Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar
Director del
Diario de los Debates
Luis Alfredo Mora Villagómez
Año II
México, DF, jueves 8 de septiembre de 2016
Sesión No. 4

SUMARIO


ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Desde la curul, la diputada Karla Karina Osuna Carranco, del PAN, para referirse al “Día Mundial para la Prevención del Suicidio”

COMUNICACIONES

De la Junta de Coordinación Política, en relación a cambio de integrantes y de juntas directivas de comisiones ordinarias, organismos internacionales, grupos de amistad y de trabajo. Aprobado, comuníquese

De la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, de Morena, por la que solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Fomento para el Uso de la Bicicleta en Zonas Metropolitanas

De la diputada María Elena Orantes López, de MC, por la que solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o., 30 y 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios

De la Comisión Permanente, por la que remite los siguientes acuerdos:

– Que recibió del Congreso del estado de Nuevo León por el que exhorta al Congreso de la Unión, para que en el ámbito de sus atribuciones, etiqueten en el Paquete Fiscal 2017 los recursos necesarios para la creación del Parque Lineal de la Boca. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

– Por el que exhorta a la Cámara de Diputados a que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2017, considere una partida presupuestal para continuar con el pago a trabajadores ex braceros. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

– Por el que exhorta al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, para que considere realizar un estudio que contemple la proyección sobre los recursos requeridos para el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en la próxima década. Se turna al Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, para su atención

De la Cámara de Senadores, se recibió la integración de la Junta de Coordinación Política, para el segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura. De enterado

De la Cámara de Senadores, se recibió el calendario de sesiones para el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura. De enterado

Del Congreso del estado de San Luis Potosí, se recibió dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, relativas a las disposiciones que permiten a los menores de edad contraer matrimonio. Se remite a la Comisión de Juventud, para su conocimiento

De la Consejería Jurídica del estado de Oaxaca, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para fortalecer las campañas de difusión sobre la presencia de la araña violinista y los efectos de su picadura. Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento

De la Secretaría General de Gobierno del estado de Puebla, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se considera el cambio climático una amenaza a la seguridad nacional. Se remite a la Comisión de Cambio Climático, para su conocimiento

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativa a las estrategias transversales contra el robo de identidad. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el informe anual 2015 del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas. Se remite a la Comisión de Seguridad Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el 4to. informe de labores de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Comunicaciones y Transportes, de Cultura, de Defensa Nacional, de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, de Economía, de Educación Pública, de Energía, de la Función Pública, de Marina, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Relaciones Exteriores, de Salud, de Trabajo y Previsión Social, y de la Procuraduría General de la República. De enterado, distribúyanse entre las diputadas y los diputados; y remítase a las comisiones correspondientes

Del Instituto Federal de Telecomunicaciones, con el que remite el segundo informe trimestral de actividades 2016. Se turna a la Comisión de Comunicaciones, para su conocimiento

Del Instituto Federal de Telecomunicaciones, con el que remite el informe previo de resultados de gestión 2016 del Órgano Interno de Control del Instituto. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para su conocimiento

INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS DE LOS ESTADOS

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del Congreso del estado de Nayarit, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del Congreso del estado de Tamaulipas, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo, recorriéndose los subsecuentes al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

INICIATIVA CIUDADANA

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del licenciado José Lara Sánchez, presidente del Centro Cultural y Orientación Civil Concertación, AC, por el que a nombre y en representación, se recibió la iniciativa ciudadana por la vida y la familia, y adiciona y modifica distintos párrafos del artículo 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 93 cajas cerradas y selladas que dicen contener las firmas que la respaldan. Con fundamento en el artículo 132, numeral 1, inciso A, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se remitió al Instituto Nacional Electoral a efecto de que éste verifique el cumplimiento de los requisitos señalados en la ley

INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS

EXPIDE LA LEY GENERAL PARA EL APROVECHAMIENTO INTEGRAL DE ALIMENTOS Y SU DONACIÓN ALTRUISTA

De la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para el Aprovechamiento Integral de Alimentos y su Donación Altruista. Se turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Economía, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El diputado Matías Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se remite a la Comisión de Desarrollo Rural, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL Y DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

El diputado Gerardo Federico Salas Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Omar Ortega Álvarez, a nombre propio y del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

El diputado Arturo Álvarez Angli, a nombre propio y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen y a la Comisión de Cambio Climático, para opinión

EXPIDE LA LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR, SANCIONAR Y REPARAR EL DELITO DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS Y LA DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES, Y LEY GENERAL DE SALUD

El diputado Juan Romero Tenorio, a nombre propio y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Delito de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición Cometida por Particulares, y reforma los artículos 348, 350 Bis 3, 350 Bis 4 y 350 Bis 5, de la Ley General de Salud. Se remite a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, para dictamen y a las comisiones de Salud y de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

La diputada Candelaria Ochoa Avalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY GENERAL DE VÍCTIMAS

La diputada María Eugenia Ocampo Bedolla, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 81, 84 y 118 de la Ley General de Víctimas. Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario Encuentro Social, a nombre propio y de diversos diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen y a la Comisión de Derechos Humanos, para opinión

CÓDIGO PENAL FEDERAL

La diputada Mariana Arámbula Meléndez, a nombre propio y de los diputados Marko Antonio Cortés Mendoza, Federico Döring Casar, Juan Pablo Piña Kurczyn, José Antonio Salas Valencia y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un capítulo y un artículo 209 Quáter al Código Penal Federal. Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

La diputada Eva Florinda Cruz Molina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 17 y 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El diputado Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, a nombre propio y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 207 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales. Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY DE MIGRACIÓN

El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

La diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. ,7o. y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos. Se remite a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

El diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD, LEY DE AVIACIÓN CIVIL Y LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

El diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; 42 de la Ley de Aviación Civil y adiciona un artículo 20 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se remite a las Comisiones Unidas de Transportes y de Juventud, para dictamen

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

El diputado Evelio Plata Inzunza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 8o., y 13 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen

ANÁLISIS CORRESPONDIENTE AL 4TO. INFORME DE GOBIERNO EN MATERIA DE POLÍTICA ECONÓMICA

Para referirse al tema, hace uso de la voz:

El diputado Hugo Eric Flores Cervantes, del PES

El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, de NA

El diputado Carlos Lomelí Bolaños, de MC

El diputado Vidal Llerenas Morales, de Morena

El diputado José Antonio Arévalo González, del PVEM

El diputado Candelario Pérez Alvarado, del PRD

La diputada Alejandra Gutiérrez Campos, del PAN

El diputado Ricardo David García Portilla, del PRI

En la segunda ronda, hace uso de la palabra:

El diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, del PES

El diputado Mariano Lara Salazar, de NA

El diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, de MC

El diputado Juan Romero Tenorio, de Morena

El diputado Emilio Enrique Salazar Farías, del PVEM

El diputado Tómas Octaviano Félix, del PRD

MINUTO DE SILENCIO

Desde la curul, el diputado Juan Pablo Piña Kurczyn, del PAN, solicita a la Presidencia un minuto de silencio por el 162 aniversario luctuoso del General Ignacio Zaragoza

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, presidente de la Mesa Directiva concede el minuto de silencio en memoria del General Ignacio Zaragoza

ANÁLISIS CORRESPONDIENTE AL 4TO. INFORME DE GOBIERNO EN MATERIA DE POLÍTICA ECONÓMICA

Para continuar con el tema, intervienen:

El diputado Herminio Corral Estrada, del PAN

El diputado Yerico Abramo Masso, del PRI

De conformidad con lo que establece el artículo 7, numeral 5 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, remítase la versión estenográfica de esta sesión al Presidente de la República, para su conocimiento

ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión manifiesta su voluntad para sumarse a la campaña de ONU Mujeres, denominada HeForShe. Aprobado, comuníquese

De la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Protección ante el inminente riesgo de deslaves y afectaciones de caminos con el propósito de que la población extreme precauciones

Para referirse al acuerdo, hace uso de la voz:

La diputada Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del PRI

La diputada Angélica Reyes Ávila, de NA

La diputada Ros Alba Ramírez Nachis, de MC

El diputado Víctor Ernesto Ibarra Montoya, del PAN

El diputado Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, del PVEM

El diputado Carlos Hernández Mirón, del PRD

Aprobado, comuníquese

MENSAJE DE LA PRESIDENCIA

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva, informa a la Asamblea que hoy a las 17:00 horas, se recibirá el paquete económico, turnándose de inmediato dichas iniciativas a las comisiones respectivas para su análisis y posterior dictamen

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

El presidente Edmundo Javier Bolaños Aguilar informa que, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las proposiciones y las iniciativas que no se presentaron en tribuna serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria

DÍA MUNDIAL PARA LA PREVENCIÓN DEL SUICIDIO

De la diputada Karla Karina Osuna Carranco, del Grupo Parlamentario del PAN se recibió efeméride con motivo del Día Mundial para la Prevención del Suicidio

DÍA MUNDIAL PARA LA PREVENCIÓN DEL SUICIDIO

De la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza, del Grupo Parlamentario del PVEM, se recibió efeméride con motivo del 10 de septiembre, Día Mundial para la Prevención del Suicidio

APÉNDICE

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 8 de septiembre de 2016, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar

ASISTENCIA

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y de diputados.

El Secretario diputado Raúl Domínguez Rex:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 257 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar(a las 11:22 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

El Secretario diputado Raúl Domínguez Rex:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura.

Orden del día

Jueves 8 de septiembre de 2016.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Junta de Coordinación Política

En relación a cambio de integrantes y de juntas directivas de comisiones ordinarias, organismos internacionales, grupos de amistad y de trabajo.

De los diputados Norma Xóchitl Hernández Colín y María Elena Orantes López

Por los que solicitan el retiro de iniciativas.

La Comisión Permanente

Remite acuerdo que recibió del Congreso del estado de Nuevo León por el que exhorta al Congreso de la Unión, para que en el ámbito de sus atribuciones, etiqueten en el Paquete Fiscal 2017 los recursos necesarios para la creación del Parque Lineal de la Boca.

Remite acuerdo por el que exhorta a la Cámara de Diputados a que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2017, considere una partida presupuestal para continuar con el pago a trabajadores ex-braceros.

Remite acuerdo por el que exhorta al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, para que considere realizar un estudio que contemple la proyección sobre los recursos requeridos para Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en la próxima década.

La Cámara de Senadores

Comunica la integración de la Junta de Coordinación Política, para el segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura.

Remite el calendario de sesiones para el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura.

El Congreso del Estado de San Luis Potosí

Remite dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, relativas a las disposiciones que permiten a los menores de edad contraer matrimonio.

La Consejería Jurídica del Estado de Oaxaca

Remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para fortalecer las campañas de difusión sobre la presencia de la araña violinista y los efectos de su picadura.

La Secretaría General de Gobierno del Estado de Puebla

Remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se considera el cambio climático una amenaza a la seguridad nacional.

La Secretaría de Gobernación

Remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativa a las estrategias transversales contra el robo de identidad.

Remite el informe anual 2015 del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

Remite el cuarto informe de labores de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Comunicaciones y Transportes, de Cultura, de Defensa Nacional, de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, de Economía, de Educación Pública, de Energía, de la Función Pública, de Marina, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Relaciones Exteriores, de Salud, de Trabajo y Previsión Social, y de la Procuraduría General de la República.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones

Remite el segundo informe trimestral de actividades 2016.

Remite el informe previo de resultados de gestión 2016 del órgano interno de control del instituto.

Del Congreso del Estado de Nayarit

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del Congreso del Estado de Tamaulipas

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo, recorriéndose los subsecuentes al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Acuerdos de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política.

Iniciativas

Que expide la Ley General para el Aprovechamiento Integral de Alimentos y su Donación Altruista, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 2o. y 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Méxicanos, suscrita por los diputados Francisco Martínez Neri y Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Francisco Escobedo Villegas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 29 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona una fracción V al artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Ángel García Yanéz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 54, 90, 93 y 155 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Carlos Alberto de la Fuente Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Candelaria Ochoa Ávalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 112 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Que reforma y adiciona los artículos 17 y 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, a cargo de la diputada Eva Florinda Cruz Molina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma los artículos 27 de la Ley General de Desarrollo Social y 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo de la diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 42 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María Elena Ornates López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 27 y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 33 de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada María Cristina Teresa García Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Evelio Plata Inzunza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 110 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Juan Carlos Ruiz García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Salud y 7o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Karina Padilla Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 15-C y 540 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Gerardo Federico Salas Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 56, 57,58 y 59 de la Ley General de Educación y 21 de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo Quinto de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 107 y 108 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 46 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 61-Bis y 66-Bis de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 270 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 51 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Concepción Valdés Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas de México, a cargo del diputado Víctor Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado David Jiménez Rumbo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona el artículo 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado David Jiménez Rumbo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona los artículos 6, 20 y 29 de la Ley Federal de la Defensoría Pública, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con proyecto de decreto por el que se declara el día 4 de agosto de cada año, como el “Día Nacional de Calakmul, Campeche, Primer Patrimonio Mixto de la Humanidad en México”, a cargo de la diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un Capítulo y un artículo 209 Quáter al Código Penal Federal, suscrita por los diputados Mariana Arámbula Meléndez, Marko Antonio Cortés Mendoza, Federico Döring Casar, Juan Pablo Piña Kurczyn, José Antonio Salas Valencia y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que deroga el párrafo segundo del artículo 466 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado Arturo Álvarez Angli y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que expide la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Delito de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición Cometida por Particulares, y reforma los artículos 348, 350 Bis 3, 350 Bis 4 y 350 Bis 5, de la Ley General de Salud, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 2o., 7o. y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona los artículos 81, 84 y 118 de la Ley General de Víctimas, a cargo de la diputada María Eugenia Ocampo Bedolla, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario Encuentro Social y por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Que reforma los artículos 2o., 8o., y 13 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Evelio Plata Inzunza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 207 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales, suscrita por el diputado Cesáreo Jorge Márquez Alvarado y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma los artículos 52 de la Ley de Migración, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Candelaria Ochoa Ávalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma los artículos 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; 42 de la Ley de Aviación Civil y adiciona un artículo 20 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ruth Tiscareño Agoitia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley General de Propaganda Gubernamental y Comunicación Social Reglamentaria del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma el artículo 1o. de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación , a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 50 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por la diputada Sasil Dora Luz de León Villard y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma los artículos 60, 65 y 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 89 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. .

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Matías Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 113 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 84 Bis a la Ley General de Población, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 173, 174, 176 y 177 y se adiciona un 177 Bis al Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Gloria Hernández Madrid, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Gloria Hernández Madrid, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 2o., 4o., 57 y adiciona un 63 Bis a la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Sara Latife Ruiz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Análisis del 4to. Informe de Gobierno del Presidente de la República, en materia de Política Económica.

Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de una Comisión Especial que investigue la situación de la compra y venta de los terrenos cedidos a la empresa Toyota en el estado de Guanajuato, a cargo del diputado Charbel Jorge Estefan Chidiac, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo relativo a la visita del candidato a la presidencia de los Estados Unidos de América, Donald Trump, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Proposiciones de turno a comisión

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, para que se realicen las modificaciones necesarias al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, al Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, y demás reglamentaciones y normas que permitan facilitar el tránsito y transporte de combustible por parte de los productores agrícolas, así como garantizar la seguridad de los terceros, a cargo del diputado Alex Le Baron González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que exhorta a las Procuradurías Generales Estatales, para que en coadyuvancia con el Sistema Nacional de Identificación Individual del Ganado de la Sagarpa, realicen las investigaciones correspondientes al delito de robo de ganado, a cargo del diputado Gerardo Federico Salas Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STPS, para que genere programas de empleos para jóvenes estudiantes, técnicos y recién egresados para impulsar el desarrollo profesional y su integración al ámbito laboral, a cargo del diputado Felipe Reyes Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Conacyt, para que difunda el calendario de las convocatorias dirigidas a instituciones de educación superior y personas interesadas en participar en los diferentes programas de fomento y apoyo a los investigadores del país, a cargo de la diputada Patricia Elena Aceves Pastrana, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP otorgar viabilidad financiera a los proyectos que sean aprobados para la Prevención de los Desastres Naturales, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al IMSS, para que se realicen las acciones necesarias para mejorar los servicios que presta el Hospital General de Zona No. 11 y la Unidad de Medicina Familiar No.78, así como para resolver la problemática suscitada por la clausura de la Unidad Médica Familiar No. 76 ubicada en Nuevo Laredo, Tamaulipas, a cargo de la diputada Yahleel Abdala Carmona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos Locales, a derogar de sus Códigos Penales, los delitos denominados del “Halconeo”, mismos que han sido utilizados para limitar y violentar el derecho de acceso a la información con fines periodísticos, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CDMX, y a la demarcación de Xochimilco, para que instale una mesa de trabajo para la investigación y solución a las inconformidades de los habitantes de Xochimilco, a cargo de la diputada Evelyn Parra Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al IMSS, para que admita la Recomendación No. 38/2016 que le emitió la CNDH, por el caso de violencia obstétrica y violaciones a los derechos de dos personas en el Hospital General de Zona Número 8 en Uruapan, Michoacán, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, se considere elaborar un estudio regional sobre los niveles de temperatura en el estado de Campeche, a cargo del diputado Miguel Ángel Sulub Caamal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CDMX, para que por medio del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex), de solución al problema del desabasto en la zona oriente de la ciudad, a cargo de la diputada Evelyn Parra Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaria de Salud, a implementar mejoras en la infraestructura de las salas de espera de los hospitales públicos del país, suscrito por las diputadas Delfina Gómez Álvarez y Sandra Luz Falcón Venegas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Asamblea Legislativa de la CDMX, considere destinar el uno por ciento de su presupuesto participativo, a proyectos con perspectiva joven, a cargo de la diputada Evelyn Parra Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo relativo a la construcción de un helipuerto y la instalación de tanques de combustible en un predio ubicado en Av. Universidad 2014, Col. Universidad, en la demarcación de Coyoacán, en la CDMX, a cargo de la diputada María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al PGR, para que difunda las razones y fundamento legal del operativo realizado contra cuatro estaciones de radio en la región mixteca de Oaxaca, suscrito por los diputados Virgilio Dante Caballero Pedraza y Ángel Antonio Hernández de la Piedra, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que se fortalezcan los programas y proyectos destinados al desarrollo social, en los diferentes sectores para el Estado de Morelos, a cargo de la diputada Lucia Virgina Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que expida la reglamentación necesaria para el adecuado funcionamiento de la Secretaría de Cultura, a cargo del diputado Ángel Antonio Hernández de la Piedra, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que instruya a la SHCP, a detener el aumento a los precios de las gasolinas y la electricidad, a cargo del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a la designación de los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por parte del Senado de la República, a cargo de la diputada Ernestina Godoy Ramos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a las agresiones físicas contra Javier Sicilia Zardaín, perpetradas por elementos del Mando Único de Morelos, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR, para que acelere la integración correspondiente de las denuncias de hechos presentadas por la ASF respecto de las irregularidades encontradas a la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, a cargo de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del PRD

Efemérides

Relativa al “Día Internacional de la Prevención del Suicidio”, a cargo de la diputada Karla Karina Osuna Carranco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con motivo del 10 de septiembre, “Día Mundial para la Prevención del Suicidio”, a cargo de la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa su lectura.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa su lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes seis de septiembre de dos mil dieciséis, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.

Presidencia del diputadoEdmundo Javier Bolaños Aguilar

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos sesenta y tres diputadas y diputados, a las once horas con veinticinco minutos del martes seis de septiembre de dos mil dieciséis, el Presidente declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; del mismo modo se dispensa la lectura del acta de la Sesión Preparatoria del día treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, y no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.

Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:

a) De la Mesa Directiva:

• Por la que comunica el retiro de iniciativas y proposiciones. Se tienen por retiradas, se actualizan los registros parlamentarios.

• Por la que comunica modificaciones de turno de iniciativas. Se modifican los turnos, se actualizan los registros parlamentarios.

• Por la que comunica el turno de minutas con proyecto de decreto remitidas a comisiones durante el Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio:

• Por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la cual se turnó el tres de mayo del año en curso a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

• Por el que se expide la Ley Federal de Fomento a la Gastronomía Mexicana, la cual se turnó el veintitrés de junio del año en curso a la Comisión de Economía, para dictamen.

• Por el que se reforma y adiciona el artículo veintiuno, y reforman los artículos setenta y tres, fracción vigésima tercera; setenta y seis, fracción segunda; ciento quince, ciento dieciséis y ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Seguridad Pública, la cual se turnó el veintitrés de junio del año en curso a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Seguridad Pública, para dictamen.

b) De la Junta de Coordinación Política:

• Por el que comunica los cambios de integrantes en comisiones que se realizaron durante el Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio. De enterado, se actualizan los registros parlamentarios.

• En relación con cambios de integrantes y de juntas directivas de comisiones ordinarias y especial. En votación económica se aprueban. Comuníquense.

• Por el que informa el cambio de Presidencia de la Comisión para continuar las investigaciones y dar seguimiento a los resultados del GIEI, designado por la CIDH, relacionadas con los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la escuela normal rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”, en tanto se rinde el informe de la comisión, se designa como Presidenta en funciones a la diputada Karina Padilla Ávila. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

c) De la Comisión Permanente:

• Por la que informa la reincorporación de nueve diputados a sus actividades legislativas. De enterado.

• Acuerdo por el que exhorta a la Cámara de Diputados para que informe sobre las medidas que ha implementado para garantizar la seguridad social de sus trabajadores. Se turna a la Mesa Directiva para su atención.

• Acuerdo por el que se invita al Colegio Nacional del Notariado Mexicano y al propio Congreso de la Unión, a que lleven a cabo la instalación de un módulo de atención en el Palacio Legislativo de San Lázaro y en el Senado de la República, durante el mes de septiembre, con motivo de la campaña Septiembre Mes del Testamento. Se turna a la Mesa Directiva para su atención.

• Informe de actividades de la Comisión de seguimiento a los hechos ocurridos en Nochixtlán, Oaxaca, el diecinueve de junio de dos mil dieciséis, y Documento suscrito por el diputado Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, que contiene apreciaciones y observaciones a dicho Informe. De enterado.

d) De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con la que remite el Primer Informe Semestral dos mil dieciséis sobre acciones relevantes. Se remite a las Comisiones Comunicaciones, y de Transportes, para su conocimiento.

e) De la Secretaría de Relaciones Exteriores, que remite el Informe final de las evaluaciones en materia de diseño de los Programas Presupuestarios del Ramo Cinco “Relaciones Exteriores”. Se remite a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Relaciones Exteriores, para su conocimiento.

f) Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

• Con la que remite el Informe de los empréstitos y obligaciones inscritos en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas, Municipios y sus organismos, correspondiente al periodo del primero de abril al treinta de junio de dos mil dieciséis. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública para su conocimiento.

• Con la que remite el Primer Informe Semestral dos mil dieciséis del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, que contiene el desglose de las operaciones efectuadas por motivo de las transferencias de bienes propiedad del Gobierno Federal. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

g) De la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, con la que remite el Informe de Resultados de la Auditoría Externa a la Matrícula del Primer Informe Semestral dos mil dieciséis. Se remite a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

h) De la Cámara de Senadores, con las que:

• Comunica la elección de su Mesa Directiva para el Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura; y la instalación para su Primer Periodo de Sesiones Ordinarias. De enterado.

• Remite acuerdo por el que exhorta a los tres órganos de gobierno, para que conforme a lo dispuesto en el marco jurídico nacional, y de acuerdo a los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, se implementen políticas públicas tendientes a eliminar todas las formas de violencia contra las niñas, las adolescentes y las mujeres; tomando en cuenta los Objetivos para el Desarrollo Sostenible de la Agenda de la Organización de las Naciones Unidas para el dos mil treinta. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género para su conocimiento.

• Remite proposición con punto de acuerdo, por el que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para que en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil diecisiete, asigne recursos con un enfoque de transversalidad a favor de los adultos mayores. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para su atención.

• Comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles. De enterado, se da por concluido el proceso legislativo.

• Comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo setenta y cuatro de la Ley de Aeropuertos. De enterado, se da por concluido el proceso legislativo.

• Comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona el artículo treinta y dos Bis y reforma el artículo diecisiete de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. De enterado, se da por concluido el proceso legislativo.

• Comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona un párrafo sexto al artículo treinta y seis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. De enterado, se da por concluido el proceso legislativo.

• Comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos sexto, once, veintiuno, veintitrés, veintisiete, treinta y tres, cuarenta y ocho, cincuenta y siete, sesenta y siete, sesenta y ocho, y ochenta y uno de la Ley de Aeropuertos. De enterado, se da por concluido el proceso legislativo.

• Comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el Acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción séptima del artículo cuarenta y cuatro y reforma la fracción sexta del inciso a) del artículo setenta y uno de la Ley Federal de Telecomunicaciones. De enterado, se da por concluido el proceso legislativo.

El Presidente informa a la Asamblea que se encuentra a las puertas del Salón de Sesiones la ciudadana Diana Marcela Márquez Canales, diputada federal electa por la Cuarta Circunscripción. El Presidente designa una comisión que la acompaña en su ingreso al Salón, acto seguido rinde protesta de Ley y entra en funciones.

i) De la Cámara de Senadores, con la que remite minutas con proyecto de decreto:

• Por el que se adiciona un párrafo cuarto al artículo cuarenta y seis de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen.

• Por el que se adiciona el artículo veinticuatro Ter a la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• Por el que se reforma el artículo treinta y tres de la Ley de Vivienda. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen.

• Por el que se reforma el segundo párrafo del artículo setenta y uno, y se adiciona una fracción décima tercera Bis al artículo séptimo de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en Materia de Reproducción Asistida. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

j) Iniciativas de los Congresos de los estados de:

• Baja California, con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos: octavo, veintiséis veintisiete, y ciento dieciséis de la Ley General de Víctimas. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Colima, con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción primera del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• De Jalisco, con proyectos de decreto:

– Por el que se adiciona una fracción novena al artículo treinta y cinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Por el que se reforma el párrafo segundo del artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Por el que se reforma el párrafo tercero del artículo veintisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Por el que se deroga la fracción segunda del artículo cincuenta y cinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Por el que se reforman los artículos sexto, veinticinco, y veintiséis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de los artículos sesenta y uno, ciento ocho, ciento diez, ciento once, y ciento doce, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Por el que se reforma el artículo doscientos veinticinco de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a los diputados:

• Nora Lilia Oropeza Olguín, del Partido Revolucionario Institucional:

– Que reforma el artículo trescientos cuarenta y cuatro de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

– Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación. se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

El Presidente saluda la presencia en el Salón de Sesiones del excelentísimo señor Goran Mesic, Embajador de la República de Serbia en México, quien ha sido testigo de honor en la instalación del grupo de Amistad México-Serbia, presidido por la diputada Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, del Partido Revolucionario Institucional.

• Jacqueline Nava Mouett, del Partido Acción Nacional, por el que se declara a la primera semana del mes de octubre de cada año, como la “Semana Nacional de la Cultura Física y el Deporte”. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• María Cristina Teresa García Bravo, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona el artículo doce de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

• Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, y diversos diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo cuarto de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

A solicitud del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Partido Revolucionario Institucional, el Presidente obsequia un minuto de aplausos en memoria de Alberto Aguilera Valadez, más conocido como Juan Gabriel, quien falleció en días pasados y a quien en estos momentos se rinde homenaje en el Palacio de Bellas Artes e invita a la Asamblea ponerse de pie.

• Araceli Damián González, y suscrita por diversos diputados integrantes de Morena, que reforma el artículo noventa y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Presidencia de la diputadaGloria Himelda Félix Niebla

A las doce horas con treinta minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos cuarenta y ocho diputadas y diputados.

• Jorge Álvarez Máynez, de Movimiento Ciudadano:

– Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Que reforma, adiciona y deroga los artículos noventa y tres, ciento treinta, ciento treinta y dos, y ciento treinta y dos Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Luis Manuel Hernández León, de Nueva Alianza, que adiciona una fracción décima quinta al artículo tercero de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional. Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen.

• Ana Guadalupe Perea Santos, y a nombre del diputado Alejandro González Murillo, del Partido Encuentro Social, que reforma el artículo segundo de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen.

• Javier Guerrero García, del Partido Revolucionario Institucional que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

El Presidente saluda la presencia en el Salón de Sesiones del Embajador de Brasil, el excelentísimo señor Enio Cordeiro, quien ha sido invitado por el diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, del Partido Acción Nacional.

• Joaquín Jesús Díaz Mena, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona el artículo diecinueve de la Ley General de Protección Civil y el artículo ciento dieciocho de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Se turna a las Comisiones Unidas de Protección Civil, y de Comunicaciones, para dictamen.

Presidencia del diputadoEdmundo Javier Bolaños Aguilar

• Isaura Ivanova Pool Pech, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo cuarenta y uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• José Refugio Sandoval Rodríguez, y diversos diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que reforma los artículos trescientos veintiocho, y trescientos veintinueve Bis Uno de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Virgilio Dante Caballero Pedraza, de Morena, que reforma el artículo setenta y ocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• José Clemente Castañeda Hoeflich, y suscrita por diputados integrantes de Movimiento Ciudadano, que reforma y adiciona los artículos setenta y cuatro, y ciento treinta y siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Mirna Isabel Saldívar Paz, Nueva Alianza, que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil. Se turna a la Comisión de Protección Civil, para dictamen.

El Presidente instruye a la Secretaría a dar lectura a los resolutivos de los acuerdos de la Junta de Coordinación Política:

• Por los que se designa a los presidentes del Comité de Administración, y del Consejo Editorial de la Cámara de Diputados. En votación económica se aprueban ambos acuerdos. Comuníquese.

• Relativo a la modificación de legisladores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, como consejeros del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral. De enterado. Comuníquese.

• Referente al análisis del Cuarto Informe de Gobierno del ciudadano Presidente de la República. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

Se da cuenta con tres oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite el Cuarto Informe de Labores de la Secretaría de Gobernación, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de la Secretaría de Turismo. De enterado. Distribúyanse a las diputadas y los diputados, y remítanse a las comisiones correspondientes.

El siguiente punto del Orden del Día es el Análisis del Cuarto Informe de Gobierno del ciudadano Presidente de la República. En tal virtud, para dar cumplimiento al numeral uno, del artículo segundo del acuerdo aprobado en esta Sesión, se da inicio con el tema de Política Interior. En la primera ronda de intervenciones se concede el uso de la palabra a las diputadas y a los diputados: Manuel Jesús Clouthier Carrillo, diputado independiente; Cynthia Gissel García Soberanes, del Partido de Encuentro Social; Carlos Gutiérrez García, de Nueva Alianza; Macedonio Salomón Tamez Guajardo, de Movimiento Ciudadano;

El Presidente saluda la presencia en el Salón de Sesiones del señor Jorge Petrovik, Vice Auditor de la República de Eslovenia; la señora Anabelle M. Atillo, Directora Regional del Departamento de Presupuesto y el señor Daniel Avelino, del Instituto de Investigación Económica Aplicada, de Brasil, quienes asisten al Foro “El Poder Legislativo y su Rol en el Proceso Presupuestario”.

Delfina Gómez Álvarez, de Morena; Jesús Gerardo Izquierdo Rojas, del Partido Verde Ecologista de México;

Presidencia de la diputadaMaría Guadalupe Murguía Gutiérrez

Erik Juárez Blanquet, del Partido de la Revolución Democrática;

Presidencia del diputadoEdmundo Javier Bolaños Aguilar

Marco Antonio Gama Basarte, del Partido Acción Nacional; y Mercedes Del Carmen Guillén Vicente, del Partido Revolucionario Institucional.

En la segunda ronda de intervenciones se concede el uso de la palabra a las diputadas y los diputados: Melissa Torres Sandoval, del Partido de Encuentro Social; Carmen Victoria Campa Almaral, de Nueva Alianza; Víctor Manuel Sánchez Orozco, de Movimiento Ciudadano; Sandra Luz Falcón Venegas, de Morena; Lia Limón García, del Partido Verde Ecologista de México; Rafael Hernández Soriano, del Partido de la Revolución Democrática; Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Partido Acción Nacional; y Álvaro Ibarra Hinojosa, del Partido Revolucionario Institucional. Con esta intervención concluye la segunda ronda de posicionamientos. De conformidad con lo que establece el artículo siete, numeral cinco de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la versión estenográfica de esta sesión será remitida al Presidente de la República, para su conocimiento.

El siguiente punto del Orden del Día es el capítulo de proposiciones calificadas por el Pleno de urgente u obvia resolución. Para presentarlas se concede el uso de la palabra a la diputada y al diputado:

• Germán Escobar Manjarrez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que, a través de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), se modifique el modelo para la comercialización de granos y se considere la creación de una bolsa mexicana agroalimentaria. En votación económica se considera de urgente resolución. Desde su curul realiza propuesta de modificación al punto de acuerdo la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del Partido de la Revolución Democrática, la cual es aceptada por el proponente y que, en votación económica, la Asamblea también acepta. En votación económica se aprueba el acuerdo con la modificación aceptada por la asamblea. Comuníquese.

• Cristina Ismene Gaytán Hernández, del Partido de la Revolución Democrática, relativo a la firma del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En votación económica se considera de urgente resolución. Sin oradores registrados en votación económica se aprueba. Comuníquese.

Se da cuenta con acuerdo de la Mesa Directiva por el que definen los días que deberán considerarse inhábiles durante el Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura de la Cámara de Diputados. De enterado. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Se da cuenta con acuerdos de la Junta de Coordinación Política:

• Por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación y a emitir la declaratoria de emergencia por los daños provocados por las lluvias atípicas e impredecibles que se presentaron el dos de septiembre de dos mil dieciséis, en el municipio de Uruapan del estado de Michoacán. En votación económica se aprueba. En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan comentarios en relación con el acuerdo los diputados: Erik Juárez Blanquet, del Partido de la Revolución Democrática; y Omar Noé Bernardino Vargas, del Partido Verde Ecologista de México.

• Para conmemorar el Día Mundial sin Automóvil. En votación económica se aprueba el punto de acuerdo. Comuníquese. En su oportunidad y desde su curul realiza comentarios en relación con el acuerdo la diputada Verónica Delgadillo García, de Movimiento Ciudadano.

• Por el que se solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores remita al Congreso de la Unión un informe pormenorizado de los antecedentes, las condiciones, el desarrollo y los resultados de la visita del candidato republicano a la Presidencia de los Estados Unidos de América, Donald Trump, a la residencia oficial de Los Pinos. En votación económica se aprueba. Comuníquese. En su oportunidad y desde su curul realizan comentarios en relación con el acuerdo las diputadas y el diputado María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, del Partido Acción Nacional; Salvador Zamora Zamora, de Movimiento Ciudadano; y Norma Rocío Nahle García, de Morena.

De conformidad con el artículo cien del Reglamento de la Cámara de Diputados, las proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, las de los siguientes diputados:

• Yahlel Abdalá Carmona, del Partido Revolucionario Institucional, relativo a las tarifas eléctricas que actualmente se cobran en los municipios de Camargo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán y Nuevo Laredo, estado de Tamaulipas. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.

• Wenceslao Martínez Santos, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, lleven a cabo los análisis y trámites correspondientes con el fin de decretar al polígono del Cañón del Arce en Ensenada, Baja California, como “Área de Protección de Recursos Naturales”. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Cristina Ismene Gaytán Hernández, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a reconocer la competencia del Comité contra la desaparición forzada, de acuerdo a los artículos treinta y uno, y treinta y dos de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, adoptada por la Organización de las Naciones Unidas. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

• Enrique Zamora Morlet y diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México, por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo, para impulsar al sector turístico en el municipio de Huixtla, Chiapas, principalmente en la difusión y promoción de la Piedra de Huixtla. Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen.

• Jesús Serrano Lora, de Morena, por el que se exhorta al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio de la Secretaría de Economía, para que modifique la NOM-194-SCFI-2015, “Dispositivos de seguridad esenciales en vehículos nuevos-Especificaciones de seguridad”. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.

• Germán Ernesto Ralis Cumplido, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para implementar acciones necesarias para solucionar el problema de inseguridad que se presenta en la Colonia las Juntas en el Municipio de Tlaquepaque, Jalisco, debido a las obras inconclusas sobre las vías del tren. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen.

• Melissa Torres Sandoval, del Partido Encuentro Social, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que por conducto del Consejo Nacional Consultivo de Discapacidad, instale su Asamblea Consultiva, conforme al artículo cincuenta y tres y sexto transitorio de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

• Cirilo Vázquez Parissi, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a fomentar campañas de difusión para la prevención de accidentes isquémicos transitorios (AIT). Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Jacqueline Nava Mouett, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a los integrantes del Sistema Nacional de Salud, para que, diseñen, implementen y refuercen los programas para la prevención y atención de los diversos trastornos de la conducta alimentaria. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Isaura Ivanova Pool Pech, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, así como el Registro Agrario Nacional, difundan la justificación de la licitud de la adjudicación de hectáreas cedidas en donación a título gratuito a un particular. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria, para dictamen.

• Blanca Margarita Cuata Domínguez,de Morena, por el que se exhorta alConsejo General del Instituto Nacional Electoral, para que a través de la Unidad Técnica de Fiscalización en coordinación con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Procuraduría General de la República, la Auditoría Superior de la Federación y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, realicen una investigación respecto del consentimiento de la dirigencia del Partido Social Demócrata de Morelos del pago al ahora edil de Cuernavaca, Morelos, para participar en la contienda electoral 2015, por medio de un contrato entre particulares. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Claudia Sofía Corichi García, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que difunda un informe sobre los recursos humanos y financieros empleados por la visita del Candidato Donald Trump el pasado treinta y uno de agosto, así como los resultados de dicha reunión. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

• Gonzalo Guízar Valladares, del Partido Encuentro Social, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, y a la Procuraduría General de la República, para que en colaboración con las autoridades estatales, investiguen y sancionen el delito de desaparición forzada de personas. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

• Francisco Saracho Navarro, del Partido Revolucionario Institucional, relativo a la reinstalación de los Centros de Atención a Solicitantes de los Estados Unidos de América, en el Municipio de Piedras Negras, Estado de Coahuila de Zaragoza, así como en el Municipio de Reynosa, Estado de Tamaulipas. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

• Isaura Ivanova Pool Pech, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, al Gobierno del Estado de Quintana Roo y al Gobierno Municipal de Benito Juárez, a que concluyan el proceso de regularización de lotes en las colonias de más alta marginalidad en el citado municipio. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.

• Patricia Aceves Pastrana,de Morena, por el que se acuerda realizar una Sesión Solemne en reconocimiento de la Facultad de Química de la Universidad Nacional Autónoma de México, por sus cien años de actividades académicas, de investigación y de contribución al desarrollo científico e industrial del país. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.

• Francisco Ricardo Sheffield Padilla, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al titular de Comisión Nacional del Agua, haga pública la información sobre las condiciones y avances del proyecto de la Presa-Acueducto Zapotillo y vigile el plan de rescate financiero de la Empresa “Abengoa” a la que se le concesionó dicho proyecto para el cumplimiento de sus obligaciones. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.

·• Araceli Saucedo Reyes, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación y al Sistema Nacional de Seguridad Pública, a la incorporación del Municipio de Múgica, Michoacán, en las demarcaciones que participarán del subsidio para la seguridad en los municipios de dos mil diecisiete. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

• Araceli Damián González, de Morena, relativo a la decisión de LICONSA de comprar leche en polvo en el extranjero en dos mil dieciséis. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.

• Isaura Ivanova Pool Pech, del Partido de la Revolución Democrática, relativo a los linderos de las propiedades del Centro Ecológico de Akumal. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Araceli Damián González y Guillermo Santiago Rodríguez,de Morena, relativo a los riesgos ambientales y a la salud, derivados de la disposición de residuos del Centro Médico “Jesús Gilberto Gómez Maza”, y de la operación del relleno sanitario concesionado a la empresa Proactiva en el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Kathia María Bolio Pinelo, del Partido Acción Nacional, por el que se solicita a las Comisiones de Deporte y de Juventud organicen un reconocimiento público a los deportistas mexicanos con Síndrome de Down que participaron en los Primeros Juegos de la Trisomía celebrados en Florencia, Italia, durante el mes de julio. Se turna a las Comisiones Unidas de Deporte, y de Juventud, para dictamen.

• David Jiménez Rumbo, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a Petróleos Mexicanos, a la Secretaría de la Defensa Nacional, a la Secretaría de Marina, a la Procuraduría General de la República y a la Policía Federal, para que de forma conjunta refuercen las acciones de seguridad, supervisión, control y vigilancia internas para evitar la instalación de tomas clandestinas en el país. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Marina, para dictamen.

• Alejandra Gutiérrez Campos, del Partido Acción Nacional, relativo al diseño e implementación de mecanismos y estrategias que procuren, el restablecimiento del orden y se prevenga la comisión de delitos en las vías férreas del país. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen.

• Waldo Fernández González, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a la Secretaria de Salud y al Consejo de Salubridad General, para que se modifique el segundo párrafo del artículo 95 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de protección social en salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Alejandra Gutiérrez Campos, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Gobernación y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, trabajen de manera conjunta y diseñen e implementen mecanismos y estrategias coordinadas para la prevención de la obstrucción en las vías generales de comunicación. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

• Alberto Martínez Urincho, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para que difunda la recomendación procedente relativa a la queja Comisión Nacional de los Derechos Humanos/1/2013/3676/Q, donde se acreditó la tortura en contra del señor David Vargas Araujo. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

• María Concepción Valdés Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, relativo al informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos denominado Situación de Derechos Humanos en México, publicado el pasado dos de marzo de dos mil quince. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

• María Concepción Valdés Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática,relativo a lo suscitado en el Centro de Prevención y Readaptación Social de Topo Chico, en Monterrey, Nuevo León y otros penales. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

• Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se solicita la creación de una Comisión Especial que dé seguimiento a los hechos ocurridos en Nochixtlán, Oaxaca el diecinueve de junio de dos mil dieciséis. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.

• Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta aPetróleos Mexicanos, para que difunda la información sobre los adeudos de ejercicios fiscales anteriores en términos de los compromisos de gasto para dos mil quince y su impacto sobre el desempeño de empresa productiva del Estado. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.

Agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el día jueves ocho de septiembre de dos mil dieciséis, a las once horas, y levanta la sesión a las dieciséis horas con ocho minutos.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

El Secretario diputado Raúl Domínguez Rex:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Aprobada el acta.

La diputada Karla Karina Osuna Carranco(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido en la curul de la diputada Karla Karina Osuna, por favor. Diputada, ¿Con qué objeto?

La diputada Karla Karina Osuna Carranco (desde la curul): Señor presidente, solo para hacer mención a la efeméride del tema del suicidio, que como es bien sabido, se celebra el 10 de septiembre desde el año 2003.

Como es del conocimiento, el suicidio es la segunda causa de muerte en nuestros jóvenes, por ello, yo quisiera hacer mención también, invitar a los padres de familia a tener mucha más alianza, mucha más comunicación con sus hijos. Así como invitar a todos los órdenes de gobierno a hacer lo propio para que este tema tan alarmante, que ha tenido cifras tan alarmantes disminuya. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Karla Karina Osuna, sus expresiones quedan registradas en el acta de la sesión.

Continúe, secretaria.



COMUNICACIONES

La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego que se sometan a consideración del pleno las modificaciones en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:

• Que la diputada María Bárbara Botello Santibáñez cause alta como integrante en la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Que el diputado Samuel Alexis Chacón Morales cause baja como integrante de la Comisión de Desarrollo Municipal.

• Que la diputada María Bárbara Botello Santibáñez cause alta como integrante en la Comisión de Desarrollo Municipal.

• Que la diputada María Bárbara Botello Santibáñez cause alta como secretaria en la Comisión de Desarrollo Social.

• Que el diputado Ramón Bañales Arámbula cause alta como integrante en la Comisión de Justicia.

• Que el diputado Ramón Bañales Arámbula cause alta como secretario en la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

• Que el diputado Édgar Romo García cause baja como integrante de la Comisión de Desarrollo Rural.

• Que el diputado Ramón Bañales Arámbula cause alta como integrante en la Comisión de Desarrollo Rural.

• Que el diputado Braulio Mario Guerra Urbiola cause baja como secretario de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Que el diputado Édgar Romo García cause alta como secretario en la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Que el diputado Samuel Alexis Chacón Morales cause baja como integrante de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Que el diputado Braulio Mario Guerra Urbiola cause alta como integrante en la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Que el diputado Braulio Mario Guerra Urbiola cause baja como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Que el diputado Braulio Mario Guerra Urbiola cause alta como secretario en la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Que el diputado Samuel Alexis Chacón Morales cause alta como integrante en la Comisión de Asuntos Migratorios.

• Que el diputado Samuel Alexis Chacón Morales cause alta como integrante en la Comisión de Reforma Agraria.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2016.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno las modificaciones en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:

• Que el diputado Charbel Jorge Estefan Chidiac cause baja como presidente de la Comisión de Infraestructura.

• Que el diputado Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa cause alta como presidente en la Comisión de Infraestructura.

• Que el diputado Pablo Bedolla López cause alta como presidente en la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.

• Que el diputado Pablo Bedolla López cause baja como integrante de la Comisión de Radio y Televisión.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 7 de septiembre de 2016.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno las modificaciones en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

• Que el diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla cause baja como secretario de la Comisión del Deporte.

• Que la diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez cause alta como secretaria en la Comisión del Deporte.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2016.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno las modificaciones en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano:

• Que el diputado Daniel Sosa Carpio cause baja como secretario de la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego.

• Que el diputado Gustavo Cárdenas Gutiérrez cause alta como secretario en la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego.

• Que el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Grecia.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno la modificación en la integración del grupo de amistad que se señala, solicitada por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano:

• Que la diputada Marbella Toledo Ibarra cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Cuba.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2016.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno la modificación en la integración del grupo de amistad que se señala, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano:

• Que la diputada Verónica Delgadillo García cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-República Árabe Saharaui.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 7 de septiembre de 2016.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, las modificaciones en las integraciones de comisiones, grupos de amistad, organismos internacionales permanentes y grupos de trabajo que se señalan, solicitados por el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

• Que el diputado José Bernardo Quezada Salas cause baja como secretario de la Comisión del Distrito Federal.

• Que el diputado Carlos Gutiérrez García cause alta como secretario de la Comisión del Distrito Federal

• Que la diputada Soralla Bañuelos de la Torre cause baja como secretaria de la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Que la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz cause alta secretaria de la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Que la diputada Soralla Bañuelos de la Torre cause baja como secretaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

• Que la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz cause alta secretaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

• Que la diputada Soralla Bañuelos de la Torre cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Francia.

• Que la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz cause alta como integrante del Grupo de Amistad México-Francia.

• Que la diputada Soralla Bañuelos de la Torre cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Alemania.

• Que la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz cause alta como integrante del Grupo de Amistad México-Alemania.

• Que el diputado José Bernardo Quezada Salas cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-España.

• Que el diputado Luis Manuel Hernández León cause alta como integrante del Grupo de Amistad México-España.

• Que el diputado Carlos Gutiérrez García cause baja como integrante del Parlamento Latinoamericano.

• Que el diputado Luis Manuel Hernández León cause alta como integrante del Parlamento Latinoamericano.

• Que la diputada Soralla Bañuelos de la Torre cause baja como integrante del Parlamento Latinoamericano.

• Que la diputada Carmen Victoria Campa Almaral cause alta como integrante del Parlamento Latinoamericano.

• Que la diputada Soralla Bañuelos de la Torre cause baja como integrante del Grupo de Trabajo en materia de seguridad y justicia.

• Que la diputada Karina Sánchez Ruiz cause alta como integrante del Grupo de Trabajo en materia de seguridad y justicia.

• Que el diputado Carlos Gutiérrez García cause baja como integrante del Grupo de Trabajo en Materia de Educación, Salud, Desarrollo Social y Medio Ambiente.

• Que el diputado Luis Manuel Hernández León cause alta como integrante del Grupo de Trabajo en materia de educación, salud, desarrollo social y medio ambiente.

• Que el diputado Francisco Javier Pinto Torres cause baja como integrante del Grupo de Trabajo en materia de transparencia y combate a la corrupción.

• Que la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz cause alta como integrante del Grupo de Trabajo en materia de transparencia y combate a la corrupción.

• Que el diputado Francisco Javier Pinto Torres cause baja como integrante del Grupo de Trabajo en materia de fiscalización.

• Que la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz cause alta como integrante del Grupo de Trabajo en materia de fiscalización.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2016.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»

En votación económica, se pregunta si son de aprobarse. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Aprobados. Comuníquense.

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La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Cámara de Diputados de la Mesa Directiva.— Presente.

Al tiempo de enviarle un cordial saludo, solicito por este conducto de la manera más respetuosa que dicte sus apreciables instrucciones a quien corresponda a fin de que se retire de los registros parlamentarios la iniciativa de Ley de Fomento para el Uso de la Bicicleta en Zonas Metropolitanas, por así convenir a los intereses de la que suscribe. La iniciativa fue turnada para estudio y dictamen a la Comisión de Desarrollo Metropolitano.

Sin otro particular, le reitero mis consideraciones.

Atentamente

Palacio Legislativo, a 30 de agosto de 2016.— Diputada Norma Xochitl Hernández Colín (rúbrica).»

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La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva.— Presente.

Considerando la posibilidad de realizar un replanteamiento argumentativo, me permito solicitar su valioso apoyo para retirar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma a los artículos 4o., 30 y 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración más distinguida.

Atentamente

San Lázaro, a 30 de agosto de 2016.— Diputada María Elena Orantes López (rúbrica).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.

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La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Comisión Permanente.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Comunico a usted que se recibió del Congreso de Nuevo León, acuerdo de fecha 10 de agosto de 2016, por el que se exhorta a que se etiqueten los recursos necesarios dentro del paquete fiscal de 2017, para la creación del parque lineal de la Boca, que se anexa y se remite para los efectos procedentes.

Atentamente

Ciudad de México, a 19 de agosto de 2016.— Senador Roberto Gil Zuarth (rúbrica), Presidente.»

«Congreso del Estado de Nuevo León.

Senador Roberto Gil Zuarth, Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.— Presente.

En los términos del artículo 124 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de Nuevo León, por este conducto le comunicamos que en sesión del miércoles 10 de agosto del presente año, fue aprobado el siguiente:

Acuerdo Administrativo Número 759

Primero. La Diputación Permanente de la LXXIV Legislatura al honorable Congreso del estado de Nuevo León, realiza un atento y respetuoso exhorto a la Corporación para el Desarrollo Turístico de Nuevo León, para que se coordine y coadyuve con los municipios de Santiago y Linares, Nuevo León que ya forman parte del Programa Federal Pueblos Mágicos, a fin de conservar el nombramiento de pueblo mágico, así como también realicen las inversiones necesarias de infraestructura para la conservación de éste.

Segundo. La Diputación Permanente de la LXXIV Legislatura al honorable Congreso del estado de Nuevo León, realiza un atento y respetuoso exhorto a la Corporación para el Desarrollo turístico de Nuevo León, para que en el ámbito de sus atribuciones realice las gestiones necesarias de recursos federales y estatales que mejoren las condiciones de infraestructura turística permitiendo incrementar la oferta de ambos municipios.

Tercero. La LXXIV Legislatura del Congreso del estado de Nuevo León, realiza un atento y respetuoso exhorto al honorable Congreso de la Unión y al gobierno del estado de Nuevo León, para que en el ámbito de sus atribuciones etiqueten los recursos necesarios dentro del paquete fiscal 2017, para la creación del parque lineal de la Boca.

Acompañamos a la presente, copia del documento que dio origen al acuerdo citado anteriormente para su conocimiento y efectos a que haya lugar.

Sin otro particular aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 10 de agosto de 2016.— Diputada Alhinna Berenice Vargas García (rúbrica), secretaria; diputado José Arturo Salinas Garza (rúbrica), secretario.»

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La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Comisión Permanente.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Hago de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de la Tercera Comisión de la Comisión Permanente, con el siguiente punto de acuerdo:

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación para que remita a esta soberanía un informe detallado del apoyo social que han recibido los trabajadores ex braceros, en el que se incluya el número de personas registradas, así como la situación de pagos y adeudos que se tiene al día de hoy.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Cámara de Diputados para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fisca1 2017 considere una partida presupuestal para continuar con el pago a trabajadores ex braceros.”

Atentamente

Ciudad de México, a 31 de agosto de 2016.— Senador Roberto Gil Zuarth (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Remítanse a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Comisión Permanente.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Hago de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de la Tercera Comisión de la Comisión Permanente, con el siguiente punto de acuerdo:

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2017, considere destinar recursos para la operación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas Niños y Adolescentes.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones de la Ciudad de México para que consideren destinar los recursos necesarios para atender los objetivos del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en el ámbito de sus respectivas competencias.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados para que considere realizar un estudio que contemple la proyección sobre los recursos requeridos en la próxima década para dar cumplimiento al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.”

Atentamente

Ciudad de México, a 31 de agosto de 2016.— Senador Roberto Gil Zuarth (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Remítase al Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, para su atención.

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La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, con los siguientes resolutivos:

“‘Primero. En los términos del numeral 5 del artículo 81 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, son integrantes de la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Senadores para el segundo año de ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura los siguientes senadores:

Senador Emilio Gamboa Patrón

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Senador Femando Herrera Ávila

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Senador Luis Miguel Barbosa Huerta

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Senador Carlos Alberto Puente Salas

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Senador Manuel Bartlett Díaz

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Senador Miguel Romo Medina

Del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Senadora María Lucero Saldaña Pérez

Del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Senadora Sonia Mendoza Díaz

Del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Segundo. Es Presidente de la Junta de Coordinación Política para el segundo año de ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura de la Cámara de Senadores, el senador Fernando Herrera Ávila.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2016.— Senadora Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), vcepresidenta.»

———————— o ————————

La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión.

A través de su amable conducto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 82, numeral 1, inciso e), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política somete a la consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero.Se establece el calendario de sesiones para el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura.

Segundo.Este órgano de gobierno determinará lo conducente en caso de que la dinámica de los trabajos legislativos haga necesaria la modificación del presente calendario de sesiones.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores, a 6 de septiembre de 2016.— La Junta de Coordinación Política Senador Fernando Herrera Ávila (rúbrica), Presidente, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; senador Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; senador Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; senador Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; senador Manuel Bartlett Díaz (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; senador Miguel Romo Medina (rúbrica), Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; senadora María Lucero Saldaña Pérez (rúbrica), Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; senadora Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: De enterado.

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La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Congreso del Estado de San Luis Potosí.

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.

La suscritas diputadas, Xitlálic Sánchez Servín y Dulcelina Sánchez de Lira, presidentas de las Comisiones de Justicia; y de Derechos Humanos, Equidad y Género, respectivamente, en atención de su oficio número DGPL 63-II-2-840 suscrito por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, mediante el que comunica el acuerdo emitido por esa asamblea, por el que se exhorta a las legislaturas de los estados, para ajustar los códigos civiles o familiares, y modificar aquellas disposiciones que permiten a los menores de edad contraer matrimonio, eliminando la posibilidad de que sea dispensada la edad. Hacemos de su conocimiento que la disposición ya se encuentra vigente en el Código Familiar para el Estado, particularmente en los numerales 17, fracción II, y 21.

Asimismo, nos permitimos manifestar el compromiso de quienes integramos este congreso estatal por construir ordenamientos que tutelen los derechos de todos los ciudadanos, particularmente de las personas que conforman los llamados “grupos vulnerables”.

Agradeciendo su atención, le reiteramos nuestros respetos.

Atentamente

San Luis Potosí, San Luis Potosí, a 12 de agosto de 2016.— Diputada Xitlálic Sánchez Servín (rúbrica), Presidenta de la Comisión de Justicia; diputada Dulcelina Sánchez de Lira (rúbrica), Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Equidad y Género.»

«Congreso del Estado de San Luis Potosí.

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.

La suscritas diputadas, Xitlálic Sánchez Servín y Dulcelina Sánchez de Lira, presidentas de las Comisiones de Justicia; y de Derechos Humanos, Equidad y Género, respectivamente, en atención de su oficio número DGPL 63-II-5-1017, suscrito por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, mediante el que comunica el acuerdo emitido por esa asamblea, por el que se exhorta a los congresos de los estados a expedir o adecuar legislación que establezca como edad mínima para contraer matrimonio a los 18 años, conforme a lo previsto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, hacemos de su conocimiento que la disposición planteada ya se encuentra vigente en el Código Familiar para el Estado, específicamente en los numerales 17, fracción II, y 21.

Asimismo, nos permitimos manifestar el compromiso de quienes integramos este congreso estatal por construir ordenamientos que tutelen los derechos de todos los ciudadanos, particularmente de las personas que conforman los llamados “grupos vulnerables”.

Agradeciendo su atención, le reiteramos nuestros respetos.

Atentamente

San Luis Potosí, San Luis Potosí, a 12 de agosto de 2016.— Diputada Xitlálic Sánchez Servín (rúbrica), Presidenta de la Comisión de Justicia; diputada Dulcelina Sánchez de Lira (rúbrica), Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Equidad y Género.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Se remite a la Comisión de Juventud, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Consejería Jurídica del Estado de Oaxaca.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en el artículo 98 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en estrecha relación con el numeral 49, primer párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del estado de Oaxaca, doy respuesta a su oficio D.G.P.L.63-II-4-790, de fecha 7 de abril de 2016, mediante el cual comunica al titular del Poder Ejecutivo del estado, el contenido del dictamen de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sobre el particular puntualizo:

Adjunto encontrará el diverso 3S/3S.1.2/2601/2016, signado por el director de Prevención y Promoción de la Salud, de los Servicios de Salud de Oaxaca, en el que se atiende su comunicado; consecuentemente, pido a Usted de manera atenta, se tenga a mi representado, cumpliendo plenamente con lo solicitado en el ocurso D.G.P.L.63-II-4-790.

Sin otro particular, le reitero mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz”

Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, agosto 17 de 2016.— Licenciado Víctor Hugo Alejo Torres (rúbrica), consejero jurídico del Gobierno del Estado.»

«Servicio de Salud del Estado de Oaxaca.

Licenciada Elvira Morales Pérez, directora general de la Consulta Normativa y Prospectiva Legislativa.

En respuesta al oficio 420-06/2016 hago de su conocimiento que en la actualidad el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, y por consiguiente los servicios de salud de Oaxaca no cuenta con lineamientos y/o normativa específica para la prevención, control y tratamiento de la picadura de la araña Loxosceles laeta (araña violinista).

Por ser la araña un artrópodo y porque las estrategias para la prevención, control y tratamiento de la picadura de arácnidos son similares a las establecidas para la intoxicación por picadura de alacrán (IPPA); las acciones realizadas son las que se establecen en la Norma Oficial Mexicana NOM.033-SSA2-2002, para la vigilancia, prevención y control de la intoxicación por picadura de alacrán. Así también, nos regimos por la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2012, Prevención y control de enfermedades; aplicación de vacunas, toxoides, faboterápicos (sueros) e inmunoglobulinas en el humano, específicamente en su numeral 7.2 Faboterápico (suero) polivalente antiarácnido.

Derivado de lo antes expuesto, el Departamento de Prevención y Control de Enfermedades Transmitidas por Vector de esta Dirección cumple con la función operativa de los lineamientos arriba mencionados, ya que realiza el control físico y químico para evitar la presencia y propagación de los vectores (en este caso de los arácnidos), además de distribuir los antídotos correspondientes a fin de contrarrestar los síntomas presentes en las personas agredidas o evitar complicaciones que los lleven a la muerte.

Los servicios de salud de Oaxaca cuenta además con el Departamento de Promoción de la Salud, el cual se encarga de diseñar e implementar campañas informativas, esto en coordinación con el área de Comunicación Social. Por lo que a través de éstas últimas, se intensificaran las estrategias de Mercadotecnia Social a fin de hacer llegar a la población la información necesaria y relevante para prevenir este tipo de agresiones.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz”

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 9 de agosto de 2016.— Doctor Ángel Alfonso Quintero Martínez (rúbrica), director.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Secretaría General de Gobierno del Estado de Puebla.

Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Puebla y 26 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, y en atención al oficio número DGPL 63-114-788 que contiene el punto de acuerdo aprobado en sesión de fecha 7 de abril del presente año y signado por Edmundo Javier Bolaños Aguilar, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, con el que se exhortó a: “Único: Al gobierno federal y a los gobiernos de las entidades federativas, para que se impulsen y coordinen medidas para llevar a cabo acciones firmes de mitigación y se incorporen las previsiones necesarias para que se apliquen medidas de adaptación, sobre todo dirigidas a reducir la vulnerabilidad de la población y resguardar la infraestructura estratégica del país frentes a los efectos del cambio climático, dando el seguimiento adecuado y plasmándolas en los informes que la legislación dispone y asumiendo que este fenómeno es una amenaza real a la seguridad nacional”, al respecto, me permito remitir copia del oficio número SDRSOT/ DGJ/269/16 de fecha 11 de julio del año actual, suscrito por José Alfredo Julián Peral, director general jurídico de la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial del estado de Puebla

En tal virtud, y a efecto de que se tenga a esta Entidad Federativa impuesta respecto del citado exhorto, me permito hacerle llegar copia de la documentación que contiene la información correspondiente.

Sin más que el particular, me es grato reiterarle la seguridad de mi distinguida consideración.

Atentamente

Puebla, Puebla, a 4 de agosto de 2016.— José Montiel Rodríguez (rúbrica), encargado del despacho de la Subsecretaría Jurídica.»

«Gobierno del Estado de Puebla.

Ciudadana Laura Elisa Morales Villagrán, directora general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de Gobierno.— Presente.

Con un atento saludo y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, 42 fracción I, y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82, 83, párrafo primero y 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 14, 17, fracción VII, 19 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Puebla; 1, 2, 3, 4 fracción IV, 11 y 34 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial; en atención a su oficio SGG/ SJ/DGAJ/ DPL/139/2016 por medio del cual remite a esta Dirección General el:

•·Exhorto al gobierno federal y a los gobiernos de las entidades federativas, para que impulsen y coordinen medidas para llevar a cabo acciones firmes de mitigación, y se incorporen las prevenciones necesarias para que se apliquen las medidas de adaptación, sobre todo dirigidas a reducir la vulnerabilidad de la población y resguardar la infraestructura estratégica del país frente a los efectos del ‘cambio climático, dando el seguimiento adecuado y plasmándolas en los informes que la legislación dispone y asumiendo que este fenómeno es una amenaza real a la seguridad nacional.

Al respecto le informo que dicho exhorto turnado a la Dirección de Calidad del Aire y Cambio Climático de esta secretaría, por ser también ámbito de su competencia.

Asimismo se le informa sobre las acciones que ha tomado el Gobierno del Estado de Puebla en materia del exhorto en comento:

• Se está trabajando coordinadamente en la evaluación de los impactos de la contaminación atmosférica sobre la salud de la población con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Secretaría de Salud Estatal en el seno de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came).

• El estado de Puebla en coordinación con los municipios han realizado planes de movilidad urbanos sustentables, los cuales incluyen la construcción de 13 kilómetros de ciclo pistas de concreto hidráulico, ampliación de banquetas y andadores.

• El estado de Puebla ha homologado su Programa de Verificación Vehicular con los estados que conforman la Comisión Ambiental de la Megalópolis en relación con la implementación de la prueba dinámica en todos y cada uno de los centros de verificación vehicular, implementación de video vigilancia las 24 horas del día, instalación de un teléfono rojo para quejas, dudas y o denuncias.

• El estado de Puebla en coordinación con la Comisión Ambiental de la Megalópolis elaboró un proyecto piloto para la introducción de filtros de partículas en flota de transporte público, que se instalarán en los camiones de la Ruta.

• El estado de Puebla a través de la SDRSOT realiza visitas de inspección a la industria en las que se fomenta el uso de combustibles limpios, reportar sus emisiones, usar equipos que controlen mejor sus emisiones y por supuesto supervisar la veracidad de los reportes generados por cada empresa.

• El estado de Puebla ha fortalecido el monitoreo atmosférico a través de la adquisición de equipos analizadores de gases y de partículas, así como sensores meteorológicos y equipos de aire acondicionado.

Además de contar con distintos proyectos destinados a la adquisición de refacciones y consumibles, transmisión de datos, con la finalidad de realizar los mantenimientos necesarios a los equipos que integran las estaciones de la Red Estatal de Monitoreo Atmosférico con la Came.

• El estado de Puebla ha construido un relleno sanitario seco entre los límites de San Pedro Cholula y San Andrés Calpan, el cual recibirá más de 400 toneladas por día de basura, de esta se reciclará 80 por ciento de los desechos y el 20 por ciento restante se realizará composta evitando la emisión de mil 168 toneladas por año a la atmósfera de partículas generadas por la quema de desechos sólidos a cielo abierto.

• El estado de Puebla en coordinación con la Came, cuenta con un proyecto para estandarizar la forma en la que se generarán reportes de calidad del aire en todas las entidades que la conforman.

Se considera también, que si bien es un asunto de suma importancia para el estado mexicano, no puede considerarse como una amenaza real a la seguridad nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional, el cual enuncia lo que se considera como amenazas a la seguridad nacional, entre las cuales, no está contemplado el medio ambiente.

Sin otro particular me reitero a sus apreciables órdenes.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

San Andrés Cholula, Puebla, a 11 de julio de 2016.— José Alfredo Julián Peral (rúbrica), director general Jurídico de la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Se remite a la Comisión de Cambio Climático, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-5-998, signado por el diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de ese Órgano Legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DGPPVCI/DV/1623/2016, suscrito por el licenciado Enrique Guzmán Uvence, encargado del despacho de la Dirección General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional de la Procuraduría General de la República, mediante el cual responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa Procuraduría a promover, difundir y fortalecer las estrategias transversales contra el robo de identidad derivada de la sustracción de datos personales, específicamente en los casos de correo electrónico, redes sociales y banca electrónica.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 2 de septiembre de 2016.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Procuraduría General de la República.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Estimado maestro Martínez Garza:

En atención al contenido del oficio SELAP/300/1128/16, por el que se comunica a esta Procuraduría el punto de acuerdo aprobado por el honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el día 29 de abril del año en curso, que en su parte resolutiva señala:

“Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Procuraduría General de la República, a la Comisión Nacional de Seguridad, a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a la Procuraduría Federal del Consumidor, a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente a promover, difundir y fortalecer las estrategias transversales contra el robo de identidad derivada de la sustracción de datos personales, específicamente en los casos de correo electrónico, redes sociales y banca electrónica.” (sic)

En virtud de lo anterior, con fundamento en el artículo 89, fracciones X y XI, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, hago de su conocimiento que la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, comunicó a esta área a mi cargo que:

“Al respecto, le comunico a usted que la Dirección General de Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, ha emprendido algunas acciones para prevenir este delito que cada día es más frecuente y que se ha visto potencializado con el uso de nuevas tecnologías digitales. Entre las acciones realizadas se encuentran las siguientes:

• Primer Concurso de Ensayo para Prevenir el Delito. Se recibieron y evaluaron más de 200 trabajos académicos con propuestas preventivas de diversas conductas delictivas, prioritariamente la corrupción y el robo de identidad.

• Campaña Nacional de Prevención del Delito. Se han elaborado diversos carteles e infografías con el objetivo de prevenir el robo de identidad.

• Congreso Internacional sobre Prevención de Delitos Emergentes. Fue un foro de discusión y análisis de mejores prácticas internacionales para prevenir conductas delictivas emergentes, se llevó a cabo en coordinación con la SRE y con la UNODC. El panel número 3 estuvo destinado a delitos relacionados con la identidad.” (sic)

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle la seguridad de mi distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad de México, a 31 de agosto de 2016.— Licenciado Enrique Guzmán Uvence (rúbrica), encargado del despacho de la Dirección General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Por este medio me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número SESNSP/1300/2016 el maestro Álvaro Vizcaíno Zamora, secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, envía el Informe anual 2015 del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, en cumplimiento a lo establecido por el artículo 10 de la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.(1)

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como los anexos que en él se citan, en forma impresa y disco compacto.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 2 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Estimado licenciado Solís

Por este conducto me permito saludarle y distraer su atención para hacerle llegar el Informe anual 2015 del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (anexo), aprobado por la Comisión Permanente de información y presentado por ésta al Consejo Nacional de Seguridad Pública, para su sesión XL, celebrada el pasado 30 de agosto de 2016.

Lo anterior, con la finalidad de solicitar su invaluable apoyo para que, a través de esa Subsecretaría a su digno cargo, sea remitida una copia de dicho informe al honorable Congreso de la Unión, ello en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

Sin otro particular, le reitero las seguridades de mi más cordial y distinguida consideración.

Atentamente

Ciudad de México, a 31 de agosto de 2016.— Maestro Álvaro Vizcaíno Zamora (rúbrica), secretario ejecutivo.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Se remite a la Comisión de Seguridad Pública, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Cultura, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de la Defensa Nacional, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Economía, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Educación Pública, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Energía, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de la Función Pública, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Marina, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que: “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Relaciones Exteriores, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese Órgano Legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los Diputados Federales el ejemplar correspondiente del Informe Anual de Labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle 1.legar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Salud, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del Informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos”.

Derivado de la reciente reforma constitucional la Procuraduría General de la República sufrió un importante cambio en su naturaleza jurídica, sin embargo, tradicionalmente formula un informe de labores que por nuestro conducto remite a esa honorable Cámara, en consecuencia, me permito enviar a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Procuraduría General de la República, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo y 25 ejemplares adicionales para centros de estudio y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente también le envío un disco compacto que contiene la versión electrónica del informe de referencia.

Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a las y los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.

Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: De enterado. Distribúyanse a las diputadas y los diputados y remítanse a las comisiones correspondientes.

Permítame un segundo, diputada Secretaria. Sonido en la curul de la diputada Araceli Damián. ¿Con qué objeto, diputada?

La diputada Araceli Damián González(desde la curul): Gracias, señor presidente. Para hablar del nombramiento del día de hoy como secretario de Desarrollo Social al señor Miranda, que no tiene las credenciales para hacerse cargo de una secretaría tan importante como la Secretaría de Desarrollo Social.

Este gobierno ha fallado en la reducción de la pobreza y quisiera simple y sencillamente dejarlo en el Diario de Debates el rechazo de Morena a ese nombramiento.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada. Con todo respeto, diputada, ese asunto no está a discusión en el orden del día. En todo caso, solicitarlo a través de la Junta de Coordinación Política si hubiera lugar. Continúe, secretaria.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura.— Presente.

En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 28, párrafo veinte, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito entregarle el informe trimestral de actividades del Instituto Federal de Telecomunicaciones correspondiente al segundo trimestre de 2016, el cual fue aprobado por el pleno de este instituto, en sesión del pasado 1 de septiembre del presente año.(2)

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Ciudad de México, a 2 de septiembre de 2016.— Gabriel Contreras Saldívar (rúbrica), comisionado Presidente.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Remítase a la Comisión de Comunicaciones para su conocimiento.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos:«Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones Comisionado Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, comisionado Ernesto Estrada González, comisionada Adriana Sofía Labardini Inzunza. comisionada María Elena Estavillo Flores, comisionado Mario Germán Fromow Rangel, comisionado Adolfo Cuevas Teja, diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura.— Presente.

En cumplimiento a los artículos 35, fracción XIX, del decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión; 82, fracción II, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones; 11, tercer párrafo, del acuerdo mediante el cual el titular del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones fija los criterios para la realización de auditorías, procedimientos, métodos y sistemas para la revisión y fiscalización de los recursos a cargo de las áreas y órganos del Instituto Federal de Telecomunicaciones; en correlación al apartado de rendición de cuentas de los lineamientos generales para la elaboración, presentación y rendición de cuentas del programa anual de trabajo del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones, me permito presentar el Informe Previo de Resultados de Gestión 2016 del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través del cual se informan las actividades y resultados alcanzados por el órgano fiscalizador en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2016.(3)

Sin otro particular, reitero a ustedes la seguridad de mi’ más atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Ciudad de México, a 31 de agosto de 2016.— (Rúbrica), titular del Órgano Interno de Control.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Remítase a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su conocimiento.



INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS DE LOS ESTADOS CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Secretario diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla:«Congreso del Estado de Nayarit

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

En cumplimiento de la resolución dictada por la Trigésima Primera Legislatura al Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, comunico a usted copia del acuerdo aprobado por la asamblea legislativa en sesión pública ordinaria de fecha 1 de septiembre de 2016, que resolvió presentar ante el Congreso de la Unión iniciativa de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Lo anterior, para su conocimiento y efectos conducentes.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para expresarle la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Tepic, Nayarit, a 2 de septiembre de 2016.— Licenciado Juan Antonio Domínguez Castañeda (rúbrica), secretario general.»

«Congreso del Estado de Nayarit

Acuerdo

Por el que la Trigésima Primera Legislatura al Congreso de Nayarit presenta ante el Congreso de la Unión iniciativa de decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. La Trigésima Primera Legislatura al Congreso de Nayarit, con fundamento en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acuerda presentar ante el Congreso de la Unión en los términos de la iniciativa que se adjunta.

Transitorios

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación, debiéndose publicar en la Gaceta Parlamentaria, órgano de información del Congreso de Nayarit.

Segundo. Remítase el presente acuerdo a la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión para los efectos conducentes.

Tercero. Remítase copia del presente acuerdo a las legislaturas de las entidades federativas y a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, solicitando respetuosamente su adhesión y apoyo a la presente propuesta.

Dado en la sala de sesiones licenciado Benito Juárez García, recinto oficial del Congreso de Nayarit, en Tepic, su capital, a 1o. de septiembre de 2016.— Diputado Jorge Humberto Segura López (rúbrica), Presidente; diputado José Ángel Martínez Inurriaga (rúbrica), secretario; diputado Francisco Javier Jacobo Cambero (rúbrica), secretario.»

« Iniciativa de decreto

Que tiene por objeto adicionar un tercer párrafo al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recorriendo los actuales en su orden natural, para quedar como sigue:

Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete

I. a IV. (...)

(...)

Cualquiera de las Cámaras, a través de sus comisiones ordinarias, podrá convocar a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, cuando se discutan iniciativas de reformas o adiciones a esta Constitución o alguna ley que implique la armonización de la legislación local, para que mediante la representación de los integrantes que éstas acuerden emitan sus posicionamientos al respecto.

El día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones, el presidente de la República podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente, o señalar con tal carácter hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen. Cada iniciativa deberá ser discutida y votada por el pleno de la Cámara de su origen en un plazo máximo de treinta días naturales. Si no fuere así, la iniciativa, en sus términos y sin mayor trámite, será el primer asunto que deberá ser discutido y votado en la siguiente sesión del pleno. En caso de ser aprobado o modificado por la Cámara de su origen, el respectivo proyecto de ley o decreto pasará de inmediato a la Cámara revisora, la cual deberá discutirlo y votarlo en el mismo plazo y bajo las condiciones señaladas.

No podrán tener carácter preferente las iniciativas de adición o reforma a esta Constitución.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Secretario diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla:«Congreso del Estado de Tamaulipas.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.

Con fundamento en el artículo 22, párrafo 1, inciso k, de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado de Tamaulipas, me permito comunicarle que en la sesión extraordinaria del pleno legislativo celebrada el 25 de agosto del año en curso, se emitió el punto de acuerdo número LXII-229, mediante el cual la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, se somete a ,la consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se adiciona un tercer párrafo, recorriéndose los demás en su orden natural, al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al respecto, se anexa copia de la iniciativa, el dictamen y punto de acuerdo de referencia, así como de la versión estenográfica de la sesión de su aprobación, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin otro particular, me es grato reiterar la seguridad de mi consideración más distinguida.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 1o. de septiembre de 2016.— Diputada Blanca Guadalupe Valles Rodríguez (rúbrica), Presidenta de la Mesa Directiva.»

«Congreso del Estado de Tamaulipas.

Decreto mediante el cual se adiciona un tercer párrafo, recorriéndose los demás en su orden natural, al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona un tercer párrafo, recorriéndose los demás en su orden natural, al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

I. a la IV...

La...

Cualquiera de las Cámaras a través de sus comisiones ordinarias, podrá convocar a las Legislaturas de los Estados, mediante la representación de los integrantes que éstas acuerden, cuando se discutan iniciativas de reformas o adiciones a esta Constitución, o la ley que implique la armonización de la legislación local, con el objeto de conocer sus posicionamientos al respecto.

El...

No...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Transitorios

Artículo Primero. El presente punto de acuerdo surtirá efectos a partir de su expedición.

Artículo Segundo. El presente, punto de acuerdo se remitirá a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adjuntando la iniciativa, el dictamen y la versión estenográfica de la sesión de su aprobación.

Artículo Tercero. Envíese copia del presente punto de acuerdo, de la iniciativa, el dictamen y la versión estenográfica de la sesión de su aprobación, a las legislaturas de las entidades federativas, solicitando respetuosamente su adhesión y apoyo a esta propuesta de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Salón de sesiones del Honorable Congreso del estado, Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 25 de agosto del año 2016.— Diputada Blanca Guadalupe Valles Rodríguez (rúbrica), Presidenta; diputada Adela Manrique Balderas (rúbrica), secretaria; diputado Samuel Lozano Molina (rúbrica), secretario.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



INICIATIVA CIUDADANA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Secretario diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva.

Honorable Asamblea:

Esta Presidencia informa que se recibió escrito del licenciado José Lara Sánchez, presidente del Centro Cultural y Orientación Civil, Concertación, AC, por el que a nombre y en representación presenta la iniciativa ciudadana por la vida y la familia, que adiciona y modifica distintos párrafos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 93 cajas cerradas y selladas que dicen contener las firmas que la respaldan.

Con fundamento en el artículo 132, numeral 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se remitió al Instituto Nacional Electoral a efecto de que éste verifique el cumplimiento de los requisitos señalados en la ley.

Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016.— Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), presidente.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: El siguiente punto del orden del día son las iniciativas de diputadas y diputados, y a nombre de grupos parlamentarios.



INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS EXPIDE LA LEY GENERAL PARA EL APROVECHAMIENTO INTEGRAL DE ALIMENTOS Y SU DONACIÓN ALTRUISTA

El Secretario diputado Andrés Fernández del Valle Laisequilla:«Iniciativa que expide la Ley General para el Aprovechamiento Integral de Alimentos y su Donación Altruista, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Claudia Edith Anaya Mota, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante el pleno de esta honorable soberanía, la siguiente iniciativa que por la que se crea la Ley General para el Aprovechamiento Integral de Alimentos y su Donación Altruista, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo primero, define con claridad las atribuciones en materia de Derechos Humanos que guarda el Estado Mexicano para con los ciudadanos y sus familias. Proteger, promover, respetar y garantizar los derechos humanos consagrados en la Constitución y en los Tratados Internacionales, de los cuales se considere parte. Estas acciones permiten al Estado realizar políticas públicas destinadas a mejorar progresivamente la vida de las y los mexicanos, primordialmente aquellos que se encuentran en alguna situación de vulnerabilidad.

Particularmente para los intereses que persigue la Iniciativa, se cita artículo 4º Constitucional en su párrafo tercero en cuyo texto se lee:

Artículo 4o.:

...

Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.

Esta sentencia, incorporada posteriormente a la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos de junio de 2011, incorpora al marco jurídico nacional el derecho a la alimentación, dentro del catálogo consagrado en la Carta Magna y que en consecuencia atribuye responsabilidades al Estado para su cabal cumplimiento. De acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), este derecho humano se interpreta de la siguiente forma:

“Igual que para cualquier otro derecho humano, ya se trata del derecho a la información o al más alto nivel posible de salud, o del derecho a la libertad de conciencia o a un juicio justo, ello implica que los Estados tienen determinadas obligaciones cuyo cumplimiento las personas están legitimadas para exigir. Los Estados tienen la obligación de “respetar, proteger y hacer efectivo”; esto significa, en primer lugar, que el propio Estado no debe privar a nadie del acceso a una alimentación adecuada; en segundo lugar, que debe impedir que nadie sea privado de dicho acceso de cualquier otra forma; y en tercer lugar, que cuando alguien carezca de hecho de una alimentación adecuada, el Estado debe crear de forma proactiva un entorno favorable para que las personas logren la autosuficiencia alimentaria o, cuando ello no sea posible, debe garantizar que se proporcionen alimentos.”

El derecho a la alimentación se considera fundamental en diversos tratados internacionales de los cuales México es considerado parte, además de que bajo el mandato del artículo 133 Constitucional, tienen el rango de Ley Suprema en la Unión, por lo que su observancia se adhiere bajo el los preceptos del artículo 1º Constitucional, a efectos de la Exposición de Motivos, se citan los siguientes:

• El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, de acuerdo al numeral 2 del artículo 11, que a la letra dice:

2. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán, individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos los programas concretos, que se necesitan para:

... a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales;

... b) Asegurar una distribución equitativa de los alimentos mundiales en relación con las necesidades, teniendo en cuenta los problemas que se plantean tanto a los países que importan productos alimenticios como a los que los exportan.

• El Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”, que precisa en su artículo 12 el derecho a la alimentación de acuerdo al siguiente texto:

1. Toda persona tiene derecho a una nutrición adecuada que le asegure la posibilidad de gozar del más alto nivel de desarrollo físico, emocional e intelectual.

2. Con el objeto de hacer efectivo este derecho y a erradicar la desnutrición, los Estados Partes se comprometen a perfeccionar los métodos de producción, aprovisionamiento y distribución de alimentos, para lo cual se comprometen a promover una mayor cooperación internacional en apoyo de las políticas nacionales sobre la materia.

De igual forma la adopción de la Observación General No. 12 emitida en 1999, por el Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, sobre el artículo 11, El Derecho a una Alimentación Adecuada, cuyo numeral 4 establece lo siguiente:

4. El Comité afirma que el derecho a una alimentación adecuada esta? inseparablemente vinculado a la dignidad inherente de la persona humana y es indispensable para el disfrute de otros derechos humanos consagrados en la Carta Internacional de Derechos Humanos. Es también inseparable de la justicia social, pues requiere la adopción de políticas económicas, ambientales y sociales adecuadas, en el plano nacional e internacional, orientadas a la erradicación de la pobreza y al disfrute de todos los derechos humanos por todos.

Igualmente y de acuerdo a las intenciones que persigue la Iniciativa se cita a continuación el numeral 20 del mismo documento:

20. Aunque solamente los Estados son Partes en el Pacto y son, por lo tanto, los responsables últimos del cumplimiento de éste, todos los miembros de la sociedad, a saber, los particulares, las familias, las comunidades locales, las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones de la sociedad civil y el sector empresarial privado, son responsables de la realización del derecho a una alimentación adecuada. El Estado debería crear un medio que facilitara el ejercicio de esas responsabilidades . El sector empresarial privado, tanto nacional como transnacional, debería actuar en el marco de un código de conducta en el que se tuviera presente el respeto del derecho a una alimentación adecuada, establecido de común acuerdo con el gobierno y la sociedad civil.

Lo anteriormente citado expone la necesidad de construir dentro del marco jurídico nacional un instrumento que coadyuve a garantizar el derecho a la alimentación; a través de la atribución de responsabilidades entre las diferentes autoridades y entidades su distribución.

Destacando que el día 30 de abril el Pleno de esta honorable Cámara de Diputados, aprobó el decreto por el que se expide la Ley General del derecho a la alimentación Adecuada, enviándole a su colegisladora el decreto para sus efectos constitucionales.

Esta Ley reglamentaria del artículo 4º Constitucional, en su párrafo tercero, no suscribe ninguna acción encaminada a prevenir el desperdicio de alimentos y favorecer su distribución gratuita, particularmente entre los grupos vulnerables.

Por lo que la iniciativa, se inscribe dentro de la reglamentación del mismo artículo 4º en su párrafo tercero, con la salvedad de proponer acciones y distribuir competencias para prevenir el desperdicio de alimentos y fomentar su distribución.

Esta acción debe regularse debidamente y procurar que su aplicación no sea coercitiva, antes bien relacione los alimentos sobrantes con la carencia que en México existe, principalmente en grupos vulnerables.

Actualmente de acuerdo a cifras de CONEVAL, la carencia alimentaria refleja los siguientes indicadores:

• En 2010, 24.8% de las y los mexicanos vivían con carencia por acceso a la alimentación, es decir aproximadamente 28.4 millones de personas. Para 2014, la cifra porcentual disminuyó para ubicarse en el 23.4, es decir 28.0 millones de personas.

• En 2014, las entidades federativas con mayor porcentaje de población que vive con carencia por acceso a la alimentación fueron: Tabasco (45%); Guerrero (38.5%); Oaxaca (36.1%) y Michoacán (34.5%).

• De acuerdo con la misma fuente solo el 57.5% de las y los mexicanos (69.0 millones) viven con seguridad alimentaria, el restante 42.5%, actualmente presenta algún rezago respecto a el acceso a alimentación, distribuidos de la forma siguiente, 19.1% (22.9 millones) se encuentran en inseguridad alimentaria leve, 13.4% (16.1 millones) y en nivel moderado y el restante 9.9% (11.9 millones) en nivel severo.

• El indicador referente al acceso a la alimentación de acuerdo a la edad, sexo y procedencia étnica refiere los siguientes datos:

– En 2014, el 23.3% (14.3 millones) de las mujeres en México vivían con carencia en el acceso a la alimentación.

– En el mismo año, el 27.6% (11.0 millones) de las y los menores de 18 años presentan el mismo tipo de rezago.

– Así mismo el 24.6% (9.1 millones) de las personas jóvenes menores de 30 años, se encontraban en la misma situación de carencias.

– El 20.0% (1.8 millones) de las y los adultos mayores, coinciden al encontrarse en la misma posición de rezago.

– El conjunto de personas con discapacidad, en carencia alimentaria representa el 31.1% (2.4 millones).

– Finalmente el 38.8% (4.6%) de las personas indígenas en México, igualmente se encuentran en algún nivel de carencia por acceso a la alimentación.

Estos datos demuestran la que la carencia por acceso a la alimentación se preserva en un margen similar entre los grupos vulnerables, destacando principalmente el de las personas indígenas con un indicador cercano al 40% y las personas con discapacidad en el 30%, es de señalar que al menos 4 de cada 10 mexicanos o mexicanas, viven algún tipo de inseguridad alimentaria.

El concepto de seguridad alimentaria se define de acuerdo a CONEVAL, de la manera siguiente:

“Hay seguridad alimentaria cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos, a fin de llevar una vida activa y sana” (FAO, 2009).

“Un hogar tiene seguridad alimentaria cuando tiene acceso a la alimentación requerida para una vida saludable para todos sus miembros (adecuada en términos de calidad, cantidad y aceptable culturalmente) y cuando no está? en riesgo de perder dicho acceso”.

Uno de los aspectos relevantes para determinar si un hogar se encuentra en algún parámetro de seguridad alimentaria o enfrenta alguna carencia, es el acceso y la capacidad de compra de los alimentos, este concepto se determina mediante dos variables, la primera que en ciertas comunidades existan los suficientes tipos de alimentos, en la mayoría del año y que los consumidores tengan la capacidad económica, igualmente durante todo el año, para poder adquirirlos. El siguiente cuadro enfocado discrecionalmente a hogares indígenas y no indígenas muestra la existencia al momento de tomar una muestra estadística de diversos tipos de alimentos, reiterando que la población indígena de nuestro país es quien agrupa la mayor carencia por acceso a la alimentación.

Al observar el cuadro determinamos qué las personas indígenas tienen un limitado acceso a diversos tipos de alimentos, principalmente los derivados de origen animal, destacando el tipo “Cárnicos”, donde el 93% de los hogares no contaba con un producto de este tipo, al momento de levantarse la muestra.

En consecuencia el consumo de los diversos tipos de alimentos necesarios para una dieta que garantice la nutrición, determina el siguiente cuadro donde nuevamente aplicando discrecionalidad en base a la pertenencia étnica se aprecian los niveles de consumo de los diversos tipos de alimentos.

Estos datos revelan la situación actual sobre la seguridad alimentaria en México, principalmente entre los grupos vulnerables, lo cual motiva a la Iniciativa a proponer acciones que coadyuven a reducir la carencia por acceso a la alimentación, a través políticas públicas que prevengan el desperdicio y la pérdida de alimentos y favorezcan su reparto en la sociedad.

Los conceptos de pérdida y desperdicio de alimentos han sido desarrollados por la FAO, a consecuencia de diversas investigaciones científicas que tienen como finalidad diseñar estrategias que permitan su erradicación. De acuerdo a la FAO:

“Con «perdidas de alimentos» nos referimos a la disminución de la masa de alimentos comestibles en la parte de la cadena de suministro que conduce específicamente a los alimentos comestibles para el consumo humano. Las pérdidas de alimentos tienen lugar en las etapas de producción, pos cosecha y procesamiento de la cadena de suministro de alimentos (Parfitt et al., 2010). Las pérdidas de alimentos que ocurren al final de la cadena alimentaria (venta minorista y consumo final) se conocen como «desperdicio de alimentos», más relacionado con el comportamiento de los vendedores minoristas y los consumidores (Parfitt et al., 2010).

Las pérdidas o el desperdicio «alimentarios» se miden únicamente para los productos destinados al consumo humano, por lo que quedan excluidos el pienso y los productos que no son comestibles. Por definición, las pérdidas de alimentos o el desperdicio son masas de alimentos que se tiran o desperdician en la parte de las cadenas alimentarias que conducen a «productos comestibles destinados al consumo humano». Por ello, los alimentos que estaban destinados en un principio al consumo humano pero que el azar ha sacado de la cadena alimentaria humana se consideran pérdidas o desperdicio de alimentos, incluso cuando posteriormente son utilizados para un uso no alimentario (pienso, bioenergía, etc.). Este enfoque distingue entre usos no alimentarios «planeados» y usos no alimentarios «no planeados», que aquí se han tenido en cuenta como pérdidas.”

De acuerdo con la investigación citada anteriormente, alrededor de una tercera parte de los alimentos producidos para consumo humano en el mundo se pierde o se desperdicia, lo cual representa aproximadamente 1,300 millones de toneladas anualmente. Existe una clara discriminación en cuanto a la economía de los países para determinar, si existe una mayor cantidad de pérdida o desperdicio, “En los países de ingresos altos y medianos, los alimentos se desperdician en gran medida, lo que significa que se tiran incluso si todavía son adecuados para el consumo humano; no obstante, los alimentos también se pierden y desperdician al principio de la cadena de suministro de alimentos. En los países de ingresos bajos, los alimentos se pierden principalmente durante las primeras etapas y etapas intermedias de la cadena de suministro de alimentos y se desperdician muchos menos alimentos en el consumo.”

En consecuencia se han establecido algunos parámetros de carácter estadístico regional que indican aproximadamente que cantidad de alimentos se pierden o desperdician, “[...] las pérdidas per cápita de alimentos en Europa y América del Norte son de 280 a 300 kg/año, mientras que en el África subsahariana y Asia meridional y sudoriental son de 120 a 170 kg/año. La producción per cápita total de partes comestibles de alimentos para el consumo humano es, en Europa y América del Norte, de aproximadamente 900 kg/año, mientras en el África subsahariana y Asia meridional y sudoriental es de 460 kg/año.

La cantidad de alimentos per cápita desperdiciada por los consumidores es de 95 a 115 kg/año en Europa y América del Norte, mientras que esta cifra alcanza solo de 6 a 11 kg/año en el África subsahariana y Asia meridional y sudoriental.

Las pérdidas de alimentos en los países industrializadas son tan altas como en los países en desarrollo, pero hay que tener en cuenta que en los países en desarrollo más del 40 % de las pérdidas de alimentos se produce en las etapas de pos cosecha y procesamiento, mientras que en los países industrializados más del 40 % de las pérdidas de alimentos se produce en la venta minorista y el consumo. Los consumidores de los países industrializados desperdician casi la misma cantidad de alimentos (222 millones de toneladas) que la producción de alimentos neta total del África subsahariana (230 millones de toneladas”

De acuerdo con el documento titulado Índice de desperdicio de alimentos, publicado en el año de 2013, por la Secretaría de Desarrollo Social, en el marco del programa “Cruzada Nacional contra el Hambre”, se estima que el 37.0% de los alimentos destinados al consumo humano en México se desperdician. En la siguiente Tabla se muestran los cálculos desarrollados por SEDESOL que miden este fenómeno en México.

Resultados: niveles de desperdicio de alimentos en México por producto

Es relevante destacar, que los productos derivados del trigo y los pescados y mariscos, son los grupos de alimentos donde existe más pérdida y en comparación con los cuadros comparativos citados anteriormente, ambos son los grupos donde al menos las personas indígenas como grupos vulnerables tienen un limitado acceso.

Si bien es cierto que la dispersa demografía de los pueblos indígenas constituye un factor de aislamiento y marginación y por ende debe considerarse como una causa de su carencia a la alimentación, es también cierto que una eficiente política pública en innovadora, podría por una parte prevenir el desperdicio del 37.0% de los alimentos aprovechables en México y por la otra garantizar que se reduzca el 42.0% de las y los mexicanos que hoy día viven algún tipo de inseguridad alimentaria.

Las causas que originan la pérdida y el desperdicio de alimentos son diversas, algunas se originan en el momento de su recolección, almacenamiento o transporte. Identificar cada una de las causas permitirá a las autoridades responsables del cumplimiento de la Ley, para reaccionar adecuadamente a cada escenario y prevenir la pérdida y desperdicio de alimentos.

Más aún, la Iniciativa considera que una de las acciones necesarias e indispensables para culminar con los objetivos de la Ley, es la difusión entre la sociedad civil y a través de sus organizaciones del alcance cuantitativo sobre el desperdicio de alimentos y particularmente las acciones que cada persona o familia puede desarrollar para prevenir este acto y contribuir a reducir el hambre y la desnutrición en la sociedad.

La sociedad civil y sus organizaciones han realizado de manera continua una serie de acciones, para prevenir el desperdicio de alimentos y promover su distribución gratuita entre las personas que tienen carencias en cuanto al acceso a la alimentación.

Las acciones más visibles y que han tenido un impacto favorable, son las realizadas por los llamados “Bancos de Alimentos”, de acuerdo con el portal del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), los bancos de alimentos se agrupan bajo la Asociación Mexicana de Bancos de Alimentos, AC (AMBA), la cual se define en estructura y objetivos como:

La AMBA tiene la misión de rescatar alimentos para reducir y mejorar la nutrición de poblaciones en situación de vulnerabilidad en el país. Opera bajo un modelo de desarrollo sostenible y sustentable, con tecnología de vanguardia en colaboración con actores enfocados a este fin.

La AMBA es una asociación civil sin fines de lucro que cuenta con más de 15 años de experiencia en coordinar acciones para rescatar alimento, recursos económicos y otros bienes a personas de escasos recursos en zonas urbanas y suburbanas.

En AMBA se reciben donativos en dinero y en especie; se extienden recibos deducibles de impuestos por su donación, además de los beneficios fiscales que obtendrá al apoyar esta causa.

Los valores de esta Asociación son: servir a las personas más necesitadas por eso trabajan con sentido de urgencia; actuar con integridad y transparencia: “no tomo lo que no es mío” y tratar a los demás es con respeto, dignidad e igualdad y trabajar en equipo.

Es de resaltar que los donativos fiscales derivados de esta acción se concentran al amparo del artículo 27 en su fracción XX, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en cuyo texto se lee:

Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:..

XX Que el importe de las mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados, en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente hubiera perdido su valor, se deduzca de los inventarios durante el ejercicio en que esto ocurra; siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento de esta Ley.

Los contribuyentes podrán efectuar la deducción de las mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados a que se refiere el párrafo anterior, siempre que tratándose de bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud, antes de proceder a su destrucción, se ofrezcan en donación a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles conforme a esta Ley, dedicadas a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud de personas, sectores, comunidades o regiones, de escasos recursos, cumpliendo con los requisitos que para tales efectos establezca el Reglamento de esta Ley.

...

Igualmente el Código Fiscal de la Federación en su artículo 32-F, aborda como acción afirmativa el donativo antes de la destrucción de inventarios como mecanismo de deducción fiscal por parte del contribuyente cuando no pudiere erogar dichos activos:

Artículo 32-F. Los contribuyentes que de conformidad con las disposiciones fiscales puedan destruir mercancías que hayan perdido su valor por deterioro u otras causas, para poder ejercer ese derecho, tratándose de bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación o salud, cuyo costo de adquisición o producción lo hubieran deducido para los efectos del impuesto sobre la renta, están obligados en forma previa a la destrucción, a ofrecerlas en donación a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta y que estén dedicadas a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación o salud de personas, sectores, comunidades o regiones, de escasos recursos.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, se deberán cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento de este Código.

Es decir tanto la Ley del Impuesto sobre la Renta como el Código Fiscal de la Federación, priorizan que antes de su destrucción los alimentos que el contribuyente no pudiere erogar, deben ser entregados a instituciones de asistencia social. Esta es una acción afirmativa directa que previene el desperdicio de los alimentos, es por tanto que la Iniciativa pretende establecer un marco normativo nacional que permita una mejor distribución de los alimentos en riesgo de pérdida o desperdicio, acorde con las políticas ya existentes.

Actualmente algunas entidades federativas han incorporado a su marco legal, leyes de índole similar, que promueven la distribución gratuita de los alimentos y previenen su desperdicio o pérdida, entre las cuales se señalan las siguientes:

1. Ley para Fomentar la Donación Altruista en Materia Alimentaria en el Estado De Baja California. Publicada en el Periódico Oficial el 6 de Febrero de 1998.

2. Ley para Fomentar la Donación Altruista de Alimentos en el Estado de Quintana Roo. Publicada en el Periódico Oficial el 30 de abril de 2013.

3. Ley para la Donación Altruista de Alimentos en el Estado de Chihuahua. Publicada en el Periódico Oficial el 30 Julio de 2008.

4. Ley para Fomentar la Donación Altruista en Materia Alimentaria para el Estado de Colima. Publicada en el Periódico Oficial el 23 de agosto de 2003.

5. Ley para la Donación Altruista de Alimentos y su Fomento en el Estado de Coahuila de Zaragoza. Publicada en el Periódico Oficial el 14 de Febrero de 1997.

Durante el estudio previo para la elaboración de la Iniciativa se compararon los instrumentos legales anteriormente citados, coincidiendo en la necesidad de una reglamentación nacional que identifique las causas de pérdida y desperdicio y promueva acciones que reduzcan su impacto y a su vez de manera proporcional y progresiva la distribución gratuita de los alimentos.

De acuerdo los estudios preliminares la Iniciativa concibe un instrumento legal que coadyuva a el acceso a la alimentación en los términos de la Constitución, reglamentando los procesos de donación y entrega de los alimentos, distribuyendo competencias en los tres niveles de Gobierno y las dependencias federales, así como estableciendo sanciones para aquellas asociaciones civiles que lucren o incumplan con los propósitos de la Ley.

El Programa Nacional “México sin Hambre”, reconoce el papel fundamental de la interacción de la sociedad civil y sus organizaciones con las autoridades y dependencias gubernamentales de acuerdo al decreto contenido en el Diario Oficial de la Federación, del día 30 de abril de 2014, se señala en el punto 4.8 lo siguiente:

4.8 Participación comunitaria

La ausencia de mecanismos que orienten la participación de la comunidad y de la sociedad civil en los procesos de decisión sobre las políticas públicas es uno de los mayores obstáculos a la erradicación de la pobreza, del hambre y el logro del desarrollo incluyente en el país. Es necesario crear los medios para que la acción del gobierno y de la sociedad civil organizada repercuta en las condiciones de vida de las comunidades, facilitando el tránsito del esquema asistencial al del ingreso y la actividad productiva. Todo ello acompañado de mayor claridad y transparencia en torno a las intervenciones de gobierno para erradicar la pobreza extrema de alimentación.

El mismo programa señala en su 5.1.4 Objetivo 4. Minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización. Lo siguiente:

Cálculos realizados en el año 2013 por el Grupo Técnico de Pérdidas y Mermas de Alimentos de la Comisión Intersecretarial para la Instrumentación de la Cruzada Nacional contra el Hambre mostraron que actualmente se desperdician, en promedio, 37% de los alimentos producidos en el país. Cabe destacar que una proporción importante de la población en pobreza extrema de alimentación trabaja en alguna actividad de la cadena alimentaria, con muy bajos niveles de productividad y de articulación con el mercado. Dinamizar la cadena alimentaria mediante una estrategia que promueva el empleo, la producción sustentable y el ingreso permitirá incrementar el excedente económico en beneficio de esta población. Adicionalmente, una estrategia de este tipo tiene el potencial de incidir en la recuperación económica de las mermas y pérdidas de alimentos que, por las formas actuales de operación, se producen a lo largo de la cadena de valor alimentaria, las cuales alcanzan un volumen de 21.0 millones de toneladas anuales, con valor de 191,000 millones de pesos.

Como en la mayoría de los países del mundo, en México es incipiente la conciencia sobre el desperdicio de alimentos, así como sobre los efectos de este fenómeno sobre el medio ambiente y el hecho de que no se ve como un recurso aprovechable.

Para lo cual propone la siguiente estrategia con las líneas de acción.

Estrategia 4.1. Recuperar las mermas y pérdidas que se generan a lo largo de la cadena alimentaria.

Líneas de Acción.

1. Incrementar la recuperación de alimentos fortaleciendo a los bancos de alimentos.

2. Apoyo al manejo post-producción de alimentos.

Es por tanto que la Iniciativa se inserta dentro de la Estrategia 4.1, dotando de un marco legal regulatorio que permita el fortalecimiento de las relaciones entre los bancos de alimentos, los productores y/o comercializadores y los beneficiaros.

Una razón adicional para promover la incorporación de la Ley en el marco jurídico nacional, es el desarrollo sustentable, definido de acuerdo a la fracción XVI del artículo 3º de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, como:

XIV. Desarrollo Rural Sustentable. El mejoramiento integral del bienestar social de la población y de las actividades económicas en el territorio comprendido fuera de los núcleos considerados urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales de dicho territorio;

La producción mundial de alimentos esta global de acuerdo directamente vinculada con los efectos nocivos del cambio climático, de acuerdo a la FAO:

Los impactos del cambio climático en la agricultura y el bienestar humano incluyen:

1) los efectos biológicos en el rendimiento de los cultivos;

2) las consecuencias del impacto sobre los resultados, incluyendo precios, producción y consumo; y

3) los impactos sobre el consumo per cápita de calorías y la malnutrición infantil. Los efectos biofísicos del cambio climático sobre la agricultura inducen cambios en la producción y precios, que se manifiestan en el sistema económico a medida que los agricultores y otros participantes del mercado realizan ajustes de forma autónoma, modificando sus combinaciones de cultivos, uso de insumos, nivel de producción, demanda de alimentos, consumo de alimentos y comercio.

La necesidad de vincular el desperdicio y pérdida de alimentos dentro de las políticas de desarrollo sustentable se basan en la siguiente premisa “El desperdicio de casi un tercio de los alimentos producidos, además de impactar en el derechos a la alimentación, tiene consecuencias directas en el cambio climático, debido a que una de los objetivos principales del desarrollo sustentable es reducir los desperdicios y aumentar el aprovechamiento de los recursos”.

Siguiendo los estudios de la FAO en la materia se obtienen los siguientes datos:

Actualmente, 1/3 de la comida que producimos se pierde o desperdicia. El coste global del desperdicio de alimentos es de aproximadamente $2.6 billones [de dólares], incluyendo 700 mil millones de costes ambientales y 900 mil millones de costes sociales.

Según el IPPC, [Grupo Intergubernamental de Expertos en Cambio Climático] el declive del rendimiento de cultivos podría ser del 10-25% de aquí a [el año] 2050 por el Cambio Climático.

Los desperdicios y pérdidas mundiales de alimentos generan el 8% de las emisiones anuales.

Más aún en abril del presente fue publicado un artículo firmado por los investigadores Prajal Pradham, Diego Rybsky y Jürgen P. Kroop del Instituto Postdam para la Investigación en Cambio Climático, señala algunos puntos que sustentan la exposición de motivos:

Hasta 14 por ciento de las emisiones originadas por la agricultura en 2050 podría ser evitado con una mejor distribución y uso de la comida, [...] En la medida en que se desarrollan los países más pobres y que crece la población mundial, las emisiones asociadas con el desperdicio de alimentos podrían crecer desde 0.5 gigatoneladas de dióxido de carbono, equivalente por año a entre 1.9 y 2.5 gigatoneladas anualmente para mediados de[l] siglo [XXI].

La agricultura es uno de los principales conductores del cambio climático, representó más de 20 por ciento de las emisiones de gas invernadero a escala global en 2010, afirmó Prajal Pradhan, coautor del estudio. Por eso, evitar que se pierda y que se tire comida ayudaría a evitar las emisiones innecesarias de gas de efecto invernadero y a mitigar el cambio climático, agregó.

La sustentabilidad como guía para el desarrollo y como herramienta para mitigar el cambio climático y sus devastadores efectos en la población, tiene diversas aristas que deben interactuar para lograr su máxima eficiencia, por tanto la misma FAO se ha pronunciado de la siguiente manera:

El subsecretario General de la ONU y Director Ejecutivo el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), Achim Steiner, señaló por su parte que: “El PNUMA y la FAO han identificado la pérdida y el desperdicio de alimentos -el despilfarro- como una gran oportunidad para que los países hagan una transición hacia una economía verde inclusiva, de bajas emisiones de carbono y eficiente en el uso de los recursos. El excelente informe presentado hoy por la FAO destaca los múltiples beneficios que pueden obtenerse -en muchos casos a través de medidas sencillas y sensatas en por ejemplo hogares, comercios, restaurantes, escuelas y empresas- y que pueden contribuir a la sostenibilidad del medio ambiente, mejoras económicas, a la seguridad alimentaria y la realización del Desafío Hambre Cero del Secretario General de las Naciones Unidas. Instamos a todos a adoptar el lema de nuestra campaña conjunta: Piensa. Aliméntate. Ahorra. Reduce tu huella alimentaria”.

Prevenir la pérdida y el desperdicio de los alimentos, no tiene que verse solamente como una práctica altruista encaminada a coadyuvar en el acceso al derecho a alimentación, sino como una estrategia de acuerdo a los objetivos descritos en el artículo 2 de la Ley General de Cambio Climático:, que a la letra dice:

Artículo 2o. Esta ley tiene por objeto:

I. Garantizar el derecho a un medio ambiente sano y establecer la concurrencia de facultades de la federación, las entidades federativas y los municipios en la elaboración y aplicación de políticas públicas para la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero;

II. Regular las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero para lograr la estabilización de sus concentraciones en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropo?genas peligrosas en el sistema climático considerando en su caso, lo previsto por el artículo 2o. de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y demás disposiciones derivadas de la misma;

III. Regular las acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático;

IV. Reducir la vulnerabilidad de la población y los ecosistemas del país frente a los efectos adversos del cambio climático, así como crear y fortalecer las capacidades nacionales de respuesta al fenómeno;

V. Fomentar la educación, investigación, desarrollo y transferencia de tecnología e innovación y difusión en materia de adaptación y mitigación al cambio climático;

VI. Establecer las bases para la concertación con la sociedad, y

VII. Promover la transición hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas emisiones de carbono.

Es por tanto que la ley propuesta por la iniciativa, tiene diversos ejes transversales que no la limitan a una acción de carácter altruista, sino que por el contrario se enfoca en materia económica, ambiental y social, reducir la pérdida y el desperdicio de alimentos debe considerarse en el futuro como una prioridad nacional debido a que su impacto no sólo tiene que ver con el hambre y la mal nutrición, sino también con la emisión de gases de efecto invernadero y con una potencial disminución del PIB.

De acuerdo con a Meta 12.3 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, para el 2030 se debe reducir a la mitad el desperdicio mundial de alimentos per cápita en la venta al por menor y a nivel de los consumidores y reducir las pérdidas de alimentos en las cadenas de producción y distribución, incluidas las pérdidas posteriores a las cosechas. Enfocados en tal meta una serie de ONG internacionales han puesto a disposición de los países y sus poblaciones el documento titulado: FLW Standart, es decir una Norma para la Contabilización de pérdidas de alimentos la cual se describe de la siguiente forma:

La Norma para Contabilidad de pérdida de alimentos residuos y generación de informes estándar (o FLW Standard) es un estándar global que proporciona requisitos y lineamientos para cuantificar e informar sobre el peso de los alimentos y / o las partes no comestibles asociados retirados del suministro de alimentos de la cadena-comúnmente conocida como “ la pérdida de alimentos y los residuos “(FLW).

Este importante avance brinda la posibilidad de cuantificar y calificar de mejor forma la pérdida, el desperdicio y la recuperación de alimentos susceptibles del consumo humano. La necesidad de contar con un instrumento para evaluar estos factores, tiene que ver directamente con tener estadísticas y análisis fiables que permitan a las instituciones tomar decisiones en materia de políticas públicas con transversalidad.

En conclusión ley que la Iniciativa propone está construida de la siguiente forma:

Título I: Del Objeto:

Título II: De las Definiciones:

Título III: De los Donatarios y los Donantes:

Título IV: Del Registro Nacional de Bancos de Alimentos

Título V: De las Atribuciones:

Título VI: De las Sanciones:

Exponiendo en cada título las acciones necesarias y suficientes para cumplir con el Objeto de la Ley, que es Prevenir el Desperdicio de Alimentos y Fomentar su Distribución Altruista, para lo cual se establecen las definiciones puntuales de los sujetos referidos en la misma, describiendo los grupos vulnerables beneficiarios de la ley. Así mismo se describe a los particulares involucrados es decir donatarios y donantes, con sus facultades y derechos. Posteriormente se expresa la naturaleza del Registro Nacional de Bancos de Alimentos como un sistema de información pública operado por la Secretaria de Desarrollo Social.

Las atribuciones para las diversas dependencias federales, las entidades federativas y los municipios articulan las acciones del Gobierno Federal para prevenir el desperdicio de alimentos, haciendo referencia a la necesidad de una cultura que promueva el consumo responsable por parte de los consumidores. Facultando a las dependencias del Gobierno Federal que tienen dentro de su despacho los asuntos concernientes a la producción de alimentos en el País, su comercialización y el transporte de las mercancías.

Finalmente se adiciona una sanción para aquellas asociaciones civiles que incumplan con lo estipulado en la Ley y lucren con su actividad.

Es por lo anteriormente expuesto y de acuerdo a los artículos señalados en el proemio que se presenta ante esta honorable soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se expide la Ley General para el Aprovechamiento Integral de Alimentos y su Donación Altruista, para quedar como sigue:

Ley General para el Aprovechamiento Integral de Alimentos y su Donación Altruista

Título PrimeroDel Objeto

Capítulo Único

Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés social y tiene como objeto:

I. Prevenir la pérdida y el desperdicio de alimentos, que sean susceptibles para el consumo humano, a través de su distribución gratuita a las personas que se encuentren en carencia por acceso a la alimentación;

II. Promover y regular la donación de los alimentos a organizaciones de la sociedad civil y su distribución en la población con carencias por acceso a la alimentación;

III. Vincular las estrategias en materia de cambio climático con las acciones de pérdida y desperdicio de alimentos;

IV. Distribuir competencias entre las autoridades federales para el cumplimiento del objeto de la Ley; y

V. Definir las sanciones para las autoridades y organizaciones de la sociedad civil que incurran en faltas u omisiones previstas en esta Ley.

Artículo 2. El Gobierno Federal, las Entidades federativas y los municipios dentro del ámbito de sus competencias deberán diseñar, ejecutar y evaluar políticas públicas que prevengan el desperdicio, la pérdida y el aprovechamiento de alimentos susceptibles para el consumo humano y fomenten su distribución entre las personas que tengan carencia por acceso a la alimentación.

Así mismo deberán realizar acciones que vinculen la prevención de la pérdida y el desperdicio de alimentos dentro de sus atribuciones respecto a la Ley General de Cambio Climático y la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con la finalidad de mitigar los efectos relacionados con la pérdida y desperdicio de alimentos y el cambio climático.

Artículo 3. La distribución de los alimentos preservados mediante las acciones dispuestas en la Ley, será gratuita, priorizando a los grupos vulnerables descritos en la misma y estará libre de cualquier forma de discriminación.

Artículo 4. Quedan relevados de toda responsabilidad los donantes y donatarios, que entreguen o distribuyan, sin dolo o mala fe, alimentos que no susceptibles para el consumo humano.

Título SegundoDe las Definiciones

Artículo 5. Para los efectos de esta Ley se consideran por:

I. Alimentos Susceptibles para el Consumo: Todos aquellos alimentos que se encuentren en buen estado de conservación, que reúnan las características necesarias de higiene y calidad para el consumo humano;

II. Donatarios: Organizaciones de la Sociedad Civil, que de manera altruista, recojan, transporten, almacenen y distribuyan alimentos suministrados por los donantes, a la población vulnerable y que cuenten con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación para recibir donaciones en especie o efectivo por parte de los contribuyentes;

III. Donantes: Personas físicas o morales cuya actividad económica esté directa o indirectamente relacionada con la producción, transporte, almacenaje y comercialización de alimentos, en los sectores primario, secundario o terciario de la economía, que a su vez estén en la posibilidad de entregar alimentos susceptibles para el consumo humano de manera altruista.

Asimismo se consideran donantes los particulares que hayan comprado alimentos para el consumo en sus hogares y que estén en posibilidades de donarlos;

IV. Desperdicio de Alimentos: Acción por la que se desechan alimentos procesados o cosechados durante los procesos de comercialización, selección, control de calidad, o cuya fecha de caducidad se encuentre próxima al momento de su desecho, pero que siguen siendo susceptibles para el consumo humano. Sea en etapas de comercialización al mayoreo y menudeo o posteriores a la compra por particulares;

V. Pérdida de Alimentos: Acción por la que se desechan alimentos durante los procesos de cosecha, recolección, pesca, transportación, almacenaje previas a su elaboración o proceso para comercialización, que aún se encuentran en el momento de su desecho óptimos para su consumo;

VI. Registro: Registro Nacional de Bancos de Alimentos;

VII. Grupos Vulnerables: Aquellas personas que se encuentren en carencia por acceso a la alimentación de manera temporal o permanente, quienes serán beneficiarios directos de la entrega de los alimentos por parte de los donatarios; y

VIII. Ley: La Ley General para Prevenir el Desperdicio de Alimentos y Fomentar su Distribución.

Artículo 6. Se consideran grupos vulnerables para los efectos de la Ley, las personas que de acuerdo a las estimaciones del Consejo Nacional para la Evaluación de la Política Social, se encuentren en algún grado de inseguridad alimentaria, además de los siguientes:

I. Niñas, niños y adolescentes que tengan carencia por acceso a la alimentación;

II. Personas Adultas Mayores en estado de pobreza o abandono;

III. Personas con Discapacidad en estado de pobreza o abandono;

IV. Personas Indígenas con ingresos por debajo de la línea de bienestar;

V. Personas en situación de calle, en zonas urbanas y rurales;

VI. Migrantes nacionales y extranjeros indocumentados; y

VII. Personas damnificadas por desastres naturales.

Título Tercero

Capítulo I De los Donantes

Artículo 7. Se consideran donantes para efectos de la Ley, las personas físicas o morales dedicadas a las siguientes actividades:

I. A la producción agropecuaria, incluyendo la pesca, la acuacultura, la apicultura y técnicas similares para la producción de alimentos de origen vegetal o animal y sus derivados;

II. Al transporte, almacenaje, y empaque de alimentos de origen vegetal y animal incluyendo sus derivados;

III. A la producción de alimentos, sea de formas artesanales o industriales, y

IV. A la comercialización y preparación de alimentos al mayoreo, menudeo y al público en general.

Artículo 8. Los donantes entregarán de forma gratuita y altruista los alimentos susceptibles para el consumo humano que por diversas razones no pudieran comercializar, cosechar, recolectar, almacenar, transportar o cualquier otra actividad que implique su desecho al concluir su fecha de caducidad o cuando su estado no sea apto para el consumo humano.

Los donantes podrán entregar los alimentos a los grupos vulnerables descritos en la Ley, a solicitud propia de los ciudadanos que se encuentren en carencia por acceso a la alimentación. De Igual forma podrán vincularse con organizaciones de la sociedad civil en los términos descritos por la Ley.

Artículo 9. Los donantes podrán solicitar los recibos de deducción fiscal de acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, siempre y cuando los donatarios sean asociaciones civiles constituidas para tal efecto.

Artículo 10. Las personas físicas o morales dedicadas a la producción industrial o comercialización de alimentos procurarán suscribir convenios anuales con donatarios autorizados para este fin. Los convenios deberán ser inscritos en el Registro.

Artículo 11. Los donantes poseedores de las marcas de los alimentos que entreguen podrán optar por suprimirlas, siempre y cuando los alimentos conserven la información nutrimental necesaria y las fechas de elaboración y caducidad.

Artículo 12. Los donantes deberán asegurarse que los alimentos sujetos a entrega se encuentren en buen estado, asegurando transmitir toda la información necesaria a los donatarios respecto a las medidas de conservación, transporte, almacenaje y preparación, y en los casos que sea necesario la fecha de elaboración y caducidad.

Capítulo II De los Donatarios

Artículo 13. Se consideran donatarios para los efectos de la Ley los siguientes:

I. Asociaciones Civiles sin fines de lucro, constituidas para la distribución altruista de alimentos y su recepción por parte de los donantes;

II. Casas de asistencia social para grupos vulnerables;

III. Comedores comunitarios sin fines de lucro; y

IV. Cualquier otra asociación civil constituida para ejercer asistencia social.

Artículo 14. Los donatarios podrán solicitar les sean entregados los alimentos que hayan dispuesto los donantes para este fin, la solicitud deberá entregarse por escrito, donde se exprese la cantidad de alimentos que pueden distribuir y el número de beneficiarios.

Las personas que se encuentren en carencia por acceso a la alimentación, podrán solicitar la donación de alimentos por cuenta propia para su consumo familiar o comunitario, sin necesidad de vincularse con una asociación civil.

Artículo 15. Los donatarios deberán expedir comprobantes de deducción fiscal en los términos de la Ley sobre el Impuesto sobre la Renta, a petición expresa del donante. Cuando el donatario este imposibilitado para emitir comprobantes fiscales, deberán manifestar de común acuerdo entre el donante y el donatario, por escrito que la entrega de los alimentos se realiza de forma altruista sin obrar de por medio una deducción fiscal.

Artículo 16. Los donatarios deberán cumplir con las disposiciones relativas a las asociaciones civiles facultadas para recibir donativos fiscales, previstas en el Código Fiscal de la Federación y la Ley Sobre el Impuesto sobre la Renta. Así como deberán inscribirse al Registro Nacional de Bancos de Alimentos.

Artículo 17. Bajo ningún supuesto los donatarios podrán comercializar los alimentos que hayan recibido en donación, asimismo no podrán condicionar su entrega a los beneficiarios. Los donatarios podrán solicitar a los beneficiarios una cuota de recuperación, misma que no excederá el 15% del valor comercial de los alimentos entregados.

La imposibilidad de los beneficiarios de pagar la cuota de recuperación, no será condicionante para negar la entrega de los alimentos.

Artículo 18. Los donatarios deberán inscribir en el Registro Nacional de Bancos de Alimentos, los convenios y operaciones relativas a las entregas por parte de los donantes, y a su vez la distribución entre los beneficiarios.

Artículo 19. Los donatarios podrán solicitar los datos personales de los beneficiarios, para la elaboración de un padrón e información estadística, en los términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y leyes estatales relativas.

La negación de otorgar datos personales por parte de los beneficiarios no será condicionante para negar la entrega de los alimentos.

Artículo 20. Los donatarios podrán solicitar donativos en especie o efectivo, según sea la naturaleza de sus necesidades y operaciones, cumpliendo en todo momento las disposiciones en materia fiscal.

Título Cuarto Del Registro Nacional de Bancos de Alimentos

Capítulo Único

Artículo 21. Se crea el Registro Nacional de Bancos de Alimentos, como un sistema de información pública dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, que será operado por el Instituto Nacional de Desarrollo Social.

El objeto del Registro es concentrar la información correspondiente a las asociaciones civiles que recuperen y reciban alimentos en donación, y a su vez, los distribuyen entre los beneficiarios. Además de los convenios y operaciones que suscriban con los donantes.

Artículo 22. Las asociaciones civiles deberán solicitar su inscripción al Registro proporcionando la siguiente información:

I. Acta constitutiva notarial, donde exprese la naturaleza de la asociación civil no lucrativa;

II. Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes en el que compruebe que es donataria fiscal autorizada;

III. Comprobante de domicilio;

III. Carta de exposición de motivos, que deberá contener las características físicas de sus instalaciones y su capacidad de recolección, almacenaje, distribución y transporte de alimentos, las comunidades o centros de asistencia beneficiarios de sus acciones y datos de contacto; y

IV. Datos de su representante legal.

Artículo 23. La asociación civil obtendrá una clave única del Registro, misma que utilizará para registrar los convenios y operaciones que lleve a cabo con los donantes y beneficiarios.

Recibirá por parte de la autoridad la asesoría y capacitación necesaria para suministrar la información requerida, de manera gratuita.

Artículo 24. El Registro recibirá la información concerniente a las operaciones de las asociaciones civiles inscritas de manera semestral. Las operaciones deberán contener los siguientes datos:

I. Convenios firmados por el donatario;

II. Volumen métrico de los alimentos recibidos;

III. Descripción del tipo de alimento recibido;

IV. Fecha de las entregas de los alimentos;

V. Fecha de la distribución de los alimentos;

VI. Número de los beneficiarios;

VII. Localidades de los beneficiarios; y

VIII. Alimentos recibidos que no hayan podido distribuirse.

Artículo 25. A las asociaciones que incumplan con el suministro de información, les será cancelado su registro hasta el término del ejercicio fiscal.

Título Quinto De las Facultades

Capítulo I Del Gobierno Federal

Artículo 26. Son facultades de la Secretaría de Desarrollo Social, en materia de la presente Ley, las siguientes:

I. Supervisar la operación del Registro Nacional de Bancos de Alimentos;

II. Promover la creación de asociaciones civiles dedicadas a la recuperación y distribución altruista de alimentos;

III. Desarrollar programas de fortalecimiento para los donatarios;

IV. Vincular las acciones de los donatarios con los grupos vulnerables;

V. Promover la donación altruista de los alimentos entre los donatarios;

VI. Desarrollar programas de empleo temporal, para la recuperación de alimentos en zonas agrícolas y pecuarias; y

VII. Realizar estadísticas e información geoterritorial, sobre los alimentos recuperados y entregados a los beneficiarios.

Artículo 27. Son facultades de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en materia de esta Ley, las siguientes:

I. Diseñar programas para reducir la pérdida de alimentos en el sector agropecuario, fortaleciendo las redes de transporte y almacenaje en el territorio nacional;

II. Brindar capacitación para aumentar el aprovechamiento de los alimentos que se desechan por no cumplir estándares de calidad;

III. Promover entre los productores agropecuarios y pesqueros del país, una cultura de donación de alimentos cuando no sea posible su comercialización;

IV. Realizar estudios estadísticos sobre el aprovechamiento y la pérdida de alimentos;

V. Fomentar las acciones de los donantes a través de la vinculación con los productores agropecuarios y pesqueros y sus organizaciones gremiales;

VI. Fomentar la investigación científica en materia de conservación, almacenaje y comercialización de los alimentos, para reducir pérdidas y desperdicio.

Artículo 28. Son facultades de la Secretaría de Economía, en materia de la presente Ley, las siguientes:

I. Fomentar entre los comercializadores de alimentos una cultura de donación altruista;

II. Fomentar en coordinación con la Procuraduría Federal del Consumidor, una cultura de aprovechamiento responsable de los alimentos para evitar su desperdicio entre los consumidores finales;

III. Promover la vinculación entre los donatarios y los comercializadores de alimentos; y

IV. Realizar estudios estadísticos sobre el desperdicio de alimentos durante su comercialización.

Artículo 29. Son facultades de la Secretaría de Educación Pública, en materia de esta Ley, las siguientes:

I. Implementar en los planes de estudio una cultura respecto al aprovechamiento de los alimentos y la prevención de su desperdicio; y

II. Vincular a las escuelas en localidades en situación de pobreza con los donatarios, a fin de que reciban alimentos;

Artículo 30. Son facultades de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en materia de la presente Ley, las siguientes:

I. Diseñar y promover una red nacional de transporte alimentario, con el objeto de reducir las pérdidas de alimentos durante su traslado;

II. Brindar facilidades y excepciones de pago a las asociaciones civiles que transporten alimentos donados, particularmente durante contingencias derivadas de desastres naturales; y

III. Promover la investigación científica para la transportación de alimentos perecederos, con el objeto de aumentar su período de conservación.

Artículo 31. Son atribuciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en materia esta la Ley, las siguientes:

I. Promover la investigación científica sobre la relación entre la pérdida y el desperdicio de alimentos con el cambio climático;

II. Diseñar políticas, programas y acciones para prevenir el deterioro ambiental como consecuencia de la pérdida de alimentos y la sobre explotación del suelo destinado a la actividad agropecuaria;

III. Promover dentro de las estrategias de sustentabilidad y cambio climático la prevención de la pérdida y desperdicio de alimentos; y

IV. Realizar estudios estadísticos sobre la pérdida y el desperdicio de alimentos, vinculando su impacto ambiental en el cambio climático.

Capítulo II De las Entidades Federativas y los Municipios

Artículo 32. Son facultades de las Entidades Federativas, con respecto de la presente Ley, las siguientes:

I. Promover una cultura de donación altruista de alimentos por parte de los productores y comercializadores y de aprovechamiento racional de los mismos por parte de los consumidores;

II. Prever la formulación de leyes que prevengan el desperdicio de alimentos y fomenten su donación y distribución.

III. Fortalecer el trabajo de las asociaciones civiles que recuperen y distribuyan alimentos;

IV. Facilitar el transporte, el almacenaje y la distribución de alimentos recuperados con fines de donación;

V. Vincular al sector agropecuario y pesquero de su entidad, con los donatarios; y

VI. Diseñar un sistema de información sobre la pérdida y desperdicio de alimentos en su entidad.

Artículo 33. Son facultades de los municipios, en materia de esta Ley, las siguientes:

I. Promover una cultura de donación altruista de alimentos por parte de los productores y comercializadores; y de aprovechamiento racional de los mismos por parte de los consumidores

II. Fortalecer el trabajo de las asociaciones civiles que recuperen y distribuyan alimentos; y

III. Facilitar el transporte, el almacenaje y la distribución de alimentos recuperados.

Título SextoDe las Sanciones

Artículo 34. Las asociaciones civiles donatarias que incurran en alguno de los siguientes supuestos, les será cancelado su clave en el Registro Nacional de Bancos de Alimentos.

I. Comercialicen los alimentos que reciban en donación;

II. Condicionen la entrega de los alimentos a los beneficiarios, por motivos políticos o de cualquier otra índole;

III. Nieguen o condicionen la entrega de los alimentos, por la imposibilidad de los beneficiarios de pagar una cuota de recuperación; y

IV. No distribuyan los alimentos recibidos en donación y que resultado de este acto se desperdicie un porcentaje mayor al 20% del volumen métrico que hayan recibido en el año.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Desarrollo Social dispondrá de 180 días naturales para la creación del Registro Nacional de Bancos de Alimentos, posteriores a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Valero Flores, Carlos Norberto: El derecho a la alimentación y la soberanía alimentaria (el caso de México), CEDIP, Cámara de Diputados, 2009, pp. 20.

2 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU. Disponible en: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CESCR.aspx

3 Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Protocolo de San Salvador, OEA, disponible en: http://www.oas.org/ juridico/spanish/tratados/a-52.html

4 Observación General 12, respecto al artículo 11 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ONU, 1999, disponible en: http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/BDL/2001/1450.pdf?view=1

5 Ibídem

6 Nota de Prensa disponible en: http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boletines/2015/Abril/30 /5586-Diputados-aprueban-expedir-Ley-del-Derecho-a-la-Alimentacion-Adecuada

7 Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General del Derecho a la Alimentación Adecuada .Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 4103, 2 de septiembre de 2014.

8 Dimensiones de la Seguridad Alimentaria: Evaluación Estratégica de Nutrición y Abasto, Coneval, 2010, pp. 13, disponible en: http://www.coneval.org.mx/rw/resource/coneval/info_public/PDF_PUBLICACIONES/Dim ensiones_seguridad_alimentaria_FINAL_web.pdf

9 Ibídem.

10 Ibídem Pp. 21

11 Gustavsson, J. Et. Al., Pérdidas y Desperdicio de Alimentos en el Mundo, FAO, 2011, pp. 3 disponible en: http://www.fao.org/docrep/016/i2697s/i2697s.pdf

12 Ibídem, pp. 4

13 Ibídem, pp. 5

14 Ibídem, pp. 10,

15 Disponible en: http://indesol.gob.mx/conocenosc/asociacion-mexicana-de-banco-de-alimentos-a-c- amba/

16 Ley del Impuesto sobre la Renta, DOF: 18-11-2015, disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR_181115.pdf

17 Código Fiscal de la Federación. DOF: 12-01-2016. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/8_120116.pdf

18 Cambio Climático, el impacto en la agricultura y los costos de adaptación, FAO, ONU, 2009, disponible en: http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/AGRO_Noticias/docs/costo%20adaptacion. pdf

19 Disponible en: http://www.fao.org/news/story/es/item/356925/icode/

20 Artículo Original disponible bajo suscripción en: http://pubs.acs.org/doi/abs/10.1021/acs.est.5b05088, referencia y citas desde La Jornada en Línea, disponible en: http://www.jornada.unam. mx/2016/04/08/ciencias/a02n1cie

21Disponible en: http://www.thinkeatsave.org/es/index.php?option= com_content&view=article&id=238

22 Ley General de Cambio Climático, DOF: 06/01/2012, disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCC_010616.pdf

23 Disponible en: http://www.un.org/sustainabledevelopment/es/sustainable-consumption-production/

24 Disponible en: http://flwprotocol.org/flw-standard/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Honorable Cámara de Diputados, a 6 de septiembre de 2016.— Diputada Claudia Edith Anaya Mota (rúbrica).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Túrnese a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el compañero diputado Matías Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

El diputado Matías Nazario Morales: Con su venia, señor presidente. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, VI, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones jurídicas aplicables, el que suscribe,

Matías Nazario Morales, integrante del Grupo Parlamentario del PRI, somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto de reforma, con base en lo siguiente exposición de motivos:

Según cifras del Coneval, en el 2014, México contaba con un promedio de 55 millones de pobres, de los cuales, 28 millones de personas carecían de acceso a la alimentación. Estas cifras son alarmantes si tomamos en cuenta que representan un 46 y 23 por ciento de la población mexicana respectivamente.

El Banco Mundial, de acuerdo a las perspectivas de la urbanización mundial de las Naciones Unidas, estima que en el 2015 el 21 por ciento de los mexicanos estaban conformados por población rural, esta población es a la que buscamos beneficiar con la presente iniciativa en el ámbito de la alimentación.

Según lo establecido por el tercer párrafo del artículo 4o. constitucional, el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar el derecho a toda persona a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.

El primer párrafo del artículo 1º. de nuestra Carta Magna reconoce los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales de los que México es parte, por lo que el primer numeral del artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, refuerza el derecho antes citado al establecer que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.

Una alimentación y nutrición adecuada son la primera defensa contra las enfermedades, así como la fuente de energía para una vida activa. Los problemas nutricionales causados por una dieta inadecuada pueden ser de muchos tipos, su alimentación, deficiencias de micronutrientes, sobrepeso, obesidad, etcétera.

Existen en todos los países y afectan a todas las clases socioeconómicas. Si bien, el derecho a una alimentación adecuada es universal y una buena nutrición es esencial para todos, los más vulnerables a la mal nutrición son las niñas y los niños, ya que la desnutrición a largo plazo, tiene efectos negativos sobre el desarrollo cognoscitivo y motor, la inmunidad e incluso la incidencia de enfermedades crónico degenerativas, comprometiendo así su futuro y perpetuando un ciclo generacional de pobreza y desnutrición, con graves consecuencias para los individuos y las naciones.

La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura, FAO, por sus siglas en inglés, define la seguridad alimentaria como el estado logrado, cuando todas las personas tienen acceso físico, social y económico permanente a alimentos seguros, nutritivos y en cantidad suficiente para satisfacer sus requerimientos nutricionales y preferencias alimentarias; y así poder llevar una vida activa y saludable.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, Ensanut, en México 7 de cada 10 hogares presentan algún grado de inseguridad alimentaria, 41 por ciento leve, 17 por ciento moderada y 10 por ciento severa. Esta misma encuesta muestra que existe un 23 por ciento de las niñas y de los niños en edad preescolar, menores de 5 años, que sufren de anemia; el 18 por ciento sufre desnutrición y el 9 por ciento padece sobrepeso.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 tiene como estrategia general elevar la productividad para llevar a México a su máximo potencial a través de cinco metas nacionales:

1. México en paz,

2. México incluyente,

3. México con educación de calidad,

4. México próspero, y

5. México con responsabilidad global.

La segunda meta nacional, México incluyente, establece dentro de sus objetivos garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de la población, con la finalidad de asegurar una alimentación y nutrición adecuada de los individuos en condición de extrema pobreza.

Pues si bien, tomando medidas para mejorar el estado nutricional en México y en pro de una seguridad alimentaria, encontramos una Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que busca impulsar la mejora de esta última, considerando el abasto oportuno, suficiente e incluyente de alimentos, sin tomar en cuenta la importancia nutricional de los mismos.

Por todo lo anteriormente expuesto me permito someter a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXVIII del artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Sustentable, quedando de la siguiente manera:

Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

XXVIII. Seguridad Alimentaria. El abasto oportuno, permanente e incluyente de alimentos seguros, nutritivos y en cantidad suficiente para satisfacer los requerimientos nutricionales de la población y así puedan llevar una vida activa y saludable.

Transitorio. Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Matías Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del PRI

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones jurídicas aplicables, el que suscribe, diputado Matías Nazario Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura, somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Según lo establecido por el tercer párrafo del artículo 4o. constitucional, el Estado mexicano deberá garantizar el derecho de toda persona a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.

Este derecho fundamental es reforzado por el primer numeral del artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el cual establece que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios...”; de acuerdo al reconocimiento que el primer párrafo del artículo 1o. de nuestra Carta Magna, de los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales de los que México es parte.

Una alimentación y nutrición adecuada son la primera defensa contra las enfermedades y la fuente de energía para vivir y estar activo. Los problemas nutricionales causados por una dieta inadecuada pueden ser de muchos tipos –subalimentación, deficiencias de micronutrientes, sobrepeso y obesidad– existen en todos los países y afectan a todas las clases socioeconómicas. Si bien el derecho a una alimentación adecuada es universal y una buena nutrición es esencial para todos, los más vulnerables a la malnutrición son las niñas y los niños, ya que desnutrición a largo plazo tiene efectos negativos sobre el desarrollo cognoscitivo y motor, la inmunidad y tal vez la incidencia de enfermedades crónico degenerativas, comprometiendo así su futuro y perpetuando un ciclo generacional de pobreza y malnutrición con graves consecuencias para los individuos y las naciones.

La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés), define la seguridad alimentaria como el estado logrado “cuando todas las personas tienen acceso físico, social y económico permanente a alimentos seguros, nutritivos y en cantidad suficiente para satisfacer sus requerimientos nutricionales y preferencias alimentarias, y así poder llevar una vida activa y saludable”.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) 2012, en México 7 de cada 10 hogares presentan algún grado de inseguridad alimentaria (41.6 por ciento IA leve, 17.7 por ciento IA moderada y 10.5 por ciento IA severa).

Esta misma encuesta muestra que existe 23.3 por ciento de las niñas y los niños en edad preescolar (menores de 5 años) que sufren de anemia; 18 por ciento sufre desnutrición, y 9.7 por ciento padece sobrepeso u obesidad; por otra parte los escolares (5-11 años) y los adolescentes (12-19 años) se encuentran en el siguiente estado de nutrición:

Mientras que el estado de nutrición de los adultos (20 años y más), se calculó como se muestra a continuación:

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, tiene como estrategia general elevar la productividad para llevar a México a su máximo potencial, a través de cinco metas nacionales: México en Paz, México Incluyente, México con Educación de Calidad, México Próspero y México con Responsabilidad Global. La segunda meta nacional México Incluyente, establece dentro de sus objetivos garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de la población, “con la finalidad de asegurar una alimentación y nutrición adecuada de los individuos en condición de extrema pobreza o con carencia alimentaria severa, y con ello lograr un México sin hambre”, buscando así cumplir con lo establecido en el derecho fundamental antes mencionado.

Se pretende que en el presente año se realice una nueva Ensanut, con la finalidad de conocer cuál es el estado de salud y las condiciones nutricionales de la población mexicana, midiendo los resultados a mediano plazo del PND 2012-2018 en esta área.

Pero si bien están tomando medidas para mejorar el estado nutricional en México y en pro de una seguridad alimentaria, encontramos una Ley General de Desarrollo Rural Sustentable, que busca impulsar la mejora de esta última considerando el abasto oportuno, suficiente e incluyente de alimentos, sin considerar la importancia nutricional de los mismos.

Es por todo lo anteriormente expuesto que me permito someter a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción XXVIII del artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entenderá? por:

[...]

XXVIII. Seguridad Alimentaria. El abasto oportuno, permanente e incluyente de alimentos seguros, nutritivos y en cantidad suficiente para satisfacer los requerimientos nutricionales de la población, y así puedan llevar una vida activa y saludable.

Artículo Transitorio

Artículo Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Referencias Bibliográficas

FAO.

Ver Food and Agriculture Organization of the United Nations, Estadísticas sobre seguridad alimentaria, Organización de las Naciones Unidas para la alimentación y la agricultura,

http://www.fao.org/economic/ess/ess-fs/es/ (consultado en agosto de 2016).

Ver Food and Agriculture Organization of the United Nations, Papel de la FAO en la nutrición, Organización de las Naciones Unidas para la alimentación y la agricultura, http://www.fao.org/nutrition/es/ ( consultado en agosto de 2016).

INSP.

Ver Instituto Nacional de Salud Pública, Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012. Resultados Nacionales, SALUD, http://ensanut.insp. mx/informes/ENSANUT2012ResultadosNacionales.pdf (consultado en agosto de 2016).

Instituto Nacional de Salud Pública, ENSANUT de medio camino 2016, SALUD, https://www.insp.mx/ensanut/medio-camino-16.html (consultado en agosto de 2016).

ONU.

Ver Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, Declaración universal de los Derechos Humanos, Organización de las Naciones Unidas, .org/es/documents/udhr/ (consultado en agosto de 2016).

Sedesol.

Ver Secretaría de Desarrollo Social, Decreto por el que se prueba el Programa Nacional México sin hambre 2014-2018, Diario Oficial de la Federación,

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5343097&fecha=30/04/2014 (consultado en agosto de 2016)

Shamah Levy, Teresa; Amaya Castellanos, Maritza Alejandra; y Cuevas Nasu, Lucia .,Desnutrición y obesidad: doble carga en México, Revista digital universitaria. UNAM ,

http://www.revista.unam.mx/vol.16/num5/art34/( consultado en septiembre de 2016).

Notas:

1 Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, Declaración universal de los Derechos Humanos, Organización de las Naciones Unidas, .org/es/documents/udhr/ (consultado en agosto de 2016)

2 Food and Agriculture Organization of the United Nations, Papel de la FAO en la nutrición, Organización de las Naciones Unidas para la alimentación y la agricultura, http://www.fao.org/nutrition/es/ (consultado en agosto de 2016).

3 Teresa Shamah Levy et al.,Desnutrición y obesidad: doble carga en México, Revista digital universitaria. UNAM ,http://www.revista. unam.mx/vol.16/num5/art34/( consultado en septiembre de 2016).

4 Food and Agriculture Organization of the United Nations, Estadísticas sobre seguridad alimentaria, Organización de las Naciones Unidas para la alimentación y la agricultura, http://www.fao.org/economic/ ess/ess-fs/es/ (consultado en agosto de 2016).

5 Instituto Nacional de Salud Pública, Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012. Resultados Nacionales, Salud, http://ensanut.insp.mx/ informes/ENSANUT2012ResultadosNacionales.pdf (consultado en agosto de 2016).

6 Secretaría de Desarrollo Social, Decreto por el que se prueba el Programa Nacional México sin hambre 2014-2018, Diario Oficial de la Federación, http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo= 5343097&fecha=30/04/2014 (consultado en agosto de 2016).

7 Instituto Nacional de Salud Pública, ENSANUT de medio camino 2016, SALUD, https://www.insp.mx/ensanut/medio-camino-16.html (consultado en agosto de 2016).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputados y diputadas: Matías Nazario Morales,Alfredo Bejos Nicolás, Ana María Boone Godoy, Arlet Mólgora Glover, Carlos Federico Quinto Guillén, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Cirilo Vázquez Parissi, Delia Guerrero Coronado, Edgar Spinoso Carrera, Enrique Rojas Orozco, Erick Alejandro Lagos Hernández, Erika Araceli Rodríguez Hernández, Felipe Cervera He4rnández, Flor Estela Rentería Medina, Francisco Saracho Navarro, Juana Aurora Cavazos Cavazos, Lillian Zepahua García, María Gloria Hernández Madrid, María Guadalupe Oyervides Valdez, Miguel Ángel Sulub Caamal, Montserrat Alicia Arcos Velázquez, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, Nora Liliana Oropeza Olguín, Olga María Esquivel Hernández, Otniel García Navarro, Pedro Luis Noble Monterrubio, Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Sara Latife Ruiz Chávez, Virgilio Mendoza Amezcua (rúbricas).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, compañero Nazario Morales. Túrnese a la Comisión de Desarrollo Rural, para dictamen.

Sonido en la curul del compañero diputado Alfredo Bejos. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Alfredo Bejos Nicolás (desde la curul): Presidente, solamente para pedirle al diputado Nazario nos podamos adherir los compañeros del estado de Hidalgo a su iniciativa.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Está de acuerdo. Está a su disposición la iniciativa con los trámites acostumbrados, aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva.



CÓDIGO PENAL FEDERAL Y DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Gerardo Federico Salas Díaz, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

El diputado Gerardo Federico Salas Díaz:Con su permiso, señor presidente. Señoras y señores diputados, en Acción Nacional somos sensibles a la situación actual que atraviesa el campo mexicano.

Hoy la falta de rumbo del gobierno federal, el abandono en que tienen a los pequeños y medianos productores nacionales, el poco o nulo apoyo efectivo que garantice su protección, crecimiento y competitividad, la falta de acción y compromiso para combatir la competencia desleal en los mercados de consumo nacionales, son algunas de las situaciones que han marginado a los ganaderos y claramente han limitado el desarrollo de este importante sector de la economía nacional.

Aunado a todas las adversidades y falta de apoyo, el campo mexicano está siendo vulnerado día con día, la falta de seguridad en su actividad ahora se ha complementado con la falta de seguridad en su patrimonio y se ha convertido en un cáncer para la ganadería nacional. Poco se habla de esta agresiva situación y los daña constante e irremediablemente. Me refiero a la práctica del abigeato o robo de ganado.

Ya basta, no podemos seguir igual, es importante que en México demos pasos firmes y contundentes para erradicar este delito. El robo de ganado acumula pérdidas millonarias para los productores del campo y debido al éxito de los delincuentes se ha vuelto una práctica común en diversas regiones de nuestro país. Va desde los robos solitarios hasta la práctica cotidiana empleada por el crimen organizado.

Las organizaciones ganaderas de los diferentes estados de la República aseguran que el robo de ganado o abigeato ha repuntado en los últimos años. Los caballos, las vacas, los becerros y los borregos son los principales animales robados y las pérdidas para los ganaderos son millonarias.

Es increíble que siga siendo considerado el abigeato como un delito no grave, los delincuentes salen pagando fianzas muy raquíticas e incluso por debajo del valor del ganado robado, lo que se traduce en atractivas ganancias para quienes cometen ese ilícito.

De la misma manera, no podemos pasar por alto los índices de corrupción de las autoridades locales en muchas regiones del país. Han logrado que los ganaderos ya no presenten denuncias, en buena medida por el grado de impunidad, corrupción y debilidad de las leyes de los estados.

Actualmente, el artículo 381 Bis del Código Penal Federal denota una ambigüedad en los términos. No se utiliza el término de abigeato, se hace mención de ganado mayor y ganado menor, sin definir qué tipo de especies entran en ambos casos y las sanciones no están bien definidas, por lo que se deja una amplia discrecionalidad de la imposición de dichas sanciones.

Hoy proponemos un artículo 381 Ter, en donde se establezca con claridad las diferentes clases de ganado y no solamente la mera clasificación de ganado mayor y ganado menor, así como considerar el abigeato de acuerdo a ciertas características como un delito calificado.

Asimismo vengo a proponer a consideración de esta soberanía un artículo 381 Quáter del citado Código Penal, en donde se piden, dependiendo de su grado, penas más severas a este ilícito y que cuando sea cometida por un funcionario público, además de la pena de prisión, la inhabilitación del puesto. Es urgente una adecuación en las legislaciones de las entidades federativas, ya que 27 estados de la República tipifican el delito de abigeato, tres no utilizan el término del abigeato y dos entidades federativas no sancionan el delito bajo término alguno.

Señoras y señores diputados, hoy estamos aquí para exigir de manera urgente que el gobierno federal y sus dependencias actúen, ya que el problema del campo es de todos y la suma de voluntades y acciones pueden lograr que se le dé la verdadera importancia a la producción nacional y sus cadenas de valor.

Les comento, que el día de hoy también he presentado a esta soberanía, una proposición con punto de acuerdo por el que exhorta, respetuosamente, a las procuradurías generales y estatales para que en coadyuvancia con el Sistema Nacional de Identificación Individual del Ganado, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, realicen las investigaciones correspondientes al delito de robo de ganado.

Los diputados de Acción Nacional les recordamos a las diferentes instituciones del gobierno federal, que tienen la obligación de salvaguardar los bienes de quienes producen día a día nuestros alimentos.

Debemos fortalecer la estructura de nuestra ganadería y con ello mejorar el nivel de vida de los productores y sus familias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Gerardo Federico Salas Díaz, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Gerardo Federico Salas Díaz, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6, numeral 1, fracción 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa que reforma el artículo 381 bis y se adicionan los artículos 381 Ter y 381 Quáter del Código Penal Federal y se adiciona la fracción IX al artículo 2 de la ley federal contra la delincuencia organizada, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

El abigeato ha sido un problema grave para nuestro país. Con el paso del tiempo ha ido en aumento el número de robo de ganado en diferentes estados de la República Mexicana, es por ello que diversos legisladores han propuesto diversas iniciativas para intentar solucionar el problema, la mayoría de las propuestas quedan pendientes en comisión y ya no realizan el procedimiento necesario para lograr las reformas.

Por citar un ejemplo, en la pasada legislatura, el Senador por Oaxaca, Adolfo Romero Lainas, propuso que se tipificara como delito federal el robo de ganado o abigeato en el Código Penal Federal y de esta manera homologar la legislación a nivel nacional.

Más recientemente, el pasado 13 de octubre de 2015 los diputados Juan Antonio Ixtláhuac Orihuela y Francisco Javier Santillán Oceguera proponen una iniciativa que reforma el artículo 381 Bis y adiciona el 381 Ter al Código Penal Federal

Además de las múltiples iniciativas sobre el tema se han presentado diversos Puntos de Acuerdo exhortando a las autoridades correspondientes a nivel federal y estatal para que realicen de manera rápida, expedita y contundente las investigaciones correspondientes sobre las denuncias que se presenten sobre el delito de abigeato o en su caso tomar las medidas pertinentes para fortalecer el sistema de identificación individual del ganado con el objeto de instaurar procesos de rastreabilidad de los animales en los diferentes estados de la República Mexicana hacia la prevención del delito de Abigeato.

En los casos descritos anteriormente, el común denominador es el argumento de que este delito se ha ido acrecentando en los últimos años y casi siempre queda impune, esto en detrimento del sector ganadero en nuestro país.

Es importante y necesario frenar este delito, ya que el robo de ganado contabiliza pérdidas millonarias para los productores del campo, debido a su éxito, se ha vuelto una práctica común en diversas regiones de nuestro país y que va desde los robos solitarios hasta la práctica cotidiana empleada por el crimen organizado.

“Organizaciones ganaderas de al menos 11 estados de la República aseguran que el robo de ganado o abigeato —como se tipifica el delito— ha repuntado en los últimos dos años. Los caballos, las vacas, los borregos y los becerros son los principales animales robados, y las pérdidas para los criadores son contabilizadas en varios miles de pesos.

Un toro, por ejemplo, llega a costar entre 15 mil y 30 mil pesos; una vaca ,entre 10 mil y 12 mil pesos; una vaca lechera se vende hasta en 25 mil pesos; un caballo entre 15 mil y 30 mil pesos, y un becerro cuesta entre 10 y 20 mil pesos.

Ganaderos de Aguascalientes, el Estado de México, Chiapas, Coahuila, Jalisco, Michoacán, Querétaro, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas y Zacatecas consideran que este delito ha crecido entre 30% y 50%, y lo atribuyen al crecimiento de la delincuencia organizada y a que los cárteles del narcotráfico han ampliado su campo de actividad. Pero también creen que en la mayoría de los casos se trata de delincuentes comunes y ocasionales que aprovechan el clima de inseguridad que hay en el país para cometer un ilícito”

Consideraciones

Del latín abigeatus, derivado de ab y agere, “arrear, echar por delante”. Se dice de abigeato en materia de derecho penal para referirse al robo de ganado? el robo de animales que requieren de arreo, o de acarreo.

Esta figura aparece prevista en las legislaciones más antiguas de la historia cuya economía estaba sustentada en la agricultura y el pastoreo. En el caso de nuestro país, en 1871 se contempla por primera vez en el Código Penal la figura del abigeato con penalidad de un año de prisión. Posteriormente el Código Penal de 1931 derogó dicha disposición, de manera que el delito dejo de aparecer previsto en la ley penal.

Posteriormente, por decreto del 16 de noviembre de 1966 y publicado en el Diario Oficial de 20 de enero de 1967, fue adicionado al Código Penal Federal el artículo 381 bis, para contemplar nuevamente el delito de abigeato:

“Artículo 381 Bis.- Sin perjuicio de las sanciones que de acuerdo con los artículos 370, 371 y 372 deben imponerse, se aplicarán de tres días a diez años de prisión al que robe en edificios, viviendas, aposento o cuarto que estén habitados o destinados para habitación, comprendiéndose en esta denominación no sólo los que estén fijos en la tierra, sino también los movibles, sea cual fuere la materia de que estén construidos, así como en aquellos lugares o establecimientos destinados a actividades comerciales. En los mismos términos se sancionará al que robe en campo abierto o paraje solitario una o más cabezas de ganado mayor. Cuando el robo se realice sobre una o más cabezas de ganado menor, además de lo dispuesto en los artículos 370, 371 y 372, se impondrán hasta las dos terceras partes de la pena comprendida en este artículo”.

Como se puede apreciar, en este artículo 381 Bis, se denota una ambigüedad en los términos ya que no se utiliza el concepto de abigeato,se hace mención de ganado mayor y ganado menor sin definir qué tipo de especies entran en ambos casos y las sanciones no están bien definidas, por lo que deja una amplia discrecionalidad la imposición de dichas sanciones.

Por ello, es necesaria una adecuación en las legislaciones de las entidades federativas debido a que solo en 27 entidades federativas de la República se tipifican el delito de abigeato; tres entidades federativas no utilizan el término de abigeato y dos entidades federativas no sancionan el delito bajo término alguno.

Es práctica común que al ser considerado el abigeato como un delito no grave, los delincuentes salen pagando fianzas muy raquíticas e incluso por debajo del valor del ganado robado, lo que se traduce en atractivas ganancias para quienes cometen este ilícito; así mismo los altos índices de corrupción de las autoridades locales en muchas regiones ganaderas del país, han propiciado que los dueños del ganado ya no presenten denuncias, en buena medida por el grado de impunidad, corrupción y debilidad de las leyes en las entidades federativas.

Como consecuencia de lo anteriormente descrito, propongo los siguientes cambios al Código Penal Federal:

Es necesario adicionar el delito de abigeato en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, entendiendo el termino de delincuencia organizada como la actividad delictiva de un grupo estructurado de tres o más personas, que existe durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves; se refiere a la “asociación”, a la “sociedad”, a la “corporación”, al “grupo”, al “sindicato”, a la “liga”, al “gremio”, a la “coalición”, en sí a la unión, como forma de conjuntar esfuerzos en grupo y con el empleo de la violencia, soborno, intimidación y fuerza, para realizar actividades ilegales y en este caso, al robo de ganado.

Por tal motivo, propongo que se adicione una fracción IX al artículo 2 de la Ley antes mencionada con la finalidad de que el delito se castigue con penas más altas y que el sector ganadero vuelva a tener la confianza de presentar sus denuncias y así evitar el abigeato, que día a día se acrecienta, provocando a los ganaderos un problema latente afectando a su patrimonio.

Para el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el sector agropecuario en México es considerado un tema de prioridad nacional; el problema del campo es de todos y la suma de voluntades y acciones pueden lograr que se le dé la verdadera importancia a la producción nacional y sus cadenas de valor. En este sentido es que propongo modificaciones al Código Penal Federal y a la Ley Federal contra la delincuencia Organizada para que exista justicia para nuestros productores agropecuarios en el tema fundamental del abigeato.

En razón de lo anteriormente expuesto y descrito pongo a consideración a esta Honorable Cámara de Diputados la presente Iniciativa que reforma el artículo 381 bis y adiciona los artículos 381 ter y 381 Quáter del Código Penal Federal y adiciona la fracción IX al artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada de acuerdo al siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se modifica el Artículo 381 Bis, y se adicionan los artículos 381 Ter y 381 Quáter del Código Penal Federal.

Artículo 381 Bis. Sin perjuicio de las sanciones que de acuerdo con los artículos 370, 371 y 372 deben imponerse, se aplicarán de tres días a diez años de prisión al que robe en edificios, viviendas, aposento o cuarto que estén habitados o destinados para habitación, comprendiéndose en esta denominación no sólo los que estén fijos en la tierra, sino también los movibles, sea cual fuere la materia de que estén construidos, así como en aquellos lugares o establecimientos destinados a actividades comerciales.

Artículo 381 Ter. Comete el delito de abigeato quien o quienes por sí mismos o por interpósita persona:

I. Se apoderan de una o más cabezas de ganado, sin consentimiento de quien legalmente puede darlo, independientemente del lugar en que se encuentren.

II. Sacrifiquen ganado ajeno sin consentimiento de su propietario.

III. Compran o vendan los animales, su carne, pieles y otros productos derivados, obteniendo un beneficio personal o para un tercero.

IV. Usen documentación falsa como certificados, facturas electrónicas, aretes, entre otros, para acreditar la legal procedencia del ganado robado.

Es considerado como abigeato calificado cuando:

I. Sea cometido por tres o más personas.

II. Sea cometido en horarios nocturnos.

III. Sea cometido por algún sujeto que tenga relación laboral o de parentesco con el propietario del ganado.

IV. Se ejecute con violencia física o verbal, o;

V Sea perpetrado por alguna autoridad o funcionario municipal, estatal o federal, así como por integrantes de algún cuerpo de seguridad pública.

Para efectos de este delito, se dividen las clases de ganado en dos:

Ganado Mayor: Bovinos, Equinos, Mular, Asnal y otras especies mayores domésticas.

Ganado Menor: Caprinos, Ovinos, Porcinos; Aves, Conejos, Abejas y otras especies menores domésticas.

Artículo 381 Quáter. Además de lo dispuesto en los artículos 370, 371 y 372 cuando se cometa este delito se impondrán las siguientes sanciones:

I. Abigeato de ganado menor: Se impondrá de 6 meses a cuatro años de prisión y multa de doscientas Unidades de Medida y Actualización

II. Abigeato de ganado mayor: Se impondrá de cuatro a ocho años de prisión y multa de cuatrocientas Unidades de Medida y Actualización

III. Abigeato calificado de ganado menor: se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de ochocientas Unidades de Medida y Actualización

IV. Abigeato calificado de ganado mayor: se impondrá de seis a diez años de prisión y multa de mil doscientas Unidades de Medida y Actualización.

En el caso de que la pena la cometa un funcionario público, se inhabilitará para ocupar un puesto público por un tiempo igual al de la pena impuesta y dicha inhabilitación comenzará a partir de que haya cumplido su pena de prisión.

Artículo Segundo. Se adiciona la fracción IX al artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Artículo 2o. Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por este solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:

I-VIII. ...

IX. Abigeato, previsto en los artículos 381 Ter y 381 Quáter, del Código Penal Federal.

Transitorios

Primero.Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Segundo. Para fines de adecuación de las legislaciones locales, las entidades federativas tendrán un plazo no mayor a 6 meses a partir de la publicación de este decreto.

Nota:

1 http//www.lineadirecta.com (16 febrero 2016)

Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2016.— Diputados y diputadas: Gerardo Federico Salas Díaz,Adriana Elizarraraz Sandoval, Alfredo Javier Rodríguez Dávila, Angélica Moya Marín, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Brenda Velázquez Valdez, César Flores Sosa, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Claudia Sánchez Juárez, Eloísa Chavarrías Barajas, Elva Lidia Valles Olvera, Emma Margarita Alemán Olvera, Exaltación González Ceceña, Genoveva Huerta Villegas, Gretel Culin Jaime, Guadalupe González Suástegui, Herminio Corral Estrada, Hugo Alejo Domínguez, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, Jacqueline Nava Mouett, Javier Antonio Neblina Vega, Jesús Antonio López Rodríguez, Joaquín Jesús Díaz Mena, Jorge Ramos Hernández, José Antonio Salas Valencia, José Everardo López Córdova, José Máximo García López, José Teodoro Barraza López, Karla Karina Osuna Carranco, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Leticia Amparano Gamez, Luis Agustín Rodríguez Torres, Luis de León Martínez Sánchez, Luis Fernando Antero Valle, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Luisa Sánchez Meza, María Verónica Agundis Estrada, Martha Cristina Jiménez Márquez, Miguel Ángel Huepa Pérez, Miguel Ángel Salim Alle, Mónica Rodríguez Della Vecchia, Nelly del Carmen Márquez Zapata, Patricia García García, Pedro Garza Treviño, Rafael Valenzuela Armas, Ricardo Del Rivero Martínez, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Urtaza Francisco José Gutiérrez De Velasco, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Virgilio Mendoza Amezcua, Ximena Tamariz García (rúbricas).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Salas. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.

El diputado Joaquín Jesús Díaz Mena (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Adelante, sonido a la curul del diputado Díaz Mena, por favor. Adelante, diputado, ¿con qué objeto?

El diputado Joaquín Jesús Díaz Mena (desde la curul): Gracias, presidente. Para solicitarle al diputado Gerardo Salas, poder sumarnos a esta excelente iniciativa que acaba de proponer, ya que ayuda en mucho a que los productores ganaderos de todo México puedan cuidar sus bienes. Muchas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: ¿Diputado Salas?

El diputado Gerardo Federico Salas Díaz (desde la curul): Sí.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Da su aquiescencia. Por tanto, está el trámite correspondiente aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita y de la misma forma por el diputado Francisco Martínez Neri.

El diputado Omar Ortega Álvarez:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, está comprobado que el informe de gobierno, lejos de ser un ejercicio de rendición de cuentas del Poder Ejecutivo ante el Poder Legislativo, se ha convertido en un simple trámite burocrático, que nos coloca tan sólo como una mera Oficialía de Partes.

Actualmente el presidente organiza en una sede alterna, alejado de toda investidura histórica y de todo carácter republicado, una especie de reality show, en donde ante un público preseleccionado, acrítico y a modo ofrece datos para auto avalar y auto alabar su propia gestión.

Es cierto que en el pasado el Ejecutivo acudía a la sede del Congreso para ser sujeto de un apoteótico recibimiento. Y en la cúspide de la era del partido hegemónico, la presencia faraónica del titular del Ejecutivo se traducía en una manifestación multicolor, desde la residencia presidencial hasta la entrada a Palacio Legislativo.

Ese día, el día del presidente, de un desmedido culto a la personalidad hemos transitado al vigoroso pluralismo que caracteriza a las cámaras del Congreso, cada vez con mayor intensidad desde el final de la década de los ochenta hasta nuestros días.

Este acto dio un vuelco de campana y nos fuimos a los extremos cuando se impidió físicamente la presencia del presidente Fox en su Sexto Informe de Gobierno y a lo que tenemos hoy, una entrega burocrática del informe presidencial.

Desde la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en 1917, el artículo 69 constitucional ha tenido diversas enmiendas, tres enmiendas para ser exacto. En la última de éstas, del 2008, la que resguardó de la exhibición pública a un presidente cuestionado en su legitimidad y la que suprimió la obligación del titular del Ejecutivo para acudir al Congreso a rendir su informe.

Con esta reforma, de manera inadmisible el Congreso mexicano renunciaba diligentemente a una de las principales facultades, traer al Ejecutivo federal a cuentas a este Congreso.

Fue tan desaseada esta última reforma que en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hoy vigente, en su artículo 7, numeral primero, se sigue leyendo textualmente: el 1 de septiembre de cada año, a la apertura der las sesiones ordinarias del primer periodo del Congreso asistirá el presidente de la República y presentará un informe de conformidad con el artículo 69 constitucional.

Es decir, en esta ley que rige a la vida interna del Congreso y de sus Cámaras se establece con toda claridad la presencia física del presidente de la República en la sesión de apertura del Congreso General.

La pluralidad política, afortunadamente, llegó para quedarse y ahora necesitamos que el diálogo entre Poderes sea horizontal, respetuoso; pero veraz, firme y cotidiano. Por ello, con la presente iniciativa lo que se pretende es enriquecer la información que la sociedad mexicana tiene derecho a recibir sobre el estado que guarda la administración pública federal; más ahora que hemos perfeccionado el Sistema Nacional de Transparencia.

El presidente de la República, como responsable del gobierno de este país, está obligado por este hecho a rendir cuentas e informar a la nación de manera periódica sobre el estado que guardan los asuntos públicos.

Nuestro grupo parlamentario considera que el Congreso mexicano debe empoderarse con características e instrumentos parlamentarios en donde el diálogo entre Poderes, la rendición de cuentas del Ejecutivo al Legislativo y la fiscalización de las tareas y del uso de los recursos públicos deber ser una práctica cotidiana.

Con esta iniciativa proponemos que en la apertura de las sesiones ordinarias del primer periodo de cada año el presidente de las República, en su calidad de jefe del Estado, entregue por escrito un informe de gobierno y que en fecha posterior acuda a las Cámaras del Congreso, en su calidad de titular del Ejecutivo y de la administración pública federal, a exponer lo fundamental de su informe y sostener un intercambio de opinión con las y los legisladores. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Francisco Martínez Neri y Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

El formato del informe de gobierno debiera ser un ejercicio de rendición de cuentas de quien detenta el Poder Ejecutivo ante el Poder Legislativo, sin embargo desde la reforma de 2008, este ejercicio ha variado en su forma y en su naturaleza hasta llegar a convertirse en un simple trámite burocrático en el que el funcionario de mayor rango del gabinete es el que se presenta en el Palacio Legislativo a entregar el documento que contiene el informe de gobierno, por escrito.

En una sede alterna, alejado de toda investidura histórica y todo carácter republicano, el presidente de la República realiza un acto en el que se rinde culto a la personalidad de la figura presidencial, ante un público preseleccionado, acrítico, lo cual convierte todo este acto en algo muy alejado a la práctica democrática de la rendición de cuentas.

Argumentos

La figura del presidente de la República en México, concentra en su investidura dos calidades, la del jefe del estado por un lado, y la del jefe del gobierno y titular de la administración pública federal por el otro. Desde los albores del siglo XX, se había concebido la presencia del presidente ante el Congreso de la Unión, como un protocolo en donde la figura del jefe del Estado tiene que lucir y brillar frente al Poder Legislativo, el cual obligadamente le tiene que rendir pleitesía. Más que para rendir cuentas, el Ejecutivo históricamente acudió a la sede del Congreso para ser sujeto de un apoteótico recibimiento y la suma de apoyos políticos por parte de la representación nacional. En la cúspide de la era del partido hegemónico, la presencia faraónica del titular del Ejecutivo empezaba fuera del recinto legislativo, desde la residencia oficial del presidente, con un desfile multicolor, que visto ahora, desde la distancia del tiempo, pareciera más un desfile que evoca a la era de los líderes totalitarios.

La obra arquitectónica de este gran palacio que nos alberga, culminó en los años 70, todavía con la concepción de una relación republicana inversa. En vez de que el titular del Ejecutivo rindiera cuentas al Congreso, este poder, se rendía ante la figura presidencial, dándole paso en sus grandes pasillos centrales –ahora desaparecidos– y su elegante tribuna al avasallante poder absoluto del jefe del Estado mexicano.

Desde la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1917, el artículo 69 ha sido objeto de tres enmiendas:

Si observamos con detenimiento el texto original del Constituyente de 1917 vemos que a la letra el artículo 69 dice:

Artículo 69. A la apertura de sesiones del Congreso, sean ordinarias o extraordinarias, asistirá el presidente de la República y presentará un informe por escrito; en el primer caso, sobre el estado general que guarde la administración pública del país; y en el segundo, para exponer al Congreso o a la Cámara que se trate, las razones que hicieron necesaria su convocatoria, y el asunto o asuntos que ameriten una resolución perentoria.

La primera reforma, a esta disposición fue en 1923, para suprimir del texto constitucional la obligación del presidente de la República de asistir al Congreso al inicio de las sesiones extraordinarias con el objeto de explicar las razones de dicha convocatoria, quedando así:

Artículo 69. A la apertura de sesiones ordinarias del Congreso, asistirá el presidente de la República y presentará un informe por escrito; en el que manifieste sobre el estado general que guarde la administración pública del país.

En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión o de una sola de las Cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.”

La segunda reforma, fue en 1986 para suprimir del texto constitucional la obligación del presidente de acudir al Congreso al inicio de cada periodo ordinario, de tal forma que quedó establecido que la obligación del presidente de rendir su informe sería anualmente, quedando de la siguiente manera:

Artículo 69. A la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo del Congreso, asistirá el presidente de la República y presentará un informe por escrito; en el que manifieste sobre el estado general que guarde la administración pública del país.

En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión o de una sola de las Cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.

La tercera reforma, que se dio en 2008, pretendía resguardar de la exhibición pública a un presidente cuestionado en su legitimidad e inmerso en una crisis política. Por eso se suprimió la obligación del presidente de la República de acudir al Congreso a rendir su informe. Con esta reforma, de manera inadmisiblemente, el Congreso mexicano obsequiaba, diligentemente, una de sus principales facultades: traer a cuentas al Ejecutivo federal.

Con dicha reforma, se le restó solemnidad al informe presidencial pero también se le restó importancia a un acto en el que el presidente comunica a la sociedad los resultados obtenidos a raíz de la toma de decisiones. Con la reforma de 2008 se demostró la mala relación entre dos Poderes de la Unión, donde los contrapesos no existían y el presidente lucía incapaz de entablar un diálogo cortés pero fructifico tanto con los diputados como con los senadores.

Fue tan desaseada esta última reforma, que en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hoy vigente, en su artículo 7o., y específicamente en los numerales 1, 2 y 3, se lee textualmente lo siguiente:

Artículo 7o.

1. El primero de septiembre de cada año, a la apertura de las sesiones ordinarias del primer periodo del Congreso, asistirá el presidente de la República y presentará un informe de conformidad con el artículo 69 de la Constitución.

2. Antes del arribo del presidente de la República hará uso de la palabra un legislador federal por cada uno de los partidos políticos que concurran, representados en el Congreso. Estas intervenciones se realizarán en orden creciente, en razón del número de diputados de cada grupo partidista y cada una de ellas no excederá de quince minutos.

3. El presidente del Congreso contestará el informe en términos concisos y generales, con las formalidades que correspondan al acto. Esta sesión no tendrá más objeto que celebrar la apertura del periodo de sesiones y que el presidente de la República presente su informe; en tal virtud, durante ella no procederán intervenciones o interrupciones por parte de los legisladores.

Es decir, en esta ley, que rige la vida interna del Congreso, y de sus Cámaras, se establece con toda claridad la presencia física del presidente de la República en la sesión de apertura del Congreso General.

La pluralidad política, afortunadamente, llegó para quedarse y ahora necesitamos que el diálogo entre poderes sea horizontal, respetuoso, pero veraz, firme y cotidiano. Por ello, y con la presente iniciativa, lo que se pretende es enriquecer la información que la sociedad mexicana tiene derecho a recibir sobre el estado auténtico de la administración, más ahora que hemos perfeccionado el Sistema Nacional de Transparencia con la expedición de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Consideramos que si bien el informe por escrito es un documento en el que se plasman datos que denotan los resultados de las decisiones presidenciales, la presentación de éste no debería eximir al presidente de presentarse ante el Congreso y dar un mensaje de cara a los ciudadanos e incluso responder a los cuestionamientos que le formularan las y los legisladores, en un acto eminentemente republicano.

El presidente de la República, como responsable de la dirección de este país, está obligado, por este hecho, a rendir cuentas e informar a la nación, de manera periódica, sobre el estado que guardan los asuntos públicos.

Una vez visto lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en esta LXIII Legislatura considera que el Congreso mexicano debe evolucionar cada vez a fin de configurarse como uno de los poderes esenciales de un sistema presidencial, con características e instrumentos parlamentarios, en donde el diálogo entre poderes, la rendición de cuentas del Ejecutivo al Legislativo y la fiscalización de las tareas y del uso de los recursos públicos del Ejecutivo, deben fortalecerse.

En esta iniciativa, los legisladores que integramos el Grupo Parlamentario del PRD proponemos que en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año, el presidente de la República, en su calidad de jefe del Estado, entregue por escrito un informe de gobierno, y que en fecha posterior acuda a las Cámaras del Congreso, en su calidad de titular del Ejecutivo y de la administración pública federal, a exponer lo fundamental de su informe, y sostener un intercambio de opiniones con las y los legisladores. En las sesiones subsecuentes, iniciará la glosa y el análisis del informe conforme a los artículos 69 y 93 de esta Constitución.

Fundamento legal

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pongo a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adiciona un segundo párrafo al mismo artículo, recorriéndose el segundo y tercer párrafo originales al tercer y cuarto párrafos, para quedar como sigue:

Artículo 69. En la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el presidente de la República entregará por escrito un informe en el que rinda cuentas sobre el estado general que guarda la administración pública del país. En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, o de una sola de sus Cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.

En fecha posterior, el presidente de la República acudirá a las Cámaras del Congreso, en su calidad de titular del Ejecutivo y de la administración pública federal, a exponer el informe en el que rinda cuentas sobre el estado general que guarda la administración pública del país. Durante su comparecencia, escuchará las intervenciones de los legisladores y responderá a los cuestionamientos que éstos le formulen, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley del Congreso.

Cada una de las Cámaras...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, una vez agotado el procedimiento previsto por el artículo 135 constitucional.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de septiembre de 2016.— Diputados y diputadas: Omar Ortega Álvarez,Erika Irazema Briones Pérez, Evelyn Parra Álvarez, Francisco Martínez Neri, Julio Saldaña Morán, Victoriano Wences Real (rúbricas).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, compañero diputado Ortega. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Arturo Álvarez Angli, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita también por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado Arturo Álvarez Angli:Gracias, buen día. Con el permiso de la Presidencia. En México, de acuerdo a cifras de la Organización Mundial de la Salud, tan solo en el 2008, alrededor de 15 mil muertes se presentaron en nuestro país, que son atribuibles directamente a la contaminación del aire.

Nuestro país ocupa actualmente el segundo, no muy honroso lugar en América Latina con el mayor número de muertes provocadas por la contaminación atmosférica y evidentemente es en las grandes urbes en donde se expone con mayor incidencia este tipo de efectos nocivos.

Una de las principales causas de la contaminación del aire la encontramos en el uso intensivo de medios de transporte, por lo cual se hace absolutamente necesario el adoptar medidas contundentes para disminuir la emisión de contaminantes generadas por los vehículos automotores.

La necesidad permanente de reorientar y de evaluar las políticas públicas para la prevención y control de la contaminación atmosférica, se ha manifestado particularmente a partir de las condiciones ambientales adversas que se han presentado recientemente en la Ciudad de México. No debemos olvidar que fue necesario incluso, el establecimiento de medidas emergentes y transitorias mediante las que se impusieron restricciones a la circulación vehicular de manera más severa.

En la presente iniciativa a través de la cual planteamos reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente, se propone el establecimiento de un esquema general de verificación vehicular obligatoria que sea aplicado en todos los estados de la República y sus municipios, así como por supuesto en la Ciudad de México y sus futuras alcaldías.

Nuestra propuesta incluye además, la creación de un organismo de evaluación al desempeño de los Centros de Verificación Vehicular, el cual estará obligado a llevar a cabo la expedición de las constancias de verificación, las cuales deberán entregarse a cada uno de los estados y a la Ciudad de México, para que estos a su vez las entreguen a los responsables de los centros de verificación, quienes las otorgarán a sus destinatarios finales.

Un control más estricto, la evaluación y transparencia en los centros de verificación resulta por supuesto esencial en nuestra propuesta, pues de todos es sabido que en muchas ocasiones la corrupción ha evitado que estos cumplan adecuadamente con la función que tienen encomendada, la cual es por supuesto evitar que sigan circulando los vehículos más contaminantes y que ponen en riesgo la salud de millones de mexicanos.

Igualmente, proponemos que se lleve a cabo el acopio, entrega y sistematización, por primera vez, de la información estadística que se genere en los centros de verificación sobre los aspectos generales de la flota vehicular nacional y las características de sus emisiones, la cual resulta absolutamente indispensable para el diseño de políticas públicas más eficaces, que permitan atender de modo específico la la problemática que se presenta en las diferentes regiones urbanas.

Con lo anterior, buscamos que se propicie que cada entidad federativa identifique si las condiciones particulares de su parque vehicular ameriten una eventual o definitiva imposición de restricciones a la circulación.

Con la presente propuesta, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México pretende impulsar un enfoque sistémico, homogéneo y general que refuerce la verificación de emisiones de fuentes móviles ayudando con ello a garantizar los derechos a la salud y al medio ambiente sano, consagrados en nuestra Constitución Política. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado Arturo Álvarez Angli e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputado Arturo Álvarez Angli y diputados federales del Partido Verde Ecologista de México, en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, al tenor del siguiente

Exposición de Motivos

Se estima que en México, 48 por ciento de la población vive en ciudades con más de 500 mil habitantes. Esta población urbana está expuesta diariamente a los contaminantes del aire ocasionados por diversas fuentes, entre ellas, las fuentes vehiculares. Lo anterior tiene un fuerte impacto en la salud pública y en la economía, derivado del incremento de enfermedades respiratorias e incluso muertes prematuras, y del costo de atención médica de tales enfermedades y de la pérdida de productividad.

La contaminación atmosférica se constituye como uno de los principales problemas ambientales a los que se enfrentan las naciones, debido a los efectos negativos sobre la salud humana y el medio ambiente que ésta genera. Según cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS), organismo del Sistema de las Naciones Unidas, durante el año 2012 la contaminación del aire fue la causa de muerte de aproximadamente siete millones de personas en todo el mundo, lo que convierte éste en un gran problema de salud ambiental global. En este sentido, las cifras que presenta el Observatorio Mundial de la Salud de aquella organización mundial, indican que en México durante 2008 se registraron alrededor de quince mil muertes, atribuibles directamente a la contaminación del aire.

No obstante el esfuerzo realizado en México en las tres últimas décadas para mejorar la calidad del aire, en las 67 cuencas atmosféricas prioritarias del país viven 72.2 millones de personas expuestas a mala calidad del aire. Según la evaluación del Environmental Performance Index, México ocupó el lugar 79 de los 132 países evaluados por la calidad del aire. Cerca de 80 por ciento de los contaminantes atmosféricos que se generan en el territorio provienen de los vehículos automotores, cuya flota en 2011 se estimó en 31.9 millones de unidades.

En términos económicos, la contaminación atmosférica representa el mayor porcentaje de los costos por degradación ambiental en el país, equivalente a 3.6 por ciento del producto interno bruto (PIB) en 2011. Además de este dato del Sistema de Cuentas Nacionales de México, la organización denominada Instituto Mexicano para la Competitividad AC, desarrolló una calculadora para identificar los daños en salud provocados por partículas de tamaño igual o mayor a 10 micras (PM10) y cuantificar los impactos económicos que se derivan de los mismos, a saber los siguientes:

• Las consultas atribuibles a la contaminación son 818 mil 679, este es el número de consultas asociadas a la contaminación por PM10. Para calcularlo se usan estimaciones que reflejan qué tan sensible es la población de cada ciudad a visitar al médico por estar expuesta a niveles de partículas superiores al valor recomendado por la OMS.

• El número de hospitalizaciones asociadas a la contaminación por PM10 son 14 mil 2. Se consideró el total de egresos hospitalarios por causas respiratorias y cardiovasculares a nivel estatal reportadas en el Boletín de la Secretaría de Salud para 2010.

• Los gastos en salud ascienden a 708 millones de pesos anuales, se obtuvieron de multiplicar el número de hospitalizaciones y consultas atribuibles a la contaminación por el costo unitario por evento, por el número de días promedio requeridos para la atención médica. En el caso de hospitalizaciones, se distingue entre los costos para personas aseguradas y no aseguradas.

• Las pérdidas de productividad ascienden a 3 mil 396 millones de pesos al año y se obtuvieron de multiplicar los días laborales perdidos a causa de hospitalizaciones y consultas atribuibles a la contaminación por el salario promedio diario por los días de atención médica. A esta cifra se añaden las pérdidas de productividad por muertes prematuras las cuales surgen de multiplicar los años productivos perdidos, separando las muertes atribuibles por grupo de edad, por el salario promedio mensual.

• En México, la flota en circulación es alrededor de 23 millones de vehículos y cada año se añaden más de un millón de nuevos vehículos ligeros (Asociación Mexicana de la Industria Automotriz, 2008), un millón de vehículos ligeros usados (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 2008) y 40 mil vehículos pesados (Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones, 2008).

• Se estima que desde 2005 hasta la fecha han ingresado al territorio nacional cerca de 5.2 millones de vehículos usados, es decir, poco más de 700 mil vehículos anualmente limitando la introducción de tecnologías más limpias e impactando directamente en la calidad del aire en el país.

• En los vehículos de uso intensivo se observó un mayor índice de rechazo en materia de verificación.

En el informe La calidad del aire en América Latina: una visión panorámica, publicado en 2013 por el Clean Air Institute, que preside el doctor Mario Molina, se determinó que de toda América Latina, México ocupa el segundo lugar con el mayor número de muertes provocadas por la contaminación atmosférica. En ese reporte se señala que de toda la región latinoamericana, la ciudad de Monterrey presenta los más altos niveles de contaminación por partículas PM10; también resulta alarmante que, según los datos contenidos en ese estudio, la Ciudad de México y Guadalajara han presentado niveles de contaminación que se encuentran por encima de la media de ciudades con características similares, como Bogotá, Montevideo o Sao Paulo.

En este sentido, las poblaciones urbanas son las que más expuestas se encuentran a los efectos nocivos de la contaminación del aire, provocada por el uso intensivo de medios de transporte activados por la combustión interna de combustibles fósiles, razón por la cual los vehículos automotores se constituyen como una de las principales causas de la contaminación del aire en las grandes ciudades del mundo.

Al respecto, en México, el sector transporte es uno de los que más contribuye a la emisión de contaminantes a la atmósfera, aportando 31.1 por ciento de las emisiones de dióxido de carbono (CO2) equivalente, seguido de los sectores de generación eléctrica (23.3 por ciento) manufactura y construcción (11.4 por ciento), según establece la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático en la quinta Comunicación Nacional ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, publicada en 2012.

La mayor parte de las emisiones vehiculares proviene del tubo de escape como producto de la quema de combustibles como gasolina, diésel, gas licuado o incluso biocombustibles. De conformidad con información de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), los vehículos automotores son responsables de generar 95 por ciento de las emisiones de monóxido de carbono, 75 por ciento de óxidos de nitrógeno, 50 por ciento de hidrocarburos, 60 por ciento de partículas inhalables y 25 por ciento de bióxido de azufre, todas identificadas como perjudiciales para la salud humana.

A pesar de la importancia que tienen las emisiones vehiculares respecto de la calidad del aire, actualmente la información con la que se cuenta sobre los aspectos generales de la flota vehicular nacional y las características de sus emisiones resulta limitada e insuficiente, y la poca información que se tiene al respecto proviene de aquellas localidades en las que se han implementado programas de verificación vehicular, en las que se han generado datos a partir de los que se han podido producir estadísticas relacionadas con el desempeño de los instrumentos de política pública en la materia, como es el caso de los programas de gestión para mejorar la calidad del aire, también conocidos como ProAire, con los que se busca revertir las tendencias de deterioro de la calidad del aire en las principales ciudades del país, incorporando medidas concretas para reducir y controlar las emisiones de contaminantes.

Actualmente, según datos de la Semarnat, existen programas de gestión para mejorar la calidad del aire en Michoacán (2015-2024), Tlaxcala (2014-2024), Zona Metropolitana de Oaxaca (2014-2023), Zona Metropolitana de Querétaro-San Juan del Río (2014-2023), Zona Metropolitana de San Luis Potosí-Soledad de Graciano Sánchez (2013-2021), Zona Metropolitana de León (2013-2022), Salamanca, Celaya e Irapuato (2013-2022), Zona Metropolitana del Valle de Toluca (2012-2017), Zona Metropolitana de Tijuana (2012-2020), Puebla (2012-2020), Zona Metropolitana del Valle de México (2011-2020), Mexicali (2011-2020), Jalisco (2011-2020), mientras que otras tantas regiones del país están en proceso de elaboración de sus correspondientes programas.

Estos programas tienen por objeto orientar las políticas públicas en materia de calidad del aire en las correspondientes regiones, incorporando la participación de los diferentes sectores de la sociedad e integrando aspectos urbanos, de transporte, económicos y sociales y su vinculación con procesos de generación de contaminantes.

En el programa para mejorar la calidad del aire de la Zona Metropolitana del Valle de México 2011-2020 se establece que “la medición y el registro espacial y temporal de los contaminantes atmosféricos más importantes desde el punto de vista de la salud de la población, así como una buena estimación de las emisiones a la atmósfera son aspectos torales y requisitos imprescindibles para desarrollar y mantener una gestión eficaz de la calidad del aire”, lo que da cuenta de la relevancia que tiene contar con datos estadísticos precisos para el diseño de estrategias de control de las emisiones y de renovación del parque vehicular, incorporando información técnica en el planteamiento y desarrollo de un eje rector mediante el que se promueva el adecuado manejo regional de las emisiones generadas por fuentes móviles y que permita el fortalecimiento de la gestión de la calidad del aire, proveyendo a su mejora sostenible.

En México contamos con una base de datos integrada por información de sustancias contaminantes emitidas al aire, agua, suelo y subsuelo o que son transferidas en el agua residual o en los residuos peligrosos; este conjunto de información se denomina Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, en el que se conjuntan datos como el nombre del establecimiento y su ubicación, así como la cantidad de sustancias emitidas o transferidas.

En el caso de la contaminación del aire, la existencia de información estadística respecto de las emisiones a la atmósfera en general ha permitido en cierta medida que las autoridades locales actúen en el ámbito de sus competencias, instrumentando medidas y programas para mejorar la calidad del aire; sin embargo, actualmente existen deficiencias respecto de los datos e información estadística que se genera en relación con las emisiones de contaminantes a la atmósfera, específicamente sobre aquellas generadas por fuentes móviles; muestra de ello lo tenemos en los registros vehiculares, que actualmente son incompletos, imprecisos, erróneos o desactualizados, a lo que se suma el hecho de que varias entidades en México no cuentan con programas de verificación vehicular y que existe incertidumbre en las estimaciones actuales de las emisiones, lo que representa un importante vacío en términos de información relevante para la definición de políticas públicas en los diferentes órdenes de gobierno; para atender esta importante área de oportunidad es necesario caracterizar y sistematizar de una mejor forma las contribuciones de las fuentes de emisiones móviles, identificando sus principales características, generando bases de datos que se alimenten con información actual y específica.

Recientemente esta necesidad de reorientar el rumbo de las políticas públicas para la prevención y control de la contaminación atmosférica se ha manifestado a partir de las condiciones ambientales adversas en las que se ha encontrado recientemente la Ciudad de México, en la que durante el mes de marzo de 2016, la Comisión Ambiental de la Megalópolis decretó la primera contingencia ambiental por ozono en 14 años, tras alcanzarse los 203 puntos del Índice Metropolitano de la Calidad del Aire.

Ante estas circunstancias, el 4 de abril de 2016 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo por el que se dan a conocer las Medidas Temporales para Prevenir, Controlar y Minimizar las Contingencias Ambientales o Emergencias Ecológicas, Provenientes de Fuentes Móviles, con el objeto de establecer medidas eventuales y transitorias para prevenir, controlar y minimizar las contingencias ambientales o emergencias ecológicas, con base en el monitoreo de la contaminación ambiental proveniente de fuentes móviles, mediante la limitación de su circulación, lo que se tradujo en la ampliación extraordinaria del programa local de control de emisiones provenientes de fuentes móviles, popularmente conocido como “Hoy No Circula”, estableciéndose que todos los automóviles que conforman el parque vehicular particular de la zona metropolitana del Valle de México, independientemente de su procedencia, dejarán de circular al menos un día a la semana, con base en la terminación numérica de sus matrículas, sin importar el tipo de certificado de emisiones que les haya sido asignado por un centro de verificación vehicular.

También, como consecuencia de las condiciones desfavorables que se presentaron en la zona metropolitana del Valle de México, el pasado 7 de junio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-167-SEMARNAT-2016, que establece los niveles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan en la Ciudad de México, Hidalgo, estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala; los métodos de prueba para la certificación de dichos niveles y las especificaciones de los equipos que se utilizarán para dicha certificación, así como las especificaciones para los equipos tecnológicos que se utilizarán para la medición de emisiones por vía remota y para la realización de dicha medición”; esta norma emergente deberá ser observada por todos los establecimientos en los que se lleva a cabo la verificación de emisiones de fuentes móviles, en cada una de las entidades federativas que integran la Megalópolis.

Situaciones como la acontecida en la Ciudad de México y sus consecuencias, ponen de manifiesto la importancia que tiene contar con datos estadísticos adecuados para la planeación y eficiente implementación de políticas y programas para el control de las emisiones a la atmósfera evitando, en la medida de lo posible, la declaración de contingencias ambientales ante la presencia de contaminantes en el aire que pongan en riesgo la salud de las personas, anticipando y previniendo desde su origen las causas de esa contaminación.

En este sentido, a partir de la generación y disponibilidad de información estadística estructurada respecto de las emisiones del parque vehicular, es posible instrumentar programas específicamente diseñados para atender las problemáticas que se presentan en las diferentes regiones urbanas del país, con lo que se reducirían las posibilidades de llegar a la implementación de medidas como la impuesta en la Ciudad de México que, de acuerdo a investigaciones de órganos especializados de instituciones académicas como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y de organizaciones civiles, no cuentan con la eficacia necesaria para cumplir el objetivo principal de reducir la emisión de contaminantes a la atmósfera, por lo que resulta indispensable contar con información estadística consistente, que provenga de una fuente confiable, vinculada con los vehículos que generan las emisiones.

En este orden de ideas, es natural promover que esta información estadística provenga de los centros de verificación; con ella será posible hacer estimaciones de las emisiones que genera el parque vehicular en circulación y a partir de ello formular programas e implementar medidas que permitan controlar la contaminación proveniente de esas fuentes, partiendo de datos específicos y relevantes.

Para lograr este objetivo, en la presente iniciativa de reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) se plantea el establecimiento de un esquema general de verificación vehicular obligatorio que sea aplicado en todos los estados de la República y sus municipios, así como en la Ciudad de México y sus alcaldías.

El establecimiento generalizado en todo el país de esquemas de verificación vehicular obligatoria atiende en principio a los compromisos adquiridos por México a nivel internacional, entre los que destacan aquéllos que se desprenden de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, instrumento ratificado por México en 1993 que establece un marco de acción para lograr estabilizar la emisión y concentración de emisiones a la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático.

Derivado de esta convención marco, más adelante fue suscrito el Protocolo de Kioto de 1995, ratificado por México en el año 2000, en virtud del cual los países industrializados se comprometen a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero, entre ellos el óxido nitroso y el bióxido de carbono, ambos presentes en las emisiones de los vehículos.

De la referida convención marco también se desprenden las “conferencias de las partes”, que se celebran anualmente a la luz de los compromisos adquiridos por aquél instrumento; de esas conferencias han surgido obligaciones importantes para las naciones, de las cuales sobresalen las comunicaciones nacionales, que a partir de la Conferencia de las Partes número 17, celebrada en Durban, Sudáfrica, en 2011, se deben presentar en periodos de cuatro años; al respecto cabe hacer mención que México actualmente se encuentra en proceso de integración de la sexta Comunicación Nacional que contará con información actualizada en materia de emisiones.

Estas comunicaciones nacionales se constituyen como el principal instrumento de informe de la mencionada Convención Marco y entre sus objetivos están los de informar los esfuerzos de las partes en materia de mitigación y adaptación, así como respecto de la implementación de los acuerdos de la propia convención e informar las limitaciones, problemas y carencias que los países enfrentan al implementar tales acuerdos. Asimismo tales comunicaciones nacionales se erigen como herramientas estratégicas que permiten a los países ajustar sus intereses y prioridades a los objetivos globales de la Convención Marco.

Recientemente la Conferencia de las Partes número 21, llevada a cabo en París, Francia, tuvo como principal resultado la suscripción del Acuerdo de París, instrumento jurídicamente vinculante en el que se establecen metas de largo plazo con compromisos claros, que equilibran las acciones de mitigación y adaptación, incorporando elementos de financiamiento, desarrollo y transferencia de tecnología, desarrollo de capacidades y transparencia, entre otros.

El Acuerdo de París pretende que los esfuerzos que las partes lleven a cabo en lo subsecuente en las materias del Convenio Marco no resulten menos ambiciosos que los que ya han realizado, incluyendo además las acciones que se lleven a cabo desde la sociedad civil, el sector privado, las instituciones financieras, las ciudades y otras autoridades de los diferentes órdenes de gobierno.

Este compromiso asumido por México en el marco del Acuerdo de París implica la obligación que tenemos no sólo de seguir implementando aquellas acciones que ya se han estado llevando a cabo, sino que además requiere que esos esfuerzos vayan en aumento y a ellos se sumen otros más con los que conjuntamente se atienda la obligación del Estado mexicano de cooperar de la forma más amplia posible con el concierto de naciones en una respuesta internacional para la reducción de las emisiones mundiales.

De esta manera, mediante el establecimiento de un esquema general de verificación vehicular obligatoria en todo el país, a través de la reforma que se propone a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), el Estado mexicano refuerza su compromiso de robustecer los mecanismos de control de emisiones a la atmósfera, involucrando a su vez la participación social en estos esfuerzos.

Por su parte, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 reconoce que durante la última década la degradación ambiental y sus consecuencias negativas se han intensificado, lo que se ha manifestado en sequías, inundaciones y ciclones, fenómenos que entre 2000 y 2010 han cobrado la vida de aproximadamente 5 mil mexicanos, provocando afectaciones a 13 millones de personas y pérdidas económicas por 250 mil millones de pesos; sin embargo, como nación hemos demostrado un gran compromiso con la agenda internacional de medio ambiente y desarrollo sustentable.

En este sentido, el establecimiento de un esquema general de verificación vehicular obligatoria concuerda con lo establecido en el referido Plan Nacional de Desarrollo, en el que se reconoce que en nuestro país el crecimiento económico se encuentra aún ligado a la emisión de contaminantes a la atmósfera, al agua y a los suelos, por lo que, entre sus estrategias se establece la necesidad de “Fortalecer la política nacional de cambio climático y cuidado al medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo carbono”; para atender esta estrategia se establecieron, entre otras, las líneas de acción correspondientes a “Ampliar la cobertura de infraestructura y programas ambientales que protejan la salud pública y garanticen la conservación de los ecosistemas y recursos naturales” y “Contribuir a mejorar la calidad del aire, y reducir emisiones de compuestos de efecto invernadero mediante combustibles más eficientes, programas de movilidad sustentable y la eliminación de los apoyos ineficientes a los usuarios de los combustibles fósiles”.

A su vez, en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales se establece como una de las líneas de acción para su implementación la de “Desarrollar, promover y operar instrumentos de política, de fomento y normativos para la prevención y mitigación de emisiones a la atmósfera”.

De igual forma, una de las estrategias específicas de este programa sectorial es la de “Fortalecer la normatividad y gestión nacional de la calidad del aire para proteger la salud de la población y ecosistemas” y entre las líneas de acción para su cumplimiento están las de “Elaborar, revisar y actualizar instrumentos normativos y de fomento en materia de emisiones a la atmósfera de motores y vehículos nuevos”, “Generar los mecanismos e instrumentos normativos y de fomento para contar con información fidedigna sobre la calidad del aire” y de especial relevancia para este proyecto de iniciativa es la línea de acción que consiste en “Promover la implementación de la verificación vehicular obligatoria en todo el país y financiamiento para programas de monitoreo y verificación vehicular”.

En concordancia con los instrumentos referidos, se encuentra la Estrategia Nacional de Cambio Climático, en la que se incorpora un eje estratégico que también se vincula específicamente con la presente iniciativa de reformas; éste se denomina “Reducir la intensidad energética mediante esquemas de eficiencia y consumo responsable”.

Para este eje específico se establece como una de las líneas de acción la de “Crear un sistema nacional de verificación vehicular obligatoria, incluyendo mecanismos de control aplicables, así como revisar y, en su caso, ajustar las normas de emisiones de la flota vehicular con la participación de los tres órdenes de gobierno para asegurar altos índices de eficiencia en todas las adiciones al parque vehicular nacional”.

Mediante las reformas que se proponen en esta iniciativa, sin lugar a dudas se estará promoviendo el desarrollo de las líneas de acción referidas en los párrafos que anteceden, al proporcionarse el soporte legal necesario para establecer y poner en marcha este sistema nacional, sentando las bases para que a nivel reglamentario se establezcan las disposiciones a las que habrán de ajustarse los gobiernos de las entidades federativas para ponerlo en práctica en el ámbito de sus correspondientes competencias. Así también, con las reformas que se proponen se promoverá la implementación de mecanismos de control, tal como está planteado en el eje de acción que se señala.

En este sentido, cada una de las entidades federativas deberá incorporar en su régimen local las disposiciones necesarias para el establecimiento de los sistemas de verificación que se prevé en el régimen general, para lo cual podrán contar con el apoyo técnico de la Semarnat, según se establece en el texto de las reformas que se proponen, en cuyo régimen transitorio se determina el plazo en el que deberán llevar a cabo esa implementación.

Asimismo, en las disposiciones que se propone reformar se establece que los centros de verificación podrán ser operados por las propias autoridades locales, o bien, por terceros que cuenten con la correspondiente concesión o autorización de las autoridades locales; esta disposición tiene por objeto reconocer la facultad que tienen éstas de concesionar o autorizar la prestación de este servicio, lo que permitirá trasladar a terceros el impacto presupuestal que su establecimiento pueda ocasionar, propiciando incluso la generación de ingresos adicionales para las entidades federativas por este concepto.

Ahora bien, además del establecimiento de un esquema general de verificación vehicular obligatoria, mediante esta iniciativa se faculta a la federación para expedir las constancias de verificación, comúnmente conocidas como “engomados”, que habrán de entregarse en los centros de verificación de todo el país a quienes acrediten que sus vehículos cumplen las disposiciones que la propia federación establece en la materia por conducto de las normas oficiales mexicanas.

Para el desarrollo de esta facultad, las constancias de verificación que se produzcan deberán ser entregadas a los gobiernos de los estados y de la Ciudad de México, quienes a su vez las entregarán a los correspondientes centros de verificación de sus circunscripciones territoriales, quienes tendrán la potestad de determinar el momento y forma en que habrán de realizar dicha entrega, como actualmente se hace en las entidades que ya cuentan con programas de verificación vehicular obligatoria. De esta forma, al uniformar y concentrar la elaboración y distribución de estas constancias de verificación se estará contribuyendo a la trazabilidad de las mismas, desde la generación, hasta su entrega a los propietarios o poseedores del vehículo sometido a verificación.

Asimismo, la incorporación de esta disposición proveerá la generación de ingresos para las entidades federativas, en tanto podrán enajenar estas constancias o “engomados” a los centros de verificación que hayan concesionado o autorizado, previo pago de los correspondientes derechos, lo que permitirá generar un retorno de la inversión respecto de la cantidad que hayan cubierto a la federación por dichas constancias.

El establecimiento de sistemas obligatorios de verificación vehicular y de la concentración en la federación de la elaboración de las constancias que se entregarán en esos sistemas proveerá a la implementación gradual de un auténtico “sistema nacional de verificación vehicular obligatoria”, en los términos en que se encuentra mandatado en la Estrategia Nacional de Cambio Climático.

La implementación de este esquema general de verificación obligatoria requerirá del ajuste y creación de disposiciones homogéneas que provean las bases suficientes para su adecuado funcionamiento y operación, que permitan el cumplimiento de los objetos planteados; en este sentido, en la iniciativa de reformas que se presenta también se incorpora la facultad que tendrá la federación de establecer disposiciones que proveerán un marco común para la regulación y operación de los centros de verificación de fuentes móviles de competencia local en todo el país, lo que realizará por conducto de la Semarnat.

En concordancia con lo señalado, mediante esta iniciativa también se faculta expresamente a la Semarnat para que tenga a su cargo la evaluación del cumplimiento de las disposiciones comunes para la regulación y operación de los centros de verificación, centrándose principalmente en el acopio de la información que en ellos se recopile. Respecto de esta evaluación del cumplimiento, la federación establecerá en las disposiciones que correspondan la periodicidad con que los centros de verificación de las entidades federativas deberán someterse a ésta, así como los elementos que se evaluarán y el procedimiento conforme al que se llevarán a cabo las evaluaciones.

De igual forma, la presente iniciativa prevé que en las disposiciones comunes para la regulación y operación de los centros de verificación también se incorporen criterios relacionados con la información estadística que en ellos se genere, así como los mecanismos para que éstos entreguen dicha información a la federación, dada la relevancia que ésta representa para la confección de políticas públicas que contribuyan a prevenir y mitigar los efectos adversos de la contaminación atmosférica en la salud humana, como ha quedado establecido.

En este sentido, uno de los aspectos fundamentales de la presente iniciativa consiste precisamente en la generación de las bases necesarias para el desarrollo, acopio y entrega de información estadística, cuya interpretación y análisis proveerá de herramientas para el desarrollo, creación y ajuste de las políticas públicas y programas enfocados al control de la contaminación del aire y la reducción de impactos asociados con las emisiones contaminantes provenientes de la circulación de vehículos automotores.

Al respecto, en el texto de la iniciativa también se prevé que la información que se genere en los centros de verificación en lo referente tanto al parque vehicular, como a las emisiones de éste, se incorpore al existente Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales, a cargo de la Semarnat, así como al Sistema de Cuentas Nacionales, a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), consolidando así estos nuevos datos al vincularlos con otros, enriqueciendo el análisis y estadística que con ellos se genere.

De esta forma, al incorporarse a bases de datos que ya se encuentran en funcionamiento, se podrá dar un sentido estratégico a la información que se genere en los centros de verificación, en concordancia con lo que se ha señalado, proveyendo a su integración con otros datos estadísticos que se generen en otros sectores, fortaleciendo de esta forma los principales sistemas de información a nivel nacional, respecto de un ámbito poco abordado anteriormente a nivel nacional, como el de las fuentes móviles, lo que permitirá a las autoridades de los diferentes órdenes de gobierno establecer disposiciones para la atención y prevención de la contaminación de la atmósfera en esta materia específica, atendiendo sus respectivos ámbitos de competencia.

De lo planteado tenemos que esta iniciativa se desarrolla en torno a tres pilares fundamentales que son el establecimiento de sistemas de verificación vehicular obligatoria en las entidades federativas; el diseño, elaboración y distribución de las constancias que se entregarán en los centros de verificación, y el acopio y entrega de la información estadística que en ellos se produzca, lo que en su conjunto brindará el soporte legal necesario para la transición a un esquema en que los estados de la República y la Ciudad de México continúen teniendo a su cargo la regulación de sus correspondientes sistemas obligatorios de verificación vehicular, en los que se evaluará la conformidad respecto del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, como la recién publicada NOM-EM-167-SEMARNAT-2016, en el marco de las disposiciones comunes que para tal efecto establezca la federación.

Cabe destacar que actualmente las entidades federativas tienen a su cargo la regulación de las emisiones a la atmósfera provenientes de fuentes móviles, situación que seguirá atendiéndose de esa forma; sin embargo, no debe perderse de vista que en la LGEEPA, como ley marco de la materia ambiental en México, en la que se distribuyen competencias a los tres órdenes de gobierno, se establece como una de las facultades de la federación la de regular la contaminación de la atmósfera proveniente de todo tipo de fuentes emisoras.

De esta forma se fundamenta que sea la federación la que establezca la obligación de que en todas las entidades federativas se cuente con programas obligatorios de verificación vehicular, al tiempo que instituya un régimen general para su desarrollo, mediante el establecimiento de disposiciones comunes, sin que con ello se menoscabe o se cause un detrimento a la competencia de los estados y la Ciudad de México en la materia.

El régimen coordinado que se propone, fortalecerá a nivel nacional la gestión en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica, proveyendo a la transparencia y eficiencia de las verificaciones de emisiones provenientes de fuentes móviles y contribuyendo al establecimiento y orientación de políticas en la materia a partir del acopio y uso de información estandarizada con la que se promueva la generación de estadísticas, proyecciones y toma de decisiones.

Al contar con disposiciones comunes que provean las bases para la instauración de un sistema armonizado de programas de verificación vehicular en todas las entidades federativas se estará consolidando el esfuerzo de la federación y las entidades que conforman la Megalópolis en el establecimiento de un programa de verificación general para aquellas, que será coherente con aquellos en los demás estados de la República.

Así también, con la implementación de las disposiciones incorporadas en esta iniciativa de reformas a la LGEEPA, se fortalecerán los sistemas de información con que contamos a nivel nacional, principalmente aquellos a cargo del Inegi y de la Semarnat, enriqueciéndolos con la información que se genere en virtud del establecimiento de los programas obligatorios de verificación, mediante la obtención de datos relevantes respecto de las características de los vehículos verificados y sus emisiones, con los respectivos beneficios que ello implica para el desarrollo e implementación de políticas públicas y programas en materia de control de emisiones, registro del parque vehicular y otras relacionadas.

Igualmente, con este esquema general se promoverá una adecuada correlación entre los programas de verificación a nivel nacional, así como su diferenciación; para ello cada entidad federativa identificará si las características y condiciones geográficas, de industria y de volumen del parque vehicular de su territorio y centros de población ameritan la eventual o definitiva imposición de restricciones a la circulación vehicular.

Como consecuencia de lo señalado, entre los beneficios que conlleva esta diferenciación, tenemos que los vehículos verificados en una entidad o centro de población en que no se prevea la imposición de restricciones a la circulación, podrán circular libremente en aquellas entidades en las que sí se hayan establecido estas restricciones, como es el caso de la Ciudad de México y próximamente los demás estados de la Megalópolis. Para poder acceder a esta prerrogativa, los propietarios o poseedores de los vehículos deberán contar con la constancia de verificación que corresponda.

Otro beneficio que se asociará al establecimiento de un sistema armonizado de programas de verificación vehicular es el impulso del desarrollo nacional a través de la generación de fuentes de empleo, las cuales se concentrarán en los centros de verificación que se establezcan para su implementación.

Ahora bien, para el desarrollo de las facultades que se están asignando a la federación por conducto de la Semarnat, en esta iniciativa de reformas se establece que esa secretaría encomendará el ejercicio de tales facultades a un organismo de tercera parte, que deberá contar con su previa autorización, lo que permitirá reducir el impacto presupuestal que implica el establecimiento de un sistema nacional de verificación vehicular obligatoria.

El organismo autorizado tendrá a su cargo la función de evaluar si en los centros de verificación vehicular, se cumple y atiende lo establecido en las disposiciones comunes de operación que al efecto emita la Semarnat; asimismo llevará a cabo el acopio y concentración de la información estadística que en ellos se genere, así como la expedición de las constancias de verificación que éstos entreguen, por lo que también estará obligado a elaborar y entregar dichas constancias a cada uno de los estados y a la Ciudad de México, para que éstos a su vez las entreguen a los responsables de los centros de verificación, quienes las otorgarán a sus destinatarios finales, según corresponda, lo que deberá formar parte de la información que se integre en los centros de verificación, como parte de la trazabilidad de las constancias, a la que hemos hecho referencia.

Con la autorización del organismo de referencia se promoverá la generación, integración y control de datos que resulten adecuados y suficientes respecto del parque vehicular y sus emisiones en las diferentes unidades de verificación en el país, lo que permitirá su integración estadística para la identificación de tendencias y el desarrollo de políticas públicas, como se ha establecido.

Aunado a lo señalado, con los datos que acopie este organismo y entregue a la autoridad federal correspondiente, se podrá determinar no sólo si las autoridades ambientales de los diferentes órdenes de gobierno están ejecutando con eficacia y eficiencia las acciones para dar cumplimiento a la normativa ambiental para la prevención y control de la contaminación atmosférica y la mitigación de emisiones provenientes de fuentes móviles, sino que también será posible determinar si se están cumpliendo los compromisos internacionales asumidos por México.

Otro aspecto importante que debe considerarse ante el establecimiento de un esquema general de verificación vehicular es el de su cumplimiento e incluso su posible inobservancia por los gobernados; en este sentido, el incumplimiento de las obligaciones que se establezcan en la LGEEPA y en las disposiciones comunes para la regulación y operación de los centros de verificación, constituirá una infracción que deberá sancionarse en términos de lo establecido por la propia norma en cuestión.

Ahora bien, en términos de este posible incumplimiento, es preciso hacer notar que el organismo que autorizará la Semarnat para llevar a cabo las facultades que se le asignan, en virtud de esta iniciativa de reforma, no tendrá carácter de autoridad y por lo tanto carecerá de facultades para la determinación de infracciones y la imposición de las correspondientes sanciones; su función en cambio consistirá en generar reportes de las evaluaciones que haga, en los que determinará el cumplimiento o no de las obligaciones de los centros de verificación evaluados, establecidas en la ley, los reglamentos y las disposiciones comunes de operación que al efecto expida la federación.

Los reportes a cargo del organismo autorizado deberán ser periódicamente entregados por éste a la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes de la Semarnat, que será la unidad administrativa de dicha secretaría en la que recaerán las facultades que se conceden por virtud de la presente iniciativa.

En este orden de ideas, aquella dirección general deberá hacer del conocimiento de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente aquellos casos en que de los reportes generados por el organismo se detecten incumplimientos para que, por conducto de sus delegaciones en las entidades federativas, substancie los procedimientos administrativos de inspección que resulten necesarios y determine, en consecuencia, las sanciones que correspondan.

Vale la pena destacar que, además de la reducción del impacto presupuestal que implica el establecimiento de un esquema de verificación vehicular obligatoria a nivel nacional, en esta iniciativa de reformas se propone la autorización del referido organismo de tercera parte, con el objeto de concentrar el ejercicio de las facultades que se están asignando a la federación en una única entidad, promoviendo el manejo estandarizado de la evaluación del cumplimiento de las disposiciones comunes del pretendido sistema nacional en los centros de verificación, el manejo unificado de la información que en ellos se genere y la producción homologada de las constancias de verificación, proveyendo al adecuado desarrollo de dicho sistema nacional en condiciones de transparencia, en virtud de que el organismo autorizado deberá cumplir a cabalidad los requisitos que establezca la Semarnat, que en todo momento contará con la facultad de vigilar su desempeño.

Este aspecto resulta de especial relevancia, en virtud de que con la vigilancia al organismo se promueve sin lugar a dudas, su manejo transparente y se evita el desarrollo de prácticas que puedan resultar en perjuicio de cualquier autoridad o persona física o moral que participe directa o indirectamente en el sistema nacional de verificación vehicular obligatoria.

Sobre el impacto presupuestario de la iniciativa y su implementación, se prevé la necesidad de incorporar un puesto de servidor público con categoría de Enlace Técnico con clave PQ2, así como una plataforma denominada Sistema Obligatorio de Verificación de Emisiones. En este sentido, las funciones del elemento que se incorpore consistirán en vincular las actividades del organismo que autorice la Semarnat, con la propia secretaría; en este sentido, ese elemento operativo tendrá una percepción ordinaria mensual de 8,908.53 pesos, a lo que se añadirán 40 días de aguinaldo, lo que arroja un monto anual de 118,780.40. Por su parte, la plataforma denominada Sistema Obligatorio de Verificación de Emisiones se estima tendrá un costo aproximado de trece millones de pesos, más los mantenimientos subsecuentes; este cálculo surge de hacer un parangón con el Sistema Nacional de Gestión Forestal a cargo de la Semarnat, en términos de creación, mantenimiento y soporte, así como de desarrollo de trámites electrónicos, con base en el presupuesto línea base 2014.

Respecto de este impacto presupuestal estimado para la federación, se prevé un importante retorno de la inversión aplicada para el establecimiento del pretendido sistema nacional, toda vez que la elaboración y distribución de constancias de verificación generará ingresos provenientes de las autoridades de las entidades federativas, a la vez que éstas obtendrán ingresos por entregar dichas constancias a los encargados de los centros de verificación.

Ahora bien, en caso de que se detecte el incumplimiento de las funciones asignadas al organismo o el indebido ejercicio de las mismas, por conducto de sus representantes o personal que en él labore, se impondrán las sanciones administrativas que resulten aplicables, entre las que se podrá considerar la suspensión o revocación de su autorización, cuyos supuestos deberán incorporarse en las disposiciones reglamentarias y administrativas que expida el Ejecutivo federal para proveer a la exacta observancia de las reformas de esta iniciativa, sin que ello impida la procedencia de las sanciones administrativas o penales que corresponda aplicar a los representantes, directivos operadores o personal del organismo en general, en cuyo caso la Semarnat o quien corresponda podrá formular ante el Ministerio Público federal la denuncia de aquellos actos u omisiones que pudieran constituir delitos conforme a lo previsto en la legislación aplicable.

Cabe señalar que para su autorización, el referido organismo deberá acreditar que cuenta con la capacidad técnica y económica necesarias para el adecuado desempeño de las funciones que se le encomienden, además de que deberá estar en posibilidades de llevar a cabo las evaluaciones que correspondan en cada una de las entidades federativas, para lo cual deberá establecer representaciones regionales en diferentes puntos de la República Mexicana, según se determine por la propia autoridad federal.

Por último, mediante esta iniciativa se propone reformar la fracción correspondiente al monto de las multas que se impongan como sanción administrativa por las violaciones a los preceptos de la propia ley, sus reglamentos y las disposiciones que de ella emanen, de manera que en lo subsecuente las multas se tasen en función de la Unidad de Medida y Actualización, que es la referencia económica para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en los diferentes ordenamientos federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, cuyo cálculo corresponde al Inegi, sustituyéndose la actual mención que se hace del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

Ahora bien, para la adecuada implementación de las reformas que se proponen en esta iniciativa, la Semarnat deberá establecer las correspondientes bases mediante reformas al Reglamento de la LGEEPA en materia de prevención y control de la contaminación de la atmósfera, al que se deberá adicionar un capítulo específico en el que se establezcan los aspectos puntuales sobre la facultad de la Semarnat para fijar disposiciones comunes aplicables a los centros de verificación en México.

Así también en el referido reglamento deberán determinarse con precisión las actividades que tendrá a su cargo la secretaría del ramo en función del establecimiento del propuesto esquema general de verificación vehicular obligatoria, así como los términos en que procederá a autorizar al organismo correspondiente y las obligaciones que éste tendrá respecto de los centros de verificación que evaluará y respecto de la propia Semarnat, que lo autoriza.

Igualmente en el referido reglamento deberá establecerse la forma en que la Semarnat actuará ante el posible incumplimiento de las obligaciones de los centros de verificación, instando a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que actúe en los términos que hemos señalado, por conducto de sus delegaciones en las entidades federativas.

Finalmente, para la implementación de las disposiciones de esta reforma, se determina la necesidad de reformar y adicionar el Reglamento Interior de la Semarnat, estableciendo la facultad genérica de dicha secretaría de establecer las disposiciones comunes de operación de los centros de verificación de fuentes móviles, así como las facultades a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, respecto de la evaluación de centros de verificación, el acopio de la información que en ellos se produzca y la emisión de las constancias de verificación, así como para autorizar que un organismo de tercera parte lleve a cabo esas funciones.

En su conjunto, con las reformas que se proponen a la LGEEPA se pretende establecer un enfoque sistémico general respecto de la verificación de emisiones de fuentes móviles, atendiendo así los compromisos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y en la Estrategia Nacional de Cambio Climático, articulando de forma ordenada aquellos elementos que no habían sido adecuadamente atendidos por las entidades federativas en esta materia.

Mediante esta reforma se proveerá del marco jurídico general para la atención integral del control de emisiones a la atmósfera provenientes de fuentes móviles de competencia local, el cual será posteriormente fortalecido con las reformas necesarias en el reglamento de la LGEEPA en la materia, en el que se desarrollen las bases para la adecuada implementación del pretendido sistema nacional de verificación vehicular obligatoria, en condiciones que fortalezcan las facultades de las autoridades locales en la materia, apoyándose por un organismo de tercera parte para su ejecución, brindando certeza jurídica a los concesionarios o responsables de los centros de verificación y promoviendo el derecho que tenemos todos los mexicanos a disfrutar de un medio ambiente sano para nuestro desarrollo y bienestar.

Por lo expuesto y fundado se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforman y adicionan la fracción XII del artículo 5o.; la fracción III del artículo 7o.; la fracción III del artículo 8o., las fracciones II, V y XII del artículo 111; la fracción V del artículo 112 y la fracción I del artículo 171; se adicionana la fracción I del artículo 111 con una fracción Bis; y los artículos 111 Ter, Quáter y Quintus, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Título Primero
Disposiciones Generales Capítulo II
Distribución de Competencias y Coordinación

Artículo 5o....

I. a XI. ...

XII. La regulación de la contaminación de la atmósfera, proveniente de todo tipo de fuentes emisoras, así como la prevención y el control en zonas o en caso de fuentes fijas y móviles de jurisdicción federal, así como el establecimiento de disposiciones comunes para la regulación y operación de los centros de verificación de fuentes móviles de competencia de los gobiernos de las entidades federativas;

Artículo 7o. ...

I. a II. ...

III. La prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, así como por fuentes móviles, que conforme a lo establecido en esta ley no sean de competencia federal, mediante el establecimiento de programas obligatorios de verificación;

Artículo 8o. ...

I. a II. ...

III. La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como de aquellas disposiciones comunes en materia de emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal, con la participación que de acuerdo con la legislación local corresponda al gobierno de la entidad federativa;

Título Cuarto
Protección al Ambiente Capítulo II
Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera

Artículo 111. ...

I. ...

I. Bis. Establecer disposiciones comunes para la operación y regulación de los centros de verificación de emisiones de fuentes móviles competencia de las autoridades locales, la evaluación de su cumplimiento, así como para el acopio y disposición de la información estadística que en ellos se genere;

II. Integrar y mantener actualizado el inventario de las fuentes emisoras de contaminantes a la atmósfera de jurisdicción federal, y coordinar a los gobiernos locales para la integración del inventario nacional y los regionales correspondientes;

V. Promover entre los gobiernos locales la formulación y aplicación de programas de gestión de calidad del aire, que tengan por objeto el cumplimiento de la normatividad aplicable, brindando el apoyo técnico que éstos requieran;

XII. Aprobar los programas de gestión de calidad del aire elaborados por los gobiernos locales para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas respectivas, así como generar y entregar a éstos las constancias que corresponda por la verificación de dicho cumplimiento;

Artículo 111 Bis. ...

111 Ter.En materia de fuentes móviles de competencia estatal, los responsables de los centros de verificación de emisiones deberán sujetarlos a la evaluación del cumplimiento de las disposiciones comunes de operación que al efecto establezca la secretaría, atendiendo lo establecido en el reglamento del presente ordenamiento en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica, en el que también se regulará la generación y entrega de la información estadística de las emisiones de los vehículos que verifiquen.

111 Quáter. La información que se genere en los centros de verificación de fuentes móviles respecto del parque vehicular y sus emisiones deberá ser incorporada al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales, a cargo de la secretaría y al Sistema de Cuentas Nacionales, a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, según corresponda; dicha información podrá ser sistematizada para atender necesidades específicas en la materia, así como para proveer a la mejor implementación de los programas de verificación.

111 Quintus. Para el ejercicio de sus funciones de evaluación del cumplimiento de las disposiciones comunes de operación de los centros de verificación de emisiones de fuentes móviles competencia de las autoridades locales, de producción, acopio y sistematización de la información estadística que en ellos se genere y de emisión de constancias de verificación de las normas oficiales mexicanas en la materia, la secretaría autorizará a un organismo de tercera parte que se aboque a su cumplimiento.

La autorización del referido organismo de coadyuvancia se llevará a cabo previa convocatoria, de conformidad con los plazos, procedimientos y requisitos que para tal efecto se establezcan en el reglamento en la materia de esta ley, en el que también se establecerán los supuestos en que dicha autorización podrá ser revocada o suspendida.

Artículo 112. ...

I. a IV. ...

V.Establecerán y operarán sistemas obligatorios de verificación de emisiones de automotores en circulación por sí o por conducto de terceros con concesión, en los términos de las disposiciones comunes de operación de los centros de verificación de fuentes móviles que al efecto establezca la Federación;

Artículo 171. ...

I.Multa por el equivalente de treinta a cincuenta mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de imponer la sanción;

Artículos Transitorios

Primero. Los gobiernos de las entidades federativas que no cuenten con programas y sistemas obligatorios de verificación de fuentes móviles tendrán un plazo de cinco años, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto de reformas, para formularlos y comenzar su operación, en los términos que se determinen en las disposiciones comunes que al efecto se establezcan.

Segundo. El titular del Poder Ejecutivo federal dispondrá de ciento veinte días, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para hacer las correspondientes adecuaciones reglamentarias y administrativas derivadas de la presente reforma, en las que además deberá establecer las bases para la autorización y operación del organismo de tercera parte a que se refiere el artículo 111 Quintus de esta ley, así como los supuestos en que dicha autorización podrá ser suspendida o revocada.

Notas:

1 Semarnat, Dirección General de Evaluación del Impacto Ambiental, con datos de: Centro Mario Molina. México. 2013 y Consejo Nacional de Población. México. 2013.

2 Yale University. Environmental Performace Index. Disponible en: http://epi.yale.edu/dataexplorer/indicatorprofiles. Fecha de consulta: julio 2013.

3 Secretaría de Comunicaciones y Transportes e Instituto Mexicano del Transporte. Manual Estadístico del Sector Transporte 2012. México. 2012.

4 Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. Sistema de Cuentas Nacionales de México. Cuentas económicas y ecológicas de México 2003-2011, año base 2008. México, 2013.

5 Fuente: conferencia del viernes 1 de febrero de 2016, Salvador Montero, Coordinador del Sector Transporte en el Centro Mario Molina.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputados: Arturo Álvarez Angli,Jesús Sesma Suárez (rúbricas).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Álvarez. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para dictamen.

Esta Presidencia saluda a los jóvenes de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí de la Facultad de Economía, invitados por la compañera diputada Ángeles Rodríguez Aguirre. Sean bienvenidos.



EXPIDE LA LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR, SANCIONAR Y REPARAR EL DELITO DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS Y LA DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES, Y LEY GENERAL DE SALUD

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Juan Romero Tenorio, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Delito de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición Cometida por Particulares, y reforma los artículos 348, 350-Bis 3, 350-Bis 4 y 350-Bis 5 de la Ley General de Salud, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Juan Romero Tenorio:Con la venia de la Mesa Directiva.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Diputado... Gracias, diputado, adelante.

El diputado Juan Romero Tenorio: Diputadas, diputados, de nueva cuenta traemos a colación un tema aun pendiente del Congreso de la Unión dictar una Ley General Contra la Desaparición Forzada. Es un tema pendiente que algunos partidos ya están mostrando en su agenda legislativa.

El día 7 de septiembre recibí una carta: Por medio de la presente me permito solicitar su apoyo para localizar al señor Jorge Isidro Martínez, de oficio taxista, de la ciudad de Cosoleacaque, Veracruz, quien el pasado 22 de abril de 2014 fue detenido por elementos de la Policía justamente a la entrada de Cosoleacaque, solo que ya hemos asistido a todas las corporaciones cercanas y en ninguna se encuentra.

Anexo del expediente, denuncia levantada Cosol 2/247/2014.

Solicito de la manera más atenta sea usted tan amable de apoyarme, ya que esta angustia de no saber dónde se tiene a mi hijo, me enferma cada día, y ha generado la muerte de mi esposo, quien padece una enfermedad que se agudizó con la ausencia de nuestro hijo.

Presidencia de la diputada Gloria Himelda Félix Niebla

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Diputado...

El diputado Juan Romero Tenorio: Este tipo de reclamaciones se expresan en esta ley...

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Diputado, si me permite, si pudiera ajustarse al tema, que es la presentación de la iniciativa, por favor.

El diputado Juan Romero Tenorio: Estoy leyendo la exposición de motivos, y en la exposición de motivos se señala esta situación. Es un caso concreto de desaparición forzada; no está fuera del tema, no está fuera de la iniciativa, es un caso concreto que debe de ser regulado en una ley que se demanda urgentemente. Se busca a un joven, una madre; un caso de más de 28 mil casos donde se denuncia, y la familia no encuentra respuesta en el Ministerio Público, no encuentra respuesta en las autoridades locales o federales.

Sobre este tema le hemos presentado a Campa Cifrián una propuesta de que se instrumentara en el Anteproyecto de Presupuesto, recursos necesarios para hacer operativa la búsqueda de personas desaparecidas; generalmente la cosa es que no hay recursos para encontrar a estas personas, que hay una sobrecarga de trabajo del MP. Eso es absurdo.

El derecho a la vida es una garantía constitucional que está por encima de cualquier otro derecho y tiene prevalencia en el hacer y quehacer de las autoridades legislativas.

Esta propuesta que presentamos el día de hoy, es propuesta de la sociedad civil que integra la Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada en México; organizaciones de derechos humanos y de familiares de víctimas por desaparición forzada y desaparición de personas integrada por cientos de organizaciones populares.

Somos conducto, somos voceros de estas organizaciones para presentar de nueva cuenta esta demanda de exigir una Ley General de Desaparición Forzada, de crear instancias que nos permitan acelerar con elementos objetivos, la búsqueda, la investigación de indicios. En esa ley se propone la creación del Instituto Nacional Autónomo de la Investigación Forense, encargada por investigadores de reconocida capacidad del Instituto de Educación Superior en nuestro país, la UNAM, el Politécnico, cuentan con investigadores capaces de llevar a buen puerto las investigaciones que se presenten por las denuncias de desaparición forzada.

Este Congreso, esta Cámara de Diputados está obligada a cumplir con la sociedad; tenemos una responsabilidad frente a los miles de desaparecidos, desaparecidos que son reconocidos por el gobierno federal y por las procuradurías de los estados.

La propuesta esta publicada en la Gaceta Parlamentaria; los términos están demasiado explícitos para poder tomarlos y hacer nuestro trabajo legislativo. Esa propuesta viene de la sociedad civil, Morena la acompaña en su presentación y la acompañaremos en la discusión y en la defensa. Esa propuesta fue presentada al presidente de la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara de Diputados quien nos va a acompañar en su trámite y en la discusión de la misma.

La tarea queda pendiente, señoras y señores, estos reclamos de búsqueda, estos reclamos de búsqueda echan a bajo todo discurso defensor de derechos humanos, echan abajo esos discursos de democracia y transparencia y rendición de cuentas. Nosotros estamos obligados a cumplirle a la ciudadanía y atender estos llamados desesperados que hacen los padres de familia al no localizar a sus familiares.

Queda en ustedes el dar respuesta con una ley pronta, con una ley con recursos suficientes para agilizar las investigaciones. Viene la discusión del presupuesto. Estoy seguro que la propuesta del Ejecutivo no atiende la demanda de designar el presupuesto para atender esta problemática social que mancha cualquier honorabilidad de servidores públicos.

La respuesta la tienen ustedes señores, hay una voz urgente de una madre que busca a su hijo, así como hay miles de madres y de padres y hermanos que buscan a sus parientes. Quedan en nuestra conciencia y en nuestro quehacer legislativo. Es cuanto, señora presidenta.

«Iniciativa que expide la Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar el Delito de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición cometida por Particulares; y reforma los artículos 348 y 350 Bis 3 a 350 Bis 5 de la Ley General de Salud, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, en su carácter de diputados federales de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, pertenecientes al Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 6, párrafo 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar el Delito de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición cometida por Particulares y se reforman los artículos 348, segundo párrafo; 350 Bis 3 segundo párrafo; 350 Bis 4 y 350 Bis 5 de la Ley General de Salud al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La desaparición forzada de personas fue iniciada por el régimen nazi de Alemania a partir de 1941, con la promulgación del decreto “Noche y niebla”, decreto que consistía en reprimir y eliminar físicamente a los opositores al régimen nazi, los cuales debían ser detenidos durante “la noche y la niebla” para no dejar testimonio de las detenciones y tampoco ninguna información acerca de su paradero. Esta práctica de desarrollaría en el contexto global de la guerra fría, en la segunda mitad del siglo XX. Y se extendería a toda América Latina.

El delito de desaparición forzada de personas está tipificado como un delito y como una grave violación a los derechos humanos en el Sistema Internacional de los Derechos Humanos porque se ejecuta con todas las ventajas que da el abuso del ejercicio del poder público, ya que el sólo hecho de desaparecer a una persona es un acto aberrante, con características infrahumanas.

La desaparición forzada tiene carácter múltiple, continuo, imprescriptible y pluriofensivo y se encuentra plasmada en diversos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de los que México forma parte, por lo cual, el Estado mexicano está obligado, de acuerdo al artículo 1o. constitucional, en su párrafo segundo, a cumplir con los compromisos y obligaciones que ha contraído en materia de derechos humanos.

En este sentido el Estado mexicano también está obligado a tomar en cuenta dentro de la presente Ley, que la desaparición forzada, en el ámbito de los derechos humanos, está clasificada como un delito de lesa humanidad cuando es cometida de forma “generalizada o sistemática”.

La desaparición forzada además de ser una grave violación a los derechos humanos es un delito cometido por el Estado; planeado, ordenado, ejecutado y supervisado por agentes del Estado que debieran proteger a la población. Por ello, debe ser perseguido y castigado sin importar la jerarquía política, fuero, ni la condición económica de quienes la cometen, penalizando tanto a sus autores materiales como a aquellos que lo ordenan.

En América Latina, la práctica de las desapariciones forzadas de personas se inició a finales de los años sesenta en Guatemala y Brasil; cabe señalar que el término utilizado fue el de detenido-desaparecido el cual se utilizó por primera vez por las organizaciones civiles latinoamericanas, para posteriormente surgir el concepto de desaparición forzada.

A lo largo de dos décadas, el método se extendió en Latinoamérica en el Salvador, Uruguay, Argentina, Brasil, Colombia, Perú, Honduras, Bolivia, Haití, Chile y México.

En México, durante décadas, se implementó una política de Estado para reprimir la oposición y disidencia política. A las personas detenidas y acusadas de pertenecer a grupos guerrilleros, o por sospechas de ello, no se les presentaba ningún mandato judicial, eran sometidas sistemáticamente a torturas y posteriormente algunas fueron enviadas a cárceles clandestinas, otras fueron ejecutadas extrajudicialmente y otras más fueron desaparecidas de manera forzada, estatus que conservan hasta la actualidad y que afecta todavía a sus familiares y a la sociedad en su conjunto. A este periodo ominoso de nuestro país se le reconoce como la etapa o el periodo de la “guerra sucia”.

Sobre ese periodo, en noviembre de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió el expediente denominado Radilla Pacheco versus México, en el cual los familiares del señor Rosendo Radilla demandaron al Estado mexicano por su desaparición desde el 25 de agosto de 1974 a manos de efectivos del Ejército, en Atoyac de Álvarez en Guerrero.

La Corte Interamericana resolvió que el Estado mexicano es responsable de la desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco, por lo que deberá conducir eficazmente, con la debida diligencia y dentro de un plazo razonable la investigación y, en su caso, los procesos penales que tramiten en relación con la detención y posterior desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco, para determinar las correspondientes responsabilidades penales y aplicar efectivamente las sanciones y consecuencias que la ley prevea y continuar con la búsqueda efectiva y la localización inmediata del señor Rosendo Radilla Pacheco o, en su caso, de sus restos mortales.

Desde 1999 se han presentado diversas propuestas para prevenir, investigar, sancionar y reparar la desaparición forzada en nuestro país. Sin embargo, sólo después de los hechos ocurridos el 26 y 27 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero y la desaparición forzada de 43 estudiantes de la normal rural Isidro Burgos de Ayotzinapa, que la problemática de la desaparición forzada en México cobra relevancia para el Estado mexicano.

La reforma constitucional al artículo 73, es uno de los primeros pasos que se han dado para atender el problema de la desaparición forzada en México, la cual permite que la Cámara de Diputados pueda legislar en materia de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares.

Sí bien es cierto que el incremento de la desaparición forzada en nuestro país se dio en el marco de la declaratoria de “guerra contra el narcotráfico” hecha por Felipe Calderón Hinojosa (2006-2012) cabe señalar que las desapariciones forzadas siguen ocurriendo en la actual administración federal en la mayoría de los estados de la república.

La desaparición forzada en México es una práctica que se ha extendido a sectores de la población que no están organizadas y que no representan una oposición política al Estado: migrantes, mujeres, personas menores de edad y jóvenes. Aunado a este hecho y a la impunidad en materia de justicia, México enfrenta desapariciones cometidas por particulares, conducta que ha sido posible por la omisión del Estado respecto a sus obligaciones de brindar seguridad e investigar y sancionar a los responsables.

El Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU en sus observaciones finales presentadas el 13 de febrero de 2015, después de evaluar al Estado mexicano, muestra su preocupación al observar que las desapariciones forzadas son generalizadas, demostrándose con esto que éstas siguen cometiéndose en mayor grado y en diferentes modalidades en el presente sexenio, por lo tanto cada vez es más urgente atender las demandas legítimas de las familias en la creación de una Ley General que Prevenga, Investigue, Sancione y Repare tanto la desaparición forzada de personas y la desaparición de personas cometidas por particulares.

Para que esta ley general cumpla con los estándares internacionales y con la aprobación de las organizaciones de la sociedad civil, familiares de víctimas y sociedad en general, deberá de tomar en cuenta las recomendaciones hechas por el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas e Involuntarias y del Comité Contra la Desaparición Forzada de la ONU; las Sentencias de las Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado mexicano, las recomendaciones del grupo interdisciplinario de Expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para el Caso Ayotzinapa y, las demandas hechas por miles de familiares de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas.

Por todo lo anterior, la presente Ley General busca dar cumplimiento con las demandas, que desde hace décadas han hecho familiares de víctimas de desaparición forzada, familiares de víctimas de desaparición de personas, así como dar cumplimiento con las recomendaciones hechas recientemente por el Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU, del Grupo Interdisciplinario de Expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para el caso Ayotzinapa y El Comité contra la Tortura de la ONU.

Es por ello que, para enfrentar esta grave crisis humanitaria que azota el país y que según datos oficiales del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas en México tiene contabilizados 28 mil 210 (veinte ocho mil doscientos diez) personas desaparecidas al momento de presentar esta iniciativa, los integrantes de la Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada en México, organizaciones de derechos humanos, de familiares de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas, organizaciones populares y sociedad civil, se han dado a la tarea de realizar estos trabajos a fin de presentar esta iniciativa.

Por las razones expuestas, se somete a la soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Primero.Se expide la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Delito de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición Cometida por Particulares para quedar como sigue:

Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición de Personas cometida por Particulares

Título Primero
Disposiciones Generales Capítulo Único
Generalidades

Artículo 1o. La presente ley general es de orden público, de interés social y observancia en todo el territorio nacional, en términos de lo dispuesto por el artículo 1o, párrafo tercero; el artículo 17 y el artículo 20 apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los Tratados Internacionales celebrados y ratificados por el Estado Mexicano.

La Ley general tiene como objetivo:

I. Proteger a toda persona contra el delito desaparición forzada de personas

II. Su sanción

III. Prevención

IV. Reparación integral y erradicación de éste delito

V. Así como proteger a toda persona contra el delito de desaparición de personas cometida por particulares, su sanción, prevención, reparación integral y erradicación.

Esta ley se interpretará de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, la jurisprudencia, sentencias y recomendaciones de los órganos de protección de los derechos humanos creados por tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia de los derechos de las personas.

Artículo 2o. El Estado mexicano está obligado a:

I. No practicar, no permitir, ni tolerar la desaparición forzada de personas ni aún en estados de emergencia, excepción o suspensión de garantías individuales.

II. No permitir, ni tolerar la desaparición de personas cometida por particulares. En el caso de que esto suceda, el Estado está obligado a investigar y sancionar a todos los responsables.

III. El Estado mexicano también está obligado a:

a. No practicar ni permitir ni tolerar la desaparición forzada de personas migrantes dentro del territorio nacional, de personas menores de edad, mujeres y mujeres embarazadas, indígenas, personas adultas mayores, personas defensoras de derechos humanos o cualquier otro grupo que por sus características se encuentren en estado vulnerable.

b. No permitir la desaparición de personas cometida por particulares en contra de migrantes dentro del territorio nacional, de personas menores de edad, mujeres y mujeres embarazadas, indígenas, personas adultas mayores, personas defensoras de derechos humanos o cualquier otro grupo que por sus características se encuentren en estado vulnerable.

IV. Realizar la búsqueda nacional y trasnacional de las personas desaparecidas de manera forzada y desaparecidas por particulares sin demora alguna. Así como continuar con la búsqueda nacional y trasnacional de las personas que se encuentren desaparecidas de manera forzada y desaparecidas por particulares al momento que entre en vigor la presente ley hasta que no se establezca la suerte y paradero de las víctimas.

V. Garantizar en todo momento la seguridad física y psicológica de los familiares de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares, así como de las personas defensoras de derechos humanos, organizaciones, testigos, personas o grupos de personas que se encuentren en riesgo como consecuencia de los delitos descritos en esta Ley.

VI. Procesar y sancionar de acuerdo a la gravedad del delito a los autores, cómplices y encubridores de los delitos de desaparición forzada de personas y desaparición de personas cometida por particulares, sin importar jerarquía, fuero, estatus económico y político.

VII. Cooperar con las entidades federativas en la prevención, sanción y erradicación de la desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares

VIII. Promover las medidas de carácter legislativo, administrativo, judicial o de cualquier otra índole que sean necesarias para cumplir con lo previsto en la presente ley.

IX. Establecer medidas de reparación integral del daño para las víctimas y familiares afectadas por los delitos de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares, sin importar la nacionalidad de las víctimas y sus familiares.

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Agentes del Estado: Persona que actúa en ejercicio de una función pública, vista o no la calidad de funcionario público.

II. Fiscalía: Fiscalía Especializada en Desaparición Forzada y Desaparición de Personas cometida por particulares.

III. Junta de Gobierno.

IV. Comité Regulador.

V. Registro Nacional: Registro Nacional de Personas Desaparecidas de Manera Forzada y Desaparecidas por Particulares.

VI. Instituto: Instituto Nacional Autónomo Forense.

VII. Registro Nacional NN: Registro Nacional de Restos No Identificados.

VIII. Banco Nacional ADN: Banco Nacional de Información Genética.

IX. Víctima: Toda aquella persona o personas que sean afectadas directamente por la comisión de los delitos de desaparición forzada o de desaparición de personas cometida por particulares. También consideran víctimas, para los efectos de esta Ley, a los familiares con un parentesco consanguíneo de manera ascendente o descendente hasta en el cuarto grado; a las personas que forman parte de la comunidad o región de donde pertenece la víctima directa, así como en los casos de desaparición forzada a las organizaciones de derechos humanos o populares a las que pertenecen.

X. Familiares: Todas las personas que tengan parentesco consanguíneo con la o las víctimas directas hasta un cuarto grado de manera ascendente o descendente.

XI. Persona desaparecida: Todas aquellas personas que se encuentran privadas de su libertad ya sea con la participación directa o indirecta de agentes del Estado o por particulares que actúan sin el apoyo o sin la aquiescencia de agentes del Estado.

XII. Personas defensoras de derechos humanos.

XIII. Ley: Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición Forzada de personas y la Desaparición de Personas cometida por Particulares.

Título Segundo
De los Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición de Personas cometida por particulares Capítulo Primero
De los delitos de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares

Artículo 4o. Los delitos descritos en la presente ley, serán calificados como graves y no son susceptibles de indulto, amnistía, fuero o figuras análogas que tengan por efecto eximir a los presuntos actores de cualquier sanción penal, ni se le considerará de carácter político para los efectos de extradición.

Artículo 5o. Las conductas delictivas descritas en la presente ley se perseguirán de manera inmediata por cualquier Ministerio Público de los tres niveles de gobierno, en cuanto estos tengan conocimiento de la comisión de los delitos de desaparición forzada o desaparición de personas cometida por particulares aunque no haya denuncia interpuesta; tendrán la obligación de actuar también a petición de parte ofendida o denuncia anónima.

Estas conductas se considerarán de carácter permanente hasta en tanto no se establezca el paradero o destino de la o las víctimas, por tanto, los delitos previstos en esta ley serán imprescriptibles.

Artículo 6o. La Comisión Nacional de Derechos Humanos, las Comisiones de Derechos Humanos de los 32 estados, en los términos de sus respectivas leyes y reglamentos, estarán facultadas para que oficiosamente y/o mediante petición de parte ofendida denuncie y coadyuve ante el Ministerio Público en la búsqueda de los casos de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares.

Artículo 7o. Los familiares y representantes legales de las víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares, tienen el derecho a coadyuvar con las autoridades mencionadas en el artículo anterior de la presente Ley con la finalidad de conocer y colaborar con la investigación y búsqueda de sus familiares si así lo desean. Recordando que es responsabilidad del Estado y todos sus órganos de gobiernos de los tres niveles, realizar la búsqueda, investigación y sanción de todas las personas responsables.

Capítulo Segundo
Sobre el delito de desaparición forzada de personas

Artículo 8o. Para los efectos de esta ley el delito de desaparición forzada consiste en la privación de la libertad, a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre la suerte o el paradero de la persona desaparecida, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes.

Artículo 9o. A quien cometa el delito de desaparición forzada de personas se le impondrá una pena de cuarenta a cuarenta y cinco años de prisión y multa de 400 mil a 700 mil días de salario mínimo vigente, además de la destitución e inhabilitación de por vida a ejercer un cargo, empleo o comisión en la administración pública federal, o de pertenecer a cualquier agrupación de seguridad pública a nivel federal, estatal, municipal o de la Ciudad de México y sus demarcaciones territoriales administrativas; así como de pertenecer a cualquier fuerza castrense.

Las penas y sanciones impuestas en estos casos, serán independientes de las que lleguen a determinarse por la comisión de otros delitos.

Este delito es continuo, permanente e imprescriptible.

I. La oposición o negativa o el suministro de información inexacta de la autoridad competente para tener libre e inmediato acceso al lugar donde haya motivos para creer que se pueda encontrar a una persona desaparecida por parte de un agente del Estado responsable del mismo, será sancionada con destitución e inhabilitación definitiva a ejercer un cargo, empleo o comisión en la administración pública federal, o de cualquier agrupación de seguridad pública o castrense en los estados, los municipios y demarcaciones territoriales administrativas de la Ciudad de México, sin perjuicio de la aplicación de las penas de los demás delitos en que pudiera incurrir con motivo de su conducta.

II. A quien sea superior jerárquico del sujeto activo de las conductas previstas en el artículo 7o. de la presente ley y haya tenido conocimiento de que éste cometía o se proponía cometer el delito de desaparición forzada de personas, haya hecho caso omiso de la información que lo indicase; no haya adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o reprimir que se cometiese una desaparición forzada, o para poner los hechos en conocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigación y enjuiciamiento teniendo éste el deber jurídico de evitarlo, se le impondrá una pena de quince a treinta años de prisión y multa de 30 mil a 50 mil días de salario mínimo vigente. Además de la destitución e inhabilitación definitiva para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión en la administración pública federal, o de cualquier agrupación de seguridad pública o castrense en los estados, los municipios o demarcaciones territoriales administrativas de la Ciudad de México.

III. Al agente del Estado que tenga a su cargo edificios, locales, recintos o instalaciones de carácter oficial y permita el ocultamiento de la víctima de los delitos de desaparición forzada en dichos lugares, o la práctica de algún acto tendente a cometer dicho ilícito, que además incumpla con la obligación de registrar cualquier privación de la libertad, cuando registre con inexactitud los registros oficiales o de los expedientes que conocía o debía conocer. Se le impondrá una pena de diez a veinte años de prisión y multa de 40 mil a 60 mil días de unidades de cuenta vigente, además de la destitución e inhabilitación definitiva para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión en la administración pública federal, o de cualquier agrupación de seguridad pública o castrense en los estados, los municipios y demarcaciones territoriales administrativas de la Ciudad de México.

IV. Al particular que permita el ocultamiento de la víctima directa de los delitos contemplados en esta ley, en cualquier bien mueble o inmueble. Se le impondrá una pena de ocho a quince años de prisión y multa de 15 mil a 25 mil días de unidades de cuenta vigente, además de quedar impedido de por vida para postularse o desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión en la administración pública federal, de las entidades federativas, municipal o demarcaciones territoriales administrativas de la Ciudad de México. Así mismo estará impedido para pertenecer a cualquier agrupación de seguridad pública o castrense en la federación, las entidades federativas, los municipios o demarcaciones territoriales administrativas de la Ciudad de México.

V. Al agente del Estado que induzca o incite a otro u otros, intente, o sea cómplice o participe en la comisión de los delitos contemplados en este capítulo. Se le impondrá una pena de quince a veinte y cinco años de prisión, y multa de 20 mil a 35 mil días de unidades de cuenta vigente, además de la destitución e inhabilitación definitiva para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión en la administración pública federal, de las entidades federativas, municipal o demarcaciones territoriales administrativas de la Ciudad de México. Así mismo estará impedido para pertenecer a cualquier agrupación de seguridad pública o castrense en la federación, las entidades federativas, los municipios o demarcaciones territoriales administrativas de la Ciudad de México.

VI. Los presuntos responsables de cometer los delitos de desaparición forzada de personas sólo podrán ser juzgados por tribunales civiles, queda excluida toda jurisdicción especial, en particular la correspondiente a la Fuerzas Armadas.

Capítulo Tercero
Sobre el delito de desaparición de personas cometida por particulares

Artículo 10. El Estado mexicano en sus tres niveles de gobierno tomará las medidas apropiadas para investigar sobre los delitos definidos en el artículo 8º de esta Ley, que sean obra de personas o grupos de personas que actúen sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, y para procesar a los responsables.

Artículo 11. El delito de desaparición de personas cometido por particulares se entenderá como la privación de la libertad, cualquiera que fuere su forma, de una o más personas cometida por particulares que actúen sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, seguida de la falta de información, sustrayéndola así de la protección de la ley.

Artículo 12. A quien cometa el delito de desaparición de personas se le impondrá una pena de treinta a treinta y cinco años de prisión y multa de 100 mil a 300 mil días de salario mínimo vigente, además de quedar impedido de por vida para postularse o desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión en la administración pública federal o de pertenecer a cualquier agrupación de seguridad pública a nivel federal, estatal, municipal, de la Ciudad de México y sus demarcaciones territoriales administrativas; así como de pertenecer a cualquier fuerza castrense.

Las penas y sanciones impuestas en estos casos, serán independientes de las que lleguen a determinarse por la comisión de otros delitos.

Este delito es continuo, permanente e imprescriptible.

I. Al particular que induzca o incite a otro u otros a la comisión de los delitos contemplados en este capítulo. Se le impondrá una pena de quince a veinticinco años de prisión, y multa de 15 mil a 20 mil días de salario mínimo vigente, además de quedar impedido de por vida para postularse o desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión en la administración pública federal o de pertenecer a cualquier agrupación de seguridad pública a nivel federal, estatal, municipal, la Ciudad de México y sus demarcaciones territoriales administrativas; así como de pertenecer a cualquier fuerza castrense

Capítulo Cuarto
Reglas aplicables para ambos delitos: agravantes, atenuantes, e incentivos procesales

Artículo 13. Para efectos de la presente Ley se considerarán agravantes para ambos delitos los siguientes actos:

a) Que durante el tiempo en el que la víctima directa se encuentra desaparecida pierda la vida a consecuencia de la desaparición a la que fue sometida;

b) Que se oculten o realicen acciones tendentes a ocultar el cuerpo sin vida de la víctima directa;

c) Que la víctima directa haya sido sometida a tortura, actos crueles, inhumanos, degradantes, lesiones o violencia sexual;

d) Que la víctima directa sea persona menor de edad, mujer, mujer embarazada, mayor de sesenta años, persona que pertenezca a un grupo o comunidad indígena o que por cualquier otra circunstancia se encuentre en condición de inferioridad física o discapacidad mental respecto de quien realiza el delito de desaparición;

e) Que la desaparición sea cometida como consecuencia de una práctica policial o persecución de algún delito;

f) Que la desaparición sea cometida contra testigos de hechos que la ley califique como delito;

g) Que la desaparición sea cometida con el propósito de ocultar o asegurar la impunidad de otro delito;

h) Que la desaparición sea cometida contra personas migrantes que se encuentren dentro del territorio nacional.

i) Que la desaparición sea cometida contra personas defensoras de derechos humanos.

I. Los agravantes mencionados en el presente Artículo, incrementarán en una mitad a las penas establecidas en los artículos 9o. y 12 de la presente ley.

II. En estos casos no aplicará el máximo previsto para la prisión de acuerdo al artículo 25 del Código Penal Federal y se atendrá a lo dispuesto en la presente ley.

Artículo 14. Se considerarán atenuantes para los delitos establecidos en esta Ley los siguientes actos:

a) Cuando se suministre información fidedigna que permita esclarecer los hechos;

b) Cuando se contribuya a lograr la aparición con vida de la víctima directa;

c) Cuando se proporcione información que conduzca a la localización del cuerpo sin vida o restos mortuorios de la víctima directa; y

d) Cuando se libere espontáneamente, durante las doce ocho horas siguientes de la privación de su libertad, a la víctima directa.

I. Las atenuantes mencionadas en éste artículo, disminuirán en una tercera parte las penas establecidas en los artículos 9o. y 12 de la presente ley.

II. Estas atenuantes se considerarán como incentivos para personas que se encuentren sentenciadas al momento que entre en vigor la presente Ley, siempre y cuando la información proporcionada por los sentenciados sea fidedigna y comprobada.

Para que los incentivos tengan validez, se deberá contar con la aprobación por escrito de los familiares y/o representantes de las víctimas directas de la comisión de los delitos de desaparición forzada o desaparición de personas cometida por particulares.

III. En ningún caso la pena de destitución, inhabilitación definitiva para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión en la administración pública federal, o de pertenecer a cualquier agrupación de seguridad pública a nivel federal, estatal, municipal, la Ciudad de México y sus demarcaciones territoriales administrativas; así como de pertenecer a cualquier fuerza castrense será disminuida o conmutada.

IV. La obediencia jerárquica o el cumplimiento de un deber, en ningún momento y bajo ninguna circunstancia serán excluyentes ni atenuantes de la responsabilidad penal en que incurra el agente del Estado que comenta los delitos señalados en el artículo 9. Sin embargo el Estado está obligado a garantizar que cualquier persona que se rehúse a obedecer una orden para cometer el delito de desaparición forzada no sea sancionada o sea objeto de ninguna represalia.

V. Para la ejecución de la presente ley no aplica lo establecido en el Libro Primero, Título Quinto, Capítulo VI del Código Penal Federal, dado que los delitos descritos son imprescriptibles.

VI. Se atenderá a lo establecido en esta Ley para sancionar a los agentes del Estado que hayan incurrido en la comisión de los delitos de desaparición forzada cuando estos hayan participado en grupo para sustraer a la o las víctimas. Por lo cual no se aplica lo establecido en el Libro Segundo, Título Cuarto, Capítulo IV del Código Penal Federal.

VII. Lo establecido en el Libro Segundo, Título Décimo, Capítulo Tercero del Código Penal Federal no aplica para los delitos establecidos en esta Ley.

VII. Para los delitos establecidos en esta Ley no aplica lo establecido en el Libro Primero, Título Tercero, Capítulo I, Artículo 55 del Código Penal Federal.

VIII. Lo establecido en las fracciones VII VIII IX y XXXI del libro segundo, título decimoprimero, capítulo I, artículo 225 del Código Penal Federal no se aplican para los delitos establecidos en esta ley.

IX. Los agentes del Estado que incurran en los delitos establecidos en la presente ley, y que pertenezcan formalmente o no las Fuerzas Armadas, no podrán ser juzgados bajo el Código de Justicia Militar, por lo que se atendrán a las reglas establecidas en el Sistema de Justicia Penal Civil y serán sancionados conforme a lo que se establece en la presente ley.

Capítulo Quinto
De la reclasificación del delito

Artículo 15. Cuando durante la investigación el Ministerio Público o cualquiera de los coadyuvantes previstos en el título primero de la presente ley, tengan la sospecha y/o evidencia de la participación directa o indirecta de algún agente del Estado, éste estará obligado a reclasificar el delito por el de desaparición forzada de personas o por el delito de desaparición de personas cometida por particulares de acuerdo a como se establece en el Título Segundo, Capítulos Primero y Segundo de la presente ley.

La reclasificación del delito, de acuerdo a lo establecido en esta Ley es aplicable para todos aquellos casos que se encuentran en curso de investigación, aún antes de la entrada en vigor de ésta; así hayan sido clasificados como secuestro, privación ilegal de la libertad, persona extraviada o no localizada.

De no hacerlo, se sancionará de acuerdo a lo establecido al artículo 225, del título decimoprimero, libro segundo del Código Penal Federal; referente a “Delitos cometidos contra la administración de Justicia”.

Título Tercero
De la Búsqueda, Investigación, y Registro Nacional de Personas víctimas Desaparición forzada y a manos de particulares Capítulo Primero
De la creación de Fiscalías Especializadas de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición de Personas cometida por particulares

Artículo 16. Para los fines de la presente ley, se creará una fiscalía especializada de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares a nivel federal, así como una Fiscalía Especializada de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares en los 32 estados de la República Mexicana, las cuales serán dotadas de autonomía y recursos tecnológicos, materiales y personal especializado necesarios para su funcionamiento, de tal manera que puedan atender los casos que ya se encuentran en curso de investigación, así como de los delitos que se cometan al momento de la promulgación de esta ley.

Todas las fiscalías estatales, así como la fiscalía federal deberán coadyuvar entre sí para la Búsqueda de las personas víctimas de los delitos descritos en esta ley y, de ser el caso, hacer las diligencias necesarias para lograr la coadyuvancia con otros Estados del continente americano para dar con el paradero de las víctimas. Así como coadyuvar entre sí para la Investigación de los delitos y la sanción correspondiente a todas aquellas personas responsables de cometerlos.

Artículo 17. La Fiscalía Especializada de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares a nivel federal estará dividida de la siguiente manera:

I. Subfiscalía de Búsqueda Inmediata y Permanente: Encargada de buscar a todas las personas que sean víctimas de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares en el momento en que tenga conocimiento de los hechos y de continuar con la búsqueda de las personas desaparecidas de manera forzada y desaparecidas por particulares antes de entrada en vigor la presente Ley y que se encuentran en instancias del orden Federal sin importar quién o quiénes sean los presuntos responsables de la comisión de los delitos.

II. Subfiscalía Especial de Búsqueda e Investigación de Casos de Desaparición Forzada de Personas Cometida de los años 60´s a los 90´s: Es la encargada de continuar con la búsqueda e investigación de las víctimas de desaparición forzada de personas cometidas en este periodo, esta Sub Fiscalía Especial tiene como objetivo esclarecer y dar con los responsables de la comisión del delito de desaparición forzada atendiendo además las Sentencias y Recomendaciones hechas por Instancias Internacionales y/o Comisiones de la Verdad establecidas en Territorio Nacional.

III. Subfiscalía de Investigación y Seguimiento: Esta Sub Fiscalía estará a cargo de realizar todas las diligencias necesarias para dar con los responsables de los delitos de desaparición forzada y desaparición de personas de los casos que se encuentren en la Fiscalía Especializada a nivel federal, así como de ser la responsable de mantener actualizadas e informadas a las familias, organizaciones de derechos humanos y representantes legales de los avances en las investigaciones para dar con la suerte y paradero de las víctimas.

Artículo 18. La Fiscalía Especializada de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares a nivel federal será regulada y supervisada por dos órganos que serán creados y reconocidos a partir de la promulgación de la presente ley.

Artículo 19. Junta de Gobierno. La cual será la encargada de redactar y realizar la convocatoria abierta para la elección de los o las fiscales especiales que encabezarán la las 33 fiscalías especializadas; así como de tener reuniones cada 6 meses con el Fiscal y los Sub Fiscales para que rindan cuentas sobre los avances de la Búsqueda de las víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares. Así como de los avances en las Investigaciones.

I. La Junta de Gobierno estará conformada de la siguiente manera:

a) Un (a) representante de la Secretaría de Gobernación.

b) Un (a) representante de la Procuraduría General de la República.

c) Un (a) representante de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

d) Un (a) representante de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

e) Cuatro representantes de las organizaciones de derechos humanos mexicanas que trabajen los temas de desaparición forzada y/o desaparición de personas cometida por particulares.

f) Cuatro familiares representantes de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas

g) Un (a) representante de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU en México

II. Los o las integrantes de las Organizaciones de Derechos Humanos y los o las familiares de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas, cubrirán un periodo de año y medio, pasado éste periodo deberán ser suplidas por otras organizaciones y familiares de víctimas por otro periodo igual. Por su participación en la Junta de Gobierno no recibirán sueldo o remuneración alguna.

III. Los o las representantes de la Secretaría de Gobernación, Procuraduría General de la República, Secretaría de Relaciones exteriores y de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU tendrán un mandato de 3 años.

Artículo 20. Comité Regulador. Será el encargado de reunirse máximo cada tres meses con el Fiscal Especial para conocer los avances de la Búsqueda, las Investigaciones, y, en caso de que así sea, conocer de nuevos casos de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas y sus avances.

I. El Comité Regulador estará conformado de la siguiente manera:

a) Un (a) representante de la Secretaría de Gobernación.

b) Cuatro representantes de organizaciones de derechos humanos mexicanas que trabajen los temas de desaparición forzada y/o desaparición de personas cometida por particulares.

c) Cuatro familiares representantes de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas.

Un (a) representante de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU en México.

II. Los o las integrantes de las Organizaciones de Derechos Humanos y los o las familiares de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas, cubrirán un periodo de año y medio, pasado éste periodo deberán ser suplidas por otras organizaciones y familiares de víctimas por otro periodo igual. Por su participación en el Comité Regulador no recibirán sueldo o remuneración alguna.

III. La o el representante de la Secretaría de Gobernación, así como la o el representante de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU tendrán un mandato de 3 años.

Artículo 21. Las fiscalías especializadas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares de los estados y el Distrito Federal, solamente contarán con Comités Reguladores, conformados de acuerdo al artículo anterior. Estos deberán de trabajar de manera conjunta entre ellos y con el Comité Regulador a nivel federal para poder evaluar correctamente el avance en la búsqueda e investigación de los casos de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares.

Artículo 22. Las Fiscalías Especializadas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares contarán con dos Subfiscalías: la Subfiscalía de Búsqueda Inmediata y Permanente y, la Subfiscalía de Investigación y Seguimiento.

Artículo 23. Para la elección de los Fiscales Especiales, la Junta de Gobierno deberá redactar y publicar la convocatoria abierta para que los interesados (as) de la sociedad en general que cubran con los requisitos, puedan concursar para ocupar el puesto después de ser sometidas a escrutinio de la Junta todas y cada una de las solicitudes recibidas.

I. El mandato de los Fiscales Especiales tendrá una duración de 3 años; pudiendo ser re elegido por un periodo igual por una sola ocasión.

II. Será sometido a revisión su mandato cada año y medio y,

III. De ser necesario, en ese periodo, o en casos extraordinarios, será revocado de su mandato, nombrando a un (a) Fiscal Especial Interina.

IV. La revocación de mandato puede ser solicitada por los Comités Reguladores en cualquier momento, siendo responsabilidad de la Junta de Gobierno analizar la petición.

V. Es responsabilidad de la Junta de Gobierno abrir nueva convocatoria al día siguiente de la revocación de mandato.

Artículo 24. Los Subfiscales de Búsqueda Inmediata y Permanente y de Investigación y Seguimiento, serán propuestos por las o los Fiscales Especiales al momento de tomar posesión, y al igual que los Fiscales Especiales tendrán un mandato de 3 años.

Artículo 25. Los fiscales especiales serán ratificadas por el Congreso de la Unión, los Congresos estatales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para cada caso que corresponda

En caso de querer realizar alguna modificación a la estructura y a la Ley Orgánica deberá ser sometida a consulta a las organizaciones de Derechos Humanos, familiares de víctimas y ser llevadas a los Congreso estatales o en su caso a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México para su aprobación.

Capítulo Segundo
De la búsqueda de las víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares

Artículo 26. Para los fines de esta ley, la búsqueda de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares estará a cargo de las Subfiscalías de Búsqueda Inmediata y Búsqueda Permanente.

Artículo 27. Estas Subfiscalías deberán de dar atención las 24 horas los 365 del año. La Sub Fiscalía federal de Búsqueda de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares; deberá implementar un teléfono de atención las 24 horas los 365 días del año, el cual será gratuito tanto para los familiares que se encuentren en territorio nacional o como para familiares que se encuentren en el extranjero.

Artículo 28. La actuación inmediata de las autoridades en las primeras 48 horas son de vital importancia para poder encontrar a las víctimas de cualquiera de los delitos, de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares, por lo que:

I. En cuanto el Ministerio Público de cualquiera de los tres órdenes de gobierno, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, las Comisiones de Derechos Humanos de los estados y de la Ciudad de México tengan el conocimiento de que se ha cometido alguno de los delitos previstos en esta Ley, deberán activar los mecanismo necesarios en las primeras 5 horas para dar con el paradero de la víctima independientemente de que se presente la denuncia correspondiente y sin importar quién o quiénes sean los posibles responsables.

II. Las fiscalías especializadas deberán de poner en marcha un protocolo de alerta inmediata en las primeras 5 horas de que se conozca la desaparición de una persona sin importar quién o quiénes sean los posibles responsables de la comisión del delito. En caso de que se sospeche de que la víctima haya sido desaparecida por la comisión de cualquiera de los delitos descritos en esta Ley, se deberá activar una alerta diferente a las ya establecidas para los casos de sustracción o desapariciones de personas menores de edad (Alerta Amber) y de la Alerta Alba para los casos de desaparición de mujeres; sin embargo estas Fiscalías están obligadas a activar también ambas alertas. Estás alertas deberán también ser activadas de manera trasnacional, para evitar que la o las personas víctimas de estos delitos sean sustraídas del territorio nacional; así como para permitir que los familiares que no se encuentren en territorio mexicano conozcan de la desaparición de algún familiar que se encontraba en tránsito o en territorio mexicano al ser víctima de cualquiera de los delitos descritos en la presente Ley.

III. La Procuraduría General de la República y las Procuradurías estatales deberán apoyar en todo momento a las Subfiscalías de Búsqueda Inmediata y Permanente desplegando a los elementos necesarios de manera inmediata para dar con el paradero de la víctima.

IV. Es obligación de las autoridades establecer tiempos de manera periódica para reunirse con los familiares y representantes legales para informar sobre el proceso de búsqueda de la víctima, así como a las organizaciones de derechos humanos que acompañen el proceso, de los avances de esta.

V. Para los casos que así apliquen, se deberá extender la búsqueda de manera trasnacional, por medio de acuerdos previamente firmados con los Estados del sur, centro y norte del continente.

Artículo 29. Dado que los delitos que se describen en la presente Ley son de carácter continuo, permanente e imprescriptible, el Estado está obligado a continuar con la búsqueda de las personas víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares, aun cuando estos se hayan cometido antes de la promulgación de la Ley.

Por lo que:

I. Se deberá continuar con la búsqueda de todas las personas desaparecidas de manera forzada o desaparecidas a manos de particulares tanto para su localización con vida como, si fuera el caso, la localización, identificación y restitución a los familiares de sus restos mortuorios.

II. Las fiscalías especializadas estarán obligadas a solicitar la búsqueda de las personas desaparecidas en cualquier lugar donde pudieran están privadas de su libertad, como lo son cárceles civiles o militares, centros clandestinos de detención, estaciones migratorias, centros de salud o cualquier lugar donde se pueda presumir se tengan a personas realizando trabajos de manera forzada. Esta búsqueda deberá ser realizada en conjunto con los familiares de las víctimas, sí estos así lo desean, representantes legales, un representante de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, integrantes de organizaciones de derechos humanos, peritos especializados en búsqueda de personas.

III. En caso de que se tenga la sospecha de que la víctima haya sido privada de la vida, se deberán realizar las diligencias pertinentes para la exhumación de los restos conforme a los estándares internacionales, siendo derecho de las familias solicitar la participación de peritos especializados independientes, de igual manera las familias tienen el derecho de estar presentes junto con sus representantes legales y algún acompañante durante todo el proceso de exhumación y traslado de los restos. Es obligación del Estado proporcionar a las familias durante todo el proceso de búsqueda, exhumación e investigación el acompañamiento de personal especializado en atención psicosocial, teniendo el derecho las mismas familias de aceptarlo o no.

Artículo 30. Las autoridades garantizarán los derechos de los familiares de las víctimas a participar en las diligencias de búsqueda e investigación, así como las condiciones de seguridad y los recursos económicos necesarios. Así también garantizarán el derecho de las víctimas a tener peritajes independientes y cubrir con los gastos que se requieran.

Artículo 31. Cualquier cuerpo o resto mortuorio que sea localizado y, posteriormente identificado como el correspondiente al de alguna víctima de cualquiera de los delitos descritos en esta Ley, deberán de ser entregados a sus familiares en el estado en el cual fueron localizados; por lo cual queda estrictamente prohibida la cremación de cuerpos bajo cualquier argumentación.

I. Por lo que para los casos de personas no identificadas que se encuentren en los Servicios Médicos Forenses de los tres niveles de gobierno, sin importar cual haya sido la causa de su deceso, queda estrictamente prohibido la cremación, donación de órganos, tejidos o la donación de cadáveres para fines de investigación o prácticas en Universidades. Dichos cuerpos deberán de ser resguardados y entregados al Instituto Nacional Autónomo de Investigación Forense Mexicano, para que realice los registros y tomas de muestras necesarias para su posterior identificación y restitución a sus familiares.

Se reconoce el derechos de los familiares de las víctimas el determinar el cómo serán sepultados los restos de su ser querido, una vez que estás tengan la plena certeza que los restos entregados son de la persona desaparecida.

Capítulo TerceroDe la investigación de los delitos de desaparición forzada y desaparición de personas cometidas por particulares

Artículo 32. Para los efectos de la presente ley, las Subfiscalías de Investigación y Seguimiento, pertenecientes a las Fiscalías Especializadas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares, serán las responsables de llevar a cabo todas las investigaciones para la persecución y sanción de los delitos descritos en esta ley.

Artículo 33. Las Subfiscalías de Investigación y Seguimiento, por medio de sus Ministerios Públicos están obligadas a iniciar las investigaciones pertinentes en cuanto tengan conocimiento de que se ha cometido algunos de los delitos que se establecen en el Título Segundo de esta ley.

Artículo 34. Estas Subfiscalías tendrán la obligación de atraer los casos de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares que se encuentren en otra instancia de impartición de justicia, aunque estos ya se encuentren en proceso antes de la entrada en vigor de esta ley.

Esto sólo se podrá hacer a petición de los familiares y/o representantes legales de las víctimas y familiares.

Artículo 35. Es responsabilidad de estas Subfiscalías informar de manera inmediata a las Subfiscalías de Búsqueda Inmediata y Permanente en cuanto tengan conocimiento de la comisión de los delitos descritos en la presente Ley; aun cuando no haya denuncia interpuesta.

Artículo 36. Los Ministerios Públicos que se encuentren dentro de las Subfiscalías deberán dar atención las 24 horas del día, los 365 días del año. Siendo que para la localización, investigación y sanción de los delitos de desaparición forzada y desaparición de personas a manos de particulares el tiempo es un factor importante.

Artículo 37. Las autoridades de cualquier nivel de gobierno municipal, estatal o federal, tendrán la obligación de iniciar de oficio en cuanto tengan conocimiento del hecho, averiguaciones previas por los delitos previstos en esta ley, independientemente de que los hechos hayan ocurrido en esa entidad o no; sin importar la calidad migratoria de la víctima.

Artículo 38. Coadyuvancia de los familiares en las investigaciones. Se deberá reconocer el derecho de los familiares a conocer los avances del caso, obtener información periódica cuando así lo requieran y solicitar copias del expediente, las cuales se les deberán proporcionar de manera gratuita.

Artículo 39. El Estado está obligado a garantizar en todo momento la seguridad física y psicológica de:

a) Los familiares de las víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares

b) Todos los agentes del Estado que formen parte de las Fiscalías Especializadas y sus correspondientes Subfiscalías.

c) Los integrantes de la sociedad civil de la Junta de Gobierno y de los Comités Reguladores de las Fiscalías Especializadas en los tres órdenes de gobierno.

d) Los testigos o posibles testigos clave para el hallazgo de las víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometidas por particulares, así como de todos aquellos testigos que permitan el esclarecimiento de los delitos descritos en esta Ley

e) Los peritos y especialistas que integran el Instituto Nacional Autónomo de Investigación Forense Mexicana y;

f) Las personas Defensoras de Derechos Humanos y de las organizaciones a las que pertenezcan, las cuales acompañen casos de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares.

Capítulo Cuarto
De las especificaciones en los casos de desaparición forzada y desaparición de niñas, niños y adolescentes cometida por particulares

Artículo 40. En el caso de que se reporte ante las fiscalías especializadas, por conducto de cualquier autoridad o persona particular, el caso de un niño, niña o adolescente desaparecido. Se procederá como se establece en el capítulo tercero, artículo 26 de la presente ley. La priorización de esta búsqueda se realizará con base en el interés superior del niño, niña o adolescente, manteniéndose hasta que se logre la localización del sujeto y/o se acredite otro tipo penal diferente a los delitos descritos en esta ley.

Artículo 41. Para la búsqueda y localización en los casos de desaparición forzada y desaparición de niñas, niños y adolescentes cometida por particulares, las Subfiscalías de Búsqueda Inmediata y Permanente, así como las Subfiscalías de Investigación y Seguimiento, contarán con un cuerpo de policías auxiliares especializados en infancia, los cuales deberán realizar un registro de los patrones de contexto familiar, social y territorial del caso, que permitan identificar los efectos y fines, de la desaparición forzada y desaparición cometida por particulares de las personas menores de dieciocho años.

Artículo 42. En los casos de personas menores de 18 años en los que las Fiscalías Especializadas, identifiquen durante la búsqueda e investigación que el o los delitos corresponden a otros que no están establecidos en la presente Ley, remitirán de forma inmediata a la determinación del tipo penal a la Procuraduría Federal o local de Protección de Derechos de niñas, niños y adolescentes, requiriendo la representación jurídica y el acompañamiento integral de las víctimas, frente a las instancias competentes.

Artículo 43. En todos los casos de niñas, niños y adolescentes, las Fiscalías Especializadas, informarán y se coordinarán con la Procuraduría de Protección de Derechos de niñas, niños y adolescentes, con la finalidad de que esta coadyuve en la investigación. A su vez la Procuraduría de Protección tendrá la obligación de realizar la denuncia correspondiente frente a las Fiscalías Especializadas de forma inmediata ante la identificación o reporte de un probable caso de niña, niño o adolescente desaparecido de manera forzada o desaparecido a manos de particulares como lo establece la presente ley.

Artículo 44. El Registro Nacional de personas desaparecidas de manera forzada y desaparecidas por particulares, contendrá un sub-registro de niñas, niños y adolescentes, conformado con todos los casos que hayan sido reportados ante las Fiscalías, con la finalidad de desagregar información referente a las causas y fines de la desaparición de las personas menores de 18 años. El registro deberá encontrarse permanentemente actualizado, y deberá ser complementado con los resultados obtenidos a través de la Alerta Amber y la Alerta Alba. Dicho subregistro deberá compartirse con el Sistema Nacional de Información de Derechos de niñas, niños y adolescentes.

Artículo 45. En el caso de niñas, niños y adolescentes hijos e hijas de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometidas por particulares, tendrán derecho a solicitar a nombre propio o a través de su tutor o representante legal tanto a las Fiscalías Especializadas, como al Instituto Nacional Autónomo en Investigación Forense Mexicano, sobre la información que tengan bajo su resguardo.

Artículo 46. En los casos de niñas, niños y adolescentes, las medidas de reparación integral, así como de atención terapéutica y acompañamiento deberán realizarse por personal especializado en infancia.

Capítulo Quinto
De las sanciones por falta de investigación, búsqueda y persecución de los delitos de desaparición forzada de personas y desaparición de personas cometida por particulares

Artículo 47. Las autoridades encargadas de la investigación y persecución de los delitos descritos en la presente Ley tienen la obligación oficiosa de iniciar de manera eficaz y urgente las acciones para lograr la localización y el rescate de la o las víctimas que hayan sido reportadas como desaparecidas de manera forzada o desaparecidas por particulares.

Toda víctima de desaparición forzada o desaparición de personas tiene derecho a que las autoridades desplieguen las acciones pertinentes para su protección con el objetivo de preservar, al máximo posible, su vida, su integridad física y psicológica. Estas acciones también deben de llevarse a cabo para todas aquellas víctimas que se encuentren desaparecidas de manera forzada o hayan sido desaparecidas por particulares aún antes de la entrada en vigor de la presente Ley.

Artículo 48. Incurrirán en responsabilidad administrativa, sin perjuicio de la responsabilidad de otra naturaleza a que hubiera lugar, los agentes del Estado que:

I. Impidan u obstaculicen el acceso de las víctimas y sus representantes a la información sobre sus casos;

II. Manipulen, pierdan o alteren las pruebas o datos de investigación;

III. Proporcionen información falsa sobre los hechos;

IV. Se nieguen a cumplir con sus obligaciones en materia de búsqueda, investigación y persecución del delito, por la causa que sea; o

V. Se nieguen a cumplir con las reparaciones a las que sus instituciones estén obligadas, incluyendo el reconocimiento de los hechos y la aceptación de responsabilidades.

Artículo 49. Se impondrá de diez a quince años de prisión y, una multa de seiscientos a mil doscientos días de salario mínimo vigente, además de la destitución e inhabilitación definitiva a ejercer un cargo, empleo o comisión en la administración pública federal, o de cualquier agrupación de seguridad pública o castrense en los estados, los municipios y demarcaciones territoriales administrativas de la Ciudad de México:

I. A las personas y o agentes del Estado que obstruyan la actuación de las autoridades.

II. A los agentes del Estado que, teniendo la obligación de investigar las conductas tipificadas en la presente ley, omitan efectuar dicha investigación.

III. A las personas, agentes del Estado que intimiden a la víctima, a sus familiares o a sus representantes durante o después de la comisión de los delitos establecidos en la presente Ley, para que no realicen la denuncia correspondiente o no colaboren con las autoridades competentes.

IV. A la persona y/o al agente del Estado que, conociendo los planes para la comisión de los delitos establecidos en la presente ley, sin ser partícipe, no diere aviso a la autoridad.

Capítulo Quinto
Registro nacional de personas desaparecidas de manera forzada y desaparecidas por particulares

Artículo 50. Se deroga la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas. Quedando como único Registro Nacional el que se establece en la presente Ley. La información recabada hasta la entrada en vigor de la presente Ley deberá ser depurada y proporcionada a la instancia responsable de resguardar, actualizar y dar seguimiento a la información del nuevo Registro Nacional.

Artículo 51. Por medio de la presente ley se crea el registro nacional especial para las víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas a manos de particulares, el cual deberá ser actualizado y, de ser necesario, depurado, por la Sub Fiscalía de Búsqueda Inmediata y Permanente a nivel federal; el cual deberá tener información de casos de víctimas de desaparición forzada ocurridas en el periodo de la denominada época de la “guerra sucia” (años 60, 70, 80 y 90) hasta los casos registrados a la entrada en vigor de la presente ley; así como de los casos de víctimas de desaparición de personas cometida por particulares desde el 2000 hasta los casos registrados a la entrada en vigor de la presente ley.

Artículo 52. Todos los registros estatales y federales de personas desaparecidas, que se encuentren en posesión de cualquier dependencia de gobierno dentro de los tres niveles deberán ser proporcionados íntegramente a la Subfiscalía de Búsqueda Inmediata y Permanente, con la finalidad de tener un solo Registro Nacional actualizado.

Artículo 53. Será obligación de cada Sub Fiscalía de Búsqueda Inmediata y Permanente de los estados y el Distrito Federal, suministrar de manera diaria la información recabada de nuevos casos de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares

Artículo 54. El Registro Nacional deberá contar con la siguiente información:

I. Del registro de personas desaparecidas de manera forzada

a) Identidad de la persona detenida y posteriormente desaparecida

b) Sexo, edad y nacionalidad de la persona desaparecida

c) Fotografía lo más actualizada posible de la persona desaparecida; en caso de no contar con una se procederá a hacer un retrato hablado de la víctima.

d) Ocupación al momento de la detención desaparición

e) Día, mes, año y hora de su detención desaparición

f) Lugar, entidad federativa, municipio donde ocurrió el hecho

g) Agentes del Estado a los que se responsabiliza de la detención y posterior desaparición

h) Breve narración de los hechos

i) Lugar a donde fue trasladada la víctima después de su detención

j) Agentes del Estado a cargo del lugar de detención

k) Estado físico de la víctima al llegar al lugar de detención

II. Del registro de personas desaparecidas a manos de particulares

a) Identidad de la persona desaparecida

b) Sexo, edad y nacionalidad de la persona desaparecida

c) Fotografía lo más actualizada posible de la persona desaparecida; en caso de no contar con una se procederá a hacer un retrato hablado de la víctima.

d) Ocupación al momento de ser desaparecida

e) Día, mes, año y hora de la desaparición

f) Lugar, entidad federativa, municipio donde ocurrió el hecho

g) Posibles responsables de la desaparición de la víctima

h) Breve narración de los hechos.

III. El Registro Nacional de Personas Desaparecidas de manera forzada y manos de particulares deberá de ser actualizado conforme se tengan nuevos datos recabados durante la investigación, así como, de ser el caso, cambiar el registro cuando se tenga la evidencia de que se trata de una desaparición forzada.

IV. El registro nacional deberá establecer sí la víctima aún se encuentra desaparecida, ha sido encontrada viva o si fueron encontrados sus restos mortuorios; determinando lugar y fecha del hallazgo.

Artículo 55. Se deberán crear dos niveles de acceso al registro nacional

1. Acceso público, que permita a cualquier persona a acceder a datos básicos del registro para fines de transparencia, estadísticas e investigaciones independientes. Los datos públicos contendrán:

a) Nombre completo de la víctima

b) Entidad federativa en la que fue desaparecida

c) Edad al momento de su desaparición

d) Fecha de desaparición

e) Nacionalidad

f) Sexo

g) Si se trata de una desaparición forzada o de una desaparición cometida por particulares

h) Si la víctima fue localizada con vida o en su caso fueron localizados sus restos mortuorios

i) Lugar del hallazgo

j) Fecha del hallazgo

2. Acceso a familiares, representantes legales y agentes del Estado autorizados para llevar la búsqueda e investigación de los casos; éste acceso se deberá proporcionar con una clave específica para cada caso; con lo que las familias y representantes legales de éstas podrán tener acceso a todo el expediente, incluyendo las posibles líneas de investigación sobre el caso.

Artículo 56. Bajo ninguna circunstancia se podrá alegar la restricción a la totalidad del expediente a las familias o representantes legales de éstas por cuestiones de seguridad nacional. Es derecho de los familiares conocer todos y cada uno de los avances en la búsqueda e investigación sobre la desaparición de sus seres queridos.

Título Cuarto
Del Instituto Nacional Autónomo en Investigación Forense Mexicano Capítulo Primero

Artículo 57. Para los fines de la presente ley y, para dar certeza a los familiares de las víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares; se creará el Instituto Nacional Autónomo en Investigación Forense Mexicano, el cual se encontrará en las instalaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), ubicada en Ciudad Universitaria.

Éste instituto contará con recursos propios, al cual se le debe dotar de todos los recursos materiales y de infraestructura, así como también de personal especializado en las diferentes áreas como antropología forense, arqueología forense, especialistas en biogenética, investigación de contextos y psicólogos sociales, todos ellos con enfoque en graves violaciones a derechos humanos.

Artículo 58. Los especialistas del Instituto, serán reconocidos como peritos expertos, por lo que sus investigaciones y testimonio serán considerados indispensables para la investigación y sanción de los delitos descritos en esta ley.

Artículo 59. El Instituto Nacional Autónomo en Investigación Forense Mexicano, será el encargado de resguardar el Banco Nacional de Información Genética, la Base de Datos Nacional Ante-mortem/Post-mortem, así como del Registro Nacional de restos mortuorios no identificados y de las zonas donde se encuentran las fosas comunes.

Artículo 60. También estará a cargo, junto con las Subfiscalías de Búsqueda Inmediata y Permanente de realizar la identificación por medio de claves a cada resto mortuorio localizado a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, así como tener a su resguardo en un área especial por un periodo de 365 días naturales dichos restos, antes de ser trasladados a algún panteón previamente establecido por las autoridades, en el cual dichos restos no identificados durante el lapso de tiempo antes establecido, serán debidamente sepultados e identificados de acuerdo a la clave que se le haya asignado previamente al momento de ser localizados, para que posteriormente puedan ser identificados y restituidos a sus familiares.

Artículo 61. El Instituto Nacional Autónomo en Investigación Forense Mexicano, sólo podrá proporcionar la información que tiene a su resguardo por una orden judicial o a petición de los familiares y/o representantes legales de éstos. Así como ser partícipes activos de la búsqueda en vida de las personas desaparecidas de manera forzada o desaparecidas a manos de particulares.

Artículo 62. Gratuidad. Todos los servicios prestados por este Instituto serán gratuitos para los familiares de las víctimas.

Capítulo Segundo
Del Banco Nacional de ADN para la búsqueda e identificación de víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares

Artículo 63. El Banco Nacional de Información Genética tendrá como objeto garantizar la obtención, resguardo y análisis de la información genética que sea necesaria como prueba para lograr el esclarecimiento de los delitos previstos en esta ley y realizar la búsqueda en vida e identificación genética de los restos de las víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares.

Artículo 64. El Banco Nacional de Información Genética tendrá como funciones:

I. Organizar, administrar y actualizar de manera continua el archivo nacional de datos genéticos

II. Resguardar y velar por la reserva de los datos e información que obren en el mismo, de acuerdo a lo establecido en la ley de protección de datos personales y a los principios establecidos para las bases de datos genéticos indicados por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura y la Organización Mundial de la Salud;

III. Actuar a través de su director y los profesionales que lo integren como peritos oficiales cuando así sean requeridos, ante los jueces competentes en las causas penales que tengan por objeto la identificación de las personas mencionadas en el artículo 26 de la presente ley, emitiendo dictámenes técnicos y realizando las pericias genéticas que les sean requeridas;

IV. Adoptar las medidas necesarias para garantizar la veracidad de los estudios, análisis, dictámenes e informes que por su intermedio se realicen.

Artículo 65. Cualquier familiar directo de personas víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares tendrá derecho a solicitar y a obtener los servicios del Banco Nacional de información Genética en los términos a los que se refiere esta ley, incluyendo el registro de sus datos en el Archivo Nacional de Datos Genéticos.

En el Archivo Nacional de Datos Genéticos se contendrá la información genética relativa a la búsqueda e identificación de las personas víctimas de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares, así como de los familiares de las víctimas a efecto de realizar el entrecruzamiento de información y poder determinar la identidad de las personas.

Artículo 66. Todos los Bancos de Información Genética que se encuentren en posesión de las dependencias en los tres niveles de gobierno, deberán compartir dicha información con el Instituto Nacional Autónomo en Investigación Forense Mexicano, con la finalidad de no someter a las familias a la extracción de nuevas muestras de material genético. Esto se deberá hacer con pleno conocimiento de las familias, siendo su derecho el negar que su muestra sea entregada al Instituto. De igual manera será derecho de las familias solicitar al Banco Nacional de información Genética sean tomadas nuevas muestras.

Artículo 67. Acreditación. Para los fines estipulados en el artículo anterior, el interesado deberá acreditar ante el Banco Nacional de Información Genética:

I) Las circunstancias en que desapareció la persona, proporcionando la mayor información posible.

II) El vínculo que tiene con la persona víctima de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares de conformidad con la normativa legal vigente.

Artículo 68. Reserva de la información. El Banco Nacional de Información Genética no proporcionará información a particulares sobre los datos registrados, ni tampoco a entidades públicas o privadas cualquiera sea la índole de las razones alegadas.

La información genética resguardada sólo podrá ser proporcionada por requerimiento judicial, en causa determinada, a los fines exclusivos de respaldar las conclusiones de los dictámenes periciales elaborados por el mismo y posibilitar su control por los peritos de parte.

Título Quinto
De la Declaración de Ausencia por Desaparición Forzada y Desaparición de Personas Cometida por Particulares Capítulo Único

Artículo 69. Se derogan todas las leyes de declaración de ausencia por desaparición, entrando en vigor a nivel nacional la establecida en esta ley.

Artículo 70. La declaración de ausencia por desaparición forzada y desaparición cometida por particulares tiene por objeto reconocer y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica de las personas desaparecidas, además de brindar certeza jurídica a los familiares de las víctimas de desaparición forzada y desaparición por particulares a fin de que judicialmente se determine la representación de los intereses y derechos de dicha persona, aun y cuando no se conozca la identidad del responsable y sin importar el resultado de las investigaciones al respecto.

Este procedimiento podrá solicitarse en cualquier momento a partir de denunciados los hechos.

Artículo 71. Podrán ejercer la acción de Declaración de Ausencia por Desaparición las siguientes personas, en el orden planteado:

I. Cónyuge, concubina, concubino de la persona cuyo paradero se desconoce;

II. Descendientes de la persona cuyo paradero se desconoce, en caso de ser menores a través de un representante

III. Ascendientes en línea recta en primer y segundo grado;

IV. Parientes colaterales por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado;

V. El Ministerio Publico, cuando de su investigación se desprenda que se está ante un caso de desaparición de persona y no existiere ninguna de las personas anteriores; y

VI. Quien tenga interés jurídico ya sea para litigar o defender los derechos de la persona cuyo paradero se desconoce.

Artículo 72. Será competente para conocer del procedimiento de declaración de ausencia por desaparición forzada y desaparición de personas por particulares el o la Juez de lo Civil que corresponda de acuerdo a lo siguiente:

I. El último domicilio de la persona cuyo paradero se desconoce;

II. El domicilio de la persona quien promueva la acción;

III. El lugar en donde se presuma que ocurrió la desaparición; o

IV. El lugar en donde se esté llevando a cabo la investigación.

Artículo 73. La Solicitud de declaración de ausencia por desaparición forzada y desaparición de personas por particulares deberá incluir por lo menos la siguiente información:

I. El nombre, edad y domicilio del solicitante, así como documentos o información que acrediten el parentesco o relación con la persona cuyo paradero se desconoce;

II. Toda aquella información con la que cuente respecto de la persona cuyo paradero se desconoce, entre la que puede detallarse:

a) Nombre, domicilio, edad, estado civil de la persona cuyo paradero se desconoce;

b) Generales de los hijos, en su caso;

c) Nombre del cónyuge, concubino o pareja sentimental;

d) Actividades de la persona cuyo paradero se desconoce.

III. Copia de la denuncia de hechos realizada ante el Ministerio Publico, y en su caso, de la queja hecha ante la Comisión Nacional o Estatal de Derechos Humanos.

A la solicitud se deberá acompañar los documentos con los cuales se acredite la relación o parentesco con la persona cuyo paradero se desconoce, y todos los demás documentos que quieran utilizar como prueba. Bastará la presentación de copias simples de los documentos mencionados. En todo caso, el solicitante, señalará bajo protesta de decir verdad el archivo donde se encuentren los originales a fin de que el juez mediante oficio los recabe.

Artículo 74. En caso de admitir la solicitud de declaración de ausencia por desaparición, el juez requerirá al Ministerio Público que conozca de la denuncia penal o, en su caso, a la Comisión Estatal o Nacional de Derechos Humanos, para que en el plazo no mayor de tres días hábiles remita la información que obre en el expediente para su análisis y resolución.

El juez estará obligado a suplir la deficiencia de los planteamientos de los hechos señalados en la solicitud y, en su caso, al admitirla ordenará la citación de la persona cuyo paradero se desconoce por medio de la publicación de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial y en el Periódico Oficial del estado que corresponda, así como en las páginas electrónicas del Poder Judicial, de las dependencias del Poder Ejecutivo y de las Comisiones Estatales de Derechos Humanos, llamándole por dos ocasiones consecutivas mediando entre ellas un plazo de 15 días hábiles, y sin costo alguno para quien ejerza la acción, a fin de que la persona cuyo paradero se desconoce se presente al juzgado en un plazo no mayor de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación.

Artículo 75. Si transcurren 30 días hábiles contados a partir de la última publicación del edicto a que se refiere el artículo anterior, no se tienen noticias de la localización de la persona cuyo paradero se desconoce, ni se ha aparecido con vida ni se ha confirmado su muerte, el juez citara al solicitante y al agente del Ministerio Público a una audiencia en la cual con base en todo lo actuado dentro del expediente resolverá la procedencia o no de la declaración provisional de ausencia por desaparición y ordenará al secretario del juzgado emita la certificación correspondiente a fin de que se inscriba en el Registro Civil acta provisional de ausencia por desaparición forzada o desaparición de personas por particulares. Así mismo se ordenará que la declaratoria se publique en el Periódico Oficial del Estado que corresponda.

Artículo 76. La resolución en la que el juez declare la ausencia por desaparición, tendrá los siguientes efectos:

I. Nombrar un depositario de los bienes de la persona cuyo paradero se desconoce; y

II. Permitir que los beneficiarios de un régimen de seguridad social derivado de una relación de trabajo con el Estado, los Municipios, o entidades paraestatales, continúen gozando de los beneficios.

Título Sexto
De la Reparación Integral del Daño Capítulo Único

Artículo 77.Tienen derecho a la reparación integral del daño en los casos de desaparición forzada y a la aplicación de una medida judicial provisional de protección:

I. La víctima y el ofendido; y

II. A falta de la víctima o el ofendido, sus dependientes económicos, herederos o derechohabientes, en la proporción que señale el derecho sucesorio y demás disposiciones aplicables.

Para los efectos de esta ley, se consideran víctimas del delito de desaparición forzada, quienes resienten directamente la conducta delictiva; en tanto que, también serán ofendidos, quienes resienten indirectamente los efectos de la conducta delictiva, o sea los familiares del desaparecido hasta el segundo grado de consanguinidad y primero civil.

Artículo 78. Toda persona que ha sido víctima de la desaparición forzada y los ofendidos sin prejuicio de la nacionalidad tienen derecho a la reparación integral, la cual comprenderá la restitución, Indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.

Artículo 79. Para los efectos de la presente Ley, la reparación integral comprenderá:

Restitución: Restablecimiento de la víctima o del ofendido a la situación anterior a la violación de derechos humanos o del delito.

Indemnización: La desaparición forzada genera un daño en la víctima y en el ofendido, que implica la reparación monetaria equivalente al daño.

I. El daño material, consistente en la pérdida o detrimento de los ingresos de la víctima, los gastos efectuados con motivos de los hechos y las consecuencias de carácter pecuniario.

II. El lucro cesante, consistente en el pago de salarios o percepciones correspondientes, cuando la víctima deje de percibir ingresos por lesiones o incapacidad para trabajar en algún oficio, arte o profesión.

III. El daño emergente, consistente en el pago de las erogaciones efectuadas para fines de investigación, demanda de justicia, servicios médicos o psicológicos, gastos y costos judiciales en lo referente a las acciones de búsqueda de la víctima ante las diversas autoridades.

Rehabilitación: Los costos de la rehabilitación física y mental de la víctima por causa de la desaparición forzada.

Satisfacción: Son medidas de carácter no pecuniario que está obligado a tomar el Estado encaminadas a reparar el daño inmaterial causado a las víctimas.

I. El daño inmaterial, que comprende tanto los sufrimientos como las aflicciones causados a la víctima directa y a sus familiares, el menoscabo de valores muy significativos, así como las alteraciones de carácter no pecuniario en las condiciones de existencia de la víctima.

II. La declaración que restablezca la dignidad y reputación de la víctima, a través de medios electrónicos o escritos;

III. La disculpa pública, la aceptación de responsabilidad y sanción a los responsables.

Garantías de no repetición: Es el conjunto de acciones y medios encaminados a desarrollar políticas públicas y programas con el objetivo de erradicar las causas que producen la desaparición forzada y desaparición a manos de particulares.

Artículo 80. Para los efectos de la presente Ley, la reparación integral colectiva se entenderá como un derecho del que son titulares los grupos, comunidades u organizaciones sociales en las que uno o más de sus miembros hayan sido víctimas de desaparición forzada, la cual comprenderá la restitución, compensación, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.

Artículo 81. Derecho a la verdad. Las víctimas y la sociedad en general tienen el derecho de conocer la suerte o paradero de las víctimas, los hechos constitutivos de la desaparición forzada y de la desaparición a manos de particulares de que fueron objeto, la identidad de los responsables, las circunstancias que hayan propiciado su comisión, tener acceso a la justicia en condiciones de igualdad y conocer la sanción a los responsables.

Artículo 82. Para la reparación integral del daño, tanto de las víctimas como de sus familiares, se creará un fondo especial para atención a víctimas y familiares de personas desaparecidas de manera forzada y desaparecidas por particulares.

Título Séptimo
De la Prevención de los delitos de Desaparición Forzada y Desaparición de Personas Cometida por Particulares Capítulo Primero
Del registro oficial de personas detenidas

Artículo 83. La Procuraduría General de la República, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Policía Federal y cualquier otra institución de Seguridad Pública, llevarán un registro oficial y actualizado de las personas privadas de libertad, que bajo requerimiento serán rápidamente puestos a disposición de toda autoridad judicial o de toda otra autoridad o institución competente.

Los mencionados registros, tendrán, cuando menos, la información siguiente:

a) La identidad de la persona privada de libertad;

b) El día, la hora y el lugar donde la persona fue privada de libertad y la autoridad que procedió a la privación de libertad;

c) La autoridad que decidió la privación de libertad y los motivos de ésta;

d) La autoridad que controla la privación de libertad;

e) El lugar de privación de libertad, el día y la hora de admisión en el mismo y la autoridad responsable de dicho lugar;

f) Los elementos relativos a la integridad física de la persona privada de libertad;

g) En caso de fallecimiento durante la privación de libertad, las circunstancias y causas del fallecimiento y el destino de los restos de la persona fallecida;

h) El día y la hora de la liberación o del traslado a otro lugar de detención, el destino y la autoridad encargada del traslado.

Artículo 84. Todos los agentes del Estado que en ejercicio de su encargo o comisión, tengan conocimiento de la privación de la libertad de una persona, garantizará a toda persona con un interés legítimo en esa información, a familiares o amigos estrechos de la persona privada de libertad, su representante o abogado, el acceso, como mínimo, a las informaciones siguientes:

a) La autoridad que decidió la privación de libertad;

b) La fecha, la hora y el lugar en que la persona fue privada de libertad y admitida en un lugar de privación de libertad;

c) La autoridad que controla la privación de libertad;

d) El lugar donde se encuentra la persona privada de libertad y, en caso de traslado hacia otro lugar de privación de libertad, el destino y la autoridad responsable del traslado;

e) La fecha, la hora y el lugar de la liberación;

f) Los elementos relativos al estado de salud de la persona privada de libertad;

g) En caso de fallecimiento durante la privación de libertad, las circunstancias y causas del fallecimiento y el destino de los restos.

Capítulo Segundo
De la capacitación y sensibilización de los agentes del Estado sobre los delitos de desaparición forzada de personas y desaparición de personas cometida por particulares

Artículo 85. Las autoridades municipales, estatales y federales deberán contar la capacitación necesaria para realizar la búsqueda e investigación de los casos de desaparición forzada y desaparición de personas por particulares. Para ello se deberá contar con:

a) Capacitación periódica, regular y actualizada para prevenir la participación de servidores públicos en la comisión de los delitos previstos en esta ley.

b) Agentes del Estado capacitados en protocolos de búsqueda y actuación inmediata en casos de desaparición forzada y desaparición de personas.

c) Personal capacitado y sensible en materia de derechos humanos y tratados internacionales en la materia.

d) Personal suficiente para atender la investigación y seguimiento de los casos.

e) Personal altamente capacitado en investigación forense.

f) Personal altamente capacitado en atención y acompañamiento a víctimas con una perspectiva psicosocial.

Transitorios

Primero. La presente ley entrará en vigor en todo el territorio nacional al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Segundo. Las Fiscalías Especializadas para investigar los delitos de desaparición forzada y desaparición de personas cometida por particulares, deberán estar creadas y en pleno funcionamiento, en un plazo no mayor a 150 días naturales a partir de la promulgación de la presente ley.

Tercero. El Instituto Nacional Autónomo en Investigación Forense Mexicano deberá ser creado y entrar en pleno funcionamiento en un plazo no mayor a 365 días naturales a partir de la promulgación de la ley.

Cuarto. El Registro Nacional de personas desaparecidas de manera forzada y desaparecidas por particulares deberá estar en funcionamiento y actualizado en un plazo no mayor a 200 días naturales a partir de la promulgación de ésta Ley. Siendo sancionados aquellos agentes del Estado que no proporcionen los Registros que tienen a su resguardo en un plazo no mayor de 120 días naturales.

Quinto. La Base Nacional Ante-mortem/Post-mortem, así como el Registro de resto mortuorios no identificados y la localización de fosas comunes deberán estar actualizados y bajo resguardo del Instituto Nacional Autónomo en Investigación Forense Mexicano en un plazo no mayor a 365 días naturales a partir de su creación.

Sexto. El Estado mexicano tendrá un plazo no mayor a 365 días naturales para asignar espacios donde se encontrarán los panteones especiales para los restos mortuorios que aún no hayan sido identificados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 de la presente ley.

Séptimo. Se deroga el Capítulo III Bis del Título Decimo, Libro Segundo del Código Penal Federal.

Octavo. Los delitos previstos en esta ley serán aplicables en todos los estados la República con pleno respeto a sus ámbitos competenciales.

Se derogan todas las legislaciones aprobadas en materia de desaparición forzada y desaparición de personas y se tomará la presente ley como única aplicable en todo el territorio nacional.

Artículo Segundo. Se reforman los artículos 348, segundo párrafo; 350 Bis 3, segundo párrafo; 350 Bis 4 y 350 Bis 5, de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 348. ...

Los cadáveres deberán inhumarse, incinerarse o embalsamarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la muerte, salvo autorización específica de la autoridad sanitaria competente o por disposición del Ministerio Público, o de la autoridad judicial. Para el caso de cadáveres de personas no identificadas se estará a lo dispuesto en la Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición Forzada de personas y la Desaparición de Personas Cometida por Particulares.

...

Artículo 350 Bis 3. ...

Tratándose de cadáveres de personas desconocidas o no identificados se estará a lo dispuesto en la Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición de Personas Cometida por Particulares.

Artículo 350 Bis 4. Las instituciones educativas sólo podrán utilizar cadáveres respecto de los que tengan el consentimiento, ante mortem de la persona fallecida o de sus familiares después de su muerte.

Las instituciones educativas que reciban cadáveres para efectos de investigación o de docencia deberán tener un registro que contenga, por lo menos:

I. Nombre completo de la persona fallecida;

II. El domicilio en el que habitaba la persona fallecida;

III. Edad que tenía la persona al fallecer;

IV. Sexo de la persona fallecida;

V. Estado civil de la persona fallecida;

VI. Nombre y domicilio del cónyuge, concubina o concubinario;

VII. Nombre y domicilio de los padres y en caso de haber fallecido éstos, la mención de este hecho;

VIII. En caso de no tener cónyuge, concubina o concubinario, o padres, el señalamiento del nombre y domicilio de alguno de sus familiares más cercanos, y

IX. El nombre de la institución educativa beneficiaria del cadáver.

Artículo 350 Bis 5. Los cadáveres que se hayan destinado para fines de docencia e investigación serán inhumados o incinerados.

Transitorio

Único. La Secretaría de Salud contará con 90 días naturales para modificar los artículos 60 y 61 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos en lo que se oponga a esta ley.

Notas:

1 Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas artículo 5. La práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad tal como está definido en el derecho internacional aplicable y entraña las consecuencias previstas por el derecho internacional aplicable.

2 Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado mexicano, Valentina Rosendo Cantú y otra versus México; 2 de agosto de 2009.

3 La Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada registra que del 2006 al 2012, ocurrieron 53 casos de desaparición forzada en contra de personas defensoras de los derechos humanos y 2 casos de desaparición forzada en contra de miembros de grupos insurgentes. http://comitecerezo.org/IMG/pdf/informeweb.pdf Página 93.

4 La Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada registra 29 personas defensoras de derechos humanos víctimas de desaparición forzada en los primeros 18 meses del gobierno de Enrique Peña Nieto. http://comitecerezo.org/IMG/pdf/informeweb.pdf Pág. 96

5 El Comité contra la Desaparición Forzada examinó el informe presentado por México en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención (CED/C/MEX/1) en sus sesiones 119, 120 y 121. (CED/C/SR.1119, 120 y 121), celebradas los días 2 y 3 de febrero de 2015.

6 Observaciones finales de los informes periódicos quinto y sexto combinados de México, adoptada por el Comité en su 49 período de sesiones (29 de octubre a 23 de noviembre de 2012). “El Comité insta al Estado parte a continuar la puesta en práctica de las recomendaciones del grupo de trabajo, y en particular a:

a) Aprobar una ley general sobre las desapariciones forzadas;”

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputados y diputadas: Juan Romero Tenorio,Alfredo Basurto Román, Alicia Barrientos Pantoja, Ana Leticia Carrera Hernández, Ángel Antonio Hernández de la Piedra, Araceli Damián González, Ariadna Montiel Reyes, Blanca Margarita Cuata Domínguez, Blandina Ramos Ramírez, Concepción Villa González, Cuitláhuac Jiménez García, Delfina Gómez Álvarez, Ernestina Godoy Rangel, Guadalupe Hernández Correa, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, Irma Rebeca López López, Jesús Serrano Lora, Jorge Tello López, María Antonia Cárdenas Mariscal, María Chávez García, Mariana Trejo Flores, Mario Ariel Juárez Rodríguez, Miguel Alva y Alva, Modesta Fuentes Alonso, Norma Xochitl Hernández Colin, Patricia Elena Aceves Pastrana, Renato Josafat Molina Arias, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, Roberto Jacobo Guzmán, Rocío Nahlé García, Rodrigo Abdala Dartigues, Rogerio Castro Vázquez, Sandra Luz Falcón Venegas, Vidal Llerenas Morales, Virgilio Dante Caballero Pedraza (rúbricas).»

Presidencia del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Romero Tenorio. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos para dictamen, y a las comisiones de Salud y de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

La diputada María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido en la curul de la diputada María de los Ángeles Rodríguez, por favor.

La diputada María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (desde la curul): Gracias, presidente. Solamente para solicitarle amablemente que me puedan ampliar el turno de la propuesta del diputado Álvarez Angli, que fue antes de esta propuesta, de esta iniciativa, para la opinión a la Comisión de Cambio Climático.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Es de atender su solicitud, compañera diputada. Se concede para opinión.

Esta Presidencia, saluda a los alumnos de la preparatoria del Tecnológico de Monterrey, invitados por el diputado Alfredo Anaya Orozco, así como a los alumnos de la carrera de Derecho de Centro Universitario Tlacaélel, Ixtapaluca, invitados por la compañera diputada Maricela Serrano Hernández, sean bienvenidos.



LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Candelaria Ochoa Avalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal.

La diputada María Candelaria Ochoa Avalos:Gracias, presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, presento esta iniciativa considerando que la información sobre la hacienda pública, la transparencia y la rendición de cuentas son parte fundamental de los mecanismos que garantizan el derecho a la información y al buen gobierno de los ciudadanos. Además porque es un derecho establecido en diversas disposiciones nacionales e internacionales.

Esto adquiere relevancia en el caso de las participaciones federales, ya que estos recursos financieros que la federación otorga a los estados y municipios a partir de la adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal han sido manejados en muchos casos de forma opaca y discrecional, confundiendo la autonomía que la ley le otorga para su manejo con total impunidad.

Y no solo han sido manejados de forma opaca y discrecional, muchas veces han sido utilizados como cajas chicas de los gobernadores y presidentes municipales o como instrumentos de presión política de los estados haca los municipios.

Esta situación cobra importancia cuando consideramos que para este año 2016 las participaciones federales equivalen al 42 por ciento de los recursos transferidos desde la federación a los estados y municipios.

Más aún, cuando se considera a los ingresos presupuestarios de los estados y municipios en lo individual, se tiene que hay estados en donde las participaciones son en promedio el 90 por ciento de sus ingresos totales y en los municipios en un promedio de 65 por ciento. Pero hay casos de municipios rurales en los que las participaciones federales representan más del 90 por ciento de sus ingresos presupuestarios.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, el 16 de junio de este año aprobamos un paquete de reformas encaminadas al combate a la corrupción y al fortalecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas. Dentro de ellas estaba la nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, en la que se consolida la atribución de la Auditoría Superior de la Federación para fiscalizar las participaciones federales de los estados y municipios.

Con esta nueva atribución se busca evitar la opacidad y discrecionalidad en el manejo de las participaciones federales, evitar actos de corrupción y mejorar la eficiencia y eficacia en el uso de los recursos federales.

Sin duda dicha reforma es un avance, sin embargo hacerla operativa requiere de instrumentos y herramientas que permitan una correcta fiscalización. Por ello buscamos avanzar en este camino al establecer que los estados y municipios informen de manera anual el destino y monto de las participaciones federales recibidas. La transparencia y el combate a la corrupción no es solamente decir en qué se los va a gastar, sino cómo se los gastó y por qué se los gastó de esa manera.

Finalmente, es necesario blindar los recursos federales de posibles tentaciones por parte de los gobernadores y presidentes municipales. Debemos evitar que en el futuro tengamos de nuevo duartes, moreiras, borges y otros tantos personajes tristemente ilustres por haber vaciado las arcas públicas y no rendir cuentas.

Es nuestra tarea recuperar la confianza de las y los ciudadanos en las instituciones, y eso únicamente lo lograremos evitando y combatiendo da manera real y decidida la corrupción. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada María Candelaria Ochoa Avalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, María Candelaria Ochoa Avalos, diputada federal a la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 77, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa por la que se adiciona un párrafo quinto al artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Entre los derechos humanos se ha incluido a la libertad de expresión y el derecho información y a la comunicación. El artículo 19 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas así lo establece.

En el caso regional, la Organización de los Estados Americanos, en su Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocido como Pacto de San José, establece en el artículo 13 el derecho a la Libertad de pensamiento y expresión, comprendiendo esté la libertad de buscar, recibir y difundir información.

En nuestra Carta Magna, el artículo 6 reconoce el derecho a la información y establece que será garantizado por el Estado.

En este marco, la información sobre la hacienda pública, la transparencia y la rendición de cuentas son parte de los mecanismos que garantizan el derecho a la información a los ciudadanos. Por ello, nuestro país cuenta con instrumentos legales e institucionales que buscan cumplir con la función de informar a los ciudadanos.

Asimismo, en el propio decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación se establece la obligación de los estados y municipios (y para el PEF 2017 también se deberán incluir las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México) a transparentar y rendir cuentas sobre los distintos fondos de los que son beneficiarios.

A pesar de ello, lo referente a los recursos financieros por participaciones de los estados y municipios ha sido manejado de forma opaca y discrecional.

Al ser recursos que la federación transfiere a los estados y municipios que se incorporan al sistema nacional de coordinación fiscal a cambio de renunciar al derecho de cobrar algunos impuestos, se consideran como autónomos, es decir, que los estados y municipios los utilicen y destinen a las actividades y recursos de acuerdo a las necesidades que para su gestión administrativa, sus programas y los materiales requieren.

Sin embargo, esta autonomía ha sido, a nuestro entender, confundida con opacidad y discrecionalidad, pues estos recursos han sido manejados como cajas chicas, como mecanismos de presión de los estados a los municipios, y en general se han manejado en la obscuridad administrativa, sin que pudieran ser fiscalizables ni observables.

Esta situación cobra mayor importancia cuando consideramos que para el año 2016 las participaciones federales equivalen al 42% de los recursos transferidos desde la federación a los estados y municipios.

Más aun, cuando se considera los ingresos presupuestarios de los estados y municipios se tiene que en las entidades federales las participaciones son en promedio del 90% de sus ingresos totales y en el caso de los municipios, en promedio corresponden al 65%, pero hay casos de municipios rurales en los que las participaciones federales representan hasta el 90% de sus ingresos presupuestarios.

Por ello, para evitar la discrecionalidad de usos de estos recursos federales, combatir la corrupción y fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas, siempre sin menoscabo de la autonomía de gestión de los recursos por parte de los estados y municipios, consideramos necesario que éstos informen sobre el destino y los montos a los que fueron destinados las participaciones federales que recibieron y estas sean dadas a conocer a los ciudadanos.

Esta propuesta responde también a la esencia de la reciente reforma en materia de anticorrupción aprobada el 16 de junio de este año por la cual se promulgó la nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, en la que se consolida la atribución de la Auditoria Superior de la Federación para fiscalizar las participaciones federales de los estados y municipios.

Sin duda esta reforma es un avance para dar seguimiento, conocer y favorecer el uso eficiente de los recursos federales, evitando posibles actos de corrupción y desvíos de los mismos. Sin embargo, hacer operativa esta atribución requiere de instrumentos y herramientas que permitan la correcta fiscalización de las participaciones, por ello es que buscamos avanzar en este camino, al establecer que los estados y municipios informen de manera anual el destino y monto de las participaciones federales recibidas.

En virtud de lo anterior, proponemos la adición de un párrafo quinto, recorriendo el actual a sexto, al artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal, en el que se incluya la obligación de brindar el informe correspondiente a las participaciones recibidas y que estos sean publicados por la secretaria de Hacienda y Crédito Público a fin de informar a todos los ciudadanos e interesados en el tema, como el cuadro comparativo siguiente ilustra:

Por ello someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente

Iniciativa por la que se adiciona un párrafo quinto, recorriéndose el actual a sexto, del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal

Artículo Único: Se adiciona un párrafo quinto y se recorre el actual a sexto, del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal en los siguientes términos

Capítulo I
De las Participaciones de los Estados, Municipios y Distrito Federal en Ingresos Federales

Artículo 6. ...

...

...

...

Las entidades, municipios y demarcaciones territoriales entregarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público un informe sobre el destino y el monto en que fueran utilizadas las participaciones federales recibidas. La Secretaria dará la máxima publicidad a esta información a través de los medios de comunicación que disponga o genere para ello.

El incumplimiento a las obligaciones de información previstas en este artículo será sancionado en los términos de la legislación en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Presupuesto de Egresos de la Federación 2016. Versión Ciudadana, SHCP, PP. 22

2 ASF, Diagnóstico sobre la opacidad en el gasto federalizado, Auditoria Superior de la Federación, Cámara de Diputados, Junio 2013, PP. 13

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre del 2016.— Diputada María Candelaria Ochoa Avalos(rúbrica).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Ochoa. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY GENERAL DE VÍCTIMAS

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, la diputada María Eugenia Ocampo Bedolla, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 81, 84 y 118 de la Ley General de Víctimas.

La diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:Buenos días, compañeras, compañeros. Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, uno de los principios que rigen a Nueva Alianza es el respeto a los derechos humanos. Nuestra ideología es proteger a los más vulnerables. Sin lugar a duda las víctimas de cualquier delito son personas que se han visto vulneradas en sus derechos fundamentales.

De acuerdo con los estándares internacionales, las víctimas de violaciones a los derechos humanos tienen el derecho a recibir una reparación del daño adecuada, integral, proporcional a la naturaleza del acto violatorio, mediante una resolución judicial, una justa indemnización, rehabilitación, restitución, satisfacción y medidas de no repetición.

Un Estado constitucional y democrático como lo es el nuestro, debe garantizar la protección de los derechos humanos de los ciudadanos y asumir la obligación de responder a las víctimas de violaciones mediante la reparación integral del daño y la garantía de la no repetición de los hechos.

Con esa finalidad, el 9 de enero de 2013 se creó la Ley General de Víctimas para dar cobertura a las víctimas del delito mediante una amplia protección, que incluye la ayuda, la atención, la asistencia, la defensa de los derechos humanos y el acceso a la justicia, a la verdad y, por supuesto, a la reparación integral del daño.

En Nueva Alianza entendemos que garantizar de manera integral la asistencia y protección a las víctimas, quienes por muchos casos se han sentido abandonadas, impotentes, no escuchadas, no sensibles a la situación que están viviendo.

Esto no es un asunto menor, es un asunto de mayor trascendencia para el pueblo de México. Se trata de brindar un acompañamiento y asesoría a lo largo de los diferentes procedimientos, a fin de proporcionar una atención rápida, oportuna, efectiva, que proteja y salvaguarde la integridad y repare los daños sufridos en su patrimonio, salud, vida y libertad.

En aras de brindar la mejor atención a las víctimas, la ley prevé la creación del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, que debe proporcionar los recursos necesarios, la ayuda, asistencia y reparación integral de las víctimas del delito y las víctimas de violaciones de los derechos humanos.

Este fondo está conformado por recursos federales previstos expresamente para dicho fin. Sin embargo, presenta una grave omisión, ya que no se considera disposición alguna que obligue a las entidades federativas a constituir su propio fondo de ayuda, asistencia y reparación integral a nivel local, que esto es un caso de manera urgente a tratar.

En Nueva Alianza tenemos la certeza que el derecho a la reparación del daño debe ser proporcionado a todas las víctimas, sin importar que los delitos sean del fuero federal o común.

En este sentido y previendo la omisión en la legislación, compañeras y compañeros, les presento esta iniciativa que tiene como objetivo crear el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a nivel local. De esta manera, las entidades federativas podrán contar con los recursos suficientes para responder a las víctimas de violaciones causadas por la acción u omisión de los órganos de gobierno, o bien de los funcionarios públicos que corresponda su fuero. Con ello se cumple la obligación del Estado y se confirma el espíritu de la ley de brindar de manera integral asistencia y protección a las víctimas.

En Nueva Alianza estamos conscientes del esfuerzo que habrá de realizarse para lograr una verdadera transformación cualitativa en esta materia, pero también estamos convencidos de que sólo sí estaremos en el camino correcto, de garantizar los derechos humanos a todas las mexicanas y mexicanos, porque hasta el día que podamos garantizar la seguridad, integridad y derechos podemos defendernos de esta causa que le debemos a la sociedad de México.

Compañeras y compañeros, los exhorto a que seamos sensibles y nos sumemos a esta causa, que México nos necesita. Por su atención y apoyo, muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 81, 84 y 118 de la Ley General de Víctimas, a cargo de la diputada María Eugenia Ocampo Bedolla, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La suscrita, María Eugenia Ocampo Bedolla, diputada federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo quinto del artículo 84; se adiciona la fracción XVII, recorriéndose las subsecuentes del artículo 81 y la fracción XIX del artículo 118, todos de la Ley General de Víctimas, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

La Ley General de Víctimas fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013. Dicho ordenamiento jurídico reconoce una norma jurídica moderna, necesaria y de beneficio, ya que con su creación se dio cobertura a un sector sensible como el de las víctimas del delito. Cabe destacar que las víctimas, antes de la creación de este cuerpo legal, sólo recibían “auxilios jurídicos”.

La legislación citada en el párrafo inmediato anterior contiene principios, definiciones y conceptos que, armonizados entre sí, dan congruencia a los objetivos planteados y tutelados desde un sentido más humanitario.

La Ley en comento provee una protección más amplia a las víctimas en derechos como: la ayuda, la atención, la asistencia, la defensa de los derechos humanos, el acceso a la justicia, a la verdad y, por supuesto, a la reparación integral del daño.

Resulta importante precisar que los derechos antes citados forman parte de las políticas públicas de apoyo a víctimas del delito, implementadas por el Sistema Nacional de Atención a Víctimas (SNAV).

Para ello, el SNVA creó la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), con el propósito de garantizar su representación y participación directa, así como de organizaciones de la sociedad civil, además de ejercer la facultad de vigilancia, supervisión y evaluación de las instituciones que integran el Sistema, con la intención de abonar trasparencia.

Con el fin de dar certeza a los objetivos del CEAV, es preciso tener presente las tres acciones principales bajo las que se rige: 1. La construcción del Registro Nacional de Víctimas; 2. La conformación del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, y 3. La determinación de las medidas de Asesoría Jurídica de los tres órdenes de gobierno.

Ahora bien, el cuerpo legal en comento denota la existencia del Título Octavo denominado “Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral”, que establece la conformación del mismo; empero, no pasa por desapercibido que su creación solo es a nivel federal. Esta situación nos lleva a reflexionar sobre las bondades, virtudes y faltantes que presenta la Ley.

En el caso particular, el Fondo en comento presenta una omisión dentro de su articulado, al no considerar disposición alguna de forma general que obligue a las entidades federativas a constituir su propio Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a nivel local. Ello, en atención a que, como se desprende del nombre de la Ley, hablamos de VÍCTIMAS, sin importar si son víctimas del delito y/o víctimas de violación a sus derechos humanos.

Una vez expresada la omisión legislativa, se da pauta para justificar la propuesta de reforma. Ante eso, necesario resulta considerar que la naturaleza de la Ley General de Víctimas, en torno a la reparación integral percibe medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica. Esta situación nos lleva a pensar que la creación del “Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral” tiene que vincular a los tres órdenes de gobierno, para así establecer una concatenación de competencias entre todas las autoridades.

Argumentación

Como ya se arguyó en el apartado precedente, con la publicación de la Ley General de Víctimas, y su posterior reforma del 3 de mayo de la misma anualidad, se garantizó con mayor efectividad la redención de las víctimas de delitos y de violaciones a los derechos humanos.

Cabe destacar que esta herramienta jurídica cambió el paradigma enraizado en la sociedad mexicana, ya que, si bien con la reforma en materia de derechos humanos se modificó la forma de ver y juzgar a los sentenciados, no deja de lado la forma en que eran tratadas las víctimas del delito.

Es de recordar que antes de esta reforma siempre se buscaba proteger a los infractores de la ley, situación que llevó a plantear la existencia de cierta colusión entre autoridades y detenidos, mientras que la víctima u ofendido quedaba abandonado.

En efecto, las reformas en materia penal y de derechos humanos dieron un giro a la protección de las víctimas, toda vez que con esta nueva perspectiva cambió la visión y la forma de pensar de las personas encargadas de administrar, procurar e impartir justicia.

Se empezó a generar un carácter humanista dentro del Sistema de Justicia Penal, lo que nos llevó a integrar en todos los ordenamientos nacionales existentes la congruencia y armonía de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, colocando así a las víctimas como centro de atención.

Lo anterior, deja entrever que la visión que ahora tienen los administradores de justicia se encuentra enfocada hacia lineamientos más humanitarios. Ello se nota en ordenamientos jurídicos como el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, entre otras.

Esta legislación rige un nuevo esquema de Justicia Penal: busca esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y reparar los daños causados por el delito1, para conseguir una plena redención de las víctimas. No obstante, en aras de alcanzar a plenitud todo ello, es necesario constatar una atención rápida, de forma oportuna, equitativa, gratuita y efectiva, que proteja y salvaguarde su integridad y repare los daños sufridos en su patrimonio, salud, vida y libertad.

Por su parte, los servidores públicos tienen la obligación de tratar a las víctimas con pleno respeto a su dignidad y a sus derechos humanos, además de proporcionarles información clara, precisa y accesible. En Nueva Alianza creemos que el derecho a la reparación del daño debe ser proporcionado de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva.

En este tenor, se debe de atender el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, el cual se encuentra regulado en el Título Octavo de la Ley General de Víctimas y, en su artículo 130, expone que dicho Fondo debe proporcionar los recursos necesarios para la ayuda, asistencia y reparación integral de las víctimas del delito y las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

Es igualmente imprescindible atender lo establecido por el artículo 80 de la citada Ley, al mencionar que el Gobierno Federal, los estados, el Gobierno del Distrito Federal (Ciudad de México), y los municipios, deberán coordinarse para construir mecanismos de organización, supervisión, evaluación y control de los servicios en materia de protección, ayuda, asistencia y atención, acceso a la justicia, a la verdad y reparación integral a víctimas.

Dicha situación nos lleva a analizar el artículo 132 de la multicitada Ley, respecto a la conformación del Fondo, que se hará con:

I. Recursos previstos expresamente para dicho fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación en el rubro correspondiente, sin que pueda disponerse de dichos recursos para un fin diverso;

El monto que apruebe anualmente la Cámara de Diputados será de 0.014 por ciento del Gasto Programable del Presupuesto de Egresos de la Federación;

II. El producto de la enajenación de los bienes que sean decomisados en los procedimientos penales, en la proporción que corresponda, una vez que se haya cubierto la compensación, en los términos establecidos en el Código Federal de Procedimientos Penales o en la legislación respectiva;

III. Recursos provenientes de las fianzas o garantías que se hagan efectivas cuando los procesados incumplan con las obligaciones impuestas por la autoridad;

IV. El monto de las reparaciones del daño no reclamadas;

V. Las aportaciones que a este fin hagan en efectivo o en especie las personas físicas o morales de carácter público, privado o social nacionales o extranjeros de manera altruista;

VI. Los rendimientos que generen los recursos que obren en el Fondo;

VII. Los montos que se recuperen en virtud del derecho de repetición en los términos de esta Ley, y

VIII. Los demás recursos que se determinen en las disposiciones aplicables.

De lo anterior podemos determinar que el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, es único y está a cargo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para beneficiar a aquellas inscritas en el Registro Nacional de Victimas. Aquí, es dónde debiéramos de preguntarnos: ¿qué pasa con las víctimas no inscritas?

Para ello resulta oportuno transcribir a la letra el párrafo cuarto del artículo 84 de la ley en comento, que menciona lo siguiente:

Artículo 84. ...

...

...

...

A fin de garantizar el acceso efectivo de las víctimas a los derechos, garantías, mecanismos, procedimientos y servicios que establece esta Ley, el Gobierno Federal contará con un Fondo, una asesoría jurídica y un registro de víctimas, los cuales operarán a través de las instancias correspondientes, para la atención a víctimas en los términos dispuestos por esta Ley.

Ahora bien, de conformidad con el Reglamento de la Ley General de Víctimas, el Fondo se constituirá mediante una Institución de Banca de Desarrollo, a través de un fideicomiso público de administración y pago, el cual servirá como mecanismo financiero para el dispendio de las ayudas, la asistencia y la reparación del daño, además de la compensación en el caso de víctimas de violaciones a los derechos humanos y de la compensación subsidiaria para víctimas de delitos del orden federal.

Ni la Ley General de Victimas ni su Reglamento contemplan norma alguna que mencione el acogimiento o la repartición de los recursos del Fondo hacia los estados de la República. Esta situación deja de lado la idea principal que expresa el artículo 80 de la Ley citada. Esto causa revuelo porque del citado artículo se desprende que los distintos gobiernos deberán coordinarse para su aplicación; empero, esta situación dista mucho de lo señalado en la legislación.

Al respecto, es necesario tomar en consideración que el federalismo proviene de la desconcentración de responsabilidades y facultades. En ese entendido y, en el caso particular, las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, están obligadas a generar el Fondo mencionado, con el fin de estar en condiciones de responder a las personas que resulten dañadas por el ilícito penal o, en su caso, por la violación a sus derechos humanos.

En ese sentido, como ya se dijo, la Ley General de Víctimas sostiene la creación de un Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a nivel nacional. Sin embargo, la constitución de este Fondo es con independencia de la existencia de otros ya establecidos para la atención a víctimas; así lo señala el penúltimo párrafo del artículo 132 de la misma Ley. Aunque este supuesto fracasa cuando vemos la legislación local en torno al tema.

Concatenados los dos párrafos anteriores nos da pauta para integrar la propuesta de esta Iniciativa. Por un lado tenemos la existencia de un Fondo federal; por el otro, dejamos descubierta la parte estatal. Por ello, proponemos crear Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a nivel local.

Para entender mejor esta situación, reflexionemos en que si las entidades federativas, sus Comisiones Ejecutivas, o sus servidores públicos, tienen en principio la obligación de atender a las víctimas del fuero común, en beneficio de las víctimas del delito.

Pese a lo anterior, existe la opción de acudir directamente a la Comisión Ejecutiva Federal de Atención a Víctimas, dentro de los treinta días naturales siguientes, siempre y cuando no hayan recibido la atención o la asistencia, ya sea por haberla presentado de manera deficiente o, en su caso, se les haya negado.

No pasa desapercibido que existe una concurrencia entre los distintos órdenes de gobierno, que en su conjunto estructuran el Sistema Nacional de Atención a Víctimas, por lo tanto tienen el compromiso de constituir sus propias Comisiones Ejecutivas de Atención a Víctimas. Este entorno se concreta desde el momento en que hablamos de una Ley General, de la cual vale la pena recordar que su naturaleza consiste en vincular facultades y atribuciones; en este caso, para manejar sus fondos de atención a víctimas, en virtud de que por ministerio de ley los recursos que contenga el fondo dependen de ellos.

Por este motivo, instamos a los órganos estatales a crear los Fondos de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral locales, en atención a la falta de disposición expresa en la Ley.

En Nueva Alianza pugnamos desde nuestro espacio natural por promover proyectos legislativos orientados hacia el bienestar de la sociedad y, en casos especiales, como el de víctimas del delito y/o víctimas de violación a sus derechos humanos.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de Diputada Federal integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el párrafo quinto del artículo 84; se adiciona la fracción XVII, recorriéndose las subsecuentes del artículo 81 y la fracción XIX del artículo 118, todos de la Ley General de Víctimas

Artículo Primero. Se reforma el párrafo quinto del artículo 84 de la Ley General de Víctimas, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 84. ...

...

...

...

Las entidades federativas y el Distrito Federal contarán con un Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, con una asesoría jurídica y un registro de víctimas en los términos de esta Ley y de lo que disponga la legislación aplicable.

Artículo Segundo.- Se adiciona una fracción XVII al artículo 81 y una fracción XIX al 118 de la Ley General de Víctimas, para quedar como sigue:

Artículo 81.Para el cumplimiento de su objeto, el Sistema tendrá las siguientes atribuciones:

I a XVI. ...

XVII. Promover la creación del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral en las Entidades Federativas; y

XVIII. ...

Artículo 118.Corresponde a las entidades federativas, de conformidad con lo dispuesto por esta Ley y los ordenamientos locales aplicables en la materia:

I. a XVIII. ...

XIX. Constituir su propio Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las entidades federativas que a la fecha de entrada en vigor del presente decreto, no hayan creado su Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, a que se refiere la Ley General de Víctimas ,contarán con un plazo máximo de 180 días naturales para constituirlo, contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputada María Eugenia Ocampo Bedolla(rúbrica).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada María Eugenia Ocampo Bedolla. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.

VOLUMEN II



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita también por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social y por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios. Adelante, compañera diputada.

La diputada Norma Edith Martínez Guzmán:Honorable Mesa Directiva, distinguido presidente de la Mesa Directiva. Compañeros legisladores, hoy es un día muy importante que seguramente pasará a la historia, porque en este recinto 48 legisladores de 6 fracciones parlamentarias hemos acogido, con respeto y admiración, una iniciativa de más de 310 mil ciudadanos que nos han pedido que presentáramos en esta tribuna.

Traerla hasta aquí es el primer paso que daremos para defender el mandato que cientos de miles de personas en México nos han dado. Esta iniciativa cumple con la tradición milenaria de un pueblo, el sentir de los fundadores de esta nación, una patria que cuida lo más sagrado, sus hijos; que vela por los más débiles, que reconoce la grandeza de sus ancianos, que cuida a su familia.

Hoy más que nunca es cuando urge reconstruir el tejido social, es cuando surge esta inaplazable e imprescindible iniciativa. Gracias a los ciudadanos que han hecho la tarea de una manera extraordinaria, ahora nos toca a nosotros legisladores responder con honorabilidad y con profundo compromiso a esa exigencia.

¿Por qué necesitamos aprobar esta iniciativa? El término familia se encuentra 17 veces en nuestra Constitución, sin embargo la familia, que es sustento de nuestra nación, no se encuentra protegida en ella.

A la Constitución, en el umbral de su centenario de vigencia, le seguimos debiendo el capital más sustancioso y básico. Hemos sido una nación grande constitucionalmente hablando, llevamos 100 años enarbolando la primera ley suprema en proteger los derechos sociales sin parangón alguno en el mundo.

Hemos sido una nación a favor de tratados internacionales y de derechos humanos contenidos en ellos. Una nación ejemplar en morir por el derecho a la libertad religiosa. Un país de guerreros cuya arma, la pluma, dejó un legado jurídico en libertades para todo el mundo.

Sin embargo, tenemos una enorme grieta en nuestro cimiento. El matrimonio, la familia, el derecho primario de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones y la vida humana no están protegidos en nuestra Constitución.

No importa ahora si a la historia le pareció obvio no exigir su defensa. No importa ahora si es debido a malinterpretaciones sobre las libertades y la igualdad vacía de quien no tiene el valor de definirse.

Lo importante es que el día de hoy hay que notarlo, hay que caer en cuenta y hay que actuar en consecuencia.

La paz y la seguridad, la grandeza y el nombre de nuestro país, que se nos cae a pedazos, se debe a esa grieta y a ese vacío en nuestros cimientos.

No puede tener paz un país que no valora la vida humana de manera incondicional. No puede tener paz un país que no protege a la familia.

No nos puede extrañar que desaparezcan nuestros hijos cuando nos hemos acostumbrado a callar ante la muerte de casi 200 mil niños en manos de pseudomédicos que aprovechan la fragilidad de sus propias madres para darles muerte.

No nos extrañe que haya muertos y ejecuciones cuando hemos desechado la vida de nuestros hijos cuando no nos son útiles o cuando no llegan en el momento que queremos. No nos extrañe la incapacidad de ser solidarios ante la abundancia de nuestros actos corruptos. No gritemos alarmados que la sociedad se ha vuelto en armas contra sí misma.

Fundamentar el derecho a la vida y negarlo es negar la evidencia de lo que es el derecho. El discurso a favor de los más vulnerables se vuelve falso y vacío. Los derechos de la mujer se vuelven contra la mujer misma, quien se daña en la plancha de un engaño ideológico y mata en el acto, probablemente, a otra mujer solo por ser más débil que ella.

México no está llamado a ser un país que mate a sus hijos más débiles. México no está llamado a distinguirse por su desprecio a la vida y a sus propios principios, valores e historia. En cambio, los mexicanos merecen que sus diputados paguemos la deuda que tenemos con la historia. Los mexicanos merecen que sus diputados les garanticemos que sus hijos serán protegidos desde el primer momento de su existencia y que sus madres estarán respaldadas en todo momento para hacer más llevadera y humana la crisis por la que pudieran estar pasando, para que puedan ser madres sin angustia y abandono.

Los mexicanos merecen que nuestra Constitución refleje la grandeza de esta gran nación, merecen vida, respeto en todo momento, merecen libertades, sí, y verdades que nos hagan libres.

México merece diputados que reivindiquen su honor y su fama en la protección de los más débiles, contra las presiones de intereses extranjeros, de organizaciones con ideologías contrarias a nuestros hijos.

Es por ello que me atrevo a presentar en esta honorabilísima asamblea, a nombre de 48 legisladores congruentes y sensatos, esta trascendente iniciativa. Es por eso que me atrevo también a pedirles que se sumen, que se sumen a la voz del pueblo que nos pide con 310 mil firmas que defendamos la vida de todo ser humano; que defendamos a la familia, esa célula fundamental de la sociedad iniciada en el amor de un hombre y de una mujer.

Enseñemos a nuestros más pequeños que no se mata, que no se roba, que no se corrompe la verdad y que, en cambio, la vida debe ser protegida. El bien debe ser hecho y la paz asegurada en el honor, en la ley y en nuestras propias vidas. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del PES, e integrantes de diversos grupos parlamentarios

Los que suscriben, ciudadanos en pleno uso de nuestros derechos ante esta la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción IV, 72 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y conforme con lo dispuesto en los artículos 77, numerales 1 y 3, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y modifican distintos párrafos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de motivos para la propuesta ciudadana por la vida y la familia

El Estado mexicano, de conformidad con los artículos 39 y 41 de nuestra Constitución Política Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, se erige como una República Democrática, Representativa y Federal, cuya soberanía nacional, reside esencial y originalmente en el pueblo. En la misma Ley Suprema se establece que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la Unión en los casos de competencia de estos, y por los de los Estados, en lo concerniente a sus regímenes interiores.

No obstante, mediante el Poder Constituyente, depositario de dicha Soberanía, nuestro Sistema Jurídico admitió entre las expresiones del ejercicio de la misma, el instrumento de Participación Ciudadana denominado “Iniciativa Ciudadana.” Con ella el Constituyente determinó que los ciudadanos mexicanos, en pleno uso de nuestros derechos, pudiéramos mediante la representatividad requisitada en las normas reglamentarias correspondientes, proponer productos legislativos equiparables en materia y forma a un proyecto del Poder legislativo, ya sea para derogar, abrogar, adicionar, reformar o expedir, normas legales cuyo contenido representara efectivamente “los sentimientos de la Nación,” en términos de derecho positivo. Es por ello que, mediante la presente iniciativa, con base en la fracción IV del artículo 71 de nuestra Carta Magna, ejercemos la facultad legislativa ciudadana –e incluso el derecho a dicho ejercicio- para salvaguardar la legalidad de las familias mexicanas definiendo y defendiendo la Institución del matrimonio, así como su naturaleza y sus alcances, el derecho de los padres a educar a sus hijos y el derecho a la vida, desde la fecundación hasta el término natural del ciclo de la vida.

Conforme a lo anterior, planteamos ante el Poder Legislativo de la Federación la presente Iniciativa Ciudadana por la Vida y la Familia, buscando en ella plasmar, tras 100 años de Constitucionalismo Social vanguardista, que sólo protegiendo y promoviendo la condición sine qua non de todo derecho, y la célula básica de la sociedad, es decir, la vida y la familia, podremos efectivamente conseguir ese ideal de justicia social que buscó nuestra Carta Suprema hace ya una centuria. Serán pues, esos dos conceptos, derecho a la vida e institución matrimonial y familiar, los elementos rectores de nuestra propuesta de Iniciativa, que conjuntamente con los corolarios derivados de los conceptos nombrados arriba, determinarán el rumbo natural de nuestra propuesta, con base en los siguientes lineamientos:

1. La obligación del Estado y de toda la sociedad de proteger la vida desde el momento de la fecundación y hasta el final natural de su ciclo biológico.

2. La protección y promoción de la familia, cuya responsabilidad recae tanto en el Estado como en la sociedad entera, mediante la tutela de la institución matrimonial, conforme al derecho Natural y los principios generales del derecho, cuyo interés jurídico y bien protegido se relaciona directamente con su capacidad de generar, de forma biológica y natural, vida humana.

3. El Estado debe garantizar los derechos de los niños, en especial su derecho a pertenecer a una familia, fundada entre el amor de una madre y un padre, biológicos o adoptivos, que garanticen su adecuado desarrollo integral, sano y equilibrado, conforme a su evolución y edad, en un entorno de amor y seguridad.

4. El Estado debe garantizar la educación universal, laica y científica, libre de ideologías contrarias a la propia constitución y al derecho natural, promoviendo y respetando la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión.

5. El Estado debe reconocer el derecho de los Padres para educar a sus hijos en todos los aspectos resaltando la educación en principios, conforme al anterior numeral, desarrollando todas las inteligencias, resaltando la física, la mental (IQ), la emocional, la espiritual, la financiera y otras que enriquezcan las vidas de los miembros de la Familia y de la sociedad.

En concordancia con todo lo anterior, partimos para ello en la presente iniciativa, de la consideración de los derechos humanos, el derecho natural y la naturaleza misma del derecho, tanto en su definición subjetiva como en su elemento objetivo, para de esa manera concluir en consideraciones que, además de ser científicas (biológicas, sociológicas, psicológicas, históricas, etcétera), tienen su basamento y cimiento en la ciencia jurídica más estricta y rigurosa.

Los derechos humanos son el contenido sustancial del derecho y del Estado mismo. La definición real y objetiva del derecho, “dar a cada quien lo que en justicia le corresponde”, no tendría sentido fuera del ámbito relacional del ser humano, y por tanto, fuera de la definición subjetiva del derecho, entendido como esa facultad de exigir lo propio.

La certeza en la definición de ese derecho objetivo, así como en la definición de los alcances de esa facultad subjetiva, se convierte en un punto medular del Estado de Derecho, y en concreto, de la seguridad jurídica que ese Estado brinda a sus ciudadanos. Que el reconocimiento de dichos Derechos, fundamentales y propios del hombre y la mujer, se dé de forma explícita y clara en la Ley Suprema de nuestro país, superando esa suposición tácita del alcance de dichos derechos, que los convierte en materia opinable e interpretable, hace la diferencia entre el imperio de la Ley y el imperio del gobernante en turno.

Desde los más antiguos antecedentes de los Derechos Humanos, nos hemos encontrado con numerosísimas interpretaciones de los mismos, desde su definición oligárquica griega, pasando por la “graciosa concesión” de los Bill of Rights y la revolucionada y adelantada visión de Francisco de Vitoria, hasta la actualidad, cuya nueva fase inició en 1773, cuando 16 años antes que en Francia, América vio con claridad la fuente misma de los Derechos: el ser humano y su naturaleza; en pocas palabras, la realidad misma del hombre.

Es aquí donde se da el punto toral que une los diversos conceptos de esta iniciativa de reforma: la adecuación y explicitación del marco de protección de los Derechos Humanos, conforme al derecho emanado de la sindéresis que el hombre mismo hace de su realidad y de su naturaleza. El derecho Natural, entendido como las normas derivadas de la racionalización de la realidad misma, en el contexto del nuevo Sistema de Derechos, mexicano, se convierte en la única brújula válida, comprobable y objetiva que nos puede llevar a ese Estado de Derecho, a ese imperio de la Ley, pero de la Ley justa y objetiva, del que hablábamos arriba.

Es por ello que esta iniciativa, respaldada por cientos de miles de firmas de ciudadanos comprometidos con su país, llama la atención de este Poder Legislativo, hacia algunos vacíos y fugas de claridad en nuestra Ley Suprema, en relación precisamente a los Derechos Humanos. De antemano sabemos, junto con el gran doctrinista en la materia, Bosch, que en el tema de los Derechos Humanos, el gran problema es su definición; sin embargo, nos parece claro y urgente, que la definición de derechos fundamentales como la vida, y los relacionados con el matrimonio y la familia, no deba ser dejada al arbitrio de la interpretación, ni siquiera la judicial, pues si algo tan básico y fundamental como el derecho a la vida, supuesto de todos los demás derechos, no es clara y racionalmente definido en nuestra Ley Suprema, cuál otro derecho podría serlo; y si la célula fundamental y primera micro-sociedad de cualquier Estado, la familia, no es garantizada y protegida en su fundación, existencia y desarrollo, sino que por el contrario, el Estado la convirtiera en moneda de cambio de diversa índole, ¿qué sustento social, generacional, político o cultural –no digamos ya cívico- nos queda?

Conforme lo anterior, es que esta iniciativa ha querido centrarse en esos dos temas, que conforme al derecho Natural y la esencia misma de los Derechos Humanos, siguen siendo los grandes acreedores del Estado mexicano y de nuestra Constitución: el derecho a la vida y la protección del matrimonio (natural) y la familia. Del análisis de ambas realidades, propias de todo ser humano, y debidas potencialmente a todo ser humano desde el primer inicio de su existencia, deberá seguirse y concluirse, la naturaleza de la protección que habrá de dárseles. Tomaremos pues, como punto de partida lo anterior, para recorrer la presente exposición de motivos, analizando ambos temas.

I. El matrimonio

El matrimonio como unión de hombre y mujer para formar una familia es anterior al derecho, (Poema de Gilgamesh, Torá, Ilíada, Cantar del Roldán, toda la literatura universal del renacimiento, clasicismo, romanticismo, etcétera).

Con base en el Pandectas o Digestum, los Códigos Napoleónicos configuraron el derecho de tradición occidental de orientación positiva. Desde entonces y hasta la fecha, se creó un contrato y posteriormente una institución, el matrimonio, con un bien jurídico protegido muy claro:

• Tutelar la unión libre y voluntaria de un hombre y una mujer.

• Dar certeza jurídica a los derechos y obligaciones derivados del vínculo.

• Proteger a los descendientes.

• Dotar de seguridad jurídica a la patria potestad.

• Proteger el patrimonio de ambos, así como el familiar.

El concepto de las instituciones jurídicas se determina por sus requisitos y por las obligaciones y derechos que genera.

Al “inventar” una institución, el derecho inventa ropa que viste realidades ya existentes, bienes jurídicos protegidos. Según ese presupuesto, la institución del matrimonio se refiere al bien protegido mediante su definición. Tienen pues una esencia, una diferencia específica, una naturaleza jurídica, que si la modificamos, estaríamos refiriéndonos a otra institución distinta, pero no a esa.

Las instituciones –creadas por los doctrinistas– se insertan en las legislaciones, generando consecuencias jurídicas. En ocasiones se pueden modificar algunas consecuencias, pero no la esencia. Al modificar la esencia, se elimina dicha institución y se procede a otra.

Si por necesidades reales de la sociedad, se deben proteger determinados bienes jurídicos, se crea una nueva institución, pero sin destruir la anterior, pues al eliminarla, quedarían desarropados los bienes jurídicos que protegía. Ejemplo: condominio-copropiedad; testamento-legado.

Si un pequeño sector de la población quiere obtener consecuencias jurídicas, se revisan las leyes (código fiscal, seguridad social, contratos, legados, joint venture, etcétera), -que en el caso que nos ocupa se ha dado precisamente un fuerte avance en dicha revisión–, mas no se alteran las instituciones ya existentes.

No existe discriminación jurídica cuando una persona no cumple los supuestos para lograr consecuencias de derecho. Es como pretender que se discrimina un niño si no se le da su licencia de conducir; o a un joven por no permitírsele cobrar pensión de adulto mayor; o el derecho al libre tránsito, por las pistas de un aeropuerto.

El principio de igualdad y no discriminación exige no ignorar diferencias relevantes. La unión hetero es estructuralmente fecunda. La unión homo es estructuralmente estéril; por lo tanto, las uniones hetero son socialmente relevantes; las homo no (a relevancia de particular).

La sexualidad es una cuestión privada ligada a la intimidad de cada persona; lo que tiene de relevancia social lo asume el derecho sobre lo objetivo, lo constatable; la diferencia de sexos, como hecho jurídico lo es, la tendencia sexual no, por lo que es error basar el matrimonio en preferencias sexuales, lo que es sólo subjetivamente determinable.

La institución “matrimonio” no supone un juicio de valor acerca de las uniones homosexuales; tampoco llamar matrimonio, que era ya unión heterosexual antes del derecho, convierte a una unión homosexual en unión heterosexual.

Habría discriminación si al homosexual se le impidiera radicalmente contraer matrimonio con cualquier persona, por el hecho de ser homosexual, lo que no ocurre: puede casarse cuando quiera, en matrimonio, que ya está definido.

Sustentar el matrimonio en “querer” porque se tiene afecto y vivir bajo el mismo techo, y así sustentar que con eso ya necesariamente podría casarse con él, equivaldría a quejarse de discriminación cuando a un hombre se le impida casarse con una mujer a la que quiere, y ese impedimento se diera solo por el hecho de que es su hermana o hija; o a la mujer que no la dejan casarse con el hombre al que quiere por la simple razón de que él o ella o ambos ya están casados.

El derecho a la igualdad no significa colocar a todas las personas en todos los supuestos de derecho para lograr ciertas consecuencias jurídicas, ni significa que todas las instituciones jurídicas deben amoldarse o destruirse en aras de la igualdad.

Lo más grave de todo esto es que el invento del libre desarrollo de la personalidad y el tabú manipulado de la no discriminación, están siendo usadas contra todo un sistema jurídico cuyos engranes repercutirían en otras áreas: la niñez, la educación, la familia, etc. todas ellas esenciales.

El derecho natural de los principios universales para que el matrimonio sea entre hombre y mujer, es un derecho humano ya que es el único medio natural que permite la reproducción de la raza humana, así como se ha demostrado histórica, antropológica, sociológica, filosófica, biológica, médica, psicológica y psiquiátricamente, que el matrimonio desde su definición es entre hombre y mujer, aunado a los tratados y determinaciones jurídicas internacionales se confirma que el matrimonio es entre hombre y mujer, sin menoscabar a persona alguna.

De lo anterior se tiene la necesidad de seguir reconociendo y precisando la importancia del matrimonio en estos términos para proteger los derechos de la familia y sus miembros, precisando usar en nuestra Carta Magna estos derechos históricos fundamentales de los mexicanos.

El matrimonio, una institución esencialmente heterosexual y monogámica

Basta con revisar la doctrina sobre la definición de esta institución, para establecer que la que predomina casi en su generalidad es la que considera el matrimonio por esencia heterosexual y que una unión homosexual no cabe bajo la forma de unión matrimonial, si bien existen posturas contrarias; pero éstas son minoritarias.

De las numerosísimas definiciones que la doctrina civil ha realizado respecto del matrimonio, se ha ofrecido una definición basada no sólo en una opción sobre la naturaleza jurídica del matrimonio sino que se ha recogido el elemento sexual; el requisito de la heterosexualidad aparece con toda naturalidad como un elemento indiscutible. Cabe citar, entre otras muchas, desde las más antiguas a las actuales y a modo de ejemplo, las siguientes:

- “El matrimonio es un negocio jurídico bilateral y formal por el que un hombre y una mujer declaran su voluntad de constituir una relación estable de convivencia plena”. O”Callaghan.

- “Unión estable de un hombre y una mujer dirigida al establecimiento de una plena comunidad de vida”. Moro y Sánchez.

- “Sociedad del hombre y la mujer que se unen para perpetuar su especie, para ayudarse, socorrerse mutuamente, para llevar el peso de la vida y compartir su común destino”. Borda.

-”Unión legal de un hombre y una mujer que se encamina a una plena comunidad de vida y funda la familia”. Albaladejo.

- También, la Real Academia de la Lengua Española define al matrimonio como: “Unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales”; y así, sucesivamente, podemos seguir enumerando más.

Lo más destacable de estas definiciones -unánimes en cuanto a este punto- es que son doctrinales, científicas; son definiciones que no se hacen partiendo de una determinada regulación legal ni haciendo glosa del momento legislativo, lo que significa que cuando desde la ciencia del derecho se indaga en la naturaleza jurídica de la institución matrimonial, la heterosexualidad surge con toda naturalidad y si se da la hipótesis de la unión homosexual lo es o para remarcar su insostenibilidad o como cuestión que puede ser objeto de debate y polémica, menos como tema central pendiente de regulación del derecho de familia y específicamente de la institución del matrimonio.

Matrimonio y uniones homosexuales son realidades diferentes, conforme a lo expuesto, designar a una unión homosexual con el nombre de matrimonio es empobrecedor y ocasiona confusión, porque se designan con el mismo nombre dos realidades que son diferentes y sus consecuencias son a todas luces contraproducentes pues en la lógica de un matrimonio entre personas del mismo sexo la descendencia siempre se basaría en la extramatrimonialidad de la filiación, tanto en el caso de uniones entre mujeres como, con mayor razón, entre hombres.

El matrimonio per se es una institución esencialmente heterosexual y monogámica, por lo que el matrimonio entre personas del mismo sexo, tendría como efecto jurídico inmediato la desnaturalización de la institución del matrimonio, al trastocarse sus fines primordiales: la procreación para garantizar la perpetuidad de la especie humana y la adecuada educación de la prole con roles masculino y femenino diferenciados; al transformarlos en fines meramente asociativos, asistenciales, afectivos o sexuales; afectando todo el régimen de protección del que goza actualmente la institución del matrimonio.

Los efectos sociales de la redefinición de la institución del matrimonio, por la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo, sería fundamentalmente el debilitamiento de la institución del matrimonio, como consecuencia del debate y confrontación de la sociedad por el resquebrajamiento, desvaloración, y perversión de la institución del matrimonio basado en la complementariedad y paridad de los dos sexos.

Para el mexicano según un estudio de la UNAM mostrado en la siguiente grafica la familia ideal es:

Distribución porcentual de la población, según el tipo de familia que considera ideal y de cual una persona debe aspirar a formar parte

Tipo ideal de familia

Porcentaje:

Una familia integrada por la madre, el padre y los hijos

Porcentaje: 71.8

Una familia integrada por dos madres o dos padres y los hijos

Porcentaje: 3.1

Una familia en la que conviven varias generaciones, incluyendo los abuelos

Porcentaje: 12.3

Una familia integrada por los padres sin los hijos

Porcentaje: 1.1

Otro tipo de familia

Porcentaje: 0.8

No existe un tipo ideal de familia

Porcentaje: 9.7

No contesto

Porcentaje: 1.2

Total

Porcentaje: 100.0

Es innecesario describir la conclusión emanada de la anterior gráfica. La familia ideal, en la percepción de tres cuartas partes de la población mexicana (independientemente de su religión, sexo, escolaridad, etcétera), es la llamada “tradicional”, o más bien, natural. No por nada se da una percepción tan generalizada, y sería sumamente imprudente por parte del estado, ignorarla.

Según el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la interpretación del Tribunal Europeo, no existe el derecho al matrimonio homosexual ni a que tales uniones adopten menores A mayor abundamiento, se debe destacar que al igual que los tratados internacionales de derechos humanos que gozan de jerarquía constitucional, el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) posee una norma que hace referencia al derecho de todo hombre y mujer de contraer matrimonio.

Su artículo 12 dice: “A partir de la edad núbil, el hombre y la mujer tienen derecho a casarse y a fundar una familia según las leyes nacionales que rijan el ejercicio de este derecho”. En base a dicha norma, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (en adelante, TEDH) ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre la regulación del matrimonio entre personas del mismo sexo. Conviene señalar que se trata del tribunal internacional más importante en materia de derechos humanos. Los principales casos de este tribunal versaron sobre pedidos de transexuales que, luego de realizadas las cirugías pertinentes, solicitaron contraer matrimonio, el cual en Derecho interno les fue denegado de conformidad a la legislación local por referir éstas a la unión entre varón y mujer. La jurisprudencia del TEDH ha sentado las siguientes interpretaciones:

• El derecho “a casarse” que se tutela en el CEDH es el derecho del varón a casarse con la mujer, y el de ésta a casarse con aquél;

• El derecho a “fundar una familia” no implica el derecho “a adoptar”, con independencia de las regulaciones nacionales que razonablemente se establezcan.

El primer antecedente es Marckx v. Belgium (1979) , en donde el TEDH resolvió que no se deriva del citado artículo 12 que los efectos legales del matrimonio deban aplicarse a situaciones comparables al matrimonio.

Más detalladamente y con posterioridad, el TEDH resolvió diversos casos donde se demandó al Reino Unido por violación del derecho a contraer matrimonio de transexuales con personas de su mismo sexo biológico.

Esos precedentes fueron Rees v. United Kingdom (1986), Cossey v. United Kingdom (1990) y Sheffield y Horsham (1998). La respuesta del TEDH en todos ellos fue que la regulación efectuada por Reino Unido no era violatoria del Convenio Europeo y que el artículo 12 invocado por los demandantes sólo se refería al matrimonio heterosexual, es decir, a la unión entre varón y mujer. Por otro lado, en Fretté v. Francia (2002), el Tribunal sostuvo que no existía “como tal, un derecho a adoptar”.

Con relación a esto el único derecho protegido por el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en su artículo 9, era el derecho al respeto de la vida familiar. Éste presuponía la existencia de una familia, por lo que no podía, por sí mismo, “proteger el simple deseo de fundar una familia”. En consecuencia, la decisión de Francia de prohibir las adopciones por homosexuales era una manera adecuada de tutelar los intereses del niño. En síntesis, el TEDH ha entendido que el Convenio Europeo de Derechos Humanos no consagra un derecho humano al casamiento entre personas del mismo sexo y que el no legislarlo no constituye una omisión de regulación que viole el tratado internacional.

Asimismo, el TEDH ha interpretado que no hay un derecho a adoptar por parejas del mismo sexo que pueda estar tutelado por los artículos 9 o 12 CEDH.

La naturaleza del matrimonio impide legalizar el “matrimonio” homosexual, y hacerlo le haría perder sus caracteres jurídicos identificatorios.

Por otra parte, aun cuando se interprete que de las cláusulas antes descritas nada se infiere acerca del carácter heterosexual del matrimonio, hay espacio constitucional para sostener sin mayor explicación que el matrimonio regulado en nuestra ley de fondo responde al que obra en la naturaleza y la conciencia general, esto es, el contraído entre dos cónyuges, sin que hiciese falta que el constituyente lo hubiere explicado. En efecto, aún pese a la hipotética inexistencia de límites constitucionales, los institutos jurídicos siempre tienen un contenido del que se parte para toda regulación, sin que el legislador, pese a poder, deba alterarlo haciéndoles perder su recognoscibilidad jurídica. Por ello es que: moviéndonos en la probabilidad de que el matrimonio sea una figura cuya «configuración institucional concreta se difiere al legislador ordinario», la cuestión radica en determinar si al no fijarse «más límite que el del reducto indisponible o núcleo esencial de la institución que la Constitución garantiza», dicho núcleo o imagen maestra, en este caso, del matrimonio, resulta recognoscible con la reforma analizada.

Si el dato de la heterosexualidad se ha dado como evidente, obvio, consustancial es algo que, guste o no, debe tener una razón, un alcance y significado. Hay que insistir en que a lo largo del tiempo habrán cambiado las formas de matrimonio, los requisitos para contraerlo; habrá diferencias en cuanto a sus accidentes, se habrán diseñado figuras jurídicas basadas en la aproximación analógica al matrimonio (uniones de hecho), etc., pero lo que siempre permanece es su carácter heterosexual, de ahí que una reforma que afecte a este núcleo identificador conllevaría el riesgo de modificar una institución jurídica hasta el extremo de hacerla perder su recognoscibilidad en Derecho.

El interés público y las funciones del derecho

Este debate sobre el matrimonio homosexual, en buena medida, se funda en distintos argumentos que aluden al interés público que los sustenta. Y es que existe una necesidad de interés público de toda intervención legislativa. En efecto, el interés público constituye la justificación básica de la intervención estatal: si no hay interés público, el Estado no debe intervenir.

• El derecho no está para proteger afectos sino instituciones: no es de interés público la amistad y los afectos sexuados heterosexuales u homosexuales de los ciudadanos, aunque formen parte de la realidad social. Luego, no hay legislación ni debería haberla al respecto. Las situaciones de interés patrimonial que se deriven de dichas relaciones particulares, tienen en nuestro régimen legal vigente vías de prevención y de reparación: sociedad de hecho, donaciones, testamento, renta vitalicia, etc.

• Un deseo no es un derecho: hay muchos amores sinceros que no tienen ninguna ventaja. No parece claro por qué el amor que se profesan las uniones homosexuales se diferencia de otros, mereciendo semejante beneficio legal . La unión homosexual es un caso de relación afectiva con contenido sexual, pero sin consecuencias sociales relevantes derivadas de su propia constitución. Desde este punto de vista, no interesa al derecho. El Estado debe tutelar la continuidad y la supervivencia de la sociedad y no los vaivenes del “afecto” humano, ya que si éste último fuera el valor tutelable nada impediría en el futuro la legalización de otros tipos de uniones como la poligamia o poliandria, el poliamor, el incesto y aún el bestialismo (unión de un hombre y un animal).

• Legislar sólo sobre lo importante: no corresponde al legislador regular legalmente todas las relaciones humanas afectivas (v.gr., amistad, compañerismo u otros afectos sexuados) dentro de una sociedad, porque no en todas existe un interés público. Sólo debe ocuparse de las funciones sociales estratégicas, donde hay interés público relevante. El modelo matrimonial no pretende la protección de simples relaciones asistenciales, amicales o sexuales; lo que pretende es, además, un estilo de vida que asegura la estabilidad social, la estructuración de la familia y el recambio y educación de las generaciones.

• El derecho no es un regulador de todos los hechos, sino que debe regular y proteger las instituciones en las que hay un interés público imperativo.

No existe el derecho constitucional al matrimonio homosexual, porque el derecho al matrimonio presupone la existencia de bases familiares (esposo, esposa, padre, madre, hijo, hija) que están ausentes en la unión homosexual.

Por eso el artículo 4 de la Constitución, que impone a los poderes públicos la protección integral de la familia, no protege el simple deseo de fundar una familia al margen del bien humano y los bienes sociales. Dar carácter matrimonial a la unión homosexual desvaloriza a la familia y a la propia institución del matrimonio, y resultaría violatorio de los artículos 1 Y 4, de la Constitución, junto a los concordantes de los tratados internacionales con jerarquía constitucional, los cuales brindan expresa protección a la familia por parte de la sociedad y el Estado, tales como la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículos 16 y 25) y la Convención Americana de Derechos Humanos (artículos 17 y 19), entre otros. De la misma manera, el interés superior del niño, de jerarquía constitucional en virtud de la Convención de Derechos del Niño, lleva a que no se pueda reconocer un derecho al matrimonio homosexual. La razón es que el carácter matrimonial de una unión implica por esencia tener la aptitud para adoptar. Pero una pareja del mismo sexo perjudicaría seriamente al niño, pues no va en pos de su interés superior.

Luego entonces, toda unión homosexual no puede ser nunca un matrimonio, ya que esa unión no puede adoptar por imperativo constitucional, que pone el interés del niño como supremo. No existe el derecho constitucional a adoptar por parte de parejas del mismo sexo, sino que existe el derecho del niño a que se tutele su interés superior. En este sentido, hay que subrayar que no se trata de satisfacer el deseo de la pareja del mismo sexo de tener un niño solo por el hecho de no poder procrearlo, sino de dar el mejor hogar posible al menor en situación de desamparo. Sumando el interés superior del niño a la obligación pública de proteger integralmente la familia, se puede ratificar que no sólo la unión matrimonial de parejas del mismo sexo no está exigida por la Constitución o los tratados internacionales de derechos humanos, sino que la misma es directamente inconstitucional.

El artículo 4 reconoce a la familia como sujeto a proteger. Dicho sujeto tiene una identidad, que es la de una unión de dos personas de distinto sexo. Esa unión además debe tener ciertas características por la misma realidad de las cosas, de las cuales la primera es la diferencia sexual. Si dicho ente no posee sus características propias, es otra cosa. En caso de que sea una familia se les otorga las protecciones correspondientes, como son las compensaciones económicas familiares.

Las familias también están protegidas constitucionalmente por los tratados internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional. En efecto, dichos tratados internacionales de derechos humanos coinciden en prescribir que: “La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.”

Así puede verse expresamente, en el artículo 16.3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el artículo 17.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, en el artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en el artículo 23.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

También se trata unánimemente a la familia como una institución natural que debe ser defendida en las siguientes normas de tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional en nuestro país: Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 25), Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (artículos V y VI), Convención Americana de Derechos Humanos —Pacto de San José de Costa Rica— (artículo 19), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 24); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 10) y Convención Sobre los Derechos del Niño (artículo 8).

En síntesis, existe una garantía constitucional de la familia, que siempre ha sido pensada y concebida por el constituyente como familia formada por una unión heterosexual, abierta a los niños. A esto se suma la protección a la infancia que se prevé en la Constitución Nacional, con las cuales cabe deducir que el constituyente siempre pensó en la familia basada en la unión heterosexual. No se entendería de otra forma.

No existe, en consecuencia, el derecho al matrimonio homosexual, porque el derecho al matrimonio presupone la existencia de bases familiares (esposo, esposa, padre, madre, hijo, hija) que están ausentes en la unión homosexual, y por eso el artículo 4 de la Constitución no protege las uniones homosexuales, ni el simple deseo de fundar una familia.

Con referencia a estas ideas de la relación entre matrimonio, familia, bien social y Estado, conviene tener en cuenta lo siguiente:

• La familia es una institución preexistente al Estado, que merece su reconocimiento y protección por parte de éste en función a los intereses públicos y consecuencias sociales que cumple. Son interesantes las conclusiones de WARDLE a este respecto, quien demuestra que el matrimonio es la institución social más antigua: es literal e históricamente una institución pre-legal, anterior a la existencia del Estado. En efecto, mientras que las familias pueden existir sin el Estado, no puede predicarse lo mismo respecto de las uniones de personas del mismo sexo. Y por eso al matrimonio se vinculan intereses públicos y consecuencias sociales de la más alta trascendencia.

El matrimonio entre varón y mujer es el que mejor sirve a los intereses públicos y al bien común de la sociedad. La unión de un hombre y una mujer es única, y radicalmente distinta a la unión de las parejas de mismo sexo. Particularmente, dicha unión es per se capaz de transmitir la vida y de servir al interés estatal comprometido en la procreación de la especie y de las nuevas generaciones de mexicanos. Es decir que, si bien puede existir procreación fuera del matrimonio, la historia demuestra que las sociedades han buscado siempre proteger el vínculo existente, natural y culturalmente, entre el matrimonio y la procreación; porque de esa manera se sirve mejor a los intereses públicos relacionados con:

• la perpetuación de la especie;

• la salud pública y la asistencia social;

• el vínculo entre la procreación y la responsabilidad sobre los hijos; y

• la protección del orden social promovido por la institución que sirve de mejor manera al interés estatal de reproducción responsable.

Existe un interés del Estado en promover el matrimonio heterosexual, ya que es un valor positivo, mientras que el vínculo homosexual es una cuestión del ámbito privado de las personas; la unión matrimonial se apoya en valores positivos, los que se encuentran recogidos en nuestra Constitución, el principal de los cuales el valor de la familia. la unión matrimonial heterosexual es un valor positivo, mientras que la unión homosexual es un valor neutro; una manifestación indiferente de la pareja que decide cohabitar según sus preferencias sexuales, pero que no puede pretender ni celebrar el acto de matrimonio ni tampoco acceder al estado matrimonial que es un estado protegido por el derecho.

La familia matrimonial está reservada sólo a personas de distinto sexo, y ello dignifica a la persona humana y fundamenta la sociedad, sin que por ello deje de haber un reconocimiento ético jurídico de la igual dignidad de cada persona humana, ya que dicha limitación no tiene por objeto agraviar, ni violentar a nadie, ni implica menoscabo alguno.

El Estado tiene un justo interés en preservar el orden familiar, y es por ello que las normas de Derecho de familia son de carácter imperativo. Dentro del matrimonio heterosexual como lo conocemos existen infinidad de normas de las cuales los contrayentes no pueden disponer. Esto se debe a que el Estado con dichas normas protege las funciones sociales que la familia tiene dentro de la sociedad. El matrimonio funciona así: el que no lo quiere o no lo entiende no tiene porqué casarse. Por ello, la diferenciación es justa. En este ámbito distinguir no es discriminar, es hacer justicia a la realidad.

El Estado tiene la obligación de protección y promoción del vínculo matrimonial que se asienta entre un hombre y una mujer, que contribuye a la formación de la familia que está tutelada con especial predilección en la Constitución y en los tratados internacionales:

El Estado está cuádruplemente obligado a promover el matrimonio:

a) por el mandato constitucional de protección de la niñez;

b) por los instrumentos que establecen reglas de protección especial a la mujer;

c) por el mandato constitucional de protección de la familia; y,

d) por el deber de velar por el bien común.

II. La familia

Fundamento biológico en desarrollo sexual del hombre y la importancia de la conducta parental

La ciencia aporta datos que sustentan que la familia juega un papel de suma importancia en el desarrollo de los individuos y por consecuente de la humanidad. En primera instancia los vínculos parentales son determinantes en la formación de un individuo, la mitad de la información genética la aporta el padre y la otra mitad, la recibimos de la madre. La unión de los dos gametos, (XY y XX) activan procesos moleculares de genes ligados al cromosoma “Y” paterno que desencadena procesos hormonales que culminan en la procreación de un varón y una mujer. Sin embargo el desarrollo sexual, no está limitado a la diferenciación de las gónadas, es el resultado de la integración funcional del eje hipotálamo-pituitaria-adrenal-gonadal, el eje de la reproducción, el cual coordina conducta con fertilidad; y es la interacción de diversos factores del desarrollo como la experiencia, las hormonas, los genes, los neurotransmisores/neuromoduladores, de tal manera que la conducta parental se aborda con diferentes vertientes de la endocrinología, las neurociencias, la anatomía, la psicología y la etiología (Numan M., Insel T.R., 2003) Ver anexo 1.

El compromiso de los padres es de vital importancia aun antes de la procreación de los hijos, en principio porque la vinculación de la madre con el hijo en la matriz durante el embarazo y la lactancia, determina el crecimiento físico del hijo, el desarrollo de su cerebro y por tanto de su comportamiento. El estatus nutricional de la madre es determinante en el desarrollo del hijo, debido a que hay un rápido crecimiento del cerebro (por neurogénesis, migración neuronal, sinaptogénesis, mielinización, etcétera) así como de la activación del sistema inmune; cuando por condiciones adversas, el bebé en formación no le llega el aporte nutritivo adecuado en útero y/o al nacer es separado de la madre y aislado del contexto materno, tiene consecuencias en tamaño, peso y aumenta el riesgo de desarrollar enfermedades crónicas. La desnutrición materno infantil se ha reportado como un problema de salud pública, que contribuye a más de un tercio de la mortalidad infantil y más de 10% de la carga global de enfermedad (Black R. E., y col. 2013; Rivera JA, y Col., 2015). De igual manera infecciones virales durante la gestación, alteran los procesos inmunológicos en los hijos, constituyendo factores de riesgo para desordenes de autismo y esquizofrenia (Estes ML y McAllister K, 2016).

La conducta maternal es una conducta instintiva que asegura la subsistencia y la continuidad de la especie. Las interacciones madre-hijo, producen cambios estructurales y funcionales, en la madre, no solo del cerebro y la glándula pituitaria, también el hígado, el timo y el tejido mamario y le dan la capacidad para percibir los estímulos provenientes del niño y responder a ellos adecuadamente en el cuidado de su bebé; y de igual manera influyen en la formación del cerebro infantil, proporcionando, las bases del desarrollo neurobiológico y socio afectivo (Levy F, 2016; Bridges RS, 2015; 2016). Se ha reportado que el vínculo materno-infantil, los cuidados parentales y el apego infantil en etapas escolares constituyen y construyen parte del contexto social que afecta a largo plazo las conductas relacionadas con su futura paternidad, de modo que si en la infancia se tiene un clima emocional positivo y consistente con la madre, aumenta la probabilidad de que cuando sean padres tengan conductas de cuidado sensibles y de calidad hacia los futuros hijos, dado que las consecuencias de esta vinculación madre-hijo pueden transmitirse a las siguientes generaciones (Champagne F., 2013; Kundakovic M y Champagne F., 2015). Se ha propuesto que la expresión del cuidado materno, que se programa durante la vida prenatal, después del nacimiento y durante todo el desarrollo de adulto, son el resultado de factores genéticos, epigenéticos y de la experiencia conductual que pueden interferir o fortalecer la aptitud materna (Bridges RS., 2015).

Así, la vinculación afectiva entre madre-hijo representa una relación recíproca, favorable y significativa entre ambos. Si la vinculación materna con el hijo se altera puede generar consecuencias negativas del desarrollo emocional, cognitivo, del lenguaje, adaptación social y temperamento entre otras. Si se agrava este vínculo materno-infantil, el bebé es expuesto a la agresión materna, con riesgo de negligencia grave, abuso y maltrato, con consecuencias físicas, emocionales y psicopatológicas (Numan M., Insel TR, 2003; Palacios-Hernández, B., 2016). Este hecho, representa un reto para la educación de la población que incida en la salud mental materno-infantil y debería incidir en políticas que apoyen no sólo a la madre y al niño, también al padre en todos sus contextos más próximos, desde antes del embarazo y tras el nacimiento. Así mismo de un trabajo interdisciplinario entre los profesionales de la neurociencia, la educación y las políticas sociales que posibiliten una mayor comprensión acerca de la neuroplasticidad cerebral que acompaña la reproducción y la maternidad-paternidad humana, los cambios psicológicos y sociales asociados, que intervengan sobre el contexto del desarrollo infantil y del ser humano (Escolano-Pérez E., 2013).

Lo anterior coincide totalmente con nuestra legislación, que en su artículo 4 constitucional, manifiesta: “ El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia”(Diario Oficial de la Federación publicado el 13 de diciembre de 1974).

La Constitución de un pueblo debe buscar la protección de la sociedad, el crecimiento adecuado de sus miembros, esto solo se puede lograr teniendo familias sanas que contribuyen a la madurez y desarrollo de la nación.

Por esta razón lo que debe hacer la Constitución Política de un pueblo es garantizar, de la manera más amplia y completa posible, el desarrollo y crecimiento de los miembros de la sociedad, por tal motivo la familia reviste un valor vital en su tutela y cuidado ya que es el medio natural biológico, histórico antropológico, sociológico, médico, psicológico y científico que permite el sano crecimiento de las personas. En este sentido, no podría ignorar el Estado, la composición misma del tejido social en el que viven sus gobernados, en el cual, predominan considerablemente, y sigue al alza, la población que vive en una estructura matrimonial, como se muestra en la siguiente figura:

La familia es la “Célula vital de la sociedad” que tiene su núcleo en el matrimonio entre hombre y mujer permitiendo procrear la especie humana, formando a los miembros de la sociedad, dando crecimiento a los mismos, permitiendo tener ciudadanos sanos y fuertes que construyen una nación prospera, porque nos interesan nuestros hijos.

Se deben conservar nuestras instituciones sociales, siendo la principal de ellas la Familia que tiene como fundamento el matrimonio entre hombre y mujer conforme al derecho natural y dándole al mismo la protección de los derechos humanos y los tratados internacionales, ajustándonos a nuestros principios y valores como nación.

El derecho a la vida, que tutela un valor sublime que le permite al ser humano disfrutar de la existencia, va estrechísimamente ligado al matrimonio y la familia, pues solo se puede dar una vida, mediante la unión entre un hombre y una mujer, dándole en la familia la protección no solo legal, psicológica, sana en todas sus formas, sino espiritual.

El completo acuerdo de que la familia, como elemento básico de la sociedad y medio natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños y niñas debe recibir la protección y asistencia necesaria para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad.

La familia es un concepto que, antes de ser jurídico, es sobre todo sociológico y Antropológico. Desde esa perspectiva, Anthony Giddens explica que una familia “es un grupo de personas directamente ligadas por nexos de parentesco, cuyos miembros adultos asumen la responsabilidad del cuidado de los hijos”; de acuerdo con el mismo autor, se puede hablar de “familia nuclear”, que “consiste en dos adultos que viven juntos en un hogar con hijos propios o adoptados” y de “familia extensa”, en la cual, “además de la pareja casada y sus hijos, conviven otros parientes, bien en el mismo hogar, bien en contacto íntimo y continuo.

En el análisis de las estructuras del parentesco antropológicamente, predomina el enfoque de Claude Levi-Strauss, quien desde una perspectiva etnoantropológica estructuralista —comparativa y generalizadora— ve en la sociedad, un agregado de familias elementales, formadas cada una por un hombre, una mujer y sus hijos. Esta primacía metodológica de la familia elemental tiene, a su entender, un fundamento epistemológico biológico y psicológico.

Que los sexos se atraigan mutuamente, que una pulsión —en términos psicoanalíticos: instinto mediado por el lenguaje— les empuje a reproducirse, que otro instinto incite a la madre a alimentar y criar a sus hijos, etc., son fundamentalmente hechos biológicos del reino de la naturaleza.

La familia elemental —la familia nuclear — basada en necesidades naturales vendrá a ser así, el núcleo cultural duro de cualquier organización social, en la historia cultural de la especie humana. Los demás vínculos sociales se reducirían, lógicamente, por extensión o derivación cultural a aquellos que las consideraciones de orden biológico obligan a reconocerlos como únicos lazos primigenios, en donde la relación progenitor-hijo ocupe el primer lugar.

En este sentido, el sistema relacional de cada familia podría variar, pero siempre el dato configurador de los diversos subsistemas entre sí, supondrá la existencia de un padre, una madre, e hijos, como se muestra en los siguientes gráficos:

La filiación constituye el dato esencial. Colocadas unas tras otras, diacrónicamente, las sucesivas filiaciones forman líneas de descendencia y la realidad de la familia se basa, ante todo, en su continuidad en el tiempo: los padres procrean hijos, los cuales harán lo mismo cuando lleguen a adultos. Como institución, la familia refleja esta fidelidad lineal que conecta las generaciones, en dimensiones longitudinales. Para cada individuo es fuente de sus emociones más tempranas y profundas, es el lugar en que se forma su ser físico y su personalidad moral, la familia une en términos culturales emic, por medio del amor, del interés y del deber series de ascendientes y descendientes. Las familias podrían compararse a hilos que la naturaleza debe urdir sobre el bastidor para que pueda formarse el tejido social, de la sociedad y la cultura.

Que la sociedad exista no basta únicamente con la unión de los miembros. Es necesario, asimismo, que dichos vínculos no corran peligro de aflojarse y romperse en este o aquel punto del tejido social. Las redes o estructuras del parentesco no pueden difuminarse, so riesgo de colapsar la estructura social. La sociedad sólo permite la perpetuación de las familias en el seno una red cultural artificial —extrasomática o superorgánica, artificial a las estructuras biológicas— de prohibiciones y obligaciones.

La constitución de la familia humana en una sociedad no está determinada por la designación de una instancia gubernamental, tampoco es solo el resultado de los usos y costumbres culturales. La familia humana como se ha conformado desde los comienzos de su historia, es decir, esposo y esposa (matrimonio), con o sin hijos, corresponde con la misma naturaleza del ser humano.

El matrimonio es la unión plena de un hombre y una mujer ordenada al amor mutuo y la cooperación, con la apertura a la posibilidad de la procreación y la consecuente educación de los hijos propios o adoptados que pueda haber. Este concepto de matrimonio, institución primigenia de la humanidad, es el que se busca conservar, plasmándolo explícitamente en nuestro sistema constitucional y en nuestro Código Civil, y no es casual, sino que se corresponde con la diversidad originaria entre varón y mujer y al modo natural en que se complementan y desarrollan su amor sexuado.

Por ello, la diferenciación es justa, porque nadie tiene el derecho constitucional a que una relación no matrimonial sea considerada un matrimonio.

El Estado no debe confundir el bienestar de su población con los intereses exclusivistas o ideologías exóticas, que provengan ya sea de grupos minoritarios dentro de su sociedad, o desde afuera, es decir, gobiernos, empresas o colectivos internacionales. El Estado mexicano, representado en sus órganos Legislativos, Ejecutivo y Judicial, debe prevenirse de esta influencia ideológica cuando se encamina a decidir sobre cuestiones que en el corto o en el mediano plazo afectarán negativamente no solo a determinados grupos ciudadanos, sino a la sociedad en su conjunto. El Estado por su carácter laico no puede promover ni en la legislación ni en la educación una ideología contrapuesta al desarrollo saludable de la familia e individuos que la conforman.

Considerando la protección constitucional de la familia y que los tratados internacionales también se encargan de regular algunos aspectos de la misma, y dado que por disposición de la propia Constitución son ley Suprema de la Unión y tienen aplicabilidad en el territorio nacional, incluso por encima de las leyes federales, vale la pena mencionar al menos un par de ejemplos sobre la regulación de la familia como tal en este tipo de ordenamientos:

El artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece:

“1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.”

El artículo 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reproduce en buena medida el contenido de este concepto, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales a su vez dispone en su artículo 10 que:

“Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo. El matrimonio debe contraerse con el libre consentimiento de los futuros cónyuges...”

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, en su artículo 9, establece:

“Los Estados Partes otorgarán a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Garantizarán, en particular, que ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio cambien automáticamente la nacionalidad de la esposa, la conviertan en apátrida o la obliguen a adoptar la nacionalidad del cónyuge.”

En la misma tesitura el pacto de San José en su artículo 17 también marca con claridad lo siguiente:

1. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado.

2. Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen la edad y las condiciones requeridas para ello por las leyes internas, en la medida en que éstas no afecten al principio de no discriminación establecido en esta Convención.

3. El matrimonio no puede celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes.

4. Los Estados Partes deben tomar medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y la adecuada equivalencia de responsabilidades de los cónyuges en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo. En caso de disolución, se adoptarán disposiciones que aseguren la protección necesaria de los hijos, sobre la base única del interés y conveniencia de ellos.

5. La ley debe reconocer iguales derechos tanto a los hijos nacidos fuera de matrimonio como a los nacidos dentro del mismo.

Este tratado internacional es aún más contundente toda vez que el segundo numeral claramente reconoce el derecho de un hombre y una mujer para contraer matrimonio. Al ser ratificado por México, fortalece la idea del matrimonio entre un hombre y una mujer, como fundamento de la institución en nuestro país.

En el resto del acervo de tratados internacionales firmados y ratificados por nuestro país, no existe en ni uno sólo de ellos, ninguna referencia, ni expresa ni tácita, del matrimonio entre personas del mismo sexo. Lo anterior consta, por mencionar algunos, en los siguientes tratados:

• Convención Interamericana sobre conflictos de Leyes en materia de Adopción de menores,

• Convención Interamericana sobre obligaciones alimentarias,

• Convención Interamericana sobre restitución internacional de menores,

• Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer Matrimonio y el Registro de los Matrimonios,

• Convención sobre la protección de menores y la Cooperación en materia de adopción Internacional,

• Convención sobre los aspectos Civiles de la sustracción Internacional de Menores,

• Convención sobre los derechos del niño,

• Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de niños, la Prostitución Infantil y la utilización de los niños en la Pornografía,

• Convención interamericana sobre la concesión de los derechos civiles de la mujer,

• Convención Internacional para la supresión de la trata de mujeres y menores,

• Convención Internacional relativa a la represión de la trata de mujeres mayores de edad,

• Convención sobre la nacionalidad de la mujer casada,

• Convención sobre los derechos políticos de la mujer,

Convención Internacional con objeto de asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal conocido bajo el nombre de Trata de Blancas; y

• Convenio para la Represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena.

Como es de observar ni estos tratados ni alguno firmando por México menciona que el matrimonio se puede dar entre personas del mismo sexo, de hecho la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer establece que el matrimonio es mujer-hombre.

Pretendemos la aprobación, siguiendo tendencias integradoras de la familia y de la forma de ser del mexicano, fortaleciendo sus instituciones bajo el argumento de que hay que apoyar a los a la familia natural célula básica de la sociedad. Una reforma constitucional que va a favor de la realidad, del derecho natural, del Estado mismo, y de los mismos miembros, de todos los miembros, de la sociedad.

Dado que se pretende legislar en la materia es importante determinar las fuentes del derecho y como la inclusión del “matrimonio igualitario” es contrario a dichas fuentes: Los juristas coinciden en señalar que las fuentes de la ley se clasifican en: formales, reales o materiales e históricas, las cuales dan origen y validez a las leyes.

Las fuentes formales son el proceso legislativo que va desde la presentación de la iniciativa hasta su promulgación y entrada en vigor, pasando por su discusión y aprobación en las comisiones y más tarde en el pleno. También son fuente formal las costumbres comerciales y la jurisprudencia.

Por su parte, las fuentes reales o materiales son los elementos que el legislador debe tomar en consideración para formular una ley, como son los éticos, sociales, políticos, religiosos, culturales, antropológicos, entre otros.

Las fuentes históricas son los antecedentes de la propia ley, tales como el derecho Romano, el régimen de las instituciones en México según las Constituciones de 1824, 1836, 1857 y 1917, así como las Leyes de Reforma, la de Relaciones Familiares, el Código Civil de 1870, 1884 y el actual. En lo que se refiere a las fuentes reales o materiales, también es fundamental analizar los principios políticos y democráticos que configuran la base filosófica e ideológica de una nación. Los principios condensados en la división de poderes, el respeto irrestricto a los derechos humanos, son tan fundamentales en la idiosincrasia de nuestro pueblo que no pueden ser atacados o contradichos en una ley.

En cuanto a los aspectos éticos, la ley debe expresar un mínimo ético en las conductas ciudadanas, es decir que cuando el individuo no respeta una norma moral, se debe aplicar una norma jurídica, una ley que obliga al ciudadano falto de ética a cumplir con el principio moral infringido. Por ejemplo, en materia laboral, como mínimo ético debe respetarse por justicia, el horario de cada trabajador de ocho horas, el pago de salario mínimo y suficiente, así como el otorgamiento de las vacaciones. Si el individuo no cumple esos principios morales, se legisla al respecto y por ley se le obliga a ser respetuoso de las condiciones laborales de los trabajadores.

Si la ley no coincide con las fuentes reales o materiales del derecho, no es justa. Al respecto, Miguel Villoro Toranzo expresa:

“El problema de las leyes injustas se plantea cuando los valores morales defendidos por el derecho no son compartidos por la mayoría de la comunidad. Difiere según la mayor o menor extensión y calidad de la oposición y también según la mayor o menor injusticia que se atribuye a la ley.”

La ley también es inoperante y no debe aplicarse cuando va en contra de las costumbres de la mayoría de los miembros de una comunidad. En caso de querer hacer cumplir una ley de esta naturaleza, los ciudadanos no están obligados a cumplirla por tratarse de una ley injusta (objeción de conciencia y resistencia civil). Existen doctrinas diversas, opiniones distintas y amplios estudios sobre la injusticia de la ley y su posible inobservancia por parte de los simples ciudadanos. El argumento fundamental, no el único, descansa sobre el principio de que la ley está en función del hombre y no el hombre en función de ella. Al respecto, Roberto Aspe se pregunta:

“¿Qué debe contener la ley para que todos consideren que son tratados con justicia e igualdad? Dado que la actividad legislativa está en manos de hombres y el derecho positivo es una elaboración humana, el peligro de unilateralidad está latente y el riesgo de que la ley sólo refleje los intereses de la mayoría, es real.”

Para crear una ley justa, el legislador debe consultar a los expertos en la materia sobre la que legislará, sean éstos juristas, sociólogos, psicólogos, médicos, ingenieros, etcétera. Asimismo, debe abrir una discusión sobre el tema y revisar la historia legislativa que al respecto se ha dado al pueblo de México: el sólo evitar la palabra familia en el contenido de nuestras leyes hace que se desintegren todos los códigos de nuestra tradición legal.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos desconoce validez jurídica de matrimonio homosexual

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso “Heli Hämäläinen” rechazando la pretensión, para que ese tribunal impusiera el supuesto derecho a matrimonio igualitario a un país (Finlandia) que no contempla tal posibilidad en su legislación.

La Corte Internacional (European Court of Human Rights) estableció argumentos que sientan jurisprudencia, y de un devastador efecto para el lobby gay. Explícitamente señala el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que en respeto a derecho no puede exigir a los países miembros «conceder el acceso al matrimonio a las parejas del mismo sexo». Afirmó el fallo que en los países miembros se reconoce el «derecho fundamental de un hombre y una mujer a casarse y fundar una familia», y que se «consagra el concepto tradicional del matrimonio como aquel entre un hombre y una mujer».

Implícitamente con su fallo el Tribunal envía un mensaje a los estados miembros al confirmar la importancia de proteger jurídicamente la institución tradicional del matrimonio. El Tribunal señaló que las leyes de Uniones Civiles son “suficientes” en el resguardo de derechos y deberes para parejas del mismo sexo. Con ello confirmó que jurídicamente las relaciones entre personas del mismo sexo no son idénticas al matrimonio entre un hombre y una mujer.

El lobby gay en virtud de su concepto de equidad y dignidad, difunde que el matrimonio homosexual igualitario es un derecho humano y denuncia como discriminación y homofobia cualesquier cuestionamiento a ese concepto. La realidad es que el Tribunal Europeo, que no puede ser acusado de homofobia ni sesgo religioso moral, ha rechazado la aspiración jurídica. Cabe destacar que sólo 10 de los 47 países miembros del Consejo de Europa han regulado sobre el matrimonio homosexual... resistiendo así la presión que se establece desde los medios de comunicación y líderes políticos para imponer la ideología de género.

La Corte Constitucional Italiana encaró hechos casi idénticos tan solo el mes pasado. Dicho tribunal también sostuvo en ese caso que las uniones civiles son suficientes para proteger los intereses de la pareja homosexual. Asimismo el año pasado la Corte Suprema de los Estados Unidos se negó a decir que el matrimonio entre personas del mismo sexo es un derecho conforme a la Constitución estadounidense, traspasando la decisión de legislar o no a cada estado.

Existen motivos científicos, racionales y objetivos para demostrar que el matrimonio natural y biológicamente valido es entre hombre y mujer, porque es el único que da la filiación biológica.

La palabra matrimonio se refiere a maternidad y a los derechos de la mujer casada, y la unión matrimonial tiene como objeto la procreación.

La naturaleza de la familia es biológica, social, antropológica, médica, ética y lógica como la base de una sociedad que la han considerado “La célula de la sociedad” y esta célula tiene un núcleo natural biológico que es el matrimonio (Entre hombre y mujer).

Si el Estado puede regular y promover el matrimonio, se debe, única y exclusivamente, a que el Estado está interesado en la renovación de las generaciones (y si no se produce el encuentro entre un hombre y una mujer, no hay nacimientos ni renovación de las generaciones).

¿Por qué es esa la única legitimación que tiene el Estado? Porque el matrimonio, como la sexualidad, es un asunto de la vida íntima y privada de los ciudadanos y, por tanto, si el Estado quiere regular algo que de suyo pertenece a la vida privada de sus ciudadanos, debe tener un motivo que sea racional y objetivo; ese motivo es la renovación de las generaciones. Si bien la procreación no es la única finalidad del matrimonio; sí es lo único que legitima al Estado para intervenir en cuestiones relacionadas con el matrimonio; reconocer esto garantiza contra los intentos del poder estatal de uniformar ideológicamente a la sociedad.

La obligación del Estado es proteger y cuidar a la familia y al matrimonio en su base biológica, antropológica e históricamente valida, unión entre hombre y mujer que permite la procreación de los hijos y construir una nación.

Cuando el Estado desconoce ese motivo racional y legítimo, se entromete en la vida íntima y personal de sus ciudadanos. Así, el matrimonio deja de ser el fundamento de la familia y se convierte en un “marco jurídico” que tutela -que premia- el intercambio sexual, y se empiezan a hacer esfuerzos, por el Estado y desde el Estado, para educar a toda la sociedad en una particular cosmovisión sobre la sexualidad; desde ahí, los padres no podrán enseñar a sus hijos sus valores con respecto a la sexualidad, porque el Estado ya ha ocupado esa posición desde el momento en que traspasó sus límites, al perder de vista su única legitimación para regular el matrimonio.

Nuestras leyes han de manifestar la verdadera voluntad general, aquella que tiene carácter universalista y aspecto normativo, la que se forma por una cualificación moral, en la cual se requiere que los hombres actúen de acuerdo a los intereses universalistas, voluntad cuyo mandato es inapelable, ya que persigue el interés colectivo que no es diferente del interés individual.

Hay un ejemplo positivo en países comprometidos con el matrimonio natural: ninguna forma de unión de personas del mismo sexo es legal en Rusia, Eslovaquia, Polonia, Hungría, Croacia, Serbia, Montenegro, Bulgaria, Letonia, Lituania, Bielorrusia, Ucrania y Moldavia, cuyas constituciones ya protegen a la familia natural.

III. El derecho a la vida

El Estado mexicano, de conformidad con los artículos 39 y 41 de nuestra Constitución Política Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, constituye una entidad legal cuya soberanía nacional, reside esencial y originalmente en el pueblo. Así mismo en ella se establece, que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la unión en los casos de competencia de estos, y por los de los Estados, en lo concerniente a sus regímenes interiores.

En mérito de lo anterior, el pueblo como parte de los elementos que conforman el Estado, forma parte de la especie humana, por lo cual tiene la obligación irrestricta de proteger sin importar la fase o grado de desarrollo en que se encuentre cada individuo o ser humano, toda vez que en la misma Constitución Federal en su artículo 123 fracción V, se prevén medidas para el adecuado desarrollo de la gestación (del concebido) en la mujer, tales como la no realización de trabajos que exijan un esfuerzo considerable (por la posibilidad de producir efectos nocivos en la salud de la mujer en cinta y el producto en su vientre materno); y en su artículo 22 del Código Civil Federal del Libro Primero, De las Personas, Título Primero, De las Personas Físicas, al precisar: (...pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.), respectivamente.

En ese sentido, el Maestro Eugenio Trueba olivares, señala que: “Todo ser en cuanto es, tiende a perseverar en su ser. La vida humana en gestación es algo que es y que tiende a seguir siendo. Prepondera ya en ella un signo de plenitud. Su destrucción es muerte, como en cualquier hombre ya nacido y desarrollado.

Otra opinión que merece consideración es la del extinto e ilustre Maestro Emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México, reconocimiento que le fuera otorgado en el año de 1979, y además, ex titular de las cátedras de Introducción al Estudio del derecho y Filosofía del derecho, Lic. Rafael Preciado Hernández, quien expresó: “Una cosa no puede ser y dejar de ser al mismo tiempo y bajo la misma relación”.

Bajo la premisa anterior se puede aseverar, que las y los ciudadanos son seres humanos; y que no por el hecho de que en su desarrollo individual histórico e incipiente de su vida humana, hayan tenido el carácter de óvulo fecundado el cual les dio origen, y que experimentó las demás etapas de desarrollo hasta las doce semanas, o bien, hasta el grado de adultez en que se encuentran en este momento, bajo ninguna justificación ni lógica ni jurídica, e incluso científica, puede decirse que dejan de ser personas solo por el hecho de encontrarse algunos, en la fase temprana de su desarrollo embrionario, siendo indiscutible, de que existe una íntima relación entre el óvulo fecundado que alguna vez fuimos y las personas que hoy somos, pues sería absurdo tratar de darle otro sentido o valor al producto de la concepción, el cual, en su momento oportuno o de desarrollo, alcanzará la plenitud manifestativa de las características de lo que nos identifica como seres humanos o personas desarrolladas.

Otra opinión que brinda sustento a la presente, es la vertida por el reconocido Jurista Dr. Adame (2011), Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, quien en su análisis del proyecto de sentencia contra la vida de los no nacidos, argumentó que:

“El artículo 1.2 de la Convención americana sobre derechos humanos, que dice “Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser humano”, y no exclusivamente los seres humanos que “califiquen” como personas.

Y el artículo 16 del Pacto internacional de derechos civiles y políticos que dice “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”, de modo que cualquier ser humano, aun el que está en el vientre materno, tiene derecho a que se reconozca su personalidad jurídica”.

En otro de sus documentos de investigación intitulado: “La supuesta inconstitucionalidad de la protección de la vida del no nacido”, el doctor Goddard afirma:

“Si el concebido es miembro de la especie humana es un ser humano y por lo tanto persona con todos los derechos y deberes que le corresponden por su dignidad común, es decir la dignidad de ser humano. El razonamiento del proyecto de que hay seres humanos que no son personas, porque aún no han nacido, van en contra de la prohibición constitucional de no discriminación”.

Igualmente el doctor Goddard (2007), en su análisis a la Reforma del Código Penal del Distrito Federal, argumentó que:

“Es una grave injusticia privar de la vida a un inocente (no me parece que nadie discutiría la verdad de ese principio). El concebido no nacido es un ser humano inocente. Luego, es una grave injusticia privar de la vida al ser humano concebido y no nacido.

Quienes son favorables a la legalización del aborto pretenden objetar ese razonamiento negando que el concebido sea un ser humano. ¡Ese es todo el argumento!, expresado de mil maneras: no es persona, no es individuo, no tiene figura humana, no tiene actividad cerebral, es sólo un organismo celular, es una parte del cuerpo de la madre, carece de alma humana, y otras más.

Se niega que el concebido sea un ser humano, y por eso se permite matarlo. No es la primera vez en la historia de la humanidad en que algunas personas niegan que otras sean humanas, para que así las primeras se aprovechen y exploten a las que consideran “sub humanas”.

Pero esta época es la primera que desconoce en el propio ordenamiento jurídico que el concebido no nacido sea un ser humano.

Y otra particularidad de la situación actual es que los gobernantes, cuando autorizan el aborto, se “lavan las manos”, y arrojan toda la responsabilidad de decidir el aborto a la sola mujer. Si hay abortos, dicen ellos, no es porque nosotros lo dispongamos, nuestro objetivo, añaden, es que no haya abortos, si hay abortos es porque las mujeres lo quieren. Así, a la insolidaridad respecto del no nacido, añaden el desprecio hacia la mujer quien requiere atención, apoyo y solidaridad”.

De acuerdo a la Ciencia Médica, en sus ramas de embriología y Obstetricia, al ser humano se le conoce con el nombre de embrión hasta la séptima semana de su vida y, a partir de la octava semana de su existencia, cuando ya se distinguen la cabeza, el tronco y las extremidades, cambia su nombre de embrión al nombre de feto, hasta la salida del cuerpo de su madre, aunque la Ley General de Salud considera que feto es a partir de la décima tercera semana. Después se llamará recién nacido.

En esa secuencia, a partir de una sola célula, es un nuevo individuo humano que dentro de un sistema biológico propio, coordinado, continuo y gradual, de ser cigoto irá creciendo y su organismo se ira reprogramando a medida que la formación de sus órganos biológicamente lo va solicitando y, como toda vida, regula sus propios procesos internos. Desde la fecundación, cada célula actúa en interacción con las demás células, en una realidad de carácter único del nuevo ser humano.

El embrión es una persona que irá desarrollándose, poco a poco, durante un proceso que dura cerca de 800 semanas, entre quince y veinte años, de los cuales sus primeras cuarenta semanas las pasa dentro del útero materno.

Individuo, es cada ser organizado, respecto de la especie a que pertenece. El diccionario de la Real Academia Española establece que “persona” es un individuo de la especie humana. Por lo tanto, es un ser capaz de derechos y obligaciones jurídicas.

Persona es la expresión de la vida humana que, desde una sola célula, estará en crecimiento, transformación y cambio durante 15 a 20 años.

Al principio de su vida, se encuentra en estado embrionario y se irá transformando a lo largo de su existencia pasando a las etapas de feto, recién nacido, niño, adolescente y adulto humano y, si se le deja vivir, desde que es lactante irá expresando su personalidad.

Es un grave error que algunos afirmen que un embrión o un feto no sea persona (...).

Y sigue expresando el doctor Fernández del Castillo: yo los invito a que llevemos esa misma persona en sentido inverso. Hace unas horas, antes de que se iniciara el parto, estando en el útero de su madre ¿era una persona? La respuesta de todos será que “SÍ” es una persona dentro de su madre y así nos iremos hacia atrás día con día, semana tras semana, mes tras mes y, por dar un ejemplo, llegaremos a la semana 20, 18, 16 etcétera, ¿Acaso por haber llegado a la semana 11 ya dejó de ser una persona? Por supuesto que la respuesta es “no”. Es el mismo individuo de la especie humana. El origen de la vida se remonta al cigoto y ahora después de nueve meses ya está aquí con nosotros.

¿Hay alguna diferencia en el niño intrauterino de 11 a 12 semanas? ¿Es un ser diferente? La respuesta es “no”. ¿Desde el punto de vista humano vale menos un niño de 11 semanas de vida intrauterina que ese mismo niño de 12 semanas o más? Indiscutiblemente “no”.

El embrión es una persona en etapa de embrión y después será una persona en etapa de feto y así irá creciendo. Por eso defiendo a los embriones, a los fetos y a toda persona humana. El respeto del ser humano es, ante todo, una exigencia de civilización.

“Los derechos humanos fundamentales del ser humano residen en el mismo ser humano, no en los que se aprueban o desaprueban por una votación”.

“Los valores fundamentales no pueden someterse a un proceso democrático”.

Todos los niños concebidos tienen un valor inmenso, absoluto. No hay niños concebidos de segunda clase que ya están en el útero materno y deban ser sacrificados porque no son deseados. La destrucción de los embriones es una verdadera falta de respeto a la dignidad humana.

El decir y considerar que la vida de un ser humano antes de las 12 semanas no es persona humana, que es una cosa y que no vale nada, es el absurdo más grave y la absoluta injusticia.

El embrión humano es causado por personas humanas que son su causa porque se fertiliza un óvulo humano por un espermatozoide humano. Aquí se aplica el principio lógico del raciocinio jurídico que establece que “La causa de la causa, es la causa de lo causado”. (...)

“La dignidad de la vida humana recae en el mismo hecho de ser humano”.

En otro orden de ideas, el respeto de cualquier derecho implica un reconocimiento del propio y el ajeno, es decir, que en la medida que reconozcamos que cualquier individuo de la especie humana tiene derecho a vivir, nuestro derecho, así como el de nuestros ascendientes y descendientes, estará reconocido. Sin embargo, no basta un reconocimiento verbal, en la actualidad es vital y urgente que los Derechos Humanos que pregona nuestra Constitución Federal, atienda el Principio de Maximización de estos con respecto al derecho a la Vida del Concebido y No Nacido.

Nuestra propuesta está enfocada y encaminada a reconocer y proteger el derecho a la vida de principio a fin, es decir, desde el momento de la concepción que constituye la etapa incipiente o cuando inicia la vida de un nuevo individuo, y hasta que llegue a su término en forma natural, sin intromisión ajena al proceso biológico del desarrollo humano, para así, evitar cualesquier violación a la dignidad de cada ser de nuestra especie mediante la privación arbitraria de la vida, y esto, no es por simple capricho, sino más bien en observancia a lo previsto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos conocida comúnmente como “Pacto de San José de Costa Rica”; adoptada el 22 de noviembre de 1969; aprobada por el senado mexicano, el 18 de noviembre de 1980, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 9 de enero de 1981; cuya fecha de publicación del decreto de promulgación en el Diario Oficial de la Federación del 7 de mayo de 1981, determina lo siguiente:

Artículo 4°. Derecho a la vida. 1. Toda persona tiene derecho a que se le respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente (...)

Siguiendo con la exposición, se puede decir que con la fecundación, proceso donde se encuentran los gametos paternos y maternos, se activan mutuamente y fusiona el material genético que cada uno porta para crearse así, una nueva vida. El óvulo materno fecundado deja de ser una simple célula para convertirse en cigoto. La aparición del cigoto es la muestra de que ya concluyó el proceso de fecundación y se ha concebido un nuevo ser de la especie humana.

Al respecto, existe un sinnúmero de información que demuestra que la vida comienza como ya se dijo con la fecundación o concepción, es decir, con la unión del óvulo y el espermatozoide, que originan la formación de una célula que recibe el nombre de cigoto, el cual cuenta con los 23 cromosomas maternos y 23 paternos, teniendo un total de 46 cromosomas, los que se requieren para considerar que se trata de un ser humano.

En nuestro Sistema Jurídico, el ser humano desde la fecundación o concepción, es sujeto de derechos a pesar de que no se le considere persona en el estricto sentido de la palabra; sin embargo, tal y como dejamos asentado al inicio de esta propuesta, el Código Civil Federal en su artículo 22, relativo al Libro Primero, De las Personas, Título Primero, De las Personas Físicas, precisa: (...pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.) Por lo que no vemos impedimento legal alguno del porqué, no debamos elevar a rango Constitucional el derecho a la vida del no nacido, pues si se brinda protección por ejemplo: “a los huevos de las tortugas marinas”, que forman parte de la especie animal, e incluso, existen sanciones a quienes soslayen las leyes que regulan la protección brindada a los mismos; con mayoría de razón, nosotros que estamos dotados de discernimiento y conscientes de la importancia de promover la “cultura de la vida” y no de la muerte, debemos de proteger a la especie humana a la que pertenecemos como parte del pueblo que en algún momento fuimos embriones pero que hoy en día, integra esta gran Nación que es México.

Así las cosas, por cuanto al tema de considerar al concebido, como sujeto de derechos, en opinión del extinto Maestro Eduardo García Máynez, quien fuera, Profesor emérito de la Universidad Nacional de México (por sus siglas UNAM), investigador del Instituto de Investigaciones Filosóficas y miembro del Colegio Nacional, quien entre en sus actividades tanto en el sector púbico como en el área docente se distinguió por su gran capacidad de Jurista Mexicano, dejando prueba de ello en su paso por la Facultad de Filosofía y Letras en las materias de Ética y Filosofía Griega, en tanto que en la de Derecho, enseño Filosofía Jurídica e Introducción al Estudio del derecho para posteriormente impartir la Cátedra de Filosofía del derecho, además de haber fungido como titular de la Secretaría General de la Universidad en dos ocasiones y se considera en el medio académico como una persona que fue un gran creador de empresas académicas y universitarias que perduran en nuestros días, llegando en su desempeño profesional a obtener en el año de 1978, el grado de Doctor Honoris Causa y en 1987, el premio Universidad Nacional. El autor de cita con respecto al tema que nos atañe, en su texto Introducción al Estudio del derecho que aún sigue vigente en muchas Facultades de Derecho y carreras con programas que incluyen dicha asignatura, precisa, “...Es cierto que hay casos en los cuales el individuo se encuentra imposibilitado para ser sujeto de deberes, como ocurre tratándose de los incapaces o del ser que aún no ha nacido. Pero si no pueden ser, por si mismos, sujetos de obligaciones, es incuestionable que pueden tener derechos, y que éstos hallan su explicación y fundamento en los deberes correlativos de otras personas, porque sus facultades jurídicas son ejercitadas por sus representantes. Por eso se ha dicho que la posibilidad de ejercicio de un derecho no excluye la de goce. Esta posibilidad, que en el mundo jurídico se realiza mediante la representación, no existe en el ámbito de la moral. En la esfera ética sólo tiene sentido hablar de deberes en relación con seres responsables”.

De la opinión del ilustre maestro García Máynez, y de nuestra legislación civil federal en comento, se advierte plenamente que el concebido tiene derecho a la vida, derecho que bajo ninguna circunstancia se debe de permitir que el Estado a través de sus Instituciones de cualesquier nivel u orden, empiecen a menoscabarlo. Lo anterior, en virtud de ser elemental para la preservación de la especie humana y que a la postre, pudiera repercutir en el deterioro o detrimento de algún otro u otros derechos humanos, por lo que es válido recordar que dicho derecho natural es inherente a los seres humanos y a su dignidad, que es una cualidad en el sentido de que merece ser respetada.

¿Qué ningún valor le merece al Estado, la tutela del derecho a la vida del concebido o no nacido?

En virtud de esto último, también es procedente hacernos los siguientes planteamientos:

¿Por qué algunos seres humanos en su etapa inicial o embrionaria si tienen derecho a la vida y otros no, sólo por la desventura o el hecho de ser no deseados?Como en el caso en donde algún Estado se permite el aborto antes de las doce semanas.

¿Acaso hay embriones de primera y embriones de segunda?

Si es así, cualquiera que sea su “sustentación”, soslaya el principio de equidad y enfatiza el menosprecio y discriminación del o la concebida, de tal suerte que cualquier autoridad que tome la decisión de darle muerte al producto antes de su nacimiento, se ubica en un plano de injusticia al permitir el genocidio de dicho grupo o conglomerado social en edad temprana de su desarrollo.

Lo anterior, vulnera la dignidad humana, entendiendo a dicho término “dignidad”, como una derivación del vocablo en latín “dignitas” y del adjetivo “digno”, que significa valioso, con honor, merecedor. La dignidad es la cualidad de digno e indica por tanto, que alguien es merecedor de algo o que una cosa que posee un nivel de calidad aceptable.

Cabe hacer mención que las referencias vertidas en este documento, están al alcance de cualquiera de nosotros y cualquier especialista que sin lugar a dudas, podrán coincidir en lo que hemos dejado precisado, de que “la fecundación es el punto de partida del desarrollo de cualquier individuo de nuestra especie”. Es por ello que todas y todos nosotros sin excepción alguna, en algún momento del proceso de nuestro desarrollo fuimos cigotos, nuestros padres lo fueron y gracias al desarrollo que alcanzaron sus organismos, estuvieron en posibilidad de generar el material que posee la información necesaria para provocar vida, la nuestra, pero para alcanzar ese desarrollo, tuvieron que pasar por diversas etapas de desarrollo.

Es importante tener en cuenta que desde el punto de vista constitucional, el establecimiento del derecho a la vida del ser humano desde la fecundación está apegado a lo preceptuado por la Carta Magna, no hay nada que lógica y razonadamente se pueda interpretar en sentido contrario.

El reconocimiento y protección del derecho a la vida desde la fecundación, es un derecho inseparable al ser humano, detrás de esta propuesta no hay nada encubierto. Las razones que tenemos son las que están aquí expuestas, hay total transparencia pues nuestros argumentos están basados en la ciencia médica, la filosofía y desde luego en la ley, entre otras disciplinas científicas.

Todo lo anterior, se ve robustecido con la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, publicada el 10 de junio de 2011, a través del Diario Oficial de la Federación.

La reforma en comento adicionó diversos artículos, entre ellos, el 1o., y el 29 del Pacto Federal, que a la letra señalan:

Artículo 1o.En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

[...]

[...]

[...]

[...]

Artículo 29. [...]

En los decretos que se expidan, no podrá restringirse ni suspenderse el ejercicio de los derechos a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad; los derechos de la niñez; los derechos políticos; las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna; el principio de legalidad y retroactividad; la prohibición de la pena de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la desaparición forzada y la tortura; ni las garantías judiciales indispensables para la protección de tales derechos.

[...]

[...]

[...]

De esta forma, el derecho a la vida constituye un derecho humano fundamental que encuadra en el marco jurídico que rige nuestro sistema constitucional, ya que por una parte como se dijo con antelación, la Corte ya ha reconocido tal cuestión y por la otra, la reforma en materia de derechos humanos implícitamente eleva a rango constitucional los derechos humanos consignados en los Tratados Internacionales, entre ellos el derecho a la vida de todo ser humano.

IV. Proyecto de iniciativa para reformar el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Todo lo anterior, sumando además todos los razonamientos, sindéresis, argumentos, estudios, estadísticas y construcciones lógicas que se han sumado y presentado debidamente a lo largo de toda la exposición de motivos, así como los anexos de la presente iniciativa, siendo el anterior cuadro, únicamente explicativo de la fórmula gramatical y sintáctica propuesta, y no exhaustiva del contenido racional y causal de dicha fórmula.

Por lo anteriormente expuesto, se pone a consideración la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por la que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único.Se adicionan y modifican diversos párrafos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o.El varón y la mujer son depositarios del derecho humano a ser definidos por su naturaleza y no por la cultura, y son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

El Estado reconoce el derecho humano al matrimonio, que es la institución fundamental de carácter social, definido original, etimológica y naturalmente como la unión entre un hombre y una mujer, para salvaguardar la perpetuidad y el adecuado desarrollo de la especie humana.

El Estado reconoce a los padres el derecho humano a decidir, conforme a sus convicciones éticas, de conciencia y de religión, la educación de sus hijos; asimismo, el Estado, respetando su carácter Laico, no podrá promover en la educación obligatoria ninguna ideología que contravenga la protección del matrimonio, referida en este artículo.

El Estado garantizará a la familia, elemento natural y fundamental de la sociedad, la protección de la vida de sus miembros desde el momento de la fecundación hasta el término del ciclo natural de la vida.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

...

...

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...

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Todo menor de edad tiene el derecho humano a pertenecer a una familia que garantice su sano desarrollo integral, adecuado a su proceso evolutivo, a su identidad natural y a su edad.Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

El Estado garantizará que todo niño que se encuentre bajo su representación legal, sea prontamente restituido en su derecho humano a pertenecer a una familia, en los términos del presente artículo.

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Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Anexo 1: Genoma humano y desarrollo sexual del hombre

Por definición, el hombre, es un ser animado racional, varón o mujer, que por su capacidad reproductiva o de procreación, constituye la especie humana, distintiva del resto de los seres vivos. Al conjunto de individuos o personas, se les denomina género humano, entendiéndose que género, es un concepto sociológico o psicológico que denota la conciencia de uno mismo como varón o mujer (Cretella MA y cols. 2016).

El cuerpo humano está integrado por millones de millones de células. Cada célula se especializa en realizar diferentes tareas como son la formación de sangre, músculos, huesos, órganos, etc., de acuerdo a las instrucciones genéticas incluidas en su genoma, el cual, es una colección completa de ácido desoxirribonucleico (ADN), que contiene las instrucciones necesarias para desarrollar y dirigir las actividades de los seres vivos. Se ha nombrado al genoma humano, el libro de la vida, y a cada cromosoma un capítulo. Esta analogía se debe a que ambos pueden ser leídos secuencialmente, de principio a fin, una letra tras otra, y porque en él, se encuentra la información necesaria para hacer de cada organismo un ser vivo (Gutiérrez RM., Merino E., 2007). El genoma, puede suponerse como un vasto texto, de tres mil 200 millones de letras contenidas en un alfabeto escrito con sólo cuatro letras: A, G, T y C (las iniciales de los cuatro nucleótidos que conforman el ADN: A, adenina; C, citosina; G, guanina; y T, timina).

Con la finalidad de establecer la secuencia de pares de bases químicas que componen el ADN e identificar y cartografiar los más de 20 mil genes del genoma humano desde un punto de vista físico y funcional, se realizó un magno proyecto del genoma humano (PGH), en donde una investigación científica de más de 15 años de investigación que reveló que en todas las personas hay casi 23 mil genes, empaquetados en 23 pares de cromosomas; es decir, 46 cromosomas; la mitad se hereda por parte del padre y la otra por la madre, con variaciones sistemáticas en la secuencia del genoma humano de distintas personas que hacen que algunas personas tengan fenotipos diferentes (cabello rubio, ojos azules, talla alta o baja) al tiempo que determinan cómo serán sus reacciones ante los estímulos del medio ambiente. Una de las principales implicaciones del PGH es orientar toda la investigación genética en beneficio de la humanidad, logrando un diagnóstico temprano, más eficiente y eventualmente un tratamiento adecuado de las enfermedades hereditarias (Human Genome. Nature. 200. 1409:860-921).

La diferenciación sexual es el resultado de la integración funcional de un vasto número de diferentes genes que activan la embriogénesis y el comportamiento reproductivo, esto incluye el mecanismo de inducción en la pubertad en un tiempo apropiado y la diferenciación sexual del cerebro (Vilain and McCabe, 1998).La diferenciación sexual se produce en 2 fases; Primero “la determinación del sexo” con el desarrollo de la gónadas bipotenciales ya sea en un testículo o un ovario y segundo la “diferenciación sexual” con el proceso de desarrollo sexual fenotípico a través de la acción gonadal y otras hormonas. La primera está determinada por marcadores biológicos o genéticos específicos, los cromosomas, que se hallan en el núcleo de cada célula, contienen genes que determinan las características de cada individuo. Las mujeres tienen dos cromosomas X, mientras que los varones portan un cromosoma X y uno Y, lo cual les da las características masculinas. Se ha identificado un gen ligado al cromosoma Y que determina la formación del testículo, el gen SRY, y el testículo una vez formado por la acción SRY produce testosterona que masculiniza otros tejidos. En ausencia de SRY, la gónada “indiferenciada” se diferencia en el ovario y segrega estrógenos que conducen cambios irreversibles en la morfología del cerebro, seguido por las hormonas puberales que activan redes neuronales para expresar fenotipos sexuales en relación a la conducta (Sekido R, 2014).

La reproducción sexual involucra órganos de distintos sistemas, en particular el sistema nervioso central, el hipotálamo, por ejemplo sintetiza, almacena y libera hormonas y neurotransmisores para la reproducción sexual así como la regulación de funciones homeostáticas (apetito, sed, temperatura y sueño. Las neuronas de la parte anterior del hipotálamo secretan hormonas peptídicas para regular la liberación de hormonas a través de la hipófisis (pituitaria); una de las más importantes en la reproducción es la hormona liberadora de gonadotropinas (GnRH) que estimula a la hipófisis para producir y liberar la hormona estimulante de folículo y a la hormona luteinizante, ambas relacionadas con la ovogénesis, la espermatogénesis y la secreción de las hormonas esteroides gonadales (estrógenos y andrógenos, según el sexo) responsables de la aparición de los caracteres sexuales secundarios. Otra hormona liberada por efecto de la lactancia y estresores físicos y psicológicos es la adrenocorticotropica (ACTH) que estimula la liberación de glucocorticoides (cortisol) y tienen influencia en la responsibidad parental (Numan M., Insel T.R., 2003).

Terapia hormonal

En varias ciudades de Estados Unidos (Boston, Los Ángeles, Seatle, San Francisco) existen terapias hormonales para niños inconformes con su género, en donde si un niño quiere la transición hacia otro género, él o ella pueden tomar un tratamiento de testosterona o estrógeno para pasar por la pubertad del otro género. O bien las niñas que se sienten más como niños, toman medicamentos que suprimen las hormonas y de esta manera no desarrollaran pechos, ni comenzaran a menstruar, mientras que los niños que se identifican como niñas, toman bloqueadores de hormonas para evitar desarrollar hombros amplios, voces profundas y cabello facial. Para algunos médicos es como poner una pausa, mientras pueden averiguar si quieren la transición de género, sin embargo, como se mencionó anteriormente, el desarrollo sexual es un proceso que se extiende de manera importante hasta la pubertad e incluye no solo el desarrollo de las gónadas, también del cerebro, el SNC y sobre todo de la conducta.

Estudios realizados por Kenneth Zucker, director del Servicio de Identidad de Género en el programa de niños, jóvenes y familia, advierte del uso de bloqueadores hormonales a niños menores de 13 años, debido a que la gran mayoría de niños con problemas de identidad cuando pasan el periodo de pubertad pierden el deseo de pertenecer a otro género.

Recientemente Cretella MA y cols. 2016, puntualizaron que la ideología de género hace daño a los niños y que urgen educadores y legisladores que rechacen las políticas que condicionen a los niños a aceptar como normal una vida de suplantación química o quirúrgica de su sexo por el sexo opuesto, debido a que la sexualidad es un hecho real, una característica biológica objetiva y no una ideología. Nadie nace con conciencia de sí mismo como hombre o mujer; esta conciencia se desarrolla con el tiempo y como todos los procesos de desarrollo, puede desviarse a consecuencia de las percepciones subjetivas del niño, de sus relaciones y de sus experiencias adversas desde la infancia. Quienes se identifican como “sintiéndose del sexo opuesto” o como “algo intermedio” no conforman un tercer sexo. Siguen siendo hombres biológicos o mujeres biológicas.

Hay muchas formas en que el cerebro humano pueda ser atrapado como rehén por alcohol, químicos y otras dependencias. Necesitamos conocer el precio que nuestro cerebro paga por lo que hacemos o lo que dejamos de hacer, entender su naturaleza, sus posibilidades y sus límites nos puede ayudar a hacer frente a la vida y (Mcewen, BS y Schmeck HM, Jr.,1994).

Epigenética e identidad sexual

A lo largo de las dos últimas décadas, algunos los investigadores han documentado evidencias de que la homosexualidad no es una opción de vida, sino que está enraizada en la biología de una persona y por una parte determinada por la genética y por otra por la epigenética, después de que Dean Hamer en1993, reportara los “genes gay” genes de la homosexualidad, que residen en Xq28, del cromosoma X, y aunque fue una noticia espectacular, no fue reproducible por otros grupos e inclusive por el mismo grupo (Mustanski y col. 2005), en relación al gen Xq28, aunque encontraron otros patrones de metilación. Sin embargo en 2012, William Rice, un genetista evolutivo en la UC de Santa Bárbara, propuso que la epigenética juega un papel en la orientación sexual y sugirieron que las epi-marcas podrían causar la homosexualidad cuando se pasa de los padres a los hijos. Concretamente, argumentaron que las marcas heredadas influyen en una sensibilidad del feto a la testosterona en el útero y que se puede “masculinizar” a los cerebros de las niñas y “feminizar” a la de los varones, lo que conduce a la atracción del mismo sexo. Estos estudios no son concluyentes, no vinculan las regiones muestra con las diferencias a la testosterona y a la sensibilidad en el útero (Bailey JM., y cols. 2016).

La epigenética es un término que significa “por encima de los genes” y que fue acuñado en 1942 por el paleontólogo y genetista escocés Conrad Hal Waddington, para designar el estudio de las interacciones entre el genotipo y el fenotipo, es decir, entre la información codificada en los genes y aquella que efectivamente se expresa a través de modificaciones químicas del genoma que alteran la actividad de los genes sin cambiar la secuencia del ADN. Los cambios epigenéticos son naturales y se consideran una interfase entre los estímulos ambientales y el fenotipo molecular, celular y conductual, adquiridos en los periodos críticos de desarrollo y de plasticidad neuronal durante la gestación, lactancia y/o por el vínculo maternal.

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Anexo 2: Estudios sobre matrimonio y familia

El matrimonio es una realidad racional y objetiva que la norma del diseño humano es ser concebido como hombre o como mujer. Y en esta relación se encuentra parte ineludible del sano desarrollo de la personalidad y de la sociedad humana. No es solamente la unión de dos personas cualesquiera que estas sean lo que conforma un matrimonio para establecer la base de una familia. Es la unión y relación comprometida de un hombre y de una mujer (cuando ambos han alcanzado la madurez física y emocional) el único modelo saludable y adecuado para la relación matrimonial.

Está demostrado que el matrimonio monógamo es el espacio más estable para un sano ejercicio de la relación sexual, la cual es correctamente entendida como la unión de un hombre y una mujer en todas sus dimensiones (fisiológica, emocional y espiritual), lo cual puede derivar en la generación de una nueva vida y su adecuado cuidado. Lo anterior por sí solo supondría y apelaría por una protección completísima del Estado a dicha estructura y modelo de relación, cuanto más que es la más numerosa en cualquier país, y en concreto en México, como lo muestra la presente gráfica:

El Sistema Nacional DIF considera indispensable contar con información que revele los cambios que ha sufrido la institución familiar a lo largo de los últimos años y a partir de ello focalizar los esfuerzos que se realizan en favor de las familias mexicanas. En 2005 se llevó a cabo un primer ejercicio, a través de una encuesta que permitiera tener elementos para comprender la dinámica familiar en México. Después en 2011 el DIF realizó el levantamiento de la Encuesta sobre la Dinámica Familiar en México (ENDIFAM2011), la cual tiene como objetivo actualizar y complementar los resultados obtenidos en la encuesta de 2005.

Algunos puntos a resaltar para esta propuesta ciudadana por la vida y la familia son los siguientes:

Tipos de hogar

• Los hogares nucleares continúan siendo el principal arreglo familiar en la sociedad mexicana, aunque la proporción captada en 2011 es menor a la captada en 2005.

• Los hogares extensos aumentaron respecto al 2005, los unipersonales disminuyeron y, debido probablemente al tamaño de muestra, los hogares de corresidentes que se captaron fueron pocos por lo que se observa una disminución de estos respecto al 2005.

• La jefatura masculina en los hogares es todavía mayoritaria y sólo en hogares monoparentales predomina la jefatura de mujeres, con una mayor frecuencia en localidades urbanas.

Tipos de hogares

Los hogares fueron clasificados en familiares y no familiares. En el primer grupo se ubican los arreglos familiares nucleares, los extensos y los compuestos. En el segundo grupo se ubican los hogares unipersonales y los que están integrados por personas no emparentadas con el jefe del hogar, denominados corresidentes.

Dentro de los arreglos familiares nucleares existen tres tipos:

• Los estrictos, que son aquellos que conforman sólo las parejas.

• Los conyugales, formados por parejas con hijos, y

• Los monoparentales, en donde los hijos están al cuidado sólo del padre o la madre.

Se llama hogar extenso aquel en el cual la familia se compone por alguno de los tres tipos nucleares y además habitan otros parientes. Estos hogares pueden ser de cinco tipos:

• Los conformados por las parejas sin hijos y otros parientes.

• Parejas con hijos y otros parientes.

• El jefe o la jefa del hogar y otros parientes.

• El jefe o la jefa del hogar con hijos solteros y otros parientes, y

• El jefe o la jefa de familia con hijos casados y solteros y otros parientes.

Los hogares compuestos son aquellos donde además de los integrantes del núcleo viven personas no emparentadas, es decir, que no tienen relación consanguínea alguna con la familia nuclear; en esta clasificación se excluye a trabajadores domésticos.

En sentido esquemático, las tipologías que se compararán se sintetizan en el siguiente cuadro:

En el ejercicio de la ENDIFAM2011 se observa que los hogares nucleares siguen siendo los más frecuentes; casi dos de cada tres de los hogares mexicanos corresponden a esta categoría de clasificación. La proporción captada en este año es inferior en alrededor de cinco puntos porcentuales a la de 2005. Por su parte, en el caso de los hogares extensos el porcentaje estimado es superior al del 2005 en casi ocho puntos porcentuales y hoy representan una tercera parte de los hogares mexicanos. Los hogares compuestos muestran un ligero aumento en la ENDIFAM2011, con respecto a lo observado en 2005.

En relación con los hogares no familiares, los conformados por una sola persona (unipersonales) decrecieron 3.6 puntos porcentuales, es decir, en el transcurso de seis años han disminuido las personas que viven solas. Los arreglos de corresidentes son hogares no familiares en los que no se observan modificaciones significativas respecto a 2005 y siguen representando la minoría.

Se observan diferencias entre los tipos de hogar según el sexo del jefe y la localidad de residencia. Como generalidad, predomina la mayor proporción de la jefatura masculina en los hogares, con una diferencia consistente entre el ámbito rural (85%) y el urbano (78%): ligeramente mayor la participación de hogares jefaturados por mujeres en localidades urbanas (22%), que en las rurales (15%).

Esta predominancia de hogares con jefatura femenina proviene en iguales proporciones de hogares nucleares y extensos, pero sin duda se distingue el nivel de hogares monoparentales jefaturados por mujeres en el ámbito urbano, lo que da cuenta de las formas diferenciadas en que se desempeñan las mujeres en este ámbito.

Los hogares nucleares encabezados por hombres vuelven a ser mayoritarios comparados con los otros tipos de hogares pues se estimaron en casi seis de cada 10 en el ámbito rural y por más de cinco de cada 10 en el ámbito urbano.

En la sociedad mexicana tres de cada cuatro jefes de hogar están unidos y uno de cada cuatro declara no estarlo. De quienes manifiestan algún tipo de unión, están en una de cuatro categorías: los casados por el civil y la iglesia; aquellos que están casados sólo por el civil; los que están casados solamente por alguna iglesia y los que viven con su pareja pero en unión libre.

Las uniones más prevalentes son las que están respaldadas por algún tipo de formalidad. Una tercera parte de los cónyuges en el país están casados por el civil y la iglesia, cifra que disminuye a la mitad por quienes declaran la unión a través de un registro civil y es apenas de tres de cada 100 quienes dicen que su unión se respalda en alguna iglesia. Por su parte, una de cada cinco parejas declara vivir en unión libre.

Entre los jefes de hogar que declaran no tener ningún tipo de unión, se debe fundamentalmente a la viudez (10%) y el resto se declara como separados, solteros o divorciados.

Un resultado notoriamente distintivo se presenta cuando se analiza la condición de unión según el sexo del jefe o la jefa del hogar. Los hombres tienen una mayor propensión a la unión a diferencia de las mujeres que tienen una prevalencia notoriamente alta a no estar unidas. De las parejas unidas, según el sexo del jefe del hogar, se observa que nueve de cada 10 jefes del hogar son hombres, mientras que las mujeres representan sólo el ocho por ciento del total.

Más de cuatro de cada 10 jefes de hogar hombres están casados por el civil y la iglesia; una quinta parte se encuentra casada sólo por el civil y, la minoría de ellos está casado solamente por alguna iglesia. Uno de cada cuatro declara vivir en unión libre con su pareja.

Por el contrario, entre las jefas de familia que se declaran unidas no hay un patrón distintivo que destacar.

En los hogares jefaturados por mujeres, quienes se declaran no unidas, se debe principalmente a que son viudas; y una proporción similar se dicen son separadas o divorciadas. Una de cada cinco se dice solteras, cifra por encima del promedio total. Los hogares con jefes no unidos hombres son sólo el siete por ciento del total, de los cuales la mayoría son viudos o solteros.

El caso “Heli Hämäläinen”

Los hechos de este caso mostraron con claridad cuán diversa y desafiante llega a ser la ideología de género en su defensa de la libre autodeterminación de la sexualidad. No hay límites más que aquellos dados por el propio individuo para sí mismo...

Heli Hämäläinen de Finlandia se sometió a una operación de cambio de sexo en 2009 para satisfacer lo que ha confidenciado era su mayor anhelo de vida... convertirse en mujer. Ello, pese que estaba casado (como hombre) por más de diez años y con su esposa había concebido un hijo.

La injusticia que Heli denunciaba era que antes de la operación la justicia en Finlandia había rechazado su intento por cambiar de identidad legal, para pasar de hombre a mujer. No porque estuviere prohibido en ese país tal derecho, sino pues en Finlandia no se permite el matrimonio entre personas del mismo sexo (Heli hombre casado y con hijo pasaría con el cambio de identidad legal a ser una mujer casada con mujer... y con un hijo).

La única solución para Heli era divorciarse. Pero con su esposa (a quien ahora se le obliga a una inusual relación) insistieron en que sus creencias religiosas les impiden solicitar el divorcio y que las uniones civiles no les otorgan los mismos beneficios que el matrimonio en el derecho finlandés.

El Tribunal Europeo dictaminó lo que ya se ha informado.

Tendencia: Rechazo a legislar sobre matrimonio homosexual y derechos de adopción

En los Estados Unidos, donde los derechos LGBT están sumamente avanzados, más de la mitad de los estados define el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, y muchos no permiten que parejas de personas del mismo sexo adopten.

Incluso en Europa, donde la poderosa Comisión Europea apoya con dedicación los derechos LGBT y ha logrado hacer que la mayoría de los países de la UE aprueben acuerdos de unión civil para personas del mismo sexo, varios países no solo han rechazado el «matrimonio» homosexual, sino que también han promulgado enmiendas constitucionales para impedirlo de manera conjunta. Los más recientes son Croacia, Hungría y Eslovaquia.

Finlandia es el último miembro de la Unión Europea en rechazar el «matrimonio» homosexual. El mes pasado, un comité del parlamento finlandés evitó que este sometiera a votación el matrimonio entre personas del mismo sexo, por segunda vez desde 2012, por 10 a 6.

El matrimonio homosexual es un tema tan incómodo que la Comisión Europea y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos asumieron un enfoque moderado, que, en su lugar, favorece las uniones civiles. El presidente de la Organización de los Estados Americanos dijo hace poco que el matrimonio entre personas del mismo sexo no sería impuesto por la organización que encabeza.

En un estudio del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, realizado en el 2014, los resultados fueron sumamente interesantes y contundentes, en relación a la pertinencia, oportunidad y acierto de la presente iniciativa. La certeza que brinda un estudio de una institución con la legitimidad, prestigio y representatividad con que cuenta la UNAM, es trascendental en un tema tan polémico como el presente, en torno al que se han alzado cientos de voces, con meras opiniones, consideraciones infundadas, o en el mejor de los casos, sentimientos cargados de buenas intenciones.

A continuación algunos de los resultados graficados, de dicha investigación:

La gráfica anterior muestra la capacidad de incidencia social de la familia en temas clave de la situación actual de México. Temas como la corrupción, la violencia, la delincuencia, la impunidad, la solidaridad, que tanta relevancia toman hoy en el mapa político de nuestro país, se repuntarían y multiplicarían, con la decisión de reconfigurar la familia mexicana, y olvidar el papel trascendental de un padre y una madre.

La anterior gráfica reviste especial importancia para el contenido de la presente iniciativa, pues al considerar la enorme y comprobada incidencia que tiene la escuela en la familia, como agente en la formación de la misma, es de vital importancia que sean precisamente el padre y la madre, quienes tengan la decisión acerca del enfoque de la educación de sus hijos, so pena de admitir injerencias educativas contrarias a su propia cosmovisión y a su derecho mismo, protegido en los tratados internacionales.

Es muy bien sabido, independientemente de la teorización, el hecho contundente, vivido y transmitido por todo ser humano, salvando las debidas excepciones, de que el lugar por excelencia de felicidad y satisfacción humanas, es la familia. El gráfico, al mostrar que precisamente lo que la gente percibe de su familia es cierta proporción de satisfacción, donde no falta nada, nos dice muchísimo de la realidad familiar actual.

La conclusión derivada de la anterior gráfica tiene muchísimo que ver con la realidad de los derechos humanos, realmente ignorados en el debate sobre la familia. El problema familiar en relación con los derechos no tiene que ver con el acceso al matrimonio, sino con el gran problema de la pobreza, el acceso al empleo, a la vivienda, educación, salud, etc. Podría sugerirse incluso, que el enfoque de derechos humanos de la familia, al apuntarlo al matrimonio como derecho y el acceso de nuevos modelos, es tan solo una pantomima que distrae de la verdadera realidad de los problemas de la familia y los derechos de sus miembros.

Dígase respecto a estas gráficas lo mismo que de las anteriores.

Una gráfica más, del mismo estudio de la UNAM, sumamente útil para demostrar el papel primordial de la familia natural, para la formación, el crecimiento y el desarrollo de cada miembro de la familia. El porcentaje de percepción del soporte positivo de la familia en cada uno de sus miembros es contundente e indubitable.

Conclusiones

El Diagnóstico de la Familia Mexicana, realizado por el Sistema Nacional DIF, en el año 2005, arrojó una enorme cantidad de resultados de suma trascendencia para el tema que nos ocupa en la presente iniciativa.

Después del estudio de las tendencias y comportamientos de la sociedad civil mexicana del año 1930 – 2000 se llegó a las siguientes Grandes Conclusiones:

• El 98% de los mexicanos vive en familia.

• El número de familias crece más que la población.

• La mayor dinámica se da en las familias nucleares, encabezadas por hombre; ahí están dando los mayores cambios.

• Hay un retorno al modelo de familia extensa.

• Al separarse una familia, se recompone en modalidades familiares, muchas veces tradicionales.

• La Familia sigue siendo un valor importante para la mayoría de los mexicanos.

• Modelo predominante: nuclear (74%), pero disminuye en proporción, al crecer sólo al 2.4 promedio anual.

• Familia nuclear y extensa más o menos igual el número de niños y niñas. Más bajo los monoparentales.

• La familia más típica es la nuclear con hijos, encabezada por varón. (Aproximadamente 50% del total de familias)

• El segundo lugar lo ocupan las extensas encabezadas por varón (aproximadamente 50% del total de familias).

• El tercer lugar es para las monoparentales encabezadas por mujer (casi 9%), de las cuales la mayoría corresponde a jefas adultas y ancianas (89% de éstas).

• La población se casa a edades mayores.

• La edad promedio de los contrayentes crece

• Sin embargo, todavía un tercio de las mujeres se casan antes de los 19 años.

• Los matrimonios duran más.

• Disminuye la diferencia de edades.

• Aumentan las parejas donde la mujer es mayor

• Los hogares crecen más rápido que la población (3.2% vs. 1.8% promedio anual)

• Los hogares no familiares son escasos (7% del total) pero crecen rápidamente, principalmente los unipersonales (5.7% promedio anual).

De lo anterior se desprende la importancia de la familia natural, familia nuclear que se centra en el matrimonio entre hombre y mujer.

La ciencia y la razón dan la plataforma para que el matrimonio en su origen y concepción sea entre Hombre y Mujer

Anexo 3: Estudios sobre el derecho a la vida

J. Finnis (2014), citado en la compilación que hace el Filósofo R. Dworkin, bajo el rubro de Derechos e Injusticias del aborto, señala que: “...el concebido no nacido es, desde su concepción, una persona y que, por tanto, no se le ha de discriminar desfavorablemente por la razón de edad, de apariencia u otros factores semejantes, mientras tales factores se consideren razonablemente irrelevantes respecto a los valores humanos básicos en cuestión” (...). Y continúa expresando Finnis: “A fortiori, en el caso de un niño, que no es la mera germinación de una semilla. Dos células, cada una de las cuales posee 23 cromosomas, se unen y, más o menos inmediatamente, se funden convirtiéndose en una nueva célula con 46 cromosomas que ofrecen una estructura genética única (ni la del padre, ni la de la madre, sino una mera yuxtaposición de ambas), la cual a partir de entonces y durante toda la vida del individuo, por larga que sea, determinará sustancialmente un nueva constitución individual. Esta nueva célula es el primer período de un sistema dinámico íntegro que no tiene mucho en común con los gametos masculino y femenino, salvo que surgió de un par de tales células y, que a su debido tiempo, producirá nuevas series de ellas. Decir que fue entonces cuando empezó la vida de una persona no es retroceder de la madurez, preguntando a cada momento pedantemente: “¿Cómo se puede trazar aquí la línea divisoria?”; es más bien indicar un comienzo perfectamente delimitado al que cada uno de nosotros puede lanzar una mirada retrospectiva para entender entonces, con percepción claramente inteligible, que “en mi principio está mi fin”.

Con lo anterior, los suscritos nos queda claro, que ni estamos hablando del cuerpo del hombre ni tampoco de la mujer, sino que es, una nueva vida que irá desarrollando su propio cuerpo hasta llegar a su plenitud, el cual, no se le puede ni se debe de tratar, como cosa u objeto que pudiera decirse, constituye un accesorio que sigue la suerte principal, como en materia de bienes inmuebles; sino que debe de tratársele como un nuevo ser perteneciente a la especie humana que merece todo el respeto y consideración de cualesquier autoridad que se precie de ser justa, pues si se interrumpe su proceso de desarrollo o embarazo, esto equivale a privarlo de la vida, asesinar o matar al producto de la concepción.

Ahora bien, retomando al citado autor del texto que nos ocupa, más adelante y en la misma página, pone de ejemplo a cierta persona de nombre, Judith Thompson, quien cree que se empezaron a adquirir caracteres humanos hacia la décima semana (cuando se hicieron visibles sus dedos de las manos y de los pies, etcétera). De lo anterior, explica Finnis (2014),

A mayor abundamiento el autor de cita manifiesta: Y en consecuencia, ahí tienen por ejemplo a Henry Fonda. Desde el momento de su concepción, aunque no antes, se pudo decir, observando su constitución genética personal e irrepetible, no sólo que “hacia la décima semana” Henry Fonda tendría dedos, sino también a los 40 años tendría ya una fresca mano.

De lo anterior se colige de la necesidad e importancia que guarda el reconocerle los derechos humanos a la especie humana desde la concepción, tal y como lo establece el Pacto de San José de Costa Rica en su artículo 4to., y que indebidamente han tratado de ir minando con concepciones y afirmaciones absurdas quienes pretenden socavar tal derecho del no nacido.

Bajo la perspectiva de otro prestigiado experto en el tema embrionario, el Dr. Sebastián Illanes, Vicedecano de Investigación de la Facultad de Medicina de la Universidad de los Andes y especialista en medicina fetal, al dictar la clase magistral de la inauguración del año académico 2013 de la Universidad de los Andes. Bajo el título “El embrión como paciente: Desafíos del Siglo XXI”, dicho especialista centró su conferencia en la posibilidad de que el embrión sea tratado como un paciente y presentó evidencia científica que avala esta tesis (...).

El médico adelantó que el Centro de Investigación Biomédica de la Universidad de los Andes, en colaboración con el centro de medicina traslacional de la Universidad de Queensland, cuenta con evidencia novedosa, aún no publicada, que demuestra cómo dialoga el embrión con la madre durante la gestación, mediante la secreción de exosomas., explica en términos muy simples Sebastián Illanes, “le van señalando a la madre sus necesidades... Por lo tanto, tenemos una excelente herramienta para entender el lenguaje del embrión”.

Esto lo lleva a concluir que

El embrión como individuo: una biblioteca en proceso de lectura.

Como primer paso para definir si se puede tratar al embrión como paciente, el Dr. Illanes planteó la necesidad de establecer la identidad biológica de un embrión desde su concepción. Para establecerla, el especialista presentó trabajos científicos de embriólogos internacionales, que demuestran cinco hipótesis

• Que el embrión es un individuo desde la concepción;

• Que se desarrolla de forma continua desde la concepción hasta la vida adulta;

• Que la información necesaria para el desarrollo del embrión hasta la vida adulta está completa desde la fusión de las membranas de los gametos;

• Que la información genética codificada de la especie no varía con la división celular; y,

• Que la expresión génica del embrión durante el embarazo no está determinada por el intercambio fisiológico con el organismo de la madre.

De lo anterior, el citado especialista en medicina fetal, llegó a las siguientes conclusiones:

• El embrión humano tiene los mismos derechos que cualquier otro paciente.

• El embrión es ya un paciente, pues podemos realizar intervenciones para entender, mejorar y, potencialmente, curar alteraciones genéticas para reducir daños de posibles alteraciones ambientales y, sobre todo, para garantizar un mejor embarazo.

• El nuevo concebido que se presenta como una realidad biológica definida es un individuo totalmente humano en desarrollo, que autónomamente, momento tras momento, sin ninguna discontinuidad, actualiza su propia forma realizando un designio presente en su mismo genoma.

• Por lo tanto, el embrión se demuestra desde el inicio como protagonista de

– su existencia biológica.

Por otra parte, el referido Dr. Adame (2008), en el texto intitulado “La Vida ante la Corte”, expresó: “El reconocimiento de que el embrión unicelular o cigoto es un individuo de la especie humana es simplemente el reconocimiento de un hecho empíricamente demostrado y confirmado por la simple observación. No es necesario formular ni adoptar alguna definición del ser humano, para luego analizar si el cigoto tiene los rasgos propios de la definición. Es una tarea intelectual más sencilla: el reconocimiento del hecho de que la vida de cada individuo de la especie humana comienza cuando se conforma, gracias a la fecundación, como embrión unicelular. A partir de este momento hay un individuo de la especie humana. Negarlo es negar lo evidente”.

Otro argumento sólido que respalda la presente propuesta, es la aportada en el texto citado en el párrafo que antecede por el Dr. Fernández del Castillo (2008), Director del Centro Mexicano de Ginecología y Obstetricia S.C., quien sustenta: “Cada individuo de la especie humana comienza a existir a partir de una sola célula hasta alcanzar unos 4 mil millones de células con el mismo código genético que conforman tejidos sólidos del cuerpo humano, además de miles de millones de células sanguíneas en la edad adulta. En la primera célula, cigoto, se inicia el yo, la individualidad, que se conservará en todas las etapas sucesivas y se hará consciente en la niñez. El yo es una propiedad del espíritu humano que reconoce en sus atributos esenciales y en todas las modificaciones que –en sí mismo— experimenta, y se adquiere al embrión, al feto y al niño si se le deja vivir”.

Y continúa el Galeno de cita expresando: He visto los equipos de ultrasonido lo que es la vida humana desde la tercera o cuarta semana de su existencia, y he sentido en mis manos la vida de miles de miles de niños desde las 12 semanas o más de su existencia. En la especialidad de Ginecología y Obstetricia que ejerzo desde hace 53 años, he atendido más de treinta mil partos. Me he pasado casi la mitad de mi vida dentro de los quirófanos, defendiendo, cuidando y curando la salud y la vida de las madres y sus hijos.

Los médicos estamos obligados siempre a defender la vida y la salud. Nunca estaré de acuerdo en que, por una votación legislativa, se apruebe interrumpir la vida de embriones y fetos humanos porque no son deseados.

Comprendo lo que es un embarazo no deseado. Lo he vivido de miles de veces a través de las diferentes pacientes embarazadas que he atendido en mis años que llevo de médico. La experiencia personal me ha enseñado que, cuando una mujer se encuentra en esas circunstancias y que está considerando provocarse un aborto es porque se trata de un embarazo no deseado, si ésta mamá recibe una explicación del valor de la vida de su embrión o feto, desiste y busca otra solución, pero abandona la idea de que alguien mate a su hijo mediante el aborto.

Igualmente, como consecuencia del aborto, no se da información pública de las secuelas que van a sufrir esas mujeres por trastornos ginecológicos como infecciones, desgarres, perforaciones del útero, síndrome psicológico postaborto que, en algunos casos requerirán tratamiento psiquiátrico”.

¿Colisión de Derechos?

En el tema de “Interrupción Legal del Embarazo”, se ha abusado de la argumentación jurídica y de otras disciplinas, en el sentido de que con respecto a los embarazos no deseados, existe una contraposición entre el derecho de la mujer a “decidir sobre su cuerpo”, y el producto de la concepción (confundiendo con ello a la, o al concebido o no nacido, quién posee los cromosomas XX, o bien él, los cromosomas XY en una fusión que da como consecuencia un nuevo ser distinto a la de cada uno de sus progenitores), quien dicho sea de paso, jamás formó parte de la decisión de ser concebido, procreado o como guste calificársele, sino que es,, es decir, constituye la consecuencia directa e inmediata de una, que si bien en la mayoría de los casos pudiera ser voluntaria y en otras no, como el caso de las violaciones, lo cierto es que no existió la voluntad de la o el concebido, en entrar en un conflicto que trajera aparejada la ponderación de derechos, por una supuesta colisión o contraposición de derechos, que tenga que ser resuelto absurdamente por los tribunales, toda vez que el derecho a la vida constituye un derecho natural de los seres humanos, cuyos elementos esenciales son, el de ser un derecho inalienable e imprescriptible, es decir, que no se puede transmitir ni ceder, ni tampoco prescribe o fenece por el sólo transcurso del tiempo, por lo que con qué autoridad moral, ético, político, etc., el Estado ordena quién tiene derecho a la vida y quién no, en el caso de los desafortunados, lo que constituye una flagrante violación a los Derechos Humanos consagrados en nuestra Constitución Federalpor todos y cada uno de los razonamientos aquí expresados.

En virtud de lo anterior, cabe decir que ese tercero, como lo es el producto de la concepción, no generó ni es responsable de cualesquier conflicto de intereses que pudiere existir entre los mismos progenitores con respecto de él, por lo tanto, al haber ausencia o falta de intención o voluntad del “no nacido o no nacida” para generar un conflicto, es completamente inocente y ajeno a cualesquier cuestión litigiosa, por lo que nos resulta inverosímil y absurdo aseverar, que existe “colisión de derechos” entre la madre y la o el concebido, cuando lo que realmente existe, es una responsabilidad plena en los progenitores en el resultado o consecuencia de sus relaciones sexuales irresponsables por considerarlo no deseado (salvo el caso de la violación), que dio origen, a la concepción y gestación de ese nuevo ser que no posee la más mínima capacidad de defensa y por lo tanto en su estado de dependencia para su desarrollo integral, se encuentra en desventaja y sobre todo, en una extrema vulneración que atenta contra su existencia.

Ahora bien, además de que la o el concebido, es producto de dos personas y no de una sola o un solo individuo, esto quiere decir que existe además, obligaciones de preservarlo tanto el progenitor como la progenitora respecto de la, o el nuevo ser humano que está en gestación, lo que implica que además ambos, de acuerdo a nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4, párrafo primero, por una primera parte precisa que el varón y la mujer son iguales ante la Ley, al asegurar que ésta (la Constitución) protegerá la organización y desarrollo de la familia. Y en su párrafo segundo prevé que: Toda persona tiene derecho sobre el número y espaciamiento de sus hijos; de lo anterior se colige, que al pretender otorgarle única y exclusivamente el derecho a la mujer de decidir sobre el producto de la concepción por considerar que puede decidir sobre “su cuerpo”, (sin que esto sea cierto por cuanto al producto de la concepción que lleva en su vientre, el cual constituye el medio vital para su desarrollo, y éste en definitiva, no constituye un apéndice u órgano del mismo, como ha quedado evidenciado por los expertos en el ámbito de la medicina embrionaria y fetal citados en este documento), bajo ninguna circunstancia debe pasarse por alto el hecho de queen traer al mundo al concebido, quien es individualmente distinto en mérito de la carga genética que posee, y lo identifica, diferencia y lo hace único, con respecto de los demás seres humanos, e incluso, de sus progenitores, por lo que al privarlo de la vida, se violentaría con ello, estas dos disposiciones constitucionales, por lo que en tales condiciones, deberá declararse procedente esta reforma que adicionará a nuestra Constitución, el “Derecho a la vida del Concebido o No Nacido”.

Finalmente, en cuanto a este punto se puede afirmar que, en términos generales no se puede hablar de violación a derechos humanos en el caso de las mujeres que esperan un hijo no deseado fuera de los casos de la violación, pues atendiendo al hecho de que todo ser racional, tiene la capacidad de toma de decisiones de manera responsable e informada, bajo ninguna circunstancia si se participa de común acuerdo en mantener relaciones sexuales de pareja sin la utilización de medios preventivos, es obvio que tales actos pueden dar como resultado un embarazo, por lo que el hecho de que no haya sido deseado no es suficiente para alegar que su derecho de madre está por encima del concebido, y en consecuencia, se pretenda alegar colisión de derechos en contra de alguien (el o la no nacida), cuando voluntariamente la que repudia al concebido o concebida, entró en una relación de la que tenía pleno conocimiento, que tarde que temprano daría como resultado la concepción de un nuevo ser, que posee dignidad y no constituye un desecho humano como erróneamente se pretende al utilizar la falaz terminología de “interrupción legal del embarazo”, que no tiene nada de legal pues violenta a la Constitución como ya hemos dejado precisado, y mucho menos interrumpe el embarazo, porque a decir verdad lo que ocurre en la realidad es,, que no merece el trato supuestamente “legal” que se le está dando en algunas legislaciones locales que permiten tal interrupción, ni tampoco por aquellos que dicen conocer el derecho, pues solo basta sentido común para darnos cuenta de que se está cometiendo un genocidio en perjuicio de las y los niños, y con ello demeritan y soslayan el previsto en algunos tratados Internacionales vinculatorios para nuestro País, mismos que se precisarán más adelante.

Retrocediendo en la historia y específicamente desde la antigüedad, ya se contemplaba que el inicio de la constitución del ser humano se presentaba a partir de la fusión del óvulo con el espermatozoide.

Barbato (2005), señala que, ya en el mundo greco-romano, comienzan a plantearse las diversas concepciones de la constitución del nuevo ser. En el Corpus Hipocraticum se afirma que la formación de este se produce por la fusión del semen masculino con el semen femenino, identificado por las secreciones vaginales. Asimismo se señala que, en la década del 80, el genetista Lejeune, propuso que desde la singamia, el cigoto tiene una combinación cromosómica única e irrepetible por lo que justificadamente, debe ser considerado el comienzo de la vida humana personal.

El Dr. Jerome Lejeune, conocido como el padre de la genética moderna, ante un Tribunal de Justicia de la Ciudad de Maryville, Tennessee, Estados Unidos de América, en agosto de 1989, de acuerdo a la transcripción de su declaración, señaló que “la vida tiene una historia muy larga, pero que cada uno de nosotros tiene un comienzo muy preciso, el momento de la concepción.

El Dr. Jerome Lejeune, también señaló que, “sabemos, y la genética y la zoología están ahí para decírnoslo, que existe un lazo entre los padres y los hijos. Y ese lazo está formado por una larga molécula que podemos analizar, la molécula del ADN, que transmite la información de padres a hijos, de generación en generación. En cuanto el programa se escribe en el ADN... (hay veintitrés diferentes y homólogos transportados por el espermatozoide y otros veintitrés diferentes y homólogos transportados por el óvulo)..., tan pronto como se encuentran los veintitrés cromosomas transportados por el espermatozoide con los veintitrés transportados por el óvulo, ya tenemos reunida toda la información necesaria y suficiente para expresar todas las características del nuevo ser.

En la actualidad, científicamente está demostrado que el óvulo fertilizado desde el momento de la fecundación o concepción, incluso, antes de la anidación, genera un impulsopropio y cuenta con toda la carga genética característica de todo individuo de la ser de la especie humana, con una vida propia única e irrepetible que se irá desarrollando, primero en el vientre materno, y después del nacimiento, fuera de él, quien desde que comienza a vivir inicia su desarrollos, quien habrá de crecer, envejecer y morir.

En este orden de ideas, José María Carrera y Asim Kurjak, con toda claridad y sin ninguna duda señalan que, “la fecundación es el proceso mediante el cual se forma un nuevo individuo a partir de los gametos masculino y femenino. La unión del ovocito y el espermatozoide, que conlleva la unión de los complementos cromosomáticos haploides de cada uno de ellos, da lugar a un cigoto diploide.

Por otra parte, Bruce M. Carlson, señala cuales son los logros de la fecundación. El proceso de fecundación ata varios cabos sueltos:

1. Estimula al huevo a terminar la segunda división meiótica;

2. Restablece en el cigoto el número diploide normas de cromosomas (46 en los seres humanos);

3. Se determina el sexo del futuro embrión mediante el complemento cromosómico del espermatozoide (si el esperma contiene 22 autosomas y un cromosoma X, el embrión será femenino desde el punto de vista genético, y si contiene 22 autosomas y un cromosoma Y, el embrión será masculino);

4. A través de la mezcla de los cromosomas paternos y maternos, el cigoto es un producto genéticamente único de redistribución cromosómica, lo cual es importante para la viabilidad de cualquier especie;

5. El proceso de fecundación causa la activación metabólica del óvulo, que es necesaria para que se produzcan la división y el desarrollo embrionario posterior.

Keith L. Moore y T.V.N. Persaud, señalan que “el desarrollo humano es un proceso continuo que se inicia cuando un oocito (óvulo) de una mujer es fecundado por un espermatozoo del varón. La división, migración y muerte programada de células, la diferenciación, crecimiento y reordenamiento celulares transforman el oocito fecundado, célula de gran especialización llamada cigoto, en un ser humano adulto multicelular. Aunque casi todos los cambios del desarrollo ocurren durante los períodos embrionario y fetal temprano, algunas modificaciones importantes se realizan en los últimos períodos del desarrollo: la infancia, la adolescencia y durante la edad adulta.

En la misma obra con toda puntualidad y precisión se indica que, “el desarrollo humano se inicia con la concepción o fecundación, proceso durante el cual se unen el gameto masculino o espermatozoo con un gameto femenino u oocito (óvulo) para formar una célula que se llama cigoto (Gr. Cigotos, unidos entre sí). Esta célula totipotente, es decir, de gran especialización porque “es capaz de producir células de todos los órdenes”, y que constituye el inicio de todos los seres humanos como individuos únicos. Aunque el cigoto se ve a simple vista una mancha muy pequeñita. Contiene cromosomas y genes (unidades de información genética) que se derivan de la madre y del padre. El organismo unicelular, que se conoce como cigoto, se divide muchas veces y en forma progresiva se transforma en un ser humano multicelular, a través de divisiones, migración, crecimiento y diferenciación celulares.

Ahora bien, las referencias que a nuestro juicio de mayor relevancia para sustentar que desde la fecundación comienza la vida humana y que a partir de ahí se adquiere dicha calidad, comenzando el desarrollo de cada ser de nuestra especie, las encontramos en las declaraciones emitidas por los Doctores, Jesús Kumate Rodríguez, María Cristina Márquez Orozco y Fabio Salamanca Gómez, con motivo de las acciones de inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007, fueron designados como Peritos en materia de concepción y vida humana en el seno materno, quienes ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, manifestaron argumentos que sustentan nuestra postura respecto a la fecundación, como el inicio de la vida del ser humano.

El doctor Jesús Kumate Rodríguez, Médico Cirujano por la Escuela Médico Militar y con postgrado como Doctor en Ciencias por la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional, entre otras cosas señalo que, “las diferencias entre un feto humano de doce semanas y otra a las trece semanas, son fundamentalmente de tamaño en razón del crecimiento acelerado que se observa después de la octava semana. No hay nada fundamental en la organogénesis que permitan diferenciarlos, son simplemente fases de un proceso continuo que se inicia desde la fertilización del primer día de la vida”.

Por su parte, la Dra. María Cristina Márquez Orozco, Licenciada en Biología por la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional Autónoma de México, con postgrado como Maestra y Doctora en Ciencias (Biología) por la misma Facultad, sostuvo ante la Corte que, “la fecundación in vitro y el desarrollo de un embrión fuera de la madre, es una prueba de su autonomía fisiológica durante la formación de los primeros blastómeros. Por esta condición se puede asegurar que el embrión constituido por la unión de un óvulo (ovocito secundario) y un espermatozoide, es un ser único e irrepetible, distinto a la madre, pues desde la formación de los gametos se recombinan los genes de los cromosomas al azar, de manera que no son los mismos del padre y la madre”.

En ese orden de ideas, la Perito, Dra. María Cristina Márquez Orozco, agregó que, “la condición de ser humano se adquiere en el momento de la fecundación, ya que es entonces que se inicia el desarrollo de un ser humano con genes propios que determinan su condición de ser humano único e irrepetible, que le dan individualidad. La vida es un continuo desde la fecundación hasta la muerte y si se ha subdividido en etapas para su estudio, sólo es para facilitar la comprensión de los cambios más importantes que se producen a través de la ontogenia humana. Un ser humano es el mismo desde la fecundación hasta la muerte, a pesar de los cambios de apariencia que puede experimentar durante las diferentes etapas del desarrollo pre y posnatal. Algunas de estas modificaciones son muy drásticas como la aparición y desaparición de cola, pero también lo son los cambios que experimenta el ser humano desde recién nacido hasta la vejez”.

Otro de los Peritos que comparecieron ante la Corte, fue el Dr. Fabio Salamanca Gómez, Médico Cirujano por la Universidad Nacional de Colombia, especialista con postgrado en Genética Médica por la Universidad Nacional Autónoma de México, quien expresó que, “la condición de humano, como se ha anotado con anterioridad, está presente desde la unión misma del óvulo y el espermatozoide en el proceso de la fertilización, ya que su genoma contiene las instrucciones de un plan de desarrollo corporal particular para la especie humana y como se anotó con anterioridad, cuenta con genes que son exclusivos de los seres humanos [...]”.

Hay unanimidad en cuanto a establecer que el inicio de todo ser humano se da en la fecundación o concepción.

Alejandra Huerta Zepeda, Doctora en Ciencias Biomédicas por la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Autónoma de México, señala que, “el embrión unicelular o cigoto es un ser humano y por lo tanto, persona humana. Tiene todos los órganos y la forma que corresponde a ese momento del desarrollo humano, proceso de desarrollo que se inicia desde el momento de la fecundación”.

La Dra. Alejandra Huerta Zepeda, a lo anterior agregó que ,“la diferencia crucial la encontramos en el momento de la fecundación, donde el ovocito célula haploide, después de ser fecundada, es ahora un diploide—46 cromosomas— (cigoto), con genoma humano que contiene toda la información necesaria para llevar a término el desarrollo de un ser humano”.

En el libro “La Suprema Corte y el derecho a la Vida”, se señala que, “la Vida humana se da, necesariamente, en cualquier entidad orgánica que cuente con material genético humano y provenga de padres de la especie humana. Lógicamente esa vida humana existirá desde su inicio y continuará existiendo en las etapas de su desarrollo, con las peculiaridades que correspondan a cada una de ellas. Así, hay vida humana en el óvulo fecundado, en el seno que se encuentra en el seno materno, en el recién nacido, en el adolescente, en el joven, en el hombre maduro y en el anciano aunque, obviamente, la expresión humana será muy diferente en cada momento”.

“La genética moderna confirma las anteriores apreciaciones. Desde el primer momento de la concepción se encuentra fijado el programa genético de lo que será ese viviente: una persona, un individuo con sus características ya bien determinadas. La ciencia nos ofrece la solución precisa para determinar si el embrión es humano: el ser humano tiene 46 cromosomas en todas las células, no hay otros seres vivientes con esa configuración de genes; cuando el esperma, que tiene 23 cromosomas paternos, se une con el óvulo, que tiene 23 cromosomas maternos, el nuevo ser tiene 46 cromosomas y es único; este embrión es esencialmente humano”.

“Aunque la vida es un proceso continuo, la fertilización es un punto crítico porque bajo circunstancias ordinarias, un nuevo organismo humano genéticamente distinto está así formado...La combinación de 23 cromosomas presentes en cada pronúcleo resulta en 46 cromosomas en el cigoto. En consecuencia, el número diploide se restablece y el genoma embrional es formado. El embrión ahora existe como una unidad genética”.

Aunque resulte redundante, existen una serie de libros en materia científica, en el que se describe en forma clara que la vida humana comienza en la fecundación o concepción, que es lo mismo que fertilización.

Es en el momento de la fertilización en que comienza un viaje sorprendente, por llamarlo así, el desarrollo de la vida humana, no hay nada en su constitución que permita negar la calidad de humano al ser que en ese momento se ha constituido gracias a la unión de 46 cromosomas, por el contrario tiene todo lo necesario para considerarlo humano, pues el material genético que le dio origen proviene de sus padres, seres de la misma especie, es decir, humanos.

En realidad el ser humano a partir de ese momento no dejará de crecer, cambiará su entorno pues durante las primeras etapas de su desarrollo estará en el vientre materno, pero pasados nueve meses verá la luz, y cada momento de su vida siempre estará rodeado de algo nuevo.

Otras opiniones actuales y autorizadas en el tema que nos ocupa, son las de la Doctora en Ciencias Biológicas, María Iraburu y Doctora Natalia López Moratalla Catedráticas de Bioquímica y Biología Molecular de la Universidad de Navarra, coautoras del libroquienes afirman:

Pasando a otro punto que nos llevan a la reflexión y constituye una llamada de atención para las suscritas Legisladoras y Legisladores inicialistas, y que no debe ser visto como algo ordinario o común, son las cifras que publica el Grupo de Información en Reproducción Elegida por sus siglas: GIRE (2015), actualmente estamos hablando de 160,170 abortos de seres humanos quienes han sido privados de la vida en el Distrito Federal, desde el 24 de abril del 2007, hasta Mayo 31 del 2016, sin ni siquiera haber tenido la oportunidad de que alguien les brindara defensa alguna, violentándose con ello su dignidad y su derecho a vivir.

Debe quedar claro que esta propuesta no atenta en contra del derecho que tienen las personas (hombres y mujeres) a planificar el número de hijos y espaciamiento de los mismos de “manera responsable”, pues es claro que el legislativo respeta las acciones previas a la concepción o fecundación. Sin embargo, la propuesta que presentamos pretende establecer el respeto y la protección del derecho a la vida una vez que esta se ha presentado mediante el hecho biológico denominado concepción.

Ahora bien, algunos antecedentes que le dan sustento a la presente en el sentido de que nadie podrá ser privado de la vida, lo encontramos en la siguiente Tesis de Jurisprudencia P.J. 13/2002, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XV, febrero de 2002, página 589, la cual señala lo siguiente:

Derecho a la vida. Su protección constitucional

Del análisis integral de lo dispuesto en los artículos 1, 14 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se desprende que al establecer respectivamente, el principio de igualdad en todos los individuos que se encuentren en territorio nacional, por el que se les otorga el goce de los derechos que la propia Constitución consagra, prohibiendo la esclavitud y todo tipo de discriminación; que nadie podrá ser privado, entre otros derechos , de la vida, sin cumplir con la garantía de audiencia, esto es, mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos en el que se sigan las formalidades esenciales del procedimiento; y que la pena de muerte sólo podrá imponerse contra los sujetos que la propia norma constitucional señala, protege la vida de todos los individuos, pues lo contempla como un derecho fundamental, sin el cual no cabe la existencia ni disfrute de los demás derechos.

Debemos señalar que el 9 de diciembre de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reformaron los artículos 14, segundo párrafo y 22 primer párrafo, y se derogó el cuarto párrafo del artículo 22, de la Constitución Política, en consecuencia el artículo 14 en cuestión, ya no refiere expresamente la prohibición relativa a que nadie podrá ser privado de la vida. Sin embargo, la reforma en comento para fines del presente proyecto que sometemos a ésta Soberanía, deja en claro que en nuestro país está prohibida la pena de muerte y de que no hay forma en que se permita disponer de la vida humana; pues sin ese derecho, no cabe la existencia y disfrute de los demás derechos.

No obstante lo anterior, si bien es cierto que está prohibida la pena de muerte, mutilación, infamia etc., en el artículo 22 y de igual manera existe restricciones o suspensión de derechos humanos en ciertos casos tal como lo precisa el artículo 29, párrafo segundo de la Norma Suprema, en el que expresamente refiere lo prohibición de restringirse el ejercicio de los derechos “...a la vida...”, aunque previenen situaciones jurídicas concretas que pudieran servir de sustento para pretender negarle el derecho al no nacido, dichas disposiciones constitucionales también dejan en claro, que no hay forma en que se permita de disponer de la vida humana, la integridad personal y la familia; que vinculado a los artículos como ya hemos dejado expresado con anterioridad en el artículo 123 fracción V, y vale la repetición de que en dicha Carta Magna, se prevén medidas para el buen desarrollo de la gestación (del concebido) en la mujer, tales como la no realización de trabajos que exijan un esfuerzo considerable (por la posibilidad de producir efectos nocivos en la salud de la mujer en cinta y el producto en su vientre materno); y en su artículo 22 del Código Civil Federal del Libro Primero, De las Personas, Título Primero, De las Personas Físicas, al precisar: (...pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.), respectivamente. Por lo que no debe quedar duda de la importancia que reviste el dejar en claro expresamente y de una vez por todas, que en nuestra Constitución Política Federal, no debe quedar duda de la protección del derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural y no inducida.

En el mismo orden de ideas, la propia Constitución implícitamente reconoce que el derecho a la vida del producto de la concepción, es decir, un ser humano a partir de que se presenta la unión de las células germinales, se encuentra protegido por la Carta Magna, los Tratados Internacionales y las Leyes Federales y Locales.

Otro antecedente lo encontramos en la siguiente:

Tesis de Jurisprudencia P.J. 14/2002, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XV, del mes de febrero de 2002, página 588; señala lo siguiente:

Derecho a la vida del producto de la concepción. Su protección deriva de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los tratados internacionales y de las leyes federales y locales.Si se toma en consideración por un lado, que la finalidad de los artículos 4o, y 123, apartado A, fracciones V y XV, y apartado B, fracción XI, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la exposición de motivos y los dictámenes de las comisiones del Congreso de la Unión que dieron origen a sus reformas y adiciones de tres de febrero de mil novecientos ochenta y tres, y treinta y uno de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, respectivamente, es la procuración de la salud y el bienestar de los seres humanos, así como la protección de los derechos de la mujer en el trabajo, en relación con la maternidad, y, por ende, la tutela del producto de la concepción, en tanto que éste es una manifestación de aquélla, independientemente del proceso biológico en el que se encuentre y, por otro, que del examen de lo previsto en la Convención sobre los Derechos del Niño y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , publicados en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de enero de mil novecientos noventa y uno y el veinte de mayo de mil novecientos ochenta y uno, aprobados por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión el diecinueve de junio de mil novecientos noventa y el dieciocho de diciembre de mil novecientos ochenta, respectivamente, cuya aplicación es obligatoria conforme a los dispuesto en el artículo 133 de la propia Norma Fundamental, se desprende que establecen, el primero, la protección de la vida del niño tanto antes como después del nacimiento y, el segundo, la protección del derecho a la vida como un derecho inherente a la persona humana, así como que del estudio de los Códigos Penal Federal y Penal para el Distrito Federal, se advierte que prevén la protección del bien jurídico de la vida humana en el plano de su gestación fisiológica, al considerar al no nacido como alguien con vida y sancionar a quien le cause la muerte, así como que el producto de la concepción se encuentra protegido desde ese momento y puede ser designado como heredero y donatario, se concluye que la protección del derecho a la vida del producto de la concepción, deriva tanto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como de los Tratados Internacionales y las leyes federales y locales.

De lo anterior se advierte con toda precisión, que cualquier individuo, partiendo de la concepción tiene derecho a la vida por desprenderse de ello de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo cual fue avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En este orden de ideas, en el campo del derecho Internacional Público, tenemos que en diversos documentos se reconoce a la vida de todo ser humano.

Derecho internacional y la protección a la vida desde la concepción

La protección del derecho a la vida ha sido un tema reiterado en el ámbito internacional, reconociéndose con ello su carácter de derecho primario e inherente (esto es, que por su naturaleza está de tal manera unido a algo que no se puede separar de ello, de acuerdo a la real Academia Española), toda vez que sin él no pudiesen generarse los demás derechos del ser humano; y el Estado mexicano, al haber signado y adoptado desde la centuria pasada los instrumentos internacionales que a continuación se detallan, se encuentra vinculado jurídicamente a garantizar su protección y por tanto a incorporar expresamente en su Carta Magna la declaratoria correspondiente, como en la presente iniciativa se propone.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por Resolución de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas No. 217 A (III), cuya fecha de adopción es del 10 de diciembre de 1948, en su artículo 3° establece lo siguiente:

Artículo 3°. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada en la IX Conferencia Internacional Americana, celebrada en la ciudad de Bogotá, Colombia, adoptada el 2 de mayo de 1948, en su artículo 1° establece que:

Artículo 1°. Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la integridad de su persona.

Asimismo este documento, en su artículo 2° señala que:

Artículo 2°. Todas las personas son iguales ante la Ley y tienen los derechos y deberes consagrados en esta declaración sin distinción de raza, sexo, idioma, credo ni otra alguna.

La Declaración, es contundente al establecer que todo ser humano, tiene derecho a la vida, sin hacer distinción entre nacido y no nacido, y siendo que se es humano a partir de que el individuo es concebido, como se estableció en apartados previos de este documento, es desde ese momento que tiene derecho a la vida, de lo contrario, se estaría haciendo una distinción injustificada contraria al último precepto citado, y una restricción indebida al disfrute de este derecho fundamental.

La Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada en la Ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 9 de diciembre de 1948, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 1952, a través de sus artículos 1 y 2, señalan lo siguiente:

Artículo 1. Las Partes contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional que ellas se comprometen a prevenir y a sancionar.

Artículo 2. En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional étnico, racial o religioso, como tal: a) Matanza de los miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.

Los Estados Partes de la Convención en cita, han asumido un compromiso para prevenir y sancionar el delito de genocidio, entendiéndose por este entre otros casos la “matanza de miembros de un grupo nacional, étnico, racial o religioso, así como las medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo.

De esta forma, queda de manifiesto el mensaje de la comunidad internacional por evitar y, en su caso, sancionar la privación de la vida de seres humanos, incluyendo los no nacidos, por cuestiones propias a su identidad, a su dignidad como seres.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobado en la Ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 16 de diciembre de 1966, al cual se adhirió México el 24 de marzo de 1981; el 20 de mayo de 1981 fue publicado el decreto de promulgación en el Diario Oficial de la Federación, señala:

Artículo 6°. 1. El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos conocida comúnmente como “PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA”; adoptada el 22 de noviembre de 1969; aprobada por el senado mexicano, el 18 de noviembre de 1980, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 9 de enero de 1981; cuya fecha de publicación del decreto de promulgación en el Diario Oficial de la Federación del 7 de mayo de 1981, determina lo siguiente:

Artículo 4°. Derecho a la vida.

1. Toda persona tiene derecho a que se le respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente (...)

Por otra parte en cuanto a la protección del derecho a la vida del niño, desde el momento de su concepción, se encuentra prevista en los instrumentos especializados en la niñez, como se observa en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en la ciudad de Nueva York el 20 de noviembre de 1989, suscrita por México el 26 de enero de 1990, aprobada por la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, el día 19 de junio de 1990, según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de julio del mismo año y publicada finalmente el 25 de enero de 1991 en su preámbulo, noveno párrafo, se señala lo siguiente:

Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.

Con relación al preámbulo en cita, el Ministro Salvador Aguirre Anguiano durante su intervención en la sesión ordinaria del día 28 de agosto del 2008, relativa a las acciones de inconstitucionalidadnúmeros 146/2007 y su acumulada 147/2007, expuso en relación a la afirmación de que el concebido no tiene la calidad de niño, lo siguiente:

Sobre el particular, insisto en que el artículo primero de la Convención sobre los Derechos del Niño debe interpretarse en conjunción con el párrafo noveno de su preámbulo, el cual forma parte del texto de este instrumento en términos del artículo 31 de la Convención de Viena y que establece que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”. Además, dicho párrafo noveno fue consecuencia de la propuesta de Senegal y Malta para que en la definición del “niño” del artículo 1°, se incluyera expresamente al concebido, razón por la cual ha de entenderse que la protección que brinda esa Convención, es a partir de la concepción.

Por otra parte, la Declaración de los Derechos del Niño, adoptada en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en su Resolución 1386 (XIV), de fecha 20 de noviembre de 1959, en sus principios 1 y 4, se señala lo siguiente:

Principio 1. El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Principio 4. El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social, Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados

En Derecho Comparado, existen múltiples casos de consagración constitucional del derecho a la vida como un derecho fundamental, inviolable e inherente a la persona humana, como son los países siguientes: Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, por lo que podemos señalar que la tendencia a dar la relevancia al derecho a la vida este reconocimiento constitucional, constituye una importante tendencia internacional.

Conviene citar particularmente, en vía de ejemplo, los países que han incluido expresamente la protección desde el momento de la concepción, los siguientes.

En la Constitución Política de la República de Chile, artículo 19, se señala:

Artículo 19. La Constitución asegura a todas las personas:

1. El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. La ley protege la vida del que está por nacer. (...)

En la Constitución Política de la República de Guatemala, artículo 3, se establece lo siguiente:

Artículo 3. Derecho a la vida. El Estado garantiza y protege la vida humana desde la concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.

En la Constitución Política de la República de Paraguay, artículo 4°, se señala:

Artículo 4. Del derecho a la vida. El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Se garantiza su protección, en general, desde la concepción.

Derivado del análisis anterior, obtenemos que el derecho a la vida tiene connotaciones tan elevadas que está considerado como un derecho universal, por lo que no existe duda alguna sobre la necesidad de su inclusión en el máximo ordenamiento de nuestra Nación, como lo es la Constitución Política.

Nadie puede discutir que no hay derechos sin sujeto; precisamente, el sujeto y el objeto son los términos de un tipo de relación jurídica. En la protección al derecho a la vida en general, se debe establecer quién es el sujeto protegido y aquí se enlaza, perfectamente, lo preceptuado por el numeral 1º del artículo 4º del Pacto de San José, en cuanto a que toda persona tiene derecho a que se respete su vida desde que es concebido, que es lo mismo que decir, todo hombre o toda mujer, o todo ser humano o todo individuo de la especie humana o todo sujeto de derecho tiene derecho a que se respete su vida. En este sentido estamos hablando de una protección integral de la vida. Ahora bien, establecer que tal protección inicia hasta el nacimiento, además de ser una restricción carente de sustento jurídico en los instrumentos internacionales como ya se analizó y una exclusión discriminatoria injustificada hacia el ser por nacer, sería un absurdo, porque para que un ser humano nazca, necesariamente es por el resultado de un proceso que inicia con la fecundación seguido de un desarrollo embrionario, el cual debe ser objeto de protección jurídica.

Por lo anterior, los gobiernos de todos los países, y en este caso, de México, no sólo deben proporcionar la protección a todos sus ciudadanos, sino también, promover la defensa de todos y cada uno de los derechos humanos, siendo la base de todos ellos, la vida; ya que sin este derecho, no habría gobernados ni gobernantes.

A mayor abundamiento y a efecto de evidenciar el interés de los Estados de la República Mexicana en tutelar la vida desde la concepción hasta la muerte natural expresamos que hasta la presente fecha son Diez y Nueve Entidades Federativas que la sustentan en sus Constituciones Locales, siendo algunas las siguientes:

1. Estado de Baja California. Reforma del artículo 7º de la Constitución Política del Estado de Baja California (23 octubre 2008. Vigente / Publicada el 26 de diciembre de 2008) Art. 7. El Estado de Baja California acata plenamente y asegura a todos sus habitantes las garantías individuales y sociales consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los demás derechos que otorga esta Constitución; de igual manera esta norma fundamental tutela el derecho a la vida, al sustentar que desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida.

2. Estado de Morelos. Reforma del artículo 2º de la Constitución Política del Estado de Morelos; II. Reforma del Código Penal; III. Reforma del Código Civil; IV. Reforma del Código Familiar; y V. Reforma de la Ley de Salud estatal. (11 noviembre 2008, Vigente / Publicada el 11 de diciembre de 2008) Art. 2. En el Estado de Morelos se reconoce que todo ser humano tiene derecho a la protección jurídica de su vida, desde el momento mismo de la concepción, y asegura a todos sus habitantes, el goce de las garantías individuales y sociales contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la presente Constitución y, acorde con su tradición libertaria, declara de interés público la aplicación de los artículos 27 y 123 de la Constitución Fundamental de la República y su legislación derivada.

3. Estado de Puebla (12 marzo 2009). Reforma del artículo 26 de la Constitución Política del Estado de Puebla. Vigente / Publicada el 3 de junio de 2009. Art. 26.El Estado reconoce a la Familia como una institución fundamental que constituye una unidad política y social que promueve la enseñanza y transmisión de los valores culturales, éticos y sociales necesarios para el desarrollo de las personas que la conforman. Se establece en el Estado la institución del patrimonio de familia o familiar. Las leyes determinaran los bienes que constituyan el patrimonio de la familia, bienes que serán inalienables, no podrán sujetarse a gravámenes reales, y podrán ser transmisibles a título de herencia con simplificación de las formalidades de los juicios sucesorios. Los Poderes Públicos garantizarán el desarrollo integral de la Familia, con sus derechos y obligaciones; atendiendo los contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados, Convenciones y demás Instrumentos Internacionales ratificados por el Estado mexicano y los ordenamientos secundarios; al tenor de los siguientes principios: I. Su forma de organización; II. Las relaciones entre los integrantes de la Familia deben ser con base a la equidad, la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad y el respeto recíproco; III. Toda persona tiene derecho a planear y decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos; IV. La vida humana debe ser protegida desde el momento de la concepción hasta su muerte natural, salvo los casos previstos en las Leyes; V. La obligación de los miembros de la familia a contribuir cada uno por su parte a sus fines y a ayudarse mutuamente; VI. Todas las hijas y los hijos son iguales ante la ley; VII. La madre, el padre o el tutor tienen el deber de formar, educar, mantener y asistir a sus hijas o hijos, y éstas o éstos tienen el deber de asistirlos cuando aquélla o aquél no puedan hacerlo por sí misma o por sí mismo; VIII. El valor de la unidad familiar, debe tenerse en consideración en la legislación y política penales, de modo que el detenido permanezca en contacto con su familia; IX. El trabajo de la madre y del padre en casa, debe ser reconocido y respetado por su valor para la familia y la sociedad; X. La familia tiene derecho a ser protegida adecuadamente, en particular respecto a sus integrantes menores de edad, personas con discapacidad y adultos mayores; XI. Los integrantes de la familia tienen derecho a que los demás miembros les respeten su integridad física y psíquica, con objeto de contribuir a su sano desarrollo para su plena incorporación y participación en la sociedad; y XII. Los integrantes de la familia están obligados a evitar conductas que generen violencia familiar.

4. Estado de Jalisco (26 marzo de 2009. Vigente / Publicada el 2 de julio de 2009). Reforma de los artículos 4º y 15 de su Constitución Política Art. 4. La Constitución tutela y garantiza el derecho subjetivo público del individuo a la vida, desde la concepción hasta la muerte natural de las personas que se encuentran en territorio del estado de Jalisco, y los demás que enuncia la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se entiende por concepción humana la fecundación del óvulo femenino por el esperma masculino en el vientre materno, dando origen a un nuevo ser humano en la secuencia natural de gestación. Art.15. Las autoridades estatales y municipales colaborarán con la familia para su fortalecimiento, adoptarán y promoverán medidas que protejan, tutelen y garanticen el derecho de todo individuo a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural.

5. Estado de Oaxaca. Reforma al párrafo sexto del artículo 12 de su Constitución Local 89 septiembre 2009. Art. 12. (...) Todo ser humano desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales hasta su muerte natural. Los habitantes del Estado tienen todas las garantías y libertades consagradas en esta Constitución, sin distinción alguna de su origen, raza, color, sexo, idioma, religión, opinión pública, condición o actividad social.

6. Estado de Veracruz. Reforma el artículo 4 de su Constitución, Aprobado por el pleno del Congreso en noviembre de 2009. El nuevo artículo 4 de la Constitución aprobado establece: “El Estado garantizará el derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustenta el ejercicio de los demás derechos del individuo. La ley Determinará los casos de excepción”.

7. Estado de Chiapas. El Congreso local aprobó el 18 de diciembre de 2009 las reformas a la Constitución estatal y a los códigos Penal y Civil para que se reconozca, proteja y garantice la vida desde la fecundación, como ocurría ya en 17 estados del país. Las modificaciones sustituyen la pena de cárcel por atención médica integral en libertad para las mujeres que cometan el delito de aborto.

8. Estado de Veracruz. El Congreso de Veracruz aprobó el jueves 21 de enero de 2016, una reforma al artículo 4 de la Constitución estatal, con lo cual quedó protegido el derecho a la vida del ser humano “desde el momento de la gestación hasta su muerte natural”, cancelando por esta vía la posibilidad de que en esta entidad se practique la interrupción legal del embarazo.

Todas esas decisiones tomadas por la mayoría de los Estados, sigue en ascenso, pues tenemos conocimiento que específicamente en el Estado de Coahuila, actualmente están trabajando en la elaboración de un proyecto de reforma de su Constitución Local, en el que de igual manera como las demás Entidades Federativas señaladas, inciden en que el derecho a la Vida, es una condición del ser humano inherente a su naturaleza, la cual, es parte primaria y esencia del principio mismo de la existencia tanto de la vida de las mujeres de la de los hombres, que debe ser tutelada desde la concepción hasta la muerte natural.

Por ello, como representantes populares de las y los ciudadanos mexicanos y retomando las palabras del Dr. Carlos Fernández del Castillo Sánchez, coincidimos en que:

“Los derechos humanos fundamentales del ser humano residen en el mismo ser humano, no en los que se aprueban o desaprueban por una votación.

“Los valores fundamentales no pueden someterse a un proceso democrático”.

“Todos los niños concebidos tienen un valor inmenso, absoluto. No hay niños concebidos de segunda clase que ya están en el útero materno y deban ser sacrificados porque no son deseados. La destrucción de los embriones es una verdadera falta de respeto a la dignidad humana”.

Por lo anterior, privilegiemos el interés superior del niño, brindémosle la tutela jurídica a esas y esos inocentes concebidos y no nacidos que no tienen voz, y que el único infortunio de ellas y de ellos, fue el haber venido a un mundo en el que cierto conglomerado humano los califica como no deseados; y en una época en que el valor por la vida está siendo amenazada por el menosprecio, la indiferencia y la indolencia al pretender justificar bajo eufemismos, un genocidio que bajo ningún motivo puede encontrar justificación en una sociedad que presuma de ser civilizada.

Notas:

1 O’callaghan, Xavier. (2001). Compendio de Derecho Civil. Tomo 4: Derecho de Familia. En: http://vlex.com/vid/215562

2 Moro Almaraz, Ma. Jesús y Sánchez Cid, Ignacio, Lecciones de derecho de familia, Ed Colex, Madrid, 2005.

3 Borda, Guillermo, Tratado de derecho civil. Familia, Abeledo Perrot, 1984, Buenos Aires, t.I. p. 47.

4 Abaladejo García, M: DERECHO CIVIL I, vol 1°, Barcelona, Boschi, 2002

5 http://dle.rae.es/?id=OdQHkYU

6 http://www.echr.coe.int/Documents/Convention_SPA.pdf

7 Ídem, pág. 12

8 Echr, Marckx v. Bélgica, Judgment of June 13, 1979, Series A no. 31

9 Echr, Rees v. the United Kingdom, Judgment of October 17, 1986, Series A no. 106.

10 Echr, Cossey v. the United Kingdom, Judgment of September 27, 1990, Series A no. 184

11 Echr, Sheffield and Horsham v. The United Kingdom, 1998-V, no. 84.

12 ECHR, Fretté v. France, Judgment of February 26, 2002, Reports 2002-I

13 http://www.echr.coe.int/Documents/Convention_SPA.pdf

14 Ídem

15 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_250716.pdf

16 http://www.un.org/es/documents/udhr/

17 https://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_H umanos.htm

18 http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/declaracion.asp

19 http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CRC.aspx

20 WARDLE, Lynn D., “The Attack on Marriage As the Union of a Man and a Woman”, 83 N. Dak. L. Rev. 1365-1391 (2007)

21 Diagnóstico de la Familia Mexicana, Sistema Nacional DIF, 2005.

22 Giddens Anthony (1995). La constitución de la sociedad. Bases para la teoría de la estructuración. Buenos Aires: Amorrortu editores.

23 Lévi-Strauss 1988: 12 en Burguiére, André; Klapisch-Zuber, Christiane; Segalen, Martine; Zonabend, Francoise en Historia de la Familia Volumen I y II Alianza Editorial, S.A. Madrid, España Madrid, España

24 Diagnóstico de la Familia Mexicana, Sistema Nacional DIF, 2005.

25 LéviStrauss 1988: 13 en Burguiére, André; Klapisch-Zuber, Christiane; Segalen, Martine; Zonabend, Francoise en Historia de la Familia Volumen I y II Alianza Editorial, S.A. Madrid, España Madrid, España

26 http://www.un.org/es/documents/udhr/

27 http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CCPR.aspx

28 http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/sconvention.htm

29 https://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_H umanos.htm

30 García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del derecho, editorial Porrúa, México, 61a. Edición.

31 Villoro Toranzo, Miguel, Deontología jurídica,Textos Universitarios, Departamento de Derecho, Universidad Iberoamericana, México, 1987, p. 158.

32 Aspe Hinojosa, Roberto, los fines del derecho Porrúa, México, 2009, pp. 5-6.

33 http://bibliotecaculturajuridica.com/biblioteca/arxius/PDF/REDI_VOL_LXIV_2_2012 /02_MANZANO_digital.pdf

34 Trueba Olivares, Eugenio, “El aborto”, Editorial JUS. p. 15.

35 Preciado Hernández, Rafael (2014), Lecciones de Filosofía de Derecho, Editorial Porrúa. P. 5.

36 Adame Goddard, Jorge (2011), Análisis del proyecto de sentencia contra la vida de los no nacidos, Selected Works, Recuperado el 28 de febrero de 2014, de: http://works.bepress.com/jorge_adame_goddard/187

37 Adame Goddard, Jorge (2011), La supuesta inconstitucionalidad de la protección de la vida del no nacido, Recuperado el 28 de febrero de 2015, de:http://works.bepress.com/jorge_adame_goddard/subject_areas.html

38 Adame Goddard, Jorge (2007), La Reforma en el Código Penal para el Distrito Federal, Recuperado el 28 de febrero de 2015, de: http://works.bepress.com/jorge_adame_goddard/9/

39 García Máynez, Eduardo (2011), Introducción al Estudio del derecho, 63 reimpresión, Editorial Porrúa, p.278

40 Diagnóstico de la Familia Mexicana, Sistema Nacional DIF, 2005.

41 Frédéric Edel Research Fellow, National School of Administration Teaching Fellow in public law, University of Strasbourg, Case Law of the European Court of Human Rights relating to discrimination on grounds of sexual orientation or gender identity, Council of Europe, March 2015 Printed at the Council of Europe.

42 Finnis, J (2014), citado por R. Dworkin (comp), Filosofía del derecho, Editorial Fondo de la Cultura Económica, Segunda edición, pp. 313-316.

43 Véase Grisez, op. Cit, cap. 1 y pp. 273-287m así como los escritos allí citados.

44 Illanes, Sebastián (2014), Facultad de Medicina de la Universidad de los Andes, “El embrión como paciente”, recuperado el 28 de febrero de 2015, de: http://www.uandes.cl/noticias/el-embrion-humano-es-capaz-de-comunicarse-con-su- madre.html

45 Adame Goddard, Jorge (2008), La Vida ante la Corte, Inconstitucionalidad del aborto, Editorial ENLACE, p. 88.

46 Fernández del Castillo Sánchez, Carlos, La Vida ante la Corte, Inconstitucionalidad del aborto, p.242-245

47 Barbato, Walter R., “Tratado de Anticoncepción”, primera edición, Editorial Corpus, Argentina 2005. p. 77.

48 ¿Qué es el embrión humano? “Biblioteca del Instituto de Ciencias Jurídicas de la Familia, España. p. 35.

49 Ídem p. 35

50 Carrera, José María y otro, “Medicina del Embrión”, Editorial Masson, Barcelona México 1997.p.

51 Carlson, Bruce M. “Embriología Humana y Biología del Desarrollo”, Madrid. p.34

52 Moore, Keith L, “Embriología Clínica”, Editorial Interamericana McGraw-Hill, México 1995. p. 1

53 Idem p. 15

54 Traslosheros, Jorge E., “El Debate por la Vida”, Editorial Porrúa, México 2008. p. 54.

55 Idem p.p. 54 y 55.

56 Aguinaco Alemán, Vicente, “La Suprema Corte de Justicia y el derecho a la Vida: Sentencia sobre el Aborto, México 2002, p. 210.

57 Ídem, p.210.

58 Información consultada el día 12 de enero de 2015, en el sitio web: http://www.princeton.edu/prolife/articles/embryoquotes2.html.

59 López Moratalla, Natalia e Iraburu Elizalde, María J (2014), Los quince primeros días de la vida humana, Información consultada el 14 de enero de 2015, en el sitio web: http://www.fluvium.org/textos/vidahumana/vid76.htm

60 Grupo de Información en Reproducción Elegida GIRE (2015), recuperado el 28 de febrero de 2015, de: https://www.gire.org.mx/nuestros-temas/aborto/cifras

Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2016.— Diputadas y diputados: Norma Edith Martínez Guzmán,Abdies Pineda Morín, Adriana Elizarraraz Sandoval, Alejandra Gutiérrez Campos, Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Alejandro González Murillo, Angélica Moya Marín, Arlet Mólgora Glover, Armando Alejandro Rivera Castillejos, Baltazar Martínez Montemayor, Beatriz Vélez Núñez, Brenda Velázquez Valdez, Claudia Sánchez Juárez, Claudia Villanueva Huerta, Cynthia Gissel García Soberanes, Daniel Torres Cantú, David Jiménez Rumbo, Diego Valente Valera Fuentes, Emma Margarita Alemán Olvera, Enrique Pérez Rodríguez, Gerardo Federico Salas Díaz, Gina Andrea Cruz Blackledge, Gonzalo Guízar Valladares, Guadalupe González Suástegui, Hugo Eric Flores Cervantes, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, Jacqueline Nava Mouett, Jorge Ramos Hernández, José Adrián González Navarro, José Alfredo Ferreiro Velazco, José Luis Orozco Sánchez Aldana, José Luis Toledo Medina, José Máximo García López, Juan Carlos Ruiz García, Juan Corral Mier, Julieta Fernández Márquez, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Luis Agustín Rodríguez Torres, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María Antonia Cárdenas Mariscal, María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, María Verónica Agundis Estrada, María Verónica Muñoz Parra, Melissa Torres Sandoval, Miguel Ángel Huepa Pérez, Montserrat Alicia Arcos Velázquez, Nelly del Carmen Márquez Zapata, Otniel García Navarro, Pedro Garza Treviño, Sara Latife Ruiz Chávez, Sara Paola Galico Félix Díaz, Sasil Dora Luz de León Villard, Silvia Rivera Carbajal, Ulises Ramírez Núñez (rúbricas).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Martínez Guzmán. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Derechos Humanos, para opinión.

La diputada Emma Margarita Alemán Olvera(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido en la curul de la diputada Margarita Alemán, por favor. ¿Con qué objeto, diputada? Ya está.

La diputada Emma Margarita Alemán Olvera (desde la curul): Gracias, presidente. Solamente para solicitar a la diputada Norma que me permita apoyar esta iniciativa.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: ¿Diputada Norma? Estará a su disposición aquí en la Mesa Directiva, para los trámites que estamos ya siguiendo anteriormente.

La diputada María Guadalupe Cecilia Romero Castillo(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido en la curul de la diputada Cecilia Romero. ¿Con qué objeto, diputada?

La diputada María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (desde la curul): Gracias, diputado. Para felicitar a la diputada por la intervención que acaba de tener. Decirle que estamos muchos muy interesados y trabajando con ella en el mismo objetivo. Y por supuesto, pedirle que me permita unirme a firmar su iniciativa. Gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada. Está igualmente a su disposición en la Secretaría de la Mesa Directiva. Sonido en la curul de la diputada Claudia Sánchez. Adelante, diputada.

La diputada Claudia Sánchez Juárez (desde la curul): Felicitar a la diputada Norma Edith y varios diputados que ya hemos signado esta iniciativa y hacerla patente por la vida de la familia. Muchísimas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Claudia Sánchez. Está a su disposición. Sonido en la curul del diputado Sasil de León, por favor.

La diputada Sasil Dora Luz de León Villard (desde la curul): Buenas tardes. Para también adherirme a esta iniciativa, por favor, si la diputada me lo permite, y felicitarla por su intervención. Gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, compañera diputada. Ella ya ha dado su consentimiento. Está a su disposición aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva. Muy bien.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Mariana Arámbula Meléndez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un capítulo y un artículo 209 Quáter al Código Penal Federal, suscrita de la misma forma por los compañeros diputados Marko Antonio Cortés Mendoza, Federico Döring Casar, Juan Pablo Piña Kurczyn, José Antonio Salas Valencia y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La diputada Mariana Arámbula Meléndez: Si tan solo no hubiese aceptado conversar con un extraño en Internet. Si tan solo el miedo no me hubiese obligado a enviarle mis fotos desnuda. Si tan solo mis padres se hubieran dado cuenta de que me estaban obligando a salir con un extraño que me amenazaba. Si tan solo lo hubiesen detenido a tiempo. Con su venia, presidente. Buenos días, compañeros y compañeras diputadas.

Diariamente nuestros niños están siendo sometidos a un sinnúmero de actos violentos, palabras como las que cité al inicio son la realidad de nuestros niños día a día. México encabeza a nivel mundial cifras aterradoras de niños, niñas y adolescentes que están siendo víctimas terribles de actos, como abuso sexual, explotación y turismo sexual, pornografía, prostitución infantil, explotación laboral.

La producción de imágenes de menores desnudos a nivel Latinoamérica y ahora con el surgimiento de las nuevas tecnologías que están siendo víctimas del acoso sexual cibernético. Es inaceptable que en pleno siglo XXI se sigan cometiendo actos tan bajos y aberrantes en contra de los niños. Es inaceptable que como sociedad no hemos logrado aun garantizarles que vivan una vida libre de violencia sexual. Por lo contrario, cada día quienes los violentan maquinan nuevas formas de cometer estos delitos.

Me preocupa el fenómeno que hoy está creciendo más en nuestro país que es el acoso sexual cibernético infantil, mejor conocido como grooming. Existen más de 100 mil páginas de pornografía infantil en la Deep-Web, de las cuales más de 12 mil son de México.

Según la ONU, hoy, la cifra de los pedófilos y pederastas que se encuentran conectados en este momento en Internet cazando y acosando a menores ya supera un millón de usuarios, y las agresiones de este tipo aumentan un 10 por ciento cada año. Actualmente mayores números de niñas, niños y adolescentes están adentrándose cada vez más de lleno al uso de nuevas tecnologías. Esta generación es nombrada los nativos digitales, y eso es cuando los acosadores cibernéticos lo aprovechan para captar a miles de niños a través de la red, lo cual implica un mayor riesgo para ellos –son vulnerables.

Compañeros diputados, no podemos ser indiferentes antes esta realidad. Se estima que uno de cada cinco niños que usa Internet es contactado por un pedófilo y que el 80 por ciento de los menores que utilizan las redes sociales aceptan desconocidos.

La mayoría de los menores que han sido víctimas del grooming en México, tiene menos de 12 años y generalmente no se sienten agredidos porque son seducidos y responden a cosas materiales muy atractivas.

Agresores sexuales pueden poseer colecciones de más de un millón de imágenes y se estima que cada día se publican 209 imágenes de pornografía infantil en la red. Estas cifras son aterradoras. El 83 por ciento de quienes poseen fotografías de niños tienen imágenes de menores entre seis y 12 años de edad, el 39 por ciento de quienes poseen fotografías de niños tienen imágenes de entre tres y cinco años de edad y el 19 por ciento posee fotografías de bebés de menos de tres años.

Por su parte, Septer Children estima que a un acosador le lleva solo 12 minutos convencer a un menor en quitarse o despojarse la ropa a través de un chantaje, de presiones, para tener encuentros íntimos que pueden desembocar en otros delitos.

Del análisis a nuestro Código Penal, se observa que no se encuentra contemplada la conducta específica de un adulto, encaminada a generar previamente un contacto con un menor de edad mediante el uso de nuevas tecnologías, por lo que proponemos la creación de un nuevo tipo penal denominado: acoso sexual cibernético, contenido en el artículo 109 Quater, el cual establece que se impondrá de cinco a diez años de prisión y una multa de 200 a 400 UMA, a quien haciendo uso de las tecnologías de internet, información, teléfono móvil, comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones, o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, le requiera de cualquier modo a una persona menor de edad que no tenga la capacidad de comprender el significado, poder adentrarse a las redes y ser víctima de ellos.

Considero que es urgente legislar en el sentido que se propone, pues el número de víctimas cada día se suma y son más y más. Hay que garantizarles desde las leyes la posibilidad de denunciar esta conducta que hasta el momento existe en la realidad, más no en nuestro marco jurídico.

Señores legisladores, yo les pregunto: ¿Cómo se supone que es la infancia de un niño? ¿Cómo se supone que se debe tratar a nuestros niños? ¿Qué clase de vida deben tener nuestros niños? Muchos de ustedes son padres de familia, saben las páginas en las que navegan sus hijos ¿saben que han sido contactados por un desconocido? Lamentablemente solamente el 7 por ciento de estos niños les platica a sus papás lo que está sucediendo. Y yo les diría, compañeras y compañeros diputados ¿y si es tu hijo? ¿Y si es tu sobrino? ¿Y si es tu nieto? ¿Y si es alguien cercano al que le está pasando esto? No podemos ser indiferentes. ¿Qué piensan hacer al respecto? Urge. Debemos atenderlos, y que juntos marquemos la diferencia, y desde aquí digamos ni un niño más abusado ni un niño más acosado a través de las redes ni un niño más víctima de pedófilos y pederastas. Es cuanto. Gracias.

«Iniciativa que adiciona un capítulo y el artículo 209 Quáter al Código Penal Federal, suscrita por los diputados Mariana Arámbula Meléndez, Marko Antonio Cortés Mendoza, Federico Döring Casar, Juan Pablo Piña Kurczyn y José Antonio Salas Valencia e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Mariana Arámbula Meléndez, Marko Antonio Cortés Mendoza, Federico Döring Casar, Juan Pablo Piña Kurczyn y José Antonio Salas Valencia, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 6, numeral 1, fracción I, y artículo 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversos artículos al Código Penal Federal, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El surgimiento de las nuevas tecnologías ha representado sin duda grandes avances en las diferentes áreas y aspectos de la vida. Los usos que hoy conocemos hasta apenas hace unos años eran inimaginables para la mayoría de nosotros. Sin embargo actualmente su utilidad y alcances son infinitos. La llegada del internet ha venido a revolucionar el mundo, existe un indiscutible antes y después del internet. Por mucho, las actividades tanto laborales, académicas y sociales se han visto simplificadas y potencializadas en tiempo real, cada vez son más las personas y menores de edad que se adentran de lleno al uso de las nuevas tecnologías.

De acuerdo con datos de la Federación de América Latina y el Caribe de Clubes, Centros y Asociaciones UNESCO capítulo México, en el país tienen acceso a Internet 35 millones de niños.

Asimismo, de acuerdo con el último Estudio de Consumo de Medios y Dispositivos entre Internautas Mexicanos 2016” realizado por IAB México, señala que en 2015, 68 millones de mexicanos son internautas, siendo el 57 por ciento de la población, 36 por ciento de los mexicanos no puede salir de su casa sin sus dispositivos móviles al sentirse incomunicado y el internet está presente en la vida cotidiana de los mexicanos, 89 por ciento dice que los mantiene actualizados, 87 por ciento disfrutan utilizarlo y 84 por ciento establece que forma parte de su vida cotidiana.

Sin embargo, es necesario reconocer que estos medios no solo se limitan a servir a usuarios que lícitamente hacen uso de ellas. En la red y en las plataformas, como las redes sociales, navegan millones de personas con fines ilícitos de toda índole, siendo las que atentan contra menores las que más abundan en este submundo tecnológico, como la trata de menores, prostitución infantil, pornografía infantil, lenocinio de menores, turismo sexual, pederastia y pedofilia solo por mencionar algunos.

Otras de las acciones ilícitas que se presentan con el uso de estos medios es el “grooming” o Acoso sexual cibernético, la cual es definida por la asociación Save the Children” como “el proceso por el cual una persona a través del engaño establece contacto con un menor de edad a través de cualquier medio digital para ganar su confianza y obtener de ellos fotografías, videos, o cualquier forma de exhibicionismo con sexual para satisfacerse a sí mismos o para vender o intercambiar con otros y buscar un encuentro real con fines sexuales, pudiendo este acto desencadenar tipos penales, como la trata de personas, pornografía infantil, corrupción de menores, entre otras.”

Es por ello, que la seguridad ofrecida por la red ofrece para los menores de edad es casi nula, por lo que es importante de considerar, ya que son estos los que están más expuestos a contenidos, contactos y conductas inapropiadas, pues debido a su inexperiencia son incapaces de detectar cuando se trata de un engaño por parte de un adulto para luego ser violentados y son capaces de compartir aspectos muy personales de su vida con un completo desconocido en apenas unos minutos.

Para sustentar la viabilidad legislativa de la propuesta a continuación haremos referencia a los instrumentos internacionales que protegen a los niños contra este tipo de acoso.

En primer lugar, debemos señalar que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño reconoce el derecho de todos los niños a ser protegidos contra toda forma de explotación sexual y abuso sexual.

La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño de 1989, señala en su artículo 19 lo siguiente:

Artículo 19

1. Los Estados partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.

2. Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda, procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño y, según corresponda, la intervención judicial. “

De igual forma el “Convenio del Consejo de Europa para la Protección de los Niños contra de la Explotación Sexual y el Abuso Sexual”, también conocido como Convenio de Lanzaroteestipula en su Artículo 4 que “Cada Parte tomará las medidas legislativas u otras necesarias para prevenir todas las formas de explotación sexual y abuso sexual de los niños y para proteger a los niños”.

El Consejo de Europa redactó el Convenio del Consejo de Europa para la Protección de los Niños contra de la Explotación Sexual y el Abuso Sexual (Convenio de Lanzarote), el cual fue abierto a la firma en julio de 2007.

Además este Convenio por su parte establece en los artículos 18, 20 y 23, que los Estados parte legislarán para tipificar la conducta que conocemos como grooming y lo cita en los siguientes artículos que a continuación se transcriben de manera íntegra.

Artículo 18.

Abuso sexual.

1. Cada parte adoptará las medidas legislativas o de otro tipo que sean necesarias para tipificar como delito las siguientes conductas intencionales:

a) Realizar actividades sexuales con un niño que, de conformidad con las disposiciones aplicables del derecho nacional, no haya alcanzado la edad legal para realizar dichas actividades;

b) realizar actividades sexuales con un niño: Recurriendo a la Coacción, la fuerza o la amenaza; o abusando de una posición reconocida de confianza, autoridad o influencia sobre el niño, incluso en el seno de la familia; o abusando de una situación de especial vulnerabilidad del niño, en particular debido a una Discapacidad psíquica o mental o una situación de dependencia.

2. A efectos de la aplicación del apartado 1, cada Parte determinará la edad por debajo de la cual no está permitido realizar actividades sexuales con un niño.

3. Las disposiciones del apartado 1. A no tienen por objeto regular las actividades consentidas entre menores.

Artículo 20.

Delitos relativos a la pornografía infantil

1. Cada Parte adoptará las medidas legislativas o de otro tipo que sean necesarias para tipificar como delito las siguientes conductas intencionales, cuando se cometan de forma ilícita:

a) La producción de pornografía infantil;

b) la oferta o puesta a disposición de pornografía infantil;

c) la difusión o transmisión de pornografía infantil;

d) la adquisición para sí o para otro de pornografía infantil;

e) la posesión de pornografía infantil;

f) el acceso a pornografía infantil, con conocimiento de causa y por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.

2. A efectos del presente artículo, por «pornografía infantil» se entenderá todo material que represente de forma visual a un niño manteniendo una conducta sexualmente explícita, real o simulada, o toda representación de los órganos sexuales de un niño con fines principalmente sexuales.

3. Cada parte se reserva el derecho de no aplicar, en todo o en parte, el apartado 1. A a la producción y a la posesión de material pornográfico:

Que consista exclusivamente en representaciones simuladas o imágenes realistas de un niño no existente; en el que participen niños que hayan alcanzado la edad fijada en aplicación del apartado 2 del artículo 18, cuando dichas imágenes hayan sido producidas por ellos y estén en su poder, con su consentimiento y únicamente para su uso particular.

4. Cada parte podrá reservarse el derecho de no aplicar, en todo o en parte, el apartado 1. f.

Artículo 23.

Proposiciones a niños con fines sexuales

Cada Estado Parte adoptará las medidas legislativas o de otro tipo que sean necesarias para tipificar como delito el hecho de que un adulto, mediante las tecnologías de la información y la comunicación, proponga un encuentro a un niño que no haya alcanzado la edad fijada en aplicación del apartado 2 del artículo 18 con el propósito de cometer contra él cualquiera de los delitos tipificados con arreglo al apartado 1. A del artículo 18 o al apartado 1. a) del artículo 20, cuando a dicha proposición le hayan seguido actos materiales conducentes a dicho encuentro.”

Por su parte la Declaración de los Derechos Del Niño, entendiendo como tal a todo menor de 18 años, así como la Declaración Universal y la Americana de Derechos Humanos, juntamente con el Pacto de Derechos civiles y Políticos nos llevan a proteger los niños de cualquier tipo de ataque, a su honra, domicilio, familia, etcétera; sin importar discriminación alguna.

Derecho Comparado

Son muchos los países en los cuales ya se encuentra tipificado el grooming, entre ellos España, Chile, Singapur, Alemania, Escocia, Suecia, Estados Unidos y Canadá, haciéndose eco de la lucha contra la explotación sexual y la pornografía infantil.

• En España se le encuadra dentro del exhibicionismo, difusión y corrupción de menores, regulado en el Código Penal.

• En Canadá se incorporó la figura del “agente encubierto” que colabora en el desbaratamiento de la red pedófila.

• En Singapur cuentan con la penalización correspondiente desde 2007, considerando los menores hasta la edad de 16 años.

• En Estados Unidos a nivel federal se prohíbe trasmitir datos personales de menores de 16 años con el fin de cometer delitos de carácter sexual, y en el estado de Florida aprobaron en 2007 la Ley de Cibercrímenes contra Menores, que sanciona a quienes contacten con menores por internet y luego se encuentren con ellos con el fin de abusar sexualmente.

• En Alemania se pena con privación de libertad de 3 meses a 5 años al que ejerza influencia sobre el menor por medio de la exhibición de ilustraciones o representaciones pornográficas o por dispositivos sonoros de contenido pornográfico o por conversaciones en el mismo sentido.

• Australia también pena con 15 años de prisión el uso de internet para buscar actividades sexuales con menores de 16 años de edad.

• Escocia penaliza el encuentro con un menor de 16 años después de algunos contactos preliminares a través del chat con 10 años de prisión.

• Suecia cuenta con su ley contra el grooming desde 2009, y en los primeros 6 meses recibió la Fiscalía correspondiente más de 100 denuncias por potenciales groomers, especialmente por chicas de 15 años. Se castiga a todo adulto que establezca contacto con un niño menor de 15 años con el propósito de cometer un delito sexual contra él.

Latinoamérica

• En Chile, en el año 2011 se sancionó el realizar la solicitud al menor de 14 años de enviar, entregar o exhibir imágenes o grabaciones de su persona o de otro menor de edad, con significación sexual, e incluye la producción de material pornográfico con menores de 18 años. Asimismo estipula que las conductas descritas serán delitos cuando sean cometidas a distancia, a través de cualquier medio electrónico y tipifica como agravante el falseamiento de identidad o edad.

• Perú incorporó en el año de 2013 el delito sexual de acoso infantil por medio de nuevas tecnologías.

• Argentina ha tipificado el grooming facilitando la acción de jueces, fiscales y policías para detectar y sancionar a los ciberacosadores.

Nuestra legislación federal ha mostrado avances legislativos tendientes a proteger la indemnidad sexual de los menores. Éstas han sido poco a poco armonizadas con los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos de las personas menores de edad, todo bajo la premisa constitucional de que todas las actuaciones que realice el Estado deberán atender en todo momento al Interés superior del niño. No obstante, esta capacidad regulatoria se ha visto rebasada con la vertiginosidad que crecen las nuevas conductas delictivas y la oportunidad que ofrecen las nuevas tecnologías.

En nuestro Código Penal Federal, se observa que no se encuentra contemplada la conducta específica de un adulto encaminada a generar previamente un contacto con un menor de edad mediante el uso de las nuevas tecnologías en específico, así como el proceso que conlleva atraer al menor a un mundo físico para cometer otro delito más grave. Es decir, no se contempla, ni se ha dimensionado dentro de la legislación esta conducta delictiva que atenta directamente contra la integridad sexual, física, emocional y psicológica, sin embargo esta conducta por si ya debe constituir un delito independiente aunque sea un acto preparatorio y deberá ser juzgado en independencia de los que se puedan cometer una vez concretado un encuentro en la vida real con el menor de edad.

Los delitos en realidad son los mismos que se han venido cometiendo a lo largo de la historia, lo que ha cambiado es el medio de comisión, situación que ha facilitado el avance de las nuevas tecnologías por lo que resulta urgente modificar nuestra legislación para sanear estos vacíos legales que aún prevalecen y que hoy por hoy dejan en estado de indefensión a millones de niños en el mundo. México no queda excluido, pues al ser un medio virtual del que se valen estos acosadores para establecer contacto con niños, cualquiera frente a un dispositivo de transmisión de datos está siendo vulnerable en todo momento de ser contactado por un pedófilo o un pederasta.

Si bien ya encontramos un primer intento para proteger a los menores en el artículo 201 inciso f) del Código Penal Federal, lo cierto es que dicha disposición se ha quedado corta ante la realidad, pues únicamente se limita a la inducción u obligación de actos de exhibicionismo corporal o sexual. Es por ello que pretendemos sancionar una acción diversa, como lo es la solicitud de imágenes de índole sexual, actos de índole sexual o un encuentro sexual, a través de medios tecnológicos y dejando fuera el elemento subjetivo del tipo que contiene el artículo anteriormente señalado, como lo es el fin lascivo o sexual.

Es por lo anterior consideramos que no obstante el acoso sexual cibernético es en muchos de los casos un medio preparatorio para la comisión de algún otro delito, este es un delito en sí mismo con identidad propia, que debe ser penalizado, por lo que proponemos reducir el umbral para aplicar condenas efectivas.

Los valores que rigen el actuar de Acción Nacional nos conminan a legislar para acortar la brecha que existe en la impartición de justicia de las víctimas más vulnerables como lo son los niños que están padeciendo estos delitos, pues estamos convencidos que cualquier tipo de violencia en contra de nuestros niños es un crimen inaceptable, que lastima directamente su moral y amenaza su futuro, reconociendo que unas de las peores formas de violencia contra los niños son las de tipo sexual, es una violación directa a sus derechos humanos y sus libertades fundamentales.

Cabe señalar que Acción Nacional ha venido trabajando en estos temas, a través de diversas iniciativas presentadas con anterioridad, buscando siempre asegurar el principio del Interés Superior de la Niñez.

Consideramos que es urgente legislar en el sentido que se propone pues al número de víctimas cada día se suman más y más, por lo que es nuestra obligación garantizarles desde las leyes la posibilidad de denunciar esta conducta que hasta el momento existe en la realidad mas no en nuestro marco jurídico.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 6, numeral 1, fracción I, y artículo 77, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto por el que se adiciona un capitulo y un artículo 209 Quáter al Código Penal Federal

Artículo Único. Se adiciona un Capítulo IX Acoso Sexual Cibernético al Título Octavo Delitos Contra el Libre Desarrollo de la Personalidad compuesto por un artículo 209 Quáter al Código Penal Federal para quedar como sigue:

Capitulo IXAcoso Sexual Cibernético

Artículo 209 Quáter. Se impondrán de cinco a diez años de prisión y multa de 200 a 400 UMA a quien haciendo uso de las tecnologías de la información, Internet, teléfono móvil, comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, le requiera de cualquier modo a una persona menor de edad o a quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o a personas que no tienen capacidad para resistirlo a que realice actividades sexuales explícitas, actos con connotación sexual, le solicite imágenes de sí misma con contenido sexual o le solicite un encuentro sexual.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 http://www.iabmexico.com/estudios/consumo-medios-2016/

2 https://www.savethechildren.mx/sites/savethechildren.mx/files/grooming/assets/m anual-para-madres-y-padres_grooming.pdf

3 Cabe señalar que el “Convenio de Lanzarote” no ha sido suscrito por México.

4 https://forescintec.wordpress.com/2013/12/16/con-motivo-de-la-sancion-de-la-ley -que-introduce-el-delito-de-grooming-en-el-codigo-penal-ano-2013/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputadas y diputados: Mariana Arámbula Meléndez,Adriana Elizarraraz Sandoval, Alejandra Gutiérrez Campos, Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Alfredo Anaya Orozco, Alfredo Javier Rodríguez Dávila, Angélica Moya Marín, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Armando Alejandro Rivera Castillejos, Brenda Velázquez Valdez, Carlos Alberto De la Fuente Flores, Cesar Flores Sosa, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Eloisa Chavarrias Barajas, Elva Lidia Valles Olvera, Emma Margarita Alemán Olvera, Enrique Pérez Rodríguez, Enrique Pérez Rodríguez, Evelyng Soraya Flores Carranza, Exaltación González Ceceña, Federico Döring Casar, Francisco José Gutiérrez De Velasco Urtaza, Francisco Xavier Nava Palacios, Genoveva Huerta Villegas, Gerardo Federico Salas Díaz, Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Gianni Raul Ramírez Ocampo, Gina Andrea Cruz Blackledge, Guadalupe González Suástegui, Héctor Barrera Marmolejo, Herminio Corral Estrada, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, Jacqueline Nava Mouett, Joaquín Jesús Díaz Mena, Jorge Ramos Hernández, José Adrián González Navarro, José Antonio Salas Valencia, José Erandi Bermúdez Méndez, José Everardo López Córdova, José Hernán Cortés Berumen, José Máximo García López, José Teodoro Barraza López, Juan Carlos Ruíz García, Juan Corral Mier, Juan Pablo Piña Kurczyn, Karina Padilla Avila, Karla Karina Osuna Carranco, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Leticia Amparano Gamez, Lilia Arminda García Escobar, Lorena del Carmen Alfaro García, Luis Agustín Rodríguez Torres, Luis de León Martínez Sánchez, Luis Fernando Antero Valle, Luis Gilberto Marrón Agustín, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Eloísa Talavera Hernández, María García Pérez, María Verónica Agundis Estrada, Marko Antonio Cortés Mendoza, Martha Cristina Jiménez Márquez, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Huepa Pérez, Minerva Hernández Ramos, Nadia Haydee Vega Olivas, Omar Noé Bernardino Vargas, Otniel García Navarro, Patricia García García, Pedro Garza Treviño, Ricardo Del Rivero Martínez, Santiago Taboada Cortina, Sara Latife Ruiz Chávez, Sergio Emilio Gómez Olivier, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Virgilio Mendoza Amezcua, Wenceslao Martínez Santos, Ximena Tamariz García (rúbricas).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Arámbula Melendez. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.

La diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido en la curul de la diputada Arlette Muñoz, por favor.

La diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes (desde la curul): Gracias. Buenas tardes. Felicitar a la diputada Mariana, y solicitarle poder suscribirnos a esta iniciativa, y decirle que es un trabajo excelente el que está realizando. Muchísimas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Diputada Mariana.

La diputada Mariana Arámbula Meléndez (desde su curul): Sí.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Da su consentimiento, está a su disposición para que quienes quieran suscribirla, pasen a la Secretaría de la Mesa Directiva.



LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos la diputada Eva Florinda Cruz Molina, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 17 y 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.

La diputada Eva Florinda Cruz Molina:Con su permiso, diputado Presidente. Compañeras y compañeros diputados de este honorable Congreso de la Unión, la fracción parlamentaria del PRD, por mi conducto, viene a proponer la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 17 y 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionadas con las mismas.

La contratación de obras públicas es el escenario privilegiado de la corrupción nacional en estos momentos, mucho hay por corregir en su legislación, son familiares en este escenario dos imágenes: gubernamental y otra real. La imagen gubernamental en el informe sobre acciones relevantes de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, enviado a esta representación nacional y registrada en el orden del día 6 de septiembre de este presente año en esta honorable Cámara de Diputados se dice en el mes de junio del presente año se suscribieron contratos con más de 3 mil 780 empresas de total de contrataciones, que el 72 y medio por ciento ha sido suscrito en empresas de carácter local y el 27 y medio por ciento, con empresas de representación nacional.

No se dice el monto de lo contratado para cada uno de los casos, la imagen real que esta formación contrasta con otra realidad de la que se ocupa la presente iniciativa, es la imagen presentada por la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, que precisa que el escenario nacional para el sector social de la construcción es complicado.

La causa de la falta de oportunidades de trabajo para las empresas locales, del sector social, es en gran medida el favoritismo del gobierno federal hacia grandes empresas por privilegiar a empresas que son del sexenio, es decir, las que son de reciente creación o las que están constituidas únicamente y exclusivamente por el beneficio que les pueden dar a un servidor público o a un gobernante.

Otra causa es la participación de empresas extranjeras, que vienen a desplazar a quienes en este país tienen la capacidad de llevar a cabo la obra pública. La Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción conforma que el 95 por ciento de las empresas constructoras, micro y pequeñas, en el país enfrenta esta situación complicada, debido a que el gobierno federal favorece algunas industrias consentidas, como las que construyeron las Casas Blancas.

Este organismo manifiesta que hay números positivos en la industria de la construcción, pero donde se ve reflejada la falta de estas oportunidades es en las micro y las pequeñas empresas. La preocupación por esta situación es real, pues en este mismo sentido de favorecer el desarrollo regional y local, aunque insuficiente, propició aprobar recientemente en esta Cámara de Diputados el dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XXI del artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Esta iniciativa fortalece el avance anterior; propone adicionar un criterio, una orientación en su artículo 17, para que desde la planeación de las obras públicas y de los servicios relacionados con las mismas que se pretenden realizar, se considere lo dispuesto en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo relativo a la expansión de la actividad económica del sector social y el principio de regionalización a fin de dar prioridad a la contratación de empresas locales adicionando este párrafo a una fracción IV a las tres existentes en este artículo 17.

Se propone también reformar las fracciones XX, XXI y XXII del artículo 31, relacionados con las obras públicas y servicios relacionados con las mismas, para establecer explícitamente la obligación de las empresas concursantes en las licitaciones de obras públicas, de señalar el porcentaje de contratación regional o por localidades.

En la fracción XXII del artículo 31 se propone que la información específica sobre las partes de los trabajos que podrán subcontratarse se especifique la subcontratación a empresas regionales o locales donde se localicen las obras y servicios a realizarse.

En cada uno de los estados de nuestro país y en cada lugar, como en mi estado de Oaxaca, que es parte de las zonas económicas especiales, las empresas locales y regionales están esperando estos dos años que le faltan a Peña Nieto, que haya un milagro para las empresas locales para que sean contratadas y puedan poder en cada uno de los estados de la república, pues ahora sí trabajar para poder abonar algo a nuestros estados.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Concluya, compañera diputada.

La diputada Eva Florinda Cruz Molina: Le pedimos a Peña Nieto que se detone la infraestructura en nuestro país, y principalmente en los estados más fregados, que son los estados del sur sureste. Esperamos pues que así como están, que están digamos poniendo más atención en subir la gasolina, en subir digamos las ahora sí que hasta la canasta básica, por favor que ponga atención a estos estados que son los más jodidos del país. Gracias, compañeros.

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 17 y 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo de la diputada Eva Florinda Cruz Molina, del Grupo Parlamentario del PRD

Problemática

La Cámara de la Industria de la Construcción precisa que el escenario nacional para el sector social de la construcción es complicado, debido a la falta de oportunidades de trabajo en gran medida causada por el favoritismo del gobierno federal hacia grandes empresas, por privilegiar a empresas, que son del sexenio, las que son de reciente creación o las que están constituidas única y exclusivamente por el beneficio que les puede dar un servidor público o un gobernante. O también la participación de empresas extranjeras, que vienen a desplazar a quienes en este país tienen la capacidad de llevar a cabo la obra pública.

95 por ciento de las empresas constructoras micro y pequeñas en el país enfrenta una situación complicada, debido a que el gobierno federal favorece a algunas industrias consentidas, sostuvo la Cámara de la Industria de la Construcción. Manifestó que hay números positivos en la industria de la construcción, pero donde se ve reflejada la falta de esas oportunidades es en la micro y pequeña empresa.

Esta es precisamente la problemática a resolver en la presente propuesta, a saber: las administraciones públicas federales se han servido de esta particularidad para favorecer a ciertas empresas y sectores. Se ha hecho a un lado, de prácticamente todos los procesos de licitación a las micro, pequeñas y medianas empresas de índole local, dificultando su desarrollo y sin tomar en cuenta que es un sector preponderante en la economía nacional.

Argumentos

El gobierno federal, los de los estados, de los municipios, de la Ciudad de México y de los órganos político-administrativos autónomos tienen anualmente a su disposición, recursos económicos para la construcción de obra pública. Tal encomienda está regulada por una serie de instrumentos jurídicos y administrativos necesarios que dan forma a dicha atribución.

La contratación de obra pública es un tema que siempre ha tenido relevancia ya que, invariablemente, tiene que ver con la planeación, programación, presupuestación y el ejercicio de recursos públicos que tienen un efecto multiplicador sobre los espacios económicos nacional, regional y local.

No obstante, en los procesos de contratación de obra pública federal, está ausente un principio, el de regionalización, de modo que el efecto multiplicador del gasto en obra pública procure el impulso al sector social de la economía, de las regiones y localidades, a fin de lograr que estos recursos tengan como primera opción de destino compañías, recursos y mano de obra de índole regional y local.

En relación con lo anterior, el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala, en sus párrafos séptimo y octavo:

“La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

La ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, promoviendo la competitividad e implementando una política nacional para el desarrollo industrial sustentable que incluya vertientes sectoriales y regionales, en los términos que establece esta Constitución.”

Es en este artículo constitucional donde se precisa que el gobierno tiene la obligación de promover un crecimiento económico que impulse el sector social de la economía, el desarrollo de las regiones del país y de sus localidades.

Esta es precisamente la problemática a resolver en la presente propuesta, a saber: las administraciones públicas federales se han servido de esta particularidad para favorecer a ciertas empresas y sectores. Se ha hecho a un lado, de prácticamente todos los procesos de licitación a las micro, pequeñas y medianas empresas de índole local, dificultando su desarrollo y sin tomar en cuenta que es un sector preponderante en la economía nacional.

De modo que integrando al precepto legal la obligación de incorporar de forma prioritaria al sector empresarial de mérito con base al principio de regionalización, pretendemos dar solución a esta circunstancia.

Dos principios deben integrarse al esquema normativo que enmarca la contratación de obra pública y los servicios relacionados con las mismas, para lograr que los recursos públicos otorgados a este rubro se encaminen a impulsar el desarrollo económico regional y local a través de priorizar como sus potenciales depositarios a la mano de obra, materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente locales y a empresas mexicanas regionales, buscando un doble efecto, ya que también se estaría beneficiando al sector social de la economía.

En virtud de lo anterior, el propósito nodal de esta iniciativa es el de apuntalar al sector empresarial mexicano de la micro, pequeña y mediana industria a través del principio de regionalización y la obligación de los concursantes en las licitaciones de obras públicas de incorporar un porcentaje de mano de obra, de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente locales y a empresas mexicanas regionales con el objetivo de impulsar el crecimiento regional.

Las pequeñas y medianas empresas (Pymes) tienen como una de sus características la falta de oportunidades para generar desarrollo por lo que sostenemos que a través de este proyecto el estado asumirá en una mayor proporción su responsabilidad de asegurar y fomentar la competitividad y desarrollo de las mismas incluyendo obligatoriamente el principio de regionalización para que por ningún motivo se margine a este sector en el tema de las contrataciones.

Si bien es cierto que la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas considera una serie de criterios mediante los cuales pretende dar un trato especial a estas empresas aún hace falta que estos mecanismos se consoliden y se dirijan por razón de ley al principio de regionalización a fin de que las compañías referidas sean beneficiadas en un mayor número y sobre todo respondiendo a su carácter local.

En este sentido el artículo 9 de la ley de mérito en lo conducente señala:

“Artículo 9. Atendiendo a las disposiciones de esta ley y a las demás que de ella emanen, la Secretaría de Economía dictará las reglas que deban observar las dependencias y entidades, derivadas de programas que tengan por objeto promover la participación de las empresas nacionales, especialmente de las micro, pequeñas y medianas.

Para la expedición de las reglas a que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría de Economía tomará en cuenta la opinión de la secretaría y de la Secretaría de la Función Pública.”

Resulta imperativo que el Ejecutivo federal consolide más mecanismos para estimular las labores que realizan las micro, pequeñas y medianas empresas en todo el país ya que por el papel que están jugando en la economía nacional merecen una atención efectiva, ya que en los hechos no hay un verdadero interés por parte de las administraciones por cumplir de manera cabal las responsabilidades legales frente al sector mencionado.

La inclusión explícita del principio de regionalización abonará para que la autoridad cumpla con sus atribuciones en la materia de una manera más definida y con un objetivo específico: impulsar el desarrollo de las empresas locales y con esto se dará un mayor impulso al sector social de la economía.

Ahora bien, la ley de mérito en su artículo 30 determina el carácter de las licitaciones públicas en nuestro país, para pronta referencia citamos algunas de estas disposiciones:

“Artículo 30. El carácter de las licitaciones públicas, será:

I. Nacional, en la cual únicamente puedan participar personas de nacionalidad mexicana, por encontrarse debajo de los umbrales previstos en los tratados, o cuando habiéndose rebasado estos, se haya realizado la reserva correspondiente;

II. Internacional bajo la cobertura de tratados, cuando resulte obligatorio conforme a lo establecido en los mismos y en la que sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros de países con los que el nuestro tenga celebrado un tratado de libre comercio con capítulo de compras gubernamentales,...”

Logramos observar que existe un cuidado en estipular que el origen de las empresas sujetas a concurso mayoritariamente tiene que ser mexicanas. Sin embargo, esta condición no es suficiente y sólo ha servido para beneficiar a algunas compañías mexicanas.

De acuerdo con la ley, los convocantes tienen en sus manos la atribución y la capacidad de establecer qué porcentajes de mano de obra, de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente de carácter local deben de considerar en sus propuestas los concursantes.

La ley ya establece que en el caso de la mano de obra se incorpore por lo menos 30 por ciento, pero no es el único componente para el cual se exige un porcentaje. Se exige también para materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, sólo que para estos componentes no se establece un porcentaje de 30 por ciento.

En la licitación pública dice la ley, podrá requerirse la incorporación de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente nacional, por el porcentaje del valor de los trabajos que determine la convocatoria o el convocante. Dice que deberá incorporarse por lo menos 30 por ciento de mano de obra nacional, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales.

Para efectos nacionales, la convocatoria a la licitación pública establece las bases en que se desarrolla el procedimiento, entre las cuales se localiza lo establecido por la fracción XX del artículo 31 en virtud de que la convocatoria a la licitación pública, en la cual se establecerán las bases en que se desarrollará el procedimiento y en las cuales se describirán los requisitos de participación, deberá contener, el señalamiento del porcentaje de contenido nacional del valor de la obra que deberán cumplir los licitantes en materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, que serían utilizados en la ejecución de los trabajos.

A nivel local, la fracción XXI del artículo 31 prevé que la convocatoria a la licitación pública, en la cual se establecerán las bases en que se desarrollará el procedimiento y en las cuales se describirán los requisitos de participación, deberá contener, el señalamiento del porcentaje mínimo de mano de obra local que las empresas participantes en las licitaciones deberán incorporar en las obras o servicios a realizarse.

Pero así como toma en cuenta la mano de obra local, puede hacerlo también para materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente de carácter local y puede hacerlo con niveles máximos para favorecer el desarrollo regional, y estos niveles máximos pueden establecerse desde la planeación de las obras e incorporarse como requisitos en las convocatorias de licitación pública.

En cada uno de los estados de nuestra República Mexicana y en cada lugar, como es mi estado de Oaxaca, que es parte de las zonas económicas especiales, las empresas locales que forman parte de cada una de las regiones esperan todavía la oportunidad para participar en las licitaciones públicas para que haya un desarrollo real en las regiones y localidades del país. A ello se encamina la presente iniciativa.

Fundamento legal

La suscrita, diputada Eva Florinda Cruz Molina, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2; 65; 76, numeral 1, fracción II; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción IV al artículo 17 y que reforma el artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Primero. Se adiciona una fracción IV al artículo 17 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, para quedar como sigue:

Artículo 17. ...

I. ...

II. ...

III. ...

IV. Lo dispuesto en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo relativo a la expansión de la actividad económica del sector social y el principio de regionalización a fin de dar prioridad a la contratación de empresas locales.

Segundo. Se reforman las fracciones XX, XXI y XXII del artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, para quedar como sigue:

Artículo 31. ...

I. a la XIX. ...

XX. En su caso, el señalamiento del porcentaje de contenido nacional y contratación regional o por localidades del valor de la obra que deberán cumplir los licitantes en materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, que serían utilizados en la ejecución de los trabajos;

XXI. El porcentaje mínimo de mano de obra local y contratación regional o por localidadesque los licitantes deberán incorporar en las obras o servicios a realizarse ;

XXII. Información específica sobre las partes de los trabajos que podrán subcontratarse a empresas regionales y/o locales donde se localicen las obras o servicios a realizarse;

XXIII. a la XXXIII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de septiembre de 2016.— Diputadas y diputados: Eva Florinda Cruz Molina,Ana Leticia Carrera Hernández, David Gerson García Calderón, Erika Irazema Briones Pérez, Evelyn Parra Álvarez, José Santiago López, Julio Saldaña Morán, Karen Hurtado Arana, Leonardo Amador Rodríguez, Refugio Trinidad Garzón Canchola, Tania Victoria Arguijo Herrera, Victoriano Wences Real (rúbricas).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido en la curul del compañero diputado Rafael Santiago. Adelante, compañero, ¿con qué objeto?

El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (desde la curul): Sí, presidente, con el objeto de pedirle a mi compañera diputada, si puedo suscribirme a su iniciativa y felicitarla por tan gran esfuerzo.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Diputada Cruz Molina, diputada. Compañera diputada, solicitan suscribir conjuntamente con usted la iniciativa, si nos da su autorización. Muy bien. Está de acuerdo. Adelante, compañero diputado, está a su disposición aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva.

Esta Presidencia saluda a líderes de Tehuasco, Puebla, invitados por el diputado Carlos Barragán Amador. Bienvenidos sean todos ustedes.

El diputado Alfredo Anaya Orozco (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Adelante, compañero diputado Antonio.

El diputado Alfredo Anaya Orozco (desde la curul): Gracias, diputado. Los diputados de Michoacán y, en mi caso, diputado Alfredo Anaya, nos queremos adherir a la iniciativa de la diputada Arámbula.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Adelante, compañero, ya había dado su autorización y está a su disposición aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva. Muchas gracias.



CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el compañero diputado Jorge Márquez Alvarado, para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 207 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales, suscrita también por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. Adelante, diputado.

El diputado Cesáreo Jorge Márquez Alvarado:Muchas gracias, señor presidente, con su venia y con el permiso de la honorable asamblea. El 18 de junio de 2008 se publicó el decreto que estableció en materia penal el sistema acusatorio, con un conjunto de cambios formales y sustanciales en la manera de impartir y procurar la justicia. Uno de esos cambios consistió en la novedosa figura procesal del procedimiento abreviado, en apego al derecho fundamental de toda persona a la justicia pronta, estableciendo el beneficio de penas reducidas para aquellos imputados que voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias reconocieran su responsabilidad ante el juez y su consentimiento con ese procedimiento legal.

Es el Código Nacional de Procedimientos Penales el que regula esa forma anticipada de terminación del procedimiento, que tiene entre sus fines agilizar los procedimientos evitando cargas innecesarias para los justiciables y para el Estado.

Sin embargo, dicho ordenamiento ha dejado fuera de su aplicación a todos aquellos procesados o acusados a los que no les resulta aplicable el sistema acusatorio.

Pues de acuerdo a dicha ley, los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del sistema acusatorio serán concluidos conforme a las disposiciones vigentes con anterioridad a dicho acto, es decir, conforme a las normas del sistema tradicional o mixto.

No es posible aceptar que en un mismo entorno existan procesados o acusados a los que se les haga efectivo su derecho a la justicia pronta, con beneficios de reducción de penas, a través del procedimiento abreviado del que dispone el sistema acusatorio y, por otro, de manera por demás discriminatoria e injustificada, existan imputados que sólo por un fenómeno de temporalidad no puedan acceder efectivamente a los beneficios.

Es necesario que en relación a todos los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del sistema acusatorio, se apliquen esas mismas reglas para que todos los procesados o acusados puedan gozar de los beneficios de esa forma anticipada de terminación del procedimiento, dando así cabal cumplimiento al principio de igualdad ante la ley.

Esto permitirá el respeto efectivo de los derechos humanos de los procesados o acusados y, por otro, abatir el problema de rezago de los asuntos del sistema tradicional o mixto, con la consiguiente reducción del gasto público que implica la tramitación de un procedimiento ordinario.

Lo anterior, está fundamentado en el artículo 9, párrafo tercero, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece el derecho a la impartición de justicia en un plazo razonable, misma disposición que encontramos en el artículo 7o., párrafo quinto, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Igualmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que para determinar si a un inculpado se le ha respetado ese derecho, uno de los aspectos que se deben tomar en cuenta es la actividad procesal del interesado.

Esto implica que, ante el criterio de dicho Tribunal de corte internacional, con independencia del sistema tradicional o acusatorio, si un procesado o acusado desea dar por terminado el procedimiento penal instaurado en su contra de manera ágil, no deseando ya actuar en su defensa al estar de acuerdo con un procedimiento abreviado y estando satisfechos los demás requisitos que marca la Constitución, se debe dar por terminado ese procedimiento, respetando así su derecho a ser juzgado en un plazo razonable.

Por tanto, si es el Código Nacional de Procedimientos Penales el que está impidiendo el goce de derechos de los inculpados procesados bajo el sistema tradicional o mixto a un procedimiento ágil, como lo es el procedimiento abreviado, es urgente modificar dicho código para dar respuesta idónea por parte del Estado a esa problemática.

En consecuencia, propongo adicionar un artículo 207 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales para establecer que las disposiciones a las que se refiere el capítulo sobre el procedimiento abreviado, también puedan aplicarse en lo conducente a aquellos procedimientos iniciados con base en la legislación procesal vigente con anterioridad a la entrada en vigor de sistema de justicia penal acusatorio adversarial, dejando las particularidades de esa aplicación al contenido de los artículos transitorios del decreto que se propone. Es cuanto, señor presidente. Gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 207 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales, suscrita por el diputado Cesáreo Jorge Márquez Alvarado e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputado Cesáreo Jorge Márquez Alvarado y diputados federales del Partido Verde Ecologista de México, en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo, 207 Bis, al Código Nacional de Procedimientos Penales, al tenor del siguiente:

Planteamiento del problema

Ante exigencias internacionales sobre el respeto a los derechos humanos en el procedimiento penal, en junio de 2008 se publica el decreto sobre las reformas que dieron paso al sistema acusatorio, trayendo consigo un conjunto de cambios sustanciales y formales en la manera de impartir y procurar justicia.

Uno de esos cambios introdujo, a través del artículo 20, apartado A, fracción VII, Constitucional, la novedosa figura procesal del procedimiento abreviado, en apego al derecho fundamental de toda persona a la justicia pronta y, con ello, al debido proceso; estableciendo el beneficio de penas reducidas para aquellos imputados que, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, reconocieran su responsabilidad ante Juez y éste verificara el consentimiento del imputado con ese procedimiento ágil, así como el sustento que tuviese ese reconocimiento en los datos de prueba.

En concordancia con ello, el Código Nacional de Procedimientos Penales reguló esa forma anticipada de terminación del procedimiento que tiene entre sus fines agilizar los procesos; sin embargo, el Constituyente permanente ha dejado fuera de su aplicación a todos aquellos procesados o acusados a los que no les resulta aplicable el sistema acusatorio.

Esto deriva del artículo transitorio cuarto del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008 que establece que los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del sistema acusatorio serán concluidos conforme a las disposiciones vigentes con anterioridad a dicho acto, es decir, conforme a las normas del sistema tradicional o mixto.

Es entendible que al tratarse de todo un sistema nuevo, que incluyó cambios no sólo formales, sino sustanciales también, el acusatorio no se haya aplicado a los casos iniciados con anterioridad a su inicio de vigencia, pues de lo contario se podrían generar algunas complicaciones infranqueables con las nuevas figuras e instituciones procesales; sin embargo, ello no impide que el procedimiento abreviado sí se pueda aplicar a los casos regidos por el anterior sistema, máxime que hace viable una exigencia fundamental como lo es el derecho a la justicia pronta y requiere, además de la anuencia del Ministerio Público, escuchar a la parte afectada por el delito y garantizar su derecho a la reparación del daño.

Argumentos que sustentan la propuesta

No es posible aceptar que en un mismo entorno existan procesados o acusados a los que se les haga efectivo su derecho a la justicia pronta, con beneficios de reducción de penas, a través del procedimiento abreviado que dispone el sistema acusatorio y, por otro, de manera por demás discriminatoria e injustificada, existan imputados que sólo por un fenómeno de temporalidad no puedan acceder efectivamente a esos beneficios.

Luego entonces, es necesario que en relación a todos los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del sistema acusatorio, siguiendo los fines perseguidos al instaurarse el procedimiento abreviado en el sistema acusatorio, se apliquen esas mismas reglas para que todos los procesados o acusados puedan gozar de los beneficios de esa forma anticipada de terminación del procedimiento.

Esto permitirá, por un lado, el respeto efectivo de los derechos humanos de los procesados o acusados y, por otro, abatir el problema de rezago de los asuntos del sistema tradicional o mixto, con la consiguiente reducción del gasto púbico que implica la tramitación de un procedimiento ordinario.

Fundamento legal

Sobre este tema, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece en su artículo 9°, párrafo tercero, el derecho a la impartición de justicia en un plazo razonable. Lo mismo se ordena en el artículo 7°, párrafo quinto, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Ahora bien, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que para determinar si a un inculpado se le ha respetado ese derecho, uno de los aspectos que se deben tomar en cuenta es la actividad procesal del interesado; esto implica que, ante el criterio de dicho Tribunal de corte internacional, con independencia del sistema tradicional o acusatorio, si un procesado o acusado desea dar por terminado el procedimiento penal instaurado en su contra de manera ágil, no deseando ya actuar en su defensa al estar de acuerdo con un procedimiento abreviado y estando satisfechos los demás requisitos que marca la Constitución, se debe dar por terminado ese procedimiento, respetando así su derecho a ser juzgado en un plazo razonable.

En virtud de lo aquí expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un artículo 207 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales

Artículo Único. Se adiciona un artículo 207 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 207 Bis. Aplicación a procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del sistema procesal penal acusatorio.

Las disposiciones a que se refiere éste capítulo, también podrán aplicarse en lo conducente a aquellos procedimientos iniciados con base en la legislación procesal vigente con anterioridad a la entrada en vigor del sistema de justicia penal acusatorio adversarial.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto aplicable a aquellos procedimientos iniciados con base en la legislación procesal vigente con anterioridad a la entrada en vigor del sistema de justicia penal acusatorio adversarial, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Para el efecto de la aplicación del artículo 207 Bis del Código Nacional de Procedimientos Penales, que en los subsecuentes transitorios sólo se denominará como Código, en lugar del previo requisito de la acusación, a que se refiere el artículo 201 fracción I del mismo ordenamiento, será necesaria la presentación de la solicitud respectiva por parte del Ministerio Público, acompañada de su escrito de conclusiones acusatorias en las que se expongan las pruebas que la sustentan, conteniendo la enunciación de los hechos que se atribuyen al acusado, su clasificación jurídica y grado de intervención, así como las penas y el monto de la reparación del daño.

Tercero. Asimismo, en lugar del requisito a que se refiere el inciso a), fracción III, del artículo 201 del Código, será necesario que el acusado reconozca ante el Juez de la causa estar debidamente informado de su derecho al período de instrucción para aportar las pruebas que estime adecuadas para su defensa, así como al período de juicio dentro de un procedimiento ordinario y de los alcances del procedimiento abreviado.

Cuarto. En ese mismo sentido, en lugar del requisito previsto en el inciso b), fracción III, del citado artículo 201, será necesario que el acusado renuncie expresamente al período de instrucción y a la etapa de juicio o de primera instancia.

Quinto. Podrá promoverse dicho procedimiento abreviado una vez dictado el auto de procesamiento correspondiente y hasta antes de declarar visto el proceso.

Sexto. Por lo que hace al párrafo cuarto del artículo 202 del Código, si al momento de la solicitud del procedimiento abreviado, ya existen conclusiones del Ministerio Público, éste podrá modificar la acusación en la respectiva audiencia, ya sea oralmente o por escrito, levantándose el registro escrito correspondiente o agregándose a la causa el escrito de la modificación correspondiente.

Séptimo. En cuanto a la aplicación del primer y segundo párrafos del artículo 203 del Código, quien conocerá y resolverá sobre la autorización o no del procedimiento abreviado será el Juez de la causa y serán medios de convicción los medios de prueba que obren en la causa hasta el momento de la respectiva solicitud.

Octavo. En relación al primer párrafo del artículo 205 del Código, bastará que el Ministerio Público presente su solicitud de procedimiento abreviado y su escrito de conclusiones acusatorias, de las cuales oportunamente se haya corrido traslado a las demás partes. El Juez de la causa resolverá la oposición que en su caso presente la víctima u ofendido, así como analizará el cumplimiento de los requisitos a que se refiere la fracción III del artículo 201 del Código, observando las adecuaciones previstas en los artículos segundo, tercero y cuarto transitorios de este decreto; además deberá verificar que los elementos de convicción que sustenten el escrito de conclusiones acusatorias se encuentren debidamente integrados en la causa penal, previo al resolver sobre la autorización del procedimiento abreviado.

Noveno. Para efectos del párrafo segundo del artículo 205 del Código, una vez que el juez de la causa haya autorizado dar trámite al procedimiento abreviado, escuchará al Ministerio Público, a la víctima u ofendido, a su asesor jurídico, de estar presentes, y después a la defensa; en todo caso, la exposición final corresponderá siempre al acusado.

Décimo. En relación al artículo 206 del Código, será el juez de la causa el que pronuncie el fallo correspondiente.

Nota:

1 Casos 19 Comerciantes Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas; Acosta Calderón Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas; Anzualdo Castro Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas; entre otros.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputados y diputadas: Jorge Márquez Alvarado, Alfredo Bejos Nicolás, Ana Guadalupe Perea Santos, Ana María Boone Godoy, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Cirilo Vázquez Parissi, Edgar Spinoso Carrera, Erick Alejandro Lagos Hernández, Erika Araceli Rodríguez Hernández, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, Flor Estela Rentería Medina, Francisco Saracho Navarro, Gianni Raul Ramírez Ocampo, María Gloria Hernández Madrid, María Guadalupe Oyervides Valdez, Omar Noé Bernardino Vargas, Pedro Luis Noble Monterrubio, Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Virgilio Mendoza Amezcua (rúbricas).»

Presidencia de la diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala

La Presidenta diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala: Túrnese a la Comisión de Justicia para dictamen.

La Mesa Directiva de esta Cámara saluda cordialmente a los alumnos que están prestando su servicio social en esta Cámara, que han sido invitados por el diputado Alberto Martínez Urincho. De igual forma, saludamos a los líderes de Tehuasco, Puebla, invitados por el diputado Carlos Barragán Amador.

Y saludamos cordialmente a los integrantes del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo, invitados por el diputado Alfredo Bejos Nicolás. Sean bienvenidos.



LEY DE MIGRACIÓN

La Presidenta diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala:Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración.

El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez:Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados, presento iniciativa con proyecto de decreto que reforma el inciso a) de la fracción V del artículo 52 de la Ley de Migración, a través de la cual propongo se adicione el adjetivo simple al delito con el cual habiendo sido ofendido, víctima o testigo, algún migrante pueda solicitar su condición de visitante por razones humanitarias, para así impedir la reproducción de un círculo vicioso a través del cual los migrantes se han visto forzados a propiciar su condición de víctimas de delitos graves, en aras de regularizar su situación legal.

Compañeras y compañeros, México es hoy un infierno para las y los migrantes. Desde hace décadas nuestro país es territorio de origen, destino y tránsito de migrantes. Nuestras fronteras son transitadas diariamente por miles de personas que buscan un mejor futuro para ellos y sus familias. Solo en 2014, se estima que 100 mil migrantes indocumentados atravesaron la frontera norte. Pero, más allá de las cifras, más allá de la estadística, son personas, son historias, son vidas.

Sin embargo, pareciera que hemos olvidado las razones que orillan a las personas a abandonar sus lugares de origen. A menudo se ha recurrido al falso argumento de que quienes migran son delincuentes, violadores o asesinos, cuando la realidad dista mucho de ser así. Las verdaderas razones de la migración son la pobreza, el hambre, la marginación, el desempleo, la violencia desatada por la guerra y el crimen organizado.

Ante la ausencia de oportunidades, ¿Cómo no comprender la urgencia de alguien que emprende, sin recursos y sin documentos, un peligroso viaje para poder construir una vida mejor?

Por desgracia, en su intento por escapar de tan lamentable realidad, miles de migrantes nacionales y extranjeros se han encontrado con un auténtico infierno en México. Violaciones sistemáticas a sus derechos fundamentales, las peores humillaciones, vejaciones, violaciones, torturas, robos y secuestros; que en la mayoría de los casos son con la indolencia o con la complicidad de las autoridades.

La ironía, compañeras y compañeros, es evidente. Por un lado, nos manifestamos en contra del trato recibido por nuestros connacionales en suelo estadounidense, mientras que por otro, somos verdugos de nuestros hermanos centroamericanos y hasta de nuestros paisanos, discriminándolos, agrediéndolos y deportándolos por su origen étnico, aspecto físico y condición económica.

Para ejemplo, la puesta en marcha en 2013 del Programa Integral Frontera Sur, a través del cual se suponía que el gobierno mexicano fortalecería la presencia de la autoridad del estado en la zona fronteriza para el establecimiento de una frontera más moderna, eficiente, próspera y segura.

No obstante, en el terreno de los hechos esto solo ha servido para desatar una cacería por parte de agentes de migración, policías, militares e incluso elementos de los llamados Grupos Beta para deportar indocumentados. Así lo demuestran las alarmantes cifras de detención de migrantes reportadas por el Instituto Nacional de Migración, que indican un incremento de 67 por ciento en un periodo de apenas 3 años, alcanzando la cifra de 144 mil 452 deportaciones en 2015.

Eso no es más que hacerle el trabajo sucio a Estados Unidos, es implementar su política migratoria en nuestro territorio nacional. Y clara muestra de la subordinación del gobierno mexicano ante intereses extranjeros fue la cobardía con la que actuó el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, al no ponerle un alto al candidato presidencial republicano Donald Trump, que ha expandido una campaña de odio en contra de los migrantes.

Qué podemos esperar de un presidente que ni siquiera tiene el valor para defender a sus propios migrantes, qué podemos esperar de un gobierno que en lugar de procurar el respeto a los derechos de las y los migrantes únicamente cava fosas. Tenemos casos emblemáticos como el del compañero que nos acompaña, Elvis Garay, que revelan el nivel de descomposición en que se encuentra la política migratoria en México, de origen nicaragüense Elvis fue víctima de tortura y violación en manos de las autoridades mexicanas.

Desde esta tribuna exigimos para él, como para todos y todas las migrantes que han sido alguna vez víctimas de abusos y crímenes contra sus derechos, justicia, dignidad. Migrar no es un delito. México debe dejar de ser el sicario de Estados Unidos. Es cuanto, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, diputado federal de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso a) de la fracción V del artículo 52 de la Ley de Migración, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Cada vez más, el incesante incremento de los volúmenes de migrantes trasladándose alrededor del mundo y la alta demanda de los mercados laborales trasnacionales revelan las profundas contradicciones del papel del Estado ante la definición de la política migratoria. Por una parte, la inmigración ha sido considerada no sólo como una condición inherente al principio de libre tránsito garantizado por la ley sino como una seria alternativa para la inyección de divisas y la corrección de desequilibrios de las balanzas de pagos. Por el contrario, la inmigración ha sido no sólo objeto de regulación y control, sino frecuentemente de restricción e incluso de persecución y estigmatización.

México es país de origen, tránsito, destino y retorno de miles de migrantes. Como resultado de su ubicación geográfica, el país se encuentra en una posición estratégica para incentivar toda clase de flujos migratorios cuyo destino principal apunta al norte del continente americano. El hecho de que México haga frontera con los Estados Unidos de América, principal país de inmigración a nivel mundial, explica por qué el corredor migratorio entre ambos países se ha convertido en el de mayor flujo a nivel mundial. Sólo en 2014, la Oficina de Estadísticas de Transporte del gobierno de los Estados Unidos registró un flujo de más de 45 mil personas atravesando la frontera con dirección al norte, sumando a lo largo de la última década el cruce de 529 millones de personas. Por otro lado, el Colegio de la Frontera Norte ha estimado, con base en la Encuesta Sobre Migración en la Frontera Sur de México, que durante el 2013 la frontera sur de México fue escenario del desplazamiento de al menos 753 mil personas.

Por desgracia, la mayor parte del flujo de migrantes que ingresa a México se produce en condiciones de irregularidad, resultado de las condiciones de desigualdad social que inicialmente propiciaron su movilidad, así como de la violencia endémica que actualmente sacude Centroamérica. En su mayoría, estos migrantes provienen de países como Guatemala, Honduras y El Salvador e ingresan por vía terrestre a través de la frontera sur, principalmente a través de los puntos de acceso que existen en los estados de Chiapas y Tabasco. De estos hechos ha derivado la casi incuestionable identificación de las poblaciones migrantes como grupos altamente vulnerables en cuanto a su exposición a la violencia, discriminación y criminalización, y en consecuencia, la vigencia de sus derechos fundamentales.

En estas condiciones, la migración trasnacional irregular se ha convertido en una de las principales fuentes de ingresos para el crimen organizado en México y el resto de la región. La participación de organizaciones criminales en el negocio de la migración irregular se explica en razón de los altos beneficios que ésta genera en comparación con el bajo nivel de riesgo y los altos niveles de impunidad que implican para estas organizaciones la comisión de delitos en contra de los migrantes. Aprovechándose de la corrupción que impera al interior de las instituciones migratorias mexicanas, estos grupos del crimen organizado se han hecho del control, con riegos mínimos de aprehensión, del tráfico ilícito de drogas, armas y migrantes, así como de amplias redes de secuestro y extorsión. De esta forma, la explotación de la migración irregular reporta anualmente a este tipo de organizaciones millones de pesos y de dólares en ganancias.

Las carencias que existen en México en materia de seguridad y protección de los derechos de los migrantes han convertido a nuestro país en uno de los pasos de tránsito migratorio más peligrosos en el mundo. Esta situación ha sido especialmente perniciosa contra los niños, niñas y adolescentes que migran, cuyo flujo se ha incrementado en forma considerable a lo largo de los últimos años y quienes a menudo atraviesan estas rutas sin la compañía de padres o familiares. Actualmente, en México más de ocho mil niños migrantes se encuentran recluidos en las estaciones migratorias del Instituto Nacional de Migración (INM). De este número, tres cuartas partes se encuentran sin la compañía de sus familias.

Otro sector que ha incrementado de forma notable su participación en los volúmenes de migración en México es el de las mujeres. Si bien hace treinta años las mujeres migrantes representaban poco menos del 10 por ciento de total del volumen, en la actualidad la cifra asciende a casi el 40 por ciento. Con el aumento de su flujo migratorio, las mujeres se han convertido en un sector especialmente vulnerable frente a todo tipo de delitos y violaciones de los derechos humanos. Sobre esto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha manifestado su preocupación respecto a cientos de casos de mujeres migrantes centroamericanas que han sido objeto de patrones de discriminación y criminalización por parte de las autoridades del Ministerio Público de Chiapas, aprovechándose de la situación de extrema vulnerabilidad en la que suelen encontrarse estas personas.

Si bien, no es fácil obtener cifras fidedignas sobre el número de migrantes que han sido objeto de violaciones a sus derechos, un informe reciente de la Red de Documentación de las Organizaciones Defensoras de Migrantes (Redodem) señala que el grupo de población migrante irregular mayor de 15 años es el que más delitos sufre durante su tránsito por México (96 por ciento). El principal delito cometido en contra de las y los migrantes centroamericanos es el robo, seguido de la extorsión y lesiones. De acuerdo con la información recabada por la Redodem, el crimen organizado fue el principal actor en la comisión de delitos con el 54.27 por ciento, seguido por particulares con el 25.56 por ciento y por autoridades de gobierno con el 20.16 por ciento. Asimismo, según la información recopilada, el principal delito cometido por autoridades mexicanas en contra de las personas migrantes en tránsito fue el robo, seguido por la extorsión, la privación ilegal de la libertad y lesiones.

Es así como a lo largo de su tránsito por el territorio mexicano, los migrantes a menudo se convierten en víctimas de graves y múltiples violaciones a sus derechos fundamentales, entre las que destacan agresiones, extorsiones, robos, secuestros, violencia sexual, diversas formas de trata de personas, asesinatos y desapariciones. Como se ha señalado, si bien la mayoría de estos delitos son perpetrados por grupos del crimen organizado, diversas organizaciones han exhibido como en muchos de estos casos, miembros del INM y de policías del orden municipal, estatal y federal han estado involucrados de manera activa en su comisión. Estos hechos fueron corroborados por la CIDH durante su visita a México realizada en 2015, en donde colectó información verosímil sobre casos relativos a la participación o colaboración de agentes del INM, así como de fuerzas policiales, con organizaciones criminales en secuestros de migrantes.

Debido a que la mayoría de los migrantes se desplazan por rutas y zonas aisladas en su esfuerzo por evitar ser detectados por las autoridades, éstas se han convertido en embudos del flujo migratorio que facilitan la comisión de delitos, pues suelen converger con rutas de tráfico de drogas y armas en control de cárteles y organizaciones criminales. En sentido, las principales zonas de tránsito de migrantes asoladas por el escalamiento de la violencia relacionada con el tráfico de drogas, armas y trata de personas son el Istmo de Tehuantepec en el suroeste y el corredor Chiapas-Tabasco-Veracruz-Tamaulipas. De esta forma, los migrantes, solicitantes de asilo, refugiados y víctimas de trata de personas son expuestos a contextos y territorios en donde es común ser objeto de vejaciones por parte de grupos criminales asentados en la región, estableciendo un régimen de violencia generalizada y graves violaciones a los derechos humanos, en algunos casos con la colusión de diversas autoridades estatales.

Por si esto fuera poco, la CIDH ha señalado como la desaparición de personas se ha convertido en una práctica común que afecta de manera extrema a la población que migra hacia los Estados Unidos, así como a los mexicanos deportados desde los Estados Unidos hacia algunas zonas fronterizas. Con base en información hecha pública por la propia Comisión, se ha reconocido como a menudo los migrantes que son secuestrados por el crimen organizado son además víctimas de violencia física, psicológica y sexual, trata, explotación sexual y laboral, asesinatos y desapariciones.

Para resolver la cuestión migratoria, en 2013 el gobierno mexicano decidió poner en marcha el Programa Integral Frontera Sur (PIFS), a través del cual se fortalecería la presencia de la autoridad del Estado en la zona fronteriza y coordinarían acciones con los países centroamericanos para superar desafíos de seguridad y desarrollo, así como para avanzar en el establecimiento de una frontera más moderna, eficiente, próspera y segura. Sin embargo, en el terreno, este solo ha servido para desatar una “cacería” por parte de agentes de migración, policías, militares e incluso elementos de los llamados Grupos Beta para deportar indocumentados. Así lo demuestran las cifras de detención de migrantes reportadas por el INM, que indican un incremento de 67 por ciento en un periodo de apenas tres años (véase cuadro 1). Otro ejemplo es el de las deportaciones de niños, niñas y adolescentes migrantes, los cuales aumentaron de 4 mil 15 durante todo el 2011 a 12 mil 511 de enero a julio de 2015, lo cual equivale a un promedio de 2 mil 85 niños deportados por mes. Cabe señalar que las deportaciones de migrantes implican su previa detención que, además de ser en exceso prolongada, a menudo los expone a violaciones de sus derechos de mano tanto de autoridades policiacas o migratorias como de redes criminales.

Cuadro 1. Total de Inmigrantes Detenidos (Cifras del Instituto Nacional de Migración, 2015)

La CIDH ha registrado incluso un aumento alarmante de los operativos de la autoridades migratorias mexicanas, bajo el amparo del PIFS, cerca de sitios de ayuda humanitaria para personas migrantes, lo cual no disminuye el flujo migratoria, sino que disuade a las personas migrantes de asistir a dichos centros.

Por desgracia, la situación de vulnerabilidad y sistemática violación de los derechos de las personas migrantes en condiciones de irregularidad no termina con su detención sino que con frecuencia se agrava a raíz de su traslado a una de las 32 estaciones migratorias y 27 centros de detención provisional habilitados por el INM. Sobre esto, tanto la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) como diversas organizaciones de la sociedad civil han documentado las violaciones a las que son objeto las y los migrantes al interior de estas instalaciones, verdaderas “cárceles especializadas”, mientras han manifestado con severidad sus preocupaciones por rehabilitarlas corrigiendo las irregularidades que prevalecen en ellas y garantizado el respeto a los derechos fundamentales de los asegurados.

De acuerdo con el último Informe Especial de la CNDH sobre la Situación de los Derechos Humanos en las Estaciones Migratorias y Lugares Habilitados del Instituto Nacional de Migración en la República Mexicana, hecho público en 2005, el 93.5 por ciento de los migrantes asegurados en estos centros son de origen centroamericano, mientras que el 74.6 por ciento de los aseguramientos tuvieron lugar en la zona sur-sureste de México. Coincidentemente, en los lugares donde se concentra el mayor número de extranjeros asegurados es donde se tiene conocimiento de la mayor incidencia de irregularidades, entre las que destacan las condiciones de insalubridad en los espacios de alojo de los migrantes, la sobrepoblación y el hacinamiento, falta de áreas para separar hombres, mujeres, menores y familias, deficiencias en la alimentación y dificultades para garantizar el derecho a la legalidad y la seguridad jurídica.

Recientemente, a través del informe “La Ruta del Encierro: Situación de las personas en detención en estaciones migratorias y estancias provisionales”, diversas organizaciones civiles especializadas en la atención y defensa de los derechos de las personas migrantes han alertado sobre las condiciones precarias que los migrantes enfrentan durante su estadía en este tipo de espacios. El documento llama especialmente la atención del uso de las estancias provisionales por parte del INM, cuya habilitación se ha detonado en los últimos años y a través de los cuales el gobierno mexicano ha hecho por prolongar, dada la ambigüedad de sus normas de operación, los periodos de permanencia de los migrantes, muy por encima de los siete días establecidos por la ley para este tipo de centros.

Las elevadas cifras de eventos de detención migratoria y de deportaciones evidencian que el PIFS ha propiciado que los migrantes busquen rutas alternas –de mayor peligrosidad y vulnerabilidad–, incapaz de contener los flujos migratorias ni cumplir en la protección de los derechos humanos de las personas migrantes. Por el contrario, la CIDH ha señalado que tras la puesta en marcha del PIFS se habrían incrementado los delitos y abusos cometidos contra personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiados.

Es así como en México la política pública de atención al fenómeno migratorio ha mantenido un enfoque de seguridad nacional y de control de los flujos, reflejado en el incremento de operativos de detección de migrantes en situación irregular y de detención migratoria para después proceder a deportarlos. Esto ha implicado una mayor militarización de la frontera sur por parte de las fuerzas armadas, la reasignación de más de 300 agentes adicionales para el sur de México, el endurecimiento de los operativos de verificación migratoria por parte de agentes del INM y el establecimiento de más retenes itinerantes a lo largo de las carreteras y de las vías del tren, así como operativos de verificación migratoria en hoteles y otros alojamientos en los que los migrantes solían hospedarse.

Conscientes de la amenaza que arrastra mantener una condición de irregularidad a lo largo de su tránsito por México, así como del riesgo que implica ser detenidos y procesados por el INM, migrantes de todas las nacionalidades han buscado alternativas para regularizar su situación legal y garantizar la vigencia de sus derechos antes de su arribo a los Estados Unidos. Una de estas opciones ha sido la de solicitar el otorgamiento de la condición de visitante por razones humanitarias, actualmente contemplada en el artículo 52 de la Ley de Migración, que versa:

Los extranjeros podrán permanecer en el territorio nacional en las condiciones de estancia de visitante (...) siempre que se cumplan con los requisitos establecidos en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con lo siguiente:

V. Visitante por razones humanitarias. Se autorizará esta condición de estancia a los extranjeros que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Ser ofendido, víctima o testigo de algún delito cometido en territorio nacional.

Para efectos de esta Ley (...) se considerará ofendida o víctima a la persona que sea el sujeto pasivo de la conducta delictiva, independientemente de que se identifique, aprehenda, enjuicie o condene al perpetrador e independientemente de la relación familiar entre el perpetrador y la víctima.

Sin embargo, el artículo 144 del Reglamento de la Ley de Migración señala que:

La regularización de situación migratoria podrá autorizarse a la persona extranjera que se encuentre en situación migratoria irregular por incumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables, cuando demuestre alguno de los siguientes supuestos:

II. Ser identificado por la autoridad migratoria o por la autoridad competente como víctima o testigo de algún delito grave cometido en territorio nacional;

Debido a que la hipótesis jurídica considerada en el citado artículo contempla el adjetivo de grave, en la práctica, los migrantes indocumentados que solicitan la regularización de su estatus migratorio a través de la figura de la estancia de visitante por razones humanitarias se ven obligados a demostrar que han sido objeto de delitos graves, considerados por el Código Nacional de Procedimientos Penales como aquellos que ameriten prisión preventiva oficiosa, entre los que se incluyen el homicidio doloso, la delincuencia organizada, el genocidio, la violación, el secuestro, la trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos contra la seguridad de la Nación, traición a la patria, espionaje, terrorismo, sabotaje, corrupción de personas menores de edad, pornografía infantil, turismo sexual contra menores de edad, lenocinio de menores de edad, pederastia, tráfico de menores y los delitos generales contra la salud (artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

No bastándoles con ser objeto de constantes violaciones a sus derechos humanos, de robos, extorsiones y lesiones a todo lo largo de su tránsito por el territorio mexicano, las personas migrantes se ven ante el predicamento, dadas las graves penurias y difíciles condiciones de pobreza y discriminación que enfrentan cotidianamente, de propiciar ser víctimas de alguno de estos delitos “graves” en aras de cumplir con los requerimientos necesarios para solicitar ante las instancias migratorias su identificación como visitantes por razones humanitarias, garantizado al fin su seguridad jurídica. Es así como actualmente el marco normativo en materia migratoria genera un círculo vicioso que alienta la sobreexposición de las y los migrantes a entornos violentos, mientras facilita a las redes criminales el tráfico y explotación de estas personas, culpables únicamente de aspirar a una mejor calidad de vida para sus familias.

Desafortunadamente, la respuesta del gobierno mexicano ante el complejo panorama del fenómeno migratorio, lejos de dedicarse a salvaguardar la integridad del migrante, ha estado enfocada únicamente en el endurecimiento de las políticas migratorias; la aplicación de la detención generalizada y automática, especialmente para las personas en situación migratoria irregular; el uso de procedimientos acelerados de deportación; la disminución del acceso a protección internacional; la mayor securitización de la frontera sur y de las rutas migratorias.

Conscientes de las recomendaciones que manifestara el Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones para México en febrero de 2015 concernientes al alto número de casos de desaparición de migrantes reportados en nuestro país, es vital que como legisladores redoblemos esfuerzos para garantizar el acceso a la justicia y la plena observancia de los derechos humanos de los migrantes, evitando su criminalización y coadyuvando al fortalecimiento de los mecanismos de investigación y prosecución de delitos cometidos en su contra, protegiéndolos de ser acechados y capturados por las redes de violencia y que operan en el país. La presente iniciativa exhorta a los parlamentarios a ser especialmente sensibles a los cientos de historias de migrantes víctimas de algún delito sobre las dificultades que han experimentado, tanto ellos como sus familias, para ser reconocidos formalmente como víctimas directas e indirectas y coadyuvantes en los procesos de investigación y administración de justicia, tal y como lo contempla la Ley General de Víctimas.

Lejos de considerar a los migrantes como criminales, el Estado Mexicano debe asumir una mayor responsabilidad por su protección, apartándolos de las redes de violencia que operan en el país y convirtiéndolos en partícipes de la política pública diseñada para el combate al crimen y la corrupción.

Una auténtica política migratoria de alcance integral debe estar basada en un enfoque de derechos humanos y no en uno de seguridad nacional, enfocando sus esfuerzos no en la detención, sino en la prevención, protección y sanción de los delitos y violaciones de los derechos humanos de las que son víctimas las personas migrantes. Urge el más amplio reconocimiento de la ominosa situación que este cuantioso sector sufre todos los días en México.

Fundamento Legal

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión; con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta honorable Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el inciso a) de la fracción V del artículo 52 de la Ley de Migración

Artículo Único.Se reforma el inciso a) de la fracción V del artículo 52 de la Ley de Migración, para quedar como sigue:

Ley de Migración

Artículo 52.-...

I. a IV...

V. Visitante por razones humanitarias. Se autorizará esta condición de estancia a los extranjeros que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Ser ofendido, víctima o testigo de algún delito simplecometido en territorio nacional.

...

...

VI-IX...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Manuel Ángel Castillo. Migración y derechos humanos, 2013

2 Banco Mundial. Crimen y Violencia en Centroamérica. Un desafío para el desarrollo, 2011.

3 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Derechos humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México, 2013.

4 Consejo Nacional de Población, La migración femenina a Estados Unidos. Tendencias actuales, 2013

5 Redodem, migrantes invisibles, violencia tangible, 2014

6 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Situación de los Derechos Humanos en México, 2015.

7 Animal Político. Programa Frontera Sur: Una cacería de migrantes, 2015

8 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Informe Especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre la Situación de los Derechos Humanos en las Estaciones Migratorias y Lugares Habilitados del Instituto Nacional de Migración de la República Mexicana, 2005.

9 Sin Fronteras. La Ruta del Encierro: Situación de las personas en detención en estaciones migratorias y estancias provisionales, 2013.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputados y diputadas: Guillermo Rafael Santiago Rodríguez,Cirilo Vázquez Parissi, Edgar Spinoso Carrera, Ernestina Godoy Ramos, Guadalupe González Suástegui, Jorge Tello López, Karla Karina Osuna Carranco, Leticia Amparano Gamez, Luz Argelia Paniagua Figueroa (rúbricas).»

La Presidenta diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala: Túrnese a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

El diputado Jesús Emiliano Álvarez López(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala:¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Jesús Emiliano Álvarez López (desde la curul): Solo para pedirle al diputado Guillermo Santiago, que me deje suscribir su importante iniciativa, a mi nombre y al de toda la bancada, por favor.

La diputada María Elena Orantes López (desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala: Adelante, diputada María Elena Orantes.

La diputada María Elena Orantes López (desde la curul): Gracias, presidenta. Solo para pedirle a mi compañero diputado, y paisano chiapaneco, que nos permita suscribir esta importante tema de migrantes que sufrimos allí en la frontera sur y en el norte del país.

El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (desde la curul): Sí, adelante.

La Presidenta diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala: El diputado ha obsequiado la adhesión. Pueden pasar.



LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

La Presidenta diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala:Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o., 7o. y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos.

La diputada Mirza Flores Gómez:Muy buenas tardes, presidenta, muchas gracias. Saludo con mucho afecto a mis compañeras diputadas y compañeros diputados de todas las expresiones políticas, a quienes aprovecho la ocasión y les reitero un muy cordial saludo y les deseo que este año que comenzamos, de segundo periodo, sea mucho más productivo que el anterior y que trabajemos en conjunto por el bien de las mexicanas y de los mexicanos que tanto confían en nosotros; por ello, vengo a presentar la presente iniciativa de ley que adiciona y reforma diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Esta iniciativa tiene como objetivo facultar a la federación para que a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial se impulse de forma gradual y obligatoria el establecimiento de áreas verdes en los centros urbanos de todo el país, con la finalidad principal de mejorar la calidad de vida de los habitantes y con ello cumplir los compromisos internacionales, los que México suscribió, para generar todas las acciones que sean necesarias mitigando los efectos del cambio climático producidos por la emisión de gases de efecto invernadero, promoviendo con ello un estilo de vida saludable para todas las familias mexicanas.

Es de relevancia el siguiente dato que voy a proporcionar. Las ciudades y zonas metropolitanas concentran siete de cada 10 mexicanos, y continuarán creciendo como resultado del incremento natural de la población. Se prevé que para 2030 la población urbana presentará 75.2 por ciento de la población total nacional dentro de las ciudades.

El crecimiento de las ciudades con desorden y sin una planeación adecuada, bajo criterios de sustentabilidad y sostenibilidad, provoca que la mancha urbana se apropie de las reservas ecológicas de propios y ajenos. Así, mientras más grandes y acaydakadas sean las ciudades, la demanda de superficie territorial para cubrir sus demandas y asimilar sus desechos, tiende a ser mayor. Es decir, su huella ecológica aumenta aceleradamente trayendo como consecuencia el grave calentamiento global.

Respecto a la emisión de CO2, México contribuyó en 2011 al 1.4 por ciento de las emisiones globales, derivadas principalmente de la quema de combustibles. Esto nos puso en este año 2011 en la posición número 12 de país emisor de gases contaminantes.

En la década de 1970, los expertos en desarrollo urbano, urbanistas, sociólogos y economistas, vieron la urbanización como signo positivo de la modernización que eventualmente traería aparejada una mayor democratización y desarrollo de los países.

Sin embargo, en las últimas dos décadas se ha comenzado a comprender el fenómeno del desarrollo urbano no como una proceso inherente que genere mayor democracia y bienestar, sino como un fenómeno que aumenta la exposición a desastres naturales, antropogénicos, que conciben mayores problemas económicos y sociales, como la marginalidad, pobreza, violencia intrafamiliar, drogadicción, movilidad, problemas ambientales que claramente generan riesgos, y menor seguridad para la infraestructura y las inversiones del sector público y privado.

Quiero invitarlos a la reflexión, de la imperante necesidad que tenemos de construir o reconstruir ciudades resilientes. Esto quiere decir que empecemos a reconstruirnos y a vernos como ciudades modernas; estas no llenas de planchas de concreto o edificios de cristales, sino como ciudades que estemos preparadas para los embates de la naturaleza, pero sobre todo previniendo desastres y riesgos que están generados por el cambio climático. Esto es parte coyuntural de la agenda de Movimiento Ciudadanos. Y los quiero invitar a que generemos una conciencia diferente del planeta en el que vivimos, que amemos no sólo a nuestro país, sino a todo el planeta que habitamos, no tenemos otro lugar a donde irnos. Si nos acabamos este planeta, no tenemos otro escape.

Estamos realizando varias acciones desde la fracción parlamentaria que yo integro, como la reducción de impresiones en la Cámara de Diputados, se reguló la impresión de la Gaceta Parlamentaria, se están instalando botes de basura separadores en toda la Cámara, con el propósito de que generemos una conciencia del desecho, uso y destino de residuos sólidos, que es la basura, lo cual nos ayuda a mitigar y a frenar los embates del cambio climático. A lo que los invito a que nos hagamos responsables; sea un proceso de evolución este que iremos teniendo con el uso de los contenedores de basura.

Es por eso que me despido con mucho aprecio y mucho cariño, invitándolos a que reflexionemos. Que los colores del arco iris y su riqueza, está siempre a la vista, no solamente a la vida, sino a todo lo que esto conlleva y nos alegra. Apreciemos la diversidad humana y la diversidad ambiental. Este es nuestro planeta, respetémoslo; respetémonos. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 2o., 7o. y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Mirza Flores Gómez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, y con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 77, numerales I y II, del Reglamento Interior de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene como objetivo facultar a la federación para que a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial (Sedatu) impulse el establecimiento de áreas verdes en los centros urbanos del país, a fin de mejorar la calidad de vida de los habitantes y a la mitigación de los efectos del cambio climático producidos por la emisión de gases de efecto invernadero promoviendo con ello un estilo de vida saludable para las familias mexicanas.

De acuerdo con McClung de Tapia y Acosta Ochoa, el proceso de urbanización en México empezó alrededor de los años cuarenta, el país pasó de ser un territorio preponderantemente rural a un país con centros de población establecidos alrededor de grandes fábricas y maquiladoras, el proceso de urbanización se dio como consecuencia de la migración de miles de campesinos que salían de las comunidades agrícolas y ganaderas en busca de mejores oportunidades de empleo en las metrópolis.

El auge económico del paradigma de industrialización por sustitución de importaciones, las consecuencias de las reformas agrarias, que permitieron a los ejidatarios convertir las tierras comunales en propiedad privada y la inversión del gobierno federal en obras de infraestructura, salubridad y vivienda detonaron un proceso acelerado de urbanización; de hecho, en este año (1940), se calculaba que sólo 32.6 por ciento de la población se concentraba en las zonas urbanas; para 1980, ya era de 65.

De acuerdo con las Reglas de Operación del Programa Rescate de Espacios Públicos para el Ejercicio Fiscal de 2015 y Subsecuentes, las ciudades y zonas metropolitanas concentran a siete de cada 10 mexicanos y continuarán creciendo como resultado del incremento natural de la población; asimismo, la configuración político-geográfica del país promoverá un aumento de las zonas conurbadas y metropolitanas en los próximo años. Se prevé que para 2030, la población urbana representará 75.2 por ciento de la nacional.

El crecimiento de las ciudades sin una planeación adecuada bajo criterios de sustentabilidad, provoca que la “mancha urbana” se apropie de las reservas ecológicas de otros territorios para obtener recursos y exportar sus residuos. Así mientras más grandes y acaudaladas sean las ciudades, la demanda de superficie territorial para cubrir sus demandas y asimilar sus desechos tiende a ser mayor, es decir su huella ecológica aumenta, trayendo como consecuencia el calentamiento global.

En otras palabras, y de acuerdo con lo que se ha expresado en diversos foros y reuniones de la Comisión de Cambio Climático, las ciudades emiten grandes cantidades de gases de efecto invernadero, éstos atrapan la energía del sol y de este calor producido los océanos absorben entre 80 y 90 por ciento (mucho más que la cantidad absorbida por la atmosfera), en respuesta, la temperatura promedio en la superficie terrestre se incrementa, lo que puede traer como consecuencia cambios en el patrón de circulación oceánica y provocar que algunas regiones marinas experimenten calentamientos o enfriamientos inusuales.

El clima es el resultado de una compleja interacción entre varios elementos y factores, por ello, una pequeña modificación altera todo el sistema: actualmente ya se observan y se seguirán experimentando en las próximas décadas los siguientes impactos:

• Aumento de la temperatura promedio global de los océanos y la superficie terrestre.

• Modificación de los patrones naturales de precipitación.

• Inundaciones recurrentes.

• Sequías más prolongadas.

• Disminución en la disponibilidad de agua para consumo humano, agrícola e hidroeléctrico.

• Disminución de la productividad agrícola.

• Disminución de los glaciares a escala mundial.

• Mayor propensión a incendios forestales.

• Alteración de los ciclos biológicos y distribución geográfica de la flora y fauna.

• Alteración de los vectores de enfermedades infecciosas en ciertas áreas.

Respecto a la emisión de dióxido de carbono, México contribuyó en 2011 con 1.4 por ciento de las emisiones globales derivadas principalmente de la quema de combustibles fósiles; es el décimo segundo país con mayores emisiones del mundo. De acuerdo con los estudios más recientes elaborados para México, en el país ya se pueden observar los siguientes cambios:

• El país se ha vuelto más cálido desde la década de 1960.

• Las temperaturas promedio a escala nacional aumentaron 0.85 grados Celsius; y las invernales, 1.3.

• Se ha reducido la cantidad de días más frescos desde los años sesenta del siglo pasado y hay más noches cálidas.

• La precipitación ha disminuido en la porción sureste desde hace medio siglo.

En la década de 1970, los expertos en desarrollo, urbanistas, sociólogos y economistas vieron la urbanización como los signos positivos de la modernización que eventualmente traerían aparejada una mayor democratización y desarrollo de los países.

Como ejemplo de esta teoría, Seymour Martin Lipset, uno de los arquitectos de la teoría de la modernización argumentaba que “los diversos aspectos del desarrollo económico –la industrialización, la urbanización, la riqueza y la educación– están tan estrechamente relacionados entre sí, de manera que constituyen un factor importante entre democracia y bienestar”.

Sin embargo, en las últimas dos décadas, se ha comenzado a comprender el fenómeno del desarrollo urbano no como un proceso que inherentemente genere mayor democracia y bienestar, sino como un fenómeno que aumenta la exposición a desastres naturales y antropogénicos, concibe mayores problemas económicos y sociales como la marginalidad, pobreza, violencia intrafamiliar, drogadicción, movilidad, problemas ambientales y claramente genera riesgos y menor seguridad para la infraestructura y las inversiones del sector público y privado.

Pese a estas ideas previas como los asentamientos humanos garantes de la justicia social y la democracia, queda claro que éstas no previeron la generación de nuevos retos de las condiciones de vida humana, por ejemplo, el cambio climático, el cual se ha convertido en uno de los principales problemas para la sobrevivencia humana.

Ante los nuevos retos que enfrentamos por la creciente urbanización es necesario que los gobiernos conjuntamente con la sociedad civil emprendan acciones para mitigar y adaptar las consecuencias de los efectos del cambio climático, así como reconstruir el tejido social; una alternativa con alto impacto positivo es el establecimiento de áreas verdes dentro de las grandes urbes (parques, reservas ecológicas, jardines, huertos urbanos y áreas protegidas).

Actualmente, no se encuentra definida en ninguna ley federal el concepto de áreas verdes. Sin embargo, la Sedatu define las áreas verdes como “espacios ocupados o delimitados generalmente con especies vegetales, y pueden cumplir diversas funciones: ecológicas, ornamentales, recreativas, generadoras de fuentes de alimentos o recarga de mantos freáticos”.

Según Sergio Puente, la calidad de vida constituye un concepto en permanente redefinición del espacio en cuanto a su significación y concreción en el espacio urbano. Las áreas verdes forman parte importante en la calidad de vida y forman parte de esos espacios, al cumplir una función social y beneficios ambientales en el medio urbano: En el primero albergan las actividades en el tiempo libre, como el deporte, el esparcimiento, la recreación y el beneficio estético. Como funciones ambientales, en la calidad del aire, enriquecimiento de la biodiversidad y beneficios en el suelo.

Por ejemplo, la agricultura urbana y periurbana, comúnmente llamados “huertos urbanos”, de acuerdo con el Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá:

Permiten maximizar la producción de diversos productos agropecuarios (especialmente hortalizas y frutas frescas) en espacios no utilizados en las ciudades y sus alrededores. Esto puede disminuir la huella ecológica, aminorar la pobreza (generando recursos y empleo), estrechar lazos familiares, contribuir a la seguridad alimentaria y nutricional, proporcionar productos no tradicionales (como medicinas o especias), reciclar desechos (para la nutrición de plantas y animales) y eliminar terrenos baldíos que podrían terminar como basureros. Asimismo, permite reducir la distancia entre productores y consumidores y consecuentemente bajar precios y solucionar problemas de desabastecimiento, así como aminorar problemas graves de salud pública.

De acuerdo con la entrevista realizada al director del Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS), doctor Mikel Arriola, 70 por ciento de los mexicanos tiene sobrepeso y obesidad, y –por tanto– está en riesgo de contraer diabetes. En 014 murieron por diabetes 20 mil derechohabientes del IMSS, lo que representa 16 por ciento de defunciones Es la primera causa de mortalidad.

En la misma entrevista, el doctor Mikel Arriola expresó:

Los estudiosos del fenómeno coindicen en que a partir de los años setenta se empezó a dar esta transición epidemiológica y empezó a crecer la mortalidad, aunque en esa década todavía no era motivo de preocupación porque la prevalencia era muy baja, sin embargo, se consolidaba entonces una migración muy fuerte del campo a la ciudad y también una fuerte incorporación de las mujeres a la vida laboral. Disminuyó la preparación de alimentos en casa, dando lugar a los alimentos industrializados con alta cantidad de azúcares refinadas, grasas saturadas y sodio. También se aumentó el sedentarismo y por consiguiente, el exceso de peso corporal entre la población.

En esta publicación también señaló que 15 por ciento del presupuesto (que son 42 millones) se está destinando para la atención de la diabetes, y que solo una persona con diálisis o hemodiálisis le cuesta al IMSS alrededor de 220 mil pesos al año y actualmente se están atendiendo 70 mil diabéticos en esta situación, lo que representa un gasto anual de 6 mil millones. Recalcó que “es necesario parar estas tendencias a la obesidad y la diabetes con medidas de políticas públicas (...) hay que darle un viraje de lo curativo a lo preventivo”.

En pocas palabras, esta iniciativa de ley también busca abonar al Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, específicamente a cumplimentar las metas contenidas en la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes, al promover la implementación de áreas verdes para contribuir al desarrollo sustentable, estaremos sumando esfuerzos para que los habitantes de las ciudades mexicanas tengan lugares de esparcimiento en donde puedan realizar actividades físicas como correr, caminar y realizar cualquier actividad de acondicionamiento físico.

Por otra parte, al promover el uso de espacios públicos para destinarlos al establecimiento de “huertos urbanos” se garantizará el derecho a una alimentación balanceada y nutritiva, coadyuvando con ello a cumplimentar el derecho humano a la salud, disminuyendo los gastos operativos de las instituciones que brindan estos servicios, cuidando con ello, el dinero de todos los mexicanos. Ya bastante se ha usado la frase “más vale Prevenimss”, en alusión a los hábitos que debemos hacer propios los ciudadanos para cuidar nuestra salud, y quiero ser muy consistente en este sentido; el Estado debe de poner los medios (como las áreas verdes) para que la ciudadanía pueda alcanzar el fin: estar saludables.

Con información del programa Huertos Efecto Verde, un metro cuadrado de azoteas verdes tiene los siguientes efectos ambientales:

• Captación de un kilogramo de bióxido de carbono y generación del oxígeno que consume una persona por año.

• Captación de 108 litros de agua de lluvia por año, permitiendo su retorno al medio ambiente.

• Producción de 12 a 20 plantas suculentas, facilitando el trabajo a productores.

Los beneficios que aportan las áreas verdes para mejorar la calidad de vida de los habitantes de las urbes son diversos, pero cuantificables. Recordemos que México se comprometió en la COP 21 con la comunidad internacional a disminuir la emisión de gases de efecto invernadero y a generar 35 por ciento de energía limpia para 2024 y 43 por ciento a 2030, por lo que resulta de imperiosa necesidad legislar para otorgar mayores facultades a las dependencias y entidades de la administración pública federal para cumplir los compromisos adquiridos por México a nivel internacional para frenar los efectos del cambio climático, y sobre todo, cuidar el bienestar de los Mexicanos.

La presente iniciativa busca complementar el espíritu que dio origen a la adición de la fracción II bis del artículo 7 de la Ley General de Asentamientos Humanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2010.

De acuerdo con los considerandos del dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial; y de Estudios Legislativos, de fecha 9 de febrero de 2010, por el que se aprueba la adición de la fracción mencionada supra, ésta se incluye en la ley con la finalidad de proveer a la autoridad federal de instrumentos que le permitan incidir de mejor manera en el logro de un desarrollo sustentable. Esto es especialmente importante cuando nos referimos a las obras de infraestructura que el mismo Estado realiza.

En el mismo documento se señala la necesidad de aprobar el proyecto de iniciativa para que la Secretaría de Desarrollo Social (a partir de 2014, estas facultades son otorgadas a la Sedatu) “adquiera la obligación de promover la implementación de elementos sustentables que mejoren las condiciones de habitabilidad y confort de los espacios públicos en las zonas urbanas contribuyendo también a la regeneración y rehabilitación del territorio en general con el objetivo de mitigar y adaptar los efectos del cambio climático”, desafortunadamente sólo se otorga la facultad para la implementación de sistemas o dispositivos de alta eficiencia energética en las obras públicas de infraestructura y equipamiento urbano, sin tomar en consideración el impacto positivo de contemplar dentro de los proyectos de infraestructura y equipamiento urbano a las áreas verdes.

En la actualidad, las áreas verdes en los espacios urbanos han tomado un gran auge debido a los beneficios que traen, por ejemplo, el 12 de julio 2016 fue inaugurada la iniciativa Vía Verde, un proyecto de Verde Vertical, dirigido por el arquitecto Fernando Ortiz Monasterio, que plantea la instalación de jardines verticales en más de mil columnas del segundo piso de la vía rápida más importante de la Ciudad de México.

Con más de 60 mil metros cuadrados de jardines verticales en las más de mil columnas del Periférico, Vía Verde tiene el objetivo de dotar con 27 kilómetros de nuevas áreas verdes, buscando ser “el mayor proyecto de naturación del mundo”. El proyecto propone un sistema que a través de especies vegetales buscará dotar de oxígeno a 2 mil 500 ciudadanos filtrando más de 27 mil toneladas de gases, captando 5 mil kilogramos de polvo y procesando más de 10 mil kilogramos de metales pesados.

Compañeras y compañeros legisladores, definimos el desarrollo sostenible como “la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”.

Es necesario desdibujar los colores de los partidos políticos y sumar esfuerzos para otorgar facultades a la administración pública federal para realizar acciones para preservar, conservar y restaurar el medio ambiente, sobre todo en las grandes ciudades, que por la falta de planeación han crecido de forma desordenada, devorando los ecosistemas naturales que hoy se ven transformados en edificios de concreto; con voluntad política, podemos mejorar la situación actual de las generaciones presentes y dejar a las futuras, un mejor país, por ello, resulta de vital importancia reformar la fracción II Bis de la Ley General de Asentamientos Humanos para incluir a las áreas verdes como un espacio de oportunidad en las obras públicas de infraestructura y equipamiento urbano para garantizar el desarrollo urbano sostenible.

Por lo expuesto someto a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción II Bis del artículo 2, se reforman las fracciones II Bis del artículo 7 y XI y XIII y se adiciona la fracción XIV del artículo 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos

Único. Se adiciona la fracción II Bis del artículo 2, se reforman las fracciones II Bis del artículo 7 y XI y XIII, y se adiciona la fracción XIV del artículo 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, para quedar como sigue:

Artículo 2. Para los efectos de esta ley se entenderá por

(...)

II Bis. Áreas verdes: Son los espacios urbanos, ocupados o delimitados generalmente con especies vegetales, y pueden cumplir diversas funciones: ecológicas, ornamentales, recreativas, generadoras de fuentes de alimentos, recarga de mantos freáticos, de recuperación y rehabilitación del entorno y similares como medidas de adaptación y mitigación de los efectos.

Artículo 7. Corresponden a la federación, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, las siguientes atribuciones:

II Bis. Promover la implementación de áreas verdes y sistemas o dispositivos de alta eficiencia energética en las obras públicas de infraestructura y equipamiento urbano, para garantizar el desarrollo urbano sostenible;

Artículo 51.La federación, las entidades federativas y los municipios fomentarán la coordinación y la concertación de acciones e inversiones entre los sectores público, social y privado para

I. a X. ...

XI.El impulso a la educación, la investigación y la capacitación en materia de desarrollo urbano ;, y

XII. ...

XIII. Promover la construcción y adecuación de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos que requiera la población con discapacidad ; y

XIV. Fomentar el rescate e impulso de áreas verdes en los centros de población.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano tendrá un plazo de 180 días, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las modificaciones necesarias a su plan de trabajo y hacer públicas las acciones por realizar, ajustándose a los montos del presupuesto asignado a la dependencia para tales efectos en el ejercicio fiscal correspondiente, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 7, fracción II Bis, y 51, fracción XIV, de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Notas:

1 Emily McClung de Tapia, Guillermo Acosta Ochoa, Alejandro Terrazas Mata, Abril Cid Salinas. Nuestra huella en el planeta: la historia humana del origen a nuestros días, Editores Siglo Veintiuno.

2 Sedatu. Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos para el Ejercicio Fiscal de 2015 y subsecuentes, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2014.

http://www.sedatu.gob.mx/sraweb/datastore/programas/ 2015/rescate_espacios_publicos/RO_PREP_2015_DOF.pdf

3 Obra citada 1, página 63.

4 Exposición de motivos del acuerdo nacional por el que se emite la Estrategia Nacional de Cambio Climático, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2013.

Disponible en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5301093 &fecha=03/06/2013

5 Seymour Martin Lipset. Political man: the social bases of politics.Doubleday Publishings, Nueva York, 1963, página 41.

6 Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. Lineamientos específicos para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos 2013.Disponible en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/5767/AnexoQ_Especificaciones_par a_la_ejecucion_de_obra_fisica_2013_24-may-13_.pdf

7 Elia Chiki Miyasako Kobashi. Las áreas verdes en la Ciudad de México, tesis para obtener el grado de doctora en derecho ambiental, Universidad Autónoma Metropolitana, plantel Azcapotzalco, página 65.

8 Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá, Agricultura urbana. Disponible en http://www.incap.int/index.php/es/areas-tematicas/nutricion-y-sus-determinantes /centro-de-capacitacion-en-seguridad-alimentaria-y-nutricional-cais/agricultura -urbana (Fecha de consulta: 26 de julio de 2016.)

9 Vera, Rodrigo. “México diabético”, en revista Proceso número 2076, México, 14 de agosto de 2016, páginas 7-11.

10 Cfr. México y la COP 21, disponible en https://www.gob.mx/cop21

11 Dictamen en Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial; y de Estudios Legislativos, Primera, de la iniciativa que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción II Bis al artículo 7 de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Disponible en http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2010/02/asun_2632479_20100223 _1266940296.pdf

12 Ibídem.

13 Vía Verde: Un nuevo debate de sustentabilidad en México; Arch-Dayli, 15 de julio de 2016. http://www.archdaily.mx/mx/791416/via-verde-un-nuevo-debate-de-sustentabilidad- en-mexico (Fecha de consulta: 26 de julio de 2015.)

14 ONU, Informe titulado «Nuestro futuro común» de 1987, Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, disponible en: http://www.un.org/es/ga/president/65/issues/sustdev.shtml

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputadas y diputados: Mirza Flores Gómez ,Alfredo Bejos Nicolás, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Eloisa Chavarrias Barajas, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, Gianni Raul Ramírez Ocampo, Jonadab Martínez García, Ma. Victoria Mercado Sánchez, María Candelaria Ochoa Avalos, María Luisa Beltrán Reyes, Miguel Ángel Salim Alle, Omar Noé Bernardino Vargas, Pedro Luis Noble Monterrubio, Refugio Trinidad Garzón Canchola, Rosa Alba Ramírez Nachis, Sara Latife Ruiz Chávez, Verónica Delgadillo García, Virgilio Mendoza Amezcua (rúbricas).»

Presidencia del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Mirza Flores. Túrnese a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.

La diputada Verónica Delgadillo García (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido en la curul de la diputada Verónica Delgadillo.

La diputada Verónica Delgadillo García (desde la curul): Muchas gracias, diputado presidente. Para preguntarle a mi compañera Mirza, si nos permite adherirnos, a mi compañera Candelaria, bueno, a muchos compañeros de Movimiento Ciudadano que queremos sumarnos a su iniciativa, prácticamente a toda la bancada.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Diputada.

La diputada Mirza Flores Gómez (desde la curul): Adelante.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Da su autorización la compañera diputada Flores, está a su disposición aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva. Sonido en la curul de la diputada Claudia Corichi. Adelante, diputada.

La diputada Claudia Sofía Corichi García (desde la curul): Gracias, con el mismo fin y además como parte de nuestra agenda prioritaria, para defender estos temas tan importantes, también pedirle a nombre propio, de la diputada María Elena Orantes y, por supuesto, como decíamos, ya de todo el grupo parlamentario, que nos permita sumarnos a esta iniciativa, la diputada Mirza.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Ya nos dio su autorización la compañera diputada, está a su disposición en la Secretaría de la Mesa Directiva.

Esta Presidencia saluda al equipo de fútbol femenil Toluca, invitados por las compañeras diputadas Érika Rodríguez Hernández y Paz Quiñones. Sean ustedes bienvenidos. De la misma forma, a alumnos y docentes de la Universidad de los Ángeles, plantel Tehuacán, invitado por la diputada Edith Villa Trujillo, muchas gracias. Bienvenidos.



LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo segundo de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.

El diputado Francisco Javier Pinto Torres:Con el permiso de la Presidencia. Cuando se trata de proteger la salud de la población los argumentos en contra resultan insustanciables.

Compañeras y compañeros legisladores, en esta ocasión me dirijo a ustedes y a todos aquellos que nos ven en el Canal del Congreso, para presentar la iniciativa del proyecto de decreto por el que se reforma el inciso c) de la fracción I del artículo 2o de la Ley de los Impuestos Especiales sobre Producción y Servicios, con la finalidad de actualizar las tasas y cuotas sobre los productos del tabaco.

Sólo fue, hasta hace algunos años, que nuestro país empezó a tomar medidas decisivas y contundentes para terminar con el tabaquismo. En 2010 fue publicada la Ley General para el Control del Tabaco basándose primordialmente en las directrices del convenio marco de la Organización Mundial de la Salud para el control del tabaco un instrumento internacional que nuestro país ratificó en 2004.

El artículo 6o. del convenio establece que, en su numeral 1, las medidas relacionadas con los precisos e impuestos son un medio eficaz e importante para que diversos sectores de la población, en particular los jóvenes, reduzcan su consumo del tabaco.

A mayor abundamiento en las directrices para aplicar el artículo 6o. del convenio marco, se menciona que las políticas relacionadas con los precisos y los impuestos son el medio más eficaz para influir en la demanda, por lo tanto el consumo del producto de tabaco.

Compañeras y compañeros, reducir el consumo de tabaco es indispensable porque eso permite reducir la mortalidad y la morbilidad, y mejora la salud de la población. El aumento de los impuestos al tabaco en particular es importante para proteger a los jóvenes contra la iniciación en el consumo del tabaco o la continuación de ese hábito.

En Nueva Alianza estamos convencidos en que es preciso ser más agresivos para erradicar una adicción que cada año cobra millones de vidas en el mundo, tan solo en México son 44 mil 500.

Permítanme decirles, compañeras y compañeros, que les habla un fumador y, por lo tanto, el objetivo es proteger la salud de nuestros niños y de nuestros jóvenes, de nuestras mujeres, que a más temprana edad se están volviendo adictos al tabaco.

Como fumador, conozco los terribles efectos del tabaco y las dificultades para dejar esa adicción. Es por eso, compañeras y compañeros, que el día de hoy solicito su apoyo para que culmine en buenos términos esta iniciativa. La iniciativa que estamos proponiendo es de las únicas medidas internacionales aceptadas para combatir las adicciones, y más la del cigarro, que han resultado eficientes para reducir este consumo.

Nuestras leyes han dejado de actualizar esos gravámenes, lo que ha provocado que se recupere en la capacidad de la venta y la distribución para su consumo. Y no solo se trata de impuestos, sino hemos dejado de implementar medidas normativas como la recolección de las colillas por la contaminación que causan en los lugares específicamente para fumar, el aumento de la edad para fumar y medidas para promover el dejar de fumar.

Además de los daños del sector salud por todas las enfermedades causadas por el tabaquismo, como todos bien saben aquí, es enorme. Asimismo, esta es la primera de las iniciativas que estamos planeando en contra del tabaquismo, ya que en breve estaremos presentando una nueva iniciativa con el objetivo de promover y elevar la edad para la venta del tabaco.

Compañeras y compañeros, en Nueva Alianza decidimos ser arriesgados y estamos determinados a incluir en la Ley las disposiciones necesarias para eliminar estas adicciones, ya que es urgente incrementar estos gravámenes a su consumo. Entendámoslo de una vez, y quienes al igual que yo tienen esta adicción, debemos de estar conscientes; la salud no tiene precio. Por su atención, muchísimas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Francisco Javier Pinto Torres, diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el inciso C) de la fracción I, del artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

El tabaquismo es la principal causa de muerte no transmisible y prevenible en el mundo, encontrándose nuestro país dentro de los más afectados por la epidemia de tabaquismo.

La presentación de la Encuesta Nacional de Adicciones 2011 principia con lo siguiente:

“El abuso de substancias psicotrópicas, constituye uno de los problemas de salud pública de nuestra época, que se presenta tanto a nivel nacional como internacional. Este fenómeno de salud afecta, sin distinción de género, incidiendo principalmente en niños y adolescentes, de cualquier estrato social y de todas las regiones de nuestro país.

Los estudios epidemiológicos, tanto nacionales como mundiales nos demuestran que este fenómeno es cambiante y se presenta con mayor frecuencia en jóvenes y con substancias más dañinas. Se observa además un aumento en el uso de drogas en la mujer, tanto legales como ilegales”.

Se estima que el tabaco mata a 6 millones de personas anualmente en el mundo, de las cuales 44 mil, 500 son mexicanos y, de mantenerse la tendencia actual de consumo en el mundo, para el 2030 la cifra global alcanzará los 8 millones de personas muertas por consumo de este producto.

La doctora Mirta Roses Periago, directora de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), señala que el consumo del tabaco es el principal contribuyente de ataques cardiacos, accidentes cerebro vasculares, diversos cánceres y otras enfermedades crónicas que son epidémicas. Asimismo, refiere que el tabaco es uno de los cuatro principales factores de riesgo para las enfermedades crónicas no transmisibles, y se estima que es responsable del 71 por ciento de los casos de cáncer de pulmón.

Sólo el 25 por ciento de la población está protegida de la publicidad del tabaco; menos del 50 por ciento de la población está resguardada en ambientes 100 por ciento libres de humo de tabaco y menos de la mitad de los países obligan a que las cajetillas de cigarro contengan advertencias de los efectos nocivos del consumo del producto.

En el “Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco”, aceptado por unanimidad en la Asamblea Mundial de la Salud el 21 de mayo de 2003, en vigor desde el 27 de febrero de 2005 y suscrito por 174 países, entre ellos el nuestro el 12 de agosto de 2003 y ratificado el 28 de mayo de 2004, busca principalmente reducir la oferta y la demanda del tabaco.

Para ello, las directrices establecen que es necesario monitorear el consumo del tabaco y aplicar políticas de prevención; proteger a las personas del humo que se respira por su consumo; ofrecer ayuda para dejar de consumir los productos que se derivan del mismo; advertir sobre los peligros para la salud; hacer cumplir las prohibiciones sobre publicidad, promoción y patrocinio y aumentar los impuestos por su consumo.

Para México y los Estados que tienen una válida preocupación por la salud de su población, debería de ser prioritario cumplir con el Convenio Marco para el Control del Tabaco, tomando sustantivas medidas como actualizar el impuesto especial al tabaco, al ser una importante medida de prevención ante la epidemia de tabaquismo que aumenta constantemente.

Para el año 2014, en el marco del Día Mundial sin Tabaco, llevado a cabo el 31 de mayo de ese año, la Organización Mundial de la Salud seleccionó el tema: Subir los impuestos al tabaco, bajo la premisa de que el aumento a los impuestos al mismo ha demostrado ser una medida eficaz para reducir su consumo en toda la población, acción que fue omitida por el gobierno federal en dicho año.

El Informe sobre la Salud del Mundo 2010 menciona que “un aumento del 50 por ciento en los impuestos al consumo del tabaco generaría 1,42 mil millones de dólares de fondos adicionales en 22 países de ingresos bajos de los que hay datos disponibles. Si todo esto se destinara a la salud, permitiría que el gasto público en sanidad aumentase más del 25 por ciento en varios países”.

Asimismo, se menciona, dentro del apartado de Mensajes Importantes que “Los impuestos sobre productos perjudiciales como el tabaco y el alcohol son una de esas opciones: reducen el consumo, mejoran la salud y aumentan los recursos que los gobiernos pueden gastar en la salud.”

El presidente de la campaña “Niños Libres de Tabaco”, Matthew Myers, señala que “está comprobado que por cada 10 por ciento del incremento al precio del cigarro, hay una disminución aproximada de 6 por ciento en niños fumadores”. De igual forma, el especialista menciona que el incremento en los impuestos del tabaco tiene como consecuencia la disminución de fumadores jóvenes y los ingresos de pacientes a hospitales por afecciones cardiacas.

En nuestro país no existen datos precisos sobre los costos de los efectos del tabaquismo, no solo en el impacto a los sistemas de salud, sino a las cargas económicas por discapacidad, días de incapacidad laboral y años de vida potencialmente perdida por muerte prematura.

El informe denominado “Costos de atención médica de las enfermedades atribuibles al consumo de tabaco en América: revisión de la literatura” señala que, “desde hace décadas se conoce que el consumo de tabaco produce enfermedad y muerte prematura a causa de más de 25 enfermedades, entre ellas diferentes tipos de cáncer, enfermedades respiratorias y cardiovasculares, y otras de ocurrencia más frecuente como neumonías, cataratas y periodontitis.

En el mismo documento, para el caso particular de nuestro país, se señala que diversos investigadores “realizaron un estudio en los hospitales de referencia de segundo y tercer nivel de atención de la Secretaría de Salud (Ssa) en México, teniendo en cuenta las acciones de manejo diagnóstico y terapéutico referidas por un grupo de expertos y validadas con datos de expedientes clínicos acerca de un caso promedio de enfermedad sin complicaciones. Los autores estiman, desde la perspectiva del proveedor, un costo promedio anual de atención médica por caso de mil 464 dólares para enfermedades cardiovasculares, 628 dólares para cáncer de pulmón y 210 dólares para enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC). Se considera que podrían estar subestimados probablemente debido a la metodología de costos unitarios utilizada. El estudio no hace referencia a la metodología de atribución de costos al consumo de tabaco”.

Tan sólo en México mueren en promedio 122 personas a diario por los efectos nocivos del consumo de cigarros. Además, los padecimientos asociados al consumo del tabaco suelen ser tratados con recursos millonarios.

En nuestro país se estima que son destinados 75 mil millones al año para tratar padecimientos como cáncer de pulmón, garganta, cavidad bucal, estómago, colon, enfisema pulmonar, paros cardiacos, problemas de colesterol, bronquitis, degeneración de la retina, problemas en el embarazo, problemas dentales, entre otros muchos efectos secundarios.

Ante el presenta panorama nacional e internación del tabaquismo, que representa grandes costos materiales y numerosas pérdidas humanas, México tiene la obligación de actualizar las medidas de control del tabaco y cumplir con los acuerdos internacionales que ha suscrito; sobre todo, en cuanto al incremento de impuestos a los cigarros, medida que ha demostrado ser eficaz contra dicha adicción.

Argumentos

El panorama epidemiológico para México, expresado en la “Encuesta nacional de Adicciones 2011”, señala que “el tabaquismo continua siendo un gran problema de salud pública, especialmente entre los adolescentes, adultos jóvenes y las mujeres, con una tendencia al incremento en la frecuencia de consumo y la exposición al humo del tabaco”.

En función de la problemática anterior, es prioritario que el Estado mexicano adopte las acciones necesarias para mejorar la salud pública, combatir la epidemia del tabaquismo y prevenir adiciones, pues no es menor la situación que revela dicha encuesta en cuanto a que en el país cada fumador adulto consume 6.6 cigarros al día, mientras que los adolescentes fuman 4.1.

Teniendo en consideración los datos disponibles, y que en México actualmente una cajetilla de cigarros cuesta alrededor de 4 dólares y el consumo promedio entre fumadores es de 6 cigarros diarios, el consumo anual de un fumador promedio sería de 109.5 cajetillas, con un costo de 438 dólares, cantidad que destinada en su totalidad a los servicios de salud no alcanzaría a cubrir los gastos médicos que las instituciones de salud invierten en dichos padecimientos.

Lo anterior trae como consecuencia que nuestro Estado se vea en la necesidad de incrementar de manera constante los recursos públicos, con tal de mantener condiciones mínimas de calidad en los servicios de sanidad; ello, a pesar de las continuas presiones al gasto público, que incluso llega a derivar en el incremento de la deuda del gobierno para atender estas necesidades.

La Ley que regula el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IESPS) fue emitida en 1980, la última y más reciente reforma a esta ley se emitió en diciembre de 2013; no obstante, dicha modificación no incluyó la actualización a los productos del tabaco, mismos que han permanecido intactos desde su modificación en noviembre del 2010, donde se modificó la cuota por cigarro enajenado o importado de 0.10 a 0.35 pesos.

A cuatro años de la última modificación del IESPS sobre los productos del tabaco, resulta necesario actualizar las tasas y cuotas que señala el artículo 2o., bajo los mismos argumentos con los cuales se estableció imponer y actualizar el impuesto a los cigarrillos.

Para el cálculo del incremento que se deberá hacer a las tasas que señala el inciso C) de la fracción I, del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se ha considerado una actualización conforme al poder adquisitivo de los consumidores finales con base en el incremento al salario mínimo anual otorgado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami), a partir del año 2011 y hasta el año 2015, debido a que la última modificación tributaria para el tabaco se realizó en noviembre de 2010.

Según la Conasami, el porcentaje del incremento al salario mínimo desde el 2011 ha sido el siguiente:

Año Porcentaje de aumento del salario mínimo respecto del periodo anterior

2011 4.1

2012 4.2

2012 0.4

2013 3.9

2014 3.9

2015 4.2

De acuerdo a estos porcentajes, el incremento acumulado del porcentaje de aumento al salario mínimo, dentro del periodo referido, representa un 20.7 por ciento que, aplicado a la tasa del 160 por ciento a los tabacos labrados que señala el inciso C), numerales 1 y 2 del artículo 2º de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, después de la actualización propuesta en la presente Iniciativa, quedaría en un porcentaje de 193.12, mientras que para los puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, quedaría en 36.6 por ciento. Respecto a la cuota por cigarro enajenado o importado, señalada en el primer párrafo del mismo inciso C), quedaría en $0.42, considerando el cálculo del mismo porcentaje de actualización.

Con la aplicación de estos porcentajes de actualización, el incremento se establece de una forma técnica y equitativa al crecimiento de las capacidades económicas de la población, retomando la importancia y principios por los que se expidió la Ley en cuestión.

Teniendo en consideración la evidencia científica, la situación epidemiológica en el país y el compromiso de México en el combate a las adiciones y al tabaquismo, la presente Iniciativa plantea actualizar el impuesto a los productos del tabaco, expresados en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. De esta forma, los cigarrillos no serán más accesibles para la población, se destinarán más recursos al sector salud y México dará un paso adelante en cuanto al combate de la epidemia de tabaquismo mundial.

Fundamento Legal

Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de Diputado Federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del Pleno de esta Soberanía, la Iniciativa con Proyecto de

Decreto que reforma el inciso c) de la fracción i del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Único.Se reforma el inciso C) de la fracción I, del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios para quedar como sigue:

Artículo 2o.- Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:

I.En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes:

A) ...

B) ...

C) Tabacos labrados:

1. Cigarros 193.12 por ciento

2. Puros y otros tabacos labrados 193.12 por ciento

3. Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano 36.6 por ciento

Adicionalmente a las tasas establecidas en este numeral, se pagará una cuota de $0.42 por cigarro enajenado o importado. Para los efectos de esta Ley se considera que el peso de un cigarro equivale a 0.75 gramos de tabaco, incluyendo el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Disponible en http://www.conadic.salud.gob.mx/pdfs/ENA_2011_TABACO.pdf.

2 Disponible en http://www.who.int/tobacco/framework/WHO_fctc_spanish.pdf

3 Disponible en http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/44373/1/9789243564029_spa.pdf

4 Disponible en http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext &pid=S0036-36342006000700023

5 Ver fuente citada.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputados y diputadas: Francisco Javier Pinto Torres,Alfredo Bejos Nicolás, Eloisa Chavarrias Barajas, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, Gianni Raul Ramírez Ocampo, María Luisa Beltrán Reyes, Pedro Luis Noble Monterrubio, Virgilio Mendoza Amezcua (rúbricas).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Pinto Torres. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Sonido en la curul del diputado Pedro Luis Noble. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Pedro Luis Noble Monterrubio (desde la curul): Gracias, presidente, para adherirme si me lo permiten el diputado Pinto Torres, a esa iniciativa porque la encontramos suficientemente motivada, y contribuir así a la salud de los mexicanos.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Con su autorización, está a su disposición aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva. Sonido en la curul del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana. Adelante, diputado.

El diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana(desde la curul): Gracias, señor presidente. Hago de su conocimiento que esta mañana de manera desafortunada, un grupo de 22 estudiantes del Centro Universitario del Sur, de Ciudad Guzmán, Jalisco, que venían por invitación de su servidor a una visita guiada a las instalaciones de esta Cámara de Diputados, tuvieron un percance sobre la carretera, a la altura de Irapuato, perdiendo la vida el estudiante Rigoberto Chávez Sánchez, de 20 años, y le solicito que el pleno de esta Cámara de Diputados se exprese en solidaridad ante tan lamentable accidente y pérdida de un estudiante de mi estado, Jalisco. Gracias, presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Orozco. Por supuesto esta Presidencia, a nombre de este pleno, hace votos por la pronta recuperación de los estudiantes que hayan resultado lesionados y nuestra solidaridad para con los deudos del joven estudiante que perdió la vida. Nuestra solidaridad y nuestros votos de pronta recuperación.

Tiene la palabra hasta por cinco minutos... Perdón, sonido en la curul de la diputada Mirza Flores. No. Continuamos.



LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD, LEY DE AVIACIÓN CIVIL Y LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario del PES, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, 42 de la Ley de Aviación Civil y adiciona un artículo 20 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

El diputado Abdies Pineda Morín:Con su venia, diputado presidente. Honorable asamblea, hago uso de la tribuna de la máxima representación popular de la nación, para presentar el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones en materia de exención de pago de tarifas en el transporte público a jóvenes estudiantes.

Los jóvenes son una prioridad del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, ya que ellos constituyen la continuación y reproducción de nuestras familias con más y mejores valores.

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el 2014 residían 29.9 millones de jóvenes de 15 a 29 años, porción que representaba el 24.9 por ciento de nuestra población total.

Para nosotros es de suma importancia presentar esta iniciativa, ya que la deserción escolar hoy en día va en aumento y con ello el quiebre de las carreras de nuestros jóvenes, que pueden ir en ascenso.

Estudios elaborados por diferentes dependencias y académicos concluyen que una razón de la deserción escolar lo es la pérdida de la capacidad para transportarse a las escuelas por problemas económicos. Por lo que resulta necesario que como medida afirmativa que propicie mayores oportunidades para conservarse en las escuelas, lo es el transporte público concesionado sea gratuito para los jóvenes estudiantes de todos los niveles educativos.

Un millón 47 mil 718 niños y jóvenes que se inscribieron en sistema escolarizado dejaron la escuela que cursaban: primaria, secundaria, bachillerato o alguna opción de nivel superior de la escuela pública en el último ciclo escolar. Eso le costó a México poco más de 34 mil 139 millones de pesos.

Una de las principales barreras que enfrenta la población juvenil en el desarrollo de su vida, es la pobreza. En México, se estima que el 44.9 por ciento del grupo de 12 a 29 años de edad están en situación de pobreza. En secundaria, de los más de 5.8 millones de alumnos, 309 mil 217 no concluyeron sus estudios. En el bachillerato, 484 mil 493 jóvenes quedaron fuera de la escuela, de una matrícula inicial de más de 3.3 millones de estudiantes. En el caso de la educación superior, la Secretaría de Educación Pública estima que el abandono es de alrededor de 172 mil 800 alumnos, de 2.2 millones registrados.

Estudiosos señalan que la deserción escolar ocurre con mayor frecuencia en las zonas de mayor pobreza de nuestro país. Por todo ello, en Encuentro Social proponemos que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes establezca la exención del pago de tarifas del servicio de pasaje en transporte concesionados a jóvenes estudiantes, con la presentación de una credencial vigente expedida por una institución de gobierno autorizada. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y 42 de la Ley de Aviación Civil; y adiciona el 20 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario del PES

El suscrito, diputado federal Abdies Pineda Morín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, tengo a bien someter a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, al tenor del siguiente:

Planteamiento del problema

Estudios elaborados por diferentes dependencia y académicos concluyen que una razón de la deserción escolar, lo es la perdida de la capacidad para transportarse a la escuela por problemas económicos; por lo que resulta necesario que como medida positiva, que propicie mayores oportunidades para conservarse en las escuelas, lo es que el transporte público concesionado sea gratuito para los jóvenes estudiantes de todos los niveles educativos.

Un millón 47 mil 718 niños y jóvenes que se inscribieron en el sistema escolarizado dejaron la escuela, que cursaban primaria, secundaria, bachillerato o alguna opción de nivel superior abandonara la escuela pública en el último ciclo escolar, le costó a México poco más de 34 mil 139 millones de pesos.

Argumento que lo sustenta

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía en 2014, residen 29.9 millones de jóvenes de 15 a 29 años, que representa 24.9% de la población total.

Datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica-ENADID- 2014 muestran que 33.8% de los jóvenes cuentan con educación media superior y 19.9% con educación superior. Destaca que 1.2% no cuenta con instrucción o solo tiene el preescolar y 3% tiene primaria incompleta. En los adolescentes, la proporción de aquellos que tienen una escolaridad menor a la primaria completa es de 3%, en tanto que 5.9% cuenta con primaria completa y 42.2% con algún grado de secundaria. Es en el grupo de 20 a 24 años en que hay una mayor frecuencia de jóvenes con educación superior (30 por ciento).

Una de las principales barreras que enfrenta la población juvenil en el desarrollo de su vida es la pobreza. En México, se estima que 45.5 por ciento de la población enfrenta algún tipo de pobreza, 44.9 por ciento del grupo de 12 a 29 años de edad enfrenta esta situación.

De las personas que presentan algún nivel de pobreza, 9.8 por ciento se encuentra en pobreza extrema; en población joven, este porcentaje alcanza 9.4 por ciento. Derivado de lo anterior, es necesario atender de manera prioritaria a los 3.5 millones de jóvenes que viven en situación de pobreza extrema mediante acciones que propicien positivamente la ruptura de los circuitos de pobreza generacionales.

Las principales carencias que enfrenta la población juvenil, en términos de pobreza, son en relación al ejercicio de sus derechos sociales:

• Siete de cada 10 presenta carencia por acceso a seguridad social;

• Tres de cada 10, carencia de acceso a servicios de salud y

• 15.3 por ciento se encuentra en rezago educativo.

Esta situación representa un obstáculo importante para el desarrollo del país, pues se trata de personas que inician su vida laboral y su proceso hacia la autonomía.

De los 13 millones 526 mil 632 niños que se encontraban inscritos en primaria, 81 mil 159 (0.6 por ciento) dejaron de estudiar en el ciclo escolar 2012-2013.

En secundaria, de los más de 5.8 millones de alumnos, 309 mil 217 no concluyeron sus estudios.

En el bachillerato, al registrar una tasa de 14.5 por ciento (484 mil 493.8 jóvenes) que queda fuera de la escuela, de una matrícula inicial de más de 3.3 millones de estudiantes.

En el caso de la educación superior, la Secretaría de Educación Pública estima que la tasa de abandono es de 7.6 por ciento, equivalente a más de 172 mil 800 alumnos de los 2.2 millones registrados.

Estudiosos señalan que la deserción escolar ocurre con mayor frecuencia en las zonas de mayor pobreza del país

El Programa Nacional de Juventud 2014-2018, Projuventud, publicado en el Diario Oficial del a Federación el 30 de abril de 2014, indica que el gobierno tiene como propósito crear oportunidades y condiciones para garantizar el ejercicio de los derechos y de la ciudadanía de las personas jóvenes, el desarrollo de sus potencialidades y su aporte al desarrollo nacional. Para ello, define como concepto rector a la participación; tanto en lo individual, como a través de sus organizaciones. Con esta orientación, el Programa contempla la participación juvenil como elemento activo y detonador, y no sólo ver a la población joven como sujetos receptores de las acciones a desarrollar. Por ello, en la base de la planeación de este programa está la perspectiva de los jóvenes como actores estratégicos.

La política de juventud requiere de la gestión interinstitucional y también el diseño e implementación de programas más amplios y generales que contribuyan a impactos sociales y sustentables.

El Programa Nacional de Juventud tiene las siguientes características centrales:

• De inclusión. El Programa se diseñó para convertirse en el principal instrumento de referencias de los esfuerzos del Estado para y dar relevancia al aporte de estos grupos al desarrollo del país, mediante estrategias de inclusión social y de acceso pleno a sus derechos.

• De afirmación positiva. El programa contempla a la población joven que se encuentra en condiciones de vulnerabilidad, y que enfrentan contextos de exclusión y discriminación que violentan sus derechos, con el fin de garantizar el efectivo cumplimiento de sus derechos.

Con la acción afirmativa que se propone se podrá reducir los índices de exclusión que padecen los jóvenes estudiantes, haciendo accesible el transporte público concesionado para hacer posible el ejercicio del derecho a la educación.

De acuerdo con el Reporte de la Encuesta Nacional de Deserción en la Educación Media Superior, el Censo de Población y Vivienda 2000 representó una de las primeras aproximaciones para determinar los factores que influyen en el abandono escolar del nivel medio superior.

En este Censo se incluyó una pregunta, dirigida a la población de 7 a 29 años de edad que dijo no asistir a la escuela, sobre la “causa principal por la cual había abandonado los estudios”.

Restringiendo las posibles respuestas a los siguientes factores generales:

• Nunca ha ido a la escuela

• No quiso o no le gustó estudiar

Falta de dinero o tenía que trabajar

• Se casó (unió)

La escuela estaba muy lejos o no había

• Su familia ya no lo (a) dejó o por ayudar en las tareas del hogar

• Terminó sus estudios

Como se aprecia, la falta de dinero en el hogar para útiles, pasaje o inscripción representan el 49.7 por ciento de las razones por las que los alumnos de educación media superior encuestados desertaron de sus estudios.

Otra razón vinculada con la economía familiar es que la “escuela quedaba muy lejos- con un 7.6%.

Entre las familias de los alumnos con menores ingresos la causal “falta de dinero en el hogar para útiles, pasaje o inscripción” representó un 60.6%, prácticamente un 10% superior a la media que es de 49.7%.

Norma Luz Navarro Sandoval, en su artículo “Marginación escolar en los jóvenes. Aproximación a las causas de abandono (2001)” calculó los porcentajes de cada una de las opciones de respuesta. Según este estudio, de los jóvenes que desertaron del sistema educativo:

• 37.4% no quiso o no le gustó estudiar

35.2% por causas económicas

• 5.8% porque se casó o unió

• 5.4% por haber terminado sus estudios

2.3% no existía escuela o que estaba lejos

• 2.4% Causas familiares

• 3.1% de las respuestas fueron para otra causa, y el restante

• 8.5% no especificó por qué dejó los estudios.

Llama la atención que, a diferencia de prácticamente todos los estudios realizados posteriormente sobre este tema, los principales motivos para desertar remiten a las razones personales y la económicas- falta de dinero o tenía que trabajar- 35.7%- integran poco menos de las tres cuartas partes de las respuestas de los jóvenes.

Estos dos motivos, el personal y el económico, aparecen de nueva cuenta como las principales causas de abandono escolar, según los datos arrojados por la Encuesta Nacional de la Juventud 2005 (IMJUVE, 2005). Conforme a los resultados de esta encuesta, las opciones “tener que trabajar” y “ya no me gustaba estudiar” suman más de 70 por ciento de las respuestas para el segmento poblacional que va de los 15 a los 24 años.

La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2009, incluyó un Módulo de Educación, Capacitación y Empleo (MECE), en el que consideraba una pregunta sobre las razones para desertar de la Educación Media Superior. Según los resultados de esta encuesta, la insuficiencia de dinero para pagar la escuela y la necesidad de aportar dinero al hogar suman 52 por ciento de las razones principales para desertar.

Con relación a los factores que influyen para que el joven abandone las aulas, otra fuente de información es la encuesta que se realiza entre los directores de las escuelas del nivel medio superior que participan en la prueba ENLACE. En 2010, aproximadamente 72% de los directores de media superior que participaron (10,686) contestaron ese cuestionario. Los directores reportaron como principales razones para la deserción los problemas económicos con un 43%, la falta de interés en la escuela 24% y el bajo rendimiento 19%.

Llama la atención, como lo demuestra Reporte de la Encuesta Nacional de Deserción en la Educación Media Superior que las razones “sociales” entre las que se encuentra la “falta de dinero en el hogar para útiles, pasaje o inscripción, cuentan con 37.6% de posibilidades de deserción de los estudios en los jóvenes.

Finalmente, para la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), México ocupó el primer lugar en el número de desertores escolares de 15 a 18 años. Y el tercero entre las naciones con mayor población juvenil que no estudia ni trabaja, con 7 millones 337 mil 520.

La OCDE, asegura que en ningún otro país se pierde 40 por ciento de los jóvenes en la transición de la educación media superior a la superior, hasta llegar a que sólo 12 por ciento de quienes tienen entre 20 y 29 años se dedican a estudiar, porcentaje que se reduce a 4 por ciento en el sector de 30 a 39 años. Señala que existe todo un conjunto de factores, como las condiciones socioeconómicas, laborales y de valoración de la educación por parte de las familias, por lo que consideró necesario impulsar programas de apoyos y becas para que los jóvenes de escasos recursos no dejen de estudiar.

A fin de apoyar el trabajo de dictamen, se anexa el siguiente cuadro comparativo de la reforma que se propone:

En función de lo expuesto, se puede concluir en la necesidad de que el Estado Mexicano tiene la obligación de ofrecer a sus jóvenes condiciones necesarias para revertir que 4 de cada 10 jóvenes abandonen las escuelas por motivos económicos.

Fundamento legal

Por lo anteriormente expuesto y fundado, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, quien suscribe somete a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto

Denominación del proyecto de decreto

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones en materia de exención de pago de tarifas en el transporte a jóvenes estudiantes.

Texto normativo propuesto.

Artículo Primero. Se reforma el artículo 4, en su fracción XIII de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

I. a XII. ...

XIII. Elaborar, en coordinación con las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, programas y cursos de orientación e información sobre adicciones, nutrición, educación sexual y sobre salud reproductiva, derechos humanos, cultura de la no violencia y no discriminación, equidad de género, medio ambiente, apoyo a jóvenes en situación de exclusión y vivienda, así como de acceso al transporte público;

XIV. a XVI. ...

Artículo Segundo. Se reforma el tercer párrafo del artículo 42 de la Ley de Aviación Civil, para quedar como sigue:

Artículo 42. ...

...

Las tarifas deberán registrarse ante la Secretaría para su puesta en vigor y estarán permanentemente a disposición de los usuarios. Dichas tarifas deberán de considerar, en el caso de las nacionales, un veinticinco por ciento de descuento en la tarifa para jóvenes estudiantes; y de un veinte por ciento descuento en tarifas internacionales.

...

...

Artículo Tercero. Se adiciona el artículo 20 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:

Artículo 20 Bis. La Secretaría podrá establecer la exención del pago de las tarifas del servicio de pasaje en transportes concesionados, ya sea por la federación o las entidades, a jóvenes estudiantes, con la presentación de su credencial vigente expedida por una institución de gobierno autorizada.

Artículos Transitorios

Primero.El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Las Secretarías de Comunicaciones y Transporte, en coordinación con el Instituto Mexicano de la Juventud acordarán en un plazo, que no excederá los ciento ochenta días, lo necesario para otorgar el presente derecho a las y los jóvenes estudiantes.

Notas:

1 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2015/juventud0. pdf

2 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5343095 &fecha=30/04/2014

3 http://www.sems.gob.mx/work/models/sems/Resource/10787/1/images/Anexo_6Reporte_ de_la_ENDEMS.pdf

4 Norma Luz Navarro Sandoval, en su artículo “Marginación escolar en los jóvenes. Aproximación a las causas de abandono (2001)” páginas 48 49.

5 http://www.jornada.unam.mx/2013/06/25/sociedad/036n1soc

Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 8 de septiembre de 2016.— Diputado Abdies Pineda Morín(rúbrica).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Pineda. Túrnese a las Comisiones Unidas de Transportes y de Juventud, para dictamen.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Evelio Plata Inzunza, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 8o. y 13 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

El diputado Evelio Plata Inzunza:Con el permiso de la Mesa Directiva. Compañeras diputadas, compañeros diputados, la iniciativa que someto a la atenta consideración de este pleno, propone adiciones diversas a tres artículos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable para establecer que las organizaciones pesqueras tengan participación en las labores de inspección y en las labores de vigilancia.

Respecto a ello, la Sagarpa a través de Conapesca aplica cinco ejes estratégicos de política pública, uno de los cuales, inscrito en el cumplimiento y observancia de la normativa, ejecuta un programa integral de inspección y vigilancia pesquera y acuícola para el combate a la pesca ilegal, cuyo objeto es prevenir la pesca ilegal en favor del uso sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas.

Contenido, asimismo, en los preceptos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, este programa busca prevenir, disuadir, combatir y sancionar la pesca y la acuacultura ilegal. De suerte tal que la iniciativa, esta actividad se vuelva incosteable.

Las tareas de inspección y vigilancia para el combate de la pesca ilegal forma parte de una estrategia de coordinación, de una coordinación interinstitucional donde ocurre la participación del sector productivo y la colaboración bilateral y multilateral.

En el marco de la coordinación interinstitucional, para el cumplimiento de los objetivos de este programa participan diversas dependencias de la administración pública, así como los propios productores pesqueros y acuícolas.

Las acciones correspondientes al combate de la pesca ilegal se realizan bajo un enfoque preventivo, donde ocurre la participación activa de los propios pescadores.

Es así que atendiendo una inquietud expresa, la presente iniciativa propone dar precepto legal a la participación de las organizaciones pesqueras interesadas en la sustentabilidad de los recursos pesqueros y acuícolas en las tareas de inspección y vigilancia pesquera y acuícola para el combate a la pesca ilegal.

Con esta medida se verán fortalecidos aún más los objetivos contenidos en el Programa Integral de Inspección y Vigilancia Pesquera y Acuícola para el Combate a la Pesca Ilegal.

Esta propuesta rescata precisamente una de las líneas de acción que lo integran, compartir con ustedes, amigas y amigos diputados que esta iniciativa atiende una de las mayores demandas del sector pesquero, de altamar, ribereño y de aguas continentales, que son las presas.

Tenemos muchos años con el problema de la pesca furtiva, de pescadores y de gente que no son pescadores, que van y hacen una explotación irracional de los productos del mar. Y ahora, el espíritu de la iniciativa es que las organizaciones, que los pescadores de las riberas, de mar abierto y de las presas puedan participar por disposición legal, que puedan participar en la coordinación, en la implementación de los operativos de inspección y vigilancia, y así puedan ellos constatar y puedan defender los productos del mar con los cuales tienen el sustento familiar. Por su atención, muchísimas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 2o., 8o. y 13 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Evelio Plata Inzunza, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Evelio Plata Inzunza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6o., numeral 1, fracción I, 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o., fracción XIII, 8o., fracción XXII, y 13, fracción II, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de establecer que las organizaciones pesqueras tengan participación en labores de inspección y vigilancia, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

El Programa Integral de Inspección y Vigilancia Pesquera y Acuícola para el Combate a la Pesca Ilegal, derivado del Plan Nacional de Desarrollo de la presente administración pública federal, contenido a su vez en el eje sectorial de desarrollo agropecuario, pesquero y alimentario, tiene como objetivo fundamental el aprovechamiento sustentable y responsable de los recursos pesqueros, a partir de la normatividad pesquera y acuícola aplicable.

En lo genérico, el mismo plan precisa que para construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país, es imperativo, entre otras medidas, impulsar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

En el ámbito de sus facultades, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, aplica cinco ejes estratégicos de política pública, uno de los cuales, inscrito en el cumplimiento y observancia de la normativa, ejecuta el Programa Integral de Inspección y Vigilancia Pesquera y Acuícola para el Combate a la Pesca Ilegal, cuyo objetivo está en prevenir la pesca ilegal en favor del uso sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas.

Así, el programa se extiende a 43 puertos de desembarque en el Golfo de México y 24 del litoral del pacífico, donde operan mil 977 embarcaciones mayores y 74 mil 55 ribereñas, en apoyo a las actividades de 216 mil 533 pescadores dedicados a la captura de especies diversas y 56 mil 250 que trabajan en actividades acuícolas.

Frente a ello, la nueva visión de la pesca y la acuacultura consiste en desarrollar un subsector productivo, competitivo y sustentable, que contribuya precisamente a la seguridad alimentaria del país.

Contenido asimismo en los preceptos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, el Programa Integral de Inspección y Vigilancia para el Combate a la Pesca Ilegal se aplica a través de la instalación de equipo transreceptor en embarcaciones que realizan tareas de este tipo y con el desarrollo e implementación de mecanismos estatales para la ejecución de medidas en esta materia.

Las acciones del Programa, el cual busca prevenir, disuadir, combatir y sancionar la pesca y acuacultura ilegal, de suerte tal que la ilícita actividad se vuelva incosteable, se apoyan en operativos coordinados entre las dependencias involucradas en el cuidado de los recursos naturales.

En lo general, el programa en referencia tiene como propósito alcanzar una verdadera cultura de respeto a la ley y a las autoridades correspondientes. Se dispone para ello, entre otras medidas, de la difusión de una estrategia de aprovechamiento racional de los recursos.

Es un programa que de manera precisa procura en primer término la profesionalización de los oficiales federales de pesca, cuyo compromiso laboral es la protección de los recursos pesqueros nacionales, con respeto a los derechos fundamentales de los pescadores.

En conjunto, las tareas de inspección y vigilancia para el combate a la pesca ilegal forman parte de una estrategia de coordinación interinstitucional, donde ocurre la participación del sector productivo y colaboración bilateral y multilateral. Ello, ha permitido la salvaguarda de los recursos pesqueros y acuícolas.

En el marco de la coordinación interinstitucional para el cumplimiento de los objetivos del Programa Integral de Inspección y Vigilancia Pesquera y Acuícola para el Combate a la Pesca Ilegal en los litorales nacionales, participan la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, la Secretaría de Marina, Armada de México, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Policía Federal, así como las corporaciones policiacas estatales y municipales y desde luego, los propios productores pesqueros y acuícolas.

Para el caso de las verificaciones que se realizan a embarcaciones que cruzan las fronteras y se internan en aguas nacionales, las acciones correspondientes se llevan a cabo de manera conjunta y bajo convenios de coordinación con el Servicio de Pesca y Fauna Silvestre de los Estados Unidos y la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica de aquella nación.

Las acciones correspondientes al combate de la pesca ilegal se realizan bajo un enfoque preventivo, encauzado a la sustentabilidad, vía la verificación de permisos y operación de esquemas de vigilancia incluyentes, donde ocurre la participación activa de los propios pescadores.

En razón de estos considerandos y de conformidad con lo establecido en el marco de la coordinación existente, atendiendo además una inquietud expresa, la presente iniciativa propone dar precepto legal a la participación de las organizaciones pesqueras interesadas en la sustentabilidad de los recursos pesqueros y acuícolas en tareas de inspección y vigilancia pesquera y acuícola para el combate a la pesca ilegal.

Con la medida, se verán fortalecidos aún más los objetivos contenidos en el Programa Integral de Inspección y Vigilancia Pesquera y Acuícola para el Combate a la Pesca Ilegal, ya que la propuesta rescata precisamente una de las líneas de acción que lo integran.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de este pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 2o., fracción XIII, 8o., fracción XXII, y 13, fracción II, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Artículo Único. Se reforman los artículos 2o., fracción XIII, 8o., fracción XXII, y 13, fracción II, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:

Artículo 2o.Son objetivos de esta Ley:

I a la XII....

XIII.Establecer las bases para la realización de acciones de inspección y vigilancia en materia de pesca y acuacultura, así como los mecanismos de coordinación con las autoridades competentes y las organizaciones pesqueras involucradas interesadas en la sustentabilidad de los recursos pesqueros.

Artículo 8o.Corresponde a la Secretaría el ejercicio de las siguientes facultades:

I a la XXI....

XXII. Proponer, coordinar y ejecutar la política general de inspección y vigilancia en materia pesquera y acuícola, con la participación que corresponda a otras dependencias de la Administración Pública Federal y las organizaciones pesqueras involucradas interesadas en la sustentabilidad de los recursos pesqueros.

Artículo 13.Corresponde a los gobiernos de las Entidades Federativas, en el ámbito de su competencia de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y lo que establezcan las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:

I...

II. Formular y ejercer la política local de inspección y vigilancia pesquera y acuícola en el marco del Convenio específico signado con la Secretaría en estas materias y participar de conformidad con los acuerdos y convenios que se celebren con la Federación en las acciones de prevención y combate a la pesca ilegal, así como en la formulación y evaluación del Programa Integral de Inspección y Vigilancia para el Combate a la Pesca Ilegal, con la participación que en su caso competa a las organizaciones pesqueras involucradas interesadas en la sustentabilidad de los recursos pesqueros.

Transitorios

Artículo Primero. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, determinará en la reglamentación correspondiente las bases de participación que competa a las organizaciones pesqueras en acciones de inspección y vigilancia en materia de pesca y acuacultura.

Artículo Segundo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputado Evelio Plata Inzunza(rúbrica).»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, compañero diputado Plata Inzunza. Túrnese a la Comisión de Pesca, para dictamen.

Saludamos a invitadas provenientes de Parral, en el estado de Chihuahua. Bienvenidas. Invitadas por la diputada Martha Cristina Jiménez Márquez. Igualmente, saludamos a alumnos del diplomado Análisis Político y Campañas Electorales, y de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, invitados por el compañero diputado Daniel Ordóñez Hernández. Sean igualmente bienvenidos.



ANÁLISIS CORRESPONDIENTE AL 4TO. INFORME DE GOBIERNO EN MATERIA DE POLÍTICA ECONÓMICA

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: El siguiente punto del orden del día es el análisis del 4to. Informe de Gobierno del señor presidente de la República. En tal virtud, para dar cumplimiento al numeral dos del artículo 2o. del acuerdo aprobado en la sesión del 6 de septiembre, continuaremos con el tema de política económica.

Para la primera ronda los grupos parlamentarios han inscrito a las siguientes legisladoras y legisladores: diputado Hugo Eric Flores Cervantes, del Grupo Parlamentario del PES; diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; diputado Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena; diputado José Antonio Arévalo González, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista; diputado Candelario Pérez Alvarado, del Grupo Parlamentario del PRD; diputada Alejandra Gutiérrez Campos, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional y el diputado Ricardo David García Portilla, del Grupo Parlamentario del PRI.

En consecuencia, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Hugo Eric Flores Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

El diputado Hugo Eric Flores Cervantes:Compañeras y compañeros legisladores, evidentemente el tema económico que hoy ocupa este primer debate entre nosotros, este primer posicionamiento con respecto a la tarea que el gobierno mexicano y los Poderes del Estado hemos hecho al respecto, desafortunadamente no arroja saldos positivos.

Tenemos que reconocerlo y partir de una realidad, que si la desconocemos corremos el riesgo de perder a una generación económicamente productiva. Desafortunadamente la política económica de nuestro país es un fracaso. Y esto no atañe única y exclusivamente al Poder Ejecutivo, una de las promesas vertidas en la campaña del actual titular del Ejecutivo fue sin duda, la que aludía la situación económica, el proyecto era el progreso, era crecer.

Los bajos niveles de crecimiento durante el anterior sexenio de Felipe Calderón, que no llegaban a dos puntos. Se nos dijo que con las reformas estructurales podíamos avanzar y, desde luego, que todo lo que sea reforma para fortalecer la economía de nuestro país era necesaria y prudente. Desafortunadamente, desafortunadamente el tema se politizó.

Y si el Plan Nacional de Desarrollo tenía como principal objetivo el crecimiento económico de nuestro país, hoy tenemos que reconocerlo; no hemos podido. Y las ventajas económicas que teníamos como nación poco a poco, con el paso de los años, se van diluyendo. Sí, posiblemente ha fracasado la política económica, pero hemos fracasado todos los mexicanos en llevar a buen puerto políticas públicas que nos permitan prosperar.

¿Dónde han quedado esos proyectos, por ejemplo de base cero debatibles, perfectibles, dónde están? Desafortunadamente llegamos tarde a la reforma energética, pilar de la economía nacional, por las mezquindades políticas de los actores que gobiernan nuestra nación. Hoy el mundo está debatiendo nuevas energías y nosotros seguimos pensando que es el petróleo lo que va a sacar adelante la economía de nuestro país.

Ya no entendemos. Los liberales fijan los precios de la gasolina, los que son estatistas están pidiendo su liberalización. Ya no se entiende a qué pertenece la ideología de uno, el proyecto económico de uno. Están muy apegados a circunstancias absolutamente políticas que nada tienen que ver con el desarrollo de la economía. La necesaria liberalización del precio de las gasolinas, hoy, lo único que podía traer es la reactivación de la economía en muchos sectores.

Un Presupuesto que desafortunadamente, como lo sabemos, va a venir recortado –no hay de otra– pero, pero que otra vez le va a apostar mucho al gasto social infructuoso, no al gasto social productivo.

Estamos queriendo que venga un proyecto donde otra vez se tenga una altura de miras, se retome el rumbo, que haya mucha inversión a infraestructura. Y si el gobierno no tiene dinero para la inversión a la infraestructura, que se busquen capitales privados. Hay que retomar los grandes proyectos de construir trenes rápidos, hay que retomar muchísimas de las obras de infraestructura que planeadas, hoy, por la falta de recursos, se están dejando a la deriva.

Hay que hacer un llamado a los inversionistas privados de nuestro país a que confíen en esta nación. A nadie nos conviene aquí, en este país, hoy estar poniendo en tela de juicio, cuando lo que tendríamos que estar generando es confianza. Confianza que desafortunadamente no se va a alcanzar si movemos, por ejemplo, a un funcionario como el del SAT.

Se lograron niveles de recaudación muy importantes. El SAT, un organismo autónomo, había que dejar al señor que terminara con un periodo que le permitiera ejercer toda la política pública que se trazó, para tener más recursos, que le llegaran después a la federación para que los pudiera gastar.

Quiero concluir diciendo, ha llegado el momento de la responsabilidad de todos los mexicanos. No se vale estarle apostando al fracaso de algunos; con la economía no se juega y podemos ser nosotros, los corresponsables de que una generación de mexicanos siga sin la posibilidad de prosperar y progresar económicamente. Ha llegado el momento de que se empiecen a equilibrar las fuerzas y que los que menos tienen ganen más; ha llegado el momento que se le pida a esos capitales grandes que este modelo económico ha generado, que volteen a ver la cara de sus empleados y les den mejores salarios. Aquellos que se han beneficiado con la política pública de este país, no de este sexenio, de varios sexenios, esos que han acumulado grandes riquezas, ha llegado el momento de que se volteen; inviertan en su patria, generen empleos y paguen bien a sus empleados. Por su atención, muchas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Flores Cervantes. Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza:Con permiso, diputado presidente, señoras y señores legisladores, en el análisis que hoy iniciamos sobre los temas económicos y financieros del país, presentados en el 4to. Informe de Gobierno, Nueva Alianza ratifica que realizaremos esta actividad de manera muy profesional e imparcial, reconociendo los avances, pero también señalando puntualmente los temas pendientes de atención.

La vigencia de la república demanda nuestro actuar responsable, entender el momento en el que vivimos, para aspirar a transformar el futuro de un país como México, merece toda nuestra atención y, desde luego, todo nuestro compromiso.

Reconociendo de antemano que el ambiente internacional adverso ha tenido repercusiones serias sobre la política económica y fiscal de México, es preocupante, en el marco del informe de gobierno que la estimación de crecimiento del país se encuentre en un parámetro del 2 al 2.6 por ciento del producto interno bruto, dejando atrás la estimación hecha durante la aprobación de la Ley de Ingresos que oscilaba en un rango de entre 2.6 y 3.6 por ciento.

De conformidad con las estimaciones de ingresos y egresos en 2016, aprobadas en los criterios generales de política económica, tan solo medio punto porcentual menos del crecimiento en términos del producto interno bruto, implica que el Estado tiene un decremento en los ingresos públicos afectando la recaudación del IVA, del Impuesto Sobre la Renta y de otros impuestos en un intervalo de 10 mil 921 millones de pesos, sin mencionar la afectación directa que se tiene en los mercados y, sobre todo en los bolsillos de los mexicanos.

Un país con las condiciones socioeconómicas como el nuestro, no puede darse el lujo de no tener un crecimiento sostenido y constante de su producto interno bruto. Es momento de actuar juntos, lo reclaman los más de 55 millones de pobres del país, esta realidad debería ser razón suficiente para encontrar lo que nos une, fortalecerlo y actuar en consecuencia.

En Nueva Alianza estamos listos para impulsar y apoyar nuevos acuerdos que permitan en el cortísimo plazo, mejorar las condiciones de vida de miles y miles de mexicanas y mexicanos.

Por otro lado, en el 4to. Informe de Gobierno se privilegia la información relativa a los resultados de la implementación de la reformas en materia energética, telecomunicaciones, hacendaria, financiera y de competencia económica.

Ante ello, nos corresponde vigilar que la ejecución de las reformas estructurales y la operación de los programas públicos se apeguen a la ley, debemos destacar el avance que México tuvo del lugar 104 al lugar 67 en el indicador que evalúa la efectividad de las políticas antimonopólicas del índice global de competitividad 2015-2016, ejemplo a destacar lo representa la intervención a las condiciones impuestas en el sector de tiendas de autoservicio en México, que implica un bienestar para el mercado estimado en 343 millones 863 mil 43 pesos.

Otro aspecto a reconocer es lo concerniente a la reforma financiera, la cual ha fortalecido el financiamiento interno al sector privado, representando un 32.3 por ciento del producto interno bruto.

No obstante aún tenemos muchas debilidades en el sector financiero, la propia Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las instituciones financieras, órgano regulador en la materia, advierte incrementos en reclamaciones y defensoría jurídica de los distintos instrumentos financieros que se ofertan en el mercado, tal es el caso de las controversias por negativa en el pago de indemnización de productos financieros que se incrementó en 78.8 por ciento con respecto a 2015 o, bien, las solicitudes de defensa legal por cuentas de cheques que se incrementaron en 77.9 por ciento con elación al año anterior.

Derivado de lo anterior Nueva Alianza seguirá proponiendo las medidas normativas que sean necesarias para fortalecer los órganos reguladores y lograr una mayor inclusión y educación financiera en todos los hogares mexicanos.

Finalmente, por lo que respecta al ejercicio del gasto y la mitigación de la deuda pública, reconocemos la medida aprobada por los legisladores en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que permitió al Ejecutivo federal afectar el remanente de operación del Banco de México, estimado en 239 mil 94 millones de pesos, destinado –el 70 por ciento– a disminuir el monto de colocación de deuda del gobierno federal y el 30 por ciento restante para fortalecer el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios.

Finalmente, no obstante es preocupante el crecimiento de la deuda pública en los últimos años, lo cual ha derivado en una rebaja de la calificación crediticia del país. Esto podría implicar una disminución en el atractivo de nuestra economía hacia el exterior.

Las legisladoras y los legisladores de Nueva Alianza en esta Cámara estamos convocados a detonar el crecimiento económico y a garantizar la viabilidad financiera del país, por lo que seguiremos haciendo un análisis minucioso del informe de gobierno, destacando aspectos positivos y proponiendo soluciones para fortalecer el desarrollo económico y la viabilidad financiera del Estado. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Valles Mendoza. Tiene la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Carlos Lomelí Bolaños:Con su venia, señor presidente. Hoy hago uso de la palabra como representante de los ciudadanos que ya no pueden soportar más la precaria situación económica en que viven junto con la mayoría de los mexicanos.

Esta tribuna, donde debemos de escuchar las voces de aquellos que confían en sus representantes populares, quienes juraron proteger los intereses de la patria antes que los partidistas y los personales, la fracción de Movimiento Ciudadano ha buscado de manera permanente ser el portavoz de las personas que no son escuchadas cuando nos les ajusta para la comida del día a día, cuando no tienen para la medicina del enfermo; aquellos que carecen de los servicios más básicos que el Estado está obligado a prestar.

La crisis económica que vive nuestro país es resultado de la mala toma de decisiones desde hacen mucho tiempo, y que se ha recrudecido en los últimos años y no refleja más que dos cosas: uno, que los partidos políticos tradicionales han sido completamente incapaces de enderezar el rumbo económico de la nación, y dos, que sus intereses han estado atados a los grandes capitales nacionales y extranjeros que siguen alimentando su permanente ambición con los recursos del pueblo de México.

Se dice que las estadísticas son la forma científica de echar mentiras, el Ejecutivo y sus portavoces claman que no se cuenta lo bueno, lo que no se dice es que no se puede presumir lo que no existe. Las variables macroeconómicas certifican que no avanzamos como el país lo requiere, pero más allá de los números ficticios con los que se pretende engañar diciendo que vamos por buen camino, la realidad nos golpea en la cara, en la calle, donde podemos constatar que la pobreza y el abandono tiene día con día más presas.

Señor presidente, no podemos seguir con un país donde los pobres desaparecen disminuyendo solo porque cambiamos la fórmula de un informe. No podemos seguir en un país con autoridades que no cumplen sus promesas, siguen subiendo los precios de los combustibles y afecta a toda la población.

No podemos seguir siendo una nación con una mala recaudación fiscal que provoca que le carguen más la mano a los de siempre, mientras tanto reina la impunidad y la corrupción.

No podemos seguir siendo una república como los juegos de azar, dependiendo de factores externos para que el petróleo, como toda la vida, nos saque del atolladero.

La gestión del presidente Enrique Peña ha quedado a deberle a los mexicanos, no solo por lo que no se ha hecho, sino también por lo que se ha hecho mal. Los números sobre la pérdida de empleo, la disminución de la balanza comercial y la devaluación del peso frente al dólar, lo conocemos todos y no tratamos aquí de que se nos repitan las cifras, sino de que se implementen soluciones. Más allá de cuestiones políticas es una cuestión ya de humanidad, de ética y de justicia social. En México cada día hay más pobres y más carencias.

El sabio oriental Confucio decía: Gobernar es rectificar. Los diputados de Movimiento Ciudadano exigimos al Ejecutivo dejar a un lado su política clientelar y sus intereses personales para enfocarse y ofrecer alternativas para la solución de la crisis económica de nuestra nación, a ejercer un Presupuesto responsable, no un Presupuesto donde sacrifiquemos la educación y la salud, como suelen hacerlo y minimizar los gastos suntuosos de uso meramente electoral.

Demandamos una política de verdadera austeridad, un ejercicio del poder basado en cumplirle a la gente con lo más necesario para ser feliz, lo básico, para dejar de preocuparse el día a día.

No se pide imposibles, solo que los gobernantes cumplan con su trabajo y volteen su vista hacia abajo, a una realidad que les escupe la cara con mentiras con las que han tratado de engañar diciendo que hay cosas buenas que contar. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, compañero diputado Lomelí Bolaños. Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Vidal Llerenas Morales:Con el permiso del diputado presidente. El paquete económico que se va a entregar el día de hoy, seguramente, necesariamente tendrá un recorte importante del gasto público. Un recorte del gasto público que se da en un contexto de bajo crecimiento económico, estamos cerca de una recesión técnica y se da por muchos factores.

La salida de ayer del secretario de Hacienda sí corresponde a la imprudencia de haber invitado a un racista candidato republicano a este país, pero también a la falta de credibilidad de un gobierno que de manera sistemática ha mentido con el déficit público y con la deuda.

Llevamos años en los que sistemáticamente no cumplimos la meta para regresar al déficit en su equilibrio. Como resultado de eso, en seis años hemos duplicado la deuda pública de México, hoy ya es el 50 por ciento del producto interno bruto.

Es una carga importante pero, sobre todo, tenemos una pérdida seria de credibilidad, y la pérdida es porque este Congreso tampoco ha cumplido su responsabilidad de vigilar a detalle lo que hace el Ejecutivo.

Tanto el gobierno de Calderón como en el de Peña, sistemáticamente alrededor de 200 mil millones de pesos son asignados de manera adicional por el Ejecutivo y en parte porque nosotros no lo estamos vigilando.

El gasto del gobierno ha crecido en los últimos ocho años en más de 50 por ciento y durante las administraciones del PAN, el gasto en servicios personales más de 20 por ciento.

Tenemos un gobierno cada vez más caro que, por ejemplo, este año ya gastó la Presidencia de la República todo el presupuesto asignado, tendremos que doblar el presupuesto del presidente para que la oficina funcione.

El año pasado también, en gasto de comunicación aprobado fue de 2 mil millones y ahora será de casi 7 mil, tenemos un mal uso del gasto público y básicamente hemos dejado de invertir.

El recorte presupuestal desarrollado este año, el 90 por ciento es en programas sociales y en gasto de inversión y sólo 10 por ciento en el gasto operativo del gobierno. Así de mal hemos administrado el gasto y por eso hoy tenemos deuda y por eso no tenemos crecimiento y por eso tenemos una economía que genera empleo de pésima calidad.

Las personas que ganan más de cinco salarios mínimos cayeron en los últimos ocho años de ser el 12 por ciento de los trabajadores a menos del 6 por ciento. Tenemos una crisis económica severa y tenemos que ser responsables de la misma. Y eso implica cambiar, como vemos, la economía, y cambiar de modelo económico. Eso es lo que está fallando.

Cuando la consultora Standard & Poor’s cambia la calificación de la deuda mexicana no lo hace solamente porque hemos incrementado la deuda de manera desproporcionada, lo hace también porque dice que México ya no va a crecer. Que seguiremos teniendo crecimientos mediocres de 2, de 1.5 por ciento.

Eso significa que las famosas reformas estructurales ya no funcionaron. De manera oficial dicho por los organismos y las consultoras financieras internacionales.

Necesitamos otro modelo de desarrollo. Necesitamos pensar en la política industrial. Necesitamos pensar en la inversión pública como motor de crecimiento. Necesitamos retomar la idea del salario mínimo como una alternativa para reducir la desigualdad e impulsar el mercado interno.

Ésa, por ejemplo, es una promesa de esta Cámara que ni siquiera está siendo discutida. La desigualdad no es algo que se pueda aceptar, es algo que hemos elegido porque tenemos el modelo económico incorrecto.

Y esto va a cambiar una vez que haya un gobierno progresista con una agenda clara que ve al Estado como el que impulsa a la economía y el que pueda redistribuir el ingreso.

Eso se está discutiendo ya. Se puede ver, por ejemplo, en el programa del Partido Demócrata, que es muy distinto al del Republicano, al de Donald Trump, a ese candidato que apoya el PRI y que apoya el gobierno de México.

La discusión económica ya va por otro rumbo. Tiene que ver con un Estado responsable, capaz de asumir la responsabilidad de la desigualdad y la del crecimiento.

Y esta Cámara en esta ocasión no puede renunciar a esa responsabilidad. No se puede quejar después de que subieron el precio de las gasolinas cuando en este pleno se negó que la minuta del Senado fuera a comisiones para ser discutida.

Esta Cámara de Diputados tiene la responsabilidad de que no se siga reduciendo el gasto de inversión ni los programas sociales.

Esta Cámara tiene la responsabilidad de que el gobierno sea el que reactive la economía. Aprovechemos la oportunidad que tenemos hoy para cumplir la principal responsabilidad que tenemos como diputados, que es fiscalizar al Ejecutivo, determinar el gasto y hacer que el gobierno sí dé resultados para la gente. Gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Vidal Llerenas. Tiene el uso de la palabra el diputado José Antonio Arévalo González, hasta por cinco minutos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado José Antonio Arévalo González:Con el permiso de la Presidencia.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Adelante.

El diputado José Antonio Arévalo González: Las transformaciones propuestas en el terreno económico por el presidente Enrique Peña nieto, aprobadas y enriquecidas con la aportación de la mayoría de las fuerzas políticas aquí representadas, constituyen los cimientos sobre los cuales se apoya el desarrollo futuro de nuestro país.

Nuestro trabajo implica llevar a cabo un ejercicio de análisis y revisión del 4to. Informe que presentó en días pasados el presidente Enrique Peña Nieto ante el Congreso de la Unión, para dar cuenta a los ciudadanos del estado que guarda la administración pública del país.

En este orden de ideas, es trascendental examinar las acciones y políticas públicas encaminadas a promover el aumento de los niveles de bienestar de la población, a través del impulso al potencial de crecimiento de nuestra economía, del buen manejo de las finanzas públicas y de una mejor distribución de la riqueza. La suma de estos factores generará las condiciones necesarias que permitan a las familias mexicanas salir adelante.

Tan injustamente criticada, la reforma hacendaria ha resultado esencial para nuestro país en tiempos de crisis de la economía internacional. En 2012 los ingresos fiscales por petróleo representaban el 8.9 por ciento del PIB y aportaban 39.4 por ciento del total de los ingresos públicos; mientras que los ingresos tributarios solo eran del orden del 8.4 por ciento y aportaban el 37.2 del total de los ingresos públicos.

En cambio, el año pasado la retribución tributaria llegó al 13 por ciento del PIB, que es su máximo nivel histórico y aportó 55.4 por ciento del total de los ingresos públicos, compensando en gran medida la caída en los ingresos petroleros, los cuales disminuyeron a 4.7 por ciento del PIB del mismo año y pasaron a aportar el 19.7 del total de los ingresos públicos.

Es esta circunstancia la que ha permitido a nuestro país un cierto margen de maniobra, para considerar ajustes fiscales orientados a promover la inversión y el empleo para el año 2017. Los datos son contundentes y hablan por sí solos. Sin los ingresos generados por la reforma hacendaria, se habrían reducido las alternativas de acción.

Mantener la estabilidad macroeconómica es una condición indispensable para consolidar el proceso de transformación de nuestro país. Por este motivo, el gobierno del presidente Peña, se ha propuesto de modo prioritario que México cuente con finanzas públicas sanas.

En cuanto al tema de la estabilidad de precios, es preciso señalar que hasta julio de 2016 se han registrado 15 meses consecutivos con tasas de inflación históricamente bajas. En 2015 se tuvo la tasa de inflación anual más baja desde que se tiene registro, 2,13 por ciento.

La disciplina fiscal, la política monetaria autónoma y la reducción en el costo de diversos bienes y servicios son condiciones que fomentaron esta situación. Gracias a la adecuada gestión de la política macroeconómica, a pesar de la volatilidad en el tipo de cambio, el índice de precios al consumidor apenas ha sufrido un impacto.

Otro elemento a destacar es la estabilidad de precios de la canasta básica, la cual ha sido más baja que la inflación en general. En el 2015 ésta fue solo del uno por ciento anual y en marzo de 2016 alcanzó su mínimo nivel histórico, de esta manera el gasto de las familias rinde más.

Una parte importante del crecimiento económico ha sido impulsada por el consumo interno. En los primeros 42 meses del gobierno el consumo de los hogares ha tenido un crecimiento acumulado del 8.4 por ciento, lo que demuestra la confianza en los mexicanos en el desempeño de la economía. Este mayor consumo responde, a su vez, a mayores niveles de empleo y poder adquisitivo.

Desde el inicio de la administración hasta julio de 2016 se han creado más de dos millones de empleos registrados en el IMSS, éste es el mayor aumento de empleos formales para un periodo similar en la historia. Lo anterior expone que estamos en el camino correcto, nos demuestra que la pertinencia y responsabilidad está rindiendo frutos.

Por eso hacemos hincapié en la necesidad de seguir construyendo sobre la base que ya se tiene y dejar de lado las tentaciones de revertir lo mucho que se ha conseguido. Sabemos de la necesidad de emprender los cambios necesarios para transformar al país en una nación moderna, generadora de riqueza, que ofrezca a sus habitantes condiciones de vida digna, así como más y mejores oportunidades para prosperar.

Instrumentar estas decisiones requiere de valentía, cosa que le reconocemos al presidente Peña, porque gracias a ello se han dado pasos firmes y al haber responsables en la construcción del país que merecemos los mexicanos. Por su atención, muchas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Arévalo González.

Esta Presidencia saluda al compañero doctor diputado Víctor Caballero Solano y a los doctores de hospitales privados de Morelos, invitados por la diputada Margarita Alemán Olvera. Bienvenidos.

Tiene el uso de la tribuna, hasta por cinco minutos, el diputado Candelario Pérez Alvarado, del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Candelario Pérez Alvarado:Con su venia, señor presidente. Compañeros diputados. En la fracción parlamentaria del PRD lamentamos la miopía y el espejismo del Ejecutivo federal respecto a la muy difícil situación social y económica que enfrenta la mayoría de la población de nuestro país.

Baste señalar que durante el segundo trimestre de este año la economía en su conjunto, medida por el comportamiento del producto interno bruto, cayó en menos 0.3 por ciento respecto al primer trimestre del año. En términos anuales, su crecimiento fue tan solo del 1.4 por ciento. Estas cifras de ninguna manera significan ni buenas cuentas ni buenas noticias para el país.

Con respecto al empleo, de acuerdo a las últimas cifras proporcionadas por el INEGI, el 57 por ciento de la población económicamente activa está en la informalidad y no cuenta con ninguna seguridad jurídica ni laboral. Estos resultados no son los que esperan los ciudadanos ni necesitan, ni mucho menos los mexicanos lo que sacará adelante a nuestro país.

Por otra parte, es socialmente inaceptable que la participación de los trabajadores en el producto nacional, aun con estos magros niveles de crecimiento económico, no corresponden con el crecimiento de la productividad.

Las finanzas públicas están en uno de los peores momentos de su historia a pesar del aumento en los ingresos tributarios. La disminución del déficit público obedece fundamentalmente al remanente de la operación del Banco de México por 239 mil 100 millones de pesos que equivale al dos por ciento del producto interno bruto.

Además, de acuerdo a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, no se debe usar para financiar el gasto del sector público, sino para disminuir el nivel de endeudamiento y fortalecer las finanzas públicas. No obstante, la Secretaría de Hacienda lo aplica para la presentación del informe al Congreso aparentando que hay un mejor déficit presupuestal.

Por si fuera poco, la Secretaría de Hacienda, en beneficio de los grandes empresarios de este país, de acuerdo con un informe de la Auditoría Superior de la Federación, otorgó en el 2014 devolución por 288 mil millones de pesos y se observa una evasión fiscal estimada en 483 mil millones de pesos.

Estos dos conceptos suman 772 mil 674 millones de pesos, que equivale al 4 por ciento del producto interno bruto. Ante esta situación el Grupo Parlamentario del PRD no puede mantenerse al margen de esta, y sobre todo, el recorte del gasto público, mucho menos permitiremos que este recorte afecte a los programas sociales, a la salud, a la educación, a la vivienda, en general, al gasto social. De darse los recortes, estos deben incidir el 100 por ciento en el gasto corriente, pero sin afectar las prioridades sociales.

Proponemos a esta soberanía mecanismos que limiten la discrecionalidad en el manejo de las finanzas públicas que hasta ahora ha mantenido el Ejecutivo federal por medio de la Secretaría de Hacienda.

Proponemos también que los que más ganan, sean los que más paguen al erario público, porque así lo determinan nuestras leyes.

Sobre los recientes cambios en el gabinete económico del Ejecutivo, afirmamos que estos no son sustanciales. Los nuevos funcionarios tienen la instrucción de aplicar las mismas políticas económicas que tienen al país sumido en una crisis histórica.

Sí advertimos como un alto riesgo, la llegada de un operador político a manejar los programas sociales; es un claro mensaje que el Ejecutivo tiene toda la intención de usarlos para fines electorales, hacia las elecciones del 2017 y 2018. Este si es un peligro político que debemos considerar seriamente porque atenta contra la equidad democrática. No hay nada que festejar, y sí, mucho que preocuparnos. Gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, compañero diputado Pérez Alvarado. Tiene el uso de la palabra la diputada Alejandra Gutiérrez Campos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos.

La diputada Alejandra Gutiérrez Campos:Con su venia, señor presidente. Hace cuatro años muchas eran las expectativas sobre el futuro de México, y parecía que con las reformas estructurales aprobadas, nos dirigíamos hacia una economía de primer mundo. Hoy la realidad nos enseña que los buenos deseos no resultan suficientes para sacar adelante a un país. La sociedad está harta de mentiras y justificaciones que el PRI-gobierno ha manifestado desde su campaña hasta el día de hoy, que casi se cumplen cuatro años de una mala gestión. Atendiendo este hartazgo es menester decir que estos tiempos tan difíciles el gobierno no puede permitirse ni un error más.

En cuatro años la economía mexicana no se ha movido, la cifra del segundo trimestre del año son un claro referente de la mala gestión del PRI-gobierno. La economía sólo creció 1.5 por ciento respecto al mismo período de 2015 y de acuerdo a los especialistas, al cierre del año el crecimiento será menor al 2 por ciento, lo que seguramente provocará una vez más bajar los pronósticos de crecimiento que se han vuelto ya una constante en el actual gobierno.

El PRI-gobierno está muy lejos de alcanzar los crecimientos que mostró la economía de nuestro país en los gobiernos panistas a pesar de afrontar una crisis mundial que puso en shock a las economías del mundo y sin la tan mencionada: reformas estructurales.

Recientemente Standard & Poor’s decidió revisar de estable a negativa las perspectivas de calificación soberana de la deuda de México, lo que sin duda impactará en la reevaluación de las tasas de interés, y no tengan duda, que también en el gasto, que por costo financiero deberá incurrir en los próximos meses el gobierno.

En 2012, el total de los requerimientos financieros representaban el 36.4 por ciento del PIB, hoy alcanzan el 47 por ciento, que significa poco más de 9 billones de pesos como lo indica el IV Informe, o lo que es lo mismo, dos veces más el gasto aprobado para el presente ejercicio fiscal.

Por su parte, la cuenta corriente de la balanza de pagos es un foco rojo, ya que el primer semestre del año registra un déficit del 3 por ciento del PIB, el mayor en esta cuenta desde el período de enero-junio de 1995, cuando el país venía saliendo de una severa crisis económica, por cierto, originada también por las malas decisiones del PRI en el gobierno.

Desde que asumieron las riendas de nuestro país, el PRI-gobierno ha gastado más de lo que tiene y ha puesto en serios aprietos el futuro, no sólo del sector productivo, sino también de las economías familiares de todos.

Por esta razón, en Acción Nacional creemos que en el marco del 4to. Informe no hay noticias buenas que dar, de no estar respaldado con las entradas de divisas por concepto de remesas e inversión extranjera directa, la situación sería aún más complicada que la que tenemos hoy.

Cómo creerle a este gobierno que está moviendo a todo el país cuando gasta más dinero del que tiene porque antepone las políticas partidistas ante el bienestar de los mexicanos. Cómo creerle a este gobierno que México se está moviendo cuando nuestra moneda se ha devaluado más del 40 por ciento en cuatro años, a pasar de 13 pesos por dólar a 19 pesos.

Cómo creerle a este gobierno que México se está en movimiento cuando la estabilidad de nuestra moneda depende de mermar el monto total de las reservas federales, del monto total de las remesas y del monto total de inversiones extranjeras y no de una verdadera y seria política monetaria y de incentivos, que la reinversión de las utilidades de los inversionistas extranjeros con un sistema fiscal más flexible.

Cómo creerle a este gobierno que está moviendo a México cuando no logramos crecer en promedio a más de 2 por ciento, aún con las reformas estructurales. Cómo creerle a este gobierno que México se está moviendo cuando presiona al Inegi para cambiar la metodología de medición de la pobreza y del empleo, con el propósito de maquillar cifras que dan cuenta de un país muy distinto al que hoy vivimos.

En el PAN estamos ciertos de que un país que busca crecer y genera bienestar en la población no debe cimentar su política de desarrollo en una política de verdades a medias. En México actual las cosas buenas nunca se contarán porque simple y llanamente no existen.

Por eso es justo hoy preguntar qué país esperan dejarle a los mexicanos, si un país con una economía fuerte y con fianzas públicas sanas o un país de las promesas sin cumplir y del México que no se mueve; porque lo que está en juego no solo es el prestigio del partido que gobierna, sino del mismo país entero que ha puesto toda su confianza en ellos.

Termino diciendo que para que haya noticias buenas que contar se requiere sobre todo un compromiso real con los ciudadanos en este país; que requiere de unos resultados tangibles, efectivos y perdurables, y no de falsas historias. Es cuanto.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Alejandra Gutiérrez. Tiene el uso de la tribuna, hasta por cinco minutos, el diputado Ricardo David García Portilla, del grupo parlamentario del PRI.

El diputado Ricardo David García Portilla:Con el permiso de la Presidencia. Con el permiso de la Mesa. Compañeras y compañeros, en el Grupo Parlamentario del PRI la glosa económica del 4to. Informe de Gobierno representa el momento de hacer un análisis y de hacer un balance.

La más importante agenda de reformas en la historia reciente y una política económica responsable han permitido a México, ante un escenario adverso, salir adelante. Es cierto, en la actualidad la economía nacional reciente efectos externos, como el que –en los últimos tres años– hemos visto caer el precio de las materias primas, como el petróleo, vimos caer su precio de 120 a 125 o 30 dólares por barril. Asimismo, se heredó una caída en la plataforma de producción de petróleo, que significó pasar de 3.4 millones de barriles diarios a casi 2 millones. México registró una disminución de un 50 por ciento en promedio tanto en el precio del petróleo como en su producción.

Por otra parte, otro indicador importante para nuestra economía, como es la producción industrial de los Estados Unidos de Norteamérica, se contrajo 1.6 por ciento en el primer cuatrimestre de este 2016.

El Fondo Monetario ha registrado una contracción para la economía mundial. En el caso de Latinoamérica no solamente crecerá menos, sino que en promedio sus economías decrecerán un 0.5 por ciento. La contracción de Brasil, de un 6 por ciento, y de Argentina, de un -1.4 por ciento en el primer trimestre de este año, reflejan la gravedad de esta situación mundial.

Ante este escenario internacional, ¿Cómo se ubica México? ¿Cómo le está yendo a México en un escenario económico adverso, cómo le está yendo a México cuando a Latinoamérica claramente no le está yendo bien y quisieran que sus cifras no fueran verdad, pero son negativas y lo están sufriendo las economías latinoamericanas?

Muy bien. México está creciendo en los tres sectores de su economía. En el agropecuario a una tasa de 3.8 por ciento, en el de servicios a una tasa de 3.2 por ciento, y en el industrial a un 1 por ciento. Aún más, si se aísla el efecto por la caída del petróleo, el crecimiento de la industria sería más del doble y el crecimiento del producto interno bruto resultaría en poco más de un 3 por ciento.

Entonces, ¿De dónde está creciendo la economía mexicana? Si no lo está haciendo del sector externo, ¿De dónde se está nutriendo este motor? El crecimiento de la economía mexicana se sustenta en el mercado interno. Por primera vez se sustenta en el mercado interno.

Como primer pilar, el empleo. La generación de nuevos empleos, el cual ha tenido un crecimiento promedio de 3.8 en esta administración, es la más alta en la historia reciente. El empleo está creciendo, pero también está creciendo su poder adquisitivo. Del 50 por ciento de los nuevos empleos que se están generando más del 50 por ciento es mayor a tres salarios mínimos y es el primer empleo que seguramente alcanzará más de 5 salarios mínimos, contestándole a un compañero que aquí señalaba que no eran empleos productivos.

Registramos también una tasa de inflación de un 2.65 anual. La aritmética básica de la economía, y sobre todo el sentido común, nos señalan que al incrementarse el empleo, al incrementarse el ingreso real, se incrementará el consumo y así está sucediendo. El consumo de las familias creció 3.6 por ciento real anual en los primeros meses de este año. Las ventas de las tiendas de autoservicio crecieron 4.8 por ciento.

Las familias mexicanas confían en la responsabilidad de esta administración. Julio ha sido el mes en el que se vendió la mayor cantidad de automóviles desde que existe este indicador hace 20 años, y eso nadie lo puede refutar, 131 mil 764automóviles comprados por familias mexicanas.

El crédito para vivienda se ha incrementado un 10 por ciento en lo que va del 2016, y eso tampoco nadie lo puede refutar. Las familias mexicanas están invirtiendo en bienes durables, como son automóviles y como son vivienda, le están apostando su patrimonio a esta administración. Esto es lo que las y los mexicanos valoramos, cuidar y conservar para seguir adelante, finanzas públicas sanas y transparentes. Esto es la reducción anual desde el 2015 del déficit público aquí aprobado, una mejora de los ingresos del gobierno federal para hacer frente a los compromisos, que hoy es una realidad.

Actualmente el crecimiento del gasto no se da en burocracia, esta administración redujo la tasa de crecimiento de gasto en burocracia en un 60 por ciento con respecto a las dos administraciones anteriores. Actualmente el crecimiento del gasto tampoco se da en gasto corriente, al reducirse en un 40 por ciento el incremento del gasto corriente con respecto a la administración anterior.

A quien le preocupaba la calificación de Standard and Poor’s, le recomendaría leer el primer enunciado: México tiene un nivel moderado de deuda y se ratifica su calificación. El Grupo Parlamentario del PRI es responsable en su actuar y, seguramente, junto con este Congreso será responsable en sus decisiones. Muchas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado García Portilla. Con esta intervención concluimos la primera ronda del análisis del 4to. Informe de Gobierno del Ejecutivo federal, en el tema de política económica.

Para la segunda ronda, se han inscrito las siguientes legisladoras y legisladores: diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social; el diputado Mariano Lara Salazar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; el diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena; el diputado Emilio Enrique Salazar Farías, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; el diputado Tómas Octaviano Félix, del Grupo Parlamentario del PRD; el diputado Herminio Corral Estrada, del Grupo Parlamentario del PAN y el diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI.

En consecuencia, tiene el uso de la tribuna y hasta por cinco minutos, el diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, del Grupo Parlamentario del PES.

El diputado José Alfredo Ferreiro Velazco:Con la venia, señor presidente. En el Partido Encuentro Social vemos y estamos de acuerdo en que en este gobierno ha habido avances. Estamos de acuerdo en que ha habido irresponsabilidad en el manejo de las cuentas públicas. Estamos de acuerdo que se ha incrementado la recaudación fiscal. Y estamos de acuerdo en que el país va a avanzado, pero también vemos que el crecimiento que hemos tenido en nuestra economía no ha llegado y no ha premiado a nuestras familias de nuestro país.

Vemos que la pobreza sigue en aumento, vemos que hay sectores de la población que sí han avanzado, pero la pobreza sigue en aumento. Vemos, por una parte, que esa gente que se fue con ilusión a la frontera norte para poder tener una mejor vida, ha tenido una vida más difícil. Vemos una frontera norte con un porcentaje de inflación arriba del cuatro y no del uno, dos, arriba del cuatro, y Tijuana anda arriba del 5 porcentual.

Sí vemos que se ha incrementado la venta de automóviles. Sí vemos que se han dado facilidades para la compra de casas, pero esos 55 millones de ciudadanos que no tienen alternativa de vida, que tienen pobreza y que están en situación complicada, son los que nos preocupan a todos.

Vemos cómo un gran porcentaje de jóvenes que con la ilusión de entrar a la escuela preparatoria se quedaron sin entrar. Más del 30 por ciento de los jóvenes que tenían derecho de entrar a su educación preparatoria no pudieron entrar, y eso es lo que nos preocupa y es en lo que nos tenemos que poner de acuerdo todos los legisladores y todos los poderes del Estado, para ver cómo ayudar a todas esas familias mexicanas a que tengan una alternativa mejor de vivir, no qué partido puede a lo mejor gobernar bien o gobernar mal.

Tenemos muchos años que este país traemos problemas serios de economía, traemos problemas serios con la pobreza. Y hay muchos empresarios pequeños y medianos que no encuentran la forma de salir adelante, que no encuentran la forma de cómo financiarse para poder impulsar su desarrollo.

Tocamos puerta hace un año, año y medio con familias que estaban batallando en su economía y hoy regresamos a verlas y las encontramos igual, la economía no ha mejorado como quisiéramos.

Sabemos que hay un problema grave internacional, una economía complicada y es ahí donde nosotros tenemos que ponernos de acuerdo cómo diseñar un sistema económico a la mexicana.

Los mexicanos somos diferentes a las diferentes gentes del mundo. Los mexicanos somos gente luchona, emprendedora, pero ocupamos oportunidades. Los mexicanos a veces nos vemos en difícil situación, pero ocupamos que el gobierno sea facilitador de todos nosotros, de que no tengamos trabas para desarrollarnos.

Encuentro Social es lo que dice y es lo que convoca a todos los partidos políticos, entre todos a diseñar un buen sistema para México.

Aquí no hay grandes diferencias ideológicas, aquí hay diferencias políticas y diferentes posiciones. Tenemos que encontrar la forma de que México crezca y que las familias mexicanas salgan adelante. Y México va a salir adelante. Tenemos fe en Encuentro Social que México va a salir adelante. Todo es cuestión de ponernos de acuerdo y redoblar esfuerzos para que a este gobierno y al gobierno que entra y a los que vienen les vaya bien y que las familias mexicanas se sientan conformes. Muchas gracias y es cuanto.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Ferreiro. Tiene el uso de la tribuna, hasta por cinco minutos, el diputado Mariano Lara Salazar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

El diputado Mariano Lara Salazar:Con su permiso, diputado presidente. Señoras y señores legisladores, con pleno respeto al principio de la división de poderes, en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza presentamos la glosa del 4to. Informe de Gobierno del Ejecutivo federal en materia económica, la cual plantea como objetivo generar mayor dinamismo en la economía y un incremento real de los ingresos familiares.

La economía mexicana en 2016 ha enfrentado diversos retos, los cuales principalmente provienen del exterior y desafortunadamente impactan de manera negativa en diversas variables macroeconómicas del país, tales como los precios internacionales del petróleo, que en lo que va del año el promedio de la mezcla mexicana se ha ubicado en 39.55 dólares por barril, cifra lejana a los 50 dólares que se aprobó en la Ley de Ingresos de la Federación 2016.

Derivado de lo anterior, en febrero del presente año el gobierno federal realizó un ajuste preventivo al gasto de la administración pública federal por un monto de 132 mil 302 millones de pesos. Es decir, el .7 por ciento del producto interno bruto para hacer frente al deterioro del entorno global.

Posteriormente, en junio pasado se efectuó un segundo ajuste por 31 mil 715 millones de pesos. No obstante que dichas medidas resultan preventivas ante un escenario adverso, en Nueva Alianza nos preocupa que en los pre criterios de política económica se estime que se requerirá realizar un ajuste total al gasto programable por 311 mil millones de pesos con respecto al presupuesto 2016.

Así, considerando el ajuste preventivo del gasto público anunciado en febrero por 132 mil millones de pesos y el de junio por casi 32 mil millones de pesos, se requerirá un ajuste adicional, aproximadamente 148 mil millones de pesos contra el estimado para el cierre de 2016.

Dicho recorte adicional no se desglosa ni se detalla en dicho documento y tampoco se hace referencia en el Informe de Gobierno, por lo que en Nueva Alianza Seguiremos atentos para que no se afecten programas sociales, particularmente aquellos que entran dentro del presupuesto de educación.

En este contexto debemos destacar que el 4to. Informe de Gobierno presenta claroscuros, pues al dejar de lado los ingresos petroleros es preciso hacer un reconocimiento por la estrategia seguida en materia de ingresos tributarios, que aumentaron en 10.7 por ciento en términos reales respecto a 2015. Tal dinamismo permitió compensar parcialmente la caída de los ingresos petroleros.

En Nueva Alianza reconocemos que es primordial continuar fortaleciendo el esquema tributario del país, incrementando la recaudación a través de una mayor base tributaria, dejando de lado la dependencia de los ingresos petroleros que hoy se encuentran sumamente debilitados.

Estamos a favor de las disposiciones orientadas a que quienes más ingresos y más riqueza tienen aporten más al gasto público. Para ello es igualmente necesario continuar armonizando la legislación tributaria, a fin de evitar y sancionar prácticas de elusión y evasión de impuestos.

Por otro lado, en Nueva Alianza somos conscientes de la necesidad de fortalecer la demanda interna, impulsada por el crecimiento del empleo formal y de calidad, así como un aumento real del salario, velando en todo momento por los intereses de los trabajadores.

En ese sentido, el Ejecutivo reporta que durante los tres años y cuatro meses de la actual administración se han generado más de 2 millones de empleos formales. No obstante el gran logro que representa lo anterior, la realidad es que no todos los empleos generados son de calidad; es decir, que la remuneración económica que perciben o es muy baja, o bien, no existe estabilidad laboral.

Es importante señalar lo anterior si consideramos que el crecimiento económico actual es insuficiente para solucionar las múltiples carencias de los más de 55 millones de mexicanos en condiciones de pobreza, a lo que debemos añadir que el salario mínimo no ha tenido un crecimiento o un incremento sustancial con respecto al costo de la canasta básica.

Por lo anteriormente señalado, el Grupo Parlamentario Nueva Alianza, continuará haciendo un profundo análisis de este 4to. Informe de Gobierno, así como de las variables económicas a fin de que se logre un buen manejo en los recursos públicos, lo cual permitirá influir en el mejoramiento de los niveles de vida, en la educación y de la salud de los mexicanos. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Lara Salazar. Tiene el uso de la tribuna, el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos.

El diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido:Con su permiso, diputado presidente, compañeras y compañeros diputados. Hoy subo a esta tribuna para hacer algunas reflexiones siempre recordando a mi municipio San Pedro Tlaquepaque, así como a muchos municipios más de Jalisco que se encuentran en un alto nivel de rezago, de marginación y de pobreza.

No estamos en contra de que las cosas buenas se cuenten, más bien pensamos que debe de estar en su justa dimensión y contar también lo que hace falta. El informe con un análisis de fondo y de impacto, a la ciudadanía se ve diferente, realmente muy diferente. Los compromisos de controlar la inflación, generar empleos de calidad y mantener el porcentaje de crecimiento en el PIB quedaron muy lejos de cumplirse y a cuatro años de gestión resulta ridículo creer que lo que no se pudo hacer en cuatro años, algún relevo lo podrá hacer en dos.

Resulta criticable el contraste de mantener la estabilidad macroeconómica con el sacrificio microeconómico de los ingresos de las familias, a partir de tres factores claves para la estabilidad, proteger las finanzas públicas, fortalecer el ingreso del sector público y promover el ejercicio eficiente del presupuesto. Sin embargo, alrededor de esos tres factores han ocurrido eventos que golpean la economía de millones y millones de familias.

Por una parte, el peso mexicano golpeado por la paridad contra el dólar encarece las importaciones y abarata las exportaciones de muchos pequeños y medianos negocios. Los precios del barril de petróleo igualmente golpeados y los consecuentes de todo mundo conocidos gasolinazos.

Además de esto, están las medidas en las tasas de interés que tomó el Banco de México, las cuales impactan en los créditos y, por si fuera poco, su alerta reciente sobre los altos niveles de deuda pública cuyo incremento asciende al 51.9 del producto interno bruto de este país.

El gobierno federal ha anunciado dos recortes presupuestales que sin duda impactan la economía de las familias. Sin embargo, la recomendación del Banco de México de generar ajustes no debe justificar el pésimo ritmo del ejercicio presupuestal de los programas federales por la falta de controles presupuestarios eficientes y lejanos de la tentación política, que tampoco se menciona en dicho informe.

Hay tres elementos más que aparecen en el informe y que Movimiento Ciudadano analiza con mucho cuidado y mucha responsabilidad, porque estamos convencidos que realmente significan una opción de vida para muchos mexicanos. Hablamos de la promoción del empleo de calidad, las garantías de reglas que incentiven un mercado interno competitivo y del desarrollo de sectores estratégicos del país que genere más inversión y competitividad, incluyendo las micros, pequeñas y medianas empresas.

En este renglón del empleo de calidad, lo que el informe de gobierno no grafica es que de los nuevos empleos ha disminuido el número de trabajadores con percepciones bien remuneradas. Esto significa que en México no se están generando suficientes empleos de alto valor agregado con salarios realmente bien pagados.

Por otra parte, si consideramos la evolución de la inflación para evaluar el poder adquisitivo real de este ingreso laboral per cápita, existe una diferencia negativa de alrededor del 16.24 por ciento. Y si le agregamos los precios de la Canasta Básica alimentaria por persona al mes, el ingreso laboral per cápita tiende siempre a la baja.

Debemos entonces, ante empleos de baja calidad, salarios de bajo poder adquisitivo, un mercado interno deprimido incapaz de ser el motor del crecimiento económico que requiere el país y, en consecuencia, la tesis del México próspero se cuestiona.

Una tendencia relevante observa que decreció el consumo privado y aumentó el consumo del gobierno. ¿Quién se apretó realmente el cinturón? Pues claro que fueron los ciudadanos porque no tenían para gastar, mientras que el gobierno con los incrementos en el ISR empresarial y personal, en el IVA y en el IET, incrementó sustancialmente su gasto. La razón es que el consumo gubernamental se ha centrado en el gasto corriente y no en el gasto de capital.

Finalmente, el anexo estadístico del informe señala una economía mexicana que camina bien, muchas cosas buenas se dicen. Sin embargo, hace falta completar el rostro de la realidad. Como ejemplo, el desempleo como porcentaje de la población económicamente activa, registra un 4.6 por ciento, lo cual significa que la gente se ocupa actualmente, que sea para poder subsistir, pues no hay seguro de desempleo ni otro tipo de protección social que ayude a la gente mientras se encuentra sin trabajo.

En suma, el empleo y el salario, según el informe, están actualmente cerca del 14.5 por ciento de población ocupada, es decir, 7.7 millones de mexicanos en condiciones paupérrimas de ocupación. Compañeros y compañeras, hay mucho, pero mucho que corregir. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Ralis Cumplido. Tiene el uso de la tribuna hasta por cinco minutos el compañero diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Juan Romero Tenorio:Con la venia de la Mesa Directiva. Hablar del 4to. Informe de Gobierno de Enrique Peña Nieto, es hablar de las posibilidades de desarrollo de nuestro país, y del estado, de la calidad de vida de todos los mexicanos, que se ha visto medrada por una política rapaz de los recursos nacionales, por una política rapaz que favorece a unos cuantos.

La cuestión no es qué podemos derivar del informe; la cuestión es ¿Qué va a hacer el Poder Legislativo sobre el resultado de la administración pública en el cuarto año de gobierno?

Los tiempos se aceleran y empezamos con las calenturas electorales, con los movimientos en la administración pública para un reacomodo con miras a una competencia en 2018, competencia que exige tomar en cuenta la situación grave en la economía nacional, una situación de emergencia, una situación de emergencia derivada de las reformas estructurales que han generado una movilidad de capitales para fortalecer la acumulación de los mismos en unas cuantas personas o en unas cuantas familias.

La pregunta es: ¿A quién ha beneficiado la política pública del gobierno federal? ¿A quién ha beneficiado la política pública que encubre corrupción en la asignación de la obra pública, en la asignación de recursos en estados y municipios?

¿A quién ha beneficiado la política pública que se inserta en la globalización económica en donde prevalecen los intereses de las grandes trasnacionales sobre los intereses nacionales y los intereses de la población mexicana?

Basta leer algunas cifras que vienen encubiertas en el informe, pero de las cuales no se da en cuenta en forma clara y precisa. Las 46 empresas bancarias que operan en el país en 2013 obtuvieron una ganancia de 107 mil millones de pesos; en 2014 esta ganancia se concentra en un 95 por ciento generada en el cobro de intereses.

Para este periodo 2016, estas ganancias crecieron 4.4 por ciento comparado con el mismo período en 2015, obteniendo una ganancia de 26 mil 803 millones de pesos en el primer trimestre de 2016.

En el sector minero tiene una ganancia entre 2008 y 2013 de más de 1.2 billones de pesos de las cuales sólo aportan el 0.6 por ciento a las finanzas públicas de nuestro país.

Podemos desglosar por sector económico las grandes ganancias de empresas nacionales y trasnacionales en donde predomina el lucro y donde predomina la concentración de la riqueza.

Al final del día, quien sale perdiendo es la población, la población que cada día ve más demeritada su calidad de vida por la pérdida del poder adquisitivo del salario, por la pérdida de servicios públicos que se medran por la ganancia especulativa y que son afectados por la reasignación del gasto público.

En esta competencia económica hay ganadores y perdedores, los mexicanos pierden frente a las grandes trasnacionales y eso obliga a este Congreso a tomar decisiones firmes, no solamente para favorecer la inversión internacional o nacional, sino para equilibrar el proceso de distribución de la riqueza en nuestro país.

Hay acciones que tenemos que revisar como el proceso de privatización de Pemex y Comisión Federal de Electricidad. El Fondo Mexicano del Petróleo al mes de julio señala que los ingresos derivados de las asignaciones, ascendieron a 32 mil 940 billones de pesos, mientras los ingresos de los contratos se ubicaron en 54 mil 551 millón de pesos, son cifras que son asimétricas respecto a la ganancia o a la renta petrolera que se obtenía con el esquema anterior de Pemex.

Esta reforma energética ha medrado la riqueza nacional y pone en juego no solamente la situación actual, sino el futuro de las nuevas generaciones en nuestro país. Estamos hipotecando la reserva de hidrocarburos, favoreciendo la explotación de empresas internacionales y demeritando las reservas nacionales.

En este esquema de cifras también tenemos que los ajustes vienen a hacer un juego perverso de la administración pública, puesto que nos hablan de recortes; recortes que se disfrazan con sobre ejercicios. Esta cuestión de las cifras queda a disposición de esta Cámara. La cuestión no es qué tanto informa el legislativo, sino qué hacemos como Poder Ejecutivo, como Cámara revisora del gasto público.

La Comisión de Presupuesto y la Comisión de Hacienda no han tenido una sola reunión para revisar los informes trimestrales de Hacienda, del Banco de México. Somos omisos, y por tanto somos responsables del debacle económico nacional. Somos omisos y somos responsables de la corrupción que se genera en el gobierno federal.

Aquí están las cifras, están los datos, la tarea queda en nuestras manos. Esperemos que este ejercicio de revisión se lleve a cabo y acreditemos que somos un poder soberano, un poder independiente y no lacayos del Poder Ejecutivo. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Romero Tenorio.

Esta Presidencia saluda a estudiantes de la Facultad de Relaciones Internacionales de la Universidad Anáhuac, Norte, invitados por el diputado David Aguilar Robles. Sean bienvenidos.

Tiene el uso de la tribuna el diputado Emilio Enrique Salazar Farías, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado Emilio Enrique Salazar Farías:Gracias, señor presidente. Presidente, te quiero comentar que debo dedicar esto no solo a los presentes, también a los 249 diputados que deben estar fuera, porque apenas veo quórum, además a los que están haciendo comisiones en los pasillos. Bien valdría la pena que, en un tema tan importante como este, pudiéramos escuchar los posicionamientos de cada uno de mis compañeros.

He escuchado a todos y cada uno de los diferentes partidos, porque todo lo que dicen es importante; y tan importante es lo de la izquierda como lo del centro, como lo de la derecha. Por lo mismo quiero reconocer la actitud digna, abierta y responsable que cada uno ha tenido al escucharnos.

En estos cuatro años ha habido el gran reto de enfrentar una economía cambiante, de una economía con grandes vaivenes y quien enfrenta la economía, para los que estén escuchando, la economía se enfrenta con valor, como hombres de Estado y no como gente que piensa sólo en lo electoral o en lo electorero. La economía es un trabajo profesional, la economía es un trabajo que requiere conocimiento de los temas que se hablan y no solamente lanzar críticas, gritos, diatribas o vociferar.

Voy a hablar en un lenguaje claro, en un lenguaje llano, en un lenguaje que la gente pueda entender más allá de las cifras rimbombantes. México tiene un crecimiento constante en su economía durante los últimos años, la inflación se ha venido conteniendo y tiene cifras históricas durante los últimos años. La inversión extranjera no ha dejado de crecer y ha sido importante para mantener fluyendo la economía. Esto ha sido fundamental.

Que ha habido que hacer ajustes financieros, por supuesto, porque habría que voltear a ver a los países que ni están creciendo, que tienen grandes crisis y donde su moneda se ha visto verdaderamente sacudida. Además de eso, hay empleo. Se han creado millones de empleos y eso también hay que decirlo, con eso no hay que jugar.

Que hay muchísimo por hacer, por supuesto que hay mucho por hacer. Yo respeto muchísimo a mis compañeros Germán Ralis, de Movimiento Ciudadano, a mi admirado Juan Romero, de Morena, a todos y cada uno y sé que hay cosas para hacer. No hay uno solo de nosotros que pueda estar de acuerdo que no tenemos el reto de incrementar la confianza, de acabar con la corrupción y de todos, porque la hay no solamente en uno u otro estrato, la hay en todos los municipios, la hay en muchos estados y no tiene la corrupción un título de propiedad de un solo partido.

Otro reto es recuperar la confianza. Decimos aquí que tiene que recuperar la confianza el Ejecutivo, pero también el Legislativo. Todos y cada uno tenemos que hacerlo con nuestros actos.

Por último. Hay ciclos que se cumplen inexorables y hay ciclos que tenemos que reconocer que tienen un fin. Don Luis Videgaray hizo su más grande esfuerzo, pudo haber tenido como todos, luces y sombras, pero su trabajo profesional en el manejo de la economía yo lo reconozco. Para él habrá mi afecto y reconocimiento más allá de lo que los demás piensen. Eso lo puedo respetar.

Al secretario Meade le tengo que desear que por su capacidad probada, por sus conocimientos, nos lleve siempre a un mejor destino.

A todos nosotros, de cualquier partido que seamos, les pido dos cosas: la decencia de reconocer lo bueno y la autocrítica que debemos tener nosotros también de lo malo, de lo que hay que hacer. Creo en México, pero creo que solo juntos podemos seguir avanzando. Muchas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Salazar Farías. Tiene el turno el diputado Tómas Octaviano Félix, del Grupo Parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos.

El diputado Tómas Octaviano Félix:Con su venia, diputado presidente. Honorable Congreso de la Unión, pueblo de México, el modelo económico neoliberal que ha seguido el país por más de tres décadas, definitivamente no funciona. Las cifras y argumentos del 4to. Informe de Gobierno son evidencia de esta afirmación y la realidad es la muestra más clara del fracaso económico en que México se encuentra.

Pese a la promesa de Enrique Peña Nieto de crecer a tasas del 5 por ciento anual, la economía del país ha crecido tan solo al ritmo de 2 por ciento en promedio en esta administración. Esto es de lo que no se cuenta, pero cuenta mucho.

La responsabilidad de esta situación no responde únicamente a factores externos, como se argumenta, ya que gran parte de la misma es de los encargados de la conducción económica del país, quienes al igual que sus antecesores se han empecinado en aplicar un modelo económico que ha demostrado una y otra vez ser un absoluto revés a las mexicanas y a los mexicanos.

Como consecuencia de este modelo tenemos una deuda pública que alcanza ya el 51 por ciento del producto interno bruto –como ya han comentado algunos diputados– cuando al cierre de 2012 representaba el 36 por ciento.

En este sentido, calificadoras como Moody’s, Standard and Poor’s y Fitch Ratings, han considerado que los niveles de la deuda pública son preocupantes para el desempeño de nuestra economía. Por ello las primeras han bajado su calificación crediticia de estable a negativa.

Si bien es cierto que la reforma hacendaria de 2013 incrementó los ingresos en 62 por ciento para alcanzar un máximo histórico de 13 puntos del producto interno bruto, estos ingresos se han dilapidado en un gasto corriente creciente, en un gasto electorero escandaloso y han afectado el gasto de inversión de manera muy drástica para las mexicanas y para los mexicanos.

El tipo de cambio en 2012 era en promedio de 13 pesos por dólar y se ha depreciado hasta alcanzar en promedio casi los 19 pesos por dólar, se trata, a decir del Banco de México, de la mayor depreciación entre las monedas de las economías emergentes.

Por su parte, el mercado laboral mantiene a casi 30 millones de mexicanos en la informalidad. Además, los empleos formales creados son en su mayoría de baja calidad, pues son remunerados con menos de dos salarios mínimos.

En este tenor, no omito recordar que esta administración ha incumplido su palabra en términos de la implementación del seguro del desempleo. Igual de preocupante es la declinación de la plataforma de producción de petróleo, cuya reducción alcanza los 387 mil barriles diarios desde diciembre de 2012, por lo que hay que reformar la reforma energética privatizadora.

La situación económica actual es sumamente grave, compañeras y compañeros diputados. México requiere sin duda alguna un cambio de modelo, un cambio de rumbo y requiere a funcionarios honestos al frente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Por si esto fuera poco, nos anuncia un fuerte recorte presupuestal para el próximo año 2017, se habla de 250 a 300 mil millones de pesos, por lo que en el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, PRD, no permitiremos que se atente contra el gasto social y la inversión pública.

Lo que impulsaremos, en cambio, será recortar el gasto suntuario del gobierno federal, que elimine los grandes privilegios presupuestales de esta pésima administración de Enrique Peña Nieto y no sea tan sólo una simulación, compañeras y compañeros.

Respecto al campo, esta Cámara de Diputados ha realizado grandes esfuerzos para mantener, incluso de manera creciente. Sin embargo, los pequeños productores que representan más del 85 por ciento de las unidades económicas del sector agropecuario continúan abandonadas y deteriorándose, mientras la agricultura de exportación aparece como la gran ganadora.

Cómo hablar de logros si los recortes al presupuesto se focalizaron en los programas productivos del sector social como caminos rurales, cafetaleros y productores de maíz y frijol. En tanto, los subsidios se concentran para las grandes empresas como son Monsanto, Bachoco, Bimbo, Su Karne, etcétera, etcétera.

El 4to. Informe de Gobierno que hoy cuestionamos no trae buenos resultados respecto a los temas relacionados al crecimiento verde, al manejo sostenible de recursos naturales, así como la mitigación y adaptación al cambio climático.

Hoy más que nunca urge la transformación del modelo de desarrollo hacia uno que sea sustentable, en donde las políticas públicas ambientales y de los recursos naturales sean determinantes.

Qué lejos estamos de la construcción del México próspero prometido. Lejos de una economía cada vez más fuerte y productiva. Pero sobre todo, lejos de mejores niveles de vida para las mexicanas y los mexicanos.

Videgaray ya renunció por ineficaz, ahora falta Peña Nieto. No más aumentos a la gasolina. Más empleo, no más deudas. Fuera Peña Nieto.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Octaviano Félix.



MINUTO DE SILENCIO

El diputado Juan Pablo Piña Kurczyn(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido en la curul del diputado Piña, por favor. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Juan Pablo Piña Kurczyn (desde la curul): Diputado, con su venia. Solicitarle un minuto de silencio, puesto que hoy se celebra el 162 aniversario luctuoso del general Ignacio Zaragoza, quien como jefe del Ejército de Oriente derrotó a los invasores en la Batalla del 5 de mayo.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Piña. Es de obsequiarse su petición. Solicito a los presentes ponernos de pie para guardar un minuto de silencio en memoria del general Zaragoza.

(Minuto de silencio)

Gracias.



ANÁLISIS CORRESPONDIENTE AL 4TO. INFORME DE GOBIERNO EN MATERIA DE POLÍTICA ECONÓMICA

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Tiene el uso de la tribuna el diputado Herminio Corral Estrada, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, hasta por cinco minutos.

El diputado Herminio Corral Estrada:Con el permiso de la Presidencia. Con la llegada del PAN al gobierno de la República preparamos al país para transitar hacia el camino del desarrollo pleno de la sociedad. Tristemente, con el regreso del PRI se retrocede prácticamente en todos los ámbitos y los resultados ahí están: malos, desastrosos, desalentadores y además con la amenaza de dejar un escenario aún peor; porque día tras día, error tras error.

Este gobierno en apenas cuatro años ha endeudado más al país, incluso más que en los viejos regímenes priistas del siglo pasado. Para el cierre de este año la deuda pública en México rebasará los 9 billones de pesos, alrededor del 48 por ciento del PIB, cuando en el gobierno del PAN se dejó en una manejable proporción del 36 por ciento.

Este nocivo manejo de las finanzas públicas ocasiona el incremento del costo financiero de la deuda pública. Tan solo de 2013 a 2016 el gasto asignado para este rubro se incrementó un 30 por ciento.

Sí, señores, en términos reales pagamos más intereses, comisiones y gastos de la deuda por 462 mil millones de pesos en intereses. Esto casi no se cuenta, pero cuenta y cuesta mucho.

Este gobierno ha mantenido un ritmo de gasto público creciente, gasta lo que no tiene, el dinero que no son capaces de generar y, más grave aún, lo hace en gasto corriente, en detrimento de la inversión, de la inversión que el Estado necesita. De 2013 a 2016, el gasto de inversión, por cierto, cayó 26.3 por ciento en términos reales, pasó de 882 a 739 mil millones. Ah, pero el gasto corriente creció en más de 406 mil millones en este mismo lapso. Esta diminución de la inversión muestra la falta de visión y de responsabilidad de este gobierno para atender las necesidades de las comunidades en materia de infraestructura.

Queda claro que en lo que va y en lo que resta de la administración de Peña Nieto, no se logrará ningún avance en nuestra economía, pero nosotros, amigas, amigos, estamos trabajando fuerte para recobrar el camino del México exitoso.

Hoy más que nunca sabemos que pronto se acabará esta pesadilla. Esta pesadilla que el PRI gobierno sumergió al país. Los mexicanos contamos los días para que los que no saben gobernar, se vayan. Los que prometieron mover a México y nos subieron los impuestos, se vayan. Los que ofrecieron crecimiento y nos dieron estancamiento y nos dieron deuda. Los que subieron el IVA en la frontera. Los que destruyeron a las regiones del norte. Los que con su tóxica reforma fiscal lastimaron a los sectores productivos. Los que agraviaron a las familias mexicanas. En pocas palabras, contamos los días para que este ineficaz, dañino, tóxico y hasta torpe gobierno de Peña, termine, y termine ya.

En el campo las cosas no están bien, los productores son los más afectados y en cada recorte los más afectados. En temas ambientales no estamos bien; lo mismo en materia de energía. Se aprobó una importante reforma que tendría como finalidad reducir el precio de los hidrocarburos y energía eléctrica, y hasta ahora la sociedad mexicana solo ha recibido incrementos que dañan su economía familiar. Esto casi no se cuenta, pero cuenta y cuesta mucho.

Amigas, amigos, el día de ayer se dio una clara muestra de que el gobierno está fulminado. Hace cambios pero no reconoce que se ha equivocado. Así lo advertimos y así está sucediendo.

Por ello, invitamos a nuestros compañeros del PRI, invitamos al gobierno a que en un ejercicio de autocrítica y honestidad acepte sus errores y permita la ayuda de quienes sí saben gobernar.

Mexicanas y mexicanos, a ustedes les hablo. Es tiempo de levantar la voz. Es la hora de exigir que este gobierno encauce su camino, es la hora de pedir resultados, es momento de que el presidente de México, Enrique Peña Nieto, sepa que en México y ahora en el mundo está reprobado. Es cuanto, muchas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Herminio Corral. A todas las oradoras y a todos los oradores les hemos dado exactamente el mismo tiempo de tolerancia y en este caso no fue la excepción. Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Yerico Abramo Masso:Qué pesadilla fue escuchar el mensaje de quien me antecedió. Hablábamos de historia y para historia las cifras; y las cifras, aquí y en China, siempre han sido frías. Y como dicen los contadores, dos más dos dan cuatro, y creo que algunos, como el que me antecedió, cree que dos más dos son ocho.

Ante la tormenta económica mundial que viene arrastrándose desde varios años, no hay mejor muestra que los indicadores macroeconómicos. Y para empezar con ellos, en el primer cuatrienio de Vicente Fox la inflación fue de 4.7 por ciento, en el primer cuatrienio de Felipe Calderón, fue de 4.6 por ciento, y en el primer cuatrienio de Enrique Peña Nieto, es de 3.4 por ciento. Fuera máscaras; ya no más tóxicas mentiras, compañeros de Acción Nacional.

La inversión extranjera, en lo que va de la administración del presidente Enrique Peña, fue de 34 por ciento, más que con ustedes; en 12 años sumados no llegó al 8. Los indicadores macroeconómicos no mienten, y para muestra, el Fondo Monetario Internacional, el Inegi y el Banco de México, nos den estas cifras y yo sí las traje.

Las reservas internacionales con Vicente Fox eran del 6.7 en el crecimiento promedio anual; con Calderón, del 8.5, y con Enrique Peña, son del 14.6 por ciento.

En la creación de empleos, con Vicente Fox, se perdieron en el mismo periodo que estamos hablando, 200 mil mexicanos perdieron su empleo; con Felipe Calderón se crearon 500 mil nuevos empleos; pero con Enrique Peña Nieto, van 2 millones 100 mil nuevos empleos.

Una de las características principales del gobierno de Enrique Peña Nieto, ha sido el uso del diálogo, una herramienta elemental para la construcción de consensos con las distintas fuerzas políticas con representación en este Congreso. Con la reforma fiscal aumentaron los ingresos tributarios. Para muestra otro dato frío, porque dos más dos son cuatro, acuérdense. Calderón, con los ingresos tributarios, con Calderón fueron del 8.4 por ciento el aumento; con Peña Nieto, del 13 por ciento; se redujo la dependencia de los ingresos petroleros desde el 2012, del cierre del sexenio de Calderón, que dependíamos en un 39.4 por ciento de los ingresos petroleros, y con el presidente Peña, del 19 por ciento. Por eso este país está avanzando.

Ustedes se acabaron el petróleo; le pusieron de más popotes, no les importó el país, no les importó nadie de los que aquí vivimos; chuparon y chuparon y chuparon el petróleo. Y ¿Qué hicieron con ese petróleo? Se lo gastaron, en 780 mil millones de pesos de gasto. Crecieron en un 39 por ciento el gasto corriente, cuando este gobierno está medido, está transparentado y no lo dejamos al garete.

Otro beneficio importante de la reforma fiscal es sin duda el crecimiento de la participación para los estados y municipios del país, y para muestra otro botón, mientras ustedes tuvieron muchos ingresos petroleros, solamente incrementaron para estados y municipios con Fox un 2.7, con Calderón 0.8, con Enrique Peña Nieto 4.7 por ciento más para estados y municipios donde se combaten los baches, donde se lucha contra la delincuencia, donde se pone alumbrado y los que hemos sido alcaldes, sabemos a qué nos referimos.

Aquí tengo un comparativo de los últimos tres sexenios, y les puedo decir, para ser muy claro, que Puebla ha recibido 5.4 por ciento tan solo de incremento a lo que tenía planeado en participaciones, quiere decir amigas y amigos, para que nos quede claro que recibió cerca de mil millones más de participaciones, el tema es que no se lo gasten en nómina, que no lo metan al flujo, que no lo avienten al cajón, que lo inviertan en obra pública, que lo inviertan a pago de deuda, que dejen de engañar al pueblo, ése doble discurso nos tiene muy cansados a los mexicanos.

Hoy, tengo muy claro que el crecimiento de la economía en México, durante el segundo trimestre del 2016 se compara favorablemente con el de otras economías de la región, siendo superior a lo observado en las demás economías de América Latina.

Hay que tener claro que hoy México va por un camino de certidumbre, de transparencia, de responsabilidad porque cuando fuera un gobierno, yo escuché 12 años de decir que estaban en contra de la corrupción, llegaron al gobierno, tuvieron toda la oportunidad de crear un sistema nacional de anticorrupción y no lo hicieron, fue: bla, bla, bla, bla, no lo hicieron.

En este Congreso, con todas las fuerzas políticas aquí representadas se construyó un Sistema Nacional Anticorrupción que votamos aquí, que hoy es una realidad y que hay un consejo ciudadano que lo encabeza, no le tuvimos miedo a la transparencia, ustedes sí.

Aquí está, amigas y amigos, del 2006 al 2012, el gasolinazo panista fue del 106 por ciento, y la banda que votamos todos en la Ley de Ingresos pasada, ya con el incremento que tuvo antes de la banda no pasa del 11 por ciento en magna, en Premium y en diésel. Ya no mientan más, quítense la máscara de sus tóxicas mentiras y pónganse a jalar por México. Es cuanto, compañero presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias diputado Yerico Abramo Masso. Con esta intervención concluye la segunda ronda del análisis del 4to. Informe de Gobierno del Ejecutivo federal en materia de política económica.

De conformidad con lo que establece el artículo 7o., numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la versión estenográfica de esta sesión será remitida al presidente de la República para su conocimiento.

Proceda la Secretaría a dar lectura al acuerdo de la Junta de Coordinación Política.



ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

El Secretario diputado Raúl Domínguez Rex:Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que la Cámara de Diputados se suma a la campaña #Heforshe, de ONU Mujeres.

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión manifiesta su voluntad para sumarse a la campaña de ONU Mujeres denominada HeForShe y asume su compromiso para realizar acciones legislativas a favor de los derechos de las mujeres y que contribuyan a la realización de los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.

Segundo.Se instruye a la Comisión de Igualdad de Género y a la Comisión Especial de Delitos Cometidos por Razones de Género, realicen las gestiones necesarias para la instrumentación del presente acuerdo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 8 días del mes de septiembre del año 2016.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional; diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; diputado Alejandro González Murillo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba.

El Secretario diputado Raúl Domínguez Rex:En votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Aprobado. Comuníquese.

La diputada Verónica Delgadillo García (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido. Un momento, diputado secretario.

La diputada Cecilia Guadalupe Soto González (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Sonido en la curul de la diputada Delgadillo y luego vamos con usted. Adelante.

La diputada Verónica Delgadillo García(desde la curul): Muchísimas gracias, señor presidente. En Movimiento Ciudadano nos sumamos a este esfuerzo de la campaña, para sumarnos a He For She. No solo porque es un asunto que sale en este momento en el Congreso de la Unión, sino porque hemos ido congruentes y desde hace un año estamos empujando una agenda a favor de la equidad, a favor de las mujeres en contra de la violencia.

Lamentamos que la Junta de Coordinación Política no nos haya hecho partícipes de la creación de este documento. Nosotros solicitamos que no vuelva a suceder en momentos futuros; y específicamente en ese tema que tanto nos importa, y que hemos demostrado también que somos congruentes y lo impulsamos.

El documento no se hizo llegar a nuestro coordinador, por lo cual no aparece la firma. Pero reitero que Movimiento Ciudadano, con acciones de muestra y también votando a favor de este acuerdo, nos sumamos a este tipo de esfuerzos que son tan valiosos para nuestro país.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, compañera diputada. Se quedan registradas sus expresiones y solicitaríamos estos comentarios hacerlo llegar a la Junta de Coordinación Política. Sonido en la curul de la diputada Cecilia Soto. Adelante, diputada, ¿con qué objeto?

La diputada Cecilia Guadalupe Soto González(desde la curul): Muchas gracias, residente. No vi ningún voto en contra, entonces quiero preguntar si la votación fue por unanimidad o por mayoría, como se planteó por la Secretaría. Eso es lo primero.

Lo segundo. Quiero felicitar a la Junta de Coordinación Política por esta iniciativa. Es una campaña muy importante y creo que podemos empezar por instrumentar ya la unidad de género que acordamos en el periodo pasado, también por mayoría, y proceder con la auditoría de género que solicité el 8 de marzo pasado y que fue aprobado por el pleno. Muchas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Soto. De la misma forma quedan registrados sus comentarios y le informo que fue por mayoría, hubo muchos compañeros diputados de todos los grupos parlamentarios que no levantaron la mano. Gracias, diputada.

Continúe la Secretaría con el siguiente acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

———————— o ————————

El Secretario diputado Raúl Domínguez Rex:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a las secretarías de Comunicaciones y Transportes y a Desarrollo Social para que se implemente acciones para atender los daños causados en diversos municipios de los estados de Guerrero, Michoacán, Colima, Nayarit, Jalisco, Sinaloa, Sonora y Baja California Sur, que se han visto afectados por las intensas lluvias propiciadas por el fenómeno hidrometeorológico “Newton”.

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Coordinación Nacional de Protección Civil ponga en marcha las acciones necesarias para salvaguardar la integridad física de los habitantes de dichas entidades federativas, ante el inminente riesgo de inundaciones, deslaves, deslizamientos de laderas, desbordamiento de ríos y arroyos, así como afectaciones en caminos y tramos carreteros; e implemente una eficaz campaña de información con el propósito de que la población extreme precauciones.

Segundo.Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, inicie programas emergentes para atender carreteras y caminos rurales devastados, en diversos municipios de los estados de Guerrero, Michoacán, Colima, Nayarit, Jalisco, Sinaloa, Sonora y Baja California Sur, que se han visto afectados por el huracán “Newton”.

Tercero.Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Social, garantice el abasto de alimentos a las familias damnificadas en diversos municipios de los estados de Guerrero, Michoacán, Colima, Nayarit, Jalisco, Sinaloa, Sonora y Baja California Sur, que se han visto afectados por el huracán “Newton”.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre del año 2016.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Jesús Sesma Suárez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional; diputado José Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; diputado Alejandro González Murillo, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.»

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias. Para referirse al tema tiene la palabra la compañera diputada Esthela de Jesús Ponce Beltrán, hasta por cinco minutos. Hasta por tres minutos, diputada.

La diputada Esthela de Jesús Ponce Beltrán:Muy buenas tardes a los integrantes de la Mesa Directiva. Compañeras y compañeros, quiero reconocer la presentación de este punto de acuerdo que ha hecho la Junta de Coordinación Política y solamente quiero sumar a ello la intención de que verdaderamente nuestras autoridades nos apoyen declarando la zona de desastre en todos estos estados que han sido impactados por el huracán Newton, especialmente en los estados de Sonora, Sinaloa, Jalisco y, por supuesto, mi estado, Baja California Sur.

Mi estado ha sido realmente un estado que en los últimos años varios de estos meteoros nos han dejado huella lamentable y no hemos podido salir todavía de muchas de las complicaciones que esto ha desarrollado.

Por tal razón, municipios como Mulegé, Lotero, Comondú, nuestra gran capital La Paz y el municipio de Los Cabos han tenido destrozos en materia turística, en materia de infraestructura, en materia de energía. Pero, sobre todo, no han permitido que hasta este momento se pueda tener una vida ordenada y con la salud que requerimos.

Por eso es que solicitamos a este pleno el apoyo que nos puedan dar para que la declaratoria de desastre se dé de manera inmediata, pero que además sabiendo de la intención, el interés y la decisión que tiene el gobierno federal de apoyar a nuestros estados y a nuestros municipios, queremos pedir la coordinación interinstitucional con los estados, los gobiernos también municipales, para que en la suma de recursos y la suma de estrategias de trabajo podamos tener a nuestras ciudades y a nuestras comunidades trabajando diariamente como merecemos y, sobre todo, con la calidad de vida que requerimos.

Así es que ratificamos nuestra intención de que este punto de acuerdo que ha sido presentado sea validado por todos ustedes y que las autoridades competentes le den celeridad a los recursos.

Aún en algunos municipios de mi estado hay antecedentes que algunos recursos no se han podido bajar y no se han podido atender alguna problemática. Por eso la celeridad que se le pueda dar en las diferentes instituciones será algo fundamental para la vida de las personas que han sido afectadas por este huracán Newton. Muchísimas gracias por su atención.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Ponce Beltrán. Tiene el uso de la tribuna, también para referirse al tema, hasta por tres minutos la compañera diputada Angélica Reyes Ávila, hasta por tres minutos.

La diputada Angélica Reyes Ávila:Con su permiso, presidente. Compañeras y compañeros legisladores, les saludo con mucho afecto y con mucho respeto. En nuestro país hay luto, miles de historias lo constatan con pérdidas, no sólo económicas y materiales, sino humanas.

Cada año el país es afectado por numerosos desastres del orden natural, algunos de ellos de tal magnitud o con factores tan extraordinarios que constituyen un evento sin precedentes a nivel nacional.

Sean locales, regionales o de alcance más amplio, lo cierto es que dichos desastres afectan muy profundamente la vida cotidiana de muchos pueblos y comunidades. Y ni qué decir de los efectos perdurables, entre los que se encuentra la pérdida lamentable de vidas humanas, como las que ha cobrado el huracán Newton en los estados que ha encontrado a su paso, afectando además la vida de cientos de bajacalifornianos y sonorenses, hasta el momento.

En Nueva Alianza somos solidarios con esos estados y sus habitantes, y compartimos el profundo pesar que embarga a las familias de los fallecidos. Por ello, apoyamos este punto de acuerdo, pues a pesar de contar con el apoyo y colaboración de diversas autoridades de los tres órdenes de gobierno, la tarea de reconstrucción y retorno a la normalidad demanda de la urgente liberación de recursos por parte de las autoridades responsables.

Nueva Alianza se conduele y se solidariza con los habitantes de las zonas afectadas y hacemos votos por la pronta recuperación emocional, física y económica de las personas que sufrieron la embestida de este fenómeno natural. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, compañera diputada. Tiene el uso de la tribuna, de la misma forma para referirse al tema, la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. Mientras llega la compañera diputada saludamos a los integrantes de la Fundación Santiago Maravatío, del estado de Guanajuato, invitados por el compañero diputado David Mercado Ruiz. Sean ustedes bienvenidos.

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis:Muy buenas tardes. Celebro esta gran oportunidad de conciliar en un punto de acuerdo tan importante para dar un respiro y mostrarle a esas comunidades y estados donde el huracán Newton generó afectación, el que nosotros los diputados estamos conscientes y estamos tomados de la mano para fortalecer la inmediata ayuda de cada una de esas familias que resultaron afectadas.

Si bien es cierto, la pérdida de vidas fue irreparable y es irreparable, también es cierto que la solidaridad de esta Cámara de Diputados para mostrarles nuestro apoyo es la gran oportunidad para brindar a esos hermanos mexicanos, en estos momentos de desgracia, el sentirse protegidos y seguros porque estamos haciendo lo correcto. Porque hoy los diputados decidimos conjuntar nuestros esfuerzos para que de inmediato los recursos se apliquen para poder salvaguardar, apoyar a todas estas personas afectadas.

Hago también extensible el apoyo y mi solidaridad para todos mis compañeros y ciudadanos de Jalisco que están viviendo las catástrofes de este huracán.

Asimismo, quisiera hacer un llamado para que también nos sumemos y volteemos a ver a los hermanos de Veracruz con estas lluvias devastadoras que también les han generado afectación.

Les reitero, en Movimiento Ciudadano estamos haciendo lo correcto y lo hacemos en pro de aquellos que más sufren, que más necesitan. Por eso estamos conjuntando esfuerzos, por eso nos sumamos a esta causa y por eso celebramos que por hoy, en esta Cámara de Diputados surja esa intención de lograr que los recursos bajen en forma inmediata. Muchísimas gracias, queridos compañeros. Celebro este hermanamiento en favor de los que están sufriendo. Hasta luego.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Ramírez Nachis. Tiene el uso de la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Víctor Ernesto Ibarra Montoya, del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Víctor Ernesto Ibarra Montoya:Muy buenas tardes. Con su permiso, señor presidente. A mis amigas y amigos diputados, este acuerdo que hoy vamos a votar es un acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a Desarrollo Social, para implementar las acciones para atender los daños causados en los municipios de los estados de Guerrero, de Michoacán, de Colima, de Nayarit, de Jalisco, de Sinaloa, de Baja California Sur, por las afectaciones de las lluvias provocadas por el huracán Newton.

Quiero comentarles a todos mis amigos que en este momento una de nuestras diputadas, mi amiga Jisela Paes, se encuentra en el municipio de Mulegé, en donde no pudo salir a causa de que las carreteras están destruidas y donde estuvo muy pendiente de los más de 60 mil muleginos, los cuales sufrieron daños colaterales muy severos y en donde, si bien es cierto que no hubo pérdidas de vidas humanas, pero sí cientos de ciudadanos se quedaron sin un lugar, sin un techo en donde tener a su familia.

Quiero invitar también a todos ustedes, amigos, a que sumemos esfuerzos y que hoy exhortemos enérgicamente para que estos recursos no tarden en bajar a todos estos estados.

En mi municipio de Los Cabos tuvimos un desastre de un buque camaronero que salió de Ensenada, en donde fallecieron, perdieron la vida cuatro pescadores y no tuvieron oportunidad de atracar en nuestro puerto.

Yo les pido a todas las dependencias que vayan con estas familias, en donde hay un luto por el solo hecho de meterse a la mar a trabajar. Hoy estas familias, estos niños se quedaron sin un padre y sin un sostén en sus familias.

Nuestro municipio de Los Cabos también sufrió varios daños en el tema de luz, de drenaje, de agua; pero hemos salido adelante porque tuvimos la experiencia de un huracán Odile que no nos pudo destrozar hace dos años. Tuvimos la experiencia para atacar y defendernos de este huracán, que si bien es cierto fue de gran beneficio, ya que nuestro municipio sufre de carencia de agua y nuestros mantos acuíferos hoy están completos.

Así que, amigas y amigos, yo los invito a que votemos para que el gobierno federal lo más pronto posible, baje estos recursos para todos los mexicanos. Muchas gracias.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Ibarra Montoya. Tiene el uso de la tribuna, el diputado Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por tres minutos.

El diputado Luis Ignacio Avendaño Bermúdez:Con la venia de la Presidencia, compañeros y compañeras. En el Partido Verde estamos muy consternados por las víctimas que cobró el huracán Newton. Sabemos que el coordinador nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, Luis Felipe Puente, realizó los mejores esfuerzos para emitir la información a la población.

El día de hoy dicho meteoro perdió fuerza, se degradó a una baja presión remanente y ya salió del territorio nacional. Estamos a favor de apoyar a los municipios que han sido afectados y mostrar solidaridad de los mexicanos, a nombre del Partido Verde Ecologista de México, nos unimos a una declaratoria de desastre, para que la suma de los tres órdenes de gobierno se trabaje a favor de ayudar a los ciudadanos de todos los estados afectados y se le dé celeridad a los recursos.

Compañeras y compañeros, debemos hacer explícito y dejar claro que quienes están sufriendo en los diferentes estados y municipios de nuestro país, reciban el apoyo de la federación y que la Junta de Coordinación Política apoye declarando esta zona de desastre, que han sido impactados por el huracán Newton. Es cuanto, señor presidente, y gracias por todo.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Avendaño.

Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.

El Secretario diputado Raúl Domínguez Rex:En votación económica, se pregunta si es de aprobarse a las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Permítame secretario. Permítame, por favor. Vamos a dar el uso de la tribuna, al compañero diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Carlos Hernández Mirón:Compañeras y compañeros legisladores, muchas gracias, diputado presidente. Agradecemos que se evitara la votación. También del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se suma al punto de acuerdo, con agrado, que ha definido la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, para atender de manera inmediata no solamente por parte de la Secretaría de Desarrollo Social y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el tema de los afectados, hombres y mujeres, en el norte de nuestro país que han sufrido obviamente el embate del huracán Newton.

Queremos resaltar también que la Secretaría de Educación pueda estar atendiendo las escuelas de los municipios de los estados que fueron afectados por el meteoro, y que también podamos generar de manera mucho más precisa la conciencia con respecto a estos fenómenos climáticos que hoy se presentan de manera más reiterada y con mayor fuerza. Están impactando con una fuerza que anteriormente no se tenía en consideración.

La afectación no tiene que ver con una municipio, sino son regiones amplias en distintas zonas de distintos países no solamente de México, y esto obviamente obliga a que podamos tener una reflexión mucho más amplia en términos del medio ambiente y obviamente el cambio climático. No quiero dejar pasar también en esta intervención la atención inmediata a las y los campesinos de estas regiones, a las y los productores que también han sido afectados.

El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática se suma con agrado al punto de acuerdo de la Jucopo y obviamente solicitamos que de manera inmediata las instancias de gobierno no solamente federal, sino también estatal y municipal, lleven a cabo las acciones necesarias para que podamos atender a hombres y mujeres, niñas, niños, jóvenes que han sido afectados por esta problemática natural.

Le agradezco mucho, diputado presidente, que nos haya permitido el uso de la palabra, muy amable.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias diputado Hernández Mirón. Una disculpa. Ahora sí, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se aprueba el acuerdo.

El Secretario diputado Raúl Domínguez Rex:Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Aprobado. Comuníquese.



MENSAJE DE LA PRESIDENCIA

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Honorable asamblea, esta Presidencia informa que el día de hoy a las 170:00 horas, la Cámara de Diputados recibirá el paquete económico para el año 2017. Las iniciativas que se reciban serán turnadas inmediatamente a las comisiones correspondientes para su análisis y posterior dictamen.



INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que corresponda, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.(*)

( *) Las iniciativas y proposiciones se encuentran en el Apéndice de esta sesión.



DÍA MUNDIAL PARA LA PREVENCIÓN DEL SUICIDIO

«Efeméride relativa al Día Mundial para la Prevención del Suicidio, a cargo de la diputada Karla Karina Osuna Carranco, del Grupo Parlamentario del PAN

Desde 2003, cada 10 de septiembre, la Asociación Internacional para la Prevención del Suicidio y la Organización Mundial de la Salud, promueven el Día Mundial de la Prevención del Suicidio, con el propósito de concienciar a todo el mundo de que el suicidio se puede prevenir.

La Organización Mundial de la Salud estima que más de 800 mil personas mueren por suicidio cada año lo que supone una persona cada 40 segundos, siendo los intentos de suicidio hasta 25 veces más.

Lamentablemente hay muchas más personas que han sido afectadas por el suicidio o han estado cerca de alguien que ha tratado de acabar con su propia vida, y esto está sucediendo a pesar del hecho de que el suicidio se puede prevenir.

Conectar, comunicar, cuidar, es el tema del Día Mundial para la Prevención del Suicidio 2016. Estas tres palabras son el corazón de la prevención del suicidio.

De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, cada año se suicidan casi un millón de personas, lo que supone una tasa de mortalidad “global” de 16 por 100 mil, o una muerte cada 40 segundos. En los últimos 45 años las tasas de suicidio han aumentado en un 60% a nivel mundial.

El suicidio es una de las tres primeras causas de defunción entre las personas de 15 a 44 años en algunos países, y la segunda causa en el grupo de 10 a 24 años; y estas cifras no incluyen las tentativas de suicidio, que son hasta 20 veces más frecuentes que los casos de suicidio consumado.

Se estima que a nivel mundial el suicidio representa el 1,8% de la carga global de morbilidad en 1998, y que en 2020 representará el 2,4% en los países con economías de mercado y en los antiguos países socialistas.

Aunque tradicionalmente las mayores tasas de suicidio se han registrado entre los varones de edad avanzada, las tasas entre los jóvenes han ido en aumento hasta el punto de que ahora estos son el grupo de mayor riesgo en un tercio de los países, tanto en el mundo desarrollado como en el mundo en desarrollo.

Los datos disponibles demuestran de forma contundente que la prevención y el tratamiento adecuados de la depresión y del abuso de alcohol y de sustancias reducen las tasas de suicidio, al igual que el contacto de seguimiento con quienes han intentado suicidarse.

A nivel mundial, la prevención del suicidio es una necesidad que no se ha abordado de forma adecuada debido a la falta de sensibilización sobre la importancia de ese problema y al tabú que lo rodea e impide que se hable abiertamente de ello. De hecho, solo unos cuantos países han incluido la prevención del suicidio entre sus prioridades.

Es momento de alzar la voz, ya que es evidente que la prevención del suicidio requiere también la intervención de sectores distintos del de la salud y exige un enfoque innovador, integral y multisectorial, con la participación tanto del sector de la salud como de otros sectores, como por ejemplo los de la educación, el mundo laboral, la policía, la justicia, la religión, el derecho, la política y los medios de comunicación.

El 10 de septiembre, Día Mundial para la Prevención del Suicidio, se fomentan en todo el mundo compromisos y medidas prácticas para prevenir los suicidios. Cada día hay en promedio casi 3000 personas que ponen fin a su vida, y al menos 20 personas intentan suicidarse por cada una que lo consigue.

Definitivamente es necesaria una labor mundial de concienciación de que el suicidio es una de las grandes causas prevenibles de muerte prematura. Los gobiernos debemos elaborar marcos normativos para las estrategias nacionales de prevención del suicidio. A nivel local, las declaraciones políticas y los resultados de la investigación deben plasmarse en programas de prevención y actividades comunitarias.

En México, el suicidio es un grave problema de salud pública el suicidio es la segunda causa de muerte en población joven, después de los accidentes de tránsito vehicular.

De acuerdo al INEGI, la tasa de suicidios en nuestro país ha alcanzado cifras alarmantes. Tan solo en el año 2012, se registraron más de cinco mil suicidios. Y en el año 2013 se registraron casi seis mil casos.

Deseo resaltar que las diferencias por sexo, en materia de suicidio, son notorias y constantes. En el año 2013, la tasa de mortalidad por suicidio fue de 8.1 por cada 100 mil hombres y de 1.7 suicidios por cada 100 mil mujeres.

Asimismo, es alarmante que el 40.8 por ciento de los suicidios ocurran en el grupo de jóvenes de 15 a 29 años, en el que la tasa de incidencia es de 7.5 suicidios por cada 100 mil. Cabe citarse que el suicidio se puede producir a cualquier edad, y en 2012 fue la segunda causa principal de defunción en el grupo etario de 15 a 29 años en todo el mundo.

El suicidio no sólo se produce en los países de altos ingresos, sino que es un fenómeno global que afecta a todas las regiones del mundo. En 2012, el 75% de los suicidios en todo el mundo tuvieron lugar en países de ingresos bajos y medianos.

El suicidio es prevenible mediante intervenciones oportunas, basadas en datos fidedignos y a menudo de bajo coste. Para que las respuestas nacionales sean eficaces se requiere una estrategia de prevención del suicidio multisectorial e integral.

Es por ello, que resulta urgente el desarrollo de políticas públicas y acciones legislativas, para enfrentar este grave problema de salud pública en beneficio de niñas, niños y adolescentes.

Por último, deseo resaltar, que cada 10 de septiembre es ocasión propicia para evaluar los avances y retrocesos respecto a este problema de Salud Pública en México, y que es momento de realizar las acciones necesarias para prevenirlo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016. (Rúbrica).»



DÍA MUNDIAL PARA LA PREVENCIÓN DEL SUICIDIO

«Efeméride con motivo del 10 de septiembre, Día Mundial para la Prevención del Suicidio, a cargo de la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza, del Grupo Parlamentario del PVEM

Desde 2003 la Organización Mundial de la Salud estableció el 10 de septiembre como el Día Mundial para la Prevención del Suicidio con el fin de fomentar compromisos y medidas prácticas para prevenir que a nivel internacional diariamente casi 3 mil personas pongan fin a su vida. Cabe destacar que por cada persona que consigue suicidarse existen 20 más que lo intentan.

Se estima que a nivel mundial el suicidio se ha incrementado en los últimos 15 años, pasando de representar el 1.8 por ciento de la carga global de morbilidad en 1998 al 2.4 por ciento para el año 2020.

Hoy, los jóvenes son los que mayormente se suicidan y presentan una mayor tendencia a intentarlo; sin embargo, las causas entre los países de occidente y el oriente son muy diferentes. Así, los trastornos mentales (especialmente la depresión y los derivados por consumo de alcohol) son los dos factores más importantes de riesgo de suicidio en Europa y América; mientras que en los países asiáticos, las conductas impulsivas y compulsivas son las principales causas de suicidio.

A lo anterior debemos añadir factores psicológicos, sociales, biológicos, culturales y ambientales, que han derivado que cerca de un millón de seres humanos en el mundo mueran por suicidio cada año; 3 mil cada día y uno cada 40 segundos, lo que supera el número de muertes por factores combinados como los homicidios y la guerra.

Con este contexto internacional, la Organización Mundial de la Salud ha establecido como lema para 2016: “Conéctate, comunícate, cuídate”, cuyo objetivo es establecer vínculos entre las personas en situación de riesgo, los sobrevivientes, los prestadores de servicios, asociaciones civiles, universidades y los profesionistas de medios de comunicación, con el fin de construir de forma conjunta estrategias de información, detección y atención oportuna relacionada al suicidio.

Además, no debemos olvidar que el suicidio consumado tiene un impacto psicológico, económico y social en al menos seis integrantes de la familia y sus seres queridos; sin embargo, si ocurre en una asociación, institución educativa o en el sitio de trabajo, el suicidio puede impactar a decenas de personas.

En México, de 2000 a 2013 la tendencia de niñas, niños y jóvenes suicidas se incrementó pasando de 3.5 a 4.9 suicidios por cada 100 mil habitantes, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Por su parte, datos del Instituto Hispanoamericano de Suicidología ponen de manifiesto que en México el suicidio representa la tercera causa de muerte entre jóvenes de 15 a 29 años; y el lugar más recurrente para su ejecución es el hogar.

Sin duda alguna, hoy el suicidio representa un reto para la salud pública y la educación. Hoy, ninguna enfermedad ha crecido tanto en nuestro país como las enfermedades mentales. Como botón de muestra, en el Estado de Jalisco, la Secretaría de Salud a través del Instituto de Salud Mental de esa entidad señaló que:

“...en el año 2015, fallecieron por suicidio 483 personas con una tasa de 6.60 por cada 100 mil habitantes. El rango de edad de mayor incidencia fue de 15 a 39 años. El método más utilizado fue el ahorcamiento. El estado civil predominante fue de el de soltero y el nivel de estudios el de secundaria terminada. Hasta el 20 de julio del 2016, los datos preliminares a validar indican que en el estado de Jalisco han muerto 229 personas por suicidio, la tasa se confirmará hasta los primeros meses de 2017. Con los datos provisionales ofrecidos, el rango de edad es de 15 a 24 años. El método más utilizado fue el de ahorcamiento. El estado civil que predominó fue el de soltero y el nivel de estudios secundaria completa”.

En ese sentido, las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México proponemos que las autoridades de salud y educación de los tres niveles de gobierno inicien una campaña informativa para identificar las conductas suicidas en las niñas, niños y jóvenes, así como de los centros de atención y números de emergencia que existen para prevenir las tendencias y conductas suicidas.

Notas:

1 Consúltese. Entrevista a Alejandro Águila, Presidente del Instituto Hispanoamericano de Suicidología, el 13 de abril del 2016. Enlace.

http://wradio.com.mx/radio/2016/04/14/nacional/ 1460593010_597128.html

2 Visible, en http://www.periodicoelsur.com/noticia.aspx?idnoticia=69337

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016.— Diputada Evelyng Soraya Flores Carranza (rúbrica).»



CLAUSURA Y CITA

El Presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: (a las 15:31 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes 13 de septiembre de 2016 a las 11 horas. Buenas tardes.

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RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 4 horas con 9 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 257 diputadas y diputados

• Comunicaciones oficiales: 16

• Iniciativas de los congresos estatales: 2

• Iniciativa ciudadana: 1

• Iniciativas de las diputadas y los diputados: 17

• Acuerdos de los órganos de gobierno: 2 de la Junta de Coordinación Política

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 39

4 PES5

NA5 MC3

Morena5 PVEM5

PRD7 PAN5



PRI

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Abramo Masso, Yerico (PRI)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 244
Álvarez Angli, Arturo (PVEM)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: 81
Arámbula Meléndez, Mariana (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo y un artículo 209 Quáter al Código Penal Federal: 181
Arévalo González, José Antonio (PVEM)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 232
Avendaño Bermúdez, Luis Ignacio (PVEM)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Protección ante el inminente riesgo de deslaves y afectaciones de caminos con el propósito de que la población extreme precauciones: 249
Corral Estrada, Herminio (PAN)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 243
Cruz Molina, Eva Florinda (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 17 y 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 187
Ferreiro Velazco, José Alfredo (PES)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 237
Flores Cervantes, Hugo Eric (PES)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 228
Flores Gómez, Mirza (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o., 7o. y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos: 203
García Portilla, Ricardo David (PRI)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 235
Gutiérrez Campos, Alejandra (PAN)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 234
Hernández Mirón, Carlos (PRD)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Protección ante el inminente riesgo de deslaves y afectaciones de caminos con el propósito de que la población extreme precauciones: 250
Ibarra Montoya, Víctor Ernesto (PAN)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Protección ante el inminente riesgo de deslaves y afectaciones de caminos con el propósito de que la población extreme precauciones: 249
Lara Salazar, Mariano (NA)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 237
Llerenas Morales, Vidal (Morena)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 231
Lomelí Bolaños, Carlos (MC)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 230
Márquez Alvarado, Cesáreo Jorge (PVEM)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 207 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales: 192
Martínez Guzmán, Norma Edith (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 129
Nazario Morales, Matías (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable: 67
Ocampo Bedolla, María Eugenia (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 81, 84 y 118 de la Ley General de Víctimas: 122
Ochoa Avalos, Candelaria (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal: 118
Octaviano Félix, Tómas (PRD)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 242
Ortega Álvarez, Omar (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 78
Osuna Carranco, Karla Karina (PAN)
Para referirse al “Día Mundial para la Prevención del Suicidio”, desde la curul: 27
Pérez Alvarado, Candelario (PRD)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 233
Pineda Morín, Abdies (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; 42 de la Ley de Aviación Civil y adiciona un artículo 20 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal: 215
Pinto Torres, Francisco Javier (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: 209
Piña Kurczyn, Juan Pablo (PAN)
Para solicitar a la Presidencia un minuto de silencio por el 162 aniversario luctuoso del General Ignacio Zaragoza, desde la curul: 243
Plata Inzunza, Evelio (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 8o., y 13 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables: 225
Ponce Beltrán, Esthela de Jesús (PRI)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Protección ante el inminente riesgo de deslaves y afectaciones de caminos con el propósito de que la población extreme precauciones: 247
Ralis Cumplido, Germán Ernesto (MC)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 238
Ramírez Nachis, Rosa Alba (MC)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Protección ante el inminente riesgo de deslaves y afectaciones de caminos con el propósito de que la población extreme precauciones: 248
Reyes Ávila, Angélica (NA)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Protección ante el inminente riesgo de deslaves y afectaciones de caminos con el propósito de que la población extreme precauciones: 248
Romero Tenorio, Juan (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Delito de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición Cometida por Particulares, y reforma los artículos 348, 350 Bis 3, 350 Bis 4 y 350 Bis 5, de la Ley General de Salud: 94
Romero Tenorio, Juan (Morena)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 240
Salas Díaz, Gerardo Federico (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada: 71
Salazar Farías, Emilio Enrique (PVEM)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 241
Santiago Rodríguez, Guillermo Rafael (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración: 196
Valles Mendoza, Luis Alfredo (NA)
Para referirse al tema de política económica en la glosa del 4to. Informe del estado que guarda la Administración Pública Federal: 229