición de Gas LP y combustibles líquidos;

2. Verificación de estaciones de servicio;

3. Verificación a proveedores de gas LP; y

4. Procedimiento por infracciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Lo anterior obliga al fortalecimiento del marco regulatorio, para evitar perjuicios a los bolsillos de los consumidores y sancionar los posibles abusos de quienes comercializan dichos energéticos, fortaleciendo el marco de acción de la autoridad en el tenor de las mismas acciones de combate a la corrupción ya implantadas.

Como legisladores, debemos estar atentos a las necesidades de los mexicanos esforzados, por eso analizando la problemática y tomando como base, el acuerdo por el que se establecen los criterios para la determinación de sanciones por infracciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de gas LP y combustibles líquidos (gasolina y diésel) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2013, se promueve la presente iniciativa, misma que busca elevar dicho acuerdo a ley, lo anterior para dar curso al fortalecimiento que se ha venido buscando para la Profeco en los últimos años.

El 2 de febrero de 2004 se publicó una reforma del artículo 24 de la Ley Federal del Consumidor para fortalecer las atribuciones de la procuraduría, reforma que se mantiene vigente.

En el mencionado artículo 24, fracciones XIV y XIX, se atribuye a la Profeco la facultad expresa de vigilar y verificar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y para aplicar las sanciones y medidas establecidas en dicho ordenamiento. Lo anterior, con objeto de evitar las impugnaciones que en el ámbito del Poder Judicial de la Federación se realizaban respecto de las actuaciones de la procuraduría sustentadas en dicha ley.

Ley Federal de Protección al Consumidor

Artículo 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

I. a XIII. ...

XIV. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta ley y, en el ámbito de su competencia, las de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como de las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables, y en su caso determinar los criterios para la verificación de su cumplimiento;

Fracción reformada DOF 04-02-2004

XV. a XVIII. ...

XIX. Aplicar las sanciones y demás medidas establecidas en esta ley, en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás ordenamientos aplicables;

Fracción reformada DOF 04-02-2004

La sociedad está interesada en que las gasolineras cumplan con lo dispuesto en la normatividad vigente, respecto de que se eliminen de manera absoluta, en la operación y el funcionamiento de los sistemas para la medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos, todas aquellas variables susceptibles de alteración y manipulación ilegal; esto es, para que efectivamente se surta la cantidad de gasolina que se dice se expende, así como que se vigile esa actividad para que se dé una mayor seguridad jurídica al consumidor que adquiere el combustible, lo cual prevalece en todo sentido sobre el interés particular.

Queda claro el interés social que motiva la presente iniciativa, misma que está acorde con el proyecto de gobierno de este sexenio 2012-2018, el cual prevé la consolidación de un México Próspero y se perfila como un eje estratégico que la Procuraduría Federal del Consumidor tenga una decisiva participación como autoridad reguladora y sancionadora, garante de los derechos al consumo y de la efectiva protección al consumidor.

Por todo lo anterior se reafirma que el principal objetivo de la presente iniciativa es establecer los criterios para la determinación en la imposición de multas y medidas de apremio, por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor en materia de gas LP y combustibles líquidos (gasolina y diésel), con el propósito de unificar criterios en la operación diaria, de las unidades administrativas adscritas a la Subprocuraduría de Verificación de la procuraduría, así como de las delegaciones, subdelegaciones y unidades de servicio, con la única finalidad de fortalecer las finanzas de los mexicanos, que el gasto familiar les rinda más y que se les den litros de litro, pues el esfuerzo de construir un mejor país es de todos.

En consecuencia de lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Decreto que adiciona las fracciones V a IX al artículo 2; el capítulo XVI, “Criterios para la determinación de sanciones por infracciones a la ley en materia de gas LP y combustibles líquidos (gasolina y diésel)”; y los artículos 144 a 154 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Primero. Se adicionan las fracciones V a IX al artículo 2 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 2. Para los efectos de esta ley se entiende por

I. a IV. ...

V. Ley: Ley Federal de Protección al Consumidor.

VI. Ley de Metrología: Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

VII. Medida de apremio: Sanción pecuniaria por incumplimiento al mandato expedido por autoridad competente.

VIII. Multa: Sanción de tipo económico, que afecta la situación patrimonial de la persona a quien ha sido impuesta.

IX. Norma oficial mexicana: La regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como las relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.

Segundo. Se adicionan el capítulo XVI, “Criterios para la determinación de sanciones por infracciones a la ley en materia de gas LP y combustibles líquidos (gasolina y diésel)”; y los artículos 144 a 154 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Capítulo XVICriterios para la Determinación de Sanciones por Infracciones a la Ley en materia de Gas LP y Combustibles Líquidos (Gasolina y Diésel)

Sección PrimeraAlcance

Artículo 144. Los criterios establecidos en el presente capítulo se aplicarán al procedimiento administrativo iniciado por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para la imposición de multas y medidas de apremio en materia de combustibles líquidos (gasolina y diésel) y gas LP; por las unidades administrativas adscritas a la Subprocuraduría de Verificación de la Procuraduría, así como de las delegaciones, subdelegaciones y unidades de servicio.

Además, serán aplicables a los servidores públicos de mandos medios y superiores de la procuraduría, así como a todos aquellos que en razón de su empleo, cargo o comisión, deben observarlos en el ejercicio de sus funciones.

Los presentes criterios resultan aplicables en todo momento en que pueda o deba imponerse una multa.

Sección SegundaGlosario

Artículo 145. Para los efectos de este capítulo y el procedimiento aplicable al mismo, en correspondencia con la normatividad vigente en la materia, se entenderá por

I. Aprobación del modelo o prototipo aprobado: Procedimiento por el cual se asegura que un sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos satisface las características metrológicas, especificaciones técnicas y de seguridad.

II. Autotanque: Vehículo automotor, de especificaciones especiales, que transporta combustible ya sea gas LP o gasolina.

III. Báscula: Instrumento para pesar cuya división mínima es igual o mayor que un gramo.

IV. Batería de respaldo: El dispositivo que alimenta al dispensario en caso de una pérdida de energía eléctrica.

V. Bitácora de eventos: Registro electrónico en el dispensario, de todos los accesos a los dispositivos de medición, configuración y ajuste del sistema de medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos.

VI. Recipiente (cilindro) fuera de tolerancia: Unidad de producto cuyo contenido neto real es menor al del contenido neto declarado menos la tolerancia respectiva.

VII. Clausura: Acto administrativo a través del cual la autoridad competente (Profeco) como consecuencia de un incumplimiento a la legislación o norma oficial mexicana aplicables, suspende las actividades o funcionamiento de una negociación, mediante la colocación de sellos en el local correspondiente, pudiendo ser de carácter parcial o permanente.

VIII. Corte de flujo de 80 segundos: Elemento electromecánico que está diseñado de tal forma que al terminar una operación de despacho y medición no se pueda realizar otra, a menos que se ponga en ceros la lectura del dispositivo contador o computador.

IX. Display: Conjunto de piezas o elementos que procesan e indican al usuario del sistema de medición, el volumen de combustible líquido surtido, el importe de la venta de cada operación, así como el precio por litro.

X. Error de repetibilidad: Inestabilidad de un instrumento en el despacho de combustible; es decir, presenta diferentes mediciones para la misma cantidad pagada.

XI. Error máximo tolerado: Valores extremos de un error tolerado por las especificaciones, reglamentos y otros relativos a un instrumento de medición determinado. Estos errores se refieren a la diferencia entre la lectura dada por el instrumento de medición y la medida volumétrica. La tolerancia máxima será de 100 mililitros por cada 20 mil mililitros.

XII. Especificaciones del modelo o prototipo aprobado: Características, mecánicas, metrológicas y electrónicas que deben cumplir los instrumentos de medición, requeridas en la norma, previo a su comercialización.

XIII. Etiqueta en los cilindros: Cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, escrita, impresa, estarcida, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida, sobrepuesta o fijada al producto a su envase o, cuando no sea posible por las características del producto o su envase, al embalaje.

XIV. Holograma: Calcomanía distintiva colocada al momento de efectuarse una calibración, en ella se indica el año, el folio y quien realizó la calibración (Profeco o UVA).

XV. Instrumentos de medición: Medios técnicos con los cuales se efectúan las mediciones y que comprenden las medidas materializadas y los aparatos medidores.

XVI. Placa: Placa adherida al cuello del recipiente transportable, que contiene grabada su tara.

XVII. Precinto, marchamo y plomo: Elemento o dispositivo que se coloca en el mecanismo de calibración a fin de evitar que sea manipulado el ajuste realizado al momento de llevar a cabo la calibración.

XVIII. Tara: Masa que corresponde al envase y que se deduce para determinar el contenido neto de un producto preenvasado.

Sección TerceraDisposiciones Generales

Artículo 146. Serán sancionables pecuniariamente en materia de verificación de combustibles líquidos (gasolina y diésel), en incumplimiento a la norma oficial mexicana aplicable, en sus diversas modalidades, lo siguiente:

1. El excedente en el error máximo tolerado;

2. Falla en el mecanismo sincronizador del interruptor con el dispositivo computador (corte de flujo de 80 segundos);

3. Holograma no vigente;

4. Holograma destruido, removido, violado o alterado;

5. Falta o alteración de precinto, marchamo o plomo;

6. Fallas en la carátula del display;

7. Goteo constante en la parte hidráulica;

8. No cumplir las especificaciones o aditamentos del modelo o prototipo aprobado;

9. Falta de aprobación del modelo o prototipo utilizado;

10. Falta de bitácora de eventos;

11. Incompatibilidad de la bitácora de eventos con las hojas de control de la estación de servicio; y

12. Incumplimiento en el precio vigente.

No serán susceptibles de sanción pecuniaria, en materia de verificación de combustibles líquidos (gasolina y diésel):

1. Error de repetibilidad;

2. Fuera de servicio temporal o permanente;

3. Falta o falla en la batería de respaldo;

4. Presentación del documento que acredite la aprobación del modelo o prototipo aprobado, en tiempo y forma; y

5. Deficiencias evidentes.

Serán sancionables pecuniariamente en materia de verificación de gas LP

1. Excedente en el error máximo tolerado en recipientes transportables;

2. Instrumentos de medición denominados básculas, fuera de tolerancia;

3. Instrumentos de medición instalados en autotanques que se encuentren fuera de tolerancia;

4. Falta de entrega de notas de venta o facturas;

5. No exhibir el precio vigente;

6. No cumplir el precio vigente;

7. Falta de holograma vigente;

8. Holograma destruido, removido, violado o alterado;

9. Fugas en la válvula; y

10. Falta de etiqueta en los recipientes transportables.

No serán susceptibles de sanción pecuniaria, en materia de verificación de gas LP

1. Falta de placa o tara;

2. Golpes en la válvula;

3. Carencia de maneral o volante;

4. Golpes o abolladuras en el casquete;

5. Protuberancias o signos de abombamiento;

6. Falla mecánica en las básculas e instrumentos de medición instalados en autotanques; y

7. Fuera de servicio (básculas e instrumentos de medición instalados en autotanques).

Sección CuartaDel Procedimiento de Cálculo y la Imposición de Multas en materia de Combustibles Líquidos (Gasolina y Diésel)

Artículo 147. Las multas señaladas en el cuerpo del presente ordenamiento, se han tasado considerando los montos establecidos en el artículo 112-A en sus diversas fracciones e incisos de la Ley de Metrología, así como los artículos 127 y 128 Bis de la ley, para la imposición de sanciones.

Para determinar las variables que serán consideradas para cuantificar la multa a imponer, se tomará en cuenta lo siguiente:

A. El número de instrumentos fuera de tolerancia. Este número deberá identificarse en el acta circunstanciada de la verificación y determinar el número de instrumentos que se reportan con faltantes que rebasen el error máximo tolerado por la norma oficial mexicana aplicable.

B. La cantidad fuera de tolerancia en mililitros. Para calcular la tolerancia, se deberá tomar en consideración lo establecido en la norma oficial mexicana aplicable, en el entendido que para un patrón volumétrico de 20 litros, la tolerancia será de 100 mililitros.

Para el cálculo del monto de la multa y previa la determinación del número de instrumentos fuera de tolerancia, deberá aplicarse la fórmula siguiente:

Suma de excedentes mayores en mililitros menos tolerancia, y su intersección con el número de instrumentos de medición fuera de tolerancia igual al monto de la multa.

Donde

SEM. Suma de excedentes mayores.

TOL. Tolerancia en mililitros.

EF. Excedente final.

Intersección con.

No. IFT. Número de instrumentos fuera de tolerancia.

MTM. Monto total de multa.

Misma que será desarrollada con base en la tabla MCL1 que a continuación se muestra:

Paso 1. Se detecta la cantidad más alta de cada instrumento fuera de tolerancia dentro de sus tres gastos y se suman dichas cantidades, al resultado se le denominará suma de excedentes mayores.

Paso 2. A la suma de excedentes mayores se le resta la tolerancia en mililitros por cada instrumento (que al utilizarse un patrón volumétrico de 20 litros; será de 100 mililitros), dando como resultado el excedente final.

Paso 3. Ubicar el excedente final dentro de la columna “Mililitros fuera de tolerancia”.

Paso 4. Situarse en la columna relativa al número de instrumentos de medición fuera de tolerancia.

Paso 5. El cruce resultante entre el número de instrumentos fuera de tolerancia y de mililitros, será el monto de la sanción y los días de clausura en su caso.

Artículo 148. Para determinar el monto de la sanción se tomará en cuenta lo establecido en el artículo 112-A en sus diversas fracciones e incisos de la Ley de Metrología, por lo que serán sancionables:

A. Falla en el mecanismo sincronizador del interruptor con el dispositivo computador (corte de flujo de 80 segundos). Siendo un elemento electromecánico diseñado para impedir la realización inmediata de un despacho de combustible tras la terminación de otra operación de despacho, a menos que se ponga en ceros la lectura del dispositivo contador o computador; se aplicará una multa de 500 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado, de conformidad con los artículos 112, fracción I, y 112 A, fracción II, inciso d), de la Ley de Metrología, cuando exista falla en el propio mecanismo.

B. Holograma no vigente. Se aplicará una multa de 1000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado, de conformidad con la regla décima de la lista de instrumentos de medición cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria sea obligatoria, así como las reglas para efectuarla y los artículos 112, fracción I, y 112 A, fracción II, inciso d), de la Ley de Metrología, cuando se exhiba un holograma de calibración no vigente o vencido.

El número de instrumentos inmovilizados y con ello, el número de instrumentos considerado para la imposición de la multa, dependerá del número de instrumentos que abarque el holograma de calibración.

C. Holograma destruido, removido, violado o alterado. Se aplicará una multa de 1200 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado, de conformidad con la regla decimotercera de la lista de instrumentos de medición cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria sea obligatoria, así como las reglas para efectuarla y los artículos 112, fracción I, y 112 A, fracción II, inciso d), de la Ley de Metrología, cuando un dispensario exhiba un holograma de calibración destruido, dañado, removido, violado o alterado.

El número de instrumentos inmovilizados y con ello, el número de instrumentos considerado para la imposición de la multa, dependerá del número de instrumentos que abarque el holograma de calibración.

D. Falta o alteración de precinto, marchamo o plomo. En virtud de que la falta o alteración de precinto, marchamo o plomo, genera en un instrumento la pérdida de su condición de instrumento verificado, se aplicará una multa de 2 mil 000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado, cuando se detecte dicha irregularidad.

E. Fallas en la carátula del display. Las indicaciones dadas en las carátulas de los dispositivos computador y contador deben ser explícitas, de manera que la interpretación de las cifras registradas no permita confusión alguna; los números de indicación para el volumen de combustible líquido servido y para el precio por litro deben integrarse por lo menos con 4 dígitos y con 5 dígitos para el importe de la venta. Asimismo, se debe apreciar claramente la carátula que corresponde a la manguera de despacho. Por lo que cuando exista falla en este elemento electrónico, se aplicará una multa de 2 mil 500 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado.

F. Goteo constante en la parte hidráulica. Cuando se detecte goteo constante en la parte hidráulica del dispensario o instrumentos de medición se impondrá una multa de 3,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado.

G. No cumplir las especificaciones o aditamentos del modelo o prototipo aprobado. Cuando el dispensario o los instrumentos de medición presenten elementos extraños o ajenos a los términos de su aprobación, se aplicará una multa de 3 mil 500 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado.

H. Falta de aprobación del modelo o prototipo utilizado. Cuando el dispensario o los instrumentos de medición utilicen un modelo o prototipo no aprobado, se aplicará una multa de 3,500 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por dispensario inmovilizado.

I. Falta de bitácora de eventos. Ante la falta de este registro se aplicará una multa de 3 mil 700 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado.

J. Incompatibilidad de la bitácora de eventos con las hojas de control de la estación de servicio. Cuando los datos registrados de los accesos a los dispositivos de medición, configuración y ajuste del sistema de medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos no coincidan con las hojas de control, se aplicará una multa de 3 mil 700 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado.

K. Incumplimiento en el precio vigente. Se aplicará una multa de 4,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado, de conformidad con los artículos 112, fracción I, y 112 A, fracción II, inciso d), de la Ley de Metrología, cuando el precio indicado en el display; o bien, el precio con el que se pretenda el cobro del combustible, no sea el precio vigente.

Sección QuintaDel Procedimiento de Cálculo y la Imposición de Multas en materia de Gas LP

Artículo 149. Para determinar el monto de la sanción en materia de Gas LP, se tomará en cuenta lo establecido en los artículos 127 y 128 Bis de la ley, siendo sancionables:

A. Excedente en la tolerancia permitida en recipientes transportables. Se actualiza cuando una unidad de producto presenta un contenido neto real, menor al del contenido neto declarado menos la tolerancia respectiva.

Para determinar las variables que serán consideradas para cuantificar la multa a imponer, se tomará en cuenta lo siguiente:

1. El número de cilindros fuera de tolerancia. Este número deberá identificarse en el acta circunstanciada de la verificación y determinar el número de cilindros que se reportan con faltantes que rebasen el error máximo tolerado por la norma oficial mexicana aplicable.

2. La cantidad fuera de tolerancia en gramos. Para calcular la tolerancia, se deberá tomar en consideración lo establecido en la norma oficial mexicana aplicable, en el entendido que la tolerancia será de 1 por ciento en gramos.

Para el cálculo del monto de la multa y previa la determinación del número de recipientes transportables de gas LP fuera de tolerancia, deberá aplicarse la fórmula siguiente:

Suma de excedentes mayores en kilogramos menos tolerancia, y su intersección con el número de recipientes transportables de gas LP fuera de tolerancia igual al monto de la multa.

SEMK TOL = EF No. RTG = MTM

Donde:

SEMK. Suma de excedentes mayores en kilogramos

TOL. Tolerancia en kilogramos.

EF. Excedente final.

Intersección con.

No. RTG. Número de recipientes transportables de gas LP

MTM. Monto total de la multa.

Misma que será desarrollada con base en la tabla MGLP1, que a continuación se muestra:

Paso 1. Se detecta(n) el (los) recipiente(s) transportable(s) de gas LP fuera de tolerancia, se suman las cantidades fuera de tolerancia y al resultado se le denominará suma de excedentes mayores.

Paso 2. A la suma de excedentes mayores se le resta la tolerancia en kilogramos por cada recipiente, dando como resultado el excedente final.

Paso 3. Ubicar el excedente final dentro de la columna “Gramos fuera de tolerancia”.

Paso 4. Situarse en la columna relativa a recipientes transportables fuera de transportables.

Paso 5. El cruce resultante entre el número de recipientes transportables y de fuera tolerancia en gramos, será el monto de la sanción y los días de clausura en su caso.

B. Instrumentos de medición instalados en autotanques que despachen producto fuera de la tolerancia permitida. Siendo éstos, los dispositivos diseñados para cuantificar el volumen de gas que pasa a través del sistema de despacho, mediante el llenado y el vaciado periódico de cámaras de medición; el mal funcionamiento o descalibración de dichos instrumentos se sancionará de acuerdo con tabla MGLP2.

Para determinar las variables que serán consideradas para cuantificar la multa a imponer, se tomará en cuenta lo siguiente:

1. La capacidad del autotanque. Esta circunstancia deberá identificarse en el acta circunstanciada de la verificación.

2. La cantidad fuera de tolerancia en mililitros. Siendo congruentes con el contexto internacional de protección al consumidor en materia de gas licuado de petróleo, en específico con la recomendación internacional OIML R117; para los efectos del presente apartado, la tolerancia será de 0.6 por ciento; es decir, 600 mililitros sobre corrida (medida standard) de 100 litros.

Para el cálculo del monto de la multa y previa la determinación del número de instrumentos fuera de tolerancia, deberá aplicarse la fórmula siguiente:

Excedente mayor en mililitros menos tolerancia, y su intersección con la capacidad del autotanque igual al monto de la sanción.

EM TOL = EF CA = MTM

Donde

EM. Excedente mayor.

TOL. Tolerancia en mililitros.

EF. Excedente final.

Intersección con.

CA. Capacidad del Autotanque.

MTM. Monto total de multa.

Misma que será desarrollada con base en la tabla que a continuación se muestra:

Paso 1. Se obtiene el promedio de los excedentes de las tres corridas, al resultado se le denominará excedente mayor.

Paso 2. Al excedente mayor se le resta la tolerancia en mililitros al instrumento de medición (que será de 600 mililitros), dando como resultado el excedente final.

Paso 3. Ubicar el excedente final dentro de la columna “Fuera de tolerancia en mililitros”.

Paso 4. Situarse en la columna relativa a multa por autotanque.

Paso 5. El cruce de ambas columnas determinará el monto de la sanción y los días de clausura en su caso.

C. Instrumentos de medición denominados básculas, fuera de tolerancia. El mal funcionamiento o descalibración de dichos instrumentos, se sancionará de acuerdo a lo establecido en la tabla MGLP3, de conformidad con los artículos 127 y 128 Bis de la ley.

Para determinar las variables que serán consideradas para cuantificar la multa a imponer, se tomará en cuenta lo siguiente:

1. El número de instrumentos fuera de tolerancia. Este número deberá identificarse en el acta circunstanciada de la verificación y determinar el número de instrumentos que se reportan con faltantes que rebasen la tolerancia establecida en la norma oficial mexicana aplicable.

2. La cantidad fuera de tolerancia en kilogramos. Para calcular la tolerancia, se deberá tomar en consideración lo establecido en la norma oficial mexicana aplicable.

Para el cálculo del monto de la multa y previa la determinación del número de instrumentos fuera de tolerancia, deberá aplicarse la fórmula siguiente:

Excedente mayor en gramos menos tolerancia igual a excedente final e igual al monto de la sanción.

EM TOL = EF = MTM

Donde

EM. Excedente mayor.

TOL. Tolerancia en gramos.

EF. Excedente final.

MTM. Monto total de multa.

Paso 1. Se detecta el instrumento de medición denominado báscula fuera de tolerancia, así como la cantidad en gramos fuera de tolerancia que presenta, a la cual se le denominará, excedente mayor.

Paso 2. Al excedente mayor se le resta la tolerancia en gramos, dando como resultado el excedente final.

Paso 3. Ubicar el excedente final dentro de la columna “Fuera de tolerancia en gramos”.

Paso 4. Situarse en la columna relativa a multa por báscula.

Paso 5. El resultado de ambas columnas determinará el monto de la sanción y los días de clausura en su caso.

D. Falta de etiqueta en los recipientes transportables. La falta de la etiqueta en los recipientes transportables, a que se refiere la norma oficial mexicana aplicable, se sancionará con una multa equivalente a 500 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por recipiente.

E. Falta de entrega de notas de venta, facturas, recibo o comprobante. De conformidad con el artículo 12 de la ley, el establecimiento visitado tiene la obligación de entregar al consumidor notas de venta, factura, recibo o comprobante, en el que consten los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada, su falta de entrega será sancionada con una multa de 40 mil pesos, de conformidad con el artículo 128 de la ley.

F. No exhibir el precio vigente. La empresa visitada deberá exhibir en lugar visible, el precio establecido por la Secretaria de Economía a través del acuerdo por el que se fija el precio máximo para el gas licuado de petróleo al usuario final. La falta de exhibición del precio en los términos señalados, será sancionada con una multa de 60 mil pesos, de conformidad con el artículo 127 de la ley.

G. Falta de holograma vigente. Será sancionado con una multa de mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado, de conformidad con la regla décima de la lista de instrumentos de medición cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria es obligatoria, así como las reglas para efectuarla y los artículos 112, fracción I, y 112 A, fracción II, inciso d), de la Ley de Metrología.

H. Holograma destruido, removido, violado o alterado. Se aplicará una multa de mil 200 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado, de conformidad con la regla decimotercera de la lista de instrumentos de medición cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria sea obligatoria, así como las reglas para efectuarla y los artículos 112, fracción I, y 112 A, fracción II, inciso d), de la Ley de Metrología, cuando un dispensario exhiba un holograma de calibración destruido, dañado, removido, violado o alterado.

I. Fugas. Cuando se detecten fugas en válvulas, manerales, volantes, o cualesquiera otros elementos propios de recipientes transportables o bien, en mangueras de vehículos, se impondrá una multa de 3 mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por instrumento inmovilizado.

J. No cumplir el precio vigente. La empresa visitada deberá cumplir con el precio establecido por la Secretaría de Economía a través del acuerdo por el que se fija el precio máximo para el gas licuado de petróleo al usuario final, correspondiente al mes en que se lleve a cabo la visita de verificación. Se le aplicará una multa de 80 mil pesos, de conformidad con el artículo 128 de la ley.

Sección Sexta

Individualización de la Multa en materia de Combustibles Líquidos (Gasolina y Diésel) y Gas LP

Artículo 150. Además de ajustarse para la imposición de una multa, a las variables, fórmulas y tabuladores anteriores, la autoridad sancionadora deberá tener en cuenta los elementos de individualización contenidos en el artículo 132 de la ley:

I. El perjuicio causado al consumidor o a la sociedad en general;

II. El carácter intencional de la infracción;

III. Gravedad;

IV. Reincidencia; y

V. La condición económica del infractor.

En ese tenor, deberá entenderse por

I. Perjuicio. Afectación a los derechos de los consumidores que se deduce del agravio o daño ocasionado con la conducta infractora del proveedor.

El perjuicio a la sociedad en general se acredita cuando los proveedores importen, produzcan, fabriquen o comercialicen productos, o presten servicios, que no cumplan las disposiciones de la ley, normas oficiales mexicanas y demás legislación aplicable a la materia.

II. Intencionalidad. El carácter intencional de la infracción se acredita cuando el infractor importe, produzca, fabrique o comercialice productos, o preste servicios, con conocimiento de las consecuencias patrimoniales o jurídicas derivadas del incumplimiento de las obligaciones contraídas o de las disposiciones de la ley, normas oficiales mexicanas y demás legislación aplicable a la materia.

III. Gravedad. Es la consideración sobre la relevancia, el elevado impacto o el alto riesgo producido o susceptible de producirse por la comisión u omisión de actos que deriven en una infracción, en términos del artículo 128 Ter de la ley.

Se acreditará la gravedad de una infracción cuando la conducta del infractor haya sido intencionalmente dirigida a producir consecuencias negativas, o tentativamente a querer producirlas, afectando con ellas a un consumidor o a un grupo específico y determinado de consumidores.

En los casos de infracciones a las disposiciones relativas a pesas, medidas y contenidos netos expresados en unidades de masa o volumen, podrá acreditarse la gravedad en función de la cantidad o porcentaje que exceda a la tolerancia permitida conforme a la norma oficial mexicana respectiva o a las disposiciones aplicables, y del detrimento o afectación que ello implique a la economía de los consumidores.

IV. Reincidencia. Existe reincidencia cuando el mismo infractor incurra en dos o más violaciones del mismo precepto legal durante el transcurso de un año, contado a partir del día en que se cometió la primera infracción.

Para la determinación de este supuesto de conformidad con el artículo 130 de la ley, la unidad administrativa encargada de la substanciación deberá

1. Realizar una búsqueda en los archivos con los que para tal efecto cuente, o bien, revisar el padrón que para tales efectos haya formado, con la finalidad de corroborar si en un diverso expediente administrativo iniciado a nombre de la misma persona física o moral, existen antecedentes donde se actualice la misma infracción cometida.

2. Revisar que se hayan determinado dos o más violaciones al mismo precepto legal.

3. Cerciorarse de que el expediente administrativo haya causado estado; es decir, que la resolución que al efecto le haya recaído, se encuentre sin posibilidad de ser recurrida.

Una vez determinada la reincidencia, las sanciones consideradas en los presentes criterios podrán aumentarse hasta el doble.

V. Condición económica del infractor. La condición económica consiste en evaluar las posibilidades del infractor para responder a la sanción a imponer, de manera tal; que sea equitativa a dicha capacidad. Para lo cual de manera generalizada deberá ser tomado en cuenta:

A. Los datos asentados en el acta de visita de verificación;

B. La manifestación del visitado sobre el monto aproximado al que asciende el capital en giro de la negociación;

C. El volumen del producto que comercializa;

D. El acta constitutiva, así como las reformas que se hayan realizado sobre la constitución de dicha proveedora;

E. Capital social con que cuenta la sociedad, conforme al instrumento notarial;

F. Última declaración fiscal realizada ante el Servicio de Administración Tributaria, del último ejercicio fiscal;

G. Estados financieros, ya sea estado de resultados o balance general, del último ejercicio fiscal;

H. Documento mediante el cual se acredita la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, expedido por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

I. Cotización en la Bolsa Mexicana de Valores;

J. Información proveniente de registros públicos de propiedad, sobre bienes inmuebles que sean parte del patrimonio del propietario o socios de la visitada; y

K. Toda la información o documentación a que se allegue la autoridad en los términos de la ley y demás normatividad aplicable.

En el caso de estaciones de servicio, serán considerados los siguientes:

A. Monto de ventas de combustible Magna;

B. Monto de ventas de combustible Prémium;

C. Monto de ventas de combustible diésel;

D. Número de instrumentos de medición;

E. Número de tanques de almacenamiento; y

F. Sistema de control a distancia.

Tratándose de individualización de la multa en materia de gas LP, deberá considerarse

A. Monto de ventas de gas LP a través de recipientes transportables (cilindros);

B. Monto de ventas de gas LP a través de auto tanques;

C. Parque vehicular de repartidores de recipientes portátiles (cilindros);

D. Parque vehicular de auto tanques;

E. Número de instrumentos de medición denominados básculas;

F. Número de tanques de almacenamiento; y

G. Número de recipientes transportables de gas LP (cilindros).

Sección SéptimaDe las Clausuras en materia de Combustibles Líquidos (Gasolina y Diésel) y Gas LP

Artículo 151. La clausura sólo se aplicará como sanción temporal por la comisión de las infracciones particularmente graves a que se refiere el artículo 128 Ter de la ley.

Para la determinación del número de días que deba clausurarse un establecimiento, se considerará la gravedad de la conducta infractora en términos de las tablas Tabla MCL1, Tabla MGLP1, Tabla MGLP2 y Tabla MGLP3, descritas en el presente capítulo. Cuando la verificación sea producto de la atención a una denuncia, se tomará en cuenta el número de quejas o denuncias presentadas históricamente en contra del proveedor, así como la afectación general que hubiere causado a los consumidores.

La clausura puede ser total o parcial. Es total, cuando se impida la actividad comercial de todo el establecimiento del infractor; es parcial, cuando se limite a determinadas áreas, lugares o instalaciones del establecimiento respectivo.

En el caso de lo dispuesto en las fracciones IV, V y VI del artículo 128 Ter de la ley, la autoridad competente podrá ordenar clausura parcial o total, atendiendo al número y a la gravedad de las infracciones de la ley. La prohibición de la comercialización de bienes o productos y de servicios procederá en los términos del artículo 128 Quáter de la ley.

Ahora bien, para determinar sobre la procedencia de la orden de clausura, se tomarán en cuenta los siguientes criterios:

I. En materia de gasolina:

A. Que dos o más dispensarios no cumplan con la aprobación del modelo o prototipo aprobado.

B. Que dos o más dispensarios no cumplan con las especificaciones del modelo o prototipo aprobado.

II. En materia de gas LP:

A. Que la verificación sea realizada a una planta distribuidora de gas LP, o bien, a vehículos repartidores en vía pública;

B. Que de la visita de verificación se detecten cilindros transportables de gas LP, o instrumentos de medición instalados en autotanques o instrumentos de medición de los denominados, básculas, fuera de la tolerancia establecida y que rebasen los límites señalados en la tabla respectiva de este ordenamiento;

C. Que los instrumentos de medición denominados básculas o bien, los instalados en los autotanques, no cuenten con los hologramas de calibración vigente; y

D. Que los vehículos comercializadores de cilindros transportadores de gas LP o bien los vehículos autotanques; no cumplan, o bien, no exhiban el precio establecido al mes correspondiente.

Si la verificación se realiza en una ciudad o estado que esté atravesando por una contingencia o situación de emergencia, será motivo de clausura la existencia de dos o más recipientes transportables fuera de la tolerancia permitida.

Si la verificación fue realizada en vehículos comercializadores en vía pública, sean autotanques o recipientes transportables, la clausura será realizada en el establecimiento de la empresa a que éstos pertenezcan.

Sección OctavaDe la Imposición de Sanciones por Infracciones al Artículo 13 de la Ley

Artículo 152. Cuando el visitado no permita el acceso, no proporcione las facilidades necesarias a las personas autorizadas de la Procuraduría, o impida de cualquier manera la realización de la visita de verificación, se impondrá una sanción en términos de los artículos 13 y 127 de la ley.

El impedimento puede ser directo o indirecto, perjudicando u obstruyendo la labor del verificador de manera tal que no permita el cumplimiento de la visita de verificación, o negándose a prestar el apoyo necesario.

Para determinar la sanción a la que se hará acreedor el visitado, serán tomados en consideración los siguientes supuestos:

I. No permitir el acceso del personal autorizado por la Procuraduría para la práctica de la diligencia, a las instalaciones a verificar, mismo que será sancionado con un monto de 62 mil 500 a 250 mil pesos.

II. No recibir la orden de verificación, que será sancionado con un monto de 87 mil 500 a 350 mil pesos.

III. Recibir la orden de verificación y negarse a la práctica de la visita será sancionado con un monto de 112 mil 500 a 450 mil pesos.

IV. Obstruir de cualquier manera la manipulación de los dispensarios o los instrumentos de medición será sancionado con un monto de 150 mil a 600 mil pesos.

V. No permitir la colocación de la medida precautoria a que se refiere el artículo 25 Bis de la ley será sancionado por un monto de 200 mil a 800 mil pesos.

VI. Cuando durante la diligencia se accione el paro de emergencia sin existir peligro o riesgo real que lo justifique será sancionado por un monto de 250 mil a 1 millón de pesos.

VII. Agredir física o moralmente a los verificadores, efectuada por cualquiera de los mencionados, será sancionado por un monto de 343 mil 49 a 1 millón 372 mil 195.89 pesos.

VIII. En general cuando exista negativa injustificada por el propietario del establecimiento, visitado, su representante, encargado, sus dependientes pertenezcan o no a la empresa, por los trabajadores, u ocupantes, a que se realice la visita de verificación, lo cual será sancionado en términos de las fracciones anteriores.

De existir reincidencia en cualquiera de los supuestos señalados en las fracciones anteriores, se estará a lo dispuesto en el presente capítulo.

Sección NovenaInterpretación

Artículo 153. En caso de existir alguna duda sobre la aplicación del presente capítulo, la Subprocuraduría de Verificación resolverá sobre la consulta que al efecto dirija la unidad administrativa solicitante, que deberá ser solventada en un plazo no mayor de 15 días, hábiles computados al día siguiente de su recepción.

Sección DécimaSupervisión y Vigilancia

Artículo 154. Corresponde a la Subprocuraduría de Verificación y a la Dirección General de Verificación de Combustibles instaurar las acciones necesarias a efecto de corroborar la exacta instrumentación que del presente capítulo efectúen los responsables de su aplicación.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Véase

http://info7.mx/a/noticia/110211;

http://www.reporteindigo.com/ reporte/monterrey/la-lista-negra-de-gasolineras;

http://www.elnorte.com/ aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.asp x?id=309457&urlredirect=http://www.elnorte.com/ aplicaciones/articulo/default.aspx?id=309457

http://www.reforma.com/aplicacioneslibre/ articulo/default.aspx?id=630499&md5=3152fb4431944cfcbb7d65ef947ad8b7 &ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe&po=4

2 Ibídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 8 de septiembre de 2015.— Diputado Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Economía, para dictamen.



PROPOSICIONES                                                                                                                                       EXHORTA AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y AL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO, A SUMAR ESFUERZOS CON EL FIN DE MEJORAR EL SERVICIO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al GDF y al Sistema de Transporte Colectivo Metro a sumar esfuerzos para mejorar el servicio de éste, a cargo de la diputada María de la Paz Quiñones Cornejo, del Grupo Parlamentario del PRI

María de la Paz Quiñones Cornejo, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62 numeral 3, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, IV y VI y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la Proposición con Punto de Acuerdo por el cual se exhorta al gobierno del Distrito Federal y al Sistema de Transporte Colectivo Metro, a sumar esfuerzos con el fin de dar un mejor servicio a los ciudadanos, con la siguiente

Exposición de Motivos

Los usuarios del Metro en la Ciudad de México, diariamente enfrentan grandes dificultades durante su transitar por este sistema de transporte; desde esperar en las estaciones por varios minutos, vagones o trenes en malas condiciones, comerciantes informales, ladrones, extorsionadores, mal funcionamiento o de plano falta de servicio de su infraestructura de accesibilidad como en las escaleras eléctricas, etcétera.

La línea 1 del Metro es la más antigua y opera desde el 4 de septiembre de 1969, y había funcionado digna y eficientemente; pero desde hace 15 años por falta del mantenimiento y la adecuación constante que requiere en su servicio; sus usuarios padecen actualmente sus diversas constantes fallas, como la saturación de pasajeros que se genera, sobre todo en temporada de lluvias; especialmente en la línea 5, donde se han percibido más averías de lo normal.

Lo más preocupante de esta falta de mantenimiento y los desgastes que existen por ello, es que pueden derivar en accidentes que pongan en riesgo la vida y la integridad de los usuarios. Como el choque de trenes ocurrido apenas el pasado 4 de mayo en la estación Oceanía con saldo de doce lesionados. También, el comercio informal dentro y fuera de sus instalaciones representa un importante riesgo, especialmente en sus paraderos.

Si a todo ello le sumamos lo ocurrido en la línea 12 del Metro, con once de sus estaciones cerradas, afectando a 450 mil personas diariamente por las graves irregularidades sucedidas durante el proceso de su construcción, cuya solución temporal además de insuficiente, ocasiona un gran gasto por el servicio ele autobuses de la RTP. Nos da como resultado un servicio deficiente. Y de lo cual, todo lo que argumentan los responsables de todo ello y del reinicio de su funcionamiento: ... es que no es su culpa. La realidad es que la línea “Dorada” (sigue cerrada. ¿Dorada por qué?, Porque nos siguen dorando la píldora.

Lo único cierto es la falta de eficiencia de su servicio, de seguridad, limpieza y funcionalidad de la mayoría de las líneas del Metro, cuando antes era un ejemplo. Es frustrante que en la primera urbe de la República Mexicana prevalezca esta situación, que además afecta a millones de personas en su calidad de vida. Y no obstante que sus usuarios pasaron de pagar de a 3 a 5 pesos el boleto, no existe, ya no digamos algún beneficio adicional, ni siquiera el servicio correcto y eficiente que el gobierno de la Ciudad de México y el Sistema de Transporte Colectivo prometieron y deben brindar a sus usuarios.

La Cámara de Diputados no puede quedarse a la expectativa en esta situación, debe atender el llamado ciudadano sobre las condiciones que a diario se padecen en las diferentes líneas del Sistema de transporte Colectivo Metro de la Ciudad de México.

Estudios del Instituto Politécnico Nacional afirman que de seguir esta situación,  en el año 2020, nuestro Metro será insuficiente para la Ciudad, ya que de acuerdo a sus estadísticas, los usuarios de este medio de transporte superarán los 6 millones diarios, por lo que las 3 líneas más concurridas del Sistema estarán saturadas e inoperantes en horas pico, y la calidad de las 9 líneas restantes seguirá disminuyendo su nivel; y todo ello suponiendo que se realizará en óptimas condiciones de operación.

La suma de esfuerzos y la realización de convenios que permitan mejorar las condiciones de las líneas del Metro, es urgente.

Por lo expuesto, presento a esta honorable asamblea, la siguiente proposición de urgente resolución

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados exhorta al gobierno del Distrito Federal y al Sistema de Transporte Colectivo Metro, a sumar esfuerzos con el fin de superar las difíciles condiciones actuales de operación y ofrecer un servicio digno y eficiente a sus usuarios.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputada María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.



ESTABLECER UN DIÁLOGO REPUBLICANO CON EL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL, EN EL MARCO DEL ANÁLISIS DEL III INFORME

«Proposición con punto de acuerdo, para establecer un diálogo republicano con el titular del Ejecutivo federal, en el marco del análisis del tercer Informe de Gobierno, a cargo del diputado Guadalupe Acosta Naranjo, del Grupo Parlamentario del PRD

Con fundamento en el artículo 34 inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados propone el siguiente acuerdo con base en los siguientes:

Considerandos

Que el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el presidente de la República presentará un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.

Que en ese mismo artículo se establece que cada una de las Cámaras realizará el análisis del informe y podrá solicitar al presidente de la República ampliar la información así como citar a los secretarios de Estado y a directores de paraestatales, quienes comparecerán y rendirán informes bajo protesta de decir verdad.

Sin embargo, esta obligación de rendición de cuentas a partir de la reforma de 2008 a este artículo constitucional, le restó importancia a un acto en el que el presidente de la República, informa sobre los resultados de su administración en el último año de ejercicio alejando la posibilidad de que existiera un diálogo republicano entre Poderes.

Consideramos necesario iniciar una nueva relación entre el Ejecutivo y el Congreso. Una relación entre Poderes que no implique volver a la antigua sumisión del Legislativo marcada por el Día del presidente que privó en el siglo XX, como tampoco, a la estéril confrontación y distanciamiento de los inicios de este siglo, marcada por los desencuentros y la ausencia legal del presidente de la República al inicio del año legislativo en el Congreso.

La relación Ejecutivo-Congreso en el siglo XXI debe caracterizarse por el diálogo republicano, el intercambio de opiniones y la deliberación directa de los programas y decisiones gubernamentales, de cara a la nación y evitando los monólogos tanto del gobierno como de los grupos legislativos, que no fortalecen la opinión nacional sobre el transcurso de los asuntos públicos del país.

Que la pluralidad política que se expresa en el seno del Congreso de la Unión es una muestra de la fortaleza de nuestra democracia y que es una obligación de las instituciones públicas y de sus titulares permitir que esta se exprese con responsabilidad  dentro del marco constitucional vigente, mediante el ejercicio cabal de sus facultades y atribuciones.

Considerando que el Informe de Gobierno es un documento en el que se plasman las decisiones de gobierno y que por este hecho representa una obligación del presidente de la República exponer y explicar suficientemente su contenido.

El presidente de la República, como máximo responsable de la administración pública federal, está obligado, por este hecho, a rendir cuentas e informar a la nación sobre el estado que guarda y que este acto de rendición de cuentas debe, insistimos, evolucionar hacia un estadio superior, en el que el Poder Legislativo federal sea un verdadero contrapeso institucional y el Ejecutivo sea capaz de dialogar con la representación nacional como ocurre en todas las democracias del mundo.

Esta Junta de Coordinación Política propone que el presidente de la República, en su calidad de jefe del Estado mexicano, acuda a la Cámara de Diputados al finalizar la glosa del tercer Informe de Gobierno, en su calidad de titular del Ejecutivo y de la administración pública federal a sostener un diálogo republicano con esta soberanía sobre su tercer Informe de Gobierno.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, invita al ciudadano presidente de la República licenciado Enrique Peña Nieto en su calidad de titular del Ejecutivo federal y de la administración pública federal, a sostener un diálogo republicano con la Cámara de Diputados al finalizar la glosa del tercer Informe de Gobierno.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputados: Guadalupe Acosta Naranjo, Gustavo Madero Muñoz (rúbricas).»

Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



IMPLEMENTE CAMPAÑAS INFORMATIVAS RESPECTO DE LOS PROGRAMAS DE ALFABETIZACIÓN QUE HAY A NIVEL NACIONAL, CONSIDERANDO LA PARTICIPACIÓN DE LOS GRUPOS VULNERABLES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a implantar en el marco del Día Internacional de la Alfabetización campañas informativas respecto a los programas de alfabetización existentes a escala nacional, considerando la participación de los grupos vulnerables, a cargo del diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Sin duda, una las prioridades de cualquier administración a nivel mundial es la procuración y garantía de los derechos más elementales de los seres humanos, la vida, la salud, un medio ambiente sano y el esparcimiento son algunos de éstos, sin embargo, la educación es elemental no sólo para el desarrollo de las personas, si no para el desarrollo de un país.

Lamentablemente, la educación hoy en día representa un claro indicador de la brecha de desigualdad que existe en muchos países, principalmente en aquellos con menor desarrollo económico; el nivel de analfabetismo es alarmante en muchas naciones, incluida la nuestra.

No obstante los esfuerzos internacionales, aún enfrentamos grandes rezagos en los niveles de alfabetización, ello como ya se ha mencionado, representa un claro atraso en el desarrollo de la personalidad y en general, de las posibilidades para obtener una mejor calidad de vida.

A pesar de que la mayoría de los organismos internacionales especializados en la materia consideran que el costo de la alfabetización de una persona adulta no supera 100 dólares, hay todavía cientos de millones en todo el mundo que están privados de este derecho fundamental debido, entre otros factores, a que ha habido una subestimación, tanto respecto de la magnitud del número de personas que no saben leer ni escribir, como de la complejidad de las acciones que requieren emprenderse para superar los rezagos.

Es por ello que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), sostiene que “las lecciones aprendidas en las últimas décadas dejan en claro que lograr la alfabetización universal requiere no sólo de mayores y mejores esfuerzos, sino de una voluntad política renovada para pensar y hacer las cosas de manera diferente a todos los niveles: local, nacional e internacional”.

Por lo que hace a nuestro país, el analfabetismo constituye uno de los problemas sociales y educativos que por décadas han persistido como símbolo de la desigualdad y la pobreza; de acuerdo con los datos el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), tomando como referencia al Censo de Población y Vivienda 2010, había en ese año un total de 5.39 millones personas mayores de 15 años que no sabían leer ni escribir, siendo mayoría aquellas personas que superaban los 65 años de edad.

Sin embargo, no puede afirmarse que se trate de un problema que afecte de manera exclusiva a los adultos, pues de acuerdo con los resultados del censo referido, habría en ese año un total de 558 mil 823 jóvenes entre los 15 y los 29 años de edad que no sabían leer ni escribir; lo que representaba medio millón de jóvenes que veían prácticamente canceladas las posibilidades de empleo y vida digna.

Otro rubro a considerar son las personas que viven en el ámbito rural, sin duda un panorama de desigualdad aún más profundo se tiene con respecto a las comunidades y pueblos indígenas. Ejemplo de ello es Oaxaca, el estado en que mayor analfabetismo se reporta en 2014, pues las estimaciones del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos calculan que este año el analfabetismo fue de 15.8 por ciento respecto del total de la población mayor de 15 años.

En segundo lugar nacional se encontró el estado de Chiapas, con 14.4 por ciento del grupo de población señalado, en condiciones de analfabetismo; mientras que el tercer mayor índice fue en el estado de Guerrero con 12.9 por ciento, seguidos de Veracruz, con 9.5 por ciento; así como los estados de Michoacán y Puebla con un indicador de 8.1 y 8 por ciento, respectivamente.

Sirve de apoyo la siguiente gráfica publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en el que se reportan los porcentajes de analfabetismo por entidad federativa:

En ese sentido, nuestro país se caracteriza por ser profundamente asimétrico; la sociedad vive en condiciones de desigualdad, pues mientras la Ciudad de México tiene indicadores comparables con los de naciones avanzadas, en otros estados de la República la situación es vergonzosa.

Dicho instituto también afirma que esta condición genera marginación; concentrándose primordialmente en poblaciones vulnerables, como mujeres, indígenas o los desfavorecidos económicamente, tal y como se muestra en la siguiente gráfica:

Al respecto el gobierno de la República ha implementado una Campaña Nacional de Alfabetización y Abatimiento y Rezago Educativo 2014-2018, cuya meta es atender a:

• 2.2 millones de jóvenes y adultos que no han concluido primaria.

• 3.1 millones sin secundaria, y

• 2.2 que no saben leer ni escribir.

No podemos afirmar que la erradicación del analfabetismo sea una realidad, el avance es lento pero sí efectivo; de acuerdo con la información oficial, entre 1999 y el año 2013, se ha avanzado en la reducción del analfabetismo de 3.5 puntos porcentuales; ampliando el territorio de cobertura en educación básica (primaria y secundaria).

Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, hasta 2014, el analfabetismo en las mujeres pasó de 15 a 10 por ciento y de 9 a 7 por ciento en los hombres, lo que sin duda muestra un avance positivo en la materia, incentivando con ello cualquier acción que fomente la alfabetización en nuestro país, para ello sirve de apoyo la siguiente gráfica que muestra el crecimiento periódico en los niveles de impartición de alfabetización en nuestro país.

Así también, el crecimiento por entidad federativa hasta 2014 y su actualización en 2015:

Numéricamente los avances parecen no ser tan significativos, pero socialmente estas cifras representan un gran incentivo para el gobierno federal para seguir impulsando políticas públicas encaminadas a garantizar uno de los derechos fundamentales como lo es la educación.

Sin duda, el reto aún es alto, pero no dejar de avanzar es la vía al éxito de cualquier proyecto que busca mejorar la calidad de vida de los mexicanos.

En virtud de lo aquí expuesto pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que en el marco de la celebración del Día Internacional de la Alfabetización, diseñe e implemente campañas informativas referentes a los programas de alfabetización que actualmente se realizan a nivel nacional, dirigiendo especial atención en la inclusión de los diferentes grupos vulnerables.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



SEGUIMIENTO A LAS INVESTIGACIONES RELACIONADAS POR LOS HECHOS OCURRIDOS EN IGUALA, GUERRERO, A ALUMNOS DE LA ESCUELA NORMAL RURAL DE AYOTZINAPA “RAÚL ISIDRO BURGOS”

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de la comisión especial de seguimiento a las investigaciones relacionadas con los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la escuela normal rural de Ayotzinapa Raúl Isidro Burgos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Las diputadas y los diputados suscritos, Mariana Trejo Flores, Sandra Luz Falcón Venegas, Delfina Gómez Álvarez y Araceli Damián González, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, Jesús Emiliano Álvarez López, Jesús Serrano Lora, Roberto Guzmán Jacobo y Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, de la LXIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

El 26 de septiembre de 2014 es un día marcado por la infamia en el que acontece la desaparición de 43 estudiantes de la escuela normal rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, a manos del estado mexicano.

Jóvenes cuyo único delito fue exigir mejores condiciones de vida, para poder brindar el alimento a sus hogares, jóvenes que en el uso legítimo de sus derechos constitucionales, se asociaron para solicitar a la autoridad competente la apertura a recursos públicos para poder tener un mejor desempeño en sus estudios, tales como transporte, becas, entre otros para poder convertirse en ciudadanos útiles a su comunidad, para crear una patria digna y generosa.

Este acto de barbarie que causó indignación en México y en todo el mundo, hasta el momento no se ha esclarecido en su totalidad y los culpables gozan de la impunidad.

Ante estos lamentables hechos del 26 de septiembre de 2014, la LXII legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, crea la Comisión Especial “Seguimiento a las Investigaciones relacionadas con los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”

Según el acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el cual secreó esta Comisión Especial, su objetivo general fue dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con la desaparición forzada de los alumnos de la escuela Normal Rural de Ayotzinapa, “Raúl Isidro Burgos”. Así mismo, en este documento se establecieron como objetivos específicos los siguientes:

1. Atender con imparcialidad, únicamente en base a criterios objetivos y que garanticen la protección más amplia de las personas, los asuntos que le sean encomendados por los órganos de Gobierno de la H. Cámara de Diputados.

1.1 Elaborar las opiniones y trabajos que la Mesa Directiva turne a la Comisión

1.2 Llevar a cabo las comisiones, funciones y trabajos, que en su caso, determine la Junta de Coordinación Política.

2. Solicitar, de conformidad con el numeral Quinto del Acuerdo de creación de esta Comisión, informes para conocer las actuaciones así como el estatus que guardan los asuntos a su cargo, a las autoridades competentes que atienden o guardan relación con respecto a las investigaciones relacionadas con los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la escuela normal rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”, y celebrar reuniones con las mismas, así como con agrupaciones relacionadas en el tema, buscando tener reuniones con autoridades federales, autoridades estatales, autoridades municipales, comisiones de DDHH, organizaciones no gubernamentales, familiares y órganos de apoyo, organizaciones internacionales.

De igual manera, el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, contempló como acciones específicas de la Comisión Especial, las siguientes:

a. Contribuir, desde la esfera de competencia de esta Comisión, a facilitar, agilizar y completar la búsqueda de personas desaparecidas.

b. Gestionar en lo inmediato con la Secretaría de Gobernación y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), la protección y la reparación integral de las víctimas directas e indirectas de los hechos.

c. Verificar que las investigaciones realizadas con respecto a los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la escuela normal rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos” procedan conforme al más estricto apego al Estado de Derecho, a los derechos humanos reconocidos en la Constitución, en los tratados internacionales de la materia de los que México es parte, y la legislación correspondiente, así como los principios de Buena fe, Transparencia, Rendición de Cuentas, Protección de las Víctimas, Probidad, Honradez, y Objetividad.

d. Fomentar, dentro de la esfera legislativa, la vinculación de los tres poderes de la unión y órdenes de gobierno para trabajar coordinadamente en el pronto esclarecimiento de los hechos y abrir sus canales de comunicación e intercambio de información.

e. Promover la aplicación de protocolos y mejores prácticas internacionales en el desarrollo de las investigaciones relacionadas con los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la escuela normal rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”.

f. Exhortar a las autoridades competentes a que se conduzcan con apego a los principios de preservación del lugar de los hechos y la cadena de custodia, y en general todos los procesos que aseguren que no se desvanezca la evidencia que permita esclarecer este caso.

g. En su caso, tomar en cuenta y fomentar en las autoridades correspondientes la atención a los informes y el cumplimiento de las recomendaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos que permitan coadyuvar en las investigaciones relacionadas con los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la escuela normal rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos.”

h. En su caso, tomar en cuenta y fomentar en las autoridades correspondientes la atención a los informes y el cumplimiento de las recomendaciones formuladas por los organismos internacionales y nacionales de Derechos Humanos que permitan coadyuvar en las investigaciones relacionadas con los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la escuela normal rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos.”

i. Fomentar, de ser necesario, la cooperación internacional para la colaboración con las autoridades mexicanas para el esclarecimiento del caso.

j. Impulsar y dar seguimiento a las investigaciones, programas, medidas y acciones que se diseñen e implementen para facilitar los trabajos y conclusión de la investigación que lleven a esclarecer los hechos.

k. Supervisar y verificar que, en caso de que se determine responsabilidad a servidores públicos, se inicien, desarrollen y resuelvan los procedimientos civiles, penales y/o administrativos correspondientes.

l. Fomentar el trabajo articulado de la academia y las organizaciones de la sociedad civil, a fin de contribuir con las investigaciones.

m. Promover el diseño e implementación de una campaña de difusión para incentivar la denuncia pública, ante las autoridades competentes, para que la población colabore en aportar información que facilite su tarea de investigación sobre los hechos que dieron origen a esta Comisión.

n. Establecer mecanismos de comunicación con todos los actores y población en general que deseen aportar a los trabajos de esta Comisión.

o. Celebrar reuniones periódicas de trabajo de la Comisión en el lugar que sea necesario, así como declararse en reunión permanente cuando el desarrollo de las investigaciones y los trabajos de este órgano colegiado lo requieran.

p. Presentar los informes respecto a la labor de la Comisión a la Junta Directiva de la Cámara de Diputados, dando cuenta de la totalidad de lo realizado en el objetivo planteado por el Acuerdo; y a su vez informar al público periódicamente de la labor realizada.

q. Formular una propuesta a la Junta de Coordinación Política, para mejorar y hacer más efectiva la legislación actual, particularmente las relativas a las de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, con el propósito de que éstas, sean eficaces para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violación a los derechos humanos.

Si bien la Comisión Especial en comento no llegó a concretar todas sus metas, sus trabajos tampoco fueron infructuosos, con base a un conjunto de actividades y acciones que realizó desde su creación hasta la declaración de su extinción, acontecida el 30 de abril de 2015, pudo llegar a varias conclusiones con respecto a las investigaciones que llevan a cabo distintas autoridades.

Parte de las conclusiones se presentaron en su informe del 4 de noviembre de 2014. Este documento evidencia que de la lectura de los informes rendidos por el Gobierno de Guerrero, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y de la Fiscalía General de la entidad, se desprenden múltiples contradicciones respecto a:

a. El número potencial y total de víctimas presentes en el lugar de los hechos.

b. Las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos relacionados con la detención arbitraria o ilegal, uso ilegal de la fuerza y posteriores ejecuciones extrajudiciales, tortura y desaparición forzada de los estudiantes.

c. Los nombres de los estudiantes.

d. La manera o vía por la cual las autoridades locales tuvieron conocimiento de los hechos, ya fuera al momento de ocurrir o con posterioridad.

La Comisión en su momento precisó que las autoridades estatales sí tuvieron conocimiento de la actividad de los estudiantes, monitoreando por horas su desplazamiento y la policía estatal no actúo frente a las irregularidades que la policía municipal cometió en contra de los estudiantes.

El informe de la Comisión contiene datos para verificar si existe una versión de los hechos confiables y, de ser posible, identificar las omisiones y negligencias en las investigaciones materiales en general, así como en la localización e investigación del paradero de los 43 estudiantes hasta ahora desaparecidos forzadamente. De igual modo, se detectó que en todos los informes de las distintas autoridades existen diversos momentos que no tienen una conexión directa o lógica en la secuencia de los hechos.

En otro orden de ideas, Constituyen hechos y cuestiones que por sí mismos justifican la creación de una Comisión Especial para el caso Ayotzinapa en la LXIII Legislatura, como son los siguientes:

1. Las 43 víctimas directas del caso Ayotzinapa aún están desaparecidas, por consiguiente, la violación de derechos humanos de todas las personas vinculadas al caso no ha cesado;

2. Todavía es necesario adoptar todo tipo medidas, incluidas las políticas, para dar seguimiento a las acciones tendientes a la localización de las víctimas, para resaltar la importancia de las investigaciones sobre desaparición forzada y para conocer la verdad de las circunstancias de la desaparición forzada de los 43 alumnos de la escuela normal rural de Ayotzinapa; lo cual, es consistente con las obligaciones del Estado mexicano, derivadas de la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas;

3. Amnistía Internacional, el 8 de octubre de 2014, en relación a los hechos de desaparición forzada registrados el 26 y 27 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero, hizo las siguientes recomendaciones:

a) Las investigaciones deben ser realizadas por el personal del más alto nivel en el ámbito federal.

b) Es indispensable que los representantes del equipo argentino de antropología forense reciban todo el respaldo institucional para apoyar el proceso de exhumación e identificación de los restos encontrados, con el fin de asegurar un proceso confiable que dé certeza a los familiares.

c) El presidente Enrique Peña Nieto debe acelerar y garantizar una investigación rápida y exhaustiva sobre estos “terribles abusos” y que se llegue a fondo sobre lo ocurrido a las víctimas.

d) Se debe garantizar el acceso pleno a las investigaciones ministeriales a los familiares de las víctimas y sus representantes, y asegurar que no recaiga en las víctimas y sus familiares la obligación de obtener y proporcionar los elementos de prueba.

e) Otorgar regularmente información de la evolución de la búsqueda a los familiares de las víctimas antes que a los medios de comunicación, así como del proceso de identificación de los cuerpos que han sido descubiertos; y asegurar que sean tratados con respeto.

f) Las investigaciones deben asumir líneas específicas de acuerdo con los patrones de la zona, tiempo o periodo y la autoridad involucrada. Los resultados de todas las investigaciones deben ser públicos.

g) Se debe asegurar la vida de los familiares de las personas involucradas en los hechos de Ayotzinapa, así como de las personas que llevan las investigaciones.

h) Se debe asegurar la reparación del daño integral que incluya la indemnización, satisfacción, restitución, rehabilitación y garantías de no repetición de este tipo de abusos.

4. La CNDH el 23 de julio de 2015, en un informe preliminar, formuló un conjunto de observaciones y propuestas para la investigación de los hechos de desaparición forzada registrados los días 26 y 27 de septiembre de 2014 en iguala, Guerrero.

De todo lo anterior, del hecho de que los 43 estudiantes sigan desaparecidos y de que esta situación lacera a toda la sociedad, se desprende que la Cámara de Diputados de la LXIII legislatura debe de involucrarse y para esto debe de volver a formar una Comisión Especial encargada de dar seguimiento a este lamentable tema.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se solicita, en términos del artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la creación de la Comisión Especial de Seguimiento a las Investigaciones relacionadas por los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”, para la presente legislatura.

Segundo. Se exhorta de manera respetuosa al titular del Poder Ejecutivo Federal, Lic. Enrique Peña Nieto, a que en términos del acuerdo de colaboración celebrado con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos continúen los trabajos con los Grupos Interdisciplinarios de Expertos Independientes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, prolongando su estancia en México según prevé el acuerdo para la investigación del caso Ayotzinapa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputados: Mariana Trejo Flores, Sandra Luz Falcón Venegas, Delfina Gómez Álvarez, Araceli Damián González, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, Jesús Emiliano Álvarez López, Jesús Serrano Lora, Roberto Guzmán Jacobo, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (rúbricas).»

Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



DESISTIRSE DE LA ACUSACIÓN DE PORTACIÓN DE ARMAS EXCLUSIVAS DEL EJÉRCITO EN CONTRA DEL DOCTOR JOSÉ MANUEL MIRELES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a desistirse de la acusación de portación de armas exclusivas del Ejército contra el doctor José Manuel Mireles; y al juez federal quinto en materia penal, a dictar el trasladado al penal de Morelia, Michoacán, y resolver de manera expedita su situación jurídica, suscrita por los diputados Jorge Álvarez Máynez, René Cervera García y Cynthia Gissel García Soberanes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los suscritos, Jorge Álvarez Máynez, René Cervera García y Cynthia Gissel García Soberanes, integrantes de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión y en nombre del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta asamblea proposición con puntos de acuerdo que, por su naturaleza y dados los últimos acontecimientos, se constituyen como de urgente y obvia resolución, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy Michoacán está en guerra civil, en una dramática lucha fratricida porque hoy, a unas cuantas horas de nosotros, comunidades, pueblos y hermanos están confrontados entre sí por este experimento absurdo de armar y confrontar a los michoacanos ante la incapacidad del Estado mexicano para brindar la seguridad que por mandato constitucional y legal le corresponde, como Reporte Índigo reportaba a comienzos de este mes de la forma siguiente: “Cazan a los autodefensas. El cártel de Los Caballeros Templarios vuelve más violento que nunca. El Cisen ya había alertado al gobierno del retorno de este grupo, pero la federación no modificó la estrategia de seguridad...”

En cambio, la salida del gobierno federal desde hace más de dos años fue fácil: armar a hombres y mujeres libres con reclamos auténticos y legítimos, que pretendían hacer efectivo el derecho de legítima defensa consagrado en el artículo 10 de la Constitución federal, para utilizarlos en una franca confrontación perversa, y hoy, una vez que ellos han realizado parcialmente este trabajo, son desechados y desarticulados como desde mediados de 2014 hemos constatado.

Lamentablemente, primero los forman, arman, acompañan y luego los desmantelan porque los ven como amenaza y, ahora, los encarcelan o dejan a su suerte, para ser asesinados, a grado tal, que a Hipólito Mora quien es fundador, líder moral y hasta hace poco interlocutor válido con el gobierno federal de dichos grupos de autodefensa, se le ha encarcelado en dos ocasiones; al doctor Mireles se le mantiene preso injustamente en un penal de máxima seguridad en Hermosillo, Sonora, con un estado de salud precario y frágil; a Enrique Hernández, de Yurécuaro, se le abandonó y lamentablemente fue asesinado mientras hacía actos de campaña como candidato a la presidencia municipal de dicho ayuntamiento; el homicidio hace unos días del jefe de los autodefensas de Tancítaro, Jesús Bucio Cortez; y hoy se fabrican cargos ridículos a Semeí Verdía, líder de los autodefensas de Aquila para mantenerlo preso injustamente.

Es decir, mientras que en el país hay 100 mil mexicanos en espera de sentencia, la justicia se mueve a capricho y al dedazo, en función de los experimentos federales y de la voluntad de unos cuantos, sin voltear a ver que aún queda la herida abierta de la liberación de más de 360 autodefensas legítimos injustamente recluidos.

En Michoacán hay una crisis humanitaria que nadie quiere ver, y con el nombramiento de Alfredo Castillo Cervantes, hoy director general de la Conade, las soluciones de fondo no llegaron a un Michoacán que cuenta entre otras heridas abiertas con más de dos millones de habitantes en pobreza extrema de acuerdo con cifras del Coneval y la FAO, y con una de las deudas públicas más altas del país, sólo comparada con el vergonzoso caso de Coahuila con relación a su producto interno bruto, entre otros indicadores desastrosos.

De igual forma, en visitas recientes del presidente de la República a aquella entidad se han anunciado inversiones y apoyos millonarios del orden de los 45 mil 500 millones de pesos, que al paso de los días, descubrimos que no eran extraordinarios porque ésta misma Cámara en la pasada legislatura, desde diciembre del año pasado ya los había presupuestado, solo fueron reales 5 mil 500 millones que hoy, no sabemos con claridad su destino y aplicación.

Por supuesto, ante estos acontecimientos debemos asumir nuestro papel como órgano fiscalizador de los demás poderes, ya que no hay democracia y gobernabilidad sin mecanismos de pesos y contrapesos, de ello depende hoy el futuro de 4 millones y medio de michoacanos que se están jugando la vida a diario.

Es urgente que en un sano ejercicio parlamentario, planteemos la urgencia de implementar una estrategia social, no policiaca ni confrontacionista; se requieren acciones que permitan pacificar y reconciliar a los habitantes de esa bella región del país.

En efecto, si persiste la visión armamentista los saldos en vidas y en ruptura del tejido social serán irreparables. Por ello hago un llamado a construir una agenda de paz y perdón para Michoacán.

Este estado ha dejado de ser un asunto de importancia local o regional para convertirse en un asunto de interés nacional e internacional. De ese tamaño es el asunto. Y en este sentido, es justo reconocer que el Poder Legislativo federal ha brillado por su ausencia en el caso Michoacán.

Por ello insisto en que podemos ser un actor clave para el rescate de tan hermosa entidad de la república y el restablecimiento del estado de derecho que desde hace más de 10 años se ha perdido. Asumamos con altura de miras esa responsabilidad que tenemos con los mexicanos.

Por lo expuesto me permito someter a consideración de esta asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.El pleno de esta Cámara acuerda exhortar a la Procuraduría General de la República para que se desista de manera lisa y llana de la acusación de portación de armas de uso exclusivo del Ejército contra el doctor José Manuel Mireles, toda vez que él formaba parte de los grupos de autodefensa reconocidos y avalados incluso por el gobierno federal a través de la figura sociopolítica del comisionado para la Seguridad y Desarrollo Integral de Michoacán.

Segundo.Se acuerda formar una comisión plural de legisladores para que realice una gira de trabajo por Michoacán, por los municipios con presencia de autodefensas, en específico por la región de Tierra Caliente y costa, para conocer las circunstancias actuales de sus habitantes.

Además, dicha comisión deberá revisar el caso de los integrantes de las autodefensas legítimas que continúan recluidos.

Tercero.Se exhorta al juez quinto de lo penal en materia federal con sede en Uruapan, Michoacán, a ordenar en el ámbito de sus atribuciones, por el estado precario de salud y por la trascendencia social del inculpado, el traslado del doctor José Manuel Mireles Valverde al penal de Morelia en tanto se obtiene su libertad.

Cuarto. Se exhorta al Poder Judicial de la Federación a resolver –en el ámbito de sus atribuciones– de forma ágil, imparcial y expedita el caso del doctor José Manuel Mireles Valverde.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputados: Jorge Álvarez Máynez, Rene Cervera García, Cynthia Gissel García Soberanes  (rúbricas).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



INTENSIFIQUEN LOS EXÁMENES DE CONFIANZA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL GOBIERNO ESTATAL, PARTICULARMENTE A AQUELLOS FUNCIONARIOS, EMPLEADOS O TRABAJADORES, QUE DESEMPEÑEN ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA PROTECCIÓN Y CUSTODIA DE NIÑAS, NIÑOS O ADOLESCENTES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Sonora a aplicar o intensificar los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a los funcionarios, empelados o trabajadores que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niños o de adolescentes, a cargo de la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La que suscribe, Angélica Reyes Ávila, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía proposición con puntos de acuerdo por los que se exhorta respetuosamente al gobernador de Sonora a aplicar o intensificar los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a los funcionarios, empleados o trabajadores que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niños o de adolescentes, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El robo de menores de edad en México es una realidad que alcanza cifras preocupantes, la mayoría de ellos con fines de explotación sexual y pornografía infantil. Entre las principales causas del robo de infantes se encuentra el tráfico o la trata de personas, operación que se caracteriza por el reclutamiento, traslado y alojamiento de cualquier persona, considerando a su vez el secuestro, engaño o fraude, así como el abuso de autoridad.

Entre los estados con mayores índices de robo de infantes se encuentran Michoacán, Nuevo León, Jalisco, Veracruz, México y Distrito Federal, así como las fronteras sur y norte.

Esta actividad se ha convertido en un ejercicio muy lucrativo para la delincuencia, tanto común como organizada, que opera desde el ámbito particular y gubernamental.

Las expresiones de este delito ofenden sensiblemente a la sociedad. El proceso de gestación, alumbramiento y desarrollo de todo ser humano adquiere matices no sólo en el ámbito privado y familiar, sino también consecuencias jurídicas. Atentar contra ese proceso está condenado, irremediablemente, a la censura de la colectividad y sujeto a la sanción jurídica del Estado.

Los argumentos expresados advierten una situación grave que obliga a considerar llamar la atención de todos los actores sociales, quienes en ningún momento, debemos mantenernos pasibles o insensibles ante tan lamentables acontecimientos.

El derecho humano a la identidad se encuentra consagrado en la Carta Magna. Consecuentemente, es deber y garantía del Estado su pleno cumplimiento.

El marco jurídico considera figuras y procedimientos legales que permiten disfrazar una conducta en principio delictiva, para llegar a un resultado ajustado a derecho. Nos referimos concretamente al sistema de adopción vigente en el país.

La adopción es sólo una faceta del estado civil de las personas humanas, que se traduce en un mecanismo que legitima la entrega de la patria potestad a los padres no biológicos, que acuden a este camino legal para llenar un vacío en su existencia cuando se les ha negado, por la naturaleza o por otro factor, su capacidad de procreación.

De conformidad con el Código de Familia para el Estado de Sonora, la adopción es una forma de parentesco civil y resulta del acto jurídico, por el cual una persona o la pareja de cónyuges o concubinos asumen, respecto de uno o varios menores o incapacitados, los derechos y obligaciones inherentes a un hijo biológico.

El procedimiento para adoptar a un menor se encuentra regulado de manera genérica en todas las disposiciones jurídicas de las entidades federativas, con algunas diferencias, en otras latitudes. Proceso que se desarrolla de la manera siguiente:

• Basta la presentación de una solicitud al juez competente;

• Que sea benéfica para el adoptado;

• Que los adoptantes acrediten tener los medios bastantes para proveer a la subsistencia y educación del menor o del incapacitado, como si se tratara de hijo propio; que son personas de buenas costumbres; además, que gozan de buena salud física y mental;

• Estos requisitos deben ser acreditados en primer lugar ante el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia que, previos estudio y análisis del caso, podrá declarar a los solicitantes aptos para realizar la adopción y al efecto expedirles el correspondiente certificado de idoneidad, para que se presente con las pruebas que el código procesal exija al juez de lo familiar;

• En el momento que cause ejecutoria la resolución judicial que autorice una adopción, quedará ésta consumada y no podrá revocarse sino en los casos previstos en el código. Por ello, el juez resolutor emitirá oficiosamente copia de las diligencias respectivas al oficial del Registro Civil del lugar para que inscriba la adopción en el libro y proceda asentar en sus registros la cancelación del acta de nacimiento anterior del menor para generar la nueva con los datos actualizado como pueden ser el nombre y apellidos del adoptado;

• A dicha adopción se pueden oponer el tutor, el Ministerio Público o el procurador de la Defensa del Menor y la Familia. Quienes se opongan a la adopción deberán expresar la causa en que se fundan, la cual será calificada por el juez tomando en cuenta los intereses del menor o incapacitado, y escuchando siempre al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.

De manera general se expresa que en el procedimiento de esta figura concurren numerosos intereses, empezando por el principal como es el interés superior de la niñez, principio previsto y consagrado en el artículo 4o. de la Constitución Política.

En el plano formal, el candidato a ser adoptado transitará hacia un estadio que ofrece mayores y mejores escenarios de vida, de bienestar y de desarrollo humano; en tanto, el adoptante adquiere por la vía del derecho un componente fundamental, como es satisfacer, en el papel, su deseo a contar con un hijo en el seno familiar.

Como se aprecia, en el trámite de adopción concurren el Poder Judicial a través de la figura del juez; el Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio Público en su calidad de representante social, el oficial del Registro Civil, el procurador de la Defensa del Menor y la Familia, si fuera el caso, y por último, el titular del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.

La adopción hecha por extranjeros o por mexicanos que residan de manera permanente en otro país se regirá por las disposiciones de la Ley General de Población; la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño; la Convención Interamericana sobre el Conflicto de Leyes en materia de Adopción de menores; la Convención de La Haya sobre Protección de Menores y Cooperación en materia de Adopción Internacional, así como cualquier otro instrumento de derecho internacional vigente en la República Mexicana.

El procedimiento de adopción está diseñado con tanta complejidad (por sus características, por el número de requisitos, trámites y autoridades que intervienen) que parece imposible que pudiera cometerse alguna anomalía para favorecer intereses mezquinos, o que alguno de los intervinientes opere con tanta simulación que no pudiera ser percibido por todos los actores.

Sin embargo, lamentablemente algunas autoridades se aprovechan del cargo, para que en contubernio con particulares logren burlar los mecanismos legales para articular y lograr una adopción fraudulenta de menores de edad o, en su caso, proceder a la suplantación de padres para proceder a su registro como progenitores legítimos.

Esta situación se presentó en el caso de una red de funcionarios de Sonora, quienes tenían la responsabilidad de custodiar y proteger a los menores de edad. En lugar de cumplir dicha responsabilidad, algunos funcionarios se asociación con particulares para cometer los delitos de robo y venta de niños a personas que esperaban adopciones. Operación que les redituó grandes ganancias por la desesperación de las familias de adoptar a un menor de edad.

Es cierto que la procuraduría estatal desarrolló un plan estratégico para descubrir a los autores de los hechos delictivos, pero el daño es mayor porque se presenta una afectación a la identidad de las víctimas. Quienes en muchos de los casos acumulan años de vivir con sus padres afectivos, relación que propicia lazos de amor, comprensión y desarrollo, lo que resulta muy doloroso en el proceso de devolver a los pequeños a sus progenitores biológicos.

Para evitar la victimización de los menores de edad, y de las madres despojadas de ellos, se deben generar políticas públicas que prevengan los fenómenos delictivos. Medidas que eviten, inhiban o persuadan a los sujetos activos, en lugar de sancionar, apresar o someterlos a largos procesos penales. El costo-beneficio es mayor con la prevención que la represión.

El problema que percibimos es la deshonestidad con que fungieron dichos servidores públicos. Deshonestidad y falta de profesionalismo que atentan contra la vocación de servicio público. Es pertinente resaltar la importancia que tienen los controles de confianza hacia estos funcionarios que tienen a su encargo tareas tan sensibles como es la custodia de menores de edad. Estos controles de confianza deben proveer de elementos para la aceptación o no de personas en estas funciones.

No es la primera vez que se presentan casos como el descrito. A principios de la década pasada, una situación similar ocurrió en Jalisco, cuando en septiembre de 2001, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos constató omisiones, complicidades y abuso de autoridad en adopciones de menores que incluso fueron sacados del país. Esta acción delictiva fue perpetrada por integrantes del gobierno de estado. Lamentablemente, la Procuraduría General de la República exoneró a los funcionarios implicados en el delito de tráfico de infantes.

En Nueva Alianza reprobamos con contundencia los hechos que motivan el presente punto de acuerdo, y sostenemos categóricamente que estamos en contra en que se comercialice el sistema de adopción de niños, reduciéndolos a cosas u objetos, ni en México ni en ninguna parte del mundo se deben presentar sucesos como los expuestos.

Nuestro grupo parlamentario ha impulsado y asumido el compromiso de reforzar los medios de prevención, defensa, protección y orientación, destinados preservar, fomentar y aplicar los derechos humanos de los niños y los adolescentes. Exponer esta problemática refrenda nuestro compromiso con los sectores más vulnerables del tejido social.

Por ello sometemos a la aprobación de esta asamblea la presente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al gobernador de Sonora a instruir a quien corresponda para que se apliquen o intensifiquen los exámenes de confianza a los servidores públicos del gobierno estatal, particularmente a los funcionarios, empleados o trabajadores que desempeñen actividades vinculadas con la protección y custodia de niños o adolescentes y se prevengan con ello violaciones de los derechos humanos de ese sector vulnerable de la sociedad.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuradora General de la República a atraer la investigación de los hechos ocurridos en Sonora y que involucran a diversos integrantes de esa administración estatal vinculados a la venta y el tráfico de niños.

Notas:

1 En México, la cifra de menores robados asciende a 50 mil, según Guillermo Gutiérrez Romero, presidente de la Fundación Nacional de Investigaciones de Niños Robados y Desaparecidos IAP; 14 de enero de 2015.

2 De acuerdo con esa fundación.

3 Esta actividad delictiva arroja ingresos hasta por 32 mil millones de dólares al año a escala mundial, lo cual lo convierte en el tercer negocio ilícito más redituable internacionalmente, según datos de Gutiérrez Romero. Ibídem.

4 Artículos 270, 285, 293 y 301. La adopción puede ser simple o plena; también se reconoce la internacional.

5 Artículos 275, 280, 283, 284 y demás relativos y aplicables del Código Familiar para el Estado de Sonora.

6 Uno de los implicados se desempeñaba como subdirector de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del DIF de Sonora.

7 La victimización es entendida como la forma en que un delito afecta a una persona o a un hogar. El daño a las víctimas puede ser físico, mental, emocional o económico, o puede darse en una disminución de los derechos fundamentales de las personas mediante actos u omisiones que violen las leyes penales vigentes.

8 De acuerdo con declaraciones del presidente Peña Nieto, quien aseguró que en las comunidades donde se aplica el Programa de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia se ha logrado disminuir en más de 35 por ciento este fenómeno, al inaugurar el macromural Pachuca se pinta, 31 de septiembre de 2015.

9 La Fundación de Niños Robados y Desaparecidos ha documentado desde 1999 el delito, por lo que al enterarse del rumbo que tomará el resolutivo de la PGR declaró que se ha encabezado una investigación parcial. “No nos extraña esa postura (porque) indudablemente estamos ante un delito de Estado, donde todos protegen a todos”. La Siedo delimitó las “irregularidades y faltas administrativas” como el resultado de la falta de pericia e “ignorancia” del personal del DIF estatal, toda vez que ese organismo “no tiene la plantilla de empleados necesaria y por ello se saltan trámites por apresurar (las adopciones) (...) El DIF no notificó al juez que había padres biológicos que habían impugnado el juicio (de adopción) (...) Trataron de hacer un buen papel, pero las formas en que llevaron (los procesos de adopción) no fueron las correctas”.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputada Angélica Reyes Ávila (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.



DIFUNDA INFORMACIÓN SOBRE LA CONCESIÓN LLEVADA A CABO ENTRE 2004 Y 2011 RELATIVA A LA SEXTA PARTE DEL TERRITORIO MICHOACANO Y SI ÉSTAS FUERON LEGALES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE a difundir información sobre la concesión llevada a cabo entre 2004 y 2011 relativa a la sexta parte del territorio michoacano y si ésta fue legal, a cargo del diputado Marco Polo Aguirre Chávez, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Marco Polo Aguirre Chávez, diputado federal de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 2, fracción I, II y III del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, al tenor de las siguientes.

Consideraciones

Es importante que las empresas privadas inviertan en suelo mexicano, sin embargo es lastimoso que exploten y le quiten gran parte del territorio del Estado, hablamos particularmente de Michoacán.

Recientemente se ha publicado en medios impresos y electrónicos que entre 2004 a 2011, es decir en los Gobiernos de Vicente Fox Quezada y Felipe Calderón Hinojosa otorgaron en concesión a empresas mineras privadas, una sexta parte del territorio del Estado de Michoacán.

Se otorgaron en esas fechas, atreves de la Secretaría de Economía, un total de un millón 278 mil 444 hectáreas a empresas extranjeras y nacionales.

Se señala que actualmente están 23 proyectos mineros de capital extranjero, que los beneficiarios son originarios de Canadá, India, China, Estados Unidos, Australia y Argentina-Italia.

Se constata en medios que el Gobierno de Vicente Fox otorgó, 380 mil 709 concesiones y Felipe Calderón 897 mil 735 concesiones, aumentando exponencialmente las tierras otorgadas, llegando a poseer las mineras la sexta parte del territorio michoacano.

Por lo anteriormente expuesto, elevo a la consideración de esta soberanía, con carácter de urgente resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.Por el que la Cámara de Diputados exhorta la Secretaría de Economía a dar a conocer a la opinión pública por qué se concesionó entre 2004 y 2011 la sexta parte del territorio michoacano y si esto fue legal.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de septiembre de 2015.— Diputado Marco Polo Aguirre Chávez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.



PROTEGER EL DERECHO HUMANO AL AGUA DE LOS HABITANTES DE LOS MUNICIPIOS DE VERACRUZ, BOCA DEL RÍO Y MEDELLÍN, EN EL ESTADO DE VERACRUZ

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades a proteger el derecho humano al agua de los habitantes de Veracruz, Boca del Río y Medellín, Veracruz, suscrita por los diputados Norma Rocío Nahle García y Cuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena

Los suscritos diputada Norma Rocío Nahle García y diputado Cuitláhuac García Jiménez, de la LXIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1  del artículo 6 y el artículo 79, numeral 1, fracción II, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

El 20 de agosto de los corrientes se concesionó por 30 años a la empresa Grupo Metropolitano de Agua y Saneamiento (MAS) la operación del sistema de agua potable y saneamiento para los municipios de Veracruz, Boca del Río y Medellín, todos pertenecientes al estado de Veracruz. Dicha concesión se dio bajo el esquema de asociación público-privada en la que participan la empresa brasileña Odebrecht Ambiental, la española Aguas de Barcelona Integraba de México y el Sistema de Agua y Saneamiento Metropolitano Veracruz, Boca del Río y Medellín.

Un dato importante de la concesión es el referente a la cláusula de “Restablecimiento del Equilibrio Económico y Financiero de la Empresa Mixta”, lo que quiere decir que el precio del suministro del agua se incrementará periódicamente, de tal forma que Grupo MAS no pueda registrar pérdidas, de hecho, se maneja que el incremento de la tarifa será mensual.

Lo anterior sería tan solo un tema comercial si no se tratara del suministro de agua para los habitantes del puerto de Veracruz, de los municipio de Boca del Río y de Medellín, y que el acceso al agua es un derecho humano.

En cuanto a los derechos humanos y nuestras normas jurídicas, el diez de junio de dos mil once se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar, en sus primeros tres párrafos, como sigue:

“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales en la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar, los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos que establezca la ley.”

Con esta reforma se hace explícito el bloque de protección de los derechos humanos en el ordenamiento jurídico mexicano. En este sentido, los tratados internacionales que establezcan derechos humanos en que el Estado mexicano sea parte, se incorporan al bloque de constitucionalidad o coto vedado, según el cual ningún poder constituido está en posibilidad de restringirlos o suspenderlos, salvo en los casos de emergencia y los condicionamientos establecidos en la propia Constitución.

Previa a la reforma antes mencionada al artículo 1o. de la Constitución, nuestra carta magna en el párrafo sexto del artículo 4o. ya trataba el tema del agua para el consumo humano como un derecho que se reconoce a todos los habitantes de la nación, bajo el siguiente texto.

“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.”

En lo referente a los tratados internacionales de los que México es parte, el derecho humano al agua se encuentra amparado por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Dicho tratado internacional crea el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC), encargado de interpretar el PIDESC por medio de observaciones, mismas que se vuelven parte del Pacto y por lo tanto obligan a los países firmantes a observarlas y hacerlas vinculantes a su derecho interno.

Con respecto al agua, el CDESC por medio de su Observación General Nº 15 “El derecho al agua (artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales)”, determina en su numeral 2 que se cumple el derecho al agua cuando esta es suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico.

De tal forma que el artículo 4o. de la CPEUM y el PIDESC  por medio de la Observación General Nº 15, coinciden en señalar que el derecho humano al agua comprende el que esta esté disponible para todos en cantidad suficiente, salubre, aceptable y asequible (accesible). Si bien la CPEUM no especifica en qué condiciones se cumple con la disponibilidad, accesibilidad, salubridad y aceptabilidad, la Observación General Nº 15 sí lo estipula y al ser una observación que se vuelve parte del PIDESC, por efectos de los artículos 1o. y 133 de la CPEUM, forman ya parte de nuestro derecho interno, por lo cual debemos acatarla y cumplirla.

De estas cuatro condicionantes para que se respete el derecho al agua, para el presente escrito destacaremos tres de ellas, la disponibilidad, la accesibilidad y la no discriminación. En cuanto a la disponibilidad, la Observación General Nº 15, en su numeral 12, inciso a) señala que:

“El abastecimiento de agua de cada persona debe ser continuo y suficiente para los usos personales y domésticos. Esos usos comprenden normalmente el consumo, el saneamiento, la colada, la preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica. La cantidad de agua disponible para cada persona deberá corresponder a las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS). También es posible que algunos individuos y grupos necesiten recursos de agua adicionales en razón de la salud, el clima y las condiciones de trabajo.”

Entonces, aquí cabría una pregunta válida, ¿qué cantidad de litros por persona al día considera la OMS como necesarios para garantizar la disponibilidad? Al respecto, se tiene que este organismo internacional señala que con 50 litros/día/persona no se satisface la disponibilidad, ya que esta cantidad no es suficiente para el baño y el aseo de la ropa, por lo que se requieren cantidades de 100 litros/día/persona para satisfacer la disponibilidad.

Este criterio de la OMS ha sido retomado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la Inconformidad 49/2014, en la cual, la SCJN consideró fundados los argumentos presentados por la quejosa, entre los que se encuentran los criterios de la OMS en cuanto a la cantidad de litros/día/persona necesarios para cumplimentar el derecho a la disponibilidad.

Abonando a lo anterior, si la OMS y la SCJN, consideran que el suministro de agua al día por persona debe de ser en cantidades superiores a 50 litros, hasta llegar a los 100 litros, por efectos del segundo párrafo del artículo 2o. de la CPEUM, “Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales en la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.” Debemos concluir que para que en México se considere que se respeta el derecho al agua en cuanto su disponibilidad, se requiere dotar a la población de un mínimo de 100 litros/día/persona.

Con respecto a la accesibilidad, esta se precisa en el numeral 12, inciso c) de la Observación General Nº 15, bajo los siguientes términos:

“El agua y las instalaciones y servicios de agua deben ser accesibles para todos, sin discriminación alguna, dentro de la jurisdicción del Estado Parte. La accesibilidad presenta cuatro dimensiones superpuestas.”

Las cuatro dimensiones mencionadas en el citado inciso c) comprenden la accesibilidad física, accesibilidad económica, no discriminación y acceso a la información.

La accesibilidad física postula que, el tener derecho al agua supone que las instalaciones y los servicios de la misma deben estar al alcance físico de todos los sectores de la población. En cada hogar, ya sea este una residencia o un modesto cuarto de lámina, en cada institución educativa o lugar de trabajo debe haber un suministro de agua o por lo menos la posibilidad de tener acceso a alguno que esté en sus cercanías inmediatas.

La asequibilidad o accesibilidad económica, significa que el agua y los servicios e instalaciones que permitan tener acceso a ella deben ser asequibles en relación con el ingreso de las personas. El Comité establece que los costos asociados con el abastecimiento del agua no deben comprometer ni poner en peligro el ejercicio de otros derechos reconocidos en el Pacto, es decir, no debe ser tal que dificulte disponer de otros bienes esenciales como salud, educación, vivienda u otros derechos humanos, de tal forma que el pago por el servicio debe de tener en cuenta la capacidad económica del usuario, y para las clases económicamente menos favorecidas, este cobro podría incluso ser inferior a los costos del suministro, es más, puede darse el caso que para algunos sectores en extremo empobrecidos el servicio deba ser gratuito.

En cuanto a la no discriminación, “El agua y los servicios e instalaciones de agua deben ser accesibles a todos de hecho y de derecho, incluso a los sectores más vulnerables y marginados de la población, sin discriminación alguna por cualquiera de los motivos prohibidos.”, es decir, el agua salubre y los servicios deben estar al alcance físico y económico de todas las personas, especialmente de aquellas que históricamente no han podido ejercer este derecho por motivos de raza, religión, origen nacional, o cualquier otro de los motivos que están prohibidos.

Después de esbozar brevemente algunas de las condicionantes que se tienen que dar para que el derecho humano al agua se considere respetado y regresando a la privatización del servicio de agua que por medio de una concesión a 30 años se le asigna al Grupo MAS, surgen una serie de interrogantes, por ejemplo, si la empresa antes de comenzar operaciones ya amenaza con que serán constantes los incrementos en el servicio y tomando en cuenta la cláusula de “Restablecimiento del Equilibrio Económico y Financiero de la Empresa Mixta”,  ¿qué pasará con los habitantes que no puedan efectuar el pago o la cantidad sea tal que les comprometa el poder acceder a otros derechos humanos?

Al ser el suministro a cargo de una empresa privada, cuya razón de ser es la de obtener utilidades, con una cláusula en su concesión que le permite incrementar el costo de sus servicios de manera casi discrecional, la respuesta a la pregunta anterior es que se les negará el servicio, incluyendo los 100 litros/día/ persona que la SCJN y la OMS han establecido como mínimo, en otras palabras, se le violará su derecho al agua.

Mismo caso tendremos para los asentamientos marginales, zonas de pobreza y en cualquier parte de las poblaciones afectadas por la concesión que en estos momentos no tienen el servicio de agua potable, y que no podrán pagar el costo que les imponga la concesionaria, lo más probable es que seguirán sin este servicio y su derecho violentado, ya que entre otras, no se cumplirá la condición de no discriminación.

Entonces, no queda claro cómo privatizando el agua, bajo el esquema de asociación público-privada, con una cláusula en la concesión que impide las pérdidas económicas a la empresa concesionaria, se respetará el derecho humano al agua, en los términos que establece la CPEUM y el PIDESC, para los habitantes de Veracruz puerto, Boca del Río y Medellín.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, sometemos a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz, a que de acuerdo con las atribuciones y facultades que les fueron conferidas por la normatividad aplicable, protejan el derecho humano al agua de los habitantes de los municipios de Veracruz, Boca del Río y Medellín, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a los gobiernos municipales de Veracruz, Boca del Río y Medellín, todos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a que de acuerdo con las atribuciones y facultades que les son conferidas por la normatividad aplicable, revoquen la concesión otorgada para el servicio de agua y saneamiento de los municipios antes mencionados a la empresa mixta de participación público-privada Grupo Metropolitano de Agua y Saneamiento, Sociedad Anónima Promotora de Inversiones de Capital Variable.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al honorable Congreso del Estado de Veracruz, a que armonice su Ley de Aguas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a fin de que se tutele y garantice el derecho humano al agua conforme al artículo cuarto 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados internacionales sobre derechos humanos de los que México sea estado parte.

Nota:

1 Al respecto se puede consultar la página de la OMS, “La cantidad de agua domiciliaria, el nivel del servicio y la salud”, disponible en:  http://www.who. int/water_sanitation_health/diseases/wsh0302/es/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputados: Norma Rocío Hahle García, Cuitláhuac García Jiménez (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



INCONSISTENCIAS EN LA INVESTIGACIÓN DEL CASO AYOTZINAPA

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a las inconsistencias en la investigación del caso Ayotzinapa, a cargo del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Clemente Castañeda Hoeflich, coordinador del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, así como el numeral 2, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo de obvia y urgente resolución mediante el cual se cita a comparecer a la Procuradora General de la República para que explique las inconsistencias en la investigación del caso Ayotzinapa y se solicita al titular del Poder Ejecutivo que gire instrucciones para iniciar una nueva investigación, así como para sancionar a los funcionarios que hayan cometido errores y omisiones, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

I.La noche del 26 de septiembre de 2014 una caravana de autobuses que transportaba a estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”, fue atacada indiscriminadamente con armas de fuego por parte de policías municipales del Ayuntamiento de Iguala, Guerrero, en connivencia con miembros de la banda delincuencial “Guerreros Unidos”, resultando muertas seis personas. Posteriormente, y durante toda la madrugada, los estudiantes que lograron escapar fueron perseguidos, criminalizados los heridos, y finalmente fueron  desaparecidos 43 de ellos, quienes continúan hasta la fecha en la misma condición. Los hechos anteriores despertaron una ola de indignación nacional pocas veces vista en la historia reciente de nuestro país, germinando alrededor de los mismos un movimiento nacional que exige la presentación con vida de los 43 estudiantes desparecidos.

II. La Procuraduría General de la República encabezó la investigación sobre este caso, y el 12 de noviembre de 2014, el Estado mexicano suscribió un acuerdo para la incorporación de la asistencia técnica de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para complementar las investigaciones por estos hechos.

No obstante, en enero de 2015, el entonces Procurador General de la República, señaló que la “verdad histórica” del caso Ayotzinapa consistía en que los 43 estudiantes habían sido calcinados, por lo que se concluía la investigación del caso.

III. El 6 de septiembre del presente año, el grupo de expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó los resultados de sus investigaciones, concluyendo que se debe hacer un “replanteamiento general de la investigación”, dadas las inconsistencias y contradicciones detectadas.

Vale la pena destacar que el Equipo Argentino de Antropología Forense ya había entregado un informe en febrero del año 2015 estableciendo la imposibilidad de que los cuerpos de los 43 normalistas desparecidos hubiesen sido incinerados en el basurero de Cocula: “Hasta el momento, el EAAF aún no tiene evidencia científica para establecer que, en el basurero de Cocula, existan restos humanos que correspondan a los normalistas”. Sin embargo, la PGR se apresuró a desmentir a los peritos mediante un comunicado oficial que decía respecto de las conclusiones de los peritos que “parecerían más especulaciones que certezas”.

IV. Las conclusiones de los expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han generado una ola de cuestionamientos e interrogantes en torno al desempeño de la Procuraduría General de la República en las investigaciones del caso Ayotzinapa; incluso, los padres de los 43 normalistas desaparecidos han señalado que la “verdad histórica” ofrecida por el Gobierno Mexicano es una “mentira histórica”.

Resulta fundamental que las autoridades mexicanas hablen con la verdad en torno a este hecho trágico y disipen cualquier duda en torno al mismo. Debe existir un ejercicio de autocrítica y de apertura para que se esclarezcan tanto las omisiones e irregularidades en la investigación del caso a cargo de la Procuraduría General de la República, como la iniciar una nueva investigación que les permita a los ciudadanos conocer la verdad y demostrar que el Estado mexicano está comprometido con la defensa de los derechos humanos.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos presentar ante esta Soberanía, la siguiente proposición, de obvia y urgente resolución, con

Punto de Acuerdo

Primero. Gírese atento y respetuoso exhorto al titular del Poder Ejecutivo Federal, Presidente Enrique Peña Nieto para que instruya a la Procuraduría General de la República a tomar en consideración los hallazgos del Grupo Interdisciplinario de Expertos de Independientes (GIEI) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), para iniciar una nueva investigación sobre la desaparición forzada de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”. Así mismo, se le solicita que inicie los procedimientos administrativos internos para identificar las omisiones y errores cometidos por los funcionarios de la citada Procuraduría en dicha investigación.

Segundo. Se cita a comparecer a la Mtra. Arely Gómez González, Procuradora General de la República, para que explique a esta Soberanía las razones por las cuales las investigaciones de la Procuraduría General de la República en torno al caso citado en el resolutivo primero, han resultado a tal grado ineficientes que el Grupo Interdisciplinario de Expertos de Independientes (GIEI) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), haya recomendado un “replanteamiento general de la investigación”, y que la funcionaria misma haya reconocido que a casi un año de los hechos deberán realizarse nuevos peritajes tomando en cuenta el informe presentado por el citado grupo.

Notas:

1 http://mexico.cnn.com/nacional/2015/02/08/peritos-argentinos-denuncian-irregula ridades-en-el-caso-ayotzinapa

2 http://www.animalpolitico.com/2015/02/la-pgr-responde-cuestionamientos-de-perit os-argentinos-sus-opiniones-sobre-ayotzinapa-mas-especulaciones-que-certezas/

Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2015.— Diputado José Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



SOLUCIONAR EL CONFLICTO DEL CANAL 22 DE TELEVISIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la SEP y del Conaculta a solucionar el conflicto del Canal 22 de televisión, suscrita por los diputados Jesús Emiliano Álvarez López y Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, Jesús Emiliano Álvarez López y Virgilio Dante Caballero Pedraza, diputados a la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrantes del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo establecido en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, fracción II y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado mes de junio, en el veintidós aniversario del canal 22 de televisión, varios trabajadores integrantes del equipo editorial, emitieron un comunicado en el que expresan que en dicho aniversario la televisora tiene “muy poco que celebrar; ya que nunca en su fructífera historia, caracterizada por el pleno ejercicio del derecho a la información y la libre expresión, el pluralismo y la inclusión de las más diversas voces ciudadanas, artísticas y políticas, había presentado síntomas de decadencia” y una atmósfera de censura y acoso.

Mencionan que existe “una práctica censora sistemática de revisión, mutilación y no emisión de programas, enfáticamente referidos a violencia criminal, social y de Estado, seguridad y violación de derechos humanos.”

Refieren que desde hace tres meses los casos de censura con la cancelación de programas de periodismo de investigación, “no se debe a una política de renovación programática o a la supuesta falta de recursos económicos, sino que es el corolario del sistemático acoso editorial y laboral”.

Asimismo, mencionan que en cuanto a Noticias, “la barra informativa nocturna del Canal, ha ido adquiriendo tintes oficialistas por presiones directas de la Dirección General”, encabezada por Raúl Cremoux López.

En el aspecto laboral, mencionan que existe “acoso, la cancelación de programas ya planeados y severos retrasos en el pago de honorarios, que en ocasiones acumulan hasta tres meses.”

Por todo lo anterior, hacen responsable al “director general de Canal 22 Raúl Cremoux López, quien desde que asumió tal cargo, al iniciar la administración del presidente Enrique Peña Nieto, y con una actitud abiertamente patrimonialista del poder público, ha utilizado nuestro canal público como plataforma de proyección política personal.”

Agregan que Cremoux López “ha pretendido encubrir su política de afectación de la libertad de expresión con una imagen y un discurso públicos favorables a este derecho”, y exigen a las instituciones del Estado detener lo que “podría significar el desmantelamiento del Canal Cultural de México”, y hacen un llamado a la defensa de este importante medio público, que ha sido referente de pluralismo y calidad, y se había preservado como un recurso social para la materialización del derecho a la información de los mexicanos.”

Las anteriores denuncias, han traído como consecuencia el despido de varios  trabajadores, los que han solicitado al nuevo secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño, atienda situación de ilegalidad y censura que prevalece desde junio pasado en la televisora cultural, que depende del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, y mencionan que el director ha otorgado recientemente contratos a familiares y personas allegadas a él, situación que también piden se investigue.

Como grupo parlamentario, Morena no puede dejar de dar voz a un caso como el de periodistas, conductores o reporteros que han visto afectada su esfera laboral como trabajadores de la televisión pública, violentándose su ejercicio a la libertad de expresión prevista en el marco legal y constitucional.

De ahí nuestro exhorto a los funcionarios responsables para que solucionen el conflicto existente, y así, rescatar los valores que dieron origen al mismo y que a la letra son: “obtener una mayor captación de audiencias y la formación cultural de espectadores, (...) con programas propios y adquiridos que, sin menoscabo de sus cualidades de entretenimiento, educan a los niños promoviendo en ellos la autoestima, el aprecio por las artes, por el conocimiento y por los valores de tolerancia y respeto a la diversidad (...) enfocada a considerar la riqueza de las expresiones culturales mexicanas y difundir el arte y la cultura del mundo. A lo anterior, se suman notables esfuerzos por cumplir con nuestra misión de creación y difusión de las actividades culturales.”

Por lo anteriormente expuesto, pongo a la consideración de esta Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados, exhorta al secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer, y al Presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Rafael Tovar y de Teresa, a solucionar el conflicto en el canal 22 de televisión; asimismo, a realizar las acciones necesarias para preservar este importante medio público.

Notas:

1 Ver documento en http://www.animalpolitico.com/2015/06/a-22-anos-de-su-creacion-canal-22-censura -el-periodismo-de-investigacion-acusan-trabajadores/

2 http://corporativo.canal22.org.mx/?seccion=6

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputados: Jesús Emiliano Álvarez López, Virgilio Dante Caballero Pedraza (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



CREACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL PARA LOS FESTEJOS DEL CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de la comisión especial para los festejos del centenario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito diputado, Rafael Yerena Zambrano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura, en ejercicio de la facultad que confieren la fracción I del artículo 6 y el 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo para la creación de la Comisión Especial para los Festejos del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente.

Exposición de Motivos

Uno de los más grandes orgullos de nuestra nación es sin duda la Constitución Política. Nuestra ley fundamental ha sido el instrumento político y jurídico por antonomasia que ha permitido la convivencia de todos los sectores de la sociedad, y ha logrado mantener la identidad nacional desde el principio de la existencia de nuestro país. A nivel internación, este documento es reconocido como el primero en otorgar a los ciudadanos derechos sociales, tan trascendentes que siguen vigentes hasta la fecha.

Hablar de la Constitución es referirnos al resultado de las luchas del pueblo mexicano, desde la insipiente nación que florecía en los principios del México independiente, el Constitucionalismo fue adoptado por aquellos personajes que dieron a nuestro país un proyecto de Nación que respondiera a las necesidades del pueblo mexicano y recompusiera el Estado Mexicano. La adopción en este momento histórico de ideas provenientes de varias latitudes del globo, principios como la división de poderes, la soberanía nacional, la declaración de los derechos del hombre, la forma de gobierno representativo, la democracia, marcarían una honda huella en el pueblo mexicano.

Las Constituciones de Apatzingán y de Cádiz así como los Sentimientos de la Nación, habrían de representar los antecedentes a nuestro constitucionalismo que después de la victoria de los independentistas, tendría como colorario la Constitución de 1824. Esta carta vino a sentar la base del tipo de Estado que habría de imponer el orden en México, en virtud de que sirvió para establecer acuerdos fundamentales para atemperar el ambiente de luchas intestinas que se disputaban el poder en aquellos tiempos.

De tal manera que si bien posteriormente continuaron las luchas de facciones, no se abandonó la idea de seguir al Constitucionalismo como la mejor manera que plasmar la forma de gobierno, ya que la Siete Leyes del general Antonio López de Santa Anna recogían la estructura propia de una Constitución.

Con las intervenciones extranjeras que se suscitaron durante gran parte del siglo XIX y la descomposición del gobierno del general Santa Anna, un grupo de liberales liderados por Juan N. Méndez, José María Luis Mora, Juan Álvarez, Benito Juárez e Ignacio Comonfort, idearon un nuevo proyecto Constitucional en 1857, en donde los derechos del ciudadano y la separación del Estado y la Iglesia habrían de ser la principal innovación para incorporarse al Constitucionalismo. Por tal motivo, se originó la Guerra de Reforma para restaurar el ideario liberal y con su triunfo se proclamaría una vez más la forma de gobierno republicana que regiría en México después de la derrota del imperio de Maximiliano de Habsburgo.

Una vez restaurada la República, y con el soporte de los postulados de la Constitución de 1857, ya con Don Benito Juárez García como presidente de la República quedaron incluidos otros principios como la igualdad ante la ley, el derecho a la propiedad y otras libertades típicas del liberalismo, sujetas a una concepción moderada.

Tras la muerte de Benito Juárez, se originaron las luchas por conquistar el poder, en donde para el último cuarto del siglo XIX el General Porfirio Díaz habría de asumir la Presidencia de la República y con ello el ascenso de otra visión de nación en donde el progreso Económico y Tecnológico, habrían de ser las vertientes para conseguir la modernidad del país, lo cual no implico que se desconociera la Constitución de 1857, por lo que el modelo del Constitucionalismo siguió imperando en nuestro país.

El largo periodo de gobierno del presidente don Porfirio Díaz, desencadenó inconformidades al interior de diversos sectores de la población, siendo los obreros y campesinos los que más resintieron el desgaste de su mandato. Por ello se organizaron revueltas para exigir el respeto a la condición humana de las clases más desprotegidas. En este contexto, otros líderes como Pascual Orozco y Francisco I. Madero, convocaron al levantamiento popular bajo la bandera del “Sufragio efectivo y no reelección” para derrocar al presidente Porfirio Díaz, dando como resultado en 1911 su salida del país.

Habiendo triunfado Madero en su lucha por la democracia, al ser electo Presidente de la República, diversos líderes de los sectores más representativos de la población como lo fueron los obreros y campesinos, exigieron la mejoría de las condiciones de vida de estas clases populares. Con la traición de una parte del sector militar y con el asesinato cobarde de don Francisco I. Madero, se generaron varios conflictos en diversas partes del país que desconocían al Presidente Victoriano Huerta, quien ascendió al poder. Uno de los movimientos más importantes que buscaron restablecer la democracia en nuestro país, fue sin duda el que encabezó el General Venustiano Carranza, quien de forma audaz logró aglutinar a los inconformes con el gobierno de Huerta y una vez que triunfó, tuvo la visión de dirigir un movimiento Constitucionalista para confeccionar y formular un nuevo proyecto de Constitución en el que participaran todas las facciones que habían luchado en la causa revolucionaria.

De esta forma se empezó a gestar el proyecto de nación que ha regido a México en el último siglo de vida, con la convocatoria para integrar un Congreso Constituyente. En él se debatiría que principios debían de integrarse en el nuevo documento que vendría a dar pies y cabeza al ideario del movimiento revolucionario. Esta serie de principios han conservado vigencia, se gestaron como un resultado tangible de la Revolución Mexicana que tuvo como fecha de nacimiento el 5 de febrero de 1917. La importancia de nuestra la Constitución Política de 1917, como fruto de la revolución, ha trascendido no solo en la vida nacional, sino también en la internacional, ya que por primera vez no solamente en nuestro país, sino en el mundo entero, serían incluidos en el mismo texto constitucional, en su parte dogmática los derechos de las personas las cuales serían conocidas como garantías individuales y como principal novedad los derechos sociales. Estas últimas son las prerrogativas que protegen a los grupos sociales en estado de vulnerabilidad. Si bien el texto constitucional ha sufrido un gran número de reformas, fue en su momento objeto de innumerables elogios por la comunidad política y jurídica mundial, consolidándose como la pionera en incorporar los derechos sociales en el mundo, lo cual ha servido como referente para la adopción de principios que se han plasmado en instrumentos internacionales y que con la progresividad de la positivización de dichos derechos ha permitido construir un mundo mejor para las clases más numerosas de todos los países.

Rendir tributo a la Constitución mexicana no significa cosa distinta que rendir tributo a la lucha de nuestros héroes que ofrendaron su vida en la búsqueda de un mejor país.

Al acercarse el centenario de la promulgación de nuestro código fundamental, es importante que recordemos aquellos personajes que fueron pilares en este movimiento histórico, como lo fueron Madero, Carranza, Zapata, Villa, Vasconcelos y Flores Magón, y a toda esa generación de profesionistas, trabajadores, campesinos, artistas, científicos, militares, doctrinarios, educadores, a la que hoy debemos los principios fundamentales, pero sobre todo aquél cuerpo colegiado conformado por notables e ilustres personas que con la aportación de sus ideas y su férrea defensa de los derechos sociales, hicieron el Constituyente originario de nuestra actual ley suprema.

Honrar la memoria de los constituyentes es una tarea permanente, pero que en vísperas de su Centenaria lo hace más especial porque abre la puerta para que todos los involucrados en las tareas nacionales, hagamos conciencia de la vigencia de sus postulados. Hoy, si bien es cierto que tenemos desafió de consolidar los principios originales de la Constitución, también no menos cierto es que las reformas llevadas a cabo durante esta centuria, se han plasmado en este documento que viera la luz en 1917, por lo que se constata que ha sido voluntad del pueblo mexicano seguir avanzando con la directriz de este documento, apostando por la paz y la estabilidad que ha generado en todos estos años.

Hoy en día vemos que la Constitución se ha modernizado para esta a la altura de las exigencias que la actual realidad social demanda. Como es bien sabido, en los últimos 25 años, el camino reformador ha sido la vía que ha permitido concretar cambios a nuestro orden jurídico, pero sin duda las reformas hechas recientemente que se han incorporado a la constitución, refrendan la confianza que se tiene en la Constitución. El pacto social de naciera en el Constituyente de Querétaro no se ha quebrantado, si bien como cualquier nación México enfrenta retos, los cuales tienen que ser atendidos desde una óptica pacífica y propositiva, lo cual ha dado pie a que se hayan concretado sendas reformas a nuestro texto constitucional, prueba de ello son las últimos cambios realizados desde 2011 como aquel que incorporó el concepto de los derechos humanos, así como las reformas en materia educativa, energética, política y de comunicaciones.

Por ello, esta soberanía en consecuencia al acuerdo suscrito el 5 de febrero de 2013 con los otros dos Poderes de la Unión, debe ser participe en la celebración del centenario de nuestra Constitución, y para ello es necesario crear un órgano de apoyo para la realización de actividades relacionadas con esta festividad.

Sin duda, una gran oportunidad se nos presenta para hacer consciencia sobre nuestros derechos constitucionales. Las actividades que habrán de realizarse en torno al Centenario de nuestra Constitución nos conducirían a un fructífero intercambio de opiniones, lo cual podrían ocasionar que en el próximo 2016 y parte de 2017 se arribe al aniversario con una gran difusión por parte de esta Honorable Cámara de Diputados sobre el orgullo de tener una Constitución añeja pero que está a la vanguardia. La Constitución no sólo ha sido un instrumento para la estabilidad política, sino también el centro de gravedad de todo el sistema político mexicano del cual han emanado los valores desde el respeto a la dignidad humana, hasta un claro ejemplo de vanguardia en la protección de los derechos y la base del desarrollo nacional. Históricamente es a esta honorable asamblea, a la que le corresponde un papel protagonista para tan importante evento. Las razones abundan, y están latentes en todos los documentos que forman parte del proceso legislativo que culminó en la nueva Constitución. Destacando su papel de creadora de leyes, distinto a su ejecución y a su interpretación.

Este acontecimiento es único e irrepetible, presumir del centenario de nuestra Constitución nos debe dejar una impronta valiosa para quienes conformamos esta LXIII Legislatura. Por supuesto sabemos, el festejo de este magno acontecimiento, en poco colaboran si no aporta a dar solución los problemas del país, por ello es necesario que aprovechemos este motivo para impregnar en todos nosotros, así como en la nación el sentimiento de orgullo de estar regido por una constitución que fue la primera en atender las desfavorables condiciones de las clases populares más numerosas.

Empero, ante momentos y escenarios tan críticos y de encono, nuestro país ha salido adelante y es por ello que no debemos soslayar el sentir de los ciudadanos quienes ven en nuestra Constitución como el instrumento garante de sus derechos. Nosotros representamos a los habitantes la nación, quienes día a día cohabitan este gran país y que por ende y ante los problemas de diversa índole se corre el riesgo de quien pierdan la confianza en las instituciones y la identidad nacional. Por ello siempre ha sido una tarea constante el fortalecer el lazo que nos une como mexicanos, la nacionalidad, y no es sino el poder que otorga la Constitución quien contribuye al disfrute de la armonía y la paz para quienes tenemos el orgullo de ser mexicanos.

Es menester reforzar e impulsar de nueva cuenta esa confianza y la identidad de nación, y debemos empezar por nosotros mismos, sin distingos de colores, escudos o creencias con los cuales simpatizamos cada uno de nosotros, más allá de las convicciones políticas personales o de grupo, de las creencias políticas y religiosas de cada quien, una condición nos une a todos por igual: el hecho de ser todos mexicanos.

Sobre esta base se propone la creación de esta comisión especial, para que coordine sus planes y trabajos con las comisiones especiales de la misma naturaleza del Senado de la República, del Ejecutivo federal, el Poder Judicial de la federación así como con las actividades que para tal efecto desarrollen los Congresos de las entidades federativas, y las Entidades Académicas. Esta Comisión debe fungir como un órgano auxiliar de la Mesa Directiva ante el compromiso que suscribió con los otros poderes, el cual hemos referido anteriormente, por lo que con ello se impulsaría los valores que se ha englobado en el marco de este acontecimiento.

La trascendencia de los eventos que se avecinan en año que sigue a éste relacionados con el Centenario de nuestra Constitución, dará la posibilidad de abrir esta casa a diversos sectores de la población, entre ellos el académico, como la Universidad Nacional Autónoma de México quien por medio de la Facultad de Derecho ya cuenta con un programa de actividades para celebrar este magno aniversario. Por tal razón, la Cámara de Diputados, la cual ha sido fundamental para la vigencia y fortalecimiento de nuestra ley suprema, debe involucrarse en todas estas actividades para dar razón de su compromiso en este festejo.

Después del proceso electoral que acabamos de tener, se hace evidente que el panorama nacional está en constante evolución. Y es un reclamo popular un mayor acercamiento entre las instituciones y la sociedad. Es por ello que la comisión deberá ser sensible a todas las voces que se vean involucradas en este proceso. Así como en 1914 se convocó a una asamblea de las principales fuerzas para dialogar en torno a la nueva constitución, en nuestros días convocaremos a todos los sectores de la población a este aniversario.

A través de esta comisión especial, impulsaremos los valores patrios que parecen cada vez más ausentes en la cultura nacional. Permitamos que la población conozca a quienes lo han hecho, o que recuerden y hagan consciencia sobre los valores de nuestro movimiento revolucionario de dio pie a la protección de los derechos sociales.

Fortalezcamos en la ciudadanía, en los jóvenes, los niños y en la sociedad en su conjunto, la historia que nos enorgullece. Rindamos tributo a nuestra Constitución, comprendiéndola, analizándola para efecto de lograr un mejor presente y futuro alentador.

Reforcemos, mediante la memoria y la conciencia histórica de nuestro amado país, la identidad que como nación nos une a todos los mexicanos. Únicamente mediante esta característica común de identidad, podremos partir hacia el proyecto de nación que la sociedad tanto nos demanda. Y al finalizar todo este proceso de homenaje, se llevará a cabo un proceso de memoria documental y fotográfica, para que quede como patrimonio de todos para las futuras generaciones. Para lo cual se compilarán las ponencias más importantes y la cronología detallada de cada evento.

Por lo expuesto, estimados compañeros legisladores me permito someter a consideración de esta honorable Soberanía, la siguiente propuesta con

Punto de Acuerdo

Primero. Se solicita a la Junta de Coordinación Política en uso de sus facultades la creación de la Comisión Especial para los festejos del centenario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de la Cámara de Diputados.

Segundo. La Comisión Especial los festejos del centenario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de la Cámara de Diputados se integrará por el número de diputados que así lo determine la Junta de Coordinación Política y de manera proporcional a la representación de cada una de las fracciones parlamentarias con representación en la Cámara de Diputados y que tendrá como funciones las siguientes:

A. Impulsar, coadyuvar, organizar, desarrollar y dar seguimiento a todas las actividades conmemorativas de divulgación, edición, celebración y cualquier otra que sea realizada en honor a los magnos eventos de conmemoración del centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de la Cámara de Diputados, asimismo, escuchar mediante los medios más convenientes a toda la sociedad mexicana, para ir sumando a los distintos sectores al mismo festejo.

B. Coordinar sus actividades con la comisión especial de la misma naturaleza de la Cámara de Senadores, de las dependencias del Ejecutivo federal, así como por el Poder Judicial de la federación, en el marco del acuerdo para la creación del comité para la conmemoración del centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrito por el presidente de la Cámara de Diputados.

C. Coordinar sus actividades con las relativas organizas y a desarrollarse por los Congresos de las entidades federativas, Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como por los Poderes Ejecutivos de los estados y de sus respectivos municipios, así como las entidades académicas.

D. Coordinar sus actividades con las instituciones educativas del país. Con las asociaciones de historiadores, con todas las organizaciones de la sociedad civil interesadas en aportar sus experiencias al centenario.

E. Compilar y publicar, al final de los eventos, una memoria de éstos, así como todos los materiales que considere pertinente.

F. Las demás que así determine y establezca la Junta de Coordinación Política.

Tercero. La Comisión Especial para los festejos del centenario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de la Cámara de Diputados tendrá vigencia a partir del día de publicación de su creación en la Gaceta Parlamentaria hasta la conclusión del festejo del Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en febrero de 2017.

Cuarto. La Comisión Especial para los festejos del centenario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de la Cámara de Diputados contará con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para la realización de sus atribuciones que para tal efecto autorice el Comité de Administración con sujeción a la normatividad aplicable de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 8 de septiembre de 2015.— Diputado Rafael Yerena Zambrano (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



IMPLEMENTEN NUEVAS ACCIONES QUE COADYUVEN EN LA PREVENCIÓN Y COMBATE DE LA ENFERMEDAD DEL DENGUE Y DENGUE HEMORRÁGICO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la secretaria de Salud federal y al gobierno de Morelos a continuar e implantar nuevas acciones tendentes a prevenir y combatir el dengue y el dengue hemorrágico o grave transmitido por vector en dicha entidad, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno el siguiente punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de lo siguiente

Antecedentes y consideraciones

Existen diversas versiones respecto al origen del dengue, una de las primeras señala que en el año 1585 una embarcación llegó a la costa occidental de África, lugar en el que más de 200 hombres perecieron debido a la picadura de mosquitos.

Otra versión que señala Carlos Finlay (1833-1915) refiere que la enfermedad tuvo su origen en el Continente Americano.

Por su parte, Benjamin Rush (1745-1813), describió una serie de síntomas que caracterizaban a la enfermedad, tales como fiebre, dolor de cabeza, náuseas, vómito, manifestaciones hemorrágicas, entre otras.

En el continente americano, las primeras epidemias del dengue surgieron en el Caribe, Centroamérica y América del Sur, resultando el primer caso documentado surgió en Puerto Rico en el año 1975.

Años después, en el mes de junio de 1981 se desató un brote en Cuba, donde se presentaron aproximadamente 344,203 casos, de los cuales se hospitalizaron 116,143 y murieron 159 personas.

Posteriormente en los años 80’s se registraron epidemias en Nicaragua, Aruba, Puerto Rico, Colombia y Brasil. Actualmente el dengue es un serio problema de salud, ya que es considerado como una enfermedad endémica que afecta principalmente a países tropicales de América.

En el año 2005, el dengue fue la enfermedad vírica atribuida a un mosquito que más afectó a los seres humanos; su distribución global es comparable con la distribución del paludismo (o malaria).

Todos los años se registran decenas de millones de casos de dengue y dependiendo del año, hasta cientos de miles de casos de dengue hemorrágico. La tasa de mortalidad del dengue hemorrágico en la mayoría de los países es de 5%, pero este porcentaje puede reducirse a menos del 1% con el tratamiento adecuado. La mayoría de los casos mortales se dan entre niños y adultos jóvenes.

En nuestro país, ésta enfermedad aparece entre los años de 1966 y 1967 y el primer caso reportado de dengue hemorrágico en México, ocurrió en el Estado de Yucatán en el año de 1984, en donde se dieron seis casos, de los cuales cuatro fallecieron.

En México, nuestro máximo ordenamiento jurídico establece en su artículo 4 el derecho que tenemos los mexicanos para recibir los servicios de salud.

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Por lo que, partiendo de la premisa de que el Estado Mexicano tiene como obligación brindar los servicios de salud a los mexicanos, se requiere contemplar éstos servicios en sus diferentes aristas, es decir no solo las acciones para atacar la enfermedad, sino también para prevenirla.

A su vez, la Ley General de Salud establece en su artículo 6 los objetivos del Sistema Nacional de Salud.

Artículo 6o. El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:

I. Proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en la promoción, implementación e impulso de acciones de atención integrada de carácter preventivo, acorde con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas;

En el caso del Estado de Morelos, su Ley de Salud establece las acciones que le corresponden al Estado para brindar y garantizar el derecho a la salud.

Artículo 3. En los términos de la Ley General de Salud, los acuerdos para la descentralización de los servicios de salud y la presente Ley:

A) Corresponde al Estado en materia de salubridad general:

I.- XII. (...)

XIII. La prevención v el control de enfermedades transmisibles:

(...).

El dengue es una enfermedad de tipo gripal que afecta a bebés, niños pequeños y adultos, pero raras veces resulta mortal, también es conocido como fiebre rompe huesos, derivado de los síntomas que presenta una persona infectada con la enfermedad.

Resulta imprescindible para un efectivo combate a la enfermedad, la implementación de mecanismos, incluyendo los jurídicos, con el fin de que doten a la autoridad de facultades para llevar a cabo las políticas públicas necesarias que permitan la prevención y erradicación de enfermedades infectocontagiosas transmitidas por vectores.

La eliminación de criaderos constituye una acción prioritaria en la prevención y control del dengue, sin embargo no resulta suficiente para enfrentar de manera eficaz dicha enfermedad.

Actualmente en el Estado de Morelos, se implementan campañas en las cuales participan brigadistas que realizan actividades de saneamiento básico, que implica realizar acciones sencillas y que hacen partícipes a los ciudadanos, con el objeto de eliminar los criaderos de larvas del mosquito, sin embargo, esto resulta insuficiente cuando en la entidad federativa se tienen contabilizados más de 468,930 viviendas particulares habitadas y una población de 1777,227 habitantes.

Es importante destacar que los síntomas más comunes del dengue son los siguientes:

• Fiebre elevada (40°C)

• Dolor de cabeza muy intenso

• Dolor detrás de los globos oculares

• Dolores musculares y articulares

• Náuseas

• Vómitos

• Agrandamiento de ganglios linfáticos o salpullido

Los síntomas se presentan al cabo de un periodo de incubación de 4 a 10 días después de la picadura de un mosquito infectado y por lo común duran entre 2 y 7 días.

El dengue grave es una complicación potencialmente mortal porque cursa con extravasación de plasma, acumulación de líquidos, dificultad respiratoria, hemorragias graves o falla orgánica. Los signos que advierten de esta complicación se presentan entre 3 y 7 días después de los primeros síntomas y se acompañan de un descenso de la temperatura corporal (menos de 38°C) y son los siguientes: dolor abdominal intenso, vómitos persistentes, respiración acelerada, hemorragias de las encías, fatiga, inquietud y presencia de sangre en el vómito. Las siguientes 24 a 48 horas de la etapa crítica pueden ser letales; hay que brindar atención médica para evitar otras complicaciones y disminuir el riesgo de muerte.

Por cuanto hace al tratamiento, no existe uno específico para el dengue ni tampoco hay una vacuna que proteja contra la enfermedad, sin embargo, se han registrado grandes progresos en ese sentido, tanto contra el dengue como el dengue grave o hemorrágico.

La Organización Mundial de la Salud, brinda asistencia técnica y orientación a los países y asociados privados para apoyar las investigaciones y evaluaciones en torno a la creación de una vacuna.

Por cuanto hace a la proyección a futuro de la enfermedad, las posibilidades de que se revierta la tendencia reciente hacia el aumento de la actividad endémica y la expansión geográfica del dengue no son prometedoras, por lo que es muy probable que se sigan introduciendo nuevas cepas y serotipos del virus del dengue en muchas áreas en donde las densidades demográficas alcanzan niveles altos.

Debido a la falta de una nueva tecnología para controlar el mosquito, en los últimos años, las autoridades de salud han hecho énfasis en la prevención de la enfermedad y en el control del mosquito a través de esfuerzos comunitarios para reducir las áreas de reproducción de las larvas. Aun cuando este enfoque probablemente sea eficaz a largo plazo, es poco probable que tenga un efecto en la transmisión de la enfermedad en el futuro cercano, por lo tanto, se deben diseñar mejores sistemas de vigilancia, proactivos y basados en laboratorios, que puedan advertir a tiempo sobre una inminente epidemia de dengue y desde luego continuar con las campañas de eliminación o erradicación de los lugares en los cuales se almacenan las larvas del mosquito y desde luego, alertar al público de manera que se tomen medidas para diagnosticar y tratar los casos de dengue y dengue hemorrágico de manera adecuada.

Por lo anteriormente motivado y fundado, someto a la consideración de ésta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: Se exhorta a la Titular de la Secretaría de Salud del gobierno federal y al gobierno del estado de Morelos, a efecto de que continúen e implementen nuevas acciones que coadyuven en la prevención y combate de la enfermedad del dengue y dengue hemorrágico o grave trasmitido por vector, en dicha entidad federativa.

Notas:

1 Fue un médico y científico hispano-cubano. Descubrió y describió la importancia del vector biológico a través de la teoría metaxénica de la transmisión de enfermedades por agentes biológicos, aplicándola a la fiebre amarilla transmitida por el mosquito Aedes aegypti.

2 Fue un médico de Estados Unidos, el primer profesor de química que hubo en su país.

3 http://www.facmed.unam.mx/deptos/salud/periodico/dengue/antes. html

4 Secretaría de Salud, 1995

5 CIE-9 061, número asignado por la Clasificación Internacional de Enfermedades, 9a. Revisión (CIE), y de la Organización Mundial de la Salud en su Nomenclatura Internacional de Enfermedades, Volumen II, parte 3, Enfermedades víricas, primera edición, 1983 (Benenson, 1992).

6 Según censo poblacional 2010 levantado por el Inegi

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2015.— Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen.