Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIV Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Porfirio Muñoz Ledo
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año I
México, DF, jueves 22 de noviembre de 2018
Sesión No. 31 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 22 de noviembre de 2018, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL

Del diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil. Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Del diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXPIDE LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA DEL ESTADO, LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, Y MODIFICA DIVERSAS LEYES

Del diputado Benjamín Saúl Huerta Corona, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Austeridad Republicana del Estado y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley del Servicio Exterior Mexicano. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen, y a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para opinión

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

Del diputado Mario Alberto Ramos Tamez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

EXHORTO AL TEPJF, A GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN LOS QUE RADICA LA DEMOCRACIA, CON ÉNFASIS EN LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE MUNICIPAL DE NEZAHUALCÓYOTL

Del diputado Juan Pablo Sánchez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al TEPJF, a garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales en los que radica la democracia, particularmente en la contienda electoral para la elección de presidente municipal de Ciudad Nezahualcóyotl, estado de México, el pasado 1 de julio. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

PROGRAMA PARA EL ACCESO EFECTIVO Y UNIVERSAL PARA EL TRATAMIENTO INTEGRAL DEL DOLOR Y ATENCIÓN DE ENFERMOS EN SITUACIÓN TERMINAL

Del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta Secretaría de Salud, a establecer un programa de medidas para el acceso efectivo y universal para el tratamiento integral del dolor, y a la Secretaría de Economía, a que inicie un procedimiento de actualización de la NOM-011-SSA3-2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

ACCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL EN LOS ALREDEDORES DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS

De la diputada Norma Adela Guel Saldívar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo relativo a implementar acciones en materia de seguridad vial en los alrededores de las escuelas públicas del país. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

PROGRAMA DE APOYOS ECONÓMICOS O EN ESPECIE A LOS JÓVENES QUE REALIZAN SU SERVICIO SOCIAL EN DEPENDENCIAS DE GOBIERNO

De la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y a los gobiernos de las entidades federativas, a considerar en la medida de sus posibilidades presupuestarias a adoptar un programa de apoyos económicos o en especie a los jóvenes que realizan su servicio social dentro de alguna dependencia o institución de estos órdenes de gobierno. Se turna a la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, para dictamen

PLAN ESTRATÉGICO QUE ATIENDA, RESUELVA Y VELE POR LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS DESPLAZADOS EN CHIAPAS

De la diputada Clementina Marta Dekker Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo relativo a realizar un plan estratégico que atienda, resuelva y vele por los derechos humanos de los miles de desplazados en el estado de Chiapas. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

DESTINAR RECURSOS SUFICIENTES AL PROGRAMA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES CAÑEROS

Del diputado José Guadalupe Aguilera Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a destinar los recursos suficientes al Programa de Seguridad Social de los Trabajadores Cañeros. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS HABITANTES DE CHAVAJEBAL, EN CHIAPAS, Y DEL CORREDOR XOCHIPALA-FILO DE CABALLOS, EN GUERRERO

De la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo relativo a garantizar la seguridad y respeto de los derechos humanos, así como reestablecer el estado de derecho de los habitantes de Chavajebal, municipio de El Bosque, Chiapas y del corredor Xochipala-Filo de Caballos, municipios de Eduardo Neri y Leonardo Bravo, Guerrero. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

SE FIRME A LA BREVEDAD EL PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Del diputado Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que exhorta al Ejecutivo federal, a firmar a la brevedad el protocolo facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

INICIAR INVESTIGACIÓN POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE ACTOS DE XENOFOBIA Y DISCRIMINACIÓN POR PARTE DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TIJUANA

De la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Conapred, a la CNDH y la Procuraduría de Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California, a iniciar de oficio investigación por violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales, por la presunta comisión de actos de xenofobia y discriminación por parte del presidente municipal de Tijuana, Juan Manuel Gastélum Buenrostro, en contra de los derechos de las personas migrantes. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

PROMOVER E INCENTIVAR LA ADQUISICIÓN DE LOS ÁRBOLES NATURALES DE NAVIDAD DE PRODUCCIÓN NACIONAL

De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo relativo a ampliar y fortalecer acciones encaminadas a promover e incentivar la adquisición de los árboles naturales de navidad de producción nacional, durante esta temporada. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen

PROCESO SEGUIDO EN ESPAÑA CONTRA EL EX GOBERNADOR HUMBERTO MOREIRA

Del diputado Luis Fernando Salazar Fernández, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo relativo al proceso seguido en España contra el ex gobernador Humberto Moreira. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

PREVENIR Y ATENDER LA VIOLENCIA INFANTIL Y GARANTIZAR EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ

De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo relativo a fortalecer los protocolos para prevenir y atender de manera oportuna la violencia infantil y se establezcan medidas necesarias para garantizar el interés superior de la niñez. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

SE CONSIDEREN LAS IRREGULARIDADES EN QUE INCURRIÓ EL GOBIERNO DE JAVIER DUARTE Y SU REPERCUSIÓN EN LAS CUENTAS PÚBLICAS MUNICIPALES 2017 DE VERACRUZ

Del diputado Bonifacio Aguilar Linda, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía y a la ASF, a considerar las irregularidades en que incurrió el gobierno de Javier Duarte de Ochoa y su repercusión en las cuentas públicas municipales del Ejercicio Fiscal 2017 del estado de Veracruz. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

SE GARANTICEN LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES QUE HAYAN ADQUIRIDO BOLETOS DE AVIÓN Y TENGAN PROBLEMAS CON LA ATENCIÓN DE LAS AEROLÍNEAS

Del diputado Ernesto Javier Nemer Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, a ampliar los operativos de supervisión a fin de garantizar los derechos de todos aquellos consumidores que hayan adquirido boletos de avión y por alguna circunstancia tengan problemas con la atención que les presten las aerolíneas. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

HOMOLOGAR Y ARMONIZAR LA TIPIFICACIÓN DEL DELITO DE FEMINICIDIO EN LOS CÓDIGOS PENALES ESTATALES, DE ACUERDO CON EL CÓDIGO PENAL FEDERAL VIGENTE

De la diputada Beatriz Rojas Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales de las 32 entidades federativas, a homologar y armonizar la tipificación del delito de feminicidio en sus códigos penales estatales, de acuerdo con la descripción típica establecida en el Código Penal Federal vigente. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

PROMOCIÓN DEL SECTOR TURÍSTICO EN VERACRUZ

De la diputada Lizeth Amayrani Guerra Méndez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sectur, a impulsar políticas públicas para la promoción del sector turístico en el estado de Veracruz. Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen

ATENDER LA CRISIS HUMANITARIA QUE SE VIVE EN GUERRERO

Del diputado Rubén Cayetano García, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y del estado de Guerrero, a atender la crisis humanitaria que se vive en dicha entidad. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

SE PROCEDA CON LA DOTACIÓN DE 280 HECTÁREAS AL EJIDO SAN ISIDRO, DE VENUSTIANO CARRANZA, JALISCO

De la diputada Ana María Rodríguez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedatu, a proceder con la dotación de 280 hectáreas al ejido San Isidro, de Venustiano Carranza, hoy San Gabriel, Jalisco. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO A LOS AYUNTAMIENTOS DE COLIMA, A ESTABLECER UN SEGURO EN CONTRA DE ROBO A CASA HABITACIÓN Y COMERCIOS PARA CIUDADANOS AL CORRIENTE DE SUS CONTRIBUCIONES

De la diputada Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los ayuntamientos de Colima, a establecer un seguro en contra de robo a casa habitación y comercios para los ciudadanos que se encuentren al corriente de sus contribuciones fiscales municipales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

CONMEMORACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

De la diputada Beatriz Robles Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo relativo a la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

DESTINAR RECURSOS PARA EL RESCATE ECONÓMICO, PRODUCTIVO Y SOCIAL DEL VALLE DE MEXICALI

Del diputado Jesús Salvador Minor Mora, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Ejecutivos federal, de Baja California y de Mexicali, a destinar recursos para el rescate económico, productivo y social del valle de Mexicali. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

SE LEVANTE UNA BASE DE DATOS DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA CARAVANA MIGRANTE Y SE ATIENDA ESTA CRISIS MIGRATORIA

Del diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que por medio del INM, se levante una base de datos de las personas que integran la caravana migrante y se lleven a cabo los protocolos necesarios para la atención inmediata de esta crisis migratoria. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 22 de noviembre de 2018, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 22 de noviembre de 2018 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Porfirio Muñoz Ledo (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.

2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Justicia, para dictamen.

3. Que expide la Ley Federal de Austeridad Republicana del Estado y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo del diputado Benjamín Saúl Huerta Corona, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen y a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para opinión.

4. Que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Mario Alberto Ramos Tamez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al TEPJF, a garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales en los que radica la democracia, particularmente en la contienda electoral para la elección de presidente municipal de Ciudad Nezahualcóyotl, estado de México, el pasado 1 de julio, a cargo del diputado Juan Pablo Sánchez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta Secretaría de Salud, a establecer un programa de medidas para el acceso efectivo y universal para el tratamiento integral del dolor, y a la Secretaría de Economía, a que inicie un procedimiento de actualización de la NOM-011-SSA3-2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Salud, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, relativo a implementar acciones en materia de seguridad vial en los alrededores de las escuelas públicas del país, a cargo de la diputada Norma Adela Guel Saldívar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y a los gobiernos de las entidades federativas, a considerar en la medida de sus posibilidades presupuestarias a adoptar un programa de apoyos económicos o en especie a los jóvenes que realizan su servicio social dentro de alguna dependencia o institución de estos órdenes de gobierno, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Turno:Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, relativo a realizar un plan estratégico que atienda, resuelva y vele por los derechos humanos de los miles de desplazados en el estado de Chiapas, a cargo de la diputada Clementina Marta Dekker Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo

Turno:Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a destinar los recursos suficientes al Programa de Seguridad Social de los Trabajadores Cañeros, a cargo del diputado José Guadalupe Aguilera Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, relativo a garantizar la seguridad y respeto de los derechos humanos, así como reestablecer el estado de derecho de los habitantes de Chavajebal, municipio de El Bosque, Chiapas y del corredor Xochipala - Filo de Caballos, municipios de Eduardo Neri y Leonardo Bravo, Guerrero, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que exhorta al Ejecutivo federal, a firmar a la brevedad el protocolo facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, a cargo del diputado Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conapred, a la CNDH y la Procuraduría de Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California, a iniciar de oficio investigación por violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales, por la presunta comisión de actos de xenofobia y discriminación por parte del presidente municipal de Tijuana, Juan Manuel Gastélum Buenrostro, en contra de los derechos de las personas migrantes, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, relativo a ampliar y fortalecer acciones encaminadas a promover e incentivar la adquisición de los árboles naturales de navidad de producción nacional, durante esta temporada, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, relativo al proceso seguido en España contra el ex gobernador Humberto Moreira, a cargo del diputado Luis Fernando Salazar Fernández, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, relativo a fortalecer los protocolos para prevenir y atender de manera oportuna la violencia infantil y se establezcan medidas necesarias para garantizar el interés superior de la niñez, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía y a la ASF, a considerar las irregularidades en que incurrió el gobierno de Javier Duarte de Ochoa y su repercusión en las cuentas públicas municipales del Ejercicio Fiscal 2017 del estado de Veracruz, a cargo del diputado Bonifacio Aguilar Linda, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, a ampliar los operativos de supervisión a fin de garantizar los derechos de todos aquellos consumidores que hayan adquirido boletos de avión y por alguna circunstancia tengan problemas con la atención que les presten las aerolíneas, a cargo del diputado Ernesto Javier Nemer Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales de las 32 entidades federativas, a homologar y armonizar la tipificación del delito de feminicidio en sus códigos penales estatales, de acuerdo con la descripción típica establecida en el Código Penal Federal vigente, a cargo de la diputada Beatriz Rojas Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sectur, a impulsar políticas públicas para la promoción del sector turístico en el estado de Veracruz, a cargo de la diputada Lizeth Amayrani Guerra Méndez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Turismo, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y del estado de Guerrero, a atender la crisis humanitaria que se vive en dicha entidad, a cargo del diputado Rubén Cayetano García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedatu, a proceder con la dotación de 280 hectáreas al ejido San Isidro, de Venustiano Carranza, hoy San Gabriel, Jalisco; a cargo de la diputada Ana María Rodríguez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los ayuntamientos de Colima, a establecer un seguro en contra de robo a casa habitación y comercios para los ciudadanos que se encuentren al corriente de sus contribuciones fiscales municipales, a cargo de la diputada Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, relativo a la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, a cargo de la diputada Beatriz Robles Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Ejecutivos federal, de Baja California y de Mexicali, a destinar recursos para el rescate económico, productivo y social del valle de Mexicali, a cargo del diputado Jesús Salvador Minor Mora, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que por medio del INM, se levante una base de datos de las personas que integran la caravana migrante y se lleven a cabo los protocolos necesarios para la atención inmediata de esta crisis migratoria, a cargo del diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Turno:Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122, 127 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 171, 175, 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numerales 1 y 2, 78, 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a le Ley General de Protección Civil, a fin de que cada entidad federativa y la Ciudad de México incluyan en su presupuesto de egresos de cada año de ejercicio fiscal una partida presupuestal a grupos voluntarios de protección civil, para lo cual se fija la problemática sobre la cual versa la iniciativa que nos ocupa.

Planteamiento del problema

La falta de recursos y herramientas de trabajo de grupos voluntarios de protección civil como los bomberos, dificultan su actuar y una debida respuesta inmediata a desastres naturales o situaciones de emergencia para la sociedad, lo cual se traduce en colocar a las personas en un estado de peligro, ya que los cuerpos de protección civil pertenecientes al Estado, no son suficientes para dar respuesta a las necesidades de la sociedad; siendo necesario que los cuerpos voluntarios quienes en la gran mayoría de los casos auxilian y solucionan situaciones que ponen en peligro a las personas.

Exposición de Motivos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla a la protección civil como un derecho humano visto desde un ámbito social, pues estos pretenden proteger los derechos y los intereses de grupos sociales determinados, cuya precaria situación económica los coloca en desventaja respecto de otros grupos de personas que cuenten con mayores recursos.

El artículo 2, fracción XLIII, de la Ley General de Protección Civil, define a la protección civil como la acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de los riesgos de origen natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del sistema nacional, con el fin de crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera corresponsable, y privilegiando la gestión integral de riesgos y la continuidad de operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente,

Nuestro país se encuentra en una zona que lo expone a la posibilidad de diferentes fenómenos naturales, como huracanes, tormentas tropicales, ciclones, tsunamis, sismos, incendios, inundaciones, erupciones volcánicas, etcétera, lo cual se traduce en la necesidad de contar con la posibilidad de reacción inmediata por parte del Estado que es el encargado de la protección civil, sin embargo esta posibilidad de reacción en la gran mayoría de los casos no es por parte de los cuerpos de protección civil del Estado, sino que viene de los grupos voluntarios de protección civil, quienes ofrecen a la ciudanía una atención más rápida, sin embargo estos grupos voluntarios se enfrenta a problemas graves como la falta de equipo de trabajo o equipo ortodoxo o averiado, esto por la falta de recursos económicos, para adquirir, mejorar o reparar sus herramientas, lo que sucede ante la contemplación de los gobiernos estatales y municipales, algunos de ellos incluso que cobran al ciudadanos impuesto especiales como el de siniestralidad, cuya cantidad recaudada no se destina, ni si quiera en un porcentaje a apoyar a los cuerpos voluntarios.

Debemos recordar que los grupos voluntarios de protección civil, tienen su reconocimiento en la Ley General de Protección Civil, que como su nombre lo indica quienes integran estos grupos voluntarios son ciudadanos que no reciben remuneración alguna por la labor que realizan, labor que sea de paso mencionar tiene reconocimiento social, por la importancia del servicio que prestan, como bomberos, cruz roja, topos, etcétera, y que en muchas de las ocasiones además de aportar su tiempo, conocimiento y poner en peligro su vida, con sus recursos económicos personales, adquirieren equipo para el ejercicio de sus labor.

La necesidad de contar con grupos voluntarios de protección civil con el equipo necesario para su labor, es innegable, ya que, en todos los acontecimientos naturales a través de nuestra historia, nos indica el papel fundamental que juegan estos diferentes grupos, al salvar la vida de varias personas o sacarlas de un estado de peligro en que se pudieran encontrar, motivo por el cual se considera necesario que los gobiernos estatales tengan la obligación de crear una partida especial en sus presupuestos fiscales, para que estos grupos voluntarios, puedan contar con el material necesario para su labor.

Ahora bien, este recurso no debe ser asignado de forma discrecional, sino que para ello los grupos voluntarios deben presentar un plan de trabajo y, en su caso, el destino que se le dé a ese recurso, con la obligación de justificar y demostrar el uso de esa erogación, la cual no debe destinarse a pago de sueldos o prestaciones de servicios, sino a la adquisición, renovación, arreglo de material o cursos especiales de capacitación.

Cabe destacar que el presente tema ha sido discutido en legislaturas pasadas, pero la falta de sensibilidad con el tema ha sido motivo para no alcanzar los concesos necesarios, pero al ser un tema de vital importancia para contar con grupos especializados para responder ante contingencias en desastres naturales o accidentes, es que se pone a consideración de nueva cuenta la presente iniciativa, cuya única intención es buscar dotar de herramientas para el ejercicio de su labor a los grupos voluntarios de protección civil.

Con la finalidad de dar mayor claridad a la propuesta se incorpora el siguiente cuadro comparativo que incluye el texto actual y la propuesta de reforma a la Ley General de Protección Civil:

Por lo antes expuesto es que el suscrito, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un tercer y cuarto párrafo al artículo 51, se reforman las fracciones II y III, y se adiciona una fracción IV al artículo 52 de la Ley General de Protección Civil

Artículo Único.Se adiciona un tercer y cuarto párrafo al artículo 51, se reforman las fracciones II y III, y se adiciona una fracción IV al artículo 52 de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 51. ...

...

Las entidades federativas y la Ciudad de México deberán destinar una partida en sus presupuestos de egresos de cada ejercicio fiscal, para que los grupos voluntarios a que se refiere el párrafo anterior, que hubieran obtenido su registro, puedan adquirir equipo para su función, se actualicen en la misma y en general para que ejecuten su programa de actividades.

Para poder tener derecho al presupuesto mencionado con antelación se deberá presentar dentro de los primeros treinta días de cada año, a la legislatura local y al Ejecutivo estatal un programa de trabajo y un informe administrativo de las actividades realizadas durante el año inmediato anterior, así como el uso y destino de los recursos asignados.

Artículo 52. ...

I. ...

II.En su caso, recibir información y capacitación ;

III.Coordinarse con las autoridades de protección civil que correspondan; y

IV. Recibir presupuesto de los gobiernos de las entidades federativas y de la Ciudad de México.

Transitorios

Artículo Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.Las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, en un término no mayor de 90 días, deberán armonizar sus leyes locales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de noviembre de 2018.— Diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal Jorge Luis Preciado Rodríguez, y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122, 127 y demás relativos y aplicables de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 171, 175, 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1 , fracción I, 77, numerales 1 y 2, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, para lo cual se fija la problemática sobre la cual versa la iniciativa que nos ocupa.;

Fijación de la problemática

En los últimos años la tecnología ha avanzado a paso agigantados, hoy es posible que mantengamos una constante comunicación a través de dispositivos móviles con pernas que pueden estar a unos pasos o al otro lado del mundo, de tal manera que en la actualidad no concebimos nuestro día a día sin la posibilidad de estar conectados a la red informática de nivel mundial, de esta manera estamos interconectados enviando y recibiendo información de forma electrónica una velocidad sorprendente. Este nuevo estilo de vida ha proporcionado nuevas formas de comunicación y de relacionarnos, entre ellas, da la posibilidad de que dos o más personas se compartan diferentes tipos de archivos electrónicos en imagen, sonido o video, los cuales pueden ser de carácter privado ya que pueden contener mensajes eróticos, sexuales o pornográficos, que bien pudieron ser enviados de forma privada entre una persona y otros, pero que pasa cuando estos mensajes son distribuidos de forma masiva sin que el autor haya consentido tal hecho; así mismo, esta misma tecnología de la información facilita el que a través de diferentes aplicaciones podamos contactar con personas que no conocemos personalmente y puede ocurrir, como ya se ha dado el caso, que adultos desde la clandestinidad que les otorga un dispositivo móvil, contacte a una persona menor de edad para llevar a cabo acciones o conductas tendientes a buscar la amistad del mismo y deliberadamente crear una conexión emocional para buscar un encuentro personal que pueda llegar a derivar en un abuso sexual de diversa índole. De ahí que es necesario regular estas conductas y establecer tipos penales definidos que sus respectivas sanciones, buscando en todo momento evitarlas, pero también prevenirlas, haciéndolas visibles para una sociedad.

Exposición de Motivos

Entendemos por derechos el conjunto de normas de carácter general que se dictan o establecen para regular todos los actos de la sociedad a fin de prevenir y en su caso revolver cualquier conflicto de relevancia jurídica que se origine; esto se hace a través de normas y estas son impuestas de manera obligatoria, mismas que son creadas por medio de un procedimiento legal establecido el cual debe cumplirse a cabalidad y su incumplimiento puede acarrear una sanción.

El derecho es normativo, ya que se encuentra constituido por normas obligatorias de conducta ciudadana. Es recíproco porque necesita de la interactividad de dos o más personas. Tiene coerción porque en caso de incumplimiento, es aplicable la fuerza del Estado para obtener la ejecución de la conducta prescrita. y una de sus principales características es que es evolutivo por que se adapta al desarrollo de la vida social. Es decir, el derecho constantemente esta cambiado o adecuándose a una realidad social, puesto que nuestro día a día va cambiando conforme cambia la interacción entre los grupos humanos, hoy la comunicación y los medios para ejercerla no son los mismos que hace diez o veinte años, han sido creadas nuevas formas de interacción entre las personas, de tal forma que podemos establecer comunicación verbal y visual con una persona que se encuentra en otro país, en otro continente o incluso al otro lado del mundo en cuestión de segundos. Incluso la forma de relacionarnos y sentirnos presentes a fin de crear lazos emotivos de amistad ha progresado, hoy podemos hacerle llegar una fotografía a una persona que se encuentra a miles de kilómetros de distancia casi de forma inmediata, sin embargo, cuando enviamos ese tipo de archivos electrónicos difícilmente podemos controlar su destino final.

Ahora bien, según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se refiere los siguiente:

Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8. Toca persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o por la Ley.

En este tenor, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 1 refiere como garantía que todas las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de indivisibilidad y progresividad por lo que el Estado es el primer garante de los derechos humanos de todo ciudadano, por lo tanto debe implementar los mecanismos legales tendientes a prevenir, investigar, sancionar y en su caso reparar violaciones a estos derechos.

En el entendido de lo que señala este artículo 1 constitucional y dado que nos encontramos obligados a crear normas de protección para el ciudadano que garanticen su pleno desarrollo, así como también aquellas tendientes a sancionar las conductas ilícitas que lleguen a suscitarse, es que los legisladores nos vemos en la necesidad y obligación intrínseca de perfeccionar las leyes existentes o en su caso .crearlas, a fin de que estas sean acorde a la realidad que nos ha tocado vivir, esto derivado del hecho de que la interacción entre las personas ha ido cambiando conforme el paso del tiempo y en atención a un cambio tecnológico que ha dado paso a una revolución informática que día a día se utiliza más y de diversas formas.

La tecnología es el conjunto de conocimientos con el hombre pretende mejorar su entorna a través de diferentes herramientas creadas para fines específicos de mejora en todas las actividades humanas. La tecnología es la ciencia con la que el hombre estudia, analiza, repara y considera las mejores alternativas para poder tener una vida más plena, segura, tranquila y actual, que va en movimiento, en innovación, en evolución completa y revolucionando las diferentes industrias, para realizar mejoras desde las actividades de la vida cotidiana hasta las más complejas.

Y es precisamente en las actividades cotidianas que debemos enfocarnos, dado que esta misma tecnología ha hecho que todas las personas tengamos un dispositivo móvil con acceso a un conjunto descentralizado de redes de comunicación interconectadas que utilizan un mismo conjunto de protocolos lo que garantiza una red de intercambio de alcance mundial, todo desde un dispositivo móvil

A través de estar red (internet) las personas interactúan, conversan, se buscan, intercambian información, archivos electrónicos de diversa índole, todo a través de un dispositivo móvil que generalmente es un teléfono inalámbrico, o en su caso de una computadora de escritorio o personal. Por otra parte, estos dispositivos electrónicos cuentan con diversas funcionalidades, entre las que destacan una cámara fotográfica y grabadora de audio y/o video, sin las cuales es imposible pensar nuestra vida diaria.

El conjunto de todos estos factores ha dado lugar una compleja forma de interactuar entre todos los miembros de la sociedad, llevándonos a una forma diferente de comportamiento y razonamiento, los cuales han desencadenado una serie de actividades y conductas que si bien en origen no ocasionan una problemática social, lo cierto es que las consecuencias que hemos venido padeciendo es necesario que sean reguladas desde la materia penal fin de prevenir, sancionar y en la medida de lo posible erradicar este tipo de conductas.

Es de amplio conocimiento público el incremento que han tenido los aparatos electrónicos y tecnológicos para simplificarnos la vida diaria, tan solo basta observar El’ nuestro alrededor para percatarnos que casi todas las personas cuentan con un teléfono celular que lo acompaña y sin el cual no puede enfrentar el día a día. Así como que es una realidad que la mayoría de las personas tenemos una computadora a nuestro alcance para desarrollar nuestras actividades laborales, escolares, de esparcimiento o comunicación. Estos dispositivos se encuentran conectados a la internet, lo que garantiza una comunicación y retroalimentación inmediata, otorgando con esto nuevas posibilidades para que nos comuniquemos unos con otros, y accedamos a diversas páginas electrónicas, redes sociales y aplicaciones que nos otorgan información, conocimiento, retroalimentación, comunicación, la transmisión de documentos y entretenimiento en general. Todo esto utilizado de forma adecuada, responsable y positiva, nos garantiza el acceso a información que puede traducirse en conocimiento, como herramientas de apoyo laboral, profesional y escolar, mejora de resultados académicos, el seguimiento de información noticiosa en tiempo real y, en general nos aporta un provecho incuestionable.

Desgraciadamente estas mismas ventajas pueden convertirse en fuente de conductas nocivas, perjudiciales y que pueden causar un daño en la vida de las personas que pueden llegar a exponerse utilizando estas mismas tecnologías de información. y es que el problema radica precisamente en que la facilidad con la que podemos acceder a la información en la red, pues, así como accedemos a la misma, así también puede accederse a la información personal, incluso podemos acceder a páginas, aplicaciones y redes que distribuyen pornografía, violencia o incluso terrorismo. De ahí que este sentido negativo de la información, debe ser tratado con la mayor prudencia y sensibilidad posible a fin de evitar prácticas que pueden desencadenar un daño emocional y/o psicológico, incluso patrimonial.

Según la Asociación de Internet.mx, la cual presentó la edición 14 del Estudio sobre los Hábitos de los usuarios de internet en México 2018, se destaca que en el país hay 79.1 millones de usuarios de internet, lo que representa una penetración del 67 por ciento de la población. Es decir, de cada 10 mexicanos 7, somos usuarios de la internet.

En la tabla que se anexa se puede ver le incremento de usuarios que se ha dado año con año.

Según este mismo estudio los usuarios mexicanos pasan trece horas al día expuestos a los medios de comunicación y de estas pasan 8 horas y 12 minutos del día en una conexión a internet, siendo el mayor tráfico de información en las mañanas o en las noches, y 9 de cada 10 usuarios prefieren conectarse a través de los teléfonos móviles y esta tendencia es consistente en los años previos, después de estos las conexiones más comunes son a través de laptops o computadoras de escritorio.

Ahora bien, el incremento de usuarios observado es por la proliferación de puntos de acceso público a internet y a la disminución en los precios de los equipos para conectarse, lo cual, según uno de los investigadores, esto hace evidente que la brecha digital en el país se va reduciendo progresivamente.

Otro dato significante es que el uso de redes sociales es la actividad preponderante de los mexicanos en el internet con un 89 por ciento de los usuarios.

Todo lo anterior cobra relevancia derivado del hecho que este acceso a las redes de comunicación y redes sociales, ha acarreado una serie de conductas que si bien es cierto no son contrarias al derecho en su origen si lo son en sus consecuencias, ya que es bien sabido que a través de estos medios es posible enviar, obtener, reenviar, reproducir, divulgar, exhibir, compartir, publicar, distribuir, transmitir o retransmitir, por cualquier medio imágenes, fotografías, archivos de audio, video, audio y video, conversaciones de texto o audio, que contengan desnudos totales o parciales, o material de naturaleza erótica sexual, cuya publicación puede afectar y acarrear un daño psicológico, emocional o incluso patrimonial para las personas. y esto ocurre cuando dicho material se obtiene quebrantando una relación de confianza implícita en una relación afectiva o mediante el robo de dicho material, ocasionando una conducta lesiva.

Todos buscamos la privacidad en aquellos actos que consideramos pueden vulnerar nuestra intimidad, lo que queremos mantener en privado muchas veces se convierte en público, ya que podemos considerar que una imagen que enviamos a determinadas personas o un grupo reducido de conocidos, puede ser difundido y reenviado a un número cuantioso e incalculable de personas, de forma permanente e indefinida y este hecho incluso puede ser sacado de contexto.

Todas las personas tienen la plena libertad en el ánimo de la libertad de expresión de compartir, publicar, enviar, difundir, etcétera, imágenes, videos o sonidos de su persona o de su intimidad, con las personas que ella misma decida, el problema radica cuando una de estas personas sin el previo consentimiento de la primera difunde este material, provocando a su vez que muchas más personas tengan acceso a él, lo que acarrea una conducta que puede ser tipificada como delito, dado que este hecho como ya se refirió puede acarrear un descredito a la persona que envió originalmente el archivo electrónico que contenía el material en mención, ocasionándole consecuentemente un daño psicológico, emocional e incluso patrimonial, pues derivado de este hecho puede que se susciten situaciones en las cuales pueda perder trabajo, contratos, percepciones, que aunque pudieran ser de forma ilegal ya le ocasionarían un menoscabo.

Este tipo de conducta conocida públicamente como sexting, es un anglicismo que hace referencia al envío de mensajes de carácter sexual, eróticos o pornográficos por medio de dispositivos móviles. En específico es un exhibicionismo en línea (on line) y nace de la contracción de las palabras sex y texting (sexo y envío de texto). Practica que se ha vuelto muy común en las personas derivada del uso de las redes sociales y las aplicaciones para conocer parejas permanentes y ocasionales.

Si bien, el hecho de enviar este tipo de material explicito no está restringido ni prohibido por norma alguna, y recae directamente en la libertad de expresión, si lo es, que el mismo puede ser tipificado como delito cuando la finalidad sea la exhibición de personas menores de edad, vaya dirigido a esas mismas o sea divulgado sin el consentimiento de la persona mayor de edad que aparece en el mismo. De ahí que, al ser una práctica existente y comúnmente llevada a cabo en nuestra sociedad, la misma debe ser regulada, puesto que desde la perspectiva de los derechos humanos las consecuencias nocivas de esta es una forma de violencia que propia el señalamiento, la discriminación, la denigración, exclusión y marginación.

Incluso estos mismos efectos negativos pueden llevar a la comisión de otras conductas típicas como lo son la extorsión, coacción, dado que la persona se convierte en víctima de sus propios hechos y es obligada so pena de difundirlos o continuar publicándolos a llevar a cabo actos en contra de su voluntad o incluso a entregar cantidades de dinero para evitar tal situación, o hacerlas llegar a personas que la conocen o con quien tiene una relación de parentesco o cónyuges.

En el año 2016 el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales hizo del conocimiento que de acuerdo con la consultoría digital Mattica, el 36.7 por ciento de diez mil menores entre 12 y 16 años encuestados dijeron tener conocimiento que algún amigo o pariente ha enviado mensajes con imágenes suyas desnudo o semidesnudo a conocidos o desconocidos y un 10.2 por ciento ha enviado mensajes de contenido sexual. Siendo México el país latinoamericano que ocupa el primer lugar en Sexting.

Con todo esto llegamos a la conclusión que este tipo de prácticas son peligrosas por que pueden causar un daño a las personas, provocando que las mismas sean chantajeadas o padecer lo que hoy se determina bullying.

Ahora bien, este tipo de prácticas si bien son llevadas a cabo por todo tipo de personas, hombres, mujeres, adolescentes, niños y niñas, lo cierto es que las consecuencias negativas las padecen los grupos más vulnerables como lo son las mujeres y las personas menores de edad, quienes, debido a la idiosincrasia propia de nuestra sociedad, padecen el señalamiento de este tipo de prácticas, ocasionando con esto un daño psicosocial que puede ser permanente e indefinido.

Derivado de estas nuevas tecnologías de información y sus propias conductas derivadas de los hechos ya referidos, en el año 2001 se firmó el Convenio de Budapest o Convenio sobre Ciberdelincuencia, el primer tratado internacional que busca hacer frente a los delitos informáticos y los delitos en internet mediante la armonización de leyes nacionales, la mejora de las técnicas de investigación y el aumento de la cooperación entre las naciones. Fue elaborado por el Consejo de Europa en Estrasburgo con la participación activa de los Estados observadores de Canadá, Estados Unidos, Japón, Chile, Costa Rica y Filipinas.

El Convenio es el primer tratado internacional sobre delitos cometidos a través de internet y otras redes informáticas, que trata en particular de las infracciones de derechos de autor, fraude informático, la pornografía infantil, los delitos de odio y violaciones de seguridad en la red.

Derivado de todo lo anterior es necesario que el Código Penal Federal sea reformado de tal manera que incluya un delito en el cual se tipifique concretamente la conducta denominada llamada sexting, la cual consiste específicamente en: la divulgación de material electrónico con contenido erótico sexual sin el consentimiento de la persona mayor de edad que aparece en el mismo, y en el caso específico de los menores se considerara como pornografía infantil.

Y es que como ya se mencionó el surgimiento de estas nuevas tecnologías ha presentado un avance muy importante en áreas y aspectos de la vida, los nuevos usos que nos otorgan, hasta hace unos años eran inimaginables y sus alcances hoy en día pueden ser considerados infinitos. La llegada del internet vino a revolucionar el mundo y nos trajo nuevas formas de hacer las cosas, para bien y desgraciadamente para mal, las actividades se han visto potencializadas y simplificadas en tiempo real, incluso la generación nacida en la década de los años 80 ya es designada como nativos digitales esto derivado del uso continua que realizan dichas personas de las redes sociales, lo que genera en ellos una sensación de contacto y pertenencia, sin embargo, este contacto es ilusorio puesto que la realidad es que la comunicación se da entre seres virtuales, los cuales pueden utilizar una personalidad ficticia, creada e inducida para un fin determinado.

Esta situación abrió una puerta utilizada para cometer crímenes de diversa índole, en específico, es una puerta abierta a todas aquellas personas mayores de edad que aprovechándose de que niños y adolescentes se adentran en el uso de estas tecnologías poniéndose en riesgo, los contactan con la firme intención de crear un lazo de comunicación a través del internet, convirtiéndose en acosadores que se ocultan bajo una falsa identidad, ayudados por el anonimato de la red, con el objetivo de ganarse la confianza de los menores de edad que contactan, y creando un vínculo de confianza de tal manera que los menores quedan sometidos.

A este tipo de conducta se le conoce con el término de grooming, el cual consiste en un engaño llevado a cabo por un pederasta y es el acoso cometido por parte de un adulto sobre menores de edad o con el fin de obtener de él imágenes eróticas o pornográficas o para convencerlo, invitarlo o presionarlo para que mantenga un encuentro sexual.

Y es que las comunidades de pedófilos y pederastas han ido en incremento internacionalmente, entre ellos se contactan y crean lazos a través de las tecnologías de la información y dentro de ellas intercambian material pornográfico, comparten las vejaciones que llevan a cabo en contra de menores de edad, incluso se lleva a cabo la Trata e incluso existen quienes subastan a menores para ser violados y los precios varían dependiendo de la edad de la víctima y de si tiene o no un experiencia sexual forzada previa. Los niños que son víctimas de estos delitos pueden surgir de diversas formas, como el robo o sustracción de menores, o captados en la calle al padecer mendicidad u orfandad, pero a los que nos vamos a enfocar específicamente son a aquellos que son contactados por una red social, dado que a los niños les gustan estas redes donde pueden conocer gente, intercambiar fotos, videos y actividades de su vida cotidiana, compartiendo gustos e intereses y es un triunfo para ellos el hacer cada vez más grande su lista de amigos en las mismas. Sin embargo, a los depredadores sexuales también les gustan estas redes y las utilizan precisamente con la información que los menores suben a las mismas, enganchándolos y creando un sentimiento de confianza, lo que induce a estos a menores a revelar sus datos personas como nombres, domicilios, ubicaciones, pero es precisamente esta confianza la que los vuelve vulnerables y presa fácil de un depredador sexual.

Este depredador llega a facilitarles material pornográfico a estos menores o a solicitárselos, siendo fotografías, videos, material audiovisual en el que aparezcan ellos mismos o en el que puede aparecer el depredador o alguien más. Este acosador puede tener como finalidad la obtención de dicho material, pero incluso puede ir más allá, solicitándole al menor un encuentro persona a persona con la firme intención de llevar a cabo un acto sexual con él, haciendo de una manera forzada mediante el uso de un chantaje por el material pornográfico enviado o usando la propia fuerza física o en su caso, mediante un convencimiento, obteniendo un convencimiento aprovechándose de la poca experiencia y de la inmadurez del menor. Si bien estas conductas pueden derivar en conductas plenamente tipificadas como delito, el hecho es que debe de crearse la figura especifica que contemple la manera en que los pederastas o pedófilos se ganan la confianza de niños y adolescentes para conseguir concesiones sexuales; en específico el determinado grooming, el cual es definido como toda acción que tenga por objetivo minar o socavar la moral o psicológicamente a un niño, con el fin de conseguir su control a nivel emocional para un posterior abuso sexual, por lo que es un abuso sexual infantil.

Por otro lado, la presente iniciativa también pretende reformar el Código penal Federal en lo relativo al Hostigamiento Sexual, en específico a un tema tan importante como lo es la Violencia de Género que padecen las mujeres día con día en las calles de todo el país, el que es denominado Acoso Sexual Callejero y este es un tema de interés mundial, al ser considerado una forma de violencia sexual ejercida principalmente por varones en contra de mujeres y niñas que se caracteriza por utilizar expresiones o lenguaje con contenido de connotación sexual realizadas por una persona desconocida en espacios de vía pública, transporte, o cualquiera donde se presente la oportunidad.

Si bien es cierto el Código Penal Federal en su artículo 259 bis tipifica el Hostigamiento Sexual como una conducta ilícita, lo cierto es que el mismo la limita a que el asedio solo se puede llevar a cabo cuando existe una relación jerárquica entre el responsable y la víctima, ya que dicho artículo refiere lo siguiente:

Artículo 259 Bis. Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de ochocientos días multa. Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de las penas señaladas, se le destituirá del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por un año.

Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño.

Sólo se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida

Por lo tanto, otras formas de acoso sexual quedan excluidas y estos hechos siguen aconteciendo día con día, padeciendo sobre todo las mujeres esta violencia, la cual se ha vuelto una práctica común que vemos con una normalidad, lo cual nos obliga a crear una figura que pretende evitar este tipo de prácticas y busca crear un alto a esta forma de violencia.

Lo cierto es que en la mayoría de los países de Latinoamérica no existe una figura que contemple como delito el Acose Sexual Callejero, de ahí que es importante dar el primer paso y buscar una legislación que integralmente proponga una forma de vida en la cual todos y todas seamos dignos de respeto y sobre todo que no se vulneren nuestros Derechos Humanos.

Como ya lo dijimos el Acoso Sexual Callejero es un tipo de Violencia de Género que se da en un espacio público, de forma unidireccional, proveniente de un desconocido y que genera incomodidad, pero si vemos aún más allá, puede ser que se lleve a cabo en un espacio público pero en el cual la víctima se sienta acorralada, pues imaginemos que la misma conducta ocurre en primer término en la vía publica donde la mujer acosada puede cambiar de calle o caminar y adelantarse para evitar los comentarios lascivos y no escucharlos o pretender no escucharlos, y que esta misma conducta en segundo término la padece quien viaja en un vagón del metro o en un microbús, la víctima en este caso no tiene a donde irse o retirarse pues dado que el transporte está en movimiento se ve obligada a soportarlos.

Por todo lo anterior es que a juicio del suscrito es necesaria una reforma al Código Penal Federal que busca combatir estas conductas y en su caso prevenirlas, puesto que si bien es cierto es una práctica generalizada, la verdad es que la misma no debe verse como una normalidad del comportamiento humano. Lo que se busca además es que al identificar esta conducta y tipificarla se pretende visualizarla para que pueda ser combatida, dotando de los mecanismos legales necesarios.

Y es que las estadísticas de delitos sexuales cometidos en agravios de las mujeres, son alarmantes, por ejemplo: 66.1 por ciento de las mujeres mayores de 15 años han experimentado al menos un acto de violencia en su vida. De acuerdo a cifras del Inegi 66 de cada 100 mujeres han sido víctimas de violencia emocional, física, sexual, económica, patrimonial o de discriminación laboral, misma que ha sido ejercida por el esposo, novio, pareja, algún familiar, compañero de trabajo, de escuela o bien personas conocidas o desconocidas. 34.3% de las mujeres mayores de 15 años han sufrido violencia sexual en espacios públicos o comunitarios. Según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares señala que la violencia contra las mujeres es más frecuente en la vida en pareja y a esta le sigue la violencia en los espacios públicos o de uso común, siendo estos los tipos de violencia más frecuentes.

En promedio en México se producen 600 mil delitos sexuales por año y de estos el 90% de las víctimas son mujeres, y de las 83 mil averiguaciones previas iniciadas para investigar el delito, solo diez de cada mil agresores son consignados ante el Agente del Ministerio Publico para iniciar un procedimiento penal. Con estos datos nuestro país se ubica en el cuarto lugar por el riesgo de violencia sexual en contra de las mujeres.

Por otra parte se considera necesario la creación de un Registro Nacional de Agresores Sexuales, este será un sistema digital en el cual se llevara un registro, como su propio nombre lo indica, de todas aquellas personas a las cuales se les está siguiendo un procedimiento penal por la probable responsabilidad de un delito de naturaleza sexual o en agravio de menores, la propuesta de tal medida es en el sentido de evitar al máximo y prevenir la comisión de delitos en agravio de menores de edad o de grupos vulnerables.

Ha habido un incremento en las denuncias por casos de delitos de naturaleza sexual, en los cuales se incluyen figuras como la violación, abuso sexual, corrupción de menores, hostigamiento sexual, entre otros, y en estos continuamente ocurren agresiones físicas contra menores de edad, adolescentes y mujeres, sin distinción de clase social o sexo, pero todos son en contra de grupos vulnerables. Muchas son las personas que cumplen una condena o se encuentran sujetas a un procedimiento por este tipo de delitos y en constantes ocasiones los agresores resultan ser familiares de las víctimas o mantenían una relación de cercanía derivada de una relación afectiva, de amistad o de cuidado.

La Organización Mundial de la Salud ha definido la violencia sexual como: Todo acto sexual o tentativa de consumarlo, comentarios o insinuaciones sexuales no deseados, acciones para comercializar o utilizar de un modo u otro la sexualidad de otra persona mediante la coacción, independientemente de la relación de esta con la víctima, incluidos el hogar y lugar de trabajo. Derivándose de este concepto que, en la violencia sexual, implica el uso de fuerza física, la intimidación psicológica, todo para hacer que una persona lleve a cabo un acto sexual u otro tipo de comportamientos sexuales no deseados por sí misma.

Derivado del aumento constante de este delito es que se propone la creación de una figura jurídica la que dará inicio a una Ley reglamentaria de un instrumento que permita identificar a los agresores sexuales desde etapas primarias, para ubicarlos y prevenir cualquier comisión de delitos en agravio sobre todo de grupos vulnerables (menores, incapaces, mujeres) y evitar que sean colocados en áreas determinadas, en donde puedan llevar a cabo alguna de estas conductas. Como ejemplo se cita el caso recientemente ocurrido en un kínder de San Juan de Aragón, en la Ciudad de México, en donde padres de familia de 37 niños que acuden a dicha escuela, denunciaron que sus hijos sufrieron abuso sexual y maltrato físico por parte de una persona del sexo masculino el cual supuestamente se desempeñaba como Auxiliar Docente. De estos hechos tomo conocimientos la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México y a decir de la nota el asunto será turnado a la Procuraduría General de la República.

Si a la fecha se contara con el Registro Nacional de Agresores Sexuales, la persona a la que se le atribuyen los hechos aquí narrados, en caso de que sea residente, no hubiera ocupado el cargo de auxiliar docente, dado que al checar la base de datos de este sistema se le habría impedido desempeñar dicha actividad al estar relacionada directamente con el trato de menores de edad, niño de entre tres y seis años, evitando así la comisión de estos delitos.

Por lo cual la propuesta de la creación del Registro Nacional de Agresores Sexuales es una herramienta útil y eficaz que previene la comisión de delitos, pues consiste en una base de datos con la que contaran las Autoridades competentes a nivel nacional, en la cual aparecerán todas aquellas personas que hayan sido señaladas como responsables de un delito de naturaleza sexual y en contra de un grupo vulnerable, además de que se publicaran todas las noticias, solicitudes y resoluciones derivadas de los procedimientos instaurados.

Esta herramienta debe además estar disponible a toda la ciudadanía, con ciertas restricciones, ya que servirá para que todas las personas sin distinción de sexo, que requieran trabajar con niñas, niños y adolescentes, puedan obtener un certificado donde conste que no tienen procedimientos instaurados por estos delitos; lo mismo es un material de consulta para todas aquellas personas físicas o morales que quieran contratar personal con estas características.

Esta realidad es compartida con varios países de Latinoamérica, en donde la comisión de delitos sexuales en contra de menores continúa siendo un problema de grandes dimensiones, entre los que podemos citar Argentina, Chile, Perú entre otros. De ahí que en otras naciones ya se cuenta con esta herramienta que referencia a los acusados, imputados y/o sentenciados por delitos sexuales, pues Canadá, Estados Unidos, Guatemala o Chile, ya cuentas con un sistema de base de datos que puede ser consultado.

En México existen actualmente veinte mil reos sentenciados y procesados por delitos sexuales, según la base de datos en desarrollo por Plataforma México. De estos el 56.7% son primos delincuentes y el 12.8% son reincidentes. Sin embargo, existe un número que no puede ser cuantificado, porque en estos veinte mil solamente están contemplados aquellos casos que fueron hechos del conocimiento de la Autoridad y que obtuvieron una sentencia condenatoria. Pero ¿qué pasa con todos aquellos delitos que no han sido denunciados, que la víctima padece o sigue padeciendo? Es precisamente en estos casos que la herramienta propuesta se vuelve útil, dado que lo que se logra con la misma es la prevención en la comisión de estos delitos.

Por todo lo anterior a continuación se presenta un cuadro comparativo que presenta las modificaciones propuestas al Código Penal Federal.

Modificación propuesta

Por todo lo anterior se propone realizar las siguientes modificaciones, que tienen como finalidad tipificar las conductas aquí descritas en el Código Penal Federal, lo cual se ejemplifica en la siguiente tabla:

Finalmente es importante señalar que, si bien es cierto la reforma propuesta al artículo 24 del Código multiseñalado tiene como finalidad adicionar el párrafo 20, resulta necesario proponer una reforma de los demás párrafos para que se le dé una debida técnica legislativa a dicho numeral.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal

Relativo a la iniciativa presentada por el diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez.

Artículo Único. Se reforma al artículo 24, se adiciona un Capítulo XII denominado Del Registro Nacional de Agresores Sexuales al Título Segundo, y se adiciona un artículo 50 Ter, se reforma la denominación del Capítulo I del Título Séptimo Bis, se reforma el primer párrafo del artículo 199 Septies, se adiciona un segundo párrafo al mismo, se adiciona el artículo 199 Octies, se adiciona un artículo 209 Quáter, se reforma el artículo 259 Bis, se adiciona un artículo 259 Ter, y se reforma el tercer párrafo del artículo 366 ter, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 24. Las penas y medidas de seguridad son:

1. Prisión.

2. Tratamiento en libertad, semilibertad y trabajo en favor de la comunidad.

3. Internamiento o tratamiento en libertad de inimputables y de quienes tengan el hábito o la necesidad de consumir estupefacientes o psicotrópicos.

4. Confinamiento.

5. Prohibición de ir a lugar determinado.

6. Sanción pecuniaria.

7. Derogado.

8. Decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito.

9. Amonestación.

10. Apercibimiento.

11. Caución de no ofender.

12. Suspensión o privación de derechos.

13. Inhabilitación, destitución o suspensión de funciones o empleos.

14. Publicación especial de sentencia.

15. Vigilancia de la autoridad.

16. Suspensión o disolución de sociedades.

17. Medidas tutelares para menores.

18. Decomiso de bienes correspondientes al enriquecimiento ilícito.

19. La colocación de dispositivos de localización y vigilancia.

20. Inscripción en el Registro de Personas con Sentencias Firmas a las que se les ha impuesto la sanción consistente en la prohibición de ir a lugar determinado y la de publicación especial de sentencia, tratándose de cualquiera de los delitos señalados en el Titulo Decimoquinto, Delitos contra la Libertad y el normal desarrollo Psicosexual de este Código. Dicho registro únicamente podrá ser consultado en términos de la ley en materia de transparencia y acceso a la información pública aplicable.

21. Y las demás que fijen las leyes.

Título Segundo

Capítulo XII
Del Registro Nacional de Agresores Sexuales

Artículo 50 Ter. Todas aquellas personas que sean denunciadas, vinculadas a proceso o condenadas por alguno de los delitos contemplados en los artículos 199 Septies, 199 Octies, 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204, 206, 206 Bis, 209 BIS, 259 Bis, 259 Ter, 260, 261, 262, 265 y 266 del presente código, serán dadas de alta en el Registro Nacional de Agresores Sexuales, en el que aparecerá su nombre, fotografía y etapa actual del procedimiento. Y el cual será de consulta pública.

Título Séptimo Bis

Capítulo I
Comunicación de Contenido Sexual de las Personas

Artículo 199 Septies. Se impondrá de cuatro a ocho años de prisión y multa de cuatrocientos a mil días multa a quien haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos, contacte a una persona menor de dieciocho años de edad, a quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o a persona que no tenga capacidad para resistirlo y le requiera imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas o actos de connotación sexual, en los cuales aparezca el propio menor.

Igual sanción se impondrá a quien haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos, contacte a una persona menor de dieciocho años de edad, a quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o a persona que no tenga capacidad para resistirlo y le requiera un encuentro con intensión sexual.

199 Octies. Se sancionará con pena de seis meses a tres años de prisión y multa de ochocientos a dos mil días de multa a quien difunda, divulgue, reenvíe o distribuya alguna fotografía, imagen, audio o video de contenido sexual sin el consentimiento o la autorización de la persona que aparece en el mismo.

Tratándose de un menor de edad, de quien no tenga capacidad para comprender el hecho o no tenga la capacidad para resistirlo, la pena se aumentará hasta en una mitad.

Igual sanción se aplicará a quien valiéndose de una relación de confianza, sentimental, amistad o afectiva, obtenga el material en mención.

Los medios de comunicación, incluidos los digitales, que hayan hecho públicas dichas imágenes o grabaciones de audio o video, deberán eliminarlas inmediatamente a petición de la persona afectada ante el Ministerio Público de la Federación o la Autoridad Judicial, en un plazo no mayor a doce horas.

Artículo 209 Quáter. Cuando la víctima fuese menor de edad o una persona que no tuviera capacidad de comprender el significado del hecho, se podrá imponer a la persona que haya sido condenada por alguno de los delitos previstos en este Título, además de las penas previstas por el delito cometido, la prohibición de acudir a lugares donde haya concurrencia de niñas, niños o adolescentes, o algún otro para efectos de garantizar la seguridad de la víctima, o que quede sujeta a vigilancia por la autoridad policial hasta por un ´termino igual al de la sanción privativa de la libertad.

Artículo 259 Bis. Al que con fines lascivos asedie a persona de cualquier sexo, se le impondrá sanción hasta de ochocientas unidades de medidas y actualización.

Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño.

Sólo se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida.

Artículo 259 Ter. - Cuando la conducta tipificada en el artículo anterior, sea de forma reiterada, valiéndose el sujeto activo de su posición jerárquica derivada de sus relaciones labores, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, o se realice en parajes solitarios o lugares desprotegidos o a bordo de transporte público. Se le impondrá sanción hasta de mil unidades de medidas y actualización y prisión de tres meses a dos años.

Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de las penas señaladas, se le destituirá del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por un año

Sólo se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida.

Artículo 366 Ter. ...

...

A quienes cometan el delito a que se refiere el presente artículo se les podrá imponer una pena de tres a diez años de prisión y de cuatrocientos a mil días de multa. También podrá imponerse la prohibición de acudir a lugares donde haya concurrencia de niñas, niños o adolescentes, o algún otro para efectos de garantizar la seguridad de la víctima, o que quede sujeta a vigilancia por la autoridad policial hasta por un término igual al de la sanción privativa de la libertad impuesta.

...

...

Transitorios

Artículo Primero.El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El Ejecutivo Nacional en un plazo no mayor a ciento ochenta días deberá elaborar el Reglamento para el Funcionamiento y Actualización del Registro Nacional de Agresores Sexuales.

Notas

1 Ver en:

https://www.eleconomista.com.mx/tecnologia/7-graficos-sobre-los-usuarios-de-int ernet-en-Mexico-en-2018-20180517-0077.html

2 Ver en:

http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/sociedad/2016/07/12/ mexico-primer-lugar-de-latinoamerica-en-sexting

3 Ver en:

http://www.milenio.com/politica/comunidad/ pgj-indaga-abuso-sexual-ninos-kinder-aragon

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 15 de noviembre de 2018.— Diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXPIDE LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA DEL ESTADO, LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, Y MODIFICA DIVERSAS LEYES

«Iniciativa que expide la Ley Federal de Austeridad Republicana del Estado; y reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Responsabilidades Administrativas, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y del Servicio Exterior Mexicano, a cargo del diputado Benjamín Saúl Huerta Corona, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Benjamín Saúl Huerta Corona, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Austeridad Republicana de Estado; se reforman los artículos 7, 10, 49, 53, 59 y se adicionan los artículos 7 Bis, 43 Bis, 60 Bis, 64 Bis de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; se reforma el segundo párrafo y la fracción II del artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se reforma el artículo 29 y se adiciona el artículo 13 Bis de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforma el artículo 8 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La austeridad republicana de Estado es un modo de vida democrático sustentado en el interés general, en la sobriedad de la vida pública y privada y en la entrega abnegada al cumplimiento del mandato popular. Un gobierno austero es aquél que no malgasta en cuestiones superficiales y vanas el dinero público, sino que destina la mayor parte de sus recursos a los propósitos reales de desarrollo y justicia social que emergen del mandato popular.

El derecho ciudadano a la “buena administración” es una necesidad que caracterizará la Cuarta Transformación. Éste se garantizará a través de la instauración de un gobierno probo, profesional, honesto y efectivo. Es necesario, construir un Estado social y democrático de derecho que transite hacia un Estado Constitucional de Derecho donde el ciudadano sea el eje rector y donde la buena administración pública se oriente a defender el interés general, para fungir como garante de los derechos humanos.

El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), establece: “Los recursos económicos de que dispongan la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.”

Así se debe entender que la eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, son los criterios con los que se rinden cuentas en el uso de los recursos públicos. En caso de que estos principios se transgredan, podemos encontrarnos ante la posible comisión de faltas administrativas o de hechos de corrupción, atendiendo a la gravedad y naturaleza de cada conducta.

Por otro lado, el tercer párrafo del artículo 1o. de la CPEUM, señala: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”. Por ello, todas las acciones, procesos y políticas del Estado que tengan por objeto promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, deben ejercerse con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez. Si no se unen estos dos ámbitos de acción, podría actualizarse la comisión de conductas contrarias a la norma.

Por ello, obedeciendo al claro mandato popular, expresado en las urnas el pasado 1 de julio, se somete a esta soberanía una “Ley de Austeridad Republicana de Estado” que se configurará como un elemento indispensable para la reconstrucción de la institucionalidad republicana de México. A partir de esta ley, la austeridad republicana será un principio conductor de la buena administración y se convertirá en eje estratégico del gasto público. También permitirá que la austeridad republicana se establezca como principio rector de observancia obligatoria para todo servidor público y como política de Estado transversal para todo el gobierno.

Austeridad Republicana vs. Austeridad Neoliberal

El presente proyecto de decreto está construido sobre la base de un concepto de “austeridad republicana” que recoge lo mejor de la historia de nuestro país, y se aleja de la aplicación neoliberal, de la austeridad funcional al menoscabo de los gobiernos y al pisoteo de los derechos sociales. La austeridad neoliberal ha funcionado bajo la lógica de reducir la justicia social y los gastos de inversión del gobierno. El neoliberalismo ha avanzado afectando derechos y disminuyendo recursos a los programas sociales, con objeto de beneficiar sólo a los intereses de unos cuantos. Muestra clara de lo anterior, es que en los últimos años se han aplicado graves recortes a programas sociales prioritarios como el programa de Abasto Social de Leche Liconsa; el de Abasto Rural de Diconsa; el Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas; el programa de Seguro de Vida para Jefas de Familia; la Pensión para Adultos Mayores y los programas de los Comedores Comunitarios, entre otros.

La presente iniciativa, transita en sentido contrario al neoliberalismo, propone una “austeridad de Estado” de corte republicana. Nuestro país es constitucionalmente una “república”, en otras palabras, un cuerpo político orientado a velar por el interés social, comprometido a evitar el despilfarro y la avaricia en el gasto público; considerando que debe ser el detonante para impulsar el interés social. Por ello, la austeridad republicana es una obligación del Estado hacia todos los mexicanos.

Se propone una “austeridad republicana” que adelgace el gasto burocrático del gobierno, los gastos innecesarios y onerosos, pero que respete y aumente los derechos sociales de toda la población en el marco del principio de progresividad de los derechos fundamentales. La fundamentación jurídica es abundante en este tema, tanto en tratados internacionales de los que México es parte, como “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” o el “Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, por citar algunos ejemplos.

En este sentido, la “austeridad republicana” que caracterizará la política de Estado austero de este gobierno, auspiciará un gobierno sobrio, eficaz y fielmente comprometido a impulsar el imperativo ético de evitar el derroche de los recursos públicos y a cumplir con nuestra Constitución. Un gobierno republicano, democrático y austero, destinará los recursos públicos al correcto ejercicio de las tareas y funciones de los servidores públicos, salvaguardando en todo momento el patrimonio del Estado.

La política de austeridad republicana de Estado que la presente ley busca instaurar, estará orientada a que los servidores públicos observen en su actuar, los principios de la buena administración, como derecho fundamental de los individuos, a fin de preservar el régimen democrático, garantizar el interés general, por sobre los intereses particulares y siempre la dignidad humana.

Gobierno Rico vs. Pueblo Pobre

En México existe una alta burocracia, se trata de una casta de altos funcionarios públicos que con el dinero del pueblo realizan compras abusivas para su beneficio personal, como celulares de lujo, vehículos blindados, frecuentes viajes y transportación en clases ejecutivas. Esta burocracia es de las mejores pagadas a nivel internacional. De acuerdo a datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) la alta burocracia mexicana es la segunda mejor pagada de toda América Latina, sólo después de Colombia. En 2016 un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ganaba más que el presidente de Alemania o de Italia. En 2017 el sueldo de un Director Ejecutivo de una empresa privada es de aproximadamente 190 mil pesos mensuales mientras que en las altas burocracias un director de área puede llegar a ganar más de 280 mil pesos mensuales.

Los ingresos anuales de los altos funcionarios del gobierno mexicano son más elevados que de los estadounidenses, suizos, franceses, noruegos y casi de todos los países de la OCDE. Las percepciones de los funcionarios mexicanos solo son superadas por funcionarios colombianos, representando trece (13) veces el Producto Interno Bruto per cápita, mientras que los menos pagados son los funcionarios de países como Islandia y Noruega, representando no más de cuatro (4) veces el producto interno bruto per cápita.

Ello contrasta con la situación salarial en nuestro país en donde también con datos de la OCDE, México se ubica en un promedio salarial de 4.6 dólares diarios, mientras que el promedio de los países miembros de la OCDE es de 18.8 dólares diarios.

De acuerdo con datos del Banco Mundial, el producto interno bruto (PIB) de México equivale a 21,6 billones de pesos aproximadamente. El crecimiento anual del PIB se encuentra en el 2.0 por ciento, en cambio, la inflación alcanza el 6.1 por ciento. Lo que muestra un diferencial negativo de inflación equivalente a -4.1 por ciento, lo que tiene impacto en las finanzas públicas y en el bienestar de los mexicanos.

El país tiene una deuda histórica con los sectores más desvalidos. De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, con datos a 2016, México tiene 43.6 por ciento de población viviendo en pobreza, lo que equivale al 53.4 millones de personas. De éstas, el 9.4 millones de personas se encuentran en pobreza extrema, o sea, el 7.6 por ciento de la población.

La OCDE también ha sostenido que “el crecimiento no ha sido suficientementeincluyente para lograr mejores condiciones de vidapara muchas familias mexicanas. Han aumentadolas desigualdades entre una economía modernamuy productiva en el norte y el centro y una economía tradicional de menor productividad en el Sur. México puede reactivar el crecimiento alreplantear la prioridad del gasto público respecto de infraestructura, capacitación, salud y reducción de la pobreza”. Como se advierte, es necesario replantear la prioridad del gasto público y utilizarlo como un motor para enfrentar la desigualdad social.

En el Ejercicio Fiscal de 2018 nuestro país recibió ingresos por $5,279,667,000,000 (cinco billones doscientos setenta y nueve mil seiscientos sesenta y siete millones de pesos 00/100 M.N.), distribuidos de la manera siguiente:

1. Impuestos: 2,957,469.9 (millones), que equivale al 56 por ciento del presupuesto.

2. Cuotas y aportaciones de la seguridad social por 309,302.2 (millones), que son el 5.86 por ciento del gasto.

3. Contribuciones de mejoras por 36.1 (millones) que son el 6.8 por ciento del total.

4. Derechos por 46,399.5 (millones) que equivalen al 8.79 por ciento del total de ingresos.

5. Productos 6,427.1 (millones) que son el 0.12 por ciento del total:

6. Aprovechamientos 117,792.3 (millones) que son el 2.23 por ciento de los ingresos.

7. Ingresos por ventas de bienes y servicios 884,070.9 (millones) que representan el 16.7 por ciento de los ingresos.

8. Participaciones y aportaciones.

9. Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas 456,793.5 (millones) que son el 8.6 por ciento del total de los ingresos, y

10. Ingresos derivados de financiamientos 501,375.5 que son el 9.5 por ciento del total de ingresos.

En términos estrictos los impuestos federales sólo cubren el 56 por ciento del presupuesto. Lo que significa que el 44 por ciento de los ingresos se complementa con recursos que tienen destino específico, como son cuotas de la seguridad social, contribuciones para mejoras, etcétera. Sin embargo, el panorama se agrava aún más porque según de acuerdo a datos de la Cepal, México sólo recauda el 17.2 por ciento de su PIB en impuestos.

En el ejercicio fiscal de 2018 se ejercerá un gasto total de $5,279,667,000,000 (cinco billones doscientos setenta y nueve mil seiscientos sesenta y siete millones de pesos 00/100 M.N.) de presupuesto. De este total 2,365,537,400,000 (dos billones trescientos sesenta y cinco mil quinientos treinta y siete millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.), el 44.8 por ciento del presupuesto, se destina a gasto corriente, o sea, que esos recursos se usan para pagar a los empleados públicos, y los bienes y servicios que usa el gobierno, por lo que es un gasto que se puede racionalizar.

El 15 de julio de 2018, se presentó el documento denominado Los 50 lineamientos para combatir la corrupción y aplicar una política de austeridad republicana. Dicho documento constituye el compromiso con el pueblo de México de un uso racional de los recursos que la federación tiene a su disposición para el logro de sus fines.

En los numerales del 8 al 49 de esos 50 lineamientos para combatir la corrupción y aplicar una política de austeridad republicana, se propuso una serie de medidas de austeridad para reorientar el gasto público, entre ellas: que el presidente de la República obtenga menos de la mitad de lo que recibió el anterior titular del Ejecutivo federal; que no se compren vehículos nuevos; tampoco sistemas de cómputo en el primer año; reducción del número de asesores; eliminación de los bonos y canonjías; límite a los viáticos; cancelación de partidas de gastos de seguros médicos mayores; y supresión de todas las estructuras y programas duplicados, oficialías mayores, oficinas de prensa, de publicaciones, defensorías jurídicas, de compras, etc.

Origen histórico de la “austeridad republicana”

La historia de nuestro país contiene un gran ideario de austeridad republicana, como se desprende del discurso del presidente Benito Juárez el 2 de julio de 1852: “Bajo el sistema federativo los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad; no pueden gobernar a impulsos de una voluntad caprichosa, sino con sujeción a las leyes; no pueden improvisar fortunas ni entregarse al ocio y a la disipación, sino consagrarse asiduamente al trabajo, resignándose a vivir en la honrosa medianía que proporciona la retribución que la ley haya señalado”; y que este ideario, es ejemplo que conviene replicar en este momento.

El 7 de julio de 1859, durante el periodo de la guerra entre liberales y conservadores, Benito Juárez redactó el documento titulado: El gobierno constitucional, a la nación, en el cual detalló la situación del país: “La nación se encuentra hoy en un momento solemne, porque el resultado de la encarnizada lucha, que los partidarios del oscurantismo y de los abusos han provocado esta vez contra los más claros principios de libertad y del progreso social, depende todo su porvenir”. Comenta su estrategia sobre la cual funcionará el gobierno liberal: “Para la provisión de los empleos, el gobierno atenderá, sobre todo, a la aptitud y honradez y no al favor ciego del espíritu de partido, que tan funestos han sido y serán siempre en la administración de las rentas públicas”.

En 1861 comienza la implementación del proyecto juarista. En decretos publicados en abril de 1861, se reducen las secretarías de estado y algunos gastos del erario como sueldos y cantidades asignadas al fomento de periódicos; y, se reduce el sueldo anual del presidente.

En el manifiesto y programa de gabinete del presidente Benito Juárez, al acompañar y recomendar el cumplimiento de la Ley de Suspensión de Pagos del Gobierno Federal se afirmó que la “... nación tiene bastantes elementos materiales y morales para no vivir esta vida de congojas y descrédito; no necesita más que de orden, de economía y honradez para salir de ahogos y de vergüenzas...”; se aseveraba también que “el gobierno tiene resolución firme de extirpar para siempre... las mil corruptelas que han hecho del presupuesto... el tonel de las danaides...”.

El gobierno del presidente Juárez, se enfocó en lograr la cooperación entre los ciudadanos, mediante políticas públicas de austeridad, a través de instituciones y funcionarios sobrios y moderados.

Años después, durante el gobierno del presidente Lázaro Cárdenas también encontramos diversos ejemplos de austeridad republicana. El general tomó dos decisiones que no han trascendido en la historia, pero que fueron un símbolo de la austeridad que rigió su gobierno. Primero: el presidente Cárdenas se rebajó el sueldo a la mitad y determinó no vivir en el Castillo de Chapultepec de forma que la ciudadanía pudiera visitarlo con toda libertad. Segundo: en mayo de 1937 el presidente Cárdenas pidió mayor actividad a sus colaboradores inmediatos y se declaraba insatisfecho de lo hecho en el país, sentía desilusión por el trabajo hecho en muchas dependencias y señalaba que para un periodo de gobierno de seis años “difícilmente se encuentran hombres que después de tres años trabajen como el primer día; cuando no los hay, conviene renovarlos”.

Austeridad y conflictos de interés

La Ley de Austeridad Republicana de Estado que hoy se propone establece elementos para tipificar y sancionar los casos de conflictos de interés, establece restricciones a las actividades profesionales de los servidores públicos una vez que éstos se separen de sus cargos, y establece de forma precisa y categórica una separación entre la función pública y los intereses particulares. Esta ley mandata que para poder fungir como servidor público, las personas interesadas que cuenten con activos que los ubiquen en “conflicto de interés” deben establecer figuras como la de “fideicomisos ciegos” (sin contacto entre fiduciario y el fiduciante), u otras dentro de la ley que prevengan los conflictos de interés durante sus encargos y durante los años siguientes a esos mismos encargos. La información y el conocimiento adquirido por los servidores públicos en el ejercicio de su función no podrán ponerse al servicio y lucro de los particulares.

De nada serviría avanzar con normas a favor de la austeridad y la transparencia e incluso alcanzar supuestos estándares de “gobierno abierto” si todo ello no se refleja en la abolición de los privilegios y el predominio de los intereses privados que muchas veces acotan el funcionamiento del Estado. Por ello se deben combatir los conflictos de interés de raíz y esta ley camina en ese sentido.

La Transparencia, el Combate a la Corrupción y la Rendición de Cuentas, no sólo son cuestiones de administración pública, enfoques tecnocráticos y fontanerías modernizantes. La austeridad republicana, la Transparencia, el Combate a la Corrupción y la Rendición de Cuentas, exigen en primer lugar voluntad política y amor a la patria. Se requieren nuevos enfoques, nuevas estrategias y sobre todo nuevos actores libres de conflictos de interés para combatir la corrupción.

Austeridad y fideicomisos

La cancelación de aquellos fideicomisos, fondos, mandatos, contratos análogos o cualquier otro mecanismo financiero utilizado para ocultar fondos públicos y evadir la legalidad y la transparencia constituye un imperativo de esta hora, a favor de la probidad y la austeridad republicana.

En la administración pública existen fideicomisos públicos constituidos por el gobierno federal o cualquiera de las entidades paraestatales de la administración pública federal, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo. Algunos de estos fideicomisos públicos cuentan con una estructura orgánica análoga a las otras entidades de la administración pública federal y cuentan con comités técnicos. Los fideicomisos constituidos por el gobierno federal se establecen por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que funge como fideicomitente único de la administración pública centralizada, y en el cual inicialmente, la integración del patrimonio se realiza con recursos públicos federales, pudiendo, posteriormente, recibir aportaciones de personas públicas y privadas.

Dentro de los fideicomisos públicos, se tienen aquellos que son considerados entidades paraestatales y los que, a pesar de ser prácticamente iguales a los primeros, no se consideran entidades paraestatales. Lo cual, como es evidente, es origen de muchos de los problemas vinculados a la discrecionalidad y opacidad imperante en su manejo.

Los fideicomisos considerados entidades paraestatales tienen un control más preciso de sus ingresos y gastos, pues están obligados a reportarlos en el Presupuesto de Egresos de la Federación y en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal. Ello, desde luego, facilita la vigilancia y abre la posibilidad de que estas figuras puedan ser llamadas a rendir cuentas.

Por otro lado, los fideicomisos que no se consideran entidades paraestatales han permanecido en la opacidad. El simple hecho de no contar con una estructura homóloga a la de la administración pública los ha blindado de los controles de ingreso y gasto que caracterizan a los otros fideicomisos. Para los fideicomisos públicos no considerados entidades paraestatales no existe información suficiente, ni responsables bien definidos, ni contabilidad convencional de ningún tipo. No se rinden cuentas sobre los fondos, no se conocen los montos recaudados, ni los beneficiarios directos de los subsidios, ni las obras que se ejecutan. En otras palabras, operan con la más absoluta discrecionalidad.

Esta ley pretende establecer los criterios que deberán observar las dependencias y las entidades de la administración pública federal para el control, la rendición de cuentas y la comprobación del manejo transparente de los recursos públicos otorgados a fideicomisos, mandatos o contratos análogos. Esta Ley de Austeridad Republicana de Estado propone áreas prohibidas para el establecimiento de este tipo de figuras. Aquí se establece que no haya lugar al establecimiento de fideicomisos en materia de salud, educación, seguridad pública y seguridad social, dado que no resulta conveniente delegar en un contrato mercantil responsabilidades estatales tan fundamentales.

También se establecen límites, no sólo en cuanto al tipo de fideicomisos que puedan ser establecidos, sino al monto máximo de dinero público permitido. Esta limitación del porcentaje del presupuesto que por ley pueda ser ejercida a través de estas figuras, sería sumamente importante. Entre más recursos sean ejercidos por este tipo de contratos, el sentido último de la existencia del propio gobierno se ve seriamente mermado.

Además, se proponen medidas más severas y rigurosas para la fiscalización y rendición de cuentas de los fideicomisos. Esta ley establece con suma claridad que la obligación por rendir cuentas, ofrecer información regular, oportuna y veraz, así como transparentar los estados financieros, no debe estar al arbitrio o la buena voluntad de ningún funcionario público, tal como ocurre en la actualidad, sino claramente regulada en la Ley.

Adicionalmente, esta ley también establece sanciones para los funcionarios públicos que no respeten la ley. Si algún funcionario público se negara a proporcionar la información necesaria para los procesos de fiscalización o de rendición de cuentas de los fideicomisos, se abre la posibilidad de tipificar las conductas sancionables en materia administrativa y penal como consecuencia de actividades como la opacidad financiera.

Por otra parte, esta ley establece también obligaciones para que todos los fideicomisos que manejen recursos públicos cuenten con comités técnicos; que los estados financieros de todos los fondos y fideicomisos públicos sean oportunamente auditados; que todos los fondos y fideicomisos que manejen recursos públicos presenten indicadores relevantes y representativos de desempeño, así como que, en los casos donde sea procedente, conformen estructuras orgánicas análogas a la administración pública federal.

Finalmente, es relevante señalar que, todo lo ahorrado por el combate a la corrupción y por abolir los privilegios, y por auspiciar la austeridad republicana, se destinará a impulsar el desarrollo del país. No habrá necesidad de aumentar impuestos en términos reales ni endeudar al país. Precisamente por la política de austeridad republicana, bajará el gasto corriente y aumentará la inversión pública para impulsar actividades productivas y crear empleos.

Con la política de austeridad republicana que esta ley fomenta, el Estado mexicano dejará de ser un comité al servicio de una minoría y representará a todos los mexicanos: a ricos y pobres; a pobladores del campo y de la ciudad; a migrantes, a hombres y mujeres; a seres humanos de todas las corrientes de pensamiento y de todas las preferencias sexuales; lo importante es, ante todo, construir un Estado social y democrático de derecho consolidado, que transite a un Estado constitucional de derecho, en donde el ciudadano sea el eje rector y la buena administración pública se oriente a defender el interés general, para garantizar los derechos humanos de las todas las personas.

Estamos actuando de manera consecuente con nuestra historia, con nuestras convicciones y con el mandato popular de llevar a la práctica la recomendación del mejor presidente que ha habido en la historia de México, el presidente don Benito Pablo Juárez García, quien decía que el servidor público “tiene que aprender a vivir en la justa medianía”. Por estos motivos:

Primero. Se emite la Ley Federal de Austeridad Republicana de Estado, para quedar como sigue:

Ley Federal de Austeridad Republicana de Estado

Título Primero
Disposiciones Generales

Capítulo Único

Artículo 1. Esta ley es de orden público, interés social y de observancia general para los Poderes de la Unión y los órganos constitucionales autónomos. Tiene por objeto establecer las medidas de austeridad republicana en cumplimiento de los principios de eficacia, economía, honradez, transparencia y gasto eficiente establecidos en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que rigen la administración de los recursos públicos federales y el actuar de los servidores públicos; por tanto, se orienta a instaurar y aplicar una Política de Austeridad Republicana de Estado.

Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos constitucionales autónomos, darán cumplimiento al presente ordenamiento de conformidad con la normatividad aplicable a cada uno de ellos.

Artículo 2. Son sujetos de esta ley:

I. Todos los servidores públicos;

II. Todas las dependencias, entidades y órganos de los Poderes de la Unión;

III. Todos los entes públicos federales que se ubiquen en los supuestos a que se refiere esta ley, y

IV. Todas las personas físicas y morales que se ubiquen en los supuestos a que se refiere esta ley.

Artículo 3. A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán en forma supletoria y en lo conducente la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal así como la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, en ese orden.

Artículo 4. Son objetivos de la presente ley:

I. Establecer la austeridad republicana como un valor fundamental del servicio público mexicano;

II. Fijar las bases para la aplicación de la política pública de austeridad republicana del Estado y los mecanismos para su ejercicio;

III. Establecer las competencias de los sujetos obligados por sus disposiciones;

IV. Enumerar las medidas que se pueden tomar para impulsar la austeridad republicana como política de Estado;

V. Generar ahorros en el gasto público para orientar recursos a la satisfacción de necesidades generales, y

VI. Crear el mecanismo de operación y evaluación de la política de austeridad republicana de Estado.

Artículo 5. Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:

I. Austeridad Republicana: Valor republicano y política de Estado que los entes públicos están obligados a acatar para combatir la desigualdad social, la corrupción, la avaricia y el despilfarro de los bienes y recursos nacionales, a través del manejo racional, responsable, eficiente y eficaz de los bienes y recursos públicos salvaguardado en todo momento el patrimonio del Estado;

II. Comisiones: Tareas o funciones oficiales que se encomiendan a los servidores públicos, para que realicen sus actividades en un sitio distinto a su centro de trabajo, en cumplimiento de sus responsabilidades u obligaciones;

III. Comité de Evaluación: Órgano Colegiado dependiente de la Secretaría de la Función Pública, por cuanto hace al Poder Ejecutivo federal, o sus equivalentes en los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación, así como en los órganos constitucionales autónomos, encargados de evaluar las medidas de austeridad republicana;

IV. Ente público: Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos, así como cualquier otro organismo sobre el que tenga control cualquiera de los Poderes y órganos públicos citados; asimismo, las entidades federativas y los municipios cuando ejerzan recursos federales que les sean asignados;

V. Ley: Ley Federal de Austeridad Republicana de Estado;

VI. Probidad: Imperativo ético consistente en el legal ejercicio del servicio público, orientado a evitar el dispendio de los recursos públicos en auspicio del correcto ejercicio de las tareas y funciones de los servidores públicos;

VII. Remuneración: Toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales;

VIII. Secretaría: Secretaría de la Función Pública del Poder Ejecutivo federal;

IX. Servidor(es) Público(s): De conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los representantes de elección popular, los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados y, en general, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal, en el Poder Judicial de la Federación, así como en los órganos constitucionales autónomos, y

X. Subvenciones: Contribución financiera, sin importar su naturaleza jurídica, que sea asignada a las fracciones o grupos parlamentarios como apoyo para el ejercicio de su labor legislativa.

Artículo 6. La vigilancia sobre el cumplimiento de la presente Ley recaerá sobre cada uno de los entes públicos quienes para su evaluación se apoyarán de la instancia encargada del control interno y la fiscalización bajo los lineamientos expedidos por la Secretaría de la Función Pública.

Para los Poderes Legislativo, Judicial y los órganos autónomos, las autoridades competentes emitirán los lineamientos correspondientes.

La Secretaría la Función Pública estará facultada para interpretar esta Ley para todos los efectos administrativos en el Poder Ejecutivo federal.

La interpretación para efectos administrativos en el ámbito de competencia de los Poderes Legislativo, Judicial, así como de los órganos autónomos, se determinará conforme a su normatividad interna.

Título Segundo
De la Austeridad Republicana de Estado

Capítulo Único

Artículo 7. Para dar cumplimiento a los fines de esta Ley, los entes públicos sujetarán su gasto corriente y de capital a los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los objetivos señalados en la presente Ley, en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en la Ley de Ingresos de la Federación y al Presupuesto de Egresos de la Federación, así como las demás disposiciones aplicables en la materia.

Artículo 8.La política de austeridad republicana de Estado deberá partir de un diagnóstico de las medidas a aplicar, su compatibilidad con la planeación democrática, y el respeto a los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que se establezcan de conformidad con la Ley de Planeación. Además, se deberán desarrollar indicadores especiales de desempeño para evaluar las medidas de austeridad republicana y su impacto social.

A principios de cada año fiscal las instancias administrativas de la Federación deberán elaborar un “Programa de Austeridad Republicana y Ahorro” que proyecte los ahorros previstos con la aplicación de esta Ley, el cual será elaborado de conformidad con los lineamientos que para tales efectos emita la Secretaría de la Función Pública. Asimismo, al final de cada año fiscal los entes obligados entregarán a la Secretaría de la Función Pública un “Informe de Austeridad Republicana y Ahorro” en el cual se reportarán los ahorros obtenidos y el destino de los mismos, cuyos resultados serán evaluados en términos de los propios lineamientos y demás normatividad aplicable.

Para aplicar la política de la Austeridad Republicana de Estado, los sujetos obligados deberán:

I. Abstenerse de afectar negativamente los derechos sociales de los mexicanos, previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tratados internacionales de los que México es parte;

II. Enfocar las medidas de austeridad republicana preferente en el gasto corriente no prioritario;

III. Abstenerse de dañar o interrumpir los programas sociales y los servicios públicos, y

IV. Evitar reducir la inversión en infraestructura.

Los ahorros obtenidos con motivo de la aplicación de la presente Ley se destinarán a los programas prioritarios previstos en el Plan Nacional de Desarrollo, a los programas de atención a la población, y diversos programas sociales con asignación de recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como lo que prevean las demás leyes aplicables o al destino que por decreto determine el titular del Ejecutivo federal.

Artículo 9.La adquisición de bienes y servicios, así como la contratación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas de uso generalizado de los entes públicos se realizará preferentemente de manera consolidada, e incorporando criterios de sustentabilidad, no discriminación, indicadores de desempeño y cláusulas sociales que favorezcan la economía nacional, social, solidaria y cooperativa. Se promoverá la contratación con empresas reconocidas nacional e internacionalmente por sus políticas de transparencia y de combate a la corrupción.

Las compras gubernamentales se realizarán conforme a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados y asegurar para el Estado las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Los entes públicos convocarán a la ciudadanía, a las universidades, y a los organismos de la sociedad civil nacionales e internacionales, a efecto de participar como observadores en los procedimientos de contrataciones públicas, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Del presupuesto total asignado a los entes públicos para la contratación de bienes, servicios y obras públicas, al menos el setenta por ciento del mismo debe destinarse al procedimiento de licitación pública y las excepciones a esta regla deberán estar plenamente justificadas ante el órgano encargado del control interno que corresponda.

Artículo 10. Los contratos suscritos con empresas nacionales o extranjeras que hayan sido otorgados mediante el tráfico de influencias, corrupción o que causen daño a la Hacienda Pública serán nulos de pleno derecho de conformidad con el marco normativo aplicable.

Los órganos encargados del control interno o de la fiscalización en cada ente público, iniciarán los procesos correspondientes para sancionar a los responsables y resarcir el daño ocasionado de acuerdo con el marco normativo aplicable.

Artículo 11. Queda prohibida la adquisición de boletos de avión para viajes en servicio de clase ejecutiva, primera clase o equivalente, así como la contratación de servicios privados de aerotransporte. En las comisiones de los servidores públicos se observarán los principios de probidad, racionalidad y austeridad republicana, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Sólo se autorizarán, por ente público los viajes oficiales nacionales e internacionales que resulten estrictamente necesarios.

Quedan también prohibidos los servicios de hospedaje y alimentación para los servidores públicos que rebasen los límites establecidos en los lineamientos de Austeridad Republicana emitidos por la Secretaría de la Función Pública. Los servidores públicos de los Poderes Legislativos y Judicial, así como los órganos constitucionales autónomos, también deben ajustarse a criterios de probidad, racionalidad, eficiencia y austeridad republicana.

En todos los casos, los servidores públicos que efectúen algún viaje oficial deberán remitir un informe del propósito de su viaje, los gastos efectuados y de los resultados obtenidos, dentro del plazo de treinta días hábiles, una vez concluida la comisión.

Artículo 12. No se establecerán partidas específicas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para gastos que no sean estrictamente necesarios, incluyendo gasto de protocolo y ceremonial.

Los gastos por concepto de congresos y convenciones, se sujetarán a los lineamientos que al efecto emita la Secretaría, atendiendo al espíritu de la austeridad republicana.

Para los Poderes Legislativo y Judicial, las autoridades competentes emitirán los lineamientos correspondientes.

Artículo 13. Los entes públicos ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad republicana. Se eliminarán todo tipo de duplicidades y se atenderán las necesidades de mejora y modernización de la gestión pública.

Para dar cumplimiento a lo anterior, en el ámbito del Poder Ejecutivo federal, se observará lo siguiente:

I. Se limita el número de asesores a máximo tres por dependencia o entidad;

II. Se asigna secretario particular únicamente a los titulares de dependencia o entidad;

III. Se eliminan las plazas con nivel de Dirección General Adjunta creadas a partir del año 2001;

IV. Se limita la asignación de chofer exclusivamente a los secretarios de Estado o titulares de dependencia o entidad y a los subsecretarios de ramo u homólogos;

V. Se limita la contratación de personal por honorarios, la cual no podrá resultar superior al 10 por ciento del gasto destinado al personal de estructura de los entes públicos y ésta deberá estar plenamente documentada y justificada ante el órgano encargado del control interno que corresponda;

VI. Los representantes gremiales en los órganos tripartitos, con excepción de aquellos que se desempeñen en los Tribunales Laborales, ocuparán cargos honoríficos, por lo que no recibirán remuneración alguna por el desempeño de su función; y,

VII. Se prohíbe la contratación de servicios de consultoría, asesoría y de todo tipo de despachos externos para elaborar estudios, investigaciones, proyectos de ley, planes de desarrollo, o cualquier tipo de análisis y recomendaciones que puedan hacerse con el trabajo y la capacidad profesional de los servidores públicos.

Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos constitucionales autónomos, deberán dar cumplimiento al presente artículo de conformidad la normatividad correspondiente.

Artículo 14. Queda prohibida toda duplicidad de funciones en las unidades que conforman la Administración Pública Federal. Las actividades y temáticas transversales serán atendidas únicamente por una sola dependencia o entidad coordinadora correspondiente, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable.

Para dar cumplimiento a lo anterior, en el ámbito del Poder Ejecutivo federal no habrá más de una oficina para cada asunto y estas se establecerán observando lo siguiente:

I. Todas las oficinas de Comunicación Social se centralizan en la Oficina de la Presidencia de la República;

II. Todas las oficinas de Informática y Tecnologías de la Información se centralizan en la Oficina de la Presidencia de la República;

III. Todas las oficinas Derechos Humanos se centralizan en la Secretaría de Gobernación;

IV. Todas las oficinas de compras públicas y contrataciones se centralizan en la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

V. Todas las oficinas de Asuntos Jurídicos se centralizan en la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República;

VI. Todas las oficinas relacionadas con temas en materia de ingresos se centralizan en el Servicio de Administración Tributaria;

VII. Todas las oficinas relacionadas con temas de género se centralizan en el Instituto Nacional de las Mujeres;

VIII. Todas las imprentas y oficinas relacionadas la edición, las artes gráficas e impresión de documentos oficiales se centralizan en los Talleres Gráficos de México; y

IX. Todos los temas relacionados con el control interno y la fiscalización se centralizan en la Secretaria de la Función Pública

Artículo 15. Durante cada ejercicio fiscal, los entes públicos únicamente podrán gastar en publicidad el 50 por ciento del presupuesto autorizado en el Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2018. Queda prohibido que dicho monto pueda incrementarse durante el ejercicio fiscal correspondiente.

Artículo 16.Quedan prohibidas las delegaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el extranjero. La representación del Estado mexicano en el extranjero, la ejecución de la política exterior, su dirección y administración, corresponderá únicamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores. En el Servicio Exterior Mexicano quedan prohibidas todo tipo de duplicidades de conformidad con la normatividad aplicable.

Artículo 17.Son medidas de austeridad republicana, de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes:

I. Se prohíbe la compra o renta de vehículos de lujo (o cuyo valor supere las cuatro mil trescientas cuarenta y tres unidades de medida y actualización diaria vigente) para el transporte y traslado de los servidores públicos. Cuando resulte necesario adquirir un tipo de vehículo específico para desarrollar tareas indispensables vinculadas con el cumplimiento de las obligaciones de los entes públicos, su adquisición se realizará previa justificación particular que al efecto realice la autoridad compradora correspondiente, misma que se someterá a la consideración del órgano encargado del control interno que corresponda, y se deberá optar preferentemente por tecnologías que generen menores daños ambientales;

II. Los vehículos oficiales sólo podrán destinarse a actividades públicas prioritarias y a la prestación de servicios directos a la población. Queda prohibido cualquier uso privado de dichos vehículos;

III. Queda prohibida la compra o renta de sistemas de cómputo en el primer año de cada inicio de administración en el Poder Ejecutivo federal, debiendo aprovecharse la infraestructura computacional existente. Las adquisiciones en los siguientes años, se realizará previa justificación y con base en planes de modernización que prefieran el uso de software de código abierto;

IV. Se prohíben contrataciones de seguros de ahorro en beneficio de los servidores públicos con recursos del Estado, tal como el Seguro de Separación Individualizado, o las cajas de ahorro especiales;

V. Se subastará por conducto del Sistema de Administración y Enajenación de Bienes, la flotilla de aviones y helicópteros no indispensables para el Poder Ejecutivo federal. Se exceptuarán de esta medida los aviones y helicópteros destinados a actividades de seguridad, de protección civil, así como al traslado de enfermos;

VI. No se realizarán gastos de oficina innecesarios. En ningún caso se autorizará la compra de bienes e insumos mientras haya suficiencia de los mismos en las oficinas o almacenes, considerando el tiempo de reposición;

VII. Se prohíbe remodelar oficinas por cuestiones estéticas o comprar mobiliario de lujo; y,

VIII. Se prohíbe el derroche en energía eléctrica, agua, servicios telefónicos, internet, gasolinas e insumos financiados por el erario.

En los lineamientos que emita la Secretaría se establecerán las particularidades inherentes a los rubros previamente señalados y las demás medidas de austeridad republicana que se estime pertinente implementar.

El órgano encargado del control interno que corresponda en cada uno de los Poderes de la Unión y en los órganos autónomos, incluirá en su programa anual de auditorías, visitas e inspecciones las revisiones que correspondan para vigilar el cumplimiento de estas disposiciones.

La Secretaría de la Función Pública elaborará los lineamientos necesarios para regular lo previsto en el presente artículo, de acuerdo con sus atribuciones y dentro del espíritu de la austeridad republicana, pudiendo ampliar los supuestos regulados en este artículo, en caso de estimarlo conveniente. Para los Poderes Legislativo y Judicial, las autoridades competentes emitirán los lineamientos correspondientes.

Artículo 18.Queda prohibidos los fideicomisos, fondos, mandatos públicos o contratos análogos con recursos públicos en las siguientes áreas y materias:

I. Salud;

II. Educación;

III Justicia;

IV Seguridad social, y

V. Seguridad pública.

Los recursos públicos federales que se obtengan de la extinción de los fideicomisos y otras figuras análogas previstas en el presente artículo, estarán destinados al pago de la deuda pública. El cumplimiento del presente artículo no deberá exceder los 180 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley.

Artículo 19.El monto máximo de dinero público permitido en los fideicomisos públicos constituidos no podrá ser mayor al 0.5 por ciento del presupuesto total asignado a cada uno de los entes públicos, en caso de que dicho porcentaje crezca por las actividades financieras propias de la operación del fideicomiso, el excedente deberá enterarse y entregarse a la Federación.

Artículo 20. Todos los fideicomisos, fondos, mandatos o contratos análogos que reciban recursos públicos sin excepción deberán:

I. Ser constituidos de manera indelegable por el Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

II. Ofrecer información regular, oportuna y veraz, con objeto de dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia, y observar el principio de rendición de cuentas, de conformidad con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas y demás disposiciones aplicables.

III. Publicar periódicamente sus estados financieros;

IV. Reportar cuando las hubiere las estructuras orgánicas análogas a las entidades de la Administración Pública Federal;

V. Establecer Comités Técnicos integrados con Servidores Públicos que sean sujetos de responsabilidad y ciudadanos que aseguren su transparencia;

VI. Reportar con puntualidad sus ingresos en el Presupuesto de Egresos de la Federación y periódicamente y con puntualidad sus erogaciones en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal; y

VII. Abstenerse de asumir la responsabilidad de cumplir con los programas o funciones a cargo de las dependencias de la Administración Pública Federal, ni generar pasivos laborales de ninguna índole.

Artículo 21. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público contará con un registro público de fideicomisos, mandatos o contratos análogos que manejen recursos públicos en el cual las dependencias y entidades inscribirán la información de la totalidad de los instrumentos a que se refiere el artículo anterior. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público concentrará el reporte de la información respectiva y le aplicará el principio de la máxima publicidad a través de su portal oficial.

Artículo 22. La Secretaría de la Función Pública y la Auditoría Superior de la Federación desarrollarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, las actividades de fiscalización a todo fideicomiso, mandato o contrato análogo que manejen recursos públicos, para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.

Si algún servidor público se negara a proporcionar la información necesaria para los procesos de fiscalización o de rendición de cuentas de los instrumentos a que se refiere la presente Ley, estará sujeto a que se le finquen las responsabilidades administrativas conducentes, de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas; así como las responsabilidades penales que en su caso pudieran resultar de acuerdo con la tipificación delitos especiales, en este caso en materia de opacidad financiera.

Artículo 23. Las autoridades competentes en materia de fiscalización incluirán en su planeación de auditorías, visitas e inspecciones a cualquier fideicomiso, mandato o contrato análogo que maneje recursos públicos, y darán seguimiento y evaluación rigurosa del cumplimiento de los fines para los cuales fueron constituidos.

Los fideicomisos, fondos, mandatos o contratos análogos que manejen recursos públicos y contravengan lo dispuesto en esta Ley, serán cancelados, consecuentemente se girarán instrucciones a la institución fiduciaria para que a más tardar en el plazo de treinta días naturales posteriores a que se le haga el requerimiento respectivo, entere la totalidad de los recursos públicos federales que formen parte del patrimonio fideicomitido a la Tesorería de la Federación, y los servidores públicos que hubieren intervenido en su creación serán sujetos de la responsabilidad aplicable.

Título Tercero
Del Comportamiento Austero y Probo de los Servidores Públicos

Capítulo Único

Artículo 25. Ningún servidor público obtendrá mayor salario, remuneración o prestaciones que el presidente de la República, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos. Los servidores públicos se sujetarán a la remuneración adecuada y proporcional, que conforme a sus responsabilidades, se determine en los presupuestos de egresos, en términos de la referida Ley así como en términos de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones aplicables. Por ende, queda prohibida la obtención de algún privilegio de cualquier naturaleza como forma de remuneración de los servidores públicos.

Por ningún motivo se autorizarán bonos, estímulos, comisiones, compensaciones o percepciones extraordinarias al salario correspondiente, fuera de los tabuladores salariales aprobados, en el caso del Poder Ejecutivo federal por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y demás disposiciones normativas correspondientes. Para los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación, así como así como los órganos autónomos, los tabuladores se aprobarán por las unidades administrativas que correspondan en el ámbito de sus facultades.

Artículo 26. Para administrar los recursos humanos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia, honradez y mejorar la prestación del servicio público, los servidores públicos del Poder Ejecutivo federal desempeñarán sus actividades con apego a lo previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de conformidad con las disposiciones contenidas en los lineamientos que emita la Secretaria. En particular los funcionarios públicos de alto mando y servidores públicos de confianza:

I. Laborarán de lunes a sábado, en los términos y condiciones que fije la normatividad correspondiente;

II. Tienen prohibido asistir al trabajo en estado de ebriedad, e ingerir bebidas alcohólicas en las oficinas públicas;

III. Tienen prohibido convivir en fiestas, comidas, juegos deportivos o viajes con contratistas, concesionarios, grandes contribuyentes, proveedores o inversionistas vinculados a su función pública;

IV. Tienen prohibido cerrar calles, detener el tráfico, no respetar los semáforos o estacionarse en lugares prohibidos;

V. Están obligados a cuidar los bienes muebles e inmuebles que utilicen o estén bajo su resguardo y que le sean otorgados para el cumplimiento de sus funciones;

VI. Están obligados a brindar en todo momento un trato expedito, digno, respetuoso y amable a los ciudadanos que requieran sus servicios, honrando así el principio del derecho humano a la buena administración pública; y

VII. Tienen prohibido recibir con motivo del desempeño de su empleo, cargo o comisión, cualquier tipo de pago, regalo, dádiva, viaje o servicio que beneficie a su persona o sus familiares hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad.

Los Poderes Legislativo y Judicial así como los órganos autónomos, darán cumplimiento al presente artículo de conformidad con la normatividad correspondiente.

Artículo 27.Queda prohibido contratar con recursos públicos cualquier tipo de jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o colectiva distintos a los establecidos en las leyes de seguridad social correspondientes. No se autorizará a ningún servidor público como prestación, la contratación de seguros de gastos médicos privados, seguros de vida o pensiones que se otorguen en contravención de las leyes de seguridad social.

Por ningún motivo se autorizarán pensiones de retiro al titular del Ejecutivo federal, a los miembros del Congreso de la Unión, magistrados de Circuito, jueces de Distrito, consejeros de la Judicatura Federal y magistrados electorales, diversas a la provista por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, correspondiente al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Por lo que respecta a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Poder Judicial de la Federación en el ámbito de su competencia, conforme a sus atribuciones y dentro del espíritu de la austeridad republicana, determinará lo conducente.

Los extitulares del Ejecutivo federal únicamente tendrán acceso al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez que otorga el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se prohíbe y se cancela cualquier otro tipo de pensión que se hubiere creado exprofeso para su beneficio, del mismo modo se hará respecto de la asignación de cualquier tipo de servidores públicos, personal civil o de las fuerzas armadas, cuyos costos sean cubiertos con recursos del Estado, así como de los bienes muebles o inmuebles que estén a su disposición y formen parte del patrimonio federal. Por lo que a partir de que esta Ley entre en vigencia, dichos recursos humanos y materiales se reintegraran a las dependencias correspondientes.

Artículo 28. Ningún servidor público podrá utilizar recursos humanos, materiales o financieros institucionales para fines distintos a los asignados, su contravención será causa de responsabilidad administrativa en los términos que establezca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Los entes públicos deberán emitir su correspondiente código de ética en concordancia con la presente Ley y cada servidor público debe protestar cumplirlo.

Artículo 29. Esta Ley establece una separación categórica entre la función pública y los intereses particulares. Para ocupar cualquier empleo, cargo o comisión en algún ente público o cualquier cargo de representación popular, las personas interesadas se verán obligadas a separarse legalmente de los activos e intereses económicos que estén relacionados o afecten de manera directa el ejercicio de sus responsabilidades públicas.

Dicha separación se realizará con el establecimiento de fideicomisos ciegos, cesión de derechos u otras figuras legales, que prevengan los conflictos de interés durante el tiempo que ocupe el cargo público y por lo menos habiendo transcurrido diez años posteriores a su separación.

Artículo 30. Queda prohibido el ejercicio de los cabilderos en el proceso legislativo de conformidad; así también, las prerrogativas y las subvenciones de los grupos parlamentarios deberán reducirse a lo mínimo indispensable, de conformidad con Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 31.Queda prohibido el empleo o uso de una personalidad jurídica distinta a la de los servidores públicos, por la cual éstos o sus familiares hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad, instrumenten actos para la obtención de recursos públicos que impliquen un conflicto de interés en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Artículo 32.Para desincentivar la responsabilidad limitada de las personas morales o todo tipo de personalidades jurídicas, distintas a las personas físicas o servidores públicos, esta Ley fomenta en las tareas fiscalizadoras, políticas de transparencia para el sector privado. La aplicación de la técnica jurídica conocida como “levantamiento del velo” podrá ser empleada en las tareas fiscalizadoras cuando se presenten problemas derivados de abusos y prácticas fraudulentas de la utilización de una personalidad jurídica distinta a la de los servidores públicos. Una razón suficiente para levantar el velo corporativo sería el uso y aprovechamiento de la personalidad jurídica de la sociedad para contravenir el orden público, justificar ilegalidades, proteger fraudes o todo tipo de crímenes.

Artículo 33. La Secretaría de la Función Pública emitirá los lineamientos que serán aplicables en materia de medidas de austeridad republicana, sin que éstos limiten o interfieran en el cumplimiento de la prestación de servicios al público y el cumplimiento de los objetivos de la Administración Pública Federal; los cuales tendrán como finalidad el estricto cumplimiento del objeto de esta Ley.

Título Cuarto
De la Evaluación de la Política de Austeridad Republicana y del Fincamiento de Responsabilidades

Capítulo Primero De la Evaluación

Artículo 34. En el ámbito del Poder Ejecutivo federal, la Secretaría es la responsable de promover y evaluar las medidas de austeridad republicana. Para lo anterior, formará un Comité de Evaluación en donde participen representantes de las diversas entidades y dependencias de la Administración Pública Federal.

Los Poderes Legislativo y Judicial así como los órganos autónomos, darán cumplimiento al presente artículo de conformidad con la normatividad correspondiente.

Artículo 35. El órgano encargado del control interno que corresponda en cada uno de los Poderes de la Unión y en los órganos constitucionales autónomos, evaluará las medidas de austeridad republicana en los ámbitos de su competencia. Además, deberán comunicar las necesidades que adviertan, para el caso del Poder Ejecutivo federal a la Secretaría, y en los demás supuestos a la autoridad equivalente, para mantener la integridad de la Política de Austeridad Republicana.

Los resultados de la periódica evaluación deberán servir para retroalimentar y mejorar futuras medidas de austeridad republicana.

Artículo 36. La Secretaría de la Función Pública presentará los resultados de la evaluación de las medidas de austeridad republicana que periódicamente realice de conformidad con los lineamientos correspondiente emitidos para que en el ámbito de su competencia se tomen las medidas que procedan.

Los Poderes Legislativo y Judicial así como los órganos autónomos, darán cumplimiento al presente artículo de conformidad con la normatividad correspondiente.

Capítulo Segundo De las Responsabilidades

Artículo 37. El órgano encargado del control interno estará facultado en todo momento para vigilar que en la gestión gubernamental de los entes públicos, las medidas de austeridad republicana se apliquen de conformidad con lo establecido en esta Ley y demás disposiciones aplicables.

Artículo 38. En caso de encontrar violaciones a las medidas de austeridad republicana las autoridades competentes deberán iniciar los procedimientos que establece la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Artículo 39. Los recursos presupuestarios federales que sean asignados bajo cualquier rubro a las entidades federativas y a los municipios, serán sujetos del control, vigilancia, seguimiento y evaluación por parte de la Secretaría en el marco de sus funciones y conforme a las medidas y principios que establece esta Ley, sin menoscabo de las atribuciones que correspondan a cada una de las dependencias y entidades, así como a la Auditoría Superior de la Federación.

Segundo.Se reforman los artículos 7, 10, 49 53, 59 y se adicionan los artículos 7 Bis, 43 Bis, 60 Bis y 64 Bis, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para quedar como sigue:

Artículo 7. ...

Ia VIII. ...

X. Se abstendrán de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o internacionales, para establecer cualquier tipo de negocio privado, que afecte el desempeño imparcial y objetivo en razón de intereses personales o familiares, hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad.

XI. Separarse legalmente de los activos e intereses económicos que afecten de manera directa el ejercicio de sus responsabilidades en el servicio público, en forma previa a la asunción de cualquier empleo, cargo o comisión o cualquier cargo de representación popular, y

XII. Abstenerse de intervenir o promover, por sí o por interpósita persona, en la selección, nombramiento o designación para el servicio público de personas con el que tenga parentesco por filiación hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado.

XIII.(Se recorre la actual fracción X)

La separación de activos o intereses económicos a que se refiere la fracción XI de este artículo, deberá comprobarse mediante la exhibición de los instrumentos legales conducentes, mismos que deberán incluir cláusula que garantice la vigencia de la separación durante el tiempo de ejercicio del cargo y por un plazo no menor a 10 años posteriores a su término.

Artículo 7 Bis. Los servidores públicos y los consejeros independientes de los órganos de gobierno de las empresas productivas del Estado, que por cualquier motivo se separen de su cargo, empleo o comisión, no podrán ocupar puestos directivos o de consultoría en las empresas que hayan supervisado, regulado o que pertenezcan al sector en el que se hayan desempeñado, salvo que hubiesen transcurrido al menos diez años.

El servidor público o consejero independiente manifestará en su declaración patrimonial de conclusión, bajo protesta de decir verdad, que se obliga a informar al órgano interno de control del ente público donde concluyó su encargo, cuando se llegaré a incorporar a empresa privada, a efecto de que se verifique el cumplimiento del plazo y la prohibición mencionados en el párrafo anterior.

Artículo 10. ...

...

...

...

Sin perjuicio de lo establecido en la fracción III del párrafo anterior, la Secretaría y los órganos internos de control federales correspondientes tendrán competencia para revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales y participaciones federales que se encuentren bajo responsabilidad de servidores públicos de las entidades federativas y municipios, así como fincarles, en su caso, las responsabilidades determinadas en esta Ley.

Sección Cuarta
Régimen de los servidores públicos que participan en contrataciones públicas y los que se incorporan al sector privado

Artículo 43 Bis. La Plataforma digital nacional contendrá en un apartado especial, un registro donde conste:

a) Nombre completo de personas físicas que se hayan desempeñado como servidores públicos y consejeros independientes con funciones de mando, regulación o supervisión y que se hayan incorporado a una empresa privada en algún cargo directivo dentro del plazo de diez años posteriores a la separación de su último cargo; y

b) El resultado de la verificación que realice la Secretaría de la Función Pública respecto del cumplimiento que las personas físicas mencionadas en el párrafo anterior observen de lo establecido en el artículo 7 Bis de esta Ley.

Artículo 49. ...

I a VIII. ...

IX. (Se conserva el texto de la actual fracción IX) , y

X. Sin perjuicio de la obligación anterior, previo a realizar cualquier acto jurídico que involucre el ejercicio de recursos públicos con personas jurídicas, revisar su constitución, y en su caso, sus modificaciones con el fin de verificar que sus socios, integrantes de los consejos de administración o accionistas que ejerzan control no incurran en conflicto de interés.

...

Artículo 53. ...

En términos de lo dispuesto por el párrafo anterior, se considera peculado disponer de servidores públicos miembros de alguna corporación policiaca, seguridad pública o de las fuerzas armadas, en el ejercicio de sus funciones, para otorgar seguridad personal, salvo en los casos en que la normativa que regule su actividad lo contemple o por las circunstancias se considere necesario proveer de dicha seguridad, siempre que se encuentre debidamente justificada a juicio del titular de las propias corporaciones de seguridad y previo informe al órgano interno de control respectivo o a la Secretaría.

Artículo 59. ...

Incurrirá en la responsabilidad dispuesta en el párrafo anterior, el servidor público que intervenga o promueva, por sí o por interpósita persona, en la selección, nombramiento o designación de personas para el servicio público en función de intereses de negocios.

Artículo 60 Bis. Comete simulación de acto jurídico el servidor público que utilice personalidad jurídica distinta a la suya para obtener, en beneficio propio o de algún familiar hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad, recursos públicos en forma contraria a la ley.

Esta falta administrativa se sancionará con inhabilitación de cinco a diez años.

Artículo 64 Bis. Son faltas administrativas graves, además de las establecidas en el presente Capítulo, las violaciones a las disposiciones sobre fideicomisos establecidas en la Ley Federal de Austeridad Republicana.

Tercero.Se reforma el segundo párrafo y la fracción II del artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 61. ...

Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables, a los programas prioritarios previstos en el Plan Nacional de Desarrollo o al destino que por decreto determine el titular del Ejecutivo federal.

...

...

...

...

...

II. Promover el uso intensivo de la infraestructura de tecnologías de la información y comunicaciones existente, a fin de reducir el costo de los recursos materiales y servicios generales del gobierno.

Cuarto.Se reforma el artículo 29 y se adiciona el artículo 13 Bis, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 13 Bis.

1. Queda prohibida la realización de cabildeo en el proceso legislativo. Los interesados en las leyes y decretos deberán hacer llegar sus consideraciones por escrito, directamente a las comisiones legislativas correspondientes. Éstas decidirán si solicitan mayor información.

2. Los legisladores, servidores públicos y personal de apoyo de las Cámaras tienen prohibido recibir cualquier tipo de pagos, regalos, dádivas, viajes o servicios que beneficien a su persona o sus familiares hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad a cambio de escuchar, abogar o proponer en tribuna puntos de vista e intereses de carácter patrimonial.

3. Se entiende por cabildeo la actividad que realizan personas dedicadas a promover intereses de particulares con carácter patrimonial o económicos, ante los órganos directivos y comisiones de las Cámaras o ante legisladores en lo individual o en conjunto, con el propósito de influir en decisiones que les corresponden en ejercicio de sus facultades.

Artículo 29.

1. ...

2. Las prerrogativas y las subvenciones de los grupos parlamentarios deberán reducirse a lo mínimo indispensable. Los legisladores y las fracciones parlamentarias están obligados a transparentar y rendir cuentas de todos los recursos públicos que ejerzan.

3. ...(se recorre el actual numeral 2)

4. ...(se recorre el actual numeral 3)

Quinto.Se reforma el artículo 8 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para quedar como sigue:

Artículo 8. El personal asimilado tendrá un carácter estrictamente excepcional, temporal y se compone de servidores públicos y agregados a Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares, los cuales solo podrán ser nombrados por acuerdo del titular de la Secretaría únicamente para atender un asunto especializado competencia de la dependencia, con cargo a su propio presupuesto, conforme a los dispuesto en la Ley Federal de Austeridad y en la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos. Cuando la Secretaría considere procedente la solicitud dicho personal será acreditado con el rango que ésta determine y su asimilación al Servicio Exterior tendrá efectos por un plazo máximo de tres meses para la comisión que se le ha conferido. Además de las obligaciones que establece este artículo, rendirán al Senado de la República un informe al término de su comisión.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al contenido del presente Decreto.

Tercero. Los entes públicos en un plazo máximo de ciento ochenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, ajustarán sus marcos normativos conforme a lo establecido en la presente ley.

Cuarto. Los entes públicos en un plazo máximo de ciento ochenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, con el fin de dar cumplimiento a lo previsto por el artículo 9 de la presente ley, realizarán los ajustes necesarios para implementar las compras consolidadas en la adquisición de bienes y servicios, así como la contratación de obra pública y servicios relacionados con la misma de uso generalizado de los entes.

Quinto.Los recursos públicos federales aportados por dependencias y entidades de la administración pública federal a fideicomisos, mandatos o contratos análogos vigentes a la entrada en vigor de este decreto, quedan sujetos a las siguientes reglas de austeridad republicana:

I.A la entrada en vigor del presente decreto quedan extintos o terminados, por ministerio de ley, los fideicomisos públicos, mandatos públicos o contratos análogos de la Administración Pública Federal, distintos a los señalados en la siguiente fracción.

II.Los fideicomisos públicos, mandatos públicos o contratos análogos que seguirán vigentes, son los siguientes:

a)Los constituidos o celebrados por disposición expresa de un decreto emitido por el titular del Ejecutivo federal. En este caso, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en un plazo de treinta días contados a partir de la entrada en vigor de este decreto, realizará un análisis de estos instrumentos y someterá a consideración del titular del Ejecutivo federal si dichos instrumentos deben mantenerse, extinguirse o terminarse;

III.Para formalizar la extinción o terminación señalada en la fracción I del presente transitorio, las unidades responsables de las dependencias y entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, responsables de los fideicomisos públicos, mandatos públicos y contratos análogos, con la participación que corresponda a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberán:

a)Instruir a la institución fiduciaria, al mandatario o comisionista que entere a la Tesorería de la Federación, a más tardar a los treinta días naturales posteriores a la entrada en vigor de este Decreto, la totalidad de los recursos públicos federales que formen parte del patrimonio fideicomitido o aquéllos transferidos al mandato público o contrato análogo.

Durante el periodo citado en el párrafo anterior no podrán contraerse nuevas obligaciones de pago con cargo a los recursos públicos federales aportados a dichos instrumentos.

El incumplimiento a lo dispuesto en esta fracción generará la indemnización correspondiente al fisco federal en términos de la Ley de Tesorería de la Federación;

b)Solicitar a la Tesorería de la Federación que, con cargo al entero a que se refiere el inciso anterior, constituya los depósitos que, en su caso, sean necesarios, para salvaguardar los derechos de terceros y cubrir las obligaciones devengadas pendientes de pago de dichos instrumentos jurídicos, las cuales serán pagadas por instrucción de la unidad responsable del instrumento jurídico correspondiente;

c)En coordinación con la institución fiduciaria, mandatario o comisionista, determinarán los derechos y obligaciones pendientes de exigir o cumplir, a fin de que se lleven a cabo oportunamente las acciones que procedan para recuperar o resolver lo conducente. En caso de que existan bienes, derechos u obligaciones pendientes, la institución fiduciaria, el mandatario o comisionista, deberá transmitirlos a la unidad responsable correspondiente, a más tardar a los ciento ochenta días naturales posteriores a la entrada en vigor de este decreto, y

d)La extinción o terminación del contrato correspondiente se formalizará mediante el dictamen que al efecto emita la unidad responsable del mismo, dentro de los noventa días hábiles posteriores a la entrada en vigor de este decreto.

IV.Deberán realizar las acciones conducentes, en los términos de la fracción anterior, para que los recursos públicos federales aportados a fideicomisos mixtos o cualquier contrato de mandato o contrato análogo, cuyos fideicomitentes, mandantes o comitentes sean autoridades de las entidades federativas o municipios o particulares, sean enterados a la Tesorería de la Federación, en términos de lo previsto en dicha fracción.

Los recursos que deberán enterarse a la Tesorería de la federación corresponderán a los recursos públicos federales disponibles, incluyendo los intereses que se hubieren generado.

En el caso de aportaciones realizadas exclusivamente con fundamento en las disposiciones de la fracción II anterior, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se podrán mantener los recursos públicos federales en los instrumentos a que se refiere la presente fracción, hasta por los montos que determine dicha Secretaría.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de manera conjunta con la Secretaría de la Función Pública en el ámbito de sus competencias, quedan facultadas para resolver los aspectos operativos no contemplados en el presente transitorio, para dar cumplimiento al mismo.

Sexto.Para el caso de las oficinas de representación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, éstas, en un plazo máximo de ciento ochenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, darán cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16 de la presente Ley.

Séptimo.Los lineamientos a que se refiere esta ley se expedirán en un plazo máximo de 180 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

Octavo. El conjunto de bienes inmuebles denominado “Residencia Oficial de los Pinos” se integrará al complejo del “Bosque de Chapultepec”, y se convierte en espacio público para ser utilizado como centro de arte y cultura.

Noveno.La Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría correspondiente, en un plazo no mayor a noventa días naturales, cancelarán las plazas del personal asimilado que no sean estrictamente necesarias. Las que cumplan este requisito, se ajustarán a lo dispuesto en el presente decreto.

Notas

1 Véase el estudio publicado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) denominado Government at a glance 2017. Disponible en

http://www.oecd.org/gov/government-at-a-glance-22214399.htm

2 Estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) “OECD Employment Outlook 2018”. Disponible en

http://www.oecd.org/els/oecd-employment-outlook-19991266.htm

3 Banco Mundial, World Development Indicators database, Country Profile, México. Disponible en

http://databank.worldbank.org/data/views/reports/ reportwidget.aspx?Report_Name=CountryProfile&Id=b450fd57&tbar=y &dd=y&inf=n&zm=n&country=MEX

4 Pobreza: “Una persona se encuentra en situación de pobreza cuando tiene al menos una carencia social (en los seis indicadores de rezago educativo, acceso a servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación) y su ingreso es insuficiente para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades alimentarias y no alimentarias”. Véase la definición en Coneval, Glosario, pobreza. Disponible en

https://www.coneval.org.mx/Medicion/Paginas/Glosario.aspx).

5 Cifras del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval). Disponibles en

https://www.coneval.org.mx/Medicion/Paginas/PobrezaInicio.aspx

6 Estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en Estudios económicos de la OCDE”, México, enero 2017. Comité de Análisis Económico y del Desarrollo de la OCDE.

7 Véase: Diario Oficial de la Federación de 29 de noviembre de 2017, “Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018”.

8 Presupuesto de Egresos de la Federación 2018, Análisis Administrativo Económico del Gasto Programable. Disponible en

https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/PEF2018/docs/tomo_1/tomo_1_i09.pdf.

9 Véase el discurso pronunciado por Benito Pablo Juárez García, Gobernador del estado de Oaxaca, ante la X Legislatura, al abrir el primer periodo de sus sesiones ordinarias, en Oaxaca, julio 2 de 1852.

10 Disponible en

http://museodelasconstituciones.unam.mx/1917/wp-content/uploads/1859/07/ 7-julio-1859-Manifiesto-del-Gobierno-Constitucional-a-la-Naci%C3%B3n-.pdf

11 Sandoval Ballesteros, Irma Eréndira. Rendición de Cuentas y Fideicomisos: El reto de la opacidad financiera. Serie: Cultura de la Rendición de Cuentas. 10 Disponible en

https://www.asf.gob.mx/uploads/63_Serie_de_Rendicion_de_Cuentas/Rc10.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Benjamín Saúl Huerta Corona (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen, y a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para opinión.



LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Mario Alberto Ramos Tamez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Mario Alberto Ramos Tamez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso K) al artículo 2o., numeral 1, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

En la actualidad, la tecnología es de gran importancia en nuestras vidas, hacemos uso de ella en la mayor parte de nuestras actividades diarias, en el trabajo, en la escuela y en la casa, entre otros ámbitos.

Las nuevas tecnologías de la información y comunicación facilitan, optimizan y agilizan diversas actividades cotidianas y han propiciado beneficios a la salud, ciencia, comunicaciones, campo, industria y comercio.

Sin embargo, las tecnologías digitales también tienen repercusiones negativas. Los más vulnerables son sin duda los niños y los adolescentes, quienes están más expuestos a sufrir daños en línea o fuera de línea como la suplantación de identidad, el ciberbullying, sexting, grooming o una adicción a los videojuegos.

Los videojuegos han adquirido una amplia preferencia entre los menores de edad, según cifras del documento –publicado en abril del presente año– Estudios sobre oferta y consumo programación para público infantil en radio, televisión radiodifundida y restringida, realizado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, reveló que el 22.2 por ciento de niñas y niños cuenta con una consola de videojuegos y que los tipos preferidos son de aventura, de guerra o luchas, futbol y carreras de coches.

Desde hace varios años se ha discutido si la exposición y el uso reiterado y cotidiano de videojuegos con contenidos violentos, se relaciona directamente con conductas, pensamientos, actitudes agresivas y falta de empatía, en los usuarios, principalmente en las niñas, niños y adolescentes.

El estudio –realizado por Craig Anderson, Douglas Gentile y Katherine Buckey– Violent video game effects on children and adolescents. Theory, research, and public policy arrojó como resultado que los niños que habían sido expuestos a juegos de video violentos mostraron conductas más agresivas, tanto verbales como físicamente.

La Asociación Estadounidense de Psicología y la Academia de Pediatría de Estados Unidos de América publicaron estudios en 2015 y 2016, respectivamente, que demuestran una conexión entre videojuegos violentos y el nivel de agresividad en los menores.

La Organización Mundial de la Salud publicó en junio último su más reciente clasificación internacional de enfermedades, donde se reconoce el “trastorno de videojuego” como uno de adicción.

En consecuencia, considero de suma importancia tomar medidas que protejan a niñas, niños y adolescentes de la violencia a que se encuentran expuestos todos los días al estar en contacto con videojuegos que no son aptos para su edad y que sus contenidos ponen en riesgo su integridad física y psicológica, así como se salvaguarde el interés superior del niño, como lo establece la Declaración de los Derechos del Niño, adoptada y aprobada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas.

Por ello propongo que se imponga un impuesto a la enajenación de videojuegos que inciten o promuevan violencia explícita, apología del delito y delincuencia organizada, que se distribuyan en cualquier medio físico o digital.

Los recursos que se recauden mediante este impuesto, se destinaran a programas de mejoramiento de infraestructura de escuelas públicas, con la finalidad de poder proporcionar a nuestros niñas y niños, mayores herramientas para el su sano y adecuado desarrollo.

En un esfuerzo por regular el contenido de los videojuegos, se aprobó en noviembre de 2017, una reforma de ley que entró en vigor el pasado 9 de marzo y que ordena a la Secretaría de Gobernación emitir los lineamientos que establezcan criterios de clasificación de los videojuegos que se distribuyan, comercialicen o arrienden, por cualquier medio en nuestro país, sin embargo, dicho ordenamiento jurídico aún no ha sido expedido.

Debido a eso, hasta que no se emitan dichos lineamientos se seguirá utilizando la clasificación de la Junta de Clasificación de Software de Entretenimiento (ESRB, por sus siglas en inglés), que se utiliza en Estados Unidos de América y que hasta la fecha es la que se ha implantado.

Por ello, el impuesto se aplicará a los videojuegos clasificados con la categoría ESRB Madure 17+ y ESRB A Adultos Only 18+, y que inciten o promuevan violencia explícita, apología del delito y delincuencia organizada, que se distribuyan en cualquier medio físico o digital.

Los diputados ciudadanos, conscientes de la importancia de generar las condiciones necesarias para el pleno desarrollo de niñas, niños y adolescentes, consideramos de suma importancia tomar medidas para salvaguardar los derechos de la niñez mexicana y contribuir al pleno desarrollo de todos los mexicanos.

Por lo expuesto y fundado sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se adiciona el inciso K) al artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:

I. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes:

A) a J) ...

K) Videojuegos que inciten o promuevan: violencia explícita, apología del delito o delincuencia organizada, que se distribuyan en cualquier medio físico o digital  10 por ciento

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/comunicacion-y- medios/estudiossobreprogramacionparapublicoinfantil2017300418_1.pdf

2 https://public.psych.iastate.edu/caa/abstracts/2005-2009/07agb.pdf

3 https://www.apa.org/pi/families/review-video-games.pdf

4 http://www.who.int/es/news-room/detail/18-06-2018-who-releases-new- international-classification-of-diseases-(icd-11)

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 11 de octubre de 2018. — Diputado Mario Alberto Ramos Tamez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



EXHORTO AL TEPJF, A GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN LOS QUE RADICA LA DEMOCRACIA, CON ÉNFASIS EN LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE MUNICIPAL DE NEZAHUALCÓYOTL

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al TEPJF a garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales en que radica la democracia, particularmente en la contienda para elegir alcalde de Ciudad Nezahualcóyotl, México, el pasado 1 de julio, a cargo del diputado Juan Pablo Sánchez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado federal Juan Pablo Sánchez Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, bajo las siguientes

Consideraciones

En la pasada elección del 1 de julio de 2018, en el municipio de Nezahualcóyotl, estado de México, en medio de un enorme cúmulo de irregularidades y actos de ilegalidad, se pisoteó la voluntad popular. Se puso de manifiesto el descarado acarreo de votantes, la manipulación del voto en las instancias electorales, el excesivo reparto de despensas, y una flagrante intervención de servidores públicos del gobierno federal, estatal y municipal, mediante el condicionamiento en la entrega de los apoyos de los programas sociales a cambio del voto a favor de Juan Hugo de la Rosa.

Se observó un notorio rebase del tope de gastos de campaña por parte de la coalición “Por México al Frente”, en donde se incluyen fuertes sumas de recursos públicos y de dudosa procedencia; que se utilizaron para garantizar la reelección del candidato Juan Hugo de la Rosa, actual presidente municipal. Dinero y recursos públicos de un pueblo con tantas privaciones y carencias como el de Nezahualcóyotl.

El cúmulo de irregularidades documentadas en la contienda política municipal constituyen una flagrante violación a los principios constitucionales que garantizan las elecciones democráticas en México, debido a que se configuran las causas generales de nulidad previstas en el artículo 41 constitucional, por rebase de los topes en el gasto de campaña y por la recepción o uso de recursos públicos o de procedencia ilícita en las campañas, así como la causal de nulidad que genera la ruptura del principio de imparcialidad en el ejercicio de la función pública y no intervención en los procesos electivos, consagrado en el artículo 134 de nuestra Carta Magna.

Por lo anterior, en la elección municipal de Nezahualcóyotl fue violada la legalidad y el estado de derecho, por las ambiciones perniciosas de empoderamiento y la visión patrimonialista del quehacer público. En esa municipalidad se ejecutaron todas las artimañas que en materia electoral han pervertido la democracia durante los más de 80 años de prevalencia del viejo régimen.

No obstante lo anterior, y pese al grave artificio que caracterizó a ésta contienda, en los resultados se presentó una diferencia menor al 2 por ciento de la votación entre el candidato de la coalición “Por México al Frente”, conformada por el Partido de la Revolución Democrática, el Partido Acción Nacional y Movimiento Ciudadano (Juan Hugo de la Rosa) y la candidata de la coalición “Juntos Haremos Historia”, conformada por Morena, el Partido del Trabajo y el Partido Encuentro Social (la maestra Elizabeth Nava Hernández, qepd).

Esta mínima diferencia y las arbitrariedades anteriormente descritas en éstas consideraciones, permitió a la coalición Juntos Haremos Historia a impugnar la elección en los tribunales electorales, principalmente por las irregularidades que se presentaron a lo largo de todo el proceso electoral y que imposibilitan considerar su resultado como legal y legítimo, como lo demandan los principios constitucionales que sustentan la organización del Estado mexicano y la renovación democrática de nuestros representantes populares.

Es preciso anular esa elección, respetar la voluntad real de los nezahualquenses, y recuperar, con una nueva contienda, la legitimidad en nuestro municipio, que hoy, es seriamente cuestionada.

Por lo anterior, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el presente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto a las esferas competenciales de los distintos Poderes del Estado mexicano, exhorta respetuosamente al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a que, en uso de las facultades constitucionales y legales que le han sido conferidas, resuelva las impugnaciones electorales interpuestas en el marco de la elección de presidente municipal de Nezahualcóyotl, realizada el pasado 1 de julio del año en curso, de forma tal que se garantice la vigencia de los principios constitucionales que sustentan la democracia en la contienda político-electoral y la legitimidad de los gobernantes que de ella emanan.

Notas

1 Dichas violaciones deberán acreditarse de manera objetiva y material. Se presumirá que las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento.

En caso de nulidad de la elección, se convocará a una elección extraordinaria, en la que no podrá participar la persona sancionada.

2 Al respecto, el párrafo séptimo asevera: “Los servidores públicos de la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos”.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Juan Pablo Sánchez Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



PROGRAMA PARA EL ACCESO EFECTIVO Y UNIVERSAL PARA EL TRATAMIENTO INTEGRAL DEL DOLOR Y ATENCIÓN DE ENFERMOS EN SITUACIÓN TERMINAL

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa a establecer un programa de medidas de acceso efectivo y universal para el tratamiento integral del dolor; y a la SE, a iniciar un procedimiento de actualización de la NOM-011-SSA3-2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Éctor Jaime Ramírez Barba, diputado federal, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en la LXIV Legislatura, en ejercicio de la facultad que confieren la fracción I del artículo 6, el artículo 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud para que establezca un programa urgente de medidas para el acceso efectivo y universal para el tratamiento integral del dolor, y a la Secretaría de Economía para que inicie un procedimiento de actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3-2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define los cuidados paliativos como un enfoque que busca mejorar la calidad de vida de los pacientes (adultos y niños) y sus familias al afrontar los problemas asociados con una enfermedad en potencia mortal, gracias a la prevención y el alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana, la evaluación y el tratamiento impecables del dolor y otros problemas físicos, psicosociales y espirituales.

Un estudio de The Lancet estima que cada año aproximadamente sesenta millones de personas requieren de atención en cuidados paliativos, y tan solo un veinte por ciento de las personas que necesitan asistencia paliativa la reciben. Siendo el caso que el setenta y ocho por ciento de ellas viven en países de bajo y mediano ingreso.

Si bien los antecedentes de los cuidados paliativos se encuentran en los primeros esfuerzos para controlar y mitigar el dolor, el contexto actual caracterizado por el envejecimiento de la población y el aumento de las enfermedades crónico-degenerativas, en sus etapas avanzadas y terminales, ha dado lugar a poner mayor atención en la necesidad de desarrollar, conocer y aplicar los cuidados paliativos.

Es necesario reflexionar respecto a que el objetivo de los cuidados paliativos no es solo el alivio del dolor, sino también mitigar el sufrimiento de índole física, psicosocial y emocional de los pacientes con alguna enfermedad de gravedad en una fase avanzada, o en su caso terminal, y ayudar a los familiares de esas personas a cuidar de sus seres queridos.

Es por motivos como el expresado con anterioridad que resulta un tema de alta sensibilidad y de urgente atención la revisión NOM-011-SSA3-2014, puesto que no sólo es el paciente quien se ve involucrado en todo lo que conlleva padecer una enfermedad y soportar los intensos dolores consecuencia de ésta, sino también los familiares que se responsabilizan del cuidado del enfermo están involucrados.

Aproximadamente una tercera parte de la población que necesita cuidados paliativos tiene cáncer. Las dos terceras partes restantes padecen enfermedades degenerativas que afectan a órganos como el corazón, pulmones, hígado, riñones y cerebro, o padecen enfermedades crónicas que resultan potencialmente mortales como es el caso de los pacientes infectados con el VIH y la tuberculosis farmacorresistente.

De los pacientes que necesitan cuidados paliativos al final de la vida, cerca de un seis por ciento son niños. Si se incluye a todas las personas que podrían recibir cuidados paliativos en una fase anterior de su enfermedad la cifra sería del doble de los considerados para etapa terminal. Es fundamental que los cuidados paliativos y especialmente las terapias del dolor no queden restringidas a una etapa terminal como sucede en la norma oficial mexicana a que me refiero en este punto de acuerdo. Esta restricción en el enfoque de la norma constituye una grave afectación a los derechos humanos de los enfermos.

Los cuidados paliativos además de ser un tema de importancia global, también ha implicado esfuerzos regionales donde la colaboración de asociaciones de profesionales médicos-científicos y de pacientes han procurado el establecimiento de una política sanitaria integral y efectiva en este tema, sin haberlo logrado aún, especialmente en el caso de México. Este es el caso de los países latinoamericanos, entre ellos México, en el que aún hay mucho por hacer para la cabal implementación del Decreto del Congreso de la Unión que adicionó la Ley General de Salud sobre cuidados paliativos desde 2009, a que más adelante me habré de referir.

En México los cuidados paliativos han adquirido relevancia en el ámbito médico, especialmente en algunos Institutos Nacionales de Salud y servicios médicos como ocurre en Jalisco, Guanajuato, la Ciudad de México, especialmente partir de que el honorable Congreso de la Unión incorporó un nuevo Título Octavo Bis denominado De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal en la Ley General de Salud. El decreto promulgatorio se publicó en Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2009.

El honorable Congreso de la Unión reformó y adicionó la Ley General de Salud, en primer término, para incorporar en su artículo 3 la fracción XXVII Bis, el tratamiento del dolor como materia de salubridad general y, consecuentemente determinó en el artículo 27 de la misma ley que para efectos del derecho de protección a la salud se consideran servicios básicos de salud, entre otros, la atención médica integral, la cual en virtud de dicha reforma incluye la atención médica integrada paliativa, además de la preventiva, curativa y rehabilitatoria. En congruencia con la incorporación de la fracción XXVII Bis al artículo 3 y la reforma al artículo 27 referidos, se adicionó el artículo 33 con una fracción IV que establece que las actividades de atención médica son preventivas, curativas, de rehabilitación y paliativas. Define claramente esa nueva disposición incorporada en la Ley General de Salud que las actividades de atención médica paliativas incluyen el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario.

Consecuentemente la primera cuestión del referido decreto de reformas a la Ley General de Salud es el de la atención integral del dolor como materia de salubridad general y la determinación de sus alcances en el derecho a la protección a la salud.

En segundo término, el referido decreto de reformas y adiciones incorporó un nuevo título a la Ley General de Salud, el Octavo Bis cuyo contenido son los cuidados paliativos a los enfermos en situación terminal. Es claro que dicho nuevo Título Octavo Bis aborda una temática específica en lo referente a enfermos en situación terminal, como cuestión claramente diferenciada del tratamiento integral del dolor.

El artículo primero del muchas veces referido decreto estableció que la Secretaría de Salud debería emitir los reglamentos y normas para garantizar el ejercicio de los derechos que concede el nuevo Título Octavo Bis, concediendo el artículo segundo un plazo de ciento ochenta días naturales al efecto. Tomó casi seis años a la Secretaría de Salud expedir la NOM-011-SSA3-2014, Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos. Respecto de los demás aspectos del decreto de reformas y adiciones, es decir respecto del tratamiento integral del dolor, no existen medidas reglamentarias y normativas efectivas. Es inverosímil que la importancia de incorporar una nueva materia de salubridad general y de haber ampliado los alcances del derecho a la protección de la salud en cuanto a la atención médica paliativa como parte de los servicios básicos de salud hayan sido ignorados por la Secretaría de Salud.

Más aún en cuanto a la NOM-011-SSA3-2014, en lugar de abundar en el sustento de los cuidados paliativos, ha resultado en restricciones interpretativas para la prescripción y acceso a medicamentos y tratamientos, contrariando el derecho humano a la salud en materia de tratamiento integral del dolor. Esta afectación a la sociedad debe superarse y repararse.

México requiere un marco regulatorio integral en materia de tratamiento integral del dolor para lograr el acceso efectivo a más de doscientos cuarenta mil personas, incluyendo adultos y niños, quienes viven en estado de sufrimiento. De esos doscientos cuarenta mil mexicanos, ocho mil son guanajuatenses. Todos ellos requieren acceso a medicamentos, equipo médico a domicilio, personal capacitado y una serie de apoyos que le permitan al paciente dignidad, aún en la adversidad del dolor causado por enfermedades, así como también para la atención y apoyo del núcleo familiar que le sostiene.

Quienes viven en un estado de sufrimiento y requieren de tratamiento integral del dolor y de cuidados paliativos, merecen les sea garantizada la salvaguarda de su dignidad y de sus derechos como enfermos, así como también los de sus familiares que los acompañen durante este doloroso proceso, pues merecen un trato digno, respetuoso y profesional que busque aliviar o mitigar el dolor tanto físico como emocional para preservar una calidad de vida, con el apoyo recibido de las instituciones públicas de salud y la normatividad necesaria para que los profesionales de la salud puedan desempeñarse con eficacia y oportunidad.

Es evidente de lo expuesto que es indispensable que no obstante se ha incurrido en un retraso de diez años en que la Secretaría de Salud reconociera plenamente los alcances y deberes que le confirió este Congreso de la Unión al haber incorporado el tratamiento integral del dolor y la atención médica paliativa como materia de salubridad general la responsabilidad concurrente entre la Federación y los Gobiernos de los estados, que dicha Dependencia establezca un programa urgente de medidas para el acceso efectivo y universal al tratamiento integral del dolor.

Asimismo es necesario que la Secretaría de Economía inicie un procedimiento para que la Secretaría de Salud revise y profundice en el alcance de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3-2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”, con sustento en lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización que dispone la revisión quinquenal de las Normas Oficiales Mexicanas a partir de su entrada en vigor, y que “dentro del año siguiente a la entrada en vigor de la norma, el comité consultivo nacional de normalización o la Secretaría de Economía podrán solicitar a las dependencias que se analice su aplicación, efectos y observancia a fin de determinar las acciones que mejoren su aplicación y si procede o no su modificación o cancelación”.

Requerimos que la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3- 2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”, no restringa los cuidados paliativos y las terapias del dolor a una etapa terminal, sino que garantice su acceso efectivo y universal en todas las fases de la enfermedad.

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud para que establezca un programa urgente de medidas para el acceso efectivo y universal al tratamiento integral del dolor, con carácter integral y prioritario abarcando los aspectos de servicios, acceso a medicamentos, formación y profesionalización de médicos y especialistas, ampliación de servicios, creación de capacidades en todos los niveles de atención médica y demás acciones pertinentes para el cabal cumplimiento del derecho a la protección de la salud en materia de tratamiento integral del dolor.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Economía para que inicie un procedimiento que involucre a la Secretaría de Salud en la actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3- 2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”, de tal manera que los cuidados paliativos y las terapias del dolor no queden restringidas a una etapa terminal, garantizando su acceso efectivo y universal en todas las fases de la enfermedad y condiciones de salud, conforme al artículo 51, párrafo quinto de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud (OMS), Programas nacionales de control de cáncer: Políticas y pautas para la gestión. Organización Mundial de la Salud/OMS, Segunda Edición, Traducción de la Organización Panamericana de la Salud, Ginebra, 2004.

2 https://www.thelancet.com/commissions/palliative-care

Fuentes de información:

Bibliografía

1. Organización Mundial de la Salud (OMS), Programas nacionales de control de cáncer: Políticas y pautas para la gestión, Segunda Edición, Organización Mundial de la Salud/OMS, Traducción de la Organización Panamericana de la Salud, Ginebra, 2004.

2. Pastrana Tania. Et al., Atlas de Cuidados Paliativos en Latinoamérica ALCP, Primera Edición, IAHPC Press, Houston, 2012.

3. World Health Organization – Worldwide Palliative Care Alliance, Global Atlas of Palliative Care at the End of Life, 2014.

Leyes, reglamentos y NOM

1. Ley General de Salud.

2. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica.

3. Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3-2014, Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos.

Internet

1. http://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/palliative-care

2. http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2014/palliative-care-20140128/es/

3. http://www.thewhpca.org/resources/global-atlas-on-end-of-life-care

Ciudad de México, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



ACCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL EN LOS ALREDEDORES DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a implantar acciones en materia de seguridad vial en los alrededores de las escuelas públicas del país, a cargo de la diputada Norma Adela Guel Saldívar, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Norma Adela Guel Saldívar, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas para que, en coordinación con los municipios, implementen acciones en materia de seguridad vial en los alrededores de las escuelas públicas del país, para salvaguardar la integridad de las niñas, niños y adolescentes de posibles accidentes vehiculares, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Uno de los graves problemas que enfrentan las personas diariamente en las ciudades se relaciona directamente con los congestionamientos viales, los cuales aumentan el riesgo de accidentes entre vehículos, así como los que involucran a peatones, situación que está provocando el incremento en el número de muertes, constituyéndose en un problema de salud pública.

Según un reporte publicado por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) en la Ciudad de México se pasan 59 minutos extra al día en el tráfico, lo que se traduce en 227 horas al año si tomamos en cuenta los 230 días laborables. Esto la convierte en la ciudad con más congestión vehicular de acuerdo al Índice de Tráfico 2017, el cual mide 390 ciudades de 48 países en el mundo con datos de 2016. 1

Después de la Ciudad de México, el índice coloca a Bangkok (capital de Tailandia) en el segundo lugar de tráfico, seguida de Jakarta (capital de Indonesia), Chongqing (China) y Bucarest (capital de Rumania).

Por el contrario, la ciudad que menos tráfico registró fue Dayton, Estados Unidos (en el estado de Ohio). Los conductores de esta localidad pasaron solo 9% del tiempo en el tráfico, lo que se traduce en 10 minutos extra al día y 40 horas al año.

Por su parte, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía establece que cada año se pierden aproximadamente 1.3 millones de vidas a consecuencia de los accidentes de tránsito en todo el mundo. Asimismo, entre 20 y 50 millones de personas sufren traumatismos no mortales y, a su vez, una proporción de estos casos deriva en algún tipo de discapacidad. 2

Son diversos los factores que contribuyen a aumentar el riesgo de las lesiones como son la velocidad excesiva, falta de uso de cinturones de seguridad y sillas protectoras para los niños, conducción en estado de ebriedad y la falta de uso de cascos protectores por quienes conducen motocicletas, entre otros.

De acuerdo con el Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, en México los accidentes de tránsito se encuentran entre las 10 principales causas de muerte. Se estima que en 2016 fallecieron 16 mil 185 personas por este motivo, lo que se traduce como 13.2 muertos por cada 100 mil habitantes.

El Informe de la Situación de la Seguridad Vial 2017 de la Secretaría de Salud, indica que las cinco entidades federativas que presentan una mayor tasa de mortalidad a causa de accidentes de tránsito son Zacatecas, Tabasco, Sinaloa, Durango y Nayarit.

Asimismo, se reportaron un total de 367 mil 789 accidentes en las zonas urbanas, de los cuales 64 mil 552 (17.6%) correspondieron a eventos viales en los que se identificaron víctimas heridas; 299 mil 408 (81.4 por ciento) registraron solo daños y en los 3 mil 829 accidentes restantes (1 por ciento), resultó al menos una persona muerta.

El tipo de accidente con mayor número de víctimas muertas en el lugar del evento es la colisión con vehículo automotor, con un total de 963. Le siguen el atropellamiento (colisión con peatón) con 935 y la volcadura con 633. Para el caso de las víctimas heridas, la colisión con vehículo automotor concentra el 37.9 por ciento. En segundo sitio está la colisión con peatón con el 21.8 por ciento y en tercer lugar la volcadura, con el 14.8 por ciento.

Según los datos más recientes del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los accidentes de tránsito son la segunda causa de muerte en niños y niñas de cinco a 14 años en la Ciudad de México (2016) y 42.8 por ciento de los viajes para ir a estudiar se realizan sólo caminando, por lo cual es vital la inversión en infraestructura para el peatón. 3

De acuerdo con especialistas en movilidad Sin Tráfico indica que las delegaciones Cuauhtémoc, Miguel Hidalgo y Benito Juárez tuvieron los índices más altos de accidentes de este tipo en 2017, los cuales ocurrieron a menos de 250 metros de una escuela. Cuauhtémoc encabeza el mayor número, al acumular 478 hechos de tránsito y 75 atropellamientos. 4

Esta situación no debe ser un caso aislado que solamente atienda a una sola entidad federativa, por lo que se debe atender la situación en las 243 mil 480 escuelas o planteles públicos que existen en el país, y en las cuales se atiende a poco más de 36 millones de alumnos. 5

Del total de escuelas públicas el 83.6% pertenece al nivel preescolar, 90.7% a primaria, y 86.9% a secundaria, en donde se encuentran inscritos aproximadamente nueve de cada 10 alumnos de este tipo educativo.

Sin embargo, las medidas de seguridad también deben de contemplar a los planteles de educación media superior y educación superior, como aquellos sitios que son concurrentes por miles de estudiantes y que de igual manera son propensos a sufrir algún percance automovilístico.

La protección ante un posible accidente escolar no sólo se contempla dentro de las aulas y de las instalaciones de los planteles escolares, sino también, en sus alrededores, por lo que es de gran importancia fortalecer las acciones en materia vial en todos los estados del país, con la finalidad de salvaguardar la integridad de los millones de estudiantes inscritos en el Sistema Educativo Nacional.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a los gobiernos de las entidades federativas para que, en coordinación con los municipios, implementen acciones en materia de seguridad vial en los alrededores de las escuelas públicas del país, para salvaguardar la integridad de las niñas, niños y adolescentes de posibles accidentes vehiculares.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 22 días del mes de noviembre de 2018.— Diputada Norma Adela Guel Saldívar(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



PROGRAMA DE APOYOS ECONÓMICOS O EN ESPECIE A LOS JÓVENES QUE REALIZAN SU SERVICIO SOCIAL EN DEPENDENCIAS DE GOBIERNO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos federal y locales a considerar en la medida de sus posibilidades presupuestarias adoptar un programa de apoyos económicos o en especie para los jóvenes prestadores de servicio social en dependencias o instituciones de esos órdenes, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, Nayeli Salvatori Bojalil, diputada federal en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, en ejercicio de la facultad que me confieren la fracción I del artículo 6, el artículo 79, numeral 2, y demás artículos relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Las raíces del servicio social se remontan al México prehispánico, donde con el trabajo común se desarrollaban también relaciones de cooperación y solidaridad entre la comunidad.

En la época reciente, durante el rectorado de don José Vasconcelos (1920-1921) en la Universidad Nacional, uno de los departamentos universitarios que tuvieron mayor desarrollo fue el de Extensión Universitaria; a través de él, Vasconcelos incorporó a los estudiantes a las tareas de vinculación con la sociedad y a las campañas de alfabetización.

De acuerdo con las memorias de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), al llegar a la presidencia de la República el general Plutarco Elías Calles (1924-1928) se acusó a la Universidad de no tener contacto suficiente con el pueblo, pues el presidente de la República no veía con buenos ojos a la Universidad ante la insurrección que representaba, por lo que se le redujeron sus recursos.

En ese marco, para salvar a la Universidad se lanzó la consigna: “La Universidad debe acercarse al pueblo” y se iniciaron trabajos con servicios gratuitos de profesores y estudiantes en campañas de alfabetización, instrucción cívica, conferencias de cultura general, bufetes jurídicos gratuitos con estudiantes de derecho, dispensarios médicos con los estudiantes de medicina, etcétera.

Así, con el objetivo de generar un acercamiento entre la comunidad universitaria y la sociedad, como una forma de retribución de la comunidad estudiantil hacia el pueblo de México, se fue gestando el concepto de servicio social.

El servicio social, en su concepción actual, tiene sus inicios en el año 1936, cuando se realiza el primer convenio entre la UNAM y el Departamento de Salud Pública, e inicialmente estuvo dirigido hacia el medio rural, con la incorporación de los estudiantes de las carreras de Medicina, pues el objetivo principal era atender a las comunidades marginadas carentes de servicios médicos.

Las palabras del doctor Gustavo Baz, director de la Escuela Nacional de Medicina, al despedir a los primeros pasantes, fueron las siguientes: “Tienen ustedes ya seis años de estudio... lo normal sería que dentro de unos meses reciban el título... en lugar de eso, he venido a pedirles que se presten patrióticamente a uno de los experimentos más singulares que habrá de registrar la historia de la medicina: cada uno de ustedes irá a un lugar donde no hay médicos y pasará allí seis meses ejerciendo las funciones de inspector de sanidad y de facultativo. Las medicinas que necesiten, las mandaremos nosotros. No cobrarán ustedes por sus servicios, el gobierno les asignará un sueldo mensual de 90 pesos”.

Con este antecedente, los años siguientes diversas instituciones de educación superior (IES) establecieron de manera autónoma programas de servicio social en beneficio de comunidades urbanas y rurales.

Posteriormente, el 22 de julio de 1937, el presidente de la República, general Lázaro Cárdenas, y el rector de la UNAM, licenciado Luis Chico Goerne, celebraron un convenio por el cual se decretó en todas las facultades y escuelas universitarias el servicio social obligatorio para obtener el título universitario; se estableció que el servicio social se prestaría en colaboración con el gobierno de la República por medio de sus dependencias, y en su imposibilidad a través de las organizaciones que la Universidad señalara.

Finalmente, el 17 de noviembre de 1942, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma que adicionó al artículo 5 constitucional el siguiente texto, “Los servicios profesionales de índole social serán obligatorios y retribuidos en los términos de la ley con las excepciones que ésta señale.” Quedando formalmente establecido el servicio social, mismo que posteriormente sería universal y una condición para la expedición del título académico.

El Congreso de la Unión reglamentó la obligación constitucional de prestar servicio social con la “Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal”, la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1945. Dicha Ley establece en su Capítulo VII, “Del servicio social de estudiantes y profesionistas”, artículo 53, que “el servicio social es el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado”.

En este sentido, el artículo 24 de la Ley General de Educación señala que, “los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio social, en los casos y términos que señalen las disposiciones reglamentarias correspondientes. En éstas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado académico”.

La Ley Reglamentaria profundiza las características del servicio social en su artículo 55, donde se describe la duración y las condiciones bajo las cuales debe realizarse, de la siguiente forma: Los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años”. Y además “no se computará en el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el servicio social.”

Asimismo, en 1981 se emite el Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las instituciones de educación superior en la República Mexicana, el cual señala que el servicio social tiene por objeto: Desarrollar en el prestador una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece. Convertir esta prestación en un verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector público. Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio social.

Entonces se entiende que el servicio social es una actividad de carácter obligatoria y temporal que permite a las y los estudiantes llevar a la práctica los conocimientos adquiridos, consolidar su formación académica, desarrollar nuevos conocimientos y habilidades profesionales, fomentar un alto sentido de solidaridad social y de compromiso con su comunidad, así como retribuir a la sociedad los recursos destinados a la educación pública.

Sin embargo, hoy la realidad de los jóvenes es compleja, pues enfrentan situaciones de graves carencias durante su etapa escolar y al desempleo, la informalidad o los bajos salarios después de graduarse.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), 15 millones de jóvenes de 15 a 29 años, en el primer trimestre de 2017, se encontraban ocupados; sin embargo, 60.6 por ciento (9 millones) de ellos lo está en el sector informal.

En cuanto al desempleo, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la tasa de desocupación para adolescentes y jóvenes de 15 a 29 años es de seis por cada 100 personas económicamente activas. Los adolescentes de 15 a 19 años muestran un nivel de desocupación de 6.9 por ciento y los jóvenes de 20 a 24 años de edad de 6.5 por ciento, mientras que para el grupo de 25 a 29 años es menor la tasa de desocupación (5.1 por ciento).

Estos datos, además revelan que 19.8 por ciento de los jóvenes desocupados se identifica con la falta de experiencia laboral, mientras que, del total de adolescentes y jóvenes no económicamente activos, poco más de 16.2 por ciento, declaró disponibilidad para trabajar, pero dejó de buscar trabajo o no lo busca porque piensa que no tiene oportunidad para ello.

En el ámbito escolar, la situación tampoco es la mejor, de acuerdo con la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (Anuies), de los jóvenes que ingresaron el mismo año a una licenciatura o ingeniería, sólo la mitad logra titularse, cifra que se eleva ligeramente en las escuelas privadas al hacer una comparación con las escuelas públicas. Mientras en instituciones particulares se titula 66 por ciento de los alumnos que ingresaron a la universidad en el mismo periodo, en las públicas la cifra desciende a 52 por ciento, lo cual, detalla la institución, está vinculado a las alternativas de titulación que tienen las universidades.

Los jóvenes son vulnerables a la pobreza y carecen de recursos económicos suficientes para el desarrollo de sus actividades escolares, peor aún si tienen que trasladarse a un espacio distintito al de su universidad para hacer su servicio social, pues también deben contemplar los gastos de transporte y alimentación.

Las familias hacen enormes sacrificios por la educación, es necesario buscar nuevos mecanismos que ayuden a los jóvenes a integrarse en el mercado laboral en condiciones que les garanticen un mejor futuro.

El servicio social en su origen fue una manera de retribuir a la sociedad el aprendizaje obtenido por los sistemas educativos, que están financiados o subsidiados con recursos públicos, de ninguna manera debe ser visto como un medio para la explotación laboral y el trabajo gratuito prescindible.

Debemos diseñar nuevas formas para que los jóvenes tengan su primer contacto con el mercado laboral y retribuyan con su talento e ideas a la sociedad que les permitió formarse. En ese marco, el trabajo de los jóvenes por las actividades relacionadas al servicio social debe retribuirse económicamente, con la finalidad de apoyar al ingreso familiar y permitir su superación profesional.

Por lo anteriormente expuesto y fundado en la fracción I del artículo 6, el artículo 79, numeral 2 y demás artículos relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados se somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal y a los gobiernos de las entidades federativas a considerar, en la medida de sus posibilidades presupuestarias, adoptar un programa de apoyos económicos o en especie a los jóvenes que realizan su servicio social dentro de alguna dependencia o institución de estos órdenes de gobierno.

Notas

1 Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Contexto histórico en el que surge el servicio social.

http://www.facmed.unam.mx/sg/css/documentos_pdf/ El%20Servicio%20Social%20Medico.pdf

2 Universia. Antecedentes del Servicio Social.

http://noticias.universia.net.mx/tiempo-libre/noticia/2004/12/27/113313/ antecedentes-servicio-social.html

3 Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Contexto histórico en el que surge el servicio social.

http://www.facmed.unam.mx/sg/css/documentos_pdf/ El%20Servicio%20Social%20Medico.pdf

4 Cámara de Diputados. Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito federal.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/208_190118.pdf

5 Cámara de Diputados. Ley General de Educación.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/137_190118.pdf

6 Op cit.

7 Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las instituciones de educación superior en la República Mexicana.

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4634627&fecha=30/03/1981

8 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Juventud.

http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2017/juventud2017_Nal.pdf

9 Periódico el Excélsior. Sólo 5 universitarios de cada 10 se titulan.

https://www.excelsior.com.mx/nacional/2015/01/07/1001285

Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 22 de noviembre de 2018.— Diputada Nayeli Salvatori Bojalil (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, para dictamen.



PLAN ESTRATÉGICO QUE ATIENDA, RESUELVA Y VELE POR LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS DESPLAZADOS EN CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a realizar un plan estratégico que atienda, resuelva y vele por los derechos humanos de los miles de desplazados en Chiapas, a cargo de la diputada Clementina Marta Dekker Gómez, del Grupo Parlamentario del PT

Quien suscribe, diputada Clementina Marta Dekker Gómez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III y IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los principios rectores de los desplazamientos internos de la ONU, señalan que los desplazados internos son “Personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida”.

De acuerdo a la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos tenemos la existencia de diferentes tipos de desplazamiento que van desde los que podríamos clasificar de gota en gota y que llegan a ser invisible, hasta los desplazamientos masivos Los sectores víctimas de desplazamientos en general son niñas, niños, mujeres, indígenas, adolescentes, campesinos, entre otros.

El Informe 2017 de Episodios de Desplazamiento Interno Forzado Masivo en México, registra durante enero a diciembre de 2017, 25 episodios de desplazamiento interno forzado masivo en México, afectando a 20,390 personas. Es decir, en 2017 al menos 20,390 personas tuvieron que abandonar su lugar de residencia de manera temporal o permanente con la intención de salvaguardar su vida a causa de la violencia. Durante el periodo de 2009 a enero de 2017, la razón del desplazamiento de manera interna en México se debió a la violencia o por conflictos territoriales, religiosos o políticos.

En el mismo informe se establece que las entidades con más episodios de desplazamiento interno forzado masivo fueron Guerrero, con 7, Sinaloa, con 5, Chihuahua, Chiapas y Oaxaca, con 3 respectivamente. De éstos, la entidad con más personas desplazadas fue Chiapas, con 6,090 personas, lo que corresponde aproximadamente al 29.87 por ciento del total de la población desplazada en 2017.

El episodio con el mayor número de víctimas registradas, que desplazó a 5 mil 323 indígenas tzotziles, ocurrió en Chiapas en los municipios de Chalchihuitán y Chenalhó. Por consiguiente, el sector indígena fue el más afectado, en al menos 9 eventos de desplazamiento interno forzado.

Chiapas resulta ser el estado que representa datos alarmantes a nivel nacional no sólo en el tema de desplazamiento interno forzado sino también en temas de desigualdad, por ejemplo, el índice Gini que mide desigualdad económica de una sociedad, en donde el coeficiente toma valores entre 0 y 1; un valor que tiende a 1 refleja mayor desigualdad en la distribución del ingreso; y para el Estado mencionado, representa el 0.517 ocupando la segunda posición a nivel nacional. Como un efecto en cadena podemos ver que el porcentaje de población en situación de pobreza extrema es del 28 por ciento, el más alto en toda la República Mexicana. En lo referente al rezago educativo, éste logra liderar la lista a nivel nacional durante el 2014.

Como los datos lo muestran, Chiapas se encuentra en una situación crítica a nivel nacional que requiere de acciones inmediatas fuera de preferencias políticas o colores.

Por si fuera poco, en días recientes nuevamente se han presentado actos de violencia hacia aproximadamente dos mil tzotziles que han sido desplazados de su comunidad Chavajebal en el municipio de El Bosque en el norte de Chiapas; dejando sus hogares por temor a un grupo armado que el 25 de octubre pasado asesinó al presidente del comisariado ejidal, Miguel Pérez López, y a Carmelino de Jesús Ruiz Álvarez, según información de los habitantes. Hecho que se agravó el pasado 7 de noviembre, cuando sujetos no identificados mataron a balazos a Mateo Jiménez Sánchez.

Sin embargo, los efectos de esta ola de violencia se han hecho ver en las comunidades aledañas que también se han desplazado como un acto de protección. “El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas (Frayba) aseguró que ha contabilizado más de mil 700 vecinos de Chavajebal que se encuentran “en situación de vulnerabilidad, por lo cual requieren atención humanitaria y que se garantice su integridad para que puedan retornar a sus casas”. Los municipios vecinos afectados son de Chalchihuitán, Simojovel e incluso en San Cristóbal de Las Casas.

Por lo antes expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente promoción con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del gobierno del Estado de Chiapas para que, a través de las dependencias competentes, implemente de manera urgente un plan estratégico que atienda, resuelva y vele por los derechos humanos de los miles de desplazados en el estado de Chiapas.

Notas

1 http://cmdpdh.org/temas/desplazamiento-interno-forzado-cifras-2017/

2 http://cmdpdh.org/temas/desplazamiento-interno/que-es/

3 http://www.cmdpdh.org/publicaciones-pdf/cmdpdh-informe-de-desplazamiento- interno-masivo-en-mexico-2017.pdf

4 http://www.cmdpdh.org/publicaciones-pdf/cmdpdh-informe-de-desplazamiento- interno-masivo-en-mexico-2017.pdf

5 Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (INEGI)

http://www.beta.inegi.org.mx/app/bienestar/#grafica

6 http://www.beta.inegi.org.mx/app/estatal/#grafica

7 http://www.jornada.com.mx/ultimas/2018/11/14/abandonan-2-mil-tzotziles- localidad-en-chiapas-tras-ataque-8083.html

8 http://www.jornada.com.mx/ultimas/2018/11/14/abandonan-2-mil-tzotziles- localidad-en-chiapas-tras-ataque-8083.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputada Clementina Marta Dekker Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



DESTINAR RECURSOS SUFICIENTES AL PROGRAMA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES CAÑEROS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a destinar recursos suficientes al Programa de Seguridad Social de los Trabajadores Cañeros, a cargo del diputado José Guadalupe Aguilera Rojas, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado José Guadalupe Aguilera Rojas, integrante de la LXIV Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a destinar recursos suficientes al Programa de Seguridad Social dirigido a los trabajadores cañeros, con base en las siguientes

Consideraciones

Las condiciones de precariedad que han afectado a millones de trabajadores en el país, a raíz de las innumerables crisis económicas que han afectado las actividades productivas, han exigido la toma de decisiones orientadas a mitigar dichos efectos.

En este contexto se enmarcan los convenios celebrados a partir del año de 1998, entre los trabajadores cañeros del país y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para aplicar planes de seguridad social en beneficio de estos trabajadores, mediante mecanismos destinados para la cobertura del aseguramiento y pago de cuotas de los productores de caña de azúcar, así como el del aseguramiento y pago de cuotas de los trabajadores eventuales de esta agroindustria.

Los recursos aprobados por esta soberanía han quedado establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), otorgándose durante 2015 y 2016 un monto de 350 millones de pesos (mdp) respectivamente. Sin embargo, durante los ejercicios 2017 y 2018, el monto asignado disminuyó en 20 por ciento, situándose en 280 mdp, afectando muy particularmente a los pequeños productores cañeros, en lo que respecta al pago de sus cuotas de aseguramiento ante el IMSS.

No podemos omitir que esta medida afecta a la población trabajadora de menores recursos, y los conduce a una situación de vulnerabilidad, al dejar de cumplirse acuerdos suscritos, sin mediar ninguna modificación convenida oficialmente, que pudiese argumentarse para aplicar dicha reducción.

Aún más, los productores cañeros han manifestado su temor a que dicho apoyo desaparezca, en virtud de que algunas versiones apuntan en ese sentido.

Con base en lo anteriormente señalado y en mi carácter de diputado federal, acudo a esta soberanía para exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a destinar recursos suficientes al Programa de Seguridad Social dirigido a los trabajadores cañeros.

Por todo lo anteriormente expuesto propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a destinar recursos suficientes al Programa de Seguridad Social dirigido a los trabajadores cañeros.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado José Guadalupe Aguilera Rojas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS HABITANTES DE CHAVAJEBAL, EN CHIAPAS, Y DEL CORREDOR XOCHIPALA-FILO DE CABALLOS, EN GUERRERO

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a garantizar la seguridad y el respeto de los derechos humanos, así como restablecer el estado de derecho de los habitantes de Chavajebal, El Bosque, Chiapas, y del corredor Xochipala-Filo de Caballos, en Eduardo Neri y Leonardo Bravo, Guerrero, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena

La diputada Julieta Kristal Vences Valencia, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión y, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los principios rectores de los desplazamientos internos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), señalan que los desplazados internos son “Personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida”.

El desplazamiento interno puede tomar distintas formas: individual o gota a gota tiende a ser un desplazamiento invisible, que involucra núcleos familiares pequeños que abandonan su comunidad. Y episodios de desplazamiento masivo, es decir, la movilización simultánea de diez o más núcleos familiares por una misma causa.

Al permanecer dentro del territorio nacional, no cuentan con una categoría legal como desplazados y por tanto, no cuentan con el régimen de protección que otorga el derecho internacional. Por ello, el gobierno en turno, tiene la responsabilidad de reconocer y crear un marco jurídico para atender, proteger y asistir las necesidades especiales que requieren los desplazados; y tiene la obligación de garantizar todos sus derechos.

Las víctimas de desplazamiento son por lo general niños, niñas y adolescentes, indígenas, estudiantes, profesionistas, adultos mayores, campesinos, pequeños propietarios de negocios, empresarios, activistas, periodistas, defensores de derechos humanos, funcionarios públicos y mayoritariamente mujeres, madres de familia que ante eventos de violencia se ven obligadas a huir con la finalidad de salvaguardar su vida y la del resto de su familia llevando con ellas niñas, niños y ancianos.

El desplazamiento forzado interno en México ha sido tanto un recurso reactivo como preventivo. Se ha generado por violencia, violaciones a derechos humanos, desastres naturales, proyectos de desarrollo, grupos de autodefensa y por la actividad periodística. En los últimos años, es una violencia diferente la que provoca la movilidad de las personas, pues se relaciona con grupos armados que están azotando diversas partes del territorio nacional; esta violencia no se ha podido frenar por parte de las autoridades, lo que ha provocado desprotección de las víctimas.

Esta situación de desprotección surge no sólo a raíz de las violaciones a los derechos a la vida, la integridad, la libertad personal y la seguridad pública sino, también, derivado de la destrucción o el abandono de las tierras, propiedades y viviendas, violentándose los derechos a la propiedad privada, la vida privada y al domicilio. Es necesario subrayar que por omisión también se violentan derechos humanos.

La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, señala que durante el año 2016 se registraron 29 episodios de desplazamiento masivo en el país, impactando en al menos 23 mil 169 personas, en 12 entidades del país: Chiapas, Chihuahua, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Oaxaca, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas. De estos episodios de desplazamiento 20 fueron causados de manera directa por la violencia. Es decir, en 2016 al menos 21 mil 31 personas tuvieron que abandonar su lugar de residencia de manera temporal o permanente con la intención de salvaguardar su vida a causa de la violencia.

Durante el periodo de 2009 a enero de 2017, en México 310,527 personas que tuvieron que desplazarse de manera interna debido a la violencia o por conflictos territoriales, religiosos o políticos. Michoacán fue el mayor expulsor de población con motivo de violencia: Al menos 10 mil personas fueron desplazadas por violencia en el estado.

Dentro del estado se llevó a cabo un desplazamiento masivo de población que no fue debidamente registrado por los medios de comunicación en los días 23 y 24 de mayo; sin embargo, de manera inmediata y en el transcurso de los siguientes meses, la misma cantidad de población proveniente del estado de Michoacán fue registrada por autoridades y organizaciones civiles en Tijuana.

En otro caso, en la localidad de Huixiopa, perteneciente al municipio de Badiraguato en el estado de Sinaloa, fue la que presentó un mayor número de eventos de desplazamiento forzado. Solo en 2016, se registraron tres eventos de desplazamiento interno masivo en la localidad. En una de las ocasiones el desplazamiento fue llevado a cabo por más de 96 por ciento de sus habitantes.

En el estado de Chipas se presentaron 29 eventos de desplazamiento masivo causados por violencia política, uno más por conflicto religioso y otro a causa de un conflicto territorial. Dichos eventos forzaron el desplazamiento de mil 117 personas. Derivado de la ausencia de instituciones y programas oficiales o no gubernamentales que atiendan el fenómeno del desplazamiento interno forzado, no se tiene certeza del número de retornos que ocurrieron en el año y de las condiciones de seguridad en las que tuvieron lugar. Sin embargo, fue posible identificar que de los 29 episodios de desplazamiento interno forzado registrados en el año 2016, existieron cinco eventos de retorno de la población. Estos retornos suelen ser paulatinos y no siempre retorna la población total, debido a las condiciones de inseguridad y al temor de la población a convertirse en víctima de la violencia que le rodea.

Recientemente se han suscitado casos de desplazamiento forzado interno como lo es el desplazamiento interno que está teniendo lugar en el estado de Chiapas donde más de dos mil personas están desplazadas de la comunidad de Chavajebal del municipio de San Juan, El Bosque y se encuentran en condiciones precarias, lo anterior luego del ataque de un grupo armado que ingresó a esa comunidad para rescatar tres personas la semana pasada.

El coordinador de la pastoral social indígena, Marcelo Pérez Pérez dio a conocer que son tres ya el número de personas muertas y cientos las personas desplazadas de su vivienda, por lo que pidió la ayuda a todos los grupos civiles y gubernamentales para asistir esta crisis humanitaria. También el vicario de la pastoral de paz, de la Diócesis de San Cristóbal de Las Casas, dijo que desde el miércoles 7 inició el éxodo masivo de los habitantes de Chavajeval, tras un enfrentamiento entre sus moradores.

El conflicto se agudizó luego de que el pasado 24 de octubre fuera emboscado y acribillado a tiros, Miguel Pérez López, comisario ejidal de Chavajeval junto a Carmelino de Jesús Ruiz Álvarez, donde dos personas más resultaran heridas. La Fiscalía General del Estado (FGE) detalló que los hechos ocurrieron alrededor de la una de la mañana, en el tramo carretero, Tierra Caliente-Chavajebal, en el municipio de El Bosque. Esto ocurrido un kilómetro antes de llegar a esta comunidad.

Ante el rumor de que más desplazados se encontrarían secuestrados en la comunidad vecina de Tierra Caliente, el padre confirmó que sí existían 400 personas desplazadas, pero no se encontraban secuestradas. Hay más desplazados en otros lugares que aún falta por identificar y visitar, sobre todo en comunidades de Chalchihuitán, Chenalhó, Simojovel y San Cristóbal, ahí se fueron a refugiar” indicó.

Además del grupo de personas desplazadas en la comunidad de Tierra Caliente, otros 500 más se encuentran en la cabecera municipal. La alcaldesa Viridiana Hernández, de El Bosque envió este lunes ayuda a los desplazados de la cabecera municipal, al igual que el gobierno estatal, sin embargo, la ayuda aún es insuficiente.

Por otra parte, se presentó otro caso de desplazamiento interno en el estado de Guerrero, del que se sabe que la Policía Comunitaria de General Heliodoro Castillo (Tlacotepec) emplazó al gobernador Héctor Astudillo Flores a que garantice la seguridad en el corredor de Xochipala (municipio de Eduardo Neri) a Filo de Caballos (municipio de Leonardo Bravo), en donde debido a la violencia e inseguridad desde hace dos meses no pueden pasar hacia Tlacotepec las camionetas urvan que prestan el servicio de transporte público, las pipas de gasolina, los camiones de gas doméstico y las camionetas que surten de productos básicos a esa cabecera municipal y a los pueblos vecinos. En donde el 9 de junio del presente año ocurrió un enfrentamiento que dejó tres muertos, dos casas atacadas a balazos, dos vehículos y tres viviendas incendiadas, denunciaron que fueron integrantes del grupo delictivo de Filo de Caballos los que mataron al comisario Antonio Cruz Maldonado. También informaron que en Tlacotepec hay unas 50 familias (aproximadamente 300 ciudadanos) desplazadas de varios pueblos que han sido atacados o amenazados.

El obispo Salvador Rangel Mendoza el 10 de septiembre de 2018 confirmó que no se concretó la tregua entre los grupos delictivos que se disputan el corredor de Xochipala, porque los que controlan Tlacotepec no aceptaron la condición de los de Filo de Caballos, que pidieron ayuda para quienes perdieron las casas y los vehículos incendiados, durante el enfrentamiento de Corralitos el 9 de junio pasado. Recordó que dos meses antes ya se hablaba de una tregua entre los dos grupos delictivos que se han venido enfrentando, pero que el grupo que se encuentra en Filo de Caballos pedía como condición a los de Tlacotepec, que cubrieran “un poco” los daños que ocasionaron a las casas y los carros que quemaron durante el enfrentamiento del 9 de junio, en Corralitos, así como un camión de volteo que quemaron cerca de La Escalera.

Pero añadió que los de Tlacotepec no aceptaron, aun cuando él les dijo a los transportistas de ese municipio que la condición que ponían los de Filo de Caballos, quienes le ofrecieron que podían pasar por su territorio, “tranquilos hasta Chilpancingo, pero que ayudaran a las personas que perdieron sus casas y vehículos, desgraciadamente no se pudieron entender y ahora hay nuevos enfrentamientos”.

El obispo insistió en su llamado al gobierno, para que manden a alguien que vaya a dialogar con estos grupos “porque quien está sufriendo es la gente ordinaria, la gente normal. Mi llamado es para que no hagan sufrir a los civiles y que menos quiten vidas a gente que no tiene nada que ver con ellos”.

Añadió que si no quiere intervenir el gobierno, entonces que intervengan los diputados, “por lo menos hay un diputado local y uno federal, que son de ese distrito”, dijo en referencia el del distrito 19 local, el priista Olaguer Hernández, y al federal de Morena, Carlos Sánchez Barrios.

El 24 de septiembre el obispo Salvador Rangel Mendoza declaró que la violencia y la inseguridad en los pueblos de la sierra de Guerrero ya no es por el trasiego de la droga, sino que ya son gavillas que están asaltando y robando por la situación de pobreza de los habitantes, debido a la disminución del precio de la amapola que ya no pudieron vender este año.

Advirtió que, si el gobierno federal no implementa un programa, la situación se va a agravar en los próximos meses, porque ya son toneladas de droga las que no se vendieron por los precios bajos, provocados por la introducción del fentanilo, que es mucho más potente y barato que la goma de amapola.

Respecto a la violencia que no cesa en los pueblos del corredor de Xochipala a Filo de Caballos declaró que “desgraciadamente” ya no es por el trasiego de la droga, sino porque el precio de la amapola cayó y se han almacenado muchísimas toneladas de droga, lo que está empobreciendo más a las personas, “esa gente que se mantenía plantando amapola, ahora están organizando gavillas de ladrones para poder sobrevivir”.

Declaró que subiendo a Filo de Caballos están robando la mercancía “ahora ya no hay transporte tampoco”. También dijo que existe una rivalidad acendrada entre los dos grupos delictivos: el de Tlacotepec y el de Filo de Caballos.

Todo eso que está pasando, insistió, porque ya no se vende la droga y se dedican a asaltar y a robar. “Entonces, de alguna manera se tiene que hacer algún programa en la sierra. Si no, yo creo que esto va a seguir aumentando y se van a seguir peleando unos pueblos contra otros, por rivalidades y envidias; pero más que nada por las necesidades que tienen”.

12 de noviembre, vecinos de Filo de Caballos dijeron que desde el sábado civiles armados dispararon contra algunos hombres que trabajaban en el campo y que ayer como a las 8 de la mañana hubo disparos cerca de las comunidades de Mirabal y La Laguna, por el lado de Xochipala, mientras que después de la 1 de la tarde el tiroteo se escuchó en Puentecillas, cerca de Filo de Caballos, la población más grande de la zona.

Uno de los líderes del pueblo informó que a esa hora había una reunión de representantes de varios pueblos de Leonardo Bravo y Eduardo Neri en la que tomaban acuerdos precisamente para asumir su defensa, en caso de la irrupción de los comunitarios y civiles armados de Heliodoro Castillo.

Los pueblos de Leonardo Bravo y Eduardo Neri también crearon una policía comunitaria tras los ataques ocurridos en junio en las comunidades de Corralitos y en Puentecillas, aunque en los últimos meses ya no se les ha visto.

Al menos siete personas murieron y otras cinco resultaron heridas en el municipio de Eduardo Neri, en un enfrentamiento entre policías comunitarios y presuntos delincuentes, informó hoy el coordinador del Frente de Policías Comunitarias del Estado de Guerrero (FPCEG).

El conflicto se produjo cuando al menos 3 mil integrantes del FPCEG entraron en la comunidad de Filo de Caballos, en el sureño estado de Guerrero, la tarde del domingo y tomaron el control de la seguridad en la zona, que había sido asolada por grupos delincuenciales.

El grupo decidió entrar al corredor Filo de Caballos-Casa Verde debido al encarecimiento de los víveres y artículos de primera necesidad, así como al desplazamiento de sus habitantes debido a hechos violentos que han sido atribuidos al control de la plaza.

La zona hoy está bajo la vigilancia de los policías comunitarios. El coordinador de éstos, Humberto Moreno Catalán, relató a un grupo de medios que arribaron a Filo de Caballos con una actitud de pacificación y diálogo.

No obstante, fueron recibidos a balazos por los presuntos delincuentes, por lo que se desató un enfrentamiento que duró al menos cuatro horas, señaló.

14 de noviembre de 2018. Luego del desplazamiento de mil 600 pobladores del municipio de Leonardo Bravo (Chichihualco), el gobernador Héctor Astudillo Flores afirmó que la violencia en la sierra es “un asunto delicado de seguridad nacional”, y que para el gobierno estatal los responsables de estos hechos son grupos armados de civiles que no responden a los intereses generalizados de la población.

A través de un comunicado oficial difundido la noche del martes, el gabinete de seguridad estatal conformado por autoridades civiles y militares, denominado Grupo de Coordinación Guerrero (GCG), señaló:

“De acuerdo con las primeras investigaciones, los civiles armados que se autodenominan comunitarios (de Tlacotepec), son responsables de los hechos de violencia suscitados en la localidad de Filo de Caballos, municipio de Leonardo Bravo, mismos que propiciaron el desplazamiento de familias”.

De acuerdo a la Declaración de México sobre Desplazamiento Forzado Interno, se sugiere a las instancias de los estados poner en marcha acciones que permitan la implementación de protocolos de atención para las personas que se encuentran en esta situación.

Ante los hechos ocurridos en Chavajebal, municipio de El Bosque, Chiapas y del Corredor Xochipala-Filo de Caballos, municipios de Eduardo Neri y Leonardo Bravo, Guerrero. Se solicita a esta honorable asamblea se dispense el trámite correspondiente para que la presente proposición con punto de acuerdo sea de urgente u obvia resolución.

Puntos de Acuerdo

Primero.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación, para que en uso de sus facultades intervenga de manera inmediata y coadyuve a garantizar la paz y la seguridad.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Guerrero para que intervenga de manera inmediata a garantizar la seguridad y reestablecer el estado de derecho, en un marco de respeto a los derechos humanos.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Chiapas para que intervenga de manera inmediata para garantizar la seguridad y reestablecer el estado de derecho, en un marco de respeto a los derechos humanos.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los sistemas estatales DIF de Guerrero y Chiapas para que intervengan de manera inmediata en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, así como de los adultos mayores víctimas de los desplazamientos forzados.

Notas

1 https://suracapulco.mx/impreso/2/exige-seguridad-de-xochipala-a-filo-de- caballos-la-comunitaria-de-tlacotepec-al-gobernador/

2 https://suracapulco.mx/2018/09/10/confirma-el-obispo-que-no-logro-la-tregua- entre-los-grupos-enfrentados-en-la-sierra-2/

3 https://www.sinembargo.mx/24-09-2018/3475548

4 https://suracapulco.mx/2018/11/12/entra-a-filo-de-caballos-a-balazos-informa- la-policia-comunitaria-de-tlacotepec/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputada Julieta Kristal Vences Valencia (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



SE FIRME A LA BREVEDAD EL PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a firmar con la mayor brevedad el protocolo facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, a cargo del diputado Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán, integrante de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con los establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo que exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal a firmar a la brevedad el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Exposición de Motivos

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc), fue suscrito por México el 23 de marzo de 1981, por el entonces presidente de la República, José López Portillo, dicho pacto tiene como principio y en apego a la Declaración Universal de Derechos Humanos la siguiente idea: no puede realizarse el ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos.

Este pacto significó un avance para México en los derechos humanos que consagró específicamente en materia de derechos económicos, sociales y culturales, no obstante, en 2008, se adoptó por la Asamblea General de las Naciones Unidas el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, mismo que se abrió a firma el 24 de septiembre del 2009, a la fecha, noviembre de 2018, 45 estados han firmado el tratado y 24 lo ratificaron, es decir son estados parte.

El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales es un instrumento que tiene la finalidad de servir como complemento al pacto, pues servirá para que el comité tenga más facultades en materia de la protección de los derechos humanos consagrados en el Pidesc.

Sin incluir ningún derecho sustantivo nuevo, el Protocolo Facultativo incluye procedimientos que permiten a las personas o grupos presentar quejas ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC), respecto de violaciones de estos derechos cometidas por un estado parte. Por ejemplo, interferir indebidamente en el goce de un derecho, no adoptar medidas dirigidas a su realización, denegar derechos de manera discriminatoria o adoptar medidas deliberadamente regresivas sin justificación adecuada. Es más, se podrá presentar una comunicación directamente ante el Comité DESC.

El Protocolo Facultativo establece tres procedimientos internacionales de protección:

1. Comunicaciones individuales;

2. Comunicaciones interestatales; y

3. Procedimiento de investigación de violaciones graves o sistemáticas de los DESC.

Para México y en general para el Sistema Internacional de Protección de Derechos Humanos, es de gran importancia sobrepasar a los derechos humanos como meramente buenas intenciones de los estados y avanzar para poder hacer efectiva la protección deseada por las Naciones Unidas.

A partir de la entrada en vigencia de este Protocolo, el Comité estará facultado para examinar comunicaciones individuales e interestatales, e investigar violaciones al Pidesc, es decir, con la ratificación del estado parte a este protocolo facultativo, se reconocerá la competencia del Comité DESC, para recibir y examinar comunicaciones conforme lo dispuesto en el protocolo. Igualmente, un estado parte podrá denunciar a otro, mediante comunicaciones interestatales, siempre y cuando ambos hayan aceptado este mecanismo.

Finalmente, el procedimiento de investigación permitirá al Comité DESC, iniciar una investigación en el caso de que tenga información fiable que indique la violación grave o sistemática al Pidesc, siempre y cuando el estado haya hecho la aceptación de la competencia del Comité para este efecto.

En concordancia con la reforma de 2011 en materia de derechos humanos, y a la política garantista de apego a la progresividad de los derechos humanos que ha implementado el Estado mexicano, la ratificación de este instrumento significa un avance a los derechos humanos y a la credibilidad de la información y las instituciones, lo primero, porque al ser un organismo internacional, la información es imparcial totalmente, en cuanto a la credibilidad, un estado que acepta someterse al escrutinio internacional, significa que busca o mantiene un estado constitucional de derecho. La firma y adhesión es muy importante para fortalecer nuestros principios constitucionales y la integración del Sistema Internacional de Protección de Derechos Humanos en México.

De acuerdo a lo anteriormente expuesto y fundado, pongo a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal a firmar a la brevedad el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Fuentes

• Estatus de los Tratados Internacionales, United Nations Treaty Collection:

https://treaties.un.org/Pages/ViewDetails.aspx?src=TREATY&mtdsg_no=IV-3-a &chapter=4&lang=es

• Ficha informativa del PF-PIDESC:

http://acnudh.org/wp-content/uploads/2010/12/carta-PF-PIDESC-FINAL.pdf

• Pacto Internacional de los Derechos Económicos. Sociales y Culturales:

http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Derechos%20Humanos/D50.pdf

• Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales:

https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/opcescr.aspx

Notas

1 Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, p. 2, consultado en:

http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Derechos%20Humanos/D50.pdf

2 Estado de los Tratados, United Nations Treaty Collection, consultado el 5 de noviembre del 2018 en:

https://treaties.un.org/Pages/ViewDetails.aspx?src=TREATY &mtdsg_no=IV-3-a&chapter=4&lang=es

3 Ficha informática: PF-PIDESC consultado en:

https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/opcescr.aspx

4 Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



INICIAR INVESTIGACIÓN POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE ACTOS DE XENOFOBIA Y DISCRIMINACIÓN POR PARTE DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TIJUANA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conapred, la CNDH y la Procuraduría de Derechos Humanos y Protección Ciudadana de BC a iniciar de oficio investigación por violaciones de la CPEUM y los tratados internacionales respectivos por la presunta comisión de actos de xenofobia y discriminación por el alcalde de Tijuana, Juan Manuel Gastélum Buenrostro, contra los derechos de las personas migrantes, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Lorenia Iveth Valles Sampedro, diputada federal de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera. México tiene una traducción histórica de hospitalidad, refugio y asilo para aquellas personas que en su lugar de origen carecen de los medios básicos para realizar sus derechos humanos fundamentales.

Segunda. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 1º lo siguiente:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Tercera.Este mismo instrumento fundamental señala en su artículo 11 lo siguiente:

Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.

Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones.

Cuarta. Que el primer párrafo del artículo 33 constitucional señala que:

Artículo 33. Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución.

Quinta. Que el artículo 120 constitucional define que:

Artículo 120. Los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas están obligados a publicar y hacer cumplir las leyes federales.

Sexta. Que el artículo 133 constitucional establece los siguiente:

Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas.

Séptima.Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California establece en su artículo 7 y 8 lo siguiente:

Artículo 7. El Estado de Baja California acata plenamente y asegura a todos sus habitantes los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así? como las garantías para su protección, y los demás derechos que reconoce esta Constitución, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de igual manera esta norma fundamental tutela el derecho a la vida, desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida.

...

...

Apartado A. De la promoción, respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos.

Las normas relativas a los Derechos Humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con los Tratados Internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado y los Municipios deberán prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezcan las leyes.

Toda persona tiene el derecho a la práctica del deporte, a la cultura física, a gozar de un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, asimismo, a la salud, el derecho a la igualdad y a la no discriminación, a recibir educación pública, obligatoria y gratuita que imparta el Estado, en los niveles preescolar, primaria, secundaria y media superior para desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentar en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los Derechos Humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. Las autoridades públicas del Estado, harán lo conducente a fin de que se asegure el disfrute de estos derechos.

...

Artículo 8. Son derechos de los habitantes del Estado:

III.- Si son extranjeros, gozarán de los derechos humanos y las garantías establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente y en las disposiciones legales que de ellas emanen. En ningún caso los extranjeros gozarán de derechos políticos

Octava. Que, en seguimiento de la disposición constitucional referente a la Ley Suprema de la Nación en su artículo133, la nación cuenta con la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece disposiciones claras en el siguiente sentido:

Artículo 2. Corresponde al Estado promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas. Los poderes públicos federales deberán eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas así? como su efectiva participación en la vida política, económica, cultural y social del país y promoverán la participación de las autoridades de los demás órdenes de Gobierno y de los particulares en la eliminación de dichos obstáculos.

Artículo 3. Cada uno de los poderes públicos federales adoptara? las medidas que estén a su alcance, tanto por separado como coordinadamente, de conformidad con la disponibilidad de recursos que se haya determinado para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio correspondiente, para que toda persona goce, sin discriminación alguna, de todos los derechos y libertades consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las leyes y en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte.

...

Artículo 4. Queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto o efecto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades en términos del artículo 1o. constitucional y el artículo 1, párrafo segundo, fracción III de esta Ley.

Novena. Que la ley en comento señala que se considera como prácticas discriminatorias:

• Promover el odio y la violencia a través de mensajes e imágenes en los medios de comunicación

• Explotar o dar un trato abusivo o degradante

• Realizar o promover violencia física, sexual, o psicológica, patrimonial o económica por la edad, género, discapacidad, apariencia física, forma de vestir, hablar, gesticular o por asumir públicamente su preferencia sexual, o por cualquier otro motivo de discriminación

• Estigmatizar o negar derechos a personas con adicciones; que han estado o se encuentren en centros de reclusión, o en instituciones de atención a personas con discapacidad mental o psicosocial;

• Implementar o ejecutar políticas públicas, programas u otras acciones de gobierno que tengan un impacto desventajoso en los derechos de las personas.

Décima. Que, en función de lo anterior, el presidente municipal de Tijuana, Juan Manuel Gastélum Buenrostro, en una entrevista telefónica a un medio de comunicación violó las disposiciones constitucionales, legales y los tratados internacionales al señalar el pasado 15 de noviembre lo siguiente:

“Queremos que se les aplique el 33 constitucional, Tijuana es una ciudad de migrantes, pero no los queremos de esta manera, fue distinto con los haitianos, ellos llevaban papeles, estaban en orden, no era una horda, perdóname la expresión y Derechos Humanos se me va a echar encima, pero los derechos humanos son para los humanos derechos.

Estas personas llegan en un plan agresivo, grosero, con cánticos, retando a la autoridad, haciendo lo que no estamos acostumbrados a hacer en Tijuana, que sepa todo México que ya estuvo bueno, ¿qué es eso de permitir que crucen la frontera sin ningún freno?”

“No me atrevo a decir que son todos los migrantes, pero hay algunos que son vagos, mariguanos, van agrediendo a familias de Playas de Tijuana, ¿qué es eso?”

El alcalde agregó que realizará una consulta ciudadana para saber si los habitantes quieren seguir atendiendo a los migrantes y en caso contrario, “veremos cómo solventamos para sacar a los que ya están y pondremos retenes en Tecate para que ya no entren”.

Pidió a los diputados federales que destinen recursos para habilitar espacios en Tijuana para atender a los migrantes, “necesitamos el apoyo ahora o nunca, vamos a hacer consulta, yo sé hacerle caso al pueblo tijuanense”.

Décima Primera. Que estas aseveraciones hechas por el presidente municipal de Tijuana son violatorias, a todas luces de las disposiciones legales, anteriormente señaladas y tiene que ser reconvenido y sancionado en los términos jurídicos aplicables por parte de las autoridades en materia de derechos humanos y de prevención y eliminación de la discriminación.

Décima Segunda. Que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto de Derechos Sociales, Económicos y Culturales, y sus Observaciones Generales establecen los mecanismos suficientes para reconocer a los derechos humanos como progresivos y no regresivos, por lo que se infiere que éstos no son materia de ninguna consulta pública.

Décima Tercera. Que el Conapred está facultada para “Conocer e investigar los presuntos casos de discriminación que se presenten, cometidos por personas servidoras públicas, poderes públicos federales o particulares y velar porque se garantice el cumplimiento de todas las resoluciones del propio Consejo”.

Décima Cuarta. Que la Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene como facultad “Conocer e investigar a petición de parte, o de oficio, presuntas violaciones de derechos humanos cuando los particulares o algún otro agente social cometan ilícitos con la tolerancia o anuencia de algún servidor público o autoridad, o bien cuando estos últimos se nieguen infundadamente a ejercer las atribuciones que legalmente les correspondan en relación con dichos ilícitos, particularmente en tratándose de conductas que afecten la integridad física de las personas”.

Décima Quinta.Que el estado de Baja California también cuenta con una ley de Prevención y Eliminación de la Discriminación que dispone que “Corresponde a la Procuraduría de Derechos Humanos y Protección Ciudadana del Estado de Baja California prevenir toda forma de discriminación e intolerancia y promover las políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de todas las personas.”

En virtud de todo lo anterior, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura exhorta respetuosamente pero de manera enérgica al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a la Procuraduría de Derechos Humanos y Protección Ciudadana del estado de Baja California, en el ámbito de sus respectivas competencias, a iniciar de oficio investigación por violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales en materia de derechos humanos por la presunta comisión de actos de xenofobia y discriminación por parte del presidente municipal de Tijuana, Juan Manuel Gastélum Buenrostro, en contra de los derechos de las personas migrantes dentro del territorio nacional, estatal y municipal.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.— Diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.



PROMOVER E INCENTIVAR LA ADQUISICIÓN DE LOS ÁRBOLES NATURALES DE NAVIDAD DE PRODUCCIÓN NACIONAL

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a ampliar y fortalecer acciones encaminadas a promover e incentivar durante esta temporada la adquisición de árboles navideños naturales de producción nacional, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Secretaría de Economía y a los gobiernos de las 32 entidades federativas para que, en coordinación con las cámaras de comercio y turismo instrumenten, amplíen o fortalezcan sus acciones encaminadas a promover e incentivar la adquisición de los árboles naturales de Navidad de producción nacional durante esta temporada decembrina, al tenor de las siguientes.

Consideraciones

La Navidad constituye uno de los festejos estacionales más importantes para las familias mexicanas y uno de los objetos más representativos de la temporada de convivencia y festividad es el denominado “árbol de Navidad”.

Para dimensionar su relevancia, basta señalar que, de acuerdo con el titular de la Asociación Nacional de Productores de Árboles de Navidad y Empresas de Turismo de Naturaleza, esta industria tiene un valor de por lo menos mil millones de pesos y genera cada año, empleos para más de mil familias en todo el territorio nacional.

Las estadísticas de esta asociación, arrojan que nuestro campo actualmente produce alrededor de 2 millones de árboles, los cuales se venden por un monto que oscila entre los 600 a mil pesos. Entre las especies más utilizadas para esta actividad, se encuentra el Pino Blanco o Pino Vikingo, el Pinabete, el Pino Prieto, el Pino Piñonero, el Oyamel, el Picea, el Cedro Blanco y el Ciprés de Lawson.

Entre las ventajas de adquirir árboles de Navidad naturales, destaca que mientras que son cultivados aportan oxígeno y capturan dióxido de carbono; y después de la temporada decembrina, sirven como sustrato o composta para jardines y parques públicos. Además, también permiten la recarga de mantos acuíferos y la regeneración de fauna endémica en los bosques y praderas.

Desde el punto de vista económico, constituye una de las principales fuentes de empleo y sustento para muchas comunidades que, prácticamente, subsisten de la plantación, cuidado, corte y comercialización de este tipo de árboles.

Para contar con un panorama general de dicha actividad, basta mencionar que la producción del árbol de Navidad se realiza en por lo menos 11 mil 335 hectáreas en 19 entidades del país, siendo por su contribución las más representativas el Estado de México, Guanajuato, Puebla, Michoacán, Veracruz, Tlaxcala y la Ciudad de México.

En este sentido, el Director General de la Protectora de Bosques del Estado de México, informó recientemente que esta entidad cuenta con la mayor producción a nivel nacional, con una producción de 900 hectáreas y 630 plantaciones.

Sólo durante esta temporada se comercializarán por lo menos 450 mil árboles de municipios como Amecameca, Valle de Bravo, Tlalmanalco, Almoloya de Juárez, Juchitepec, Xonacatlán, Xalatlaco, Tenango del Valle, Temascaltepec, Villa del Carbón, Zinacantepec, Isidro Fabela, Calimaya y Villa Victoria.

El bosque de árboles de Navidad en el municipio de Amecameca en el Estado de México, constituye una de las plantaciones más grande del país, al contar con una producción de 500 hectáreas. Durante estos meses, se prevé un crecimiento en las ventas de por lo menos 40%, que simbolizará 70 mil pinos y la contratación de 350 mil personas. Por su parte, Puebla espera vender 25 mil árboles, Michoacán 17 mil árboles y Tlaxcala un aproximado de 4 mil 500 ejemplares.

Durante la temporada pasada, se vendieron un poco más de 700 mil árboles de Navidad por 848 productores registrados ante la Comisión Nacional Forestal (Conafor). Esta venta produjo una derrama económica de 350 millones de pesos, y en este año, se espera superar dicha cifra.

A fin de prevenir la introducción de plagas, los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, consideramos necesario que se amplíen los programas de verificación e inspección que lleva a cabo la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en puntos fronterizos entidades como Baja California, Coahuila, Chihuahua, Sonora y Tamaulipas.

Reconocemos su efectividad, como parte de estas acciones se ha dado a conocer que sólo el pasado 19 de noviembre, se regresó 2 mil 135 árboles a Oregón, Estados Unidos, debido a que en el embarque se identificaron brotes de larva y escarabajos de la familia curculionidae, protegiendo así, nuestro patrimonio natural y la salud de las familias mexicanas.

Se está implementando, medidas adecuadas de fomento al consumo nacional, ejemplo de ello, es que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales pública un directorio con los puntos de venta y productores donde se pueden adquirir de manera segura y bajo estándares estrictos de calidad. Asimismo, están las ferias navideñas, los corredores navideños y los centros de exposición regional.

Estamos seguros que apoyar a los productos nacionales permitirá generar una mayor derrama económica en favor de productores y las personas que participan en toda la cadena productiva, desde su siembra hasta su comercialización, de ahí la relevancia de fortalecer las acciones encaminadas a incentivar la adquisición de los árboles naturales de Navidad de producción nacional durante esta temporada decembrina.

La temporada navideña, además de representar un espacio de emotividad y convivencia, representa una oportunidad para generar decenas de empleos para los productores de árboles de Navidad y artesanos que al comercializar sus productos generan beneficios para sus comunidades y el mejoramiento en la calidad de vida de sus familias.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados de honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Secretaría de Economía y a los gobiernos de las 32 entidades federativas para que, en coordinación con las cámaras de comercio y turismo instrumenten, amplíen o fortalezcan sus acciones encaminadas a promover e incentivar la adquisición de los árboles naturales de Navidad de producción nacional, durante esta temporada decembrina.

Notas

1 Monserrat Mata. (2018). Producción nacional rebasa importación de árboles. 20/11/2018, de Milenio Sitio web:

http://www.milenio.com/negocios/produccion-nacional-rebasa-importacion-de- arboles

2 Miguel Pallares. (2018). Prevén suba 40% venta de árboles navideños. 20/11/2018, de El Universal Sitio web:

http://www.eluniversal.com.mx/cartera/preven-suba-40-venta-de-arboles-navidenos

3 El Economista. (2017). Se comercializarán 700,000 árboles de Navidad en México. 20/11/2018. Sitio web:

https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Se-comercializaran-700000-arboles- de-Navidad-en-Mexico-20171130-0044.html

4 Perla Miranda. (2018). Profepa impide acceso de 2 mil 135 árboles de Navidad de EU por traer insectos vivos. 20/11/2018, de El Universal Sitio web:

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/seguridad/profepa-impide-acceso-de- 2-mil-135-arboles-de-navidad-de-eu-por-traer-insectos

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día 22 de noviembre del año 2018.— (Rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.



PROCESO SEGUIDO EN ESPAÑA CONTRA EL EX GOBERNADOR HUMBERTO MOREIRA

«Proposición con punto de acuerdo, relativo al proceso seguido en España contra el ex gobernador Humberto Moreira Valdés, a cargo del diputado Luis Fernando Salazar Fernández, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Luis Fernando Salazar Fernández, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción I del artículo 6, el artículo 79, numeral 2, y demás artículos relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar a la consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo de urgente resolución por el que se exhortan a diversas autoridades, respecto al proceso seguido en España contra el ex gobernador Humberto Moreira, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 15 de enero de 2016, acusado por delitos de lavado de dinero, malversación de recursos públicos, cohecho y organización criminal, el ex gobernador del estado de Coahuila y ex dirigente nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Humberto Moreira Valdez, fue detenido por la Policía Nacional española en el aeropuerto de Barajas, Madrid, tras una orden emitida por el juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, producto de una investigacióniniciada por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF).

En ese momento, se tuvo conocimiento que la Fiscalía de ese país había iniciado una investigación en contra del ex gobernador, tras advertir diversas transferencias realizadas en el año 2013, desde Estados Unidos a España, equivalentes a 3.9 millones de pesos, cantidad presumiblemente proveniente de actividades ilícitas.

Meses después, el mismo juez tendría que archivar provisionalmente la investigación, en contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción de ese país, y poner, con ello, en libertad a Humberto Moreira.

Sin embargo, a diferencia de lo sucedido en nuestro país, autoridades judiciales en Estados Unidos de Norteamérica siguieron dando curso a las investigaciones, a través de las cuales, durante varios años se ha acreditado una red de corrupción para lavar millones de pesos robados del erario de Coahuila durante el gobierno de Moreira.

En ese contexto, mediante diversas denuncias y llamados a las autoridades responsables de impartir justicia en México, se solicitó por todos los medios dar curso a las investigaciones para fincar las responsabilidades correspondientes, por los delitos y operaciones irregulares, ya acreditadas en otras naciones, en torno a la mega deuda del estado de Coahuila.

No obstante, como ha acontecido desde el año en que se tuvo conocimiento del robo a las arcas del estado, el Poder Ejecutivo Federal y Estatal, así como las correspondientes Procuradurías de justicia, siguen dejando en la impunidad el fraude más grande perpetrado en contra de la población coahuilense, eludiendo la responsabilidad de transparentar el destino de esos recursos; pero sobretodo, de recuperar el dinero robado.

Por el contrario, el gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto volcó al personal diplomático y legal de la embajada de México en España a disposición del ex presidente de su partido, para conocer su situación, atender a su familia y sacarlo de la prisión cuando fue detenido en aquél país.

A diferencia de esto, autoridades de otros países han continuado llevando ante la justicia, a diversos personajes ligados a esa red de corrupción que, durante años, sustrajo dinero de los coahuilenses.

Así, en días recientes, se dio a conocer que el testimonio de dos personas en San Antonio, Texas, volverían a implicar al ex dirigente del PRI en la comisión de diversos delitos.

Por lo anterior, el juez que, en principio conoció de la causa en España, ha reabierto la investigación, dictando un auto para enviar una comisión rogatoria a San Antonio con el fin de interrogar a las dos personas que acusan al ex presidente del PRI, así como una petición de auxilio judicial a México para que se investiguen sus sociedades y se examine la documentación relativa al origen de sus ingresos.

Ello, después de darse a conocer en diversos medios de comunicación que, según las declaraciones de Javier Villarreal Hernández, ex secretario de finanzas de Humberto Moreira durante 2008 y 2010, el ex gobernador se habría apropiado de dinero público, por medio de empresas con las que se sobre facturaban miles de millones de pesos, o se participaba de manera ilegal en supuestas licitaciones de obras públicas, a través de las que obtuvo ilícitamente dinero para él y para fines electorales del partido que dirigía.

De las mismas declaraciones, se ha advertido la participación de otros funcionarios como el actual presidente de la Fundación Colosio, quien siendo secretario de Gobierno en el año 2011 y 2012, habría participado en los citados actos de corrupción. Asimismo, otras personas de confianza del ex gobernador habrían cobrado una comisión por emitir facturas infladas.

Desafortunadamente, a pesar de los nuevos indicios que, en reiteradas ocasiones, han surgido en los juicios llevados en otros países, las autoridades mexicanas tanto federales como estatales continúan siendo cómplices y omisas en investigar el desfalco que, mediante diversos esquemas, llevó a cabo Humberto Moreira siendo titular del ejecutivo del estado de Coahuila.

Frente a la petición de auxilio judicial, hoy el Estado Mexicano tiene la ineludible responsabilidad, tanto en el ámbito federal como en el fuero común, de prestar la más amplia ayuda relacionada con la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos señalados recientemente.

De conformidad con el Código Nacional de Procedimientos Penales, así como con el Tratado de Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de España, la Autoridad Central en materia de asistencia jurídica internacional en nuestro país es la Procuraduría General de la República.

La cual, lamentablemente, ha sido omisa hasta ahora en dar curso a las investigaciones y las diversas denuncias presentadas en contra del ex gobernador, a pesar de existir varias solicitudes para que se designe a un fiscal especial, independiente, con autonomía y solvencia moral para conocer e investigar los hechos.

Por lo anterior, resulta fundamental hacer una vez más un llamado a la Procuraduría, a responder a la satisfacción del interés social y el bien común y actuar con la mayor diligencia para cumplir con la asistencia jurídica requerida.

Así como hacer un llamado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que por medio de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) se investiguen, detecten y reporten las operaciones posiblemente vinculadas con los delitos cometidos por Humberto Moreira mediante sus sociedades.

Por lo anteriormente expuesto, solicitamos a esta soberanía sea aprobado el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría General de la República a prestar la más amplia ayuda relacionada con las investigaciones iniciadas en los países de España y Estados Unidos de Norteamérica, intercambiando la información que contribuya a la procuración de justicia en los procesos seguidos en contra del ex gobernador Humberto Moreira Valdez y demás ex funcionarios del gobierno de Coahuila.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, por conducto de la Unidad de Inteligencia Financiera y la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones, según corresponda, investigue, detecte y reporte, en su caso, a la Autoridad Central, las operaciones posiblemente vinculadas con los delitos cometidos por Humberto Moreira mediante diversas sociedades mercantiles, así como por los demás ex funcionarios que colaboraron durante su administración.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que audite los ejercicios fiscales comprendidos entre los años 2005 y 2011, correspondientes a la gestión de Humberto Moreira Valdez al frente del estado de Coahuila.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de noviembre de 2018.— Diputado Luis Fernando Salazar Fernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



PREVENIR Y ATENDER LA VIOLENCIA INFANTIL Y GARANTIZAR EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a fortalecer los protocolos a fin de prevenir y atender de manera oportuna la violencia infantil y establecer medidas para garantizar el interés superior de la niñez, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de la honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas para que, en el marco de sus atribuciones, fortalezcan los protocolos para prevenir y atender de manera oportuna la violencia infantil y establezcan las medidas necesarias para garantizar el interés superior de la niñez, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 2o., establece que los Estados partes respetarán los derechos enunciados en la Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la de cual sea su condición.

Dicha convención señala que reconocer los derechos del niño, resulta indispensable para su pleno desarrollo, personalidad y armonía, creciendo en el seno de una familia de libertad, igualdad y solidaridad.

Menciona que todos los países deben comprometerse a asegurar al niño la protección y el cuidado que sea necesario para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables.

El Informe Mundial sobre la Violencia contra los niños y niñas, publicado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), señala que una gran proporción de niñas y niños sufren violencia significativa en sus hogares, al respecto, 16 países prohíben el castigo físico a los niños en todos los entornos, dejando una gran mayoría de la población infantil sin protección ni cuidado necesarios para que no sean golpeados y humillados en sus hogares.

En algunos países, no hay sistemas responsables de registrar e investigar a fondo las denuncias de violencia contra los niños y niñas, los más pequeños que sufren violencia carecen de la capacidad de denunciar, por temor a sufrir represalias por parte de los autores o porque la intervención de las autoridades pueda empeorar su situación.

Para dimensionar esta magnitud de esta problemática, cabe mencionar que de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cerca de 215 millones de niños trabajan en el mundo la mayor parte del tiempo completo, lo cual repercute en diversos ámbitos como son el escolar, familiar y esparcimiento. Por si esto no fuera suficiente, los menores afectados no reciben alimentación ni cuidados apropiados, lo cual inhibe su pleno desarrollo.

Cifras de 2015 indican que 5.5 millones de niños de 5 a 17 años eran víctimas de trabajo forzoso, 960 mil eran explotados sexualmente, 3.8 millones sufrían explotación laboral y 709 mil estaban en trabajo forzoso impuesto por el Estado.

Según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre 2000 y 2012 los niños de 5 a 17 años que desempeñaban algún trabajo pasaron de 246 a 168 millones en todo el mundo. Se estima que cerca del 11 por ciento de la población infantil trabajaba en 2012.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), plantea que en América Latina hay una población de más de 190 millones de niños, es una de las regiones más desiguales y con mayores índices de violencia, que afecta principalmente a mujeres, niñas y niños.

La incidencia del trabajo peligroso en los adolescentes de 15 a 17 años es mayor en Nicaragua (34 por ciento), Camboya (30 por ciento), Honduras (27 por ciento) y la Laos (26 por ciento).

Dicho organismo plantea que los principales tipos de violencia, son: el castigo físico, abuso sexual, abandono y la explotación económica. Según estimaciones, cada año más de seis millones de niñas y niños sufren abuso severo en los países de la región de América Latina y más de 800 mil mueren a causa de la violencia doméstica.

En México, de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2015 habitaban 39.2 millones de niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años, es decir, uno de cada tres residentes correspondía a una persona menor de 18 años.

Asimismo, 3.5 por ciento de la población de 6 a 14 años no asistía a la escuela y la tasa de ocupación de 5 a 17 años fue de 8.6 por ciento, que corresponde a 2.5 millones que realizaban alguna actividad económica.

En 2014, según datos de la Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia, cuatro de cada 10 niños y niñas de 12 a 17 años de 47 ciudades de México, eran víctimas de delito o maltrato.

El total de delitos o actos de maltrato contra las niñas, niños y adolescentes de 12 a 17 años supera los 10 millones (10 220 265), lo que representa un promedio de cinco delitos o actos de maltrato por cada niña, niño o adolescente victimizado.

La primera medida jurídica sobre los Derechos del Niño se tomó en 1924 y fue ratificada en la Declaración de los Derechos del Niño en 1959; en la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como en los estatutos de varios organismos y organizaciones internacionales interesados en el bienestar de este sector de la población. Desde el año 1924, se decretó el 30 de abril como “Día del Niño”, cuando el general Álvaro Obregón era presidente de la República y José Vasconcelos ministro de Educación Pública.

En este sentido, los niños alejados de sus familias se convierten en víctimas fáciles de la violencia, explotación, trata, discriminación u otro tipo de maltrato. Los niños están expuestos a las peores formas de trabajo infantil, las cuales se caracterizan por contemplar actividades peligrosas e ilícitas, tales como la esclavitud.

Es fundamental sumar esfuerzos para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes como la alimentación, salud, educación, vestido, vivienda, respeto e identidad.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas para que, en el marco de sus atribuciones, fortalezcan los protocolos para prevenir y atender de manera oportuna la violencia infantil y establezcan las medidas necesarias para garantizar el interés superior de la niñez.

Notas

1 www.unicef.org/argentina/spanish/7.-Convencionsobrelosderechos.pdf

2 www.unicef.org/lac/Informe_Mundial_Sobre_Violencia_1(1).pdf

3 http://www.un.org/es/events/childlabourday/background.shtml

4 http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—-ed_norm/—-ipec/documents/ ublication/wcms_221514.pdf

5 https://www.unicef.org/lac/(1).pdf

6 https://www.unicef.org/lac/hoja1(1).pdf

7 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2016/ni%C3%B1o2016_0.pdf

8 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2017/ni%C3%B1o2017_Nal.pdf

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día 22 de noviembre del año 2018.— (Rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.



SE CONSIDEREN LAS IRREGULARIDADES EN QUE INCURRIÓ EL GOBIERNO DE JAVIER DUARTE Y SU REPERCUSIÓN EN LAS CUENTAS PÚBLICAS MUNICIPALES 2017 DE VERACRUZ

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía y la ASF a considerar las irregularidades en que incurrió el gobierno de Javier Duarte de Ochoa en Veracruz y su repercusión en las cuentas públicas municipales de 2017, a cargo del diputado Bonifacio Aguilar Linda, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado federal, Bonifacio Aguilar Linda, integrante del Grupo Parlamentario de Morena representado en esta LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de ésta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El artículo 74 constitucional, fracción VI, establece como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados revisar la Cuenta Pública del año anterior con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar que se ha ajustado a los criterios señalados en el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos de los programas, esta revisión se realiza a través de la Auditoría Superior de la Federación, ente regulado en el artículo 79 de la Carta Magna.

La fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública; del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, con excepción de las participaciones federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

En el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017 se incluyeron auditorías de cumplimiento financiero con enfoque de desempeño a diecisiete ayuntamientos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave referentes a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal del Ramo 33 Aportaciones Federales, en los pliegos de observaciones derivados de estas auditorías se señaló de manera general que “Se presume un daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por determinado monto (varía respecto a cada uno de los municipios), más los rendimientos financieros generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal 2017 o en su caso a la Tesorería de la Federación, conforme a lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, por destinar recursos del fondo del ejercicio fiscal de 2017 para el pago de obras públicas concluidas físicamente y con adeudos totales o parciales del FISMDF correspondientes al ejercicio fiscal de 2016.”

Sin embargo, los hechos antes señalados por los cuales se les imputa a los entes fiscalizados daños y/o perjuicios a la hacienda pública federal son responsabilidad directa del Ejecutivo estatal que se encontraba a cargo de Javier Duarte de Ochoa y de la LXIV Legislatura del Congreso del estado; lo anterior tiene su fundamento en que los municipios auditados al cierre del ejercicio 2016 tenían pendientes de recibir en conjunto recursos por 357 millones 982 mil 736.63 pesos (trescientos cincuenta y siete millones novecientos ochenta y dos mil setecientos treinta y seis pesos 63/100 moneda nacional) correspondientes al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal del Ejercicio 2016 como se señala en el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 emitido por el Órgano de Fiscalización Superior del estado de Veracruz, desglosados de la siguiente manera:

Dichos recursos estaban contemplados por los municipios para realizar diversas obras a lo largo del ejercicio fiscal 2016, las cuales fueron licitadas y adjudicadas a diversos contratistas que ejecutaron los trabajos establecidos en los contratos de obra pública que cada ente fiscalizado celebró con particulares, sin embargo, a finales del ejercicio fiscal los trabajos estaban finalizados, pero el pago a los contratistas y sus respectivos trabajadores quedó pendiente, dejando en estado de indefensión no sólo a los presidentes municipales responsables de estas obras, sino más preocupante aún a los trabajadores de la construcción y sus familias.

Ante tal panorama, el 17 de marzo de 2017 se publicó en el Gaceta Oficial el Acuerdo de la LXIV Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave que establece “se autoriza a los 212 ayuntamientos del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que así lo determinen, a disponer de recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, Ejercicio 2017, para pagar obras programadas con recursos del mismo Fondo, correspondientes al año 2016”.

Derivado de lo anterior, a los ayuntamientos que cumplieron con las disposiciones señaladas en dicho Acuerdo se les hizo entrega de los recursos adeudados en el Ejercicio Fiscal de 2016 para pagar las obras ejecutadas a cargo del FISMDF pero con adeudos durante el Ejercicio Fiscal de 2017, entre los ayuntamientos que recibieron estos recursos se encuentran los diecisiete ayuntamientos auditados.

A pesar de que esta acción fue autorizada por el Congreso del Estado, en la cédula de resultados finales “la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) mediante oficio 614.DGDR/206/2017 de fecha 5 de julio de 2017, indicó que de acuerdo a los numerales 1.4 y 1.5 de los Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social únicamente la Sedesol interpretará los Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, por lo que en su opinión, el Congreso del estado no tiene facultades para regular el manejo presupuestal de los recursos, ni para interpretar su aplicación a los fines específicos que mandata la Ley de Coordinación Fiscal, por lo anterior dichos pagos no son procedentes”.

Lo anteriormente señalado pone entredicho la legalidad de las acciones autorizadas por la LXIV Legislatura del Congreso de la entidad y deja en estado de indefensión a diecisiete ayuntamientos auditados señalados como probables responsables de un daño y o perjuicio a la hacienda pública federal, sin tomar en cuenta que fue el mal manejo y la ineficiencia de Javier Duarte de Ochoa y su gobierno lo que originó estos hechos, por lo tanto no se puede señalar como responsable a los gobiernos municipales de las actuaciones, omisiones e irresponsabilidades del Gobierno Estatal que generó un daño y perjuicio no sólo a la Hacienda Pública Federal, sino a todo el Estado de Veracruz.

Por lo anterior, deben ser considerados estos hechos y situaciones particulares al momento de emitir y analizar los resultados de las auditorías practicadas y señalar a cualquier ente fiscalizado como probables responsables de cualquier daño y o perjuicio a la hacienda pública federal.

Ante lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a considerar, durante el estudio, análisis y dictamen de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2017, las irregularidades en que incurrió el gobierno de Javier Duarte de Ochoa respecto a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal Ejercicios 2016 y 2017.

Segundo. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a considerar las irregularidades en que incurrió el gobierno de Javier Duarte de Ochoa y su repercusión en las Cuentas Públicas Municipales del Ejercicio Fiscal 2017 del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave al momento de emitir los informes individuales de auditoría y el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017 respecto a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Bonifacio Aguilar Linda (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



SE GARANTICEN LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES QUE HAYAN ADQUIRIDO BOLETOS DE AVIÓN Y TENGAN PROBLEMAS CON LA ATENCIÓN DE LAS AEROLÍNEAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Profeco a ampliar los operativos de supervisión a fin de garantizar los derechos de los consumidores que adquirieron boletos de avión y tienen problemas con la atención de las aerolíneas, a cargo del diputado Ernesto Javier Nemer Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe Ernesto Javier Nemer Álvarez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor a ampliar los operativos de supervisión a fin de garantizar los derechos de todos aquellos consumidores que hayan adquirido boletos de avión y por alguna circunstancia tengan problemas con la atención que les presten las aerolíneas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), en 2017 volaron 4 mil 81 millones de pasajeros, la aviación dio trabajo directo a 2.7 millones de personas y se gastaron en transporte aéreo 861 mil millones de dólares, equivalentes a 1 por ciento del producto interno bruto (PBI) mundial.

En México, la Dirección General de Aeronáutica Civil a través del informe Aviación mexicana en cifras, reveló que tan sólo en 2017 los pasajeros transportados por vía aérea marcaron un máximo histórico por sexto año consecutivo, al llegar a 90.4 millones de pasajeros.

Asimismo, los pasajeros transportados por vía aérea en servicio doméstico regular superaron los 45 millones, lo que representó por sexto año consecutivo un máximo histórico. Mientras que los pasajeros transportados por vía aérea en servicio regular internacional superaron los 44 millones.

En los últimos cinco, años el transporte de pasajeros creció 59.3 por ciento, un promedio de 9.8 por ciento anual. Las tasas anuales de crecimiento del transporte de pasajeros en el quinquenio 2013-2017, son las más altas de los últimos 25 años. Se estima que las diez rutas domésticas regulares más transitadas movilizan a 44 por ciento del total de pasajeros y muestran el posicionamiento de los tres principales aeropuertos del país.

Conforme a la Encuesta Nacional de Gasto Turístico en los Hogares 2013, el principal medio de transporte utilizado en los viajes de pernocta es el automóvil, 41.3 por ciento; seguido del autobús foráneo, 39.8 por ciento; estos transportes son utilizados por 8 de cada 10 personas de los hogares que viajan. Asimismo, 1 de cada 10 viaja en avión, el resto utiliza otros medios de transporte como el tren, el transbordador u otros.

El sistema aeroportuario consta de 77 aeropuertos, 64 de ellos internacionales. En 2017 el personal empleado por las aerolíneas nacionales ascendió a 24 mil 319. El número de pilotos y sobrecargos contratados es el más alto de los últimos 20 años.

No obstante, el año pasado las aerolíneas nacionales tuvieron 18 mil 911 reclamos por sobreventa de boletos, lo que se traduce a que por día alrededor de 52 pasajeros sufren algún retraso o pierden sus vuelos por este problema.

Según los registros, el total de ocasiones en que un pasajero con reservación confirmada no aborda el vuelo programado de manera voluntaria o involuntaria, es debido a la sobreventa del vuelo.

La Ley de Aviación Civil establece en su artículo 52 que cuando se hayan expedido boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave y se tenga por consecuencia la denegación del embarque, el propio concesionario o permisionario, a elección del pasajero, deberá:

I. Reintegrarle el precio del boleto o billete de pasaje o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje;

II. Ofrecerle, con todos los medios a su alcance, transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo, los servicios de comunicación telefónica o cablegráfica al punto de destino; alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto, o

III. Transportarle en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual se denegó el embarque.

Es importante destacar que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reparte trípticos en los principales aeropuertos del país con los derechos de las personas al viajar en el avión, donde se especifica que en todos los vuelos las aerolíneas deben informar los términos y condiciones aplicables al momento de comprar un boleto, así como las políticas de compensación.

La Ley Federal de Protección al Consumidor establece a la letra que “El objeto de esta ley es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.”

Ante este panorama, es imprescindible salvaguardar los intereses de los consumidores, ya que no solamente se pone en riego su economía, sino también las actividades a realizar, que puede ir desde el ámbito laboral hasta aquellas relacionadas con una estancia vacacional.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor para ampliar los operativos de supervisión a fin de garantizar los derechos de todos aquellos consumidores que hayan adquirido boletos de avión y por alguna circunstancia tengan problemas con la atención que les presten las aerolíneas.

Notas

1 https://www.gacetaeronautica.com/gaceta/wp-101/?p=27011

2 http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAC-archivo/modulo5/amc-2017 -i.pdf

3 https://www.jornada.com.mx/2018/11/20/sociedad/033n1soc

4 http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAC-archivo/modulo2/ ley-aviacivil-26062017.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Ernesto Javier Nemer Álvarez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



HOMOLOGAR Y ARMONIZAR LA TIPIFICACIÓN DEL DELITO DE FEMINICIDIO EN LOS CÓDIGOS PENALES ESTATALES, DE ACUERDO CON EL CÓDIGO PENAL FEDERAL VIGENTE

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los 32 congresos locales a homologar y armonizar en los respectivos códigos penales la tipificación del delito de feminicidio con la del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Beatriz Rojas Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Beatriz Rojas Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 76, fracción IV; 79, fracciones II y III y numeral 2 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo con carácter de urgente u obvia resolución, al tenor de los siguientes

Considerandos

En México asesinan por razones de género a 9 mujeres cada día (geofísica María Salguero, Mapa del feminicidio México).

En palabras de la doctor Marcela Lagarde antropóloga-feminista que acuñó el concepto de feminicidio y lo incorporó a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. “La violencia feminicida es el extremo, la culminación de múltiples formas de violencia de género hacia las mujeres, que atentan contra sus derechos humanos y las conducen a variadas formas de muerte violenta, y son toleradas por la sociedad y el Estado”.

El artículo 21 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define la Violencia feminicida como “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres”.

Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad, plataforma Connectas y el Centro Internacional para Periodistas con el trabajo e investigación de Valeria Durán exponen una importante y sustentada indagación sobre feminicidio en México, y como resultado se obtiene que “más de 10 mil mujeres han sido asesinadas en México desde 2012, pero menos del 20 por ciento de estos casos han sido juzgados como feminicidios; así más de 7 mil mujeres que fueron envenenadas, quemadas, violadas, descuartizadas y golpeadas hasta morir, quedaron fuera de las cifras oficiales de feminicidio.”

Vacíos legales y la falta de armonización en el concepto legal de violencia de género, así como el nulo conocimiento de perspectiva de género, han permitido que solo menos del 20 por ciento de los asesinatos violentos contra mujeres sean reconocidos como feminicidios.

Solicitando a cada una de las procuradurías y fiscalías de los 32 estados, el número de homicidios dolosos violentos contra mujeres, especificando la causa de la muerte, así como si los cuerpos tenían rastros de violencia sexual, mutilaciones y quemaduras. Las autoridades estatales reportaron que de enero de 2012 a junio de 2016 habían sido asesinadas en forma violenta en todo el país 9 mil 581 mujeres, pero sólo mil 887 de esos crímenes fueron tipificados como feminicidios, que equivalen solo al 19 por ciento. Además, con esta información de cada estado, se identificó que algunas procuradurías o fiscalías tienen un subregistro de homicidios de mujeres; es decir, reportaron menos crímenes de los que en realidad ocurrieron.

Tan sólo entre 2012 y 2015, las Procuradurías estatales reportaron al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) 10 mil 203 homicidios de mujeres en todo el país, mientras que, en la información entregada a la investigación, las mismas autoridades en el mismo periodo informaron 8 mil 555 asesinatos. Es decir, reportaron mil 648 homicidios menos. No importa la saña con la cual hayan perpetrado esos crímenes. Las procuradurías y fiscalías en México sólo han juzgado como feminicidios a 1 de cada 5 asesinatos de mujeres.

El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio apunta que la mayoría de las mujeres en México han sido asesinadas de manera brutal: golpes, estrangulamientos, asfixia, quemaduras, envenenamientos y heridas y las víctimas fueron encontradas en espacios públicos como: carreteras, terrenos baldíos, hoteles, bares, hospitales, restaurantes, entre otros, evidenciando el nivel de inseguridad que viven las mujeres en todos los espacios. Entre 2014 y 2017 unas 8.904 mujeres han sido asesinadas en México, sin embargo, solo menos del 20 por ciento de los casos fue investigado bajo los protocolos del feminicidio.

El propio secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública documentó que de 2015 al 2017, fueron asesinadas 8 mil 190 mujeres en todo el país, y las autoridades judiciales solo investigaron mil 640 como feminicidio, es decir apenas el 20 por ciento, esto deja ver que existe una omisión por parte de las autoridades para realizar acciones urgentes y efectivas.

Esta alarmante situación de violencia feminicida en nuestro país ha preocupado a la ONU, y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), adscrito al organismo internacional, en su más reciente reporte (25 de julio de 2018) indica que México requieren adoptar medidas “urgentes” para prevenir, investigar y juzgar las muertes violentas y desapariciones de mujeres, este informe pone a la luz que las mujeres y niñas mexicanas siguen siendo blancos de la inseguridad y violencia en todos los ámbitos y zonas geográficas del país. Al comité le preocupan los patrones persistentes de violencia de género generalizada contra mujeres y niñas, en particular el feminicidio”. Y pide al Gobierno de México convertir en una cuestión prioritaria que se investigue y enjuicie como corresponde a los asesinos de mujeres y garantice el acceso a la justicia de las víctimas. Entre las recomendaciones precisas de este órgano esta la tipificación del feminicidio como delito en todos los estados mexicanos:

– CEDAW, Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Reporte, 25 de julio de 2018;

El Comité recuerda y recomienda en cuanto a violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la recomendación general número 19, y reitera su recomendación al Estado parte de que:

a) Adopte medidas de carácter urgente para prevenir las muertes violentas, los asesinatos y las desapariciones forzadas de mujeres, en particular combatiendo las causas profundas de esos actos, como la violencia armada, la delincuencia organizada, el tráfico de estupefacientes, los estereotipos discriminatorios, la pobreza y la marginación de las mujeres;

b) Investigue, enjuicie y sancione como corresponda a los responsables, incluidos los agentes estatales y no estatales, como cuestión prioritaria;

c) Vele por que se tipifique como delito el feminicidio en todos los códigos penales estatales de conformidad con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, normalice los protocolos de investigación policial del feminicidio en todo el Estado parte y garantice la aplicación efectiva de las disposiciones del derecho penal sobre el feminicidio;

Los huecos o lagunas en la legislación y sistemas judiciales en México han provocado que, durante los últimos cuatro años, los responsables de asesinar violentamente y por razones de género a miles de mujeres, no siempre son procesados y castigados en prisión por feminicidio.

Una de las causantes que impiden el acceso a la justicia de las víctimas de feminicidio es que en nuestro país no existe uniformidad en lo que se entiende por feminicidio.

El Código Penal Federal establece siete circunstancias clave que indican la tipificación de un feminicidio: los signos de violencia sexual, las lesiones o mutilaciones, los antecedentes de violencia, que hayan existido una relación entre la víctima y el victimario, las amenazas o agresiones previas al asesinato, que la víctima haya sido incomunicada y que el cuerpo haya sido expuesto o exhibido en un lugar público:

Capítulo V
Feminicidio

Artículo 325. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.

Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.

Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En la actualidad solo 19 entidades federativas en México cuentan con un tipo penal que cumple total o parcialmente con las características para poder acreditar el delito (privar de la vida a una mujer por razones de género). Los estados son Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas.

Las 13 entidades que no cuentan con un tipo penal adecuado son Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Michoacán, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Tlaxcala y Yucatán. Todas —a excepción de Chihuahua, que incluyó una conducta típica específica hasta 2017, sin reconocer hasta la fecha el término “feminicidio” en su Código Penal— han hecho una o dos reformas sin que esto implique una mejora en la tipificación del feminicidio, alerta el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio.

Pero solamente 11 de las 32 entidades, es decir, apenas una tercera parte de los estados del país han armonizado completamente sus legislaciones locales con el Código Penal Federal: Coahuila, Chiapas, estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Sonora, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

A manera de ejemplo, resalta que; en el Estado de México, Morelos y Veracruz, las penas por este delito van de los 30 hasta los 70 años de prisión.

En contraste, con menos severas en Yucatán, de 30 a 40 años a quien cometa feminicidio, y la de Jalisco, de 24 a 45 años.

La armonización y homologación de los 32 estados de la república respecto a feminicidio de acuerdo al Código Penal Federal, es solo una de las acciones necesarias para contrarrestar la grave y alarmante situación de violencia feminicida que actualmente vivimos, y es indispensable pues juzgar la muerte violenta de mujeres, como homicidio común, deriva en impunidad.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de poderes y a la soberanía de las entidades federativas, exhorta a los Congresos locales de las 32 entidades federativas a homologar y, en su caso, armonizar la tipificación del delito de feminicidio en sus Códigos Penales Estatales, de acuerdo con la descripción típica establecida en el Código Penal Federal vigente.

Referencias:

CEDAW, Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Reporte, 25 de julio de 2018.

Connectas, Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad.

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputada Beatriz Rojas Martínez(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



PROMOCIÓN DEL SECTOR TURÍSTICO EN VERACRUZ

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sectur a impulsar políticas públicas para promover el sector turístico en Veracruz, a cargo de la diputada Lizeth Amayrani Guerra Méndez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Lizeth Amayrani Guerra Méndez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente:

Exposición de Motivos

México siempre se ha caracterizado por su turismo cultural, el cual es definido por la Secretaría de Turismo como el viaje turístico motivado por conocer, comprender y disfrutar diversos rasgos y elementos distintivos que caracterizan a una sociedad o grupo social de un destino específico.

El turismo se caracteriza por el conjunto de actividades que se relacionen con conocer o gozar de sectores geográficos en donde no se vive permanentemente, además tiene distintas variantes como: turismo cultural, de aventura, de entretenimiento, de relajación que a su vez van dirigidas a múltiples sectores de población; jóvenes, familias, tercera edad, parejas, amigos, etcétera.

El turismo ha ido creciendo a lo largo de los años, y para países en vía de desarrollo como México es muy importante enfocar dicha actividad para acrecentar el porcentaje de desarrollo y así aprovechar económica y socialmente los beneficios que traería consigo.

El pasado agosto, la Organización Mundial del Turismo (OMT) dio a conocer las cifras del ranking mundial respecto al arribo de turistas internacionales, y de captación de divisas correspondiente a la actividad turística de 2017.

El documento Panorama OMT del Turismo Internacional 2018 confirma que México ascendió dos lugares, al pasar del octavo lugar en 2016, con 35.1 millones de turistas internacionales, al sexto sitio con 39.3 millones en 2017. Por arriba de Reino Unido, Turquía, Alemania y Tailandia.

De acuerdo con el Consejo de Promoción Turística, el turismo para la economía mexicana es una fuente de gran importancia, en virtud de que sus beneficios no sólo se muestran ser una industria generadora de empleos y en ser una actividad detonadora del desarrollo local y regional, sino que además es factor de difusión de atractivos culturales y naturales.

El turismo en México crece por arriba de la economía mundial, la actividad turística en México aporta casi el doble de lo que en promedio contribuye a las economías de la OCDE. Mientras en el país aporta aproximadamente el 8.7 por ciento del PIB, para el conjunto de economías del organismo representa en promedio 4.9 por ciento.

Asimismo, en México el sector provee 2.3 millones de empleos de tiempo completo, equivalentes a 5.9 por ciento del empleo y 79.9 por ciento de las exportaciones de servicios, más que el 22 por ciento que en promedio representa para los países de la OCDE, señala el reporte OCDE Tendencias del Turismo y Políticas 2018.

Sabemos que el turismo es importante porque es una manera de reactivar la economía en regiones específicas. Es así como todos los países del mundo usan el turismo para generar empleos, hacer crecer la infraestructura, creación de nuevos negocios ya sean restaurantes y hoteles, servicios como el transporte aéreo, marítimo o terrestre.

Derivado de lo anteriormente expuesto y en representación del estado de Veracruz, desde este Congreso es trascendental activar el desarrollo turístico en el estado. Actualmente, varias localidades han mejorado su imagen y, por ende, se han propiciado mejores condiciones de vida para la población que recibe a los visitantes, generándose fuentes de empleo, mayor desarrollo social y mejora en la infraestructura municipal. Es así como Veracruz se posiciona en el séptimo lugar en ocupación hotelera a nivel nacional, por lo que es importante dar mayor impulso al turismo en el estado.

Veracruz cuenta con una increíble riqueza también natural como histórica. Los climas variados entre montañas y playas, una gran gama completa de ecosistemas y zonas costeras para los diversos gustos, permiten al visitante experimentar una estancia única, completamente adaptable a sus preferencias. El turista puede programar su viaje a Veracruz, escogiendo entre playas, aventuras, deportes acuáticos como terrestres, ciudades en estilos arquitectónicos de época y modernos, parques, monumentos y museos históricos, culturas precolombinas, pueblos mágicos y culturas indígenas todavía existentes.

Veracruz es un lugar turístico que pueden disfrutar los visitantes nacionales e internacionales; tiene gastronomía, costumbres y tradiciones, fraternidad, calidad y calidez humana, entre otros aspectos que mostrar. Cuenta con infraestructura hotelera y restaurante para albergar a los turistas que deseen visitar esta entidad, es un estado pleno de historia, tradiciones y de una gran riqueza cultural. En lo que a turismo se refiere, el estado se divide en siete regiones.

1. Región Huasteca. Es una amplia región que se encuentra en el noreste de Veracruz. Tuxpan es la puerta de la Huasteca veracruzana; Chicontepec, pueblo de montaña conocido como El Balcón de la Huasteca; Álamo Temapache, municipio eminentemente citrícola; Castillo de Teayo, en la Huasteca Baja, sobrevive en el tiempo el Castillo de Teayo; Pánuco. En las llanuras de la Huasteca Alta, al extremo norte, se localiza una de las poblaciones más antiguas del golfo, Tamiahua, la laguna de Tamiahua es un bello sitio donde tienen su morada diferentes especies de aves y mamíferos; Tempoal, una de las fechas que más se esperan en el municipio es cuando se celebra la fiesta de Xantolo, del 31 de octubre al 3 de noviembre.

2. Región Totonaca. Cuenta con un gran patrimonio arqueológico y riquezas culturales. Actividades de turismo de aventura y de naturaleza; Poza Rica, se le conoce así a este municipio debido a que en el lugar existía un remanso con abundancia de peces; Tecolutla fue una población prehispánica totonaca localizada al margen del río Tecolutla; Cazones, barra de Cazones, es una zona con tranquilas playas como Boquitas, Azul, Sur y Chaparrales.

3. Región Cultura y Aventura. Un viaje de encuentro con la historia y la naturaleza que empieza en Xalapa, la capital veracruzana, y que sigue por los pueblos típicos; Xalapa, un viaje de encuentro con la historia y la naturaleza; Coatepec, Pueblo Mágico por su encanto, armonía y misticismo; Xico, pueblo con encanto, joya de Veracruz, inmerso en el bosque de niebla; Perote, ubicado hacia el bosque de niebla, casi en los límites con el estado de Puebla; Jalcomulco, rodeado de exuberante belleza natural, donde usted podrá realizar actividades de aventura y deportivas; Actopan, dentro de un entorno tropical y de abundante naturaleza; Naolinco, famoso por su fiesta de Todos los Santos.

4. Región Altas Montañas. Es un lugar donde las sierras dan cobijo a valles llenos de vida; Orizaba se fundó en la época de la Colonia sobre un antiguo asentamiento indígena; Fortín, población pionera en floricultura desde el siglo XIX; Zongolica, espléndidos paisajes constituyen un paraíso natural; Yanga surge a raíz del movimiento emancipador del caudillo africano Yanga a principios del siglo XVII; Coscomatepec, pueblo legendario y artesanal de talabartería y lana; Huatusco, los arroyos y arquitectura histórica son el atractivo de esta hermosa población.

5. Región Primeros Pasos de Cortés. Considerado como la Puerta de América, debido a Hernán Cortés; Veracruz es un lugar de historia viva y por tradición; Boca del Río, lugar bello, moderno, turístico, ideal para el placer y la aventura; Alvarado, el puente sobre la desembocadura del río Papaloapan y el puerto son sitios de relevancia; La Antigua, lugar donde se plasmaron las primeras miradas del viejo continente; Úrsulo Galván. Cempoala, sede de la cultura totonaca; Tlacotalpan, Patrimonio Cultural de la Humanidad por la Unesco.

6. Región Los Tuxtlas. Su herencia colonial, sus ricas tradiciones y su irresistible gastronomía; San Andrés, municipio con hermosas playas como Playa Escondida, Montepío, Playa Hermosa, Arroyo de Lisa, Costa de Oro y Dos de Abril; Santiago Tuxtla, fundada en 1525, cuando Hernán Cortés estableció ahí uno de los primeros ingenios de azúcar de la Nueva España; Catemaco significa “Lugar de las Casas Quemadas” en náhuatl.

7. Región Olmeca. Cuna de la civilización más antigua de Mesoamérica; Minatitlán, ciudad petrolera más antigua del sureste de México; Texistepec, lugar de restos arqueológicos y antigua capital de la cultura olmeca.

Como podemos observar, Veracruz cuenta con una belleza arquitectónica, histórica, cultural y gastronómica, así mismo cuenta con seis Pueblos Mágicos, lo que hace más grande su atractivo y uno de los principales destinos turísticos del país.

Por lo anterior y desde una perspectiva estratégica, debemos aprovechar todo el potencial turístico para lograr una mayor promoción contribuyendo así al desarrollo y crecimiento del sector turístico con el objetivo de incrementar la economía nacional.

Por ello se propone que esta soberanía haga un llamado a la Secretaría de Turismo del gobierno federal para que, a través del Consejo de Promoción Turística de México, se fomente la promoción turística de Veracruz, a fin de seguir potencializando el desarrollo de la región y en beneficio de la economía del estado.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Turismo para que, a través del Consejo de Promoción Turística, en coordinación con el gobierno del estado impulse políticas públicas para la promoción y el desarrollo del sector turístico en el estado de Veracruz.

Notas

i Turismo Cultural, Secretaría de Turismo

http://www.sectur.gob.mx/hashtag/2015/05/14/turismo-cultural/

ii México, Sexto Lugar del ranking Mundial en arribo de turistas internacionales, confirma OMT

https://www.gob.mx/sectur/prensa/mexico-sexto-lugar-del-ranking-mundial- en-arribo-de-turistas-internacionales-confirma-omt

iii Turismo en México crece por arriba de la economía mundial: OCDE

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/turismo-en-mexico-crece-por-por- arriba-de-la-economia-mundial-ocde

iv Veracruz Turismo

http://www.veracruzturismo.com.mx/

v Secretaría de Turismo y Cultura, Regiones Turísticas

http://www.veracruz.gob.mx/turismo/regiones-turisticas/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputada Lizeth Amayrani Guerra Méndez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen.



ATENDER LA CRISIS HUMANITARIA QUE SE VIVE EN GUERRERO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Ejecutivos federal y de Guerrero a atender la crisis humanitaria de la entidad, a cargo del diputado Rubén Cayetano García, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, Rubén Cayetano García, diputado del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo que exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, y al del estado de Guerrero, Héctor Astudillo Flores, para atender la crisis humanitaria que se vive en Guerrero, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Guerrero vive en estos tiempos una crisis humanitaria de dimensiones incalculables, misma que intentó ser disimulada por las autoridades locales para evitar que trascendiera al ámbito nacional y que, cuando ya no pudo, el gobernador de Guerrero, Héctor Astudillo Flores, dijo que era un asunto de la federación.

No hay intención de iniciar un debate político sobre los padecimientos de mi estado, sino exponer en el ámbito de esta representación popular, ante uno de los Poderes de la Unión, una realidad que es oprobiosa y cruel.

Todos sabemos lo que representa Guerrero en la historia de la forja nacional. No obstante, un gran aporte histórico en la lucha progresista del país, luego de las tres grandes transformaciones que nos preceden, con el debido respeto a todos los habitantes, Guerrero se ha ido rezagando en cada una de ellas, Guerrero es, sin ser auto peyorativo, ni buscar una victimización, el patito feo de la federación.

Ha sido recurrente que luego de cada lucha transformadora, el resto del país alcanza avances que en Guerrero son retrocesos, donde a pesar del Congreso de Anáhuac y la consumación de la independencia por parte de Vicente Guerrero Saldaña, el más grande prócer, a nosotros se nos enquistaron cacicazgos terratenientes, que ni la reforma, ni la revolución lograron erradicar. Por eso Guerrero “antiguas castas” aún detentan el poder político y económico.

Y es que los guerrerenses han demostrado a lo largo de la historia que son ideológicamente indoblegables, por su pensamiento y actuar cuando de patria y dignidad hablamos, he aquí la litis histórica del guerrerense de a pie contra el poder político detentado desde siempre por los viejos cacicazgos, éstos que echan mano de lo que esté a su alcance para acallar y sosegar las voces y libre pensamiento que exponen los males que nos aquejan.

Los políticos en Guerrero sólo han sido una caterva de traidores al pueblo, pueblo de resolución enérgica y firme que, ante el abandono y la pobreza, por todas las vías, busca hacerse justicia, justicia.

Lo anterior es lo que ha roto el pacto social en Guerrero, una y otra vez. Por eso hoy, luego de Lucio Cabañas, Genaro Vázquez, El Charco, Aguas Blancas, Ayotzinapa, entre otros botones de dignidad y oprobio a la vez, entramos en una nueva fase de agravios, además de los asesinatos a plena luz del día, feminicidios, desaparecidos, extorsionados, etcétera, etcétera; la realidad de los desplazados, los nuevos perseguidos y olvidados en Guerrero.

Son personas, familias completas, mujeres, adultos mayores, hombres, niñas y niños, que tienen que irse de sus casas, de sus pueblos, hacia otras comunidades y municipios para ponerse a salvo, para evitar sufrir los estragos de la violencia, lo mismo se van de Zitlala o Chilapa, que de San Miguel Totolapan o Teloloapan, para refugiarse en Tecpan de Galeana, Chichihualco o cualquier lugar que les dé seguridad.

Los desplazados carecen de viviendas, sus hijos no van a la escuela, no tienen acceso a la salud e incluso son discriminados porque “quién sabe que habrán hecho” o “por algo los corrieron de sus pueblos”, es decir, que encima del sufrimiento que llevan a cuestas y de la indolencia de las autoridades gubernamentales, son socialmente rechazados.

Es injusto que ante la atención que llamó la caravana de migrantes de hermanos centroamericanos, aquí mismo, en nuestro país, una cantidad de guerrerenses probablemente superior a dichos migrantes son desplazados de manera forzada de sus domicilios y lugares de trabajo, sin ninguna alternativa.

Por si fuera poco, en el Código Penal no existe un ilícito que tipifique la conducta que genere esta migración forzada, consecuentemente la ley no les tutela una reparación del daño, están en el limbo jurídico y en completo abandono e indiferencia legal.

No existe un censo oficial que nos indique cuántas personas y familias han sido desplazadas en Guerrero, tampoco sabemos sus nombres, de qué comunidades se han ido y a qué comunidades han llegado, ni qué medidas de carácter social, seguridad pública y justicia se han tomado de manera oficial. Se calcula, entre ellos mismos, que son más de 6 mil.

La semana pasada, una caravana de desplazados que intentaba regresar a la comunidad Campo de Aviación, del municipio de Leonardo Bravo, ubicado en la sierra de Guerrero, fue atacada a balazos e impidiendo el retorno de personas. Horas más tarde en la comunidad San Juan Tenería, municipio de Taxco de Alarcón, un comando asesinó a tres policías y a un voluntario de la Cruz Roja Mexicana, lo que ha causado la indignación y repudio internacional, actos que se suman a la vorágine de violencia que se vive en esta entidad suriana de México.

Considerandos

Los párrafos primero y tercero del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecen que: “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni su suspenderse, salvo en los casos y bajo en las condiciones que esta constitución establece.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.

En términos de este imperativo constitucional, es que resulta de urgente y obvia resolución solicitar al titular del Poder Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, y al titular del Poder Ejecutivo del estado de Guerrero, Héctor Astudillo Flores, en el ámbito de sus atribuciones y mandato constitucional, que atiendan la crisis humanitaria y decreten todas las medidas para tutelar la seguridad personal, seguridad jurídica y social de todas las personas que tengan el carácter de desplazados en el estado de Guerrero, debiendo para ello realizar un censo con los nombres y apellidos de dichas personas, incluidos niñas y niños, estableciendo además en el citado censo cuales son las comunidades de origen y en las que radican actualmente con motivo del desplazamiento forzado.

De igual manera, proveer a las y los desplazados en Guerrero, de todas las medidas pertinentes a efecto de garantizar a las niñas, niños y jóvenes que enfrenten esta realidad, el acceso a educación, salud, vivienda, vestido y alimentación.

Por lo antes descrito someto a consideración, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, en el ámbito de sus atribuciones y mandato constitucional, a que atienda la crisis humanitaria y decrete todas las medidas para tutelar la seguridad personal, seguridad jurídica y social de todas las personas que tengan el carácter de desplazados en el estado de Guerrero, debiendo para ello realizar un censo con los nombres y apellidos incluidos niñas y niños, de dichas personas, estableciendo además en el citado censo cuales son las comunidades de origen y en las que radican actualmente con motivo de tal desplazamiento forzado.

De igual manera proveer a las y los desplazados en Guerrero de todas las medidas pertinentes, a efecto de garantizar, incluidas niñas, niños y jóvenes que enfrenten esta realidad, el acceso a educación, salud, vivienda, vestido y alimentación.

Segundo. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo de Guerrero, Héctor Astudillo Flores, en el ámbito de sus atribuciones y mandato constitucional, a que atienda la crisis humanitaria y decrete todas las medidas para tutelar la seguridad personal, seguridad jurídica y social de todas las personas que tengan el carácter de desplazados en el estado de Guerrero, debiendo para ello realizar un censo con los nombres y apellidos incluidos niñas y niños, de dichas personas, estableciendo además en el citado censo cuáles son las comunidades de origen y en las que radican actualmente con motivo de tal desplazamiento forzado.

De igual manera, proveer a las y los desplazados en Guerrero de todas las medidas pertinentes, a efecto de garantizar, incluidas niñas, niños y jóvenes que enfrenten esta realidad, el acceso a educación, salud, vivienda, vestido y alimentación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Rubén Cayetano García(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



SE PROCEDA CON LA DOTACIÓN DE 280 HECTÁREAS AL EJIDO SAN ISIDRO, DE VENUSTIANO CARRANZA, JALISCO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedatu a proceder con la dotación de 280 hectáreas al ejido San Isidro, de Venustiano Carranza, hoy San Gabriel, Jalisco, a cargo de la diputada Ana María Rodríguez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Ana María Rodríguez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II y 2 fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano que proceda a la dotación de 280 hectáreas al ejido San Isidro, municipio de Venustiano Carranza, hoy San Gabriel, del estado de Jalisco, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los asuntos del rezago agrario en las zonas ejidales es una constante a nivel nacional, que ha afectado a miles de ejidatarios y familias rurales, que no han sido dotados de las tierras, legalmente otorgadas por el Poder Ejecutivo; a partir de la reforma agraria de los años noventa, se ordenó terminar con el rezago agrario que en ese momento existía, pero de debido a razones políticas y de intereses de los grupos locales, estos fueron pospuestos, y no se les ha dado cumplimiento, lo que ha contravenido la normatividad agraria, y ha afectado la dotación de terrenos a los ejidatarios derechosos de esos predios.

Tal es el caso del combativo ejido San Isidro, municipio de Venustiano Carranza, del estado de Jalisco, a los que le falta de dotar 280-00-00 doscientas ochenta hectáreas que se ordenó afectar a la hacienda El Petacal, perteneciente a María Rojas, por decreto presidencial signado por el General Lázaro Cárdenas del Río; siendo que hasta la fecha a este ordenamiento presidencial no se le ha dado cumplimiento. Pero los ejidatarios sucesores del ejido han mantenido la demanda de esa dotación hasta la fecha, después de varias luchas sociales, políticas y jurídicas, pero hasta la fecha y de manera tramposa por las autoridades administrativas y de manera ilegal por las instancias judiciales agrarias se le haya dado cumplimiento.

Han pasado casi ochenta años y no se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el presidente de la República, General Lázaro Cárdenas, para el ejido de San Isidro en el estado de Jalisco. Lo anterior porque han permanecido los intereses de los grupos políticos locales, asociados con los gobiernos priistas y panistas, y la corrupción en las instancias administrativas y la interpretación nada afortunada de las instancias judiciales agrarias.

Estos ejidatarios han tocado todas las puertas que resuelvan el asunto, pero nadie los ha atendido, en últimas fechas se ha asistido con la secretaria Rosario Robles Berlangade la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano a atender la solicitud del ejido San Isidro, municipio de Venustiano Carranza hoy San Gabriel, del estado de Jalisco, pero no tuvimos respuesta satisfactoria; continuando a la fecha la lucha social y jurídica por esa dotación legalmente otorgada.

La historia de esa lucha de casi ochenta años de este valiente Ejido es la siguiente:

1. Con fecha 23 de agosto del año 1939, el presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, por resolución presidencial concedió al ejido de San Isidro, municipio de Venustiano Carranza, hoy San Gabriel, Jalisco, acción de dotación estableciendo en sus puntos

Resolutivos:

“... Primero. Es procedente la dotación de ejidos solicitada por vecinos del poblado denominado San Isidro, municipio de Venustiano Carranza, del estado de Jalisco.

...

... Tercero. Se dota a los vecinos del mencionado poblado de San Isidro, con una superficie total de 536 hectáreas (quinientas treinta y seis hectáreas) como sigue: de la finca de San Isidro, propiedad del señor Leandro Benavides, 192 hectáreas (ciento noventa y dos hectáreas) de temporal y 64 hectáreas (sesenta y cuatro hectáreas) de agostadero y de la hacienda El Petacal, perteneciente a María Rojas, 168 hectáreas (ciento sesenta y ocho hectáreas) de temporal y 112 hectáreas (ciento doce hectáreas) de agostadero.

... Las anteriores superficies pasarán a poder del poblado beneficiado con todos sus usos, accesiones, costumbres y servidumbres, localizándose de acuerdo con el plano aprobado por el Departamento Agrario.

...”

2. Con fecha 19 de junio del año 1940, se realizó entrega parcial plasmada en el acta de posesión parcial, en la cual se hizo constar que únicamente se entregó al ejido San Isidro, la superficie afectada a la finca de San Isidro, propiedad del señor Leandro Benavides, siendo un total de 256-00-00 hectáreas, sin entregar las 280-00-00 doscientas ochenta hectáreas que se ordenó afectar a la hacienda El Petacal, perteneciente a María Rojas.

3. Con fecha 23 de enero del año 1985, el secretario de la Reforma Agraria, Luis Martínez Villicaña y el subsecretario de Asuntos Agrarios de nombre Rafael Rodríguez Barrera, emitieron la resolución en el expediente relativo al procedimiento tendiente a dejar sin efectos jurídicos el acuerdo presidencial dictado el 2 de diciembre de 1942, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de abril de 1943, y la cancelación del Certificado de Inafectabilidad Agrícola número 03642, que ampara el predio denominado Puerta del Petacal, expedido a favor de la ciudadana María Rojas, en la que resolvieron:

Primero. Se deja sin efectos jurídicos el acuerdo presidencial dictado el 2 de diciembre de 1942, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de abril de 1943, y consecuentemente se cancela el certificado de inafectabilidad agrícola número 03642, expedido a favor de la ciudadana María Rojas, que ampara el predio denominado Puerta del Petacal, con superficie de 300-00-00 hectáreas (trescientas hectáreas), de las que 100-00-00 hectáreas, (cien hectáreas), son de temporal y 200-00-00 hectáreas, (doscientas hectáreas) de agostadero de buena calidad, actual propiedad del ciudadano José Benavides Mejía.

Segundo. Inscríbase la presente resolución en el Registro Agrario Nacional y en el Registro Público de la Propiedad en el Estado de Jalisco.

Tercero. Notifíquese.”

4. Con fecha 20 de abril del año 1988, el Cuerpo Consultivo Agrario, emitió acuerdo del que se desprende:

Único. Se autoriza el plano proyecto de localización complementaria, en razón de encontrarse correcto y ajustado a los términos de la resolución presidencial de fecha 23 de agosto de 1939, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre del mismo año, el cual afecta por concepto de dotación de tierras para el poblado de San Isidro, municipio de Venustiano Carranza, estado de Jalisco, una superficie total de 280-00-00 hectáreas del predio denominado El Petacal, propiedad de la ciudadana María Rojas.

5. Con fecha 30 de junio del año 1993, el director general de Tenencia de la Tierra de la Secretaría de la Reforma Agraria, giró el oficio número 008657, al entonces delegado agrario en el estado de Jalisco, oficio del cual se desprende que:

“Por resolución presidencial de 23 de agosto de 1939, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de noviembre de 1939, se concedió dotación de ejido, al poblado denominado San Isidro, municipio de Venustiano Carranza, de esa entidad federativa, con una superficie de 536-00-00 hectáreas.

De los antecedentes que se registran en esta dirección general, con relación a la resolución presidencial, que nos ocupa se logró determinar que ésta fue ejecutada en un principio en forma parcial, habiéndose entregado una superficie de 280-00-00 hectáreas.

Asimismo se pudo observar que mediante sesión plenaria de fecha 20 de abril de 1988, el Cuerpo Consultivo Agrario, aprobó plano proyecto de localización complementaria de dotación de ejido, y que en razón de ello en su oportunidad le fue remitida a esa delegación agraria, la respectiva orden de ejecución complementaria, sin que hasta la fecha se tenga conocimiento del cumplimiento que se le haya dado a la misma.

En tal virtud y toda vez que el presente caso forma parte del Programa de Abatimiento del Rezago Agrario, implementado por el titular del ramo, y en vía de reiteración adjunto al presente remito a usted, copia heliográfica del plano proyecto de localización complementaria antes referido, para que con base en ello proceda a ejecutar el fallo presidencial de que se trata, con arreglo a las disposiciones legales establecidas en el artículo 307 de la derogada Ley Federal de Reforma Agraria, a cuya responsabilidad delego en términos del artículo 13 fracción V del ordenamiento legal invocado...”

6. Con fecha 6 de marzo del año 1998, el director general de la Dirección General de Procedimientos para la Conclusión del Rezago Agrario de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio 181284 le reiteró la orden de ejecución al entonces coordinador de la Secretaría de la Reforma Agraria en el estado de Jalisco y del cual se desprende:

“La entonces Dirección General de Tenencia de la Tierra, por oficio número 608657, del 30 de junio de 1993, ordenó a la hoy Coordinación Agraria en el Estado, la ejecución complementaria de la resolución presidencial del 23 de agosto de 1939, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de noviembre del mismos año, que concedió por concepto de dotación de tierras al poblado citado al rubro una superficie total de 536-00-00 hectáreas, solo respecto de la superficie de 280-00-00 hectáreas, de las cuales 168-00-00 hectáreas son terrenos de temporal y 112-00-00 hectáreas de agostadero, correspondientes a la hacienda El Petacal, propiedad de la ciudadana María Rojas, tomando para ello el plano proyecto de localización autorizado por el pleno del Cuerpo Consultivo Agrario, en sesión celebrada el 20 de abril de 1988, en términos de lo previsto por los artículos 13 fracción V, y 307 de la Ley Federal de Reforma Agraria, actualmente derogada, pero de aplicación en términos de lo previsto en los artículos transitorios tercero del decreto que reformó al artículo constitucional y tercero de la Ley Agraria en vigor.

Para dar cumplimiento a lo anterior, la entonces Delegación Agraria en el Estado, por oficio número 4151 del 19 de agosto de 1993, comisionó al ingeniero Fernando Fernández Zamora, quien al rendir su informe el 3 de septiembre de 1993, señaló que le fue imposible ejecutar de manera complementaria el Mandato Presidencial de referencia, toda vez que existe la suspensión provisional concedida en el Juicio de Amparo número 571/90 por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado, al ciudadano Juan Larios Larios, propietario del predio El Petacal.

El juicio de amparo a que se hizo referencia en el párrafo que antecede, fue resuelto en segunda instancia por el Primer Tribunal Colegido en Materia Administrativa del Tercer Circuito en la ejecutoria emitida en el Toca A.R. número 152/93, el 25 de enero de 1994, negando el Amparo y Protección de la Justicia Federal al quejoso Juan Larios Larios.

Consecuentemente, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, mediante oficio número 195304 del 4 de abril de 1994, emite opinión sobre los efectos y alcances legales de la ejecutoria anteriormente citada, misma que se transcribe a continuación: “... Atento a que la ejecutoria de 25 de enero de 1994, pronunciada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en el estado de Jalisco, en el juicio de garantías número 571/90, niega al quejoso Juan Larios Larios, el amparo y protección constitucionales, respecto de los actos reclamados a los secretario de la Reforma Agraria, subsecretario de Asuntos Agrarios, Cuerpo Consultivo Agrario, director general de Tenencia de la Tierra, directora en jefe del Registro Agrario Nacional, director de Inafectabilidad Agrícola y Ganadera, delegado agrario en el estado de Jalisco y comisionado ejecutor, la resolución dictada el 23 de enero de 1985, por la cual se privó de efectos jurídicos el acuerdo presidencial del 2 de diciembre de 1945 y se ordena cancelar el certificado de inafectabilidad número 03642, así como todo el procedimiento desde su instauración hasta la resolución y valoración del acervo probatorio, tienen plena validez jurídica...”

En virtud de que no existe ningún impedimento de carácter legal y material para llevar a cabo la ejecución y deslinde de la superficie de 280-00-00 hectáreas, perteneciente al predio denominado hacienda El Petacal, propiedad de la ciudadana María Rojas, afectadas por Mandato Presidencial citado en el preámbulo de éste, se le reitera el contenido del oficio número 608657 del 30 de junio de 1993, para que realice el trámite administrativo de ejecución, en términos del artículo 307 de la Ley Federal de Reforma Agraria, actualmente derogada; tomando como base el plano proyecto de localización, autorizado por el pleno del Cuerpo Consultivo Agrario en sesión celebrada el 20 de abril de 1988.

Lo anterior es con base a lo dispuesto por los artículos transitorios tercero del decreto de reformas al artículo 27 constitucional y tercero de la Ley Agraria en vigor y, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 13 fracción V y 306 de la Ley Federal de Reforma Agraria.”

Derivado de los hechos expuestos y con el debido respeto le solicitamos respetuosamente a la titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para que dé cumplimiento de manera urgente a lo siguiente:

a) Que se deslinden las 256-00-00 hectáreas afectadas a la finca de San Isidro, entregadas el 19 de junio de 1940.

b) Que se entreguen y deslinden las 280-00 hectáreas afectadas a la hacienda El Petacal proyectadas en el plano aprobado con fecha 20 de abril del año 1988 por el Cuerpo Consultivo Agrario.

c) Que se elabore y apruebe el plano definitivo de las 536-00-00 hectáreas.

Por lo anterior, proponemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano a que proceda a la dotación de 280 hectáreas al ejido San Isidro, municipio de Venustiano Carranza, hoy San Gabriel, del estado de Jalisco.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputada Ana María Rodríguez Ruiz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO A LOS AYUNTAMIENTOS DE COLIMA, A ESTABLECER UN SEGURO EN CONTRA DE ROBO A CASA HABITACIÓN Y COMERCIOS PARA CIUDADANOS AL CORRIENTE DE SUS CONTRIBUCIONES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los ayuntamientos de Colima a establecer un seguro contra robo a casa habitación y comercios para los ciudadanos al corriente en las contribuciones fiscales municipales, a cargo de la diputada Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada por el estado de Colima, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presenta a consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta a los diez ayuntamientos del estado de Colima a efecto que establezcan y solventen un seguro en contra de robo a casa habitación y comercios a los ciudadanos que se encuentren al corriente de sus contribuciones fiscales municipales, al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones

Exposición de Motivos

La inseguridad es un problema público creciente y de gran magnitud en la sociedad mexicana. Es conocido que la manifestación más grave de este fenómeno social la constituyen los actos delictivos. En México se estima que, conforme a la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe), elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la prevalencia delictiva por cada 100 mil habitantes aumentó de manera sustantiva en el periodo transcurrido de 2012 a 2017, pues pasó de 35 mil 139 delitos a 39 mil 319 delitos, el equivalente a un incremento de 11 por ciento. De manera consistente con esa cifra, el tema de la inseguridad genera cada vez mayor preocupación a los mexicanos, en tanto que de 2012 a 2018 la extensión de quienes consideran la inseguridad como el principal problema pasó de 57.2 a 64.5 por ciento.

Conforme al artículo 21 de la Constitución federal, la función de garantizar la seguridad pública es una obligación que corresponde a la federación, a las entidades federativas y a los municipios, por lo que, entre otras acciones, tienen a su cargo la prevención, investigación y persecución de los delitos. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el inciso h), fracción III, del artículo 115 constitucional, se dispone que los municipios tienen a su cargo la función de seguridad pública, en los términos del referido artículo 21 constitucional.

La realización del derecho humano a la seguridad pública, consagrado en el artículo 21 constitucional, es un requisito para el adecuado funcionamiento de la sociedad, pues su principal objetivo consiste en la preservación de las libertades, el orden y la paz públicos, cuyo cumplimiento permite crear las condiciones adecuadas para que los individuos disfruten de todos y cada uno de los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por su parte, el artículo 2o. de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el estado de Colima establece que la seguridad pública se garantizará por medio del diseño e implementación de políticas públicas de prevención. Para cumplir con esta función, en las fracciones I y II del mismo precepto, se dispone que el estado y sus municipios deben salvaguardar la integridad, derechos y bienes de sus habitantes, así como asegurar el pleno goce de las garantías individuales y los derechos humanos fundamentales y sociales.

En este orden, es notorio que la seguridad pública constituye un elemento esencial para el desarrollo de la sociedad y una de las principales funciones con las que deben cumplir los municipios, pues los mismos componen el primer nivel de gobierno en nuestro sistema político. Aún más, la importancia en el cumplimiento de esta función municipal reside en que los municipios son los entes que permiten y propician el contacto primario con los habitantes y son los principales encargados de proporcionar los servicios públicos necesarios para el progreso de las comunidades y de la sociedad en su conjunto.

En el estado de Colima, de manera similar que a nivel nacional, el problema público que más preocupa a los habitantes es la inseguridad, sin embargo, la preocupación ciudadana refleja una magnitud mayor a la mostrada a nivel nacional. Por si lo anterior no fuera suficiente, la percepción ciudadana sobre la seguridad pública ha empeorado drásticamente: mientras que en 2012 sólo 3 de cada 10 individuos manifestaba sentirse inseguro en su localidad, para 2018 esta cifra aumentó a 5 de cada 10 personas, es decir, la mitad de la población (Envipe).

Al interior de las localidades, el hogar es el espacio principal de convivencia entre los individuos y sus familias, no obstante, este hecho no ha significado un obstáculo para la comisión de delitos en contra de los hogares colimenses y su patrimonio. Para advertir lo mencionado, basta señalar que de 2014 a 2017 el número de denuncias por robo a casa habitación aumentó de mil 321 a 2 mil 328. Si en su lugar se observa la cifra de robos a casa habitación ocurridos y no denunciados, es decir, la cifra negra, las dimensiones del problema público son mucho mayores y muy alarmantes, en tanto que en ese mismo lapso se estima que la cifra se incrementó desde los 13 mil 990 hasta los 19 mil 717 delitos. Lo anterior equivale a un porcentaje de entre 85 y 91 por ciento de robos a casa habitación no denunciados.

Una de las posibles derivaciones de lo anterior, es el preocupante incremento en el porcentaje de habitantes colimenses que perciben inseguridad en sus propios hogares: mientras que en 2012 sólo 15 por ciento de los colimenses se sentía inseguro en su propia casa, para 2018 la cantidad de individuos con esta percepción se incrementó hasta 21 por ciento.

En el estado de Colima, de enero a septiembre del presente año, la tendencia delictiva es alarmante, pues el número del actos delictivos referidos denunciados mensualmente pasó de 181 a 215 robos. En suma, es necesario notar que el número de robos a casa habitación ya es mayor al reportado en el mismo periodo del año anterior.

En términos de incidencia delictiva por cada 100 mil habitantes, en comparación con las otras entidades federativas de nuestro país, para el mes de septiembre del presente año, Colima ya se ubica en el primer lugar. En cuanto al número de robos a casa habitación denunciados, la evolución de la seguridad pública para los hogares de Colima ha empeorado notablemente respecto de las circunstancias de las demás entidades federativas. Mientras que en 2015 Colima se ubicaba como la quinta entidad con más denuncias a nivel nacional, para 2017 ya se ubicaba en el segundo lugar, tan solo después del estado de Baja California Sur.

Ante los hechos referidos, es necesario afirmar que el estado actual de la seguridad pública en Colima exige la implementación de acciones gubernamentales que permitan a los colimenses tener la posibilidad de llevar a cabo sus actividades en sus centros de trabajo, estudio y esparcimiento sin la preocupación constante de sufrir atentados en contra del patrimonio de sus hogares. En este sentido, vale la pena no perder de vista que un eventual caso de robo a los hogares colimenses refleja una falla del sistema de seguridad pública, sin que de ninguna manera pueda responsabilizarse de manera absoluta únicamente a las fuerzas pertenecientes a las autoridades municipales encargadas de desarrollar la función de seguridad pública, pero sí es importante hacer notar que las policías municipales y los ayuntamientos, al ser el primer orden de gobierno que tiene mayor contacto con el ciudadano, debe emprender con mayor esfuerzo y concentración de recursos en ese ámbito las labores que constitucionalmente le han sido asignadas para la seguridad de la ciudadanía. Por lo anterior, los sujetos afectados deben tener derecho a algún beneficio de tipo económico brindado por los municipios, como la modalidad de seguro contra robo a casa habitación y robo a comercios hasta donde las restricciones presupuestarias de los mismos lo permitan, con el fin de reparar el daño sufrido en el patrimonio de sus hogares.

Este tipo de medidas ya se ha implementado con éxito en otras entidades federativas. En Tamaulipas, Durango y Aguascalientes se ha implementado un programa gubernamental consistente en el otorgamiento de seguro contra robo a casa habitación, por parte de los ayuntamientos, a los contribuyentes que reportan en tiempo el pago del impuesto predial. En suma, este tipo de acciones gubernamentales constituye un beneficio adicional para las finanzas públicas municipales: es un incentivo para que un mayor número de ciudadanos paguen en tiempo el impuesto predial.

Aunando a lo anterior, de la interpretación de la fracción IV del artículo 31 de la Constitución federal, en el que se establece la obligación de contribuir para los gastos públicos de la federación, los estados, y del municipio de residencia, se obtiene que el concepto de gasto público tiene un sentido social y un alcance de interés colectivo, por lo que se debe destinar a la satisfacción de la necesidades sociales o a los servicios públicos. Así, en el caso que nos ocupa, el gasto público debe cumplir con el propósito social de reparar, en la medida de lo posible, los daños al patrimonio de los hogares derivados de las fallas en la función de seguridad pública municipal.

Por lo anteriormente expuesto, me permito poner a consideración de este cuerpo colegiado el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los ayuntamientos del Estado Libre y Soberano de Colima para que en el ámbito de sus atribuciones implementen un seguro contra robo a casa habitación y a comercios a favor de los contribuyentes que reporten de manera puntual el pago del impuesto predial.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputada Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



CONMEMORACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Beatriz Robles Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Beatriz Robles Gutiérrez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera. La violencia y la discriminación contra las mujeres ejercidas por el sólo hecho de ser mujeres, es una de las violaciones de los derechos humanos más extensas, persistentes y devastadoras que afectan a millones de mujeres en el mundo y sobre las que escasamente se informa debido al nivel de impunidad que en muchos de los casos disfrutan sus perpetradores, el silencio, la estigmatización y la vergüenza que sufren las víctimas.

Esta violencia se presenta en “numerosas facetas que van desde la discriminación y el menosprecio llegando a la agresión física, sexual, verbal o psicológica hasta el asesinato, manifestándose en diversos ámbitos de la vida social, laboral y política, entre los que se encuentran la propia familia, la escuela, las religiones, el Estado, entre otras.”

Los efectos psicológicos adversos de la violencia contra las mujeres y niñas, al igual que las consecuencias negativas para su salud sexual y reproductiva, afectan a las mujeres en toda etapa de sus vidas.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU), define la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado· un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”.

La violencia contra la mujer constituye un grave problema de salud pública, un obstáculo para alcanzar el desarrollo, la paz, el respeto y el reconocimiento a la igualdad de los derechos humanos de las mujeres en el mundo.

Segunda. En un análisis llevado a cabo por la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el que se utilizaron los datos de más de 80 países, se observó que:

• En todo el mundo, una de cada tres mujeres (35 por ciento) han sufrido violencia física o sexual de pareja o violencia sexual por terceros en algún momento de su vida.

• La mayoría de estos casos son violencia infligida por la pareja. En todo el mundo, casi un tercio (30 por ciento) de las mujeres que han tenido una relación de pareja refieren haber sufrido alguna forma de violencia física o sexual por parte de su pareja.

• Un 38 por ciento de los asesinatos de mujeres que se producen en el mundo son cometidos por su pareja.

• El 7 por ciento de las mujeres refieren haber sufrido agresiones sexuales por personas distintas de su pareja.

• La violencia puede afectar negativamente a la salud física, mental, sexual y reproductiva de las mujeres y aumentar la vulnerabilidad al VIH.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), difundió que los factores de riesgo de violencia de pareja y violencia sexual son de carácter individual, familiar, comunitario y social. Algunos se asocian a la comisión de actos de violencia, otros a su padecimiento, y otros a ambos.

Entre los factores de riesgo, se encuentran:

• Un bajo nivel de instrucción;

• Un historial de exposición al maltrato infantil;

• La experiencia de violencia familiar;

• El trastorno de personalidad antisocial;

• El uso nocivo del alcohol;

• El hecho de tener muchas parejas o de inspirar sospechas de infidelidad en la pareja;

• Las actitudes que toleran la violencia;

• La existencia de normas sociales que privilegian a los hombres o les atribuyen un estatus superior y otorgan un estatus inferior a las mujeres; y

• Un acceso reducido de la mujer a empleo remunerado.

Tercera. En México, en noviembre del año pasado el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), dio a conocer estadísticas relativas a la violencia contra la mujer, en las que se observó:

• De los 46.5 millones de mujeres de 15 años y más que hay en el país, 66.1 por ciento (30.7 millones), ha enfrentado violencia de cualquier tipo y de cualquier agresor, alguna vez en su vida.

• 43.9 por ciento ha enfrentado agresiones del esposo o pareja actual o la última a lo largo de su relación y 53.1 por ciento sufrió violencia por parte de algún agresor distinto a la pareja.

• Entre 2014 y 2016, las entidades que presentan las tasas más altas en homicidios de mujeres son Baja California, Colima, Chihuahua, Guerrero, estado de México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Sinaloa, Tamaulipas y Zacatecas”.

Aunado a lo anterior, mi estado Querétaro encabeza la lista de lesiones dolosas contra mujeres según la incidencia delictiva 2018 y la información delictiva y de emergencias con perspectiva de género publicada por el Centro Nacional de Información.

Cuarta. El 2 de julio de 2018, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presento el informe “sombra” sobre “la situación de las mujeres en México” ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU.

En el documento se alerta sobre el incremento de violencia contra la mujer en el país, en tanto que subsisten obstáculos legales para sancionar y prevenir los feminicidios.

Destaca que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), “de enero de 2015 a diciembre de 2016, se registraron un total de 5 mil 118 defunciones femeninas por homicidio,” cifra que promediaba siete asesinatos femeninos al día”.

En tanto, “cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública publicadas en enero de 2018, registraron un aumento en el número de presuntas víctimas mujeres de homicidio doloso de 2015 a 2017 y en enero de 2018 se registraron 272 asesinatos de mujeres, lo que significa que “En el primer mes del año se registraron en promedio casi 9 asesinatos de mujeres al día”.

Señalo, que en los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, mostraron que, En México, casi 7 de cada 10 mujeres han sufrido violencia y que el 43.9% de ellas, han sido agredidas por el esposo, pareja o novio”.

En su informe la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, resaltó que las agresiones que sufren las mujeres tienen graves efectos en su vida, tanto física como emocional.

Lo anterior sin duda, exalta la necesidad de determinar a la violencia en contra de las mujeres como un problema social de alarmantes dimensiones, a diario millones de mujeres Y niñas de todo el mundo son agredidas, golpeadas, violadas, mutiladas e incluso asesinadas producto de la falta de educación y la histórica desigualdad entre mujeres Y hombres, que responden a patrones profundamente arraigados en la sociedad y que afectan sin distinción alguna a todos los niveles económicos, culturales y educativos.

Quinta. La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas adoptó la resolución 54/134, determinando que cada 25 de noviembre se celebre en todo el mundo el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”.

La finalidad de esta conmemoración es concientizar a todos los gobiernos, junto con las organizaciones internacionales, no gubernamentales y de la sociedad civil a que se comprometan a que ninguna mujer o niña esté expuesta a algún tipo de violencia, así como velar porque existan políticas adecuadas para resolver este grave problema.

Sexta. En nuestra legislación federal, se estableció la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, vigente desde 2007, que tiene por objeto “establecer la coordinación entre la federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En este contexto, el gobierno mexicano presento el “Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres”11, a cargo de la Secretaría de Gobernación, en el que identifica las siguientes problemáticas para garantizar los derechos humanos de las mujeres:

Insuficiente armonización legislativa y escasa cultura de la no violencia contra las mujeres.

Violencia en contra de las mujeres en el sector educativo, laboral y en el Sistema Nacional de Salud.

Escasos servicios de atención a mujeres y niñas víctimas de violencia.

Acceso limitado a la justicia para las mujeres.

Limitada coordinación institucional en materia de violencia contra las mujeres. Con base en esta problemática, el Programa establece cinco grandes objetivos:

Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia.

Fomentar la armonización de contenidos legislativos e impulsar transformación cultural para contribuir a la no violencia contra las mujeres.

Garantizar la prevención integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y niñas.

Asegurar el acceso a la justicia de las mujeres mediante la investigación efectiva, reparación del daño y la sanción.

Fortalecer la coordinación institucional en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Por ello, considero que, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la Cámara de Diputados exhorte a las autoridades competentes de los tres ámbitos de gobierno a redoblar esfuerzos a fin de fortalecer las acciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las niñas y mujeres de nuestro país.

En virtud de los antecedentes y consideraciones expuestos, propongo a consideración de esta honorable soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.Con motivo de la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación para que haga públicos los avances en la implementación del “Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres”; y a los tres niveles de gobierno a redoblar esfuerzos a fin de fortalecer las acciones para prevenir, atender, sancionar y erradicarla violencia contra mujeres y las niñas; así como, garantizar su seguridad jurídica, contribuir a mejorar su calidad de vida y bienestar, conforme a los principios de igualdad, no discriminación y respeto por su dignidad.

Notas

1 Donoso Siña, Enrique (2007). “Violencia contra la mujer en Chile: problema de salud pública”. Revista Chilena de Obstetricia y Ginecología 72 (5): 281-282. ISSN 0717-7526. doi: 10.4067/S0717-75262007000500001.

2 ONU. Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, 25 de noviembre. http://www.un.org/es/events/endviolenceday/

3 OMS. Violencia contra la mujer. Nota descriptiva. Septiembre de 2016

http://www.who.intlmediacentre/factsheets/fs239/es/

4 El Inegi. Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (25 de noviembre). Boletín del 23 de noviembre de 2015

http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2015/violencia0.pdf

5 Códigoqro. http://codigoqro.mx/2018/05/07/queretaro-encabeza-lista-lesiones- dolosas-contra-mujeres/

6 El Inegi. http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2015/violencia0.pdf

7 Según estas cifras, en 2015 se contabilizaron 1,755, en 2016 la cifra aumentó a 2,210 Y en 2017 a 2,572. Por otro lado, en enero de 201 B se registraron 272 asesinatos de mujeres. Información disponible en:

https:llbit.ly/1L1Kn7kInfonmación delictiva y de emergencia con perspectiva de género, consultada a enero 201B.

8 CNDH. Informe que presenta la CNDH al Comité de Expertas de la CEDAW, “La situación de las mujeres en México”.

http://WNW.cndh.org.mxlsites/all/docllnformes/Especiales/ lnfonme-resum-CEDAW-201 B.pdf

9 Ibídem.

10 Ley General de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia.

http://www.diputados.gob.mxlLeyesBiblio/ref/lgamvlv.htm

ONU. Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, 25 de noviembre

http://www.un.org/es/events/endviolenceday/

11 DOF: 30104/2014 Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014- 2018.

htlp://www.dof.gob.mxlnota detalle .php?codigo=5343064&fecha=30104/2014

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 22 de noviembre de 2018.— Diputada Beatriz Robles Gutiérrez(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



DESTINAR RECURSOS PARA EL RESCATE ECONÓMICO, PRODUCTIVO Y SOCIAL DEL VALLE DE MEXICALI

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Ejecutivos federal, de BC y de Mexicali a destinar recursos para el rescate económico, productivo y social del valle de Mexicali, a cargo del diputado Jesús Salvador Minor Mora, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, Jesús Salvador Minor Mora, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía los presentes puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El valle de Mexicali está en una zona desértica de la zona extremo noreste de Baja California, cuya área agrícola comprende 180 mil 692 hectáreas cultivables en distintos cultivos de otoño-invierno y primavera-verano. Se riegan con agua provenientes de Estados Unidos de América a través del río Colorado por un volumen de 1 850 234 000 metros cúbicos anuales y la otra fuente proveniente del acuífero 210, con un volumen de 520.5 millones de metros cúbicos anuales.

Tiene un área urbana donde residen 76 mil 98 habitantes, establecidos en 45 poblados y una ciudad (Guadalupe Victoria con una población de 18 mil 415), cuyo crecimiento se ha limitado por la emigración a Mexicali por la falta de oportunidades, mas sin embargo lo grueso de la población se sostiene en su lugar, luchando contra la adversidad.

Durante los últimos 30 años, las actividades agrícola y urbana igualmente han disminuido considerablemente en su economía, obviamente si a la actividad agrícola le va mal al trabajador le repercute, consecuentemente se manifiesta en la economía del entorno. Los efectos económicos negativos se han venido sumando de tal manera que a 30 años, la crisis ha tocado piso en una debacle económica en el valle de Mexicali.

Durante los últimos 30 años, derivado de una desmotivación para permanecer en el área productiva del valle de Mexicali, más de 80 por ciento de los productores decidieron rentar o vender sus propiedades ante la poca o nula rentabilidad de los cultivos, y esto derivado a que el gobierno los metió a competir contra productores norteamericanos altamente subsidiados por su gobierno, de tal manera que la cancha nunca se nivelo. Sin embargo, un número reducido de productores continuaron en el campo de batalla produciendo alimentos, pero en los últimos años, principalmente, los productores de cultivos tradicionales han decidido disminuir su participación en la actividad agrícola por incosteabilidad, prefiriendo esperar mejores tiempos, limitándose a sembrar únicamente sus tierras.

El arrendamiento de tierras en el valle fue una alternativa para más de 10,000 propietarios agrícolas, puesto que las condiciones no le permitían dedicarse a la actividad productiva de momento, alternativa que hoy dejo de ser una solución. Los arrendadores les han disminuido los importes por hectáreas, les pagan en abonos y a otros le pagan la renta al final de cosecha siempre y cuando les quede saldo a favor en su liquidación, de tal manera que es muy probable que en el ciclo agrícola otoño-invierno 2018-2019, estas tierra no se renten (de 20 a 25 mil hectáreas)

Al mecanizarse el campo hace años, se disminuyeron los jornales generados por la actividad agrícola tradicional, principalmente por el cultivo de algodón, la llegada de productores hortícolas al valle de Mexicali fue una buena alternativa que suplió la fuente de trabajo y más que eso generó un emporio en las zonas donde se establecieron, durante muchos años. Sin embargo, en los últimos años por distintas causas se han cerrado algunas empresas empacadoras disminuyendo en forma representativa más de 3 mil empleos.

Más de 350 productores agrícolas del valle de Mexicali, quienes vienen arrastrando adeudos por la falta de rentabilidad en sus cultivos tradicionales, principalmente en el trigo, por más de 800 millones de pesos que realmente no han recibido la atención adecuada para convenir con un pago justo que les permita reactivarse a la actividad agrícola, por parte de las autoridades correspondientes.

De no encontrase alguna solución a estos productores, más de 7 mil hectáreas están en riesgo de no sembrarse en el ciclo 2018-2019, sumándose al índice negativo del entorno arriba mencionado, y los efectos colaterales de quienes dependen de estos productores (familiares y trabajadores del campo), que aun en contra de la adversidad apuestan a producir alimentos.

La incertidumbre que tiene el productor respecto a los precios y costos de los cultivos del trigo del ciclo agrícola 2018-2019 limita su decisión de incursionar en la siembra de este cultivo, tanto así que de las 45 mil hectáreas programadas para sembrar trigo este ciclo, únicamente se tiene solicitado permisos para siembra por 17 mil hectáreas. La incertidumbre que tiene el productor, por el desconocimiento del Presupuesto federal de 2019, que incide en el sector agropecuario es de amplia preocupación para la toma de decisión.

Respecto a las obras y servicios que requiere el área urbana del valle de Mexicali, se requiere una atención proporcionalmente igual a la de la ciudad de Mexicali (mínimo 20 por ciento de la inversión en la ciudad), son muchos años que al igual que la actividad agrícola, que se encuentra abandonada. Por lo mismo se requiere una definición presupuestal para el área rural.

Al entorno negativo que se vislumbra en el valle de Mexicali y los puntos específicos mencionados se suma el hecho de que la mitad del valle quedaría excluida de la excelente y bondadosa propuesta-proyecto de la creación de la franja fronteriza consistente en la reducción del IVA de 16 a 8 por ciento y del ISR hasta el tope de 20 por ciento, la homologación de los combustible al precio del estado fronterizo de Estados Unidos, además de otros beneficios; esto afectaría el entorno socioeconómico de una población de más de 80 mil habitantes.

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a tomar todas las medidas financieras necesarias para el rescate económico productivo y social del valle de Mexicali, Baja California.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Ejecutivos de Baja California y de Mexicali a destinar recursos económicos extraordinarios en sus respectivos Presupuestos de Egresos de 2019 para el rescate económico, productivo y social del valle de Mexicali, Baja California.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Jesús Salvador Minor Mora (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



SE LEVANTE UNA BASE DE DATOS DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA CARAVANA MIGRANTE Y SE ATIENDA ESTA CRISIS MIGRATORIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Ejecutivo federal a levantar por el INM una base de datos de los miembros de la caravana migrante y llevar a cabo protocolos para la atención inmediata de la crisis que ésta supone, a cargo del diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, diputado federal Héctor René Cruz Aparicio, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del presente somete a la consideración de esta soberanía, el siguiente punto de acuerdo.

La migración está intrínsecamente relacionada con la geopolítica, el comercio y los intercambios culturales, y ofrece a los países, las empresas y las comunidades la oportunidad de beneficiarse enormemente de ella.

La migración, ha contribuido a mejorar la vida de las personas tanto en los países de origen, como en los de destino y ha brindado a millones de personas en todo el mundo la oportunidad de forjarse una vida segura y plena en el extranjero. Sin embargo, no todos los movimientos migratorios se producen en circunstancias favorables.

En los últimos años, hemos observado un aumento de las migraciones y los desplazamientos provocados por conflictos, persecuciones, situaciones de degradación y cambio ambiental, y una acusada falta de oportunidades y seguridad humana. Aunque la mayoría de los procesos de migración internacional se producen por vías legales, algunas de las principales situaciones de inseguridad que afrontan los migrantes, así como buena parte de la preocupación pública que suscita la inmigración, se asocian con la migración irregular.

En estos momentos, nuestro país enfrenta un movimiento de migrantes centroamericanos como nunca antes, miles de ciudadanos hondureños, guatemaltecos y salvadoreños, principalmente, desde hace varias semanas iniciaron una travesía desde la frontera sur en el río Suchiate, hasta la ciudad de Tijuana, en Baja California.

Este éxodo no ha estado libre de situaciones que han derivado en el uso de la fuerza pública y de enfrentamientos con ciudadanos mexicanos que han visto en grupos de migrantes acciones de violencia y de alteración del orden público.

Específicamente en Tijuana, con una larga tradición de acogimiento a los migrantes de todo el mundo que buscan cruzar la frontera hacia Estados Unidos, se han dado enfrentamiento con habitantes en los lugares a donde han arribado algunos grupos de la caravana migrante.

Tijuana siempre ha sido, es y será una ciudad de migrantes; sin embargo, también es una ciudad que exige protección a sus derechos. Los hechos ocurridos en pasados días en Tijuana dejaron en manifiesto la incapacidad por parte del Ejecutivo municipal, estatal y federal para garantizar el respeto a dichos derechos, así como para afrontar los retos que conllevan gobernar.

Quienes representemos a los bajacalifornianos en la Cámara de Diputados, alzamos la voz para exigir al alcalde de Tijuana, Juan Manuel Gastelum Buenrostro; al gobernador de Baja California, Francisco Vega de Lamadrid; y al presidente de la República, Enrique Peña Nieto, actuar de manera inmediata para evitar el ahondamiento de la polarización de nuestra sociedad, garantizar el respeto a los derechos tanto de ciudadanos mexicanos como de los migrantes y tomar las medidas necesarias para mantener la paz en las calles.

En este sentido, resaltamos la irresponsabilidad manifestada por Juan Manuel Gastelum alcalde de Tijuana, quien a pesar de haber tenido suficiente tiempo para tomar medidas precautorias ante la inminente llegada de la caravana migrante a la ciudad, actuó con pereza, indiferencia y torpeza, toda vez que decidió viajar al extranjero antes de permanecer en la ciudad para cumplir con su deber.

Peor aún, con sus declaraciones inmaduras de violentar los derechos humanos de los migrantes, sólo ha logrado avivar las llamas de la intolerancia y proyectar una imagen que no representa a la mayor parte de la sociedad tijuanense.

De igual forma, exigimos al Instituto Nacional de Migración cumpla con su cometido, pues corresponde a dicha institución actuar en materia migrante, obligación de la cual se ha desentendido. Cuando aún se espera que lleguen a esta Ciudad poco más de 9 mil migrantes lo que sin duda provocará una compleja situación en el manejo de esta crisis migratoria.

Dentro de la caravana viajan niños, adultos mayores y familias completas, por lo que es urgente actuar para garantizar sus derechos, siempre anteponiendo la Ley haciéndola cumplir a quien la viole, sin importar su estatus migratorio.

En una ciudad que ha rebasado los 2 mil homicidios y vive un año histórico en cuanto a violencia se refiere, los ciudadanos esperan que sus autoridades cumplan con su responsabilidad con estrategia, o de lo contrario, dejen su cargo y reconozcan su incapacidad para garantizar los derechos de nuestra gente.

Los Diputados bajacalifornianos de la LXIV Legislatura, exigimos a los tres niveles de gobierno actúen de inmediato con las exigencias de la ciudadanía y del pueblo mexicano.

Nosotros cumpliremos con la nuestra responsabilidad y coadyuvaremos dentro de nuestro ámbito de competencia tanto en mejor el marco legal como en la asignación presupuestal para este tipo de contingencias migratorias.

Por ello, solicito a esta honorable asamblea se apruebe los siguientes

Puntos de Acuerdo

Artículo Primero. Se hace un exigente llamado al gobierno federal para que por medio del Instituto Nacional de Migración, se levante una base de datos de las personas que integran la caravana migrante y que lleven a cabo las medidas y los protocolos necesarios para la atención inmediata de esta crisis migratoria.

Artículo Segundo. Se exige a los gobiernos estatal de Baja California y municipal de Tijuana, que asuman su liderazgo como autoridades constitucionales para que hagan valer el estado de derecho respetando siempre los derechos humanos de todas las personas, nacionales y extranjeros.

Artículo Tercero. Se exhorta a los tres órdenes de gobierno en Baja California, para que instrumenten los protocolos idóneos para atender esta contingencia y que esta honorable Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos, contemple los recursos necesarios para enfrentar esta problemática social.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2018.— Diputado Héctor René Cruz Aparicio (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.