Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputada Jorge Carlos Ramírez Marín
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año III
México, DF, jueves 23 de noviembre de 2017
Sesión No. 27

SUMARIO


COMUNICACIONES OFICIALES

Del diputado Tomás Octaviano Félix, del Grupo Parlamentario del PRD, por el que solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto por el que modifica el artículo 58 y adiciona un articulo 21 Ter a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se tiene por retirada, actualícense los registros parlamentarios

INICIATIVAS DE SENADORES

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

De la Cámara de Senadores, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la senadora Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY FEDERAL DE DERECHOS

De la Cámara de Senadores, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 191-B de la Ley Federal de Derechos, presentada por el senador Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del PT. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política, se recibió acuerdo relativo al funcionamiento y operatividad del Sistema de Justicia Penal Acusatorio. Aprobado, comuníquese

Desde la curul, se refiere a diversos temas parlamentarios:

–El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, del PAN

La Presidencia hace atentas recomendaciones

EFEMÉRIDE

Con motivo del Día de la Armada de México, a cargo de diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios

Para referirse a la efeméride, participan:

–La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del PES

–El diputado Ángel García Yáñez, de NA

–El diputado Adán Pérez Utrera, de MC

–El diputado Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, del PVEM

–La diputada Concepción Villa González, de Morena

–La diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, del PRD

–El diputado Wenceslao Martínez Santos, del PAN

–El diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del PRI

DICTÁMENES A DISCUSIÓN DE LEY O DECRETO

LEY DE VERTIMIENTOS EN LAS ZONAS MARINAS MEXICANAS

A discusión el dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas

Para fundamentar el dictamen, hace uso de la palabra:

–La diputada María Cristina Teresa García Bravo, del PRD

Para presentar moción suspensiva, interviene:

–El diputado Juan Romero Tenorio, de Morena. No se toma en consideración

Para fijar la postura de su grupo parlamentario, participan:

–El diputado David Aguilar Robles, del PRI

–El diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del PRD

No habiendo más oradores registrados, se considera suficientemente discutido en lo general

Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas

Para la discusión en lo particular, hacen uso de la palabra:

–La diputada Concepción Villa González, de Morena

–El diputado Juan Romero Tenorio, de Morena

–El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Morena

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales

PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

EXHORTO AL CONSEJO GENERAL DEL INE PARA QUE TRANSPARENTE LOS CRITERIOS DE FISCALIZACIÓN SOBRE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, LOS MECANISMOS PARA DETECTARLOS Y SANCIONARLOS, ASÍ COMO LOS PROCEDIMIENTOS QUE ESTÉ DESARROLLANDO

El diputado Edgar Romo García, en nombre propio y de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios

Se considera de urgente de resolución

Para referirse a la proposición, participan:

–La diputada Carmen Victoria Campa Almaral, de NA

–La diputada Lorena Corona Valdés, del PVEM

–El diputado Jorge Álvarez Maynez, de MC

–La diputada Norma Rocío Nahle García, de Morena

–La diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, del PRD

–El diputado Juan Pablo Piña Kurczyn, del PAN

–La diputada Mariana Benítez Tiburcio, del PRI

Aprobado, comuníquese

SE EXHORTA A LA PROFECO, AL INAI Y A LA PGR, PARA QUE TOMEN LAS MEDIDAS PERTINENTES PARA PROTEGER A LOS USUARIOS DE UBER

El diputado José Everardo López Córdoba, del Grupo Parlamentario del PAN, en nombre propio y de diputados integrantes de su Grupo Parlamentario, presenta la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, al INAI y a la PGR, para que, en el marco de sus facultades y competencias, tomen las medidas pertinentes para proteger a los usuarios de UBER

Se considera de urgente de resolución

Para referirse a la proposición, intervienen:

–La diputada Karina Sánchez Ruiz, de NA

–El diputado Jonadab Martínez García, de MC

–El diputado Mario Machuca Sánchez, del PVEM

–La diputada Guadalupe Hernández Correa, de Morena

Aprobado, comuníquese

PARA EXHORTAR AL GOBIERNO FEDERAL Y LA CONASAMI, PARA QUE SE CONSIDERE UN INCREMENTO AL SALARIO MÍNIMO QUE CUBRA LAS NECESIDADES BÁSICAS ESTABLECIDAS EN LA CONSTITUCIÓN

El diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal y la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, para que se considere a la brevedad un incremento al salario mínimo que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Para referirse a la proposición, hacen uso de la palabra:

–La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, de MC

–La diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez, del PVEM

–El diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, de Morena

–El diputado Julio Saldaña Morán, del PRD

Aprobado, comuníquese

INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS

LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS

La diputada Fabiola Rosas Cuautle, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 25 de la Ley General de Partidos Políticos. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

LEY DE MIGRACIÓN

La diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes, del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA

El diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 3o. de la Ley Federal de Competencia Económica. Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen

LEY DE MIGRACIÓN

El diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

La diputada María Chávez García, en nombre propio y del diputado Alberto Martínez Urincho, ambos del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

LEY DE AVIACIÓN CIVIL Y LEY DE AEROPUERTOS

El diputado Samuel Rodríguez Torres, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta en nombre propio y de integrantes de su Grupo Parlamentario, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen

LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

La diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario de NA, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del Grupo Parlamentario del PES, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Marco Antonio Barranco Sánchez, el Grupo Parlamentario de PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

La diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Rafael Hernández Soriano, el Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un título a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Parlamento Infantil y Juvenil. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

ABROGA LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS Y EXPIDE NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

El diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas y expide una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas. Se turna a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de NA, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 25 y 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

DICTÁMENES PARA DECLARATORIA DE PUBLICIDAD

SE DECLARA EL 15 DE NOVIEMBRE COMO “EL DÍA NACIONAL DE ORIENTACIÓN SOBRE EL USO NOCIVO DEL ALCOHOL”

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara el 15 de noviembre como “El día Nacional de Orientación sobre el Uso Nocivo del Alcohol”

LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción III Bis al artículo 23 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

SE DECLARA EL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO COMO EL “DÍA DEL ESTADO LAICO”

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara el día 25 de septiembre de cada año como el “Día del Estado Laico”

SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA MEDALLA DE HONOR GILBERTO RINCÓN GALLARDO

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento de la Medalla de Honor Gilberto Rincón Gallardo

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI, recorriendo las demás en orden subsecuente, al artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

LEY DE MIGRACIÓN

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Migración

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 420 del Código Penal Federal

CÓDIGO PENAL FEDERAL Y LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de delitos carreteros

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Y LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley Nacional de Ejecución Penal

CÓDIGO CIVIL FEDERAL

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 303 del Código Civil Federal

CÓDIGO CIVIL FEDERAL

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 264, fracción II y 289; y se derogan los artículos 158 y 334 del Código Civil Federal

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

La Presidencia turna las proposiciones y las iniciativas que no se presentaron en tribuna a las comisiones que correspondan, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, cuyo turno se publica en la Gaceta Parlamentaria

EFEMÉRIDE

Con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:

De la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

De la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas (en lo particular los artículos 3, 3 Ter, 4 Bis, 6 Bis, 6 Ter y 19, reservados, en sus términos)

APÉNDICE

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 23 de noviembre de 2017, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

ASISTENCIA

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:Por favor, señor secretario, haga del conocimiento de la Presidencia el resultado del cómputo de los señores y señoras diputados.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 275 diputados y diputados, por lo tanto hay quórum.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (a las 12:12 horas): Y por lo tanto se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXIII Legislatura.

Orden del día

Jueves 23 de noviembre de 2017.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

Retiro de iniciativa

Iniciativas de senadores

Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por la Sen. Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 191-B de la Ley Federal de Derechos, presentada por el Sen. Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Acuerdos de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Relativo al funcionamiento y operatividad del Sistema de Justicia Penal Acusatorio.

Efemeride

Con motivo del Día de la Armada de México, a cargo de diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.

Declaratoria de publicidad

Dictámenes a discusión de leyes o decretos

De la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de residuos sólidos urbanos.

Urgente resolución

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE, para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios, suscrito por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, al INAI y a la PGR, para que en el marco de sus facultades y competencias tomen las medidas pertinentes para proteger a los usuarios de UBER, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal y a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, para que asignen a la brevedad un incremento al salario mínimo de $100 pesos, a cargo del diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Iniciativas

Que reforma el artículo 50 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona los artículos 17 Bis y 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 36 y 76 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, suscrita por los diputados integrantes de la Comisión Especial de la Industria Automotriz.

Que reforma y adiciona el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Martha Cristina Jiménez Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 7 Bis y 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 15 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Edith Yolanda López Velasco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 6o. y 67 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo del diputado Luis Manuel Hernández León, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, a la Ley de Asistencia Social y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Olga Catalán Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 62 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la diputada Lillian Zepahua García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 390 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Silvia Rivera Carbajal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 19, 22 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Carlos Ruiz García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 37 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Juan Carlos Ruiz García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Georgina Zapata Lucero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 18 Bis 9 a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y un artículo 72 Ter a la Ley de Instituciones de Crédito, suscrita por las diputadas Ana Georgina Zapata Lucero y Susana Corella Platt, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, a cargo de la diputada Susana Corella Platt, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 74 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo de la diputada Zacil Leonor Moguel Manzur, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Karla Karina Osuna Carranco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 61 y 64 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Sandra Luz Falcón Venegas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 32 y 41 Bis de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 27 y 79 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada María Candelaria Ochoa Ávalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona el artículo 10o. de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo de la diputada Angie Dennisse Hauffen Torres, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 469, 692 y 923 de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por los diputados Marco Antonio Aguilar Yunes y José Luis Sáenz Soto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, a cargo del diputado Oscar García Barrón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Manuel Silva Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 39 de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado José Luis Toledo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 6o. a la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosalinda Muñoz Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 137 Bis 2 y 137 Bis 3 de la Ley Aduanera, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 5o. y adiciona un artículo 116 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 267 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Protección Civil, suscrita por diversos diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena y de Movimiento Ciudadano.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 151 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, suscrita por los diputados Virgilio Dante Caballero Pedraza y Ángel Antonio Hernández de la Piedra, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo de la diputada Eloísa Chavarrías Barajas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 58 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado José Luis Toledo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 310 Bis a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 5o. de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a cargo del diputado Moisés Guerra Mota, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona un artículo 57-Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona los artículos 191 y 192 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Salvador Zamora Zamora, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Protección Civil, suscrita por los diputados Héctor Javier Álvarez Ortiz y Maricela Serrano Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 5o. de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, a cargo del diputado Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Martha Lorena Covarrubias Anaya, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 74 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Armando Alejandro Rivera Castillejos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, de la Ley Federal del Derecho de Autor y de la Ley de la Propiedad Industrial, a cargo de la diputada María Cristina García Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 160 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley Nacional de Remuneraciones de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Víctor Manuel Giorgana Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley sobre la Celebración de Tratados y Vinculación Internacional, a cargo del diputado Víctor Manuel Giorgana Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 9o. de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Evelio Plata Inzunza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 3o. de la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, a cargo del diputado Evelio Plata Inzunza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 120 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de pensiones para expresidentes, suscrita por los diputados Verónica Delgadillo García y José Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Consulta Popular, a cargo del diputado Justo Federico Escobedo Miramontes, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Daniel Torres Cantú.

Que reforma el artículo 381 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Zacil Leonor Moguel Manzur, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Daniel Torres Cantú.

Que reforma los artículos 17 y 20 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Lilian Zepahua García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 5o. de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a cargo de la diputada Janette Ovando Reazola, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Federal del Trabajo, en materia de derechos laborales de las y los periodistas, suscrita por las diputadas Laura Nereida Plascencia Pacheco y Carmen Salinas Lozano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 14 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado José Luis Toledo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 86 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo de la diputada Minerva Hernández Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 29 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Wenceslao Martínez Santos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un artículo 468 Bis a la Ley General de Salud y reforma el artículo 250 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Elvia Graciela Palomares Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 3o., 18 y 21 de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Zacil Leonor Moguel Manzur, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un articulo 87-Bis 3 a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Enrique Rojas Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 43 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Germán Escobar Manjarrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 51 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Germán Escobar Manjarrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 65 Bis y 419 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado David Jiménez Rumbo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que expide la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de México, suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial para el Patrimonio Cultural de México.

Que reforma el artículo 67 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Elías Octavio Iñiguez Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma la denominación del capítulo V del Título Décimo Tercero y adiciona un artículo 248 Ter al Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo de la diputada Claudia Sofia Corichi, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que deroga el artículo 261 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Daniel Ordóñez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 24, 25, 132 y 994 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ana Georgina Zapata Lucero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Luis Toledo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de paridad de género, suscrita por las diputadas Laura Nereida Plascencia Pacheco y Mariana Benítez Tiburcio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Fabiola Guerrero Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 77 y 96 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 12 de la Ley General de Educación y 2o. y 26 de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Yarith Tannos Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, a cargo del diputado Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 7o. de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona el artículo 19 Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por los diputados Minerva Hernández Ramos y Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo del diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 6o., 6 Bis y 19 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 130 Bis a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a cargo de la diputada Laura Mitzi Barrientos Cano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de Nueva Alianza, de Morena, del Partido Revolucionario Institucional, de Movimiento Ciudadano, del Partido Acción Nacional y del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona un artículo 60 Bis 3 a la Ley General de Vida Silvestre, a cargo de la diputada Laura Mitzi Barrientos Cano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo y de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, a cargo de la diputada María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Mitzi Barrientos Cano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Minerva Hernández Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 21 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Mitzi Barrientos Cano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 45 y 46 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Mitzi Barrientos Cano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 6o. y 7o. de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, a cargo de la diputada Paola Iveth Gárate Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ramón Bañales Arámbula, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 225 del Código Penal Federal y 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, de la Ley General de Protección Civil y de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo del diputado Salomón Fernando Rosales Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 49 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 61 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosalinda Muñoz Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, suscrita por los diputados Minerva Hernández Ramos, Guadalupe Acosta Naranjo y Francisco Xavier Nava Palacios, de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional y del Partido de la Revolución Democrática.

Que expide la Ley de los Derechos de las Personas Usuarias de Perros Guía y/o de Asistencia Médica, a cargo diversos diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Verónica Delgadillo García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado José Adrián González Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado Juan Carlos Ruiz García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, a cargo de la diputada María Guadalupe Oyervides Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Vitalico Cándido Coheto Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 5o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 97 y 97 Bis del Código Penal Federal y 7o. de la Ley General de Víctimas, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas y medio ambiente, a cargo del diputado Eukid Castañón Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, a cargo del diputado Renato Josafat Molina Arias, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 366 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un artículo 26 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Jorge Dávila Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley del Seguro Social, y de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, suscrita por los diputados Rafael Yerena Zambrano y Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 5, 27 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Araceli Saucedo Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 20 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, a cargo de la diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 3o. de la Ley Federal de Competencia Económica, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 7o. de Ley General de Educación, a cargo de la diputada Sara Paola Gálico Félix Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que expide la Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación, a cargo de la diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 48 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma la denominación de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de revocación de mandato, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 35 y 35 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 7o. de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, a cargo del diputado José Adrián González Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un artículo 45 Bis a la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 33 y 38 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Alberto Silva Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 66, 71 y 116 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, a cargo del diputado Fernando Uriarte Zazueta, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 5o. y 6o. de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, a cargo de la diputada Elvia Graciela Palomares Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 39 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Antonio Ixtláhuac Orihuela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 48 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 24 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo del diputado Fernando Uriarte Zazueta, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Dávila Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Migración, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos, de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad y de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 11 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Matías Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 78 de la Ley de Vivienda, a cargo de la diputada María García Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas y expide una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, suscrita por las diputadas Flor Estela Rentería Medina, Ana María Boone Godoy y María Guadalupe Oyervides Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Rosalina Mazari Espín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 149 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y 75 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 9o. de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alberto Silva Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México, a cargo del diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, de la Ley General de Población, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley de Ascensos de la Armada de México, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 102 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Braulio Mario Guerra Urbiola y Lorena Corona Valdés, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, respectivamente.

Que reforma el artículo 77 bis 1 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 10 de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales, a cargo de la diputada Yarith Tannos Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 5o. de la Ley General de Turismo y 30 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 170 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Ramírez Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De Decreto por el que se declara el 19 de Septiembre como el Día Nacional del Rescate Canino, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Ramírez Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cargo del diputado Ricardo Ramírez Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 1o. y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cargo del diputado Ricardo Ramírez Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Adriana Elizarraráz Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cargo del diputado Ricardo Ramírez Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 55 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Ricardo Ramírez Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 19 y 20 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Gabriela Ramírez Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 26 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Ramírez Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 3o. y 994 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Gabriela Ramírez Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 77, 262 y 267 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Ramírez Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 55 Bis, 55 Bis 1 y 55 Bis 2 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la diputada María Verónica Agúndis Estrada, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 45 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Juan Pablo Piña Kurczyn, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 12 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 20 y 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de matrimonio infantil, a cargo del diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 7o. y 48 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Susana Corella Platt, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 5o. y 10 del Código de Ética de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 6o. y 93 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ana Georgina Zapata Lucero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 26 y 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo de la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Alma Lilia Luna Munguía, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley del Registro Público Vehicular, a cargo del diputado Federico Eugenio Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Olga Catalán Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 151 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Federico Eugenio Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Olga Catalán Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 134 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Federico Eugenio Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Próspero Manuel Ibarra Otero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 187 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 421 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 189 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, suscrita por los diputados Armando Luna Canales y Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 17 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Beatriz Vélez Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Educación y del Código Civil Federal, suscrita por la diputada Juana Aurora Cavazos Cavazos y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 201 Bis 4 al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Alma Lilia Luna Munguía, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 139 y 140 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado José Everardo López Córdova, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 3o., 8o., 16 y 40 de la Ley de Puertos, a cargo de la diputada María Luisa Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 3o. y 25 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Daniel Torres Cantú, diputado sin partido y Samuel Rodríguez Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma el artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 11 Bis y 254 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 6o. de la Ley Agraria, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que expide la Ley de Zonas Económicas Libres para los Estados de la Frontera Norte, suscrita por la diputada Luz Argelia Paniagua Figueroa y diputados de Baja California del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Turismo, para restablecer el balance del ciclo del agua en los destinos turísticos, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 123 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Patricia Sánchez Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Turismo, en materia de acciones de eficiencia energética en las empresas turísticas, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 25 y 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a cargo del diputado Oscar Valencia García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación y adiciona un artículo 7-Bis a la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, a cargo del diputado David Sánchez Isidoro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Soledad Sandoval Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley de Energía para el Campo, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado José Luis Toledo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena y del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo de la diputada Cristina Sánchez Coronel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 39 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por las diputadas Ana María Boone Godoy, María Guadalupe Oyervides Valdez y Flor Estela Rentería Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 23 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, a cargo del diputado Enrique Rojas Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 10 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 47 y 49 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Guadalupe González Suástegui, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Evelyn Parra Álvarez y Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 55 y 56 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo de la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 4o. de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 383 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 31 y 65 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, a cargo de la diputada Janette Ovando Reazola, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado José Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que deroga el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 79 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y 173 y 239 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 26 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma y adiciona los artículos 18 y 22 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que deroga el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 6o., 26 y 27 de la Ley General para el Control del Tabaco, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma el artículo 167 de la Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma los artículos transitorios Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de Juicios Orales Mercantiles, publicado en el DOF el 25 de enero de 2017, a cargo del diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 49 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada María del Rocío Rebollo Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, de la Ley General de Vida Silvestre y de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Artículo Décimo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, a cargo del diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que adiciona el artículo 48 Bis 3 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Marco Antonio Barranco Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, suscrita por las diputadas María Candelaria Ochoa Avalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 259 Bis y adiciona un artículo 259 Ter del Código Penal Federal, a cargo del diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma los artículos 56 y 74 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo de la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma los artículos 1o. y 15 Sextus de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 60 Bis 3 a la Ley General de Vida Silvestre, a cargo de la diputada Erika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Wenceslao Martínez Santos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 41 Bis de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Luisa Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 2o. y 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Adán Pérez Utrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 25 y 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Que reforma los artículos 16 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Wenceslao Martínez Santos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 71 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada María Elida Castelán Mondragón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos, suscrita por el diputado Samuel Rodríguez Torres y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado David Sánchez Isidoro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 326 y 327 del Código Penal Federal, y 27 y 28 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo del diputado Eukid Castañón Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un título a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Parlamento Infantil y Juvenil, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona el artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 280 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Que reforma el artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Marco Antonio Barranco Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 20 Bis y 46 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo de la diputada Rocío Matesanz Santamaría, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 156, 406 y 410 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Claudia S. Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y de la Ley del Seguro Social, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, a cargo del diputado Enrique Rojas Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Candelaria Ochoa Ávalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Que reforma y adiciona el artículo 19 de la Ley de Nacionalidad, a cargo del diputado Enrique Rojas Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos de los grupos parlamentarios, a cargo del diputado Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 994 y adiciona un artículo 995 Ter a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Elvia Graciela Palomares Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 458 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada María Eloisa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 10 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo de la diputada Brenda Velázquez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 199 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial y 21 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Alfredo Bejos Nicolás, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y 10 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, suscrita por las diputadas María Guadalupe Oyervides Valdez, Flor Estela Rentería Medina y Ana María Boone Godoy, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 6o. y 322 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada David Mercado Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo del diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De decreto por el que se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa por los cuatrocientos años de la Fundación del municipio de Córdoba, Veracruz, a cargo del diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 71 de la Ley de Vivienda, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide el Código Nacional de Procedimientos Familiares, suscrita por los diputados María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María García Pérez y José Hernán Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de práctica de la medicina estética y de la cirugía estética, a cargo de la diputada María Antonia Cárdenas Mariscal, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona los artículos 38 Bis y 53 Bis a la Ley General de Educación, suscrita por los diputados Clemente Castañeda Hoeflich y Verónica Delgadillo García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 4o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y 7o. de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 55 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, a cargo de la diputada Karina Padilla Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 360 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 56 Bis, 132 y 153-A de la Ley Federal del Trabajo y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por los diputados Clemente Castañeda Hoeflich y Verónica Delgadillo García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona un artículo 146 Bis y reforma el artículo 189 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, suscrita por la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social y diputados integrantes de la Comisión Especial de Prevención y Erradicación de la Pornografía y Abuso Sexual Infantil.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Flor Ángel Jiménez Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 130 Bis a la Ley de Hidrocarburos y adiciona un artículo 9 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, a cargo del diputado Ulises Ramírez Nuñez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Araceli Damián González y Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Clemente Castañeda Hoeflich y Verónica Delgadillo García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona un artículo 165 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Armando Luna Canales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 7o., 10 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de paridad de género, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona los artículos 61, 64 Bis y 67 de la Ley General de Salud, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De Decreto por el que se abroga el Decreto por el que se establece el horario estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de marzo de 2002, a cargo de la diputada Brenda Velázquez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

De Decreto por el que se declara el 20 de octubre de cada año, como Día Nacional del Mezcal, a cargo de la diputada Karina Barón Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 201 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 3o. y 25 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada Fabiola Rosas Cuautle, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado José Luis Toledo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 10 y 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 11 y 40 de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, a cargo del diputado Antonio Tarek Abdalá Saad, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 90, 94 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Liliana Ivette Madrigal Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a cargo de la diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conapesca, para que establezca medidas homogéneas de maniobra para la carga de los principales productos marinos, en particular de la sardina y el atún de aleta azul, a fin de evitar el escape o vertimiento de combustibles, químicos u otros agentes contaminantes en las zonas marítimas de Baja California, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, para que informe a la opinión pública de actividades y de desempeño de los Sistemas de Administración del Sector, de conformidad con el artículo quinto y 15 de la Ley que la rige, a cargo del diputado Ulises Ramírez Nuñez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, la suspensión de la autorización para el proyecto Gran Solaris en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Senado de la República, a dictaminar la minuta en materia de nombramientos de titulares de órganos internos de control en organismos constitucionales autónomos, a cargo del diputado Rogerio Castro Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de Querétaro, a efecto de que otorgue el indulto a la C. Dafne Mcpherson Veloz, acusada por el delito de homicidio calificado, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol, a establecer lineamientos específicos para evitar que los programas sociales operen de manera regular en el estado de Zacatecas, sin ser usados para fines políticos y electorales, a cargo de la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que reconozca públicamente que la defensa de los derechos humanos y de las víctimas de violaciones de derechos humanos no es sólo una actividad legítima, sino fundamental para fortalecer el estado de derecho, la rendición de cuentas ante la justicia y la democracia en el país, suscrito por los diputados Cuitláhuac García Jiménez, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez y Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a los trabajadores migratorios ex braceros del periodo 1942-1964, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que garantice el abasto del material de Osteosíntesis en el Seguro Popular, a cargo del diputado Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a establecer un sitio de internet de acceso libre al público en general, en el que se publique la información que se señala en el artículo 161 de la Ley de la Industria Eléctrica, para las Empresas Productivas del estado de la industria eléctrica, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Auditoria Superior del estado de Zacatecas, a hacer público el informe sobre el seguimiento de las observaciones realizadas a la Cuenta pública del gobierno de dicha entidad relativa al ejercicio fiscal 2015, a cargo del diputado Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNDH, para que coadyuve a garantizar un ámbito de protección a los derechos humanos, libertad, debido proceso y patrimonio a favor de Jorge Alberto y Manuel Enrique Camacho Rincón, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR, a atraer el caso relacionado con el homicidio del ombudsman de Baja California Sur, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de una Comisión Especial con el objetivo de investigar la legalidad y el destino de los recursos públicos que maneja el fideicomiso Evercore, a cargo del diputado Alejandro Armenta Mier, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que exhorta a la delegación Cuajimalpa, a transparentar los recursos públicos etiquetados en el PEF 2017, y se solicita a la ASF realice la auditoría conducente en el ámbito de sus atribuciones, a cargo de la diputada Sara Paola Galico Félix Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Efemérides

Con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Concepción Villa González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con motivo del 25 de noviembre “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer”, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se dispensa su lectura.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes:Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa su lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.

Presidencia de la diputadaMartha Hilda González Calderón

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos cincuenta y siete diputadas y diputados, a las doce horas del martes veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, la Presidencia declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; del mismo modo se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, y no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.

Comunicaciones Oficiales:

a) De los diputados: Francisco Martínez Neri, María Luisa Beltrán Reyes, y Jesús Zambrano Grijalva, todos del Partido de la Revolución Democrática; y Delia Guerrero Coronado, del Partido Revolucionario Institucional, por las que solicitan el retiro de iniciativas que se han presentado, y que se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria. Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.

b) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

• Remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente al mes de octubre de dos mil diecisiete, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de octubre de dos mil dieciséis. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

• Informa que durante el mes de octubre de dos mil diecisiete, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, dio destino a bienes aptos para su uso o consumo. Se turna a la Comisión de Economía, para su conocimiento.

c) Del Instituto Federal de Telecomunicaciones, con la que remite el Tercer Informe Trimestral de Actividades dos mil diecisiete. se turna a la Comisión de Comunicaciones, para su conocimiento.

d) De la Comisión Nacional de Derechos Humanos, con la que remite el Diagnóstico de la Participación Equilibrada de Mujeres y Hombres en los Cargos de Elección Popular en México. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento.

e) De la Fiscalía General del estado de Jalisco, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para promover entre las niñas, niños y adolescentes la cultura de la denuncia de los actos violentos en su contra. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.

f) De la Cámara de Senadores, con la que remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo treinta y cinco de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

g) De la senadora Luz María Beristáin Navarrete, del Partido del Trabajo, con la que remite iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos segundo y octavo de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y ciento setenta y dos de la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Desde sus respectivas curules realizan comentarios sobre diversos temas las diputadas y el diputado: Erika Araceli Rodríguez Hernández, del Partido Revolucionario Institucional; Rafael Hernández Soriano, del Partido de la Revolución Democrática; y Mirza Flores Gómez, de Movimiento Ciudadano. La Presidencia instruye se registren sus intervenciones en el Diario de los Debates.

Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a las diputadas y a los diputados:

• David Sánchez Isidoro, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona un artículo ochenta y tres bis al Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Emma Margarita Alemán Olvera, del Partido Acción Nacional:

– Que reforma los artículos primero, y catorce de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

– Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo. Se turna la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

• María Cristina García Bravo, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley sobre la Celebración de Tratados y de la Ley de Inversión Extranjera. Se turna a las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores, y de Economía, para dictamen.

• Concepción Villa González, de Morena:

– Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen.

– Que reforma y adiciona los artículos dieciséis bis, y diecisiete de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

• Juan Manuel Celis Aguirre, y suscrita por diputados del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona el artículo doce de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• María Candelaria Ochoa Avalos, y suscrita por la diputada Mirza Flores Gómez, de Movimiento Ciudadano, que reforma los artículos dieciséis, y diecisiete de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

• Karina Sánchez Ruiz, de Nueva Alianza, que reforma el artículo cincuenta y uno bis uno de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

A las trece horas con cinco minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de trescientos ochenta y cuatro diputadas y diputados.

• José Máximo García López, del Partido Acción Nacional:

– Que reforma el artículo treinta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Que reforma los artículos ochenta y cuatro, ochenta y cinco, y ciento treinta y cuatro del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

– Que adiciona el artículo ciento setenta y tres del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Diego Valente Valera Fuentes, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo cuarto de la Ley Minera. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.

• Patricia Elena Aceves Pastrana, de Morena, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Igualdad de Género, para dictamen.

• José Refugio Sandoval Rodríguez, y suscrita por diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona un artículo uno ter a la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Verónica Delgadillo García, y suscrita por el diputado Clemente Castañeda Hoeflich, de Movimiento Ciudadano, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, de la Ley Minera, y del Código Penal. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Justicia, para dictamen.

• María del Rocío Rebollo Mendoza, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo trescientos de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Gobernación, por el que se declara el Tercer Domingo de marzo de cada año, como "Día Nacional del Tequila". Se concede el uso de la palabra al proponente del proyecto de decreto, a la diputada María Victoria Mercado Sánchez, de Movimiento Ciudadano. No habiendo más oradores registrados en votación económica se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. En votación nominal por trescientos cuarenta y siete votos a favor, y veintiún abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, por el que se adiciona un inciso d) al artículo ciento seis de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen al diputado Jorge Triana Tena, en nombre de la Comisión. No habiendo más oradores registrados en votación económica se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. En votación nominal por unanimidad de trescientos setenta y seis votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el que se reforman y adicionan los artículos once y doce de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen al diputado Miguel Ángel Ramírez Ponce, en nombre de la Comisión. Se concede el uso de la palabra a nombre de los proponentes del proyecto de decreto, la diputada Ximena Tamariz García, del Partido Acción Nacional. No habiendo más oradores registrados en votación económica se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

En votación nominal por unanimidad de trescientos setenta y nueve votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a las diputadas y a los diputados:

• Miguel Alva y Alva, de Morena, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

• Javier Pinto Torres, de Nueva Alianza, que reforma y adiciona los artículos quinto y séptimo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Minerva Hernández Ramos, del Partido Acción Nacional, y suscrita por diversos diputados integrantes de los Partidos Acción Nacional, de Morena, del Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, de Movimiento Ciudadano, de Encuentro Social y diputado Independiente, que reforma los artículos ciento dieciséis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cuarenta y dos de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, la parte que le corresponde; y a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, la parte que le corresponde, para dictamen.

• Erika Irazema Briones Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

Presidencia de la diputadaMartha Hilda González Calderón

• Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, del Partido Revolucionario Institucional:

– Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

– Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

Se da cuenta con Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud establezca las acciones necesarias a fin de que se incluya el cáncer de pulmón en el Programa Nacional de Normalización dos mil dieciocho. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

Se da cuenta con oficio de la Junta de Coordinación Política, en relación a cambio de integrantes y de juntas directivas de comisiones. En votación económica se aprueban. Comuníquense.

La Presidencia informa a la Asamblea que los cambios en las juntas directivas de las Comisiones de Derechos de la Niñez; y de Asuntos Frontera Norte, propuestos por la Junta de Coordinación Política, y aprobados por el Pleno, fueron debidamente notificados.

De conformidad con los artículos cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y las proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria:

a) Iniciativas con proyecto de decreto:

• Miguel Ángel Sulub Caamal, del Partido Revolucionario Institucional, para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro "A las víctimas, voluntarios y rescatistas de los sismos de México". Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

• Jorge Triana Tena, del Partido Acción Nacional:

– Que reforma el artículo cuarenta y uno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Que deroga diversas disposiciones de los artículos veintiocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y nueve de la Ley Federal de Competencia Económica. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, la parte que le corresponde, y a la Comisión de Competitividad, la parte que le corresponde, para dictamen.

– Que reforma y adiciona el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de comisiones. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

– Que reforma y adiciona los artículos sesenta y dos, sesenta y cuatro, y setenta y seis del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

– Que reforma y adiciona los artículos setenta y siete, ciento sesenta y cinco, ciento sesenta y seis, y ciento setenta y cinco del Reglamento de la Cámara de Diputados, en lo referente al retiro de iniciativas. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

• Víctor Ernesto Ibarra Montoya, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de pesca deportiva. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen.

• Alfredo Javier Rodríguez Dávila, del Partido Acción Nacional:

– Que reforma los artículos ciento tres, ciento cinco, y ciento nueve de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

– Que reforma el artículo treinta y siete y se adiciona un artículo ciento dos bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Clemente Castañeda Hoeflich, de Movimiento Ciudadano, que reforma los artículos cincuenta y uno, y trescientos veinticinco del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• José Máximo García López, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo segundo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Marco Antonio Aguilar Yunes, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo ciento sesenta y ocho del Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo veintisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• José Hugo Cabrera Ruíz, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

• Diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Defensa Nacional, para dictamen.

• Alfredo Anaya Orozco, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

b) Proposiciones con puntos de acuerdo:

• Víctor Manuel Giorgana Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Comisión Nacional del Agua, así como a los titulares del Poder Ejecutivo de los estados de Puebla y Tlaxcala, a fin de agilizar las acciones tendentes al saneamiento de los ríos Atoyac, Xochiac, Zahuapan y sus afluentes. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• José Máximo García López, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, a desarrollar los trabajos encaminados a la estandarización, homologación y actualización de los criterios y montos inherentes a la fijación de las medidas y providencias de carácter real. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• María Elena Orantes López, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a los dos mil cuatrocientos cincuenta y siete ayuntamientos de la República para que consideren proyectar y promover acciones, programas y la ejecución de obra pública, en materia de prevención de riesgos de desastres. Se turna a la Comisión de Protección Civil, para dictamen.

• Germán Escobar Manjarrez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Seguridad y a la Secretaría de Desarrollo Social, a fin de instrumentar acciones específicas que atiendan las necesidades que se viven en la zona serrana de Sinaloa. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Joaquín Jesús Díaz Mena, del Partido Acción Nacional, relativo a la planeación institucional e interinstitucional de la educación superior, con los objetivos lineamientos y prioridades que demande el desarrollo integral del país y los convenios para el fomento y desarrollo armónico de la educación superior entre la Federación, los Estados y los Municipios. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• Mirza Flores Gómez, de Movimiento Ciudadano, por el que se por el que se solicita al presidente municipal de Zapopan, Jalisco y al pleno del Honorable Ayuntamiento, se dictamine la iniciativa por la que se decreta el parque Eca do Queiros como área de valor cultural popular y forma parte del paisaje tradicional del municipio. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.

• David Mercado Ruiz, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que implemente en sus unidades de trabajo, áreas de descanso y capacitación al personal a partir de la implementación de cursos, talleres o seminarios relacionados con el manejo de estrés, la falta de motivación y el mejoramiento de las relaciones interpersonales. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• María del Rosario Rodríguez Rubio, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, para que inicie un proceso de fiscalización a la Cuenta Pública de Tecate, Baja California, de los años dos mil catorce al dos mil dieciséis, correspondientes a la administración del vigésimo primer ayuntamiento de Tecate. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

• David Mercado Ruiz, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía y a la Procuraduría Federal del Consumidor, a fin de fortalecer las medidas y estrategias dirigidas a proteger a los productores de leche en todo el país. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.

• Brenda Velázquez Valdez, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Congreso del estado de Nuevo León, a adecuar el ordenamiento jurídico estatal para eliminar el cobro por concepto de estacionamiento a usuarios de los centros comerciales. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.

• Marco Antonio Aguilar Yunes, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita al Congreso de Veracruz, realice una sesión solemne en el mes de abril de dos mil dieciocho, con motivo de la celebración de los cuatrocientos años de la fundación del municipio de Córdoba. Se turna a la Comisión Gobernación, para dictamen.

• María Verónica Agundis Estrada, del Partido Acción Nacional, relativo a la armonización legislativa por parte de los Congresos estatales para la guarda y custodia de vehículos automotores que ingresan a los depósitos vehiculares por la comisión de infracciones previstas en el reglamento. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen.

La Presidencia levanta la sesión a las quince horas con un minuto, y cita para la siguiente Sesión Ordinaria el día jueves veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, a las once horas.»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:Consulte la Secretaría si es de aprobarse el acta.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes:En votación económica se pregunta si se aprueba el acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se aprueba.

Continúe con las comunicaciones, secretaria.



COMUNICACIONES OFICIALES

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva.— Presente.

Con fundamento en el artículo 77, numeral II, del Reglamento de la Cámara de Diputados solicitó que sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto por el que modifica el artículo 58 y adiciona un articulo 21 Ter a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, presentada en fecha 30 de marzo del 2017, turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.— Diputado Tomás Octaviano Félix (rúbrica).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se tiene por retirada y se ordena la actualización de los registros parlamentarios.

INICIATIVAS DE SENADORES



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Comunico a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175 párrafo 1, 176, 177, párrafo 1 y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha Iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2017.— Senadora Graciela Ortiz González (rúbrica), vicepresidenta.»

«La suscrita, Yolanda de la Torre Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, senadora de la República de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 8, numeral 1, fracción I, 164, numeral 1, del Reglamento del Senado de la Republica, someto a consideración de esta honorable soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta en materia de incentivos destinados a la inclusión de las personas con discapacidad, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La naturaleza de las relaciones fiscales en México debe guardar los principios de equidad y proporcionalidad, es decir cada persona debe contribuir en función de sus ingresos y posibilidades para el sostenimiento de la hacienda pública, el principio en comento se encuentra expresado en el artículo 31 constitucional en su fracción IV que a la letra dice:

Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Estos principios se explican a detalle de acuerdo a lo expresado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la manera siguiente:

Expresado en otros términos, la proporcionalidad se encuentra vinculada con la capacidad económica de los contribuyentes que debe ser gravada diferencialmente, conforme a tarifas progresivas, para que en cada caso el impacto sea distinto, no sólo en cantidad, sino en lo tocante al mayor o menor sacrificio reflejado cualitativamente en la disminución patrimonial que proceda, y que debe encontrarse en proporción a los ingresos obtenidos. El principio de equidad radica medularmente en la igualdad ante la misma ley tributaria de todos los sujetos pasivos de un mismo tributo, los que en tales condiciones deben recibir un tratamiento idéntico en lo concerniente a hipótesis de causación, acumulación de ingresos gravables, deducciones permitidas, plazos de pago, etc., debiendo únicamente variar las tarifas tributarias aplicables, de acuerdo con la capacidad económica de cada contribuyente, para respetar el principio de proporcionalidad antes mencionado. La equidad tributaria significa, en consecuencia, que los contribuyentes de un mismo impuesto deben guardar una situación de igualdad frente a la norma jurídica que lo establece y regula.

En este sentido es necesario construir que la proporcionalidad y la equidad establecen una justa medida para la contribución tributaria de modo que cada persona de acuerdo a sus utilidades, es decir al cálculo razonable de ingresos y deducciones, aporte lo justo a la hacienda pública.

El concepto de deducción tiene dos factores para considerar a un egreso como tal, por una parte, todas aquellas erogaciones que sean necesarias para el ejercicio de la actividad productiva y por la otra específicamente destinadas a las personas físicas, como las erogaciones destinadas a la protección de la salud, el uso de transporte escolar obligatorio, los donativos para las causas de la sociedad civil, entre otros, de acuerdo con la normatividad vigente en la Ley del Impuesto sobre la Renta, actualmente se consideran los siguientes rubros como deducciones personales.

• Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios para el contribuyente o sus relativos, siempre que dichos relativos no hayan obtenido ingresos en el mismo año fiscal superior a una Unidad de Medida y Actualización (UMA) elevada a un año.

• Honorarios médicos, dentales o de enfermería, análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente, derivado de las incapacidades a que se refiere el artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo, cuando se cuente con el certificado o la constancia de incapacidad correspondiente, expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, o los que deriven de una discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y se cuente con el certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad emitido por las instituciones públicas conforme a dicha ley.

• Gastos Funerarios siempre que no exceda una UMA elevada al año.

• Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

• Intereses reales devengados y efectivamente pagados durante 2016 por créditos hipotecarios destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores o Fondo para la Vivienda del ISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.

• Donativos no onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos), cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos.

• Aportaciones a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso cumplan con los requisitos de permanencia para los planes de retiro.

• Transporte escolar obligatorio siempre que esté incluido en la colegiatura.

• El importe de los estímulos fiscales por depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión.

• El importe de estímulo fiscal por colegiaturas.

Ahora bien antes de fijar el interés de la iniciativa es prudente revisar cada uno de los rubros y observar a detalle que este tipo de estímulos favorecen a un sector de la población con ingresos mayores a cuatro salarios mínimos mensuales, puesto que son aquellas personas cuyos ingresos se encuentran por encima de la línea de bienestar fijada por el Consejo Nacional para la Evaluación de la Política Social (Coneval), la cual se desglosa de la siguiente forma, para el mes de septiembre del presente:

• Canasta Básica Rural (Alimentaria y Complementaria): Mil 888.87 pesos.

• Canasta Básica Urbana (Alimentaria y Complementaria): Mil 485.23 pesos.

Ahora bien, los rubros que considera como ponderables la canasta complementaria, es decir los requerimientos mínimos para el bienestar que requiere erogar una persona en un lapso de 30 días son:

Es puntual para la iniciativa reiterar el monto que calcula Coneval para el cuidado de la salud en 30 días, menos de doscientos pesos, lo cual debería proveer lo necesario para que una persona pueda conservar mensualmente su salud.

La iniciativa se sustenta en la siguiente premisa:

Las personas con discapacidad requieren mayores erogaciones para la conservación de su salud y su línea de ingresos en su amplia mayoría se encuentra por debajo de la línea de bienestar mínimo descrita por Coneval, así es necesario construir un incentivo fiscal que les permita deducir a efectos del impuesto sobre la renta, otros artículos que requieren para la conservación de su salud, tales como medicamentos, artículos de aseo personal desechables, material de curación, entre otros, cuyo costo por unidad supera los doscientos pesos mensuales.

De acuerdo con el Anexo Estadístico de Coneval 49.4 por ciento de las personas con discapacidad en México, 4.1 millones, viven en pobreza, de las cuales alrededor de un millón viven en pobreza extrema.

Aunque sólo 12 por ciento no cuenta con cobertura de servicios de salud, es necesario puntualizar que los anteriores bienes de consumo necesarios para la conservación de la salud no están disponibles en los cuadros de atención básica del sistema nacional de salud, por lo que en la gran mayoría de los casos deben ser erogados por la propia persona o sus familias.

El 55.8 por ciento de las personas con discapacidad en México tiene ingresos por debajo de la línea de bienestar, es decir no tienen ingresos superiores a los mil 888.73 pesos que enmarca Coneval.

Es puntual señalar que quizá la mayoría de las personas con discapacidad no se encuentren insertos en la economía formal contributiva, por lo que el beneficio fiscal sería innecesario, esta hipótesis es falsa, pues si miramos de nuevo la anterior cifra 54.2 por ciento de la población se encuentra por encima de dicha línea del bienestar, que suma alrededor de 3.9 millones de personas aproximadamente si tienen ingresos mayores y podrían verse beneficiadas con este incentivo fiscal.

Más aún, de acuerdo con el diagnostico presente en el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018 (PNDIPD), las personas con discapacidad presentan los siguientes datos de índole económica:

• La ENIGH-2012 identifica que hay una presencia más alta de hogares con personas con discapacidad en los primeros deciles, es decir, en los hogares con menos ingresos y, a la inversa, tienen una presencia menor en los hogares con mayores ingresos.

• De acuerdo con la ENIGH-2012, [...] los ingresos por trabajo son más bajos en los hogares con personas con discapacidad que sin ellas y se puede observar tanto en los primeros deciles como en los últimos los hogares con personas con discapacidad reportan menos ingresos por trabajo que aquellos sin discapacidad en todos los deciles.

• El Censo 2010 reporta que entre la población con discapacidad, 27.9 por ciento no tiene estudios, 45.4 por ciento terminó al menos un año de primaria, 13.3 por ciento uno de secundaria, 7.3 por ciento uno de media superior y 5.2 por ciento uno de superior; el 86.6 por ciento de la población con discapacidad tiene como máximo estudios de educación básica.

• La tasa de participación económica de la población con discapacidad es 29.9 por ciento, lo que representa aproximadamente 1.6 millones de personas, contra 53.7 por ciento de las personas sin discapacidad. Esto evidencia la desventaja de las personas con discapacidad en su inclusión laboral.

• El Censo 2010 reporta que de cada 100 personas con discapacidad ocupadas, 22 lo hace como trabajadoras en actividades elementales y de apoyo, 18 son trabajadores agrícolas, 16 laboran en tareas de comercio o ventas, 14 son artesanos, 10 profesionistas y técnicos, 8 realizan tareas de servicios personales y vigilancia, 6 trabajan como operadores de maquinaria, 3 como auxiliares administrativos y 2 son funcionarios, directores o jefes. La gran mayoría tiene un perfil ocupacional de baja cualificación.

• En términos de su posición en el trabajo, el Censo 2010 muestra que de cada 100 personas con discapacidad ocupadas, 39 son empleados u obreros, 38 trabajan por cuenta propia, 6 son jornaleros o peones, 6 ayudantes, 5 trabajan para la familia sin pago y 3 son patrones o empleadores, y el resto no especificó su posición en el trabajo. Destaca que hay más trabajadores con discapacidad que se auto emplean, y menos como empleados u obreros, lo que puede estar relacionado con las dificultades que enfrentan para su inclusión laboral, obligándolos a realizar actividades por cuenta propia.

El Censo 2010 reporta que 14 por ciento de la población con discapacidad ocupada no recibe ingresos por su trabajo, 18.7 por ciento gana menos de un salario mínimo mensual; 24.9 por ciento de uno a menos de 2 salarios mínimos mensuales; 16.5 por ciento de 2 a menos de 3 salarios mínimos mensuales; 11.2 por ciento de 3 a menos de 5 salarios mínimos mensuales; 5 por ciento, de 5 a menos de 10 salarios mínimos mensuales y sólo 2 por ciento, 10 y más salarios mínimos mensuales. Sólo 7 por ciento de las personas con discapacidad reciben más de 5 salarios mínimos mensuales y aproximadamente 44 por ciento ganan al mes menos de 3 mil 448 pesos o de 3 mil 268 pesos, dependiendo de la zona geográfica.

Es entonces de acuerdo a lo anterior que de la población con discapacidad que actualmente se encuentra ocupada el 38% labora por cuenta propia, pero que existen múltiples hogares en México donde se concentran personas con discapacidad al interior de las familias principalmente en dos grupos poblacionales los adultos mayores y niñas, niños y adolescentes, por lo que son dependientes económicos y sus proveedores del hogar quizá sean contribuyentes que podrían verse beneficiados y con ello mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad.

Porque, en suma, este es precisamente el interés de la Iniciativa: Construir un Incentivo fiscal a través de las deducciones personales que mejore la vida de las personas con discapacidad y sus familias al hacer deducible los diversos artículos necesarios para la conservación de su salud.

A la luz del artículo 151 fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta se lee:

Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igualo superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.

Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través de los medios establecidos en el párrafo anterior, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales sin servicios financieros.

Para efectos del párrafo anterior, también serán deducibles los pagos efectuados por honorarios médicos, dentales o de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente, derivados de las incapacidades a que se refiere el artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo, cuando se cuente con el certificado o la constancia de incapacidad correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, o los que deriven de una discapacidad en términos de lo dispuesto por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y se cuente con el certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad emitido por las citadas instituciones públicas conforme a esta última ley. * Lo dispuesto en este párrafo no estará sujeto al límite establecido en el último párrafo de este artículo.

En el caso de incapacidad temporal o incapacidad permanente parcial, o bien, de discapacidad, la deducción a que se refiere el párrafo anterior sólo será procedente cuando dicha incapacidad o discapacidad, sea igualo mayor a 50 por ciento de la capacidad normal.

Para efectos de la deducción a que se refiere el segundo párrafo de esta fracción, el comprobante fiscal digital correspondiente deberá contener la especificación de que los gastos amparados con el mismo están relacionados directamente con la atención de la incapacidad o discapacidad de que se trate. Adicionalmente, el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, podrá establecer otros requisitos que deberá contener el comprobante fiscal digital por Internet.

* De la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad se refiere a lo siguiente:

Artículo 10. La Secretaría de Salud en coordinación con el Consejo, emitirá la Clasificación Nacional de Discapacidades, con base en los lineamientos establecidos por la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud, la cual estar disponible al público y deber, ser utilizada en el diseño de políticas públicas.

El sector salud expedirá a las personas con discapacidad un certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad con validez nacional.

Aunque la Clasificación Nacional de Discapacidades aún no ha sido publicada por las autoridades responsables, esto no debe ser un impedimento para determinar los requerimientos permanentes que requieren las personas con discapacidad para conservar su salud, basta que un profesional del Sector Salud autorizado emita una declaratoria bajo protesta de decir verdad de los elementos que la persona requerirá de forma permanente y que puede ser validado año con año, a efecto de determinar cambios.

De modo que cumpla con lo ya establecido en la propia Ley del Impuesto sobre la Renta en el artículo 151, fracción I, quinto párrafo, de tal forma que se aplique en justa medida a favor de millones de personas con discapacidad que podrían verse beneficiadas con dicho incentivo fiscal.

Considerando que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señala con puntualidad en su artículo 4o. señala que:

Artículo 4 Obligaciones Generales

l. Los Estados parte se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad. A tal fin, los Estados Partes se comprometen a:

a) Adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente Convención;

De igual forma se señala en el artículo 25 que se dispondrán de las medidas necesarias para garantizar el derecho a la salud, en este sentido es fundamental reconocer que si bien la Convención señala la asequibilidad, este principio no debe circunscribirse solamente a una medida de precios bajos, sino reinterpretarlo de forma que al ser deducible para efectos del Impuesto sobre la Renta, los insumas descritos con anterioridad se conjuntan dentro de la asequibilidad puesto que reducen la carga tributaria en beneficio de las personas con discapacidad y sus familias, de modo que citando nuevamente a la Convención se lee:

Artículo 25 Salud.

Los Estados parte reconocen que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud sin discriminación por motivos de discapacidad. Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad a servicios de salud que tengan en cuenta las cuestiones de género, incluida la rehabilitación relacionada con la salud. En particular, los Estados parte:

a) Proporcionarán a las personas con discapacidad programas y atención de la salud gratuitos o a precios asequibles de la misma variedad y calidad que a las demás personas, incluso en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, y programas de salud pública dirigidos a la población;

De igual forma es puntual reconocer las necesidades de personas con discapacidad visual, auditiva o movilidad reducida que requieren animales de asistencia, como una forma para su vida independiente de acuerdo al artículo 20 de la Convención, actualmente no existe un solo programa gubernamental que promueva e incentive la adquisición de animales de asistencia, principalmente perros, por ello la iniciativa recoge esas inquietudes buscando la deducibilidad de los servicios veterinarios para estos animales.

Actualmente se discute en nuestro país la probidad de tasar mediante el IVA el alimento para animales, es necesario reconocer que los animales de asistencia no son mascotas, por lo que su adquisición no es derivada de una posición suntuaria, sino es un elemento necesario para la vida independiente de miles de personas con los tipos de discapacidad antes descrita, así de igual forma se promueve que el alimento para animales de asistencia sea deducible a efectos del impuesto sobre la renta.

Así la iniciativa pretende situar una acción afirmativa de índole fiscal que permita a las personas con discapacidad conservar de mejor forma su salud, ya que al deducir impuestos a través de los insumas que utilizan para este fin y reducir su carga tributaria también contribuyen a un menor costo en el sector salud, puesto que las intervenciones hospitalarias derivadas de un mal manejo de la salud preventiva son de un alto costo para el erario.

Finalmente es necesario que la política fiscal se reoriente no solo en las clases medias altas que con ‘frecuencia utilizan los servicios de la medicina privada, las colegiaturas escolares y otros beneficios que se concentran en las deducciones personales, es fundamental que el Estado también tenga incentivos que se reflejen en las necesidades de los sectores populares, donde los efectos de la discapacidad se resienten más por la precariedad económica, así la Iniciativa pretende reformar el artículo 151 en su fracción primera de forma que se consolide un incentivo fiscal destinado a las personas con discapacidad, como acción afirmativa.

Para mayor comprensión se presenta una tabla comparativa de la reforma propuesta:

Es por lo expuesto y fundado; y de acuerdo a los artículos citados en el proemio que se somete ante la consideración de esta honorable soberanía, el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el artículo 151 en su fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igualo superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.

Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través de los medios establecidos en el párrafo anterior, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales sin servicios financieros.

Para efectos del párrafo anterior, también serán deducibles los pagos efectuados por honorarios médicos, dentales o de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra, mantenimiento, reparación o alquiler de aparatos y ayudas técnicas, para el establecimiento, o rehabilitación del paciente; los medicamentos, artículos de aseo personal desechables, materiales de curación y otros insumos destinados a la conservación de la salud, así como la manutención alimentaria y servicios veterinarios para animales de asistencia, derivados de las incapacidades a que se refiere el artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo, cuando se cuente con el certificado o la constancia de incapacidad correspondiente expedida por las instituciones públicas del sistema nacional de salud, o los que deriven de una discapacidad en términos de lo dispuesto por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y se cuente con el certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad emitido por las citadas instituciones públicas conforme a esta última ley, donde se establecerán claramente los insumos, aparatos, ayudas técnicas, medicamentos, materiales de curación y animales de asistencia, que requiera la persona con discapacidad para conservar su salud y vivir de forma independiente, de modo que puedan efectuarse con exactitud las deducciones correspondientes. Lo dispuesto en este párrafo no estará sujeto al límite establecido en el último párrafo de este artículo.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, DOF 05-02-1917, reformado DOF: 29-01-2016.

2 Proporcionalidad y Equidad Tributarias establecidas en el artículo 31, fracción IV, constitucional, Suprema Corte de Justicia de la Nación 1995, disponible en

https:/jsjf.scjn.gob.mx/sjfsistjDocumentos/Tesis/389 /389728.pdf

3 Deducciones personales, Servicio de Administración Tributaria, disponible en:

http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/declaracion_anuaI/Paginas/ deducciones_personales_2016.aspx

4 Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las con Discapacidad (2014 - 2018L DOF: 30-04-2014, consultado: 10-01-2016, disponible en:

http://conadis.gob.mx/noticia.php)noticia=20

5 Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD171215.pdf

6 Decreto promulgatorio de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, DOF: 3-5-2008 disponible en:

http://dof.gob.mx/notadetalle.php)codigo=5033826 &fecha=02/05/2008

Dado en el pleno del Senado de la República, a los 14 días del mes de noviembre de 2017.— Senadora Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY FEDERAL DE DERECHOS

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Comunico a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 191-B de la Ley Federal de Derechos.

Con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnase a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2017.— Senadora Graciela Ortiz González (rúbrica), vicepresidenta.»

«El que suscribe, Benjamín Robles Montoya, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, fracción I, 164, párrafos 1 y 2, 169, párrafos 1 y 4, 172, párrafo 1, y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, en este acto presenta a esta soberanía iniciativa que reforma el artículo 191-B de la ley Federal de Derechos, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

La pesca, con la agricultura, es la actividad económica más antigua que tiene el ser humano. Inició como forma de subsistencia y ha evolucionado a varias aristas, donde una de ellas es la comercial a gran escala.

La pesca es la captura de organismos acuáticos en zonas marinas, costeras e interiores. La pesca y la acuicultura proporcionan alimentos, nutrición y son una fuente de ingresos para unos 820 millones de personas en todo el mundo, mediante su recolección, procesamiento, comercialización y distribución. Para miles de comunidades, la pesca forma parte de su identidad cultural tradicional.

La pesca sostenible en pequeña escala constituye el objetivo 3 de las metas propuestas por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés), en cuanto a la seguridad alimentaria y reducción de pobreza, pues dicha pesca contribuye a la alimentación de una zona humana en específico y general equilibrio en el ecosistema.

La FAO reconoce la importancia del pescado y sus numerosos productos asociados para

• La seguridad alimentaria y la nutrición;

• El crecimiento económico a través de la producción y el comercio pesqueros; y

• La mitigación de la pobreza y la creación de oportunidades de empleo en zonas rurales.

Aunado a ello, en la pesca marítima y continental hay una práctica socorrida por los habitantes y pescadores denominada, pesca ribereña y artesanal. Sin embargo, la actividad pesquera en el país en pequeña escala se encuentra en crisis. Los decretos de veda, aunados a la falta de mantenimiento de las embarcaciones, han sumido en un evidente abandono esta actividad milenaria.

Si se suman a ello el alto costo del biodiesel y los derechos que deben erogar los pequeños pescadores, aun cuando sus embarcaciones no corresponden a las dimensiones de arqueo bruto como los dedicados a la pesca comercial, ponen en riesgo de desaparición las pescas ribereñas y artesanales, imposibilitando su crecimiento económico.

Por pesca ribereñaentendemos la actividad de extracción de recursos acuáticos ejecutada con embarcaciones menores que no cuentan con maquinaria de cubierta accionada con fuerza electromotriz para el auxilio de las operaciones de pesca, utilizan el hielo para la conservación del producto y tienen una autonomía en tiempo máxima de tres a cinco días.

Mientras, la pesca artesanal se realiza en ríos y lagos o en zonas costeras con o sin embarcación, utilizando técnicas sencillas sin la ayuda del desarrollo tecnológico.

La presente iniciativa pretende mejorar las condiciones de empleo y vida de los pescadores y pequeños productores de mar al permitir que las pescas ribereña y artesanal se inscriban en el apartado de excepciones al pago de permisos y registros de libretas de mar junto a la denominada pesca doméstica.

Lo anterior, toda vez que en la práctica mexicana las actividades de pesca ribereña y artesanal son una realidad pero que no están conceptualizadas en la ley correspondiente.

Señala el artículo 72 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables:

Artículo 72.La pesca de consumo doméstico que efectúen los residentes en las riberas y en las costas no requiere concesión o permiso.

Sólo podrá efectuarse con redes y líneas manuales que pueda utilizar individualmente el pescador, observando y respetando las vedas y las normas oficiales que se expidan.

Tratándose de zonas concesionadas se podrá practicar la pesca de consumo doméstico, siempre y cuando no se capturen las especies materia de las concesiones otorgadas a terceros.

En los casos que se requiera, la secretaría establecerá en normas oficiales las artes de pesca de consumo doméstico y sus especificaciones técnicas, considerando entre otros aspectos, las condiciones biológicas, tecnológicas y ambientales.

Las cantidades permitidas por pesquería o especie se especificarán en el reglamento de la presente Ley, y en las normas correspondientes.

Con esa idea y considerando que el artículo 191-B de la Ley Federal de Derechos excepciona de pago a diversas figuras, la pesca ribereña y artesanal no puede ubicarse en el rubro denominado pesca de consumo doméstico, toda vez que, del artículo arriba citado, se entiende por dicha actividad, la que se efectúa individualmente con redes y líneas manuales, mientras que las actividades ribereña y artesanal requieren de específicamente de otras modalidades ya citadas.

Artículo 191-B.No se pagarán los derechos de pesca a que se refiere esta sección en los siguientes casos:

I.Por la pesca de consumo doméstico;

II.Por la pesca de fomento para los centros oficiales de enseñanza, investigación y desarrollo pesquero;

III.Por la introducción de especies vivas en cuerpos de agua, para los ejemplares y poblaciones nativas;

IV.La pesca didáctica que realizan las instituciones educativas del país, reconocidas por la Secretaría de Educación Pública, dentro de sus programas de enseñanza, investigación y adiestramiento; y

V.(Se deroga).

La presente iniciativa a la par de dotar de justicia a la actividad de miles de pescadores en nuestro país, permitirá la creación de empleo formal, el crecimiento de microempresas que permitan la pesca sostenible y el cuidado del ecosistema aplicando el código de conducta la pesca responsable.

Por lo expuesto, propongo ante la LXIII Legislatura el siguiente proyecto de

Decreto

Único.Se reforma el artículo 191-B de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sique:

Artículo 191-B.No se pagarán los derechos de pesca a que se refiere esta sección en los siguientes casos:

I.Por la pesca de consumo doméstico, pesca ribereña y pesca artesanal;

II.Por la pesca de fomento para los centros oficiales de enseñanza, investigación y desarrollo pesquero;

III.Por la introducción de especies vivas en cuerpos de agua, para los ejemplares y poblaciones nativas; y

IV.La pesca didáctica que realizan las instituciones educativas del país, reconocidas por la Secretaría de Educación Pública, dentro de sus programas de enseñanza, investigación.

V.(Se deroga).

Transitorio

Único.La presente reforma entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Senadores: Benjamín Robles Montoya, Raúl Morón Orozco, Rabindranath Salazar (rúbricas).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo al funcionamiento y operatividad del Sistema de Justicia Penal Acusatorio. Consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del acuerdo de la Junta de Coordinación Política. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta respetuosamente al Poder Judicial de la Federación, a la Procuraduría General de la República, a la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados y a la Conferencia Nacional de Procuradores, para que en términos de los artículos segundo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, primero, segundo y décimo tercero del Código Nacional de Procedimientos Penales, hagan público el informe en el que se evalúe el funcionamiento y operatividad del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, frente a las disposiciones procesales penales.

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite el siguiente:

Acuerdo

Único.Se exhorta respetuosamente al Poder Judicial de la Federación, a la Procuraduría General de la República, a la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados y a la Conferencia Nacional de Procuradores, para que en términos de los artículos segundo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, primero, segundo y décimo tercero del Código Nacional de Procedimientos Penales, hagan público el informe en el que se evalúe el funcionamiento y operatividad del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, frente a las disposiciones procesales penales.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.— Diputado Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Morena; diputado Jesús Sesma Suárez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado José Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; diputado Alejandro González Murillo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:Está a discusión. Como no hay oradores inscritos, tome usted la votación.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:En votación económica se consulta si se aprueba el Acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:Queda aprobado.

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar(desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Me pide la palabra el diputado don Edmundo Javier Bolaños. Adelante, diputado, ¿con qué objeto?

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar (desde la curul): Gracias, diputado presidente. Solo para dejar constancia de la terrible situación que estamos pasando en Morelos. Una situación que se ha venido agravando con los efectos del pasado terremoto del mes de septiembre, que a Morelos le dejaron decenas de muertos, incalculables daños en las propiedades de las personas.

A esto habría que sumarle lo que a nosotros nos queda bien claro, que se trata de una persecución política en contra del señor obispo y que se ha recrudecido en la persona del hoy rector de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, Alejandro Vera.

Y a esto hay que sumarle la terrible inseguridad que se ha venido, ha venido creciendo en los últimos meses en Morelos y que han dado cuenta los medios de comunicación en el asesinato de un joven estudiante, que por el hecho de defender a una señorita fue arteramente ultimado, y en las últimas horas el asesinato de un académico en una de las avenidas más concurridas de la capital del estado, en Cuernavaca.

Este llamado, señor presidente, ya no es al gobierno federal, nos han venido dejando solos. Es simplemente para dejar constancia de que Morelos pasa una de sus peores crisis políticas, sociales y económicas, porque técnicamente estamos quebrados, y que después las autoridades federales y a quien corresponda, no se lleven las sorpresas o las consecuencias en que esto va a derivar, sin ninguna duda. Muchas gracias, señor presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias don Javier Bolaños, vicepresidente de esta Cámara. Como hacemos siempre en estos casos, le solicito muy atentamente, le recomendamos muy atentamente, su grupo parlamentario pueda presentar un punto de acuerdo al respecto, haciéndolo del conocimiento de la Junta de Coordinación Política. De cualquier manera quedan registradas sus afirmaciones y quedará constancia de ellas en el Diario de los Debates.



EFEMÉRIDE

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Estimados amigos diputados y amigas diputadas, el siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del Día de la Armada de México. Para tal efecto se han inscrito diputados y diputadas que tendrán el uso de la palabra hasta por cinco minutos, para hacer referencia a esta efeméride.

Pero, antes de dar el uso de la palabra al primero de los oradores, quiero pedir a ustedes su atención, el reconocimiento respectivo a la destacada presencia del almirante Juan Carlos Vera Salinas, quien asiste a nuestra sesión en representación del señor secretario de Marina, almirante Vidal Francisco Soberón Sanz. Lo acompaña, como es costumbre ya en este cuerpo, la teniente de navío médico cirujano Angélica Arévalo Escoto.

Hay que decir y destacar la importancia que en nuestras Fuerzas Armadas tiene la participación de la mujer. Al almirante Juan Carlos Vera y a la teniente Angélica Arévalo Escoto, a ambos les externamos —por conducto de ustedes— nuestra más profunda felicitación a todos los marinos de México. Muchas gracias por su presencia.

Ellos nos acompañarán durante esta efeméride y durante las intervenciones de los señores diputados.

Tiene la palabra en primer término, hasta por cinco minutos, la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, a nombre del Partido de Encuentro Social.

La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola: Buenas tardes, presidente, honorable asamblea. Recordar los acontecimientos históricos que consolidan a las instituciones contribuye a la construcción de la identidad nacional. Por tal motivo hoy conmemoramos orgullosamente el Día de la Armada de México, institución que data de la Colonia, cuando en 1628 se fundó la Armada Barlovento, cuya misión fue combatir a los piratas que atacaban las embarcaciones del Golfo de México.

Ya en el México Independiente, en 1821, se decretó la creación de cuatro ministerios, entre ellos el de guerra y el de marina. Su primera encomienda fue desalojar a la tropa española, que aún ocupaba la fortaleza de San Juan de Ulúa y que pretendía reconquistar el territorio mexicano, siendo el 23 de noviembre de 1825 cuando logró la rendición del último reducto de tropas españolas que se negaba a reconocer nuestra independencia.

La Armada de México se fortalece con la creación de la Escuela Naval Militar en el puerto de Veracruz el 1o. de julio de 1897 y que actualmente es el principal centro de estudios navales del país. Fue el 21 de abril de 1914 que la Escuela Naval Militar puso a prueba su valor frente a la invasión norteamericana, hazaña que le dio el nombre de Heroica Escuela Naval Militar. Venustiano Carranza, al tomar posesión de las fuerzas navales en 1915, creó la Fuerza de Infantería de Marina, dando paso así a la Armada Nacional.

Por decreto presidencial, el 31 de diciembre de 1940 se crea la Secretaría de Marina Armada de México y se le asignó la misión de la defensa exterior y coadyuvar así en la seguridad interior del país. Se le otorgó también la facultad de ejercer jurisdicción militar en los mares territoriales, zona marítimo-costera, islas, cayos, arrecifes, zócalos, plataformas continentales, aguas interiores y vías fluviales. Con dicha disposición se consolidó una institución que custodia nuestra soberanía, tanto en tierra como en el mar.

Por su gran servicio, las diputadas y los diputados de Encuentro Social felicitamos a todos los integrantes de la Armada de México y les agradecemos por el gran compromiso que tienen para con nosotros, por su lealtad, por su entrega que demuestran para proteger a todas las familias mexicanas y a la soberanía nacional. Es cuanto, muchas gracias.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchísimas gracias, diputada. Tiene la palabra el diputado Ángel García Yáñez, a nombre del Partido Nueva Alianza.

El diputado Ángel García Yáñez:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores. La fecha que estamos conmemorando el día de hoy es una manera de reconocer el compromiso y la labor de la Armada de México.

Doy la bienvenida al almirante Juan Carlos Vera Salinas, en representación del secretario de la Marina, almirante Vidal Francisco Soberón Sanz, acompañado de la teniente de navío, médico cirujano Angélica Arévalo Escoto. Bienvenidos a esta su casa.

Cada 23 de noviembre recordamos cómo Pedro Sainz de Baranda, comandando una flotilla naviera compuesta de fragatas, balandras, corbetas, goletas y bergantines, hizo capitular el baluarte de San Juan de Ulúa, que era el último reducto español.

La Armada de México es celosa y diligente al cumplir la misión que le ha sido encomendada y que consiste en defender a la federación y coadyuvar a la seguridad interior del país.

Cumplir esta responsabilidad no es sencillo, para la entrega y la determinación de esta noble institución se hacen evidentes las circunstancias más difíciles.

En Nueva Alianza queremos aprovechar esta celebración para agradecer la entrega al servicio y que presta a la nación la Armada de México. Estamos hablando de una de las instituciones más respetadas del país, hombres y mujeres que nos demuestran todos los días, con acciones su profundo nacionalismo.

Las y los integrantes de la Marina Armada de México son un ejemplo de que debemos ser al servicio del público. Es a ellas y a ellos a quienes debemos enaltecer, ya que son la muestra de que hay un camino mejor para nuestros jóvenes.

El servicio a la población y a las instituciones del Estado constituye el corazón y la razón de ser de nuestra Armada. Eso ha quedado demostrado en las circunstancias de emergencia nacional, como lo fueron los sismos de septiembre pasado, durante los cuales su arrojo y compromiso se hicieron tangibles, al verlos colaborando codo a codo con la sociedad civil.

Nuestra Armada no solo ha sido copartícipe con las construcciones de la historia patria, es uno de los pilares de credibilidad, valor, patriotismo y amor a México.

A nombre de las y los diputados de Nueva Alianza, quiero hacer uso de ese espacio para agradecer su esfuerzo y hago patente nuestra disposición de coadyuvar a cumplir con su tarea. Por su atención, muchas gracias, muchas felicidades, es cuanto, presidente diputado.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado Ángel García Yáñez, a nombre de su grupo parlamentario, que es el de Nueva Alianza. Tiene la palabra el diputado Adán Pérez Utrera, a nombre de Movimiento Ciudadano.

El diputado Adán Pérez Utrera:Con la venia de la Presidencia. Sin soberanía a salvo y garantizada, sin seguridad nacional que mantenga la paz, ningún Estado puede considerarse como tal y mucho menos su población podrá alcanzar la plenitud humana, vivir tranquila y disfrutar de manera equitativa de los beneficios del desarrollo.

El 23 de noviembre de 1821, la integrada, la recién integrada Marina de Guerra Mexicana hizo efectiva la rendición de las tropas españolas que se resistían a reconocer la Independencia de México en San Juan de Ulúa, Veracruz, una de tantas acciones en defensa de nuestra soberanía.

Ese acontecimiento histórico merece darle la dimensión de su trascendencia real, ahí se destacó la disciplina, la lealtad, la inteligencia, el heroísmo y la valentía, así como el patriotismo de los marinos, que hace 196 años lograron con sus acciones preservar la independencia del país.

Pero también ahora, en otra dimensión, es justo reconocer la labor de las mujeres y hombres que forman parte de una de las instituciones más honorables, respetadas y confiables del Estado mexicano, la Marina Armada de México. Sus integrantes a diario, con valor y amor a la patria, con ética y valores y en un sacrificio inquebrantable, exponen su integridad para servir a México. El honor, deber, lealtad y patriotismo, así como la determinación de proteger a la población en todo peligro o daño proveniente de la naturaleza, como quedó constatado en septiembre pasado tras los sismos que azotaron a nuestro país, son principios y valores instalados en los cimientos mismos de la Marina Armada de México.

En los tiempos actuales se sufren otras amenazas, a lo largo y ancho del país los ataques y las agresiones de la delincuencia organizada dañan impunemente la integridad de las personas, de sus bienes, de sus propiedades, de sus derechos e incluso disponen cobardemente de sus vidas, miles de mujeres y hombres han sido víctimas inocentes.

Padecemos en el país la falta de un sistema policiaco profesional, articulado, íntegro, honesto, institucional, plenamente confiable y técnicamente eficaz, que opere tanto en el ámbito local como a escala nacional.

La corrupción y la impunidad imperantes, tanto en los gobiernos nacionales como locales, prohijaron circunstancias propicias para el predominio de la violencia y el empoderamiento de la delincuencia organizada y la debilidad institucional de los cuerpos policiacos, lo que obligó a emplear a nuestras Fuerzas Armadas en misiones que no son propias de sus altos propósitos ni de su naturaleza.

Es innegable que la Marina Armada ha demostrado su lealtad a las instituciones del Estado mexicano y su subordinación al poder civil constituido.

Por eso, corresponde a los poderes federales y a su representación popular, no solo reconocer el papel fundamental de las instituciones armadas sino subsanar la laguna legal dentro del inmenso océano jurídico mexicano sobre la confusión de los términos seguridad interior y seguridad pública, que lejos de dar confianza y certidumbre pueden generar discrecionalidad y desconfianza.

Es urgente profesionalizar a los cuerpos policiacos para que cumplan con sus labores de seguridad pública. Es urgente legislar en esta materia para establecer el mando mixto y proceder de inmediato a esclarecer y precisar la función de las Fuerzas Armadas en el combate a la delincuencia.

Ello permitirá dar certidumbre y legalidad al actuar de marinos y soldados. Ello permitirá que se fortalezcan sus instituciones, a fin de que cumplan de la mejor manera, como hasta ahora lo han hecho, con sus responsabilidades constitucionales y legales.

Ese sería el mejor homenaje, el mejor reconocimiento a la Marina Armada de México y a sus integrantes que esta asamblea pueda hacer.

En Movimiento Ciudadano estamos ciertos que la soberanía, independencia, integridad, seguridad interior y defensa exterior son elementos esenciales para la permanencia del Estado.

Por eso hoy aquí, con justicia, reconocemos a la Marina Armada de México que con su trabajo y entrega se erige como un pilar clave en la paz y el desarrollo de la nación. Es cuanto. Gracias.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado Pérez Utrera. Tiene la palabra el diputado don Cesáreo Jorge Márquez Alvarado. Hablará a nombre del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado Cesáreo Jorge Márquez Alvarado:Gracias. Con su venia, señor presidente. Estimados amigos y compañeros diputados, señor almirante Juan Carlos Vera Salinas, y teniente de navío, médico cirujano Angélica Arévalo Escoto, honrar los actos de valor enaltece a una sociedad, dado que forman parte de la riqueza histórica que da forma a la identidad de las naciones.

Como mexicanos, tenemos muy presentes los actos que consolidaron el carácter independiente de nuestra gran nación, los cuales fueron posibles gracias a la voluntad de miles de héroes que plasmaron sus nombres en las páginas de la historia.

Hoy conmemoramos la rendición del último reducto de realistas españoles que se negaban a reconocer la independencia de México y que se encontraban atrincherados en el Puerto de San Juan de Ulúa, en el Puerto de Veracruz, donde el capitán de fragata Pedro Sainz de Baranda comandó, el 23 de noviembre de 1825, a la flota mexicana de valientes efectivos de la Armada mexicana que elevaron en lo más alto del orgullo nacional y brindaron una gran victoria a nuestro país.

En la etapa del México moderno, nuestra Armada ha cumplido con tareas imprescindibles para la sociedad, como lo son la salvaguarda de la seguridad, tanto interior como exterior del país, ejerciendo funciones tan delicadas como la defensa de la soberanía nacional en aguas, costas e islas nacionales. El mantenimiento del orden institucional del Estado mexicano, la protección del flujo de personas y mercancías en aguas territoriales y efectuar opciones de rescate y salvamento en el mar.

Adicionalmente, los efectivos de la Armada sirven con orgullo y compromiso a la sociedad, mediante acciones encaminadas al auxilio de la población en casos de desastre, como pudimos constatarlo en fechas recientes, cuando la presencia de la Marina se hizo patente en las comunidades que resultaron afectadas por los sismos ocurridos durante septiembre en distintas latitudes de nuestro país.

Observar a los efectivos de la Armada y la sociedad trabajando juntos, coordinados con el Ejército e instituciones civiles que acudieron para atender la emergencia, nos debe servir para recordar que los actos de valor no solo se dan en el campo de batalla, sino en condiciones de urgencia que requieren la participación de todos por el bien de las y los mexicanos.

Del mismo modo, la Armada es una institución que colabora todos los días en la preservación efectiva de los recursos naturales de nuestro país, a través de su vigilancia, aporte que el Partido Verde siempre hemos reconocido. Prueba de ello son las más de 7 mil operaciones de vigilancias ejecutadas durante el último año con la finalidad de prevenir la contaminación de las costas y mares nacionales.

Con la campaña permanente de protección a las tortugas marinas, gracias a la cual se logró liberar a más de 2 mil crías de esta especie. Esto solo se puede lograr a través de la enseñanza de los valores humanos más nobles, que forman parte integral de la disciplina, que se practique en los cuerpos navales militares y que pueden expresarse en cuatro palabras: honor, deber, lealtad y patriotismo. Estos valores han sido y son practicados por las generaciones de hombres y mujeres que sucedieron a los valientes marinos de 1825 y con sus acciones honran la memoria de quienes defendieron el territorio nacional contra invasores extranjeros.

Por lo anterior, quienes integramos el Partido Verde reconocemos y valoramos en esta fecha a todas las mujeres y hombres que forman parte de nuestra Marina Armada de México. Es cuanto.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado, don Cesáreo Márquez Alvarado.

Antes de concederle el uso de la palabra a la diputada Concepción Villa González. Me permito destacar la presencia de alumnos de la primaria Escuela Activa de la Delegación Iztapalapa. Bienvenidos niños. Bienvenidos a la Cámara de Diputados. Gracias. Por cierto, entre quienes están aquí con la Escuela Activa de la Delegación Iztapalapa, se encuentra Romina Ojeda Alavez, hija de nuestro compañero Alejandro Ojeda. Felicidades a Romina. Felicidades a Alejandro. Gracias por venir a visitarnos a la Cámara de Diputados.

Tiene la palabra, como decíamos, la diputada Concepción Villa González. Habla en nombre del Grupo Parlamentario de Morena. Adelante, diputada.

La diputada Concepción Villa González:Gracias, presidente. Buenos días, compañeras, compañeros, almirante Juan Carlos Vera, teniente Angélica Arévalo Bienvenidos sean.

El Día de la Armada de México se celebra por primera ocasión en 1991, han pasado ya 26 años y más allá de rememorar historias por todos repetidas, cabe preguntar aquí y ahora, ¿por qué celebrar el Día de la Armada de México? No es una pregunta retórica, es una invitación a la reflexión y al análisis. Festejar es reconocer.

Según el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2017, analítico de plazas de remuneración, en total en el Ramo 3 de Marina existen 65 mil 605 plazas consideradas personal naval militar —65 mil 33 plazas—, en el restante del personal son consideradas civiles, 572.

Por ello festejamos, por miles de hombres y mujeres que día a día proporcionan las misiones de defensa exterior de la nación, funciones de guardacostas y policías marítimas en los 3 millones de kilómetros cuadrados de la zona económica exclusiva, 11 mil kilómetros de costas, todos los puestos de México, aparte de las misiones nuevas de guardianes de la frontera sur, aparte de las misiones, recientemente operan la red de salvavidas nacionales, rescatistas y respondientes ante cualquier emergencia mediante implementación del plan de Marina.

Pero no solo a ellos conmemoramos. Esta fecha fue concebida para hacernos sabedores de sus logros y retos que afrontan, logros que existen y que son muchos. A la fecha el nivel de reconocimiento que tiene la población a la institución, es decir a las personas que identifican a qué se dedica la Armada de México es aún muy bajo; el 59.9, comparado con el 87 para el Ejército y por encima únicamente de los ministerios públicos, los policías ministeriales y los jueces.

En la encuesta de INEGI sobre la victimización y percepción de la seguridad pública de 2016, la Armada salió como la institución mejor calificada. Reconocer la realidad significa saber cuáles son los logros, pero también poder prever los retos y desafíos que están por venir y que se encuentran a la vuelta de la esquina.

En este sentido, es necesario ubicar los retos que afronta la Armada de México, entre los cuales están ampliar la cobertura de vigilancia y ejercer los derechos del Estado en las zonas marítimas mexicanas, contribuir al desarrollo marítimo nacional, la investigación científica oceanográfica y operaciones de comunicaciones navales.

Finalmente debemos reconocer que la posición geoestratégica del Estado mexicano conlleva grandes retos para la Semar en materia de seguridad y a través del desarrollo de operaciones navales específicas y multipropósitos.

Para el Grupo Parlamentario de Morena, no le queda duda de que lograrán cumplir con los retos. Por esto conmemoramos el Día Nacional de la Armada de México.

Desde el Grupo Parlamentario de Morena, hacemos un reconocimiento a esta institución. Sin duda, la Marina es y será un pilar fundamental en la seguridad y soberanía nacional. Estamos obligados a cuidarlos y a mantenerlos, a mantener esta Fuerza Armada por y para el bienestar de nuestro país, México. Muchas felicidades. Es cuanto.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, estimada diputada Villa González. Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, nuestra compañera diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández:Con su venia, presidente. El día de hoy celebramos a una de las instituciones históricas, de mayor tradición en nuestro país: la heroica Armada de México, presente en San Juan de Ulúa en 1821 y en todos y cada uno de los episodios que han forjado nuestra identidad como nación.

La honramos como una institución que labora día a día, hombro con hombro, hombres y mujeres que velan por el bienestar de todas y todos los mexicanos, y de los que habitamos en este país.

Va nuestro reconocimiento a quienes patrullan y vigilan el mar territorial de nuestro país. Reconocemos a todas y todos los militares que participan en las labores de alfabetización, de vacunación, protección civil, de capacitación a través de las campañas implementadas por la Secretaría de Marina.

Reconocemos también a quienes vigilan nuestros puertos y protegen a turistas y comerciantes que transitan por estos puntos de entrada y salida de nuestro país.

Reconocemos especialmente a aquellos rescatistas que arriesgándose al límite salvaron muchas vidas durante los percances ocurridos por los eventos naturales del mes pasado de septiembre. Huracanes y sismos pusieron a nuestro país a prueba, y ellas y ellos, de la Secretaría de Marina, dieron la cara por nosotros. Topos, binomios, maquinistas, especialistas, a todos los que estuvieron dispuestos para brindar a la ciudadanía la seguridad de sus capacidades, en un entorno de desolación e incertidumbre que se vivía.

Cómo dejar de mencionar el símbolo de sacrificio y la solidaridad encarnados en la perrita rescatista Frida, que hoy nos acompaña en esta imagen también en el pleno, y que fue conocida mundialmente como Marina, precisamente por el chaleco que portaba de esta secretaría.

En el Grupo Parlamentario del PRD nos encontramos plenamente convencidos de que los hombres y mujeres que integran la Marina-Armada de México, están totalmente comprometidos con nuestro país, y por ello merecen todo nuestro respeto y reconocimiento.

Debemos señalar también, que nos encontramos convencidos de que debemos fortalecer diversos aspectos de su actuación diaria para que, en aras de la construcción efectiva de un Estado derecho, sus elementos puedan colaborar en igualdad de circunstancias con todas y todos los habitantes de nuestro país.

Resulta indispensable que los operativos en materia de seguridad para la captura de diversos sujetos pertenecientes a los grupos de la delincuencia organizada, desarrollados por la Marina-Armada, cuenten con medidas previas que prevengan los daños a la población civil, dado que en los últimos tiempos hemos sido testigos de cómo estos han provocado no solamente la muerte de personas inocentes, sino también el desplazamiento interno forzado de muchas poblaciones.

Es indispensable también que nuestra Armada tenga —al igual que el Ejército y la Policía Federal— una mayor capacitación en materia de derechos humanos y de igualdad entre mujeres y hombres que deriven en el diseño de protocolos efectivos para el correcto desarrollo de los operativos que implementa.

Haremos votos para ello, y en el Grupo Parlamentario del PRD empeñaremos todo nuestro esfuerzo para lograrlo. Muchas felicidades a todas y a todos los integrantes de la Armada de México, nuestro reconocimiento y respeto siempre. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias diputada Ismene Gaytán. Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Wenceslao Martínez Santos, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.

El diputado Wenceslao Martínez Santos:Con su permiso, presidente. Distinguidas diputadas y diputados, la Armada de México es, sin duda, una de las instituciones más sólidas e importantes con la que contamos los mexicanos.

El poder naval de la Federación nos permite preservar la soberanía nacional, coadyuvar en la seguridad interior y, por supuesto, generar las condiciones de paz y desarrollo continuo que todos los mexicanos esperamos.

Es sin duda, gracias a sus incontables sacrificios, su noble labor e incansable esfuerzo, una institución baluarte del Estado mexicano. El reconocimiento que debe hacerse a una de las instituciones de amplio prestigio de nuestro país debe estar acompañado de acciones concretas, proclives a honrar y distinguir a quienes tienen el más alto encargo de proteger la nación.

Hombres y mujeres de la Armada han llegado a dar la vida por México. Su lealtad y su valentía no merecen menos que los más altos honores, así como la gratitud de la patria y de todos los mexicanos.

Reconocemos la labor de cada uno de ellos, miembros de la Armada, pero queremos reconocer particularmente la labor de todas aquellas mujeres que defienden a su país, su gran gallardía y coraje, y que se han convertido en un ejemplo de gran valor por todo el pueblo de México.

Es por esto que la Armada de México es una de las instituciones más sólidas con las que contamos los mexicanos. Siempre está cuando más se les necesita, ya sea brindando ayuda en las zonas afectadas por diversos tipos de fenómenos naturales o, bien, proporcionando seguridad a la población enfrentando al crimen organizado y defendiendo el Estado de derecho y la soberanía del país.

Es reconocido por la población que la Armada aporta un sentimiento de seguridad, confianza, orden y tranquilidad. Todos ellos necesarios considerando los difíciles momentos por los que atraviesa nuestro país.

Desde los tiempos de Venustiano Carranza, cuando la Armada recibió el nombre de Armada Nacional, pasando por la década de los años 40, cuando cambió de nombre al de Secretaría de Marina Armada de México, siempre ha cumplido su misión con gallardía.

En aquellos tiempos su mayor preocupación era el combatir ejércitos extranjeros invasores. Hoy se dedica a vigilar, defender, combatir actos lícitos y, en su caso a rescatar a quienes lo necesiten en nuestros mares.

Establecido 1991 como Día de la Armada de México, especialmente hoy, debemos reconocer la gran labor que desempeñan sus sacrificios y sus esfuerzos. Es por esto que el Grupo Parlamentario de Acción Nacional reconoce su valentía y dedicación, así como su determinación y coraje, fuentes de inspiración y respeto para todos los mexicanos. Desde aquí nuestro gran reconocimiento y agradecimiento por la gran labor desempeñada. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, estimado diputado Wenceslao Martínez Santos. Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, para hablar a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado César Alejandro Domínguez Domínguez: Con su permiso, señor presidente. Saludo, a nombre del Grupo Parlamentario del PRI, con respeto, al almirante Juan Carlos Vera Salinas y a la teniente Angélica Arévalo Escoto, quienes están aquí en representación de nuestro amigo el secretario de Marina Armada de México, almirante Vidal Soberón. Bienvenidos a la Cámara de Diputados.

La Marina Armada de México es la suma de mujeres y hombres que solo conocen la entrega incondicional a la patria y asumen la gran responsabilidad de resguardar la integridad de la nación. Los integrantes de la Marina Armada de México no solo resguardan el orden constitucional, sino también que este implica democracia, bienestar social y ejercicio pleno de las libertades de todos nosotros.

Ya lo ha dicho el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, en la salvaguarda de nuestra soberanía y en la defensa de la integridad del territorio nacional, las mujeres y hombres de la Marina hacen gala de su determinación, profesionalismo y compromiso permanentes. Por eso durante esta administración el Ejecutivo federal ha impulsado el fortalecimiento institucional de la Secretaría de Marina para el ejercicio de las atribuciones que la ley le otorgan.

Ha implementado un plan rector de educación militar para poner en marcha su transformación. Ha modernizado la infraestructura de la tercera parte de los 22 establecimientos educativos navales y ha creado la Universidad Naval, como unidad administrativa de la Secretaría de Marina que contribuye a formar marinos más profesionales, con mayores capacidades y valores que pongan a disposición de todos los mexicanos.

Por otro lado, comprometidos con trabajar con quienes dedican sus vidas a la patria, los diputados del PRI hemos aprobado que los créditos hipotecarios otorgados por el IMSS a los integrantes de la fuerza armada se acumulen a los que obtengan sus cónyuges o concubinos con el Fovissste, el Fonacot o la Conavi.

Igualmente, hemos aprobado reintegrar las funciones de supervisión de las capitanías de puerto a la Secretaría de Marina, para garantizar la protección y seguridad marítimo-portuaria del país, sin implicar un presupuesto adicional ni la militarización.

Hemos aprobado dotar de nuevas atribuciones a dicha Secretaría para vigilar e inspeccionar y realizar operaciones en costas, recintos portuarios bajo el término de Guardia Costera, y se ha expedido la Ley de Educación Naval para establecer las disposiciones que regulan a la Universidad Naval y a sus establecimientos educativos.

Reconocemos con estas acciones el trabajo de la Marina como una de las instituciones que coadyuvan a salvaguardar la paz, y sobre todo velar por el desarrollo de la nación.

Considerados por la revista Forbes como marinos de excelencia, los elementos de la Armada de México hacen de esta institución una institución que ha mantenido invariablemente su entrega, lealtad y vocación al servicio de la nación.

Nace en pie de lucha hace casi 200 años. La Marina tuvo la misión fundamental de resguardar la independencia nacional contra una latente amenaza española. Así, una gran muestra de valentía y patriotismo triunfó y expulsó de San Juan de Ulúa al último reducto español, por lo que como escribiera el almirante Miguel Carranza y Castillo, la Independencia se consolidó en el mar.

Durante el convulso siglo XIX, la Marina demostró su lealtad a la nación ante las invasiones extranjeras y desde su elevación a rango de Secretaría de Estado en 1941, aun y cuando México no es una nación beligerante, la Armada ha dedicado incansablemente sus esfuerzos, para defender a los mexicanos de las eventuales amenazas antropogénicas y naturales, teniendo como premisa fundamental la defensa de nuestra soberanía, a partir de los mares, costas y aguas interiores.

La Marina también ha sobresalido por su labor por velar la paz y, de manera subrayada, en su indiscutible auxilio a la población damnificada por los fenómenos naturales, como quedó acreditado tras los sismos y huracanes, que han afectado una gran parte del territorio nacional en el mes de septiembre pasado. De la mano con la ciudadanía y del resto de las fuerzas federales, los marinos coordinaron las labores de apoyo en la atención a los heridos, así como la remoción de escombros y traslado de víveres, para asegurar que nadie se quedara desprovisto de bienes básicos.

Ahora, superada la crisis, persiste lo importante: garantizar la reconstrucción de las zonas afectadas, para lo cual el papel de la Marina Armada de México seguirá siendo determinante.

Compañeras y compañeros, nuestro país tiene rumbo y de la mano de las mujeres y hombres que integran la Armada aseguramos que siga navegando hacia el destino que queremos y podemos alcanzar, un México justo próspero y en paz. Felicidades, a los marinos de este gran país. Muchas gracias.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Antes de cerrar esta ronda, quisiera no dejar pasar la ocasión para felicitar a un integrante en retiro de la Marina Armada de México y quien es orgullosamente parte de esta legislatura, nuestro estimado compañero, el almirante don Carlos Federico Quinto Guillén. Vayan para él también nuestra más sentida felicitación y con él nuevamente a todos los marinos de México.

Esta Presidencia agradece la compañía a lo largo de esta efeméride, del señor almirante don Juan Carlos Vera Salinas, quien acude a nuestra sesión como representante del secretario de Marina, almirante Vidal Francisco Soberón Sanz y a la teniente de navío médico cirujano Angélica Arévalo Escoto. A los dos nuevamente, la reiteración de nuestras felicitaciones y muchas gracias por su amable asistencia.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN DE LEY O DECRETO



LEY DE VERTIMIENTOS EN LAS ZONAS MARINAS MEXICANAS

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes:Dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Por cinco minutos, para fundamentar este dictamen tiene la palabra la diputada María Cristina Teresa García Bravo, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

La diputada María Cristina Teresa García Bravo: Con su venia, señor presidente. Buenas tardes, compañeras y compañeros. El presente dictamen que se pone a su consideración, busca fortalecer el marco normativo relativo a la conservación de la vida marina y de sus ecosistemas y recursos naturales.

Esta normativa tiene su antecedente desde que se suscribió el Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias de 1972 y su Protocolo de 1996, tanto el convenio y el protocolo reconocen que el medio marino y los organismos vivos son de vital importancia para la humanidad y que es de interés preservarlo.

La contaminación del mar tiene su origen en diversas fuentes, entre las que se destacan los vertimientos y desechos inorgánicos. Solo piensen un segundo, también nos afectan los desechos nucleares como submarinos no rescatados.

Como saben, el diputado Federico Quinto Guillén, el pasado abril del presente año presentó una iniciativa de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, a fin de impulsar y orientar la preservación de nuestro patrimonio natural y facilitar las responsabilidades de las secretarías de Estado que están involucradas a su protección, como son la Secretaría de Marina, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Comunicaciones y Transportes.

Para los que integramos la Comisión de Marina, deseamos externar nuestro convencimiento a la necesidad de fortalecer las capacidades operativas de la Secretaría de Marina y precisar su responsabilidad, a fin de permitirle tener una respuesta efectiva y eficiente para contribuir la preservación y la protección al medio ambiente marino del país, sin distraerse en actividades diversas que afecten sus labores de seguridad nacional.

Del estudio y dictaminación de la propuesta recibida, les presento el proyecto de dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas.

Debo comentar que la actualización de esta norma priorizó la identificación de algunas inconsistencias e incongruencias que resultaban materia para poder proponer la necesidad de armonizar la norma y apegarse más estrictamente a la premisa preventiva que dicta el tratado y convenios multicitados.

El dictamen fue aprobado en la Comisión de Marina, no solo porque respetaba su esencia de control y prevención de la contaminación o alteración del mar por vertimientos en las zonas marinas mexicanas, sino que segregaba adecuadamente funciones de la Secretaría de Marina, siendo esta última la autoridad competente de su aplicación, observancia y vigilancia.

Con base a lo anterior expuesto, el dictamen que está a su consideración contiene las modificaciones necesarias a la Ley de Vertimientos en Zonas Marinas Mexicanas, a fin de atender, armonizar y adecuar el contenido de sus disposiciones con el Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias de 1972 y su Protocolo de 1996, instrumentos internacionales plenamente vinculantes para el Estado mexicano.

Consideramos que esta actualización es necesaria a la petición continua de los mexicanos sobre la preservación y conservación de los ecosistemas de nuestro país, facilitando el enfoque preventivo en beneficio del medio marino para evitar su contaminación.

En nombre de mis compañeros diputados que aprobaron el presente dictamen en el seno de la comisión les doy las gracias, esperamos su voto.

Aprovecho la ocasión para reconocer a los marinos y soldados que con motivo del 107 aniversario de la Revolución Mexicana recibieron condecoraciones y ascensos en mérito de su labor y compromiso con nuestra patria. Nuestro reconocimiento, enhorabuena. Muchas gracias, diputado presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputada García. En contra de este dictamen ha presentado moción suspensiva el señor diputado don Juan Romero Tenorio, que tiene la palabra hasta por tres minutos para fundamentar la moción.

El diputado Juan Romero Tenorio:Buenas tardes, diputadas y diputados. Presento una moción suspensiva para que el dictamen que se presenta se vuelva a comisiones y, aunado a ello, que se turne a la Comisión de Medio Ambiente, para efectos de evaluar el impacto que se presenta con la propuesta.

En la zona marina mexicana se está empezando a autorizar la explotación minera. La explotación en fondo marino por actividad minera genera un alto impacto ambiental. Tenemos ya autorizaciones por parte de la Secretaría de Medio Ambiente respecto de algunas zonas en el mar de California, que están autorizando la explotación de la actividad minera para extraer fosfato.

Se han hecho trámites por algunas empresas para tener la autorización por parte de la Semarnat. Traigo a colación este tema porque dentro de las propuestas que se presentan está la adición del artículo 3 Ter, que señala que las disposiciones de la presente ley no se aplicarán a la evacuación o almacenamiento de desechos u otros materiales que resulten directamente de la exploración, explotación y consiguiente tratamiento mar adentro de los recursos minerales del lecho o subsuelo marino.

Con esta disposición se crea un vacío normativo y no se cumple con las obligaciones que se pretenden cubrir con la reforma, de acuerdo a la exposición que se hizo por parte de la presentadora de este dictamen.

El Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, que ha suscrito el Estado mexicano lo obliga a tomar medidas que impidan la contaminación del mar.

Estas medidas que van a impedir la contaminación del mar se delegan a la Secretaría de Marina, con base a la Ley de Vertimiento en las Zonas Marinas Mexicanas. Dentro de las atribuciones que tiene la Secretaría de Marina está la de integrar la información estadística y llevar el control de los vertimientos realizados en las zonas marinas mexicanas. Establecer las medidas para la prevención, reducción y, en su caso, eliminación de los contaminantes contenidos en el material a verter.

Con la adición del artículo 3 Ter se permite que la actividad minera contamine en forma irresponsable y sin control alguno, puesto que las disposiciones que esta ley establece como atribuciones de la Secretaría de Marina no se aplicarían a la actividad minera. No tenemos que afectar las funciones de una secretaría que aquí se ha reconocido su trabajo institucional.

Yo creo que es una propuesta de reforma que puede mejorarse y no puede generar espacios de duda de una actividad que se reconoce a nivel nacional, de un cuerpo armado que tiene una competencia derivada de una ley que quiere retomar principios de un convenio internacional.

Estamos a tiempo de regresar este dictamen, de modificarlo y de no propiciar lagunas que al rato generen duda o perspicacia sobre la actividad de vigilancia que tiene la Secretaría de Marina. Es importante que este dictamen se devuelva para tener una mejor propuesta y una atribución más clara para la Secretaría de Marina y no colocarla en un ambiente donde se cuestione su actividad. Es cuanto, señor presidente.

«Moción suspensiva al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente

Quien suscribe, diputado Juan Romero Tenorio, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 122 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta moción suspensiva al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, que emite la Comisión de Marina, con la siguiente:

Exposición de Motivos

Violación a los artículos 80 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

El dictamen que la Comisión de Marina pone a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, violenta los artículos 80 y 85 del Reglamento de este órgano Legislativo:

Artículo 80.

1. El dictamen es un acto legislativo colegiado a través del cual, una o más comisiones facultadas presentan una opinión técnica calificada, por escrito para aprobar o desechar los siguientes asuntos:

I. Minutas;

II. Iniciativas de ley o de decreto;

III. a VII. ...

2. Las comisiones podrán retirar el dictamen enviado a la Mesa Directiva, hasta antes de que se discuta por el Pleno. Para ello, su Junta Directiva deberá acordarlo.

La comisión que retire un dictamen tendrá hasta cinco días para volverlo a presentar. El dictamen se podrá retirar una sola vez.

Artículo 85.

1. El dictamen deberá contener los siguientes elementos:

I. Encabezado o título del dictamen donde se especifique el asunto objeto del mismo, así como el ordenamiento u ordenamientos que pretenda crear o modificar;

II. Nombre de la comisión o comisiones que lo presentan;

III. Fundamento legal para emitir dictamen;

IV. Antecedentes del procedimiento;

V. Nombre del iniciador;

VII. Proceso de análisis, señalando las actividades realizadas, como entrevistas, comparecencias, audiencias públicas o foros, con el fin de tener mayores elementos para dictaminar;

IX. Análisis y valoración de los argumentos del autor que sustentan el asunto o asuntos;

X. Análisis y valoración de los textos normativos propuestos, en su caso, explicando si se aprueban, modifican o desechan;

XI. En caso de dictamen positivo:

a) El proyecto de decreto;

b) La denominación del proyecto de ley o decreto;

c) El texto normativo que se somete a la consideración del Pleno, y

d) Los artículos transitorios.

XII. En caso de dictamen negativo, el proyecto de acuerdo respectivo;

XIII. En ambos casos el voto aprobatorio de la mayoría absoluta de las diputadas y de los diputados de la comisión o comisiones que dictaminan, que debe constar mediante firma autógrafa, y

XIV. Lugar y fecha de la reunión de la comisión en que se aprueba.

2. ...

3. ...

El dictamen con proyecto de decreto por el que se adicionan, reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimento en las Zonas Marinas Mexicanas, no contiene la valoración de impacto presupuestal. Esto es así, puesto que en el artículo 5 del proyecto se derogan las fracciones IX y XII, que determinan lo siguiente:

Artículo 5. La Secretaría es la autoridad en materia de vertimientos y tendrá las siguientes facultades:

I. a VIII. ...

IX. Proponer el costo de los servicios que se presten para la contención, prevención y recuperación de vertimientos de hidrocarburos y sus derivados u otras substancias, conforme a las cuotas autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

X a XI. ...

XII. Proponer anualmente, ante la dependencia de la Administración Pública Federal que corresponda, el monto de los derechos que se cobrarán a los titulares de los permisos de vertimiento por el uso de zonas marinas mexicanas;

El artículo 2o. de la Ley Federal de Derechos establece lo siguiente:

Artículo 2o. Los derechos que se establecen en esta ley se pagarán en el monto, forma, lugar y época de pago que en cada capítulo se señalan. Cuando en el capítulo respectivo no se establezca la forma, monto, lugar y época de pago se aplicarán estas disposiciones,

Los organismos públicos descentralizados que en cumplimiento al objeto para el que fueron creados usen o aprovechen bienes del dominio púbico de la nación o presten los servicios públicos exclusivos del Estado, estarán obligados a pagar los derechos que se establecen en esta ley con las excepciones que en la misma se señalan.

Cuando se constituyan o modifiquen organismos descentralizados que en cumplimiento del objeto para el que fueron creados presten servicios exclusivos del Estado o usen o aprovechen bienes del dominio público de la nación, estarán obligados a pagar por concepto de derechos el 10 por ciento de sus ingresos mensuales totales provenientes de la realización de las actividades propias de su objeto.

Esta circunstancia y el monto correspondiente se determinará por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la que, en su caso, podrá otorgar la autorización respectiva. Las cantidades excedentes no tendrán destino específico.

La Federación, el Distrito Federal, los estados, los municipios, los organismos descentralizados o cualquier otra persona, aun cuando de conformidad con otras leyes o decretos no estén obligados a pagar contribuciones o estén exentos de ellas, deberán pagar los derechos que establece esta ley con las excepciones que en la misma se señalan.

La derogación de las fracciones IX y XII del artículo 5 en el proyecto de dictamen que se presenta, proyecta un impacto en las finanzas públicas, debido a que se dejará sin regulación las atribuciones que se señalan para la Secretaría de Marina y los consecuentes costos de servicios a cargo del Estado mexicano.

Falta de evaluación del impacto regulatorios

El 17 de enero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, la cual establece que la autoridad en materia de vertimientos es la Secretaría de Marina y que corresponde a ésta el control y la prevención de la contaminación o alteración del mar por vertimientos en las zonas marinas mexicanas.

De acuerdo al contenido del dictamen que presenta la Comisión de Marina, el objeto de la reforma es el de armonizar de forma fehaciente la Ley de Vertimento en las Zonas Marinas Mexicanas, con el protocolo de 1996 del convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias de 1972.

De la lectura puntual del dictamen que se presenta se puede concluir que no se cumple el objeto señalado, que las propuestas de reforma no observan las obligaciones que el Estado mexicano contrae en la suscripción del convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias de 1972.

Obligación para promover el control de las fuentes de contaminación del medio marino, y compromiso para adoptar todas las medidas posibles para impedir la contaminación del mar por vertimento de desechos y otras materias que puedan constituir un peligro para la salud humana dañar los recursos biológicos y la vida marina.

De conformidad con los artículos I, IV y VI del convenio señalado el Estado mexicano adquiere compromiso para controlar y adoptar medidas para impedir la contaminación del mar.

Artículo I

Las partes contratantes promoverán individual y colectivamente el control de todas las fuentes de contaminación del medio marino, y se comprometen especialmente a adoptar todas las medidas posibles para impedir la contaminación del mar por el vertimiento de desechos y otras materias que puedan constituir un peligro para la salud humana dañar los recursos biológicos y la vida marina reducir otros usos legítimos del mar.

Artículo IV

1. Conforme a las disposiciones del presente convenio, las partes contratantes prohibirán el vertimiento de cualesquiera desechos u otras materias en cualquier forma o condición, excepto en los casos que se especifican a continuación.

a. Se prohíbe el vertimiento de los desechos u otras materias enumeradas en el Anexo I;

b. Se requiere un permiso especial previo para el vertimiento de los desechos u otras materias enumeradas en el Anexo II;

c. Se requiere un permiso general previo para el vertimiento de todos los demás desechos o materias.

2. Los permisos se concederán tan sólo tras una cuidadosa consideración de todos los factores que figuran en el Anexo III, incluyendo los estudios previos de las características del lugar de vertimiento, según se estipula en las secciones B y C de dicho anexo.

3. Nada de lo dispuesto en el presente convenio puede ser interpretado en el sentido de impedir que una Parte Contratante prohíba, en lo que a esa parte concierne, el vertimiento de desechos u otras materias no mencionadas en el Anexo I. La parte en cuestión notificará tales medidas a la organización.

Artículo VI

1. Cada parte contratante designará una autoridad o autoridades apropiadas para:

a. Expedir los permisos especiales que se requerirán previamente para el vertimiento de materias enumeradas en el Anexo II y en las circunstancias previstas en el apartado 2 del Artículo V;

b. Expedir los permisos generales que se requerirán previamente para el vertimiento de todas las demás materias;

c. Llevar registros de la naturaleza y las cantidades de todas las materias que se permita verter, así como del lugar, fecha y método del vertimiento;

d. Vigilar y controlar individualmente o en colaboración con otras partes y con organizaciones internacionales o generales de conformidad con el apartado 1 respecto a las materias destinadas a ser vertidas.

a. Que se cargue en su territorio;

b. Que se carguen en un buque o aeronave registrado o abanderado en su territorio cuando la carga tenga lugar en el territorio de un Estado que no sea parte de este convenio.

3. En la expedición de permisos con arreglos en los incisos a) y b) del apartado 1 de este artículo, la autoridad o autoridades apropiadas observarán las disposiciones del Anexo III, así como los criterios, medidas y requisitos adicionales que se consideren pertinentes.

4. Cada parte contratante comunicará a la organización y, cuando proceda a las demás partes, directamente o a través de una secretaría establecida con arreglo a un acuerdo regional, la información especificada en los incisos c) y d) del apartado 1 de este artículo y los criterios, medidas y requisitos que adopte de conformidad con el apartado 3 de este artículo. El procedimiento a seguir y la naturaleza de dichos informes serán acordados por las partes mediante consulta.

En la ley de vigente de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, la Secretaría de Marina es la autoridad en materia con las facultades señaladas en su artículo 5, el cual se traduce:

Artículo 5. La Secretaría es la autoridad en materia de vertimientos y tendrá las siguientes facultades:

I. Otorgar y cancelar los permisos de vertimientos y vigilar su cumplimiento; asimismo, suspender cualquier vertimiento deliberado de desechos u otras materias que contravenga las disposiciones de la presente ley;

II. Realizar visitas de inspección y vigilancia;

III. Realizar investigaciones oceanográficas, actuaciones, emitir dictámenes y resoluciones;

IV. Determinar las responsabilidades e imponer las sanciones establecidas en la presente ley;

V. Fijar las medidas preventivas para evitar el vertimiento de desechos u otras materias que ocasionen daños o alteraciones al ambiente costero o marino;

VI. Integrar la información estadística y llevar el control de los vertimientos realizados en las zonas marinas mexicanas, así como de las infracciones impuestas;

VII. Fijar la cantidad que cubrirá el solicitante, para garantizar la reparación de los daños, perjuicios y multa que se pudieran aplicar, por contravenir las disposiciones de la ley o del permiso mediante billete de depósito; y en su caso implementar las acciones legales, cuando la garantía no haya sido suficiente para tales efectos;

VIII. Establecer medidas para la prevención, reducción y en su caso, eliminación de los contaminantes contenidos en el material a verter o la contaminación por el vertimiento, así como los criterios para evitar que se transfieran, directa o indirectamente, los daños de una parte del medio ambiente a otra, ni transformen un tipo de contaminante en otro;

X. Establecer y expedir los criterios respecto de las materias o substancias que podrán ser objeto de solicitudes de vertimientos;

XI. Interpretar y aplicar las disposiciones del Protocolo 1996 relativo al Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias, 1972, adoptado en la ciudad de Londres;

XIII. Determinar la zona de tiro, o en su caso autorizar la zona propuesta por el interesado;

XIV. Fungir como autoridad responsable ante los organismos internacionales, en materia de prevención de la contaminación de las zonas marinas mexicanas por vertimiento de residuos y otras materias, para lo cual deberá coordinarse, en su caso, con las dependencias del Ejecutivo federal que; en el ámbito nacional, tengan competencia sobre materias vinculadas al cumplimiento de los compromisos internacionales correspondientes;

XV. Participar en los foros nacionales e internacionales en materia de vertimientos; así como informar anualmente o cuando sea requerido por la Organización Marítima Internacional de los vertimientos autorizados por la secretaría;

XVI. Dar intervención a otra dependencia del Ejecutivo federal u organismo cuando de los hechos se desprenda la posible infracción a otras disposiciones legales, y

XVII. Emitir y actualizar los formatos necesarios de acuerdo al material que se pretenda verter, considerando los avances de la ciencia y la tecnología, debiendo publicarlos en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo al artículo IV, y al Anexo 1, numeral 5, del convenio, el Estado mexicano se compromete a prohibir el vertimento de petróleo crudo, fuel-oil aceite pesado diésel y aceites lubricantes fluidos hidráulicos y mezclas que contengan esos hidrocarburo; cargados con el fin de ser vertidos. Así mismo, el numeral 9 del mismo Aanexo 1, refiere el requerimiento de permiso para desechos u otros materiales (tales como logos de agua residual y escombros de dragados) a las materias señaladas en los apartados 1-5 de dicho anexo.

Con la adición que se propone del artículo 3 Ter, primer párrafo, se deja de observar las obligaciones del Estado mexicano, para la exploración, explotación y consiguiente tratamiento mar adentro de los recursos minerales del lecho o subsuelo marino:

Artículo 3 Ter. Las disposiciones de la presente ley no se aplican a la evacuación o el almacenamiento de dese-chos u otras materias que resulten directamente de la exploración explotación y consiguiente tratamiento mar adentro de los recursos minerales del lecho o subsuelo marino, o que estén relacionadas con dicha actividad.

Adición que contraviene el contenido del artículo VI del Convenio Internacional, al excluir la expedición de permisos especiales para el vertimento de materias enumeradas en los Anexos II y III, así como el registro de la naturaleza y las cantidades de todas las materias que se permita verter, así como el lugar, fecha y método de vertido; así como las disposiciones del Anexo III, relativo a los criterios que rijan la concesión de permisos para el vertimento de materias en él mar, producto de la exploración, explotación y consiguiente tratamiento mar adentro de los recursos minerales del lecho o subsuelo marino en el territorio nacional.

Esta disposición afectará derechos humanos de la población rivereña en las zonas marítimas en las que se autoricen concesiones mineras. Como es el caso de la concesión minera que el gobierno federal a través de la Secretaría de Economía otorgó a la empresa Exploraciones Oceánicas filial de la empresa estadounidense Odyssey Marine Exploration, de una superficie marina de 268 mil hectárea, en la Bahía de Ulloa, en Baja California Sur, área en la que se propone extraer 350 millones de toneladas de arenas fosfáticas en el proyecto denominado Don Diego.

En la extracción se utilizará una Draga de Succión de Marcha, la que levantará u syccionará el fondo marino. Por cada tonelada de fosfato se generarán 30 toneladas de dese-chos, mismos que se dejarán en el mar, generando un caos ambiental, con cambios radicales y peligrosos que destruirán la vida marina de la zona. El proyecto se asienta en una zona de alta producción pesquera.

De igual forma, el artículo 6 Bis, excluye la regulación de vertimentos en zonas marinas mexicanas por actividades del sector hidrocarburos al disponer para las actividades de este sector, únicamente la coordinación de la Secretaría de Marina con la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, para el ejercicio de sus respectivas atribuciones de regulación y supervisión.

Siendo necesario precisar que las actividades que regula la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, artículo 3o., fracción XI, inciso a, precisa que el Sector Hidrocarburos, comprende entre otras, el reconocimiento y exploración artificial, y la exploración y extracción de hidrocarburos. En complemento el artículo 5o. de la misma ley, señala en su fracción XVIII, la atribución de la agencia para expedir, suspender, revocar o negar licencias, autorizaciones, permisos y registros en materia ambiental, a que se refiere el artículo 7 de la misma ley. Disposición última que señala la competencia de la agencia para autorizaciones en materia de impacto ambiental y riesgo ambiental del sector hidrocarburos, de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos, entre otros. Sin precisar las prohibiciones, limites o permisos sobre vertimentos de hidrocarburos en Zonas Marinas Mexicanas.

Si bien, es de señalar que el 9 de diciembre de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de reconocimiento y exploración superficial, exploración y extracción de hidrocarburos. Es importante subrayar que estas disposiciones no atienden las obligaciones derivadas del Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias de 1972.

En el mismo sentido, es necesario señalar que la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, no contiene en el Título Segundo, Capítulo V, Infracciones y Sanciones, un marco definido para el incumplimiento de las medidas previstas en el convenio que pretende regularse con las adiciones y reformas que se proponen a la ley que se dictamina.

Por lo antes expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, solicito a la Mesa Directiva de esta honorable Cámara de Diputados se sometan a consideración los siguientes:

Acuerdos

Primero.Se dé trámite a la moción suspensiva al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, que emite la Comisión de Marina.

Segundo. Se devuelva a la Comisión de Hacienda de ésta honorable Cámara de Diputados, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, que emite la Comisión de Marina, para efecto de llevar acabo el análisis, discusión y dictaminación de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 80, 85, 188 y 189 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Nota

1 Núñez Rodríguez., Violeta R. Minería Marina como parte del territorio del capital. Colonización del mundo marino: resistencia en el Golfo de Ulloa, México. Revista Argumentos, volumen 30, número 83, enero-abril 2017, páginas 149-168 Universidad Autónoma Metropolitana unidad Xochimilco, México.

2. Autorizaciones de Reconocimiento y Exploración Superficial (ARES). Las Autorizaciones de Reconocimiento y Exploración Superficial son los estudios realizados en mar o tierra con el objetivo de identificar la posible existencia de hidrocarburos dentro de un área, Estos estudios son el principal insumo para identificar las posibles áreas que integrarán las futuras rondas de licitación de contratos de exploración y extracción de hidrocarburos. Para asegurar las mejores condiciones que favorezcan al desarrollo económico del país se elaboraron las disposiciones administrativas de carácter general en materia de Autorizaciones para el Reconocimiento y Exploración Superficial de Hidrocarburos, permiten que las empresas autorizadas puedan comercializar la información de forma exclusiva por un periodo de 12 años en la modalidad que incluye la adquisición de datos y 6 años en la modalidad que no incluye la adquisición de datos. Toda la información obtenida de estas actividades formará parte del acervo nacional que tendrá a su resguardo el Centro Nacional de Información de Hidrocarburos. El proceso de las ARES está compuesto de dos etapas principales: La primera que consiste en la inscripción al padrón ARES de las empresas interesadas donde por medio de la entrega de información respecto de la compañía y la experiencia que tiene realizando el tipo de actividades queda registrada en el padrón. La segunda etapa del proceso y la más importante es cuando somete a la CNH el proyecto que llevará a cabo una vez que obtenga su autorización.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, 23 de noviembre de 2017.— Diputado Juan Romero Tenorio (rúbrica).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado Romero Tenorio. Por favor, consulte la Secretaría si es de aceptarse la moción suspensiva.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes: En votación económica se pregunta a la asamblea, si se toma en consideración de inmediato para su discusión la moción suspensiva presentada por el diputado Juan Romero Tenorio. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la negativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se desecha la moción suspensiva.

Y de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción IV del Reglamento, pasamos a la discusión en lo general. No hay oradores inscritos para la discusión en lo general, tampoco lo hay para la discusión en lo particular con excepción del diputado, don David Aguilar Robles, del PRI, que lo hace a nombre de los proponentes. La discusión será en lo particular y en lo general. Adelante, don David.

El diputado David Aguilar Robles:Dijo el filósofo Loren Eiseley que, si hay magia en el planeta, está contenida en el agua, pues en muchos de los sentidos nuestra supervivencia depende de ese líquido vital. Por ello debemos promover con responsabilidad la conservación de nuestros mares, así como de la vida que hay en ellos.

Ser un país megadiverso conlleva a la gran responsabilidad de cuidar nuestro entorno que no solo es patrimonio nacional, sino de toda la humanidad. Así lo ha dicho el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, y por eso su administración ha trabajado para garantizar que las cooperativas pesqueras realicen sus actividades de manera sustentable, conciliando así la pesca con las mejores prácticas para cuidar de nuestro medio ambiente.

Cumplir y duplicar las metas de Aichi, compromiso internacional para proteger la vida marina preservando casi el 23 por ciento de nuestro territorio acuático y conservando más de 70 millones de hectáreas de zonas protegidas en áreas marinas, consolidar a México como el segundo país con más ecosistemas protegidos en el mundo al contar con 181 áreas naturales protegidas y crear la zona libre de pesca más grande de América, el Parque Nacional Revillagigedo de casi 14.8 millones de hectáreas.

Por otro lado, comprometidos con asegurar el manejo sustentable del medio ambiente, los diputados del PRI hemos aprobado establecer que, en el uso, aprovechamiento y beneficio de los recursos naturales no renovables, se evite la destrucción de los ecosistemas previniendo cualquier desequilibrio ecológico.

Dotar a la Secretaría de Marina de nuevas atribuciones para vigilar, inspeccionar, realizar operaciones en costas y recintos portuarios. Ahora debemos trabajar para prevenir y evitar la contaminación de nuestros mares provocada por el vertimiento de desechos.

De acuerdo con el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, los océanos se están convirtiendo en los grandes basureros del mundo, puesto que el 80 por ciento de los contaminantes de los mares provienen de las actividades antropogénicas, lo que resulta un grave riesgo para la flora y fauna marinas.

Desde 1972 México firmó el Convenio de la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimientos de Desechos, a fin de evitar la contaminación del medio marino a través de las implementadas por las naciones firmantes, para controlar el vertimiento de desechos y otras materias, evitando que lleguen a constituir un peligro para la salud humana y la vida marina.

En aras de seguir modernizando dicho convenio, en 1996 se adoptó el Protocolo de Londres, que prohibía todo vertimiento nocivo para el medio marino y planteaba la necesidad de adoptar un enfoque preventivo en cuanto a la protección, entrando en vigor en nuestro país en el 2006.

Por otro lado, hace tres años fue publicada la Ley de Vertimientos en Zonas Marinas Mexicanas, que no obstante su importante contribución al control de todas las fuentes de contaminación del mar, sus disposiciones todavía no están completamente armonizadas con el Protocolo de Londres.

En tal sentido resulta necesario adecuar la normatividad vigente a fin de dar cabal cumplimiento a la responsabilidad que México posee ante la comunidad internacional y evitar la contaminación de nuestras zonas marinas.

Votaremos a favor del presente dictamen que adiciona los artículos 3 Bis, 3 Ter, 4 Bis, 6 Bis, 6 Ter, reforma las fracciones I, II, III y IV del párrafo primero del artículo 3o., y la fracción VII del artículo 19, y deroga las fracciones V, VI, VII, del artículo 3o., las fracciones IX y XII del artículo 5o., y el párrafo segundo del artículo 21, todos de la Ley de Vertimientos en Zonas Marinas Mexicanas, con el propósito de armonizar y adecuar dicha ley con el convenio antes mencionado en diversos aspectos, tales como deslimitar las situaciones que no serán consideradas como vertimientos y establecer con claridad las categorías de los materiales que podrán ser vertidos, dotando de certidumbre y promoviendo la modernidad en el marco jurídico nacional. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado. Tiene la palabra el diputado Juan Fernando Rubio, en contra, por tres minutos.

El diputado Juan Fernando Rubio Quiroz:Gracias. Muy buenas tardes a todas y a todos mis compañeros diputadas y diputados, el día de hoy vengo a presentar la postura del Grupo Parlamentario del PRD respecto a este dictamen.

Este dictamen tuvo que haber pasado bajo la opinión y la observación de la Comisión de Medio Ambiente. Desafortunadamente el hablar de verter desechos en zonas lacustres o en mar abierto puede sonar algo sencillo, pero en realidad es algo complicado derivado de los problemas ambientales que se pueden generar al no conocer ni siquiera las características de lo que se va a llevar.

Desafortunadamente pensamos que este dictamen fue demasiado acelerado, que no tuvo la opinión ni los consensos necesarios para poder sacar una muy buena propuesta, y desafortunadamente tenemos este resultado.

Desde la bancada del PRD hemos sostenido que el medio ambiente es parte principal del desarrollo económico del país, y sus zonas costeras, sus zonas lacustres son ejes importantes para el desarrollo turístico y económico.

Si nosotros vertimos sustancias que pongan en riesgo la biodiversidad, pero también en riesgo la salud de las y los mexicanos, entonces no estamos siendo congruentes con lo que la Constitución nos marca, que es garantizar el derecho a un ambiente sano de todas y todos los mexicanos.

Nosotros pensamos y creemos que se pueden hacer productos legislativos a la altura de la nación, pero no los podemos estar sacando al vapor. Por eso reiteramos que el Grupo Parlamentario del PRD irá en contra de este dictamen, y va en congruencia con su visión de un México sustentable hacia un México sostenible, pero lo más importante, generar un México resiliente. Muchas gracias.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado Rubio. Está suficientemente discutido en lo general. Pregunte usted si está de acuerdo la asamblea.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Queda discutido en lo general. Y, por lo tanto, me permito informar a la asamblea que han quedado reservados los artículos 3 y 4o. Bis, 3 Ter, 6 Bis, 6 Ter, 3o. y 19.

Por lo tanto, le suplico a la Secretaría solicite se abra el sistema de votación para votar en lo general con la excepción de los artículos reservados.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados.

(Votación)

¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? El sistema sigue abierto.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Ciérrese el sistema, secretario.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes: Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron 257 votos a favor, 38 en contra, con 47 abstenciones, diputado presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Entonces aprobado en lo general, y en lo particular los artículos no reservados, por 257 votos.

De conformidad con el artículo 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra por tres minutos la diputada Concepción Villa González, para presentar modificaciones a los artículos 3o y 4o Bis.

La diputada Concepción Villa González:Gracias, diputado. Buenas tardes nuevamente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputada.

La diputada Concepción Villa González: La reserva que presento tiene el objetivo de proteger al ambiente de las zonas marinas nacionales, considerando que la iniciativa que pretende reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas resultará en una mayor contaminación de las mismas.

El dictamen pretende eliminar la expresión accidental, prevista actualmente en la fracción I del artículo 3 de la ley, bajo el supuesto de que los instrumentos jurídicos internacionales, como el Protocolo de Londres, prevén como vertimiento las conductas deliberadas, no así las acciones culposas.

Lo anterior es una falacia, el hecho de que el instrumento internacional en materia, el Convenio sobre la Prevención de la Contaminación en Materia del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias, en 1972, considere como vertimiento las conductas deliberadas no es un obstáculo para que nuestra legislación sí considere los vertimientos accidentales como objeto de regulación y posible sanción, pues el objetivo fue ampliar el marco jurídico de protección en las zonas marítimas mexicanas.

El Protocolo de Londres, como lo asentó en el artículo 4o. Bis, es una referencia coloquial no reconocida legalmente. Lo anterior no solo denota el apresuramiento con el cual se pretende aprobar el dictamen, sino la displicencia y falta de técnicas jurídicas con el cual fue elaborado.

La veleidad del dictamen queda al descubierto con la pretensión de derogar la fracción VI del artículo 3 actual, bajo la falacia de que el supuesto previsto en esa fracción ya está cubierta legalmente en la fracción II del mismo artículo. Lo anterior es falso, para empezar los verbos rectores en ambas fracciones son diferentes, en la fracción II el verbo es hundir, en la fracción VI el verbo es colocar. Por lo tanto, es claro que no se trata de los mismos supuestos jurídicos.

Además, en la fracción II se considera el hundimiento deliberado de buques, aeronaves, plataformas u otras construcciones. Por lo contrario, en la fracción VI se prevén las colocaciones en materia de objetos.

Si el objetivo del dictamen fuera preservar el ambiente de las zonas marinas mexicanas, aprueben la reserva que propongo. Si su intención es otra asuman su responsabilidad política, social y ambiental, al aprobar un dictamen que permitirá se contamine el grado superlativo las zonas marinas mexicanas. Por su atención, gracias.

Presidencia del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar

El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputada Concepción Villa González. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si la propuesta presentada se admite a discusión.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión la propuesta presentada por la diputada Concepción Villa González. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la negativa.

El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Se desecha y se reserva para su votación nominal en conjunto, en términos del dictamen.

Tiene el uso de la tribuna el diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar su propuesta de modificación a los artículos 3o. Ter, 6o. Bis y 6o. Ter., hasta por tres minutos. Hasta por cinco minutos. Adelante, diputado.

El diputado Juan Romero Tenorio: Con la venia de la Mesa Directiva. He presentado reservas, mismas que solicito se publiquen en el Diario de los Debates en sus términos, para que los ciudadanos conozcan los alcances de la misma.

En esta asamblea se ha discutido el derecho a la protección de los delfines en confinamientos, en parques acuáticos. Se ha discutido sobre la pelea de perros. Se ha discutido sobre la protección de animales en circos. Ahora nos interesa la protección de la tortuga amarilla, de la tortuga caguama, de la ballena jorobada, ¿por qué? Porque con estas reformas, repito, de nueva cuenta estamos dejando una laguna respecto a las atribuciones de vigilancia que tiene la Secretaría de Marina.

Con esta reforma excluimos esa función que tiene la Secretaría de Marina, para vigilar, inspeccionar aquellos vertimientos que se realicen por actividades mineras en zonas marítimas del Estado mexicano.

De acuerdo a las atribuciones de la Secretaría de Marina, esta debe realizar actividades de inspección y vigilancia, otorgar y cancelar los permisos de vertimiento y vigilar su cumplimiento, así como suspender cualquier vertimiento deliberado de desechos u otras materias que contravengan las disposiciones de la Ley de Vertimientos en Zonas Marinas Mexicanas.

Con la adición del artículo 3 Ter, el 6, se genera un vacío legal en esta función regulatoria y de vigilancia que le corresponde al Estado mexicano como parte de sus obligaciones del Convenio para evitar o para prevenir la contaminación del mar.

Es un acto irresponsable que se genera y que se afecta a una institución que este día se reconoce su función dentro de la seguridad nacional y la protección al medio ambiente y a las personas en nuestro país.

La propuesta de modificación que se presenta tiene por objeto definir, de nueva cuenta, la competencia de esta Secretaría y adicionar la competencia de la Secretaría de Medio Ambiente, para efecto de garantizar que la actividad minera no afecte a seres marinos como las tortugas amarillas, las caguamas o las ballenas en el Mar de Baja California.

Les comentaba que se ha autorizado una explotación minera en Baja California. Es un proyecto para la extracción de 7 millones de toneladas de arena fosfática por año, durante 50 años, una concesión de 50 años que va a afectar el fondo marino en Baja California, puesto que va a implicar el dragar grandes cantidades de fondo marino para extraer este mineral.

Ya hay una solicitud de impacto ambiental que afortunadamente fue desechada por la Semarnat, pero, sin embargo, esta empresa que es subsidiaria de una americana, sigue con la intención de tener los permisos para realizar esta actividad minera.

Es importante definir normas claras que permitan el cumplimiento de un convenio internacional para evitar la contaminación del mar.

Yo les solicito que, en bien de los seres marinos que se van a ver afectados por la actividad minera, ya nomás por aquellos que están siendo afectados por los derrames de hidrocarburos, se acepten estas reservas para efectos de mejorar la norma.

Esto es nada más la norma que se está aprobando, que se va a aprobar por la mayoría ya designada, que tendrá que ser rechazada por el Senado para efectos de impedir un vacío legal que genere arbitrariedad y uso desmedido en la explotación de recursos mineros y, en la irresponsabilidad por los derrames de hidrocarburos que pretende el convenio internacional, disminuir y establecer responsabilidades específicas.

Estamos a tiempo de enmendar este error, por lo tanto, solicito que la asamblea acepte las modificaciones que se proponen. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Romero Tenorio. Consulte la Secretaría, en votación económica, si las propuestas de modificación a los artículos presentados se admiten a discusión.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión las propuestas presentadas por el diputado Juan Romero Tenorio. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la negativa.

El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Se desechan y se reservan para su votación nominal en conjunto, en términos del dictamen.

Tiene el uso de la tribuna el diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar propuesta de modificación a los artículos 3 y 19 del dictamen, hasta por tres minutos.

El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, las aguas marinas de México se encuentran seriamente contaminadas y cuando las instituciones académicas y científicas hacen nuevas investigaciones encuentran que la contaminación, en lugar de ir disminuyendo, va en aumento.

Paradójicamente, en nuestro país es amplia la normatividad que regula mares y costas. Empieza por la propia Constitución y continúa con varias leyes, algunas de ellas acompañadas de sus respectivos reglamentos e inclusive tratados internacionales. Pero, pese a lo anterior, seguimos degradando nuestros mares y el dictamen que en estos momentos está en discusión, en algunos de sus postulados posiblemente puede crear un retroceso en lugar de contribuir a mejorar la situación.

Si bien por razones históricas desde 1975 es la Secretaría de Marina la que está a cargo de la prevención de la contaminación o alteración del mar por vertimientos en los mares mexicanos, actualmente contamos con otros órganos de la administración pública federal, que por sus atribuciones pueden y deben participar en la materia.

Por ejemplo, la Ley de Vertimiento en las Zonas Marinas Mexicanas, que busca modificar el dictamen en su artículo 15 de forma textual, ya prohíbe el vertido de hidrocarburos y sus derivados en la mar, como son los residuos procedentes de actividades petroleras en las plataformas marinas dándole atribuciones la Secretaría de Marina, Semar, para vigilar que esto se cumpla.

También la ASEA tiene atribuciones para supervisar y sancionar en materia de protección al medio ambiente, en relación con las actividades del sector de hidrocarburos. Esta atribución incluye el control integral de los residuos de los pozos de perforación, ya sea que estén en mar o en tierra.

De igual forma la agencia por ley tiene atribuciones para regular a través de lineamientos, directrices, criterios, normas oficiales mexicanas u otras disposiciones administrativas de carácter general, las actividades de producción petrolera y sus residuos con respecto a la protección ambiental, ya que sea que estas actividades estén en mar o en tierra.

Además, la Ley de Vertimientos de la Zonas Marinas Mexicanas presenta un serio problema en cuanto al tema del pago por los derechos correspondientes al vertimiento, ya que actualmente esto no se encuentra contemplado en la Ley Federal de Desechos, sino que los cobros se están haciendo con base en el Capítulo XIV de esta ley impositiva, el cual corresponde a derecho por uso u aprovechamiento de llene del dominio público de la nación como cuerpos receptores de las cargas de aguas residuales.

Es decir, el cobro se está fundamentando en lo que le corresponde para el desecho de aguas residuales, ya sea convenientes de las descargas de servicios público urbano o de actividades productivas. No se está cobrando realmente por el vertimiento en zonas marinas, que pueden incluir de forma legal materiales sólidos, ya que este cobro no se encuentra contemplado en las leyes impositivas.

Realmente en este momento no hay un sustento jurídico sólido para el cobro por los vertimientos en las zonas marinas mexicanas. En Morena estamos a favor del cuidado y preservación del medio ambiente y del aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, tanto en tierra como en mar, pero creemos que al día de hoy más que excluir autoridades que por sus atribuciones deben proteger al ambiente marino, debemos de buscar la sinergia entre todas las autoridades con esas atribuciones.

Conjuntamente ofrecemos nuestra colaboración para subsanar las deficiencias, el vacío legal que presenta la Ley Federal de Desechos en su relación con los vertimientos en el mar, de modo que Semar, tenga un fundamento jurídico adecuado acorde con la Constitución.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario de Morena, fue que se abstuvo en esta votación.

El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Gracias, diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si la propuesta de modificación a los artículos presentados se admite a discusión.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se acepta la propuesta de modificación presentada por el diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la negativa.

El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Se desechan y se reservan para su votación nominal en conjunto en términos del dictamen.

No habiendo más artículos reservados, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación de los artículos reservados en términos del dictamen.

El secretario diputado Marco Antonio Aguilar Yunes: Háganse los a visos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación nominal de los artículos mencionados por el presidente, en términos del dictamen.

(Votación)

¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Diputada Sherman. Sigue abierto el sistema, diputada. Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor presidente, se emitieron 264 votos a favor, 68 en contra, con 17 abstenciones, de 349 diputados presentes.

El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: Aprobados los artículos reservados en términos del dictamen por 264 votos. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN



EXHORTO AL CONSEJO GENERAL DEL INE PARA QUE TRANSPARENTE LOS CRITERIOS DE FISCALIZACIÓN SOBRE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, LOS MECANISMOS PARA DETECTARLOS Y SANCIONARLOS, ASÍ COMO LOS PROCEDIMIENTOS QUE ESTÉ DESARROLLANDO

El presidente diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar: El siguiente punto del orden del día es la discusión de proposiciones con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución. Para ello tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Edgar Romo García, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del Instituto Nacional Electoral para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI. Adelante, diputado.

El diputado Edgar Romo García:Con la venia de la Mesa Directiva. Estimadas compañeras diputadas y diputados, el proceso electoral 2017-2018 será el más complejo e inédito de la historia de la democracia tanto por el número de cargos que se renovarán como por la fiscalización constante sobre los actos, gastos y sus consecuencias en los procesos electorales.

Ante ello, la certeza sobre las reglas y su aplicación para garantizar la equidad de las contiendas es una exigencia que tiene obligación de atender la autoridad electoral de fondo y no solo de forma.

En la aspiración social de ver garantizada la legitimidad en los procesos electorales existe un imperativo fundamental, que es la fortaleza que las instituciones mexicanas, en particular las autoridades en materia electoral, deben proyectar ante la ciudadanía al cumplir a cabalidad con los principios rectores constitucionales de la función electoral con la imparcialidad, con la independencia, con la máxima publicidad, con la legalidad y con la objetividad.

Hablamos en especial de que una autoridad electoral fuerte y respetable es aquella que garantiza su función actuando de manera imparcial e independiente, de manera objetiva y especialmente apegada a la legalidad. Han sido los anhelos del pueblo mexicano que a lo largo de los últimos años en varias reformas electorales han establecido reglas claras, han establecido que se reduzca el despilfarro en las campañas electorales, que supervisen el origen de los recursos, que se acorten los tiempos de campañas y de precampañas, para evitar costos innecesarios a la función electoral en las propias campañas, y también para promover, elevar el contenido propositivo de las mismas, entre otros aspectos.

Lastimosamente en estos tiempos, en los que la efervescencia política comienza a presentarse, han sido evidentes los constantes atentados a la ley que ha cometido el dirigente de Morena, Andrés Manuel López Obrador, quien, de manera temeraria, haciendo uso de una dirigencia partidista, ha continuado con su eterna campaña política y electoral por sus más que evidentes y retorcidas aspiraciones y anhelos hacia la Presidencia de la República.

No han sido pocos los casos en los que se ha visto a López Obrador celebrar actos proselitistas reales a lo largo y a lo ancho del país, con eventos onerosos, completamente ilegales y fuera de los tiempos electorales correspondientes, y la autoridad electoral simplemente ha actuado como un solo espectador más e implícitamente pareciera legitimar el ilegal actuar de López Obrador.

Por citar algunos ejemplos. El 2 de noviembre de 2016 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por el único objeto de prevenir, investigar y en su caso corregir fraudes a la ley o a la Constitución o posibles abusos al derecho de los partidos y sus dirigentes, ejemplo Andrés Manuel López Obrador, ordenó al INE adoptar las medidas necesarias para prevenir, para investigar y en su caso corregir las conductas que resulten contrarias a los principios y fines que rigen el proceso electoral.

Posteriormente, el 28 de diciembre del mismo año, la misma Sala Superior resolvió de igual forma, que no se justifica la centralidad de un sujeto único como vocero de un instituto político a través de los tiempos de radio y televisión a que los partidos tienen derecho. Y en ese sentido ordenó nuevamente al INE volver a emitir lineamientos para regular el uso debido de las pautas de los partidos políticos en radio y televisión.

No obstante ambas resoluciones, tanto en noviembre como en diciembre de 2016, el INE se negó a emitir los lineamientos referidos durante siete meses, permitiendo así que durante todo ese tiempo Andrés Manuel López Obrador y Ricardo Anaya, mediante el fraude de la ley y con la complacencia de la autoridad electoral, continuaran haciendo uso indebido y excesivo de la pauta de sus respectivos partidos para su promoción personalizada, apartándose del objeto partidista con la plena intención de posicionarse para contender a la Presidencia de la República.

Esta permisividad o complicidad del INE ha generado un daño o ventaja indebida e ilegal de imposible reparación, que afecta la equidad de la contienda. Así, por permisividad u omisión, si no es por complicidad, los consejeros electorales han dejado impune al dirigente de Morena, que conocido por su mal gusto no deja de promover el culto a la personalidad.

Por ello, aquí y ahora los representantes populares amonestamos al árbitro electoral, el INE debe de estar a la altura de las circunstancias...

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Señores diputados. Permítame el señor orador. Esta Mesa ha sido siempre tolerante y ustedes saben en cuánto tiempo es tolerante, y lo será con todos los partidos, que todos tendrán su oportunidad. Adelante, orador.

El diputado Edgar Romo García: La ciudadanía exige instituciones fuertes, que no se hagan de la vista gorda, que no naden de muertito, que no rehúyan a su responsabilidad legal y moral, y que brinden la certeza que requiere un proceso electoral para estar legitimado y proveerle de estabilidad a nuestra democracia.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya.

El diputado Edgar Romo García: Los mexicanos —ya lo voy a hacer, presidente— los mexicanos demandan procesos electorales apegados a la legalidad, blindar nuestra democracia es responsabilidad de todos y primero que nadie de quienes integran ese Consejo General. Esa institución puede y debe estar a la altura del proceso electoral más relevante de los últimos años. Por eso invitamos a los consejeros generales que actúen sin temor. Es decir, sin miedo y apliquen la ley.

Hoy vengo y les propongo, compañeros, apoyar este punto de acuerdo, con el único objetivo...

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, diputado.

El diputado Edgar Romo García:... de que esta Cámara de Diputados exhorte al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de precampaña y de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos, así como los procedimientos que actualmente estén desarrollando para poner en práctica dichos criterios. Es cuanto, presidente. Gracias a todos.

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Consejo General del INE a transparentar los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos, así como los procedimientos que desarrolle actualmente a fin de poner en práctica tales principios, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del honrable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

I. Complejidad del proceso electoral

El proceso electoral 2017-2018 será el más complejo e iné-dito de la historia de la democracia, tanto por el número de cargos que se renovarán como por la fiscalización constante sobre los actos, gastos y sus consecuencias en los procesos electorales. Ante ello, la certeza sobre las reglas y su aplicación para garantizar la equidad en las contiendas, es una exigencia que tiene obligación de atender la autoridad electoral de fondo y no sólo de forma.

II. El INE debe otorgar certidumbre sobre cuáles son las conductas sancionables

El Instituto Nacional Electoral (INE) debe estar a la altura de las circunstancias que la historia le demanda, su presidente y sus consejeros no pueden argumentar que lo intentaron, pero que se obstaculizó su pretendida actuación porque invadía facultades, y con ello permitir que diversos actores intenten burlar la ley y a la autoridad y sus consecuencias a partir de la indefinición sobre los elementos que constituyen un acto anticipado de precampaña y de campaña, los mecanismos necesarios para su detección, calificación y sanción.

III. Es indispensable contar con lineamientos claros sobre los elementos que constituyen un acto anticipado de campaña, los mecanismos necesarios para su detección, calificación y sanción

Es necesario que el INE conforme a sus facultades, recopile, sistematice, interprete y aplique los criterios emitidos por las autoridades jurisdiccionales y que han quedado firmes, con la finalidad de transparentar a los sujetos obligados y a la ciudadanía en general, reglas de valoración y fiscalización sobre actos anticipados de precampaña y campaña, los mecanismos para detectarlos y sancionarlos, así como los procedimientos desarrollados para poner en práctica dichos criterios a fin de que las consecuencias sean conocidas por todos y su aplicación sea contundente, para así evitar daños o ventajas indebidas de imposible reparación que pudieran afectar gravemente a la equidad en la contienda electoral, siendo ésta una principio rector de nuestra democracia.

Por lo anteriormente expuesto, presentamos la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Consejo General del Instituto Nacional Electoral para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.— Diputados. Edgar Romo García, César Camacho Quiroz (rúbricas).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado Romo. Esta Mesa guardará las mismas consideraciones con todos los que intervinieren. Pregunte a la asamblea, señora secretaria, si el punto se considera de urgente resolución.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El punto se considera de urgente resolución. Se han inscrito para participar en este punto los siguientes diputados: La diputada Carmen Victoria Campa Almaral, el diputado Jorge Álvarez Maynez, la diputada Lorena Corona Valdés, el diputado Juan Romero Tenorio, la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández. En lugar de don Juan Romero Tenorio, se ha inscrito la diputada Rocío Nahle. Esos son los diputados inscritos hasta este momento.

Para guardar la equidad respectiva estarán abiertos los registros para los grupos parlamentarios que faltaren por inscribirse. En los demás, guardaremos estrictamente las formas de debate que establece el Reglamento.

Por lo tanto, tiene la palabra, hasta por tres minutos, la diputada Carmen Victoria Campa, por el Partido de Nueva Alianza.

La diputada Carmen Victoria Campa Almaral:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras y compañeros legisladores, el tema que aborda la proposición con punto de acuerdo que estamos discutiendo nos compete y nos debería preocupar a todos, sin importar colores partidistas, ello debido a que estamos hablando del proceso electoral más complejo y competitivo de la historia del país.

Lo anterior es motivo suficiente para exigir que la autoridad electoral otorgue certidumbre, no solo a quienes participen en el proceso, sino a todos los mexicanos, sobre cuales son elementos que constituyen un acto anticipado de campaña o los mecanismos necesarios para su detección, calificación y sanción.

La sociedad exige hoy transparencia en el proceso electoral y para ello es imprescindible contar con directrices claras, a fin de que las y los candidatos cumplan con lo establecido en la ley, así como los criterios de las autoridades jurisdiccionales.

La función primordial del Consejo General del INE es vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, y velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad guíen las actividades de este instituto.

En aras de cumplir con dichos principios, en Nueva Alianza consideramos que el Instituto Nacional Electoral debe cumplir con sus facultades para recopilar, sistematizar e interpretar los criterios de las autoridades jurisdiccionales, a fin de transparentar las reglas de fiscalización sobre los actos anticipados de campaña.

Ante este enorme reto que representa las elecciones de 2018, en Nueva Alianza exigimos reglas claras y certeza jurídica. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, diputado presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputada Campa Almaral. Tiene la palabra el diputado don Jorge Álvarez Maynez, si no se encuentra en el salón el diputado Álvarez Maynez, tiene la palabra la diputada Lorena Corona Valdés, por el Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Lorena Corona Valdés:Con su venia, señor presidente. El presente punto de acuerdo se debe a que en el seno del Consejo General del INE no se han podido transparentar los criterios de fiscalización sobre los actos anticipados de campaña.

En el 2018 se renovarán 3 mil 326 cargos de elección, entre los cuales se encuentra 9 gubernaturas, la Presidencia de la República, senadores y diputados federales.

Es el mayor reto que enfrentará la vida democrática del país, y por ello requerimos de la autoridad electoral una plena certeza jurídica.

La certeza jurídica significa conocer de manera precisa y contundente lo que una norma jurídica prescribe, prohíbe, autoriza o permite respecto de determinada conducta individual o social. Lo anterior no se ha dado en los criterios de fiscalización, es decir, no ha habido una plena certeza jurídica por parte del INE.

Es indispensable tener certeza respecto a la forma en la cual se sancionarán las omisiones en las que los participantes incurran, sobre todo en aquellos temas que recobrarán importancia por el alcance y las consecuencias que puedan llegar a tener sobre el resultado de una elección.

Por ejemplo, los actos anticipados de campaña que pueden traer consigo desde la anulación a una candidatura de algún precandidato, hasta la misma nulidad de la elección, una vez que esta se haya llevado a cabo.

El ejemplo más claro y cercano del que tenemos mucho que aprender es el caso de la gubernatura de Coahuila. Tal ha sido la controversia del tema que se discutió largo y tendido en el Comité de Fiscalización del Instituto y posterior se ha subido en diversas ocasiones en el Consejo General, los días 14 de julio, el 4 de octubre, el 8 de noviembre.

No obstante, a pocas horas antes de sentarnos en el Consejo nos han cambiado los dictámenes, lo que ha generado intensas discusiones por parte de los partidos políticos, que nos ha llevado a largos debates poco fructíferos.

Todo esto ante la falta de certeza, por lo que el tema, como sabemos, lo está resolviendo el Tribunal, lo que nos ha llevado a que hoy 23 de noviembre, a una semana de que se cumpla la fecha en la que debe tomar protesta el candidato ganador sigamos inciertos, en una espera de la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Asimismo, el Instituto no ha sido parejo en las reglas de aplicaciones ante las mismas faltas. Hay irregularidad en sanciones, dependiendo del partido político. Un claro ejemplo fue la candidatura de Morena en el Estado de México, y ya no se diga de la diferencia de las multas impuestas para cada partido.

En una democracia se requieren instituciones que emitan reglas claras, que generan confianza y credibilidad en los ciudadanos y a todos aquellos a los cuales van dirigidas. Más aún en este momento para todas las etapas del proceso electoral de 2018.

Ojalá que Coahuila, el Estado de México y todo lo actuado hasta ahora nos sirva de experiencia para no repetir los mismos errores. Es por estas razones que el Partido Verde Ecologista de México respalda el presente exhorto, cuya finalidad es incitar a que de manera inmediata el Consejo General del INE transparente los criterios de fiscalización sobre los actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos, al igual que los criterios que se tomarán en cuenta para la imposición de sanciones. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, mi estimada diputada. Tiene la palabra el diputado Álvarez Maynez.

El diputado Jorge Álvarez Maynez:Gracias, presidente, y gracias por la tolerancia.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputado.

El diputado Jorge Álvarez Maynez: Hemos leído en medios de comunicación las declaraciones del dirigente nacional del PRI, por eso no nos sorprende que hoy sus aliados vengan aquí a ratificar lo que él ha dicho. Él ha hecho un llamado al INE a no tenerle miedo a López Obrador y a fiscalizar los actos anticipados de campaña de Andrés Manuel. Eso es lo que ha planteado Enrique Ochoa abiertamente en los medios de comunicación y lo que está detrás de la discusión de este punto.

Nosotros estamos de acuerdo, perfectamente de acuerdo en que se fiscalicen los actos anticipados de campaña de Andrés Manuel, pero qué bueno que se transparenten esos criterios de fiscalización de actos anticipados de campaña para que el INE ejerza su facultad institucional de regular esta parte del proceso electoral, porque ya estamos en el proceso electoral, y ponerle un orden a la cobertura mediática de los aspirantes a la Presidencia.

Les doy un dato. De julio a septiembre, tanto José Antonio Meade como Aurelio Nuño han tenido una cobertura mediática de 800 millones de pesos o equivalente al valor de 800 millones de pesos en medios de comunicación. Les están devolviendo lo que han cobrado este sexenio, que son 38 mil millones de pesos en publicidad oficial.

Se les está devolviendo por parte de los medios tradicionales de comunicación ese favor a los precandidatos del PRI, a los precandidatos del presidente. El 59 por ciento de las menciones a Meade y el 55 por ciento de las menciones a Nuño son positivas, el resto neutrales, 0 por ciento negativas. Es un estudio publicado por El Financiero.

Ustedes podrán decir: bueno, sale más en medios Ricardo Anaya. A Ricardo Anaya lo han cubierto por un valor total de mil 400 millones de pesos, en efecto. Pero el 44 por ciento de esas campañas son negativas, es decir, esos medios de comunicación han invertido el equivalente a 700 millones de pesos en desprestigiar la imagen del presidente del principal partido de oposición en estos momentos.

Por eso no podemos aceptar que el PRI nos hable de actos anticipados de campaña cuando tienen la maquinaria a todo lo que da, cuando el gobierno federal está distraído, únicamente y exclusivamente en sacar al PRI del tercer lugar de las encuestas en que está para echar a andar una maquinaria electoral.

En esos términos discutió el presupuesto. En esos términos está operando esta Cámara de Diputados. Y en eso está concentrado el esfuerzo del gabinete. Si van a regular los actos anticipados de campaña, que empiecen por los tapados del presidente de la República. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado. Tiene la palabra la diputada Norma Rocío Nahle García.

La diputada Norma Rocío Nahle García:Con su permiso, presidente. Este punto de acuerdo que hoy está presentando el PRI, sin duda es un punto de acuerdo necesario, pero un punto de acuerdo necesario que tenía que seguirlo precisamente quien lo propone. Porque no se nos olvida que los 10.5 millones de dólares de Odebrecht que fueron a la campaña del presidente de la República, todavía estamos esperando que la PGR nos dé un reporte de cómo, cuándo y dónde, reporte que por cierto dicen que va a estar cinco años reservado.

Tampoco se nos olvida que corrieron prácticamente al fiscal de la Fepade, al árbitro que tiene que ver esto. Y lo corrieron precisamente por actos de dinero que fluyó en forma ilícita y nada transparente a la campaña presidencial de 2012. Entonces deben de ser un poco congruentes.

Tampoco se nos olvida que los consejeros que están en el INE, pues el PRI operó para que esos consejeros sean muy identificados con ellos. Yo creo que no los están controlando o algo pasa para que presenten este punto de acuerdo.

Tampoco se nos olvida que la gran mayoría de los gobernadores tienen una bolsa cuantiosa para manejar los OPLES, ahí, donde se deciden elecciones estatales locales y municipales y que nosotros como Morena, un día sí y otro también, vemos a los gobernadores del PAN, del PRI y hasta del PRD operar a manga suelta.

Entonces hoy nos extraña que el PRI suba aquí con un punto de acuerdo prácticamente a regañar al INE, a regañar al INE porque no cumplió el asunto de fiscalización de las precampañas en el Estado de México. Esa elección grandísima que hubo un derroche de recursos cuando iban a elegir a su gobernador Del Mazo y cuando todos los secretarios de Estado, Videgaray, Nuño, Meade y todos andaban de matraqueros con recursos públicos del erario.

Entonces qué bueno el punto de acuerdo, qué bueno. Lo direccionan a Andrés Manuel. Pues no, aquí, miren, un día sí y otro también, revisan las cuentas de Morena. Están sobres. Aquí en Cámara tenemos al órgano interno de control sobre también Morena. No hay problema, ese no es el problema. El problema es el dinero que toma el gobierno para hacer excesivo en el manejo de las elecciones.

Hoy hay un punto de acuerdo, sí, muy bien, pero la dedicatoria es precisamente para quien lo propuso, para el PRI. Ciérrenle la llave, señores, el pueblo se está muriendo de hambre. Es cuanto.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputada Nahle. Tiene la palabra la diputada Cristina Gaytán Hernández, por el Grupo Parlamentario del PRD.

La diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández:El día de hoy se presenta este punto de acuerdo que ya hemos escuchado con la participación de diferentes compañeros, y coincidimos, desde el PRD, es un punto de acuerdo tardío.

El INE ha sido omiso y no se ha dotado de una claridad necesaria para esos actos anticipados de campaña. Claro que a todas y a todos nos preocupan, claro que exigimos transparentar, y como lo dice el propio punto de acuerdo, que el INE detecte cuáles son esos actos anticipados, pero también que clarifique cuáles son las acciones que está implementando y las sanciones que va a haber.

Es necesario que sean conocidos por todos porque, como en muchos momentos de lo que vive el país, la impunidad con la que los precandidatos actúan es lo que permite que eso suceda.

El INE ha sido omiso, pero también ha sido incapaz de generar la confianza para actuando a su vez en sus decisiones, validando ese tipo de actos.

En el Frente Ciudadano por México queremos decirles a todas y a todos los compañeros que nos da gusto que este punto de acuerdo se presente porque vamos a luchar y a exigir la equidad y la transparencia en las contiendas, claro que sí, porque vamos a luchar y vamos a exigir que, desde el Partido Acción Nacional, desde el PRD, Movimiento Ciudadano, y todas aquellas fuerzas y ciudadanos que se están sumando a este Frente Ciudadano por México, se actúe con total apego a la ley.

No queremos repetir lo que aquí ya se ha dicho, las conductas de aquellos que están haciendo campaña a diestra y siniestra. Claro, no queremos repetir lo que un día hace el PRI en Coahuila y repite también en el Estado de México, o las campañas disfrazadas de los secretarios de Gobernación, Educación, Hacienda, disfrazadas de acciones de gobierno.

Afortunadamente ya también la Suprema Corte de Justicia nos ha pedido al Congreso de la Unión que legislemos en materia de publicidad gubernamental porque a pesar de que nuestra ley es muy clara, seguimos teniendo funcionarios públicos en precampaña con recursos destinados a la publicidad gubernamental, de logros y de acciones que ni se ven pero eso sí, la cara, las siglas, los nombres de los funcionarios están presentes en todos y cada uno de estos lados.

Nosotros vamos a exigir a todas las autoridades electorales que cumplan con ese mandato de ley. Pero también es el momento, compañeras y compañeros, de voltearnos a ver alrededor, porque esa exigencia es también para los partidos políticos que estamos aquí representados, también para los candidatos y candidatas independientes, conduciendo los procesos electorales de acuerdo a derecho.

Queremos que este punto de acuerdo nos ayude a construir las bases que permitan una contienda electoral verdaderamente equitativa, transparente y democrática para todas y para todos, porque queremos iniciar esta contienda electoral, apegados a la ley.

Ojalá que no solamente lo votemos a favor aquí hoy, que eso sería muy bueno, sino que lo hagamos cumplir en nuestros propios partidos políticos. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputada Gaytán. Tiene la palabra el diputado Juan Pablo Piña Kurczyn, por el Partido de Acción Nacional.

El diputado Juan Pablo Piña Kurczyn:Con su venia, señor presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputado.

El diputado Juan Pablo Piña Kurczyn: Compañeras y compañeros. Para venir a esta tribuna, a la más alta tribuna de la nación y exigir transparencia, rendición de cuentas, fiscalización y la correcta aplicación de la ley, hay que ser congruentes, y me extraña que los que vienen aquí a pedir que el INE haga bien su trabajo, son los expertos precisamente, en simular para poder cambiar las cosas, tergiversar los mensajes, abusar de los programas sociales y así ganar elecciones.

Para todos es bien sabido que antes de la elección del Estado de México y de Coahuila, todos los secretarios de Estado del gobierno federal, desfilaron por el Estado de México entregando despensas, apoyos, medicinas, útiles escolares y toda clase de artículos con el ánimo de incidir en el electorado. Me sorprende que sean esos los que vienen hoy a pedir reglas claras en la fiscalización de los actos anticipados de campaña. Hay que ser congruentes, señores.

Los que hoy conformamos el Frente Ciudadano por México que va, y que va en serio, estamos a favor de que se aplique la ley. Claro que queremos criterios claros y certeros de todas las reglas electorales, pero he de recordarles que son precisamente ustedes los que se han encargado de que hoy no tengamos un fiscal electoral, y no tenemos un fiscal electoral porque estaba haciendo bien su trabajo, y eso resultó molesto, eso se convirtió en un estorbo, y mejor lo quitaron, y cuando apeló a que el Senado buscara su reinstalación, lo persiguieron y no le dejaron otra opción más que declinar en la pretensión.

Por cierto, tampoco tenemos un fiscal general, tampoco tenemos un procurador general de la República ni un fiscal Anticorrupción.

Qué casualidad que aquellos que hoy no quieren que haya una debida procuración de justicia vengan a exigir que haya una correcta fiscalización de lo que son los actos anticipados de campaña. Vamos por la fiscalización. De acuerdo, pero vamos también por la congruencia entre lo que se dice en esta tribuna y se hacen los hechos allá afuera.

Nosotros consideramos que tiene que haber un piso parejo para todos. Nosotros creemos que se pueden ganar elecciones con las reglas claras y con la correcta aplicación de la ley. Nosotros no estamos a favor de remover fiscales, de hacer reformas a modo ni de estar violando la ley con la entrega de despensas y cobertores del Fonden, como lo hicieron en Coahuila, porque el candidato del PRI, cuando era alcalde, utilizó los recursos del Fonden precisamente para incidir en el electorado de aquel estado. Eso lo tenemos muy presente.

Tampoco necesitamos caídas del sistema, como aquellos viejos políticos que hoy son reciclados por otros partidos, que también están de alguna u otra manera violando la ley porque ellos dicen que son los únicos que sí saben respetarla y solamente lo que ellos dicen está bien, todo lo demás está equivocado.

Y, por cierto, si hablan de transparentar los recursos y la fiscalización, por qué no transparentan también las encuestas con las que eligen a sus candidatos, por ejemplo.

Compañeras y compañeros, a favor de que haya reglas claras...

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, diputado.

El diputado Juan Pablo Piña Kurczyn: A favor de que haya piso parejo, pero también a favor de que haya congruencia entre el discurso y las acciones que se hacen allá afuera. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias. Cierra la ronda de intervenciones, la diputada Mariana Benítez Tiburcio, por el PRI.

La diputada Mariana Benítez Tiburcio:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros, el punto de acuerdo que estamos discutiendo es de vital importancia. De vital importancia, que no se vale, no se vale contaminar con otras discusiones y otros debates. Aquí lo que está en juego, compañeras y compañeros, es la equidad de la contienda, es la legalidad.

Tantos años nos ha costado ir construyendo un sistema electoral eficiente, un sistema electoral creíble, como para que de un plumazo empecemos mal, empecemos viendo cómo se violenta la ley mucho antes de que empiecen las precampañas y las campañas.

A Morena no le gusta que le digan lo que es la realidad. Andrés Manuel López Obrador ha sido consistentemente un violador de la Ley Electoral y este caso no es la excepción, señores de Morena. Y estamos puestos para debatir, cuantas veces sea necesario, cómo podemos fortalecer a las instituciones.

Por cierto, les quiero recordar que el PRI, el PRI siempre ha sido, esté el gobierno que esté, respetuoso de las instituciones y ha abonado a construir reformas fundamentales. Hay que recordar la reforma constitucional de 2007, hay que recordar la reforma de 2014. Así que es un llamado y que esperemos que todos los partidos se sumen, es un llamado a pedirle al Instituto Nacional Electoral que asuma sus funciones.

Hoy mismo decía el presidente del INE, Lorenzo Córdova, que estamos a punto de entrar de lleno al proceso electoral más grande y más desafiante de la historia de México, y la responsabilidad que tenemos como legisladoras y legisladores es velar porque se cumpla ley. No queremos más simulaciones, queremos que el INE actúe prontamente para detener lo que hoy por hoy son abiertamente actos anticipados, actos que además están lejos de poderse fiscalizar, porque, por cierto, a Morena no le gusta transparentar los gastos en los que incurren sus candidatos, y no se diga sus dirigentes. Queremos ver que en sus páginas, queremos ver que frente al INE entreguen los comprobantes.

Hay que recordar las resoluciones que ha metido el INE en ese sentido, en donde claramente se nota que la transparencia no es lo suyo. Así que queremos que el INE hoy por hoy se ponga las pilas, queremos que el INE emita los lineamientos para que haya piso parejo.

Y ahí retomamos el mensaje de lo que dice también mi compañero, piso parejo, sí, piso parejo, pero para todos, y queremos desde hoy pedirle al INE que actúe, que se apegue a la ley. Queremos ver que el INE está actuando a la altura de las circunstancias, porque le hemos dado el gran voto de confianza las y los mexicanos de que sabemos que es la institución que va a velar por la certeza y por la gobernabilidad de este país.

—Ninguno, no hay miedo, al contrario...

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya diputada. Les recuerdo que están prohibidos los diálogos, diputada.

La diputada Mariana Benítez Tiburcio:... nosotros lo que queremos, nosotros lo que vamos a pedir una y otra vez, en esta tribuna y en las que sean, es que el INE actúe en consecuencia y de manera inmediata se emitan los lineamientos que hagan que todo México crea en lo que está resolviendo el Instituto Nacional Electoral.

No más opacidad. No más actos disfrazados de actos de partido, pero que son flagrantemente actos de campaña. Es cuanto.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias. Consulte la Secretaría el sentido del voto de la asamblea, si se aprueba o no este punto de acuerdo.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueba el presente acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Queda aprobado el turno. Comuníquese.



SE EXHORTA A LA PROFECO, AL INAI Y A LA PGR, PARA QUE TOMEN LAS MEDIDAS PERTINENTES PARA PROTEGER A LOS USUARIOS DE UBER

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín:E l siguiente punto del orden del día es escuchar el punto de acuerdo que propone el diputado José Everardo López Córdova, que exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor, al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y a la propia PGR, para que en el marco de sus facultades tomen las medidas pertinentes para proteger a los usuarios de Uber, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Adelante, diputado López Córdova.

El diputado José Everardo López Córdova:Con su permiso, presidente. Compañeras y compañeros diputados, el pasado martes 21 de noviembre la empresa Uber dio a conocer que en octubre del 2016 fueron intervenidos de manera cibernética los datos de 57 millones de usuarios y siete millones de choferes en todo el mundo.

La empresa nivel mundial informó que la información robada correspondió a los nombres de los usuarios, sus correos electrónicos y números de teléfono. Sin embargo, aseguró que la información sobre los trayectos realizados, los números de tarjetas de crédito y tarjetas bancarias, los números de seguridad social y las fechas de nacimiento de los usuarios no habrían sido pirateados.

La empresa explicó que después del incidente de inmediato se tomaron medidas necesarias para proteger los datos de los usuarios y poner fin al acceso ilegal de información. Se identificaron a los maleantes y se obtuvieron garantías de las que los datos sustraídos se destruían.

De acuerdo con la agencia Bloomberg, Uber pagó 100 mil dólares a los piratas para que destruyeran la información, sin divulgar a los usuarios o conductores que sus datos estaban en riesgo.

De acuerdo con la información periodística, un vocero de Uber en México aseguró que la empresa está en proceso de notificar a varias autoridades regulatorias y gubernamentales sobre estos hechos, y que esperamos tener un franco diálogo continuo con ellas para esclarecerlos.

Recordó que tras el incidente del 2016 se implementaron medidas de seguridad para restringir el acceso y fortalecer los controles en las cuentas de almacenamiento de datos basados en la nube de la compañía.

Sin embargo, algo que comienza a preocupar es que, ante la insistencia de los medios de comunicación para que la empresa en México ofrezca información sobre si las cuentas mexicanas estuvieron involucradas en este pirateo de información, la respuesta ha sido que ni pueden aceptar ni negar la información.

La alarma en este caso es por la posibilidad de que los datos personales de los usuarios de este servicio se encuentren comprometidos. Esa es nuestra principal preocupación y por ello es que el día de hoy presentamos este punto de acuerdo para exhortar a la Profeco para que refuerce la protección de todos los usuarios de Uber y haga un llamado a la dicha empresa, para garantizar la salvaguarda y seguridad de la información de sus clientes en todas sus plataformas.

En segundo término, en exhortar al INAI para que oriente a los usuarios de Uber para proteger sus datos personales, y exija a la empresa actualizar su aviso de privacidad y reforzar la seguridad cibernética en sus plataformas.

Y, por último, un exhorto a la Procuraduría General de la República para iniciar una investigación de oficio por los probables delitos cibernéticos que se hayan cometido en contra de los clientes de la empresa de Uber.

Lo que más debe de importar en estos momentos es cuidar la privacidad de los usuarios y proteger sus cuentas bancarias para evitar robos masivos de dinero e identidad. Muchísimas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, al INAI y a la PGR a tomar en el marco de sus facultades y competencias medidas para proteger a los usuarios de Uber, suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos diputados, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados sometemos a la consideración de esta Soberanía, el presente punto de acuerdo con base en las siguientes:

Consideraciones

El martes 21 de noviembre, la empresa Uber dio a conocer que en octubre de 2016 fueron hackeados los datos de 57 millones de usuarios y 7 millones de choferes en todo el mundo.

El gerente general de la empresa, Dara Khosrowshasi, informó que la información robada correspondió a los nombres de los usuarios, sus correos electrónicos y números de teléfonos.

Sin embargo, aseguró que la información sobre los trayectos realizados, los números de tarjeta de crédito y cuentas bancarias, los números de seguridad social y las fechas de nacimiento de los usuarios no habrían sido pirateados.

Khosrowshahi explicó que después del incidente, de inmediato se tomaron las medidas necesarias medidas para proteger los datos de los usuarios y poner fin al acceso ilegal de información, se identificaron a los maleantes y se obtuvieron garantías de que los datos sustraídos se destruirían.

De acuerdo con la agencia Bloomberg, Uber pagó 100 mil dólares a los piratas para que destruyeran la información sin divulgar a los usuarios o conductores que sus datos estaban en riesgo.

De acuerdo con la información de El Financiero, un vocero de Uber en México aseguró que la empresa está en proceso de notificar a varias autoridades regulatorias y gubernamentales sobre estos hechos, y que esperamos tener un diálogo continuo con ellas para esclarecerlos.

Recordó que tras el incidente de 2016, se implementaron medidas de seguridad para restringir el acceso y fortalecer los controles en las cuentas de almacenamiento de datos basadas en la nube de la compañía.

En julio de 2017, el director global de Uber, David Richter, destacó que la Ciudad de México es la segunda ciudad con más presencia de la firma en el mundo.

La declaración se hizo en el marco del anuncio de una inversión de 6 mil 850 millones de pesos para iniciativas y promociones, nuevas funciones para mejorar la seguridad y experiencia, y procesos para fortalecer un soporte continuo virtual y presencial durante el uso de la aplicación.

Por su parte, Federico Ranero, director de la empresa en México, dijo que actualmente Uber tiene 230 mil socios conductores activos en México y que la firma tenía la intención de duplicar dicha cifra en un periodo de año y medio.

Por lo anteriormente expuesto se presenta esta proposición de urgente y obvia resolución con

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor a que, en el marco de sus atribuciones y facultades, refuerce la protección de todos los usuarios de Uber y haga un llamado a dicha empresa para garantizar la salvaguarda y seguridad de la información de sus clientes en todas sus plataformas.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a que, en el marco de sus facultades y atribuciones constitucionales, oriente a los usuarios de Uber para proteger sus datos personales y exija a la empresa actualizar su aviso de privacidad y reforzar la seguridad cibernética de sus plataformas.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República a que, en el marco de sus facultades y competencias, inicie una investigación de oficio por probables delitos cibernéticos que se hayan cometido en contra de los clientes de la empresa Uber.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes de noviembre de 2017.— Diputados del Grupo Parlamentario del PAN (Rúbrica).»

Presidencia del diputado Arturo Santana Alfaro

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputado José Everardo López Córdova. Tiene el uso de la palabra la diputada Karina Sánchez Ruiz... A ver, consulte la Secretaría a la asamblea.

La secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Se considera de urgente resolución. Por ende, tiene el uso de la palabra la diputada Karina Sánchez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, hasta por tres minutos.

La diputada Karina Sánchez Ruiz:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, la protección de los datos personales se concibe como toda aquella protección de la vida íntima o privada de las personas, cuyo respeto implica la prohibición categórica a cualquier injerencia externa hacia el ámbito interior de los individuos.

Es, además, un derecho consagrado en el artículo 16 de nuestra Carta Magna, cuya finalidad consiste en garantizar la privacidad y buen uso de la información de los individuos.

De acuerdo con la empresa, Uber cuenta con 230 mil socios conductores activos en el país, y tan solo la Ciudad de México es la segunda ciudad con más presencia de firma en el mundo.

En días recientes la empresa de transporte dio a conocer que en octubre de 2016 fueron hackeados los datos de 57 millones de usuarios y 7 millones de choferes en todo el mundo.

Esto significa que miles de usuarios están en una situación de riesgo, toda vez que se encuentran expuestos a ser víctimas de extorsiones, robos de identidad o algún otro delito.

Si bien la empresa señala a nivel internacional que ha eliminado el riesgo, en México apenas está en proceso de notificar a las autoridades regulatorias y gubernamentales sobre estos hechos.

Para Nueva Alianza, salvaguardar el Estado de derecho y garantizar asimismo las libertades fundamentales de los ciudadanos es un imperativo.

Coincidimos con la necesidad de exhortar a los titulares de la Procuraduría Federal del Consumidor, del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y de la Procuraduría General de la República para que, en el marco de sus facultades y competencias, tome las medidas pertinentes para proteger a los usuarios de Uber.

Lo que se busca es garantizar la seguridad de quienes utilizan este tipo de servicio, toda vez que el uso inadecuado de la información personal con que cuenta dicha plataforma podría vulnerar su seguridad. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, diputado presidente.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputada Sánchez Ruiz. Tiene el uso de la palabra por tres minutos el diputado Jonadab Martínez García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Jonadab Martínez García:Muy buenas tardes. Este tema es sumamente importante, pero primero debemos poner en el círculo de la discusión al usuario. La seguridad del usuario, que es la parte primordial de quienes nos movemos en las vías públicas de nuestro país.

No puede ser que una plataforma de la magnitud de Uber tenga este tipo de ataques y sobre todo que ponga en riesgo nombres de usuarios, teléfonos de usuarios, tarjetas de créditos de usuarios, tipos de traslados, ubicación de traslados y horarios.

Esta es una alarma que debemos... Y qué bueno que está hoy en discusión este punto de acuerdo de urgente resolución, porque pone en evidencia la gravedad que existe en nuestro país y la falta de regulación en esto.

Todos los estados que integran esta federación tienen en sus legislaciones locales la regulación de este tipo de plataformas, sin embargo, no hemos sido congruentes, no hemos sido estrictos —hablo de las autoridades locales— en el tema de regular la seguridad.

Todos los que nos movemos en la vía pública todos los días corremos el riesgo de poder ser asaltados, robados o de algún tipo de delito de esta gama. Este tipo de eventos que sucedieron en México nos pone en alerta para legislar en la materia también, porque es urgente una legislación en materia de seguridad vial.

No puede ser que todos los días corramos el riesgo de salir a caminar tres cuadras en cualquier municipio, en cualquier entidad federativa o aquí en la zona metropolitana y podamos correr el riesgo de fallecer, de correr el riesgo de algún accidente en la vía pública.

Es importante que esta Cámara de Diputados tome realmente con seriedad una legislación en la materia de seguridad vial, una iniciativa que propuse el día 27 de septiembre, con el respaldo de muchos de ustedes, y que está hoy en discusión o está en estudio en algunas comisiones de esta Cámara. Y que, sin lugar a dudas, esta prioridad será de sensibilidad de todos ustedes. Es cuanto, señor presidente, muchísimas gracias.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputado Jonadab Martínez. Tiene el uso de la voz el diputado Mario Machucha Sánchez, del Partido Verde Ecologista de México, hasta por tres minutos.

El diputado Mario Machuca Sánchez:Con la venia de la Presidencia. Diputadas y diputados. Todos sabemos perfectamente cómo funciona la plataforma de Uber, una empresa internacional que se instaló aquí en México desde el año 2013 y que en la actualidad opera en 16 ciudades del país y tiene planes de duplicar los 230 mil socios con los que cuenta en este momento en el próximo año y medio en nuestro país.

Esta empresa ha cubierto una buena parte de negocios de transporte de particulares, sin embargo, también ha sido objeto de diversos reclamos de la sociedad por distintos factores, desde la elevación arbitraria de las tarifas, así como algunos sucesos criminales por parte de los conductores de esta misma empresa y por mencionar alguno o las denuncias que ha habido en reiteradas ocasiones de acoso sexual realizado hacia las damas que ocupan, que viajan solas en este medio de transporte.

Uber no solo ha tenido conflictos en México, también los ha tenido de carácter internacional. Y solo por recordar el año pasado tuvo un fuerte conflicto esta empresa con el gobierno de Argentina y recientemente en agosto de este mismo año Uber fue multada por la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos, precisamente al tener que reconocer que no tiene exhaustivamente el acceso a la información de todos los operadores y la gente que trabaja dentro de Uber.

En el presente posicionamiento por parte de nuestro grupo parlamentario, es porque ahora nos enteramos de que en octubre del año pasado fueron hackeados los datos de 57 millones de usuarios y 7 millones de choferes en todo el mundo. Según los hackers, obtuvieron los nombres, los números de licencia de los conductores y los nombres y correos y números de celulares de personas que utilizan este servicio en todo el mundo. Lo anterior es una violación masiva de seguridad a los datos personales y es algo que no debería haber pasado y que la compañía encubrió además por más de un año.

De acuerdo con la información ofrecida por la propia empresa, no es necesario que los pasajeros realicen alguna acción, debido a que no existe hasta la fecha indicio alguno de que haya ocurrido algún fraude o uso indebido de la información descargada después de esta vulneración.

Ha señalado que ningún número de seguridad social, de información de las tarjetas de crédito, detalles de viajes realizados o cualquier otro dato de índole haya sido robado, pero eso es según lo que nos dice la propia empresa Uber.

Lo anterior no puede ser motivo de consuelo, es necesario tomar las medidas de protección de los datos. Se debe de otorgar certeza jurídica en relación a la información de las personas. La importancia de este sustento es el valor económico y social de la información de las personas.

No es que estemos en contra de Uber y respetamos el hecho de que presente una importante opción de autoempleo incluso para esos 230 mil socios, pero se deben de tomar cartas en el asunto. Debe ser responsabilidad de reducir al máximo ese riesgo y evitar con ello que quienes confían en la plataforma y le dan sus datos no vayan a ser afectados.

Hay que resaltar que, de estos 57 millones de personas, tan solo un millón 200 mil son usuarios mexicanos de esta plataforma. Deben de tener la garantía tanto física como cibernética de los usuarios que cotidianamente utilizan a Uber.

Por lo anterior, los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, votaremos a favor del presente acuerdo para exhortar a las autoridades a que pongan orden en este sentido. Es cuanto.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputado Mario Machuca. Tiene el uso de la palabra la diputada Guadalupe Hernández Correa, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por tres minutos.

La diputada Guadalupe Hernández Correa:Con su venia, señor presidente.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputada.

La diputada Guadalupe Hernández Correa: Señoras y señores legisladores, buenas tardes. El punto de acuerdo que nos presenta el Partido Acción Nacional es una llamada de atención con respecto a las deficiencias de la normatividad que debe regular la forma en la que se desempeñan las empresas prestadoras de servicio en relación a los datos personales de sus clientes.

Este caso involucra directamente a Uber. Esta empresa ha enfrentado problemas porque algunos de sus choferes han sido acusados de abuso sexual en contra de sus usuarios y esto, se ha dicho, se debe al descuido con el que incorpora a sus choferes sin investigar si tienen o no antecedentes penales. Obviamente falta que las autoridades opinen al respecto.

Independientemente de ello, aunque Uber aún no detalla la magnitud de la afectación de los usuarios mexicanos, su comportamiento violó las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Protección de Datos en Posesión de los Particulares, porque no informó de manera inmediata a los afectados como lo establece el artículo 20, y tampoco cumplió el compromiso de confidencialidad mencionado en el artículo 21 de la mencionada ley, por lo tanto en Morena consideramos que las autoridades correspondientes deben investigar la magnitud del problema y las posibles violaciones al artículo 73 y sancionar, en su caso, el incumplimiento de la normatividad en los términos del artículo 64.

Por lo tanto, proponemos modificar el segundo resolutivo para que quede en los siguientes términos.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para que, en el marco de sus facultades y atribuciones normativas, aplique en su caso lo que establecen los artículos 63 y 64 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, asimismo para que exija a la empresa actualizar su aviso de privacidad y reforzar la seguridad cibernética de sus plataformas para proteger a los usuarios de Uber.

Con todo respeto, y en acuerdo de todos los grupos parlamentarios aquí presentes, estamos de acuerdo el Grupo Parlamentario de Morena, y les pedimos que esta propuesta se vote a favor. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputada. Entiendo que está usted solicitando una modificación que, de acuerdo al Reglamento, artículo 113, numeral 1, fracción III, si no me equivoco, solo puede proceder en caso de que el grupo proponente la acepte. Para el efecto le pregunto al diputado Everardo López, quien representó al grupo proponente, si estaría de acuerdo en la modificación.

El diputado José Everardo López Córdova(desde la curul): No aceptamos la modificación.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: No se acepta la modificación. Por lo tanto, el punto de acuerdo sigue en sus términos. Diputada Ernestina Godoy, antes de que nos quedemos totalmente solos, consulte usted a la asamblea si acepta el punto de acuerdo. Primero si se encuentra suficientemente discutido.

La secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Está suficientemente discutido. Ahora pregunte si se acepta.

La secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Queda aprobado el punto de acuerdo, comuníquese para sus efectos.



PARA EXHORTAR AL GOBIERNO FEDERAL Y LA CONASAMI, PARA QUE SE CONSIDERE UN INCREMENTO AL SALARIO MÍNIMO QUECUBRA LAS NECESIDADES BÁSICAS ESTABLECIDAS EN LA CONSTITUCIÓN

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El siguiente punto de acuerdo es para exhortar al gobierno federal y a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos a fin de que consideren a la brevedad un incremento a este mismo, que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es presentado por el diputado don Arturo Santana Alfaro, quien es, además, vicepresidente de esta Cámara.

El diputado Arturo Santana Alfaro:Muchas gracias, diputado presidente, con su venia. Compañeros y compañeras, el día martes 21 de noviembre la Comisión Nacional de Salarios Mínimos hizo un anuncio en el cual dio a conocer cuál sería el incremento al salario mínimo vigente que operaría a partir del primero de diciembre y otro remanente a partir del primero de enero del 2018. El aumento que anunció la Comisión Nacional de Salarios Mínimos suma un total de 8 pesos diarios. Es decir, de 80 pesos que tenemos vigentes hoy en día, incrementa 8 pesos más.

En el año 2015, el 14 de diciembre, la Comisión de Trabajo y Previsión Social de esta Cámara de Diputados, presidida por la diputada Georgina Zapata, nos hizo favor, me hizo favor de aprobar un punto de acuerdo en donde estábamos solicitando, desde entonces, un incremento salarial del orden de los 95 pesos. Este acuerdo fue aprobado por todas las bancadas representadas hoy por hoy aquí en la Cámara de los diputados.

Se creó una mesa especial para revisar este asunto de los salarios mínimos presidida por el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín y con la participación plural de todos los grupos parlamentarios.

Se hicieron reformas, reformas que nos requerían para poder liberar el tema del salario mínimo en nuestro país. Y se hizo una reforma importantísima, la desindexación del salario mínimo, para que precisamente no se contaminara una cosa, que son los salarios mínimos con el cobro de derechos y otras cuestiones que aducía el gobierno en ese entonces.

Los pretextos eran que, si incrementábamos el salario en cantidades no responsables, tendríamos una creciente inflación. Después el tema del efecto faro. Todo eso lo hemos subsanado aquí en el Congreso de la Unión y no ha pasado nada con el salario mínimo.

En días pasados presentamos, a nombre del Frente Ciudadano por México, una iniciativa de reformas al artículo 123 constitucional, apartado A, fracción VI, para desaparecer definitivamente la Comisión Nacional de Salarios Mínimos y en su lugar crear un instituto nacional autónomo de los salarios mínimos que nos pudiera dar más objetividad y más certeza en cuanto al cálculo del salario que se debería contemplar en este país. La propuesta sigue ahorita en la Comisión de Puntos Constitucionales y no se ha resuelto.

Pero lo curioso de esto es que hoy por la mañana también el líder de la CTM, Aceves del Olmo, sale a hacer la misma propuesta para eliminar y desaparecer, por no funcional, la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.

¿A qué nos lleva todo esto, compañeras y compañeros? Que en este país hay una gran inconformidad y hay una gran desilusión con esta institución de nominada Comisión Nacional de Salarios Mínimos, y todo mundo estamos pidiendo y solicitando su desaparición.

Creo que es el momento de generar las reformas correspondientes para crear un nuevo instituto, una nieva institución que sea autónoma y poder fijar los salarios mínimos que la clase trabajadora se merece en México.

Por otra parte, vimos, escuchamos una serie de reacciones de diversos actores, incluso la más triste y la más decepcionante fue la del presidente de la República, que dijo que el incremento al salario mínimo no era menor. Y le digo al presidente de la República desde esta tribuna que tampoco es menor el oprobio, el agravio que le genera con esta simulación de incremento salarial a la clase trabajadora de nuestro país.

Le digo al presidente que se le fue la última oportunidad para poder reivindicarse con la clase trabajadora de este país. No obstante, estamos en tiempo para que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos reivindique y rectifique este incremento salarial, repito, oprobioso para la clase trabajadora.

Es momento de que el presidente de la República también reivindique o se reivindique con la clase trabajadora. Han anunciado la creación de tres millones de empleos en México, pero tres millones de empleos que van a ser mal pagados.

Creo, compañeras y compañeros, que desde aquí tenemos que hacer un llamado, un exhorto para que se fije y se revise este incremento salarial anunciado por la Conasami, y que en su lugar se decrete un incremento salarial que recupere el poder adquisitivo de la clase trabajadora y que alcance la línea de bienestar que propone el Coneval y que ha propuesto desde hace mucho tiempo.

El incremento salarial que nos anunciaron es insuficiente, el incremento salarial que anunció la Conasami es oprobioso, el incremento salarial que nos acaban de presentar puede despertar al México bronco, compañeros y compañeras. Es cuanto, diputado presidente, y solamente le pido que se agregue en el Diario de los Debates completamente el punto de acuerdo. Gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y la Conasami a asignar con la mayor brevedad un incremento de 100 pesos al salario mínimo, a cargo del diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, Arturo Santana Alfaro, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El salario mínimo, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo, es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo.

Se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de los trabajadores a la obtención de satisfactores.

De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el salario mínimo es la suma mínima que deberá pagarse al trabajador, que no puede ser disminuida, ni por acuerdo individual ni colectivo, que está garantizada por la ley y puede fijarse para cubrir las necesidades mínimas del trabajador y de su familia; teniendo en consideración las condiciones económicas y sociales de los países.

Por otra parte, en el artículo 123, apartado A, fracción VI, de la Carta Magna se establece que los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.

En base al informe emitido en el año 2014, por parte del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el sueldo mínimo en México fue de 146,15 dólares al mes, ubicándose en los últimos lugares de la región según dicho informe. Igualmente, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) situó al país como el único con el salario mínimo inferior al umbral de la pobreza, y un 14 por ciento de los trabajadores reciben un ingreso aún inferior a éste.

El 20 de octubre pasado, el presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos recibió escrito del secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, por medio del cual le hace llegar la solicitud de revisión de los salarios mínimos que le presentaron el presidente del Congreso del Trabajo, el secretario General de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y los representantes de los trabajadores ante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, en uso de la facultad que les confiere la fracción II del artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo; escrito en el que además se hace constar que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se ha cerciorado que dicha solicitud satisface el requisito de que los solicitantes representan, por lo menos, el 51 por ciento de trabajadores sindicalizados como lo establece el inciso a), fracción II, del artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo.

El Consejo de Representantes, después de estudiar la solicitud y decidir si los fundamentos que la apoyaban fueron suficientes para iniciar el proceso de revisión, resolvió afirmativamente la continuación de dicho proceso. Para este efecto, el presidente de la CONASAMI ordenó a la Dirección Técnica de la misma la preparación de un informe que considere el movimiento de los precios y sus repercusiones en el poder adquisitivo de los salarios; así como los datos más significativos de la situación económica nacional para que el Consejo de Representantes pueda disponer de la información necesaria para revisar el salario mínimo general vigente y fijar, en su caso, el que deba establecerse.

El pasado 23 de junio de 2017 el secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, maestro Salomón Chertorivski, se pronunció por un aumento urgente de 14 pesos al salario mínimo, debido a que el salario mínimo en México hoy no alcanza ni siquiera para que un adulto y un dependiente puedan comer, y esto provoca lamentablemente que una decisión de 40 años de un aumento en el salario ha generado trabajos formales que a pesar de hacerlo se vive en la pobreza.

Es claro que el aumento salarial, de acuerdo a los especialistas, no tendría un impacto importante en inflación pero sí a efectos positivos para la economía de nuestro país, que permitirá vivir de una manera digna a toda la clase trabajadora, en donde su esfuerzo se verá retribuido.

La acción de la CONASAMI llega con retraso de casi cinco meses sobre la medida propuesta por Coparmex para empatar el SMG a la Línea de Bienestar establecida por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval). Ello implicaría que a partir de noviembre de 2017, el SMG pase de 80.04 pesos (vigente desde el 1 de enero de 2017) a 95.24 pesos.

Es importante resaltar que, en diciembre de 2017, se debería realizar la revisión de los salarios mínimos profesionales, en la que la inflación observada en el último período anual, sería como ha ocurrido tradicionalmente, el principal criterio de ajuste a los mismos, y que permitiría ajustarlos a partir de enero de 2018.

Por otro lado, y no obstante algunas posturas dogmáticas de la Secretaría de Hacienda y el Banco de México, que en privado alarmaron a diversos actores del sector privado con los riesgos de un incremento de la inflación y les amagaron con el posible encarecimiento de las tasas de interés como consecuencia de la movilidad salarial, no existe ninguna evidencia que los incrementos salariales de principios de 2017 hayan tenido una incidencia significativa en la inflación.

El anuncio del día 21 de noviembre mediante comunicado de prensa se dio a conocer que el presidente del Congreso del Trabajo y secretario general de la Confederación de Trabajadores de México y de los representantes de los trabajadores ante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) y con el respaldo del sector patronal y del gobierno de la república, el Consejo de Representantes de la CONASAMI resolvió revisar el monto actual del salario mínimo general dónde menciona un aumento salarial pasando de 80.04 a 88.36 pesos.

Llevar a 100.00 pesos el SMG en noviembre de 2017, sería un paso más inscrito en la nueva cultura salarial, una evolución progresiva de los sueldos, que preservando la estabilidad, induzca el crecimiento económico y al desarrollo social.

La viabilidad de la economía de mercado con estabilidad social en el mediano y largo plazo, sólo es posible si amplios sectores de la población encuentran en ella una vida digna. Apostarle a la pobreza permanente y al crecimiento de la desigualdad, en realidad es apostar contra la economía del mercado y la libertad.

Lo anterior, va acorde con lo señalado por el vicepresidente del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), Jonathan Heath, quien asegura que “existe un amplio margen para aumentar el mínimo sin perjuicio a la inflación o al desempleo”.

Es claro que sí se puede hacer un aumento considerable en el salario mínimo diario en nuestro país, ya que no existe como lo señalan los diversos expertos una lógica con lo que dice el gobierno federal, que se debe aumentar la productividad y que en base a eso el salario pueda aumentarse.

De la misma forma, se plantea que el salario mínimo debe ser igual al costo de la canasta alimentaria y cubrir las necesidades básicas de una familia.

El crecimiento de los sueldos para trabajadores sindicalizados y no sindicalizados para 2018 será mínimo con respecto a lo que aumentaron en 2017, lo que representa una pérdida en el poder adquisitivo al estar por debajo de la inflación con la que se espera cerrar el año (6.3 por ciento), según el pronóstico de la empresa consultora Aon México.

Es preciso que en cualquier economía sean inevitables las modificaciones a los salarios mínimos diarios, que garanticen una calidad de vida para todas las familias mexicanas. Con esto se estaría consagrando verdaderamente el derecho universal al salario mínimo.

En el artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, se encuentra plasmado otro principio fundamental que sustenta en que consiste un salario digno; el cual menciona que: a. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. b. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

La anterior, postura, sostiene que el salario es un derecho humano económico y por lo cual tiene que ser satisfactorio, ya que sirve al trabajador para sobrevivir.

Por lo tanto, es necesario que el gobierno federal trabaje de la mano con los empresarios, la clase trabajadora y el presidente de la CONASAMI, para llevar a cabo el procedimiento señalado en el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo, el cual establece que los salarios mínimos se fijarán cada año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente.

Ante la inacción y la simulación gubernamental, el pueblo de México espera una respuesta inmediata del legislativo.

Por ello sostengo que es momento de tomar decisiones y dar respuesta a la clase trabajadora y otorgar un incremento al salario mínimo para llegar a 100 pesos como arranque para estabilizar el poder adquisitivo y lograr un mejor y fácil acceso a la línea de bienestar por parte de la clase trabajadora.

Como diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática estoy preocupado por la clase trabajadora de nuestro país, la cual hasta el día de hoy se encuentra en un total estado de indefensión, y que hoy, necesita que todos apoyemos para que puedan tener verdaderamente un salario digno para ellos y sus familias. Y de esta forma perciban lo suficiente para que puedan cubrir las necesidades más elementales para sobrevivir.

No obstante por lo manifestado por la Coparmex, en donde se propone un salario mínimo de 95.24 pesos, considero que, a pesar de los esfuerzos, no sería suficiente para cubrir las necesidades primarias de una familia, que contempla la línea de bienestar propuesta por el Coneval.

Es por ello, que propongo que el salario mínimo diario sea del orden de los 100.00 pesos, el cual alcanzaría desde mi perspectiva para los gastos generales diarios para una familia modesta.

En este sentido se estaría hablando de un salario mínimo mensual de 3 mil pesos en comparación del propuesto por el gobierno a través de la CONASAMI, que sería del orden de 2 mil 857.02 pesos mensuales.

Estableciendo una diferencia de 142.98 pesos entre la propuesta por un servidor y lo que propone el gobierno federal a través de la CONASAMI.

Con el aumento del salario mínimo de referencia se podría combatir de manera eficaz la pobreza que aqueja hoy en nuestro país.

Con esto lograríamos ponernos a la par con países como Paraguay, en donde a la clase trabajadora le alcanza el salario perfectamente para vivir con las necesidades básicas y con esto el esfuerzo de cada uno de los trabajadores es verdaderamente recompensado.

Es momento de escuchar a la clase trabajadora, sin dejar de lado la opinión de la clase patronal, para tratar de estabilizar paulatinamente el salario mínimo hasta que este sea tangible para la clase trabajadora.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al gobierno federal y a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos a que asignen a la brevedad un incremento al salario mínimo para llegar a 100 pesos que entrará en vigor a partir del primero de enero de 2018, y convoque a todos los sectores que participan para tal efecto como lo son los sindicatos, y el sector patronal.

Palacio Legislativo, a 23 de noviembre de 2017.— Diputado Arturo Santana Alfaro (rúbrica).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tal como lo solicita, se incorpora íntegro el texto de su punto de acuerdo al Diario de los Debates. Pregunte la Secretaría si la asamblea acepta que sea de urgente resolución y pase a discusión inmediatamente.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se consulta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Es de urgente resolución y por lo tanto tiene la palabra la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, de Movimiento Ciudadano. Con calma diputada, no se preocupe, no crea usted que se están peleando por intervenir. Adelante, Rosa Alba. Hasta por tres minutos.

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis:Gracias, presidente. Con el permiso de la Mesa Directiva. Hoy estamos aquí para hacer lo que nos gusta hacer, a los que estamos del lado de los ciudadanos que nos dieron su confianza.

El estar aquí en esta máxima tribuna para representar a los mexicanos es un gran honor, es un aliciente y es una obligación hacerlo con toda la entrega. Por eso lo que le duele a la mayoría de los mexicanos, le duele a los que estamos empeñados en hacer bien nuestro trabajo de representación.

El salario mínimo —bien lo acaba de decir nuestro compañero proponente— al día de hoy ha sido una aberrante y despojante condición de dignidad de los trabajadores que mantienen este país, que le dan vida a cada una de las instituciones que en este país existen, que mantienen a los diputados, que mantienen a los integrantes de esa deshonrosa Conasami, que lo único que hace es sesionar para seguir agravando y ahondando el dedo en la llaga de los trabajadores del pueblo de México.

Quiero decirles que la desigualdad que se vive en razón de salarios en este país es realmente lastimoso. Ninguno de los integrantes de Conasami gana el equivalente a un salario mínimo que ganan los trabajadores de este país.

Los integrantes de Conasami no caminan las calles, no hablan con la gente que tienen necesidad y que lastimosamente te hace saber que cada día requiere de la atención de los que aquí estamos para generarles una mejor condición de vida y un equilibrio, en razón de sus derechos. Los integrantes de la Conasami no viven en carne propia el hambre, la sed, las carencias, la pobreza.

Hoy el presidente de la Conasami dijo que sí se podía vivir con eso, considerando que fueran cuatro los integrantes de una familia los que aportaran, para poder lograr lo que la Coneval considera digno para la oportunidad de satisfacer la necesidad de una familia de cuatro integrantes.

Desde aquí, la bancada ciudadana le decimos y le recordamos a este funcionario, que todas esas familias de las que él habla no están integradas ni siquiera por cuatro integrantes, muchas de ellas con oportunidad de aportarle al erario familiar. Que cada integrante del Conasami gana arriba de 119 mil pesos, esa es la realidad de los que se dedican a incrementar esta miseria en los centavos, en los salarios mínimos.

Por eso su servidora, con mucho orgullo, les comenta que estamos a favor de impulsar este punto de acuerdo, porque todos los que estamos aquí tenemos un compromiso de hacer servicio, de darle al ciudadano, que paga nuestros sueldos, la oportunidad de un sueldo mejor.

Votaremos a favor porque estamos conscientes de lo que impera en ese México, que muchos de los que están afuera y adentro del servicio público ignoran. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputada. Tiene la palabra la diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez, por el Partido Verde Ecologista.

La diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez:Gracias. Con la venia de la Presidencia.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputada.

La diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez: El ajuste anual del salario mínimo en nuestro país se ha convertido en una oportunidad, para que mediante propuestas demagógicas se busque obtener un beneficio político.

En el Partido Verde manifestamos nuestro desacuerdo con la presente proposición, pues plantea, de modo irresponsable, un incremento arbitrario al monto del salario mínimo general, sin considerar las consecuencias que ello podría acarrear.

Cabe aclarar, que estamos totalmente a favor de que el salario mínimo garantice las condiciones esenciales de existencia para quienes lo perciben. Sin embargo, para que ello realmente suceda se debe cuidar que no se desestabilicen otras variables que pudieran provocar un efecto contrario al deseado.

Para proponer un incremento al salario mínimo bajo principios de prudencia y conscientes del panorama económico en que nos encontramos se requiere tener presentes los fundamentos técnicos que nos permitan comprender el alcance de una propuesta como la que aquí se expone.

En primer lugar, sería bueno hacer un poco de memoria. En los últimos años, gracias a las reformas aprobadas en materia económica se ha logrado la desvinculación del salario mínimo como unidad básica para estimar obligaciones, multas, créditos y toda una serie de conceptos relacionados.

Con ello se logró reducir su influencia como agente determinante de la inflación, situación que durante muchos años justificó que tuviera incrementos ínfimos. Sin embargo, la desindexación es tan solo el primer paso para lograr un incremento más significativo del salario, sin que este genere consecuencias catastróficas para la economía nacional.

En la actual administración el salario mínimo ha pasado de 60 pesos diarios a poco más de 80, que equivale a una recuperación del salario real de un 20 por ciento y de un 45 por ciento en términos nominales, situación que no ocurría desde hace más de 30 años.

Además, se han creado 3.3 millones de empleos formales en los últimos cinco años, lo cual da cuenta de una política laboral eficiente, derivada de un manejo responsable de las finanzas públicas y de una política monetaria adecuada.

En segundo lugar, debemos tomar en cuenta que la productividad es un componente primordial a considerar cuando se habla de un incremento al salario mínimo, puesto que no puede existir un aumento en la masa salarial si no va acompañado de un incremento proporcional en la productividad.

Hablamos pues del salario real, que habrá de entenderse como aquel que determina la cantidad de bienes y servicios que se pueden adquirir con un ingreso determinado. Si existe un incremento en la productividad, los costos de los bienes y servicios experimentan una reducción y, por lo tanto, también en sus precios finales.

De esta forma, ante la reducción de los precios, con el ingreso de los trabajadores se podrán adquirir mayores cantidades de bienes y servicios en el mercado.

La vía antes expuesta es la que debemos seguir para el incremento del salario mínimo, fortaleciendo su poder adquisitivo y no solamente promoviendo su aumento en términos nominales.

De esta forma, si bien el salario mínimo ya no es una determinante de la inflación, una elevación del mismo fuera de toda racionalidad y sustento económico traería como consecuencia el incremento injustificado de los costos de producción de los bienes finales. Su consecuente incremento por parte de productores y vendedores, que derivaría en un alza generalizada de los precios, que terminaría por neutralizar el incremento antes dado.

Bajo dicha lógica, aprobar aumentos arbitrarios al salario mínimo sería insuficiente y terminaría por no cumplir con su objetivo primario, de tal suerte que no habría incremento del salario mínimo que alcanzara para cubrir las necesidades de la familia mexicana que lo percibe.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputada, concluya.

La diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez:Permítame. Termino, presidente. Por lo anterior, votaremos en contra de este punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, porque estamos convencidos que no promueve un incremento al salario mínimo capaz de mantener la estabilidad económica de nuestro país.

Estamos conscientes de las grandes carencias de millones de familias y las limitantes que presentan sus ingresos. No obstante, también es importante...

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, diputada.

La diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez: ...comunicar a la ciudadanía que incrementar el salario mínimo, como lo propone este punto de acuerdo, no generaría los beneficios esperados en el bolsillo de los mexicanos.

Por ello, proponemos que dicho incremento se realice con base en estudios que nos permitan determinar su alcance y tomando en cuenta la opinión de todos los actores involucrados en su determinación. Es cuanto, presidente, y una disculpa por excederme del tiempo.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Disculpada queda usted, diputada. No se preocupe. Tiene la palabra don Roberto Cañedo Jiménez, a nombre del Grupo Parlamentario de Morena. —Tú no te preocupes por eso, diputado.

El diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez:Híjole, qué solo, pero bueno. Con su venia, señor presidente. Le agradezco al grupo parlamentario por permitirme exponer esta situación. Hace dos días se hizo el aviso oficial por parte de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, que es la Conasami, del aumento al salario mínimo de 80 pesos con 40 centavos a 88 pesos con 36 centavos, a partir del 1 de diciembre, que es un equivalente al 10.40 por ciento. Es raquítico el aumento.

El señor Enrique Peña Nieto fue uno de los primeros que con bombo y platillo salió a celebrar el incremento al salario mínimo, dijo que este aumento no se trataba de un ajuste menor, pues le ha llevado cinco años de trabajo llegar a este salario mínimo, que permitirá, entre comillas, trabajos dignos para los mexicanos. Cinco años de trabajo, qué matados, para solo ser de ocho pesos. Como si un aumento de ocho pesos fuera a resolver la vida de los mexicanos. He aquí el cinismo con el que el gobierno federal justifica el fallo del Estado por su insuficiencia para poder llevar una política económica adecuada, que tendría que resolver por lo menos los problemas económicos básicos como lo es el ingreso a sus trabajadores, el empleo y el crecimiento del país.

De acuerdo a su visión, la mejora del salario traerá consigo un cambio estructural que permitirá en los siguientes años la creación de más empleos formales. Entonces volvemos a las cifras que presumen que ya llegamos a los tres millones de empleos nuevos, solo que no nos dicen que estos salarios son los más bajos, son salarios de hambre.

¿En realidad creemos que un trabajador independiente pueda sobrevivir con 80, con 88 pesos diarios para simplemente comprar la canasta básica? Podemos preguntarnos, ¿es en serio creernos esto? ¿Lo dicen en serio?

El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, que es la Coneval, señaló que el porcentaje de la población en situación de pobreza en el año pasado de 2016, es del 43 por ciento, el número de personas equivale a 53 millones y medio de personas, mayor que en el 2010 donde la estadística señalaba que era de 52.8 millones.

El mismo Consejo indica que para comprar una canasta básica alimentaria se requiere de 94 pesos, mayor a los 88 que nos proponen. Por lo cual el aumento resulta en obvias condiciones insuficiente. Hasta los empresarios mediante un comunicado consideraron en voz de la Confederación Patronal de la República Mexicana que es la Coparmex, que el incremento se trata de un avance limitado y a medio camino, pues la expectativa debe alcanzar los 95 pesos, cifra con la cual se empataría la línea de bienestar, lo cual se refiere al valor monetario mínimo para cubrir una canasta básica.

La Encuesta Ingreso-Gasto de los hogares en México, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el Inegi, reveló que el promedio de gasto trimestral por hogar es de 28 mil pesos, es decir, 9 mil 400 pesos mensuales, de los cuales 3 mil 300 pesos son invertidos en alimentos, bebidas y tabaco, y el dinero restante en educación, transporte, vivienda y los cuidados personales.

Estoy cerca de concluir. Con el aumento a 88 pesos diarios, al mes daría un total de 2 mil 650 pesos. Lo que vemos es totalmente insuficiente a lo que habían recomendado los especialistas. La Conasami informó que el incremento beneficiará a un millón 270 mil trabajadores asalariados de tipo completo que reciben esta percepción.

La Comisión destaca en su comunicado que en la presente revisión salarial se valoró la conveniencia de continuar aplicando el procedimiento del monto independiente...

Presidencia del diputado Arturo Santana Alfaro

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Concluya, diputado.

El diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez: ... que de recuperación tiene muy poco y que de nuevo no toma en cuenta las demandas de los trabajadores. Es por todo esto que Morena votará a favor de este punto de acuerdo, pero insistiremos que se dictamine nuestra propuesta de iniciativa para desaparecer la Conasami, que otra vez ha demostrado su ineficiencia ante las demandas de los trabajadores.

Quiero recalcar para finalizar lo siguiente. Cabe señalar que el presidente de la Conasami, Basilio González, tiene un sueldo bruto mensual de 173 mil 436 pesos, lo que equivale a 2 mil 474 veces el salario mínimo. Peor aún. El caballero, si se le puede decir de esta manera, manifestó que incrementar el salario mínimo provocaría el desempleo. Ah, señor Basilio, vacilada nos acaba de hacer con su comentario. Muchas gracias.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputado Roberto Cañedo. Tiene el uso de la palabra el diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del PRD, hasta por tres minutos.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Cuando usted guste, diputado Saldaña.

El diputado Julio Saldaña Morán:Con su permiso, diputado presidente.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputado.

El diputado Julio Saldaña Morán: Con el permiso de las diputadas y de los diputados. Hoy tocamos un tema sensible, un tema que lastima a la sociedad mexicana, y desde luego que sí, Arturo, he manifestado muchas veces, la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, no tiene razón de ser, fue creada en 1962, y hoy ellos sí se suben el sueldo. Aquí le aprobamos un presupuesto a la Comisión, un presupuesto millonario para once integrantes. Debe de desaparecer la Comisión.

Y en cuestiones del salario, pues claro que es una coyuntura lo que se da a conocer en cuanto al salario, de 80 pesos a 88 pesos. No alcanza. Para que tengamos una idea, diputadas y diputados, la familia como la tuya como la mía, quien gana salario mínimo tiene que trabajar cuatro días para poder comprar un cilindro de gas doméstico, cuatro días con su salario mínimo para comprar un cilindro de gas de 20 kilogramos.

Ahí voy con el cuadro comparativo. El gas LP se incrementó el 51 por ciento contra el 10.39 que la Comisión autorizó. ¿Pues en qué mundo viven? No estamos dentro del marco de una realidad. Hagamos algo por este país.

En el 2015, ya lo mencionaron, ya se desincorporó el salario mínimo de la línea de tarifas y de multas, y se le quitó el ancla a la devaluación, ya no hay argumento para que digan que el salario mínimo no debería de ser un salario justo a las familias trabajadoras. El Consejo del Trabajo, la Confederación Patronal, Coparmex, la Canaco, están a favor de que le lleguemos a 95 pesos. La institución correspondiente para poder cruzar la línea de bienestar habla de 2 mil 900 pesos.

Hoy no hay comparación, con un salario del Integran, de la Comisión, como ya se mencionó, pero lo vuelvo a decir porque lastima, 173 mil pesos contra 88 pesos, no hay vergüenza.

Hagamos algo, y en sus manos está, para que convoquemos, invitemos al PRI, al PAN, al PRD que está sumado, Movimiento Ciudadano, a Morena, a todos los partidos, por favor, a corregir este error, es una burla que le hacen a la clase trabajadora, vamos a trabajar en poder eliminar esa Comisión que hace más daño que bien.

Otro ejemplo, el kilo de carne de cerdo aumentó 75 por ciento. El jitomate tiene un incremento de 125 por ciento. ¿Qué más quieren que les diga? ¿La papa? La papa también incrementó su precio 65 por ciento. Les hablo a las amas de casa, son las que más saben de la canasta básica, son a las que más les duele lo que hoy ha sucedido, porque ellas un peso lo convierten en mil pesos. Porque ellas nunca dejan un hijo sin comer. Ellas se levantan primero y se acuestan al último. Y nosotros ¿qué hacemos por esta clase trabajadora? ¿Qué hacemos por nuestra familia? ¿Seguir solapando una Comisión que no tiene razón de ser? Yo no estoy de acuerdo. ¿Y tú qué? Esa pregunta hay que responderla.

Hoy estamos en tiempo de corregir esta vergonzosa opinión que dieron. El presidente de México, desde luego que dijo que era buena noticia. Allá él y sus consecuencias, pero para mí no es buena noticia. Buena noticia es que generemos buenos salarios y salarios justos. Es cuanto, diputadas y diputados, hagamos algo por esta clase trabajadora.

Les invito una vez más, no nos quedemos quietos porque esto no es un problema menor, hay que ponerle atención. Es cuanto. Viva los trabajadores. Viva México.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias señor diputado Saldaña. Diputada, no habiendo oradores inscritos, se considera suficientemente discutido. Pregunte el sentido del voto de la asamblea.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado, comuníquese para los efectos correspondientes.

Muchas gracias diputados, hemos concluido la ronda de puntos de acuerdo.

INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS



LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Iniciamos con las iniciativas. Y tiene la palabra por cinco minutos, la diputada Fabiola Rosas Cuautle, del Grupo Parlamentario del PRI, que presenta iniciativa con proyecto de decreto para reformar los artículos 3o. y 25 de la Ley General de Partidos Políticos, hasta por tres minutos.

La diputada Fabiola Rosas Cuautle:Gracias. Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, la democracia es un valor universal basado en la voluntad de expresada de los pueblos para determinar su propio sistema político, económico, social y cultural, cuyo eje central debe ser la participación de los individuos en los asuntos de su comunidad a través del voto y el ejercicio del cargo público.

Como todos sabemos, los derechos político-electorales permiten al ciudadano vincularse con la actividad política del Estado al que pertenecen, interviniendo en las decisiones colectivas que estime sean las mejores para su vida social e individual.

En el caso de México, el derecho de votar y ser votado es un derecho humano consagrado en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en diversos instrumentos internacionales de los que México es parte, cuya promoción y protección plena es responsabilidad primordial del Estado mexicano.

La demanda del voto de los mexicanos en el extranjero tiene sus antecedentes en el siglo pasado, los primeros ejercicios en el orden nacional tuvieron sus resultados en las elecciones presidenciales en los años 2006, 2012 y ahora en el 2018, con un incremento gradual. No obstante, un reclamo constante de los mexicanos que se encuentran en el extranjero es que no están debidamente representados por los legisladores que integran el Congreso de la Unión ni por los diputados integrantes de los Congresos de las entidades federativas.

Por ello resulta indispensable que el Poder Legislativo impulse adecuaciones normativas que coadyuven a fortalecer los derechos prerrogativas de los mexicanos que residen en el extranjero, a fin de garantizar que su voz sea escuchada en nuestro país y sus demandas sean traducidas en buenas leyes.

En este sentido se estima conveniente que los mexicanos residentes en el extranjero también cuenten con representantes en los parlamentos que verdaderamente cuiden y velen por sus legítimos intereses.

Una herramienta para hacerlo es precisamente que el sistema político electoral cuente con representantes que aseguren la protección y ejercicio de sus derechos humanos. Con esta loable acción, estoy segura, vendría a reforzarse el fortalecimiento de la democracia nacional, permitiendo además incorporar a nuestros connacionales en la vida política del país.

A pesar de que actualmente se encuentra consolidado en el sistema político electoral, el voto de las y los mexicanos en el extranjero para las elecciones presidenciales, así como algunas entidades federativas, también es conveniente integrarlos a la comunidad política nacional a través de representantes, diputadas y diputados que velen efectivamente por sus derechos humanos.

Por los anteriores motivos y ante tal fenómeno social, con la presente iniciativa se pretende que los mexicanos en el extranjero cuenten con representantes parlamentarios, tanto en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, como en los Congresos locales de las entidades federativas, incentivando la integración, la participación política y mejorar el diseño del sistema político electoral mexicano en los procesos de elección.

En este tenor, se propone adicionar un numeral 6 al artículo 3o, y se reforma el inciso r), numeral 1 del artículo 25, ambas de la Ley General de los Partidos Políticos, a fin de que postulen a personas que aseguren la representación de nuestros connacionales que residen en el extranjero, en las candidaturas a legisladores federales y locales.

En el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional mantenemos el compromiso de legislar a favor de nuestra población mexicana, y esta iniciativa es muestra de ello. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 3o. y 25 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada Fabiola Rosas Cuautle, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Fabiola Rosas Cuautle, diputada federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido por los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3 y 25 de la Ley General de Partidos Políticos, de conformidad con la siguiente:

Exposición de motivos

I. Introducción

La democracia es un valor universal basado en la voluntad libremente expresada de los pueblos de determinar su propio sistema político, económico, social y cultural, y en su participación plena en todos los aspectos de su vida, esto es, que la democracia está basada en la participación de los individuos en los asuntos de su comunidad y se expresa mediante el voto y el ejercicio del cargo público.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra, en el contexto de la soberanía nacional, ejercida a través de los Poderes de la Unión y el sistema representativo, como potestad del pueblo para gobernarse a sí mismo, el derecho a ser votado, que, mediante las elecciones libres, auténticas y periódicas, integran en los candidatos electos el ejercicio de dicha soberanía.

Este derecho a ser votado no implica para el candidato postulado, únicamente la contención en una campaña electoral y su posterior proclamación de acuerdo con los votos efectivamente emitidos, sino también el derecho a ocupar el cargo que la propia ciudadanía le encomendó.

Así, el derecho a votar y ser votado, es una misma institución, pilar fundamental de la democracia, que no debe verse como derecho aislado, distinto el uno del otro, pues, una vez celebradas las elecciones los aspectos activo y pasivo convergen en el candidato electo, formando una unidad encaminada a la integración legítima de los poderes públicos.

El derecho a votar y ser votado son derechos políticos llamados también derechos del ciudadano, los cuales son prerrogativas reconocidas exclusivamente a las personas con la calidad de ciudadanos precisamente, que facultan y aseguran su participación en la dirección de los asuntos públicos, incluido el derecho a votar y ser votado.

Decimos que son derechos políticos, porque son prerrogativas irrenunciables que tienen los ciudadanos para participar en la integración de los poderes públicos, y que permiten participar individual y colectivamente en las decisiones y vida de carácter político de una comunidad. Estos derechos son propios e inherentes a la calidad de ciudadano e implican la capacidad de ejercicio frente al gobierno y dentro del Estado.

En pocas palabras, los derechos políticos permiten al ciudadano vincularse con la actividad política del Estado al que pertenece su ciudadanía, interviniendo en las decisiones colectivas referentes a la forma de Estado y gobierno, que estime sean las mejores para su vida social e individual.

Por otro lado, tras la reforma constitucional del año 2011, el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estableció que: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte”.

Los derechos humanos, en lo general, son prerrogativas inherentes a todos los seres humanos, sin distinción de “origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Debemos tener siempre en cuenta que los derechos humanos se consideran interrelacionados, interdependientes e indivisibles, como si fueran un todo, por lo que cualquier clasificación que se proponga al respecto no los separa ni los jerarquiza, sino que únicamente los explica.

En tal sentido, no todos los derechos humanos son derechos políticos, pero todo derecho político será siempre derecho humano, es decir, los derechos humanos son inherentes a la calidad del ser humano, y los derechos políticos son otorgados por un Estado, y en el caso de México, al otorgar ese derecho, debe ser considerado como derecho humano.

Así, en el caso de México, el derecho a votar y ser votado, es un derecho humano consagrado en la Carta Principal del País (CPEUM), así como en diversos tratados internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte, siendo prerrogativas que forman parte de los derechos políticos juntamente con los derechos civiles, considerados universalmente como los derechos de primera generación.

Por tanto, al hablar de derechos humanos, debemos decir que estos, son patrimonio innato de todos los seres humanos; y su promoción y protección es responsabilidad primordial de los gobiernos.

II. Problemática

La demanda del voto de los mexicanos en el extranjero tiene sus antecedentes en el siglo pasado. Los primeros ejercicios en el orden nacional tuvieron sus resultados en las elecciones presidenciales en los años 2006, 2012 y 2018. En dichos ejercicios se incrementó la participación gradualmente. Siempre es y será saludable que los emigrantes sientan que los lazos con su país de origen persisten.

Para alcanzar dicha finalidad existen varios caminos o políticas públicas, verbigracia: mecanismos de protección de los derechos humanos en el extranjero, una política cultural de grandes alcances e incluso la posibilidad de la doble nacionalidad.

No obstante, un reclamo constante de los mexicanos que se encuentran en el extranjero es que no se encuentran debidamente representados por los legisladores que integran la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, así como por los diputados integrantes de los congresos de las entidades federativas.

Consideran que es indispensables que los diputados generen leyes que fortalezcan los derechos y prerrogativas de los mexicanos que residen en el extranjero, garantizando con ello a esos ciudadanos voz en el gobierno de su país de origen.

En ese contexto, debemos de equiparar el derecho del voto depositado por el nacional residente en el extranjero que el depositado en el territorio nacional.

Como lo mencionamos en el apartado anterior, el derecho político de ejercer el voto es un derecho humano, de carácter universal, de tal forma, y en el presente caso concreto, que si todos los mexicanos contamos con los mismos derechos humanos salvaguardados por la Carta Principal del País, los nacionales que residen en el extranjero, también se les debiere representar a través de legisladores, es decir, el efecto del voto es ejercer un cargo público, y tratándose de diputados, es el de representar y velar por sus representados.

En ese sentido, se estima conveniente que los mexicanos residentes en el extranjero también cuenten con representantes en los parlamentos legislativos, que cuiden y velen por sus legítimos intereses.

No podemos olvidar y desamparar a los nacionales en el extranjero, debemos protegerlos, y una herramienta para hacerlo es precisamente que el sistema político-electoral cuente con representantes que aseguren los derechos de los mexicanos residentes en el extranjero, tanto en la Cámara de Diputados, así como en los congresos locales de las entidades federativas.

Asimismo, se estaría fortaleciendo la democracia nacional, al incorporar a todos aquellos nacional en el extranjero en la vida política del país

Al respecto, es importante destacar que los connacionales desde siempre han participado en el desarrollo regional a través de la inversión y activación económica en las comunidades de origen y destino, así como en el progreso binacional al ocupar en los Estados Unidos de América o en cualquier otro país extranjero, una gama amplia de actividades laborales tanto en las ramas de la construcción y los servicios como en la producción agrícola, asimismo en las grande urbes y en los campos de producción, a pesar de que en muchos de los casos sufren discriminación y violación a sus derechos laborales.

Debemos señalar que, durante varias décadas, el Estado mexicano para los voceros de la demanda del voto de los nacionales en el extranjero fue contundente, desde antes de la reforma constitucional de 1996 y desde antes del primer ejercicio del sufragio de 2006, se negó el ejercicio a sus derechos políticos, ello a pesar de su contribución a la riqueza de ambas naciones en los ámbito cultural, social y económico.

Se les limitó su desarrollo político, a la luz del desarrollo democrático internacional y a pesar de que también son vejados de sus derechos fundamentales por grupos xenofóbicos, racistas y políticas públicas excluyentes violatorias de los principios universales.

Ahora bien, a pesar de que actualmente se encuentra consolidado en el sistema político-electoral el voto de las y los mexicanos en el extranjero para las elecciones presidenciales, así como en algunas entidades federativas, también se estima conveniente integrarlos a la comunidad política nacional, a través de representantes, diputadas y diputados que velen efectivamente por sus derechos humanos.

Por los anteriores motivos y ante tal fenómeno social, con la presente iniciativa se pretende que los mexicanos en el extranjero cuenten con representantes parlamentarios tanto en el Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión como en los congresos locales de las entidades federativas, en aras de que se perfeccione el modelo del voto para los mexicanos en el extranjero, así como se incentive la integración de la participación política y mejore el diseño del sistema electoral mexicano en los procesos de elección.

III. Propuesta

Como se pudo advertir, el anterior escenario nos indica que es momento de poner orden en el fenómeno social de la representación política de los mexicanos que residen en el extranjero.

Se trata de garantizar los derechos humanos de los mexicanos que residen en el extranjero, así como de perfeccionar el modelo del voto para los connacionales, incentivar la integración de la participación política, mejorar el diseño de los partidos políticos en los procesos de postulación de personas para candidaturas a legisladores federales y locales.

IV. Contenido de la reforma

La reforma que se propone a la Ley General de Partidos Políticos se estima suficiente para atender los derechos humanos y necesidades de todos aquellos nacionales que residen en el extranjero en ánimos de que cuenten con una representación política dentro de ambas cámaras del Congreso de la Unión, así como en los congresos locales de las entidades federativas.

En tal virtud, se propone modificar los artículos 3 y 25 de la Ley General de Partidos Políticos, para con ello garantizar que los partidos políticos postulen personas que aseguren la representación de nuestros connacionales que residen en el extranjero, en las candidaturas a legisladores federales y locales.

Es por todo lo expuesto, que me permito someter a consideración de esta soberanía, el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones a la Ley General de Partidos Políticos

Único.Se adiciona un numeral 6 al artículo 3 y se reforma el inciso r) del numeral 1 del artículo 25, ambos de la Ley General de Partidos Políticos, para quedar como sigue:

Artículo 3.

1. Los partidos políticos son entidades de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral o ante los Organismos Públicos Locales, y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público.

2. Es derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos formar parte de partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, queda prohibida la intervención de:

a) Organizaciones civiles, sociales o gremiales, nacionales o extranjeras;

b) Organizaciones con objeto social diferente a la creación de partidos, y

c) Cualquier forma de afiliación corporativa.

3. Los partidos políticos promoverán los valores cívicos y la cultura democrática entre niñas, niños y adolescentes, y buscarán la participación efectiva de ambos géneros en la integración de sus órganos, así como en la postulación de candidatos.

4. Cada partido político determinará y hará públicos los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a legisladores federales y locales. Éstos deberán ser objetivos y asegurar condiciones de igualdad entre géneros.

5. En ningún caso se admitirán criterios que tengan como resultado que alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos distritos en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral anterior.

6. Los partidos políticos garantizarán la postulación de personas que aseguren la representación de los mexicanos residentes en el extranjero, en las candidaturas a legisladores federales y locales que serán electos según el principio de representación proporcional.

Artículo 25.

1. Son obligaciones de los partidos políticos:

a) al q); ...

r) Garantizar la paridad entre los géneros en candidaturas a legisladores federales y locales; así como la postulación de personas que representen a los mexicanos residentes en el extranjero.

s) al u) ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.— Diputadas y diputados: Fabiola Rosas Cuautle, Edith Yolanda López Velasco, Flor Estela Rentería Medina, José Lorenzo Rivera Sosa, María Gloria Hernández Madrid, Nora Liliana Oropeza Olguín, Rosa Guadalupe Chávez Acosta (rúbricas).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, estimada diputada Cuautle. La iniciativa se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



LEY DE MIGRACIÓN

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra la diputada Arlette Muñoz Cervantes para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración.

La diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes:Con la venia de la Presidencia.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputada.

La diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes: Compañeras y compañeros legisladores, las relaciones diplomáticas entre México y Estados Unidos cumplieron 194 años en este 2017, bajo una agenda bilateral en la que se han insertado temas de gran relevancia para ambos países.

Hoy desafortunadamente esta agenda se encuentra titubeando con las decisiones que ha emprendido la nueva administración del presidente Donald Trump, quien dicho sea de paso ha encontrado en nuestra comunidad un flanco de ataque que le proporciona rentabilidad electoral frente a un sector específico de la sociedad norteamericana.

Como parte de esta agenda compartida, el fenómeno migratorio es uno de estos temas fundamentales que hoy enfrenta una crisis sin precedentes, y esto que, bajo la óptica del gobierno de Trump, por cierto, errónea, los más de 34 millones de mexicanos y mexicoamericanos que radican en Estados Unidos, representan una amenaza para su sociedad de cara al futuro, nada más alejado de la realidad.

Desde la década de los setentas, la migración de connacionales permitió a Estados Unidos hacerse de una fuerza productiva sin comparación, que en los últimos años ha venido generando entre el 4 y el 8 por ciento de su producto interno bruto total.

Al mismo tiempo, numerosas expresiones sociales y culturales de la comunidad mexicana han enriquecido las distintas facetas de la vida en el vecino país del norte.

Hoy, los hijos de estos mexicanos migrantes, conocidos como dreamers, que forman parte esencial de su sistema fiscal, económico, académico y cultural, son también bajo esta óptica distorsionada una amenaza para su futuro.

Compañeras y compañeros legisladores, decía Efraín González Luna: Las patrias se salvan, como se salvan los hombres.

En Acción Nacional creemos que no hay cosa más importante que la protección de la dignidad y la integridad de las personas. Estamos convencidos que ambas cualidades no pueden ni deben ser sometidas a los caprichos de los gobiernos, mucho menos ser vulnerables en el marco de las relaciones diplomáticas que México mantiene con el mundo.

Es por ello que este día, además de reiterar nuestro enérgico rechazo a la reciente cancelación del programa DACA, que por más de cinco años reconoció estas aportaciones de los dreamers mexicanos, vengo a presentar ante este pleno una iniciativa de reforma a la Ley General de Migración, que busca fortalecer las atribuciones de la Secretaría de Gobernación, en aras de construir una estrategia permanente que facilite el retorno y reintegración de nuestros jóvenes al país.

Es que pareciera que para el gobierno actual el tema no posee la justa dimensión, pues en su comparecencia de ayer en el Senado de la República, el secretario de Gobernación minimizó la cifra de connacionales que han regresado de manera voluntaria al país. Son solo 126 mil casos en lo que va del 2017, dijo el responsable de la política interior. Sin embargo, para Acción Nacional, cada uno, cada uno de estos casos es un proyecto de vida que se ha visto interrumpido por una política persecutoria, disfrazado bajo un discurso nacionalista, populista y radical.

Hoy esa política migratoria ha dejado sin la protección que brindaba el DACA a los más de 585 mil dreamers mexicanos que calcula el Instituto Nacional de Migración. Por ello, con la reforma que hoy proponemos a la Ley General de Migración, hacemos frente a esta decisión y fortalecemos la capacidad del Estado mexicano para atender a nuestros connacionales.

Con esta iniciativa se incorpora la transversalidad como principio rector de la norma, para garantizar una colaboración congruente y efectiva entre los tres niveles de gobierno.

De igual forma, se instruye a la Secretaría de Gobernación impulsar la creación de una estrategia permanente en la materia, que guarde congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y que prevea la atención de posibles eventos de deportación de nuestros connacionales en el extranjero, lo que sin duda contribuirá a desarrollar una plataforma gubernamental sólida en este terreno.

Finalmente, se crea un programa de inclusión social, cultural, económica, laboral, educativa y de salud, en el que se establecen las acciones mínimas que deben realizar las distintas instancias de gobierno, para que las y los mexicanos migrantes de retorno tengan pleno acceso a los distintos programas de apoyos vigentes en territorio nacional.

Nuestros soñadores mexicanos deben saber que México los espera con los brazos abiertos y que aquí, desde el Poder Legislativo, seguiremos trabajando para garantizar su reintegración, así como su retorno digno y seguro. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 76, numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la cual se reforma y adiciona la Ley de Migración, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo a la Organización Internacional para las Migraciones, la migración de retorno es el movimiento de personas que regresan a su país de origen o a su residencia habitual, generalmente después de haber pasado por lo menos un año en otro país. Este regreso puede ser voluntario o no e incluye la repatriación voluntaria

Según las Naciones Unidas se asume como migrante retornado aquel que vuelve a su lugar de origen con el firme propósito de permanecer definitivamente después de estar fuera más de un año. Asimismo, se observa como un proceso complejo en que la decisión de quedarse en el país de destino o retornar a la comunidad de origen se entrelaza con las condiciones jurídicas, políticas, económicas, sociales y psicológicas que están insertas en este proceso donde intervienen distintos niveles de análisis, tanto micro como meso y macro social.

Ahora bien, la migración de retorno puede darse de forma voluntaria sin obligación, voluntaria obligada, o involuntaria.

Existen cinco formas de retorno a saber:

1) Retorno de migrantes circulares o temporales que regresan después de terminar un contrato temporal.

2) Retorno de “commuters.” Refiere a las personas que son residentes de alguna ciudad fronteriza y cruzan la frontera cotidianamente con documentos o permisos temporales de trabajo para trabajar o comprar.

3) Retorno como proyecto de residencia definitiva. Refiere a los migrantes que regresan con planes de quedarse en el país de origen.

4) Retorno por deportación desde el país de destino: Incluye migrantes que vivían en el país receptor y recibieron una deportación.

5) Retorno por deportación durante el cruce fronterizo: Migrantes que reciben una deportación o retorno voluntario obligatorio.

Los migrantes que se desplazan de México a Estados Unidos ocupan el primer lugar, totalizando sólo ellos casi 6 por ciento del contingente mundial de migrantes.

Entre las causas principales que motivan a los connacionales a emigrar a otro país, sobre todo a Estados Unidos, se encuentran:

El desempleo y subempleo, pobreza y marginación, desintegración familiar, los conflictos sociales y políticos, la degradación del medio ambiente y desastres naturales y la migración de jóvenes con mayor nivel académico.

El desequilibrio económico de México, obliga a muchos connacionales a ser excluidos del sistema económico, de tal suerte que se ven en la necesidad de buscar en el exterior las oportunidades que se les han negado dentro de su país. La ausencia de opciones ocupacionales tanto en el campo como en las ciudades, ha generado un flujo continuo de migrantes hacia Estados Unidos.

En Estados Unidos, la población nativa de México representa el grupo más numeroso de población extranjera radicada en ese país. Los estados de California y Texas concentran la mayor cantidad de los inmigrantes mexicanos. En 2013, en 4 estados de la Unión Americana se concentraban casi el 70 por ciento de los migrantes mexicanos en aquel país. Los estados son California, Texas, Illinois y Arizona.

Entre el periodo de 2010-2015 las autoridades migratorias de Estados Unidos deportaron casi dos millones de connacionales. Durante la administración de Obama (2008-2016) fueron expulsados más de 2.8 millones de mexicanos, incrementándose en personas que ya llevaban años residiendo en dicho país.

Los principales puntos de devolución en 2015 fueron Nuevo Laredo, Tamaulipas; Ciudad Acuña, Coahuila; y Tijuana, Baja California.

Ahora bien, de acuerdo al análisis de la migración fronteriza entre México y Estados Unidos, se han formularon cinco aspectos a tener en cuenta a la hora de cuestionar la motivación para retornar:

1) El capital humano, conformado por las habilidades, conocimientos y capacidades adquiridas en el extranjero; 2) el capital social, o redes sociales en ambas partes, entre más familiares se establezcan en Estados Unidos, las posibilidades de retorno y contacto con la comunidad de origen disminuyen con el tiempo; 3) número de propiedades, terrenos, parcelas agrícolas con las que cuenta en su comunidad de origen; 4) las condiciones económicas de la comunidad, donde la diversificación económica y las posibilidades de inversión juegan un papel importante en la duración de la estancia en el extranjero; y 5) las condiciones macroeconómicas en ambos países, en donde la inflación, crisis y devaluación influyen a la hora de retornar e invertir. Esto nos permite comprender cómo este proceso migratorio está sellado por una tensión constante entre quedarse en Estados Unidos o retornar a México.

En este sentido, merece la pena señalar que el derecho a la migración representa una manifestación del derecho humano para aspirar a una vida mejor, realidad que obliga a que los Estados emisores y receptores de los mismos, sumen y articulen esfuerzos para abordar de manera efectiva y sobre todo esta situación de forma compartida, ya que el esfuerzo realizado por las comunidades migrantes, se traducen en estabilidad y bienestar económico para los Estados.

Esta realidad, obliga a todos los poderes de los Estados, desde sus diferentes ámbitos a adoptar medidas pertinentes para tutelar y hacer eficaz la validez de los derechos humanos de la comunidad migrante.

Sin embargo, esto en la práctica no es así. Los migrantes padecen diversas violaciones en sus derechos fundamentales, ejemplo de ello son: El trato cruel, inhumano, degradante, incomunicación, detenciones arbitrarias, omisión para resolver con respecto a su situación jurídica migratoria, dilación en el procedimiento administrativo, así como violaciones al derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica, y violación al debido proceso entre otros.

Por otra parte, en México la migración es un fenómeno cultural y social de grandes dimensiones, si bien, ha ido en constante aumento en los últimos años, no es un tema nuevo, aunque ha estado relegado de la agenda política nacional debido a que únicamente se ha tomado en cuenta su importancia económica relacionada directamente con las remesas que envían concretamente las personas migrantes en Estados Unidos, sin embargo, se invisibiliza a las personas migrantes que transitan diariamente por nuestro país y que están constantemente expuestas a violaciones de sus derechos humanos por su condición irregular en el país y el miedo que tienen a denunciar ya que pueden ser deportadas y deportados a sus lugares de origen.

Sin duda, un fenómeno que detonó la preocupación y atención del gobierno mexicano en el tema de migración de retorno fue la entonces candidatura del Donald Trump y su posterior llegada a la silla presidencial de Estados Unidos, desde que se postuló mantuvo un constante cúmulo de propuestas en materia de migración, en las que enfatizó con deportar a las y los mexicanos que residen en aquel país, posteriormente, ya como presidente, ha realizado un sinfín de declaraciones al respecto e incluso ha llevado a cabo acciones tan controvertidas como la “construcción del muro fronterizo” y en días recientes la anulación de la “Ampliación de la Consideración de Acción Diferida” (DACA por sus siglas en inglés) que amparaba de forma temporal de la deportación y concedía una autorización de empleo para los llamados “dreamers” que ingresaron al país del Norte antes de cumplir los 16 años y se encuentran en él desde antes del 15 de junio de 2007.

La declaración hecha el pasado martes 05 de septiembre del año en curso, por el secretario de Justicia estadounidense, Jeff Sessions, deja en incertidumbre el futuro de aproximadamente 800 mil dreamers, este programa de la era de Barack Obama protegía a los jóvenes inmigrantes que habían llegado como niños junto a sus padres.

Ahora bien, el Instituto Nacional de Migración calcula que el 78 por ciento de los dreamers son mexicanos, es decir aproximadamente 585 mil, cifra verdaderamente alarmante, porque son niños y jóvenes que, en mayor parte, han hecho su vida social, académica y cultural en Estados Unidos y que, pese a las declaraciones de las autoridades mexicanas en nuestro país, no se cuenta con la infraestructura necesaria para recibirlos e integrarlos plenamente.

Derivado de las políticas del presidente Trump, este año el Instituto Nacional de Migración ha registrado un total, al mes de febrero, de 219 mil mexicanos retornados, pese a los esfuerzos del Instituto y de las Secretarías de Gobernación y Relaciones Exteriores por reforzar la asesoría y el apoyo en los consulados, la política antinmigrante de la actual presidencia estadounidense es clara y se prevé un incremento exponencial en cuanto se resuelvan los 600 mil casos migratorios de mexicanos que se encuentran en tribunales de aquel país.

Descripción de la propuesta

Como ha quedado descrito en los párrafos que anteceden al presente, las políticas antinmigrantes del presidente Trump están surtiendo efectos notoriamente negativos para nuestros connacionales y es nuestro deber como legisladores realizar las acciones necesarias que permitan salvaguardar sus derechos y por supuesto fortalecer a nuestras instituciones a fin de que estas tengan las herramientas necesarias para atender todo lo relacionado con la política migratoria de retorno.

Por lo anterior, esta iniciativa busca reformar la Ley de Migración, en primer lugar se incorpora la transversalidad como principio rector de la norma, entendiéndose esta como una colaboración congruente y efectiva entre el gobierno federal, las entidades federativas y los municipios en materia de migración. Muchas veces los grandes esfuerzos no llegan a buen puerto porque no existe coordinación entre los diversos actores, y es sumamente necesario que todos vayan hacia el mismo objetivo y a través de las mismas herramientas y mecanismos gubernamentales, por lo que se considera fundamental que exista transversalidad entre sus funciones, atribuciones y obligaciones en materia de migración.

Asimismo, se adiciona el párrafo quince del citado artículo 2, con la finalidad de adicionar la parte educativa, económica y laborar como parte de la reinserción de las y los mexicanos migrantes de retorno.

En ánimo de fortalecer las atribuciones de la Secretaría de Gobernación en materia migratoria, se propone adicionar una fracción IX al artículo 18 a través de la cual exista la disposición expresa de presentar un plan o programa anual que guarde congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo de aplicación emergente, mismo que prevea atención de posibles eventos de deportación de nuestros connacionales en el extranjero. Esto sin duda coadyuvará a que estos temas no se atiendan como “bomberazos” y exista una plataforma gubernamental sólida para su atención.

Ahora bien, con la finalidad de fortalecer desde la propia norma la atención de lo relacionado con la migración de retorno y la reintegración de nuestros connacionales, se adiciona un título sexto a la Ley, recorriéndose los subsecuentes, en donde en primer lugar se crea el programa de inclusión social, cultural, económica, laboral, educativa y de salud, por supuesto que este programa tiene correlación directa con el Plan Nacional de Desarrollo, pero en él se deben establecer particularidades que no puedan ser previstas en el citado Plan.

Es indudable que cuando nuestros connacionales regresan muchas de las veces se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y falta de inclusión, las oportunidades para superarse parecen limitadas y ello los lleva a una vida con notables carencias, no sólo para ellos sino para sus familias. Por ello, a través del Programa se establecen las acciones mínimas a llevar a cabo por las distintas instancias de gobierno para que las y los mexicanos migrantes de retorno tengan pleno acceso a los programas de salud, vivienda, educación y empleo que ofrece la federación, pero no sólo ello, se busca su plena inclusión cultural y económica por lo que se generan mecanismos de colaboración interinstitucional y por supuesto, social que hagan más flexible y amigable dicha inclusión.

Este título contiene un capítulo por aspecto de inclusión y es ahí donde se plasman los puntos a desarrollar en el programa en los que se establecen los temas prioritarios en cada área, sin duda, la migración de retorno se verá beneficiada, no sólo con la creación de esta herramienta programática, sino con su oportuna y eficiente aplicación.

No se omite decir que la Secretaría de Gobernación en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, las entidades federativas y el instituto serán los encargados de elaborar conjuntamente el programa y la aplicación e implementación del Programa estará a cargo del Instituto quien definirá los órganos estatales que habrán de coadyuvar en las labores regionales, es decir, de nuevo se establece la necesidad de contar con coordinación interinstitucional.

En el mismo orden de ideas, en este título se establece que las entidades federativas y sus municipios cuenten con órganos consultivos de apoyo, en los que participarán las autoridades competentes y representantes de los sectores social y privado, para la implementación y aplicación del programa.

Asimismo, se mandata que el programa deberá garantizar la investigación y la elaboración de diagnósticos estadísticos sobre las causas y la frecuencia de la migración de retorno, a fin de evaluar la eficacia de las medidas desarrolladas atender lo relacionado con el tema.

Por otro lado, se crea la figura de los “Comités de Inclusión de las y los Mexicanos Migrantes de Retorno”, los cuales estarán encabezados por el Instituto Nacional de Migración y entre algunas de sus funciones tendrán:

I. Promover las acciones necesarias para dar cumplimiento al Programa;

II. Facilitar a las y los mexicanos migrantes de retorno el acceso a información referente a su derecho de inclusión y lo que ello implica;

III. Impulsar y orientar los diversos proyectos tendientes a lograr inclusión social, económica, laboral, educativa y de salud de las y los mexicanos migrantes de retorno;

IV. Promover la capacitación y su vinculación con el laboral;

Estos Comités serán foros permanentes de orientación y atención social de la comunidad migrante de retorno, con el objeto de impulsar su adaptación en territorio nacional.

La integración de los Comités será de la siguiente forma:

I. El delegado, como presidente y quien será parte del Instituto;

II. Un vicepresidente, designado por el secretario de Gobernación;

III. Un secretario técnico, designado por el delegado; y

IV. Representantes de entidades y dependencias del gobierno federal y otros propuestos por el presidente del Comité.

Todas estas acciones en su conjunto coadyuvarán a fortalecer la política migratoria de retorno en nuestro país, y principalmente abonarán al respeto de los derechos y la reintegración de nuestros connacionales que por alguna razón sean deportados.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, solicito a esta honorable Cámara de Diputados, se sirva discutir y en su caso aprobar, la presente propuesta para quedar como sigue:

Iniciativa con proyecto de decreto por la cual se reforma y adiciona la Ley de Migración

Artículo único: Se adiciona un párrafo 16 al artículo 2, una fracción IX al artículo 18 y un Título Sexto, recorriéndose así los subsecuentes; Se reforma el párrafo 14 del artículo 2 de la Ley de Migración.

Artículo 2...

...

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...

...

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...

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Facilitar el retorno al territorio nacional y la reinserción social, educativa, económica y laboral de los emigrantes mexicanos y sus familias, a través de programas interinstitucionales y de reforzar los vínculos entre las comunidades de origen y destino de la emigración mexicana, en provecho del bienestar familiar y del desarrollo regional y nacional.

...

Transversalidad gubernamental, entendida como la colaboración congruente, adecuada y óptima entre el Gobierno federal, las Entidades Federativas y los municipios en materia de migración.

Artículo 18. La Secretaría tendrá las siguientes atribuciones en materia migratoria:

I. a VIII...

IX. Presentar en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo un programa de aplicación emergente que prevea atención de posibles escenarios de deportación de nuestros connacionales en el extranjero.

Título SextoDe las acciones en materia de migración de retorno Capítulo PrimeroDel programa de inclusión social, cultural, económica, laboral, educativa y de salud

Artículo 77. La Secretaría en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, las Entidades Federativas y el Instituto serán los encargados de elaborar conjuntamente el programa de Inclusión social, cultural, económica, laboral, educativa y de salud de las y los mexicanos migrantes de retorno.

El Programa deberá tener como ejes rectores el estricto respeto de los derechos humanos, la igualdad sustantiva y equidad, así como el interés superior de la niñez y por supuesto el desarrollo económico, social y familiar de las y los mexicanos migrantes de retorno.

La Secretaría impulsará las medidas a realizar para la eficaz operación Programa, al propio tiempo que promoverá que se interrelacione, a fin de facilitar la aplicación, captación y administración de los resultados de manera transparente.

Artículo 78. La aplicación e implementación del programa estará a cargo del Instituto quien definirá los órganos estatales que habrán de coadyuvar en las labores regionales.

Artículo 79. El Programa contendrá las políticas, objetivos, estrategias y líneas de acción prioritarias en materia de ejercicio, respeto, promoción y protección integral de las y los mexicanos migrantes de retorno.

El citado Programa contemplará alianzas interinstitucionales y de cooperación, con el fin de brindar las herramientas necesarias para velar por el ejercicio de sus derechos, por medio de acciones para facilitar el acceso a servicios de salud y vivienda, capacitaciones a nivel laboral, desarrollo de emprendimientos y acceso a crédito para proyectos productivos, creación de exenciones tributarias y estímulos fiscales y aduaneros que permitan optimizar el ejercicio de recursos, así como de asistencia social mediante asesorías jurídicas y apoyo psicológico para los migrantes y su núcleo familiar.

Artículo 80. El Programa deberá incluir mecanismos transparentes que permitan su evaluación y seguimiento, así como de participación ciudadana y serán publicados en el Diario Oficial de la Federación y en las gacetas o periódicos oficiales de las entidades federativas, según corresponda.

Artículo 81. Las entidades federativas y sus municipios contarán con órganos consultivos de apoyo, en los que participarán las autoridades competentes y representantes de los sectores social y privado, para la implementación y aplicación del Programa.

Artículo 82. El Programa deberá garantizar la investigación y la elaboración de diagnósticos estadísticos sobre las causas y la frecuencia de la migración de retorno, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas desarrolladas atender lo relacionado con el tema.

Artículo 83. La base electrónica de datos con que operará este Programa deberá contener información de carácter e interés nacional y comprenderá, entre otros, los aspectos siguientes:

I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. Ley General de Migración de Retorno;

III. Ley de Migración;

IV. Ley General de Población;

V. Plan Nacional de Desarrollo;

VI. El Programa de Inclusión Social, Cultural, Económica, Laboral, Educativa y de Salud;

VII. Programas nacionales y locales de Migración;

VIII. Directorios de las Instituciones y representaciones vinculadas a la Migración de Retorno; y

IX. La infraestructura destinada para atender las necesidades migratorias de las y los mexicanos que retornan a territorio nacional;

Artículo 84. Las dependencias, entidades y organismos de la Administración Pública Federal procurarán incorporar en sus proyectos de programa y presupuesto la realización de acciones encaminadas a atender las necesidades de las y los mexicanos migrantes de retorno.

Capítulo SegundoDe la inclusión social

Artículo 85. El Programa deberá contemplar como uno de sus ejes prioritarios la inclusión social de las y los migrantes mexicanos de retorno, previendo en todo momento la más pronta y accesible adaptación de los connacionales.

Como acciones mínimas para lograr lo estipulado en el párrafo anterior se deberán contemplar las siguientes:

I. Regular y garantizar la prestación de los bienes y servicios contenidos en los programas sociales;

II. Determinar las bases y fomentar la participación social y privada en la materia de las y los mexicanos migrantes de retorno;

III. Promover, proteger y garantizar el cumplimiento de los derechos sociales universales de las y los mexicanos migrantes de retorno, en particular en materia de alimentación, salud, educación, vivienda, trabajo e infraestructura social;

IV. Establecer estrategias que permitan disminuir la desigualdad social en sus diversas formas, derivada de la desigual distribución de la riqueza, los bienes y los servicios, entre los individuos, grupos sociales y ámbitos territoriales;

V. Implementar políticas de solidaridad que permitan la colaboración entre personas, grupos sociales y órdenes de gobierno, de manera corresponsable para el mejoramiento de la calidad de vida de las y los migrantes mexicanos de retorno;

VI. Trazar líneas de acción que permitan la participación social y así las y los mexicanos migrantes de retorno puedan intervenir e integrarse, individual o colectivamente en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y acciones tendientes a mejorar su calidad de vida;

VII. Revertir los procesos de exclusión y de segregación de los que pudieran ser objeto las y los mexicanos migrantes de retorno;

VIII. Fomentar la equidad de género en el diseño y operación de las políticas públicas que habrán de regir el funcionamiento del Programa;

IX. Fomentar las más diversas formas de participación ciudadana con relación a la problemática social que pudieran enfrentar las y los mexicanos migrantes de retorno; e

X. Implementar líneas de acción que permitan lograr la reconstrucción del tejido social con base en el orgullo de pertenencia al país y la comunidad, el respeto de los derechos de todos los habitantes y la superación de toda forma de discriminación, violencia y abuso en las relaciones entre los habitantes.

Artículo 86. Las y los mexicanos migrantes de retorno serán sujetos de todos los beneficios de los programas sociales que se encuentren operando a nivel federal y tendrán acceso a aquellos de orden local que, por su propia naturaleza, no excluyan jurídica o administrativamente a los federales.

Capítulo TerceroDe la inclusión cultural

Artículo 87. La procuración en términos de la inclusión cultural de las y los mexicanos migrantes de retorno, se considerará uno de los ejes rectores del Programa .

Artículo 88. El programa deberá contemplar líneas de acción que permitan correlacionarse con aquellos programas federales y locales de cultura en el que pudieran participar las y los mexicanos migrantes de retorno.

Artículo 89. El programa implementará mecanismos a través de los cuales se esté en constante difusión de nuestras tradiciones, acervo histórico y todo aquello que represente la cultura de nuestro país, con el ánimo de promover la identidad nacional.

Capítulo CuartoDe la inclusión económica

Artículo 90. El programa deberá contemplar estrategias que vinculen de manera eficiente a las y los mexicanos migrantes de retorno con el desarrollo económico nacional.

Artículo 91. El Instituto a través de lo que determine el programa deberá establecer estrategias que permitan generar nuevas fuentes de empleo, consolidar las existentes y promover el autoempleo, así como elaborar planes y programas de vinculación entre el sector económico y las y los mexicanos migrantes de retorno.

Artículo 92. Se fomentará la inversión productiva, la mejora regulatoria y la competitividad generando un entorno favorable para las actividades económicas de la nación, siempre buscando la participación de las y los migrantes mexicanos de retorno.

Artículo 93. Se deberá alentar la competitividad y los empleos estables, bien remunerados, en igualdad de condiciones para hombres y mujeres, orientados hacia los sectores vulnerables de la sociedad y proporcionándoles seguridad social;

Artículo 94. El Instituto deberá ejecutar los mecanismos que fortalezcan y estrechen los vínculos jurídicos, administrativos y de cooperación interinstitucional que sean necesarios para incorporar al sector productivo a las y los mexicanos migrantes de retorno.

Capítulo QuintoDe la inclusión laboral

Artículo 95. El programa establecerá los lineamientos que permitan que los migrantes mexicanos de retorno puedan acceder de forma eficiente al mercado laboral, procurando en todo momento que dicha labor se lleve a cabo en un entorno de salario bien remunerado, así como de estricto respeto a sus derechos laborales.

Artículo 96. El Instituto será el encargado de ejecutar las acciones en materia laboral que señale el Programa, generando sinergia interinstitucional con las Oficinas del Servicio Nacional del Empleo.

Artículo 97. Se deberá promover el desarrollo de proyectos estratégicos que permitan generar fuentes de empleo bien remuneradas para las y los migrantes mexicanos de retorno.

Artículo 98. En estricto apego a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley Federal del Trabajo, el Instituto deberá coadyuvar en la canalización de quejas sobre discriminación o abuso laboral contra las y los mexicanos migrantes de retorno.

Artículo 99. Se establecerán estímulos fiscales para aquellas empresas y organizaciones que contraten a personal que se encuentre bajo la condición de migrante de retorno hasta un año previo a su contratación.

Capítulo SextoDe la inclusión educativa

Artículo 100. El Programa establecerá las bases y los mecanismos a través de los cuales el instituto ejecutará las acciones en materia de inclusión educativa de las y los mexicanos migrantes de retorno.

Artículo 101. El instituto brindará toda la información y orientación necesaria a los migrantes mexicanos de retorno para acceder a los diversos servicios educativos que ofrece la federación.

Artículo 102. Los mexicanos migrantes de retorno que así lo soliciten, podrán acceder a los programas sociales en materia educativa, previo cumplimiento de los requisitos de ley.

Artículo 103. Se orientará al solicitante a fin de lograr su plena inclusión y participación en la sociedad y, en su oportunidad, el desarrollo de una actividad productiva y que permita al trabajador estudiar.

Capítulo séptimoDe la inclusión a los servicios de salud

Artículo 104. El programa contemplará acciones claras que permitan vincular de manera eficiente y amigable a las y los mexicanos migrantes de retorno con los servicios de salud que ofrece la federación.

Artículo 105. El instituto brindará la información y orientación necesaria para que las y los mexicanos migrantes de retorno accedan a los servicios de salud que mejor se ajusten a sus necesidades.

Artículo 106. Con el fin de garantizar el mayor acceso a los servicios de salud de la federación, el Instituto en coordinación con la Secretaría de Salud realizarán constantes jornadas de salud en aquellas comunidades donde se detecte que se encuentra el mayor número de migrantes mexicanos de retorno.

Capítulo OctavoDe los comités de inclusión de los mexicanos

Migrantes de retorno

Artículo 107. Cada entidad federativa contará con un comité de inclusión de los mexicanos migrantes de retorno para instrumentar el programa; estos comités serán foros permanentes de orientación y atención social de la comunidad migrante de retorno, con el objeto de impulsar su adaptación en territorio nacional.

Artículo 108. Los Comités de Inclusión de los Mexicanos Migrantes de Retorno tendrán los siguientes objetivos:

I. Promover las acciones necesarias para dar cumplimiento al programa;

II. Facilitar a las y los mexicanos migrantes de retorno el acceso a información referente a su derecho de inclusión y lo que ello implica;

III. Impulsar y orientar los diversos proyectos tendientes a lograr inclusión social, económica, laboral, educativa y de salud de las y los mexicanos migrantes de retorno;

IV. Promover la capacitación y su vinculación con el laboral;

V. Coadyuvar para que las y los mexicanos migrantes de retorno tengan pleno acceso a los programas sociales que ofrece la federación;

VI. Invitar a las dependencias federales, instituciones nacionales y a la sociedad civil, a realizar proyectos productivos que permitan generar mejores condiciones de vida;

VII. Ser el enlace entre el gobierno federal y los estados de la república; y

VIII. Las demás que se desprendan de los ordenamientos jurídicos aplicables.

Artículo 109. Los comités se integran de la siguiente manera:

I. El delegado, como presidente y quien será parte del Instituto;

II. Un vicepresidente, designado por el secretario de Gobernación;

III. Un secretario técnico, designado por el delegado, y

IV. Representantes de entidades y dependencias del gobierno federal y otros propuestos por el Presidente del Comité.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Organización Internacional para las Migraciones Derecho Internacional sobre Migraciones: Glosario sobre migración, 2006 página 39

2 Cataño Pulgarín, S. V. y Morales Mesa, S. A. (enero-junio, 2015). La migración de retorno. Una descripción desde algunas investigaciones latinoamericanas y españolas. Revista Colombiana de Ciencias Sociales, 6(1), 89-112.

3 Ibídem., página 101.

4 Organización Internacional de Migración, “Migración de retorno”.

5 Yésica Aznar Molina, “‘Otro Norte, Otro Terruño’ Construyendo los sentidos y las identidades de los retornados en localidades urbanas,” (tesis doctoral, El Colegio de México, 2011), 14.

6 Salvador Moreno Pérez. Migración, Remesas, Trasmigrantes y Deportaciones. Cámara de Diputados 2015.

7 Internacional migration, División de Población de las Naciones Unidas, Nueva York. 2002.

8 Ibídem.

9 Ibídem.

10 Periódico La Jornada, martes 3 de enero de 2017

11 Ibídem.

12 Ibídem., página 103.

13 Ibídem.

14 Ayala, M. P. Los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes migrantes y el compromiso de protección del Estado mexicano, Facultad de Derecho, UNAM, 2014

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de octubre de 2017.— Diputadas y diputados: Arlette Ivette Muñoz Cervantes,Carlos Alberto Palomeque Archila, Eloisa Chavarrías Barajas, Exaltación González Ceceña, Jesús Antonio López Rodríguez, Pedro Garza Treviño, Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbricas).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputada Muñoz, su iniciativa se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.



LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra el diputado José Antonio Estefan Garfias, del PRD, con iniciativa del proyecto de decreto que adiciona el artículo 3o. de la Ley Federal de Competencia Económica.

El diputado Estefan Garfias presenta dos iniciativas en una sola intervención. La otra iniciativa se refiere a diversas disposiciones de la Ley de Migración, que él propone reformar o adicionar, para presentar ambas iniciativas tiene tres minutos.

El diputado José Antonio Estefan Garfias:Gracias, señor presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, comparezco ante el pleno de esta soberanía, para presentar dos iniciativas que son necesarias para mejorar la regulación jurídica, y una de estas es la iniciativa que adiciona una fracción al artículo 3 de la Ley de Competencia Económica.

Dicha ley reglamenta el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de libre concurrencia, competencia económica, monopolios, prácticas monopólicas y concentraciones, en donde se tiene como objeto promover, proteger y garantizar la libre concurrencia y la competencia económica, prevenir, investigar, combatir, perseguir con eficacia y castigar severamente eliminando los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas, las barreras de la libre concurrencia y la competencia económica.

Es una ley que fue elaborada contemplando diversas disposiciones en materia económica, de los países de Estados Unidos y Canadá, realizando un análisis de derecho comparado que finalmente fue plasmado en la legislación mexicana.

El Instituto de Ciencias Jurídicas de la UNAM nos menciona que la Ley castigará severamente y las autoridades perseguirán con eficacia toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos, de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de precios.

Todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores industriales, comerciantes o empresarios de servicios, en que de cualquier manera hagan para evitar la libre concurrencia o competencia entre sí, o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados, y en general todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general de alguna clase social.

Actualmente, la Ley Federal de Competencia Económica, en el apartado de conceptos que se encuentran en el artículo 3, no existe una definición del concepto monopolio, lo que genera una incertidumbre jurídica para la aplicación de la Ley.

Por lo anterior, es necesario agregar una nueva fracción al artículo en cuestión, en donde se defina de manera clara el concepto de monopolio para cumplir correctamente con el objeto de la Ley al agregar esta nueva fracción, facilitando la aplicación de las disposiciones establecidas en los diferentes capítulos de la propia Ley, y generar certidumbre jurídica necesaria para la comprensión del texto jurídico y sus consecuencias.

Como segunda iniciativa, considero necesario reformar y adicionar disposiciones de la Ley de Migración como medida de protección para nuestros migrantes mexicanos. Desde el inicio de la administración del presidente Trump se han presentado deportaciones masivas de migrantes de diferentes nacionalidades, incluidos nuestros paisanos mexicanos.

Ante los retos actuales en materia migratoria, se deben realizar modificaciones a la Ley de Migración, para garantizar que a todos los migrantes mexicanos y extranjeros que se encuentren en el territorio nacional se les respeten sus derechos humanos y se les brinden las garantías constitucionales mexicanas de protección. Así también los establecidos en los tratados internacionales en la materia, con objeto de crear nuevas políticas para garantizarles un trato digno, con pleno respeto a la dignidad humana y en defensa de las personas vulnerables que más lo necesiten.

Por tal motivo, es que propongo que se modifiquen los artículos 7o., 8o., 26 y 70, con objeto de brindar asistencia legal gratuita, atención médica profesional sin costo, apoyo gubernamental para la regularización administrativa migratoria y garantizar el debido respeto al libre tránsito de los migrantes en situación irregular que se encuentren en el territorio nacional.

Ante estos difíciles tiempos migratorios es necesario que la regulación jurídica mexicana establezca los lineamientos legales necesarios para las diferentes dependencias involucradas en la atención a los migrantes, pudiendo desarrollar debidamente sus funciones y cumplir con lo establecido en la ley y en los tratados internacionales en la materia.

Por su atención, muchísimas gracias. Y una disculpa por el exceso de tiempo, señor presidente. Gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

En la regulación jurídica mexicana, existe una ley denominada Ley Federal de Competencia Económica, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2014. La ley reglamenta el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de libre concurrencia, competencia económica, monopolios, prácticas monopólicas y concentraciones.

Dicha ley tiene como objeto promover, proteger y garantizar la libre concurrencia y la competencia económica, prevenir, investigar, combatir, perseguir con eficacia, castigar severamente y eliminar los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas, las barreras a la libre concurrencia y la competencia económica.

Es una ley que fue elaborada contemplando diversas disposiciones en materia económica de Estados Unidos y Canadá, realizando un análisis de derecho comparado que finalmente fue plasmado en la legislación mexicana.

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 28, párrafo primero y párrafo segundo se expresa lo siguiente:

Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria.

En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social.”

Argumentación

Actualmente en la Ley Federal de Competencia Económica, en el apartado de conceptos que se encuentra en el artículo 3o., no existe una definición del concepto de “monopolio”, lo que genera una incertidumbre jurídica para la aplicación de la ley.

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos también es utilizada la palabra “monopolio”, sin embargo, tampoco existe una definición clara de acerca de la definición de dicho concepto.

Por lo anterior, es necesario agregar una nueva fracción al artículo 3o. de la Ley Federal de Competencia Económica en donde se defina de manera clara el concepto de “monopolio” para cumplir correctamente con el objeto de la ley.

Al agregar esta nueva fracción se facilitará la aplicación de las disposiciones establecidas en los diferentes capítulos de la propia ley y generará la certidumbre jurídica necesaria para la comprensión del texto jurídico y sus consecuencias de derecho.

Fundamento legal

El que suscribe, diputado federal José Antonio Estefan Garfias, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción al artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica

Único. Se adiciona una fracción al artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica para quedar como sigue:

Artículo 3.Para los efectos de esta Ley, se entiende por:

Fracción XVI. Monopolio: concentración o acaparamiento de mercado para la prestación de productos o servicios realizado por una sola persona o empresa determinada que no permite la libre concurrencia y competencia de los demás productores reales o potenciales generando una ventaja exclusiva en perjuicio del consumidor y público en general.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Ley Federal de Competencia Económica. Disponible en: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFCE_270117.pdf

2 Ibídem.

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Referencias para la definición de Monopolio: Libre Concurrencia y Monopolios. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la U.N.A.M. Disponible en: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2763/5.pdf Fecha de consulta: 28 de Febrero del año 2017.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2017.— Diputado José Antonio Estefan Garfias(rúbrica).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, señor diputado. Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen.



LEY DE MIGRACIÓN

El diputado José Antonio Estefan Garfias:

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Migración, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del PRD

Consideraciones

Durante la campaña a la presidencia de los Estados Unidos de América del año pasado, el candidato republicano, Donald Trump, mostró un comportamiento de rechazo a los migrantes mexicanos radicados en aquel país. Sus propuestas en políticas migratorias se consideraban como racistas y con una visión retrógrada de los derechos humanos.

Una de sus principales propuestas era la deportación masiva de todas aquellas personas que mantuviera una situación migratoria irregular en aquel país, además de la construcción un muro a lo largo de toda la frontera con México lo que demostraba la insensibilidad social del candidato Trump y su desprecio por nuestra nación. La simple idea de la construcción de dicho muro es considerada como una propuesta violatoria de derechos humanos y como una ofensa para el Estado Mexicano debido a que se manifiesta una política totalmente nacionalista y proteccionista de parte de los Estados Unidos de Norteamérica que tiene como una de las principales consecuencias una tensión diplomática entre ambos países.

El resultado de las elecciones presidenciales arrojó como triunfador sorpresivo al candidato Trump lo que generó una reacción de preocupación para nuestros paisanos radicados en el país vecino de EEUU ante los graves conflictos migratorios que enfrentarían en los próximos meses.

Planteamiento del problema

Desde el inicio de la administración del presidente Trump se han iniciado diversas deportaciones masivas de migrantes de diferentes nacionalidades, incluidos nuestros paisanos mexicanos. Incluso se emitió una orden ejecutiva para suspender temporalmente el ingreso a los Estados Unidos de América a los ciudadanos de un conjunto de países entre los que se encuentran: Sudán, Siria, Irán, Libia y Yemen. Afortunadamente una orden emitida por un juez federal revocó dicha orden ejecutiva para contrarrestar esta medida que resulta un retroceso para el proceso de globalización y solidaridad internacional que a lo largo de la historia se ha buscado consolidar.

Argumentación

Ante los retos actuales en materia migratoria se deben de realizar modificaciones a la Ley de Migración para garantizar que todos los migrantes mexicanos y extranjeros que se encuentren en el territorio nacional se les respeten sus derechos humanos y se les brinden las garantías constitucionales mexicanas de protección y los establecidos en los tratados internacionales en la materia con el objeto de crear nuevas políticas públicas migratorias para garantizarles un trato digno, con pleno respeto a la dignidad humana y en defensa de las personas vulnerables que más lo necesitan.

Fundamento legal

El que suscribe, diputado federal José Antonio Estefan Garfias, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión y con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1 fracción I y 77 numeral 1 del reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración, de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley de Migración

Artículo Único. Se reforman el artículo 7 párrafo segundo, artículo 8 párrafo segundo y tercero, artículo 36 y artículo 70 párrafo primero y segundo de la Ley de Migración para quedar como sigue:

Artículo 7. La libertad de toda persona para ingresar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional tendrá las limitaciones establecidas en la Constitución, los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.

El libre tránsito es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Mexicana para todas las personas que se encuentren dentro del territorio nacional yes deber de cualquier autoridad respetarlo y garantizarlo a través de medidas de protección a los derechos humanos y la dignidad humana. Ninguna persona será requerida de comprobar su nacionalidad y situación migratoria en el territorio nacional, más que por la autoridad competente en los casos y bajo las circunstancias establecidos en la presente Ley.

Artículo 8. Los migrantes podrán acceder a los servicios educativos provistos por los sectores público y privado, independientemente de su situación migratoria y conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Los migrantes tendrán derecho a recibir en todo momentocualquier tipo de atención médica profesional con los más altos índices de calidad brindadospor los sectores público y privado, independientemente de su situación migratoria, conforme a las disposiciones reglamentarias aplicables .

El Estado garantizará medidas de protección para que todos los migrantes que se encuentren en territorio nacional tenganderecho a recibir de manera gratuita y sin restricción alguna, cualquier tipo de atención médica de calidad de manera urgente cuando se encuentre en peligro de preservar su vida por cualquier situación que así lo amerite.

En la prestación de servicios educativos y médicos, ningún acto administrativo establecerá restricciones al extranjero, mayores a las establecidas de manera general para los mexicanos.

Artículo 36. Los mexicanos no podrán ser privados del derecho a ingresar a territorio nacional. Para tal efecto, deben acreditar su nacionalidad además de cumplir con los demás requisitos que se establecen en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Los mexicanos comprobarán su nacionalidad, con alguno de los documentos siguientes:

I. Pasaporte;

II. Cédula de Identidad Ciudadana o Cédula de Identidad Personal o su equivalente;

III. Copia certificada del Acta de Nacimiento;

IV. Matrícula consular;

V. Carta de Naturalización, o

VI. Certificado de Nacionalidad Mexicana.

En su caso, podrá identificarse con credencial para votar con fotografía, expedida por la autoridad electoral nacional, o cualquier otro documento expedido por la autoridad en el ejercicio de sus funciones.

A falta de los documentos probatorios mencionados en las fracciones anteriores, para los efectos de lo dispuesto en este artículo, el Instituto evaluará la situación migratoria en particular y realizará el análisis correspondiente para que mediante cualquier otro elemento subjetivo que sea motivo de convencimiento para el Instituto se acredite la nacionalidad mexicana. El Instituto garantizará la protección de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales de la materia.

...

...

Artículo 70.Todo migrante tiene derecho a ser asistido o representado legalmente por la persona que designe durante el procedimiento administrativo migratorio. En caso de que el migrante no cuente con los recursos necesarios para designar a una persona para que lo asista o represente legalmente, el Instituto, de forma gratuita, designará a un licenciado en Derecho experto en la materia para que el migrante cuente en todo momento con la asesoría legal necesaria para llevar a caboel procedimiento administrativo migratorio correspondiente.El Instituto podrá celebrar los convenios de colaboración que se requieran y establecerá facilidades para que las organizaciones de la sociedad civil ofrezcan servicios de asesoría y representación legal a los migrantes en situación migratoria irregular a quienes se les haya iniciado un procedimiento administrativo migratorio.

Durante el procedimiento administrativo migratorio los migrantes tendrán derecho al debido proceso que consiste en que el procedimiento sea sustanciado por autoridad competente; a ser asistido o representado legalmente en todo momento por un profesional en la materia durante todo el procedimiento administrativo migratorio; el derecho a ofrecer pruebas y alegar lo que a su derecho convenga, a tener acceso a las constancias del expediente administrativo migratorio; a contar con un traductor o intérprete para facilitar la comunicación, en caso de que no hable o no entienda el español y a que las resoluciones de la autoridad estén debidamente fundadas y motivadas.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Quedan derogadas todas aquellas disposiciones que contravengan a las contenidas en el presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de octubre de 2017.— Diputado José Antonio Estefan Garfias(rúbrica).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra la diputada María García, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo. María Chávez García, es que escriben horrible estos, diputada.

La diputada María Chávez García:Con la venia de la Presidencia. Diputadas y diputados, en México, como en algunas otras partes existen personas que realizan actividades económicas a través de las llamadas ventas por catálogo. Este trabajo en donde la estrategia económica de las empresas internacionales consiste en trasladar el riesgo comercial y laboral de las vendedoras. Trabajo en el cual se hacen visibles las redes de ventas totalmente gratis, en lugar de que las grandes empresas paguen rentas de espacios fijos y sueldos de personal necesario para vender sus respectivos productos y todo lo que ello implica. Organizándose las redes de ventas de manera piramidal, jugando un papel primordial la red de relaciones sociales y en donde las personas que realizan este tipo de trabajo, nada tienen seguro.

En este sentido, las vendedoras al momento de ingresar a las empresas no son trabajadoras independientes, sino trabajadoras dependientes, que están sometidas a múltiples constricciones y lineamientos por parte de la empresa: tiempos, modalidades y costos. Las empresas determinan las fechas en las que las vendedoras deben de ingresar pedido y pagar el mismo, fijan los precios y los descuentos —si los hay— de los productos, la duración de las campañas, asignan el porcentaje de ganancias de las vendedoras y los niveles de sus ventas, entre otras cuestiones a las que se encuentran sometidas las vendedoras.

Así, la falta de reconocimiento de la relación laboral con los vendedores no es exclusiva de una sola empresa. Firmas trasnacionales como Avon, Mary Kay, Fuller, Jafra, Oriflame, Natura o Herbalife, entre otras, recurren al esquema de venta directa y no consideran como sus trabajadoras o trabajadores a quienes comercializan sus productos, no obstante las cuantiosas ganancias que les generan.

Por ejemplo, en el 2015 estas empresas tuvieron ventas netas por unos 65 mil 773 millones de pesos y al menos cada año se incrementan un 6 por ciento total de sus ventas directas.

Hay que resaltar que en este tipo de actividades señalan que la principal fortaleza de la industria de las ventas directas en su tradición de independencia, es decir, las personas dedicadas a esta actividad no son empleados de las compañías comercializadoras de productos, pues solo se establecen relaciones mercantiles entre ellos.

Por consiguiente, en los sistemas de venta directa están presentes todos los supuestos a partir de los cuales se establece una relación de trabajo, la empresa es dueña de los medios de producción, es decir, las mercancías. Existe una subordinación de los vendedores hacia la empresa, una actividad económica de orden laboral, pues el trabajo realizado tiene un beneficio económico para la empresa y hay un proceso de contratación.

Es así que mediante estas relaciones comerciales se tienen trabajos no permanentes, sin estabilidad laboral, pocas posibilidades de ascenso, se prolongan los periodos de prueba, sin pago al IMSS. Las capacitaciones y entrenamientos se alargan en este periodo de tiempo, las trabajadoras no gozan de las correspondientes prestaciones conforme se acentúa en el marco legal.

Gran parte de las trabajadoras carecen de prestaciones sociales, despidos, se obligan a firmar renuncias y documentos en blanco para que los empleadores evadan responsabilidades y costos laborales, renovación de contratos temporales para no generar trabajadores con antigüedad y no alcanzar la jubilación.

En este objetivo, que las empresas puedan disminuir sus costos obteniendo competitividad y buscan desaparecer la protección sindical real para los trabajadores y con ello sus posibilidades de acción, y lo más importante, la bilateralidad de relaciones laborales.

Por todo ello presentaremos o presentamos una propuesta legislativa que tiene por objeto impulsar reformas a la Ley Federal del Trabajo para reconocer y regular el trabajo vinculado a las ventas por catálogo o agente de comisión o mediador mercantil independiente para garantizar la plenitud de los derechos laborales de la seguridad social. Muchas gracias por su atención. Señor presidente, le solicito respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva inserte íntegramente el texto de la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto.

«Iniciativa que adiciona el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario de Morena

Planteamiento del problema que la iniciativa pretenda resolver

La propuesta legislativa tiene por objeto impulsar reformas a la Ley Federal del Trabajo para reconocer y regular el trabajo vinculado a las “ventas por catálogo” o agente de comisión o mediador mercantil independiente”, para garantizar la plenitud de los derechos laborales y de la seguridad social.

Argumentos que la sustenten

Primero. En el 2016, el crecimiento del PIB mundial registró su nivel más bajo en los últimos seis años: 3,1 por ciento, una cifra muy inferior a la tasa proyectada el año anterior. En este sentido, al cierre del 2017 se espera que el crecimiento económico pudiera repuntar moderadamente en 2017 (3,4 por ciento) y 2018 (3,6 por ciento). Sin embargo, en el 2017 tienen que hacerse revisiones constantes debido a la bajas a presentadas en los últimos años de los años —mientras que las proyecciones de 2012 rebasaban el 4,6 por ciento, en 2016 se redujeron al 3,4 por ciento—. Asimismo, persiste una elevada incertidumbre sobre la economía mundial.

Tanto el decepcionante rendimiento económico registrado en 2016 como las perspectivas por debajo de la tendencia para 2017 generan preocupación sobre la capacidad de la economía de: primero, crear una cantidad suficiente de empleos; segundo, mejorar la calidad del empleo en el caso de quienes ya tienen un trabajo; y t ercero, garantizar que los beneficios del crecimiento sean compartidos de manera inclusiva. Así, los países deberán enfrentar tanto a la crisis económica como la necesidad empleos de calidad para los nuevos participantes en el mercado de trabajo.

En este sentido, la Organización Internacional del Trabajo señaló que en este 2017, “los niveles y tasas de desempleo mundial se mantengan elevados a corto plazo, pues la mano de obra mundial sigue creciendo. En particular, se espera que la tasa de desempleo mundial registre un modesto incremento y pase del 5,7 por ciento en 2016 al 5,8 por ciento en 2017. Este aumento supone 3,4 millones más de personas desempleadas en todo el mundo, con lo cual el desempleo total superaría los 201 millones en 2017. Si bien se proyecta que la tasa de desempleo mundial se mantendrá relativamente estable en 2018, el ritmo de crecimiento de la mano de obra (es decir, de aquellos que buscan empleo) rebasará la creación de empleo, por lo cual 2,7 millones de personas más estarán en situación de desempleo en todo el mundo”.

Asimismo, es preciso señalar que los trabajadores con empleos vulnerables suelen padecer de elevados niveles de precariedad. Este grupo, suele tener acceso limitado a sistemas contributivos de protección social. Esta circunstancia es más recurrente en el caso de los trabajadores asalariados. Se prevé además, que la proporción de trabajadores con empleo vulnerable no registre más que mejoras marginales en los próximos años: se espera que la tasa de empleo vulnerable disminuya menos de 0,2 puntos porcentuales anuales durante los próximos dos años. Este indicador se redujo en promedio en 0,5 puntos porcentuales cada año entre 2000 y 2010. En este sentido, se espera que las formas vulnerables de empleo asciendan a poco más del 42 por ciento del empleo total en 2017, lo cual corresponde a 1400 millones de personas en todo el mundo. De hecho, casi la mitad de los trabajadores de los países emergentes tienen empleos vulnerables.

Ahora bien, es importante resaltar que los valores absolutos de trabajadores pobres han disminuido en años recientes, el ritmo de esa disminución se está reduciendo. Sin embargo, en los países en desarrollo la cantidad de trabajadores pobres está aumentando. Mientras que en los países emergentes las tasas y la cantidad de trabajadores pobres han registrado rápidos descensos, en los países en desarrollo esta disminución no ha podido mantener el ritmo del crecimiento del empleo. Por ello, se espera que en los países en desarrollo la cantidad de trabajadores con ingresos inferiores a 3,10 dólares de los Estados Unidos diarios aumente en 3 millones cada año durante los próximos dos años.

Hay que resaltar que, subyacente a estas tendencias sociales y del mercado de trabajo, se encuentran las disparidades —muchas veces amplias— observadas entre varios grupos demográficos. Las disparidades de género en las oportunidades del mercado de trabajo causan particular preocupación. Por, ejemplo, En el mercado de trabajo, las brechas de género también se observan en las diferencias de remuneración. Como se subraya en el Informe Mundial sobre Salarios 2016/2017de la OIT, se sigue registrando una brecha respecto de los salarios por hora pese a las legislaciones en materia de remuneración equitativa adoptadas en varios países.

Sumado a todo ello, hay que considerar “la incertidumbre mundial creciente, el riesgo de malestar social o descontento ha aumentado en casi todas las regiones. El índice de malestar social de la OIT, cuyo objetivo es vincular el malestar expresado con la situación socioeconómica de los países, indica que el malestar social mundial promedio aumentó entre 2015 y 2016.”

“Tanto el descontento con la situación social como la falta de oportunidades de empleo decente, entre otros, influyen en la decisión de las personas de migrar. Entre 2009 y 2016, la proporción de población en edad de trabajar dispuesta a emigrar al extranjero de forma permanente aumentó en todas las regiones del mundo, a excepción de Asia Meridional y Asia Sudoriental y el Pacífico. Durante este periodo, América Latina y el Caribe y los Estados Árabes registraron los aumentos más marcados. En el ámbito mundial, África Subsahariana fue la región que registró la proporción más alta de personas dispuestas a trasladarse al extranjero (32 por ciento), seguida de cerca por América Latina y el Caribe y África del Norte —más del 30 por ciento y del 27 por ciento, respectivamente—.”

Sin duda, el empleo se verá afectado por factores cíclicos y estructurales, por ejemplo, el reducido crecimiento de la productividad y la desigualdad de ingresos creciente, que podrían provocar un estancamiento temporal.

“La OIT estima que si el estancamiento temporal se intensificara, en los próximos dos años 1 millón más de personas podrían entrar en situación de desempleo en todo el mundo. Esta situación afectaría sobre todo a las economías desarrolladas. Por su parte, aunque los países emergentes y en desarrollo se beneficiarían inicialmente de mayores entradas de capital, acabarían por padecer los efectos secundarios de la disminución del comercio y la inversión”.

Frente a ello, es necesario impulsar una serie de políticas que busquen resolver las causas subyacentes del estancamiento temporal y las limitaciones estructurales al crecimiento.

La OIT estima que un esfuerzo coordinado centrado en brindar estímulos fiscales que considere el margen fiscal de cada país impulsaría inmediatamente la economía mundial. Asimismo, es probable que en el futuro, las tendencias a largo plazo relacionadas con el desarrollo tecnológico y los cambios estructurales afecten a la naturaleza del crecimiento económico, y por ende, el mercado laboral.

Segundo. Sin duda la reducción de la economía informal es un componente clave en la lucha contra la desigualdad y exclusión social. Al respecto, hay que señalara que alrededor de 130 millones de latinoamericanos tienen empleos informales, lo cual limita la productividad y el desarrollo económico de la región, excluyendo a los trabajadores de las protecciones sociales y laborales.

La economía informal o sumergida es muy difícil de erradicar en los mercados emergentes. Al respecto, hay un relativo progreso cuando observamos su evolución en las últimas tres décadas, pero es insuficiente. Recientemente, el Fondo Monetario Internacional publicó nuevas estimaciones de su tamaño y demuestra que en América Latina es y ha sido un drama persistente, y ahora supera por primera vez a África Subsahariana.

Hay que recordar que la economía informal no puede ser medida, su magnitud debe ser estimada. Los economistas dedujeron el tamaño de la economía informal de las diferentes regiones basándose en aquellos indicadores más visibles: tales como altos impuestos, alto desempleo y bajo cumplimiento de la ley.

Las consecuencias de la economía informal incluyen menores niveles de ingreso y mayor vulnerabilidad, así como la falta de acceso a servicios financieros formales y una mayor demanda de moneda, ya que las empresas informales operan principalmente en efectivo.

Ahora bien, el empleo informal afecta a alrededor de 130 millones de trabajadores en América Latina y el Caribe, de los cuales al menos 27 millones son jóvenes, representando a casi la mitad del empleo no agrícola. Su incidencia varía entre los países de la región (desde 30,7 por ciento en Costa Rica al 73,6 por ciento en Guatemala), y entre sectores y grupos de población.

Hay que destacar, que la formalización de la economía en América Latina sigue siendo un desafío importante y el crecimiento económico por sí solo no es suficiente para lograrlo. En la gráfica siguiente, se observa el porcentaje de empleo informal con respecto al empleo total, la mayoría de los países presentan un porcentaje de informalidad cercano o superior al 50 por ciento.

La principal causa del empleo informal, según la OIT, es el incumplimiento de la legislación laboral por parte de las empresas, debido principalmente a la falta de familiaridad con la ley o a la incapacidad para cubrir el costo de la formalidad. La composición de las empresas informales es variada y en la práctica corresponde principalmente a pequeñas empresas, trabajadores por cuenta propia y microempresas informales no registradas cuyo principal problema es que no pueden alcanzar la productividad suficiente para cubrir los costos de formalización.

Ahora bien, para dimensionar el problema de las economías en América Latina es importante referenciar el tamaño de la economía informal en África subsahariana. Esta última alcanza un promedio del 38 por ciento del PIB durante el periodo 2010-14, siendo más acusado entre los países frágiles y exportadores de petróleo. Ese es un gran porcentaje, pero no tan grande como lo fue en la década de 1990, donde alcanzaba casi el 45 por ciento, según muestra el estudio del FMI.

Sin embargo, el promedio africano representa una amplia gama de países, en los que la economía informal puede representar menos del 25 por ciento del PIB, o hasta alrededor del 65 por ciento, como es el caso de Nigeria y Tanzania.

En África subsahariana, muchos se unen a la economía sumergida para escapar de la miseria, no de la regulación tributaria. La actividad informal proporciona empleo e ingresos a una creciente población en edad de trabajar que no tiene otras alternativas. Alrededor de un tercio de los que empiezan un negocio en África subsahariana dicen hacerlo por necesidad y no por inclinación, un porcentaje más alto que en otras economías emergentes.

Tercero. De acuerdo a los resultados trimestrales de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, trimestre enero-marzo de 2017, del INEGI, la Población Desocupada -entendida como aquella que no trabajó siquiera una hora durante la semana de referencia de la encuesta, pero manifestó su disposición para hacerlo e hizo alguna actividad por obtener empleo, fue de 1.8 millones de personas.

Asimismo, la Población Ocupada Informal, que agrupa todas las modalidades de empleo informal (sector informal, trabajo doméstico remunerado de los hogares, trabajo agropecuario no protegido y trabajadores subordinados que aunque trabajan en unidades económicas formales, lo hacen en modalidades fuera de la seguridad social) sumó 29.7 millones de personas.

Con cifras desestacionalizadas, la Tasa de Informalidad Laboral 1 registró un aumento de 0.3 puntos porcentuales en el primer trimestre de 20 17 respecto al trimestre anterior.

Por otro lado, la Población Ocupada en el Sector Informal (que se refiere a la población ocupada en unidades económicas no agropecuarias operadas sin registros contables y que funcionan a partir de los recursos del hogar o de la persona que encabeza la actividad sin que se constituya como empresa) alcanzó un total de 14.2 millones de personas en el trimestre de referencia.

En 2017 se observa a la población ocupada en función de la posición que guarda dentro de su trabajo, se tiene que poco más de dos terceras partes del total (68.8 por ciento), esto es, 35.7 millones son trabajadores subordinados y remunerados; 11.4 millones (22 por ciento) trabajan por su cuenta, sin emplear personal pagado; 2.4 millones (4.7 por ciento) son propietarios de los bienes de producción, con trabajadores a su cargo, y 2.4 millones (4.5 por ciento) son trabajadores que no reciben remuneración.

También, a principios de 2017, una forma de caracterizar a la población ocupada es en función de su condición de subocupación, entendida ésta como la necesidad de trabajar más tiempo, lo que se traduce en la búsqueda de una ocupación complementaria o de un nuevo trabajo con mayor horario. Al respecto, durante el periodo enero-marzo del presente año la población subocupada en el país fue de 3. 7 millones de personas y representó 7.1 por ciento de las personas ocupadas, tasa menor a la de igual periodo de un año antes que fue de 7.9 por ciento

Cuarta. En México, como en algunas otras partes, existen personas que realizan actividades económicas a través de las llamadas “las “ventas por catálogo”. En este trabajo, “en donde la estrategia económica de las empresas internacionales consiste en trasladar el riesgo comercial y laboral a las vendedoras. Trabajo en el cual se hacen visibles las redes de ventas totalmente gratis, en lugar que las grandes empresas paguen rentas de espacios fijos y sueldos del personal necesario para vender sus respectivos productos y todo lo que ello implica. Organizándose las redes de ventas de manera piramidal, jugando un papel primordial la red de relaciones sociales y en donde las personas que realizan este tipo de trabajo, nada tienen seguro”.

En este sentido, “las vendedoras al momento de ingresar a las empresas no son trabajadoras independientes, sino trabajadoras dependientes, que están sometidas a múltiples constricciones y lineamientos por parte de la empresa: tiempos, modalidades y costos. Las empresas determinan las fechas en las que las vendedoras deben de ingresar pedido y pagar el mismo, fijan los precios y los descuentos -si los hay- de los productos, la duración de las campañas, asignan el porcentaje de ganancias de las vendedoras y los niveles de sus ventas, entre otras cuestiones a las que se encuentran sometidas las vendedoras”.

Así, la falta de reconocimiento de la relación laboral con los vendedores no es exclusiva de una sola empresa. Firmas trasnacionales como Avón, Mary Kay, Fuller, Jafra, Betterware, Oriflame, Natura o Herbalife, entre otras, recurren al esquema de venta directa y no consideran como sus trabajadores a quienes comercializan sus productos, no obstante las cuantiosas ganancias que les generan.

Hay que recordar que la AMVD define la venta directa como aquélla que se establece mediante el contacto personal de un “agente de comisión o mediador mercantil independiente”, quien hace una demostración directa a un consumidor o a un grupo de clientes potenciales.

A decir de dicha asociación, la principal fortaleza de la industria de las ventas directas es su “tradición de independencia”. Señala que las personas dedicadas a esta actividad no son empleados de las compañías comercializadoras de productos, pues sólo se establecen relaciones mercantiles entre ellos.

Por supuesto que este tipo de “trabajos”, están lejos de cumplir con los ejes hechos por la propia OIT con relación al llamado “Trabajo Decente”, ya que se necesita: a) Acceso al empleo. El primer eje agrupa variables que permiten valorar la composición del mercado laboral entre formal e informal, por nivel de ingresos de la población ocupada, por tiempo trabajado y aquellos que abiertamente buscan empleo; b) Seguridad en el empleo. En este eje se agruparon aquellas variables que muestran las condiciones en los centros de trabajo, recurriendo a variables como son asegurados en el trabajo, accidentes y enfermedades de trabajo; c) Derechos laborales.En este eje se agrupan aquellas variables que muestran el cumplimiento de la ley federal del trabajo en términos de equidad de género, eliminación del trabajo infantil y formalización del trabajo, y d) Diálogo social. Para conformar este eje se seleccionaron indicadores que muestran el proceso de negociación obrero patronal, el cual se inicia con el proceso de emplazamiento a huelga, pasa a un pro ceso de conciliación y en caso de que no se llegue a ningún acuerdo se registra el estallamiento de huelga y/o culmina con la celebración de un contrato colectivo.

Ahora bien, este tipo de “relaciones” sirven para emplear y controlar la fuerza de trabajo, ya que: primero, posibilita la desindicalización de sindicatos reales; segundo, debilita las relaciones colectivas de trabajo; tercero, responde a políticas abocadas a una nueva forma de regular el mercado de trabajo sin garantías laborales y de seguridad social para los trabajadores. Esta flexibilidad laboral ha sido una respuesta de carácter político, ante el problema distributivo favoreciendo a los dueños del capital en el proceso de acumulación, en detrimento de las condiciones socio -laborales.

Por supuesto, en los sistemas de venta directa están presentes todos los supuestos a partir de los cuales se establece una relación de trabajo: la empresa es dueña de los medios de producción, es decir las mercancías; existe una subordinación de los vendedores hacia la empresa; hay una actividad económica de orden laboral, pues el trabajo realizado tiene un beneficio económico para la empresa, y hay un proceso de contratación.

Es así, que mediante estas “relaciones comerciales”, se tienen trabajos no permanentes, sin estabilidad laboral, pocas posibilidades de ascenso, se prolongan los periodos de prueba, sin pago del IMSS, las capacitaciones y entrenamientos se alargan en ese periodo de tiempo los trabajadores no gozan de las correspondientes prestaciones conforme se acentúa en el marco legal, gran parte de los trabajadores carecen de prestaciones sociales, despidos, se obliga a firmar renuncias y documentos en blanco -para que los empleadores evadan responsabilidades y costos laborales- renovación de contratos temporales para no generar trabajadores con antigüedad y no alcanzar la jubilación , esto con el objetivo que las empresas puedan disminuir sus costos buscando competitividad, buscan desaparecer la protección sindical real para los trabajadores y con ello sus posibilidades de acción y lo más importante, la bilateralidad en las relaciones laborales.

Por otra parte, hay que recordar que existen criterios jurisprudenciales, desde hace un par de décadas, que determinó que los comisionistas son trabajadores. Veamos:

Seguro Social. Comisionistas que son trabajadores a partir de la nueva Ley Federal del Trabajo. Cobro de cuotas. La naturaleza laboral de los comisionistas, por estar así definida en la nueva Ley Federal del Trabajo, constituye una cuestión de derecho que no admite prueba; el carácter de sionista sufrió un cambio radical, en virtud de que en la anterior Ley Federal del Trabajo, los sionistas mercantiles no eran sujetos laborales; en cambio, la nueva Ley Federal del Trabajo los asimiló a la rama laboral y, efectivamente, el artículo 285 de ese nuevo ordenamiento considera a los comisionistas como trabajadores en todos los casos, excepto cuando no ejecuten personalmente el trabajo o que solamente intervengan en operaciones aisladas, lo que así se deduce de su texto, que es como sigue: “Los agentes de comercio, de seguros, los vendedores, viajantes, propagandistas o impulsores de ventas y otros semejantes, son trabajadores de la empresa o empresas a las que presten sus servicios, cuando su actividad sea permanente, salvo que no ejecuten personalmente el trabajo o que únicamente intervengan en operaciones aisladas”. Así las cosas, correctamente el Instituto Mexicano del Seguro Social hace el cobro de las cuotas correspondientes a partir de la vigencia de la nueva Ley Federal del Trabajo, si el carácter de trabajadores de una empresa parte de esa fecha y no posteriormente, cuando según la misma empresa, haya celebrado unos contratos de trabajo de “naturaleza mercantil laboral”. Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. Amparo directo DA-140/72. Lance, S. A. 13 de junio de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Abelardo Vázquez Cruz.

Por todo lo anteriormente expuesto, quien suscribe Alberto Martínez Urincho, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Morena en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados; someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 285....

Los agentes comisionistas denominados como representantes de la empresa o marca comercial, que realicen ventas de artículos a través de catálogos, muestrarios o similares, con el consentimiento o registro u autorización de la empresa, deberán ser considerados como sus trabajadores de éstas, por tener carácter de permanentes, y por tanto, gozarán de los derechos laborales en los términos que prevé la ley.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 International Labour Organization, “World Employment and Social Outlook – Trends 2017 [Summary]”, ver:

http://www.ilo.org/global/research/global-reports/weso/2017/ WCMS_540899/lang—en/index.htm, 10 de septiembre de 2017.

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 Ibídem.

5 Ibídem.

6 Ibídem.

7 Ibídem.

8 International Labour Organization, “Global Wage Report 2016/17: Wage inequality in the workplace”, ver:

http://www.ilo.org/global/research/global-reports/global-wage-report/ 2016/WCMS_537846/lang—es/index.htm, 12 de septiembre de 2017.

9 Op. Cit. World Employment...

10 Ibídem.

11 Ibídem.

12 Gabón, Cristina, “La economía informal de América Latina supera por primera vez la de África Subsahariana”, Word Economic Forum, ver:

https://www.weforum.org/es/agenda/2017/05/la-economia-informal-de-africa- esta-retrocediendo-mas-rapido-que-la-economia-latinoamericana/, 12 de septiembre de 2017.

13 International Monetary Fund, “Regional economic outlook. Western Hemisphere: tale of twoadjustments”, april 201, pág. 33 y ss.

14 Op. Cit. “La economía informal...”

15 Ver:

http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2017/enoe_ie/enoe_ie2017_05.pdf, 13 de septiembre de 2017.

16 López Lara, Erika, “Trabajo Precario y Ventas por Catálogo”, Unión de Trabajadores en la Economía Informal en Iberoamérica, (UTREIN), ver:

http://www.utrein.org/documentos/9.ventaMexico1.pdf, pág. 1, 14 de septiembre de 2017.

17 Ibídem.

18 Sánchez, Mayela, “Ventas directas, el negocio de la precarización laboral”, ver:

http://www.voltairenet.org/article167190.html, 13 de septiembre de 2017.

19 Ibídem.

20 OIT. Boletín semestral, año 1, núm.1. Septiembre 2013

21 Op. Cit.” Trabajo Precario...”, pág. 3.

22 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.— Diputado Alberto Martínez Urincho(rúbrica).»

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputada Chávez García, tal como usted lo solicita, su iniciativa se inserta íntegra en el Diario de los Debates; así quedará constancia. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para dictamen. Gracias, diputada.



LEY DE AVIACIÓN CIVIL Y LEY DE AEROPUERTOS

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Para presentar proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y la Ley de Aeropuertos, tiene la palabra el diputado Samuel Rodríguez Torres. Esta iniciativa va suscrita por él y diversos integrantes de su Grupo Parlamentario, que es el del Partido Verde Ecologista.

El diputado Samuel Rodríguez Torres:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados. En nuestro país, la seguridad en las operaciones tanto de los aeropuertos como de la aviación civil, tienen implicaciones en materia de seguridad nacional e internacional.

Si bien nuestra legislación es armónica con los instrumentos internacionales, es pertinente establecer acciones que le den mayor claridad y que permitan que las normas reglamentarias en la materia aborden de mejor manera los objetivos y fines para los que fueron creados, al garantizar su vigencia ante los cambios acelerados de la dinámica mundial por el flujo de aeronaves, personas y diversas mercancías dentro de nuestro país y hacia el exterior.

En 2016 la infraestructura aeronáutica en México era de un total de mil 500 aeropuertos y aeródromos registrados. Asimismo, para el mismo año se señala que existían en dicho sector, 23 mil 623 trabajadores, de los cuales 3 mil 940 eran pilotos y 5 mil 598 eran sobrecargos.

El total de pasajeros transportados tanto en servicio doméstico e internacional en operación regular y de fletamiento para el año de 2016, fue de 92 mil 846 personas, además de que la carga transportada por el mismo tipo de servicios fue de 730 mil 321 toneladas.

La razón de nuestra preocupación se centra en preservar la seguridad dentro de los aeropuertos como de las aeronaves civiles, toda vez que existen personas u organizaciones que mediante actos ilícitos intentan dañar tanto a pasajeros como a nuestra infraestructura aeroportuaria.

Ejemplo de ello es que en las últimas décadas se han registrado diversos actos de interferencia ilícita dentro de las aeronaves como de las instalaciones aeroportuarias en el mundo, sin ser nuestro país la excepción.

Los actos de interferencia ilícita contemplan diversos elementos entre los que destacan principalmente aquellas acciones o tentativas destinadas a comprometer la seguridad de la aviación civil, incluyendo el apoderamiento ilícito de las aeronaves, su inclusión por la fuerza a bordo de una aeronave en un aeropuerto o en el recinto de una instalación aeronáutica, introducción a bordo de una aeronave o en aeropuerto de armas o de artefactos peligrosos con fines criminales, así como el tráfico ilícito de drogas.

De acuerdo a lo que se establece dentro del Primer Informe de Labores de la Secretaría de Gobernación, de diciembre de 2012 a julio de 2013, se realizaron diversas acciones dentro del programa Protejamos Nuestros Aeropuertos, para prevenir la incidencia delictiva en los aeropuertos de jurisdicción federal cuyo objetivo principal era combatir los delitos de alto impacto dentro de las instalaciones aeroportuarias, con lo que se aseguraron cantidades importantes de droga, dinero en efectivo, así como el aseguramiento de una cantidad importante de personas presuntamente vinculadas al traslado de estos objetos.

En conclusión, es pertinente mencionar que, a pesar de que a nivel nacional e internacional se han llevado a cabo acciones para combatir la comisión de actos de interferencia ilícita, es necesario fortalecer los marcos normativos en nuestro país con la finalidad de que la legislación mexicana se mantenga vigente ante los cambios acelerados que se dan en la dinámica social.

Es por lo anteriormente expuesto que pretendo reformar diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, así como de la Ley de Aeropuertos, con el objetivo de:

Primero. Garantizar que las secretarías competentes de la expedición, aplicación de las medidas y normas de seguridad las realicen de acuerdo al ámbito de responsabilidad que se establezcan en los marcos normativos aplicables en la materia.

Segundo. Establecer el mecanismo para regular las excepciones a través de las cuales podrán entrar personas armadas dentro de las aeronaves civiles.

Tercero. Dar claridad a los criterios de responsabilidad al que se sujeta el concesionario o permisionario por acciones u omisiones imputables o atribuibles a ellos.

Cuarto. Ampliar el ámbito de responsabilidad a la tripulación de cualquier aeronave civil por causas que le sean imputables o atribuibles a estos.

Quinto. Sustituir el término salario mínimo, por el de la unidad de medida y actualización vigente a nivel nacional en el momento de cometerse la infracción.

Sexto. Dar claridad a la ley para que se establezcan criterios mínimos para el ejercicio de funciones, facultades y áreas de responsabilidad de los encargados de garantizar la seguridad aeroportuaria y para prevenir la comisión de actos de interferencia ilícita.

Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de las Leyes de Aviación Civil, y de Aeropuertos, suscrita por el diputado Samuel Rodríguez Torres e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputado Samuel Rodríguez Torres y diputados del Partido Verde Ecologista de México, en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La seguridad en las operaciones de los aeropuertos como de la aviación civil en nuestro país, tiene implicaciones en materia de seguridad nacional e internacional; si bien nuestra legislación es armónica con los instrumentos internacionales, es pertinente establecer acciones que le den mayor claridad y que permitan que las normas reglamentarias en la materia aborden de mejor manera los objetivos y fines para los que fueron creados, al garantizar que su existencia siga siendo vigente ante los cambios tan acelerados en la dinámica nacional e internacional por el flujo de aeronaves y de personas dentro del país, o de un país a otro.

Para comprender de mejor forma la dinámica que se desarrolla en México en materia de transportación aérea es pertinente hacer mención de los siguientes datos obtenidos del documento Aviación mexicana en cifras 1991-2016, elaborado por la Subsecretaría de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes:

La infraestructura aeronáutica con la que cuenta nuestro país, para el año 2016 fue de un total de 1,500 aeropuertos y aeródromos registrados, distribuyéndose de la siguiente manera:

Un aeropuerto es definido como un aeródromo civil de servicio al público que cuenta con las instalaciones y servicios adecuados para la recepción y despacho de aeronaves.

En relación al personal ocupado por las líneas aéreas nacionales de 1995 al 2016, se señala que al año 2016 existían un total de 23 mil 623 trabajadores, de los cuales 3 mil 940 eran pilotos y 5 mil 598 eran sobrecargos, tal cual se observa en el cuadro siguiente:

El total de pasajeros transportados en servicio doméstico e internacional en operación regular y de fletamiento de 1991 a 2016 se ha incrementado considerablemente el flujo de personas a través de la transportación aérea alcanzando para el año 2016 un total de 92,846 personas.

Así también, la carga transportada en servicio doméstico e internacional en operación regular y de fletamiento de 1991 a 2016, ha tenido un comportamiento al alza, lo que indica que para el año 2016 se transportó un total de 730,321 toneladas tanto en servicio doméstico como internacional.

El crecimiento en la dinámica de transportación aérea en nuestro país se ha dado de forma acelerada en los últimos años, hecho que motiva nuestro interés por revisar el marco jurídico y la normatividad en la materia para garantizar que permanezca actualizada y sea apegada a la realidad nacional, de manera que tanto la operación en las aeronaves civiles como en las instalaciones aeroportuarias sean seguras.

En materia jurídica, nuestra Constitución Política señala dentro de su artículo 133 que los tratados celebrados por nuestro país serán Ley Suprema; por lo cual los jueces de cada entidad federativa garantizarán su observancia a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes locales. Lo anterior implica que México, como Estado firmante de acuerdos y tratados internacionales, deberá emprender acciones para dar cumplimiento a los mismos.

Como antecedente en materia de derecho aeronáutico es pertinente hacer mención que, derivado de los esfuerzos a nivel internacional por regular el transito civil aéreo, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) estableció el Convenio de Aviación Civil Internacional, firmado en Chicago el 7 de diciembre de 1944, con la finalidad que la aviación civil internacional sea desarrollada de forma segura y ordenada, estableciendo criterios para su operación.

En el caso de América Latina, se constituyó en México en diciembre de 1973 la Comisión Latinoamericana de la Aviación Civil (CLAC) con el objetivo de “Proveer a las Autoridades de Aviación Civil de sus Estados miembros una estructura adecuada dentro de la cual puedan discutirse y planear todas las actividades requeridas para la cooperación y coordinación de las actividades de aviación civil”, por lo cual se coordina con la OACI, con la que desde 1978 tiene suscrito un Convenio Modus Vivendi en el que se establecen las bases para una estrecha relación y colaboración mutua.

Los acuerdos, tratados y convenios internacionales en materia de aviación civil, se orientan a regular diversas áreas de la actividad aeronáutica, sin embargo, en el presente documento nos enfocaremos a lo relacionado con la prevención de actos de interferencia ilícita, por considerar que estos repercuten en la seguridad de los países y de las personas. De acuerdo a las definiciones establecidas a nivel internacional y a la que se desprende del Manual de Seguridad para la Prevención de Actos de Interferencia Ilícita, se entienden a los actos de interferencia ilícita como actos, o tentativas, destinados a comprometer la seguridad de la aviación civil incluyendo, sin que esta lista sea exhaustiva, lo siguiente:

Apoderamiento ilícito de aeronaves;

Destrucción de una aeronave en servicio;

Toma de rehenes a bordo de aeronaves o en los aeródromos;

Intrusión por la fuerza a bordo de una aeronave, en un aeropuerto o en el recinto de una instalación aeronáutica;

Introducción a bordo de una aeronave o en un aeropuerto de armas o de artefactos (o sustancias) peligrosos con fines criminales;

Uso de una aeronave en servicio con el propósito de causar la muerte, lesiones corporales graves o daños graves a los bienes o al medio ambiente;

Comunicación de información falsa que comprometa la seguridad de una aeronave en vuelo, o en tierra, o la seguridad de los pasajeros, tripulación, personal de tierra y público en un aeropuerto o en el recinto de una instalación de aviación civil. (Dirección General de Aeronautica Civil, 2014)

En materia de seguridad contra actos de interferencia ilícita, dentro del Convenio de Chicago en su artículo 37 se establece que se crearán las Normas y Prácticas Recomendadas de Seguridad Internacionales, las cuales han derivado en el Anexo 17, en materia de Seguridad y Protección de la Aviación Civil Internacional contra los Actos de Interferencia Ilícita, por parte de los Estados firmantes.

Dentro de la bibliografía consultada para dar sustento a la presente iniciativa se encuentra el “ Manual de seguridad para la prevención de actos de interferencia ilícita” para nuestro país elaborado conforme a la normatividad aplicable en la materia), el cual señala que:

La norma 3.3.1 del Anexo 17 de la Convención de Chicago, así como el Articulo 5(4) del Reglamento (EC) 2320/2002, manifiestan que cada país requerirá que las compañías aéreas que presten el servicio desde su territorio establezcan, implementen y mantengan un programa de seguridad de la compañía aérea apropiado para cumplir los requisitos del programa nacional de seguridad de la aviación civil de ese país. El programa de seguridad de la compañía aérea deberá ser sometido a la aprobación y monitoreo de la autoridad competente de dicho país.

En cuanto a los instrumentos internacionales que se han elaborado a lo largo de la historia, cabe mencionar que se orientan a asegurar la protección y la salvaguarda de los pasajeros, las tripulaciones, el personal en tierra, el público, las aeronaves y las instalaciones de los aeropuertos que prestan servicios a la aviación civil internacional, en su operación cotidiana contra actos de interferencia ilícita cometidos en tierra o en vuelo, por lo que se han firmado diversos convenios a nivel internacional entre los que destacan los siguientes:

Convenio sobre las infracciones y ciertos actos cometidos a bordo de las aeronaves, firmado en Tokio el 14 de septiembre de 1963.

Convenio para la represión de apoderamiento ilícito de aeronaves, firmado en La Haya el 16 de diciembre de 1970.

Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil, firmado en Montreal el 23 de septiembre de 1971.

Protocolo para la represión de actos ilícitos de violencia en los aeropuertos que presten servicio a la aviación civil internacional, complementario del Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil, hecho en Montreal el 23 de septiembre de 1971.

Convenio sobre la marcación de explosivos plásticos para los fines de detección, firmado en Montreal el 10 de marzo de 1991.

Estos convenios se orientan a atender diversas áreas en materia de seguridad de la aviación civil, por lo que se destaca que, de acuerdo a la página web de la Secretaría de Relaciones Exteriores, nuestro país tiene un total de 19 convenios, protocolos, estatutos y acuerdos vigentes en esta materia, entre los cuales se encuentran los siguientes:

Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil.

Estatuto de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC).

Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que Presten Servicio a la Aviación Civil Internacional, complementario del Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil, hecho en Montreal, el 23 de septiembre de 1971.

Asimismo, en nuestro país fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Aviación Civil, el 12 de mayo de 1995, y la Ley de Aeropuertos, el 22 de diciembre de 1995, así como sus reglamentos correspondientes, el 7 de diciembre de 1998 y 17 de febrero del 2000 respectivamente, las cuales han generado Normas Oficiales Mexicanas que regulan múltiples aspectos de la dinámica dentro de las instalaciones aeroportuarias así como de la operación de las aeronaves que prestan servicios de aviación civil; circulares obligatorias, y los manuales de seguridad para la prevención de actos de interferencia ilícita entre otros.

Lo anterior en congruencia a las facultades conferidas dentro de las fracciones IV, V, VI, XV y XXIII del artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; además de las fracciones VI, X y XI del artículo 6 de la Ley de Aeropuertos, en donde se señalan las atribuciones que le son conferidas a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en materia de aeropuertos civiles, entre las cuales se destacan las facultades de establecer normas de seguridad, imponer sanciones e interpretar las leyes y reglamentos con efectos administrativos en la materia.

Por otro lado, en lo que se refiere a la Ley de Aviación Civil, de igual forma se establece en su artículo 6, fracción V, la facultad de expedir las medidas y normas de seguridad e higiene, de seguridad en la aviación civil y en materia ambiental que deberán ser observadas por las autoridades en la materia, que se establecen en el párrafo primero del artículo 6 de ambas leyes.

En adición a lo anterior, se hace mención que actualmente se encuentran con estatus de Proyecto de Norma Oficial Mexicana, los siguientes asuntos, directamente relacionados con la seguridad en la operación de las aeronaves dentro de nuestro país y la prevención de actos de interferencia ilícita:

PROY-NOM-017/5-SCT3-2012 Que establece las especificaciones para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea.

PROY-NOM-078-SCT3-2000 Que establece las condiciones de seguridad que deben cumplirse en la cabina de pasajeros y compartimentos de carga para aeronaves destinadas al transporte de pasajeros.

PROY-NOM-108-SCT3-2000 Que establece el contenido del manual de seguridad para la prevención de actos de interferencia ilícita.

Dejando de lado el contexto histórico y normativo en materia aeronáutica en nuestro país, es importante señalar que la problemática que se identifica en la presente iniciativa es la necesidad de actualizar la legislación mexicana en materia de aeropuertos y de aviación civil para garantizar la vigencia de las mismas y dar cumplimiento a los acuerdos y tratados que se han establecido a nivel internacional, tras el desarrollo de algunos atentados, actos de interferencia ilícita y delitos tanto en nuestro país como a nivel internacional.

A lo largo de la historia mundial han ocurrido atentados terroristas a bordo de aeronaves para el transporte de pasajeros y de carga, a pesar que se han realizado esfuerzos para desarrollar leyes y mecanismos que garanticen la seguridad de los pasajeros y de los propios países. La prensa internacional menciona que han ocurrido alrededor de 20 atentados contra vuelos comerciales a lo largo de la historia, sin embargo, para fines ilustrativos solo se mencionará uno que se llevó a cabo en nuestro país y que, a pesar de que no tuvo repercusiones graves, demostró la vulnerabilidad de la seguridad en los aeropuertos y con ello la necesidad de mantener actualizados los marcos normativos en la materia.

El 9 de septiembre del 2009, José Marc Flores Pereyra, pastor evangélico, secuestró en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México el vuelo 576 de Aeroméxico, proveniente de la Ciudad de Cancún, Quintana Roo, con más de cien personas, amenazando a la tripulación con hacer estallar un objeto explosivo si no se cumplían sus exigencias, mismo que resultó ser falso. (Excelsior, 2014)

Aunado a lo anterior, también es pertinente mencionar que los aeropuertos y las aeronaves para el transporte de carga y de pasajeros han sido utilizados a lo largo de los años para el tráfico de narcóticos y drogas ilícitas, tanto para el ingreso como para la salida a nuestro país, por lo que se requiere que la normatividad en la materia establezca mecanismos que contribuyan en inhibir, detectar y confiscar este tipo de sustancias, toda vez que en la normatividad aplicable en la materia se han identificado áreas de oportunidad que contribuirán al combate de estos actos ilícitos; ya que desde hace muchos años se ha presentado esta práctica, como lo demuestra a últimas fechas el decomiso de media tonelada de cocaína en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), de acuerdo con lo que se menciona en un artículo publicado por el periódico Excélsior el día 2 de junio del 2016. De igual manera, se publicó en el mismo periódico una nota periodística el pasado 24 de enero del mismo año 2016, donde se da cuenta de los decomisos y de las detenciones ocurridas únicamente en el AICM, resaltando lo siguiente:

• Sólo 176 personas con droga han sido detenidas en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) en diez años, de acuerdo con información de la Procuraduría General de la República (PGR).

• Los 176 aprehendidos de 2005 a 2015 en la terminal aérea dan cuenta de que al año sólo cayeron 17.6 personas por poseer o intentar transportar algún tipo de droga. (Excelsior, 2016)

Lo anterior evidencia la existencia del ilícito que se señala, y que a pesar de que han ocurrido decomisos y detenciones ligados al mismo, documentado en artículos periodísticos de diversos periódicos de circulación nacional en estos meses, la cifra negra podría ser mayor, por lo cual es importante establecer acciones que fortalezcan el marco jurídico para mantener el Estado de Derecho y la seguridad interna de nuestro país.

En la Recomendación A16-6 Medidas para prevenir y controlar el Tráfico Ilícito de Drogas en el Transporte Aéreo, emitida durante la XVI Asamblea de la CLAC, se consideran como actos de interferencia ilícita el tráfico de drogas, evidenciando que esta práctica se ha vuelto común y se ha diversificado en el transporte aéreo convencional, por lo que insta a los Estados miembros a dar cabal cumplimiento a lo establecido dentro de la Conferencia de Viena sobre uso indebido y tráfico de drogas y sustancias psicotrópicas, celebrada en junio de 1987, al adoptar medidas para prevenir y controlar el tráfico de drogas, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos perseguidos por las Normas y Métodos Recomendados en el Anexo 17 al Convenio de Aviación Civil Internacional y del Manual de Seguridad para la protección de la aviación civil contra los actos de interferencia ilícita de la OACI, mediante la implementación de dicha recomendación.

En el caso de nuestro país, las fuentes oficiales consultadas señalan que, de conformidad a los datos del Tercer Informe de Labores de la Secretaría de Seguridad Pública en el sexenio del Presidente Felipe Calderón Hinojosa, la Policía Federal tenía un despliegue en los aeropuertos de las 32 entidades federativas, con la finalidad de garantizar la seguridad y la comisión de actos ilícitos en los mismos, sin embargo, se destaca lo siguiente:

En zonas aeroportuarias la Policía Federal tiene un despliegue operativo de 1,124 elementos y 142 carros radio patrullas, mediante el cual se cubre un total de 32 instalaciones aeroportuarias, se llevan a cabo funciones de inspección, seguridad y vigilancia con respecto al tráfico de mercancías, revisiones de aeronaves, prevención del delito, revisiones de personas y vehículos en zonas de vialidad.

[...]

Actualmente, el aeropuerto con mayor flujo de personas y mercancías es el de la Ciudad de México, seguido por el de Guadalajara, Monterrey, Cancún, Toluca y Tijuana. Es precisamente en estos puntos donde se da la gran mayoría de las acciones de la Policía Federal, para inhibir el contrabando, tráfico de divisas, personas y transporte de drogas y armas de fuego.

[...] (Secretaría de Seguridad Pública, 2009)

De acuerdo a las cifras oficiales emitidas en dicho informe, la mayor parte de los actos delictivos se dieron en las instalaciones del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, detallando los resultados obtenidos del mes de septiembre del 2008 a julio del 2009.

De acuerdo a lo que se establece dentro del Primer Informe de Labores de la SEGOB en el Sexenio del Presidente Enrique Peña Nieto, de diciembre de 2012 a julio del 2013 se realizaron diversas acciones dentro del programa Protejamos nuestros aeropuertos, para prevenir la incidencia delictiva en los aeropuertos de jurisdicción federal donde se destacan los siguientes resultados:

Se aseguraron a 722 personas por llevar consigo o en su equipaje droga o dinero sin acreditar su legal procedencia.

Se decomisaron 50.8 kilogramos de marihuana, 69.7 kilogramos de cocaína, 13.7 kilogramos de heroína y 1.6 kilogramos de otros narcóticos, así como 4 millones 332 mil 616 pesos, 1 millón 615 mil 376 dólares, 66 mil 040 euros y 22 armas de fuego.

[...] (Secretaría de Gobernación, 2013)

A manera de conclusión, es pertinente mencionar que a pesar de que a nivel nacional e internacional se han establecido acciones para combatir la comisión de actos de interferencia ilícita, es pertinente fortalecer los marcos normativos en nuestro país con la finalidad de que la legislación mexicana se mantenga vigente ante los cambios tan acelerados que se dan en la dinámica social y en el desarrollo de los diversos ilícitos que se presentan de forma cotidiana en nuestro país y que ponen en peligro tanto la seguridad en las instalaciones aeroportuarias, aeronaves de carga y de pasajeros como de la población en general.

Es así que se pretende la reforma de diversas disposiciones con la finalidad de garantizar en el caso de la Ley de Aviación Civil en su artículo 6, fracción V, que las Secretarías competentes de la expedición y aplicación de las medidas y normas de seguridad e higiene, de seguridad en la aviación civil y en materia ambiental que deben observarse en los servicios de transporte aéreo la realicen de acuerdo al ámbito de responsabilidad que se establezca en los marcos normativos aplicables. Asimismo, en el artículo 33 se pretende establecer dentro del primer párrafo, la salvedad para regular dentro de la normatividad aplicable en la materia, las excepciones a través de las cuales podrán entrar personas armadas en las aeronaves civiles, derivado del traslado de personas por el cumplimiento de un mandamiento ministerial o judicial.

En cuanto al artículo 86 de la misma Ley, se pretende modificar el primer párrafo, con la finalidad de dar claridad al ámbito de responsabilidad al que está sujeto el concesionario o permisionario, por acciones u omisiones imputables o atribuibles a éste por infracciones cometidas o consecuencias que deriven en el ámbito de responsabilidad penal, conforme a la normatividad aplicable en la materia. De igual manera, se busca ampliar el ámbito de responsabilidad a la tripulación de cualquier aeronave civil por causas que le sean imputables o atribuibles a estos, por lo que se pretende modificar el primer párrafo del artículo 88.

En lo que respecta al párrafo tercero del artículo 89, únicamente se pretende modificar la redacción del mismo con la finalidad de mantenerlo actualizado, al sustituir el término salario mínimo por el de Unidad de Medida y Actualización vigente a nivel nacional al momento de cometerse la infracción.

La modificación de la fracción V del artículo 6 de la Ley de Aeropuertos permitirá homologar los criterios que toma en cuenta la fracción V del artículo 6 de la Ley de Aviación Civil en materia de normas básicas de seguridad e higiene, de seguridad en los aeródromos civiles y en materia ambiental, así como verificar su cumplimiento. Asimismo, se propone la modificación del artículo 73 de la Ley de Aeropuertos con la finalidad de darle claridad para que se establezcan criterios mínimos para el ejercicio de las funciones, facultades y ámbitos de responsabilidad de los encargados de garantizar la seguridad aeroportuaria y para prevenir la comisión de actos de interferencia ilícita.

Es por lo anteriormente expuesto, que sometemos a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos

Artículo Primero. Se reforma la fracción V del artículo 6; se reforma el párrafo primero del artículo 33; se reforma el párrafo primero del artículo 86; se reforma el párrafo primero del artículo 88; se reforma el párrafo tercero del artículo 89 de la Ley de Aviación Civil, para quedar como sigue:

Ley de Aviación Civil

Capítulo IIDe la autoridad aeronáutica

Artículo 6. La Secretaría tendrá las siguientes atribuciones en materia de aviación civil y aeroportuaria, sin perjuicio de las otorgadas a otras dependencias de la administración pública federal:

I.a IV.[...]

V.Expedir y aplicar, en coordinación con las Secretarías competentes, las medidas y normas de seguridad e higiene, de seguridad en la aviación civil y en materia ambiental, que deben observarse en los servicios de transporte aéreo, así como verificar su cumplimiento de acuerdo al ámbito de responsabilidad que se establezca;

VI. al XVI. [...]

[...]

Capítulo VDe las operaciones

Artículo 33. En las aeronaves civiles no podrán abordar personas armadas salvo las excepciones que se establezcan en las normas aplicables en la materia, en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o enervantes; y sólo con las autorizaciones correspondientes podrán transportarse cadáveres o personas que, por la naturaleza de su enfermedad, presenten riesgo para los demás pasajeros.

[...]

[...]

Capítulo XIXDe las sanciones

Artículo 86.Las infracciones a lo dispuesto en la presente Ley cometidas por causas imputables o atribuibles al concesionario o permisionario, según se trate, serán sancionadas por la Secretaría de acuerdo con lo siguiente:

I. a VIII. [...]

Artículo 88. Se impondrá sanción al comandante o piloto , así como a la tripulación de cualquier aeronave civil por causas que le sean imputables o atribuibles por:

I.al XVII. [...]

Artículo 89. [...]

[...]

Para el pago de las multas a las que el presente capítulo, se tomará en cuenta la Unidad de Medida y Actualización vigente a nivel nacional al momento de cometerse la infracción.

Artículo Segundo. Se reforma la fracción VI del artículo 6; y se reforma el párrafo primero del artículo 73 de la Ley de Aeropuertos, para quedar como sigue:

Ley de Aeropuertos

Capítulo IIDe la autoridad aeroportuaria

Artículo 6. [...]

I. a V. [...]

VI.Establecer las normas básicas de seguridad e higiene, de seguridaden los aeródromos civiles y en materia ambiental, así como verificar su cumplimiento;

VII.al XII. [...]

Capítulo IXDe la seguridad

Artículo 73. A nivel nacional deberá existir un comité de seguridad aeroportuaria integrado de conformidad con el reglamento respectivo, que será el encargado de emitir el programa nacional de seguridad aeroportuaria conforme a los lineamientos que señale la Secretaría, mismos que contendrán criterios mínimos para el ejercicio de las funciones, facultades y ámbitos de responsabilidad de los integrantes, para garantizar la seguridad aeroportuaria y para prevenir la comisión de actos de interferencia ilícita.

[...]

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.— Diputados: Samuel Rodríguez Torres,Jesús Sesma Suárez (rúbrica).»

Presidencia del diputado Arturo Santana Alfaro

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias diputado Samuel Rodríguez. Túrnese a la Comisión de Transportes, para dictamen.



LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

La diputada Angélica Reyes Ávila:Con la venia de la Presidencia, compañeras y compañeros diputados, les saludo con respeto.

En Nueva Alianza la lucha por la igualdad entre hombres y mujeres, es un principio fundamental, toda vez que creemos que una nación sustentada en valores como el respeto a los derechos humanos, a la dignidad humana, a la equidad, a la igualdad y a la justicia, es fundamental entre la convivencia de los seres humanos.

Con esta convicción hemos impulsado y apoyado leyes que promueven el empoderamiento femenino en todos los ámbitos en aras de lograr una igualdad sustantiva que contribuya a su crecimiento.

En 1995, la Organización de las Naciones Unidas incorporó la perspectiva de género como una de las estrategias mundiales para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, con el propósito de alcanzar una mayor justicia social.

A pesar de que en México el derecho humano a la igualdad entre mujeres y hombres se incluyó en la Constitución en 1974, no fue sino hasta el año de 2006 cuando se publicó la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, cuyo objetivo además de garantizar la igualdad de oportunidades, es la de empoderar a las mujeres y luchar contra la discriminación basada en el sexo.

Su importancia reside en que por vez primera se sientan las bases jurídicas para la coordinación, colaboración y concertación entre los tres órdenes de gobierno para garantizar la igualdad sustantiva.

Dicha ley, en su artículo 4, establece las normas que se pueden aplicar de forma supletoria lo que no se encuentra previsto en ella. No obstante, posteriormente fueron promulgadas dos importantes leyes que contienen preceptos que fortalecen la aplicación e interpretación.

La iniciativa que hoy pongo a su consideración propone adicionar de manera enunciativa la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, para que también sea considerada su aplicación supletoria.

Para el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el derecho a la igualdad y la no discriminación protege la dignidad misma del ser humano y permite la integración y cohesión social, lo que favorece el libre desarrollo de la personalidad y el pleno ejercicio de los demás derechos humanos de las niñas y mujeres, pues estamos convencidos que la desigualdad de género equivale al estancamiento de cualquier sociedad. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Angélica Reyes Ávila, Diputada Federal e integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

El derecho humano a la igualdad entre mujeres y hombres se incluyó en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1974 y no fue hasta el año 2006 cuando se publicó la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, norma reglamentaria del principio de igualdad entre los géneros.

La publicación de la referida Ley fue el resultado de compromisos internacionales, derivado de que el Estado mexicano ratificó el 23 de marzo de 1981 la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), considerada como la Carta Internacional de los derechos de la mujer, la cual provee un marco obligatorio de cumplimiento para los países firmantes, teniendo como finalidad lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y niñas.

Si bien una característica de la ley es su permanencia, esto no quiere decir que sea inamovible, eterna o que rija indefinidamente en el tiempo; es decir, una norma jurídica es vigente durante un periodo de tiempo determinado, en tanto no sea formalmente reformada, adicionada, derogada o abrogada, pero su temporalidad siempre estará sujeta a la necesidad de adaptarla a las situaciones cambiantes de la vida social y de los individuos, a los que rige.

En ese sentido, el proceso de armonización de una ley es un trabajo permanente del Legislador; por ello, la Iniciativa que se presenta propone que, en lo no previsto en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, se apliquen de forma supletoria, además de los instrumentos normativos mencionados expresamente en el texto vigente del artículo 4 de la norma en cita, dos importantes leyes más, mismas que fueron promulgadas con posterioridad a ella y que contienen importantes preceptos que fortalecerán su aplicación e interpretación, en beneficio de las mujeres y las niñas.

La primera, es la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cuya importancia radica en que el bien jurídico tutelado es el derecho humano de las mujeres a una vida libre de violencia.

La segunda de ellas es la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, norma que reconoce el derecho de las personas menores de edad a no ser discriminadas, a vivir una vida libre de violencia y, en particular, garantiza el derecho de las niñas y las adolescentes a la igualdad sustantiva.

Si los artículos supletorios reflejan lo que falta en una ley o lo que se encuentra incompleto o deficientemente regulado sobre ciertos aspectos, entonces, adicionar los dos cuerpos normativos, antes señalados, fortalecerá la aplicación de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, otorgando mayor protección a las niñas y las mujeres del país.

Argumentación

Hace 70 años inició la lucha por el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, debiendo recordar que después de la conclusión de la Segunda Guerra Mundial, el 24 de octubre de 1945 surge oficialmente la Organización de las Naciones Unidas (ONU) como un esfuerzo internacional para reafirmar la fe en los derechos fundamentales de las personas, promover el progreso social y prevenir conflictos entre las naciones.

Apenas tres años más tarde, en la Asamblea General de la ONU, celebrada el 10 de diciembre de 1948, se proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, documento en donde se establecieron por primera vez los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero; entre ellos, el que todas las personas, entendiéndose mujeres y hombres, son iguales ante la ley y todos tienen igual derecho a la protección contra toda discriminación.

Por su parte, en México, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o., párrafo primero, que “El varón y la mujer son iguales ante la ley”, enunciado que por sí solo, consagra uno de los principales derechos humanos: el derecho a la igualdad.

Es de mencionar que el texto original del artículo 4o. de la Constitución de 1917 no incluía este derecho, ya que la adición del enunciado normativo en comento se agregó hasta el 13 de diciembre de 1974. Asimismo, el artículo 1o. del texto Constitucional original de 1917 tampoco establecía la prohibición de discriminación, pues fue hasta el 14 de agosto del 2001 que se adicionó un último párrafo al referido numeral, estableciéndose la prohibición de toda discriminación motivada, entre otras, por origen de género.

No obstante las importantes reformas constitucionales realizadas en su oportunidad, dada la trascendencia del reconocimiento del derecho a la igualdad entre las personas, se hizo imprescindible la expedición de leyes secundarias para hacerlo operativo.

Hasta el 2 de agosto del 2006, después de más de treinta años del reconocimiento constitucional a la igualdad entre mujeres y hombres, fue que se publicó la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Diario Oficial de la Federación, norma que tiene por objeto, además de garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, empoderar a las mujeres y luchar contra toda discriminación basada en el sexo, representando dicha ley, en muchos sentidos, la concreción de los logros alcanzados en la lucha contra la discriminación y en pro de la igualdad entre las mujeres y los hombres mexicanos.

Su importancia reside en que, por vez primera, se sientan las bases jurídicas para la coordinación, colaboración y concertación entre los tres órdenes de gobierno para garantizar la igualdad sustantiva y, sobre todo, con base en su apego al artículo 4o. de la Constitución General de la República, dar cumplimiento al derecho convencional suscrito por el Estado Mexicano esta materia, teniendo como sujetos de derechos, las mujeres y hombres que se encuentren en algún tipo de desventaja ante la violación del principio de igualdad que dicho ordenamiento tutela.

El artículo 4 de dicha Ley General señala que, en lo no previsto en dicha norma, se aplicarán en forma supletoria 3 cuerpos normativos, además de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano y los demás ordenamientos aplicables en la materia.

En este sentido, las 3 leyes que de manera enunciativa se señalan para su aplicación supletoria son:

1. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, publicada el 11 de junio de 2003, la cual tiene por objeto prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se refiere a los derechos humanos y sus garantías.

2. La Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), publicada el 29 de junio de 1992, norma que regula las actividades y facultades de dicho organismo autónomo, el cual tiene por objeto, además de divulgar los derechos humanos, conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los mismos cuando las faltas fueran imputadas a autoridades y servidores públicos de carácter federal, con excepción del Poder Judicial de la Federación. Cabe resaltar que, a partir del año 2006, la CNDH tiene entre sus atribuciones, la observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

3. La Ley del Instituto Nacional de las Mujeres,publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2001, ordenamiento jurídico que creó el referido organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con atribuciones de promover y fomentar condiciones que posibiliten la no discriminación, el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida pública, cultural, económica y social del país.

Evidentemente, las tres normas enunciadas en los párrafos anteriores fueron publicadas con anterioridad a la expedición de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y fortalecieron, en su momento, la aplicación de la mencionada ley general.

Sin embargo, ahora, para efectos de actualizar su supletoriedad y en términos de armonización legislativa, se juzga necesario que, en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, se adicionen de manera enunciativa 2 cuerpos normativos fundamentales que tienen relación directa con la materia de igualdad de género y que fueron expedidos con posterioridad a la ley que se analiza.

Como es amplia y jurídicamente reconocido, el significado y trascendencia de la aplicación supletoria de una norma, representa, de forma enunciativa, la integración y reenvío de una ley especializada a otros textos legislativos generales, mismos que coadyuvarán a fijar o establecer los principios aplicables a la regulación de la ley suplida; aunado a lo anterior, debe subrayarse que las leyes supletorias son de carácter subsidiario y su aplicación procede únicamente ante la insuficiencia de la ley principal.

La supletoriedad en la legislación, así concebida, es una cuestión de aplicación que favorezca o fortalezca la debida coherencia al compendio de normas que conforman el sistema jurídico. En el libro titulado “ Algunos Elementos de Técnica Legislativa”, del Doctor Eliseo Muro Ruiz y publicado en 2006 por la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto de Investigaciones Jurídicas, se expresa que

“Los artículos supletorios reflejan lo que falta en una ley; que se encuentra incompleto o deficientemente regulado sobre cierto aspecto, por lo que es necesario precisar qué ley ha de aplicarse, de lo contrario no se sabría con certeza cuál invocar. El propósito de la supletoriedad es para simplificar una cuestión compleja, [...] ya que se presume la existencia de una laguna en el ordenamiento jurídico que remite. [...] Debe cuidarse que las fórmulas sean precisas, completas y exactas, es decir, especificar las normas que han de aplicarse como tales”.

Por su parte, Javier Tajadura Tejeda, en su artículo titulado “La cláusula de supletoriedad del Derecho estatal respecto del autonómico”, afirma que “la supletoriedad es una función del ordenamiento jurídico, es una regla de relación entre leyes superior e inferior o de la misma materia que permite integrar lagunas y vacíos normativos”.

Asimismo, la Tesis de Jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta el 13 de febrero de 2013, identificada con la clave 34/2013 (10a.), establece 4 supuestos para que opere la supletoriedad:

Supletoriedad de las leyes. Requisitos para que opere. La aplicación supletoria de una ley respecto de otra procede para integrar una omisión en la ley o para interpretar sus disposiciones y que se integren con otras normas o principios generales contenidos en otras leyes. Así, para que opere la supletoriedad es necesario que: a) El ordenamiento legal a suplir establezca expresamente esa posibilidad, indicando la ley o normas que pueden aplicarse supletoriamente, o que un ordenamiento establezca que aplica, total o parcialmente, de manera supletoria a otros ordenamientos; b) La ley a suplir no contemple la institución o las cuestiones jurídicas que pretenden aplicarse supletoriamente o, aun estableciéndolas, no las desarrolle o las regule deficientemente; c) Esa omisión o vacío legislativo haga necesaria la aplicación supletoria de normas para solucionar la controversia o el problema jurídico planteado, sin que sea válido atender a cuestiones jurídicas que el legislador no tuvo intención de establecer en la ley a suplir; y, d) Las normas aplicables supletoriamente no contraríen el ordenamiento legal a suplir, sino que sean congruentes con sus principios y con las bases que rigen específicamente la institución de que se trate.

Así, en razón de la anterior jurisprudencia, para que opere la supletoriedad, es necesario 1) que la ley de que se trate establezca esa posibilidad; 2) que la ley a suplir no contenga o que se desarrollen deficientemente las cuestiones jurídicas que se aplicarán supletoriamente; 3) que el vacío legislativo haga necesaria la aplicación de otro ordenamiento jurídico, y; 4) que no exista contradicción con el ordenamiento legal a suplir.

La ley siempre debe ser clara para los destinatarios o sujetos regulados por la norma, pero también el Legislador debe facilitar al juez su interpretación. Por ello, aunque de conformidad con el principio Pro Personae se debe aplicar la norma que sea más favorable o que otorgue mayor protección a la persona, sin importar que se encuentre en un tratado internacional, siempre, por un principio de certeza jurídica y de orden, en materia de supletoriedad, es necesario que la ley de que se trate contenga expresamente esa posibilidad, señalando de manera enunciativa la o las leyes que se pueden aplicar supletoriamente para suplir el vacío existente o fortalecer el cuerpo normativo de referencia.

En ese sentido, si bien las tres normas de aplicación supletoria mencionadas de forma expresa en el artículo 4 respaldan la eficaz realización de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, ahora es necesario adicionar de manera expresa a la supletoriedad de la misma, dos nuevas leyes que se sumaron al derecho positivo mexicano posterior a la entrada en vigor de aquella.

Expresar de manera enunciativa que se habrán de aplicar de forma supletoria, además de las tres leyes expresadas en el texto del artículo 4 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, dos nuevas normas especializadas en esa materia, brindará certeza jurídica a los destinatarios de la norma y a los aplicadores del derecho para que tengan el conocimiento claro y seguro del catálogo de instrumentos para suplir deficiencias en la ley.

La primera de ellas es la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, misma que fue publicada el 1o. de febrero de 2007 tras un largo proceso legislativo, y ha sido reformada en diez ocasiones, de acuerdo con la transformación social y las necesidades del género femenino. La importancia de esta Ley radica en que el bien jurídico tutelado es el derecho humano de las mujeres a una vida libre de violencia.

Para destacar el esfuerzo constante de actualizar el contenido de esta norma, a fin de hacer efectivo el derecho de las mujeres, las niñas y las adolescentes a un entorno de paz y armonía, se enfatizan las dos últimas reformas publicadas el 19 y 22 de junio de 2017, respectivamente:

a) La primera, contempló que las entidades federativas y los municipios apoyasen la creación y operación de refugios para mujeres, niñas y niños víctimas de violencia, protegiendo, de manera integral, a las y los integrantes de las familias que sufren violencia en el hogar.

b) La segunda reforma referida, fortalece al Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, al incluir, tanto al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) —organismo encargado de proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes cuando los mismos se encuentren vulnerados—, como a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CNDI) —organismo garante para combatir la marginación y la discriminación como formas de expresión contra la mujer indígena—.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia contiene en sus principios rectores la igualdad jurídica entre la mujer y el hombre, el respeto a la dignidad humana de las mujeres, la no discriminación y la libertad de las mujeres; asimismo, esta norma es de suma importancia, porque define conceptos fundamentales como la violencia contra las mujeres, los derechos humanos de las mujeres, la perspectiva de género, el empoderamiento de las mujeres y la misoginia.

Es conveniente resaltar que es una ley general que definió por primera vez los tipos de violencia, sea esta psicológica, física, económica, patrimonial o sexual, dejando en claro que la violencia, no necesariamente produce lesiones físicas y establece en qué ámbitos de la vida familiar están siendo violentadas las mujeres, definiendo, para ese propósito, diversas modalidades de violencia, entre las que podemos encontrar la violencia familiar, la laboral y docente, la comunitaria o la violencia institucional.

Un dato relevante, de acuerdo con la Encuesta Intercensal que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía llevó a cabo en el 2015 con la finalidad de actualizar la información sociodemográfica del Censo 2010, consiste en que en México, para ese año, había más de 19.4 millones de niñas y de mujeres adolescentes, es decir, el 17% de su población, un sector vulnerable en muchos sentidos y que motiva a que la segunda ley de aplicación supletoria a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres que se pretende adicionar en esta Iniciativa, sea la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014.

Esta norma es una de las leyes mexicanas más adelantadas en la perspectiva de los derechos humanos y su primer acierto es que reconoce a las niñas y los niños como sujetos de derechos. La ley en comento no sólo es enunciativa de derechos de la infancia, sino que define obligaciones y competencias a los 3 niveles de gobierno para lograr la igualdad sustantiva, ordenando a las autoridades correspondientes:

• Transversalizar la perspectiva de género en todas sus actuaciones.

• Diseñar políticas públicas para eliminar los obstáculos que impidan la igualdad de acceso y de oportunidades a la alimentación, educación y a la atención médica entre niñas, niños y adolescentes.

• Implementar acciones específicas, dirigidas a alcanzar la eliminación de costumbres que impliquen la idea de inferioridad de las niñas.

• Establecer medidas dirigidas de manera preferente a las niñas y las adolescentes que vivan situaciones de rezago educativo, económico o social.

• Visibilizar a las niñas para proteger sus derechos, en aras de alcanzar la igualdad sustantiva con respecto a los niños y los adolescentes.

• Garantizar el acceso y permanencia de las niñas y las adolescentes embarazadas para facilitar su reingreso hasta lograr el egreso de la escuela

• Eliminar el matrimonio infantil.

• Reconocer que el Estado tiene la obligación de erradicar la discriminación, así como también atender, prevenir y erradicar la trata, el abuso sexual y cualquier tipo de explotación.

Bajo estas consideraciones es que creemos que aplicar de manera supletoria esta Ley General, especializada en derechos de infancia y adolescencia, favorecerá la realización de la igualdad de niñas y mujeres adolescentes.

Finalmente, se menciona que el 25 de septiembre de 2015, el Estado mexicano, en conjunto con los demás líderes mundiales, adoptó los Objetivos de Desarrollo Sostenible, dirigidos a erradicar la pobreza, proteger al planeta y asegurar la prosperidad para todos.

Uno de estos objetivos es lograr la igualdad de género, con el cual se persigue poner fin a todas las formas de discriminación contra las mujeres y niñas, porque ello no es tan sólo un derecho humano básico, sino que, además, es crucial para acelerar el desarrollo sostenible. Empoderar a las mujeres y a las niñas tiene un efecto multiplicador y ayuda a promover el crecimiento económico mundial.

Por ello, una manera de coadyuvar con la Agenda 2030 establecida por la ONU a través de los Objetivos de Desarrollo Sustentable en favor de las mujeres y las niñas, es fortalecer el marco normativo que garantice sus derechos, procediendo con la inclusión de la aplicación supletoria de dos leyes novedosas, contenidas en el marco jurídico mexicano.

Para el Grupo Parlamentario Nueva Alianza, el derecho a la igualdad y la no discriminación protege la dignidad misma del ser humano y permite la integración y cohesión sociales, lo que favorece el libre desarrollo de la personalidad y el pleno ejercicio de los demás derechos humanos de las mujeres y de las niñas.

Además, con esta Iniciativa se armoniza la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres al permitir la aplicación supletoria de dos ordenamientos más para asegurar la igualdad entre los géneros, porque en lo que se encuentre incompleto o deficientemente regulado para hacer efectivo el derecho humano de las mujeres a tener una vida armónica, plena y en paz, deberá aplicarse la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y, lo que falte u omita la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en materia de igualdad sustantiva o de garantía de derechos de las niñas y las mujeres adolescentes, la norma supletoria que habrá de aplicarse será la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de Diputada Federal e integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía la presente Iniciativa con Proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 4 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

Artículo Único.Se reforma el artículo 4 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, para quedar como sigue:

Artículo 4. En lo no previsto en esta Ley, se aplicará en forma supletoria y en lo conducente, las disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano y los demás ordenamientos aplicables en la materia.

Artículo Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

i http://mexico.unwomen.org/es/digiteca/publicaciones/2011/12/cedaw, visto el 30 de junio de 2017 a las 9:55 horas.

ii https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/ars-iuris/ article/view/2790/2610, visto el 28 de junio de 2017 a las 10:55 horas.

iii http://www.cinu.mx/onu/onu/, visto el 30 de junio de 2017 a las 13.15 horas.

iv http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_079_31dic74_ima.pdf. Visto el 23 de junio de 2017 a las 16:10 horas.

v http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_151_14ago01_ima.pdf, visto el 08 de agosto de 2017 a las 12:10 horas.

vi http://www.cienciajuridica.ugto.mx/index.php/CJ/article/view/193/186, visto el 26 de junio de 2017 a las 9:07 horas.

vii http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/lgimh.pdf, visto el 27 de junio de 2017 a las 10:22 horas.

viii https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2149/6.pdf, visto el 30 de junio de 2017 a las 11.00 horas.

ix https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/ teoria-realidad/article/view/22435/20027, visto el 01 de agosto de 2017 a las 10:00 horas.

x https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/tesis.aspx, visto el 21 de julio de 2017 a las 13.45 horas.

xi http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/enchogares/especiales/intercensal/. Visto el 09 de julio de 2017.

xii http://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollo-sostenible/ , visto el 01 de agosto de 2017 a las 10:15 horas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 16 días del mes de noviembre de 2017.— Diputadas: Angélica Reyes Ávila,Flor Estela Rentería Medina (rúbricas).»

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputada Angélica Reyes Ávila. Túrnese a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Tiene la palabra por cinco minutos la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal.

La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola:Gracias, diputado presidente.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Adelante, diputada.

La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola: Buenas tardes, compañeros y compañeras diputadas. La certeza jurídica de los alimentos es responsabilidad ineludible del Estado mexicano, máxime cuando el principio del interés superior de la niñez, que tiene sustento en el derecho internacional y adoptado en el artículo 4o. de nuestra Constitución, establece la obligación que las políticas públicas encaminadas a la niñez deberán realizarse a la luz de este principio.

La Convención sobre los Derechos del Niño compromete a los Estados parte a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley. Y, con este fin, se deberá tomar las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

Por eso acudo ante este pleno de esta soberanía, para que, asumiendo nuestra competencia como parte del Poder Legislativo, fortalezcamos el marco jurídico en materia, reformando las leyes que ayuden a garantizar el goce y disfrute pleno del derecho humano a la alimentación, siendo además que este derecho es del orden público y de interés social.

Atendiendo los compromisos adquiridos tanto en nuestra Carta Magna, así como en los pactos internacionales en materia de alimentos, propongo a esta soberanía aumentar la pena de prisión a quien, tratando de eludir esta responsabilidad, abandone a sus hijos o a su cónyuge sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia, o a quien dolosamente se coloque en estado de insolvencia con el objeto de evitar el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.

Lo anterior, considerando que actualmente el Código Penal Federal contempla una pena de prisión muy baja, estableciendo la pena mínima de un mes para quien abandone a sus hijos y cónyuge, y para el caso de quien finja insolvencia económica para no pagar alimentos se tiene prevista una pena mínima de seis meses, penalidades que a consideración de la suscrita no son proporcionales al delito que se comete, siendo esto en razón a que la pensión alimenticia no solo implica dotar de alimento en su interpretación literal, sino que este concepto abarca vestido, habitación y la asistencia en casos de enfermedad, e inclusive tratándose de menores, los alimentos comprenden además los gastos necesarios para la educación y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión, de donde se advierte la importancia de los alimentos, o en su caso la gravedad de la falta de los mismos para el desarrollo de las capacidades de los menores.

Atendiendo a la dimensión de la afectación que en un determinado momento pudiera causar el incumplimiento de esta obligación, esta soberanía debe buscar mecanismos legales que inhiban esta práctica recurrente en muchas personas. Por eso acudo ante ustedes, compañeros, solicitando su colaboración con esta iniciativa que pretende reformar los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal, con la finalidad de incrementar la punibilidad a los deudores alimentarios.

Segura de su apoyo, agradezco su atención. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias por su atención.

«Iniciativa que reforma los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del Grupo Parlamentario del PES

La suscrita, Refugio Trinidad Garzón Canchola, diputada integrante del grupo parlamentario del partido encuentro social, de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente:

Para el Partido Encuentro Social, la certeza jurídica de los alimentos es una responsabilidad ineludible del Estado Mexicano, máxime cuando el Principio del Interés Superior de la Niñez, adoptado en el artículo cuarto de nuestra Constitución establece la obligación que la ejecución, el seguimiento y la evaluación de las políticas públicas encaminadas a la niñez, deberá realizarse a la luz de éste principio.

Para ello, en el ámbito de la competencia del Poder Legislativo, toca a ésta soberanía, robustecer el marco jurídico en la materia para hacer efectivo el derecho a los alimentos, adoptando medidas legislativas que ayuden a concretar el goce y disfrute pleno del derecho humano a la alimentación, siendo además qué, el derecho a la alimentación es orden público y de interés social.

Sin dejar de advertir que México ha firmado diversos tratados internacionales que ponderan interés superior del niño y reconocen al derecho a los alimentos como un derecho fundamental del hombre, entre estos instrumentos jurídicos internacionales se encuentran la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 3 numerales 1 y 2 establece:

1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

(Lo resaltado es propio.).

Así mismo, en su artículo 27 numeral 4, expresamente establece:

4. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de los padres u otras personas que tengan la responsabilidad financiera por el niño, tanto si viven en el Estado Parte como si viven en el extranjero. En particular, cuando la persona que tenga la responsabilidad financiera por el niño resida en un Estado diferente de aquel en que resida el niño, los Estados Partes promoverán la adhesión a los convenios internacionales o la concertación de dichos convenios, así como la concertación de cualesquiera otros arreglos apropiados.

Atendiendo a los compromisos adquiridos tanto en Nuestra Carta Magna, así como en los pactos internacionales en materia de alimentos a los menores, propongo a esta soberanía aumentar la pena de prisión a quienes tratando de eludir esta responsabilidad sin motivo justificado abandone a sus hijos o a su cónyuge, sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia o a quienes dolosamente se coloque en estado de insolvencia con el objeto de evitar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina.

Lo anterior, en virtud que actualmente el Código Penal Federal, contempla pena de prisión muy baja, siendo que la pensión alimenticia no solo implica el alimentos de forma literal, por el contrario, implica el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad, he inclusive tratándose de menores los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión.

Así lo establece el artículo 308 del Código Civil Federal, mismo que para mayor ilustración, me permito transcribir en sus términos:

Artículo 308.- Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Respecto de los menores los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales.

De donde se advierte la importancia de los alimentos o en su caso la gravedad de la falta de estos, para el pleno desarrollo de las capacidades de los menores, atendiendo a la dimensión de la afectación que en un determinado momento pudiera causar el incumplimiento de esta obligación, esta soberanía debe buscar mecanismos legales que inhiban esta práctica recurrente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal

Al tenor siguiente:

La Sexagésima Tercera Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión:

Decreta

Único: Se reforman los 336 y 336 Bis del Código Penal Federal para quedar como sigue:

Artículo 336.- Al que sin motivo justificado abandone a sus hijos o a su cónyuge, sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión; privación de los derechos de familia, y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado.

Artículo 336 Bis. Al que dolosamente se coloque en estado de insolvencia con el objeto de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le impondrá pena de prisión de dos a seis años. El juez resolverá la aplicación del producto de trabajo que realice el agente a la satisfacción de las obligaciones alimentarias de éste.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de noviembre de 2017.— Diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola(rúbrica).»

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputada Garzón Canchola. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Vamos a iniciar la segunda ronda de iniciativas. Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Marco Antonio Barranco Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo.

Perdón, diputado, corrijo, por tres minutos tiene usted el uso de la voz.

El diputado Marco Antonio Barranco Sánchez:Con su venia, diputado presidente. Señoras diputadas y señores diputados, el consumo del producto relacionado con el tabaco constituye la principal causa de mortalidad evitable en el mundo, particularmente en nuestro país.

Las enfermedades relacionadas con el tabaquismo han sido la causa de muerte de más de 53 mil personas cada año, lo que representa el 10 por ciento de las muertes nacionales. Asimismo, más de la tercera parte de los habitantes de México se encuentra expuesto al tabaco y en la región centro del país la cantidad de personas aumenta casi al 50 por ciento, lo que conlleva que este problema se convierta en uno de salud pública. Lo anterior debido a lo que el consumo de tabaco, a su exposición a él provoca padecimientos en salud, como lo son cáncer de pulmón, cáncer gástrico, accidente cerebrovascular, enfermedades respiratorias y coronarias, así como causar ataques de asma.

Es muy alarmante la prohibición que se ha realizado por parte de las autoridades de salud, ya que se estima que es el año 2020 el consumo de productos relacionados con el tabaco será una causa del 12 por ciento, con totalidad de las muertes a nivel mundial, lo que constituye un porcentaje mayor que el de las muertes provocadas por el VIH, tuberculosis, accidentes automovilísticos, homicidios y suicidios, en conjunto.

Independientemente de lo anterior, consideramos de gran importancia la afectación a los menores de edad, provocada por los productos relacionados con el tabaco, en razón de que este sector de la población se encuentra particularmente expuesto a sufrir consecuencias del humo del tabaco.

Es de gran trascendencia mencionar que las personas son titulares del derecho al libre desarrollo de su personalidad, por lo que cada individuo es libre de determinar si es su deseo consumir productos relacionados con el tabaco. Sin embargo, no podemos pasar por alto al derecho de aquellos que no quieran fumar.

En este sentido destacamos que hay diversos lugares públicos, en el cual los no fumadores se encuentran expuestos al humo del tabaco, como son las oficinas, restaurantes, centros comerciales, plazas y sitios en los cuales puede o no existir una restricción del consumo al tabaco, otorgando cierto grado de protección a los no fumadores.

Con esta reforma se pretende la salvaguarda de los derechos humanos de los menores de edad respecto a un ambiente de entorno saludable, así como condiciones de trabajo óptimas que permitan el desempeño de sus labores en un entorno adecuado para un desarrollo humano y profesional. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Marco Antonio Barranco Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, ciudadano Marco Antonio Barranco Sánchez, diputado de la LXIII Legislatura al honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, de conformidad con lo siguiente:

Exposición de Motivos

Introducción

En la actualidad, el consumo de tabaco es la principal causa de mortalidad evitable en todo el mundo, ningún otro producto es tan peligroso ni mata a tantas personas. Cada año mueren 4 millones de personas en el mundo por enfermedades relacionadas al consumo del tabaco (esto equivale a una persona cada 10 segundos).

El consumo de tabaco a largo plazo provoca diversos tipos de cáncer y enfermedades crónicas como cáncer de pulmón, cáncer gástrico, accidente cerebrovascular, enfermedad coronaria, entre otras. La mitad de todos los fumadores a largo plazo tienden a fallecer a causa de enfermedades relacionadas con el tabaco.

Se estima que en el año 2020 el tabaco será la causa del 12 por ciento de todas las muertes a nivel mundial, para entonces este porcentaje será mayor que el de las muertes causadas por VIH/sida, tuberculosis, mortalidad materna, accidentes automovilísticos, homicidios y suicidios en conjunto.

En el Continente americano el consumo de tabaco es responsable de aproximadamente un millón de muertes por año, de las cuales unas 500 mil corresponden a los países de América Latina y el Caribe.

En México, en menos de dos décadas el número de fumadores se incrementó de 9 a 13 millones de personas y las enfermedades asociadas al tabaquismo han matado a más de 53,000 personas cada año, es decir, 147 cada día. Estas defunciones representan 10 por ciento de las muertes nacionales.

La edad de inicio es cada vez menor y el consumo en las mujeres también se ha incrementado en las últimas décadas tendiendo a ser igual o mayor que en los hombres. Adicionalmente, más de la tercera parte de los habitantes de México están expuestos al humo del tabaco y en la región centro del país, el porcentaje se acerca a la mitad, lo que también representa un problema de salud pública.

Sobre la exposición de los no fumadores al humo del tabaco, debemos advertir que en el humo de tabaco hay unos 4,000 productos químicos conocidos, de los cuales se sabe que como mínimo, 250 son nocivos, y más de 50 cancerígenos para el ser humano, por tanto, en la mayoría de los espacios de este País o del Mundo, sean abiertos o cerrados el humo de tabaco es inhalado por todos; de suerte tal, que tanto fumadores como no fumadores quedan expuestos a sus efectos nocivos.

Ahora bien, el 21 de mayo del 2003 fue un día histórico para la Salud Pública Mundial ya que en la 56ª Asamblea Mundial de la Salud, los 192 Estados miembros de la OMS adoptaron por unanimidad en Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT). Este Convenio constituye el primer instrumento jurídico diseñado para reducir las defunciones y enfermedades relacionadas con el tabaco.

México dio un ejemplo al mundo al ser el primer País Latinoamericano en ratificar el Convenio. En el mismo sentido, en el año 2008 el Estado Mexicano promulgó la Ley General para el Control del Tabaco. No obstante, se requiere un compromiso político firme y renovador para seguir protegiendo a todas las personas de los efectos nocivos del tabaquismo, incluyendo la exposición al humo del tabaco ajeno.

Así pues, la adicción y exposición al humo tabaco son un problema grave que afecta a la sociedad, a la salud pública, pero sobre todo a los menores de edad del mundo entero, dado que este sector de la sociedad invariablemente se encuentra condenado a sufrir las consecuencias lacerantes que provoca el humo de tabaco ya sea a corto o a largo plazo, por tal motivo, las instituciones y organizaciones tienen nuevas oportunidades de mejorar las intervenciones de control del tabaco en aras de disminuir las consecuencias y de mejorar la salud pública de la sociedad.

Problemática

Las personas que no fuman y que respiran humo de tabaco reciben nicotina y químicos tóxicos de la misma forma que lo hacen los fumadores. Cuanto más se expone al humo de fumadores, mayor serán los niveles de estos químicos dañinos en su cuerpo, teniendo las mismas consecuencias de salud que inclusive de los fumadores.

Al respecto, las niñas, niños y menores de edad son los más afectados por la exposición del humo del tabaco puesto que son los que menos pueden evitarlo. La mayor parte de su exposición al humo viene de los adultos (padres u otros) que fuman en el hogar, escuela, centros de trabajo, etc.

Diversas investigaciones en salud pública, han demostrado claramente que la exposición desde jóvenes al tabaco aumenta las probabilidades de que los adolescentes se vuelvan adictos. Aunado a la exposición, el tabaquismo puede ser dañino debido a los químicos presentes en los productos de tabaco los cuales como ya lo advertimos pueden causar enfermedades.

Los estudios demuestran que las niñas, niños y menores expuestos al humo, entre otras cuestiones:

I. Se enferman más a menudo.

II. Padecen más infecciones respiratorias (como bronquitis y neumonía).

III. Son más propensos a presentar tos, sibilancias y dificultad para respirar.

IV. Padecen más infecciones de oído.

La exposición de humo también puede causar ataques de asma, empeorar los síntomas del asma, e incluso causar nuevos casos de asma en menores que antes no habían mostrado síntomas.

Algunos de estos problemas podrían parecer insignificantes, pero éstos se pueden acumular rápidamente hasta llegar incluso a la muerte. Además, independientemente de las cuestiones de salud que provoca, es que después esos menores se convierten en fumadores viciosos, lo que desemboca en una cadena circular ininterrumpida, que va afectando a generaciones futuras.

El lugar de trabajo conforma una fuente importante de exposición al humo para muchos adultos y menores no fumadores.

Esto es así, dado que uno de los ejemplos más conocidos de restricciones a los derechos de los no fumadores se presenta en el lugar de trabajo, debido a que el humo del tabaco ajeno se transporta en el aire, por lo que causa o genera una importante contaminación del aire, e inhalar dicho humo en una oficina, restaurante o en cualesquier lugar de trabajo es inevitable. Los no fumadores se ven obligados a poner en peligro su salud simplemente por acudir a trabajar cuando se permite fumar en el lugar de trabajo. No obstante, las autoridades tienen la autoridad para eliminar el tabaquismo en el lugar de trabajo, así como de responsabilizar a los empleadores de hacer cumplir las prohibiciones.

Así también, existen muchos otros lugares públicos en los que las personas están expuestas al humo de tabaco ajeno, entre otros, como centros comerciales y plazas, los cuales con frecuencia tienen menos protección contra el humo que los lugares de trabajo.

Los derechos a un entorno saludable y a condiciones de trabajo saludables son absolutamente esenciales para la protección de la salud de los no fumadores.

El humo de tabaco ajeno puede afectar además el derecho a la igualdad ante la ley, puesto que la protección contra el humo de tabaco ajeno a menudo es arbitraria, determinada por desigualdades socioeconómicas y de otros tipos. Sin dejar a un lado, que las personas expuestas menores de edad son las más vulnerables puesto que no pueden evitar o controlar dichas situaciones y por la necesidad de tener que laborar para tener el sustento del día a día se ven expuestos a esta situación lastimosa en contra de su voluntad la cual perjudica su salud.

Debemos subrayar, que los menores de edad son un grupo vulnerable de los efectos del tabaco, porque por un lado no pueden evitar o controlar el que sean expuestos, y por otro lado, estos menores en el futuro se convierten en personas fumadoras lo que genera un círculo vicioso.

No obstante lo anterior, existen medidas y acciones que se pueden implementar para reducir la cantidad de muertes y enfermedades por consumo o exposición del humo de tabaco en los menores, como por ejemplo:

I. Supervisar el consumo del tabaco y evaluar el impacto de las políticas de prevención.

II. Proteger a las personas de la exposición del humo de tabaco.

III. Ayudar a todos los fumadores para que dejen ese hábito.

IV. Advertir y educar eficazmente a todos sobre los peligros del consumo y exposición de tabaco mediante campañas de salud y educativas utilizando a los medios de comunicación.

V. Implementar y hacer cumplir las prohibiciones integrales de la publicidad, la promoción y el patrocinio del tabaco, así como el uso de términos equívocos como “suaves” o “con bajo contenido de alquitrán”.

VI. Subir el precio de todos los productos de tabaco con el aumento de impuestos al tabaco.

Por lo antes expuesto, es que se considera conveniente que desde la Ley Federal del Trabajo, se prohíba la utilización de trabajo de menores de edad de 18 años, en todo aquel establecimiento en el que el menor por motivo de su trabajo este expuesto al humo del tabaco; esto, en razón de que los menores de edad como grupo vulnerable y ante la necesidad de trabajar y de no poder controlar la situación de que los empleadores o patrones permitan el que se pueda fumar en los centros de trabajo, se evite se ponga en riesgo la salud e inclusive vida del menor.

Con esta acción afirmativa, se estaría protegiendo a los menores de edad que actualmente trabajan en lugares expuestos al humo, fortaleciendo de esta forma los derechos humanos de los no fumadores menores de edad, como el derecho a un entorno saludable y a condiciones de trabajo saludables, pero también, se estaría fomentando a una cultura positiva en materia de combate a los efectos nocivos del tabaco en favor de todos los jóvenes y de las futuras generaciones tratando de interrumpir desde el ámbito laboral el circulo vicioso del tabaco en los menores de edad. Creemos pertinente el que la Ley proteja la salud pública de los jóvenes.

Propuesta

Ante la amenaza del humo del tabaco en los lugares de trabajo en los que se desenvuelven los menores de edad, así como de todas las consecuencias que provoca en la salud, es por lo que se considera conveniente que esta H. Soberanía Nacional, prohíba a los patrones la utilización de trabajo de menores de edad de 18 años en todo aquel establecimiento en el que el menor por motivo de su trabajo este expuesto al humo del tabaco.

Por tanto, es que se propone reformar el artículo 175 en su fracción II de la Ley Federal del Trabajo, para con ello prohibir la contratación de menores de edad para que desarrollen su trabajo en lugares en los que se encuentren expuestos al humo del tabaco, y con ello salvaguardar los derechos humanos de los no fumadores menores de edad, como el derecho a un entorno saludable y a condiciones de trabajo saludables.

Contenido de la reforma

La reforma que se propone a la Ley Federal del Trabajo es en redacción sencilla, sin embargo, se estima suficiente prohibir a los patrones la utilización del trabajo de menores de edad en aquellos establecimientos en los que el menor por motivo de su empleo se encuentre expuesto al humo del tabaco.

Por tanto, se propone modificar la fracción II del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, para el efecto de salvaguardar los derechos humanos de los menores de edad que se encuentren laborando y que sean no fumadores, tales como el derecho a un entorno saludable y a condiciones de trabajo saludables.

Es por todo lo expuesto, que me permito someter a consideración de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforma por modificación la fracción II del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 175....

I. ...

II.En expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato, cantinas o tabernas, centros de vicio, así como cualquier establecimiento en el que el menor por motivo de su trabajo este expuesto al humo del tabaco;

III.a IV. ...

...

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 10 de noviembre de 2017.— Diputado Marco Antonio Barranco Sánchez(rúbrica).»

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputado Barranco Sánchez. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

VOLUMEN II



LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Tiene la palabra, por tres minutos, la diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

La diputada María del Rosario Rodríguez Rubio:Buenas tardes. Con su permiso, Presidencia.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Adelante, diputada.

La diputada María del Rosario Rodríguez Rubio: Compañeras y compañeros diputados, el día de hoy vengo a presentar una iniciativa sobre un tema que a los legisladores de Acción Nacional nos parece que ya es tiempo de revisar y de aprobar.

Durante mucho tiempo hemos solicitado que exista un Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales, con el fin de dar transparencia a los recursos públicos que se destinan a estos propósitos y conocer con mayor claridad el impacto de los programas respecto a la reducción de la pobreza de nuestro país.

No ha sido solo una preocupación del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, también ha sido una preocupación recurrente de especialistas, de académicos y diversas organizaciones, como Transparencia Mexicana, IMCO, Incide, México Evalúa, Acción Ciudadana Frente a la Pobreza y hasta incluso la misma Sedesol.

La necesidad de establecer en la Ley General de Desarrollo Social la obligación de que los programas de los tres órdenes de gobierno cuenten con programas para evitar duplicidades y esquemas de captación electoral.

Contamos con una Ley General de Desarrollo Social aprobada por consenso en este Congreso, y esta establece las bases para una política social de Estado.

Nuestro país, sin duda, ha avanzado bastante en la consolidación de una política social de Estado, pero esto no ha sido suficiente. A pesar de estos avances, el Estado mexicano está y aún no ha tenido la capacidad de revertir el fenómeno de la pobreza en que se encuentran más de 55 millones de personas.

Muchos son los retos en esta materia, pero donde tenemos mucho que hacer es en la transparencia y en la rendición de cuentas. Y es ahí donde tenemos la obligación de fortalecer el marco jurídico e institucional, particularmente a nivel local con el afán de erradicar la opacidad en la gestión de los programas sociales, pues no hay nada más despreciable que lucrar con las necesidades de los que menos tienen.

En el ámbito local, los esfuerzos por coordinar y transparentar las acciones en materia de desarrollo social son aún insuficientes. Hoy no se sabe qué programas tienen los estados y municipios en materia de desarrollo social, ni mucho menos cuáles son esos padrones de beneficiarios, los cuales los tienen en sus presupuestos.

Esta total opacidad es la que permite que sean utilizados con fines políticos electorales. Los mayores problemas en materia de rendición de cuentas y transparencia se presentan en las políticas sociales de los estados, pues muchas veces no existen padrones públicos, no existen reglas de operación y no hay informes que den cuenta cómo se han utilizado esos recursos públicos.

Algunos datos que les entrego, solo el 65.3 por ciento de los programas sociales vigentes cuentan con un padrón de beneficiarios, y de los programas federales, 88 por ciento reportan que cuentan con padrones. Y de las entidades federativas, 64.5 por ciento reportaron el mismo hecho.

Únicamente el 56.2 por ciento de los programas sociales a nivel nacional reportaron hacer públicos los padrones de beneficiarios. En dependencias federales, 78.7 por ciento y en los estados 55.3 por ciento. El 78.3 por ciento de los programas sociales vigentes comunicaron tener información en medios electrónicos.

El Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados detalla que solo 55.3 por ciento de los programas sociales de los estados cuentan con un padrón público de beneficiarios y apenas...

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Concluya, diputada.

La diputada María del Rosario Rodríguez Rubio: ...53.6 por ciento da a conocer sus respectivos presupuestos. Este problema que entraña que un gran porcentaje de los programas no cuenten con padrones de beneficiarios o no los hagan públicos.

Existe este problema y por eso la multiplicidad de listados o padrones de beneficiarios de los programas de la administración pública federal y de dispersión de la información correspondiente dificultan la posibilidad de detectar errores, duplicidad o abusos en la canalización de recursos.

Diputados y diputadas, es muy importante que todo el esfuerzo y trabajo que se hace, que ese dinero que es de impuestos de todos los mexicanos y mexicanas, de verdad llegue a esas familias que lo necesitan, que es lo justo. Y en transparencia y en rendición de cuentas nosotros tenemos que darles ese instrumento y sobre todo para eficientar esos recursos, y que no sean llevados de manera electoral. Muchas gracias. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Desarrollo Social, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo de la diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del PAN

La que propone, María del Rosario Rodríguez Rubio, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes General de Desarrollo Social, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a fin de establecer el padrón único de beneficiarios de programas sociales, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La política social en México se ha transformado en los últimos 15 años, hoy cada uno de los programas sociales cuenta con una evaluación de impacto realizada por instituciones independientes del gobierno; tenemos una medición de la pobreza realizada por un organismo autónomo y, contamos con una ley general de desarrollo social aprobada por consenso en el Congreso y que establece las bases para una política social de Estado.

Sin duda, el país ha avanzado en la consolidación de una política social de Estado, sin embargo, pesar de estos avances, sabemos que aún son insuficientes para revertir el fenómeno de la pobreza en que se encuentra más 55 millones de personas. Muchos son los retos en esta materia, pero donde seguramente tenemos mucho que hacer es en la transparencia y rendición de cuentas.

Ahí tenemos la obligación de fortalecer el marco normativo e institucional, particularmente a nivel local con el afán de erradicar la opacidad en la gestión de los programas sociales, pues no hay nada más despreciable que lucrar con las necesidades de los más pobres. En el ámbito local los esfuerzos por coordinar y transparentar las acciones en materia de desarrollo social son aún insuficientes.

Hoy no se sabe qué programas tienen los estados y municipios en materia de desarrollo social, ni mucho menos cuáles son sus padrones de beneficiarios, cuáles son sus presupuestos. Esta total opacidad es la que permite que sean utilizados con fines político electorales.

Los mayores problemas en materia de rendición de cuentas y transparencia se presentan en las políticas sociales de los estados, pues muchas veces no existen padrones públicos, no existen reglas de operación y no hay informes que den cuenta cómo se han utilizado los recursos públicos.

Así, en materia de transparencia y rendición de cuentas de los programas sociales observamos datos francamente preocupantes:

• Sólo 65.3 por ciento de los programas sociales vigentes cuentan con un padrón de beneficiarios. De los programas federales, 88 por ciento reportan que cuentan con padrones, y de las entidades federativas 64.5 por ciento reportaron el mismo hecho.

• Únicamente 56.2 por ciento de los programas sociales a nivel nacional reportaron hacer públicos los padrones de beneficiarios. En dependencias federales 78.7 por ciento y en entidades 55.3 por ciento.

• El 78.3 por ciento de los programas sociales vigentes comunicaron tener información en medios electrónicos. A nivel federal 98.7 por ciento y en los estados 77.5 por ciento.

El Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados detalla que sólo 55.3 por ciento (mil 66) de los programas sociales de los estados cuenta con padrón público de beneficiarios y apenas 53.6 por ciento (mil 32) da a conocer sus respectivos presupuestos. Además, subraya el documento, solamente 57.1 por ciento (mil 101) de los programas sociales de las entidades federativas presenta un informe sobre el ejercicio de los recursos del erario y 66.9 por ciento (mil 289) entrega un informe anual de resultados.

Además del problema que entraña que un gran porcentaje de los programas no cuenten con padrones de beneficiarios o no los hagan públicos, existe el problema que la multiplicidad de listas o padrones de beneficiarios de los programas de la administración pública federal y la dispersión de la información correspondiente, dificultan la posibilidad de detectar errores, duplicidad o abusos en la canalización de recursos.

Ciertas variables poblacionales causan vacíos de información y dificultan la identificación de beneficiarios, por lo que es necesario establecer un sistema de información y coordinación entre las dependencias y entidades de la administración pública federal que apoye la continuidad de la política distributiva integral del país con miras a un desarrollo socioeconómico, cultural y humano generalizado, sustentable e incluyente.

A fin de propiciar el desarrollo de políticas públicas más eficaces en el otorgamiento de los apoyos que proporciona el gobierno federal, las entidades federativas y municipios, así como para transparentar y rendir cuentas claras a la ciudadanía, es necesario establecer un sistema, con la participación, en su caso, de los gobiernos de las entidades federativas, que contenga información de manera integral de los beneficiarios.

El objetivo de esta iniciativa es crear el padrón único de beneficiarios de Programas Sociales de los tres niveles de gobierno federal, estatal y municipal, para fortalecer la transparencia de la información acerca de los recursos que reciben los beneficiarios y los programas sociales por parte de los gobiernos federal, estatal y municipal.

Con esa finalidad, la presente iniciativa presenta una propuesta legislativa que permite una más equitativa y eficiente operación en los programas sociales manejados por los tres niveles de gobierno, sistematizando la lista de beneficiarios y de los programas vigentes en dichos niveles de gobierno.

La iniciativa precisamente coadyuva a impulsar una sola política social coordinada entre los tres niveles de gobierno, que permite promover la integración de un padrón único de beneficiarios; publicar las listas de todos los programas sociales, así como formar un catálogo de programas federales, estatales y municipales.

La propuesta busca reducir también la discrecionalidad con la que operan los programas sociales, por lo que estaremos construyendo un instrumento que refuerce la transparencia y la rendición de cuentas de la política social. En particular se pretende

• Integrar la información sobre los programas sociales y sus padrones de beneficiarios en un sistema de información único, de cobertura nacional y de carácter público, con el objetivo de fortalecer la coordinación, complementariedad y transparencia de la política nacional de desarrollo social.

• Consolidar un sistema de información que nos permita identificar y corregir duplicidades.

• Generar información sobre la distribución geográfica y características socioeconómicas de los beneficiarios de los programas sociales para identificar las necesidades y prioridades de atención, así como apoyar su seguimiento y evaluación.

Ha sido una preocupación recurrente de la Sedesol y en particular de su actual titular de la obligación de que los programas sociales en los tres órdenes de gobierno cuenten con un padrón único de beneficiarios. Ciertamente en los últimos años la Sedesol ha avanzado en la construcción de los padrones de los programas sociales que maneja a nivel nacional, que incluyen poco más de 40 millones de beneficiarios. Sin embargo no existe un registro nacional de los padrones de beneficiarios, ni tampoco un registro de los programas sociales que incluya aquellos de los gobiernos estatales y municipales.

El 12 de enero de 2006 se emitió el decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones Gubernamentales, como una herramienta de información y análisis de cobertura nacional, que integra de forma estructurada y sistematizada la información objetiva y fehaciente respecto de los programas a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como sus objetivos, metas, indicadores, unidades responsables, prioridades y beneficiarios de los mismo, el cual es administrado por la Secretaría de la Función Pública.

La existencia del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales no hace innecesaria la reforma propuesta, ya que se pretende que quede explícito en una ley que los programas de los tres ámbitos de gobierno deben contar con padrones de beneficiarios.

Los gobiernos locales tienen todavía grandes pendientes en materia de rendición de cuentas por el uso y destino de los recursos públicos, ya que en la actualidad no existe un solo estado de la República Mexicana que haya logrado avances en la institucionalización y transparencia de sus programas sociales, una iniciativa como la que se propone refuerza la institucionalización de la política social en estados y municipios, porque ellos reciben los recursos de la federación y los aplican con criterios discrecionales, práctica que impide conocer quiénes son los beneficiarios finales y limita el ejercicio de la transparencia en el manejo del gasto público.

Con este padrón único de beneficiarios se estará contribuyendo para construir un piso mínimo de institucionalización y transparencia, que marcará el inicio de una nueva etapa de coordinación entre autoridades de los diferentes órdenes de gobierno; garantizando a la sociedad un manejo más eficaz de los recursos destinados a la superación de la pobreza; evitando duplicidades en la entrega de apoyos y permitiendo la aplicación de esquemas más integrales para trabajar a nivel territorial.

Ha sido una preocupación recurrente de especialistas, académicos y diversas organizaciones (Transparencia Mexicana, Imco, Incide, México Evalúa, PNUD, Acción Ciudadana frente a la Pobreza) y la misma Sedesol, la necesidad de establecer en la Ley General de Desarrollo Social la obligación de que los programas de los tres órdenes de gobierno cuenten con padrones de beneficiarios.

Como ejemplo del interés que tiene la Sedesol de que se implante en la Ley los Padrones únicos de beneficiarios, el secretario de Desarrollo Social, Luis Enrique Miranda Nava, en la comparecencia ante la Comisión de Desarrollo Social, de fecha 23 de noviembre de 2016, se comprometió a apoyar al Poder Legislativo para que prosperara una reforma a la Ley General de Desarrollo Social, en relación al tema de padrones únicos de beneficiarios. Es entonces hoy una prioridad para la Sedesol.

Además, diversas iniciativas de esta naturaleza han sido presentadas por diversos grupos parlamentarios y es un tema que debe ser discutido de manera urgente si queremos superar el clientelismo y el uso electoral de los programas sociales, el primer paso es generar información transparente del destino de los recursos de los programas y contar con un padrón único nacional de beneficiarios.

Entre las iniciativas presentadas, su servidora, presenté una iniciativa relativa al tema, en noviembre de 2015, al inicio de la actual Legislatura, quedando esta en preclusión.

En lo particular, la iniciativa que se propone en el presente documento, tiene por objeto incluir en la Ley General de Desarrollo Social la definición de padrones como la relación oficial de los beneficiarios federales, estatales y municipales de los programas de desarrollo social.

Asimismo, prohíbe la utilización de los padrones de beneficiarios con fines político electorales, comerciales o de cualquier índole distinta a su objeto y establece que el uso indebido será sancionado en términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y de las demás normas vigentes aplicables.

Además, se incluyen disposiciones para establecer el requisito de adscripción al padrón único de beneficiarios para recibir las prestaciones y servicios de los programas de desarrollo social y también se indica la información mínima que deberá contener el padrón único a fin de contar con información homogénea sobre los beneficiarios y superar las limitantes institucionales ya que cada dependencia gubernamental tiene su propia manera de organizar y divulgar la información oficial relativa a sus padrones de beneficiarios y los datos que se dan a conocer acerca de los beneficiarios no son consistentes.

Se propone también establecer en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que el padrón único de beneficiarios sea requisito obligatorio para ingresar a los programas sociales y reciban los subsidios correspondientes.

De tal modo, sólo quienes realmente necesiten el apoyo y prestaciones gubernamentales (transferencias monetarias, becas, ayuda alimentaria, subsidios de vivienda, acceso gratuito a servicios de salud entre otros) y cumplan los criterios de selección los recibirán. No debe haber espacio para el ejercicio discrecional y clientelar de los recursos públicos, especialmente si estos están destinados a la población más vulnerable del país.

Actualmente, el padrón único de la Sedesol, el denominado Sifode no representa la vía de acceso a los programas, sino que se trata únicamente de la integración posterior de los padrones que levanta y administra cada programa social. Además el Sifode no incluye salud y otros programas relevantes.

Asimismo, se adiciona la fracción III al artículo 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a fin de que como parte de las acciones que se realizan en materia de transparencia y acceso a la información sobre el ejercicio del gasto federalizado, implique que las entidades federativas envíen la información concerniente a sus programas sociales y beneficiarios para la elaboración de un registro único administrado por Sedesol, y bajo los criterios que determinen la Secretaría de Hacienda, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y la propia Sedesol.

También se reforma y adiciona la fracción XV del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, con el propósito de establecer normas mínimas con respecto a la calidad y la consistencia de la información gubernamental en materia de padrones de beneficiarios ya que no existe un marco homogéneo entre las dependencias y entidades para la integración de padrones.

La iniciativa hará posible un mayor control social del uso de los fondos públicos sociales, una mayor responsabilidad de los funcionarios en la rendición de cuentas a la sociedad y en el monitoreo de las políticas y programas sociales.

A fin de que los beneficiarios y las instituciones encargadas del desarrollo social tengan un conocimiento transparente de los beneficiarios y de los programas sociales a nivel nacional, se requiere una normatividad expresa que obligue a los estados a elaborar los padrones y a hacerlos públicos en los mismos términos en que están los federales, particularmente de aquellos programas que se aplican en coparticipación con el gobierno federal.

De ahí que sea necesario elaborar un solo registro de beneficiarios y programas de desarrollo social que incluya a los federales, estatales y municipales.

Con una institucionalidad débil no podremos superar la pobreza ni construir un proyecto estratégico para la inclusión y la equidad; es momento de que el Congreso legisle para hacer de la institucionalidad de la política social una política de Estado que opere conforme a los principios de integralidad, legalidad y transparencia.

También será posible dar seguimiento a sectores específicos a corto y mediano plazo. Por ejemplo, quienes reciben becas de la Secretaría de Educación Pública, serían candidatos para ingresarles en los programas de Seguro Popular, Prospera o se les brindarían apoyos complementarios para que concluyeran su educación básica y continuaran su educación media o superior.

Por último es de destacar los beneficios que recibirán los estados y municipios cuando se integren. A través de convenios de colaboración con el gobierno federal podrán solicitar asesoría y apoyo técnico para formar sus padrones locales. También recibirán reportes que les ayudarán a definir y desarrollar políticas públicas más focalizadas a los sectores de la población que ellos consideren importantes.

Los gobernadores y presidentes municipales podrán saber cuántos y cuáles programas están ofreciendo a la población por cada municipio y localidad del estado.

Es imprescindible esta reforma de la Ley General de Desarrollo Social, que permitirá avanzar en la cimentación de una política social que genere certidumbre entre la sociedad, mediante la construcción de un padrón único de beneficiarios; evite la discrecionalidad y promueva el desarrollo sin distinciones partidistas.

Un aspecto fundamental es la importancia de contar con instrumentos efectivos para asegurar una mayor transparencia, fortaleza en la coordinación y el intercambio de información sobre los beneficiarios de los programas sociales que implementan el gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas y los municipios.

Un padrón único de beneficiarios de los programas de desarrollo social sería una muestra inequívoca que con voluntad política y participación responsable de servidores públicos será posible lograr la interoperabilidad de las bases de datos para identificar de manera única y confiable a los beneficiarios.

El tema ha sido recurrente en diversos grupos parlamentarios, incluido el del Partido Acción Nacional, que en anteriores legislaturas ha impulsado la creación de un padrón único de beneficiarios; además, ha incluido el tema como parte de su agenda legislativa.

Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes General de Desarrollo Social, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

Primero. Se reforman los artículos 5, 10 y 27, y se adicionan el 27 Bis y 27 Ter a la Ley General de Desarrollo Social:

Artículo 5. Para los efectos de esta ley se entiende por

I. a IX. ...

X. Padrón único de beneficiarios: Relación oficial de beneficiarios que incluye a las personas atendidas por los programas de desarrollo social federales, estatales y municipales que contendrá el perfil socioeconómico de los mismos.

Artículo 10. Los beneficiarios de los programas de desarrollo social tienen los siguientes derechos y obligaciones:

I. a V. ...

VI. Presentar su solicitud de inclusión en el padrón; la adscripción al padrón único de beneficiarios será requisito indispensable para ser beneficiario de los servicios y prestaciones de los programas de desarrollo social.

VII. a IX. ...

Artículo 27. Con el propósito de asegurar la equidad y eficacia de los programas de desarrollo social, el gobierno federal, por conducto de la Secretaría y los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, integrarán sus respectivos padrones de beneficiarios.

Las dependencias y los organismos de la administración pública federal, así como de las entidades federativas y los municipios, están obligados a proporcionar a la secretaría la información que se requiera para el cumplimiento de este objetivo.

La inobservancia de esta determinación será motivo de la aplicación de lo previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y en las leyes Estatales de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y las que se relacionen con esta materia.

Artículo 27 Bis. El padrón único de beneficiarios de los programas de desarrollo social contendrá la información de los beneficiarios de los programas sociales, que incluirá de manera no limitativa los siguientes rubros:

a) Tipo de beneficiario;

b) Tipo de apoyo;

c) Información socioeconómica básica;

d) Información de identificación de los beneficiarios CURP;

e) Entidad federativa;

f) Municipio o delegación;

g) Nombre del programa; y

h) Dependencia ejecutora del programa.

La información de los beneficiarios de los programas sociales, así como cualquier información que se estime pertinente, se procesará en plataformas tecnológicas compatibles que permitan la consulta pública de la información.

Artículo 27 Ter. Queda prohibida la utilización de la información o documentación de los padrones de beneficiarios, con fines de promoción de un servidor público o de un partido político, y en general para fines electorales, comerciales o de cualquier índole distinta a su objeto. El uso indebido será sancionado en términos de la legislación aplicable.

Segundo. Se adicionan las fracciones XI al artículo 75 y fracción III al 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Artículo 75. Los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que los otorguen deberán

I. a X. ...

XI. La adscripción al padrón único de beneficiarios será requisito indispensable para el otorgamiento de cualquier subsidio en el ámbito de los programas para el desarrollo social.

Artículo 85. ...

I. y II. ...

III. Las entidades federativas que ejecuten programas sociales con recursos federales, ya sea parcial o totalmente, deberán enviar la información que dispone para la integración del padrón único de beneficiarios de Programas Sociales, sujetándose a los criterios que emita la Secretaría, la Secretaría de Desarrollo Social y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

Tercero. Se reforma y adiciona el inciso q) de la fracción XV del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental:

Artículo 70. En la ley federal y de las entidades federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

I. a XIV. ...

XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

a) a p) ...

q) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias , información socioeconómica básica, nombre del programa el monto , ramo administrativo del programa, monto del recurso, beneficio o apoyo otorgado, los criterios de la unidad administrativa para otorgarlos, unidad territorial, en su caso, edad y sexo.

Los sujetos obligados que tengan a su cargo programas de desarrollo social deberán integrar, sistematizar y enviar la información correspondiente de los beneficiarios a las autoridades competentes a fin de constituir un sistema de información único, de cobertura nacional y de carácter público, con el objetivo de fortalecer la coordinación, complementariedad y transparencia de la política nacional de desarrollo social.

Toda la información concerniente al padrón único de beneficiarios se procesará en plataformas tecnológicas compatibles que permitan la consulta pública de la información. Los sujetos obligados deben publicar en sus páginas de internet los respectivos padrones de beneficiarios de los programas sociales que operan en cada ejercicio fiscal.

XII. a XLVIII. ...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Desarrollo Social y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social deberán emitir los criterios para el envío e integración de la información del padrón único de beneficiarios de programas sociales, que dispone la Ley General de Desarrollo Social, el artículo 85 fracción III de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en los 60 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto y definirán los calendarios para la entrega de información para la integración del padrón único.

Notas

1 IPRO. Informe de Resultados de 2013. PNUD, Transparencia Mexicana.

2 CESOP. Integración y concatenación de padrones de beneficiarios como factores de transparencia y rendición de cuentas.

3 Recientemente, la Sedesol lanzó el Sistema de Focalización de Desarrollo, con información de la población por atender mediante los programas sociales con datos almacenados a través del cuestionario único de información socioeconómica.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de octubre de 2017.— Diputadas y diputados: María del Rosario Rodríguez Rubio,Carlos Alberto Palomeque Archila, Exaltación González Ceceña, Jesús Antonio López Rodríguez, Pedro Garza Treviño, Víctor Ernesto Ibarra Montoya (rúbricas).»

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputada Rodríguez Rubio. Túrnese a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.



LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Tiene la palabra por tres minutos el diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un título a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en materia del Parlamento Infantil y Juvenil.

El diputado Rafael Hernández Soriano:Con la venia de la Presidencia y en atención a los 15 legisladores que aún permanecen en esta sala, me permito presentar esta iniciativa que reforma y adiciona un título a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene que ver con un tema muy relevante: los compromisos que tiene el Estado mexicano para garantizar los derechos de niñas, niños y jóvenes.

Hay una Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que por lo menos contiene 20 de ellos. Y también existen otros que estamos obligados a cumplir con la juventud nacional, sin embargo, no hay mecanismos para garantizarlos o materializarlos en su conjunto y en forma amplia.

Me referiré en esta iniciativa a uno muy importante, que es el derecho de participación. Nuestras jóvenes, nuestros niños, nuestras niñas tienen derecho a ser escuchados. A ser escuchados pero que también a que lo que propongan se materialice, es decir, que se convierta en una política pública, en un programa o en algo que lo haga materializable.

Y nosotros estamos proponiendo esta reforma para que un ejercicio que ya se ha hecho por 10 ocasiones en esta Cámara, que es el Parlamento Infantil, el Décimo Parlamento Infantil se celebró en febrero de este año, se institucionalice. Y que también el Parlamento Juvenil que se va a celebrar en las próximas semanas también en este recinto, se institucionalice. Es decir, que ya sea una obligación que por lo menos una vez, cada tres años, por lo menos una vez en cada legislatura se escuche a los jóvenes.

Pero no solamente se les escuche, sino decía que también lo que propongan tenga el carácter de vinculatorio a las políticas públicas, que cualquier órgano, incluso esta propia Cámara realiza o propone o legisla. Es decir, queremos garantizar la incidencia de nuestra juventud y nuestra niñez en lo que hacemos en este Congreso.

Por eso proponemos como parte de esta iniciativa, que haya un observatorio integrado por los mismos parlamentarios infantiles y juveniles para que vigilen que de verdad el cumplimiento a lo que nos están proponiendo sea garantizado.

En este esquema o en este orden de ideas estamos proponiendo que la duración de los parlamentos sea por lo menos de tres años, para que sea el plazo que nos demos como Estado, como Congreso General, para garantizar el derecho de participación y el derecho de propuesta a nuestra juventud y niñez. Ese es el sentido de la propuesta y esperemos que la respalden posteriormente en las comisiones, nuestros 15 diputados que aún nos están escuchando. Es todo, presidente.

«Iniciativa que adiciona un título a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Parlamento Infantil y Juvenil, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del Problema

Hoy en día, los sectores poblacionales más vulnerables y al mismo tiempo, los más olvidados y menos escuchados por el gobierno, son las niñas, niños, adolescentes y jóvenes del país.

Por ello y en aras de garantizar un espacio para que su voz se escuche en los más altos niveles de gobierno, la presente iniciativa pretende institucionalizar los Parlamentos Infantil y Juvenil que a lo largo de las legislaturas en el Congreso de la Unión, se han realizado.

Argumentos que sustentan la presente iniciativa

Actualmente, la definición de Estado ha cambiado, ya que la sociedad no funge como el elemento inmóvil que únicamente delegaba su poder de decisión a sus representantes, en cambio, ahora tenemos una sociedad más despierta, dinámica y que espera resultados.

Nos enfrentamos a una sociedad que exige y está consciente que en sus manos está el verdadero poder, especialmente en sectores como la niñez, la adolescencia y la juventud, quienes en diversas ocasiones, nos han demostrado tienen el poder y decisión de influir en la definición de las agendas.

A nivel internacional, el Estado mexicano ha adoptado diversos instrumentos, como lo es la Convención sobre los Derechos del Niño –aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 44/25, el 20 de noviembre de 1989— en los que se ha obligado a adoptar todas las medidas administrativas y legislativas o de otra índole para dotar de efectividad a los derechos reconocidos en dicho instrumento jurídico internacional a favor de todo niño, niña y adolescente.

En este orden de ideas, los Estados parte de la Convención en comento deben garantizar que las niñas, niños y adolescentes estén en condiciones de formarse un juicio propio; esto, en el marco del derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afectan, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones de estos, en función de su edad y madurez.

En ese sentido, los Parlamentos Infantil y Juvenil han fungido como espacios propicios donde se reúnen niñas, niños, adolescentes y jóvenes de todo el país para expresar sus deseos y necesidades y contribuir al cumplimiento de sus derechos.

Por ello y con la finalidad de promover su derecho a la libertad de expresión y participación, así como para generar ciudadanos interesados en la conducción de su país, es necesario garantizarles espacios de diálogo en los que además de expresar sus inquietudes y propuestas frente a las problemáticas que los aquejan, puedan adentrarse en el funcionamiento del Congreso de la Unión y el proceso legislativo, por ser éste el Poder encargado de representar a la sociedad y velar por el cumplimiento de sus derechos. Sin mencionar que es uno, que de acuerdo a las encuestas, padece de una ruptura y menor credibilidad frente a la sociedad.

Asimismo, la realización de las diversas ediciones de los Parlamentos Infantil y Juvenil, se ha demostrado que, cuando la infancia y la juventud se integran de manera activa en el mundo y tienen una participación activa en sus comunidades, éstos pueden influir de un modo apreciable generando cambios sociales oportunos desde edades tempranas. Además del hecho de que se impulsan ciudadanos aptos para responder no sólo y dentro de las aulas, sino para asumir las aptitudes y capacidades necesarias para contribuir al diálogo y a los usos democráticos de su país.

Sin duda alguna, las ediciones anteriores han dejado diversos aprendizajes, experiencias y testimonios de satisfacción, por parte de todos aquellos que han formado parte de éstos, por ello es que la inclusión y colaboración de instituciones, dependencias y en los tres órdenes de gobierno, tal como lo recomienda el Comité sobre los derechos del Niño de Naciones Unidas, así como el artículo 72 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, así como de organizaciones de la sociedad civil organizada, resultan fundamentales para la realización de dichos espacios.

Finalmente, es de recordar que no basta con brindarles un espacio para que la niñez, la adolescencia y la juventud de este país sea escuchada, se requiere dar continuidad a los trabajos y prever una participación constante frente a quienes toman las decisiones en el país, de ahí la necesidad de hacer vinculatorias las resoluciones de los Parlamentos con el trabajo legislativo de las Cámaras, así como de prever el seguimiento detallado del impacto de estos espacios en el desarrollo e implementación de leyes y políticas relevantes.

No queda duda, las necesidades específicas de estos sectores de la población son diversas, ya que no se trata de un grupo homogéneo, sino que [las diferencias en su] interior, tales como las de [sexo, cultura], origen étnico y estratificación socioeconómica, pesan de manera notable en su comportamiento demográfico y, en última instancia, en su desarrollo.

Por lo anterior, es necesario reconocer y garantizar, una plataforma de expresión, participación y diálogo directo para que sin pretextos, las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de nuestro país participen en la edificación de un estado democrático, pero sobre todo, para darles el reconocimiento e importancia a su aportación dentro de la sociedad.

Fundamento legal

El suscrito, diputado Rafael Hernández Soriano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un Título Séptimo a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Único.Se adiciona un Título Séptimo a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

De los Parlamentos Infantil y Juvenil Capítulo Único

Artículo 145.

1. Los Parlamentos Infantil y Juvenil serán organizados por las comisiones ordinarias atinentes en la materia, al menos una vez por legislatura en cada Cámara, de preferencia durante el segundo año de ejercicio.

Artículo 146.

1. Los lineamientos que rijan a los Parlamentos Infantil y Juvenil, serán los que en cada edición, las comisiones correspondientes determinen, en conjunto con las áreas administrativas de cada Cámara, instituciones, dependencias y organizaciones de la sociedad civil participantes.

Artículo 147.

1. Las comisiones en la materia, coordinarán a las instituciones, dependencias, organizaciones civiles y las áreas de las Cámaras participantes.

Artículo 148.

1. Las conclusiones de los Parlamentos Infantil y Juvenil serán vinculantes para ambas Cámaras.

Artículo. 149.

1. Para el seguimiento de las acciones que deriven de las conclusiones de los Parlamentos Infantil y Juvenil, se instalarán por el tiempo que dure la legislatura, dos consejos integrados por parlamentarios infantiles y juveniles, que entre sus atribuciones estarán:

a) Publicitar los resultados en los Parlamentos y difundir los trabajos legislativos de las Cámaras que de ellos deriven.

b) Opinar respecto a los proyectos legislativos derivados de los resultados de los Parlamentos; y

c) Tener acercamiento y participación constante con las comisiones que rigen la materia.

Transitorio

Único.Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.— Diputado Rafael Hernández Soriano(rúbrica).»

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputado Rafael Hernández Soriano. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



ABROGA LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS Y EXPIDE NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Tiene el uso de la palabra el diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas y expide una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas. Hasta por tres minutos, diputado. Muchas gracias, diputado Romero Tenorio.

El diputado Juan Romero Tenorio:Con la venia de la Mesa Directiva. Diputadas, diputados, estamos presentando una propuesta para presentar una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas. Las cooperativas en nuestra historia económica nacional han jugado un papel importante en el sector social. Esta propuesta pretende una nueva reglamentación del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dándole una naturaleza de orden público, de interés social y de observancia general a la estructura de los trabajadores en los procesos de producción.

Es necesaria esta reforma puesto que la actual ley fue promulgada en 1994 y atendiendo a los cambios económicos en el ámbito internacional, se exige una nueva estructura de las cooperativas para que puedan ser factor de impulso de la economía social.

Uno de los puntos centrales que proponemos es un nuevo modelo jurídico para que las sociedades cooperativas sean reconocidas en el entorno de competitividad como sujetos que puedan proporcionar créditos.

Esta propuesta lleva a impulsar a las cooperativas como organización del sector social apoyando su organización, su constitución, la promoción de las mismas, establecer un marco de participación y de impulso en políticas públicas que garanticen la participación de los trabajadores que se unen con un objeto común: La solidaridad y el compromiso de tener beneficio para la colectividad fuera de los márgenes que puede permitir una sociedad mercantil.

También se establece el marco para impulsar que las cooperativas sean proveedores de bienes y servicios apoyando la economía social y apoyando las políticas públicas en los diferentes sectores y niveles de gobierno.

Les respalda el financiamiento de proyectos de investigación científica en materia cooperativa, se impulsa el acceso a estímulos e incentivos para la integración de las sociedades cooperativas, entre otras acciones como apoyos fiscales y de simplificación administrativa.

Esta propuesta tiende a suplir las deficiencias de la actual Ley de Cooperativas para efectos de garantizar la participación del sector social en un mercado abierto en donde la competitividad se convierte en un factor importante para generar nuevas fuentes de trabajo, y sobre todo para lograr un beneficio en las comunidades donde se impulsa la cooperativa, ya sea en el ámbito rural o en los proyectos de producción, de transformación de materias y de distribución de mercancías.

Queda a la consideración de ustedes esta propuesta de nueva ley que busca fortalecer e impulsar el sector social de la economía. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas y expide la nueva Ley General de Sociedades Cooperativas, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena

Juan Romero Tenorio, en mi carácter de diputado federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el 6, párrafo 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de agosto de 1994, y expide una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Los fundamentos de lo que ahora llamamos economía social solidaria tienen su origen en las distintas expresiones filosóficas en las que se hace referencia a la forma de organización social basada en principios de igualdad, libertad y ayuda mutua.

Se crearon escuelas filosóficas que con distintos alcances inspiraron formas de organización de social, distintas a las que se regían por una concepción individualista de la sociedad.

De esta forma se propagaron preceptos como la ayuda mutua (Demócrito), comunidades autosuficientes (Sócrates, Zenón de Cito), solidaridad” (Protágoras de Abdera), “sociedad igualitaria” (Platón), “economía doméstica”, “libertad” y “democracia” (Aristóteles), “comunidades autárquicas fundamentadas en la amistad y la solidaridad (Epicúreos).

A esto le siguieron diversos tipos de organización social que tuvieron como propósito promover la vida comunitaria regida por la ayuda mutua, con exaltación del trabajo material (Padres de la Iglesia), ayuda mutua y solidaridad (guildas o gremios de artesanos, corporaciones de comerciantes, hermandades).

Filósofos de la talla de Thomas More y Tommaso Campanella expusieron los fundamentos de organización social basada en aspectos sustantivos como la igualdad, el trabajo y la democracia, los miembros dela masonería simbólica abordaron el problema desde una perspectiva de solidaridad, ayuda mutua y principios liberales y finalmente los cooperativas y sindicatos de obreros proclamaron la cooperación en el orden social y económico, así como el asociacionismo entre trabajadores para la defensa de intereses económicos comunes.

En el siglo XIX Robert Owen creó su primera Aldea Cooperativa. Por consistir en una propuesta de organización productiva alterna a la economía del sector capitalista, se le considera a Owen como el pionero del cooperativismo. En el mismo sentido se manifestó Fourier como su propuesta de asociación libre de los ciudadanos en comunidades de trabajo (falansterios), o la propuesta de tipo moral (Dunoyer) publicada en su Tratado de Economía Social donde aparece por primera vez el término.

También cobra fuerza el mutualismo impulsado por su precursor Proudhon y la creación del primer Banco Mutualista en EU, y en Europa proliferan las cooperativas de producción y venta de mercancías (Alemania, Francia, Italia) y aparecen en Latinoamérica las primeras organizaciones sociales de trabajadores (Brasil, Argentina, Puerto Rico, México, Colombia).

A principios del siglo XX ya existían diversas instituciones que agrupaban esta corriente económica –por ejemplo, el Congreso Internacional Cooperativo y la Organización de Cooperativas de América–. En la segunda mitad del siglo XX las organizaciones cooperativas reciben el aliento de investigadores que, en diversas publicaciones, profundizan en el fondo doctrinario, filosófico y económico, a la vez que promueven este tipo de organizaciones, entre ellos Razeto, Max-Nef, Kleener, Ramírez y Armenta. En este sentido es justo mencionar también las manifestaciones de la iglesia vaticana y desde luego las Universidades Obreras y Cooperativas.

La persistencia histórica de las organizaciones sociales en el ámbito de la producción y los servicios ha sido motivo de los esfuerzos permanentes que se llevan a cabo en todo el mundo respecto de una teoría económica social solidaria que agrupa en un marco conceptual los principios fundamentales de las organizaciones económicas del sector social.

La economía social y solidaria, entendida como un conjunto de experiencias económicas fundadas en valores solidarios, ha dado lugar en los últimos años al surgimiento de nuevos actores (bancos éticos, organizaciones de comercio justo, empresas autogestionarias, empresas recuperadas, redes de productores orgánicos o productores artesanales, etc.) que sumados a los actores de mayor tradición (cooperativas, mutuales, asociaciones) caracterizan un sector específico de la economía a la par que un movimiento social de considerable dinamismo, sobre todo en países latinoamericanos y europeos.

Diferencia jurídica de las cooperativas y sociedades mercantiles

La estructura jurídica de las sociedades cooperativas es diferente a la sociedad mercantil, pues en aquélla el capital no constituye un elemento de la producción que tenga derecho a las utilidades que genere la empresa sino únicamente a percibir un interés.

A la sociedad cooperativa le corresponde una forma jurídica mercantil especial, en virtud que el capital no constituye la base para repartir los rendimientos, a los socios, sino que estos se distribuirán en atención a la participación personal del socio, sea de consumo o de trabajo.

Los beneficios que resultan de una adecuada actividad empresarial, constituyen un lucro en el más amplio sentido de la palabra, pero que sin embargo son el resultado del esfuerzo personal de los cooperativistas,

Es decir, las cooperativas, aun cuando obtienen un lucro a partir de su propio esfuerzo, no tienen un ánimo de lucro como lo establece la legislación mercantil, sino que es el adecuado manejo empresarial el que resulta en un beneficio para la cooperativa que repartirá sus ingresos en base al esfuerzo de sus integrantes y no del capital.

Cabe señalar que La Ley General de Sociedades Cooperativas de 1994 estableció un nuevo marco jurídico para las sociedades cooperativas nacionales e introdujo nuevos elementos jurídicos que permitieron su evolución en nuestro país. Entre otros se estableció:

1) Suprimir la prohibición de lucro contenida en la Ley General de Sociedades Cooperativas de 1938.

2) Se estableció en el artículo 13 párrafo segundo la obligación de inscribir las sociedades cooperativas en el anterior “Registro Cooperativo Nacional” dependiente de la Secretaría del Trabajo y se estableció que “El acta constitutiva de la sociedad cooperativa de que se trate, se inscribirá en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio social”.

3) Se estableció en su artículo 16, fracción VIII, que “Las bases constitutivas de las sociedades cooperativas contendrán: Duración del ejercicio social que podrá coincidir con el año de calendario, así como el tipo de libros de actas y de contabilidad a llevarse”; estableciendo una forma precisa de llevar un libro de contabilidad a semejanza de las sociedades mercantiles.

4) La quiebra o suspensión de pagos antes exclusiva de las sociedades mercantiles fue introducida en el artículo 72. Que señala “En los casos de quiebra o suspensión de pagos de las Sociedades Cooperativas, los órganos jurisdiccionales que señala el artículo 9 aplicarán la Ley de Concursos Mercantiles”.

Estos cambios fueron el inició, en México, para insertar a las sociedades cooperativas dentro de los mercados mundiales.

Casi un cuarto de siglo después (1994-2017) es necesario reconocer cuál es la nueva realidad para afrontar los nuevos desafíos para la gestión de cooperativas en mercados globalizados

Para ello, al menos es necesario vislumbrar los siguientes escenarios:

1) Entender con claridad lo que está pasando con la globalización

El primer desafío básico e inicial corresponde a lograr tener claridad en saber qué es lo que está pasando a nivel internacional con la globalización, y como esto afecta a su sector de actividad económica específica, en su región y país en particular. Ya se ha definido por más de algún autor que nuestra época se caracteriza por ser la sociedad del riesgo y de la incertidumbre. Riesgo e incertidumbre que no debieran conducir a la parálisis, sino que a una acción aún más decidida orientada a contar con la información disponible sobre lo “que está pasando”.

2) Evaluar cómo posicionar su actividad empresarial en el contexto de mercados globales. Independientemente de que una cooperativa oriente su actividad a algún tipo de actividad comercial internacional debiera ser posible que desarrolle un diagnóstico específico sobre el impacto de la globalización sobre su actividad económica central, y que a la vez genere una estrategia para enfrentar estos escenarios cambiantes y complejos.

3) Conciliar los principios cooperativos con la internacionalización de la empresa cooperativa.

Al respecto existe un intenso debate acerca de cuál es la verdadera validez y aplicabilidad de los principios cooperativos en un entorno de globalización, puesto que las exigencias de entornos económicos cada vez más abiertos y competitivos harían irreal la alternativa de una aplicación irrestricta de los valores y principios cooperativos históricos, como aquellos actualizados en el Congreso de ACI en Manchester en el año 1995.

Temas históricos en el campo de la doctrina cooperativa, como lo es la cooperación entre cooperativas, se plantean hoy como una innovación en el campo de la gestión de empresas, pero con el nombre de “alianzas estratégicas”, o la educación de las personas se promueve en la actualidad como la centralidad del capital humano en la economía y en el progreso de las naciones, o que la responsabilidad social empresarial es una piedra angular para el desarrollo de los países, cuando ha estado por más de 150 años en el ideario del movimiento cooperativo.

4) Explorar formas innovadoras de inter cooperación a nivel internacional.

Hoy, más que nunca, el principio tradicional del movimiento cooperativo que promovía y estimulaba la cooperación entre cooperativas a nivel local, nacional e internacional, cobra más sentido que nunca.

Probablemente el contexto mundial actual caracterizado por la globalización plantea por primera vez la exigencia-posibilidad al sector cooperativo, de superar su marco de acción local-nacional, y llevar su doctrina, filosofía y logros a nivel internacional.

La imagen de las últimas décadas de que existía un predominio de la economía de mercado signo neoliberal, está asociada directamente a la imagen y realidad del dominio de los mercados internacionales por las empresas capitalistas tradicionales, tiene mucho que ver con la ausencia de participación en estos niveles de las empresas cooperativas, y por ello en estos momentos se presenta esta posibilidad, de lograr generar mayores niveles de equidad en los intercambios comerciales a nivel internacional, en la medida que el sector de empresas cooperativas y otras entidades de la economía social, adopten estrategias de actuación que sean fieles a sus principios ideológicos.

5) Generar fórmulas de gobierno corporativo democráticas y participativas a nivel internacional.

6) Establecer alianzas estratégicas con otros actores sociales y económicos públicos y privados.

En el contexto de la globalización las cooperativas se ven impulsadas a salir de sus clásicos límites locales y nacionales, y se ven impulsadas a desarrollar su trabajo en fronteras mucho más amplias.

Para muchas cooperativas, tanto pequeñas, medianas o grandes, es habitual que su trabajo en los marcos geográficos tradicionales se realice de forma bastante autónoma, y sin mayores relaciones con otros actores públicos o privados, especialmente cuando la propia empresa cooperativa ha implementado una capacidad de desarrollo auto sostenido.

Cuando la cooperativa enfrenta entornos más amplios, en la mayor parte de las ocasiones se enfrenta a escenarios y dinámicas que le serán completamente desconocidos, situación en la cual una herramienta importante en su estrategia de acción corresponderá a la realización de “alianzas estratégicas” con esos actores locales de entornos comerciales ampliados.

Será entonces la hora de explorar relaciones con actores sociales y económicos privados, como sindicatos, gremios empresariales tradicionales, preferentemente de la pequeña y mediana empresa (pero sin descartar a las grandes empresas), a las organizaciones asociativas de base y entidades sin fines de lucro entre otras; como también con actores del sector público, especialmente a nivel local-comunal.

7) Construcción de un modelo de análisis de la actuación de las empresas cooperativas en el contexto de la globalización.

Se trata por tanto de avanzar en la construcción de un modelo y metodología de investigación y acción, que se oriente tanto al diagnóstico de la situación actual y proyecciones de internacionalización de una empresa cooperativa particular, como a mediano plazo contar también con una herramienta que permita apoyar los esfuerzos de internacionalización de empresa cooperativa con énfasis en la preservación de su identidad y rasgos característicos, a la vez que la evaluación de tales procesos.

En México, la política pública de economía social requiere de nuevos instrumentos que impulsen este sector de la economía: la iniciativa que aquí se presenta plantea la creación de una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas, para adaptar las organizaciones cooperativas a las nuevas condiciones que vive la economía nacional como resultado de un sistema económico globalizado, sin que se menoscaben los principios y valores sustantivos que distinguen a las empresas cooperativas. En específico se trata de posibilitar la creación y operación de Sociedades Cooperativas Integradoras, mediante la co-asociación libre de cooperativas de primer grado.

Asimismo se busca actualizar la facultad de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo para realizar libremente sus operaciones con cualquier socio, independientemente de que sea persona física o persona moral constituida como cooperativa de primer grado.

Un punto central del nuevo modelo jurídico para las sociedades cooperativas debe reconocer el entorno competitivo de las cooperativas de crédito.

Las cooperativas de crédito constituyen un conjunto de entidades heterogéneas en dimensión, que actúan y compiten en un entorno financiero muy competitivo. Junto con las cajas de ahorros y los bancos tienen como finalidad principal la canalización de los flujos financieros entre prestamistas y prestatarios.

Desde esa vertiente de cultura empresarial, las cooperativas de crédito se pueden identificar de forma más genérica como entidades o empresas financieras de economía social, aspecto que puede hacerse extensible —aunque sin personalidad jurídica propia— a las secciones de crédito de las sociedades cooperativas.

En cuanto a su modelo de intermediación financiera, cabe subrayar que, las cooperativas de crédito han practicado, desde su origen, un modelo particular de «banca de negocios» o de banca «de empresas y de empresarios» que, necesariamente, ha debido adaptarse a los continuos cambios en el ámbito empresarial y en su entorno socioeconómico. Más concretamente, estas entidades centran gran parte de su actividad en un modelo de negocio que cabría identificar como «banca de empresarios», compartiendo las características de la banca de empresas o negocios y de la banca de particulares.

Las cooperativas de crédito desarrollan un modelo de banca especial y especializada, de origen netamente empresarial o profesional, compatible con una vocación universal requerida por la necesidad de diversificar su actividad para evitar, entre otras cosas, la concentración de riesgos sectoriales.

En cualquier caso, las cooperativas de crédito no pueden olvidar su carácter dual como entidades financieras y como sociedades cooperativas.

Cooperativas de crédito

Esta iniciativa se basa en reconocer como un hecho central que las cooperativas de crédito han evolucionado desde su origen para satisfacer una demanda cambiante de sus socios y usuarios.

De un enfoque eminentemente agrícola, en el caso de las cajas rurales, se ha pasado a un enfoque o modelo de «banca universal».

En el caso de las cooperativas de crédito de tipo popular o profesional, su orientación industrial y urbana también ha evolucionado sustancialmente. Se ha dado cabida al concepto de banca de empresas, a la inversión socialmente responsable y otras facetas que configuran el actual modelo de servicios financieros. En el aspecto específico de banca de empresas —y de empresarios— que practican las cooperativas de crédito, se aprecian una serie de características particulares que, en cierto modo, difieren del modelo clásico o convencional de banca de negocios.

Contenido de la iniciativa

Se plantea abrogar la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de agosto de 1994 y expedir una nueva ley.

Este nuevo instrumento legal que se propone contiene 124 artículos divididos en cinco títulos en la siguiente manera:

El Título Primero está referido a las disposiciones generales, y se establece que la presente Ley es reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; es de orden público, interés social y de observancia general en el territorio nacional.

Asimismo, que tiene por objeto regular el fomento, constitución, organización, funcionamiento y extinción de las sociedades cooperativas y los organismos cooperativos en que libremente se agrupen, así como estipular los derechos y obligaciones de sus socias y socios.

Igualmente define a la Sociedad Cooperativacomo la forma de organización social con personalidad jurídica, integrada por personas físicas que realiza actividades económicas con el propósito de satisfacer sus necesidades individuales y colectivas, a través de la producción, distribución y consumo de bienes y servicios, con base en intereses comunes, y en los principios de Membresía abierta y voluntaria; Control democrático de los miembros; Participación económica de los miembros; Autonomía e independencia; Educación, formación e información; Cooperación entre cooperativas; Compromiso con la comunidad y valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad.

Señala con precisión que las sociedades cooperativas se podrán dedicar libremente a cualquier actividad económica lícita, salvo a actividades de subcontratación de personal, por ser actividades que van en detrimento de los derechos sociales de las personas.

El Título Segundo trata sobre la constitución y registro, las clases y categorías, el funcionamiento y administración, el régimen económico, las socias y socios trabajadores, de la disolución y liquidación.

Se indican los requisitos mínimos observables en la constitución de las sociedades cooperativas como: Reconocer un voto por cada socia o socio, independientemente de sus aportaciones; que serán de capital variable; que habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socias y socios; Su duración; Que Se integrarán con un mínimo de cinco socias o socios; excepto las sociedades cooperativas de pesca y las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, que deberán constituirse cuando menos con veinticinco personas; y que podrán asociar un número ilimitado de socias y/o socios.

Se establece un régimen de responsabilidad limitada, cuando las socias o socios solamente se obliguen al pago de los certificados de aportación que hubieren suscrito. Será suplementada, cuando las socias o socios respondan a prorrata por las operaciones sociales, hasta por la cantidad determinada en el acta constitutiva.

Se establece la obligación para la Secretaría de Desarrollo Social de elaborar y mantener actualizada la estadística nacional de sociedades cooperativas. Así como la posibilidad de que las sociedades cooperativas que tengan participación estatal podrán inscribirse en el Instituto Nacional de la Economía Social, siempre que la autoridad federal, estatal, municipal o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, manifieste expresamente su autorización para dar en administración o concesión los elementos necesarios para la producción o prestación de servicios.

El Título Tercero trata exclusivamente de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, e indica que son sociedades cooperativas de ahorro y préstamo aquéllas sociedades cooperativas que se constituyen con el objeto de realizar operaciones de captación de ahorro de sus socios y colocación de préstamos entre los mismos. Estas sociedades cooperativas se regirán por la presente Ley, así como por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

Se define como ahorro, la captación de recursos a través de depósitos de ahorro de dinero de sus Socios; y como préstamo, la colocación y entrega de los recursos captados entre sus mismos Socios.

Se establece el funcionamiento de las cooperativas de ahorro y préstamo los órganos siguientes a través de un Comité de Crédito; un director o gerente general, y un auditor Interno.

Y se señala claramente la obligación para que las actas de las Asambleas Generales Ordinarias serán protocolizadas ante fedatario público y en su caso inscritas en el Registro Público del Comercio.

Asimismo, a fin de garantizar la transparencia sobre la funcionalidad de estas cooperativas se indica que el consejo de vigilancia de las cooperativas de ahorro y préstamo será el órgano encargado de supervisar el funcionamiento interno de la Cooperativa, así como el cumplimiento de sus estatutos y demás normatividad aplicable.

Para el nombramiento de las personas integrantes del Consejo de Vigilancia, se hará por medio de la Asamblea General, y que durarán en su cargo un máximo de cinco años, pudiendo ser reelectos como máximo hasta por otro periodo similar, con aprobación de las dos terceras partes de la Asamblea General.

A fin de garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del Consejo de Vigilancia, en las bases constitutivas de la sociedad cooperativa se deberá estipular un sistema de renovación cíclica y parcial de los consejeros.

El Consejo de Vigilancia estará integrado por un número impar de personas que no podrá ser mayor de cinco, y contará con al menos tres suplentes, mismos que desempeñarán los cargos de Presidente, Secretario y Vocales.

El consejo de vigilancia ejercerá la supervisión de todas las actividades de la sociedad cooperativa y tendrá el derecho de veto sólo para que el consejo de administración reconsidere las resoluciones vetadas. El derecho de veto deberá ejercitarse ante el Presidente del Consejo de Administración, en forma verbal e implementarse inmediatamente por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la de la resolución. Si fuese necesario, en los términos de esta ley y de su reglamento interno, se convocará dentro de los siguientes treinta días, a una Asamblea General extraordinaria para la atención del conflicto.

El Título Cuarto versa sobre los organismos cooperativos y de los organismos cooperativos de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

Para la ejecución de planes de mejora, apoyo a la comercialización y financiamiento y, en general para todo aquello que tienda a dar cumplimiento cabal al ciclo económico y sus funciones, las sociedades cooperativas podrán asociarse entre sí, previo acuerdo de su asamblea general, formando organismos cooperativos de segundo nivel.

Se establece que los organismos cooperativos adoptarán la figura jurídica de cooperativas y podrán agrupar un mínimo de cinco sociedades cooperativas, con las salvedades propias a su naturaleza; y que su objeto social es el de representar, promover y defender los intereses de las sociedades cooperativas asociadas, así como las actividades económicas que estas realicen.

Para los efectos de esta ley, serán organismos cooperativos los siguientes: Uniones y federaciones; Confederaciones; y el Consejo Superior del Cooperativismo.

Las uniones y federaciones se constituirán como sociedades cooperativas de segundo nivel; las confederaciones como sociedades cooperativas de tercer nivel, y el Consejo Nacional Cooperativo, como sociedad cooperativa de cuarto nivel de carácter único.

El Título Quinto de la presente iniciativa establece una Política de Estado de Fomento Cooperativo, con el objeto de atender lo dispuesto por el párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Y señala que corresponde a los gobiernos federal, estatal, municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, la elaboración, ejecución, y evaluación de políticas públicas orientadas a promover y fomentar la actividad cooperativa y de los organismos cooperativos, así como la difusión de los valores y principios en que se sustenta.

Se entiende como fomento cooperativo al conjunto de normas jurídicas y acciones que se deberán observar para la organización, expansión y desarrollo del sector y movimiento cooperativo, mismo que deberá orientarse conforme, entre otros fines, a los siguientes:

* Apoyo a la organización, constitución, desarrollo e integración de las propias sociedades cooperativas y de sus organismos cooperativos, como medios para la organización social orientados a una mayor participación de la población en actividades económicas, el impulso del empleo digno y sustentable, redistribución del ingreso, la equidad de género y el desarrollo económico y social sustentable del país;

* Promoción de la economía social y cooperativista en la producción, distribución, comercialización y financiamiento de los bienes y servicios que generan y que sean socialmente necesarios;

* Desarrollar acciones que propicien mayor participación de las empresas del sector social en la economía nacional;

* Apoyar con los programas operados por la autoridad educativa para el establecimiento de un sistema de educación y capacitación cooperativa, que genere mecanismos de difusión de la cultura del cooperativismo, basada en la organización social, humanista, autogestiva y democrática del trabajo, incluyendo el desarrollo de competencias técnicas y profesionales, las virtudes éticas y las habilidades organizacionales de las sociedades cooperativas. Para el efecto, se apoyarán a las escuelas, institutos y organismos especializados en educación cooperativa y las actividades que en este sentido realicen las universidades o instituciones de educación superior en el país;

* Impulso a la proveeduría de bienes y servicios que produzcan las sociedades cooperativas a los diferentes niveles de gobierno, observando las modalidades y tendencias internacionales;

* Establecimiento de acciones que propicien que las empresas que se encuentren en crisis sean adquiridas por parte de sus trabajadores, por medio de su constitución en sociedades cooperativas;

* Fomento de proyectos de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación;

* Respaldo al financiamiento de proyectos de investigación científica en materia cooperativa;

* Impulso para el acceso a estímulos e incentivos para la integración de las sociedades cooperativas, entre otras acciones, a los apoyos fiscales y de simplificación administrativa;

* Incorporación del sector cooperativo en la formulación del Plan Nacional de Desarrollo y a las instancias de participación y de representación social de las diferentes dependencias y organismos de la administración pública federal, estatal, municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México;

* Prestación de servicios de asesoría y asistencia técnica, legal y económica para la adecuada operación de las sociedades cooperativas y sus organismos cooperativos;

* Concesión o administración de bienes y/o servicios públicos a favor de las sociedades cooperativas y sus organismos cooperativos, por medio de alguna sociedad cooperativa de participación estatal;

* Impulso conjuntamente con las sociedades cooperativas y sus organismos cooperativos, de proyectos de desarrollo social de las comunidades donde operan;

* Estímulo de la participación social en actividades de promoción, divulgación y financiamiento de proyectos cooperativos, de tal manera que se fomente la cultura del trabajo asociado, el consumo social y del ahorro, mediante sociedades cooperativas de producción, consumo y de ahorro y préstamo;

* Fomento de las acciones de coordinación y colaboración en materia cooperativa con la federación, los estados, municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; así como con países y organismos internacionales de carácter público, privado o social que fortalezcan el cooperativismo mexicano;

* Impulso a la promulgación de leyes locales de fomento cooperativo.

Todo lo anterior sirvan para ejemplificar y son razones contundentes para proponer la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de agosto de 1994, y expide una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas

Único. Se abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de agosto de 1994 y expide una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas para quedar como sigue:

Ley General de Sociedades Cooperativas

Título Primero Capítulo IDisposiciones generales

Artículo 1. La presente ley es reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; es de orden público, interés social y de observancia general en el territorio nacional.

Tiene por objeto regular el fomento, constitución, organización, funcionamiento y extinción de las sociedades cooperativas y los organismos cooperativos en que libremente se agrupen, así como estipular los derechos y obligaciones de sus socias y socios.

Artículo 2. Sociedad Cooperativa, es la forma de organización social con personalidad jurídica, integrada por personas físicas que realiza actividades económicas con el propósito de satisfacer sus necesidades individuales y colectivas, a través de la producción, distribución y consumo de bienes y servicios, con base en intereses comunes, y en los principios de Membresía abierta y voluntaria; Control democrático de los miembros; Participación económica de los miembros; Autonomía e independencia; Educación, formación e información; Cooperación entre cooperativas; Compromiso con la comunidad y valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad.

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá:

I. Actos Cooperativos, a los hechos realizados en atención a la organización y funcionamiento interno de las sociedades cooperativas;

II. Ahorro, a la captación de recursos a través de depósitos de dinero proveniente de socias y socios de las sociedades cooperativas;

III. Balance Social, a la herramienta establecida por la Alianza Cooperativa Internacional para medir el desempeño de las sociedades cooperativas, considerando el equilibrio entre el beneficio económico y los logros sociales, tomando como referencia los principios cooperativos;

IV. Movimiento Cooperativo Nacional, al sistema cooperativo y a todas las organizaciones e instituciones de asistencia técnica del cooperativismo a nivel nacional. Su máximo representante será el Consejo Superior del Cooperativismo;

V. Organismos Cooperativos, a las uniones, federaciones y confederaciones que sean integradas por las sociedades cooperativas;

VI. Préstamo, a la colocación y entrega de los recursos captados entre socias y socios de las sociedades cooperativas que se dediquen a tal función;

VII. Remanentes, los remanentes de cada ejercicio social son la diferencia entre el total de ingresos menos el total de costos y gastos del ejercicio, los cuales se consignarán en el estado de resultados y en el balance general;

VIII. Sector Cooperativo, a la estructura económica, social y jurídica que conforman las sociedades cooperativas y sus organismos de representación y de articulación económica y social, es parte integrante del Movimiento Cooperativo Nacional. Su máximo representante será el Consejo Nacional Cooperativo;

IX. Sistema Cooperativo, a la estructura económica y social que integran las sociedades cooperativas y los organismos cooperativos;

XI. Socia y/o socio, a la persona que de manera voluntaria forma parte de la constitución y funcionamiento de una sociedad cooperativa.

Artículo 4. Para su funcionamiento, las sociedades cooperativas deberán observar los siguientes principios:

I. Administración democrática;

II. Distribución de los rendimientos en proporción a la participación de las socias y socios;

III. Fomento de la educación cooperativa y de la educación en la economía social y solidaria;

IV. Libertad de asociación y retiro voluntario de las socias y socios;

V. Limitación de intereses a algunas aportaciones de las socias y socios, si así se pactara;

VI. Participación en la integración cooperativa;

VII. Promoción de la cultura ecológica;

VIII. Perspectiva de género; y

IX. Respeto al derecho individual de las socias y socios de pertenecer a cualquier partido político o asociación religiosa.

Artículo 5. El importe total de las aportaciones que las socias y socios de nacionalidad extranjera efectúen al capital de las sociedades cooperativas, no rebasará el porcentaje máximo estipulado en la Ley de Inversión Extranjera.

Las personas extranjeras no desempeñarán puestos de dirección o administración en las sociedades cooperativas, además deberán cumplir con lo descrito por la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 6. Las sociedades cooperativas se podrán dedicar libremente a cualquier actividad económica lícita, salvo a actividades de subcontratación de personal, por ser actividades que van en detrimento de los derechos sociales de las personas.

Artículo 7. Salvo lo dispuesto por las leyes que rigen materias específicas, para el conocimiento y resolución de las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de la presente ley, serán competentes los tribunales civiles, tanto federales como del fuero común.

Artículo 8. Las personas jurídicas que simulen constituirse en sociedades cooperativas o usen indebidamente las denominaciones alusivas a las mismas, serán nulas de pleno derecho y estarán sujetas a las sanciones que establezcan las leyes respectivas.

Quienes celebren actos simulados en nombre de alguna sociedad cooperativa, responderán del cumplimiento de los mismos en forma solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o de cualquier índole en que hubieren incurrido.

Para lo no previsto en la presente ley, se aplicará de manera supletoria la Ley General de Sociedades Mercantiles, en tanto no se oponga a la naturaleza, organización y funcionamiento de las sociedades cooperativas.

Título Segundo Capítulo IDe la Constitución y Registro

Artículo 9. En la constitución de las sociedades cooperativas, cuando menos se observará lo siguiente:

I. Se reconocerá un voto por cada socia o socio, independientemente de sus aportaciones;

II. Serán de capital variable;

III. Habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socias y socios;

IV. Su duración;

V. Se integrarán con un mínimo de cinco socias o socios; excepto las sociedades cooperativas de pesca y las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, que deberán constituirse cuando menos con veinticinco personas; y

VI. Podrán asociar un número ilimitado de socias y/o socios.

Artículo 10. La constitución de sociedades cooperativas deberá realizarse en asamblea general que celebren las personas interesadas, en dicho evento se deberá redactar un acta que cuando menos contendrá lo siguiente:

I. Datos generales de las personas fundadoras;

II. Nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez los consejos y comisiones; y

III. Las bases constitutivas.

Las socias y socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de ser suyas las firmas o las huellas digitales que obran en el acta constitutiva, lo cual podrán hacer ante notario o corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la misma materia del fuero común, presidente municipal, secretario, delegado municipal o titular de las alcaldías de la Ciudad de México, en cualquier caso, del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio.

Artículo 11. A partir del momento de la firma del acta constitutiva, las sociedades cooperativas contarán con personalidad jurídica, tendrán patrimonio propio y podrán celebrar actos jurídicos y contratos, así como asociarse libremente con personas físicas y/o personas jurídicas colectivas para la consecución de su objeto social.

El acta constitutiva de la sociedad cooperativa de que se trate, deberá ser inscrita en el Padrón Nacional de Sociedades Cooperativas a cargo del Instituto Nacional de la Economía Social que corresponda a su domicilio social.

Artículo 12. Las sociedades cooperativas podrán adoptar el régimen de responsabilidad limitada o suplementada de los socios.

La responsabilidad será limitada, cuando las socias o socios solamente se obliguen al pago de los certificados de aportación que hubieren suscrito. Será suplementada, cuando las socias o socios respondan a prorrata por las operaciones sociales, hasta por la cantidad determinada en el acta constitutiva.

Artículo 13. El régimen de responsabilidad de las socias y socios que se adopte, surtirá efectos a partir de la inscripción del acta constitutiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Entretanto, todas las socias y los socios responderán en forma subsidiaria por las obligaciones sociales que se hubieren generado con anterioridad a dicha inscripción.

Las personas que realicen actos jurídicos como representantes o mandatarios de una sociedad cooperativa no inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, responderán del cumplimiento de las obligaciones sociales frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o de cualquier índole en que hubieren incurrido.

Artículo 14. Las bases constitutivas de las sociedades cooperativas cuando menos contendrán lo siguiente:

I. Denominación y domicilio social;

II. Duración, la cual podrá ser indefinida;

III. Objeto social, expresando cada una de las actividades a desarrollar;

IV. Los regímenes de responsabilidad limitada o suplementada de sus socias y socios, debiendo expresar el régimen adoptado en su denominación;

V. Forma de constituir o incrementar el capital social; expresión del valor original de los certificados de aportación y su forma de pago, así como los criterios de valuación de los bienes, derechos, servicios o trabajo en caso de que se aporten;

VI. Requisitos y procedimientos para la admisión, así como las causales de exclusión y separación voluntaria de las socias y socios;

VII. Forma de constituir los fondos sociales, su objeto, monto y criterios para su aplicación;

VIII. Áreas de trabajo que vayan a crearse y reglas para su funcionamiento, en particular la relativa a la educación cooperativa y a la educación en la economía social y solidaria;

IX. Duración del ejercicio social, que podrá coincidir con el año calendario;

X. Tipo de libros sociales, de registro contable, y de actas que deben llevarse;

XI. Forma en que el personal deberá caucionar los fondos y bienes a su cargo;

XII. El procedimiento para convocar y formalizar las asambleas generales ordinarias que se realizarán por lo menos una vez al año, así como las extraordinarias que se realizarán en cualquier momento a pedimento de la asamblea general, del consejo de administración, del consejo de vigilancia o cuando menos por el veinte por ciento del total de las socias y socios de la sociedad cooperativa;

XIII. Derechos y obligaciones de las socias y socios, así como los mecanismos de conciliación y arbitraje en caso de conflicto;

XIV. Formas de dirección y administración interna, así como sus atribuciones y responsabilidades;

XV. Tipos de reglamentos necesarios para la operación y funcionamiento, tanto en su estructura directiva como operacional, donde se estipulen las facultades y atribuciones de los consejos y sus directivos, así como el sistema de estímulos y normas disciplinarias; y

XVI. Procedimiento para asociarse en forma optativa a un organismo cooperativo.

Será nula de pleno derecho cualquier cláusula o estipulación contenida en las bases constitutivas que vaya en contraposición a lo estipulado en esta ley.

Artículo 15. La Secretaría de Desarrollo Social elaborará y mantendrá actualizada la estadística nacional de sociedades cooperativas.

Artículo 16. Las sociedades cooperativas que tengan participación estatal podrán inscribirse en el Instituto Nacional de la Economía Social, siempre que la autoridad federal, estatal, municipal o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, manifieste expresamente su autorización para dar en administración o concesión los elementos necesarios para la producción o prestación de servicios.

Artículo 17. Para la modificación de las bases constitutivas, se deberá seguir el mismo procedimiento que se señala para el otorgamiento del acta constitutiva, asimismo, deberá inscribirse en el Instituto Nacional de la Economía Social.

Capítulo IIDe las Distintas Clases y Categorías

Artículo 18. Forman parte del sistema cooperativo las siguientes clases de sociedades cooperativas:

I. De consumidores de bienes y/o servicios;

II. De productores de bienes y/o servicios; y

III. De ahorro y préstamo.

Artículo 19. Son sociedades cooperativas de consumidores, aquéllas cuyas personas integrantes se asocien con el objeto de obtener en común artículos, bienes y/o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades de producción.

Artículo 20. Las sociedades cooperativas de consumidores, independientemente de la obligación de distribuir artículos o bienes a las socias y socios, o de consumir servicios en común, podrán realizar operaciones con el público en general, siempre que se permita a las personas consumidoras afiliarse a las mismas, en el plazo que establezcan sus bases constitutivas.

Artículo 21. Los excedentes en las sociedades cooperativas de consumidores que reporten los balances anuales, se distribuirán en razón de las adquisiciones que las socias y socios hubiesen efectuado durante el ejercicio fiscal, y podrán ser en efectivo o en especie, según lo decida la asamblea general.

Artículo 22. En caso de que las personas consumidoras ingresen como asociadas a las sociedades cooperativas de consumo, los excedentes generados por sus compras, se aplicarán a cubrir y pagar su certificado de aportación. Si dichas personas no retirasen en el plazo de un año los excedentes a que tienen derecho, ni hubiesen presentado solicitud de ingreso a las sociedades cooperativas, los montos correspondientes se aplicarán a los fondos de reserva, previsión social y educación cooperativa, según lo determinen las bases constitutivas de dichas sociedades.

Artículo 23. Las sociedades cooperativas de consumidores podrán dedicarse a actividades de abastecimiento, distribución, así como a la obtención de servicios de educación, salud, vivienda, cultura, recreación, y de todas aquellas necesidades básicas para mejorar la calidad de vida de sus socias y socios.

Artículo 24. Son sociedades cooperativas de productores, aquéllas cuyas personas integrantes se asocien para trabajar en común en la producción de bienes y/o servicios, aportando su trabajo personal, físico o intelectual. Independientemente del tipo de producción a la que estén dedicadas, estas sociedades podrán almacenar, conservar, transportar y comercializar sus productos, de acuerdo a lo estipulado en la presente ley.

Artículo 25. Los rendimientos anuales que reporten los balances de las sociedades cooperativas de productores, se repartirán de acuerdo con el trabajo físico o intelectual aportado durante el año, tomando en cuenta que dicho trabajo puede evaluarse a partir de los siguientes factores: calidad, tiempo, nivel técnico, competencia cooperativista, escolaridad, así como factores particulares de cada tipo de sociedad cooperativa.

Artículo 26. En las sociedades cooperativas de productores cuya complejidad administrativa, tecnológica y operativa lo requiera, podrá nombrarse una comisión técnica y un administrador general, previo acuerdo de la asamblea general. La estructura y funciones de éstos serán definidas en las bases constitutivas.

Para la remoción de cualquiera de los integrantes de la comisión técnica o del administrador, se requerirá del acuerdo de las dos terceras partes de la asamblea general.

Artículo 27. Para efectos de la presente ley, se establecen las siguientes categorías de sociedades cooperativas:

I. Ordinarias. Las que para su funcionamiento sólo requieren de su constitución legal; y

II. De Participación Estatal. Las que una vez constituidas legalmente, se asocian con autoridades federales, estatales, o municipales, o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para la explotación de unidades de producción de bienes o servicios públicos, otorgadas en concesión o administración, o para financiar proyectos de desarrollo económico, a niveles local, regional o nacional.

Capítulo IIIDel Funcionamiento y Administración

Artículo 28. De manera general, la dirección, administración y vigilancia interna de las sociedades cooperativas estará a cargo de los siguientes órganos:

I. La asamblea general;

II. El consejo de administración;

III. El consejo de vigilancia; y

IV. Las comisiones y comités establecidos en esta ley, así como las demás que designe la asamblea general.

Artículo 29. La asamblea general es la autoridad suprema al interior de las sociedades cooperativas, sus acuerdos deberán tomarse por mayoría de votos. En las bases constitutivas se podrán establecer los asuntos para los que su aprobación se requiera una mayoría calificada.

Artículo 30. La asamblea general resolverá todos los negocios y problemas de importancia para la sociedad cooperativa, y establecerá las reglas generales que deben normar el funcionamiento social. Además de las facultades que le conceden la presente ley y las bases constitutivas, la asamblea general conocerá y resolverá, cuando menos sobre lo siguiente:

I. Aceptación, exclusión y separación voluntaria de socias y socios;

II. Modificación de las bases constitutivas;

III. Elección de la persona o personas en quienes recaerá la representación legal de la sociedad cooperativa, métodos para otorgar mandatos en general, así como la aplicación de la firma social;

IV. Aprobación de los reglamentos del consejo de administración, del consejo de vigilancia, de la comisión técnica, de la dirección general, de la operación de los fondos de previsión social, de educación y capacitación; de asambleas, del reglamento interno de trabajo, así como aquellos que sean necesarios para asegurar el cumplimiento del objeto social de la sociedad cooperativa;

V. Aumento o disminución del valor de los certificados de aportación, del patrimonio y capital social de la sociedad cooperativa;

VI. Nombramiento, reelección o remoción de las personas integrantes del consejo de administración y del consejo de vigilancia, así como de las comisiones especiales, de la persona que funja como administradora o directora general y de las personas especialistas contratadas;

VII. Examen del sistema contable interno;

VIII. Informes de los consejos y de las mayorías agravadas para la toma de decisiones que se efectúen sobre otros asuntos;

IX. Responsabilidad de las personas integrantes de los consejos y de las comisiones, para el efecto de solicitar la aplicación de las sanciones en que incurran, o, en su caso, efectuar la demanda o denuncia correspondiente;

X. Aplicación de medidas disciplinarias a socias y socios;

XI. Reparto de rendimientos, excedentes y percepción de anticipos entre socias y socios;

XII. Autorización del presupuesto para la operación de la sociedad cooperativa en el ejercicio anual o, en su caso, multianual, en razón del proyecto que presente el consejo de administración;

XIII. Aprobación de medidas de tipo ecológico;

XIV. Disolución y liquidación de la sociedad cooperativa;

XV. Afiliación de la sociedad cooperativa a un organismo cooperativo; y

XVI. Los criterios y lineamientos para que el personal contratado por la sociedad cooperativa se incorpore como socia o socio de la misma.

Artículo 31. Las asambleas generales, ordinarias o extraordinarias, deberán ser convocadas en los términos dispuesto en la fracción XII del artículo 14 de esta ley, con por lo menos siete días naturales de anticipación. La convocatoria deberá ser exhibida en un lugar visible del domicilio social de la sociedad cooperativa, misma que deberá contener el orden del día; también podrá ser difundida por medios electrónicos y a través del órgano local más adecuado, dando preferencia al periódico cuando exista en el lugar del domicilio social de la sociedad cooperativa. De tener filiales en lugares distintos, la convocatoria se difundirá también en esos lugares. Se convocará en forma directa por escrito a cada socia y socio, cuando así lo determine la asamblea general.

Si no atendiera el suficiente número de socias y socios a la primera convocatoria, se convocará por segunda vez con por lo menos cinco días naturales de anticipación, en ese caso, la asamblea podrá celebrarse con el número de socias y socios que concurran, siendo válidos los acuerdos que se tomen, siempre y cuando estén apegados a lo estipulado en esta ley y en las bases constitutivas de la sociedad cooperativa.

Artículo 32. Serán causas de exclusión de una socia o socio:

I. La falta de cumplimiento en forma reiterada de los principios y valores cooperativistas;

II. Incurrir reiteradamente, sin causa justificada, en ineficiencias en sus funciones establecidas en las bases constitutivas, que repercutan en detrimento de las metas y objetivos acordados por los órganos competentes de la sociedad cooperativa; y

III. Infringir en forma reiterada las disposiciones de esta ley, de las bases constitutivas o del reglamento de la sociedad cooperativa, las resoluciones de la asamblea general o los acuerdos del consejo de administración o de las personas que funjan como gerentes o comisionadas.

A la socia o socio sujeto a proceso de exclusión, se le deberá notificar por escrito en forma personal, explicando los motivos y fundamentos de esta determinación, concediéndole un término de veinte días naturales para que manifieste por escrito lo que a su derecho convenga ante el consejo de administración o ante la comisión de conciliación y arbitraje, si existiere, de conformidad con las disposiciones de las bases constitutivas o del reglamento interno de la sociedad cooperativa.

Cuando una socia o socio considere que su exclusión ha sido injustificada, podrá ocurrir ante los órganos jurisdiccionales señalados en el artículo 6 de la presente ley.

Artículo 33. Las bases constitutivas podrán autorizar el voto por carta poder otorgada ante la presencia de dos testigos, debiendo recaer la representación en una socia o socio de la misma sociedad cooperativa, sin que la persona mandataria pueda representar a más de dos socias o socios.

Artículo 34. Cuando el número de socias y socios superen los quinientos, o residan en localidades distintas a aquélla en que deba celebrarse la asamblea, ésta podrá efectuarse con personas socias delegadas elegidas por cada una de las áreas de trabajo. Las personas socias delegadas deberán designarse para cada asamblea y cuando representen áreas foráneas, llevarán mandato expreso por escrito sobre los distintos asuntos que contenga la convocatoria y teniendo tantos votos como socias y socios representen. Las bases constitutivas fijarán el procedimiento para que cada sección o zona de trabajo designe en una asamblea a sus personas delegadas.

Artículo 35. El consejo de administración será el órgano ejecutivo de la asamblea general, contará con la representación de la sociedad cooperativa y la firma social, en caso de que la sociedad requiera una persona administradora general, sus funciones se establecerán en las bases constitutivas de la sociedad cooperativa.

Artículo 36. El nombramiento de las personas integrantes del consejo de administración se hará por medio de la asamblea general, conforme al sistema establecido en esta ley y en las bases constitutivas. Durarán en su encargo un máximo de cinco años, pudiendo ser reelectos con aprobación de la asamblea general. Sus ausencias temporales serán suplidas en el orden progresivo de sus designaciones.

Para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del consejo de administración, en las bases constitutivas de la sociedad cooperativa se deberá estipular un sistema de renovación cíclica y parcial de los consejeros.

Artículo 37. El consejo de administración estará integrado por lo menos, por una persona que funja como presidente, una como secretario y una como vocal.

Las personas responsables del manejo financiero requerirán de aval solidario o fianza durante el periodo de su gestión.

Artículo 38. Los acuerdos sobre la administración de la sociedad cooperativa deberán ser tomados por la mayoría de las personas integrantes del consejo de administración. Los asuntos de trámite o de poca trascendencia serán atendidos por el propio consejo, de acuerdo a sus funciones y bajo su más estricta responsabilidad; debiendo informar sobre el uso de esta facultad en la próxima reunión del consejo.

Artículo 39. El consejo de vigilancia estará integrado por un número impar de personas que no podrá ser mayor de cinco, con igual número de suplentes, mismas que desempeñarán los cargos de presidente, secretario y vocales, designados en la misma forma que los del consejo de administración, ejerciendo su encargo por el mismo periodo.

En caso de que al efectuarse la elección de las personas integrantes del consejo de administración se hubiere constituido una minoría que represente por lo menos un tercio de la votación de las personas asistentes a la asamblea general, el consejo de vigilancia será designado por la citada minoría.

Las personas integrantes de las comisiones establecidas por esta ley y las demás que designe la asamblea general, durarán en su cargo el mismo tiempo que las personas integrantes del consejo de administración y el consejo de vigilancia.

Artículo 40. El consejo de vigilancia ejercerá la supervisión de todas las actividades de la sociedad cooperativa y tendrá el derecho de veto sólo para que el consejo de administración reconsidere las resoluciones vetadas. El derecho de veto deberá ejercitarse ante el presidente del consejo de administración, en forma verbal e implementarse inmediatamente por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la de la resolución. Si fuese necesario, en los términos de esta ley y de su reglamento interno, se convocará dentro de los siguientes treinta días, a una asamblea general extraordinaria para la atención del conflicto. Los responsables de vigilancia no podrán participar en decisiones o actos administrativos.

Artículo 41. La persona que funja como administradora general, gerente general, o directora general de las sociedades cooperativas de producción o de consumo, estará encargada de la operación de la sociedad cooperativa. Para tal efecto, la persona deberá ser socia de la cooperativa y ser electa por la asamblea general.

Tendrá las facultades que expresamente establezcan las bases constitutivas, las que la asamblea general determine, y la firma social para las funciones de la operación de la sociedad cooperativa.

Para el desempeño de sus funciones, deberá reunir los requisitos establecidos en las bases constitutivas y contará con las obligaciones y atribuciones que a continuación se enlistan:

I. Deberá contar con los conocimientos en materia financiera, administrativa y tecnológica, que la propia sociedad cooperativa establezca en sus bases constitutivas;

II. Asistirá con voz pero sin voto a las sesiones del consejo de administración y de las comisiones de la sociedad cooperativa;

III. Representará a la sociedad cooperativa en los actos que determinen las bases constitutivas, de conformidad con los mandatos que para tal efecto se hayan otorgado;

IV. Administrará las operaciones de la sociedad cooperativa, de conformidad con los poderes conferidos;

V. Aplicará las políticas de la sociedad cooperativa, actuando en todo momento con apego a las bases constitutivas y a la normatividad aplicable;

VI. Presentará a la asamblea general y al consejo de administración, un informe anual sobre su gestión;

VII. Presentará los informes sobre la situación financiera y administrativa que guarda la sociedad cooperativa;

VIII. Preparará y propondrá para su aprobación, los planes y el presupuesto para cada ejercicio;

IX. Presentará los estados financieros para su conocimiento;

X. Aplicará los reglamentos y manuales operativos, de igual manera, propondrá los ajustes y modificaciones que considere necesarios;

XI. Vigilará la correcta elaboración y actualización de los libros y registros contables y sociales de la cooperativa; y

XII. Las demás atribuciones estipuladas en la presente ley, en las bases constitutivas y las que sean determinadas por la asamblea general.

Artículo 42. En todas las sociedades cooperativas, será obligatoria la educación cooperativa y la relativa a la economía social y solidaria. Para tal efecto, se definirán en la asamblea general, los programas y estrategias a implementar para el cumplimiento de la presente disposición.

Artículo 43. Las sociedades cooperativas contarán con las áreas de trabajo que sean necesarias para la mejor organización y expansión de su actividad cooperativa.

Capítulo IVDel Régimen Económico

Artículo 44. El capital de las sociedades cooperativas se integrará con las aportaciones de las socias y socios y con los remanentes que la asamblea general acuerde destinar para incrementarlo.

Artículo 45. Las aportaciones podrán hacerse en efectivo, bienes, derechos o trabajo, deberán ser actualizadas de manera anual y estarán representadas por certificados que serán nominativos, indivisibles y de igual valor.

La valoración de las aportaciones que no sean en efectivo, se hará con base en lo dispuesto en las bases constitutivas o al tiempo de ingresar la socia o socio por acuerdo entre éste y el consejo de administración, con la aprobación de la asamblea general.

La socia o socio podrá transmitir los derechos patrimoniales que amparan sus certificados de aportación, en favor de la persona beneficiaria que designe para el caso de su muerte. Las bases constitutivas de la sociedad cooperativa determinarán los requisitos para que también se puedan conferir derechos cooperativos a la persona beneficiaria.

Artículo 46. Cada socia y socio deberá aportar por lo menos el valor de un certificado. Se podrá pactar la suscripción de certificados excedentes o voluntarios por los cuales se percibirá el interés que fije el consejo de administración de acuerdo con las posibilidades económicas de la sociedad cooperativa, tomando como referencia las tasas que determinen los bancos para depósitos a plazo fijo.

Al constituirse la sociedad cooperativa o al ingresar la socia o socio a ella, será obligatorio el pago del diez por ciento, cuando menos, del valor del o los certificados de aportación.

Artículo 47. Cuando la asamblea general acuerde reducir el capital que se juzgue excedente, se hará la devolución a las socias y socios que posean mayor número de certificados de aportación, o a prorrata, si todas las socias y socios son poseedores de un número igual de certificados. Cuando el acuerdo sea en el sentido de aumentar el capital, todos las socias y socios quedarán obligados a suscribir el aumento en la forma y términos que acuerde la asamblea general.

Artículo 48. Las sociedades cooperativas deberán constituir los siguientes fondos sociales:

I. De reserva;

II. De previsión social; y

III. De educación cooperativa.

Artículo 49. El fondo de reserva se constituirá con la cantidad correspondiente entre el diez y el veinte por ciento de los remanentes que obtengan las sociedades cooperativas en cada ejercicio social.

Artículo 50. El fondo de reserva podrá ser delimitado en las bases constitutivas, pero no será menor del veinticinco por ciento del capital social en las sociedades cooperativas de producción y del diez por ciento en las sociedades cooperativas de consumidores. Este fondo podrá ser afectado cuando lo requiera la sociedad para afrontar las pérdidas o restituir el capital de trabajo, debiendo ser reintegrado al final del ejercicio social, con cargo a los rendimientos.

Artículo 51. El fondo de reserva de las sociedades cooperativas será manejado por el consejo de administración con la supervisión del consejo de vigilancia y podrá disponer de él, para los fines que se consignan en el artículo anterior.

Artículo 52. El fondo de previsión social no podrá ser limitado; deberá destinarse a reservas para cubrir los riesgos y enfermedades profesionales, formar fondos de pensiones, jubilaciones, haberes de retiro de socias y socios, primas de antigüedad y para fines diversos que podrán cubrir gastos médicos, de funeral, subsidios por incapacidad, becas educacionales para las socias y socios así como sus hijas o hijos, guarderías infantiles, actividades culturales, deportivas, y otras prestaciones de previsión social de naturaleza análoga y en la medida de lo posible, el apoyo a la comunidad. Al inicio de cada ejercicio, la asamblea general fijará las prioridades para la aplicación de este fondo, de conformidad con las perspectivas económicas de la sociedad cooperativa.

Las prestaciones derivadas del fondo de previsión social, estarán reguladas en el reglamento correspondiente y serán independientes de las prestaciones a que tengan derecho las socias y socios por su afiliación a los sistemas de seguridad social.

Las sociedades cooperativas deberán afiliar a los sistemas de seguridad social a sus personas trabajadoras, socias y socios que aporten su trabajo personal, e instrumentar las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, así como de capacitación y adiestramiento, gozando de los beneficios dispuestos en la Ley del Seguro Social.

Artículo 53. El fondo de previsión social se constituirá con la aportación anual del porcentaje que sobre los remanentes, sea determinado por la asamblea general y se aplicará en los términos del artículo anterior. Este porcentaje podrá aumentarse según los riesgos probables y la capacidad económica de la sociedad cooperativa.

Artículo 54. El fondo de educación cooperativa será constituido con el porcentaje que acuerde la asamblea general, el cual no podrá ser inferior al uno por ciento de los remanentes del año.

Artículo 55. Para aumentar su patrimonio, las sociedades cooperativas podrán recibir donaciones, subsidios, herencias y legados por parte de personas físicas y/o personas jurídicas públicas o privadas, nacionales o internacionales.

Artículo 56. Los remanentes de cada ejercicio social son la diferencia entre el total de ingresos menos el total de costos y gastos del ejercicio, los cuales se consignarán en el estado de resultados y en el balance general.

Artículo 57. De manera anual, las sociedades cooperativas podrán revaluar sus activos, en los términos legales correspondientes. La asamblea general determinará con relación a los incrementos, el porcentaje que se destinará al incremento del capital social y el que se aplicará a las reservas sociales.

Artículo 58. Las sociedades cooperativas podrán emitir certificados de aportación para capital de riesgo por tiempo determinado.

Capítulo VDe las Socias y Socios

Artículo 59. Esta ley y las bases constitutivas de cada sociedad cooperativa, determinarán deberes, derechos, aportaciones, causas de exclusión de socios y demás requisitos. En todo caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:

I. La obligación de consumir o utilizar los servicios que las sociedades cooperativas de consumidores brindan a sus socias y socios;

II. En las sociedades cooperativas de producción, la prestación del trabajo personal de las socias y socios podrá ser físico, intelectual o de ambos;

III. Las sanciones a las socias y socios de las sociedades cooperativas cuando no concurran a las asambleas generales, juntas o reuniones que establece la presente ley; éstas deberán considerar las responsabilidades y actividades dedicadas al cuidado de las hijas o hijos;

IV. Las sanciones contra la falta de honestidad de socias y socios y personas dirigentes en su conducta o en el manejo de fondos que les hayan sido encomendados;

V. Los estímulos a las socias y socios que cumplan cabalmente con sus obligaciones;

VI. Los mecanismos para garantizar la participación de las socias en los consejos de administración y de vigilancia, en las comisiones, y demás órganos de la sociedad cooperativa, en condiciones de igualdad y sin discriminación; y

VII. La oportunidad de ingreso a las mujeres, en particular a las que tengan bajo su responsabilidad a una familia.

Artículo 60. Las sociedades cooperativas podrán contar con personal asalariado, únicamente en los casos siguientes:

I. Cuando las circunstancias extraordinarias o imprevistas de la producción o los servicios así lo exijan;

II. Para la ejecución de obras determinadas;

III. Para trabajos eventuales o por tiempo determinado o indeterminado, distintos a los requeridos para el cumplimiento del objeto social de la sociedad cooperativa;

IV. Para la sustitución temporal de un socio hasta por seis meses;

V. Por la necesidad de incorporar personal especializado altamente calificado; y

VI. Cuando la sociedad cooperativa requiera por necesidades de expansión admitir a más socias o socios, el consejo de administración tendrá la obligación de emitir una convocatoria para tal efecto, teniendo preferencia para ello, sus personas trabajadoras, a quienes se les valorará por su antigüedad, desempeño, capacidad y, en su caso, por su especialización o por ser jefa de familia.

Ante una inconformidad en la selección, la persona que se considere agraviada podrá acudir ante la comisión de conciliación y arbitraje de la sociedad cooperativa, si existiere, misma que deberá resolver por escrito en un término no mayor a veinte días naturales, independientemente de poder ejercer la acción legal que a su derecho convenga.

Capítulo VIDe la Disolución y Liquidación

Artículo 61. Las sociedades cooperativas se disolverán por cualquiera de las siguientes causas:

I. Por la voluntad de las dos terceras partes de las socias y socios;

II. Por la disminución de socias y socios a menos de cinco y, en el caso de las de pesca y de ahorro y préstamo, a menos de veinticinco personas;

III. Porque llegue a consumarse el objeto social para el que fue constituida;

IV. Porque el estado económico de la sociedad cooperativa no permita continuar las operaciones; y

V. Por resolución ejecutoria dictada por los órganos jurisdiccionales que señala el artículo 6 de esta ley.

Artículo 62. En caso de que las sociedades cooperativas deseen constituirse en otro tipo de sociedad o asociación, deberán disolverse y liquidarse previamente.

Artículo 63. Los órganos jurisdiccionales que señala el artículo 6 de esta ley, conocerán de la liquidación de las sociedades cooperativas.

Artículo 64. En un plazo no mayor a treinta días naturales después de que los liquidadores hayan tomado posesión de su cargo, presentarán a los órganos jurisdiccionales un proyecto para llevar a cabo la liquidación de la sociedad cooperativa.

Artículo 65. Los órganos jurisdiccionales resolverán sobre la procedencia de la liquidación dentro de los diez días hábiles siguientes al día en que les haya sido sometida la aprobación del proyecto.

Artículo 66. Los órganos jurisdiccionales y los liquidadores, serán considerados como parte en el proceso de liquidación, vigilarán que los fondos de reserva y de previsión social y, en general, el activo de la sociedad cooperativa disuelta, tengan su aplicación conforme a lo dispuesto en esta ley.

Artículo 67. En los casos de quiebra o suspensión de pagos de las sociedades cooperativas, los órganos jurisdiccionales aplicarán las disposiciones contenidas en la Ley de Concursos Mercantiles.

Artículo 68. Cuando dos o más sociedades cooperativas se fusionen, la sociedad fusionante que resulte tomará a su cargo los derechos y obligaciones de las fusionadas.

Para la fusión de varias sociedades cooperativas se deberá seguir el mismo trámite que esta ley establece para su constitución.

Título Tercero Capítulo IDe las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo

Artículo 69.Son sociedades cooperativas de ahorro y préstamo aquéllas sociedades cooperativas que se constituyen con el objeto de realizar operaciones de captación de ahorro de sus socios y colocación de préstamos entre los mismos. Estas sociedades cooperativas se regirán por la presente Ley, así como por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

Se entenderá como ahorro, la captación de recursos a través de depósitos de ahorro de dinero de sus Socios; y como préstamo, la colocación y entrega de los recursos captados entre sus mismos Socios.

Artículo 70. Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo se integrarán con un número variable de socios que no podrá ser menor de veinticinco personas.

Artículo 71. Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo podrán realizar libremente sus operaciones con cualquier socio, ya sea que se trate de personas físicas y/o personas morales.

Artículo 72. Las Bases Constitutivas de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, adicional a lo que se establece en el artículo 14 de la presente Ley deberán contemplar lo siguiente:

I. El procedimiento para la elección de consejeros y director o gerente general;

II. Los requisitos que deberán cumplir las personas que sean electas como consejeros; quienes deberán acreditar haber cursado cuando menos educación secundaria.

III. Las obligaciones de los consejeros, así como lo relativo a las obligaciones del director o gerente general;

IV. Los lineamientos y objetivos generales de los programas de capacitación que se impartirían a las personas electas como consejeros; tomando en cuenta la complejidad de las operaciones y la región en la que opera la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, y

V. En su caso, la zona geográfica en la que operarían.

Artículo 73. Los términos caja, caja popular, caja cooperativa, caja de ahorro, caja solidaria, caja comunitaria, cooperativa de ahorro y crédito, cooperativa de ahorro y préstamo u otras que expresen ideas semejantes en cualquier idioma, que permita suponer la realización de actividades de ahorro y préstamo, sólo serán usadas en la denominación de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, o de sus Organismos Cooperativos, ya sea como palabras simples o como parte de palabras compuestas.

Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo deben utilizar en su denominación, las palabras “Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo”, seguidas del régimen de responsabilidad adoptado o de sus abreviaturas “S. C. de A. P. de R. L.” o “S. C. de A. P. de R. S.” según corresponda.

Las cajas de ahorro a que hace mención la legislación laboral, no estarán sujetas a las disposiciones de la presente Ley.

Artículo 74. Únicamente las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo podrán realizar operaciones que impliquen captación y colocación de recursos de entre sus socios, en los términos establecidos en esta Ley y la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, por lo que queda prohibido a cualquier otro tipo de sociedad cooperativa constituir secciones de ahorro y préstamo.

Artículo 75. Se deberán considerar para el funcionamiento de las cooperativas de ahorro y préstamo los órganos siguientes:

I. Un Comité de Crédito;

II. Un director o gerente general, y

III. Un auditor Interno

Artículo 76. De manera alternativa, las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, podrán establecer en sus bases constitutivas la participación de delegados electos por los Socios para que asistan a las asambleas a que se refiere la presente Ley, en representación de los propios Socios. El sistema para la elección de delegados que al efecto se establezca en sus bases constitutivas, deberá garantizar la representación de todos los Socios de manera proporcional con base a las zonas o regiones en que se agrupen las sucursales u otras unidades operativas.

Artículo 77. Las actas de las Asambleas Generales Ordinarias serán protocolizadas ante fedatario público y en su caso inscrito en el Registro Público del Comercio.

De la Administración de la Sociedad

Artículo 78. El consejo de administración de las cooperativas de ahorro y préstamo será el órgano ejecutivo de la Asamblea General y tendrá la representación de la sociedad cooperativa y la firma social. Sus funciones y facultades se establecerán en la presente Ley y en las bases constitutivas de la sociedad cooperativa.

Artículo 79. El nombramiento de las personas integrantes del Consejo de Administración se hará por medio de la Asamblea general, conforme al sistema establecido en esta ley y en las Bases Constitutivas. Durarán en su encargo un máximo de cinco años, pudiendo ser reelectos como máximo hasta por otro periodo similar, con aprobación de las dos terceras partes de la Asamblea General.

Para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del consejo de administración, en las bases constitutivas de la sociedad cooperativa se deberá estipular un sistema de renovación cíclica y parcial de los consejeros.

Artículo 80. El Consejo de Administración de las cooperativas de ahorro y préstamo, estará integrado por no menos de cinco ni más de quince Consejeros, que desempeñaran los cargos de Presidente, Secretario y Vocales. Se deberá contar con al menos tres Consejeros suplentes.

Las personas responsables del manejo financiero requerirán de aval, obligado solidario o fianza durante el periodo de su gestión.

Para desempeñar el papel de consejeros, las personas deberán observar lo siguiente:

I. Contar por lo menos con educación secundaria;

II. No desempeñar simultáneamente otro cargo como dirigente, funcionario o empleado en la cooperativa de que se trate, así como en otras cooperativas de ahorro y préstamo distintas a los organismos de integración;

III. No desempeñar un cargo público de elección popular o de dirigencia partidista;

IV. No estar inhabilitado para ejercer cualquier cargo, comisión o empleo en el sistema financiero mexicano;

V. No tener parentesco por consanguinidad hasta el primer grado, afinidad hasta el segundo grado, o civil con la persona que funja como Director o Gerente general, o con alguna persona integrante del Consejo de Administración o de Vigilancia de la Sociedad Cooperativa;

VI. No estar sentenciado por delitos patrimoniales dolosos; y

VII. Las demás atribuciones estipuladas en la presente ley, en las bases constitutivas y las que sean determinadas por la asamblea general.

La Asamblea General deberá conocer y evaluar el perfil de las personas candidatas a ocupar el cargo de consejeras, para lo cual podrá hacerse llegar de la documentación e información que estime necesaria, debiendo tomar en consideración su historial crediticio.

Artículo 81. El consejo de administración de las cooperativas de ahorro y préstamo tendrán las siguientes facultades:

I. Establecer las políticas generales de administración de la Cooperativa, así como las políticas para otorgamiento de préstamos;

II. Acordar la creación de los comités que sean necesarios para el correcto desarrollo de las operaciones de la Cooperativa;

III. Autorizar los reglamentos que propongan los comités respectivos y los que el propio consejo determine;

IV. Instruir la elaboración y aprobar los manuales de administración y operación, así como los programas de actividades;

V. Autorizar las operaciones que, de acuerdo a las bases constitutivas de la Cooperativa y por su monto o importancia, necesiten de tal autorización;

VI. Aprobar y hacer del conocimiento de la Asamblea General los estados financieros del ejercicio;

VII. Informar a la asamblea sobre los resultados de su gestión cuando menos una vez al año;

VIII. Atender las observaciones que sean señaladas por el Consejo de Vigilancia;

IX. Nombrar al director o gerente general y acordar su remoción, en este último caso previa opinión del Consejo de Vigilancia, de acuerdo al procedimiento que establezcan las bases constitutivas de la Cooperativa.

X. El Consejo de Administración deberá conocer el perfil del candidato director o gerente general y se someterá a su consideración la documentación e información, que al efecto determine el consejo y permita evaluar la honorabilidad, capacidad técnica, historial crediticio y de negocios de los candidatos;

XI. Otorgar los poderes que sean necesarios tanto al director o gerente general como a los funcionarios y personas que se requiera, para la debida operación de la Cooperativa. Estos poderes podrán ser revocados en cualquier tiempo;

XII. Aprobar los planes estratégicos de la Cooperativa, así como los planes y presupuestos anuales, debiendo someterlos a consideración de la Asamblea general, y

XIII. Las demás que esta Ley, la asamblea o las bases constitutivas de la Cooperativa determinen.

Artículo 82. Los acuerdos sobre la administración de la sociedad, se deberán tomar por mayoría de los miembros del Consejo de Administración.

Artículo 83. Las Cooperativas de Ahorro y Préstamo deberán contar con un Director General o Gerente General quien, estará encargada de la operación de la sociedad cooperativa.

Tendrá las facultades que expresamente establezcan las bases constitutivas y las que el Consejo de Administración y/o la Asamblea General determinen.

Para el desempeño de sus funciones, deberá reunir los requisitos establecidos en las bases constitutivas y contará con las obligaciones y atribuciones que a continuación se enlistan:

I. Deberá contar con los conocimientos en materia financiera, administrativa y tecnológica, que la propia sociedad cooperativa establezca en sus bases constitutivas;

II. Asistirá con voz pero sin voto a las sesiones del consejo de administración y de las comisiones de la sociedad cooperativa;

III. Representará a la sociedad cooperativa en los actos que determinen las bases constitutivas o el consejo de administración, de conformidad con los mandatos que para tal efecto se hayan otorgado;

IV. Ejecutará las operaciones de la sociedad cooperativa, de conformidad con los poderes conferidos;

V. Aplicará las políticas de la sociedad cooperativa, actuando en todo momento con apego a las bases constitutivas y a la normatividad aplicable;

VI. Presentará a la asamblea general y al consejo de administración, un informe anual sobre su gestión;

VII. Presentará los informes sobre la situación financiera y administrativa que guarda la sociedad cooperativa;

VIII. Preparará y propondrá para su aprobación, los planes y el presupuesto para cada ejercicio;

IX. Presentará los estados financieros al Consejo de administración para su conocimiento y, en su caso, aprobación;

X. Aplicará los reglamentos y manuales operativos, de igual manera, propondrá los ajustes y modificaciones que considere necesarios;

XI. Vigilará la correcta elaboración y actualización de los libros y registros contables y sociales de la cooperativa; y

XII. Las demás atribuciones estipuladas en la presente ley, en las bases constitutivas y las que sean determinadas por el Consejo de Administración y/o La asamblea general.

De la Vigilancia de la Sociedad

Artículo 84. El consejo de vigilancia de las cooperativas de ahorro y préstamo será el órgano encargado de supervisar el funcionamiento interno de la Cooperativa, así como el cumplimiento de sus estatutos y demás normatividad aplicable.

Artículo 85. El nombramiento de las personas integrantes del Consejo de Vigilancia, se hará por medio de la Asamblea General, conforme a lo establecido en esta Ley y en las Bases Constitutivas. Durarán en su cargo un máximo de cinco años, pudiendo ser reelectos como máximo hasta por otro periodo similar, con aprobación de las dos terceras partes de la Asamblea General.

Para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del Consejo de Vigilancia, en las bases constitutivas de la sociedad cooperativa se deberá estipular un sistema de renovación cíclica y parcial de los consejeros.

Artículo 86. El Consejo de Vigilancia estará integrado por un número impar de personas que no podrá ser mayor de cinco, y contará con al menos tres suplentes, mismos que desempeñarán los cargos de Presidente, Secretario y Vocales.

Artículo 87. El consejo de vigilancia ejercerá la supervisión de todas las actividades de la sociedad cooperativa y tendrá el derecho de veto sólo para que el consejo de administración reconsidere las resoluciones vetadas. El derecho de veto deberá ejercitarse ante el Presidente del Consejo de Administración, en forma verbal e implementarse inmediatamente por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la de la resolución. Si fuese necesario, en los términos de esta ley y de su reglamento interno, se convocará dentro de los siguientes treinta días, a una Asamblea General extraordinaria para la atención del conflicto.

De los Fondos Sociales

Artículo 88. Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo deberán constituir los siguientes fondos sociales:

I. Fondo de Reserva;

II. Fondo de Educación Cooperativa, y

III. Fondo de Obra Social.

La determinación de los Fondos Sociales se hará sobre los remanentes del ejercicio, tomándose en cuenta los estados financieros dictaminados.

Artículo 89. Para el Fondo de Reserva se considerará lo siguiente:

I. Se constituirá mínimo con la cantidad correspondiente al diez por ciento de los remanentes que obtengan las sociedades cooperativas en cada ejercicio social;

II. Deberá ser delimitado en las bases constitutivas, pero no será menor del diez por ciento de los activos totales;

III. Podrá ser afectado cuando lo requiera la sociedad para afrontar las pérdidas o restituir el capital de trabajo, debiendo ser reintegrado al final del ejercicio social, con cargo a los remanentes, y

IV. Será administrado por el consejo de administración con la aprobación del consejo de vigilancia y podrá disponer de él, para los fines que se consignan en la fracción anterior.

Artículo 90. Para el Fondo de Educación Cooperativa se considerará lo siguientes:

I. Se constituirá con el porcentaje que acuerde la asamblea general, el cual no podrá ser inferior al uno por ciento de los remanentes al cierre de cada ejercicio social.

II. Se destinará para fomentar y promover la Educación Cooperativa y la relativa a la Economía Social y Solidaria.

III. Será Administrada por el Consejo de Administración y ejecutado conforme a los planes y programas aprobados por la Asamblea General.

Artículo 91. Para el Fondo de Obra Social se considerará lo siguientes:

I. Se constituirá con el porcentaje que acuerde la asamblea general sobre los remanentes al cierre de cada ejercicio social.

II. Se destinará para la realización de obras sociales y para fines diversos que cubrirán: gastos de funeral, becas educativas para los Socios y sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas y otras prestaciones de naturaleza análoga en los términos que establezcan las bases constitutivas y sus estatutos.

III. Al inicio de cada ejercicio la asamblea ordinaria de la Entidad, fijará las prioridades para la aplicación de este fondo, de conformidad con las perspectivas económicas de la Entidad.

IV. Será Administrada por el Consejo de Administración y ejecutado conforme a los planes y programas aprobados por la Asamblea General.

De la disolución y liquidación

Artículo 92. Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo podrán disolverse por las causales establecidas en la presente Ley y además por las establecidas en la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo

Artículo 93. En caso de que las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo deseen constituirse en otro tipo de sociedad o asociación, deberán disolverse y liquidarse previamente.

Artículo 94. En las liquidaciones de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo se deberán considerar las disposiciones que en su caso establezcan la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y la Ley General de Sociedades Mercantiles, en su caso.

Título Cuarto Capítulo IDe los Organismos Cooperativos

Artículo 95. Para la ejecución de planes de mejora, apoyo a la comercialización y financiamiento y, en general para todo aquello que tienda a dar cumplimiento cabal al ciclo económico y sus funciones, las sociedades cooperativas podrán asociarse entre sí, previo acuerdo de su asamblea general, formando organismos cooperativos de segundo nivel.

Los organismos cooperativos adoptarán la figura jurídica de cooperativas y podrán agrupar un mínimo de cinco sociedades cooperativas, con las salvedades propias a su naturaleza; su objeto social es el de representar, promover y defender los intereses de las sociedades cooperativas asociadas, así como las actividades económicas que estas realicen; asimismo, fungir como organismos de consulta del Estado.

Para los efectos de esta ley, son organismos cooperativos los siguientes:

I. Uniones y federaciones;

II. Confederaciones; y

III. El Consejo Superior del Cooperativismo.

Las uniones y federaciones se constituirán como sociedades cooperativas de segundo nivel; las confederaciones como sociedades cooperativas de tercer nivel, y el Consejo Nacional Cooperativo, como sociedad cooperativa de cuarto nivel de carácter único.

Artículo 96. Los organismos cooperativos deben utilizar en su denominación social la palabra “Unión”, “Federación”, “Confederación” o “Consejo Superior del Cooperativismo” según corresponda.

Asimismo, deberán constituirse ante fedatario público, e inscribir su acta constitutiva en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio y en el Padrón Nacional de Sociedades Cooperativas del Instituto Nacional de la Economía Social.

Artículo 97. Las uniones y federaciones pueden dedicarse libremente a cualquier actividad económica lícita, a excepción de las dispuestas por la presente ley, y por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, y se agruparán de la siguiente forma:

I. Las federaciones podrán agrupar a sociedades cooperativas de la misma rama de actividad económica;

II. Las uniones podrán agrupar a sociedades de distintas ramas de actividad económica; y

III. Las confederaciones nacionales se podrán constituir con varias uniones o federaciones, de por lo menos diez entidades federativas.

Los organismos cooperativos podrán concertar con otras personas físicas o personas jurídicas colectivas, con organizaciones integrantes del sector social de la economía, o con otros organismos públicos, privados y sociales, nacionales o internacionales, todo tipo de convenios o acuerdos permanentes o temporales, para el mejor cumplimiento de su objeto social, pudiendo igualmente convenir la realización de una o más operaciones en forma conjunta, para lo cual deberán establecer con claridad cuál de las organizaciones coaligadas asumirá la gestión o responsabilidad ante terceros.

En ninguna circunstancia, los cargos en los consejos de administración y de vigilancia de los organismos cooperativos podrán ser asumidos por personas que no tengan el carácter de socias.

Artículo 98. Las confederaciones fungirán como instancias de planeación, organización y desarrollo de sus organismos cooperativos asociados, y como órgano de consulta y colaboración del Estado para el diseño, divulgación y ejecución de las políticas, programas, e instrumentos para el fomento y desarrollo de la organización y expansión, de la actividad económica de las sociedades cooperativas.

Las confederaciones nacionales se constituirán con por lo menos diez uniones o federaciones, de por lo menos diez entidades federativas, con excepción de las federaciones de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, las cuales se agruparán en una sola confederación nacional.

Artículo 99. Las disposiciones establecidas por esta ley serán aplicables a los organismos cooperativos; sus actividades son las propias de su objeto social, no tendrán fines de lucro y se abstendrán de lo siguiente:

I. Constituirse con personas físicas;

II. Aplicar las obligaciones de las cooperativas en materia de distribución de excedentes;

III. Nombrar una persona que funja como administradora única y a una como comisionada de vigilancia;

IV. Transmitir derechos patrimoniales derivados de los certificados de aportación;

V. Constituir fondos sociales;

VI. Emitir sanciones fuera de las establecidas en sus bases constitutivas o reglamentos internos;

VII. Realizar actividades político partidistas o religiosas;

VIII. Realizar operaciones de manera directa o indirecta con personas no asociadas;

IX. Realizar operaciones que sustituyan las actividades o transgredan los intereses de sus asociados; y

X. Realizar aportaciones en el capital social de sus asociados.

Artículo 100. Las sociedades cooperativas determinarán las funciones de las federaciones y uniones; éstas a su vez, las de las confederaciones; y éstas últimas las del Consejo Superior del Cooperativismo.

Las bases constitutivas de los organismos cooperativos, además de satisfacer lo dispuesto en el artículo 13 de esta ley, deberán incluir las siguientes funciones:

I. Coordinar, representar y defender los intereses de sus asociados ante las instituciones gubernamentales y ante cualquier otra persona física o persona jurídica colectiva;

II. Fomentar los valores y principios cooperativos mediante la educación y formación cooperativa; así como promover programas de desarrollo social;

III. Impulsar programas para la constitución de nuevas sociedades cooperativas;

IV. Actuar como mediadores, conciliadores y árbitros en los conflictos que se presenten entre sus integrantes, entre las sociedades cooperativas y sus socias o socios o entre las sociedades cooperativas y los mismos organismos cooperativos, a petición formal de cualquiera de sus asociadas y asociados;

V. Impulsar esquemas de autorregulación y supervisión;

VI. Gestionar la aplicación de programas de fomento cooperativo ante las instituciones. Siendo las sociedades cooperativas con menos socios y recursos la prioridad de esta gestión;

VII. Planear, promover y realizar programas de desarrollo económico y social para sus asociados;

VIII. Gestionar la aplicación de programas de fomento cooperativo ante las instituciones gubernamentales;

IX. Fomentar la educación cooperativa, así como la formación de capacidades y competencias laborales de sus asociadas y asociados, personas directivas y empleadas;

X. Prestar servicios de asesoría jurídica, fiscal, auditoría, contable, técnica, organizacional y/o para la formulación de proyectos;

XI. Promover el desarrollo de cadenas productivas y de valor agregado;

XII. Apoyar la investigación sobre las materias que incidan en las actividades propias de su objeto;

XIII. Procurar la solidaridad y cooperación entre sus asociadas y asociados;

XIV. Difundir los valores y principios cooperativos y las experiencias exitosas;

XV. Contratar personas e integrar personal comisionado a los organismos integrantes; y

XVI. Las demás atribuciones estipuladas en la presente ley, en las bases constitutivas y las que sean determinadas por la asamblea general.

Artículo 101. El Consejo Superior del Cooperativismo, es el máximo órgano integrador y de representación, promoción y defensa en el ámbito nacional e internacional del Movimiento Cooperativo Nacional, de carácter único, constituido conforme a lo dispuesto en esta ley y para los fines que en ella se establecen. Se constituye como una sociedad cooperativa de cuarto nivel y podrá asociar a todas las confederaciones nacionales constituidas conforme a la ley, que en forma voluntaria decidan hacerlo.

Los organismos e instituciones de asistencia técnica al Movimiento Cooperativo Nacional, podrán afiliarse voluntariamente y participar en las asambleas generales con voz pero sin voto.

Artículo 102. Para la constitución, organización, operación y funcionamiento del Consejo Superior del Cooperativismo, deberá observarse lo previsto en el Capítulo I del presente Título.

Además de las establecidas para los organismos cooperativos, el Consejo Superior del Cooperativismo tendrá las siguientes funciones:

I. Desempeñarse como órgano de consulta y colaboración de los diferentes niveles de gobierno para el diseño, divulgación, ejecución y evaluación de las políticas, programas, e instrumentos, para el fomento y desarrollo de la organización y expansión de la actividad económica de las sociedades cooperativas;

II. Formular recomendaciones a los diferentes niveles de gobierno, encargados de la ejecución de las políticas públicas de fomento cooperativo;

III. Colaborar con el Servicio de Administración Tributaria, emitiendo opinión sobre actos de simulación, respecto de constitución y operación de sociedades cooperativas y organismos cooperativos, de conformidad con el artículo 8 de esta Ley.

IV. Establecer y actualizar el Sistema Nacional de Educación Cooperativa;

V. Establecer y operar el Sistema Nacional de Capacitación Cooperativa;

VI. Colaborar con la Secretaría de Desarrollo Social, para la inclusión de temas que se relacionen con la economía social y el cooperativismo, en negociaciones de tratados comerciales nacionales e internacionales y la promoción del comercio justo;

VII. Efectuar investigaciones sobre aspectos o ramos específicos de la actividad de las sociedades cooperativas y los relacionados con el Sector Cooperativista Nacional, por cuenta propia, o en asociación con los organismos e instituciones de asistencia técnica;

VIII. Prestar los servicios que determinen sus bases constitutivas en beneficio de sus afiliados, dentro de los niveles de calidad y condiciones que se determinen conjuntamente con las confederaciones;

IX. Designar el árbitro o árbitros, o los conciliadores, cuando los organismos cooperativos se lo soliciten;

X. Solicitar a las confederaciones y a los organismos de asistencia técnica, reportes anuales sobre la operación y los resultados de los programas y acciones que operen en beneficio de sus asociadas y asociados, de conformidad con las bases constitutivas del Consejo;

XI. Establecer relación con instituciones, organismos, asociaciones e instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales, relacionadas con la economía social y el cooperativismo;

XII.Crear estructuras para atender la incubación, formación, comercialización, desarrollo, actualización tecnológica, registro, regulación, financiamiento, vinculación, comunicación social y aquellas que permitan el desarrollo del sector y movimiento cooperativo mexicano, siempre en el marco de los valores y principios consagrados en esta ley;

XIII. Establecer sus reglamentos internos;

XIV. Convocar cada año, a la asamblea general del Consejo Superior del Cooperativismo, donde se informe acerca de las labores realizadas en el año anterior y su concepto sobre la situación económica del cooperativismo, así como el detalle de sus ingresos y egresos;

XV. Llevar a cabo las demás actividades que se deriven de su naturaleza, de sus estatutos y las que les señalen otros ordenamientos legales;

XVI. En sus bases constitutivas establecerá el objeto social, la estructura funcional, órganos de gobierno, derechos y obligaciones de los asociados, y todos aquellos elementos que le son propios a su naturaleza como organismo cooperativo de cuarto nivel; y

XVII. Las demás que se establezcan en la ley.

Artículo 103. Con el propósito de realizar procesos de diagnóstico, evaluación, planeación, programación y prospectiva que fortalezcan el Movimiento Cooperativista Mexicano, se celebrará cada dos años un Congreso Nacional Cooperativo, al que convocará el Consejo Superior del Cooperativismo, independientemente de asambleas, congresos especializados o foros que organicen las confederaciones o el propio Consejo Superior del Cooperativismo; o en caso de que este no emitiera convocatoria, podrá hacerse por acuerdo del veinte por ciento de sus integrantes.

Capítulo IIDe los Organismos Cooperativos de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo

Artículo 104. Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo deberán agruparse de manera obligatoria en los siguientes organismos cooperativos de integración y representación:

I. Federaciones; y

II. Confederación nacional.

Artículo 105. Las federaciones se constituirán con la agrupación de un mínimo de cinco y un máximo de cincuenta sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, fungiendo como los organismos cooperativos de integración y representación de segundo grado.

Artículo 106. La confederación nacional se constituirá con la agrupación de todas las federaciones de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, fungiendo como el organismo cooperativo nacional de integración y representación de tercer grado del sector cooperativo financiero.

La confederación agrupará a todas las federaciones y será un órgano de consulta y colaboración del Estado para el diseño, difusión y ejecución de las políticas, programas e instrumentos para el fomento y desarrollo de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y sus organismos cooperativos.

Artículo 107. Las federaciones y la confederación, como organismos cooperativos de integración y representación de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, serán instituciones con personalidad jurídica y patrimonio propios, adoptarán jurídicamente la naturaleza cooperativa sin fines de lucro.

Artículo 108. Las actividades de las federaciones y de la confederación serán las propias de su objeto social y tendrán prohibido lo siguiente:

I. Realizar actividades políticas partidistas;

II. Invertir en el capital de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo; y

III. Afiliar a personas físicas o personas jurídicas y realizar operaciones de manera directa o indirecta con el público.

Artículo 109. Las federaciones y la confederación, podrán realizar las siguientes funciones:

I. Fungir como representantes legales de sus organizaciones afiliadas, ante personas, organismos, autoridades e instituciones tanto nacionales como extranjeras;

II. Proporcionar entre otros, los servicios de asesoría técnica, legal, financiera y de capacitación;

III. Promover la superación y capacidad técnica y operativa de sus organizaciones afiliadas, así como de sus dirigentes y personas empleadas;

IV. Promover la homologación de manuales, procedimientos, reglamentos y políticas, así como sistemas contables e informáticos entre sus organizaciones afiliadas; y

V. Llevar un registro de sus organizaciones afiliadas y publicarlo periódicamente por los medios que consideren convenientes.

Artículo 110. Las federaciones y la confederación, en su reglamento interior, al menos deberán estipular lo siguiente:

I. Procedimiento general para la admisión, suspensión y exclusión de organizaciones afiliadas;

II. Los derechos y obligaciones de las organizaciones afiliadas;

III. Procedimiento general para determinar las cuotas que deberán aportar las organizaciones afiliadas;

IV. Los mecanismos de solución voluntaria de controversias entre las organizaciones afiliadas;

V. El programa de control y corrección interno para prevenir conflictos de interés y uso indebido de información; y

VI. Los procedimientos aplicables para el caso de que las organizaciones afiliadas incumplan sus obligaciones.

Artículo 111. La confederación y las federaciones contarán, al menos, con los siguientes órganos e instancias de dirección, administración y vigilancia:

I. Asamblea General;

II. Consejo directivo;

III. Una persona que funja como directora general o gerente general, y

IV. Un Consejo de Vigilancia.

Artículo 112. La asamblea general será el órgano supremo de la federación y deberá integrarse con al menos una persona representante de cada una de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo afiliadas, con voz y voto, la cual será electa democráticamente entre sus socias y socios por un periodo de tres años, con posibilidad de una sola reelección.

La federación podrá establecer en sus estatutos un sistema de representación proporcional en el que se asignará a cada sociedad cooperativa de ahorro y préstamo afiliada, el número de votos que proporcionalmente le correspondan, considerando el número de socias y socios y/o activos totales de cada sociedad. En ningún caso una sociedad cooperativa podrá tener más del veinte por ciento del total de votos en la asamblea general de la federación.

Para ser persona representante de la sociedad cooperativa ante la asamblea general de la federación, será indispensable contar con una antigüedad mínima de un año como socia o socio de la sociedad y, preferentemente, ser una persona dirigente o funcionaria de primer nivel de la misma.

A las asambleas generales de las federaciones deberá acudir con voz pero sin voto un representante de la confederación.

Artículo 113. La asamblea general será el órgano supremo de la confederación y deberá integrarse con al menos un representante, con voz y voto, de cada una de las federaciones afiliadas.

La confederación podrá establecer en sus estatutos un sistema de representación proporcional en el que se asignará a cada federación afiliada, el número de votos que proporcionalmente le correspondan, considerando el número de socias y socios y/o activos totales de cada federación. En ningún caso una federación podrá tener más del veinte por ciento del total de votos en la asamblea general de la confederación.

Para ser representante de la federación ante la asamblea general de la confederación, será indispensable contar con una antigüedad mínima de un año como socia o socio de una sociedad cooperativa afiliada a la federación y, preferentemente, ser persona dirigente o funcionaria de primer nivel de la propia federación o de alguna de sus cooperativas afiliadas.

Artículo 114. El consejo directivo de las federaciones y de la confederación, según corresponda, será el órgano de gobierno responsable de la administración general y de los negocios, y de que se cumpla el objeto social del respectivo organismo cooperativo.

El consejo directivo de las federaciones y de la confederación estará integrado por no menos de cinco personas ni más de quince, quienes serán nombrados o, en su caso, removidos por la asamblea general del respectivo organismo cooperativo, debiendo cumplir al menos con los requisitos que para ser consejero de una sociedad cooperativa de ahorro y préstamo.

Las personas consejeras de las federaciones y de la confederación fungirán por un periodo máximo de cinco años, con posibilidad de una sola reelección cuando así lo aprueben por lo menos las dos terceras partes de la respectiva asamblea general.

Para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del consejo directivo, en las bases constitutivas de las federaciones y de la confederación, se deberá establecer un sistema de renovación cíclica y parcial de sus personas consejeras.

Para ser persona consejera de las federaciones y de la confederación, será indispensable contar con una antigüedad mínima de un año como socia o socio de una sociedad cooperativa.

El consejo directivo de las federaciones y de la confederación se integrará y funcionará de acuerdo a lo establecido en las propias bases constitutivas de cada organismo, sujetándose a lo estipulado en esta ley.

Dichos consejos tendrán la representación de sus respectivos organismos cooperativos, así como las facultades que determinen sus bases constitutivas, entre las cuales deberán considerarse al menos las siguientes:

I. Designar una persona que funja como directora o gerente general;

II. Establecer las facultades de representación; y

III. Designar a una o más personas comisionadas que se encarguen de administrar las secciones especializadas que constituyan los propios organismos.

Asimismo, el consejo directivo de las federaciones y de la confederación podrán establecer los reglamentos y manuales operativos a los cuales deberán ajustarse sus órganos de dirección, administración y vigilancia.

Artículo 115. El consejo de vigilancia de las federaciones y de la confederación, según corresponda, será el órgano encargado de supervisar el funcionamiento interno del organismo cooperativo, así como el cumplimiento de sus estatutos y demás normatividad aplicable.

El consejo de vigilancia de las federaciones y de la confederación estará integrado por no menos de tres ni más de cinco personas, quienes serán nombradas o, en su caso, removidas por la asamblea general del respectivo organismo cooperativo, debiendo cumplir al menos con los requisitos para ser consejero de una sociedad cooperativa de ahorro y préstamo.

Las personas integrantes del consejo fungirán por un periodo máximo de cinco años con posibilidad de una reelección, cuando así lo aprueben por lo menos las dos terceras partes de la respectiva asamblea general.

Para garantizar la continuidad en los procesos de toma de decisiones del consejo de vigilancia, en las bases constitutivas de las federaciones y de la confederación, se deberá establecer un sistema de renovación cíclica y parcial de sus consejeros.

Para ser una persona integrante del consejo de vigilancia, será indispensable contar con una antigüedad mínima de un año como socia o socio de una sociedad cooperativa.

El consejo de vigilancia de las federaciones y de la confederación se integrará y funcionará de acuerdo a lo establecido en las bases constitutivas de cada organismo, sujetándose a lo señalado por la presente ley.

Artículo 116. La persona que funja como directora o gerente general de las federaciones y de la confederación, será nombrada por el respectivo consejo directivo del organismo cooperativo, debiendo someterlo a ratificación de su propia asamblea general.

Las federaciones y la confederación deberán establecer en sus bases constitutivas, los requisitos, facultades y obligaciones de la persona que funja como directora o gerente general, debiendo aplicar al menos lo señalado para las personas gerentes o directoras generales de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

Artículo 117. Para el sostenimiento y operación de las federaciones y de la confederación, el respectivo consejo directivo determinará las cuotas que deban pagar cada una de las organizaciones afiliadas, tomando como base los procedimientos aprobados por la asamblea general en el respectivo reglamento interior de cada organismo cooperativo.

Artículo 118. De manera voluntaria las cooperativas de ahorro y préstamo podrán formar parte de cooperativas centrales, las cuales se constituirán con un mínimo de 5 Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, teniendo como objeto organizar en común y en mayor escala, los servicios financieros, económicos y asistenciales de interés de las asociadas integrando y orientando sus actividades, así como facilitando la utilización recíproca de los servicios. Se regirán por esta Ley, así como por lo dispuesto por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

Título Quinto Capítulo IDe la Política de Fomento Cooperativo

Artículo 119. Con el objeto de atender lo dispuesto por el párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a los gobiernos federal, estatal, municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, la elaboración, ejecución, y evaluación de políticas públicas orientadas a promover y fomentar la actividad cooperativa y de los organismos cooperativos, así como la difusión de los valores y principios en que se sustenta.

Para los efectos de la presente ley, se entiende como fomento cooperativo al conjunto de normas jurídicas y acciones que se deberán observar para la organización, expansión y desarrollo del sector y movimiento cooperativo, mismo que deberá orientarse conforme a los siguientes fines:

I. Apoyo a la organización, constitución, desarrollo e integración de las propias sociedades cooperativas y de sus organismos cooperativos, como medios para la organización social orientados a una mayor participación de la población en actividades económicas, el impulso del empleo digno y sustentable, redistribución del ingreso, la equidad de género y el desarrollo económico y social sustentable del país;

II. Promoción de la economía social y cooperativista en la producción, distribución, comercialización y financiamiento de los bienes y servicios que generan y que sean socialmente necesarios;

III. Desarrollar acciones que propicien mayor participación de las empresas del sector social en la economía nacional;

IV. Implantación de acciones de control, vigilancia y prevención de acciones de simulación que se realizan por medio del uso de sociedades cooperativas con la finalidad de evadir responsabilidades laborales, fiscales, económicas y sociales;

V. Apoyar con los programas operados por la autoridad educativa para el establecimiento de un sistema de educación y capacitación cooperativa, que genere mecanismos de difusión de la cultura del cooperativismo, basada en la organización social, humanista, autogestiva y democrática del trabajo, incluyendo el desarrollo de competencias técnicas y profesionales, las virtudes éticas y las habilidades organizacionales de las sociedades cooperativas. Para el efecto, se apoyarán a las escuelas, institutos y organismos especializados en educación cooperativa y las actividades que en este sentido realicen las universidades o instituciones de educación superior en el país;

VI. Impulso a la proveeduría de bienes y servicios que produzcan las sociedades cooperativas a los diferentes niveles de gobierno, observando las modalidades y tendencias internacionales;

VII. Establecimiento de acciones que propicien que las empresas que se encuentren en crisis sean adquiridas por parte de sus trabajadores, por medio de su constitución en sociedades cooperativas;

VIII. Fomento de proyectos de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación;

IX. Respaldo al financiamiento de proyectos de investigación científica en materia cooperativa;

X. Impulso para el acceso a estímulos e incentivos para la integración de las sociedades cooperativas, entre otras acciones, a los apoyos fiscales y de simplificación administrativa;

XI. Incorporación del sector cooperativo en la formulación del Plan Nacional de Desarrollo y a las instancias de participación y de representación social de las diferentes dependencias y organismos de la administración pública federal, estatal, municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México;

XII. Prestación de servicios de asesoría y asistencia técnica, legal y económica para la adecuada operación de las sociedades cooperativas y sus organismos cooperativos;

XIII. Concesión o administración de bienes y/o servicios públicos a favor de las sociedades cooperativas y sus organismos cooperativos, por medio de alguna sociedad cooperativa de participación estatal;

XIV. Impulso conjuntamente con las sociedades cooperativas y sus organismos cooperativos, de proyectos de desarrollo social de las comunidades donde operan;

XV. Estímulo de la participación social en actividades de promoción, divulgación y financiamiento de proyectos cooperativos, de tal manera que se fomente la cultura del trabajo asociado, el consumo social y del ahorro, mediante sociedades cooperativas de producción, consumo y de ahorro y préstamo;

XVI. Fortalecimiento de la organización y desarrollo de los organismos cooperativos que forman parte del Movimiento Cooperativista Nacional, como instancias de articulación del sector de promoción y acompañamiento de la economía social y cooperativista;

XVII. Fomento de las acciones de coordinación y colaboración en materia cooperativa con la federación, los estados, municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; así como con países y organismos internacionales de carácter público, privado o social que fortalezcan el cooperativismo mexicano;

XVIII. Impulso a la promulgación de leyes locales de fomento cooperativo;

XIX. Todas aquellas que se consideren convenientes a efecto de fomentar el desarrollo de las sociedades cooperativas y de sus estructuras de integración económica y de representación gremial; y

XX. Los demás que establezcan las Leyes.

Artículo 120. La planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento a la actividad cooperativa deberán atender los siguientes criterios:

I. El respeto a la naturaleza social del sistema cooperativo, así como a los valores y principios cooperativos establecidos en la presente ley;

II. Reconocimiento de las sociedades cooperativas como organismos de utilidad pública para el bienestar común;

III. Fomento de una mayor participación de la población en actividades económicas formales, la promoción de empleo y el desarrollo del país por medio de sociedades cooperativas; paro lo cual se establecerá en los programas económicos o financieros de los tres niveles de gobierno, presupuestos específicos para el fomento y desarrollo del cooperativismo, que no podrán ser menores al del ejercicio fiscal precedente;

IV. La simplificación, precisión, transparencia, legalidad e imparcialidad de los actos y procedimientos administrativos;

V. La observación de acuerdos, tratados y convenciones internacionales en materia de fomento a la actividad cooperativa;

VI. Aplicación de instrumentos para el fomento, apoyo y estímulo a las sociedades cooperativas, considerando las tendencias internacionales de los países con los que México tenga mayor interacción; y

VII.Para la asignación del presupuesto que incida en la actividad cooperativa mexicana y en los programas de apoyo técnico, económico, financiero o fiscal que establezca el gobierno federal, y que incida en la actividad de las sociedades cooperativas, se observará el establecimiento de derechos y preferencias hacia el sistema cooperativo tomando en cuenta la opinión del Consejo Superior del Cooperativismo.

Artículo 121. Los gobiernos federal, estatal, municipal y el de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias y con estricto apego a su autonomía política y administrativa, podrán:

I. Impulsar la expedición de leyes locales en materia de fomento cooperativo;

II. Celebrar con cualquier entidad de la administración pública en sus tres órdenes de gobierno, así como con los sectores social y privado, convenios y acuerdos de colaboración y coordinación que apoyen los objetivos y prioridades previstos en sus planes, políticas y programas de fomento a las sociedades cooperativas;

III. Expedir las resoluciones fiscales que al efecto procedan, con el propósito de que todos los actos relativos a la constitución y registro de las sociedades cooperativas citados en la presente ley, queden exentos de impuestos o cargas fiscales; y

IV. Las demás que señale esta ley y otras disposiciones del orden federal o local.

Artículo 122. Las dependencias y entidades de la administración pública federal, en el ámbito de sus competencias, deberán implementar acciones de apoyo a las sociedades cooperativas. En particular, realizarán además de lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en coordinación con los organismos cooperativos, las siguientes actividades:

I. La celebración de convenios con los gobiernos estatales, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como con el sector social y privado, para establecer los programas y acciones de fomento que tengan por objeto el desarrollo económico del sistema cooperativo;

II. Incentivar la incorporación de las sociedades cooperativas y sus organismos cooperativos en los programas de fomento regional, sectorial, institucional y especial;

III. La celebración de convenios con los colegios de fedatarios públicos, con el objeto de apoyar la constitución de las sociedades cooperativas mediante el establecimiento de cuotas accesibles y equitativas;

IV. La revisión, simplificación y, en su caso, adecuación de los trámites y procedimientos que incidan en la constitución, organización, funcionamiento y fomento de las sociedades cooperativas;

V. Organización de sociedades cooperativas de producción y consumo en las organizaciones de trabajadores del país, así como programas de capacitación organizacional para la generación de autoempleo colectivo;

VI. Promoción de sociedades cooperativas en los sectores de producción primaria, agroindustrial, alimentaria, transformación industrial, bioenergéticos, servicios de vivienda, salud, cultura, arte y recreación, tecnologías de la comunicación y la información, comunicaciones, transporte y servicios turísticos, entre otros; y

VII. Acciones de difusión y comunicación social del Movimiento Cooperativo Nacional, así como de su importancia en el desarrollo económico y social del país.

Artículo 123. A la Secretaría de Desarrollo Social corresponde la vigilancia del adecuado cumplimiento de la presente ley; las políticas y programas federales de fomento de las sociedades cooperativas, que ejercerá sin perjuicio de las funciones de inspección y vigilancia que correspondan a otras dependencias de la administración pública federal, sobre los distintos tipos de sociedades cooperativas, de acuerdo a sus respectivas competencias legales, y con las que deberá actuar en coordinación.

Artículo 124. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá, de común acuerdo con el Consejo Superior del Cooperativismo, con las confederaciones, federaciones y uniones, constituir fondos de garantía que apoyarán a las sociedades cooperativas en su acceso al crédito, mediante el otorgamiento de garantías que cubran el riesgo de los proyectos de inversión.

Las sociedades nacionales de crédito podrán efectuar descuentos a las instituciones de crédito para el otorgamiento en favor de las sociedades cooperativas, de créditos para la formulación y ejecución de proyectos de inversión, que incluyan los costos de los servicios de asesoría y asistencia técnica.

Para la evaluación de la procedencia de los descuentos, las sociedades nacionales de crédito deberán considerar primordialmente la demostración de la factibilidad y rentabilidad de los proyectos de inversión, la solidez de la organización y la presentación y desarrollo de los planes económicos y operacionales de los organismos cooperativos.

Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor a los treinta días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de agosto de 1994.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan a lo dispuesto por la presente ley.

Cuarto. Para efectos de lo dispuesto en los artículos 10 y 15 de la presente ley, el Instituto Nacional de la Economía Social, deberá realizar las gestiones necesarias a efecto de llevar a cabo el registro de sociedades cooperativas, a partir del día en que entre en vigor la ley.

Quinto. A más tardar en treinta días naturales posteriores al de la entrada en vigor de la presente ley, el Registro Público de Comercio deberá remitir al Instituto Nacional de la Economía Social, el listado y la documentación correspondiente a los registros de sociedades cooperativas que se encuentren en su poder para integrar el Padrón Nacional de Sociedades Cooperativas.

Sexto. A más tardar en treinta días naturales posteriores al de la entrada en vigor de la presente ley, el Instituto Nacional de la Economía Social convocará a los representantes del Consejo Superior del Cooperativismo, legalmente constituido de conformidad con esta Ley para integrar el Consejo Consultivo de este organismo.

Séptimo. A elección de las personas interesadas, los asuntos relativos al registro de sociedades cooperativas y demás que estén en trámite, se podrán continuar hasta su terminación de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas que se abroga, o cancelarse y, en caso procedente, iniciarse ante el Instituto Nacional de la Economía Social.

Notas

1 Cronología de la economía solidaria. Universidad Cooperativa de Colombia. Facultad de Ingeniería. Programa de Sistemas Santa Marta. 2007.

http://studylib.es/doc/15858/cronolog%C3%ADa-de-la-econom%C3%ADa-social

2 Bravo, Gian Mario (1976) [1971]. Historia del socialismo 1789-1848. El pensamiento socialista antes de Marx. Barcelona: Ariel. Se debían limitar los beneficios y los intereses de los capitales, sustituir la competencia por un intercambio equitativo de los productos en los «almacenes de trabajo», y unir la producción agrícola y manufacturera en aldeas comunitarias de unas 1.200 personas, como en las «colonias» owenianas de New Harmony (Estados Unidos, 1825) o de Harmony Hall (Gran Bretaña, 1840). Asimismo debían potenciarse los sindicatos obreros, cuya función no se limitaría a la lucha por la mejora de las condiciones laborales, sino que constituirían el fundamento de la «nueva sociedad» mediante la formación de cooperativas. Así lo expuso en el «llamamiento a la población del mundo» de 1836.

3 Cronología de la economía solidaria. Ob cit.

http://studylib.es/doc/15858/cronolog%C3%ADa-de-la-econom%C3%ADa-social

4 Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. Siguiendo la tradición de sus fundadores sus miembros creen en los valores éticos de honestidad, transparencia, responsabilidad social y preocupación por los demás. Principios Cooperativos

Primer Principio: Membresía abierta y voluntaria; Segundo Principio: Control democrático de los miembros; Tercer Principio: Participación económica de los miembros; Cuarto Principio: Autonomía e independencia; Quinto Principio: Educación, formación e información; Sexto Principio: Cooperación entre cooperativas; Séptimo Principio: Compromiso con la comunidad.

https://www.aciamericas.coop/Principios-y-Valores-Cooperativos-4456

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de octubre de 2017.— Diputado Juan Romero Tenorio(rúbrica).»

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Muchas gracias, diputado Romero Tenorio. Túrnese a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Tiene el uso de la palabra, por tres minutos, el diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 25 y 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, en esta ocasión someto a la consideración de la asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el inciso 1 del artículo 25 y adiciona una fracción XVII al artículo 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, con la finalidad de integrar los seguros cibernéticos.

La evolución de la tecnología digital ha contribuido al crecimiento económico, a la creación de oportunidades de negocios y a un mayor desarrollo del comercio en todo el mundo.

Sin embargo, los ataques informáticos cada día son más frecuentes, variados e impredecibles, implicando un riesgo para la seguridad de los usuarios.

Todos recordamos los ataques cibernéticos que han afectado a grandes empresas como el hackeo de más de 500 millones de cuentas de Yahoo o el de 145 millones de clientes de Ibei, la pérdida de más de 81 millones de dólares del Banco Central de Bangladesh por obra de un malware, y bueno, hoy acabamos de aprobar un punto de acuerdo en el sentido del hackeo a Uber con un buen número de cuentas, así como los llamados ransomware que son programas dañinos que restringen el acceso a determinadas partes o archivos del sistema infectado, y luego pide un rescate a cambio de quitar esa restricción. Brasil, México y Perú son los países latinoamericanos con más ataques de dicha índole.

En nuestro país los delitos cibernéticos representaron pérdidas anuales por alrededor de tres mil millones de dólares. Precisamente por este motivo en Nueva Alianza consideramos que es preciso integrar en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas los seguros cibernéticos.

Los riesgos cibernéticos han sido objeto de preocupación a nivel internacional. No obstante, en nuestro país no existe una cultura de la protección en ese sentido. En México existen alrededor de 100 empresas aseguradoras que ofrecen primordialmente seguros de vida, de auto, de daños, de gastos médicos y accidentes, de seguridad social o financieros, de este universo, solo una empresa ofrece seguros de daños en materia cibernética.

Si bien es cierto que el Código Penal Federal contiene un título denominado Revelación de secretos y Acceso ilícito a sistemas y equipos de informática, en el cual se tipifican estos delitos e impone sanciones para dichas acciones, lo cierto es que nuestro país está lejos de garantizar la seguridad en la materia.

En nuestra agenda las y los diputados de Nueva Alianza nos comprometimos a legislar para garantizar las mejores prácticas de las empresas privadas en cada una de sus actividades. Uno de estos aspectos lo constituye, sin ninguna duda, la seguridad en este sentido.

Por lo mismo consideramos que existen vacíos jurídicos que permiten que la información sustraída de distintas bases de datos se encuentre desprotegida. Ante este panorama, el grado de previsión de una empresa para manejar una crisis cibernética puede implicar una enorme ventaja competitiva, y así poder asegurar su supervivencia en el mercado.

Por ese motivo consideramos viable que las aseguradoras exploren una nueva área de oportunidad, con el fin de proporcionar esta mencionada seguridad cibernética. Quisiéramos ver prosperar a nuestras empresas en México, porque sabemos que su desarrollo se reflejará en un mejor nivel de vida para todos los mexicanos.

Teniendo en cuenta todo lo anterior que he comentado, consideramos prioritario generar una mayor conciencia sobre la importancia que tiene la seguridad en materia digital, ese es el motivo fundamental y principal de esta propuesta. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 25 y 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Luis Alfredo Valles Mendoza, diputado federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso l), recorriéndose los subsecuentes, del artículo 25; y se adiciona la fracción XVII al artículo 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

La revolución digital ha sido de gran ayuda en el mundo; sin embargo, los ataques informáticos que cada día son más frecuentes, variados e impredecibles, han puesto en jaque los escenarios de la ciberseguridad.

En 2016, una de cada cinco compañías en el mundo sufrió un incidente como resultado de un ataque de ransomwarey 32 por ciento del total pagó el rescate, mientras 67 por ciento perdió parte de sus datos corporativos.

Esta realidad evidencia los más de 4 mil ataques de ransomware llevados a cabo durante el mismo año de forma diaria en los Estados Unidos de América, situación que se vio superada en un 300 por ciento contra lo visto en 2015.

Brasil, México y Perú son los países latinoamericanos con más casos de ataques de ransomware, delito en el que el ciberdelincuente logra encriptar la información de un ordenador o dispositivo y pide un rescate a la víctima para desbloquear el equipo y liberar sus datos.

En fechas recientes se han suscitado ciberataques como: a) El hackeo a más de 500 millones de cuentas de Yahoo en 2014; b) El hackeo de 145 millones de clientes de eBay; c) La pérdida de más de 81 millones de dólares del Banco Central de Bangladesh por obra de un malware que pudo filtrarse a través de la aplicación llamada Swift Alliance Access; d) El ransomware #WannaCry que impactó a más de 300 mil usuarios en 170 países, entre los que se encontraba México, que para infortunio de los cibernautas resultaron exitosos.

Estos escenarios dejan entrever que los ataques ya no avanzan a la misma velocidad, sino que ahora progresan más rápido que la implementación de nuevos sistemas de protección de datos que se desarrollan de manera ágil, con mayor complejidad y a mayor escala.

En ese sentido, la empresa de seguridad cibernética ESET ha señalado que las ofensivas ya no solo están encaminadas a objetivos financieros, sino que ahora éstos se dirigen a infraestructuras críticas, consolas de videojuegos y dispositivos móviles.

Por ello, las empresas han optado por adoptar las nuevas tecnologías de la información, con el propósito de lograr grandes beneficios sistemáticos como la automatización, simplificación y digitalización eficiente de sus procesos. Sin embargo, se han observado una serie de imprevistos que, durante su uso cotidiano, corren el riesgo de ir dejando huecos que pueden ser aprovechados por personas cuyo objetivo es delinquir o afectar la operación de una organización.

La compañía Fortune 500 Companies ha señalado que un 97 por ciento de las empresas ha enfrentado algún problema de vulnerabilidad y solo el 3 por ciento no sabe que ya fueron atacados. Esta situación provocó durante 2016 que un sinfín de empresas alrededor del mundo gastaran más de 73 mil millones de dólares en medidas de ciberseguridad, y se espera que este año la cifra supere los 100 mil millones de dólares.

Dichas inversiones derivan de un miedo justificado, puesto que a nivel mundial han dejado pérdidas alrededor de 556 mil millones de dólares en 2015; tan sólo en México los delitos cibernéticos representaron pérdidas anuales por alrededor de 3 mil millones de dólares.Ante esa realidad, consideramos pertinente que la ciberseguridad sea vista como un requisito indispensable y no únicamente como una tecnología opcional.

Lo anterior, bajo la premisa de que la importancia de la ciberseguridad es indiscutible y una gran oportunidad para que los cibernautas estén protegidos de los ciber-riesgos, que se han convertido en una de las principales preocupaciones de los usuarios de Internet.

En ese sentido, las aseguradoras se encuentran en la oportunidad de ofrecer nuevos productos que protejan a las personas y a las empresas de pérdidas de información que dañen su reputación, como resultado de algún tipo de falla en sus sistemas tecnológicos.

Este tipo de violaciones relacionadas con el robo de la información no afecta únicamente a las compañías, sino que ahora el robo de identidad personal va en aumento día con día. Tan sólo en nuestro país, 400 mil personas son víctimas cada año, posicionando a México en el octavo lugar en este delito a nivel mundial en el 2015.

Con lo antes citado, consideramos adecuado integrar en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas a los seguros cibernéticos, en atención a que el sector asegurador tiene el reto de enfrentarse al voraz avance de la tecnología, salvaguardando en todo momento la información y las bases de datos de las personas y las empresas ante ciberataques y otro tipo de fraudes.

Exposición de Motivos

Los riesgos cibernéticos son la principal preocupación de las aseguradoras alrededor del mundo, y es probable que continúen siendo un punto importante en sus agendas, dados los recientes ataques a la red.

A raíz de los cambios globales y los riesgos cibernéticos, en México estamos conscientes de que el sector asegurador está obligado a innovar con el fin de aprovechar su misión en los temas de seguridad cibernética o ciberseguridad.

En nuestro país existen alrededor de 100 empresas aseguradoras, de las cuales: 27 trabajan exclusivamente con daños, 40 operan tanto con seguros de vida como de daños, y 4 son especializadas, 3 de crédito a la vivienda y una de garantías financieras.

Algunos datos señalan que los principales seguros son: a) De vida con un 40 por ciento de las primas emitidas; b) De autos con un 18 por ciento; c) De daños con un 18 por ciento; d) De gastos médicos y accidentes personales con un 14 por ciento; e) De las menciones derivadas de la seguridad social con un 7 por ciento, y f) De las fianzas con un 3 por ciento.

Esos datos demuestran que los principales seguros que está ofreciendo el mercado nacional, y al cual la gente le da cada vez más importancia, son los seguros de ahorro en vida y de autos, dejando de lado los seguros de daños en materia cibernética.

Como es bien sabido, las aseguradoras se dedican a la gestión de riesgos, empero no pasa desapercibido que la seguridad cibernética es una herramienta enfocada a gestionar el riesgo en el manejo de los datos informáticos.

Por ello, el sector asegurador se encuentra ante dos grandes retos en estos momentos: 1) El ser capaz de proteger la información de sus clientes, así como los activos que gestionan a la vez que incorporan nuevas tecnologías a sus procesos, y 2) El tener una oferta de servicios capaz de proteger a las empresas frente a los riesgos de ciberseguridad.

Se debe tomar en cuenta que el Código Penal Federal establece un Título denominado “Revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática”, en cual se tipifican estos delitos para todas las personas que sin autorización modifiquen, destruyan o provoquen pérdida de información contenida en sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, siendo sujetos de la imposición de las sanciones estipuladas en el mismo ordenamiento.

A pesar de las sanciones que establece el Código Penal Federal, aún notamos múltiples vacíos jurídicos que permiten que la información sustraída de distintas bases de datos se encuentre desprotegida. Por eso, resulta importante que las aseguradoras exploren esta nueva área de oportunidad, con el fin proporcionar protección a los cibernautas.

Es necesario considerar que las herramientas, políticas, conceptos de seguridad, salvaguardas de seguridad, directrices, métodos de gestión de riesgos, acciones, formación, prácticas idóneas, seguros y tecnologías, se utilicen para proteger los activos de los usuarios en el ciberentorno.

En nuestro país, el sector asegurador debe cobrar mayor relevancia cada vez que se infringe la ciberseguridad, entendiendo esto, desde el momento en que se incluye información muy sensible como vienen a ser los datos de los usuarios.

Hoy en día el perfil que necesitan las empresas que requieren ciberseguros son: a) Alta dependencia en procesos electrónicos; b) Contar con proveedores de servicios tecnológicos; c) Recopilación, mantenimiento, cesión o almacenamiento de información privada, y d) Contar con medios de pago electrónico o digital.

En México son muy pocas las empresas aseguradoras que se encargan de atender los seguros cibernéticos.

Dicho seguro debe tener como una de sus prioridades la de cubrir a las empresas y/o personas físicas que con motivo de su actividad profesional tengan en su poder datos electrónicos y que, por robo, pérdida, comunicación y/o divulgación no autorizada de los mismos causen daños a terceros.

En ese tenor, debemos tener presente que la ciberseguridad está apalancada de otras tecnologías como Big Data, Analytics e Inteligencia Artificial para proteger a sus clientes, y ésta es capaz de prevenir el fraude en tiempo real.

Un caso exitoso fue el de American Express, compañía que a través del uso de herramientas matemáticas y computacionales tiene la capacidad de detectar y prever transacciones sospechosas, así como tomar decisiones en cuestión de milisegundos, lo que les permite mitigar el fraude.

Esta situación sirve como antecedente para tomar en consideración que las compañías de seguros deben comenzar a operar transaccionalmente desde un punto de vista digital; el peligro ya no afecta solo a personas, bienes o situaciones, sino a toda la comunidad digital.

Tomando en cuenta los riesgos actuales, el grado de preparación de una empresa para manejar una crisis cibernética puede ser una gran ventaja competitiva y así poder asegurar su supervivencia.

Pero más allá de lo alarmante que suena la situación, los proveedores de tecnología están obligados a redoblar sus esfuerzos para proteger esos grandes volúmenes de información de principio a fin.

Recordemos que la información requiere de medidas de protección adecuadas de acuerdo con su importancia y criticidad, y éste es precisamente el ámbito de la seguridad de la información.

Por todo lo anterior, es que en Nueva Alianza consideramos de suma importancia integrar en el marco de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, dentro del seguro de daños, a los seguros cibernéticos, con el propósito de atizar mayores beneficios de protección a las personas y a las empresas ante los inminentes ataques cibernéticos.

Puesto que con ello se permitirá evitar el incremento indiscriminado de delitos, principalmente por la falta de coberturas que ante posibles ataques provocarían un desfalco monetario inalcanzable.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un inciso l), recorriéndose el subsecuente que pasa a ser el inciso m), a la fracción III del artículo 25, y la fracción XVII al artículo 27; ambas, a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

Artículo Único. Se adiciona un inciso l), recorriéndose el subsecuente que pasa a ser el inciso m), a la fracción III del artículo 25, y la fracción XVII al artículo 27; ambas, a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para quedar como sigue:

Artículo 25. Las autorizaciones para organizarse, operar y funcionar como Institución de Seguros o Sociedad Mutualista, se referirán a una o más de las siguientes operaciones y ramos de seguro:

I. a II. ...

III. Daños, en alguno o algunos de los ramos siguientes:

a) a k) ...

l) Cibernéticos, y

m) ...

...

...

...

...

Artículo 27. Los seguros comprendidos dentro de la enumeración de operaciones y ramos señalados en los artículos 25 y 26 de esta Ley, son los siguientes:

I. a XVI. ...

XVII. Para el ramo de la ciberseguridad, el pago de la indemnización se efectuará en caso de robo, pérdida, hackeo, comunicación y/o divulgación no autorizada de datos electrónicos que causen daños a terceros, daños a su propia operación o sean sujetos de multas por parte de la autoridad.

Artículo Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://expansion.mx/opinion/2017/06/14/opinion-ciberseguridad-una-mina-de- oro-para-el-sector-asegurador

2 http://expansion.mx/tecnologia/2017/01/05/dispositivos-moviles-y- hospitales-los-nuevos-objetivos-de-los-hackers

3 http://expansion.mx/opinion/2017/06/14/opinion-ciberseguridad-una-mina-de- oro-para-el-sector-asegurador

4 http://www.eset-la.com/mx

5 http://expansion.mx/opinion/2017/06/14/opinion-ciberseguridad-una-mina-de- oro-para-el-sector-asegurador

6 http://expansion.mx/opinion/2017/03/21/opinion-sector-asegurador-y- afianzador-mexicano-en-crecimiento

7 Ídem.

8 https://www.ucavila.es/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2017.— Diputado Luis Alfredo Valles Mendoza(rúbrica).»

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputado Valles Mendoza. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Continúe la Secretaría con declaratoria de publicidad.

DICTÁMENES PARA DECLARATORIA DE PUBLICIDAD



SE DECLARA EL 15 DE NOVIEMBRE COMOEL “DÍA NACIONAL DE ORIENTACIÓN SOBRE EL USO NOCIVO DEL ALCOHOL”

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto por el que se declara el 15 de noviembre como el “Día Nacional de Orientación sobre el Uso Nocivo del Alcohol”.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción III Bis al artículo 23 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



SE DECLARA EL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO COMO EL “DÍA DEL ESTADO LAICO”

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto por el que se declara el 25 de septiembre de cada año como el “Día del Estado Laico”.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA MEDALLA DE HONOR GILBERTO RINCÓN GALLARDO

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento de la Medalla de Honor Gilberto Rincón Gallardo.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI, recorriendo las demás en orden subsecuente, al artículo 6 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY DE MIGRACIÓN

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Dictamen de la Comisión de Asuntos Migratorios, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Migración.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 420 del Código Penal Federal.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.

VOLUMEN III



CÓDIGO PENAL FEDERAL Y LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de delitos carreteros.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Y LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.


VOLUMEN IV


CÓDIGO CIVIL FEDERAL

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 303 del Código Civil Federal

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad



CÓDIGO CIVIL FEDERAL

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 264, fracción II, y 289; y se derogan los artículos 158 y 334 del Código Civil Federal

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad



INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan.(*)

(*) Las iniciativas y proposiciones se encuentran en el Apéndice de esta sesión



CLAUSURA Y CITA

El presidente diputado Arturo Santana Alfaro (a las 16:24 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes 28 de noviembre de 2017 a las 10 horas



RESUMEN DE LOS TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 4 horas 12 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 275 diputadas y diputados

• Comunicaciones oficiales: 1

• Iniciativas de senadores: 2

• Acuerdos de los órganos de gobierno: 1

• Efeméride: 1

• Dictámenes a discusión de ley o decreto: 1

• Proposiciones de urgente resolución: 3

• Iniciativas de las diputadas y diputados: 13

• Dictámenes para declaratoria de publicidad: 11

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 41

6 PRI

5 PAN

7 PRD

8 Morena

5 PVEM

4 MC

5 NA

1 PES

EFEMÉRIDE



DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

«Efeméride con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

A escala mundial, las cifras de violencia contra la mujer son impresionantes, desafortunadamente cada año van en aumento. Por eso, la Organización de las Naciones Unidas, en su Asamblea General del 17 de diciembre de 1999, estableció el 25 de noviembre como el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, el cual busca concientizar y hacer que la sociedad participe impulsando iniciativas sobre lo importante que es erradicar la violencia contra la mujer a escala mundial

¿Dónde comenzó este movimiento?

Ente movimiento se remonta y tiene su origen en República Dominicana, un 25 de noviembre de 1960, cuando un feminicidio alarmó a la comunidad de ese país y a toda Latinoamérica. Se trataba del asesinato de tres hermanas por parte del dictador Rafael Leónidas Trujillo.1

Esto desembocó en que, para el año de 1981, el movimiento feminista latinoamericano comenzara distintos movimientos en defensa de la mujer. Con múltiples campañas en favor de la erradicación de la violencia hacia el género femenino, por parte de los gobiernos en muchos países y diferentes ONG para abordar este problema social que lastimaba a toda la sociedad a escala mundial.2

Revisando las estadísticas, nos damos cuenta que la violencia hacia la mujer sigue siendo muy inquietante, ya que éstas nos muestran que una de cada tres féminas ha padecido de violencia por parte de su conyugue o pareja

Otra estadística nos revela que de las alrededor de 4.5 millones de las victimas que sufren de explotación sexual, el 98 por ciento son mujeres y niñas. También nos revela que de los feminicidios que sucedieron en el 2012, uno de cada dos lo cometió un familiar cercano o la pareja sentimental

En nuestro país, las cifras no son muy alentadoras, ya que las mujeres de 15 años o mayores han padecido algún tipo de violencia

La violencia contra la mujer en México no ha disminuido, esto lo demuestran los datos que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía proporcionó, en los que menciona que en los últimos 10 años, de 2006 a 2016, el porcentaje de violencia hacia la mujer es muy similar. Dicho reporte manifiesta que en el 2006, 67 por ciento de las mujeres había sido víctimas de algún hecho de violencia en su vida. Para el 2011, el porcentaje disminuyó relativamente a 62.8, pero para el 2016 desafortunadamente la violencia hacia la mujer se incrementó a 66.1. Con esos datos, el Inegi asume que los porcentajes de 2006 a 2016 son similares.3

Otro dato que el Inegi proporciona es que sólo hay nueve estados en nuestro país donde el índice de violencia contra las mujeres ha disminuido

En primer lugar, se encuentra Nayarit donde la reducción fue de 9.3 puntos porcentuales, pasando de 64.7 en 2011 a 58.1 por ciento en el 2016. En segundo lugar, está Sonora donde el índice bajó 7 puntos pasando de 68.1 a 61.1 por ciento en el mismo periodo. En tercer lugar, está Campeche que registró una disminución de 5.5 puntos, de 59.1 a 53.6 por ciento el índice de violencia hacia la mujer

También menciona otros estados donde se produjo una mejora en el porcentaje de violencia hacia la mujer: Nuevo León, San Luis Potosí, Colima, Veracruz, Tlaxcala y Baja California Sur, mencionando que en los dos últimos estados la reducción fue menor a un punto porcentual

Los estados sin cambios en sus porcentajes fueron Baja California y Chihuahua, y los que tuvieron un mínimo de incremento fueron Tabasco y Tamaulipas, ambos registrando menos de un punto porcentual.4

Por eso es urgente que el gobierno federal, en conjunto con los gobiernos estatales, implemente mecanismos para ayudar a las mujeres que se encuentran en indefensión por la violencia que mantienen sus parejas sobre de ellas

Notas

1 W Radio, 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, Penélope Duran, 25 de noviembre de 2013

http://wradio.com.mx/radio/2013/11/25/nacional/1385399940_023924.html

2 Wikipedia, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer

https://es.wikipedia.org/wiki/D%C3%ADa_Internacional_de_la_Eliminaci%C3%B3n_de_la_Violencia_contra_la_Mujer

3 Excelsior, “México social: La Violencia contra las Mujeres”, Mario Luis Fuentes, 7 de noviembre de 2017

3 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/11/07/1199605

4 Excelsior, “México social: La Violencia contra las Mujeres”, Mario Luis Fuentes, 7 de noviembre de 2017

http://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/11/07/1199605

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2017.— Diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica)»

————— O —————

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Aguilar Robles, David (PRI)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas: 77
Álvarez Maynez, Jorge (MC)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios: 94
Barranco Sánchez, Marco Antonio (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo: 156
Benítez Tiburcio, Mariana (PRI)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios: 96
Campa Almaral, Carmen Victoria (NA)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios: 92
Cañedo Jiménez, Roberto (Morena)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal y la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, para que se considere a la brevedad un incremento al salario mínimo que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 108
Chávez García, María (Morena)
Para presentar, en nombre propio y del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo: 128
Corona Valdés, Lorena (PVEM)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios: 93
Domínguez Domínguez, César Alejandro (PRI)
Para referirse a la efeméride con motivo del Día de la Armada de México: 53
Estefan Garfias, José Antonio (PRD)
Para presentar dos iniciativas con proyecto de decreto: la primera, que adiciona el artículo 3o. de la Ley Federal de Competencia Económica; y la segunda, que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Migración: 124, 126
García Bravo, María Cristina Teresa (PRD)
Para fundamentar el dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas: 69
García Yáñez, Ángel (NA)
Para referirse a la efeméride con motivo del Día de la Armada de México: 48
Garzón Canchola, Refugio Trinidad (PES)
Para referirse a la efeméride con motivo del Día de la Armada de México: 47
Garzón Canchola, Refugio Trinidad (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal: 154
Gaytán Hernández, Cristina Ismene (PRD)
Para referirse a la efeméride con motivo del Día de la Armada de México: 51
Gaytán Hernández, Cristina Ismene (PRD)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios: 95
Guevara Jiménez, Yaret Adriana (PVEM)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal y la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, para que se considere a la brevedad un incremento al salario mínimo que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 107
Hernández Correa, Guadalupe (Morena)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, al INAI y a la PGR, para que, en el marco de sus facultades y competencias, tomen las medidas pertinentes para proteger a los usuarios de UBER: 101
Hernández Soriano, Rafael (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un título a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Parlamento Infantil y Juvenil: 168
López Córdoba, José Everardo (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes de su Grupo Parlamentario, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, al INAI y a la PGR, para que, en el marco de sus facultades y competencias, tomen las medidas pertinentes para proteger a los usuarios de UBER: 97
Machuca Sánchez, Mario (PVEM)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, al INAI y a la PGR, para que, en el marco de sus facultades y competencias, tomen las medidas pertinentes para proteger a los usuarios de UBER: 100
Márquez Alvarado, Cesáreo Jorge (PVEM)
Para referirse a la efeméride con motivo del Día de la Armada de México: 50
Martínez García, Jonadab (MC)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, al INAI y a la PGR, para que, en el marco de sus facultades y competencias, tomen las medidas pertinentes para proteger a los usuarios de UBER: 100
Martínez Santos, Wenceslao (PAN)
Para referirse a la efeméride con motivo del Día de la Armada de México: 52
Muñoz Cervantes, Arlette Ivette (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración: 114
Nahle García, Norma Rocío (Morena)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios: 94
Pérez Utrera, Adán (MC)
Para referirse a la efeméride con motivo del Día de la Armada de México: 49
Piña Kurczyn, Juan Pablo (PAN)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios: 95
Ramírez Nachis, Rosa Alba (MC)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal y la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, para que se considere a la brevedad un incremento al salario mínimo que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 106
Reyes Ávila, Angélica (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres: 147
Rodríguez Rubio, María del Rosario (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública: 161
Rodríguez Torres, Samuel (PVEM)
Para presentar, en nombre propio y de integrantes de su Grupo Parlamentario, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos: 137
Romero Tenorio, Juan (Morena)
Para presentar moción suspensiva respecto al dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas: 70
Romero Tenorio, Juan (Morena)
Para presentar propuestas de modificación a los artículos 3 Ter, 6 Bis y 6 Ter de la Ley de Vertimientos en la Zonas Marinas Mexicanas: 79
Romero Tenorio, Juan (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas y expide una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas: 171
Romo García, Edgar (PRI)
Para presentar, en nombre propio y de los diputados integrantes de su Grupo Parlamentario, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE para que transparente los criterios de fiscalización sobre actos anticipados de campaña, los mecanismos para detectarlos y, en su caso, sancionarlos; así como los procedimientos que actualmente esté desarrollando para poner en práctica dichos criterios: 90
Rosas Cuautle, Fabiola (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o. y 25 de la Ley General de Partidos Políticos: 110
Rubio Quiroz, Juan Fernando (PRD)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas: 77
Saldaña Morán, Julio (PRD)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal y la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, para que se considere a la brevedad un incremento al salario mínimo que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 109
Sánchez Ruiz, Karina (NA)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, al INAI y a la PGR, para que, en el marco de sus facultades y competencias, tomen las medidas pertinentes para proteger a los usuarios de UBER: 99
Santana Alfaro, Arturo (PRD)
Para presentar la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal y la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, para que se considere a la brevedad un incremento al salario mínimo que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 102
Santiago Rodríguez, Guillermo Rafael (Morena)
Para presentar propuestas de modificación a los artículos 3 y 19 de la Ley de Vertimientos en la Zonas Marinas Mexicanas: 80
Valles Mendoza, Luis Alfredo (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 25 y 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas: 202
Villa González, Concepción (Morena)
Para referirse a la efeméride con motivo del Día de la Armada de México: 50
Villa González, Concepción (Morena)
Para presentar propuestas de modificación a los artículos 3 y 4 Bis de la Ley de Vertimientos en la Zonas Marinas Mexicanas: 78

VOTACIONES

Dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abdala Carmona, YahleelFavor

2 Abdala Saad, Antonio TarekFavor

3 Abramo Masso, YericoFavor

4 Aguilar Robles, DavidFavor

5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor

6 Aguirre Chávez, Marco PoloFavor

7 Aguirre Romero, AndrésFavor

8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor

9 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor

10 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor

11 Amaro Cancino, AntonioAusente

12 Anaya Mota, Claudia EdithAusente

13 Anaya Orozco, AlfredoAusente

14 Antelo Esper, BernardinoFavor

15 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaAusente

16 Arellano Núñez, EfraínFavor

17 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor

18 Balcázar Narro, Rafael ArturoFavor

19 Barragán Amador, CarlosFavor

20 Barranco Sánchez, Marco AntonioFavor

21 Barrientos Cano, Laura MitziFavor

22 Bañales Arámbula, RamónAusente

23 Bedolla López, PabloFavor

24 Bejos Nicolás, AlfredoFavor

25 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor

26 Benítez Tiburcio, MarianaAusente

27 Bernal Casique, IvethFavor

28 Boone Godoy, Ana MaríaFavor

29 Borunda Espinoza, BrendaFavor

30 Botello Santibáñez, María BárbaraAusente

31 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaAusente

32 Cabrera Ruiz, José HugoFavor

33 Camacho Quiroz, César OctavioFavor

34 Camargo Félix, María Esther GuadalupeAusente

35 Canales Najjar, Tristán ManuelAusente

36 Cardoso Estévez, José LuisFavor

37 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroAusente

38 Castillo Martínez, EdgarFavor

39 Cavazos Balderas, Juan ManuelAusente

40 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor

41 Ceja García, XitlalicFavor

42 Cervera Hernández, FelipeFavor

43 Chacón Morales, Samuel AlexisAusente

44 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor

45 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor

46 Coheto Martínez, Vitalico CándidoFavor

47 Córdova Hernández, José del PilarFavor

48 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaFavor

49 Corella Platt, SusanaAusente

50 Coronado Ayarzagoitia, Pedro LuisFavor

51 Covarrubias Anaya, Martha LorenaAusente

52 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesAusente

53 Cruz Campos, VictorinoAusente

54 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor

55 De León Maza, Sofía del SagrarioAusente

56 Díaz Montoya, RocíoFavor

57 Domínguez Domínguez, César AlejandroFavor

58 Elizondo García, PabloFavor

59 Escobar Manjarrez, GermánFavor

60 Escobedo Villegas, FranciscoFavor

61 Esquivel Hernández, Olga MaríaFavor

62 Estefan Chidiac, Charbel JorgeAusente

63 Etcheverry Aranda, AzulFavor

64 Fernández Márquez, JulietaAusente

65 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor

66 Gaeta Esparza, Hugo DanielAusente

67 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeFavor

68 Gamboa Miner, PabloAusente

69 Gárate Valenzuela, Paola IvethAusente

70 García Ayala, Marco AntonioAusente

71 García Barrón, ÓscarAusente

72 García Carreón, TelésforoAusente

73 García Navarro, OtnielFavor

74 García Portilla, Ricardo DavidFavor

75 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelAusente

76 González Calderón, Martha HildaAusente

77 González Rojas, AarónFavor

78 González Salum, Miguel ÁngelFavor

79 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor

80 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor

81 Guerrero Coronado, DeliaAusente

82 Guerrero Esquivel, AraceliFavor

83 Guevara Cobos, Luis AlejandroAusente

84 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor

85 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyFavor

86 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor

87 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaFavor

88 Hernández Madrid, María GloriaFavor

89 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelFavor

90 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor

91 Ibarra Otero, Próspero ManuelAusente

92 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor

93 Iriarte Mercado, CarlosAusente

94 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioAusente

95 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueAusente

96 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelAusente

97 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor

98 Kuri Grajales, FidelFavor

99 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor

100 Le Baron González, AlexAusente

101 Leyva García, Leydi FabiolaFavor

102 López Gutiérrez, David EpifanioAusente

103 López Velasco, Edith YolandaFavor

104 Luna Canales, ArmandoFavor

105 Luna Munguía, Alma LiliaFavor

106 Madrigal Méndez, Liliana IvetteAusente

107 Majul González, SalomónFavor

108 Maya Pineda, María IsabelFavor

109 Mazari Espín, RosalinaFavor

110 Medrano Quezada, BenjamínFavor

111 Meléndez Ortega, Juan AntonioAusente

112 Melhem Salinas, EdgardoFavor

113 Méndez Bazán, Virgilio DanielFavor

114 Méndez Hernández, SandraFavor

115 Mercado Ruiz, DavidFavor

116 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlFavor

117 Moguel Manzur, Zacil LeonorFavor

118 Mólgora Glover, ArletFavor

119 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor

120 Monroy del Mazo, CarolinaFavor

121 Montes Salas, Dulce MaríaFavor

122 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor

123 Mota Hernández, AdolfoFavor

124 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor

125 Muñoz Parra, María VerónicaFavor

126 Muñoz Sánchez, RosalindaAusente

127 Navarrete Pérez, FernandoAusente

128 Nazar Morales, JuliánFavor

129 Nazario Morales, MatíasAusente

130 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor

131 Orantes López, Hernán de JesúsFavor

132 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor

133 Orozco Sánchez Aldana, José LuisAusente

134 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor

135 Osorno Belmont, SusanaFavor

136 Oyervides Valdez, María GuadalupeFavor

137 Palomares Ramírez, Elvia GracielaFavor

138 Pichardo Lechuga, José IgnacioAusente

139 Pinete Vargas, María del CarmenAusente

140 Plascencia Pacheco, Laura NereidaFavor

141 Plata Inzunza, EvelioFavor

142 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsAusente

143 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor

144 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor

145 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor

146 Ramírez Marín, Jorge CarlosFavor

147 Ramírez Nieto, RicardoFavor

148 Ramírez Ocampo, Gianni RaúlFavor

149 Ramírez Ponce, Miguel AngelFavor

150 Real Salinas, Dora ElenaAusente

151 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor

152 Rentería Medina, Flor EstelaFavor

153 Rivera Carbajal, SilviaFavor

154 Rivera Sosa, José LorenzoFavor

155 Rocha Aguilar, YulmaFavor

156 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor

157 Rojas Orozco, EnriqueFavor

158 Rojas San Román, Francisco LauroFavor

159 Romero Vega, EsdrasFavor

160 Romo García, EdgarFavor

161 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor

162 Rosas Cuautle, FabiolaFavor

163 Ruíz Chávez, Sara LatifeFavor

164 Sáenz Soto, José LuisFavor

165 Salazar Espinosa, HeidiFavor

166 Salazar Muciño, Pedro AlbertoAusente

167 Salinas Lozano, CarmenAusente

168 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor

169 Sánchez Coronel, CristinaFavor

170 Sánchez Isidoro, DavidFavor

171 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínAusente

172 Sandoval Martínez, María SoledadFavor

173 Santillán Oceguera, Francisco JavierAusente

174 Sarabia Camacho, CarlosAusente

175 Saracho Navarro, FranciscoFavor

176 Scherman Leaño, María Esther de JesúsAusente

177 Serrano Hernández, MaricelaFavor

178 Silva Ramos, AlbertoFavor

179 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor

180 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor

181 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor

182 Taja Ramírez, RicardoFavor

183 Tamayo Morales, Martha SofíaAusente

184 Tannos Cruz, YarithAusente

185 Terrazas Porras, AdrianaAusente

186 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor

187 Toledo Medina, José LuisAusente

188 Torres Huitrón, José AlfredoFavor

189 Trujillo Zentella, GeorginaAusente

190 Uriarte Zazueta, FernandoFavor

191 Valencia García, ÓscarFavor

192 Vallejo Barragán, ManuelFavor

193 Vargas Rodríguez, Federico EugenioAusente

194 Vidal Aguilar, LiborioAusente

195 Viggiano Austria, Alma CarolinaAusente

196 Villa Ramírez, TimoteoFavor

197 Villa Trujillo, EdithFavor

198 Villagómez Guerrero, RamónFavor

199 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor

200 Vélez Núñez, BeatrizFavor

201 Yerena Zambrano, RafaelFavor

202 Zapata Lucero, Ana GeorginaAusente

203 Zepahua García, LillianFavor

204 Zúñiga Mendoza, J. JesúsAusente

Favor: 141

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 63

Total: 204

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Aguilar López, María MercedesFavor

2 Agundis Estrada, María VerónicaFavor

3 Alejo Domínguez, HugoAusente

4 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor

5 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor

6 Amparano Gámez, LeticiaAusente

7 Antero Valle, Luis FernandoFavor

8 Arámbula Meléndez, MarianaFavor

9 Barraza López, José TeodoroAusente

10 Barrera Marmolejo, HéctorAusente

11 Bello Otero, CarlosAusente

12 Bermúdez Méndez, José ErandiFavor

13 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor

14 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor

15 Bolio Pinelo, Kathia MaríaAusente

16 Cambranis Torres, EnriqueFavor

17 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor

18 Castañón Herrera, EukidAusente

19 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaAusente

20 Chavarrías Barajas, EloisaFavor

21 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor

22 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueAusente

23 Corral Estrada, HerminioAusente

24 Corral Mier, JuanFavor

25 Cortés Berumen, José HernánAusente

26 Cortés Lugo, Román FranciscoAusente

27 Cortés Mendoza, Marko AntonioAusente

28 Cruz Blackledge, Gina AndreaAusente

29 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor

30 Culin Jaime, GretelFavor

31 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoAusente

32 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor

33 Döring Casar, FedericoFavor

34 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor

35 Flores Sosa, CésarFavor

36 Gama Basarte, Marco AntonioAusente

37 García Escobar, Lilia ArmindaFavor

38 García García, PatriciaFavor

39 García López, José MáximoFavor

40 García Pérez, MaríaAusente

41 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor

42 Garza Treviño, PedroFavor

43 Gómez Olivier, Sergio EmilioAusente

44 González Ceceña, ExaltaciónFavor

45 González Navarro, José AdriánAusente

46 González Suástegui, GuadalupeAusente

47 Gutiérrez Campos, AlejandraAusente

48 Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco JoséAusente

49 Hernández Ramos, MinervaFavor

50 Herrera Deras, Alfredo MiguelFavor

51 Huepa Pérez, Miguel ÁngelFavor

52 Huerta Villegas, GenovevaFavor

53 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor

54 Iñiguez Mejía, Elías OctavioFavor

55 Jiménez Márquez, Martha CristinaAusente

56 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor

57 López Córdova, José EverardoFavor

58 López Martín, JorgeFavor

59 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor

60 Mandujano Tinajero, RenéFavor

61 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor

62 Marrón Agustín, Luis GilbertoFavor

63 Martínez Montemayor, BaltazarFavor

64 Martínez Santos, WenceslaoFavor

65 Martínez Sánchez, Luis de LeónAusente

66 Matesanz Santamaría, RocíoFavor

67 Mesta Soule, Luis FernandoFavor

68 Moya Marín, AngélicaFavor

69 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor

70 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeAusente

71 Nava Mouett, JacquelineFavor

72 Neblina Vega, Javier AntonioFavor

73 Osuna Carranco, Karla KarinaAusente

74 Ovando Reazola, JanetteAusente

75 Padilla Avila, KarinaAusente

76 Paes Martínez, JiselaFavor

77 Palomeque Archila, Carlos AlbertoFavor

78 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaAusente

79 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor

80 Ramírez Núñez, UlisesFavor

81 Ramírez Ramos, GabrielaFavor

82 Ramos Hernández, JorgeAusente

83 Rendón García, César AugustoAusente

84 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor

85 Rivera Castillejos, Armando AlejandroAusente

86 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesAbstención

87 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor

88 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor

89 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor

90 Ruiz García, Juan CarlosFavor

91 Salas Díaz, Gerardo FedericoAusente

92 Salas Valencia, José AntonioFavor

93 Salim Alle, Miguel ÁngelFavor

94 Sánchez Carrillo, PatriciaAusente

95 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor

96 Sánchez Meza, María LuisaAusente

97 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniFavor

98 Sheffield Padilla, Francisco RicardoAusente

99 Taboada Cortina, SantiagoFavor

100 Talavera Hernández, María EloísaFavor

101 Tamariz García, XimenaFavor

102 Torreblanca Engell, SantiagoFavor

103 Triana Tena, JorgeFavor

104 Valenzuela Armas, RafaelFavor

105 Valles Olvera, Elva LidiaFavor

106 Vargas Bárcena, MarisolFavor

107 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeFavor

108 Velázquez Valdez, BrendaAusente

109 Zapata Padilla, Mariía OlimpiaFavor

Favor: 71

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 37

Total: 109

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Acosta Naranjo, GuadalupeContra

2 Alanis Pedraza, Angel IIContra

3 Amador Rodríguez, LeonardoAusente

4 Aragón Castillo, HortensiaAusente

5 Arguijo Herrera, Tania VictoriaAusente

6 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelAusente

7 Basave Benítez, Agustín Francisco de AsísContra

8 Beltrán Reyes, María LuisaContra

9 Bocanegra Ruiz, ElioAusente

10 Briones Pérez, Erika IrazemaAusente

11 Castelán Mondragón, María ElidaContra

12 Catalán Padilla, OlgaContra

13 Cruz Molina, Eva FlorindaContra

14 Estefan Garfias, José AntonioContra

15 Fernández González, WaldoContra

16 Ferrer Abalos, ÓscarContra

17 Flores Sonduk, LluviaAusente

18 García Bravo, María Cristina TeresaContra

19 García Calderón, David GersonContra

20 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneContra

21 Hernández Alcalá, José GuadalupeContra

22 Hernández Soriano, RafaelContra

23 Hurtado Arana, KarenContra

24 Jiménez Rumbo, DavidContra

25 Juárez Blanquet, ErikAusente

26 López López, Irma RebecaContra

27 López Sánchez, SergioAusente

28 Madrigal Sánchez, AraceliAusente

29 Maldonado Venegas, LuisFavor

30 Martínez Neri, FranciscoContra

31 Martínez Soto, Norberto AntonioContra

32 Meza Guzmán, Lucia VirginiaAusente

33 Nava Palacios, Francisco XavierAusente

34 Octaviano Félix, TomásAusente

35 Ordoñez Hernández, DanielContra

36 Ortega Álvarez, OmarContra

37 Parra Álvarez, EvelynContra

38 Peralta Grappin, HéctorAusente

39 Pool Pech, Isaura IvanovaAusente

40 Pérez Alvarado, CandelarioAusente

41 Ramírez Peralta, Karen OrneyAusente

42 Reyes Álvarez, FelipeContra

43 Rubio Quiroz, Juan FernandoContra

44 Saldaña Morán, JulioContra

45 Santana Alfaro, ArturoContra

46 Santiago López, JoséAusente

47 Saucedo Reyes, AraceliContra

48 Soto Espino, ArmandoAusente

49 Soto González, Cecilia GuadalupeContra

50 Tello López, JorgeContra

51 Valera Fuentes, Diego ValenteContra

52 Valdes Ramírez, María ConcepciónAusente

53 Wences Real, VictorianoContra

54 Zambrano Grijalva, José de JesúsContra

Favor: 1

Contra: 33

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 20

Total: 54

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

1 Abdala Dartigues, RodrigoAbstención

2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaAusente

3 Alva y Alva, MiguelAbstención

4 Álvarez López, Jesús EmilianoAbstención

5 Armenta Mier, AlejandroAbstención

6 Barón Ortiz, Natalia KarinaContra

7 Barrientos Pantoja, AliciaAusente

8 Basurto Román, AlfredoContra

9 Caballero Pedraza, Virgilio DanteAbstención

10 Calderón Torreblanca, FidelAusente

11 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroAbstención

12 Cárdenas Mariscal, María AntoniaAusente

13 Carrera Hernández, Ana LeticiaAusente

14 Castro Vázquez, RogerioAbstención

15 Cervera García, RenéAbstención

16 Chávez García, MaríaAbstención

17 Contreras Julián, MaricelaAbstención

18 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaAbstención

19 Damián González, AraceliAbstención

20 Esquivel Valdés, Laura BeatrizAbstención

21 Falcón Venegas, Sandra LuzAusente

22 Fuentes Alonso, ModestaAbstención

23 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaAbstención

24 García Chávez, Héctor JavierAbstención

25 García Jiménez, CuitláhuacAbstención

26 Godoy Ramos, ErnestinaAbstención

27 Gómez Álvarez, DelfinaAbstención

28 Guzmán Jacobo, RobertoAbstención

29 Hernández Colín, Norma XochitlAbstención

30 Hernández Correa, GuadalupeAbstención

31 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioAusente

32 Hernández Mirón, CarlosAbstención

33 Juárez Rodríguez, Mario ArielAusente

34 Llerenas Morales, VidalAbstención

35 Lomelí Bolaños, CarlosAusente

36 Martínez Urincho, AlbertoAbstención

37 Molina Arias, Renato JosafatAusente

38 Montiel Reyes, AriadnaAusente

39 Nahle García, Norma RocíoAbstención

40 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroAbstención

41 Ramos Ramírez, BlandinaAbstención

42 Romero Tenorio, JuanContra

43 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelAbstención

44 Serrano Lora, JesúsAbstención

45 Trejo Flores, MarianaAbstención

46 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorAusente

47 Villa González, ConcepciónAbstención

Favor: 0

Contra: 3

Abstención: 32

Quorum: 0

Ausentes: 12

Total: 47

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Álvarez Angli, ArturoFavor

2 Álvarez López, JorgeFavor

3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaAusente

4 Arévalo González, José AntonioFavor

5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaAusente

6 Ávila Serna, MaríaAusente

7 Bernardino Vargas, Omar NoéAusente

8 Canales Suárez, PalomaFavor

9 Canavati Tafich, Jesús RicardoFavor

10 Celis Aguirre, Juan ManuelFavor

11 Corona Valdés, LorenaFavor

12 Couttolenc Buentello, José AlbertoFavor

13 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaAusente

14 De los Santos Torres, DanielaFavor

15 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésFavor

16 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor

17 Galindo Rosas, José de JesúsFavor

18 García Treviño, DanielaFavor

19 González Evia, EdnaFavor

20 González Torres, SofíaAusente

21 Guevarra Jiménez, Yaret AdrianaFavor

22 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelFavor

23 Herrera Borunda, Javier OctavioAusente

24 Limón García, LiaFavor

25 López Roblero, UberlyAusente

26 Machuca Sánchez, MarioFavor

27 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor

28 Mendoza Amezcua, VirgilioFavor

29 Ochoa Rojas, CándidoFavor

30 Rodríguez Torres, SamuelFavor

31 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor

32 Sandoval Rodríguez, José RefugioFavor

33 Sarur Torre, AdrianaFavor

34 Sedas Castro, Miguel ÁngelAusente

35 Sesma Suárez, JesúsFavor

36 Spinoso Carrera, EdgarAusente

37 Torres Rivas, Francisco AlbertoAusente

38 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor

39 Zamora Morlet, EnriqueFavor

Favor: 28

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 11

Total: 39

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Álvarez Maynez, JorgeAbstención

2 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoAusente

3 Castañeda Hoeflich, José ClementeAbstención

4 Corichi García, Claudia SofíaContra

5 Delgadillo García, VerónicaAbstención

6 Flores Gómez, MirzaAbstención

7 Guerra Mota, MoisésAbstención

8 Hauffen Torres, Angie DennisseAbstención

9 Martínez García, JonadabFavor

10 Mercado Sánchez, María VictoriaAbstención

11 Munguía González, Luis ErnestoAbstención

12 Ochoa Avalos, María CandelariaAbstención

13 Orantes López, María ElenaAusente

14 Pérez Utrera, AdánAbstención

15 Ralis Cumplido, Germán ErnestoAbstención

16 Ramírez Nachis, Rosa AlbaAbstención

17 Sánchez Orozco, Víctor ManuelFavor

18 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónAbstención

19 Toledo Ibarra, MarbellaContra

20 Zamora Zamora, SalvadorAbstención

Favor: 2

Contra: 2

Abstención: 14

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 20

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor

2 García Yáñez, ÁngelFavor

3 Gutiérrez García, CarlosAusente

4 Hernández León, Luis ManuelAusente

5 Méndez Salas, Jesús RafaelAusente

6 Ocampo Bedolla, María EugeniaFavor

7 Pinto Torres, Francisco JavierFavor

8 Reyes Ávila, AngélicaFavor

9 Saldivar Paz, Mirna IsabelFavor

10 Sánchez Ruiz, KarinaFavor

11 Torres Sandoval, MelissaAusente

12 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor

Favor: 8

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 12

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Escobedo Miramontes, Justo FedericoFavor

2 Ferreiro Velazco, José AlfredoAusente

3 García Soberanes, Cynthia GisselAusente

4 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor

5 González Murillo, AlejandroAusente

6 Guízar Valladares, GonzaloAusente

7 López Ruiz, NancyAusente

8 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor

9 Perea Santos, Ana GuadalupeAusente

10 Pineda Morín, AbdiesFavor

Favor: 4

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 6

Total: 10

DIPUTADOS INDEPENDIENTES

1 Zazueta Osuna, María del RocíoFavor

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Espino Barrientos, Manuel de JesúsFavor

2 Torres Cantú, DanielAusente

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 2

Dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas (en lo particular los artículos 3, 3 Ter, 4 Bis, 6 Bis, 6 Ter y 19, reservados, en sus términos)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abdala Carmona, YahleelFavor

2 Abdala Saad, Antonio TarekFavor

3 Abramo Masso, YericoFavor

4 Aguilar Robles, DavidFavor

5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor

6 Aguirre Chávez, Marco PoloFavor

7 Aguirre Romero, AndrésFavor

8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor

9 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor

10 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor

11 Amaro Cancino, AntonioAusente

12 Anaya Mota, Claudia EdithAusente

13 Anaya Orozco, AlfredoAusente

14 Antelo Esper, BernardinoFavor

15 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor

16 Arellano Núñez, EfraínFavor

17 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor

18 Balcázar Narro, Rafael ArturoFavor

19 Barragán Amador, CarlosFavor

20 Barranco Sánchez, Marco AntonioFavor

21 Barrientos Cano, Laura MitziFavor

22 Bañales Arámbula, RamónAusente

23 Bedolla López, PabloFavor

24 Bejos Nicolás, AlfredoFavor

25 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor

26 Benítez Tiburcio, MarianaFavor

27 Bernal Casique, IvethFavor

28 Boone Godoy, Ana MaríaFavor

29 Borunda Espinoza, BrendaFavor

30 Botello Santibáñez, María BárbaraAusente

31 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaAusente

32 Cabrera Ruiz, José HugoAusente

33 Camacho Quiroz, César OctavioFavor

34 Camargo Félix, María Esther GuadalupeAusente

35 Canales Najjar, Tristán ManuelFavor

36 Cardoso Estévez, José LuisFavor

37 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroAusente

38 Castillo Martínez, EdgarFavor

39 Cavazos Balderas, Juan ManuelAusente

40 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor

41 Ceja García, XitlalicFavor

42 Cervera Hernández, FelipeFavor

43 Chacón Morales, Samuel AlexisAusente

44 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor

45 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor

46 Coheto Martínez, Vitalico CándidoFavor

47 Córdova Hernández, José del PilarFavor

48 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaFavor

49 Corella Platt, SusanaAusente

50 Coronado Ayarzagoitia, Pedro LuisFavor

51 Covarrubias Anaya, Martha LorenaAusente

52 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesAusente

53 Cruz Campos, VictorinoAusente

54 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor

55 De León Maza, Sofía del SagrarioAusente

56 Díaz Montoya, RocíoFavor

57 Domínguez Domínguez, César AlejandroFavor

58 Elizondo García, PabloFavor

59 Escobar Manjarrez, GermánFavor

60 Escobedo Villegas, FranciscoFavor

61 Esquivel Hernández, Olga MaríaFavor

62 Estefan Chidiac, Charbel JorgeAusente

63 Etcheverry Aranda, AzulFavor

64 Fernández Márquez, JulietaAusente

65 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor

66 Gaeta Esparza, Hugo DanielAusente

67 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeFavor

68 Gamboa Miner, PabloAusente

69 Gárate Valenzuela, Paola IvethAusente

70 García Ayala, Marco AntonioAusente

71 García Barrón, ÓscarAusente

72 García Carreón, TelésforoAusente

73 García Navarro, OtnielFavor

74 García Portilla, Ricardo DavidFavor

75 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor

76 González Calderón, Martha HildaAusente

77 González Rojas, AarónFavor

78 González Salum, Miguel ÁngelFavor

79 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor

80 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor

81 Guerrero Coronado, DeliaAusente

82 Guerrero Esquivel, AraceliFavor

83 Guevara Cobos, Luis AlejandroAusente

84 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor

85 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyFavor

86 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor

87 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaFavor

88 Hernández Madrid, María GloriaFavor

89 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelFavor

90 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor

91 Ibarra Otero, Próspero ManuelAusente

92 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor

93 Iriarte Mercado, CarlosAusente

94 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioAusente

95 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueAusente

96 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelAusente

97 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor

98 Kuri Grajales, FidelFavor

99 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor

100 Le Baron González, AlexAusente

101 Leyva García, Leydi FabiolaFavor

102 López Gutiérrez, David EpifanioAusente

103 López Velasco, Edith YolandaFavor

104 Luna Canales, ArmandoFavor

105 Luna Munguía, Alma LiliaFavor

106 Madrigal Méndez, Liliana IvetteAusente

107 Majul González, SalomónFavor

108 Maya Pineda, María IsabelFavor

109 Mazari Espín, RosalinaFavor

110 Medrano Quezada, BenjamínFavor

111 Meléndez Ortega, Juan AntonioAusente

112 Melhem Salinas, EdgardoFavor

113 Méndez Bazán, Virgilio DanielFavor

114 Méndez Hernández, SandraFavor

115 Mercado Ruiz, DavidFavor

116 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlFavor

117 Moguel Manzur, Zacil LeonorFavor

118 Mólgora Glover, ArletFavor

119 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor

120 Monroy del Mazo, CarolinaFavor

121 Montes Salas, Dulce MaríaFavor

122 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor

123 Mota Hernández, AdolfoFavor

124 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor

125 Muñoz Parra, María VerónicaFavor

126 Muñoz Sánchez, RosalindaAusente

127 Navarrete Pérez, FernandoAusente

128 Nazar Morales, JuliánFavor

129 Nazario Morales, MatíasAusente

130 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor

131 Orantes López, Hernán de JesúsFavor

132 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor

133 Orozco Sánchez Aldana, José LuisAusente

134 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor

135 Osorno Belmont, SusanaFavor

136 Oyervides Valdez, María GuadalupeFavor

137 Palomares Ramírez, Elvia GracielaFavor

138 Pichardo Lechuga, José IgnacioAusente

139 Pinete Vargas, María del CarmenFavor

140 Plascencia Pacheco, Laura NereidaFavor

141 Plata Inzunza, EvelioFavor

142 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsAusente

143 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor

144 Quiñones Cornejo, María de la PazAusente

145 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor

146 Ramírez Marín, Jorge CarlosAusente

147 Ramírez Nieto, RicardoFavor

148 Ramírez Ocampo, Gianni RaúlFavor

149 Ramírez Ponce, Miguel AngelFavor

150 Real Salinas, Dora ElenaAusente

151 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor

152 Rentería Medina, Flor EstelaFavor

153 Rivera Carbajal, SilviaFavor

154 Rivera Sosa, José LorenzoFavor

155 Rocha Aguilar, YulmaFavor

156 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor

157 Rojas Orozco, EnriqueFavor

158 Rojas San Román, Francisco LauroFavor

159 Romero Vega, EsdrasFavor

160 Romo García, EdgarFavor

161 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor

162 Rosas Cuautle, FabiolaFavor

163 Ruíz Chávez, Sara LatifeFavor

164 Sáenz Soto, José LuisFavor

165 Salazar Espinosa, HeidiFavor

166 Salazar Muciño, Pedro AlbertoAusente

167 Salinas Lozano, CarmenAusente

168 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor

169 Sánchez Coronel, CristinaFavor

170 Sánchez Isidoro, DavidFavor

171 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínAusente

172 Sandoval Martínez, María SoledadFavor

173 Santillán Oceguera, Francisco JavierAusente

174 Sarabia Camacho, CarlosAusente

175 Saracho Navarro, FranciscoFavor

176 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor

177 Serrano Hernández, MaricelaFavor

178 Silva Ramos, AlbertoFavor

179 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor

180 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor

181 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor

182 Taja Ramírez, RicardoFavor

183 Tamayo Morales, Martha SofíaAusente

184 Tannos Cruz, YarithAusente

185 Terrazas Porras, AdrianaFavor

186 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor

187 Toledo Medina, José LuisAusente

188 Torres Huitrón, José AlfredoFavor

189 Trujillo Zentella, GeorginaAusente

190 Uriarte Zazueta, FernandoFavor

191 Valencia García, ÓscarFavor

192 Vallejo Barragán, ManuelFavor

193 Vargas Rodríguez, Federico EugenioAusente

194 Vidal Aguilar, LiborioAusente

195 Viggiano Austria, Alma CarolinaAusente

196 Villa Ramírez, TimoteoFavor

197 Villa Trujillo, EdithFavor

198 Villagómez Guerrero, RamónFavor

199 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor

200 Vélez Núñez, BeatrizFavor

201 Yerena Zambrano, RafaelFavor

202 Zapata Lucero, Ana GeorginaAusente

203 Zepahua García, LillianFavor

204 Zúñiga Mendoza, J. JesúsAusente

Favor: 145

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 59

Total: 204

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Aguilar López, María MercedesFavor

2 Agundis Estrada, María VerónicaFavor

3 Alejo Domínguez, HugoAusente

4 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor

5 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor

6 Amparano Gámez, LeticiaAusente

7 Antero Valle, Luis FernandoFavor

8 Arámbula Meléndez, MarianaFavor

9 Barraza López, José TeodoroAusente

10 Barrera Marmolejo, HéctorAusente

11 Bello Otero, CarlosAusente

12 Bermúdez Méndez, José ErandiFavor

13 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor

14 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor

15 Bolio Pinelo, Kathia MaríaAusente

16 Cambranis Torres, EnriqueFavor

17 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor

18 Castañón Herrera, EukidAusente

19 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaAusente

20 Chavarrías Barajas, EloisaFavor

21 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor

22 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor

23 Corral Estrada, HerminioAusente

24 Corral Mier, JuanFavor

25 Cortés Berumen, José HernánFavor

26 Cortés Lugo, Román FranciscoAusente

27 Cortés Mendoza, Marko AntonioAusente

28 Cruz Blackledge, Gina AndreaAusente

29 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor

30 Culin Jaime, GretelFavor

31 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoAusente

32 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor

33 Döring Casar, FedericoFavor

34 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor

35 Flores Sosa, CésarFavor

36 Gama Basarte, Marco AntonioAusente

37 García Escobar, Lilia ArmindaFavor

38 García García, PatriciaFavor

39 García López, José MáximoAusente

40 García Pérez, MaríaAusente

41 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor

42 Garza Treviño, PedroFavor

43 Gómez Olivier, Sergio EmilioAusente

44 González Ceceña, ExaltaciónFavor

45 González Navarro, José AdriánAusente

46 González Suástegui, GuadalupeFavor

47 Gutiérrez Campos, AlejandraAusente

48 Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco JoséAusente

49 Hernández Ramos, MinervaFavor

50 Herrera Deras, Alfredo MiguelFavor

51 Huepa Pérez, Miguel ÁngelFavor

52 Huerta Villegas, GenovevaFavor

53 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor

54 Iñiguez Mejía, Elías OctavioFavor

55 Jiménez Márquez, Martha CristinaAusente

56 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor

57 López Córdova, José EverardoFavor

58 López Martín, JorgeFavor

59 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor

60 Mandujano Tinajero, RenéFavor

61 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor

62 Marrón Agustín, Luis GilbertoFavor

63 Martínez Montemayor, BaltazarAusente

64 Martínez Santos, WenceslaoFavor

65 Martínez Sánchez, Luis de LeónAusente

66 Matesanz Santamaría, RocíoFavor

67 Mesta Soule, Luis FernandoFavor

68 Moya Marín, AngélicaFavor

69 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor

70 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor

71 Nava Mouett, JacquelineFavor

72 Neblina Vega, Javier AntonioFavor

73 Osuna Carranco, Karla KarinaAusente

74 Ovando Reazola, JanetteAusente

75 Padilla Avila, KarinaFavor

76 Paes Martínez, JiselaFavor

77 Palomeque Archila, Carlos AlbertoFavor

78 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaAusente

79 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor

80 Ramírez Núñez, UlisesFavor

81 Ramírez Ramos, GabrielaFavor

82 Ramos Hernández, JorgeAusente

83 Rendón García, César AugustoAusente

84 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor

85 Rivera Castillejos, Armando AlejandroAusente

86 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesAbstención

87 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor

88 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor

89 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor

90 Ruiz García, Juan CarlosFavor

91 Salas Díaz, Gerardo FedericoAusente

92 Salas Valencia, José AntonioFavor

93 Salim Alle, Miguel ÁngelFavor

94 Sánchez Carrillo, PatriciaAusente

95 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor

96 Sánchez Meza, María LuisaAusente

97 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniFavor

98 Sheffield Padilla, Francisco RicardoAusente

99 Taboada Cortina, SantiagoFavor

100 Talavera Hernández, María EloísaFavor

101 Tamariz García, XimenaFavor

102 Torreblanca Engell, SantiagoFavor

103 Triana Tena, JorgeFavor

104 Valenzuela Armas, RafaelFavor

105 Valles Olvera, Elva LidiaFavor

106 Vargas Bárcena, MarisolFavor

107 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeFavor

108 Velázquez Valdez, BrendaAusente

109 Zapata Padilla, Mariía OlimpiaAusente

Favor: 73

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 35

Total: 109

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Acosta Naranjo, GuadalupeContra

2 Alanis Pedraza, Angel IIContra

3 Amador Rodríguez, LeonardoContra

4 Aragón Castillo, HortensiaAusente

5 Arguijo Herrera, Tania VictoriaAusente

6 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelContra

7 Basave Benítez, Agustín Francisco de AsísContra

8 Beltrán Reyes, María LuisaContra

9 Bocanegra Ruiz, ElioAusente

10 Briones Pérez, Erika IrazemaAusente

11 Castelán Mondragón, María ElidaContra

12 Catalán Padilla, OlgaContra

13 Cruz Molina, Eva FlorindaContra

14 Estefan Garfias, José AntonioContra

15 Fernández González, WaldoContra

16 Ferrer Abalos, ÓscarContra

17 Flores Sonduk, LluviaAusente

18 García Bravo, María Cristina TeresaContra

19 García Calderón, David GersonContra

20 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneContra

21 Hernández Alcalá, José GuadalupeContra

22 Hernández Soriano, RafaelContra

23 Hurtado Arana, KarenContra

24 Jiménez Rumbo, DavidFavor

25 Juárez Blanquet, ErikAusente

26 López López, Irma RebecaContra

27 López Sánchez, SergioAusente

28 Madrigal Sánchez, AraceliAusente

29 Maldonado Venegas, LuisContra

30 Martínez Neri, FranciscoContra

31 Martínez Soto, Norberto AntonioContra

32 Meza Guzmán, Lucia VirginiaAusente

33 Nava Palacios, Francisco XavierAusente

34 Octaviano Félix, TomásAusente

35 Ordoñez Hernández, DanielContra

36 Ortega Álvarez, OmarContra

37 Parra Álvarez, EvelynContra

38 Peralta Grappin, HéctorAusente

39 Pool Pech, Isaura IvanovaAusente

40 Pérez Alvarado, CandelarioAusente

41 Ramírez Peralta, Karen OrneyAusente

42 Reyes Álvarez, FelipeContra

43 Rubio Quiroz, Juan FernandoContra

44 Saldaña Morán, JulioContra

45 Santana Alfaro, ArturoFavor

46 Santiago López, JoséAusente

47 Saucedo Reyes, AraceliContra

48 Soto Espino, ArmandoContra

49 Soto González, Cecilia GuadalupeContra

50 Tello López, JorgeContra

51 Valera Fuentes, Diego ValenteContra

52 Valdes Ramírez, María ConcepciónAusente

53 Wences Real, VictorianoContra

54 Zambrano Grijalva, José de JesúsContra

Favor: 2

Contra: 35

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 17

Total: 54

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

1 Abdala Dartigues, RodrigoAusente

2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaAusente

3 Alva y Alva, MiguelContra

4 Álvarez López, Jesús EmilianoContra

5 Armenta Mier, AlejandroContra

6 Barón Ortiz, Natalia KarinaContra

7 Barrientos Pantoja, AliciaAusente

8 Basurto Román, AlfredoContra

9 Caballero Pedraza, Virgilio DanteContra

10 Calderón Torreblanca, FidelAusente

11 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroContra

12 Cárdenas Mariscal, María AntoniaAusente

13 Carrera Hernández, Ana LeticiaAusente

14 Castro Vázquez, RogerioContra

15 Cervera García, RenéContra

16 Chávez García, MaríaContra

17 Contreras Julián, MaricelaContra

18 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaContra

19 Damián González, AraceliContra

20 Esquivel Valdés, Laura BeatrizContra

21 Falcón Venegas, Sandra LuzAusente

22 Fuentes Alonso, ModestaContra

23 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaContra

24 García Chávez, Héctor JavierContra

25 García Jiménez, CuitláhuacContra

26 Godoy Ramos, ErnestinaContra

27 Gómez Álvarez, DelfinaContra

28 Guzmán Jacobo, RobertoContra

29 Hernández Colín, Norma XochitlContra

30 Hernández Correa, GuadalupeContra

31 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioAusente

32 Hernández Mirón, CarlosContra

33 Juárez Rodríguez, Mario ArielAusente

34 Llerenas Morales, VidalContra

35 Lomelí Bolaños, CarlosAusente

36 Martínez Urincho, AlbertoContra

37 Molina Arias, Renato JosafatAusente

38 Montiel Reyes, AriadnaAusente

39 Nahle García, Norma RocíoAusente

40 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroContra

41 Ramos Ramírez, BlandinaContra

42 Romero Tenorio, JuanContra

43 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelContra

44 Serrano Lora, JesúsContra

45 Trejo Flores, MarianaContra

46 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorAusente

47 Villa González, ConcepciónContra

Favor: 0

Contra: 33

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 14

Total: 47

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Álvarez Angli, ArturoFavor

2 Álvarez López, JorgeFavor

3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaAusente

4 Arévalo González, José AntonioFavor

5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaAusente

6 Ávila Serna, MaríaAusente

7 Bernardino Vargas, Omar NoéFavor

8 Canales Suárez, PalomaFavor

9 Canavati Tafich, Jesús RicardoFavor

10 Celis Aguirre, Juan ManuelFavor

11 Corona Valdés, LorenaFavor

12 Couttolenc Buentello, José AlbertoAusente

13 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaAusente

14 De los Santos Torres, DanielaFavor

15 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésFavor

16 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor

17 Galindo Rosas, José de JesúsFavor

18 García Treviño, DanielaFavor

19 González Evia, EdnaFavor

20 González Torres, SofíaAusente

21 Guevarra Jiménez, Yaret AdrianaFavor

22 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelFavor

23 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor

24 Limón García, LiaFavor

25 López Roblero, UberlyAusente

26 Machuca Sánchez, MarioFavor

27 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor

28 Mendoza Amezcua, VirgilioFavor

29 Ochoa Rojas, CándidoFavor

30 Rodríguez Torres, SamuelFavor

31 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor

32 Sandoval Rodríguez, José RefugioFavor

33 Sarur Torre, AdrianaFavor

34 Sedas Castro, Miguel ÁngelAusente

35 Sesma Suárez, JesúsFavor

36 Spinoso Carrera, EdgarAusente

37 Torres Rivas, Francisco AlbertoAusente

38 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor

39 Zamora Morlet, EnriqueFavor

Favor: 29

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 10

Total: 39

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Álvarez Maynez, JorgeAbstención

2 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoAusente

3 Castañeda Hoeflich, José ClementeAbstención

4 Corichi García, Claudia SofíaAbstención

5 Delgadillo García, VerónicaAbstención

6 Flores Gómez, MirzaAbstención

7 Guerra Mota, MoisésAbstención

8 Hauffen Torres, Angie DennisseAbstención

9 Martínez García, JonadabFavor

10 Mercado Sánchez, María VictoriaAbstención

11 Munguía González, Luis ErnestoAbstención

12 Ochoa Avalos, María CandelariaAbstención

13 Orantes López, María ElenaAusente

14 Pérez Utrera, AdánAbstención

15 Ralis Cumplido, Germán ErnestoAbstención

16 Ramírez Nachis, Rosa AlbaAbstención

17 Sánchez Orozco, Víctor ManuelFavor

18 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónAbstención

19 Toledo Ibarra, MarbellaAbstención

20 Zamora Zamora, SalvadorAbstención

Favor: 2

Contra: 0

Abstención: 16

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 20

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor

2 García Yáñez, ÁngelFavor

3 Gutiérrez García, CarlosAusente

4 Hernández León, Luis ManuelAusente

5 Méndez Salas, Jesús RafaelAusente

6 Ocampo Bedolla, María EugeniaFavor

7 Pinto Torres, Francisco JavierFavor

8 Reyes Ávila, AngélicaFavor

9 Saldivar Paz, Mirna IsabelFavor

10 Sánchez Ruiz, KarinaFavor

11 Torres Sandoval, MelissaAusente

12 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor

Favor: 8

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 12

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Escobedo Miramontes, Justo FedericoAusente

2 Ferreiro Velazco, José AlfredoAusente

3 García Soberanes, Cynthia GisselAusente

4 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor

5 González Murillo, AlejandroAusente

6 Guízar Valladares, GonzaloAusente

7 López Ruiz, NancyAusente

8 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor

9 Perea Santos, Ana GuadalupeAusente

10 Pineda Morín, AbdiesFavor

Favor: 3

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 7

Total: 10

DIPUTADOS INDEPENDIENTES

1 Zazueta Osuna, María del RocíoFavor

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Espino Barrientos, Manuel de JesúsFavor

2 Torres Cantú, DanielAusente

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 2