Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva
Director del
Diario de los Debates
Luis Alfredo Mora Villagómez
Año I
México, DF, jueves 17 de marzo de 2016
Sesión No. 16 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Oficio de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 17 de marzo de 2016, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS

LEY DE AGUAS NACIONALES

Del diputado Sergio Emilio Gómez Olivier y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 41 y 98 de la Ley de Aguas Nacionales. Se remite a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

De la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 387 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 335 Bis al Código Penal Federal. Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 201 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD

Del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud. Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen

DECLARA EL DÍA 22 DE OCTUBRE DE CADA AÑO “DÍA NACIONAL DE LA ROBÓTICA”

Del diputado Cándido Ochoa Rojas, y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el día 22 de octubre de cada año “Día Nacional de la Robótica”. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

Del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 6o., 7o. y 13 de la Ley General de Salud. Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen

PROPOSICIONES

ARMONIZAR SU LEGISLACIÓN PARA ESTANDARIZARLA CON LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, Y SE ESTABLEZCA COMO EDAD MÍNIMA AUTORIZADA PARA CONTRAER MATRIMONIO LOS 18 AÑOS

Del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversos congresos locales, a fin de armonizar su legislación para estandarizarla con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y se establezca como edad mínima autorizada para contraer matrimonio los 18 años. Se remite a la Comisión de Juventud, para dictamen

GOBERNADOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, A FIN DE REGULARIZAR LA SITUACIÓN LABORAL DE LOS DOCENTES

De la diputada Brenda Velázquez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Nuevo León, a fin de regularizar la situación laboral de los docentes de esa entidad. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

CONGRESOS LOCALES Y A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A ESTABLECER EN SUS CÓDIGOS CIVILES, COMO EDAD MÍNIMA PARA CONTRAER MATRIMONIO LOS 18 AÑOS DE EDAD

De la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales y a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, a establecer en sus códigos civiles, como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años de edad. Se remite a la Comisión de Juventud, para dictamen

DEFINAN MEDIDAS MÁS ESTRICTAS PARA MEJORAR LA CALIDAD DEL AIRE Y LA SALUD DE LAS PERSONAS EN EL VALLE DE MÉXICO

De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México, para que a través de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came), definan medidas más estrictas para mejorar la calidad del aire y la salud de las personas en el Valle de México. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

CENTRAL DE ABASTOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA QUE DIFUNDA LAS ACCIONES QUE LLEVA A CABO PARA HACER CUMPLIR EL RESPETO A LA LEGALIDAD EN SU INTERIOR

De la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Coordinación General de la Central de Abastos de la Ciudad de México, para que difunda las acciones que lleva a cabo para hacer cumplir el respeto a la legalidad en su interior. Se remite a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen

HAGA PÚBLICO EL AVANCE DEL PROCESO DE HOMOLOGACIÓN DE TRANSPARENCIA CON LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

De la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Veracruz, para que difunda la información financiera del cuarto trimestre de 2015, asimismo para que el Congreso de esa entidad haga público el avance del proceso de homologación de transparencia con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

MODIFICAR LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL FONDO DE APOYO A MIGRANTES, Y SE CONSIDERE LA INCLUSIÓN DE LAS 32 ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL PRESENTE EJERCICIO FISCAL

De los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Migratorios, proposición con punto de acuerdo, por el que exhorta a la SHCP, a fin de modificar los lineamientos para la operación del Fondo de Apoyo a Migrantes, y se considere la inclusión de las 32 entidades federativas en el presente ejercicio fiscal. Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen

CREAR UNA COMISIÓN CONJUNTA QUE ADMINISTRE Y RESCATE LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL (PATRIMONIO VIVO)

Del diputado Antonio Tarek Abdala Saad, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Cultura, a la SEP, al INAH y a la CDI, a fin de crear una comisión conjunta que administre y rescate la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial (patrimonio vivo). Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen

ENTIDADES FEDERATIVAS, PARA QUE EN SUS PROYECTOS DE OBRA PÚBLICA CONTEMPLEN LA CREACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS PARA ANIMALES DE COMPAÑÍA

De la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, para que en sus proyectos de obra pública contemplen la creación de espacios públicos para animales de compañía. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

PRONUNCIE SOBRE EL DERECHO QUE PREVALECE EN LA TERCERA SECCIÓN DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC, LOCALIZADA EN UN ÁREA DE VALOR AMBIENTAL Y EN SU CASO, EJERZA LA FACULTAD DE ATRACCIÓN

De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta SCJN, para que se pronuncie sobre el derecho que prevalece en la Tercera Sección del Bosque de Chapultepec, localizada en un área de valor ambiental y en su caso, ejerza la facultad de atracción. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

GOBERNADOR DEL ESTADO DE HIDALGO, A CUMPLIR LA RECOMENDACIÓN 45/2014, EMITIDA POR LA CNDH EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2014

De la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Hidalgo, a cumplir la recomendación 45/2014, emitida por la CNDH el 30 de septiembre de 2014. Se remite a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

CUMPLA CON EL RESOLUTIVO DICTADO POR EL SEGUNDO JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, RELATIVO AL PAGO DEL FONDO DE AHORRO CAMPESINO (PAGO A EX BRACEROS)

De la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, para que a través de la SHCP, cumpla con el resolutivo dictado por el Segundo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación, en la Ciudad de México, relativo al pago del Fondo de Ahorro Campesino (pago a ex braceros). Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

COORDINEN ACCIONES QUE PERMITAN LA PROTECCIÓN DE LOS TURISTAS QUE VISITAN EL PUERTO DE ACAPULCO

Del diputado Ricardo Taja Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Seguridad, a Capufe, a la Profeco, así como a las secretarías de Seguridad Pública y de Turismo del estado de Guerrero, para que coordinen acciones que permitan la protección de los turistas que visitan el puerto de Acapulco. Se remite a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

FORTALECER LOS CONTENIDOS CURRICULARES DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS DE LA MATERIA DE CIVISMO EN LOS DIFERENTES NIVELES DE EDUCACIÓN BÁSICA

De la diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a fortalecer los contenidos curriculares de los planes y programas de estudios de la materia de civismo en los diferentes niveles de educación básica. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

PERMISOS ADMINISTRATIVOS TEMPORALES REVOCABLES A DIVERSAS EMPRESAS PARA LA OPERACIÓN DE PARQUÍMETROS DURANTE LOS AÑOS 2012, 2013, 2014 Y 2015, EN DIVERSAS DEMARCACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

De la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Ciudad de México, para que realice una investigación respecto de la operación y aspectos legales relacionados con el programa Ecoparq y los permisos administrativos temporales revocables a diversas empresas para la operación de parquímetros durante los años 2012, 2013, 2014 y 2015, en diversas demarcaciones de la Ciudad de México. Se remite a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen

DIFUNDAN LAS ACCIONES CONJUNTAS QUE IMPLEMENTARÁN PARA MEJORAR LA CALIDAD DEL AIRE EN LA CIUDAD DE MÉXICO

De la diputada Mirza Flores Gómez del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, para que difundan las acciones conjuntas que implementarán para mejorar la calidad del aire en la Ciudad de México. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y del Distrito Federal, para dictamen

RECONOCER AL ESTADO PALESTINO LIBRE, INDEPENDIENTE Y SOBERANO Y ELEVAR A RANGO DE EMBAJADAS A LA DELEGACIÓN ESPECIAL DE PALESTINA Y A LA OFICINA DE MÉXICO EN LA CIUDAD DE RAMALA, CISJORDANIA

Del diputado Héctor Javier García Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de reconocer al Estado Palestino Libre, Independiente y Soberano y elevar a rango de embajadas a la delegación especial de Palestina y a la oficina de México en la ciudad de Ramala, Cisjordania. Se remite a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

ELABORE Y PUBLIQUE EL SUBPROGRAMA PARA PROTECCIÓN Y MANEJO SUSTENTABLE DE BIODIVERSIDAD

De la diputada María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, para que elabore y publique el subprograma para protección y manejo sustentable de biodiversidad. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

ELABORACIÓN DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN CÁRNICO QUE SE DESTINEN A CONSUMO HUMANO, NO SE UTILICEN NITRITOS Y NITRATOS

De la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que modifique el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, a fin de establecer que en la elaboración de productos y subproductos de origen cárnico que se destinen a consumo humano, no se utilicen nitritos y nitratos. Se remite a las Comisiones Unidas de Salud y de Ganadería, para dictamen

PROPONGA LA CREACIÓN DE UNIDADES ACADÉMICAS QUE OFERTEN LAS CARRERAS DE DERECHO, MEDICINA, CIENCIAS AGROPECUARIAS Y AMBIENTALES, EN EL MUNICIPIO DE TLAPA DE COMONFORT

Del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al rector de la Universidad Autónoma de Guerrero, para que proponga la creación de unidades académicas que oferten las carreras de Derecho, Medicina, Ciencias Agropecuarias y Ambientales, en el municipio de Tlapa de Comonfort. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

ESCLAREZCA EL ASESINATO DE PEDRO RUBÉN JIMÉNEZ JOSÉ, OCURRIDO EL 9 DE OCTUBRE DE 2015 EN EL MUNICIPIO DE PUTLA VILLA GUERRERO

Del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJ del estado de Oaxaca, para que esclarezca el asesinato de Pedro Rubén Jiménez José, ocurrido el 9 de octubre de 2015 en el municipio de Putla Villa Guerrero. Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen

DICTAMINE EL PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 16 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE ARRAIGO

De la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Senado de la República, para que dictamine el proyecto de decreto que reforma los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo y décimo primero transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 18 de junio de 2008. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

BENEFICIO DE LOS EX BRACEROS DEL PERIODO 1942-1964 Y SUS FAMILIAS

De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a dar cumplimiento a la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex trabajadores Migratorios Mexicanos, en beneficio de los ex braceros del periodo 1942-1964 y sus familias. Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen

IMPLEMENTE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA ERRADICAR EL TURISMO SEXUAL

Del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, para que implemente las medidas necesarias para erradicar el turismo sexual. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen





INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 17 de marzo de 2016, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados.(*)

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 17 de marzo de 2016 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma los artículos 41 y 98 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Sergio Emilio Gómez Olivier y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen

2. Que reforma el artículo 387 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

3. Que adiciona un artículo 335 Bis al Código Penal Federal, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

4. Que reforma el artículo 201 del Código Penal Federal, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

5. Que reforma el artículo 15 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

6. De decreto, por el que se declara el día 22 de octubre de cada año “Día Nacional de la Robótica”, a cargo del diputado Cándido Ochoa Rojas, y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.

7. Que reforma los artículos 6o., 7o. y 13 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversos Congresos Locales, a fin de armonizar su legislación para estandarizarla con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y se establezca como edad mínima autorizada para contraer matrimonio los 18 años, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Juventud, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Nuevo León, a fin de regularizar la situación laboral de los docentes de esa entidad, a cargo de la diputada Brenda Velázquez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales y a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, a establecer en sus códigos civiles, como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años de edad, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Juventud, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de la Ciudad de México y del estado de México, para que a través de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, definan medidas más estrictas para mejorar la calidad del aire y la salud de las personas en el valle de México, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión del Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Coordinación General de la Central de Abastos de la Ciudad de México, para que difunda las acciones que lleva a cabo para hacer cumplir el respeto a la legalidad en su interior, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Veracruz, para que difunda la información financiera del cuarto trimestre de 2015, asimismo para que el Congreso de esa entidad haga público el avance del proceso de homologación de transparencia con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que exhorta a la SHCP, a fin de modificar los lineamientos para la operación del Fondo de Apoyo a Migrantes, y se considere la inclusión de las 32 entidades federativas en el presente ejercicio fiscal, suscrito por diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Migratorios.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Cultura, a la SEP, al INAH y a la CDI, a fin de crear una comisión conjunta que administre y rescate la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial (patrimonio vivo), a cargo del diputado Antonio Tarek Abdala Saad, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, para que en sus proyectos de obra pública contemplen la creación de espacios públicos para animales de compañía, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta SCJN, para que se pronuncie sobre el derecho que prevalece en la tercera sección del bosque de Chapultepec, localizada en un área de valor ambiental y en su caso, ejerza la facultad de atracción, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Hidalgo, a cumplir la recomendación 45/2014, emitida por la CNDH el 30 de septiembre de 2014, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, para que a través de la SHCP, cumpla con el resolutivo dictado por el Segundo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación, en la Ciudad de México, relativo al pago del Fondo de Ahorro Campesino (pago a ex braceros), a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Seguridad, a Capufe, a la Profeco, así como a las secretarías de Seguridad Pública y de Turismo del estado de Guerrero, para que coordinen acciones que permitan la protección de los turistas que visitan el puerto de Acapulco, a cargo del diputado Ricardo Taja Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a fortalecer los contenidos curriculares de los planes y programas de estudios de la materia de civismo en los diferentes niveles de educación básica, a cargo de la diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Ciudad de México, para que realice una investigación respecto de la operación y aspectos legales relacionados con el programa Ecoparq y los permisos administrativos temporales revocables a diversas empresas para la operación de parquímetros durante los años 2012, 2013, 2014 y 2015, en diversas demarcaciones de la Ciudad de México, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y al jefe de gobierno de la Ciudad de México, para que difundan las acciones conjuntas que implementarán para mejorar la calidad del aire en la Ciudad de México, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Turno: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y del Distrito Federal, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de reconocer al Estado Palestino Libre, Independiente y Soberano y elevar a rango de embajadas a la delegación especial de Palestina y a la oficina de México en la ciudad de Ramala, Cisjordania, a cargo del diputado Héctor Javier García Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, para que elabore y publique el subprograma para protección y manejo sustentable de biodiversidad, a cargo de la diputada María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que modifique el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, a fin de establecer que en la elaboración de productos y subproductos de origen cárnico que se destinen a consumo humano, no se utilicen nitritos y nitratos, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisiones Unidas de Salud, y de Ganadería, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al rector de la Universidad Autónoma de Guerrero, para que proponga la creación de unidades académicas que oferten las carreras de derecho, medicina, ciencias agropecuarias y ambientales, en el municipio de Tlapa de Comonfort, en esa entidad, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJ del estado de Oaxaca, para que esclarezca el asesinato de Pedro Rubén Jiménez José, ocurrido el 9 de octubre de 2015 en el municipio de Putla Villa Guerrero, en esa entidad, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Senado de la República, para que dictamine el proyecto de decreto que reforma los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo y décimo primero transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 18 de junio de 2008, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para su atención.

23. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a dar cumplimiento a la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex trabajadores Migratorios Mexicanos, en beneficio de los ex braceros del periodo 1942-1964 y sus familias, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.

24. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, para que implemente las medidas necesarias para erradicar el turismo sexual, a cargo del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.»



INICIATIVAS                                                                                                                                                         LEY DE AGUAS NACIONALES

«Iniciativa que reforma los artículos 41 y 98 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Sergio Emilio Gómez Olivier y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos, diputados federales Sergio Emilio Gómez Olivier, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, Ariel Enrique Corona Rodríguez, Elva Lidia Valles Olvera, Guadalupe González Suástegui, Jesús Antonio López Rodríguez, Jisela Paes Martínez, José Máximo García López, Marco Antonio Gama Basarte, Marko Antonio Cortés Mendoza, Pedro Garza Treviño, René Mandujano Tinajero, Wenceslao Martínez Santos y Nadia Haydee Vega Olivas, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 76, numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que modifican la fracción III del artículo 41 y 98 de la Ley de Aguas Nacionales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El agua es uno de los recursos más importantes para la vida en el planeta. Se ha estimado que existen alrededor de 1,400 millones de kilómetros cúbicos de agua en el planeta, de los cuales solo 2.5% corresponden a agua dulce (PNUMA, 2007). Este pequeño porcentaje se localiza principalmente en los ríos, lagos, glaciares, mantos de hielo y acuíferos del mundo. Sin embargo, casi tres cuartas partes del agua dulce están contenidas en los glaciares y mantos de hielo, de los cuales alrededor de 97% son prácticamente inaccesibles para su uso, ya que se encuentran en Antártida, el Ártico y Groenlandia.

Respecto al agua dulce no congelada (31.2% del volumen de agua dulce total), la subterránea representa el 96%, agua que además resulta importante como abastecimiento para arroyos, manantiales y humedales, así como un recurso fundamental para satisfacer las demandas de agua de muchas sociedades en el mundo.

Las aguas subterráneas desempeñan un papel de ascendente importancia en el crecimiento socioeconómico del país, gracias a sus características físicas que les permite ser aprovechadas de manera versátil, pues funcionan como presas de almacenamiento y red de distribución, siendo posible extraer agua en cualquier época del año de prácticamente cualquier punto de la superficie. Funcionan además como filtros purificadores, preservando la calidad del agua.

En las últimas décadas, la extracción de agua dulce en el mundo ha crecido significativamente con objeto de abastecer a la agricultura, la generación de energía eléctrica y el consumo de una población cada vez más numerosa. A nivel mundial, el aumento en la extracción de agua fue de poco más de 50% en tan solo 30 años, al pasar de 2,574 a 3,940 kilómetros cúbicos entre 1970 y el año 2000 (UNEP, 2002). El caso de México no ha sido muy diferente: entre 2002 y 2010 el volumen concesionado para los usos agropecuario, abastecimiento público e industrial se incrementó en casi 8 kilómetros cúbicos, pasando de 72.6 a 80.3 kilómetros cúbicos, lo que representa 17.4% del agua disponible.

La mayor parte del agua que se extrae en el país se destina a las actividades agropecuarias: En 2010 cerca del 77% se utilizó para el riego de 6.5 millones de hectáreas, así como para las actividades pecuarias y acuícolas. Le siguió el uso para abastecimiento público, con 14% del volumen total de agua extraída y el industrial y la generación de energía eléctrica con 9%.

Si se analiza el origen del agua concesionada para extracción en el país, alrededor del 37% del volumen total concesionado para usos consuntivos (30,374 millones de metros cúbicos por año al 2013) procede de agua subterránea.

Sin embargo, la creciente demanda de la población exige cada vez más la extracción de un mayor volumen de agua, lo que aumenta el grado de presión sobre el recurso hídrico. Por ejemplo, el volumen concesionado del agua de origen subterráneo, entre 2000 y 2009 se incrementó 8.5% para el uso agropecuario (cambió de 19.22 a 20.87 km3); y en el mismo periodo, el volumen de agua concesionado para abastecimiento público con el mismo origen se incrementó en 24.1% (pasó de 5.71 a 7.09 km3).

En virtud de ello, en los últimos años el número de acuíferos sobreexplotados se ha incrementado notablemente. En 1975 existían 32 acuíferos en esta categoría, cifra que se elevó a 36 en 1981, 80 en 1985, 100 en 2009 y 102 en 2011. Al 31 de diciembre de 2013 se reportan 106 acuíferos sobreexplotados que representan el 16% de los 653 que hay en el país. Los acuíferos sobreexplotados se concentran en las regiones hidrológicas Lerma-Santiago-Pacifico, Cuencas Centrales del Norte, Rio Bravo, Noroeste y Península de Baja California. De estos acuíferos se extrae el 55.2% del agua subterránea para todos los usos.

El incremento de la presión sobre los recursos hídricos por parte de los distintos usos consuntivos puede convertir al agua en un factor limitante para promover el desarrollo. Además, esta situación no sólo amenaza la calidad de vida de la población y el crecimiento de las actividades económicas, sino que también pone en riesgo a los ecosistemas terrestres, acuícolas o marinos, y a su biodiversidad. Ante tal problemática, es indispensable promover una política pública que  institucionalice la realización de obras y acciones que contribuyan a la recarga de los acuíferos del país.

Es una evidencia que los seres humanos dependemos de la disponibilidad de agua no solo para el consumo doméstico, sino también para el funcionamiento y la continuidad de las actividades agrícolas e industriales, razón fundamental para proteger y promover áreas y/o zonas de Recarga de Acuíferos. Es indispensable destacar su importancia como elemento clave para el funcionamiento y mantenimiento de los ecosistemas naturales y su biodiversidad; sin agua que garantice su función y mantenimiento, los ecosistemas naturales se degradan, pierden su biodiversidad y con ello dejan de proveer o reducen la calidad de los bienes y servicios ambientales que sostienen a las sociedades.

La construcción de obras de conservación de suelo y agua; específicamente obras de captación de aguas de lluvia, para uso agropecuario y/o Humano, son importantes para la retención y captación de agua de lluvia. Agua que se pierden por efectos  de escorrentías en cauces naturales, barrancas y laderas; llevándose miles de toneladas de suelo fértil; que por si fuera poco afectan a viviendas de la población asentada cerca de los márgenes de barrancas y arroyos.

Al promoverse la construcción y fomento de este tipo de obras y acciones, además de captar agua para uso humano y agrícola;  se favorece la infiltración inmediata del agua para  la recarga de los Mantos Acuíferos, para evitar el abatimiento de los mismos, por la extracción desmedida mediante pozos en uso o nuevas concesiones para perforaciones en agua potable o de riego; en zonas de Veda o áreas libres de explotación de acuíferos.

Con la gestión y construcción de este tipo de obras se favorece la infiltración paulatina del agua en el subsuelo que recargan dichos mantos en todo el territorio, aumentando los  niveles freáticos. Estas obras, como lo son las represas; en sus diversas modalidades, tamaños y técnicas de construcción, como pueden ser de: Ferrocemento, Mampostería, Gaviones, Piedra Acomodada y/o tierra compactada, tienen como acción primordial  la cosecha o captación de agua de lluvia, que favorecen las condiciones del desarrollo social y económico de la población que obtiene  el agua necesaria para tener una mejor calidad de vida, mejorando sus  condiciones ambientales de su entorno.

De no hacerlo seguiremos viendo pasar el agua, líquido vital y fundamental para la vida y el desarrollo social; agua que se pierde irremediablemente en Barrancas y Causes Naturales anualmente, con efectos devastadores en la remoción de suelos de terrenos y áreas deforestadas que son arrastrados por el agua por efectos de pendiente y escurrimientos y que finalmente se deposita en los océanos, además de eventualmente, causar a su paso daño a la población Civil.

Es por ello, que promovemos la siguiente Iniciativa Ley con el fin de proteger y promover áreas y/o zonas de recarga de acuíferos, precisando que la variabilidad en la disponibilidad del acuífero, requerirá una solicitud de permiso para la construcción de obra hidráulica como las represas en sus diversas modalidades. Lo que además permitirá dar certeza a los inversionistas, públicos o privados, en todo el proceso de ejecución de las obras y garantías en los financiamientos públicos de cada  ejercicio fiscal.

Igualmente se pretende con esta iniciativa, establecer como uno de los criterios para levantar la veda de extracción de agua, que los concesionarios y/o usuarios garanticen la recarga de agua superficial o de subsuelo a través de estas obras.

Esta iniciativa surge de la necesidad de definir claramente los criterios y ventajas en la construcción de obras hidráulicas que no eran explícitos en la ley. Esto aunado a la poca o nula promoción de este tipo de obras y acciones, en específico en las zonas de veda donde lejos de aumentar el déficit de volumen, permitirá la recarga.

En el Partido Acción Nacional estamos trabajando en beneficio del medio ambiente y tomando acciones para contribuir como mexicanos a revertir el cambio climático que permita acoplar los ciclos naturales de lluvia y tener la posibilidad de captar y almacenar agua, recurso fundamental y estratégico para el desarrollo nacional. Contribuyendo además, con  estas acciones directa e indirectamente a complementar acciones de conservación de suelo y agua, para mitigar los efectos de deforestación y erosión en nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se modifica la fracción III del artículo 41 y el artículo 98 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

Artículo 41 ...

I. a II. ...

III. Garantizar los flujos mínimos para la protección ecológica, incluyendo la conservación o restauración de ecosistemas vitales y para incrementar las recargas de agua superficial o del subsuelo, a partir de un determinado volumen fijado por “La Comisión” conforme a los estudios que al efecto realice, con el objeto de llevar a cabo una gestión sustentable del recurso.

...

Artículo 98.Cuando con motivo de dichas obras se pudiera afectar el régimen hidráulico o hidrológico de los cauces o vasos propiedad nacional o de las zonas federales correspondientes o se modifique la disponibilidad del recurso en un acuífero o cuenca; así como en los casos de perforación de pozos en zonas reglamentadas o de veda, se requerirá de permiso en los términos de los Artículos 23 y 42 de esta Ley y de sus reglamentos. Para este efecto la Autoridad competente expedirá las Normas Oficiales Mexicanas que correspondan.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Semarnat. “Informe de la Situación del Medio Ambiente en México”. México. 2012.

2 Semarnat. “Informe de la Situación del Medio Ambiente en México”. México. 2012.

3 Conagua. “Estadísticas del Agua en México” México. 2014.

4 Semarnat. “Informe de la Situación del Medio Ambiente en México”. México. 2012.

5 Semarnat. “Informe de la Situación del Medio Ambiente en México”. México. 2012.

6 Semarnat. “Informe de la Situación del Medio Ambiente en México”. México. 2012.

7 Conagua. “Estadísticas del Agua en México” México. 2014.

Salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de febrero de 2016.— Diputados: Sergio Emilio Gómez Olivier, Marco Antonio Gama Basarte, José Máximo García López, Pedro Garza Treviño, Guadalupe González Suástegui, Jesús Antonio López Rodríguez, René Mandujano Tinajero, Jisela Paes Martínez, Elva Lidia Valles Olvera, Nadia Haydee Vega Olivas, Ariel Enrique Corona Rodríguez, Marko Antonio Cortés Mendoza, Wenceslao Martínez Santos  (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que reforma el artículo 387 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada María Bárbara Botello Santibáñez, integrante del Grupo Parlamentario del PRI a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; numeral 1 del artículo 77 y el 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XXII al artículo 387 del Código Penal Federal, en materia de fraude deportivo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La actividad física que se realiza como recreación o competencia  está ligada al sano desarrollo físico y mental del ser humano. El artículo 4° Constitucional prevé el derecho de toda persona a la cultura física y práctica deportiva, correspondiendo al Estado su promoción, fomento y estímulo.

Asimismo, la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte de 1978, quedó plasmado como un derecho del hombre el desarrollar y preservar libremente las facultades físicas, intelectuales y morales, recomendando dar y garantizar a todos la posibilidad de acceder a la educación física y al deporte.

Las políticas públicas del gobierno federal en esta materia, están orientadas a la activación física y deportiva como medio importante en la protección a la salud, amén de la prevención de enfermedades, y sobre todo, la prevención de las adicciones entre las niñas, niños y jóvenes del país.

Los últimos datos del Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio del INEGI a noviembre de 2014, indican que el 54.6% de la población mexicana de 18 años a más, es inactiva físicamente.

Los deportistas profesionales son un referente que incentiva a los jóvenes a realizar alguna actividad física, ya que son vistos como ejemplo de disciplina, profesionalismo, liderazgo, actitud a la adversidad y de superación.

La competencia deportiva en nuestro país como en muchos otros, despierta emociones e ímpetus, principalmente en el futbol porque está de por medio no sólo un juego sino patrocinadores y recursos económicos.

De acuerdo a una encuesta de Consulta Mitofsky de 2015, indica que al 52.6% de la población aficionada, le gusta ver, jugar o estar enterados del futbol, al 37% del box, al 28.7% béisbol, al 26.4% básquetbol, al 22.8 lucha libre, al 21.3% futbol americano y al 10.8% el tenis.

Sin embargo, el interés de la población aficionada a estos deportes disminuyó en 2015 en promedio 8.4% en comparación al 2014. Destaca la disminución de la afición al futbol en un 13.9%, conservándose aún como el deporte más popular.

La percepción que tienen los mexicanos sobre las actividades deportivas profesionales, consideran que son endebles para relacionarse con problemas de corrupción, lo anterior una vez que trasciende en los medios de comunicación los probables arreglos o amañamientos de un torneo, encuentro o competición, generando una desconfianza hacia quienes son, como ya se ha dicho, ejemplos de disciplina, profesionalismo y liderazgo.

En los últimos meses tras el escándalo de corrupción en el organismo que dirige los destinos del futbol mundial entre anunciantes y autoridades deportivas, así como la compra de votos para el otorgamiento de sedes mundialistas, la organización de eventos deportivos y los resultados ponen en riesgo la credibilidad de este deporte profesional.

En México no existe aún una legislación o disposiciones en alguna ley penal que prevea este tipo de conductas en el deporte que sean castigadas y sancionadas.

La presente iniciativa, tiene por objeto adicionar la fracción XXII al artículo 387 del Código Penal Federal para tipificar el delito de fraude deportivo, considerando que los sujetos activos serán quienes acuerden, alteren, influyan, alienten, o estimulen previamente de manera deliberada y simulada, en el resultado de un torneo, encuentro o competición deportiva profesional.

El delito de fraude, de acuerdo al artículo 386 del Código Penal Federal, se origina en el engaño o aprovechamiento del otro con el fin de obtener ilícitamente alguna cosa o para alcanzar un lucro indebido.

Arreglar o amañar el resultado de un torneo, encuentro o competición en el deporte profesional tiene un fin económico porque se pretende ganar o perder y con ello, obtener mayores recursos o patrocinadores, así como evitar perderlos porque representan imagen y ventas ante la afición deportiva arrojando en algunos casos millonarias ganancias.

Por lo tanto, la finalidad de obtener el lucro indebido se fragua previamente en el arreglo o amañamiento, por patrocinadores, marcas, deportistas, equipos, asociaciones, sociedades y/o federaciones deportivas, árbitros y/o jueces, entre otros interesados en el resultado, como ya se da dicho, de un torneo, encuentro o competición deportiva profesional.

Existen algunas legislaciones internacionales, como en España  que tipifican el amañamiento deportivo como corrupción entre particulares el cual afecta al mercado y a los consumidores que son los aficionados y que se ven agraviados cuando compran un boleto, localidades o tickets de acceso para presenciar un torneo, encuentro o competición deportiva con el supuesto de que previamente se pudo haber predeterminado su resultado.

Esta reforma deberá implicar que las asociaciones, sociedades y/o federaciones deportivas pongan mucho más énfasis en establecer y/o en su caso, endurecer en sus códigos de conducta, las sanciones a sus directivos y deportistas que estén agrupados en sus respectivas instancias para evitar predeterminadamente el resultado.

Finalmente, con esta reforma se podrán aplicar las penas previstas en el artículo 386 del Código Penal Federal que van de los 3 días a los 12 años de prisión y multas de 30 días hasta 120 veces el salario, dependiendo el valor de lo defraudado.

Los deportistas en el país son ejemplo de dedicación y esfuerzo para las generaciones jóvenes del país. El ejemplo de honestidad y profesionalismo en su desempeño deportivo es el mejor estímulo para que más mexicanos realicen alguna actividad física y deportiva.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción XXII al artículo 387 del Código Penal Federal

Artículo Único.Se adicionala fracción XXII al artículo 387 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 387. Las mismas penas señaladas en el artículo anterior, se impondrán:

I. al XXI. ...

XXII. A quienes acuerden, alteren, influyan, alienten o estimulen previamente de manera deliberada y simulada, el resultado de un torneo, encuentro o competición deportiva profesional.

Artículo Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 9 días del mes de febrero de 2016.— Diputada María Bárbara Botello Santibáñez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que adiciona el artículo 335 Bis al Código Penal Federal, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal José Luis Orozco Sánchez Aldana integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y  72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 335 Bis al Código Penal Federal,  al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy en día, las condiciones y los factores sociodemográficos han sido tema de especial atención e interés, no solo como aspectos de academia o estadística, sino también como asuntos concernientes al futuro de cualquier sociedad.

En nuestro país, un ejemplo de ello es el relativo a los adultos mayores.

En México asumimos como adultos mayores, a quienes se encuentran en lo que se puntualiza en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores emitida apenas hace 10 años:

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I.Personas adultas mayores. Aquellas que cuenten con sesenta años o más de edad y que se encuentren domiciliadas o en tránsito en el territorio nacional;

Un sector de nuestra población con el cual, históricamente se han tenido y todavía se tienen, enormes deudas y compromisos pendientes.

Situación que se ha desarrollado a lo largo de poco más de tres décadas y nos ha derivado en condiciones para este vulnerable sector de la sociedad; que no solo son alarmantes, sino también hirientes.

La discriminación, el desentendimiento social y familiar, la marginación en todos los aspectos tanto sociales, educativos, económicos e incluso de participación política y la exclusión; son algunas muestras de factores de cotidianidad que en su día a día enfrenta este sector de la población.

En México, podemos afirmar que en síntesis, los adultos mayores -en su gran mayoría- carecen y sufren.

Carecen de falta de oportunidades de trabajo, de atención médica especializada, de condiciones favorables para su desarrollo integral, de asistencia social, de la protección puntual y especifica en nuestras leyes o bien en nuestro sistema de procuración de justicia, de acceso al disfrute en plenitud de todos sus derechos –marcadamente los elementales- y en síntesis de un entorno de privaciones en todos los aspectos.

Como se dijo anteriormente, también sufren; de enfermedades –muchas de ellas altamente incapacitantes- de marginación social, exclusión, despojo, discriminación y además desafortunadamente de acuerdo a cifras oficiales, el 16 por ciento del total de los adultos mayores en nuestro país padecen de algún tipo de violencia en sus diferentes grados.

Incluso esta cifra es todavía más inquietante, si consideramos que de acuerdo al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, se tiene registrado que 3 de cada 5 adultos mayores en México, la violencia que sufren proviene del entorno familiar directo.

En otras palabras, los adultos mayores en nuestro territorio; son víctimas incluso de quienes deberían ser sus benefactores; o mínimamente sus protectores desde una perspectiva de condición moral, donde también debemos de incluir, al estado de derecho.

Ante ello, vemos con preocupación que somos una sociedad y en cierta parte un Estado; que tolera, solapa, sobrelleva y disimula; las vejaciones, las carencias y las violaciones sistemáticas en los derechos humanos, que privan en específico y en atención a sus necesidades, hacia los adultos mayores.

La situación no es menor y mucho menos puede esperar a ser atendida; podemos asegurar que hoy, es crítica y a su vez augurar que en un futuro inmediato – si no actuamos al respecto- se tornará catastrófica.

Es critica porque nos estamos refiriendo en el presente, según fuentes oficiales a 11 millones 669 mil 432 personas adultas mayores; y catastrófica en un futuro cercano porque se estima que para el 2030, la población adulta mayor respecto al índice registrado desde el año 2000, se incrementará en un 330 por ciento, en contra de un 45 por ciento que se estima crecerá la población joven en el país para el mismo periodo de tiempo.

Es decir, en el 2030 seremos una población conformada en su mayoría por adultos mayores con la atención a sus necesidades rezagadas, que por personas jóvenes con un índice mayor desde la perspectiva de su condición de económicamente activa.

Como se puede apreciar la situación es verdaderamente crítica, si consideramos además que las tendencias nos muestran que el 82 por ciento del total de adultos mayores viven en pobreza, es decir 8 de cada 10 personas adultas mayores no tiene los medios para cubrir sus necesidades; solo los dos restantes de esos 10 mexicanos, tiene los medios para solventar sus gastos o bien cuentan en el mejor de los casos con una pensión.

Aunado a lo anterior, tenemos que la gran mayoría de los adultos mayores no tiene un lugar seguro, estable y digno para vivir. En muchos de estos casos se debe a que fueron despojados de su patrimonio, tanto inmuebles como dinero; o bien desplazados hacia un rincón en su misma casa; y tristemente, también se registran casos de abandono deliberado.

En contraparte, por un lado no hay ni los suficientes ni los adecuados sitios especializados para atenderlos en sus necesidades específicas; bien sea públicos o de asistencia privada.

Y por otro lado, existe una laguna en nuestras leyes que no garantice que quienes están obligados -incluso desde el lazo familiar- atiendan a los adultos mayores que hay en su hogar, o a su vez; que les ofrezca los medios y las herramientas jurídicas que les permita protegerse ante el abandono o frente a la intención de éste.

Sobre el tema podemos concluir, que legalmente no hay en la norma, un instrumento que los proteja de esta particular situación, desafortunadamente cada vez más recurrente, al grado de estarse consolidando como algo socialmente aceptado.

En lo que respecta a los espacios que les brinden una alternativa real, el panorama es igualmente sombrío.

En promedio del total de los lugares provistos por los gobiernos tanto federales como estatales y municipales en el país, solo un poco más del 8 por ciento aproximadamente de estos lugares brindados institucionalmente, son exclusivos o dedicados a la atención especializada del adulto mayor.

Es decir; espacios con los requerimientos de movilidad para ellos, con el personal profesional para la atención de su desarrollo emocional, psicológico, de integración y sobre todo médico.

Como se puede apreciar, las opciones para nuestros adultos mayores para tener una mejor calidad de vida y de condiciones de la misma o bien para salir de ese círculo vicioso de marginación, discriminación, despojo, abandono y violencia del cual son objeto–aun en el mismo hogar y dentro de la mismo núcleo familiar- son escasas o prácticamente nulas.

Además de todo lo anterior, hay todavía problemas de cuestión cultural; respecto a considerar a los adultos mayores como un estorbo, o de igual manera, el asumirse a la vez sin ningún compromiso o responsabilidad frente a ellos para atenderlos y ver por sus necesidades.

Por esta razón, en la actualidad los albergues o estancias para los adultos mayores son considerados como lugares o espacios para el abandono y el desentendimiento absoluto de ellos.

O en su caso, abusando de las condiciones propias del envejecimiento, se abusa sistemáticamente en todas las formas posibles; se les despoja de su dinero, de sus ahorros y de sus posiciones, se les relega a un rincón, se les niega la atención, se les descuida incluso en su salud y pareciera que descaradamente, se les deja morir a su entera suerte.

Por otro lado, siendo éste el objeto de la presente iniciativa; se les deja solos en los espacios o lugares que pueden ser desde la misma casa propiedad incluso de ellos, con algún conocido o pariente lejano; o como en algunos lamentables casos, en albergues o la vía pública.

Literalmente, se les abandona.

En nuestras leyes, no existe al respecto una herramienta jurídica que les provea de la protección ante esta situación, al menos frente a los casos en que son los familiares directos y de primera línea –los hijos- los que cometen deliberadamente el abandono.

Actualmente en el Código Penal Federal, en su capítulo VII referente al abandono de personas y específicamente en el artículo 335 se estipula la pena correspondiente a quien abandone a un niño o a una persona enferma y de igual forma, en el artículo 336 a quien abandone a sus hijos o a su cónyuge.

El texto mencionado es el siguiente.

“Artículo 335. Al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión, sí no resultare daño alguno, privándolo, además, de la patria potestad o de la tutela, si el delincuente fuere ascendiente o tutor del ofendido.

Artículo 336. Al que sin motivo justificado abandone a sus hijos o a su cónyuge, sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de un mes a cinco años de prisión, o de 180 a 360 días multa; privación de los derechos de familia, y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado

Como se puede apreciar, jurídicamente se asume o tipifica el abandono, como un delito con correspondencia en una pena dispuesta; básicamente en función de estado de indefensión en el que se deja al sujeto víctima del delito.

Como se puede apreciar de manera lógica, existe una equivalencia real entre el abandonar sin justificación, a un menor o a un enfermo y el abandonar a un adulto mayor en las mismas circunstancias y bajo homogéneas condiciones.

La única reticencia necesaria para el caso específico del adulto mayor, es delimitar el grado directo de responsabilidad, al descendiente consanguíneo de primer grado, que son los hijos que el adulto mayor haya procreado.

Sin duda alguna, existe una responsabilidad y obligación de los descendientes consanguíneos, de mínimo no dejar en el abandono a sus adultos mayores; la atención y la solvencia de sus necesidades representan otro debate que no es materia el espirito de la presente iniciativa, pero no por ello dejan de ser tema de interés social.

Sin duda alguna, este esfuerzo no resuelve ni atiende, todas las necesidades de nuestros adultos mayores; sim embargo el no llevarlo a cabo, representa una rendija más, por donde el empeoramiento encuentra un espacio más para hundir con mayor fuerza en la vulnerabilidad a este importante y muy lastimado sector significativo e imprescindible de nuestra población.

Este esfuerzo es además parteaguas y podrá servir como punta de lanza, para ir abriendo un espacio en las leyes y sobre todo en la conciencia entre nuestra sociedad, respecto a la obligación que tenemos con ellos.

Como se mencionó anteriormente, estamos refiriéndonos a mexicanos imprescindibles, en su persona misma y también por la sabiduría que implica su trayecto y experiencia de vida.

Al igual que importantes, por su misma condición de seres humanos; y también, porque debemos de asumir en corresponsabilidad tanto sociedad y gobierno el compromiso de atenderlos debido a que en él ayer, ellos con su trabajo y esfuerzo consolidaron los benéficos que hoy disfrutamos todos.

Esta soberanía y quienes la integramos, debemos de estar conscientes que ignorar a nuestros adultos mayores, es los mismo que ignorar a nuestra niñez; porque eso equivale a darle la espalda a nuestro futuro como sociedad.

Por todo ello, se somete a la consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

Por el que se adiciona un artículo 335 Bis al Código Penal Federal.

Artículo Único. Se adiciona un artículo 335 Bis al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 335 Bis. Al que abandone sin motivo justificado, a un adulto mayor siendo su descendiente consanguíneo de primer grado, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión, sí no resultare daño alguno.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor 180 días posteriores al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Artículo 3.

2 Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición. Secretaria de Salud.

3 Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

4 Consejo Nacional de la Población. 2015.

5 Consejo Nacional de Población.

6 Código Penal Federal. Artículos 335 y 336.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2016. — Diputados: Hugo Daniel Gaeta Esparza, José Luis Orozco Sánchez Aldana, Laura Valeria Guzmán Vázquez, Jesús Zúñiga Mendoza, Laura Plascencia Pacheco, Rafael Yerena Zambrano, Ramón Bañales Arambula, Javier Santillán Oceguera, Martha Lorena Covarrubias Anaya (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que reforma el artículo 201 del Código Penal Federal, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal José Luis Orozco Sánchez Aldana integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 201 del Código Penal Federal al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la actualidad, las distintas adicciones que prevalecen en nuestra población, son -y han sido- un postergado problema de salud pública; sin embargo a la fecha, éstas se han agudizado no solo en la periodicidad o la cantidad de su consumo sino también en los sectores de la población que afectan y los cada vez menores rangos de edad de su prevalencia; además de las consecuencias directas sobre la salud presente y también futura de quienes las padecen y por consiguiente de la sociedad en su conjunto.

En este contexto, el alcoholismo en México es ya un grave problema que está afectando de manera contundente la salud y la expectativa de vida de nuestra población; una afección de la cual nadie esta indemne de padecerla directa o indirectamente porque no concibe diferencias de género, ni posición social y peor aún, edad.

Esta situación ha motivado que a nivel internacional, distintas organizaciones hayan emitido una alerta sobre los riesgos del alcoholismo en la salud del individuo y de la sociedad en general; destacando además las características particulares que lo vuelven cada vez más inminente entre la población.

Un claro ejemplo de lo anterior, lo da la Organización Mundial de la Salud que ha definido al alcoholismo como un trastorno crónico de la conducta caracterizado por la dependencia hacia el alcohol expresado a través de dos síntomas fundamentales: la incapacidad de detenerse en la ingestión del alcohol y la imposibilidad de abstenerse del alcohol.

La situación es grave, y más allá de enumerar las consecuencias por todos sabidas del alcoholismo, basta con mencionar que al respecto la Secretaria de Salud estima que:

• El 75 por ciento de los mexicanos ingirieron al menos una vez en su vida una bebida alcohólica.

• Hay aproximadamente 45 millones de bebedores habituales.

• Que el 65 por ciento de la población de entre 17 y 65 años de edad padece alcoholismo en alguno de sus diversos grados.

Lo anterior ha dado como resultado, serios padecimientos en la salud de la población, elevados niveles de accidentes donde de manera directa se ve involucrado el consumo de alcohol y vergonzosamente, una edad cada vez menor en la que nuestra población se inicia en el consumo de éste.

Los motivos de su consumo son distintos y muy variados; y van desde los factores de prevalencia y predisposición hereditaria, hasta los relativos a la imitación o bien la curiosidad o la necesidad de sentirse parte de un grupo “superior” de amigos; aunque sin menospreciar lo anterior, la estadística en consecuencia es escalofriante, la edad promedio de inicio en su consumo se sitúa actualmente entre los doce años de edad.

El escenario es muy simple; la realidad sobre el alcoholismo en nuestros menores, parece superar cualquier pesadilla al respecto.

En otras palabras y de acuerdo con la Secretaria de Educación Pública y la Secretaria de Salud; en nuestro país:

• 8 de cada 100 niños de primaria han consumido alcohol.

• 26 por ciento de los alumnos de secundaria son consumidores de bebidas alcohólicas.

• 42 menores en promedio al día, pierden la vida en accidentes o actos donde se encuentra involucrado el consumo de bebidas alcohólicas.

Nos estamos refiriendo a menores de entre 10 y 12 años de edad; que ya conocen, compran, consumen bebidas alcohólicas con regularidad y que además; son potenciales víctimas de padecer en un par de años más, alcoholismo a temprana edad o la adicción a otras drogas ilegales; o bien, están en peligro latente de perder su vida.

Si a lo anterior le sumamos que, estudios sobre las adicciones en nuestro país nos indican que el 47.9 por ciento de personas que consumen habitualmente alguna droga ilegal, se iniciaron consumiendo a edad temprana bebidas alcohólicas.

Y que de 2008 a 2011 se duplicó el número de adolescentes con problemas de alcoholismo al pasar de 3.1 por ciento a 6.2 por ciento de este sector, engrosando los 1.7 millones de bebedores mexicanos que cada año se incorporan.

Es fácil comprender porque estamos en alerta.

En suma de todo lo anterior; nos encontramos en la inminencia de no solo advertir e incidir sobre el motivo por el cual se inician nuestros menores y adolescentes en el consumo del alcohol; sino también en hacer énfasis y actuar en consecuencia sobre la fácil disposición para acceder a las bebidas alcohólicas a pesar de estar prohibida su venta a menores de edad.

Lo anterior es un hecho, nuestros jóvenes o bien los menores de edad en nuestro país; sin importar que estén en un medio rural o urbano; tienen en la tienda de la esquina, en la licorería de la colonia, en el mercado de la región, en el tianguis o mercado ambulante semanal, en la tienda de conveniencia o supermercado, en lugares –que en muchos casos son además clandestinos– acondicionados en patios de casas y que están incluso muy cerca de las escuelas; personas sin miramientos o escrúpulos, que les venden y suministran bebidas alcohólicas al margen de lo que establece la ley.

La Ley General de Salud en su artículo 220 es muy clara al respecto:

Artículo 220. En ningún caso y de ninguna forma se podrán expender o suministrar bebidas alcohólicas a menores de edad.

La violación a esta disposición será equiparable con el delito de corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo.

Ahora bien, si nos remitimos conforme a lo establecido en el párrafo anterior citado, al delito de corrupción a que se refiere; encontramos en el artículo 201 del Código Penal Federal lo siguiente:

Artículo 201. Comete el delito de corrupción, quien obligue, induzca, facilite o procure a una o varias personas menores de 18 años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo a realizar cualquiera de los siguientes actos:

a) Consumo habitual de bebidas alcohólicas;

b) Consumo de sustancias tóxicas o al consumo de alguno de los narcóticos a que se refiere el párrafo primero del artículo 193 de este Código o a la fármaco dependencia;

c) Mendicidad con fines de explotación;

d) Comisión de algún delito;

e) Formar parte de una asociación delictuosa; y

f) Realizar actos de exhibicionismo corporal o sexuales simulados o no, con fin lascivo o sexual.

A quién cometa este delito se le impondrá: en el caso del inciso a) o b) pena de prisión de cinco a diez años y multa de quinientos a mil días; en el caso del inciso c) pena de prisión de cuatro a nueve años y de cuatrocientos a novecientos días multa; en el caso del inciso d) se estará a lo dispuesto en el artículo 52, del Capítulo I, del Título Tercero, del presente Código; en el caso del inciso e) o f) pena de prisión de siete a doce años y multa de ochocientos a dos mil quinientos días.

Cuando se trate de mendicidad por situación de pobreza o abandono, deberá ser atendida por la asistencia social.

No se entenderá por corrupción, los programas preventivos, educativos o de cualquier índole que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales que tengan por objeto la educación sexual, educación sobre función reproductiva, la prevención de enfermedades de transmisión sexual y el embarazo de adolescentes, siempre que estén aprobados por la autoridad competente; las fotografías, video grabaciones, audio grabaciones o las imágenes fijas o en movimiento, impresas, plasmadas o que sean contenidas o reproducidas en medios magnéticos, electrónicos o de otro tipo y que constituyan recuerdos familiares.

En caso de duda, el juez solicitará dictámenes de peritos para evaluar la conducta en cuestión.

Cuando no sea posible determinar con precisión la edad de la persona o personas ofendidas, el juez solicitará los dictámenes periciales que correspondan.

No obstante de lo anterior y a pesar de establecerse una pena de cinco a diez años de prisión y una multa de quinientos a mil días que, dependiendo de la zona en cuestión puede ser de entre 34 o 35 mil y hasta 68 o 70 mil pesos.

El contexto es que no se ha detenido la venta de alcohol a los menores en nuestro país.

Lo anterior derivado de la corrupción existente en las autoridades correspondientes de atender este delito; y en una forma indirecta por el desinterés de la sociedad de no denunciar a los establecimientos que lo hacen, porque saben que en el mejor de los casos lo único que les puede pasar es que pagaran una multa y “seguirán vendiendo” porque ni a las cárcel los mandan.

La situación es así como lo establece el dominio público; se realizan operativos sorpresa –fecha que perfectamente y de manera extraña saben con anterioridad los dueños de los establecimientos– toman las medidas necesarias, no se encuentran aparentemente irregularidades y los establecimientos continúan al día siguiente vendiendo bebidas alcohólicas a los menores.

En el caso de que algún desatento o bien un dueño o empleados confiados sean detectados cometiendo el delito, se podrá llegar a la clausura el negocio solo por el tiempo que se tarden en pagar la multa; para posteriormente y en completa impunidad seguir operando bajo las mismas condiciones.

Sin embargo, podemos como una manera inmediata de hacerle frente a este problema, a la pena establecida para la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad agregarle el cierre definitivo de establecimiento, sin esperar como en algunos casos comparables, la reincidencia.

Con ello, no solo estaríamos otorgando una valiosa herramienta a las autoridades que están empeñadas en cumplir su trabajo, sino también le estaríamos dando a la sociedad un inapreciable punto de apoyo para involucrarla a que en corresponsabilidad con la autoridad correspondiente se erradique esta práctica que trastoca nuestro tejido social bajo el beneficio que conlleva la meritoria denuncia ciudadana.

Si esta soberanía asume con un rotundo sí, sin pensar en un no; la obligación que nos corresponde en lo que se refiere a la protección de nuestros menores del riesgo que representa el que puedan acceder con facilidad a bebidas alcohólicas, y legislamos lo anteriormente referido.

Las denuncias ciudadanas y el obligado actuar de la autoridad al respecto será una constante; porque toda persona sabrá que en nuestro país, cualquier establecimiento que venda bebidas alcohólicas a los menores de edad, por ley deberá ser cerrado de manera definitiva.

Si no fuese así y el establecimiento referido es visto nuevamente operando, será muy fácil saber con nombre y apellido quien está evadiendo su responsabilidad y por lo tanto se podrá actuar en consecuencia.

Estamos obligados a actuar al respecto, la realidad así lo exige.

No olvidemos que por cada día que dejamos pasar sin hacer nada, más niños y niñas y adolescentes mexicanos, quedan atrapados en el laberinto sin salida que representa consumir a temprana edad bebidas alcohólicas.

Por todo ello, se somete a la consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 201 del Código Penal Federal

Artículo Único. Se adiciona un párrafo al artículo 201 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 201. Comete el delito de corrupción, quien obligue, induzca, facilite o procure a una o varias personas menores de 18 años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo a realizar cualquiera de los siguientes actos:

a) Consumo habitual de bebidas alcohólicas;

b) Consumo de sustancias tóxicas o al consumo de alguno de los narcóticos a que se refiere el párrafo primero del artículo 193 de este Código o a la fármaco dependencia;

c) Mendicidad con fines de explotación;

d) Comisión de algún delito;

e) Formar parte de una asociación delictuosa; y

f) Realizar actos de exhibicionismo corporal o sexuales simulados o no, con fin lascivo o sexual.

A quién cometa este delito se le impondrá: en el caso del inciso a) o b) pena de prisión de cinco a diez años, multa de quinientos a mil días y se ordenara el cierre definitivo del establecimiento; en el caso del inciso c) pena de prisión de cuatro a nueve años y de cuatrocientos a novecientos días multa; en el caso del inciso d) se estará a lo dispuesto en el artículo 52, del Capítulo I, del Título Tercero, del presente Código; en el caso del inciso e) o f) pena de prisión de siete a doce años y multa de ochocientos a dos mil quinientos días.

Cuando se trate de mendicidad por situación de pobreza o abandono, deberá ser atendida por la asistencia social.

No se entenderá por corrupción, los programas preventivos, educativos o de cualquier índole que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales que tengan por objeto la educación sexual, educación sobre función reproductiva, la prevención de enfermedades de transmisión sexual y el embarazo de adolescentes, siempre que estén aprobados por la autoridad competente; las fotografías, video grabaciones, audio grabaciones o las imágenes fijas o en movimiento, impresas, plasmadas o que sean contenidas o reproducidas en medios magnéticos, electrónicos o de otro tipo y que constituyan recuerdos familiares.

En caso de duda, el juez solicitará dictámenes de peritos para evaluar la conducta en cuestión.

Cuando no sea posible determinar con precisión la edad de la persona o personas ofendidas, el juez solicitará los dictámenes periciales que correspondan.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor 30 días posteriores al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Definición de Alcoholismo. Organización Mundial de la Salud. OMS.

2 Secretaria de Salud. Encuesta Nacional de Adicciones 2008.

3 Secretaria de Educación Pública con difusión de la Secretaria de Salud.

4 Secretaria de Salud. Centro Nacional para la Vigilancia Epidemiológica.

5 Movimiento 24 Horas de Alcohólicos Anónimos. (AA).

6 Ley General de Salud. Texto Vigente.

7 Código Penal Federal. Texto Vigente 2015.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2016.— Diputados: Hugo Daniel Gaeta Esparza, José Luis Orozco Sánchez Aldana, Laura Valeria Guzmán Vázquez, Jesús Zúñiga Mendoza, Laura Plascencia Pacheco, Rafael Yerena Zambrano, Ramón Bañales Arambula, Javier Santillán Oceguera, Martha Lorena Covarrubias Anaya (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD

«Iniciativa que reforma el artículo 15 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 15 de la Ley de los Institutos Nacionales de la Salud al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En nuestro país, gracias a específicas necesidades de la población en materia de salud y de quienes integraban el Congreso de la Unión; a partir del 26 de mayo del año 2000, la sociedad mexicana dispuso para el fortalecimiento de las instituciones médicas de un nuevo ordenamiento, la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

Esta ley se promulgó con la finalidad, como lo establece su artículo primero de: “regular la organización y funcionamiento de los institutos nacionales de salud, así como fomentar la investigación, enseñanza y prestación de servicios que se realice en ellos.”

Institutos que son definidos en la misma ley como: “organismos descentralizados de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupados en el Sector Salud, que tienen como objeto principal la investigación científica en el campo de la salud, la formación y capacitación de recursos humanos calificados y la prestación de servicios de atención médica de alta especialidad, y cuyo ámbito de acción comprende todo el territorio nacional.”

Como puede apreciarse con lo descrito anteriormente, se estaba dando un importante impulso a la atención médica, la procuración de la salud y además, a un factor imprescindible y pilar para el desarrollo con cara al futuro que toda ciencia como la medicina debe de tener y sobre todo de cualquier nación que aspira a un mejor destino, se estaba institucionalizando su investigación médico-científica.

Con este importante esfuerzo comprendimos y materializamos en la ley, la necesidad de llevar de la mano, la investigación y el desarrollo científico con la atención y los procedimientos de la atención médica especializada.

El desarrollo y objeto de las reformas a la ley desde el año 2000 y hasta la fecha, nos hacen ver que no dejamos de incidir determinadamente en lo anterior.

Es así, y gracias a ello es que se han diversificado –de la misma manera que los padecimientos específicos en la salud de los mexicanos lo han hecho– los institutos que la integran, mismos que se agrupan conforme a su especialidad.

Para hoy, ser los siguientes:

I. Instituto Nacional de Cancerología, para la especialidad de las neoplasias;

II. Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, para los padecimientos cardiovasculares;

III. Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, para las disciplinas biomédicas vinculadas con la medicina interna de alta especialidad en adultos y las relacionadas con la nutrición;

IV. Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas, para los padecimientos del aparato respiratorio;

IV Bis. Instituto Nacional de Geriatría, para la formación de recursos humanos y la investigación del envejecimiento, de las enfermedades y cuidados del adulto mayor;

V. Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía Manuel Velasco Suárez, para las afecciones del sistema nervioso;

V Bis. Instituto Nacional de Medicina Genómica, para la regulación, promoción, fomento y práctica de la investigación y aplicación médica del conocimiento sobre del genoma humano;

VI. Instituto Nacional de Pediatría, para los padecimientos de la población infantil hasta la adolescencia;

VII. Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes, para la salud reproductiva y perinatal;

VIII. Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz, para la psiquiatría y la salud mental;

VIII Bis. Instituto Nacional de Rehabilitación Luis Guillermo Ibarra Ibarra;

IX. Instituto Nacional de Salud Pública, para la investigación y enseñanza en salud pública;

X. Hospital Infantil de México Federico Gómez, para los padecimientos de la población infantil hasta la adolescencia, y

XI. Los demás que en el futuro sean creados por ley o decreto del Congreso de la Unión, con las características que se establecen en la fracción III, del artículo 2 de la presente ley.

Como puede apreciarse, se está buscando garantizar la atención a la salud mediante un enfoque integral de los principales padecimientos que en la actualidad aquejan a los mexicanos en las distintas etapas de su vida; si bien puede pensarse que en cantidad los institutos integrantes son pocos, la historia de las instituciones de salud nos muestra que en realidad son muchos afortunadamente.

En concordancia con lo anterior, también lo han hecho las obligaciones conferidas en la ley que a éstos les corresponden como medida para incidir no nada más en la expectativa de vida de la población a través del cuidado y la procuración médica-clínica, sino también en nuestro histórico leso tejido social.

Obligaciones específicas y de avanzada en materia de regulación de los servicios que se prestan, de facultades en materia de investigación y desarrollo, de asesoría y coadyuvancia en factores de capacitación técnico-científica y de formación de cuadros de recursos humanos, así como también de intercambio científico y de experiencias exitosas, entre otros muchos elementos más.

El artículo sexto del referido ordenamiento legal, da cuenta de ello al establecer lo siguiente:

Artículo 6. A los Institutos Nacionales de Salud les corresponderá:

I. Realizar estudios e investigaciones clínicas, epidemiológicas, experimentales, de desarrollo tecnológico y básicas, en las áreas biomédicas y sociomédicas en el campo de sus especialidades, para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación de los afectados, así como para promover medidas de salud;

II. Publicar los resultados de las investigaciones y trabajos que realice, así como difundir información técnica y científica sobre los avances que en materia de salud registre;

III. Promover y realizar reuniones de intercambio científico, de carácter nacional e internacional, y celebrar convenios de coordinación, intercambio o cooperación con instituciones afines;

IV. Formar recursos humanos en sus áreas de especialización, así como en aquellas que le sean afines;

V. Formular y ejecutar programas de estudio y cursos de capacitación, enseñanza, especialización y actualización de personal profesional, técnico y auxiliar, en sus áreas de especialización y afines, así como evaluar y reconocer el aprendizaje;

VI. Otorgar constancias, diplomas, reconocimientos y certificados de estudios, grados y títulos, en su caso, de conformidad con las disposiciones aplicables;

VII. Prestar servicios de salud en aspectos preventivos, médicos, quirúrgicos y de rehabilitación en sus áreas de especialización;

VIII. Proporcionar consulta externa, atención hospitalaria y servicios de urgencias a la población que requiera atención médica en sus áreas de especialización, hasta el límite de su capacidad instalada;

IX. Asesorar y formular opiniones a la secretaría cuando sean requeridos para ello;

X. Actuar como órganos de consulta, técnica y normativa, de las dependencias y entidades de la administración pública federal en sus áreas de especialización, así como prestar consultorías a título oneroso a personas de derecho privado;

XI. Asesorar a los centros especializados de investigación, enseñanza o atención médica de las entidades federativas y, en general, a cualquiera de sus instituciones públicas de salud;

XII. Promover acciones para la protección de la salud, en lo relativo a los padecimientos propios de sus especialidades;

XIII. Coadyuvar con la secretaría a la actualización de los datos sobre la situación sanitaria general del país, respecto de las especialidades médicas que les correspondan, y

XIV. Realizar las demás actividades que les correspondan conforme a la presente ley y otras disposiciones aplicables.

En suma de todo lo anterior, no hay duda de que estamos refiriéndonos a una ley de suma importancia no sólo porque tiene las facultades de organizar de manera clara los trabajos de los institutos de la salud en nuestro país; sino porque también amplía y fortalece su capacidad de incidir en el desarrollo científico de nuestra nación con el beneficio que en consecuencia recibirán las generaciones presentes y futuras de nuestra sociedad.

No obstante, hemos visto con atención que al igual que, como en otros temas de suma sensibilidad e importancia, se carece de un enfoque imprescindible para elevar el efecto multiplicador de sus beneficios a favor de la sociedad en su conjunto; en específico me refiero a que no está incluida o bien está excluida la transversalidad de la perspectiva de género en sus objetivos, sus trabajos, sus investigaciones, sus resultados, sus estudios concretos e incluso en sus órganos rectores.

Lo anterior es inconcebible, no solo por la carencia de este enfoque en un área tan determinada y perceptible como lo es la atención especializada de la salud; sino también como parte de los comprobados esfuerzos por construir una cultura y una sociedad en igualdad de oportunidades, incluyente y no excluyente, con una participación de la mujer sólida en argumentos y no basada en voluntarismos.

Aunado a esto, están las estadísticas sociodemográficas que nos enfrentan a la realidad y a la necesidad impostergable de asumir este enfoque en éste y otros muchos temas más.

Sin embargo, la ausencia descrita en los institutos de salud nos hace pensar que deliberadamente omitimos o minimizamos los importantes avances en materia de mejores condiciones y acceso a las mujeres en la educación, al mercado laboral, académico, científico y político, como ejemplo; haciendo a su vez de lado lo logrado como sociedad para ampliar para la mujer mexicana su expectativa de vida, sus condiciones para ello y las oportunidades para su desarrollo en todos los aspectos de su interés; e ignorando también que a la par lo han hecho los factores de riesgo particulares sobre su salud.

Derivado de esto, es que desde hace algunos años y a la fecha, se ha tenido especial hincapié en integrar decididamente y de manera contundente el enfoque de género en la delineación y la planeación de las principales políticas públicas que en su momento los gobiernos han enarbolado como una medida de proveerlas de una eficiencia y sobre todo eficacia de incidencia social.

Y al respecto, los institutos nacionales de salud en función de sus objetivos, sus propósitos y sus obligaciones citadas en párrafos anteriores, no deben de estar excluidos y quedarse al margen de hacerlo.

Esta soberanía está obligada a actuar en consecuencia; y desde nuestras facultades añadir esfuerzos en el propósito de que cada vez menos la atención clínica-médica, la procuración y la atención de la salud de la mujer se articule exclusivamente a perspectivas fisiológicas; que comprobado está, no mitigan las evidentes inequidades sobre el tema de salud entre mujeres y hombres en nuestro país.

En aspectos como la investigación científica, la innovación tecnológica, la capacitación de personal, en el diseño de sus modelos de estudio y de enseñanza, el desarrollo de nuevas técnicas y procedimientos de atención en la amplia gama de especialidades de la salud que se consideran en los institutos que le corresponden; debe circunscribir un enfoque integral que contemple las diferencias fisiológicas como también las derivas de las distintas etapas de la vida y del contexto socio-económico por igual.

La realidad clínica actual nos ha mostrado que por ejemplo hay una gran diferencia sintomática entre hombres y mujeres en los padecimientos cardiovasculares que implican diferentes riesgos –dependiendo además de la edad de los pacientes– y sus factores y por ende distintos métodos terapéuticos y de tratamiento.

En el aspecto de la investigación, los estudios y la experimentación, no podemos pensar que tal situación esté eximida de ser distinta.

No contar con esto nos ha derivado en muchos diagnósticos tardíos en diversos aspectos de la salud de la mujer y desafortunadamente en estadísticas que ninguna nación quisiera ostentar.

La sociedad mundial ha sido sensible a esto, así lo demostró desde 1998 la Organización Mundial de la Salud (OMS), al proferir a sus estados miembros un “compromiso por la equidad, solidaridad y justicia social y la incorporación de la perspectiva de género en sus estrategias, y considerar el enfoque de género como un condicionante clave en la atención de la salud.”

Una nación como la nuestra en donde 51.17 por ciento de los más de 112 millones de personas que lo habitan son mujeres con una expectativa de vida cinco años mayor que el hombre -78.1 años sobre 73.4 años, la premisa anterior emanada de la OMS no puede ser ignorada.

Mujeres mexicanas que demandan planes y políticas públicas en materia de salud, específicas para ellas y correspondientes a las patologías de las distintas etapas de su vida.

Qué requieren de instituciones como los institutos nacionales de la salud, que las incluyan y consideren, que emitan estudios específicos, investigaciones detalladas, información estadística oportuna y desarrollo de nuevas tecnologías en tratamientos y la detección de padecimientos en su etapa infantil, adolecente, adulta y adulta mayor.

De acciones concretas que se basen en investigaciones serias de avanzada y que permitan detener las tendencias en que desde el año 2000 han privado en lo referente a las principales causas de su muerte.

Enfermedades del corazón en primer lugar con 50 mil 226 casos clínicos registrados, posteriormente tumores malignos con 31 mil 222 casos –principalmente cáncer cervicouterino y de mama–, en tercer lugar 31 mil casos de diabetes mellitus y en cuarto lugar 25 mil 425 casos de enfermedades cerebrovasculares.

Esta soberanía no puede ser corresponsable de no asumir con determinación la erradicación de estas elevadas estadísticas, que representan vidas de mujeres mexicanas que se pierden.

Incluir al Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) que es un “organismo público descentralizado de la administración pública federal con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines”.

Y que tiene el objeto de “promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultural, económica y social del país”; en el espacio de decisión de cada instituto nacional de salud, que son sus juntas de gobierno, permitiría que éstos incidan con mayor ímpetu en el desarrollo e investigación de mejores herramientas y protocolos de diagnóstico para la mujer, de detección temprana de padecimientos, de identificación oportuna de factores de riesgo y de mejores tratamientos para sus afecciones.

La inclusión, por medio de la presencia con voz y voto del Instituto Nacional de las Mujeres en las juntas de gobierno de los institutos nacionales de la salud, de la transversalidad del enfoque de género; es vital e imprescindible, porque no sólo se le garantiza su presencia en la procuración de la salud de la mujer o bien, en los procedimientos de atención médica, sino también en la investigación; medida que sin duda coadyuvará a mejorar las oportunidades de desarrollo no sólo para las mujeres mexicanas sino también y por igual, para la sociedad en su conjunto.

En el propósito anterior, quienes integramos esta soberanía no podemos ni debemos quedarnos con los brazos cruzados y con sobrantes excusas para no hacer nada.

Por todo ello, se somete a la consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 15 de la Ley de los Institutos Nacionales de la Salud

Artículo Único.Se reforma el primer párrafo del artículo 15 de la Ley de los Institutos Nacionales de la Salud, para quedar como sigue:

Artículo 15. Las juntas de gobierno de cada uno de los institutos nacionales de salud se integrarán por el secretario de Salud, quien las presidirá; por el servidor público de la secretaría que tenga a su cargo la coordinación sectorial de estos organismos descentralizados; por un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; otro del Instituto Nacional de las Mujeres;otro del patronato del instituto, y otro que, a invitación del presidente de la junta, designe una institución del sector educativo vinculado con la investigación, así como por cuatro vocales, designados por el secretario de Salud, quienes serán personas ajenas laboralmente al instituto y de reconocida calidad moral, méritos, prestigio y experiencia en su campo de especialidad. Estos últimos durarán en su cargo cuatro años y podrán ser ratificados por una sola ocasión.

El presidente de cada una de las juntas de gobierno será suplido en sus ausencias por el servidor público de la secretaría que tenga a su cargo la coordinación sectorial de los institutos nacionales de salud. Los demás integrantes de las juntas de gobierno designarán a sus respectivos suplentes.

Las juntas de gobierno contarán con un secretario y un prosecretario.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor 30 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Ley de los Institutos Nacionales de Salud. Artículo 1.

2 Ley de los Institutos Nacionales de Salud. Artículo 2, fracción III.

3 Ley de los Institutos Nacionales de Salud. Artículo 5.

4 Ley de los Institutos Nacionales de Salud. Artículo 6.

5 Organización Mundial de la Salud (OMS) Recomendaciones año 1998.

6 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

7 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2000.

8 Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Artículo 2.

9 Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Artículo 4.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2016.— Diputados: Hugo Daniel Gaeta Esparza, José Luis Orozco Sánchez Aldana, Laura Valeria Guzmán Vázquez, Jesús Zúñiga Mendoza, Laura Plascencia Pacheco, Rafael Yerena Zambrano, Ramón Bañales Arambula, Javier Santillán Oceguera, Martha Lorena Covarrubias Anaya (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen.



DECLARA EL DÍA 22 DE OCTUBRE DE CADA AÑO “DÍA NACIONAL DE LA ROBÓTICA”

«Iniciativa de decreto, por el que se declara el 22 de octubre como Día Nacional de la Robótica, a cargo del diputado Cándido Ochoa Rojas y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, Cándido Ochoa Rojas y diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de octubre como Día Nacional de la Robótica, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

México es un país que tiene un gran potencial en aéreas de ciencia y tecnología, sobre todo en aquellas que tienen relación con la robótica. El impulso que se da a la robótica es principalmente por jóvenes,  quienes representando a sus diversos institutos educativos, realizan competencias dentro y fuera de México.

En 1994, derivado del Tratado de Libre Comercio y con la participación actual del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y de la Secretaría de Educación Pública, se estableció en México, la semana  nacional de ciencia y tecnología, que se celebra del 21 al 25 de octubre de cada año. Dentro de las actividades que se realizan en dicha semana se encuentra un capítulo destinado a la robótica.

La robótica es una actividad que se está inculcando en los institutos de educación de nivel primaria, media y superior de nuestro país, primero en forma de juegos como fútbol, vóleibol, básquetbol, utilizando robots que fabrican los estudiantes, lo cual les permite desarrollar sus habilidades para crear robots más complejos de utilidad para el ser humano.

Esta práctica está dando resultados positivos, así tenemos que en el año 2012 alumnos del Instituto Politécnico Nacional, desarrollaron una silla eléctrica que funciona con impulsos cerebrales. También, y como muestra de que no se necesitan grandes cantidades de dinero,  el alumno Cristóbal Miguel García Jaimes de la Universidad Nacional Autónoma de México, creó el acelerador de partículas “más barato del mundo” que sólo costo $1,000.00 (mil pesos 00/100 moneda nacional). Otra aportación tecnológica vinculada a la robótica, es el diseño de un equipo de redes móviles capaz de transmitir información inalámbrica, sin necesidad de utilizar una infraestructura específica, con el fin de evitar saturaciones en las telecomunicaciones vía telefónica y celular que también fue realizado por un grupo de Ingenieros del IPN, lo cual incluso los hizo acreedores al premio al mérito técnico militar de primera clase, entregado, por la Secretaria de la Defensa Militar Nacional.

En la actividad de la robótica, no sólo participan alumnos sino que también se incluye a mentores y empresas privadas, quienes en conjunto desarrollan interesantes proyectos de innovación tecnológica.

En México actualmente hay un promedio de 57 equipos de robótica que participan en los torneos regionales y nacionales, de ahí saltan a los certámenes internacionales, así, esta actividad que inicialmente implica una especie de distracción deportiva, interacción y crecimiento intelectual para los jóvenes participantes, al mismo tiempo les genera su introducción al campo de la investigación científica y con ello hacen aportaciones tecnológicas al desarrollo de la ciencia y la tecnología de nuestro país.

Por este motivo es que está teniendo gran desarrollo el área de la robótica, toda vez que, como es sabido por todos, las necesidades urbanas cada vez requieren más avance tecnológico.

Por definición, un robot es una maquina o ingenio electrónico programable, capaz de manipular objetos y realizar operaciones antes reservadas solamente a las personas. Sin embargo, a través del avance científico y la exposición a la tecnología en la sociedad moderna, se ha logrado expandir la definición de robótica como una herramienta útil con el potencial de ser una extensión de la propia capacidad humana.

Según un estudio estadístico presentado por la Federación Internacional de Robótica, la presencia de robots en sectores tales como la industria y el comercio fue la más alta de la historia en 2014 y se proyecta un crecimiento del 54 por ciento para el 2017, lo que representa un incentivo para el desarrollo, la innovación y la comercialización tecnológica en el país.

La inversión a nivel global en robótica, se ha incrementado significativamente gracias al apoyo de instituciones gubernamentales y privadas. Con objeto de reconocer la importancia que esta rama de la ingeniería en países como Chile ya se estableció el día de la robótica, por su parte en Estados Unidos de Norteamérica se ha declarado la semana Nacional de la Robótica, celebraciones que generan inspiración para los jóvenes con inquietud de incursionar en este ámbito.

Así, aun y cuando en México existe un crecimiento extraordinario de la robótica y que ya hay una semana nacional de la ciencia y tecnología dentro de la que se considera a la robótica, lo cierto es que no existe declarado un día específico para la robótica, es por ello que se hace necesario que el Congreso de la Unión así lo decrete y por lo tanto se propone que sea dentro de la misma semana de ciencia y tecnología, específicamente el día 22 de octubre de cada año.

La declaración en México de un día de la robótica, sin lugar a dudas que propiciará gran motivación en los participantes de esta actividad, que como es señalado se encuentra en una etapa de extraordinario desarrollo en nuestro país y que con acciones como esta impulsaremos aún más su presencia en la mente de jóvenes que estudian tanto en institutos de educación privados como públicos; luego entonces, nos corresponde a los legisladores aportar lo que esté a nuestro alcance para fomentar esta interesante y benéfica rama de la ciencia, la cual, combina actividades de distracción con investigación, generando aportaciones positivas tanto para los individuos como para la sociedad en general.

Por lo aquí expuesto proponemos se declare el día 22 de octubre de cada año como el día nacional de la robótica. En virtud de lo anterior, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se declara el 22 de octubre como Día Nacional de la Robótica

Artículo Único. El Honorable Congreso  de la Unión declara el día 22 de octubre de cada año como el “Día Nacional de la Robótica”.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de marzo del año 2016.— Diputado Jesús Sesma Suárez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

«Iniciativa que reforma los artículos 6o., 7o. y 13 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal José Luis Orozco Sánchez Aldana, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 6o., 7o. y 13 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy en día; son muchos los problemas de salud que padece la población en general, incluso varios de ellos –como anteriormente se hacía– han dejado de asociarse a un género o edad específica; encontrándose ya, en cualquier grupo de la pirámide poblacional.

Ello ha desencadenado una particularidad sumamente alarmante.

De manera desafortunada, se ha registrado que entre más temprana la edad de la aparición de algunas de estas enfermedades, se presenta una mayor incidencia negativa en su expectativa de vida tanto adolescente o bien adulta.

En este sentido, es que los temas referidos a la salud alimenticia, visual y auditiva en la etapa de la niñez, han cobrado una especial relevancia y un gran interés de salud pública.

Lo anterior; debido a que en específico, problemas en cuestión de obesidad, deficiencia visual y auditiva; están afectando a la niñez a edades cada vez más tempranas.

Ante lo cual, difícilmente las autoridades educativas e incluso la familia; están capacitadas para identificarlas oportunamente y con ello canalizar los casos a los centros de salud para que reciban la atención correspondiente que evite su avance y en consecuencia, el agravamiento de sus padecimientos y secuelas.

El asunto no es menor y requiere atención urgente.

En temas relativos a la obesidad infantil las cifras son alarmantes de la misma manera que lo es, la perspectiva expectante.

Somos el primer país a nivel mundial con el mayor número de casos de obesidad infantil entre la población; es decir menores que de no recibir la orientación adecuada y los cuidados necesarios, serán adultos que padecerán las consecuencias en su salud, expectativa de desarrollo y vida.

Ese panorama anteriormente descrito, ya lo tenemos hoy.

De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, la obesidad se define como leve cuando presenta entre un 20 y 40 por ciento de sobrepeso; moderada cuando el sobrepeso se sitúa entre 40 y 100 por ciento y grave cuando el sobrepeso rebasa el 100 por ciento.

De igual manera, existe una clasificación no en función del peso, sino del índice de masa corporal; que se define en tres clases; la primera asumida como moderada, la segunda como severa y la tercera clase considerada mortal.

En cualquiera de las definiciones anteriores que se tomen, la mayor parte de nuestra población está situada en alguna de éstas clasificaciones.

En el caso de la niñez mexicana; que forma una porción significativa de 10 y 20 por ciento de la población mundial infantil con obesidad; desde los 6 o 7 años se han identificado ya, problemas ortopédicos en la espalda, caderas, tobillos y rodillas como consecuencia directa de la obesidad que presentan.

Muchos de estos casos, en un futuro inmediato o en otras palabras, en su edad adolescente –entre 30 y 40 por ciento de la población mundial a esta edad presenta problemas de obesidad– desarrollan de manera prematura afecciones coronarias, hipertensión, diabetes; o bien, elevados niveles de concentración de lípidos en la sangre.

Lo anterior gracias a que en nuestro país, cerca del 31 por ciento de los menores de entre medio y 6 años de edad tienen sobrepeso, poco más de 10 por ciento presenta obesidad y finalmente 26 por ciento de la niñez mexicana de entre 5 y 11 años de edad padece ya sea obesidad o sobrepeso.

Con las cifras anteriores y sin haber atendido el problema desde su edad temprana, la experiencia nos demostró que de acuerdo a fuentes oficiales, los menores con 6 años de edad y con obesidad o sobrepeso, tienen un 27 por ciento de probabilidad de mantenerse obesos en su edad adulta y esa misma probabilidad se incrementa hasta un 75 por ciento si el menor llega a la edad de 12 años con obesidad o bien un grado al menos moderado de sobrepeso.

Por último, de manera alarmante se registra que los menores que llegan a la adolescencia con obesidad o sobrepeso; tienen 86 por ciento de probabilidad de quedar en esa misma condición por el resto de su vida con los respectivos efectos nocivos en la salud que son de antemano sabidos por todos.

Por esta razón los esfuerzos se han multiplicado en función de restringir desde edad temprana el consumo elevado de alimentos industrializados o procesados, de hidratos de carbono refinados, de grasas saturadas o en otras palabras, el consumo de comidas rápidas, refrescos, frituras, golosinas o bebidas azucaradas entre muchos alimentos más.

Al respecto se han logrado avances significativos e importantes; contamos con ordenamientos que regulan tanto la publicidad, como el empaque y la venta de este tipo de alimentos, además en algunas regiones del país se han aplicado exitosos programa de instalación de bebedores en las escuelas de nivel de educación básico o bien de campañas de ejercicio y actividad física que han sido indiscutiblemente muy productivos.

Sin embargo no hemos podido instaurar una efectiva cultura de la buena alimentación desde la infancia y a lo largo de toda la vida adulta, así como tampoco de la prevención de la obesidad y el sobrepeso en esta etapa tan importante de la vida y el desarrollo de nuestra población.

Por otro lado, en lo referente a la salud visual en la niñez; la situación es igualmente alarmante y preocupante.

Según fuentes oficiales, en nuestro país el 43.24 por ciento de la población total; sufre de algún problema en su visión y requieren de los servicios optométricos especializados.

De este importante número de mexicanas y mexicanos se desprende un dato impresionante; el 26 por ciento de la población de entre 5 y 14 años de edad en México, presentan la condición en su visión antes descrita y requieren de la atención necesaria.

Por esta razón, la combinación entre la aparición de problemas visuales a temprana edad y la no detección y atención oportuna en esta etapa; tenemos que la miopía, la hipermetropía, el astigmatismo y la presbicia son las mayores causas de discapacidad visual severa entre la población adolescente y adulta.

La prueba es que 100 por ciento de la población a partir de los 45 años de edad presenta problemas visuales que van de serios a, agudos e irreversibles.

A esta prematura edad las implicaciones de no atender a tiempo los problemas visuales –cabe señalar que en edad temprana 70 por ciento de los errores de refracción diagnosticados son fácilmente corregidos– no solo afectan en su expectativa de desarrollo a futuro; sino también en su desenvolvimiento social y en su desarrollo académico, basta mencionar que 80 por ciento de la información académica que se adquiere a lo largo de la educación escolar en nivel básico y medio superior, ingresa visualmente.

Como consecuencia de no atender oportunamente lo anterior, la discapacidad visual es la segunda discapacidad entre la población mexicana con poco más de un millón de mexicanos en edad adulta, solo por atrás de la discapacidad motriz.

Una cantidad importante de personas, que desafortunadamente no contiene los casos que no han sido detectados entre la población infantil, y que alarmantemente son muchos, ya que se estima que al menos 1 de cada cuatro alumnos de nivel básico de educación de nivel básico presentan problemas de salud visual que fácilmente se detectarían, se diagnosticarían y sobre todo se atenderían y corregirían.

Todo ello debido a que no tenemos la conciencia ni la educación en el cuidado de la salud visual, ni en la escuela contamos con el apoyo o la orientación necesaria y tampoco lo hay en la casa; omitiendo considerar que los problemas visuales -se tiene el registro- aparecen entre los 2 y los 10 años de edad y la edad recomendad para acudir a citas periódicas con un profesional de la salud visual es a partir de los 4 años.

Al respecto vemos con preocupación, que son escasas las campañas periódicas y permanentes de salud visual entre la población y peor aún, son casi inexistentes para nuestra niñez o bien en las escuelas de nivel de enseñanza básico.

No se diga en las regiones marginadas o de pobreza; en donde los menores que padecen estos problemas llegan a una edad adulta sin saberlo, sin diagnosticarlas y sin atenderlas, pero sufriendo en su mayor edad productiva las consecuencias en su salud y capacidad de desarrollo.

Por otro lado, en lo que respecta a la salud auditiva, el panorama y la situación es igualmente preocupante aunque su desarrollo lo ha hecho a un ritmo inferior que el presentado por la salud alimenticia y visual en nuestra niñez.

Los factores de los problemas de la salud auditiva en los menores son variados, van desde los hereditarios, los gestados por problemas durante el embarazo o los correspondientes a enfermedades mal tratadas, o bien a los no detectados y que con el tiempo en edad adulta se convirtieron en crónicos.

De acuerdo a cifras oficiales, en nuestro país hay 498 mil 640 personas con discapacidad auditiva.

Este número de personas aunque menor respecto a la población con problemas en su salud alimenticia o bien visual; es alarmante porque se tiene registro que al menos 25 por ciento de los casos que en edad adulta padecen sordera en sus grados más elevados, corresponden a enfermedades que pudieron ser atendidas, tratadas o bien diagnosticadas; generalmente en edad temprana.

Al respecto cabe señalar que se tiene registrado que en nuestro país entre la población de nivel de educación preescolar y básico; se registran al año poco más de 40 millones de casos de otitis media; muchos de los cuales no son bien atendidos o como es habitual, no concluyen su tratamiento de forma correcta.

De igual manera, muchos de los casos de problemas de audición, se tuvieron desde siempre y pudieron haber sido identificados y sobre todo tratados en la edad escolar o en la etapa de la niñez; si se hubiera realizado al menos una consulta especializada.

Además de todo lo anterior se tiene el registro de que problemas en la salud como la hipertensión y la diabetes –consecuencias directas de la obesidad infantil de la cual nuestro país tiene el primer lugar mundial en casos entre su población– son detonantes de problemas severos de audición en la niñez; junto a los factores sociales, como el uso desmedido de reproductores de música o videojuegos o televisión a muy alto volumen.

En síntesis como se puede apreciar, desafortunadamente no contamos con una cultura de prevención y de atención oportuna de problemas de salud alimentaria, visual y auditiva entre nuestra niñez.

En la familia y por igual en la escuela, no se ven reforzados los esfuerzos de las autoridades en materia de salud, que buscan identificar a tiempo estas afecciones y tratarlas correctamente.

Los esfuerzos en este importante concepto, va más allá de las facultades de la responsabilidad y deben de ser vistos como una medida conjunta para atender este problema que es grave en la actualidad, y podría ser irreversible en  un futuro cercano.

Más aun, tratándose de un sector de nuestra población altamente vulnerable desde diversos aspectos; nuestra niñez.

No basta preguntarnos qué país queremos para nuestros hijos si en contraparte no nos preocupamos por, que hijos queremos para nuestro país.

Los problemas de la salud alimentaria, visual o auditiva; muchas veces son subvaluados en sus consecuencias y sus potencias incapacitantes.

Sin duda alguna, realizar un esfuerzo conjunto entre las autoridades en materia de salud y las educativas; al realizar y operar un programa de medico escolar que vaya a las escuelas al menos de nivel primaria de enseñanza, con la finalidad de identificar y orientar en cuestión de problemas en la salud alimentaria, visual y auditiva de nuestra niñez en todo nuestro país, representara un enorme esfuerzo en todos los aspectos concernientes; pero a la vez será un significativo avance en materia de brindarle mejores oportunidades de desarrollo a nuestra población no solo de hoy, sino también del mañana.

En ese sentido, desde esta soberanía y en función de nuestras facultades; debemos de asumir el compromiso de impulsar y apoyar este tipo de acciones en beneficio en primer lugar de nuestra niñez y de nuestra población en general.

Por ello, se somete a la consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción IV Bis 1 al artículo 6o., se adiciona una fracción II Bis 1 al artículo 7o. y se adiciona un inciso d) al artículo 13 de la Ley General de Salud

Artículo Primero. Se adiciona una fracción IV Bis 1 artículo 6o. de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 6o. El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:

I. a IV Bis. ...

IV Bis 1. Diseñar, establecer y ejecutar un programa nacional de Médico Escolar que coadyuve a la prevención, orientación, control y vigilancia periódica; en materia de salud visual, auditiva y conducta alimenticia en todas las escuelas del país del nivel de educación primaria.

V. a XI. ...

Artículo Segundo. Se adiciona una fracción II Bis1 artículo 7 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 7o. La coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la Secretaría de Salud, correspondiéndole a ésta:

I. a II Bis. ...

II Bis 1. En coordinación con las instituciones educativas; establecer, coordinar, conducir, determinar la periodicidad y características del programa nacional de Médico Escolar para la prevención, orientación, control y vigilancia de la salud visual, auditiva y conducta alimenticia en las escuelas del nivel de educación primaria.

III. a XV. ...

Artículo Tercero. Se adiciona un inciso d) al artículo 13 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 13. La competencia entre la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:

A. ...

B. ...

C. ...

D. Corresponde a la federación y a las entidades federativas; organizar, operar, supervisar y evaluar su funcionamiento, del programa nacional de Médico Escolar para la prevención, orientación, control y vigilancia de la salud visual, auditiva y conducta alimenticia en las escuelas del nivel de educación primaria.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el año posterior al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Obesidad. Clasificación de la Organización Mundial de la Salud. OMS.

2 Organización Mundial de la Salud. OMS 2010.

3 Organización Mundial de la Salud. OMS 2010.

4 Encuesta Nacional de Salud. Secretaría de Salud 2007.

5 Encuesta Nacional de Salud. Secretaría de Salud 2007.

6 Encuesta Nacional de Salud. Secretaría de Salud 2007.

7 Censo de Población y Vivienda. Inegi 2010.

8 Asociación Mexicana de Facultades, Escuelas, Colegios y Consejos de optometría.

9 Censo de Población y Vivienda. Inegi 2010.

10 Asociación Mexicana de Facultades, Escuelas, Colegios y Consejos de Optometría.

11 Asociación Mexicana de Facultades, Escuelas, Colegios y Consejos de Optometría.

12 Censo de Población y Vivienda. Inegi 2010.

13 Censo de Población y Vivienda. Inegi 2010.

14 Secretaría de Salud.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2016.— Diputados: Daniel Gaeta Esparza, Jose Luis Orozco Sanchez Aldana, Laura Valeria Guzman Vázquez, Jesús Zuñiga Mendoza, Laura Plascencia Pacheco, Rafael Yerena Zambrano, Ramón Bañales Arambula, Javier Santillan Oceguera y Martha Lorena Covarrubias Anaya (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen.



PROPOSICIONES                                                                                                                                      ARMONIZAR SU LEGISLACIÓN PARA ESTANDARIZARLA CON LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, Y SE ESTABLEZCA COMO EDAD MÍNIMA AUTORIZADA PARA CONTRAER MATRIMONIO LOS 18 AÑOS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversos congresos locales a armonizar su legislación con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y establecer la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado federal Tomás Roberto Montoya Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento a lo que establecen los artículos 6, numeral 1, fracción I; el 65, numeral 1, fracción I, y el 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión, somete a consideración de esta soberanía una propuesta con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente a los Congresos locales de Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Durango, estado de México, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tlaxcala y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a que armonicen su legislación para estandarizarla con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para que se establezca como edad mínima autorizada para contraer matrimonio los 18 años, lo anterior al tenor de los siguientes:

Considerandos

Una de las deudas históricas sociales más importantes que enfrenta el Estado mexicano se refiere a la protección y garantía de cumplimiento de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes. Deuda histórica que los gobiernos recientes habían soslayado, cuando menos hasta la publicación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, impulsada por la actual administración, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04 de diciembre de 2014.

Esta normatividad reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad y pretende garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte.

Es obligación fundamental del Estado observar, velar y garantizar el interés superior de la niñez en sus decisiones y actuaciones donde se debe privilegiar el objetivo primordial de protección a la infancia y la adolescencia para asegurarles un desarrollo físico, mental, emocional y social pleno en condiciones de igualdad.

Es importante reconocer y resaltar que la publicación y entrada en vigor de la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, conjuntamente con su Reglamento, publicado en Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre del 2015, representa un avance de inicio sumamente importante para la instrumentación de políticas públicas en la promoción y defensa de los derechos de ese sector de la población, sin embargo, debemos estar conscientes  que la configuración del marco jurídico representa solamente uno de los esfuerzos que se requieren para alcanzar el pleno goce y ejercicio de los derechos de la infancia y la adolescencia en nuestro país, aún falta mucho camino por recorrer en este tema.

La Ley General aprobada establece los principios rectores y criterios que orientarán la política nacional en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, así como las facultades, competencias, concurrencia y bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; y la actuación de los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos constitucionales autónomos. De esta manera la Ley garantiza, cuando menos legalmente, la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes

También, establece que el interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre una cuestión respecto a cualquier ponderación o valoración que involucre niñas, niños y adolescentes, así mismo, señala que cuando se tome una decisión que afecte a niñas, niños o adolescentes, en lo individual o colectivo, se deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales.

Asimismo, la norma legal creada impulsa la cooperación y coordinación de las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Cuidad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes para establecer los mecanismos necesarios para ello.

La Ley General propone la creación de la Procuraduría de Protección, dentro de la estructura del Sistema Nacional DIF, tanto a nivel federal como local, con la finalidad de garantizar una efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Señala que en el ejercicio de sus funciones, las Procuradurías de Protección podrán solicitar el auxilio de autoridades de los tres órdenes de gobierno, las que estarán obligadas a proporcionarlo de conformidad con las disposiciones aplicables.

Además, la Ley General establece que para la debida determinación, coordinación de la ejecución y seguimiento de las medidas de protección integral y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las Procuradurías de Protección deberán establecer contacto y trabajar conjuntamente con las autoridades administrativas de asistencia social, de servicios de salud, de educación, de protección social, de cultura, deporte y con todas aquellas con las que sea necesario para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Como una medida adicional la Ley crea el Sistema Nacional de Protección Integral, como instancia encargada de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Donde cada entidad federativa creará e instalará un Sistema Local de Protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, conformado por las dependencias y entidades de las administraciones locales vinculadas con la protección de estos derechos, en los términos que determinen sus respectivos ordenamientos legales y serán presididos por la persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal y de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Se organizarán y funcionarán de manera similar al Sistema Nacional de Protección Integral, contarán con una Secretaría Ejecutiva y garantizarán la participación de los sectores sociales y privados, así como de niñas, niños y adolescentes.

Sin embargo, uno de los conflictos más graves y complejos que enfrenta la infancia y la adolescencia en nuestro país son los matrimonios infantiles. El Fondo para la Infancia de las Naciones Unidas, UNICEF,  expresa que la prevalencia de los matrimonios infantiles es uno de los actos que más vulnera los derechos de la infancia. El organismo asegura que  a nivel mundial los matrimonios infantiles, definidos como un matrimonio formal o unión informal donde participa mínimo una persona menor de los 18 años, aproximadamente una tercera parte de las mujeres de entre 20 y 24 años se casaron cuando eran niñas, principalmente, habitantes de países en desarrollo, acto común en África y Asia meridional, pero del que México no se encuentra exento.

El principal problema que se genera al autorizar y permitir los matrimonios infantiles es que se vulneran radicalmente los derechos humanos de las personas casadas, en razón de que truncan sus aspiraciones de vida al adquirir compromisos y responsabilidades para las que no se encuentran aptos ni física, ni fisiológicamente, ni intelectualmente.

La toma de decisiones durante la edad que abarca la niñez y adolescencia, establecida entre los 12 y 18 años, en el contexto de las uniones libres y/o matrimonios donde participa como pareja, el infante o, incluso el adolescente, los involucrados no han adquirido los conceptos de madurez intelectual suficientes para asumir nuevas responsabilidades, por tal razón la relación se hace más compleja aún.

ONU Mujeres señalaba, en marzo del 2013, que estimaciones por el Fondo de Población de las Naciones Unidas,  establecen que para el periodo 2011-2020 más de 140 millones de niñas contraerán matrimonio, que equivale a que anualmente 15.5 millones de niñas y/o niños se casarán, datos en cifras en todo el mundo.

En realidad el problema de los matrimonios infantiles observado desde la perspectiva cuantitativa pareciera no ser tan grave como lo es en verdad, para ello solo  baste con observar que los matrimonios donde se encuentra involucrada una persona de edad temprana implica una verdadera violación a los derechos humanos de las niñas, los niños y adolescentes. Funcionarios de la Organización Fondo de Población de la Naciones Unidas expresan que el matrimonio infantil es una horrible violación de los derechos humanos y priva a las niñas, niños y adolescentes de educación, salud y perspectivas de vida digna a largo plazo.

Los matrimonios infantiles, cuya característica y definición, se establece como la unión de dos personas en edad temprana, que se aplica tanto a hombres como mujeres, en la práctica es más dramático para las niñas y los efectos perniciosos son mucho más severos para ellas, genera una serie de perjuicios en diversas vertientes.

Los matrimonios infantiles propician la interrupción abrupta del proceso educativo, obstruye toda oportunidad para adquirir educación vocacional y para la vida, expone a las niñas a los riegos de un embarazo, parto y maternidad edades demasiado tempranas, antes incluso de que estén aptas física y psicológicamente y aumenta el riesgo de violencia sexual y de contagio del VIH por compañeros íntimos.

Además, según la ONU, las complicaciones por embarazo y parto a edad temprana son unas de las principales causas de muerte de niñas entre 15 y 19 años. De los 16 millones de niñas adolecentes que dan a luz cada año a nivel mundial, el 90 por ciento están casadas y, la UNICEF estima, que aproximadamente 50,000 mueren, casi todas en países de ingresos bajos y medios como México.

Otro aspecto que no se debe soslayar es que, estudios de organismos internacionales,  han identificado que las niñas y adolescentes que se unen en pareja tienen mayor riego de ser víctimas de violencia a manos de su compañero íntimo, que se manifiesta más profundamente cuando existe una gran diferencia de edad entre los integrantes de una pareja.

En nuestro país, según la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica, ENAID 2014, realizada por el Consejo Nacional de Población conjuntamente con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, según registros oficiales, en el 15 por ciento de las uniones registradas participaron adolescentes, señala que al menos 1 de cada 5 mujeres entró en unión conyugal antes de cumplir los 18 años. La misma Encuesta destaca que, 6.8 millones de mujeres entre los 14 y 54 años de edad se unieron conyugalmente antes de los 18 años.

Asimismo, el documento consultado, en el tema de fecundidad, expresa que si bien los niveles de natalidad han disminuido en México del 2.26, del trienio de 2006-2008, a 2.21 del trienio 2011 a 2013, una disminución de cinco centésimas, al mismo tiempo se observa una disminución en cada uno de los grupos quinquenales distribuidos por edades, lo notable y grave es que en el grupo que corresponde a mujeres de entre 15 y 19 años se da un aumento considerable  del trienio 2006-2008 al trienio 2011-2014 de 70.9 a 77.0 de nacimientos por cada 1000 adolescentes, un incremento de casi el 10 por ciento de incremento de nacimientos en este grupo, datos que reflejan el fracaso de las políticas públicas que deberían proteger a la infancia al  inhibir los matrimonios o relaciones conyugales entre la población de niñas, niños y adolescentes por los efectos perniciosos que estos ocasionan.

Otro factor importante, que es determinante de las características de las relaciones conyugales entre infantes es el nivel de escolaridad y su relación con la fecundidad,  la Encuetad ENADID arroja que mientras que la tasa fecundidad de las mujeres sin escolaridad es de 3.3 hijos por mujer en las mujeres con escolaridad media superior y superior la tasa es de 1.79 hijos por mujer.

Hasta el momento hemos hecho referencia a los efectos nocivos que genera la permisividad formal e informal de los matrimonios infantiles para las niñas, los niños y adolescentes, y para la sociedad en su conjunto, sin embargo, para entender la problemática desde un amplio espectro y con la finalidad de emprender acciones viables y sustentadas es pertinente hacer un análisis sobre las causas de este fenómeno social e incluso de salud pública.

El matrimonio infantil es calificado por expertos especialistas como un acto que violenta los derechos humanos, que lacera considerablemente la vida de las niñas, los niños y los adolescentes porque repercute negativamente el goce de sus prerrogativas fundamentales.

Nancy Carmona Arellano, en su serio y profundo estudio denominado “El Matrimonio Infantil en México y sus Implicaciones en las Niñas y Adolescentes”, expresa que las afectaciones principales del matrimonio infantil son el embarazo prematuro, la deserción escolar y otras relativas al trabajo doméstico no remunerado o la inserción laboral precarias”.

En su ensayo también plantea la necesidad de evaluar la legislación nacional que regula el matrimonio y la postura del Estado mexicano frente al tema, sin embargo, en este punto en particular, habrá que considerar que en la fecha de elaboración del mismo aún no se publicaba la Ley General de los Derechos de Niñas, los Niños y la Adolescencia.

Es evidente que la idiosincrasia  del mexicano establece una serie de particularidades al matrimonio y a las relaciones que conlleva, donde entre otras cosas, se reconoce la subordinación que han implicado los roles conyugales tradicionales para las mujeres.

El matrimonio es un acto voluntario de dos personas que supone una modificación en la condición jurídica a través de un contrato que establece derechos y obligaciones e implica la adhesión de los firmantes a un código que regula la relación de marido y esposa.

Marcela Lagarde, en análisis críticos realizados a la institución del matrimonio,  denomina “cautiverios” a las formas en que las mujeres están obligadas a cumplir el “deber ser”. La autora demuestra como la sociedad encauza a las mujeres en torno a tonos de vida estereotipados, entre ellos el de madre esposas, que se construye a partir de la relación de sujeción de la mujer por medio de la maternidad y la conyugalidad.

De ser cierto lo anterior las condiciones de relaciones de subordinación se expresan y manifiestan en los matrimonio entre adultos, las conductas de sumisión y control sobre la mujer en el matrimonio infantil se polarizan  y se hacen más severas en función de la edad de las contrayentes y su estado de indefensión por edad.  Después de casarse la niña o adolescente adopta una vida que incluye relaciones sexuales, la maternidad y la crianza así como las obligaciones del hogar  cuando ni siquiera ha alcanzado la mayoría de edad.

Agrava más la situación de las niñas el hecho de que en muchos casos se les obliga a contraer nupcias sin conocer al cónyuge o para intervenir en la elección de la pareja, es decir, en muchos de los casos donde se realizan uniones conyugales donde participan personas en edad temprana son considerados como matrimonios forzados que la Comisión de Derechos Humanos de la ONU los asemeja con una relación de esclavitud porque reduce a la cónyuge mujer a la condición de una persona sobre la que se ejerce el derecho de propiedad.

UNICEF, en el documento denominado Progreso para la infancia, del mes de septiembre de 2010, establece que el matrimonio prematuro es producto de la discriminación basada en el género que otorga más valor a la supervivencia, el desarrollo, la protección y la participación de los niños frente a las niñas.

Nancy Carmona en el análisis citado manifiesta que “La perspectiva de género ha hecho visibles las costumbres y prácticas que dañan la salud de las mujeres que abarcan la mutilación genital femenina, el matrimonio infantil y el matrimonio forzado, los delitos relacionados con la dote, los asesinatos de honor, el estatuto inferior de la esposa en las legislaciones, la servidumbre así como la explotación sexual y de otro tipo en el marco del matrimonio”

Es indudable e innegable que la pobreza, las creencias religiosas, las estructuras familiares y las reglas sociales establecidas, así como el marco normativo legal son factores que inciden  para preservar la existencia de los matrimonios infantiles en perjuicio de la población infantil y adolescente.

Ante ese cuadro de violación a los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes la Organización de la Naciones Unida ha promovido una serie de acciones en diversas tendencias con la finalidad, sino de resolver el problema, si con el objetivo de establecer, como un principio básico inicial, un marco jurídico que tutele y garantice los plenos derechos de las mujeres niñas y adolescentes a la vida social, económica, cultural y política en sus comunidades. En consecuencia, las distintas políticas y medidas para suprimir las prácticas nocivas deben tender necesariamente a reforzar y proteger la condición social de la mujer desde su más tierna infancia.

Es evidente que con ese objetivo primordial se aprueba la Ley General de los Derechos de Niñas , Niños y Adolescentes en el año 2014 y su Reglamento en el año 2015, legislación que tiene como principio básico la protección y garantía de los derechos humanos de ese segmento de la población.

En el contenido de la misma el Capitulo Séptimo, denominado Del Derecho de Vivir en Condiciones de Bienestar y a un Desarrollo Integral, en el artículo 45 se establece que Las Leyes Federales y de las Entidades Federativas, establecerán como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años; concepto que considera la propuesta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer que sugirió que la edad deberá quedar establecida en la legislación tanto local como federal de modo que no puedan casarse quienes no la cumplan.

Cabe señalar que el establecimiento de esta edad en la norma citada asienta en principio las bases para la igualdad entre el hombre y la mujer, particularmente garantizando a las mujeres la posibilidad de adoptar una decisión informada y exenta de coacción, toda vez que al unirse la pareja asume obligaciones importantes que no se dimensionan hasta alcanzar la madurez y la capacidad de decidir plenamente.

Es importante señalar que el día 2 de diciembre de 2015, el mismo día de la publicación del Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en ceremonia el Ciudadano Presidente de la República informa que se ha creado la Secretaría Ejecutiva el Sistema tal y como lo establece la Ley General y su Reglamento, como un órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Gobernación y queda a cargo del Lic. Ricardo Antonio Bucio Mújica y en el mismo acto se crea la Procuraduría Federal de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes designando a la C. Nelly Montealegre como titular de la misma, según información publicada en el portal electrónico de la Presidencia de la República del día 3 de diciembre de 2015.

Es de destacar que la Ley General establece mediante dos artículos Transitorios, Segundo y Tercero, que el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán realizar las modificaciones legislativas conforme a lo dispuesto en la Ley General, dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a su entrada en vigor y; que los sistemas de protección locales y municipales deberán integrarse a más tardar dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigor de las modificaciones legislativas a que se refiere la Ley General.

Sin embargo, aún y con el tiempo transcurrido y los avances que se han realizado por parte del gobierno federal sobre el tema, que los gobiernos estatales no han avanzado con respecto a la armonización que les corresponde y están obligados tal y como lo establecen los Artículos Transitorios Segundo y Tercero del ordenamiento señalado.

El Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados ha realizado, a petición del suscrito, un estudio denominado “Análisis Técnico-Jurídico de la Situación que Guarda la Legislación Local en la Entidades Federativas en Relación con la Armonización Legislativa Prevista en Ordenamientos Legales Aprobados durante la LXII Legislatura del H. Congreso de la Unión”, fechado el 13 de noviembre de 2015, en la página 8, señala que  con respecto a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: “Teniendo en consideración que el plazo conferido en el Transitorio Segundo feneció el 4 de junio de 2015, es de mencionar que sólo once entidades federativas efectuaron las adecuaciones legislativas pertinentes a su leyes análogas en materia de protección de niñas, niños y adolescentes”.

Existen otras cuatro entidades federativas que han realizado las adecuaciones correspondientes fuera de los plazos establecidos. Nuevamente el documento del CEDIP referidos señala que: “Por cuanto a las Entidades Federativas que no han aprobado reformas recientes a sus respectivas leyes en la materia son Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Distrito Federal Durango, Estado de México, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tlaxcala.”

Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión exhorta respetuosamente a los congresos Locales de Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Durango, estado de México, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tlaxcala y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal fin a que armonicen su legislación para estandarizarla con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para que se establezca como edad mínima autorizada para contraer matrimonio los 18 años.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputado Tomás Roberto Montoya Díaz (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Juventud, para dictamen.



GOBERNADOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, A FIN DE REGULARIZAR LA SITUACIÓN LABORAL DE LOS DOCENTES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Nuevo León a regularizar la situación laboral de los docentes locales, a cargo de la diputada Brenda Velázquez Valdez, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Brenda Velázquez Valdez, de la LXIII Legislatura federal e integrante del Grupo Parlamentario Acción Nacional, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo el tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La condición del docente por contrato es de por sí precaria: no tienen prestaciones ni cuentan con los beneficios que reciben por ley los profesionales del aprendizaje. Esta situación se agrava porque su correspondiente pago quincenal no se realiza en tiempo y forma en varias entidades federativas.

En Nuevo León, la Secretaria de Educación ha ocultado la cantidad de docentes que laboran por contrato en la entidad. No quieren presentar el padrón de maestros que laboran en estas condiciones. Tampoco precisan a cuántos docentes no se les ha pagado su trabajo devengado desde hace más de un año. La situación se agudiza y, de no remediarse pronto, las consecuencias serán muy delicadas para ellos y para los propios alumnos.

El gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón ha declarado a los medios de comunicación, que su gobierno no pagará a estos docentes por contrato, porque no cuenta con los recursos suficientes a pesar de las partidas anuales que la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal destina para ese rubro.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión, exhorta al gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, a que honre su compromiso y su responsabilidad con los docentes por contrato, levante un padrón de docentes con el pago rezagado (que según estimaciones recabadas de forma empírica, son alrededor de diez mil docentes en tales condiciones), les pague urgentemente su adeudo y se regularice su situación laboral, sin que se ejerzan represalias en contra de estos docentes no renovándoles su contrato por el solo hecho de haberse quejado por esta irregularidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputada Brenda Velázquez Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



CONGRESOS LOCALES Y A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A ESTABLECER EN SUS CÓDIGOS CIVILES, COMO EDAD MÍNIMA PARA CONTRAER MATRIMONIO LOS 18 AÑOS DE EDAD

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales y la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México a establecer en sus códigos civiles la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

1. El matrimonio infantil, lo define el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), como un matrimonio formal o unión informal antes de los 18 años, el cual es una realidad que afecta de manera más desproporcionada a las niñas. En su informe, “Progreso para la Infancia de 2010”, dicha agencia de Naciones Unidas sostiene que alrededor de una tercera parte de las mujeres de 20 a 24 años de edad a nivel mundial se casaron cuando eran niñas; precisa que si bien los datos de 47 países muestran que, en general, la edad mediana del primer matrimonio está aumentando gradualmente, esta mejora se ha limitado principalmente a las niñas de las familias con ingresos más altos e informa que mientras que el 48 por ciento de las mujeres de 45 a 49 años de edad se casaron antes de cumplir los 18 años, la proporción sólo ha bajado a 35 por ciento de las mujeres 20 a 24 años de edad.

2. Para UNICEF el matrimonio infantil funciona como una norma social discriminatoria y violatoria de los derechos humanos porque pretende reducir la carga económica que representan las niñas y adolescentes en las familias pobres. Esta práctica profundiza  las brechas de desigualdad y marginación, condenando principalmente a las mujeres, porque:

• Alienta el embarazo prematuro y sin espaciamiento.

• Fomenta la preferencia del varón en la educación.

• Fomenta la deserción escolar en niñas y adolescentes.

• Circunscribe a las mujeres a las tareas domésticas, privándolas de elegir una actividad fuera del hogar.

• El riesgo de que su bebé muera en su primer año de vida es de un 60% más que el de un bebé nacido de una madre mayor de 19 años.

3. En México, de 2005 a 2012, los matrimonios infantiles aumentaron seis por ciento en nuestro país, pues de acuerdo a cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, cada año más de 113 mil niñas entre los 15 y 18 años se casan en el país, es decir, una quinta parte del total de los matrimonios a nivel nacional, estimándose la existencia de 389 mil niñas y niños entre 14 y 17 años, que están casados o viven en unión libre. En tanto la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2014 da cuenta de que la proporción de mujeres adolescentes entre 15 y 19 años que viven en unión libre o matrimonio, representa 15 de cada 100.

4. Actualmente, el Código Civil Federal permite a mujeres mayores de 14 años y a los hombres mayores de 16, contraer matrimonio, siendo México uno de los 52 países que permiten esta unión legal entre menores con el consentimiento de sus padres. Esta situación llevó a esta Soberanía a aprobar una serie de reformas al Código Civil Federal donde se propone aumentar la edad a 18 años como requisito para que un hombre y una mujer puedan casarse. Actualmente se encuentra en análisis y discusión la Minuta respectiva en el Senado de la República.

5. Por otra parte, el 4 de diciembre de 2015, fue publicada la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes enfocada a reconocer a la niñez y adolescencia como sujetos de protección de los derechos humanos y entró en vigor al siguiente día. En su artículo 45 que corresponde al Título Segundo, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Capítulo Séptimo, Del derecho a vivir en Condiciones de Bienestar y un Sano Desarrollo Integral, expresa que:

“Las leyes federales y de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años.”

Mientras en su artículo segundo transitorio se establece que dentro de 180 días a partir de la promulgación de la Ley, se deben modificar las legislaciones y han transcurrido al menos 170 días desde que el plazo se venció sin que haya una respuesta satisfactoria a esta obligación legal, pues solo 6 estados han reformado su Código Civil para establecer los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio sin ninguna excepción, 17 han reformado su ley pero establecen excepciones lo que permite vulnerar el derecho y las restantes siguen estableciendo la edad mínima de 14 y 16 años.

6. Sin duda alguna, el matrimonio infantil es una vulneración a los derechos de las niñas y niños, constituye una práctica nociva que violenta la integridad y la dignidad de ellos y, sobre todo, constituye un elemento que alienta las brechas de desigualdad de género y busca alentar la reproducciones de roles tradicionales en las mujeres desde la temprana edad, lo cual es inaceptable.

Por lo anteriormente expuesto y fundado se somete a la consideración de esta Soberanía el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión exhorta respetuosamente a los Congresos Locales de las entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a establecer, en sus respectivos Códigos Civiles, como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años de edad para mujeres y hombres, a fin de dar cumplimiento al Artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los 15 días de marzo de 2016.— Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Juventud, para dictamen.



DEFINAN MEDIDAS MÁS ESTRICTAS PARA MEJORAR LA CALIDAD DEL AIRE Y LA SALUD DE LAS PERSONAS EN EL VALLE DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de la Ciudad de México y del estado de México a definir por la Comisión Ambiental de la Megalópolis medidas más estrictas para mejorar la calidad del aire y la salud de las personas en el valle de México, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados federales del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea, el presente punto de acuerdo,al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El derecho a un medio ambiente sano incluye su consideración como bien jurídico, el ambiente asume un valor de objeto de protección y como categoría de bien jurídico constitucionalizado y también es un bien jurídico colectivo y único, además de que está íntimamente relacionado a la salud.

Nadie puede dudar el hecho de que la degradación ambiental y sus efectos son un problema de gravedad y de gran urgencia. Todos los miembros de la población, sin distinción de ninguna especie, se encuentran perjudicados de igual manera por el desequilibrio ecológico de los ecosistemas.

La actual coyuntura en que la capital del país registra altos índices de contaminación atmosférica nos obliga a preocuparnos no sólo por la salud de todas las personas que viven en la Ciudad de México y en su zona metropolitana, sino también resalta la necesidad de ocuparnos de manera eficiente, eficaz, comprometida y oportuna de la conservación y protección del medio ambiente.

El derecho al medio ambiente sano se entiende y opera a partir del deber de la esperanza de las aspiraciones sociales, se constituye de manera distinta a los demás derechos humanos, desde los esquemas de responsabilidad ambiental para mantener el equilibrio ecológico, tal es el caso de la calidad del aire.

El paradigma de la generación de los derechos de carácter o corte social, viene a ser transformado, por el concepto de “derechos humanos”, sus implicaciones y la evolución en forma acelerada que ha tenido el tema desde el derecho internacional público no sólo en lo ambiental sino también en el derecho a la salud son dos caras de una misma moneda.

Cuando el bien jurídico tutelado es la vida, debe ser inmediato y bajo los elementos esenciales e interrelacionados, hacia todas las personas, tomando en consideración las áreas de urgencia y emergencia como es el caso que nos convoca en materia de calidad del aire en las ciudades de nuestro país, hay que velar por el derecho al medio ambiente sano y a la salud de todos los mexicanos.

La calidad del aire en diversas ciudades de México se ha deteriorado significativamente en las últimas décadas. La mayor parte de los procesos de urbanización y de crecimiento poblacional, así como de las actividades económicas se han dado en ausencia de una reglamentación y de programas específicos para enfrentar los diversos problemas ambientales que padecen, particularmente la contaminación atmosférica.

No obstante, la causa principal del deterioro de la calidad del aire son las actividades humanas, especialmente las de carácter económico. En materia de contaminación atmosférica, es el transporte el principal generador de sustancias tóxicas, llegando en ocasiones a representar hasta 80% de las emisiones totales.

La contaminación, en cualquiera de sus formas, remite a cualquier tipo de alteración del ambiente. En el caso de la contaminación atmosférica, es la presencia en el aire de toda materia o energía en cualquiera de sus estados físicos y formas, que al incorporarse o actuar en la atmósfera altera o modifica su composición y condición natural.

En el caso de las ciudades mexicanas sobre las cuales existe algún tipo de inventario de emisiones o en las que se monitorea la calidad del aire, la principal sustancia contaminante en términos de su volumen es el monóxido de carbono (CO), entre otras emisiones contaminantes de la atmósfera, adicionalmente, la contaminación atmosférica no reconoce fronteras, por lo que su mitigación obliga a la cooperación solidaria entre los estados de la república incluida la Ciudad de México.

El Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista por medio del presente punto de acuerdo externa su preocupación por las condiciones ambientales que registra la Ciudad de México, que han generado que se active la Fase 1 de la Contingencia Ambiental, situación que no se había presentado en casi 14 años.

Hace 14 años que los niveles de ozono en la Ciudad de México no habían alcanzado niveles extremos en la Ciudad de México. Ayer los niveles contaminantes alcanzaron 194 puntos IMECA, por lo que la Comisión Ambiental de la Megalópolis se vio obligada a activar la Fase 1 de Contingencia Ambiental tras 48 horas de mala calidad del aire.

Se trata de la primera contingencia desde 2002 por este tipo de contaminante. El 18 de septiembre de ese año los niveles de ozono alcanzaron 232 puntos IMECA, índice que mide la calidad del aire, por lo que la entonces Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal reforzó la vigilancia ambiental, recomendó suspender actividades al aire libre y activó el programa Hoy No Circula de las 5:00 a las 22:00 horas.

El 14 de marzo de 2016, según reportan distintos medios de comunicación, entre los que se encuentra el diario Milenio, se dijo que “... la contaminación que ha afectado a la Ciudad de México en los últimos cuatro días prevalece por la mala calidad del aire y que las condiciones meteorológicas actuales dificultan la dispersión de los contaminantes”.

En ese orden de ideas el boletín de fecha 14 de marzo del presente año, señala que “siendo las veinte horas, la  Comisión ambiental de la Megalópolis decidió mantener la fase uno de la contingencia ambiental debido a los altos índices de ozono”. Debido a esta medida, el martes 15 de marzo de 2016, no pudieron circular en un horario de 05:00 a 22:00 horas, vehículos con hologramas de verificación 1 y 2, aquellos que tienen permisos para circular y vehículos con placas de circulación de número impar adicionales a las restricciones de actividades al aire libre. La misma medida se extendió al miércoles 16 de marzo, pero la restricción se aplicó a los vehículos con engomado rojo, y con terminación de placas 3 y 4.

Si bien los principales factores que explican la magnitud y características de la contaminación atmosférica en el Valle de México son de naturaleza antropogénica, lo cierto es que existen también algunos de orden natural que la agudizan y que dificultan los esfuerzos para enfrentarla y los programas para prevenirla y controlarla, es importante adecuar las políticas públicas a los tiempos actuales.

Los esfuerzos gubernamentales más sistemáticos para enfrentar y resolver la contaminación atmosférica iniciaron a fines de los años setenta, cuando el gobierno del Distrito Federal publicó, en 1979, el Programa Coordinado para Mejorar la Calidad del Aire en el Valle de México, que evolucionó a través del tiempo hasta que en 1996 hizo su aparición el denominado Programa para Mejorar la Calidad del Aire en el Valle de México 1995- 2000.

Posteriormente  surge el ahora denominado programa “Hoy no circula” cuyo objetivo, según se puede constatar en la página oficial de la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, es “...establecer medidas aplicables a la circulación vehicular de fuentes móviles o vehículos automotores, con el objetivo de prevenir, minimizar y controlar la emisión de contaminantes provenientes de fuentes móviles que circulan en el Distrito Federal, sea cual fuere el origen de las placas y/o matrícula del vehículo, mediante la limitación de su circulación”.

Este viejo esquema estratégico fue planteado por la autoridad mismo que ha persistido, en términos generales, hasta la actualidad, cuyo escenario geográfico se ha ido ampliando, aplicándose en todo el territorio de la Ciudad de México y en el Estado de México (18 municipios conurbanos): Atizapán de Zaragoza, Coacalco, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Huixquilucan, Ixtapaluca, La Paz, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Chicoloapan, Nicolás Romero, Tecámac, Tlalnepantla de Baz, Tultitlán y Chalco.

Para finalizar, es necesario reconocer que una parte significativa de los esfuerzos para lograr a futuro mayores avances en el combate a la contaminación del aire deberá centrarse no sólo en el “Programa Hoy No circula”, sino particularmente en la articulación de políticas públicas en materia de desarrollo urbano, transporte y medio ambiente.

Entre las ideas que planteamos es que con el propio criterio de la Suprema Corte de Justicia se pueda mejorar la circulación vehicular en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, también es urgente replantear los sistemas para mejorar la verificación vehicular evitando la corrupción que hace que muchos vehículos que no deberían circular puedan hacerlo.

En la zona metropolitana de la Ciudad de México convergen 5 cuencas atmosféricas, que debido a los vientos que corren en direcciones contrarias, complican el control de la contaminación atmosférica, a pesar de que hay 32 estaciones de monitoreo operadas por la Ciudad de México, se necesita que la administración megalopolitana en materia de calidad del aire se optimice.

Esto es algo sobre lo que el Partido Verde Ecologista de México ha insistido, en las áreas correspondientes de la Ciudad de México para que replanteen las medidas aplicadas hasta la fecha contra la contaminación ambiental en virtud de que la realidad nos muestra que ya están superadas y no están funcionando.

Por lo anteriormente expuesto las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México sometemos a consideración de esta Asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México a través de la Comisión Ambiental de la Megalópolis para definir medidas más estrictas a fin de mejorar la calidad del aire y proteger la salud de más de 20 millones de personas en el Valle de México.

Nota:

1 Jordano Fraga, Jesús, La protección del derecho a un medio ambiente adecuado, Barcelona, J. M. Bosch Editor, 1995, pp. 78-81.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los17 días del mes de marzo de 2016.— Diputado Jesús Sesma Suárez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



CENTRAL DE ABASTOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA QUE DIFUNDA LAS ACCIONES QUE LLEVA A CABO PARA HACER CUMPLIR EL RESPETO A LA LEGALIDAD EN SU INTERIOR

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Coordinación General de la Central de Abasto de la Ciudad de México a difundir las acciones llevadas a cabo para hacer cumplir ahí la legalidad, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal, Norma Xochitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Lo anterior, en atención a las siguientes:

Consideraciones

La central de abasto fue creada en la década de los setenta, como respuesta a la demanda de un mercado principal de mayor capacidad en la ciudad; hasta ese entonces, La Merced era el único centro de comercio y ya en esa época no respondía a las necesidades de las y los asistentes; por el contrario, el espacio físico que ocupa y la creciente demanda de consumidores, ocasionaban congestionamientos vehiculares y retraso en la carga y descarga de los productos.

En la actualidad, la Central de Abasto es administrada por Coordinación General de la Central de Abasto, cuya misión es: “Contribuir a la satisfacción de las necesidades alimenticias de los habitantes de la Ciudad de México, realizando programas de abasto alimentario, así como mejorar la comercialización de productos de consumo generalizado en beneficio económico de los consumidores, comerciantes y distribuidores que concurren en la Central de Abasto”. Lo anterior, de acuerdo a lo estipulado en el “Aviso por el que se da a conocer el Manual Administrativo de la Secretaría de Desarrollo Económico”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del día 21 de agosto de 2015.

Las atribuciones de la Coordinación se encuentran dispuestas en el artículo 32 Septies del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, de entre las cuales destacan:

• Coordinar, normar y supervisar la operación y funcionamiento de la Central;

• Elaborar y expedir normas administrativas para la eficaz operación y funcionamiento de la Central;

• Vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas de la Ciudad de México, aplicables en la Central;

• Autorizar las cesiones definitivas, temporales, totales y parciales, respecto de los derechos de aprovechamiento, consignados en los convenios de adhesión de los participantes del Fideicomiso para la Construcción y Operación de la Central de Abasto de la Ciudad de México;

• Establecer un sistema de orientación, información y quejas de la Central;

• Otorgar permisos y concesiones para la eficaz operación y funcionamiento de la Central, así como revocarlos de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;

• Ejercer los actos jurídicos relativos a la Central, en representación de la Administración Pública Local;

• Autorizar los giros comerciales a que se destinen los locales, bodegas, terrenos y espacios de la Central; y

• Administrar y operar la zona de andenes, subasta y productos de la Central de Abasto.

De igual manera, en el Aviso descrito se estipulan los procedimientos a seguir al interior de la Central, por ejemplo, la asignación de derechos de uso y aprovechamiento de bodegas, locales, terrenos, estacionamientos y espacios comerciales del Mercado de Flores y Hortalizas; la cesión definitiva de derechos de uso y aprovechamiento de bodegas, locales, terrenos y estacionamientos o la cesión temporal de derechos de aprovechamiento de bodegas, locales, terrenos y estacionamientos en la Central de Abasto; mismos que se definen en cuanto a la unidad administrativa que implementa, la descripción de la actividad y el tiempo de respuesta de la autoridad.

No siendo óbice a lo anterior, bodegueros, locatarios y productores, de manera sistemática han venido informando que al interior de la Central de Abasto, ocurren diversas ilegalidades e irregularidades en detrimento de su patrimonio y de su integridad física.

Comentaron que personas denominadas “coyotes”, los amedrentan, extorsionan y agreden física y verbalmente para permitirles llevar a cabo su trabajo.

Comentan que un grupo bien organizado se encarga de amedrentar, intimidar y cobrarles, en promedio de $500.00 y $4,500.00 diarios para permitirles la venta de sus productos, orillándolos a buscar nuevos lugares para vender o incluso hacerlo en la vía pública, en las inmediaciones de la central.

Aunado a lo anterior, ha incrementado el número de quejas de locatarios que fueron desplazados del lugar que les había sido asignado para el desempeño de su labor, ya que éstos fueron reasignados de manera arbitraria a los “coyotes”, quienes impiden el comercio y solicitan dinero y parte de su producción, para permitir las labores diarias.

Los reclamos se extienden en cada una de las áreas de la Central, por ejemplo, reportan que para hacer uso del estacionamiento, deben hacer un pago de $50.00 por hora, además tienen que realizar pagos diarios adicionales para tener acceso a electricidad y agua, mientras que las autoridades niegan que se deban realizar pagos diferentes a los realizados en Tesorería.

También se acusó que a los vendedores foráneos se les exige entre $100.00 y $1,000.00 por derecho de piso para acceder a las instalaciones, mencionan: “Siempre se ha cobrado, pero antes se hacía un sólo pago para todo el día, ahora es por hora y la verdad es mucho porque nosotros estamos aquí todo el día, desde las tres de la mañana”.

Denunciaron que ante la negativa por cubrir dichos pagos ilegales, la administración de la Central permitió la instalación de mallas ciclónicas para controlar o impedir el acceso; cuestionada al respecto, la lideresa de los “coyotes” respondió que los locatarios “quieren que todo les salga gratis” y mantuvo que el único pago que debe hacerse es por $81.00 ante la Tesorería.

Agregaron los locatarios que tienen la sospecha de que el incendio recientemente ocurrido en la Central, fue provocado por los “coyotes”, en represalia a la negativa de pagar; asimismo, declararon que el cuerpo de bomberos que se encontraba de planta en la Central, fue reemplazado por personal carente de experiencia, lo que representa un peligro inminente para trabajadores y visitantes.

Además, de acuerdo con las quejas de las y los usuarios, se ha evidenciado cobros arbitrarios por diversos servicios, como el de estacionamiento para visitantes, donde se tiene que pagar de manera obligatoria, cuando menos la cantidad de $5.00, sin que se expida un boleto que acredite el depósito del automóvil; y que al interior de la Central se debe pagar por el uso del sanitario, la cantidad de $6.00, aunado a los reportes del incremento de la comisión delictuosa al interior de la Central.

Al respecto, es importante conocer qué medidas ha adoptado la autoridad de la Central de Abasto, a efecto de salvaguardar la legalidad de todo y cuanto ocurre al interior de la misma, facultad que le fue conferida de manera expresa de acuerdo a lo estipulado en el reglamento; asimismo, qué medidas se han adoptado para respetar las asignaciones de locales y cómo se ha evitado la presencia de intermediarios que lucran bajo el amparo de las autoridades omisas.

No se trata de un tema menor, ya que son muchas las denuncias sobre la constante comisión de delitos al interior de la Central, actos que van en detrimento del correcto funcionamiento de uno de los mercados más importantes de la Ciudad, que tiene como objetivo la comercialización de productos de consumo generalizado en beneficio económico de los consumidores, comerciantes y distribuidores.

Otro aspecto importante a resaltar es la cantidad de recursos económicos que son recaudados por diversas actividades ilícitas al interior de la Central, no se tiene claro si los recursos económicos ingresan a la Tesorería de la Ciudad de México o se queda en los bolsillos de los intermediarios, de nueva cuenta, en complicidad de la autoridad omisa. Hay que tener en cuenta que al día, alrededor de 300 mil personas y cerca de 52 mil vehículos asisten a la Central, lo cual importa una enorme recaudación de recursos de procedencia ilícita, por el pago que se ven obligados a realizar los trabajadores y visitantes.

Para ésta soberanía es preocupante la inactividad de las autoridades de la Central, que pudiera derivar en el encubrimiento de acciones tipificadas como delito, aunado a lo anterior, es necesario conocer qué medidas se llevan a cabo para evitar extorsiones, violaciones a los procedimientos de asignación de locales y, en general, que lo que ocurra al interior de la central, se apegue a la legalidad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita al coordinador general de la Central de Abasto de la Ciudad de México, difunda lo concerniente, sobre las acciones que lleva a cabo a efecto de hacer cumplir con sus obligaciones legales, particularmente por lo que hace al respeto de la legalidad en materia de extorsiones y lesiones; asimismo, sobre las acciones tendientes a hacer valer los procedimientos de asignación de locales; ambas al interior de la central de abasto.

Dado en el recinto legislativo de San Lázaro, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil dieciséis.— Diputada Norma Xochitl Hernández Colín (rúbrica).»

Se remite a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.



HAGA PÚBLICO EL AVANCE DEL PROCESO DE HOMOLOGACIÓN DE TRANSPARENCIA CON LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Veracruz a difundir la información financiera del cuarto trimestre de 2015; y al Congreso local, a hacer público el avance del proceso de homologación con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Mirza Flores Gómez, diputada federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XIX, 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Plan Nacional de Desarrollo considera que la tarea del progreso y del crecimiento corresponde a todos los actores, todos los sectores y todas las personas del país. Indica que el desarrollo no es deber de un solo actor, ni siquiera de uno tan central como lo es el estado y concluye diciendo que el crecimiento surge del impulso de abajo hacia arriba, cuando cada persona, empresa y actor de nuestra sociedad son capaces de lograr su mayor contribución.

El cumplimiento de ese Plan Nacional de Desarrollo se ha visto según el gobierno federal limitado en el 2015, por la Crisis Mundial provocada por diversos factores que repercutieron en nuestro País y por lo cual nuestro gobierno tuvo que hacer ajustes al gasto público para preservar la estabilidad macroeconómica, fiscal y financiera del país.

Ante la situación financiera y económica descrita anteriormente, Gobiernos como el de Veracruz el pasado 7 de julio de 2015, en la Gaceta Oficial Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicó los Lineamientos Generales que Establecen las Políticas del Ejercicio del Presupuesto, Modernización de la Gestión Administrativa y Austeridad del Gasto Público para los Ejercicios Fiscales 2015 y 2016.

En dichos Lineamientos se destacó que el ejercicio del gasto se ajustaría a las partidas y montos autorizados en el presupuesto anual calendarizado según el techo presupuestal aprobado a cada una de las Dependencias y Entidades salvo las adecuaciones que aprobará el Secretario de Finanzas y Planeación.

No obstante lo descrito anteriormente, la evolución del gasto del Gobierno del Estado de Veracruz durante el año 2015 no fue posible consultarla ya que la información publicada en el portal de la Secretaría de Finanzas y Planeación, en su apartado Transparencia, Fracción XVII se presenta con fecha de corte Septiembre de ese mismo ejercicio.

Esa situación incumple lo dispuesto en el art. 51 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental que señala que; “La información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso”.

En ese sentido, a la fecha, el Gobierno de Veracruz debió haber publicado la información del Gasto Público al 4to trimestre (diciembre de 2015) lo que limita el derecho de acceso a la información de la sociedad veracruzana e interesados en general, e impide conocer la evolución de las finanzas públicas de un estado que adolece de transparencia y rendición de cuentas.

Lo anterior, reafirma lo descrito por el Colectivo por la Transparencia que en meses pasados había expresado que “a menos de dos meses para que se cumpla el plazo constitucional para que las entidades armonicen sus normas de transparencia conforme a la ley general en la materia, sólo seis estados habían acatado el mandato”; donde Veracruz no es uno de esos seis estados.

Es de llamar la atención que al mes de Septiembre de 2015, los ingresos recaudados por el estado de Veracruz ascendían a 80,381.7 millones de pesos de los cuales 72,369.8 millones de pesos correspondían a Participaciones y Aportaciones Federales. Por su parte, ese Gobierno ya había reconocido gastos como devengados por un total de 71,255.2 millones de pesos pero solamente había pagado 67,786.5 millones de pesos, esto es, por siempre operación aritmética, que 12,595.2 millones de pesos estarían disponibles para su uso.

Finalmente, ese reporte señalaba que existía a esa fecha gastos pendientes de ejercer por 35,111.0 millones de pesos cifra no menor si consideramos que al cierre del 2015, el estado sólo recibió 7,651.3 millones de pesos por concepto de Participaciones y Aportaciones Federales y por consecuencia incumpliría con la sociedad en su encomienda de lograr bienestar.

En resumen, estimadas compañeras y compañeros Legisladores, lo que en medios de comunicación hemos escuchado que viven Entidades como la Universidad Veracruzana o los justos reclamos de Proveedores que solicitan ya una figura como el FOBAPROA para se les cubra los adeudos por bienes y servicios que han prestado a esa administración estatal, serán tan sólo unos de muchos ejemplos que en próximos días se acrecentarán al ir conociendo las cifras de la Cuenta Pública 2015 del Estado de Veracruz.

Es tiempo de decir que en Veracruz no existe un buen gobierno que vele por los intereses de la mayoría; y a la par, decir que los argumentos que justifican el déficit presupuestario aquí señalado deban ser creíbles, ya que a todas luces no benefician a todos los veracruzanos.

Señor gobernador, respetuosamente le digo que no es creíble que la situación precaria del estado se justifique por dar prioridad a transferencias al resto del sector público veracruzano ( gasto por las transferencias destinadas a entes públicos que no forman parte del Presupuesto de Egresos)por 6,978.7 millones de pesos o por las ayudas sociales que ha incrementaron en 1,905.4 millones de pesos en comparación a lo asignado para el mismo concepto en el 2014, ni que por ello se justifique el incremento de la Deuda Pública en 2015 por 4,524.8 millones de pesos con respecto del año 2014.

Es claro el desequilibrio en las finanzas públicas de un estado como el de Veracruz y muy lejos están las declaraciones públicas que usted Señor Gobernador emitió al inicio de su mandato donde describía a la entidad que gobierna como una de las que más aporta para el desarrollo del país, que más contribuye al producto interno bruto nacional, y como aquella que se destaca por su capacidad económica, su fuerza laboral y su privilegiada zona económica. Hoy la sociedad veracruzana le pide transparencia y rendición de cuentas y que no la límite en su derecho de acceso a la información pública.

En virtud de lo aquí expuesto, pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al gobernador constitucional del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Javier Duarte de Ochoa a fin de que haga pública la información financiera trimestral del cuarto trimestre de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Segundo.Se exhorta respetuosamente al Congreso del estado de Veracruz para que haga público el avance del proceso de homologación de su normativa de transparencia, con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 17 de marzo de 2016.— Diputada Mirza Flores Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



MODIFICAR LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL FONDO DE APOYO A MIGRANTES, Y SE CONSIDERE LA INCLUSIÓN DE LAS 32 ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL PRESENTE EJERCICIO FISCAL

«Proposición con punto de acuerdo, por el que exhorta a la SHCP a modificar los lineamientos para la operación del Fondo de Apoyo a Migrantes y considerar la inclusión de las 32 entidades federativas en el presente ejercicio fiscal, suscrita por integrantes de la Comisión de Asuntos Migratorios

El que suscribe, diputado Gonzalo Guízar Valladares, presidente de la Comisión de Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso  de la Unión, en nombre propio y de las diputadas y diputados integrantes de ésta, con fundamento en lo dispuesto por en los artículos 38 numeral 1, fracción III, 79, numeral 2, 269, numeral 1, 270, numeral 1, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía proposición de punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que se modifiquen los Lineamientos de Operación del Fondo de Apoyo a Migrantes, a efecto de considerar dentro del presupuesto asignado en el presente ejercicio fiscal a las 32 entidades federativas.

Consideraciones

México es un país cuyo fenómeno migratorio muestra características particulares. Su vecindad y extensa frontera con una de las potencias económicas más importante del mundo, ha propiciado tradicionalmente un flujo de personas mexicanas y provenientes de Centroamérica, hacia ese país en busca de mejores oportunidades de vida e incluso de mera sobrevivencia, así como la generación de redes migratorias familiares permanentes.

La realidad a que se enfrentan estas personas migrantes, ha estado marcada, sobre todo en las últimas décadas, por la percepción de algunos grupos sociales en Estados Unidos, de que en particular los migrantes mexicanos constituyen una amenaza cultural, política, económica y social.

La migración en México es un tema relevante para la economía mexicana, entre otras cosas, por los ingresos que representan para millones de familias en forma de remesas y por el impacto que las mismas tienen en el sostenimiento de sus familias, el impacto es sus comunidades de origen y el mantenimiento de las variables macroeconómicas del país que le permiten tener finanzas sanas.

Los ingresos recibidos de la migración se han convertido en fuente imprescindible de recursos para México. Datos del Banco de México indican que las remesas sumaron en 2015 un total de 24,791 mdd, superior a los 18,524 mdd que México percibió en el año por exportaciones petroleras. (Anexo 1).

Es momento de reforzar los vínculos entre las comunidades de origen y destino de la migración mexicana en provecho del bienestar familiar y del desarrollo regional y nacional. El reconocimiento a las aportaciones de los migrantes debe traducirse en políticas que promuevan la creación de condiciones favorables para atraer esos recursos a proyectos productivos que beneficien a las familias que los reciben y, a la vez, impacten en el desarrollo.

Con estos objetivos se han diseñado en la última década programas de promoción económica y desarrollo comunitario, a fin de brindar opciones para el mejor aprovechamiento de las remesas que envían nuestros connacionales a sus familias, de manera que incidan no sólo en su sostenimiento, sino también en una mejor calidad de vida y en sus comunidades.

El artículo 56 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, estableció por primera vez el Fondo de Apoyo al Migrante (FAM) con el objetivo de apoyar a los trabajadores migrantes en retorno y a las familias que reciben remesas, para que puedan encontrar ocupación en el mercado formal, cuenten con opciones de autoempleo, generen ingresos y mejoren su capital humano y vivienda.

La población objetivo del FAM está integrada por los trabajadores migrantes en retorno y las familias que reciben o recibieron remesas durante el ejercicio fiscal anterior o el que esté en curso.

La puesta en marcha del FAM ha resultado un catalizador que contribuye a detonar los proyectos productivos en las comunidades de origen de nuestros connacionales, fortaleciendo la inversión productiva que se ha traducido en el bienestar de la población.

El 30 de abril de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Especial de Migración 2014-2018 (PEM), documento base para la instrumentación de una política de Estado en la materia, con un enfoque de atención integral y adecuada gobernanza de las distintas dimensiones de la migración en México como país de origen, tránsito, destino y retorno.

El PEM establece que para hacer cambio al paradigma gubernamental sobre el fenómeno migratorio y consolidar una política migratoria, orienta al desarrollo de la comunidad y al bienestar de los migrantes y sus familias.

Asimismo hace mención a la importancia del fortalecimiento de los vínculos de los emigrados con sus familias y comunidades de origen que contribuyen a fomentar dinámicas más efectivas para aprovechar sus activos en beneficio del desarrollo nacional que permiten aprovechar el capital humano y financiero de los migrantes de retorno, mediante acciones de certificación de competencias y apoyos para la reinserción laboral, el emprendimiento y la inversión.

Otro los desafíos en las políticas para migrantes, es generar acciones de corresponsabilidad que fomenten una visión de desarrollo social de las personas migrantes, sus familias y comunidades.

Por eso uno de los objetivos del PEM es contribuir a la definición y articulación de una política de Estado en materia migratoria, con un enfoque de integralidad, que hace necesario alinear los objetivos, estrategias y líneas de acción del PEM con los de las dependencias y entidades de la administración pública, y que sean considerados en los programas presupuestarios.

El FAM es considerado dentro del PEM un programa central para la atención del fenómeno migratorio, ya que es un esquema de financiamiento para los migrantes que desean crear o fortalecer proyectos productivos en México.

Durante el ejercicio fiscal 2015 el FAM, dependiente de la SHCP, dispuso de 300 mdp, como el subsidio federal que se ha aportado a 24 entidades federativas para llevar acciones de capacitación, emprendimientos productivos, mejorar la vivienda y ayudar a familias que reciben remesas y a migrantes en retorno.

Actualmente ocho entidades de la República Mexicanas se encuentran excluidas del FAM: Baja California Sur, Colima, Tlaxcala, Chiapas, Morelos, Tabasco, Campeche y Quintana Roo. Resulta indispensable considerar a las 32 entidades federativas dentro del fondo, debido a que hoy en día el tema de migrantes retornados es un fenómeno latente visible en todas.

Es importante destacar como se muestra en el Anexo 2, que algunos estados no incluidos en el Fondo reciben más remesas familiares que otros ya existentes en el FAM, tal es el caso de:

• Chiapas que en el último trimestre recibió 160 mdd, 50% más que lo recibido por Sonora o Coahuila.

• Morelos que recibió 143 mdd, 40% más que esos dos estados.

• Estados muy pequeños en extensión y población como Colima y Tlaxcala recibieron en el último trimestre julio-septiembre 2015, 55 y 63 mdd, respectivamente.

• En menor escala Tabasco y Quintana Roo, recibieron 34 y 31 mdd, respectivamente.

No se cuenta con datos exactos de migrantes retornados. La Secretaria de Gobernación, señala que en el periodo enero-septiembre 2015 arrojaron un total de 155,159 repatriados desde Estados Unidos, que retornan a su Entidad de Origen (Anexo 3).

Hasta 2015 el FAM ha favorecido con recursos a los municipios con los más altos índices migratorios y mayor marginación en México,  llegando incluso a cubrir poblaciones de las zonas fronterizas y áreas metropolitanas de las principales ciudades, y beneficiando a miles de migrantes retornados y familias receptoras de remesas. Sin embargo, dicho esfuerzo ha resultado insuficiente.

En el presente ejercicio fiscal el FAM cuenta con una asignación de 300 mdp, es imprescindible que las 32 Entidades Federativas cuenten con una partida presupuestal que les permita estar en condiciones de atender a los trabajadores migrantes en retorno, y a las familias que reciben remesas para que encuentren en sus localidades mejores oportunidades., generando de esta manera un impacto positivo en la población. Conjuntemos esfuerzos para proporcionarles las herramientas necesarias que les permitan mejorar sus condiciones de vida. Hagamos que México sea un verdadero país de retorno.

Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que se modifiquen los Lineamientos para la Operación del Fondo de Apoyo a Migrantes, a efecto de considerar dentro del presupuesto asignado para el presente ejercicio fiscal a las 32 entidades federativas.

Anexo 1

Anexo 2

Anexo 3

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputados: Gonzalo Guízar Valladares, presidente; Salomón Majul González, Modesta Fuentes Alonso, Felipe Reyes Álvarez, Miguel Alva y Alva, Cynthia Gissel García Soberanes, Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela, Enrique Zamora Morlet (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



CREAR UNA COMISIÓN CONJUNTA QUE ADMINISTRE Y RESCATE LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL (PATRIMONIO VIVO)

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Secretaría de Cultura, la SEP, el INAH y la CDI a crear una comisión conjunta que administre y salvaguarde el patrimonio cultural inmaterial, o vivo, a cargo del diputado Antonio Tarek Abdala Saad, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Antonio Tarek Abdala Saad, diputado federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6o., numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las diversas representaciones, expresiones y conocimientos que pasan de generación en generación, se denotan como elementos imprescindibles para la formación de la identidad de los pueblos, de las comunidades, así como de la propia gente.

Con ello, nos permite a todos ubicar lo que bien conocemos como parte patrimonial o bienes patrimoniales que se refiere esencialmente a la representación de dicha imagen mediante un amplio bagaje de vestigios físicos, pero esto no lo es todo, también nuestras costumbres, tradiciones, prácticas, lenguajes y festividades entre otros tan sólo por citar algunos ejemplos, forman parte de nuestro patrimonio, forman parte de nuestro Patrimonio Cultural Inmaterial.

Sin embargo, paradójicamente la existencia de todo este patrimonio depende de la propia gente mediante el respeto hacia estos espacios de expresión además del reconocimiento de su origen como parte del entorno cultural y de la vida diaria.

El respeto dirigido a tales expresiones depende esencialmente de la voluntad de las personas < que en principio es inmaterial > y posteriormente se transmite mediante expresiones vividas (aspecto también señalado por la UNESCO en su declaración de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial).

Decir que la identidad de un pueblo va más allá de una simple cosmovisión es basar esta perspectiva en los nexos que se tienen entre formas de vida, de las relaciones sociales, de la formación de sus territorialidades, de la transformación y evolución de sus sociedades, etcétera.

En este sentido, para preservar y enriquecer el Patrimonio Cultural Inmaterial de un pueblo es necesario fortalecer los lazos de sus habitantes bajo la clara idea de arraigar en los mismos el sentido de pertenencia y protección de sus lazos originarios.

No obstante, cabe señalar que dichas acciones por sí mismas no pueden lograr este objetivo inmediato, es requisito obligado contar con los mecanismos materiales y financieros para lograr su sana reproducción y mejoría.

Económicamente falta garantizar que toda estrategia para tan noble fin base su preservación y fortalecimiento mediante un esquema permanente de atención y que sea vigilante de su exacta aplicación.

Para tal fin, es pertinente buscar la creación de un organismo plural integrado por especialistas con capacidades plenas para la atención y respectiva asesoría en materia de Patrimonio Cultural Inmaterial y cuya función esté basada a la política de cooperación internacional encaminada a salvaguardar el patrimonio vivo de la Nación.

Ahondando al respecto, señalamos los siguientes:

Considerandos

I. Que en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que: toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas las manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.

II. Que en el artículo 2o. de nuestra Constitución Política se reconoce la composición pluricultural de México, que nos da identidad ante el mundo y que se sustenta originalmente en sus pueblos indígenas que ya habitaban este territorio a la llegada de los europeos.

III. Que en el mismo artículo se reconoce el derecho de los pueblos indígenas de México a preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad.

IV. Asimismo, el Estado mexicano se compromete a impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación de las comunidades. Para esto se asignarán fondos específicos.

V. También el Estado mexicano deberá definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la Nación.

VI. Que el Estado mexicano firmó y ratifico la Convención del año 2003, para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial propuesta por la UNESCO y que a partir de esta Convención se han realizado 8 declaratorias de Patrimonio Mundial de diversos elementos y manifestaciones culturales de México, así como de mejores prácticas para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.

VII. Que el decreto que entró en vigor en abril de 2006 representa la adhesión del Estado mexicano a la Convención mediante la cual se promoverán los mecanismos legales y los programas para salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial o intangible de nuestro país y que si bien ya existen algunos ordenamientos jurídicos que cubren parcialmente estos fines (desde el artículo 2º de nuestra Constitución Política, hasta la Ley General de los Desarrollos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas), no hay uno específico para proteger esta parte tan vulnerable del Patrimonio Cultural de México.

VIII. Que como antecede, ya existe un Fondo Federal de apoyo a las Ciudades de México Declaradas por la UNESCO como Patrimonio Mundial, el cual se debe administrar conjuntamente para reforzar lo realizado por cada una de las Instituciones y lograr el avance en la preservación de nuestro Patrimonio Vivo.

IX. Que nuestra diversidad creativa es un patrimonio de la humanidad y que nuestro país cuenta con un invaluable Patrimonio Cultural vivo en los sostenedores de la cultura de los pueblos indígenas y de creadores populares, donde se vive una contradicción entre bajos índices de los indicadores económicos y de servicios de la calidad de vida y una gran riqueza patrimonial cultural y natural en los pueblos y regiones indígenas.

X. Que el Patrimonio Cultural Inmaterial es sin duda un gran activo para impulsar el desarrollo de pueblos y regiones indígenas y campesinas si se respeta el derecho a la práctica cultural propia y se promueve un diálogo intercultural respetuoso y efectivo. México es una potencia en Patrimonio Cultural Vivo y Veracruz es referencia mundial en la preservación del Patrimonio. Ejemplo de ello es que Papantla es el municipio mexicano con más patrimonio reconocidos por la UNESCO: el Centro de las Artes Indígenas (2012), la Ceremonia Ritual de Voladores (2009) y la zona arqueológica de El Tajín (1992).

Por la antes expuesto, sometemos a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Para quedar como sigue:

Único. La Honorable Cámara de Diputados hace un exhorto respetuoso a los titulares de la Secretaria de Cultura , Secretaría de Educación, INAH y CDI, para que basado en las facultades que les confiere su cargo, coordinen las acciones conducentes para que se creé una Comisión conjunta que administre y rescate la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial (patrimonio vivo), con base a los elementos y manifestaciones declaradas como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO, consideradas tanto en la lista Representativa del Patrimonio Mundial como en el Registro de las Mejores Prácticas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los quince días del mes de marzo de 2016.— Diputado Antonio Tarek Abdala Saad (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.



ENTIDADES FEDERATIVAS, PARA QUE EN SUS PROYECTOS DE OBRA PÚBLICA CONTEMPLEN LA CREACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS PARA ANIMALES DE COMPAÑÍA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos locales a considerar en sus proyectos de obra pública la creación de espacios públicos para animales de compañía, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

1. El bienestar animal, según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación debe advertir las necesidades de los animales, con la finalidad de desarrollar una comprensión objetiva del bienestar animal.

2.Una de las necesidades que los seres humanos tenemos que cumplir para con los animales es el de la tenencia responsable de los animales de compañía, principio básico del bienestar animal que implica el deber de los dueños de proporcionar cuidado suficiente y adecuado a todos sus animales y su descendencia, según lo ha señalado la Coalición Internacional para el Manejo de Animales de Compañía. Ese deber de cuidado exige a los dueños proporcionar los recursos necesarios a un animal para que mantenga un nivel aceptable de salud y bienestar en su ambiente, además de la obligación de minimizar el riesgo potencial que su animal pueda representar para otros animales o personas, obligaciones que se extienden en colaboración con las instituciones del Estado que se encargan de atender y normar lo relacionado con los animales de compañía.

3.La presencia de población canina en nuestro país, genera problemas de salud y convivencia social, debido a que no se atienden los estándares de bienestar animal recomendados internacionalmente, lamentablemente un alto porcentaje de los animales de compañía en el país no cuentan con el bienestar necesario debido a la falta de cultura de respeto a los animales; para mejorar la convivencia social, es necesario proponer políticas públicas que brinden una atención integral para el manejo de los animales de compañía.

4.Diversos gobiernos locales han desarrollado acciones para dotar de instrumentos y espacios que justo fomentan una convivencia social basada en el respeto de los animales de compañía y crean espacios para que las personas puedan convivir con ellos de una manera responsable. Entre esos instrumentos destacan los espacios públicos confinados que han tenido experiencias exitosas en diversas partes de nuestro país, por citar algunos ejemplos destaco los siguientes:

a. En mayo de 2011 fue construido el Parque Metropolitano del Bicentenario, en Toluca, estado de México, el cual cuenta con chapoteadero, túneles, rampas, obstáculos y sanitarios caninos, donde las familias pueden convivir en armonía con sus animales de compañía en un terreno de 22.5 hectáreas; para ello se realizó una inversión de 130 millones de pesos.

b.En julio de 2014 se inauguró el parque para perros dentro de las instalaciones del parque Morelos en Tijuana, dirigido a fomentar la tenencia responsable de los animales.

c.El parque Rufino Tamayo para perros en Nuevo León, cuenta con un área donde se realizan exposiciones y concursos, tiene montículos de piedras para trepar, un kiosco y juegos.

d.En el Distrito Federal existen diversos espacios exclusivos para perros, como el parque México de la colonia Condesa que fue inaugurado en marzo de 2015; en estos espacios púbicos se explican los mecanismos para combatir la sobrepoblación y los graves problemas que ello conlleva, con lo cual se fomenta una convencía social de responsabilidad y de  cuidado de los animales de compañía; otro más es el Parque Lázaro Cárdenas, en la colonia Doctores, que cuenta con 400 metros cuadrados de confinamiento, arena, juegos, agua para que beban y bancas para que los dueños puedan monitorear a sus animales de compañía sin la necesidad de correa.

5.Estos espacios públicos han demostrado ser una herramienta que fomenta una aceptable convivencia social y el bienestar de los animales de compañía, de tal manera que se fomenta una actitud de corresponsabilidad social en la población.

6.Por las razones expuestas, la creación de parques en espacios públicos, para la orientación en el cuidado de los animales de compañía, convivencia social, así como todas las acciones que conlleven a fomentar una cultura de respeto y de tenencia responsable de los mismos por parte de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, será una muestra de asumir la responsabilidad del Estado para abordar un tema que transforma la cultura de nuestra sociedad en el trato hacia los animales.

Por lo expuesto, se somete a la consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas a que en sus proyectos de obra pública contemplen la creación de espacios públicos para animales de compañía, instrumentando las acciones necesarias para alcanzar el bienestar animal en el marco de las atribuciones y obligaciones que les competen en materia de cuidado animal.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión exhorta respetuosamente a las Secretaría de Salud y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales establezca una coordinación efectiva con los gobiernos de las entidades federativas para dar cumplimiento al resolutivo primero del presente acuerdo.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 17 de marzo de 2016.— Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica)»

Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



PRONUNCIE SOBRE EL DERECHO QUE PREVALECE EN LA TERCERA SECCIÓN DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC, LOCALIZADA EN UN ÁREA DE VALOR AMBIENTAL Y EN SU CASO, EJERZA LA FACULTAD DE ATRACCIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCJN a pronunciarse sobre el derecho prevaleciente en la tercera sección del bosque de Chapultepec, localizada en un área de valor ambiental; y, en su caso, ejercer la facultad de atracción, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Jesús Sesma Suárez, Lorena Corona Valdés, Lia Limón García, Arturo Álvarez Angli y Alma Lucía Arzaluz Alonso, diputados de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso  de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

El Bosque de Chapultepec es el bosque urbano de mayor extensión en América Latina, es considerado el pulmón verde más importante de la Ciudad de México ya que representa el 52% de las áreas verdes, contando con una superficie total de 686.018 hectáreas en sus tres secciones: i) 274.0864 hectáreas en la Primera Sección, ii) 168.0326 hectáreas en la Segunda Sección; y iii) 243.9041 hectáreas en la Tercera Sección.

El 13 de septiembre de 1974 se inauguró la Tercera Sección del Bosque de Chapultepec y en 1992 fue decretada área natural protegida de jurisdicción local, bajo la categoría de zona sujeta a conservación ecológica.

En esta Sección el Eucalipto, Fresno y Cedro blanco, ocupan el 68% del total de especies registradas. La mayor riqueza y abundancia relativa de vertebrados se localiza en esta sección.

De las 243.9041 hectáreas que comprende su superficie, 143.81 corresponden a Barrancas Dolores y 33.9994 a Bosque Rústico.

Entre los servicios ambientales que proporcionan los recursos naturales de la Tercera Sección del Bosque de Chapultepec para la Ciudad de México, destacan la regulación de la temperatura y de la humedad, el control del ruido, la recarga de mantos acuíferos y la captura de los contaminantes.

Los terrenos ocupados por la denominada Tercera Sección del Bosque de Chapultepec y las depresiones aledañas, ubicados en la jurisdicción de la Delegación Miguel Hidalgo, representan, por sus características biogeomorfológicas y climáticas un reducto natural por la abundancia de su cobertura vegetal.

Derivado de ello, el 8 de junio de 1992, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto Expropiatorio del presidente de la República donde establece una superficie de 85 hectáreas como zona prioritaria de preservación y conservación del equilibrio ecológico y se declara área natural protegida, bajo la categoría de zona sujeta a conservación ecológica. Por lo tanto, dicha superficie es un área que requiere la protección, conservación, mejoramiento, preservación y restauración de sus condiciones ambientales.

En dicha superficie de 85 hectáreas quedó comprendido un inmueble con una superficie de cuatro mil 799 metros cuadrados localizado en Montes Apalaches 525, colonia Lomas de Chapultepec, Sección Virreyes, delegación Miguel Hidalgo.

El 3 de junio de 1999, Inmobiliaria Trepi solicitó al gobierno del Distrito Federal la reversión de ese inmueble, argumentando que no se había cumplido con la causa de utilidad pública del Decreto Expropiatorio de 1992.

Ante esto, el gobierno del Distrito Federal respondió a la inmobiliaria que la causa de utilidad sí se había cumplido, puesto que la superficie en cuestión se conservaba como área verde y negó la reversión solicitada.

Por lo anterior, Inmobiliaria Trepi interpuso un juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del DF, a efecto de que se declarara la nulidad de la negativa por parte del Gobierno del Distrito Federal respecto de la reversión. Petición que en 2002, fue resuelta en sentido de declarar nula la negativa del Gobierno del Distrito Federal.

La Sala Superior del mismo Tribunal confirmó la sentencia argumentando que no se había acreditado el cumplimiento de la causa de utilidad pública del Decreto Expropiatorio; por lo que ordenó al gobierno del Distrito Federal , emitiera una nueva respuesta.

Ante el incumplimiento del Gobierno del Distrito Federal, en el año 2007, Inmobiliaria Trepi promovió amparo ante el juez 4o. de Distrito en Materia Administrativa (expediente 1321/2007) que concedió el amparo, mismo que confirmó el 6º Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, conminando a la Administración capitalina, dar cumplimiento de la resolución judicial.

Después de varios requerimientos del Juzgado 4º de Distrito, el Gobierno del Distrito Federal llevó a cabo la reversión y entrega física a Inmobiliaria Trepi del predio de cuatro mil 799 metros cuadrados, lo que sucedió el 12 de noviembre de 2012.

El 15 de noviembre de 2015 el juez 4o. de Distrito en materia administrativa ordenó a las autoridades de la Ciudad de México dar cumplimiento totalal amparo otorgado a la Inmobiliaria Trepi.

En cumplimiento a lo anterior, la Dirección General de Vigilancia Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México instaló una malla ciclónica en el predio para delimitar el área, el pasado 26 de enero.

A la fecha, la resolución judicial sigue pendiente de cumplimiento por parte de las autoridades de la Ciudad de México.

La reversión del inmueble localizado en Montes Apalaches 525, significará la pérdida de un área verde de cerca de cinco mil metros cuadrados de la Tercera Sección del Bosque de Chapultepec, lo cual resulta inadmisible por el valor ambiental que representa.

Asimismo, la reversión del inmueble citado con anterioridad, resulta grave si consideramos que se trata de un predio ubicado en un área de valor ambiental, la cual se define como áreas verdes en donde los ambientes originales han sido modificados por las actividades antropogénicas y que requieren ser restauradas o preservadas, en función de que aún mantienen ciertas características biofísicas y escénicas, las cuales les permiten contribuir a mantener la calidad ambiental de la Ciudad de México.

Además, la naturaleza de los suelos de la Tercera Sección del Bosque de Chapultepec y de las depresiones aledañas, ha hecho factible un eficiente sistema de captación y escurrimiento de agua de lluvia, por lo que, si bien no son zonas de recarga directa, sí están constituidas como zonas de captación y conducción del agua de lluvia precipitada, misma que, aguas abajo, participa importantemente en la recarga de mantos acuíferos, extendiendo, mediante ello, la influencia ambiental, que producida en las citadas depresiones, trasciende hasta el fondo del Valle de México.

El medio ambiente, como elemento indispensable para la conservación de la especie humana, tiene un carácter colectivo y, por lo tanto, se trata de un bien público cuyo disfrute o daños no sólo afectan a una persona, sino a la comunidad en general. Por lo cual, su defensa y titularidad debe ser reconocida en lo individual y en lo colectivo.

El derecho al medio ambiente se incluyó por primera vez en nuestro sistema jurídico en 1999, en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), el cual señalaba que “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”.

El 8 de febrero de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma el párrafo quinto y se adiciona un párrafo sexto al artículo 4 de la CPEUM, para quedar el párrafo quinto como sigue:

.”... Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a ese derecho.El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de los dispuesto por la ley...”

El alcance individual y colectivo del derecho humano de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, como lo establece hoy la CPEUM, es el resultado de un proceso en el que tanto a nivel global como en México, se ha venido reconociendo a los elementos de la naturaleza como bienes jurídicamente tutelados, por si mismos: la biodiversidad, especies de flora y fauna, el agua, la atmósfera, ecosistemas de alto valor como los bosques y las selvas.

Es necesario reconocer el valor tangible e intangible que el entorno ambiental provee a los seres humanos y que inciden en su calidad de vida, protegiendo tanto a las generaciones presentes como las generaciones futuras.

La relevancia del derecho al medio ambiente sano radica en que éste es un derecho que abre la puerta hacia el ejercicio de otros derechos como el derecho a la salud y a un nivel de vida adecuado.

Por su parte, el derecho de la propiedad privada es un derecho fundamental; sin embargo, el Poder Constituyente lo delimita fijando su contenido, a fin de garantizar otros bienes o valores constitucionales, como el bien común o el respeto al ejercicio de los derechos de los demás integrantes de la sociedad, en este sentido la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentó jurisprudencia, la cual establece:

Época: Novena Época

Registro: 175498

Instancia: Pleno

Tipo de Tesis: Jurisprudencia

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo XXIII, Marzo de 2006

Materia(s): Constitucional

Tesis: P./J. 37/2006

Página: 1481

Propiedad privada. El derecho relativo está limitado por su función social.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 14, 16 y principalmente el 27, reconoce como derecho fundamental el de la propiedad privada; sin embargo, lo delimita fijando su contenido, a fin de garantizar otros bienes o valores constitucionales, como el bien común o el respeto al ejercicio de los derechos de los demás integrantes de la sociedad. Luego, tratándose de aquel derecho, la Constitución Federal lo limita a su función social, toda vez que conforme al indicado artículo 27, el Estado puede imponer modalidades a la propiedad privada por causas de interés público o bien, podrá ser objeto de expropiación por causas de utilidad pública y, por tanto, es ella la que delimita el derecho de propiedad en aras del interés colectivo, por lo que no es oponible frente a la colectividad sino que, por el contrario, en caso de ser necesario debe privilegiarse a esta última sobre el derecho de propiedad privada del individuo, en los términos que dispone expresamente la Norma Fundamental.

Acción de inconstitucionalidad 18/2004. Diputados integrantes de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Colima. 24 de noviembre de 2005. Mayoría de nueve votos. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz y José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretaria: Laura García Velasco.

El Tribunal Pleno, el dieciséis de febrero en curso, aprobó, con el número 37/2006, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a dieciséis de febrero de dos mil seis.

Ante una colisión de derechos resulta imprescindible que nuestro máximo órgano jurisdiccional se pronuncie, porque el  interés y trascendencia del asunto lo ameritan.

En consecuencia, se estima necesaria la intervención de nuestro máximo órgano jurisdiccional en el conocimiento del caso por tratarse de la posible pérdida de un predio ubicado en un área de valor ambiental y por la importancia que representan los servicios ambientales que proporcionan los recursos naturales de la Tercera Sección del Bosque de Chapultepec para la Ciudad de México.

Lo anterior con el propósito de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con pleno respeto al principio de división de poderes, se pronuncie respecto de qué derecho prevalece si el derecho de propiedad o el derecho humano a un medio ambiente sano.

Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados exhorta, con pleno respeto al principio de división de poderes, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que se pronuncie  respecto de qué derecho prevalece si el derecho de propiedad o el derecho humano a un medio ambiente sano, respecto al juicio seguido con relación a un área verde con una superficie de 4 mil 799 metros cuadrados de la Tercera Sección del Bosque de Chapultepec, localizada en un área de valor ambiental, en Montes Apalaches 525, colonia. Lomas de Chapultepec, Sección Virreyes, delegación Miguel Hidalgo y, en su caso, ejerza la facultad de atracción.

Notas:

1 Indicadores sobre el derecho a un medio ambiente sano en México. Vol. 1. Colección Indicadores de Derechos Humanos. Oficina del Alto Comisionado. México, 2012. Pág. 58.

2 El Derecho Humano al Medio Ambiente en México, Diana Ponce Nava, consultado en: http://ceja.org.mx/IMG/El_Derecho_Humano_ al_Medio_Ambiente_en_Mexico.pdf

Dado en la sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, durante el segundo periodo del primer año de ejercicio de la LXIII Legislatura, a los 17 días del mes de marzo de 2016.— Diputados: Jesús Sesma Suárez, Lorena Corona Valdés, Lía Limón García, Arturo Álvarez Angli, Alma Lucía Arzaluz Alonso (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



GOBERNADOR DEL ESTADO DE HIDALGO, A CUMPLIR LA RECOMENDACIÓN 45/2014, EMITIDA POR LA CNDH EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2014

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Hidalgo a cumplir la recomendación número 45/2014, emitida por la CNDH el 30 de septiembre de 2014, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Norma Xochitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con puntos de acuerdo, en atención de las siguientes

Consideraciones

El 28 de enero de 2012 se registró a las afueras de la empresa Motor Coach Industries (MCI) –antes Dina Nacional–, de Ciudad Sahagún, un enfrentamiento entre personal de resguardo y ex trabajadores encabezados por su ex líder y ahora asesor jurídico, Artemio Vázquez Peña. A decir de las autoridades de Hidalgo, en la riña murió por herida de bala el ex trabajador José Matilde Cotonieto, cuyo cuerpo estaba a 50 metros de la entrada de la planta.

Al lugar arribaron elementos de seguridad pública quienes, según consta en la extensa investigación realizada por la CNDH, extrajeron de bóveda de la empresa, en la cual se había guarecido junto con sus hijos y empleados de confianza, el empresario Manuel Samuel Castro Mercado, representante de la empresa Pacific International Development, procediendo a detenerlo para trasladarlo a Pachuca, cuyas autoridades no tenían jurisdicción del caso por haberse cometido en un municipio distinto.

Castro Mercado fue mantenido incomunicado por más de ocho horas, iniciándose así toda una serie de abusos y anomalías que viciaron de origen el proceso por el cual lleva cuatro años privado de su libertad, acusado por la procuraduría hidalguense de haber sido él quien dio muerte al ex trabajador.

La integración de la averiguación por la Procuraduría de Justicia de Hidalgo adoleció de graves fallas, como comprobó la CNDH, como tráfico de influencias y abusos perpetrados por ministerios púbicos, policías y el médico legista asignado a la integración de la necropsia de ley.

Además, como hasta la fecha ocurre, las autoridades no han podido ubicar ni en el tiempo ni en el espacio la presencia del empresario en el lugar de la riña

Las pruebas periciales señalan con precisión que el occiso presentaba un tatuaje de pólvora que al decir de los expertos en la materia, se produce cuando un disparo se realiza a no más de 20 centímetros de distancia, lo que anula cualquier hipótesis de que la bala que le cegó la vida provino de la planta, por la distancia en que, al decir de las autoridades, se encontraba.

Con antelación a que la ONG nacional emitiera su recomendación a las autoridades judiciales de Hidalgo, la propia Comisión de Derechos Humanos de la Entidad (CDEH) consideró que las fallas en el proceso acusatorio por el delito de homicidio contra Manuel Samuel Castro Mercado, eran razón suficiente para emitir la recomendación VGJ-0426-12.

La ONG local constató, por ejemplo, que uno de los acusados no tuvo abogado en sus declaraciones iniciales porque este se negó a protestar el cargo, permitiendo las autoridades que se atentará contra las garantías constitucionales del procesado.

Tras su detención, Castro Mercado fue sometido a tortura psicológica por los elementos de la procuraduría local y se le interrogó, bajo presión, también sin la presencia de un abogado, dilatando su presentación por más de ocho horas.

Lo anterior es violatorio del artículo 45 de la Ley de Seguridad Pública de Hidalgo, que obliga a que los detenidos sean puestos a disposición del Ministerio Público sin demora, obligando a las autoridades a cumplir los protocolos de investigación, cadena de custodia, y la preservación del lugar de los hechos para el levantamiento de indicios y huellas.

La CNDH no únicamente consideró sin sustento el hecho de que el presunto responsable fuera trasladado a Pachuca cuando los hechos ocurrieron en Ciudad Sahagún, donde el Ministerio Público de esta localidad había iniciado ya la investigación respectiva.

La ONG señaló en su recomendación que los agentes del ministerio público que siguieron el caso, omitieron realizar las debidas diligencias para acreditar la probable responsabilidad que se le imputa a Manuel Samuel Castro Mercado y demás indiciados en el caso. “No se ordenó la práctica de pruebas como lo es el dictamen de balística comparativa, la pericial en materia de química forense de rastreo hemático en el lugar de la investigación o la reconstrucción de los hechos”, apuntó la CNDH.

Ante las pruebas y anomalías recabadas, la CNDH, presidida por Raúl Plascencia Villanueva, recomienda a la Procuraduría General de Justicia y a la Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo, que determinen la posible responsabilidad penal de los servidores públicos involucrados en los hechos que se consignan en este caso, señalando como probables responsables a los policías que realizan el arresto e investigación: Marco Antonio López López, Miguel Espejel Huerta, Jorge Luis Cadena Vite, y los ministerios públicos, Roberto Carlos López Mercado y Juan Francisco Chávez Vázquez, lo mismo que al médico legista que realizó la necropsia, José Juan Manuel Ruiz Sanchez.

El 30 de septiembre de 2014, la ONG nacional dirige la recomendación 45/2015 al gobernador José Francisco Olvera Ruiz, pero igual que la emitida por la ONG local, es desechada para meses después ser aceptada por el Ejecutivo hidalguense, el 19 de marzo de 2015, en que el secretario de Gobierno, Salvador Elguero Molina, envía el oficio número SG/55/2015, al procurador de Justicia, Alejandro Straffon, sin que hasta la fecha se reintegre el estado de derecho en favor del empresario detenido.

Más grave resulta que al ser cuestionado por los medios (La Jornada, 3 de febrero, sección Estados), el gobernador Olvera niegue siquiera estar enterado de la recomendación de la CNDH. “Nadie me ha notificado nada”, se ha atrevido a señalar, lo que demuestra el grado de desinterés y simulación que su gobierno mantiene con las observaciones contenidas en la recomendación de la ONG nacional.

Por lo fundado y expuesto me permito someter a la elevada consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al gobernador de Hidalgo, José Francisco Olvera Ruiz, haga público su cumplimiento referente a lo dispuesto en la recomendación 45/2015, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y a hacer públicas las razones por las que se ha negado a investigar y castigar a los responsables de esta alteración del proceso judicial descrito.

Segundo.Se exhorta al estado de Hidalgo a actuar en el marco de la ley y con independencia absoluta del Ejecutivo local en el juicio que se ventila por la presunta culpabilidad del empresario Manuel Samuel Castro Mercado y que ha violentado sus derechos humanos y constitucionales.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputada Norma Xochitl Hernández Colín (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



CUMPLA CON EL RESOLUTIVO DICTADO POR EL SEGUNDO JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, RELATIVO AL PAGO DEL FONDO DE AHORRO CAMPESINO (PAGO A EX BRACEROS)

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a cumplir por la SHCP el resolutivo dictado por el Segundo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México relativo al pago del Fondo de Ahorro Campesino, pago a ex braceros, a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXIII Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79 fracción II, numeral 2, fracciones I, II y III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que cumpla a la brevedad posible con el resolutivo dictado por la Jueza Paula María García Villegas, titular del Segundo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación, en la Ciudad de México, en materia de pago correspondiente al fondo de ahorro campesino (pago a exbraceros).

Exposición de Motivos

En días recientes se ha dado a conocer el resolutivo que obliga al gobierno federal a hacer el pago correspondiente al Fondo de Ahorro Campesino, mismo que equivale al 10 por ciento del salario percibido como ex braceros, con el fin de darles un beneficio como trabajadores en los Estados Unidos durante el periodo 1942-1964.

Dicho resolutivo fue dictado por la jueza Paula María García Villegas, titular del Segundo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación, en la Ciudad de México.

Cabe señalar que esta difícil situación por la que pasan poco más de 9 mil ex trabajadores migrantes a los Estados Unidos durante los años 1942 a 1964, se ha convertido en una tortuosa carrera contra el tiempo para quienes aún viven en espera de ser correspondidos por el compromiso adquirido con el gobierno federal o bien en una muy desagradable experiencia al ser testigos del cómo el Estado mismo es quien aun sigue “jineteando” o hace perdidizo el recurso ahorrado por estas personas ex migrantes.

Es necesario aclarar que todas estas personas fueron contratadas de manera legal y se pudo constatar la validez en tiempo y forma de los trámites y requisitos necesarios para formar parte del programa que creara el Fondo de Ahorro Campesino, en beneficio de los trabajadores braceros de aquella época.

De esta manera, la transferencia de recursos aportados por las empresas contratantes de aquella nación americana se hizo conforme a los acuerdos firmados el día 4 de agosto de 1942 entre nuestro país y el país vecino del norte, sin embargo, la entrega de los ahorros en el Banco de Crédito Agrícola de México bajo estos propósitos, nunca se llevo a cabo a cabalidad debido a un sinfín de argucias utilizadas para no hacer efectivo este compromiso.

La pérdida de este ahorro, producto de la mano de obra de miles de mexicanos trabajadores en los Estados Unidos, dedicados al campo así como para la industria ferroviaria y el trabajo en minas, como parte de la demanda compensatoria de  producción frente a las necesidades generadas por la participación estadounidense en la Segunda Guerra Mundial, hasta la fecha es un misterio, pues es increíble que como principal pretexto para el no pago de estos fondos se tenga la pérdida de documentales oficiales y de acreditación por consecuencias del terremoto de 1985 en la Ciudad de México.

A la fecha se espera el pago de 38 mil pesos por persona bajo el concepto de ahorro, de los cuales 34 mil pesos corresponden al pago del ahorro como tal y 4 mil pesos por concepto de exhibición anual.

No está por demás comentar que los cálculos de la deuda hacia los ex trabajadores migrantes contemplan cerca de 5 billones de pesos ya convertidos a moneda nacional, donde hay que aclarar que el pago de 38 mil pesos por persona sólo es una ínfima parte de lo que realmente fue generado por casi 5 millones de personas contratadas legalmente para los fines antes señalados.

Es de recordar que en 2012 en esta Cámara de Diputados, durante la LXI legislatura, se pudo dar un avance significativo en cuanto al pago señalado, hubo buena disposición por parte del Ejecutivo federal y una vez más se logro establecer el acuerdo y los lineamientos para hacer efectivo el pago,  pero debido a cuestiones de orden administrativo y burocrático no fue posible concluir con el programa y las gestiones se han tenido que seguir realizando prácticamente desde cero.

Hoy día con la resolución obtenida por la jueza Paula María García Villegas, se abre la posibilidad de cumplir con las demandas y sus derechos como ex trabajadores a pesar de poco más de cincuenta años de lucha y exigencia para hacer cumplir al Estado con ellos.

En virtud de lo aquí expuesto, me permito presentar ante esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al gobierno federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que cumpla a la brevedad posible con el resolutivo dictado por la jueza Paula María García Villegas, titular del Segundo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación, en la Ciudad de México, en materia de pago correspondiente al fondo de ahorro campesino (pago a exbraceros), del día 7 de marzo del presente año.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



COORDINEN ACCIONES QUE PERMITAN LA PROTECCIÓN DE LOS TURISTAS QUE VISITAN EL PUERTO DE ACAPULCO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Seguridad, Capufe, la Profeco, y las Secretarías de Seguridad Pública, y de Turismo de Guerrero a coordinar acciones para proteger a quienes visitan Acapulco, a cargo del diputado Ricardo Taja Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Ricardo Taja Ramírez, diputado federal de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Acapulco es un destino eminentemente turístico, una industria sin chimeneas, que sigue siendo atractivo para miles de turistas a nivel nacional. El 70% del Producto Interno Bruto en el Estado de Guerrero, proviene del sector turístico.

La importancia ha llevado a que se preocupen los Gobiernos Municipales por contar con Playas Limpias y con una infraestructura turística conservada, que si bien es antigua, aún se sigue manteniendo y tiene precios bajos en comparación de otros destinos turísticos a nivel nacional.

El llamado triángulo del sol, está conformado por Acapulco, Taxco y Zihuatanejo, los tres reciben miles de turistas; en Taxco primordialmente visitantes del estado de México y Ciudad de México, en Zihuatanejo reciben visitantes de Michoacán y por su aeropuerto del Estados Unidos y Ciudad de México y en Acapulco llegan turistas de toda la República y el mundo.

Caminos y puentes federales debe mantener la autopista del sol en las mejores condiciones, sin corte de tramos por reparación, con descuentos en temporadas vacacionales, Policía Federal activa vigilando en los kilómetros de la autopista, más aún en los parajes solitarios, con servicio de ángeles verdes que asistan a los conductores con autos averiados y regulando la actividad de los mecánicos que circulan en sus autos buscando clientes y en muchas ocasiones venden caros sus servicios.

La ampliación de cuatro carriles de Acapulco hacia Pie de la Cuesta, detona la actividad turística en la zona, del otro lado en Punta Diamante y Barra Vieja, están en construcción varias obras de enfoque turístico de primer nivel.

La Procuraduría Federal del Consumidor debe vigilar que no existan cobros excesivos en bares, discotecas, restaurantes y un sin número de lugares que ofrecen diversión a turistas.

Cierto es que existen problemas de seguridad pública, lo cual afecta la visión de los municipios de Guerrero, sin embargo, la protección al turista es real y completa. La vida nocturna de Acapulco en playas, bares y discotecas debe estar acompañada de la vigilancia policiaca al 100%. Deben reforzarse los recorridos de vigilancia, las cámaras de vigilancia deben funcionar y todos los prestadores de servicio están obligados a dar la mejor atención a los turistas.

Recordemos la compra de plata en Taxco, el recorrido por las Grutas de Cacahuamilpa, las playas de Ixtapa-Zihuatanejo y las de Acapulco, junto con sus lagunas, son visitadas obligadas para turistas de todos los rincones.

Son muchas las personas que aún no conocen Acapulco y otros lo visitan cada puente vacacional, incluso muchos tienen casas o raíces que los unen al Puerto.

La oferta hotelera es amplía, la diversificación de la diversión también lo es, tiene precios accesibles, recorridos por sus playas en yate, lanchas o motos acuáticas.

Es urgente que las Instituciones de Gobierno que se encargan del sector turístico, apoyen al Triángulo del Sol, en especial a Acapulco por recibir más número de visitantes.

Acapulco está vivo, es importante que los tres niveles de Gobierno se avoquen a la recuperación, mantenimiento y fortalecimiento del Puerto.

Es por lo expuesto, que elevo a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de

Punto de Acuerdo

Único.  Se exhorta a la Comisión Nacional de Seguridad, a Caminos y Puentes Federales (Capufe), a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), a la Secretaría de Seguridad Pública y de Turismo de Guerrero, para que coordinen acciones que permitan la protección de los turistas, en la temporada de semana santa en el Triángulo del sol, con especial atención a los que visitan Acapulco.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputado Ricardo Taja Ramírez (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



FORTALECER LOS CONTENIDOS CURRICULARES DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS DE LA MATERIA DE CIVISMO EN LOS DIFERENTES NIVELES DE EDUCACIÓN BÁSICA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a fortalecer los contenidos curriculares de los planes y programas de estudio de civismo en los diferentes niveles de educación básica, a cargo de la diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, integrante del Grupo Parlamentario del PRD en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Para toda sociedad,  la educación se constituye como uno de los pilares de su desarrollo y crecimiento, está se va adquiriendo desde las primeras etapas de la vida de las persona, siendo la familia el espacio primigenio, en donde los valores y principios que rigen a la sociedad, se conocen y reproducen. Es, a partir de la imitación e impulso a actitudes sancionadas positivamente o inhibidas, en que las personas aprenden el comportamiento en sociedad.

Un segundo, momento central para el fortalecimiento de los valores y principios para la sana convivencia de las personas en sociedad, se da en la escuela. Está tiene la responsabilidad de fortalecer y potenciar el respeto a los demás, así como de dimensionar a que las personas se reconozcan como parte de una sociedad, la cual también cuenta con normas, valores y principios necesarios para su reproducción y funcionamiento.

Estas normas y principios generales, los encontramos contenidos en el Artículo Tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales son: el amor a la patria; el respeto a los derechos humanos; la conciencia de la solidaridad internacional en cuanto a la justicia y a la soberanía y la autodeterminación de los pueblos. De la misma forma este artículo, establece que la educación que imparta el Estado, contribuirá a la mejor convivencia humana, fortaleciendo el aprecio y la diversidad cultural; la dignidad de las personas; la integridad de las familias; los ideales de fraternidad e igualdad de derecho de todos; evitará los privilegios de razas, religión, grupos, sexos e individuos.

A fin de cumplir este propósito, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Educación Pública, determina los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria, y normal para toda la República, tomando en cuenta la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y sectores sociales involucrados en la educación.

Por su parte, la Ley General de Educación, precisa los contenidos educativos que impartirán el Estado y los particulares, con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Entre las cuales, se encuentra: el fortalecimiento a la conciencia de nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios, y las instituciones nacionales; la valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas regiones del país; el conocimiento y la práctica de la democracia; la promoción de la justicia, la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos, la cultura de la legalidad, de la paz y la no violencia, así como el conocimiento de los derechos humanos; pretende desarrollar actitudes solidarias entre los individuos; inculcar la valoración de la protección y conservación del medio ambiente.

Conforme a esta ley, corresponde a la Secretaría de Educación Pública, determinar los panes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, secundaria, la normal y, demás para la formación de maestros de educación básica.

Para dar cumplimiento a esta disposición, la Secretaría de Educación Pública, cuenta dentro de la Subsecretaría de Educación Básica, con la Dirección General de Desarrollo Curricular, la cual tiene como objetivo, diseñar, elaborar, dar seguimiento y evaluación a los Planes y Programas de estudio de educación inicial, especial y básica, su articulación curricular y pedagógica.

Con este propósito la SEP emitió en el año del 2011, el Acuerdo 592, el cual establece los criterios para la articulación de la educación básica como requisito para el cumplimiento del perfil del egresado en los niveles preescolar, primaria y secundaria. Este Acuerdo organiza el Plan y los programas de estudio correspondientes a estos niveles educativos, los cuales son aplicables y obligatorios en los Estados Unidos Mexicanos; están orientados al desarrollo de competencias de las niñas, niños y adolescentes mexicanos, definiendo los Estándares Curriculares y, los aprendizajes esperados en estos niveles educativos.

El plan de estudios, reconoce la equidad lingüística, social, cultural, de capacidades; sus contenidos se orientan hacia el desarrollo de actitudes, prácticas y valores sustentados en los principios de la democracia, el respeto a la legalidad, la igualdad, la libertad con responsabilidad, la participación, el diálogo, la búsqueda de acuerdos, la tolerancia, la inclusión y la pluralidad.

Conforme a estos ejes, el mapa curricular de la Educación Básica, considera un campo de formación denominado “Desarrollo Personal y para la Convivencia”, el cual a través de los subcampos “desarrollo personal y social” en preescolar; “formación cívica y ética” en primaria y, segundo y tercero de secundaria. Con los contenidos de este campo, se pretende que los estudiantes aprendan a actuar con juicio crítico a favor de la democracia, la libertad, la paz, el respeto a las personas, a la legalidad y los derechos humanos.

Sin embargo, pese a la profundidad de los contenidos curriculares en la educación básica sobre los principios fundamentales del respeto entre las personas, las diversidades, el respeto a la ley y los derechos humanos; nuestros niños, niñas y jóvenes, cada vez más, manifiestan diversas formas de violencia: de género, física, sexual psicológica; discriminación por género, apariencia física, preferencias sexuales, cultural, entre otros. Esta circunstancia, puede contribuir a configurar a una sociedad conflictiva proclive a la reproducción de la violencia.

La “Encuesta de cohesión social para la prevención de la violencia y la delincuencia”, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía INEGI en el año 2014, señala que el 32.2% de jóvenes entre 12 y 18 años han sido víctimas de acoso escolar.

El estudio “Violencia escolar: Apoyo comunitario como propuesta de prevención”, realizado por la Secretaria de Seguridad Pública del Gobierno Federal en el año del 2012, señala la identificación y crecimiento de diversos tipos de violencia: 11% de los estudiantes de primaria han amenazado o robado a un compañero; en secundaria el 7%. En sexto grado de primaria el 40.24% ha sido víctima de robo; insultos o amenazas, 25.35%, y golpeados 16.75%.

Por su parte, el “Informe Nacional sobre Violencia de Género en la Educación Básica en México”, realizado por la UNICEF y la Secretaria de Educación Pública, en el año del 2009, señala  que el 90% de las y los alumnos que cursan entre sexto grado de primaria y tercero de secundaria han sufrido alguna agresión por parte de alguno de sus compañeros.

Este estudio, propone un conjunto de acciones para dar respuesta a la problemática identificada: hacer frente a problemas y dificultades a los que se enfrentan mujeres y hombres en el ámbito escolar; dotar de herramientas a los varones para construir una visión de género que rompa con estereotipos; generar una cultura escolar de no violencia con la participación de todos; capacitar a docentes en temas de aplicación práctica en las aulas con los temas de derechos de niñas y niños, prevención de la violencia de género y bulling así como de estrategias para abordar el tema de la equidad en las actividades coordinadas; enriquecer los libros de texto para omitir el lenguaje androcéntrico, los contenidos sexistas, estereotipados y discriminatorios; enriquecer los contenidos con lenguaje incluyente que visualice a mujeres y hombres por igual; implementar educación sexual para hacer frente a algunos prejuicios de género, estableciendo programas escolares que contrarresten los prejuicios respecto a la sexualidad, con contenidos que prevengan la violencia sexual física y psicológica; e incluso riesgos por no tener una educación sexual adecuada; establecer acciones a favor de la no discriminación por la apariencia física, la manera de vestir, orientación sexual; incorporar acciones que favorezcan el reconocimiento y respeto de la pluralidad cultural, presente en territorio mexicano. Estas acciones tienen que tener como base el respeto a las diferencias, la no discriminación, así como información suficiente sobre las culturas de los pueblos indígenas con el fin de promover el reconocimiento mutuo que existe entre las culturas.

Para hacer frente a este reto de la sociedad mexicana, la escuela se constituye como un espacio central para incidir en las actitudes y construcción de valores propicios para la convivencia humana, sin suponer que la escuela, por sí misma transformará esta violenta situación prevaleciente en la sociedad.

La información anotada, nos señala la necesidad urgente de reforzar los contenidos curriculares de la Educación Básica así como de la formación docente, para la prevención de las diferentes formas de violencia y desarrollar entre los escolares, principios básicos de respeto entre las personas y de identidad nacional con nuestro país.

Por lo anterior, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Educación Pública a fortalecer e intensificar los contenidos curriculares de los planes y programas de estudios de la materia de civismo en los diferentes niveles de educación básica.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo del 2016.— Diputada Tania Arguijo Herrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



PERMISOS ADMINISTRATIVOS TEMPORALES REVOCABLES A DIVERSAS EMPRESAS PARA LA OPERACIÓN DE PARQUÍMETROS DURANTE LOS AÑOS 2012, 2013, 2014 Y 2015, EN DIVERSAS DEMARCACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Ciudad de México a investigar respecto a la ejecución y los aspectos legales relacionados con el programa Ecoparq y los permisos administrativos temporales revocables de diversas empresas para operar parquímetros durante el periodo 2012-2015 en diversas demarcaciones, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe diputada federal, Norma Xochitl Hernández Colín integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo. Lo anterior, en atención de las siguientes

Consideraciones

En términos generales, la situación de saturación vehicular y el uso excesivo de vialidades, provocan desgaste del mobiliario e infraestructura urbanos, aunado a lo anterior, la gran mayoría de las obras en esta y otras materias no son consultadas ni cuentan con un consenso social o vecinal que abone en la relación entre administración pública y ciudadanía; además de que el impacto generado por las obras, no necesariamente corresponde a la satisfacción de alguna necesidad en concreto.

Es un hecho que la movilidad es un tema muy importante que se encuentra íntimamente relacionado con la productividad y el desempeño social, esto afecta gravemente la calidad de vida de prácticamente la totalidad de los habitantes de la hoy Ciudad de México y de los casi dos millones de personas que desde el Estado de México, Morelos, Hidalgo, principalmente, acuden habitualmente por diversos motivos, ya sea de trabajo, estudio, atención médica, recreación, deporte, comercio, por mencionar sólo algunos casos; de ellos una gran parte se traslada en vehículos particulares hacia las zonas centrales de la ciudad dónde se concentran los servicios y centros de empleo, por supuesto los propios habitantes de la metrópoli en últimas décadas han migrado hacia la periferia y municipios conurbados, provocando nuevos fenómenos en los patrones de movilidad y desplazamiento.

El Fimevic, Fideicomiso para el Mejoramiento de las Vías de Comunicación, estima que en la zona metropolitana se realizan poco más de 4.2 millones de viajes diarios, de los cuales coinciden en espacio y tiempo poco más de 33 por ciento.

Con la finalidad de organizar mejor estos flujos, las disposiciones de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, que son de utilidad pública e interés general, establecen en su artículo 2° fracción II el establecimiento, mejoramiento y uso adecuado de las áreas de tránsito peatonal y vehicular conforme a la jerarquía de movilidad, que por lógica contempla el uso de la vía pública utilizada para estacionar vehículos automotores, cuyo uso temporal y racional forma parte importante de la movilidad.

Uno de los elementos fundamentales para proporcionar orden, junto con la constante mejora del servicio de transporte público, es el uso adecuado del espacio público para estacionarse en las zonas de la ciudad en que se han instalado parquímetros para, con ello, tratar de propiciar un uso racional del transporte privado.

La política de movilidad se ha visto empañada por la falta de transparencia en varios órdenes, como la rendición de cuentas relacionada a la aplicación de recursos, obras inconclusas o ineficientes, lejanas de las necesidades reales de las poblaciones vecinas, así como subejercicios, es decir, recursos sin aplicar por un monto superior a los 121 millones de pesos, como se puede conocer en la información pública en el portal de internet de Transparencia de Ecoparq.

Lo anterior ha generado en amplios sectores de la ciudadanía, la idea de que son acciones meramente recaudatorias y no funcionales para mejorar la seguridad y calidad de vida de los habitantes de toda la ciudad.

Por ello, junto a la transparencia, rendición de cuentas y destino cierto de los recursos, se propone que mediante el eficaz funcionamiento de las juntas vecinales, debe mejorarse el servicio de vigilancia, elevar el nivel de eficiencia operacional de los parquímetros aplicando nuevas técnicas de la información mediante la implementación de medidas de control que eviten actos de corrupción y la extorsión a los ciudadanos en los procedimientos de verificación del pago y las sanciones por multas, así como la concurrencia vecinal en la aplicación de los recursos destinados para el mejoramiento de las zonas donde se han instalado parquímetros, que, dicho de paso, han privatizado el espacio público sin que los afectados vean los beneficios prometidos, que debieran cuando menos ascender a 30 por ciento de lo recaudado.

Es por lo expuesto y fundado que someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión, exhorta a la Auditoría Superior de la Ciudad de México, para que en uso de sus atribuciones legales, realice una investigación y de forma paritaria haga público todo lo concerniente a los años 2012, 2013, 2014 y 2015, respecto de la operación y aspectos legales relacionados con el Programa Ecoparq y los permisos administrativos temporales revocables a las empresas: Operadora de Estacionamientos Bicentenario, SA de CV, Movilidad y Parqueo, SA de CV, Mojo Real Estate, SA de CV, Nueva Generación de Estacionamientos, SA de CV, Proyectos Estratégicos en Estacionamientos y Parquímetros, SA de CV, así como a la concesión otorgada a la empresa Operadora de Estacionamientos Viales, SA de CV para la operación de programas de parquímetros en las delegaciones Benito Juárez, Cuauhtémoc, Álvaro Obregón, Miguel Hidalgo o cualquier otra involucrada en la prestación del servicio de parquímetros y otros aspectos relativos, así como la asignación de contratos para las obras de mejoramiento del espacio público detalladas como parte de la contraprestación de los recursos generados por el programa, y que dicha asignación sea aplicada bajo el esquema de presupuesto participativo en 100 por ciento.

Dado en el recinto legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputada Norma Xochitl Hernández Colín (rúbrica).»

Se remite a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.



DIFUNDAN LAS ACCIONES CONJUNTAS QUE IMPLEMENTARÁN PARA MEJORAR LA CALIDAD DEL AIRE EN LA CIUDAD DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y el jefe del gobierno de la Ciudad de México a difundir las acciones conjuntas por implantar para mejorar la calidad del aire en la capital, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Mirza Flores Gómez, diputada federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XX, 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea, el siguiente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

“Estamos en este mundo para convivir en armonía. Quienes lo saben no luchan entre sí”.

Buda Gautama

El Objetivo 11, Ciudades y comunidades sostenibles, de la ONU, precisa que más de la mitad de la población mundial vive hoy en zonas urbanas y que para el 2050, esa cifra habrá aumentado a 6,500 millones de personas, dos tercios de la humanidad.

Señala que no será posible lograr un desarrollo sostenible sin transformar radicalmente la forma en que construimos y administramos los espacios urbanos.

Ahonda que el rápido crecimiento de las urbes en el mundo en desarrollo, en conjunto con el aumento de la migración del campo a la cuidad, ha provocado un incremento explosivo de las megaurbes. En 1990, había 10 ciudades con más de 10 millones de habitantes en el mundo. En 2014, la cifra había aumentado a 28, donde viven en total cerca de 453 millones de personas.

En consecuencia, la extrema pobreza suele concentrarse en los espacios urbanos y los gobiernos nacionales y municipales luchen por absorber el aumento demográfico en estas áreas.

Exponiendo así que la mejora de la seguridad y la sostenibilidad de las ciudades implica garantizar el acceso a viviendas seguras y asequibles y el mejoramiento de los asentamientos marginales, y también incluye realizar inversiones en transporte público, crear áreas públicas verdes y mejorar la planificación y gestión urbana de manera que sea participativa e inclusiva.

Destacando por igual que no hay país en el mundo que no sea testigo directo de los dramáticos efectos del cambio climático, en las que las emisiones de gases de efecto invernadero continúan aumentando y hoy son un 50% superior al nivel de 1990.

Por otra parte, en su Objetivo 13, Acción climática, la ONU enfatiza que el calentamiento global está provocando cambios duraderos en el sistema climático, cuyas consecuencias pueden ser irreversibles si no se toman medidas urgentes ahora.

Prueba de lo anterior ha sido la tormenta invernal que azotó la Ciudad de México y zonas conurbadas que en conjunto se le conoce como Megalopolis.

Muchos de los ciudadanos capitalinos no se habían recuperado de estos efectos, cuando en estos días nos ha sorprendido la contaminación ambiental al grado de decretar Contingencia Ambiental Fase 1, situación que no se generaba desde hace 14 años.

Esta Contingencia fue decretada por la Comisión Ambiental de la Megalópolis y a la par se restringió la circulación de vehículos buscando contribuir a la mejora de la calidad del aire, acción que no combate de lleno al deterioro significativo en la calidad de vida y la productividad de los ciudadanos.

Sobre el tema de contaminación del aire, el pasado febrero de 2016, el Centro Mario Molina emitió un comunicado que le denominó “Mejorar la Calidad del Aire en el Valle de México es urgente y un gran reto para la sociedad” en el que destacó que las  crisis  de  movilidad  y  calidad  del  aire  que  se  presentan  en  la  Zona  Metropolitana  del  Valle  de  México (ZMVM) requieren cambios estructurales y la implementación de medidas muy drásticas, incluso si son poco populares entre la población mismas que deben dirigirse a privilegiar el transporte público y a restringir de manera significativa el uso del automóvil particular, y deben ser conmensurables al costo ambiental y de salud pública que para la sociedad tienen la contaminación y el congestionamiento, evitando medidas inerciales que pueden provocar un considerable deterioró de la situación actual.

Este estudio precisó que la fuente que más contribuye a la contaminación es el transporte, flota que en la CDMX es superior a los 5 millones de vehículos y cuya edad promedio rebasa los 12 años de antigüedad lo cual impacta en el efecto contaminante al no contar con el equipamiento y controles de emisión más modernos.

Este Centro destacó en ese documento que dos factores adicionales perjudican a la calidad del aire en nuestra Ciudad de México, uno de ellos es el otorgamiento de hologramas considerando los niveles de emisión y no el modelo, donde según estudios practicados en el 2015 por dicho Centro revelaron que el 45% de los vehículos con holograma cero y más de 80% de los que tienen holograma dos rebasan los límites permitidos por la normatividad actual, y las disposiciones referentes a los límites de velocidad más restrictivos que impactan en el óptimo de emisiones y consumo de combustible y con un impacto de efecto inverso al circular los automotores a baja velocidad en hospitales y centros escolares que agudizarían la concentración de contaminantes en estas zonas las cuales en teoría se desea proteger.

Sobre el caso de las foto multas me gustaría exponer que esta acción no contempló las afectaciones que se tendrían en el medio ambiente y la lucha en temas de cambio climático, impidiendo así su vinculación transversal debido que su prioridad principal recae en un efecto meramente recaudatorio; prueba de ello es que de la revisión de los portales públicos de las Secretarías de Seguridad Pública y de Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México no fue posible identificar apartado, documento o estudio que refiriera al impacto ambiental y los efectos en la Contaminación Atmosférica que tendría la reducción de la velocidad máxima y la  aplicación de las velocidades variables en vías primarias, secundarias, escolares y de hospitales.

En este sentido me gustaría compartir que los ciudadanos capitalinos en redes sociales se han quejado sobre la sincronización de los semáforos señalando que no corresponden a las velocidades establecidas en las diversas avenidas, calles y callejones de esta gran Capital, lo que provoca confusión y en gran medida asentamientos de vehículos automotores.

Por lo expuesto está claro que la vida y salud de casi ya 10 millones de capitalinos y visitantes que conviven a diario en esta Ciudad no tiene precio y no creo justo que respiremos a diario aire sucio, que vivamos con un incremento en la posibilidad de sufrir un infarto al miocardio, de padecer enfermedades bronco respiratorias, y en su caso, llegar a la muerte tal como lo precisa el folleto público “La contaminación, tu salud y el transporte”, que se comparte en el portal de Internet de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno Capitalino.

En conclusión, la Ciudad de México requiere de medidas alternativas para atacar este complejo tema y destacaría como soluciones concretas y viables el combate a la corrupción en Centros de Verificación Vehicular, la regulación del transporte público en cuanto a inspección físico-mecánica y de verificación de emisiones ligado a la calidad, seguridad y confiabilidad de su servicio, incentivar la implementación de tecnologías vehiculares limpias y más eficientes, lo cual no se logrará sin la decidida intervención del Gobierno Federal y colaboración efectiva del Gobierno de la Ciudad de México, donde la premisa debe ser que los beneficios para la sociedad por mucho superaran cualquier costo de inversión que se requiera implementar, propuestas todas las anteriores señaladas por el Centro Mario Molina en el documento en comento.

Es tiempo que las decisiones que se tomen en la Ciudad de México contemplen el respeto y la cultura de la legalidad entre los ciudadanos.

En virtud de lo aquí expuesto, pongo a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

De urgente u obvia resolución:

Único. Se exhorta respetuosamente al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán y al jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa a que hagan públicas las acciones conjuntas que implementarán para mejorar la calidad del aire en la Ciudad de México como consecuencia de la entrada en vigor de la Contingencia Ambiental Fase 1, que reflejen el compromiso de México de atender la emisión de gases contaminantes y de efecto invernadero y aseguren el mayor bienestar social de los visitantes y habitantes de la Ciudad de México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 17 de marzo de 2016.— Diputada Mirza Flores Gómez (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y del Distrito Federal, para dictamen.



RECONOCER AL ESTADO PALESTINO LIBRE, INDEPENDIENTE Y SOBERANO Y ELEVAR A RANGO DE EMBAJADAS A LA DELEGACIÓN ESPECIAL DE PALESTINA Y A LA OFICINA DE MÉXICO EN LA CIUDAD DE RAMALA, CISJORDANIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a reconocer al Estado Palestino Libre, Independiente y Soberano, y elevar a rango de embajada la delegación especial de Palestina y la oficina de México en Ramala, Cisjordania, a cargo del diputado Héctor Javier García Chávez, del Grupo Parlamentario del PRD

Con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción II, y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones jurídicas aplicables, el suscrito, diputado federal de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso  de la Unión, perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. El 29 de noviembre de 1947, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 181 (II), conocida como Plan de Partición de Palestina; la resolución establece la creación de dos estados, uno judío y otro árabe, en el territorio conocido como Palestina histórica. Hasta hoy, 68 años después, sólo una parte de la resolución se ha cumplido, quedando pendiente el establecimiento pleno del Estado de Palestina.

2. Desde que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) decidió la partición de Palestina en 1947, han transcurrido 68 años en los que el Consejo de Seguridad, la Asamblea General, organismos internacionales de derechos humanos y las más diversas agencias y comités de la ONU, han emitido un indeterminado número de resoluciones, abogando por el respeto a los inalienables derechos del pueblo palestino.

3. En 1994, como fruto de la firma de los Acuerdos de Oslo, se estableció la Autoridad Nacional Palestina, la cual gobierna, mediante una especie de autonomía restringida, la Franja de Gaza y la parte de Cisjordania no ocupada por Israel.

4. El derecho de Palestina a su libre autodeterminación ha sido reafirmado en numerosas resoluciones de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como en la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia relativa al muro israelí en Cisjordania.

5. El 31 de octubre de 2011, la Conferencia General de la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), aprobó, por 107 votos a favor, 14 en contra y 52 abstenciones, la adhesión de Palestina como estado miembro de pleno derecho.

6. El 29 de noviembre de 2012, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 67/19, por 138 votos a favor, 41 abstenciones y 9 en contra; por medio de la cual se admitió al Estado de Palestina como estado observador, estatus similar al que goza el Vaticano. Conviene resaltar que México votó a favor de la citada resolución.

7. Todos los países de América Latina han reconocido al Estado palestino dentro de las fronteras anteriores a junio de 1967, con excepción de México, Colombia y Panamá.

8. En 1977, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó instituir el 29 de noviembre de cada año como Día Internacional de Solidaridad con el Pueblo Palestino, como un reconocimiento de la deuda histórica que la comunidad internacional tiene con el pueblo palestino en la lucha por el respeto de sus derechos inalienables.

9. México es un país amante de la paz y guía su política exterior conforme a lo dispuesto por la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a saber, los principios normativos de la autodeterminación de los pueblos, la solución pacífica de las controversias, la igualdad jurídica de los estados, el respeto, la promoción y protección de los derechos humanos, y la lucha por la paz y la seguridad internacionales, entre otros.

10. Atento a tales principios y siendo un acto de elemental congruencia y justicia histórica internacional, México debe reconocer al Estado palestino libre, independiente y soberano, con las fronteras delimitadas por los territorios palestinos anteriores a la ocupación israelí de 1967.

11. Conviene señalar que en el caso de Palestina no opera la aplicación de la Doctrina Estrada, ya que ésta se refiere a reconocimientos de gobiernos y en este caso se trata de reconocer a un Estado que tiene una población permanente, un territorio definido –aunque esté bajo ocupación militar, tal y como los sostienen innumerables resoluciones de la ONU– un gobierno reconocido que cuenta con instituciones de Estado, además de que mantiene relaciones diplomáticas plenas con decenas de otros Estados.

12. Esta LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados está plenamente convencida que recurrir a los mecanismos pacíficos que establece la Organización de Naciones Unidas, su carta fundacional y las diversas resoluciones adoptadas por sus órganos, no constituye, bajo ningún concepto, un acto de hostilidad o agresión contra ningún gobierno o estado y, menos aún, contra el estado de Israel.

13. En todo caso, México deberá desplegar una firme política exterior basada en la coexistencia pacífica de los dos estados, Israel y Palestina, dentro de fronteras seguras e internacionalmente reconocidas.

14. En abono de los argumentos arriba señalados, vale decir que México que en su momento estableció relaciones diplomáticas con Suiza y con el Estado Vaticano cuando éstos solo contaban con el estatus de Estados observadores (mismo estatus del Estado de Palestina actualmente en la ONU)

15. Adicionalmente, México reconoció a la República Árabe Saharaui Democrática en la década de los años setenta, basado en uno de los principios constitucionales rectores de la política exterior mexicana: la autodeterminación de los pueblos.

Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración del pleno de esta Comisión de Relaciones Exteriores la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso  de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal a reconocer al Estado Palestino Libre, Independiente y Soberano, y a establecer plenas relaciones diplomáticas con dicho Estado.

Segundo. Lo exhorta también a elevar a rango de embajadas a la delegación especial de Palestina en México y a la oficina de Representación de México en Palestina.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputado Héctor Javier García Chávez (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



ELABORE Y PUBLIQUE EL SUBPROGRAMA PARA PROTECCIÓN Y MANEJO SUSTENTABLE DE BIODIVERSIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a elaborar y publicar el subprograma para protección y manejo sustentable de biodiversidad, a cargo de la diputada María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, María Chávez García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6o. y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El cambio climático es el principal problema ambiental y uno de los mayores desafíos de nuestro tiempo, con efectos potencialmente irreversibles para la sociedad y el planeta. Conlleva desde los cambios en las pautas climáticas, que amenazan la producción de alimentos, hasta la elevación del nivel del mar, que aumenta el riesgo de inundaciones catastróficas, y sus repercusiones pueden llegar a ser de una escala sin precedente en la historia de la humanidad.

Como consecuencia del cambio climático (CC) que ya observamos, tendremos climas cada vez más extremosos y fenómenos climáticos más intensos, en general, los veranos serán más cálidos y los patrones de las lluvias se modificarán. Los cambios extremos de temperatura ambiental, de los patrones de precipitación, de vientos, el aumento en la frecuencia de eventos climáticos extremos como inundaciones y sequías, tendrán efectos en la distribución e incidencia de enfermedades infecciosas transmitidas por vectores, en la disponibilidad de agua, en los rendimientos de la producción local de alimentos y en las condiciones de vivienda, entre otros, que se reflejarán en problemas de salud, desnutrición, desplazamientos de la población y desorganización económica.

Es muy probable que el CC afecte la salud de millones de personas, particularmente las de baja capacidad adaptativa por causa del aumento de ondas de calor, inundaciones, tormentas, incendios y sequías; incremento de las enfermedades cardiorrespiratorias debido a las altas concentraciones de los niveles de ozono relacionados al cambio climático; y alteraciones de la distribución espacial de algunas enfermedades infecciosas.

Es de esperarse también que las capas de hielo que actualmente permanecen en los polos y las montañas más altas se vayan derritiendo, lo que aumentará el nivel medio del mar, inundando permanentemente amplias zonas costeras. Los ecosistemas y las especies que forman parte de ellos serán afectados en diferentes medidas, algunas podrán adaptarse a las nuevas condiciones, pero gran parte se extinguirá, con la consiguiente pérdida en la biodiversidad.

En cuanto a nuestro país, si bien contribuimos con sólo 1.3 por ciento de los gases de efecto de invernadero, México por su ubicación geográfica y lo extenso de su litoral, presenta un alto grado de vulnerabilidad ante los efectos del cambio climático. Se prevé que el aumento de la temperatura tendría consecuencias graves para los procesos de desertificación, deforestación, erosión y pérdida de biodiversidad. Aumentaría además la frecuencia o gravedad de fenómenos naturales potencialmente desastrosos.

El área con potencial de producción de granos básicos se reduciría en forma considerable; los ecosistemas forestales y las especies que los integran sufrirían daños irreversibles; el abasto de agua para riego y para consumo humano se vería afectado, en tanto que nuestra infraestructura productiva podría experimentar daños severos. Además, algunas regiones costeras estarían expuestas a inundaciones; y la agricultura, en especial la de temporal, tendría pérdidas cuantiosas a causa de la mayor frecuencia de las sequías.

Para nosotros, las medidas de mitigación son importantes, pero para países como el nuestro, que aportan menos de 1.5 por ciento de los gases de efecto de invernadero y con un alto grado de vulnerabilidad ante los efectos del CC, son todavía más importantes los ajustes y medidas en los sistemas humanos y naturales, necesarias para reducir los impactos negativos del cambio climático y aprovechar sus aspectos positivos, es decir, las acciones de adaptación, mismas que deben de especificarse en documentos guías de la política pública en esta materia, como deberá ser el Subprograma para Protección y Manejo Sustentable de Biodiversidad ante el Cambio Climático.

México, aparte de ser sumamente vulnerable a los efectos del CC, es de los de mayor diversidad biológica, no sólo por poseer un alto número de especies, sino también por su diversidad genética y de ecosistemas. Se estima que en el país se encuentra entre 10 y 12 por ciento de las especies conocidas y ocupa uno de los primeros lugares en cuanto a la diversidad de plantas, anfibios y reptiles.

Los efectos que el CC tendrán en la biodiversidad son múltiples y se dan tanto al nivel genético, a nivel de especies y de ecosistemas, ya que por ejemplo, afecta directamente a las funciones de los organismos individuales en cuanto a su crecimiento y comportamiento, modifica poblaciones, al propiciar cambios de tamaño y estructura de las mismas y de igual manera afecta a la estructura y función del ecosistema, al repercutir en la descomposición de la materia orgánica, en los ciclos de los nutrientes, el flujos del agua, y la distribución misma de los ecosistemas.

El CC representa una amenaza creciente para las especies y los hábitats naturales, entre otras razones porque existen evidencias extensas de que este fenómeno determina alteraciones en la fenología, incluyendo el momento de la reproducción y la migración, la fisiología, el comportamiento, la morfología, la densidad de población y ya hay evidencias científicas de cambios en la distribución de muchas especies.

En el ambiente marino, el CC está causando la muerte masiva de arrecifes coralinos como consecuencia del incremento en la temperatura y la acidificación de los mares. Estudios recientes también han proyectado un avance en la distribución de más de mil especies de peces marinos y especies de invertebrados hacia los polos a una tasa de 40 kilómetros por década, lo cual probablemente acarree alteraciones en la composición de las comunidades y extinciones locales.

En muchos humedales se espera que los cambios en los patrones de precipitación y evaporación causen impactos severos en los regímenes del ciclo de agua, que afectarán tanto a las especies migratorias como a las residentes; asimismo, los cambios en estos patrones a corto y largo plazo afectarán a muchas especies acuáticas.

Ésos y otros efectos para las especies de flora y fauna que habitan nuestro país son previsibles y debemos en la medida de lo posible de llevar a cabo las acciones para minimizar los efectos negativos y aprovechar los positivos, para lo cual requerimos estar preparados y contar con una guía que oriente a los tres niveles de gobierno y a la sociedad, es decir, requerimos del Subprograma para Protección y Manejo Sustentable de Biodiversidad, que por mandato de la Ley General de Cambio Climático (LGCC) debe elaborarse.

En otro orden de ideas, como sucede con varias leyes, éstas para su eficacia requieren la creación y desarrollo de diversas tareas por parte de la administración pública federal centralizada y paraestatal, de las entidades federativas y de los municipios. En el caso de la LGCC, para dar sustento a las acciones de adaptación y mitigación están previstas tareas con plazos para su realización, por ejemplo, con respecto a acciones de adaptación, antes del 30 de noviembre de 2012, por mandato del artículo tercero transitorio de dicha ley debería de haber estado disponibles el Programa de Ordenamiento Ecológico General del Territorio y el Subprograma para la Protección y Manejo Sustentable de la Biodiversidad ante el Cambio Climático.

En el caso del Programa de Ordenamiento Ecológico General del Territorio, este instrumento de la política nacional en materia de cambio climático ya se encuentra elaborado, siendo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2014, pero en cuanto al Subprograma para la Protección y Manejo Sustentable de la Biodiversidad ante el Cambio Climático, a la fecha no se cuenta con él.

La LGCC señala en el artículo 6o.: “Las atribuciones que la presente ley otorga a la federación serán ejercidas por el Poder Ejecutivo federal a través de las dependencias y entidades que integran la administración pública federal centralizada y paraestatal, de conformidad con las facultades que les confiere esta ley, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y demás disposiciones jurídicas aplicables”, para posteriormente dotar de atribuciones a la federación, entre las que se encuentran las de “formular y conducir la política nacional en materia de cambio climático”, “formular, conducir y publicar, con la participación de la sociedad, la estrategia nacional y el programa, así como llevar a cabo su instrumentación, seguimiento y evaluación” y “establecer, regular e instrumentar las acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático, de conformidad con esta ley, los tratados internacionales aprobados y demás disposiciones jurídicas aplicables...” (fracciones I, III y VI del artículo 7o. de la LGCC).

La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la fracción XXXIV del artículo 32 Bis, señala a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en coordinación con otras secretarías de estado enunciadas en la misma fracción, como la responsable de elaborar y aplicar, las políticas públicas encaminadas al cumplimiento de las acciones de mitigación y adaptación que señala la Ley General de Cambio Climático.

De tal forma, la Semarnat es la dependencia del gobierno federal que debe elaborar y publicar el Subprograma para la Protección y Manejo Sustentable de la Biodiversidad ante el Cambio Climático.

Que no se cuente con este subprograma no carece de importancia, ya que la función de este instrumento es la de dar las pautas a los tres órdenes de gobierno en cuanto a las acciones de adaptación para la protección y manejo sustentable la biodiversidad, es decir, este subprograma deberá ser la guía en cuanto al cuidado, preservación y aprovechamiento sustentable de la biodiversidad respecto al cambio climático.

Del ambiente debemos en buena medida nuestro bienestar e incluso supervivencia, por lo cual, hasta por razones de conveniencia debemos conservar y preservar los ecosistemas y su biodiversidad, ya que de ésta obtenemos una serie de beneficios sin los cuales, cuando menos, difícilmente sería viable la continuidad de nuestra especie. De la biodiversidad obtenemos servicios ambientales que no tienen precio en el mercado pero son indispensables para nuestra existencia, como la regulación del clima local, la captación y el mantenimiento de la calidad del agua, el control de las plagas y enfermedades, la descomposición de los residuos que producimos, la formación y la fertilidad de los suelos y la polinización de los cultivos que realizan las abejas, mariposas, murciélagos y otros animales, por citar tan sólo unos cuantos beneficios que obtenemos de las especies que debemos proteger.

A decir del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente un creciente número de evidencias indica “que la biodiversidad desempeña un papel fundamental en el alcance de los Objetivos de Desarrollo del Milenio: contribuye a reducir la pobreza y a alcanzar niveles de vida y bienestar humano sostenidos, por ejemplo, mediante el fortalecimiento de la seguridad alimentaria y la salud humana, proveyendo aire y agua limpios y sustentando el desarrollo económico. Dada la importancia de la biodiversidad y las evidencias de su deterioro continuo, es esencial planear los avances en la reducción y, de ser posible, en la reversión de la tasa de deterioro”.

Por lo expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que de acuerdo con el subnumeral 2 del inciso d) de la fracción I del artículo tercero transitorio de la Ley General de Cambio Climático, elabore y publique con la mayor brevedad el Subprograma para la Protección y Manejo Sustentable de la Biodiversidad ante el Cambio Climático.

Notas:

1 Estudio de los fenómenos biológicos en relación con el clima, particularmente en los cambios estacionales.

2 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. “GEO-5 Perspectivas del Medio Ambiente Mundial. Medio ambiente para el futuro que queremos”, 2012.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputada María Chávez García (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



ELABORACIÓN DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN CÁRNICO QUE SE DESTINEN A CONSUMO HUMANO, NO SE UTILICEN NITRITOS Y NITRATOS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a modificar el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios para prohibir el uso de nitritos y nitratos en la elaboración de productos y subproductos de origen cárnico destinados a consumo humano, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, Claudia Sofía Corichi García, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso  de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea el siguiente punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, para que en ejercicio de su facultad reglamentaria, modifique el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios para establecer que en la elaboración de productos y subproductos de origen cárnico, que se destinen a consumo humano, no se utilicen nitritos y nitratos, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I.De acuerdo con el Atlas de la Carne, realizado por la organización Heinrich Böll Stiftung, México es uno de los 10 mayores productores de carne bovina en el mundo pero también es fuerte produciendo carne de cerdo y pavo. Los mexicanos, en promedio, comemos más de 30 kilogramos (kg) de aves, 16 kg de cerdo y 15 kg de bovino al año. En 2013, comimos 63 kg de carne, casi el doble la cantidad (34 kg) consumida en 1990.

En cuanto al consumo de carne se destaca que de 23 kilogramos en 1970 pasó a 34 en 1990, pero en 2013 cada persona consumió 63 kilos de carne; es decir que en cuatro décadas el consumo de carne aumentó 40 kilogramos.

II. Sabemos que la carne es una fuente de proteína, sin embargo, no sólo es importante pensar en si un alimento tiene o no proteína, sino también en “el paquete de proteína” que lleva dicho alimento, es decir ¿qué otros nutrimentos están dentro de este alimento? Los embutidos y carnes frías, como jamón y salchichas, contienen proteína, pero además muchas grasas saturadas y sal.

III. La proteína es un macronutriente que es esencial para la estructura, funcionamiento y regulación de los órganos y tejidos. El Instituto de la Medicina en los Estados Unidos estima que necesitamos 0.8 gramos de proteína por cada kilo de peso corporal.

IV. El pasado 26 de octubre de 2015, la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC, por sus siglas en inglés) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) difundió el tan nombrado estudio que alerta sobre las propiedades cancerígenas de la carne procesada para los humanos.

El grupo de trabajo de 22 expertos de 10 países convocados por el Programa de Monografías de la IARC consideró que hay “evidencia suficiente” de que el consumo de carne procesada causa cáncer colorrectal.

V. La IARC especifica en el comunicado que con carne roja se refiere a “todos los tipos de carne muscular de mamíferos, tales como la carne de res, ternera, cerdo, cordero, caballo o cabra”. Por su parte, la carne procesada hace alusión a “la que se ha transformado a través de la salazón, el curado, la fermentación, el ahumado u otros procesos para mejorar su sabor o su conservación”.

VI.Los embutidos son conservas cárnicas fabricadas con desechos y sobras de animales ricos en grasas, a los cuáles, generalmente, se les añaden químicos para aumentar su caducidad y hacer que siempre luzcan frescos.

Uno de los añadidos más comunes en la fabricación de embutidos, es uno de los más dañinos y que mayor riesgo produce en la salud que es el nitrito de sodio, ingrediente utilizado para que las salchichas luzcan más frescas y con mayor presentación en anaquel.

El nitrito de sodio ha sido objeto de investigación durante algunos años, ya que se le atribuye aumentar el riesgo de cáncer de estómago y otros tipos de cáncer.

VII. Los ingredientes de los embutidos pueden variar según la empresa que los fabrique y quizá unos son menos dañinos que otros, sin embargo, independientemente de la marca o el proceso de fabricación, la mayoría de los embutidos contienen añadidos que no sólo no son nutritivos, sino que son dañinos para el organismo.

VIII. “Desde el punto de vista nutricional, la composición de los embutidos es muy variable, ya que dependerá de la carne de procedencia y los ingredientes añadidos: agua, harinas, arroz, grasa, especias, aditivos, etcétera. La proporción de agua dependerá de si son embutidos frescos o curados, donde puede llegar a 70 por ciento en los derivados frescos y hasta 10 por ciento en los que han sido curados por secado.

Cuanto mayor sea el contenido de carne, más ricos serán en proteínas de alto valor biológico, vitaminas del grupo B, hierro, zinc y magnesio.

Los elementos que ayudan al proceso de curado de las carnes, son los nitritos y nitratos, que mejoran el poder de conservación, el aroma, el color, el sabor y la consistencia. Además sirven para obtener un mayor rendimiento en peso, porque tienen una capacidad fijadora de agua. Los nitratos y nitritos se usan en cantidades muy pequeñas y debe tenerse cuidado de no exceder la cantidad recomendada porque puede echar a perder sus productos. Aquí conviene aclarar que cuando el productor desee modificar la receta de elaboración, debe respetar la cantidad señalada de nitratos y nitritos. Un nombre comercial de los nitratos y nitritos es Cura Premier.

IX. El Comité de Médicos por una Medicina Responsable (The Physicians Committee for Responsible Medicine) en Washington DC, considera que se debería incluir una advertencia para los consumidores de embutidos, en la que expliquen que el consumo frecuente de carnes procesadas aumenta el riesgo de desarrollar enfermedades como cáncer, hipertensión, obesidad y enfermedades del corazón.

Por ejemplo, el Instituto Americano para la Investigación del Cáncer reveló, en 2009, un informe en el que después de reunir los datos de más de 7 mil estudios científicos, encontró que por cada 50 gramos de carne procesada que se consume diariamente, el riesgo de cáncer colorrectal aumenta 21 por ciento. Los estudios sugieren que los efectos cancerígenos de los embutidos se deben al contenido de nitratos y nitritos.

X. Sin embargo, las advertencias de salud casi no se han tenido en cuenta en nuestro país, pues gran parte de los embutidos en el mercado contienen este añadido.

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. Asimismo, la Ley General de Salud reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.

Artículo 3 fracción XXIV de la Ley General de Salud:

Artículo 3. En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:

...

XXIV. El control sanitario de productos y servicios y de su importación y exportación;

Asimismo; el artículo 4 de la misma la ley dispone:

“Artículo 4. Son autoridades sanitarias:

I.El presidente de la República;...”

XI. Para reglamentar la Ley General de Salud, el Ejecutivo federal, en ejercicio de su facultad reglamentaria, expidió el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, que en su artículo 1o., fracción III, establece que dicho ordenamiento tiene por objeto la regulación, control y fomento sanitario del proceso, importación y exportación, así como de las actividades, servicios y establecimientos relacionados con la carne y sus productos.

XII. Respecto a las sustancias que generan riesgos o daños a la salud, el artículo 11 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios establece que: los productos y sustancias no deberán generar riesgos o daños a la salud y que si la Secretaría tiene conocimiento posterior de que un producto representa riesgo para la salud podrá prohibir su elaboración, almacenamiento, importación, distribución o venta.

XIII. Sin embargo y a pesar de las advertencias sobre el uso de los nitritos de sodio de la propia Organización Mundial de la Salud, dicha sustancia se sigue utilizando, por lo cual considero urgente y necesario que el titular del Poder Ejecutivo, en ejercicio de su facultad reglamentaria, modifique el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios para establecer que en la elaboración de productos y subproductos de origen cárnico que se destinen a consumo humano, no utilicen nitritos y nitratos.

Por todo lo anteriormente expuesto, es que someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, para que, en ejercicio de su facultad reglamentaria, modifique el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios para establecer que en la elaboración de productos y subproductos de origen cárnico que se destinen a consumo humano, no se utilicen nitritos y nitratos.

Notas:

1 Fundación Heinrich Boll. Atlas de la Carne, 2014.

2 Comunicado de prensa del Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer, 26 de octubre 2015.

3 Apango Ortiz, Andrés. Ficha Técnica 15 “Elaboración de productos cárnicos”, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica)»

Se remite a las Comisiones Unidas de Salud y de Ganadería, para dictamen.



PROPONGA LA CREACIÓN DE UNIDADES ACADÉMICAS QUE OFERTEN LAS CARRERAS DE DERECHO, MEDICINA, CIENCIAS AGROPECUARIAS Y AMBIENTALES, EN EL MUNICIPIO DE TLAPA DE COMONFOR

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al rector de la Universidad Autónoma de Guerrero a proponer la creación en Tlapa de Comonfort de unidades académicas que ofrezcan las carreras de derecho, medicina, y ciencias agropecuarias y ambientales, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Victoriano Wences Real,  del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por el artículos 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Considerandos

Que desde su nacimiento en 1960, la Universidad Autónoma de Guerrero ha expresado su compromiso con las causas justas y nobles del pueblo de Guerrero. La autonomía de lo que hoy es la máxima casa de estudios no fue producto de un acto de gobierno sino más bien fue el resultado de una férrea lucha de universitarios decididos a lograr su firme objetivo, que era contar con una universidad que tuviera plena autonomía. En esta lucha hubo universitarios que no les importó sacrificar su vida en aras de dejar a las futuras generaciones, ofertas académicas libres.

La Universidad de Guerrero nace mediante el decreto número 2, promulgado el 30 de marzo de 1960, en su artículo Único estableció: Se crea la Universidad de Guerrero, que será una Institución encargada de impartir en el Estado la educación superior en todos los órdenes de la ciencia, de la técnica y de la cultura y que funcionará conforme a las bases de la Ley Orgánica respectiva”. En este mismo año, el 22 de junio, fue aprobada por la XLIII Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guerrero la Ley Orgánica de la Universidad de Guerrero.

Que el artículo 1o. de la Ley de la Universidad Autónoma de Guerrero señala: La Universidad Autónoma de Guerrero, es una institución pública de educación media superior y superior, de interés social, con autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propio, regida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, la presente Ley, el Estatuto, Reglamentos y demás disposiciones normativas aprobadas por el honorable Consejo Universitario.

Que el artículo 5o., fracción I,  de la Ley de la Universidad Autónoma de Guerrero señala: Son fines de la Universidad Autónoma de Guerrero: I. Formar y actualizar de manera integral, con elevado compromiso social en sus diversas modalidades educativas a los bachilleres, técnicos, profesionales, postgraduados, profesores universitarios e investigadores; en función de sus necesidades académicas y de los requerimientos de la Entidad y la Nación.

Que el artículo 19, numeral 1, fracción I, de la Ley de la Universidad autónoma de Guerrero, señala: El honorable Consejo Universitario tendrá las siguientes facultades: V. Crear, modificar y suprimir unidades académicas, colegios y unidades administrativas, en los términos de esta ley y el estatuto.

Que el municipio de Tlapa de Comonfort pertenece a la región de la montaña, con una población de 81,419 habitantes (según datos del Censo de Población y Vivienda 2010), hablándose lenguas maternas como el náhuatl, mixteco y tlapaneco.

Que la oferta educativa pública de nivel superior  existente en el municipio de Tlapa de Comonfort es la licenciatura en educación bilingüe, contabilidad e ingeniería las cuales se imparten en instituciones públicas como la Normal Rural de la Montaña y el Instituto Tecnológico Superior de la Montaña.

Que además de la educación superior pública en el municipio de Tlapa de Comonfort, existe la educación privada, impartiéndose la licenciatura en derecho, misma que se cursa en tres años, pero además cabe señalar que no todos los estudiantes tienen la posibilidad económica para poder estudiar en esa escuela privada.

Que uno de los problemas recurrentes en el municipio de Tlapa de Comonfort y en los demás Municipios que integran la región de la montaña, es la falta de abogados que hablen alguna de las lenguas maternas, lo que impide una mejor defensa de los indígenas, además se acentúa la problemática de que los médicos asignados al hospital y centros de salud de la Secretaría de Salud no son originarios de la Región, lo que implica la ausencia de los mismos en sus centros de trabajo, afectando con ello a la población más pobre que requiere de la atención médica.

Cabe señalar que con la implementación del nuevo sistema penal acusatorio se requerirán abogados que hablen las lenguas originarias y que conozcan los usos y costumbres de las comunidades indígenas.

La detonación del campo guerrerense es indispensable para lograr el arraigo de los jóvenes originarios de la región de la montaña, por lo que es necesario que se establezcan carreras afines y sobre todo que tengan que ver con su entorno social y geográfico, por lo que sería importante que se estableciera carreras que se relacionen con el campo y el medio ambiente, lo anterior en razón que gran parte de la población de dicha región  se dedica al campo, además de que la reactivación   e implementación de modernas técnicas para el agro guerrerense resulta necesaria para hacer productivo a este sector.

También  una de las carreras necesarias para la región de la montaña, es la de medicina, lo anterior debido a que los médicos que son asignados a esta región no se presentan a los hospitales o centros médicos o casas de salud por la distancia de sus lugares de origen, resultando necesario contar con médicos que sean oriundos de la región, y sobre todo que hablen alguna lengua originaria para que atiendan de manera eficiente a la población indígena.

Que de acuerdo a los resultados del Censo de Población y Vivienda 2010, los municipios que integran la Región de la Montaña, cuentan con la población que se señala a continuación:

En suma las personas beneficiadas en la región de la montaña por la apertura de nuevas ofertas educativas será de 361 mil 617.

Que por lo expresado anteriormente, existe la necesidad de crear unidades académicas que impartan las licenciaturas en derecho y medicina, dependientes de la Universidad Autónoma de Guerrero, a fin de arraigar a los jóvenes estudiantes de la Región de la Montaña y en su momento sean quienes brinden sus servicios profesionales a la población de los Municipios de la Región de la Montaña.

Por lo anteriormente expuesto, y en atención a nuestras obligaciones constitucionales y convencionales para favorecer la protección de los derechos; presento la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados, con pleno respeto a la división de poderes y a la autonomía de las universidades públicas, exhorta respetuosamente al rector de la Universidad Autónoma de Guerrero, para que proponga al honorable Consejo Universitario, la creación de Unidades Académicas que oferten las carreras de Derecho, Medicina, Ciencias Agropecuarias y Ambientales en el municipio de Tlapa de Comonfort.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputado Victoriano Wences Real (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



ESCLAREZCA EL ASESINATO DE PEDRO RUBÉN JIMÉNEZ JOSÉ, OCURRIDO EL 9 DE OCTUBRE DE 2015 EN EL MUNICIPIO DE PUTLA VILLA GUERRERO

«Proposición conn punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJ de Oaxaca a esclarecer el asesinato de Pedro Rubén Jiménez José, ocurrido el 9 de octubre de 2015 en Putla Villa Guerrero, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena

Juan Romero Tenorio, en mi calidad de diputado federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso y la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones:

Primera. El domingo 7 de julio de 2013, se llevaron a cabo las elecciones estatales de Oaxaca, en ellas fueron renovados los titulares de los 570 municipios  que conforman el Estado de Oaxaca y 42 diputados locales al Congreso del Estado.

Del total de 570 municipios con los que cuenta el Estado de Oaxaca, 153 ayuntamientos fueron electos por el sistema de partidos, de un total de 570 municipios , y los restantes se eligieron por usos y costumbres; siendo electos para un periodo de tres años no reelegibles para el periodo inmediato. Asumiendo el cargo de presidentes municipales el 1 de enero de 2014.

Asimismo se eligieron 42 diputados al Congreso del estado, 25 electos por mayoría relativa en cada uno de los Distritos Electorales y 17 diputados elegidos por representación proporcional. Las diputadas y los diputados electos asumieron sus cargos el 13 de noviembre de 2013.

Segunda. De esta elección para presidente municipal de Putla Villa Guerrero, Oaxaca, resulto ganador el ciudadano Mónico Castro Reyes, para el periodo 2014-2016, tomando posesión del cargo el primero de enero de 2014.

A sólo diez meses de haber tomado posesión, el 8 de octubre de 2014, fue tomado el palacio municipal de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca, por habitantes de la cabecera municipal, bajo el argumento de falta de obras públicas y un supuesto desvío de dinero público por $5,300,000.00 (cinco millones trescientos mil pesos 00/100 moneda nacional) hacia  un fraccionamiento privado, denominado “Las Mandarinas”.   

Tercera. El 28 de octubre de 2014, la Coordinadora de Barrios, Fraccionamientos y Colonias de Putla, la representación municipal de la Cámara Nacional de Comercio (Concanaco), y una comisión ciudadana solicitaron formalmente y de manera conjunta la revocación del mandato del presidente municipal ciudadano Mónico Castro Reyes, ante el Honorable Congreso  del estado de Oaxaca.

Cuarta. Con fecha 12 de noviembre de 2014, las organizaciones arriba enunciadas, solicitaron de manera formal a la Auditoría Superior del Estado de Oaxaca, que realizara una fiscalización de la cuenta pública del Ayuntamiento de Putla Villa de Guerrero, del ejercicio fiscal del año dos catorce, argumentando supuestos malos manejos en la administración pública municipal y el desvío de dinero público por $5,300,000.00 (Cinco millones trescientos mil pesos 00/100 moneda nacional) hacia un fraccionamiento privado, denominado “Las Mandarinas”, aunado al desconocimiento en la aplicación de las partidas presupuestales de los ramos 28 y 33 en sus fondos III y IV, así como con la falta de rendición de cuentas ante la ciudadanía.

Quinta. El día de diciembre de 2015, el ciudadano Pedro Rubén Jiménez José fue golpeado salvajemente por policías estatales y municipales en medio de un operativo de Tránsito y Vialidad del Gobierno del Estado de Oaxaca  que tenía como propósito único sacar una camioneta del presidente municipal de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca, Mónico Castro Reyes, que no podía ser retirada del lugar donde se encontraba puesto que los integrantes de la Coordinadora de Barrios, Fraccionamientos y Colonias de Putla y de la representación municipal de la Cámara Nacional de Comercio (Concanaco), tenían estacionados sus vehículo, en su mayoría taxis, con los que se apoyaba la toma del ayuntamiento en la que se solicitaba la revocación del mandato del presidente municipal ciudadano Mónico Castro Reyes.

De este operativo resultaron varios heridos y media docena de vehículos fueron incautados sin orden judicial, entre ellos el taxi del ahora occiso Pedro Rubén Jiménez José.

Sexta. A fin de poder distender el conflicto político y social que se estaba viviendo en el municipio de Putla de Villa Guerrero, Oaxaca, y darle un cauce institucional al desahogo de las inconformidades de la población, con fecha 14 de enero de 2015 diciembre de fue presentado ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo que en sus resolutivos solicitaba: 

“Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, así como a la Auditoría Superior del Estado de Oaxaca, para que en uso de sus respectivas atribuciones y ámbitos de competencia, revisen y fiscalicen la cuenta pública del ayuntamiento de Putla Villa de Guerrero.

”Segundo. Se exhorta al presidente municipal ciudadano Mónico Castro Reyes, a la Coordinadora de Barrios, Fraccionamientos y Colonias, comisión ciudadana, representación municipal de la Cámara Nacional de Comercio y al titular de la Secretaria General de Gobierno del estado de Oaxaca, para que establezcan a la brevedad una mesa de diálogo, plural e incluyente, con la finalidad de superar los conflictos en el municipio Putla Villa de Guerrero y evitar se genere cualquier tipo de violencia.”

Proposición que fue aprobada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión de la LXII Legislatura, el día 21 de  enero de 2015 y que en sus puntos fundamentales indica:

“Punto de Acuerdo

”Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Auditoría Superior de la Federación y con pleno reconocimiento al principio de división de poderes, a la Auditoría Superior del Estado de Oaxaca, para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones y ámbitos de competencia, se sirvan informar a esta soberanía el estado que guarda la revisión de la cuenta pública del año 2014 del ayuntamiento de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca.

”Segundo. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al municipio de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca y al Gobierno del estado de Oaxaca para que se coordinen y establezcan una mesa de diálogo, plural e incluyente con los sectores y organizaciones s dela sociedad  con la finalidad de superar mediante el diálogo los  conflictos que han tenido lugar los últimos meses en el citado municipio”.

Séptima. A pesar de la preocupación manifiesta de la Comisión Permanente del Honorable Congreso  de la Unión, para buscar que existieran condiciones para instalar mesas de trabajo plurales e incluyentes que resolvieran el conflicto, por la situación que se vivía y todavía se vive en ese municipio, las acciones de violencia y degradación de la vida institucional y social lejos de distenderse se agravaron.

Por su activismo y compromiso con los habitantes de Putla Villa Guerrero, Oaxaca, Pedro Rubén Jiménez José llegó a recibir golpizas como la del 14 de diciembre de 2014, le fue incautado su taxi, sin orden judicial, con el que sostenía a su familia, y fue sujeto de amenazas de muerte sin que la autoridad  hiciera nada por evitarlas.

En esta trama de agresiones e impunidad, el día 9 de octubre de 2015 el ciudadano Pedro Rubén Jiménez José fue asesinado de un impacto de arma de fuego en la cabeza, cuando conducía su taxi del sitio de la misma organización Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo Independiente rumbo al palacio municipal rumbo al palacio municipal de Putla Villa Guerrero, para vigilarlo, ya que se había cumplió un año de ser tomado por un grupo de pobladores, quienes exigen transparencia a la administración por un supuesto desvío de recursos por $5,300,000.00 (Cinco millones trescientos mil pesos 00/100 moneda nacional).

“De acuerdo con testigos oculares, el asesinato ocurrió alrededor de las 20:00 horas del 9 de octubre de 2016 en la calle Morelos casi esquina con la vía Colima, a una cuadra del palacio municipal de Putla Villa de Guerrero, cuando llegó hasta él un sujeto a bordo de una motocicleta, escoltado por una camioneta color gris, quien si decirle nada le disparó en tres ocasiones, recibiendo al menos dos impactos en el pecho y uno más en la cabeza”.

Por ello la Procuraduría General de Justicia de Oaxaca, levanta la averiguación previa número 2979/PG/2015 por homicidio, sin que a la fecha se haya dado con el paradero de los autores materiales o intelectuales de este artero crimen.

A la fecha, ninguna persona ha sido detenida por los hechos y las investigaciones se encuentran estancadas;

Por otra parte su viuda, la ciudadana Luciana Domínguez Ramírez, no ha tenido noticias sobre los avances del caso y lejos de recibir las medidas de protección a su integridad física y de reparación integral a que tiene derecho, ha sido víctima, también ella, de negligencia y obstrucción de la justicia por parte de las autoridades encargadas del caso y más grave aún también ha sufrido amenazas y hostigamiento por su perseverancia para que las autoridades aclaren el homicidio.

Por su parte la Coordinadora de Barrios, Fraccionamientos y Colonias de Putla, la representación municipal de la Cámara Nacional de Comercio (Concanaco), así como miembros de la comisión ciudadana, han señalado directamente que debe atenderse como una línea prioritaria de la investigación la autoría intelectual del C. Mónico Castro Reyes presidente municipal con licencia de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca, quien se ha separado del cargo para poder competir por una Diputación Local al Congreso del Estado.

La falta de atención a la ciudadana Luciana Domínguez Ramírez como víctima en este caso contraviene lo estipulado en el artículo 20  apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece:

“C. De los derechos de la víctima o del ofendido:

I. Recibir asesoría jurídica; ser informado de los derechos que en su favor establece la Constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollo del procedimiento penal;

II. Coadyuvar con el Ministerio Público; a que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea la ley.

Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar su negativa;

III. Recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia;

IV. Que se le repare el daño. En los casos en que sea procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria.

La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en materia de reparación del daño;

V. Al resguardo de su identidad y otros datos personales en los siguientes casos: cuando sean menores de edad; cuando se trate de delitos de violación, trata de personas, secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.

El Ministerio Público deberá garantizar la protección de víctimas, ofendidos, testigos y en general todas los sujetos que intervengan en el proceso. Los jueces deberán vigilar el buen cumplimiento de esta obligación;

VI. Solicitar las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos, y

VII. Impugnar ante autoridad judicial las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño.”

Asimismo contraviene lo dispuesto por el artículo 127 del Código de Procedimientos Penales del Estado Libre y Soberano de Oaxaca:

“Artículo 127. Derechos de la víctima

Además de los previstos en la constitución general de la república, la victima tendrá los siguientes derechos:

I. Intervenir en el proceso, conforme se establece en este código;

II. A que el ministerio público le reciba todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, o bien a constituirse en parte coadyuvante, para lo cual deberá nombrar a un licenciado en derecho para que la represente;

III. Ser informada de las resoluciones que finalicen o suspendan el proceso, siempre que lo haya solicitado y sea de domicilio conocido;

IV. Ser escuchada antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal, siempre que lo solicite;

V. Si está presente en el debate, a tomar la palabra después de los informes finales y antes de concederle la palabra final al imputado;

VI. Si por su edad, condición física o psíquica, se le dificulta gravemente su comparecencia ante cualquier autoridad del proceso penal, a ser interrogada o a participar en el acto para el cual fue citada en el lugar de residencia, a cuyo fin deberá requerir la dispensa, por si o por un tercero, con anticipación;

VII. A recibir asesoría jurídica, protección especial de su integridad física o psíquica, con inclusión de su familia inmediata, cuando reciba amenazas o corra peligro en razón del papel que cumple en el proceso penal;

VIII. A solicitar al ministerio público la autorización para abortar, en el supuesto de la fracción II del artículo 316 del Código Penal del Estado, y de conformidad con lo establecido en el artículo 255 Bis de este código;

IX. A interponer la demanda en contra de terceros civilmente obligados a la reparación del daño;

X. Solicitar la reapertura del proceso cuando se haya decretado el archivo temporal;

XI. Apelar del sobreseimiento;

XII. Solicitar las medidas de coerción y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos; y

XIII. Al resguardo de su identidad y otros datos personales, cuando sean menores de edad, se trate de delito de violación o secuestro, y cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.

XIV. Canalizar a la víctima a las instancias que brinden los servicios de atención a víctimas del delito, de manera pronta y expedita;

XV. A ser informada del avance de su denuncia y de las subsecuentes actuaciones sobre la misma, del desarrollo de la investigacion, del proceso y tener acceso al expediente;

XVI. Tratándose de victimas menores de edad, a que se le garantice y ponderen sus derechos frente a los del inculpado, velando siempre por su bienestar e integridad física y psicológica, tomando en consideración el interés superior del menor;

XVII. Que se le proporcione de manera gratuita la asistencia de interprete o traductor, en cualquier etapa del proceso, cuando la víctima u ofendido pertenezca a un grupo étnico o no conozca o no comprenda bien el idioma castellano, o tenga alguna discapacidad que así lo requiera;

XVIII. Garantizarle el derecho a una debida investigacion, sin discriminación y libre de estereotipos, particularmente en los casos relativos a la investigacion de los delitos de homicidio, feminicidio, los relacionados a la libertad sexual, trata de personas o contra el normal desarrollo psicosexual de las personas;

XIX. A un trato humano, con calidad y calidez, sin discriminación alguna, y

XX. A recibir asesoría jurídica, protección especial de su integridad física o psicológica con inclusión de su familia inmediata, cuando reciba amenazas o corra peligro en razón del papel que cumple en la investigacion del delito. La victima será informada sobre sus derechos cuando realice la denuncia o en su primera intervención en el proceso”.

Por las razones arriba expuestas, vengo a proponer ante esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Oaxaca para que esclarezca el asesinato del ciudadano Pedro Rubén Jiménez José ocurrido el día 9 de octubre de 2015 en el municipio de Putla Villa Guerrero, Oaxaca, brindando así mismo las medidas cautelares de protección a su viuda la C. Luciana Domínguez Ramírez para garantizar su integridad física, y considere dentro de las líneas de investigación la presunta autoría intelectual del ciudadano Mónico Castro Reyes, actual Presidente Municipal con licencia del municipio de Putla Villa Guerrero, Oaxaca.

Notas:

1 Gaceta Parlamentaria, miércoles 14 de enero de 2015.

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/62/ 2015/ene/20150114-VI.html#Proposicion60

2 Gaceta Parlamentaria miércoles 21 de enero de 2015 Dictámenes con Punto de Acuerdo “De la Tercera Comisión, con puntos de acuerdo por los que se solicita a las Auditorías Superiores de la Federación, y de Oaxaca que informen del estado que guarda la revisión de la Cuenta Pública de Putla Villa de Guerrero correspondiente a 2014”

http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2015/ ene/20150121-VI.pdf

3 Matan a líder del CODEPI en Putla. Noticiasnet. https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s &source=web&cd=1&cad=rja&uact=8 &ved=0ahUKEwiJ54_V5bnLAhVX22MKHevmDHcQFggcMAA &url=http%3A%2F%2Fwww.noticiasnet.mx%2Fportal%2Foaxaca%2Froja%2F accidentes%2F306727-matan-lider-del-codepi-putla &usg=AFQjCNEz3dDgihGMxGDvT_C1HUp3lUAerw

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2014.— Juan Romero Tenorio (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen.



DICTAMINE EL PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 16 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE ARRAIGO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Senado de la República a dictaminar el proyecto de decreto que reforma los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo; y décimo primero transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 18 de junio de 2008, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

1. El arraigo ha demostrado ser un instrumento útil para autoridades arbitrarias cuya responsabilidad es la integración de una averiguación previa; aun cuando existen diversas recomendaciones internacionales y nacionales que advierten sobre los riesgos de utilizar medidas de excepción como el arraigo a la fecha no se ha eliminado esta lesiva figura.

2. Desde hace 19 años, cuando se introdujo el arraigo en la legislación a través de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en 1996 y el Código de Procedimientos Penales en 1999, se señalaba su ilegalidad; paradójicamente al haber voces acerca de su inconstitucionalidad, en lugar de derogarlo, fue incluido en el párrafo octavo del artículo 16 constitucional como parte del paquete de reformas en materia de seguridad pública y justicia penal aprobado en junio de 2008, lo que sin duda legitimó el ejercicio excesivo del poder punitivo del Estado manifestado en el ámbito penal, ya que la autoridad cuenta con amplios márgenes de actuación y discrecionalidad que van más allá de los derechos y garantías establecidos en la propia Constitución y de los estándares internacionales de derechos humanos.

3. El principal pretexto para mantener el arraigo estriba en que el Estado está privilegiando la seguridad ciudadana; sin embargo esta tesis cae por sí misma dado el aumento de los niveles de violencia y criminalidad; con argumentos como que “se está haciendo frente a la delincuencia organizada” o que “se está reforzando a las autoridades responsables de la seguridad y procuración de justicia”, el Estado mexicano sólo ha justificado la incorporación de medidas de excepción de derechos humanos para fortalecer el poder punitivo del Estado y restringirlos, aún y cuando de conformidad con los estándares internacionales de derechos humanos, como los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos así como los artículos 7 y 8 de la Convención Americana, el arraigo, dada su naturaleza y la temporalidad con la que el Ministerio Público la puede emplear constituye una restricción del derecho a la libertad y seguridad personal.

4. El gobierno mexicano, a través de Jesús Murillo Karam, cuando era procurador general de la República, reconoció que desde 2008 se ha abusado de la aplicación del arraigo, ya que de un total de 4 mil órdenes de arraigo, sólo se consignaron 200; asimismo, a través del ejercicio del derecho de acceso a la información pública –con solicitudes hechas a la Procuraduría General de la República– por distintas organizaciones de la sociedad civil han logrado tener acceso a información oficial sobre la aplicación del arraigo y los efectos para hacer frente a la delincuencia organizada, el periódico La Jornada publicó los resultados de esas solicitudes y dio cuenta de que de enero de 2008 al 13 de diciembre de 2013 habían sido arraigadas 9 mil 582 presuntos delincuentes: 50 por ciento superó 40 días y 2 por ciento permaneció en esa situación durante el tiempo máximo permitido por la ley; de ese total, sólo 490 personas fueron consignadas ante un juez, es decir, en sólo 5 por ciento de los casos el Ministerio Público logró comprobar que estas personas estaban involucradas en algún ilícito.

5. La aplicación de esta medida en más de una ocasión ha evidenciado la ineficacia de su aplicación aún y cuando se ha publicitado su aplicación en casos de alto impacto y que han sido ventilados ante la opinión pública en los medios de comunicación, tal es el caso del ex gobernador de Tabasco Andrés Granier donde en primera instancia se arraigó al ex gobernador y posteriormente un tribunal federal lo absolvió de forma definitiva del supuesto lavado de 35 millones de pesos que se le imputaba.

O en el caso de El Cuini que es identificado por Estados Unidos como el principal aliado de Nemesio Oseguera, alias El Mencho, líder del cártel de Jalisco Nueva Generación, que fue detenido a finales de febrero por elementos de la Marina durante un despliegue especial en Puerto Vallarta. En el comunicado 018/15, la Armada dijo que la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada había emitido una orden de localización y presentación en contra de este sujeto por actividades de tráfico de drogas y armas; pero en los siguientes dos meses no se supo públicamente nada de él, pasado el tiempo la PGR reconoció que lo había mantenido arraigado y que finalmente fue recluido en el penal federal del Altiplano. Lo sorpresivo fue que la PGR no pudo fincar acusación alguna a González pese a las semanas que lo tuvo arraigado.

Asimismo, la PGR libra desde el 2014 una batalla por retener en prisión a Rubén Oseguera, hijo del líder del cártel de Jalisco Nueva Generación. En los últimos 18 meses ha tenido que detenerlo en cuatro ocasiones luego de que los jueces han terminado por soltarlo al considerar que las pruebas en su contra son insuficientes o que se violaron sus derechos.

En enero de 2014, la Procuraduría detuvo por primera vez a Rubén, conocido con el alias de El Menchito, pero un juez federal en Toluca ordenó su libertad por falta de evidencia. Luego, en octubre de ese mismo año fue capturado nuevamente, arraigado y consignado al penal de Puente Grande, pero tres meses después fue liberado por segunda ocasión, el 23 de junio agentes policiales detuvieron por tercera vez a Oseguera en Jalisco, lo trasladaron a la SEIDO en la Ciudad de México y se le consignó por tres delitos federales pero la juez federal Nadia Villanueva decretó el auto de libertad, tras considerar que se cometieron atropellos en su detención como la falta de un defensor de oficio o el ingreso a su domicilio sin orden judicial.

La anterior situación ocasionó que la PGR expidiera de urgencia una orden de localización para detener por cuarta vez a Rubén Oseguera, esta vez por la supuesta desaparición de dos personas en Michoacán, delito por el cual no podría ser consignado ya que solo es aplicable a servidores públicos.

La Procuraduría además apeló el auto de libertad decretado en favor de El Menchito, tras considerar que no incurrió en las violaciones señaladas por la juez Villanueva.

6. Actualmente, el artículo 16 constitucional concede al Ministerio Público la facultad de detener a una persona cuya conducta es sospechosa de estar relacionada con el crimen organizado o en delitos graves por un periodo de 40 días, prorrogable por otro similar, hasta un total de 80 días. Durante ese periodo, los agentes ministeriales pueden mantener detenida a la persona en cualquiera de los centros de investigación federales que operan en Morelos y el Distrito Federal. Estas personas, que no han sido formalmente declaradas culpables de cometer algún delito, la mayoría de las personas se encuentran en un estado de indefensión y vulnerabilidad, además son incomunicadas de sus abogados y familiares; desconocen su situación jurídica al no ser presentados ante un juez, no pueden tener acceso a sus objetos personales; en general del funcionamiento de estos centros de arraigo se sabe poco, pero las denuncias de violación de derechos humanos van en aumento.

7. Ante este panorama, presenté el 3 de noviembre del año que cursa una iniciativa que propone derogar el arraigo de la Constitución Política, a fin de que no se sigan violando los derechos humanos so pretexto de que un presunto delincuente pueda sustraerse de la acción de la justicia, sin elemento de prueba alguno; así como también para extinguir la contradicción entre esta figura y la tradición garantista y de respeto a los derechos humanos en la Constitución Política federal.

8. Ahora bien, durante la LXII Legislatura diversas iniciativas abordaron la problemática y contradicción jurídica que representa la figura del arraigo en la Constitución; por lo que el 29 de abril de 2013 se puso a consideración en el Senado de la República la minuta que contiene proyecto de decreto que reforma los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo, y décimo primero transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008; sin embargo, la aprobación de este proyecto de decreto por la anterior legislatura sólo acorta los plazos en que una persona pueda estar sujeta a arraigo de la autoridad ministerial; estableciendo que los organismos de derechos humanos podrán revisar en todo momento la aplicación de esta medida a solicitud de la persona sujeta a arraigo o de su representante; sin embargo; ante las recomendaciones internacionales para eliminar esta figura y el principio pro persona de la Constitución, de ninguna manera es compatible que sólo se acote y que el Ministerio Público pueda seguir obsequiando este tipo de órdenes sólo por simples indicios; por lo que tal minuta deberá desecharse en términos de lo previsto en el artículo 72 constitucional, Apartado D, a fin de que se elimine de manera definitiva esta medida cautelar que viola los derechos humanos de las personas y que lamentablemente se encuentra en la Constitución Política.

Por lo expuesto se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. El pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Senado de la República para que, previo a agotar el procedimiento conducente, deseche en términos de lo previsto en el artículo 72 constitucional, Apartado D, la minuta que contiene proyecto de decreto que reforma los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo, y décimo primero transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 17 de marzo de 2016.— Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



BENEFICIO DE LOS EX BRACEROS DEL PERIODO 1942-1964 Y SUS FAMILIAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a cumplir la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, en beneficio de los braceros del periodo 1942-1964 y sus familias, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, diputados Mariana Trejo Flores, Virgilio Dante Caballero Pedraza y Jesús Serrano Lora, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en esta LXIII Legislatura federal, con fundamento en los artículos 6o. y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y en las disposiciones contenidas en la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, ponemos a consideración de este honorable pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Antecedentes y consideraciones

1. El 21 de agosto de 1942, los gobiernos de Estados Unidos y México suscribieron un Convenio Internacional de Trabajadores Temporales que tenía como finalidad hacer posible la entrada a los Estados Unidos de América a trabajadores mexicanos, para cubrir el déficit de mano de obra originado a raíz de la participación de este país en la Segunda Guerra Mundial. Dicho convenio estuvo vigente en términos formales hasta 1964, aunque existen documentos que prueban que se los siguió contratando hasta 1967. En todo este periodo, fueron más de 4.6 millones de trabajadores mexicanos los que trabajaron como braceros en los Estados Unidos, en la construcción de vías férreas y en la producción de alimentos en los campos agrícolas; es decir, en dos de los sectores que fueron clave para mantener en pie la economía de guerra estadounidense.

2. Dicho convenio establecía la creación del llamado Fondo de Ahorro Campesino, el cual se constituía mediante la deducción de 10 por ciento de los salarios de los trabajadores mexicanos braceros. Los patrones hacían la deducción, y depositaban esos recursos en cuentas del gobierno estadounidense; y éste a su vez, al término de cada año fiscal, transfería todo ese dinero al gobierno de México, quien tenía la obligación de reembolsarles sus ahorros a los trabajadores ex braceros una vez que ya estuviesen de regreso en sus comunidades; cosa que nunca ocurrió. Es decir, estamos hablando de un gobierno nacional, que tuvo el atrevimiento de robarse, ni más ni menos, los fondos de ahorro de más de 4.6 millones de trabajadores braceros, constituidos a los largo de por lo menos 22 años.

3. En 1998, es decir, a 56 años de que inició, y a 34 años de que concluyó el Programa Bracero, los trabajadores ex braceros, ahora ya viejos, enfermos y en situación de pobreza extrema, comenzaron a organizarse para reclamar los que es suyo. Por todo el país, e incluso en Estados Unidos, se han constituido cientos de organizaciones de ex braceros para exigir al gobierno federal la devolución íntegra, inmediata e incondicional de sus fondos de ahorro, incluyendo los interesesy las actualizaciones que conforme a derecho corresponden por los 72 años que ya han transcurrido. Dicho proceso de organización, concientización y movilización fue en ascenso, y alcanzó su clímax hacia 2003, 2004 y 2005; pero aun ahora, no hay un solo día en que no tenga lugar alguna movilización de ex braceros en alguna parte del país, clamando por la devolución de su 10 por ciento, que no es sino 10 por ciento del salario que percibieron mientras trabajaron en los Estados Unidos.

4. Como producto de su lucha, se inició hacia 2003 un complejo proceso de diálogo, que dio pie a la creación de la Comisión Especial para Dar Seguimiento a los Fondos de los Trabajadores Mexicanos Braceros en la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados; a la elaboración de un padrón inicial en 2003; pero sobre todo a la aprobación de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2005, con base en la cual se creó un fideicomiso que tiene por objeto “otorgar un apoyo social [...] a los ex trabajadores migratorios mexicanos que hayan prestado sus servicios en los Estados Unidos de América durante los años de 1942 a 1964, de conformidad con lo establecido por el Programa de Trabajadores Migratorios o, en su caso, a sus cónyuges o a los hijos o hijas que sobrevivan y que acrediten la procedencia del mismo, de conformidad con los requisitos establecidos por el artículo 6o. de la presente ley”.

En el artículo 2o., fracción II, y en el sexto transitorio de esta ley, se estableció que “el Comité Técnico del Fideicomiso deberá presentar a la Cámara de Diputados a través de la Comisión Especial para dar Seguimiento a los Fondos de los Trabajadores Mexicanos Braceros, un informe trimestral sobre el avance de su gestión que permita conocer su situación financiera y determinar, en su caso, la cantidad a presupuestar para el año siguiente”. Dicha comisión especial existió y estuvo cumpliendo sus funciones, durante las legislaturas LVIII, LIX, LX y LXI. Durante la LXII, olímpicamente se incumplió dicho mandato legal, en virtud de lo cual la Comisión de Asuntos Migratorios tuvo a bien constituir en su seno la Subcomisión de Ex Braceros, y eligió como su presidente al diputado Raúl Gómez Ramírez, quien mantuvo en alto la bandera de la causa de los ex braceros, literalmente hasta su último aliento.

5. A pesar de sus diversas y muy serias limitaciones, puede afirmarse que la puesta en vigor de esta ley significó un gran avance: gracias a ella, los gobiernos de Vicente Fox y Felipe Calderón asignaron recursos presupuestales para pago del apoyo social, de manera ininterrumpida durante los [ocho] ejercicios fiscales: 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012. En este lapso se asignaron en total más de 7 mil millones de pesos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y se les ha pagado el apoyo social a un poco más de 190 mil ex braceros o a sus beneficiarios. Sin embargo, éstos representan apenas 5.8 por ciento del total de los ex braceros existentes en el país, según las cifras del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas dependiente de la Cámara de Diputados.

Hoy día, existen aún en poder de la Secretaría de Gobernación (Segob) 40 mil 87 expedientes de igual número de ex braceros, cuyos folios no han sido publicados para pago, a los cuales, en términos de la ley y de sus reglas de operación, se les tenía que haber pagado en el ejercicio fiscal 2013; lo cual representa, nada menos, 18.1 por ciento del total de los ex braceros inscritos en el padrón, pendientes de pago.

6. A pesar de que la administración saliente de Felipe Calderón dejó constancia de estos 40 mil 87 expedientes pendientes de pago, e hizo el requerimiento presupuestal respectivo para el ejercicio fiscal de 2013, ya no se ha asignado un solo centavo para pago a ex braceros en el Presupuesto de Egresos de la Federación en lo que va del gobierno del presidente Enrique Peña Nieto (2013, 2014 y 2015), ni se los consideró en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016 que el presidente entregó a la Cámara de Diputados el pasado 8 de septiembre. Lo cual constituye una flagrante y reiterada violación al mandato legal contenido en la Ley que Crea el Fideicomiso ya mencionada; a los artículos 1o., 14, 16 y 74, fracción IV, de nuestra Carta Magna, y a la ejecutoria de amparo que explicaremos puntualmente más adelante.

7. La Ley que Crea el Fideicomiso sufrió una primera enmienda a través del decreto de reformas y adiciones de 1o. de septiembre de 2008, del cual cabe destacar la disposición contenida en el artículo séptimo transitorio, que reza textualmente: “El fideicomiso operará hasta que se dé cumplimiento a su objeto”, lo cual significa que el titular del Ejecutivo federal y la Cámara de Diputados están obligados jurídicamente a proveer recursos presupuestales para el pago del apoyo social a los trabajadores ex braceros, hasta que se alcance la plena realización del objeto del fideicomiso. Ahora bien, si está clara y oficialmente documentada la existencia de 40 mil 87 folios pendientes de pago, no existe argumento alguno que justifique la omisión en que han incurrido el titular del Ejecutivo federal y la Cámara de Diputados en los ejercicios 2013, 2014 y 2015, y en la que están a punto de reincidir en el Presupuesto 2016.

8. Sufrió una segunda enmienda a través del Decreto de 10 de septiembre de 2010, del cual deseamos poner de relieve el contenido de los artículos 3o., y en particular del 4o. transitorio, en el cual se establece que “un representante del Poder Legislativo deberá formar parte del Comité Técnico del Fideicomiso en calidad de invitado permanente”. Esto, porque actualmente, el honorable pleno de esta Cámara no ha elegido a tal representante ante el comité técnico; esto es, dicha representación se encuentra acéfala.

9. Por otra parte, el artículo octavo transitorio del Presupuesto de Egresos de 2015, ordena a la Secretaría de Gobernación: i) concluya la revisión de los expedientes de las personas que hayan presentado solicitud para recibir el apoyo previsto en la ley de la materia; ii) determine conforme a los términos y condiciones establecidos en dicha ley aquellos que tienen derecho a recibir el apoyo respectivo; y iii) realice el pago correspondiente (incluyendo a los beneficiarios que no se han presentado a cobrarlo), a más tardar el 31 de diciembre de 2015. Sin embargo, al no haber asignado partida presupuestal alguna, dicha disposición se convierte en un ouróboro; es decir, se devora, se nulifica a sí misma.

10. Por lo demás, el Poder Judicial de la Federación, a través de Sentencia Firme del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Distrito Federal en el Toca RA-160/2013, concedió el amparo y la protección de la justicia federal a los quejosos en el juicio de garantías 38/2013, en los términos siguientes:

Decisión. En mérito de lo expuesto, lo que procede es conceder el amparo a los quejosos, en contra de los actos reclamados consistentes en:

• La omisión en que incurrió el titular del Ejecutivo federal de incluir en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2013 (dos mil trece), la partida económica para pagar el apoyo social a trabajadores ex braceros, conforme a la Ley que creó el Fideicomiso respectivo.

• La omisión en que incurrió la Cámara de Diputados de modificar el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, enviado por el titular del Ejecutivo federal, en transgresión al artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Y es que, mientras “la parte quejosa aportó copias simples, no objetadas por las autoridades, del Fideicomiso 10230 Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942-1964 [...] en donde se encuentra el apartado denominado Estado Financiero Actual del Fideicomiso y Presupuesto 2013, en donde se advierte que existen pagos pendientes [...] y se realizó una propuesta de presupuesto para 2013”, “las autoridades responsables no aportaron elementos a partir de los que se deduzca, sin lugar a dudas, que se ha agotado el objetivo o finalidad del fideicomiso...”

“Conforme al contenido del artículo 74 de la norma condicionante, el titular del Ejecutivo federal debió realizar la afectación del Presupuesto para 2013 y, la Cámara de Diputados debió realizar la aprobación en ese sentido, en relación con la partida que se destinare para el pago del apoyo social a ex braceros y/o a quienes acrediten tener el derecho a recibir ese apoyo; lo cual debió realizarse con sujeción a la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, las disposiciones de tránsito de esa Ley [...], así como a las Reglas de Operación del Fideicomiso...”

“La ley prevé el otorgamiento de un apoyo social para los beneficiarios, por lo que crea un derecho para que los ex trabajadores migratorios o, en su caso, quienes tengan derecho a recibir el apoyo, obtengan aquél, proveniente de recursos públicos que la sociedad les otorga”.

11. El pasado 7 de diciembre de 2015 la Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación la lista de los 7 mil 33 beneficiarios que forman parte de la relación de apoyos programados del Fideicomiso 10230 del Fondo de Apoyo Social de Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

La publicación de la Secretaría señala que los recursos se destinaron con base en los artículos 1 y 8 del Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos con base en la relación aprobada por el comité técnico del mismo que publicó el acuerdo 01/SE29/2015 del pasado cinco de noviembre.

El listado incluye el número de folio de cada ex trabajador migratorio, nombre, estado y municipio, así como un monto de 38 mil pesos a cada uno, para lo cual cuentan con un plazo de 120 días naturales que empezaron a correr un día después de la publicación de la lista, la cual está próxima a vencer, sin embargo, es necesario que exista una lista permanente para que todas las personas beneficiadas puedan ejercer su derecho.

12. Cabe señalar por otra parte, que los beneficiarios no han podido cobrar en el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito (Bansefi), debido a diversos tipos de dificultades para reunir la documentación indispensable a fin de realizar trámites de cambio de beneficiario o de corrección de datos. Anteriormente, el pago era agilizado por las oficinas de Telecomunicaciones de México (Telecomm-Telégrafos), es decir, había menos impedimentos para que los ex trabajadores migratorios pudieran cobrar el dinero que por derecho les corresponde.

Nada hay de sensibilidad humanitaria en esta draconiana decisión, con la cual se pretende arrebatar el importe del apoyo social a unos ex braceros, para supuestamente dárselo a otros.

13. Aunado a lo anterior, los correos y los teléfonos proporcionados por la Secretaría de Gobernación para resolver dudas y recibir orientación para el trámite, no son funcionales, pues los ex trabajadores migratorios y sus familias han querido hacer uso de ellos, sin que obtengan una respuesta de la Secretaría.

Con base en lo anteriormente expuesto y, con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, nos permitimos proponer los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero.Se solicita al presidente de la República, en su carácter de titular del Ejecutivo Federal y a las comisiones competentes de la Cámara de Diputados, tomen las medidas necesarias en el ámbito de su competencia, con el objeto de que se cubra el apoyo social a los 40 mil 87 ex braceros a quienes se les adeudan pagos, relativos a su labor brindada en el marco del programa antes mencionado.

Segundo.Se exhorta a la Junta de Coordinación Política para que proponga ante el pleno de la Cámara de Diputados, la designación del representante del Poder Legislativo ante el Comité Técnico del Fideicomiso 10230, Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, de conformidad con el mandato legal previsto en los artículos: 3o. y 4o. transitorios, del decreto de reformas y adiciones del 10 de septiembre de 2010.

Tercero.Se exhorta a la Comisión de Asuntos Migratorio de esta Cámara de Diputados, a crear la Subcomisión para dar Seguimiento a los Fondos de los Trabajadores Mexicanos Ex Braceros, con el objetivo de darle solución a dicho conflicto.

Cuarto. Se exhorta al Congreso de la Unión para que faculte al Comité Técnico del Fideicomiso, mediante la reforma legal respectiva, para que emita una nueva convocatoria e instale las mesas receptoras permanentes respectivas, con la finalidad de que, todos aquellos ex braceros que no se registraron en las convocatorias anteriores, tengan oportunidad de acreditar su derecho y acceder al beneficio del apoyo social previsto en la ley de la materia, como se desprende de los artículos 1o. de la ley, y séptimo transitorio del decreto de 1o. de septiembre de 2008.

Quinto. Se exhorta a estas mismas instancias, para que garanticen a los ex braceros que radican en los Estados Unidos una atención eficiente y eficaz a través de los consulados de México en aquel país; el hecho de que ellos tengan que venir a este lado de la frontera a realizar sus trámites, constituye una violación a sus garantías constitucionales, por cuanto implica una violación al derecho de no discriminación previsto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sexto.Se exhorta a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, para que a la mayor brevedad, creen un verdadero programa de pago y finiquitode la deuda social que éste tiene con los trabajadores ex braceros, ya que el actualmente vigente no es sino apenas un pequeño y simbólico paliativo. Ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 5o. párrafo primero de nuestra Carta Magna, que textualmente dice “Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”.

Séptimo.Se exhorta al Congreso de la Unión para que faculte al Comité Técnico del Fideicomiso, para que realice el cambio de Bansefi por las oficinas de Telecomunicaciones de México (Telecomm-Telégrafos) a efecto de que sea ésta última la encargada de otorgar apoyo social.

Octavo.Se exhorta a la Secretaría de Gobernación para que haga públicos números telefónicos funcionales, y una nueva cuenta de correo electrónico que aclare dudas y brinde asesoría personalizada en el trámite del apoyo social para ex trabajadores migratorios.

Notas:

1 El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, estimó en 3, 233,755 la cantidad de ex braceros o sus beneficiarios sobrevivientes que podrían registrarse en la Segunda Convocatoria. Véase CEFP, “Impacto Presupuestario ‘Programa Bracero’ 1942-1964”, México, Palacio Legislativo de San Lázaro, marzo de 2008, p. 12.

2 Gustavo Nicolás Kubli Albertini, titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Subsecretaría de Egresos, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Oficio No. 307-A.-6441, dirigido a la diputada Amalia García Medina en su carácter de presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados. Anexo 2, Apartado II.D. Informe de la revisión de expedientes no viables e integración del listado de viables para la propuesta del presupuesto 2013, pp. 35 y 36.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputados: Roberto Guzmán Jacobo, María Antonia Cárdenas Mariscal (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



IMPLEMENTE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA ERRADICAR EL TURISMO SEXUAL

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a implantar medidas para erradicar el turismo sexual, a cargo del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena

El proponente, diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo establecido en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La presencia en nuestro país del tema del turismo sexual para el gobierno es incómodo, por lo que pretenden invisibilizarlo para no llamar la atención de este problema, simplemente quiere crear una cortina de humo; entendamos que la trata de personas se presenta en diversas formas, es difícil plasmarla como un delito en específico de un mismo cuerpo normativo y de un mismo tipo penal; sin embargo todas sus formas tienen en común ser conductas que se orientan a menoscabar a las personas a la calidad de una cosa o mercancía, sujetas a la oferta y demanda de mercados clandestinos controlados por personas que en la mayoría de las veces tienen algún vínculo con el crimen organizado, y que, normalmente transportan a las víctimas dentro y fuera de un país, para luego someterlas a condiciones de explotación de todo tipo, privándolas ilegalmente de su libertad.

El entorno del turismo sexual en general proporciona fuertes estímulos en las personas con inclinación a explotar sexualmente a las y los niños en sus viajes.

Las poblaciones de los países afectados, casi en su totalidad, atraviesan problemas económicos, los cuales son utilizados por el explotador para introducirlos a un circuito de explotación sexual: la oferta y demanda de sexo. Aquí, la “mercancía más valiosa” es aquella que el turista sexual demanda y por la que está dispuesto a pagar altas sumas de dinero.

El turismo sexual se basa en la pobreza, marginación y falta de oportunidades de la gente para alcanzar una mejor calidad de vida.

Con tristeza seguimos escuchando como las notas periodísticas nos informan sobre el turismo sexual, práctica deleznable que persigue a nuestra niñez y que cada vez se hace más frecuente por la falta de regulación y políticas públicas que persigan el ilícito.

En los últimos 20 años, la trata de seres humanos con fines de explotación sexual ha captado la atención y ocupado las agendas políticas nacionales e internacionales, cifras de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señalan que 2.4 millones de personas en el mundo están sujetas a la explotación como resultado de la trata de seres humanos; convirtiéndose en uno de los negocios más lucrativos después del tráfico de armas y el tráfico de estupefacientes, con ganancias que oscilan entre los 8 y 10 mil millones de dólares al año.

La Asociación Unidos Contra la Trata estimó que hay al menos 50 mil niños esclavos sexuales en la Frontera de México con Estados Unidos y otros 20 mil en el resto del país.

Por otra parte según un informe del Departamento de Estado de Estados Unidos sobre Trata de Personas de 2013, exhibe que cada año en México 20 mil niños, niñas y adolescentes son víctimas de la explotación sexual, mientras 85 mil son usados en actos de pornografía, y que en 21 de 32 entidades del país existe el turismo sexual.

La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos, considera en su artículo 13, al turismo sexual como una forma de explotación sexual remunerada que se encuentra dentro del fenómeno de la trata de personas.

El Fondo de Naciones Unidas para la Infancia menciona que en 21 estados del país, se han detectado actividades de turismo sexual infantil. La Coalición Internacional contra la trata de Mujeres y Niñas en América Latina, ubica a México en el quinto lugar a nivel mundial en esta modalidad.

De acuerdo al reporte de tráfico de personas 2014, en México existe una tendencia al incremento en el turismo sexual infantil mismo que persiste, sobre todo en zonas turísticas de playa y en ciudades fronterizas del norte como Tijuana y Ciudad Juárez. Junto con nuestro país se identifica a Camboya, Tailandia y las islas Filipinas, entre otras naciones en donde se puede acceder a la contratación de menores con fines sexuales con amplia facilidad para poder lograrlo.

El impacto que tiene la explotación sexual comercial ha posicionado además a Baja California, Acapulco y Cancún, como destinos preferidos de turismo sexual.

El turismo sexual es un fenómeno multifactorial, que debido a la limitada comprensión, por parte de las autoridades socava la lucha en contra de esta modalidad de trata de personas. El ejemplo claro lo tenemos en Tijuana donde una campaña promovida por empresarios llamada “Tijuana Coqueta” que busca mejorar la imagen de la entidad se tergiversa hasta hacer pensar que era para promover el turismo sexual, dicha campaña a decir de los creadores era para mejorar la higiene y limpieza, para atraer más turismo y borrar la imagen de Tijuana negro, pero fue mal manejada a tal grado que se tuvo que hacer la aclaración por parte de las autoridades para deslindarse de ella y para decir que no era para hacer turismo sexual. Estas campañas deben realizarse por dichas autoridades.

El turismo sexual debe ser ya el centro de debate nacional e internacional, en el que el principio del interés superior de la niñez y los derechos humanos de éstos así como de las y adolescentes, sean el eje rector, ante este flagelo social que carcome a un Estado que ha sido incapaz de garantizar una real protección a los derechos humanos de las víctimas.

El Estado debe de tener por objetivo desalentar y consecutivamente suprimir esta forma de explotación sexual, visibilizando la problemática que viven todas las personas que han sido víctimas y reconociendo la gravedad de este aberrante, pero existente delito.

Por esto es preciso que se promueva un plan para eliminar la prostitución infantil que es considerado un negocio muy lucrativo a escala mundial, que en algunos casos alcanza niveles de sofisticación muy altos, y en el cual intervienen en su mayoría poderosas redes delictivas en los niveles local, nacional e internacional.

Por lo anteriormente motivado y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a que por medio de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos hagan públicos los avances del Programa Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para eliminar la modalidad de Explotación Sexual Comercial: turismo sexual, en el ámbito de competencia así como de las atribuciones que la Ley le confiere, para prevenir y evitar la  expansión de dicho delito.

Notas:

1 http://www.eluniversal.com.mx/articulo/estados/2016/02/28/prostitucion-el-infie rno-infantil-en-tijuana

2 SDPnoticias.com. “México, un paraíso para la explotación sexual infantil”. En línea dirección URL: http://www.sdpnoticias.com/nacional/2013/05/07/mexico-un -paraiso-para-la-explotacion-sexual-infantilx.com.mx/2008-11-30/los-acapulco-ki ds-2/

3 http://www.csem.org.br/index.php/csem/noticias/2585-mexico-sin-estandares-minim os-para-eliminar-la-trata

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2016.— Diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez (rúbrica)»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.