SUMARIO
De la Junta de Coordinación Política, en relación a cambios de integrantes y de juntas directivas de comisiones ordinarias. Aprobados, comuníquese
De la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, de Morena, por la que solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que regula la Publicidad del Estado
Del diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, del PRD, por la que solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 127 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
De la diputada Lluvia Flores Sonduk, del PRD, por la que solicita el retiro de las siguientes iniciativas con proyecto de decreto:
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial y de la Ley de Ciencia y Tecnología
Que reforma el artículo 7 Bis de la Ley de Propiedad Industrial
Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios
De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el 4to. Informe de labores de la Secretaría de Desarrollo Social. De enterado, distribúyase entre las diputadas y los diputados; y remítase a la comisión correspondiente
De la Cámara de Senadores, por la que comunica la designación de una Secretaría adicional de la Mesa Directiva para el segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura. De enterado
De la Cámara de Senadores, por la que remite acuerdo que se recibió del Congreso del estado de Guerrero, por el que exhorta al Congreso de la Unión, para que establezca y etiquete dentro del dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federación 2017, una partida para construir un Centro Regional de Investigación Pesquera en el estado de Guerrero. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención
Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por la que remite contestación a punto de acuerdo para fortalecer las campañas de difusión para la prevención de cáncer en niños y adolescentes. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento
De la Secretaría de Desarrollo Social, por la que comunica que se encuentra disponible en la página electrónica del Instituto Nacional de la Economía Social el informe final correspondiente al Programa de Fomento a la Economía Social (S-017), y anexa tarjeta informativa que detalla fe de erratas. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para su conocimiento
De la Secretaría de Desarrollo Social, por la que remite el informe final de la evaluación de diseño correspondiente al Programa de Promoción y Evaluación de Política de Desarrollo Social y Comunitario, la Participación y la Cohesión Social (P002) 2015-2016. Se remite a la Comisión de Desarrollo Social, para su conocimiento
MINUTAS
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que devuelve para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que devuelve para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional. Se remite a la Comisión de Transportes, para dictamen
Del Titular del Poder Ejecutivo Federal, se recibió las siguientes iniciativas:
Con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen
De Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria, durante el periodo comprendido entre el 9 de septiembre de 2015 y el 8 de septiembre de 2016, que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2017. Se remite a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento
Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017; y la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del Gobierno Federal, en materia de vivienda. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen, y a la Comisión de Desarrollo Social, para opinión
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad. Se remite a la Comisión de Energía, para dictamen
PROPOSICIONES DE URGENTE U OBVIA RESOLUCIÓN
La diputada Susana Corella Platt, a nombre propio y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la proposición con punto de acuerdo, relativo al incumplimiento del Grupo México, con los municipios del estado de Sonora afectados por el derrame toxico de la Mina Buenavista del Cobre, en 2014. Se considera de Urgente Resolución
Desde la curul, la diputada Cecilia Guadalupe Soto González, del PRD, para hacer una propuesta de adición
Para referirse a la proposición, interviene:
El diputado Francisco Javier Pinto Torres, de NA
La diputada Diana Marcela Márquez Canales, de Morena
La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, de MC
La diputada Alma Lucia Arzaluz Alonso, del PVEM
El diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del PRD
La diputada Leticia Amparano Gamez, del PAN
Aprobado, comuníquese
La diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a las comisiones de Deporte y de Juventud organicen un reconocimiento público a los deportistas mexicanos con Síndrome de Down que participaron en los Primeros Juegos de la Trisomía celebrados en Florencia, Italia, durante el mes de julio. Se considera de urgente resolución
Para referirse al punto de acuerdo, hace uso de la voz:
El diputado Renato Josafat Molina Arias, de Morena
El diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, de MC
Aprobado, comuníquese
INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS
La diputada Laura Valeria Guzmán Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De la Mesa Directiva, en relación a la inseguridad que se vive en algunas zonas del estado de Michoacán
Para referirse al acuerdo, desde la curul participa:
El diputado Jesús Sesma Suárez, del PVEM
El diputado Omar Noé Bernardino Vargas, del PVEM
El diputado Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela, del PRI
La diputada Hortensia Aragón Castillo, del PRD
El diputado Erik Juárez Blanquet, del PRD
El diputado Jorge Alejandro Carvallo Delfín, del PRI
El diputado Jorge Ramos Hernández, del PAN
Aprobado, comuníquese
INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS
La diputada Karina Padilla Avila, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo. Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
La diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen
La diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que deroga el párrafo segundo del artículo 466 de la Ley General de Salud. Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado Omar Noé Bernardino Vargas, a nombre propio y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
La diputada María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 60, 65 y 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Fomento Cooperativo y Economía Social, para dictamen y a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
La diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o., 8o., 41, 48 y 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
El diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, a nombre propio y de la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario Encuentro Social, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Felipe Cervera Hernández, a nombre propio y del diputado César Octavio Camacho Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal. Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen
El diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión Especial de Apoyo a Comerciantes en Pequeña y Microempresas para Fomentar la Economía Familiar, para opinión
El diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 27 y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión Especial de Apoyo a Comerciantes en Pequeña y Microempresas para Fomentar la Economía Familiar, para opinión
El diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen
El diputado Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 133 de la Ley Federal del Trabajo y 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Se remite a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Justicia, para dictamen
El diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 89 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos Humanos, para dictamen
El diputado Carlos Gutiérrez García, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda, a nombre propio, del diputado Jesús Sesma Suárez y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 6o., 9o. y 10-f de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda, a nombre propio, del diputado Jesús Sesma Suárez, y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 3o. y 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 37 y 53 de la Ley de Coordinación Fiscal. Se remite a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda, a nombre propio, del diputado Jesús Sesma Suárez y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adicionan diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de estímulos fiscales para los contribuyentes que tomen medidas de protección al medio ambiente. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, del PAN, por la que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse de su cargo como diputado federal a partir de esta fecha
Para referirse a la licencia, desde la curul interviene:
El diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, del PAN
El diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, del PAN
La diputada Hortensia Aragón Castillo, del PRD
El diputado Guadalupe Acosta Naranjo, del PRD
Aprobado, comuníquese
Para referirse al tema, hace uso de la voz:
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del PES
El diputado Luis Manuel Hernández León, de NA
El diputado René Cervera García, de MC
La diputada Araceli Damián González, de Morena
La diputada Evelyng Soraya Flores Carranza, del PVEM
La diputada Hortensia Aragón Castillo, del PRD
La diputada Lorena del Carmen Alfaro García, del PAN
La diputada Edith Anabel Alvarado Varela, del PRI
El diputado Edgardo Melhem Salinas, del PRI
EFEMÉRIDES
El diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, presidente de la Mesa Directiva, dirige un mensaje a la Asamblea con motivo del 13 de septiembre, Gesta heroica de Ignacio Pérez
Desde la curul, el diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del PRI, para referirse al 13 de septiembre, Gesta heroica de Ignacio Pérez
Con motivo del 14 de septiembre, Aniversario de la Proclamación de la Incorporación de Chiapas a la Federación Mexicana
Desde la curul, hace uso de la voz:
La diputada Janette Ovando Reazola, de NA
La diputada María Elena Orantes López, de MC
El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, de Morena
De la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a garantizar, previo a la repatriación, la atención integral a migrantes centroamericanos localizados en Amozoc, Puebla. Aprobado, comuníquese
El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar remite, en términos de lo dispuesto por el artículo 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones que no se presentaron en tribuna
EFEMÉRIDE
Con motivo del 13 de septiembre, Día Internacional del Chocolate, a cargo del diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar, del Grupo Parlamentario del PVEM.
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 13 de septiembre de 2016, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
Iniciativa con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017
Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017
Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria, durante el periodo comprendido entre el 9 de septiembre de 2015 y el 8 de septiembre de 2016, que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación
Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2017
Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017; y la Estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del Gobierno Federal, en materia de vivienda
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad
ASISTENCIA
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 297 diputadas y diputados, por lo tanto hay quórum.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez (a las 11:32 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden de día.
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Primer periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura.
Orden del día
Martes 13 de septiembre de 2016.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones oficiales
De la Junta de Coordinación Política
En relación a cambios de integrantes y de juntas directivas de comisiones ordinarias.
De los diputados Norma Xochitl Hernández Colín, Jesús S. Valencia Guzmán y Lluvia Flores Sonduk
Por los que solicitan retiros de iniciativas.
La Secretaría de Gobernación
Remite el Cuarto Informe de Labores de la Secretaría de Desarrollo Social.
La Cámara de Senadores
Comunica la designación de una Secretaría adicional de la Mesa Directiva para el segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura.
Remite acuerdo que recibió del Congreso del estado de Guerrero, por el que exhorta al Congreso de la Unión, para que establezca y etiquete dentro del dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federación 2017, una partida para construir un Centro Regional de Investigación Pesquera en el Estado de Guerrero.
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Remite contestación a punto de acuerdo para fortalecer las campañas de difusión para la prevención de cáncer en niños y adolescentes.
La Secretaría de Desarrollo Social
Comunica que se encuentra disponible en la página electrónica del Instituto Nacional de la Economía Social el Informe Final correspondiente al Programa de Fomento a la Economía Social (S-017), y anexa Tarjeta Informativa que detalla fe de erratas
Remite el Informe Final de la Evaluación de Diseño correspondiente al Programa de Promoción y Evaluación de Política de Desarrollo Social y Comunitario, la Participación y la Cohesión Social (P002) 2015-2016.
Solicitud de licencia
Del diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz.
Minutas
Con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que devuelve para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que devuelve para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.
Iniciativas del titular del Poder Ejecutivo federal
Con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
De Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017.
Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria, durante el periodo comprendido entre el 9 de septiembre de 2015 y el 8 de septiembre de 2016, que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2017.
Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017; y la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del Gobierno Federal, en materia de vivienda.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
Acuerdos de los órganos de gobierno
De la Junta de Coordinación Política.
Proposiciones de urgente u obvia resolución
Con punto de acuerdo relativo al incumplimiento del Grupo México, con los municipios del estado de Sonora afectados por el derrame toxico de la Mina Buenavista del Cobre, en 2014, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se solicita a las comisiones de Atención a Grupos Vulnerables, de Deporte, y de Juventud organicen un reconocimiento público a los deportistas mexicanos con Síndrome de Down que participaron en los Primeros Juegos de la Trisomía celebrados en Florencia, Italia, durante el mes de julio, a cargo de la diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Iniciativas
Que reforma los artículos 2o. y 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Francisco Escobedo Villegas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 29 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que adiciona una fracción V al artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Ángel García Yánez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 54, 90, 93 y 155 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Carlos Alberto de la Fuente Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Candelaria Ochoa Avalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 112 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Que reforma los artículos 27 de la Ley General de Desarrollo Social y 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo de la diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 42 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María Elena Ornates López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 27 y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 33 de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada María Cristina Teresa García Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Evelio Plata Inzunza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 110 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Juan Carlos Ruiz García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Que reforma los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Salud y 7o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Karina Padilla Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 15-C y 540 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma los artículos 56, 57, 58 y 59 de la Ley General de Educación y 21 de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo Quinto de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma los artículos 107 y 108 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona los artículos 46 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 61-Bis y 66-Bis de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 270 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 51 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Lucia Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que adiciona el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Concepción Valdés Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas de México, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado David Jiménez Rumbo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona el artículo 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado David Jiménez Rumbo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con proyecto de decreto por el que se declara el día 4 de agosto de cada año, como el Día Nacional de Calakmul, Campeche, Primer Patrimonio Mixto de la Humanidad en México, a cargo de la diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que deroga el párrafo segundo del artículo 466 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que expide la Ley General de Propaganda Gubernamental y Comunicación Social Reglamentaria del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se adiciona el artículo 1o. de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que adiciona el artículo 50 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por la diputada Sasil Dora Luz de León Villard y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma los artículos 60, 65 y 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 89 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 113 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 173, 174, 176 y 177 y se adiciona un artículo 177 Bis al Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Gloria Hernández Madrid, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Gloria Hernández Madrid, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 2o., 4o., 57 y adiciona un artículo 63 Bis a la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Sara Latife Ruiz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con proyecto de decreto por el que se declara el día 19 de abril de cada año, como el Día Nacional del Tequio, a cargo del diputado Óscar Valencia García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Luis Agustín Rodríguez Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 22 a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Candelario Pérez Alvarado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona los artículos 6o., 9o. y 10-f de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma los artículos 133 de la Ley Federal del Trabajo y 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo del diputado Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo del diputado Manuel de Jesús Espino Barrientos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Que adiciona el artículo 9o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Que reforma los artículos 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 67 y 76 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Hugo Eric Flores Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Óscar Valencia García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Guadalupe González Suástegui, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y deroga los artículos 3o., 10, 16 y 17 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, a cargo de la diputada Evelyn Parra Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 37 y 53 de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma los artículos 19, 19 Bis, 23 y 46 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona los artículos 2o., 8o., 41, 48 y 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Norma Edith Martínez Guzmán y José Alfredo Ferreiro Velazco, del Grupo Parlamentario Encuentro Social.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, de la Ley General de Educación, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, a cargo del diputado José Adrián González Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a cargo de la diputada Evelyn Parra Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que se adicionan diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de estímulos fiscales para los contribuyentes que tomen medidas de protección al medio ambiente, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Jonadab Martínez García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Carlos Gutiérrez García, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 16 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Que reforma y adiciona el artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, suscrita por el diputado Omar Noé Bernardino Vargas y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma los artículos 16 y 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 3o. y 34 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Mariano Lara Salazar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Que reforma los artículos 32 y 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Ricardo David García Portilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Que reforma el artículo 80 de la Ley de Hidrocarburos, a cargo del diputado Ricardo del Rivero Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 6o., 20 y 29 de la Ley Federal de la Defensoría Pública, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Que adiciona el artículo 48 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 283 y 284 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Rosalinda Muñoz Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Que reforma el artículo 46 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Ximena Tamariz García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Que reforma el artículo 15 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona los artículos 170 de la Ley Federal del Trabajo y 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 168 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Ximena Tamariz García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma adiciona y deroga los artículos 2o. y 3o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado René Cervera García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un artículo 190 Bis a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Taboada Cortina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Timoteo Villa Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Timoteo Villa Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil, a cargo del diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Flor Estela Rentería Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un capítulo V Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Ana María Boone Godoy, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo Felipe Cervera Hernández y suscrita por el diputado César Camacho Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Gianni Raúl Ramírez Ocampo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 29, 47, 50 y 54 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Gianni Raúl Ramírez Ocampo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Laura Valeria Guzmán Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 74 Bis de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Laura Valeria Guzmán Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Análisis del 4to Informe de Gobierno del Presidente de la República, en materia de política social
Proposiciones
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del gobierno del estado de Puebla, a fin de implementar un programa de capacitación a los titulares e integrantes de las unidades de Protección Civil en los municipios de esa entidad, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo relativo a las afectaciones provocadas por la fractura hidráulica en el estado de Nuevo León, suscrito por los diputados Waldo Fernández González y Oscar Ferrer Abalos, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo relativo a la creación de Centros Estatales de Trasplantes, suscrito por el diputado José Refugio Sandoval Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo relativo a la regularización y donación del predio sobre el cual se asienta la colonia 5 de marzo, ubicada en la ciudad de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, en favor de sus residentes actuales, a cargo del diputado Guillermo Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de una Comisión Especial de Seguimiento a los Hechos Ocurridos en Nochixtlán, Oaxaca, el pasado 19 de junio de 2016, a cargo del diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo relativo a la conmemoración del 12 de septiembre como el Día de Ignacio Pérez, el mensajero de la libertad, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a emitir las declaratorias de emergencia y desastre para distintos municipios del estado de Guerrero afectados por el fenómeno hidrometeorológico Newton, a cargo del diputado Ricardo Ángel Barrientos Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Coordinación Nacional de Protección Civil para que en coordinación con el Cenapred y los gobiernos estatales, realicen acciones para informar a la sociedad sobre los protocolos de seguridad y protección civil para prevenir los fenómenos hidrometeorológicos en temporadas de lluvias, suscrito por el diputado Enrique Zamora Morlet y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Presidencia de la Junta de Gobierno del Congreso del Estado de Guanajuato, a evitar la violación a la libre manifestación y garantizar las peticiones o protestas de las personas que acudan a su nuevo Recinto Legislativo, a cargo del diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob y al gobierno de la CDMX, a garantizar la seguridad e integridad física del activista y periodista José Alberto Escorcia Gordiano, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a que se intensifiquen las campañas de salud reproductiva en todas las escuelas secundarias y de educación media superior del Sistema Educativo Nacional, a fin de prevenir el embarazo adolescente, a cargo de la diputada María Antonia Cárdenas Mariscal, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de la CDMX y a la demarcación territorial Cuauhtémoc, a instalar bancas públicas para el descanso de los peatones en las calles del Centro Histórico, a cargo del diputado Jonadab Martínez García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del Estado de México, para que difunda la información relacionada con las acciones que se implementaron en los once municipios en donde se decretó la alerta de violencia de género y los resultados obtenidos, a cargo de la diputada Concepción Villa González, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la colegisladora, a discutir y en su caso aprobar el proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Pensión Universal, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo relativo a la integración de la Junta Instaladora y las labores a realizar por parte de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo relativo a la capacitación para servidores públicos de los municipios en materia de políticas de desarrollo e inclusión de personas con discapacidad, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal y al gobierno del estado de Chiapas, a mantener garantías de seguridad pública y derechos humanos a la población del municipio de Oxchuc, así como a salvaguardar los derechos políticos y la integridad física de la Presidenta Municipal, su familia y colaboradores, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo relativo al 70 aniversario del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición, Salvador Zubirán, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, a eliminar de la NOM-012-SCT-2-2014, el numeral 6.1.2.2, que incrementa el peso bruto vehicular máximo autorizado para los tracto camiones doblemente articulados en sus diferentes configuraciones vehiculares, a cargo del diputado Jonadab Martínez García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo relativo a la creación de medidas que garanticen la protección y resguardo de los trabajadores de los centros de salud del estado de Guerrero, a fin de garantizar la disponibilidad de unidades de atención médica para sus habitantes, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Efemérides
Con motivo del 13 de septiembre, Gesta heroica de Ignacio Pérez, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Con motivo del 13 de septiembre, Día Internacional del chocolate, a cargo del diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Con motivo del 14 de septiembre, Aniversario de la Proclamación de la Incorporación de Chiapas a la Federación Mexicana, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.»
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa su lectura.
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea en votación económica si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves ocho de septiembre de dos mil dieciséis, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.
Presidencia del diputadoEdmundo Javier Bolaños Aguilar
En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos cincuenta y siete diputadas y diputados, a las once horas con veintidós minutos del jueves de ocho de septiembre de dos mil dieciséis, el Presidente declara abierta la sesión.
En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; del mismo modo se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, y no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.
En su oportunidad y desde su curul realiza comentarios sobre diversos temas legislativos la diputada: Karla Karina Osuna Carranco, del Partido Acción Nacional. El Presidente hace aclaraciones.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De la Junta de Coordinación Política, en relación con cambios de integrantes y de juntas directivas de comisiones ordinarias, organismos internacionales, grupos de amistad y de trabajo. En votación económica se aprueban. Comuníquense.
b) De los diputados: esencia
Norma Xóchitl Hernández Colín, de Morena, por la que solicita se retire de los registros de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Fomento para el Uso de la Bicicleta en Zonas Metropolitanas, presentada el día el ocho de marzo de dos mil dieciséis.
María Elena Orantes López, de Movimiento Ciudadano, por la que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Puntos Constitucionales, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos, cuarto, treinta, y treinta y cuatro, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el día veintinueve de abril de dos mil dieciséis.
Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.
c) De la Comisión Permanente:
Con la que remite acuerdo que recibió del Congreso del estado de Nuevo León por el que exhorta al Congreso de la Unión, para que en el ámbito de sus atribuciones, etiqueten en el Paquete Fiscal dos mil diecisiete los recursos necesarios para la creación del Parque Lineal de la Boca.
Con la que remite acuerdo por el que exhorta a la Cámara de Diputados a que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación dos mil diecisiete, considere una partida presupuestal para continuar con el pago a trabajadores ex braceros.
Se remiten a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.
Con la que remite acuerdo por el que exhorta a la Cámara de Diputados a que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación dos mil diecisiete, considere destinar recursos para la operación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes; asimismo exhorta al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, para que considere realizar un estudio que contemple la proyección sobre los recursos requeridos para este Sistema en la próxima década. Se remite al Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, para su atención.
d) De la Cámara de Senadores:
Con la que comunica la integración de la Junta de Coordinación Política para el Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.
Con la que remite el Calendario de Sesiones para el Primer Periodo Ordinario del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.
De enterado.
e) Del Congreso del estado de San Luis Potosí, con las que remite dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, relativas a las disposiciones que permiten a los menores de edad contraer matrimonio. Se remiten a la Comisión de Juventud, para su conocimiento.
f) De la Consejería Jurídica del estado de Oaxaca, con la remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados para fortalecer las campañas de difusión sobre la presencia de la araña violinista y los efectos de su picadura. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.
g) De la Secretaría de General de Gobierno del estado de Puebla, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se considera el cambio climático una amenaza a la seguridad nacional. Se remite a la Comisión de Cambio Climático, para su conocimiento.
h) De la Secretaría de Gobernación:
Con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativa a las estrategias transversales contra el robo de identidad. Se remite a la Comisión de Seguridad Pública, para su conocimiento.
Con la que remite el Informe Anual dos mil quince del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas. Se remite a la Comisión de Seguridad Pública, para su conocimiento.
Con la que remite el Cuarto Informe de labores de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Comunicaciones y Transportes; de Cultura; de Defensa Nacional; de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano; de Economía; de Educación Pública; de Energía; de la Función Pública; de Marina; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Relaciones Exteriores; de Salud; de Trabajo y Previsión Social; y de la Procuraduría General de la República. De enterado, se distribuyen a las diputadas y diputados, y a las comisiones correspondientes.
En su oportunidad y desde su curul realiza comentarios sobre diversos temas legislativos la diputada Araceli Damián González, de Morena. El Presidente hace aclaraciones.
i) Del Instituto Federal de Telecomunicaciones:
Con la que remite el Informe Trimestral de Actividades, correspondiente al segundo trimestre de dos mil dieciséis. Se remite a la Comisión de Comunicaciones, para su conocimiento.
Con la que remite el Informe Previo de Resultados de Gestión dos mil dieciséis del Órgano Interno de Control del Instituto. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para su conocimiento.
j) Iniciativas con proyecto de decreto de los Congresos de los estados de:
Nayarit, por el que se adiciona un tercer párrafo al artículo setenta y uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Tamaulipas, por el que se adiciona un tercer párrafo, recorriéndose los subsecuentes al artículo setenta y uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se turnan a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
La secretaría da cuenta con oficio de la presidencia de la Mesa Directiva por el que informa a la Asamblea que se recibió escrito del licenciado José Lara Sánchez, presidente del Centro Cultural y Orientación Civil Concertación, Asociación Civil, por el que a su nombre y representación presenta la iniciativa ciudadana por la vida y la familia, y adiciona y modifica distintos párrafos del artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como noventa y tres cajas cerradas y selladas que dicen contener las firmas que la respaldan. Con fundamento en el artículo ciento treinta y dos, numeral uno, inciso A, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, fue remitida al Instituto Nacional Electoral a efecto de que verifique el cumplimiento de los requisitos señalados en la ley.
Se recibe iniciativa con proyecto de decreto de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Partido Revolucionario Institucional, que expide la Ley General para el Aprovechamiento Integral de Alimentos y su Donación Altruista. Se turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a los diputados:
Matías Nazario Morales, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo tercero de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se turna a la Comisión de Desarrollo Rural, para dictamen.
Gerardo Federico Salas Díaz, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Omar Ortega Álvarez, a nombre propio y del diputado Francisco Martínez Neri, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo sesenta y nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Arturo Álvarez Angli, y diversos diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, con opinión de la Comisión de Cambio Climático.
Juan Romero Tenorio, y diversos diputados integrantes de Morena, que expide la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Delito de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición Cometida por Particulares, y reforma los artículos trescientos cuarenta y ocho, trescientos cincuenta Bis Tres, trescientos cincuenta Bis Cuatro, y trescientos cincuenta Bis Cinco, de la Ley General de Salud. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Derechos Humanos, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
Candelaria Ochoa Ávalos, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo sexto de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
María Eugenia Ocampo Bedolla, de Nueva Alianza, que reforma y adiciona los artículos ochenta y uno, ochenta y cuatro, y ciento dieciocho de la Ley General de Víctimas. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Norma Edith Martínez Guzmán, del Partido de Encuentro Social, y por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, que reforma y adiciona el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Derechos Humanos para opinión.
Mariana Arámbula Meléndez, Marko Antonio Cortés Mendoza, Federico Döring Casar, Juan Pablo Piña Kurczyn, José Antonio Salas Valencia y diversos diputados integrantes del Partido Acción Nacional, que adiciona un Capítulo y un artículo doscientos nueve Quáter al Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Eva Florinda Cruz Molina, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona los artículos diecisiete, y treinta y uno de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
A las doce horas con cuarenta y cuatro minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos sesenta diputadas y diputados.
Cesáreo Jorge Márquez Alvarado y diversos diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México que adiciona el artículo doscientos siete Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Presidencia de la diputadaSharon María Teresa Cuenca Ayala
Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, de Morena, que reforma los artículos cincuenta y dos de la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.
Mirza Flores Gómez, de Movimiento Ciudadano, que reforma y adiciona los artículos segundo, séptimo, y cincuenta y uno de la Ley General de Asentamientos Humanos. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.
Presidencia del diputadoEdmundo Javier Bolaños Aguilar
Francisco Javier Pinto Torres, de Nueva Alianza, que reforma el artículo segundo de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Abdies Pineda Morín, del Partido Encuentro Social, que reforma los artículos cuarto de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; cuarenta y dos de la Ley de Aviación Civil y adiciona un artículo veinte Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Transportes, y de Juventud, para dictamen.
Evelio Plata Inzunza, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos segundo, octavo, y trece de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen.
El siguiente punto del Orden del Día es el Análisis del Cuarto Informe de Gobierno del ciudadano Presidente de la República. En tal virtud, para dar cumplimiento al numeral uno, del artículo segundo del acuerdo aprobado en la Sesión del día seis de septiembre de dos mil dieciséis, se da inicio con el tema de Política Económica. En la primera ronda de intervenciones se concede el uso de la palabra a la diputada y a los diputados: Hugo Erik Flores Cervantes, del Partido de Encuentro Social; Luis Alfredo Valles Mendoza, de Nueva Alianza; Carlos Lomelí Bolaños, Movimiento Ciudadano; Vidal Llerenas Morales, de Morena; José Antonio Arévalo González, del Partido Verde Ecologista de México; Candelario Pérez Alvarado, del Partido de la Revolución Democrática; Alejandra Gutiérrez Campos, del Partido Acción Nacional; y Ricardo David García Portilla, del Partido Revolucionario Institucional.
En la segunda ronda de intervenciones se concede el uso de la palabra a las diputadas y los diputados: José Alfredo Ferreiro Velazco, del Partido de Encuentro Social; Mariano Lara Salazar, de Nueva Alianza; Germán Ernesto Ralis Cumplido, de Movimiento Ciudadano; Juan Romero Tenorio, de Morena; Emilio Enrique Salazar Farías, del Partido Verde Ecologista de México;
Desde su curul el diputado Juan Pablo Piña Kurczyn, del Partido Acción Nacional, solicita a la Presidencia guardar un minuto de silencio en memoria del ciento sesenta y dos Aniversario luctuoso del general Ignacio Zaragoza. El Presidente obsequia dicha solicitud e invita a la Asamblea ponerse de pie.
Tomás Octaviano Félix, del Partido de la Revolución Democrática; Herminio Corral Estrada, del Partido Acción Nacional; y Yerico Abramo Masso, del Partido Revolucionario Institucional. De conformidad con lo que establece el artículo siete, numeral cinco de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la versión estenográfica de esta sesión será remitida al Presidente de la República, para su conocimiento.
El Presidente instruye a la Secretaría a dar lectura a los resolutivos de los acuerdos de la Junta de Coordinación Política:
Por el que se manifiesta la voluntad para sumarse a la campaña de la Organización de las Naciones Unidas He for She. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan comentarios sobre diversos temas legislativos las diputadas: Verónica Delgadillo García, de Movimiento Ciudadano; y Cecilia Guadalupe Soto González, del Partido de la Revolución Democrática. El Presidente hace aclaraciones.
Por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Protección ante el inminente riesgo de deslaves y afectaciones de caminos con el propósito de que la población extreme precauciones. Se concede el uso de la palabra para referirse al acuerdo a las diputadas y a los diputados: Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del Partido Revolucionario Institucional; Angélica Reyes Ávila, de Nueva Alianza; Rosa Alba Ramírez Nachis, del Movimiento Ciudadano; Víctor Ernesto Ibarra Montoya, del Partido Acción Nacional; Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, del Partido Verde Ecologista de México; y Carlos Hernández Mirón, del Partido de la Revolución Democrática. En votación económica se aprueba. Comuníquese.
El Presidente informa a la Asamblea que el día de hoy, a las diecisiete horas, la Cámara de Diputados recibirá el paquete económico para el año dos mil diecisiete; las iniciativas que se reciban serán turnadas inmediatamente a las comisiones correspondientes para su análisis y posterior dictamen.
De conformidad con los artículos cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas, y las proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, las de los siguientes diputados:
a) Iniciativas con proyecto de decreto de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Partido Revolucionario Institucional:
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional. Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen.
b) Proposiciones con puntos de acuerdo:
Alex Le Baron González, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que se realicen las modificaciones necesarias al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, al Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, y demás reglamentaciones y normas que permitan facilitar el tránsito y transporte de combustible por parte de los productores agrícolas, así como garantizar la seguridad de los terceros. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen.
Gerardo Federico Salas Díaz, del Partido Acción Nacional, por el que exhorta a las procuradurías generales estatales, para que en coadyuvancia con el Sistema Nacional de Identificación Individual del Ganado de la Sagarpa, realicen las investigaciones correspondientes al delito de robo de ganado. Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen.
Felipe Reyes Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para que genere programas de empleos para jóvenes estudiantes, técnicos y recién egresados para impulsar el desarrollo profesional y su integración al ámbito laboral. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.
Patricia Elena Aceves Pastrana, de Morena, por el que se exhorta al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, para que difunda el calendario de las convocatorias dirigidas a instituciones de educación superior y personas interesadas en participar en los diferentes programas de fomento y apoyo a los investigadores del país. Se turna a la Comisión de Ciencia y Tecnología, para dictamen.
María Elena Orantes López, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público otorgar viabilidad financiera a los proyectos que sean aprobados para la Prevención de los Desastres Naturales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Yahleel Abdala Carmona, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social, para que se realicen las acciones necesarias para mejorar los servicios que presta el hospital general de zona número once y la unidad de medicina familiar número setenta y ocho, así como para resolver la problemática suscitada por la clausura de la unidad médica familiar número setenta y seis ubicada en Nuevo Laredo, Tamaulipas. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
María Eloísa Talavera Hernández, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a los congresos locales, a derogar de sus códigos penales, los delitos denominados Halconeo, mismos que han sido utilizados para limitar y violentar el derecho de acceso a la información con fines periodísticos. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Evelyn Parra Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Ciudad de México, y a la demarcación de Xochimilco, para que instale una mesa de trabajo para la investigación y solución a las inconformidades de los habitantes de Xochimilco. Se turna a la Comisión de Distrito Federal, para dictamen.
Araceli Damián González, de Morena, por el que se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social, para que admita la recomendación número 38/2016 que le emitió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por el caso de violencia obstétrica y violaciones a los derechos de dos personas en el Hospital General de Zona Número ocho en Uruapan, Michoacán. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
Miguel Ángel Sulub Caamal, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, se considere elaborar un estudio regional sobre los niveles de temperatura en el estado de Campeche. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.
Evelyn Parra Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Ciudad de México, para que por medio del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX), de solución al problema del desabasto en la zona oriente de la ciudad. Se turna a la Comisión de Distrito Federal, para dictamen.
Delfina Gómez Álvarez y Sandra Luz Falcón Venegas, de Morena, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a implementar mejoras en la infraestructura de las salas de espera de los hospitales públicos del país. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Evelyn Parra Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México considere destinar el uno por ciento de su presupuesto participativo, a proyectos con perspectiva joven. Se turna a la Comisión de Distrito Federal, para dictamen.
María Chávez García, de Morena, relativo a la construcción de un helipuerto y la instalación de tanques de combustible en un predio ubicado en avenida Universidad dos mil catorce, Colonia Universidad, en la demarcación de Coyoacán, en la Ciudad de México. Se turna a la Comisión de Distrito Federal, para dictamen.
Virgilio Dante Caballero Pedraza y Ángel Antonio Hernández de la Piedra, de Morena, por el que se exhorta al Procuraduría General de la República, para que difunda las razones y fundamento legal del operativo realizado contra cuatro estaciones de radio en la región mixteca de Oaxaca. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Lucía Virgina Meza Guzmán, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que se fortalezcan los programas y proyectos destinados al desarrollo social, en los diferentes sectores para el Estado de Morelos. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.
Ángel Antonio Hernández de la Piedra, de Morena, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que expida la reglamentación necesaria para el adecuado funcionamiento de la Secretaría de Cultura. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.
Jesús Emiliano Álvarez López, de Morena, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que instruya a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a detener el aumento a los precios de las gasolinas y la electricidad. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Ernestina Godoy Ramos, de Morena, relativo a la designación de los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por parte del Senado de la República. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Araceli Damián González, de Morena, relativo a las agresiones físicas contra Javier Sicilia Zardaín, perpetradas por elementos del Mando Único de Morelos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, x|para dictamen.
Lucia Virginia Meza Guzmán, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República, para que acelere la integración correspondiente de las denuncias de hechos presentadas por la Auditoría Superior de la Federación, respecto de las irregularidades encontradas a la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el día martes trece de septiembre de dos mil dieciséis, a las once horas, y levanta la sesión a las quince horas con treinta y un minutos.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobada el acta.
Continúe, secretaria.
COMUNICACIONES
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados. LXIII Legislatura. Junta de Coordinación Política.
Diputado Edmundo Javier Bolaño Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno de la Cámara de Diputados las modificaciones en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena.
Que la diputada Laura Beatriz Esquivel Valdés cause baja como integrante de la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Que la diputada Diana Marcela Márquez Canales cause alta como integrante en la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Que la diputada Laura Beatriz Esquivel Valdés cause baja como secretaria de la Comisión de Cultura y Cinematografía.
Que la diputada Diana Marcela Márquez Canales cause alta como secretaria en la Comisión de Cultura y Cinematografía.
Que la diputada Laura Beatriz Esquivel Valdés cause baja como integrante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Que la diputada Diana Marcela Márquez Canales cause alta como integrante en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 12 de septiembre de 2016. Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»
En votación económica se les pregunta si son de aprobarse. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobadas, comuníquese.
o
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados. LXIII Legislatura.
Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Cámara de Diputados de la Mesa Directiva. Presente.
Al tiempo de enviarle un cordial saludo, solicito por este conducto de la manera más respetuosa que dicte sus apreciables instrucciones a quien corresponda a fin de que se retire de los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que regula la Publicidad del Estado, por así convenir a los intereses de quien suscribe. La iniciativa fue turnada para estudio y dictamen a la Comisión de Gobernación.
Sin otro particular, le reitero mis consideraciones.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 8 de septiembre de 2016. Diputada Norma Xochitl Hernández Colín (rúbrica).»
o
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados. LXIII Legislatura.
Diputado Omar Ortega Álvarez, coordinador de Proceso Legislativo del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Presente.
Por este conducto, con base en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted, de no existir inconveniente alguno, gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda a efecto de que pueda ser retirada la iniciativa que reforma el artículo 127 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada por un servidor.
Sin más por el momento y para cualquier aclaración al respecto, quedo de usted.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de septiembre de 2016. Diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán (rúbrica).»
o
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados. LXIII Legislatura.
Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva. Presente.
Por este medio me permito solicitar a usted amablemente que se realicen los trámites correspondientes, a fin de que sean retiradas de la Comisión de Economía las siguientes iniciativas de una servidora:
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial y de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada por la diputada Lluvia Flores Sonduk, del Grupo Parlamentario del PRD. Del 25 de abril de 2016.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 Bis de la Ley de Propiedad Industrial, presentada por la diputada Lluvia Flores Sonduk, del Grupo Parlamentario del PRD, el 24 de junio de 2016.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 6 de septiembre de 2016. Diputada Lluvia Flores Sonduk (rúbrica).»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.
o
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Presente.
Como es de su conocimiento, el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece: Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respetivos ramos.
En cumplimiento de dicho mandato constitucional, me permito remitir a usted 500 ejemplares del 4to. informe de labores de la Secretaría de Desarrollo Social, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 25 ejemplares adicionales para centros de estudios y bibliotecas de dicha Cámara. Adicionalmente, también le envío un disco compacto con la versión electrónica del informe de referencia.
Lo anterior, con el propósito de que se haga llegar a los diputados federales el ejemplar correspondiente del informe anual de labores de la dependencia referida.
Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para hacerle llegar un saludo cordial.
Atentamente
Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Enterado. Distribúyase a las diputadas y a los diputados, y a la comisión correspondiente.
o
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, la Cámara de Senadores eligió a una Secretaria de la Mesa Directiva para el segundo año de ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.
Mesa Directiva
Secretaria: Senadora Ana Gabriela Guevara Espinoza
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Senadora Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), vicepresidenta.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: De enterado.
o
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Me permito comunicar a ustedes que se recibió del Congreso de Guerrero, acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que instruya, a los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, del Instituto Nacional de Pesca y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que con uso de sus facultades establezca dentro del anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2018, una partida para construir un centro estatal de investigación pesquera en el estado de Guerrero, que se anexa, y se remite para los efectos procedentes.
Atentamente
Ciudad de México, a 2 de septiembre de 2016. Senadora Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), vicepresidenta.»
«Del Honorable Congreso del Estado de Guerrero.
Senador Roberto Gil Zuarth, Presidente de la Cámara de Senadores. Ciudad de México.
Por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente de la LXI Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, adjunto al presente para su conocimiento y los efectos legales conducentes, el acuerdo parlamentario por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que instruya a los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, del Instituto Nacional de Pesca y de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para que con uso de sus facultades establezca dentro del anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2018, una partida para construir un centro estatal de investigación pesquera en el estado de Guerrero.
Aprobado en sesión celebrada el miércoles 24 de agosto del año en curso.
Atentamente
Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, miércoles 24 de agosto de 2016. Licenciado Fermín Gallegos Segura (rúbrica), oficial mayor.»
«Del Honorable Congreso del Estado de Guerrero.
La Comisión Permanente de la LXI Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa, y
Considerando
Que en sesión de fecha 24 de agosto de 2016,el diputado Eduardo Ignacio Neil Cueva Ruiz, presentó la propuesta de acuerdo parlamentario por el que la Comisión Permanente de la LXI Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, con pleno respeto a la división de Poderes a la esfera de competencia, exhorta al Ejecutivo federal para que instruya a los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, del Instituto Nacional de Pesca y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que con uso de sus facultades establezca dentro del anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2017, una partida para construir un centro estatal de investigación pesquera en e1 estado de Guerrero, en los siguientes términos:
Que una de las principales actividades económicas internas en el estado de Guerrero es el de la pesca, generando este rubro un sinfín de empleos de manera directa e indirecta, tan solo en su autoconsumo. Si bien es una actividad local esta actividad establecería aún más desarrollo, trabajo y bienestar social si se logra expandirse no solo en el autoconsumo local, sino en el consumo de otros Estados y porque no, a nivel internacional.
Guerrero cuenta con 522 kilómetros de litoral y cerca de 70 mil hectáreas de aguas lagunares y continentales para el desarrollo de la pesca y la acuicultura. En 2012 unos 17 mil guerrerenses (en su mayoría pescadores improvisados) se dedicaban a la captura pesquera y la acuicultura. Se agrupaban en 409 cooperativas y un 7.5 por ciento de ellos en otras formas de organización. El 92.7 por ciento de las cooperativas eran ribereñas, 5.4 por ciento acuícolas, 1.2 por ciento de pesca deportiva y servicios turísticos, y un magro 0.7 por ciento de alta mar. El sector se caracteriza por pesquerías de pequeña escala, principalmente de subsistencia, con escaso desarrollo en infraestructura.
En 2009 los principales productos pesqueros de Guerrero, eran el guachinango (741 toneladas, 11.3 por ciento de la producción nacional), charal (537 toneladas o 22.5 por ciento de la nacional) y langostino (268 toneladas o 12. 1 por ciento de la nacional). En los dos primeros se situaba en el segundo lugar entre las entidades del país, y en el último, en el tercer lugar. Sin embargo, en peso la especie más capturada fue la mojarra.
En 2014, su volumen de producción pesquera en peso desembarcado fue de apenas unas 14 mil 900 toneladas (cifra similar a la de 1985), menos de 1 por ciento de la nación. Guerrero ocupa así el lugar 16 en volumen pesquero desembarcado a nivel nacional, y el último lugar entre los estados costeros del país.
A pesar del incremento en .el volumen de inversión gubernamental en los rubros productivos, el estatus económico de los productores ha sufrido cambios mínimos.
Por otra parte, si bien Guerrero está dotado de cuerpos lacustres, su acuicultura está poco desarrollada. En el 2012 había en el estado 474 unidades de producción acuícola, distribuidas en 11 mil 566 hectáreas. Y en 2011, los principales productos acuícolas en Guerrero fueron tilapia, guachinango, camarón, bagre de canal y trucha arcoíris (con un producción estimada de 996.7, 536.8, 109.0, 506.9 y 19.1 toneladas, respectivamente). En 2012 había en Guerrero cinco centros acuícolas para producción de organismos, pero solo un par de ellos operaba. La producción de crías, alevines, huevos y postlarvas, muy limitada y marginal hasta antes de 2010, terminó por desaparecer después de dicho año.
El bajo crecimiento de la actividad agropecuaria y pesquera en Guerrero se debe, entre otros factores, al escaso desarrollo de capacidades técnicas, productivas y empresariales; una innovación tecnológica insuficiente; bajo niveles de productividad; insuficiente financiamiento; baja capacidad operativa formal para adoptar una estrategia fitozoosanitaria efectiva, acceso limitado a los mercados y sobre todo un inacabado plan de manejo pesquero.
En la actualidad el Instituto Nacional de Pesca (Inapesca), es un órgano público descentralizado sectorizado con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
El Instituto Nacional de Pesca es la única institución mexicana de investigación pesquera y acuícola con cobertura nacional en permanente contacto con el sector pesquero y acuícola, sus problemas de desarrollo y administración.
Las labores que se llevan a cabo como parte del principio de la pesca responsable, proporcionan, a la autoridad pesquera y acuícola bases científicas sólidas, con datos fidedignos para conservar ordenar y desarrollar la pesca y contribuir al cuidado de la biodiversidad, los ecosistemas y el hábitat acuático.
Que el Inapesca tiene los denominados CRIP (Centros Regionales de Investigación Pesquera) como auxiliares para la investigación y desarrollo de los estados en donde se encuentra dicho centro, siendo instituciones regionales de excelencia científica y tecnológica, dotadas de personal altamente calificado para proporcionar servicios de investigación, promoción e innovación científica, tecnológica y consultoría, que favorezcan el desarrollo productivo y sustentable del sector pesquero y acuícola, que contribuya a la seguridad alimentaria de los estados y del país.
En México tenemos 17 estados costeros, de estos 17 estados 13 tienen centros regionales de investigación pesquera, algunos inclusive dos sedes, pero existen 4 estados que no lo tienen, por lo tanto, no cuentan con la tecnología adecuada para hacer estudios esenciales para la preservación de los productos pesqueros, pero sobre todo la capacitación, consultor la e investigación científica que ayude a los pescadores, al hablar de 4 estados sin CRIP nos referimos a Jalisco, Chiapas, Tabasco y, claro Guerrero.
En Guerrero es de urgente necesidad que se establezca un CRIP, para mejorar las artes de pesca, saber cuándo respetar el crecimiento de los peces, saber qué tipo de pescado tenemos en nuestro Estado y cuando saber el respetar su pesca, hoy ya no tenemos la misma pesca de antes hay productos que ya lo hemos extinguido, que ya no existen por ejemplo en playas de Acapulco, que tenemos que pedir ayuda a personas de fuera y algunos otros centros cercanos para investigar que está pasando en nuestros mantos lagunares y marítimos, cuando los peces mueren o simplemente se extinguen a causa de la pesca furtiva, sin tener a alguien que pueda mediante métodos tecnológicos y científicos guiar a los pescadores para mejorar su pesca y sobra todo tener una mejor calidad de vida.
Hoy compañeros diputados, la pesca no es la misma que hace algunos ayeres, los pescadores están muriendo de hambre, no tienen que vender, no tienen con que llevar a sus hijos al doctor, ni sobre todo pagar una urgencia médica cuando en su mayoría ellos no tienen acceso a la seguridad social de salud, la pesca ha disminuido, y déjenme decirle que así como otros Estados, nosotros también, merecemos el tener un Centro Estatal de Investigación Pesquera que venga a ayudamos, que venga a brindar más economía a sus pescadores y por ende al estado de Guerrero, no es posible que ya ni siquiera el autoconsumo esté funcionando, muchos restaurantes traen su pescado y camarón, así como conchas de otros estados, cuando nunca antes pasaba eso, y hoy esto ha dejado una marca de pobreza para el sector pesquero en nuestra entidad.
Que vertido lo anterior, en sesión de fecha 24 de agosto del 2016, la Comisión Permanente de la LXI Legislatura al Honorable Congreso del estado, aprobó por unanimidad de votos, en todos y cada uno de sus términos, la propuesta de acuerdo parlamentario presentada por el diputado Eduardo Ignacio Neil Cueva Ruíz.
Por lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 61, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 8, fracción I, y 127 párrafo cuarto de la Ley Orgánica del Poder Legislativo número 286, este Honorable Congreso del estado de Guerrero, expida el siguiente:
Acuerdo Parlamentario
Primero. La Comisión Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, con pleno respeto a la división de poderes a la esfera de competencia, exhorta al Ejecutivo Federal para que instruya a los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, del Instituto Nacional de Pesca, y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que con uso de sus facultades establezca dentro del anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2017, una partida para construir un Centro Estatal de Investigación Pesquera en el estado de Guerrero.
Segundo. La, Comisión Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del estado Libre y Soberano de Guerrero con pleno respeto a la división de poderes a la esfera de competencia, exhorta al Congreso de la Unión y a las Comisiones Legislativas de Pesca y de Presupuesto y Cuenta Pública, para que con uso de sus facultades establezcan y etiqueten dentro del Dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federación 2017, una partida para construir un Centro Regional de Investigación Pesquera en el estado de Guerrero.
Transitorios
Primero. El presente acuerdo parlamentario entrará en vigor a partir del momento de su aprobación.
Segundo. Comuníquese el presente acuerdo al titular del Poder Ejecutivo federal y al presidente del Congreso de la Unión para su conocimiento y efectos procedentes.
Tercero. Désele la más amplia difusión para su conocimiento y efectos legales conducentes.
Cuarto. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en la página oficial web de este Poder Legislativo y en tres medios de comunicación de mayor circulación en el estado.
Dado en el salón de sesiones del Honorable Poder Legislativo, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil dieciséis. Diputado Iván Pachuca Domínguez (rúbrica); segundo vicepresidente en funciones de Presidente diputada María del Pilar Vadillo Ruiz (rúbrica), secretaria; diputada Magdalena Camacho Díaz (rúbrica), secretaria.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.
o
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura. Presente.
En atención a su oficio D.G.P.L.63.II-7-927, de fecha 29 de mayo año en curso, me permito enviar a usted la nota que al respecto elaboró la Dirección Médica de este instituto.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para hacerle llegar un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, agosto 30 de 2016. Licenciada María Guadalupe Monárrez (rúbrica), prosecretaria de la Junta Directiva y Enlace Responsable con Legisladores Federales.»
«Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Punto de acuerdo
Punto de acuerdo aprobado, mediante el cual se exhorta a la Secretaría de Salud, al IMSS, al ISSSTE y a la Secretaría de Educación Pública para que en el ámbito de sus atribuciones fortalezcan las campañas de difusión para la educación, prevención y tratamiento del cáncer en niños y adolescentes.
Nota del ISSSTE
Programa para la Atención del Cáncer Infantil en el ISSSTE
El cáncer infantil es un problema de salud pública en México. Se estima que en nuestro país existen alrededor de 5000 a 6000 casos nuevos al año en menores de 18 años. Los principales tipos de cáncer en Pediatría son las leucemias agudas, los linfomas y los tumores de sistema nervioso central. Es importante la detección oportuna de signos y síntomas que puedan alertarnos a sospechar en esta enfermedad. La sobrevida a 5 años en el mundo se reporta alrededor del 80% a 5 años, mientras que en México, esta sobrevida es del 56%.
El cáncer infantil es la principal causa de muerte por enfermedad en mexicanos entre 5 y 14 años de edad, conforme a las cifras preliminares 2013 reportadas en el Sistema Estadístico Epidemiológico de las Defunciones (SEED). Es una enfermedad poco frecuente, sin embargo con alto impacto al diagnóstico. El cáncer es una enfermedad que puede manifestarse al inicio con los mismos signos y síntomas que otros padecimientos no malignos, de ahí la importancia en sospecharlos y referir al paciente en una forma oportuna.
El ISSSTE puso en marcha un Programa de Acción para Diagnóstico Temprano y Tratamiento Oportuno del Cáncer Infantil en el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre dirigido principalmente a profesionales de la Atención Primaria (médicos generales. pediatras, médicos familiares, enfermería, estudiantes y personal relacionado al área de la salud), y programa es una herramienta de gran utilidad y facilita la derivación al niño lo más temprano posible a la unidades de especialistas específica evitando duplicidades en las pruebas complementarias y reduciendo el tiempo desde la sospecha diagnostica hasta el inicio del tratamiento adecuado.
Objetivos
1. El personal de salud será capaz de identificar los principales signos y síntomas de sospecha de cáncer infantil.
2. El personal de salud conocerá los principales tipos de cáncer en la edad pediátrica.
3. El personal de salud será capaz de diagnosticar las principales urgencias oncológicas en pediatría.
Metas
Capacitar a los médicos de primer contacto y personal de salud para la detección temprana de cáncer infantil y referencia oportuna a un hospital de tercer nivel. Con esto disminuiremos el retraso en el diagnóstico y los pacientes podrán ser captados en estadios tempranas, pudiendo incrementar la supervivencia general de los niños con cáncer atendidos en el ISSSTE.
Aplicación práctica
Todos los médicos de primer contacto al tener un paciente con sospecha de cáncer, podrán tener acceso vía SMI-17 o por telemedicina a CMN 20 de Noviembre ISSSTE para presentar el caso y referir oportunamente al niño.
Derivado de lo anterior y consciente dela necesidad de brindar atención oportuna a los pacientes pediátricos con cáncer. el pasado mes de febrero, en el marco de la celebración de la lucha contra el cáncer en la infancia y la adolescencia se llevaron a cabo varios cursos de capacitación presencial y vía teleconferencia respecto al diagnóstico oportuno (clínico y de laboratorio) de los tipos de cáncer más frecuentes en la población pediátrica y su referencia al Servicio de oncología Pediátrica del CMN 20 de Noviembre; resaltando la utilidad de la Telemedicina incluso para la consulta de dudas para establecer el diagnóstico, para disminuir el tiempo de espera para una referencia y consulta presencial.
Dichos cursos fueron iniciativa del Servicio de Oncología Pediátrica, respaldados por la Subdirección de Regulación y Atención Hospitalaria.
Se espera que dichos cursos se lleven a cabo en continuo a fin de reforzar los conocimientos para el diagnóstico oportuno y se abarque una mayor cantidad de unidades y personal médico.
Anexo al presente, copia del calendario de los cursos que se llevaron a cabo en febrero 2016 y la justificación del mismo.
Respecto al tratamiento, el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre es la única unidad que cuenta con la capacidad de brindar radioterapia a pacientes pediátricos, que da atención a todos los pacientes que requieren de este servicio, no se subroga ninguna atención. En promedio se atienden 50 a 70 casos por año.
Asimismo, con la red hospitalaria integrada por 124 unidades, se brinda un adecuado seguimiento cubriendo:
Prevención
Diagnóstico
Tratamiento
Asegurando, con base en el Seguro de Salud de la Institución, todo lo necesario para una atención integral; y en caso necesario la subrogación del servicio sin costo para el paciente en una institución certificada para su atención.
Febrero
Mes del diagnóstico temprano y tratamiento oportuno del cáncer infantil del modelo Issstexcelencia
Programa de Acción Nacional para el Diagnóstico Temprano y Tratamiento Oportuno del Cáncer Infantil
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Remítase a la Comisión de Salud, para su conocimiento.
o
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Desarrollo Social.
Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Hago referencia al oficio número 610/DGEMPS/0282/2016, mediante el cual, de conformidad con el numeral 10 del Programa Anual de Evaluación 2016 (PAE 2016), emitido en conjunto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), se remitieron los informes finales de las evaluaciones de diseño correspondientes a los programas S-070 Programa de Coinversión Social a cargo del Instituto Nacional de Desarrollo Social, y S-017 Programa de Fomento a la Economía Social, a cargo del Instituto Nacional de la Economía Social (Inaes).
Al respecto, me permito comentarle que hubo una fe de erratas en la cifra del costo de la evaluación en materia de diseño del Programa de Fomento a la Economía social 2016, cuyos detalles se describen en la Tarjeta informativa: Costo de Evaluación en materia de diseño del Programa S-017, Programa de Fomento a la Economía Social 2016, anexa al presente, y emitida por la Coordinación General de Planeación y Evaluación del Inaes. Asimismo, le comento que, conforme a la normatividad, la información relacionada con esta evaluación ya está disponible en la siguiente página de internet: http://inaes.gob.mx/index.php/evaluacion-de-diseno-2016-s017.
Finalmente, me permito enviarle la ficha técnica de la instancia evaluadora, que contiene los datos sobre el costo de la Evaluación con la modalidad señalada.
Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2016. Paloma Merodio Gómez (rúbrica), directora general de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Desarrollo Social.
Tarjeta Informativa: Costo de la evaluación en materia de diseño del programa S-017, Programa de Fomento a la Economía Social 2016
Con relación al costo de servicio contratado para la realización de la evaluación de materia de diseño de programa presupuestario S-017, Programa de fomento a la Economía social 2016, me permito informarle lo siguiente:
Como resultado del procedimiento de licitación pública nacional efectuando por Inaes para la contratación de la evaluación en materia de diseño del programa S-017, Programa de Fomento a la Economía Social 2016, se realizó la adjudicación del servicio a la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Unidad Xochimilco, institución que presentó la propuesta con las mejores condiciones técnicas, de calidad y costo. Consiguientemente, se suscribió con la UNAM el contrato Inaes/CGAF/DRM/CO-E22-01-16 para la realización de la evaluación por importe total con IVA incluido de $342,200.00 (Trescientos cuarenta y dos mil doscientos pesos 00/100 moneda nacional). Se anexa contrato.
En cumplimiento del contrato la UAM desarrolló las actividades que establece el modelo de términos de referencia para la evaluación en materia de diseño, que incluye la elaboración de varios anexos. En el caso específico del anexo 13: Ficha técnica con los datos generales de la instancia evaluadora y el costo de la evaluación, el evaluador incorporó los datos del equipo de trabajo pero incurrió en el error de registrar como costo total de la evaluación un importe de $319,000.00, el cual es incorrecto.
Durante la tarde del día 29 de julio, al estar elaborando la factura para el pago del servicio, el evaluador se percató del error que cometió y procedió a corregir el importe del costo de la evaluación, registrando en el Módulo de Consistencia y Resultados (Mocyr) el monto correcto de $342,200.00.
Es importante mencionar que de acuerdo a las disposiciones establecidas por el Coneval para el acceso y operación del Mocyr, únicamente la instancia evaluadora tiene la capacidad de capturar, modificar o corregir la información que se incorpora a dicho sistema.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de agosto de 2016. Jorge Diez de Sollano Elcoro (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Desarrollo Social.
Ficha técnica de la instancia evaluadora (Anexo 13)
Nombre de la instancia evaluadora: Universidad Autónoma Metropolitana
Nombre del coordinador de la evaluación: Doctor Germán Vargas Larios
Nombres de los principales colaboradores: Doctora Graciela Carrillo González, maestra. Patricia Aguilar Méndez, licenciado Sergio Méndez Flores.
Nombre de la unidad administrativa responsable de dar seguimiento a la evaluación: Coordinación General de Planeación y Evaluación del Inaes.
Nombre del titular de la unidad administrativa responsable de dar seguimiento a la evaluación:Licenciado Jorge Diez de Sollano Elcoro.
Forma de contratación de la instancia evaluadora: Licitación pública nacional.
Costo total de la evaluación: $342,200.00 (IVA incluido).
Fuente de financiamiento: Recursos presupuestales.»
o
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Desarrollo Social.
Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Hago referencia al numeral 23 del Programa Anual de Evaluación 2016 (PAE 2016), emitido en conjunto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en el que se establece que los programas especificados en los anexos la y 2a deberán llevar a cabo Evaluaciones en materia de Diseño coordinadas por la SHCP y el Coneval respectivamente, con base en el Modelo de Términos de Referencia y demás elementos particulares que establezcan dichas instancias en el ámbito de- su competencia y coordinación respectivas.
Asimismo, me refiero al oficio número 419-A-16-0825, donde la Unidad de Evaluación del Desempeño (UED) de la SHCP otorga una prórroga para le entrega del informe final, señalado que ésta deberá realizarse a las instancias normativas, a más tardar el último día hábil de agosto del 2016.
Al respeto, y de conformidad con el numeral 10 del PAE, me permito enviarle anexos al presente, el informe final de la evaluación de diseño correspondiente al P002 Programa de Promoción y Evaluación de Política de Desarrollo Social y Comunitario, la Participación y la Cohesión social 2015-2016.
Adicionalmente, a efectos de dar cumplimiento al numeral 11 del PAE 2016, se adjunta al anexo 3 Formato de Aspectos Relevantes de la Evaluación, para su inclusión en el informe que señala el artículo 107, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y responsabilidad Hacendaria.(*)
Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.
Atentamente
México, DF, a 31 de agosto de 2016. Paloma Merodio Gómez (rúbrica), directora general.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Remítanse a la Comisión de Desarrollo Social, para su conocimiento.
MINUTAS LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos de lo dispuesto en la fracción e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a Ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Senadora Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), vicepresidenta.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de
Decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Artículo Único. Se reforma el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 25. ...
...
Asimismo, la secretaría podrá convenir con los estados y municipios la conservación, reconstrucción y ampliación de tramos federales los que deberán mantener su buen estado físico cumpliendo para ello con las especificaciones técnicas y estructurales que establecen las normas que regulan a la secretaría.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Senadora Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), secretaria.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Transportes, para su dictamen.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos de lo dispuesto en la fracción e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Senadora Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), vicepresidenta.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Artículo Único. Se reforman el segundo párrafo del artículo 35; el artículo 39; el primer párrafo del artículo 50 y se adicionan un tercer párrafo al artículo 35; un segundo párrafo al artículo 39 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 35. ...
Las personas morales y las personas físicas que cuenten con los elementos técnicos conforme a la norma oficial mexicana respectiva, podrán ellas mismas realizar la verificación técnica de sus vehículos y, en su caso, de terceros.
La Secretaría promoverá con otras dependencias del Ejecutivo Federal y estatal, el reconocimiento de la autorregulación para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas.
Artículo 39. Los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga, deberán cumplir, durante todo el tiempo que presten servicio de autotransporte federal, con las condiciones de seguridad físico mecánicas y de baja emisión de contaminantes, con las condiciones de peso bruto vehicular permitido y sus elementos de seguridad vial, dimensiones, capacidad y otras especificaciones que establezcan los reglamentos respectivos, y las normas oficiales, así como con los límites de velocidad en los términos que establezcan los reglamentos respectivos. Asimismo, están obligados a contar con dispositivos de control gráficos o electrónicos para regular la velocidad máxima.
Las unidades motrices y de arrastre, en su caso, del servicio de autotransporte federal de carga y el transporte privado de carga, podrán transitar, siempre y cuando, cuenten con el dictamen de condiciones de seguridad físico mecánicas y de baja emisión de contaminantes vigentes y cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas correspondientes.
Artículo 50. El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal. Las normas oficiales mexicanas establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban cumplir así como las bases para su autorregulación.
..
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Economía, la del Medio Ambiente y Recursos Naturales y la de Hacienda y Crédito Público, así como con las Instituciones que integran la Banca de Desarrollo, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, en un plazo máximo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las acciones para la modernización del parque vehicular del autotransporte federal, incluyendo entre otras, metas anuales de renovación del parque vehicular.
Asimismo, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, la Secretaría deberá publicar un informe estadístico trimestral sobre el número de unidades que hayan sido destruidas como consecuencia de programas die modernización, la edad promedio de las unidades destruidas y la distribución por entidad federativa de las mismas. Para lo que podrá requerir información a las mencionadas dependencias en el párrafo anterior.
Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Senadora Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), vicepresidenta; senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica), secretaria.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Transportes, para su dictamen.
Se informa a la asamblea que el jueves 8 de septiembre del año en curdo se recibió el paquete económico para el ejercicio fiscal 2017. Solicito a la Secretaría dé cuenta.
INICIATIVAS DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL EN MATERIA DEL PAQUETE ECONOMICO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2017
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.(1)
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
o
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.(2)
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
o
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.(3)
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
o
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.(4)
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
o
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.(5)
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
o
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.(6)
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
o
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, (7) así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Remítase a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
o
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.(8)
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen, y a la Comisión de Desarrollo Social, para opinión.
o
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.(9)
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
o
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Diputado Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto por el inciso H) del artículo 72 y fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar:
1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
2. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
3. Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en materia arancelaria que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
5. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
6. Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el marco jurídico aplicable, se acompañan a dichos documentos los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, elaborados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la propuesta de Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2017, con su respectiva nota metodológica y el listado de dichas zonas, así como la estimación del monto de recursos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda, elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social.
Adicionalmente, se presentan las siguientes iniciativas:
7. Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
8. Iniciativa de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.(10)
En relación con el impacto presupuestario de las iniciativas citadas en los numerales 1 y 2, éstas se sujetan al procedimiento específico previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para su elaboración y presentación ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En ese sentido, la exposición de motivos de dichos instrumentos, junto con los Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017, comprenden toda la información sobre el impacto presupuestario correspondiente.
Por lo que respecta a las iniciativas señaladas en los numerales 4 a 8, se anexan al presente sus respectivos dictámenes de impacto presupuestario, emitidos por la subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia de las evaluaciones de impacto presupuestario respectivas.
La demás documentación remitida, no requiere del dictamen de impacto presupuestario por tratarse de informes que se deben rendir al Congreso de la Unión.
Respecto a la manifestación de impacto regulatorio prevista en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en términos de dicha ley la materia fiscal está exceptuada de dicho trámite, por lo que sólo se presenta respecto de las iniciativas marcadas en los numerales 7 y 8; asimismo, por lo que corresponde a la materia presupuestaria se anexa copia del oficio COFEME.00.118, en el cual se indica que no se requiere de dicha manifestación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Ciudad de México, a 8 de septiembre de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Energía, para dictamen.
Vamos a continuar nuestra sesión. Estamos solicitando el que nos puedan asesorar en corregir estos desperfectos en la energía eléctrica, pero tenemos sonido y luz suficiente para continuar.
PROPOSICIONES DE URGENTE U OBVIA RESOLUCIÓN INCUMPLIMIENTO DEL GRUPO MÉXICO, CON LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE SONORA AFECTADOS POR EL DERRAME TOXICO DE LA MINA BUENAVISTA DEL COBRE
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:De conformidad con el artículo 76, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Susana Corella Platt, para presentar proposición con punto de acuerdo, relativo al incumplimiento del Grupo México con los municipios del estado de Sonora afectados por el derrame tóxico de la mina Buenavista del Cobre, esto en 2014. Solicitud suscrita por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene el uso de la palabra la diputada Susana Corella.
La diputada Susana Corella Platt:Muy buenos días. Con su venia, señora presidenta. Compañeros diputados y diputadas, el punto que tengo a bien presentar este día es a favor de la justicia que debe hacerse para con aquellos que han sido afectados por el peor desastre ecológico en nuestro país en los últimos años, por las acciones de las empresas y por la disminuida atención de las autoridades a tales acciones.
Los que suscribimos esta propuesta somos diputados priistas sonorenses, que no permitiremos que nuestros paisanos sonorenses sufran por la desatención y la inacción de las empresas y de las autoridades.
Como secretaria de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales y como presidenta de la Comisión Especial de Minería, solicito el apoyo de los miembros de mis comisiones y, a su vez, de cada uno de los integrantes de esta LXIII Legislatura. Hoy, compañeros, está pasando en Sonora, mañana puede suceder en sus estados.
Dicho lo anterior, expongo las siguientes consideraciones:
El pasado 6 de agosto de 2014, la mina Buenavista del Cobre, ubicada en el municipio de Cananea, derramó más de 40 mil metros cúbicos de sulfato de cobre en los caudales de los ríos Sonora y Bacanuchi, en perjuicio de siete municipios de la región.
Aquí tenemos a nuestros presidentes municipales de esas siete regiones. Bienvenidos.
Miles de sonorenses se quedaron sin agua para consumo humano y actividades productivas y cientos se enfermaron por la contaminación de los ríos, generándose además el colapso de la economía local y una situación de crisis para los gobiernos municipales.
Profepa impuso una multa a Grupo México por un total de 23 millones 565 mil 938 pesos, correspondientes a la comisión de 50 irregularidades en la operación de la mina Buenavista del Cobre.
Se pactó la creación de un fideicomiso de 2 mil millones de pesos para la remediación, reparación y compensación de los daños ambientales y a la salud causados por el derrame.
Dentro de los compromisos asumidos por la minera se encontraba la construcción de 23 plantas potabilizadoras y una clínica especializada para la atención de las personas afectadas en su salud por el derrame, compromisos que no han sido cumplidos y que somos testigos, yo como diputada federal y mis presidentes municipales.
La única planta potabilizadora que pudiera operar en la región se encuentra paralizada ante la negativa de la mina de pagar los costos de energía, frente a esto el gobierno del estado ha tenido que proveer agua potable a las comunidades dañadas y brindar atención médica a los afectados por el desastre.
Sin embargo, el gobierno de Sonora no cuenta con instrumentos legales ni financieros para obligar a que la mina resarza los daños, por lo que su gobernadora ha demandado la intervención de la federación.
Es por ello, que solicitamos su respaldo para expresar nuestro más enérgico rechazo a la irresponsabilidad y desdén de Grupo México frente a sus compromisos con las comunidades y familias afectadas por aquel derrame tóxico.
También solicitamos su apoyo para exhortar a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente, para que en el ámbito de sus atribuciones exijan el cumplimiento de los compromisos que corresponden a Grupo México, en el marco del fideicomiso integrado para tal efecto.
Así como informar sobre el avance de las investigaciones para la determinación de responsabilidades a las que haya lugar, quedando el punto en los siguientes términos.
Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, expresa el más enérgico rechazo al incumplimiento de los compromisos adquiridos por parte de Grupo México, a saber, el de remediación, reparación y compensación de los daños ambientales, económicos y a la salud de las comunidades afectadas por el derrame tóxico ocurrido el 6 de agosto de 2014, particularmente lo relacionado con la construcción y operación de 23 plantas potabilizadoras en la región para la eliminación de metales pesados, y de una clínica para la atención de los ciudadanos afectados en su salud por el desastre.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, procedan a hacer exigible el cumplimiento de los compromisos que corresponden a Grupo México, en el marco del fideicomiso integrado para la remediación, reparación y compensación de los daños ambientales, económicos y a la salud de las comunidades afectadas por el derrame tóxico.
Por la justicia, por los sonorenses, por los mexicanos, compañeras y compañeros espero contar con su respaldo y su apoyo. Muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.
«Proposición con punto de acuerdo, relativo al incumplimiento de Grupo México con los municipios de Sonora afectados por el derrame tóxico de la mina Buenavista del Cobre ocurrido en 2014, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Los que suscriben, Susana Corella Platt, Sylvana Beltrones Sánchez, Próspero Manuel Ibarra Otero, Héctor Ulises Cristopulos Ríos y Abel Murrieta Gutiérrez, diputados federales de la LXIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, con base en las siguientes
Consideraciones
1. El 6 de agosto de 2014, la mina Buenavista del Cobre, en Cananea, derramó más de 40 mil metros cúbicos de sulfato de cobre en los caudales de los ríos Sonora y Bacanuchi, en perjuicio de 7 municipios de la región.
Generando como consecuencia que miles de sonorenses se quedaran sin agua, tanto para consumo humano como para actividades productivas; de igual manera, cientos enfermaron por la contaminación de los ríos, generándose además el colapso de la economía local y una situación de crisis para los gobiernos municipales.
2. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso una multa a Grupo México por un total de 23 millones 565 mil 938 pesos, correspondientes a la comisión de 50 irregularidades en la operación de la mina Buenavista del Cobre.
3. Se pactó la creación de un fideicomiso de 2 mil millones de pesos para la remediación, reparación y compensación de los daños ambientales y a la salud causados por el derrame.
4. Dentro de los compromisos asumidos por la minera, en el marco del fideicomiso, se encontraba la construcción de 23 plantas potabilizadoras que eliminarían los metales pesados y una clínica especializada para la atención de las personas que tuvieron afectaciones en su salud, causadas por el derrame. (Compromisos que no han sido cumplidos.)
5. La única planta potabilizadora que pudiera operar en la región, se encuentra paralizada ante la negativa por parte de la mina de pagar los costos de energía.
Ante esta situación, el gobierno del estado ha tenido que proveer agua potable a las comunidades dañadas y brindar atención medica a los afectados por el desastre.
6. El gobierno de Sonora no cuenta con instrumentos legales ni financieros para obligar a que la mina resarza los daños, por lo que su gobernadora ha demandado la intervención de la federación.
En este tenor, la presente proposición con punto de acuerdo tiene como objetivo solicitar el respaldo de esta asamblea a los más de 25 mil sonorenses afectados por el peor desastre ecológico en los últimos años en nuestro país, provocado por la industria minera, teniendo como protagonista a la empresa Grupo México. Un desastre al que se suma el incumplimiento de los compromisos adquiridos por la minera para tratar de subsanar los daños ocurridos.
Por ello solicitamos su respaldo para expresar nuestro más enérgico rechazo a la irresponsabilidad y desdén de Grupo México frente a sus compromisos con las comunidades y familias afectadas por aquel derrame tóxico.
De igual forma, solicitamos su apoyo para exhortar a los titulares de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente, para que en el ámbito de sus atribuciones exijan el cumplimiento de los compromisos que corresponden a Grupo México, en el marco del fideicomiso integrado para tal efecto, así como informar sobre el avance de las investigaciones para la determinación de responsabilidades a las que haya lugar.
Por lo expuesto sometemos a consideración del pleno los siguientes
Puntos de AcuerdoPrimero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión expresa el más enérgico rechazo al incumplimiento de los compromisos adquiridos por Grupo México, a saber, el de remediación, reparación y compensación de los daños ambientales, económicos y a la salud de las comunidades afectadas por el derrame tóxico ocurrido el 6 de agosto de 2014, particularmente lo relacionado con la construcción y operación de 23 plantas potabilizadoras en la región para la eliminación de metales pesados, y de una clínica para la atención de los ciudadanos afectados en su salud por el desastre.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, procedan a hacer exigible el cumplimiento de los compromisos que corresponden a Grupo México, en el marco del fideicomiso integrado para la remediación, reparación y compensación de los daños ambientales, económicos y a la salud de las comunidades afectadas por el derrame tóxico.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputados: Susana Corella Platt, Sylvana Beltrones Sánchez, Próspero Manuel Ibarra Otero, Héctor Ulises Cristopulos Ríos, Abel Murrieta Gutiérrez (rúbricas).»
La diputada Cecilia Guadalupe Soto González(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Sí, diputada Cecilia Soto, ¿Con qué objeto?
La diputada Cecilia Guadalupe Soto González (desde la curul): Punto de acuerdo presentado por la diputada Susana Corella.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Perdón. No la escuché.
La diputada Cecilia Guadalupe Soto González (desde la curul): Quisiera referirme al punto de acuerdo presentado por la diputada Susana Corella, y al mismo tiempo hacer una petición a la Mesa Directiva al respecto.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Diputada, el punto no está a discusión y no se ha consultado a la asamblea. Permítame consultar. Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Se considera de urgente resolución. De conformidad...
La diputada Cecilia Guadalupe Soto González(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:¿Sí, diputada Soto?
La diputada Cecilia Guadalupe Soto González (desde la curul): Quiero hacer una petición a la Mesa Directiva al respecto.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:¿De qué se trata, diputada?
La diputada Cecilia Guadalupe Soto González (desde la curul): Diputada presidenta, en la pasada Comisión Permanente, el pleno de la Comisión Permanente aprobó un punto de acuerdo en el que yo solicitaba un exhorto a la Secretaría del Trabajo, a la Secretaría del Medio Ambiente, para que revisaran el posible incumplimiento de normas laborales fundamentales en la mina de Grupo México, así como incumplimientos muy importantes en cuanto al tema de remediación del desastre ecológico que hubo hace dos años.
Pido respetuosamente a la Mesa Directiva que considere anexar ese punto de acuerdo a la propuesta recientemente presentada por mi paisana y colega Susana Corella.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tome nota la Secretaría. Gracias.
El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Sí, diputado Ramírez Marín.
El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (desde la curul): Solo para que se registre en el acta que el Grupo Parlamentario del PRI no tiene inconveniente en que se apruebe la propuesta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tome nota la Secretaría para proceder con el acuerdo autorizado por el PRI. Se han registrado para hablar sobre este tema las siguientes diputadas y diputados: el diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. Tiene el uso de la palabra hasta por tres minutos.
El diputado Francisco Javier Pinto Torres: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, el medio ambiente es el patrimonio natural más importante con que cuenta la nación. Su cuidado y la utilización de sus componentes tienen implicaciones de carácter económico, político, social, ético, pero también moral.
Para mi Grupo Parlamentario de Nueva Alianza la defensa y protección del medio ambiente es uno de los ejes principales que rigen nuestro trabajo legislativo. Nacimos con esa convicción.
Desafortunadamente, a diario nos enfrentamos a daños al ambiente resultantes de actividades humanas que no se sancionan de la manera oportuna ni de la manera eficaz. No es posible hablar hoy de la situación y deterioro del medio ambiente sin hablar de los daños ocasionados por la contaminación derivada de los desastres industriales.
En este sentido, el 6 de agosto de 2014 la mina Buenavista del Cobre, ubicada en el municipio de Cananea, Sonora, derramó más de 40 mil metros cúbicos de sulfato de cobre en los caudales de los ríos Sonora y Bacanuchi, causando severas afectaciones en siete municipios. Los daños que el derrame generó a más de 22 mil habitantes que viven en las riveras de estos ríos aún se resienten, pues miles de sonorenses se quedaron sin agua tanto para el consumo humano como para actividades productivas, cientos más enfermaron por la contaminación de los ríos generándose además el colapso de la economía local y de una verdadera situación de crisis para los gobiernos municipales.
En su momento, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente impuso una multa al Grupo México por un total de 23 millones 565 mil 938 pesos, por las más de 50 irregularidades en la operación de la mina. Desafortunadamente, a dos años de este terrible accidente, que perturbara significativamente la estabilidad económica social y medio ambiental de la región, Grupo México no ha cumplido con los compromisos contraídos y las obligaciones impuestas como reparación.
En nuestro país el derecho a un medio ambiente sano es una garantía constitucional. Sin embargo, la falta de ética por parte de esa empresa quien sabiendo su responsabilidad ha hecho caso omiso a sus compromisos y el vacío legal, también hay que decirlo, han provocado incumplimiento con total impunidad, lo que obstruye la obligación de proteger ese derecho constitucional.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Concluya, diputado.
El diputado Francisco Javier Pinto Torres: Sí, ya concluyo. En Nueva Alianza tenemos la convicción de que las políticas ambientales deben ser lo suficientemente fuertes para castigar conductas que dañen el medio ambiente. Por ello, las diputadas y los diputados aliancistas votaremos a favor del presente punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente, para que exijan el cumplimiento de los compromisos que corresponden a Grupo México. Hoy por Sonora, mañana por el resto del país. Por su atención, muchas gracias, compañeros. Es cuanto, presidenta.
La diputada Leticia Amparano Gamez (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Solicitó el uso de la palabra, la diputada Leticia Amparano. ¿Con qué objeto? Desde su curul.
La diputada Leticia Amparano Gamez (desde la curul): Presidenta, le solicito me anote en la lista de oradores.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Ya está en la lista de oradores.
La diputada Leticia Amparano Gamez (desde la curul): Gracias.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias. Tiene el uso de la palabra hasta por tres minutos la diputada Diana Marcela Márquez Canales, del Grupo Parlamentario de Morena.
La diputada Diana Marcela Márquez Canales:Con su venia, señora presidenta. Compañeros y compañeras legisladoras. El día 6 de agosto de 2014 la mina Buenavista del Cobre, subsidiaria del Grupo México, ubicada en el municipio de Cananea, Sonora, derramó 40 mil metros cúbicos de sulfato de cobre contaminando los ríos de Sonora y Bacanuchi.
Lo anterior, debido a la displicencia con que dicha minera se conduce en cuanto al manejo de los residuos peligrosos. El grado de negligencia por parte de la empresa fue tal, que fue hasta el 8 de agosto cuando por vía telefónica notificó a las autoridades federales y hasta el día 12 del mismo mes lo hizo de manera formal.
Pese a ser uno de los incidentes ambientales de origen antropogénico más serio de la historia de México y que a dos años todavía afecta a más de 25 mil habitantes, Grupo México tan solo fue sancionado con una multa de 23 millones 565 mil pesos, cantidad irrisoria si consideramos el daño ocasionado a la salud y a la economía de los habitantes de la región y al ambiente. En cuanto a la denuncia penal que Profepa interpuso ante la PGR, esta hasta el momento ha quedado en un simple anhelo de justicia.
A raíz del desastre provocado por la falta de mantenimiento y para tratar de acallar a las voces que desde todo el país y buena parte del mundo pedían el resarcimiento del año, la mina Buenavista del Cobre se comprometió a crear un fideicomiso con una aportación inicial de dos mil millones de pesos como fuente de pagó único para remediar, reparar y compensar los daños ambientales y a la salud humana causados por dicho derrame.
Pero pese a esos dos mil millones como pagó único y a la ya mencionada multa, a la minera le sigue saliendo barato su negligente proceder. Además, a poco a más de dos años de ocurrido el desastre ambiental y la creación del fideicomiso, la minera de facto se ha desentendido de sus compromisos: de las 23 plantas potabilizadoras de osmosis inversa para eliminar los metales pesados, tan sólo se ha construido una, misma que dejó de operar desde hace ya varios meses, ya que carece del contrato de la Comisión Federal de Electricidad, por lo cual no cuenta con energía.
En un país donde se respete a las personas, al ambiente y al derecho, las autoridades no canjearían la justicia de un fideicomiso como fuente de pago único, y ante la negativa de los culpables a resarcir el daño, se hubiera actuado con firmeza conforme a derecho. En cambio en nuestro país lamentablemente tenemos que hacer este punto de acuerdo con la esperanza de que la autoridad haga cumplir la ley y los compromisos contraídos. Es cuanto, diputada presidenta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Gracias, diputada Márquez. Tiene la palabra hasta por tres minutos, la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola:Buenas tardes. Con su venia, presidenta. Honorables compañeros diputados, yo como sonorense y viendo precisamente los desastrosos, lo que está ocasionando el derrame de los tóxicos que fueron producidos por la Minera México, quiero decirles que ahora que tuve la oportunidad de recorrer con nuestra gobernadora algunos de los municipios, y que tuve la dicha de ver de primera mano las afectaciones directas que tuvieron la ciudadanía, por parte de la negligencia e incapacidad del Grupo México al contaminar el río Sonora.
Es por eso que solicito que se obligue al Grupo México a cumplir de manera pronta y expedita todos y cada uno de los compromisos anunciados y postergados de manera irresponsable y perversa, sobre todo aquellos que tienen que ver con la atención a la salud de los municipios afectados por el derrame, esto de manera pronta que se haga porque tiene que realizarse esa reparación de ese daño tan severo que nos está ocasionando en el estado de Sonora.
Hoy es Sonora, mañana pueden ser ustedes. Esto es a corto, largo y mediano plazo. Eso es todo. Es cuanto, señora presidenta. Gracias.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Garzón. Tiene el uso de la palabra, hasta por tres minutos, la diputada Alma Lucia Arzaluz Alonso, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
La diputada Alma Lucia Arzaluz Alonso:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, recientemente se cumplieron dos años de que sucediera el derrame de sustancias tóxicas en los ríos Sonora y Bacanuchi, provenientes de la Mina Buenavista del Cobre, propiedad de Grupo México.
Recordemos que fueron siete los municipios sonorenses afectados por la contingencia ambiental y que la contaminación del agua llevó al cierre temporal de pozos, los cual no sólo afectó la actividad productiva de miles de agricultores y ganaderos, sino que puso en grave riesgo la salud y el derecho al agua.
Cabe señalar que las investigaciones de la autoridad revelaron que no obstante que Grupo México tuvo conocimiento de inmediato del derrame, lo ocultó por varios días a la población y a las instancias oficiales a las cuales debió dar aviso.
Finalmente, Grupo México se vio obligado a reconocer que la contaminación del río Sonora se debió a una falla en la construcción del sello de una de las tuberías, por lo cual, con base en lo establecido por la recientemente creada Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, se le impusieron las multas y obligaciones a las que hace referencia el punto de acuerdo que estamos discutiendo.
Lamentablemente hemos sido testigos de la falta de seriedad de México para cumplir los compromisos asumidos por la empresa para reparar el daño causado por su negligencia.
En el Partido Verde luchamos durante muchos años para que nuestro país contara con un sistema de justicia ambiental de vanguardia racional y equilibrado, como el que establece la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental y que permita garantizar que el daño ambiental ocasionado por la irresponsabilidad de una persona o empresa sea reparado, lo cual va más allá de la simple compensación o indemnización de carácter económico.
Quiero resaltar que la ley es esencialmente conciliatoria e impulsa, con todo vigor, los mecanismos alternativos de resolución de conflictos ambientales. Pero ello no significa que se dé pie a la impunidad, pues las sanciones administrativas y penales son aplicables aun cuando haya conciliación.
Fueron muchos los esfuerzos que debieron sumarse para lograr que, quien contamine, repare el daño. Por este motivo no vamos a permitir que Grupo México siga incumpliendo los compromisos adquiridos para la reparación del daño ambiental, porque la esencia de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental es precisamente evitar que la protección del medio ambiente se subordine a los intereses económicos por encima de los cuales deben estar también el derecho de los mexicanos a la salud y al acceso al agua potable.
Por lo aquí expuesto votaremos a favor de la aprobación del presente punto de acuerdo. Es cuanto, señora presidenta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Arzaluz. Tiene el uso de la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRD.
El diputado Juan Fernando Rubio Quiroz:Con la venia de la Presidencia. La Ley de Responsabilidad Ambiental establece que: el que daña, paga. ¿Pero realmente se pagan los delitos ambientales en este país?
Lo ocurrido en Sonora solo es ejemplo o la punta del iceberg de los grandes problemas ambientales que existen en el país, de la irresponsabilidad de las autoridades en los tres órdenes de gobierno, pero también de la falta de preocupación por parte del Estado para hacer valer y ejercer la ley.
No puede ser que una o varias empresas no sean sancionadas al poner en riesgo la salud de millones y millones de mexicanos. Simplemente lo que sucedió en el Río Sonora no solo afecta a los siete municipios que están alrededor, sino también afecta al propio abastecimiento del municipio de Hermosillo.
Esto solamente es un claro ejemplo de que necesitamos concientizarnos y realmente entrar a una gran reflexión: si los instrumentos de política ambiental están funcionando para sancionar las irresponsabilidades de las empresas o también, y debemos decirlo con todo respeto, de las entidades federativas.
Cabe señalar también que no podemos permitir que ante crisis ambientales se sigan haciendo recortes presupuestales en materia ambiental. Si nuestro compromiso es ayudar al medio ambiente, si nuestro compromiso es la salud de las y los mexicanos, si realmente tenemos un compromiso internacional como lo hemos venido diciendo en reiteradas ocasiones, es momento de darle su justo valor al tema ambiental, es momento de hacer valer el derecho constitucional de un derecho a un medio ambiente sano.
Es momento de hacer valer el derecho a la salud de los mexicanos, es momento para que todas y todos nosotros nos sumemos en un frente común en defensa del medio ambiente. Finalizo diciendo lo siguiente. El que no conoce su historia está condenado a repetirla y si no aprendemos de estos sucesos no me quiero imaginar qué es lo que va a pasar más adelante.
Por último. También termino diciendo que la fracción del PRD votará a favor de este punto de acuerdo y también mencionamos que es momento de entrar en una gran reflexión en temas ambientales rumbo al Presupuesto 2017. Muchas gracias.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Rubio. Tiene el uso de la palabra hasta por tres minutos, la diputada Leticia Amparano Gamez, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.
La diputada Leticia Amparano Gamez:Con su permiso. Vamos a dar entrada pues, compañeras y compañeros diputadas, diputados, el grave desastre ecológico en el estado de Sonora, por parte del Grupo Minero Buenavista del Cobre, ocurrido el 6 de septiembre de 2014 debido a la derrama de 40 mil metros cúbicos de sulfato de cobre, asimilado en el arroyo Tinajas, del municipio de Cananea, sigue dando de qué hablar. Sigue dando de qué hablar y las autoridades siguen siendo omisas ante las consecuencias de este derrame y de este terrible daño ambiental.
Siguen dando de qué hablar porque no hay respuesta, siguen dando de qué hablar porque siguen haciendo caso omiso de la problemática humana que tenemos en los siete municipios.
Recordemos que la contaminación no sólo ocurrió en diversos cuerpos de agua de la zona, también se contaminó el suelo provocando afectaciones a la salud de la población y pérdidas por parte de los productores agropecuarios que dependen de los ecosistemas locales.
Se trata de un asunto que ya ha cumplido dos años, dos largos años del peregrinar de los alcaldes, del peregrinar y solicitud de los habitantes de las siete comunidades, siete municipios donde no hay respuesta y siguen pidiendo se actúe de manera más contundente, que obliguemos por normatividad a que se dé respuesta.
Aún faltan las potabilizadoras de agua que fueron comprometidas, la clínica especializada para atender a quienes sufrieron afectaciones a su salud, que son personas, son humanos, que provendrían de fideicomiso pactado para atender los efectos del derrame.
Por supuesto, señores, que se debe apelar a la responsabilidad de la empresa minera, pero también a la responsabilidad de las autoridades federales, que han sido omisas ante la problemática y no han hecho valer la normatividad correspondiente. Estoy hablando de la Semarnat, estoy hablando de la Comisión Nacional de Protección al Ambiente, que siguen sordas y siguen trabajando a favor de no sé quién, menos de los interesados.
Es importante mencionar que para el manejo de residuos mineros y descarga de aguas residuales en cuerpos de agua existen normas oficiales. Se los vamos a recordar siempre, por si a los señores se les olvidó. Normas que establecen criterios obligatorios, a cumplir parte de las responsabilidades.
La normatividad existe y las leyes y reglamentos para sancionar y obligar a los responsables que causen algún daño son claros. Sin embargo, las autoridades federales no han cumplido, no han tomado las medidas necesarias para hacer efectivo el resarcimiento del daño y el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la empresa. Esto nos refleja una parte de interés, planeación y prevención en la gestión de riesgos ambientales en el país.
Así es, compañeras y compañeros diputados, en Acción Nacional nos sumamos al exhorto para que el Grupo México cumpla con sus compromisos, pero de la mano con las autoridades federales de la Semarnat, la Profepa y la Conagua, que deben ser siempre atentos y vigilantes a que se cumpla su normatividad.
Es cierto, aquí está San Felipe de Jesús, está Baviácora, Arizpe, Aconchi, Huépac, Ures, Banámichi, haciendo presencia y exigiendo que se le dé respuesta a esta tremenda problemática, que sería peor si no se hubiera construido, por supuesto, el acueducto Independencia, que surte de agua a Hermosillo y que construyó la administración pasada y, sin lugar a dudas, no tendríamos nosotros agua, porque antes estábamos alimentándonos de la presa El Molinito. Es todo, señores, esperamos respuesta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Amparano. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: En votación económica, se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado. Comuníquese.
RECONOCIMIENTO PÚBLICO A LOS DEPORTISTAS MEXICANOS CON SÍNDROME DE DOWN QUE PARTICIPARON EN LOS PRIMEROS JUEGOS DE LA TRISOMÍA CELEBRADOS EN FLORENCIA, ITALIA
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:De conformidad con el artículo 76, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a las Comisiones de Atención a Grupos Vulnerables, de Deporte, y de Juventud organicen un reconocimiento público a los deportistas mexicanos con síndrome de Down que participaron en los Primeros Juegos de la Trisomía celebrados en Florencia, Italia, durante el mes de julio. Tiene el uso de la palabra la diputada Kathia Bolio.
La diputada Kathia María Bolio Pinelo:Con su permiso, señora presidenta. Compañeras y compañeros diputados, el pasado mes de julio se llevaron a cabo los Primeros Juegos de la Trisomía en la ciudad de Florencia, Italia, que convocaron a atletas con síndrome de Down de todo el mundo.
En dichos juegos participó una delegación mexicana, conformada por 31 deportistas que compitieron en 9 diferentes disciplinas. Los mexicanos tuvieron una participación muy destacada al conseguir 44 medallas; 20 de ellas de oro, 14 de plata y 10 de bronce dejando a nuestro país en el tercer lugar en el ranking mundial.
Estas medallas se obtuvieron en las categorías de natación, gimnasia y futbol de sala, sin embargo, a diferencia de lo que ocurrió con los medallistas mexicanos que participaron en la justa veraniega de Río de Janeiro 2016, ellos se fueron y regresaron sin ningún recibimiento y sin ninguna condecoración.
Ellos están en completo sigilo, sin que ninguna autoridad los reciba, sin las felicitaciones, reconocimientos y condecoraciones que han recibido otros atletas mexicanos. Pero también hay que destacar que estos deportistas han tenido que sortear la falta de apoyos para participar en estos importantes eventos deportivos.
Se ha dado a conocer que la mayor parte de las familias de los atletas tuvieron que sufragar los gastos de los hijos, y que los recursos por parte de la Conade solo fueron suficientes para pagar traslado, comida, hospedajes de 16, de 31 participantes; mientras que las familias de cada uno de ellos tuvieron que desembolsar una suma aproximada de 17 mil pesos para su inscripción en la competencia de Florencia, Italia.
Esta falta de apoyos y de recursos por parte de la Comisión Nacional del Deporte provocó que otros competidores no pudieran participar en los Juegos, debido a que los padres de familia no tuvieron el tiempo suficiente para la búsqueda de alternativas de financiamiento, a través de patrocinios.
Se trata de un caso más en el que representantes de Conade fallan en ayudar a quienes dignamente representan a nuestro país y además lo hacen de una manera muy exitosa. Los niños y jóvenes con Síndrome de Down que participaron en los Primeros Juegos de la Trisomía son un orgullo y son un ejemplo para toda la sociedad mexicana.
Debemos voltearlos a ver, y debemos atender a este sector que tantas alegrías nos brindan, al que hay que apoyar de una manera más decidida. Ellos nos demuestran día con día, que el esfuerzo conduce al éxito; nos muestran que a pesar de todas las dificultades que tienen ante la vida, encaran los retos y salen adelante.
Y es de destacar, que ellos no lo hacen solos cuentan con el amor y el apoyo de sus familias, de padres, hermanos, abuelos, primos, amigos. Y estos niños no solamente lograron medallas de oro, de plata o de bronce, sino también han sido medallistas de la vida y han luchado contra todas las vulnerabilidades con las que ellos se topan y en las que se encuentran.
Es por ello que hoy en día vengo a proponer ante esta asamblea que, en un acto de elemental justicia e igualdad, esta Cámara de Diputados haga un reconocimiento a los deportistas mexicanos con síndrome de Down que participaron en los primeros Juegos de la Trisomía, en Florencia, Italia, en el mes de julio pasado; así como a los medallistas de las Olimpiadas de Río de Janeiro 2016.
También consideramos pertinente en Acción Nacional que se haga un exhorto al titular de la Comisión Nacional del Deporte, Alfredo Castillo Cervantes, para que los reconocimientos a los que son acreedores los medallistas olímpicos sean iguales a los que reciben los medallistas regulares o paralímpicos y se integre una política pública de igualdad a favor de los deportistas paralímpicos, incluyendo a nuestros niños y jóvenes con síndrome de Down. Por su atención, es todo. Es cuanto. Muy buenos días y muchas gracias a la Presidencia.
«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se solicita a las comisiones de Deporte, y de Juventud que organicen un reconocimiento público a los atletas mexicanos con síndrome de Down participantes en los primeros Juegos de la Trisomía, celebrados en julio último en Florencia, Italia, a cargo de la diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada Kathia Bolio Pinelo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del numeral 1 y la fracción III numeral 2 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
El pasado julio se llevaron a cabo los primeros juegos de la trisomía en la ciudad de Florencia, Italia, que convocaron a atletas con síndrome de Down de todo el mundo.
En dichos juegos participó una delegación mexicana conformada por 31 deportistas que compitieron en nueve diferentes disciplinas. Los mexicanos tuvieron una participación muy destacada al conseguir 44 medallas: 20 de oro, 14 de plata y 10 de bronce en atletismo, natación, gimnasia y fútbol sala.
Sin embargo, a diferencia de lo que ocurrió con los medallistas mexicanos que participaron en la justa veraniega de Río de Janeiro, ellos regresaron al país en el completo sigilo, sin que ninguna autoridad los recibiera y sin las felicitaciones y condecoraciones que otros han recibido.
Pero también hay que destacar que estos deportistas han tenido que sortear la indiferencia por parte del gobierno y la falta de apoyos para participar en estos importantes eventos.
Se ha dado a conocer que la mayor parte de las familias de los atletas tuvieron que sufragar sus propios gastos y que los recursos por parte de la Conade solo fueron suficientes para pagar el gasto de traslado, comida y hospedaje de 16 de los 31 participantes, mientras que las familias de cada uno de ellos tuvo que desembolsar una suma de aproximadamente 17 mil pesos para su inscripción en la competencia.
Esta falta de apoyos, recursos y una mala administración por parte de la Conade, provocó que otros competidores no pudieran participar en los juegos debido a que los padres de familia no tuvieron el tiempo suficiente para la búsqueda de alternativas de financiamiento a través de patrocinios.
Se trata de un caso más en que representantes de México no encuentran el respaldo por parte de su gobierno; un caso más en el que la Conade falla en ayudar a quienes dignamente representan al país y lo hacen de manera exitosa.
Los niños y jóvenes con síndrome de Down que participaron en los primeros juegos de la trisomía son un orgullo y ejemplo para toda la sociedad mexicana. Desafortunadamente las autoridades mexicanas no voltean a ver a este sector que tantas alegrías brinda y al que hay que apoyar de manera más decidida.
Ellos nos demuestran día con día que el esfuerzo conduce al éxito; nos muestran que aún a pesar de las dificultades que pone enfrente la vida, no resta más que encarar los retos y salir adelante. Y es de destacar que no lo hacen solos, ahí están sus familias dándoles el respaldo y el amor para lograr no sólo las de oro, plata o bronce, sino las de la vida.
A todos ellos el más amplio reconocimiento y admiración por parte de la Cámara de Diputados.
Por lo anteriormente expuesto, presento a su consideración la siguiente proposición con
Puntos de AcuerdoPrimero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita a las Comisiones de Atención a Grupos Vulnerables, Deporte y Juventud, a organizar un reconocimiento a los deportistas mexicanos con síndrome de Down que participaron en los primeros juegos de la trisomía celebrados en Florencia, Italia, durante el mes de julio pasado, así como a los medallistas de las Olimpiadas de Río de Janerio 2016.
Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Comisión Nacional del Deporte, Alfredo Castillo Cervantes, a que los reconocimientos a los que serán acreedores los atletas olímpicos sean iguales a los que recibirán los medallistas paraolímpicos.
Tercero.La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Comisión Nacional del Deporte, Alfredo Castillo Cervantes, a que integre una política pública de igualdad a favor de todos los deportistas paralímpicos incluyendo a los deportistas con síndrome de Down.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputada Kathia Bolio Pinelo (rúbrica).»
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Bolio. Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.
La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, secretaria. Se considera de urgente resolución.
De conformidad con el artículo 113, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se ha registrado para hablar sobre este tema el diputado Renato Josafat Molina Arias, del Grupo Parlamentario de Morena, quien tiene el uso de la palabra hasta por tres minutos.
El diputado Renato Josafat Molina Arias:Gracias, presidenta. Compañeras legisladoras y legisladores, el pasado 3 de agosto de 2016, la diputada Norma Rocío Nahle y su servidor, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, presentamos ante el pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, una proposición con punto de acuerdo que exhorta al titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, a brindar todo el reconocimiento que merecen los deportistas que participaron en los Juegos Mundiales de la Trisomía 2016, en Florencia, Italia.
La proposición fue aprobada por el pleno de la Comisión Permanente, en su sesión del 31 de agosto en los siguientes términos:
1o. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión reconoce la destacada participación y los resultados obtenidos por parte de las y los deportistas de la delegación mexicana que participaron en los Juegos Mundiales de la Trisomía 2016, del 15 al 22 de julio en Florencia, Italia.
2o. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, Conade, a que gestione los apoyos y estímulos previstos en la Ley General de Cultura Física y Deporte para aquellos deportistas que obtuvieron resultados importantes en los Juegos Mundiales de la Trisomía 2016, como parte importante del proceso de inclusión social de personas con Síndrome de Down.
3o. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal, a reconocer los logros de las personas con Síndrome de Down y a recibir con honores a la delegación mexicana que participó en los Juegos Mundiales de la Trisomía 2016.
4o. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo a remitir a esta asamblea un diagnóstico sobre las condiciones en las que se encuentra la atención a las personas con Síndrome de Down y las políticas públicas para asegurar su inclusión al desarrollo de la sociedad.
5o. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, a diseñar, difundir y fortalecer las acciones y estrategias encaminadas a promover el deporte entre personas con Síndrome de Down, en congruencia con los resultados obtenidos en competencias internacionales.
Considero conveniente incorporar a la propuesta de la diputada Kathia Bolio Pinelo, el resolutivo tercero y cuarto, aprobados por la Comisión Permanente. El propósito es reconocer el esfuerzo realizado por los deportistas mexicanos, quienes a pesar de las adversidades obtuvieron resultados muy favorables para nuestro país en los Juegos Mundiales de la Trisomía 2016 en Florencia, Italia, y como un ejemplo de lo que se puede alcanzar con el esfuerzo de las ciudadanas y los ciudadanos. Por su atención, muchas gracias.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Molina. Consulte la Secretaría a la asamblea... Perdón, hay otros oradores registrados. Tiene el uso de la palabra hasta por tres minutos el diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
El diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco:Con su venia, presidenta. Compañeras y compañeros diputados. Hablar de la discapacidad en este país sigue siendo una de las cuentas pendientes que tiene esta sociedad y sobre todo el gobierno. Y hablar de las personas con síndrome de Down también tiene que ser un tema relevante, y más cuando se trata de darles el apoyo, la participación de los entes gubernamentales para que se desempeñen, se desarrollen estos niños, los atletas, en el tema del deporte.
Debería de preocuparnos que a los deportistas no se les apoya en este país. Debería de causarnos vergüenza que mientras hay recortes en muchas áreas, en el tema del deporte es un rubro esencial y sobre todo para las personas con discapacidad.
Nos preocupa mucho que por ejemplo aquí en el Congreso, el Congreso de la Unión, se quiera incrementar el presupuesto con más de mil millones de pesos y debería de veras darnos vergüenza que no existan recursos para apoyar en un tema tan sensible como es a las personas con discapacidad; personas con discapacidad, sobre todo con síndrome de Down, hoy han dado la muestra a los mexicanos y a las mexicanas de lo que se puede hacer incluso sin recursos.
No es posible que una chica con síndrome de Down haya conseguido 11 medallas y que no se le hayan dado los recursos suficientes para que haya ido a competir, incluso al grado tan preocupante que su madre haya tenido que endeudarse con 180 mil pesos para que esta chica fuera a representar a México en este concurso internacional en esta competencia que por primera vez se celebra en el mundo.
Eso debería de avergonzarnos a todos los mexicanos, y más a las diputadas y diputados de este país, pero sobre todo debería de avergonzar al titular de la Conade, quien ha hecho un trabajo muy cuestionado al frente de la Conade, y que también en este tema tan importante como son los niños con discapacidad, no se les dé el apoyo suficiente. Por eso los diputados ciudadanos hacemos un llamado para que desde esta Cámara, hoy que va a revisarse el Presupuesto, se dé un presupuesto acorde a las circunstancias para apoyar a quienes más desventajas tienen en este país, a quienes debemos de apoyarlos con toda fortaleza para que puedan desenvolverse realmente como se exige en los tratados internacionales.
Un reconocimiento a estos atletas que pusieron en alto a nuestro país, y un llamado de atención a toda la clase política para no reconocer ni dar los recursos suficientes a quienes han representado con toda dignidad y con todo honor a nuestra patria. Enhorabuena y gracias, presidenta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco. No habiendo más oradores registrados, se pide a la Secretaria que consulte a la asamblea en votación económica si se encuentra suficientemente discutido.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta si se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se aprueba el acuerdo.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado, comuníquese.
Presidencia de la diputada Gloria Himelda Félix Niebla
INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS CÓDIGO CIVIL FEDERAL
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Laura Valeria Guzmán Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal.
La diputada Laura Valeria Guzmán Vázquez:Para tu mala suerte, en México, primero está el hombre y después la mujer, dijo el padre de Amelie. La siguiente iniciativa va dedicada a Amelie, una niña poblana que se convirtió en el primer caso a nivel nacional en portar en primer lugar el apellido de su madre y después el de su padre.
Buenas tardes, con su permiso, diputada presidenta, compañeras y compañeros diputados, el Partido Revolucionario Institucional se ha caracterizado por legislar con perspectiva de género, además de regirse por el principio de igualdad nos hemos propuesto evitar que reproduzcan los roles y estereotipos de género que inciden en la desigualdad, la exclusión y la discriminación.
Nuestra Constitución Política en el artículo 1o dice que queda prohibida toda la discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades y la condición social.
Asimismo, el Código Civil Federal señala en su artículo 2, la capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer. En consecuencia, la mujer no queda sometida por razón de su sexo, la religión, y con esto, en julio 2016 Jessica Reinah obtuvo una orden judicial por el juzgado quinto de lo civil en Puebla para que su apellido esté en primer lugar en el acta de nacimiento de su hija.
Jessica refirió que como madre soltera registró a su hija como Amelie Reinah Serrano, es decir, con los apellidos de soltera de la madre, pero año y medio después el papá reconoció a la menor y cambió el acta de nacimiento por Amelie Corro Reinah, esto sin la notificación a la madre. Ella solicitó a la justicia federal que su hija pudiera conservar su identidad.
Esta iniciativa busca luchar por un asunto de igualdad y no discriminación al género, ya que por costumbre se coloca primero el apellido paterno y posteriormente el materno, la petición se basa en el derecho humano a la igualdad, a la no discriminación y a gozar de un nombre propio.
En concreto, buscamos reformar el artículo 58 del Código Civil Federal, dado que de su lectura no se desprende el orden que deberán guardar al momento de registrar al niño. Sin embargo, los servidores públicos de los registros civiles le dan prioridad al apellido paterno, situación que se replica en las entidades federativas.
Como representante popular en mi labor es transmitir las necesidades e intereses no sólo de mis electores, sino de todos los mexicanos, y la opinión pública demanda leyes y no resoluciones de la Suprema Corte de Justicia.
La iniciativa que hoy aquí presento no solo está fundamentada en lo que Jessica Reyna tuvo que luchar para que su apellido perdurara, es una necesidad acorde a los tiempos que el país está viviendo.
Llegar aquí no ha sido fácil, es el producto de la evolución de nuestra sociedad, el propio sistema de justicia y de la Constitución que nos rige. El principio de igualdad de las personas pasa también por ese tema, y por ello es necesario que cualquier mexicano pueda llegar al Registro Civil y, sin necesidad de anteponer un juicio de amparo, el menor pueda hacer registrado con los apellidos en el orden que sus padres definan. Es cuanto. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Laura Valeria Guzmán Vázquez, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada Laura Valeria Guzmán Vázquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, en ejercicio de la facultad constitucional que me otorgan los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento para la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 58 del Código Civil Federal, en materia de transmisión de los apellidos, con base en la siguiente
Exposición de MotivosEl pasado mes de mayo el presidente de la República, licenciado Enrique Peña Nieto, envió al Congreso de la Unión una iniciativa que tiene como objetivo principal promover acciones dirigidas a generar condiciones de igualdad y evitar la discriminación de personas o grupos, por lo cual señala que es importante llevar a cabo una armonización del marco normativo de conformidad con los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.
Asimismo, señala que dentro de las estrategias trasversales para el desarrollo nacional, se tiene la perspectiva de género, por lo que se ha propuesto evitar que se reproduzcan los roles y estereotipos de género que inciden en la desigualdad, la exclusión y discriminación.
Sin embargo, de la lectura de la iniciativa no se desprende que se haya considerado reconocer el derecho de la pareja, en particular el de la mujer, a decidir qué apellido corresponde en primer término y cuál corresponderá al segundo. No debemos olvidar que nuestro país ha signado una serie de instrumentos internacionales que nos obligan a respetar los derechos y libertades, así como a garantizar su libre y pleno ejercicio en un marco de libertad y no discriminación entre hombres y mujeres.
En la Carta de las Naciones Unidas se reafirma la fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, aspecto que se reconoce en la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación en contra de la Mujer, la cual fue ratificada por México, cuando señala que:
Artículo 2. Los estados parte condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con el objeto, se comprometen a:
a) a e)...
f) Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer.
Mientras que el artículo 5 de la Carta, en su inciso a) señala lo siguiente:
Artículo 5. Los estados parte tomarán las medidas apropiadas para:
a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombre y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de inferioridad o superioridad de cualquier de los sexos o en funciones de hombres y mujeres.
b) ...
Mientras que el artículo 16 del mismo ordenamiento señala que:
Artículo 16.
1. Los estados parte adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:
a. a c...
d. los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cualquiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;
e. a h...
2...
Por otro lado, nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mandató en sus artículos 1o. y 4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y prohíbe todo tipo de discriminación, tal como se desprende a continuación:
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
.........
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
...
Por otro lado, el Código Civil Federal señala que:
Artículo 2. La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer, en consecuencia, la mujer no queda sometida, por razón de su sexo, a restricción alguna en la adquisición y ejercicio de sus derechos civiles.
No obstante, tanto en la Constitución y el Código, ambos a nivel federal, establecen el reconocimiento, que tanto el hombre como la mujer tienen los mismos derechos ante la ley, la realidad sigue siendo otra. Como es el caso de no reconocer o garantizar el derecho a la pareja a decidir el orden de los apellidos que llevarán sus hijos; es decir, sigue existiendo esa preeminencia de que sea el apellido del progenitor el que se inscriba primero.
Si bien de la lectura del artículo 58 del Código Civil Federal, no se desprende el orden que deberá llevarse al momento de inscribir el nombre en el acta nacimiento del niño o niña que se presenta ante el juez del Registro Civil, también nuestras costumbres le dan preeminencia al apellido paterno. Situación que en algunas entidades federativas se replica.
Por otro lado, cabe mencionar que la juez Paula María García Villegas Sánchez Cordero, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, mediante sentencia dictada el 27 de febrero de 2015, declaró inconstitucional el artículo 58 del Código Civil para el Distrito Federal, debido a que establece indebidamente una prelación del varón sobre la mujer, al disponer que su apellido se inscribirá primero al registrar el nombre de sus hijos, contraviniendo convenciones y tratados internaciones en materia de derechos humanos y desconociendo el derecho a la igualdad de género.
Lo anterior debido a que el artículo 58 establece que El acta de nacimiento contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre o nombres propios y los apellidos paterno y materno que le correspondan.
Argumentando que El derecho al nombre y al apellido es un derecho humano fundamental que tiene plena validez en el sistema jurídico mexicano, e implica la libertad de los padres y de los hijos a escoger el orden de los apellidos en la composición del nombre, sin que se pueda limitar ello a una fórmula patriarcal, esto es, que se ponga en primer lugar el apellido paterno y el de la progenitora después, de forma indefectible.
Sin lugar a dudas, esta sentencia de amparo crea un gran precedente que nos obliga a los legisladores a modificar el marco normativo con el fin de apegarlo a esta nueva realidad.
Por ello, resulta imperante modificar la forma en como se hace el registro de los apellidos de los hijos por parte de los progenitores, garantizando el derecho a que sean ellos quienes decidan qué orden guardarán los apellidos de sus hijos.
Por todo lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente proyecto de
DecretoÚnico. Se modifica el artículo 58 del Código Civil Federal, para quedar como sigue:
Artículo 58. El acta de nacimiento se levantará con asistencia de dos testigos. Contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre y el apellido que de común acuerdo determinen los padres; asimismo, la razón de si se ha presentado vivo o muerto; la impresión digital del presentado. Si éste se presenta como hijo de padres desconocidos, el juez del Registro Civil le pedirá el nombre y apellidos, haciéndose constar esta circunstancia en el acta.
...
En los casos de los artículos 60 y 77 de este Código el juez pondrá los dos apellidos del que lo reconozca.
En caso de no llegar a un acuerdo en el orden de los apellidos entre los padres, el juez del Registro Civil acordará el orden de los apellidos, atendiendo el Interés Superior de la Niñez.
TransitorioÚnico. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/92616/Sharp_reforma_cjef.gob.mx_ 20160517_164352.compressed.pdf
2 http://www.un.org/es/charter-united-nations/
3 Ibídem
4 Ibídem
5 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_150816.pdf
6 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/2_241213.pdf
7 http://www.cjf.gob.mx/documentos/notasInformativas/docsNotasInformativas/2015/n otaInformativa24.pdf
8 Ibídem
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputadas y diputados: Laura Valeria Guzmán Vázquez,Delia Guerrero Coronado, Edith Anabel Alvarado Varela, Enrique Rojas Orozco, Erika Araceli Rodríguez Hernández, Flor Estela Rentería Medina, Francisco Javier Santillán Oceguera, Francisco Saracho Navarro, Hugo Daniel Gaeta Esparza, Jasmine María Bugarín Rodríguez, José Luis Orozco Sánchez Aldana, Laura Nereida Placencia Pacheco, María Guadalupe Oyervides Valdez, Martha Lorena Covarrubias Anaya, Miriam Dennis Ibarra Rangel, Olga María Esquivel Hernández, Rafael Yerena Zambrano, Ramón Bañales Arámbula, Sara Latife Ruiz Chávez, Xitlalic Ceja García (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Continúe la Secretaría con el acuerdo de la Mesa Directiva, en consenso con los grupos parlamentarios.
ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados. LXIII Legislatura. Mesa Directiva.
La Presidencia y la Mesa Directiva en su conjunto, con fundamento en el artículo 22, numerales 1, 2 y 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite lo siguiente:
Primero.La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, manifiesta su preocupación por la situación de inseguridad que se vive en algunas zonas del estado de Michoacán, la cual está afectando la tranquilidad de la población.
Segundo.La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, formula un respetuoso llamado a las autoridades correspondientes y al gobierno del estado de Michoacán a revisar la estrategia de seguridad.
Palacio legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 13 de septiembre de 2016. Diputados: Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Presidente; María Guadalupe Murguía Gutiérrez (rúbrica), Gloria Himelda Félix Niebla (rúbrica), Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano (rúbrica), Sharon María Teresa Cuenca Ayala (rúbrica), vicepresidentes; Raúl Domínguez Rex (rúbrica), Alejandra Noemí Reynoso Sánchez (rúbrica), Isaura Ivanova Pool Pech (rúbrica), Andrés Fernández del Valle Laisequilla (rúbrica), Ernestina Godoy Ramos (rúbrica), Verónica Delgadillo García (rúbrica), María Eugenia Ocampo Bedolla, Ana Guadalupe Perea Santos (rúbrica), secretarios.»
El diputado Jesús Sesma Suárez(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Con qué objeto, diputado. Adelante. Diputado Jesús Sesma Suárez.
El diputado Jesús Sesma Suárez (desde la curul): Gracias, presidenta. Solamente para hacer un reconocimiento a todos los coordinadores de los grupos parlamentarios; al presidente de la Mesa Directiva, diputado Bolaños, y a todos los vicecoordinadores que también están en la Junta de Coordinación Política, porque, como es de conocimiento de todos ustedes, la semana pasada nuestro compañero y amigo, el diputado Omar Noé Bernardino, alias El Vale, tuvo un lamentable suceso en el estado de Michoacán, en el municipio de Apatzingán, donde tuvo un asalto con su familia, con su hijo de tres años, con su esposa, donde le quitaron sus cuestiones materiales y donde de manera indescriptible le pidieron que corriera hacia el monte porque estaba en riesgo su vida. Esto trae no solamente a colación este punto de acuerdo, porque no solamente nuestro compañero está viviendo, o nuestros compañeros de Michoacán diputados están viviendo, estos sucesos, sino la ciudadanía en general. Por eso les agradezco a todos este punto de acuerdo el que se hayan sumado, y pedirles a las autoridades locales, municipales y federales que pudiesen tener la reinstalación de los retenes que ya se quitaron y que trae como consecuencia esta ola de inseguridad.
Muchísimas gracias y le agradezco a todos los coordinadores, a todos los vicecoordinadores y al Presidente de la Mesa Directiva. Muchísimas gracias y es cuanto.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Gracias, diputado. Nos ha solicitado el uso de la voz, por favor sonido en la curul del diputado Noé Bernardino.
El diputado Omar Noé Bernardino Vargas(desde la curul): Gracias, presidenta. Agradezco infinitamente la solidaridad de todos las y los compañeros de esta LXII Legislatura. No quisiera que le volviera a pasar a ningún ciudadano lo que le pasó a un servidor, a esos ciudadanos de a pie.
Mi intención no es que me regresen lo que me robaron, eso no me interesa, me interesa que ningún ciudadano de Michoacán pase estos lamentables hechos. Este punto de acuerdo es importante porque es un asunto de seguridad para la entidad ya que desde enero y junio de 2016 los homicidios dolosos pasaron de 402 a 678. Las ejecuciones aumentaron de 426 a 744. Hechos que conocemos todos.
El 12 de septiembre fue asesinado un funcionario del área de Prevención y Reinserción social de la Secretaría de Seguridad Pública. El martes 6 de septiembre un helicóptero de la policía de Michoacán fue derribado en la región de la Huacana. Estos hechos se relacionan con el crimen organizado.
Los índices de seguridad se observan en todo el estado. Tan sólo en Zamora se cometen de dos a tres asesinatos diarios a plena luz del día, sin contar con los daños colaterales. En Michoacán se localizan cinco de los 50 municipios más violentos del país. En este caso son Zamora, Morelia, Lázaro Cárdenas, Uruapan y Apatzingán, en ese orden, de acuerdo con las estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En Michoacán queremos paz, en Michoacán hay gente más buena que mala, en Michoacán hay gente trabajadora, que siempre junto con su familia sale a la luz para poder darles alimentos.
En Michoacán queremos paz y hacemos un llamado a las autoridades competentes a que nos devuelvan la paz que Michoacán necesita. Es cuanto, muchas gracias a todas y a todos por solidarizarse con nosotros.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se toma nota, diputado. Nos ha solicitado desde su curul el diputado Antonio Ixtlahuac. Sonido, por favor, en su curul.
El diputado Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela(desde la curul): Gracias, presidenta. Decirle que la bancada de Michoacán del Partido Revolucionario Institucional lamenta estos acontecimientos terribles y desde aquí hacemos un llamado serio y puntual para que se revise la estrategia de seguridad en Michoacán, para que este tipo de acontecimientos no vuelvan a suceder.
Queremos que Michoacán regrese a su normalidad y que efectivamente estas alzas que se han dado en estos índices de violencia hoy preocupan a la población general en Michoacán, por eso pedimos a todos los partidos políticos, pedimos al propio gobernador y al gobierno federal que revisen con puntualidad, para que en Michoacán regrese el clima de paz y nos solidarizamos con el compañero Omar Noé Bernardino. Muchas gracias, presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado. Nos ha solicitado, desde su curul, la diputada Hortensia Aragón. Sonido en su curul, por favor.
La diputada Hortensia Aragón Castillo(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Primero, al igual que el resto de los compañeros y compañeras diputadas, solidarizarnos con nuestro compañero legislador. Señalar que efectivamente estamos a favor de este exhorto a las autoridades competentes.
Que efectivamente Michoacán, como lamentablemente muchos otros estados de la República están viviendo índices extremos de violencia y que como nunca, en el estado de Michoacán se está enfrentando ahorita realmente al narcotráfico, al crimen organizado con las consecuencias que se han tenido y que han sido públicas.
Por supuesto que a nadie ni al más humilde de los ciudadanos que se vea afectado en sus intereses o en su seguridad personal pudiera permitirse que sucediera en un Estado de derecho, como el que esta soberanía pretende defender permanentemente.
Sin embargo, la solidaridad para que las autoridades competentes también se extiende para que el gobierno federal asuma, con responsabilidad, la responsabilidad que tiene en cada uno de los estados de la república, incluido este que se señala, como es el de Michoacán. Muchas gracias.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada.
El diputado Erik Juárez Blanquet(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Desde su curul nos ha solicitado el uso de la palabra el diputado Erik Juárez Blanquet, adelante diputado.
El diputado Erik Juárez Blanquet (desde la curul): Gracias, presidenta. Lamentablemente hay una ola de violencia que azota todos los rincones de nuestro país, sin duda que Michoacán no es la excepción.
Desde luego que lamentamos mucho lo que le sucedió a nuestro amigo el diputado Omar Noé Bernardino, pero sí quiero hacer memoria de que ya es más de un lustro que en Michoacán estos acontecimientos están a la orden del día y, de verdad, que también estamos muy preocupados por esta circunstancia.
Recuerdo que en la pasada administración estatal el crimen organizado llegó hasta casa de gobierno, de hecho hay un gobernador detenido justamente por sus nexos con la delincuencia organizada.
Decirles también, que lamentablemente en la pasada administración estatal también tuvimos el cruel asesinato de un ex diputado local compañero nuestro el diputado Osvaldo Esquivel Lucatero y otros presidentes más, que en la pasada administración también fueron asesinados.
Hoy, hay la percepción de que la delincuencia o el crimen organizado está reorganizándose en nuestro estado, y desde luego que compartimos en el llamado que debe hacerse a las autoridades correspondientes, pero me gustaría que se fuera más explícito y que se hiciera el llamado, no sólo al gobierno de Michoacán, sino al gobierno federal, al gobierno de la república, finalmente está en el marco de sus atribuciones el combate a la delincuencia organizada.
Entonces, coincidimos en que se haga este exhorto, los llamados pertinentes, pero que sí quede claro que este es un problema que estamos viviendo a lo largo y ancho de todo el país y desde luego que los primeros interesados en que se le dé certidumbre a nuestros ciudadanos, seguridad y tranquilidad, pues somos nosotros los diputados federales de Michoacán. Muchísimas gracias.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado. Para concluir, nos ha solicitado del uso de la palabra desde su curul, el diputado Jorge Carvallo Delfín. Adelante, diputado.
El diputado Jorge Alejandro Carvallo Delfín(desde la curul): Gracias, presidenta. Nos solidarizamos totalmente a la petición y al llamado del diputado Bernardino.
Solicitamos blindar la integridad del diputado y de su familia, y exhortar a las autoridades estatales y federales. Es muy importante que a un legislador federal, y a cualquier ciudadano mexicano se les den las garantías de seguridad; sabemos que el diputado Bernardino viene de un distrito sumamente complicado en temas de seguridad y de gobernabilidad.
Por eso es muy importante que a este llamado muy lamentable que sufrió el diputado nos sumemos esta soberanía para poderle dar garantías de integridad a él y a su familia. Es cuanto, presidenta, muchas gracias.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Gracias, diputado. Nos ha solicitado de igual forma el uso de la palabra desde su curul, el diputado Jorge Ramos. Adelante, diputado.
El diputado Jorge Ramos Hernández(desde la curul): Sí, presidenta. Para los mismos efectos sumarnos a la intención de exhorto que están planteando nuestros compañeros y compañeras diputadas, pero al mismo tiempo aprovechando para hacer un llamado a esta Cámara, de no caer en la tentación de solo atender la coyuntura y dejar pasar el debate de fondo que se ha estado posponiendo en ambas Cámaras, que es la reforma de fondo al Sistema Nacional de Seguridad Pública, que ya tenemos aquí en la Cámara.
Y por otra parte, ver también en la pertinencia de lo que sí nos corresponde, que es el Presupuesto en Seguridad Pública, que se advierte, según el Paquete Presupuestal, una disminución de más de 4 mil millones de pesos para el combate, precisamente al crimen y a la inseguridad en estos estados.
Entonces, no solamente cuando salga afectado obviamente, algún compañero diputado o diputada, sino lo que están viviendo millones de mexicanos en el resto de los estados del país, y que no hemos abordado de raíz y de fondo el debate nacional aquí en Cámara, sobre las causas profundas.
Sigue sin atenderse la intervención del Ejército, con una normalidad jurídica sigue la impunidad adentro y la colaboración de los mandos policíacos en el crimen organizado, es decir, siguen intactas las causas de fondo que generan esta problemática. Entonces, la invitación a entrar de lleno al debate, no solo a los efectos, sino a las causas de lo que los mexicanos están requiriendo en este momento. Es cuanto, presidenta, gracias.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Muy bien diputado. No habiendo más oradores, se consulta... Les pediríamos a las compañeras diputadas y compañeros diputados su comprensión, sobre todo para efecto de este tema, donde hemos logrado pulsar la gran identidad y el gran apoyo y respaldo que se ha brindado a este pronunciamiento, que nos permitieran pasar a lo que es la aprobación del mismo. Si les parece. Para lo cual, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el pronunciamiento.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueba el pronunciamiento. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Aprobado. Comuníquese.
INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Karina Padilla Ávila, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.
La diputada Karina Padilla Ávila:Compañeras y compañeros diputados, con el permiso de la Presidencia. Hoy las nuevas dinámicas sociales y familiares han hecho que las tareas que antes eran encomendadas solo a las mujeres ahora también sean compartidas con los hombres. Ejemplo de ello es el cuidado y la atención de los hijos al nacer, que hoy consideramos que tiene que ser una labor en la que ambos participen de manera más amplia.
También es menester considerar que la resolución relativa a la igualdad de género como eje del trabajo adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo, CIT, en 2009, insta a los gobiernos a formular políticas públicas para el equilibrio de las responsabilidades laborales y familiares a la inclusión de la licencia de paternidad y a la implementación de incentivos para que los aprovechen los hombres.
En México se abordó por primera vez la licencia de paternidad dentro de la legislación como un mecanismo coadyuvante para el fortalecimiento de los derechos de la mujer trabajadora, proponiendo que el trabajador que se convierta en padre gozara del permiso de 10 días con goce de sueldo, contribuyendo con ello a la conciliación entre la vida laboral de las familias y familiar de las personas, compartiendo los padres gozo y atención del recién nacido.
La equidad y corresponsabilidad familiar entre hombres y mujeres propició la aprobación de esta reforma, sujetando el permiso de paternidad a solo cinco días con goce de sueldo, reconociendo el mismo derecho para el trabajador que se convirtiera en padre biológico o por adopción.
Pese a existir esta licencia, es una realidad que cinco días resultan insuficientes para establecer un vínculo afectivo más firme entre el recién nacido y su progenitor o el recién adoptado y sus padres, para que participe en las tareas y cuidados que esto implica.
El acercamiento requiere de todo un proceso mucho más complejo, que solo compartir el hogar requiere acoplamiento a horarios, dinámicas familiares, cuidados del hijo, tareas domésticas compartidas, convivencia, etcétera, lo cual no se alcanza a propiciar en tan poco tiempo.
Como sociedad debemos hacer un esfuerzo para avanzar en mejores condiciones de igualdad entre mujeres y hombres, promoviendo de manera paralela el interés superior del niño, y por ello propongo como objetivo de esta iniciativa otorgar 10 días de permiso por paternidad a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos o en el caso de la adopción.
Si bien el permiso de paternidad es un derecho, la realidad es que no ha permeado en todos los sectores, ni dependencias, más aún, no se ha logrado visualizar sobre la naturaleza de los mismos y menos aún de los beneficios que esto representa a todos los niveles del ser humano.
Aunque ya existen instituciones que han adoptado esta medida, hay que mencionarlos, de 10 días de licencia de paternidad, como es la propia Secretaría de Gobernación y Sedena.
Con la ampliación a 10 días de los permisos de paternidad en nuestra legislación podremos ayudar a la eliminación de estereotipos avanzando en igualdad sustantiva, principio universal y de la política nacional en México, corregir la discriminación del mercado laboral logrando menos brecha en la desigualdad, proveer a niños y niñas del cuidado que merecen por parte de ambos progenitores, avanzar en la política social que implica crecimiento económico, educativo, integral en el país. Dar a los hombres la oportunidad de expandir su sentido de identidad y ganar una relación más profunda con sus hijos, entre otros beneficios. En el PAN creemos que estos 10 días serán de mucho valor para las familias de México. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Karina Padilla Ávila, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Karina Padilla Ávila, diputada federal integrante de la LXIII Legislatura por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 76, numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa lucha y exigencia de miles de mujeres que han buscado incansablemente el reconocimiento de igualdad entre la mujer y el hombre en todas sus vertientes, han propiciado a una mayor participación de todos los sectores sociales en tareas que tradicionalmente se consideraban responsabilidad únicamente de las mujeres.
Actualmente, es incuestionable la importancia de la incursión de las mujeres en la vida laboral, pues cada vez más mujeres buscan una fuente de ingreso propio para lograr mayor desarrollo personal, crecimiento profesional, además de apoyo a la economía familiar.
De acuerdo con cifras de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a nivel mundial se ha percibido un considerable aumento de incursión de la mujer; en la última edición del informe Panorama Laboral, publicada por la Oficina Regional de la OIT para América Latina y el Caribe, se destaca un constante aumento en los últimos años la tasa de participación de las mujeres en la fuerza laboral llegando a 49.5 po9r ciento, mientras que la tasa de ocupación se registró en 45.5 por ciento.
Esta coyuntura social, cultural e ideológica, ha obligado a reflexionar sobre las obligaciones en la atención, educación, cuidado y crianza de los hijos de manera solidaria entre progenitores, dejando de lado estereotipos e ideologías retrógradas.
En la década de los años 70 en Europa, se estableció por primera vez los permisos parentales, que buscaban propiciar el cuidado compartido de los hijos, sin embargo, en la mayoría de las ocasiones al ser transferible entre progenitores, era la mujer la que continuaba con esta obligación, pero sirvió de antecedente para que más tarde países y organizaciones internacionales, trabajaran en acciones y mecanismos para consolidar esta figura.
De acuerdo con la publicación La legislación y la práctica en el mundo La maternidad y la paternidad en el trabajo de la OIT, al 13 de mayo del 2014, 78 de los 167 países miembros que contaban con información, consideran en su legislación la licencia de paternidad como un el derecho obligatorio, y en la mayoría de ellos (70 países) remunerado.
Si bien la OIT no tiene normas sobre licencia de paternidad, la Resolución relativa a la igualdad de género como eje del trabajo decente, adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) en 2009, insta a los gobiernos a formular políticas para el equilibrio de las responsabilidades laborales y familiares, a la inclusión de la licencia de paternidad y/o parental y a la prevención de incentivos para que los hombres las aprovechen.
En congruencia con esta resolución, países de América Latina y el Caribe, contemplan en sus ordenamientos esta licencia, aunque los días de permiso son muy discordantes, pues en caso como Argentina, Guatemala y Paraguay otorgan 2 días de licencia, Brasil y Chile 5 días, Colombia 8 días y Venezuela 14 días, todos con remuneración.
Cabe destacar que la licencia de paternidad no debe considerarse como vacaciones, es un tiempo para que los papás apoyen a la madre y se genere un acercamiento y confianza con el bebé, lo cual le brinda mayor seguridad, pues la convivencia resultan de gran trascendencia para el desarrollo de la persona desde la primera etapa de su vida.
Además, en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se postula la igualdad del hombre y la mujer ante la ley, por tanto es responsabilidad conjunta la organización y desarrollo de la familia. De ello se desprende que el Estado debe facilitar los recursos para que los padres coadyuven en el cumplimento del cuidado de los menores y garanticen el cumplimiento de los derechos de la niñez, velando por su interés superior.
Definitivamente, el reservar para las mujeres el cuidado y crianza de los niños provoca una serie de afectaciones a ellas mismas y a toda la estructura familiar; ya que se promueve el estereotipo de que el cuidado de los hijos corresponde sólo a la mujer, la que debe quedarse en casa y dejar de lado su desarrollo personal. Olvidado que el cuidado de los hijos es responsabilidad de hombres y mujeres.
En México, debemos reconocer que la reforma laboral propuesta en 2012 por el ex presidente Felipe Calderón, abordó por primera vez la licencia de paternidad, como un mecanismo coadyuvante para el fortalecimiento de los derechos de la mujer trabajadora, proponiendo que el trabajador que se convirtiera en padre, gozara de permiso por diez días, con goce de sueldo, contribuyendo con ello a la conciliación entre la vida laboral y familiar de las personas, compartiendo los padres gozo y la atención del recién nacido.
La equidad y corresponsabilidad familiar entre mujeres y hombres, propició la aprobación de esta reforma sujetando el permiso de paternidad a solo 5 días con goce de sueldo, reconociendo el mismo derecho para el trabajador que se convirtiera en padre biológico o por adopción.
Dependencias como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se han sumado y han destacado la importancia del rol masculino en el cuidado y bienestar de las familias a través de políticas incluyentes como la licencia de la paternidad.
Pese a existir esta licencia, es una realidad que cinco días resultan insuficientes el para establecer un vínculo afectivo más firme entre el recién nacido y su progenitor, o el recién adoptado y su padre.
El acercamiento requiere de todo un proceso mucho más complejo que solo compartir el hogar, requiere acoplamiento a horarios, dinámicas familiares, cuidados del hijo, tareas domésticas compartidas, convivencia etc., lo cual no se alcanza a procesar en tan poco tiempo.
Es una realidad que aún las mujeres emplean el mayor tiempo en la atención de la familia; la encuesta sobre uso de tiempo realizada por el Inegi en 2014, reporta que:
Del total de horas dedicadas al trabajo, remunerado y no remunerado, los hombres contribuyen con poco más de 40 por ciento, mientras que las mujeres con cerca de 60 por ciento. Si se toma solo en cuenta el trabajo no remunerado de los hogares, las mujeres de 12 años y más triplican el registrado por los varones.
De igual manera, señala que respecto a actividades de cuidado a integrantes del hogar, en promedio las mujeres dedican 28.8 horas a las semana, mientras que los hombres sólo le dedican 12.4 horas a la semana. El tipo de cuidado al que más tiempo se le dedica es el proporcionado a los integrantes del hogar de 0 a 14 años, y aquellos que por enfermedad o discapacidad requieren cuidados especiales.
La falta de responsabilidad paterna, representa un grave daño en el entorno familiar, social, económico y jurídico, lo que genera mayores gastos incluso en la aplicación de la justicia, pues de acuerdo a Estadísticas Judiciales en Materia Penal del Inegi, referente al número de personas que fueron sentenciadas en México por el delito de abandonar y no asistir a menores de edad e incapaces de cuidarse, para 2012 un total de 96 personas fueron sentenciadas por dicho delito, de las cuales el 66.6 por ciento (64 personas) corresponden al sexo masculino y 33.4 por ciento (32 personas) del femenino.
Por otro lado, la encuesta realizada en junio pasado por la empresa Bumeran.org portal de empleo, destacó la disposición de las empresas a otorgar mayor licencia de paternidad, pues están conscientes que requieren para acoplarse a su nueva vida y organizar su tiempo para reincorporarse a sus actividades laborales; de esta medición resulta que 56 por ciento de las empresas indicó que darían siete días, 31 por ciento lo ideal serían 14 días y finalmente el 13 por ciento consideró que deberían ser 21 días.
Como sociedad, debemos hacer un esfuerzo para avanzar en mejores condiciones de igualdad entre mujeres y hombres, promoviendo de manera paralela el interés superior del niño; por ello, propongo se retome la propuesta de otorgar diez días de permiso por paternidad a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos o el caso de la adopción de un infante.
Si bien el permiso de paternidad es un derecho, la realidad es que no ha permeado en todos los sectores ni dependencias, más aún, no se ha logrado visualizar sobre la naturaleza del mismos, menos aún de los beneficios que esto representa a todos los niveles de ser humano.
Resulta necesario resaltar algunos de los beneficios que estaremos consolidando si asumimos el compromiso de ampliar a 10 días los permisos de paternidad en nuestra legislación:
Contribuiremos en la eliminación de estereotipos, avanzando en igualdad sustantiva; principio universal y, de política nacional en México;
Corregiremos la discriminación del mercado laboral, logrando menos brecha en la desigualdad;
Al proveer a niños y niñas del cuidado que merecen por parte de ambos progenitores, generaremos mayor seguridad a los hijos, lo cual se traduce en personas con mayor tendencia al éxito, es decir es una inversión a futuro;
Se avanza en la política social que implica crecimiento económico, educativo e integral para el país;
Al contar con el apoyo de la pareja durante más días inmediatos posteriores al parto, se ha demostrado, que se reduce considerablemente el daño a la salud de la mujer, pudiendo tomar un descanso más largo de trabajo que implica estar con sus hijos, lo que se traduce en mejores condiciones de salud y mejores condiciones para la realización de su trabajo;
En la medida en que la mujer se encuentre el mayor tiempo posible con ayuda de su pareja durante se recuperación, se minimiza el riesgo de secuelas posteriores que implican licencias médicas recurrentes, lo cual impactaría de mayor manera a la economía del patrón, empresa o dependencia;
El permiso de paternidad da a los hombres una oportunidad de expandir su sentido de identidad y ganar una relación más profunda con sus hijos.
Fomenta la paternidad participativa y responsable.
Por lo expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
DecretoArtículo Único. Se reforma el artículo 132, fracción XXVII BIS de la Ley Federal del Trabajo para quedar:
Artículo 132. Son obligación de los patrones:
I. a XXVII. ...
XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de diez días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante; y
XXVIII. . . .
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 http://www.ilo.org/americas/temas/igualdad-de-g%C3%A9nero/ langes/index.htm
2 http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/dgreports/dcomm/documents/publication/w cms_242618.pdf
3 http://www.radioformula.com.mx/notas.asp?Idn=511790&idFC= 2015#sthash.LrvdKZNw.xI9rGRuy.dpuf
4 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2015/especiales/especiales2015_0 7_2.pdf
5 http://www.inegi.org.mx/lib/olap/consulta/general_ver4/MDX QueryDatos.asp?proy=esop_sentenciados
6 http://eleconomista.com.mx/finanzas-personales/2015/06/18/empresas-estarian-dis puestas-dar-mayor-licencia-paternidad.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a seis de septiembre del dos mil dieciséis. Diputadas y diputados: Karina Padilla Ávila,Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Emma Margarita Alemán Olvera, Genoveva Huerta Villegas, Guadalupe González Suástegui, Herminio Corral Estrada, Jesús Antonio López Rodríguez, José Hernán Cortés Berumen, Kathia María Bolio Pinelo, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Leticia Amparano Gamez, Lorena del Carmen Alfaro García, Luis Agustín Rodríguez Torres, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Eloísa Talavera Hernández, María García Pérez, Mariana Arámbula Meléndez, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Huepa Pérez, Rocío Matesanz Santamaría, Sara Latife Ruiz Chávez, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Ximena Tamariz García, (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión, para dictamen.
LEY DEL SEGURO SOCIAL
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Democrático, para presentar dos iniciativas con proyecto de decreto que reforma los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social y la segunda con proyecto de decreto que deroga el párrafo segundo del artículo 446 de la Ley General de Salud. Adelante, diputada.
La diputada Maricela Contreras Julián:Con su permiso, presidenta. Hago uso de esta tribuna para presentar dos iniciativas sobre derechos humanos, uno de los temas que nos debería preocupar más por la grave situación que atraviesa nuestro país.
La primera de ellas es reformar la Ley del Seguro Social, ya que los avances en materia de igualdad deben entenderse como aquellos dirigidos a eliminar tratos diferenciados entre mujeres y hombres sin que se ignoren las necesidades específicas de cada sector.
Si bien es cierto que son necesarias acciones afirmativas para compensar los desequilibrios por razones de género, no debemos dejar de lado la necesaria participación de los hombres en los cambios culturales e ideológicos de nuestra sociedad.
Uno de los ámbitos donde se refleja mayor la desigualdad es en lo laboral, pues se concibe que las mujeres debemos dedicarnos con mayor tiempo a los quehaceres del hogar y el cuidado de los hijos e hijas, mientras que los hombres deben contar con la mayor responsabilidad del trabajo remunerado; es decir, como proveedores en la pareja.
Surge así, entonces, la necesidad de conciliar la vida familiar y laboral que debe traducirse en un reconocimiento de la participación de hombres y mujeres en las responsabilidades que surjan de las relaciones familiares.
Sin embargo, la Ley del Seguro Social hace una distinción innecesaria sobre el beneficio del servicio de las estancias infantiles, pues lo otorga en forma exclusiva a las mujeres aseguradas por su única condición de ser mujeres, mientras que para los hombres establece una serie de requisitos como ser viudo, divorciado o tener la custodia de sus hijos e hijas, o ejercer la patria potestad y la custodia.
Este tipo de tratos diferenciados no se justifica, por lo que proponemos eliminar es estereotipo de género y reconocer el derecho de hombres y mujeres para acceder a los servicios de estancias infantiles sin ninguna condición más que contar con la seguridad social.
Las responsabilidades en el seno de las familias deben ser compartidas por hombres y por mujeres de manera igual, es decir, las labores de mantenimiento de las escuelas, de las casas, tienen que hacerse por todos los integrantes de las familias como una forma de compartir el trabajo que ello nos lleva.
La segunda iniciativa tiene que ver con la decisión de elegir ser madres o no. A pesar de los avances para erradicar la discriminación, la Ley General de Salud establece una disposición que contrapone el ejercicio de la autodeterminación de las mujeres que deciden ser madres, pues se obliga a las mujeres a obtener el consentimiento de su cónyuge en caso de que busquen el proceso de inseminación artificial.
Esta autorización ignora circunstancias multifactoriales por las que las mujeres deciden tomar una decisión que va desde ejercer un derecho libre a su desarrollo sexual y reproductivo, hasta un diagnóstico de infertilidad.
En el caso del matrimonio la libertad de procreación debe ser de común acuerdo entre los cónyuges, sin embargo los ordenamientos civiles locales establecen supuestos para que se respete el derecho de cada persona para decidir de manera libre el número y ejercicio y el esparcimiento de los hijos, por lo que resulta contradictorio que se siga manteniendo en la ley un elemento de subordinación de la mujer hacia el hombre y no se le permita el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.
De esa manera proponemos derogar el segundo párrafo del artículo 476 de la Ley General de Salud, y eliminar el consentimiento del esposo hacia la mujer para que pueda ceder a un procedimiento de reproducción asistida.
Ser madre para muchas mujeres constituye uno de los principales objetivos biológicos en sus ciclos de vida, por lo que no debe estar sujeta a ninguna autorización. Si hay algún tipo de contradicción, esta se dirimirá en otros ámbitos, por lo que la maternidad es un derecho, no es una asignación social. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD
Planteamiento del problema
El principio de igualdad y no discriminación entre los seres humanos reconocido en nuestra Constitución debiera ser el punto de partida para comenzar procesos que eliminen estigmas, prejuicios y negativas de derechos en una sociedad en constante cambio como la nuestra. Como principios fundamentales en la construcción de las sociedades modernas distan mucho de convertirse en una realidad en la observancia para del Estado Mexicano.
Un ejemplo es la situación de una pareja del Estado de México, donde les fue negado el servicio de estancias infantiles, mediante oficio firmado por el titular de la Subdelegación Naucalpan de Juárez del IMSS, al establecer que el servicio era negado por no ser una persona de las consideradas en los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social.
Por ello, el 6 de marzo de 2015, presentaron una demanda ante la negativa del titular de la Subdelegación Naucalpan del IMSS para otorgarle el Servicio de Guardería al hijo de un derechohabiente así como la negativa de admitir las solicitudes de inscripción a su hijo en alguna de las estancias infantiles de la Subdelegación de Naucalpan del IMSS, por cuestiones de género. En este caso el juicio de amparo fue considerado improcedente bajo el argumento de que el IMSS no es una autoridad, ya que sólo actúa en coordinación con las personas aseguradas. De esta manera, explicó el juzgador que no existe acto de autoridad y derivado de ello no hay una afectación a la esfera jurídica de los quejosos.
Una vez dado el sobreseimiento del caso, el 13 de octubre de 2015, se promovió un juicio de amparo directo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 25 de enero de 2016, bajo la asesoría jurídica y acompañamiento del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), donde se plantea la inconstitucionalidad de los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social; 171 de la Ley Federal del Trabajo; 2, 3, 9 y 16 del Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería del IMSS; y 8.1.3 de la Norma que establece disposiciones para el servicio de guardería del IMSS.
Entre los argumentos esgrimidos en el amparo se establece que existe una distinción en la norma para que sólo los hombres trabajadores que cumplan con ciertas características puedan acceder a este derecho, y es claramente discriminatoria porque su aplicación no se adecua a los fundamentos y contenidos actuales de protección, respeto, promoción y garantía de los derechos humanos establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
Argumentos
Los avances en materia de igualdad deben entenderse como procesos que compensan los desequilibrios por razones de género y eliminan el trato diferenciado impuesto por las estructuras jurídicas e institucionales, sin que se ignoren las necesidades específicas de cada sector. En esa labor, surgen acciones afirmativas que potencian las capacidades de las mujeres en su desarrollo y que implican también no dejar de lado a los hombres para que participen en los cambios culturales e ideológicos que transiten en una sociedad igualitaria.
Uno de los ámbitos donde se refleja la desigualdad de género es el laboral, donde se tiene la concepción de que las mujeres deben dedicar mayor tiempos a los quehaceres del hogar y al cuidado de los hijos, mientras que los hombres son considerados los proveedores que deben contar con la mayor responsabilidad del trabajo remunerado. Aun cuando se han dado pasos significativos para erradicar esta visión, cuando las mujeres logran incorporarse a un empleo, existen diversas circunstancias que impiden contar con una conciliación de la vida laboral y familiar, situación que, para el caso que nos ocupa, no sólo se presenta para las mujeres, pues debido a la dinámica de nuestra sociedad, los hombres enfrentan también dicha problemática.
La conciliación de la vida familiar y laboral es un tema que está relacionado con la calidad de vida e integra varias vertientes entre las que confluyen el uso del tiempo, las desigualdades en las cargas de trabajo entre los sexos y las consecuencias que trae consigo el modelo económico neoliberal con sus crisis, aumento en la población desempleada y disminución de niveles de salud, alimentación y prestaciones sociales.
Asimismo, la conciliación familiar y laboral se relaciona con los paradigmas culturales, las categorías de género y de clase que asignan características femeninas y masculinas a las actividades que realizamos hombres y mujeres en los espacios públicos y privados y que construyen asimetrías en las cargas de trabajo y tiempo de descanso.
La incorporación de la mujer al trabajo hace necesario configurar un sistema que contemple las nuevas relaciones sociales surgidas y un nuevo modo de cooperación y compromiso entre mujeres y hombres que permita un reparto equilibrado de responsabilidades en la vida profesional y en la privada.
La necesidad de conciliación del trabajo y la familia ha sido tema de preocupación a nivel internacional, que plantea una compleja y difícil problemática que debe abordarse, no sólo con reformas legislativas, sino con la necesidad de promover servicios de atención a las personas.
En este sentido, en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, celebrada en Beijing 1995, se adoptó el compromiso de los Estados para fomentar la armonización de las responsabilidades de las mujeres y los hombres en lo que respecta al trabajo y la familia.
De igual forma, en el XXIII periodo de sesiones de la Asamblea de las Naciones Unidas, se plantearon nuevas acciones respecto a la Plataforma de Acción de Beijing; en materia de empleo destacan las siguientes:
82.b) Promover programas que permitan que las mujeres y los hombres reconcilien sus responsabilidades laborales y familiares y alentar a los hombres a compartir por igual con las mujeres las funciones de atención del hogar y de los hijos.
82.c) Elaborar o reforzar las políticas y programas que apoyen las múltiples funciones de la mujer que contribuyen al bienestar de la familia en sus diversas formas, que reconozcan la importancia social de la maternidad y su ejercicio, la función de progenitor, el papel de los padres y tutores en la crianza de los hijos y en el cuidado de otros miembros de la familia. Esas políticas y programas también deben promover la distribución de la responsabilidad entre los padres, las mujeres y los hombres y la sociedad en su conjunto en ese sentido.
82.d) Diseñar, aplicar y promover políticas y servicios de apoyo a la familia, incluso servicios asequibles, accesibles y de calidad para el cuidado de los niños y otros familiares a cargo, planes de licencias de paternidad o maternidad y otras formas de licencia, y campañas para sensibilizar a la opinión pública y a otros participantes respecto de la división equitativa de las responsabilidades laborales y familiares entre mujeres y hombres.
Trabajar para la conciliación de la vida pública y privada, familiar y profesional, significa en construir nuevos modelos y nuevas formas, tanto en la organización del trabajo como en el seno de las familias. A su vez, se traduce en un avance para lograr una concepción diferente del reparto de responsabilidades públicas, familiares, domésticas y privadas de las personas, desde una visión de responsabilidad social.
Así, en el caso que nos ocupa, el acceso a servicios de estancias infantiles, debe traducirse en un aspecto de conciliación de la vida laboral y familiar, además de reconocer la participación de hombres y mujeres en las resposabilidades que surjan de las relaciones familiares.
Estadísticas más recientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en 2013, señalan que el número de horas destinado por las mujeres al trabajo remunerado disminuye conforme incrementa su número de hijos. Por ello, la cobertura del servicio de guardería continúa siendo una prioridad, para lo cual el Instituto otorga la prestación del servicio de guardería tanto en sus propias instalaciones, por medio de las guarderías Madres IMSS y del esquema Ordinario, como por medio de terceros, a través de las guarderías de los esquemas Vecinal Comunitario Único, del Campo e Integradora.
Para ello, la Ley del Seguro Social establece en sus artículos 201 y 205 los requisitos para acceder al préstamo del servicio de guardería:
Artículo 201. El ramo de guarderías cubre el riesgo de no poder proporcionar cuidados durante la jornada de trabajo a sus hijos en la primera infancia, de la mujer trabajadora, del trabajador viudo o divorciado o de aquél al que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos, mediante el otorgamiento de las prestaciones establecidas en este capítulo.
Artículo 205. Las madres aseguradas, los viudos, divorciados o los que judicialmente conserven la custodia de sus hijos, mientras no contraigan nuevamente matrimonio o se unan en concubinato, tendrán derecho a los servicios de guardería, durante las horas de su jornada de trabajo, en la forma y términos establecidos en esta Ley y en el reglamento relativo.
El servicio de guarderías se proporcionará en el turno matutino y vespertino, pudiendo tener acceso a alguno de estos turnos, el hijo del trabajador cuya jornada de labores sea nocturna.
Sin embargo, estas disposiciones son contrarias al principio de igualdad entre hombres y mujeres plasmado en el Artículo 4º de la Constitución, generando además estereotipos de género. El hecho de que los padres derechohabientes no puedan acceder a esta prestación, salvo en situaciones excepcionales, limitan la corresponsabilidad de los hombres en el cuidado y responsabilidad de los hijos, y sitúa nuevamente en una desventaja institucional a las mujeres trabajadoras otorgándole toda el compromiso en el cuidado de hijos e hijas.
Este hecho fue declarado por la SCJN en el estudio del amparo mencionado, donde precisa que la Ley del IMSSS hace una clara distinción del beneficio del servicio de las guarderías, al otorgarlo en forma exclusiva a las mujeres aseguradas, cuya única condición es la de ser mujer; mientras que, para los hombres asegurados, establece una serie de requisitos: De esa manera, los supuestos para acceder al servicio que presta el IMSS en los artículos 201 y 205 de referida norma son los siguientes:
La mujer trabajadora,
Trabajador viudo,
Trabajador divorciado,
Trabajador al que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos, o
Los asegurados que por resolución judicial ejerzan la patria potestad y la custodia de un menor, siempre y cuando estén vigentes en sus derechos ante el Instituto y no puedan proporcionar la atención y cuidados al menor.
De esta manera, la SCJN concede el amparo al establecer que existe una situación de discriminación al restringir a determinados supuestos el derecho del trabajador a gozar del servicio. Lo anterior, en contravención a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Por otra parte, señala que el derecho de igualdad entre el hombre y mujer que contempla la Constitución en su artículo 4º, busca que ambos sean tratados equitativamente frente a la ley, lo cual necesariamente implica que tanto la mujer como el hombre gocen, en el caso concreto, en su calidad de trabajadores asegurados, de los mismos beneficios que brinda la seguridad social, entre otros, el servicio de guardería, conforme a lo previsto en el artículo 123 Apartado A, fracción XXIX, de la Constitución Federal, el cual señala lo siguiente:
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
XXIX. Es de utilidad pública la ley del seguro social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares;
De igual forma, señaló el Tribunal Constitucional que las afectaciones se extienden al menor por el que se solicitó el servicio, pues se vulnera el derecho a la seguridad social en relación con el proyecto de vida familiar del sujeto, así como los derechos que le reconoce la Constitución Federal y los tratados internacionales como lo es la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre, la cual establece el Derecho de protección a la maternidad y a la infancia, particularmente el Artículo VII o la Convención de los Derechos de los Niños, en cuyos artículos 2, 3 y 4 insta reforzar el reconocimiento fundamental de la infancia así como la necesidad de garantizar su protección y desarrollo.
Un aspecto que preocupó a la SCJN es en los supuestos que la Ley concede al trabajador el acceso a este servicio, pues señaló como parte de sus argumentos para conceder le amparo lo siguiente:
...condiciona el servicio a los viudos, divorciados o los que judicialmente conserven la custodia de sus hijos, a que no contraigan nuevamente matrimonio o se unan en concubinato. Esto es, mientras no establezcan una relación de matrimonio o concubinato que supone contar con una mujer para hacerse cargo de los hijos del trabajador, podrán contar con el servicio, lo que conlleva una diferenciación estructural que subyace en la norma asignando a la mujer un determinado papel en razón exclusivamente del género, reafirmando la visión estereotipada y situación de desventaja que permea en la norma, reduciendo a la mujer al papel del cuidado del hogar y los hijos.
Otras consideraciones del Alto Tribunal se centraron en señalar que la diferencia atenta contra la igualdad de derechos establecida en la Constitución, independientemente de su género o estado civil, además que quebranta derechos de los padres trabajadores a gozar del servicio en igualdad de circunstancias que la mujer trabajadora, colocándolo en una situación de desventaja y esgrime los siguiente:
Esta Sala considera que el hombre, al igual que la mujer, tiene derecho a acceder al servicio de guardería que, en su carácter de aseguradas, el Instituto les presta en forma amplia a ellas; pues no existe ninguna justificación legal, constitucional ni convencional que los prive de obtenerlo en igualdad de condiciones, en la medida de que ambos son iguales ante la ley. Si bien, de acuerdo a la Exposición de Motivos de la Ley del Seguro Social, el servicio de guarderías originalmente fue concebido con la finalidad de que la mujer pudiera acceder con facilidad a la vida económica y laboral, una vez que dieran a luz a sus hijos (otorgándoles dicha prestación a partir de los 43 días de nacimiento del menor); lo cierto es, en la actualidad los roles del cuidado y desarrollo del menor no son tarea exclusiva de las éstas, en la medida de que el hombre también se encuentra vinculado al cuidado de sus hijos, razón por la que éste debe ser tratado en igualdad de circunstancias. Por tanto, no existe razón alguna para que se obstaculice o limite su derecho a obtener el beneficio de las guarderías en las mismas condiciones en las que se brinda a las mujeres.
Por lo anterior, abordando el estudio de las normas impugnadas con perspectiva de género, derivan en un trato diferenciado que resulta discriminatorio por razón de género, sin que sea relevante que en este caso dicho trato prive de un derecho al padre trabajador, pues el principio de igualdad y el de no discriminación por razón de género, no sólo debe apreciarse desde la óptica de la mujer, pues si bien es verdad que tradicionalmente, debido fundamentalmente a patrones culturales, es ella quien puede ver menguados sus derechos, lo cierto es que también el hombre puede resultar afectado por esta misma visión de género, como acontece en las normas materia de análisis. Conviene tener presente que juzgar con perspectiva de género, constituye un método que pretende detectar y eliminar todas las barreras y obstáculos que discriminan a las personas por condición de sexo o género, es decir, juzgar considerando las situaciones de desventaja que, por cuestiones de género, discriminan e impiden la igualdad. En otras palabras, tener en cuenta los factores de desigualdad real de quienes enfrentan un proceso judicial, adoptando medidas de compensación que contribuyan a reducir o eliminar los obstáculos y deficiencias que impidan o reduzcan la defensa eficaz de sus intereses.
Finalmente, como consecuencia de lo anterior, se considera que se violan los derechos de la niñez y el interés superior del menor, al privarlos del acceso al servicio de guardería que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de su padre y limitarlo en forma discriminatoria únicamente a las mujeres aseguradas. Ello es así, puesto que los niños, en términos del artículo 4o. de la Constitución Federal tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Por su parte, el deber de protección de los menores corresponde a ambos padres por igual; es decir, en un ámbito de corresponsabilidad equitativa; lo cual, conlleva a la necesidad de que el hombre pueda ver satisfecho su interés de cuidado y desarrollo del menor, a través del beneficio de la guardería.
De ahí que, asiste razón a los recurrentes cuando señalan que los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social; 2 y 3 del Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social y el artículo 8.1.3. de la Norma que establecen las disposiciones para la operación del Servicio de Guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social, violan su derecho humano de no discriminación, de igualdad, de seguridad social y el del interés superior del niño contenidos en los artículos 1o., 4o. y 123, apartado A, de la Constitución Federal, en la medida de que establece requisitos a los hombres, distintos de los que se señalan a las mujeres aseguradas para poder acceder al beneficio de la guardería de los hijos y porque privan al menor de acceder al mismo a través del padre asegurado por el Instituto Mexicano del Seguro Social. Visto el resultado de este estudio y puesto que las normas reclamadas son inconstitucionales, lo que procede es conceder el amparo y protección de la justicia federal solicitados y hacerlo extensivo al acto de aplicación de las normas.
Al aceptar este tipo de tratos diferenciados, corremos el riesgo de asignar a la mujer el rol del cuidado de los hijos, por el sólo hecho de ser mujer, reproduciendo un estereotipo de género como es la responsabilidad en la crianza, la atención y el cuidado de los hijos, dejando de lado el papel activo de los padres y la responsabilidad compartida, además de no velar por el interés superior de la infancia y restringiendo derechos a los padres trabajadores.
Po lo que la presente propuesta busca eliminar las referencias discriminatrios en los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social, haciendo un comparativo como se muestra a continuación:
Fundamento legal
La suscrita, Diputada Federal integrante de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3, numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social
Artículo Único.- Se reforman los artículos 201 y 205 de La Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
Artículo 201. El ramo de guarderías cubre el riesgo de no poder proporcionar cuidados durante la jornada de trabajo a sus hijos en la primera infancia, de las personas trabajadoras, mediante el otorgamiento de las prestaciones establecidas en este capítulo.
Este beneficio se podrá extender a las personas aseguradas que por resolución judicial ejerzan la patria potestad y la custodia de un menor, siempre y cuando estén vigentes en sus derechos ante el Instituto.
El servicio de guardería se proporcionará en el turno matutino y vespertino.
Artículo 205. Las personas aseguradas, tendrán derecho a los servicios de guardería, durante las horas de su jornada de trabajo, en la forma y términos establecidos en esta Ley y en el reglamento relativo.
El servicio de guarderías se proporcionará en el turno matutino y vespertino.
TransitoriosPrimero.El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El titular del Poder Ejecutivo federal realizará las modificaciones al reglamento correspondiente para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto en un plazo de 30 días.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 6 de septiembre de 2016. Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: En cuanto a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 201 y 205 de la Ley de Seguridad Social, túrnese a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
La diputada Maricela Contreras Julián:
«Iniciativa que deroga el párrafo segundo del artículo 466 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD
Planteamiento del problema
Para hablar de maternidad, debemos ubicarnos en un elemento que ha determinado mucho las discusiones, avances, retrocesos, obstáculos y prejuicios, es decir, el elemento cultural que permea en nuestra sociedad. Al respecto, Seyla Benhabid afirma que la naturaleza no indica quién debe aparearse con quién y sobre este respecto menciona que ...todas las sociedades humanas conocidas regulan el apareamiento con fines reproductivos o no reproductivos y crean un universo simbólico de significaciones según las reglas de parentesco y los tabúes sexuales que se establecen. Las mujeres y sus cuerpos son sitios simbólicos-culturales sobre las que las sociedades humanas inscriben su orden moral.
Efectivamente, los cuerpos y los derechos de las mujeres son objeto de ese orden moral que niegan o son indiferentes a nuestro género. Este parámetro en la regulación de las relaciones de personas, ya sea a nivel privado o en la esfera pública, ha constituido la justificación para descargar todo el contenido de la moral de la sociedad a partir de los roles y estereotipos que se asignan a las mujeres.
De esa manera, los ordenamientos jurídicos y políticas públicas, como traductores del conjunto de valores de un conglomerado social, han sido utilizados también como mecanismos de indiferencia sobre las diferencias que existen entre los géneros. No obstante, la reivindicación de derechos forma parte de un proceso paralelo en las transformaciones del papel del Estado en cuanto al ejercicio poder público.
De oponerse a regular aspectos de la esfera privada de las personas, se pasa a una exigencia de garantizar el ejercicio de derechos, debido a la serie de injusticias, desigualdades y trato inequitativo que se presenta y se refleja en el ámbito público, acentuando la diferencia por razones de género. En ese contexto nos encontramos para hablar de Maternidad, como un derecho y una libertad que tienen las mujeres, una diferencia biológica que se convierte en muchos casos en la realización de los objetivos como personas, pero también, se convierte en una carga moral de la sociedad que asigna obligaciones.
Es decir, la mujer que decide ser madre, recibe la carga emotiva de la sociedad para alimentar, educar, guiar y acompañar a los hijos e hijas, además de ocuparnos de nuestra propia vida y de las responsabilidades laborales, académicas y profesionales. Ejercer la maternidad es un derecho, no una obligación. Es un ejercicio de autodeterminación, es una construcción de vida a través de elecciones y la libertad de decidir para formar una familia de acuerdo a las circunstancias de cada persona y a la dinámica social.
La maternidad, es un derecho, no es una asignación social.
Por otra parte, en los últimos 30 años, se desarrollaron en nuestro país técnicas de reproducción asistida en instituciones de salud públicas y privadas sin contar con una regulación profunda que proporcione certeza en los alcances reproductivos y filiales, así como los límites que necesariamente debe haber en dicha actividad que involucra activamente a la comunidad médica.
Los avances de la biología de la reproducción humana han dado pasos agigantados para hacer posible que miles de personas hayan podido procrear y tener acceso a la paternidad y maternidad que, para algunas personas, constituye uno de los principales objetivos biológicos en su ciclo de vida.
En el caso específico de nuestro país, la Ley General de Salud establece un parámetro para la regulación de la reproducción asistida y, en lo particular, contempla una disposición que contrapone el ejercicio de la autodeterminación de las mujeres que deciden ser madre. Nos referimos al segundo párrafo del artículo 466, el cual impone la obligación a las mujeres de obtener el consentimiento de su cónyuge en caso de que busquen un proceso de inseminación artificial.
Dicha obligación se establece de la siguiente manera:
Artículo 466. Al que sin consentimiento de una mujer o aun con su consentimiento, si ésta fuere menor o incapaz, realice en ella inseminación artificial, se le aplicará prisión de uno a tres años, si no se produce el embarazo como resultado de la inseminación; si resulta embarazo, se impondrá prisión de dos a ocho años.
La mujer casada no podrá otorgar su consentimiento para ser inseminada sin la conformidad de su cónyuge.
Lo anterior vulnera lo establecido en el artículo 4o. constitucional que reconoce el derecho de las personas para decidir el número y espaciamiento de sus hijos, además que limita el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres, al sujetar el ejercicio de un derecho al consentimiento de otra persona, en este caso, su cónyuge lo que refleja el esquema de subordinación que de manera equívoca se ejerce de los hombres sobre las mujeres.
Esa ideología, tenía como máximo acto de representación protocolaria en la denominada Epístola de Melchor Ocampo, la cual hace referencia a esta dualidad de inferior-superior siempre la mujer ocupando la parte subordinada; para ejemplo, un fragmento de lo que se estilaba leer en las ceremonias civiles para contraer matrimonio:
El hombre cuyas dotes sexuales, son principalmente el valor y la fuerza, debe dar y dará a la mujer protección, alimento y dirección; tratándola siempre como la parte más delicada, sensible y fina de sí mismo y con la magnanimidad y benevolencia generosa que el fuerte debe al débil, esencialmente cuando este débil se entrega a él y cuando por la sociedad, se le ha confiado.
La autorización del cónyuge, que impone la Ley a la mujer en estado civil casada, para que se someta a un proceso de inseminación artificial, ignora circunstancias multifactoriales por las que la mujer decide tomar esa decisión que van desde ejercer un derecho al libre desarrollo sexual y reproductivo, hasta el diagnóstico de infertilidad, en torno a este último factor existen cifras que aporta el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el sentido de que en México hay un millón y medio de parejas que padecen infertilidad o esterilidad.
Esas razones obligan a no negar la realidad social en que vivimos.
Para muchas mujeres ejercer sus derechos reproductivos como otros derechos fundamentales es una necesidad que no puede estar sujeto a un consentimiento.
Lo anterior representa un resabio jurídico que violenta la igualdad entre hombres y mujeres es producto de un largo aprendizaje en la historia de la humanidad y de uno de los sistema más complejos de la apropiación del cuerpo de las mujeres, bajo esquemas de parentesco, reglas de intercambio, normas sociales y jurídicas.
El cuerpo de las mujeres y sobre todo la reproducción pasan a ser un elemento que permite la negociación al interior de las sociedades sin la voluntad de ellas quede manifestada.
Argumentos
En diciembre de 1979 se adoptó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y que nuestro país suscribe en 1980 en su artículo primero hace referencia a la igualdad entre hombre y mujeres.
A los efectos de la presente Convención, la expresión discriminación contra la mujer denotara? toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
Durante la Conferencia Internacional sobre Población y el Desarrollo, en el Cairo en 1994, en dos principios quedó de manifiesto la libertad de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo y sobre su reproducción, así como la importancia de que los Estados sean los garantes de los derechos sexuales y reproductivos en condiciones de igualdad y equidad:
Principio 4
Promover la igualdad de los sexos y los derechos de la mujer, así como eliminar la violencia de todo tipo contra la mujer y asegurarse de que sea ella quien controle su propia fecundidad son piedra angular de los programas de población y desarrollo. Los derechos humanos de la mujer y de las niñas y de las muchachas son una parte inalienable, integral e indivisible de los derechos humanos universales. La plena participación de la mujer, en condiciones de igualdad, una vida civil, cultural, económica, política y social a nivel nacional, regional e internacional y la erradicación de todas formas de discriminación por motivos de sexo son objetivos prioritarios de la comunidad internacional.
Principio 8
Toda persona tiene el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Los estados deberían adoptar todas las medidas apropiadas para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombre y mujeres, el acceso universal a los servicios de atención médica, incluidos los relacionados con la salud reproductiva, que incluye la planificación de la familia y salud sexual. Los programas de atención de salud reproductiva deberían proporcionar los más amplios servicios posibles sin ningún tipo de coacción. Todas las parejas y todas las personas tienen el derecho fundamental de decidir libre y responsablemente el número y espaciamiento de sus hijos y de disponer de información, la educación y los medios necesarios para poder hacerlo.
Con ese marco normativo y la dinámica de nuestra sociedad, la concepción del matrimonio ha sufrido connotaciones, justo para abonar al principio de igualdad y no discriminación reconocido en el artículo 1º Constitucional; además se ha logrado avanzar en reconocimiento de derechos que, en su conjunto y en una interpretación en sentido amplia, buscan la aplicación de las normas que beneficien en mayor medida a las personas.
De esa manera, destacan los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde en diversos fallos ha establecido la interpretación de las normas constitucionales aplicadas a casos específicos. En el tema que nos ocupa resaltan los derivados de la Sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a la acción de inconstitucionalidad 2/2010, de manera particular a los temas de Libre desarrollo de la personalidad, Concepto de matrimonio desvinculado de la función de procrear y libertad para hacerlo y libertad de procrear que citamos a continuación:
Libre desarrollo de la personalidad
251. En efecto, la decisión de un individuo de unirse a otro y proyectar una vida en común, como la relativa a tener hijos o no, deriva de la autodeterminación de cada persona, del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo, que ya ha sido reconocido por esta Corte (amparo directo civil 6/2008), sin que la decisión de unirse a otra persona traiga consigo necesariamente lo segundo, es decir, tener hijos en común, máxime que, en ese aspecto, confluyen aspectos también inherentes a la naturaleza humana que podrían impedir el tenerlos, lo que, en modo alguno, puede estimarse como obstáculo para el libre desarrollo de la personalidad, en cuanto a esas decisiones.
263. Al respecto, en el amparo directo civil 6/2008, esta Corte señaló que, de la dignidad humana, como derecho fundamental superior reconocido por el sistema jurídico mexicano, deriva, entre otros, el libre desarrollo de la personalidad, es decir, el derecho de todo individuo a elegir, en forma libre y autónoma, cómo vivir su vida, lo que comprende, entre otras expresiones, la libertad de contraer matrimonio o no hacerlo; la de procrear hijos y decidir cuántos, o bien, decidir no tenerlos; la de escoger su apariencia personal; así como su libre opción sexual.
Concepto de matrimonio desvinculado de la función de procrear y libertad para hacerlo
273. Pretender, como hace el Procurador, que dicha desigualdad encuentra razonabilidad en la conservación de la familia, como núcleo de la sociedad, argumentación que considera, entonces, el matrimonio entre personas del mismo sexo como una amenaza u oposición a dicha estructura, tampoco puede admitirse por este Tribunal Constitucional, en tanto refiere una afectación inexistente, pues, como ya mencionamos, en primer lugar, la transformación y secularización del matrimonio y de la sociedad ha resultado en una gran diversidad de formas de constituir una familia, que no necesariamente surgen del matrimonio entre un hombre y una mujer; en segundo lugar, este último también ha evolucionado de forma tal que se ha desvinculado la unión en sí misma de quienes lo celebran, de la función reproductiva del mismo, llegando, incluso, al extremo de que, aun teniendo descendencia, en muchas casos, ésta no es producto de la unión sexual de ambos cónyuges, sino de los avances de la medicina reproductiva, o bien, de la adopción, aun cuando no exista impedimento físico alguno para procrear; en tercer lugar, las uniones entre personas heterosexuales no son las únicas capaces de formar una familia; por último, no se advierte de qué manera podría limitar o restringir el matrimonio entre personas del mismo sexo, esa función reproductiva potencial del matrimonio civil y, de ahí, la formación de una familia y que, se insiste, no es, de ninguna manera, su finalidad, como afirma el accionante.
Libertad de procrear
274. La decisión de procrear no depende de la figura del matrimonio, en tanto cada persona determinará cómo desea hacerlo, como parte de su libre desarrollo de la personalidad, sea bajo la figura del matrimonio, heterosexual o no, o de otro tipo de uniones, como personas solteras, cualquiera que sea su preferencia sexual.
Si bien es cierto que en el caso del matrimonio y esa libertad de procreación se estable en el Código Civil Federal que debe ser de común acuerdo entre los cónyuges, es importante resaltar que en el ejercicio de sus facultades constitucionales, las legislaturas estatales en sus respectivos ordenamientos civiles, han reconocido la dinámica social en el caso de la reproducción asistida y han establecido los supuestos para que se respete el derecho de cada persona para decidir de manera libre el número y espaciamiento de sus hijos y, a su vez, se cumpla con las obligaciones que se asumen en el contrato civil del matrimonio, por lo que debe ser en ese ámbito de gobierno donde se prevean las hipótesis para la resolución de los casos que en su momento se presenten y no debiera representar la legislación general en materia de salubridad la que propicie la discriminación que se está dilucidando con el segundo párrafo del artículo 466 en cuestión.
Al respecto, en el Código Civil del Distrito Federal, sus artículos 162, 293, 326 y 329 se refieren al derecho de los cónyuges a emplear métodos de reproducción asistida y a las relaciones de parentesco y filiación que pueden darse aún por medio de fecundación asistida, estableciendo los supuestos de consentimiento en el caso del empleo de esos métodos o bien el desconocimiento de la paternidad si no existió el mismo, quedando de la siguiente manera:
Artículo 162. Los cónyuges están obligados a contribuir cada uno por su parte a los fines del matrimonio y a socorrerse mutuamente.
Los cónyuges tienen derecho a decidir de manera libre, informada y responsable el número y espaciamiento de sus hijos, así como emplear, en los términos que señala la ley, cualquier método de reproducción asistida, para lograr su propia descendencia. Este derecho será ejercido de común acuerdo por los cónyuges.
Artículo 293. El parentesco por consanguinidad es el vínculo entre personas que descienden de un tronco común. También se da parentesco por consanguinidad, entre el hijo producto de reproducción asistida y el hombre y la mujer, o sólo ésta, que hayan procurado el nacimiento para atribuirse el carácter de progenitores o progenitora. Fuera de este caso, la donación de células germinales no genera parentesco entre el donante y el hijo producto de la reproducción asistida.
En el caso de la adopción, se equiparará al parentesco por consanguinidad aquél que existe entre el adoptado, el adoptante, los parientes de éste y los descendientes de aquél, como si el adoptado fuera hijo consanguíneo.
Artículo 326. El cónyuge varón no puede impugnar la paternidad de los hijos alegando adulterio de la madre aunque ésta declare que no son hijos de su cónyuge, a no ser que el nacimiento se le haya ocultado, o que demuestre que no tuvo relaciones sexuales dentro de los primeros ciento veinte días de los trescientos anteriores al nacimiento.
Tampoco podrá impugnar la paternidad de los hijos que durante el matrimonio conciba su cónyuge mediante técnicas de fecundación asistida, si hubo consentimiento expreso en tales métodos.
Artículo 329. Las cuestiones relativas a la paternidad del hijo nacido después de trescientos días de la disolución del matrimonio, podrán promoverse, de conformidad con lo previsto en este Código, en cualquier tiempo por la persona a quien perjudique la filiación; pero esta acción no prosperará, si el cónyuge consintió expresamente en el uso de los métodos de fecundación asistida a su cónyuge.
Mientras tanto, en el Código Civil para Tabasco se establecen los supuestos de presunción de paternidad en el caso de los hijos nacidos dentro del matrimonio utilizando cualquier método de reproducción humana artificial, además de la posibilidad de desconocer la paternidad en caso de que no conste de manera fehaciente el consentimiento. Tales situaciones son contenidas en los artículos 324 (presunción de los hijos nacidos dentro del matrimonio), 327 (caso para desconocimiento de los hijos nacidos en el matrimonio), 339 (presunción de paternidad en hijos nacidos como producto de reproducción asistida, sólo si se otorgó el consentimiento) y 330 (casos de contradicción de paternidad).
Artículo 324. Se presumen hijos de los cónyuges, incluyendo a los concebidos como consecuencia del uso de cualquier método de reproducción humana artificial:
I. Los hijos nacidos después de ciento ochenta días contados desde la celebración del matrimonio; y
II. Los hijos nacidos dentro de los trescientos días siguientes a la disolución del matrimonio.
Artículo 327. El marido no podrá desconocer a los hijos alegando adulterio de la madre, aunque ésta declare que no son hijos de su esposo, a no ser que el nacimiento se le haya ocultado, o demuestre que durante los diez meses que precedieron al nacimiento no tuvo acceso carnal con su esposa. Tampoco podrá desconocer a los hijos nacidos como resultado del empleo de alguno de los métodos de reproducción artificial, si consta de manera fehaciente su consentimiento.
Artículo 329. El marido no podrá desconocer que es padre del hijo nacido dentro de los ciento ochenta días siguientes a la celebración del matrimonio:
I. Si se probare que supo, antes de casarse, del embarazo de su futura consorte, bastando cualquier medio de prueba con suficiente convicción, inclusive la presuncional, para tener por acreditado el parentesco;
II. Si concurrió al levantamiento del acta de nacimiento y ésta fue firmada por él, o contiene su declaración de no saber firmar;
III. Si ha reconocido expresamente por suyo al hijo de su mujer; y IV. Si el hijo no nació capaz de vivir.
La presunción contenida en el presente artículo se extiende a los nacidos por cualquiera de los métodos de reproducción artificial, si se probare que el marido consintió en que su cónyuge hiciera uso de dichos métodos.
Artículo 330. Las cuestiones relativas a la paternidad del hijo nacido después de trescientos días de la disolución del matrimonio, podrán promoverse en cualquier tiempo por la persona a quien perjudique la filiación; pero esta acción no prosperará si el marido reconoció expresamente como suyo al hijo de su mujer nacido por medio de los métodos de reproducción médica asistida.
Por su parte, la Ley para la Familia del estado de Coahuila establece los supuestos de filiación en los casos de reproducción asistida; de manera específica en el artículo 371 refiere que la filiación no puede impugnarse si se dio el consentimiento para un tratamiento de asistencia médica para la fecundación, mientras que en el artículo 268 determina que existe parentesco por consanguineidad en los hijos nacidos dentro del matrimonio aun cuando sean por algún método de reproducción asistida, lo que complemente el tema del consentimiento que se debe otorgar, en caso contrario no se presume la paternidad, incluso establece el supuesto de sólo establecer ese parentesco entre el hijo nacido por reproducción asistida y la mujer que haya procurado el nacimiento:
Artículo 371. Quien haya dado su consentimiento para un tratamiento de asistencia médica para la fecundación, no podrá impugnar la filiación, a no ser que la pretensión se base en que la hija o hijo no nació como consecuencia del tratamiento o que el consentimiento fue privado de efecto.
Artículo 268. El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo padre o madre.
También existe parentesco por consanguinidad, entre la hija o hijo producto del uso de técnicas de reproducción asistida y la pareja que las emplea, o sólo la mujer que haya procurado el nacimiento. A ellos y ella les será atribuido el carácter de padres o madre respectivamente. Fuera de este caso, la donación de células germinales no genera parentesco entre el donante y la hija o hijo producto de la reproducción asistida.
En este tema es importante citar también el criterio del Alto Tribunal sobre los fines del matrimonio, el cual no se circunscribe a la perpetuación de la especie, en los términos siguientes:
Época: Décima Época
Registro: 2009407
Instancia: Primera Sala
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 19, Junio de 2015, Tomo I
Materia(s): Constitucional, Civil
Tesis: 1a./J. 43/2015 (10a.)
Página: 536
Matrimonio. La ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquél es la procreación o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional.
Considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social. Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales. La distinción es discriminatoria porque las preferencias sexuales no constituyen un aspecto relevante para hacer la distinción en relación con el fin constitucionalmente imperioso. Como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como entre un solo hombre y una sola mujer. Dicha enunciación resulta discriminatoria en su mera expresión. Al respecto cabe recordar que está prohibida cualquier norma discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona. En consecuencia, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, tanto por parte de autoridades estatales como de particulares, pueden disminuir o restringir los derechos de una persona a partir de su orientación sexual. Así pues, bajo ninguna circunstancia se puede negar o restringir a nadie un derecho con base en su orientación sexual. Por tanto, no es factible hacer compatible o conforme un enunciado que es claramente excluyente.
Amparo en revisión 152/2013. 23 de abril de 2014. Mayoría de cuatro votos de los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, quien formuló voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Disidente: Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló voto particular. Ponente: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretarios: Karla Quintana Osuna y David García Sarubbi.
Amparo en revisión 122/2014. 25 de junio de 2014. Cinco votos de los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretaria: Mercedes Verónica Sánchez Miguez.
Amparo en revisión 263/2014. 24 de septiembre de 2014. Mayoría de cuatro votos de los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, quien formuló voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Disidente: Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló voto particular. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada.
Amparo en revisión 591/2014. 25 de febrero de 2015. Cinco votos de los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló voto aclaratorio, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretaria: Mercedes Verónica Sánchez Miguez.
Amparo en revisión 704/2014. 18 de marzo de 2015. Mayoría de cuatro votos de los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, quien formuló voto concurrente, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidente: Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló voto particular. Ponente: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretaria: Karla Quintana Osuna.
Tesis de jurisprudencia 43/2015 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de tres de junio de dos mil quince.
Además de los argumentos esgrimidos, destacamos lo relacionado a lo que se entiende por libre desarrollo de la personalidad como una expresión de la autonomía de las personas, el cual, en términos de los criterios de la SCJN, debe concebirse así:
Época: Décima Época
Registro: 2010494
Instancia: Primera Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 24, Noviembre de 2015, Tomo I
Materia (s): Constitucional
Tesis: 1a. CCCLXV/2015 (10a.)
Página: 975
Divorcio necesario. El régimen de disolución del matrimonio que exige la acreditación de causales contenida en el artículo 404 de la legislación de Jalisco, vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
El libre desarrollo de la personalidad constituye la expresión jurídica del principio liberal de autonomía de la persona, de acuerdo con el cual al ser valiosa en sí misma la libre elección individual de planes de vida, el Estado tiene prohibido interferir en la elección de éstos, debiéndose limitar a diseñar instituciones que faciliten la persecución individual de esos planes de vida y la satisfacción de los ideales de virtud que cada uno elija, así como a impedir la interferencia de otras personas en su persecución. En el ordenamiento mexicano, el libre desarrollo de la personalidad es un derecho fundamental que permite a los individuos elegir y materializar los planes de vida que estimen convenientes, cuyos límites externos son exclusivamente el orden público y los derechos de terceros. De acuerdo con lo anterior, el régimen de disolución del matrimonio contemplado en el Código Civil del estado de Jalisco, que exige la acreditación de causales cuando no existe mutuo consentimiento de los contrayentes, incide en el contenido prima facie del derecho al libre desarrollo de la personalidad. En este sentido, se trata de una medida legislativa que restringe injustificadamente ese derecho fundamental, toda vez que no resulta idónea para perseguir ninguno de los límites que imponen los derechos de terceros y de orden público. En consecuencia, el artículo 404 del Código Civil del estado de Jalisco, en el cual se establecen las causales que hay que acreditar para que pueda decretarse la disolución del matrimonio cuando no existe mutuo consentimiento de los cónyuges, es inconstitucional. De acuerdo con lo anterior, los Jueces de esas entidades federativas no pueden condicionar el otorgamiento del divorcio a la prueba de alguna causal, de tal manera que para decretar la disolución del vínculo matrimonial basta con que uno de los cónyuges lo solicite sin necesidad de expresar motivo alguno.
Amparo directo en revisión 3979/2014. 25 de febrero de 2015. Mayoría de cuatro votos de los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien formuló voto concurrente. Disidente: Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien reservó su derecho para formular voto particular. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretarios: Arturo Bárcena Zubieta y Ana María Ibarra Olguín.
Con los argumentos esgrimidos, resulta contradictorio que se siga manteniendo en la Ley General de Salud un elemento de subordinación de la mujer hacia el hombre y no se le permita el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, por lo que se propone la siguiente modificación legislativa:
Texto vigente de la Ley General de Salud
Artículo 466. Al que sin consentimiento de una mujer o aun con su consentimiento, si ésta fuere menor o incapaz, realice en ella inseminación artificial, se le aplicará prisión de uno a tres años, si no se produce el embarazo como resultado de la inseminación; si resulta embarazo, se impondrá prisión de dos a ocho años.
La mujer casada no podrá otorgar su consentimiento para ser inseminada sin la conformidad de su cónyuge.
Propuesta
Artículo 466. Al que sin consentimiento de una mujer o aun con su consentimiento, si ésta fuere menor o incapaz, realice en ella inseminación artificial, se le aplicará prisión de uno a tres años, si no se produce el embarazo como resultado de la inseminación; si resulta embarazo, se impondrá prisión de dos a ocho años.
La mujer casada no podrá otorgar su consentimiento para ser inseminada sin la conformidad de su cónyuge.
Fundamento legal
La suscrita, diputada federal integrante de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3, numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de
Decreto por el que se deroga el párrafo segundo del artículo 466 de la Ley General de Salud
Artículo Único. Se deroga el párrafo segundo del artículo 466 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 466. ...
Se deroga, segundo párrafo.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota:
1 Derecho al libre desarrollo de la personalidad. Aspectos que compreende, (Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXX, diciembre de 2009. Tesis P. LXVI/2009. Página 7) y Derechos a la intimidad, propia imagen, identidad personal y sexual. Constituyen derechos de defensa y garantía esencial para la condición humana. (Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXX, diciembre de 2009. Tesis P. LXVII/2009. Página 7).
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 8 días de septiembre de 2016. Diputada Maricela Contreras Julián(rúbrica).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Y en lo inherente a la iniciativa con proyecto de decreto que deroga el párrafo segundo del artículo 466 de la Ley General de Salud, túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto, el diputado Omar Noé Bernardino Vargas, el cual reforma el artículo 2o de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y esta iniciativa también está suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
El diputado Omar Noé Bernardino Vargas:Con su permiso, presidenta. Esta iniciativa que hoy presento ante el pleno, tiene como objetivo general reformar la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, con el propósito de que el infractor por el delito de abigeato, tenga o se le declare de oficio la prisión preventiva, siendo ésta de entre cuatro a ocho años. También aunado a la pena que en su momento los códigos penales en las entidades federativas se les imponga.
Con esto se pretende que en esta Ley Federal contra la Delincuencia Organizada se integre como delito en el catálogo de esta ley el abigeato, y aquél infractor o infractores que comentan este delito, no salgan bajo fianza, este es el objetivo fundamental, que aquél que comete un delito de abigeato no salga bajo fianza por ningún motivo.
En este sentido pretendemos establecer el delito de abigeato dentro del catálogo de conductas o delitos que contempla esta ley, por lo que dicha acción se realizará una adición al artículo 2o fracción V, de la Ley Federal contra Delincuencia Organizada.
Voy a presentar algunos datos que sustentan esta iniciativa. Miren, el robo de ganado se ha incrementado en un 24 por ciento del año de 2012 al 2015, es decir, de 6 mil 134 actos denunciados se dispararon a 8 mil 5 denunciados. Y esto sin contar aquellas personas que han sufrido de estos delitos y que por temor no denuncian, que se quedan en el anonimato.
También es difícil que los Códigos Penales en las entidades federativas tengan una sanción contra el abigeato muy endeble, de qué sirve entonces penalizarlos. El abigeato golpea directamente a la producción del nuevo ganado, a la producción de carne y de leche, así como al patrimonio de los ganaderos, pero tampoco podemos olvidar que esta conducta también lacera y repercute en gran medida a las personas que tienen a sus animalitos como fuente principal de alimentos para llevar a sus hogares.
El Sistema Nacional de Seguridad tiene registrado las siguientes cifras: los estados que han reflejado mayor incidencia en este delito son Veracruz, Tabasco, Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Chihuahua y Michoacán. En este sentido nosotros pretendemos que esta iniciativa su noble objetivo es sancionar a estos delincuentes, pero sancionarlos con penas más fuertes.
Debemos apostarle al campo, al sector pecuario para exportar más y que los productores tengan la seguridad jurídica y la certeza de que están seguros para poder otorgarle a las mexicanas y a los mexicanos los productos del campo, los productos pecuarios, por eso tenemos que respaldar a estos productores que tanto han beneficiado a nuestro país; y sancionar a aquellos rateros, que lo piensen dos veces, porque con esto no van a poder salir bajo fianza. Es un llamado a estas lacras de la sociedad. Es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, suscrita por el diputado Omar Noé Bernardino Vargas e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Quienes suscriben, Omar Noé Bernardino Vargas y diputados federales del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción v del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosTambién conocido como abigeato, el robo de ganado se ha incrementado constantemente en los últimos años, repercutiendo en el patrimonio de miles de familias que se dedican a la ganadería.
El robo de ganado tiene un efecto directo en los precios de la leche y de la carne principalmente, pues su mercado sufre una distorsión que afecta la oferta de estos productos.
El abigeato es un delito del fuero común, por lo cual su penalización varía en cada entidad federativa, toda vez que ésta se regula en los códigos penales de cada estado.
Generalmente, en la mayoría de las entidades federativas las penas que se imponen por la realización por la comisión de este delito son menores, por tanto, los infractores regularmente salen bajo fianza.
Desafortunadamente, la delincuencia en nuestro país ha venido evolucionando; hoy los infractores de la ley se organizan para cometer los delitos con mayor rapidez, saña e impunidad.
Argumentación
El sector pecuario constituye, sin duda, un eje estratégico en la actividad agroalimentaria del país. Una muestra de lo anterior es el sector lechero, el cual produce anualmente 12 millones de litros de leche; para hacerlo cuenta con 250 mil unidades de producción, creándose más de 1 millón de empleos directos con un factor multiplicador de 1.78.
La carne en todas sus modalidades de producción se convierte en un componente indispensable para la alimentación de todos los mexicanos; genera divisas, por exportarse miles de toneladas de carne y miles de cabezas de ganado, abonando con ello al desarrollo del sector primario de la economía.
Como el sector pecuario es una fuente primordial de alimentación para los mexicanos a través de la leche y la carne, así como fuente de divisas extranjeras por medio de las exportaciones, el Estado Mexicano, en sus tres órdenes de gobierno, está obligado a generar los mecanismos jurídicos necesarios para mantener activo al sector, lo cual puede hacerse si se cuenta con la voluntad política de los poderes públicos para adaptar la norma jurídica vigente a la realidad y a la problemática que enfrenta el país.
En tiempos de desaceleración económica, de la caída del precio del petróleo, de la disminución de los ingresos públicos y la presión sobre el peso, se requiere que los problemas sociales del país se resuelvan realizando las reformas necesarias para salvaguardar la actividad productiva de la nación.
Hoy, la palanca de desarrollo descansa sobre los rieles del mercado interno, del sector primario de la economía, no hay que soslayar que este sector está creciendo a ritmos de 9 por ciento anual por lo que hay que defenderlo y apuntalarlo con normas que garanticen la seguridad de las personas que operan esta rama de la economía, así como los medios de producción que generan la riqueza en el sector primario.
En el contexto descrito en las líneas anteriores, urge que se frene la conducta delictiva denominada penalmente como abigeato, toda vez que dicha conducta atenta directamente contra el patrimonio de los ganaderos del país, dejándolos en muchas ocasiones sin medios para trabajar y por ende en precarias condiciones de subsistencia.
Como es por todos sabido, la delincuencia ha pasado de ser común a conformar estructuras cada vez más organizadas y sofisticadas, lo que la hace más peligrosa y contundente en sus conductas delictivas, perjudicando con mayor fuerza a sus víctimas.
El nivel de organización de la delincuencia sin duda ha repercutido en la forma de cometer el robo de ganado y en el incremento de este delito pues, según datos proporcionados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, el abigeato ha pasado de 6 mil 134 denuncias en 2012 a 8,005 denuncias en 2015, incrementándose en 24 por ciento, considerando únicamente los hechos denunciados. Sin embargo, todos sabemos que buena parte de los afectados no denuncian por temor, situación que, sin duda, aumentaría la cifra real de casos de abigeato.
Se reporta el mayor número de casos de robo de ganado en Veracruz, Tabasco, Chiapas, Guanajuato, Jalisco y Chihuahua.
El abigeato constituye una conducta delictiva que se encuentra sancionada de diversas formas por los respectivos Códigos Penales de las entidades federativas y en la mayoría de éstas la sanción es menor, por lo cual los infractores salen bajo fianza, generándose así un estímulo para que continúe cometiéndose este delito en lugar de inhibirse a través de sanciones más graves.
Como no hay una ley general en la materia que establezca una pena estandarizada, se propone reformar la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a efecto de que el infractor no pueda salir bajo fianza, toda vez que la norma en comento establece en el segundo párrafo de su artículo 3o., que en caso de delincuencia organizada, de oficio se decretará la prisión preventiva, además de que sin perjuicio de la pena que establezcan los códigos penales de las entidades federativas, se impondrá a los infractores una pena de entre cuatro y ocho años de prisión por el sólo delito de delincuencia organizada, el cual se configura cuando tres o más personas se reúnen para cometer un delito.
Como se observa, si se incorpora el abigeato al catálogo de conductas delictivas que se precisan en la fracción V del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, se evitará que quienes roban ganado salgan bajo fianza, además de que, independientemente de la pena que establezcan los respectivos Códigos Penales locales, se sancionará al indiciado por delincuencia organizada con pena privativa de la libertad de cuatro a ocho años, abonando con ello a que se inhiba la realización de esta reprobable conducta.
Por lo aquí expuesto y fundado someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada
Único.Se reforma la fracción V del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como a continuación se presenta:
Artículo 2o.Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:
I. a IV. (...)
V. Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo previsto en el artículo 201; pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 202; turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tiene capacidad para resistirlo, previsto en los artículos 203 y 203 Bis; lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 204; asalto, previsto en los artículos 286 y 287; tráfico de menores o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, previsto en el artículo 366 Ter, abigeato; y robo de vehículos, previsto en los artículos 376 Bis y 377 del Código Penal Federal, o en las disposiciones correspondientes de las legislaciones penales estatales o del Distrito Federal;
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputados: Omar Noé Bernardino Vargas,Jesús Sesma Suárez (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, la diputada María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 60, 65 y 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
La diputada María Chávez García:Con su venia, presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, entre los instrumento de la política ambiental que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente crea, sobre sale por su importancia para la conservación y preservación de los ecosistemas, al igual que para la continuidad de los servicios ambientales que estos nos proporcionan, la figura de las áreas naturales protegidas.
Actualmente las áreas naturales protegidas de carácter federal encuentran su sustento jurídico en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, siendo creadas por efecto de la mencionada ley en las zonas del territorio nacional en la que los ambientes originales no han sido significativamente alterados con la actividad del ser humano, o que sus ecosistemas y funciones integrales requieren ser preservadas y restauradas.
Continúa la ley en comento señalando que los propietarios, poseedores o titulares de otros derechos sobre tierras, aguas y bosques comprendidos dentro de áreas naturales protegidas, deberán sujetarse a las modalidades que de conformidad la presente ley establezca, los decretos por los que se constituyan dichas áreas, así como las demás previsiones contenidas en el programa de manejo y los programas de ordenamiento ecológico que correspondan.
De tal forma que cada una área natural, por efecto de la misma ley debe de contar con un programa de manejo, siendo éste un documento crucial para lograr los objetivos que persiguen al crear la propia área natural protegida, entre los que se encuentran los relacionados con la forma en que se organizará la administración del área.
Los mecanismos de participación de los individuos y comunidades asentadas en la misma, al igual que lo referente a la protección, aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, la flora, la fauna, el desarrollo de actividades recreativas, turísticas, obras de infraestructura y demás actividades productivas, entre otras. Pero pesa la importancia del programa de manejo.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente le da a la Semarnat el plazo de un año entre el derecho de creación del área, la presentación de su respectivo programa de manejo. Además, es importante señalar que actualmente un total de 177 áreas naturales protegidas de competencia federal, tan sólo se ha formulado y publicado 102 programas de manejo.
Al respecto, la Comisión Nacional de Derechos Humanos hizo una recomendación general número 26, sobre la falta y/o actualización de programas de manejo en áreas naturales protegidas de carácter federal, su relación con el goce y disfrute de diversos derechos humanos, del 13 de abril de 2016, ha dicho que el programa de manejo es un instrumento de gestión fundamental para el objeto de las propias áreas protegidas, conservación de los ecosistemas y su biodiversidad, que a su vez contribuye a garantizar la observancia del derecho humano a un medio ambiente sano, en virtud de las características propias de cada área, al sentar las bases de manejo y administración en materia de desarrollo sustentable, conservación y preservación.
Asimismo, con su elaboración y ejecución, se promueve, procura y garantiza el ejercicio de otros derechos humanos, como a la seguridad jurídica y legalidad, además de la libre determinación de la toma de decisiones para favorecer el desarrollo sustentable y mejora de las condiciones de vida, particularmente en el caso de pueblos indígenas asentados en dichas áreas.
Por lo mismo, el que la Legepa permita que transcurra un año entre la declaratoria del área nacional protegida, la elaboración del programa de manejo equivale a permitir que por efectos de la Legepa se permita por un año trasgredir los derechos humanos.
Al respecto, no cabe más que recordar lo que mandata el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su tercer párrafo: Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con sus principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Por lo tanto, lo que concierne al Poder Legislativo es que tiene la obligación de adecuar nuestras leyes para el caso que nos ocupa: la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. De tal forma que se tenga el pleno reconocimiento de los derechos humanos y al mismo tiempo se tenga la declaratoria del área natural protegida, se emita su respectivo programa de manejo. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma los artículos 60, 65 y 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada María Chávez García, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, María Chávez García, diputada federal a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones V y VI del artículo 60; el primer párrafo del artículo 65; se adiciona una fracción VII al artículo 60, y se deroga el último párrafo del artículo 66, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEntre los instrumentos de la Política Ambiental que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) crea, sobresale por su importancia para la conservación y preservación de los ecosistemas, al igual que para la continuidad de los servicios ambientales que estos nos proporcionan, la figura de las áreas naturales protegidas.
De hecho existe consenso mundial en lo referente a la importancia que tienen para la sociedad estas zonas, de tal forma que la creación y mantenimiento de dichas áreas ha sido una recomendación insistente en los eventos mundiales que sobre ambientalismo se han realizado, desde principios de la década de los setenta del pasado siglo, con la implementación de las reservas de la biosfera, establecidas en el marco del Programa el Hombre y la Biosfera de la UNESCO y retomadas como parte importantes de las recomendaciones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, llevada a cabo en la ciudad de Estocolmo durante los días del 5 al 16 de junio de 1972.
En fechas más recientes, eventos que han sido parteaguas en la historia del ambientalismo, como lo fueron la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro, 1992) y la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Johannesburgo, 2002), han subrayado la importancia de las áreas naturales protegidas.
Para el caso de México, los antecedentes de las áreas naturales protegidas los podemos encontrar a finales del siglo XIX, con la declaración de la reserva forestal del Desierto de los Leones, y subsiguientemente, en la segunda década del siglo XX, la misma zona se decreta como el primer Parque Nacional.
Si bien, posteriormente hubo otras partes del territorio que por su importancia ecológica y escénica fueron declaradas como Parques Nacionales y Reservas Forestales, no fue sino hasta la expedición de la LGEEPA y sus reformas de 1996 que la figura del área natural protegida se afina al grado de ser el instrumento para la conservación y preservación del ambiental natural más importante con el que contamos, y ante el reto que representa el cambio climático, esta importancia se acentúa.
Actualmente las áreas naturales protegidas de carácter federal (ANP) encuentran su sustento jurídico en la LGEEPA, siendo creadas por efectos de la mencionada ley en ...Las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que sus ecosistemas y funciones integrales requieren ser preservadas y restauradas, ... (primer párrafo del Artículo 44 de la LGEEPA).
En cuanto a las actividades productivas que se pueden desarrollar en estas áreas, el segundo párrafo del artículo 44 de la LGEEPA señala:
Los propietarios, poseedores o titulares de otros derechos sobre tierras, aguas y bosques comprendidos dentro de áreas naturales protegidas deberán sujetarse a las modalidades que de conformidad con la presente Ley, establezcan los decretos por los que se constituyan dichas áreas, así como a las demás previsiones contenidas en el programa de manejo y en los programas de ordenamiento ecológico que correspondan.
En cuanto al Reglamento en materia de ANP, este en su artículo 3o., Fracción XI define el programa de manejo como el instrumento rector de planeación y regulación que establece las actividades, acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración del área natural protegida respectiva;.
De tal forma que el programa de manejo es un documento crucial para lograr los objetivos que se persiguen al crear un ANP, entre los que se encuentran los relacionados con la forma en que se organizará la administración del área, los mecanismos de participación de los individuos y comunidades asentadas en la misma, al igual que lo referente a la protección, aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, la flora y la fauna, el desarrollo de actividades recreativas, turísticas, obras de infraestructura y demás actividades productivas, entre otras.
Al respecto para esta iniciativa es de interés tener en cuenta lo señalado en las fracciones II; III y VII del artículo 66 de la misma LGEEPA, que especifican algunos de los puntos que debe de contener el programa de manejo:
II. Las acciones a realizar a corto, mediano y largo plazo, estableciendo su vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo, así como con los programas sectoriales correspondientes. Dichas acciones comprenderán, entre otras las siguientes: de investigación y educación ambientales, de protección y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, la flora y la fauna, para el desarrollo de actividades recreativas, turísticas, obras de infraestructura y demás actividades productivas, de financiamiento para la administración del área, de prevención y control de contingencias, de vigilancia y las demás que por las características propias del área natural protegida se requieran;
III. La forma en que se organizará la administración del área y los mecanismos de participación de los individuos y comunidades asentadas en la misma, así como de todas aquellas personas, instituciones, grupos y organizaciones sociales interesadas en su protección y aprovechamiento sustentable;
VII. Las reglas de carácter administrativo a que se sujetarán las actividades que se desarrollen en el área natural protegida de que se trate.
Con respecto a la importancia que tiene el programa de manejo para su respectiva área natural protegida, a decir de especialistas en el tema, se puede mencionar lo siguiente: El programa de manejo es el documento que contiene y da sustento a la normatividad del área. Es el documento legal en el que encontramos claramente señalados los derechos y obligaciones que se deben de cumplir para respetar el área natural protegida, así como los aspectos técnicos de gestión de los ecosistemas y recursos naturales, además de la organización de las comunidades locales y la articulación programada de los intereses relevantes en favor del desarrollo sustentable. Asimismo, favorece o induce la integración de grupos locales y la participación de instituciones académicas y gobiernos estatales y municipales, en un nuevo plano de intereses a favor de la conservación y abre los espacios jurídicos para permitir y fomentar la expresión de los intereses conservacionistas de la sociedad.
De hecho, el programa de manejo no es un documento opcional, sino que, la propia LGEEPA obliga a su elaboración, siendo el artículo 65 de este ordenamiento el que a la letra señala:
La Secretaría ( SEMARNAT) formulará, dentro del plazo de un año contado a partir de la publicación de la declaratoria respectiva en el Diario Oficial de la Federación, el programa de manejo del área natural protegida de que se trate, dando participación a los habitantes, propietarios y poseedores de los predios en ella incluidos, a las demás dependencias competentes, los gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal, en su caso, así como a organizaciones sociales, públicas o privadas, y demás personas interesadas.
Una vez establecida un área natural protegida de competencia federal, la Secretaría deberá designar al Director del área de que se trate, quien será responsable de coordinar la formulación, ejecución y evaluación del programa de manejo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las disposiciones que de ella se deriven.
Además la LGEEPA también exige que la SEMARNAT publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un resumen del programa de manejo y el plano de localización del área, esto por efectos del último párrafo del artículo 66 de la mencionada ley.
Pero, pese a su importancia, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, dependencia del Poder Ejecutivo Federal que por preceptos de la misma LGEEPA tiene la obligación de elaborar y publicar dichos programas en varias de estas áreas ha sido omisa con el cumplimiento de este deber.
Así vemos que al 31 de marzo del 2016, de un total de 177 áreas naturales protegidas de competencia federal, administradas por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), órgano desconcentrado de la SEMARNAT, se han formulado y publicado 102 programas de manejo, pero lo que CONANP no menciona es que en gran número de los casos estos programas se han terminado en forma extemporánea con respecto al año que la LGEEPA da como plazo a la autoridad para su presentación.
Además, en 20 áreas naturales protegidas, se tiene el programa de manejo, pero este no ha sido publicado como mandata la LGEEPA, es decir, tan solo en poco más de la mitad de las áreas naturales protegidas se ha cumplido con la establecido en la ley con respecto a la elaboración del programa de manejo y la publicación de su resumen, mientras que en 55 áreas naturales protegidas que representan el 31.1% del total de estas, se ha hecho caso omiso a las obligaciones que la misma ley le impone a la autoridad en el tema que nos ocupa.
En la practica el programa de manejo es el documento que posibilita el que se puedan realizar determinadas actividades productivas en una área natural protegida, ya que la declaratoria por sí misma da pocos elementos para posibilitar a la administración del área la gestión sustentable de los recursos naturales, lo cual puede perjudicar seriamente a quienes habitan las ANP, es común que dentro de dichas áreas al momento de su creación existan asentamientos humanos, en muchas ocasiones estos son pueblos, he incluso pequeñas ciudades que fincan su economía en actividades del sector primario, es decir, la vida de estos lugares suele sustentarse en actividades como la agricultura, la ganadería, la silvicultura o el aprovechamiento de recursos naturales.
A decir de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) con respecto a los programas de manejo y las actividades humanas en las áreas naturales protegidas, esta comisión manifiesta que Por lo que hace a las actividades permitidas, corresponde también a los programas de manejo, establecer con precisión el número de usuarios permisibles respecto a cada tipo de actividad con base en la capacidad de carga del área y la zonificación, atendiendo a la vocación natural y a las características propias de cada una de ellas. En este sentido, la ausencia del respectivo programa conlleva a una incertidumbre respecto de la densidad e intensidad con la cual los particulares pueden realizar obras o actividades dentro de las áreas, al posibilitar un desmedido margen discrecional por parte de las autoridades, quienes arbitrariamente podrían estar en condiciones de negar o autorizar la realización de obras o actividades, dictando o no para tal efecto las condicionantes y modalidades a las que deberían quedar sujetas las mismas.
Por su parte, ante las graves omisiones que constituye la falta de la elaboración y/o publicación de los programas de manejo la CONANP ha declarado ante la CNDH que dichos documentos son instrumentos administrativos que derivan necesariamente en forma de apoyo a las declaratorias por las cuales dichas áreas se constituyen, por lo que éstos no pueden ir más allá de lo dispuesto en aquéllas. Del mismo modo, se refirió que los programas se sustentan y fundamentan en las previsiones contenidas en la LGEEPA y su reglamento en materia de áreas naturales protegidas, las declaratorias de establecimiento de dichas áreas, las normas oficiales mexicanas, programas de ordenamiento ecológico y demás normatividad jurídica aplicable; de ahí que no sea posible considerar que la falta de este documento administrativo impida llevar a cabo una adecuada administración, protección y manejo del área. Además, la falta de un programa de manejo no constituye afectación alguna al derecho humano a un medio ambiente sano de los residentes de estas áreas y sus alrededores.
De lo anterior podemos deducir que para Semarnat- Conanp, el cumplir con lo mandatado por la LGEEPA con respecto a la elaboración de los programas de manejo y la publicación de los resúmenes en el DOF, es tema de poca importancia y en parte explica la displicencia con que las distintas administraciones se han conducido en este punto, al extremo de incumplir en varios casos con un trámite tan sencillo como es el de publicar en el DOF estos resúmenes.
Pero, la CNDH en su ya mencionada Recomendación General Número 26 ha dicho que: El programa de manejo es un instrumento de gestión fundamental para el objeto de las propias áreas protegidas: conservación de los ecosistemas y su biodiversidad; que a su vez, contribuye a garantizar la observancia del derecho humano a un medio ambiente sano en virtud de las características propias de cada área, al sentar las bases de manejo y administración en materia de desarrollo sustentable, conservación y preservación. Asimismo, con su elaboración y ejecución se promueve, procura y garantiza el ejercicio de otros derechos humanos, como a la seguridad jurídica y legalidad, además de la libre determinación en la toma de decisiones, para favorecer un desarrollo sustentable y mejora de las condiciones de vida, particularmente en el caso de pueblos indígenas asentados en dichas áreas.
Además, en el caso de los pueblos y comunidades indígenas la falta del programa de manejo se torna más grave al conllevar otras violaciones a los derechos humanos. En la ya referida Recomendación General Número 26 la CNDH expone que en México 80 áreas naturales protegidas se localizan en tierras, territorios o recursos de uso tradicional por pueblos indígenas, de las cuales 36% (29 áreas naturales protegidas) carece de programas de manejo publicados.
La interdependencia entre los derechos de los pueblos indígenas y la protección de los recursos naturales, en tanto fuente de subsistencia, conocimientos tradicionales u objeto de preservación cultural. Estos pueblos ejercen su gobernanza mediante el derecho consuetudinario y las instituciones jurídicas previstas en el sistema jurídico mexicano, contribuyendo de forma sustancial a la conservación de los ecosistemas y la diversidad cultural.
La ausencia del programa de manejo conlleva la falta de observancia de los derechos de participación, regularmente crea problemas asociados a la incomprensión de las necesidades de los respectivos pueblos y comunidades, genera la percepción de que las medidas de protección ambiental son una imposición. En otros casos, la ausencia de participación en los procesos de establecimiento de las áreas naturales, o la inatención a los correspondientes contextos culturales, redunda en limitaciones o privaciones al derecho de los pueblos indígenas al uso y disfrute de sus tierras y recursos naturales; como consecuencia de la adopción unilateral por el Estado, de regulaciones, limitaciones, condiciones y restricciones a dicho uso y disfrute para conservar la naturaleza.
Otro de los efectos de la falta de programas de manejo en áreas protegidas, es la imposibilidad de que las mismas sean administradas directamente por los propios pueblos y comunidades indígenas que habitan en ellas, tal y como se prevé en el artículo 67 de la LGEEPA, el cual señala que la SEMARNAT podrá, una vez que se cuente con el programa de manejo respectivo, otorgar a los pueblos indígenas la administración de las áreas naturales protegidas. De tal forma que al no poderse llevar a cabo lo anterior por falta del mencionado programa, impacta en el fallo del reconocimiento legal de la propiedad de sus tierras y territorios y el respeto a sus formas de manejo y de aprovechamiento de los recursos naturales.
En otro orden de ideas, se podría pensar que la necesidad conservar y preservar un determinado lugar por medio de la creación de un ANP bien justifica que su programa de manejo dilate un año con respecto al decreto de creación, lo cual en la realidad pocas veces sucede, ya que el plazo marcado por la LGEEPA para tener dicho programa no se cumple, pero en los hechos se ha demostrado que la falta del referido programa actúa en contra de la misma preservación de estas áreas. La CONANP en documentos públicos señala que en un número importante de ANP que no cuentan con su respectivo programa de manejo han perdido los objetivos de conservación que dieron origen a su declaración; e incluso en otras ocasiones justifica la no formulación de los programas por la problemática ambiental que presentan dichas áreas.
Tal afirmación por parte de la autoridad resulta incongruente, ya que precisamente la misma señala que la inexistencia de instrumentos de planeación y regulación que establezcan las actividades permitidas y la delimitación precisa de la subzonificación, como son los programas de manejo, ha contribuido a la degradación y/o perturbación de las áreas naturales.
El establecimiento de un ANP conlleva una serie de estudios previos que la justifiquen (Artículo 58 de la LGEEPA), mismos que culminan con su declaratoria, de forma acertada la LGEEPA involucra a los habitantes, propietarios o poseedores, gobiernos locales, pueblos indígenas, y demás organizaciones sociales, públicas y privadas para el establecimiento, administración y manejo de estas áreas (Artículo 47 de la LGEEPA). A la vez, en cuanto al programa de manejo, la misma ley propicia la participación a los habitantes, propietarios y poseedores de los predios del ANP de que se trate en la elaboración de este instrumento.
En contra de la presente iniciativa se puede argumentar que la autoridad requiere tiempo para recabar los datos y desarrollar los estudios pertinentes para redactar el programa. Pero este argumento soslaya el hecho de que para decretar el ANP la misma autoridad debió de recabar datos, desarrollar los estudios justificativos, llevar a cabo juntas de información y otros procesos que recaben la experiencia y opinión de los habitantes, como ya se ha expuesto en párrafos anteriores, de tal forma que con algo más de empeño y la experiencia que se ha acumulado en décadas, bien se podría ir haciendo con la participación de los habitantes de la futura ANP y otros interesados el programa de manejo, de tal forma que el decreto de creación y plan de manejo estén listo de forma sincronizada.
Otro argumento en contra de la presente iniciativa puede darse en el sentido de que es urgente rescatar o preservar determinado lugar y que como señala el principio precautorio la falta de información no debe ser pretexto para no actuar y se debe proceder con mayor cuidado. Al respecto, se puede señalar que por un lado el famoso principio precautorio no equivale a tener que suspender toda actividad productiva, como frecuentemente se interpreta dicho principio, por otra parte, SEMARNAT cuenta con otras herramientas para evitar que determinadas actividades dañen el medio ambiente.
Si bien, argumentos en contra de la iniciativa que presentamos habrá, pero, estos pueden ser subjetivos y debatibles, en cambio, lo que sí es un hecho, como claramente lo demuestra la CNDH en su Recomendación General Número 26. Sobre la falta y/o actualización de programas de manejo en áreas naturales protegidas de carácter federal y su relación con el goce y disfrute de diversos derechos humanos), del 13 de abril de 2016., la falta de elaboración y/o publicación de los programas de manejo de las áreas naturales protegidas de competencia federal transgreden los derechos humanos a un medio ambiente sano, a la seguridad jurídica y legalidad, así como a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.
Por lo mismo, el que la LGEEPA permita que transcurra un año entre la declaratoria del ANP, la elaboración programa de manejo y la publicación del resumen en el DOF de dicho programa, equivale a permitir que por efectos de la LGEEPA, se permita por un año la transgresión de los derechos humanos.
Al respecto no cabe más que recordar lo que mandata el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su tercer párrafo:
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Por lo tanto, en lo que concierne al Poder Legislativo, este tiene la obligación de adecuar nuestras leyes, de tal forma que se tenga el pleno reconocimiento de los derechos humanos en ellas. Para el caso que nos ocupa, como lo ha demostrado la CNDH, la LGEEPA al permitir un desfase en tiempo entre el decreto de creación del ANP y la elaboración de su respectivo programa de manejo es contraria a los preceptos constitucionales relativos a varios derechos humanos, ya que a decir de dicha Comisión:
...de conformidad con los artículos 41 y 42 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, esta Comisión Nacional estima contar con los elementos suficientes para observar la existencia de transgresiones a los derechos humanos a un medio ambiente sano, a la seguridad jurídica y legalidad, así como a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas; derivadas de la falta de elaboración y/o publicación de los programas de manejo de las áreas naturales protegidas de competencia federal.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Artículo Único. Se reforman las fracciones V y VI del artículo 60; el primer párrafo del artículo 65; se adiciona una fracción VII al artículo 60, y se deroga el último párrafo del artículo 66, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
Artículo 60. ...
I. al IV. ...
V. Los lineamientos generales para la administración, el establecimiento de órganos colegiados representativos, la creación de fondos o fideicomisos y la elaboración del programa de manejo del área ;
VI. Los lineamientos para la realización de las acciones de preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales dentro de las áreas naturales protegidas, para su administración y vigilancia, así como para la elaboración de las reglas administrativas a que se sujetarán las actividades dentro del área respectiva, conforme a lo dispuesto en ésta y otras leyes aplicables , y
VII. El programa de manejo del área respectiva.
Las medidas que el Ejecutivo Federal podrá imponer para la preservación y protección de las áreas naturales protegidas, serán únicamente las que se establecen, según las materias respectivas, en la presente Ley, las Leyes Forestal, de Aguas Nacionales, de Pesca, Federal de Caza, y las demás que resulten aplicables.
...
...
Artículo 65. La Secretaría formulará el programa de manejo del área natural protegida, dando participación a los habitantes, propietarios y poseedores de los predios en ella incluidos, a las demás dependencias competentes, los gobiernos estatales, municipales y de la Ciudad de México, en su caso, así como a organizaciones sociales, públicas o privadas, y demás personas interesadas.
...
Artículo 66. ...
I. al VII. ...
(Se deroga)
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto los resúmenes de los programas de manejo de las áreas naturales protegidas que ya cuentan con este programa elaborado y cuyo resumen no haya sido publicado en dicho Diario.
Tercero. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá elaborar los programas de manejo de las áreas naturales protegidas que no cuenten con dicho programa y publicar los resúmenes de los mismos en el Diario Oficial de la Federación dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Cuarto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a las contenidas en el presente decreto.
Notas:
1 Carmona Lara, María del Carmen. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Comentarios y concordancias, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Universidad Nacional Autónoma de México, 1° edición, México, 2003.
2 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Recomendación General Número 26. Sobre la falta y/o actualización de programas de manejo en áreas naturales protegidas de carácter federal y su relación con el goce y disfrute de diversos derechos humanos, 13 de abril de 2016.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016. Diputadas: María Chávez García,María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
EXPIDE LA LEY DE JUSTICIA SOCIAL Y EQUIDAD DISTRIBUTIVA DE LA RIQUEZA
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza.
La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis:Buenas tardes. Muy amable, presidenta, por la atención. Compañeros diputados y diputadas gracias por esta oportunidad. Mahatma Gandhi dijo: en la tierra hay recursos suficientes para satisfacer la necesidad de todos, pero no puede haber recursos suficientes para favorecer y satisfacer la avaricia de muchos.
Hoy vengo a presentar una iniciativa que hará cimbrar a todas las conciencias de los que hoy nos encontramos aquí y de los que tiene a bien ostentar la mayor parte de la riqueza de este país.
Hoy le presento a este pleno soberano la Ley de Justicia Social y Equidad en la Distribución de la Riqueza, este proyecto sé que servirá para enriquecer y complementar lo que hasta hoy le ha faltado a ese Ejecutivo que está buscando satisfacer las necesidades de este pueblo mexicano.
Ya que todos sabemos que existe un gran descontento de todo lo largo y ancho del país, por eso pongo a su consideración esta gran oportunidad para reivindicarnos y fortalecer todos a este gran pueblo de México, pues el barco se nos está hundiendo y así lo sabe y lo siente nuestro señor presidente.
Si bien es cierto todos nosotros tenemos la responsabilidad de sacarlo adelante, es momento que reflexionemos en una iniciativa que será la gran esperanza para rescatar a millones de empleadores y trabajadores, para dar un sentido de justicia y de equidad en este pueblo de México.
A usted, señor secretario de Hacienda, me permito hacerle un llamado y a invitarle a que le ponga el lente con el mayor aumento posible, porque este proyecto sé que a usted le interesará más que a nadie, porque estoy segura que usted, después de haber dejado el encargo en la Secretaría de Desarrollo Social vivió en carne propia, pudo palpar lo que sufre la mayoría de los mexicanos.
Por eso, apelando a su sensibilidad le invito a que revise con atención esta ley y que nos ayude a poderla lograr y hacerla prosperar.
También le pregunto a este secretario de Hacienda que hoy nos ocupa, por qué si nosotros generamos 12 billones de producto interno bruto en el 2015 tenemos una deuda que va hasta los 5 billones de pesos. Esto significa que nosotros estamos debiendo 42 centavos de cada peso en este 2015.
Y resulta que en el 2010 la deuda era de nada más 28 por ciento. Estamos mal y tenemos que aceptarlo, por lo tanto debemos conjuntar esfuerzos para trabajar y para ir en pos de esa equidad que todos demandan.
Es por ello que la única manera, la única alternativa para solucionar este gran conflicto es incentivar los programas de inversión productiva de las microempresas para que conjuntamente con el apoyo del gobierno federal, de todos o de los poquitos ricos que existen en este país y de todos los pequeños empresarios podamos cambiar el rumbo que hasta el día de hoy lleva nuestro Estado mexicano.
La desigualdad cada día se dispara más. En el último informe de 2016 que presentó la Fundación Oxfam ante el Foro Económico de Davos, Suiza mencionó que solamente 62 personas ostentan la riqueza que equivale a la mitad de la otra población mundial.
Tampoco hay equidad en cuanto a paridad de género, pues de estas 62 personas inmensamente ricas 53 por ciento son hombres y solamente 9 son mujeres.
Haciendo un recuento en cuanto a la fortuna que tenemos nosotros en España y en México, en la española se concentran 20 personas que alcanzan un total de 115 mil millones de euros, en tanto que en nuestro país únicamente se concentra en 15 mexicanos, personas que tienen un saldo de 110 mil 620 millones de dólares, lo que equivale a un billón, 991 mil millones de pesos. Esto es totalmente disparejo, esto es totalmente inconcebible.
México, sexenio tras sexenio ha venido diciendo que van a reducir los pobres, que van a reducir los pobres y, sin embargo, no se ha logrado. Ustedes y yo recientemente pudimos ver esa contrapunteada que se dio la Coneval con el Inegi, donde pretendían, a través de una estadística, eliminar a los pobres de este país. Los pobres no se eliminan solamente en estadística o en papel, los pobres se eliminan brindándoles oportunidad de satisfacer sus necesidades primordiales.
Alicia Bárcenas, titular de la CEPAL de Nacional Unidas, en su documento Horizontes 2030: la igualdad es el centro del desarrollo sostenible, menciona que el capitalismo ha sido insostenible; por lo tanto, se requiere un nuevo mecanismo de economía.
La iniciativa que hoy les presento a ustedes sobre la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza enfrentará una movilización para que sociedad, gobierno y sector empresarial logren acuerdos en igualdad y oportunidades.
La propuesta es muy clara y muy sencilla, únicamente significa crear un marco que ayude a minimizar la pobreza, promoviendo esquemas de inversión productiva y de transferencias, tecnología, aplicando políticas públicas a la capacitación educativa, a la vivienda, a la salud, al seguro de desempleo, entre otros.
Se requiere constituir una banca social para que los pobres y pequeños empresarios tengan la oportunidad y se fortalezcan para poder salir adelante. Lograrlo es muy fácil, solo requerimos de la voluntad de todos nosotros, del gobierno federal y del esfuerzo empresarial. Destinando el uno por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación, a través de la solidaridad empresarial con la aportación de sus ganancias, que pueden ser del 1 al 3 por ciento y una comisión simbólica a las remesas que los connacionales envían de Estados Unidos, podríamos lograr la concretización de esa banca social.
Este mecanismo podría otorgar préstamos a los que menos tienen, porque tendría un fondo de cien mil millones de pesos y el propio gobierno se los financiaría a través de una tasa del uno por ciento por arriba de la inflación.
Por ello, hoy les dejo a su consideración y análisis la presente iniciativa de la Ley de Justicia Social y Equidad en la Distribución de la Riqueza. Realmente el dar entrada a esta tarea que nos concierne como diputadas y diputados, es trabajar con justicia, es hacer lo que tenemos que hacer, es venir a velar y participar por los que menos tienen y en esto la bancada de Movimiento Ciudadano y una servidora consideramos que estamos haciendo lo correcto, pues hoy a nosotros nos mueve la idea y el sentido de poder legislar para todos los que realmente lo están necesitando.
Los ciudadanos que nos trajeron aquí nos dieron esta gran oportunidad de representarlos con dignidad. Yo les invito a que cada uno de ustedes analice esta Ley de Justicia Social y Equidad en la Distribución de la Riqueza y que me fortalezcan y apoyen, particularmente a mis compañeros de la Comisión de Fomento Cooperativo, porque creo que tenemos puesta la camiseta de esa necesidad de distribuir la riqueza y de velar por quienes menos tienen. Les agradezco. Muchísimas gracias por su tiempo. Gracias, presidenta, muy amable.
«Iniciativa que expide la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, Rosa Alba Ramírez Nachis con fundamento en los artículos 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, sometemos a la consideración del pleno el siguiente proyecto de decreto por el que se emite la iniciativa de Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza, en razón del siguiente
Planteamiento del problema
Ahora en el mundo y nuestro país, el descontento social se pronuncia por la ausencia de justicia, hablar de ello es tomar conciencia, una que es eludida por los grupos de poder y las elites económicas. A nivel nacional se han acumulado las contradicciones entre gobierno, empresarios, empleadores y trabajadores, que no logran armonizar en el contexto de las relaciones laborales, la ausencia de equidad se traduce en una menor esperanza de vida.
En su informe de enero (2016) OXFAM presentó ante el Foro Económico Mundial de Davos Suiza, datos que revelan como la desigualdad extrema en el mundo está alcanzando cotas insoportables para un creciente número de países, menciona que, en 2015, sólo 62 personas poseían la misma riqueza que 3 mil 600 millones (la mitad más pobre de la humanidad). No hace mucho, en 2010, eran 388 personas, La riqueza en manos de las 62 personas más ricas del mundo se ha incrementado en un 45 por ciento en apenas cinco años, algo más de medio billón de dólares (542 mil millones), desde 2010, hasta alcanzar mil 76 billones de dólares, desde el inicio del presente siglo, la mitad más pobre de la población mundial, sólo ha recibido 1 por ciento del incremento total de la riqueza mundial, mientras que 50 por ciento de esta nueva riqueza, ha ido a parar a los bolsillos del 1 por ciento más rico.
La creciente desigualdad económica crea desequilibrios a escala mundial, debilita la capacidad de los países de crecer económicamente y reduce la cohesión social; es la población más pobre es la que sufre sus peores consecuencias. Es, por tanto, éticamente inaceptable para este siglo XXI, que las desigualdades que configuraron los grandes conflictos del pasado no sólo, no fueron resueltas, sino que se ha concentrado aún más la riqueza, diversas fundaciones, agencias e inclusive organismos internacionales han denunciado que, el 1 por ciento más rico de la población mundial posee más riqueza que 99 por ciento restante de las personas del planeta.
OXFAM, mencionó en el citado informe que el poder y los privilegios generados en esta desigualdad, se están utilizando para manipular el sistema económico y así ampliar la brecha, dejando sin esperanza a cientos de millones de personas pobres todo en nombre de una economía que entiende por sostenible, las ganancias de las corporaciones multilaterales. El entramado mundial de paraísos fiscales permite que una minoría privilegiada oculte en ellos 7,6 billones de dólares. Es ineludible hacer frente a la crisis de desigualdad, cuando estos recursos económicos no forman parte de la base productiva y en su lugar, se acumulan para el consumo suntuario de unas cuantas familias.
El neoliberalismo que ofrecía la imagen de una gran oportunidad de negocios en un mundo globalizado de oportunidades, ha mostrado su verdadero rostro depredador económico en el siglo XXI. Así lo demuestra Alicia Bárcenas en su informe Horizontes 2030, la igualdad en el Centro del Desarrollo Sostenible. En él hace énfasis en las tendencias mundiales dominantes de la economía y la sociedad, que exacerban las contradicciones de un estilo de desarrollo que se ha vuelto insostenible a largo plazo.
Por otra parte, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su informe 2010, mencionó que cada año en el mundo, 214 millones de mujeres y hombres abandonan sus hogares y atraviesan las fronteras, una cifra que podría alcanzar a 405 millones en 2050, entre los principales factores que inciden en la migración, resaltan los cambios demográficos, las crisis socioeconómicas y políticas y el aumento de las diferencias salariales entre los países desarrollados y en desarrollo.
En el caso de México, cada período de medición realizado por Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), encontramos que la brecha de desigualdad por ingresos entre ricos y pobres se incrementa; en lo que va del año, la mitad de las familias del país no cuentan con los ingresos que aseguren adquirir una canasta básica familiar que oscila en 9 mil 280 pesos por mes ¿La razón? Los salarios promedios en México son inferiores a 3 salarios mínimos, es decir si el salario mínimo es de 73.04, entonces serán 6 mil 573.60 pesos mensuales, lo que representan un déficit de menos 2 mil 706.40 pesos. En números absolutos hablamos que 55.3 millones de personas en México no cuentan con el aprovisionamiento suficiente en alimentos o bienes patrimoniales, incluso los estimadores de capacidades laborares son igualmente desalentadores, gran parte de esta población se ve en la necesidad de desafiar al sistema por no encontrar los mecanismos que ayuden a un crecimiento económico armonizado.
El discurso de una justicia social en nuestro país, fue utilizado para señalar como a través de una mayor carga impositiva, se generarían las inversiones para revertir las desigualdades del sistema neoliberal; así en 2014 el PRI y el PRD, acordaron una reforma fiscal argumentando una política redistributiva y un esquema de mayor igualdad de oportunidades, prometiendo grandes beneficios de los que poco se ha visto.
Esa fuente tributaria denominada, RIF (régimen de incorporación fiscal) sustituyó a los Repecos (régimen de pequeños contribuyentes), la cual, consistía en la práctica, una alta recaudación que el gobierno obtendría, que podría oscilar en más de mil millones de pesos, una reforma que analizó de forma parcial la realidad y excluyo de su análisis, el gasto al que se enfrentaría cada establecimiento comercial de esas mini Pymes, que seguramente redundaron en una regulación excesiva a costa de la inversión productiva.
Cada establecimiento tuvo que invertir al inicio, más de 10 mil pesos, entre computadora y accesorios tecnológicos, así como cada mes el acceso a Internet y un aproximado de 500 pesos mensuales por asesoría fiscal, comisiones para el manejo del dinero plástico y apertura de cuentas bancarias, sin mencionar que en muchos lugares no se cuenta con la infraestructura bancaria, lo que incrementa los costos de enlace y comunicación.
Al hablar del fortalecimiento del ingreso en México, las finanzas públicas estatales se veían más fortalecidas por esta contribución de los Repecos. Sin embargo, en esta reforma la creación del RIF se decide junto con la reducción de los ingresos de las entidades federativas, sometiendo a esta base de contribuyentes a una contabilidad electrónica con la finalidad de ejercer un control sistemático.
Ahora bien, la mayor parte de la población en nuestro país, vive y trabaja en el marco de una economía que le impide acceder a una base de crecimiento económico justo e igualitaria, estas personas no pueden optar por el emprendimiento, la mejora educativa, un seguro de salud, una vivienda digna o a inversiones productivas, no sólo porque sus ingresos presentes lo limitan, sino por la ausencia de perspectiva que estos mejoren en el futuro. Por ello se considera que, con un nuevo enfoque de justicia social y equidad distributiva de la riqueza, se lograría un avance importante, sobre todo en las Mipyme, fortaleciéndose desde la capacitación, la certificación y que sin duda alguna contribuya a un incremento de la productividad por la vía del desarrollo de capacidades traducida en beneficios económicos.
Existen varias iniciativas voluntarias, de responsabilidad social que desean que a México le vaya bien; existe un gran número de empresarios, que estarán a favor de una nueva cultura laboral y de productividad, sin duda harán que el esfuerzo no sea en vano. Y esta confianza se centra en un sistema redistributivo a través de una banca social.
Consideramos que las políticas de capacitación y formación profesional tienen la finalidad de mejorar las condiciones de empleo de la base trabajadora, así como aumentar la productividad y la competitividad de las empresas y por ende el crecimiento del producto interno bruto (PIB), un incentivo atractivo para las empresas, en los últimos años, la capacitación ha adquirido fuerza, solo falta que se instrumenten mecanismos, para que las áreas de recursos humanos de las empresas o instituciones, las consideren parte de una medición de contratación laboral.
La certificación de competencias constituye un proceso más integral, que pretende generar mayor estabilidad y competitividad a trabajadores y empresas, buscando asegurar aprendizajes.
El seguro de desempleo, programa que debe hacer frente a un sistema de pérdida laboral y no visto desde condiciones que establece el IMSS, ya que el mismo, basa sus condiciones a la incapacidad o licencia médica, en México no se ha considerado a pesar que existen condiciones para llevarlo a cabo.
Al hablar de las fundaciones, como Oxfam, Pro-empleo, Propulsar, México-Evalúa, entre otras, es muy importante su involucramiento, pues consideramos que, con su ayuda, se podrán formular metodologías, perspectivas y modelos para erradicar la desigualdad social laboral, patrimonial y de capacidades, el fin principal es acabar con la pobreza. En este sentido, los desafíos que enfrenta el mundo para garantizar el crecimiento económico y al mismo tiempo reducir la desigualdad social a la luz de estas reflexiones son de hondo calado.
Nuestro sistema económico está cada vez está orientado a favorecer a grupos de empresas de élite, lejos de alcanzar a los sectores menos favorecidos, los más ricos están absorbiendo el crecimiento de los ingresos y la riqueza mundial a un ritmo alarmante.
Para ejemplo, me referiré a los paraísos fiscales como el caso de los Panamá Papers, por ser el último más sonado, toda una industria de gestores de grandes patrimonios garantizan que la riqueza generada, no sea redistribuida, quedando fuera del alcance de la inversión productiva de sus países e incluso, fuera de las manos de los gobiernos, se nos dice que la fortuna de los paraísos fiscales asciende ya a 7.6 billones de dólares, una suma mayor que el PIB del Reino Unido y Alemania juntos, lo menciona en su informe (Oxfam, Enero 2016).
Gráfico 1: Crecimiento acumulado de los ingresos mundiales que han ido a parar a cada decil entre 1988 y 2011: 46 por ciento del incremento total fue a parar a manos de 10 por ciento más rico.
Fuente: Oxfam, Informe Enero, 2016.
Consideramos que si esa riqueza oculta, tuviera la oportunidad de formar capital de inversión en un esquema de productividad a través de la financiación de una Banca Social, el incremento de la base productiva y de la productividad permitiría que una mayor población pueda aspirar a salir de la pobreza, reduciendo la desigualdad, ya que el dinero concentrado en paraísos fiscales no genera bienestar social.
La creciente desigualdad económica también agrava la desigualdad entre hombres y mujeres, el Fondo Monetario Internacional (FMI) ha revelado recientemente que los países con una mayor desigualdad de ingresos, suelen tener también mayores diferencias entre hombres y mujeres en términos de acceso a servicios de salud, educación, vivienda, alimentación, participación en el mercado laboral.
De las 62 personas más ricas del mundo que se citan en la gráfica 2, hablando de equidad, 53 son hombres y 9 son mujeres, en el ámbito laboral, la brecha salarial entre el trabajador medio y los puestos directivos se ha ampliado en cada periodo, pues el alto nivel directivo acuerda con los socios de la empresa y el mando medio ha dejado de participar en esquemas de consejo que hagan frente a la toma de decisiones.
Gráfico 2: La fortuna de las 62 personas más ricas del mundo sigue aumentando, mientras que la que se encuentra en manos de la mitad más pobre de la población mundial se ha estancado.
Fuente: Oxfam, Informe Enero, 2016.
Los salarios de la mayoría de los trabajadores se han estancado, los altos ejecutivos se han disparado. La mayoría de los trabajadores peor remunerados del mundo son mujeres, desempeñando los empleos más precarios. La experiencia de la fundación en comento, en sus investigaciones, con trabajadoras de todo el mundo, desde Birmania hasta Marruecos, revela que éstas apenas pueden sobrevivir con los salarios de miseria que reciben. Mientras las remuneraciones de los presidentes de las principales empresas estadounidenses, han crecido un 54,3 por ciento desde 2009, El presidente de la principal empresa de tecnología de la información de la India gana 416 veces más que un trabajador medio de esa misma empresa.
Siguiendo con este análisis, a la problemática del desafío de la injusticia social, otro factor preponderante es la evasión y la elusión fiscal, se está agravando con rapidez, se estima que de las 200 empresas más grandes del mundo, 9 de cada 10 tienen presencia en paraísos fiscales, en 2014, la inversión dirigida a paraísos fiscales fue casi cuatro veces mayor que en 2001.
El sistema mundial de evasión y elusión fiscal está absorbiendo recursos esenciales para garantizar el estado del bienestar de los países ricos, además de privar a los países pobres de los recursos imprescindibles para luchar contra la pobreza, asegurar la escolarización infantil y evitar que sus habitantes mueran a causa de enfermedades que pueden curarse con facilidad, no es posible que se le den tantas exenciones a empresas, que aluden sus compromisos y que estos pueden traducirse en desgaste económico a una sociedad, dejando más pobre al pobre y haciendo más rico al rico, tal como lo vemos en los análisis de la materia en estudio.
Gráfico 3: En los países desarrollados, la productividad de los trabajadores ha aumentado, pero sus salarios no han mantenido el mismo ritmo.
Fuente: Informe mundial sobre salarios de la OIT 2014-15. Base de datos sobre salarios mundiales de la OIT; Tendencia de los modelos econométricos de la OIT, abril de 2014.
Los responsables políticos deben poner soluciones para acabar con una economía al servicio de 1 por ciento y empezar a construir una economía humana que beneficie a todas las personas, desde establecer unos salarios dignos a una mayor regulación de las actividades del sector financiero.
El punto de partida de los gobiernos y el de México no debe ser la excepción, es la posibilidad de lograr mejoras en la igualdad laboral:
Pagar a los trabajadores y trabajadoras salarios justos, reducir la brecha entre el mando medio y alto, ya que se perdió la clase media laboral.
Fomentar la igualdad de oportunidades y los derechos de las mujeres.
Instrumentar medidas de control a la capacidad de influencia de las élites más poderosas.
Garantizar la seguridad universal, educativa y de vivienda para todos.
Distribuir el esfuerzo fiscal de forma justa y equitativa.
Combatir la desigualdad a través de un gasto público progresivo.
Estos puntos para una agenda de igualdad laboral no es nueva, en 1919 se crea la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que incorpora la noción de justicia social a su Constitución, en la primera frase, como fundamento indispensable de la paz universal: Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social, (Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, 1919).
De acuerdo con la Organización de la Naciones Unidas, la justicia social existe en un país o sociedad cuando se promueve la igualdad de género, los derechos de los migrantes y de los pueblos indígenas y; cuando se eliminan las barreras que enfrentan las personas por motivos de género, edad, raza, etnia, religión, cultura o discapacidad. Cuando las acciones de los Estados se enfocan en la erradicación de la pobreza, generación de empleos dignos y el trabajo decente, igualdad entre sexos, acceso al bienestar social.
En el caso de México uno de los ejes a partir de los cuales se piensa y se diseñan las políticas que generen valor social y reducción de pobreza, es decir, en la medida en que se solucionen problemas que se citan como ejemplos de Injusticia Social, como la falta de empleo, la desigualdad de ingresos o la carencia de un salario suficiente para cubrir necesidades básicas, se podrá llegar a una mejor convivencia social.
En México existen 55.3 millones de pobres, en 2014, lo menciono el Coneval, en su informe, es decir, 48.3 por ciento de la población, observando estas cifras, creemos que hace falta aún mucho trabajo por hacer; actores políticos, instituciones, organizaciones de la sociedad civil, entre otros, agentes de cambio, pueden ayudar a que esta situación vaya poco a poco disminuyendo.
Al hablar de este tema, es más que decidir que eslabón es de prioridad, si el alimentario, el de salud, el de educación, medio ambiente, la capacitación, la vivienda, cada uno de ellos tiene injerencia y todo va en transversalidad, por ello la importancia de trabajar en un esquema que ayude a fortalecer el crecimiento de productividad individual e integral.
La equidad y la justicia son dos valores que coexisten, no siendo posible su separación, a los que aspira cualquier sociedad civilizada. Sin embargo; hemos observado que, en el transcurso de la evolución de la humanidad, el ser humano ha sido objeto de vejaciones por parte de sus congéneres, incluso cuando se está en igualdad de condiciones.
Gráfico 4: Evolución de la Pobreza en materia de ingresos.
Fuente: Estimaciones del Coneval con base en las ENIGH de 1992 a 2014 y el MCS-ENIGH 2008-2014.
Si analizamos la riqueza en México, Forbes, menciona que en 2014, figuraron 16 mexicanos en la lista, apenas uno más que hace casi dos décadas, La magnitud de la riqueza de nuestros multimillonarios si ha cambiado. En 1996 las fortunas de esos 15 equivalían a 25 mil 600 millones de dólares, las de los 16 mexicanos más ricos en 2014 equivale a 142 mil 900 millones de dólares, Lo anterior implica que entre 1996 y 2014 la fortuna promedio de cada miembro pasó de mil 700 a 8 mil 900 millones de dólares, para 2016, los 15 más ricos de México, presentaron ante la revista Forbes, un saldo de 110 mil 620 millones de dólares que si los dejamos a un promedio de 17 pesos mexicano sería una fortuna de 1 billón 880 mil millones 540 millones de pesos.
En 2002 la riqueza de estos 4 millonarios representaba el 2 por ciento del PIB mexicano. En el lapso 2011-2014 alcanzó un promedio de 9 por ciento. La fortuna de Carlos Slim pasó de 1 por ciento a casi 6 por ciento en ese mismo periodo. Para los otros tres, su riqueza conjunta pasó de medio punto porcentual del PIB en 2003, a casi 3 por ciento en el periodo 2011-2014.
Es necesario un marco normativo que ayude a minimizar la pobreza, tal es el caso de la iniciativa de Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza, promovido por los esquemas de inversión productiva y de la capacitación educativa, de tal forma, que desde esta perspectiva logremos avanzar en la constitución de una banca social mexicana, que contribuya con esfuerzo del gobierno federal, este último a pesar de su recorte presupuestal, debe ser sacrificado, por contribuir con 1 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación, para que los empresarios, contribuyan con sus aportaciones como lo establece la propia iniciativa de ley, además de lograr un consenso a 2 por ciento de las comisiones de remesas, donde el mecanismo de solución genere beneficios económicos y logre crecer el PIB nacional.
Gráfico 5: Riqueza acumulada de los principales 4 millonarios con relación al PIB.
Fuente: Campos Chávez y Esquivel (2016)
La propuesta para contribuir con la iniciativa de Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza, hará que se dinamice el crecimiento económico, a través de la creación del banco social mexicano, sociedad nacional de crédito y apoyo distributivo, el cual prevé desarrollar una organización financiera de segundo nivel que aproveche la infraestructura de las cooperativas de ahorro y préstamo, que llegan a las regiones donde la banca comercial ni las instituciones auxiliares del gobierno federal tienen acceso.
La banca social mexicana, deberá utilizar como dispersores naturales de los recursos y apoyos financieros, que otorgue a las organizaciones, sociedades, empresas y organismos de integración y representación del sector, así como las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, autorizadas y que se puede coordinar en la presente iniciativa.
La institución atenderá, apoyará y fortalecerá los proyectos de inversión, mediante el otorgamiento de créditos, y la constitución de los fideicomisos y fondos de fomento económico, de garantía inversión, de aquellas organizaciones, sociedades, empresas y organismos de integración y representación del sector.
La iniciativa será necesario que se impulse desde los diversos actores políticos y desde la formación del cooperativismo social, a través de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.
Será necesario la construcción de una banca social mexicana, que contribuya a ampliar el crédito hacia las áreas prioritarias de la economía nacional, la propuesta de crear un banco social mexicano, contribuirá a centrarse a la inversión productiva, la capacitación, certificación, el seguro de desempleo, atender programas de complementación a la vivienda, la salud y la educación.
La captación y retención del apoyo distributivo y ahorro, será para utilizarlo en proyectos que permitan el fortalecimiento de la economía y resuelvan las necesidades de las comunidades; Además de contribuir con mejoras y referenciando a los preceptos de nuestra Carta Magna, como es el Artículo 3, de la educación con calidad y al Artículo 123, de los derechos de los trabajadores.
El presente contenido, habrá de argumentarse en la presente iniciativa de ley, desde su estructura organizacional quedando como sigue:
Estructura y contenidos de la iniciativa
Título Primero. Disposiciones Generales.
Título Segundo. De la Justicia Social.
Título Tercero. De la Distribución de la Riqueza.
Título Cuarto. De la Banca Social Mexicana.
Título Quinto. De la Compensación Social Laboral.
Título Sexto. De las Sanciones, Delitos y Notificaciones.
Titulo Primero. En él, se abordan las disposiciones generales del proyecto de la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza.
Título Segundo. En él, se aborda la equidad, promoviendo los proyectos de inversión productiva, la cultura de igualdad de oportunidades y la equidad de género, aplicando los modelos de certificación conforme a las normas que establece la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, motivando a las empresas del sector privado y público a contribuir a la legitimación en materia laboral para desarrollar la igualdad para todos, entre mujeres y hombres.
Título Tercero. Las sociedades empresariales deben organizarse con base a la igualdad de oportunidades y por lo tanto la justicia distributiva implica que a tantos recursos disponibles, se debe buscar el modo de que todos los miembros reciban con equidad esos recursos, para hacer que en medios capitalistas, que existan formas distributivas de las riquezas.
Título Cuarto. La Banca Social Mexicana deberá realizar las funciones de ahorro, crédito y apoyo, teniendo como objetivo: promover y facilitar el acceso al financiamiento a tasas preferenciales, fomentando la inversión productiva y apoyando la capacitación, certificación, los programas de educación, salud y vivienda, y sea el conducto para el seguro de desempleo.
Título Quinto: la Compensación Social Laboral, estará enfocada a la atención del trabajador en los temas de salud, educación y vivienda, para que se lleven programas de beneficio entre el patrón laboral y el trabajador laboral.
Título Sexto: Descripción de las sanciones, delitos y notificaciones que se tienen para las personas físicas y o morales que están sujetas a esta ley, manteniendo en observancia los principios de las demás leyes que regulan y complementan esta ley, previamente especificadas.
Por lo anterior, se somete a su consideración, la presente iniciativa con:
Proyecto de
DecretoArtículo Único. Proyecto de decreto de la Ley de Justicia Social y Equidad en la Distribución de la Riqueza para quedar bajo los criterios siguientes:
Título PrimeroArtículo 1. La presente Ley es de orden público tiene como objeto establecer los criterios generales de responsabilidad y distribución social, que regirán en el país y en las entidades federativas, para un mejor reparto de la riqueza con justicia social.
Las entidades de sector privado de carácter empresarial, las gubernamentales del poder ejecutivo, las del legislativo y judicial, y las entidades federativas, los municipios y sus entes públicos, así como las organizaciones no gubernamentales, se sujetarán a las disposiciones establecidas en la presente Ley y administrarán sus recursos con base a sus criterios de justicia social, donde prevalezca la transparencia, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, con el fin de darse la equidad en el reparto de la riqueza, a través de esquemas de productividad y capacitación, donde estas remuneraciones puedan fortalecer el salario ya sea en especie o efectivo, todo trabajador tenga a participar en un esquema de igualdad de oportunidades a los escalamientos laborales, siendo por convocatoria pública o directa, para eliminar las brechas generacionales de la nula capacitación y de la pérdida del poder adquisitivo, establecer programas de inversión y canales de exportación e importación que ayuden a la pequeña y mediana empresa.
Artículo 2. Para efectos de esta Ley, en singular o plural, se entenderá por:
I. De la Banca Social Mexicana: La banca será la institución que contribuya a repartir con equidad la riqueza con justicia social.
II. De la Constitución de la Banca Social Mexicana: Estará constituida por el Consejo Directivo, nombrado por empresarios, ciudadanos, obrero patronal, y órganos del poder ejecutivo.
III. De los créditos y préstamos: Toda operación constitutiva de un pasivo, directo o contingente, de corto, mediano o largo plazo, a cargo de los Entes Públicos, derivada de un crédito, empréstito o préstamo, incluyendo arrendamientos y factorajes financieros o cadenas productivas, independientemente de la forma mediante la que se instrumente; coadyuvando a los apoyos, financiamientos y subsidios cuando los municipios lo requieran, previo estudio, análisis y dictamen de factibilidad crediticia social.
IV. De la capacitación: De la capacitación laboral, con el fin de retener al trabajador en un período de 3 a 5 años, con esquemas de adiestramientos enfocados a sus herramientas y conocimiento laboral.
V. De la capacitación en especie: La capacitación será para promover el ingreso laboral, el crecimiento y la consolidación del trabajo profesional y de oficio, que cualquier trabajador ejerza sobre la vida laboral en el ámbito empresarial.
VI. De la capacitación en incentivo económico: mecanismo que respalda el pago de la capacitación y o asesoría técnica fuera de las instalaciones laborales.
VII. De la captación del ingresos en efectivo: Aquellos percibidos por diferentes esquemas de financiamiento de empresas, organismos, Instituciones gubernamentales, Entidades Federativas y los Municipios, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos, incluidos los recibidos por venta de bienes y prestación de servicios y los demás previstos en términos de las disposiciones aplicables; dividendos y beneficios de intereses que contribuya cada inversión.
VIII. De la captación del ingreso en especie: La totalidad de los Ingresos de libre disposición, las transferencias federales etiquetadas y el Financiamiento Neto; entre otras.
IX. De la certificación: Del apoyo al trabajador en la certificación de competencias laborales que estas son otorgadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por conocer, las certificaciones empresariales e individuales.
X. De la constitución de la Banca Social Mexicana: Los ingresos que reciba por vía utilidades empresariales, en los términos del Título Tercero, Capítulo 1 y del Capítulo 2 del sector gubernamental, a través del fondo compensatorio del 1 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como los recursos que, en su caso, reciban de intereses devengados o algún otro ingreso donatario de remuneración licita y cualquier otro recurso que no esté destinado a un fin específico; en los términos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
XI. De la ejecución de la Banca Social Mexicana: Los recursos que durante el ejercicio fiscal se obtengan de los aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación y de los particulares denominados empresariales.
XII. De la equidad de género: Las previstas en las normas de igualdad y equidad, además de mencionar la igualdad entre el hombre y la mujer con el compromiso de optar a los medios laborales con las mismas oportunidades.
XIII. De las estructuras del gobierno: Del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos autónomos de las entidades federativas; los municipios; los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos de las entidades federativas y los municipios, así como cualquier otro ente sobre el que las entidades federativas y los municipios tengan control sobre sus decisiones o acciones. En el caso de la Ciudad de México, incluye adicionalmente a sus alcaldías.
XIV. De la ejecución de la Banca Social Mexicana: Estará desarrollada desde la estructura organizacional y el papel comercial, los ahorros y las inversiones estarán respaldadas, sólo por el Banco de México y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
XV. Entidades federativas: Los estados de la federación y la Ciudad de México.
XVI. De la distribución de la riqueza: Conforme al reparto equitativo y justo, a través de esquemas compensatorios como es la capacitación, productividad y desempeño laboral, apoyado con programas de eficiencia laboral, de inversión, de mejora y crecimiento empresarial e individual.
XVII. Del ingreso total: La Banca Social Mexicana, sociedades financieras de objeto múltiple, casas de bolsa, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, sociedades financieras populares y sociedades financieras comunitarias y cualquiera otra sociedad autorizada por la secretaría o por cualesquiera de las comisiones nacionales para organizarse y operar como tales, siempre y cuando la normatividad que les resulte aplicable no les prohíba el otorgamiento de créditos.
XVIII. Instrumentos derivados: Los valores, contratos o cualquier otro acto jurídico cuya valuación esté referida a uno o más activos, valores, tasas o índices subyacentes.
XIX. Inversión pública productiva: toda erogación por la cual se genere, directa o indirectamente, un beneficio social, y adicionalmente, cuya finalidad específica sea:
I: La construcción, mejoramiento, rehabilitación y o reposición de bienes de dominio público;
II: La adquisición de bienes asociados al equipamiento de dichos bienes de dominio público o privado, comprendidos de manera limitativa en los conceptos de mobiliario y equipo de administración, mobiliario y equipo educacional, equipo médico e instrumental médico y de laboratorio, equipo de defensa y seguridad, y maquinaria, de los programas de capacitación y certificación, que generen valor y crecimiento laboral.
Así como los programas de salud, educación y de vivienda, seguro de desempleo, entre otros, de acuerdo al clasificador por objeto de gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
XX. Gasto etiquetado: El gasto que se etiquete en los rubros de capacitación, inversión, infraestructura, salud, educación, vivienda, deben ser conforme a los lineamientos que genere el presupuesto de la Banca Social Mexicana.
XXI. De la justicia social: Las previstas en las leyes federales, y de las entidades federativas, así como la equidad en el reparto de la riqueza.
XXII. Legislatura local: El Poder Legislativo de la entidad federativa.
XXIII. Del medio laboral: De la Sectorización del medio laboral, con la esperanza de una mejor calidad de vida, a través de la diferenciación del sector primario, industrial, servicios y de comercio, pues cada uno genera niveles de bienestar distintos por su nivel de fuerza laboral.
XXIV. Municipios: Los municipios de cada estado.
XXV. Obligaciones: Los compromisos de pago a cargo de los entes privados y públicos derivados de los financiamientos, de los apoyos y de las inversiones, así como de la capacitación, salud, educación y vivienda.
XXVI. Obligaciones a corto plazo: Cualquier obligación contratada con la Banca Social Mexicana o instituciones financieras a un plazo menor o igual a un año.
XXVII. Del Poder Ejecutivo: Las secretarías del Poder Ejecutivo y de los organismos públicos descentralizados y centralizados.
XXVIII. Del porcentaje de distribución empresarial: Las sociedades empresariales deben organizarse con base a la igualdad de oportunidades y por lo tanto la justicia distributiva implica que a tantos recursos disponibles, se debe buscar el modo de que todos los miembros reciban con la mayor equidad, para hacer que en medios capitalistas existan formas distributivas de las riquezas, con apoyos y créditos a las empresas, cooperativas, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, así como a las personas físicas y morales, ejidos entre otras figuras legalmente constituidas.
Para las empresas con fines de lucro y asistencia social, Fundaciones, Organizaciones no gubernamentales, Cooperativas en el ámbito nacional e internacional que estén establecidas en territorio nacional, que hayan generado utilidades desde 1 millón hasta 10 millones de pesos, conforme al factor de 1 por ciento, del remanente ganado. Para las empresas que hayan generado utilidades desde 10 millones 1 pesos hasta 50 millones de pesos, conforme al factor de 2 por ciento del remanente ganado, Para las empresas que hayan generado utilidades por más de 50 millones 1 pesos, conforme al factor de 3 por ciento del remanente ganado.
XXIX. Del porcentaje de distribución gubernamental: La justicia distributiva gubernamental tiene como prioridad atender la eficiencia económica, ayudar a mejorar la vida social y contribuir a ofertar una mejor calidad de vida, para que todo la base productiva laboral tenga mecanismo de crecimiento familiar, social o comunitario, El sector gubernamental deberá destinar el 1 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación, de cada ejercicio fiscal en turno, ministrado mensualmente a través del cálculo provisional conforme a la Recaudación Federal Participable y al término del año realizar los ajustes correspondientes, conforme a la reducación real.
XXX. Presupuesto de Egresos: El Presupuesto de Egresos de las entidades federativas y municipios.
XXXI. Del Presupuesto de Egresos de la Federación: Presupuesto de Egresos de la Federación.
XXXII. Del reparto de la riqueza: El reparto de la riqueza deberá estar conformado con el 1 por ciento, 2 por ciento y 3 por ciento de las utilidades ganadas del sector empresarial, donde se contribuya a la banca social, de conformidad a los cálculos que proporcione la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a empresas que generen volúmenes de utilidad de consentimiento en el Titulo Tercero del capítulo 1 y 2, de la presente ley.
XXXIII. Del reparto o incentivos: Los recursos utilizados por los Entes privados y públicos para el pago de cualquier financiamiento u obligación; además de la forma en que deberán ser distribuidos en los diversos componentes del reparto equitativo, así como las transferencias, asignaciones, subsidios, donativos y apoyos.
XXXIV. De la remesas: Los ingresos que reciba por vía trasferencias siendo hasta 2 por ciento de la comisión, por envío realizado de Estados Unidos, Canadá entre otros países, que servirá para compensar a la sociedad en general.
XXXV. Reestructuración: La celebración de actos jurídicos que tengan por objeto modificar las condiciones originalmente pactadas en un financiamiento o subsidio y apoyo según sea el caso, y que este esté validado por el Consejo Directivo.
XXXVI. Registro público único: El registró para la inscripción de obligaciones y financiamientos que contraten los entes privados, públicos y personas físicas y morales.
XXXVII. Del salario: Salario con base a esquema de productividad, mejoras y accesorios con incentivos enfocados a la fuerza económica de la empresa y a la vida laboral individual.
XXXVIII. Secretaría: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público del gobierno federal.
Artículo 3. La Banca Social Mexicana, ejercerá sus funciones, conforme a los lineamientos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, del Banco de México y de las diversas leyes que emanan a la justicia social, como es la Ley Federal del Trabajo, así como sus respectivos reglamentos.
Artículo 4. A falta de disposición expresa en esta ley, se aplicarán supletoriamente la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Artículo 5. El Consejo Nacional de Armonización Contable, en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, emitirá las normas contables necesarias para asegurar su congruencia con la presente ley, incluyendo los criterios a seguir para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera, conforme a la recaudación de la Banca Social Mexicana.
Artículo 6. De los procedimientos regulados por este ordenamiento, serán observados conforme a los valores de la Banca Social Mexicana, y se regirán por los principios de legalidad, certeza, imparcialidad, sencillez, celeridad, oficiosidad, eficacia, publicidad, gratuidad y buena fe.
Capítulo IIArtículo 7. Para los efectos de esta ley, se entenderá:
I. Anulabilidad. Es aquella protección que la ley establece a favor de personas determinadas y afecta a aquellos actos que contienen los elementos de validez exigidos por las normas administrativas, pero que adolecen de algún vicio que implica un perjuicio para el particular, a quien la Ley le concede acción para reclamar dichos actos y reparar el perjuicio.
II. Autoridad administrativa: Aquélla que dicte, ordene, ejecute, omita o trate de ejecutar un acto administrativo.
III. Beneficiario empresarial: Todo empresario que haya tributado los beneficios económicos y los que estén al corriente en sus declaraciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria, que deberá informar a través de una base de datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la Banca Social Mexicana.
IV. Beneficiario seguro de desempleo: Todo ciudadano asalariado mayor de 18 años que haya perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, resida en el territorio nacional, y cumpla con los requisitos previstos en el Título V, Capítulo IV, Del Seguro de Desempleo y así acceder a los beneficios.
V. Consejo Directivo: Al Consejo Directivo para el Fomento, a la protección a la inversión, equipamiento, desarrollo empresarial, salud, educación, vivienda, capacitación y certificación de competencias laborales entre otros.
VI. Delegaciones: A los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del territorio nacional, mismo que esté seccionado por entidades federativas, regiones y cubrir un gran número de municipios dependiendo del techo presupuestal administrativo.
VII. Equidad de género: es la imparcialidad en el trato que reciben mujeres y hombres de acuerdo con sus necesidades respectivas, ya sea con un trato igualitario o con uno diferenciado pero que se considera equivalente en lo que se refiere a los derechos, los beneficios, las obligaciones y las posibilidades.
VIII. Empoderamiento: procesos por los cuales las mujeres y los hombres ejercen el control y se hacen cargo de su propia vida mediante una ampliación de sus opciones La participación en la fuerza de trabajo es fundamental para el empoderamiento social y económico de las personas y de sus comunidades ya que les ofrece más opciones y recursos, así como una mayor autonomía para realizar la vida que desean en los sectores económicos de baja productividad y/o en la economía informal.
IX. Igualdad de género: se define como la igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades de las mujeres y los hombres, y las niñas y los niños. La igualdad no significa que las mujeres y los hombres sean lo mismo, sino que los derechos, las responsabilidades y las oportunidades no dependen del sexo con el que nacieron.
X. Interesado: Aquella persona que tiene un interés legítimo y jurídico por ostentar un derecho legalmente tutelado, respecto de un acto o procedimiento administrativo.
XI. Interés jurídico. Es el que tienen los titulares de un derecho subjetivo público.
XII. Interés legítimo. Es el que tienen quienes invoquen situaciones de hecho protegidas por el orden jurídico, tanto de un sujeto determinado como de los integrantes de un grupo de individuos diferenciados del conjunto general de la sociedad.
XIII. Interés fiscal.Es la base del crédito y sus accesorios así como el ajuste que a través de la denominación en unidades de inversión o mediante la aplicación de índices o factores, o de cualquier otra forma, se haga de los créditos, deudas y operaciones realizadas por el Estado o los particulares, o por ambos en forma conjunta o correlacionada.
XIV. Ley. A la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza para el territorio nacional.
XV. Medidas de seguridad. Las disposiciones que dicte la autoridad competente para proteger la salud y la seguridad pública. Las medidas de seguridad se establecerán en cada caso por las leyes administrativas.
XVI. Nulidad. Es aquella que se origina con el nacimiento del acto jurídico cuando va contra el mandato o prohibición de la ley.
XVII. Plazos. Es el lapso de tiempo dentro del cual puede realizarse o dar cumplimiento al acto.
XVIII. Reglamento. Al Reglamento de la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza para el territorio nacional.
XIX. SAT: Servicio de Administración Tributaria. Ente encargado del manejo de la información de las declaraciones fiscales.
XX. Secretaría del Trabajo: A la Secretaría de Trabajo y Previsión Social del Ejecutivo federal.
XXI. Secretaría de Economía: La Secretaría de Economía del Ejecutivo federal.
XXII. Secretaría de Desarrollo Social: La Secretaría de Desarrollo Social del Ejecutivo federal.
XXIII. Secretaría de Hacienda y Crédito Público: Secretaría encargada de la base de datos de los impuestos y de la tributación del ingreso de los empresarios. Encargada además de vincular los convenios de carácter administrativo.
XXIV. Términos. El momento en que ha de cumplirse o extinguirse una obligación.
Título SegundoArtículo 8. De la justicia social, como principal preocupación de los diversos actores, donde se señala a la justicia distributiva como la regulante de la distribución de riquezas e ingresos, para el complemento de una sociedad con beneficios para todos en igualdad de oportunidades.
Capítulo IArtículo 9. De la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el cual tiene como fin promover la cultura de igualdad de oportunidades y la equidad de género, aplicando los modelos de certificación conforme a las normas que establece la, motivando a las empresas del sector privado y público para que contribuyan a la legitimación en materia laboral para desarrollar la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.
Artículo 10. Las dependencias gubernamentales y las entidades privadas, tienen la obligación de generar políticas públicas necesarias, para que desde cualquier sector público o privado se contribuya a la igualdad de oportunidades en el mercado laboral, apuntalando la capacitación del sector primario, industrial, comercial y de servicios, dando la capacitación técnica o especializada al momento de ser contratado, tomando a consideración lo siguiente:
I. Participar en la fuerza laboral de carácter fundamental para el empoderamiento social y económico de las mujeres y hombres y de sus comunidades, donde se ofrezcan más opciones y recursos, a través de los programas de capacitación que se oferten en el sector público y privado.
II. Atender y conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones, que el trabajo es un derecho y un deber social, que no es un artículo de comercio, que exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta, y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel decoroso para el trabajador y su familia, y que no podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivos de raza, sexo, edad, credo, religión, doctrina política o condición social, y que es de interés social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.
III. Promover el estado de derecho, la sujeción de los órganos del poder, de manera que sus actos sean previsibles, controlables, enmendables, al mismo tiempo que los derechos de cada individuo y de la sociedad esté eficazmente protegidos, además de cumplir con las obligaciones con relación al estado, a la sociedad y a las familias.
IV. Eliminar la discriminación, el hostigamiento y la falta de oportunidades, así como revalorar el mismo, ya que las desigualdades en género se han agudizado sin justificación alguna.
V. Ejercer los derechos de las mujeres y hombres en materia laboral, como las normas enfocadas a la protección de su salud, educación, desarrollo, maternidad, siendo los derechos que derivan del derecho de igualdad, garantizado por la norma constitucional, la cual es la ley suprema.
Artículo 11. La Secretaría del trabajo y Previsión Social, promoverá la normatividad laboral en función de equidad y género, para establecer un trabajo mutuo con las mismas igualdades de oportunidades en materia salarial.
Artículo 12. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Banca Social, deberán de realizar programas de beneficios de seguridad social, a través de un fondo compensatorio que se ejercerá con las mismas igualdades de oportunidades entre empleador y empleado.
Artículo 13. Se consideran derechos de identidad nacional, con responsabilidad social entre mujeres y hombres y que las obligaciones que establecen y ordenen, garanticen los derechos indistintamente para ambos.
Artículo 14. Las dependencias del gobierno federal y las instituciones del ámbito social, empresas privadas, deberán de promover la cultura de igualdad laboral entendiéndose como la práctica de las mismas condiciones de trabajo, para hombres y mujeres, sin importar el sexo, el estado civil, su origen étnico o raza, la clase social, la religión o su ideología política, consintiendo en que gocen de los mismos derechos que los trabajadores.
Artículo 15. De los centros de evaluación, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, deberán promover la igualdad de oportunidades, donde hombres y mujeres que estén en la edad de trabajar, deban al solicitar un trabajo, a ser capacitadas y adiestradas, participar en las promociones de comisiones mixtas que establezcan las leyes, sindicalizarse y ocupar puestos directivos, ser promovidos y ascendidos dentro del lugar donde presta su servicio.
Artículo 16. De conformidad con la Comisión de Salarios Mínimos, generar la igualdad de pago, la obligación de remunerar a los trabajadores y a las trabajadoras, cuando desempeñan trabajos similares, bajo las mismas condiciones, laborando el mismo número de horas y produciendo la misma cantidad y calidad de trabajo, donde este derecho está fundado y motivado en el Artículo 123 de la constitución.
Artículo 17. Del establecimiento de valores, objetivos ante la empresa, para que favorezcan la no discriminación entre hombres y mujeres, en todos los medios laborales, cuando la diferencia se hace en las condiciones de trabajo como discriminación laboral, vista cuando ocurre la desigualdad laboral en cualquiera de sus modalidades: de trato, de oportunidades o en el pago, cuando por motivo de sexo, maternidad, estado civil, edad, religión, origen étnico, nacionalidad, ideas políticas o responsabilidades familiares, se sufra de esta situación.
Artículo 18. De conformidad con la certificación de equidad de género, promover ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y vincular con las áreas de recursos humanos o áreas afines de las dependencias del gobierno federal, estatal y municipal, así como de las instituciones no gubernamentales y empresas privadas, a contribuir a la Igualdad de oportunidades y de trato, simplemente por razones basadas en su sexo, color de piel, etnia o creencias, sin que se tengan en cuenta sus capacidades y sus calificaciones. Donde sea de carácter esencial que los trabajadores elijan su trabajo libremente, desarrollen plenamente su potencial y cosechen recompensas económicas con base a los méritos.
Artículo 19. Corresponde a los dependencias del ejecutivo federal, estatal y municipal, instituciones no gubernamentales y empresas públicas y privadas a apoyar a que los empleadores practiquen la igualdad y acceso a una mano de obra más extensa y diversificada. Los trabajadores que gozan de igualdad, donde se tenga un mayor acceso a la formación, y que perciben salarios más elevados y mejoran la calidad general de la mano de obra.
Artículo 20. La Banca Social, contribuye a que los beneficios de una economía globalizada se distribuyan de manera más justa en una sociedad igualitaria, lo que conduce a una mayor estabilidad social y a que la gente apoye más ampliamente un mayor desarrollo económico, vinculando las normas de la Organización Internacional del Trabajo y de la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 21. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, instruirá a sus órganos de control, dar cumplimiento a establecer los cimientos sobre los que deben aplicarse las estrategias dominantes en cuestiones de género en el ámbito del trabajo.
Artículo 22. Las dependencias del ejecutivo federal, estatal y municipal, así como las instituciones no gubernamentales, la empresa social y privada, promoverá la libertad sindical, la constitución de sindicatos y organizaciones de empleadores y de trabajadores, donde será requisito necesario para la solidez de la negociación colectiva y del diálogo social. Sin embargo, siguen existiendo retos en la aplicación de estos principios que deben ser conformadores de una vida colectiva en beneficio de la sociedad o del gremio, donde el beneficio sea la mejora del crecimiento y productividad laboral y personal, considerando los siguientes puntos:
I. Garantizar la negociación colectiva, la libertad sindical, donde trabajadores y los empleadores pueden asociarse para negociar con eficacia las relaciones de trabajo. Al combinarse con una sólida libertad sindical, las buenas prácticas colectivas que garanticen que los empleadores y los trabajadores negocien en un plano de igualdad y que los resultados sean justos y equitativos.
II. Coadyuvar el trabajo forzoso, donde trabajadores domésticos tomen como opcional el trabajo forzoso y que en muchos casos no se les impida, mediante amenazas o verdadera violencia, dejar la casa de sus empleadores, hombres, mujeres y niños están no se sientan atados a su trabajo, a través de un círculo vicioso de deudas.
III. Erradicar el trabajo infantil, pues constituye una violación de los derechos humanos fundamentales, habiéndose comprobado que entorpece el desarrollo de los niños, y que potencialmente les produce daños físicos y psicológicos para toda la vida. La erradicación del trabajo infantil en las economías en transición y en desarrollo puede generar beneficios económicos, asociados con las inversiones en una mejor escolaridad y en unos mejores servicios sociales.
IV. Promover la igualdad de oportunidades y de trato, no negar el acceso al trabajo a las mujeres y hombres, que perciben bajos salarios, o se ven limitados a determinadas ocupaciones, simplemente por razones basadas en su sexo, color de piel, etnia o creencias, sin que se tengan en cuenta sus capacidades y sus calificaciones.
V. Contribuir a que exista igualdad en el lugar de trabajo, que conlleve beneficios económicos significativos. Los empleadores que practican la igualdad tendrán acceso a una mano de obra más extensa y diversificada. Los trabajadores que gocen de igualdad, tienen un mayor acceso a la formación, a menudo perciben unos salarios más elevados y mejoran la calidad general de la mano de obra.
Artículo 23. Las dependencias, áreas afines, de las instituciones que tengan injerencia, con los contratos colectivos laborales y la de recursos humanos, promoverán la consulta tripartita, diálogo y cooperación entre los gobiernos, los empleadores y los trabajadores, formulando las normas y las políticas orientadas al tratamiento de los asuntos laborales, vinculando las normas internacionales del trabajo, creando controles a través de una estructura tripartita que propicie la Organización Internacional del Trabajo, siendo única en el sistema de las Naciones Unidas.
Artículo 24. Las dependencias, áreas afines, de las instituciones que tengan a bien realizar consultas que garanticen una mayor cooperación entre los interlocutores sociales, una mayor concienciación sobre las cuestiones relacionadas con las normas del trabajo nacional y una mayor participación en las mismas, aplicando las estadísticas e indicadores de eficiencia, calidad, eficacia y de economía y que puedan conducir a una mejor gobernanza, con esta toma de decisiones, de asuntos sociales y económicos.
Artículo 25. Las dependencias que tengan a bien a desarrollar el trabajo laboral con los criterios que establece la propia Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aplicando la diversidad de sistemas de administración, las normas de la Organización Internacional del Trabajo y de las competencias del organismos certificador conocer, para que promueven, al mismo tiempo, la compilación estadística del trabajo, vista como una valiosa herramienta para identificar las necesidades y formular la política laboral, tanto a escala nacional como internacional, con el fin de mantener y robustecer en todo el mundo esta importante herramienta para el desarrollo.
Artículo 26. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, deberá contar con inspectores laborales, que examinen cómo se aplican las normas nacionales del trabajo en el lugar de trabajo y aconsejen a los empleadores y a los trabajadores respecto de la manera de mejorar la aplicación de la legislación nacional en cuestiones tales como el tiempo de trabajo, los salarios, la seguridad y la salud en el trabajo e inclusive de la contribución del trabajo infantil.
Artículo 27. las dependencias gubernamentales, las instituciones sin fines de lucro y las empresas privadas deberán de promover las oportunidades laborales para hombres y mujeres, a efectos de garantizar un remuneración con ingresos decentes, promoviendo las normas internacionales sobre la política del empleo, junto con los programas de cooperación técnica, para diseñar y aplicar tales políticas, garantizando, en todo momento, el máximo acceso a los trabajos necesarios para gozar del trabajo decente.
Artículo 28. La Secretaría del Trabajo, será la promoverte de la formación profesional, la educación y la formación son la clave para que las personas puedan conseguir empleo, es menester que los empleadores y los trabajadores se encuentren especialmente bien formados en tecnologías de la información y de la comunicación, en las nuevas formas de organización del comercio, y en el funcionamiento del mercado nacional.
Artículo 29. Corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, vincular a las dependencias gubernamentales, a las empresas sociales y privadas, con base a su pleno empleo y un crecimiento económico sostenido, inviertan en educación y en el desarrollo de los recursos humanos, ofreciendo una educación básica, una capacitación laboral básica y oportunidades de aprender a lo largo de la vida a toda su población trabajadora para garantizar que los trabajadores mantengan y mejoren sus oportunidades de empleo, lo cual redundará en una mano de obra más calificada y productiva.
Artículo 30. Las dependencias gubernamentales y las instituciones no gubernamentales, las empresas sociales y privadas, deberán dar seguridad laboral, crear modelos innovadores de empleo, de ser necesario la constante capacitación para evitar la reducción del personal y/o despedir a los trabajadores por lo que será necesario que los empleadores mantengan la productividad de sus empresas.
Artículo 31. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, propondrá un equilibrio entre el mantenimiento del derecho de los empleadores de despedir a los trabajadores por causas justificadas y la garantía de que esos despidos sean justos, se utilicen como último recurso, y no tengan un impacto negativo desproporcionado en los trabajadores.
Artículo 32. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Banca Social Mexicana, deberán analizar, evaluar, proponer y garantizar el acceso a salarios adecuados y regulares, dado que los trabajadores pierden sus salarios debido a la bancarrota de los empleadores, disponiendo el pago regular de los salarios, la fijación de los niveles de los salarios mínimos, y el pago de los salarios debidos en caso de insolvencia del empleador.
Artículo 33. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en vinculación con las empresas que ejerzan salarios dignos, deberán garantizar el adquisitivo del salario laboral, aplicando el deslizamiento de inflación y sus respectivos accesorios, para que genere valor, y mejora el poder adquisitivo de la moneda, que este valla fortalecido con base a esquemas de productividad de cada sector económico laboral.
Artículo 34. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá garantizar el tiempo laboral, bajo el esquema de marco regulatorio laboral, de la Ley Federal del Trabajo, aplicando los mismos lineamientos de las jornadas laborales, en caso de requerir horas extras estas deberán de establecerse con nuevos mecanismos de productividad laboral que contemple la propia empresa, además de prevenir las siguientes medidas:
I. Notificar a través de la puesta en marcha de una sólida seguridad y salud en el trabajo, previniendo de información y de prácticas de inspección y protección de los trabajadores respecto de las enfermedades y de los accidentes del trabajo.
II. Ofrecer seguridad social a sus ciudadanos, protegiéndolos de enfermedades, de la inseguridad relacionada con el hecho de ganarse la vida a través del trabajo.
III. Prevenir sistemas de seguridad social con ingresos básicos en caso de desempleo, enfermedad y accidente laboral, vejez y jubilación, invalidez, responsabilidades familiares tales como el embarazo y el cuidado de los hijos y la pérdida del sostén de la familia.
Artículo 35. De las Instituciones gubernamentales, empresas sociales o privadas que contraten trabajadores migrantes, desempleados contribuirán a beneficios de bien común, mismo que de llevarlas a cabo deberán de obtener beneficios o apoyos que se ejercerán a traes de la banca social.
Artículo 36. Las dependencias gubernamentales, la empresa social y privada que contrate trabajadores y trabajadoras con VIH/sida, debe de obtener beneficios fiscales, de conformidad a los que establezca la Banca Social a través de convocatoria pública, para dar prioridad y atención de los temas laborales por la discriminación que atenta contra los derechos laborales y afecta las posibilidades de obtener un trabajo decente.
Artículo 37. Las dependencias gubernamentales y empresas sociales y privadas, que atiendan al trabajador de mar, contaran con los beneficios económicos que promueva la banca social, con todas las prioridades necesarias por ser una actividad en el comercio e intercambio de bienes entre regiones o países, la gente de mar también se ve a menudo expuesta a condiciones de trabajo difíciles y a riesgos ocupacionales particulares de su profesionales, será necesario erradicar la explotación y a los abusos, al impago de los salarios, al incumplimiento de los contratos, y no estén expuestos a dietas pobres y a condiciones de vida de baja calidad.
Artículo 38. Las dependencias gubernamentales y empresas sociales y privadas que atiendan la base laboral del pescador, deberá de darle beneficios de seguridad social, promovidos por la Banca Social, para sacarlos de la informalidad y tengan todos los beneficios económicos y sociales, además de crearles las normas que se orientan a proteger a los hombres y a las mujeres que trabajan en este sector.
Artículo 39. Las empresas de actividad agrícola, ejidos, cooperativismos sociales deberán aplicar como prioridad de los beneficios que atienda la Banca Social, ya que el trabajador agrícola es de alcance prioritario, será necesario que cuente con los beneficios de seguridad social, para sacarlos de la informalidad y tengan todos los beneficios económicos y sociales, además de crearles las normas que se orientan a proteger la alimentación, para que todos los ciudadanos logremos una sana alimentación.
Artículo 40. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el empleador, deberá aplicar las normas de conocer, para que él trabajador sea competitivo y calificado y que figuren en el registro de certificación de competencias lábrales, obteniendo su certificado de competencias y que por cada logro de competencia contribuya a mejores salarios, mismo que deberá aplicar a beneficios económicos que establezca la Banca Social en los rubros de apoyo laboral.
Capítulo IIArtículo 41. De la capacitación y adiestramiento de los trabajadores, tal como lo marca la Ley Federal del Trabajo en su artículo 153-a. todo trabajador tiene el derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida y productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o sus trabajadores y aprobados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, tomando en consideración los siguientes lineamientos:
I. Promover el cumplimiento a la obligación que, conforme al artículo anterior les corresponde, a los patrones convenir con los trabajadores en que la capacitación o adiestramiento, se proporcione a estos dentro de la misma empresa, fuera de ella, por conducto de personal propio, instructores especialmente contratados, instituciones, escuelas u organismos especializados, o bien mediante adhesión a los sistemas generales que se establezcan y que se registren en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. En caso de tal adhesión, quedará a cargo de los patrones cubrir las cuotas respectivas.
II. Promover la cultura del patrón, conforme al derecho a dar la capacitación y ésta la puede sumar al cálculo de distribución de los apoyos económicos y en especie, en el apartado del Título Tercero, Capitulo 1 y 2, de la presente Ley, además de que la capacitación estará ofertada en los mismos criterios y lineamientos de las jornadas laborares tal como lo marca la propia Ley Federal del Trabajo.
III. Ofrecer certificación laboral, serán las competencias de las personas son los conocimientos, habilidades, destrezas y comportamientos individuales, es decir, aquello que las hace competentes para desarrollar una actividad en su vida laboral.
IV. Ofertar la certificación de competencias, que las personas demuestren por medio de evidencias, y den cuenta, sin importar como las hayan adquirido, con conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para cumplir sus funciones a un alto nivel de desempeño, de acuerdo a lo definido en un estándar de competencia.
Artículo 42. Del Sistema Nacional de Competencias, promovido por el conocer, será el instrumento del gobierno federal que contribuye que avale y certifique la competitividad económica, al desarrollo educativo y al progreso social de México con base al fortalecimiento de las competencias de las personas.
Artículo 43. De los beneficios a obtener al contar con una certificación del conocer, se encuentran:
I. Integrarse al mercado laboral de manera exitosa.
II. Tener un documento reconocido por la autoridad educativa del país y por las empresas de los sectores productivos, que respaldan sus competencias a nivel nacional.
III. Movilidad laboral a nivel nacional.
IV. Posibilidad de obtener incrementos salariales y promociones, dependiendo de cada sector.
V. Aumentar la seguridad en tu empleo.
VI. Incremento de la superación personal, motivación y desempeño en el trabajo.
VII. Reconocimiento público por el trabajo realizado.
Artículo 44. De los estándares de competencia inscritos en el Registro Nacional de Estándares de Competencia, en los que puedes certificarte, en diversos sectores económicos y sociales como lo son:
I. Administración pública.
II. Agrícola y Pecuario.
III. Agua.
IV. Comercio.
V. Construcción e Inmobiliario.
VI. Educación y Formación de personal.
VII. Financiero.
VIII. Funciones del Sistema Nacional de Competencias.
IX. Logística.
X. Procesamiento de Alimentos.
XI. Servicios Profesionales y Técnicos.
XII. Social.
XIII. Tecnologías de la Información.
XIV. Transporte.
XV. Turismo.
Artículo 45. De las empresas, entre los beneficios para las instituciones y organizaciones que participan en el Sistema Nacional de Competencias se encuentran:
I.Dar certidumbre al reclutamiento de los mejores candidatos, que se encuentren avalados por el conocer.
II. Reducir los costos transaccionales en los mercados laborales, particularmente en los procesos de reclutamiento y selección de personal.
III. Dar certidumbre a los clientes acerca de la calidad de los productos y servicios ofrecidos.
IV. Reducir los tiempos, costos y desperdicios en la producción.
V. Cerrar brechas de conocimientos entre el personal.
VI. Asegurar la calidad del trabajo realizado.
VII. Ofrecer servicios más estandarizados.
VIII. Obtener certificaciones de procesos por industria.
IX. Aumentar la seguridad y disminuir los riesgos y accidentes de trabajo.
X. Disminuir el ausentismo y la rotación del personal.
Artículo 46. De los beneficios del Sistema Nacional de Competencias.
I. Fortalecer la credibilidad a los sectores empresariales para la contratación de personal competente, dada la certificación de sus trabajadores como personas competentes para las funciones clave que requieren.
II. Fortalecer la movilidad laboral de los trabajadores en sus sectores, en el territorio nacional y aún a nivel internacional, al reconocer la autoridad educativa del país, sus competencias por medio de un certificado de la Secretaría de Educación Pública - conocer.
III. Contribuir a una mejor alineación de la oferta educativa con los requerimientos de los sectores productivos y ofrecer la posibilidad de certificar estudiantes en competencias laborales durante los programas de estudio, para integrarse al mercado laboral de manera exitosa.
IV. Desarrollar instrumentos adicionales para fortalecer el diálogo social, en el marco del trabajo docente y la alianza por la productividad entre empleadores y trabajadores.
V. Establecer convenios internacionales orientados a la homologación de certificaciones para asegurar la movilidad laboral dentro y fuera del país, con base en competencias de personas.
Artículo 47. De los estándares de competencia:
I. Promover los estándares de competencia con conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes requeridas, para que una persona realice cualquier actividad productiva, social o de gobierno, con un nivel de alto desempeño, definidos por los propios sectores.
II. Desarrollar un estándar de competencia, el Comité de Gestión por Competencias se apoya en grupos técnicos de expertos, quienes son capacitados por el conocer en el proceso de elaboración del Estándar, vinculados por las áreas de recursos humanos de las dependencias, instituciones no gubernamentales, empresas sociales o privadas.
Artículo 48. De las entidades de Certificación y Evaluación, serán las personas morales, organizaciones o instituciones públicas o privadas, unidades administrativas de alguna dependencia, entidad o su similar en los niveles de Gobierno Federal, Estatal o Municipal, acreditadas por el conocer para capacitar, evaluar y/o certificar las competencias laborales de las personas, con base en Estándares de Competencia inscritos en el Registro Nacional de Estándares de Competencia, así como para acreditar, previa autorización del conocer, Centros de Evaluación y/o Evaluadores Independientes en uno o varios Estándares de Competencia en un periodo determinado.
Artículo 49. De los organismos certificadores, un Organismo certificador (OC), es la persona moral, organización o institución pública o privada, unidad administrativa de algunas Dependencias, Entidad o su similar en los niveles de Gobierno Federal, estatal o municipal acreditada por el conocer, para certificar las competencias de las personas ,con base en Estándares de Competencia inscritos en el Registro Nacional de Estándares de Competencia, así como para acreditar, previa autorización del conocer, Centros de Evaluación y/o Evaluadores Independientes en uno o varios Estándares de Competencia, inscritos en el Registro Nacional de Estándares de Competencia, durante el periodo determinado.
Artículo 50. Del Centro de Evaluación, el centro de evaluación es la persona moral, organización o institución pública o privada, unidad administrativa de algunas dependencias, entidad o su similar en los niveles de gobierno federal, estatal o municipal acreditada por el conocer, a propuesta de una unidad entidad de certificación y evaluación de competencias o de un organismo certificador acreditado para evaluar, con fines de certificación, las competencias de las personas con base en un determinado Estándar de Competencia inscrito en el Registro Nacional Estándares de Competencia.
Artículo 51. De la figura del evaluador Independiente, quien es la persona física autorizada por el conocer, a propuesta de una Entidad de Certificación y Evaluación de Competencias o de un Organismo Certificador Acreditado para evaluar con fines de Certificación, las competencias de personas con base en un determinado Estándar de Competencia inscrito en el Registro Nacional de Estándares de Competencia.
Título TerceroArtículo 52. Las sociedades empresariales deben organizarse con base a la igualdad de oportunidades y por lo tanto la justicia distributiva implica que a tantos recursos disponibles, se debe buscar el modo de que todos los miembros reciban con equidad esos recursos, para hacer que en medios capitalistas existan formas distributivas de las riquezas y que sean atendidos desde la Banca Social Mexicana con apoyos, subsidios y créditos a las empresas, cooperativas, organizaciones no gubernamentales y personas físicas.
Artículo 53. La justicia distributiva empresarial, donde todos los bienes y recursos de una sociedad deben ser justamente repartidos a través de la equidad institucional, donde todos tengan beneficios que ayuden a elevar el poder adquisitivo de sus negocios, ya sea en una entidad federativa o país, vinculado con proyectos de rentabilidad que contribuyan a la mejora social y de crecimiento económico.
Artículo 54. Las empresas para realizar su actividad disponen de diversos recursos no necesariamente de su propiedad, de ahí que los usuarios de los informes contables demanden información relativa a lo que posee y debe la empresa, es decir, información sobre su riqueza, por ello es necesario que de cada ejercicio fiscal, de la denominada utilidad libre de impuestos tributen de la siguiente manera:
I. Para las empresas con fines de lucro, Fundaciones, Organizaciones no gubernamentales, Cooperativas en el ámbito nacional e internacional que estén establecidas en territorio nacional, que hayan generado utilidades desde 1 milló0n hasta 10 millones de pesos, deberán de retribuir el 1 por ciento de sus ganancias a la Banca Social Mexicana.
II. Para las empresas con fines de lucro, Fundaciones, Organizaciones no gubernamentales, Cooperativas en el ámbito nacional e internacional que estén establecidas en territorio nacional, que hayan generado utilidades desde 10 millones 1 pesos hasta 50 millones de pesos, deberán de retribuir el 2 por ciento de sus ganancias a la Banca Social Mexicana.
III. Para las empresas con fines de lucro, fundaciones, organizaciones no gubernamentales, cooperativas en el ámbito nacional e internacional que estén establecidas en territorio nacional, que hayan generado utilidades desde 50 millones 1 pesos en adelante, deberán de retribuir el 3 por ciento de sus ganancias, a la Banca Social Mexicana.
Artículo 55. De las empresas que hayan tributado sus partidas inherentes, podrán optar por los beneficios compensatorios que estos serán rígidos y ofertados por convocatoria pública a las diversas ramas, de la capacitación, certificación, inversión y apoyos, previa validación del área de supervisión y capacitación, así como del área del crédito social de la Banca Social Mexicana, previa autorización del Consejo Directivo.
Artículo 56. De las empresas que no hayan tributado en sus utilidades por estar en el rango inferior de las partidas antes citadas en el artículo 54, de la presente Ley, podrán optar por los beneficios económicos y sociales que se determine a través de convocatoria pública, siempre y cuando se encuentre al corriente en sus declaraciones fiscales ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Capítulo IIArtículo 57. La justicia distributiva gubernamental tiene como prioridad atender la eficiencia económica, ayuda a mejorar la vida social y contribuye a ofertar una mejor calidad de vida, para que toda la base productiva laboral tenga mecanismo de crecimiento ya sea familiar, social o comunitario.
Artículo 58. La justicia social y distributiva de la riqueza, deberá dar prioridad a los daños causados en el pasado antes que a las necesidades actuales, sin embargo debe de trabajarse en forma coordinada y mixta para que los bienes comunes de los ciudadanos sean proporcionalmente distribuidos a la base productiva.
Artículo 59. El sector gubernamental deberá contribuir el 1 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación, de cada ejercicio fiscal en turno, ministrado mensualmente a través del cálculo provisional conforme a la Recaudación Federal Participable y al término del año realizar los ajustes correspondientes, conforme a la reducación real, misma que estará distribuyendo a la Banca Social Mexicana.
Artículo 60. El Poder Ejecutivo, a través de sus Secretarias, Organismos Públicos Descentralizados y Desconcentrados, así como el Congreso de la Unión, a través de la Cámara de Diputados y Senadores, así como el Poder Judicial, podrán optar por los beneficios compensatorios, que estos serán rígidos y ofertados por convocatoria pública, a las diversas ramas, de la capacitación, certificación, inversión y subsidios, previa validación del área de supervisión y capacitación, así como del área del crédito social de la Banca Social Mexicana, previa autorización del Consejo Directivo.
Capítulo IIIArtículo 61. De las Remesas que se recauden, por la Banca Social Mexicana desde otros países, se deberá de retener el 2 por ciento del ingreso enviado, comisión que servirá para capitalizar los programas en salud, educación, infraestructura de vivienda, equipamiento empresarial, que podrán recibir los padres, hijos, hermanos que reciban beneficios económicos de los connacionales, con el fin de obtener financiamiento social por el 1 por ciento, arriba de la inflación.
Artículo 62. Las remesas serán un motor de distribución de la riqueza social, esta deberá de distribuirse en forma equitativa, conforme a los indicadores de recaudación, es decir, si una entidad federativa o municipio recauda más por remesas, en ese mismo lugar deberán de aplicarse los beneficios económicos, ya sea por subsidio o financiamiento según sea el caso, y que los ciudadanos mexicanos reciben además de lo enviado por sus emigrantes, un beneficio adicional, como es el programa de inversión económica empresarial promovida desde el cooperativismo social, adquisición o ampliación de vivienda con financiamiento social, subsidios a la salud y educación entre otros programas que consense el Consejo Directivo.
Artículo 63. De los beneficios económicos, vía convocatoria pública a través de la Banca Social Mexicana, aplicando restricciones a aquellos que no hayan recibido apoyos de remesas y en caso de apoyarse, se deberá ejercerse a través de una junta ante el Consejo Directivo, mismo que se llevará un control de la base de datos interna del programa de remesas y así capitalizar los diversos programas que formalicen el Consejo Directivo.
Título CuartoArtículo 64. La Banca Social Mexicana deberá realizar las funciones de ahorro, crédito y apoyo, teniendo como objetivo promover y facilitar el ahorro, el acceso al financiamiento a tasas preferenciales, siendo conforme a las medidas inflacionarias que decrete la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y validadas por la Cámara de Diputados en cada periodo, tomando en cuenta hasta el 1 por ciento por arriba de la inflación.
Artículo 65. La Banca Social Mexicana a través de sus áreas, ofrecerá instrumentos y servicios financieros que ayuden a mejorar las economías locales desde la Mipyme, los créditos de la Banca Social Mexicana y los apoyos generalizados.
Artículo 66. La Banca Social Mexicana, trabajara la inclusión financiera social, el fomento de la innovación, la globalización y los mercados regionales y nacionales, la perspectiva de género y la inversión entre los integrantes del sectores.
Artículo 67. La Banca Social Mexicana en México deberá operar por su denominación como Banca de Desarrollo.
Artículo 68. Del funcionamiento de la Banca Social Mexicana, deberá apegarse al marco legal y a la supervisión de la CNBV y a los establecidos a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, siempre atendiendo y preservando el carácter de responsabilidad social.
Artículo 69. La Banca Social Mexicana, tendrá su domicilio en la ciudad de México, podrá establecer, clausurar o reubicar sucursales o agencias o cualquier otra clase de oficinas y nombrar corresponsales en el país y solo estará funcionando en territorio nacional.
Artículo 70. La duración de la Banca Social Mexicana, será indefinida y solo podrá extinguirse cuando el propio Congreso de la Unión con las dos terceras partes logre el consenso general de concluirla o liquidarla.
Artículo 71. De los servicios, las operaciones, los créditos, ahorros, y los apoyos en caso de requerirse, se regirán por lo dispuesto en la presente ley, la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley del Banco de México y por las demás disposiciones legales aplicables que atiendan la labor social.
Artículo 72. La Banca Social Mexicana, deberá regirse como un organismo independiente, que no tenga injerencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el reparto y distribución, pero si coordinarse en materia administrativa en términos de la captación de la distribución de la riqueza empresarial, esto para no comprometer los fondos de la misma en otras bolsas que en materia económica realice la misma secretaria en comento.
Capítulo IIArtículo 73. El capital social de la Banca Social Mexicana, estará representado por la recaudación del reparto de la riqueza de la recaudación gubernamental, mismas que será del 1 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación y de los ingresos que reciban del reparto de la riqueza de las propias utilidades del sector empresarial, tal como hace referencia al Título III, Capítulo I, del reparto de la riqueza distributiva empresarial y que ésta tiene beneficios en los rangos del 1 por ciento, 2 por ciento y 3 por ciento, de conformidad en el titulo tercero, del Capítulo I.
Artículo 74. El capital neto será el que recauden por las instituciones, la gubernamental y el sector empresarial, y de las remesas, proporcionando solo opinión de mejoras e impactos como contraparte el Banco de México, la Copmisión Nacional Bancaria y de Valores.
Artículo 75. La Banca Social Mexicana, podrá autorizar la adquisición de inversiones, la contribución de los proyectos, el apoyo de la capacitación, certificación, la adquisición de maquinaria, equipo e infraestructura, así como el seguro de desempleo, además de los proyectos de capital semilla, de la incubación social y de los proyectos solidos a salir a nuevos mercados como figuras del cooperativismo social, que coadyuven a generar riqueza, estas autorizaciones se darán a través de la reunión de consejo y lo harán cada que sesione el mismo, que podría ser las veces que requieran a reunión de consejo exprofeso y/o a través de reunión extraordinaria por convocatoria establecida en los lineamientos de la propia administración.
Artículo 76. La Banca Social Mexicana, establecerá la forma de proporcionalidad en cada uno de los rubros a repartir y que estos sean a través de sus propias reglas de operación y la transparencia del propio presupuesto que esta misma establezca, que podrá publicarse y socializarse de carácter general.
Capítulo IIIArtículo 77. La administración de la Banca Social Mexicana, estará encomendada a un Consejo Técnico de carácter directivo y a un presidente del Banco Social Mexicano, con su respectivo nivel jerárquico y o estructura organizacional.
Artículo 78. El Consejo Técnico de carácter directivo estará conformado por nueve consejeros propietarios conforme a lo siguiente:
I.Son consejeros propietarios, uno de Adquisición de Inversiones, uno del Banco de Proyectos, uno del Apoyo a la Capacitación y Certificación, uno de Adquisición de Infraestructura y Maquinaria, uno del Seguro de Desempleo, además un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que podría ser el propio Secretario o un representante, un representante por el Gobernador del Banco de México dentro de los 3 niveles jerárquicos superiores del instituto central, un representante que puede ser el titular o representante de la Secretaría de Economía, el titular o representante de la Secretearía del Trabajo y Previsión Social, además un Consejero representado por las cámaras empresariales, un Consejero representando a la agrupación social que represente a la ciudadanía, siendo este del nivel universitario y/o de las fundaciones que tienen como propósito fortalecer el trabajo y la economía social, así como un Consejero representado por la agrupación obrero patronal de mayor afiliación, quien deberá presidir la Asamblea de Consejo será el Presidente de la Banca Social Mexicana por sus siglas denominada B.S.M, en su ausencia el que designe de su estructura organizacional.
II. El Consejo de propietarios y el Presidente de la Banca Social Mexicana durarán en su cargo 5 años, el cual deberá ser designado por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.
III. El Consejero Empresarial, y el Consejero de la Agrupación Social durarán en funciones 3 años y no podrá desempeñarse por medio de representantes y serán designados por sus propias agrupaciones.
IV. Sobre los representantes de las Instituciones Gubernamentales conforme a los lineamientos de sus respectivos cargos y fijados por el propio Poder ejecutivo y legislativo, siempre y cuando se encuentre en funciones y sin haber renunciado a cargo algo.
V. El Consejo Directivo se reunirá por lo menos bimestralmente, sin perjuicio de que lo haga en forma extraordinaria en cualquier tiempo, siempre que sea convocado por su Presidente de la Banca Social Mexicana, o por cuando menos sea convocado por cinco de los consejeros propietarios.
VI. Las sesiones del Consejo Directivo se celebrarán con la asistencia de por lo menos cinco consejeros, siempre y cuando se cuente con la presencia del consejero de las cámaras empresariales y del consejero ciudadano, del consejero obrero patronal, así como el representante del Banco de México y del representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para dar voto de respaldo a las reuniones de trabajo.
VII. Las resoluciones del Consejo Directivo se tomarán por mayoría de votos de los consejeros presentes, teniendo el presidente voto de calidad en caso de empate.
VIII. El Consejo Directivo podrá invitar a sus sesiones, cuando así lo considere conveniente, a representantes de la banca privada o instituciones de carácter financiero, de las organizaciones del sector social o privado en general a cualquier persona, que de conformidad con la opinión del Consejo Directivo desarrolle actividades relevantes para el cumplimiento de los objetivos de la Banca Social Mexicana, quienes tendrán voz pero sin voto.
IX. Los consejeros tendrán la obligación de comunicar al presidente del consejo sobre cualquier situación de la que se pueda derivar un conflicto de interés y abstenerse de participar en la deliberación correspondiente. Asimismo, deberán mantener absoluta confidencialidad sobre todos aquellos actos, hechos o acontecimientos que pudieran afectar la operación de la Institución, mientras tal información no se haya hecho del conocimiento público, así como de las deliberaciones que se adopten en el Consejo Directivo.
X. En el orden del día de las sesiones del Consejo Directivo, se deberán listar todos los asuntos a tratar, ya que no deberá haber asuntos generales.
XI. La documentación e información relacionada con los temas a tratar en las correspondientes sesiones del Consejo Directivo, firmado por el presidente del Consejo, deberá hacerse llegar a los consejeros por lo menos con 5 días hábiles de anticipación a la celebración de tales sesiones en medios electrónicos y la caratula impresa.
Artículo 79. En ningún caso podrán ser consejeros propietarios o representantes de las agrupaciones empresariales, de la agrupación social y obrero patronal:
I. Las personas que se encuentren en los supuestos señalados en el penúltimo párrafo del artículo 41 de la Ley de Instituciones de Crédito;
II. Las personas que ocupen un puesto de elección popular o de dirigencia partidista, mientras se encuentren en el ejercicio del mismo, y
III. Las personas que tengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con alguno de los consejeros.
Artículo 80. Si alguno de los consejeros propietarios e independientes, designados llegare a encontrarse comprendido durante el ejercicio de su cargo, en cualquiera de los supuestos anteriores, será sustituido por su suplente, durante el tiempo que dure el impedimento y no se haga designación del consejero propietario.
Artículo 81. No podrán ser consejeros independientes, de la agrupación empresarial, de las agrupaciones sociales y obre patronal:
I. Las personas que tengan nexo patrimonial o vínculo laboral con la Banca Social Mexicana.
II. Las personas que tengan un nexo patrimonial o vínculo laboral con una persona física o moral que sea acreedor, deudor, cliente o proveedor importante de la Banca Social Mexicana.
III. Las personas que tengan conflicto de intereses con la Banca Social Mexicana, por ser clientes, proveedores, deudores, acreedores importantes o de cualquier otra naturaleza.
IV. Las personas que tengan un vínculo laboral o la representación de asociaciones, gremios, federaciones, confederaciones de trabajadores, patrones, o de los organismos de integración y entidades del sector, o sean miembros de sus órganos directivos.
Artículo 82. Son causas de remoción de los consejeros propietarios y de los consejeros independientes:
I. La incapacidad mental, así como la incapacidad física que impida el correcto ejercicio de sus funciones durante más de seis meses.
II. No cumplir los acuerdos del Consejo Directivo o actuar deliberadamente en exceso o defecto de sus atribuciones.
III. Utilizar, en beneficio propio o de terceros, la información confidencial de que disponga en razón de su cargo, así como divulgar la mencionada información sin la autorización del Consejo Directivo, y
IV. Someter a sabiendas, a la consideración del Consejo Directivo información falsa.
Artículo 83. Las causas de remoción señaladas en este precepto, a los consejeros y al presidente de la Banca Social, se les removerá de su cargo cuando se determine su responsabilidad mediante resolución definitiva dictada por autoridad competente, por ubicarse en alguno de los supuestos contenidos en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Artículo 84. El Consejo Directivo dirigirá a la Banca Social Mexicana en los términos de lo previsto por el Titulo Cuarto, Capitulo III, de la presente ley.
Artículo 85. El Consejo Directivo podrá acordar la realización de las operaciones inherentes al objeto de la Banca Social Mexicana, los acuerdos que en su caso dicte respecto a las operaciones previstas en las fracciones VI y IX del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito, deberán considerar la propuesta del Presidente de la Banca Social Mexicana.
Artículo 86. Serán facultades del Consejo Directivo, en los términos de la Banca Social Mexicana, las siguientes:
I. Aprobar en su caso, el informe anual de actividades de la Banca Social Mexicana que presente el presidente.
II. Aprobar las reglas generales de operación de los planes de ahorro, las Reglas de Operación de la Adquisición de Inversiones, las Reglas de Operación del Banco de Proyectos, Reglas de Operación del Apoyo a la Capacitación y Certificación, De las reglas de operación de la Adquisición de Infraestructura y Maquinaria, de las reglas de operación del Seguro de Desempleo de las inversiones, y demás instrumentos de captación que ofrezca la Banca Social Mexicana y las modificaciones a las mismas; Además de apoyar con reglas de operación y por convocatoria pública, obtener los recursos para la incubación de las empresas sociales y cooperativas que contribuyan al crecimiento económico y social de las regiones.
III. Autorizar la adquisición y uso de tecnología con el fin de mejorar los esquemas de trabajo y que estos sean de trascendencia y control social.
IV. Autorizar la distribución del gasto total que reciba la Banca Social Mexicana, siendo el 47.5 por ciento a la recuperación del crédito, por la vía de las inversiones de maquinaria, equipo, remodelación, infraestructura con tasa del 1 por ciento por arriba de la inflación que pronostique el Banco de México y el otro 47.5 por ciento, será distribuido al apoyo generalizado, a la capacitación, certificación, seguro de desempleo, vivienda, educación y salud, el 5 por ciento del gasto será utilizado para el manejo de la administración, el cual comprenderá la estructura organizacional, tecnológica y de infraestructura, que podrá ser en primer instancia arrendada y posteriormente la propia.
V. Aprobar los demás programas específicos y reglamentos internos de la Banca Social Mexicana que le presente el presidente.
VI. Nombrar y remover, a propuesta del presidente, a los servidores públicos de la Banca Social Mexicana, que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inferiores a la de presidente.
VII. Nombrar y remover al secretario y al prosecretario del Consejo; cuando así lo considere pertinente el Consejo Directivo.
VIII. Expedir las normas y criterios a los cuales deberá sujetarse la elaboración y ejercicio del presupuesto de gasto corriente y de inversión física de la Banca Social Mexicana, así como aprobar dicho presupuesto y las modificaciones que corresponda efectuar durante el ejercicio, una vez autorizados los montos globales de estos conceptos por parte del Consejo Directivo.
IX. Aprobar, a propuesta del Consejo Directivo, y el comité de recursos humanos y desarrollo institucional, la estructura orgánica, tabuladores de sueldos y prestaciones, política salarial y para el otorgamiento de percepciones extraordinarias por el cumplimiento de metas sujetas a la evaluación del desempeño. políticas de ascensos, promociones y jubilaciones; lineamientos de selección, reclutamiento y capacitación; criterios de separación; y las demás prestaciones económicas y de seguridad social establecidas en beneficio de los servidores públicos que laboren en la Banca Social Mexicana.
X. Acordar la creación de comités de crédito, el de recursos humanos y desarrollo de la Banca Social Mexicana que por sus siglas se denominará BSM, de administración integral de riesgos, así como aquellos que considere necesarios para el cumplimiento de su objeto.
XI. Determinar las facultades de los distintos órganos y de los servidores públicos de la Banca Social Mexicana para el otorgamiento de créditos.
XII. Aprobar, en su caso, previo dictamen del Consejo Directivo, el balance general anual de la Banca Social Mexicana.
XIII. Aprobar, en su caso, la constitución de reservas económicas de la Banca Social Mexicana.
XIV. Aprobar, las reservas económicas y la forma en que deberán erogarse cada una de las partidas presupuestales, o en su caso la aplicación de un fondo de contingencia y de ahorro para iniciar operaciones el siguiente ejercicio fiscal, dejando remanentes para operar los 3 primeros meses.
XV. Aprobar el programa de incubadoras de empresas sociales y empresariales con el fin de fortalecer los proyectos de nueva creación, para fortalecer la Banca Social Mexicana.
XVI. Aprobar los estados financieros que le presente el Presidente, así como autorizar, conforme a las disposiciones aplicables, la publicación de los mismos.
XVII. Aprobar los presupuestos generales de gasto e inversión y del subsidio, de conformidad a lo que se establezca en las reuniones de Consejo.
XVIII. Aprobar las estimaciones de ingresos anuales, su programa financiero, y sus programas operativos, de la captación del ingreso empresarial y gubernamental.
XIX. Aprobar los programas anuales de adquisición, arrendamiento y enajenación de bienes muebles e inmuebles, de realización de obras y prestación de servicios, que la Banca Social Mexicana que requiera, así como las políticas y bases generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que deba celebrar la Banca Social Mexicana con terceros, en estas materias, de conformidad con las normas aplicables.
XX. Proponer al consejo directivo, el aumento o reducción del capital social; de la Banca Social Mexicana.
XXI. Aprobar los programas anuales de publicidad y propaganda de la Banca Social Mexicana, requiriendo la autorización del consejo directivo.
XXII. Opinar sobre las Condiciones Generales de Trabajo de la Banca Social Mexicana.
XXIII. Conocer y en su caso, aprobar los informes que le presente el Comité de Administración Integral de riesgos, así como los límites prudenciales de riesgos que al efecto le proponga éste.
XXIV. Proponer el porcentaje del apoyo del seguro de desempleo de la fuerza laboral que tributa en el régimen empresarial y/o gubernamental.
XXV. Proponer el porcentaje del apoyo de Salud, como un apoyo al seguro de salud de la fuerza laboral que tributa en el régimen empresarial y/o gubernamental.
XXVI. Proponer el porcentaje del apoyo de Educación, como un apoyo al seguro de educación de la fuerza laboral que tributa en el régimen empresarial y o gubernamental.
XXVII. Proponer el porcentaje del apoyo a la vivienda, como un apoyo al seguro de vivienda de la fuerza laboral que tributa en el régimen empresarial y o gubernamental.
Artículo 87. La Banca Social Mexicana, tendrá un comité de recursos humanos y desarrollo institucional, que estará integrado de la siguiente forma:
I. Un funcionario designado por el Consejo Directivo, que por sus conocimientos y desarrollo profesional, tenga amplia experiencia en el área de recursos humanos.
II. Un miembro del Consejo Directivo que tenga el carácter de independiente.
III. El presidente de la, Banca Social Mexicana.
IV. Un representante de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con voz, pero sin voto.
V. Un representante de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con voz, pero sin voto.
VI. El presidente de la Banca Social Mexicana, se abstendrá de participar en las sesiones del comité, que tengan por objeto emitir opiniones o recomendaciones con respecto a su sueldo, prestaciones económicas y de seguridad social.
Artículo 88. El Comité de la Banca Social Mexicana, opinará y propondrá, los tabuladores de sueldos y prestaciones, política salarial y para el otorgamiento de percepciones extraordinarias por el cumplimiento de metas sujetas a la evaluación del desempeño; políticas de ascensos, promociones y jubilaciones; lineamientos de selección, reclutamiento y capacitación; criterios de separación; y las demás prestaciones económicas y de seguridad social establecidas en beneficio de los servidores públicos que laboren en la Banca.
Artículo 89. Del comité y su funcionamiento, sesionará a petición del Presidente de la Banca Social Mexicana, quien enviará la convocatoria respectiva a los miembros del mismo, en donde establecerá el orden del día, así como el lugar y fecha para la celebración de la sesión. Sus decisiones se tomarán por mayoría de votos.
Artículo 90. El presidente de la Banca Social Mexicana, será designado por las dos terceras partes de la Cámara de Diputados, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que previa convocatoria que emita la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social y que esta turne la terna al Pleno de los Diputados.
Artículo 91. El presidente de la Banca Social Mexicana, tendrá a su cargo la administración y representación legal de la Banca Social, Institución de Banca de Desarrollo, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al Consejo Directivo; al efecto tendrá las siguientes facultades y funciones:
I. En el ejercicio de sus atribuciones de representación legal, podrá celebrar u otorgar toda clase de actos y documentos inherentes al objeto de la Banca Social. Contará para ello con las más amplias facultades para realizar actos de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aun de aquellas que requieran autorización especial según otras disposiciones legales o reglamentarias.
II. De manera enunciativa y no limitativa, podrá emitir, avalar y negociar títulos de crédito, querellarse y otorgar perdón, ejercitar y desistirse de acciones judiciales inclusive en el juicio de amparo, comprometer en árbitros y transigir, otorgar poderes generales y especiales con todas las facultades que le competan, aun las que requieran cláusula especial, sustituirlos y revocarlos, y otorgar facultades de sustitución a los apoderados debiendo obtener autorización expresa del Consejo Directivo cuando se trate de otorgar poderes generales para actos de dominio.
III. Informar al pleno de los diputados y a la Comisión de Fomento Cooperativo y Económica Social, las veces que se requieran, previo a la autorización de las instancias correspondientes, las operaciones que pudiesen estar vinculadas con el objeto de las otras instituciones de banca de desarrollo.
IV. Coordinarse con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para intercambiar información técnica, financiera y de proyectos que ayuden a mejorar los beneficios empresariales y gubernamentales.
V.Ejecutar las resoluciones del Consejo Directivo.
VI. Llevar la firma de la Banca Social Mexicana.
VII. Actuar como delegado fiduciario general; en la Banca Social Mexicana.
VIII. Decidir la designación y contratación de los servidores públicos de la institución, distintos de los señalados en los términos de referencia del poder ejecutivo y que los mandos de primer y segundo nivel deberán ser aprobados por los propios diputados de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, así como la designación y remoción de los delegados fiduciarios; administrar al personal en su conjunto, y establecer y organizar las oficinas de la institución.
IX. Rendir al Consejo Directivo un informe anual de actividades.
Artículo 92. Los consejeros, el presidente de la Banca Social Mexicana y los Delegados de la Banca Social Mexicana, sólo estarán obligados a absolver posiciones o rendir testimonio en juicio en representación de la misma, cuando las posiciones y las preguntas se formulen por medio de oficio, el que deberán contestar por escrito dentro del término que señalen las autoridades respectivas.
Capítulo IVArtículo 93. La vigilancia de la Banca Social Mexicana, se regirá por los órganos y en los términos señalados en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, del Sistema Anticorrupción, Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, Ley de Instituciones de Crédito, Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía.
Capítulo VArtículo 94. Conforme a las reglas generales de operación que autorice la Banca Social Mexicana, los planes de ahorro; así como los demás instrumentos de captación que determine el Consejo Directivo, participarán en el reparto de la riqueza a través de los fondos que se establezcan en la presente ley.
Artículo 95. Los depósitos que se entreguen a la Banca Social Mexicana, se documentarán en los recibos autorizados que emitan los sistemas de cómputo de la misma, siendo el único comprobante válido de la entrega de dinero por el depositante, así como para el rescate de aquéllos.
Artículo 96. Cuando se cumplan los requisitos especificados en el contrato respectivo, para la emisión del estado de cuenta autorizado, de las cantidades depositadas y retiradas, los asientos que figuren en la contabilidad de la Institución, harán fe, salvo prueba en contrario, en el juicio respectivo.
Artículo 97. La Banca Social Mexicana, formulará anualmente sus programas financieros, presupuestos generales de gastos e inversiones, así como sus programas operativos, de acuerdo a los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca el Consejo Directivo.
Artículo 98. De las operaciones realizadas por la Banca Social Mexicana, en la prestación del servicio de banca y crédito, del subsidio, podrán hacerse constar en documento privado que, sin más formalidad, deberá ser inscrito por los encargados de los registros públicos correspondientes, y deberán estar resguardados por la banca.
Artículo 99. Previa autorización del Consejo Directivo, la Banca Social Mexicana, deberá constituir las reservas y fondos necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto que esta ley le encomienda.
Artículo 100. La Banca Social Mexicana podrá realizar las siguientes operaciones de financiamiento:
I. La inversión social a través de préstamos de empresas cooperativistas.
II. Los financiamientos otorgados por la Banca Social Mexicana, por un monto total igual al porcentaje que determine el Consejo Directivo con autorización del Consejo Directivo.
III. Las operaciones que correspondan a prestaciones de carácter laboral otorgadas de manera general.
IV. Las operaciones realizadas con el gobierno federal, las entidades paraestatales, las entidades federativas y los municipios.
V. Los financiamientos a proyectos de infraestructura, capacitación, tecnología, o cualquier otro servicio requerido por las empresas y por el propio Poder Ejecutivo.
VI. No habrá intermediarios financieros antes referidos, siempre y cuando se trate de proyectos relacionados a su objeto empresarial.
Artículo 101. Tratándose de los financiamientos que tengan por objeto proveer de liquidez a las Sociedades Cooperativas de Ahorro y préstamos, deberán quedar garantizados por el fondo de protección, que tengan constituido conforme a la Ley de Ahorro y Crédito Popular, en los términos y con las limitaciones que se establecen en esa misma ley. El Consejo Directivo determinará en cada caso, las características de las garantías que las Entidades tendrán que otorgar.
Artículo 102. La Banca Social Mexicana enviará al Congreso de la Unión junto con los Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública y en los recesos de éste, a la Comisión Permanente, lo siguiente:
I. El informe en forma trimestral de cada año, una exposición sobre los programas de créditos y garantías a seguir por la Banca Social Mexicana, durante el ejercicio respectivo, indicando las políticas y criterios conforme a los cuales realizará sus operaciones a fin de coadyuvar al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, así como los avances del presupuesto de ingresos y gasto, para el cumplimiento de las metas anuales.
Artículo 103. Despachos Jurídicos o áreas afines, prestarán los servicios de asistencia y defensa legal a los integrantes de su Consejo Directivo, comités establecidos por el mismo o previstos por disposición normativa y a los servidores públicos que laboren o hubieren laborado en la propia Banca Social Mexicana, con respecto a los actos que dichas personas realicen en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas por ley y de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 104. La asistencia y defensa legal se proporcionará con cargo a los recursos con los que cuente la Sociedad para estos fines. En caso de que la autoridad competente dicte al sujeto de la asistencia legal resolución definitiva que cause ejecutoria en su contra, dicha persona deberá rembolsar a la Sociedad los gastos y cualquier otra erogación que ésta hubiere efectuado con motivo de la asistencia y defensa legal.
Capítulo VIArtículo 105. Las relaciones laborales entre la Banca Social Mexicana y sus trabajadores se regirán por el Artículo 123, Apartado B, fracción XIII Bis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por la Ley Reglamentaria de dicho precepto; y por las condiciones generales de trabajo y sus condiciones de contrato laboral.
Capítulo VIIArtículo 106. Con el fin de apoyar el crédito a las empresas y entidades del sector social de la economía y promover el ahorro popular de las empresas y del gobierno, podrá contribuir a la generación de empleos y combatir la pobreza, a través de los esquemas de recaudación de los ingresos de conformidad al Título Tercero, de la distribución de la riqueza, en su Capítulo 1 y 2.
Artículo 107. La Banca Social Mexicana ejecutará los ingresos recaudados de la siguiente manera, el primer componente será con efecto progresivo, conforme al 47.5 por ciento, del total del ingreso, que para obtener los fondos vía financiamiento, recuperando el crédito a corto y mediano plazo a una tasa preferencial del 1 por ciento por arriba de la inflación, el fin será para promover la inversión social, a través de equipamiento, infraestructura, tecnología, bienes inmuebles entre otros, y la segunda parte conforme al 47.5 por ciento, destinado al subsidio generalizado, que estará atendiendo el rezago de la pobreza, las áreas de la salud, educación, vivienda, capacitación, seguro de desempleo entre otros.
Artículo 108. De la conformación de la distribución del 5 por ciento, será para ministrar la Banca Social Mexicana, el cual tendrá como apoyo, el comité de administración y de recursos humanos y deberá realizar el trabajo inherente para desarrollar la estructura organizacional, la planeación, la evaluación, control, ejecución y supervisión de la vida administrativa, Atendida por los grandes cuadros del recurso humano previa selección de altos estándares que contribuyan con calidad, eficiencia y transparencia el desarrollo de la Banca.
Artículo 109. Las demás previstas en la Constitución de la Banca Social Mexicana, en los términos del Título IV, del Capítulo II, Capitulo III, Capitulo IV, Capítulo V y Capitulo VI, respectivamente de esta Ley.
Título QuintoArtículo 110. La Secretaría de Salud, del ejecutivo federal y estatal, apoyará a la salud en el trabajo y el ambiente saludable, como grandes valores que pueden tener los individuos, las comunidades y las regiones, tratándose de empresas sociales y privadas para dar vincular la prevención ante los trabajadores empresariales.
Artículo 111. La Secretaría de Salud del Ejecutivo federal y la Estatal, aplicara la salud ocupacional, como importante estrategia, que garantice la salud del trabajador, además de contribuir positivamente a la productividad, calidad de productos, motivación de trabajo, a la satisfacción del empleo y de esta manea implementar la eficacia de la vida de los individuos y la sociedad.
Artículo 112. Del fortalecimiento de las políticas públicas para la salud en los puestos de trabajo, aplicando la seguridad e higiene, manteniendo las certificaciones conforme a las normas de la salud en las diversas empresas de los sectores de servicios, industrial y comercial, validados por la Secretaría de Salud.
Artículo 113. La Secretaría de Salud del Ejecutivo federal y la Estatal, el empleador y la Banca Social Mexicana, podrán ejercer programas de prevención de la salud laboral, siempre y cuando realicen buenas propuestas que ayuden a mejorar el ambiente de salud laboral, misma que serán apoyados desde la misma banca Social, donde se permita un ambiente laboral, que permita una vida social y económicamente productiva.
Artículo 114. La Secretaría de Salud del Ejecutivo federal y Estatal, deberá apoyarse desde la Banca Social Mexicana, para que este último a través de un consejo técnico, establezca recomendaciones de carácter económico laboral, para que se incentive la salud ocupacional, dando entrada a un elemento de prevención básica, que constituya una dimensión social del desarrollo sostenible.
Artículo 115. La Secretaría de Salud del Ejecutivo Federal, Estatal y el empleador deberán vincular la transferencia tecnológica como impacto positivo en la salud de los trabajadores y conservación del entorno ambiental.
Artículo 116. La Secretaría de Salud del Ejecutivo Federal, Estatal, deberá de coordinarse con la Secretaria el Trabajo y Previsión Social, además de empleadores, para establecer los criterios que la ley emana con relación a la edad promedio de la fuerza laboral y aumentar la tasa de participación de las mujeres en los empleos a través de la movilidad creciente, aumento del alfabetismo y el nivel de educación en la fuerza de trabajo con el fin de trabajar en una sinergia de crecimiento en la productiva económica.
Artículo 117. La Secretaría de Salud del Ejecutivo federal y Estatal, deberá instrumentar mecanismos de prevención de factores psicológicos, que afecten a la productividad laboral, que estén encaminados a la eliminación de la sobre carga psicología y estrés, realizando modificaciones al ambiente y organización del trabajo.
Artículo 118. El empleador y el trabajador deberán de trabajar en un clima de ambiente laboral de respeto, satisfactorio, saludable y seguro, para ser considerado un trabajador activo y productivo, ante la empresa, que esté libre de enfermedades ocupacionales y no ocupacionales, motivado para lograr su trabajo diario, experimentado en su satisfacción laboral y desarrollándose como trabajador e individuo.
Capitulo IIArtículo 119. La Secretaría de Educación Pública del Ejecutivo federal y el empleador, deberán de promover la inversión en educación y capacitación, donde se generen proyectos que la propia Banca Social Mexicana pueda apoyar, presentando propuestas de mejorar a la actividad productiva, vinculado desde la educación, estar estrechamente ligadas a estrategias y programas de crecimiento, generando empleos con niveles educativos de oficios consolidados.
Artículo 120. La Secretaría de Educación del Ejecutivo Federal, deberá de actualizar los sistemas y programas de educación laboral y brindar capacitación profesional y diseñar esquemas que faciliten la transición escuela-empleo; es decir, integrar la educación con el aprendizaje en el lugar de trabajo, apoyando con el tiempo que establezca el propia empleador, esto con el fin de que la empresa sea la que de pauta a las demandas de los nuevos empleos, que contribuyan al crecimiento económico armonizado.
Artículo 121. La Secretaría de Educación del Ejecutivo Federal, deberá generar educación de calidad, para la vida y el trabajo, siendo el motor de la noción de educación a lo largo de la vida y que represente un camino importante para el desarrollo del individuo y de la sociedad, además de ser un medio para garantizar el aprovechamiento del conocimiento.
Artículo 122. La Secretaría de Educación del Ejecutivo Federal, ejercerá atención a la población laboral, que no ingresa al nivel medio superior, para que se capacite y que desde las plataformas de la educación virtual, permita extender la oferta educativa a las regiones, mismas que el empleador, promocione aquellos empleados que carecen de servicios escolarizados, considerando para ello la educación abierta y a distancia; adecuar estas modalidades a los principios y criterios establecidos en los planes y programas de estudios de este nivel y garantizar su pertinencia pedagógica, tecnológica y de contenidos para que puedan consolidarse como opciones educativas válidas y de calidad, para la vida y el trabajo que demandan las empresas nacionales e internacionales.
Artículo 123. La Secretaría de Educación del Ejecutivo Federal, deberá mejorar los lineamientos y que estos sean más sencillos para certificar las competencias docentes, será fundamental para conformar una planta académica de calidad. Para ello se deben establecer esquemas de evaluación docente que certifiquen competencias de educación laboral y que estas sean avaladas por la institución de conocer, se sugiere que las empresas con atención a sus áreas de recursos humanos de las empresas, tengan como objetivo contratar al personal certificado.
Artículo 124. La Secretaría de Educación del Ejecutivo federal y el empleador deberán de contribuir a extender y arraigar una cultura de la planeación, de la evaluación y de la mejora continua de la calidad educativa en la empresa laboral, ya sea de carácter público o privado, donde se evalúe el desempeño tanto de del empleado, de las instituciones y de sus programas educativos, con el fin de que los empresarios conozcan más en lo referente a la capacitación para ejercer la productividad empresarial.
Artículo 125. La Secretaría de Educación del Ejecutivo federal y el empleador, vincularan programas de educación de calidad que les permita consolidar su competitividad académica y de productividad empresarial, que impulse la labor técnica, para que los profesionales del trabajo puedan vincular su conocimiento y su fuerza laboral a ejercer mejores prácticas en las empresas, e inclusive puedan ser materia de intercambio para el desarrollo tecnológico entre empresas a fines.
Artículo 126. El Sistema Educativo Nacional con el entorno laboral, deberá promover programas que basen sus temarios en principios y valores tales como la dignidad del ser humano, el bien común sobre los intereses particulares, la formación para la vida y el trabajo, la solidaridad, el liderazgo, el respeto, la creatividad y la innovación.
Artículo 127. El Sistema Educativo Nacional, será formador y capacitador de las personas para empleos dignos y de alta productividad, en apoyo a la industria nacional dentro del contexto global, para contribuir a la mejora de la calidad de vida de la sociedad.
Artículo 128. La Secretaría de Educación del Ejecutivo federal y el empleador, deberán incorporar nuevos conocimientos y competencias que permitan destacar en una economía cuyo principal reto es la constante innovación; es decir, la actualización permanente del conocimiento de las personas, vista como un nuevo esquema educativo durante toda la vida, y que esta se vuelva imprescindible.
Artículo 129.El Modelo de Educación para la Vida y el Trabajo, del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, INEA, como diseño e instrumentación laboral, para promover la educación básica y contribuir a una sinergia del conocimiento para la aplicación en su medio laboral.
Artículo 130. El INEA, a través de la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo, deberá velar por que las necesidades de aprendizaje de todos los jóvenes y adultos, satisfagan mediante un acceso equitativo a un aprendizaje adecuado y sea aplicado en las nuevas alternativas del empleador, que contribuyan con esquemas sólidos para mejorar le educación para la vida y el trabajo.
Artículo 131. La Secretaría de Educación del Ejecutivo federal y el empleador, apoyaran en suprimir las disparidades entre los géneros en la enseñanza en relación con la educación, en particular garantizando a las jóvenes un acceso pleno y equitativo a una educación básica de buena calidad, así como un buen rendimiento para su fácil acceso a la incorporación laboral o a aquellos que ya están ejerciendo la vida laboral.
Artículo 132. La Secretaría de Educación del Ejecutivo federal y el empleador, deberán aplicar políticas publicas adecuadas, proyectos vinculatorias con la Banca Social Mexicana, para aplicar los apoyos que esta ejerza, para aquellos que deseen certificarse en las competencias laborales, previa autorización de la empresa donde labora o de lo que se establezca en la propia convocatoria de la misma Banca de Desarrollo, en materia de educación.
Capitulo IIIArtículo 133. El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores o dependencias afines al derecho a la vivienda integral, a un nivel de vida adecuado, que abarque el derecho de cualquier persona a tener acceso a un hogar y a una comunidad segura para vivir en paz, con dignidad y salud física y mental, tal como lo cita la Ley de Vivienda y que es reglamentaria del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que será vinculatorio con la Banca Social Mexicana.
Artículo 134. El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, deberá contribuir a dar certeza a la vivienda, de conformidad al Artículo 2, de la Ley de Vivienda, el cual se considerará vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos.
Artículo 135. La Banca Social Mexicana, el El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de conformidad al Artículo 3, de la Ley de Vivienda, a aplicar bajo principios de equidad e inclusión social de manera que toda persona, sin importar su origen étnico o nacional, el género, la edad, la discapacidad, la condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias o el estado civil pueda ejercer su derecho constitucional a la vivienda.
Artículo 136. La Coordinación del programa estará a cargo de la Banca Social Mexicana y vinculado con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para promover entre dependencias y entidades de la Administración Pública federal que lleven a cabo u otorguen financiamiento para programas o acciones de vivienda, como financiamiento a la coinversión del patrimonio, previo estudio por el área afín de la Banca de Desarrollo, quedando sujetos a las disposiciones de la Ley de Vivienda y demás ordenamientos que resulten aplicables.
Artículo 137. Las trabajadores que opten por vivienda digna para todos, solo podrán ejercer ante esta Banca Social Mexicana financiamiento, con tasas preferenciales del 1 por ciento por arriba de la inflación, quienes podrán optar por recurrir a dichos créditos, serán los trabajadores de las empresas que estén tributando en el régimen de distribución del reparto equitativo de la riqueza, previo estudio socioeconómico, con el fin de que las áreas de planeación, evaluación y supervisión de la Banca Social, puedan apoyar con recursos excedentes que minimicen la carga de los créditos en coinversión de la vivienda.
Artículo 138. La política nacional y los programas de vivienda, así como el conjunto de instrumentos y apoyos que señala el ordenamiento de la Ley de Vivienda, deberán de demostrar que cuentan con la seguridad jurídica de la vivienda siendo las siguientes:
I. Seguridad jurídica en la tenencia de la tierra.
II. Acceso a servicios, bienes públicos e infraestructura.
III. Vivienda a precio accesible o con subsidios o financiaciones que garanticen costos compatibles con los niveles de ingresos.
IV. Buenas condiciones de habitabilidad, respetando un tamaño mínimo, con protección frente al frío, calor, lluvia, viento u otras amenazas a la salud, riesgos estructurales y sensibilidad a enfermedades.
V. Acceso preferente a la vivienda para grupos en situación de vulnerabilidad o discriminación.
VI. Ubicación adecuada, con acceso a médicos y hospitales, escuelas, guarderías y transporte, en áreas urbanas o rurales.
VII. Adecuación cultural, construida con materiales, estructuras y disposición espacial que viabilicen la expresión cultural y la diversidad de los distintos individuos y grupos que la habitan.
Artículo 139. El Banco Social Mexicana, será materia de financiamiento a las personas de escasos recursos que contribuyan con un salario digno y podrán optar por los beneficios económicos, a una tasa preferencial que ayudará a mejorar la coinversión de una vivienda digna y decorosa con créditos sociales alcanzable sin fines de lucro.
Artículo 140. De conformidad a los apartados que contribuyan a la adquisición de la vivienda familiar, conforme a los lineamientos reglamentarios a la Ley de Vivienda.
Capítulo IVArtículo 141. El presente apartado deberá instruir y normar, la política pública, con respecto a la programación del seguro del desempleo en beneficio de las y los trabajadores que involuntariamente pierden su empleo formal en el territorio nacional.
Artículo 142. El desempleo se tomará en cuenta cuando el trabajador por causas ajenas a su voluntad, deje o sea separado de su empleo formal con carácter temporal o definitivo, en la actividad que venía desarrollando y sea privado de su salario.
Artículo 143. La aplicación del seguro de desempleo, estará validado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y autorizado por el Consejo Directivo de la Banca Social Mexicana, mismo que este programa, estará subsidiado a cargo de la Banca Social.
Artículo 144. Del beneficiario asalariado mayor de 18 años que haya perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, que resida en el territorio nacional, y cumpla con los requisitos previstos en esta ley, como es, que su empresa se encuentre tributando los beneficios del reparto de la riqueza, para acceder a los beneficios del Seguro de Desempleo.
Artículo 145. El Consejo Directivo será el facultado en revisar en las bases de datos, en materia de entrega de los recursos, programar, dirigir y ejecutar el Seguro de Desempleo en el territorio nacional, será de conformidad a la disposición de recursos y solo se apoyará con el 50 por ciento, del último salario, devengando de común acuerdo, hasta por 6 meses, con base al tabulador cotizado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, por lo que la Banca Social Mexicana deberá ejercer una vinculación, previo convenio de colaborar administrativa con el propio Instituto Mexicano del Seguro Social.
Artículo 146. El desempleado, no podrá optar por un segundo periodo de seguro de desempleo, hasta después de un término de un periodo de 3 años.
Artículo 147. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, deberá promover la generación de nuevas fuentes de empleo y consolidar las existentes en el territorio nacional.
Artículo 148. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, promoverá y observara que los programas y acciones de capacitación local y/o de regulación federal fortalezcan y eleven la calidad y productividad de la fuerza de trabajo y economía del territorio nacional.
Artículo 149. La coordinación entre la Secretaría de Desarrollo Económico, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con las Autoridades Federales y las demás áreas competentes en la implementación de estrategias públicas, programas y actividades de protección, promoción y fomento del empleo, será materia de ordenamiento para que se lleve a cabo la productividad empresarial, a través de una mejora salarial, que será vinculatoria con la propia Banca Social Mexicana para analizar diversas investigación en materia de empleo.
Artículo 150. La Banca Social Mexicana, La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Secretaría de Económica y las demás entidades que formen parte de este vínculo de promoción laboral, deberán de ffomentar una cultura emprendedora entre las clases, grupos y personas más desprotegidos y vulnerables de la sociedad a fin de que accedan a mejores niveles de bienestar, a través de programas y acciones de carácter laboral, económico y educativo de contenido social.
Artículo 151. La coordinación en materia de promoción con la Banca Social Mexicana, propiciando de manera regulada con las dependencias de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con la Secretaría de Economía, y las demás áreas competentes para atraer al territorio nacional, inversiones extranjeras, con mayor responsabilidad social, a través de una política competitiva de incentivos para la inversión, que promueva la generación de empleos.
Artículo 152. El fortalecimiento en los sectores público, privado y social, así como el fomento cooperativo, para que ayuden a generar el empleo, mediante el establecimiento de programas y acciones de apoyo empresarial, vinculación, distribución y comercialización de los bienes y servicios que produzcan, así como la proveeduría de sus productos a las estructuras de carácter empresarial y de la administración pública en los diversos órdenes del gobierno.
Artículo 153.De conformidad al Capítulo del Seguro de Desempleo, las condiciones no previstas, deberán ser analizadas por el Consejo Directivo de la Banca Social Mexicana, si se tratara de los pagos a beneficiados, y de los demás preceptos que no hayan sido previstos, que serán sesionados por Comité de Administración en materia salarial.
Capítulo VDe la incubación social de proyectosArtículo 154. La Incubadora Social de Proyectos será el modelo de trabajo orientado a apoyar iniciativas sociales de comunidades y de los universitarios, a partir del acompañamiento formativo, el apoyo financiero y en el concepto de incubación social, que refiere a un proceso por el cual una organización especializada brinda contención y soporte, asistencia técnica y servicios varios para el proceso de creación y desarrollo de otra organización social, típicamente impulsada por personas emprendedoras.
Artículo 155. Las incubadoras sociales, como esquemas asociados, donde personas de diferentes edades e ingresos restringidos pueden capacitarse y recibir asesoría, tanto en línea como de manera presencial, con programas en distintas áreas, con el fin de estudiar, realizar, ejecutar su proyecto social, con altos beneficios económicos que contribuyan en forma grupal y en sociedad en general.
Artículo 156. La vinculación entre las instituciones del emprendimiento, será de trascendencia, promoviéndolos desde la banca social e inclusive participándoles de los financiamientos cuando el capital semilla está fundado y motivado, dando oportunidad para que los jóvenes, los nuevos profesionistas tomen conciencia de la situación actual del país y asuman el rol de generadores de cambios en las áreas que identifiquen la priorización de los proyectos con responsabilidad social.
Artículo 157. De la profesionalización del trabajo social desde el nivel bachillerato y universitario, para que con la certificación de las competencias laborales de conocer, se logre el objetivo de ayudar a ampliar el conocimiento en las comunidades de las regiones, aplicando el programa desde el nivel primario, secundario y el comunitario.
Artículo 158. De la concientización del emprendedor, a través de la realización de programas y acciones que desarrollen competencias ciudadanas y actitudes pro-sociales y la contribución al desarrollo social, económico y educativo en beneficio de comunidades de escasos recursos, con el fin de realizar sus proyectos y llevarlos a realizarlos para que generen crecimiento económico armonizado.
Artículo 159. Los modelos de servicio social igualitario, deberán de apoyarse desde la universidad y que estos presenten proyectos que desde la incubadora social logren la obtención de incentivos económicos, para que los estudiantes de las universidades y carreras técnicas, contribuyan al trabajo de mejores prácticas y que ayuden con el conocimiento adquirido motivados por una remuneración de un proyecto viable.
Artículo 160. Concientizar a los alumnos sobre la realidad social de su comunidad, a través de su participación en el proyecto dentro de la Incubadora Social, buscando que el proyecto genere impactos positivos en el desarrollo social, económico y educativo de las personas a quien se les brinda apoyo de asesoría.
Artículo 161. Del desarrollo del conocimiento de los alumnos, a través de actitudes y habilidades de respeto a las personas y su entorno, solidaridad y responsabilidad cívica, así como la aplicación y transferencia de conocimientos, para que lo aprendido sea materia viviente a las nuevas generaciones de edad adulta.
Artículo 162. De la profesionalización de los procesos productivos y administrativos de las microempresas que se encuentren inscritas en la Incubadora Social de la Banca Social Mexicana, por medio de asesorías presenciales en temas de negocios, buscando el desarrollo y crecimiento de las microempresas, del fomento cooperativo y fomentando la transferencia de conocimientos y el compromiso de solidaridad con la comunidad.
Artículo 163. De la formación ciudadana de los alumnos, mediante el fomento del trabajo solidario para el mejoramiento educativo, promoviendo el cooperativismo social en los niños de nivel primaria inscritos en el proyecto, con el fin de incrementar el desempeño del niño en las materias de matemáticas y español, mejorando su nivel académico, a través de asesorías, impartidas por los prestadores de servicio social.
Artículo 164. Del desempeño académico, contribuyendo desde la niñez de diferentes primarias que acudan a la labor de la Incubadora Social, recibiendo asesoría por parte de los prestadores del Servicio Social, buscando sensibilizar a nuestros alumnos sobre la realidad social y que desde el nivel básico se ejerza el nuevo conocimiento con responsabilidad social.
Artículo 165. De las reglas de operación de la incubadora social, desde el Consejo Directivo de la Banca Social Mexicana, para que se favorezca la generación del banco de proyectos, siendo el capital semilla que deberá validarse con los criterios de beneficios costos y así obtener los ingresos vía financiamiento que establezca el Consejo Directivo de la Banca Social.
Artículo 166. Del fomento a la participación social de las y los estudiantes por medio de la generación de espacios de encuentros interdisciplinarios y de saberes académicos, estudiantiles y comunitarios, en torno al trabajo por una mayor justicia social. Donde se aplique una materia universitaria que atienda la disciplina de los proyectos sociales, promovido desde el cooperativismo social.
Artículo 167. De las jornadas de Investigadores sobre Aprendizaje-Servicio cooperativista, dando inicio con los estudiantes, para que la iniciativa responda a un diagnóstico comunitario o, al menos, a una necesidad identificada por estudios oficiales.
Artículo 168. Del modelo de Incubadora de Proyectos Sociales, por medio del financiamiento, asesoramiento, formación y seguimiento de los grupos de investigación, vinculado con grupos estudiantiles seleccionados para llevar a cabo los proyectos patrocinados, permitiendo la intermediación universitaria en procesos de desarrollo humano y social.
Título SextoArtículo 169. El incumplimiento o la violación a las normas de la presente Ley, las disposiciones que emanen de ella, serán sancionadas con multas o con la reposición de los apoyos y financiamientos otorgados, previa dictaminen del Consejo Directivo.
Artículo 170. Corresponderá al comité de sanciones, la imposición de sanciones, la que podrá delegar esta atribución en el presidente a través del área jurídica y los demás en los servidores públicos de la misma, en razón de la naturaleza de la infracción o del monto de las multas y tendrá así mismo la facultad indelegable de condonar, en su caso, total o parcialmente las multas impuestas.
Artículo 171. Las infracciones a esta ley o a las disposiciones que sean emitidas por Banca Social Mexicana, deberán ser sancionadas por el Comité de Sanciones, siendo multas administrativas o denuncias penales que impondrá la misma, a través del Comité de Sanciones, basado en la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas, y de las mismas sanciones de forma adherente por el Sistema Anticorrupción, establecidas en la Comisión de Vigilancia.
I. Multa del 5 por ciento del valor total del proyecto, en caso de no realizarse, además deberá regresar el 100 por ciento del apoyo, subsidio o financiamiento con una tasa de interés establecida en el presente contrato o convenio firmado de común acuerdo por las partes beneficiadas que recibieron el crédito siendo persona física o moral.
II. Cuando por circunstancias ajenas, por terceras personas no se realizaron los proyectos, este deberá de notificarse y rembolsar el préstamo o financiamiento que se le otorgó para alguna inversión, equipamiento, maquinaria entre otros.
III. Las personas físicas, morales y sociedades financieras populares, las cooperativas de fomento económico, fundaciones, entes públicos que proporcionen, en forma dolosa, información falsa, imprecisa o incompleta a las autoridades financieras, que tenga como consecuencia que no se refleje su verdadera situación financiera, administrativa, económica o jurídica, siempre y cuando se compruebe que el director general o algún miembro del Consejo de Administración de la Sociedad correspondiente tuvo conocimiento de tal acto, esta deberá ser sancionada conforme a la Ley de Fiscalización Superior y de lo que establezca el sistema anticorrupción.
IV. Las personas físicas, morales y sociedades financieras populares, de las de fomento cooperativo, fundaciones, entes públicos que no cumplan con cualquiera de las medidas correctivas que se establezcan dentro del apartado de la comisión de vigilancia será materia de sanción, conforme a la Ley de Fiscalización Superior y de lo que establezca el sistema anticorrupción.
V. En caso de que alguna de las infracciones contenidas en este artículo generen un daño patrimonial o un beneficio, se podrá imponer la sanción que corresponda adicionando a la misma hasta un monto del 100 por ciento equivalente a dicho daño o al beneficio obtenido por el infractor, lo que resulte mayor. Se entenderá por beneficio la ganancia obtenida o la pérdida evitada para sí o para un tercero.
VI. El comité de sanciones, podrá abstenerse de sancionar a personas físicas, morales y sociedades financieras populares, de las de fomento cooperativo, fundaciones, entes públicos ,siempre y cuando se justifique la causa de tal abstención de acuerdo con los lineamientos que para tales efectos emita el Comité de Sanciones, cuando se reúna la propia Comisión de Vigilancia y se refieran a hechos, actos u omisiones que no revistan gravedad, no exista reincidencia, no se cuente con elementos que permitan demostrar que se afecten los intereses de terceros o del propio sistema de la banca social mexicana y no constituyan delito.
Artículo 172. Las partes sujetas a estos procedimientos de sanciones administrativas estarán reguladas y serán incluyentes las siguientes fracciones:
I. Un proyecto sin garantía soberana o financiado por la Banca Social Mexicana o cualquier parte que participe siempre que se trate de contrapartes contractuales directas de la Banca Social Mexicana, incluidas los prestatarios, patrocinadores partes garantizadas, beneficiarios directos de garantías y compañías receptoras de inversiones.
II. De la práctica corrupta, consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte.
III. De la práctica fraudulenta, es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación.
IV. De la práctica coercitiva, que consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte.
V. Sobre la práctica colusoria, es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, incluido influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte.
VI. Sobre la práctica obstructiva, consiste en destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación de la Banca Social Mexicana, sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o actos realizados con la intención de impedir materialmente el ejercicio de los derechos contractuales de la Banca Social Mexicana, a auditar o acceder a información.
Artículo 173. De acuerdo con los procedimientos internos, el Presidente del Banco Social Mexicano nombrará a un Oficial de Sanciones para ejercer el cargo según lo dispuesto en estos Procedimientos. El oficial de Sanciones no será miembro del Comité de Sanciones, el oficial de Sanciones podrá: desestimar los cargos o proceder con la expedición de una notificación de acción administrativa de conformidad con lo previsto a lo que apruebe el consejo directivo.
Artículo 174. Del oficial de Sanciones, que determinara que el Pliego de Cargos, por preponderancia de la prueba, sustenta un hallazgo de que el Investigado incurrió en una Práctica Prohibida y el cargo fue presentado al oficial de Sanciones dentro del plazo preceptuado, deberá preparar una notificación, remitir dicha notificación al Investigado y notificar por escrito al Comité de Sanciones, para luego ejercer la notificación para iniciar el procedimiento administrativo de ejecución.
Artículo 175. El investigado podrá presentar materiales escritos al oficial de Sanciones, incluyendo argumentos y pruebas en respuesta a la Notificación, dentro de un plazo de sesenta 60 días siguientes a la entrega de la Notificación. Si no se recibe respuesta dentro de ese plazo de sesenta 60 días calendario, el Oficial de Sanciones emitirá una determinación de conformidad a lo que establezca el Comité de Sanciones.
Artículo 176. Del Oficial de Sanciones, cuando determine que no cabe concluir que el Investigado incurrió en una Práctica Prohibida, conforme a la preponderancia de la prueba, el Oficial de Sanciones preparará una determinación en que hará constar sus hallazgos, desestimará los cargos y pondrá fin a los procedimientos correspondientes previstos en estos procedimientos de sanciones.
Artículo 177. De los conflictos de Interés. En relación con la disposición de casos, el oficial de Sanciones estará sujeto a las mismas disposiciones en materia de conflictos de interés, recusación y otros empleos que las que son aplicables a los miembros del Comité de Sanciones.
Artículo 178. Del Investigado, cuando haya incurrió en una Práctica Prohibida, el Oficial de Sanciones o el Comité, según corresponda, podrá imponer una Sanción o una combinación de Sanciones según lo establezca el propio Comité de Sanciones.
Artículo 179. Del oficial de Sanciones o el Comité de Sanciones, según corresponda, podrá imponer otras Sanciones que considere apropiadas, incluidas, pero sin estar limitadas a, la restitución de fondos y la imposición de multas que representen un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones contempladas en la presente Ley.
Artículo 180. De las sanciones aquí previstas serán independientes y sin perjuicio del reconocimiento, por la Banca Social Mexicana, de las sanciones de otras instituciones, de la decisión de otras instituciones de reconocer Sanciones de la Banca Social Mexicana, o de la toma de cualesquiera otras medidas, incluyendo la aprobación de cualesquiera otras políticas, por parte de la Banca Social Mexicana, relacionadas con adquisiciones y/o con la elegibilidad de contrapartes de participar en actividades financiadas por el Banco Social Mexicano.
Artículo 181. De los factores considerados en la selección de las sanciones, el oficial de Sanciones y el Comité de Sanciones, podrán considerar los siguientes factores:
I.La magnitud y gravedad de las acciones del investigado.
II. La conducta anterior del investigado con respecto a una práctica prohibida.
III. La magnitud de las pérdidas causadas por el Investigado.
IV. Los daños causados por el investigado a las operaciones del grupo del banco, incluida la credibilidad en el proceso de adquisiciones.
V. La naturaleza de la participación del investigado en la práctica prohibida.
VI. Cualquier circunstancia atenuante, incluida la implementación de programas de prevención e identificación del fraude o la corrupción, u otras medidas correctivas tomadas por el Investigado.
VII. El hecho de que el Investigado admita su culpabilidad o colabore en el proceso de investigación.
VIII. Cualquier otro factor que el oficial de Sanciones o el Comité considere pertinente.
IX. Fecha en que se hace efectiva la sanción. Una sanción impuesta por el oficial de Sanciones se hará efectiva al expirar el plazo disponible para presentar una apelación ante del Comité de Sanciones, en caso de que tal apelación no haya sido presentada. Una sanción impuesta por el Comité se hará efectiva una vez notificada al Investigado por el Consejo de Vigilancia.
Artículo 182. Del investigado, que no tendrá derecho de conocer la identidad de ninguna persona que haya proporcionado información a la Banca Social Mexicana y haya solicitado específicamente que su identidad no sea revelado al investigado.
Artículo 183. Sobre los asesores del Comité de Sanciones, tendrán la autoridad para contratar los servicios de asesores legales y de otros expertos que le asistan en sus deliberaciones. Cuando el Comité de Sanciones, decida hacerlo, todas las comunicaciones con dichos asesores o expertos deberán ser consideradas privilegiadas y estarán exentas de ser reveladas.
Artículo 184. Sobre el expediente, que será considerado por el oficial de Sanciones deberá contener lo siguiente:
I. La notificación.
II. La repuesta del investigado.
III. La documentación adicional según lo establecido en el expediente que haya de considerar el Consejo de Vigilancia, deberá incluir esos documentos, y asimismo, la apelación, el expediente será confidencial y no será divulgado, salvo lo previsto expresamente en los procedimientos que dicte el Consejo de Vigilancia.
IV. El oficial de Sanciones o de una decisión del Comité de Sanciones, podrá nueva evidencia, junto con una explicación breve sobre la importancia de la misma, que el oficial de Sanciones o el Comité podrá, a su discreción, considerar. El oficial de Sanciones y el Comité podrán también solicitar aclaraciones y evidencia adicional al Investigado, autorizar al Investigado a presentar argumentos y pruebas adicionales en respuesta a cualquier documento presentado por la otra parte según lo establecido en estos Procedimientos, en la forma y tiempo que el Oficial de Sanciones o el Comité determinen razonablemente. Asimismo, previo a una Determinación o Decisión, el Oficial de Sanciones y el Comité deberán tener acceso al contenido del Expediente de cualquier procedimiento relacionado u otro caso ante el Oficial de Sanciones o el Comité que involucre al mismo Investigado.
V. Sobre las prórrogas de plazos. Cuando se solicite y demuestre una causa fundada, el Oficial de Sanciones y el Presidente del Comité podrán, a su discreción, conceder prórrogas razonables de los plazos establecidos en el presente documento. Las partes no tienen derecho a la prórroga de ningún plazo.
VI. Sobre la suspensión temporal, de acuerdo con lo establecido a continuación, el oficial de Sanciones puede suspender temporalmente la elegibilidad de una parte para participar o ser adjudicataria de contratos adicionales para proyectos hasta que se hayan concluido los procedimientos previstos.
VII. Para imponer una suspensión temporal, el oficial de Sanciones debe encontrar, en consulta con el presidente del comité, que la adjudicación de contratos a la parte de que se trate o la participación de ésta en proyectos adicionales podría causar un daño significativo a la Banca Social Mexicana o a un Proyecto financiado por la Banca Social Mexicana, y que ha ofrecido pruebas sustanciales que respalden una alegación de ocurrencia de una Práctica Prohibida.
VIII. En caso de una suspensión temporal, el oficial de Sanciones debe enviar una notificación escrita a la parte de que se trate, y dicha Notificación de Suspensión Temporal deberá contener la respectiva recomendación de la Suspensión Temporal.
IX. La suspensión temporal tendrá efecto inmediato una vez entregada la notificación de la suspensión temporal. No obstante, la parte que haya sido objeto de una suspensión temporal podrá, dentro del término de 30 días contados a partir de esa dicha entrega, presentar al oficial de Sanciones una solicitud de reconsideración de la Suspensión Temporal, incluidos sus fundamentos y pruebas de respaldo de dicha solicitud, el Oficial de Sanciones deberá emitir una determinación final en respuesta a la Solicitud de Reconsideración, en consulta con el Presidente del Comité, con notificación escrita a la parte involucrada y la Suspensión Temporal se mantendrá en efecto hasta que se adopte esa determinación final.
Artículo 185. Sobre el procedimiento que será adoptado para guiar el ejercicio de discrecionalidad por parte del Banco Social Mexicano, sin que ello implique que los mismos confieren ninguna clase de derechos o privilegios a ninguna parte. El Banco Social Mexicano se reserva el derecho de modificar, complementar o revisar estos procedimientos, con o sin previo aviso. Asimismo, los miembros del Banco Social Mexicano, podrán adaptar, modificar, renunciar, suspender o poner término a estos procedimientos, temporalmente a cualquier parte de ser elegible para la adjudicación de contratos, en casos especiales en que las circunstancias lo justifiquen en cualquier momento, sin previo aviso.
Capítulo IIArtículo 186. El Comité de Sanciones, regirá al Comité de la Banca Social Mexicana.
Artículo 187. El Comité analizará las denuncias de Prácticas Prohibidas, adoptará decisiones y cumplirá otras funciones y responsabilidades según lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones de la Banca Social Mexicana, en los términos definidos utilizados en los Procedimientos de Sanciones tendrán el mismo significado que en este Estatuto.
Artículo 188. El Comité estará conformado por cinco miembros, todos los miembros deberán poseer la experiencia profesional e integridad necesaria para estar habilitados como Miembros, de la cual estarán conformados de la siguiente manera: tres miembros del comité serán nombrados por el presidente del Banco Social Mexicano, 1 por el Consejo Ciudadano y otro por el Consejo Coordinador Empresarial.
Artículo 189. De los miembros externos tanto del Consejo Ciudadano y el del Consejo Coordinador Empresarial, no deberán ejercer actualmente ningún nombramiento como empleado de la Banca Social Mexicana.
Artículo 190. De los miembros externos ejercerán su cargo por períodos de hasta cinco años, renovables por una vez. Los miembros internos ejercerán su cargo por períodos de hasta tres años, renovables por una vez. Si un miembro renunciara al comité antes del final de su período, el Presidente del Banco Social Mexicano podrá nombrar a un sucesor para que complete el período. Ese sucesor será elegible para un nombramiento por un período adicional.
Artículo 191. Del presidente de la Banca Social Mexicana, designará a un presidente y un vicepresidente entre los miembros del comité.
Artículo 192. Del presidente del comité que dirigirá el trabajo del comité, representará al comité en todos los asuntos administrativos, asignará planes, programas y presidirá todas las sesiones del comité en pleno, si el presidente del comité no pudiera actuar o asistir a una sesión del comité en pleno, el vicepresidente actuará en calidad de presidente.
Artículo 193. Para ejercer las funciones el Comité en pleno, se requerirá la presencia de al menos tres miembros, incluyendo como mínimo un miembro interno, así como de los miembros externos.
Artículo 194. El presidente del comité podrá convocar a una sesión de todos los miembros cuando, en su opinión, la complejidad del caso requiera de dicha sesión o cuando sea necesario para tratar un asunto que afecte el funcionamiento del comité o cualquier otro tema que requiera de consideración por el comité en pleno.
Artículo 195. Del presidente del comité, cuando considere que un caso o casos en particular involucran circunstancias excepcionales que ameritan consideración por el comité en pleno, el presidente designará a un panel compuesto por los miembros externos y deban estar los tres Miembros Internos, para que conozca y determine cada caso de conformidad con los procedimientos de sanciones.
Artículo 196. Del requerimiento de la presencia de los tres miembros del panel para constituir el quórum del panel.
Artículo 197. El presidente del comité organizará el programa de trabajo que será sometido a consulta con sus Miembros y programará las reuniones conforme sea necesario.
Artículo 198. De la remuneración de los miembros externos y los gastos del comité estarán a cargo del Banco Social Mexicano.
Artículo 199. Del comité y los miembros, cuando celebrarán sus sesiones en la oficina principal del Banco Social Mexicano, salvo que el presidente del comité según corresponda, considere que para el desarrollo eficiente de las actuaciones se requiere realizar las sesiones en otro lugar.
Artículo 200. De las audiencias del comité y las reuniones tendrán la forma de procedimientos orales. Cualquier miembro o miembros del comité o de un panel podrán participar en una reunión del comité por medio de un equipo de conferencia telefónica o equipos de comunicaciones similares que permitan a las personas que participan en la reunión escucharse entre sí en forma simultánea.
Artículo 201. De los procedimientos del comité, incluidas las audiencias y deliberaciones del comité o del panel respectivo, según corresponda, serán confidenciales y no estarán abiertos al público, teniendo los siguientes derechos y obligaciones:
I. Cada miembro tendrá un voto de igual calidad, ya sea actuando en el comité en pleno o en un panel.
II. Las decisiones del comité en pleno se adoptarán por los votos favorables de al menos tres Miembros, incluyendo una equidad tanto de los Miembros Internos como de los Miembros Externos.
III. Al tomar decisiones, todos los miembros actuarán en forma independiente y no responderán ante, ni recibirán instrucciones de, la administración del Banco Social Mexicano.
IV. Si un miembro o un familiar inmediato posee algún interés personal, incluido un interés financiero, un empleo u otra afiliación, en cualquier asunto que esté bajo consideración del Comité, dicho miembro informará al Secretario Ejecutivo del Comité lo antes posible al tomar conocimiento del conflicto y no participará en la consideración del mismo.
V. Para los efectos de esta disposición, el término familiar inmediato, significará un cónyuge, pareja de hecho, hijo(a), padre o madre, suegro(a) o hermano(a).
VI. Un miembro estará inhabilitado para actuar como abogado, agente o representante de cualquier investigado en un procedimiento de sanciones ante el comité durante un plazo de dos (2) años contado a partir del final del período de ejercicio de dicho miembro.
VII. Los miembros externos no aceptarán un empleo del Banco Social Mexicano, ya que sus servicios serán por trabajos devengados.
VIII. Un miembro deberá respetar la confidencialidad y el carácter sensible de toda la información a la cual tenga acceso en su calidad de miembro del comité, y no utilizará ni divulgará a terceros ninguna información obtenida como consecuencia de su calidad de miembro del comité, salvo en la medida en que dicha información también sea divulgada públicamente por el Banco Social Mexicano y no por él.
Capítulo IIIArtículo 202. De los sancionados, con prisión de dos a diez años y multas desde el 20 por ciento del quebranto hasta el 100 por ciento del mismo, a los consejeros, directores o gerentes generales y demás directivos o empleados, comisarios o auditores externos del Banco Social Mexicano o quienes intervengan directamente en la operación de acuerdo a los siguientes:
I. Que omitan u ordenen omitir registrar operaciones efectuadas ante el Banco de créditos, inversiones o subsidios, según se trate el programa o que alteren u ordenen alterar los registros para ocultar la verdadera naturaleza de las operaciones realizadas, afectando la composición de activos, pasivos, cuentas contingentes o resultados.
II. Presenten a la Comisión de Vigilancia, datos, informes o documentos falsos o alterados sobre la solvencia del deudor o sobre el valor de las garantías que protegen los créditos.
III. Destruyan u ordenen que se destruyan total o parcialmente, los sistemas o registros contables o la documentación soporte que dé origen a los asientos contables respectivos, con anterioridad al vencimiento de los plazos legales de conservación.
IV. Destruyan u ordenen que se destruyan total o parcialmente, información, documentos o archivos, incluso electrónicos, con el propósito de impedir u obstruir los actos de inspección y vigilancia de la Comisión de Vigilancia.
V. Que proporcionen o permitan que se incluyan datos falsos en los documentos, informes, dictámenes, opiniones, estudios o calificación crediticia, que deban presentarse a la Comisión de Vigilancia.
VI. Que conociendo la falsedad sobre el monto de los activos o pasivos, concedan el préstamo o crédito, y conociendo los vicios, si el monto de la alteración hubiere sido determinante para concederlo.
Artículo 203. Del quebranto de las operaciones se sancionará con los siguientes lineamientos:
I. Cuando el monto de la operación, quebranto o perjuicio patrimonial, según corresponda, exceda de dos mil y no de cincuenta mil días de salario, se sancionará con prisión de dos a cinco años y multa de dos mil a cincuenta mil días de salario.
II. Cuando el monto de la operación, quebranto o perjuicio patrimonial, según corresponda, exceda de cincuenta mil, pero no de trescientos cincuenta mil días de salario, se sancionará con prisión de cinco a ocho años y multa de cincuenta mil a doscientos cincuenta mil días de salario.
III. Cuando el monto de la operación, quebranto o perjuicio patrimonial, según corresponda, exceda de trescientos cincuenta mil días de salario, se sancionará con prisión de ocho a quince años y multa de doscientos cincuenta mil a trescientos cincuenta mil días de salario.
Artículo 204. De los montos de la operación, quebranto o perjuicio patrimonial, las sanciones previstas en este artículo se impondrán a:
I. Las personas que con el propósito de obtener un préstamo o crédito, o de celebrar un contrato de arrendamiento financiero o de factoraje financiero proporcionen a una Sociedad u organismo, datos falsos sobre el monto de activos o pasivos de una entidad o persona física o moral, si como consecuencia de ello resulta quebranto o perjuicio patrimonial para la Banca Social Mexicana.
II. Serán sancionados hasta en una mitad más de las penas previstas en este artículo, aquellos funcionarios, empleados, prestadores de servicios, comisionistas o comisionistas de terceros que participen en la solicitud o trámite para el otorgamiento del crédito, y conozcan la falsedad de los datos sobre los montos de los activos o pasivos de los acreditados, o que directa o indirectamente alteren o sustituyan la información mencionada, para ocultar los datos reales sobre dichos activos o pasivos.
III. Los consejeros, directivos, funcionarios, empleados o quienes intervengan directamente en la operación que, falsifiquen, alteren, simulen o a sabiendas realicen operaciones que resulten en quebranto o perjuicio al patrimonio de la Banca Social Mexicana.
IV. Se considerarán comprendidos dentro de lo dispuesto en el párrafo anterior y, consecuentemente, sujetos a iguales sanciones, los consejeros, directivos, funcionarios o empleados de las sociedades y organismos o quienes intervengan directamente en las operaciones propias del objeto social de las sociedades y organismos con personas físicas o morales cuyo estado de insolvencia les sea conocido, si resulta previsible al realizar la operación que carecen de capacidad económica para pagar o responder por el importe de las operaciones realizadas que resulten en quebranto o perjuicio al patrimonio de la Banca Social Mexicana de que se trate.
V. Renueven préstamos, créditos o contratos de arrendamiento financiero, vencidos parcial o totalmente a las personas físicas o morales a que se refiere el inciso anterior.
VI. Que a sabiendas, permitan a un deudor desviar el importe del crédito, préstamo o bien arrendado en beneficio de terceros, reduciendo notoriamente su capacidad para pagar o responder por el importe de su obligación y, como consecuencia de ello, resulte quebranto o perjuicio patrimonial a la Sociedad u organismo.
VII. Las personas que para obtener préstamos o créditos o con el fin de celebrar contratos de arrendamiento financiero o de factoraje financiero, presenten avalúos que no correspondan a la realidad, de manera que el valor real de los bienes que se ofrecen en garantía sea inferior al importe del crédito o préstamo, bienes en arrendamiento o derechos del crédito, resultando quebranto o perjuicio patrimonial para la Banca Social Mexicana.
VIII. Los deudores que no destinen el importe del préstamo o crédito a los fines pactados, y como consecuencia de ello resulte quebranto o perjuicio patrimonial a la Banca Social Mexicana.
Artículo 205. De los consejeros, directores o gerentes generales y demás directivos, funcionarios y empleados de las sociedades y organismos, o quienes intervengan directamente en la operación, que con independencia de los cargos o intereses fijados por la Banca Social Mexicana, hayan obtenido de los sujetos de préstamo o crédito o de operaciones con divisas, beneficios por su participación en el trámite u otorgamiento del crédito, de los bienes objeto del arrendamiento, del contrato de factoraje o de operaciones con divisas, serán sancionados con pena de prisión de tres meses a tres años y con multa de treinta a quinientos días de salario cuando el beneficio no sea viable.
Artículo 206. De los consejeros, directores o gerentes generales y demás directivos, funcionarios, comisarios, empleados, socios, prestadores de servicios o comisionistas que inciten u ordenen a directivos, empleados o a quien ostente un cargo o comisión de la Banca Social Mexicana, a la comisión de los delitos, serán sancionados hasta con la separación del carga y pagar al 100 por ciento el quebranto del préstamo otorgado, generando daño patrimonial a la Banca Social Mexicana.
Artículo 207. De las sanciones con penas de prisión de tres a quince años y multa hasta de cien mil días de salario, las personas físicas, consejeros, directivos, funcionarios o administradores de personas morales que lleven a cabo operaciones reservadas para otros fines y que se demuestra que fue financiamiento canalizado a otros fines.
Capítulo IVArtículo 208. De las notificaciones de los requerimientos, visitas de inspección ordinarias y especiales, medidas cautelares, solicitudes de información y documentación, citatorios, emplazamientos, resoluciones de imposición de sanciones administrativas o de cualquier acto que ponga fin a los procedimientos de suspensión, revocación de autorizaciones a que se refiere la presente Ley, mismas que podrán informarse a través de los siguientes medios:
I. Mediante oficio entregado por mensajero o por correo certificado, ambos con acuse de recibo.
II. Por edictos, en los supuestos señalados, emitidos y publicados a medios de mayor circulación, local, regional o nacional.
III. Por medio electrónico, de conformidad y previa convenio estipulado, conforme a lo establecido de la forma de notificación.
Artículo 209. De la información y documentación que deba exhibirse a los inspectores de la Comisión al amparo de una visita de inspección, se deberá observar lo previsto en el reglamento expedido por el Ejecutivo Federal, en materia de supervisión, al amparo de lo establecido en el Artículo 5, primer párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Artículo 210. De las autorizaciones, revocaciones de autorizaciones solicitadas por el interesado o su representante, los actos que provengan de trámites promovidos a petición del interesado y demás actos distintos a los señalados en el artículo 146 de esta ley, podrán notificarse mediante la entrega del oficio en el que conste el acto correspondiente, en las oficinas de la autoridad que realice la notificación, recabando en copia de dicho oficio la firma y nombre de la persona que la reciba.
Artículo 211. De las autoridades de la Banca Social Mexicana, podrán efectuar dichas notificaciones por correo ordinario, telegrama, fax, correo electrónico o mensajería cuando el interesado o su representante se lo soliciten por escrito señalando los datos necesarios para recibir la notificación, dejando constancia en el expediente respectivo, de la fecha y hora en que se realizó.
Artículo 212. De las notificaciones de visitas de investigación y de la declaración de intervención a que se refiere esta ley se realizarán en un solo acto.
Artículo 213. De las notificaciones personales podrán efectuarse en las oficinas de las autoridades de la Banca Social Mexicana, solamente cuando el interesado o su representante acuda a las mismas y manifieste su conformidad en recibir las notificaciones, para lo cual quien realice la notificación levantará por duplicado un acta que cumpla con la regulación aplicable a este tipo de actos.
Artículo 214. De Las notificaciones personales o afines, también podrán practicarse con el interesado o con su representante, en el último domicilio que hubiere proporcionado a la Banca Social Mexicana, correspondiente o en el último domicilio que haya señalado ante la propia autoridad en el procedimiento administrativo de que se trate, para lo cual se levantará acta en los términos del citado convenio o contrato establecido.
Artículo 215. Del supuesto interesado o su representante no se encuentre en el domicilio mencionado, quien lleve a cabo la notificación entregará citatorio a la persona que atienda la diligencia, a fin de que el interesado o su representante lo espere a una hora fija del día hábil siguiente y en tal citatorio apercibirá al citado que de no comparecer a la hora y el día que se fije, la notificación la practicará con quien lo atienda o que en caso de encontrar cerrado dicho domicilio o que se nieguen a recibir la notificación respectiva, la hará mediante instructivo que establezcan en sus procedimientos la Banca Social Mexicana.
Artículo 214. Del citatorio de referencia deberá elaborarse por duplicado y dirigirse al interesado o a su representante, señalando lugar y fecha de expedición, fecha y hora fija en que deberá esperar al notificador, quien deberá asentar su nombre, cargo y firma en dicho citatorio, el objeto de la comparecencia y el apercibimiento respectivo, así como el nombre y firma de quien lo recibe. En caso de que esta última no quisiera firmar, se asentará tal circunstancia en el citatorio, sin que ello afecte su validez.
Artículo 215. De la no comparecencia del citado, la notificación se entenderá con cualquier persona que se encuentre en el domicilio en el que se realiza la diligencia; para tales efectos se levantará acta en los términos del procedimiento establecido de notificaciones.
Artículo 216. De las notificaciones que se efectúen mediante oficio entregado por mensajería o por correo certificado, con acuse de recibo, surtirán sus efectos al día hábil siguiente a aquél que como fecha recepción conste en dicho acuse.
Artículo 217. De las notificaciones por edictos se efectuarán en el supuesto de que el interesado haya desaparecido, hubiere fallecido, se desconozca su domicilio o exista imposibilidad de acceder a él, y no tenga representante conocido o domicilio en territorio nacional o se encuentre en el extranjero sin haber dejado representante.
Artículo 218. De los edictos, se publicaran por tres veces consecutivas un resumen del oficio respectivo, en un periódico de circulación nacional, sin perjuicio de que la Banca Social Mexicana, notifique difunda el edicto en la página electrónica de la red mundial denominada Internet que corresponda a la Banca Social Mexicana que notifique; indicando que el oficio original se encuentra a su disposición en el domicilio que también se señalará en dicho edicto.
Artículo 219. De las notificaciones por medios electrónicos, con acuse de recibo, podrán realizarse siempre y cuando el interesado o su representante así lo haya aceptado o solicitado expresamente por escrito a las autoridades de la Banca Social Mexicana, a través de los sistemas automatizados y mecanismos de seguridad que las mismas establezcan.
Artículo 220. De las notificaciones que no fueren efectuadas conforme a este capítulo, se entenderán legalmente hechas y surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquél en el que el interesado o su representante se manifiesten sabedores de su contenido.
Artículo 221. De los efectos de esta ley se tendrá por domicilio para oír y recibir notificaciones relacionadas con los actos relativos al desempeño de su encargo como miembros de la Banca Social Mexicana, directores generales, comisarios, directores, gerentes, funcionarios, directivos que ocupen la jerarquía inmediata inferior a la del Presidente del Banco Social Mexicano, y demás personas que puedan obligar con su firma a las sociedades y organismos regulados por esta Ley, el del lugar en donde se encuentre ubicada Banca Social Mexicana, a la cual presten sus servicios, salvo que dichas personas señalen por escrito un domicilio distinto, el cual deberá ubicarse dentro del territorio nacional.
Artículos TransitoriosArtículo Primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. El Banco Social Mexicano, institución de Banca de Desarrollo Social, contará con noventa días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, para ajustar su operación y administración a lo dispuesto en esta ley.
Artículo Segundo. El Ejecutivo federal, en un plazo de 90 días contados a partir de la vigencia de esta Ley, expedirá el decreto mediante el cual publicará la nueva compasión de la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza, con el fin de instrumentar mecanismos que ayuden a la igualdad de oportunidades a través de una Banca Social de desarrollo denominada Banca Social Mexicana, apercibida de acuerdo con las bases siguientes:
I. La Banca Social Mexicana y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público señalarán la forma y términos en que deberán llevarse a cabo la transformación, cuidando en todo momento la adecuada protección de datos, de manera electrónica, para el resguardo de la información.
II. La transformación de la Banca Social Mexicana, surtirá efectos en la fecha que se indique en el decreto respectivo.
III. Los acreedores de la Banca Social Mexicana, no podrán oponerse a la transformación.
IV. El decreto de transformación de la Banca Social Mexicana, se inscribirá en el Registro Público de Comercio.
V. Mientras se lleva a cabo la citada transformación, los aspectos operativos y administrativos se regirán por la Banca Social Mexicana y será vinculatoria con la Ley Orgánica del Patronato del Ahorro Nacional y demás disposiciones vigentes con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, debiendo el Ejecutivo Federal, por conducto de la Banca Social Mexicana y con la Coordinación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para proveer lo necesario a efecto de que se continúe prestando de manera adecuada y eficiente sus servicios en esta nueva institución.
VI. Una vez transformado y, hasta en tanto se aprueba el Reglamento Orgánico de la Banca Social Mexicana, se aplicará los estatutos orgánicos de la Ley Orgánica del Patronato del Ahorro Nacional en las medidas que sean vinculatorias.
VII. La conformación de su capital social.
VIII. El presidente de la Banca Social Mexicana, así como los consejeros y directivos continuarán en el desempeño de sus funciones mientras no se realicen nuevas designaciones y los designados tomen posesión de sus cargos.
IX. Los derechos de los trabajadores en todo momento serán respetados.
X. Corresponderá al Banco Social Mexicano, Institución de Banca Social para el desarrollo, las acciones, excepciones, defensas y recursos de cualquier naturaleza deducidos en los juicios o procedimientos administrativos en los que el Patronato del Ahorro Nacional, sea parte con anterioridad a la fecha en que surta efectos su transformación.
XI. Llevada a cabo la transformación, cuando las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas hagan referencia a la Ley Orgánica del Patronato del Ahorro Nacional, se entenderá que se hace para esta Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza, opera en modalidad de Banco Social Mexicano, donde el objeto sea vinculatorio.
XII. Previo al inicio de operaciones, el Banca Social Mexicana, someterá a la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sus sistemas operativos, de procesamiento de información y de control interno, así como sus manuales de organización y operación.
Artículo Tercero. El Reglamento Orgánico de la Institución deberá expedirse en un plazo no mayor de 180 días, contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, y deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como sus modificaciones.
Artículo Cuarto. Las operaciones que realice la Banca Social Mexicana, se regirá por las disposiciones y autorizaciones aplicables en la materia de la Banca, en tanto no se expida y apruebe su Reglamento Orgánico y sus Reglas de Operación de la Ley de Justicia Social y Equidad Distributiva de la Riqueza.
Artículo Quinto. Se considerarán como parte del Sistema Bancario Mexicano, por lo que quedarán sujetos a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y les será aplicable la regulación señalada en el artículo 134 Bis 4 de la Ley de Instituciones de Crédito que se adiciona por virtud del presente decreto, a la Banca Social Mexicana en todo su modalidades de créditos y apoyos.
Sin perjuicio de lo anterior, se considerará como parte del Sistema Bancario Mexicano, a la Banca Social Mexicana y, en consecuencia, quedará sujeto a la supervisión y regulación de la propia Comisión Bancaria y de Valores a que se refiere dicha ley.
Notas:
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Ley Federal del Trabajo
http://eleconomista.com.mx/sistema-financiero/2011/03/10/ mexico-necesita-banca-social-atender-pobres
http://biblio.upmx.mx/library/index.php?title=Special:GSMSearchPage &process&lang=en&mode= &subheadings=COOPERATIVAS%20MEXICO%20LEMB
http://www.expoknews.com/mexico-necesita-una-banca- social-para-atender-a-los-pobres/
http://mexico.ashoka.org/8-ejes-de-banca-social-en-bancolombia
http://lucilius.aprenderapensar.net/2009/12/20/la-justicia-distibutiva/
http://www.portalpolitico.tv/gobierno/propone-diputada- creacion-del-banco-social-de-mexico-para-apoyar-a-ese-sector-de-la
http://www.portalpolitico.tv/gobierno/diputado-del-prd- solicita-a-la-shcp-incluir-a-los-32-estados-en-el-fondo-de-apoyo-a
http://www.redalyc.org/html/413/41312223005/
http://www.banxico.org.mx/disposiciones/marco-juridico/ ley-del-banco-de-mexico/%7B08FAB2E7-C738-3567-5897-A27278267693%7D.pdf
http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/42109/1/951802071X_spa.pdf
http://idbdocs.iadb.org/wsdocs/getdocument.aspx?docnum=40316116
www.conocer.gob.mx
http://cdn.graphics.forbes.com.mx/interactivos/millonarios-2016/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 13 días del mes de septiembre de 2016. Diputada y diputado: Rosa Alba Ramírez Nachis,Víctor Manuel Sánchez Orozco(rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Fomento Cooperativo y Economía Social, para dictamen, y a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o., 8o., 41, 48 y 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Adelante, diputada.
La diputada Carmen Victoria Campa Almaral:Con su permiso, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados. En Nueva Alianza tenemos la convicción de propiciar el bienestar general que es el objetivo primordial de la política, por eso hemos asumido el compromiso de legislar a favor de los sectores más vulnerables, porque la responsabilidad del Estado y nuestra, como representantes de la sociedad, es generar las oportunidades que permitan su inclusión e integración en los procesos de desarrollo y crecimiento productivo.
Con ese propósito hago uso de esta tribuna para presentar a ustedes la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en materia de inclusión de proveedores preferentes.
El objetivo de esta iniciativa consiste en establecer en la ley que se considere dentro de los proveedores preferentes del sector público a jóvenes, a mujeres, a indígenas y a personas o grupos vulnerables con grandes condiciones de vulnerabilidad, con el propósito de que sean tomados en cuenta de manera preferente en la generación de cadenas de proveeduría respecto de bienes y servicios que licite regularmente dicho sector.
Si bien desde el Estado se han generado programas y políticas públicas que tienden y apoyan a los sectores vulnerables, esto se hace con una visión paternalista y asistencial. La legislación establece acciones transversales y multisectoriales mediante programas que dan apoyo a los grupos vulnerables, sin embargo no favorecen su desarrollo económico, productivo y social en lo individual y en lo colectivo.
Por ello, en Nueva Alianza creemos que es menester establecer las condiciones que propicien y promuevan el desarrollo pleno de los individuos o grupos en condición de vulnerabilidad a través de acciones afirmativas que los visibilicen y que estén orientadas a su inclusión y desarrollo económico.
Con esta iniciativa, el Estado cumple con su función de generar las oportunidades de desarrollo productivo e ingreso para todos los sectores por igual, lo cual sería de gran oportunidad para revertir la discriminación y fomentar el autoempleo en este grupo poblacional.
Las cifras nos muestran que cada día es más complicado para ellos competir en sus puestos de trabajo. De acuerdo con la encuesta nacional de ocupación y empleo ENOE del Inegi, el 58.2 por ciento de la población económicamente activa lo está desde la informalidad.
Para los jóvenes los datos son aún más desalentadores, ocho de cada diez jóvenes no tiene una ocupación que les permita acceder a oportunidades de desarrollo para satisfacer sus necesidades. Por ende no es de extrañar que hasta diciembre del 2015 la cantidad de jóvenes económicamente activos que se encontraban desocupados, de 15 a 24 años de edad, alcanzara alarmantemente una cifra de 35.36 por ciento.
En el caso de las mujeres, ubicadas en el mismo rango de la edad, nueve de cada diez no tienen una oportunidad de desarrollo social y económico. La situación se agrava más con indígenas. Estas cifras nos revelan que no hemos podido generar las condiciones que permitan a los jóvenes y a las mujeres indígenas y demás sectores en condición de vulnerabilidad, acceder a empleos estables.
Por ello la convicción de que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del sector público, puede ser uno de los principales instrumentos del desarrollo social y económico para ese sector, ya que al incorporarlos dentro del proceso de cadenas productivas, es posible crear una sinergia dentro del mecanismo económico que se realiza a través de las compras gubernamentales, cuyos efectos la generación de empleo, la canalización de inversiones y el desarrollo productivo.
Para Nueva Alianza los grupos vulnerables son una prioridad. Su inclusión e integración en los procesos de desarrollo productivo, lo es más. Muchas gracias por su atención. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 2o., 8o., 41, 48 y 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Quien suscribe, Carmen Victoria Campa Almaral, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6, numeral 1, fracción 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en materia de inclusión de proveedores preferentes, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
Se ha afirmado que México tiene un alto compromiso con la protección de los derechos humanos, sobre todo de aquellas personas que viven en situación de vulnerabilidad.
Si bien esto es cierto, es particularmente palpable y notorio tal compromiso con el desarrollo de las personas con discapacidad, demostrándose tal aseveración por medio de estrategias y políticas públicas implementadas a su favor; estableciendo, inclusive, normas y políticas transversales para la atención de dicho sector poblacional en diversos ámbitos como son el educativo, cultural, político, laboral, entre otros.
Al respecto, nuestro país cuenta con un marco normativo que fortalece el reconocimiento y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad; tal es el caso de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, la cual establece las condiciones en las que el Estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, asegurando su plena inclusión en la sociedad, dentro de un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades.
Los grupos vulnerables son todos aquellos que en virtud de su condición, como lo es la edad, raza, sexo, condición económica, social, características físicas, circunstancias culturales y políticas u orientación sexual, pueden encontrar mayores obstáculos para hacer efectivo el ejercicio de sus derechos humanos y ciudadanos.
En este sentido, se encuentran en exclusión social también aquellos que no ostentan alguna discapacidad física o motora, como los jóvenes, mujeres, adultos mayores e indígenas, entre otros.
Tales grupos, en contraste con los instrumentos legislativos y políticas públicas que promueven su protección y amparo, se encuentran en clara posición de desventaja económica, social o productiva, lo cual mina su desarrollo.
Como legisladores, tenemos la responsabilidad de atender este tipo de retos que tiene ante sí nuestro país en la lucha contra la exclusión social y la pobreza, para que a partir del reconocimiento de esta realidad, implementemos acciones legislativas en nuestro cuerpo normativo que contribuyan a subsanar y erradicar las deficiencias observadas.
En Nueva Alianza, congruentes con nuestro ideario político y agenda legislativa, creemos que la promoción, protección y garantía de los derechos humanos no es un asunto exclusivo para ciertos sectores de la población.
Esta tarea va más allá de establecer o ampliar las medidas legislativas y políticas asistencialistas.
Creemos que es menester establecer las condiciones que propicien y promuevan el desarrollo pleno de los individuos o grupos en condición de vulnerabilidad, a través de acciones afirmativas que los visibilicen y que estén orientadas a su inclusión social y desarrollo económico, toda vez que han demostrado ser un importante factor de producción, pero que por sus condiciones, han sido relegados de tal desarrollo.
A fin de atender y subsanar este contexto, se propone reformar y adicionar diversos ordenamientos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el objetivo de hacer efectivos y vincular otros instrumentos normativos ya establecidos que mandatan claramente la promoción de oportunidades de desarrollo productivo para sectores vulnerables; en este caso, dentro de las políticas de adquisiciones de bienes o servicios en el sector público.
Así, bajo esta perspectiva, incorporamos en la citada ley acciones afirmativas en materia de inclusión, visibilizando sectores que han merecido antaño una visión asistencialista y proteccionista, a efecto de trascenderla hacia una visión integral, con miras a favorecer su desarrollo económico, productivo y social, en lo individual y colectivo y, con ello, fortalecer la vigencia de sus derechos humanos a través de su inclusión en las acciones gubernamentales ya mandatadas en la ley.
Argumentación
El modelo de desarrollo hasta ahora adoptado en el país no ha sido suficiente para generar el bienestar global de nuestra sociedad, lo cual ha propiciado que diversos grupos hayan sido y se mantengan excluidos de los beneficios sociales y económicos que supone brinda el progreso nacional.
Entre estos grupos se encuentran los jóvenes, mujeres, adultos mayores, indígenas, personas con discapacidad, así como diversas minorías religiosas, culturales o sexuales; grupos que, en su conjunto, comúnmente conocemos como en situación de vulnerabilidad.
Si bien es reconocido en el ámbito nacional y, en los estándares y convenciones internacionales bajo el enfoque integral de los derechos humanos, que todos los individuos merecen las mismas oportunidades de desarrollo, en materia de atención a grupos en condición de vulnerabilidad ha prevalecido un enfoque proteccionista y asistencialista.
Como muestra tenemos la implementación de estrategias y políticas contempladas en el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018 (PNDIPD), el cual, aun cuando busca eliminar las barreras que generan la exclusión de las personas con discapacidad para facilitar su participación plena en la vida social, económica y política del país, la mayoría de sus objetivos, estrategias y líneas de acción mantienen una orientación que vulnera y minimiza el derecho que tienen de mejorar sus condiciones de vida.
Sin dejar de reconocer el sentido social del citado programa, conviene recuperar el espíritu de desarrollo inclusivo que reside en nuestro andamiaje legal y normativo, pues en él anida un enfoque transversal que conviene vincular con el instrumento legal que norma las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
En primer lugar, se recupera lo estipulado en la Ley General de Desarrollo Social, en donde podemos observar lo siguiente:
Artículo 5.Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. a V. ...
VI.Grupos sociales en situación de vulnerabilidad: Aquellos núcleos de población y personas que por diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgoo discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida y, por lo tanto, requieren de la atención e inversión del Gobierno para lograr su bienestar;
VII. a X. ...
...
Artículo 8. Toda persona o grupo social en situación de vulnerabilidad tiene derecho a recibir acciones y apoyos tendientes a disminuir su desventaja.
Artículo 9. Los municipios, los gobiernos de las entidades federativas y el Poder Ejecutivo Federal, en sus respectivos ámbitos, formularán y aplicarán políticas compensatorias y asistenciales, así como oportunidades de desarrollo productivo e ingreso en beneficio de las personas, familias y grupos sociales en situación de vulnerabilidad, destinando los recursos presupuestales necesarios y estableciendo metas cuantificables.
Como se observa en esta norma, que se retoma para efectos de la reforma que se plantea, se encuentra aquí una clara definición de grupos sociales en situación de vulnerabilidad, lo que evita que en la ley a ser intervenida legislativamente se sobre regule; además, se encuentra también la clara indicación que tiene el Poder Ejecutivo Federal, así como los otros dos órdenes de gobierno, de generar oportunidades de desarrollo productivo e ingreso, aspecto que aún no ha sido articulado y que, por tanto, merece de toda nuestra atención legislativa, a efecto de propiciar estrategias amplias e integrales en beneficio de la población potencialmente impactada.
De igual manera conviene revisar las diversas disposiciones que contempla la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de políticas públicas enfocadas al desarrollo de un importante sector de nuestra sociedad, pero que aún requiere fortalecer la atención integral y transversal en diversos aspectos como es su desarrollo productivo.
Lo anterior es tarea fundamental para el citado instituto, el cual, bajo su responsabilidad, coordina la política nacional en la materia, que, sin embargo, no contempla en el mismo la visión de que los jóvenes sean proveedores de bienes y servicios del sector público; ello, a pesar de que contemplen en su estrategia 1.6 el Contribuir al logro de la plena inserción socioeconómica de la población joven mediante su incorporación al empleo.
Ante este vacío jurídico, retomamos lo establecido en la ley, en los siguientes mandatos:
Artículo 3.El Instituto tendrá por objeto:
I. Promover y fomentar las condiciones que aseguren a la juventud un desarrollo pleno e integral, en condiciones de igualdad y no discriminación de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ordenamientos legales y Tratados Internacionales suscritos por el Estado mexicano;
II. a V. ...
VI. Promover coordinadamente con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, económicas, culturales y derechos, y
VII. ...
Artículo 3 Bis.El Instituto en la definición e instrumentación de la política nacional de juventud a la que hace referencia la fracción II del artículo 3, deberá trabajar en colaboración con la Secretaría de Desarrollo Social, conforme los siguientes lineamientos:
I. Impulsar el mejoramiento de la calidad de vida de los jóvenes;
II. ...
III. Garantizar a los jóvenes el acceso y disfrute de oportunidades en condiciones de equidad.
Los jóvenes, por su condición humana particular, representan un potencial humano que los hace formadores de cambios sociales y actores estratégicos para el desarrollo de nuestra sociedad;
IV. ...
V. Observar los criterios de integralidad y transversalidad en la ejecución de programas y acciones que procuren cubrir las necesidades básicas de los jóvenes y promover su desarrollo personal, social y económico. Asimismo, se impulsará un federalismo institucional en la ejecución de los programas y acciones que, en su caso, se coordinen entre las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, con los gobiernos de las entidades federativas y a través de ellos con los municipios.
VI y VII. ...
...
Artículo 4.Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XI. ...
XII. Diseñar, implementar y ejecutar, con una perspectiva de transversalidad, programas destinados al aprovechamiento de las capacidades y potencialidades de los jóvenes: en su desarrollo económico y productivo, a través de la incorporación laboral, de la asignación de fondos destinados a la generación y fortalecimiento del autoempleo donde los jóvenes tengan participación directa ya sea en su creación, desarrollo o inclusión laboral; en su desarrollo social, a través del conocimiento, aprecio y creación de la cultura en los ámbitos de expresión de las artes y del humanismo, la organización juvenil, el liderazgo social y la participación ciudadana; y en general en todas aquellas actividades que, de acuerdo a su capacidad presupuestal, estén orientadas al desarrollo integral de la juventud;
XIII. a XVI. ...
Como se observa, se contemplan claros ordenamientos destinados a promover e incentivar su desarrollo integral, mediante el aprovechamiento de sus capacidades y potencialidades, a efecto de que se cubran sus expectativas sociales u económicas, entre otras.
Así también, se instruye a los distintos órdenes de gobierno a la generación de acciones orientadas a atender y fomentar su desarrollo económico y productivo, lo cual hace propicio su incorporación en la norma que mandata el desarrollo de entes productivos destinados a generar bienes y servicios de carácter gubernamental.
Con la misma orientación se expresa la Ley General para la Igualdad entre Hombre y Mujeres, la cual contempla la realización igualmente de diversas acciones afirmativas que, emanadas de la Política nacional en la materia, garanticen la igualdad de oportunidades que propicien el desarrollo integral de este sector de la población.
Lo anterior se puede observar en el siguiente articulado:
Artículo 12.- Corresponde al Gobierno Federal:
I.a IV....
V. Garantizar la igualdad de oportunidades, mediante la adopción de políticas, programas, proyectos e instrumentos compensatorios como acciones afirmativas;
VI.a VIII. ...
...
Artículo 33.- Será objetivo de la Política Nacional el fortalecimiento de la igualdad en materia de:
I. y II. ...
IV. Establecimiento de medidas para fortalecer el acceso de las mujeres al empleoy la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres.
Es importante mencionar que la política gubernamental, comprendida en el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018 (PROIGUALDAD), considera en sus objetivos transversales 3 y 4, Promover el acceso de las mujeres al trabajo remunerado, empleo decente y recursos productivos, en un marco de igualdad y Fortalecer las capacidades de las mujeres para participar activamente en el desarrollo social y alcanzar el bienestar, respectivamente. Así también, la participación coordinada de diversas Secretarías de Estado e instituciones para su consecución, por lo que esta reforma contribuirá de manera significativa a los propósitos nacionales de lograr transformaciones de fondo en favor de las mujeres.
Por otro lado, el imperativo de establecer condiciones para el desarrollo pleno de las comunidades indígenas proviene del más alto nivel de nuestra estructura legal, pues en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente en el numeral B. del artículo 2°, es claro en señalar las obligaciones de la Federación, estados y municipios en su tarea de generar las condiciones para un desarrollo inclusivo e integral de los pueblos y comunidades indígenas, con enfoques y propósitos muy concretos en cuanto a materias como el fortalecimiento de su economía y desarrollo regional, impulso de proyectos productivos o la realización de acciones específicas, al reconocerse a este nivel la conjunción de dos condiciones de vulnerabilidad: mujeres e indígenas.
Así, en el numeral antes citado, encontramos lo siguiente:
Artículo 2o....
...
B. La Federación, las entidades federativas y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.
Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades, tienen la obligación de:
I. Impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación de las comunidades. Las autoridades municipales determinarán equitativamente las asignaciones presupuestales que las comunidades administrarán directamente para fines específicos.
II.a IV....
V. Propiciar la incorporación de las mujeres indígenas al desarrollo, mediante el apoyo a los proyectos productivos, la protección de su salud, el otorgamiento de estímulos para favorecer su educación y su participación en la toma de decisiones relacionadas con la vida comunitaria.
VI....
VII. Apoyar las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las comunidades indígenas mediante acciones que permitan alcanzar la suficiencia de sus ingresos económicos, la aplicación de estímulos para las inversiones públicas y privadas que propicien la creación de empleos, la incorporación de tecnologías para incrementar su propia capacidad productiva, así como para asegurar el acceso equitativo a los sistemas de abasto y comercialización.
VIII.y IX....
...
...
En las líneas anteriores se hace especial énfasis en las normas legislativas relativas al desarrollo social por la definición que esta norma guarda respecto de los grupos sociales en condición de vulnerabilidad, así como la orientada a jóvenes, mujeres e indígenas.
Lo anterior, no por privilegiar a estos grupos vulnerables, sobre los que guardan alguna condición de discapacidad, sino por imprimir en la ley en materia de adquisiciones gubernamentales acciones afirmativas con base en los postulados del desarrollo inclusivo, entendiendo a este como
el diseño e implementación de acciones y políticas para el desarrollo socioeconómico y humano que procuran la igualdad de oportunidades y derechos para todas las personas, independientemente de su status social, su género, edad, condición física o mental, su raza, religión, opción sexual, etcétera, en equilibrio con su medio-ambiente.
Procurar la igualdad de oportunidades para las personas, con especial énfasis en aquellas en lo individual o en lo colectivo bajo condición de vulnerabilidad, cobra mayor sentido si observamos los datos duros que nos arrojan instrumentos de estadística oficial como los que ofrece la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo( ENOE) del Inegi.
Las últimas cifras del año 2015 son muy reveladoras al mostrar la realidad que cotidianamente enfrentan miles de mujeres y hombres, tanto jóvenes, mujeres y connacionales que luchan por sobrevivir en el campo.
Las cifras de la población ocupada en la informalidad es alarmante, pues esta asciende al 58.2% de la población económicamente activa (PEA); no obstante, al centrarnos en las particularidades de la población económicamente activa que se encuentra desocupada, la situación de desesperanza puede llegar a ser abrumadora.
Entre los jóvenes el panorama no es muy halagüeño. La tasa de desocupación del país alcanzó los 4.16 puntos porcentuales; sin embargo, esta tasa, en el rango de los 15 a los 29 años de edad, alcanzó de manera combinada un 7.69%, casi el doble, lo cual significa que 8 de cada 10 jóvenes no tienen una ocupación que les permita acceder a oportunidades de desarrollo que les satisfaga sus necesidades; por ello, no es de extrañar que, hasta diciembre de 2015, la cantidad de jóvenes económicamente activos desocupados, de 15 a 24 años de edad, alcanzara la alarmante cifra de un 35.36% del total de desocupación.
La situación se torna más difícil para las mujeres jóvenes en el mismo rango de edad, pues 9 de cada 10 no tiene una oportunidad de desarrollo laboral y económico -en el mismo periodo-.
Así también, 3 de cada 10 estaba trabajando bajo condiciones críticas de ocupación y 6 de cada 10 se ocupó dentro del sector informal de nuestra economía, todo ello gracias a que 8 de cada 10 mujeres de entre los 15 y 19 años, y 3 de cada 5 de 20 a 29 años, no tienen acceso a trabajos formales.
Aunado a lo anterior, habrá de considerarse las limitadas oportunidades de desarrollo económico y social si se es mujer, con hijos y sin pareja, pues de cada 10 mujeres en esta condición, solo 3 tienen trabajo y acceso a instituciones de salud, mientras que 5 se encuentran desocupadas, con los retos que esto significa al ser jefas de familia.
Las perspectivas para nuestros indígenas y comunidades en áreas menos urbanizadas tampoco son favorables. De los 19.4 millones de mexicanos que habitan en el medio rural, el 69% es económicamente activo; sin embargo, en lo general, 3 de cada 10 está ocupado dentro del sector informal, mientras que en el caso de las mujeres dentro de ese medio, esta cifra se eleva a 4 de cada 10.
El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) en sus evaluaciones ha señalado la importancia que reviste que los programas gubernamentales evidencien sus impactos en la población atendida, mejoren su efectividad a partir de los hallazgos de las evaluaciones y, proporcionen información para definir si los programas son costo efectivos.
Dentro de las conclusiones del ejercicio de evaluación de la política social del año 2014 señala que sigue significando un reto de la política económica del país la generación de empleos de calidad y con salarios adecuados que impacten la productividad laboral.
La conjunción de jóvenes, mujeres e indígenas, entre otros grupos poblacionales susceptibles de estar en condiciones de vulnerabilidad, y su vinculación con los procesos de compras de bienes y servicios gubernamentales, no es un asunto superfluo o imaginativo.
El contexto estadístico anterior refuerza la convicción de que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público puede ser uno de los principales instrumentos de desarrollo social y económico para la población que se encuentra bajo condiciones de vulnerabilidad, pues al visualizarla como una herramienta de desarrollo, y no sólo una fuente de egresos para el Estado, es posible incorporar en su articulado a sectores vulnerables de la sociedad dentro del proceso económico que se realiza a través de las compras gubernamentales, cuyos efectos abarcan la generación de empleo, la canalización de inversiones y el desarrollo productivo.
Es en este sentido que, dado que el Estado, a través de su poder de compra, influye en el desarrollo sostenible fomentando la producción y comercialización de bienes y servicios más adecuados en términos sociales, ambientales y económicos, resulta conveniente incorporar dentro del desarrollo de cadenas productivas, ya no solo a las micro, pequeñas y medianas empresas del país, sino también a personas y grupos sociales que demandan una atención más allá del prevaleciente enfoque proteccionista y asistencialista ya antes advertido.
Fundamento Legal
Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de Diputada Federal del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6, numeral 1, fracción 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados ,someto a consideración de esta Soberanía la siguiente Iniciativa con Proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en materia de inclusión de proveedores preferentes.
Primero. Se reforman el artículo 8; la fracción XI, del artículo 41 y primer párrafo del artículo 51; todos ellos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:
Artículo 8. Atendiendo a las disposiciones de esta Ley y a las demás que de ella emanen, la Secretaría de Economía dictará las reglas que deban observar las dependencias y entidades, derivadas de programas que tengan por objeto promover la participación de las empresas nacionales, especialmente de las micro, pequeñas y medianas , dentro de las cuales se considerará como proveedores preferentes del sector público a jóvenes, mujeres, indígenas y personas o grupos sociales en condición de vulnerabilidad. Adicionalmente, las dependencias y entidades deberán diseñar y ejecutar programas de desarrollo de proveedores de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales , con especial énfasis en la inclusión y desarrollo de jóvenes, mujeres, indígenas y personas o grupos sociales en condición de vulnerabilidadpara generar cadenas de proveeduría respecto de bienes y servicios que liciten regularmente.
Para la expedición de las reglas a que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría de Economía tomará en cuenta la opinión de las Secretarías de la Función Pública y de Desarrollo Social.
Artículo 41. Las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa, cuando:
I. a X. ...
XI.Se trate de adquisiciones, arrendamientos o servicios cuya contratación se realice a través de campesinos o grupos urbanos marginados, jóvenes, mujeres, indígenas y personas o grupos sociales en condición de vulnerabilidad, sean personas físicas o morales;
XII. a XX. ...
...
...
Artículo 51. La fecha de pago al proveedor estipulada en los contratos quedará sujeta a las condiciones que establezcan las mismas; sin embargo, no podrá exceder de diez días naturales a los sujetos comprendidos en la fracción XI del artículo 41, nide veinte días naturales contados a partir de la entrega de la factura respectiva para otro tipo de proveedores, previa entrega de los bienes o prestación de los servicios en los términos del contrato.
...
...
...
...
Segundo. Se adicionan una fracción XIII al artículo 2; y un segundo párrafo a la fracción II del artículo 48, recorriendo en su orden el actual párrafo tercero, que deviene a ser el cuarto; también de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:
Artículo 2. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por:
I.a la XII....
XIII. Grupos sociales en situación de vulnerabilidad: Lo definido en la fracción VI del artículo 5 de la Ley General de Desarrollo Social.
Artículo 48. Los proveedores que celebren los contratos a que se refiere esta Ley deberán garantizar:
I.Los anticipos que, en su caso, reciban. Estas garantías deberán constituirse por la totalidad del monto de los anticipos, y
II.El cumplimiento de los contratos.
Para los efectos de este artículo, los titulares de las dependencias o los órganos de gobierno de las entidades, fijarán las bases, forma y porcentajes a los que deberán sujetarse las garantías que deban constituirse, considerando los antecedentes de cumplimiento de los proveedores en los contratos celebrados con las dependencias y entidades, a efecto de determinar montos menores para éstos, de acuerdo a los lineamientos que al efecto emita la Secretaría de la Función Pública. En los casos señalados en las fracciones II, IV, V, XI y XIV del artículo 41 y 42 de esta Ley, el servidor público que deba firmar el contrato, bajo su responsabilidad, podrá exceptuar al proveedor, de presentar la garantía de cumplimiento del contrato respectivo.
En el caso de que se establezca garantía para los sujetos comprendidos en la fracción XI del artículo 41, los titulares de las dependencias o los órganos de gobierno de las entidades, fijarán las bases, forma y porcentajes preferentes, que no deberán ser mayores al cincuenta por ciento de lo establecido a un proveedor regular. (Adición)
Las personas representantes de la sociedad civil que intervengan como testigos en los procedimientos de contratación, estarán exceptuados de otorgar garantía de cumplimiento del contrato correspondiente.
...
Artículo TransitorioArtículo Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 Publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de abril de 2014.
2 Secretaría de Desarrollo Social, Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVENTUD). Programa Nacional de Juventud 2014-2018. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2014.
Disponible en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo= 5343095&fecha=30/04/2014 y en http://www.imjuventud.gob.mx/ imgs/uploads/PROJUVENTUD2014new.pdf.
3 Instituto Nacional de las Mujeres. Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018 (PROIGUALDAD). Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de agosto de 2013.
Disponible en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo= 5312418&fecha=30/08/2013 y en http://www.dof.gob.mx/nota_ detalle.php?codigo=5312418&fecha=30/08/2013.
4 Rosangela Berman Bieler. Desarrollo Inclusivo: un aporte universal desde la Discapacidad. Equipo de Discapacidad y Desarrollo Inclusivo, Región de Latinoamérica y El Caribe, Banco Mundial. Paper de trabajo y discusión. Disponible en: https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s &source=web&cd=1&cad=rja&uact=8 &ved=0ahUKEwj33Zm8xaPMAhVB_2MKHUF1AL0QFggbMAA &url=http%3A%2F%2Fecaths1.s3.amazonaws.com%2Forghosp%2F901049776. DESARROLLOINCLUSIVO.doc&usg=AFQjCNF9n_PyMCum6THObYYA5pA9A49D-Q &sig2=2o6j2ySqaE4ighEwq0YuHA.
5 Según el reporte del IV Trimestre del año 2015 de la ENOE, emitido por el Inegi el pasado 12 de febrero del año en curso, la población económicamente activa (PEA) del país representaba un 60.4% del total de la población. De ésta, más de 14.3 millones de mexicanas y mexicanos estaban ocupados de manera informal, por tipo de Unidad Económica Empleadora; es decir, son laboralmente vulnerables por la naturaleza de la unidad económica para la que trabajan, cuyo vínculo o dependencia laboral no es reconocido por su fuente de trabajo. En las explicaciones, el Inegi abunda al señalar que en esta tasa se incluye -además del componente que labora en micronegocios no registrados o sector informal- a otras modalidades análogas como los ocupados por cuenta propia en la agricultura de subsistencia, así como a trabajadores que laboran sin la protección de la seguridad social y cuyos servicios son utilizados por unidades económicas registradas.
6 Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi). Resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo. Cifras durante el Cuarto Trimestre de 2015. Boletín de prensa núm. 73/16, 12 de febrero de 2016.
Disponible en: http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2016/ enoe_ie/enoe_ie2016_02.pdf
Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi). Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), población de 15 años y más de edad. Consulta interactiva de indicadores estratégicos (InfoLaboral), a partir de 2005.
Consulta elaborada con datos de población de 15 años y más; población económicamente activa, ocupada y desocupada; distribución por tipo de unidad económica; población desocupada por grupo de edad; Tasa de condiciones críticas de ocupación y de ocupación en el sector informal; así como distribución en áreas urbanas y rural y segmentación por tipo de sexo; todos los datos para el IV Trimestre de 2015.
Disponible en: http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/Proyectos/encuestas/hogares/regulares/en oe/Default.aspx.
7 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL). Informe de Evaluación de la Política de Desarrollo Social en México 2014. Febrero de 2015. Página 187. Disponible en: http://www.coneval.org.mx/Informes/Evaluacion/IEPDS_2014/IEPDS_2014.pdf.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputada Carmen Victoria Campa Almaral.»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra hasta por cinco minutos, el diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya iniciativa a su vez fue suscrita por la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social. Adelante, diputado.
El diputado José Alfredo Ferreiro Velazco: Muchas gracias, señora presidenta. Los padres somos los principales responsables de la educación de nuestros hijos, por ello es que pertenecen a la niñez el derecho a recibir educación de sus padres, crecer en sociedad y adquirir conocimientos. Esto es así ya que los padres son los primeros y principales educadores de sus hijos. En este campo tienen incluso una competencia fundamental, son educadores por ser padres aunque comparten su misión educativa con otras personas e instituciones, como el Estado.
Sin embargo, la participación del Estado en la educación de la niñez, tendrá el carácter de auxiliar, apoyando a los padres en una educación integral.
Es por lo anterior que el Estado debe, por un lado reconocer que los padres son los primeros y principales educadores de sus propios hijos y por otra parte salvaguardar la libertad de las familias para que éstas puedan elegir con rectitud la escuela o los centros que juzguen más convenientes para la educación de sus hijos.
Ciertamente, en su papel de tutelar el bien común, el Estado posee derechos y deberes sobre la educación. Pero tal intervención no puede chocar con la legítima pretensión de los padres de educar a sus hijos, lo anterior en concordancia con principios y valores que ellos sostienen y viven y que consideran conveniente para sus hijos.
De ahí la importancia que el Estado reconozca constitucionalmente el derecho que debe preferentemente a los padres a educar convenientemente a sus hijos.
Es por todo lo anterior, que en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el numeral 3 del artículo 26, se señala el derecho de los padres a elegir la educación que prefieren para sus hijos.
No obstante que nuestro país es firmante de tratados internacionales, en los cuales se reconoce el derecho de los padres a elegir la educación que prefieren para sus hijos, nuestra Constitución Política no establece de manera literal tal derecho.
Si bien es cierto, el artículo Primero de nuestra Carta Magna establece: en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
Tal como lo han establecido las constituciones de otros firmantes de dichos pactos internacionales como Italia, Brasil, Colombia, Chile, Salvador, y muchos otros países, han establecido en sus constituciones dicho precepto.
Lo anterior lo ha hecho en atención a los siguientes tratados internacionales que México forma parte, como también es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminación en la Esfera de la Enseñanza, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, y la Carta de Derecho del Estudiante de Puerto Rico.
Tomando en cuenta los tratados internacionales citados anteriormente, es que resulta conveniente y necesario hacer la adición literal a nuestra Constitución, a efecto de proteger los derechos ya aludidos.
Aunado a lo anterior, encontramos que en algunos países europeos, de América Latina se tienen establecidos constitucionalmente los derechos mencionados, como en España en su artículo 27 de su Constitución, como en Italia en el artículo 30, como en Brasil en el 229, como en la República de Ecuador en el artículo 29. Todos ellos tienen en su Constitución establecido el derecho que tienen los padres preferentemente de educar a sus hijos.
Realizando una comparación entre los países de América Latina se encuentra el común denominador de que los padres de familias tienen el derecho de educar a sus hijos, con la libertad para elegir el tipo de educación que desean, para ello siendo un derecho constitucionalmente reconocido.
Por otra parte, es de llamar la atención que en nuestro país la legislación secundaria en materia familiar sí contempla el derecho que tienen los padres de educar convenientemente a sus hijos, como es el caso del Código Civil Federal y también la Ley General de Educación.
De ahí la importancia de que en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos quede contemplado en su artículo 4o. el derecho y el deber preferente de los padres a educar convenientemente a sus hijos. Es por eso que el Partido Encuentro Social viene a proponer esta iniciativa de decreto, para que quede establecido en la Constitución y que no quede a dudas quién es en primera persona el que tiene derecho la educación de nuestros hijos. Muchas gracias. Y es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Norma Edith Martínez Guzmán y José Alfredo Ferreiro Velazco, del Grupo Parlamentario del PES
Los suscritos diputados, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo Onceavo al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLos padres somos los principales responsables de la educación de nuestros hijos. Como se sabe, somos seres sociales y dependientes, dependencia que se muestra de modo más patente en los años de la infancia; por ello, pertenece a la niñez, el recibir una educación, crecer en sociedad, adquirir conocimientos.
De ahí que todo hijo tiene derecho a la educación, y a este derecho de los hijos, corresponde el derecho y el deber de los padres a educarlos.
El término educare, significa primordialmente acción y efecto de alimentar o nutrir, alimento que evidentemente, no es sólo material, sino que abarca también el alimento de las facultades morales e intelectuales de los hijos.
Los atentados contra el derecho y el deber de los padres a educar a sus hijos, constituyen en definitiva, un atentado contra el derecho del hijo, derecho que en justicia debe ser reconocido y promovido por la sociedad.
Sin embargo, que el derecho del hijo a ser educado sea más básico, no implica que los padres puedan renunciar a ser educadores, tal vez con el pretexto de que otras personas o instituciones puedan educarlos mejor.
Cualquier otro agente educativo de nuestros hijos, lo será por delegación de los padres y subordinado a ellos.
Esto es así, ya que «Los padres son los primeros y principales educadores de sus propios hijos, y en este campo tienen incluso una competencia fundamental, son educadores por ser padres, aunque Comparten su misión educativa con otras personas e instituciones, como lo es el Estado.
Sin embargo, la participación del estado en la educación de la niñez, tendrá el carácter de auxiliar, apoyando a los padres en una educación integral.
Por ello la escuela ha de ser vista en este contexto, como una institución destinada a colaborar con los padres en su labor educadora.
Es por lo anterior que el Estado debe, por un lado reconocer que Los padres son los primeros y principales educadores de sus propios hijos y por otra parte salvaguardar la libertad de las familias, para que éstas puedan elegir con rectitud la escuela o los centros que juzguen más convenientes para la educación de sus hijos.
Ciertamente, en su papel de tutelar el bien común, el Estado posee derechos y deberes sobre la educación; Pero tal intervención no puede chocar con la legítima pretensión de los padres de educar a sus propios hijos, lo anterior en consonancia con principios que ellos sostienen y viven y que consideran convienen a sus hijos.
De ahí la importancia que El estado reconozca constitucionalmente, el derecho y deber preferente de los padres a educar convenientemente a sus hijos.
Lográndose así, el derecho del menor a que no se deforme su personalidad y no se anulen sus aptitudes, evitando se abuse de su docilidad natural para imponerle opiniones o criterios; de esta forma, se muestra que el interés paterno en este campo va más allá de los resultados escolares.
Es por todo lo anterior, que en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el numeral 3 del artículo 26, se señala el derecho de los padres a elegir la educación que prefieren para sus hijos, y es más significativo aún el hecho de que los estados firmantes incluyan este principio entre los básicos que un Estado no puede negar o manipular. No obstante que nuestro país es firmante de tratados internacionales, en los cuales se reconoce el derecho de los padres a elegir la educación que prefieren para sus hijos, nuestra constitución política no establece de manera literal tal derecho.
Si bien el artículo Primero de nuestra carta magna establece que:
En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Hoy bajo el embate de fuerzas que intentan vulnerar instituciones básicas de la sociedad, como la institución del matrimonio y la unidad de las familias, se hace necesario proteger estos y otros derechos fundamentales.
Tal como lo han establecido constitucionalmente otros países firmantes de pactos internacionales; cito como ejemplo los casos de Italia, Brasil, Colombia, Chile, Salvador, Ecuador, Guatemala, Honduras, Panamá, Perú y Uruguay, entre otros.
Lo anterior en atención a los siguientes tratados internacionales de los que México forma parte:
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en cuyo artículo 13, establece lo siguiente:
Artículo 13
3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
La Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza 1960, que establece en su artículo quinto que:
Artículo 5:
1. Los Estados Partes en la presente Convención convienen:
b. En que debe respetarse la libertad de los padres o, en su caso, de los tutores legales:
1. De elegir para sus hijos establecimientos de enseñanza que no sean los mantenidos por los poderes públicos, pero que respeten las normas mínimas que puedan fijar o aprobar las autoridades competentes, y 2.° de dar a sus hijos, según las modalidades de aplicación que determine la legislación de cada Estado, la educación religiosa y moral conforme a sus propias convicciones; en que, además, no debe obligarse a ningún individuo o grupo a recibir una instrucción religiosa incompatible con sus convicciones;
La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, misma que establece:
Artículo 5 El derecho a ser orientado por tus padres
El estado debe respetar el derecho y la obligación de tus padres de guiarte y aconsejarte en el ejercicio de tus derechos y en el desarrollo de tus capacidades.
Artículo 18 Las obligaciones de tus padres
1. Tus padres deben criarte y garantizarte un desarrollo adecuado.
2. El estado debe ayudar a tus padres en esta tarea, creando instituciones y servicios cuyo trabajo sea cuidar de tu bienestar.
La Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto De San José)
Artículo 12. Libertad de Conciencia y de Religión
4. Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
La Carta de Derechos del Estudiante de Puerto Rico:
Los padres o encargados tienen una responsabilidad sobre el desarrollo educativo de sus hijos. El 100% de la responsabilidad no puede recaer exclusivamente en el Estado, representado por el Departamento de Educación.
Tomando en cuenta los tratados citados anteriormente, y considerando lo establecido tanto en el artículo primero, como el propio artículo 133 Constitucional, así como las razones expuestas hasta aquí, resulta conveniente y necesario, adicionar los preceptos constitucionales a efecto de proteger los derechos ya aludidos.
Aunado a lo anterior y con la finalidad de tener en cuenta un contexto internacional, en relación al tema, encontramos que en algunos países de Europa y América Latina, se tienen establecidos los mencionados derechos, en sus respectivas constituciones, como ejemplo están:
La Constitución de España, que establece:
Artículo 27
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
En la constitución de Italia establece que:
Artículo 30: Es deber y derecho de los padres mantener, instruir y educar a los hijos, incluso a los habidos fuera del matrimonio. En los casos de incapacidad de los padres, la ley dispondrá lo necesario para que sea cumplida la misión de los mismos. La ley garantizará a los hijos nacidos fuera del matrimonio plena protección jurídica y social, en la medida compatible con los derechos de los miembros de la familia legítima. La ley dictará las normas y los límites de investigación de la paternidad.
La Carta de los Derechos y Responsabilidades de los Padres en Europa
2. Los padres tienen el derecho del reconocimiento de su primacía como educadores de sus hijos. Los padres tienen el deber de educar a sus hijos de manera responsable y no desatenderlos. Los padres deben trabajar juntos, en las escuelas, con las escuelas, y también a escala europea y en las asociaciones nacionales. Nuestros objetivos consisten en una mutua inspiración y crecimiento orientados hacia la solidaridad europea.
En Brasil, por ejemplo en la Constitución se establece:
Artículo 208.- El deber del Estado con la educación será efectuado mediante la garantía de:
3º Compete al Poder Público empadronar a los educandos en la enseñanza fundamental, hacerles llamar y velar junto a los padres o responsables, por la frecuencia a la escuela.
Artículo 229.- Los padres tienen el deber de asistir, criar y educar a los hijos menores, y los hijos mayores tienen el deber de ayudar y amparar a los padres en la vejez, carencia n enfermedad.
En la Constitución de la Republica de Ecuador se establece:
Artículo 29. El Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra en la educación superior, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural.
Las madres y padres o sus representantes tendrán la libertad de escoger para sus hijas e hijos una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas.
Artículo 83. Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley:
16. Asistir, alimentar, educar y cuidar a las hijas e hijos. Este deber es corresponsabilidad de madres y padres en igual proporción, y corresponderá también a las hijas e hijos cuando las madres y padres lo necesiten.
Realizando una comparación entre los países de América Latina, se encuentra como el denominador, que los padres de familia tienen el derecho de educar a sus hijos, con la libertad para elegir el tipo de educación que desean para ellos, siendo este un derecho constitucionalmente reconocido.
Por otra parte, es de llamar la atención, que en nuestro país, la legislación secundaria en materia familiar, sí contempla el derecho que tienen los padres a educar convenientemente a sus hijos, como es el caso del Código Civil Federal, mismo que establece en su Título Octavo relativo a la patria potestad respecto de la persona de los hijos, lo siguiente:
Artículo 422. A las personas que tienen al menor bajo su patria potestad o custodia incumbe la obligación de educarlo convenientemente.
Recalcando tal obligación en el párrafo segundo del citado precepto, al establecer lo siguiente:
Cuando llegue a conocimiento de los Consejos Locales de Tutela o de cualquier autoridad administrativa que dichas personas no cumplen con la obligación referida, lo avisarán al Ministerio Público para que promueva lo que corresponda.
Por otra parte, en la Ley General de Educación, se establece que debe existir un trabajo de educación en la familia, como se alude en los siguientes preceptos:
Artículo 49. El proceso educativo se basará en los principios de libertad y responsabilidad que aseguren la armonía de relaciones entre educandos y educadores y promoverá el trabajo en grupo para asegurar la comunicación y el diálogo entre educandos, educadores, padres de familia e instituciones públicas y privadas. De igual manera se fomentará el uso de todos los recursos tecnológicos y didácticos disponibles.
...
Artículo 66.- Son obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela:
...
II.- Apoyar el proceso educativo de sus hijas, hijos o pupilos;
...
El hecho de que los padres tengan el derecho a educar a sus hijos, se ha convertido en un debate social y político, dado que a pesar de todo lo expuesto con antelación en relación a las constituciones de otros países y lo establecido en los diversos tratados internacionales, aún se considera erróneamente que las instituciones educativas son las únicas encargadas de la educación de la niñez.
Por lo que resulta necesario precisar literalmente los derechos aludidos en el cuerpo de la presente, en la constitución, a fin de dejar establecido de una vez, el derecho y deber preferente de los padres a educar convenientemente a sus hijos.
Lo anterior sin menoscabo de la obligación que tiene el estado de establecer las condiciones necesarias para dar una educación de calidad, sin perjuicio del derecho preferente de los padres.
Es por todo lo anterior y considerando que:
Primero. Los padres son los principales responsables de la educación de sus hijos.
Segundo. México es integrante de diversos pactos en los que se establece el derecho de los padres para educar a sus hijos.
Tercero. Teniendo en cuenta que en el marco constitucional internacional de diversos países, se reconocen los derechos aludidos en el cuerpo de la presente.
Cuarto. Que en el Programa de Acción de nuestro partido, se establece en materia de Política educativa que, Encuentro Social se pronuncia por hacer realidad los tratados internacionales que establecen la obligatoriedad de que los adultos les proporcionen educación, salud, seguridad y afecto a sus hijos.
Es que se presenta esta Iniciativa con proyecto de decreto, a fin de adicionar el artículo cuarto de La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el derecho y deber preferente de los padres a educar convenientemente a sus hijos.
Por lo que para facilitar el análisis respecto de la propuesta, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Contenido de la reforma
Es por lo expuesto y fundado en el cuerpo de la presente Iniciativa, que someto a esta Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de Decreto, mediante la cual se adiciona un párrafo décimo primero al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; para quedar como sigue:
Proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo décimo primero al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único. Se adiciona:párrafo décimo primero al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4º...
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El estado reconoce el derecho y deber preferente de los padres a educar convenientemente a sus hijos.
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Disposiciones TransitoriasÚnica. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputados y diputadas: José Alfredo Ferreiro Velazco, Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, Norma Edith Martínez Guzmán (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a la Comisión Puntos Constitucionales, para dictamen.
La diputada María Candelaria Ochoa Avalos (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: ¿Con qué tema? Sonido en la curul de la diputada, por favor.
La diputada María Candelaria Ochoa Avalos (desde la curul): ¿Puedo hacerle una pregunta al diputado proponente?
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Ya ha dejado la tribuna el diputado, por lo que queda sujeto a si él acepta la interpelación.
El diputado José Alfredo Ferreiro Velazco (desde la curul): No, presidenta. Gracias.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: No la acepta, diputada.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Continuamos. Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Felipe Cervera Hernández, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, suscrita esta a su vez por el diputado César Camacho Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Felipe Cervera Hernández:Muchas gracias. Y con el permiso de la Presidencia. Antes de iniciar quiero dejar constancia, a nombre de los diputados del Partido Revolucionario Institucional, de nuestra solidaridad con nuestra compañera Lucely Alpizar por el sensible fallecimiento el día de ayer de su hermano, el señor Helio Armando Alpizar Carrillo.
El día 15 de diciembre de 2015, presenté ante la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados una iniciativa similar a esta, misma que fue turnada a la Comisión de Justicia para su dictamen.
El día 19 de mayo de 2016, retiré esa iniciativa con la finalidad de trabajar en conjunto con la Organización Save the Children, para enriquecerla y brindar la protección adecuada nuestros niños, niñas y adolescentes. Una vez cumplido este objetivo, me permito presentar ante esta Cámara el resultado de este trabajo.
Los cambios que enfrentan las sociedades contemporáneas respecto al desarrollo de las nuevas tecnologías y tendencias en la generación, difusión y utilización de la información, son esencialmente globales y de gran impacto social, económico y cultural, sin embargo, el conjunto de innovaciones en sistemas informáticos, de telecomunicaciones y contenidos digitales, ocasionan que no sólo se pueda hacer referencia a las mejoras y beneficios que han traído a la vida de las personas, también ha cambiado la forma de pensar y de actuar de la sociedad.
Actualmente, el crimen cibernético es cada vez más audaz y agresivo. Según datos del último reporte global de Cibercrimen Norton, cada segundo 12 personas son víctimas de algún tipo de delito en la red. Información como la precedente nos lleva a observar a internet como un nuevo escenario donde se producen hechos delictivos de igual o mayor envergadura que en la sociedad real, solamente que cometidos en la sociedad virtual y de concretas consecuencias en el mundo real.
Hoy en día, el promedio de incursión dentro de los espacios digitales inicia entre los 6 y los 8 años de edad. Este incremento en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación por parte de niñas, niños y adolescentes es un gran paso para garantizar su derecho al acceso a la información, educación y expresión. No obstante, el internet ha sido utilizado para la producción y distribución de materiales que representan violencia sexual contra la niñez.
De acuerdo a datos revelados por UNICEF, 16 mil 700 sitios web muestran imágenes de diferentes tipos de abusos a niños, de los que el 73 por ciento es a menores de 10 años. Los ciberacosadores o groomers han encontrado en las redes sociales, en los email, los chat, los juegos electrónicos o en los celulares una nueva ruta más fácil, rápida y de bajo riesgo para contactar, manipular y engañar a niñas, niños y adolescentes, colocándolos en una posición de vulnerabilidad, convirtiéndolos en víctimas de extorsión, abuso sexual, trata de personas pornografía infantil, e incluso podrían ser sujetos activos en la comisión de delitos sin que tengan conciencia plena de sus actos.
Se le conoce como grooming al ciberacoso sexual infantil por internet, y se define como las acciones hechas por una persona adulta a través de la red para ganar la confianza y amistad de niñas, niños y adolescentes a través del engaño con el fin de obtener imágenes o videos realizando prácticas sexuales explícitas o actos con connotación sexual.
En nuestro país, los groomers son un riesgo latente, el acoso y la intimidación son actos recurrentes de estos acosadores silenciosos que se encuentran a tan solo un clic de distancia. A pesar de ello, México no cuenta con regulación alguna que castigue este tipo de prácticas, por lo que cada año cientos de personas quedan impunes, aún después de ser sorprendidas en esta situación.
La solución no es alejar a la niñez y a la adolescencia de los espacios virtuales, por el contrario, se requiere generar una cultura de autocuidado y seguridad entre niñas, niños y adolescentes, que les permita el aprovechamiento de los avances tecnológicos para desarrollar su potencial sin riesgos.
En el Grupo Parlamentario del PRI estamos comprometidos con la protección que merecen nuestras niñas, niños y adolescentes, es por ello y como resultado de un trabajo conjunto con la organización Save the Children, que presento esta iniciativa a nombre propio y del diputado César Camacho Quiroz, la cual pretende tipificar como delito de ciberacoso sexual, con penas que van de cuatro a seis años de prisión y de 500 y mil unidades de medida de actualización, logrando con ello favorecer el interés superior del menor, constituyendo así una herramienta más para lograr la efectiva protección dentro de los espacios virtuales. Es cuanto, señora presidente, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Felipe Cervera Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado Felipe Cervera Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en relación con lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa, con proyecto de decreto por el que se modifica el título del capítulo II del título octavo y se adiciona un artículo 202 recorriéndose los subsecuentes, para quedar como artículo 202 bis y 202 ter del Código Penal Federal, al tenor de lo siguiente:
Antecedentes
1. El día 15 de diciembre de 2015, presenté ante la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados la presente iniciativa, esta fue turnada a la Comisión de Justicia para su Dictamen; el día 19 de mayo de 2016 retire esta iniciativa con la finalidad de trabajar en conjunto con la Organización Save The Children para enriquecer lay brindar la protección que merecen nuestros niños niñas y adolescentes, una vez cumplido este objetivo me permito presentarla nuevamente.
Exposición de MotivosLos cambios que enfrentan las sociedades contemporáneas respecto al desarrollo de las nuevas tecnologías y tendencias en la generación, difusión y utilización de la información son esencialmente globales y de gran impacto social, económico y cultural. El conjunto de innovaciones en sistemas informáticos, de telecomunicaciones y contenidos digitales ocasionan que no solo se pueda hacer referencia a las mejoras y beneficios que han traído a la vida de las personas, también ha cambiado la forma de pensar y de actuar de la sociedad.
El crimen cibernético es cada vez más audaz y agresivo. Cada segundo, 12 personas son víctimas de un delito en la red, según el último Reporte Global de Cibercrimen Norton (2013).
El organismo estima que al menos 378 millones de usuarios sufrieron el año pasado, el hackeo de cuentas, robo de identidad, fraudes financieros, recepción de virus, extorsión con imágenes o peor aún, cayeron en la trampa de la pornografía infantil o trata de personas.
En el mismo sentido, de acuerdo a datos de UNICEF, 16 mil 700 sitios web muestran imágenes de abusos a niños, de los que el 73 por ciento son menores de 10 años.
Los riesgos de que la Web pueda utilizarse como una herramienta de acoso y eventual abuso sexual de menores es un tema de preocupación a escala mundial.
Información como la precedente nos llevan a observar a Internet como un nuevo escenario donde se producen hechos delictivos de igual ò mayor envergadura que en la sociedad real, solamente que cometidos en la sociedad virtual y de concretas consecuencias en el mundo real.
El estudio sobre hábitos de los usuarios en internet 2015, realizado por la Asociación Mexicana de Internet (AMPICI), analizó que actualmente existen alrededor de 53.9 millones de personas cibernautas, de los cuales el 26% tiene entre 13 y 18 años, el 12% de 6 a 12 años, en promedio la incursión dentro de los espacios digitales inicia desde los 6 y 8 años; estos usuarios invierten 6 horas y 11 minutos frente a la computadora, dispositivo electrónico, redes sociales o visita a redes sociales, principalmente en las escuelas para la búsqueda de entretenimiento.
El incremento en el uso de las TIC por parte de niñas, niños y adolescentes es un gran paso para garantizar su derecho al acceso a la información, educación y expresión, no obstante, el internet ha sido utilizado para la producción y distribución de materiales que representan violencia sexual contra la niñez. Los ciberacosadores o groommers han encontrado en las redes sociales, en los emails, los chats, los juegos electrónicos o en los celulares una nueva ruta, más fácil, rápida y de bajo riesgo para contactar, manipular y engañar a niñas, niños y adolescentes, colocándolos en una posición de vulnerabilidad, convirtiéndose en víctimas de extorsión, abuso sexual, trata de personas y pornografía infantil, e incluso podrían ser sujetos activos en la comisión de delitos sin que tengan conciencia plena de sus actos.
El groominges el ciberacoso sexual infantil por internet y se define como las acciones hechas por una persona adulta a través de Internet para ganar la confianza y amistad de niñas, niños y adolescentes a través del engaño, con el fin de obtener imágenes o vídeos realizando prácticas sexuales explícitas o actos con connotación sexual.
El grooming es un proceso que suele durar semanas o incluso meses. Por lo general, puede seguir los siguientes pasos:
1. El adulto elabora lazos emocionales y de amistad con el niño (a), fingiendo ser otro niño.
2. El adulto conquista la confianza del niño (a) y a través de ello, consigue datos personales y de contacto del menor.
3. El adulto intenta establecer un encuentro físico con el menor de dos formas:
El adulto seduce al menor, enseñándole imágenes de contenido sexual e invita al menor a que también le envíe fotos suyas. Una vez conseguidas las imágenes comprometedoras del menor, el adulto empieza a chantajear al menor para conseguir un contacto físico.
El adulto engaña al menor. El adulto busca conocer los intereses del niño o niña.
*El acosador puede tardar 12 minutos en que su víctima se quite la ropa y puede escalar a través de presiones para llegar incluso a encuentros físicos, desembocando en trata infantil, pornografía o abuso sexual.
En nuestro país los groommers son un riesgo latente, tan sólo en 2013 se detectaron más de 12 mil cuentas personales falsas a través de internet, las cuales exhibían imágenes de explotación sexual infantil. Sin embargo, en lo que va de este año, la Comisión Nacional de Seguridad a través de la Policía Federal sólo ha detenido a seis presuntos responsables del delito de producción y distribución de pornografía infantil quienes administraban distintos perfiles de orientación pederasta en redes sociales. La manipulación psicológica-emocional, el acoso y la intimidación son actos recurrentes de estos acosadores silenciosos que se encuentran a tan sólo a un click de distancia.
A nivel internacional existen legislaciones que tipifican conductas asociadas a la utilización de tecnologías de la información y comunicación, a través de las cuales personas adultas hacen contacto con menores de edad, lo que en muchos casos incluso ha sido solo el acto previo a un encuentro de tipo físico.
Alemania, castiga con privación de libertad de 3 meses a 5 años al que ejerza influencia sobre el menor por medio de la exhibición de ilustraciones o representaciones pornográficas o por dispositivos sonoros de contenido pornográfico o por conversaciones en el mismo sentido.
Australia, con 15 años de prisión el uso de Internet para buscar actividades sexuales con personas menores de 16 años de edad.
Escocia, hasta 10 años de cárcel la reunión con un menor de 16 años después de algunos contactos preliminares a través del chat.
Estados Unidos, prohíbe transmitir datos personales de menores de 16 años con el fin de cometer delitos de carácter sexual.
En el estado de Florida, en 2007, se aprobó la ley de cibercrímenes contra menores, por la cual se sanciona a quienes se contacten con menores por Internet y luego sostengan encuentros con el fin de abusar sexualmente de ellos.
En América latina, Chile es el país más avanzado en legislación sobre el tema. En agosto del 2014 la Cámara de Diputados de ese país aprobó un proyecto que sanciona a quienes exijan a un menor de 14 años el envío, exhibición o la entrega de imágenes con significación sexual. Como también al que realice acciones de significación sexual ante un menor de 14 años o lo hiciera escuchar o presenciar estas acciones en forma presencial o a través de medios electrónicos a distancia.
Argentina, castiga con penas que van desde 6 meses a 4 años al que por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier tecnología de transmisión de datos contacte a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.
Actualmente en México, no existe regulación alguna que castigue este tipo de prácticas, por lo que cada año cientos de personas quedan impunes tras ser sorprendidos en esta situación.
La solución no es alejar a la niñez y a la adolescencia de los espacios virtuales. Por el contrario, se requiere generar una cultura de autocuidado y seguridad entre niñas, niños y adolescentes que les permita el aprovechamiento de los avances tecnológicos para desarrollar su potencial sin riesgos.
Debemos recordar que el principio pro persona plasmado en el artículo 1° párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los Tratados Internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, esto implica que las normas relativas a derechos humanos se interpreten de acuerdo con la propia Constitución y los Tratados Internacionales, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia a las personas, es decir, lo que más satisfaga a la persona, en este caso es el interés superior de los niños, niñas y adolescentes; a esto le sumamos lo establecido en el párrafo tercero, Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Estos párrafos, contienen derechos reconocidos a los gobernados, consistentes en un principio de interpretación acorde tanto con los derechos humanos contemplados por la propia Constitución (interpretación conforme), como aquellos plasmados en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte (interpretación convencional).
Ya que el grooming representa una nueva puerta de entrada hacia el abuso sexual, la pornografía o la trata de niños, niñas y adolescentes; la presente iniciativa pretende tipificar el ciberacoso sexual, logrando con ello la protección de los menores dentro de los espacios virtuales, favoreciendo en todo momento el interés superior del menor; constituyendo así, una herramienta para lograr la efectiva protección de sus derechos humanos.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, pongo a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se modifica el Título del Capítulo II del Título octavo y se adiciona un artículo 202 recorriéndose los subsecuentes, para quedar como artículo 202 Bis y 202 Ter del Código Penal Federal.
Título OctavoCiberacoso sexualy pornografía de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del Hecho o de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo.
Artículo 202.-Comete el delito de ciberacoso sexual de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho aun con su consentimiento, quien mediante coacción, intimidación, inducción o engaño, establezca cualquier clase de comunicación a través de internet, teléfono móvil o cualquier otra tecnología de la información y comunicación así como la transmisión de datos, con el objeto de solicitarle imágenes y/o videos con contenido sexual del mismo, y al que envié algún tipo de mensaje y/o texto o establezca diálogos con contenido sexual. Al autor de este delito se le impondrá pena de 4 a 6 años de prisión y de quinientos a mil días de multa.
Cuando la conducta derive en un encuentro o acercamiento, a fin de cometer cualquier acto que vaya en contra de la integridad física y sexual del menor, se le impondrá pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil quinientos días multa.
Artículo 202 Bis....
Artículo 202 Ter....
TransitorioÚnico.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 http://www.symantec.com/content/es/mx/about/presskits/b-norton-report-2013-data -sheet-mexico-es-mx.pdf
2 http://www.unicef.org/spanish/protection/57929_60984.html
3 notahabitoshttps://amipci.org.mx/images/AMIPCI_HABITOS_ DEL_INTERNAUTA_MEXICANO_2015.pdf
4 https://www.savethechildren.mx/sites/savethechildren.mx/ files/resources/Boletin%20de%20Prensa.pdf
5 http://www.guiainfantil.com/articulos/educacion/nuevas-tecnologias/ el-grooming-y-el-acoso-a-ninos-a-traves-de-internet/
5 http://donaciones.savethechildren.mx/proteccion/?tsource=85 &gclid=Cj0KEQiAkIWzBRDK1ayoYjt38wBEiQAi7NnP_jkcpANxuxSYfo9p86UHNQvC_ Qqp3IdhVKjPujf1NIaApVo8P8HAQ
7 https://www.savethechildren.mx/sites/savethechildren.mx/files/ resources/Boletin%20de%20Prensa.pdf
8 Datos extraídos de Códigos penales y de http://internet-grooming.net
Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 13 de septiembre de 2016. Diputados y diputadas: Felipe Cervera Hernández,Adriana del Pilar Ortiz Lanz, Arlet Mólgora Glover, César Octavio Camacho Quiroz, David Mercado Ruiz, Delia Guerrero Coronado, Enrique Rojas Orozco, Erik Juárez Blanquet, Flor Estela Rentería Medina, Francisco Saracho Navarro, José Luis Toledo Medina, Liborio Vidal Aguilar, María Guadalupe Oyervides Valdez, María Luisa Beltrán Reyes, Martha Sofía Tamayo Morales, Miguel Ángel Sulub Caamal, Pablo Gamboa Miner, Ramón Bañales Arámbula, Ricardo Ramírez Nieto, Ricardo Taja Ramírez, Sara Latife Ruiz Chávez, Timoteo Villa Ramírez, Virgilio Mendoza Amezcua, (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
La diputada Mariana Arámbula Meléndez(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Dígame, diputada, adelante. La diputada Mariana Arámbula, sonido en su curul, por favor.
La diputada Mariana Arámbula Meléndez (desde la curul): Gracias. Nada más felicitar al diputado, a la sensibilidad de una iniciativa que presentamos la semana pasada su servidora, junto al Grupo Parlamentario del PAN. Enhorabuena, creo que es un tema alarmante. Hoy estoy viendo una nota de Tamaulipas, donde ya hay un tema de una niña que desapareció por tema de grooming. Enhorabuena, felicidades.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Muchas gracias.
El diputado Miguel Ángel Sulub Caamal (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:El diputado Miguel Ángel Sulub.
El diputado Miguel Ángel Sulub Caamal (desde la curul): Muchas gracias compañera diputada. Solamente felicitar a los promoventes y pedirle, si no tienen inconveniente, sumarme también a la suscripción de dicha iniciativa.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: ¿El diputado promovente tiene algún inconveniente? Está a disposición de esta Secretaría para su adhesión.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar cuatro iniciativas en una sola intervención, consistentes en proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación, otra con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley del Impuestos Sobre la Renta. Una tercera, con proyecto de decreto que reforma los artículos 27 y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Y una cuarta, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Adelante, diputado.
El diputado Santiago Torreblanca Engell:Muchas gracias, presidenta. Miren, no sé si ustedes compañeros diputados se enteraron de un caso muy triste que ocurrió este año, el asunto del kínder Matatena, donde ocurrió un caso de abuso sexual por parte del esposo de la directora.
Lo más triste de este caso es que un padre de familia, desde diciembre de 2015, había presentado un oficio a la SEP donde se quejaba de diversas anomalías dentro de esta escuela, dentro de las cuales se encontraba la presencia de una persona que sin ser personal académico, docente o administrativo se encontraba dentro de las instalaciones y tenía trato con los menores de edad sin ningún control.
Se presentó el 7 de diciembre de 2015 esta queja, no pasó nada, hasta que estalló el tema del escándalo sexual varios meses después no había existido una respuesta por parte de la Secretaría de Educación Pública.
En el año 2013 se reformó el artículo 14 de la Ley General de Educación, para incluir una fracción XII Quintus al artículo 14. En este apartado se creó un sistema de quejas y denuncias para que los padres de familia y docentes pudieran interponerlos y la Secretaría de Educación Pública tuviera que dar respuesta a los mismos.
Sin embargo, esta fracción que se adicionó en 2013 adolece de dos vicios. En primer lugar, habla de servicio público educativo, con lo cual deja fuera a las escuelas particulares.
El primer cambio que debe existir en este tenor, es que se hable del sistema educativo nacional, sistema educativo nacional global que incluye, tanto a la educación pública que imparte el Estado como a la educación por parte de particulares con autorización de la Secretaría de Educación Pública.
Pero lo más importante en este caso, es que se le establece un término, un plazo a la SEP con esta reforma, para que dé respuesta a las quejas de la siguiente forma. Se agrega: la autoridad deberá emitir una resolución exhaustiva y congruente en un lapso no mayor a 30 días, misma que será notificada al quejoso, para efectos de que si no está de acuerdo con la misma, la pueda recurrir por la vía legal correspondiente.
Esto por nuestros niños es muy importante y estoy seguro de que los diputados integrantes de la Comisión de Educación estarán de acuerdo con la presente.
La segunda iniciativa de la que vengo a hablarles, otra vez tiene que ver con el tema de los ex Repecos y con la tóxica reforma fiscal. Miren ustedes, no solo se desapareció el régimen de pequeños contribuyentes. Al crearse este nuevo régimen de incorporación fiscal se creó una sanción absurda a las personas que tributan en este régimen.
Así, el artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en su fracción VIII establece que aquellos contribuyentes del régimen de incorporación fiscal que no presenten dos declaraciones continuas o tres discontinuas en un año, como sanción se les manda a régimen general.
Esto es un absurdo, por lo general la persona que tributa en el régimen de incorporación fiscal, antes Repeco, es gente que no tiene una gran asesoría contable, no cuenta con una asesoría legal, es gente que estamos hablando de la pequeña tiendita, el señor de la tiendita, el carnicero, el comerciante que no tiene acceso a una gran asesoría, que anteriormente presentaba por sí mismo sus declaraciones.
Las personas que no llegan a presentar dos declaraciones continuas o tres discontinuas, no es porque sean unos evasores fiscales, es porque es gente que le cuesta mucho trabajo tributar en este régimen y no cuentan con la asesoría adecuada. Es un absurdo castigar al que no está pudiendo cumplir con el régimen más simplificado, mandarlo al régimen general más complicado. Sería tan absurdo, como al niño que reprobó matemáticas por no sabe sumar 2 más 2 lo mandáramos a hacer integrales y derivadas.
Por lo tanto, propongo derogar esta fracción VIII del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. De verdad, es por nuestros pequeños comerciantes, es por la gente que genera en este país.
Finalmente, las otras dos iniciativas tienen qué ver con el ahorro para el retiro. Amigos diputados, estamos en la última oportunidad para cambiar nuestro Sistema de Ahorro para el Retiro y hacer los cambios que permitan a nuestra generación y a las que vengan adelante contar con una pensión digna.
Miren, pensar en regresar al régimen anterior es imposible, porque matemáticamente y actuarialmente no da. Pero pensar que el régimen actual y el Sistema actual de Ahorro para el Retiro debemos dejarlo inamovible es absurdo, porque será condenar a esta generación y a las futuras a una pensión de miseria con el riesgo social que esto conlleva.
A lo largo de este periodo y de los periodos subsecuentes voy a estar presentando varias iniciativas en esta materia. Les voy a pedir un poquito más de tiempo y de paciencia porque eran cuatro iniciativas. De veras, las voy a terminar rápido solo para que no me apresuren con el tiempo. En un minutito las termino.
La primera. Quitar el límite de deducibilidad cuando se trate de aportaciones complementarias para el retiro.
Como ustedes saben, con la reforma fiscal se estableció un límite en las deducciones personales, un límite que consiste en que no puede ser mayor del 10 por ciento a los ingresos acumulables del contribuyente en uno de los supuestos. O aun cuando la aportación del contribuyente no exceda 13 por ciento del salario del trabajador sin que en ningún caso dicha aportación exceda el monto equivalente a 1.3 veces el salario mínimo.
Y esta reforma es excluir de este tope que se puso con la reforma fiscal a las aportaciones para el retiro. ¿Por qué? Señores, si no damos incentivos para que la gente le meta dinero a la Afore, por más campañas que hagamos de ahorrar, te conviene, de los 10 pesitos y demás, no vamos a lograr incentivar a la gente para que le meta a su ahorro para el retiro. ¿Y qué va a pasar? El día de mañana vamos a tener pensiones de miseria con el riesgo social que esto conlleva.
La siguiente iniciativa, también relacionada con el ahorro para el retiro, tiene que ver con dos cosas. La primera, que se puedan presentar los estados de cuenta de manera mensual electrónica, como ya se pueden presentar los estados de cuenta de cualquier cuenta bancaria de manera electrónica, los estados de cuenta digitales. Es una medida ecológica, si así el cliente de la Afore lo decide.
Y la segunda, de contenido de los estados de cuenta. Que tenga que ver el monto histórico en las aportaciones, tanto del Estado como del patrón como del propio trabajador para dos razones. Una, para que pueda calcular el trabajador qué cantidad, qué monto tiene acumulado y poder tener un estimado de cuánto debe aportar y cuánto debe aumentar su aportación complementaria. Y cómo poder saber las semanas cotizadas que tiene y el tiempo, las semanas que le faltan para poder retirarse conforme a la ley.
Es todo. Muchísimas gracias, presidenta. Eran cuatro iniciativas, me las eché lo más concisas posible. Gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 76, numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XII Quintus del artículo 14 de la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar a mujeres y a hombres, de manera que tengan sentido de solidaridad social.
De conformidad con el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a recibir educación, siendo obligación del Estado a través de la Federación, los estados, la Ciudad de México y los Municipios, impartir educación en los niveles preescolar, primaria, secundaria y media superior.
El día 13 de julio de 1993 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Educación, la cual se encarga de regular la educación que imparten el Estado-Federación, entidades federativas y municipios, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios (RVOE), dicha ley es de observancia general en toda la República Mexicana y las disposiciones que contiene son de orden público e interés social.
Para la prestación del servicio educativo, el gobierno federal cuenta con la Secretaría de Educación Pública (SEP), entre cuyas labores se encuentra organizar, vigilar y desarrollar en las escuelas oficiales, incorporadas o reconocidas, la enseñanza preescolar, primaria, secundaria y normal, urbana, semiurbana y rural.
Asimismo, el Estado a través de la SEP debe garantizar la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
Si bien es obligación del Estado impartir la educación básica de manera gratuita, los particulares pueden impartir el servicio público educativo en todos sus tipos y modalidades, posterior a obtener el RVOE que otorga la SEP, previa satisfacción de los requisitos incluidos en la ley y para lo cual deberán impartir dicho servicio con apego a los mismos fines y criterios establecidos para las escuelas públicas, así como cumplir las disposiciones contempladas tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en las disposiciones reglamentarias como lo es justo la Ley General de Educación.
Dicha legislación ha sido reformada en varias ocasiones, sin embargo, es de destacar una de ellas, la del 11 de septiembre de 2013 que se incluyó como facultad de las autoridades educativas federal y locales, el instrumentar un sistema de presentación y seguimiento de quejas respecto del servicio público educativo, lo cual ha sido letra muerta al no existir un plazo perentorio para su contestación, ya que la SEP simplemente se niega a atender las quejas presentadas en la materia, para muestra, un botón.
Recientemente, como habremos escuchado o leído a través de diversos medios de comunicación, se dio un caso de abuso sexual en contra de varios menores en el Kinder Matatena del Sistema Montessori, en la Delegación Benito Juárez, Ciudad de México.
Las tragedias no continuaron gracias a que el gobierno de la delegación Benito Juárez decretó la suspensión de actividades de la escuela en comento, ubicada en calle Augusto Rodín 398, colonia San Juan, en dicha demarcación.
Existieron sendas denuncias realizadas por padres de familia entorno a diversos abusos sexuales cometidos en esa escuela, me reuní con padres de niños afectados por personal que no laboraba oficialmente en la escuela pero que si convivía con los alumnos.
Recibí información de primera mano, información que apunta a que los abusos fueron proferidos por la pareja sentimental de la directora Patricia Guitian Galán, de nombre Leopoldo Rafael Duarte Pereda, quien es conocido por los niños como Rafa o tío Rafa, él es licenciado en derecho por la Universidad Autónoma Metropolitana con cédula profesional N° 657878 emitida en 1981 por la SEP, dicha preparación académica nada tiene que ver con el trato con infantes, razón por la cual tanto los padres de familia como la sociedad nos preguntamos ¿Qué hacía ahí ese señor? Y más aún, ¿En manos de qué tipo de personas estamos dejando a nuestros niños?
Los padres de familia me comentaron sobre la presentación de una queja, ante la Secretaría de Educación Pública en el mes de diciembre, a nueve meses no han tenido respuesta, lo cual es indicador en el mejor de los casos, de una negligencia nefasta.
Dichas quejas, actualmente no encuentran en la legislación un plazo de respuesta adecuado para atender el reclamo del padre o tutor, sin embargo, en la presente iniciativa, pretendo dar plena certeza jurídica y que se atiendan de manera oportuna las mencionadas quejas.
A manera de ejemplo, me sirvo anexar copia de la queja interpuesta ante la Secretaría de Educación Pública, por uno de los padres de familia, queja que a nueve meses de distancia, ha sido brutalmente ignorada, como si los funcionarios de la SEP no tuvieran hijos de que preocuparse.
En verdad, debo confesarlo, me conmueven y me indignan este tipo de conductas, soy padre de un niño de 3 años, quien día a día me motiva a sacar lo mejor de mí y esto, me hace sentir una empatía natural con lo que están viviendo los niños y las niñas del kínder Matatena y por supuesto los padres de familia quienes son víctimas en toda esta situación, pudo haber sido mi hijo o el hijo de cualquiera.
No podemos permitir que esta situación siga así, hoy fue el kínder Matatena, mañana puede ser otra escuela, la de tu hijo, tu hija, la de mi hijo y no estoy dispuesto a dejar que esto pase inadvertido y no tenga consecuencias, seguiremos con ojo crítico las actuaciones de la autoridad administrativa y la judicial, comenzando desde la cancha que me corresponde, la legislativa, esta iniciativa para que acabe el desinterés de nuestra máxima autoridad educativa.
Es preciso mencionar que las quejas pueden interponerse, con motivo de lo establecido en el artículo 65 de la Ley General de Educación, a saber: sobre el desempeño de docentes, directores, supervisores y asesores técnico pedagógicos de sus hijos o pupilos menores de edad y sobre las condiciones de la escuela a la que asisten.
Es importante destacar que, como se ha dicho no existe un tiempo establecido para responder a las quejas, sin embargo, se pueden utilizar como base dos criterios de manera análoga:
En materia administrativa para trámites que realiza el ciudadano ante la Administración Pública Federal, se establece el plazo de tres meses para resolver lo conducente.
En materia de transparencia y acceso a la información pública gubernamental, se establecen 20 días hábiles como plazo para dar respuesta a una solicitud de información, a partir de la presentación de la misma.
Si bien es cierto que es aplicable de manera supletoria el plazo marcado por la legislación adjetiva en materia administrativa, también lo es que en definitiva no se ha instrumentado el sistema de quejas y sugerencias y por ende, las quejas encuentran su existencia en un vacío jurídico que debe ser subsanado.
Por otro lado, es relevante resaltar que el plazo general marcado por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, es excesiva para una materia tan delicada como lo es la educativa.
A modo de ejemplo, si una queja fuere interpuesta por un padre de familia en el mes de junio, en el supuesto de que funcionara no lo hace- el sistema de quejas y sugerencias del sistema educativo nacional, tendría que esperar por lo menos hasta el mes de septiembre, es decir, la queja se resolvería en otro ciclo escolar distinto, del que se quejó el docente o el padre de familia, razón por la que proponemos que se
Por lo anterior, recordando que es facultad de este H. Congreso, el legislar en materia educativa, se propone que el sistema de quejas de la SEP, funcione de manera eficiente y veloz para el usuario de servicios educativos, logrando que sus quejas sean atendidas en un periodo razonable y el gobierno no caiga en la inacción como hasta ahora ha caracterizado su actuar; no podemos hacer caso omiso ante la realidad nacional y ser igual de indiferentes que lo fue la SEP, con el caso Matatena.
La propuesta de reforma quedaría como se muestra a continuación:
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta Soberanía que integra la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, el presente proyecto de
DecretoÚnico.Se adiciona la fracción XII Quintus del artículo 14 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 14 ...
III. a XII Quáter. ...
XII Quintus. Instrumentar un sistema accesible a los ciudadanos y docentes para la presentación y seguimiento de quejas y sugerencias respecto del sistema educativo nacional.
La autoridad deberá emitir una resolución exhaustiva y congruente en un lapso no mayor a treinta días, misma que se deberá notificar al quejoso, y
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal, dentro de los ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, deberá emitir el Reglamento de Quejas y Sugerencias respecto del sistema educativo nacional.
Tercero.El Ejecutivo federal deberá crear el sistema de quejas en el mismo lapso señalado en el transitorio anterior.
Notas:
1 Artículo 2 párrafo segundo de la Ley General de Educación.
2 Artículo 38 fracción I, inciso a) de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
3 Artículos 10, 54 y 55 de la Ley General de Educación.
4 Artículo 12 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.
5 Artículo135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 20 días del mes de septiembre del año 2016. Diputados y diputadas: Santiago Torreblanca Engell,Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Emma Margarita Alemán Olvera, Erik Juárez Blanquet, Genoveva Huerta Villegas, Gerardo Federico Salas Díaz, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, Jesús Antonio López Rodríguez, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Leticia Amparano Gamez, Lilia Arminda García Escobar, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Luisa Beltrán Reyes, Mariana Arámbula Meléndez, Martha Cristina Jiménez Márquez, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Huepa Pérez, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Muy bien, diputado. En cuanto a la primera iniciativa, con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación, túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El diputado Santiago Torreblanca Engell:
«Iniciativa que reforma el artículo 112 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, párrafo 1o., fracción I, 77, párrafo 1o. y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se deroga el segundo párrafo de la fracción VIII del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosCuando uno escucha la palabra empresarios lo primero que viene a la mente son dueños de grandes compañías, directores de trasnacionales o grandes propietarios de bienes y negocios; la realidad es que los empresarios vienen en todos los tamaños y formas, el dueño de una pequeña fonda de comida, el de una papelería o el de la tiendita de la equina también es un empresario. Las pequeñas y medianas empresas, de hecho, generan alrededor del 81 por ciento de los empleos en todo el país.
México se sostiene gracias a estos empresarios, pequeños en comparación con grandes consorcios, pero grandes en cuanto a su aportación a la economía, insisto, 8 de cada 10 empleos son generados por las empresas conocidas como Pepe y Toño o más técnico, como Mipyme, sin embargo, muchos han decidido olvidar su relevancia e ignorar sus necesidades. Un ejemplo de esto: ir en contra del regreso del régimen de pequeños contribuyentes (Repecos) en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
El impuesto sobre la renta (ISR) es un impuesto directo sobre la ganancia obtenida es decir, por la diferencia entre el ingreso y las deducciones autorizadas obtenido en el ejercicio fiscal, dicho impuesto debe ser pagado de manera mensual (a cuenta del impuesto anual) al Servicio de Administración Tributaria (SAT), o a las oficinas autorizadas por las entidades federativas.
Dicho impuesto, desde hace muchos años, debe enterarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de una declaración, en la cual las personas reportan sus ingresos y gastos de todo un ejercicio fiscal (enero a diciembre), sin embargo, en la presentación del paquete económico para 2014, el 8 de septiembre de 2013, el Ejecutivo federal presentó a la Cámara de Diputados, la reforma hacendaria, en la cual se consignaba la propuesta de modificación a diversos ordenamientos fiscales con el propósito de crear más impuestos.
En dicho paquete económico, surgió una nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013, la cual nos rige desde el 1 de enero de 2014, que entre otras cosas, sustituye el régimen de pequeños contribuyentes (Repecos) y el régimen intermedio por el denominado régimen de incorporación fiscal (RIF).
Hoy vemos que la reforma hacendaria, generó daño no solo en los ingresos, sino en el nivel de vida de los trabajadores y sus familias lo cual causó un efecto multiplicador negativo en la productividad del país.
El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados, recientemente manifestó en conferencia de prensa, 24 acciones para reactivar la economía, mismas que se encuentran agrupadas en varios ejes temáticos, entre ellos se encuentra como prioridad el corregir la tóxica reforma fiscal, es decir, ir enmendando en la medida de lo posible, los elementos que de una u otra forma vulneran gravemente a las y los mexicanos.
El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) actual sistema que sustituyó a los Repecos, es absurdo y contraproducente; le exige a los contribuyentes contar con por lo menos 25 mil pesos para contratar servicios profesionales y conseguir equipo de cómputo y servicios de internet. ¿Cuántas personas realmente tienen la posibilidad de hacerlo? Es evidente que la medida no toma en cuenta la realidad en la que viven muchas micro, pequeñas y medianas empresas.
La reforma fiscal del gobierno federal lo único que logró fue complicar más el pago de impuestos. Al hacerlo, menos personas se incorporan a la economía formal, y al incorporarse menos personas, las mismas de siempre terminamos pagando más.
Con la entrada en vigor de esta ley, quién tributaba en el régimen Repecos hoy se sujeta a las especificaciones del RIF establecido en la ley del ISR y, por lo tanto, ya no gozará de los beneficios de los antiguos beneficios.
Aunque la actual ley prevé un lapso de incorporación de diez años con el objetivo de incrementar la base de contribuyentes, la realidad es que el gobierno federal no ha logrado alcanzar las metas.
Por otro lado, de acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en nuestro país hay más de 28.6 millones de personas en la economía informal contra los 4.2 millones de contribuyentes inscritos en el RIF. Es decir, más de la mitad de la población económicamente activa (58 por ciento) trabajan en el sector informal.
Es importante destacar que en la actual legislación, existe una cláusula para amenazar a los pequeños contribuyentes, la cual contempla que si alguien incumple con la obligación de declarar dos veces consecutivas o tres no consecutivas en un plazo de seis años, podrá ser castigado, cambiándolo automáticamente al régimen general de ley.
Es evidente que si a un pequeño contribuyente le es difícil tributar en el simplificado RIF, le será prácticamente imposible hacerlo en el régimen general, que de suyo es mucho más complejo.
Por lo anterior y por el compromiso de nuestro partido y nuestro grupo parlamentario con la ciudadanía, con quienes sostenemos con nuestras contribuciones este gran país, es que pretendemos eliminar de la Ley del Impuesto sobre la Renta, esta amenaza velada en contra de los ciudadanos.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, me sirvo someter a consideración del pleno de esta soberanía, el siguiente proyecto de
DecretoÚnico.Se deroga el segundo párrafo de la fracción VIII del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 112. ...
I. a VII. ...
VIII. ...
Párrafo derogado.
TransitoriosPrimero. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de septiembre de 2016. Diputados y diputadas: Santiago Torreblanca Engell,Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Emma Margarita Alemán Olvera, Erik Juárez Blanquet, Francisco Javier Pinto Torres, Genoveva Huerta Villegas, Gerardo Federico Salas Díaz, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, Jesús Antonio López Rodríguez, Leticia Amparano Gamez, Lilia Arminda García Escobar, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Luisa Beltrán Reyes, Martha Cristina Jiménez Márquez, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Huepa Pérez, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: En lo que respecta a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El diputado Santiago Torreblanca Engell:
«Iniciativa que reforma los artículos 27 y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, párrafo 1o., fracción I, 77, párrafo 1o. y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 27, fracción XI, y 151, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducibilidad de aportaciones complementarias de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosSegún datos de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), nuestro país se encuentra en una situación de transición demográfica, la cual se distingue porque su población está envejeciendo, la tasa de fecundidad disminuye y aumenta la esperanza de vida.
A manera de ejemplo: en 1950 una mujer tenía en promedio 6.45 hijos, mientras que en 2000 esta cifra se redujo a 2.65 hijos y se espera que llegue a 2.09 hijos en 2050, esto en lo referente a la tasa de fecundidad; la esperanza de vida al nacer según Consar se incrementó de 49.6 años en 1950 a 73.2 años en 2000 y se proyecta que alcance los 79.4 años en 2050. Dichos datos se pueden constatar en la tabla 1 de las tasas de fecundidad en la cual, el eje de las y representa el promedio de hijos y el eje de las x los años. Por su parte en la tabla 2 de esperanza de vida, el eje de las y representa el rango de edad y el de las x los años:
Estos datos nos indican que México no tardará en convertirse en un país donde la pirámide poblacional se invierta, por ello en la medida de que las generaciones subsecuentes comiencen a vivir más años y deje de haber jóvenes, el país entrará en una fase en la que los sistemas de seguridad social y en particular el de pensiones colapsará al haber más pensionados que trabajadores.
En nuestro país existen dos esquemas de pensión para los trabajadores, el que deviene del régimen de 1973 y el que nace por la reforma de 1997, es decir el esquema de Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores); el primero de ellos es aplicable (de manera optativa) para aquellos trabajadores que causaron alta en el seguro social antes de julio de 1997, mientras que el segundo esquema, es aplicable de manera obligatoria a los trabajadores que se incorporaron a la vida laboral posterior a la reforma y de manera opcional para los trabajadores que les aplica la ley de 1973 y que deseen pensionarse bajo este régimen.
El sistema de Afores debe tener como objetivo garantizar al trabajador que cuando se encuentre a punto de su retiro por vejez, cuente con un monto de dinero que fue amasando a lo largo de su vida laboral y que se encuentra conformado por contribuciones tripartitas depositadas en una cuenta individual del trabajador.
La cuenta individual es una cuenta personal y única de cada trabajador en la cual durante su vida laboral, se acumulan los recursos (las cuotas y las aportaciones) que realizan tanto el patrón como el gobierno y el propio trabajador.
La cuenta personal que administra la Afore se divide en cuatro subcuentas, a saber retiro, vejez y cesantía, aportaciones voluntarias, vivienda y aportaciones adicionales o complementarias.
Los patrones y el gobierno federal, en la parte que les corresponde están obligados a enterar al instituto el importe de las cuotas obrero-patronales y la aportación estatal del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Dichas cuotas se recibirán y se depositarán en las respectivas subcuentas de la cuenta individual de cada trabajador, en los términos previstos en la Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Retiro, Vejez y Cesantía: En esta subcuenta se depositan de manera bimestral las cuotas y aportaciones que realiza su patrón, el gobierno federal y las del trabajador, el patrón aporta 2 por ciento del salario base de cotización del trabajador para la parte de retiro y 3.15 por ciento de su salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez; por su parte el gobierno aportará 0.225 por ciento del salario base de cotización por cesantía en edad avanzada y vejez más uuna cantidad por cada día de salario cotizado, que aporte mensualmente el gobierno federal por concepto de cuota social para los trabajadores que ganen hasta quince veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, que se depositará en la cuenta individual de cada trabajador asegurado, por concepto de cuota social; por su parte, el trabajador aportará 1.125 por ciento sobre el salario base de cotización de manera bimestral. En total, al fondo de pensiones que administra e invierte la AFORE, ingresa cada mes entre el 8.0por ciento y 8.5 por ciento del salario del trabajador, dependiendo del nivel de ingreso del trabajador.
Aportaciones voluntarias: El ahorro que se acumula en la Afore, producto de las aportaciones obligatorias que establece la ley, es sólo una parte del ahorro para el retiro de los trabajadores. La otra parte se conformará con el ahorro adicional, voluntario que realice el trabajador a lo largo de su vida laboral. Los trabajadores tendrán en todo tiempo el derecho a realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual, ya sea por conducto de su patrón al efectuarse el entero de las cuotas o por sí mismos. En estos casos, las aportaciones se depositarán a la subcuenta de aportaciones voluntarias. Adicionalmente los patrones pueden hacer aportaciones adicionales a la subcuenta de aportaciones voluntarias, mismas que se entenderán adicionales a los beneficios establecidos en los contratos colectivos de trabajo. Los beneficios de ahorrar voluntariamente son múltiples: el primero de ellos es la voluntariedad, acudiendo a realizarlo personalmente en su Afore o solicitarle a su patrón que las realice haciendo un descuento de su sueldo, obviamente con su consentimiento, es importante recalcar que no hay montos mínimos ni máximos, cuentan con altos rendimientos, importantes beneficios fiscales, seguridad y flexibilidad para el retiro de los recursos, en caso de desearlo hasta la oportunidad de obtener un crédito hipotecario.
Vivienda: Es aquella subcuenta en la que únicamente el patrón realiza (deposita) aportaciones que equivalen al 5 por ciento sobre su salario base de cotización (bimestral). Estos recursos son canalizados al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) o Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste), según sea el caso, y la Afore sólo lleva el registro de dichos recursos, que aparecen en su estado de cuenta.
Aportaciones complementarias: Existen con la finalidad de incrementar el monto de la pensión del trabajador quien podrá realizar directamente estas aportaciones o mediante su patrón en cualquier momento, es importante destacar que sólo podrá disponer de estas aportaciones al momento de su retiro. Actualmente las aportaciones complementarias de retiro sólo pueden retirarse cuando el trabajador afiliado tenga derecho a disponer de las aportaciones obligatorias, ya sea para complementar, cuando así lo solicite el trabajador, los recursos destinados al pago de su pensión, o bien para recibirlas en una sola exhibición.
Por lo anteriormente dicho, la planeación económica es una de las piezas fundamentales para un retiro digno. El trabajador debe de tener contemplado que dentro de los ingresos que percibe mensualmente hay que destinar una parte de su ahorro en una Afore.
El esquema mediante el cual opera el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se remonta a la reforma de 1997 o Ley 97 como también es conocida y la cual se caracterizó por reorganizar el sistema de pensiones en México. Es importante señalar que los trabajadores que se afiliaron al IMSS después de la reforma en comento fueron incorporados al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), de manera que sus aportaciones obligatorias fueron depositadas automáticamente en las antes mencionadas cuentas individuales las cuales son administradas por las Afores. Esta ley no fue retroactiva por lo que los trabajadores que ya laboraban antes de la reforma tienen la opción de elegir pensionarse bajo la Ley del 73 o la Ley 97.
Por su parte los trabajadores pertenecientes al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) enfrentaron una disyuntiva semejante, con la salvedad de que a aquellos trabajadores que se traspasaran al nuevo esquema de cuentas individuales se les otorgaría un bono de antigüedad. De lo anterior, el sistema de pensiones que se encuentra vigente en México está determinado por los siguientes factores:
1) Tiempo: el cual es igual a la densidad de cotización y tiene que ver con el número de aportaciones que hace el trabajador;
2) Monto: que se refiere al valor de las aportaciones y que corresponde al ahorro depositado en la Cuenta Individual y;
3) Rendimiento Neto: que son los rendimientos de gestión menos la comisión que cobra la Afore.
Este sistema de pensiones, además de las aportaciones que se realizan de manera tripartita como se menciona anteriormente, permite las aportaciones de forma voluntaria y complementaria que pueden realizar los trabajadores, dichas contribuciones adicionales buscan incrementar el ahorro para el retiro y por tanto el patrimonio del contribuyente. Dentro de los beneficios que tiene el ahorro voluntario, se encuentran:
La seguridad de ahorrar en una Afore.
Si adicionalmente a las aportaciones obligatorias se realiza una voluntaria el recurso acumulado para el retiro es mayor.
Dependiendo del tipo de aportación, se pueden realizar retiros del ahorro voluntario.
Las Afores generan rendimientos por ello entre más recurso se ahorra, más se obtiene para el retiro.
Existe la deducibilidad en las aportaciones para el retiro.
Actualmente el modelo de deducibilidad en las aportaciones, contempla que en ningún caso éstas podrán exceder un monto equivalente a 1.3 veces el salario mínimo general elevado al año, el cual asciende a 73.04 pesos diarios, los cuales multiplicados por 365 días, dan la cantidad de 34 mil 372 pesos con 62 centavos para 2016.
A manera de ejemplo, si un trabajador dado de alta en el IMSS, percibe 30 mil pesos mensuales y decide en el marco del artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, aportar de manera complementaria para su Afore 13 por ciento de su salario mensual, éste trabajador estaría aportando 3 mil 900 pesos mensuales, al cabo de un año, habría aportado 46 mil 800 pesos para incrementar el monto de su pensión, sin embargo, dada la actual norma, le es posible únicamente deducir hasta 34 mil 372 pesos con 62 centavos para 2016, lo cual lo dejaría o sin la posibilidad de deducir 12 mil 427 pesos con 38 centavos durante este año o sin aportar ese mismo monto para su retiro, lo cual en ambos casos, resulta lesivo al trabajador.
Si bien existen diversas medidas para fomentar el ahorro voluntario de los trabajadores el abrir la oportunidad para que puedan deducir aportaciones complementarias a cien por ciento, introduciría un aliciente para que los interesados tuvieran la oportunidad de generar más dividendos a la hora de prepararse para su retiro, con lo cual damos cabal cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, en donde se consagra el propósito de incrementar el monto de la pensión, e incentivar el ahorro interno de largo plazo, a través de fomentar las aportaciones voluntarias y complementarias de retiro que puedan realizar los trabajadores o los patrones a las subcuentas correspondientes.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, me sirvo someter a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 27, fracción XI, y 151, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:
Único. Se reforman los artículos 27, fracción XI, y 151, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Artículo 27. ...
I. a X. ...
XI. ...
...
...
En el caso de las aportaciones a los fondos de ahorro, éstas serán deducibles cuando, además de ser generales en los términos de los párrafos anteriores, el monto de las aportaciones efectuadas por el contribuyente sea igual al monto aportado por los trabajadores, la aportación del contribuyente no exceda del trece por ciento del salario del trabajador, sin que en ningún caso dicha aportación exceda del monto equivalente de 1.3 veces el salario mínimo general elevado al año y siempre que se cumplan los requisitos de permanencia que se establezcan en el reglamento de esta ley, quedando exentas de esta disposición, las aportaciones complementarias realizadas en la subcuenta de retiro.
XII. a XXII. ...
Artículo 151. ...
I. a IV. ...
V. Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia establecidos para los planes de retiro conforme al segundo párrafo de esta fracción . Se podrá deducir la totalidad de las aportaciones complementarias de retiro, realizadas directamente en la subcuenta correspondiente en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
...
...
...
VI. a VIII. ...
TransitoriosPrimero.Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1. Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR). (2015). Diagnóstico del Sistema de Pensiones. 2016, de Secretaria de Hacienda y Crédito Público. Sitio web: http://www.consar.gob .mx/otra_informacion/pdf/transparencia/informes/Diagnostico_del_Sistema_de_Pens iones.pdf
2 Actualmente el IMSS aporta un total del 6.5% del salario base, mientras que el ISSSTE aporta un 11.3%. Vid: Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR). (2015). Diagnóstico del Sistema de Pensiones. 18 de febrero de 2016, de Secretaria de Hacienda y Crédito Público Sitio web: http://www.consar.gob.mx/otra_informacion/pdf/transparencia/informes/Diagnostic o_del_Sistema_de_Pensiones.pdf
3 Artículo. 74 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
4 Artículo. 168 de la Ley de Seguridad Social.
5 Artículo. 192 de la Ley de Seguridad Social.
6 Artículo. 74 párrafo quinto de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
7 Actualmente el IMSS aporta un total del 6.5 por ciento del salario base, mientras que el ISSSTE aporta un 11.3 por ciento. Vid: Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). (2015). Diagnóstico del Sistema de Pensiones. 18 de febrero de 2016, de Secretaria de Hacienda y Crédito Público Sitio web: http://www.consar.gob. mx/otra_informacion/pdf/transparencia/informes/Diagnostico_del_Sistema_de_Pensi ones.pdf
8 Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR). (2015). Diagnóstico del Sistema de Pensiones. 18 de febrero de 2016, de Secretaria de Hacienda y Crédito Público Sitio web: http://www.consar.gob.mx/otra_informacion/pdf/transparencia/informes/Diagnostic o_del_Sistema_de_Pensiones.pdf
9 Asociación Mexicana de Afores (AMAFORE). (2016), Resultados y Desafíos 18 años del SAR en México, febrero de 2016, Asociación Mexicana de Afores (AMAFORE)-Material Didáctico.
10 Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR). (2016). ¿Qué son las Aportaciones Voluntarias?. 2016, de Secretaria de Hacienda y Crédito Público Sitio web: http://www.consar.gob.mx/principal/info_gral_trabajadores-imss_aportaciones
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de septiembre de 2016. Diputados y diputadas: Santiago Torreblanca Engell,Emma Margarita Alemán Olvera, Genoveva Huerta Villegas, Leticia Amparano Gamez, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María del Rosario Rodríguez Rubio, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Huepa Pérez (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: La tercera, correspondiente al proyecto de decreto que reforma los artículos 27 y 151 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
El diputado Santiago Torreblanca Engell:
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, párrafo 1, fracción I, 77, párrafo 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosProducto de las reformas de 1997 y 2007 a las leyes en materia de seguridad social para los trabajadores ya sean del sector público, privado o independientes, en nuestro país existen dos esquemas de pensión para los trabajadores, el que deviene del régimen de 1973 y el que nace por la reforma de 1997, es decir el esquema de Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore). El primero de ellos es aplicable (de manera optativa) para aquellos trabajadores que causaron alta en el seguro social antes de julio de 1997, mientras que el segundo esquema, es aplicable de manera obligatoria a los trabajadores que se incorporaron a la vida laboral posterior a la reforma y de manera opcional para los trabajadores que les aplica la ley de 1973 y que deseen pensionarse bajo éste régimen.
El sistema de Afore debe tener como objetivo garantizar al trabajador que cuando se encuentre a punto de su retiro por vejez, cuente con un monto de dinero que fue amasando a lo largo de su vida laboral y que se encuentra conformado por contribuciones tripartitas depositadas en una cuenta individual del trabajador.
La cuenta individual es una cuenta personal y única de cada trabajador en la cual durante su vida laboral, se acumulan los recursos (las cuotas y las aportaciones) que realizan tanto el patrón como el gobierno y el propio trabajador.
La cuenta personal que administra la Afore se divide en cuatro subcuentas, a saber retiro, vejez y cesantía, aportaciones voluntarias, vivienda y aportaciones adicionales o complementarias.
Los patrones y el gobierno federal, en la parte que les corresponde están obligados a enterar al Instituto el importe de las cuotas obrero-patronales y la aportación estatal del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Dichas cuotas se recibirán y se depositarán en las respectivas subcuentas de la cuenta individual de cada trabajador, en los términos previstos en la Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Retiro, Vejez y Cesantía: En esta subcuenta se depositan de manera bimestral las cuotas y aportaciones que realiza su patrón, el gobierno federal y las del trabajador, el patrón aporta el 2 por ciento del salario base de cotización del trabajador para la parte de retiro y 3.15 por ciento de su salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez; por su parte el gobierno aportará el 0.225 por ciento del salario base de cotización por cesantía en edad avanzada y vejez más Una cantidad por cada día de salario cotizado, que aporte mensualmente el gobierno federal por concepto de cuota social para los trabajadores que ganen hasta quince veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, que se depositará en la cuenta individual de cada trabajador asegurado, por concepto de cuota social; por su parte, el trabajador aportará 1.125 por ciento sobre el salario base de cotización de manera bimestral. En total, al fondo de pensiones que administra e invierte la Afore, ingresa cada mes entre el 8.0 y 8.5 por ciento del salario del trabajador, dependiendo del nivel de ingreso del trabajador.
Aportaciones voluntarias: El ahorro que se acumula en la Afore, producto de las aportaciones obligatorias que establece la ley, es sólo una parte del ahorro para el retiro de los trabajadores. La otra parte se conformará con el ahorro adicional, voluntario que realice el trabajador a lo largo de su vida laboral. Los trabajadores tendrán en todo tiempo el derecho a realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual, ya sea por conducto de su patrón al efectuarse el entero de las cuotas o por sí mismos. En estos casos, las aportaciones se depositarán a la subcuenta de aportaciones voluntarias. Adicionalmente los patrones pueden hacer aportaciones adicionales a la subcuenta de aportaciones voluntarias, mismas que se entenderán adicionales a los beneficios establecidos en los contratos colectivos de trabajo. Los beneficios de ahorrar voluntariamente son múltiples: el primero de ellos es la voluntariedad, acudiendo a realizarlo personalmente en su Afore o solicitarle a su patrón que las realice haciendo un descuento de su sueldo, obviamente con su consentimiento, es importante recalcar que no hay montos mínimos ni máximos, cuentan con altos rendimientos, importantes beneficios fiscales, seguridad y flexibilidad para el retiro de los recursos, en caso de desearlo hasta la oportunidad de obtener un crédito hipotecario.
Vivienda: Es aquella subcuenta en la que únicamente el patrón realiza (deposita) aportaciones que equivalen al 5 por ciento sobre su salario base de cotización (bimestral). Estos recursos son canalizados al Infonavit o Fovissste (según sea el caso) y la Afore sólo lleva el registro de dichos recursos, que aparecen en su estado de cuenta.
Aportaciones complementarias: Existen con la finalidad de incrementar el monto de la pensión del trabajador quien podrá realizar directamente estas aportaciones o mediante su patrón en cualquier momento, es importante destacar que sólo podrá disponer de estas aportaciones al momento de su retiro. Actualmente las aportaciones complementarias de retiro sólo pueden retirarse cuando el trabajador afiliado tenga derecho a disponer de las aportaciones obligatorias, ya sea para complementar, cuando así lo solicite el trabajador, los recursos destinados al pago de su pensión, o bien para recibirlas en una sola exhibición.
Toda ésta información, se debe concentrar en el estado de cuenta que se le da al trabajador, el cual, es el documento emitido por las Administradoras de Fondos para el Retiro, que acredita al cuentahabiente como dueño de los recursos ahorrados en el Sistema de Ahorro para el retiro; dicho documento se utiliza para cualquier trámite ante los institutos de seguridad social; actualmente las Afore hacen llegar a los trabajadores su estado de cuenta de la siguiente manera:
Ahora bien, las Afore hacen llegar información a los cuentahabientes de manera impresa y con los datos anteriormente precisados, sin embargo, para fines informativos y en aras de mejorar la toma de decisiones por parte de los trabajadores, se propone que éstos estados de cuenta sean entregados con una periodicidad mensual a los trabajadores y, en caso de que así lo decida el trabajador, pueda ser entregado de manera electrónica para evitar el gasto que genera la impresión de los estados de cuenta de todos los trabajadores inscritos en este régimen.
Las propuestas de reformas quedarían como se muestra a continuación:
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía que integra la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de
DecretoArtículo Único.Se reforman los artículos la 18 fracción IV, 18 Bis y 37-A de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para quedar como sigue:
Artículo 18. ...
...
...
I. ...
I Bis. ...
I Ter. ...
I Quáter. ...
II. ...
III. ...
IV. Enviar de forma mensual, al domicilio o correo electrónicoque indiquen los trabajadores, sus estados de cuenta y demás información sobre sus cuentas individuales conforme a lo dispuesto en el artículo 37-A de esta Ley. Asimismo, se deberán establecer servicios de información, vía Internet, y atención al público personalizado;
V. a XI. ...
Artículo 18 Bis. Las administradoras deberán incluir en los estados de cuenta que tienen obligación de emitir a los trabajadores afiliados, sin costo adicional, el salario base de cotización, el monto histórico de las aportaciones hechas por el trabajador, el patrón y el Instituto de Seguridad Social correspondientey el número de días laborados declarados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social para efecto del pago de cuotas.
...
...
Artículo 37 A. La Comisión, mediante disposiciones de carácter general, deberá establecer el formato al que deberán ajustarse los estados de cuenta emitidos por las administradoras. Las citadas disposiciones de carácter general, deberán considerar los aspectos siguientes:
I a V. ...
VI. El estado de las inversiones, las aportaciones patronales, del Estado y del trabajador, y el número de días de cotización registrado durante cada bimestre que comprenda el periodo del estado de cuenta,
VII. El monto histórico de las aportaciones hechas por el trabajador, el patrón y el Instituto de Seguridad Social correspondiente, y
VIII. Las demás que las autoridades competentes determinen, en términos de las disposiciones aplicables.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal, dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, deberá realizar las adecuaciones necesarias a las normas reglamentarias correspondientes.
Tercero. La Comisión de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (Consar), cuenta con noventa días a partir de la entrada en vigor del presente decreto para emitir las reglas de carácter general que correspondan.
Notas:
1 Actualmente el IMSS aporta un total del 6.5 por ciento del salario base, mientras que el ISSSTE aporta un 11.3 por ciento. Vid: Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) (2015). Diagnóstico del Sistema de Pensiones. 18 de febrero de 2016, de Secretaria de Hacienda y Crédito Público Sitio web: http://www.consar.gob. mx/otra_informacion/pdf/transparencia/informes/Diagnostico_del_Sistema_de_Pensi ones.pdf
2Artículo 74 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
3Artículo 168 de la Ley de Seguridad Social.
4 Artículo 192 de la Ley de Seguridad Social.
5 Artículo 74 párrafo quinto de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de septiembre de 2016. Diputados y diputadas: Santiago Torreblanca Engell,Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Erik Juárez Blanquet, Genoveva Huerta Villegas, Gerardo Federico Salas Díaz, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, Jesús Antonio López Rodríguez, Leticia Amparano Gamez, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Luisa Beltrán Reyes, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Huepa Pérez, Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Y la última, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
La diputada Martha Cristina Jiménez Márquez(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Sonido en la curul de la diputada Cristina Jiménez Márquez. ¿Con qué objeto, diputada?
La diputada Martha Cristina Jiménez Márquez (desde la curul): Con el objeto de solicitar adherirme a dos de las iniciativas del diputado Santiago Torreblanca, una en particular la de los niños abusados sexualmente, del kínder de Matatena. Mi mayor solidaridad a sus padres y a los niños en esta situación tan difícil.
La segunda, como presidenta de la Comisión Especial de Apoyo a Micro y Pequeña Empresa, me parece muy adecuado empezar a tener la conversación legislativa sobre el apoyo a este sector productivo tan importante y tan grande para el país. Todo lo que sea de apoyo y de ayuda en el régimen fiscal para este sector cuenta con todo mi apoyo y quisiera solicitarle el poder suscribirme a esta iniciativa también.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Diputado Torreblanca, ¿tiene algún inconveniente en que se suscriba la diputada Jiménez?
El diputado Santiago Torreblanca Engell (desde la curul): Adelante.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Si no lo hubiere, está a disposición de la Secretaría para los datos correspondientes.
El diputado J. Apolinar Casillas Gutiérrez(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Sonido en la curul del diputado Apolinar Casillas. Diputado, ¿con qué tema?
El diputado J. Apolinar Casillas Gutiérrez (desde la curul): Muchas gracias, diputada presidenta. En concordancia con parte de lo manifestado por mi compañera, la diputada Cristina Jiménez, y en particular con la tercera de las iniciativas presentadas por el diputado Santiago Torreblanca, la que tiene que ver con modificaciones a la Ley de Impuesto Sobre la Renta, en razón del tema de los Repeco, pedir que se turne también a la Comisión Especial que ha creado esta Cámara, para Atención a Grupos de Pequeños Comerciantes, para opinión al respecto.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Con mucho gusto. La iniciativa está a disposición en la Secretaría para su firma, y en cuanto a la adhesión de la Comisión Especial, lo revisamos para efectos de su turno.
LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social. Adelante, diputado.
El diputado Julio Saldaña Morán:Gracias, diputada presidenta. Diputadas y amigos diputados, les quiero compartir un tema vulnerable para nuestra población mexicana. Nuestro país vive una severa crisis de seguridad pública debido al creciente nivel de violencia, de igual manera de inseguridad que azota a todo el territorio mexicano.
De acuerdo con datos del Inegi en el 2014, se registraron 33.7 millones de delitos, de los cuales solo se denunció el 7.2 por ciento. Estos datos nos demuestran que la autoridad se encuentra rebasada por el problema de la violencia y que es incapaz de asumirlo y de resolverlo.
¿Por qué proponemos una parte sensible y que me gustaría que los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social, pudiéramos sumar esfuerzos? Porque de nada han servido los operativos conjuntos de los diferentes niveles de los gobiernos federal, estatal y municipal si la violencia sigue al alza.
Esto se debe a que la inseguridad ha sido tratada como un fenómeno aislado donde las políticas públicas están encaminadas a detener y consignar a los delincuentes todos en el ámbito de la justicia penal y no se ha visto como un problema complejo con múltiples variantes como la desigualdad social, la falta de oportunidad y de falta de oportunidad de empleo a mujeres y a hombres, y sobre todo a los jóvenes, que son los que luego caen en las redes de las organizaciones criminales.
Si bien es cierto que es importante contener la violencia y la inseguridad a través de medidas severas, también lo es que las políticas deben de ir encaminadas a mejorar el panorama de la población para evitar que se enlisten en las filas de los criminales nuestros jóvenes.
Lo más reciente a muchos diputados y diputadas no tendría que darles información porque muchos la conocemos. Diversos estudios muestran que la inseguridad es un problema social y para resolverse deben plantearse mecanismos que mejoren la vida de las personas.
Una alternativa para controlar dichos problemas es el desarrollo social de las personas, sobre todo de aquellas que se encuentran vulnerables al no tener recursos, al no tener empleo y mucho menos al no tener un nivel de educación que pueda ayudar al desarrollo personal.
Por ello y por muchas razones que el pueblo mexicano está pidiendo, propongo reformar el artículo 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social para que las zonas con alta incidencia de violencia e inseguridad, sean consideradas zonas de atención prioritaria, no sólo para combatir los problemas ya mencionados, sino también para que se les brinde mayor apoyo en cuanto a desarrollo social.
Es una propuesta que hago. Apelo a la voluntad de todos los diputados y diputadas; hagamos la reforma al 29 y 30. La violencia no sólo se combate con más castigos, con más balas, con más armamentos o con más policía.
Estudios recientes demuestran que haciendo mejores inversiones, generando oportunidad de empleo, generando mejores y mayores estudios para que nuestros ciudadanos puedan tener un nivel mejor en la cultura educativa, podemos tener una sociedad más limpia.
Yo volveré a insistir cuantas veces sean necesarias, que generando empleo yo oportunidades, vamos a generar una mejor sociedad mexicana.
Ruego a todos que nos ayuden a modificar el 29 y el 30 de la Ley General de Desarrollo Social. Muchas gracias por su atención y espero, con todo respeto, que pudiéramos impulsar estas reformas, estas modificaciones que nos queda muy claro, hoy México sufre y sufre todo el territorio, las consecuencias de la inseguridad y de la violencia. Vamos a combatirlas donde no usemos balas, no usemos pistolas; vamos a usar la inteligencia; procurar que en esas zonas haya mayor y mejor inversión para generar empleos. Es cuanto, diputados y diputadas.
«Iniciativa que reforma los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del PRD
Planteamiento del problema
La violencia y la inseguridad son dos grandes problemas que enfrenta México desde hace ya varios años.
Pese a los esfuerzos entre autoridades de los tres niveles de gobierno no se ha logrado reducir la tasa de criminalidad, y la seguridad pública se ha visto comprometida a lo largo del territorio nacional.
La falta de oportunidades laborales y la desigualdad social son los principales factores que influyen en que se detone la violencia.
Argumentos
Nuestro país vive una crisis de seguridad pública debido a la creciente inseguridad y violencia que azota a todo el territorio nacional. Así lo demuestra la última Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Publica del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), donde se estima que en 2014 se registraron 33.7 millones de delitos.
Este problema no es nuevo, pues a lo largo de dos administraciones federales no se ha podido controlar la inseguridad, al contrario, los números de víctimas por algún delito continúan a la alza.
De poco han servido los operativos entre Ejército, policía municipal, estatal y federal si la criminalidad sigue aumentando.
Además de que la población no confía en las instituciones encargadas de impartir justicia, pues de acuerdo al Inegi en 2014 sólo se denunció 7.2 por ciento de los delitos, dejando sin denuncia 92.8 por ciento de los mismos.
Esto se debe a que la inseguridad ha sido tratada como un fenómeno aislado donde las políticas públicas están encaminadas a detener y consignar a los delincuentes, todo en el ámbito de la justicia penal. Y no se ha visto como un problema complejo con múltiples variantes, como la desigualdad social, la falta de oportunidades y de empleo, pero sobretodo el resquebrajamiento del tejido social.
Si bien es cierto que es importante contener la violencia y la inseguridad a través de medidas severas, también es cierto que las políticas deben ir encaminadas a mejorar el panorama de la población para evitar que se enlisten en las filas de los criminales.
Diversos estudios muestran que la inseguridad es un problema social y para resolverse deben plantearse mecanismos que mejoren la vida de las personas.
Por ello considero que la alternativa para controlar dicho problema es el desarrollo social de las personas, sobre todo de aquellas que se encuentran vulnerables al no tener recursos, empleo y educación.
La presente iniciativa busca que las zonas que cuentan con mayores índices de violencia y criminalidad sean consideradas también zonas de atención prioritaria, para que la obtención de apoyo sea una prioridad de los gobiernos.
Para esto se plantea reformar los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:
Fundamento legal
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social
Artículo Único. Se reforma el artículo 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:
Capítulo IVArtículo 29. Se consideran zonas de atención prioritaria las áreas o regiones, sean de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza, marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias , altos índices de criminalidad y violencia, así comorezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social establecidos en esta ley. Su determinación se orientará por los criterios de resultados que para el efecto defina el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social que esta ley señala y deberá, en todo tiempo, promover la eficacia cuantitativa y cualitativa de los ejecutores de la política social.
Artículo 30. El Ejecutivo federal revisará anualmente las zonas de atención prioritaria, teniendo como referente las evaluaciones de resultados de los estudios de medición de los índices mostrados en el artículo anterior, que emita el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social e informará a la Cámara de Diputados sobre su modificación para los efectos de asignaciones del Presupuesto de Egresos de la Federación. La Cámara de Diputados, al aprobar el Presupuesto, hará la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria, la cual deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, junto con el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación.
TransitorioÚnico.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota:
1 http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/encuestas/hogares/regulares/en vipe/envipe2015/default.aspx
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de septiembre de 2016. Diputados y diputadas: Julio Saldaña Morán,Arturo Santana Alfaro, Lluvia Flores Sonduk, Tómas Octaviano Félix (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.
Esta Presidencia saluda la visita en este recinto del presidente municipal de Tecali de Herrera, del estado de Puebla, ciudadano Onésimo Téllez de los Santos, y su honorable cabildo, que han sido invitados el día de hoy por el diputado Alejandro Armenta Mier. Sean ustedes bienvenidos.
De igual forma queremos destacar y agradecer la presencia en este salón de sesiones del excelentísimo señor Mohammad Azhar Bin Mazlan, embajador de Malasia en México, quien ha sido testigo de la instalación del grupo de Amistad México-Malasia, la cual preside el diputado Luis de León Martínez Sánchez. Nuestro órgano legislativo le da la más cordial de las bienvenidas y hacemos votos por el fortalecimiento de los lazos de amistad, diálogo y cooperación entre ambas naciones.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra, hasta por cinco minuetos, el diputado Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 133 de la Ley Federal del Trabajo y 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Adelante, diputado.
El diputado Alfredo Basurto Román:Gracias, presidenta, con su venia. Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados, hoy en día es a veces tortuoso solicitar trabajo, y mi iniciativa a la adición al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo y reforma al artículo 27, fracción V, inciso g) de la Ley Nacional de Ejecución de Sanciones.
Es en el siguiente sentido y por los siguientes considerados: cuando una persona acude a alguna empresa o incluso oficinas de gobierno a solicitar trabajo, dentro de los múltiples requisitos que se solicitan, es la carta de no antecedentes penales.
Es sabido, y de acuerdo a nuestro derecho penal, que ese estigma, esa marca que muchas personas tienen a veces por delitos simples, queda registrado en los archivos de la procuradurías de justicia y los tribunales, y aun así hayan transcurrido 10, 20 años, 15 años, aparece el antecedente penal, condición que les imposibilita poder tener acceso a una fuente de trabajo.
Es por ello, que la adición al artículo 133 de la Ley Federal es en el sentido que se elimine ese requisito, esa condición de la constancia, de la carta de antecedentes no penales.
¿Por qué? Menciono esto por lo siguiente: aun y cuando una persona compurga una pena privativa de la libertad o bajo libertad por haberse sujetado a alguno de los beneficios que la misma ley de la materia establece, con el simple transcurso del tiempo compurga su pena, incluso voy más allá, en aquellas personas que evaden la justicia tienen un factor a su favor, que la sanción y la pena prescriba por el solo hecho de que transcurra el tiempo.
Una vez que sucede lo anterior, para autoridad administrativa, en este caso la Procuraduría o el Tribunal que haya librado la orden de aprehensión, sigue existiendo el antecedente para esta persona, lo que es constitutivo, según los tratados internacionales, según nuestra propia Constitución en el artículo 1o. y artículo 5o., el 1o. donde queda prohibido todo tipo de acto de discriminación en contra de los ciudadanos mexicanos y el 5o. donde todo ciudadano mexicano tiene derecho a dedicarse a un oficio, actividad o trabajo, siempre y cuando este sea lícito, el cual no puede ser perturbado, imposibilitado, sino que miedo por medio de un mandamiento juridicial. Es decir, si no existe un mandamiento judicial que así lo prohíba estos fundamentos deben prevalecer.
Y, por lo tanto, considero que la condición que se establece como requisito para que un ciudadano pueda tener una fuente de empleo, que tiene que llevar forzosamente una carta de no antecedentes penales, lo considero como degradante y constituye una marca, incluso afecta y trae condiciones colaterales, pues va más allá y afecta a su familia, a su vida privada, porque muchas veces autoridad administrativa, que no tiene facultades para entrometerse en la vida privada de las personas, se entera y se da cuenta de los antecedentes que alguna persona haya tenido en el pasado y no afecta nada más a la persona, sino por el contrario, va más allá y se mete a lo que es la familia del mismo y los hijos, lo que constituye una marca y constituye una vejación; y una estima que por siempre lleva el ciudadano y lleva la persona.
Así lo han establecido los tratados internacionales.
Y la reforma del pasado 10 de junio de 2011, que nuestra Constitución sufrió, se constituyó como una reforma en derechos humanos de avanzada, donde establece desde luego que queda prohibido todo tipo acto de discriminación.
Los tratados internacionales también lo ha establecido, a los cuales México se ha suscrito; y ambos ordenamientos jurídicos, el internacional y la Constitución, protegen desde luego la integridad y la privacidad de la persona y el derecho a tener acceso a una fuente de empleo.
Por lo tanto considero que se debe adicionar a este artículo esta fracción del artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo para que se quite ese estigma y es marca que muchos mexicanos en todos los estados padecen, y es un tormento y una vejación el ir a pedir trabajo, puesto que de lo contrario de por sí en México lo que hace falta son fuentes de empleo y con estos requisitos, estas trabas más se estaría contribuyendo al desempleo, compañeros.
Por lo tanto solicito que en su momento cuando se turnada a comisión y esté en su poder con su voto poder quitar esa traba y ese requisito, que así sea para el bien de los mexicanos. Les agradezco y es cuanto, compañeros.
«Iniciativa que reforma los artículos 133 de la Ley Federal del Trabajo y 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo del diputado Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena
Alfredo Basurto Román en su carácter de diputado federal de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 6, párrafo 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XVI al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo y reforma el artículo 27, fracción V, inciso g), de la Ley Nacional de Ejecución Penal al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa reforma constitucional del 10 de junio de 2011 en materia de derechos humanos, que hizo evidente el reconocimiento por parte del Estado mexicano de la progresividad de los derechos humanos, a través de la inclusión del principio pro persona como un eje rector de la interpretación y aplicación de las normas jurídicas que favorezcan y brinden mayor protección a las personas, ha tenido como consecuencia la necesaria adaptación de una gran cantidad de leyes secundarias en toda las materias para hacer realidad las disposiciones contenidas en el código político fundamental.
La ampliación de los derechos fundamentales mediante la inclusión de principios fundamentales, como la no discriminación, así como la obligación expresa de las autoridades para observar los tratados internacionales de los cuales el Estado mexicano sea parte, apuntan hacia la justiciabilidad y eficacia de los derechos, y tiene como finalidad el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas y el desarrollo de la sociedad en su conjunto.
Sin embargo, a pesar de estos enormes avances, existen lagunas legales sobre amplios aspectos de las relaciones en sociedad que dan pie a violaciones sistemáticas a derechos humanos de las personas, e incluso han permitido que su práctica se oficialice, específicamente en lo relacionado a la discriminación laboral por tener antecedentes penales.
En México, existe una práctica discriminatoria sistemática para solicitar a los aspirantes a un trabajo una constancia de no antecedentes penales. En caso de que la persona que busca empleo tenga antecedentes penales o se niegue a tramitar y presentar dicha constancia, es motivo suficiente para que les niegue el empleo.
Esta práctica discriminatoria y violatoria de los derechos humanos, constituye una contradicción con el principio de no discriminación establecido en artículo primero de la Carta Magna, así como del principio de reinserción social que persigue el nuevo sistema penal acusatorio y la presunción de inocencia, porque castiga hechos pasados y futuros no conductas actuales, marginando de esta manera a las personas que han compurgado penas.
La discriminación es un fenómeno social que vulnera la dignidad, los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas. Ésta se genera en los usos y las prácticas sociales cotidianas entre las personas y con las autoridades, incluso en ocasiones de manera inconsciente.
Las personas que han vivido la condición de sentenciados condenados a la pérdida de la libertad, o aquellos que simplemente fueron sentenciados culpables por algún delito sin ser merecedores a penas privativas de libertad, cuentan por este hecho con datos registrales de identificación personal. Cuando intenta transitar hacia la recuperación del goce pleno de sus derechos, buscan que la sociedad les acepte y puedan acceder a otra oportunidad. No obstante, este es un proceso que en muchos casos conlleva discriminación y exclusión, de iure y facto, por tener antecedentes penales, lo que implica que se les señale por esta condición.
En estos caos los antecedentes penales se han convertido en un estigma institucionalizado y quienes se encuentran en este supuesto, llevan consigo una huella o marca permanente, simbólica y administrativa, lo que hace que una persona que podía haber sido fácilmente aceptado en un intercambio social corriente (...) nos lleva a alejarnos de él (...) Creemos, por definición, (...) que la persona que tiene un estigma no es totalmente humana.
Esta espiral de discriminación, va reduciendo, poco a poco, las posibilidades de una persona para hacer una vida en sociedad. Así el individuo estigmatizado puede descubrir que se siente inseguro acerca del modo en que vamos a identificarlo y a recibirlo (...) Para la persona estigmatizada, la inseguridad relativa al status, sumada a la inseguridad laboral, prevalece sobre una gran variedad de interacciones sociales.
Los antecedentes penales, forman parte del pasado de la persona y se encuentran dentro de su vida privada. El que se garantice ese derecho a la vida privada, que no se conozcan sus antecedentes penales ante el evidente riesgo a ser discriminado, representa el derecho a la reinserción social efectiva.
Esta situación con frecuencia afecta y se extiende hacia su familia. Como ejemplo baste señalar las entrevistas para exámenes de control de confianza, donde las solicitudes de información sobre los antecedentes penales no solo son personales sino también de familiares. Así las penas trascendentes, entendidas como aquellas que trascienden a la familia, y que por mandato constitucional están prohibidas, se aplican en parte, debido a que los efectos de una pena afectan de modo directo a terceros extraños no incriminados como puede ser a los parientes del sentenciado, únicamente por el hecho de tener una relación familiar.
En materia laboral esta pérdida o disminución del ejercicio pleno derechos de una persona que ya fue sentenciada y que ya cumplió con su pena; es altamente reprochable, más aún cuando esta limitante trasciende a sus familiares como una continuidad del castigo a éste.
A pesar de que existe prohibición constitucional en la aplicación de penas trascendentes por parte de los órganos jurisdiccionales, es claro que esta forma de discriminación administrativa dista mucho de haber sido erradicada y se ha extendido aduciendo cuestiones de seguridad.
La Ley Federal del Trabajo señala en su artículo 133, fracción I, que se prohíbe a los patrones o a sus representantes:
Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio;...
Sin embargo la solicitud de antecedentes penales es una práctica sistemática. La expedición administrativa de este documento por parte de la autoridad ha perpetuado y fomentado esta práctica.
Así, el conocimiento de los antecedentes penales que deberían ser solo de conocimiento personal y familiar, para salvaguardar del derecho a la vida privada, y de consulta de las autoridades para fines de identificación, se convirtió en los hechos en un trámite obligatorio para ser exhibido frente a terceros; acción que discrimina a las personas y degrada su dignidad, dando por resultado un acto lesivo para los derechos humanos.
La autoridad administrativa debe renunciar de oficio a proporcionar estos datos y solo las procuradurías o fiscalías, las instituciones de seguridad pública y órganos jurisdiccionales deben tener acceso a los datos de identificación de quienes por alguna u otra razón cuenten con antecedentes penales.
El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala las obligaciones del Estado y de todas las autoridades, en sus tres niveles de gobierno, para respetar, proteger, garantizar y promover los derechos humanos. En este sentido, es el Estado quien debe asegurar el ejercicio pleno de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México es parte; Esta norma es obligatoria y de carácter general por lo que debe ser aplicable para todas las personas que se encuentren o sean parte de los Estados Unidos Mexicanos, sin excepción de aquéllas que han sido sentenciadas a cualquier pena condenatoria sin ser privativa de libertad, están en prisión o bien que han recuperado su libertad.
El Estado debe garantizar el derecho a un proyecto de vida digna, promoviendo la efectiva reinserción social, evitando el fenómeno de la puerta giratoria; es decir, la reincidencia, que es la antítesis de la reinserción social efectiva.
El reconocimiento del proyecto de vida al cual todas las personas tienen derecho, va relacionado con la reinserción social efectiva de las personas que salen de prisión a fin de que se les permita tener otra oportunidad. Así lo ha señalado la Sala Superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en su jurisprudencia:
Antecedentes penales. Su existencia no acredita, por sí sola, carencia de probidad y de un modo honesto de vivir. El hecho de haber cometido un delito intencional, puede llegar a constituir un factor que demuestre la falta de probidad o de honestidad en la conducta, según las circunstancias de la comisión del ilícito, pero no resulta determinante, por sí solo, para tener por acreditada la carencia de esas cualidades. El que una persona goce de las calidades de probidad y honestidad se presume, por lo que cuando se afirma que se carecen, se debe acreditar que dicha persona llevó a cabo actos u omisiones concretos, no acordes con los fines y principios perseguidos con los mencionados valores. (...) cuando las penas impuestas ya se han compurgado o extinguido y ha transcurrido un tiempo considerable a la fecha de la condena, se reduce en gran medida el indicio que tiende a desvirtuar la presunción apuntada, porque la falta cometida por un individuo en algún tiempo de su vida, no lo define ni lo marca para siempre, ni hace que su conducta sea cuestionable por el resto de su vida. (...) si una persona comete un ilícito, no podría quedar marcado con el estigma de ser infractor el resto de su vida, porque ello obstaculizaría su reinserción social.
Sala Superior, Tercera Época. Revista Justicia Electoral 2002, suplemento 5, páginas 32-33, tesis S3EL 015/2001. Registro 920824.
Para abundar en esta idea es necesario recurrir a la tesis establecida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN):
Derecho a la vida privada. Su contenido general y la importancia de no descontextualizar las referencias a la misma. La Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha referido en varias tesis a los rasgos característicos de la noción de lo privado. Así, lo ha relacionado con: lo que no constituye vida pública; el ámbito reservado frente a la acción y el conocimiento de los demás; lo que se desea compartir únicamente con aquellos que uno elige; las actividades de las personas en la esfera particular, relacionadas con el hogar y la familia; o aquello que las personas no desempeñan con el carácter de servidores públicos. Por otro lado, el derecho a la vida privada (o intimidad) está reconocido y protegido en declaraciones y tratados de derechos humanos que forman parte del orden jurídico mexicano, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 12), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 17), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 11) y la Convención sobre los Derechos del Niño (artículo 16). Al interpretar estas disposiciones, los organismos internacionales han destacado que la noción de vida privada atañe a la esfera de la vida en la que las personas pueden expresar libremente su identidad, ya sea en sus relaciones con los demás o en lo individual, y han destacado su vinculación con un amplio abanico de otros derechos, como la inviolabilidad de la correspondencia y de las comunicaciones en general, la inviolabilidad del domicilio, las garantías respecto de los registros personales y corporales, las relacionadas con la recopilación y registro de información personal en bancos de datos y otros dispositivos; el derecho a una vivienda adecuada, a la salud y a la igualdad; los derechos reproductivos, o la protección en caso de desalojos forzados. Las afirmaciones contenidas en las resoluciones nacionales e internacionales son útiles en la medida en que no se tomen de manera descontextualizada, emerjan de un análisis cuidadoso de los diferentes escenarios jurídicos en los que la idea de privacidad entra en juego y no se pretenda derivar de ellas un concepto mecánico de vida privada, de referentes fijos e inmutables. Lo único que estas resoluciones permiten reconstruir, en términos abstractos, es la imagen general que evoca la idea de privacidad en nuestro contexto cultural. Según esta noción, las personas tienen derecho a gozar de un ámbito de proyección de su existencia que quede reservado de la invasión y la mirada de los demás, que les concierna sólo a ellos y les provea de condiciones adecuadas para el despliegue de su individualidad para el desarrollo de su autonomía y su libertad. A un nivel más concreto, la misma idea puede describirse apelando al derecho de las personas a mantener fuera del conocimiento de los demás (o, a veces, dentro del círculo de sus personas más próximas) ciertas manifestaciones o dimensiones de su existencia (conducta, datos, información, objetos) y al correspondiente derecho a que los demás no las invadan sin su consentimiento. En un sentido amplio, entonces, la protección constitucional de la vida privada implica poder conducir parte de la vida de uno protegido de la mirada y las injerencias de los demás, y guarda conexiones de variado tipo con pretensiones más concretas que los textos constitucionales actuales reconocen a veces como derechos conexos: el derecho de poder tomar libremente ciertas decisiones atinentes al propio plan de vida, el derecho a ver protegidas ciertas manifestaciones de integridad física y moral, el derecho al honor o reputación, el derecho a no ser presentado bajo una falsa apariencia, el derecho a impedir la divulgación de ciertos hechos o la publicación no autorizada de cierto tipo de fotografías, la protección contra el espionaje, la protección contra el uso abusivo de las comunicaciones privadas, o la protección contra la divulgación de informaciones comunicadas o recibidas confidencialmente por un particular.
Amparo directo en revisión 2044/2008. 17 de junio de 2009. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Francisca María Pou Giménez y Roberto Lara Chagoyán.
165823. 1a. CCXIV/2009. Primera Sala. Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXX, Diciembre de 2009, Página 277.
Asimismo, la jurisprudencia internacional a que está obligado el estado mexicano y todas sus autoridades, ha establecido criterios jurídicos definidos sobre lo que debe entenderse como proyecto de vida: la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Caso Loayza Tamayo versus Perú, el daño al proyecto de vida atiende a la pérdida o el grave menoscabo de oportunidades de desarrollo personal, en forma irreparable o muy difícilmente reparable, de aquellas expectativas razonables y accesibles, de acuerdo al caso concreto.
Éste abarca aspectos inherentes a daño emergente, entendido como la afectación patrimonial derivada inmediata y directamente que le discriminan ante el acceso a un trabajo remunerado y a otros derechos, así como al lucro cesante como la pérdida de ingresos económicos futuros, posibles de cuantificar a partir de ciertos indicadores. Luego entonces, el proyecto de vida, implica la realización integral de la persona afectada, considerando su vocación, aptitudes, circunstancias, potencialidades y aspiraciones, que le permiten fijarse razonablemente determinadas expectativas y acceder a ellas. Éste se asocia al concepto de realización personal, que a su vez se sustenta en las opciones que la persona puede tener para conducir su vida y alcanzar el destino que se propone.
De acuerdo con la referida sentencia de la CIDH, estas afectaciones cambian drásticamente el curso de la vida, imponen circunstancias nuevas y adversas y modifican los planes y proyectos que una persona formula a la luz de las condiciones ordinarias en que se desenvuelve su existencia y de sus propias aptitudes para llevarlos a cabo con probabilidades de éxito.
En este orden de ideas, la revelación de aspectos privados e íntimos como lo son los antecedentes penales, supone una vulneración a los derechos de la personalidad. El acceso que tengan terceros de los antecedentes penales de una persona o de los familiares de ésta, no deben afectar el ejercicio de los derechos de las personas y si por esto se perturban, deben ser reparados ya que difícilmente se podría decir que una persona es verdaderamente libre si carece del ejercicio pleno de sus derechos.
La legislación mexicana señala en el artículo 1916 del Código Civil Federal que por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas.
Así la estigmatización y privación al ejercicio pleno de derechos de un apersona, derivada del acceso que terceros tengan de sus antecedentes penales o incluso, por ser familiar del condenado, se enmarcan dentro del supuesto contemplado en el Código Civil Federal:
Artículo 1916. ...
Estarán sujetos a la reparación del daño moral de acuerdo a lo establecido por este ordenamiento y, por lo tanto, las conductas descritas se considerarán como hechos ilícitos:
I. El que comunique a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien;
II. El que impute a otro un hecho determinado y calificado como delito por la ley, si este hecho es falso, o es inocente la persona a quien se imputa;
III. El que presente denuncias o querellas calumniosas, entendiéndose por tales aquellas en que su autor imputa un delito a persona determinada, sabiendo que ésta es inocente o que aquél no se ha cometido, y
IV. Al que ofenda el honor, ataque la vida privada o la imagen propia de una persona.
La reparación del daño moral con relación al párrafo e incisos anteriores deberá contener la obligación de la rectificación o respuesta de la información difundida en el mismo medio donde fue publicada y con el mismo espacio y la misma circulación o audiencia a que fue dirigida la información original, esto sin menoscabo de lo establecido en el párrafo quinto del presente artículo.
Igualmente debe considerarse lo previsto en el artículo 6o., Apartado A, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde se establece que la información referida a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes, para que en el caso de las personas que han compurgado una sentencia se les aseguren estos derechos, así como el previsto por el artículo 18 constitucional relativo a la reinserción social, para que toda persona consiga concretar un proyecto de vida, sin una estigmatización derivada de sus antecedentes penales, haya o no sido sentenciada por un delito grave, ya que se debe considerar únicamente que haya cumplido con la pena impuesta y con los requisitos que le permitieron reinsertarse efectivamente en la sociedad.
Por ello, los datos de carácter personal referentes a condenas penales que generan un antecedente, deben ser reconocidos como dato personal sensible, con el objetivo de protegerlos por su carácter, al considerarlos también objeto de un tratamiento automatizado.
Así de una interpretación sistemática de la Constitución a los artículos 1o., párrafo tercero, 6o., Apartado A, fracción II, y 18 se desprende que el Estado mexicano tiene la obligación de prohibir el uso de los datos personales para fines contrarios a los previstos en los tratados de derechos humanos, así como a crear mecanismos de supervisión y sanción efectivos.
Normatividad internacional
En el plano internacional tenemos que la Declaración Universal de Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948 reconoce en su artículo 7o. la igualdad jurídica de las personas sin distinción, así como el derecho a igual protección de la ley y establece que Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Por su parte artículo 12 dice que El respeto a la vida privada es un derecho humano que permite un marco de seguridad jurídica contra la intromisión de algún tercero o contra la intromisión ilegal y abusiva del Estado, garantizando por tanto, que los demás no tengan información sobre datos, respecto de una persona que no quiera que sean públicamente conocidos. Y en consonancia con lo anterior El derecho al resguardo de la vida privada familiar se encuentra contenido en el artículo 16.3 de la Declaración Universal, el cual considera que La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
El artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos contiene la garantía de igualdad jurídica, y señala: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
Por otra parte, en el artículo 11 se considera al respecto:
1. Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad.... Éste se precisa de manera similar al artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Por su parte el Convenio sobre la discriminación en materia de empleo y ocupación de 1958 de la Organización Internacional del Trabajo señala:
Artículo 2
Todo miembro para el cual este convenio se halle en vigor se obliga a formular y llevar a cabo una política nacional que promueva, por métodos adecuados a las condiciones y a la práctica nacionales, la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación, con objeto de eliminar cualquier discriminación a este respecto.
Artículo 3
Todo Miembro para el cual el presente Convenio se halle en vigor se obliga por métodos adaptados a las circunstancias y a las prácticas nacionales, a:
a) tratar de obtener la cooperación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores y de otros organismos apropiados en la tarea de fomentar la aceptación y cumplimiento de esa política;
b) promulgar leyes y promover programas educativos que por su índole puedan garantizar la aceptación y cumplimiento de esa política;
c) derogar las disposiciones legislativas y modificar las disposiciones prácticas administrativas que sean incompatibles con dicha política;
d) llevar a cabo dicha política en lo que concierne a los empleos sometidos al control directo de una autoridad nacional;...
La reinserción social efectiva
Por otra parte, tenemos la obligación del Estado a la reinserción social no culmina cuando la persona sale de prisión, ello se encuentra previsto en la Regla 64 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de 1957, que prevé: El deber de la sociedad no termina con la liberación del recluso. Se deberá disponer, por consiguiente, de los servicios de organismos gubernamentales o privados capaces de prestar al recluso puesto en libertad una ayuda postpenitenciaria eficaz que tienda a disminuir los prejuicios hacia él y le permitan readaptarse a la comunidad. Lo cual es retomado en la Regla 90 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos de 2015 Reglas Mandela en el que se mantiene el espíritu de ofrecer ese seguimiento y apoyo al liberado, procurando la disminución de prejuicios sociales que se pudieran generar hacia él.
Ahora bien, teniendo en cuenta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido la obligatoriedad de las normas de derechos humanos contenidas en los tratados internacionales y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tal y como se establece en la jurisprudencia:
Derechos humanos reconocidos tanto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en los tratados internacionales. Para determinar su contenido y alcance debe acudirse a ambas fuentes, favoreciendo a las personas la protección más amplia. Acorde con lo sostenido por el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de jurisprudencia P./J. 20/2014 (10a.),* las normas de derechos humanos contenidas en los tratados internacionales y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no se relacionan entre sí en términos jerárquicos, ya que se integran al catálogo de derechos que funciona como un parámetro de regularidad constitucional. Por tanto, cuando un derecho humano esté reconocido tanto en la Constitución Federal, como en los tratados internacionales, debe acudirse a ambas fuentes para determinar su contenido y alcance, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia; en el entendido de que cuando exista en la Constitución una restricción expresa al ejercicio de un derecho humano, se deberá estar a lo que indica la norma constitucional.
Tesis: 1a./J. 29/2015 (10a.)
Semanario Judicial de la Federación
Décima Época
2008935, 1 de 1
Primera Sala
Publicación: viernes 24 de abril de 2015, 9:30 horas.
Jurisprudencia (Constitucional)
Normatividad nacional
Y que el artículo 1o. constitucional señala que: Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. (...) Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Es clara la obligación del Estado para salvaguardar los derechos humanos de las personas; en ese sentido, la obligación de respetar se considera encaminada a no interferir, obstaculizar o impedir el goce de los derechos humanos.
La fracción III del artículo 1o. de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación (LFPED) considera discriminación:
...toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo;...
Por otra parte, el artículo 4o., párrafo cuarto de la Ley Nacional de Ejecución Penal prevé las personas sujetas a esta ley deben recibir el mismo trato y oportunidades para acceder a los derechos reconocidos por la Constitución, Tratados Internacionales y la legislación aplicable, en los términos y bajo las condiciones que éstas señalan. No debe admitirse discriminación motivada por origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y con el objeto de anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas.
Así planteado, los antecedentes penales previstos en la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación son un acto generador de discriminación y por ende deben ser considerada su eliminación como parte de las políticas públicas generadoras de igualdad y no discriminación, ya que limitan el libre ejercicio de derechos de las personas que los poseen, así como de sus familiares.
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), dice que para efectos jurídicos la discriminación ocurre cuando hay una conducta que demuestre distinción, exclusión o restricción, a causa de alguna característica propia de la persona que tenga como consecuencia anular o impedir el ejercicio de un derecho.
La Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación en el artículo 4o. establece que Queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto o efecto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.... Por ejemplo el que una persona con antecedentes penales o un familiar de ésta sufra una distinción generadora de exclusión, discriminación o estigma derivada del conocimiento que un tercero tenga sobre éstos; por ello, resulta necesario no sólo proteger el legítimo ejercicio de derechos que cualquier persona tiene para subsistir (trabajo digno, seguridad social, vivienda, etcétera) sino también aquellos sé que relacionan con la protección de datos personales sensibles y derecho a la vida privada, procurando llevar a cabo acciones que hagan posible su resguardo, como se prevé en la parte considerativa del Acuerdo A/023/12 de la Procuraduría General de la República, que indica: Que los registros obtenidos como consecuencia de un procedimiento penal, como lo es la ficha decadactilar o la ficha signalética, no deben afectar la esfera social ni laboral de los individuos, ya que trascienden negativamente en el desarrollo socio-económico de los gobernados, restringiéndoles el derecho de reincorporarse a la sociedad; sobre todo, cuando mediante sentencia ejecutoriada, se haya reconocido su inocencia.
58. Actualmente la Procuraduría General de la República, a través de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales en colaboración con la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales y de las Delegaciones Estatales realizan un trámite relativo a la expedición de Constancia de Datos Registrales, de conformidad con el punto Noveno del Acuerdo A/023/12, no obstante que el propio documento prevé en el numeral sexto La Procuraduría General de la República no expedirá informes o certificaciones de Constancias de Datos Registrales con el objeto de obtener empleo o demostrar solvencia en operaciones mercantiles o de crédito (...) situación contraria a lo que se establece en la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Este último ordenamiento asume que cuando una persona ha cumplido una sentencia, lo idóneo es que la reinserción social represente una segunda oportunidad y la realización del proyecto de vida; sin embargo, no suele ser así, ya que existen normas que establecen criterios de excepción restringida en el ejercicio de algunos derechos como los laborales, al incluir cláusulas como la de No haber sido condenado por delito alguno.
La redacción del artículo 5o. constitucional contempla el derecho al trabajo y sus limitaciones, entre las cuales no se incluye una carta de no antecedentes para ejercer tal derecho, al prever en el párrafo primero que: A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
Ley Nacional de Ejecución Penal
Como parte de la puesta en marcha del nuevo sistema penal acusatorio, fue expedida por el Congreso de la Unión, la Ley Nacional de Ejecución Penal publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 16 de junio del presente año, que en el artículo 27, fracción IV, se especifican algunos criterios para extender la constancia relativa a los antecedentes penales:
Artículo 27. Bases de datos de personas privadas de la libertad
...
IV. La constancia relativa a los antecedentes penales sólo se podrá extender en los siguientes supuestos:
A. Cuando la soliciten las autoridades administrativas y judiciales competentes, para fines de investigación criminal, procesales o por requerimiento de autoridad judicial;
B.Cuando sea solicitada por ser necesaria para ejercitar un derecho o cumplir un deber legalmente previstos;
C. En los casos específicos en los que la normatividad lo establezca como requisito para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien para el ingreso a instituciones de seguridad pública o privada, así como cuando por la naturaleza del empleo o por razones de interés público se considere exigible;
D.Cuando sea solicitada por una embajada o consulado extranjero en México, o bien, a través de una embajada o consulado de México en el extranjero;
Si bien para el que suscribe no pasa desapercibida la importancia de la inclusión de lo previsto en el inciso A, en virtud de que la información que es requerida, auxilia en el buen desempeño del trabajo policial o judicial; lo señalado en el inciso B permite la solicitud de estos antecedentes a cualquier persona que, bajo el criterio de ejercitar un derecho o cumplir un deber, lo cual genera una violación del derecho a la privacidad de los datos así como el ejercicio pleno de otros derechos afectados por el mal uso de la información contenida en la constancia relativa a los antecedentes penales, lo cual limita la posibilidad de acceder a un trabajo digno, a arrendar una casa, a no ser discriminado y a reinsertarse socialmente de manera efectiva.
Asimismo debe someterse a valoración lo previsto en el inciso C, primordialmente en lo referente a la última parte que establece ...así como cuando por la naturaleza del empleo o por razones de interés público se considere exigible; observándose que el interés público es un criterio sumamente ambiguo, que puede ser limitante en su momento, del derecho a la reinserción social.
Cabe destacar que la Ley Nacional de Ejecución Penal en su fracción V prevé para efectos de la emisión de la constancia de antecedentes penales, los siguientes planteamientos para su cancelación:
V. Para efectos de la emisión de la constancia de antecedentes penales, la información contenida en la fracción I del presente artículo, así como la registrada en el Sistema Nacional de Información Penitenciaria del Sistema Único de Información Criminal a que se refiere la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se cancelará cuando:
A. Se resuelva la libertad del detenido;
B. En la investigación no se hayan reunido los elementos necesarios para ejercer la acción penal;
C. Se haya determinado la inocencia de la persona imputada;
D. El proceso penal haya concluido con una sentencia absolutoria que cause estado;
E. En el caso de que el sobreseimiento recayera sobre la totalidad de los delitos a que se refiere la causa que se le sigue a la persona imputada;
F. La persona sentenciada sea declarada inocente por resolución dictada en recurso de revisión correspondiente;
G. La persona sentenciada cumpla con la pena que le fue impuesta en sentencia ejecutoriada, salvo en los casos de delitos graves previstos en la ley;
H. Cuando la pena se haya declarado extinguida;
I. La persona sentenciada lo haya sido bajo vigilancia de una ley derogada o por otra que suprima al hecho el carácter de delito;
J. A la persona sentenciada se conceda la amnistía, el indulto o la conmutación, o
K. Se emita cualquier otra resolución que implique la ausencia de responsabilidad penal.
Cabe destacar que el artículo 165 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales prevé el trámite de la cancelación oficiosa del documento de identificación administrativa, el cual también ha sido reconocido en la jurisprudencia que prevé que cuando el procesado obtenga sentencia absolutoria debe ordenarse la cancelación de su ficha signalética (...) establece igualmente el derecho del gobernado a solicitar la cancelación de sus antecedentes penales, cuando justifique, con copias certificadas, la existencia de autos de sobreseimiento, sentencias absolutorias o cualquier otra resolución que implique la ausencia de responsabilidad penal, esto no está previsto en la recién expedida Ley Nacional de Ejecución Penal.
Ficha signalética. Si se otorgó al sentenciado el amparo y en cumplimiento a la ejecutoria correspondiente, la autoridad responsable tiene que emitir sentencia absolutoria a su favor, de oficio y sin mayor trámite, debe ordenar la cancelación y destrucción de aquélla (interpretación extensiva y sistemática del artículo 304, párrafos primero y último, del Código de Procedimientos Penales para el estado de Chiapas abrogado, en relación con el diverso 77, fracción I, de la Ley de Amparo). Si bien es cierto que el Código de Procedimientos Penales para el estado de Chiapas (abrogado) no contempla disposición expresa, en el sentido de que cuando el procesado obtenga sentencia absolutoria debe ordenarse la cancelación de su ficha signalética, también lo es que del artículo 304, párrafos primero y último, del mismo ordenamiento se advierte que el legislador local estableció el derecho del gobernado a solicitar la cancelación de sus antecedentes penales, cuando justifique, con copias certificadas, la existencia de autos de sobreseimiento, sentencias absolutorias o cualquier otra resolución que implique la ausencia de responsabilidad penal; por tanto, de una interpretación extensiva y sistemática de esas porciones normativas, en relación con el artículo 77, fracción I, de la Ley de Amparo, se concluye que cuando se otorgue el amparo y la protección de la Justicia Federal al sentenciado y en cumplimiento a la ejecutoria correspondiente, la autoridad responsable tenga que emitir una sentencia absolutoria a su favor, de oficio y sin mayor trámite, debe ordenar la cancelación y destrucción del registro de identificación administrativa, con el objeto de restituirlo en el pleno goce de sus derechos vulnerados, a fin de restablecer las cosas al estado que guardaban antes de dicha violación.
Si bien es cierto que la mencionada fracción V amplió los criterios de cancelación no únicamente para los datos registrales, sino también para los antecedentes penales; no obstante, en el inciso G, se excluye de este planteamiento a las personas sentenciadas por delitos graves. Lo cual resulta en una marca permanente, señalando a la persona por lo que hizo a pesar haber cumplido la pena impuesta, negándole el derecho la reinserción social efectiva, basado únicamente en el criterio de gravedad del delito.
Es importante señalar, que el agravamiento que se hace sobre los delitos se da a partir de valoraciones de política criminal, encaminadas a la prevención y represión de determinados hechos delictivos que cada entidad federativa o la federación valora sancionar con mayor severidad, lo que impide una homologación de criterios respecto del catálogo de delitos que cada entidad federativa considera como graves, más allá de la prevista en el artículo 19, párrafo segundo, constitucional que establece: El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud; así como lo señalado en el artículo 150 del Código Nacional de Procedimientos Penales: Se califican como graves, (...), los delitos señalados como de prisión preventiva oficiosa en este Código o en la legislación aplicable así como aquellos cuyo término medio aritmético sea mayor de cinco años de prisión;.
Este criterio de punibilidad, que considera que si la pena impuesta en la sentencia condenatoria supera los 5 años de prisión esto los califica como graves, y en consecuencia impidiendo la cancelación de los antecedentes penales a las personas que se encuentren en estos supuestos, aunque hayan cumplido su pena, impide que puedan ejercer sus derechos plenamente ni reinsertarse a la sociedad motivando con ello exclusión, discriminación y estigmatización., lo cual resulta contrario la Constitución , a los Tratados Internacionales y las leyes en la materia, por lo que dese ser sujetas a una modificación.
Todo lo anterior sirva para ejemplificar y son razones contundentes para proponer la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona la fracción XVI al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo y Reforma el artículo 27, fracción V, inciso G) de la Ley Nacional de Ejecución Penal
Primero. Se adiciona una fracción XVI al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:
Artículo 133. ...
I. a XV. ...
XVI. Solicitar a los trabajadores constancias de antecedentes penales.
Segundo. Se reforma el artículo 27, fracción V, inciso G) de la Ley Nacional de Ejecución Penal para quedar como sigue:
Artículo 27. ...
I. a IV. ...
V.
A. a F. ...
G. La persona sentenciada cumpla con la pena que le fue impuesta en sentencia ejecutoriada,salvo en los casos de delitos graves previstos en la ley;
H. a K. ...
TransitorioÚnico. Las presentes reformas entraran en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 Discriminación sistemática. Se refiere a la magnitud de la discriminación de hecho o de derecho en contra ciertos grupos en particular. CNDH, Cartilla La discriminación y el derecho a la no discriminación Editorial 2012. Página 12.
2 Ídem., página 5.
3 Goffman, Erving, Estigma. La identidad deteriorada. Amorrortu editores, Buenos Aires-Madrid, 2006, página 15.
4 Obra citada página 25.
5 Jurisprudencia: Penas inusitadas y trascendentales, que se entiende por Primera Sala. 5ª Época. Semanario Judicial de la Federación. Tomo XL, p. 2398 Registro 313147.y Jurisprudencia: Penas trascendentales. Concepto de ellas Primera Sala. 9ª Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XV, mayo de 2002. Página 17. Registro 921039.
6 La expresión latina capitis deminutio, se traduce literalmente: disminución de la capacidad.
7 Caso Loayza Tamayo versus Perú, sentencia de 27 de noviembre de 1998. (Reparaciones y Costas), Corte Interamericana de Derechos Humanos, párrafo 150. http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_33_esp.pdf
8 Ibíd., párrafo 147.
9 Ibíd., párrafo 148.
10 Ibíd., párrafo 149.
11 Los Derechos de la personalidad son derechos subjetivos absolutos, privados y extra-patrimoniales que posee toda persona por solo hecho de serla y que garantizan la tutela y protección de los bienes jurídicos inmersos en el ser humano como ser la vida, la integridad física, el nombre, el honor, la reputación, la consideración que de uno tiene los demás, el domicilio, la correspondencia, etc. Ver más en Los derechos de la Personalidad: Teoría General y su distinción con los Derechos Humanos y Garantías Individuales. Eduardo de la Parra Trujillo http://historico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/31/pr/pr10.pdf
12 Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) Entrada en vigor: 15 junio 1960.
https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s &source=web&cd=8&cad=rja&uact=8 &ved=0ahUKEwjc9oP6tYnPAhUMVT4KHRmEBgoQFghFMAc &url=http%3A%2F%2Fwww.ilo.org%2Fdyn%2Fnormlex %2Fes%2Ff%3Fp%3D1000%3A12100%3A0%3A%3ANO%3A%3AP12100_ILO_CODE%3AC111 &usg=AFQjCNFyvk-BKNHse8lDncxZL1mPhZwiyQ
13 Discriminación e igualdad, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación: http://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=84 &id_opcion=142&op=142
14 Acuerdo A/023/12 de la Procuradora General de la República para regular la expedición de constancias de datos registrales de la Procuraduría General de la República y el procedimiento para realizar la cancelación o devolución de datos registrales, así como proporcionar información, constancias o certificaciones relativas a los mismos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de 2012.
15 Debido a que el interés público es un concepto jurídico indeterminado, ha de ser concretado por la autoridad, cuya actuación se haya sin embargo, también sujeta a su consecución. Huerta Ochoa, Carla, El concepto de interés público y su función en materia de seguridad nacional. IIJ-UNAM.
16 Jurisprudencia: T.C.C.; 10a. Época; Semanario Judicial de la Federación; XX.1o.P.C. J/1 (10a.). Registro: 2011407. Publicada el viernes 8 de abril de 2016 en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 11 de abril de 2016, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputados: Alfredo Basurto Román, Leonel Gerardo Cordero Lerma, (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Justicia, para dictamen.
Con respecto a las iniciativas presentadas por el diputado Santiago Torreblanca Engell, relativas a las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, esta Presidencia no tiene inconveniente en ampliar al turno para quedar como sigue: túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión Especial de Apoyo a Comerciantes en Pequeña y Microempresas para Fomentar la Economía Familiar, para opinión.
LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 89 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
El diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido:Muy buenas tardes. Muchas gracias, diputada presidenta. Compañeros y compañeras diputados, diputadas, Alejandra Castillo, autora del libro A mí no me va a pasar, menciona en una frase lo aberrante del delito de la trata de personas, y cito textualmente: Una grapa de cocaína únicamente puede ser vendida una sola vez, una mujer pueda ser explotada más de 60 veces al día.
Ante el delito de trata es preciso tener en cuenta que ninguna persona está exenta de ser víctima de tratantes. Lo mismo le puede ocurrir a menores de edad que viven en el campo, como a aquellos que provienen de un entorno urbano y uno de familia estable. Cualquier persona es un blanco perfecto para este negocio. Lo principal para evitar este delito, amigos y amigas, es la prevención.
La iniciativa que hoy presento otorga obligaciones a la Secretaría de Educación Pública para que, en conjunto con la Secretaría de Gobernación, realicen campañas o talleres preventivos e informativos en instituciones públicas y privadas, orientados a la prevención e identificación del delito de trata de personas.
De acuerdo con la Asociación Comisión Unidos contra la Trata, existen niñas que desde los 12 años son obligadas a prostituirse hasta con 30 hombres al día, niñas que son enganchadas con promesas de amor o de una vida de ensueño, aunque la realidad es muy distinta y es ahí donde la pesadilla de la trata da inicio.
Las asociaciones no cesan de dar informes y exhibir casos sobre trata y, ¿saben qué? Sin lograr nada. De hecho, gracias a la labor de estas se tiene identificado al municipio de Tenancingo, en Tlaxcala. Sí, aquí en nuestro país, considerado la capital de la esclavitud sexual en México.
Hemos permitido que este delito sea tan lucrativo, que los principales tratantes han logrado traspasar fronteras, llegando desde Tenancingo hasta ciudades como Nueva York, en los Estados Unidos.
La edad promedio de las niñas explotadas en el corredor Puebla-Tlaxcala es tan solo entre los 12 y 16 años, niñas a las que todos los días les son vulnerados sus derechos humanos y, sobre todo, su dignidad.
La Comisión de Unidos contra la Trata explica que a nivel mundial existen más de 27 millones de personas que se encuentran viviendo en situación de esclavitud. Lo lamentable es que mientras nosotros estamos aquí sentados, son más de 260 mil menores de edad lo que en nuestro país están siendo víctimas de trata.
La corrupción es tan miserable, que en estados como Puebla y Tlaxcala se han denunciado que al momento de denunciar operativos para perseguir y capturar a los tratantes, algunos oficiales lejos de proteger y salvaguardar la integridad de las víctimas, las usan como moneda de cambio, al tomarlas como pago de soborno, obligándolas a participar y ser gravadas en actos sexuales.
Compañeros, no cerremos los ojos ante un tema que exhibe la terrible crisis de derechos humanos por la que está atravesando el país, ¿De qué sirve que se denuncie un delito, si la justicia jamás llega? Este es el delito de trata de personas en nuestro país es impunidad, influencias y gobiernos coludidos que permiten que la trata se dé en cualquier ámbito, sin que pase absolutamente nada.
En México las cifras de trata de personas en los últimos años han ido en aumento, lo que alerta tomar medidas urgentes para su prevención. Informar en todos los niveles escolares, en instituciones públicas y privadas, sobre cómo trabajan estos grupos delictivos es imprescindible para evitar que haya más víctimas.
Desenmascaremos a estas mafias, expongamos su modus operandi y eduquemos a nuestra población más vulnerable para que sepan cómo trabajan, pero sobre todo cómo enganchan y no sean presa fácil de estos delincuentes.
Evitemos que la trata siga creciendo. La trata de personas debe ser erradicada y la principal herramienta que podemos brindarle hoy a nuestras niñas y niños y adolescentes es únicamente la prevención. Tienes que informarte para que no te pase. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 89 de la Ley General para Pprevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El proponente, Germán Ernesto Ralis Cumplido, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 89, numeral VI, y adiciona los incisos A, B y C de la Ley General para prevenir y sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, al tenor del siguiente
Exposición de MotivosUna grapa de cocaína únicamente puede ser vendida una vez. Una mujer puede ser explotada 60 veces o más al día.
Alejandra del Castillo.
La trata de personas es un delito que no sólo afecta la dignidad e integridad de las personas, también vulnera los derechos humanos de las víctimas y sus familias. Al mismo tiempo debemos entender que ninguna persona está exenta de ser víctima de tratantes de personas, lo mismo le puede ocurrir a menores de edad que viven en el campo, hijos de familia, personas que viven en condiciones de calle, que estudian, a aquellos que no tienen vicios, personas que viven en la ciudad, que trabajan, o a adultos productivos, cualquier persona es un blanco perfecto para este negocio.
Dentro de la trata de personas no sólo existe la explotación sexual, de acuerdo al libro A mí no me va a pasar, 18 historias sobre trata de personas, realizado por 11 periodistas coordinados por Alejandra Castillo, existen 11 modalidades, como lo son: trabajos forzados, pornografía infantil, mendicidad forzada, adopción ilegal, condición de ciervo, esclavitud y explotación ilegal. Dentro del libro se exponen ejemplos reales de este tipo de trata, los cuales van desde la niña que trabaja en el campo a la que enamoran para luego prostituirla, hasta los padres que venden a su hija para que sirva en casa o el niño que sueña con ser sicario, entre otros.
En México las cifras de trata de personas en los últimos años han ido en aumento, lo que alerta sobre tomar medidas urgentes para la prevención, así como para comprender el cómo operan para enganchar a sus víctimas, trasladarlas y explotarlas, y de esta manera lograr evitar que más personas caigan en las redes de tratantes.
Las víctimas de tratantes en un 80 por ciento son mujeres, niñas y adolescentes, los cuales son más vulnerables ante los tratantes, ya que se aprovechan de su ingenuidad e inocencia y les hacen creer que su mundo cambiará al irse con estas personas, cuando la realidad es que sólo las engañan para trasladarlas a otras ciudades; generalmente este traslado va de las zonas rurales a las grandes ciudades.
En una entrevista que realizó a Vice News, Karla Jacinto, que ahora trabaja dentro de la institución Comisión Unidos contra la Trata, narra su historia de cómo fue captada a las afueras del metro Pino Suarez en la Ciudad de México, cuando tenía 12 años. Una invitación a tomar un helado, seguida de una larga conversación y un intercambio de número telefónico, fueron suficientes, para que su vida quedara marcada para siempre. Karla venía de un ambiente de pobreza y con un historial de abuso físico y sexual a pesar de su corta edad. Su padrote supo ganársela contándole sobre su situación, de cómo salió adelante a pesar de ser maltratado desde pequeño y logró independizarse de sus padres, a lo cual gracias a los antecedentes de abusos en su contra Karla se sintió identificada y convencida de tan sólo una semana después acompañarlo a Puebla, sin embargo se desviaron hacia Zacatelco, un poblado en el estado de Tlaxcala en donde los esperaban los primos del padrote, los cuales conocían todo sobre Karla.
Los engaños continuaron con promesas de boda, lo cual al poco tiempo se desvaneció, cambiando todo el entorno por un ambiente de violencia, maltrato y prostitución. El muchacho que la había enamorado se convirtió en su padrote y la mantuvo en el negocio de la prostitución los siguientes cuatro años.
En la entrevista Karla relata: Te levantas, te arreglas y te ibas al hotel; en el hotel te bañabas, te cambiabas y regresabas al departamento, entonces era una vida simple ya no sentías nada. Llega un momento en el que ya no te preocupas por ti misma; piensas que toda tu vida va a ser esa.
A raíz de este tipo de vida Karla estuvo embarazada y fue obligada a abortar, desafortunadamente al poco tiempo Karla fue embarazada nuevamente y obligada a prostituirse hasta los ocho meses de embarazo; finalmente cuando la bebé nació se la quitaron y no la vio durante un año, la amenazaron con matar a su familia si no hacia lo que le pedían, y finalmente hasta que cumplió 16 años se acercó a la Fundación Camino a Casa, donde estuvo dos años en rehabilitación.
El Estado de Tlaxcala pese a ser el más pequeño en extensión territorial, es el principal mercado de trata de personas a nivel nacional e internacional, ya que aquí hay familias enteras dedicadas a este negocio. Los tratantes enganchan a sus víctimas en otros estados, sus principales presas son chicas jóvenes. Los traficantes las sacan de sus estados, las llevan a sus casas, las violan, abusan de ellas, para después obligarlas a prostituirse, en otros estados del país o incluso en el extranjero.
La organización Comisión Unidos Contra la Trata, la cual preside Rosi Orozco, comentó que existen más de 5 mil personas en Tenancingo, que están directamente involucradas en el negocio de la trata de personas, 4 mil en Zacatengo y 2 mil en Taeolocholco, así como unos 30 mil en pueblos aledaños, todos del estado de Tlaxcala. Comentó que Tlaxcala es un estado muy pobre y aun así hay muchas personas ganando dinero gracias a la trata de personas.
Los tratantes enganchan a las chicas enamorándolas y de esa manera logran tener más control sobre ellas, aquí no importa su educación o clase social, cuando logran que se enamoren las dominan y obligan a que trabajen para ellos, destrozan psicológicamente todo su amor propio y su dignidad; por eso es que no se atreven a denunciar, por miedo, por amor, porque el maltrato no solo es físico.
La trata de personas en menores de 18 años con fines de explotación sexual, deja en las víctimas efectos devastadores como traumas físicos y psicológicos, enfermedades incluyendo el VIH, sida, la drogadicción, embarazos no deseados, aislamiento social y en el peor de los casos la muerte.
Por lo antes expuesto, propongo que informemos a las niñas, niños y adolescentes de la forma en la que operan estas mafias, que les demos herramientas para poder detectar a los padrotes y no sean vulnerables ante ellos, pero sobre todo que sepan que pueden contar con el respaldo de las autoridades para denunciar.
La prevención es la principal arma de defensa que tenemos, por lo cual exijo que en las escuelas de nivel básico, medio y superior se creen campañas o talleres preventivos e informativos, tanto en escuelas públicas como privadas, dirigidas a los estudiantes del país, para que estén alerta ante situaciones de riesgo.
Considerandos
La primera campaña del Poder Legislativo en el tema de prevención del delito de Trata de Personas, se llevó a cabo el 24 de septiembre de 2014, con un foro llamado Tu cuerpo no tiene precio, al cual convoco la Comisión Especial de Lucha contra la Trata de Personas, durante la LXII Legislatura, en el que lograron abrir un espacio para exponer la importancia de la prevención en este delito.
Informar a las niñas niños y adolescentes sobre cómo trabajan estos grupos delictivos es necesario e imprescindible para evitar que haya más víctimas. La principal forma es exponiendo como operan y de qué manera enganchan, así cuando una posible víctima este ante una situación de estás, puedan detectarlos y evitar ser un número más dentro de las estadísticas de trata.
Información existe, sin que hasta el momento sea un parteaguas en la lucha de la trata de personas, por lo que es necesario educar desde casa, informar y complementar la información que en las escuelas se les pueda proporcionar, para que todos estén atentos a situaciones de riesgo y al mismo tiempo fomentar la cultura de la denuncia, para lograr frenar a toda esta mafia.
La trata de personas es una forma de esclavitud moderna, que debe ser erradicada y la principal herramienta que podemos darle a nuestras niñas, niños y adolescentes es la prevención.
Debemos respaldar nuestras palabras con recursos, estrategias y acciones en pro de la prevención, acabar con este flagelo a la sociedad es necesario para poder empoderar a las víctimas y es un trabajo que sólo se logrará si trabajamos en equipo tanto la sociedad civil, como la privada, instituciones académicas, la comunidad jurídica y los gobiernos, todos unidos para evitar que el negocio de la trata siga prosperando.
DecretoPor lo anteriormente expuesto, se somete a su consideración, la presente Iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el artículo 89 numeral VI, y adiciona los incisos A, B y C de la Ley General para prevenir y sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Único. Se reforma el artículo 89 numeral VI y adiciona los incisos A, B y C, de la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para quedar como sigue:
Artículo 89. Las dependencias integrantes de la comisión tendrán las siguientes obligaciones:
I. a V...
VI. La Secretaría de Educación Pública en coordinación con la Secretaría de Gobernación, diseñará módulos de prevención para los distintos ciclos escolares que serán incluidos en el currículum de la educación básica; realizarán campañas o talleres preventivos e informativos en instituciones públicas y privadas, orientadas a los estudiantes del país en todos los niveles de educación, en las cuales deberán:
a) Entregar materiales sobre la prevención e información de los delitos previstos en esta ley;
b) Concientizar a la población escolar sobre las modalidades de sometimiento para la comisión del delito; y
c) Promover la denuncia de los delitos previstos en esta ley.
VII- XV...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 A mí no me va a pasar, un libro de 18 historias sobre la trata de personas. Animal Político. Mayo 9 de 2015. http://www.animalpolitico.com/2015/05/a-mi-no-me-va-a-pasar-un-libro-de-18-hist orias-sobre-trata-de-personas/
2 A mí no me va a pasar, un libro de 18 historias sobre la trata de personas. Animal Político. Mayo 9 de 2015. http://www.animalpolitico.com/2015/05/a-mi-no-me-va-a-pasar-un-libro-de-18-hist orias-sobre-trata-de-personas/
3 Victimas de trata de personas, Club Planeta. http://www.peques. com.mx/victimas_de_la_trata_de_personas.htm
4 Así es como los padrotes de Tlaxcala atraen niñas al mundo de la Trata. Vice News.Julio 9 de 2015. http://www.vice.com/es_mx/read/como-los-padrotes-del-estado-ms-pequeno-de-pais- atraen-ninas-al-mundo-de-la-trata
5 Así es como los padrotes de Tlaxcala atraen niñas al mundo de la Trata. Vice News.Julio 9 de 2015. http://www.vice.com/es_mx/read/como-los-padrotes-del-estado-ms-pequeno-de-pais- atraen-ninas-al-mundo-de-la-trata
6 Ídem.
7 Ídem.
8 Informe sobre trata de personas 2015 https://www.state.gov/documents/organization/246072.pdf
9 Memoria presentación de la campaña: Tu cuerpo no tiene precio, CEAMEG. 24 de septiembre de 2014.
file:///C:/Users/PC/Downloads/ Tu%20Cuerpo%20No%20Tiene%20Precio_memoria%20(1).pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2016. Diputados: Germán Ernesto Ralis Cumplido, Víctor Manuel Sánchez Orozco (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a las comisiones de Justicia y de Derechos Humanos, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Carlos Gutiérrez García, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
El diputado Carlos Gutiérrez García:Es preciso actualizar periódicamente la tabla de enfermedades laborales, los avances en las ciencias de la salud así lo exigen. Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeras, en esta ocasión me dirijo a esta asamblea para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, con la finalidad de establecer una revisión de la tabla de enfermedades periódica y obligatoria, así como adecuar el texto de la ley en diversos errores de nomenclatura que deben ser corregidos.
En Nueva Alianza consideramos necesario de adaptar a nuestro tiempo las leyes, reglas y normas que rigen a la sociedad, principalmente cuando se refiere a los derechos de los trabajadores del país. El artículo123 de la Constitución señala que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.
Según el artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo, por trabajo digno debemos entender aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador. No existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, etcétera. Y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad, de higiene para prevenir riesgos de trabajo.
La primera Ley Federal del Trabajo se publicó en 1931 y como todos sabemos desde ese tiempo ha sido objeto de varias reformas, la más trascendente, sin duda, la que se llevó a cabo en el año 2012.
El artículo 513 de la ley señala que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social actualizará las tablas de enfermedades de trabajo y de evaluación de las incapacidades permanentes, resultantes de los riesgos de trabajo, con opinión previa de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, seguido de dicho precepto se establece la tabla de enfermedades de trabajo.
Compañeras y compañeros diputados, saben cuántas veces se ha actualizado la tabla de enfermedades laborales en 85 años, únicamente dos veces. La primera en 1956 y la segunda en 1970. Esto significa que la actualización más reciente es de hace 46 años.
Compañeras y compañeros, todos somos testigos de cuánto ha avanzado la ciencia médica en 50 años. No es posible que el marco normativo en materia de salud en el trabajo no se actualice de forma periódica. Para Nueva Alianza los derechos de los trabajadores constituyen un aspecto fundamental del desarrollo. La falta de actualización de la tabla de enfermedades en la Ley Federal del Trabajo tiene un impacto negativo en la calidad de vida de los trabajadores del país y eso es precisamente lo que pretendemos modificar.
La salud no es ausencia de enfermedad. La importancia de la salud mental de los trabajadores es tal que el tema central de la celebración del Día mundial de la seguridad y la salud del trabajo, del presente año, estuvo dedicado al impacto que tiene el estrés laboral en la salud y productividad de los trabajadores, así como las medidas para reducir dicho problema.
En este marco fue presentado el Informe de la Organización Internacional del Trabajo titulado Estrés laboral, un reto colectivo para todos. Dicho estudio menciona que los enfoques tradicionales respecto de la salud en el trabajo, la medicina comportamental y la psicología organizativa han sido cuestionados por los nuevos contextos económicos y sociales que están influenciando la búsqueda de más perspectivas de comportamiento organizativo, en apoyo de la posibilidad de un trabajo digno y del bienestar.
Esto nos lleva a pensar en la inminente necesidad de adecuar las tablas a que se refiere el artículo 513 de la ley, que ya evidentemente no recogen los avances que en materia de salud laboral se han suscitado en décadas.
Estos y otros aspectos que influyen en la salud de los trabajadores no han sido tomados en cuenta, porque la actualización de las tablas se da en forma discrecional, como lo señala el artículo 514 de la ley vigente, y que refiere que éstas serán revisadas cada vez que se considere necesario y conveniente para el país cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen.
Compañeras y compañeros, en Nueva Alianza estamos comprometidos a mejorar las condiciones de vida de los mexicanos. Esto es lo que nos lleva a considerar la necesidad de adecuar el marco jurídico a fin de establecer una periodicidad obligatoria de 5 años para la actualización de las tablas de enfermedades de trabajo, considerando todos los estudios e investigaciones realizados en materia de salud del trabajo e incluyendo todas las enfermedades que se consideren necesarias y convenientes para el país. En Nueva Alianza queremos la salud plena de todos los trabajadores de México. Por su atención, gracias. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Carlos Gutiérrez García, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Quien suscribe, diputado Carlos Gutiérrez García, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el tercer párrafo del artículo 39-A; el segundo párrafo del artículo 39-B; el artículo 153-L; el artículo 153-Q; el artículo 514 y el párrafo décimo del artículo 899-E, todos de la Ley Federal del Trabajo, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
El 18 de agosto de 1931 fue publicada la primera Ley Federal del Trabajo, misma que sería derogada en 1970 para dar paso a una nueva Ley Federal de Trabajo, que desde su decreto ha tenido 25 reformas, siendo la más completa la realizada en el año 2012.
Sin embargo, desde hace 85 años la tabla de enfermedades de trabajo contenida en la referida ley sólo ha tenido dos actualizaciones, la primera de ellas en 1956 y la segunda en 1970, lo que se contrapone a los avances tecnológicos y de la medicina del trabajo, avances que no sólo han tenido impacto en el mundo, sino en la morbilidad del país.
Asimismo, la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012, por la que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, estableció en el artículo Cuatro Transitorio de su Decreto, la obligación de que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social expida la actualización de las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo, sin que a la fecha se haya publicado actualización alguna.
En correlación con lo anterior, el artículo 514 de la misma Ley Federal de Trabajo señala que: Las tablas serán revisadas cada vez que se considere necesario y conveniente para el país, cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen, lo que sin duda alguna deja a criterio de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Comisión Consultiva Nacional, la actualización de las mismas, lo que hace necesario establecer un periodo determinado para ello, con la finalidad de establecer una obligatoriedad en la revisión periódica de las mismas.
Derivado de las necesidades laborales actuales, en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza proponemos reformar diversos ordenamientos de la Ley Federal del Trabajo, a efecto de establecer la revisión periódica y obligatoria de la tabla de enfermedades, a fin de que esta ley se encuentre acorde a las necesidades sociales y productivas del país, bajo una temporalidad que se encuentre dentro de las responsabilidades ejecutivas de cada administración.
Argumentación
Sin duda, la actualización de las tablas de enfermedades son un tema de interés general, pues no sólo beneficia a los empleados, también impacta de forma positiva en los empleadores, ya que la calidad de salud de los trabajadores, genera un mayor desarrollo personal y profesional, que se ve reflejado en la productividad de cualquier labor que desempeñen; asimismo, las tablas de enfermedades son la base primordial para que se valoren las incapacidades y los pagos por riesgo laboral.
Derivado de la importancia que tiene la actualización de las tablas de enfermedades, esta legislatura, a través de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, aprobó la Iniciativa con Proyecto de Decreto que Reforma los Artículos 476, 513, 514, 515, así como la adición de un artículo 515 Bis, que tiene como objetivo considerar la participación y opinión de los representantes productivos del país, así como de los sectores obrero y patronal en la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la revisión de las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes, resultantes de los riesgos de trabajo.
Asimismo, fueron aprobadas las consideraciones para establecer un reglamento en materia de seguridad y salud en el trabajo, mismo que deberá regular los aspectos y tipo de información que contendrán dichas tablas; mecanismos que no han sido implementados en la multicitada ley y que es importante que se encuentren contenidas. Sin embargo, a la fecha no se han establecido fechas o términos que obliguen a cumplir con la actualización de las tablas de enfermedades.
Es importante señalar que en el ámbito internacional, con la reforma de 2011 en materia de Derechos Humanos se reconocen todos los tratados favorables a las personas y se establecen las obligaciones para que el Estado mexicano continúe garantizando el principio de progresividad. En esa tesitura, es sustancial recordar que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha definido a la Salud, como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, por lo que al ser un tema de completo bienestar, es menester tomar en consideración las enfermedades relacionadas con el estrés o patologías psicológicas.
Por citar un ejemplo de la necesidad de actualizar las tablas de enfermedades, actualmente se reconoce que el estrés laboral es uno de los principales problemas para la salud de los trabajadores y el buen funcionamiento de las entidades para las que trabajan; asimismo, la OMS ha señalado que al año se registran aproximadamente 75 mil infartos, de los cuales 25% son generados por el estrés laboral.
Aunado a ello, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) dio a conocer que el estrés laboral representa pérdidas entre el 0.5 y 3.5% del Producto Interno Bruto (PIB) en diversos países; dato que en México se estima entre 5 mil y 40 mil millones de dólares de pérdidas al año.
Actualmente, las tablas establecidas en la Ley Federal del Trabajo contienen 161 padecimientos considerados como enfermedades de trabajo, sobre las cuales se trazan las rutas que guían el actuar de los médicos legistas al momento de otorgar las características de incapacidad; del mismo modo, contienen 409 valuaciones por incapacidades permanentes que determinan el monto de pago de las incapacidades consideradas de este tipo, al ser resultantes de los riesgos de trabajo.
Derivado de las necesidades laborales actuales, proponemos establecer una revisión de la tabla de enfermedades periódica y obligatoria que atienda las necesidades de la sociedad, por lo que deberán ser revisadas al menos una vez, dentro del el periodo administrado por el Poder Ejecutivo en turno.
Asimismo, este grupo parlamentario ha identificado que la Ley Federal del Trabajo contiene algunas imprecisiones que se deben de modificar, por lo que se propone adecuar las siguientes disposiciones:
El Capítulo III Bis, del Título Cuarto, que se denomina De la Productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores, en su artículo 153 E, donde se establece la obligación de que en las empresas que tengan más de 50 trabajadores constituyan comisiones mixtas de capacitación, adiestramiento y productividad, integradas por igual número de representantes de los trabajadores y de los patrones. Ello, en razón de que los artículos 39-A, tercer párrafo y 39-B, segundo párrafo deben de armonizarse en cuanto a que señalan la denominación de Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento.
En tal sentido, considerando la progresividad de los procesos productivos, en donde primero se adiestra al trabajador para que éste desempeñe mejor su labor y con ello contribuya a la obtención de beneficios económicos y sociales, se propone adecuar las citadas referencias a Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.
El artículo 153 F señala que las autoridades laborales cuidarán que las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad se integren y funcionen oportuna y normalmente, vigilando el cumplimiento de sus obligaciones, mandato que refiere clara y expresamente a ese órgano colegiado; por lo que en estos términos se debe armonizar con el artículo 153-T que habla de una Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, siendo su nombre completo el de Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.
El mismo Capítulo III Bis hace referencia a una Comisión Nacional de Productividad y las correspondientes Comisiones Estatales, particularmente en el artículo 153-L y 153-Qrespectivamente; sin embargo, en el artículo 153-K se le denomina Comité Nacional de Productividad, por lo que es preciso que se armonice la Ley en la denominación de estos cuerpos colegiados que participan en labores de capacitación.
Este último aspecto es incluso reconocido por el Ejecutivo Federal al establecer el Comité Nacional de Productividad, como órgano consultivo y auxiliar del Ejecutivo Federal y de la planta productiva, que en el séptimo párrafo de las consideraciones del Decreto por el que se establece el Comité Nacional de Productividad, lo expresa de la siguiente manera:
...
Que la Ley Federal del Trabajo hace referencia al Comité Nacional de Productividad y a la Comisión Nacional de Productividad de manera indistinta, a pesar de que se trata del mismo órgano consultivo, lo cual se desprende del proceso legislativo que culminó con la reforma antes referida, y
....
Asimismo, en la Sección Primera, denominada Conflictos Individuales de Seguridad Social, contiene un artículo 899-E que se encuentra compuesto de seis fracciones y 16 párrafos, fundando en su párrafo décimo que si la parte actora no acude a las diligencias ordenadas por la Junta a que se refiere el inciso c) de este artículo, o si abandona los estudios médicos o diligencias ordenadas, se hará constar la falta de interés..., por lo que derivado de la descripción del contenido de este artículo, es importante señalar que no contiene incisos, por ello también se propone su modificación.
Fundamento legal
Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de Diputado Federal, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo
Artículo Único.Se reforman el tercer párrafo del artículo 39-A; el segundo párrafo del artículo 39-B; el artículo 153-L; el artículo 153-Q; el artículo 514 y el párrafo décimo del artículo 899-E, todos de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como siguen:
Artículo 39-A.-..
...
Durante el período de prueba el trabajador disfrutará del salario, la garantía de seguridad social y de las prestaciones de la categoría o puesto que desempeñe. Al término del período de prueba, de no acreditar el trabajador que satisface los requisitos o conocimientos necesarios para desarrollar las labores, a juicio del patrón, tomando en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividaden los términos de esta Ley, así como la naturaleza de la categoría o puesto, se dará por terminada la relación del trabajo sin responsabilidad para el patrón.
Artículo 39-B....
La vigencia de la relación de trabajo a que se refiere el párrafo anterior tendrá una duración máxima de tres meses o en su caso, hasta de seis meses solo cuando se trate de trabajadores para puestos de dirección, gerenciales y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento de carácter general o para desempeñar labores que requieran conocimientos profesionales especializados. Durante este tiempo el trabajador disfrutara del salario, la garantía de seguridad social y de las prestaciones de la categoría o puesto que desempeñe. Al término de la capacitación inicial, de no acreditar competencia el trabajador, a juicio del patrón, tomando en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividaden los términos de esta Ley, así como a la naturaleza de la categoría o puesto, se dará por terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón.
Artículo 153-L.El Titular del Ejecutivo Federal fijará las bases para determinar la forma de designación de los miembros del ComitéNacional de Productividad, así como las relativas a su organización y funcionamiento. Sujetándose a los principios de representatividad e inclusión en su integración.
En la toma de decisiones del ComitéNacional de Productividad se privilegiará el consenso.
Artículo 153-Q.A nivel de las entidades federativas y el Distrito Federal se establecerán ComitésEstatales de Productividad.
Será aplicable a los ComitésEstatales de Productividad, en el ámbito de las entidades federativas, lo establecido en los artículos 153-I, 153-J, 153-K, 153-L, 153-N y demás relativos.
Artículo 514.-Las tablas a que se refiere el artículo anterior serán revisadas cada cinco años, considerando todos los estudios e investigaciones realizadas en materia de salud del trabajo y serán actualizadas todas las enfermedades que se consideren necesarias y convenientespara el país.
...
Artículo 899-E....
...
...
...
...
...
I. a VI. ...
...
...
...
Si la parte actora no acude a las diligencias ordenadas por la Junta a que se refiere este artículo, o si abandona los estudios médicos o diligencias ordenadas, se hará constar la falta de interés, a efecto de que se decrete la deserción de la prueba, salvo las causas justificadas a que se refiere el artículo 785 de esta Ley.
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...
...
...
...
...
TransitoriosArtículo Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá expedir las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo, en un término de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto se seguirán aplicando las tablas vigentes a la fecha de esta reforma.
Artículo Tercero. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social una vez publicadas en el Diario Oficial de la Federación las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de incapacidades permanentes a que se hace referencia en el artículo anterior, deberá publicar su actualización contados cinco años calendario, conforme se establece en el artículo 514 de esta Ley.
Notas:
1 Organización Mundial de la Salud, La Organización del trabajo y el estrés, serie de protección de la salud de los trabajadores No.3, Estrategias sistemáticas de solución de problemas para empleadores, personal directivo y representaciones sindicales 2004.
2 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php? codigo=5299341&fecha=17/05/2013
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputados y diputadas: Carlos Gutiérrez García,Alejandro Armenta Mier, Angélica Reyes Ávila, Carmen Victoria Campa Almaral, Francisco Javier Pinto Torres, Karina Sánchez Ruiz, Leticia Amparano Gamez, Luis Alfredo Valles Mendoza, Luis Manuel Hernández León, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María del Rosario Rodríguez Rubio, Mirna Isabel Saldívar Paz (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
El diputado Francisco Javier Pinto Torres(desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Permítame, diputado. Ha solicitado la palabra desde su curul el diputado Pinto Torres. ¿Con qué objeto, diputado?
El diputado Francisco Javier Pinto Torres (desde la curul): Sí, presidenta, gracias. Únicamente solicitarle al diputado Carlos Gutiérrez si nos permite suscribir la iniciativa de la que acaba de darnos cuenta hace unos minutos.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:¿Diputado? Si no hubiese... Ya nos está aceptando el diputado, por lo cual está a disposición de esta Secretaría para la suscripción correspondiente.
LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra, hasta por cinco minutos para presentar tres iniciativas en una sola intervención, el diputado Javier Herrera Borunda, cuya primera iniciativa consiste en el proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 6o., 9o. y 10-F de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. La segunda, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 3o. y 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Y 33 y 53 de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez y diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México. Una tercera consistente en proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta en materia de estímulos fiscales para los contribuyentes que tomen medidas de protección al medio ambiente, suscrita también por el diputado Jesús Sesma Suárez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda:Muchas gracias. Con la venia de la Presidencia. Pensar que la protección de los recursos naturales es malo para la economía es completamente absurdo. Toda riqueza que se ha generado durante la historia del hombre es producto precisamente de los recursos renovables y no renovables de nuestro planeta.
Es por ello que en el Partido Verde estamos no solamente convencidos, sino que nos parece urgente la protección, inversión y promoción del desarrollo sustentable. Hoy la falta de recursos para el cuidado y la conservación del medio ambiente, así como la falta de la aplicación efectiva de la legislación ambiental han provocado un serio deterioro a los recursos naturales con los cuales cuenta nuestro país.
Quienes dan prioridad al crecimiento económico por encima de cualquier otro criterio, argumentan que los costos de proteger el medio ambiente con frecuencia resultan elevados y frenan el desarrollo. No obstante, en el Partido Verde, creemos firmemente que si es posible potenciar al máximo el desarrollo económico sin descuidar la protección y conservación del medio ambiente.
Veámoslo en cifras, compañeros. México pierde anualmente el equivalente al 5.3 por ciento de su producto interno bruto por el agotamiento y degradación del medio ambiente, más de 760 mil millones de pesos que no es una cifra menor, es equivalente por ponerlo en perspectiva a siete veces el presupuesto del estado de Veracruz.
Muchos de los aquí presentes nos quejamos de que el crecimiento estimado para México para el 2017, de menos del tres por ciento es bajo y sin embargo, nos quedamos cruzados de brazos y no hacemos nada para frenar esa pérdida de valor que representa nuestro patrimonio natural. Por eso es que afirmamos que una economía verde no tiene mayor derrotero que el de ser una economía exitosa, no solamente creceremos más a través de privilegiar el gasto en el medio ambiente, sino que también nuestros hijos nos lo agradecerán.
No es un experimento, señores, está probado que al preservar nuestro patrimonio natural podemos al mismo tiempo generar riqueza, competitividad y empleo. El reto está en lograr un equilibrio entre la conservación de la biodiversidad, el aprovechamiento sustentable de nuestros recursos naturales y el desarrollo de las actividades productivas.
Hoy, presentamos un paquete de iniciativas destinados precisamente a promover el desarrollo sustentable, a través del otorgamiento de incentivos fiscales y del aumento de los recursos presupuestales que destinemos al rubro medio ambiental.
El objetivo de la primera iniciativa, la cual adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta y a la Ley Orgánica de la Administración es otorgar estímulos fiscales para que los contribuyentes tomen medidas para la protección del medio ambiente, mediante la realización de inversiones en infraestructura que coadyuven al tratamiento, manejo y disposición final de los recursos sólidos, a la reducción de emisiones contaminantes, al tratamiento y saneamiento de aguas residuales y, en concreto, a la reducción de la huella de carbono.
Por otra parte, nuestra segunda propuesta, la cual reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, se orienta a garantizar que los gobiernos de las entidades federativas destinen por lo menos el seis por ciento del total de sus ingresos a las propuestas que tengan que ver con cuidar el medio ambiente. En caso de que una entidad federativa no cumpla con este porcentaje que estamos poniendo la federación podrá sancionarlo, retenerle ese seis por ciento, pero con el objeto de que se destine para programas federales dentro de esa misma entidad este gasto para la conservación del medio ambiente.
Finalmente, dado que la sustentabilidad incluye también el manejo responsable de los recursos hídricos, proponemos una reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como a la Ley de Coordinación Fiscal, con la finalidad de obligar a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México a establecer mecanismos idóneos de índole económica, fiscal y financiera para garantizar el tratamiento y reúso de la totalidad de sus aguas residuales.
Para lograr lo anterior, se plantea que los recursos del fondo de aportaciones para fortalecimiento de los municipios sean asignados solamente a aquellos ayuntamientos o demarcaciones territoriales que, poseyendo infraestructura para el tratamiento de aguas residuales, la mantengan en funcionamiento.
El espíritu común de estas propuestas es potenciar nuestra meta de alcanzar un medio ambiente limpio y sano, impulsando leyes y políticas públicas que tengan como finalidad el desarrollo sustentable.
Compañeros, el cambio climático es la mayor amenaza que tenemos en nuestro futuro, por eso en el cuidado del medio ambiente no podemos llegar tarde. Con esta propuesta del Partido Verde no solo no nos preguntamos cómo no se puede, sino que buscamos con soluciones y vemos el cómo sí se puede. Seguir adelante en el cuidado del medio ambiente debe ser nuestra mística. Muchas gracias, es cuanto.
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 6o., 9o. y 10-F de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Quienes suscriben, diputado Jesús Sesma Suárez y diputados federales del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía la presenteiniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 10-F y se reforman los artículos 6 y 9 de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de lo siguiente:
Planteamiento del problema
Los problemas ambientales como las contingencias ambientales en la Megalópolis; la escasez de los recursos no renovables; la falta de energía limpia-renovable; el manejo de residuos sólidos, entre otros, son de total preocupación tanto para la sociedad civil como de las autoridades. Lamentablemente, esos inconvenientes se han ido acrecentando conforme la población y el proceso de industrialización han aumentado.
Con base a la problemática anterior; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) presentó las denominadas Cuentas económicas y ecológicas de México, 2014 preliminar. Año Base 2008, en valores corrientes. Con la difusión de estos resultados es posible identificar el impacto ambiental del quehacer económico que deriva del agotamiento de los recursos naturales y la degradación del medio ambiente, así como el gasto que la sociedad efectúa para resarcir los daños ambientales consecuencia del proceso productivo de bienes y servicios, como se puede apreciar en la siguiente tabla:
Como se puede observar los gastos en protección ambiental realizados en 2014 por el sector público en su conjunto y los hogares alcanzó un monto de 147,666 millones de pesos, lo cual representó el 0.9% del PIB a precios de mercado. Este gasto se destinó principalmente al sector de la construcción con 31.1%; seguido de las actividades de Gobierno 24.6%; la Minería 21.2%; los Servicios profesionales, científicos y técnicos el 8.6%; y la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, agua y suministro de gas por ductos al consumidor final, 8 por ciento. En conjunto, a estos sectores se destinó el 93.5% del total de gasto en protección ambiental. Mientras que los costos totales por agotamiento y degradación ambiental en el año de 2014 ascendieron a 910,906 millones de pesos, lo cual representa el 5.3% del PIB a precios de mercado.
Es decir del 5.3% de PIB que representan los costos totales por agotamiento y degradación ambiental, solo se compensa con el 0.9% del PIB en gastos para la protección ambiental, lo que conlleva un diferencial de 4.4% del PIB o en términos monetarios tiene una implicación de 763,240 millones de pesos, los cuales no tiene una compensación de gastos para la protección ambiental para resarcir los costos ambientales.
Argumentación
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, siendo el Estado el encargado de garantizar este derecho, plasmado en el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esto se conoce como un derecho difuso por ser inmanente a todas sin distinción, todos tenemos derecho al acceso alícuota a un medio ambiente digno.
Dentro de la legislación mexicana en materia ambiental hasta el momento no hay alguna Ley que estipule la obligatoriedad para las Entidades Federativas de destinar recursos específicos a actividades y programas directamente relacionados con la protección y el cuidado del medio ambiente, ni mucho menos en poder hacer frente a los costos de la degradación ambiental y el agotamiento de los recursos naturales de manera directa. En este tenor, el artículo 7 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, menciona la corresponsabilidad de las Entidades Federativas en materia ambiental, dentro de la cual está la formulación, la conducción y la evaluación de la política ambiental estatal, la aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia, así como la preservación y la restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realice en los bienes y las zonas de jurisdicción estatal, además de la prevención y el control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, así como por las fuentes móviles.
En este contexto, el gasto destinado a la protección ambiental, en comparación con los costos ambientales y con los costos de agotamiento de los recursos naturales generados por la actividad diaria de la sociedad mexicana, es mínimo, tal como se puede apreciar en la siguiente gráfica:
Se observa que no existe relación entre los costos totales por agotamiento y degradación ambiental en comparación con el gasto en protección ambiental que destinan el sector público en su conjunto y los hogares. En otras palabras, el gasto en protección ambiental está desvinculado de los costos ambientales que provoca la actividad económica.
Impacto presupuestal
Como se verá en el decreto de esta iniciativa, se pretenderá que las entidades federativas destinen por lo menos el 6% de sus ingresos propios a las actividades y programas relacionados con la protección y la conservación del medio ambiente.
Expuesto lo anterior, a continuación se da a conocer el impacto presupuestal, que conllevaría la presente propuesta.
De acuerdo con los datos que anteceden, se aprecia que las Entidades Federativas con una mayor actividad económica serían aquellas que estarían aportando más recursos para el gasto en protección y conservación ambiental, como es el caso de la Ciudad de México, que aportaría 2,971.3 millones de pesos, seguida de Jalisco con 1,220.6 millones de pesos y Nuevo León con 1,025.9 millones de pesos; es decir, los integrantes del pacto federal con un mayor dinamismo económico y una mayor población estarían aportando más recursos para mitigar los costos por degradación ambiental y agotamiento de los recursos naturales, sin duda algo justo.
El importe total de que las 32 Entidades Federativas destinen por lo menos el 6% de sus ingresos propios, a gasto en protección y conservación al medio ambiente asciende a 13,052.2 millones de pesos. Esto, sumado a los 147,666 millones de pesos que se gastaron en el año 2014, y al aumento promedio anual de 5,373 millones de pesos de este gasto, 1 resulta en un monto de 166,091.2 millones de pesos, es decir, se tendría un aumento estimado de 12.5% en los gastos en protección y conservación al ambiente.
En este sentido, es necesario plantear una política ambiental donde emerja la posibilidad de prevenir, encauzar o corregir el impacto humano sobre el medio ambiente natural; con una acción deliberada mediante la cual se proyecte un orden social, se proponga un camino y se modele una propuesta de futuro.
En los últimos años en México se ha avanzado desde el punto de vista institucional, se han creado condiciones para acometer el daño al medio ambiente; sin embargo, es necesaria la corresponsabilidad de las Entidades Federativas con carácter de obligatoriedad para que destinen, de sus ingresos propios, los recursos económicos para la realización de acciones concretas y eficientes para la protección y conservación al medio ambiente. De lo contrario, el impacto del medio ambiente que generan los costos de degradación y agotamiento de los recursos naturales costará demasiado a todas las generaciones futuras.
Por lo expuesto, las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta cámara sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
DecretoPrimero. Se adiciona el artículo 10-F y se reforman los artículos 6 y 9 de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como a continuación se indica:
Artículo 6o. ...
...
...
Las participaciones serán cubiertas en efectivo, no en obra, sin condicionamiento alguno y no podrán ser objeto de deducciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9 y 10-F de esta Ley.Los Gobiernos de las entidades, a más tardar el 15 de febrero, deberán publicar en su Periódico Oficial, así como en su página oficial de Internet, el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados, de las participaciones que las entidades reciban y de las que tengan obligación de participar a sus municipios o demarcaciones territoriales. También deberán publicar trimestralmente en el Periódico Oficial, así como en la página oficial de Internet del gobierno de la entidad, el importe de las participaciones entregadas y, en su caso, el ajuste realizado al término de cada ejercicio fiscal. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación la lista de las entidades que incumplan con esta disposición. Las publicaciones anteriores se deberán realizar conforme a los lineamientos que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
...
Artículo 9o.-Las participaciones que correspondan a las Entidades y los Municipios son inembargables; no pueden afectarse a fines específicos, ni estar sujetas a retención, salvo aquéllas correspondientes al Fondo General de Participaciones, al Fondo de Fomento Municipal y a los recursos a los que se refiere el artículo 4-A, fracción I, de la presente Ley, que podrán ser afectadas en garantía, como fuente de pago de obligaciones contraídas por las Entidades o los Municipios, o afectadas en ambas modalidades, con autorización de las legislaturas locales e inscritas en el Registro Público Único, de conformidad con el Capítulo VI del Título Tercero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, a favor de la Federación, de las instituciones de Crédito que operen en territorio nacional , lo establecido en el artículo 10-F,así como de las personas físicas o morales de nacionalidad mexicana.
...
...
Capítulo IIDel Sistema Nacional de Coordinación FiscalArtículo 10-F. Para garantizar la protección del derecho difuso al medio ambiente sano, los gobiernos de las Entidades Federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal destinarán, en su Proyecto de Presupuesto de Egresos Anual, por lo menos, el 6% del total de sus ingresos propios a actividades y programas relacionados directamente con la protección y conservación del medio ambiente que la entidad federativa requiera.
En caso de que la entidad federativa correspondiente destine un porcentaje menor al estipulado en el párrafo anterior del presente artículo, se le descontará, del total sus participaciones federales, el monto equivalente al seis por ciento de sus ingresos propios; asignándose éstos a programas federales relacionados directamente con la protección y conservación del medio ambiente de la entidad federativa sancionada.
Los ingresos por participaciones y aportaciones federales, convenios de descentralización, convenios de reasignación u otros ingresos, cuyo destino de gasto sean actividades y programas relacionados directamente con la protección y la conservación del medio ambiente, serán adicionales al 6%, y, por lo tanto, independientes a los que se refiera el primer párrafo de este artículo.
Segundo. Se adiciona la fracción VI al artículo 53 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, como a continuación se indica:
Artículo 53. La cuenta pública del gobierno federal, que será formulada por la Secretaría de Hacienda, y la de las entidades federativas deberá atender en su cobertura a lo establecido en su marco legal vigente y contendrá como mínimo:
I. a V. ...
VI. La información que deba rendirse en atención al artículo 10-F de la Ley de Coordinación Fiscal, que establece la erogación de por lo menos el 6 % de los ingresos propios de las entidades federativas, en programas y actividades relacionadas directamente con la protección y la conservación del medio ambiente.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 10-F del presente Decreto, el descuento y la transferencia del 6% de las participaciones federales a las cuales tenga derecho la entidad federativa que incumpla con lo establecido en el citado artículo durante el año fiscal 2017, aplicará a partir del año fiscal 2018.
Para efecto de destinar por parte de los gobiernos de las Entidades Federativas, por lo menos, el 6% del total de sus ingresos propios a actividades y programas relacionados directamente con la protección y la conservación del medio ambiente, la aplicación ocurrirá a partir del ejercicio fiscal 2017; y para el efecto del descuento del 6% de las participaciones federales y, a su vez, la transferencia de los recursos a programas federales, aplicará a partir del año fiscal 2018.
Tercero. Se derogarán las disposiciones opuestas al presente decreto.
Notas:
1 De 2010 a 2014, los gastos en protección ambiental (GPA) aumentaron 21,490 millones de pesos, es decir, un promedio de 5,373 millones de pesos por año. No se tiene el dato disponible correspondiente a 2015.
2 http://2010.colmex.mx/16tomos/IV.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 13 días del mes septiembre de 2016. Diputados y diputadas: Javier Octavio Herrera Borunda, Alejandro Armenta Mier, Jesús Sesma Suárez, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado. Nos ha solicitado desde su curul la participación la diputada Ángeles Rodríguez. Adelante, diputada, ¿con qué objeto?
La diputada María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (desde la curul): Solo para preguntarle a mi compañero Javier Herrera si me permite suscribirme a sus propuestas.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:¿Tiene algún inconveniente, diputado?
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda (desde la curul). Con gusto, presidenta.
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Está a disposición de la Secretaría después de la aceptación.
En lo que respecta a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 6o, 9o, y 10-F de la Ley de Coordinación Fiscal, se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen.
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE Y LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda:
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 3o. y 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y 37 y 53 de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Quienes suscriben, diputado Jesús Sesma Suárezy diputados federales del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de Coordinación Fiscal,al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl agua es un compuesto fundamental para la vida, satisface necesidades primigenias del hombre y le es de gran utilidad en la mayoría de las actividades que realiza. Sin embargo, muchas de ellas tienen efectos negativos imposibilitando su consumo, lo cual le otorga la calidad de residual, considerándose ésta como una molestia que debe eliminarse de la forma menos costosa y ofensiva posible.
A través del tiempo se han desarrollado una serie de técnicas que, gracias al interés en lo sustentable y a la eficiencia económica, consideran al agua residual como una materia prima que se debe conservar, y al agua limpia como un bien escaso que es preciso tratar, debiendo conservarlo y reutilizarlo.
Tomando en consideración lo anterior, la comunidad internacional celebró, en septiembre del año 2000, la Cumbre del Milenio de Naciones Unidas, en la cual se congregó un número importante de líderes mundiales para aprobar la Declaración del Milenio, documento que contiene una serie de valores, principios y objetivos para la agenda internacional del siglo XXI, y establece plazos para la realización de varios planes de acción colectivos.
De aquella Declaración surgieron los Objetivos de Desarrollo del Milenio; un compendio de objetivos alcanzables y sujetos a plazo orientados a extender los beneficios de la globalización a todo el mundo. Dentro de estos, se estableció como Objetivo 7, el de garantizar la sostenibilidad del medio ambiente, en cuyas metas encontramos la de perseguir la reducción a la mitad el porcentaje de la población mundial sin acceso seguro al agua potable, así como la de garantizar el acceso a un saneamiento básico para la consecución del resto de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Posteriormente, en diciembre de 2003, la Asamblea General de las Naciones Unidas, preocupada por la problemática mundial en torno al vital líquido, declaró el período 2005-2015 como el Decenio Internacional para la Acción El agua, fuente de vida, a través de su resolución A/RES/58/217, la cual tenga como objetivos ocuparse más a fondo de las cuestiones relativas al agua en todos los niveles y de la ejecución de los programas y proyectos relativos a ésta, y que al mismo tiempo se trate de asegurar la participación e intervención de la mujer en las medidas de desarrollo relacionadas con el agua, y promover la cooperación en todos los niveles, para ayudar a alcanzar los objetivos relativos al agua convenidos internacionalmente.
Según datos de la ONU sobre calidad del agua a nivel mundial, una de cada nueve personas en todo el mundo no tiene acceso a fuentes mejoradas de agua potable y uno de cada tres carece de saneamiento mejorado; las principales fuentes de contaminación del agua provienen de asentamientos humanos, actividades industriales y agrícolas; 80% de las aguas residuales de países en vías de desarrollo se descarga sin ser tratadas directamente en los cuerpos receptores; los vertederos de la industria emiten un estimado de entre 300 y 400 millones de toneladas de residuos contaminados en aguas cada año; aproximadamente 3.5 millones de personas mueren cada año debido al inadecuado suministro, saneamiento e higiene del agua; respecto de la biodiversidad, los ecosistemas de agua dulce se han degradado más que cualquier otro ecosistema.
Por lo que hace a nuestro país, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en su diagnóstico sobre desarrollo sustentable que entre los diversos factores que impiden el crecimiento económico de México, encontramos la existencia de considerables cantidades de aguas residuales no tratadas. El reto en la materia es el de incrementar el tratamiento del agua residual colectada en México más allá del 47.5 por ciento actual.
Dentro de las Metas Nacionales planteadas en el propio plan, la cuarta de ellas denominada México Próspero, establece una serie de estrategias para cumplir el objetivo de Impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo. La Estrategia 4.4.2 encaminada a lograr un manejo sustentable del agua, así como hacer posible su acceso a todas las personas, delimita como líneas de acción las siguientes:
Asegurar agua suficiente y de calidad adecuada para garantizar el consumo humano y la seguridad alimentaria.
Ordenar el uso y aprovechamiento del agua en cuencas y acuíferos afectados por déficit y sobreexplotación, propiciando la sustentabilidad sin limitar el desarrollo.
Incrementar la cobertura y mejorar la calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
Sanear las aguas residuales con un enfoque integral de cuenca que incorpore a los ecosistemas costeros y marinos.
Fortalecer el desarrollo y la capacidad técnica y financiera de los organismos operadores para la prestación de mejores servicios.
Fortalecer el marco jurídico para el sector de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
Reducir los riesgos de fenómenos meteorológicos e hidrometereológicos por inundaciones y atender sus efectos.
Rehabilitar y ampliar la infraestructura hidroagrícola.
Por su parte, el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018 (Promarnat), publicado el 12 de diciembre del año 2012, reconoce que las emisiones de bióxido de carbono (CO2), la generación de residuos sólidos y la descarga de aguas residuales, así como la disminución en la extensión de bosques y selvas de nuestro país, hacen de nuestra economía una economía ambientalmente no sustentable.
Cabe destacar que las descargas de aguas residuales se clasifican en municipales e industriales. Las municipales corresponden a las que son manejadas en los sistemas de alcantarillado, urbanos y rurales, en tanto que las segundas son aquellas descargadas a los cuerpos receptores de propiedad nacional, como es el caso de la industria autoabastecida.
Con respecto a la infraestructura para tratamiento de agua, se cuenta con 779 plantas potabilizadoras en operación, con capacidad de 96.3 m3/s potabilizados. Asimismo, se cuenta con 4 mil 976 plantas de tratamiento de aguas residuales en operación, de las cuales 2,337 son municipales con capacidad de 111.3 m3/s tratados y 2 mil 639 son industriales con capacidad de 65.6 m3/s tratados.
La Comisión Nacional del Agua (Conagua) estima que al 2014 se reusaban directamente (antes de su descarga) 21.8 m3/s de aguas residuales tratadas y que se reusaban indirectamente (después de su descarga) 69.4 m3/s de aguas residuales tratadas. El intercambio de aguas residuales tratadas, en el que sustituyen agua de primer uso, se estima en 8.9 m3/s.
Además, con la infraestructura existente actualmente, el reúso aporta el 7 por ciento del abastecimiento para todos los usos del agua en la cuenca del valle de México, calculado en 88 m3/s.
Por ello, el reúso del agua genera diversos beneficios, principalmente en materia de costos, ya que reduce las presiones sobre los cuerpos de agua de primer uso y satisface demandas de agua que no exigen calidad potable.
En contraparte, la descarga de aguas residuales sin tratamiento afecta la calidad de los cuerpos de agua, lo cual pone en riesgo la salud de las personas, la integridad de los ecosistemas y la escasez de fuentes de abasto para la población. Según el mencionado Programa, los costos económicos de la contaminación del agua por descargas de aguas residuales no tratadas alcanzaron en 2011, de acuerdo el Inegi, el 0.4 por ciento del PIB de ese año. Igualmente reconoce que, aunque el aumento en el volumen de agua residual tratada ha sido importante en los últimos años, resulta todavía insuficiente.
La Ley de Aguas Nacionales define como reúso, la explotación, uso o aprovechamiento de aguas residuales con o sin tratamiento previo. El Programa Nacional Hídrico 2014-2018 reporta que del volumen total de agua tratada, que asciende a 3 mil 146 millones de metros cúbicos, sólo se reúsa el 33 por ciento, de los cuales el 7.8 por ciento se intercambia por aguas de primer uso, recuperando caudales para usos prioritarios como el público urbano.
Por este motivo, el Programa antes referido establece la siguiente línea de acción:
Objetivo 1. Fortalecer la gestión integrada y sustentable del agua.
Estrategia 1.2. Ordenar la explotación y el aprovechamiento del agua en cuencas y acuíferos
Línea de acción 1.2.1 Reutilizar todas las aguas residuales tratadas.
Para atender las diversas problemáticas en materia de agua, la Conagua cuenta con varios programas en el rubro de agua potable, alcantarillado y saneamiento:
Programa de Devolución de Derechos (Prodder). Busca coadyuvar a la realización de acciones de mejoramiento de eficiencia y de infraestructura de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en municipios, mediante la asignación a los prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento de los ingresos federales que se obtengan por la recaudación de los derechos por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales.
Modernización de Organismos Operadores de Agua (Promagua). Apoya a los prestadores de servicios en la atención a la población, en materia de cobertura y calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas Urbanas (APAZU). Cobertura a nivel nacional y está dirigido a localidades con población mayor a 2,500 habitantes, consistiendo su objetivo primordial en apoyar el incremento de la cobertura de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, mediante la rehabilitación y construcción de infraestructura hidráulica, promover el tratamiento de aguas residuales y apoyar acciones para el desarrollo institucional de los ejecutores.
Sostenibilidad de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales (Prossapys). Dirigido a comunidades rurales con población menor o igual a 2,500 habitantes, consistiendo su objetivo primordial en apoyar el incremento de la cobertura de los servicios de agua potable y saneamiento, mediante la construcción de infraestructura con la participación de la población beneficiada, a fin de inducir la sostenibilidad de esos servicios.
Programa Federal de Saneamiento de Aguas Residuales, (Prosanear). Otorgar estímulos para el tratamiento de aguas residuales, a favor de todos los contribuyentes, proyectando con esto avanzar en el saneamiento de las aguas nacionales, la reducción de la contaminación, prevenir la incidencia de enfermedades de origen hídrico y contribuir al equilibrio ecológico.
Agua Limpia (PAL). Incrementar y mantener, mediante la cloración, los niveles de desinfección del agua que se suministra a la población, de modo que reúna condiciones aptas para uso y consumo humano.
Programa Fondo concursable para el tratamiento de aguas residuales. Incrementar el acceso y calidad del servicio de saneamiento para la población, impulsando el fortalecimiento de los organismos responsables del manejo del servicio.
Programa para el Desarrollo Integral de Organismos Operadores de Agua Potable y Saneamiento (Prodi). Apoyar a los organismos operadores en un proceso de transformación a fin de promover la sostenibilidad operativa y financiera mediante acciones de fortalecimiento y el financiamiento de proyectos integrales a corto y mediano plazo que permitan incrementar sus ingresos, reducir sus egresos y hacer un uso eficiente del agua.
Dentro de los programas sujetos a Reglas de Operación, el Programa de Tratamiento de Aguas Residuales (Prosan) tiene como objetivo apoyar financiera y técnicamente a los organismos operadores de los municipios y de las entidades federativas, para el incremento y rehabilitación de su capacidad instalada y para que trate sus aguas residuales cumpliendo con los parámetros establecidos en su permiso de descarga, en la norma oficial mexicana correspondiente.
La población objetivo del Prosan son los organismos operadores de los municipios y de las entidades federativas del país que requieren incrementar o fortalecer el servicio de saneamiento de aguas residuales de origen municipal.
Los tipos de apoyo que otorga el Prosan son para construcción, ampliación, rehabilitación, puesta en marcha, operación transitoria, así como para estudios y proyectos en plantas de tratamiento de aguas residuales municipales, y otros proyectos complementarios.
También incluye incentivos al tratamiento de aguas residuales, a fin de apoyar a los organismos operadores de los municipios y de las entidades federativas en el tratamiento de las aguas residuales.
Asimismo, de acuerdo con la fracción III del artículo 115 constitucional, los municipios tienen a su cargo las funciones y servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.
Para dar cumplimiento a estas obligaciones, la Ley de Coordinación Fiscal establece un Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, cuyos recursos se determinan anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
En ese sentido, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta Cámara de Diputados, consciente de los retos que como país enfrentamos para garantizar a toda la población el goce efectivo del derecho humano, consagrado en nuestra Constitución Política al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, propone modificaciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y a la Ley de Coordinación Fiscal, con el objeto de obligar a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México a establecer mecanismos de índole económico, fiscal o financiero para garantizar el tratamiento y reúso del 100 por ciento de sus aguas residuales.
Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de Coordinación Fiscal
Primero.Se adicionan una fracción XI Bis al artículo 3o. y una fracción XVII al artículo 8o., de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente recorriéndose las subsecuentes en su orden, para quedar como sigue:
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. a XI. ...
XI Bis. Descarga Cero: La acción de verter, infiltrar, depositar o inyectar aguas residuales, libres de sustancias nocivas que permitan su reinserción adecuada en el entorno, a un cuerpo receptor;
XII. a XXXIX. ...
Artículo 8o.Corresponden a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:
I. a VI. ...
XVII. Promover la utilización de instrumentos económicos, fiscales y financieros, a fin de lograr la descarga cero de las aguas que se liberen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, así como de las aguas nacionales que tengan asignadas;
XVIII. La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta Ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación o a los Estados.
Segundo.Se reforma el artículo 37 y se adiciona el artículo 53 de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:
Ley de Coordinación Fiscal
Artículo 37. Las aportaciones federales que, con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, reciban los municipios a través de las entidades y las demarcaciones territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, tratamiento y reúso total de las descargas de aguas residuales,la modernización de los sistemas de recaudación locales, mantenimiento de infraestructura, y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se refiere este artículo, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal tendrán las mismas obligaciones a que se refiere el artículo 33, apartado B, fracción II, incisos a) y c), de esta Ley.
Artículo 53. Las aportaciones que con cargo al Fondo a que se refiere la fracción IV del artículo 25 de esta Ley, en materia de tratamiento y reúso total de descargas de aguas residuales, serán asignadas a aquellos municipios o demarcaciones territoriales, que teniendo infraestructura de tratamiento de aguas residuales, la mantengan en funcionamiento, y se compruebe el gasto correspondiente en dichos objetivos.
Se retendrán dichas aportaciones a aquellos municipios o demarcaciones territoriales que, teniendo la infraestructura para el tratamiento y reúso total de descargas de aguas residuales, no demuestren cumplir con el gasto en la misma y un plan financiero para su operación permanente.
TransitoriosArtículo Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo.Para efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 53, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitirá un plan técnico con los lineamientos para cada municipio, los cuales deberán cumplirlo, para ser sujetos a los beneficios del fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
Artículo Tercero.Los ajustes para el cumplimiento de las reglas de operación del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal estarán a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Notas:
[1] La resolución 58/217 de la Asamblea General Decenio Internacional para la Acción, El agua, fuente de vida, 2005-2015 A/RES/58/217 (9 de febrero de 2004), disponible en: undocs.org/ A/RES/58/217.
2 DOF: 08/04/2014. Programa Nacional Hídrico 2014-2018. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5339732 &fecha=08/04/2014
3 Conagua. Agua Potable, Alcantarillado y saneamiento http://www. conagua.gob.mx/Contenido.aspx?n1=4&n2=24&n3=24
4 DOF: 29/12/2015 REGLAS de Operación para los Programas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento y Tratamiento de Aguas Residuales a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir de 2016. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5421649&fecha=29/12/2015
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputados y diputadas: Javier Octavio Herrera Borunda, Alejandro Armenta Mier, Jesús Sesma Suárez, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: La iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 3o. y 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y de la Protección al Ambiente; 37 y 53 de la Ley de Coordinación Fiscal, se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Hacienda y Crédito Público para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda:
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de estímulos fiscales para los contribuyentes que tomen medidas de protección del ambiente, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Quienes suscriben, diputado Jesús Sesma Suárez y diputados del Partido Verde Ecologista de México, en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de estímulos fiscales para los contribuyentes que tomen medidas de protección al medio ambiente, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosLa oferta de recursos naturales es limitada y, en algunos casos, incluso finita. En el caso de México, de acuerdo con el Global Footprint Network, la oferta de recursos naturales (biocapacidad) del territorio mexicano ha disminuido en las últimas décadas, al pasar de 3.5 hectáreas globales aproximadamente (GHA) en 1961, a 1.3 hectáreas globales en 2012; mientras que la demanda de recursos naturales de la población, ha mostrado un incremento de poco menos de 2 GHA en 1961, a 2.9 GHA en 2012. Ello implica un déficit ecológico de (-)1.6 GHA.
Gráfica 1. Oferta (biodiversidad) y demanda de recursos naturales en México, 2016 (datos de 2012).
Fuente: Global Footprint Network, 2016.
En la actualidad, la creciente actividad económica y la aplicación de procesos productivos complejos afectan directamente al ambiente, y han hecho que México se encuentre en el noveno lugar a nivel mundial en consumo de recursos naturales, al demandar 350 millones de hectáreas globales.
Gráfica 2. Lista de Países por Consumo de Recursos Naturales.
Fuente: Global Footprint Network, 2016.
A pesar de que México es uno de los países con mayor biocapacidad, es decir, con mayores recursos naturales; presenta un déficit ecológico exorbitante de 233 por ciento, ello implica que se consumen 200 millones de hectáreas globales más de su capacidad (México cuenta con 150 millones de hectáreas globales). En otras palabras, la demanda sobrepasa la biocapacidad del país.
Gráfica 3. Lista de Países por Biocapacidad Total.
Es necesario incentivar comportamientos favorables para beneficio del país; así como, para una economía sustentable y para el beneficio del medio ambiente en general. El déficit ecológico que enfrenta el país, es la razón por la cual se propone, la creación de un incentivo fiscal que incida en el comportamiento de las personas, tanto físicas como morales, a fin de que inviertan en la modernización y mejora de sus procesos productivos y de uso común, para disminuir así, su consumo de material biológico o emisión de dióxido de carbono.
En este sentido, fomentar la inversión en el tratamiento y el manejo de los residuos sólidos urbanos, reducir las emisiones de los gases y los compuestos de efecto invernadero, y tratar y sanear las aguas residuales debe ser una prioridad de esta administración.
En este contexto, abordaremos cada uno de estos apartados; así como el impacto que causan en el medio ambiente y por qué la importancia de implementar mecanismos que promuevan un modo de vida sustentable.
Residuos sólidos urbanos
Los residuos sólidos urbanos son los restos de algún producto y a los cuales comúnmente se les conoce como basura. En general, son las porciones que resultan de la descomposición o destrucción de artículos generados en las actividades de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización o tratamiento y cuya condición no permite incluirlo nuevamente en su proceso original de manera directa.
En las últimas cuatro décadas, la generación por habitante de residuos sólidos urbanos se incrementó en 200.
Con lo anterior, se demuestra que los modelos de producción y los patrones de consumo actuales, han abonado en gran parte, a aumentar la crisis ambiental que el planeta sufre hoy.
Tan solo en nuestro país generamos anualmente 41 millones de toneladas de residuos sólidos urbanos, de las cuales, aproximadamente se recolecta 86 por ciento, y 14 por ciento restante queda disperso, ya sea depositado en tiraderos clandestinos, en lotes baldíos o áreas verdes, ocasionando problemas de contaminación del agua, aire y suelo, así como, riesgos en materia de salud pública, provocados por la fauna nociva y la emisión de gases tóxicos que la mezcla de residuos genera.
Por otra parte, la mayor generación de los residuos de manejo especial corresponde a los de la construcción y demolición (77 por ciento), seguido de los lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas residuales municipales (18 por ciento), los residuos generados por servicios de transporte (3 por ciento), los residuos que se generan en las unidades médicas (2 por ciento) y, finalmente, los residuos electrónicos que se estima entre 150 mil y 180 mil toneladas al año.
Asimismo, México genera anualmente 8 millones de toneladas de residuos peligrosos, siendo ésta una cifra obsoleta y subvaluada pues data de 1994, enfrentando con ello un rezago de información con respecto a la generación actual de este tipo de desechos que repercute indirectamente en el deterioro ambiental de país; México procesa al año únicamente 7 por ciento de los residuos peligrosos que genera, pues no cuenta con la tecnología adecuada para tratar o eliminar adecuadamente la totalidad de los mismos.
Paralelamente, en nuestro país existen 465 sitios contaminados por residuos sólidos que no son considerados peligrosos y que son generados en diversos sectores como la industria petrolera, energética, textil, y en el sector agropecuario.
Por si esto fuera poco, el nivel de reciclaje de residuos en nuestro país es mínimo (3.6 por ciento anual), con un promedio de 724 mil toneladas; en comparación con países como Estados Unidos de América que recicla cerca de 47 millones de toneladas anuales y Alemania con 15 millones.
Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI)
Los gases de efecto invernadero, son cualquier tipo de material sólido o líquido que se encuentra en suspensión en el aire, que generalmente, provienen de la evaporación de combustibles, la quema incompleta de sustancias orgánicas o del uso de solventes y pinturas.
Existen diversas formas en las que el sector privado puede contribuir para reducir los gases de efecto invernadero en la Ciudad de México.
Una de aquellas consiste en la inversión de nuevos equipos, cuya eficiencia sea mayor; así como el ahorro de energía y su aprovechamiento.
En el Inventario Nacional de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero 1990-2010, se estimaron las emisiones de GEI en 2010 en unidades de bióxido de carbono equivalente (CO2 eq.), las cuales, totalizaron 748 millones de toneladas, lo cual indicó un incremento de 33.4 por ciento con respecto al año base 1990, con una tasa de crecimiento media anual (TCMA) de 1.5 por ciento.
Por su parte, el Inventario mostró los siguientes resultados de las emisiones en 2010:
Las emisiones per cápita en México fueron de 7.1 tCO2 eq. del total de emisiones nacionales de GEI. En 2009 las emisiones de CO2 per cápita, considerando únicamente las emisiones por consumo de combustibles fósiles, fueron de 3.75 toneladas por habitante, mientras que el promedio mundial fue de 4.1 toneladas de CO2 per cápita (AIE, 2011).
Las emisiones de CO2 fueron 493,450.6 Gg, que representan una contribución de 65.9 por ciento al total del inventario e indican un incremento de 23.6 por ciento con respecto a 1990. Las emisiones de CO2 en el país provienen principalmente por la quema de combustibles fósiles, y procesos industriales. De las emisiones de CO2 estimadas, cinco de las fuentes pertenecen al consumo de combustibles fósiles de la categoría energía; éstas aportan 82.1 por ciento del total de CO2 del inventario.
Las emisiones de CH4 fueron 7,938.9 Gg, lo que representa un incremento de 59.8 por ciento con respecto a 1990. Las principales fuentes de emisión corresponden a las categorías de desechos, energía y agricultura.
Las emisiones de N2O fueron 223.0 Gg, cifra 23.1 por ciento mayor que la correspondiente a 1990. La principal contribución proviene de los suelos agrícolas con 67.2 por ciento; transporte, 18.2 por ciento; manejo de estiércol, 9.3 por ciento, y tratamiento y eliminación de aguas residuales, 2.8 por ciento. En conjunto representan 97.5 por ciento de las emisiones de N2O en 2010. Las emisiones de suelos agrícolas provienen primordialmente del manejo de excretas y el uso de fertilizantes nitrogenados.
Las emisiones de HFC provienen principalmente de los equipos de refrigeración y aire acondicionado que contienen esta familia de gases como agente refrigerante y en los paneles aislantes. En 2010, las emisiones de HFC totalizaron 18,692.3 Gg de CO2 eq., lo que representa un incremento de 2,307 por ciento con respecto a 1990. Dicho incremento es reflejo de un mayor uso de HFC en refrigeradores y aires acondicionados de industrias, viviendas y automóviles, en sustitución de los CFC controlados por el Protocolo de Montreal y cuyo uso está restringido en el mundo.
Tabla 1. Resumen de las emisiones de GEI 1990-2010 de México a nivel nacional por tipo de gas en fuente y sumideros en Gg de CO2 eq.
Los sectores con mayor contribución porcentual de emisiones de CO2 en 2010, de conformidad con la gráfica a continuación mostrada son: transporte (31.1 por ciento), generación eléctrica (23.3 por ciento), manufactura y construcción (11.4 por ciento), consumo propio de la industria energética (9.6 por ciento), conversión de bosques y pastizales (9.2 por ciento) y; otros (comercial, residencial y agropecuario) con (6.7 por ciento).
Cabe destacar que el consumo propio es el cuarto lugar de generación de bióxido de carbono.
Gráfica 4. Emisiones por sector (1990-2010)
De ahí la importancia de incentivar la modernización e inversión en infraestructura, la cual proteja al medio ambiente, no sólo para empresas e industria, sino también para personas físicas.
Aguas residuales
La Comisión Nacional del Agua (Conagua) considera como aguas residuales, aquellas aguas, de composición variada, provenientes de las descargas de usos público urbano, doméstico, industrial, comercial, de servicios, agrícola, pecuario, de las plantas de tratamiento y en general de cualquier otro uso, así como la mezcla de ellas.
La Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA, por sus siglas en inglés) en coordinación con la Comisión Nacional del Agua (Conagua), dieron a conocer, a través de un Manual de sistemas de tratamiento de aguas residuales utilizados en Japón, dos alternativas o procesos de tratamiento de aguas residuales municipales que pueden contribuir al saneamiento de comunidades menores a 2,500 habitantes; ya que, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la cobertura promedio a nivel nacional del servicio de agua potable fue de 90.9 por ciento; sin embargo, en cuanto al alcantarillado, la cobertura nacional promedio fue de 89.6 por ciento, que corresponde a 96.27 por ciento en las zonas urbanas y 67.7 por ciento en las zonas rurales; lo que significa que 17.499 millones de habitantes en zonas rurales tienen este servicio: 10.43millones de habitantes descargan a fosas sépticas (40.4 por ciento de la población rural), y 7.06 millones de habitantes (27.3 por ciento) descargan a redes de alcantarillado. De la población rural 8.34 millones (32.3 por ciento de la población) no cuenta con servicio alguno de saneamiento.
Sin embargo, el saneamiento que se emplea en la población rural, considera la construcción de fosas sépticas secas o húmedas unifamiliares y/o comunales, las cuales, en el caso de las fosas húmedas, con frecuencia no tienen tratamiento posterior y el efluente escurre hacia pequeñas parcelas o zonas de infiltración natural y, en muchos casos, termina por descargarse en arroyos u otros cuerpos receptores naturales donde origina diversos problemas y malos olores: situación que requiere ser solventada dentro de los planes de saneamiento para lograr la recolección, transporte del agua residual y el tratamiento tanto de ésta como de los subproductos generados, de forma que su evacuación produzca el mínimo impacto en el medio ambiente.
La población rural que cuenta con red de alcantarillado, usualmente, descarga las aguas residuales, a hondonadas o accidentes topográficos naturales, donde el agua se infiltra, evapora y/o escurre, causando malos olores y la presencia de vectores dañinos; así como también, en diversos cuerpos de agua naturales, donde se produce contaminación y limita los usos del agua, convirtiendo los cuerpos de agua en una fuente de enfermedades gastrointestinales.
No obstante, la población rural no es la única que sufre por la falta de tratamiento de aguas residuales; ya que, de acuerdo al estudio Situación del Subsector Agua Potable, Drenaje y Saneamiento (2014) realizado por la Conagua, estima que para el año 2025, 80 por ciento de la población mundial vivirá bajo condiciones de alta y muy alta escasez de recursos hídricos. En México, el incremento en la población hará que la disponibilidad natural media anual per cápita de agua, disminuya de 4 mil 90 metros cúbicos en el año 2010 a 3 mil 815 en el 2030; es decir, se reducirá en 6.7 por ciento.
Actualmente, la desigual distribución natural del territorio y contaminación del agua, ya genera conflictos sociales en todos los niveles: entre comunidades, municipios y entidades federativas.
La Conagua cuenta con programas para el tratamiento de aguas residuales; así como, para la inversión en alcantarillado y saneamiento. Sin embargo, podemos ver, que la cobertura de tratamiento no es suficiente y que el monto de inversión en saneamiento ha disminuido de 15 mil 900 millones de pesos a 7 mil 400 millones de pesos; es decir alrededor de la mitad.
Gráfica 5.Evolución en la cobertura de tratamiento, 2000 a 2013.
Por lo anterior, es necesario contar con más alternativas de procesos de tratamiento de bajo costo de inversión, operación y mantenimiento, lo que permitirá ampliar la cobertura del servicio de tratamiento de aguas residuales y con ello, el acceso al agua.
Consideraciones
Ante la exposición de la problemática del país en términos ambientales, el Partido Verde Ecologista de México, propone un estímulo fiscal para promover e impulsar la infraestructura que favorezca y proteja al medio ambiente. Dicho estímulo, tiene sustento en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND).
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND), se concibió bajo cuatro estrategias, para fortalecer la política nacional sobre cambio climático y cuidado del medio ambiente; para implementar un manejo sustentable del agua; para implementar una política integral de desarrollo que vincule la sustentabilidad ambiental con costos y beneficios para la sociedad; y para proteger el patrimonio natural.
En este sentido, el PND estipula (página 86):
(...) se necesita hacer del cuidado del medio ambiente una fuente de beneficios palpable. Es decir, los incentivos económicos de las empresas y la sociedad deben contribuir a alcanzar un equilibrio entre la conservación de la biodiversidad, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el desarrollo de actividades productivas (...)
La Meta Nacional VI, México Próspero, del PND es alcanzar el Objetivo Nacional 4, el cual es impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador para preservar nuestro patrimonio natural y al mismo tiempo genere riqueza, competitividad y empleo, mediante la implementación de una política integral de desarrollo que vincule la sustentabilidad ambiental con costos y beneficios para la sociedad (Estrategia 4.1), que se basa, entre otras, en las siguientes líneas de acción:
Promover el uso y consumo de productos amigables con el medio ambiente y de tecnologías limpias, eficientes y de bajo carbono; y,
Establecer una política fiscal que fomente la rentabilidad y competitividad ambiental de nuestros productos y servicios.
La iniciativa también es acorde a lo establecido en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2014-2018. El Objetivo Sectorial 1, estipula promover y facilitar el crecimiento sostenido y sustentable de bajo carbono con equidad y socialmente incluyente; prevé para su cumplimiento llevar a cabo la Estrategia 1.6, la cual se basa en promover instrumentos innovadores de financiamiento económico, tanto nacionales como internacionales, para apoyar el quehacer del sector ambiental, que incluye la Línea de Acción 1.6.1
La Línea de Acción 1.6.1, estipula la elaboración de propuestas de instrumentos económicos que otorguen incentivos fiscales a acciones de conservación, restauración y aprovechamiento de recursos naturales y medio ambiente.
Debido a la importancia de llevar a cabo el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Nacional de Auditoría Ambiental (PNAA) contribuye para mejorar el desempeño ambiental de las instalaciones empresariales, por lo que, expide tres tipos de certificados: Industria Limpia; Calidad Ambiental y; calidad Ambiental Turística. El PNAA tiene como finalidad, no solo de ayudarse a garantizar el cumplimiento efectivo de la legislación, sino mejorar la eficiencia de los procesos de producción, desempeño ambiental y competitividad.
Gráfica 7. Programa Nacional de Auditoría Ambiental.
Sin embargo, dicho programa no es suficiente; ya que no estimula fiscalmente la modernización e inversión en infraestructura que proteja al medio ambiente. Por lo que es necesario un mecanismo que permita atraer tecnología renovable y sustentable.
Propuesta
La propuesta es a su vez armónica con otras disposiciones, como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en la cual, se fundamenta la posibilidad de utilizar instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental, específicamente, la fracción III del artículo 21, misma que establece:
Otorgar incentivos a quien realice acciones para la protección, preservación o restauración del equilibrio ecológico. Asimismo, deberán procurar que quienes dañen el ambiente, hagan un uso indebido de recursos naturales o alteren los ecosistemas, asuman los costos respectivos;
Por su parte, el artículo 22 de la misma ley define como instrumentos económicos de carácter fiscal, a los estímulos fiscales que, incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental. En este sentido, el incentivo propuesto por la iniciativa cabe dentro del marco legal establecido.
Estimación del impacto presupuestario
El sistema tributario es el principal instrumento con que cuenta el estado para obtener recursos para financiar el gasto público y así, proveer a la sociedad los bienes y servicios que valora y demanda. Sin embargo, este sistema no sólo se utiliza como un instrumento de recaudación, sino que a través de la estructura impositiva también se persiguen otros objetivos, como disminuir la desigualdad en la distribución del ingreso, mejorar el bienestar de los individuos de ciertos grupos, fomentar la inversión y la generación de empleos, así como, en este caso, incentivar la inversión para proteger el medio ambiente y los recursos naturales del país.
El concepto de gastos fiscales, se refiere a los apoyos indirectos, generalmente autoaplicativos, otorgados a sectores de la economía o de contribuyentes, mediante el sistema tributario. Así, los gastos fiscales no implican una erogación de recursos o ingresos previamente obtenidos, sino que permiten a los contribuyentes beneficiarios disminuir, evitar o diferir el pago de impuestos. Conforme a ello, los gastos fiscales se originan por la existencia de tratamientos que se desvían de la estructura normal de cada uno de los impuestos, por lo que la determinación de los gastos fiscales implica, primero, identificar dichos tratamientos.
En este sentido, para estimar los gastos fiscales que podrían derivar de la implementación de la iniciativa, se requiere información que no está disponible, como el monto del ISR pagado, por las empresas o, en su caso, personas susceptibles de ser beneficiarias. Adicionalmente, los gastos fiscales dependerán de la demanda por el beneficio ofrecido, que no puede conocerse a priori por su naturaleza voluntaria. Será necesario contar con el apoyo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para estimar los efectos específicos de la implementación de la iniciativa.
Derivado de las limitaciones de información expuestas anteriormente, se propone establecer un límite máximo sobre estos gastos fiscales, el cual asciende a un precio máximo de deducción de 30 por ciento, el cual dependerá del monto de inversión y proyecto o medida de protección al medio ambiente.
El Inegi, con fundamento en los artículos 24, 59 y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y como parte de los productos del Sistema de Cuentas Nacionales de México (SCNM), presenta los resultados más recientes de las Cuentas Económicas y Ecológicas de México (comúnmente conocidas como SCEEM).
En los últimos resultados presentados por el Inegi de las Cuentas Nacionales, encontramos que el Gasto en Protección Ambiental es de 147 mil 666 millones de pesos, es decir, 0.9 por ciento del producto interno bruto (PIB) 2014. En contraste, el Costo Total por Agotamiento y Degradación Ambiental, fue de 910 mil 906 millones de pesos, el equivalente al 5.3 por ciento del PIB 2014.
Gráfica 8. Costos totales por agotamiento y degradación, 2014
(Porcentaje)
Proteger al medio ambiente, contribuye directamente con la disminución de los costos nacionales por la degradación y agotamiento de los recursos naturales, que, a su vez, favorece las cuentas nacionales.
En este sentido, para el funcionamiento de los cambios que se pretenden realizar, los promoventes señalan que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), será la encargada de realizar las funciones y trámites correspondientes para el otorgamiento de los estímulos fiscales, esto mediante la creación de una nueva dirección general. La nueva dirección general deberá contar con los recursos presupuestales suficientes para la realización de dichas funciones. Ante la escasa información para calcular el monto de estos recursos, se hizo un estimado con base en información recabada del Presupuesto de Egresos de la Federación sobre lo que se destina actualmente a una dirección general dentro de la misma Semarnat.
Se optó por hacer el análisis de la Dirección General de Fomento Ambiental, Urbano y Turístico (DGFAUT), así como de la Dirección General de Sector Primario y Recursos Naturales Renovables (DGSPRNR), debido a que ambas están encargadas de fomentar acciones en pro del medio ambiente.
Durante los últimos seis años, el presupuesto asignado a estas direcciones generales para llevar a cabo su operación ha sido el que muestra la siguiente gráfica.
Gráfica 9. Gasto destinado a la Dirección General de Fomento Ambiental, Urbano y Turístico y a la Dirección General de Sector Primario y Recursos Naturales Renovables de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales 2011-2016
(Cifras en millones de pesos de 2016)
Fuente: Elaboración propia con datos del Presupuesto modificado 2011-2016 de la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Durante los últimos seis años, el promedio de presupuesto asignado a la referida Dirección General de Fomento Ambiental, Urbano y Turístico asciende a 14.3 millones de pesos, mientras que el asignado a la Dirección General de Sector Primario y Recursos Naturales Renovables a 15.8 millones de pesos. Independientemente de los cálculos desarrollados para el otorgamiento de los estímulos fiscales, se estima un impacto presupuestario anual de implementar la creación de una nueva dirección general por un monto de alrededor de entre 14 y 16 millones de pesos anuales; sin embargo, dicho gasto originará beneficios al medio ambiente.
Es importante señalar que a esta estimación de impacto presupuestario anual deberán sumarse los costos administrativos derivados de las inspecciones y auditorías que se deberán realizar por parte del personal de la nueva dirección general que, por la poca información con que se cuenta, de momento no se pueden estimar.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración del pleno el presente proyecto con carácter de
Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de estímulos fiscales para los contribuyentes que tomen medidas de protección al medio ambiente
Primero. Se adicionan diversas fracciones a los artículos 25, 27, 34 y 36 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como a continuación se indica:
Capítulo IIArtículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
I. a IV. ...
V. Infraestructura que beneficie al medio ambiente, en los términos del Capítulo VIII del Título VII de la presente ley.
...
Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este título deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos:
a) a f) ...
g) A los contribuyentes a los cuales alude el Capítulo VIII del Título VII de la presente ley.
II. Que cuando esta ley permita la deducción de inversiones, se procederá con base en los términos de la Sección II de este Capítulo y/o en los del Capítulo VIII del Título VII.
...
Artículo 34. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:
I. Tratándose de construcciones:
a) ...
b) 30 por ciento para aquellas medidas cuya finalidad sea la protección al medio ambiente, en los términos del Capítulo VIII, del Título VII, de esta ley.
(Se recorren los demás incisos en su mismo orden)
II...
Artículo 36. La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes:
Las adaptaciones a las instalaciones se considerarán inversiones siempre que impliquen adiciones o mejoras al activo fijo.
En ningún caso se considerarán inversiones los gastos por concepto de conservación, mantenimiento y reparación, que se eroguen con el objeto de mantener el bien de que se trate en condiciones de operación, salvo aquellas a las cuales hace referencia las medidas de protección al medio ambiente, en los términos del Capítulo VIII del Título VII de la presente ley.
Segundo. Se adiciona, dentro del Título VII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, un Capítulo VIII, denominado, Medidas de Protección al Medio Ambiente, para quedar como a continuación se aprecia:
Título VIIArtículo 196.Se otorgará una deducción al impuesto sobre la renta los contribuyentes que así lo soliciten y desarrollen infraestructura cuya finalidad sea la protección al medio ambiente que superen las disposiciones establecidas por la norma ambiental y las normas oficiales mexicanas, consistentes en:
I. Tratamiento de residuos sólidos y su manejo, valorización y disposición final;
II. Reducción de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero;
III. Descargas, tratamiento y saneamiento de aguas residuales y;
IV. Infraestructura diversa cuya finalidad primordial sea la reducción de la huella de carbono que la industria en cuestión produzca.
Artículo 197. Para la aplicación del estímulo fiscal a que se refiere el presente capítulo, deberá atenderse a lo siguiente:
I. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicará a más tardar el último día de febrero de cada ejercicio fiscal, los contribuyentes beneficiarios del estímulo distribuido durante el ejercicio anterior, así como las medidas de protección por las cuales fueron merecedores de este beneficio.
II. Los contribuyentes podrán ser personas físicas o morales.
III. Los contribuyentes, quienes deseen ser acreedores del beneficio fiscal, deberán someter las medidas de protección al medio ambiente, ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
IV. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, emitirá la valoración y aprobación cuya finalidad será tener la calidad de beneficiario de la deducción del impuesto sobre la renta. Para ello, la Secretaría atenderá cada caso en lo particular, que demuestre una inversión en la infraestructura, sea en construcción y/o mejora, que efectivamente asegure una medida de protección al medio ambiente de las descritas en el anterior artículo 196.
V. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, una vez demostrado el cumplimiento de protección al medio ambiente de la construcción o mejora, procederá, sino hubiese imposición de derecho contraria, a otorgar la deducción.
VI. La deducción, no excederá del 30 por ciento del monto de lo invertido, ni será acumulable con ninguna otra.
Tercero. Se modifica el artículo 32 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 32 Bis. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. a X. ...
XI. Evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo que le presenten los sectores público, social y privado; resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, así como sobre los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica. Además, valorará y determinará, en el contexto medioambiental, cuál es la infraestructura o mejora que será merecedora a las deducciones al impuesto sobre la renta, por medidas de protección al medio ambiente, bajo lo estipulado en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En el Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal de 2017 y en los subsecuentes, se incluirán las previsiones necesarias para garantizar el cumplimiento del presente decreto.
Tercero. El Congreso de la Unión y las autoridades ejecutivas competentes, para efectos de sistematizar el presente decreto y hacer efectivos los estímulos fiscales, deberán adecuar y publicar las normas y reglamentos correspondientes, a más tardar en un lapso de doce meses, a partir de la publicación del presente decreto.
Notas:
1 http://www.footprintnetwork.org/ecological_footprint_nations/
2 http://www.footprintnetwork.org/ ecological_footprint_nations/ecological.html
3 Guía técnica 19.Administración de los residuos sólidos en el municipio. Instituto Nacional de Administración Pública IIJ
4 http://www.aire.cdmx.gob.mx/default.php?opc= por ciento27Y6BhnmKkYw== por ciento27
5 http://www.inecc.gob.mx/descargas/cclimatico/inf_inegei_public_2010.pdf
6 http://www.inecc.gob.mx/descargas/cclimatico/inf_inegei_public_2010.pdf
7 http://www.conagua.gob.mx/CONAGUA07/Noticias/SGAPDS-3-13.pdf
8 http://www.conagua.gob.mx/CONAGUA07/Publicaciones/Publicaciones/SGAPDS-6-14.pdf
9 http://pnd.gob.mx/
10 http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/file/26/1/brochure.pdf
11 http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/cn/ee/
12 PIB 2014 =17 billones 209 mil 663 millones de pesos.
13 Cifras preliminares
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputados y diputadas: Javier Octavio Herrera Borunda, Alejandro Armenta Mier, Jesús Sesma Suárez, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (rúbricas).»
La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: En cuanto a la tercera de ellas, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta en materia de estímulos fiscales para los contribuyentes que tomen medidas de protección al medio ambiente, se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Se recibió solicitud de licencia del diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, pido a la Secretaría dar cuenta con los puntos de acuerdo.
SOLICITUDES DE LICENCIA
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados. LXIII Legislatura.
Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, fracción XVI; 12, fracción II; 13.1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar se me conceda licencia en el ejercicio de mi cargo como diputado federal para separarme del mismo por tiempo indefinido, y poder incorporarme al equipo del nuevo gobierno del estado de Chihuahua, encabezado por nuestro gobernador electo Javier Corral Jurado.
Sin otro particular, agradezco la atención que se sirva dar a la presente y quedo en espera de la resolución que el órgano legislativo bajo su conducción tenga a bien dar a esta solicitud.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de septiembre de 2016. Diputado Gustavo Madero Muñoz (rúbrica).»
Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido al diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, para separarse de sus funciones como diputado federal electo por la primera circunscripción plurinominal, a partir de esta fecha.
Segundo. Llámese al suplente.
Presidencia de la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Consulte la Secretaría, en votación económica, si son de aprobarse los puntos de acuerdo. Antes de pasar a la votación, está solicitando el uso de la palabra el diputado Madero.
El diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz(desde la curul): Desde mi curul, presidenta, amiga, poderme dirigir a usted y agradecerle, primeramente a mi coordinador Marko Cortés, a mis compañeras y compañeros del grupo parlamentario, pero también a las compañeras y compañeros de los demás grupos parlamentarios, por esta oportunidad, por este trabajo y por el trato que me dignaron siempre en los distintos momentos, incluso con las diferencias políticas que naturalmente nos distinguen, el trato honorable, respetuoso y afectuoso, por lo que me llevo un gran recuerdo, el respeto, y les quiero dar mi agradecimiento a todas y a cada uno de ustedes, incluyendo también a los funcionarios de Cámara, a todo el personal que se la rifa todos los días, a los medios de comunicación, y agradecerles; me voy a Chihuahua a apoyar a Javier Corral en una nueva encomienda y ahí tienen todas y todos ustedes a un gran amigo. Gracias, presidenta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Solicita el uso de la palabra el diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, coordinador del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.
El diputado Marko Antonio Cortés Mendoza(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Hoy hablo a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional para decirle a nuestro amigo Gustavo Madero, que fue un placer convivir este año, ser compañeros de la LXIII Legislatura y que te deseamos el mejor de los éxitos.
Sabemos que el gobierno de Javier Corral con tu presencia, con tu acompañamiento es garantía de éxito. Aquí dejas muchos amigos y las puertas siempre las tendrás abiertas. Amigo Madero, esta es tu casa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado. Ha solicitado el uso de la palabra la diputada Hortensia Aragón Castillo.
La diputada Hortensia Aragón Castillo(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Primero para desearle a mi paisano, amigo, compañero de la Comisión de Educación, ahora ex compañero de la Comisión de Educación, el mayor de los éxitos en el rumbo, ruta que va a tener en el estado de Chihuahua, decirle con todo aprecio, comentando con los compañeros y compañeras de aquí, de la Fracción Parlamentaria del PRD, que se encuentra usted muy bien acompañado por el entusiasmo de nuestra fracción parlamentaria en la futura tarea que va a desempeñar. Amigo, nuevamente un abrazo, con aprecio y deseándole a usted y al gobierno que empieza, el éxito que le va a permitir a los chihuahuenses tener mejores condiciones de vida. Muchas gracias.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Solicitó el uso de la palabra el diputado Guadalupe Acosta Naranjo.
El diputado Guadalupe Acosta Naranjo(desde la curul): Con un gran aprecio, Gustavo, te despedimos muchos amigos que te conocemos de hace muchos años y que nos sentimos muy honrados de haber estado contigo en esta legislatura.
Espero, confío, tengo la esperanza, en que el gobierno de Chihuahua será un gobierno referencial, un gobierno al que vamos a poder, mucha gente, estar muy felices de que se lleve un gobierno honrado como lo eres tú, como lo es corral, un gobierno democrático y un gobierno con compromiso social. Tus amigos los galileos te despiden con un gran abrazo.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Solicita el uso de la palabra el diputado Enrique Salazar Farías, del Partido Verde Ecologista.
El diputado Emilio Enrique Salazar Farías (desde la curul): Declino, presidenta.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Declina su intervención. No habiendo alguna otra participación se solicita a la Secretaría que, en votación económica, consulte si son de aprobarse los puntos de acuerdo.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado. Comuníquese.
Presidencia del diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano
ANÁLISIS CORRESPONDIENTE AL 4TO. INFORME DE GOBIERNO EN MATERIA DE POLÍTICA SOCIAL
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: El siguiente punto del orden del día es el análisis del 4to. Informe de Gobierno del presidente de la República. De tal virtud, para dar cumplimiento al numeral 3 del artículo 2o. del acuerdo aprobado en sesión del 6 de septiembre, continuaremos con el tema de política social.
Para la primera ronda existe una lista de diputados propuestos por sus fracciones parlamentarias. Tiene el uso de la voz, hasta por cinco minutos, la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Partido Encuentro Social.
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán:El desarrollo sin pleno e incondicional goce de los derechos humanos se convierte en una falacia insostenible. Buenas tardes, compañeros diputados, estimada Mesa Directiva.
Para el Partido Encuentro Social los adjetivos que mejor hablan a una sociedad que pueda dignamente ser descrita son la solidaridad y el compromiso en la búsqueda del bien común, que se traduce en dos palabras: el otro. Incluir no es suficiente, comprometerse uno hasta el cuello es la medida.
El día de hoy, a nombre del Partido Encuentro Social, que de esa manera describe el ideal social, hago alusión al 4to. Informe de Gobierno del Ejecutivo, precisamente en ese aspecto.
Los avances son múltiples y en variados temas. La numeralia parece descriptivamente alentadora, sin embargo ese rumbo es el cuite de este rubro, el más importante, pues impulsa cual motor a los demás. El rumbo de las políticas sociales en nuestro país urge por lo menos ser reconfigurado.
Se habla de que se ha pasado de un enfoque asistencialista a uno de combate a la pobreza. Se habla de la perspectiva de género como eje transversal. Se habla de mejorar la calidad de vida en temas como alimentación, en el que la ampliación de las redes de Diconsa y Liconsa es algo que vale la pena aplaudir. Se habla de medidas que hicieron posible evitar abusos y monopolios en el precio del huevo y la tortilla. Se mencionan logros anteriores como el Seguro de Vida para Jefas de Familia, la consolidación del Infonavit, se aprecia el gran crecimiento al Programa de Pronafim para el financiamiento a mujeres microempresarias. De un positivo crecimiento en la matrícula de educación media superior y superior. Del Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las personas con discapacidad, y la estrategia Abriendo Espacios, entre otros.
Todo lo anterior es sumamente positivo, sin embargo el rumbo, insisto, debe ser puesto a revisión de manera profunda, sin ideologías. Y lo digo con el ánimo apasionado de sumar a lo que de manera real y no sólo como pose desdibujada de crítica grillera, beneficie por supuesto, que esta crítica beneficie el verdadero desarrollo social, ese que lleva al crecimiento, al respeto incondicional de los derechos fundamentales de todos, incluso desde antes de nacer.
No podemos caminar del asistencialismo hacia el combate a la pobreza. Qué pobre meta sería ésa. El sector debe ir clara y linealmente hacia el fortalecimiento de la única institución que podría redundar en mayor capital humano, mayor atesoramiento de fortalezas y valores sociales, hacia la única y más noble institución donde se forja el hombre responsable y emprendedor, así como la mujer líder y valiente, donde se aprende a no robar pero también a levantar de la miseria al caído.
Se habla entonces de la familia y no se trata del cliché de familia que etéreamente imaginamos, como un modelo un tanto ético moralino, hablo de esa familia que desarrolla riqueza en inversión social y en capital humano, que representa nada más y nada menos que el 90 por ciento del producto interno bruto.
Hablo de la familia, no se trata de una mera sugerencia, fortalecer la familia como eje del desarrollo social y colocar a la perspectiva de familia como eje transversal de toda la administración pública, equivaldría a apuntalar inteligentemente a la estructuración del proceso familiar de las empresas y la productividad y desarrollo económico de toda la sociedad.
A lo anterior agreguemos el aporte en solidaridad, subsidiariedad, justicia, bien común y otros. Me parece entonces que tenemos que revisar algunas estrategias, las relacionadas con este tema del empleo por supuesto, que pudiera sumar una balanza crediticia y consumista y no una respuesta real al problema.
Aunado a lo anterior, me parece sumamente responsable otorgar 2 mil millones de pesos a la estrategia nacional para prevenir el embarazo adolescente, duplicando su presupuesto como premio al fracaso anterior, en que tales embarazos aumentaron un 13 por ciento a nivel nacional, con mil millones de pesos, buscando mitigar al engaño con el que ha dicho programa, manipula y desinforma a nuestros niños.
Este mitigar implica que este año no se miden los embarazos adolescentes, sino los nacimientos en tal situación. Es decir, han aumentado los embarazos, pero disminuido los nacimientos.
Entiendo, si la lógica no nos falla, que el factor de la disparidad de indicadores es nada más y nada menos que miles y miles de niños han muerto en aras de errores en cadena y de una educación, cuyo corolario es: Si te estorba, elimínalo; si no te sirve, desaparécelo. Pero eso sí, hazlo seguro.
Volvamos a la familia, fortalezcamos el Infonavit concediendo créditos conjuntos a parejas contractuales si se quiere.
Tenemos que trabajar fuertemente en desarrollar socialmente a nuestro país, volviendo al tema de la familia. He ahí el desarrollo social por excelencia, he ahí la educación y el vínculo afectivo que nutrirá a nuestra cultura. Volvamos a la familia, al impulso de la primera infancia. Solo entonces podremos decir: México no es incluyente solamente, México es un país socialmente inteligente, revolucionariamente conservador, profundamente familiar. Es cuanto, diputado.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputada Martínez. Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Luis Manuel Hernández León, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
El diputado Luis Manuel Hernández León:Con el permiso de la Presidencia. Para Nueva Alianza promover, fomentar, impulsar y propiciar el bienestar y el acceso efectivo a los derechos sociales de todos los mexicanos, es el motor que conduce nuestro trabajo.
La producción de acciones en materia de desarrollo social desde la institucionalidad tiene un sólo objetivo, el garantizar el bienestar integral de todos los ciudadanos, asegurando nuestro tránsito hacia una sociedad equitativa e incluyente.
Por tal motivo, la relevancia de los temas que hoy abordamos, son inherentes y consustanciales a la definición de Estado y a la sociedad a quien se debe. Sin embargo, la construcción de ese México incluyente y justo, garantista de los derechos sociales de su población no es una realidad fehaciente en nuestro país, nuestra precaria circunstancia en la materia nos indica grandes brechas y profundas desigualdades.
Tenemos un México marcado por la pobreza, la marginación, el rezago y la inclusión de grandes sectores de la población, estas condiciones son extensas y están presentes en todas y cada una de las entidades federativas.
Es estratégico para el presente y futuro de nuestro destino como nación el revertir esta circunstancia, porque en nuestro país y en el siglo XXI es inaceptable este rezago que tenemos.
En un país que contabiliza 55 millones de mexicanos en situación de pobreza, no podemos ser triunfalistas ni reducirnos marginalmente a la pobreza extrema. Es necesario accionar y potenciar las herramientas y mecanismos institucionales y sociales para priorizar la atención de la población, objeto de los programas sociales, que pretenden abatir las condiciones de rezago en nuestra población.
En Nueva Alianza hemos insistido en señalar que para lograr un México incluyente e igualitario, que se oriente al franco desarrollo, es necesario hacer progresivo el mismo de la educación nacional. Sólo impulsando la acción educativa en nuestras poblaciones de mayor vulnerabilidad daremos sentido a la movilidad social.
Tenemos aún grandes carencias en alfabetización, equidad e inclusión educativa de nuestras poblaciones. Y se agravan porque dicha población se encuentra en los deciles de ingresos de menor nivel, son los más pobres entre los pobres y los avances de las metas planteadas en la materia son escasos.
Requerimos un mayor impulso en las acciones de los tres niveles de gobierno para resarcir la circunstancia, ésa es una de las más grandes deudas sociales existentes.
En este rubro señalamos como una progresión efectiva de la política social la afiliación de los estudiantes de nivel medio superior y superior al Instituto Mexicano del Seguro Social. Vigilemos que su atención sea oportuna y de calidad, procurando su mejor bienestar.
En nuestra Constitución está garantizada la protección de la salud. Al respecto reconocemos los esfuerzos por mejorar la cobertura del sector, pues ello significa mayor capacidad para responder con oportunidad y eficiencia a las necesidades de la población, y de esta manera mejorar sus niveles de bienestar.
Sin embargo, estamos de acuerdo con que los informes citen que los registros son escasos en cuanto a la calidad de los servicios y a la interacción entre distintas instituciones del sector salud. Por ello, resaltamos la necesidad de potenciar las acciones para la mejora de la calidad de los servicios de manera interinstitucional como política pública que lleve a un mejor bienestar en estos servicios, en tanto también, de manera particular, en cuanto a los medicamentos y en cuanto a los servicios de especialidades, de los derechos de las madres, de la salud preventiva y de la calidez con que deben ser estos servicios.
Desde nuestra visión, la garantía de un Estado social que impulse el bienestar es un elemento prioritario para transitar hacia el verdadero desarrollo nacional. Así lo pactamos en nuestra Constitución de 1917, y a casi 100 años de su promulgación sigue siendo una demanda constante de nuestra sociedad.
Por ello, quienes conformamos el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza nos mantendremos con absoluta responsabilidad vigilando, propiciando y aportando elementos de política pública para la construcción de un México más próspero, equitativo e incluyente.
La sociedad mexicana reclama mejores servicios de salud y una educación de calidad con equidad. Reclama un México con progreso incluyente. Por su atención, muchas gracias.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputado Hernández. Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado René Cervera García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
El diputado René Cervera García:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, los resultados del cuarto año de gobierno, con toda su parafernalia de cuadros y cifras, están publicados. Una vez más se confirma lo erróneo del rumbo tomado por el gobierno federal en la ausencia de logros sustantivos en el capítulo social.
La estrategia nacional de inclusión no reporta avances contundentes y nuevamente estamos en la situación de cuestionar sobre el peso específico que debiera tener la política social como instrumento para el desarrollo de México.
La nueva etapa de la política social, que supuestamente se consolidaría con el relanzamiento de la Cruzada Nacional contra el Hambre, se construye sin un compromiso real y de largo plazo con los millones que viven con esa carencia básica.
Para considerar a la gente humilde, para ver su pobreza y atender esta necesidad no se requiere compartir padrones y sistemas de información, como hoy exige el gobierno federal. Ambos instrumentos alimentan la exclusión ante los programas locales y refuerzan las estrategias de control político del gobierno. Un compromiso claro con la universalidad y exibilidad de derechos básicos sería una muestra de la vocación del gobierno para reducir la desigualdad. Nada de eso existe hoy.
Los esfuerzos del gobierno federal se han enfocado en abatir las carencias sociales asociadas al rezago educativo, a la calidad y espacio insuficiente de la vivienda, al acceso limitado a la salud y a la seguridad social, a la deficiente alimentación principalmente. Es la de hoy una política social reactiva y poco eficiente, si se consideran aún sus rezagos.
De acuerdo con el Coneval, la pobreza crece ahora también por la reducción de los ingresos de las familias mexicanas. Se nos quiere vender como logro la estabilidad de precios para proteger el ingreso familiar y, al mismo tiempo, en el paquete que recibimos esta semana, se nos dice que la inflación propuesta para 2017 será de tres por ciento, lo que significa un incremento sustantivo respecto a la inflación oficial de 2015 y 2016 que tanto, tanto presumió hace un año el gobierno federal.
Con ello, una baja inflación como mecanismo de compensación indirecta para reducir la pobreza, no se sostiene ni siquiera en el corto plazo, se han aprobado reformas para garantizar el derecho de los adultos mayores a contar con una pensión universal, así como el derecho de los trabajadores a contar con un seguro de desempleo. Sin embargo, el Coneval apunta en su evaluación, que el acceso a la seguridad social sigue siendo la carencia más alta entre los mexicanos, empezando con la entrega oportuna de los subsidios a las personas adultas mayores.
El informe menciona que una de las acciones recientes para asegurar el acceso a los servicios de salud, es el Acuerdo Nacional hacia la Universalización de los Servicios de Salud con Cobertura General de la Atención Médica, un acuerdo que ni siquiera los médicos del ISSSTE o del Seguro Social están dispuestos a respaldar.
Pero bueno, Coneval reconoce un aumento en el número de afiliados al Seguro Popular, más de 57 millones de beneficiarios. Lamentablemente esto no se asocia con la mayor calidad de la atención médica, ni garantiza el abasto de medicamentos adecuados, por el contrario, la calidad en el servicio continúa como un pendiente grave relevante, y lo que es más grave, pese a la afiliación al Seguro Popular, la población está en la incertidumbre de saber si el padecimiento que sufre estará cubierto por este beneficio, dado el limitado cuadro de enfermedades que se atienden con este programa.
Compañeras y compañeros legisladores, para Movimiento Ciudadano, el informe de la política social también confirma el equívoco de hacer depender la construcción del capital social que necesitamos en México, de los magros, magrísimos resultados de la política económica.
En el fondo seguimos empeñados y empantanados por la decisión del gobierno federal, en una política social, sin peso específico, reactiva, desarticulada e ineficiente aun en los muy limitados objetivos que se propone. Se sigue con ello condenando a millones de compatriotas a la desesperanza y a la falta de un capital social que les permitiría sortear las crisis y cuando las condiciones fueran menos adversas mejorar su calidad de vida.
Necesitamos una política social, en la que se abandone la ruta de la exclusión y se renuncie a la tentación instrumental de ampliar el control político al tiempo que tenga como prioridad el bienestar social de las y los mexicanos. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputado Cervera. Tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.
La diputada Araceli Damián González:Señoras y señores diputados. Como en años anteriores, el informe de Peñalandia hace cuentas alegres de las miserias de los mexicanos. Ese supuesto México incluyente, el que borra a la población con ingresos sospechosamente bajos como hizo Santaella en el módulo de condiciones sociales para que no conozcamos la evolución de la pobreza, pero en verdad no pueden ocultar lo que sucede. El 70 por ciento de los mexicanos consideró que ésta aumentó en el último año.
Vivimos en un México excluyente, en el que se prometió atender a siete millones de pobres extremos con la supuesta Cruzada contra el Hambre y en el que solo se atiende a cuatro. En el que 57 millones de personas viven en hogares donde se teme que la comida se acabará por falta de dinero.
¿De qué México incluyente estamos hablando, si los recortes al gasto se han realizado sobre todo en programas sociales, educación, salud y en la inversión productiva, limitando así la generación de empleo y destruyendo el patrimonio nacional?
Se habla de mayor cobertura en salud, pero casi 40 millones no tienen acceso a este servicio o tienen que recurrir a la medicina privada o consultorios de farmacia, ahí para enriquecer a la familia del Verde.
La incorporación de casi siete millones de estudiantes al IMSS se hizo sin que el Estado pague la cuota correspondiente, cargando ya la de por sí saturada atención médica y poniendo en riesgo la viabilidad financiera de la institución. Recordemos que el IMSS reportó que se está agotando la reserva de seguro de enfermedades y maternidad.
La universalización de los servicios de salud es solo un eslogan con el que se intenta, sin éxito, cubrir un paquete básico. Aunado a esto, se ha dado una privatización de los servicios a través de las asociaciones público-privadas. Los hospitales y clínicas babo este esquema presentan serias irregularidades.
Por ejemplo, la edificación del Hospital Regional de Mérida se otorgó a la constructora Gia + A, presidida por Hipólito Gerald Rivero, el cuñado de Carlos Salinas de Gortari. El proyecto se desarrolló bajo el esquema de propuesta no solicitada que implica que la presentó la contraparte privada sin que existiera necesariamente un interés público, lo que llama a si hubo corrupción en la asignación y a cuidar con lupa el manejo de los recursos públicos.
Resulta grave que la salud de los mexicanos se ponga en riesgo ante el posible desvío de recursos para aumentar de forma opaca y corrupta la riqueza y el patrimonio de los grupos empresariales cercanos al poder y al PRI.
No sabe uno realmente si se tiene que reír del informe de Peña Nieto. En la supuesta ampliación al acceso a la seguridad social, se pone como un gran logro el programa de Empleo Temporal o las guarderías de Sedesol cuando casi 70 millones de personas en México no tienen seguridad social y el PRI boicotea la aprobación de leyes que amplían los derechos a los trabajadores.
Se anuncia con bombo y platillo que se han presentado en el sexenio casi 2 millones de empleos se han creado, pero no se quiere tomar en cuenta que casi 1 millón y medio de estos corresponden a los que se regularizaron, y además se necesita generar más de 1 millón de empleos al año, por lo que Peña tiene un gran déficit en la materia.
Por otra parte los salarios ofrecidos en esos nuevos empleos son de hambre. De acuerdo al INEGI el número de trabajadores con salario mínimo pasó de 6.8 a 8.2 en este sexenio, además de que 3.4 millones trabajan sin salario, recibiendo propinas y comisiones, mientras que los que ganan cinco salarios mínimos o más, han sido reducidos en este sexenio.
La implementación de la reforma educativa ha sido un fracaso, ahí están los muertos y heridos de Nochixtlán y los presos políticos el magisterio, como prueba de ello, pero no sólo eso, decenas de miles de maestros han dejado de percibir su salario o han sido despedidos por no presentar un examen, violando sus derechos laborales. El problema de la educación no se solucionará con un examen de aptitud, que por cierto reprobaría Enrique Peña Nieto. El problema de la educación se solucionará cuando salgan los partidos corruptos del poder, y me refiero al PRI, al PAN, el PRD y los satélites que están aquí.
Exigimos al gobierno detener la aplicación de la reforma educativa e iniciar un diálogo respetuoso con el magisterio.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputada Damián. Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista.
La diputada Evelyng Soraya Flores Carranza:Con la venia de la Presidencia. La protección y desarrollo de la sociedad, en especial de la población vulnerable, es una responsabilidad del Estado, lo cual no ha sido ignorado por la administración encabezada por el presidente Peña Nieto, más aún cuando las condiciones económicas globales han obligado a gobiernos de todo el mundo a ajustar sus políticas económica para hacer frente a la crisis financiera internacional.
Para lograr que las mexicanas y mexicanos puedan elevar y mantener su calidad de vida, es necesario que trabajen de manera coordinada las autoridades de los tres niveles de gobierno, ciudadanía y sector empresarial, así como las instituciones académicas para lograr uno de los objetivos que se planteó el actual gobierno al comenzar el sexenio. El uso transparente y eficaz de los recursos federales destinados a la política de desarrollo social en aras de hacer más con menos.
Lo anterior, es la base para que los diversos programas sociales lleguen a quienes en verdad necesitan el apoyo gubernamental, sobre todo, la población en riesgo o en condición de vulnerabilidad, es decir, aquellos que menos tienen.
Niñas y niños, jóvenes y madres solteras, adultos mayores indígenas y gente con discapacidad, conforman el universo de personas en quienes se enfocan los programas sociales de este gobierno que avanza en la implementación de un modelo cuyo objetivo es dejar atrás el asistencialismo simple y llano para transitar hacia el impulso de las capacidades individuales y su aprovechamiento en aras de lograr quienes hoy están en situación de vulnerabilidad tengan un futuro en la capacidad de salir en la misma.
La empresa no es fácil, y se ha tenido que ir en contracorriente pero por ello debemos ceder en el empeño para enfrentar los problemas y debatir con quienes constantemente se niegan a ver lo positivo y se enfocan en pregonar escenarios catastróficos.
Sí, es cierto que hay rubros en los cuales aún queda mucho por hacer, pero también debemos difundir los buenos resultados y resaltar los esfuerzos que la administración del presidente Peña Nieto ha hecho para atender las carencias sociales.
Ejemplo de lo anterior es el apoyo que ha recibido la economía familiar en zonas de alta marginación, e donde se logró reducir el precio del litro de leche Liconsa a 1 peso en 150 municipios de 10 estados de la República.
Y se consiguió ubicar a Diconsa como la red de abasto más grande de América Latina, en tanto proveedora de alimentos de calidad a precios accesibles para comunidades más pobres en las que, por cierto, mantiene una vigilancia estricta para evitar el encarecimiento de productos de primera necesidad para las familias mexicanas, como lo son el huevo y la tortilla.
En el mismo orden de ideas otro elemento necesario para el buen desarrollo físico de los mexicanos es tener una buena salud, por lo cual el atender las necesidades de la sociedad en este rubro ha sido prioridad para el gobierno de la República, lo que se ve reflejado en acciones como la ampliación de la cobertura del Seguro Popular en 2 millones de personas más, llegando a un padrón de 54 millones 900 mil afiliados.
El esfuerzo no solo se observa con la capacitación de nuevos afiliados, pues se logró inscribir más padecimientos en el Catálogo Universal de Servicios de la Salud, que cubre esta institución, dando con ello mayor respaldo y seguridad a sus beneficiarios.
Del mismo modo se han logrado avances en los servicios de salud ofrecidos a los trabajadores formales y a los estudiantes de preparatoria y universidades. Para los trabajadores se mejoró el servicio en el Instituto Mexicano del Seguro Social, gracias a la implementación de diversas medidas encaminadas a reducir los tiempos de espera y mejorar la calidad y la calidez en los servicios médicos, así como ampliar la capacidad de atención y reducir la saturación de los mismos.
En el caso de los estudiantes ningún gobierno había logrado asegurar a tantos jóvenes como el presidente Peña Nieto. Hoy hay más de 5 millones de alumnos de escuelas públicas que en caso de padecer alguna enfermedad o un accidente cuentan con el IMSS para sufragar los gastos que ello implica.
Por su parte, el ISSSTE ha logrado la eliminación del engorroso pase de vigencia personal y, aprovechando los avances tecnológicos, echó mano del cruce entre las bases de datos del Renapo y del sistema de las pensiones, con lo cual se redujo el tiempo para su otorgamiento y su pago.
No hablamos de los logros menores, pues sabemos que el tiempo perdido en las salas de espera para recibir atención médica o para resolver trámites administrativos significa una fuente de estrés constante para los derechohabientes y sus familiares, por lo cual acelerar la atención para que reciban es una muestra de la importancia que este sector tiene para el gobierno actual.
Asimismo, en virtud de que nuestro país tiene una población predominantemente femenina, el gobierno de la República ha impulsado acciones para garantizar políticas que privilegien la equidad de género y que apoyen el desarrollo de la mujer en diversos ámbitos de la vida.
En el mismo sentido, se han otorgado cientos de miles de créditos a mujeres trabajadoras en zonas rurales, del mismo modo que han realizado desde el inicio de sexenio diversas acciones de mejora en 1.2 millones de viviendas en zonas de alta marginación, elevando la calidad de vida de más de 4 millones de personas en las que ellas habitan.
Faltaría tiempo para platicar de todos los temas que se deslindan del Informe de Gobierno. Quiero finalizar haciendo mención del apoyo que le brindamos y le brindaremos el presidente de la República, para que, juntos Legislativo y Ejecutivo, logremos avanzar en la satisfacción a las demandas de la sociedad mexicana. Es cuanto.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputada Flores. Tiene la palabra hasta por cinco minutos, la diputada Hortensia Aragón Castillo, del Grupo Parlamentario del PRD.
La diputada Hortensia Aragón Castillo:Gracias, presidente. Compañeros legisladores, compañeras, en la instalación de este periodo de sesiones se entrega el informe que da cuenta del estado que guardan las acciones del gobierno federal, el Informe del Ejecutivo. Días después se recibe la propuesta de Presupuesto, el paquete de Presupuesto, como nosotros le llamamos, incluyendo Ley de Ingresos. Entre lo que hace un gobierno y lo que está pidiendo se desarrolla buena parte del trabajo de este Legislativo: revisar qué se hizo con los recursos y ver ahora lo que se está pidiendo en qué se va a ejercer.
Habría que poner el acento, primero, en que el día de hoy lo que revisamos es la política social del gobierno, lo que tiene que ver con una Secretaría de Desarrollo Social, que al parecer ha servido de comodín para realizar ajustes en el gabinete. Una Secretaría que en los primeros cuatro años de ejercicio de este gobierno ha cambiado tres veces de secretario, da la impresión clara que es imposible que tenga un plan efectivo para eliminar la pobreza de este país.
Ante la ausencia de un plan y de seguimiento a los programas que deberían estar destinados a eliminar la pobreza de las clases más necesitadas de México, lo que sucede es que se inventan, hacen trampa, dirían algunos, y resulta que una de las instituciones hasta hace poco respetable, como el Inegi, es denunciada por modificar la forma en la que levantó la información, haciendo aparecer en los resultados, como por arte de magia, que habían desaparecido 5 millones de pobres, sin que esto pudiera demostrarse en los hechos.
Una Secretaría de Desarrollo Social que ha venido funcionando como operación política-electoral en los diferentes procesos electorales, desde que en el 2012 inició Rosario Robles y fue denunciada en varios hechos, por haber nombrado delegados que no tenían perfil para hacerlo, pero sí tenían perfil para ser operadores político-electorales en los diferentes procesos electorales.
Lo mismo hizo el que ahora toma protesta en la Secretaría de Hacienda con esa Secretaría, y lo único que esperamos es que el actual, por cierto compadre del presidente de la República, no haya llegado ahí para operar el proceso electoral del año que entra en el Estado de México. Ese es el problema que tenemos con esa Secretaría y con los dineros que se utilizan para comprar el voto de las gentes más pobres de este país.
Hablar de eso implica también decir que se descuida la importancia que tiene, no sólo el fomento de la actividad productiva, sino el fomento de la educación, como el resorte, como se ha dicho muchas veces, el resorte que puede detonar en México el desarrollo y, sobre todo, la equidad entre los mexicanos y las mexicanas.
La igualdad de acceso a todas las oportunidades de educación no se reflejan en el presupuesto que hoy nos presentan, razón por la cual hay muchos que ya dicen que el discurso de la reforma educativa es un discurso sin sustento, porque mientras pides que se aplique la ley a rajatabla, le niegas los recursos para que sea efectiva una reforma que costó a muchos y que fue parte de un gran acuerdo que sostenemos.
En el PRD sabemos que se requiere hacer un gran esfuerzo por reformar la educación y modernizarla en nuestro país, y la reforma educativa es un buen paso. Defendemos la parte, sobre todo, que tiene que ver con acabar con la corrupción dentro de los sindicatos, llámese el SNTE o la CNTE, porque los dos se dedicaron a comprar, a entregar plazas y hacer de la educación lo peor que pudiéramos tener en este país.
Quiero decirles finalmente, porque luego el tiempo se nos agota con una rapidez inusitada, que estamos comprometidos en la reforma educativa, pero también reconocemos que debe de revisarse la parte en la que se vincula...
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Concluya, por favor, diputada.
La diputada Hortensia Aragón Castillo: No se preocupe, señor. La parte en la que se vincula la permanencia laboral de los trabajadores a la evaluación. Sí la evaluación para acceder a la educación, acceder al trabajo en educación. Sí la evaluación...
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Concluya, diputada.
La diputada Hortensia Aragón Castillo: No se preocupe, presidente, los demás se pasaron más de dos minutos. Sí la evaluación para que tengas acceso a mejores cargos y que tengas mejores motivaciones económicas, pero la evaluación vinculada a la permanencia de los trabajadores en su cargo es realmente un exceso. Muchas gracias.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputada Aragón. Tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Lorena Alfaro García, del Grupo Parlamentario del PAN.
La diputada Lorena del Carmen Alfaro García:Muchas gracias. Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, el Partido Acción Nacional ha impulsado mejores propuestas para México. Y desde el Congreso de la Unión le dimos al gobierno federal priista las herramientas para transformar al país. Pero es claro que pusimos en manos equivocadas las reformas, al PRI gobierno le han quedado grandes.
Hoy tenemos una política social fallida, ineficiente e ineficaz, pero sobre todo, poco transparente, una política social con resultados mediocres.
Ahora habrá que sumar otra preocupación, el nombramiento del nuevo secretario de Desarrollo Social, un operador político que poco sabe de política social pero que sí sabe mucho de estrategia electoral. ¿Hacia dónde se pretende enfocar la política social del PRI gobierno?
Ante el desastre del PRI gobierno en materia social tenemos que recordarles que con Acción Nacional dio inicio una transformación de fondo en política social. Una política social de avanzada que fue premiada en todo el mundo por sus resultados en reducir la pobreza. Pero han bastado cuatro años para regresar a los viejos tiempos del clientelismo político.
Les recordamos que fue en los gobiernos del PAN que se realizó la primera medición de pobreza con rigor técnico y confiable. Se impulsó la aprobación de la Ley General de Desarrollo Social y se creó el Coneval. También se estableció la obligatoriedad de que todo programa social contara con reglas de operación.
Fueron los gobiernos del PAN quienes en alianza con la sociedad civil blindaron los programas sociales, focalizaron con criterios transparentes la asignación de recursos públicos y se crearon los programas del Seguro Popular, Atención a Jefas de Familia, Adultos Mayores y de Estancias Infantiles que presume este gobierno.
Hoy no existe un padrón único de beneficiarios que se mantenga actualizado, que sea público y que se convierta en un instrumento eficaz para evitar duplicidades y mal manejo en el uso de los recursos públicos. La principal estrategia de combate a la pobreza del PRI gobierno, la Cruzada contra el Hambre, ha ejercido una cantidad de recursos públicos muy alta en los últimos años; sin embargo, no presenta resultados concretos en la mejora de condiciones de vida de quienes más lo necesitan. No obstante la Cruzada, recientemente el Coneval informó que aumentaron las personas que tienen problemas de acceso a la alimentación. Hasta ahora 28 millones de mexicanos sufren de esta carencia.
Por otro lado, al mes de julio de 2016 se informa que Prospera alcanzó una cobertura de atención de 6.1 millones de familias. Que recuerde el PRI gobierno que a finales de 2012 el programa Oportunidades, su antecedente, ya beneficiaba a 5.8 millones de familias. En cuatro años, con el presupuesto más grande de la historia, Prospera solo logró integrar 300 mil familias más.
Hace un año, en el III Informe de Gobierno, gracias al Coneval tuvimos conocimiento de que entre 2012 y 2014 la pobreza aumentó de 53 a 55 millones de personas. Es decir, se incrementó en 2 millones. Y que la pobreza extrema tan solo se redujo en 87 mil personas que pasaron de ser muy pobres a ser pobres. Ahora no contamos con la información necesaria para evaluar de manera objetiva los resultados de su combate en los últimos dos años.
Compañeras y compañeros diputados, otro aspecto crucial de la política social que no muestra resultados esperados es la reforma educativa, que planteó como objetivo principal alcanzar una educación de calidad en los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Para el PAN la reforma educativa es una de las transformaciones más importantes, por ello reprobamos la incapacidad del PRI gobierno en su implementación en algunas regiones del país.
El conflicto magisterial muestra graves riesgos de ingobernabilidad. De manera cotidiana se viven los bloqueos carreteros, vandalismo y caos en estados con presencia de la CENTE, como Michoacán, Chiapas, Oaxaca y Guerrero. Existe incapacidad para ofrecer respuestas satisfactorias al conflicto, las negociaciones conducen a una aplicación inadecuada y discrecional de la ley, a mantener privilegios que la reforma pretendía corregir, pero lo más lamentable son los miles de niños y adolescentes que continúan sin clases.
En el PAN nos manifestamos a favor del diálogo entre el gobierno y la CNTE, pero rechazamos la negociación de la reforma. El PRI-gobierno...
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Concluya, por favor, diputada.
La diputada Lorena del Carmen Alfaro García: ...está obligado a aplicar la ley en sus términos. La realidad educativa que enfrentamos en el país dista mucho de las buenas historias que según el gobierno priístas cuentan mucho. Cómo lograr una educación de calidad si los cimientos que deben dar vida a la misma, no han logrado materializarse...
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Concluya, por favor, diputada.
La diputada Lorena del Carmen Alfaro García:...en nuestro sistema educativo. Sí, presidente, concluyo.
Compañeras y compañeros diputados, el actual gobierno no tiene rumbo ni claridad, respecto de la política social que el país necesita, tan es así que han puesto a un operador político a conducir los programas más sensibles de nuestro país, aquellos que están enfocados a quienes más necesidad tienen y más tiempo han esperado. México no merece un gobierno que haga de la pobreza un botín electoral. México no merece un gobierno que en lo que no ha sido corrupto...
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Tiempo, diputada.
La diputada Lorena del Carmen Alfaro García:... ha sido completamente inepto. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputada Alfaro. Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Edith Anabel Alvarado Varela, del Grupo Parlamentario del PRI.
La diputada Edith Anabel Alvarado Varela:Con la venia de la Presidencia. El gobierno de la República ha hecho de la política social un instrumento de acción contra la desigualdad y la pobreza. Se han abierto oportunidades de desarrollo a quienes menos tienen, con ello se han roto círculos perversos de exclusión. Hemos transitado de un enfoque asistencialista a una visión integral de combate a la pobreza, basada en los derechos, la generación de oportunidades y el desarrollo de capacidades productivas.
Además, existe un fuerte compromiso con la evaluación, la transparencia y la rendición de cuentas. Un ejemplo ilustrativo. En el marco de la estrategia nacional de inclusión, la Sedesol diseñó la cartilla social que empodera a los mexicanos en el ejercicio de su derecho a la información.
Hoy, la Cruzada Nacional Contra el Hambre beneficia a más de cuatro millones 200 mil mexicanos que antes de esta administración no tenían garantizado uno de los derechos humanos más elementales como la alimentación, con al menos alguno de los 90 programas sociales que participan en esta estrategia.
A través de la red de comedores comunitarios se distribuyen más de dos millones de comidas al día. En ellos se atiende a los sectores más vulnerables.
En estos cuatro años se han ampliado las redes de comercialización de Diconsa y Liconsa, especialmente donde está puesto en marcha el programa de la Cruzada Nacional Contra el Hambre. En diciembre de 2012, aproximadamente cinco millones de personas recibían leche Liconsa; actualmente el programa beneficia a seis millones 400 mil.
Otro de los mayores compromisos del gobierno de la República fue garantizar a toda la población el derecho humano a la salud. En lo que va de esta administración se ha reducido seis por ciento la tasa de mortalidad infantil y ocho por ciento la razón de mortalidad materna.
Se han construido, concluido, fortalecido o modernizado más de 640 unidades hospitalarias y más de dos mil 900 unidades de consulta externa, con una inversión superior a los 39 mil millones de pesos.
En los primeros seis meses del año, 4.1 millones de beneficiarios de Prospera, programa de inclusión social y del programa pensión para adultos mayores, se afiliaron al Seguro Popular.
Permítanme desde aquí expresar mi reconocimiento al gobierno de la República por la estrategia seguro joven, por tener claro que la brecha de la desigualdad solo puede reducirse si se aprovecha en bono demográfico. De enero a agosto, 6.6 millones de estudiantes de educación media superior y superior se afiliaron al Instituto Mexicano del Seguro Social.
En suma, al menos 10.7 millones de personas superaron la carencia por acceso a la salud. La cobertura del Seguro Popular se ha ampliado; hoy tiene dos millones más de afiliados que en 2012.
Con la estrategia Cero Rechazo quedó garantizada la atención médica a todas las mujeres embarazadas en cualquier hospital público del país cuando enfrentan una emergencia obstétrica.
En México el 30 por ciento de los hogares está a cargo de una mujer, por ello el programa de Seguro de Vida para Jefas de Familia, puesto en marcha desde 2013, tiene un gran impacto social, ya que hoy protege a 6 millones 200 mil hogares.
Antes de este gobierno, millones de mexicanos llegaban a la tercera edad sin el apoyo de una pensión. Hoy con el programa Pensión para Adultos Mayores de 65 y Más, se ofrece un respaldo económico a 5 millones 500 mil personas en edad avanzada; 2 millones 500 mil más que en 2012.
La nueva política en materia de vivienda ha dado resultados. De enero de 2013 a junio de 2016, más de 3 millones 400 mil familias se han beneficiado con créditos y apoyos para tener una vivienda digna.
En los primeros 42 meses de gobierno, el consumo de los hogares ha crecido 8.4 por ciento, lo que es consecuencia de mayores niveles de empleo y poder adquisitivo. Por citar sólo un ejemplo, del inicio de la administración a julio de 2016, se han creado más de 2 millones de puestos de trabajo registrados en el IMSS. Este es el mayor aumento de empleos formales para un periodo similar en la historia.
Por estas razones y más de las que puede dar cuenta el documento completo del Cuarto Informe de Gobierno, no aceptamos las acusaciones absurdas de quienes estuvieron durante 12 años al frente del gobierno federal, y que lejos de aprovechar el superávit económico que su tiempo les brindó con excedentes por ingresos petroleros, sumieron al país en una ola cruenta de violencia y pobreza sin paralelo. Esos años son conocidos y recordados por millones de mexicanos como la docena trágica.
Diputadas y diputados, hay datos, indicadores y argumentos de sobra para decir que vamos por buen camino. Por eso el grupo parlamentario del PRI apoya plenamente al presidente Enrique Peña, porque sabemos de su compromiso social a fin de cumplir con el anhelo de millones de mexicanos de tener una mejor calidad de vida.
Estamos seguros que el nombramiento de Luis Enrique Miranda Nava al frente de la Sedesol, llevará a buen término la obra de este gobierno en materia de política social. México está viviendo una etapa de grandes cambios; el camino es largo y por eso la tarea del gobierno de la república ha sido construir los cimientos que permitan edificar un futuro con mayores oportunidades para todos. Muchas gracias. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputada Alvarado.
Esta Presidencia informa a la asamblea, que por acuerdo de los grupos parlamentarios, la segunda ronda del análisis del 4to. Informe de gobierno en materia de...
El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Sonido a la curul del diputado Marín.
El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (desde la curul): Gracias señor presidente, que quede claro que no es mi curul. Gracias, presidente. Hemos solicitado a los coordinadores representantes de los grupos parlamentarios algo que efectivamente es sumamente extraño pero que quisiéramos, ellos han aceptado en obsequiarnos y le pedimos a usted esta oportunidad, que pase antes de que concluya la sesión, el diputado Edgardo Melhem, quien es nuestro orado designado para el día de mañana, cuando por causas de fuerza mayor no podrá asistir.
El día de mañana continuaría la glosa sin intervención del Grupo Parlamentario del PRI, espero que no abusen ustedes por eso.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Se obsequia la solicitud hecha por el Grupo Parlamentario del PRI, y tiene el uso de la voz, hasta por cinco minutos, el diputado Edgardo Melhem Salinas.
El diputado Edgardo Melhem Salinas:Muy buenas tardes amigas y amigos, compañeros diputados. La política social que ha instrumentado el presidente de la República es una política social que empieza por reconocer la pobreza y la marginación en que se encuentran más de 11 millones de mexicanos, y a partir de ahí, se han desarrollado estrategias para abatirlas.
Una de las principales, es la estrategia de inclusión social y la Cruzada Nacional contra el Hambre, que ataca directamente a los temas de educación, se salud, alimentación, servicios básicos, vivienda, calidad de espacios en la vivienda, seguridad social y el ingreso.
Me llamó la atención hace unos momentos, que la compañera de Acción Nacional comentaba de transparencia y de los padrones. Gracias a esta nueva estrategia de inclusión social, implementada por el presidente Enrique Peña Nieto, por primera vez en la historia se han celebrado 22 convenios con las entidades federativas para intercambiar y transparentar los padrones de todos los beneficiarios de los programas sociales federales. Y esto con el objetivo de poder focalizar mejor los recursos y que lo poco o mediano que haya para los que menos tienen no sea duplicado por los estados y municipios.
Y hablaba de cifras, y aquí es muy interesante ver por qué ella hablaba del Programa Prospera, que en cuatro años pasó de 5.8 a 6.8. Pero no nada más seguimos con alimentación, con educación y con salud, como estaba anteriormente, ahí no salíamos de esas familias del ciclo de pobreza, el presidente Enrique Peña impuso también y adhirió al Programa Prospera el tema del ingreso para que las familias que ya tuvieran educación y salud también tuvieran ya un ingreso propio para el sustento de sus familias.
Y hay números que mienten en cualquier otra cosa, y más que números son personas, son beneficiarios. Simplemente de enero de 2012 de 84 mil 800 millones que habían en el ramo 20 hoy gracias a la focalización mejor de los recursos hay 109 mil millones de pesos para apoyar a las familias que menos tienen.
En el Programa de 65 y Más, en 12 años había 3 millones de beneficiarios, Enrique Peña Nieto en 2 años tuvo ya 5.5 millones de adultos mayores que se beneficiaron, de 18 mil millones de pesos a 39 mil millones de pesos con lo que se atiende a este sector vulnerable de la población.
El Programa Seguro de Vida para Mujeres Jefas de Familia, 6 millones 200 mil jefas de familia cuentan con esta seguridad y hoy 14 mil 600 niños huérfanos ya son atendidos para garantizarles a ellas la educación de sus hijos.
Hoy por eso aquí venimos a refrendar este compromiso con la política social, donde se formaron más de 80 mil comités comunitarios que definían y decían las acciones de gobierno. Aquí no hay nada oculto. No como en el pasado, y lo recuerdo muy bien, que los delegados federales de Sedesol el sexenio pasado ni siquiera los presidentes municipales invitaban cuando había entrega de recursos de Prospera o de 65 y Más. Eso es cosa del pasado, eso sí era partidizar los programas sociales y operadores políticos, ni me digan, si en 2012 cuando fue la elección presidencial si revisamos a las delegaciones federales de Sedesol, se van a encontrar cómo ahí favorecían asociaciones civiles, que las quisimos localizar en 2013 y muchas de ellas ni existían y eran montos millonarios que se destinaban al Programa de Empleo Temporal.
Nada más les pongo un caso de Tamaulipas. Más de 36 millones de pesos a una asociación civil en plena elección de 2012, y cuando fuimos a localizar dónde estaban esas oficinas, nadie sabía, no existía y nadie nunca supo. Esa es la transparencia que presumen ustedes y que lamentablemente hoy en los hechos con padrones transparentes es otra cosa.
Hoy sí hay claridad, hoy a los alcaldes se les invita sin importar los colores partidistas. Hoy hay una política social pareja para todos. Esa es la política que quiere Enrique Peña Nieto y que impulsa el PRI y de ahora en adelante también hacemos un refrendo aquí como grupo parlamentario; en el Ramo 20 en el próximo Presupuesto de Egresos los priistas vamos a defender que no haya un solo beneficiario de ningún programa social que se quede fuera de Prospera, fuera de 65 y Más.
Vamos a estar con ellos y si es necesario, como lo dijo nuestro coordinador, ajustarle el cinturón del presupuesto de la Cámara de Diputados para ayudar a los programas sociales, estamos dispuestos los priistas a apoyar a los que menos tienen. Muchas gracias.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputado Melhem.
Esta Presidencia informa a la asamblea que por acuerdo de los grupos parlamentarios la segunda ronda del análisis del 4to. Informe de Gobierno en materia de política social se desahogará el día de mañana miércoles.
EFÉMERIDES
GESTA HEROICA DE IGNACIO PÉREZ
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Esta Presidencia no quiere dejar pasar la ocasión para referir que hoy, 13 de septiembre, se conmemora la Gesta Heroica de Ignacio Pérez, personaje de la historia que en 1810, por instrucciones de Josefa Ortiz de Domínguez, arriesgó su vida para avisar al padre de la patria, el cura Miguel Hidalgo y Costilla y a Ignacio Allende, que habían descubierto la conspiración y que se pretendía aprehenderlos. Mensaje oportuno que permitió adelantar la lucha por la independencia de México.
Dicho acto heroico marcó el comienzo de la lucha de los mexicanos hacia nuestra libertad y soberanía, por lo que la travesía hecha por el mensajero de la libertad debe ser conmemorada y valorada cada año, como se hace el día de hoy.
El diputado José Hugo Cabrera Ruiz(desde la curul): Señor presidente.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: ¿Con qué objeto, diputado Cabrera? Sonido a la curul del diputado Cabrera. Adelante, por favor.
El diputado José Hugo Cabrera Ruiz (desde la curul): Muchas gracias, presidente. Precisamente para evocar la gesta heroica a la que ha hecho referencia ahorita. Con su permiso, señor presidente, con el permiso de la honorable asamblea.
Es un honor para un servidor, como mexicano y particularmente como queretano esta tarde hacer uso de la voz, hoy 13 de septiembre, en que conmemoramos la Gesta heroica de Ignacio Pérez.
Hablar de los orígenes de la lucha por la Independencia de México implica hablar del liderazgo y valentía de un grupo de personas que se reunió de manera clandestina para realizar lo que hoy conocemos como conspiración de Querétaro.
Sin embargo, hay figuras cuya contribución hizo posible que la lucha de Independencia se pudiera llevar a cabo a tiempo y quienes son poco conocidos, tal es el caso de Ignacio Pérez, el mensajero de la libertad.
Como es bien sabido, los conspiradores planeaban realizar la insurrección en octubre de ese año, pero fueron descubiertos a principios de septiembre. Después de diversos sucesos que condujeron a las reuniones, salieron a la luz el corregidor, Miguel Domínguez, tuvo la pista de que los denunciarían y puso sobreaviso a su esposa Josefa Ortiz de Domínguez, al saber que su esposo tendría que actuar en contra de ellos ordenó a Ignacio Pérez, quien también era parte de la conspiración, que avisara lo sucedido a Ignacio Allende. De esta manera, Ignacio Pérez cabalgó durante más de dos días hasta San Miguel El Grande, hoy San Miguel de Allende, Guanajuato, para llevar el mensaje de libertad.
No obstante, el mensajero no encontró a Allende y comunicó lo sucedido a Aldama, para después seguir camino al pueblo de Dolores y explicar a Hidalgo y Allende lo que estaba ocurriendo, justo antes de que estos dos personajes fueran aprehendidos.
De esta manera, compañeras, compañeros, el cura Hidalgo adelanta el inicio de la lucha de Independencia horas después de haber recibido el mensaje del queretano Ignacio Pérez, pronuncia el Grito de Independencia.
Lo relatado es evidencia de la importancia que tuvo el papel de Ignacio Pérez, quien arriesgó su vida cabalgando los días 13, 14 y 15 de septiembre y logró avisarle al padre de la patria la situación de urgencia que se estaba viviendo en Querétaro. La oportunidad del. Mensaje hizo que la lucha comenzara antes de que el cura Hidalgo fuera aprehendido.
Actualmente, compañeras y compañeros, en Querétaro, en nuestro estado, se conmemora la gesta heroica de Ignacio Pérez. Esta celebración, que inicia el 12 de septiembre con un desfile donde participan 300 jinetes.
Cabe mencionar, que ha sido sometido este punto de acuerdo para que esta asamblea pueda pronunciarse a favor de que esta cabalgata, que se lleva a cabo desde hace 30 años en Querétaro, sea considerada patrimonio cultural de los queretanos.
Lo sucedió en esos días de 1810 es fundamental para entender el México que hoy tenemos y por ello es de suma importancia recordar los actos que posibilitaron que nuestro país iniciara su lucha de independencia, y reconocer el mérito de los personajes cuyos actos fueron fundamentales para lograrlo. Por eso, por todo esto que viva México. Muchas gracias.
«Efeméride con motivo del 13 de septiembre, gesta heroica de Ignacio Pérez, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI
Hablar de los orígenes de la lucha por la independencia de México implica hablar del liderazgo y valentía de un grupo de personas que se reunió de manera clandestina para realizar lo que hoy conocemos como Conspiración de Querétaro.
Estos encuentros tuvieron lugar en la casa de José Miguel Domínguez, Corregidor de Querétaro, y participaron personajes que la historia se ha encargado de reconocer, entre los que están: Miguel Hidalgo y Costilla, Ignacio Allende, Juan Aldama, Epigmenio González y Josefa Ortiz de Domínguez. Sin embargo, hay figuras cuya contribución hizo posible que la lucha de independencia se pudiera llevar a cabo a tiempo y quienes son poco conocidos por sus acciones; es el caso de Ignacio Pérez, el mensajero de la libertad.
Como es bien sabido, los conspiradores planeaban realizar la insurrección en octubre de 1810, pero fueron descubiertos a principios de septiembre. Después de diversos sucesos que condujeron a que las reuniones salieran a la luz, el corregidor Miguel Domínguez tuvo pista de que los denunciarían y puso sobre aviso a su esposa. Fue el doctor Gil de León quien acudió con el corregidor para hacer la denuncia y éste, el día 14 de septiembre, ordenó aprehender a Epigmenio González y catear su casa, tratando de ganar tiempo para que los demás conspiradores pudieran escapar.
Josefa Ortiz de Domínguez, al saber que su esposo tendría que actuar en contra de ellos, ordenó a Ignacio Pérez, quien también era parte de la conspiración, que avisara lo sucedido a Ignacio Allende. De esta manera, Ignacio Pérez cabalgó durante más de dos días hasta San Miguel el Grande, hoy San Miguel de Allende, para llevar el mensaje de libertad. No obstante, el mensajero no encontró a Allende y comunicó lo sucedido a Aldama, para después seguir camino al pueblo de Dolores y explicar a Hidalgo y Allende lo que estaba ocurriendo, justo antes de que estos dos personajes fueran aprehendidos.
De esta manera, el cura Hidalgo adelanta el inicio de la lucha de independencia y horas después de haber recibido el mensaje del queretano Ignacio Pérez, pronuncia el grito de Independencia.
Lo relatado es evidencia de la importancia que tuvo el papel de Ignacio Pérez, quien arriesgó su vida cabalgando los días 13, 14 y 15 de septiembre y logró avisar al Padre de la Patria la situación de urgencia que se estaba viviendo en Querétaro. La oportunidad del mensaje hizo posible que la lucha comenzara antes de que el Cura Hidalgo fuera aprehendido.
Actualmente, en Querétaro se conmemora la gesta heroica de Ignacio Pérez. Esta celebración inicia el 12 de septiembre, con un desfile en el que participan alrededor de 300 jinetes.
Lo sucedido en esos días de 1810 es fundamental para entender el México que hoy tenemos y por ello es de suma importancia recordar los actos que posibilitaron que nuestro país iniciara su lucha de independencia y reconocer el mérito de los personajes cuyos actos fueron fundamentales para lograrlo.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 13 de septiembre de 2016. Diputado José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica).»
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputado Cabrera. Solicitaría que la propuesta que hizo sobre la cabalgata sea sometida a consideración de la Junta de Coordinación Política, por favor.
ANIVERSARIO DE LA PROCLAMACIÓN DE LA INCORPORACIÓN DE CHIAPAS A LA FEDERACIÓN MEXICANA
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Asimismo, se celebra el 14 de septiembre como Aniversario de la Proclamación de la Incorporación de Chiapas a la Federación Mexicana, cumpliéndose así 192 años a partir de que las chiapanecas y los chiapanecos tomaron la decisión soberana de integrarse a nuestro país, determinación que hoy en día enorgullece al pueblo chapaneco y, sobre todo, honra a México al tener como miembro de nuestra patria a una entidad tan vasta en cultura, tradiciones e historia.
La diputada Janette Ovando Reazola(desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Sonido a la curul de la diputada Janette Ovando Reazola, del Grupo Parlamentario del PAN.
La diputada Janette Ovando Reazola (desde la curul): Buenas tardes. Sólo para que quedara constancia de la participación del Grupo de Acción Nacional, para nosotros los chiapanecos esta fecha es muy importante, 96 mil votos en ese 1824 definieron el pacto que Chiapas tiene con México, una tradición democrática de los chiapanecos.
Chiapas es de México, como México es de Chiapas, por decisión. No existe una mejor manera de ser mexicano que el que decide serlo con su corazón. Viva Chiapas y viva México.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputada Ovando.
La diputada María Elena Orantes López(desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Ha solicitado el uso de la voz la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, adelante, por favor.
La diputada María Elena Orantes López (desde la curul): Muchas gracias, presidente. En este 192 aniversario del estado más patrio de este país, que se federalizó voluntariamente y orgulloso de pertenecer a México, siempre muy felices de un trato igualitario que se tendría en este país, después de haber sido independiente y haber pertenecido a la capitanía de puerto de Guatemala.
Por eso celebramos desde este espacio, en Movimiento Ciudadano, este pacto que se le ha dado y esta atención al magisterio chiapaneco, que durante más de 123 días olvidaron.
Qué bueno que el día de hoy haya sido a través del diálogo y no a través de la fuerza. Chiapas le ha respondido a México. Chiapas es belleza natural, es turismo, es petróleo, es gas natural, es el que provee de energía a México, pero la federación no le ha respondido a Chiapas. Se requiere atención urgente al campo, a los pequeños comercios que han sido olvidados en esta lucha de los últimos tres meses. A los campesinos, respeto a los indígenas, pero sobre todo, Chiapas requiere un trato igualitario. El estado más patrio de este país pide ser atendido y respetado como mexicanos, como todos los demás, de primera. Muchas gracias señor presidente.
«Efeméride con motivo del 14 de septiembre, aniversario de la proclamación de la incorporación de Chiapas a la Federación Mexicana, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, presenta ante el pleno de esta soberanía la efeméride 14 de septiembre. Aniversario de la proclamación de la incorporación de Chiapas a la Federación mexicana.
Efeméride
Hoy, se cumplen 192 años desde que los chiapanecos y las chiapanecas tomaron la decisión soberana de integrarse a la Federación mexicana y empezar a formar parte de nuestra gran nación. Esta histórica determinación, se fue construyendo en varios procesos, primero, entre el planteamiento derivado del Tratado de Córdoba y la caída del Primer Imperio, ante la posibilidad de consumar la integración a México, incorporarse a Guatemala o buscar la independencia de Chiapas.
Posteriormente, este debate configuró la manera de definir la disyuntiva, a través de una consulta, convocada por la Suprema Junta Provisional de Chiapas. Así, se dispuso que en los doce distritos que entonces conformaban a la Provincia de Chiapas, se celebraran plebiscitos sobre este tema.
En consecuencia, el 12 de septiembre de 1824, los resultados del plebiscito indicaron que la mayoría optó por unirse a México, decisión soberana del pueblo chiapaneco que permitió proclamar la incorporación a la Federación mexicana, el 14 de septiembre de 1824.
A casi dos siglos del ejercicio democrático que permitió, a quienes tenemos el orgullo de haber nacido en Chiapas, ser parte de la nación mexicana, nuestro estado se ve agobiado por problemas y retos derivados de la desigualdad y de actitudes intolerantes y antidemocráticas. No obstante ello, quienes conocemos la fuerza de nuestra cultura y tradiciones; el tesón de las chiapanecas y los chiapanecos, y las posibilidades de desarrollo que plantean las riquezas naturales de Chiapas, tenemos la certidumbre de que los problemas serán resueltos.
La grandeza de México hoy se refleja en cada rincón de Chiapas y se fortalece con el bienestar del pueblo chiapaneco. Esa grandeza se ha construido y reafirmado a lo largo de veinte décadas de luchas y esfuerzos que encontrarán la materialización del futuro promisorio que vio la sociedad chiapaneca del siglo XIX, en la medida en que los mexicanos unamos esfuerzos y compromisos con la democracia, la tolerancia mutua y una visión económica más humana.
Nota:
1 Javier Patiño Camarena, Chiapas, Editorial Constitucionalista, México, 2006.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputada María Elena Orantes López (rúbrica).»
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputada Dorantes. Tiene el uso de la voz en su curul el diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez(desde la curul): Gracias, señor presidente. Pues igual, como chiapaneco que soy, pues festejamos esta fecha. Pero también es importante recalcar que bueno, nos anexamos a México por la vía democrática, pero es lamentable que hoy en Chiapas la democracia ya no exista por tener a un gobernador que quiera imponer a su partido en todos los municipios de nuestro estado, lo que ha provocado una crisis sin precedentes en nuestro estado.
La verdad que es lamentable que para estas fechas no podamos festejar mucho porque somos el estado más pobre del país, porque somos el estado con mayores problemas en el campo, en la educación y en la salud.
Y reitero que más que festejos y más que halagos podamos realmente luchar y trabajar en pro de la población de nuestro querido estado y podamos acabar ya con esta pobreza que nos ha acompañado durante toda nuestra historia. Para poder festejar tenemos que construir una mejor sociedad y un mejor gobierno. Muchas gracias.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Gracias, diputado Santiago.
Proceda la Secretaría a dar lectura al acuerdo de la Junta de Coordinación Política.
ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados. LXIII Legislatura. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política se exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal a adoptar las medidas pertinentes y urgentes para garantizar, previo a la repatriación, la atención integral interdisciplinaria, incluyendo la asesoría legal de las y los migrantes centroamericanos localizados en la casa de seguridad del municipio de Amozoc, Puebla el pasado 20 de agosto, y en el interior del tráiler que circulaba por la autopista Puebla-Orizaba.
Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos de Mexicanos, somete a consideración del Pleno el siguiente:
Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal a adoptar las medidas pertinentes y urgentes para garantizar, previo a la repatriación, la atención integral interdisciplinaria, incluyendo la asesoría legal de las y los migrantes centroamericanos localizados en la casa de seguridad del municipio de Amozoc, Puebla el pasado 20 de agosto, y en el interior del tráiler que circulaba por la autopista Puebla-Orizaba, informándoles sobre su derecho a interponer denuncia penal en caso de existir la comisión de delitos en su contra, y actuar con la debida diligencia para investigar los hechos, sancionar a los responsables y procurar la reparación del daño.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal a adoptar, de conformidad con el artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, las medidas especiales de protección en el caso de las menores de edad, quienes presuntamente fueron víctimas de agresión sexual, e informar a sus representantes sobre la posibilidad de denunciar penalmente los hechos, y en su caso se realice la adecuada investigación, sancionando a los responsables.
Tercero.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal a investigar, previamente a la repatriación, si el retorno al país de origen de las personas migrantes rescatadas es seguro y adecuado, y dé parte a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) para que brinde asesoría, estudie la situación y determine si existen motivos para solicitar el estatus de refugiado.
Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal a que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el Título Quinto, De la Protección de los Migrantes que Transitan por el Territorio Nacional, Capítulo Único y Título Sexto, Del Procedimiento Administrativo Migratorio; capítulos I al IX de la Ley de Migración, para que la situación migratoria de las personas migrantes en tránsito no impida el ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos en nuestra Constitución, y en los tratados y convenios internacionales de los que es parte el Estado mexicano.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 8 días del mes de septiembre del año 2016. Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional; diputado José Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; diputado Alejandro González Murillo (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.»
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba.
La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Aprobado. Comuníquese.
La diputada María Luisa Beltrán Reyes(desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Sonido en la curul de la diputada Beltrán, por favor.
La diputada María Luisa Beltrán Reyes (desde la curul): Quiero agradecer a los integrantes de la Junta de Coordinación Política, y en especial a cada uno de los coordinadores de los grupos parlamentarios, por la gran sensibilidad en este tema. Este tema que nos lastima como sociedad por la constante violación a los derechos humanos en nuestro país. Gracias.
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano: Queda asentado su dicho.
INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar remite, en términos de lo dispuesto por el artículo 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones que no se presentaron en tribuna(*)
EFEMÉRIDE
DÍA INTERNACIONAL DEL CHOCOLATE
«Efeméride con motivo del 13 de septiembre, Día Internacional del Chocolate, a cargo del diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar, del Grupo Parlamentario del PVEM
México es la cuna del cacao; la historia de este alimento en nuestro país se remonta hasta los tiempos de la civilización olmeca, pero éste también fue disfrutado por los mayas y aztecas, siendo considerada por estos últimos como un obsequio del dios Quetzalcóatl.
Si bien la semilla del cacao tuvo diversos usos, fueron los mexicas quienes preparaban con ésta una bebida de sabor agrio, derivada de la fermentación en agua, a la cual llamaban xocoatl, (xococ-agrio/atl-agua). Este vocablo es el origen de la palabra chocolate. Más allá del ámbito culinario, las culturas olmeca, maya y azteca otorgaron al cacao y al chocolate una gran importancia que trasciende hacia otros ámbitos, espiritual y social fundamentalmente, por lo cual éstos elementos se han convertido en un factor inalienable de la cultura mexicana.
La importancia histórica del chocolate no se remonta únicamente a la época prehispánica, pues durante la Colonia el consumo de éste comenzó a popularizarse. Cabe señalar que antes de la llegada de los españoles a nuestro territorio el chocolate estaba reservado para las clases dirigentes y era considerado el alimento de los dioses. Más tarde, ya durante el porfiriato, gracias a la influencia francesa en nuestra cultura, el chocolate empezó a ser utilizado en la repostería. Así, el chocolate se convirtió poco a poco en un elemento esencial de la gastronomía mexicana, la cual ha sido reconocida por la UNESCO como patrimonio inmaterial de la humanidad.
La importancia social, económica, cultural y gastronómica del cacao y el chocolate se ha mantenido a lo largo de la historia de nuestro país, muestra de ello se refleja en la gran extensión geográfica que fue destinada para su cultivo en la antigüedad. Sin embargo, el potencial productor del país no está siendo aprovechado a fondo. Actualmente, la producción se concentra principalmente en Tabasco (67 por ciento) y Chiapas (31 por ciento). Estas entidades aportan en conjunto alrededor del 98 por ciento de la producción total nacional, mientras el resto se produce en Oaxaca, Guerrero y Veracruz.
México es uno de los pocos países que cuenta con las condiciones geográficas y climáticas adecuadas para el cultivo del cacao. En este sentido, no explotar al máximo esta circunstancia resulta preocupante, no sólo por el riesgo existente de perder el legado cultural que el cacao y el chocolate representan para nuestra nación, sino porque, de acuerdo con datos del Consejo Nacional de Población, existen aproximadamente 80 mil familias mexicanas que dependen de la producción del cacao para su sostenimiento y que desde hace ya varios años se han visto afectadas económicamente por la baja registrada en el volumen de producción.
El día 13 de septiembre ha sido la fecha designada como el Día Internacional del Chocolate, celebración que representa una oportunidad para poner de manifiesto la importancia de la industria cacaotera y chocolatera en nuestro país, así como para señalar la necesidad de impulsar acciones de política pública para su rescate, lo cual, sin duda alguna, tendrá un efecto positivo en los ámbitos económico, social, regional y cultural.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2016. Diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar (rúbrica).»
CLAUSURA Y CITA
El Presidente diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano (a las 15:57 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana, miércoles 14 de septiembre de 2006, a las 11 horas.
O
RESUMEN DE TRABAJOS
Tiempo de duración de la sesión: 4 horas con 25 minutos
Quórum a la apertura de la sesión: 297 diputadas y diputados
Comunicaciones oficiales: 10
Minutas: 2
Iniciativas del Ejecutivo federal: 10
Proposiciones con punto de acuerdo aprobadas: 2
Acuerdo de los Órganos de Gobierno: 2
1 de la Junta de Coordinación Política. 1 de la Mesa Directiva
Iniciativas de las diputadas y los diputados: 21
Licencia de diputados: 1
Efemérides: 2
Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 47
2 PES 5
NA 6
MC 6
Morena 5
PVEM 7
PRD 8
PAN 8
PRI
DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)